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PLIEGOS DE SELECCIÓN PARA ADQUISICIONES EN EL EXTRANJERO 1 CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRA CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: IMP-CBI-002-2021 OBJETO DE LA CONTRATACIÓN ADQUISICIÓN DE CASCOS MULTIPROPÓSITO (RESCATE – INCENDIOS FORESTALES), CASCOS PARA INCENDIOS ESTRUCTURALES, MONOGAFAS Y CABEZAS DE LINTERNAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS, LINTERNAS COMPLETAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS Y LINTERNAS DE PECHO PARA EL PERSONAL OPERATIVO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRAMAYO - 2021 1 Los presentes pliegos sustituyen la inexistencia de pliegos para contrataciones en el extranjero, ya que segun el numeral 8 del Art.- 10 de la LOSNCP, es atribucion del Servicio Nacional de Contratacion Pu blica: “Expedir modelos obligatorios de documentos precontractuales y contractuales, aplicables a las diferentes modalidades y procesos de contratacion publica…”

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PLIEGOS DE SELECCIÓN

PARA ADQUISICIONES EN EL EXTRANJERO1

CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRA

CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: IMP-CBI-002-2021

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

“ADQUISICIÓN DE CASCOS MULTIPROPÓSITO (RESCATE –

INCENDIOS FORESTALES), CASCOS PARA INCENDIOS

ESTRUCTURALES, MONOGAFAS Y CABEZAS DE LINTERNAS

PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS, LINTERNAS COMPLETAS

PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS Y LINTERNAS DE PECHO

PARA EL PERSONAL OPERATIVO DEL CUERPO DE BOMBEROS

DE IBARRA”

MAYO - 2021

1Los presentes pliegos sustituyen la inexistencia de pliegos para contrataciones en el extranjero,

ya que segu n el numeral 8 del Art.- 10 de la LOSNCP, es atribucio n del Servicio Nacional de Contratacio n Pu blica: “Expedir modelos obligatorios de documentos precontractuales y contractuales, aplicables a las diferentes modalidades y procesos de contratacio n pu blica…”

CONTENIDO

SECCION I

CONVOCATORIA

SECCION II

CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES

SECCION III

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y PARÁMETROS DE CALIFICACIÓN

SECCIÓN IV

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

SECCIÓN V

FORMULARIOS

SECCIÓN I

CONVOCATORIA PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES EN EL EXTRANJERO

El Cuerpo de Bomberos de Ibarra, luego de haber realizado el proceso de

Verificación de Producción Nacional, obtuvo el certificado Nº CPN-33502-2021, y

mediante Oficio Nro. SERCOP-DCPN-2021-0404-O de fecha 12 de abril de 2021, se

autorizó la adquisición del bien en el exterior, cuyo objeto de contratación es la

“ADQUISICIÓN DE CASCOS MULTIPROPÓSITO (RESCATE – INCENDIOS

FORESTALES), CASCOS PARA INCENDIOS ESTRUCTURALES, MONOGAFAS Y

CABEZAS DE LINTERNAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS, LINTERNAS

COMPLETAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS Y LINTERNAS DE PECHO PARA EL

PERSONAL OPERATIVO DEL CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRA” en el extranjero

siguiendo lo determinado en el artículo 3 del RGLOSNP2.

Toda vez que el inciso 2 del artículo 3 del RGLOSNCP, dispone que: “No se regirán

por dichas normas las contrataciones de bienes que se adquieran en el extranjero y

cuya importación la realicen las entidades contratantes o los servicios que se provean

en otros países, procesos que se someterán a las normas legales del país en que se

contraten o a las prácticas comerciales o modelos de negocios de aplicación

internacional”; el Cuerpo de Bomberos de Ibarra convoca a todos los proveedores

internacionales a presentar sus ofertas técnicas y económicas.

El proveedor seleccionado para la suscripción del contrato deberá comparecer con

un representante local, el cual cuente con una infraestructura física para que pueda

responder por el por el servicio post venta.

El proveedor seleccionado para la suscripción del contrato deberá comparecer con

un representante local, inscrito en el RUP.

Las directrices básicas de esta convocatoria son las siguientes:

1. El pliego estará disponible en la página web del Cuerpo de Bomberos de

Ibarra www.bomberosibarra.gob.ec Además el procedimiento por

2 Publicado en el Registro Oficial, Suplemento Nº 588 del 12 de mayo de 2009, actualizado a agosto

de 2013.

transparencia será publicado en Facebook y Twitter del Cuerpo de

Bomberos de Ibarra.

2. El presupuesto referencial para la presente contratación asciende a Setenta

y ocho mil quinientos vente y cuatro con 71/100 CENTAVOS ($ 78.524,00).

3. Este presupuesto incluye todos los gastos e impuestos en los que incurra

para la ejecución del contrato.

4. Los interesados podrán formular preguntas vía correo electrónico a la

siguiente dirección: [email protected] o

[email protected] de acuerdo al cronograma previsto en los

pliegos.

5. La gestión del procedimiento de selección estará a cargo de una Comisión

(etapa de aclaraciones, respuestas; convalidaciones de errores; evaluación;

preselección y selección), conformada con personal designado por la

Máxima Autoridad del Cuerpo de Bomberos de Ibarra. De requerirse

también podrán conformarse subcomisiones de apoyo.

6. Las ofertas se presentarán de forma física en las oficinas del Área de

Compras Públicas del Cuerpo de Bomberos de Ibarra, ubicadas en la ciudad

de Ibarra provincia de Imbabura, en Ecuador, en la Calle Luis Fernando

Villamar 1-84 y Olmedo, segundo piso, junto a la Policía de Migración. y/o

electrónica al correo señalado en el número 4, conforme lo dispuesto en

Circular Nro. SERCOP-SERCOP-2020-0022-C.

7. La evaluación de las ofertas se las realizará aplicando los parámetros de

calificación previstos en el pliego.

8. Los pagos para la presente contratación se realizarán con cargo a los fondos

propios provenientes del presupuesto del Cuerpo de Bomberos de Ibarra

según certificación presupuestaria emitida mediante Memorando Nº CBI-

DF-009-2021 de fecha 11 de marzo del 2021, suscrita por el Ing. Bayardo

Salazar, en calidad de Director Financiero del Cuerpo de Bomberos de

Ibarra, en la partida presupuestaria Nº

01.24.001.001.840104.000.10.01.003 denominada “Maquinaria y Equipo”

9. El Cuerpo de Bomberos de Ibarra se reserva el derecho de cancelar o

declarar desierto el procedimiento de contratación de conformidad con las

causales previstas en estos pliegos las mismas que no darán lugar a pago de

indemnización alguna.

10. El presente procedimiento se ceñirá a lo previsto en estos pliegos.

Ibarra, 10 de mayo del 2021

Atentamente,

Coronel (B) Fabián López Torres

COMANDANTE GENERAL DEL CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRA

SECCIÓN II

CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES

2.1 AMBITO DE APLICACIÓN

El presente procedimiento se rige por lo dispuesto en el artículo 3 del RGLOSNCP

que dispone “No se regirán por dichas normas las contrataciones de bienes que se

adquieran en el extranjero y cuya importación la realicen las entidades

contratantes o los servicios que se provean en otros países, procesos que se

someterán a las normas legales del país en que se contraten o a las prácticas

comerciales o modelos de negocios de aplicación internacional”; y, la Resolución

RE-SERCOP-2016-0000072 de fecha 31 de agosto de 2016, establece el

procedimiento de certificación de producción nacional y autorización de

importaciones por parte del estado; el proceso a seguir se someterá a las normas

legales del país en que se contraten o a las prácticas comerciales o modelos de

negocios de aplicación internacional.

En consecuencia, sigue los siguientes propósitos:

1. Tener ofertas de proveedores en el extranjero que tengan capacidad de

proveer al Cuerpo de Bomberos de Ibarra del bien o servicio objeto de la

presente contratación, según las especificaciones técnicas contenidas en

estos pliegos.

2. Determinar el país de origen del bien a adquirirse para gestionarse los

permisos de importación que correspondan ante el órgano rector de

compras públicas del Ecuador (SERCOP).

3. Realizar un procedimiento de selección competitivo para las adquisiciones

en el extranjero y aplicar los principios de calidad, vigencia tecnológica,

oportunidad, concurrencia, transparencia y publicidad, de conformidad con

el último inciso del artículo 3 del RGLOSNCP.

