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Junta de Gobierno Local 26-11-2018 Página 1 de 34 SECRETARIA ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, CON CARÁCTER ORDINARIA, EN FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 2018. En el municipio de Albal, a 26 de noviembre de dos mil dieciocho, siendo las nueve horas bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, D. Ramón Marí Vila, se reúnen en primera convocatoria y en el Salón de Reuniones de la Junta de Gobierno Local, las personas integrantes de la misma que a continuación se expresan al objeto de celebrar sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, previa convocatoria efectuada con la antelación establecida por el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de la que ha sido dada publicidad mediante la fijación de un ejemplar de la convocatoria y orden del día en el Tablón de Edictos de esta Casa Consistorial. ASISTENTES Presidencia D. Ramón Marí Vila Concejales /Concejalas Dª. María José Hernández Vila Dª. Melani Jiménez Blasco D. Sergio Burguet López D. Joel García Fernández D. David Francisco Ramón Guillen SECRETARÍA Rafael Darijo Escamilla INTERVENTORA Dª. Amparo Llácer Gimeno Acto seguido de orden de la Presidencia, se procede al estudio de los asuntos a tratar con arreglo al siguiente ORDEN DEL DIA 1. APROBACIÓN ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE LOS DÍAS 12 Y 19 DE NOVIEMBRE DE 2018. Por la Presidencia se pregunta si algún integrante de la Junta de Gobierno Local tiene que formular observación alguna al acta de la sesión correspondiente a los días 12 y 19 de noviembre de 2018, y al no formularse éstas se consideran aprobadas por unanimidad, autorizándose su transcripción al Libro Oficial. 2. PUBLICACIONES Y CORRESPONDENCIA OFICIAL. a) Información pública de la actualización del Plan Integral de residuos de la Comunitat Valenciana de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de fecha 19 de noviembre de 2018. b) Resolución de 15 de noviembre de 2018, del director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, por la que se convocan, para el año 2018, subvenciones para la financiación de los gastos de medios materiales destinados a los ayuntamientos de la

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Junta de Gobierno Local 26-11-2018 Página 1 de 34

SECRETARIA

ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, CON CARÁCTER ORDINARIA, EN FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 2018.

En el municipio de Albal, a 26 de noviembre de dos mil dieciocho, siendo las nueve horas bajo

la Presidencia del Sr. Alcalde, D. Ramón Marí Vila, se reúnen en primera convocatoria y en el Salón de Reuniones de la Junta de Gobierno Local, las personas integrantes de la misma que a continuación se expresan al objeto de celebrar sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, previa convocatoria efectuada con la antelación establecida por el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de la que ha sido dada publicidad mediante la fijación de un ejemplar de la convocatoria y orden del día en el Tablón de Edictos de esta Casa Consistorial.

ASISTENTES Presidencia D. Ramón Marí Vila Concejales /Concejalas Dª. María José Hernández Vila Dª. Melani Jiménez Blasco D. Sergio Burguet López D. Joel García Fernández D. David Francisco Ramón Guillen

SECRETARÍA Rafael Darijo Escamilla INTERVENTORA Dª. Amparo Llácer Gimeno

Acto seguido de orden de la Presidencia, se procede al estudio de los asuntos a tratar con

arreglo al siguiente ORDEN DEL DIA 1. APROBACIÓN ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE LOS DÍAS 12 Y

19 DE NOVIEMBRE DE 2018. Por la Presidencia se pregunta si algún integrante de la Junta de Gobierno Local tiene que

formular observación alguna al acta de la sesión correspondiente a los días 12 y 19 de noviembre de 2018, y al no formularse éstas se consideran aprobadas por unanimidad, autorizándose su transcripción al Libro Oficial.

2. PUBLICACIONES Y CORRESPONDENCIA OFICIAL.

a) Información pública de la actualización del Plan Integral de residuos de la Comunitat Valenciana de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de fecha 19 de noviembre de 2018.

b) Resolución de 15 de noviembre de 2018, del director de la Agencia Valenciana de

Seguridad y Respuesta a las Emergencias, por la que se convocan, para el año 2018, subvenciones para la financiación de los gastos de medios materiales destinados a los ayuntamientos de la

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Comunitat Valenciana que dispongan de cuerpo de policía local, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de fecha 20 de noviembre de 2018.

c) Resolución de 9 de noviembre de 2018, del director general del Servicio Valenciano

de Empleo y Formación, por la que se modifica el término de finalización de los cursos previstos en la Resolución de 29 de diciembre de 2017, del mismo órgano, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas y la formación con compromiso de contratación con cargo al ejercicio presupuestario 2018, en aplicación de la Orden 4/2016, de 26 de mayo, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las mismas, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de fecha 21 de noviembre de 2018.

d) Escrito de 6 de noviembre de 2018 remitido por Ninos Gestió Educativa, Coop. V.,

en el que informa del número de alumnos matriculados en la Escuela Infantil Municipal de Albal para el curso 2018-2019 y su distribución según el nivel educativo.

e) Informe Técnico-Sanitario de la zona de Abastecimiento de agua de consumo

humano de Albal-1 de fecha 7 de noviembre de 2018, remitido por el Director del Centro de Salud Pública de Alzira.

3. APROBACIÓN DEL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD, DEL PLAN ESTRATÉGICO Y DEL PLAN BÁSICO DE SEGURIDAD. (2018/3539)

Vista la propuesta del Concejal Delegado de Obras, Servicios y Seguridad Ciudadana de 21

de noviembre de 2018, que literalmente transcrita dice: “Visto el informe del Intendente Jefe de la policía local, de fecha 19 de noviembre de 2018, en

el que expone: “Que el Instituto Valenciano de Seguridad Publica y Emergencias (IVASPE) está realizando un estudio sobre auditorías o planes locales de seguridad en los municipios de la Comunidad Valenciana. Este documento persigue analizar las características de la criminalidad de un municipio, establecer objetivos y prioridades, así como valorar los medios y recursos disponibles para afrontarlos y desarrollar estrategias que aborden las cuestiones de mayor prioridad tales como medidas de mediación, prevención de la violencia en las aulas (bullying) y violencia de género, implementación de mejoras mediante participación ciudadana en materia de seguridad, etc. a nivel local. El documento final facilitará a los Ayuntamientos y a sus Cuerpos de Policía Local instrumentos de planificación de la seguridad, atendiendo especialmente al tamaño del municipio y problemáticas que puedan requerir soluciones específicas. Con el fin de ser lo más exhaustivo posible en el trabajo de campo para el estudio final sobre este proyecto y a la vista de la necesidad existente en este Ayuntamiento dado que no dispone de los mismos, se ha procedido a la elaboración de los planes que se detallan a continuación al objeto de adaptarse a la actual realidad de la sociedad y a la situación de los ciudadanos del municipio, lo que se hace constar para su aprobación por la Junta de Gobierno Local previa propuesta del Concejal de seguridad ciudadana: Planes elaborados: - Plan Local de Seguridad - Plan Estratégico - Plan Básico de Seguridad Visto lo anterior, el concejal delegado de obras, servicios y seguridad ciudadana Ramón

Tarazona Izquierdo PROPONE

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Primero.- Aprobar la redacción del nuevo Plan Local de Seguridad, del Plan Estratégico y del Plan Básico de seguridad, elaborados por el Intendente Jefe de la Policía Local y que se acompañan mediante anexo.

Visto el informe del Intendente Jefe de la policía local, de fecha 19 de noviembre de 2018.

Por cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros, viene en adoptar el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar la redacción del nuevo Plan Local de Seguridad, del Plan Estratégico y del

Plan Básico de seguridad, elaborados por el Intendente Jefe de la Policía Local y que se acompañan mediante anexo.

