poder ejecutivo presidencia de la repÚblica oficina de

15
3 Documentos Nº 30.024 - setiembre 10 de 2018 DiarioOficial | Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 30 de agosto, 5 y 6 de setiembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor. PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO - OPP INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA - INE 1 Instituto Nacional de Estadística Índice de los Precios del Consumo correspondiente al mes de AGOSTO de 2018 e Índice Medio de Salarios correspondiente al mes de JULIO de 2018. (4.478*R) INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA 1) El INDICE DE LOS PRECIOS DEL CONSUMO (IPC) de Agosto de 2018 con base diciembre 2010, es 185,31 2) El INDICE MEDIO DE SALARIOS (IMS) de Julio de 2018 con base julio de 2008, es 295,86 Por más información: www.ine.gub.uy. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS 2 Decreto 262/018 Apruébase la Ejecución Presupuestal de la ANP, correspondiente al ejercicio 2017. (4.415*R) MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 27 de Agosto de 2018 VISTO: La Ejecución del Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Puertos correspondiente al ejercicio 2017. RESULTANDO: I) Que el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al ejercicio 2017 fue aprobado por Decreto Nº 21/017 de fecha 24 de enero de 2017. II) Que la ejecución global si bien no ha excedido el monto total autorizado se constatan desvíos a nivel de objetos; CONSIDERANDO: I) Que es conveniente proceder a la regularización de su situación presupuestal. II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen. ATENTO: A lo establecido en el artículo Nº 211 de la Constitución de la República. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA 1 Artículo 1º.- Apruébase la Ejecución Presupuestal de la Administración Nacional de Puertos correspondiente al ejercicio 2017, de acuerdo con el siguiente detalle: $ $ PROGRAMA 01- PUERTO DE MONTEVIDEO. 1- INGRESOS. 4.558.174.145 INGRESOS OPERATIVOS. 4.416.306.299 Cargos a la Nave. 593.702.509 Cobros a la Carga. 3.029.833.445 Ferry y Pasajeros. 82.252.227 Contenedores. 196.822.982 Concesiones y Permisos. 348.812.735 Servicios Varios. 164.882.400 Bonificaciones Tarifarias. 0 OTROS INGRESOS. 141.867.846 2 - FINANCIAMIENTO. 0 Préstamo BID 2247/OC - UR. 0 I - TOTAL DE RECURSOS. 4.558.174.145 II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 3.453.595.498 GRUPO DENOMINACION $ $ 01 Retribuciones de Cargos Permanentes. 389.445.598 011 Sueldos Básicos de cargos. 370.376.468 011001 Retribuciones Básicas. 368.271.062 011004 Directorio. 2.105.406 013 Dedicación Total. 18.404.555 013001 Permanencia a la Orden 18.404.555 015 Gastos de Representación c/ Aportes. 664.576 02 Ret. Personal Contratado Funciones Permanentes. 7.706.241 021 Sueldos básicos de Funciones Contratadas. 7.706.241 03 Ret. Personal Contratado Func. no Permanentes. 0 031 Retribuciones zafrales 0 04 Retribuciones Complementarias. 390.665.529 042 Compensaciones. 248.916.069 042017 Por Presentismo o Asiduidad. 54.312.488 042020 Mantenimiento Retributivo Productividad 0 042097 Trabajo sucio o de altura 1.643.412 042102 Compensación funciones asignadas 89.359.159 042103 Compensación por Tareas Específicas 35.810.368 042105 Mantenimiento Retributivo 4.461.006 042106 Comp. A la persona Ex productividad 63.329.637 043 Sistema de Remuneración Variable 123.456.972 043000 Salario Variable 123.456.972 044 Antigüedad 15.455.576 044001 Prima por antigüedad 15.455.576 045 Complementos. 2.836.911 045005 Quebranto de Caja. 2.836.911 05 Retribuciones Diversas Especiales. 314.083.579 052 Trabajo Feriados, Nocturno y Rotativos. 179.838.762 052001 Trabajo Nocturno. 9.602.683 052003 Régimen personal Operativa Portuaria 64.283.112 052004 Régimen personal Operativa Marítima 105.952.967

Upload: others

Post on 21-Jul-2022

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

3DocumentosNº 30.024 - setiembre 10 de 2018DiarioOficial |

Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 30 de agosto, 5 y 6 de setiembre y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.

PODER EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICAOFICINA DE PLANEAMIENTO Y

PRESUPUESTO - OPPINSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA - INE

1

Instituto Nacional de Estadística

Índice de los Precios del Consumo correspondiente al mes de AGOSTO de 2018 e Índice Medio de Salarios correspondiente al mes de JULIO de 2018.

(4.478*R)

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA

1) El INDICE DE LOS PRECIOS DEL CONSUMO (IPC) de Agosto de 2018 con base diciembre 2010, es 185,31

2) El INDICE MEDIO DE SALARIOS (IMS) de Julio de 2018 con base julio de 2008, es 295,86

Por más información: www.ine.gub.uy.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

2

Decreto 262/018

Apruébase la Ejecución Presupuestal de la ANP, correspondiente al ejercicio 2017.

(4.415*R)

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 27 de Agosto de 2018

VISTO: La Ejecución del Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Puertos correspondiente al ejercicio 2017.

RESULTANDO: I) Que el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al ejercicio 2017 fue aprobado por Decreto Nº 21/017 de fecha 24 de enero de 2017.

II) Que la ejecución global si bien no ha excedido el monto total autorizado se constatan desvíos a nivel de objetos;

CONSIDERANDO: I) Que es conveniente proceder a la regularización de su situación presupuestal.

II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.

ATENTO: A lo establecido en el artículo Nº 211 de la Constitución de la República.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA1Artículo 1º.- Apruébase la Ejecución Presupuestal de la

Administración Nacional de Puertos correspondiente al ejercicio 2017, de acuerdo con el siguiente detalle:

$ $PROGRAMA 01- PUERTO DE MONTEVIDEO.

1- INGRESOS. 4.558.174.145INGRESOS OPERATIVOS. 4.416.306.299Cargos a la Nave. 593.702.509Cobros a la Carga. 3.029.833.445Ferry y Pasajeros. 82.252.227Contenedores. 196.822.982Concesiones y Permisos. 348.812.735Servicios Varios. 164.882.400Bonificaciones Tarifarias. 0OTROS INGRESOS. 141.867.846

2 - FINANCIAMIENTO. 0Préstamo BID 2247/OC - UR. 0

I - TOTAL DE RECURSOS. 4.558.174.145II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 3.453.595.498

GRUPO DENOMINACION $ $01 Retribuciones de Cargos Permanentes. 389.445.598

011 Sueldos Básicos de cargos. 370.376.468011001 Retribuciones Básicas. 368.271.062011004 Directorio. 2.105.406

013 Dedicación Total. 18.404.555013001 Permanencia a la Orden 18.404.555

015 Gastos de Representación c/Aportes. 664.576

02 Ret. Personal Contratado Funciones Permanentes. 7.706.241

021 Sueldos básicos de Funciones Contratadas. 7.706.241

03 Ret. Personal Contratado Func. no Permanentes. 0

031 Retribuciones zafrales 004 Retribuciones Complementarias. 390.665.529

042 Compensaciones. 248.916.069042017 Por Presentismo o Asiduidad. 54.312.488042020 Mantenimiento Retributivo

Productividad 0042097 Trabajo sucio o de altura 1.643.412042102 Compensación funciones asignadas 89.359.159042103 Compensación por Tareas

Específicas 35.810.368042105 Mantenimiento Retributivo 4.461.006042106 Comp. A la persona Ex

productividad 63.329.637043 Sistema de Remuneración Variable 123.456.972

043000 Salario Variable 123.456.972044 Antigüedad 15.455.576

044001 Prima por antigüedad 15.455.576045 Complementos. 2.836.911

045005 Quebranto de Caja. 2.836.91105 Retribuciones Diversas Especiales. 314.083.579

052 Trabajo Feriados, Nocturno y Rotativos. 179.838.762

052001 Trabajo Nocturno. 9.602.683052003 Régimen personal Operativa

Portuaria 64.283.112052004 Régimen personal Operativa

Marítima 105.952.967

Page 2: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

4 Documentos Nº 30.024 - setiembre 10 de 2018 | DiarioOficial

053000 Licencias Generadas y no Gozadas. 4.966.134057000 Becas y Pasantías. 1.239.319058000 Horas Extras. 35.493.034

059 Sueldo Anual Complementario 92.546.328059001 Sueldo Anual Complem. Personal

Presupuestado. 91.011.226059002 Sueldo Anual Complem. Personal

Contratado. 1.535.10209 Otras Retribuciones 9.145.519

095 Contratos a Término 2.923.033099 Otras Retribuciones. Asesores

Directorio A23L17556 6.222.48606 Beneficios al Personal. 141.712.893

063000 Indemnizaciones por Retiro. 1.058.532064001 Reintegro Cuota Mutual

Funcionarios. 8.883.034067000 Compensación por Alimentación 102.563.340068000 Compensación por Alimentación

sin aporte 24.794.624069000 Otros Beneficios al Personal. 4.413.363

07 Beneficios Familiares. 7.230.293071000 Prima por Matrimonio. 19.981072000 Hogar Constituido. 7.020.000073000 Prima por Nacimiento. 80.826074000 Prestaciones por Hijo. 1.156075000 Prestaciones por Fallecimiento. 108.330079000 Retardo mental 0