4. Brindar seguridad procedimental en cuanto a los procedimientos previstos

en el segundo y tercer inciso del artículo 3 del RGLOSNCP, y en los Art. 93 al

Art. 101de la Resolución No. RE-SERCOP-2016-0000072 de fecha 31 de

agosto de 2016, se determina el Procedimiento de Importación por parte de

las Entidades Contratantes, incluyéndose las gestiones a realizarse en lo

concerniente a autorizaciones de importación y de compra del Servicio

Nacional de Contratación Pública.

2.2 PROCEDIMIENTO A SEGUIR

El procedimiento a seguir se guiará de acuerdo a las siguientes etapas:

ETAPA DIRECTRIZ A SEGUIR EN CADA ETAPA

A. Convocatoria

A.1. El Cuerpo de Bomberos de Ibarra, publicará la

convocatoria prevista en la sección I de estos pliegos

en la página web www.bomberosibarra.gob.ec y en los

medios de difusión que considere pertinentes.

B. Etapa de Preguntas,

Respuestas y

Aclaraciones

B.1. En el día señalado de acuerdo al cronograma

previsto en el pliego, los proveedores interesados

están en la capacidad de realizar preguntas y solicitar

aclaraciones a los pliegos, a través del correo

electrónico [email protected]

B.2. La Comisión Técnica designada será la encargada

de responder las preguntas y realizar las aclaraciones

en el término que para el efecto se haya establecido en

el cronograma previsto para el proceso.

C. Convalidación de

Errores

C.1. Se podrán convalidar errores de forma,

considerados estos como aquellos que no implican

modificación alguna del contenido sustancial de la

oferta, tales como errores tipográficos, de foliado,

sumilla o certificación de documentos sobre su

capacidad legal, técnica o económica; ilegibilidad de la

información, contradicciones o discordancia que

causen duda entre la información consignada por el

participante en su oferta y la documentación con la

que lo respalda.

C.2. Las ofertas, una vez presentadas no podrán

modificarse. No obstante, si se presentaren errores de

forma, éstos podrán ser convalidados por el oferente a

pedido de la Entidad Contratante, dentro del término

de 5 días contados a partir de la fecha de notificación,

mediante el correo electrónico que se presenten en

sus ofertas.

C.3. Se considerará error de forma a la información

documental para la verificación de un hecho,

circunstancia o condición haya existido con

anterioridad a la fecha límite de presentación de las

ofertas, siempre que de cualquiera de los documentos

presentados con la oferta, conste la información que

se solicita convalidar. Por lo tanto no será

convalidable la presentación de documentación que

haya sido obtenida en fecha posterior a la fecha de

presentación de ofertas.

C.4. Podrán ser considerados dentro de la etapa de

convalidación de errores, la aclaración, ampliación o

precisión requeridas respecto de una determinada

condición cuando ésta se considere incompleta, poco

clara o incluso contradictoria con respecto a otra

información dentro de la misma oferta.

D. Selección

La etapa de selección es un

proceso que tomará como base

los resultados alcanzados para

realizar la selección del

oferente ganador

D.1. Realizada la selección se comunicará a través

de la página web del Cuerpo de Bomberos de

Ibarra y al correo electrónico de los participantes

la siguiente información:

D.1.1. Determinación del Ganador o primer lugar

del procedimiento de selección de acuerdo a los

puntajes alcanzados luego de la etapa de

calificación.

D.1.2. Determinación del país de origen, en el

caso que corresponda.

E. Negociación

E.1. El Cuerpo de Bomberos de Ibarra procederá a

convocar oferente que obtuvo el primer lugar para

realizar una negociación directa de acuerdos

precontractuales que sirvan de base para la

suscripción del contrato.

De preferencia formaran parte de la negociación los

siguientes puntos:

E.1.1. Las especificaciones técnicas previstas en el

anexo N° 1 igual o superior.

E.1.2. Presupuesto referencial igual o inferior.

E.1.3.Lugar de entrega de los bienes será a

conveniencia del Cuerpo de Bomberos de Ibarra.

E.1.4. Forma de pago será conforme lo estipula en el

actual pliego

E.1.5. Tiempo de entrega se dará preferencia igual o

inferior al requerido.

E.1.6. Capacitación o transferencia tecnológica según

corresponda, si aplica.

F. Recomendación

L La Comisión Técnica en esta etapa remitirá un informe

a la máxima autoridad del Cuerpo de Bomberos de

Ibarra o su delegado, con la información de la

negociación en el cual incluirá su recomendación

expresa de adjudicación o declaratoria de desierto del

procedimiento, según corresponda.

G. Firma del Contrato se

realizará el extranjero o

localmente lo que sea mejor

G.1 La Máxima Autoridad del Cuerpo de Bomberos de

Ibarra, dispondrá al Área Jurídica la elaboración del

Contrato.

para la institución. G.2 La máxima autoridad procederá a suscribir el

contrato en el exterior. (Se analizará la mejor forma

de firmar el contrato siempre precautelando la

integridad de los funcionarios tanto del Cuerpo de

Bomberos de Ibarra como el personal del proveedor

ganador).

G.3. Garantía del buen uso del anticipo y garantía

técnica; garantías que se solicitan con la finalidad de

precautelar los recursos públicos e intereses

institucionales.

G.3.1. Las garantías y pólizas que el oferente presente

serán incondicionales, irrevocables y de cobro

inmediato.

G.4. Las controversias que existieren en todos los

casos se solucionaran ante las autoridades

ecuatorianas.

2.3 CRONOGRAMA

El cronograma a seguir será el siguiente:

Concepto Día Hora

Fecha de publicación 10/05/2021 15:00

Fecha límite de preguntas 12/05/2021 15:00

Fecha de respuestas y aclaraciones 14/05/2021 15:00

Fecha límite de entrega de ofertas 18/05/2021 15:00

Fecha de apertura oferta técnica 18/05/2021 16:00

Fecha inicio evaluación 18/05/2021 17:00

Fecha límite de Calificación 24/05/2021 15:00

Fecha estimada de Negociación 26/05/2021 15:00

Fecha Estimada de Adjudicación 01/06/2021 15:00

En caso de requerirse a algún oferente la convalidación de errores se realizará de acuerdo

al siguiente cronograma:

Concepto Día Hora

Fecha máxima para solicitar convalidación 24/05/2021 14:00

Fecha límite para recibir convalidación 26/05/2021 15:00

Fecha límite de Calificación 31/05/2021 15:00

Fecha estimada de Negociación 04/06/2021 15:00

Fecha Estimada de Adjudicación 10/06/2021 15:00

2.4 DECLARATORIA DE CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

El procedimiento se cancelará en cualquier momento entre la convocatoria y 24

horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la

entidad podrá declarar cancelado el procedimiento, sin que dé lugar a ningún tipo

de reparación o indemnización, mediante acto administrativo motivado, en los

siguientes casos:

1. De no persistir la necesidad, en cuyo caso se archivará el expediente;

2. Cuando sea necesario introducir una reforma sustancial que cambie el

objeto de la contratación; en cuyo caso se deberá convocar a un nuevo

procedimiento; y,

3. Por violación sustancial de un procedimiento precontractual.

La declaratoria de cancelación del procedimiento no dará lugar a ningún tipo de

reparación o indemnización a los oferentes.

2.5 DECLARATORIA DE DESIERTO DEL PROCEDIMIENTO

En la etapa de preselección o selección, la máxima autoridad del Cuerpo de

Bomberos de Ibarra o su delegado, declarará desierto el procedimiento de

manera total, en los siguientes casos:

a. Por no haberse presentado oferta alguna;

b. Por haber sido inhabilitadas o rechazadas todas las ofertas o la única

presentada;

c. Por considerarse inconvenientes para los intereses nacionales o institucionales

todas las ofertas o la única presentada. La declaratoria de inconveniencia deberá

estar sustentada en razones económicas, técnicas o jurídicas;

d. Si una vez declarado un oferente ganador, se encontrare que existe

inconsistencia, simulación o inexactitud en la información presentada por el

adjudicatario, detectada por el Cuerpo de Bomberos de Ibarra o por no presentar

la documentación habilitante para la suscripción del contrato en un término

razonable a partir de la notificación de adjudicación, la máxima autoridad o su

delegado, de no existir otras ofertas calificadas que convengan técnica y

económicamente a los intereses nacionales o institucionales, declarará desierto el

procedimiento sin perjuicio del inicio de las acciones que correspondan en contra

del oferente ganador; y,

e. Por no haberse cumplido con éxito el proceso, norma legal, práctica comercial o

modelo internacional de aplicación internacional, aplicable, según el país de

origen del bien.

g. Si después de haberse concluido con la etapa de preselección, el Servicio

Nacional de Contratación Publica no otorgare autorización de importación.