INDICE PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA

1. INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................................... 4

2. CONSIDERACIÓN. ....................................................................................................................................... 4

3. PRINCIPIOS BÁSICOS DEL PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA. .................................................................. 6

4. INFORME DE SITUACIÓN............................................................................................................................ 7

4.1. CARACTERÍSTICAS DEL MUNICIPIO. ................................................................................................... 7

4.2. LA SEGURIDAD CIUDADANA DEL MUNICIPIO. ................................................................................... 7

4.3. LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA. ....................................................................................................... 8

5. OBJETIVOS DEL PLAN DE SEGURIDAD. ....................................................................................................... 8

5.1. OBJETIVOS GENERALES...................................................................................................................... 8

5.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. ................................................................................................................... 9

6. DESARROLLO DE LA COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN ENTRE CUERPOS. ............................................ 10

6.1. MEDIDAS PARA FORTALECER LA COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN POLICIAL. ............................ 10

6.1.1. EN MATERIA DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y ACCESO A BANCOS DE DATOS. .................. 10

6.1.2. EN MATERIA DE COMUNICACIONES POLICIALES. ......................................................................... 11

6.1.3. COLABORACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA. ....................................................... 11

7. PLANES DE DESPLIEGUE. .......................................................................................................................... 12

8. PLANES DE ACTUACIÓN CONCERTADA. ................................................................................................... 12

9. PLANES DE ACTUACIÓN. .......................................................................................................................... 12

10. COLABORACIÓN EN EL ÁMBITO DE POLICÍA JUDICIAL. ........................................................................... 12

11. PLAN ESTRATEGICO. ................................................................................................................................ 13

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12. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. ........................................................................................ 13

12.1 La Comisión de Coordinación Policial será la encargada de impulsar nuevos avances en los

diversos ámbitos de colaboración establecidos el Plan, así como de resolver problemas o proponer

soluciones, en primera instancia, a las disfunciones que puedan producirse en su desarrollo. ................ 13

12.2 De forma periódica y, al menos una vez al año, la Comisión de Coordinación Policial realizará una

evaluación de los resultados obtenidos por la aplicación del Plan Local de, con la obligación de elaborar

una Memoria Anual, que será presentada a la Junta Local de Seguridad. ................................................. 13

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INDICE PLAN ESTRATÉGICO

1. INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................................... 14

2. LA POLICÍA LOCAL DE ALBAL COMO POLICÍA CERCANA. ......................................................................... 14

2.1. TÁCTICAS Y ESTRATEGIA APLICADAS .................................................................................................... 14

3 OBJETIVO PRIMARIO DE LA POLICÍA LOCAL. ................................................................................................ 15

4. OBJETIVO SECUNDARIO DE LA POLICÍA LOCAL ........................................................................................... 15

5 METODOLOGÍA DE ACCIÓN DE LA POLICÍA CERCANA. ................................................................................. 20

5.1. UNA ACCIÓN POLICIAL ORGANIZADA ALREDEDOR DE TERRITORIOS IDENTIFICADOS: SECTORES Y

BARRIOS. ...................................................................................................................................................... 20

5.2. UN CONTACTO PERMANENTE CON LA POBLACIÓN. ............................................................................ 20

5.3. LAS VARIADAS COMPETENCIAS DEL POLICÍA COMUNITARIO, LE PERMITE CUBRIR TODOS LOS

CAMPOS DE LA PREVENCIÓN, DE LA DISUASIÓN Y DE LA REPRESIÓN APELANDO A UNA VARIEDAD DE

HERRAMIENTAS ADAPTADAS, A SABER: ..................................................................................................... 20

6. CAMPAÑAS POLICIA LOCAL ......................................................................................................................... 21

7. MISIÓN, VISIÓN Y VALORES DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL ................................................................ 22

7.1 OBJETIVO. ........................................................................................................................................ 22

7.2. MISIÓN. ............................................................................................................................................ 22

7.3. VISIÓN. ............................................................................................................................................. 23

7.4. VALORES. ......................................................................................................................................... 23

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INDICE PLAN BÁSICO DE SEGURIDAD MUNICIPAL

1. INTRODUCCION. ...................................................................................................................................... 26

2. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LAS SITUACIONES INCONTROLADAS O EMERGENTES. ................... 26

3. DIVISIÓN DEL PLAN. ................................................................................................................................. 26

4. MEDIOS Y RECURSOS. .............................................................................................................................. 27

5. ACTUACIONES PRIMARIAS. ...................................................................................................................... 27

6. DE LOS CENTROS OPERATIVOS. ............................................................................................................... 28

6.1. DEL CENTRO DE COORDINACIÓN OPERATIVA LOCAL (CECOPAL). .................................................. 28

7. NOVEDADES. ............................................................................................................................................ 31

8. IDENTIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES. ................................................................................................... 31

9. DE LOS PUESTOS DE MANDO AVANZADO (PMA). ................................................................................... 32

10. DE LA DISTRIBUCIÓN DE EFECTIVOS, FUNCIONES. .................................................................................. 33

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PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 1. INTRODUCCIÓN Existen más de 8.000 municipios en España, algo más de 1.700 disponen de Cuerpos de

Policía Local. Albal se sitúa entre aquellos, cerca de 300, que cuentan con una población situada entre los 10.000 y los 20.000 habitantes.

El municipio representa el poder público más cercano a la ciudadanía, el que mejor conoce los problemas de la comunidad y el que más obligado se siente a resolverlos. Constituye una administración integral, que reúne servicios multidisciplinares, tan diversos como el urbanismo, el medio ambiente, los servicios sociales, la educación, el deporte, el tráfico y la seguridad, lo que les ofrece una perspectiva transversal de los problemas y le obliga a un trabajo en colaboración permanente, con otros órganos supramunicipales.

Albal, como otros municipios de más de 5000 habitantes, cuenta con Cuerpo de Policía Local propio. La gran amplitud y la polivalencia de las funciones asignadas a los Cuerpos de Policía abarcan el amplio abanico de los problemas de la comunidad: la mediación en conflictos, el auxilio en emergencias sociales y sanitarias, las problemáticas derivadas del tráfico urbano, el control del cumplimiento de normas administrativas municipales y extra- municipales, la prevención de la delincuencia y el mantenimiento de la seguridad ciudadana. De facto las funciones de las Policías Locales se podrían resumir diciendo simplemente que “la misión de la Policía Local consiste en actuar allí donde existe un problema”.

Por lo citado con anterioridad es necesario elaborar un documento estratégico que sirva como guía de actuación para las Corporaciones Locales y su área de seguridad y protección, con la finalidad de desarrollar un Plan Local de Seguridad.

2. CONSIDERACIÓN. El Ayuntamiento de Albal considera la seguridad ciudadana un pilar básico de la sociedad del

bienestar y estiman prioritario combatir la inseguridad a través de la colaboración entre las Administraciones Públicas y la coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que de ellas dependen.

El presente plan debe contemplar el mantenimiento de la seguridad y la convivencia como un derecho y un elemento esencial en la calidad de vida de la ciudadanía. Especialmente de los que más sufren las consecuencias de la delincuencia y de otras conductas asociales.

De conformidad con lo establecido por la Ley, la Junta Local de Seguridad es el órgano competente para establecer los procedimientos de colaboración y coordinación entre las administraciones en el ámbito territorial del municipio.

Para hacer más eficaz y eficiente es fundamental garantizar la coordinación entre el Cuerpo de la Policía Local de Albal y el Puesto de la Guardia Civil en Alfafar, y ejecutar los acuerdos emanados de la Junta Local de Seguridad. Tal compromiso debe poner en marcha diversos planes conjuntos de actuación que han de obtener resultados y, lo que es más importante, crear una cultura común de colaboración y coordinación entre ambos Cuerpos Policiales.

