poder_legislativo

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES DERECHO CONSTITUCIONAL MEXICANO PROFESOR: IVÁN GARCÍA GARATE INTEGRANTES: BENÍTEZ CRUZ LORENA ABIGAIL DEL RÍO AYALA DANIELA DURAN ÁLVAREZ SANDRA NAYELI LÓPEZ TECUAPACHO AMIRA RESÉNDIZ LOZANO SARA BERENICE SERRANO FLORES EDGAR ALEJANDRO 31/MARZO/2014

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Page 1: Poder_Legislativo

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

DERECHO CONSTITUCIONAL MEXICANO

PROFESOR: IVÁN GARCÍA GARATE

INTEGRANTES:

BENÍTEZ CRUZ LORENA ABIGAIL

DEL RÍO AYALA DANIELA

DURAN ÁLVAREZ SANDRA NAYELI

LÓPEZ TECUAPACHO AMIRA

RESÉNDIZ LOZANO SARA BERENICE

SERRANO FLORES EDGAR ALEJANDRO

31/MARZO/2014

Page 2: Poder_Legislativo

-300 electos por mayoría relativa. Integrada por 500 diputados (uninominales-voto directo). -200 por el sistema de representación proporcional (plurinominales).

-Se renueva cada tres años

-Ordinarias: Son 43, encargadas de dictaminar las iniciativas de ley o Decretos.

-Puede constituir comisiones -De investigación: Acerca del funcionamiento de organismos descentralizados y empresas de

Cámara de Diputados participación estatal mayoritaria. -Especiales: Se encargan de asuntos específicos. -Nombrar a los jefes y demás empleados de la Se compone de: Contaduría Mayor, así como vigilar el exacto -Conferencia desempeño de sus funciones. -Mesa Directiva -Principales funciones -Examinar, discutir y aprobar anualmente el -Junta de Coordinación Presupuesto de Egresos de la Federación. Política -Declarar si corresponde o no proceder penalmente contra los servidores públicos que incurren en un delito. -64 corresponden a las fórmulas ganadoras en las elecciones dos por cada Estado y el Distrito Federal. -32 por primera minoría. -Representado por el -Compuesta por 128 senadores -32 de una sola lista plurinominal a nivel Congreso de la Unión nacional. -Se renueva cada seis años. -Ordinarias: Hay un total de 63. -Bicamerales son 4. -Comisiones -Especiales: Son 13. - Un total de 5, las cuales son: Fomento a la Lectura del Senado de la República, Directivo del Instituto Belisario Domíguez, para el Fomento

Cámara de Senadores -Comités: de la Competitividad, Técnico del Fideicomiso de Inversión y el de la Administración Garantía de Acceso y Transparencia de la Información.

-Analizar la política exterior desarrollada por el Presidente. Compuesta por: -Aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas -Pleno que celebre el Ejecutivo. -Mesa directiva -Resolver las cuestiones políticas que surjan entre los poderes -Junta de Coordinación -Funciones de un Estado cuando uno de ellos acuda al Senado para ese fin. Política -Ratificar los nombramientos del Procurador General de la

-Comisiones Legislativas República y de los Embajadores y Cónsules. -Grupos Parlamentarios -Nombrar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia. -Nombrar al titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

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- Están establecidas dos sesiones por año legislativo: 1.- Del 1° de septiembre hasta el 15 de diciembre, o hasta el 31 de diciembre en el año de renovación del titular del Poder Ejecutivo Federal.

Ordinarias: 2.-Y del 1° de febrero hasta el 30 de abril. Se desarrollan en fechas -En este periodo las Cámaras se encargan del estudio, discusión y votación establecidas formalmente de las iniciativas presentadas y demás asuntos que se presenten. . - Art. 63.- Las Cámaras no pueden abrir sus sesiones ni ejercer su cargo sin la concurrencia en cada una de ellas, de más de la mitad del número total de sus miembros. -Son convocadas por la Comisión Permanente o por solicitud del Presidente de la República. - Puede ser del Congreso en general o de solo una Cámara, tratándose de asuntos exclusivos de ella.