Una vez declarado desierto el procedimiento, la máxima autoridad o su delegado,

podrá disponer su archivo o su reapertura.

Será causal de desierto la no presentación de la documentación habilitante para la

suscripción del contrato en los términos previamente fijados. La declaratoria de

desierto o cancelación del procedimiento no dará lugar a ningún tipo de reparación,

reclamo, denuncia, queja o indemnización a los oferentes.

Las condiciones generales y particulares del pliego son de cumplimiento obligatorio

2.6. RECHAZO DE OFERTAS:

Las ofertas serán inhabilitadas o rechazadas por algunas de las siguientes causas:

a. Por no cumplir con las especificaciones técnicas solicitadas.

b. Por ofertas económicas que superen el presupuesto referencial establecido.

c. Por haber sido presentadas ofertas en otro lugar, fecha u hora.

d. Por condicionar las declaraciones solicitadas en el formulario único que es

parte del presente pliego.

e. Por detectarse que a la Ley ecuatoriana, se incurrieren en las prohibiciones

establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y 110 o 111 del

RGLOSNCP.

f. Por otras previstas en estos pliegos.

SECCIÓN III

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y PARÁMETROS DE CALIFICACIÓN

ANEXO 1

Especificaciones Técnicas: Las especificaciones técnicas para la presente

contratación se detallan a continuación:

1.- ANTECEDENTES

El Cuerpo de Bomberos de Ibarra, es un organismo autónomo adscrito al Gobierno

Autónomo Descentralizado de Ibarra que goza de autonomía administrativa y

financiera, presupuestaria y operativa y que se rige por principios de solidaridad,

subsidiariedad, equidad interterritorial, integración y participación ciudadana,

conforme lo señala el artículo 238 de la Constitución de la República del Ecuador y

en concordancia con el artículo 53 del Código Orgánico de Organización

Territorial, Autonomía y Descentralización.

De conformidad con lo establecido en el Art. 264 numeral 13 de la Constitución de

la República del Ecuador, los Gobiernos Municipales, tienen competencia exclusiva

para gestionar los servicios de prevención, protección socorro, atención pre

hospitalaria y extinción de incendios. Para lo cual la institución que brinda un

servicio de calidad y de manera rápida, oportuna y eficiente ante lo cual para

realizar este servicio se utiliza unidades de emergencia como: ambulancias,

autobombas, auto tanques, unidades de rescate entre otras.

Como se describe en el artículo 389 de Constitución de la República del Ecuador en

la que dispone: El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la

naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o

antrópico mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la

recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y

ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad.

De igual manera de acuerdo al artículo 390 de la República del Ecuador dispone:

Los riesgos se gestionarán bajo el principio de descentralización subsidiaria, que

implicará la responsabilidad directa de las instituciones dentro de su ámbito

geográfico. Cuando sus capacidades para la gestión del riesgo sean insuficientes,

las instancias de mayor ámbito territorial y mayor capacidad técnica y financiera

brindarán el apoyo necesario con respeto a su autoridad en el territorio y sin

relevarlos de su responsabilidad.

El artículo 53 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización determina que “Los gobiernos autónomos descentralizados

municipales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política,

administrativa y financiera. Estarán integrados por las funciones de participación

ciudadana; legislación y fiscalización: y, ejecutiva prevista en este Código, para el

ejercicio de las funciones y competencias que le corresponden. La sede del

gobierno autónomo descentralizado municipal será la cabecera cantonal prevista

en la ley de creación del cantón.; en tal sentido, al ser una entidad pública debe

regirse por los principios y normas que regulan al sector público.

Además el artículo 140 del Código Orgánico de Organización Territorial,

Autonomía y Descentralización determina que: La gestión de riesgos que incluye

las acciones de prevención, reacción, mitigación, reconstrucción y transferencia,

para enfrentar todas las amenazas de origen natural o antrópico que afecten al

territorio se gestionarán de manera concurrente y de forma articulada por todos

los niveles de gobierno de acuerdo con las políticas y los planes emitidos por el

organismo nacional responsable, de acuerdo con la Constitución y la ley. Los

gobiernos autónomos descentralizados municipales adoptarán obligatoriamente

normas técnicas para la prevención y gestión de riesgos en sus territorios con el

propósito de proteger las personas, colectividades y la naturaleza, en sus procesos

de ordenamiento territorial. Para el caso de riesgos sísmicos los Municipios

expedirán ordenanzas que reglamenten la aplicación de normas de construcción y

prevención.

La gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de

incendios, que de acuerdo con la Constitución corresponde a los gobiernos

autónomos descentralizados municipales, se ejercerá con sujeción a la ley que

regule la materia. Para tal efecto, los cuerpos de bomberos del país serán

considerados como entidades adscritas a los gobiernos autónomos

descentralizados municipales, quienes funcionarán con autonomía administrativa

y financiera, presupuestaria y operativa, observando la ley especial y normativas

vigentes a las que estarán sujetos.

El artículo 274 del Código Orgánico De Las Entidades De Seguridad Ciudadana Y

Orden Público establece la naturaleza de los Cuerpo de Bomberos. - Los Cuerpos

de Bomberos son entidades de derecho público adscritas a los Gobiernos

Autónomos Descentralizados municipales o metropolitanos, que prestan el

servicio de prevención, protección, socorro y extinción de incendios, así como de

apoyo en otros eventos adversos de origen natural o antrópico. Así mismo

efectúan acciones de salvamento con el propósito de precautelar la seguridad de

la ciudadanía en su respectiva circunscripción territorial.

Contarán con patrimonio y fondos propios, personalidad jurídica, autonomía

administrativa, financiera, presupuestaria y operativa. Los recursos que les sean

asignados por Ley se transferirán directamente a las cuentas de los Cuerpos de

Bomberos.

El artículo 276 del Código Orgánico De Las Entidades De Seguridad Ciudadana Y

Orden Público determina las funciones de los Cuerpos de Bomberos.- Los Cuerpos

de Bomberos en las circunscripciones territoriales cantonales y metropolitanas

tienen las siguientes funciones: 1. Ejecutar los servicios de prevención, protección

y extinción de incendios, así como socorrer en desastres naturales y emergencias,

además de realizar acciones de salvamento; 2. Actuar, según los protocolos

establecidos para el efecto, en forma coordinada con los diferentes órganos del

Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos; 3. Estructurar y ejecutar

campañas de prevención y control de desastres naturales o emergencias,

orientadas a la reducción de riesgos, en coordinación con el ente rector nacional; 4.

Diseñar y ejecutar planes y programas de capacitación para prevenir y mitigar los

efectos de desastres naturales y emergencias, en coordinación con los Gobiernos

Autónomos Descentralizados metropolitanos o municipales y con el ente rector

nacional de gestión de riesgos; 5. Incentivar la participación, involucrar a la

comunidad y realizar campañas para la prevención y reacción adecuada ante

riesgos naturales y antrópicos; y, 6. Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás

normativa vigente en el ámbito de sus competencias.

Conforme lo establece el Art. 23 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de

Contratación Pública, la entidad deberá contar con los estudios y diseños

completos, definitivos y actualizados, planos y cálculos, especificaciones técnicas,

debidamente aprobados por las instancias correspondientes, vinculados al Plan

Anual de Contratación de la entidad. Los estudios y diseños incluirán

obligatoriamente como condición previa a su aprobación e inicio del proceso

contractual, el análisis de desagregación tecnológica o de Compra de Inclusión,

según corresponda, los que determinarán la proporción mínima de participación

nacional o local de acuerdo a la metodología y parámetros determinados por el

Servicio Nacional de Contratación Pública. La máxima autoridad de la Entidad

Contratante y los funcionarios que hubieren participado en la elaboración de los

estudios, en la época en que éstos se contrataron y aprobaron, tendrán

responsabilidad solidaria junto con los consultores o contratistas, si fuere del caso,

por la validez de sus resultados y por los eventuales perjuicios que pudieran

ocasionarse en su posterior aplicación.

A la presente fecha, el Cuerpo de Bomberos de Ibarra, ha entregado cascos

multipropósito Rescate – Incendios Forestales a la gran mayoría de bomberos

operativos quedando pendiente de recibir este equipamiento únicamente 19

personas y así este personal pueda realizar la atención a incidentes y emergencias,

debiendo indicar que el casco es un equipo de protección personal que precautela

la integridad física de cada uno de los integrantes del CBI y es necesario para poder

acudir a la atención a emergencia y siniestros.