Partiendo de esas bases, se presenta este Plan Local de Seguridad Ciudadana, que pretende desarrollar, en el ámbito territorial de Albal, adecuándolo a la realidad y necesidades específicas del Municipio.

De conformidad con los principios establecidos en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, el contenido, desarrollo y aplicación de las estipulaciones sobre cooperación policial establecidas en el presente Plan Local de Seguridad, representan un esfuerzo por la búsqueda y el encuentro de espacios comunes de convergencia en los cuales, respetado siempre el marco legal vigente y las respectivas responsabilidades y competencias de cada Cuerpo, los miembros de ambos Cuerpos de Seguridad concurrentes en el territorio, exploren y profundicen en las distintas posibilidades al objeto de poder trabajar, de forma conjunta, en beneficio de la seguridad de la ciudadanía.

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Con ese espíritu y finalidad, que enmarca y preside la cultura de colaboración del Modelo de Seguridad de Albal, la Junta Local de Seguridad, es el órgano que acuerda la puesta en marcha del presente Plan Local de Seguridad, con arreglo a las estipulaciones que en el mismo se contienen.

3. PRINCIPIOS BÁSICOS DEL PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA. Los principios básicos que animan el Modelo Municipal de Seguridad que se está

construyendo en Paiporta. Dicho modelo propone una actuación integral, basada en los siguientes principios:

a. Prevención. Porque solo las políticas basadas en la prevención pueden anticiparse a

los problemas, detectándolos en su génesis y no en su desarrollo. b. Proximidad. Porque solo un estrecho contacto con la realidad social permite detectar

los problemas y diseñar modelos y políticas que den respuesta a las necesidades. c. Participación. Porque la incorporación de la participación ciudadana, además de

constituir un derecho cívico, contribuye a corresponsabilizar a los usuarios con el sistema de seguridad.

d. Coordinación. Porque en un sistema plural, la coordinación, colaboración y corresponsabilización entre las Administraciones Públicas y los Cuerpos de Seguridad que de ellas dependen suponen aspectos fundamentales para lograr eficacia y eficiencia en las políticas de seguridad.

e. Solidaridad. Porque las políticas de seguridad deben partir de las causas sociales que producen inseguridad y del decidido apoyo a quienes padecen el delito.

f. Calidad. Porque así lo exige la sociedad con todo derecho, y los poderes públicos también debemos comprometernos para incrementar la calidad de los servicios públicos de seguridad.

Desde estos presupuestos y desde su marco competencial, el Ayuntamiento ha defendido decididamente su corresponsabilidad en el mantenimiento de la seguridad ciudadana, dedicando su Servicio de Policía Local a tareas integrales de Policía de Proximidad-Comunitaria y a garantizar la seguridad pública, en mutua colaboración con la Guardia Civil.

En consecuencia, la elaboración del presente Plan Local de Seguridad Ciudadana, aunque representa un salto cualitativo en la coordinación y colaboración entre las instituciones, también supone la continuidad en una tarea iniciada hace ya tiempo y que ahora es posible profundizar mucho más, gracias a la gran coincidencia de planteamientos entre la Guardia Civil y la Policía Local.

4. INFORME DE SITUACIÓN. 4.1. CARACTERÍSTICAS DEL MUNICIPIO.

El municipio de Albal (Valencia) se encuentra ubicado al Sur de la Ciudad de València, a 13 Km, en la comarca de “l’Horta Sur” en plena llanura litoral, en el tramo central del Golfo de Valencia, entre las llanuras aluviales de los ríos Turia (al norte) y Xúquer (al sur). El término municipal tiene una superficie de 6.9 km2, con una población de 16.244 habitantes, siendo su densidad de aproximada de 2029 habitantes por km2.

El término municipal de Albal, linda con los siguientes municipios: Dentro del Parque Natural de L’Albufera linda con Catarroja por el norte, con Valencia en el extremo oriental en el lago y por el sur con Silla y Beniparrell. En el ámbito oeste el linde municipal se establece por el norte con Catarroja, por el oeste con Alcasser y por el sur con Beniparrell. 4.2. LA SEGURIDAD CIUDADANA DEL MUNICIPIO.

La seguridad ciudadana del municipio está gestionada por dos Cuerpos Policiales, siendo estos la Policía Local dependiente del ayuntamiento de Albal, ubicada en las Dependencias sitas en la Calle Jaume I nº 7 y el Puesto de la Guardia Civil situado en la población de Alfafar.

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La ratio de Policía Local es de 1´7 policías locales por cada mil habitantes, que deben de cubrir los tres turnos durante las 24 horas del día los 365 días del año.

La Guardia Civil del citado puesto, incrementa sus números con sus efectivos, que deben de cubrir los tres turnos durante las 24 horas del día los 365 días del año.

Los principales hechos delictivos que cubren ambos cuerpos, hace necesaria una adecuada coordinación y cooperación recíproca entre ambos Cuerpos policiales.

La situación general de la Seguridad Ciudadana en el Municipio es baja, bajando el número de delitos porcentualmente. 4.3. LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

Otro de los pilares fundamentales del Modelo Municipal de Seguridad de consiste en el impulso de la participación del tejido social en la política de seguridad.

Son muy frecuentes los contactos con las Asociaciones de Vecinos, Comunidades de Propietarios y todo tipo de entidades vecinales.

Además, en el ámbito municipal, se han arbitrado medidas que favorezcan la seguridad en las Fiestas Locales (San Blas y Santa Ana), así como reuniones informales con las entidades Falleras, antes de la celebración de las fiestas y otras entidades que favorecen el buen desarrollo de los actos.

5. OBJETIVOS DEL PLAN DE SEGURIDAD. 5.1. OBJETIVOS GENERALES.

El Plan Local de Seguridad persigue cinco grandes objetivos generales, que son los siguientes:

1. Contribuir a la prevención de infracciones penales y administrativas relacionadas con la seguridad ciudadana y la alteración de la convivencia.

2. Reducir la Tasa de Infracciones Penales por 1.000 habitantes y la comisión de aquellas infracciones penales que despiertan mayor sensibilidad social o que más contribuyen a generar una percepción social de inseguridad, así como de las infracciones administrativas más relacionadas con la seguridad ciudadana y la alteración de la convivencia.

3. Generalizar la atención a las víctimas de los delitos. 4. Colaborar con la política local de participación ciudadana a través de los

órganos municipales creados con ese fin. 5. Incrementar y mejorar la colaboración entre el Ministerio del Interior

(Delegación y Subdelegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana) y el Ayuntamiento de en materia de seguridad, y la colaboración y coordinación entre la Guardia Civil y la Policía Local.

5.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Los objetivos generales establecidos en el Plan Local de Seguridad se

desarrollarán a través de los siguientes objetivos específicos: 1. Objetivos específicos de los Objetivos Generales nº 1 y 2: Contribuir a la

prevención de infracciones penales y administrativas más relacionadas con la seguridad ciudadana y la convivencia y Reducir la Tasa de Infracciones Penales por 1.000 habitantes y la comisión de aquellas infracciones penales que despiertan mayor sensibilidad social o que más contribuyen a generar una percepción social de inseguridad, así como de las infracciones administrativas más relacionadas con la seguridad ciudadana y la alteración de la convivencia:

1.1. Garantizar un despliegue eficaz de las patrullas policiales, de ambos cuerpos, abarcando todo el término municipal y asegurando la mayor presencia policial en los lugares y periodos más necesarios.

1.2. Desarrollar con carácter permanente, entre otros que las circunstancias hagan necesarios, los Planes y Programas de Actuación Coordinada y Conjunta actualmente vigentes.

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2. Objetivos específicos del Objetivo General nº 3: Generalizar la atención a las víctimas de los delitos.

2.1. Impulsar la contribución de Policía Local y Guardia Civil para informar a las víctimas de los delitos de los derechos que les asisten.