08 Cargas legales sobre Servicios Personales. 172.280.845

081000 Aporte Patronal al Sistema de Seguridad Social. 102.608.587

082001 Aporte Patronal al FNV. 12.392.547084000 FONASA 57.275.253089000 Otras cargas Legales C/Ss

Personales 4.4580 SERVICIOS PERSONALES 1.432.270.4971 BIENES DE CONSUMO 24.678.3602 SERVICIOS NO PERSONALES 1.556.310.253

- Impuestos y Tasas. 831.361.785- Resto. 724.948.468

5 TRANSFERENCIAS 322.544.943515 Al Gobierno Central. 317.766.600- Resto. 4.778.343

6 INTERESES Y OTROS GASTOS DE LA DEUDA 31.556.028

7 GASTOS NO CLASIFICADOS 4.015.1768 APLICACIONES FINANCIERAS 82.220.242

II - INVERSIONES. 2.002.385.3800 Servicios Personales. 9.033.4031 Servicios no Personales. 61.767.7452 Bienes de Consumo. 4.054.5143 Bienes de Uso. 1.847.529.718

NOTA: Las inversiones se exponen a título demostrativo.

PROGRAMA 02 - PUERTO DE COLONIA.

$ $I- INGRESOS. 222.217.180

INGRESOS OPERATIVOS. 205.712.080Cargos a la Nave. 5.431.866Cobros a la Carga. 1.192.818Ferry y Pasajeros. 183.767.013Contenedores. 0Concesiones y Permisos. 13.363.569Servicios Varios. 1.956.815Bonificaciones Tarifarias. 0OTROS INGRESOS. 16.505.099

II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 128.946.228GRUPO DENOMINACION $ $

01 Retribuciones de Cargos Permanentes. 13.665.941

011 Sueldos Básicos de cargos. 12.994.424011001 Retribuciones Básicas. 12.994.424

013 Dedicación Total -Permanencia a la Orden 671.517

013001 Permanencia a la Orden 671.51702 Ret. Personal Contratado Funciones

Permanentes. 100.164021 Sueldos básicos de Funciones

Contratadas. 100.16404 Retribuciones Complementarias. 16.261.551

042 Compensaciones. 10.946.005042017 Por Presentismo o Asiduidad. 2.671.289042020 Mantenimiento Retributivo

productividad 0042097 Trabajo Sucio o de Altura. 3.487042102 Compensación funciones asignadas 5.012.540042103 Compensación por Tareas Específicas 0042105 Mantenimiento nivel Retributivo 0042106 Compensación a la Persona Ex

Productividad 3.258.690043 Sistema de Remuneración Variable 4.191.293

043000 Salario Variable 4.191.293044 Antigüedad 552.916

044001 Prima por antigüedad 552.916045 Complementos. 571.336

045005 Quebranto de Caja. 571.33605 Retribuciones Diversas Especiales. 7.460.685

052 Trabajo Feriados y Nocturno 4.168.574052001 Trabajo Nocturno. 376.696052003 Régimen personal Operativa

Portuaria 3.791.879053000 Licencias Generadas y no Gozadas. 0057000 Becas y Pasantías. 0058000 Horas Extras. 19.290

059 Sueldo Anual Complementario 3.272.821059001 Sueldo Anual Complem. Personal

Presupuestado. 3.272.821059002 Sueldo Anual Complem. Personal

Contratado. 009 Otras Retribuciones 0

095 Contratos a Término. 006 Beneficios al Personal. 8.414.157

063 Indemnización por retiro 0064001 Reintegro Cuota Mutual

Funcionarios. 432.511067000 Compensación por Alimentación 4.993.716068000 Compensación por Alimentación sin

aporte 2.575.921069000 Otros Beneficios al Personal. 412.009

07 Beneficios Familiares. 303.890071000 Prima por Matrimonio. 0072000 Hogar Constituido. 299.857073000 Prima por Nacimiento. 4.032074000 Prestaciones por Hijo. 0075000 Prestaciones por Fallecimiento. 0

08 Cargas legales sobre Servicios Personales. 5.661.784

081000 Aporte Patronal al Sistema de Seguridad Social. 3.228.890

082001 Aporte Patronal al FNV. 432.756084000 FONASA 2.000.138089000 Otras cargas Legales C/Ss Personales 0

0 SERVICIOS PERSONALES 51.868.1721 BIENES DE CONSUMO 1.662.7792 SERVICIOS NO PERSONALES 75.414.2585 TRANSFERENCIAS 06 INTERESES Y OTROS GASTOS DE

DEUDA. 07 GASTOS NO CLASIFICADOS 1.0188 APLICACIONES FINANCIERAS 0

II - INVERSIONES. 38.896.3290 Servicios Personales. -1 Servicios no Personales. -2 Bienes de Consumo. 454.0993 Bienes de Uso. 38.442.230

NOTA: Las inversiones se exponen a título demostrativo.

Page 3: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

5DocumentosNº 30.024 - setiembre 10 de 2018DiarioOficial |

PROGRAMA 03 - PUERTO DE NUEVA PALMIRA.$ $

I - INGRESOS. 266.387.927INGRESOS OPERATIVOS. 266.115.965Cargos a la Nave. 77.855.532Cobros a la Carga. 178.572.866Ferry y Pasajeros. 0Contenedores. 1.086.517Concesiones y Permisos. 0Servicios Varios. 8.601.050Bonificaciones Tarifarias. 0OTROS INGRESOS. 271.962

II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 68.688.880GRUPO DENOMINACION $ $

01 Retribuciones de Cargos Permanentes. 8.760.924

011 Sueldos Básicos de cargos. 8.269.375011001 Retribuciones Básicas. 8.269.375

013 Dedicación Total -Permanencia a la Orden 491.549

013001 Permanencia a la Orden 491.54902 Ret. Personal Contratado

Funciones Permanentes. 0021 Sueldos básicos de Funciones

Contratadas. 004 Retribuciones Complementarias. 12.534.489

042 Compensaciones. 8.995.665042017 Por Presentismo o Asiduidad. 1.839.650042020 Mantenimiento Retributivo

productividad 0042097 Trabajo Sucio o de Altura. 1.077042102 Compensación funciones asignadas 5.135.798042103 Compensación por Tareas

Específicas 0042105 Mantenimiento Retributivo 0042106 Comp. A la persona ex

productividad 2.019.140043 Sistema de Remuneración

Variable 2.941.925043000 Salario Variable 2.941.925

044 Antigüedad 275.086044001 Prima por antigüedad 275.086

045 Complementos. 321.813045005 Quebranto de Caja. 321.813

05 Retribuciones Diversas Especiales. 5.783.143052 Trabajo Feriados y Nocturno 3.023.193

052001 Trabajo Nocturno. 268.696052003 Régimen personal Operativa

Portuaria 2.754.497053000 Licencias Generadas y no

Gozadas. 0057000 Becas y Pasantías. 314.318058000 Horas Extras. 81.590

059 Sueldo Anual Complementario 2.364.042059001 Sueldo Anual Complem. Personal

Presupuestado. 2.353.586059002 Sueldo Anual Complem. Personal

Contratado. 10.45609 Otras Retribuciones 0

095 Contratos a Término 006 Beneficios al Personal. 5.437.755

063 indemnización por retiro 0064001 Reintegro Cuota Mutual

Funcionarios. 279.861067000 Compensación por Alimentación 3.231.228068000 Compensación por Alimentación

sin aporte 1.764.831069000 Otros Beneficios al Personal. 161.836

07 Beneficios Familiares. 192.960071000 Prima por Matrimonio. 0072000 Hogar Constituido. 188.928073000 Prima por Nacimiento. 4.032074000 Prestaciones por Hijo. 0075000 Prestaciones por Fallecimiento. 0

08 Cargas legales sobre Servicios Personales. 4.032.719

081000 Aporte Patronal al Sistema de Seguridad Social. 2.296.292

082001 Aporte Patronal al FNV. 309.237084000 FONASA 1.427.190089000 Otras cargas Legales C/Ss

Personales 0 0 SERVICIOS PERSONALES 36.741.9901 BIENES DE CONSUMO 753.0082 SERVICIOS NO PERSONALES 29.848.194

- Impuestos y Tasas. 43114- Resto. 29.805.080

5 TRANSFERENCIAS 1.344.0546 INTERESES Y OTROS GASTOS

DE DEUDA. 07 GASTOS NO CLASIFICADOS 1.6348 APLICACIONES FINANCIERAS 0

II - INVERSIONES. 4.166.6550 Servicios Personales. -1 Servicios no Personales. -2 Bienes de Consumo. -3 Bienes de Uso. 4.166.655

NOTA: Las inversiones se exponen a título demostrativo.