La resolución N° RE-SERCOP-2016-0000072, SERCOP, establece claramente los

parámetros mínimos mediante los cuales se elaborarán especificaciones técnicas o

Términos de Referencia según el caso, y basándose en esta directriz emanada por

la institución rectora de la contratación pública ecuatoriana, además por tratarse

de bienes de especiales de características, se realizará un proceso de Verificación

de Producción Nacional y de no existir producción u oferta nacional se iniciara un

proceso de importación según lo establece la sección 1 del capítulo IV de la

resolución ya mencionada en concordancia con el artículo 3 inciso tercero del

Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en

cuyo caso este proceso no se regirá por la normativa nacional.

2.- OBJETIVO

Adquirir cascos multipropósito (Rescate – Incendios Forestales) y cascos para

incendios estructurales como dotación personal, así como también el reemplazo de

mono gafas y cabezas de linternas de los cascos multipropósitos del personal que

ya cuenta como dotación y linternas de pecho para incendios estructurales a todo

el personal operativo del CBI atender los incidentes como: incendios estructurales,

incendios forestales, rescate vertical, rescate en espacios confinados, búsqueda y

rescate, rescate urbano, rescate en estructuras colapsadas y en la mitigación de los

incidentes.

3.- SITUACIÓN ACTUAL / JUSTIFICACIÓN

Luego de haber realizado un análisis conjuntamente con la Unidad de Talento

Humano se puede evidenciar que existe personal operativo que aún no cuentan

con cascos multipropósito (Rescate – Incendios Forestales) y cascos para incendios

estructurales como dotación personal, así como también el reemplazo de mono

gafas y cabezas de linternas de los cascos multipropósitos del personal que ya

cuenta como dotación y linternas de pecho para incendios estructurales a todo el

personal operativo del CBI, además del remplazo de las linternas de los cascos

multipropósitos de acuerdo a los informes presentados y además que estos bienes

no existen en stock en la institución, es por tal motivo que se establece la necesidad

de dotar a las personas faltantes con este equipamiento para que puedan

desarrollar las actividades propias y encomendadas por la institución con

seguridad y profesionalismo.

La adquisición de estos equipos de protección personal se encuentra programados

dentro del Plan Anual de Compras del año 2021.

Dentro del REGLAMENTO DE APLICACIÓN A LOS ARTICULOS 32 Y 35 DE LA LEY

DE DEFENSA CONTRA INCENDIOS REFORMADA en el Capítulo I, Artículo 6

señala:

Adquisición de materiales, equipos e implementos.- Se utilizara únicamente

para la adquisición de materiales, equipos e implementos para la defensa contra

incendios como: vehículos, cascos, mangueras, extintores, chaquetones, escaleras,

bombas, pitones, equipos de comunicación, botas, máscaras, guantes, uniformes,

equipos de rescate, camillas, mosquetones, cabos y otros materiales operacionales.

4.-ALCANCE

Los cascos, las mono gafas, las cabezas de linternas, las linternas completas de cascos y las linternas de pecho serán nuevos de excelente calidad y listos para ser utilizados.

5.- DETALLE DEL REQUERIMIENTO

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICIÓN DE CASCOS

MULTIPROPÓSITO (RESCATE – INCENDIOS FORESTALES), CASCOS PARA

INCENDIOS ESTRUCTURALES, MONOGAFAS Y CABEZAS DE LINTERNAS PARA

CASCOS MULTIPROPOSITOS, LINTERNAS COMPLETAS PARA CASCOS

MULTIPROPOSITOS Y LINTERNAS DE PECHO PARA EL PERSONAL OPERATIVO

DEL CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRA

Cantidad Articulo

13

CASCOS MULTIPROPOSITOS

El casco debe ser adecuado para las actividades de la Lucha contra el fuego forestal, Rescates en accidentes de tránsito, Rescates en montaña y entornos peligrosos y Rescates en desastres naturales (terremotos, inundaciones, otros).

El casco debe cumplir con la Directiva Europea 89/686/CEE y con el R.D1407/92 de 20 de noviembre por el que se regula las condiciones para la comercialización intracomunitaria de los EPI, y está marcado CE conforme a la Normativa Europea EN12492 “Equipo de escalada. Cascos para montañismo”, cumpliendo además con la “Prueba de inmersión en llamas” (Prueba de llama según EN443:1997).

Descripción

Casco para rescatista, para labores de salvamento y rescate, en estructuras

colapsadas, espacios confinados, incendios forestales y diferentes eventos

naturales.

Debe ser fabricado con material termoplástico inyectado a altas

temperaturas y resina de poliéster especial, adicionando materiales auto

extinguibles.

Debe contar con cuatro sistemas de suspensión interna y materiales

aislantes al impacto de cuero y tela, asimismo con sistema de sujeción tipo

deslizable, con dos dedos que se ajusta el casco rápidamente.

Monogafas ajustables con mica de policarbonato resistente a impactos,

abrasión, con tratamiento antifog, humos y neblinas.

Cintas reflejantes de mínimo 1 ½” a los costados y al frente en color:

amarillo limón.

Incorpore en la sujeción una apertura horizontal para poder usar

accesorios de la línea convencional de cascos, como protectores auditivos,

caretas para corte y para motosierra (Accesorios no incluidos)

Cuente con un soporte en la parte lateral superior, para colocar lámpara

de alta luminosidad.

El casco se compone esencialmente de una copa o casquete, un sistema

absorbente de energía y un sistema de retención.

El casco debe disponer de un sistema de ventilación superior lateral en la

cresta y frontal debajo de la vicera, para garantizar un óptimo flujo de aire

en el interior del mismo, ofreciendo una excelente comodidad durante

largos periodos de uso.

No deben tener otras aberturas que perforen el casco que las previstas por

el fabricante para la ventilación. Su acabado no debe presentar bordes

agudos ni rugosidades.

Debe permite la visión periférica con amplitud mínima de 105 grados a

cada lado del plano sagital medio cuando se acomoda en posición

adecuada sobre la cabeza.

Debe incorporar un sistema de retención con barboquejo de tres puntos

de fijación y mentonera.

El casco debe permitir una correcta audición del usuario, no disminuyendo

el nivel auditivo.

La incorporación de accesorios al casco no debe interferir con su función o

la de sus componentes y no disminuyen las prestaciones del casco.

La superficie externa debe disponer una cresta longitudinal con altura

superior máxima de 2cm diseñada para la protección contra impactos. La

superficie externa debe tener un acabado pulimentado.

El casco debe incorporar un arnés adecuadamente fijado con 4puntos de

anclaje al mismo que lo debe mantener posicionado sobre la cabeza y debe

proporcionar capacidad para la absorción de energía. Posibilitar el uso

para tallas de cabeza 53-64cm con sistema de ajuste rápido.

El casco completo (con adhesivos, arnés, barboquejo y mono gafas de

seguridad debe pesar menos de 850g)

El arnés de cabeza debe estar adecuadamente fijado con 4 puntos de

anclaje al casco y no debe soltarse bajo condiciones normales de

utilización, disponiendo de un sistema de ajuste rápido deslizable.

Los materiales utilizados en todos los componentes del Casco, incluido

arnés, barboquejo y acolchados que están en contacto con la piel, estarán

fabricados con materiales que no causen irritaciones.

Copa o casco exterior:

La copa del casco estará moldeada a presión, de una sola pieza y fabricada con materiales termoplásticos resistentes a la alta temperatura.

Debe tener una superficie externa de acabado pulimentado.

La copa deberá estar exenta de perforaciones para asegurar el arnés,

barboquejo o sistemas de suspensión. El color de la copa será de color

rojo.

Atalaje interno:

El casco debe incorporar un arnés que lo mantenga posicionado sobre la

cabeza y proporcione los medios para la absorción de energía.

El arnés de cabeza debe estar debidamente asegurado con puntos de fijación integrados en el casco y que no puedan soltarse en condiciones normales de trabajo sin perforaciones hacia el exterior.

El arnés dispondrá de una redecilla interna para adaptarse a la morfología del usuario y facilitar la ventilación del interior del casco. Ésta estará realizada en materiales flexibles, presentando una perfecta compatibilidad con la piel.

El ajuste al contorno de la cabeza deberá ser mediante una banda

acolchada, con sistema de ajuste rápido y cómodo, evitando en cualquier

circunstancia el excesivo apriete, es fácil de manipular, incluso con

guantes, sin necesidad de quitarse el casco.

El contorno dispondrá adicionalmente dos posiciones de ajuste vertical en

la parte frontal para asegurar una perfecta posición del casco

dependiendo de la talla y morfología del usuario.

Sistema de ajuste de dos posiciones vertical deslizable

Barboquejo:

El barboquejo dispondrá de un cierre por hebilla de apertura rápida.