2.2. Garantizar la colaboración de Policía Local con el Servicio de la Guardia Civil de Asistencia a la Víctima. Mediante el desarrollo de protocolos puntuales de colaboración policial.

2.3. Garantizar los Servicios Sociales Municipales, para que este servicio pueda prestar atención y apoyo social a las víctimas del delito.

3. Objetivos específicos del Objetivo General nº 4: Colaborar con la política local de participación ciudadana a través de los órganos municipales creados con ese fin.

3.1. Crear un Consejo Local de Seguridad en los actos festivos, que arbitre medidas de seguridad para el desarrollo de los actos festivos en el municipio e impulsar su funcionamiento.

3.3. Participar en el Consejo escolar e impulsar la seguridad en el ámbito docente.

4. Objetivos específicos del objetivo general nº 5: Incrementar y mejorar la colaboración entre el Ministerio del Interior y el Ayuntamiento en materia de seguridad, y la coordinación entre Cuerpos:

4.1. Mejorar el funcionamiento de la Junta Local de Seguridad y garantizar su reunión ordinaria y extraordinaria siempre que resulte necesario.

4.2. Funcionamiento de la Comisión de Coordinación Policial para ejecutar y desarrollar los acuerdos adoptados en la Junta Local de Seguridad.

4.3. Participar en la ejecución y desarrollo del Plan Local de Seguridad Ciudadana.

4.4. Crear un protocolo básico de actuación entre Cuerpos. 6. DESARROLLO DE LA COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN ENTRE CUERPOS.

Con ese objetivo y de conformidad con el contenido de dicho Acuerdo, se adoptan los

siguientes compromisos: 6.1. MEDIDAS PARA FORTALECER LA COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN

POLICIAL. Para reforzar la colaboración y coordinación entre la Guardia Civil y la Policía Local

se llevarán a efecto las siguientes medidas: 6.1.1. EN MATERIA DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y ACCESO A BANCOS DE DATOS.

a) La Guardia Civil, a través del Puesto en Alfafar, proporcionará a la Policía Local, con carácter periódico, los datos policiales estadísticos de la actividad delictiva en el municipio, al objeto de poder analizar la evolución de la delincuencia y adoptar las decisiones necesarias. b) El Ayuntamiento, a través de la Policía Local, facilitará a la Guardia Civil,

con carácter periódico, la información de interés policial de que dispone la Policía Local, y cualquier otra información que permita la ley y le sea solicitada por razones de interés policial.

c) En cumplimiento del Acuerdo de Colaboración en materia policial, ya ha puesto a disposición de Policía Local, mediante llamada telefónica al Puesto de la Guardia Civil, la consulta de datos de personas o vehículos que necesitasen, con la finalidad de agilización de recursos y de medios de que se dispone.

d) La Policía Local facilitará a la Guardia Civil, mediante llamada telefónica o en persona, la información que le sea solicitada por los distintos servicios

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policiales de dicho Puesto, a través de los procedimientos que se establezcan.

En todo caso, el intercambio de información de interés policial se ajustará a lo dispuesto por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

6.1.2. EN MATERIA DE COMUNICACIONES POLICIALES.

a) Tanto la Guardia Civil como la Policía Local, disponen de sus respectivos servicios de comunicaciones de emergencias.

b) Los canales de comunicación de la ciudadanía serán a las diferentes líneas de comunicación de ambos cuerpos.

6.1.3. COLABORACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA. Se establece: a) Cuando una patrulla de la Guardia Civil o de la Policía Local, este

actuando en un incidente o para garantizar la Seguridad Ciudadana, podrá contar con la colaboración reciproca del otro Cuerpo.

b) En las tareas de prevención, ambos Cuerpos, se comprometen a elaborar tareas conjuntas destinadas a tal fin, mediante la implantación de puntos conjuntos de prevención, que serán coordinados y establecidos por sus mandos naturales.

c) Cuando una patrulla de Policía Local tenga conocimiento, de forma directa o indirecta, de la comisión de una infracción penal, se adoptarán las primeras medidas de prevención (en consonancia con la LECrim), confeccionando las primeras diligencias de la actuación, que serán entregadas en el Cuartel de la Guardia Civil, para su continuidad y remisión a la Autoridad Judicial.

e) En caso de incidentes, manifestaciones u otras alteraciones graves de la Seguridad Ciudadana, la Guardia Civil asumirá el control con las Unidades Especializados en la materia, pudiendo contar con la colaboración de la Policía Local, en la forma establecida en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

En el ámbito de la Seguridad Ciudadana, la colaboración policial entre ambos Cuerpos de Seguridad se producirá de acuerdo a las siguientes estipulaciones:

7. PLANES DE DESPLIEGUE. Al objeto de racionalizar un despliegue policial que abarque todo el término municipal y

asegurar una mayor y más eficaz presencia policial de las patrullas policiales en los lugares y periodos más necesarios, se establecerán, entre otros que las circunstancias hagan aconsejables, los siguientes Planes de Despliegue Policial:

PLAN FALLAS.

PLAN FIESTAS LOCALES.

DESARROLLO PLAN LOCAL DE EMERGENCIAS. 8. PLANES DE ACTUACIÓN CONCERTADA.

Con la finalidad de propiciar una mayor coordinación en la asunción, respuesta y funcionamiento policial ante determinados acontecimientos y materias que afectan a la seguridad ciudadana, se establecerán, entre otros que las circunstancias hagan también aconsejables, los siguientes Planes de Actuación Concertada:

Acontecimientos de masas, manifestaciones, concentraciones, espectáculos y actividades deportivas y musicales, y otros de análoga naturaleza.

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Vigilancia de zonas y espacios públicos, lugares de ocio, zonas comerciales de gran afluencia de público, centros y medios de transporte públicos.

Procesos electorales y otras consultas de similar naturaleza.

Participación en la búsqueda y presentación, en dependencias policiales, de personas reclamadas judicial o policialmente, personas desaparecidas, recuperación de vehículos sustraídos o empleados en la comisión de hechos delictivos.

Ejecución de todo tipo de citaciones judiciales y policiales, especialmente en el ámbito de la justicia rápida, y control de sentencias de localización permanente y otras análogas, así como en el control de las medidas judiciales de protección y alejamiento en el ámbito de la violencia doméstica o de género, y en el de la protección de testigos.

9. PLANES DE ACTUACIÓN. Igualmente, con la finalidad de incrementar la eficacia preventiva, se impulsarán y renovarán

los Planes y Programas de Actuación de Policía Local, entre los que destacan los siguientes:

El Plan de “PREVENCIÓN DE LA DELINCUENCIA”, para concretar actuaciones puntuales en razón de una problemática definida, precisando el espacio territorial, el modelo de actuación, el tiempo y la aportación de recursos.

El Programa “RESPETO NOCTURNO”, para prevenir la comisión de infracciones penales y administrativas en la zona de ocio juvenil durante los fines de semana y vísperas de festivos.

El Programa “PARQUES SEGUROS”, para prevenir la comisión de infracciones penales y administrativas en los parques y otros lugares recreativos de la localidad.

El Programa “COMERCIO SEGURO”, para impulsar la adopción de medidas preventivas y prevenir delitos en los comercios de la localidad.

El Programa “PREVENIR EN VACACIONES”, para prevenir robos y disminuir los daños por accidentes en las viviendas y comercios del municipio, durante los periodos vacacionales.

El Programa “CONTRA LA VIOLENCIA”, para prevenir las agresiones contra mujeres víctimas de violencia de género y controlar el cumplimiento de las órdenes de protección.

El Programa “AGENTE EDUCADOR”, para prevenir las conductas delictivas y otras conductas asociales en los entornos escolares y de enseñanza secundaria.

