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Ayuntamiento de Granada CONCEJALÍA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACIÓN Y ACCESIBILIDAD Expte.: 1/2018 PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN OFICINAS Y ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES DE GESTIÓN DIRECTA DE LA FUNDACIÓN GRANADA EDUCA 1 OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO 1.1 El presente pliego tiene por objeto la contratación del servicio de limpieza de las oficinas centrales y Escuelas Municipales de Educación Infantil gestionadas por la Fundación Granada Educa. Este contrato es de naturaleza privada de acuerdo con el artículo 20 del TRLCPS, y se regirá por el presente Pliego, por lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás disposiciones vigentes en materia de contratación aplicable a las fundaciones del sector público local, los Estatutos de dicha Fundación y cualquier otra norma de Derecho Público o Privado aplicable a los contratos para la realización de servicios. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: El Pliego de Prescripciones Técnicas. La oferta adjudicataria. El documento en que se formalice el contrato. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Fundación, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. Las posibles controversias, tanto sobre la preparación y adjudicación como sobre sus efectos, cumplimiento y extinción, se resolverán por los Juzgados y Tribunales, siendo competentes los de la ciudad de Granada, a los que las partes se someterán con renuncia expresa de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

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Ayuntamiento de Granada

CONCEJALÍA DE DERECHOS SOCIALES, EDUCACIÓN Y ACCESIBILIDAD

Expte.: 1/2018

PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN OFICINAS Y ESCUELAS INFANTILES MUNICIPALES DE GESTIÓN DIRECTA DE LA FUNDACIÓN GRANADA EDUCA

1 OBJETO Y RÉGIMEN JURÍDICO

1.1 El presente pliego tiene por objeto la contratación del servicio de limpieza de las oficinas centrales y Escuelas Municipales de Educación Infantil gestionadas por la Fundación Granada Educa.

Este contrato es de naturaleza privada de acuerdo con el artículo 20 del TRLCPS, y se regirá por el presente Pliego, por lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y demás disposiciones vigentes en materia de contratación aplicable a las fundaciones del sector público local, los Estatutos de dicha Fundación y cualquier otra norma de Derecho Público o Privado aplicable a los contratos para la realización de servicios.

Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos:

• El Pliego de Prescripciones Técnicas.

• La oferta adjudicataria.

• El documento en que se formalice el contrato.

El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Fundación, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.

Las posibles controversias, tanto sobre la preparación y adjudicación como sobre sus efectos, cumplimiento y extinción, se resolverán por los Juzgados y Tribunales, siendo competentes los de la ciudad de Granada, a los que las partes se someterán con renuncia expresa de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

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1.2 Se trata de un contrato de servicios de la categoría 14 sujeto a regulación armonizada.

1.3 1.3. La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es la siguiente: Código: 90919000-2 Servicios de limpieza de oficinas, escuelas y equipo de oficina

La descripción pormenorizada de los servicios a contratar consta en el Pliego de prescripciones técnicas, que junto a éste constituyen la ley de contrato que se otorgue en su día,

2 PLAZO DEL CONTRATO

La prestación de los servicios objeto del presente pliego comenzará en la fecha de la firma del contrato, salvo que la Fundación Granada Educa disponga otra cosa.

El plazo de vigencia del contrato será de dos años a contar desde el día señalado en el párrafo anterior, prorrogable anualmente de forma expresa por mutuo acuerdo de las partes, hasta un máximo de cuatro años, prórrogas incluidas.

Antes de la finalización del contrato, se procederá a convocar nueva licitación para la prestación de los servicios objetos de este pliego. Si esta nueva licitación quedase desierta o no estuviese en vigor el nuevo contrato, cualquiera que fuese la causa, al día siguiente de la finalización del presente contrato, el contratista vendrá obligado a la continuación de las prestaciones incluidas en el contrato y en las mismas condiciones por un periodo máximo de seis meses.

3 PRESUPUESTO DEL CONTRATO

El valor estimado del contrato es de 350.000 euros (TRESCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS), que constituye el importe total teniendo en cuenta las eventuales prórrogas del contrato, sin incluir el IVA, que supondría la cantidad de 73.500 euros (SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS EUROS), al tipo vigente del 21% a la fecha de adjudicación del contrato.

Presupuesto base de licitación:

Se establece un presupuesto base de licitación anual de 87.500 euros (OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS EUROS). En este importe no está incluido el IVA (21%), que asciende a la cantidad de 18.375 euros (DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS).

El precio establecido para el servicio será único para todo tipo de jornada, ya sean horas diurnas, nocturnas o festivas.

El desglose estimado por Centros (Escuelas Infantiles y Servicios Centrales) es el siguiente:

• Escuela Municipal de Educación Infantil Arlequín…………..….19.160 euros (IVA excluido).

• Escuela Municipal de Educación Infantil Belén………………….20.130 euros (IVA excluido).

• Escuela Municipal de Educación Infantil Duende………………..20.250 euros IVA excluido).

• Escuela Municipal de Educación Infantil Luna…………..…….…21.040 euros (IVA excluido).

• Oficinas centrales de la Fundación Granada Educa………………6.920 euros (IVA excluido)

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Serán por cuenta del adjudicatario toda la clase de tributos, tasas y exacciones del Estado, de las Corporaciones Locales o de la Comunidad Autónoma o cualquier otro gasto que pudiera desprenderse de la ejecución de los trabajos del presente pliego.

Del mismo modo serán por cuenta del adjudicatario la obtención, elaboración y tramitación, ante los organismos que corresponda, de cuantos documentos, autorizaciones y licencias sean necesarios para el desarrollo de los trabajos objeto del presente pliego.

La oferta económica que presenten los licitadores no podrá ser nunca superior al presupuesto base de licitación.

4 REVISIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO.

No se admite revisión de precios.

5 DOCUMENTACIÓN Y OFERTAS

Los sobres se presentarán cerrados y firmados por el licitador o persona que lo represente, debiendo figurar en el exterior de cada uno de ellos la denominación del contrato al que licitan, el nombre y apellidos del licitador o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En su interior se hará constar una relación numérica de los documentos que contienen. Los sobres se dividen de la siguiente forma:

Sobre 1: "Documentación Administrativa"

De acuerdo con el art. 83 del TRLCSP, se podrá presentar certificación acreditativa vigente de la inscripción en el Registro de Licitadores de Andalucía o del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, como acreditación de la capacidad de obrar, representación, declaración responsable y clasificación de los contratistas, acompañado de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que los datos recogidos en la certificación se mantienen vigentes en la actualidad, y debiendo adjuntar, además, aquellos documentos de los que se detallan a continuación que no sean objeto de inscripción en el mencionado registro.