La eficacia del arnés y el sistema de retención asegurara la estabilidad del casco sobre la cabeza, tanto para impactos en la parte frontal como en la posterior.

El diseño del barboquejo será tal forma que ninguna parte metálica ni de material termoplástico entre en contacto con la piel, por su baja transpiración. Todos los materiales serán flexibles y presentarán una perfecta compatibilidad con la piel.

Barboquejo de 3 puntos

Permitirá una manipulación con guantes, disponiendo así mismo de un sistema de seguridad mediante un dispositivo de liberación que a determinado nivel de carga impida sobretensiones del barboquejo al cuello con el fin de evitar estrangulamientos

Deberá ser ajustable y de material resistente al fuego. Estará fijado a la

copa por 3 puntos, dos laterales y uno trasero, permitiendo al usuario

ajustarse el barboquejo lateralmente o hacia atrás, permitiendo encontrar

el punto ideal de seguridad y confort.

Mono gafas de seguridad:

El casco incorporara unas gafas de seguridad con oculares transparentes

según Norma Europea EN 166 con marcado en montura de EN1666-3459-

BT-CE; 230.1 BT, con un peso máximo de 135 gramos, fijándose de forma

segura y sencilla al casco y que pueda recogerse fácilmente en el interior

de la copa para su almacenaje.

La gafa será panorámica y de diseño ergonómico, con doble lente de

policarbonato y acetato contratamiento anti empañante en su parte

interior, ajustándose a cualquier perfil de la cara sin molestias.

Dispondrá de una ancha banda de ajuste al rostro que garantice la

protección lateral, superior e inferior. Incorporará una tira elástica de

ajuste antideslizante con hebillas plásticas no textiles. No incluye partes

metálicas.

Linterna:

Linterna especial para cascos. Llevara un enganche en la propia linterna para sujetar al enganche que lleva el casco.

La linterna es de color amarillo intenso para que se vea mejor.

La capucha donde va alojada la bombilla es de material fotoluminiscente, con lo cual brilla en la oscuridad una vez ha cogido automáticamente luz del entorno.

Estará certificada para usarla con este tipo de casco en entornos profesionales. El botón para encenderla deberá ser lateral.

Observaciones:

LAMPARA: LED.

POTENCIA LUMINOSA: 76 Lummens como mínimo

PILAS: 4 AA Alkaline como mínino (Incluidas)

AUTONOMÍA: 11 Horas mínimo

LONGITUD: entre 17 a 17,78 cms

COLOR: Amarilla

PESO (con pilas): entre 230 a 235.0175 grs.

Garantía

Deberá contar con 2 años a partir de la aceptación del suministro contra todo defecto de fabricación.

Homologación

Casco:

Marcado CE

Conforme a EN 12492 “Equipo de escalada. Cascos para montañismo.

Requerimientos de seguridad y método de ensayo”

Conforme a la NIT 312

Satisface las pruebas 6.8.1, 6.8.3 y 5.6 de la EN 443:1997

Estará certificado y normado conforme a las normas:

EN 16471 Cascos de bombero. Cascos para lucha contra el fuego en espacios EN 16473 Cascos de bombero. Cascos para rescate técnico

EN 12492 Cascos para montañeros.

El casco completo (con adhesivos, arnés, barboquejo y mono gafas de

seguridad debe pesar menos de 838 g)

Color: Rojo con reflectivas amarillas limón

Presentar ficha técnica y muestra para verificación de lo solicitado y ofertado.

33

CASCOS PARA INCENDIOS ESTRUCTURALES

El color debe ser Negro con cintas reflectivas verde - amarillo de alta

visibilidad.

El material de la copa debe ser termoplástico resistente a las altas

temperaturas y además de brindar una protección mecánica, moldeado

mediante inyección y su casquete interior debe de ser de espuma de

poliuretano de absorción de impactos, con un refuerzo superior moldeado

de aramida como mínimo o materiales similares, además una protección

lateral ampliada para protección contra impactos laterales y un sistema de

suspensión para amortiguar la transmisión de fuerzas.

Debe contar con un mecanismo robusto y de gran tamaño que permita el

ajuste sencillo mientras se lleva en la cabeza, además que el ajuste por

trinquete debe contar con un mando ergonómico y un amplio volante de

fácil acceso para ajustar y acoplar varias tallas.

El barboquejo debe ser acolchado y ajustable en 3 puntos como mínimo,

con hebilla de liberación rápida.

En el interior debe de tener una banda de cabeza acolchada y resistente a

las llamas fabricada en Nomex o cuero como mínimo o materiales

similares, con un diseño modular de 2 módulos como mínimo y que sean

independientes, para brindar una inspección completa en un tiempo

reducid, además que facilita el cuidado y la sustitución de sus

componentes. Las cintas de amortiguación deben ser ajustables con un

punto pivotante libre para acomodar a varios tamaños y formas de

mentón, además de ser fabricadas en material de aramida y velcro como

mínimo o materiales similares, para obtener un ajuste rápido de las cintas

para colocación de máscara de protección respiratoria.

Debe contar con un ajuste de posición de uso, para todos los perfiles de

usuario, además de ajustes angulares traseros y delanteros para una

posición de uso óptima y un ajuste trasero con cinta para una mayor

estabilidad, de color brillante para un ajuste intuitivo.

La pantalla facial debe contener un visor de protección facial dorado con

un mecanismo deslizante idóneo para eliminar interferencias, el mismo

que estará fabricado en material termoplástico revestido y resistente a las

altas temperaturas con un área de protección ampliada y un campo de

visión excelente a través de la pantalla facial.

Homologaciones del casco: Marca CE conforme a EN443 :2008,

EN16471:2015 & EN16473:2015 “Cascos para la extinción de incendios en

edificios y otras estructuras” (EN443), “Cascos para la lucha contra

incendios forestales” (EN16471) & “Cascos para rescate técnico”

(EN16473), U otras normas equivalentes.

Tipo B – Copa de cobertura total

Incluidos los requisitos opcionales:

C – Resistencia a productos químicos

-30°C (***) – Temperaturas muy bajas

3b – Cobertura de la zona frontal 3b (mediante pantalla facial)

E2 – Aislamiento del casco contra la humedad

E3 – Aislamiento de la superficie

Homologaciones de la pantalla facial: Marca CE conforme a EN14458

«Pantallas de alto rendimiento» como pantalla facial. U otras normas

equivalentes.

Incluye los requisitos (opcionales):

Uso para la extinción de incendios

Resistencia a impacto de energía media (120 m/s mínimo)

Límites de temperatura a los que ha sido probada la pantalla

(mecanismo) entre -30° a +120°C

K – Resistencia a la abrasión

N – Resistencia al empañamiento

- Propiedades eléctricas (aislamiento de la superficie)

Filtro UV (conforme a EN170 o equivalente):

Versión con recubrimiento dorado entre – 2C a -2.5

Visor ocular: Visor retráctil de protección ocular con un campo visual

increíble. Pantalla de policarbonato tintado, con fijación ajustable con

doble pivote para un confort óptimo en todas las tallas de cabeza y formas

del rostro, con dos zonas de manipulación mínimo integradas para un

agarre sencillo.

Filtro antideslumbramiento 5-3.1 (conforme a EN172) o normas

equivalentes

Peso: entre 100 g +/- 10 g

Marca CE conforme a EN14458 «Pantallas de alto rendimiento» como

protección ocular, para uso general, o norma equivalente.

Incluidos los requisitos opcionales:

K – Resistencia a la abrasión

- Propiedades eléctricas (aislamiento de la superficie)

T – Resistencia a impacto de energía media (120 m/s mínimo) a

temperaturas extremas (entre -5° a +55°C)

Pantalla (mecanismo) probada entre -30° a +120°C

Cubrenucas: Nuquera de material de 93% meta aramida, 5% para

aramida, 2% fibra anti-estática, con una fijación con 4 clips traseros y 4

clips frontales como mínimo.

Módulo de iluminación integrado: 4 LED mínimo con el uso de entre 2 a

3 pilas AAA como mínimo (desechables o recargables)

Carcasa de policarbonato con interruptor de conexión/desconexión

ergonómico e indicador parpadeante de nivel de carga

Peso entre 100 g +/- 10 g

Homologación ATEX 2G Ga Ex ia IIC T4/T3 (pilas desechables /

recargables) IP56 como mínimo

Acoplamiento de adaptadores faciales: Los adaptadores faciales de

equipos de protección respiratoria equipados con soportes especiales

pueden acoplarse directamente al casco para bomberos, provisto para tal

fin de un adaptador ajustable para máscara completa ubicado en el

casquete. Soporte de lámpara para acoplamiento de linterna adicional

montado en el casco

Personalización: Las placas frontales deben tener el diseño o una imagen

institucional.

