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Página 1 de 25 Pliego de Prescripciones Técnicas de la Contratación del proyecto Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA EL PROYECTO DENOMINADO RED DE SEGUIMIENTO DEL ESTADO QUÍMICO DE LOS RÍOS DE LA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO 1 OBJETO DE ESTE PLIEGO El presente pliego tiene por objeto servir de base para la contratación de los servicios de una empresa especializada (en adelante Consultor) que ejecute los trabajos del proyecto denominado Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para las campañas 2011 y 2012. 2 OBJETO DEL CONTRATO 2.1 OBJETO DE LOS TRABAJOS Se plantea como objeto principal de este trabajo la explotación de una red denominada Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco que permita continuar con los trabajos previos realizados en el ámbito de la vigilancia de la calidad química y fisicoquímica de los ríos de la CAPV y que sirva para obtener la información suficiente para la elaboración, seguimiento, evaluación y, en su caso, revisión de los Planes Hidrológicos que tengan ámbitos de planificación dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV). Los trabajos planteados en este Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT) tienen su ámbito de actuación en masas de agua de la categoría ríos de la CAPV y pretenden los siguientes objetivos: Conocer la evolución del estado químico y fisicoquímico de las aguas fluviales de la CAPV que permita definir las líneas de una planificación hidrológica que promueva la protección de los recursos hídricos disponibles, previniendo el deterioro, protegiendo y mejorando su estado actual para así poder garantizar el suministro suficiente de agua en buen estado, tal como requiere un uso del agua sostenible, equilibrado y equitativo. Establecer un instrumento de control y seguimiento del estado químico y fisicoquímico de las aguas fluviales de la CAPV que permita participar en la definición de objetivos ambientales siguiendo los criterios establecidos por la Directiva 2000/60/CE, y que incluya el establecimiento de condiciones de referencia y de sistemas de calificación del estado asociados a los ríos de la CAPV suficientemente contrastado con el resto de Demarcaciones Hidrográficas del Estado. Verificar la incidencia de los programas de medidas de prevención, protección, conservación y restauración del estado de las masas de agua de la categoría ríos de la CAPV, con especial énfasis en la evolución de la implantación y del funcionamiento de las acciones de depuración y saneamiento de aguas residuales urbanas y de la influencia de otras fuentes de contaminación puntual o difusa que puedan suponer agresiones al medio hídrico.

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Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA EL PROYECTO DENOMINADO RED DE SEGUIMIENTO DEL ESTADO QUÍMICO DE LOS RÍOS DE LA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

1 OBJETO DE ESTE PLIEGO

El presente pliego tiene por objeto servir de base para la contratación de los servicios de una empresa especializada (en adelante Consultor) que ejecute los trabajos del proyecto denominado Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco para las campañas 2011 y 2012.

2 OBJETO DEL CONTRATO

2.1 OBJETO DE LOS TRABAJOS

Se plantea como objeto principal de este trabajo la explotación de una red denominada Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco que permita continuar con los trabajos previos realizados en el ámbito de la vigilancia de la calidad química y fisicoquímica de los ríos de la CAPV y que sirva para obtener la información suficiente para la elaboración, seguimiento, evaluación y, en su caso, revisión de los Planes Hidrológicos que tengan ámbitos de planificación dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV).

Los trabajos planteados en este Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT) tienen su ámbito de actuación en masas de agua de la categoría ríos de la CAPV y pretenden los siguientes objetivos:

• Conocer la evolución del estado químico y fisicoquímico de las aguas fluviales de la CAPV que permita definir las líneas de una planificación hidrológica que promueva la protección de los recursos hídricos disponibles, previniendo el deterioro, protegiendo y mejorando su estado actual para así poder garantizar el suministro suficiente de agua en buen estado, tal como requiere un uso del agua sostenible, equilibrado y equitativo.

• Establecer un instrumento de control y seguimiento del estado químico y fisicoquímico de las aguas fluviales de la CAPV que permita participar en la definición de objetivos ambientales siguiendo los criterios establecidos por la Directiva 2000/60/CE, y que incluya el establecimiento de condiciones de referencia y de sistemas de calificación del estado asociados a los ríos de la CAPV suficientemente contrastado con el resto de Demarcaciones Hidrográficas del Estado.

• Verificar la incidencia de los programas de medidas de prevención, protección, conservación y restauración del estado de las masas de agua de la categoría ríos de la CAPV, con especial énfasis en la evolución de la implantación y del funcionamiento de las acciones de depuración y saneamiento de aguas residuales urbanas y de la influencia de otras fuentes de contaminación puntual o difusa que puedan suponer agresiones al medio hídrico.

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Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco

• Constituir una documentación básica y valiosa para el adecuado desarrollo de la investigación científica sobre la materia en el ámbito de la CAPV y que, por otra parte, los resultados de la misma sean divulgables mediante publicaciones y/o aportaciones a la página Web de la Agencia Vasca del Agua.

2.2 MARCO LEGAL

Además del pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y del presente PPT, el Contrato estará sujeto, con carácter general, a la normativa relativa a la calidad de las aguas fluviales que se cita a continuación:

• Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas (en adelante LAPV)

• Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas (en adelante TRLA)

• Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (en adelante RDPH)

• Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los Títulos II y III de la Ley de Aguas. (en adelante RAPAPH)

• Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Planificación Hidrológica (en adelante RPH)

• Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por la que se aprueba la Instrucción de Planificación Hidrológica

• Orden MAM/985/2006, de 23 de marzo, por la que se desarrolla el régimen jurídico de las entidades colaboradoras de la administración hidráulica en materia de control y vigilancia de calidad de las aguas y de gestión de los vertidos al dominio público hidráulico.

• Orden MAM/3207/2006, de 25 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción técnica complementaria MMA-EECC-1/06, determinaciones químicas y microbiológicas para el análisis de las aguas.

• Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (en adelante DMA) 1.

• Directiva 2008/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas, por la que se modifican y derogan ulteriormente las Directivas 82/176/CEE, 83/513/CEE, 84/156/CEE, 84/491/CEE y 86/280/CEE del Consejo, y por la que se modifica la Directiva 2000/60/CE.

1 La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social en su artículo 129 modifica el TRLA e incorpora al derecho español la DMA. Por su parte, la legislación autonómica del País Vasco mediante la LAPV toma como referencia dicha DMA.

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Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco

• Directiva 2009/90/CE de la Comisión, de 31 de julio de 2009, por la que se establecen, de conformidad con la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las especificaciones técnicas del análisis químico y del seguimiento del estado de las aguas.

• Otras Directivas comunitarias y normativa nacional de transposición relacionada con la calidad de las aguas fluviales

De igual modo, se tendrán en cuenta las modificaciones introducidas en las anteriores, y cualquier tipo de normas, reglamentos y disposiciones oficiales que, aun no mencionadas de forma expresa en este PPT, puedan afectar al objeto del contrato.

2.3 ANTECEDENTES

Para el ejercicio de la competencia exclusiva que confiere el Estatuto de Autonomía para el País Vasco, por Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 31 de mayo de 1994, aprobado por Decreto 297/1994, de 12 de julio, se traspasaron a la Comunidad Autónoma del País Vasco las funciones y servicios de Recursos y Aprovechamientos Hidráulicos. En virtud de este acuerdo es competencia exclusiva de la Administración Autónoma Vasca la elaboración de la Planificación Hidrológica en el ámbito de las cuencas intracomunitarias.

Según el RAPAPH las Comunidades Autónomas pueden participar en la elaboración y revisión de los Planes Hidrológicos de sus cuencas intercomunitarias por medio de su representación en el Consejo del Agua de la cuenca.

Según el artículo 4 del Decreto 240/2007, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Vasca del Agua, la Agencia, como entidad responsable en materia de aguas en el ámbito de las competencias que corresponden a la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, ejerce las funciones indicadas en el artículo 7 de la LAPV. De estas y en relación con el objeto de este proyecto se destacan:

• La elaboración y remisión al Gobierno, para la aprobación, modificación o tramitación ante las autoridades competentes, de los instrumentos de planificación hidrológica previstos en esta Ley.

• La participación en la planificación hidrológica estatal de las cuencas intercomunitarias, de acuerdo con su normativa reguladora.

Según el artículo 1 del RPH, la planificación hidrológica tendrá por objetivos generales conseguir el buen estado y la adecuada protección del dominio público hidráulico y de las aguas objeto del TRLA, la satisfacción de las demandas de agua, el equilibrio y armonización del desarrollo regional y sectorial, incrementando las disponibilidades del recurso, protegiendo su calidad, economizando su empleo y racionalizando sus usos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales.

Atendiendo a los objetivos planteados es preciso conocer y cual es la situación actual y cuales son los factores que distorsionan el objetivo de buen estado de las aguas superficiales entendido como el estado alcanzado por una masa de agua superficial cuando tanto su estado ecológico como su estado químico son, al menos, buenos.

En el artículo 92 ter del TRLA se establece que en cada Demarcación Hidrográfica se establecerán programas de seguimiento del estado de las aguas, y en el artículo 34 del RPH se describen los programas de control de las aguas siendo los objetivos de estos programas los siguientes:

• Obtener una visión general coherente y completa del estado de las masas de agua de la Demarcación.