PROGRAMA 04 - PUERTO DE FRAY BENTOS.$ $

I - INGRESOS. 23.387.690INGRESOS OPERATIVOS. 23.220.303Cargos a la Nave. 9.213.971Cobros a la Carga. 12.484.705Ferry y Pasajeros. 0Contenedores. 0Concesiones y Permisos. 215.129Servicios Varios. 1.306.498Bonificaciones Tarifarias. 0OTROS INGRESOS. 167.386

II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 24.685.287GRUPO DENOMINACION $ $

01 Retribuciones de Cargos Permanentes. 3.720.655

011 Sueldos Básicos de cargos. 3.274.100011001 Retribuciones Básicas. 3.274.100

013 Dedicación Total -Permanencia a la Orden 446.556

013001 Permanencia a la Orden 446.55602 Ret. Personal Contratado

Funciones Permanentes. 0021 Sueldos básicos de Funciones

Contratadas. 004 Retribuciones Complementarias. 5.623.512

042 Compensaciones. 3.975.841042017 Por Presentismo o Asiduidad. 567.100042020 Mantenimiento nivel Retrib.

Productividad 0042097 Trabajo Sucio o de Altura. 0042102 Compensación funciones

asignadas 2.669.376042103 Compensación por Tareas

Específicas 0042105 Mantenimiento nivel Retrib. 0042106 Compensación a la persona ex

productividad 739.365043 Sistema de Remuneración

Variable 1.383.684043000 Salario Variable 1.383.684

044 Antigüedad 156.862044001 Prima por antigüedad 156.862

045 Complementos. 107.126045005 Quebranto de Caja. 107.126

05 Retribuciones Diversas Especiales. 2.588.122

052 Trabajo Feriados y Nocturno 1.219.518052001 Trabajo Nocturno. 109.980052003 Régimen personal Operativa

Portuaria 1.109.537

Page 4: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

6 Documentos Nº 30.024 - setiembre 10 de 2018 | DiarioOficial

053000 Licencias Generadas y no Gozadas. 0

057000 Becas y Pasantías. 0058000 Horas Extras. 360.153

059 Sueldo Anual Complementario 1.008.451059001 Sueldo Anual Complem. Personal

Presupuestado. 1.008.451059002 Sueldo Anual Complem. Personal

Contratado. 009 Otras Retribuciones 0

095 Contratos a Termino 006 Beneficios al Personal. 2.141.671

063 Indemnizaciones por Retiro. 0064001 Reintegro Cuota Mutual

Funcionarios. 98.133067000 Compensación por Alimentación 1.133.028068000 Compensación por Alimentación

sin aporte 571.800069000 Otros Beneficios al Personal. 338.710

07 Beneficios Familiares. 96.462071000 Prima por Matrimonio. 8.065072000 Hogar Constituido. 88.397073000 Prima por Nacimiento. 0074000 Prestaciones por Hijo. 0075000 Prestaciones por Fallecimiento. 0

08 Cargas legales sobre Servicios Personales. 1.695.662

081000 Aporte Patronal al Sistema de Seguridad Social. 948.315

082001 Aporte Patronal al FNV. 132.961084000 FONASA 614.385089000 Otras cargas Legales C/Ss

Personales 00 SERVICIOS PERSONALES. 15.866.0831 BIENES DE CONSUMO. 316.6882 SERVICIOS NO

PERSONALES. 8.502.072- Impuestos y Tasas. 78- Resto. 8.501.994

5 TRANSFERENCIAS. 06 INTERESES Y OTROS

GASTOS DE DEUDA. 07 GASTOS NO

CLASIFICADOS. 4448 APLICACIONES

FINANCIERAS. 0

II - INVERSIONES. 92.803.5390 Servicios Personales. -1 Servicios no Personales. -2 Bienes de Consumo. -3 Bienes de Uso. 92.803.539

NOTA: Las inversiones se exponen a título demostrativo.

PROGRAMA 05 - PUERTO SAUCE.$ $

I - INGRESOS. 7.183.317INGRESOS OPERATIVOS. 7.183.206Cargos a la Nave. 3.014.141Cobros a la Carga. 3.896.213Ferry y Pasajeros. 0Contenedores. 0Concesiones y Permisos. 269.186Servicios Varios. 3.667Bonificaciones Tarifarias. 0OTROS INGRESOS. 111

II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 11.542.286

GRUPO DENOMINACION $ $01 Retribuciones de Cargos

Permanentes. 1.693.918011 Sueldos Básicos de cargos. 1.693.846

011001 Retribuciones Básicas. 1.693.846013 Dedicación Total

-Permanencia a la Orden 72

013001 Permanencia a la Orden 72 02 Ret. Personal Contratado

Funciones Permanentes. 0021 Sueldos básicos de Funciones

Contratadas. 0 04 Retribuciones Complementarias. 1.944.099

042 Compensaciones. 1.276.572042017 Por Presentismo o Asiduidad. 365.492042020 Mantenimiento retributivo

productividad 0042097 Trabajo Sucio o de Altura. 0042102 Compensación funciones

asignadas 500.322042103 Compensación por Tareas

Específicas 0042105 Mantenimiento nivel

retributivo 0042106 Comp.a la persona ex

Productividad 410.759043 Sistema de Remuneración

Variable 494.658043000 Salario Variable 494.658

044 Antigüedad 38.999044001 Prima por antigüedad 38.999

045 Complementos. 133.870045005 Quebranto de Caja. 133.870

05 Retribuciones Diversas Especiales. 446.088

052 Trabajo Feriados y Nocturno 61.701052001 Trabajo Nocturno. 27.840052003 Régimen personal Operativa

Portuaria 33.860053000 Licencias Generadas y no

Gozadas. 0057000 Becas y Pasantías. 0058000 Horas Extras. 18.219

059 Sueldo Anual Complementario 366.169

059001 Sueldo Anual Complem. Personal Presupuestado. 366.169

059002 Sueldo Anual Complem. Personal Contratado. 0

09 Otras Retribuciones 0095 Contratos a Término 006 Beneficios al Personal. 1.001.001

063 Indemnización por Retiro. -064001 Reintegro Cuota Mutual

Funcionarios. 54.518067000 Compensación por

Alimentación 629.460068000 Compensación por

Alimentación sin aporte 315.118069000 Otros Beneficios al Personal. 1.905

07 Beneficios Familiares. 41.599071000 Prima por Matrimonio. 0072000 Hogar Constituido. 41.599073000 Prima por Nacimiento. 0074000 Prestaciones por Hijo. -075000 Prestaciones por Fallecimiento. 0

08 Cargas legales sobre Servicios Personales. 649.796

081000 Aporte Patronal al Sistema de Seguridad Social. 379.664

082001 Aporte Patronal al FNV. 48.073084000 FONASA 222.059089000 Otras cargas Legales C/Ss

Personales 00 SERVICIOS PERSONALES 5.776.5011 BIENES DE CONSUMO 147.3082 SERVICIOS NO

PERSONALES 5.618.4775 TRANSFERENCIAS 06 INTERESES Y OTROS

GASTOS DE DEUDA. 07 GASTOS NO

CLASIFICADOS 0

Page 5: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

7DocumentosNº 30.024 - setiembre 10 de 2018DiarioOficial |

8 APLICACIONES FINANCIERAS 0

II - INVERSIONES. 550.3040 Servicios Personales. -1 Servicios no Personales. -2 Bienes de Consumo. -3 Bienes de Uso. 550.304

NOTA: Las inversiones se exponen a título demostrativo.

PROGRAMA 06 -PUERTO DE PAYSANDÚ.$ $

I - INGRESOS. 12.631.214INGRESOS OPERATIVOS. 12.625.214Cargos a la Nave. 2.782.720Cobros a la Carga. 7.280.535Ferry y Pasajeros. 0Contenedores. 557.324Concesiones y Permisos. 85.041Servicios Varios. 1.919.594Bonificaciones Tarifarias. 0OTROS INGRESOS. 6.000

II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 31.627.899GRUPO DENOMINACION $ $

01 Retribuciones de Cargos Permanentes. 5.204.077

011 Sueldos Básicos de cargos. 4.393.820011001 Retribuciones Básicas. 4.393.820

013 Dedicación Total -Permanencia a la Orden 810.257

013001 Permanencia a la Orden 810.25702 Ret. Personal Contratado

Funciones Permanentes. 0021 Sueldos básicos de Funciones

Contratadas. 004 Retribuciones Complementarias. 6.048.095

042 Compensaciones. 4.062.950042017 Por Presentismo o Asiduidad. 918.069042020 Mantenimiento retributivo

Productividad 0042097 Trabajo Sucio o de Altura. 0042102 Compensación funciones

asignadas 2.076.869042103 Compensación por Tareas

Específicas 40042105 Mantenimiento nivel retributivo 0042106 Compensación a la persona ex

productividad 1.067.972043 Sistema de Remuneración

Variable 1.644.893043000 Salario Variable 1.644.893

044 Antigüedad 233.126044001 Prima por antigüedad 233.126

045 Complementos. 107.126045005 Quebranto de Caja. 107.126

05 Retribuciones Diversas Especiales. 3.727.287

052 Trabajo Feriados y Nocturno 1.764.310052001 Trabajo Nocturno. 131.988052003 Régimen personal Operativa

Portuaria 1.632.323053000 Licencias Generadas y no Gozadas. 0057000 Becas y Pasantías. 285.269058000 Horas Extras. 396.509