En el caso de que la empresa no esté inscrita en alguno de estos Registros de Licitadores y no se presente dicho certificado, deberá presentar los siguientes documentos:

a) Si el concurrente fuera empresario individual: Documento Nacional de Identidad o aquél que legal o reglamentariamente le sustituya, o fotocopia del mismo. Alta en la matrícula del Impuesto de Actividades Económicas y recibo acreditativo de haber abonado el último ejercicio vencido.

b) Si el recurrente fuera persona jurídica, fotocopia de su CIF y copia de la escritura de constitución y estatutos, con sus posteriores modificaciones si se hubieran producido, debidamente inscritas en el Registro Mercantil cuando ello fuere preciso. Así como los documentos que acrediten la representación que ostenta la persona que firma la proposición, como muestra de que se encuentra facultada para representar a la

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licitadora. Cuando se trate de un poder general deberá estar igualmente inscrito en el Registro Mercantil.

c) Si el proponente actuase en representación o por cuenta de otra persona física, se acompañará poder notarial que justifique dicha cualidad y representación.

d) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Podrán concurrir siempre que conforme a la legislación de lugar de procedencia estén habilitadas para la realización de la prestación objeto del contrato, así mismo deberán acreditar que tienen la autorización o están integradas en la organización que, en su caso, se exija para la presentación del servicio.

Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera, admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con entes análogos a la Fundación Granada Educa. Se exceptuará esta obligación de presentar el informe de reciprocidad cuando se trate de empresas procedentes de Estados signatarios del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio.

Las empresas extranjeras presentarán toda la documentación traducida de forma oficial al castellano, así como una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles, de cualquier orden, para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.

e) Cuando se trate de uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto deberán presentarse los documentos acreditativos de la capacidad de obrar y la solvencia de cada uno de los empresarios que la componen conforme a los apartados precedentes.

En el escrito de proposición deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Fundación Granada Educa. Asimismo deberán acompañar el compromiso de constituir formalmente la UTE en caso de resultar adjudicatarios.

Sólo en el caso de que se efectúe a su favor la adjudicación será necesaria la formalización de la unión en escritura pública.

f) Declaración expresa de no hallarse incurso en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar con la Administración previstas en el artículo 60 del TRLCSP. (Anexo V)

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g) Justificación de la suficiente solvencia económica y financiera mediante uno o varios de los siguientes medios:

• Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

• Tratándose de sociedades, presentación del último balance aprobado por dicha sociedad y presentado en el registro mercantil, acompañado si procede del informe de auditoría que corresponde.

• Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.

Si por razones justificadas un empresario no pudiera facilitar las referencias solicitadas podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada suficiente por el órgano de contratación.

h) Justificación de la suficiente capacidad técnica mediante la presentación de una relación de los principales servicios o trabajos análogos, de igual o superior importe, realizados en los últimos tres años que incluya el importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.

i) Declaración responsable contemplada en el Anexo VI de este pliego, en la que el licitador o persona que lo represente indique que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.

j) En su caso, compromiso de adscripción de medios (conforme al modelo incluido en el Anexo VII)

k) En el caso de licitadoras exentas de IVA, o con tipo reducido, deberán incluir conjuntamente con el resto de documentación exigible, declaración expresa de que se encuentran en esa situación respecto de dicho Impuesto, presentando, en caso de resultar adjudicataria, documento expedido por la Administración Tributaria competente en que se acredite dicha exención para el contrato en cuestión.

l) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.

Sobre 2: "CRITERIOS PONDERABLES EN FUNCIÓN DE UN JUICIO DE VALOR"

Contendrá la documentación técnica que, de acuerdo con los criterios de adjudicación expresados en la cláusula 9 y en el apartado 23 del Anexo I, a excepción de la oferta económica, sea precisa o que los licitadores consideren oportuna para la valoración global de sus propuestas por parte de la Fundación Granada Educa.

Sobre 3: "CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA"

En el Sobre "3" se incluirá la proposición económica que se presentará redactada conforme al modelo fijado en el Anexo II al presente pliego, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. Si alguna proposición no guardase concordancia

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con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido.

En la proposición se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido.

6 CONTENIDO Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Las propuestas estarán redactadas en español y se remitirán, junto a la documentación general que se especifica en este apartado y en el anterior, a las oficinas de la Fundación Granada Educa, sitas en la Calle Mariana Pineda, 6-2º, 18010 de Granada. El plazo de presentación de ofertas será de sesenta días naturales contados desde la fecha de envío del anuncio de licitación al Diario Oficial de la Comunidad Europea.

También podrán ser enviadas por correo certificado en el plazo señalado en el párrafo anterior, debiendo el licitador justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante correo electrónico ([email protected]) o telegrama en el mismo día, dirigido al Departamento de Administración de la Fundación Granada Educa. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el Órgano de Contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio.

En todo caso, no se admitirán las proposiciones presentadas por correo, si transcurridos diez días naturales desde la fecha de terminación del plazo de presentación de proposiciones señalado en el anuncio, no se hubieran recibido las mismas en el domicilio de la Fundación Granada Educa.

En ambos casos (presentación directa o por correo) el plazo finalizará a las 14:00 horas del día señalado en el anuncio o anuncios de la licitación como último para la presentación de proposiciones, o el inmediato día hábil si aquél coincidiera con un día inhábil o sábado.

Las proposiciones se presentarán en tres sobres. Todos ellos estarán numerados, cerrados, sellados y firmados por el licitador, que hará constar en cada uno de ellos su contenido, el nombre o razón social del licitador, así como la dirección, teléfono, e-mail y fax en los que deseen recibir información y comunicaciones por parte de la Fundación Granada Educa.

Una vez presentada la documentación de referencia, ésta no podrá ser ni retirada ni modificada, constituyendo la contravención de esta cláusula causa de exclusión.

La presentación de proposiciones presume la aceptación incondicional por parte del empresario de las cláusulas de este pliego, sin salvedad alguna.

Con carácter general, para el desarrollo de este contrato la empresa adjudicataria se someterá a las directrices que marque la Fundación Granada Educa.

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7 MESA DE CONTRATACIÓN

El Órgano de contratación estará asistido por la Mesa de Contratación constiutida para el presente procedimiento.

Formarán parte de este mesa:

a) La vicepresidenta de la Fundación Granada Educa o persona en quien delegue.

b) El Gerente de la Fundación Granada Educa o persona en quien delegue.

c) Un administrativo de la Fundación Granada Educa.

d) Un Funcionario de la Dirección General de Contratación

d) El Secretario de la Fundación Granada Educa.

8 EXAMEN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

El órgano encargado de la apertura de las proposiciones examinará la validez formal de la documentación contenida en el Sobre nº 1. Si el órgano observare defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador corrija o subsane, bajo apercibimiento de exclusión definitiva. Si tal subsanación no se produce en el plazo concedido o el defecto no es subsanable, el órgano de contratación procederá a la exclusión definitiva sin proceder a la apertura del sobre correspondiente a la oferta económica.

Con anterioridad a la apertura de las proposiciones económicas, la documentación presentada en el Sobre nº 2 será examinada y, en base a la misma, se elaborará un informe técnico que valorará y puntuará la propuesta de cada licitador conforme a los criterios de adjudicación de este pliego, a excepción de lo que se refiere a la oferta económica.

