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1 PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA PARA LA DIRECCIÓN, INSPECCIÓN, COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD, CONTROL DE CALIDAD Y DEL PLAN DE GESTION DE RESIDUOS DE LAS OBRAS CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL PARQUE DE LA BENEDICTA (2ª FASE) DE PORTUGALETE

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PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS PARA

LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA PARA LA

DIRECCIÓN, INSPECCIÓN, COORDINACIÓN EN MATERIA DE

SEGURIDAD Y SALUD, CONTROL DE CALIDAD Y DEL PLAN

DE GESTION DE RESIDUOS DE LAS OBRAS

CORRESPONDIENTES AL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL

PARQUE DE LA BENEDICTA (2ª FASE) DE PORTUGALETE

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CUADRO RESUMEN DE LAS CARACTERISTICAS DEL PROCEDIMIENTO

1. Entidad adjudicadora:

Sociedad Urbanística de Rehabilitación de Portugalete S. A. SURPOSA, Sociedad

Unipersonal.

2. Objeto del Contrato: La dirección de obra correspondiente al proyecto de urbanización del Parque de la Benedicta (2ª Fase) de Portugalete.

3. Valor estimado del contrato: CIENTO TREINTA Y CINCO MIL EUROS (135.000-€) IVA excluido.

4. Plazo de ejecución: Ocho meses (8) meses.

5. Garantía definitiva: 4% sobre importe de adjudicación IVA incluido

6. Clasificación de contratistas: No se exige

7. Obtención de documentación: El proyecto de urbanización se encuentra disponible en Kopi Denda. C/ Mª Díaz de Haro nº 9 (48920-Porutgalete). Tfno.: 944.959.930. Los pliegos de condiciones también se encuentra disponibles en el perfil de contratante de SURPOSA en www.portugalete.org.

8. Plazo y lugar de Presentación de ofertas: 6 de junio de 2011 a las 14:00 horas en las oficinas de SURPOSA C/ Santa María nº 1, 2º Portugalete

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I N D I C E

1.- Objeto del contrato.

2.- Normas reguladoras.

3.- Valor estimado del contrato y existencia de crédito.

4.- Duración del contrato.

5.- Presentación de las proposiciones y documentación exigida.

6.- Criterios de adjudicación.

7.- Formalización del Contrato.

8.- Ejecución del contrato.

9.- Abonos al Contratista.

10.- Obligaciones del Adjudicatario.

11.- Equipo de asistencia técnica.

12.- Características del equipo de asistencia técnica y dotación de medios.

13.- Contenido mínimo y descripción de los trabajos a desempeñar por el

adjudicatario.

14.- Trabajos defectuosos o mal ejecutados.

15.- Cesión del contrato.

16.- Finalización de los trabajos y recepción de los mismos.

17.- Resolución del contrato.

18.- Devolución de la garantía.

19.- Prerrogativas de SURPOSA y Jurisdicción competente.

20.- Normativa de aplicación supletoria.

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PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICO - ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA PARA LA DIRECCIÓN,

INSPECCION Y COORDINACION EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD,

CONTROL DE CALIDAD Y DEL PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS, DE LAS

OBRAS COMPRENDIDAS EN EL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL PARQUE

DE LA BENEDICTA (2ª FASE) DE PORTUGALETE

1.- OBJETO DEL CONTRATO Es objeto de este Pliego de Cláusulas la regulación de las condiciones para la adjudicación por SURPOSA, mediante concurso abierto, del contrato de servicios para la asistencia a la Dirección de Obra (Dirección de obra y Dirección de la ejecución material, Coordinación de Seguridad y Salud, Control de Calidad, y del Plan de Gestión de Residuos) correspondiente al proyecto de urbanización del Parque de la Benedicta (2ª Fase) de Portugalete, redactado por la ingeniería SENER y aprobado por Decreto de Alcaldía del Ayuntamiento de Portugalete de 15 de abril de 2011. Asimismo el contrato comprenderá la elaboración del informe de evaluación de las ofertas presentadas al concurso convocado para la selección de contratista y adjudicación de la obra, que se redactará ateniéndose a los criterios establecidos en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas.

2.- NORMAS REGULADORES Las relaciones entre SURPOSA y quien resulte adjudicatario/a de los trabajos de asistencia técnica a que se refiere este documento se regirán: - Por el contrato que se suscriba al efecto. - Por el contenido del presente pliego. - Por las normas de aplicación supletoria establecidas en el contrato y en el presente pliego.

3.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y EXISTENCIA DE CRÉDITO El valor estimado del contrato es de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL EUROS (135.000-€) IVA excluido, que podrá ser mejorado a la baja por los licitadores. El precio final de adjudicación del contrato se considerará cerrado y no podrá ser objeto de revisión alguna, salvo que existan nuevas prestaciones solicitadas por SURPOSA, en cuyo caso se deberán valorar y aceptar expresamente con carácter previo a su ejecución.

Existe crédito suficiente para que SURPOSA atienda las obligaciones económicas que de él se deriven.

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4.- DURACIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución inicialmente previsto se establece en OCHO MESES (8) MESES, desde el comienzo efectivo del mismo. En cualquier caso, la asistencia técnica objeto de contratación, al hallarse vinculada al plazo de ejecución del correspondiente contrato de obra, se extenderá hasta la recepción provisional de las obras y a cuantas actuaciones sean precisas hasta la recepción definitiva de los trabajos y liquidación de la obra objeto de dirección, inspección y coordinación. Si la duración del contrato rebasara el plazo inicialmente previsto por causas que tuvieran su origen en la petición de modificaciones o complementos por parte de SURPOSA, o por la ampliación del ámbito de actuación previsto en el proyecto, siempre se acredite que las mismas hubieran precisado ese mayor plazo, y éste fuera en cualquier caso superior en un mes al inicialmente previsto, el consultor podrá solicitar de SURPOSA la ampliación del contrato con arreglo a lo que resulte de aplicar las tarifas horarias de su oferta a las dedicaciones del personal técnico puesto a disposición de tales trabajos adicionales.

5.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA

5.1.- Las proposiciones para tomar parte en la presente licitación, se entregarán en el lugar y plazo indicados en el apartado 8 del cuadro resumen de características del procedimiento. Los Licitadores presentarán tres (3) sobres (A, B y C), firmados por éstos, o por persona que los represente con poder bastante, y cerrados de forma que se garantice el secreto de su contenido, con la siguiente descripción:

Sobre “A”.- Título: Documentación General.

Sobre “B”.- Titulo: Documentación Técnica.

Sobre “C”.- Titulo: Proposición Económica.

En cada uno figurará el nombre del licitador (o licitadores, si se trata de Uniones Temporales de Empresas), domicilio social, teléfono y fax, el título de la obra y número o clave del expediente, e incluirá la documentación, debidamente cumplimentada, que a continuación se indica.

