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1 PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TÉCNICO DE ESCENARIO DEL TEATRO CALDERÓN. 1.- OBJETO DEL CONTRATO Es objeto del presente contrato la prestación del servicio técnico de escenario para las Salas del Teatro Calderón. Se proporcionarán los servicios relacionados con la tramoya-maquinaria, luminotecnia, audiovisuales, regiduría, sastrería, carga y descarga, necesarios para asegurar el perfecto desarrollo y ejecución de los espectáculos y las actividades programadas, así como la conservación y mantenimiento de los materiales y elementos propios y específicos del equipamiento escénico, tanto presentes como futuros, de todas las Salas del Teatro Calderón. Las condiciones particulares del servicio se especifican en el pliego de prescripciones técnicas del contrato que deberá incorporarse al contrato. El contrato es de regulación no armonizada, siendo el valor estimado del mismo, incluidas las prórrogas, de 935.000 euros, IVA no incluido. Las empresas que deseen visitar las instalaciones objeto de éste pliego podrán concertar una visita comunicándolo al teléfono 983 426444 de Fundación Teatro Calderón donde se les indicará el día y la hora. 2.- TIPO DE CONTRATO Y CLASIFICACIÓN. Contrato de Servicios de la categoría 27 del Anexo II de la Ley 30/2007 en el que no se exige clasificación. 3.- PLAZO DEL CONTRATO. La prestación de los servicios objeto del presente pliego comenzará en la fecha de la firma del contrato y finalizará en todo caso el 31 de agosto de 2013. El contrato se podrá prorrogar un año más previo acuerdo expreso y por escrito entre la Fundación Teatro Calderón y la empresa adjudicataria. 4.- PRECIO DEL CONTRATO.

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Page 1: PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN …tcalderon.com/servicios/perfil_del_contratante/contenido/Pliego_con… · 2.- TIPO DE CONTRATO Y CLASIFICACIÓN. Contrato

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PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TÉCNICO DE ESCENARIO DEL TEATRO CALDERÓN. 1.- OBJETO DEL CONTRATO

Es objeto del presente contrato la prestación del servicio técnico de escenario para las Salas del Teatro Calderón. Se proporcionarán los servicios relacionados con la tramoya-maquinaria, luminotecnia, audiovisuales, regiduría, sastrería, carga y descarga, necesarios para asegurar el perfecto desarrollo y ejecución de los espectáculos y las actividades programadas, así como la conservación y mantenimiento de los materiales y elementos propios y específicos del equipamiento escénico, tanto presentes como futuros, de todas las Salas del Teatro Calderón.

Las condiciones particulares del servicio se especifican en el pliego de

prescripciones técnicas del contrato que deberá incorporarse al contrato. El contrato es de regulación no armonizada, siendo el valor estimado del mismo,

incluidas las prórrogas, de 935.000 euros, IVA no incluido.

Las empresas que deseen visitar las instalaciones objeto de éste pliego podrán concertar una visita comunicándolo al teléfono 983 426444 de Fundación Teatro Calderón donde se les indicará el día y la hora.

2.- TIPO DE CONTRATO Y CLASIFICACIÓN.

Contrato de Servicios de la categoría 27 del Anexo II de la Ley 30/2007 en el que no se exige clasificación.

3.- PLAZO DEL CONTRATO. La prestación de los servicios objeto del presente pliego comenzará en la fecha de la firma del contrato y finalizará en todo caso el 31 de agosto de 2013. El contrato se podrá prorrogar un año más previo acuerdo expreso y por escrito entre la Fundación Teatro Calderón y la empresa adjudicataria. 4.- PRECIO DEL CONTRATO.

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Presupuesto anual estimado de este contrato: 330.000 euros, IVA no incluido.

El precio del contrato se fija en función de un precio/hora máximo, IVA no incluido, para cada una de las distintas categorías según se establece a continuación:

Jefe de Departamento: 19,68 € por hora IVA no incluido. Subjefe de Departamento: 15,06 € por hora IVA no incluido. Oficial de Departamento: 12,82 € por hora IVA no incluido.

Operario de Carga y Descarga: 11,36 € por hora IVA no incluido. El precio/hora establecido para cada categoría del servicio será único

para todo tipo de jornada (normal, nocturna ó festiva).

Las proposiciones económicas que se presenten superando estos precios/hora máximos serán automáticamente desechadas.

Serán por cuenta del adjudicatario toda la clase de tributos, tasas y exacciones

del Estado, de las Corporaciones Locales o de la Comunidad Autónoma o cualquier otro gasto que pudiera desprenderse de la ejecución de los trabajos del presente pliego.

Del mismo modo serán por cuenta del adjudicatario la obtención, elaboración y

tramitación, ante los organismos que corresponda, de cuantos documentos, autorizaciones y licencias sean necesarios para el desarrollo del trabajo objeto del presente pliego.

El precio total del contrato vendrá determinado por el número de horas

efectivamente realizado por cada categoría multiplicado por el precio/hora de cada una de ellas.

Se establece una estimación anual para este servicio de 20.000 horas.

5.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES Las proposiciones se presentarán en tres sobres:

Sobre 1 Contendrá la documentación general, con los siguientes documentos:

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- Si el concurrente fuera empresario individual: Documento Nacional de

Identidad o aquél que legal o reglamentariamente le sustituya, o fotocopia del mismo.