El acto de apertura de los sobres que contengan la oferta económicas (sobre 3) se efectuará públicamente en lugar y fecha que se comunicará a cada uno de los licitadores que han presentado ofertas. En este acto se procederá a la lectura previa de las puntuaciones obtenidas en el anterior apartado (sobre 2).

Realizada la apertura de las ofertas económicas y tras su análisis, el órgano de contratación determinará si existe alguna oferta anormal o desproporcionada, en cuyo caso podrá solicitar un informe técnico que justifique dicha oferta. De no recibir dicho informe en el plazo que se determine en la solicitud, o si el órgano de contratación considera que la oferta no está debidamente justificada, se procederá a la exclusión definitiva del licitador.

9 CRITERIOS DE VALORACIÓN Y ADJUDICACIÓN

Los criterios que han de servir de base para la adjudicación, son los señalados en el apartado 20 del Anexo I al presente pliego, con la ponderación atribuida a cada uno de ellos o, en su caso, por orden de importancia decreciente. Cuando se señale un único criterio de adjudicación, este ha de ser el del precio más bajo.

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En el caso de que se considere más de un criterio y el procedimiento de adjudicación se articule en varias fases, se indicará en el apartado 20 del Anexo I, en cual de ellas se irán aplicando los distintos criterios, así como el umbral mínimo de puntuación exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.

De entre los criterios de adjudicación, en el mismo apartado 20 del Anexo I se señalarán los que serán tomados en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que una proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, determinándose en tal caso los límites que permitan apreciar en las proposiciones presentadas dichas circunstancias.

10 Cláusulas Sociales

Al margen de los criterios a considerar en el ‘Plan social para la ejecución del contrato’, serán de aplicación al presente contrato las siguientes cláusulas sociales:

Tendrán preferencia en la adjudicación de los contratos las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas, que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación. En caso de empate entre varias empresas licitadoras, tendrán preferencia en la adjudicación aquellas que, habiendo acreditado tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, dispongan del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.

De persistir el empate, tendrán preferencia en la adjudicación aquellas proposiciones presentadas por entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica, siempre que su finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y figuren inscritas en el correspondiente registro oficial.

11 CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.

La mesa de contratación clasificará por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios de adjudicación recogidos en el punto 9 de este pliego.

La mesa de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente:

a) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.

b) Certificar que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.

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c) Haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.

El órgano de contratación procederá a la adjudicación del contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.

La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y simultáneamente se publicará en el perfil del contratante.

Contra el acuerdo de adjudicación del contrato podrá interponerse el recurso especial de contratación en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del mencionado acuerdo de adjudicación. El recurso se tramitará conforme a lo establecido en los artículos 40 y siguientes de TRLCSP.

12 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

Una vez transcurridos quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores sin que se hubiera interpuesto recurso, se requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.

La documentación requerida para la formalización del contrato será la siguiente:

a) Póliza de seguro de responsabilidad civil, frente a terceros, derivado del objeto del contrato (responsabilidad civil de explotación)

b) Póliza de responsabilidad civil con cobertura de riesgos profesionales, bien como póliza independiente o con cobertura incluida en la póliza de seguros de responsabilidad civil general (responsabilidad civil patronal y responsabilidad civil post-trabajos)

c) Recibo de haber abonado todos los anuncios de licitación.

d) Cuantos documentos complementarios fuesen requeridos por el órgano de contratación, entre los que se incluirán los necesarios para el desarrollo de la coordinación de las funciones preventivas en materia de prevención de riesgos laborales

13 GARANTÍA DEFINITIVA

El adjudicatario, deberá, en los plazos legalmente previstos, constituir Garantía Definitiva a favor de la Fundación Granada Educa, por importe del 5 % del Importe de Adjudicación, IVA no incluido. Podrá constituirse en cualesquiera de las formas previstas en el TRLCSP.

De no cumplirse estos requisitos por causas imputables al adjudicatario, la Fundación Granada Educa declarará resuelto el contrato.

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Transcurridos 3 meses desde la fecha de terminación del contrato, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías una vez depuradas las responsabilidades que hubiere.

14 EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El servicio se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el contrato y al pliego de condiciones del mismo, cumpliéndose las instrucciones que en ejecución del mismo diere la Fundación Granada Educa al contratista.

Asimismo, si durante la vigencia del contrato, o en la prórroga del mismo, el proveedor introduce alguna mejora en el servicio ofertado por escrito, sin modificación al alza del precio, ésta será aceptada, previo informe o visto bueno de la unidad gestora.

15 PAGOS

Los pagos se efectuarán mensualmente, por la Fundación Granada Educa, mediante transferencia bancaria, contra facturas expedidas por el contratista y conformadas por el técnico responsable de la Fundación.

El importe a facturar cada mes vendrá determinado por el importe anual adjudicado dividido en doce mensualidades e incrementado con el IVA correspondiente.

Junto con la cerQficación mensual, deberán aportar el original acreditaQvo de ingreso de las cuotas del Régimen General de la Seguridad Social del personal a su servicio, modelos TC1 y TC2 y trimestralmente la liquidación a Hacienda del IRPF u otro que lo susQtuyese. Dicha aportación se considera obligación contractual esencial.

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16 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.

1º. El contratista queda obligado, con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato, al cumplimiento de las disposiciones vigentes, especialmente en materia de legislación laboral, fiscal y de seguridad en el trabajo, así como al cumplimiento de las que puedan promulgarse durante la ejecución del mismo, debiendo cumplir especialmente con los distintos convenios colectivos que, en su caso, resulten de aplicación.

2º. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo.

El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en los Diarios oficiales como en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 19 del Anexo I al presente pliego.

3º. El equipo de trabajo exigido en el Pliego de Prescripciones Técnicas deberá mantenerse a lo largo de la ejecución del servicio y podrá ser comprobada su composición por la Fundación Granada Educa. Si en el transcurso de los mismos la empresa planteara su modificación, deberá informar a la Fundación Granada Educa con el fin de comprobar que la sustitución no altera los requerimientos exigidos en este pliego.

4º. El contrato deberá ser ejecutado directamente por la empresa adjudicataria quedando prohibida la subcontratación del servicio, salvo para actuaciones específicas que requieran una cualificación o medios especiales, y, en todo caso, cumpliendo con los requisitos para contratar establecidos en los pliegos y previa autorización expresa de la Fundación Granada Educa.

5º. La prestación del servicio objeto de este contrato no es susceptible de cesión, quedando asimismo prohibida la utilización de instalaciones por el contratista para actividades distintas de las señaladas en este pliego.

6º. Durante la celebración de inauguraciones, eventos o actividades, deberá estar presente el personal de la empresa adjudicataria que haya determinado el responsable de la Fundación Granada Educa, con el fin de solucionar cualquier problema que surja durante el desarrollo de la misma.

7º. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista y éste no tendrá derecho a indemnización alguna, salvo en los casos de fuerza mayor.

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8º. Ante situaciones imprevistas la empresa se compromete a poner a disposición de la Fundación Granada Educa el personal necesario, en el plazo más breve posible, desde que se comunica tal circunstancia al interlocutor designado por la adjudicataria.