SURPOSA podrá pedir aclaraciones o justificaciones documentales de los datos aportados por el licitador.

Los licitadores respetarán en su presentación de documentos el orden establecido en los puntos que siguen, incluso para aquellos apartados en que, por las razones que se aduzcan, no proceda su presentación.

Sobre “A”: Documentación General

Este sobre deberá contener la documentación siguiente: 5.2.- Aquellos licitadores que se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas de la Diputación Foral de Bizkaia o en el Registro de Contratistas de la Comunidad

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Autónoma del País Vasco, deberán presentar en el Sobre “A” únicamente la documentación siguiente:

a) Fotocopia del DNI de la persona que suscriba la oferta, debidamente legitimada durante el último año.

b) Copia de la inscripción en el Registro de Contratistas de la Diputación Foral de Bizkaia o de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Deberá acompañarse una declaración jurada de la vigencia de los datos contenidos de la citada inscripción.

c) Declaración responsable, conforme establece el artículo 62 de la LCSP, de no hallarse incurso en ninguna de las causas de prohibición para contratar relacionadas en el artículo 49 de la LCSP.

d) Una vez resuelta la adjudicación del Concurso, el adjudicatario deberá presentar en el plazo de cinco días hábiles las certificaciones positivas que acrediten hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A tal efecto deberán aportarse:

d’) Certificaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, en su caso, de la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria de la Diputación Foral de Bizkaia u órgano equivalente en razón de su domicilio fiscal, en las que se haga constar que la respectiva persona física o jurídica está al corriente de sus obligaciones tributarias.

d”) Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de hallarse al corriente de pago de sus obligaciones ante ésta. e) A efectos de notificaciones el licitador deberá presentar los siguientes datos: domicilio, teléfono, fax, e-mail. 5.3.- Aquellos que no figuren inscritos en los Registros de Contratistas citados, deberán acompañar en el Sobre “A” a) Fotocopia del D.N.I. de quien firme la propuesta, legitimada durante el último año. b) Copia autorizada o testimonio notarial o fotocopia debidamente legalizada de la escritura de constitución de sociedad, así como de modificaciones posteriores que afecten a requisitos de presentación y contratación del presente procedimiento, y poder con facultades suficientes para contratar con la Administración otorgado a favor de quien firme la proposición, o testimonio notarial, conjunto de uno y otro documento, inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5º del Reglamento del Registro Mercantil. c) Declaración jurada de la vigencia de los documentos solicitados en el apartado anterior. d) Justificante de la clasificación de contratista solicitada para el concurso en el apartado nº 6 del cuadro resumen de las características del procedimiento. (No aplicable)

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e) Declaración responsable, conforme establece el artículo 62 de la LCSP, de no hallarse incurso en ninguna de las causas de prohibición para contratar relacionadas en el artículo 49 de la LCSP. f) Solvencia económica, financiera y técnica. La acreditación de la solvencia económica y financiera se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 64 de la LCSP, y la técnica con arreglo a lo dispuesto en el artículo 67, apartados a), b), c), e) e i) de la misma ley de contratos del sector público. g) Certificación Territorial de estar al corriente de pago de todas las obligaciones tributarias al día de licitación, debiendo quedar claramente acreditado el Alta, y, en su caso, el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas. h) Certificación de estar al corriente del pago de las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores de la empresa, así como de Alta en la Mutua de Accidentes correspondiente, o, en su caso, documentos TC-1 y TC-2, legitimadas notarialmente durante el último año. i) A efectos de notificaciones el licitador deberá presentar los siguientes datos: domicilio, teléfono, fax, e-mail. 5.3.- La omisión de cualquiera de los documentos citados en este apartado será motivo para la no admisión de la oferta. 5.4.- Podrán recabarse al empresario las aclaraciones precisas acerca de los documentos y certificados presentados, o requerirle para la presentación de otros complementarios. 5.5.- El adjudicatario deberá notificar en el plazo máximo de diez (10) días las incapacidades e incompatibilidades que hubieran podido sobrevenir.

Sobre “B”: Documentación Técnica.

Que contendrá: a) Descripción detallada de los trabajos a desarrollar. Deberá incluir un resumen de su propuesta de asistencia para la dirección de las obras, con una Memoria explicativa del trabajo a desarrollar, describiendo la concepción global del tipo de servicio objeto de la contratación, con las precisiones y matizaciones que estime procedentes, e incluso en su caso, propuestas metodológicas alternativas que, a juicio del licitador, permitan atribuir mayor consistencia a la asistencia, y en definitiva mejorar los resultados de la misma.

Dentro del estudio deberán figurar además:

Esquemas de la estructura de los diferentes informes y planes que el consultor deberá presentar a SURPOSA durante el transcurso de las obras, según lo especificado en el presente pliego.

Programa de trabajo compatible con los plazos de ejecución establecidos para las obras.

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Metodología de los trabajos.

Estimación del programa de trabajo y plazos parciales para su elaboración.

La adjudicación del contrato a una oferta en la que se proponga un desarrollo de los trabajos que contradigan lo expuesto en este pliego, no significa que SURPOSA acepte dichas propuestas, pudiéndose desarrollar los trabajos de acuerdo con el presente Pliego si lo estimara oportuno.

b) Organización del equipo de trabajo.

Deberá aportar una relación del personal facultativo adscrito a las obras, siguiendo las especificaciones de este Pliego, con indicación de la dedicación aplicada a este trabajo. Incorporará la relación nominal de todo el personal facultativo propuesto, con indicación de la categoría profesional, los años de experiencia profesional y tipo de vinculación con la empresa, así como las funciones, responsabilidades y facultades asignadas a esta asistencia, incluyendo “currículum vitae” de las personas nominadas. Debe entregarse además un organigrama de personal y las responsabilidades funcionales correspondientes.

c) Estimación de medios materiales. Los licitadores deberán establecer una relación de los medios materiales reales, que deben cumplir las especificaciones de este Pliego, y que se comprometen a poner a disposición de SURPOSA para realizar los trabajos objeto del contrato en caso de resultar adjudicatarios. d) Certificados de aseguramiento de calidad y medio ambiente. Se incluirán los certificados de aseguramiento de calidad y medio ambiente que posea el consultor en relación a la ejecución de proyectos.

Sobre “C”. Titulo: Proposición económica.

El sobre “C” contendrá la proposición económica del licitador, por todos los conceptos, expresada en euros. La proposición económica deberá ir fechada y firmada por persona con poder suficiente para representar y asumir el compromiso derivado de la licitación. La vigencia mínima de su oferta será de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha límite señalada para la presentación de las proposiciones.

El presupuesto del servicio ofertado, será el resultado de aplicar las tarifas horarias a las dedicaciones del personal técnico adscrito a las tareas y cometidos contratados, de acuerdo con las exigencias de dotación de medios requeridos en el presente Pliego. Se rechazarán las ofertas que no elaboren el presupuesto de la forma indicada.