10. COLABORACIÓN EN EL ÁMBITO DE POLICÍA JUDICIAL. En relación con esta materia y al objeto de conseguir un mejor aprovechamiento de los

recursos policiales, una mayor eficacia en el esclarecimiento de las infracciones penales ocurridas en el municipio y garantizar, en todo caso, la coordinación entre ambos Cuerpos, participará en las funciones de policía judicial en la forma establecida en el artículo 29.2 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de acuerdo a las siguientes estipulaciones:

a) La Guardia Civil, será el servicio ordinario de recepción y tramitación de toda clase de denuncias y atestados penales.

b) La Policía Local instruirá las primeras diligencias de prevención por hechos delictivos de las que tenga conocimiento, entregando las mismas en el Puesto de la Guardia Civil de Alfafar.

c) El Cuerpo de la Policía Local deberán “Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano”, conforme a lo

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establecido en el art.53.c. de la Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

d) Para garantizar la eficacia y la adecuada coordinación de actuaciones, la Policía Local dará pronto conocimiento de todas sus actuaciones en la instrucción de diligencias, haciendo entrega de una copia de los atestados que instruya a la Guardia Civil.

e) Las personas detenidas por la Policía Local, tan pronto como sea posible y según las circunstancias y la realización de los trámites necesarios en cada caso, serán presentados en el Puesto de la Guardia Civil, acompañados de un acta de lectura de derechos, así como la exposición de los motivos de la detención, para su puesta a disposición judicial.

f) Delitos de alcoholemia, instruidos por la Policía Local, confeccionarán el total de diligencias y se practicarán las citaciones preceptivas en la LeCrim, mediante solicitud de fecha de juicio rápido al Puesto de la Guardia Civil. Procediendo a poner en libertad al detenido, siempre que no esté inmerso en otro hecho delictivo. En caso diferente, se actuará según lo previsto en el punto anterior.

g) Los atestados penales serán finalizados por la Guardia Civil, adjuntando las diligencias y actuaciones practicadas por la Policía Local, con excepción de los delitos de alcoholemia y negativa a someterse a las citadas pruebas, que se finalizarán por el Cuerpo actuante.

11. PLAN ESTRATEGICO. Desde la Jefatura de la policía local, de forma periódica, presentará un plan estratégico del

Cuerpo de la Policía Local, que implementará el presente Plan, y será aprobado por el órgano político dando cuenta a la Junta Local de seguridad. (Se adjunta)

12. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN. Sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a la Junta Local de Seguridad, al objeto de

garantizar el buen desarrollo y ejecución del Plan Local de Seguridad, la Comisión de Coordinación Policial tendrá el cometido de realizar el seguimiento y evaluación de su aplicación, conforme a las siguientes estipulaciones:

12.1 La Comisión de Coordinación Policial será la encargada de impulsar nuevos avances en los diversos ámbitos de colaboración establecidos el Plan, así como de resolver problemas o proponer soluciones, en primera instancia, a las disfunciones que puedan producirse en su desarrollo.

12.2 De forma periódica y, al menos una vez al año, la Comisión de Coordinación Policial realizará una evaluación de los resultados obtenidos por la aplicación del Plan Local de, con la obligación de elaborar una Memoria Anual, que será presentada a la Junta Local de Seguridad.

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PLAN ESTRATÉGICO 1. INTRODUCCIÓN La ciudadanía tiene una imagen formada de cómo debe ser su policía local y de en qué medida

es una buena policía, se distinguen:

La eficacia o efectividad que es el grado en que se alcanzan los objetivos marcados.

La eficiencia, que es la noción de costo (podría ser considerada no sólo en términos económicos sino también en tiempos de respuesta.)El órgano político establece las “metas” a las que quiere llegar. Si una organización no consigue sus metas, no cabe hablar de eficiencia, puesto que ésta sólo puede ser medida como costo por objetivo logrado; por ejemplo, gasto en policía por cada sospechoso o delito evitado. La idea de eficiencia, recordar, que no vale la pena la eficacia a cualquier costo. Una buena organización es aquella en que cada componente asume su “rol”:

Órgano político: Establecer las metas y objetivos.

Jefatura: Establecer las posibilidades reales y materiales, así como una vez confirmado establecer las medidas necesarias para que se lleve a cabo.

Mandos: Proponer y hacer que los objetivos se cumplan.

Agentes: Ejecutar y proponer mejoras. La tarea de la dirección policial consiste en evaluar a una policía que tiene como objetivo

principal la protección de la ciudadanía y sus derechos. De igual forma si su control lo evaluamos con arreglo a estos criterios, estaremos

contribuyendo a que estos criterios de servicio público y protección de todos sean tomados cada vez más en cuenta en el trabajo policial.

2. LA POLICÍA LOCAL DE ALBAL COMO POLICÍA CERCANA. “Una policía comunitaria” es una filosofía, no una estrategia específica, por ello es una policía

cercana a la ciudadanía, que se entremezcla en el tejido social del Municipio, estudiando la peculiaridad de las diferentes zonas o barrios que conforman la población local.

Por tanto, la Policía Comunitaria se define como la Policía cercana a la comunidad de la que forma parte y sus peculiaridades son:

• Es una filosofía y no una táctica específica. • Concepto preventivo y descentralizado. • Diseñada para reducir los niveles de delincuencia, desorden y mayor acercamiento a la

población. • Incrementar la sensación de “seguridad”. • Inmersión intensiva de la policía en la misma comunidad durante un período prolongado

2.1. TÁCTICAS Y ESTRATEGIA APLICADAS Para ello usa las siguientes tácticas usuales:

• Aparcar el vehículo policial en una zona/barrio y aplicar la patrulla a pie para acercarse a la vecindad.

• Delimitación y vigilancia por zonas o por barrios auspiciada por los mandos y funcionarios de policía local.

• Vigilancia y acercamiento a los comercios. • Prevención del delito y pequeñas infracciones. • Enlace entre la comunidad y la policía a través de representantes ciudadanos. • Identificación comunitaria de sus problemas a través de métodos de contacto. • Vigilar el cumplimiento de Ordenanzas. • Auspiciar policías especializados en manejo y resolución de conflictos vecinales. • Mayor atención sobre problemas que molesten a los residentes. La estrategia a utilizar, sería: • Ser una policía que se anticipe y prevenga las dificultades. • Conocer su entorno y ser conocida por sus habitantes.

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• Implantación y modos de trabajo que permitan un mejor dominio del área, así como un conocimiento profundo de las características sociales y culturales de la población que vive en cada zona/barrio.

• Responder a los requerimientos de la población por un diálogo constante y una atenta escucha de la ciudadanía.

3 OBJETIVO PRIMARIO DE LA POLICÍA LOCAL. El objetivo primario sería la conversión de una policía tradicionalista a una policía comunitaria

que oriente todos los métodos al servicio de la sociedad y se caracterice por ser informativa, colaboracionista y proactiva, como medio de hacer más eficaz y eficiente la acción policial.

Con ello se pretende lograr: • Mejorar la imagen que tiene la ciudadanía de la Policía Local. • Ser una policía proactiva, cercana al vecindario de Albal. • Impulsar la solidaridad, participación y cooperación ciudadana en la prevención y control

de las infracciones a las leyes. • Mejorar la confianza y credibilidad de la policía. • Establecer vinculación sociológica entre ciudadanía y policía. • Asegurar el respeto y la integración social de la policía. • Aumentar y extender el servicio policial.

4. OBJETIVO SECUNDARIO DE LA POLICÍA LOCAL La policía local, como policía cercana debe de marcarse unos objetivos secundarios, que

implementen el concepto “comunidad”, como una Policía integrada en la sociedad, “policía social”. Siendo el futuro inmediato de esta:

• Policía de prevención. • Policía de mediación vecinal. • Policía integral de actuación. • Policía informativa y social. • Policía de respuesta inmediata. • Policía proactiva y no reactiva.