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Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco

• Determinar el grado de cumplimiento de los objetivos medioambientales.

• Determinar el grado de eficiencia de los programas de medidas del Plan Hidrológico

En el artículo 26 del RPH se estipula que para clasificar el estado químico de las masas de agua superficial se evaluará si cumplen en los puntos de control las normas de calidad medioambiental respecto a las sustancias peligrosas de su anexo IV, así como el resto de normas de calidad ambiental establecidas.

En artículo 27 del RPH se indica que entre los elementos de calidad para la clasificación del estado ecológico de los ríos se encuentran los elementos de calidad fisicoquímicos y que estas son las condiciones térmicas y de oxigenación, salinidad, estado de acidificación y nutrientes. Además son la contaminación producida por los contaminantes del anexo II del RDPH.

Indudablemente, para la elaboración, seguimiento y revisión de la planificación hidrológica es relevante la propuesta y seguimiento de los objetivos y programas de calidad de las aguas, es decir, ser capaces de determinar el estado de las masas de agua y poder definir medidas de corrección cuando fuera necesario para la consecución del objetivo medioambiental de buen estado.

En busca de este conocimiento y en el desarrollo de su competencia, la Administración Hidráulica de la CAPV ya lleva años obteniendo información relevante sobre el estado de los ecosistemas fluviales de la CAPV. Así, el entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente decidió abordar a principios de los años 90 los trabajos de definición y puesta en marcha de la Red de vigilancia de la calidad de las aguas y del estado ambiental de los ríos de la CAPV que se ha mantenido bajo diferentes denominaciones y con diversas modificaciones hasta la actualidad.

Por otro lado, en 2001 se inició el proyecto denominado Determinación del estado de la contaminación por sustancias contaminantes prioritarias en los ríos y zonas húmedas interiores de la CAPV y puesta en marcha de una red de vigilancia, y desde 2003 hasta 2006 se dio la explotación de la red diseñada por dicho proyecto. Esta red respondía al planteamiento expresado en la legislación de transposición de la Directiva 76/464/CEE y sus derivadas, y al Real Decreto 995/2000., es decir, se respondía a la obligación de un programa de vigilancia en aguas, sedimentos y biota del grado de contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas de las denominadas Lista I y Lista II.

Estas dos redes de control se concibieron con el objetivo de contar con un instrumento imprescindible para llevar a cabo una correcta planificación de los ecosistemas fluviales y éste ha sido el referente que ha ido marcando todas y cada una de las mejoras que se han ido incorporando a estas redes de vigilancia de su inicio.

De acuerdo con las exigencias de la DMA, la Administración Hidráulica de la CAPV elaboró en diciembre de 2004 el Informe Relativo a los Artículos 5 y 6 de la Directiva Marco del Agua 2000/60/CE para el ámbito de la Demarcación de sus Cuencas Internas, tal como se definió territorialmente el espacio de competencia exclusiva -en materia de aguas- de la administración autonómica, en el momento de traspaso competencial que tuvo lugar el primero de julio de 1994.

El resto del territorio de la CAPV también es objeto de una intensa participación en la administración en materia de aguas por parte del Gobierno Vasco en el ejercicio de un convenio de encomienda de gestión suscrito entre éste y el Estado. En estos ámbitos, Cantábrico y Ebro, y para los respectivos informes de diciembre de 2004 también se elaboraron y aportaron, en documentos separados y distintos, una nutrida y trabajada información siguiendo los criterios y metodologías empleados en el Informe relativo a los Artículos 5 y 6 de

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Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco

la Directiva Marco del Agua 2000/60/CE de la Demarcación de las Cuencas Internas del País Vasco.

La información obtenida por las redes de control explotadas por la Administración Hidráulica de la CAPV facilitó el análisis realizado para estos informes y permitió dar lugar a una imagen actualizada, completa y homogénea de las características de las Demarcaciones Hidrográficas con ámbitos de planificación dentro de la CAPV.

Los programas de seguimiento del estado de las aguas que la Administración Hidráulica de la CAPV explotaba en todo el ámbito de la CAPV en gran medida ya eran operativos con anterioridad a la fecha exigida por el artículo 8 y 15 de la DMA (22 de marzo de 2007).

Sin embargo, comienzos de 2007 debe considerarse un hito relevante en la evolución de los programas de seguimiento de las aguas fluviales de la Administración Hidráulica de la CAPV, ya que los preexistentes se adaptaron oportunamente para ser coherentes con la información obtenida en los informes de diciembre de 2004.

Uno de los requisitos básicos de toda red de vigilancia y control es precisamente su continuidad en el tiempo, al objeto de disponer de datos puntuales, y también de series históricas que permitan conocer la evolución en el tiempo de aquello que es objeto suyo, en este caso, la calidad de las aguas fluviales de la CAPV.

En el momento actual, por lo tanto se hace necesario continuar los trabajos realizados, proponer mejoras al control actual, adecuarse a nuevas exigencias normativas y contratar la asistencia técnica para la realización de la Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco en su campaña 2011-2012 que sea reflejo de lo informado en respuesta a las exigencias del artículo 8 de la DMA en materia de ríos.

Todo esto se considera relevante para que la Administración Hidráulica de la CAPV pueda participar de forma directa en la elaboración de los Planes Hidrológicos que sean de aplicación, a partir de un conocimiento real y exhaustivo del estado de estas masas de agua de la CAPV.

3 SOBRE LOS TRABAJOS A CONTRATAR

3.1 ÁMBITO DEL TRABAJO

El ámbito del trabajo es la Comunidad Autónoma del País Vasco

3.2 SÍNTESIS DE LOS TRABAJOS

El objeto del trabajo es explotar la Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco (en adelante RED) en su campaña 2011-2012 y, por tanto, obtener e interpretar resultados analíticos.

Los trabajos planteados implican actividades relacionadas con:

• Trabajo de campo que implica obtener e identificar muestras de las matrices objeto de estudio (agua, sedimento y biota) que sean representativas de los puntos de control, incluidos los análisis fisicoquímicos in situ, la correcta conservación, transporte de las muestras y registro de incidencias y de cadena de custodia.

• Trabajo de laboratorio que implica la ejecución de análisis fisicoquímico, la compilación de resultados analíticos y emisión de informes analíticos y el desarrollo de los trabajos de aseguramiento de la calidad.

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Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco

• Trabajo de gabinete encaminado a la recopilación e integración de información previa y a la interpretación de resultados analíticos para la clasificación de estado químico y del estado asociado a las condiciones fisicoquímicas generales para la oportuna elaboración y remisión de informes y, en su caso, la revisión y propuestas de mejora del diseño de los programas de seguimiento; todo ello enmarcado en sistemas de aseguramiento de la calidad.

3.3 DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS

3.3.1 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

El plazo propuesto para la ejecución de los trabajos es de veinticuatro (24) meses y comenzará no antes del 11 de enero de 2011.

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 279.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en caso de mutuo acuerdo entre las dos partes antes de la finalización del contrato, se podrá proponer la prórroga del mismo, sin que la duración total, incluida la prórroga, pueda exceder de 6 años, ni que la prórroga supere el plazo fijado originalmente.

3.3.2 PUNTOS DE CONTROL

A efectos de este trabajo se define Punto de control como el área seleccionada para que mediante su estudio se pueda calificar el estado de un tramo fluvial o masa de agua. Asociados a cada punto de control pueden encontrarse diferentes puntos de muestreo en función de las matrices objeto de estudio (agua, sedimento y biota) y de las características del punto de control.

En la RED, en su campaña 2011-2012, se definen un total de CIENTO SIETE (107) puntos de control. La ubicación de los CIENTO SIETE (107) puntos de control que se proponen por haber sido estudiadas en el período 2007-2010 se indica en el apartado 7.1 del anexo del presente PPT.

La asignación de tipo de control a puntos de control que se plantea en el presente PPT se indica en el apartado 7.3 del anexo del presente PPT.

El Responsable del Contrato puede proponer cambios de ubicación de puntos de control y de asignación de tipo de control que permitan un mejor conocimiento del estado químico y fisicoquímico de las masas de agua objeto de estudio.

El Consultor podrá proponer cambios en la ubicación de los puntos de muestreo con los criterios de mejorar la seguridad en la toma de muestras, mejorar la facilidad de acceso al punto de muestreo y mejorar la representatividad de la muestra según la naturaleza del punto de control o de la masa de agua. En cualquiera de estos casos, siempre se deberá justificar que se mantiene la representatividad del punto de control.

El Consultor deberá proporcionar al Responsable del Contrato la información que solicite de cara a actualizar/mejorar los datos asociados a las fichas de los puntos de control.

3.3.3 MUESTREOS

3.3.3.1 Planificación de campañas de muestreo

Durante los primeros quince días del plazo de ejecución el Consultor recopilará la información necesaria y los antecedentes que le permitan planificar las campañas de toma de muestra. Elevará dicha planificación para la aprobación del Responsable del Contrato.