A todos los efectos, se entenderá que la proposicion económica presentada por el licitador, comprende, no sólo el precio del trabajo, sino también el importe de todos los gastos, dietas, transportes, asistencia a reuniones, materiales, suministros, visados colegiales, estudios previos, impuestos y tributos que puedan originarse como consecuencia del contrato.

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En caso de discrepancia entre la cifra consignada en letra y en número, prevalecerá la que figura en letra

Se considerará, en principio, como desproporcionada o temeraria la baja que exceda de treinta unidades porcentuales del presupuesto base de licitación IVA excluido, sin perjuicio de la posibilidad del licitador de justificar las razones que le permitan la realización de los trabajos en el precio ofertado.

Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica, tanto si licita individualmente como en UTE.

En el caso de Unión Temporal de Empresas, la oferta deberá estar firmada por los representantes de cada una de las empresas componentes de la citada Unión.

No se aceptarán aquellas proposiciones que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que SURPOSA estime fundamental para la oferta.

6.- CRITERIOS DE ADJUDICACION Los criterios que se utilizarán para la adjudicación del concurso no serán exclusivamente en función del importe económico presentado por el licitador. En consecuencia, se valorará la oferta en su conjunto, y en particular, la metodología propuesta para el desarrollo de los trabajos, su programación y el conocimiento que denote la oferta del proyecto a dirigir; la cualificación, idoneidad, experiencia y dedicación del personal, los medios técnicos asignados a la realización de los trabajos, y la acreditación de certificados de calidad. Al objeto de proceder a la adecuada valoración de las ofertas, éstas deberán contener cuantos datos se estimen necesarios para la adecuada ponderación de los extremos anteriormente indicados, tales como precio, identificación del equipo adscrito a la realización de los trabajos y su dedicación debidamente cuantificada, su programa y metodología de trabajo, certificados de calidad, mejoras adicionales o sobre prestaciones sin coste propuestas, etc...

La puntuación máxima que se asignará a los distintos apartados a valorar será la siguiente: a) Oferta económica: Máximo 50 puntos.

La puntuación de este apartado se redondea al segundo decimal.

Para la valoración del importe económico de las ofertas económicas correspondientes a las proposiciones que hayan sido admitidas, se procederá de forma que a la oferta económica que fuere más económica se le asignarán cincuenta (50) puntos. Las restantes ofertas económicas se evaluarán con la puntuación obtenida mediante la siguiente expresión:

50 X Precio de la oferta más Económica

Puntuación de la Oferta = Precio de la Oferta valorada

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b) Estudio de los trabajos y metodología que denoten un conocimiento exhaustivo del proyecto, calidad y plazos programas: Máximo 25 puntos. c) Personal asignado al contrato: Máximo 15 puntos. d) Medios Técnicos Asignados: Máximo 5 puntos. e) Certificados de calidad: Máximo 5 puntos. La adjudicación del contrato tendrá lugar dentro del plazo de vigencia de las ofertas, sin perjuicio de que SURPOSA se reserve la facultad de declararla desierta si la calidad de las ofertas, su importe u otras causas justificadas que se encuentren relacionadas con la propia asistencia técnica o con la ejecución de la obra a la que se refiere, así lo aconsejen.

7.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO El documento de formalización del contrato se otorgará dentro de los 10 días naturales siguientes al recibo de la notificación del acuerdo de adjudicación. Durante este plazo SURPOSA podrá pedir al concursante seleccionado cuantas aclaraciones, informaciones complementarias y pruebas documentales estime necesarias, sobre datos contenidos en los documentos presentados al concurso. Cuando por causas imputables al empresario no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, SURPOSA podrá acordar la resolución del mismo y designar en su caso un sustituto de aquél de entre quienes hubieran concurrido a la oferta.

8. - EJECUCION DEL CONTRATO La fecha oficial de comienzo de los trabajos coincidirá con la firma del acta de comprobación de replanteo de la obra, a la que el adjudicatario deberá asistir en calidad de dirección de obra, sin perjuicio de que previamente a la misma deba elaborar el informe de evaluación de ofertas a que se refiere la cláusula primera del presente documento. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, y el adjudicatario queda obligado a aportar, para la realización del servicio o prestación, el equipo humano y material así como los medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución de aquél, en los plazos convenidos en el contrato. Los trabajos realizados durante la ejecución del contrato tales como informes, actas, planos, etc. serán propiedad de SURPOSA y ésta, en consecuencia, podrá corregirlos, reproducirlos, publicarlos y divulgarlos, parcial o totalmente, en la medida que tenga por conveniente, sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario de los trabajos alegando sus derechos de autor u otros motivos. Todos los trabajos realizados para el buen fin del presente contrato tendrán carácter confidencial, no pudiendo el consultor utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato o información alguna de los trabajos contratados sin autorización escrita de SURPOSA,

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estando, por tanto, obligado a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado, tanto de la información como de los resultados obtenidos del trabajo realizado. Asimismo, serán propiedad exclusiva de SURPOSA todos los derechos de propiedad intelectual y de autor que se puedan derivar de la ejecución de dichos trabajos, obligándose las partes a otorgar el documento oportuno, cuando este sea necesario, para la debida constancia pública de este hecho ante cualquier organismo o registro. En todo caso, el consultor será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación. Bajo ninguna circunstancia el contrato supondrá relación laboral alguna entre SURPOSA y el contratista o el personal de él dependiente.

9.- ABONOS AL CONTRATISTA Con carácter previo al primer abono, el contratista deberá tener constituida una garantía a favor de SURPOSA por importe del 4% del importe de la adjudicación. Tal garantía podrá ser constituida en metálico, en valores públicos o privados, avalados por el Estado, por una Comunidad Autónoma o por Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizados para operar en España. Igualmente podrá ser constituida la garantía mediante aval prestado por un Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o Sociedad de Garantía Recíproca debidamente autorizado, o mediante aval o contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en España en el ramo de caución. El plazo de dicha garantía se extenderá, al menos, hasta que transcurran seis (6) meses desde la fecha de recepción definitiva de los trabajos (certificado final de obra y entrega de la documentación definitiva del proyecto según la obra ejecutada). Asimismo con carácter previo al primer abono, el contratista deberá haber satisfecho el coste de los anuncios relativos a la publicación del concurso para la asistencia técnica contenida en el presente pliego, hasta un máximo de SETECIENTOS EUROS (700-€). Deberá igualmente el consultor acreditar frente a SURPOSA, con carácter previo al primer abono, la suscripción y vigencia de la póliza de seguro a que se refiere la cláusula 10.5 del presente pliego. El adjudicatario tendrá derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado. El pago del precio convenido se verificará dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de cada una de las facturas mensuales correspondientes al mes vencido del trabajo realizado. Tales facturas serán constantes e iguales, y cada una de ellas representará el equivalente a una octava parte del importe de la adjudicación. Cada factura deberá acompañarse del certificado acreditativo de que el adjudicatario se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias en los términos establecidos en el art. 43.1.f de la Ley General Tributaria de 17 de diciembre de 2003.