9º. Cuando cause baja alguno de los trabajadores que van a prestar el servicio, deberá ser inmediatamente sustituido sin que tal circunstancia pueda influir negativamente en la prestación del servicio.

10º. Los servicios objeto de este contrato se desarrollarán bajo las instrucciones dictadas a tal efecto por la Fundación Granada Educa como entidad que, en cualquier caso, asume la dirección e inspección de las prestaciones contratadas.

11º. La empresa adjudicataria llevará a cabo directamente las prestaciones objeto del contrato con estricta sujeción a lo establecido en este Pliego, el Pliego de Prescripciones Técnicas y a las instrucciones que imparta la Fundación Granada Educa.

12º. Cuando el contratista, o persona de él dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, la Fundación Granada Educa podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado, incluida la sustitución del personal designado.

13º. Será obligación de la empresa adjudicataria indemnizar todos los daños y perjuicios causados a terceros como consecuencia de toda actividad que requiera la ejecución del contrato.

14º. La empresa adjudicataria será responsable del buen uso de las instalaciones, material y equipos relacionados con el objeto de este contrato. A estos efectos será responsable de los posibles daños y roturas que sufra el material de las instalaciones por causa debida a un uso incorrecto de los mismos.

15º. El contratista no tendrá derecho a indemnización alguna por causa de averías, pérdidas o perjuicios ocasionados en la prestación del servicio o por cualquier otra causa. Tampoco tendrá derecho a indemnización por extinción del contrato al cumplirse su plazo de vigencia, ni por interrupciones parciales o totales del servicio a obras realizadas en las dependencias de la Fundación Granada Educa o cierre al público del mismo.

16º. El personal que presta los servicios por cuenta de la empresa adjudicataria dependerá exclusivamente de la misma, por cuanto éste atenderá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario, sin que exista relación laboral de ningún tipo entre dicho personal y la Fundación Granada Educa, aún cuando los despidos y medidas que se adoptasen sean consecuencia directa o indirecta, del cumplimiento, rescisión o interpretación del contrato.

17º. Todo el personal dela empresa adjudictaria que participe directa o indirectamente de la actividad con menores deberá tener la certificación positiva de no estar inscrito en el registro de delitos de naturaleza sexual. A estos efectos se deberá presentar certificados acreditativos de esta circunstacia.

18º. La Fundación Granada Educa podrá exigir al adjudicatario, durante la ejecución de este contrato, la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones de la

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Seguridad Social, mediante la presentación mensual de copias de los modelos TC1 y TC2, a efectos de control de personal a su cargo

19º. Asimismo, podrá exigir la actualización de las certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, cuando haya vencido su periodo de validez.

20º. La empresa adjudicataria deberá estar en posesión de cuantas licencias, autorizaciones, permisos o títulos oficiales precise para cumplir con la prestación objeto del contrato, sin que pueda repercutir a la Fundación Granada Educa coste alguno por este motivo, siendo de su cuenta todos los gastos y gestiones que deriven de su obtención.

21º. La empresa adjudicataria designará una persona que la represente, con poderes bastantes para adoptar soluciones en el momento preciso y que asuma la obligación de acompañar a los responsables designados por la Fundación Granada Educa en las inspecciones que, para valorar la calidad de los servicios prestados, se lleven a cabo aún cuando éstas se puedan plantear sin previo aviso. Asimismo, será el responsable de cara a comunicar a la Fundación Granada Educa cuantas variaciones sea produzcan en el personal destinado a la prestación del servicio.

22º. El vestuario del personal que presta el servicio, que deberá ser consensuado con la Fundación Granada Educa, correrá por cuenta de la empresa adjudicataria, debiendo mantenerse en todo momento en adecuadas condiciones de limpieza y presentación, sin que pueda ser modificado sin la autorización de la Fundación Granada Educa.

23º. La Fundación Granada Educa podrá exigir el cambio de una o varias personas de las que prestan el servicio si su comportamiento no fuera el correcto o si se observara poco cuidado con el desempeño de su cometido, comprometiéndose la licitadora a cumplir con tal sustitución.

24º. La información, datos o especificaciones facilitadas por la Fundación Granada Educa a la adjudicataria y al personal a su servicio, así como a los que hayan accedido en ejecución del contrato, deberán ser considerados por éstos como confidenciales, no pudiendo ser objeto, total o parcial, de publicaciones, copia, utilización, cesión o préstamo a terceros. La adjudicataria y el personal a su servicio adquieren la obligación de custodiar fiel y cuidadosamente la información, documentación o datos de los que se les haga entrega para la realización de los trabajos objeto del servicio y, con ello, el compromiso de que los mismos no lleguen bajo ningún concepto a poder de personas distintas a las que expresamente se indique por parte de la Fundación Granada Educa. La adjudicataria y el personal a su servicio no podrán acceder a aquellas informaciones, datos y documentos no directamente relacionados con el objeto del contrato.

17 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

Transcurrido el primer año de contrato y si el número de horas de trabajo realizadas fuera inferior en más de un 5% a la estimación inicial establecida en este pliego, la Fundación podrá proceder a la revisión del presupuesto anual máximo establecido para el contrato disminuyendo

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de manera proporcional el importe anual adjudicado hasta un límite máximo del 10% del importe establecido para el primer año de contrato. Este criterio será aplicable para cada una de las anualidades en que esté vigente el contrato.

El resto de modificaciones de las que sea susceptible el contrato se regirán de acuerdo a lo establecido en los artículos 105 a 108 del TRLCSP.

18 PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

1º. Se penalizarán las siguientes actuaciones:

a) En el supuesto de que la Fundación Granada Educa detectara una degradación en la calidad del servicio prestado por el adjudicatario, podrá penalizar a éste en función del grado de degradación constatado mediante las oportunas minoraciones proporcionales en el importe de las correspondientes facturas presentadas para el cobro, previa notificación y audiencia al adjudicatario.

b) En el supuesto de que el adjudicatario no repusiera los materiales que se requieren en el Pliego de Prescripciones Técnicas, o no lo hiciera con la frecuencia necesaria para una correcta atención de la limpieza e higiene del edificio, la Fundación Granada Educa podrá adquirir y reponer los citados materiales procediendo a descontar su importe de las facturas de los meses en que tales carencias se detecten.

2º. Serán causas de resolución del contrato, entre otras, las siguientes:

a) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

b) La declaración de concurso o declaración de insolvencia del adjudicatario.

c) Mutuo acuerdo entre la Fundación Granada Educa y el contratista.

d) La no formalización del contrato en el plazo señalado en este pliego por causas imputables al adjudicatario.

e) La paralización o interrupción de los trabajos, salvo causa de fuerza mayor.

f) Si la merma de la calidad del servicio a que se hace referencia en el punto 1 a) de esta misma cláusula se mantiene, o es grave o reiterada, la Fundación Granada Educa podrá optar por la resolución del contrato con incautación de la garantía prestada por el adjudicatario.

g) La modificación unilateral de alguna de las condiciones tenidas en cuenta para la adjudicación del servicio o el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego.

h) El retraso injustificado y reiterado (en más de dos ocasiones) en el cumplimiento de los servicios objeto de este contrato incluyendo los tiempos de respuesta ante imprevistos a lo que la licitadora se compromete en su proposición.

i) La modificación unilateral de alguna de las condiciones tenidas en cuenta para la adjudicación del servicio o el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego.