- Si el recurrente fuera persona jurídica, fotocopia de su CIF y copia de la escritura de constitución y estatutos, con sus posteriores modificaciones si se hubieran producido, debidamente inscritas en el Registro Mercantil cuando ello fuere preciso. Así como los documentos que acrediten la representación que ostenta la persona que firma la proposición, como muestra de que se encuentra facultada para representar a la licitadora. Cuando se trate de un poder general deberá estar igualmente inscrito en el Registro Mercantil.

- Si el proponente actuase en representación o por cuenta de otra persona

física, se acompañará poder notarial que justifique dicha cualidad y representación.

- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Podrán concurrir siempre que conforme a la legislación de lugar de procedencia estén habilitadas para la realización de la prestación objeto del contrato, así mismo deberán acreditar que tienen la autorización o están integradas en la organización que, en su caso, se exija para la presentación del servicio.

- Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión

Europea, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera, admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con entes análogos a la Fundación Teatro Calderón. Se exceptuará esta obligación de presentar el informe de reciprocidad cuando se trate de empresas procedentes de Estados signatarios del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio.

Las empresas extranjeras presentarán toda la documentación traducida de forma oficial al castellano, así como una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles, de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

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- Cuando se trate de uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto deberán presentarse los documentos acreditativos de la capacidad de obrar y la solvencia de cada uno de los empresarios que la componen conforme a los apartados precedentes.

En el escrito de proposición deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Fundación Teatro Calderón. Asimismo deberán acompañar el compromiso de constituir formalmente la UTE en caso de resultar adjudicatarios. Sólo en el caso de que se efectúe a su favor la adjudicación será necesaria la formalización de la unión en escritura pública. - Declaración expresa de no hallarse incurso en alguna de las prohibiciones o

incompatibilidades para contratar con la Administración previstas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. (Anexo I)

- Justificación de la suficiente solvencia económica y financiera. (Anexo II) - Justificación de la suficiente capacidad técnica o profesional. (Anexo II) - En el caso de licitadoras exentas de IVA, o con tipo reducido, deberán incluir

conjuntamente con el resto de documentación exigible, declaración expresa de que se encuentran en esa situación respecto de dicho Impuesto, presentando, en caso de resultar adjudicataria, documento expedido por la Administración Tributaria competente en que se acredite dicha exención para el contrato en cuestión.

Sobre 2 Contendrá la documentación técnica que, de acuerdo con los criterios de adjudicación expresados en la cláusula 9, a excepción de la oferta económica, sea precisa o que los licitadores consideren oportuna para la valoración global de sus propuestas por parte de la Fundación Teatro Calderón.

Sobre 3 Contendrá la Oferta Económica ajustándose a las siguientes reglas:

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- La proposición, debidamente firmada, será formulada en letra y número con arreglo al modelo unido a este pliego (Anexo III)

- En relación con las proposiciones económicas a incluir en el sobre 3, todas las ofertas deberán indicar por separado la cuantía correspondiente al precio neto del contrato, y, en su caso, la cuantía correspondiente al IVA, el cual se incluirá como partida independiente en la correspondiente facturación, teniéndose en cuenta para la comparación de las distintas ofertas económicas, exclusivamente el precio neto de cada una.

- Será causa de inadmisión de la proposición la inclusión de la documentación señalada en los apartados anteriores ni las que sean presentadas una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes.

Transcurridos sesenta días naturales desde la publicación de la adjudicación, la documentación administrativa y técnica quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en ese periodo de tiempo, la Fundación podrá destruir la documentación, no estando obligada a su custodia. 6.- CONTENIDO Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las propuestas estarán redactadas en español y se remitirán, junto a la documentación general que se especifica en este apartado y en el anterior, a las oficinas de la Fundación Teatro Calderón, sitas en la Calle Alonso Berruguete, s/n, 47003 de Valladolid. El plazo de presentación de ofertas será de quince días naturales desde la publicación en el perfil del contratante de la Fundación Teatro Calderón. También podrán ser enviadas por correo en el plazo señalado en el párrafo anterior, debiendo el licitador justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax (983-426451) o telegrama en el mismo día, dirigido al Departamento de Administración de la Fundación Teatro Calderón. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Las proposiciones se presentarán en tres sobres. Todos ellos estarán numerados, cerrados, sellados y firmados por el licitador, que hará constar en cada uno de ellos su contenido, el nombre o razón social del licitador, así como la dirección, teléfono y fax en los que deseen recibir información y comunicaciones por parte de la Fundación Teatro Calderón. Una vez presentada la documentación de referencia, ésta no podrá ser ni retirada ni modificada, constituyendo la contravención de esta cláusula causa de exclusión. La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional por parte del empresario de las cláusulas de este pliego, sin salvedad alguna.

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7.- ÓRGANO DE CALIFICACIÓN Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

Formarán parte de este órgano:

• Presidente: El Director del Área de Cultura, Comercio y Turismo del Ayuntamiento de Valladolid o persona en quien delegue.

• Vocales: dos técnicos de Fundación Teatro Calderón.

• Secretario: La secretaria del Patronato de la Fundación Teatro Calderón.