059 Sueldo Anual Complementario 1.281.199059001 Sueldo Anual Complem. Personal

Presupuestado. 1.268.388059002 Sueldo Anual Complem. Personal

Contratado. 12.81109 Otras Retribuciones 0

095 Contratos a Término 006 Beneficios al Personal. 3.283.263

063 Indemnizaciones por Retiro. 0064001 Reintegro Cuota Mutual

Funcionarios. 141.746

067000 Compensación por Alimentación 1.636.596068000 Compensación por Alimentación

sin aporte 1.107.730069000 Otros Beneficios al Personal. 397.191

07 Beneficios Familiares. 124.796071000 Prima por Matrimonio. 0072000 Hogar Constituido. 124.796073000 Prima por Nacimiento. 0074000 Prestaciones por Hijo. 0075000 Prestaciones por Fallecimiento. 0

08 Cargas legales sobre Servicios Personales. 2.219.996

081000 Aporte Patronal al Sistema de Seguridad Social. 1.256.050

082001 Aporte Patronal al FNV. 171.455084000 FONASA 792.491089000 Otras cargas Legales C/Ss

Personales 00 SERVICIOS PERSONALES 20.607.5141 BIENES DE CONSUMO 607.8172 SERVICIOS NO PERSONALES 10.411.6975 TRANSFERENCIAS 06 INTERESES Y OTROS GASTOS

DE DEUDA. 07 GASTOS NO CLASIFICADOS 8718 APLICACIONES FINANCIERAS 0

GRUPO DENOMINACION $ $II - INVERSIONES. 9.523.138

0 Servicios Personales. -1 Servicios no Personales. -2 Bienes de Consumo. -3 Bienes de Uso. 9.523.138

NOTA: Las inversiones se exponen a título demostrativo.

PROGRAMA 07 -PUERTO DE SALTO.$ $

I- INGRESOS. 16.296INGRESOS OPERATIVOS. 16.296Cargos a la Nave. 0Cobros a la Carga. 0Ferry y Pasajeros. 0Contenedores. 0Concesiones y Permisos. 0Servicios Varios. 16.296Bonificaciones Tarifarias. 0OTROS INGRESOS. 0

II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 5.972.437GRUPO DENOMINACION $ $

01. Retribuciones de Cargos Permanentes. 577.467

011 Sueldos Básicos de cargos. 446.718011001 Retribuciones Básicas. 446.718

013 Dedicación Total - Permanencia a la Orden 130.750

013001 Permanencia a la Orden 130.75002 Ret. Personal Contratado

Funciones Permanentes. 0021 Sueldos básicos de Funciones

Contratadas. 004 Retribuciones

Complementarias. 372.275042 Compensaciones. 164.840

042017 Por Presentismo o Asiduidad. 62.171042020 Mantenimiento Retributivo

Productividad 0042097 Trabajo Sucio o de Altura. 0042102 Compensación funciones

asignadas 0042103 Compensación por Tareas

Específicas 0042105 Mantenimiento Retributivo. 0042106 Compensación a la persona ex

productividad 102.670

Page 6: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

8 Documentos Nº 30.024 - setiembre 10 de 2018 | DiarioOficial

043 Sistema de Remuneración Variable 114.223

043000 Salario Variable 114.223044 Antigüedad 39.649

044001 Prima por antigüedad 39.649045 Complementos. 53.563

045005 Quebranto de Caja. 53.56305 Retribuciones Diversas

Especiales. 93.346052 Trabajo Feriados y Nocturno 15.046

052001 Trabajo Nocturno. 4.209052003 Régimen personal Operativa

Portuaria 10.837053000 Licencias Generadas y no

Gozadas. 0057000 Becas y Pasantías. 0058000 Horas Extras. 0

059 Sueldo Anual Complementario 78.300

059001 Sueldo Anual Complem. Personal Presupuestado. 77.949

059002 Sueldo Anual Complem. Personal Contratado. 351

09 Otras Retribuciones 0095 Contratos a Termino 006 Beneficios al Personal. 305.305

063 Indemnizaciones por Retiro. 0064001 Reintegro Cuota Mutual

Funcionarios. 13.627067000 Compensación por

Alimentación 157.365068000 Compensación por

Alimentación sin aporte 122.813069000 Otros Beneficios al Personal. 11.500

07 Beneficios Familiares. 13.000071000 Prima por Matrimonio. 0072000 Hogar Constituido. 13.000073000 Prima por Nacimiento. 0074000 Prestaciones por Hijo. 0075000 Prestaciones por Fallecimiento. 0

08 Cargas legales sobre Servicios Personales. 164.967

081000 Aporte Patronal al Sistema de Seguridad Social. 95.957

082001 Aporte Patronal al FNV. 12.154084000 FONASA 56.856089000 Otras cargas Legales C/Ss

Personales 00 SERVICIOS PERSONALES 1.526.3591 BIENES DE CONSUMO 123.2452 SERVICIOS NO PERSONALES 4.322.7205 TRANSFERENCIAS 06 INTERESES Y OTROS

GASTOS DE DEUDA. 07 GASTOS NO CLASIFICADOS 1128 APLICACIONES FINANCIERAS 0

II - INVERSIONES. 9.9270 Servicios Personales. -1 Servicios no Personales. -2 Bienes de Consumo. -3 Bienes de Uso. 9.927

NOTA: Las inversiones se exponen a título demostrativo.

GRUPO DENOMINACION $ $PROGRAMA 08 -PUERTO LA PALOMA. -

I - INGRESOS. 6.636.913INGRESOS OPERATIVOS. 6.636.913Cargos a la Nave. 5.069.768Cobros a la Carga. 480.927Ferry y Pasajeros. 0Contenedores. 0Concesiones y Permisos. 911.211Servicios Varios. 175.006Bonificaciones Tarifarias. 0OTROS INGRESOS. 0

II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 6.080.139GRUPO DENOMINACION $ $

01 Retribuciones de Cargos Permanentes. 936.625

011 Sueldos Básicos de cargos. 742.782011001 Retribuciones Básicas. 742.782

013 Dedicación Total -Permanencia a la Orden 193.842

013001 Permanencia a la Orden 193.84202 Ret. Personal Contratado

Funciones Permanentes. 0021 Sueldos básicos de Funciones

Contratadas. 004 Retribuciones Complementarias. 1.136.344

042 Compensaciones. 735.845042017 Por Presentismo o Asiduidad. 99.493042020 Mantenimiento Retributivo

Productividad 0042097 Trabajo Sucio o de Altura. 0042102 Compensación funciones

asignadas 472.049042103 Compensación por Tareas

Especificas 0042105 Mantenimiento Retributivo. 0042106 Compensación a la persona ex

productividad 164.303043 Sistema de Remuneración

Variable 285.841043000 Salario Variable 285.841

044 Antigüedad 30.332044001 Prima por antigüedad 30.332

045 Complementos. 84.325045005 Quebranto de Caja. 84.325

05 Retribuciones Diversas Especiales. 203.371

052 Trabajo Feriados y Nocturno 0052001 Trabajo Nocturno. 0052003 Régimen personal Operativa

Portuaria 0053000 Licencias Generadas y no

Gozadas. 0057000 Becas y Pasantías. 0058000 Horas Extras. 2.267

059 Sueldo Anual Complementario 201.104059001 Sueldo Anual Complem. Personal

Presupuestado. 201.104059002 Sueldo Anual Complem. Personal

Contratado. 009 Otras Retribuciones 0

095 Contratos a Término 006 Beneficios al Personal. 1.133.681

063 Indemnizaciones por Retiro. 0064001 Reintegro Cuota Mutual

Funcionarios. 21.807067000 Compensación por Alimentación 251.784068000 Compensación por Alimentación

sin aporte 197.827069000 Otros Beneficios al Personal. 662.262

07 Beneficios Familiares. 20.799071000 Prima por Matrimonio. 0072000 Hogar Constituido. 20.799073000 Prima por Nacimiento. 0074000 Prestaciones por Hijo. 0075000 Prestaciones por Fallecimiento. 0

08 Cargas legales sobre Servicios Personales. 374.626

081000 Aporte Patronal al Sistema de Seguridad Social. 214.272

082001 Aporte Patronal al FNV. 28.402084000 FONASA 131.953089000 Otras cargas Legales C/Ss

Personales 00 SERVICIOS PERSONALES 3.805.4461 BIENES DE CONSUMO 92.3182 SERVICIOS NO PERSONALES 2.182.3755 TRANSFERENCIAS 0

Page 7: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

9DocumentosNº 30.024 - setiembre 10 de 2018DiarioOficial |

6 INTERESES Y OTROS GASTOS DE DEUDA. 0

7 GASTOS NO CLASIFICADOS 08 APLICACIONES FINANCIERAS 0

II - INVERSIONES. 7.270.5440 Servicios Personales. -1 Servicios no Personales. -2 Bienes de Consumo. -3 Bienes de Uso. 7.270.544

NOTA: Las inversiones se exponen a título demostrativo.2Artículo 2º.- Dése cuenta a la Asamblea General. 3Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, etc.Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período

2015-2020; VÍCTOR ROSSI; DANILO ASTORI.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA 3

Resolución 447/018

Fíjanse las tarifas para las publicaciones, ejemplares y otros productos y servicios, que brinda la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IM.P.O.).

