pliegos re-032-epp-0sc-2013

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Pág. 1 de 22 EP PETROECUADOR PLIEGOS DE RÉGIMEN ESPECIAL RE-032-EPP-OSC-2013 PRODUCCIÓN DE MATERIAL COMUNICACIONAL PARA CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN AMBIENTAL DATOS GENERALES TIPO DE PROCESO Por ser una contratación, cuyo objeto es la ejecución de actividades de comunicación social, se aplicará el procedimiento de Régimen Especial-Contratación Directa, contemplado en los artículos 88 y 89 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP). OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Reforzar la campaña de concientización ambiental que ejecuta la Gerencia de Seguridad, Salud y Ambiente, para sectores de las refinerías de Esmeraldas, Shushufindi y La Libertad LUGAR DE SERVICIO Quito PLAZO Tres (3) meses VALIDEZ DE LA OFERTA Quince (15) días ENTREGA DE LA OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA El sobre que contenga la oferta técnica y económica, será entregada físicamente en el Departamento de Adquisición de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, ubicada en la calle Alpallana E8- 51 y Av. 6 de Diciembre (Edificio El Rocío II, piso 2), hasta la hora y fecha establecidas en el cronograma. El oferente deberá cumplir con la presentación de la información que requiera el Portal Institucional www.compraspublicas.gob.ec. ASPECTOS ECONÓMICOS PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN De conformidad con los artículos 22 de la LOSNCP y, 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contratación de EP PETROECUADOR para el 2013, contempla esta contratación bajo la denominación “Material Comunicacional/PIEM” y el código 89121.01.1 CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA El valor a pagar por esta contratación será con cargo al Presupuesto de EP PETROECUADOR para el 2013, provenientes de la partida presupuestaria 9.25.607 con denominación ”PUBLICIDAD Y PROPAGANDA”, de acuerdo con la Certificación para inicio de proceso N° 2058/DFIN/PRE/2013, emitida por el Subgerente de Planeación Financiera y Presupuesto (E). PRESUPUESTO REFERENCIAL SIN IVA USD 22.891,13 (VEINTE Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO 13/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) FORMA DE PAGO El pago se lo realizará a los treinta (30) días de la suscripción del acta de recepción definitiva del servicio a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, previa la aprobación y aceptación de la factura por parte de la Jefa de Imagen y Comunicación.

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Pág. 1 de 22

EP PETROECUADOR

PLIEGOS DE RÉGIMEN ESPECIAL

RE-032-EPP-OSC-2013

PRODUCCIÓN DE MATERIAL COMUNICACIONAL PARA CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN AMBIENTAL

DATOS GENERALES

TIPO DE PROCESO

Por ser una contratación, cuyo objeto es la ejecución de actividades de comunicación social, se aplicará el procedimiento de Régimen Especial-Contratación Directa, contemplado en los artículos 88 y 89 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP).

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

Reforzar la campaña de concientización ambiental que ejecuta la Gerencia de Seguridad, Salud y Ambiente, para sectores de las refinerías de Esmeraldas, Shushufindi y La Libertad

LUGAR DE SERVICIO Quito

PLAZO Tres (3) meses

VALIDEZ DE LA OFERTA

Quince (15) días

ENTREGA DE LA OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

El sobre que contenga la oferta técnica y económica, será entregada físicamente en el Departamento de Adquisición de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, ubicada en la calle Alpallana E8-51 y Av. 6 de Diciembre (Edificio El Rocío II, piso 2), hasta la hora y fecha establecidas en el cronograma. El oferente deberá cumplir con la presentación de la información que requiera el Portal Institucional www.compraspublicas.gob.ec.

ASPECTOS ECONÓMICOS

PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN

De conformidad con los artículos 22 de la LOSNCP y, 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contratación de EP PETROECUADOR para el 2013, contempla esta contratación bajo la denominación “Material Comunicacional/PIEM” y el código 89121.01.1

CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

El valor a pagar por esta contratación será con cargo al Presupuesto de EP PETROECUADOR para el 2013, provenientes de la partida presupuestaria 9.25.607 con denominación ”PUBLICIDAD Y PROPAGANDA”, de acuerdo con la Certificación para inicio de proceso N° 2058/DFIN/PRE/2013, emitida por el Subgerente de Planeación Financiera y Presupuesto (E).

PRESUPUESTO REFERENCIAL SIN IVA

USD 22.891,13 (VEINTE Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO 13/100

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA)

FORMA DE PAGO

El pago se lo realizará a los treinta (30) días de la suscripción del acta de recepción definitiva del servicio a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, previa la aprobación y aceptación de la factura por parte de la Jefa de Imagen y Comunicación.

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FACTURACIÓN

La factura debe ser emitida a nombre de EP PETROECUADOR y entregada en el Departamento de Imagen y Comunicación, ubicada en la calle Alpallana E8-86 y Av. 6 de Diciembre (Edificio Alpallana-EP PETROECUADOR, piso 6)

MONEDA DE COTIZACIÓN Y PAGO

Dólares de los Estados Unidos de América

REAJUSTE DE PRECIO

El valor de este contrato es fijo y no estará sujeto a reajuste por ningún concepto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 131, segundo inciso del Reglamento General de la LOSNCP.

ASPECTOS LEGALES

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

Prestar el servicio objeto de la presente contratación de acuerdo a las especificaciones técnicas detalladas por EP PETROECUADOR en este Pliego, así como, en la oferta presentada y aceptada por la Entidad.

FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

El Contratista deberá suscribir el contrato en el término de quince (15) días, luego de haber recibido la notificación de adjudicación por parte de EP PETROECUADOR

PLAZO DEL CONTRATO

Tres (3) meses, contados desde la suscripción del contrato por parte de EP PETROECUADOR

MULTAS

El oferente adjudicatario pagará a EP PETROECUADOR en concepto de multa, la cantidad equivalente al uno por mil (1x1000) del valor de esta contratación sin el IVA, por cada día de retraso en la entrega del material comunicacional objeto de la contratación o por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que contrae en virtud de este instrumento; excepto en caso fortuito o fuerza mayor, conforme lo dispuesto en el Art. 30 de la Codificación del Código Civil, debidamente comprobado y aceptado por EP PETROECUADOR. Las multas serán notificadas al proveedor y descontadas de los valores pendientes de pago a que tenga derecho o en su defecto, solventadas por el adjudicatario mediante cheque certificado o giro bancario a la orden de EP PETROECUADOR.

RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL SERVICIO

Una vez recibido el servicio a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, el proveedor y los integrantes de la comisión designada por EP PETROECUADOR para el efecto, suscribirán el acta de recepción definitiva en los términos del Art. 124 del Reglamento General de la LOSNCP. La liquidación final se realizará en los términos previstos por el Art. 125 del Reglamento mencionado y formará parte del acta.

DOCUMENTOS DE LA OFERTA

FORMULARIO N° 1 Carta de Presentación y Compromiso

FORMULARIO N° 2 Datos Generales del Oferente

FORMULARIO N° 3 Oferta Técnica

FORMULARIO N° 4 Oferta Económica

FORMULARIO N° 5 Valor Agregado Ecuatoriano

Cumplimiento de la Resolución INCOP N° RE-2013-000093

Estados Financieros 2012, presentados a la Superintendencia de Compañías o la Declaración del Impuesto a la Renta 2012.

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ITEM DETALLE TAMAÑOS MATERIAL CANTIDAD

1

Diseño, diagramación e impresión de Roll

UPS fase informativa de implementación

del Sistema de Gestión Ambiental (SGA)

para las refinerías de Esmeraldas,

Shushufindi y La Libertad (5 unidades por

cada diseño).

2,00 x 0,80

Lona exterior, impresión

alta resolución 1.700 DPI,

estructura de aluminio,

anonizado, tipo pinzas.

15

2

Diseño, diagramación, impresión de Roll

UPS fase de concientización de

implementación del SGA, para las

refinerías de Esmeraldas, Shushufindi y

La Libertad (2 unidades por cada diseño).

0,81 x 2,00

Lona exterior, impresión

alta resolución 1.700 DPI,

estructura de aluminio,

anonizado, tipo pinzas.

15

3

Diseño, diagramación e impresión de

trípticos informativos, tres diseños

diferentes por cada uno (10 unidades

para refinería de Esmeraldas; 6 unidades

para refinería de Shushufindi; 6 para

refinería La Libertad).

A-3

Impresión papel cuche

mate de 250 gramos,

plastificado mate, grafados

y doblados.

22

4

Diseño, diagramación, impresión de

afiches de información relevantes de la

GSSA en refinería (aspectos

ambientales), impresión full color (60

unidades para refinería Esmeraldas, 50

para refinería de Shushufindi, 50 unidades

para refinería de La Libertad).

Súper A-3

Impresión full color en

papel couche mate de

250 gramos.

160

5

Diseño, ilustraciones, diagramación,

impresión de folletos, asuntos relevantes

de la GSA EN Refinería de Esmeraldas

(manejo de residuos peligrosos y

productos químicos) de 8 hojas, se

deberá editar a manera de historietas con

personajes animados y creados (400

unidades para refinería de Esmeraldas,

300 unidades para refinería de

Shushufindi, 300 unidades para refinería

la Libertad); las tres ediciones deberán

llevar el mismo texto.

Súper A-5

Impresión full color total,

en material cuche de 90

gramos.

1.000

6

Diseño, ilustraciones, diagramación,

impresión de folletos, asuntos relevantes

de la GSA en Refinería de Esmeraldas

(manejo de residuos no peligrosos,

ahorro de recursos y manejo de chatarra,

aguas negras y grises, efluentes y

vacuum) de 8 hojas, se deberá editar a

manera de historietas, con personajes

animados y creados (400 unidades para

refinería de Esmeraldas, 300 unidades

para refinería de Shushufindi, 300

unidades para refinería la Libertad); las

tres ediciones deberán llevar el mismo

texto.

Súper A-3

Impresión full color total,

en material cuche de 90

gramos

1000

7Diseño, diagramación de folletos (manejo

de residuos peligroso y químicos).2

8Ilustración de tres personajes por cada

folleto.6

9 Compra de fotos de alta calidad. 8

10

Diseño, diagramación, impresión de

afiche responsabilidades y autoridades

generales en refinerías.

Papel couche mate de 90

gramos.30

11

Producción del diseño, diagramación e

impresión de libretas institucionales; 100

páginas interiores, portada y

contraportada.

9 x 21

Impresas en papel bond

de 75 gramos, carátulas

impresas a full color en

cartulina plegable 0,12,

plastificadas,anilladas con

anillo metálico.

5000

12

Diseño, diagramación e impresión de

trípticos (equipos de protección personal,

riesgos, aspectos de impactos

ambientales).

A-4

Papel couche de 150

gramos, impresión full

color, barnizados en UB

tiro y retiro.

100

13Diseño, diagramación e impresión de

afiches.A-3

Papel couche de 250

gramos, plastificado.50

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CRONOGRAMA DEL PROCESO

ETAPA FECHA LÍMITE HORA

Publicación 27-diciembre-2013 17:00

Audiencia de Preguntas y Aclaraciones 02-enero-2014 11:00

Presentación de la Oferta 03-enero-2014 11:00

Apertura y Análisis de la oferta 03-enero-2014 11:15

Adjudicación estimada 07-enero-2014 16:30

Quito DM, diciembre de 2013

PARÁMETROS DE VALORACIÓN

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

OFERTA ECONÓMICA

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Formulario N° 1

NOMBRE DEL OFERENTE:

RE-032-EPP-OSC-2013

CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO

(Lugar y Fecha) Señores JEFATURA DE ADQUISICIONES DE OBRAS, SERVICIOS Y CONSULTORÍA

EP PETROECUADOR

Ciudad.- De mi consideración:

El que suscribe, en atención a la invitación efectuada por EP PETROECUADOR dentro del proceso de contratación directa por Régimen Especial RE-032-EPP-OSC-2013, con el fin de contratar el servicio de PRODUCCIÓN DE MATERIAL COMUNICACIONAL PARA CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN AMBIENTAL, luego de examinar el pliego y al presentar esta oferta (por sus propios derechos, si es persona natural) / (como representante legal de ...., si es persona jurídica) / (como procurador común de ……., si se trata de asociación o consorcio) declara que:

1.- El oferente es proveedor elegible de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) y su Reglamento General vigente 2.- La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado. 3.- La oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Régimen Especial y que, en todo aspecto la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así también, declara que no establecerá, concertará o coordinará -directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable; así mismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general, de toda conducta cuyo objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia, ya sea en la presentación de la oferta y posturas o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente en este procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se presumirá la existencia de una práctica restrictiva por disposición del Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, si se evidencia la existencia de actos u omisiones, acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta, independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de su oferta o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente en este proceso de contratación.