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Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco

En la planificación del conjunto de los trabajos, el Consultor propondrá al Responsable del Contrato unas fechas de muestreo aproximadas y acordes son los requisitos establecidos en este PPT.

Previo a cada serie de muestreos, se comunicará al Responsable del Contrato los trabajos de muestreo a realizar (puntos de control, matrices y fechas concretas).

En todo caso y en especial para las muestras correspondientes al periodo de primavera y estiaje, el Consultor, junto con el Responsable del Contrato, deberá coordinar las fechas de muestreo con las de toma de muestra para el estudio de comunidades biológicas que se realicen en el marco de la Red de seguimiento del estado biológico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Los apartados de la oferta técnica relativos a la planificación de campañas de muestreo a se evaluarán mediante criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor (sobre C).

3.3.3.2 Matrices objeto de estudio

A efectos del presente contrato, en todos los puntos de control se considera que la única matriz de estudio será el agua, salvo en los puntos de control explícitamente indicados en el apartado 3.3.3.3 del presente PPT en las que también serán objeto de estudio las matrices sedimento y biota.

3.3.3.3 Toma de muestras

La toma de muestras, que será representativa, será la precisa para la realización posterior de los ensayos2 que permita determinar los parámetros3 especificados en los apartados 3.3.5 del presente PPT, de modo que no se produzcan alteraciones en las muestras que invaliden los resultados analíticos que se obtengan posteriormente. El Consultor cumplirá rigurosamente las condiciones de toma y conservación óptimas para analizar correctamente las matrices que correspondan.

El equipo de campo que facilite el Consultor deberá estar compuesto por muestreadores experimentados provistos de automóvil y, eventualmente embarcación, ambos en perfecto estado de seguridad y operatividad, y con las autorizaciones y documentación en regla para circular y navegar, respectivamente. Asimismo el equipo estará provisto de todos los instrumentos necesarios para la toma de muestras y para las determinaciones in situ.

Deberán tomarse las medidas de seguridad necesarias en el trabajo de los equipos muestreadores en cumplimiento de la legislación sobre seguridad, salud y riesgos laborales

El Consultor debe cumplir durante la ejecución del contrato las concretas condiciones especiales de ejecución en materia de estrategia de muestreo y desinfección de equipos y embarcaciones puestas en contacto con el agua según las directrices de la Confederación Hidrográfica del Ebro para evitar la expansión del mejillón cebra (Dreissena polymorpha) siendo para ello de utilidad los protocolos de desinfección disponibles en

2 Ensayo: Operación técnica que permite determinar un parámetro. 3 Parámetro: Dato (cuantitativo o cualitativo) necesario para analizar o valorar el estado de las aguas según una normativa específica. Siendo la normativa cualquier acto legislativo o compromiso asumido por la Administración que requiera la determinación de parámetros sobre calidad de aguas mediante la realización de ensayos analíticos. Cada parámetro lleva asociada una matriz de análisis y una expresión específica.

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Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco

www.uragentzia.euskadi.net. De igual manera se actuará para prevenir la expansión del hongo Aphanomices astaci.

El Responsable del Contrato podrá solicitar la recogida de cierto número de muestras dobles, de modo que una parte sea dirigida a otros laboratorios para la realización de los correspondientes controles de calidad. En estos casos, será por cuenta del Consultor del presente proyecto la recogida, conservación y transporte de la muestra hasta su entrega a la Administración contratante para su posterior análisis.

El Consultor deberá proporcionar la información que el Responsable del Contrato solicite de cara a actualizar/mejorar los datos asociados a las fichas de muestreo.

Deberá emplearse una metodología de trabajo para la toma de muestra de agua que esté suficientemente documentada y que se base en la serie de normas ISO 5667 (ISO-5667-1: Calidad del agua. Muestreo. Parte 1. Guía para el diseño de programas de muestreo; ISO-5667-3: Calidad del agua. Muestreo. Parte 3: Guía para la conservación y manipulación de las muestras de agua; ISO 5667-6: Calidad del agua. Muestreo. Parte 6 Guía para el muestreo de ríos y cursos de agua)

La toma de muestra de sedimento y biota se realizará en los siguientes QUINCE (15) puntos de control: ART202, ARA150, ASU160, BUT226, BJA050, DEB492, KAD504, LEA196, NER258, NER520, ORI258, OIA102, OKA114, URO520 Y ZAD828 (para su ubicación ver apartado 7.1 del presente PPT)

Para la toma de muestra de sedimentos se elegirá un área susceptible de sedimentación, evitando lugares con corrientes, rocas, etc. y que por tanto se dé acumulación de sedimento fino, sin hojarasca y/o material vegetal grueso. La toma de muestra se realizará como máximo en los primeros 30 cm. y mediante una pala para sedimento accesible y poco profundo o una draga para la extracción de sedimento profundo. Antes de su envasado y etiquetado se desecharán las partículas gruesas.

La toma de muestra de biota se referirá a ictiofauna y será ejecutada por el contratista de la Red de seguimiento del estado biológico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco que será el encargado de la realización de las tareas de pesca eléctrica.

Será por cuenta del Consultor del presente proyecto la recogida, conservación y transporte de la muestra de biota al laboratorio para su posterior análisis. Se establece que la muestra de biota será de al menos 50 gramos considerando el animal completo o en su caso varios animales de una misma especie.

En función del punto de control la especie seleccionada como bioindicadora será Anguila anguila, Salmo trutta fario o Barbus graelsii. A partir de datos previos relativos a la distribución de especies en la CAPV, se seleccionará una de ellas, de forma que para los análisis se procurará siempre que ello sea posible, seleccionar peces de esta especie y de la misma edad aproximada.

El etiquetado de las muestras se realizará siguiendo los procedimientos normalizados del Consultor, teniendo en cuenta que en el etiquetado deberá figurar, al menos, el código del punto de control, la fecha y hora del muestreo.

El Consultor deberá mantener documentada la cadena de custodia en aquellas muestras que a juicio del Responsable del Contrato se considere necesario.

Previamente al inicio de los trabajos el Consultor deberá presentar los procedimientos normalizados de trabajo relativos a la toma de muestras, etiquetado, conservación y transporte, al Responsable del Contrato para su aprobación.

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Red de seguimiento del estado químico de los ríos de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Se comunicará vía fax o correo electrónico cualquier incidencia reseñable que se aprecie durante los muestreos.

Una vez finalizada cada serie de muestreos, se enviará al Responsable del Contrato un informe somero con aquellas incidencias o aspectos más relevantes ocurridos y el grado de cumplimiento de los trabajos programados.

Los apartados de la oferta técnica relativos a la toma de muestra se evaluarán mediante criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor (sobre C).

3.3.4 FRECUENCIAS DE MUESTREO

La frecuencia de toma de muestra o control establecida para la matriz agua será en función de la batería de parámetros asignada a cada estación tal y como se expresa en el apartado 3.3.5.1 del presente PPT.

La frecuencia de toma de muestra o control establecida para la matriz sedimento y biota será anual (1 muestra/ año) y con carácter general en otoño.

3.3.5 ENSAYOS

3.3.5.1 Ensayos en la matriz agua

En toda toma de muestra de agua que se realice en el marco del presente proyecto se realizarán los ensayos de parámetros de determinación in situ que se indican en el apartado 7.4.1 del anexo del presente PPT.

El número de muestras establecido para la matriz agua en todos los puntos de control para realizar los ensayos que se indican en el apartado 7.4.2 del anexo del presente PPT será de al menos CUATRO (4) muestras/año que deberán tener carácter trimestral- estacional.

En puntos de control identificados como del tipo OSPAR y para realizar los ensayos calificados como nutrientes y otros generales en el apartado 7.4.8, complementariamente a las muestras establecidas en el punto anterior se tomarán las muestras que sean necesarios para que se obtengan al menos un total de DOCE (12) muestras/año.

En los puntos de control identificados como del tipo Base y para realizar los ensayos que se indican en el apartado 7.4.3 del anexo del presente PPT, se tomarán al menos CUATRO (4) muestras/año que deberán tener carácter trimestral- estacional.

En puntos de control identificados como del tipo Prioritario y para realizar los ensayos que se indican en el apartado 7.4.3 del anexo del presente PPT, complementariamente a las muestras establecidas en el punto anterior se tomarán las muestras que sean necesarios para que se obtengan al menos un total de OCHO (8) muestras/año.

En puntos de control identificados como del tipo OSPAR y para realizar los ensayos calificados como metales en el apartado 7.4.8, complementariamente a las muestras establecidas en los puntos anteriores se tomarán las muestras que sean necesarios para que se obtengan al menos un total de DOCE (12) muestras/año.

En los puntos de control que se han identificado como del tipo Prioritario y para realizar los ensayos que se indican en el apartado 7.4.4 del anexo del presente PPT se tomarán al menos OCHO (8) muestras/año.

En los puntos de control que se han identificado como del tipo Prioritario pertenecientes a la vertiente cantábrica de la CAPV y para realizar los ensayos que se indican en el apartado 7.4.5 del anexo del presente PPT se tomarán al menos OCHO (8) muestras/año.