(4.477)

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

RESOLUCIÓN 0774/018Asunto 135/0182018-11-0001-2062

Montevideo, 30 de Agosto de 2018

VISTO: la solicitud formulada por la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IM.P.O.) referente a la aprobación de los nuevos valores de las Tarifas generales de algunos de sus productos y servicios.

RESULTANDO: I) que el Director General de IM.P.O. ha remitido al Poder Ejecutivo, para su aprobación, un Proyecto por el que se actualizan las Tarifas según la siguiente paramétrica: 50% de la variación del Índice de Precios al Consumo del período enero 2018 a junio 2018, más 50% de la variación de sueldos producida durante igual período.

II) que la propuesta expresada está fundamentada en un análisis del estado financiero de IM.P.O., y por razones de buena administración.

III) que las tarifas se expresan con el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) incluido, en los casos en que éste corresponde.

CONSIDERANDO: I) que corresponde al Poder Ejecutivo prestar aprobación a las tarifas propuestas por la Dirección General de IM.P.O., de acuerdo con lo previsto por el literal C) del artículo 4º de la Carta Orgánica de IMPO contenido en el artículo 341 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.

II) que no existen objeciones al criterio sustentado.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el literal C) del artículo 4 de la Carta Orgánica de IM.P.O. contenida en el artículo 341 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN Y CULTURA-en ejercicio de las atribuciones delegadas-

RESUELVE:11ro.- Fíjanse las Tarifas para las publicaciones, ejemplares y otros

productos y servicios que brinda la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IM.P.O.), en los siguientes montos:

SECCIÓN AVISOS DEL DIARIO OFICIAL

-PUBLICACIONES .........................................TARIFA POR AVISO (1)

Apertura de Sucesiones - Procesos Sucesorios ................ $ 5.664.00

Disolución y Liquidación de Sociedades Conyugales ... $ 9.642.00

Disolución de Sociedades Comerciales .............................$ 1.362.00

Divorcios, Incapacidades, Segundas Copias, Venta de Comercios, Unión Concubinaria ............................................................. $ 3.351.00

Información de Vida y Costumbres, Llamado a Acreedores, Pago de Dividendos, Propiedad Literaria y Artística ..................$ 173.00

Edictos Matrimoniales ..............................................................$ 519.00

-PUBLICACIONES ...............................................TARIFA POR CM (2)

Convocatorias, Dirección de Necrópolis, Emplazamientos, Expropiaciones, Licitaciones, Procesos Concursales, Niñez y Adolescencia, ............................................................................. $ 154.00

Prescripciones ............................................................................ $ 168.00

Sociedades de Responsabilidad Limitada y Sociedades Anónimas (Estatutos, Reformas y Consorcios), Estatutos de Cooperativas ....................................................................$ 1.058.00

Avisos Varios, Remates, Sociedades de Responsabilidad Limitada y Sociedades Anónimas (Aclaraciones) ................................. $ 174.00

-PUBLICACIONES ..................................... TARIFA POR PÁGINA (3)

Balances ................................................................................ $ 18.914.00

-INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

Apertura de Sucesiones - Procesos Sucesorios

De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 3º y 4º de la Ley 16.044 de 23 de mayo de 1989, se publica un extracto del edicto judicial conteniendo: nombre de los autos sucesorios, ficha y año, lugar, fecha y actuario.

Se publica a texto completo, si se emplaza por un plazo diferente a 30 o 90 días, si hay un emplazamiento específico a persona/s o si se trata de una herencia yacente.

Disolución y Liquidación de Sociedades Conyugales

En cumplimiento de los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley 16.044 de 23 de mayo de 1989, se publica un extracto del edicto judicial conteniendo: nombre de los cónyuges, ficha, año, lugar, fecha y actuario.

Se publican a texto completo las que se efectúan “bajo beneficio de emolumento”, (artículo 2014 del Código Civil). Tal condición debe constar en el texto del aviso.

Propiedad Literaria y Artística

Se cumple lo establecido en el artículo 9 del Decreto 154/004 de 3 de mayo de 2004.

Edictos Matrimoniales

Artículo 3º de la Ley 9.906 de 30 de diciembre de 1939 y el artículo 92 del Código Civil.

Page 8: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

10 Documentos Nº 30.024 - setiembre 10 de 2018 | DiarioOficial

-PUBLICACIONES SIN COSTO SEGÚN NORMATIVA

Todos los avisos judiciales donde conste:

- Auxiliatoria de pobreza - artículo 89 de la Ley 15.982 de 18 de octubre de 1988.

- Trámite por Defensoría de Oficio o Consultorio Jurídico - Ley 18.078 de 19 de diciembre de 2006

- Demandas Laborales - artículo 28 de la Ley 18.572 de 13 de setiembre de 2009.

Edictos Matrimoniales - In Extremis.Procesos Concursales - artículo 21 de la Ley 18.387 de 23 de octubre

de 2008 (no comprende los financiados con créditos a la masa).Rectificaciones de Partidas - artículo 340 de la Ley 16.170 de 28 de

diciembre de 1990.Niñez y Adolescencia - artículo 133.1 de la Ley 17.823 de 7 de

setiembre de 2004 y artículo 2 de la Ley 13.209 de 17 de diciembre de 1963.

Varios - Bien de Familia - artículo 16 de la Ley 15.597 de 19 de julio de 1984.

Declaración de Ausencia - artículo 2 de la Ley 17.894 de 14 de setiembre de 2005.

Prescripción Adquisitiva - artículo 65 de la Ley 18.308 de 18 de junio de 2008.

-OTRAS PUBLICACIONES SIN COSTO

Todos los avisos judiciales cuyo texto contenga aclaraciones o fe de erratas correspondientes a edictos ya publicados.

SECCIÓN DOCUMENTOS DEL DIARIO OFICIAL

-PUBLICACIONES ................................................TARIFA POR CM (4)

Documentos oficiales (leyes, decretos, resoluciones y otros) $ 206.00

REFERENCIAS

(1) Precio total del aviso(2) Precio por publicación por centímetro de columna de 6,2 cm.(3) Precio por publicación por página.(4) Precio por publicación por centímetro de columna de 9,5 cm.

PUBLICACIONES ESPECIALES

Para documentos oficiales o avisos que individualmente y por publicación superen las 10 páginas del Diario Oficial, se aplicará la siguiente tabla de descuentos por franjas, considerando la tarifa que corresponda:

Cantidad de Páginas

Equivalente en cm. de avisos

Equivalente en cm. de

documentosDescuento

11 a 20 781 a 1560 521 a 1040 10%21 a 30 1561 a 2340 1041 a 1560 20%31 a 40 2341 a 3120 1561 a 2080 30%41 a 50 3121 a 3900 2081 a 2600 40%

51 en adelante 3901 en adelante 2601 en adelante 50%

DETALLE TÉCNICO DE LA PUBLICACIÓN

- Formato de la caja de cada página: 19,5 x 26 cm- La Sección Avisos se diagrama a tres columnas de 6,25 cm.- La Sección Documentos se diagrama a dos columnas de 9,5 cm.- El tipo de letra utilizado es Palatino Linotype, cuerpo 8,7, el

interlineado es 9,5.

ACLARACIONES DE LA PUBLICACIÓN DE LOS AVISOS Y DOCUMENTOS

- Las publicaciones se realizarán en un plazo de hasta 48 horas de recibido el original en IMPO.

- Los avisos recibidos por el Sistema Electrónico de Publicaciones

(SEP) se publicarán en un plazo de 24 horas a partir de ser validados.

- Se respetará fielmente el original recibido.- Al momento de recibir el material a publicar, IMPO se reserva

el derecho de no publicar avisos o documentos que por su presentación no sean legibles, se encuentren incompletos presenten incongruencias o no cumplan con la normativa vigente.

- Los edictos deberán estar convalidados por el sello de la Sede y la firma del Juez o Actuario y no podrán contener enmiendas, tachaduras o agregados que no estén debidamente salvados por el firmante (Circular 32/2006 de la Suprema Corte de Justicia).

- IMPO determinará la ubicación donde deban publicarse los avisos o documentos recibidos.

- IMPO podrá exigir la presentación en medio magnético de los originales que sean extensos.