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4.- Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio; y que, los equipos y materiales que se utilizarán para su ejecución, en caso de adjudicación del contrato, serán de propiedad del oferente o arrendados y contarán con todos los permisos que se requieran para su utilización. 5.- Prestará el servicio de acuerdo con el pliego, especificaciones técnicas e instrucciones de EP PETROECUADOR, así como en el plazo establecido y por el precio establecido en su oferta, aceptada por la Entidad. 6.- Al presentar esta oferta, ha considerado todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes. 7.- Bajo juramento declara expresamente que no ha ofrecido, ofrece u ofrecerá y no ha efectuado o efectuará ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o prohibido por la ley, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún servidor público o trabajador de EP PETROECUADOR que hubiera tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación en sus etapas de planificación, programación, selección, contratación o ejecución, incluyéndose preparación del pliego, aprobación de documentos, calificación de ofertas, selección de contratistas, adjudicación o declaratoria de procedimiento desierto, recepción del servicio, administración del contrato o cualquier otra intervención o decisión en la fase precontractual o contractual; y, acepta que en caso de violar este compromiso, la CONTRATANTE dé por terminado en forma inmediata el contrato, observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen. 8.- Acepta que en el caso que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4, 5, 6 y 7 que anteceden, EP PETROECUADOR le descalifique como oferente o proceda a la terminación inmediata del contrato, según sea el caso y observando el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y perjuicios que tales violaciones hayan ocasionado. 9.- Declara que se obliga a guardar absoluta reserva de la información confiada y a la que pueda tener acceso durante la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento del contrato en caso de resultar adjudicatario, así como acepta que la inobservancia de lo manifestado dará lugar a que EP PETROECUADOR ejerza las acciones legales, civiles y penales correspondientes y, en especial las determinadas en los artículos 200 y 201 del Código Penal vigente. 10.- Conoce las condiciones de la contratación, ha estudiado las especificaciones técnicas y demás información del pliego, las aclaraciones y respuestas realizadas en el proceso y se halla satisfecho del conocimiento adquirido; por consiguiente, renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de características y especificaciones del servicio a prestar. 11.- Entiende que las cantidades indicadas en el Formulario N° 4, son exactas y no podrán variar por ningún concepto. 12.- De resultar adjudicatario, manifiesta que se compromete a prestar el servicio sobre la base de las cantidades, especificaciones técnicas y demás condiciones que declara conocer; en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación del plazo.

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13.- Conoce y acepta que EP PETROECUADOR, se reserva el derecho de declararlo adjudicatario, cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales e institucionales. En ningún caso, el que suscribe tendrá derecho a reparación o indemnización alguna a su favor. 14.- Se somete a las disposiciones de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP), de su Reglamento General, de las resoluciones del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP) y demás normativa que le sea aplicable, así como del pliego que rige esta contratación. 15.- Garantiza la veracidad, exactitud de la información y de las declaraciones incluidas en los documentos de la oferta, formularios y otros anexos, así como de toda la información que como proveedor consta en el portal institucional del SERCOP, considerando que esta contratación se enmarca en el principio de la buena fe; sin perjuicio de lo cual, autoriza a EP PETROECUADOR a efectuar averiguaciones para comprobar u obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas, económicas y legales del oferente que suscribe. Acepta que, en caso que se comprobare administrativamente por parte de EP PETROECUADOR que el oferente o contratista hubiere alterado o faltado a la verdad sobre la documentación o información que conforma su oferta, dicha falsedad ideológica será causal para descalificarlo del procedimiento de contratación, declararlo adjudicatario fallido o contratista incumplido, según corresponda, previo el trámite respectivo y sin perjuicio de las acciones judiciales a las que hubiera lugar. 16.- Se compromete a no contratar personas menores de edad para realizar actividad alguna durante la ejecución contractual; y que, en caso que las autoridades del ramo determinaren o descubrieren tal práctica, se someterá y aceptará las sanciones que de tal práctica puedan derivarse, incluso la terminación unilateral y anticipada del contrato, con las consecuencias legales y reglamentarias pertinentes. 17.- Bajo juramento, no estar incurso en las inhabilidades generales y especiales para contratar, establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y, 110 y 111 de su Reglamento General.

Atentamente, FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (Si el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: Previamente a la firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el País conforme lo disponen el Art. 6 y la Sección XIII de la Ley de Compañías; así como a obtener el RUP)

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Formulario N° 2 NOMBRE DEL OFERENTE:

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DATOS GENERALES DEL OFERENTE RAZÓN SOCIAL DEL OFERENTE: (establecer si es persona natural o jurídica o consorcio o asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o asociación. Se determinará al representante legal o procurador común, de ser el caso). PERSONA NATURAL ( ) JURÍDICA ( ) CONSORCIO ( ) ASOCIACIÓN ( )

DIRECCIÓN PARA CORRESPONDENCIA: Calle: Teléfono(s): Correo electrónico: Ciudad: CPC: CEDULA DE CIUDADANÍA (PASAPORTE): R.U.C: SERVICIO QUE OFRECE: FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (Lugar y fecha)

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Formulario N° 3

NOMBRE DEL OFERENTE:

RE-032-EPP-OSC-2013

OFERTA TÉCNICA

(El oferente deberá detallar todos y cada uno de los componentes del servicio ofertado, de acuerdo a los requerimientos de EP PETROECUADOR)

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (Lugar y fecha)

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Formulario N° 4

NOMBRE DEL OFERENTE:

RE-032-EPP-OSC-2013

OFERTA ECONÓMICA (Detalle de los rubros de la oferta económica)