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En puntos de control identificados como del tipo Prioritario pertenecientes a la vertiente mediterránea de la CAPV y para realizar los ensayos que se indican en el apartado 7.4.5 del anexo del presente PPT, se tomarán al menos CUATRO (4) muestras/año.

En puntos de control identificados como del tipo OSPAR y para realizar los ensayos calificados como Biocidas y producto fitosanitario en el apartado 7.4.8 del anexo del presente PPT, complementariamente a las muestras establecidas en el punto anterior se tomarán las muestras que sean necesarios para que se obtengan al menos un total de DOCE (12) muestras/año.

En puntos de control identificados como del tipo Prioritario y para realizar los ensayos que se indican en el apartado 7.4.6 del anexo del presente PPT, se tomarán al menos CUATRO (4) muestras/año de las cuales al menos DOS (2) se establecerán en los periodos probables de aplicación.

En puntos de control identificados como del tipo Prioritario pertenecientes a la vertiente mediterránea de la CAPV y para realizar los ensayos que se indican en el apartado 7.4.7 del anexo del presente PPT, se tomarán al menos DOS (2) muestras/año en los periodos probables de aplicación.

3.3.5.2 Ensayos en la matriz sedimento y biota

En cada muestra de sedimento se determinará granulometría, humedad y contenido en materia orgánica. La fracción a utilizar para los análisis de sustancias contaminantes será la menor de 63 micras y los resultados de los ensayos se referirán al peso seco.

Los análisis en biota se referirán a ictiofauna. Y se realizarán sobre el pez completo (pool). Se determinará con carácter obligatorio la especie de pez, su longitud, peso y su contenido en en materia grasa. Las determinaciones analíticas se referirán al peso fresco.

Atendiendo a lo indicado en el Borrador de Real Decreto4 sobre las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas (Versión 30 de junio de 2010) se pretende llevar a cabo el análisis de la tendencia a largo plazo respecto de las concentraciones de las sustancias prioritarias y otros contaminantes propensas a la acumulación en los sedimentos y biota.

En puntos de control identificados para el control de sedimentos (ver apartado 3.3.3.3 del presente PPT), se tomará UNA (1) muestra anual de sedimento y biota que permita realizar los ensayos que se indican en el apartado 0 del anexo del presente PPT.

Si el Consultor especificara otra batería de parámetros diferente de la indicada en el apartado 0 del anexo del presente PPT deberá ser razonada.

4 Este Real Decreto pretende entre otros aspectos trasponer a la legislación estatal la Directiva 2008/105/CE y la Directiva 2009/90/CE de la Comisión, de 31 de julio de 2009, por la que se establecen, de conformidad con la Directiva 2000/60/CE.

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3.3.6 MÉTODOS ANALÍTICOS Y LÍMITES DE CUANTIFICACIÓN

3.3.6.1 Métodos

En el marco del presente proyecto serán de aplicación los métodos5 o técnicas analíticas que se indican en la Orden Ministerial MAM/3207/2006 y que aparecen asociados a cada uno de los ensayos indicados en el anexo a este PPT.

El Consultor, como referencia alternativa, puede plantear los métodos analíticos para sustancias prioritarias y otros contaminantes indicados en el documento guía nº 19 de la Estrategia común para la implantación de la DMA6. El Consultor mantendrá las condiciones de su oferta y no podrá cambiar de método analítico sin justificación y autorización del Responsable del Contrato, que podrá solicitar toda la información que considere oportuna sobre los métodos analíticos propuestos.

En todo caso, en relación con la valoración de la oferta según criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor (sobre C) se tendrá en consideración que los métodos analíticos para los parámetros que no indicados en el Anexo XII del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares sigan procedimientos normalizados conformes con normas internacionales o a cualesquiera otras normas nacionales o internacionales que garanticen el suministro de información de calidad y comparabilidad científica equivalentes; concretamente se valorará positivamente el uso de normas CEN/ ISO pertinentes, y así mismo se tendrá en consideración el establecimiento de sistemas de control de la calidad.

En la valoración de las ofertas según criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor (sobre C) se considerarán todos los aspectos relacionados con la implantación de sistemas de garantía y control de calidad y participación en programas de ensayos de aptitud y/o análisis de materiales de referencia.

El Consultor, en aras de la de las actividades expuestas en el presente PPT, aplicará prácticas de gestión de calidad conformes con la norma ISO-9001 u otras normas equivalentes aceptadas internacionalmente.

El Consultor deberá demostrar sus capacidades de análisis de los parámetros fisicoquímicos o químicos ofertados mediante su participación en programas de ensayos de aptitud y/o análisis de materiales de referencia con los niveles adecuados de concentración en relación con las NCA y objetivos ambientales pertinentes.

Para que los programas de ensayos de aptitud contemplados en el punto anterior sean evaluables, estos deben:

estar organizados por organizaciones acreditadas o por organizaciones reconocidas nacional o internacionalmente que cumplan los requisitos de la guía ISO/IEC 43-1 (Ensayos de aptitud por comparaciones interlaboratorios. Parte 1:

5 Principio del Método: Fundamento del procedimiento técnico o método que permiten la realización de un ensayo. 6 Guidance Document No. 19: Guidance on surface water chemical monitoring under the water framework directive (2000/60/EC) Common Implementation Strategy of the Water Framework Directive, European Commission. 132 pphttp://circa.europa.eu/Public/irc/env/wfd/library?l=/framework_directive/guidance_documents/guidance_monitoringpdf/_EN_1.0_&a=d

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Desarrollo y funcionamiento de programas de ensayo de aptitud) u otras normas equivalentes aceptadas internacionalmente.

Los resultados de la participación en esos programas de control se evaluarán según los sistemas de puntuación fijados en la guía ISO/IEC 43-1, en la norma ISO-13528 o en cualquier otra norma equivalente aceptada internacionalmente.

En el caso de que se participe en programas de ensayos de aptitud se acompañará la oferta con un resumen de las evaluaciones realizadas en el último año.

A tales efectos el Consultor, para las distintas matrices diferentes de aguas continentales, es decir, sedimentos y biota, y para la oportuna valoración según los criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor (sobre C) facilitará la documentación oficial adecuada que informe detalladamente sobre todos los ensayos ofertados, incluyendo alcances, métodos, parámetros y límites de detección validados y acreditados

En el supuesto de que el ensayo no esté acreditado, debe justificarse de forma separada la capacidad técnica del Consultor para realizar el parámetro solicitado.

3.3.6.2 Límites de cuantificación e Incertidumbre de medida

En la valoración técnica de las ofertas según criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor (sobre C) se considerará que los métodos de análisis aplicados para la evaluación del cumplimiento de normas de calidad ambiental7 (NCA) se basen en una incertidumbre de medida8 del 50% o menos (k=2) estimada al nivel de las NCAs pertinentes. Entiéndase como pertinentes las establecidas en la Directiva 2008/105/CE y los objetivos de calidad en el Real Decreto 995/2000.

A falta de un método de análisis que cumpla los criterios del párrafo anterior los análisis se efectuarán siguiendo las mejores técnicas disponibles que no acarreen costes desproporcionados.

Los límites de cuantificación de cada uno de los ensayos asociados a sedimento y biota (peces) deberán permitir evaluar el cumplimiento de NCAs así como la evaluación del principio standstill.

3.3.7 TRABAJOS COMPLEMENTARIOS

La DMA establece como indicadores de régimen hidrológico en ríos los siguientes: caudal e hidrodinámica del flujo de las aguas y conexión con masas de aguas subterráneas, considerando necesario un análisis continuo. Entre otros, en el marco del presente proyecto se considera que el análisis de los caudales circulantes es necesario para el cálculo de las cargas contaminantes que son aportadas desde los ríos a las zonas costeras.

7 Norma de Calidad Ambiental (NCA): Concentración de un determinado contaminante o grupo de contaminantes en el agua, los sedimentos o la biota, que no debe superarse en aras de la protección de la salud humana y el medio ambiente. Este umbral puede expresarse como Concentración Máxima Admisible (NCA-CMA) o como Media Anual (NCA-MA). 8 Incertidumbre de medida: parámetro no negativo asociado a un resultado analítico que caracteriza la dispersión de los valores cuantitativos atribuidos a un mensurando, basándose en la información utilizada.

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La actual estructura del presente proyecto dificulta este análisis en continuo y se ve la necesidad de apoyarse en datos obtenidos por otras entidades por medio de estaciones de aforo. Sin embargo, independientemente de valores de caudal extrapolados desde estaciones de aforo a los puntos de control se establece como trabajo mínimo para el presente proyecto la determinación puntual de caudal circulante en todas los puntos de control coincidiendo con los muestreos para el estudio de los indicadores químicos y físico-químicos que afectan a los indicadores biológicos definidos en los apartados anteriores.