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En el caso de que los trabajos contratados rebasasen el plazo de los ocho meses inicialmente previstos, el adjudicatario vendrá obligado a cumplir con las obligaciones derivadas del contrato aún cuando no quedara pendiente de facturación cantidad alguna.

10.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 10.1.- El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo. 10.2.- Son de cuenta del contratista los gastos que se requieran para la obtención de licencias, documentos o cualquier información de organismos oficiales o particulares. Asimismo, los impuestos, gastos de visado por el colegio oficial correspondiente, derechos, tasas o compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen. 10.3.- El adjudicatario facilitará a SURPOSA, sin ningún coste adicional, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y puntual cumplimiento de su cometido tales como asistencia a reuniones explicativas, gestiones ante organismos que pudieran verse afectados por el proyecto, etc. 10.4.- El contratista será responsable de la calidad técnica y viabilidad de los trabajos que desarrolle así como de las prestaciones y servicios realizados. Igualmente responderá de las consecuencias que se deduzcan para SURPOSA o para terceros de las omisiones, errores, inadecuación de métodos o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El Consultor realizará todos los trabajos adicionales de diseño, cálculo y detalle, y será plenamente responsable, técnica y legalmente, de su contenido, así como de los

plazos de entrega de las diferentes unidades del estudio. 10.5.- Será por cuenta del consultor adjudicatario el pago de las indemnizaciones que proceda por los daños que, a consecuencia de su intervención, se causen a terceros o al contratista de la obra cuando éste en su ejecución, sin faltar a la lex artis, a las medidas de seguridad establecidas, a las normas de prudencia y diligencia o sin mediar infracción de reglamentos, se hubiera ajustado a las indicaciones y órdenes de la dirección. El consultor ordenará la adopción de las medidas necesarias para que durante la ejecución de los trabajos encomendados quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad las indemnizaciones por los daños y perjuicios que, por desatención de esta obligación, pudieran ocasionarse a aquéllos si a tenor de las disposiciones y leyes vigentes incurriese en culpabilidad. A tal efecto, el consultor deberá mantener contratado durante toda la vigencia del contrato, un seguro de responsabilidad civil profesional que cubra a todo su personal adscrito a la obra, y en una cuantía no inferior a SEISCIENTOS MIL EUROS (600.000-€), por los riesgos que pudieran derivarse de la ejecución del contrato.

En consecuencia, SURPOSA no será responsable, ni directa, ni solidariamente de lo que con plena responsabilidad técnica y legal controle, proyecte, informe o calcule el

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consultor, el cual deberá disponer del personal adecuado y con la titulación legal

necesaria para la realización completa del trabajo objeto de este contrato.

11.- EQUIPO DE ASISTENCIA TÉCNICA El Consultor aportará, al menos, un equipo humano formado por técnicos competentes en cada una de las materias objeto del trabajo, y contará con los siguientes elementos: 11.1.- Delegado del Consultor. 11.2.- Director de Obra. 11.3.- Coordinador de Seguridad y Salud. 11.4.- Grupo de Control, seguimiento y vigilancia. 11.5.- Oficina Técnica de apoyo. 11.1.- Delegado del consultor. El Delegado del Consultor ostentará la representación del consultor con relación al contrato, asegurando que el equipo propuesto para la realización de los trabajos ejecuta sus tareas con la máxima eficacia. Este cometido podrá desempeñarse, en su caso, por quien asuma las funciones asignadas a la dirección de la obra. 11.2.- Director de Obra. Las actuaciones y funciones del director de obra serán, entre otras, las siguientes:

Será responsable de la ejecución correcta de la obra en todos sus aspectos de calidad, plazo de entrega y síntesis e integración de las sugerencias de SURPOSA, así como por el equipo de trabajo en relación con cada elemento del proyecto.

Estudio y revisión del proyecto de la obra y de las modificaciones o complementos subsiguientes si las hubiere, así como de cuantos datos y antecedentes se disponga y de la oferta del Contratista adjudicatario. Se realizarán revisiones periódicas del proyecto bien de oficio por la propia dirección, bien a propuesta del Contratista o de SURPOSA, para completar todos aquellos datos que pudieran faltar en el Proyecto.

Organización de todas las actividades del equipo de asistencia técnica de forma que éste se ajuste al contrato y se desarrolle con arreglo a los programas establecidos.

Revisión del Plan de trabajo que presente el Contratista después de la adjudicación.

Revisión de la idoneidad de la maquinaria y medios auxiliares que el Contratista proponga utilizar.

Mantenimiento de las relaciones y canalización de la comunicación entre las diferentes áreas del estudio con el representante de SURPOSA y con terceros, si fuese necesario. En este sentido tendrá especial significado todo lo referente a la coordinación con la infraestructura ferroviaria situada en el entorno.

Atención al funcionamiento individual y de conjunto de las diferentes especialidades, proporcionándoles la documentación necesaria y resolviendo los posibles problemas de coordinación interna que se planteen.

Observancia y supervisión de las normas de procedimiento.

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Información periódica a SURPOSA de la situación y avance de los trabajos, y elaboración de las propuestas para las modificaciones de contenido y/o alcance que pudieran hacerse necesarias o convenientes durante la ejecución de las obras.

Gestión del Libro de Órdenes con anotación de las emitidas durante el día y copia de cada una de ellas.

Elaboración de las órdenes de cambio, en las que se describan y valoren las modificaciones que se produzcan en las obras autorizadas por SURPOSA. Se valorarán económicamente dichos cambios y su repercusión en el programa de trabajo, en los plazos parciales y total de las obras. Las modificaciones que se introdujeran en el curso de ejecución de la obra a iniciativa del consultor, deberán constar expresamente aprobadas por SURPOSA, deduciéndose, en caso contrario, la correspondiente responsabilidad del consultor y la obligación, por exclusivo cargo y cuenta de éste, de rehacer el trabajo conforme al proyecto aprobado.

Preparación de la recepción provisional de las obras, verificación e informe sobre el cumplimiento de las subsanaciones que en ella pudieran relacionarse, y seguimiento de la obra entregada y sus incidencias hasta la Recepción Definitiva de la misma.

Elaboración de informe relativo al estado de la obra e instalaciones con carácter previo a la redacción y asistencia al acta de recepción definitiva.

11.3.- Coordinador en materia de Seguridad y Salud. Sus actuaciones y funciones serán, entre otras, las siguientes:

Aprobación y Revisión del Plan de Seguridad y Salud.

Revisión del Estudio de Seguridad y Salud.

Visitas de supervisión.

Reuniones de seguimiento y coordinación.

Llevanza y gestión del libro de incidencias.