5 METODOLOGÍA DE ACCIÓN DE LA POLICÍA CERCANA. 5.1. UNA ACCIÓN POLICIAL ORGANIZADA ALREDEDOR DE TERRITORIOS IDENTIFICADOS: SECTORES Y BARRIOS.

Los servicios de policía son organizados según el principio de sectorización. Ello permite una presencia policial visible y reconocer a los habitantes gracias a una relación fuerte y coherente, así como a un ejercicio de las misiones de la policía más cercana a la población.

5.2. UN CONTACTO PERMANENTE CON LA POBLACIÓN. Este contacto con la población debe traducirse por:

• Una relación fundada en el diálogo y la voluntad de escuchar permanentemente a la ciudadanía, que debe ser favorecida con una calidad y un servicio público mejorado.

• Una sociedad activa, que permite movilizarse sobre objetivos comunes a los policías, vecinos, comerciantes y asociaciones de vecinos.

• Una participación activa de la comunidad: mediante charlas, consejos de prevención de todo tipo, comisiones extra municipales, reuniones públicas por barrios, asociaciones etc.

5.3. LAS VARIADAS COMPETENCIAS DEL POLICÍA COMUNITARIO, LE PERMITE CUBRIR TODOS LOS CAMPOS DE LA PREVENCIÓN, DE LA DISUASIÓN Y DE LA REPRESIÓN APELANDO A UNA VARIEDAD DE HERRAMIENTAS ADAPTADAS, A SABER:

Presencia continua de la Policía en la calle.

Información y comentarios de los ciudadanos y ciudadanas.

Mayor respeto por las normas establecidas, por la comunidad.

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Mayor recepción de quejas o denuncias ciudadanas.

Primer nivel de asistencia y de ayuda a la población.

Información real sobre los infractores reincidentes 6. CAMPAÑAS POLICIA LOCAL No existe una única fórmula efectiva en la distribución policial. Es preciso contemplar una

multiplicidad de indicadores. Obviamente, un impacto final del trabajo policial, básicamente es el grado de seguridad en

que vive la comunidad de Albal, mediante la percepción que los ciudadanos tienen de su propia seguridad.

Por ello se debe implantar campañas de sensibilización social, como proyecto de comparación longitudinal, durante un cierto periodo de tiempo con la finalidad de analizar si la situación está mejorando o empeorando, así será más factible que la policía centre sus esfuerzos sobre unos resultados concretos.

Por ello se concluye de manera breve, escueta, clara y concisa, con la propuesta de campañas especiales, siendo estas:

• Campaña animales de compañía. • Campaña control medio ambiente-residuos. • Campaña comercio seguro. • Campaña educación vial escolares. • Campaña prevención y seguridad, destinado a gente mayor. • Campaña control cívico (ruidos de afección al vecindario). • Campaña control residuos en casco urbano. • Campaña control actividades clandestinas, sin licencia. • Campaña control locales de ocio nocturno. • Campaña recordatorio normas de tráfico. • Campaña prevención seguridad vial.

La finalidad es implantar una serie de campañas y, además del servicio que presta la policía día a día, se centren en el desarrollo de estas.

Por lo que esto debe permitir:

Mejorar la imagen de la Policía Local con campañas que la acerquen a la ciudadanía.

Mejorar con charlas, coloquios hacia la población.

Mejorar las relaciones internas, mediante entrevistas con los agentes sociales.

Mejorar la imagen de la policía, como una policía propia de la población de Albal.

Dar la imagen de que la policía soluciona los problemas de la ciudadanía, sin excesiva burocracia.

Se atajan los problemas, en origen.

Concienciar en el uso de espacios limpios, cumplir las normas de convivencia con respecto a la tenencia de perros y sus condiciones.

Bajar la sensación de alejamiento de la policía local con respecto a la ciudadanía.

Acercar la policía a la sociedad y prestarse como medio de colaboración en la resolución de problemas.

Sensación de que la policía local es “su policía” y por tanto pueden confiar en ella.

Bajar los niveles de suciedad de la vía pública y de incivismo, cuando no se usan los contenedores de residuos fuera de su horario.

Espacios limpios y seguros.

Espacios libres de ruidos.

Espacios seguros para los menores y sus progenitores.

Sensación real de seguridad.

Transmitir, mediante la policía la cercanía del ayuntamiento a la ciudadanía.

Confianza entre sociedad y policía.

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7. MISIÓN, VISIÓN Y VALORES DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL 7.1 OBJETIVO. Para todo colectivo que atiende a un sector público, es de vital importancia que se establezcan unos parámetros que acaparen tres puntos vitales para focalizar una atención igual para toda la ciudadanía. Por ello se deben fijar los siguientes puntos como referentes y objetivos primordiales; siendo estos la misión, visión y valores de aplicación al Cuerpo de la Policía Local de Albal (Valencia). 7.2. MISIÓN. Proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, velando por la pacífica convivencia y protegiendo a las personas y sus bienes de acuerdo con la Legislación Vigente, logrando con ello una mejora en la calidad de vida y el bienestar social de los ciudadanos y ciudadanas en el ámbito territorial de Albal (Valencia). 7.3. VISIÓN.

La Policía Local de Albal es un servicio público de la Administración Local a disposición de los ciudadanos ciudadanas y la máxima aspiración es que sea:

1) Identificada, por la ciudadanía como una Policía propia, siempre disponible y cercana, que vele permanentemente por su seguridad, protegiéndoles tanto a éstos como a sus bienes, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y garantes del libre ejercicio de sus derechos y libertades.

2) Dotada, por el Ayuntamiento, con los recursos necesarios para el desempeño eficaz y eficiente del servicio público que tiene asignado, de modo que pueda contar con el dinamismo suficiente para adaptarse en cada momento a las necesidades cambiantes de la sociedad, y a aquellos aspectos que más preocupan a sus conciudadanos.

3) Valorada, por la ciudadanía, por su carácter, su orientación preventiva, su cercanía, su agilidad y su profesionalidad. Siendo la premisa el “servicio público”, mediante los elementos humanos y materiales que se tengan al alcance, y siendo primordial que sus miembros faciliten la seguridad del ciudadano.

4) Reconocida, por aplicar criterios de calidad de sus servicios y su compromiso con la excelencia. Todo ello desde un marco de colaboración más amplio, que fomenta y promueve la cooperación y coordinación con otras instituciones, tales como otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Poder Judicial y Agentes Sociales.

7.4. VALORES. El Cuerpo de la Policía Local de Albal, como organización al servicio de los ciudadanos y ciudadanas, asume los siguientes valores en su actividad profesional:

1. Integridad y honestidad de los componentes del Cuerpo: Oponiéndose resueltamente a cualquier acto contrario a la Ley, tratando a la ciudadanía con imparcialidad y neutralidad, absteniéndose de cualquier tipo de discriminación y desempeñando su actividad profesional con pleno respeto al ordenamiento jurídico, en el marco de los derechos humanos y los códigos éticos de conducta de la Policía.

2. Compromiso: Se persigue un doble compromiso, en primer lugar, el del colectivo policial en su actividad profesional, promoviendo la aportación de ideas. En segundo lugar, el compromiso de la Administración, en la eficacia y eficiencia de la prestación de los servicios que la Organización Policial ofrece a la ciudadanía.

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3. Disciplina: Promover y trabajar en un fin común de servicio, debiendo acatar, ejecutar y los mandos implementar las órdenes legítimamente recibidas para alcanzar los fines propuestos, así como fomentar la reciprocidad entre mandos y subordinados.

4. Colaboración: Propiciar y valorar el trabajo en equipo, sumando esfuerzos y reconociendo metas comunes, tanto de todos los miembros de la Organización como de ésta con otras externas, en especial con la Guardia Civil del Puesto Principal ubicado en Alfafar.