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j) En general, las previstas en la legislación civil aplicables al contrato

En estos supuestos, además de proceder a resolver el contrato, la empresa adjudicataria tendrá la obligación de indemnizar por los daños y perjuicios ocasionados.

19 NATURALEZA DEL PRESENTE PLIEGO

Este documento así como el de Prescripciones Técnicas, tendrá carácter contractual y deberá ser firmado por las partes en prueba de conformidad simultáneamente a la formalización del contrato y como anexo al mismo.

20 RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN COMPETENTE.

El contrato que sobre la base de este pliego se realice tendrá carácter privado.

Para cualquier divergencia que pudiera surgir en la interpretación y ejecución del contrato las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someterán a los Juzgados y Tribunales competentes con jurisdicción en Granada.

En Granada, a 12 de enero de 2018

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ANEXO I

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

TITULO: Prestación del servicio de limpieza de las Escuelas Infantiles Municipales y dependências de la Fundación Granada Educa

1 Definición del objeto del contrato.

División en lotes: NO

Se trata de un contrato de servicios de la categoría 14 sujeto a regulación armonizada.

1.2 La codificación del objeto del contrato, según el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV) aprobado por el Reglamento 213/2008-CE, de 28 de noviembre de 2007, es la siguiente: Código: 90919000-2 Servicios de limpieza de oficinas, escuelas y equipo de oficina

Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato:

El objeto del presente contrato es la contratación de un servicio de limpieza de mantenimiento para las escuelas municipales de educación infantil de 0 a 6 años, y las dependencias administrativas centrales, en concreto: Arlequín, Duende, Luna, Belén y sede administrativa de la Fundación Granada Educa, para que se realicen las labores y trabajos de limpieza necesarios para garantizar la higiene y estética de los edificios, así como la conservación de los materiales empleados en su construcción y del mobiliario en ellos instalado. Igualmente es objeto de este contrato la reposición del material higiénico de los aseos del Centro.

El servicio que se pretende contratar afecta a todo el volumen de los edificios, así como a las escaleras y ascensores si los hubiere, a los vestíbulos, patios interiores y exteriores, ventanas, etc.

2 Órgano de contratación.

Comisión Ejecutiva de la Fundación Pública Local Granada Educa.

3 Presupuesto del contrato y crédito en que se ampara.

Valor estimado: 350.000 euros (TRESCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS), que constituye el importe total teniendo en cuenta las eventuales prórrogas del contrato, sin incluir el IVA, que supondría la cantidad de 73.500 euros (SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS EUROS), al tipo vigente del 21% a la fecha de adjudicación del contrato.

Presupuesto base de licitación: 87500 euros (OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS EUROS). En este importe no está incluido el IVA (21%), que asciende a la cantidad de 18.375 euros (DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS).

Cofinanciación: NO. Aportación Fundación Pública Local Granada Educa: 100%

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4 Plazo, Lugar de ejecución y modo de ejercer la vigilancia por parte de la Fundación.

Prórroga: Si. Prorrogable por anualidades hasta un máximo de 4 años en total incluido el primero.

Duración: dos años prorrogable

Lugar de ejecución: Escuelas infantiles de la Fundación y Oficinas Centrales

Modo de ejercer la vigilancia y comprobación por parte de la Fundación: Modo de ejercer la vigilancia y comprobación por parte de la Administración: El responsable del contrato, que será el Gerente de la Fundación Granada Educa, velará por la vigilancia y comprobación de la correcta ejecución de las esQpulaciones del contrato, de conformidad con las previsiones indicadas en el pliego de prescripciones técnicas parQculares y en el presente pliego.

5 Plazo de garantía

NO

6 Procedimiento y criterios de adjudicación.

Procedimiento: abierto

Tramitación: Ordinaria

Criterios de adjudicación: Se atiende a una pluralidad de criterios

7 Garantía provisional

Procede: NO

8 Garantía definitiva.

5 por 100 del importe de adjudicación del contrato.

9 Garantía complementaria (artículo 95.2 del TRLCSP)

Procede: NO

10 Forma de las proposiciones:

Las proposiciones deberán presentarse en tres sobres: uno de ellos, Sobre “1”, denominado “Documentación administrativa” que contendrá la declaración responsable elaborada conforme al modelo señalado en el Anexo VI al presente pliego, el compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales elaborado conforme al modelo señalado en el Anexo VII, así como, en su caso, la documentación reseñada en la cláusula 5 del presente pliego; otro sobre, Sobre “2”, denominado “Criterios ponderables en función de un juicio de valor” que incluirá la documentación relativa a aquellos criterios cuya cuantificación

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dependa de un juicio de valor que impida su valoración mediante cifras o porcentajes, así como toda aquélla que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar y por último el Sobre “3”, denominado “Criterios evaluables de forma automática”, que incluirá la oferta económica así como la documentación relativa a aquellos criterios evaluables de manera automática mediante cifras o porcentajes por aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos.

10.1. Forma de presentación de la documentación relativa a las proposiciones:

La documentación relativa a los criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor debe presentarse, en todo caso, en sobre independiente del resto de la proposición con objeto de evitar el conocimiento de esta última antes de que se haya efectuado la valoración de aquéllos. En este sentido la citada documentación relativa a los criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor deberá presentarse en el SOBRE 2, y la documentación correspondiente a los criterios evaluables de forma automática en el SOBRE 3.

10.2. Defectos en las proposiciones.

a) La documentación correspondiente a los criterios evaluables de forma automática en el SOBRE 3 deberá mantenerse secreta hasta el momento en que de conformidad con el presente pliego deban ser abierta.

b) La omisión del contenido exigido en los sobres implicará la no valoración del apartado correspondiente o la inadmisión de la proposición en los casos que legalmente proceda.

c) La inclusión de documentación exigida en el SOBRE 2 (criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor) dentro del SOBRE 3 (criterios evaluables de forma automática), supondrá la no valoración de tal criterio a que se refieran.

d) La inclusión de cualquier documentación relativa al SOBRE 3 (criterios evaluables de forma automática) en el SOBRE 2 (criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor) conllevará la exclusión automática de la proposición que incurra en tal infracción del procedimiento de contratación.

11 Revisión de precios.

Procede: NO.

12 Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

Las determinadas con carácter general en los artículos 75 y 78 TRLCSP

Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales: Los licitadores deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la solvencia exigida, compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales y/o materiales suficientes para la ejecución del contrato. Anexo VII

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13 Régimen de pagos.