Por otro lado, también será objeto de este contrato la recopilación, interpretación e integración de datos de otras redes de seguimiento químico y fisicoquímico de los ríos del País Vasco (Confederación Hidrográfica del Ebro, Confederación Hidrográfica del Cantábrico, Diputación Foral de Gipuzkoa y Diputación Foral de Bizkaia) y en particular las redes de control de sustancias contaminantes de la Confederación Hidrográfica del Ebro y del Cantábrico (ver apartado 7.2 del anexo del presente PPT).

Los apartados de la oferta técnica relativos a trabajos complementarios se evaluarán mediante criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor (sobre C).

3.4 INFORMACIÓN BASE A UTILIZAR

Con independencia de la información que el Consultor pueda obtener de otras fuentes, la Agencia Vasca del Agua facilitará al Consultor cuanta documentación posea y sea conveniente para la correcta ejecución del trabajo. El Consultor adquirirá el compromiso de custodia fiel y cuidadosa de la documentación que se le entregue para la realización del trabajo y la obligación de que dicha documentación no sea facilitada a terceros sin la autorización de la Administración contratante. El Consultor será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.

El Consultor actuará directamente y en representación de la Administración en todas las solicitudes de información y datos que pudieran existir, exigiéndose, por parte del mismo y del cuestionado, la aplicación de la legislación vigente al respecto y de las responsabilidades a que hubiere lugar.

4 SOBRE LA ENTREGA DE LOS TRABAJOS

Los estudios, informes, proyectos u otros trabajos que constituyan el objeto del contrato se realizarán en ambas lenguas oficiales, incluidos los interfaces textuales y sonoros de los diferentes software.

Los resultados analíticos obtenidos en laboratorio serán enviados al Responsable del Contrato en el soporte informático establecido.

El Consultor no podrá utilizar por sí ni proporcionar a terceros dato alguno obtenido a partir de los trabajos contratados, ni publicar total o parcialmente el contenido de los mismos sin autorización por escrito de la Administración contratante

La entrega final del trabajo tendrá lugar en la oficina de la Agencia Vasca del Agua, sita en Albert Einstein, 46. Edificio 7-3ª planta 01510, Parque Tecnológico de Álava, Miñano Mayor.

A partir de los resultados obtenidos en las determinaciones analíticas y observaciones realizadas se procederá a una elaboración exhaustiva de la información encaminada a presentar la información de la siguiente forma:

• Base de datos. El Responsable del Contrato facilitará la base de datos sobre la cual se realizarán las actualizaciones y adecuaciones pertinentes de acuerdo con los resultados obtenidos en cada uno de los muestreos. La actualización tendrá una frecuencia mínima de tres meses.

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• Informe completo anual (castellano). Deberá elaborarse a la conclusión de la campaña anual recogiendo todos los aspectos relativos a la calidad de las aguas y su evolución, así como, recomendaciones, aspectos puramente científicos, incidencias, y toda posible modificación en el diseño de la RED, método de trabajo, muestreos o cualquier otro factor que impulse la mejora del desarrollo futuro del control de la RED y de los resultados e informaciones que se obtenga de ella.

• Informe general o de síntesis (euskera y castellano). A la conclusión de la campaña correspondiente al mes de diciembre se realizará un documento de síntesis de la calificación de estado a partir de los resultados obtenidos por la RED, de tal forma que debidamente tratados siguiendo las directrices del libro de estilo permitirán su inclusión pagina Web de la Agencia Vasca del Agua. Se entregarán cuatro ejemplares en papel (formato DIN A-4) y en formato digital (Word y pdf). El 100% del papel será totalmente libre de cloro y como mínimo un 80% de papel reciclado (las fibras del papel no reciclado procederán de explotaciones forestales sostenibles). La entrega de información digital irá acompañada de las tablas (Excel) o bases de datos (Access) correspondientes.

Los apartados de la oferta técnica relativos a la entrega de los trabajos se evaluarán mediante criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor (sobre C).

4.1 POSIBILIDAD DE ESTABLECER MEJORAS

4.1.1 MEJORAS EN LA INTENSIDAD DE MUESTREO Y DE ANÁLISIS

En la RED, en su campaña 2011-2012, se definen la intensidad de muestreo y de análisis que resulta del número de estaciones indicadas en el apartado 3.3.2, la frecuencia de muestreo indicada en el apartado 3.3.4 y los ensayos indicados en el apartado3.3.5.

Es potestad del Consultor la ampliación de dicha intensidad de muestreo y de análisis por la ampliación de la frecuencia de muestreo y de la batería de ensayos asociados a cada punto de control. Dicha ampliación deberá considerarse como mejoras, consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas en el presente PPT.

4.1.2 MEJORAS EN EL MANEJO E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS

En la RED, en su campaña 2011-2012, se evaluaran los resultados en función de los objetivos medioambientales y normas de calidad que estén definidos en la normativa vigente o en función de lo planteado en los Planes Hidrológicos en fase de borrador.

Es potestad del Consultor la propuesta de trabajos de revisión y actualización de objetivos medioambientales así como de trabajos de evaluación de presiones antropogénicas que faciliten la interpretación de los resultados de la RED. Estas propuestas de trabajos deben considerarse como mejoras, consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas en el presente PPT.

5 SOBRE LA ORGANIZACIÓN DEL CONSULTOR

El presente trabajo exige una estrecha colaboración entre el Consultor y la Administración. Esta colaboración debe estar asegurada en todo momento y constituye, uno de los aspectos más importantes para el desarrollo adecuado de las diversas actividades.

En este sentido, se pide al Consultor la presentación de un equipo técnico que conjugue su profesionalidad con la necesaria flexibilidad de actuación para admitir, discutir y, en su caso, compatibilizar sus propuestas con las alternativas ya estudiadas con anterioridad.

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El Consultor, para la ejecución de los trabajos definidos cumpliendo con los plazos fijados, deberá contar con el personal y los medios técnicos y materiales suficientes. El Consultor indicará en su oferta los medios técnicos y materiales que dispone y la ubicación de los mismos.

En relación con los plazos que se citan, se considera que cada campaña de toma de muestra no debe ser superior a un mes; y que el plazo para la ejecución de los ensayos programados y la oportuna entrega de los resultados analíticos no debe ser superior a dos meses desde la fecha de la toma de muestra.

Se considerará apropiado que durante el desarrollo de los trabajos el Consultor tenga una oficina de enlace con el Responsable del Contrato en el ámbito geográfico de la CAPV, como elemento de apoyo para la correcta coordinación de las actividades a acometer.

6 SOBRE LA SUPERVISIÓN, CONTROL Y DIRECCIÓN DEL PROYECTO

La dirección de los trabajos será ejercida por el Responsable del Contrato.

El Consultor deberá designar un Delegado que será un Titulado Superior con suficiente experiencia y acreditada solvencia en este tipo de estudios. Este Delegado se responsabilizará de todos los trabajos contratados y actuará como representante del Consultor ante el Responsable del Contrato.

Previamente al inicio efectivo de los trabajos, el Consultor presentará a la Administración para su aprobación un equipo de solvencia técnica garantizada y con la titulación que se adecue a las funciones a desarrollar. La Administración podrá rechazar razonadamente uno o varios miembros del equipo presentado. En este caso la empresa Consultora deberá sustituirlos, tantas veces como sea necesario, hasta que el Responsable del Contrato dé su aprobación.

La persona designada por el Consultor como Delegado o responsable no podrá ser sustituida sin la autorización expresa del responsable del contrato. El Delegado o responsable se asegurará de la correcta realización técnica de los trabajos. Deberá, asimismo, facilitar la labor de inspección, comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta realización de la prestación contratada, proporcionando cuanta información le sea solicitada y poniendo en conocimiento del Responsable del Contrato cuantas incidencias se produzcan en el desarrollo de los trabajos.

Todo cambio o modificación sobre el trabajo contratado deberá contar con el acuerdo del Responsable del Contrato que, en todo momento, dará las oportunas indicaciones de los trabajos a seguir.

El Responsable del Contrato o la persona en quien delegue, podrá estar presente durante la toma de muestras en cualquiera de los puntos de control de la RED y en cualquiera de las instalaciones en las que se realicen los ensayos analíticos para verificar que todo el procedimiento se ajusta a los protocolos previamente establecidos.

En el caso de que alguno de los trabajos a realizar en este Contrato (toma de muestras, análisis in situ, análisis de laboratorio, etc.) no se ajuste a los procedimientos de trabajo establecidos por el Consultor y la Administración previamente al inicio de los mismos, el Consultor procederá a su repetición sin que tenga derecho a indemnización de ninguna clase por este motivo.

El Responsable del Contrato podrá comprobar en todo momento, mediante visitas a las instalaciones y/u oficinas del Consultor, la efectiva disposición de medios que éste se compromete a poner a disposición del trabajo y que deberán ser descritos en el Programa de Trabajos. A estos efectos se le garantizará libertad de accesos a estas instalaciones y oficinas.

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Serán por cuenta del Consultor todas las operaciones destinadas a subsanar cualquier error o anomalía manifiesta que se detecte en los resultados de los trabajos.