8.- EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES El Órgano encargado de la apertura de las proposiciones examinará la validez formal de la documentación contenida en el Sobre nº 1. Si el órgano observare defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador corrija o subsane, bajo apercibimiento de exclusión definitiva. Si tal subsanación no se produce en el plazo concedido o el defecto no es subsanable, el órgano de contratación procederá a la exclusión definitiva sin proceder a la apertura del sobre correspondiente a la oferta económica. Posteriormente se procederá a la apertura de la documentación presentada en el Sobre 2 por cada licitador. Con anterioridad a la apertura de proposiciones económicas, la documentación presentada en el Sobre 2 será calificada y, en base a la misma, se elaborará un Informe Técnico con las puntuaciones obtenidas por cada licitador conforme a los criterios de adjudicación de este Pliego, a excepción de lo que se refiere a la valoración económica. El acto de apertura de los sobres que contengan las ofertas económicas (sobre 3) se efectuará ante el órgano de calificación. En este acto se procederá a la lectura previa de las puntuaciones obtenidas en el anterior apartado (sobre 2). Realizada la apertura de las ofertas económicas y tras su análisis, el órgano de calificación determinará si existe alguna oferta anormal o desproporcionada, en cuyo caso podrá solicitar un informe técnico que justifique dicha oferta. De no recibir dicho informe en el plazo que se determine en la solicitud, o si el órgano de contratación

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considera que la oferta no está debidamente justificada, se procederá a la exclusión definitiva del licitador. 9.- CRITERIOS DE VALORACIÓN Y ADJUDICACIÓN La adjudicación se realizará con arreglo a los siguientes criterios por orden decreciente de importancia:

a) OFERTA ECONÓMICA…………………………..…..42 puntos Se valorarán las ofertas presentadas de modo que a la más baja, sin incurrir en

valores anormales o desproporcionados, se le otorgará la máxima puntuación. Las restantes se valorarán conforme a las siguientes fórmulas y de acuerdo a las categorías previstas en la cláusula:

Jefe de Dpto.: 12 x importe de la oferta precio/hora más baja

Importe de la oferta precio/hora a valorar Subjefe de Dpto.:

10 x importe de la oferta precio/hora más baja Importe de la oferta precio/hora a valorar

Operario de Dpto.:

10 x importe de la oferta precio/hora más baja Importe de la oferta precio/hora a valorar

Carga/Descarga:

10 x importe de la oferta precio/hora más baja Importe de la oferta precio/hora a valorar

La puntuación total de este apartado vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida para cada una de las categorías señaladas anteriormente.

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Se considerará oferta anormalmente baja aquella cuyo importe sea inferior en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas

b) MEMORIA TÉCNICA………………………………………… …48 puntos Las empresas licitadoras presentarán una memoria técnica, explicando el planteamiento de la empresa sobre la organización del servicio. Se valorarán especialmente los siguientes aspectos:

- Plan de formación específico para los trabajadores asignados al servicio, indicando cursos previstos y calendario de aplicación.(hasta 12 puntos)

- Plan de inspecciones que la empresa se compromete a realizar y otros procedimientos para la vigilancia de la calidad y desarrollo del servicio. (hasta 12 puntos)

- Capacidad de la empresa para responder a necesidades imprevistas. El tiempo de respuesta que oferte la empresa deberá ser concreto. (hasta 12 puntos)

- Disponibilidad de personal en casos de baja o necesidad de refuerzo del servicio que cuenten con la formación y experiencia necesaria requerida en el puesto. (hasta 12 puntos)

c) MEJORAS..……………………………..………………………. 10 puntos Se valorarán las mejoras relacionadas con la implementación del servicio y con la aportación de personal necesario para el mismo y que no supongan un incremento de coste en el servicio.

En la fase de valoración de las ofertas se establece un umbral mínimo de puntuación del 50% de la ponderación total de los criterios no económicos, de tal modo que si la oferta no cumple este umbral el licitador no continuará en el proceso selectivo.

10.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. El órgano de calificación clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios de adjudicación recogidos en el punto 9 de este pliego.

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El órgano de contratación, procederá posteriormente a la adjudicación a la proposición económicamente más ventajosa, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 136 LCSP.

La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y simultáneamente se publicará en el perfil del contratante.

11.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Una vez transcurridos quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores sin que se hubiera interpuesto recurso especial en materia de contratación, se requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento. La documentación requerida para la formalización del contrato será la siguiente: a) Póliza de seguro de responsabilidad civil, frente a terceros, derivado del objeto del

contrato (responsabilidad civil de explotación) b) Póliza de responsabilidad civil con cobertura de riesgos profesionales, bien como

póliza independiente o con cobertura incluida en la póliza de seguros de responsabilidad civil general (responsabilidad civil patronal y responsabilidad civil post-trabajos)

c) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía definitiva, conforme a lo estipulado en la claúsula siguiente.

d) Certificaciones acreditativas de estar al corriente de las Obligaciones Tributarias de todo orden y ámbito y con la Seguridad Social.

e) Cuantos documentos complementarios fuesen requeridos por el órgano de contratación, entre los que se incluirán los necesarios para el desarrollo de la coordinación de las funciones preventivas en materia de prevención de riesgos laborales

12.- GARANTÍA DEFINITIVA El adjudicatario, deberá, en los plazos legalmente previstos, constituir Garantía Definitiva a favor de la Fundación Teatro Calderón, por importe del 4 % del presupuesto estimado del contrato. Podrá constituirse en cualquier de las formas previstas en el art. 84 de LCSP.

De no cumplirse estos requisitos por causas imputables al adjudicatario, la Fundación Teatro Calderón declarará resuelto el contrato.

13- EJECUCIÓN DEL CONTRATO

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El servicio se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el

contrato y al pliego de condiciones del mismo, cumpliéndose las instrucciones que en ejecución del mismo diere la Fundación Teatro Calderón al contratista. 14.- PAGOS

Los pagos se efectuarán, por la Fundación Teatro Calderón contra facturas expedidas por el contratista y conformadas por el técnico responsable del Teatro.

