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ÁREA DE GOBIERNO DE EQUIDAD, DERECHOS SOCIALES Y EMPLEO Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales Departamento de Centros de Día y Residenciales 1 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIOS DE EQUIPAMIENTOS Y SERVICIOS MUNICIPALES DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES QUE INCORPOREN PRODUCTOS DE COMERCIO JUSTO. A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO. Firmado por: JUAN DE LA TORRE VIDAL Fecha: 20-06-2017 08:56:00 Página: 1 de 108 Código de verificación : PY5e49bf704118de Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www- 2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp?codigoVerificacion=PY5e49bf704118de

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIOS DE EQUIPAMIENTOS Y SERVICIOS MUNICIPALES DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES QUE INCORPOREN PRODUCTOS DE COMERCIO JUSTO. A ADJUDICAR POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.

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INDICE

0.- OBJETO DEL CONTRATO I.- FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DÍA MUNICIPALES. II.- SERVICIO DE RESPIRO FAMILIAR FIN DE SEMANA. III.- SERVICIO DE FISIOTERAPIA PREVENTIVA Y DE MANTENIMIENTO PARA MAYORES. IV.- CENTRO MUNICIPAL DE ATENCIÓN INTEGRAL NEUROCOGNITIVA DR. SALGADO ALBA”. V.- CENTROS INTEGRADOS POR RESIDENCIAS Y CENTROS DE DIA. VI.- APARTAMENTOS MUNICIPALES PARA MAYORES DE SAN FRANCISCO Y CENTRO INTEGRADO RETIRO. VII.- PRECIOS DEL CONTRATO, MODELOS DE INFORMES Y FACTURACIÓN. ANEXO I: Distribución de Lotes, Centros, personal asignado, importes del material de terapia y vehículos. ANEXO II: Imagen Corporativa. ANEXO III: Confidencialidad, protección de datos personales y seguridad de la información. ANEXO IV: Subrogación de personal ANEXO V: Inventario. ANEXO VI: Características edificios. Metros cuadrados y consumos estimados. ANEXO VII: Informe de Impacto de Género. ANEXO VIII: Declaración responsable con la cláusula ética de comercio justo.

ANEXO IX: Modelo de ficha técnica identificación producto comercio justo. ANEXO X: Protocolos de obligado cumplimiento Nº 1, 2 y 3. ANEXO XI: Guía de precios orientativos de los principales elementos para la aportación gratuita de soportes y ayudas técnicas para la movilización de usuarios.

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0. OBJETO DEL CONTRATO

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0.- OBJETO DEL CONTRATO El presente contrato de servicios tiene por objeto el servicio de gestión de los

Centros de Día Municipales, el Servicio de Respiro Familiar en 7 Centros, el Servicio de Fisioterapia Preventiva en los 21 distritos, el Centro Municipal de Atención Integral Neurocognitiva “Dr. Salgado Alba”, 3 residencias municipales y 2 Centros de Apartamentos, todos ellos del municipio de Madrid, con un total de 56 centros distribuidos en 21 lotes entre los 21 distritos de Madrid. Estos servicios y prestaciones van dirigidas a personas mayores dependientes que presentan deterioro físico y relacional, deterioro cognitivo, enfermedad de alzhéimer y otras demencias, así como personas que, no habiendo alcanzado la edad de 65 años presentan así mismo cualquiera de las patologías anteriores, con especial atención a los casos de deterioro cognitivo, enfermedad de alzhéimer y otras demencias de inicio temprano. Todos los Centros, con indicación de si prestan Servicio de Fisioterapia Preventiva y/o Respiro Familiar Fin de Semana, se relacionan en el Anexo I.

El modelo de Atención Centrado en la Persona (ACP) será la referencia básica de trabajo en estos Centros.

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I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES

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1.- INTRODUCCIÓN.

El Centro de Día se define como un equipamiento destinado a prestar atención socio–sanitaria preventiva y rehabilitadora al colectivo de personas mayores, que presentan pérdidas y/o déficit en su autonomía, en régimen diurno.

El objetivo final de estos equipamientos es mejorar la calidad de vida, tanto de las

personas mayores, como de sus familias y/o cuidadores, para facilitar la permanencia en el domicilio habitual recibiendo una atención profesional adecuada a sus necesidades.

2.- MODALIDADES.

El Ayuntamiento de Madrid diferencia dos modalidades de Centros de Día:

• Centro de Día para personas mayores con deterioro físico y relacional. En el presente Pliego y en lo sucesivo CDF.

• Centro de Día para personas mayores con deterioro cognitivo, enfermedad de

Alzheimer y otras demencias. En el presente pliego y en lo sucesivo CDEA.

Las empresas licitadoras deberán presentar un proyecto con descripción técnica de la ejecución de la prestación, de los medios materiales y técnicos que se describen en los diferentes apartados, que deberá contener como mínimo las exigencias técnicas establecidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. 3.- SERVICIOS QUE HAN DE PRESTARSE.

La empresa adjudicataria garantizará, al menos, los siguientes servicios, programas y prestaciones y aportará los medios materiales y personales necesarios para hacer efectivos los mismos.

Todos estos servicios, programas y prestaciones se realizarán conforme a los requerimientos que a continuación se describen, siendo responsabilidad del adjudicatario su cumplimiento y facilitando a estos efectos la labor de supervisión y control de los servicios por parte de los técnicos y resto de personal del Ayuntamiento de Madrid. 3.1.-Servicio de atención social, sanitaria preventiva y rehabilitadora Con las principales actividades:

3.1.1.-Programa de acogida en el Centro de Día: El Centro de Día debe disponer de un programa de acogida, dirigido al usuario

y a la familia de este, con la finalidad de: informar de los objetivos, actividades y normas del centro, conocer las instalaciones del mismo, así como presentar a los profesionales que van a trabajar con el usuario.

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3.1.2.-Valoración integral y de carácter interdisciplinar de la situación personal y familiar: En el momento de ingreso de los usuarios se procederá a realizar un estudio y

valoración interdisciplinar, en base a los cuales se elaborará un Plan de Atención Personalizada (PAP), que comprenderá todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y/o mantener su salud y autonomía personal en el mayor grado posible.

La valoración integral debe evaluar las siguientes áreas:

• Salud física. • Funcional (actividades de la vida diaria). • Cognitiva. • Afectiva. • Socio familiar.

La valoración se debe realizar de forma progresiva, a lo largo de los primeros días del ingreso, y completarse en un plazo inferior a un mes. Cada profesional realizará la valoración correspondiente a su área. Una vez finalizada, se deben reunir todos los profesionales implicados, elaborando el PAP.

De cada usuario debe existir un expediente personal único, que constará de: la información social, sanitaria (médica, enfermería, fisioterapia, terapia ocupacional) y psicológica, así como los informes técnicos correspondientes, diagnósticos, tratamientos prescritos y el seguimiento y la evolución del PAP que se haya fijado, así como las incidencias producidas.

3.1.3.- Programa de atención sanitaria:

Debe comprender las actuaciones propias de la medicina preventiva dirigidas a

mantener y mejorar la salud de los usuarios, las actuaciones de medicina asistencial necesarias, así como el desarrollo de programas de rehabilitación (fisioterapia, terapia ocupacional), sin obviar la utilización de los servicios sanitarios del Sistema de Salud, al que pueda estar acogido el usuario.

Se ocupará de la realización de:

• Detección de situaciones de riesgo. • Seguimiento de patologías crónicas. • Educación para la salud. • Fisioterapia grupal, adaptada a las necesidades individuales. • Entrenamiento y mantenimiento de las actividades de la vida diaria

(AVD). • Entrenamiento y mantenimiento de las capacidades intelectuales. • Programas de actuación según los distintos protocolos: alimentación y

nutrición, administración de medicación, control de esfínteres, prevención de caídas, protocolos para actuación ante casos de urgencia sanitaria, enfermedades transmisibles y todos aquellos que se determinen de interés para su implantación.

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• Coordinación con los equipos de Atención Primaria de Salud y Atención Especializada.

3.1.4.- Programa de atención psicológica: Se prestará en los CDEA, y comprenderá el diagnóstico y evaluación de los

usuarios, así como los tratamientos individuales o de grupo que precisen, y la atención a las necesidades de las familias.

Debe incluir como mínimo:

• Terapias psicoafectivas. • Terapias socializadoras.

3.1.5.- Programa de atención social: Que incluirá entre sus actividades el diseño de intervención social, la atención a

las necesidades sociales de los usuarios, la promoción de la integración y participación en la vida del Centro, y las relaciones con los familiares de los usuarios.

Debe incluir como mínimo:

• Prestar el apoyo, información y asesoramiento social sobre otros recursos que permitan mejorar su atención y la de la familia.

• Promover, junto al resto del equipo del centro, actividades culturales, recreativas y de relación social, elaborando un calendario anual de actividades.

• Apoyar en la integración en el Centro. • Acompañar al usuario en su adaptación a través del profesional de

referencia. • Promover actividades de participación y de concienciación colectiva a

través del voluntariado social. 3.2.- Servicio de Apoyo a la Familia

Que incluirá actividades de intervención en el entorno del Centro de Día, de

participación social y un programa de calidad y mejora continua:

• Prestar el apoyo y ayuda en el proceso de cuidado. • Realizar actividades de formación e información sobre temas vinculados

con la situación que presentan los usuarios y con la atención que se presta en el Centro de Día.

• Ofrecer a la familia su participación en las actividades del centro. • Promover su participación en otros programas municipales,

especialmente los concebidos para el apoyo a los cuidadores principales: Respiro Familiar Fin de Semana y Cuidando a quienes cuidan.

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3.3.- Servicio de Aseo y Cuidado Personal

Se tendrá especial atención al cuidado personal, control y protección del usuario, que comprenderá la prestación de la asistencia necesaria para la realización de las actividades de la vida diaria (aseo, higiene personal, vestido, alimentación), así como aquellas actividades encaminadas a la protección y salvaguarda de su integridad personal.

Deberá garantizarse el aseo personal diario de los usuarios que así lo requirieran,

prestándoles apoyo en el grado que sea necesario en cada caso. Los útiles de aseo personal serán a cargo del usuario. El adjudicatario adoptará

las medidas oportunas para que dichos útiles estén convenientemente identificados, garantizando así la utilización exclusiva por su propietario. Los usuarios aportarán, a su cargo, el material de incontinencia.

Los usuarios gozarán de libertad de movimientos supervisados, dentro del

recinto, con medidas de seguridad si fueran necesarias. En aquellos casos en los que, por condicionamiento de índole física o psíquica,

puedan preverse situaciones de riesgo para la integridad de los usuarios, la empresa adjudicataria establecerá las medidas de protección, seguridad y control necesarios. 3.4.- Servicio de Alimentación y Nutrición

Se trata de uno de los servicios más importantes que ofrece el Centro de Día.

Facilita la adaptación y aceptación del Centro, así como contribuye al bienestar físico y emocional del usuario. Uno de los principales problemas que tiene la alimentación destinada a las personas mayores, que habitualmente hacen uso del Centro de Día, es la falta de adecuación a sus requerimientos energéticos y proteicos, así como a los diferentes problemas de salud, que obligan a adaptar los menús a las necesidades individuales.

En el Centro de Día se servirán tres comidas diarias: desayuno, comida y

merienda. La indicación de un menú debe ser realizada por un profesional sanitario y consensuado con el propio usuario o su familia, respetando en lo posible los deseos, hábitos y costumbres del usuario. Los menús deben ser firmados por un médico o nutricionista, deben ser variados, cuidando su presentación para que sean atractivos y apetitosos. Los menús deben ser conocidos por los usuarios y sus familiares con antelación, facilitando esta planificación a primeros de cada mes. Se arbitrarán sistemas de medición de la satisfacción, con consultas semestrales a los usuarios y familiares, recogiendo su opinión y sugerencias, y controles de calidad permanentes.

Los menús se adaptarán a los problemas de salud, siguiendo las líneas de la

Atención Centrada en la Persona, respetando en lo posible los gustos y las razones religiosas o de otra índole (problemas de salud diversos) que así lo requieran. En general la dieta será basal, normal, y solo si existe una indicación expresa del médico se servirá la dieta estricta sin sal. La dieta triturada debe garantizar el aporte calórico y nutricional adecuado. Todas las dietas deben ofrecer primer plato, segundo plato y postre.

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En todos los Centros de Día el Servicio de Alimentación y Nutrición ha de

prever la posibilidad de contar con:

• Dieta normal. • Dieta antidiabética. • Dieta baja en grasas o hipocalórica. • Dieta de fácil masticación. • Dieta triturada, alimentos texturizados. • Dieta astringente con disponibilidad en el día. • Dieta para problemas de salud específicos: baja en potasio, insuficiencia

renal, intolerancia al gluten, intolerancia a la lactosa, otras alergias o intolerancias específicas, dieta específica para personas mayores que tienen prescrito Sintrom.

Igualmente, incluirán comidas especiales en fechas socialmente señaladas como

Navidad, Reyes, San Isidro, Carnaval y en el aniversario del Centro, entre otras.

3.5.- Servicio de Transporte Adaptado

El Servicio de Transporte consiste en proporcionar, a los usuarios que lo necesiten, el transporte desde su domicilio al Centro y a la inversa, entendiendo como punto de recogida la puerta de la calle que da acceso al edificio (portal) o lugar más cercano si no se pudiera acceder a este lugar en el transporte adaptado.

Sólo en casos muy excepcionales, y autorizados por el Departamento de Centros

de Día y Residenciales, se podrá recoger a los usuarios en la vivienda en la que habitan y no en la puerta de calle, que dé acceso al edificio.

El Servicio de Transporte Adaptado incluye: Realizar el traslado en vehículo desde el domicilio de cada usuario al Centro y

a la inversa, de los usuarios que lo necesiten y dentro del horario establecido. Ayudarles a subir, bajar, situarse en el vehículo y acompañarlos hasta el

domicilio. Control y apoyo personal a los usuarios para su adecuada atención y seguridad

durante el trayecto. Los vehículos exigidos tendrán una capacidad para 7 ó 9 plazas, más 2 sillas de

ruedas, u 8 plazas, más 1 silla de ruedas, y deben contar con conductor y con personal auxiliar acompañante, ambos a jornada detallada en el Anexo I del presente Pliego, (distinto del personal auxiliar que debe prestar su servicio dentro del edificio del Centro de Día), para ayudar a los usuarios que lo requieran.

Este servicio deberá dar cobertura preferente al Distrito donde esté ubicado el

Centro de Día y, si fuera necesario, a cualquier otro dentro del municipio. El tiempo total de cada ruta, (de las efectuadas en el mismo Distrito que el Centro de Día), no podrá exceder de 30 minutos.

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En cualquier caso, la ruta, o rutas, que se establezcan para la prestación del servicio de transporte, se diseñarán de manera que los usuarios pasen el menor tiempo posible en las mismas, y permitan su presencia en el Centro de Día al inicio de su actividad diaria y hasta su finalización. 4.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA. La empresa tendrá las siguientes obligaciones como adjudicataria del Servicio: 1.- Desarrollar y ejecutar los contenidos especificados en el contrato, gestionando de manera diligente todos los medios y recursos, tanto materiales como personales, necesarios para la ejecución del mismo. 2.- Introducir, en todo el funcionamiento del Centro, el Modelo de Atención Centrada en las Personas y en sus necesidades. Se trata de un modelo de atención que quiere responder a las demandas de las personas mayores en atención y servicios, priorizando conceptos como la autodeterminación, relaciones personales, e inclusión social, partiendo de las expectativas y deseos de las mismas. El modelo busca mejorar la calidad de vida de las personas mayores, con una planificación de la intervención por parte de todos los profesionales del centro, centrada en la persona a través del “proyecto de vida” y una atención personalizada a través de la figura del “profesional de referencia”. Las características principales de este modelo de atención en Centros de Día son las siguientes:

• Respeto por la dignidad e identidad de la persona. • Respeto por sus decisiones, gustos y preferencias a la hora de realizar o

participar en actividades (habrá posibilidades de elección entre varias alternativas).

• En el Centro se huye de un ambiente frío, distante e institucional y se debe generar un ambiente más cálido, facilitando la confortabilidad y el bienestar, dando lugar a actividades contextualizadas y con significado.

• El Centro da respuesta y fomenta la continuidad de la cotidianeidad propia de cada persona.

• La atención se plantea desde el conocimiento de la persona y su historia de vida, de manera integral y centrada en ella.

• Se identifican y potencian capacidades y se buscan apoyos para solventar limitaciones.

• La familia aparece como pieza clave del modelo. Se trabajará para involucrarla en aspectos relacionados con el Centro y la atención y apoyo a la persona.

3.- Formular la planificación de los servicios y actividades del Centro que anualmente presente al Departamento de Centros de Día y Residenciales, para conformidad. 4.- Recoger, informatizar, analizar y custodiar todos los datos referidos a las personas atendidas, garantizando en todo momento la confidencialidad de esos datos y el derecho a la intimidad de las personas en los términos recogidos en el Anexo III de este Pliego. 5.- Establecer la coordinación precisa y necesaria con la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y

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Empleo (Departamento de Centros de Día y Residenciales), y con los responsables del Distrito en donde se ubica el lote adjudicado, facilitando toda la información necesaria requerida para la adecuada resolución de problemas que pudieran plantearse. Los responsables de la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales y los responsables del distrito en materia de Servicios Sociales determinarán la frecuencia de las reuniones que mantendrán, que en el caso de la entidad adjudicataria con los responsables del distrito en materia de Servicios Sociales será como mínimo de una vez al mes, para facilitar la adecuada prestación del servicio. 6.- Elaborar los Programas de atención personalizada del Centro, informes semestrales y las memorias anuales (incluirá una información cuantitativa del funcionamiento del Centro y una evaluación sobre la satisfacción de los usuarios), así como cuantos informes sean necesarios a requerimiento del Departamento de Centros de Día y Residenciales. La realización de dicha memoria, según modelo que determinará el Ayuntamiento de Madrid, deberá estar a disposición del Departamento de Centros de Día y Residenciales antes del 31 de enero de cada año. También se emitirá a la finalización de la prestación objeto del contrato. 7.- Implantar, de forma inmediata a su comunicación, cualquier documento normalizado que sea modificado por el Departamento de Centros de Día y Residenciales, así como poner en marcha todos aquellos nuevos protocolos o formas de actuación que, a nivel técnico, se consideren necesarios para el correcto funcionamiento del Centro. Se tendrá especial diligencia en el cumplimiento de los protocolos Nº 1, 2 y 3, que se reflejan en el anexo X, “Traslado de usuarios/as de Centro de Dia en transporte adaptado”, “Control de asistencia de usuarios/as de Centro de Dia” y “Actuaciones ante emergencias sanitarias”. 8.- Asistir a las reuniones de seguimiento y coordinación con los técnicos del Departamento de Centros de Día y Residenciales. 9.- Revisar el inventario de todo el material y/o infraestructura del Centro, al comienzo del servicio y, posteriormente, una vez al año, según el formato facilitado por el Departamento de Centros de Día y Residenciales. (Anexo V). 10.- Participar en los seminarios, mesas de trabajo, actuaciones de formación y sensibilización social, así como otras actividades en relación con el objeto de este contrato, a demanda del Departamento de Centros de Día y Residenciales. 11.- Aceptar a alumnos de prácticas de las universidades y centros que proponga la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo. 12.- Proporcionar todo el material de oficina e informático necesario para la ejecución del contrato, tales como ordenador, tablet, impresora, fotocopiadora, así como los consumibles de estos dispositivos. 13.- Obtener si no dispone de ella o actualizar, en su caso, una certificación de calidad específica para cada Centro de Día adjudicado y con validez para todo el período de ejecución del contrato: Certificación UNE 158201 para Centros de Día, acreditación de

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la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología u otro análogo, realizado con una empresa acreditadora de la calidad homologada. 14.- Garantizar el cumplimiento, por parte del personal a su cargo, del tiempo de permanencia establecido en el Centro de Día. Para ello contará con el sistema tecnológico adecuado a tal fin, el cual deberá registrar en soporte informático las horas de entrada y salida de todo el personal adscrito al Centro de Día. En caso de no presencia del personal en el Centro de Día en la jornada establecida, el sistema deberá alertar a la empresa adjudicataria, quien deberá adoptar las medidas oportunas para subsanar la incidencia de manera inmediata. 15.- En relación con los Servicios especificados en el Punto 3 del presente pliego, la empresa adjudicataria deberá cumplir todos los puntos especificados en la descripción de los servicios y en particular los siguientes:

Servicio de Atención Social, sanitaria, preventiva y rehabilitadora:

- El adjudicatario del servicio se compromete a aceptar a los usuarios designados por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

- La incorporación de usuarios al Centro deberá realizarse en los términos y

plazos establecidos por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

- La empresa adjudicataria elaborará un PAP para cada usuario.

- El PAP debe revisarse cada seis meses y, en todo caso, cuando se produzca un cambio significativo en la situación del usuario.

- El adjudicatario deberá utilizar los documentos normalizados proporcionados

por el Departamento de Centros de Día y Residenciales. Programa de Atención Sanitaria:

- En cualquier caso, la empresa adjudicataria, asegurará la administración de

tratamientos farmacológicos específicos prescritos y documentados en pauta médica actualizada, como insulina, heparina, colirios, así como cualquier otro tipo de medicamentos, en caso de que cualquier usuario lo necesite.

Programa de Atención Social y familiar:

- La empresa adjudicataria facilitará al Departamento de Centros de Día y

Residenciales, al inicio del contrato, y en enero de cada uno de los años de vigencia del contrato, el calendario de actividades al objeto de su conformidad.