Los pagos se efectuarán mensualmente, por la Fundación Granada Educa, mediante transferencia bancaria, contra facturas expedidas por el contratista y conformadas por el técnico responsable de la Fundación.

El importe a facturar cada mes vendrá determinado por el importe anual adjudicado dividido en doce mensualidades e incrementado con el IVA correspondiente.

Junto con la cerQficación mensual, deberán aportar el original acreditaQvo de ingreso de las cuotas del Régimen General de la Seguridad Social del personal a su servicio, modelos TC1 y TC2 y trimestralmente la liquidación a Hacienda del IRPF u otro que lo susQtuyese. Dicha aportación se considera obligación contractual esencial.

14 Admisibilidad de variantes.

Procede: NO

15 Programa de trabajo.

Obligación de presentar un programa de trabajo: Si, el cual formará parte de la oferta presentada por el licitador y se ajustará a lo señalado en el pliego de prescripciones técnicas.

16 Pólizas de seguros.

Procede: SÍ

Momento de entrega de las pólizas: Previa a la formalización del contrato.

17 Subcontratación

No procede

18 Penalidades.

Los definidos en el pliego de cláusulas administrativas.

19 Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación.

El importe máximo de los gastos de dicha publicidad será de 1.800.- €.

20 Criterios de adjudicación.

Pluralidad de criterios

CRITERIOS PONDERABLES EN FUNCIÓN DE UN JUICIO DE VALOR

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1. MEMORIA TÉCNICA................................................................hasta 35 puntos

Elaborada de acuerdo con todas las especificaciones establecidas en las distintas secciones del Pliego y en especial lo señalado en el pliego de prescripciones técnicas respecto al Programa de Limpieza, se le atribuyen hasta TREINTA Y CINCO puntos según los aspectos siguientes:

• Diagnosis de la situación.

• Planificación del Servicio, fijando objetivos y metodología de trabajo general

y por áreas; medios mecánicos, materiales y humanos. Describiendo en la memoria:

Equipo técnico y administrativo:

• Oficinas y sistema de gestión

• Personal Técnico

• Personal Inspección.

• Personal administrativo

Medios mecánicos y auxiliares del contrato:

• Barredoras mecánicas: Número, tipo y valor de mercado nuevas

• Fregadoras: Número, tipo y valor de mercado nuevas

• Abrillantadoras: Número, tipo y valor de mercado nuevas

• Limpieza con vapor: Número, tipo y valor de mercado nuevas

• Carritos de limpieza: Número, tipo y valor de mercado nuevas

• Calidad utillaje de limpieza

• Programación y calendario de la fase de ejecución. Cronograma de actuaciones.

• Metodología de evaluación y presentación de resultados.

• Programa de gestión a utilizar, especificando características del mismo. (Este

• programa ha de tener accesibilidad total por parte de los responsables de cada una de las escuelas y al final del contrato pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Granada)

• Características químicas de los productos utilizados, modo de acción y toxicidad.

• Calidad de Servicios. Acreditándose mediante las certificaciones de las Normas ISO 9001 y 14001.

Importante: La memoria descriptiva del Programa de limpieza tendrá una extensión MÁXIMA de 90 páginas, tamaño Din A4, tipo de letra Times New Roman 12 y interlineado sencillo. Presentando en soporte papel (una (1) copia)) y en soporte digital (unidad USB o CD) formato pdf y Word

2. MEJORAS........................................................................................hasta 7 puntos

Se realizará una memoria descriptiva para cada una de ellas, donde se expondrá la conveniencia técnica de la mejora propuesta, el plazo, la viabilidad de la ejecución y la valoración económica

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(cuando proceda), referida a cada anualidad, al objeto de su evaluación.

La exposición de cada una de las mejoras se realizará de forma clara y concisa y podrá acompañarse de la documentación gráfica que se estime oportuna.

Las mejoras ofertadas por el adjudicatario y que sean aceptadas por la Fundación se considerarán parte integrante del objeto del contrato, no supondrán incremento del contrato y su incumplimiento estará sujeto a las penalidades establecidas en el Pliego.

Para la baremación de las mejoras ofertadas se tendrá en cuenta la conveniencia técnica de la mejora propuesta, el plazo, la viabilidad de la ejecución y en su caso la valoración económica. A continuación se establece una relación exhaustiva y cerrada de posibles mejoras propuestas a realizar:

• Gestión del Plan de Desinfección ......................................................hasta 1 punto

• Formación del personal (deberá valorarse económicamente)............hasta 3 puntos

• Tiempo de respuesta a una emergencia. Organización de este servicio....hasta 2 puntos

• Gestión de residuos ...........................................................hasta 1 punto

Importante: La Memoria tendrá una extensión MAXIMA de 50 páginas, tamaño Din A4, tipo de letra Times New Roman 12 y interlineado sencillo, presentando en soporte papel (una (1) copia)) y en soporte digital (unidad USB o CD) formato pdf y Word

3. Plan Social para la ejecución del contrato (conforme a los parámetros contenidos en el anexo VIII)…………………………..…….hasta 7 puntos

CRITERIOS EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA

a) Oferta económica……………………………………………. hasta 51 puntos

Se valorarán las ofertas presentadas según la fórmula matemática por la cual el precio más bajo obtendrá 51.

La puntuación se realizará con arreglo a la siguiente fórmula:

Y= M (X1-X)/(X1-X2)

Siendo:

Y: Puntuación obtenida por la oferta que se valora

M: Puntuación máxima a otorgar: 51

X: Precio ofertado a valorar

X1: Precio de licitación

X2: Precio más bajo ofertado

No se admitirán ofertas con precios superiores al establecido como tipo de licitación,

valorándose con 0 puntos la que iguale el precio de licitación.

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21 Otras causas de resolución del contrato.

Procede: SI

Además de las previstas en la cláusula 14, son causas de resolución del contrato las siguientes:

• El incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales, y en especial el incumplimiento de los criterios de adjudicación, al considerarse igualmente obligación contractual esencial.

• El incumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de la obligación de estar al corriente de las obligaciones tributarias.

En los supuestos en que las causas de resolución anteriormente mencionadas, aparezcan también tipificadas como infracciones, la Fundación podrá optar entre aplicar la correspondiente penalidad o la resolución del contrato.

22 Modificación del contrato

Procede: SI.

Transcurrido el primer año de contrato y si el número de horas de trabajo realizadas fuera inferior en más de un 5% a la estimación inicial establecida en este pliego, la Fundación podrá proceder a la revisión del presupuesto anual máximo establecido para el contrato disminuyendo de manera proporcional el importe anual adjudicado hasta un límite máximo del 10% del importe establecido para el primer año de contrato. Este criterio será aplicable para cada una de las anualidades en que esté vigente el contrato.

El resto de modificaciones de las que sea susceptible el contrato se regirán de acuerdo a lo establecido en los artículos 105 a 108 del TRLCSP.