La facturación se realizará mensualmente sobre los servicios efectivamente

realizados de acuerdo con los partes de trabajo consensuados por ambas partes. 15.- REVISIÓN DE PRECIOS

No se admite revisión de precios durante el plazo inicial de vigencia de este contrato.

En el caso de prórroga del contrato, la revisión del precio se establece en el 85 por ciento de la variación experimentada por el último IPC interanual publicado a la fecha de finalización del contrato (31 de agosto de 2013).

16.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.

1.- El contratista queda obligado, con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes, especialmente en material de legislación laboral, fiscal y de seguridad en el trabajo, así como al cumplimiento de las que puedan promulgarse durante la ejecución del mismo, debiendo cumplir especialmente con los distintos convenios colectivos que, en su caso, resulten de aplicación.

2.- El adjudicatario estará obligado a satisfacer todos los gastos que genere la

formalización del correspondiente contrato, derivados de la obtención de autorizaciones, licencias o cualquier información de organismos oficiales o particulares, así como los impuestos derechos, tasas y compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que señalen, IVA incluido, en los casos en que éste proceda.

3.- El contrato deberá ser ejecutado directamente por la empresa adjudicataria

quedando prohibida la subcontratación del servicio, salvo para actuaciones específicas que requieran una cualificación o medios especiales, y, en todo caso, cumpliendo con

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los requisitos para contratar establecidos en los pliegos y previa autorización expresa de la Fundación Teatro Calderón.

4.- La prestación del servicio objeto de este contrato no es susceptible de cesión,

quedando asimismo prohibida la utilización de instalaciones por el contratista para actividades distintas de las señaladas en este pliego.

5.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista y éste

no tendrá derecho a indemnización alguna, salvo en los casos de fuerza mayor. 6.- Ante situaciones imprevistas la empresa se compromete a poner a disposición

de la Fundación Teatro Calderón el personal necesario, en el plazo más breve posible, desde que se comunica tal circunstancia al interlocutor designado por la licitadora.

7.- Los servicios objeto de este contrato se desarrollarán bajo las instrucciones

dictadas a tal efecto por la Fundación Teatro Calderón como entidad que, en cualquier caso, asume la dirección e inspección de las prestaciones contratadas.

8.- Cuando el contratista, o personas de él dependientes, incurran en actos u

omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, la Fundación Teatro Calderón podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado, incluida la sustitución del personal designado.

9.- La empresa adjudicataria será responsable del buen uso de las instalaciones,

material y equipos relacionados con el objeto de este contrato. A estos efectos será responsable de los posibles daños y roturas que sufra el material de las instalaciones por causa debida a un uso incorrecto de los mismos. Será obligación de la empresa adjudicataria indemnizar todos los daños y perjuicios causados a terceros como consecuencia de los trabajos que requiera la ejecución del contrato.

10.- El contratista no tendrá derecho a indemnización alguna por causa de

averías, pérdidas o perjuicios ocasionados en la prestación del servicio o por cualquier otra causa. Tampoco tendrá derecho a indemnización por extinción del contrato al cumplirse su plazo de vigencia, ni por interrupciones parciales o totales del servicio a obras realizadas en las dependencias de la Fundación Teatro Calderón o cierre al público del mismo.

11.- Asimismo, podrá exigir la actualización de las certificaciones de estar al

corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, cuando haya vencido su periodo de validez.

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12.- La empresa adjudicataria deberá estar en posesión de cuantas licencias, autorizaciones, permisos o títulos oficiales precise para cumplir con la prestación objeto del contrato, sin que pueda repercutir a la Fundación Teatro Calderón coste alguno por este motivo, siendo de su cuenta todos los gastos y gestiones que deriven de su obtención.

13.- La Fundación Teatro Calderón podrá exigir el cambio de una o varias

personas de las que prestan el servicio si su comportamiento no fuera el correcto o si se observara poco cuidado con el desempeño de su cometido, comprometiéndose la licitadora a cumplir con tal sustitución.

14.- La información, datos o especificaciones facilitadas por la Fundación Teatro

Calderón a la adjudicataria y al personal a su servicio, así como a los que hayan accedido en la ejecución del contrato, deberán ser considerados por éstos como confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcial, de publicaciones, copia, utilización, cesión o préstamo a terceros. La adjudicataria y el personal a su servicio adquieren la obligación de custodiar fiel y cuidadosamente la información, documentación o datos de los que se les haga entrega para la realización de los trabajos objeto del servicio y, con ello, el compromiso de que los mismos no lleguen bajo ningún concepto a poder de personas distintas a las que expresamente se indique por parte de la Fundación Teatro Calderón. La adjudicataria y el personal a su servicio no podrán acceder a aquellas informaciones, datos y documentos no directamente relacionados con el objeto del contrato.

15.- Las diferencias en la interpretación de las condiciones del presente Pliego y del Pliego de Prescripciones Técnicas, quedan condicionadas al juicio de la Fundación Teatro Calderón.

17.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

Las partes de mutuo acuerdo podrán, durante la vigencia del contrato, modificar, completar, sustituir e incluso suprimir el contenido de cualquiera de las condiciones del contrato.

