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t "' PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÚN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÚN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO DELECACION CUAUHTEMOC. 06060, D.F. R.F .C SCJ·950204·6P5 DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . 6' PISO, COL. CENTRO, C.P 06000. MEXICO D.F. TELS. 41131100 E•t. 5305, 5722 5321. 5721 y 5304 FAX; 41131751 DIRECCION DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No, 1340 COL. JUAN ESCUTIA. C P 09100, MEXICO. D F TELS.: 5701 2036 y 5763 7883 PROVEEDOR: AURORA DE MARIA RAMOS OCHOA 1 Calle 2 núm. 125 , Col. Granjas San Antonio, Deleg. lztapalapa, 09070 1 56-86-08-94, 56· 86·08-94 1 FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO t OBSERVACIONES 03/12/2019 INMEDIATO R.F.C. DEL PROVEEDOR: RAOA670813558 FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 OlAS HABILES Calz. Ignacio Zaragoza 1340, Col. Juan Escutia. 09100. MX, DF Partida Clavean. Cantidad Unidad Descripcion 10 2440101007 141 PZA TABLAIAYACAHUITE 3/4"X12"X 8' GRADO B OBSERVACIONES 108 piezas de 3/4" X 8" X 8' pies 33 piezas de 314" x 10" x 8' Total de piezas: 141 piezas. equivale 618 pies SECA 20 2440101011 20 PZA TABLON/CEORO ROJO 1 1/2"X12"X8' 1RA CALI OBSERVACIONES 3 piezas de 1112" x 10" x 8' 12 piezas de 11/2" x 12" x 8' 5 piezas de 11/2" x 13" x 8' Total de piezas: 20 piezas, equivale 240 pies 30 2440101010 17 PZA TABLONICEORO 2"X12"X 8' GDO "A" ESTUFADA OBSERVACIONES 2 piezas de 2" x 16" x 10' 3 piezas de 2" X 1 0" x1 O' 1 pieza de 2" x 21" x 10' 1 pieza de 2" x 19" x 10' 2 piezas de 2" 15" x 10' 1 pieza de 2" x 11 " x 10' 1 pieza de 2" x 17" x 10' 1 pieza de 2" x 9" x 11' 1 pieza de 2" x10" x 11 ' 1 pieza de 2" x 12" x 11' 1 piezas de 2" x 11 " x 11' P.Unitario 252.83 972.30 1,816.47 CONTRATO SIMPLIFICADO 4519002192 EN SUS REMISIONES. FACTURAS V CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENtO 5001 Impone Total 35,649.03 19,446.00 30,879.99 CONTINUA

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÚN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÚN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO DELECACION CUAUHTEMOC. 06060, D.F. R.F .C SCJ·950204·6P5

DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . 6' PISO, COL. CENTRO, C.P 06000. MEXICO D.F. TELS. 41131100 E•t. 5305, 5722 5321. 5721 y 5304 FAX; 41131751

DIRECCION DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No, 1340 COL. JUAN ESCUTIA. C P 09100, MEXICO. D F TELS.: 5701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: AURORA DE MARIA RAMOS OCHOA 1 Calle 2 núm. 125 , Col. Granjas San Antonio, Deleg. lztapalapa, 09070 1 56-86-08-94, 56·86·08-94 1

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO t OBSERVACIONES 03/12/2019 INMEDIATO R.F.C. DEL PROVEEDOR: RAOA670813558

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 OlAS HABILES Calz. Ignacio Zaragoza 1340, Col. Juan Escutia. 09100. MX, DF

Partida Clavean. Cantidad Unidad Descripcion

10 2440101007 141 PZA TABLAIAYACAHUITE 3/4"X12"X 8' GRADO B OBSERVACIONES 108 piezas de 3/4" X 8" X 8' pies 33 piezas de 314" x 10" x 8' Total de piezas: 141 piezas. equivale 618 pies