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7 ANEXOS

7.1 LISTADO Y UBICACIÓN DE PUNTOS DE CONTROL DE LA RED

Unidad

Hidrológica Cuenca Código masa Masa Código Estación UTMX ETRS89

UTMY ETRS89

Agüera Agüera ES010R427010 Agüera-A AGU126 Pandos 479011,3 4792248,37 Arakil Arakil ES091R220010 Arakil-A ARA150 Egino 560046,63 4746591,28 Artibai Artibai ES111R044010 Artibai-A ART062 Iruzubieta 538399,52 4788966,73 Artibai Artibai ES111R044010 Artibai-A ART202 Gardotza 544277,61 4796264,59

Ibaizabal Asua ES111R074020 Asua-A ASU045 Zamudio 511775,42 4792128 Ibaizabal Asua ES111R074020 Asua-A ASU160 Sangroniz 505069,38 4793252,04

Baia Baia ES091R056010 Baia-A BAI084 Aldarro 513382,95 4761594,15 Baia Baia ES091R056020 Baia-B BAI258 Katadiano 508873,72 4750747,28 Baia Baia ES091R056030 Baia-C BAI500 Igay 506802,33 4731683,28

Barbadun Barbadun ES111R075010 Barbadun-A BAR126 San Esteban de Galdames 488691,32 4790876,23

Barbadun Barbadun ES111R075020 Barbadun-B BAR190 Santelices 490174,34 4795582,19 Butroe Estepona ES111R048030 Estepona-A BES042 Goikolea 515471,51 4805437,95

Bidasoa Bidasoa ES013R999999 Bidasoa BID555 Endarlatza 603068,84 4794251,12 Bidasoa Jaizubia ES111R012010 Jaizubia-A BJA050 Urdanibia 595535,93 4799024,88 Butroe Butroe ES111R048010 Butroe-A BUT136 Ergoien 515154,48 4797644,97 Butroe Butroe ES111R048020 Butroe-B BUT226 Gatika 510744,48 4801841,99 Deba Angiozar ES111R040020 Angiozar-A DAG050 Angiozar 545118,26 4772951,59 Deba Antzuola ES111R040080 Antzuola-A DAN055 Antzuola 549513,26 4772269,5 Deba Deba ES111R036010 Deba-A DEB080 Mirvat 537329,01 4762446,68 Deba Deba ES111R040010 Deba-B DEB202 San Prudentzio 544976,19 4770012,57 Deba Deba ES111R042010 Deba-C DEB348 Soraluze 547595,43 4780591,55 Deba Deba ES111R042020 Deba-D DEB492 Mendaro 550542,1 4790175,88 Deba Ego ES111R041020 Ego-A DEG068 Eibar 544534,44 4781971,61 Deba Kilimoi ES111R042030 Kilimoi-A DKI036 Irabarrieta 551713,56 4787337,44 Deba Arantzazu ES111R040060 Arantzazu-A DOA124 Oñati 546109,06 4764638,52 Deba Oinati ES111R040050 Oinati-B DOI095 Zubillaga 545389,15 4768141,56 Ebro Riomayor ES091R125030 Riomayor-A EBM100 Elciego 531479,92 4707477,62 Ega Ega ES091R149020 Ega-B EGA138 Angostina 543175,18 4720307,56

Ega Ega ES091R149020 Ega-B EGA380 Santa Cruz de Campezo 554525,23 4724923,4

Ega Berrón ES091R149010 Ega-A EGB172 Antoñana 549298,26 4727050,49 Ibaizabal Galindo ES111R074010 Galindo-A GAL095 Gorostiza 500564,34 4791882,08 Ibaizabal Gobelas ES111R074030 Gobelas-A GOB082 Getxo 500033,39 4798370,07 Ibaizabal Aretxabalgane ES013R067040 Aretxabalgane-A IAL068 Gumuzio 515953,39 4787769,99 Ibaizabal Arratia ES013R066010 Arratia-A IAR222 Larrabiti 518564,34 4783161,99 Ibaizabal Ibaizabal ES013R061010 Ibaizabal-A IBA080 San Agustin 535038,28 4775387,79 Ibaizabal Ibaizabal ES013R061020 Ibaizabal-B IBA140 Matiena 531519,32 4778081,85 Ibaizabal Ibaizabal ES013R065020 Ibaizabal-C IBA162 Durango 529711,35 4780310,88 Ibaizabal Ibaizabal ES013R067010 Ibaizabal-D IBA194 Iurreta (d. EDAR) 526924,34 4781081,92 Ibaizabal Ibaizabal ES013R067020 Ibaizabal-E IBA306 Astepe 519929,36 4784361,98 Ibaizabal Ibaizabal ES013R068010 Ibaizabal-F IBA390 Usansolo Hospital 514591,37 4786037,01 Ibaizabal Ibaizabal ES013R068020 Ibaizabal-G IBA428 Galdakao 512214,36 4786357,02 Ibaizabal Ibaizabal ES013R068020 Ibaizabal-G IBA518 La Peña 506656,35 4787817,05 Inglares Inglares ES091R079010 Inglares-A ING245 Ocio. San Pedro 513480,15 4722303,08 Ibaizabal Sarria ES013R061030 Sarria-A ISA062 Gerediaga 532315,35 4779704,84 Ibaizabal Kadagua ES013R073020 Kadagua-A KAD372 Güeñes 492219,27 4784327,23 Ibaizabal Kadagua ES013R073030 Kadagua-B KAD452 Olakoaga 497966,28 4785341,15 Ibaizabal Kadagua ES013R073040 Kadagua-C KAD504 Alonsotegi 500284,31 4787637,11 Karrantza Karrantza ES010R586010 Karrantza-A KAR130 Molinar 469796,22 4788288,57 Ibaizabal Herrerías ES013R073010 Herrerías-A KHE300 Zubiete 495169,24 4781184,21

Lea Lea ES111R045010 Lea-A LEA196 Oleta 540004,59 4799006,67 Ibaizabal Altube ES013R055010 Altube-A NAL260 Anuntzibai 504939,21 4776387,13 Ibaizabal Nerbioi ES013R052010 Nerbioi-A NER258 Luyando 500389,15 4772872,21 Ibaizabal Nerbioi ES013R068020 Ibaizabal-G NER520 Basauri 509669,35 4786877,03 Ibaizabal Izoria ES013R052030 Izoria-A NIZ106 Murga 498628,07 4768994,27

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Unidad Hidrológica Cuenca Código masa Masa Código Estación UTMX

ETRS89 UTMY

ETRS89 Ibaizabal Zeberio ES013R057010 Zeberio-A NZE124 Ugao-Miraballes 508291,26 4779756,08

Oria Agauntza ES013R020050 Agauntza-A OAG196 Ataun 567005,01 4762956,08 Oria Amezketa ES013R021010 Amezketa-A OAM076 Amezketa 574300,05 4767510,87 Oria Araxes ES013R023010 Araxes-A OAR226 Tolosa 574863,21 4775175,81 Oria Asteasu ES013R028040 Asteasu-A OAS070 Poligonos Asteasu 575534,38 4782446,75 Oria Estanda ES013R020030 Estanda-A OES116 Beasain 563595,12 4766708,16

Oiartzun Oiartzun ES111R014010 Oiartzun-A OIA102 Ugaldetxo 590409,03 4795110,14 Oka Oka ES111R046010 Oka-A OKA066 Areatza (Oka) 525449,47 4791272,91 Oka Oka ES111R046010 Oka-A OKA114 Gernika 526420,5 4794993,88 Oka Golako ES111R046030 Golako-A OKG120 Barrutia 527259,51 4796456,87 Oka Mape ES111R046020 Mape-A OKM056 San Kristobal 524068,52 4801621,89 Oka Artigas ES111R046040 Artigas-A OKR020 Artiketxe 521932,52 4806021,9 Oria Leizaran ES013R027010 Leizaran-A OLE382 Andoain 579978,29 4784421,61

Omecillo Omecillo ES091R048030 Omecillo-A OME080 Corro 485643,52 4746837,61 Omecillo Omecillo ES091R048010 Omecillo-B OME244 Venta Blanca 495943,47 4741397,49 Omecillo Omecillo ES091R048020 Omecillo-C OME332 Bergüenda 496263,37 4736057,47 Omecillo La Muera ES091R048040 La Muera-A OMU066 Salinas de Añana 498857,44 4738865,44

Oria Oria ES013R020010 Oria-A ORI122 Segura 561777,04 4763505,21 Oria Oria ES013R020020 Oria-B ORI220 Ordizia 567314,12 4767515,06 Oria Oria ES013R028010 Oria-C ORI258 Legorreta 568969,17 4770166 Oria Oria ES013R028020 Oria-D ORI490 Sorabilla 578564,34 4784520,65 Oria Oria ES013R028030 Oria-E ORI606 Lasarte-Oria 576528,56 4791362,65