18.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 1.- Se penalizarán las siguientes actuaciones: a) En el supuesto de que la Fundación Teatro Calderón detectara una degradación en la calidad del servicio prestado por el adjudicatario, podrá penalizar a éste en función del grado de degradación constatado mediante las oportunas

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minoraciones proporcionales en el importe de las correspondientes facturas presentadas para el cobro, previa notificación y audiencia al adjudicatario. 2.- Serán causas de resolución del contrato, entre otras, las siguientes:

a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción

de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. b) La declaración de concurso o declaración de insolvencia del adjudicatario. c) Mutuo acuerdo entre la Fundación Teatro Calderón y el contratista. d) La no formalización del contrato en el plazo señalado en este pliego por

causas imputables al adjudicatario. e) La paralización o interrupción de los trabajos, salvo causa de fuerza mayor. f) Si la merma de la calidad del servicio a que se hace referencia en el punto 1

a) de esta misma cláusula se mantiene, o es grave o reiterada, la Fundación Teatro Calderón podrá optar por la resolución del contrato con incautación de la garantía prestada por el adjudicatario.

g) La modificación unilateral de alguna de las condiciones tenidas en cuenta para la adjudicación del servicio o el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego.

h) El retraso injustificado y reiterado (en más de dos ocasiones) en el cumplimiento de los servicios objeto de este contrato incluyendo los tiempos de respuesta ante imprevistos a lo que la licitadora se compromete en su proposición.

i) En general, las previstas en la legislación civil aplicables al contrato

En estos supuestos, además de proceder a resolver el contrato, la empresa adjudicataria tendrá la obligación de indemnizar por todos los daños y perjuicios ocasionados.

19.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.

El contrato se regirá por las normas y principios de derecho privado.

Para cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y ejecución del

contrato las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someterán a los Juzgados y Tribunales competentes con jurisdicción en Valladolid. En Valladolid, a 15 de septiembre de 2011

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ANEXO I

MODELO DE DECLARACION DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICION PARA CONTRATAR

Don …………………………………………………………………..…., con DNI nº

…………………, En su propio nombre y derecho En nombre y derecho de la empresa……………………………………….. ,con NIF/CIF…………………………………, a la que legítimamente representa DECLARA Que no se encuentra incursa en las circunstancias o prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 49 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Que ni el firmante ni, en su caso, los administradores de la persona jurídica que representa se encuentran incursos en supuesto alguno de incompatibilidad a los efectos de la formalización de este contrato. Que se encuentra de alta y al corriente de pago del Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, así como en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, comprometiéndose a presentar la justificación acreditativa de tales extremos en el plazo de cinco días hábiles tras su requerimiento.

En ……………………….a……..de………………. de 2011. (Firma y sello del ofertante)

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ANEXO II

SOLVENCIA ECONÓMICA Y SOLVENCIA TÉCNICA

Solvencia económica y financiera: La solvencia económica y financiera del empresario debe acreditarse de la siguiente forma:

• Informe de instituciones financieras indicando que la empresa puede hacer frente a las obligaciones económicas derivadas del contrato, o en su caso, justificante de existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales cuyo importe y plazo de cobertura, sea al menos igual al importe y plazo del contrato.

• Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles.

Solvencia técnica o profesional: La solvencia técnica o profesional deberá acreditarse de la siguiente forma:

- Presentación de una relación de los principales servicios o trabajos análogos, de igual o superior importe, realizados en los últimos tres años que incluya el importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos por el órgano competente.

- Relación nominal y curricular de los medios humanos de que disponga el licitador de forma real y permanente para la correcta realización de los trabajos objeto de este pliego, donde se acredite la formación necesaria y la experiencia en las tareas a desarrollar.

- Los licitadores deberán presentar un equipo multidisciplinar, formado como

mínimo por:

- Audiovisuales: 2 Personas. - Iluminación: 4 Personas. - Maquinaria: 4 Personas. - Utilería: 2 Personas. - Sastrería: 2 Personas. - Carga y Descarga: 6 Personas.

- Será preceptivo que los integrantes del equipo cuenten, al menos, con la

siguiente experiencia profesional en el desarrollo de trabajos objeto de este contrato:

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Serán requisitos necesarios en las categorías de Audiovisuales,

Iluminación, Maquinaría, Utilería y Sastrería estar en posesión de un título profesional adecuado ó demostrar una amplia preparación teórico-práctica en la especialidad propia de su departamento.

El listado nominal de personal de la propuesta que resulte adjudicataria del contrato será vinculante, requiriéndose la expresa autorización de la Fundación para cualquier variación del mismo. El incumplimiento de este precepto podrá dar lugar a la rescisión del contrato.

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ANEXO III MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA

Don ……………………………………………………………., con DNI nº …………………, y domicilio en …………………………………………………………………………………., enterado de las condiciones y requisitos precisos para participar en la licitación, objeto del contrato, se compromete En su propio nombre y derecho En nombre y derecho de la empresa ……………………………………….. , con domicilio en …………..……………………….. ………………………………………. con NIF/CIF…………………………………, a la que legítimamente representa, a tomar a su cargo la ejecución del contrato, en el supuesto de resultar adjudicataria del procedimiento, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones en él expresados aceptando incondicionalmente las cláusulas del Pliego de Condiciones Administrativas y de Prescripciones Técnicas y declarando responsablemente que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar. Proposición económica con la que concurre a la Contratación del servicio Técnico de Escenario de la Fundación Teatro Calderón: ………………EUROS/hora, IVA NO INCLUIDO. (para cada categoría)

- IVA: Porcentaje: Importe: Lugar, fecha, firma y sello del licitador.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO TÉCNICO DE ESCENARIO DEL TEATRO CALDERÓN. 1ª.- OBJETO DEL CONTRATO

- El objeto del contrato es la prestación del Servicio Técnico de Escenario en el Teatro Calderón de Valladolid, en concreto, el proporcionar los servicios relacionados con la maquinaria, luminotecnia, audiovisuales, utilería, sastrería y carga y descarga, necesarios para asegurar el perfecto desarrollo y ejecución de la programación y las actividades, así como la conservación y mantenimiento de todos los materiales y elementos propios y específicos del equipamiento, tanto presente como futuro, de las Salas del Teatro Calderón de Valladolid.