- El proceso de diagramación del Diario, tanto en avisos como en documentos puede dar lugar a diferencia en la medición manual de los centímetros.

OTRAS TARIFAS

CONSTANCIA DE PUBLICACIÓNEsta constancia autenticada, impresa en papel de seguridad, cuenta

con la conformidad de la Suprema Corte de Justicia (Circular 139/2012 de fecha 29 de octubre de 2012).

Copias adicionalesPágina de Sección Avisos .................................................. $ 43.00 c/uPágina de Sección Documentos ....................................... $ 19.00 c/u

SERVICIO DE BÚSQUEDA Y SISTEMATIZACIÓN DE INFORMACIÓN

Consiste en brindar el acceso a información sistematizada, en soporte papel o electrónico, referida a la normativa y los avisos judiciales y extrajudiciales contenidos en el Banco de Datos de IM.P.O., vinculada a una temática en particular, a requerimiento y según especificación del cliente. Se determinará el valor del servicio de acuerdo con el alcance del trabajo y de sus requerimientos técnicos.

SERVICIO DE ANÁLISIS NORMATIVO DOCUMENTAL Y EDICIÓN DE PRODUCTOS EDITORIALES

Consiste en compilar y editar normas o publicaciones relacionadas, con sus textos actualizados y anotaciones y concordancias expresas.

El valor del servicio será determinado por la Dirección de IM.P.O., según el alcance del trabajo y de sus requerimientos técnicos.

SERVICIO DE DESARROLLO DE BASE DE DATOS INSTITUCIONAL

Consiste en el desarrollo y actualización de una base de datos que incluya la normativa interna de instituciones, organismos, empresas y dependencias estatales y paraestatales en general. El valor del servicio será determinado por la Dirección de IM.P.O., según el alcance del trabajo y de sus requerimientos técnicos. Dicho valor podrá incluir la publicación en el Diario Oficial de los documentos que se incorporen a esta base de datos.

OBSERVACIONESTodas las tarifas están expresadas con IVA 22% incluido.22do.- Comuníquese a la Dirección Nacional de Impresiones y

Publicaciones Oficiales (IM.P.O.) para su conocimiento y aplicación.33ro.- Cumplido, archívese.MARÍA JULIA MUÑOZ.

Page 9: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

11DocumentosNº 30.024 - setiembre 10 de 2018DiarioOficial |

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

4

Decreto 270/018

Apruébase la Estructura de Cargos del Instituto Uruguayo de Meteorología.

(4.423*R)

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 27 de Agosto de 2018

VISTO: que el artículo 207 de la Ley Nº 19.535 de 25 de setiembre de 2017 faculta al Instituto Uruguayo de Meteorología a formular una reestructura organizativa y de puestos de trabajo;

RESULTANDO: I) que la propuesta de Reestructura Organizativa cuenta con la conformidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Contaduría General de la Nación y la Oficina Nacional del Servicio Civil;

II) que por Resolución del Directorio de INUMET Nº 42/018 de 27 de julio de 2018 se aprobó el Proyecto de Reestructura Organizativa y de puestos de trabajo;

CONSIDERANDO: I) que la estructura organizativa del Instituto Uruguayo de Meteorología responde a la reformulación de su Misión y Visión (ANEXO I), al Organigrama y a los Objetivos de las Unidades organizativas (ANEXO II);

II) que la estructura de cargos y funciones proyectada se determina teniendo en cuenta las necesidades de la organización para lograr un cabal cumplimiento de los cometidos institucionales legalmente establecidos, respetando la carrera administrativa y sin causar lesión de derechos funcionales;

III) que los cargos que integran cada escalafón y grado se ubican dentro de una escala ascendente en base a una valoración que contempla entre otros, los siguientes criterios: grado de complejidad de la tarea, jerarquía, responsabilidad exigida, competencias evaluadas a través del conocimiento, idoneidad y experiencia;

IV) que es necesario establecer la equivalencia entre el actual sistema escalafonario y la actual estructura de cargos con la estructura proyectada sin lesionar derechos funcionales;

V) que se dio cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº 18.508 de 26 de junio de 2009;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo 220 de la Constitución de la República, a lo establecido en la Ley Nº 19.158 de 25 de octubre de 2013 y a lo preceptuado por el artículo 207 de la Ley Nº 19.535 de 25 de setiembre de 2017 así como a los informes favorables de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA1Artículo 1º.- Apruébase la Estructura de Cargos proyectada del

Instituto Uruguayo de Meteorología de acuerdo al artículo 207 de la Ley Nº 19.535 de 25 de setiembre de 2017, el que forma parte del presente y que se detalla:

PROYECTADAEscalafón GRADO Denominación OCUPADOS VACANTES TOTALP/C 4 Asesor IV 0 2 2P/C 3 Asesor III 1 4 5P/C 2 Asesor II 0 0 0P/C 1 Asesor I 3 4 7T/C 4 Técnico IV 0 1 1

T/C 3Técnico III 2 2 42 Sub. Jefe de Dpto. al vacar se transforma en función de conducción

T/C 2 Técnico II. 0 18 18T/C 1 Técnico I 40 0 40

AD 4

Administrativo IV1 0 11 Jefe de Dpto. al vacar se transforma en función de

conducción

AD 3

Administrativo III3 0 33 Jefes de Dpto. al vacar se transforman en función de conducción

3 Subjefes de Depto. al vacar se transforma en AD III

AD 2

Administrativo E4 0 42 jefes de sección al vacar se transforma AD III

3 subjefes de sección al vacar se transforma en AD IIAD 1 Administrativo I 11 0 11ES 4 Especializado IV 0 0 0

ES 3Especializado III 2 0 22 Jefe de Dpto. al vacar se transforma en función de conducción

ES 2

Especializado II8 4 124 Jefe de Sección al vacar se transforma en función de conducción

2 Subjefes de sección al vacar se transforman en ES IIIES 1 Especializado I 56 0 56S/O 4 Auxiliar IV 0 0 0S/O 3 Auxiliar III 0 0 0S/O 2 Auxiliar II 1 0 1S/O 1 Auxiliar I 3 0 3

Funciones contratadasES 1 Especializado I 11 11P/C 1 Asesor I 3 3T/C 1 Técnico I 9 9AD 1 Administrativo I 10 10

2

Page 10: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

12 Documentos Nº 30.024 - setiembre 10 de 2018 | DiarioOficial

Artículo 2º.- Apruébase la tabla de equivalencia entre la actual estructura escalafonaria (Ley Nº 15.809) y la nueva estructura escalafonaria que se aprueba en el presente acto. Aquellos funcionarios que ocupen cargos en la estructura que regía hasta el momento serán designados en forma directa en los cargos equivalentes que integran la nueva Estructura, habiéndose recabado la aceptación de aquellos funcionarios que no revisten en cargos equivalentes o que cuentan con los requisitos específicos para el cambio de escalafón.

EquivalenciasNuevo Anterior

Escalafón Grado Denominación Escalafón GradoP/C 4 Profesional IV A 13P/C 4 Profesional IV A 12P/C 3 Profesional III A 11P/C 3 Profesional III A 10P/C 2 Profesional II A 9P/C 2 Profesional II A 8P/C 2 Profesional II A 7P/C 1 Profesional I A 6P/C 1 Profesional I A 5P/C 1 Profesional I A 4T/C 4 Técnico IV B 13T/C 4 Técnico IV B 12T/C 3 Técnico III B 11T/C 3 Técnico III B 10T/C 3 Técnico III B 9T/C 2 Técnico II B 8T/C 2 Técnico II B 7T/C 2 Técnico II B 6T/C 1 Técnico I B 5TIC 1 Técnico I B 4T/C 1 Técnico 1 B 3AD 4 Administrativo IV C 13AD 4 Administrativo IV C 12AD 4 Administrativo IV C 11AD 3 Administrativo III C 10AD 3 Administrativo III C 9AD 3 Administrativo III C 8AD 2 Administrativo II C 7AD 2 Administrativo II C 6AD 2 Administrativo II C 5AD 1 Administrativo I C 4AD 1 Administrativo I C 3AD 1 Administrativo I C 2AD 1 Administrativo I C 1ES 4 Especialista IV D 13