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL (Lugar y fecha)

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Formulario N° 5

NOMBRE DEL OFERENTE:

VALOR AGREGADO ECUATORIANO DE LA OFERTA

Item CPC Descripción Cantidad Unidad Costo

Unitario Costo Total

Peso Relativo

A B C D E

(A-E) VAEO

1 C (1) CU (1) CT (1) PR (1)

VAE (1) PR(1) x VAE(1)

2 C(2) CU (2) CT(2) PR (2)

VAE (2) PR(2) x VAE(2)

... … … … …

… …

… … …

… …

… … …

… …

n

C (n)

CU (n) CT (n) PR (n)

VAE (n) PR(n) x VAE(n)

(CTi) = 100%

(PRi x VAEi)

CÁLCULO DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO ECUATORIANO

RESPECTO AL COSTO DE PRODUCCIÓN

(Se presentará un formulario por cada uno de los tipos servicio que son parte de la oferta)

COLUMNA ELEMENTOS DEL COSTO DEL SERVICIO VALOR AGREGADO

ECUATORIANO (%)

CPC Código CPC del producto

Descripción Descripción del servicio

Cantidad Cantidad solicitada por la Entidad

Unidad Unidad de medida del servicio

Costo Total (CT) Costo Total de la prestación del servicio

A Valor de la materia prima, materiales e insumos de origen ecuatoriano de aplicación directa al servicio

(A/CT) x100

B Valor de la mano de obra utilizada en el país para la prestación del servicio

(B/CT) x 100

C

Valor de la tecnología de origen nacional aplicada en la prestación del servicio: gastos de investigación, desarrollo y propiedad intelectual. (El valor proporcional utilizado para este cálculo será el resultante de aplicar el valor de amortización anual directamente en el periodo de prestación del servicio desarrollado objeto de la oferta, de acuerdo a la Ley de Régimen Tributario Interno y su Reglamento)

(C/CT) x100

D Valor de servicios, incluidos los profesionales, prestados por personas naturales y jurídicas nacionales para la prestación del servicio

(D/CT) x 100

E

Valor de la depreciación de equipos instalados en las plantas industriales para la prestación del servicio, de acuerdo a los siguientes criterios: - Para la prestación de servicios, la depreciación no podrá ser realizada en un tiempo menor de diez (10) años para herramientas, maquinarias, equipos e instalación. - El valor de depreciación será el valor histórico en libros. En caso que no exista valor de depreciación, este concepto se lo realizará según avalúo de activos. - El valor proporcional utilizado para este cálculo, será el resultante de aplicar el valor de depreciación anual obtenido de la maquinaria, equipos o instalaciones en el periodo realmente utilizado directamente en la prestación del servicio objeto de la oferta.

(E/CT) x 100

TOTAL AGREGADO ECUATORIANO:

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

(Lugar y fecha)

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“ANEXO 1”

METODOLOGÍA PARA CALCULAR EL VALOR AGREGADO ECUATORIANO

Para efectos de complementar la información requerida respecto del Valor Agregado Ecuatoriano, se

deberá tomar en cuenta las siguientes definiciones y criterios:

Valor Agregado Ecuatoriano: Resultado de la sumatoria de las contribuciones porcentuales en la

formación del precio final de los diversos componentes de origen ecuatoriano, que se utilizan para prestar un servicio.

Materia Prima, Insumos y Equipos de Origen Ecuatoriano: Todos aquellos bienes, partes,

materiales producidos o fabricados en el País, incorporados en la prestación del servicio objeto de la oferta.

Mano de Obra: Personal empleado, obreros y trabajadores utilizados para la prestación del servicio

objeto de la oferta, según los datos declarados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Tecnología de Origen Ecuatoriano: Los gastos documentadamente comprobables que en investigación, desarrollo y propiedad intelectual, hayan sido realizados en el País para la prestación del servicio objeto de

la oferta, en el porcentaje que corresponda de acuerdo a la presente metodología.

No serán considerados como Valor de Agregado Ecuatoriano:

1) Las manipulaciones simples destinadas a asegurar la conservación de los bienes durante su transporte

o almacenamiento, tales como la aeración, refrigeración, adición de sustancias, salazón, extracción de

partes averiadas y operaciones similares. Salvo en aquellos casos, que con ocasión a la cogestión se demuestre que grupos de personas realicen este tipo de funciones dentro de la empresa.

2) Las operaciones de desempolvamiento, lavado o limpieza, entresaque, clasificación, selección, división en partes, cribado, tamizado, filtrado, dilución en agua, aplicación de aceite y recortado.

3) La formación de juegos de bienes.

4) La reunión o división de bultos. 5) La aplicación de marcas, etiquetas o signos distintivos similares a las marcas nacionales.

6) El servicio de post-venta y garantía de bienes y servicios importados, costos de publicidad, promoción, comercialización y distribución.

7) Costos administrativos, márgenes de utilidad, tributos, gastos de nacionalización y otros costos que no intervengan directamente en el proceso productivo.

8) Cualquier otra actividad que no cumplan los parámetros determinantes del Valor de Agregado

Ecuatoriano, establecidos en este Instructivo.

Notas:

La sumatoria de los elementos del cuadro anterior no necesariamente deben ser el 100%; pero no

podrán superar dicho porcentaje.

Los valores de los parámetros a, b, c, d, e, de la columna de Valor Agregado Ecuatoriano, corresponden a los porcentajes de cada uno de ellos respecto al costo total (CT) del objeto ofertado.

El Valor (CT), corresponde al Costo Total de Producción de la prestación del servicio.