- Las empresas licitadoras deberán tener un mínimo de plantilla en

los anteriores departamentos enumerados, sin que dichos mínimos puedan impedir que la Dirección Técnica del Teatro Calderón exija al adjudicatario un mayor número de recursos humanos que pudieran necesitarse para la realización de determinadas actividades.

- La Dirección Técnica del Teatro Calderón será la que determine

los servicios necesarios que efectivamente se deben prestar en cuanto a número de plantilla, categorías, horarios y número de jornadas, y coordinará y supervisará este servicio.

2ª.- CONDICIONES Y DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

a) Departamento de Regiduría.

Será función de este departamento realizar las tareas de apoyo a la Dirección Técnica y velar por el desarrollo de las actividades programadas en el Teatro Calderón en todas sus salas.

También será su función hacer guardar la debida disciplina a todo el

personal de los demás departamentos desde que se inicia la jornada laboral hasta su finalización. Será responsable del orden y la disciplina en el escenario en el transcurso de ensayos y representaciones.

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Cumplirá y hará cumplir las órdenes y horarios impartidos por la Dirección Técnica del Teatro Calderón.

b) Departamento de Maquinaria.

Será función de este departamento el montaje, desmontaje, manejo y reparación de todo lo relacionado con la escenografía, manejo de varas, plataformas, pupitres de control, etc. incluso tratándose de aparatos mecánicos, ya sean de índole manual, eléctrico ó cualquier otra fuente de energía.

También estará bajo su tutela el uso así como el mantenimiento y

limpieza de todos los medios (espacios escénicos, taller, herramientas, etc.) actuales y futuros de que disponga este departamento en cualquiera de Salas del Teatro.

Tendrá a punto y en perfecto estado aquellos elementos que pertenezcan a esta sección, cámara negra, telones, carras, practicables, herramientas, etc., reparándolos en caso de avería ó deterioro, ya sean propiedad del Teatro Calderón ó en custodia.

Se hará cargo de la construcción de aquellos elementos (envarillados, escaleras de desembarco, practicables...) que hagan posible los montajes que se realicen en el teatro.

Hará posible el acondicionamiento de las salas del teatro, en lo que

concierne a su departamento, para las actividades que en estas se desarrollen (representaciones, convenciones, congresos, etc..).

Dependerán de este departamento aquellos trabajos encaminados a la mejora de las instalaciones y elementos propios de la maquinaria en cualquiera de las salas del teatro Calderón.

c) Departamento de Luminotecnia.

Tendrá a su cargo toda la labor correspondiente al manejo, montaje y desmontaje, instalación y reparación de todos los aparatos eléctricos (proyectores, mesas de iluminación, motores, telones eléctricos, varas electrificadas, etc.) de las tomas de corriente, filtros, etc., presentes y futuras que afecten a este departamento en cualquiera de las salas del Teatro Calderón.

También estará bajo su tutela el uso así como el mantenimiento y la

limpieza de todo el material, actual y futuro, relacionado con este departamento.

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Será competencia de este departamento la construcción de aparatos especiales para la iluminación y efectos especiales relacionados con la electricidad, así como el manejo de éstos y de las máquinas de humo y cañones de seguimiento.

Tendrá bajo su responsabilidad la adaptación de la iluminación en aquellas actividades y espectáculos que programe el Teatro Calderón, siempre y cuando no haya un diseño y bajo supervisión de la dirección técnica.

Estará bajo su tutela el uso, el mantenimiento y la limpieza de todo el material, herramientas, taller y almacén, actual y futuro, relacionado con este departamento.

Dependerán de este departamento aquellos trabajos encaminados a la mejora de los elementos e instalaciones de iluminación escénica en cualquiera de las salas del teatro Calderón.

d) Departamento de Audiovisuales.

Tendrá a su cargo el montaje, manejo, instalación, conservación y reparación de todos los elementos de sonido y video (altavoces, mesas de sonido, etapas, proyectores, etc...) presentes y futuras y que afecten a este departamento en cualquiera de las salas del Teatro Calderón.

También estará a su cargo los sistemas de traducción, proyección de cine y los de comunicación interna (seguimiento de audio, de video, avisos luminosos, etc.).

Estará bajo su tutela el uso, el mantenimiento y la limpieza de todo el material, herramientas y almacén, actual y futuro, relacionado con este departamento.

Dependerán de este departamento aquellos trabajos encaminados a la mejora de las instalaciones y medios audiovisuales de las salas del teatro Calderón.

e) Departamento de Utilería.

Tendrá a su cargo el montaje, desmontaje, manejo conservación y reparación de todos los elementos, ya sean propios ó ajenos, que tengan que ver con la utilería y que intervengan en un espectáculo tanto presente como futuro y en cualquiera de las salas del Teatro Calderón.

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Se encargarán de todo tipo de efectos especiales y pinturas, incluyendo el acabado artístico en la escenografía si fuese necesario, bien sea del Teatro Calderón ó en depósito. Fabricarán los elementos provisionales que se necesiten para los ensayos.

Desarrollarán el mantenimiento y colocación de atriles, sillas y pianos en cualquier lugar que sea preciso para el desarrollo de las actividades del teatro.

Estará bajo su tutela el uso, el mantenimiento y la limpieza de todo el material, herramientas y almacén, actual y futuro, relacionado con este departamento.