ES 4 Especialista IV D 12ES 4 Especialista IV D 11ES 3 Especialista III D 10ES 3 Especialista III D 9ES 3 Especialista III D 8ES 2 Especialista II D 7ES 2 Especialista II D 6ES 2 Especialista II D 5ES 1 Especialista I D 4ES 1 Especialista I D 3ES 1 Especialista I D 2ES 1 Especialista I D 1S/O 4 Auxiliar IV E 13S/O 4 Auxiliar IV E 12S/O 3 Auxiliar III E 11S/O 3 Auxiliar III E 10S/O 3 Auxiliar III E 9S/O 2 Auxiliar II E 8S/O 2 Auxiliar II E 7S/O 2 Auxiliar II E 6S/O 2 Auxiliar II E 5S/O 1 Auxiliar I E 4S/O 1 Auxiliar I E 3S/O 1 Auxiliar I E 2S/O 1 Auxiliar I E 1S/O 4 Auxiliar IV F 10S/O 4 Auxiliar IV F 9S/O 3 Auxiliar III F 8S/O 3 Auxiliar III F 7S/O 2 Auxiliar II F 6S/O 2 Auxiliar II F 5S/O 2 Auxiliar II F 4S/O 1 Auxiliar I F 3S/O 1 Auxiliar I F 2S/O 1 Auxiliar I F 13Artículo 3º.- Todos los cargos actuales con denominación Jefe

de Departamento (Administrativo III y Especializado III), Sub Jefe de Departamento (Técnico III, Administrativo II) y Jefe de Sección (Especializado II) al vacar se transformarán en funciones de conducción. Todos los cargos actuales con denominación Jefe de Sección (Administrativo II), al vacar se transformarán en cargos del escalafón AD grado 3, Administrativo III. Todos los cargos de Sub Jefe de Sección (Administrativo II y Especializado II), al vacar se transformarán en cargos del escalafón AD grado 2, Administrativo II, y en cargos del escalafón ES grado 3, Especialista III, respectivamente.-

4Artículo 4º.- Apruébase la siguiente escala retributiva en base a un

régimen de 40 horas semanales de trabajo:

Escalafón P/CProfesional

T/CTécnico

ESEspecialista

ADAdministrativo

S/OAuxiliarGrado Denominación

4 IV 78.140,87 65.224,31 62.194,49 59.164,68 52.095,123 III 65.894,06 55.178,09 52.626,66 50.075,24 44.121,932 II 59.770,64 48.480,60 46.248,11 44.121,93 38.806,471 I 52.626,66 44.121,93 41.995,74 39.975,87 35.262,83

Funciones de conducciónNivel Denominación Salario Escalafón correspondiente Nivel organizacionalIII.a Alta conducción 104.726,18 P/C ÁreaIII.b Conducción superior 99.739,23 P/C DivisiónII.a Conducción 86.729,76 P/C DepartamentoII.b Alta conducción 82.599,77 T/C, ES, AD ÁreaI.a Conducción superior 71.825,89 T/C, ES, AD DivisiónI.b Conducción 68.405,61 T/C, ES, AD Departamento

Los montos establecidos en las tablas están expresados a valores de 1º de enero de 2018 y se ajustarán con íos incrementos salariales generales que fije el Poder Ejecutivo para los funcionarios civiles.-

Las diferencias salariales que surjan de la implementación de ésta escala podrán ser liquidadas y abonarse de forma retroactiva al 1º de enero de este ejercicio.

5Artículo 5º.- Si como consecuencia de lo expresado en las

disposiciones de los artículos anteriores la retribución del cargo que ocupare algún funcionario fuera menor a su retribución actual, éste percibirá dicha diferencia como una compensación personal. Esa retribución se irá absorbiendo en futuros incrementos por cambios en la tabla de sueldos, ascensos, aumento de grado del funcionario y compensaciones o partidas de carácter permanente que se otorguen en el futuro, cualquiera sea su financiación.-

6Artículo 6º.- En cumplimiento de lo dispuesto por el art. 207 de la

Page 11: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

13DocumentosNº 30.024 - setiembre 10 de 2018DiarioOficial |

ley 19.535 de 25 de setiembre de 2017, la reestructura que se aprueba no tiene costo presupuestal asociado a la misma.-

7Artículo 7º.- Se dispone de hasta 180 días a partir de la aprobación

del presente acto, para el análisis de funcionamiento de la nueva organización e instrumentación de los ajustes que requiera.-

8Artículo 8º.- Dése cuenta a la Asamblea General, comuníquese y

publíquese.-Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período

2015-2020; ENEIDA de LEÓN; DANILO ASTORI.

ANEXO I — Visión, misión y mapa estratégico:

Visión

Ser el instituto técnico-científico de referencia en el país en materia de servicios meteorológicos y climáticos, que aporta conocimiento calificado en la materia a los distintos sectores del país.

Misión

Prestar los servicios públicos meteorológicos y climatológicos, con el objeto de contribuir a la seguridad de las personas y sus bienes, al desarrollo sostenible de la sociedad y actuar como autoridad meteorológica en el territorio nacional, en su espacio aéreo y marítimo. Coordinar las actividades meteorológicas de cualquier naturaleza en el país y representar a la República Oriental del Uruguay ante los organismos internacionales en la materia.

Valores

* Transparencia* Excelencia* Trabajo en equipo* Compromiso* Integridad

Mapa estratégico

ANEXO II - Organigrama y objetivos de las unidades organizativas:

Objetivos de las Unidades Organizativas de INUMET:

A. SECRETARÍA GENERAL

Administrar los procesos de apoyo administrativos y jurídicos de la institución, de forma de contribuir al cumplimiento de las políticas, cometidos y objetivos establecidos por el Directorio.

A.1. Área Administración

Administrar los procesos asociados al capital humano y a los recursos financieros, materiales y documentales de conformidad con la normativa establecida en cada materia y a las políticas impartidas por la organización, para el logro de los objetivos del Inciso.

A.1.1. División Gestión Humana

Gestionar los procesos de planificación, reclutamiento, selección, capacitación, movilidad y desarrollo a fin de contar con el personal con las competencias técnicas requeridas procurando su adecuado desempeño y desarrollo en la institución.

Dirigir y controlar los procesos vinculados con la liquidación de los haberes de los funcionarios del Inciso y de las obligaciones de seguridad social emergentes, de acuerdo al marco jurídico y a los criterios técnicos vigentes.

A.1.2. División Financiero Contable

Planificar y gestionar los procesos asociados al registro y control de las operaciones presupuestales, patrimoniales y financieras desde el punto de vista legal y técnico, con el fin de mantener una estructura que contribuya a la obtención de los objetivos.

A.1.2.1. Departamento de Compras

Planificar, coordinar y dirigir los procedimientos de adquisición de bienes y contratación de servicios no personales de acuerdo a las necesidades del Inciso.

A.1.2.2. Departamento de Contabilidad

Asegurar acciones que permitan confeccionar los registros contables, financieros y presupuestales vinculados al Inciso.

A.1.3. Departamento de Administración Documental

Page 12: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

14 Documentos Nº 30.024 - setiembre 10 de 2018 | DiarioOficial

Gestionar los procesos de seguimiento y control de trámites y expedientes, en cumplimiento de los protocolos establecidos de transparencia, confidencialidad y seguridad de la información.

A.2. División Jurídica

Gestionar los procesos vinculados al asesoramiento en materia jurídica garantizando el cumplimiento de los cometidos institucionales.

B. Área de Comunicaciones

Gestionar los procesos de diseño y la implementación de estrategias de comunicación externa e interna, que permitan brindar un adecuado conocimiento de los objetivos institucionales, las políticas propuestas, programas, productos y actividades que genera y promueve INUMET.

C.- Escuela de Meteorología del Uruguay

Gestionar la capacitación continua del personal, formación y educación en las áreas de interés de este Servicio, en coordinación con la Gerencia Técnica y el Área de Administración.

D.- Base y Banco Nacional de Datos Meteorológicos Administrar el Banco Nacional de Datos Meteorológicos y Climáticos.

Administrar los procesos vinculados a la generación y análisis de información estadística básica.

E. GERENCIA TÉCNICA

Administrar los procesos técnicos para llevar a cabo los proyectos institucionales en el área de la meteorología y servicios climáticos.

E.1 Área de Monitoreo Atmosférico y Sensores Remotos

Administrar los procesos relacionados a los sistemas de observación atmosféricos para asegurar el monitoreo y la vigilancia meteorológica.

Asesorar a las diferentes instituciones del gobierno en la compra de instrumental meteorológico para que los mismos cumplan los requerimientos internacionales.

E.1.1. División de Monitoreo en superficie

Gestionar el control y monitoreo de las variables atmosféricas de superficie en tiempo real, y la red pluviométrica nacional.

E.1.2. División de Sensores Remotos

Gestionar e implementar la obtención de datos de los sensores remotos existentes, así como la incorporación de las tecnologías que correspondan.

E.1.3. División de Calibración y Mantenimiento

Gestionar los procesos vinculados a la calibración y el mantenimiento del instrumental meteorológico, así como la certificación de la calibración externa, con los organismos nacionales y/o internacionales que correspondan.

E.2. Área de Meteorología y clima para la sociedad

Gestionar la generación y el desarrollo de productos para los distintos sectores de la sociedad, en base a la información meteorológica y climática.

E.2.1. División de Servicios climáticos

Asegurar las acciones destinadas a brindar información climática a la sociedad para la gestión de los beneficios y riesgos climáticos.

Desarrollar, analizar e investigar la variabilidad climática y el cambio climático.

E.2.1.1. Departamento de Clima, producción y sociedad

Gestionar los procesos para desarrollar productos climáticos específicos para la toma de decisión de los sectores productivos del país y para la sociedad.