- La empresa adjudicataria realizará, imprimirá y entregará folletos informativos

de este servicio municipal para todos los usuarios (Carta de Servicios, funcionamiento del Centro de Dia y Diario de información). El Ayuntamiento de Madrid, antes de su puesta en circulación, dará su conformidad al diseño y contenido de los mismos.

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- El adjudicatario utilizará un cuaderno diario de información entre el Centro y las familias, según el modelo establecido por el Departamento de Centros de Día y Residenciales y exclusivamente en los CDEA. Estos diarios se utilizarán en aquellos casos que se precisen como necesarios por los profesionales del Centro y/o por la familia, teniendo en cuenta siempre la preferencia de los usuarios. Respecto aquellos usuarios que no se estime necesario, o que no deseen recibirlos, no se utilizarán. También se podrán utilizar soportes electrónicos para prestar esta información.

- Semestralmente la empresa adjudicataria facilitará información por escrito a los

usuarios/familias, y a los Centros de Servicios Sociales, que así lo soliciten, sobre la evolución y dependencia de cada usuario, según modelo que facilitará el Ayuntamiento de Madrid.

- El plan de atención y de actividades será presentado por la empresa adjudicataria

al Departamento de Centros de Día y Residenciales al inicio de la prestación, y anualmente, y reflejará las actividades terapéuticas y sociales a desarrollar en los Centros. Dicha programación deberá ser aprobada por el Ayuntamiento de Madrid (Departamento de Centros de Día y Residenciales).

- Cuando se solicite un cambio de perfil de un usuario, se deberá realizar un

informe interdisciplinar y remitir al Departamento de Centros de Día y Residenciales.

Servicio de Aseo y cuidado personal:

- Deberá garantizarse el baño y/o aseo diario de los usuarios que lo precisen.

- Deberá garantizarse el aseo bucodental diario de todos los usuarios.

- El personal utilizará guantes desechables, de un solo uso, para la realización del

aseo. Los guantes se consideran dentro de la uniformidad de los profesionales, siendo el adjudicatario el responsable de su dotación.

- Las esponjas, que serán de un solo uso y desechables, correrán a cargo del

adjudicatario.

- Los Centros disponen de ayudas técnicas y del material de apoyo para las movilizaciones de los usuarios, durante su estancia, con el objeto de mantener un nivel de funcionalidad y de interacción social adecuada. Ello sin perjuicio de las prótesis, sillas de ruedas y ayudas técnicas de uso personal, que serán por cuenta de los usuarios o cubiertas por el Sistema Público de Salud.

Servicio de alimentación y nutrición:

- El adjudicatario se compromete a prestar un servicio de Catering para la

cobertura del servicio, priorizando la modalidad de línea fría. El seguimiento de las incidencias y todo lo relacionado con su gestión son responsabilidad exclusiva de la empresa adjudicataria.

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- La entidad adjudicataria estará obligada a que en los desayunos y/o meriendas que se ofrezcan a los usuarios de los Centros se incluya, al menos, un producto de comercio justo de ente los siguientes: azúcar, galletas, café, infusiones, cacao instantáneo, tabletas y barritas de chocolate.

- A los efectos de acreditar el cumplimiento de la presente especificación técnica,

la empresa licitadora deberá presentar una declaración responsable o cualquier medio de prueba admitido en derecho que demuestre el cumplimiento de los estándares fijados en la Resolución 2005/2245 (INI) del Parlamento Europeo sobre comercio justo de 6 de julio de 2006. Esta declaración habrá de aportarse en el sobre de documentación técnica (criterios no valorables en cifras o porcentajes). (Se adjunta como Anexo VIII al presente pliego modelo de declaración responsable).

- Asimismo y en relación con el producto de comercio justo que se comprometa a suministrar la entidad adjudicataria, se deberá cumplimentar una ficha en la que conste su identificación y características técnicas, como la descripción del producto y relación de los principales ingredientes que lo componen. Esta información deberá figurar en el sobre de documentación técnica. (Se adjunta como Anexo IX al presente pliego modelo de ficha técnica).

- En el caso que el Centro de Día comparta dependencias con un Centro

Municipal de Mayores, se priorizará ofertar la comida que se elabore en el propio Centro de Mayores.

- La empresa adjudicataria garantizará, preferentemente a través del contrato que

tenga suscrito con la empresa de Catering, la figura de un profesional pinche de cocina de apoyo, al menos, dos horas al día, que realizará las siguientes funciones:

Recepción de la comida. Preparación de la comida. Preparación y recogida de las mesas de los comensales. Ayuda a servir la comida, siempre bajo supervisión de las/los

gerocultoras/es responsables de la administración adecuada de cantidades y pautas de alimentación que tenga cada usuario.

Recogida, limpieza de las mesas, sillas y suelo de la sala. Recogida y limpieza del menaje. Recogida y limpieza del office.

- Se prestará por el personal gerocultor:

La ayuda personal necesaria a los usuarios que no puedan comer por sí

mismos, utilizando, en su caso, los medios técnicos o personales precisos. En este sentido, se ocuparán igualmente de la distribución y servicios de

las comidas a los usuarios supervisando las cantidades a administrar, así como las dietas y/o cualquier incidencia relacionada con la alimentación pautada de forma individual a los usuarios, si existieran.

En general, todas aquellas actividades que no habiéndose especificado anteriormente le sean encomendadas, que estén incluidas en el ejercicio de

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su profesión y preparación técnica, y que tengan relación con lo señalado anteriormente.

- Se garantizará el tratamiento y manipulación correcta de los alimentos, así como

la recogida sistemática de muestras, como ordena la legislación vigente. - En todo caso, la alimentación proporcionada cumplirá con las normas de

seguridad alimentaria que le sean de aplicación y en particular con las siguientes: el Reglamento (CE) nº 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (DOUE 30-4-2004), la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición y el Decreto 10/2001, del 25 de enero, por el que se establecen las normas relativas a la formación de los manipuladores de alimentos, autorización, control y supervisión de los centros y programas de formación de la Comunidad de Madrid (BOCM 7-2-2001).

- En relación con esta normativa, la empresa adjudicataria deberá disponer de un

sistema documentado de autocontrol, basado en el análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC), según se indica en el Reg. (CE) nº 852/2004 (art. 5). Asimismo, y para posibilitar la realización de estudios epidemiológicos, en caso de producirse algún brote de toxiinfección alimentaria, el adjudicatario deberá disponer de comidas testigo (representativas de las comidas servidas diariamente). Dichas comidas testigo se conservarán adecuadamente, tal y como exige la legislación vigente, y la cantidad corresponderá a raciones individuales, según se refleja en el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (art.10.3).

- La empresa adjudicataria deberá realizar, con carácter mensual, una relación de

las comidas que se servirán en los Centros durante ese período, con el objetivo de comprobar y garantizar la adecuada cobertura de las necesidades nutricionales de los usuarios. Este documento se expondrá en lugar visible para consulta de usuarios y familias.

- El adjudicatario deberá aportar la ropa de mesa inherente a la prestación del

servicio (manteles, servilletas, baberos), así como el material de menaje. El cambio de ropa de aquello que no sea desechable, se producirá con la frecuencia necesaria para que se mantenga en condiciones de uso adecuadas.

Servicio de transporte adaptado:

- El adjudicatario prestará el servicio de transporte a los usuarios que tengan el servicio asignado.

- Dispondrá de medio de transporte, convenientemente adaptado, para su uso por personas que precisen la utilización de sillas de ruedas (disponer de plataforma elevadora automatizada de acceso y sistema de anclaje), contar con todos los requisitos exigidos por la legislación vigente para la circulación de vehículos a motor y el transporte de personas, haber superado las inspecciones técnicas, contar con los seguros reglamentarios, contratar una póliza de seguro de

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ocupantes, para tantas plazas como el número de usuarios máximos a transportar y que cubra riesgos de accidente por traslado de los usuarios, desde su domicilio al vehículo, y viceversa, y desde el Centro al vehículo, y viceversa.

- Los vehículos destinados a la prestación de este servicio, deberán tener unas

características tales que permitan circular incluso por calles de reducidas dimensiones. Deberán estar dotados de calefacción y aire acondicionado en perfecto estado de funcionamiento.

- Para garantizar un servicio de transporte adecuado, los vehículos no deberán

tener una antigüedad superior a 8 años, por lo que deberán ser renovados cada 8 años o bien antes por la empresa adjudicataria.

- Anchura interior: el vehículo tendrá las dimensiones adecuadas para la

circulación de los usuarios en su interior, de acuerdo con las características de las personas mayores de movilidad reducida a transportar, y a su vez, presentará las condiciones de maniobrabilidad necesarias para poder circular por la zona de influencia de cada Centro.

- Plataforma trasera interior de una pieza, suelo del vehículo sin escalones interiores, ni elementos que puedan dificultar el movimiento interno por el vehículo y el acceso a los asientos. Asideros en puerta lateral para facilitar el acceso.

- Escalón de acceso con huella antideslizante y no inferior a 230 mm de fondo que

no sobresalga y resalte de color amarillo en escalones (Fluorescentes y Resistentes).

- Los vehículos llevarán cinturón de seguridad para todos los pasajeros. Para las sillas de ruedas, el vehículo deberá disponer de anclajes de retención de las sillas y de un sistema homologado de retención de los ocupantes de las mismas.

- Se llevarán, en el propio vehículo en que se realice el transporte de los usuarios, hojas de reclamaciones a disposición de los mismos y de sus familiares, debiendo dar cuenta al Ayuntamiento de Madrid de dichas reclamaciones dentro de las 24 horas siguientes a su presentación.

- El adjudicatario deberá adoptar las medidas necesarias para mantener los

vehículos en perfectas condiciones técnicas, así como de climatización, limpieza e higiene. A tal efecto, el número mínimo de vehículos que la empresa adjudicataria debe poner a disposición de cada Centro asignado está detallado en el Anexo I del presente pliego.

- Con el objetivo de minimizar los tiempos de espera, la empresa adjudicataria dispondrá de un sistema automatizado de llamada diaria a los usuarios que utilizan el transporte, al objeto de que dispongan del tiempo necesario para bajar al lugar concertado de recogida de la ruta. El sistema debe permitir que el usuario, sin coste alguno para el mismo, pueda hablar por el sistema con el

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personal auxiliar del vehículo de cara a garantizar una atención adecuada de las incidencias que se pudieran presentar.

- El mantenimiento, estancia en garaje (si fuera necesario), rotulación y todos los

gastos relacionados con la gestión del servicio de transporte y los vehículos necesarios para llevarlo a cabo, son de exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicataria.

- Los vehículos destinados a la prestación del servicio de transporte, ya sean

propios de la empresa adjudicataria o subcontratados, deberán cumplir con la imagen corporativa en los términos previstos en el Anexo II del presente pliego.

- En el caso de que no se pudiera prestar el servicio con normalidad, el

adjudicatario deberá poner los medios necesarios para que el mismo se efectúe con la mínima pérdida de tiempo o, si esto no fuera posible, correr con los gastos de transporte alternativo (siempre en un vehículo adaptado).

16.- Material de Actividades, productos farmacéuticos, pequeño utillaje sanitario y reparaciones:

El material utilizable en las actividades de terapia ocupacional, la reparación y reposición del material técnico de fisioterapia, material fungible, productos farmacéuticos y pequeño utillaje sanitario para el médico y enfermería, serán con cargo exclusivo a la empresa adjudicataria. Parte de este presupuesto podrá ser destinado a la adquisición de distintos materiales y aquellos otros conceptos que fueran necesarios para el buen funcionamiento de los mismos.

Todo ello por un importe anual exigible detallado en Anexo I del presente Pliego. En el momento del inicio del contrato la empresa adjudicataria del servicio de

gestión del Centro se hará cargo del material existente, según inventario previsto en el Anexo V. Al finalizar el contrato la empresa adjudicataria deberá dejar el material inventariado, así como el material adquirido durante la duración del contrato, en adecuadas condiciones de uso y utilización.

Los gastos del Centro, derivados de telefonía, línea de datos (consumos,

instalación de centralita, aparatos telefónicos y equipos informáticos), serán por cuenta de la empresa adjudicataria.

En el caso de que los edificios cuenten con contadores independientes, que

permitan determinar el consumo propio del adjudicatario, los gastos del Centro derivados del consumo eléctrico, gas, y agua, serán por cuenta de la empresa adjudicataria. Estos centros vienen especificados en el Anexo VI. En el resto de Centros, que no cuentan con contadores independientes y que se comparte espacio con otros servicios, en el mismo edificio, (Centros Municipales de Mayores, Centros de Servicios Sociales, Centros Deportivos, Centros Culturales) los costes totales del edificio serán asumidos por el Ayuntamiento de Madrid.

En el caso de que los edificios cuenten con contadores independientes la empresa

adjudicataria realizará el cambio de titularidad de los mismos. En el caso de que esto

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último no fuera posible, la Dirección General de Contratación y Servicios, dependiente del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, determinará el importe a cobrar al adjudicatario, información que enviará con la periodicidad que se determine a la unidad responsable del contrato. La liquidación de los importes correspondientes a estos gastos de suministros se efectuará por el adjudicatario semestralmente mediante abonaré de pago.

En el Anexo VI se especifican los metros cuadrados del edificio y la estimación de los consumos de los edificios que cuentan con contador independiente.

La elaboración del Plan de Autoprotección del Centro, será por cuenta de la

empresa adjudicataria. La utilización del Centro por la empresa adjudicataria del servicio tendrá un mero

carácter instrumental para la ejecución del contrato y su utilización queda circunscrita a su vigencia, sin que pueda alegar derecho alguno sobre el mismo, ni utilizarlo para otro fin distinto del contratado.

El mantenimiento de las instalaciones del Centro y limpieza del mismo serán a

cargo del Ayuntamiento de Madrid. La empresa adjudicataria deberá proporcionar contenedores especiales para

depositar los residuos clínicos generados por la prestación del servicio, asimismo deberá recoger periódicamente y destruir dichos residuos.

Trimestralmente, la empresa adjudicataria presentará las facturas que justifiquen

los gastos en material de actividades, productos farmacéuticos y pequeño utillaje sanitario, según directrices marcadas por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

A fecha 30 de diciembre de cada año de ejecución del contrato, así como a la

finalización del mismo, y en el caso de no haber justificado el importe exigible en concepto de material de actividades, productos farmacéuticos y pequeño utillaje sanitario, en la factura del mes de diciembre se descontará el importe no justificado. En el caso de que el contrato finalice en fecha anterior al mes de diciembre, se descontará a la finalización de la prestación.

5.- PERSONAL NECESARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

Los Centros de Día objeto del contrato contarán con una plantilla suficientemente dotada para el conjunto de servicios que deben prestar, garantizando una atención integral y globalizada.

La empresa adjudicataria garantizará, como mínimo, el personal que se describe en el Anexo I por lote y centro:

Perfiles profesionales: • Director/a (Perfil profesional: Trabajador/a Social). Deberá contar con la

titulación de Director de Centros de Servicios Sociales. • Médico/a.

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• DUE/ATS. • Fisioterapeuta. • Terapeuta Ocupacional. • Psicólogo/a. • Gerocultor/a. • Conductor/a. • Gerocultor/a (auxiliar de ruta)

Todos los Gerocultores contarán con titulación de F.P. Módulo de Auxiliar de

Clínica u otro módulo de FP con características similares, y que tenga contenidos específicos de atención sociosanitaria. También se podrá documentar a través de certificado de profesionalidad o acreditar estar en una convocatoria de acreditación. En relación a la figura de DUE en los Centros de Día de físicos, las horas de presencia en el Centro se establecen de la siguiente manera:

• CDF de 30 plazas: 2 horas diarias, preferentemente desde las 10 a las 12 horas. • CDF de 45 plazas: 3 horas diarias, preferentemente la entrada entre a las 9-10

horas y la salida entre las 13-14 horas. • CDF de 65 plazas: 4 horas diarias preferentemente la entrada entre las 9-10

horas y la salida entre las 13-14 horas.

El personal destinado a la prestación del servicio estará sometido al poder de dirección y organización del adjudicatario (retribuciones, horarios e instrucciones), y a todo ámbito y orden legalmente establecido, siendo, por tanto, éste el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y en materia tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico laboral con el Ayuntamiento de Madrid, con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo.

A la extinción del contrato, no podrá en ningún caso producirse la consolidación

de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato, como personal del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).

Se deberán cubrir todas las bajas de todo el personal que se produzcan por

cualquier concepto, especialmente por vacaciones, maternidad/ paternidad/ lactancia, y por enfermedad.

La empresa adjudicataria garantizará el secreto profesional sobre todas las

informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato con motivo y en relación a éste, los usuarios y familias afectadas.

La empresa adjudicataria aportará a los trabajadores los medios materiales

necesarios para la prestación del servicio. En cualquier caso, es imprescindible la dotación al personal de uniforme, incluidos conductores y gerocultoras/es (auxiliares de

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ruta) e incluyendo como parte de la uniformidad los guantes desechables necesarios para la prestación del servicio.

6.- FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.

• Acceso al servicio:

El acceso a las plazas del Centro de Día se solicitará en el Centro de Servicios Sociales del Distrito correspondiente al domicilio del solicitante, cumplimentando la documentación prevista para tal fin.

Tanto la orden de alta, baja y/o cambio de la modalidad de asistencia en el

servicio será competencia exclusiva del Departamento de Centros de Día y Residenciales.

Serán motivos de baja definitiva:

1. A petición del usuario.

2. No superar periodo de adaptación.

3. Traslado de municipio.

4. Pérdida de requisitos.

5. Incumplimiento de las obligaciones descritas en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid.

6. Incompatibilidad de servicios.

7. Superar período máximo de suspensión.

8. Otros. • Horario del Centro:

El Centro de Día funcionará, con carácter general, de lunes a viernes, en días

laborables de 8,15 a 18 horas, si bien los usuarios podrán acceder al Centro entre 8,15 y 11 horas y salir entre las 16,30 y 19 horas.

Dentro del horario establecido y contemplado anteriormente, se podrá establecer

flexibilidad en el horario de asistencia de aquellos usuarios que así lo demanden. Esta flexibilidad se establecerá por la mañana (entrada) o por la tarde (salida), garantizando que las horas de permanencia en el Centro de Día permitan al usuario hacer uso y aprovechar las actividades que en él se ofertan. En cualquier caso, la flexibilidad no afectará al servicio de comida en el Centro, que será utilizado siempre por el usuario.

La utilización de esta flexibilidad no tendrá consecuencias en lo que respecta a la

aportación económica que le corresponda efectuar al usuario, de acuerdo a la modalidad y días de asistencia fijados. Se le podrá proporcionar servicio de transporte cuando coincida con el horario de entrada o salida del centro.

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Este uso flexible del Centro, a petición de los usuarios, deberá venir conformado y razonado por la coordinadora del Centro de Día y aprobado por el Departamento de Centros de Dia y Residenciales.

Los horarios de los servicios y actividades del Centro se podrán modificar de

acuerdo, o a instancia, del Departamento de Centros de Día y Residenciales, para adaptarlos a las necesidades y circunstancias de cada momento.

Los horarios se articularán, desde el criterio de flexibilidad y adaptación a las

diferentes necesidades de los usuarios.

• Normas de Funcionamiento y Carta de Servicios:

La empresa adjudicataria queda obligada al cumplimiento de los puntos establecidos en el documento denominado Funcionamiento de los Centros de Día, así como a la Carta de Servicios de Centros de Día, y a su difusión entre los usuarios y/o familiares.

• Comunicación de altas, bajas, modificaciones e incidencias de los Centros de Día:

Comunicará las incidencias que se produzcan respecto a la incorporación de

usuarios, así como las altas y bajas de los mismos, en el mismo día a la ocurrencia de aquellas a través de correo electrónico o sistema informático.

El adjudicatario comunicará al Departamento de Centros de Día y Residenciales

las incidencias y/o acontecimientos de carácter significativo producidos en el Centro, siempre con informe fundamentado, fechado y firmado por los profesionales implicados.

• Aportación del usuario: La empresa adjudicataria recibirá del usuario/a una parte del coste del servicio.

Para ello serán los profesionales de los Servicios Sociales distritales quienes realizarán el cálculo de la aportación correspondiente. Se aplicará el baremo, que a cada caso le corresponda, mediante Decreto del titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los servicios de atención a personas mayores a partir del 1 de enero de cada año. La Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales (Departamento de Centros de Día y Residenciales) comunicará por escrito a la empresa adjudicataria la cantidad que deberá cobrar a cada usuario/a.

En todo caso, el Ayuntamiento de Madrid sufragará las cantidades que sean necesarias para que el/la usuario/a no aporte más cantidad que la resultante de aplicar el baremo.

Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros días del

mes en curso, a la empresa adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

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La facturación de la asistencia se realizará por periodos mensuales o quincenales. La asistencia de uno o más días dentro de una quincena natural (considerándose como tal las comprendidas entre los días 1 a 15 y 16 a 31 de cada mes) conllevará el pago de esa quincena.

En el caso de enfermedad, debidamente justificada mediante informe médico,

(presentado a la/el Directora/or del Centro de Día), los/las usuarios/as, quedan excluidos/as de la aportación económica durante un mes y siempre que ésta tenga una duración superior a quince días. Si la duración de la enfermedad es inferior o igual a quince días deberán abonar toda la mensualidad. Si la enfermedad se prolongara más allá de un mes, se deberá abonar la mensualidad correspondiente. El periodo de tiempo máximo que se podrá estar ocupando la plaza sin acudir al Centro de Día será el que venga regulado la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid o norma que la sustituya.

Una vez que el usuario ha recibido el alta médica y presente un perfil adecuado para la atención en el Centro de Día, se deberá incorporar al Centro. En caso de no proceder a la incorporación, perderá el derecho a la plaza.