Informe mensual, con resumen de visitas efectuadas, índices de siniestralidad y mejoras propuestas.

Actualizaciones periódicas, si procede, del Plan de Seguridad y Salud.

Actualizaciones del aviso previo de subcontratistas y autónomos de nueva incorporación.

Cuantas otras análogas pudieran corresponderle. 11.4.- Grupo de control y vigilancia Desarrollará actividades en las diferentes fases de la misma:

Actividades a desarrollar en fase inicial.

Actividades que se desarrollarán durante la fase de construcción de la obra.

Actividades en fase final. 11.5.- Oficina técnica de apoyo. Se dispondrá de una oficina técnica que suministrará los apoyos técnicos en todas las áreas que quedan involucradas en la obra (arquitectura, estructuras, instalaciones, jardinería, etc…).

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La oficina técnica participará en la medida de sus posibilidades en la realización de los estudios, informes, cálculos, planos, etc. que sean necesarios como consecuencia de las variaciones y/o modificaciones que se produzcan durante el desarrollo de la obra, así como comprobar e informar, cuando así lo requiera el director de la obra, aquellos que proponga el contratista. Para ello deberá disponer del personal y los medios adecuados, incluyendo los informáticos, que se precisen para su adecuada realización. Deberá considerarse que durante la ejecución de las obras será necesario realizar determinadas actividades complementarias de mayor o menor magnitud, bien con la organización a pie de obra para trabajos de pequeña magnitud, bien con equipos de la oficina técnica central del consultor en los de mayor entidad. Entre los trabajos complementarios que resultarán necesarios a lo largo de la obra, se incluyen los siguientes:

Revisión y control de toda la documentación que se vaya generando como consecuencia de la definición del propio proyecto y de las modificaciones que se vayan produciendo durante el desarrollo de la obra, con la realización de los oportunos informes de control.

Elaboración de un Registro de Control de Calidad con indicación de muestreos, ensayos, pruebas y verificaciones de obra, análisis de resultados, etc.

Emisión de informes resumen mensuales sobre la situación, marcha y calidad de la obra, que permitan a la propiedad disponer de un conocimiento permanente actualizado sobre el desarrollo de los trabajos. Estos informes se referirán asimismo a los aspectos económicos de la obra y alertarán, en su caso, sobre la eventual existencia de desviaciones y su justificación.

Emisión de un informe final de obra que, sustituyendo en el mes correspondiente al informe mensual, permita disponer de una imagen completa del resultado de la obra.

Interpretación y definición de detalles y aspectos del proyecto insuficientemente desarrollados, o que el Pliego de Prescripciones Técnicas deje al criterio y propuesta del director de la obra.

Verificación y toma de datos topográficos necesarios para desarrollar detalles del proyecto.

Revisión y control cualitativo de la obra en los aspectos relativos a rellenos, elementos estructurales, instalaciones, urbanización y jardinería, entre otros.

Actividades para el desarrollo de las reposiciones de servicios, y apoyo al director de las obras en sus gestiones con terceros.

Supervisión del proceso de legalización de las instalaciones hasta la obtención de la puesta en servicio expedida por el Departamento de Industria o entidad u organismo que ostente las competencias al efecto.

Supervisión de los planos aportados por el contratista de las obras en los que se reflejen con el suficiente grado de detalle la situación final y definitiva de los servicios públicos.

Labores de coordinación entre el equipo de control de calidad de la obra y el contratista adjudicatario de la misma, con objeto de facilitar el cumplimiento íntegro de los trabajos y actividades previstas en el Plan de Control de Calidad de la obra o en las modificaciones que del mismo puedan ser aprobadas en el transcurso de la obra.

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Colaboración con la dirección de obra en la tramitación de permisos, licencias y autorizaciones precisas para el desarrollo de la obra, y relación con otros organismos y administraciones relacionadas con la misma.

Estudios e informes sobre aspectos geotécnicos, estructurales, ambientales y de seguridad.

12.- CARACTERÍSTICAS DEL EQUIPO DE ASISTENCIA TECNICA Y DOTACIÓN DE

MEDIOS

Todos los equipos y medios podrán ser contrastados por SURPOSA y deberán sustituirse si no se encuentran en perfectas condiciones pudiendo exigir al consultor, en cualquier momento y tantas veces como sea necesario, el cambio de las personas que éste tenga adscritas al cumplimiento del contrato, si lo considera oportuno para la buena marcha del mismo.

12.1.- Personal. El contrato de asistencia técnica incluye la puesta a disposición de SURPOSA para su cumplimiento de todo el personal y medios materiales necesarios para la óptima realización, y en el momento preciso, de los trabajos que se contratan. Los medios humanos puestos a disposición del presente contrato, se estructurarán de la forma siguiente: Delegado del Consultor: Técnico responsable del contrato. Dirección de obra: Arquitecto o Ingeniero Superior - Director Facultativo Responsable de Seguridad y Salud:

Coordinador con titulación requerida al efecto. Grupo de control, seguimiento y vigilancia: Arquitecto técnico o Ingeniero Técnico (Directo de ejecucion material de obra) Ofinica Técnica (Apoyo puntual): Dotada con personal especializado en las áreas que exija el desarrollo del proyecto tales como geotécnica, estructura, jardinería, etc . Perfil y experiencia mínima requerida: El Director de Obra será un Arquitecto o Ingeniero Superior de más de siete (7) años de experiencia contrastable en proyectos y direcciones de obra similares a la que es objeto del contrato. El Coordinador de Seguridad y Salud, será un Técnico de Grado Medio con más de 5 años de experiencia contrastable en labores de prevención de obras. Grupo de Asistencia: Para el Control, seguimiento y vigilancia de la obra, se pondrá a disposición de un Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico de más de 7 años de experiencia contrastable en ejecución de obras de similares características.