140 MONOGAFAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS

Gafas de seguridad con oculares transparentes según Norma Europea EN

166 o su equivalente con marcado en montura de EN166-3459-BT-CE;

230.1 BT, peso máximo 135 gramos, para fijarse de forma segura y sencilla

al casco y que pueda recogerse fácilmente en el interior de la copa para su

almacenaje.

Las monogafas serán panorámicas y de diseño ergonómico, con doble

lente de policarbonato y acetato con tratamiento anti empañante en su

parte interior, ajustándose a cualquier perfil de la cara sin molestias.

Dispondrá de una ancha banda de ajuste al rostro que garantice la

protección lateral, superior e inferior. Incorporará una tira de ajuste

antideslizante.

138 CABEZAS DE LINTERNAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS

La capucha donde va alojada la bombilla es de material fotoluminiscente, con lo cual brilla en la oscuridad una vez ha cogido automáticamente luz del entorno, debe acoplarse a la linterna especial para cascos multipropósitos.

Observaciones:

LAMPARA: LED

POTENCIA LUMINOSA: 76 Lummens como mínimo

Garantía

Deberá contar con 2 años a partir de la aceptación del suministro contra todo defecto de fabricación.

02 Linterna:

Linterna especial para cascos multipropósitos. Llevará un enganche en la propia linterna para sujetar al enganche que lleva el casco.

La linterna es de color amarillo intenso para que se vea mejor. La capucha donde va alojada la bombilla es de material fotoluminiscente, con lo cual brilla en la oscuridad una vez ha cogido automáticamente luz del entorno. Estará certificada para usarla con este tipo de casco en entornos profesionales. El botón para encenderla deberá ser lateral. Observaciones: LAMPARA: LED.

POTENCIA LUMINOSA: 76 Lummens como mínimo

PILAS: 4 AA Alkaline como mínino (Incluidas)

AUTONOMÍA: 11 Horas mínimo

LONGITUD: entre 17 a 17,78 cms

COLOR: Amarilla

PESO (con pilas): entre 230 a 235.0175 grs.

Garantía

Deberá contar con 2 años a partir de la aceptación del suministro contra

todo defecto de fabricación.

153

LINTERNAS DE PECHO

La linterna en LED ofrece luminosidad, seguridad y peso óptimos de bajo

perfil emite un haz de luz penetrante antiniebla, y tiene certificación

intrínsecamente segura.

TECNOLOGÍA ÓPTICA:

Aplica la tecnología óptica más avanzada para maximizar el haz emitido a

200 lúmenes.

La óptica proyecta un patrón de luz de por lo menos 35.000 Cd que

penetra humo y polvo.

Su tecnología óptica además permite conservar un perfil de linterna

delgada y mantener el haz de luz siempre enfocado en la dirección

correcta.

Diseño delgado permite llevarla junto al cuerpo para evitar enganches con

otros equipos.

Debe contar con un gancho en la parte superior para pode

Linterna de pecho para uso de bomberos en ambientes de trabajo peligrosos e incendios:

Material resistente y ligero. Entre 200 a 220 lumens Alcance del haz de luz de 480 a 500 m Al menos 4 horas a máxima potencia. Resistencia de caída de 1 metro como mínimo. El mango de la linterna no debe ser liso sino con relieve donde

calcen los dedos de la mano, para garantizar un buen agarre. Botón de encendido lateral extra grande para mayor comodidad. Funcionamiento con baterías AA. Penetración de humo sin igual Fuente de luz: LED Peso máximo: 10.30 onzas CERTIFICACIONES. - Cumplimiento de:

NFPA 1901 UL 913 CSA C22.2 NFPA 70 504.2 (2008NFPA 1901-14.1.11.2 (2003)

Certificado montado en cualquier posición Intrínsecamente seguro Class I, II, III DIV I, Groups C-G Class I, II, III DIV II, Groups

C-G Operating Temp Code T3 GARANTÍA - 1 año minimo.

6.- CONDICIONES GENERALES

1 Lugar de entrega. - Los bienes serán

entregados en la ciudad de Ibarra, en las

instalaciones del Cuerpo de Bomberos de

Ibarra, ubicados en las calles Luis Fernando

Villamar 1-84 y Olmedo.

2 Plazo de entrega. - El plazo de entrega de los bienes será de 90 DÍAS CALENDARIOS contados a partir de la entrega de la firma del contrato.

3 Forma de pago. - Anticipo de 50% posterior

a la firma del contrato y el 50% contra

entrega, con la firma del acta entrega

recepción definitiva a conformidad y entera

satisfacción del Cuerpo de Bomberos de

Ibarra y la presentación de la factura

respectiva correspondiente.

4 Presupuesto referencial. -

El presupuesto referencial para este

proceso es de $ 78.524,00 dólares.

En el precio ofertado se entenderán

incluidos todos los costos en los que el

vendedor deba incurrir para entregar los

bienes en las condiciones determinadas

por el Cuerpo de Bomberos de Ibarra en

las presentes especificaciones técnicas en

las Instalaciones del Cuerpo de Bomberos

de Ibarra ciudad de Ibarra, por tanto

constituirá su única compensación.

5 Multas. -

El retraso en el cumplimiento del plazo

establecido será motivo de multas al

contratista.

Las multas serán del 1 por 1000 por cada

día de retraso en la ejecución del contrato.

Conforme a los establecido al Art. 71 de la

LOSNCP "Las multas se impondrán por

retardo en la ejecución de las obligaciones

contractuales conforme al cronograma

valorado, así como por incumplimientos

de las demás obligaciones contractuales,

las que se determinarán por cada día de

retardo; las multas se calcularán sobre el

porcentaje de las obligaciones que

encuentran pendientes de ejecutarse

conforme lo establecido en el contrato”

6 Reajuste de precios. -Por la naturaleza del

objeto del contrato no es aplicable el

reajuste de precios.

7 Miembros de comisión técnica. – Por

tratarse de un procedimiento que no

sobrepasa el 0,000002 del presupuesto

inicial del estado no es necesario conformar

una comisión técnica.

8 Nota: Se deberá presentar Carta de

Distribución o Representación Autorizada

por el Fabricante para Ecuador, además se

debe presentar las fichas técnicas y

muestras de cada producto solicitado para

verificación de lo solicitado y ofertado.

7.- ESTUDIO ECONÓMICO

El estudio económico se realizó conforme a lo establecido a la Resolución SERCOP-

2016-72 de 31 de agosto de 2016, y la Resolución SERCOP-2016-73 de 30 de

septiembre de 2016, el cual se anexa al presente estudio

El Presupuesto Referencial es de $ USD $ 78.524,00 (Setenta y ocho mil quinientos

veinte y cuatro con 00/100) dólares de Estados Unidos de América.

ANEXO 2 - B

REQUISITOS MÍNIMOS, CONDICIONES GENERALES Y PARÁMETROS DE

CALIFICACIÓN EN CASO DE IMPORTACIÓN

No. DESCRIPCIÓN

1 Ser fabricante o filial o

sucursal o distribuidor

autorizado de la marca

ofertada.-

Certificado vigente que acredite ser filial o sucursal,

o distribuidor autorizado suscrito por el fabricante

de la marca ofertada. No aplica para fabricantes.

2 Ficha técnica.- Deberá adjuntarse la ficha técnica de cada equipo y

accesorios requeridos, emitida por el fabricante de la

marca ofertada.

3 Cumplimiento de

especificaciones técnicas.-

La oferta que no cumpla con cualquiera de los ítems

requeridos en las especificaciones técnicas, será

rechazada.

4 Compromiso de otorgar

garantía técnica. - El oferente

deberá emitir una carta

compromiso en la que se

comprometa, en caso de ser

adjudicado, a entregar la

respectiva garantía técnica

de los bienes, y será contra

defectos de fabricación o del

material por un periodo de al

menos 1 años

Deberá enunciarse en la oferta a través de una carta compromiso la garantía técnica de los bienes a adquirir de la siguiente manera: Los bienes estarán garantizados por el tiempo solicitado en las especificaciones técnicas contra defectos de fábrica o del material a partir de la fecha de entrega recepción definitiva. Además, en caso de presentar alguna falla o defecto, estas deberán ser solventadas sin costo alguno para el comprador. El oferente adjudicado al momento de la firma de

contrato presentará la garantía técnica original por

la totalidad de los bienes ofertados, conforme el

tiempo solicitado.

5 Compañía constituida con al

menos 5 años de anticipación

a la publicación del presente

proceso.