No existe ningún otro tipo de exención de pago o reducción de la aportación

económica de los usuarios por ningún otro motivo, sea, o no, justificado. El usuario debe aportar el coste del servicio mientras se encuentre dado de alta en el mismo, a excepción de enfermad, anteriormente referida.

El adjudicatario no podrá facturar a los usuarios cantidad adicional alguna por la

prestación de los servicios que en este Pliego se contemplan. 7.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.

Le corresponde a la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales

(Departamento de Centros de Día y Residenciales) del Ayuntamiento de Madrid el seguimiento y la supervisión del contrato de servicios, así como el seguimiento de la intervención en el Centro y la adecuada atención a los usuarios del mismo, cuyos técnicos podrán inspeccionar, en cualquier momento, el desarrollo del servicio, así como solicitar cuanta información requieran.

El seguimiento técnico de cada usuario corresponde al Distrito donde esté ubicado

el Centro, y se materializará a través de reuniones periódicas mensuales entre el coordinador, asignado por la empresa, y el trabajador social responsable del distrito, con el objetivo de realizar el seguimiento de la evolución de los usuarios y de la prestación en general.

Las relaciones entre la empresa adjudicataria y el Departamento de Centros de Día

y Residenciales, se canalizarán a través de un responsable asignado por la empresa. Dicho responsable actuará como interlocutor con el ente contratante, y en especial con el Departamento de Centros de Día y Residenciales, de quien recibirá y ejecutará las indicaciones que éste estime oportuno impartir, en relación a la prestación del servicio. El citado responsable deberá tener atribuciones suficientes para adoptar en su caso y al

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momento, las decisiones necesarias para asegurar el buen funcionamiento del mismo. La empresa adjudicataria deberá reasignar sustituto para supuesto de ausencia de dicho responsable.

El adjudicatario está obligado a informar a la Dirección General de Personas

Mayores y Servicios Sociales (Departamento de Centro de Día y Residenciales), en el mismo día que se produzca, sobre cualquier incidencia significativa que surja en el desarrollo y la prestación del servicio, y a facilitar puntualmente cuanta información le sea requerida en relación con la misma. Dispondrá para ello de un número de teléfono para poder comunicar estas emergencias.

El adjudicatario estará obligado, por parte del personal del Centro, a la grabación

inicial y seguimiento periódico de los datos vinculados a la plaza ocupada en el Centro. Estos datos son requeridos para la alimentación del sistema informático de la Comunidad de Madrid “Módulo de liquidación del convenio con el Ayuntamiento de Madrid para centros”, SIDEMA (Sistema de Información Dependencia de Madrid) y/u otro alternativo, que permita la actualización con carácter inmediato de los datos necesarios.

El Centro dispondrá de impresos numerados de solicitud normalizada, donde los

interesados podrán realizar sus reclamaciones y sugerencias. La empresa adjudicataria será la responsable de cursar, por registro municipal, las reclamaciones recepcionadas en el plazo de 24 horas desde la fecha de recepción.

Los Centros contarán con libros de felicitaciones, según el modelo definido por el

Departamento de Centros de Día y Residenciales. Dichos libros se colocarán en los Centros en lugar visible, para facilitar su conocimiento y/o utilización por los usuarios y familiares.

El equipo interdisciplinar del Centro se reunirá, al menos una vez al mes, para la

revisión de los Planes de Atención Personalizada (PAP). A estas reuniones se podrán incorporar técnicos municipales.

El seguimiento del contrato se hará mediante la presentación por parte de la

empresa adjudicataria de la relación de usuarios, especificando días de asistencia, transporte en su caso, aportación económica, altas y bajas del mes, conjuntamente con la factura correspondiente a cada mes y Centro, tal y como se establece en los modelos detallados en el Apartado VII del presente Pliego.

La empresa adjudicataria realizará los envíos de datos solicitados (facturación,

asistencia, informes) de forma electrónica a través de los medios, formas y protocolos que el Ayuntamiento disponga para la actualización de sus bases de datos.

El adjudicatario está obligado a ejecutar las indicaciones de la Dirección General

de Personas Mayores y Servicios Sociales (Departamento de Centros de Día y Residenciales) en todos aquellos aspectos relacionados con los signos de identidad corporativa o institucional en el edificio del Centro, en la uniformidad del personal, así como en los vehículos utilizados para el transporte de los usuarios y en la documentación y divulgación que se realice de las actividades y servicios que se prestan con cargo al presente contrato.

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8.- CLÁUSULAS SOCIALES.

El adjudicatario deberá acreditar, mediante declaración responsable, la obligación de que el servicio objeto del contrato ha sido producido y se ha desarrollado respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo.

Las prescripciones técnicas de este contrato han sido redactadas teniendo en cuenta la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con diversidad funcional, así como los criterios de accesibilidad universal y de diseño universal para todas las personas, tal y como son definidos estos términos en el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre (TRLGDPD).

En la determinación del precio del contrato se ha tenido en cuenta, el salario base

establecido en el Convenio Colectivo del Sector de Residencias y Centros de Día para Personas Mayores de la Comunidad de Madrid, (código número 28008255011995), así como todos los conceptos retributivos aplicables, como el plus de antigüedad, plus de transporte y las suplencias necesarias en el mes de vacaciones.

En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que sean necesarios para la ejecución del contrato y que se aporten al usuario, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad. Dichos documentos deberán ser siempre presentados previamente al Departamento de Centros de Día y Residenciales para su revisión y aprobación.

La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.

Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:

- La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.

- La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato.

- El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios.

- La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación que corresponda en cada caso.

- La empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas oportunas para evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal municipal o a los ciudadanos en general.

- La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable, la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal, destinado a la ejecución del contrato.

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Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, se exigirá a la empresa

adjudicataria, al inicio de la ejecución del contrato, y posteriormente, con periodicidad semestral, la presentación de una declaración responsable, en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social (TCs). 8.1 Cláusulas sociales. Condiciones especiales de ejecución.

Es condición especial de ejecución del contrato que la empresa adjudicataria

elabore un informe de impacto de género en relación con la ejecución del contrato, con indicadores y datos desagregados por sexo de las personas beneficiarias o usuarias del contrato, así como de la plantilla que ejecutará el mismo, detallando el contenido de las medidas de igualdad aplicadas. El informe deberá aportarse por la empresa adjudicataria antes de la finalización del contrato y deberá ser aprobado por el responsable del contrato (Conforme al modelo de Anexo VII del presente pliego).

Es condición especial de ejecución del contrato que la empresa adjudicataria

realice, durante la ejecución del contrato, como mínimo, 1 acción al año de sensibilización y formación, de duración mínima de 2 horas, con la plantilla adscrita a su ejecución, acerca de los derechos en materia de igualdad y conciliación recogidos en la normativa vigente y en el convenio de la empresa, o convenio colectivo del sector correspondiente.

La empresa adjudicataria deberá presentar al Departamento de Centros de Día y Residenciales, al inicio de la ejecución del contrato, la planificación de las acciones a realizar, en relación con el personal vinculado a la ejecución del mismo, así como su contenido. Antes de la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar un informe detallado sobre las actuaciones realizadas con determinación de su alcance y destinatarios.

Es condición especial de ejecución del contrato, que la empresa adjudicataria

organice, como mínimo, la impartición de un total de 20 horas anuales de formación profesional, en horario laboral sin devolución alguna de haberes, que mejoren la ocupación y la adaptabilidad de las personas adscritas a la ejecución del contrato, así como sus capacidades y su cualificación. Esta formación deberá ser exclusivamente de carácter presencial.

La formación será proporcional a la jornada del trabajador y al tiempo de

contrato si éste fuera eventual. Los temas de formación serán vinculados a la tarea profesional que desempeñe cada trabajador (incluidos los de transporte), dedicando especial atención a la referida al trabajo con personas mayores dependientes y al modelo de ACP.

La empresa adjudicataria deberá presentar al Departamento de Centros de Día y

Residenciales, anualmente: la formación impartida al personal vinculado a la ejecución del contrato, su contenido, así como el número de horas realizadas por cada profesional.

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Es condición especial de ejecución del contrato, que la empresa adjudicataria asuma la obligación de respetar los derechos laborales básicos a lo largo de toda la cadena de producción y el cumplimiento de las convenciones fundamentales de la Organización Internacional de Trabajo de los productos de comercio justo, y en especial:

• Las Convenciones 29 y 105, relativas a la supresión del trabajo forzado. • Las Convenciones 87 y 98, sobre libertad sindical, de asociación y

negociación colectiva. • La Convención 100, sobre la igualdad de remuneración entre la mano de

obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor. • La convención 111, contra la discriminación en el acceso al empleo y las

condiciones laborales por razones de raza, color, sexo, religión, opinión política, extracción nacional u origen social.

• La convención 138, sobre la abolición de la explotación y el trabajo infantil.

• La Convención 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y de acción inmediata para su eliminación.

9.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS, Y MODELO DE FACTURACIÓN.

Ver Apartado VII de este Pliego. 10.- IMAGEN CORPORATIVA

Ver Anexo II de este Pliego.

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II. SERVICIO DE RESPIRO FAMILIAR FIN DE SEMANA

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1.- DEFINICIÓN Es un programa social que se desarrolla en los 7 Centros enumerados en el

apartado 5 a través de un conjunto de actividades durante los fines de semana (sábados y/o domingos), en régimen diurno. 2.- OBJETIVOS

• Mejorar la calidad de vida tanto de las personas mayores como de sus familias

y/o cuidadores para facilitar la permanencia en el domicilio habitual recibiendo una atención profesional adecuada a sus necesidades.

• Proporcionar atención a personas mayores dependientes. • Facilitar apoyo a aquellas familias que atienden a personas dependientes. • Proporcionar el cuidado a la persona mayor durante el horario en el que acude al

Centro.

3.- CARACTERISTICAS DE LOS USUARIOS

Serán sujetos de atención y por tanto beneficiarios de este programa, aquellas familias, o cuidadores de una persona mayor, que padezca deterioro cognitivo, demencia, enfermedad de Alzheimer o cualquier otro tipo de dependencia cognitiva, física o relacional y que requieran de un tiempo de descanso, o respiro, que les permita liberar su sobrecarga, independientemente de que la persona mayor acuda, o no, a un Centro de Día durante el resto de los días de la semana. 4.- REQUISITOS

• Estar empadronado o ser residente en el municipio de Madrid. • No precisar una atención permanente y continuada en un centro sanitario,

residencial o centro de convalecientes. La determinación de los usuarios a ingresar en el Servicio de Respiro Familiar,

vendrá dada por los Servicios Sociales Municipales de Atención Primaria. Dado el perfil de los usuarios que acceden a este recurso, será necesario para la

tramitación del recurso que la familia o cuidador del usuario presente, junto con la solicitud, informe médico actualizado del especialista, que detalle la patología actual y la pauta de medicación actualizada. 5.- SERVICIOS QUE PROPORCIONA

En este epígrafe será de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en los epígrafes: 3.1.-Servicio de atención social, sanitaria preventiva y rehabilitadora. 3.2.- Servicio de Apoyo a la Familia. 3.3.- Servicio de Aseo y Cuidado Personal. 3.4.- Servicio de alimentación y nutrición. 3.5.- Servicio de transporte adaptado.

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La cobertura de ruta e influencia de los distritos asignados a cada Centro dotado con el Servicio de Respiro Familiar será la siguiente:

No obstante, existe la posibilidad de que el usuario pueda acudir a cualquiera de

estos dispositivos siempre que el familiar o cuidador principal lo lleve por su cuenta (no utilizando el transporte de que dispone el Centro).

6.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto 4.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA, de los párrafos 1 al 16 incluido.

Centro Día/ Residencias Dirección

Distrito de procedencia de

los usuarios

Margarita Retuerto C/ Francisco Altimiras, 4 Distrito. Salamanca.

Salamanca Retiro

Ciudad Lineal

Jazmín C/ Jazmín c/v Dalia Distrito: Ciudad Lineal.

Ciudad Lineal Hortaleza Barajas

Chamartín

Pamplona C/ Pamplona, 8 Distrito: Tetuán.

Tetuán Chamberí Moncloa

Vocal Vecino Justo Sierra

C/Fermín Caballero. Distrito: Fuencarral.

Fuencarral Chamartín

Tetuán

Loyola de Palacio C/ Silvina, 18 Distrito: Usera.

P. Vallecas Usera

Villaverde Villa Vallecas

Aurora Villa

C/Mercedes Arteaga, 18. Distrito: Carabanchel

Carabanchel Latina Centro

Arganzuela

Pablo Casals C/ Amposta c/v Pobladura del Valle Distrito: San Blas.

Ciudad Lineal Hortaleza San Blas Vicálvaro Moratalaz

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7.- PERFILES PROFESIONALES

• Trabajador/a Social. • DUE/ATS. • Fisioterapeuta. • Terapeuta Ocupacional. • Gerocultor/a. • Conductor/a. • Gerocultor/a (auxiliar de ruta)

8.- PERSONAL DE RESPIRO En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto 5.- PERSONAL NECESARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, según se trate de la opción del módulo A, de 1 a 15 usuarios diarios, o la opción B, de 16 a 30 usuarios diarios. 9.- HORARIO DE FUNCIONAMIENTO

El Servicio de Respiro Familiar se prestará, con carácter general, de 10,00 horas a

18,00 horas, sábados y domingos.

Los usuarios podrán incorporarse al servicio desde las 10:00 horas hasta las 11:00 horas de la mañana y saldrán del Centro entre las 16:30 y 19:00 horas.

Dentro del horario establecido y contemplado anteriormente se puede establecer flexibilidad en el horario de asistencia de aquellos usuarios que así lo demanden. Esta flexibilidad se establecerá por la mañana (entrada) o por la tarde (salida), garantizando que las horas de permanencia en el Centro de Día permitan al usuario hacer uso y aprovechar las actividades que en él se ofertan. En cualquier caso, la flexibilidad no afectará el servicio de comida en el centro, que será utilizado siempre por el usuario.

La utilización de esta flexibilidad no tendrá consecuencias en lo que respecta a la

aportación económica que le corresponda efectuar al usuario de acuerdo a los días de asistencia fijados. Se le podrá proporcionar servicio de transporte cuando coincida con el horario de entrada o salida del centro.

Este uso flexible del centro, a petición de los usuarios, deberá venir conformado y

razonado por la directora del Centro de Día y será aprobado por el Departamento de Centros de Dia y Residenciales.

Los horarios de los servicios y actividades del centro se podrán modificar de

acuerdo, o a instancia, del Departamento de Centros de Día y Residenciales, para adaptarlos a las necesidades y circunstancias de cada momento.

Los horarios se articularán, desde el criterio de flexibilidad y adaptación a las

diferentes necesidades de los usuarios.

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10.- PROCESO DE ADMISIÓN Y BAJAS

El acceso a las plazas del Servicio de Respiro Familiar se solicitará en el Centro de Servicios Sociales del Distrito correspondiente al domicilio del solicitante, cumplimentando la documentación prevista para tal fin. (Solicitud, informe médico y medicación actualizada).

La propuesta de alta/baja será enviada al Coordinador del Centro de Día

correspondiente por parte de los Servicios Sociales Municipales.

El Servicio de Respiro Familiar permite la modalidad de asistencia en el servicio en sábado y/o domingo. Una vez realizada la orden de alta, será el usuario y/o familia quien coordine con el Centro de Día, directamente, los días de asistencia al Centro, pudiendo variar según sus preferencia y/o necesidades. El número de plazas asignadas a cada Centro son 30 diarias, pudiendo estar de alta más de 30 usuarios, al acudir en frecuencias distintas, de sábado, domingo, o ambos días. • Comunicación de altas, bajas, modificaciones e incidencias de los Centros de

Día:

El adjudicatario comunicará al Departamento de Centros de Día y Residenciales las incidencias y/o acontecimientos de carácter significativo producidos en el Centro, siempre con informe fundamentado, fechado y firmado por los profesionales implicados.

Comunicará las incidencias que se produzcan respecto a la incorporación de

usuarios, así como las altas y bajas de los mismos, en el mismo día a la ocurrencia de aquellas a través de correo electrónico o sistema informático.

Serán motivos de baja permanente:

1. A petición del usuario.

2. No superar periodo de adaptación.

3. Traslado de municipio.

4. Pérdida de requisitos.

5. Incumplimiento de las obligaciones descritas en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid.

6. Incompatibilidad de servicios.

7. Superar período máximo de suspensión.

8. Otros.

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11.- APORTACION DEL USUARIO

Los beneficiarios de los servicios participarán en su financiación de acuerdo con

su capacidad económica y el coste del servicio establecido mediante precios autorizados por el Ayuntamiento de Madrid.

Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros días del mes en curso, a la empresa adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

12.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto 7.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO. 13.- CLÁUSULAS SOCIALES. En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto. 8.- CLÁUSULAS SOCIALES. 14.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS, Y MODELO DE FACTURACIÓN.

Ver Apartado VII de este pliego. 15.- IMAGEN CORPORATIVA

Ver Anexo II de este pliego.

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III. SERVICIO DE FISIOTERAPIA PREVENTIVA Y DE MANTENIMIENTO

PARA MAYORES

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1.- DEFINICIÓN El servicio de Fisioterapia Preventiva y de Mantenimiento se desarrolla, en los

Centros Municipales de Mayores y Centros de Dia que disponen del espacio y el equipamiento necesario.

La finalidad es mejorar la capacidad funcional de la persona mayor, evitando el

deterioro progresivo, mediante actividades de fisioterapia grupal preventiva y de mantenimiento.

2.- OBJETIVOS

• Proporcionar atención rehabilitadora de carácter preventivo. • Mantener las habilidades físicas y la autonomía de las personas mayores. • Aumentar las capacidades funcionales, que con la edad y los procesos

patológicos ligados a ésta, están disminuidas y pueden llegar a ser invalidantes. • Mejorar la calidad de vida, facilitando y manteniendo las actividades de la vida

cotidiana. • Facilitar la integración en el ámbito social.

3.- CARACTERISTICAS DE LOS USUARIOS

Podrá ser usuario de este servicio toda persona:

• Titular de la tarjeta madridmayor.es. • Afectada de algún deterioro físico, secundario a patología crónica

invalidante, que haga aconsejable atención fisioterapéutica (ictus residual, enfermedad de Parkinson, poliartrosis avanzada...).

• En caso de necesitar ayuda de una persona para su desplazamiento o transferencias, solo podrá ser admitido si acude al grupo con un acompañante que le auxilie en dichas actividades.

4.- CRITERIOS DE EXCLUSIÓN

• Incapacidad física invalidante que impida la realización de trabajo

fisioterapéutico en grupo. • Padecer enfermedad infecto-contagiosa en fase activa. • Enfermedad física aguda o subaguda que precise de tratamiento específico

y por tanto requiera atención en un nivel del sistema sanitario. • Enfermedad cardiaco-respiratoria o infecciosa que contraindique el

ejercicio. • Enfermedad mental que impida la colaboración y trabajo en grupo. • Quedan excluidas las personas mayores sin problemática de salud, y que

puedan beneficiarse de otros tipos de ejercicio físico (en Centros Deportivos Municipales, Centros Culturales y Comunitarios, grupos con monitor de gimnasia, etc.).

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5.- PROCESO DE ADMISION

Las personas que deseen acceder a los grupos de Fisioterapia Preventiva y de Mantenimiento del Ayuntamiento de Madrid, deberán acudir al Centro de Servicios Sociales de la Junta Municipal de su Distrito.

Recibida la demanda, desde el Centro de Servicios Sociales del Distrito, se

realizará una valoración inicial por parte del/la la Trabajador/a Social de referencia estableciéndose la idoneidad del servicio.

Una vez recibida la documentación necesaria y concretada la idoneidad del

recurso, desde el Centro de Servicios Sociales, se realizará la propuesta de alta al Director del Centro de Día, según el Lote/Distrito y Centro de Día correspondiente (establecido en el Anexo I del presente pliego). Una vez recepcionadas las posibles altas el fisioterapeuta del servicio procederá a:

- Ponerse en contacto telefónico con el usuario para concertar una cita en la que se

llevará a cabo la valoración. - Efectuar la valoración de las características del usuario, su capacidad funcional y

sus necesidades. - En el caso de existir plazas vacantes articulará el alta en el Centro

correspondiente. - En caso de que no haya plazas vacantes gestionará una lista de espera teniendo

en cuenta el orden de antigüedad en la presentación de la solicitud derivada por el distrito.

- En caso de que existan suficientes usuarios en lista de espera como para crear un grupo nuevo, se solicitará por parte del responsable de la empresa adjudicataria al Departamento de Centros de Día y Residenciales, siempre en coordinación con el responsable del programa de mayores del Distrito, la creación de un nuevo grupo. No bastará con que haya un número suficiente de solicitantes en lista de espera, sino que será necesario que estos demanden días y horas que permitan crear un grupo operativo (Siempre un mínimo de 10 usuarios por grupo y hora).

- Una vez admitido el usuario, se elaborará un programa de actuación (siguiendo

los modelos de documentación del servicio de Fisioterapia Preventiva aportados por el Ayuntamiento de Madrid) y se diseñarán los objetivos con indicación de la temporalidad para su consecución, pudiendo permanecer en el servicio hasta que los mismos se cumplan. No obstante, el fisioterapeuta, semestralmente, efectuará evaluación y seguimiento de cada caso en base a los objetivos planteados. 6.- COORDINACION

Las relaciones entre la empresa adjudicataria y la Dirección General de Personas

Mayores y Servicios Sociales del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo se canalizarán a través del responsable del servicio, designado por la empresa.