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Oficina Técnica: Ofrecerá apoyo puntual, contando con los profesionales siguientes: Un Ingeniero de Caminos o ITOP que posea más de 5 años de experiencia contrastable en cálculo de estructuras. Un Ingeniero de más de 5 años de experiencia contrastable en proyectos y direcciones de obra que incluyan instalaciones eléctricas de media y baja tensión, mecánicas, de control ambiental, etc… Se contará con un equipo de apoyo de topografía, con la suficiente experiencia y dotado de los medios técnicos adecuados. El consultor deberá asegurar la adecuada resolución de todos los problemas que puedan surgir a lo largo de las obras. Para ello, es necesario que cuente en su organización con técnicos especialistas en control de obras incluyendo aspectos estructurales, geotécnicos y medioambientales, extremos que habrán de acreditarse en la licitación. Dichos técnicos, que constituirán el apoyo al equipo de pie de obra, estarán auxiliados en su labor por el resto del personal del Consultor cuando lo precisen, y todas sus posibles actuaciones se considerarán incluidas en el presupuesto del contrato, no siendo posible ninguna reclamación por parte del consultor respecto a dichas actuaciones. El licitador presentará ante SURPOSA, un organigrama que indicará la lista nominal de las personas que integrarán el equipo de Asistencia Técnica objeto del presente Contrato, adjuntando el “currículum” de cada uno de los integrantes, indicando la estructura, funciones, responsabilidades y facultades asignadas, así como el grado de dedicación a las obras. SURPOSA podrá exigir, siempre incluido en el importe del contrato, la dedicación a los trabajos de más personal del previsto por el consultor, cuando, por las circunstancias de la obra, sea necesario para la correcta y oportuna realización de los trabajos objeto del presente contrato. Cualquier modificación o adición de personal durante el transcurso de los trabajos, deberá ser previamente aprobada por SURPOSA a la vista de las nuevas credenciales que se presenten. 12.2.- Instalaciones y Equipos. El consultor aportará todos los medios técnicos e informáticos necesarios para realizar correctamente los trabajos, estudios e informes mencionados en el presente Pliego o para resolver cualquier tipo de incidencias que pudiesen presentarse en el desarrollo de las obras. SURPOSA podrá reclamar medios técnicos adicionales caso de que estos resultaran insuficientes en reafición con el alcance del servicio contratado. Material inventariable: Se incluye en este concepto el material susceptible de utilización continuada a lo largo del desarrollo de los trabajos necesarios para el cumplimiento de las tareas definidas en este Pliego.

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En este sentido, las oficinas deben estar dotadas de equipos informáticos suficientes, con las licencias de programas que la Dirección de Obra precise. En cuanto al equipo de topografía, será el necesario para efectuar los trabajos que se requieren con la precisión exigible. Material no inventariable: Se incluye en este concepto el material perecedero con su utilización, suministrado periódica e intermitentemente a lo largo de los trabajos y necesario para el desempeño de las tareas definidas en este Contrato. Vehículos y locomoción: El Consultor dispondrá de los medios necesarios de transporte para asegurar el desplazamiento de su personal a la obra. Los precios unitarios de abono que se oferten comprenderán todos los gastos de los vehículos necesarios para el desplazamiento del personal adscrito al contrato, es decir mantenimiento, consumo, seguros y amortización.

13.- CONTENIDO MINIMO Y DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A DESEMPEÑAR

POR EL ADJUDICATRIO

La Asistencia Técnica que comprenderá el contrato se extenderá a las áreas siguientes. 13.1.- Dirección de la Ejecución. 13.2.- Vigilancia de la Ejecución 13.3.- Control Dimensional y Servicios de Apoyo.

13.1.- Dirección de ejecución. Se describen los trabajos a realizar en materia de inspección y/o dirección de ejecución. 13.1.1.- Estudios, análisis e informes. Las funciones específicas a desarrollar en esta área serán las siguientes:

Evaluación de las ofertas presentadas al concurso para la selección y adjudicación de la obra, ateniéndose a los criterios establecidos en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas.

Planificación y metodología general previa, propuesta para llevar a cabo los trabajos de Asistencia Técnica en las áreas citadas, memoria que se presentará a SURPOSA antes de iniciar los trabajos.

Estudio y revisión del proyecto de la obra y de las modificaciones subsiguientes si las hubiere, así como de cuantos datos y antecedentes se disponga y de la oferta del Contratista adjudicatario. Se realizarán revisiones periódicas del proyecto bien de oficio por la propia dirección, bien a propuesta del Contratista

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o de SURPOSA, para completar todos aquellos datos que puedan faltar en el proyecto.

Revisión del Plan de trabajos que presente el Contratista después de la adjudicación.

Revisión de la idoneidad de la maquinaria y medios auxiliares que el Contratista proponga utilizar.

Control y seguimiento del cumplimiento de los Planes de Trabajos aprobados.

Supervisión y control de la realización de las obras de acuerdo con los pliegos, proyecto original y las modificaciones complementarias debidamente autorizadas.

Supervisión de los proyectos específicos de instalaciones proporcionados por la contrata de las obras.

Elaboración de un “Plan de Control de Calidad", de acuerdo con las especificaciones del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (P. P. T. P.)

Identificar y elaborar una relación de las condiciones y aspectos técnicos que los pliegos dejan al criterio de la Dirección de Obra en su definición.

Detectar e informar acerca de los diferentes criterios que puedan surgir en cuanto a la interpretación de planos, condiciones de los materiales, y de ejecución de unidades de obra, y colaborar con ella en su aclaración.

Supervisión y control de suministradores.

Control y supervisión de todas las operaciones de obra.

Recepción en obra de materiales.

Previsión de posibles incidencias técnicas y económicas, e informe sobre sus soluciones.

Estudio de propuestas sobre los problemas que se vayan planteando en obra y que impidan el normal cumplimiento del Contrato o aconsejen su modificación.

Definición de los cambios de obra de pequeña entidad que prácticamente no modifican el plazo ni el presupuesto, actualizando o elaborando los nuevos planos de obra.

Elaboración de las órdenes de cambio, en las que se describen y valoran las modificaciones que se produzcan en las obras autorizadas por SURPOSA. Se valorarán económicamente dichos cambios y su repercusión en el programa de trabajos, en los plazos parciales y total de las obras.

Propuesta de imposición de penalizaciones.

Elaboración de la memoria, anejos y planos para el proyecto de Liquidación de las obras.

Redacción del Proyecto de liquidación, incluso la colección completa de planos "as built".

Elaboración de planos de los servicios afectados.

Escritos sobre temas técnicos o administrativos que pudieran ser revisables en el futuro.

En casos de urgencia o gravedad dirigir determinadas operaciones o trabajos en curso, recabando del Contratista los medios necesarios para ello.

Preparación de la recepción provisional de las obras, verificación e informe sobre el cumplimiento de las subsanaciones que en ella pudieran relacionarse, y seguimiento de la obra entregada y sus incidencias hasta la recepción definitiva de la misma.

Elaboración de informe relativo al estado de la obra e instalaciones con carácter previo a la redacción y asistencia al acta de recepción definitiva.

Seguimiento y control del estado de garantías y seguros.

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Levantamiento de actas en todas las reuniones.

Aprobación y supervisión del Plan de Seguridad y Salud, y control de su cumplimiento.

Elaboración de un reportaje fotográfico de la ejecución de las obras, confeccionando, al final de las mismas, un álbum que recoja, en orden cronológico, las fotografías más representativas e ilustrativas del desarrollo de las obras.

Seguimiento mediante soporte gráfico (fotografía, diapositivas, vídeo, etc.) de los aspectos más relevantes relacionados con las obras: situaciones previas, maquinarias, procedimientos constructivos, detalles puntuales, técnicas novedosas, etc

13.1.2.- Gestión de Documentación. Las funciones específicas que se desarrollarán en esta área son las siguientes:

Preparación de instrucciones de obra (croquis, planos de detalle, etc.).