Escritura de Constitución de la persona jurídica

oferente, o cualquier documento otorgado por el

Organismo encargado del registro y control de las

sociedades, en el que se demuestre la existencia de

la misma desde 5 años anteriores a la publicación de

este pliego.

6 Objeto social de la compañía

que provea los bienes será

de acuerdo al objeto

contractual.

El oferente deberá adjuntar los estatutos de

constitución de la compañía, debidamente inscrita

en el organismo de control respectivo donde conste

que el objeto social de la compañía que provea los

bienes será de acuerdo al objeto contractual.

7 El oferente deberá acreditar

experiencia en la fabricación,

venta o distribución de

cascos, mono-gafas y

linternas para protección

contra incendios, en

contratos con entidades

públicas o privadas por un

monto de al menos USD.

78.524,00 individual o

acumulados en los últimos

cinco años.

Para acreditar la experiencia por el monto

requerido, podrá presentarse uno o más

documentos que sumen el monto solicitado. Podrá

presentar actas de entrega recepción con sus

respectivas facturas de clientes públicos o privados

que acredite dicha experiencia.

No se aceptaran contratos ni facturas por ventas a

compañías o empresas relacionas o vinculadas.

Estos documentos deberán corresponder a los

últimos cinco años, conforme a lo establecido en los

requisitos mínimos.

Sera n descalificadas aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos mí nimos.

EVALUACIÓN POR PUNTAJE:

Las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por

puntaje.

PARÁMETRO PUNTAJE MEDIO DE VERIFICACIÓN

Plazo de entrega

10 Se otorgaran 10 puntos a la oferta que presente el menor plazo de entrega y se asignara puntajes inversamente proporcionales al resto de ofertas; En el caso de presentarse una sola oferta, se otorgara el total del puntaje (10 puntos) si el plazo es menor o igual al establecido.

Experiencia Especifica

20

Se otorgarán hasta 20 puntos al oferente que presente actas de entrega recepción con sus respectivas facturas de clientes públicos o privados adicionales a los solicitados en los requisitos mínimos, que acrediten experiencia en venta de cascos, mono-gafas y linternas de protección contra incendios, y cuyo valor sea de al menos $ 78.524,00; se otorgarán 5 puntos por cada documento, llegando a un máximo de 20 puntos; Estos documentos deberán corresponder a los 5 últimos años.

No se aceptaran contratos ni facturas por ventas a compañías

o empresas relacionas o vinculadas.

Oferta Económica

50

La metodología empleada será la siguiente:

Las ofertas económicas serán calificadas de la siguiente manera: con 50 puntos la oferta más baja, mientras que la oferta o las ofertas que sean mayor al presupuesto referencial serán calificadas con cero.

En el caso de existir, ofertas que se encuentren entre la oferta más baja y el presupuesto referencial, serán calificadas de forma inversamente proporcional. De acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje otorgado =

Puntaje máximo X oferta económica menor

Oferta económica a evaluar

En caso de que existan errores aritméticos en la oferta económica, la Comisión Técnica procederá a solicitar la convalidación.

En el caso que la formula arroje puntajes negativos, los mismos serán tomados como cero puntos.

Certificados de calidad del fabricante.

10

Se otorgará hasta 10 puntos al oferente que presente certificados de que acrediten la calidad o seguridad dentro de los procesos operativos del fabricante (ISO, OSHAS, etc.). Se otorgará 5 puntos por cada certificado.

Certificados de servicio técnico

10

Se otorgará hasta 10 puntos al oferente que presente certificados emitidos y suscritos por fabricantes extranjeros, que acrediten tener entrenamiento y estar avalado para brindar servicio técnico de equipos protección contra incendio y rescate. Se otorgará 5 puntos por cada certificado.

CONDICIONES GENERALES:

1 Lugar de entrega. - Los bienes serán

entregados en la ciudad de Ibarra, en las

instalaciones del Cuerpo de Bomberos de

Ibarra, ubicados en las calles Luis

Fernando Villamar 1-84 y Olmedo.

2 Plazo de entrega. - El plazo de entrega de

los bienes será de 90 DÍAS CALENDARIOS

contados a partir de la entrega de la firma

del contrato.

3 Forma de pago. - Anticipo de 50%

posterior a la firma del contrato y el 50%

contra entrega, con la firma del acta

entrega recepción definitiva a conformidad

y entera satisfacción del Cuerpo de

Bomberos de Ibarra y la presentación de la

factura respectiva correspondiente.

4 Presupuesto referencial. -

El presupuesto referencial para este

proceso es de $ 78.524,00 dólares.

En el precio ofertado se entenderán

incluidos todos los costos en los que el

vendedor deba incurrir para entregar los

bienes en las condiciones determinadas

por el Cuerpo de Bomberos de Ibarra en

las presentes especificaciones técnicas en

las Instalaciones del Cuerpo de Bomberos

de Ibarra ciudad de Ibarra, por tanto

constituirá su única compensación.

5 Multas. -

El retraso en el cumplimiento del plazo

establecido será motivo de multas al

contratista.

Las multas serán del 1 por 1000 por cada

día de retraso en la ejecución del contrato.

Conforme a los establecido al Art. 71 de la

LOSNCP "Las multas se impondrán por

retardo en la ejecución de las obligaciones

contractuales conforme al cronograma

valorado, así como por incumplimientos

de las demás obligaciones contractuales,

las que se determinarán por cada día de

retardo; las multas se calcularán sobre el

porcentaje de las obligaciones que

encuentran pendientes de ejecutarse

conforme lo establecido en el contrato”

6 Reajuste de precios. -

Por la naturaleza del objeto del contrato no

es aplicable el reajuste de precios.

7 Garantía del buen uso del anticipo.- Por el

100% del valor del anticipo, deberá ser

otorgada rectamente por el oferente; no

obstante, también podrán ser otorgadas

por el apoderado o representante legal del

oferente en el Ecuador o por una persona

debidamente autorizada por el oferente

para el otorgamiento de estas. En cualquier

caso, este tipo de garantías, deberán ser

otorgadas a través de un banco, compañía de seguros o entidad financiera

establecidos en Ecuador o por intermedio

de ellas. Toda garantía económica debe ser

emitida a nombre del Cuerpo de Bomberos

de Ibarra deberán cumplir las características de: incondicional,

irrevocable y de cobro inmediato.

8 Compromiso de otorgar garantía técnica. -

El oferente deberá emitir una carta

compromiso en la que se comprometa, en

caso de ser adjudicado, a entregar la

respectiva garantía técnica de los bienes, y

será contra defectos de fabricación o del

material por un periodo de al menos 1 año.

Garantizar que los bienes se encuentren

libres de defectos de fabricación y de

existir alguna falla o defecto, estas

deberán ser solventadas sin costo para el

comprador.

9 Garantía de fiel cumplimiento. – Del 5% del

valor total del contrato, deberá ser

otorgadas directamente por el oferente; no

obstante, también podrán ser otorgadas

por el apoderado o representante legal del

oferente en el Ecuador o por una persona

debidamente autorizada por el oferente

para el otorgamiento de estas. En cualquier

caso, este tipo de garantías, deberán ser

otorgadas a través de un banco, compañía

de seguros o entidad financiera

establecidos en Ecuador o por intermedio

de ellas. Toda garantía económica debe ser

emitida a nombre del Cuerpo de Bomberos

de Ibarra y deberán cumplir las

características de: incondicional,

irrevocable y de cobro inmediato.

Esta garantía deberá ser presentada como

requisito previo a la firma del contrato, en

un plazo máximo de 30 días a partir de

notificado con la resolución de

adjudicación, en caso de incumplirse este

requisito, el Cuerpo de Bomberos de

Ibarra se reserva el derecho de declarar

desierto el proceso.

11 Miembros de comisión técnica. – Será

conformada por un delegado de la máxima

autoridad quien la presidirá, por el titular

del área requirente o su delegado y por un

técnico a fin al objeto de la contratación.

SECCIÓN IV

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

4.1 Marco normativo aplicable: De conformidad con el artículo 3 del RGLOSNP,

la suscripción del contrato de adquisición se someterá a las normas legales del país

en que se contraten o a las prácticas comerciales o modelos de negocios de

aplicación internacional del país de origen del bien.

Así también para la suscripción del contrato se requerirá la obtención de

importación o de compra.

4.2. Modelo de negocio sugerido: El Cuerpo de Bomberos de Ibarra, reconoce

entre las prácticas comerciales o modelos de negocios de aplicación internacional a

la negociación directa, por lo que de no existir normas legales del país de origen

que lo impidan, se realizará un procedimiento de selección usando una negociación

directa según el orden de prelación asignado luego de la preselección, que sirvan

como base para la suscripción del contrato.