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Funciones del responsable del servicio:

• Mantener reuniones periódicas con los técnicos municipales correspondientes a cada Distrito donde se efectúa la actividad para realizar el seguimiento de la evaluación de los usuarios y de la prestación en general.

• Información mensual al Departamento de Centros de Día y Residenciales de las altas y bajas de nuevos grupos asignados.

• Realizar y derivar al Departamento de Centros de Día y Residenciales un informe mensual junto con la facturación del servicio de los grupos que se desarrollan en cada centro, horarios y número de usuarios de los mismos.

• Supervisar el funcionamiento de los grupos de Fisioterapia velando por su buen cumplimiento e informando de cualquier incidencia.

• Supervisar que el material necesario para llevar a cabo los grupos sea el suficiente y se encuentre siempre en buen estado.

• Realizar las gestiones necesarias para la compra, restitución y eliminación del material cuando proceda.

• Coordinar con el Departamento de Centros de Día y Residenciales cualquier incidencia, peticiones de informes, reuniones y todo aquello necesario para el buen funcionamiento del servicio.

7.- FUNCIONAMIENTO

Los grupos funcionarán en días laborables, de lunes a viernes, contemplando la

posibilidad de que los usuarios acudan al mismo en la frecuencia de 1,2, 3,4 o 5 días a la semana.

La definición operativa de un grupo de fisioterapia preventiva es la siguiente:

sería aquel grupo que destinando una hora diaria, de lunes a viernes, está compuesto de un total de entre un mínimo de 10 y un máximo de 15 usuarios.

A la puesta en marcha del presente servicio, las empresas adjudicatarias de los

distintos lotes asumirán los grupos en número y composición actual en cada Distrito y Centros donde se realizan.

La duración de las sesiones, será de una hora por grupo y el horario se establecerá teniendo en cuenta no interferir con el horario de actividades del Centro Municipal de Mayores. Además de las horas efectivas de trabajo grupal, el fisioterapeuta dedicará un tiempo estimado en una hora semanal, por cada grupo constituido, para la realización de llamadas para nuevas valoraciones, revaloraciones, seguimientos y control de la lista de espera.

En la medida de lo posible se realizarán actividades encaminadas a paliar o

mejorar problemas específicos (trastornos del equilibrio, caídas, insuficiencia cardiovascular, debilidad muscular), siempre desde la óptica grupal y de mantenimiento funcional.

En ningún caso estarán incluidas actividades específicas para el tratamiento

individualizado.

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Con una periodicidad mínima de seis meses desde la incorporación del usuario a los grupos, el fisioterapeuta realizará una revisión programada para evaluar el cumplimiento de los objetivos diseñados al ingreso. Si estos se hubieran cumplido, lo pondrá en conocimiento del responsable de la empresa para coordinar con los servicios municipales para que se proceda a dar de baja la actividad.

Los usuarios podrán estar de baja temporal justificada y razonada, siempre

abonando la cuota correspondiente del servicio, un máximo de 3 meses. Pasados los tres meses de baja temporal en el servicio, se procederá a dar la baja definitiva. En caso de que la baja haya sido por enfermedad intercurrente del usuario, al valorar la reincorporación, ésta se considerará como preferente.

Si un usuario no acude durante un mes o más por vacaciones y no quiere perder su

plaza, deberá abonar dicho mes y solicitarlo al Centro a través del documento correspondiente (siguiendo los modelos especificados por el Ayuntamiento de Madrid). En caso contrario, se le dará la baja en el servicio y se ofertará a otra persona que se encuentre en lista de espera.

Serán motivos de baja permanente:

1. A petición del usuario.

2. Traslado de municipio.

3. Fallecimiento.

4. Pérdida de requisitos de acceso al servicio.

5. Incumplimiento de las obligaciones. 6. Superar periodo máximo de suspensión (máximo 3 meses).

7. Otros. 8.- EQUIPAMIENTO

Para el desarrollo de la actividad de fisioterapia será necesario disponer de un

gimnasio/sala de rehabilitación, o una sala diáfana y amplia, equipada adecuadamente para su labor.

El responsable de la empresa supervisará el orden, limpieza y funcionalidad de los

espacios, coordinando con el Departamento de Centros de Día y Residenciales y con el Distrito respectivamente, las medidas necesarias para resolver cualquier incidencia al respecto.

Con cargo al Lote del Centro de Dia asignado a la empresa adjudicataria y su

dotación económica, se cargarán todos los gastos necesarios para la reposición y/o compra de material necesario.

Dicho material se adquirirá siempre en coordinación con el Departamento de

Centros de Día y Residenciales solicitando presupuesto previo para su autorización.

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9.- PERSONAL

1 Fisioterapeuta (seis horas semanales por grupo) encargado de llevar a cabo el Servicio de Fisioterapia en los Centros.

10.- SEGUIMIENTO Y EVALUACION

La empresa adjudicataria presentará una memoria anual, en la que se sintetizarán los datos relativos al desarrollo del servicio, así como la identificación del personal asignado por la empresa a la gestión del Servicio de Fisioterapia Preventiva y de Mantenimiento.

En la memoria anual la empresa adjudicataria incluirá una información

cuantitativa del funcionamiento del Servicio de Fisioterapia Preventiva y de Mantenimiento y una evaluación sobre la satisfacción de los usuarios.

La realización de dicha memoria, según modelo que determinará el Ayuntamiento de Madrid, deberá estar a disposición del Departamento de Centros de Día y Residenciales antes del 31 de enero de cada año y a la finalización de la prestación.

Las relaciones entre la empresa adjudicataria y el Departamento de Centros de Día y Residenciales, se canalizarán a través de un responsable asignado por la empresa. Dicho responsable actuará como interlocutor con el ente contratante, y en especial con el Departamento de Centros de Día y Residenciales, de quien recibirá y ejecutará las indicaciones que estime oportuno impartir, en relación a la prestación del servicio. Deberá tener atribuciones suficientes para adoptar, en su caso y al momento, las decisiones necesarias para asegurar el buen funcionamiento del mismo. La empresa adjudicataria deberá designar sustituto para supuesto de ausencia de dicho responsable.

El adjudicatario está obligado a informar a la Dirección General de Personas

Mayores y Servicios Sociales (Departamento de Centro de Día y Residenciales) en el mismo día que se produzca, sobre cualquier incidencia significativa que surja en el desarrollo y la prestación del servicio, y a facilitar puntualmente cuanta información le sea requerida en relación con la misma.

El Centro donde se desarrolle el Servicio de Fisioterapia Preventiva y de

Mantenimiento dispondrá de impresos numerados de solicitud normalizada, donde los interesados podrán realizar sus reclamaciones y sugerencias. La empresa adjudicataria será la responsable de cursar, por registro municipal, las reclamaciones recepcionadas en el plazo de 24 horas desde la fecha de recepción.

La empresa realizará los envíos de datos solicitados (facturación, asistencia, informes) de forma electrónica a través de los medios, formas y protocolos que el Ayuntamiento disponga para la actualización de sus bases de datos.

El adjudicatario está obligado a ejecutar las indicaciones de la Dirección General

de Personas Mayores y Servicios Sociales (Departamento de Centros de Día y Residenciales) en todos aquellos aspectos relacionados con los signos de identidad corporativa o institucional en la uniformidad del personal, así como en la

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documentación y divulgación que se realice de las actividades y servicios que se prestan con cargo al presente contrato.

Mensualmente la empresa adjudicataria remitirá listados por grupos de los usuarios que han realizado la actividad. Estos listados contendrán los datos según modelo establecido en el Apartado VII del presente pliego. Este listado se remitirá tanto a los Servicios Sociales de la Junta Municipal de Distrito donde se desarrolla, como al Departamento de Centros de Día y Residenciales. Esta relación es precisa, además, para poder tramitar el abono de los servicios prestados.

11.- APORTACION DEL USUARIO Los beneficiarios de los servicios abonarán la aportación del coste del servicio establecido mediante precios autorizados o, en su caso, tarifas vigentes aprobadas por el Ayuntamiento de Madrid. Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros días del mes que se presta el servicio, a la empresa adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

La aportación de los usuarios se calculará mensual o quincenalmente, no pudiendo prorratearse en ningún caso por días de asistencia. 12.- CLÁUSULAS SOCIALES. En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto. 8.- CLÁUSULAS SOCIALES. 13.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS, Y MODELO DE FACTURACIÓN Ver Apartado VII de este pliego. 14.- IMAGEN CORPORATIVA Ver Anexo II de este pliego.

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IV. CENTRO MUNICIPAL DE ATENCIÓN INTEGRAL NEUROCOGNITIVA

DR. SALGADO ALBA

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1.- INTRODUCCIÓN

El Centro Municipal de Atención Integral Neurocognitiva Dr. Salgado Alba se define como un equipamiento destinado a prestar atención sociosanitaria y rehabilitadora a personas con diagnóstico de Deterioro Cognitivo de perfil degenerativo de inicio precoz. Personas que precisan atención especializada, con el objetivo de mejorar su calidad de vida y la de sus familiares y/o cuidadores. Pretende proporcionar las terapias y los medios necesarios para mantener las capacidades funcionales y cognitivas el mayor tiempo posible.

Este equipamiento está integrado por:

• Unidad de Estancias Diurnas (UED). • Unidad de Intervención Ambulatoria (UIA), (de lunes a viernes). • Servicio de Ocio y tiempo libre en fines de semana, como recurso

específico que desarrolla un programa continuado de actividades de tiempo libre los fines de semana.

2.- CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO.

El Centro Municipal de Atención Integral Neurocognitiva Dr. Salgado Alba

del Ayuntamiento de Madrid está localizado en la calle Armengot nº 2, Distrito de Carabanchel, ubicado en la planta baja. Da cobertura a todo el municipio de Madrid y tiene capacidad para atender a 45 personas en Unidad de Estancias Diurnas y en la “Unidad de Intervención Ambulatoria” a 15 personas diarias, ambas de lunes a viernes.

La Unidad de Estancias Diurnas está destinada a personas con diagnóstico de

trastorno neurocognitivo de perfil degenerativo o mixto en fase leve, leve/moderado y moderado y que presenten una situación que haga aconsejable su atención en un Centro especializado. Con edades comprendidas entre 30 y 65 años, sin límite de permanencia en el Centro por edad, siempre que el deterioro cognitivo no evolucione a fases severas de la enfermedad, GDS 6-7. En estos casos se procederá, tras valoración interdisciplinar y consensuada con la familia, al traslado de la persona a un CDEA próximo a su domicilio.

El diagnóstico de Trastorno neurocognitivo de Perfil Degenerativo es

imprescindible en los casos secundarios a daño cerebral adquirido y a ingesta de sustancias o medicamentos, teniendo en cuenta, en estos casos, que la historia de abstinencia debe ser superior a 2 años.

Las empresa licitadora al lote 11, en el que este Centro se integra, deberá

presentar, dentro del proyecto que presente, la descripción técnica de la ejecución de la prestación, de los medios materiales y técnicos que se describen en los diferentes apartados, y deberá contener como mínimo las exigencias técnicas establecidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.

Respecto a la Unidad de Intervención Ambulatoria, podrá ser beneficiario de la

misma toda persona que:

- Esté empadronada en el municipio de Madrid.

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- Con edad comprendida entre los 30 y 65 años. - Que no presente enfermedad infectocontagiosa. - Que no presente trastorno mental o de conducta que dificulte la adhesión

al tratamiento. - Personas que presenten deterioro cognitivo (avalado por diagnóstico

neurológico) en grado leve, leve–moderado. En cualquier caso, la idoneidad de la asistencia a la unidad, así como el número de sesiones de intervención, vendrá determinada por la valoración previa realizada de los técnicos de la propia unidad, implicados en el tratamiento.

3.- SERVICIOS QUE HAN DE PRESTARSE

La empresa adjudicataria garantizará, la realización de los servicios y

prestaciones, así como aportará los medios materiales y personales necesarios para hacer efectivos los mismos.

Todos estos servicios, programas y prestaciones se realizarán conforme a los

requerimientos que a continuación se describen, siendo responsabilidad del adjudicatario su cumplimiento y facilitando a estos efectos la labor de supervisión y control de los servicios por parte de los técnicos y resto de personal del Ayuntamiento de Madrid.

El modelo de Atención Centrado en la Persona (ACP) será la referencia básica de

trabajo en este Centro. A. UNIDAD DE ESTANCIA DIURNA

3.1.-Servicio de atención social, sanitaria preventiva y de intervención: Con las principales actividades:

3.1.1.-Programa de acogida en el Centro: El Centro Municipal de Atención Integral Neurocognitiva deberá disponer de un

programa de acogida dirigido al usuario/a, familia y cuidador/a con la finalidad de informar de los objetivos, actividades y normas del Centro, conocer las instalaciones del mismo y presentar a los profesionales.

3.1.2.-Valoración integral interdisciplinar de la situación personal y familiar:

En el momento de ingreso de los usuarios se procederá a realizar la valoración

interdisciplinar, en base a la que se elaborará el PAP, que comprenderá todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y/o mantener su salud y autonomía personal en el mayor grado posible.

La valoración integral debe evaluar las siguientes áreas:

- Salud física. - Funcional. - Cognitiva/afectiva.

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- Conductual. - Sociofamiliar. - Lenguaje y comunicación.

La valoración se debe realizar de forma progresiva a lo largo de los primeros

días del ingreso y completarse en un plazo inferior a un mes. En el caso de la Unidad de Intervención Ambulatoria (UIA) la valoración interdisciplinar se realizará previa al tratamiento recomendado. Cada profesional realizará la valoración correspondiente a su área. Una vez finalizada se deben reunir todos los profesionales implicados, elaborando el PAP siempre teniendo en cuenta su plan de vida.

De cada usuario debe existir un expediente personal único que constará de: la

información social, sanitaria (médica, enfermería, fisioterapia, terapia ocupacional, logopedia y psicológica), así como los informes técnicos correspondientes, diagnósticos, tratamientos prescritos actualizados y el seguimiento y la evolución del PAP que se haya fijado, así como las incidencias producidas.

3.1.3.- Programa de atención sanitaria:

Debe comprender las actuaciones propias de la medicina preventiva, dirigidas a mantener y mejorar la salud de los usuarios, las actuaciones de medicina asistencial necesarias, así como el desarrollo de programas de intervención (fisioterapia, terapia ocupacional, logopedia y psicología), sin obviar la utilización de los servicios sanitarios del Sistema de Salud, al que pueda estar acogido el usuario.

Se ocupará de la realización de:

- Detección de situaciones de riesgo. - Seguimiento de patologías crónicas. - Educación para la salud. - Fisioterapia grupal, adaptada a las necesidades individuales. - Entrenamiento y mantenimiento de las actividades de la vida diaria,

(AVD), adaptadas a las necesidades individuales de cada persona. - Entrenamiento y mantenimiento de las capacidades intelectuales. - Actividades de logopedia grupal y/o individual. - Programas de actuación según los distintos protocolos: alimentación y

nutrición, administración de medicación, control de esfínteres, prevención de caídas, urgencia sanitaria, enfermedades transmisibles y todos aquellos que se determinen de interés para su implantación.

3.1.4.- Programa de atención psicológica: Que comprenderá el diagnóstico y evaluación de los usuarios, así como los

tratamientos individuales o de grupo que precisen, así como la atención a las necesidades de las familias. Debe incluir como mínimo:

- Terapias psicoafectiva. - Intervención individual familiar.

3.1.5.- Programa de atención social:

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Que incluirá entre sus actividades el diseño de intervención social, la atención a las necesidades sociales de los usuarios, la promoción de la integración y participación en la vida del centro, y las relaciones con los familiares de los usuarios. Debe incluir como mínimo:

- Apoyo, información y asesoramiento social sobre otros recursos que permitan mejorar su atención.

- Promover, junto al resto del equipo del centro, actividades culturales, recreativas y de relación social.

- Apoyar en la integración en el centro. - Terapias socializadoras.

3.2.- Servicio de Apoyo a la Familia

Que incluirá actividades de intervención en el entorno del Centro de Día, de

participación social y un programa de calidad y mejora continua.

- Apoyo y ayuda en el proceso de la enfermedad. - Actividades de formación e información sobre temas vinculados con la

enfermedad y con la atención que se presta en el Centro. - Ofrecer a la familia su participación en actividades del centro. - Promover su participación en otros programas municipales.

Se desarrollará con familias y/o cuidadores un trabajo estructurado de psicoterapia, información, formación y apoyo.

3.3.- Servicio de aseo y cuidado personal

Se tendrá especial atención al cuidado personal, control y protección del usuario, que comprenderá la prestación de la asistencia necesaria para la realización de las actividades elementales de la vida diaria (aseo, higiene personal, vestido, alimentación), así como aquellas actividades encaminadas a la protección y salvaguarda de su integridad personal.

Deberá garantizarse el aseo personal diario de los usuarios, que así lo

requirieran, prestándoles apoyo en el grado que sea necesario en cada caso. Los útiles de aseo personal serán a cargo del usuario. El adjudicatario adoptará

las medidas oportunas para que dichos útiles estén convenientemente identificados de manera que garantice su utilización exclusiva por su propietario. Los usuarios aportarán, a su cargo, el material de incontinencia.

3.4.- Servicio de alimentación y nutrición

En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el epígrafe 3.4.- Servicio de alimentación y nutrición.

3.5.- Servicio de transporte adaptado Este servicio deberá dar cobertura a los 21 distritos del municipio de Madrid.

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En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el epígrafe 3.5.- Servicio de transporte adaptado.

B. UNIDAD DE INTERVENCIÓN AMBULATORIA

En un intento de acercar más las terapias del Centro Dr. Salgado Alba a las

necesidades terapéuticas de los usuarios, se establecerán, con horario de mañana y tarde, una serie de actividades específicas individuales, y/o grupales, a las que podrán asistir las personas que por recomendación del equipo interdisciplinar o por decisión de la persona o de sus familiares y/o cuidadores, no utilicen los servicios completos que el Centro de Estancias Diurnas (UED) ofrece.

Estas terapias se realizarán de forma programada en los horarios previamente

establecidos y consensuados con el equipo técnico, tras una valoración multidisciplinar. Se ofrecerán las siguientes actividades:

- Terapias de Estimulación cognitiva. - Terapias de Mantenimiento de AVD. - Fisioterapia. - Logopedia. - Psicoterapia.

Los servicios de la Unidad de Intervención Ambulatoria serán los siguientes: 3.1 Servicio de Atención social, sanitaria preventiva y de intervención:

Con las principales actividades: 3.1.1 Programa de acogida en el Centro:

Deberá disponer de un programa de acogida dirigido al usuario, familia y/o cuidador/a, con la finalidad de informar de los objetivos, actividades y normas, conocer las instalaciones del mismo, así como presentar a los profesionales.

3.1.2 Valoración integral multidisciplinar de la situación personal y familiar:

En el momento de ingreso se procederá a realizar un estudio y valoración interdisciplinar, base a los cuales se elaborará su PAP, que comprenderá todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y/o mantener su salud y autonomía personal en el mayor grado posible.

La valoración integral debe evaluar las siguientes áreas:

- Funcional (AVD’s). - Cognitiva. - Psicoafectiva. - Sociofamiliar. - Lenguaje y comunicación.

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La valoración se deberá hacer previa al tratamiento recomendado. Cada profesional realizará la valoración correspondiente a su área. Una vez finalizada, se deben reunir todos los profesionales implicados con el usuario y/o familiar, elaborando el PAP.

De cada usuario/a debe existir un expediente personal único que constará de:

información social y sanitaria (Médica, Fisioterapia, Logopedia, Terapia Ocupacional y Psicología), así como los informes técnicos correspondientes, diagnósticos, tratamientos prescritos y el seguimiento y evolución del PAP, que se haya fijado, así como las incidencias producidas.

Se ocupará de la realización de:

3.1.3.-Programa de atención psicológica:

Comprenderá el diagnóstico y evaluación, así como los tratamientos individuales o de grupo que precisen, así como la atención a las necesidades de las familias y/o cuidadores/as. Deberá incluir como mínimo:

- Terapias psicoafectivas. - Terapias de intervención familiar.

3.1.4 Programa de atención social:

Que incluirá entre sus actividades el diseño de intervención social, la atención a las necesidades sociales, la promoción de la integración y participación en la vida del Centro, y las relaciones con familiares y/o cuidadores/as. Deberá incluir como mínimo:

- Apoyo, información y asesoramiento social sobre otros recursos

que permitan mejorar su atención. - Educación social.

3.1.5- Servicio de apoyo a la familia y/o cuidador:

Que contendrá actividades de intervención en el entorno y de participación social:

- Apoyo y ayuda en el proceso la enfermedad. - Actividades de formación e información sobre temas

vinculados con la enfermedad. - Ofrecer a la familia su participación en las actividades del Centro. - Promover su participación en otros programas municipales.

3.1.6 Servicio de transporte adaptado: La Unidad de Intervención Ambulatoria no dispondrá de servicio de transporte

específico.

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C. SERVICIO DE OCIO Y TIEMPO LIBRE EN FINES DE SEMANA

El Centro Dr. Salgado Alba ofrecerá un servicio de actividades de tiempo libre dirigidas al usuario y su familia. Se desarrollarán los fines de semana (no festivos), en régimen diurno, con horario general de 10:00 a 18:00, pudiendo sufrir modificaciones en función de las características de la actividad concreta ofertada ese día, o por necesidades del servicio y siempre previa comunicación a las familias y/o usuarios.

En términos generales se proporcionará:

• Programa de Atención Social. Incluyendo: o actividades culturales, recreativas y de relación social. o terapias socializadoras.

• Atención Sanitaria. Incluyendo: o seguimiento de patologías crónicas. o entrenamiento y mantenimiento en Actividades de la Vida Diaria,

(AVD) y de capacidades Cognitivas. • Aseo y cuidado personal. • Alimentación y nutrición. • Transporte adaptado.