Recepción de comunicaciones del Contratista y resolución, en su caso, de las cuestiones en ellas planteadas con participación a SURPOSA si fuera precisa su intervención.

Gestión del Libro de Órdenes con anotación de las emitidas durante el día y copia de cada una de ellas.

Elaboración de la planificación de ejecución con desglose de diagramas parciales y corrección semanal indicando desviaciones (causas) y su grado de incidencia, proponiendo a la vez, las medidas correctoras necesarias.

Elaboración de un Registro de Control de Calidad con indicación de muestreos, ensayos, pruebas y verificaciones de obra, análisis de resultados, etc.

Emisión de informes-resumen mensuales sobre la situación, marcha y calidad de la obra, que permitan a la propiedad disponer de un conocimiento permanente actualizado sobre el desarrollo de los trabajos. Estos informes se referirán asimismo a los aspectos económicos de la obra y alertarán, en su caso, sobre la eventual existencia de desviaciones y su justificación.

Emisión de un informe final de obra que, sustituyendo en el mes correspondiente al informe mensual, permita disponer de una imagen completa del resultado de la obra.

Elaboración de un registro de incidencias, manejo de archivo general y correspondencia de obra.

Confección de los borradores de certificaciones mensuales.

Elaboración mensual de documentos de control económico con desglose de mediciones, relaciones valoradas y certificaciones aprobadas.

Elaboración y supervisión del programa de control y verificación de la puesta en funcionamiento, determinando las pruebas y su número para cerciorarse de la bondad de las instalaciones.

Supervisión del proceso de legalización de las instalaciones hasta la obtención de la puesta en servicio expedida por el Departamento de Industria o entidad u organismo que ostente las competencias al efecto.

Redacción de los documentos necesarios para reflejar los resultados de las pruebas, previa conformidad de las mismas.

Entrega de los libros de órdenes e incidencias debidamente diligenciados, en su caso, por los colegios profesionales correspondientes.

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Recepción, elaboración y entrega de un completo dossier que contenga, debidamente indexada y ordenada, la documentación técnica de todas las instalaciones y equipos que formen parte de la obra (climatización, ascensores, puertas automáticas, instalaciones eléctricas, etc...) tales como manuales de instrucciones y uso, indicaciones de mantenimiento, garantías, etc.

13.1.3.- Control y coordinación de las obras. Dentro de esta sub-área se incluyen los siguientes trabajos: a) Control cuantitativo. Se llevarán a cabo todas las operaciones necesarias para colaborar con la Dirección de Obra en el control de la obra ejecutada mensualmente y su correspondiente valoración, siguiendo las siguientes fases:

Realización de las mediciones y valoraciones de obra ejecutada.

Redacción del borrador de las relaciones valoradas de las certificaciones mensuales con la conformidad del Contratista.

Control de certificaciones y Presupuesto.

Confección y actualización de los gráficos comparativos de obra realizada y de obra programada, informando a la Dirección de Obra de cualquier anomalía significativa.

Valoración de imprevistos.

Propuestas de precios contradictorios para su discusión con el Contratista, y verificación e informe de los aportados por éste.

Elaboración de una Memoria Económica Final de obra.

Medición y valoración al origen y liquidación final de cada obra y total, incluso planos.

Control y seguimiento económico y de plazos. Desviaciones de las distintas partes de las obras y en conjunto.

b) Control cualitativo. En esta sub-área se consideran los siguientes apartados: Control de calidad de los materiales, equipos, instalaciones y obra ejecutada.

Para el control de calidad de los materiales y de la obra ejecutada, se tendrá en cuenta lo especificado en el “Plan de Control de Calidad" y el P. P. T. P.

Desde este punto de vista, el consultor preparará, un Plan de Inspección específico para obra, conteniendo como aspectos más significativos:

El control de calidad de movimiento de tierras, rellenos y excavaciones. De acuerdo con el Control de Calidad del Proyecto, se realizará el adecuado control de los elementos siguientes: - Relleno de zanjas - Rellenos compactados - Pedraplenes

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El control de calidad de los elementos estructurales (hormigón y acero). Las obras de hormigón, se ejecutarán con especial atención a las especificaciones de Proyecto relativas al control de calidad de: - Recepción de aditivos - Aguas de amasado - Áridos - Armaduras El consultor controlará de acuerdo con la instrucción EHPRE 72 o la que la sustituya, todo lo referente a la fabricación y suministro del hormigón preparado, especialmente en lo relativo a dosificación, fabricación y transporte del mismo. En cuanto al control estadístico de la calidad del hormigón, especialmente su resistencia característica, se aplicará la instrucción EHE o la que le sustituya, tanto acerca de la composición de los lotes, (control de hormigón a nivel normal) como en la aplicación del estimador para la obtención de la misma. Si se rechazase algún lote, el contratista podrá realizar a su costa, los oportunos ensayos de información, (con extracción de testigos) previa aprobación por el Director de las obras de la correspondiente campaña. Los elementos de acero estructural, se someterán al control especificado en proyecto, tanto en cuanto a la recepción de perfiles, como a la construcción en taller, su transporte, almacenamiento y montaje. Los ensayos a realizar para la recepción de los materiales acopiados serán:

- Ultrasonidos para chapas. - Tracción. - Plegado. - Resiliencia

El plan de control incluirá de acuerdo con el Proyecto:

- Control de calidad de soldaduras en taller y en obra - Control de uniones atornilladas - Control de calidad de pinturas

El control de calidad de los elementos exteriores y urbanización.

- Pavimentos - Revestimientos - Aislamientos e impermeabilizaciones - Mobiliario urbano - Jardinería y arbolado - Muros verdes

La urbanización, comprende diversos elementos, pudiéndose destacar respecto de los ensayos de control, los relativos a las bases granulares, mezclas bituminosas, pavimentos etc. En todo caso, la Dirección de las Obras

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aplicará el Pliego de Prescripciones técnicas Particulares del proyecto y el plan de Control de Calidad. Se realizará el control especificado para los elementos siguientes:

- Materiales de terraplenes - Firmes / Zahorra artificial - Pavimentos / adoquinado - Bordillos - Mezclas bituminosas en caliente - Muros de gavión

El control de calidad de las isntalaciones y redes de servicio exteriores.

- Abastecimiento - Ascensor - Saneamiento - Alumbrado - Energía eléctrica Las redes de servicio se someterán a los controles y pruebas específicos, como la prueba de presión y estanqueidad de la red de agua potable, de acuerdo con el Pliego de prescripciones Técnicas Generales para tuberías de abastecimientos de agua, así como el control a la instalación de alumbrado, ensayo de tomas de tierra, ensayo de intensidad de arranque y equilibrado de cargas de la instalación así como verificación del centro de mando.

13.2.- Vigilancia de la ejecución. Durante la ejecución de las obras, el consultor extenderá la vigilancia a todo el proceso de realización de las mismas.