Extraordinarias: - Sólo tratarán sobre el o los asuntos que la Comisión Permanente acuerda y que se anunciarán en la Son aquellas sesiones que se convocatoria respectiva. presentan sin una fecha preestablecida durante el receso del Congreso.

-Sesión Constitutiva

-Sesión Pública - Sesión Permanente

Otros tipos de sesiones - Sesión Solemne

-Sesión de Congreso General

-Sesión Preparatoria

-Se celebra durante los días hábiles de los periodos de sesiones ordinarias.

-Es aquella en la que puede asistir el público en general

-Se declara por mayoría de votos de los legisladores presentes para desahogar asuntos concretos establecidos en el acuerdo relativo.

-Es la que efectúa cada Cámara o el Congreso General con algún motivo especial, por ejemplo, para recibir a visitantes distinguidos, imponer alguna condecoración, conmemorar algún suceso histórico significativo o develar nombres con letras de oro.

Es en la que se reúnen ambas Cámaras en Pleno, para declarar la apertura de los periodos de sesiones ordinarias; tomar la protesta al Presidente de la República; recibir el informe presidencial; o en ocasión de la falta temporal o absoluta del Presidente de la República, para actuar como Colegio Electoral a fin de designar al Presidente Sustituto o Interino, y expedir, en

su caso, la convocatoria a la elección correspondiente.

-Es la que cada Cámara efectúa al inicio de los periodos de sesiones ordinarias del segundo y tercer año de ejercicio de la legislatura respectiva. -Objetos principales: la elección de los integrantes de la Mesa Directiva y la

declaratoria de instalación formal para funcionar como órganos legislativos.

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Iniciativa

Discusión

Aprobación

Sanción

Publicación

Iniciación de vigencia.

Es el primer paso, donde hay un proceso de ley, en el se plasma el propósito de la norma jurídica.

Art. 71: El derecho de

iniciar leyes competes.

I. El presidente de la República. II. A los diputados y senadores del Congreso de la Unión. III. A las legislaturas de los Estados. IV. A los ciudadanos en un número equivalente, por lo menos al 0.13% de la

lista nominal de electores.

Es el proceso donde la iniciativa de ley se debate, a fin de determinar si deben o no ser aprobadas.

Art. 72.

-Cada iniciativa deberá ser discutida y votada por el pleno de la Cámara de su origen en un plazo máximo de 30 días naturales. En caso de ser aprobado o modificado por su Cámara de origen, el respectivo proyecto de ley o decreto pasará a la Cámara revisora. Si ésta lo aprobaré, se remitirá al Ejecutivo, si no tuviere observaciones

que hacer, lo publicará inmediatamente.

Es el acto por el cual las Cámaras aceptan el proyecto de ley, ya sea parcialmente o

en su totalidad.

Art. 72:

Fracción E.

-Si un proyecto de ley fuese desechado o en parte o adicionado por la Cámara revisora, la nueva discusión de la Cámara de su origen versará únicamente sobre lo desechado o sobre las reformas o adiciones, sin poder alterarse en manera alguna los artículos aprobados. -Si las adiciones o reformas hechas por la Cámara revisora fuesen aprobadas por la mayoría absoluta de los votos presentes en la Cámara de su origen, se pasará todo el prieto al Ejecutivo para dar sus observaciones o promulgarla en el

caso contrario.

Está a cargo del Ejecutivo Federal que recibe la iniciativa de la Cámara revisora, teniendo 30 días para sus

observaciones, vencido este plazo, dispondrá de 10 días para publicar la ley o decreto.

Art. 72:

Fracción B.

Después de los 10 días que transcurrieron para promulgar la ley o decreto, éste será considerado promulgado y el presidente de la Cámara de origen ordenará dentro de los 10

días naturales siguientes su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Page 5: Poder_Legislativo

Bibliografía

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Cámara de Diputados, Órganos de Gobierno, [en línea], 1.p., México, s/fecha, Dirección URL: http://www3.diputados.gob.mx/camara/001_diputa-dos/002_organos_de_gobierno, [consulta: 23 de marzo de 2014].

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