E.2.1.2. Departamento de Variabilidad climática y cambio climático

Gestionar los procesos para el desarrollo del análisis de la variabilidad climática desde la escala interanual hasta el cambio climático.

Asesorar a los tomadores de decisión, sobre la base física del cambio climático para la generación de políticas públicas.

E.2.2. División de Servicios meteorológicos

Gestionar los procesos relacionados con la predicción del tiempo para las diferentes áreas de competencia.

E.2.2.1. Departamento de Pronóstico del tiempo y vigilancia meteorológica

Gestionar los procesos para analizar y brindar el pronóstico meteorológico, meteorológico marino y agrometeorológico.

Realizar la vigilancia meteorológica.

E.2.2.2. Departamento de Meteorología aeronáutica

Gestionar los procesos para brindar el pronóstico aeronáutico para el área de cobertura correspondiente según la Organización Aeronáutica Civil Internacional (OACI).

Garantizar el cumplimiento de las normas internacionales de OACI.

E.3. Área de Investigación y desarrollo

Desarrollar la investigación en las áreas de la meteorología y servicios climáticos, en base a las necesidades de las áreas operativas, así como el aporte original del conocimiento.

Promover la generación y participación en proyectos y programas de investigación y/o técnicos, a nivel nacional e internacional.

E.4. Área de Informática

Administrar los sistemas informáticos para las áreas técnicas y administrativas de la institución.

Coordinar el desarrollo e implementación de la Base Nacional de Datos Meteorológicos y Climáticos.

Page 13: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

15DocumentosNº 30.024 - setiembre 10 de 2018DiarioOficial |

Page 14: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

16 Documentos Nº 30.024 - setiembre 10 de 2018 | DiarioOficial

GOBIERNOS DEPARTAMENTALESINTENDENCIAS

INTENDENCIA DE MONTEVIDEOCENTRO DE GESTIÓN DE MOVILIDAD

5

Resolución 80/018

Aplícase al propietario del vehículo cuya matrícula se detalla, la multa dispuesta en base a la infracción constatada.

(4.479)

INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

Montevideo, 15 de agosto de 2018

VISTO: Las detecciones efectuadas por los equipos de fiscalización, y/o inspectores de tránsito.

RESULTANDO:I) Que el cuerpo inspectivo constató las infracciones de tránsito

que surgen del listado que se adjunta;II) Que se dió vista personal de estas actuaciones a los interesados

propietarios de los vehículos;CONSIDERANDO:I) Lo dispuesto en el artículo D.723 del Digesto Departamental

en el Libro IV, Capítulo IV, Título I del Volumen V “Tránsito y Transporte”.

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD RESUELVE

Artículo 1º.- Aplicar a los propietarios de los vehículos cuya matrícula se detalla en la siguiente planilla, las multas dispuestas en base a las infracciones constatadas.

Matrícula Artículo Valor en URPAB 6862 ART. 01/2: DESOB A DISPOSICION 1,48

Artículo 2º.- Notifíquese personalmente a los infractores a sus efectos.

Artículo 3º.- Comuníquese.-Mariela Baute, Directora División Tránsito.

INTENDENCIA DE TREINTA Y TRES 6

Resolución 1.668/018

Promúlgase el Decreto Departamental 24/018, por el que se crea el Registro Departamental de Treinta y Tres de Cuidacoches.

(4.480*R)

JUNTA DEPARTAMENTAL TREINTA Y TRES

La junta Departamental de Treinta y Tres en sesión de hoy ha aprobado el siguiente

DECRETO Nº 24/2018

VISTO: El expediente Nº 3212/2016, remitido por la Intendencia Departamental, referente al proyecto presentado por el Sr. Edil Joel Hosta, mediante el que se reglamenta la actividad de los cuidacoches en nuestro Departamento.-

RESULTANDO I) Que por Oficio Nº 450/2016, se remitió el proyecto mencionado a la Intendencia Departamental y considerado por la Secretaria Jurídica de la misma.-

RESULTANDO II) Que a fs. 9 del expediente, el Ejecutivo Departamental remite proyecto de decreto para su consideración.-

CONSIDERANDO: El informe favorable de la Comisión de Legislación

ATENTO: A lo antes expuesto,

LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SESION DEL DIA DE LA FECHA

DECRETA:

Artículo 1º) Crease el Registro Departamental de Treinta y Tres de Cuidacoches, él que estará bajo la órbita de la Intendencia Departamental de Treinta y Tres, a cargo de la Dirección de Tránsito.-

Artículo 2º) Toda persona mayor de edad interesada en desempeñar tareas como cuidacoches en el departamento, deberá presentarse ante la Intendencia Departamental de Treinta y Tres, Dirección Tránsito Público, Municipios y/o Juntas Locales respectivamente, munidos de la siguiente documentación: Cédula de Identidad vigente, dos fotos carne, certificado de buena conducta, cuya expedición no fuese superior a los 10 días de su inscripción, constancia de domicilio expedido por la autoridad policial próxima a su domicilio y carné de salud vigente.-

Artículo 3º) Podrán desempeñar dicha actividad, aquellas personas mayores de edad, oriundas del departamento de Treinta y Tres o que tengan una residencia en el mismo, no inferior a los dos años.-

Artículo 4º) La Dirección de Tránsito Público tendrá el cometido de recibir cada una de las inscripciones y llevar un Registro a tales efectos, debiendo llevar adelante todo lo concerniente a la asignación del lugar de trabajo, el cual no podrá superar la extensión de una cuadra y proceder con todo lo relacionado con el control de dichas personas y lugar donde se le asignará su tarea.-

Artículo 5º) Al mismo se le asignará un carné plastificado de carácter personal e intransferible, cuya vigencia será de un año desde la fecha de expedición, pudiendo el mismo ser renovable por el mismo período mediante la tramitación pertinente, dicho carné deberá contar con un número amplio y visible, foto carné y datos identificatorios.-

Artículo 6º) La Intendencia Departamental de Treinta y Tres, le proporcionará un chaleco identificatorio con idéntico número de identificación asignado, él cual deberá ser lucido en forma permanente por él o la cuidacoche durante su horario de trabajo de manera conjunta con su carné identificatorio.-

En el horario de trabajo que desempeñan tareas de cuidacoche, deberán encontrarse en forma decorosa y bien presentable.-

Artículo 7º) El trámite de inscripción y el chaleco que se le entregará a él o la cuidacoche, será sin costo para el mismo.

Artículo 8º) Para el caso de registrarse algún tipo de incumplimiento de la normativa vigente, la Dirección de Tránsito Público dispondrá de las facultades necesarias para suspender el permiso concedido o proceder a su total revocación.-

Artículo 9º) La Dirección de Tránsito Público, será responsable de la identificación y control de actividades, como así también receptores de quejas de usuarios, disponiendo las sanciones que correspondan acorde a la denuncia realizada por el ciudadano.-

Artículo 10º) Las personas inscriptas en esta nómina no tendrá ningún vínculo laboral con la Comuna excepto el cumplimiento de las normas establecida para la función que realizarán acorde a este Decreto.-

Artículo 11º) Los permisos que otorga la Intendencia Departamental para desarrollar la tarea de cuidacoche son de carácter precario y revocable por la Comuna.-

Page 15: PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA OFICINA DE

17DocumentosNº 30.024 - setiembre 10 de 2018DiarioOficial |

Artículo 12º) La realización de la actividad de cuidacoche no acarreará ningún costo al administrado, no encontrándose las personas que estacionan vehículos en la cuadra que desarrolla sus actividades el cuida coche, obligados a abonar monto alguno por su actividad.-

Artículo 13º) Para el caso de llevarse a cabo algún tipo de espectáculo público que requiera permisos excepcionales, los mismos podrán autorizarse por el período que durase dicho espectáculo para personas inscriptas en el registro respectivo; facultando a la Dirección de Tránsito Público a incrementar el número de cuidacoches; para los cuales dicha Dirección entienda necesario o conveniente a los efectos de brindar mayor seguridad a la concurrencia a dichos eventos.-

Artículo 14º) Pase a la Intendencia Departamental a sus efectos, comuníquese, publíquese, etc.-

SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE TREINTA Y TRES, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-

Nota: El presente Decreto fue aprobado por 23 votos en 25 presentes.-

Edil Dr. JOAQUIN RABELLINO, Presidente; Sr. DARDO AVILA, Secretario.

Intendencia de Treinta y Tres

Res 1668/2018

EXPEDIENTE Nº 3212/16/16/09/16/ JUNTA DPTAL. OF. 45/2016 REF. REGLAMENTACIÓN CUIDACOCHES EDIL JOEL HOSTA.

INTENDENCIA DEPARTAMENTAL

Treinta y Tres, 2 de agosto de 2018.

Cúmplase, insértese, publíquese, siga a conocimiento de la Dirección de Tránsito Público, Municipios de Vergara y Santa Clara y Juntas locales de Cerro Chato, Gral. Enrique Martínez y Rincón; diligenciado archívese.

RDADARDO SÁNCHEZ CAL, Intendente Departamental; RAMÓN

DA SILVA ALMENAR, Secretario General.