A tal efecto el número mínimo de vehículos será el que se determina en Anexo I del presente Pliego 4.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA. En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto 4.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA, de los párrafos 1 al 16 incluido. 5.- PERSONAL NECESARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El Centro objeto del contrato contará con una plantilla suficientemente dotada para el conjunto de servicios que deben prestar, garantizando una atención integral y globalizada.

Perfiles profesionales: • Director/a, (Titulado medio o superior). Deberá contar con la titulación de

Director de Centros de Servicios Sociales. • Psicólogo clínico con experiencia en intervención familiar, psicoterapia y

mediación de más de 1 año. • Trabajador/a Social. • Logopeda. • DUE • Fisioterapeuta. • Terapeuta Ocupacional. • Auxiliares de clinica/sociosanitario

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• Conductor/a. • Auxiliares de clinica/sociosanitario (Auxiliar de ruta)

En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto 5.- PERSONAL NECESARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. 6.- FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.

• Acceso al servicio:

El acceso a las plazas del Centro Municipal de Atención Integral Neurocognitiva Dr. Salgado Alba se solicitará en el Centro de Servicios Sociales del Distrito correspondiente al domicilio del solicitante, cumplimentando la documentación prevista para tal fin.

Tanto la orden de alta, baja y/o cambio de la modalidad de asistencia en el

servicio, será competencia exclusiva del Departamento de Centros de Día y Residenciales.

Serán motivos de baja permanente: 1. A petición del usuario. 2. Traslado de municipio. 3. No superar periodo de adaptación.

4. Pérdida de requisitos. Agravamiento de la enfermedad que motivó su alta en el Centro. (Paso a GDS 6-7). 5. Incumplimiento de las obligaciones descritas en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid.

6. Incompatibilidad de servicios. 7. Superar periodo máximo de suspensión. 8. Otros.

• Horario del centro:

El Centro de Estancias Diurnas funcionará, con carácter general, en días laborables de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas. Este horario es flexible atendiendo a las necesidades de la persona, así como de sus familias, los usuarios podrán acceder al centro entre las 8:00 y las 11:00 horas y salir entre las 14:00 y las 20:00 horas. Se puede contemplar la posibilidad de que el usuario decida comer o no en el Centro. De todas estas modalidades se dará información al Departamento de Centros de Día.

La utilización de esta flexibilidad no tendrá consecuencias en lo que respecta a la

aportación que le corresponda efectuar al usuario de acuerdo a la modalidad y días de asistencia fijados. Se le podrá proporcionar servicio de transporte cuando coincida con el horario de entrada o salida del Centro.

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Este uso flexible del centro, a petición de los usuarios, deberá venir conformado y razonado por la Directora del Centro de Día.

Los horarios de los servicios y actividades del centro se podrán modificar de

acuerdo, o a instancia, del Departamento de Centros de Día y Residenciales, para adaptarlos a las necesidades y circunstancias de cada momento.

Los horarios se articularán, desde el criterio de flexibilidad y adaptación a las

diferentes necesidades de los usuarios. La intensidad de la atención no vendrá dada por el Grado de Dependencia o BSN

sino por indicación técnica y necesidades de la persona y/o familiares. La Unidad de Intervención Ambulatoria, funcionará con carácter general de

lunes a viernes, en días laborables y con horario general de 9:00 a 14:00 con posibilidad de atender por las tardes en función a la demanda y necesidad de la persona interesada. Las sesiones de intervención, de duración de 30 a 45min., se realizarán de manera individual, o en grupos reducidos, de no más de tres participantes.

Los horarios se articularán, desde el criterio de flexibilidad y adaptación a las diferentes necesidades y preferencias de los usuarios.

El servicio de Tiempo Libre se desarrollará los fines de semana (no festivos) en

régimen diurno con horario general de 10:00 – 18:00 (S y/o D), pudiendo sufrir modificaciones en función de las características de la actividad concreta ofertada ese día, por necesidades del servicio y siempre previa comunicación a las familias y/o usuarios/as.

• Normas de Funcionamiento y Carta de Servicios: La empresa adjudicataria queda obligada al cumplimiento de los puntos

establecidos en el documento denominado Funcionamiento del Centro Municipal de Atención Integral Neurocognitiva Dr. Salgado Alba, así como a su difusión entre los usuarios y/o familiares.

• Comunicación de altas, bajas, modificaciones e incidencias:

El adjudicatario comunicará al Departamento de Centros de Día y Residenciales

las incidencias y/o acontecimientos de carácter significativo acontecidos en el centro, siempre con informe fundamentado, fechado y firmado por los profesionales implicados.

Comunicará, a su vez, las incidencias que se produzcan respecto a la

incorporación de usuarios, así como las altas y bajas de los mismos, dentro de los tres días siguientes a la ocurrencia de aquellas a través de correo electrónico o sistema informático.

• Aportación del usuario:

Los beneficiarios de los servicios de Centro de Dia, Actividades en la Unidad de Intervención Ambulatoria (UIA) y el Servicio de Ocio y tiempo libre en fines de

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semana, participarán en su financiación según su capacidad económica y el coste del servicio establecido por el Ayuntamiento, de acuerdo con el baremo vigente.

Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros días del

mes en curso, a la empresa adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto. La facturación de la asistencia se realizará por periodos mensuales o quincenales.

La asistencia de uno o más días dentro de una quincena natural (considerándose como tal las comprendidas entre los días 1 a 15 y 16 a 31 de cada mes) conllevará el pago de esa quincena.

En el caso de enfermedad, debidamente justificada mediante informe médico,

(presentado a la/el Directora/or del Centro de Día), los/las usuarios/as, quedan excluidos/as de la aportación económica durante un mes y siempre que ésta tenga una duración superior a quince días. Si la duración de la enfermedad es inferior o igual a quince días deberán abonar toda la mensualidad. Si la enfermedad se prolongara más allá de un mes, se deberá abonar la mensualidad correspondiente. El periodo de tiempo máximo que se podrá estar ocupando la plaza sin acudir al Centro de Día será el que venga regulado la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid o norma que la sustituya.

Una vez que el usuario ha recibido el alta médica y presente un perfil adecuado para la atención en el Centro de Día, se deberá incorporar al centro. En caso de no proceder a la incorporación perderá el derecho a la plaza.

El adjudicatario no podrá facturar a los usuarios cantidad adicional alguna por la

prestación de los servicios que en este pliego se contemplan con cargo al mismo. No existe ningún otro tipo de exención de pago o reducción de la aportación

económica de los usuarios por ningún otro motivo, sea, o no, justificado. El usuario debe aportar el coste del servicio mientras se encuentre dado de alta en el mismo, a excepción de enfermad, anteriormente referida. 7.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.

En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto 7.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO. 8.- CLÁUSULAS SOCIALES.

En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto. 8.- CLÁUSULAS SOCIALES.

9.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS, Y MODELO DE FACTURACIÓN Ver Apartado VII de este pliego.

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10.- IMAGEN CORPORATIVA Ver Anexo II de este pliego.

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V. CENTROS INTEGRADOS POR RESIDENCIAS Y CENTROS DE DÍA

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1.- INTRODUCCIÓN

Los Centros Integrados se componen de una zona Residencial y otra de Centro de Día. La zona de Centro de Día se define como el equipamiento destinado a prestar atención socio-sanitaria preventiva y rehabilitadora al colectivo de personas mayores en régimen diurno. La zona Residencial se define como el equipamiento destinado al alojamiento y atención especializada a aquellas personas que precisan de asistencia continuada en la realización de las actividades de la vida diaria, y que por su situación, familiar, económica y social, así como por sus propias limitaciones de autonomía personal, no pueden ser atendidas en sus propios domicilios, y que por diversas circunstancias no tienen acceso a una plaza de la red pública de residencias de la Comunidad de Madrid.

El objetivo es proporcionar una atención integral y especializada a personas mayores dependientes, afectadas tanto con deterioro cognitivo y otras demencias, como con deterioro físico, recibiendo una atención profesional adecuada a sus necesidades. 2.- TIPOLOGÍA DE LOS CENTROS Centros para personas mayores con deterioro cognitivo, enfermedad de Alzheimer y otras demencias denominados:

• Centro Integrado Margarita Retuerto. • Centro Integrado Jazmín.

Centro para personas mayores con deterioro físico denominado:

• Centro Integrado Santa Engracia.

Las empresas licitadoras deberán presentar un proyecto con descripción técnica de la ejecución de la prestación, de los medios materiales y técnicos que se describen en los diferentes apartados, que deberá contener como mínimo las exigencias técnicas establecidas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.

2.1.- Centro Integrado “Margarita Retuerto”.

El Centro integrado para enfermos de Alzheimer “Margarita Retuerto” está

ubicado en la calle de Francisco Altimiras nº 2-4, con una superficie de 12.353 metros cuadrados, distribuidos en planta baja, cuatro plantas, y dos plantas sótanos. Se encuentra ubicado en el Distrito de Salamanca y se compone de un área residencial y un área de Centro de Día, con una capacidad de atención para 155 usuarios enfermos de Alzheimer, simultáneamente.

La zona de Centro de Día tiene una capacidad de atención diaria para 65 usuarios

afectados de Alzheimer (CDEA). El área residencial tiene 90 habitaciones de uso individual, con capacidad de atención para 90 usuarios enfermos de Alzheimer.

Además se incorpora el Servicio de Respiro Familiar Fin de Semana, para 30

plazas. La definición de este servicio se contempla en el apartado II “Servicio de

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Respiro Familiar”, a excepción del personal, que será el contemplado en el Anexo I, Personal del Centro Integrado “Margarita Retuerto”.

2.2.- Centro Integrado “Jazmín”.

El Centro integrado para enfermos de Alzheimer “Jazmín” está ubicado en la calle Jazmín, nº 48, en el distrito de Ciudad Lineal, tiene una superficie total de 3.128,99 metros cuadrados, distribuidos en tres plantas, y está rodeado de una amplia zona verde en el exterior.

Se compone de un área residencial y un área de Centro de Día, con una

capacidad de atención total para 98 usuarios, enfermos de Alzheimer. El área residencial tiene 57 habitaciones con capacidad para 58 usuarios enfermos de Alzheimer, siendo la mayoría de las habitaciones de uso individual.

El Centro de Día tiene una capacidad de atención para 40 usuarios

simultáneamente. Además se incorpora el Servicio de Respiro Familiar Fin de Semana, para 30 plazas. La definición de este servicio se contempla en el apartado II “Servicio de Respiro Familiar”, a excepción del personal, que será el contemplado en el Anexo I, Personal del Centro Integrado “Jazmín”.

2.3.- Centro Integrado “Santa Engracia”.

El Centro Integrado para Mayores “Santa Engracia”, está situado en la calle de

Santa Engracia nº 118, en el distrito de Chamberí, tiene una superficie total de 3.390,82 m2, distribuidos en 5 plantas, semisótano y terraza.

El centro está rodeado de una zona peatonal y puede dar atención a un total de 81

personas mayores afectadas de dependencia física. Se compone de un Centro de Día con capacidad para 45 usuarios de perfil de

deterioro físico (CDF), y una zona de Residencia con capacidad para 36 usuarios, en habitaciones dobles.

3.- SERVICIOS QUE HAN DE PRESTARSE

La empresa adjudicataria garantizará, al menos, los siguientes servicios, programas

y prestaciones y aportará los medios materiales y personales necesarios para hacer efectivos los mismos.

Todos estos servicios, programas y prestaciones se prestarán conforme a los requerimientos que a continuación se describen, siendo responsabilidad del adjudicatario el cumplimiento y facilitando a estos efectos la labor de supervisión y control de los mismos por parte de los técnicos y resto de personal del Ayuntamiento de Madrid. 3.1. Servicio de Atención social, sanitaria preventiva y rehabilitadora

Con las principales actividades:

3.1.1. Programa de acogida en el Centro Integrado:

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El Centro Integrado debe disponer de un programa de acogida, dirigido al

usuario y a la familia, con el objetivo de informar de los objetivos, actividades y normas del Centro, conocer las instalaciones del mismo, así como presentarles a los profesionales que van a trabajar con él.

Protocolos mínimos: • Protocolo de recepción del residente. • Protocolo de recogida de documentación, residente/familia. • Protocolo de información de funcionamiento del Centro.

3.1.2. Valoración integral interdisciplinar de la situación personal y familiar; En el momento de ingreso de los residentes se procederá a realizar un estudio y

valoración interdisciplinar, en base a los cuales se elaborará un PAP, que comprenderá todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y /o mantener su salud, autonomía personal en el mayor grado posible.

La valoración integral debe evaluar las siguientes áreas:

• Salud física. • Funcional (actividades de la vida diaria). • Cognitiva. • Afectiva. • Socio-familiar.

La valoración se debe realizar de forma progresiva a lo largo de los primeros

días y completarse en un plazo inferior a un mes. Cada profesional realizará la valoración correspondiente a su área. Una vez finalizada se deben reunir todos los profesionales implicados, elaborando el PAP. Este PAP debe revisarse con una periodicidad mínima de 1 año, y en todo caso cuando se produzca un cambio en la situación inicial.

De cada residente debe existir un expediente personal único que constará de: la

información social, sanitaria (médica, enfermería, fisioterapia, terapia ocupacional,) y psicológica (si la hubiera), así como los informes técnicos correspondientes, diagnósticos, tratamientos prescritos, el seguimiento y la evolución del PAP, que se haya fijado, así como las incidencias producidas.

3.1.3. Programa de atención sanitaria: Debe comprender las actuaciones propias de la medicina preventiva dirigidas a

mantener y mejorar la salud de los residentes, las actuaciones de medicina asistencial necesarias, así como el desarrollo de programas de rehabilitación (fisioterapia y terapia ocupacional), sin perjuicio de la utilización, en su caso, de los servicios sanitarios del Sistema de Salud, al que pueda estar acogido el residente. Se ocupará de la realización de:

• Detección de situaciones de riesgo.

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• Seguimiento de patologías crónicas. • Educación para la Salud. • Fisioterapia grupal, adaptada a las necesidades individuales. • Entrenamiento y mantenimiento de las actividades de la vida diaria,

(AVD), adaptadas a las necesidades individuales de cada persona. • Entrenamiento y mantenimiento de las capacidades intelectuales. • Programas de actuación según los distintos protocolos:

o Alimentación y nutrición. o Administración de medicación. o Control de esfínteres. o Prevención de caídas. o Traslados a Servicios de Urgencias o Protocolos para actuación ante casos de urgencia sanitaria. o Enfermedades transmisibles. o Manipulación de agujas y objetos punzantes. o Manejo de residuos biosanitarios. o Higiene personal. o Control de trasferencias. o Prevención y utilización de medidas restrictivas

físicas/farmacológicas. o Prevención, detección y tratamiento precoz de las úlceras por

presión. o Prevención y atención a residentes inmovilizados. o Prevención y tratamiento a residentes incontinentes. o Control y cuidados de sondas nasogástricas. o Control y cuidado de sondas vesicales. o Cuidado de las ostomías. o Manejo del residente con ACVA (accidente cerebrovascular). o Todos aquellos que se determinen de interés para su

implantación. 3.1.4. Programa de atención psicológica Que comprenderá el diagnóstico y evaluación de los usuarios, así como los

tratamientos individuales o de grupo que precisen. Atención a las necesidades de las familias. Este programa estará implantado en los Centros para personas con deterioro cognitivo.

Debe incluir como mínimo:

• Terapias psicoafectivas. • Terapias socializadoras.

Protocolos mínimos:

• Prevención de trastornos conductuales. • Tratamiento y manejo de conductas agresivas. • Aislamiento del residente.

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• Asistencia a la familia ante un fallecimiento. • Asistencia al duelo.

3.1.5. Programa de atención social: Que incluirá entre sus actividades la elaboración del diseño de intervención

social, la atención a las necesidades sociales de los usuarios, la promoción de la integración y participación en la vida del centro, y las relaciones con los familiares de los usuarios.

Debe incluir como mínimo:

• Promover, junto al resto del equipo del Centro, actividades de ocio, culturales, recreativas y de relación social, elaborando un calendario anual de actividades.

• Apoyar en la integración en el Centro. • Promover actividades de participación y de concienciación colectiva a

través del voluntariado social.

Protocolos mínimos: -Recepción del residente. -Recogida de documentación. -Información a la familia. -Inicio del proceso de incapacitación. -Visitas a los residentes.

3.2. Servicio de Apoyo a la Familia

Que incluirá actividades de intervención en el entorno del Centro Integrado, de

participación social y un programa de calidad y mejora continua:

• Apoyo y ayuda en el proceso de cuidado. • Actividades de formación e información sobre temas vinculados con la

dependencia y con la atención que se presta en el Centro Integrado. • Ofrecer a la familia su participación en actividades del Centro. • Promover su participación en otros programas municipales.

El plan de atención y de actividades será presentado anualmente por la empresa

adjudicataria y reflejará las actividades terapéuticas y sociales a desarrollar en el Centro y dirigidas tanto a los usuarios, como a la familia. Dicha programación deberá ser aprobada por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

3.3. Servicio de Aseo y cuidado Personal

Se tendrá especial atención al cuidado personal, control y protección del

residente, que comprenderá la asistencia necesaria para la realización de las actividades elementales de la vida diaria (aseo, higiene personal, vestido, alimentación), así como

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aquellas actividades encaminadas a la protección y salvaguarda de su integridad personal.

Se prestará la ayuda necesaria a los residentes que tengan autonomía limitada para

vestirse, desnudarse, asearse o acostarse. Deberá garantizarse el aseo personal diario de los residentes, prestándoles apoyo

en el grado que sea necesario en cada caso. Los útiles de aseo de uso personal serán a cargo del residente. El adjudicatario adoptará las medidas oportunas para que dichos útiles estén convenientemente identificados de manera que garantice su utilización exclusiva por su propietario.

El material de incontinencia, las prótesis, órtesis, sillas de ruedas y ayudas

técnicas de uso personal serán a cargo de los residentes. Cuando esto no sea posible, subsidiaria o complementariamente será a expensas de la empresa adjudicataria.

El Centro dispone de las ayudas técnicas y del material de apoyo para las

movilizaciones de los residentes, durante su estancia, con el objeto de mantener un nivel de funcionalidad y de interacción social adecuada.

Los residentes gozarán de libertad de movimientos supervisados dentro del

recinto, con medidas de seguridad si fueran necesarias. En aquellos casos que, por condicionamiento de índole física o psíquica, puedan

preverse situaciones de riesgo para la integridad de los residentes, se establecerán, por parte de la empresa adjudicataria, las medidas de protección, seguridad y control necesarios. 3.4. Alojamiento, estancia, ropa de cama, personal y de mesa:

Alojamiento, estancia y ocupación por el usuario de una habitación individual/compartida:

El alojamiento comprenderá el uso de una habitación individual, o compartida, el uso de las zonas de convivencia, la manutención, el lavado, planchado y repaso de ropa personal, cama, aseo y de mesa. Las habitaciones se limpiarán diariamente, y con mayor frecuencia si las circunstancia lo requieren. Las camas se harán diariamente.

Una vez asignada la habitación a ocupar, se requerirá autorización expresa de la

dirección del Centro para que el residente pueda tener motivos de decoración y utensilios propios, siempre que no sean inadecuados o peligrosos, o excesivamente voluminosos con respecto a las dimensiones del espacio habitable. Una vez se produzca la baja del residente, la familia, en su caso, dispondrá de un plazo máximo de 5 días naturales para retirar los objetos personales del usuario, de lo contrario se trasladarán todos los enseres al lugar que se determine por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

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Los familiares podrán visitar a los residentes en cualquier horario siempre que no interfiera en la dinámica del Centro.

Vestuario de uso personal:

El usuario aportará la ropa y calzado de uso personal que precise. Podrá fijarse un número mínimo de unidades de ropa interior por residente.

La ropa deberá estar debidamente marcada, a fin de garantizar en todo caso el uso

exclusivo por su propietario. El cambio de ropa interior de los residentes se efectuará diariamente o, si fuera

necesario, con mayor frecuencia. Respecto de las restantes prendas se observará la periodicidad necesaria.

El lavado, planchado y repaso de la ropa deberá efectuarse a diario por la

empresa adjudicataria. Los procedimientos de lavado deberán ajustarse a la tipología de las prendas, a fin de garantizar su higiene y conservación.

La empresa adjudicataria velará para que se renueven, con cargo al usuario, las

prendas y el calzado deteriorados por el uso. Los usuarios vestirán habitualmente ropa de calle.

Ropa de cama, mesa y aseo:

La empresa adjudicataria dotará a la Residencia de toda la ropa de cama, mesa y aseo necesario.

La ropa de cama se cambiará, obligatoriamente, dos veces por semana, así como

tantas veces lo requieran las circunstancias del residente. Las toallas, servilletas, manteles y demás lencería, se cambiarán dos veces por

semana, como mínimo, así como tantas veces lo requieran las circunstancias del residente, garantizado en cualquier caso el estado óptimo de higiene y limpieza de la ropa.

La empresa adjudicataria renovará, a su cargo la ropa de cama, mesa y aseo con la

frecuencia necesaria para que se mantenga en condiciones de uso adecuado.

3.5. Servicio de alimentación y nutrición: Este es un servicio muy sensible por el usuario y familiares, por lo que se

prestará una gran atención a la satisfacción del mismo, arbitrando sistemas de medición de la satisfacción, con consultas semestrales a los residentes y familiares, recogiendo su opinión y sugerencias y con controles de calidad permanentes.