5. Competencia: Apoyar la capacitación de los miembros de la Policía Local, con el fin de conseguir conocimientos, habilidades, actitudes y hábitos positivos para el trabajo y hábitos de servicio vocacional hacia la ciudadanía.

6. Respeto: Respetar a todas las personas con las que se relacionen por el servicio o con ocasión de este, a las que se reconocerá siempre su dignidad y a las que habrá que tratar haciendo gala de cortesía como corresponde a alguien que actúa en nombre del Ayuntamiento de Albal.

Todos estos valores de la Organización deben ser asumidos por todo el funcionariado policial, que será fiel a la palabra dada y al compromiso adquirido con la ciudadanía. Este compromiso prevalecerá siempre sobre cualquier opinión u opción legítima personal.

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PLAN DE SEGURIDAD-EMERGENCIAS BÁSICO MUNICIPAL. 1. INTRODUCCION. Con motivo de posibles fenómenos adversos en esta población, dentro de las características

particulares del mismo, este requiere el establecimiento de un gran operativo tanto a nivel policial como de otros medios tanto preventivos y operativos, dado que ante un fenómeno adverso se tendrá que realizar un gran esfuerzo por parte de los servicios tanto Municipales como externos o supramunicipales.

2. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LAS SITUACIONES INCONTROLADAS O EMERGENTES.

Se autogeneran y no tienen fronteras naturales, pueden desplazarse por la población.

Se ignoran las consecuencias.

Se reduce al mínimo la operatividad, dado que pueden acaecer las 24 horas del día.

Se pueden prolongar, en el tiempo y en el espacio.

Las personas, pueden ser volubles, altamente espontáneas, emocionales, fácilmente sugestionables y se comportan de manera distinta a cuando están aisladas.

Esta característica nos permite pensar en la importancia que tiene en la emergencia y evacuación el papel de los líderes-guía a la hora de cortar o desacelerar el proceso de conducta desordenada y caótica.

3. DIVISIÓN DEL PLAN. Esta parte del Plan describirá las pautas de trabajo, es decir:

Planificación de las líneas de actuación.

Intervención para el socorro de personas y bienes.

Rehabilitación de servicios afectados a su estado inicial. Se tendrán los recursos humanos y materiales disponibles contenidos en el Catálogo de

Medios y Recursos, con objeto de resolver eficazmente las emergencias que se produzcan. 4. MEDIOS Y RECURSOS. Dentro de este apartado se hace necesario mencionar los diferentes servicios públicos que

están implicados, así como la distribución de los mismos prevista en este PLAN, entre otros mencionamos:

Servicios Técnicos Municipales.

Policía Local.

Guardia Civil (en caso necesario).

Parque Comarcal de Bomberos.

Servicios de Asistencia Sanitaria.

Agrupación de Voluntarios de Protección Civil.

Personal Municipal de obras y servicios.

Grúas Municipales.

Voluntarios municipales. 5. ACTUACIONES PRIMARIAS. La actuación de los Servicios Municipales se realiza con antelación a actuación de otros

medios. Se concreta en comprobar y valorar el riesgo implícito o explícito. Ésta se concreta en:

Diseño del corte al tráfico rodado de la zona de mayor riesgo.

Diseño de las vías de entrada de urgencia y evacuación en caso de urgente necesidad.

Diseño de la ubicación de los puestos de asistencia sanitaria y Puestos de Mando Avanzado (PMA´s).

Inspección de todas las zonas del casco urbano para comprobar o valorar las de riesgo.

Control y evitación del riesgo que se pudiera derivar de la emergencia, garantizando así la seguridad de las personas.

La vigilancia de las vías de urgencia y evacuación para evitar que las mismas queden cerradas por vehículos mal estacionados.

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Vigilancia en los sectores en los que hemos dividido la población en especial atención a la zona de mayor incidencia, centrada en velar por la seguridad de las personas y los bienes de dominio público y privado.

En caso de incidente de riesgo poner en funcionamiento el Plan de Emergencia coordinando con los servicios públicos implicados.

En tal caso agilizar la entrada y evacuación de los servicios implicados garantizando la seguridad de las personas y los bienes.

Garantizar y restablecer la tranquilidad y el orden durante y después de haberse producido los posibles incidentes.

Despliegue de los medios efectivos.

Las pautas generales serán las establecidas en este Plan y las que se deriven de las Órdenes directas emitidas.

6. DE LOS CENTROS OPERATIVOS. 6.1. DEL CENTRO DE COORDINACIÓN OPERATIVA LOCAL (CECOPAL).

Desde la declaración de emergencia o riesgo inminente, de la Alcaldía o persona en quien delegue, se establecerá El Centro de Coordinación Operativa Local (CECOPAL) es el instrumento previsto en el presente Plan para la dirección y coordinación de las operaciones. Dicho Centro coordinará la labor de todos los efectivos implicados.

Dicho Centro se establecerá en el Ayuntamiento. para garantizar la operatividad y una adecuada comunicación.

Al frente del citado Centro estará el Alcalde y los miembros políticos que estime oportunos, como delegados de las diferentes áreas estará:

Seguridad (Policía Local).-Intendente Jefe del Cuerpo y en su ausencia el o los Oficiales delegados por el mismo.

Obras y servicios.- Jefe de la Brigada de Obras.

Urbanismo.- Técnico designado por el mismo.

Información.- Jefe de prensa.

Servicios Sociales.- Técnico designado por el mismo.

Demás designados por la Alcaldía. El CECOPAL actúa bajo el mando superior del Alcalde y el mando inmediato del

Director Técnico, designado por este. Son funciones esenciales del CECOPAL, las siguientes:

Recepción de información desde el lugar de la emergencia.

Transmitir la activación del Plan ordenada por el Director del Plan.

Movilización de recursos según sea el tipo de emergencia y las diferentes fases o servicios, descritos en el presente Plan.

Control de las comunicaciones vía teléfono, fax, radio, a través de ellas envío de información que se solicite desde el escenario y transmisión de órdenes al Puesto de Mando Avanzado (PMA) o a los diferentes SECTORES.

Coordinación de los Grupos de Acción y mantenimiento de la Unidad de Mando.

Comunicación permanente con todas las unidades desplegadas en el plan y si fuera necesarios con otras Administraciones Públicas u Organismos Oficiales.

Información actualizada y contrastada a los medios públicos y privados de comunicación social: Prensa, radio y televisión.

Llevar un registro, estadística y cuanta información se haya generado de las actuaciones atendidas.

El CECOPAL dispondrá de los siguientes medios:

Teléfono con dos o más líneas.

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Fax.

Walquies.

Teléfonos móviles.

Vehículo desplazamiento. En situación de normalidad se garantiza la información permanente durante las 24

horas del día a través del servicio de la Policía local. En dicho Centro se reunirá el Comité Asesor, y el Centro de Transmisiones, donde

se instalarán todos los medios necesarios para la adecuada comunicación. Así mismo el Gabinete de Información estará en contacto directo y continuo con él y estará compuesto por:

- Director del Plan, El Alcalde y en su ausencia la Concejalía delegada. - Director Técnico, designado por la Alcaldía. - Concejalías delgadas. - Gabinete de prensa Municipal. - Secretaria de la Alcaldía.

Funciones:

Organizar sistemas de información a la población, Organismos y medios de comunicación.

Coordinar y elaborar la información sobre suceso y su evolución.

Designar a una única persona como portavoz.

Establecer periodicidad en notas de Prensa y elaboración supervisada.

Coordinar y elaborar la información sobre el uso y estado de los servicios públicos.

Informar sobre la circulación vial.

Informar sobre el estado de los accesos por carreteras.

Informar sobre las comunicaciones con otras administraciones.

Diseñar las Campañas divulgativas y de autoprotección.

Trabajos de coordinación informativa con los medios de comunicación social.