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PROYECTO DE CONTRATO

PRODUCCIÓN DE MATERIAL COMUNICACIONAL PARA CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN AMBIENTAL

COMPARECIENTES: Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, representada por ………………. en su calidad de Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría (E) de EP PETROECUADOR, a quien en adelante se le denominará “EP PETROECUADOR o CONTRATANTE”; y por otra, ….…..…….., a quien en adelante se le denominará “CONTRATISTA”. Las Partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes Cláusulas: Primera.- ANTECEDENTES 1.1.- De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) y, 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual de Contratación 2013 de EP PETROECUADOR contempla el servicio “Material Comunicacional/PIEM”, bajo el código 89121.01.1 del Clasificador Central de Productos. 1.2.- Mediante Resolución N° PGER-2013291 de 07 de noviembre de 2013, el Gerente General encargado de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador, EP PETROECUADOR, aprobó la Normativa de Procesos “Abastecimientos”, incluyendo la sexta versión del Procedimiento: “DESCONCENTRACIÓN EMPRESARIAL PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS INCLUIDOS LOS DE CONSULTORÍA Y PAGOS VARIOS”, el cual sustituye a las versiones anteriores y contiene los respectivos niveles de aprobación. 1.3.- En el Procedimiento: “DESCONCENTRACIÓN EMPRESARIAL PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, CONTRATACIÓN DE OBRAS, SERVICIOS INCLUIDOS LOS DE CONSULTORÍA Y PAGOS VARIOS”, consta la delegación al Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR como ordenador de gasto, para que realice los procesos de contratación a través de Régimen Especial, hasta por el monto que resulte de multiplicar el Presupuesto Inicial del Estado por el coeficiente 0,00006. 1.4.- Se cuenta con los recursos a suficientes en el Presupuesto 2013 de EP PETROECUADOR, provenientes de la Partida Presupuestaria 9.25.607 denominada “PUBLICIDAD Y PROPAGANDA”, conforme consta en la Certificación N° …/DFIN/PRE/2013 de … de … de 2013, conferida por el Subgerente de Planeación Financiera y Presupuesto (E). 1.5.- Con memorando N° 406-PIEM-2013 de 05 de junio de 2013, la Coordinadora General de Imagen Empresarial a esa fecha, solicitó al Gerente General (E), la autorización para realizar la producción de material comunicacional con posicionamiento de marca que refuerce la campaña de concientización ambiental. 1.6.- En memorando N° 985-PEICO-2013 de 26 de noviembre de 2013, la Jefe de Imagen y Comunicación, solicitó a la Jefatura de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría, se inicie el proceso de contratación de la producción de material comunicacional para campaña de concientización ambiental. 1.7.- Mediante Resolución N° LAB-I-RE-019-EPP-OSC-2013 de … de diciembre de 2013, la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría (E) de EP PETROECUADOR, aprobó el Pliego y autorizó el inicio del proceso de contratación directa bajo la modalidad de Régimen

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Especial, de la PRODUCCIÓN DE MATERIAL COMUNICACIONAL PARA CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN AMBIENTAL; con un Presupuesto Referencial de US$ 22,891.13. 1.8.- El … de diciembre de 2013, se efectuó la invitación a SANTIAGO HERNÁN CORONEL VELASCO, para que participe en este procedimiento de Régimen Especial. 1.9.- En el Departamento de Adquisición de Obras, Servicios y Consultoría se recibió la oferta del oferente invitado, hasta la hora y fecha establecida para el efecto en el cronograma. 1.10.- Mediante memorando N° ….. de … de …… de 2013, el servidor público ………….., emitió su criterio técnico respecto a la propuesta presentada por ….., en el cual manifestó que: “……….”. 1.11.- Luego del proceso y análisis correspondiente, la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría (E) mediante Resolución N° LAB-ADJ-…-EPP-OSC-2013 de …… de ……. de 2013, adjudicó la prestación del servicio de PRODUCCIÓN DE MATERIAL COMUNICACIONAL PARA CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN AMBIENTAL, al oferente …………………………., por ………….. 1.12.- El proceso se realizó de conformidad a lo establecido en el artículo 89 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que regula el procedimiento de régimen de contratación directa. Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO 2.1.- A más de los que constan en la Cláusula de Antecedentes, forman parte integrante del contrato, los siguientes documentos:

a) El Pliego.

b) La oferta presentada por el CONTRATISTA.

c) Copia a color de cédula identidad y papeleta votación del CONTRATISTA.

d) Registro Único de Contribuyentes (RUC).

e) Registro Único de Proveedores (RUP).

Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO 3.1.- El CONTRATISTA se obliga con EP PETROECUADOR a prestar el servicio para realizar la PRODUCCIÓN DE MATERIAL COMUNICACIONAL PARA CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN AMBIENTAL para sectores de las Refinerías Esmeraldas, Shushufindi y La Libertad, a entera satisfacción de la CONTRATANTE, según las características y especificaciones técnicas constantes en la propuesta adjudicada, así como en el Pliego que rigió el proceso de contratación y es parte integrante de este contrato. Cuarto.- PLAZO 4.1.- El plazo para la ejecución y prestación del servicio de PRODUCCIÓN DE MATERIAL COMUNICACIONAL PARA CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN AMBIENTAL, es de tres (3) meses, contado a partir de la suscripción del contrato. Quinta.- PRÓRROGAS DE PLAZO 5.1.- EP PETROECUADOR prorrogará el plazo total o los plazos parciales, en los siguientes casos y siempre que el CONTRATISTA así lo solicite por escrito, justificando los fundamentos

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de la solicitud, dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud:

a) Por fuerza mayor o caso fortuito, aceptados como tal por EP PETROECUADOR a través de la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría. Tan pronto desaparezca la fuerza mayor o el caso fortuito, el CONTRATISTA está obligado a continuar con la ejecución del contrato, sin necesidad que medie notificación por parte del administrador(a) del contrato.

b) Por suspensiones o modificaciones en las actividades previstas en este contrato, ordenadas por EP PETROECUADOR por intermedio de la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría y que no se deban a causas imputables al CONTRATISTA.