En todo momento el personal de la Asistencia Técnica exigirá el cumplimiento de lo preceptuado en los Pliegos, respecto al sistema de ejecución.

El consultor cumplirá y hará cumplir las normas vigentes en materia de Seguridad y Salud en el trabajo, efectuará el seguimiento del Plan de Seguridad y Salud aprobado por la Administración y advertirá a la Dirección de Obra de las anomalías detectadas en su cumplimiento y de las sugerencias aportadas para su mejora.

Mensualmente se redactarán partes o informes sobre la marcha y calidad de los trabajos, así como su adecuación al Plan de trabajos aprobado y al nivel de calidad establecido.

En caso de paralización o descenso acusado del ritmo de trabajo, se indicará en el informe la correspondiente motivación y posible responsabilidad del Contratista.

Análogamente procederá en caso de daños a terceros, motivados de las obras, u otra contingencia importante.

13.3.- Control dimensional y servicios de apoyo.

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Se describen a continuación las funciones a realizar en esta materia: 13.3.1.- Trabajos topográficos

Comprobación de la triangulación que define las coordenadas de base de las obras proyectadas.

Comprobación de las bases de replanteo.

Supervisión de todos los trabajos topográficos y replanteos desarrollados por la Contrata.

Control geométrico permanente de la obra.

Realización de los levantamientos topográficos y las nivelaciones encomendadas por la Dirección de Obra en relación con la obra o proyectos anexos y complementarios.

13.3.2.- Toma de datos y mediciones

Toma de datos para elaborar un inventario de los servicios afectados.

Toma de datos y croquis para elaborar las certificaciones mensuales.

Mediciones de obra ocultas (cimentaciones, etc.) antes de ser tapadas, incluso planos.

Mediciones mensuales de obra ejecutada, según las distintas unidades del Proyecto, incluso dibujo y control de planos.

Valoraciones de obra ejecutada, según precios del proyecto, o posibles reformas autorizadas.

Control dimensional y topográfico final de las obras.

14.- TRABAJOS DEFECTUOSOS O MAL EJECUTADOS 14.1.- Hasta que transcurra el plazo de garantía de UN AÑO, el contratista responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, sin que sea eximente ni le otorgue derecho alguno la circunstancia de que SURPOSA los haya examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales. 14.2.- El contratista o consultor quedará exento de responsabilidad cuando el trabajo defectuoso o mal ejecutado sea consecuencia inmediata y directa de una orden de SURPOSA. 14.3.- Si se advierten vicios o defectos en el trabajo realizado, SURPOSA podrá recusar los que estime no satisfactorios. 14.4.- La recusación se realizará siempre por escrito motivado y el Consultor tendrá derecho a reclamar en el plazo de diez días contados a partir de la notificación por parte de SURPOSA del referido escrito.

15.- CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATO No se admitirá en ningún supuesto la cesión del contrato.

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16.- FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Y RECEPCION DE LOS MISMOS 16.1.- Una vez finalizados los trabajos o cumplidas, en su caso, las demás prestaciones accesorias del contratista, éste lo presentará a SURPOSA o requerirá en su caso, la aprobación de las prestaciones realizadas, mediante la presentación de los documentos y justificantes que crea convenientes. 16.2.- El trabajo o las prestaciones serán examinados por los representantes designados por SURPOSA, quienes habrán de emitir el oportuno informe e indicar al contratista los defectos en que, a su juicio, incurra o incurran, si los hubiere, dándole un plazo para su subsanación. Una vez subsanados los defectos SURPOSA resolverá sobre la recepción de las prestaciones del contratista, teniendo en cuenta, en todo caso, lo que corresponda al plazo de recepción. 16.3.- Cuando los trabajos no se encuentren conformes, el representante de SURPOSA dará, por escrito, al Contratista, las instrucciones precisas y detalladas con el fin de remediar las faltas o defectos observados, fijando el plazo para efectuarlo. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiesen subsanado por parte del contratista los defectos señalados, se resolverá el contrato. 16.4.- La recepción de las prestaciones documentales que integran el contrato tendrá lugar dentro del plazo máximo de dos meses, contado a partir de la suscripción del acta de recepción provisional, salvo que se establezca otro plazo distinto. De la recepción de las prestaciones habrá de levantarse la correspondiente acta.

17.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 17.1.- Son causas de resolución del contrato, además de las previstas en los artículos 206 y 284 de la Ley de Contratos del Sector Público con la particularidad de que las menciones en él realizadas a la administración pública se entenderán hecha a nombre de SURPOSA, las siguientes: Igualmente podrán ser causa de resolución: a) El incumplimiento por el contratista de las obligaciones establecidas con carácter preceptivo en el presente Pliego o en el resto de los documentos contractuales. b) La información comprobada del contratista a terceros en la materia objeto del contrato, así como las reiteradas deficiencias en la ejecución de las prestaciones por parte de la adjudicataria. Estas causas de resolución se considerarán, a todos los efectos, como incumplimiento del contrato por culpa del contratista. 17.2.- Si el adjudicatario no cumpliera las obligaciones derivadas de la ejecución del presente contrato, la SURPOSA se reserva la facultad de resolverlo sin indemnización y de continuar la ejecución de los trabajos por otros medios. 17.3.- En cuanto a los efectos de la eventual resolución del contrato, se estará a lo dispuesto en los artículos 205 y 285 de la LCSP con la misma particularidad referida en el anterior punto 1.

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18.- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA

Aprobada la liquidación del contrato al que se refiere este pliego, si no resultasen responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la garantía y transcurrido el plazo consignado en la cláusula 9 de este Pliego, se procederá a la devolución de aquélla o a la cancelación del aval.

Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al consultor, se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de la garantía, siempre que no se hayan producido las responsabilidades objeto de aseguramiento.

19.- PRERROGATIVAS DE SURPOSA Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

19.1.- SURPOSA tiene la prerrogativa de interpretar el presente pliego así como contrato de asistencia que se suscriba, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público que acredite el Ayuntamiento de Portugalete, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público, con la particularidad de que las menciones en él realizadas a la administración pública se entenderán hecha a nombre de SURPOSA.

19.2.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos de este pliego y del contrato que se suscriba, serán resueltas por los órganos sociales de SURPOSA, sometiéndose ambas partes a la competencia territorial de los jueces y tribunales de Bizkaia.

20.- NORMATIVA DE APLICACIÓN SUPLETORIA

Para la interpretación de este pliego, así como para la regulación de cuantas incidencias o extremos no se hallaran expresamente en él previstas, resultará de aplicación supletoria la normativa vigente en materia de contratación administrativa, señaladamente la Ley de Contratos del Sector Público, con la especificidad de que todas las referencias hechas a la Administración en dicha normativa, se entenderán realizadas a nombre de SURPOSA.

Portugalete, mayo de 2011