23 Documentación técnica a presentar en relación con los criterios de adjudicación

Las entidades licitadoras deberán presentar en el “sobre 2”, la documentación necesaria para la valoración de los criterios ponderables en función de un juicio de valor indicados en la cláusula 5, en este caso la memoria técnica y mejoras y en el “sobre 3” , la documentación necesaria para la valoración de los criterios evaluables de forma automática, indicados también en dicha cláusula, y que en este caso se refiere a la oferta económica y mejoras, conforme al modelo contemplado en el Anexo II de este pliego.

24 Deber de confidencialidad:

Duración: 5 años desde el conocimiento de esa información.

25 Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos

Los licitadores deberán solicitar información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria con una antelación de 6 días a la fecha límite para la recepción de ofertas.

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26 Subrogación del personal

El adjudicatario se subrogará como empleador en las relaciones laborales de los trabajadores en los términos que resulten legalmente, adjuntándose a efectos informativos la relación de los mismos (Anexo IX)

27 Mesa de contratación:

• La Vicepresidenta de la Fundación Granada Educa o persona en quien delegue, que ejercerá la Presidencia.

• El Gerente de la Fundación Granada Educa.

• Un empleado/a perteneciente al personal de la Fundación Granada Educa.

• Un funcionario/a adscrito a la Dirección de Contratación

• El Secretario de la Fundación Granada Educa.

A las reuniones de la Mesa de Contratación podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios en relación con el presente expediente, los cuales actuarán con voz y sin voto.

En el caso de variación de la denominación de los puestos de los miembros de la Mesa de Contratación, los asistentes a la misma, serán los que correspondan según la nueva denominación.

28 Observaciones:

Caso de existir discordancia entre el presente Pliego y el de Prescripciones Técnicas, prevalecerá este Pliego de Cláusulas Administrativas.

28.1.-Publicidad en boletines o diarios oficiales.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 142 y 159 del TRLCSP, el presente procedimiento abierto se anunciará en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el Boletín Oficial del Estado y en el Perfil de contratante de la Fundación Granda Educa.

En virtud de la adjudicación, el contratista quedará obligado a pagar el importe de cuantos gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de formalización del contrato, incluso, en su caso, los honorarios del notario autorizante, pago de impuestos, así como cualquier otro que se produzca.

Gastos de publicidad.- Será de cuenta del adjudicatario del contrato la publicación, por una sola vez, de los anuncios de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Boletín Oficial del Estado, el gasto ascenderá como máximo a 1.800 € y habrá de abonarse por el adjudicatario antes de la firma del contrato, al cual se adjuntará la acreditación de dicho pago.

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Cualquier aclaración o rectificación de los anuncios de contratos, será a cargo del órgano de contratación y se hará pública en igual forma que éstos, debiendo computarse, en su caso, a partir del nuevo anuncio, el plazo establecido para la presentación de proposiciones.

28.2.-Examen del expediente y plazo de presentación de proposiciones:

El expediente del contrato, con los Pliegos de Condiciones y demás documentos, podrá ser examinado en las dependencias de la Fundación Granada Educa (C/ Mariana Pineda nº 6 segunda planta), desde las 10’00 hasta las 14’00 horas, una vez haya sido publicado en cualquiera de los Boletines Oficiales y hasta que se haya acreditado el cumplimiento de los plazos establecidos en el artículo 159 del TRLCSP.

El plazo de presentación de proposiciones será de QUINCE días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca la inserción del anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado, siempre y cuando hayan transcurrido 40 días desde la fecha de envío del anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

En el mismo lugar señalado podrán entregarse las proposiciones, si bien el plazo de admisión de éstas termina a las 12’00 horas del día siguiente hábil a aquel en que finaliza el plazo de examen del expediente.

28.3. Forma de presentación de las proposiciones.

Dentro del plazo señalado en la cláusula anterior y en los lugares y horas que allí se indican,los licitadores, deberán presentar en el sobre “1”, “2” y “3” la documentación que se especifica en el presente Pliego. Los citados sobres, identificados, en su exterior, firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa y su correspondiente NIF o CIF. En cada uno de ellos figurará el nombre del licitador, teléfono, fax y correo electrónico y. "Procedimiento abierto para adjudicar el contrato de servicios de limpieza de las Escuelas Infantiles Municipales y dependencias de la Fundación Granada Educa".

En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido,

28.4 La dirección de acceso al perfil de contratante en la Fundación Pública Local Granada Educa es www.fundaciongranadaeduca.org

POR LA FUNDACIÓN,

FECHA Y FIRMA

CONFORME: EL ADJUDICATARIO

FECHA Y FIRMA

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ANEXO II

MODELO DE PROPOSICION ECONOMICA

Don/ Dña ………………………………………….…………., con DNI nº …………………, y domicilio en …………………………………………………………………………………., enterado de las condiciones y requisitos precisos para participar en la licitación, objeto del contrato, se compromete

En su propio nombre y derecho/

En nombre y derecho de la empresa………………………………….. , con domicilio en …………..……………………………………. con NIF/CIF…………………………………, a la que legítimamente represento, a tomar a su cargo la ejecución del contrato, en el supuesto de resultar adjudicataria del procedimiento, con estricta sujeción a los requisitos y condiciones en él expresados aceptando incondicionalmente las cláusulas del Pliego de Condiciones Administrativas y de Prescripciones Técnicas y declarando responsablemente que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar.

A los efectos expresados se compromete a ejecutar el contrato de servicio de limpieza, a prestar en la Fundación Granada Educa por el importe ANUAL total de (en número y letra)1……………….

…………………………………….. EUROS, (……………. €) IVA NO INCLUIDO.

El IVA correspondiente, al tipo impositivo del ----------%, vigente en el momento de la licitación, asciende a ---------------------- EUROS (……..€).

En ……………………….a……..de………………. de 2018.

(Firma y sello del ofertante)

A LA COMISIÓN EJECUTIVA DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA LOCAL GRANADA EDUCA

1 En caso de contradicción entre la oferta indicada en letra y la señalada en número, prevalecerá

la indicada en letra.

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ANEXO III

MODELO DE GARANTÍAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN MODELO DE AVAL

La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca) …….………………........................................................................................................................... …………………………………….…CIF/NIF .…..........……… con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en …………………………………………………...............en la calle/plaza/avenida ..........................................................……………………………….……. C.P.……...… y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) .................................... ……………………………………………………………….......................................................….…………………………………………… con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado por letrado de la Asesoría Jurídica de la Administración Pública , con fecha .......................................................

AVALA

a: (nombre y apellidos o razón social del avalado)……..............................…………………… ……………………………………..........................................….....................................................NIF/CIF……………………………en virtud de lo dispuesto por: (norma/s y artículo/s que impone/n la constitución de esta garantía) .......................................................................……… ……..........................……............………………………………….......................................................………………………………………………………………………………………………..… para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato y obligación asumida por el garantizado)………….......................................................................………………………………………………………………………………………........................................ ante la Fundación Pública Local Granada Educa …………….......................................…..........………………………………………………………………………………………........................................................ por importe de euros:(en letra)……...............................................................................…………………….………………….......(en cifra) ……………............…………………….........……......