Dependerán de este departamento aquellos trabajos encaminados a la mejora de las instalaciones y medios relacionados con su actividad en cualquiera de las salas del teatro Calderón.

f) Departamento de Sastrería.

Tendrá a su cargo los trabajos relacionados con la conservación, adaptación, arreglos, confección, distribución y recogida, pruebas, ambientaciones, limpieza y planchado de todo lo relacionado con el vestuario de los espectáculos, ya sea propio, ajeno ó en custodia, tanto presente como futuro y que afecten a este departamento en la Fundación Teatro Calderón.

También dependerá de este departamento el arreglo de todos los textiles del material escénico y la confección de aquellas telas escénicas que se necesiten tanto presentes como futuras y en cualquiera de las salas del Teatro Calderón.

Asistirán en el momento que fuera necesario al montaje, ensayos, representaciones y desmontaje de toda actividad escénica en cualquiera de las salas del teatro Calderón.

Estará bajo su tutela el uso, el mantenimiento y la limpieza de todo el material, herramienta y almacén, actual y futuro, relacionado con este departamento.

g) Departamento de Carga y Descarga.

Tendrá a su cargo todo lo relacionado con las cargas y descargas del material escenográfico tanto propio como ajeno, dando apoyo durante los montajes y desmontajes de los espectáculos. También realizarán el movimiento de cualquier tipo de material (escenografía, muebles, bastidores, etc.) que haya que mover entre las distintas salas del teatro Calderón, tanto presentes como

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futuras. También se requerirá sus servicios cuando los materiales tanto propios como en custodia se encuentren en otras dependencias.

h) Funciones comunes de todos los Departamentos.

Con el fin de obtener un mejor rendimiento en los trabajos que se deben realizar, todos los departamentos anteriormente descritos serán un único equipo, dentro de su especialidad, pero dando el oportuno apoyo a los otras especialidades cuando así lo requieran las necesidades de las actividades a realizar, tanto en el presente como en el futuro y en cualquiera de las salas del teatro Calderón.

3.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE CATEGORÍAS a) Jefe de departamento de Regiduría.

Como apoyo a la Dirección Técnica será responsabilidad suya velar por

el buen desarrollo de las actividades programadas en el Teatro Calderón, así como la disciplina y horarios de todos los componentes humanos.

Cumplirá y hará cumplir las órdenes dadas por la Dirección Técnica del

Teatro Calderón y llevará el orden desde que se inicie el montaje de la actividad programada hasta que finalice el desmontaje, incluidos ensayos y representaciones.

Deberá comprobar la presencia en el Teatro de todo el personal citado y

tomar nota de todas las incidencias que se produzcan para comunicárselo a la Dirección Técnica.

Una vez comenzados los ensayos, actos ó representaciones que tengan

lugar en el Teatro, en cualquiera de sus salas será la autoridad responsable. b) Jefes de los departamentos de Maquinaria, Luminotecnia, Audiovisuales,

Utilería y Sastrería.

Serán requisitos necesarios de esta categoría estar en posesión de un título profesional adecuado ó demostrar una amplia preparación teórico-práctica en la especialidad propia de su departamento.

Tendrán a su cargo la supervisión de los montajes, del servicio de asistencia en los ensayos y representaciones, del montaje y del manejo de todos

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los elementos que comportan una producción, tanto propios como ajenos, presentes y futuros y en cualquier sala del Teatro Calderón.

Darán soluciones técnicas y racionales a las distintas producciones propias y ajenas que se realicen en el teatro mediante la debida coordinación con la dirección técnica y proponiendo a ésta las medidas que sean de interés para la resolución de las mismas.

La implantación de las producciones y adecuación de las infraestructuras técnicas en cualquiera de las salas.

Velar por el buen funcionamiento de su departamento, así como cumplir las normas generales establecidas por la dirección del teatro Calderón.

Dar la información necesaria a su subjefe y oficiales, organizar el personal que esté bajo su mando, realizar el reparto de trabajo y su supervisión, velando por su correcta ejecución.

Informarán a la dirección técnica del teatro de las incidencias, anomalías y averías que se produjeran en sus respectivos departamentos con el fin de llevar a cabo las soluciones de las mismas.

Proporcionarán asistencia técnica a los responsables artísticos de todas las actividades artísticas, tanto propias como ajenas, durante los periodos de montaje, ensayos, representaciones y desmontajes en cualquiera de las salas del Teatro Calderón.

c) Subjefes de los departamentos de Maquinaria, Luminotecnia, Audiovisuales, Utilería y Sastrería.

Serán requisitos necesarios de esta categoría estar en posesión de un

titulo profesional adecuado ó demostrar una amplia preparación teórico-práctica en la especialidad propia de su Departamento.

Ayudarán al jefe de su departamento a llevar a cabo las labores que tengan encomendadas y tendrán bajo su mando los oficiales para realizar los trabajos que se les hayan encomendado.

Harán las funciones del jefe de departamento cuando éste no esté presente por motivos de descanso ó de alguna otra circunstancia.

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d) Oficial de los departamentos de Maquinaria, Luminotecnia, Audiovisuales, Utilería y Sastrería.

Serán requisitos necesarios de esta categoría estar en posesión de un

titulo profesional adecuado ó suficiente experiencia, contar con los conocimientos técnicos adecuados y correspondientes a sus respectivos departamentos y que suponen un menor grado de complejidad con relación a las encomendadas al subjefe y jefe de departamento, de los cuales depende directamente, debiendo seguir en todo momento las ordenes e instrucciones emanadas de los mismos al objeto de lograr un trabajo en equipo.

e) Operario de Carga y descarga.-Será personal no cualificado que realizarán las labores de portes.