SECA

20 2440101011 20 PZA TABLON/CEORO ROJO 1 1/2"X12"X8' 1RA CALI OBSERVACIONES 3 piezas de 1112" x 10" x 8' 12 piezas de 1 1/2" x 12" x 8' 5 piezas de 1 1/2" x 13" x 8' Total de piezas: 20 piezas, equivale 240 pies

30 2440101010 17 PZA TABLONICEORO 2"X12"X 8' GDO "A" ESTUFADA OBSERVACIONES 2 piezas de 2" x 16" x 10' 3 piezas de 2" X 1 0" x1 O' 1 pieza de 2" x 21" x 10' 1 pieza de 2" x 19" x 10' 2 piezas de 2" 15" x 10' 1 pieza de 2" x 11 " x 10' 1 pieza de 2" x 17" x 10' 1 pieza de 2" x 9" x 1 1' 1 pieza de 2" x10" x 11' 1 pieza de 2" x 12" x 11' 1 piezas de 2" x 11 " x 11'

P.Unitario

252.83

972.30

1,816.47

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519002192

EN SUS REMISIONES. FACTURAS V CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENt O

5001

Impone Total

35,649.03

19,446.00

30,879.99

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SVAREZ No. 2 COL. CENTRO DElEGACION CVAUHTEMOC, 06060, O.F. R F C. SCJ-950204-SPS

DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38. &· PISO. COL. CENTRO. C.P. 06000, MEXICO. D F. TElS. 41131100 E al. 5305, 5722, 5321. 5721 y 5304 FAX: 41131751

DIRECCION DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL. JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO. O f . TElS.: 5701 203& y 5763 7883

PROVEEDOR: AURORA OE MARIA RAMOS OCHOA 1 Calle 2 mim. 125 , Col. Granjas San Antonio, Deleg. lztapalapa, 09070 1 56-86·08·94, 56·86·08-94 1

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 03/12/2019 INMEDIATO R.F.C. DEL PROVEEDOR: RAOA670813558

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 OlAS HABILES Calz. lqnacio Zaraqoza 1340, Col. Juan Escutia, 09100, MX. DF

Partida Clave art. Cantidad Unidad Oescripcion

1 pieza de 2" x 14" x 11' 1 pieza de 2" K 16" x 11' Total de piezas: 17 piezas, equivale 400 pies

TABLON DE CEDRO DE 2" POR 1 2" POR 8' PIES GRADO "A" CALIDAD SELECTA, SECA, ESTUFADA, (8" DE ANCHO Y 8' DE LARGO MINIMO)

40 2440101021 30 PZA TRIPLAY/CEDRO 19MM 1.22X2.44M SELECI1C OBSERVACIONES TRIPLAY DE CEDRO DE 19 MM. DE 1.22 X 2.44 MT. DE CALIDAD SELECTA A UNA CARA

50 2440101022 20 PZA TRIPLAY/CEDRO 6MMX1.22X2.44M SELEC/1CARA OBSERVACIONES CENTRO CLARO.

COMPRA DE MADERA PARA USO DEL TALLER DE CARPINTERIA DE ESTE ALTO TRIBUNAL.

LA ENTREGA SE HARA EN LA BODEGA GENERAL DE ZARAGOZA.

-AREA SOLICITANTE: DIRECCION DE MANTENIMIENTO. INTENDENCIA Y SERVICIOS ·ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: DIRECCION DE MANTENIMIENTO, INTENDENCIA Y SERVICIOS ·SOLICITUD DE PEDIDO: 11900868 ·CENTRO GESTOR: 1131400

P.Unitario

1,301.50

553.70

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519002192

EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE OOCUMENTO

S001

Importe Total

39,045.00

11,074.00

CONTINUA

···e;·\

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUARt l No. 2 COl.. CENTRO OElECAC:ON CUAUHTEMOC. 06060, D.F. R F.C SCJ.95020C·6P5