La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Fundación Pública Local Granada Educa, según se trate, con sujeción a los términos previstos en la normativa de contratación de las Administraciones Públicas y en sus normas de desarrollo.

Este aval tendrá validez en tanto que el órgano competente de la Fundación Pública Local Granada Educa no autorice su cancelación, habiendo sido inscrito en el día de la fecha en el Registro especial de Avales con el número...................

……….……..………………………….…………….(lugar y fecha)

…………………………………………(razón social de la entidad)

…………………..…………………… (firma de los Apoderados)

A LA COMISIÓN EJECUTIVA DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA LOCAL GRANADA EDUCA

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ANEXO IV

MODELO DE GARANTÍAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN

Certificado número…………………………………..

(1)……………………………………………………………………(en adelante, asegurador), con domicilio en ……………………, calle………………………………………………, y CIF……………..…………… debidamente representado por don (2) ………………………………………….con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado por letrado de la Asesoría Jurídica de la Administración Pública, con fecha .......................................................

ASEGURA

A (3) ………………………….................……………….......NIF/CIF………………………, en concepto de tomador del seguro, ante (4) …………………………………………………en adelante asegurado, hasta el importe de euros (5)………………………………………………….. en los términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (6) …..………………....…...............……......en concepto de garantía (7)…………………………………… para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.

El asegurado declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.

El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.

El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de la Fundación Pública Local Granada Educa en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

El presente seguro de caución estará en vigor hasta que (8) la Vicepresidencia de la Fundación Pública Local Granada Educa autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y legislación complementaria.

En ……………………………., a ……… de ………………………………….. de ……….

Firma:

Asegurador

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INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL MODELO

(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.

(2) Nombre y apellidos del Apoderado o Apoderados.

(3) Nombre de la persona asegurada.

(4) Fundación Pública Local Granada Educa.

(5) Importe en letra por el que se constituye el seguro.

(6) Identificar individualmente de manera suficiente (naturaleza, clase, etc.) el contrato en virtud del cual se presta la caución.

(7) Expresar la modalidad de garantía de que se trata provisional, definitiva, etc.

(8) Órgano competente de la Fundación Pública Local Granada Educa.

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ANEXO V

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE

ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE QUE NO EXISTEN DEUDAS DE NATURALEZA TRIBUTARIA EN

PERÍODO EJECUTIVO CON EL AYUNTAMIENTO DE GRANADA.

D./Dña …………………………………………………….., en nombre y representación de la Sociedad ……………………………………………….., con C.I.F. ………………

DECLARA:

Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en los términos y condiciones previstos en el mismo.

Asimismo, declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Granada.

Fecha y firma del licitador.

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ANEXO VI

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR INDICANDO QUE CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN

D./Dña …………………………………………………….., en nombre y representación de la Sociedad ……………………………………………….., con C.I.F. ………………

DECLARA:

Que la empresa a la que representa, cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración y en concreto las exigidas en los pliegos de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y acepta plenamente(1)..

Granada, ...... de ................................. de ................

Fdo.: ...............................................

(Firma de la persona física o representante legal, en su caso)

Fecha y firma del licitador.

A LA COMISIÓN EJECUTIVA DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA LOCAL GRANADA EDUCA

(1) Se advierte que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones, por lo que desde la citada fecha, deberá cumplir el licitador con tales previsiones.

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ANEXO VII2

COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

D./Dña …………………………………………………….., en nombre y representación de la Sociedad ……………………………………………….., con C.I.F. ………………

DECLARA:

Que la empresa a la que representa se compromete a la adscripción de los medios personales y/o materiales necesarios, para la correcta ejecución del contrato.

Granada,.....de............................... de ................

Fdo.: ...............................................

(Firma de la persona física o representante legal, en su caso)

A LA COMISIÓN EJECUTIVA DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA LOCAL GRANADA EDUCA

2 A incluir en el sobre 1.

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ANEXO VIII

CONTENIDOS DEL PLAN SOCIAL PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Los licitadores propondrán medidas concretas de carácter ético y social manifestando que se comprometen a implantarlas en la ejecución del presente contrato.

El Plan Social deberá abordar todos o algunos de los siguientes aspectos referidos al personal directamente relacionado con la ejecución del contrato:

a) Nueva contratación de personas con dificultades de acceso al mercado laboral, sin que ello implique el despido o reducción de jornada de otro personal integrado previamente (personas con discapacidad, en situación o riesgo de exclusión social y, en general, de colectivos con especial vulnerabilidad, o de incorporación a la plantilla de personal procedente de programas de inserción socio-laboral acreditado mediante la correspondiente certificación).

b) Programa de estabilidad en el empleo de los trabajadores que ejecuten materialmente el contrato.

c) Medidas concretas de prevención, seguridad y salud laboral a aplicar durante la ejecución material del contrato.

d) Medidas específicas de formación de los trabajadores directamente relacionados con la ejecución del contrato.

e) Plan de igualdad efectiva en el trabajo de hombres y mujeres a aplicar durante la ejecución del contrato.

f) Plan de conciliación de la vida laboral y familiar del personal que ejecute el contrato.

g) Aplicación en la ejecución del contrato de principios de responsabilidad social empresarial y de compra pública ética –comercio justo.

h) Incorporación de una «Memoria de accesibilidad» para personas con cualquier tipo de discapacidad, incluida la intelectual.

i) En el caso de subcontratación, propuesta de realizarla con empresas de economía social (cooperativas, empresas de inserción y centros especiales de empleo, autónomos o pymes).

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ANEXO IX

PERSONAL DE LIMPIEZA EN LA FUNDACIÓN GRANADA EDUCA

CENTRO TRABAJADORES H.Sem. F.Antigüedad observaciones

PATRONATO M. EDUCACION INFANTIL LIMPIADORA 1 3:00 07/11/2003

ESCUELA INFANTIL ARLEQUIN LIMPIADORA 1 12:30 31/08/2011 riesgo embarazo

ESCUELA INFANTIL ARLEQUIN LIMPIADORA 2 22:30 01/05/2007

ESCUELA INFANTIL ARLEQUIN LIMPIADORA 3 12:30 11/12/2017 sust. Riesgo emb.

ESCUELA INFANTIL BELEN LIMPIADORA 1 13:45 01/05/2007

ESCUELA INFANTIL BELEN LIMPIADORA 2 10:00 07/09/2007

ESCUELA INFANTIL BELEN LIMPIADORA 3 13:45 01/05/2007

ESCUELA INFANTIL DUENDE LIMPIADORA 1 13:45 01/05/2007

ESCUELA INFANTIL DUENDE LIMPIADORA 2 10:00 01/05/2007

ESCUELA INFANTIL DUENDE LIMPIADORA 3 13:45 17/12/2015

ESCUELA INFANTIL LUNA LIMPIADORA 1 23:45 01/05/2007

ESCUELA INFANTIL LUNA LIMPIADORA 2 13:45 18/08/2008 baja it

ESCUELA INFANTIL LUNA LIMPIADORA 3 13:45 02/10/2017 sust. Baja it