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Se servirán cuatro comidas (desayuno, comida, merienda y cena). Los menús deberán ser supervisados y firmados por un médico o nutricionista, debiendo garantizar el aporte calórico y dietético adecuado a su edad. Deben ser variados cuidando su presentación para que sean atractivos y apetitosos. Los menús serán de conocimiento público de los usuarios y los familiares facilitando, a primeros de cada mes, la correspondiente planificación mensual del menú a los familiares. Los menús serán publicados mensualmente en lugar visible y accesible en el Centro residencial.

En términos generales, se deben ofrecer dietas especiales con menú soso/sin sal,

antidiabético, astringente, para celiacos y triturado, intentando satisfacer las necesidades nutricionales individuales. Asimismo, los menús habrán de adaptarse cuando, por razones de salud, o razones religiosas, así se requiera. Igualmente incluirán comidas especiales en fechas socialmente señaladas como Navidad, Reyes, San Isidro, Carnaval y aniversario del Centro.

Las comidas se servirán en los comedores, salvo que por causa de enfermedad de los usuarios, a criterio del facultativo correspondiente, hayan de servirse en la habitación, o en la zona de cuidados especiales.

Los familiares que lo deseen podrán quedarse a comer con el residente, avisando

con 24 horas de antelación. Los familiares satisfarán por estos servicios los precios correspondientes que fije el Ayuntamiento de Madrid, a través del Decreto anual de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, por el que se aprueba la tabla orientativa de precios máximos aplicables en los servicios de cafetería, comedor y peluquería de los Centros Municipales de Mayores.

3.6. Otros Servicios complementarios.

3.6.1. Peluquería y podología. Los residentes satisfarán por estos servicios los precios correspondientes que fije

el Ayuntamiento de Madrid, a través del Decreto anual de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, por el que se aprueba la tabla orientativa de precios máximos aplicables en los servicios de cafetería, comedor y peluquería de los Centros Municipales de Mayores, así como el que regula los servicios de podología en los centros de Mayores.

3.6.2. Servicios Religiosos. Se facilitará la demanda de los residentes de servicios religiosos en el Centro

residencial. 3.6.3. Servicios funerarios. La empresa adjudicataria se encargará apoyar en la gestión y trámite de estos

servicios. 4.- OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA

La empresa tendrá las siguientes obligaciones como adjudicataria del Servicio:

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1.- Desarrollar y ejecutar los contenidos especificados en el contrato, gestionando

de manera diligente todos los medios y recursos, tanto materiales como personales, necesarios para la ejecución del mismo.

2.- Introducir, en todo el funcionamiento del Centro, el Modelo de Atención Centrado en las Personas y en sus necesidades. Se trata de un modelo de atención que quiere responder a las demandas de las personas mayores en atención y servicios, que prioriza conceptos como autodeterminación, las relaciones personales, la inclusión social y las expectativas y deseos de las personas. El modelo busca mejorar la calidad de vida de las personas mayores, con una planificación de la intervención de todos los profesionales del centro, centrada en la persona a través del “proyecto de vida” y de una atención personalizada a través de la figura del “profesional de referencia”. En este nuevo modelo de atención se requiere incidir en una serie de aspectos como:

• Intervención en los espacios y el diseño del mismo con una organización más flexible de actividades significativas para las personas.

• Se deberá tener en cuenta los cambios organizativos y de roles profesionales con el fin de primar las preferencias y necesidades de las personas mayores.

• La familia como pieza clave. Se trabajará para involucrarla en aspectos relacionados con el centro y la atención y apoyo a la persona.

3.-Formular la planificación de los servicios y actividades del recurso. 4.- Recoger, informatizar, analizar y custodiar todos los datos referidos a las

personas atendidas, garantizando en todo momento la confidencialidad de esos datos y el derecho a la intimidad de las personas.

5.- Establecer la coordinación precisa y necesaria con la Dirección General de

Personas Mayores y Servicios Sociales del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo (Departamento de Centros de Día y Residenciales), facilitando toda la información necesaria requerida para la adecuada resolución de problemas que pudiera plantearse.

6.- Elaborar los Programas de Atención de los Centros, informes semestrales y las

memorias anuales (incluirá una información cuantitativa del funcionamiento del Centro y una evaluación sobre al satisfacción de los residentes) así cuantos informes sean necesarios a requerimiento del Departamento de Centros de Día y Residenciales. La realización de dicha memoria, según modelo que determinará el Ayuntamiento de Madrid, deberá estar a disposición del Departamento de Centros de Día y Residenciales antes del 31 de Enero de cada año y a la finalización de la prestación del servicio.

7.- Implantar de forma inmediata a su comunicación, cualquier documento

normalizado que sea modificado por el Departamento de Centros de Día y Residenciales, así como poner en marcha todos aquellos nuevos protocolos o formas de actuación que, a nivel técnico, se consideren necesarios para el correcto funcionamiento de los Centros. Se tendrá especial diligencia en el cumplimiento de los protocolos Nº 1, 2 y 3, que se reflejan en el anexo X, “Traslado de usuarios/as de Centro de Día en

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transporte adaptado”, “Control de asistencia de usuarios/as de Centro de Día” y “Actuaciones ante emergencias sanitarias”

8.- Asistir a las reuniones de seguimiento y coordinación con los técnicos municipales del Departamento de Centros de Día y Residenciales.

9.- Obligatoriedad de revisar el inventario de todo el material y/o infraestructura

del Centro al comienzo del servicio y una vez al año, según el formato facilitado por el Departamento de Centros de Día y Residenciales. (Anexo V)

10.-Participar en los seminarios, mesas de trabajo, en actuaciones de formación y

sensibilización social, así como a aceptar a alumnos de prácticas de las universidades y centros que proponga la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales.

11.- Proporcionar todo el material de oficina necesario para la ejecución del

contrato, impresoras, fotocopiadoras, incluidos consumibles de los dispositivos del Centro.

12.- Deberá realizar una certificación de calidad del lote adjudicado y con validez

para todo el periodo de ejecución del contrato. Certificación UNE 158101, acreditación de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología u otro análogo, realizado con una empresa de calidad homologada.

13.- Garantizar el cumplimiento, por parte del personal a su cargo, del tiempo de

permanencia establecido en el Centro. Para ello contará con el sistema tecnológico adecuado a tal fin, el cual deberá registrar en soporte informático las horas de entrada y salida de todo el personal adscrito al centro. Además la no presencia del personal en el Centro en la jornada establecida, el sistema deberá alertar a la empresa, quien deberá adoptar las medidas oportunas para subsanar la incidencia de manera inmediata.

14.- La empresa adjudicataria realizará, imprimirá y entregará folletos

informativos de este servicio municipal para todos los usuarios (Carta de Servicios, funcionamiento del Centro y Diario de información). El Ayuntamiento de Madrid, antes de su puesta en circulación, dará su conformidad al diseño y contenido de los mismos.

15.- En relación con los Servicios especificados en el Punto 3 del presente Pliego,

la empresa adjudicataria deberá cumplir todos los puntos especificados en la descripción de los servicios y en particular los siguientes:

Servicio de Atención Social, Sanitaria, Preventiva y Rehabilitadora:

-El adjudicatario del servicio se compromete a aceptar a los residentes designados

por el Departamento de Centros de Día y Residenciales. -La incorporación de los residentes al Centro deberá realizarse en los términos y

plazos establecidos por el Departamento de Centros de Día y Residenciales. -La empresa elaborará un PAP por cada residente. El PAP deberá revisarse cada

seis meses y, en todo caso, cuando se produzca un cambio en la situación inicial del usuario.

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-La empresa adjudicataria utilizará los documentos normalizados proporcionados por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

Programa de Atención Sanitaria:

-En cualquier caso, la empresa adjudicataria, asegurará, la administración de

tratamientos farmacológicos específicos prescritos y documentados en pauta médica actualizada, como insulina, heparina, colirios, así como cualquier otro tipo de medicamentos, caso de que cualquier residente lo necesite.

-La empresa adjudicataria deberá proporcionar contenedores especiales para

depositar los residuos clínicos generados por la prestación del servicio, así mismo deberá recoger periódicamente y destruir dichos residuos.

-Las prótesis, sillas de ruedas y ayudas técnicas de uso personal correrán a cargo

de los residentes, sin perjuicio de la cobertura que el Sistema de Salud correspondiente prevea en cada caso.

-La empresa adjudicataria realizará el traslado y acompañamiento de los

residentes a los Centros Sanitarios, utilizando los medios y recursos del Sistema de Salud que corresponda, recabando la colaboración de los familiares en su caso, y en último lugar a cargo de la empresa adjudicataria.

Programa de Atención Social y Familiar:

- El Calendario de actividades, se facilitará al Departamento de Centros de Día y

Residenciales, al inicio del contrato, y en el mes de Enero de cada uno de los años de vigencia del contrato.

-El Plan de Atención y de actividades será presentado al inicio de la prestación del servicio y anualmente, por la empresa adjudicataria y reflejará las actividades terapéuticas y sociales a desarrollar en el centros y dirigidas tanto a los residentes, como a los familiares. Dicha programación deberá ser aprobada por el Ayuntamiento de Madrid (Departamento de Centro de Día y Residenciales). Servicio de Aseo y Cuidado Personal:

-Deberá garantizarse el baño/aseo diario de los residentes. - Deberá garantizarse el aseo bucodental diario de todos los usuarios. -El personal utilizará guantes desechables, de un solo uso, para la realización del

aseo. Los guantes se consideran dentro de la uniformidad de los profesionales, siendo la empresa adjudicataria la responsable de su dotación.

-Las esponjas de un solo uso y desechables deberá dotarlas la empresa adjudicataria.

- El Centro dispone de las ayudas técnicas y del material de apoyo para las movilizaciones de los residentes durante su estancia en el centro, con el objeto de mantener, en lo posible, un nivel de funcionalidad y de interacción social adecuada. Ello sin perjuicio de las prótesis, sillas de ruedas y ayudas técnicas de uso personal, que será por cuenta de los residentes cubiertas por el sistema público de salud.

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Servicio de Alimentación y Nutrición: -El adjudicatario se compromete a prestar un servicio de comedor. El seguimiento

de las incidencias y todo lo relacionado con su gestión son de responsabilidad exclusiva de la empresa adjudicataria.

-La entidad adjudicataria estará obligada a que en los desayunos y/o meriendas

que se ofrezcan a los usuarios de los Centros se incluya, al menos, un producto de comercio justo de ente los siguientes: azúcar, galletas, café, infusiones, cacao instantáneo, tabletas y barritas de chocolate.

-A los efectos de acreditar el cumplimiento de la presente especificación técnica,

la empresa licitadora deberá presentar una declaración responsable o cualquier medio de prueba admitido en derecho que demuestre el cumplimiento de los estándares fijados en la Resolución 2005/2245 (INI) del Parlamento Europeo sobre comercio justo de 6 de julio de 2006. Esta declaración habrá de aportarse en el sobre de documentación técnica (criterios no valorables en cifras o porcentajes). (Se adjunta como Anexo VIII al presente pliego modelo de declaración responsable).

-Asimismo y en relación con el producto de comercio justo que se comprometa a

suministrar la entidad adjudicataria, se deberá cumplimentar una ficha en la que conste su identificación y características técnicas, como la descripción del producto y relación de los principales ingredientes que lo componen. Esta información deberá figurar en el sobre de documentación técnica. (Se adjunta como Anexo IX al presente pliego modelo de ficha técnica).

-Se prestará la ayuda personal necesaria a los usuarios que no puedan comer por si mismos, utilizando en su caso los medios técnicos o personales precisos.

-Se garantizará el tratamiento y manipulación correcta de los alimentos, así como

la recogida sistemática de muestras como ordena la legislación vigente. -En todo caso, la alimentación proporcionada cumplirá con las normas de

seguridad alimentaria que le sean de aplicación y en particular con las siguientes: el Reglamento (CE) nº 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (DOUE 30-4-2004), la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición y el Decreto 10/2001, del 25 de enero, por el que se establecen las normas relativas a la formación de los manipuladores de alimentos, autorización, control y supervisión de los centros y programas de formación de la Comunidad de Madrid (BOCM 7-2-2001).

-En relación con esta normativa, la empresa adjudicataria deberá disponer de un sistema documentado de autocontrol, basado en el análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC), según se indica en el Reg. (CE) nº852/2004 (art. 5). Asimismo, y para posibilitar la realización de estudios epidemiológicos, en caso de producirse algún brote de toxiinfección alimentaria, el adjudicatario deberá disponer de comidas testigo (representativas de las comidas servidas diariamente). Dichas comidas

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testigo se conservarán adecuadamente, tal y como exige la legislación vigente, y la cantidad corresponderá a raciones individuales, según se refleja en el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (art.10.3).

-La empresa adjudicataria deberá presentar, al Departamento de Centros de Día y Residenciales del Ayuntamiento de Madrid, con carácter mensual, relación de las comidas que se servirán en el centro durante ese periodo, con el objetivo de comprobar y garantizar la adecuada cobertura de las necesidades nutricionales de los usuarios.

-El adjudicatario deberá aportar la ropa de mesa inherente a la prestación del

servicio (manteles, servilletas, baberos etc.), así como el material de menaje. El cambio de ropa de aquellos que no sea desechables, se producirá con la frecuencia necesaria para que se mantenga en las condiciones de uso adecuadas.

16- Material de actividades, productos farmacéuticos, pequeño utillaje

sanitario y reparaciones:

El material utilizable en las actividades de terapia ocupacional, la reparación y reposición del material técnico de fisioterapia, material fungible, productos farmacéuticos y pequeño utillaje sanitario, para el médico y enfermera será con cargo exclusivo a la empresa adjudicataria. (No se podrá incluir aquí el material de incontinencia, según se refiere en el apartado “cuidado personal”).

Parte de este presupuesto podrá ser destinado a pequeñas reparaciones en los centros, adquisición de distintos materiales y aquellos otros conceptos que fueran necesarios para el buen funcionamiento de los mismos.

Todo ello por un importe anual exigible detallado en Anexo I del presente Pliego. Trimestralmente la empresa presentara las facturas que justifiquen los gastos en

material de Actividades, productos farmacéuticos y pequeño utillaje sanitario según directrices marcadas por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

A fecha 30 de diciembre de cada año de ejecución del contrato, así como a la

finalización del mismo, y en el caso de no haber justificado el importe exigible en concepto de material de actividades, productos farmacéuticos y pequeño utillaje sanitario, en la factura del mes de diciembre se descontará el importe no justificado. En el caso de que el contrato finalice en fecha anterior al mes de diciembre, se descontará a la finalización de la prestación.

En el momento del inicio del contrato la empresa adjudicataria de la gestión del Centro Integrado se hará cargo del material existente según inventario previsto en el Anexo V. Al finalizar el contrato la empresa deberá dejar el material inventariado, así como el material adquirido durante la duración del contrato, en condiciones de uso y utilización.

Los gastos del Centro, derivados de telefonía, línea de datos (consumos e instalación de aparatos telefónicos y equipos informáticos), serán por cuenta de la empresa adjudicataria.

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En el caso de que los edificios cuenten con contadores independientes (CI Margarita Retuerto y CI Jazmín) que permitan determinar el consumo propio del adjudicatario, los gastos del Centro derivados del consumo eléctrico, gas, y agua, serán por cuenta de la empresa adjudicataria. Estos centros vienen especificados en el Anexo VI. En caso de la Residencia de Santa Engracia, que no cuenta con contadores independientes y que comparte espacio con otros servicios, en el mismo edificio, (Centro Municipal de Mayores) los costes totales del edificio serán asumidos por el Ayuntamiento de Madrid.

En el caso de que los edificios cuenten con contadores independientes la empresa

adjudicataria realizará el cambio de titularidad de los mismos. En el caso de que esto último no fuera posible, la Dirección General de Contratación y Servicios, dependiente del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, determinará el importe a cobrar al adjudicatario, información que enviará con la periodicidad que se determine a la unidad responsable del contrato. La liquidación de los importes correspondientes a estos gastos de suministros se efectuará por el adjudicatario semestralmente mediante abonaré de pago.

En el Anexo VI se especifican los metros cuadrados del edificio y la estimación de los consumos de los edificios que cuentan con contador independiente.

La empresa adjudicataria tendrá la obligación de llevar a cabo las oportunas

actuaciones periódicas en materia de prevención, detección e intervención de posibles plagas, así como garantizar la prevención de riesgos laborales con el correspondiente suministro de los equipos de protección individual, (E.P.I) si fuera necesario. Los gastos serán por cuenta de la empresa adjudicataria.

La utilización del Centro por la empresa adjudicataria del servicio tendrá un mero

carácter instrumental para la ejecución del contrato y su utilización queda circunscrita a su vigencia, sin que pueda alegar derecho alguno sobre el mismo, ni utilizarlo para otro fin distinto del contratado. 5. PERSONAL DE LOS CENTROS.

El personal, se distribuirá de tal manera que se garantice la atención a los usuarios,

en los turnos de mañana, tarde y noche todos los días del año. Los Centros Residenciales objeto del contrato contarán con una plantilla

suficientemente dotada para el conjunto de servicios que se deben prestar, garantizando una atención integral y globalizada.

Perfiles profesionales:

- Director/a Gerente Administrador/a (Diplomado/a y/o Licenciado/a Universitario/a con experiencia acreditada en la gestión de Centros para personas mayores. Además deberá contar con la Titulación de Director/a de Centro de Servicios Sociales).

- Auxiliar Administrativo/a. - Médico/a. - ATS/DUE.

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- Trabajador/a Social. - Fisioterapeuta. - Terapeuta Ocupacional. - Psicólogo/a. - Gerocultores/as. - Recepcionistas. - Camareros/as, limpiadores/as, tareas diversas. - Cocineros/as. - Pinches de cocina. - Oficial de mantenimiento. - Gobernanta. - Conductores/as. - Gerocultores/as (auxiliares de ruta)

Para la gestión de cada uno de los Centros Integrados (Centro de Día,

equipamiento residencial y respiro familiar, si lo hubiere) se dispondrá del personal, que se describe en el Anexo I.

Los Gerocultores, contarán con titulación de F.P. Módulo de Auxiliar de Clínica u otro Modulo de FP con características similares, y que tenga contenidos específicos de atención sociosanitaria. También se podrá documentar a través de certificado de profesionalidad o justificar estar en una convocatoria de acreditación.

El personal destinado a la prestación del servicio estará sometido al poder de

dirección y organización del contratista (retribuciones, horarios e instrucciones) y a todo ámbito y orden legalmente establecido, siendo por tanto este el único responsable y obligado cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, seguridad social, prevención de riesgo y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico laboral con el Ayuntamiento de Madrid, con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo.

Se deberán cubrir todas las bajas de personal que se produzcan por cualquier

concepto, especialmente por enfermedad y vacaciones. La empresa adjudicataria garantizara el secreto profesional sobre todas las

informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato.

El contratista adjudicatario aportara a los trabajadores los medios materiales

necesarios para la prestación del servicio. En cualquier caso es imprescindible la dotación al personal de uniforme, incluidos conductores y auxiliares de ruta e incluyendo como uniformidad los guantes desechables necesarios para la prestación del servicio.

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A la extinción del contrato, no podrá en ningún caso producirse la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato, como personal del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.4 del TRLCSP.

6.- FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

• Acceso al servicio:

El acceso a las plazas residenciales se solicitará en el Centro de Servicios Sociales del Distrito correspondiente al domicilio del solicitante, cumplimentando la documentación prevista para tal fin.

Los requisitos y obligaciones generales de los beneficiarios, serán los que se

contemplan en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por acuerdo de 29 de julio de 2009, del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, o norma municipal que la sustituya.

Corresponde al Departamento de Centros de Día y Residenciales la determinación

de los usuarios y la concesión de plazas en el Centro de Día y en la Residencia. La empresa adjudicataria aceptará a los usuarios designados por el Departamento

de Centros de Día y Residenciales para ocupar las plazas vacantes. La incorporación de los usuarios a la Residencia se deberá realizar en un plazo de

10 días naturales, desde la notificación de la concesión de la plaza.

Los residentes deberán abonar la aportación económica que les corresponda, los cinco primeros días del mes en curso, a través de domiciliación bancaria.

No podrán ser usuarios de Residencia aquellas personas que padezcan enfermedad

infecto-contagiosa en fase activa, ni cualquier otra que requiera atención permanente y continuada en un centro hospitalario.

No podrán ser usuarios de Residencia quienes hubieran rechazado plaza en

cualquiera de las residencias públicas de la Comunidad de Madrid. Las personas afectadas de deterioro cognitivo, necesitarán para su ingreso en

residencia la autorización previa judicial. La empresa adjudicataria comunicará en el plazo de 72 horas desde el ingreso los datos de las personas ingresadas en la residencia para enfermos de Alzheimer al juzgado correspondiente.

Motivos de baja permanente:

1. A petición del usuario.

2. Traslado de municipio.

3. Fallecimiento.

4. Pérdida de requisitos.

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5. Incumplimiento de las obligaciones descritas en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid.

6. Incompatibilidad de servicios.

7. Otros.

• Horario del Centro :

El funcionamiento de la zona residencial será permanente, durante las 24 horas del día, los 365 días del año.

• Comunicado de altas, bajas, modificaciones e incidencias en las

Residencias:

La empresa adjudicataria comunicará las incidencias que se produzcan respecto a la incorporación de usuarios, así como las altas y bajas de los mismos, dentro del día siguiente a la ocurrencia de aquellas, a través de correo electrónico o sistema informático.

• Aportación del usuario : Los beneficiarios del servicio participarán en su financiación, de acuerdo con su

capacidad económica y el coste del servicio establecido por el Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con el Baremo vigente.

Los usuarios abonarán la aportación correspondiente en los 5 primeros días del

mes en curso, a la empresa adjudicataria, que emitirá los recibos a tal efecto.