DIRECCION GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 , 6' PISO. COL. CENTRO, C P 06000, MEXICO. D.f. TElS : 41131100 E•t. 5305, 5722, 5321, 5721 y 530C FAX. 41131751

DIRECCION DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUllA, C.P. 09100, MEXICO. D.F. TELS. 5701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: AURORA DE MARIA RAMOS OCHOA 1 Calle 2 num. 125 , Col. Granjas San Antonio, Deleg. lztapalapa, 09070 /56·86-08-94, 56·86.08·94 1

FECHA DEL DOCUMENTO 03/1212019

FECHA DE ENTREGA 8 OlAS HABILES

Partida Clave art. Cantidad

FORMA DE PAGO INMEDIATO

LUGAR DE ENTREGA !OBSERVACIONES R.F.C. DEL PROVEEDOR: RAOA670813558

Calz.lgnacio Zaraqoza 1340, Col. Juan Escutia, 09100, MX, DF

Unidad Descñpcion

-POSICION PRESUPUESTAL: 24401 ·NÚMERO DE COTIZACIONES: 3 ·DESTINO: BODEGA GENERAL DE ZARAGOZA ·TIPO DE CONTRATACION: ADJUDICACION DIRECTA .CLASIFICACION: MINIMA -FUNCIONARIO QUE AUTORIZO: DIRECTOR DE ADQUISICIONES, CONTRATOS Y CONVENIOS ·FECHA DE AUTORIZACION: 3 DE DICIEMBRE DE 2019 -INCLUIDO EN EL P.A.N. 2019: SI

FORMAN PARTE DE ESTE CONTRATO SIMPLIFICADO TODOS LOS DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION INCLUYENDO, DE MANERA ENUNCIATIVA Y NO LIMITATIVA, LO SIGUIENTE:

"LA PROPUESTA DEL ADJUDICATARIO".

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION HARA LA RETENCION DE IMPUESTOS LOCALES Y FEDERALES QUE CORRESPONDAN.

..-J-4-Ilf---ft-fE.l~E MI OCHOCIENTOS SESENTA ~SOS 06/100. M.N.

~ MARIO • . ING. GUILLERMO RAMIREZ DROESCHER

DIRECTOR DE ADQUISICIONES, CONTRATOS Y DIRECTOR DE MANTENIMIENTO. INTENDENCIA Y

CONVENIOS SERVICIOS

P.Unltaño

SUBTOTAL

I.V.A.

TOTAL

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519002192

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

Importe Total

136,094.02

21.715.04

157,869.06

Página 3 de 3 e;

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE MATERIALES (HASTA 25,000 UDIS)