4.2 Firma de Contrato. - El contrato deberá ser suscrito por el representante legal

de la empresa oferente o su apoderado, de conformidad con lo establecido en las

condiciones generales de las Especificaciones Técnicas, remitidas y aprobadas por

la Unidad Requirente, la máxima autoridad o su delegado.

4.3. Acuerdos precontractuales: En los acuerdos precontractuales se podrán

realizar mejoras a la oferta técnica económica presentada. En ningún caso se

aceptaran incrementos al precio de la oferta técnica económica.

Son condiciones innegociables para el Cuerpo de Bomberos de Ibarra, las

siguientes:

1. Los bienes y servicios solicitados se proveera n de acuerdo a las especificaciones te cnicas previstas en el anexo 1.

2. La ejecucio n del contrato se regira a las normas del ordenamiento jurí dico del contrato, incluyendo entre estas, la facultad exorbitante que este reconoce a favor de una institucio n que es parte de la Administracio n Pu blica.

3. La solucio n de controversias en todos los casos se solucionaran ante jueces ecuatorianos.

4.4. Firma de Contrato: El contrato deberá ser suscrito por el representante legal

de la empresa oferente o su apoderado. El contrato se suscribirán en el extranjero,

en el país y ciudad del domicilio legal del oferente adjudicado; excepto si el

oferente tuviese un apoderado o representante legal en Ecuador, siempre y

cuando, la embajada, consulado o cede diplomática de dicho país ofrezca los

servicios notariales requeridos para la firma de contratos bajo el principio de

extraterritorialidad, en cualquier caso el costo que demanden estos servicios

deberán ser usados por la empresa oferente.

SECCIÓN V

FORMULARIO ÚNICO PRESENTACIÓN DE OFERTA

(Ciudad), (Fecha)

Coronel (B)

Fabián López Torres

COMANDANTE GENERAL DEL CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRA

Presente. -

De mis consideraciones:

El que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por el Cuerpo de

Bomberos de Ibarra para la ADQUISICIÓN DE CASCOS MULTIPROPÓSITO

(RESCATE – INCENDIOS FORESTALES), CASCOS PARA INCENDIOS

ESTRUCTURALES, MONOGAFAS Y CABEZAS DE LINTERNAS PARA CASCOS

MULTIPROPOSITOS, LINTERNAS COMPLETAS PARA CASCOS MULTIPROPOSITOS

Y LINTERNAS DE PECHO PARA EL PERSONAL OPERATIVO DEL CUERPO DE

BOMBEROS DE IBARRA luego de examinar el pliego del presente procedimiento de

adquisición de bienes en el extranjero, al presentar esta oferta por (sus propios

medios, si es persona natural) / (representante legal o apoderado de…… si es

persona jurídica), (procurador común de …, si se trata de asociación o consorcio)

declaro, bajo juramento, que:

1. La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están

nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con

el fin de tergiversar el presente procedimiento.

2. La oferta la hago en forma independiente y sin conexión abierta u oculta con

otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este

procedimiento y, en todo aspecto, es honrada y de buena fe. Por consiguiente,

aseguro no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma

relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no

establecerá, concertará o coordinará -directa o indirectamente, en forma

explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u

otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la

normativa aplicable; asimismo, se obliga a abstenerse de acciones, omisiones,

acuerdos o prácticas concertadas o y, en general, de toda conducta cuyo

objeto o efecto sea impedir, restringir, falsear o distorsionar la competencia,

ya sea en la presentación de ofertas y posturas o buscando asegurar el

resultado en beneficio propio o de otro proveedor u oferente, en este

procedimiento de contratación. En tal virtud, declara conocer que se

presumirá la existencia de una práctica restrictiva, por disposición del

Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Regulación y Control

del Poder de Mercado, si se evidencia la existencia de actos u omisiones,

acuerdos o prácticas concertadas y en general cualquier conducta,

independientemente de la forma que adopten, ya sea en la presentación de

su oferta, o buscando asegurar el resultado en beneficio propio o de otro

proveedor u oferente, en este proceso de contratación.

3. Al presentar esta oferta, he considerado todos los costos obligatorios que

debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos

con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y

tributarias vigentes.

4. Bajo juramento declaro expresamente que no he ofrecido, u ofreceré, y no

he efectuado o efectuaré ningún pago, préstamo o servicio ilegítimo o

prohibido por la ley; entretenimiento, viajes u obsequios, a ningún

funcionario o trabajador del Cuerpo de Bomberos de Ibarra que hubiera

tenido o tenga que ver con el presente procedimiento de contratación.

5. En caso de resultar ser el oferente ganador, manifiesto que suscribiré el

contrato comprometiéndome a ejecutar las especificaciones técnicas que ha

formulado la Entidad Contratante, los mismos que declaro conocerlos y

acorde a mi oferta presentada; y en tal virtud, no podrá aducir error,

falencia o cualquier inconformidad, como causal para solicitar ampliación

del plazo, contratación de nuevos servicios o contratos complementarios.

6. En caso de resultar ser el oferente ganador, declaro que suscribiré el

contrato, respetando los siguientes acuerdos:

a.- Los bienes y servicios solicitados se proveerán de acuerdo a las

especificaciones técnicas previstas en el anexo Nº 1. completados con la

información de mi oferta.

b.- La ejecución del contrato se regirá a las normas del ordenamiento

jurídico ecuatoriano, incluyendo entre estas, las facultades exorbitantes

que este reconoce a favor de una institución que es parte de la

Administración Pública.

c.-Se presentarán las garantías de fiel cumplimiento, garantía del buen

uso del anticipo, la garantía. Indispensable presentar borrador de la

póliza. La solución de controversias en todos los casos se solucionarán

ante los jueces ecuatorianos. Las garantías y pólizas presentadas son

incondicionales, irrevocables y de cobro inmediato.

7. La oferta técnica económica que presento es la siguiente:

Parámetro Especificaciones Técnicas

solicitadas por el CUERPO DE

BOMBEROS DE IBARRA

Especificaciones Ofertadas

Instrucciones:

Completar acorde al

anexo No. 1

Instrucciones: Completar acorde

al anexo No. 1

Instrucciones:

- completar acorde a lo que ofrezca

el oferente

- en los campos que se señale ‘a

determinar’ el oferente deberá

señalar la información que se

solicita

- el parámetro opcional quiere

decir que no es obligatorio

ofertarse

7.1 Determinación del país de origen o procedencia:

7.2 Historial aduanero en el caso que corresponda:

8. Conozco y acepto que el Cuerpo de Bomberos de Ibarra se reserva el derecho de cancelar o declarar desierto el procedimiento, si conviniere a los intereses nacionales o institucionales, sin que dicha decisión cause ningún tipo de reparación o indemnización a mi favor.

9. Bajo juramento, no incurro en las prohibiciones establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y 110 o 111 del RGLOSNCP, normas ecuatorianas exigidas para contratar con una Administración Pública.

10. Para la suscripción del contrato me comprometo a presentar un representante local.

11. Autorizo al CUERPO DE BOMBEROS DE IBARRA para que en el caso de que lo requiera me notifique todo acto de simple administración, acto administrativo y comunicación que se requiera al siguiente correo electrónico: Correo Electro nico: 1 (Obligatorio) Correo Electro nico: 2 (Opcional)

En consecuencia, me responsabilizo por la revisión oportuna e integral de (l) (los)

correo (s) señalados durante la tramitación del proceso de contratación, y por

tanto no podré alegar desconocimiento respecto de cualquier notificación que se

realice por dichos medios.

Adicionalmente comunico que se podrá tomar contacto en las siguientes

direcciones o teléfonos:

Ciudad/País (obligatorio):

Dirección (obligatorio):

Teléfono (obligatorio):

12. Mis índices financieros son (obligatorio para personas jurídicas y naturales

que estén obligadas a llevar contabilidad):

Índice de solvencia:

Índice de endeudamiento:

Patrimonio:

En el caso de ser convocado a la etapa de negociación, me comprometo a presentar

la documentación que respalde la información antes referida. Así también acepto

que esta documentación sea considera como documentación habilitante para la

firma del contrato.

Atentamente,

(Firma del oferente, cargo que ocupa o Firma del representante local)

Recordatorio: Junto con este formulario único el oferente deberá presentar

todos los requisitos mínimos exigidos y los documentos solicitados para la

asignación de puntaje. La experiencia a ser calificada según el Anexo Nº 2 podrá

ser desarrollada en el formato que considere el oferente, pero haciendo constar

claramente la información solicitada.