La facturación se calculará mensualmente o por quincenas, no pudiendo prorratearse en ningún caso por días de asistencia, sean o no justificadas las ausencia. 7.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto 7.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO.

8.- ÁREA CENTRO DE DÍA

En cuanto al funcionamiento del Área de Centro de Día para personas mayores,

para una capacidad de:

MARGARITA RETUERTO 65 CDEA JAZMIN 40 CDEA (equiparable a 45 CDEA) SANTA ENGRACIA 45 CD FISICOS

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Se atenderá a lo especificado en el apartado “I. Funcionamiento del equipamiento de Centros de Día Municipales para mayores”, a excepción del personal que se describe en el Anexo I. 9.- CLÁUSULAS SOCIALES En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto. 8.- CLÁUSULAS SOCIALES. 10.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS, Y MODELO DE FACTURACIÓN.

Ver apartado VII de este pliego.

11.- IMAGEN CORPORATIVA. Ver anexo II de este pliego.

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VI. APARTAMENTOS MUNICIPALES PARA MAYORES DE SAN FRANCISCO Y CENTRO INTEGRADO RETIRO

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1.- INTRODUCCION

Los Apartamentos Municipales para Mayores se definen como equipamientos de Servicios Sociales de carácter residencial destinados a personas mayores válidas que, o bien carecen de alojamiento estable o bien poseyendo un alojamiento estable resulta inadecuado y se encuentran en situación de riesgo social.

Los apartamentos son una alternativa de convivencia que tienen por objeto evitar

internamientos innecesarios de personas mayores. Se persigue, además, conseguir un estilo de vida lo más similar posible a su ambiente habitual, respondiendo de esta forma a los principios de normalización e integración del mayor. 2.- TIPOLOGÍA DE LOS CENTROS 2.1. Apartamentos de San Francisco Los Apartamentos de San Francisco, están situados en la calle Jerte nº 3 en el Distrito Centro. Es un edificio distribuido en cinco plantas. Consta de 41 apartamentos con una capacidad para 68 plazas distribuidas en 14 apartamentos individuales y 27 apartamentos dobles.

2.2. Centro integrado de Retiro El Centro Integrado de Retiro está situado en la calle José Martinez de Velasco, nº 1 en el Distrito de Retiro. Es un edificio distribuido en cinco plantas, que consta de 25 apartamentos con una capacidad para 32 plazas distribuidas en 18 plazas en apartamentos individuales y 14 plazas en apartamentos dobles. Además consta de un Centro de Día para personas mayores, para una capacidad de 45 plazas para personas mayores con deterioro físico.

En cuanto al funcionamiento del Área de Centro de Día para personas mayores,

con una capacidad de 45 plazas, se atenderá a lo especificado en el apartado “I. Funcionamiento del equipamiento de Centros de Día Municipales para mayores”, a excepción del personal que está incluido y que se especifica en el Anexo I (personal de los Apartamentos).

3.- SERVICIOS QUE HAN DE PRESTARSE

La empresa adjudicataria garantizará, al menos, los siguientes servicios,

programas y prestaciones y aportará los medios materiales y personales necesarios para hacer efectivos los mismos.

Todos estos servicios, programas y prestaciones se prestarán conforme a los

requerimientos que a continuación se describen, siendo responsabilidad del adjudicatario el cumplimiento y facilitando a estos efectos la labor de supervisión y control de los mismos por parte de los técnicos y resto de personal del Ayuntamiento de Madrid.

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3.1. Servicio de Atención a los residentes

3.1.1. Programa de atención social:

Que incluirá entre sus actividades el diseño de intervención social, la atención a las necesidades sociales de los residentes, la promoción de la integración y participación en la vida de los apartamentos, y las relaciones con los familiares de los residentes.

Debe incluir como mínimo:

• Apoyo, información y asesoramiento social sobre otros recursos que

permitan mejorar su atención. • Facilitar la integración del residente en el Centro y en su entorno

desde el momento de su ingreso. • Informar, facilitar y controlar el cumplimiento del Reglamento de

Organización y Funcionamiento de los Apartamentos Municipales para Mayores, incluyendo el cumplimiento de deberes y obligaciones de los residentes.

• Fomentar la cooperación y ayuda mutua entre los residentes organizando actividades que fomenten la convivencia.

• Promover actividades culturales, recreativas y de relación social, elaborando un calendario anual de actividades.

• Promover actividades de participación y de concienciación colectiva a través del voluntariado social.

• Informar a los familiares, en su caso, de las incidencias sucedidas a los residentes.

3.1.2. Programa de acogida en los Apartamentos:

Los Apartamentos deben disponer de un programa de acogida, dirigido al residente, con el objetivo de informar de los objetivos, actividades y normas del Centro, conocer las instalaciones del mismo, así como presentarles a los profesionales.

Protocolos mínimos: • Protocolo de recepción del residente. • Protocolo de recogida de documentación, residente. • Protocolo de información de funcionamiento de los Apartamentos.

3.1.3. Programa de atención personal a los residentes:

Se tendrá especial atención al respeto a la individualidad e intimidad de los

residentes, e incluirá las siguientes actuaciones: • Atención para el aseo personal, vestirse, acostarse y/o posibles

movilizaciones, al residente cuando se encuentre en situación de convalecencia, postoperatorio u otras causas justificadas.

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• Prestar acompañamientos a los residentes para consultas médicas, cuando las circunstancias así lo requieran.

• Facilitar los primeros auxilios en situaciones de emergencia. • Gestión de la asistencia médica y farmacéutica urgente a los

residentes que lo necesiten, facilitando el traslado a los centros sanitarios a través de los recursos públicos o privados disponibles.

• Efectuar los trámites necesarios, en caso de fallecimiento y sepelio de aquellos residentes que no tuvieran familia.

3.2. Servicio de Alojamiento, estancia, ropa de cama y personal.

Que comprenderá la ocupación de un apartamentos de uso individual o de uso compartido con otro residente, y las zonas comunes del centro, que incluirán tanto las salas de estar como zonas de lavadoras y aseos geriátricos.

Una vez asignado el apartamento a ocupar, se requerirá la autorización expresa de la dirección del Centro para que el residente pueda tener motivos de decoración y enseres propios, siempre que no sean inadecuados o peligrosos o excesivamente voluminosos con respecto a las dimensiones del espacio habitable.

Cuando se produzca la baja del residente, la familia y/o persona de contacto en su

caso, dispondrá de un plazo máximo de 5 días naturales para retirar los objetos personales del usuario, de lo contrario se trasladarán todos los enseres al lugar que decida el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

Los residentes podrán recibir visitas en el horario establecido por la dirección del Centro, a fin de no perturbar la convivencia de los residentes, sobre todo en los casos de ocupación de apartamentos compartidos.

Los residentes aportarán la ropa y calzado de uso personal que precisen, y vestirán

con ropa de calle apropiada, en las zonas comunes del centro. Deberán aportar también la ropa de cama y aseo para su uso personal, así como la de mesa.

También deberá aportar los enseres y utensilios de cocina propios. El lavado de la ropa deberá efectuarla el residente en la zona común de lavandería,

de acuerdo con las normas establecidas por la dirección del Centro La limpieza diaria del apartamento será obligación del residente. La empresa

adjudicataria supervisará quincenalmente el estado de higiene y correcto funcionamiento de las instalaciones, y procederá a la subsanación de posibles deficiencias.

La empresa adjudicataria procederá a la limpieza general y pintura del apartamento que quede vacío debido a bajas de residentes. Previamente deberá desalojar los objetos y enseres personales del residente que haya causado baja. El apartamento vacío deberá estar en las debidas condiciones de limpieza y habitabilidad para ser ocupado en el plazo no superior a los 15 días desde que se quede vacío.

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4. PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN En los Apartamentos Municipales para Mayores se cumplimentarán, como mínimo, los siguientes Protocolos de Actuación:

• Protocolo de recepción del residente. • Protocolo de información de funcionamiento de los Apartamentos. • Protocolo de adaptación al centro. • Protocolo de convivencia y resolución de conflictos. • Protocolo de aislamiento. • Protocolo de visitas. • Protocolo ante la desaparición de un residente. • Protocolo de emergencia sanitaria. • Protocolo de traslado hospitalario. • Protocolo de exitus.

5. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA

La empresa tendrá las siguientes obligaciones como adjudicataria:

1.- Desarrollar y ejecutar los contenidos especificados en el contrato gestionado de manera diligente todos los medios y recursos, tanto materiales como personales, necesarios para la ejecución del mismo. 2.- Introducir, en todo el funcionamiento del centro, el Modelo de Atención Centrado en las Personas y en sus necesidades. Se trata de un modelo de atención que quiere responder a las demandas de las personas mayores en atención y servicios, que prioriza conceptos como autodeterminación, las relaciones personales, la inclusión social y las expectativas y deseos de las personas. El modelo busca mejorar la calidad de vida de las personas mayores, con una planificación de la intervención de todos los profesionales del centro, centrada en la persona a través del “proyecto de vida” y de una atención personalizada a través de la figura del “profesional de referencia”. 3.- Formular la planificación de los servicios y actividades del recurso. 4.- Recoger, informatizar, analizar y custodiar todos los datos referidos a las personas atendidas garantizando en todo momento la confidencialidad de esos datos y el derecho a la intimidad de las personas. 5.- Establecer la coordinación precisa y necesaria con la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo (Departamento de Centros de Día y Residenciales), facilitando toda la información necesaria requerida para la adecuada resolución de problemas que pudiera plantearse. 6.- Elaborar los Programas de Atención de los Centros, y las memorias anuales (incluirá una información cuantitativa del funcionamiento del Centro y una evaluación sobre al satisfacción de los residentes) así cuantos informes sean necesarios a requerimiento del Departamento de Centros de Día y Residenciales. La realización de dicha memoria,

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según modelo que determinara el Ayuntamiento, deberá estar a disposición del Departamento de Centros de Día y Residenciales antes del 31 de Enero de cada año y a la finalización de la prestación del servicio.

7.- Implantar de forma inmediata a su comunicación, cualquier documento normalizado que sea modificado por el Departamento de Centros de Día y Residenciales, así como poner en marcha todos aquellos nuevos protocolos o formas de actuación que, a nivel técnico, se consideren necesarios para el correcto funcionamiento de los Centros. Se tendrá especial diligencia en el cumplimiento de los protocolos Nº 1, 2 y 3, que se reflejan en el anexo X, “Traslado de usuarios/as de Centro de Dia en transporte adaptado”, “Control de asistencia de usuarios/as de Centro de Dia” y “Actuaciones ante emergencias sanitarias”

8.- Asistir a las reuniones de seguimiento y coordinación con los técnicos municipales del Departamento de Centros de Día y Residenciales.

9.- Obligatoriedad de revisar el inventario de todo el material y/o infraestructura del centro al comienzo del servicio y una vez al año, según el formato facilitado por el Departamento de Centros de Día y Residenciales. (Anexo V)

10.- Participar en los seminarios, mesas de trabajo, en actuaciones de formación y sensibilización social, así como a aceptar a alumnos de prácticas de las universidades y centros que proponga la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales.

11.- Proporcionar todo el material de oficina necesario para la ejecución del contrato, impresoras, fotocopiadoras, incluidos consumibles de los dispositivos del Centro.

12.- Deberá realizar una certificación de calidad específica del lote adjudicado y con validez para todo el periodo de ejecución del contrato. Certificación UNE, acreditación de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología u otro análogo, realizado con una empresa de calidad homologada. 13.-Deberá garantizar el cumplimiento, por parte del personal a su cargo, del tiempo de permanencia establecido en el Centro. Para ello contará con el sistema tecnológico adecuado a tal fin, el cual deberá registrar en soporte informático las horas de entrada y salida de todo el personal adscrito al Centro. Además la no presencia del personal en el Centro en la jornada establecida, el sistema deberá alertar a la empresa, quien deberá adoptar las medidas oportunas para subsanar la incidencia de manera inmediata. 14.- La empresa adjudicataria realizará, imprimirá y entregará folletos informativos de este servicio municipal para todos los usuarios (Carta de Servicios, funcionamiento del Centro). El Ayuntamiento de Madrid, antes de su puesta en circulación, dará su conformidad al diseño y contenido de los mismos. 15.- En relación con los Servicios especificados en el Punto 3 del presente Pliego, la empresa adjudicataria deberá cumplir todos los puntos especificados en la descripción de los servicios y en particular los siguientes:

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• Control y Protección:

La empresa adjudicataria será la responsable de:

- La vigilancia continua del inmueble. - Disponer de llave de acceso a todas las dependencias del edificio. - Control diario de la permanencia de los residentes en el edificio, así como de las entradas y salidas y ausencias. - Entregar copia de la llave del apartamento, así como del sistema de teleasistencia a cada residente. - Conocer y manejar los distintos sistemas de alarma, previniendo y colaborando en la resolución de situaciones de emergencia.

• Servicio de Atención Social:

- El adjudicatario del servicio se compromete a aceptar a los residentes designados por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

- La incorporación de los residentes al Centro deberá realizarse en los términos y plazos establecidos por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

- La empresa adjudicataria utilizará los documentos normalizados proporcionados por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

- La empresa adjudicataria elaborará un calendario de actividades, que se facilitará al Departamento de Centros de Día y Residenciales, al inicio del contrato y en el mes de Enero de cada uno de los años de vigencia del contrato.

• Material de actividades, productos y reparaciones:

El material utilizable en las actividades, la reparación y reposición de pequeños electrodomésticos, así como para la adquisición de lencería, y otros enseres necesarios será con cargo exclusivo a la empresa adjudicataria. Parte de este presupuesto podrá ser destinado a pequeñas reparaciones en los Centros, adquisición de distintos materiales y aquellos otros conceptos que fueran necesarios para el buen funcionamiento de los mismos. Todo ello exigible por los importes que figuran en el Anexo I.

En el momento del inicio del contrato la empresa adjudicataria de la gestión de los Apartamentos se hará cargo del material existente según inventario previsto en el Anexo V. Al finalizar el contrato la empresa deberá dejar el material inventariado, así como el material adquirido durante la duración del contrato, en condiciones de uso y utilización.

Los gastos del centro, derivados de telefonía, línea de datos (consumos e

instalación de aparatos telefónicos y equipos informáticos), será por cuenta de la empresa adjudicataria.

Los gastos del Centro derivados del consumo eléctrico, gas, y agua, serán por

cuenta del Ayuntamiento de Madrid, ya que los Centros, no cuentan con contadores independientes.

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La elaboración del Plan de Autoprotección del Centro, será por cuenta de la empresa adjudicataria.

La utilización de los Centros por la empresa adjudicataria del servicio tendrá un mero carácter instrumental para la ejecución del contrato y su utilización queda circunscrita a su vigencia, sin que pueda alegar derecho alguno sobre el mismo, ni utilizarlo para otro fin distinto del contratado.

El mantenimiento de las instalaciones del centro y limpieza del mismo serán a

cargo del Ayuntamiento de Madrid.

Trimestralmente la empresa presentará las facturas que justifiquen los gastos en material de actividades, en la reparación y reposición de pequeños electrodomésticos, así como para la adquisición de lencería, y otros enseres necesarios serán con cargo exclusivo a la empresa según directrices marcadas por el Departamento de Centros de Día y Residenciales.

A fecha 30 de Diciembre, y en el caso de no haber justificado el importe exigible en concepto de material de actividades, y pequeño utillaje sanitario, en la factura del mes de diciembre se descontará el importe no justificado. En el caso de que el contrato finalice en fecha distinta al mes de Diciembre, se descontará a la finalización de la prestación. 6.- PERSONAL NECESARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

Los Apartamentos Municipales para Mayores objeto del contrato contarán con una plantilla suficientemente dotada para el conjunto de servicios que se deben prestar, garantizando una atención integral y globalizada. La empresa garantizará como mínimo el personal que se describe a continuación:

• Perfiles profesionales.

-Director/a Gerente Administrador (Diplomado/a en Trabajo, con experiencia acreditada en la gestión de Centros para persona mayores. Además deberá contar con la titulación de Director de Centro de Servicios Sociales). -Gerocultores. -Recepcionistas.

Para la gestión de cada uno de los Centros (Apartamentos y Centro de Día, si lo

hubiere) se dispondrá del personal, que se describe en el Anexo I. La empresa adjudicataria deberá garantizar la permanencia física de personal

durante las 24 horas del dia, 365 días al año. La empresa adjudicataria deberá contar con personal de apoyo externo en el caso

de necesitar el apoyo para realizar gestiones de los usuarios, en las que se precise salir

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del edificio, evitándose de este modo que durante el tiempo que requiera llevarlas a cabo se quede el edificio sin personal. Dichas gestiones incluirán desde acudir a una farmacia para la adquisición de medicamentos, hasta la realización de los trámites necesarios en el caso de fallecimiento de algún residente. En cualquier caso, se incluirán todas aquellas gestiones que bajo criterio profesional sean necesarias para el buen funcionamiento y/o resolución de cualquier incidencia que pudiera surgir.

Los gerocultores, contarán con titulación de F.P. Módulo de Auxiliar de Clínica u

otro Modulo de FP con características similares, y que tenga contenidos específicos de atención sociosanitaria. También se podrá documentar a través de certificado de profesionalidad o justificar estar en una convocatoria de acreditación.

El personal destinado a la prestación del servicio estará sometido al poder de

dirección y organización del contratista (retribuciones, horarios e instrucciones) y a todo ámbito y orden legalmente establecido, siendo por tanto este el único responsable y obligado cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, seguridad social, prevención de riesgo y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico laboral con el Ayuntamiento de Madrid, con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo.

Se deberán cubrir todas las bajas de todo el personal que se produzcan por

cualquier concepto, especialmente por vacaciones y por enfermedad. La empresa adjudicataria garantizará el secreto profesional sobre todas las

informaciones, documentos y asuntos a los que tengan acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato.

El contratista adjudicatario aportará a los trabajadores los medios materiales

necesarios para la prestación del servicio. En cualquier caso es imprescindible la dotación al personal de uniforme, incluidos conductores y auxiliares de ruta, e incluyendo como uniformidad los guantes desechables necesarios para la prestación del servicio.

A la extinción del contrato, no podrá en ningún caso producirse la consolidación

de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato, como personal del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.4 del TRLCSP. 7.- FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

• Acceso al servicio:

El acceso a las plazas de los apartamentos se solicitará en el Centro de Servicios Sociales del Distrito correspondiente al domicilio del solicitante, cumplimentando la documentación prevista para tal fin.

Los requisitos y obligaciones generales de los beneficiarios, serán los que se

contemplan en la Ordenanza Municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento

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de Madrid, aprobada por acuerdo de 29 de julio de 2009, por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid, o normativa que la sustituya.

Corresponde al Departamento de Centros de Día y Residenciales la determinación

de los usuarios y la concesión de plazas en las Residencias.

La orden de alta en el servicio será competencia exclusiva del Departamento de Centros de Día y Residenciales.

La empresa adjudicataria aceptará a los usuarios designados por el Departamento

de Centros de Día y Residenciales para ocupar las plazas vacantes.

La incorporación de los usuarios a los apartamentos se deberá realizar en un plazo de 10 días naturales, desde la notificación de la concesión de la plaza.

Los usuarios tendrán un periodo de adaptación de 30 días naturales siguientes al de su incorporación.

Si durante dicho periodo se apreciasen circunstancias que impidan la atención del

usuario en los Apartamentos, la empresa adjudicataria deberá ponerlo en conocimiento del Departamento de Centros de Día y Residenciales, mediante informe documentado.

No podrán ser usuarios de los Apartamentos aquellas personas que padezcan

enfermedad infecto-contagiosa en fase activa, ni cualquier otra que requiera atención permanente y continuada en un centro hospitalario.

• Horario del centro:

El horario de los apartamentos será permanente, durante las 24 horas del día, los

365 días del año.

• Comunicado de altas, bajas, modificaciones e incidencias en las Residencias

El adjudicatario comunicará al Departamento de Centros de Día y Residenciales

las incidencias y/o acontecimientos de carácter significativo acontecido en el centro, siempre con informe fundamentado, fechado y firmado por los profesionales responsables.

Comunicará a su vez, las incidencias que se produzcan respecto a la

incorporación de usuarios, así como las altas y bajas de los mismos, dentro de los tres días siguientes a la ocurrencia de aquellas a través de correo electrónico o sistema informático.

Serán motivos de baja definitiva:

1. A petición del usuario.

2. No superar periodo de adaptación.

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3. Traslado de municipio.

4. Pérdida de requisitos.

5. Incumplimiento de las obligaciones descritas en la Ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de Centros de Día, Centros Residenciales y Apartamentos para mayores del Ayuntamiento de Madrid.

6. Incompatibilidad de servicios.

7. Superar periodo máximo de suspensión.

8. Otros.

• Aportación del usuario Los beneficiarios del servicio participarán en su financiación de acuerdo con su

capacidad económica y el coste del servicio establecido por el Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con el Baremo vigente.

Los residentes deberán abonar la aportación económica que les corresponda, los cinco primeros días del mes en curso, a través de domiciliación bancaria.

La facturación se calculará mensualmente o por quincenas, no pudiendo prorratearse en ningún caso por días de asistencia, sean o no justificadas las ausencia. 8.-SEGUIMIENTO Y COORDINACION DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto 7.- SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO

9.- CLÁUSULAS SOCIALES

En este epígrafe serán de aplicación los mismos puntos que se encuentran en el documento I. FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE DIA MUNICIPALES, en el punto. 8.- CLÁUSULAS SOCIALES. 10.- PRECIOS DEL CONTRATO, PRECIOS, Y MODELO DE FACTURACIÓN.

Ver apartado VII de este pliego.

11.- IMAGEN CORPORATIVA.