4.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El ejercicio de la actividad profesional se desarrollará bajo las instrucciones dadas al efecto por el responsable del servicio de la Fundación Teatro Calderón, de acuerdo con los horarios y las necesidades puntuales que demande cada actuación o evento y conforme a la programación del mes que será conocida de antemano por la adjudicataria.

Debido a la singularidad de las actividades a realizar en el Teatro

Calderón, el cómputo anual de jornadas y descansos se efectuará teniendo en cuenta que la temporada de espectáculos suele comenzar el 1 de septiembre y finaliza el 31 de agosto. En el último trimestre de la temporada, el teatro efectuará la regulación de las diferencias que se pudieran producir por un exceso de horas, durante la temporada.

Para el cómputo de la jornada laboral del personal asignado al contrato se tendrá en cuenta la siguiente clasificación de horas: 1).-Hora normal de 08:00 a 22:00 horas. 2).-Hora nocturna de 22:00 a 24:00 horas. 3).-Hora festiva de 00:00 a 08:00 horas Los días festivos se contabilizará todo el horario como festivo.

Las horas señaladas como nocturnas y festivas llevarán un incremento en el cómputo total de la jornada laboral de acuerdo a los siguientes porcentajes:

Hora nocturna: incremento de un 10% por hora trabajada en este horario. Hora festiva: incremento de un 25% por hora trabajada en este horario.

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El tiempo de trabajo se computará de tal manera que tanto al comienzo como al final del mismo el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo, no se considera efectivo la retirada ó incorporación del puesto, la ducha, el aseo, el cambio de ropa, las salidas del teatro, etc. En ningún caso el trabajador podrá abandonar su puesto de trabajo en el desarrollo de las actividades a efectuar sin la debida justificación.

5.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

La empresa adjudicataria aportará el personal solicitado por la Fundación Teatro Calderón con suficiente antelación y cumplirá fielmente las instrucciones recibidas para el normal funcionamiento de los servicios.

La empresa adjudicataria designará a una persona como interlocutor que asuma las directrices y órdenes dadas por el responsable del servicio de la Fundación Teatro Calderón. Esta persona deberá estar permanentemente localizable para contactar con el Teatro Calderón ante cualquier eventualidad. Esta persona deberá estar presente en el Teatro en aquellas ocasiones en las que se requiera por parte de la Dirección Técnica del teatro un refuerzo en la plantilla habitual asignada al teatro Calderón.

En el ámbito de ejecución de este contrato, el personal que realice dichos

servicios en el Teatro Calderón será siempre el mismo durante la duración de la contrata, sin perjuicio de los turnos, descansos y bajas que puedan producirse. En el caso en que se produjera alguna sustitución se procedería a notificar la sustitución a Fundación Teatro Calderón con 72 horas mínimo de antelación a la prestación del servicio.

En cualquier caso, dicho personal no tendrá ninguna relación laboral, civil ni de

Derecho Administrativo con el Teatro Calderón, que en ningún caso se subrogará en la posición del contratista.

El Teatro Calderón podrá exigir a la empresa adjudicataria la sustitución del personal del contratista cuando estime que no se cumplen las condiciones reguladas en el pliego de condiciones o por otra causa justificada.

El personal deberá contar con el vestuario adecuado a las tareas a desempeñar, estando en todo caso obligado a la utilización del uniforme que pueda exigir la Fundación Teatro Calderón. A estos efectos, la adquisición de dicho uniforme será de cuenta del adjudicatario del servicio así como su mantenimiento.

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El personal aportado deberá estar contratado de acuerdo con la legislación laboral vigente y se encontrará debidamente asegurado, siendo de cuenta de la empresa adjudicataria la totalidad de los seguros, cuotas derivadas de la Seguridad Social y riesgos propios de accidentes de trabajo. Todo ello, debidamente acreditado por los justificantes que la empresa presentará a la Fundación Teatro Calderón cuando le sean solicitados.

El personal deberá actuar en todo momento de manera diligente y con la máxima corrección y respeto, tanto en sus relaciones con los responsables del Teatro como con el público en general, teniendo en cuenta las normas reguladas a tal efecto y que le son facilitadas al inicio de su actividad.

El personal de la empresa adjudicataria en ningún caso podrá considerarse con relación laboral, civil, funcionarial o de naturaleza alguna respecto del Teatro, que en ningún supuesto se subrogará en las relaciones entre contratista y personal de la entidad adjudicataria, ya sea por extinción de la sociedad, quiebra, suspensión de pagos o cualquier otra causa similar.

Los daños ocasionados por el contratista o personal a su cargo, bien a terceros o a propiedades del Teatro, serán indemnizados por el Adjudicatario y el Teatro podrá detraer el importe de las indemnizaciones correspondientes, de los pagos mensuales o de la fianza constituida por el contratista. Asimismo, y para responder por posibles daños en la prestación del servicio el contratista estará obligado a presentar Póliza de Seguro concertada con cualquier entidad o compañía legalmente constituida que garantice el pago de cuantos daños o responsabilidades económicas pudieran deducirse u ocasionarse, y ser exigidos al mismo. Dicha póliza de seguro deberá ser en todo caso, constituida con anterioridad al inicio de la prestación del servicio, debiendo acreditarse su constitución en el plazo de quince días desde la notificación de la adjudicación del contrato.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de disposiciones sobre seguridad e higiene por parte del personal designado no implicará responsabilidad para la Fundación Teatro Calderón.

En Valladolid, a 15 de septiembre de 2011