Omecillo Tumecillo ES091R048030 Omecillo-A OTU136 Fresneda 494433,56 4746834,52 Oria Zaldibia ES013R020060 Zaldibia-A OZA090 Zaldibi 568595,08 4766549,03 Oria Zelai ES013R026010 Zelai-A OZE132 Ibarra 575710,21 4775876,78 Oria Makazeta ES111R029010 Iñurritza-A OZI042 Zarautz 567271,69 4791891,96 Urola Altzolaratz ES111R034030 Altzolaratz-A UAL090 Olalde () 564106,63 4788456,08 Urola Ibaieder ES111R031020 Ibaieder-A UIB106 Urrestilla 561678,42 4778311,19 Urola Ibaieder ES111R032020 Ibaieder-B UIB154 Landeta 560460,46 4780334,22 Urola Larraondo ES111R034040 Larraondo-A ULA040 Akertza 558764,64 4790281,24 Urola Urola ES111R030020 Urola-B URO106 Legazpi 554499,19 4769091,39 Urola Urola ES111R030030 Urola-C URO158 Urretxu 555420,29 4773093,37 Urola Urola ES111R030030 Urola-C URO210 Aizpurutxo 552754,34 4775716,44 Urola Urola ES111R032010 Urola-D URO320 Loyola 558618,47 4780579,27 Urola Urola ES111R034010 Urola-E URO400 Zestoa 560238,58 4786141,21 Urola Urola ES111R034020 Urola-F URO520 Oikina 562149,66 4790751,13

Urumea Urumea ES013R018010 Urumea-A URU400 Lastaola 583492,25 4789781,45 Zadorra Zadorra ES091R058010 Zadorra-A ZAD060 Salvatierra 549078,57 4745266,48 Zadorra Zadorra ES091R058010 Zadorra-A ZAD160 Etura 540953,66 4748231,61 Zadorra Zadorra ES091R068010 Zadorra-B ZAD336 Arroiabe 531248,78 4751896,82 Zadorra Zadorra ES091R068020 Zadorra-C ZAD460 Zuazo de Vitoria 522377,61 4744914,07

Zadorra Zadorra ES091R125010 Zadorra-D ZAD522 Zadorra en Vitoria Trespuentes 518493,58 4743772,15

Zadorra Zadorra ES091R125010 Zadorra-D ZAD628 Nanclares de la Oca 515277,5 4740024,2 Zadorra Zadorra ES091R125020 Zadorra-E ZAD828 Arce 508473,2 4724952,19 Zadorra Ayuda ES091R073010 Ayuda-A ZAI018 Okina 533777,38 4734083,84 Zadorra Ayuda ES091R073010 Ayuda-A ZAI088 Urarte 533105,26 4727745,82 Zadorra Ayuda ES091R076020 Ayuda-C ZAI372 Escanzana 512673,23 4726582,15 Zadorra Alegría ES091R066010 Alegría-A ZAL150 Matauko 534517,63 4745694,77 Zadorra Barrundia ES091R058030 Barrundia-A ZBA162 Maturana 541231,73 4751082,59 Zadorra Santa Engrazia ES091R060010 Santa Engrazia-A ZSE100 Mekoleta 526938,05 4765832,93 Zadorra Santa Engrazia ES091R068010 Zadorra-B ZSE288 Urbina 529584,84 4754396,85 Zadorra Undabe ES091R059010 Undabe-A ZUN070 Zestafe 525733,97 4762008,95 Zadorra Zalla ES091R069020 Zaia-B ZZA246 Martioda 519855,64 4746479,11

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7.2 LISTADO Y UBICACIÓN DE PUNTOS DE CONTROL DE LA REDES DE CONTROL DE SUSTANCIAS CONTAMINANTES DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO Y DEL CANTÁBRICO

Unidad

Hidrológica Cuenca Código masa Masa Código Estación UTMX

ETRS89 UTMY

ETRS89 Bidasoa Bidasoa ES013R999999 Bidasoa BID555 Endarlatza 603068,84 4794251,12 Ibaizabal Ibaizabal ES013R068020 Ibaizabal-G IBA518 La Peña 506656,35 4787817,05 Ibaizabal Ibaizabal ES013R067020 Ibaizabal-E IBA-NO3096 Pol. Ind. Aldatu 519899,36 4784385,98

Oria Oria ES013R028020 Oria-D ORI490 Sorabilla 578564,34 4784520,65 Zadorra Zadorra ES091R058010 Zadorra-A ZAD-SP-18 Salvatierra 549143,57 4745191,48 Zadorra Zadorra ES091R125010 Zadorra-D ZAD-SP-8 Villodas 517701,55 4742390,17

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7.3 ASIGNACIÓN DE TIPO DE CONTROL A PUNTOS DE CONTROL

Código estación Tipo de control AGU126 Base ARA150 Base, Prioritaria ART062 Base ART202 Base, Prioritaria, OSPAR ASU045 Base ASU160 Base, Prioritaria, OSPAR BAI084 Base BAI258 Base BAI500 Base BAR126 Base BAR190 Base, Prioritaria, OSPAR BES042 Base BID555 Base BJA050 Base, Prioritaria BUT136 Base BUT226 Base, Prioritaria, OSPAR DAG050 Base DAN055 Base DEB080 Base DEB202 Base, Prioritaria DEB348 Base, Prioritaria DEB492 Base, Prioritaria, OSPAR DEG068 Base DKI036 Base DOA124 Base DOI095 Base EBM100 Base EGA138 Base EGA380 Base EGB172 Base GAL095 Base, OSPAR GOB082 Base IAL068 Base IAR222 Base IBA080 Base IBA140 Base IBA162 Base IBA194 Base, Prioritaria IBA306 Base IBA390 Base IBA428 Base IBA518 Base ING245 Base ISA062 Base KAD372 Base KAD452 Base KAD504 Base, Prioritaria, OSPAR KAR130 Base KHE300 Base LEA196 Base, Prioritaria, OSPAR NAL260 Base NER258 Base, Prioritaria NER520 Base, Prioritaria, OSPAR NIZ106 Base NZE124 Base OAG196 Base OAM076 Base OAR226 Base OAS070 Base OES116 Base OIA102 Base, Prioritaria, OSPAR

Código estación Tipo de control OKA066 Base OKA114 Base, Prioritaria, OSPAR OKG120 Base OKM056 Base OKR020 Base OLE382 Base OME080 Base OME244 Base OME332 Base OMU066 Base ORI122 Base ORI220 Base ORI258 Base, Prioritaria ORI490 Base ORI606 Base OTU136 Base OZA090 Base OZE132 Base OZI042 Base UAL090 Base UIB106 Base UIB154 Base ULA040 Base URO106 Base URO158 Base, Prioritaria URO210 Base URO320 Base URO400 Base, Prioritaria URO520 Base, Prioritaria, OSPAR URU400 Base, Prioritaria, OSPAR ZAD060 Base ZAD160 Base, Prioritaria ZAD336 Base ZAD460 Base ZAD522 Base ZAD628 Base ZAD828 Base, Prioritaria ZAI018 Base ZAI088 Base ZAI372 Base ZAL150 Base, Prioritaria ZBA162 Base ZSE100 Base ZSE288 Base ZUN070 Base ZZA246 Base

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7.4 MATRIZ AGUA

7.4.1 ENSAYOS IN SITU GRUPO Ensayo CAS Nº Principio

Condiciones de oxigenación Oxígeno disuelto 7782-44-7 ELM/WIN Condiciones de oxigenación Saturación de oxígeno disuelto ELM

Condiciones térmicas Temperatura agua TM Condiciones térmicas Temperatura del aire TM

Estado de acidificación pH ELM Salinidad y mineralización Conductividad eléctrica a 20ºC ELM

7.4.2 ENSAYOS BATERÍA BASE GRUPO Ensayo CAS Nº Principio

Bacteriología Coliformes fecales FyC Bacteriología Coliformes totales 37ºC FyC Bacteriología Estreptococos fecales FyC

Condiciones de oxigenación Demanda Bioquímica de Oxígeno 5 días ELM sin nitrificación Condiciones de oxigenación Demanda química de oxígeno VOL/EAM

Estado de acidificación Alcalinidad VOL Estado de acidificación Bicarbonatos VOL Estado de acidificación Carbonatos VOL

Metales Hierro total 7439-89-6 EAA/ICP Metales Manganeso total 7439-96-5 EAA/ICP

Nutrientes Amoniaco no ionizado 7664-41-7 Cálculo Nutrientes Amonio total 14798-03-9 ELM/EAM Nutrientes Fósforo Total 14265-44-2 D-EAM/ICP Nutrientes Nitratos 14797-55-8 EAA/CI Nutrientes Nitritos 14797-65-0 EAM Nutrientes Nitrógeno Kjeldahl D-VOL/D-EAM Nutrientes Nitrógeno total AUTO/ Cálculo Nutrientes Ortofosfato 14265-44-2 EAM

Otros contaminantes Cianuros 74-90-8 EAM/ELM Otros contaminantes Fluoruros 16984-48-8 EAM/ELM/CI Otros contaminantes Índice de fenoles EAM