5.2.- Las prórrogas de plazos parciales serán autorizadas por escrito y motivadamente por el administrador(a) del contrato. Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización de la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, previo informe fundamentado del administrador(a) del contrato. En todo caso, la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría podrá aceptar o no el informe al tomar su decisión de conceder o negar la prórroga de plazo; la cual deberá estar motivada. Sexta.- MONTO DEL CONTRATO 6.1.- El precio al que asciende el presente contrato por la prestación del servicio objeto del mismo y que EP PETROECUADOR pagará al CONTRATISTA, es de US$ ****** (……… con 00/100) dólares de los Estados Unidos de América, sin incluir el IVA; de conformidad con el valor de la oferta económica presentada por el CONTRATISTA y aceptada por la CONTRATANTE: 6.2.- El precio acordado en este contrato por prestar el servicio para realizar la producción de material comunicacional con posicionamiento de marca para reforzar la campaña de concientización ambiental, para sectores de las Refinerías de Esmeraldas, Shushufindi y La Libertad, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar. Séptima.- FORMA DE PAGO 7.1.- EP PETROECUADOR pagará por el servicio efectivamente realizado, a los treinta (30) días de la suscripción del acta de recepción definitiva del servicio a entera satisfacción de EP PETROECUADOR, previa la aprobación y aceptación de la factura por parte de la Jefe de Imagen y Comunicación. 7.2.- Los egresos que emanen del contrato serán con cargo a la Partida Presupuestaria 9.25.607 “PUBLICIDAD Y PROPAGANDA”, conforme la Certificación presupuestaria N° …/DFIN/PRE/2013 de … de … de 2013. 7.3.- Será responsabilidad de EP PETROECUADOR efectuar las retenciones a que hubiere lugar y emitir los comprobantes correspondientes. 7.4.- Será causa de responsabilidad de los servidores públicos, el que no cumplan oportunamente con las obligaciones de pago previstos en este contrato, a pesar de contar con los recursos económicos suficientes; para lo cual se aplicará lo establecido en el art 101 de la LOSNCP.

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Octava.- REAJUSTE DE PRECIOS 8.1.- El monto del presente contrato es fijo, por tanto, no habrá lugar a reajuste de precios por ningún concepto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 131, segundo inciso del Reglamento General de la LOSNCP Novena.- MULTAS 9.1.- El CONTRATISTA conviene en pagar a EP PETROECUADOR en concepto de multa, la cantidad equivalente al dos por mil (2x1000) del valor de este contrato sin el IVA, por cada día de retraso en la entrega del material comunicacional objeto del contrato o por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que contrae en virtud de este instrumento; excepto en caso fortuito o fuerza mayor, conforme lo dispuesto en el Art. 30 de la Codificación del Código Civil, debidamente comprobado y aceptado por EP PETROECUADOR, para lo cual el CONTRATISTA notificará a la CONTRATANTE dentro de las veinticuatro (24) horas subsiguientes a la ocurrencia de los hechos. Cumplido el término, de no mediar dicha notificación, se entenderá como no ocurridos los hechos que alegue el CONTRATISTA como causa, para la no prestación del servicio al cual está obligado y se le impondrá la multa prevista anteriormente. 9.2.- EP PETROECUADOR queda autorizada por el CONTRATISTA para recaudar las multas impuestas de los valores que por este contrato le corresponde recibir, sin requisito o trámite previo alguno. 9.3.- Si el valor de las multas impuestas llegare a superar el equivalente al cinco por ciento (5%) del monto del contrato sin el valor del IVA, EP PETROECUADOR podrá declarar anticipada y unilateralmente la terminación del contrato. 9.4.- El pago de multas no libera al CONTRATISTA del cumplimiento de la obligación principal, esto es, del cumplimiento exacto de los términos del presente contrato. 9.5.- Las multas serán descontadas de los valores pendientes de pago a que tenga derecho el CONTRATISTA o en su defecto, solventadas por el CONTRATISTA mediante cheque certificado o giro bancario a la orden de EP PETROECUADOR. 9.6.- El pago de las multas no le exonerará al CONTRATISTA de indemnizar los daños y perjuicios que su eventual incumplimiento ocasione a EP PETROECUADOR. 9.7.- Las multas podrán ser apeladas ante la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría dentro del término de cinco (5) días de notificadas. Transcurrido este término sin que se apele, se entenderá que la multa adquiere firmeza y que el CONTRATISTA acepta su imposición. 9.8.- El recurso se presentará por escrito y reunirá, en lo que resulte aplicable, los requisitos del artículo 153 del Reglamento General de la LOSNCP; de no cumplir con tales requisitos podrá disponer que se le aclare o complete, en el término de tres (3) días. De no hacerlo en este lapso, no se dará trámite al recurso y se lo archivará. La resolución se dictará y notificará en el término de quince (15) días de interpuesto el recurso, no obstante, considerando los pronunciamientos de la Procuraduría General del Estado referentes al silencio administrativo en el ámbito de los contratos administrativos, si se notificare en un lapso mayor, no se entenderá por este hecho, que el recurso se entienda aceptado. La resolución que tome la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría, será definitiva y no será proclive de nuevo recurso o reclamo administrativo.

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Décima.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Son obligaciones del CONTRATISTA, a más de suscribir el contrato, las siguientes: 10.1.- Asegurar una correcta y legal ejecución del contrato en los términos establecidos en las especificaciones técnicas, las condiciones generales y especiales establecidas en el pliego, que fueron conocidas en la etapa precontractual, así como en la oferta adjudicada y a lo establecido en la legislación ecuatoriana ambiental, de seguridad industrial y salud ocupacional, seguridad social, laboral, etc., materia relacionada con la ejecución del contrato. 10.2.- Mantener un solo canal de comunicación oficial con EP PETROECUADOR por intermedio del administrador(a) del contrato. Para el efecto, el CONTRATISTA se compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitarle toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato. 10.3.- El CONTRATISTA se obliga al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social Obligatorio, adquiriendo respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono, sin que EP PETROECUADOR tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni relación con el personal que labore en la ejecución de los trabajos, ni con el personal de la subcontratista. 10.4.- A más de las obligaciones ya establecidas en el presente contrato y el pliego que rigió el proceso de contratación, el CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive de la naturaleza del objeto del contrato. Décimo Primera.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE

11.1.- Proporcionar la información con la que cuente relacionada con el servicio a suministrar. 11.2.- Designar un administrador(a) del contrato, para el adecuado control de su ejecución, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del mismo, para lo que adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados. 11.3.- A través del administrador(a) del contrato, adoptar las medidas necesarias para el normal cumplimiento del contrato. 11.4.- Verificar que el servicio objeto del contrato, se realice de acuerdo a los requerimientos técnicos establecidos por el Departamento de Imagen y Comunicación de EP PETROECUADOR en el Pliego que rigió la contratación y, a entera satisfacción de la CONTRATANTE. 11.5.- Elaborar el Acta de Recepción Definitiva una vez finalizado el contrato. Décimo Segunda.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO 12.1.- EP PETROECUADOR designará un servidor(a) público(a) como administrador(a) del contrato, a través del Departamento de Imagen y Comunicación, para el adecuado control de la ejecución del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman parte del presente contrato, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General vigente.