DECLARACIONES

l. La Suprem11 Corte de Juelicia ele la Nación, on lo sucesivo "le Suprem11 Corte" por conducto ele eu representante pare loe efecto a de este inelrumento manifiesta que: 1.1 Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación. en ténninos de lo dispuesto en los artic!Jos 94 de la Constitución Política de tos Estados Ullidos Mexicanos y t•, fracción l, de la ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. 1.2 la presento contratación fue autorizada por el Director de Adquisiciones, Contratos y Convenios de la Dirección General de lnlraestructura Física. mediante "Adjudicación Oitecta" (hasta 25,000 UOtS), de conlormidad con lo previsto en el atlicuo 42, párralo qlinto, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se reg!Jan los procedimientos para la adqlisición, admiristración y desincorporación de bienes y la contratación de obras. usos y servicios requeridos por este Tribunal. 1.3 B Director de Adqlisiciones, Contratos y Convenios de la Dirección General de Infraestructura Flsica. está !aculado para suscribir el presente instrumento, de conformidad con- lo dispuesto en el ar11Wo 42, de Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración da la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se reg!Jan los procedimientos para la adqUISICión, admnslración y desmcorporaaon de bienes y la contrataCIÓn de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal, y en apego al pronunciamier.lo emitido por la Subd~recaón General de lo Cons!Jiivo de la Secretaria Jurid1ca de la PreSidenaa, mediante ofiCio SJP/043912016 de fecha 15 de abril de 2016. _ 1.4 Para lodo lo relacionado con el presente contrato señala como su domiCilio el ubicado en la Calle de José Maria Pino Suárez número 2, colonia Centro, Alcaldía Cuauhlémoc, código postal 06060, Ciudad de México. 11. "El Proveedor~ manifieste bajo protesta de decir verdad que: 11.1 Cuenta con personal con la sufioente experienaa y cahficaaón para proveer de los maleriales requeridos asi como con los elemenlos técnicos y capacidad económica necesarios para tal fin. 11.2 No se encuentra en los supuestos previstos en los articlios 48, tracciones 1, U, 111, IV, V, .VI, VIl, Vlll y X y 58, tracción XVI del Acuerdo General do Administración Vl/2008 del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se reg!Jan los procedimientos para la adqlisición, adminislración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicies requeridos por este Alto Tribunal. • 11.3 Para lodo lo relaaonado con el presente contrato, señala como su dom1cillo el ubicado en la carátula del pres~nte instrumento, en el apartado denominado "Proveedor". 11.4 "El ProveEdor" marllfiesta que se encuentra debidamente constituido conforme a las Leyes MelOcanas y con la inscripción vigente en el Registro Público correspondiente o que cuenta con la capacidad suficiente para obligarse en ténnino del presente contrato. 111. La "Suprema Corte" y " El Proveedor" declaren que: 111.1 ReconocEn mutuamente la personalidad ¡urfdica con la que comparecen a l a celebración del presente instrumento y marifieslan que todas las comuricaciones que se realicen enlre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes 1 4 y 11.3 de esle instrumento. 111.2 El acuerdo de voluntades plasmado en este nslrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constilooón Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Acuerdo General de Admirislración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Admllllslración de la Suprema Corte de Justioa de la Nación y en lo no previsto en éste por el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la hy Orgánica del Poder Judicial de la Federación, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Haceodaria. ley General de Responsabilidades Admiristratival y la ley Federal del Procedimiento Administrativo, alienar de las siguentes:

CLÁUSULAS

Primare. Condiciones generalea. "El Proveedor" se compromete a proporCionar los bienes descrito en la carái !Ja del presente instrumento y a respetó!( en lodo momento el precio, plazo y condiCiones do pago señalados en la refenda cafállia. duran! e y hasta el cumplimiento total del olljeto de este acuerdo de voluntades. El pago señalado en la presente dáusula, cubre el total del seMcio contratado, por lo cual la "Suprema Corte" no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional. Segunda. Pena convencional. En caso de incumplimento de las obligaCIOnes pactadas en el contrato y sus anexos, la "Suprema Corte" podrá aplicar al "El Proveedor" una pena convencional del 10'!1. que se aJustará proporoonalmente al porcenta¡e lflCurnplido. En caso de mcumphmiento en el plazo de ejecucaón pactado, se apliCará ~n~ pena converooonal eqlivatente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar a la cantidad que imponen los materiales no entregados dentro del plazo indicado en el apartado inciso "fecha de entrega• de la carallia. Tercera. Requiailoa para realizar loa pagoa reapeclivoe. Para electos fiscales "El Proveedor" deberá presentar el comprobaRle fiscal digital por lntemel (CFOI) a nombre de la "Suprema Corte" según consta an la céd!Ja de identificación fiscal, expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito P.:tllico con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5 indicando el domicilio señalado en la declaraCión 1.4 de este Instrumento y demás reqlisitos fiscales a que haya lugar. Además deberá presentar copia del Instrumento contractual conespondienle y la documentación que acredite que el seMcio fue 111eculado a entera satisfacción de la "Suprema Corte' Cuarta. Modilicacionea de elle instrumento. Las condiciones pactadas en el presente Instrumento podrán ser objeto de modificación en lénninos de lo previsto en los artlculos 12, fracción XXII, 143lraccotl8li 1 y 162 del referido Acuerdo General Vl/2008. Quinta. Inexistencia de relación laboral. "Et Proveedor", como empresa no y patrón del personal que ocupe para la prestación del servicio materia de este contrato. será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamientos en malena de trabajo '1 segundad SOCial. por !o que responderá de todas las redamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o de la "Suprema Corte•, en relaaón el se M OlO motivo de este contrato. la 'Suprema Corte" estará laclitada para requerir a 'El Proveedor" los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, asr como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT eiMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores de "El Proveedor", ejearten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de la "Suprema Corte", •Et Proveedor" deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue la "Suprema Corte", por concepto de traslado, viáticos. hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes. con el fin de acreditar anle la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con tos mismos y deslindar a la "Suprema Cone• de cualquier tipo de responsabifidad en ese sentido. Las parles acuerdan que el importo de los releridos gastos que se llegaran a ocasionar podrá ser deducido por la "Suprema Corte" de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer. Sexta. Subconlretación. En ringún caso se aceptará la subrogación total o parcial de los servicios. Se enti ende por subcontratación, el acto mediante el cual El Proveedor encomienda a otra persona, lisica o moral la reallzación parcial del olljeto del servicio. Cuando "El Proveedor" pretenda subcontratar, deberá comunicarlo previamenle y por escrito a ,a Suprema Corle", la que también por escrito resolverá si acepta o rechaza la subcontralación. Séptima. Confidencialidad. la documentación que se proporcione a "El Proveedor" con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de la "Suprema Corte", por lo que "El Proveedor", por si o a través de sus trabajado/es, se comprometo a no divligar a través de cualquier medio de comuricación, cualqlier reslilado o dato obtenido del servicio prestado a la primera. Octava. Reacieión. Queda expresamente convenido que ,a Suprema Corte" podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medoe declaración judicial, en caso de que "El Proveedor" deje de a.mplir cualqliera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada. concurso mercantil o liq~dación. Antes de ded !rar la rescisión, la ·suprema Con e· notificará por escrito las causas respectivas a "El Proveedor" en su domicilio señalado en la dedaración 11.3 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de qlince días hábiles para que marifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime convorientes y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de la "Suprema Corte" deteiTilinará sobre la procedenaa de la rescisión, lo que se comunicará a "El Proveedor" en su domicilio señalado en la declaración 11.3 de instrumento Novena. Del fomento a la transparencia y de la protección de datoa personales. Las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye intonnación pública en términos de lo dispuesto en los articuos 1, 70, 113 y 116 de la ley General de Transparencia y Acceso a la lnlonnación Pública, por lo que los gobernados podrán realizar su conslila. De confonnidad con lo establecido en el arliculo 71 del Acuerdo General de la Comisión do Transparencia, Acceso a la lnfonnación P.:tllica Gubernamental y Protección de Catos Personales de la Suprema Corta de Justicia de la Nación, del nueve de j!Jio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para lulelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la infonnación, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el atlic!Jo s• Conslilucional, 'El Proveedor" se obliga a guardar secreto y a no divligar por ningún medio, aun electrórico, ni por conferencias '!lo inlonnes los datos personales a que tenga acceso con molivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento la •suprema Corte" podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convencional. Décima. Resolución de controversias. Para electo de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, "El Proveedor" se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la "Suprema Corte" renunciando a cualqlier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener, de conlonnidad con lo indicado en el articulo 11, fracción XX, de la ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación renunciando en fonna expresa a cualqlier otro fuero que en razón de su domicifio o veándad, tengan o llegaren a tener.

Las partes acuerdan que cuatqlier notifiCación que tengan que realizarse de una parle a otra. se realizará por escrito en el domicilio que ha señalado en las dedaraciones 1.4 y 11.3 de este instrumento.

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PROVEEDOR"

oA.

MAlfaroM
Sello