Otros generales Sólidos en Suspensión GRA Otros generales Turbidez

Salinidad y mineralización Calcio 7440-70-2 VOL/CI/EAA/ICP Salinidad y mineralización Cloruros 16887-00-6 VOL/CI/EAM Salinidad y mineralización Dureza Total CAL Salinidad y mineralización Magnesio 7439-95-4 VOL/CI/EAA/ICP Salinidad y mineralización Potasio 7440-09-7 EEA/CI Salinidad y mineralización Sodio 7440-23-5 EEA/CI Salinidad y mineralización Sulfatos 14808-79-8 GRA/CI/EAM

Disuelto: concentración disuelta (filtración con membrana de 0,45 µm o pretratamiento equivalente); Total: Concentración total (agua sin filtrar)

7.4.3 CONTAMINANTES-METALES Ensayo CAS Nº Principio

Arsénico total 7440-38-2 EAA/ICP/FA Cadmio disuelto 7440-43-9 EAA/ICP Cobre disuelto 7440-50-8 EAA/ICP

Cobre total 7440-50-8 EAA/ICP Cromo hexavalente 7440-47-3 (VI) EAA/ICP

Cromo total 7440-47-3 EAA/ICP Mercurio disuelto 7439-97-6 EAA/FA/ICP Níquel disuelto 7440-02-0 EAA/ICP Plomo disuelto 7439-92-1 EAM/ICP Selenio total 7782-49-2 EAA/ICP/FA

Zinc total 7440-66-6 EAA/ICP Disuelto: concentración disuelta (filtración con membrana de 0,45 µm o pretratamiento equivalente). Total: Concentración total (agua sin

filtrar)

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7.4.4 CONTAMINANTES-PREFERENTES Ensayo CAS Nº Principio

Benceno 71-43-2 CG Etilbenceno 100-41-4 CG

m-Xileno 108-38-3 CG o-Xileno 95-47-6 CG p-Xileno 106-42-3 CG Tolueno 108-88-3 CG

Xileno (Σ isómeros orto, meta y para) 1330-20-7 CG 1,1,1-Tricloroetano 71-55-6 CG

1,2 dicloroetano 107-06-2 CG 1,2,3-Triclorobenceno 87-61-6 CG 1,2,4-Triclorobenceno 120-82-1 CG 1,3,5-Triclorobenceno 108-70-3 CG

Cloroalcanos C10-13 85535-84-8 Clorobenceno 108-90-7 CG

Cloroformo (Triclorometano) 67-66-3 CG Diclorobenceno (Σ isómeros orto, meta y para) 25321-22-6 CAL

Diclorometano 75-09-2 CG Difeniléteres bromados (Pentabromodifenileter; congéneres nos 28,

47, 99, 100, 153 y 154) 32534-81-9 CG

Hexaclorobenceno 118-74-1 CG Hexaclorobutadieno 87-68-3 CG

Tetracloroetileno (Percloroetileno) 127-18-4 CG Tetracloruro de carbono 56-23-5 CG

Triclorobencenos 12002-48-1 CAL Tricloroetileno 79-01-6 CG 4-Nonilfenol 104-40-5 Nonilfenol 25154-52-3

Octilfenol ((4-(1,1’,3,3’ tetrametilbutil)fenol)) 140-66-9 Di(2-etilhexil)ftalato (DEHP) 117-81-7

Cianuros totales 74-90-8 EAM/ELM Fluoruros 16984-48-8 EAM/ELM/CI Antraceno 120-12-7 CG/HPLC

Benzo(a)pireno 50-32-8 CG/HPLC Benzo(b)fluoranteno 205-99-2 CG/HPLC Benzo(g,h,i)perileno 191-24-2 CG/HPLC Benzo(k)fluoranteno 207-08-9 CG/HPLC

Fluoranteno 206-44-0 CG/HPLC Indeno(1,2,3-cd)pireno 193-39-5 CG/HPLC

Naftaleno 91-20-3 CG

7.4.5 CONTAMINANTES-BIOCIDAS Y PRODUCTO FITOSANITARIOS Ensayo CAS Nº Principio Aldrín 309-00-2 CG

alfa-Endosulfan 959-98-8 CG alfa-HCH 319-84-6 CG beta-HCH 319-85-7 CG

Clorofenvinfos 470-90-6 CG Cloropirifos 2921-88-2 CG

Compuestos de tributilestaño (Catión de tributilestaño) 36643-28-4 CG DDT total no aplicable CG delta-HCH 319-86-8 CG

Dieldrín 60-57-1 CG Endosulfan 115-29-7 CG

Endosulfan sulfato 1031-07-8 CG Endrín 72-20-8 CG

Hexaclorociclohexano (Σ isómeros alfa, beta, delta y gamma) 608-73-1 CAL Isodrín 465-73-6 CG

Lindano (gamma-HCH) 58-89-9 CG Metolacloro 51218-45-2 CG

p,p'-DDT 50-29-3 CG Pentaclorobenceno 608-93-5 CG

Pentaclorofenol 87-86-5 HPLC

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7.4.6 CONTAMINANTES-HERBICIDAS Ensayo CAS Nº Principio Alacloro 15972-60-8 CG Atrazina 1912-24-9 CG Diurón 330-54-1 CG

Isoproturon 34123-59-6 CG Simazina 122-34-9 CG

Terbutilazina 5915-41-3 HPLC Trifluralina 1582-09-8 CG

7.4.7 CONTAMINANTES-OTROS HERBICIDAS Ensayo Nº CAS

2, 4-D o ácido 2,4-diclorofenoxy acético 94-75-7 3, 4 Dicloroanilina 95-76-1

Glifosato 1071-83-6 Heptacloro 76-44-8

MCPA o ácido (4-cloro-2-metilfenoxi)acético 94-74-6 Mecoprop o ácido 2-(4-cloro-2-metilfenoxi)propiónico) 93-65-2

Metribuzina 21087-64-9 Terbutrina 886-50-0

7.4.8 ENSAYOS OSPAR GRUPO Ensayo CAS Nº Principio

Biocidas y producto fitosanitario Lindano (gamma-HCH) 58-89-9 CG Metales Cadmio disuelto 7440-43-9 EAA/ICP Metales Cobre total y disuelto 7440-50-8 EAA/ICP Metales Mercurio disuelto 7439-97-6 EAA/FA/ICP Metales Plomo disuelto 7439-92-1 EAM/ICP Metales Zinc total 7440-66-6 EAA/ICP

Nutrientes Amoniaco no ionizado 7664-41-7 Cálculo Nutrientes Fósforo Total 14265-44-2 D-EAM/ICP Nutrientes Nitratos 14797-55-8 EAA/CI Nutrientes Nitrógeno total AUTO/ Cálculo Nutrientes Ortofosfato 14265-44-2 EAM

Otros generales Sólidos en Suspensión GRA

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7.5 MATRIZ SEDIMENTO Y BIOTA Ensayo Nº CAS Principio

alfa-HCH 319-84-6 CG beta-HCH 319-85-7 CG

Compuestos de tributilestaño (Catión de tributilestaño) 36643-28-4 CG delta-HCH 319-86-8 CG

Hexaclorociclohexano (Σ isómeros alfa, beta, delta y gamma) 608-73-1 CAL Lindano (gamma-HCH) 58-89-9 CG

Pentaclorobenceno 608-93-5 CG Cloroalcanos C10-13 85535-84-8

Difeniléteres bromados (Pentabromodifenileter; congéneres nos 28, 47, 99, 100, 153 y 154) 32534-81-9 CG Hexaclorobenceno 118-74-1 CG Hexaclorobutadieno 87-68-3 CG

Tetracloruro de carbono 56-23-5 CG Di(2-etilhexil)ftalato (DEHP) 117-81-7

Arsénico 7440-38-2 EAA/ICP/FA Cadmio 7440-43-9 EAA/ICP Cobre 7440-50-8 EAA/ICP Cromo 7440-47-3 EAA/ICP

Cromo VI 18540-29-9 EAA/ICP Mercurio 7439-97-6 EAA/FA/ICP Plomo 7439-92-1 EAM/ICP Selenio 7782-49-2 EAA/ICP/FA

Zinc 7440-66-6 EAA/ICP Antraceno 120-12-7 CG/HPLC

Benzo(a)pireno 50-32-8 CG/HPLC Benzo(b)fluoranteno 205-99-2 CG/HPLC Benzo(g,h,i)perileno 191-24-2 CG/HPLC Benzo(k)fluoranteno 207-08-9 CG/HPLC

Fluoranteno 206-44-0 CG/HPLC Indeno(1,2,3-cd)pireno 193-39-5 CG/HPLC

7.6 RELACIÓN DE ACRÓNIMOS. MÉTODOS

Acrónimo Principio del Método

CAL Cálculo CG Cromatografía de gases CI Cromatografía iónica

HPLC Cromatografía líquida de alta resolución ELM Electrometría EAA Espectrofotometría de absorción atómica EAM Espectrofotometría de absorción molecularEEA Espectrofotometría de emisión atómica ICP Espectrofotometría de plasma FyC Filtración y Cultivo GRA Gravimetría TM Termometría VOL Volumetría FA Fluorescencia atómica

AUTO Autoanalizador WIN Winkler