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12.2.- El CONTRATISTA deberá canalizar y coordinar con el administrador(a) del contrato, todas y cada una de las obligaciones contractuales aquí convenidas. 12.3.- El administrador(a) del contrato queda autorizado(a) para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo lo que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga de plazo parcial que puede hacer el CONTRATISTA; pero la autorización de la prórroga que varíe el plazo total del contrato, le corresponderá a la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR. 12.4.- El administrador(a) será el encargado(a) de velar por el cumplimiento de las normas legales y compromisos contractuales por parte del CONTRATISTA. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar. 12.5.- Las multas que imponga el administrador(a) del contrato al CONTRATISTA, deberán constar por escrito, estar debidamente fundamentadas y notificadas a éste. 12.6.- El administrador(a) pondrá inmediatamente en conocimiento de la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, el o los recursos que interponga el CONTRATISTA por las multas que se pudieran imponer, adjuntando un informe sustentando sobre los hechos y/o argumentos esgrimidos por el CONTRATISTA. 12.7.- El administrador(a) del contrato elaborará la orden de pago, la aprobará y la remitirá al área respectiva para que se efectúe el pago al CONTRATISTA. 12.8.- El administrador(a) del contrato reportará a la Jefe de Imagen Empresarial de EP PETROECUADOR, sobre todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza, que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato. 12.9.- Emitirá el informe final del servicio recibido, previamente a la suscripción del acta de recepción definitiva; así mismo, enviará copia del acta en mención, al Departamento de Adquisición de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR. 12.10.- El administrador(a) del contrato formará parte de la Comisión de entrega-recepción definitiva del servicio y suscribirá el acta respectiva, verificando que contenga los requisitos establecidos en el artículo 124 del Reglamento General de la LOSNCP; esto es: los antecedentes, condiciones generales de ejecución, condiciones operativas, liquidación económica, liquidación de plazos, constancia de la recepción, cumplimiento de las obligaciones contractuales, reajustes de precios pagados o pendientes de pago y cualquier otra circunstancia que se estime necesaria. 12.11.- Emitirá su opinión debidamente sustentada a la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría, sugiriendo o no, según la situación fáctica del caso, la terminación unilateral del contrato. Décimo Tercera.- RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL SERVICIO 13.1.- Sin perjuicio de la verificación continua de la prestación del servicio que deberá efectuar el administrador(a) del contrato, ésta se realizará en el momento mismo de la recepción y si se encontrara que el servicio no es aceptable, se procederá a solicitar al CONTRATISTA que solucione los inconvenientes. Una vez que el CONTRATISTA corrija tales inconvenientes, lo pondrá en conocimiento de la CONTRATANTE, solicitando la recepción del servicio.

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13.2.- EP PETROECUADOR luego de verificar si el servicio cumple las condiciones estipuladas en el contrato, procederá a suscribir el Acta de Recepción Definitiva del servicio, por intermedio de la comisión designada por la CONTRATANTE y el CONTRATISTA, en los términos previstos en el Capítulo VI del Reglamento General a la LOSNCP “DE LAS RECEPCIONES Y LIQUIDACIÓN”. 13.3.- Una vez que el CONTRATISTA notifique la solicitud de recepción definitiva, la CONTRATANTE tendrá el término de diez (10) días para comunicar fundamentadamente su negativa a suscribir el acta entrega recepción, por incumplimientos de las obligaciones contractuales asumidas por el CONTRATISTA. La negativa se notificará por escrito al CONTRATISTA y se dejará constancia que la misma fue practicada. En el caso que el CONTRATISTA llegare a considerar que la CONTRATANTE incurre en la situación descrita en el último párrafo del artículo 81 de la LOSNCP y 122 de su Reglamento General, se compromete a solicitar al juez o notario público, ante quien interponga su petición de recepción de pleno derecho, que requiera a la CONTRATANTE su pronunciamiento sobre el tema, dándole la oportunidad que demuestre si se negó o no a recibir el objeto del contrato. En el supuesto que no demuestre haberse negado a recibir, procederá la notificación de la recepción de pleno derecho, en caso contrario, no. 13.4.- El Acta de Recepción Definitiva deberá incluir una liquidación económica del contrato, que se realizará conforme los términos previstos en el artículo 125 del Reglamento General de la LOSNCP y ser firmada de inmediato por el CONTRATISTA y los integrantes de la Comisión acorde lo previsto en el artículo 124 del Reglamento General de la LOSNCP. 13.5.- Los servidores públicos encargados de suscribir las actas de recepción parcial y definitiva del servicio objeto de la contratación, serán civil, penal y administrativamente responsables de los datos que consignen en ellas. Décimo Cuarta.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO 14.1.- El contrato termina, conforme lo previsto en el artículo 92 de la LOSNCP, por las siguientes causales:

a) Por cumplimiento de las obligaciones contractuales. b) Por mutuo acuerdo de las Partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP. c) Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución

del mismo ha pedido del CONTRATISTA. d) Por declaración unilateral de EP PETROECUADOR, en los casos establecidos en el artículo

94 de la LOSNCP. e) Por disolución de la persona jurídica contratista, que no se origine en decisión interna

voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica. f) Por causas imputables a la CONTRATANTE, de acuerdo a las causales constantes en el

artículo 96 de la LOSNCP. 14.2.- Terminación por Mutuo Acuerdo.- Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses de las Partes, ejecutar total o parcialmente el contrato, podrán por mutuo acuerdo, convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren. La terminación por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos a favor de la CONTRATANTE o del CONTRATISTA.