Ver anexo II de este pliego.

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VII. PRECIOS DEL CONTRATO, MODELOS DE INFORMES Y FACTURACIÓN.

1. PRECIOS DEL CONTRATO

La empresa adjudicataria recibirá del usuario/a una parte del coste del servicio. Para ello serán los profesionales de los Servicios Sociales distritales quienes realizarán el cálculo de la aportación correspondiente. Se aplicará el baremo, que a cada caso le corresponda, mediante Decreto del titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los servicios de atención a personas mayores a partir del 1 de enero de cada año. La Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales (Departamento de Centros de Día y Residenciales) comunicará por escrito a la empresa adjudicataria la cantidad que deberá cobrar a cada usuario/a. El adjudicatario no podrá facturar a los/las usuarios/as cantidad adicional alguna por la prestación de los servicios que en este Pliego se contemplan. Solo podrán facturar a los/las usuarios/as aquellas cantidades que resulten de aplicar los criterios y baremos establecidos en estos Pliegos y que fijará para cada caso el Ayuntamiento de Madrid en su orden de alta. Este importe se descontará de la factura total.

1) Precio en concepto de gestión mensual:

LOTE CENTRO DE DÍA

PRECIO MES

GESTIÓN SIN IVA

PRECIO MES GESTIÓN CON

IVA

Centro

Apart S. Francisco. 21.294,49 22.146,27 Escuelas de S. Antón 27.653,66 28.759,81 Casino de la Reina 31.449,54 32.707,53 Carmen Conde 62.831,72 65.344,99

TOTAL LOTE 1 143.229,41 148.958,60

Arganzuela

José Villarreal 81.131,02 84.376,26 CDI Arganzuela 43.325,95 45.058,98

TOTAL LOTE 2 124.456,97 129.435,24

Retiro

Luis Peidró 81.582,39 84.845,69 CI Retiro 43.008,48 44.728,82

TOTAL LOTE 3 124.590,87 129.574,51

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Salamanca La Guindalera 23.381,65 24.316,92 Margarita Retuerto 304.077,70 316.240,81

TOTAL LOTE 4 327.459,35 340.557,73

Chamartín Juan Pablo II 24.005,19 24.965,40

TOTAL LOTE 5 24.005,19 24.965,40

Tetuán Remonta 30.409,24 31.625,61 Leñeros 54.861,49 57.055,95 Pamplona 120.419,32 125.236,10

TOTAL LOTE 6 205.690,05 213.917,66

Chamberí

Santa Engracia 121.798,64 126.670,59 Rafael Calvo 37.390,79 38.886,42

TOTAL LOTE 7 159.189,43 165.557,01

Fuencarral-El Pardo

Fray Luis de León 65.092,85 67.696,57 Peña Grande 32.957,75 34.276,06 VV. Justo Sierra 38.436,97 39.974,44 El Pardo 25.389,80 26.405,39

TOTAL LOTE 8 161.877,37 168.352,46

Moncloa-Aravaca Almorox 69.240,03 72.009,64

TOTAL LOTE 9 69.240,03 72.009,64

Latina

Casa de Campo 33.367,41 34.702,10 San Crispín 67.809,09 70.521,45 Gallur 31.671,67 32.938,54 Alhambra 78.006,75 81.127,02

TOTAL LOTE 10 210.854,92 219.289,11

Carabanchel

Francisco de Goya 26.390,09 27.445,70 San Vicente de Paul 22.993,72 23.913,47 Aurora Villa 79.592,50 82.776,20 La Magdalena 62.603,03 65.107,15 C.M.A.I.N Dr. Salgado Alba 60.743,47 63.173,20

TOTAL LOTE 11 252.322,81 262.415,72

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Usera Jose Manuel Bringas 23.115,72 24.040,34 Orcasur 23.207,01 24.135,29 Loyola de Palacio 60.818,83 63.251,58

TOTAL LOTE 12 107.141,56 111.427,21

Puente de Vallecas Pablo Neruda 30.249,72 31.459,71 Entrevías 23.185,48 24.112,90 Fátima de Madrid 87.256,55 90.746,81

TOTAL LOTE 13 140.691,75 146.319,42

Moratalaz Moratalaz 43.709,61 45.458,00 Isaac Rabín 53.334,78 55.468,17 Nicanor Barroso 51.512,87 53.573,39

TOTAL LOTE 14 148.557,26 154.499,56

Ciudad Lineal

Canal de Panamá 31.012,56 32.253,06 Carmen Laforet 61.187,74 63.635,24 C.I. Jazmín 224.137,46 233.102,95 Ascao 33.005,82 34.326,05

TOTAL LOTE 15 349.343,58 363.317,30

Hortaleza

Concepción Arenal 23.912,22 24.868,71 Parque Querol 32.600,16 33.904,16

TOTAL LOTE 16 56.512,38 58.772,87

Villaverde

Miguel Delibes 77.331,84 80.425,12 San Luciano 36.068,12 37.510,84

TOTAL LOTE 17 113.399,96 117.935,96

Villa de Vallecas Villa de Vallecas 23.181,17 24.108,41

TOTAL LOTE 18 23.181,17 24.108,41

Vicálvaro Vicálvaro 24.708,17 25.696,50

TOTAL LOTE 19 24.708,17 25.696,50

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San Blas

Mora de Rubielos 24.529,92 25.511,11 Pablo Casals 83.876,35 87.231,40 Ciudad Pegaso 53.128,97 55.254,13 Castillo de Uclés 37.475,03 38.974,04 Esfinge 85.840,27 89.273,88

TOTAL LOTE 20 284.850,54 296.244,56

Barajas

Acuario 36.800,88 38.272,92 Teresa de Calcuta 23.499,28 24.439,26

TOTAL LOTE 21 60.300,16 62.712,18

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2) Precio de Respiro Familiar Fines de Semana Centro de Día (por tramo y mes):

RESPIRO FAMILIAR FIN DE SEMANA CENTROS DE DÍA SIN IVA CON IVA

MODULO A (de 1 a 15 usuarios) 6.516,10 6.776,74

MODULO B (de 16 a 30 usuarios) 10.269,20 10.679,97

3) Precio de Respiro Familiar Fines de Semana Residencia (por tramo y mes):

RESPIRO FAMILIAR FIN DE SEMANA RESIDENCIAS SIN IVA CON IVA

MODULO A (de 1 a 15 usuarios) 2.110,13 2.194,54

MODULO B (de 16 a 30 usuarios) 3.688,31 3.835,84

4) Precio Servicio de Ocio y Tiempo Libre Fines de Semana CMAIN Dr. Salgado Alba

(por tramo y mes):

SERVICIO DE OCIO Y TIEMPO LIBRE FINES DE SEMANA CMAIN DR. SALGADO

ALBA SIN IVA CON IVA

MODULO A (de 1 a 15 usuarios) 5.948,00 6.185,92

MODULO B (de 16 a 30 usuarios) 8.451,25 8.789,30

5) Precio de Fisioterapia Preventiva (por grupo y mes):

FISIOTERAPIA PREVENTIVA SIN IVA CON IVA

1 GRUPO MES 407,54 423,84

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2.-. BAREMO DE APORTACIÓN DE LOS USUARIOS.

La empresa adjudicataria recibirá del usuario/a una parte del coste del servicio. Para ello serán los profesionales de los Servicios Sociales distritales quienes realizarán el cálculo de la aportación correspondiente. Se aplicará el baremo, que a cada caso le corresponda, según Decreto anual de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, por el que se aprueba la tabla de rentas, baremos y aportaciones a aplicar en los servicios de atención a personas mayores a partir del 1 de enero de cada año. Es la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales (Departamento de Centros de Día y Residenciales) el que comunicará por escrito a la empresa adjudicataria la cantidad que deberá cobrar a cada usuario/a. En todo caso el Ayuntamiento de Madrid sufragará las cantidades que sean necesarias para que el usuario no aporte más cantidad que la resultante de aplicar el baremo. 3.- MODELOS DE INFORMES Y FACTURAS MENSUALES

FACTURACIÓN 3.1.- Centros de Día Municipales De forma mensual, la empresa adjudicataria confeccionará un listado que remitirá

tanto al Distrito correspondiente como a la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales.

Este listado se confeccionará en formato Excel y contendrá los siguientes datos

recogidos cada uno de ellos en una columna y en este orden, según el modelo que se adjunta:

• Apellidos y Nombre. • N.I.F. • Fecha de nacimiento. • Edad: <80 / >80. • Sexo: Hombre / Mujer. • Situación convivencia: Solo / Cónyuge / Hijos / Cónyuge e Hijos / Otras. • Índice de ocupación porcentual del mes: 100 / 60 / 40 / 50 / 30 / 20. • Días de asistencia: 2 / 3 / 5 • Transporte: Si / No • Fecha de alta inicial en el servicio • Fecha baja Temporal o Definitiva • Rotación: Alta Nueva / Baja Definitiva • Aportación usuario según baremo (con IVA) • Observaciones (motivos y periodos de la ausencia, motivo de la baja definitiva,

etc)

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INFORME MENSUAL DE USUARIOS

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

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CUADRO RESUMEN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS

EN CENTRO DE DÍA

CUADRO-RESUMEN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN EL CENTRO DE DIA……….

Nº EXPEDIENTE: PRECIO UNITARIO:

EMPRESA: MES: AÑO: Nº DE PLAZAS / TIPOLOGIA: DISTRITO: Nº DE LOTE:

Total usuarios atendidos Altas nuevas Bajas definitivas Índice de Ocupación (%)

Coste de Gestión Origen (sin IVA)

(-) Aportación Usuarios (sin IVA) BASE IMPONIBLE

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

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FACTURA PARA CENTROS DE DÍA MUNICIPALES (EN SOPORTE PAPEL)

Nº Factura:

AYUNTAMIENTO DE MADRID D.G. … DPTO. … Domicilio … C.P. … C.I.F.: P-2807900-B

Nombre del contrato:

Nº expediente municipal:

Nº Lotes adjudicados:

Fecha de emisión: Período facturación: Empresa emisora:

N.I.F.

Domicilio:

Importe de los servicios prestados en el Centro de Día…

DISTRITOS: - CENTRO DE DIA: - FISIOTERAPIA PREVENTIVA:

- RESPIRO FAMILIAR:

Base imponible:

I.V.A. 4%:

TOTAL FACTURA:

Fecha y firma

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

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FACTURA PARA EL USUARIO EMPRESA: …………………………............................................ MES /AÑO (referido al mes de atención al usuario): ……... FACTURA Nº ……………………….................................... Nombre y Apellidos del Usuario ………………………. D.N.I.: ………………………………………………… Domicilio: …………………………………………………

Servicios prestados: Asistencia al Centro de Día: …………………. Modalidad de asistencia: …………………. Observaciones: (asistencia ½ mes, otras…) Transporte: Si / No Aportación según baremo del Ayuntamiento para el año ….:

Aportación = 4% IVA = TOTAL = (Importe total de la aportación)

EL AYUNTAMIENTO DE MADRID INFORMA:

De acuerdo con nuestra información, los servicios que usted ha recibido, en el período que comprende esta factura, han tenido un:

COSTE TOTAL… € 100%

Usted abona… € %

El Ayuntamiento de Madrid abona el resto... € %

El Ayuntamiento de Madrid, en su permanente afán por mejorar los servicios a todos los madrileños, le ofrece esta información como ejercicio de transparencia y responsabilidad ante todos los ciudadanos.

Fecha de la emisión de la Factura

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3.2. Servicio de Fisioterapia Preventiva y de Mantenimiento para Mayores. De forma mensual, la empresa adjudicataria confeccionará un listado que remitirá

tanto al Distrito correspondiente como a la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales, indicando en qué Centro de día o Centro Municipal de Mayores realizan la actividad cada uno de los usuarios relacionados.

Este listado se confeccionará en formato Excel y contendrá los siguientes datos

recogidos cada uno de ellos en una columna y en este orden, según el modelo que se adjunta:

• Centro donde se realiza • Grupo • Apellidos y Nombre • N.I.F. • Fecha de alta inicial en el servicio • Fecha de Baja Definitiva • Rotación: Alta Nueva / Baja Definitiva • Días de asistencia • Aportación usuario según baremo (con IVA) • Observaciones (motivos y periodos de la ausencia, motivo de la baja

definitiva, etc)

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INFORME MENSUAL DE USUARIOS DE FISIOTERAPIA PREVENTIVA Y DE MANTENIMIENTO PARA MAYORES

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ÁREA DE GOBIERNO DE EQUIDAD, DERECHOS SOCIALES Y EMPLEO Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales

Departamento de Centros de Día y Residenciales

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CUADRO RESUMEN DEL SERVICIO DE FISIOTERAPIA PREVENTIVA Y MANTENIMIENTO PARA MAYORES

CUADRO-RESUMEN DEL SERVICIO DE FISIOTERAPIA PREVENTIVA

EN EL CENTRO DE DIA……….

Nº EXPEDIENTE: PRECIO UNITARIO:

EMPRESA: MES: AÑO:

Nº DE LOTE: DISTRIT

O:

Total usuarios atendidos Altas nuevas Bajas definitivas

Índice de Ocupación (%)

Nº de grupos Precio Unitario (sin IVA) Total Coste

(-) Aportación Usuarios (sin IVA)

BASE IMPONIBLE

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

95

3.3.- Respiro familiar De forma mensual, la empresa adjudicataria confeccionará un listado que remitirá

tanto al Distrito correspondiente como a la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales.

Este listado se confeccionará en formato Excel y contendrá los siguientes datos

recogidos cada uno de ellos en una columna y en este orden, según el modelo que se adjunta:

• Apellidos y Nombre • N.I.F. • Distrito de procedencia • Fecha de nacimiento • Sexo: Hombre / Mujer • Situación convivencia: Solo / Cónyuge / Hijos / Cónyuge e Hijos / Otras. • Fecha de alta inicial en el servicio • Fecha de la baja definitiva • Días de asistencia: S / D / SyD / (siendo dichas letras las correspondientes

a los días de la semana concedidos) • Transporte: Si / No • Total estancia SIN transporte: S / D • Total estancia CON transporte: S / D • Aportación usuario según baremo (con IVA) • Observaciones (motivos y periodos de la ausencia, motivo de la baja

definitiva, etc)

Igualmente deberá adjuntar un cuadro de asistencia indicando los usuarios que

han acudido cada uno de los días disponibles del mes que se facture.

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

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INFORME MENSUAL DE USUARIOS DE RESPIRO FAMILIAR

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

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CUADRO RESUMEN DEL SERVICIO DE RESPIRO FAMILIAR

CUADRO-RESUMEN DEL SERVICIO DE RESPIRO FAMILIAR

EN EL CENTRO DE DIA……….

Nº EXPEDIENTE: PRECIO TRAMO 1-15 USUARIOS:

PRECIO TRAMO 16-30 USUARIOS:

EMPRESA: MES: AÑO: Nº DE LOTE: DISTRITO:

Total usuarios atendidos Altas nuevas Bajas definitivas Índice de Ocupación (%)

TOTAL COSTE GESTION (según tramo):

(-) Aportación Usuarios (sin IVA)

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

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CUADRO DE ASISTENCIA DEL SERVICIO DE RESPIRO FAMILIAR

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

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3.4.- Centro Integrado. Residencia + Centro de Día

De forma mensual, la empresa adjudicataria confeccionará un listado por cada servicio (Residencia, Centro de Día y Respiro Familiar) que remitirá tanto al Distrito correspondiente como a la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales.

Este listado se confeccionará en formato Excel y contendrá los siguientes datos

recogidos cada uno de ellos en una columna y en este orden, según el modelo que se adjunta:

Listado de usuarios de Centro de Día y de Respiro Familiar: Los mismos datos requeridos para el resto de los centros de día municipales y de

respiro familiar. Listado de usuarios de Residencia:

• Apellidos y Nombre. • N.I.F. • Distrito de procedencia • Fecha de nacimiento. • Sexo: Hombre / Mujer. • Índice de ocupación. • Fecha de alta inicial en el servicio • Fecha baja definitiva • Rotación: Alta Nueva / Baja Definitiva • Aportación usuario según baremo (con IVA) • Observaciones (motivo de la baja definitiva)

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

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INFORME MENSUAL DE USUARIOS DE CENTRO INTEGRADO RESIDENCIA

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

101

CUADRO RESUMEN DEL CENTRO INTEGRADO (RESIDENCIA Y CENTRO DE DIA)

CUADRO-RESUMEN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN RESIDENCIA Y CENTRO DE DIA ……….

Nº EXPEDIENTE: PRECIO UNITARIO:

EMPRESA: MES: AÑO: Nº DE PLAZAS / TIPOLOGIA: DISTRITO: Nº DE LOTE:

Total usuarios atendidos Altas nuevas Bajas definitivas Índice de Ocupación (%)

Coste de Gestión Origen (sin IVA)

(-) Aportación Usuarios Residencia (sin IVA) (-) Aportación Usuarios Centro de Día (sin IVA) BASE IMPONIBLE

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ÁREA DE GOBIERNO DE EQUIDAD, DERECHOS SOCIALES Y EMPLEO Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales

Departamento de Centros de Día y Residenciales

102

FACTURA PARA CENTROS INTEGRADOS (RESIDENCIA Y CENTRO DE DIA) EN SOPORTE PAPEL

Nº Factura:

AYUNTAMIENTO DE MADRID D.G. … DPTO. … Domicilio … C.P. … C.I.F.: P-2807900-B

Nombre del contrato:

Nº expediente municipal:

Nº Lotes adjudicados:

Fecha de emisión: Período facturación: Empresa emisora:

N.I.F.

Domicilio:

Importe de los servicios prestados en la Residencia y Centro de Día…

DISTRITOS: - RESIDENCIA: - CENTRO DE DIA:

Base imponible:

I.V.A. 4%:

TOTAL FACTURA:

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

103

FACTURA PARA EL USUARIO CUALQUIER SERVICIO

(Eliminar lo que no proceda) EMPRESA: …………………………............................................ MES /AÑO (referido al mes de atención al usuario): ……... FACTURA Nº ……………………….................................... Nombre y Apellidos del Usuario ………………………. D.N.I.: ………………………………………………… Domicilio: …………………………………………………

Servicios prestados: Asistencia al Centro de Día: …………………. Modalidad de asistencia: …………………. Observaciones: (asistencia ½ mes, otras…) Transporte: Si / No Aportación según baremo del Ayuntamiento para el año ….:

Aportación = 4% IVA = TOTAL = (Importe total de la aportación)

EL AYUNTAMIENTO DE MADRID INFORMA:

De acuerdo con nuestra información, los servicios que usted ha recibido, en el período que comprende esta factura, han tenido un:

COSTE TOTAL… € 100%

Usted abona… € %

El Ayuntamiento de Madrid abona el resto... € %

El Ayuntamiento de Madrid, en su permanente afán por mejorar los servicios a todos los madrileños, le ofrece esta información como ejercicio de transparencia y responsabilidad ante todos los ciudadanos.

Fecha de la emisión de la Factura

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104

3.5.- Apartamentos Municipales De forma mensual, la empresa adjudicataria confeccionará un listado

que remitirá a la Dirección General de Personas Mayores y Servicios Sociales. Este listado se confeccionará en formato Excel y contendrá los siguientes

datos recogidos cada uno de ellos en una columna y en este orden, según el modelo que se adjunta:

• Número de Apartamento • Tipología de Apartamento: Individual/ Doble • Apellidos y Nombre. • N.I.F. • Distrito de Procedencia • Fecha de nacimiento. • Edad: <80 / >80. • Sexo: Hombre / Mujer. • Fecha de alta inicial en el servicio • Fecha baja Temporal o Definitiva • Aportación de usuario/a según baremo (con IVA) • Observaciones (motivos y periodos de la ausencia, motivo de la baja

definitiva, etc.)

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Departamento de Centros de Día y Residenciales

105

INFORME MENSUAL DE PERSONAS USUARIAS DE APARTAMENTOS

ENTIDAD NOMBRE

APARTAMENTO

MES / AÑO

NÚM APTO

Tipología de Apartamento

APELLIDOS NOMBRE IF

DISTRITO

DE PROCEDE

NCIA

F Nacimiento

<80 / >80

Sexo % usuario/a BAJA

MOTIVO

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CUADRO-RESUMEN DE LOS SERVICIOS PRESTADOS EN EL APARTAMENTO……

Nº EXPEDIENTE: PRECIO UNITARIO: EMPRESA: MES: AÑO: Nº DE PLAZAS /

TIPOLOGIA: DISTRITO: Nº DE LOTE:

Total usuarios/as atendidos/as Altas nuevas Bajas definitivas Índice de

Ocupación (%)

Coste de Gestión Origen

(sin IVA)

(-) Aportación Usuarios/as (sin IVA)

BASE IMPONIBLE

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FACTURA PARA APARTAMENTOS MUNICIPALES

Nº Factura:

AYUNTAMIENTO DE MADRID D.G. … DPTO. … Domicilio … C.P. … C.I.F.: P-2807900-B

Nombre del contrato:

Nº expediente municipal:

Nº Lotes adjudicados:

Fecha de emisión:

Período facturación:

Empresa emisora:

C.I.F.

Domicilio:

Importe de los servicios prestados en el Apartamento…

Base imponible:

I.V.A. 4%: TOTAL FACTURA:

Forma de Pago: Número de cuenta bancaria:

Fecha y firma

Firmado electrónicamente por: JUAN DE LA TORRE VIDAL

Cargo: JEFE DE DEPARTAMENTO DE CENTROS DE DIA Y RESIDENCIALES

Fecha: 20-06-2017 08:54:48

Firmado por: JUAN DE LA TORRE VIDALFecha: 20-06-2017 08:56:00

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