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EP PETROECUADOR no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto, con el mismo contratista. 14.3.- Terminación Unilateral del contrato.- EP PETROECUADOR podrá declarar terminada anticipada y unilateralmente el contrato a que se refiere la Ley, en los siguientes casos:

a) Por incumplimiento del CONTRATISTA. b) Por insolvencia del CONTRATISTA. c) Si el valor de las multas supera el cinco por ciento (5%) del monto del contrato, sin el

IVA. d) Por suspensión del servicio por decisión del CONTRATISTA, por más de sesenta (60)

días, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito. e) Por haberse celebrado este contrato contra expresa prohibición de esta LOSNCP u otra

norma legal. f) Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia, cesión,

enajenación de sus acciones, participaciones o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.

g) Si EP PETROECUADOR en función de aplicar lo establecido en el Art. 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del CONTRATISTA.

h) EP PETROECUADOR también podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el contrato cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, el CONTRATISTA no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato. En este caso, no se ejecutará la garantía de fiel cumplimiento del contrato ni se inscribirá al CONTRATISTA como incumplido.

i) Si la CONTRATANTE encontrare inconsistencia, simulación y/o inexactitud en la información presentada por el CONTRATISTA, en el procedimiento precontractual o en la ejecución del presente contrato; en este caso, se lo declarará contratista incumplido, sin perjuicio de las acciones judiciales a que hubiere lugar.

El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP. 14.4.- Terminación por causas imputables a la Contratante.- El CONTRATISTA podrá demandar la resolución del contrato, por las siguientes causas imputables a la CONTRATANTE:

a) Por incumplimiento de las obligaciones contractuales por más de sesenta (60) días. b) Por la suspensión del servicio por más de sesenta (60) días, dispuestos por la

CONTRATANTE sin que medie fuerza mayor o caso fortuito. c) Cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o

fuerza mayor, debidamente comprobadas, EP PETROECUADOR no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato.

Décimo Quinta.- DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS 15.1.- En caso de suscitarse divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, las Partes tratarán de llegar a un acuerdo directo que solucione el problema en un plazo de tres (3) días.

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15.2.- De no llegar a un acuerdo amigable entre las Partes, las divergencias o controversias podrán ser sometidas a mediación ante el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado. 15.3.- Si respecto de la divergencia o divergencias suscitadas no existiera acuerdo, sea en forma directa o por intermedio de un procedimiento de mediación, si se hubiere optado por éste, las controversias se resolverán aplicando lo establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la CONTRATANTE. En el caso que, por aplicación de lo dispuesto en el Art. 216 del Código Orgánico de la Función Judicial, se crearen las salas de lo contencioso administrativo en las Cortes Provinciales que determine el Consejo de la Judicatura, será competente la sala de lo contencioso administrativo de la Corte Provincial del lugar en donde la CONTRATANTE tenga su domicilio. 15.4.- Se acuerda, en virtud de la facultad establecida en el Art. 55 del Código Civil, establecer como domicilio para los actos judiciales o extrajudiciales a que diere lugar el contrato y su ejecución, la ciudad de Quito. 15.5.- La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el CONTRATISTA renuncia a utilizar la vía diplomática o consular para todo reclamo relacionado con este contrato. Si el CONTRATISTA incumpliere este compromiso, EP PETROECUADOR podrá dar por terminado unilateralmente el contrato. Décimo Sexta.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN 16.1.- El CONTRATISTA no podrá ceder, asignar o transferir en forma alguna, ni todo ni parte de este contrato. 16.2.- El CONTRATISTA podrá subcontratar con terceros, registrados y habilitados en el RUP, parte de sus prestaciones dentro del porcentaje permitido en el artículo 79 de la LOSNCP, previa la autorización de EP PETROECUADOR por intermedio de la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría, en observancia de lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento General de la LOSNCP. 16.3.- El CONTRATISTA será el único responsable ante EP PETROECUADOR por los actos u omisiones de sus subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por el mismo. Décimo Séptima.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 17.1.- Serán de cuenta del CONTRATISTA el pago de todos los tributos y gastos que cause la celebración de este contrato y posterior ejecución del mismo. 17.2.- El CONTRATISTA declarará y pagará el Impuesto a la Renta de conformidad con la Codificación de la Ley de Régimen Tributario Interno, sus reglamentos y demás disposiciones que para efecto dicte el Servicio de Rentas Internas. EP PETROECUADOR retendrá los impuestos correspondientes. 17.3.- El CONTRATISTA actuará como agente de retención del impuesto del personal a su cargo que empleare directamente o indirectamente en la cabal ejecución del presente contrato.

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Décimo Octava.- INTERPRETACIÓN DE TÉRMINOS 18.1.- Los términos del contrato deben interpretarse en su sentido literal y obvio, y solo cuando éstos no hayan recogido la intención de los contratantes, se estará más a ella que a lo literal de las palabras. En todo caso, su interpretación sigue las siguientes normas:

a) Cuando los términos se hallan en las leyes ecuatorianas, se estará a tal definición. b) Si no están definidos en las leyes ecuatorianas, se estará a lo dispuesto en el contrato en

su sentido literal y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes.

c) En su falta o insuficiencia, se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil “De la Interpretación de los Contratos”.

18.2.- De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las cláusulas del contrato. De existir contradicciones entre los documentos del contrato, será la Jefe de Adquisiciones de Obras, Servicios y Consultoría de EP PETROECUADOR, quien determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual. Décimo Novena.- DOMICILIO Y COMUNICACIONES 19.1.- Para todos los efectos que se deriven del presente contrato, las Partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano; renunciando el CONTRATISTA a cualquier fuero especial, que en razón del domicilio pueda tener. 19.2.- Para efectos de comunicación o notificaciones, las Partes señalan como su dirección, las siguientes: EP PETROECUADOR: ……………. ……………. Telf.: …… RUC: 1768153530001 …@eppetroecuador.ec Quito-Ecuador EL CONTRATISTA: ………………………… Telf.: ………….. RUC: …………… Correo electrónico ….. Quito-Ecuador Vigésima.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 20.1.- Libre y voluntariamente, las Partes declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones. 20.2.- Para constancia de las declaraciones presentes y ratificándose en todo su contenido, las Partes suscriben el presente contrato, en dos (2) ejemplares originales de igual contenido y valor, en la ciudad San Francisco de Quito, a los EP PETROECUADOR EL CONTRATISTA