Centralizar, coordinar y preparar la información general y de sus posibles emergencias.

Informar de la emergencia a cuantas personas u organismos lo soliciten.

Obtener, centralizar y facilitar toda la información relativa a los posibles afectados.

Comité Asesor, estará compuesto por:

Jefe / Mando de los Bomberos (si procede).

Jefe del Servicio de Obras y Servicios.

Jefe / Mando de la Policía Local

Jefe / Mando de la Guardia Civil (si procede).

Director de los Servicios Sanitarios, o persona en quien delegue.

Un representante de la Agrupación de Voluntarios.

Técnicos de otros servicios a quién competa la emergencia producida.

Cuantos Asesores estime conveniente el Director del Plan para la resolución de la emergencia que se trate de resolver.

Centro de Coordinación Operativa Integrado (CECOPI) Los medios existentes en el CECOPAL permitirán que este pueda funcionar, en su

caso, como Centro de Coordinación Operativa Integrado (CECOPI), en el que se integran los mandos de las distintas unidades y servicios, tanto para la dirección y coordinación como para la transferencia de responsabilidades.

Por ello Los Grupos de Acción se dividen en:

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Grupo de Intervención, constituido por el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento.

Grupo de Seguridad, constituido por la Policía Local, Policía Autonómica y Guardia Civil.

Grupo Sanitario, constituido por Servicio Sanitario, Sistema Público Sanitario del Centro de Salud, Cruz Roja Española y Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil.

Grupo de Apoyo Técnico, constituido por técnicos del Ayuntamiento de Paiporta y profesionales de empresas privadas del municipio.

Grupo de Apoyo Logístico, constituidos por el personal del Servicio Municipal, empresas privadas, asociaciones vecinales.

Todas las novedades se centralizarán en CECOPAL 7. NOVEDADES. A fin de que las novedades recibidas, queden reflejadas en un parte, se trasmitirán y

recepcionarán en la Policía Local. En éste constará:

1. Novedades ordinarias (NOR). 2. Novedades (NOEV) relacionadas con la emergencia; especificando:

Asunto, Nombre de implicados, fecha, hora, lugar, gravedad, asistencia recibida y -de ser internado- lugar y sector.

La información de un suceso se canalizará a través de la Policía Local, a cuyo efecto dispondrán de unos partes de "Recepción de Aviso" con los datos indispensables que se deben recoger y los trasladará a los Puestos de Mando Avanzado (PMA), que los resolverán con las Unidades de Medios con los que dispone.

El receptor del mensaje intentará comprobar y confirmar el suceso, así como hacer una primera evaluación del alcance del mismo. Hecho esto lo pondrá en conocimiento de las Unidades bajo sus Órdenes, una vez resuelto el mismo o en marcha, y tras hacer una valoración del mismo lo comunicará, si procede, al CECOP para la posible activación de este.

8. IDENTIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES. En el presente Plan se prevén tres tipos de situaciones ante un suceso:

1. SERVICIO NORMAL/COMÚN (NOR): Situación de anormalidad que no requiere la derivación al CECOP, pero sí estar en alerta porque puede ser previsible su aplicación. Los servicios ordinarios pueden haber iniciado o iniciarán las acciones para el control de la situación.

2. SERVICIO RELACIONADO CON RIESGO (EMERGENCIA PARCIAL): Situación que requiere la activación del CECOP y/o PMA, pero no requerirse la intervención de todos los órganos y grupos operativos previstos en el mismo. Es previsible que se produzcan o incluso pueden haberse producido ya, daños a personas y/o bienes, se resolverán por este remitiendo las Unidades que correspondan.

3. EMERGENCIA GENERAL: Situación que exige la activación total del Plan, por requerirse la intervención de todos los órganos y grupos operativos previstos en el mismo. Es previsible que se produzcan o incluso pueden haberse producido ya, graves daños a personas y bienes.

Los criterios para la delimitación entre los diferentes SERVICIOS/EMERGENCIAS se basarán en la importancia de los mismos, daños, bien sean estos de tipo material, humano o al medio ambiente; en su posible evolución y en los medios de intervención necesarios (sólo los medios ordinarios o parte de los órganos y grupos operativos previstos en el Plan). Así mismo en la notificación desde un ámbito superior de previsión de situaciones de riesgo, se especificarán las causas naturales u otras emergencias de carácter supramunicipal, que puedan afectar al ámbito municipal.

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La EMERGENCIA GENERAL vendrá delimitada por la evolución desfavorable de una EMERGENCIA PARCIAL o por la gravedad de los daños (personales, materiales o al medio ambiente) que puedan producirse desde el primer momento de la emergencia, obligando a la activación total del Plan con todos los órganos y grupos operativos previstos en el mismo.

Una vez recibida la información del suceso y ordenadas, en su caso, las primeras intervenciones, este notificará inmediatamente a los responsables de los Grupos Operativos (todos o parte según que la situación sea de emergencia general o parcial), quienes a su vez convocarán a todos los medios (humanos y materiales) de los que disponen e inmediatamente se incorporarán al Comité Asesor.

9. DE LOS PUESTOS DE MANDO AVANZADO (PMA).

El Puesto de Mando Avanzado/s (PMA), se constituirá en el lugar más próximo al lugar DEL RIESGO O EMERGENCIA, así como a su vez del dependerán los diferentes puntos a resolver en el lugar y con el fin de centralizar los medios técnicos y humanos de emergencia, al frente de el/los mismos deberá estar un responsable. En caso de decidirse la activación de este, ordenará y decidirá la activación de los medios y de las personas que lo integrarán.

El Puesto de Mando Avanzado se ubicará en un vehículo/pabellón portátil/edificio insitu dispuesto para tal fin o en cualquier lugar disponible con las características necesarias para poder realizar su función de modo óptimo.

El Puesto de Mando Avanzado se encargará de coordinar “In Situ” las acciones de los distintos Grupos Operativos, que siempre responderán a las órdenes dadas por la Dirección del Plan y canalizadas a través del CECOPAL y del Comité a Asesor.

Este será constituido por el Jefe del PMA, este desde el mismo momento en el que tenga noticias de haberse producido un incidente, fuera de los servicios comunes, siempre de cierta entidad dará conocimiento del mismo, al Intendente Jefe y/o Mando del CECOPAL, que informará, a su vez, al resto de personas que constituyen el CECOPAL.

Es un puesto móvil que actúa de centro de mando operativo. Estará integrado por todos los responsables de los diferentes servicios implicados.

El puesto de mando avanzado utilizaría un vehículo equipado con emisora, conectada a todos los canales de los servicios públicos implicados, sistema de comunicación, conectado a el CECOPAL.

A los fines expuestos, el JEFE destacado en los Puestos de Mando Avanzado (PMA), irá dando las novedades que vayan acaeciendo, utilizando para ello el formato de llamada telefónica.

10. DE LA DISTRIBUCIÓN DE EFECTIVOS, FUNCIONES. Las funciones de cada Unidad Operativa serán:

La actuación de la Guardia Civil, cuando proceda, se concreta en velar por la seguridad ciudadana de las personas y los bienes, y colaborar en caso de incidente en garantizar y restablecer la tranquilidad y el orden durante y después de producirse el hecho.

La actuación del Servicio Comarcal de Bomberos se concreta en atender los requerimientos que se les puedan hacer por parte de los servicios públicos implicados, con los que estarán en comunicación permanente y directa, encontrándose hasta el momento de recibir el posible aviso en el Parque Comarcal de Bomberos.

Los Servicios de Asistencia Sanitaria integrados personal facultativo suficiente, se ubicarán en (PMA), puestos de primeros auxilios. La actuación

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durante el incidente será la de valorar la gravedad de los heridos que se puedan producir para su posterior traslado a los Centros Sanitarios Correspondientes y prestar los primeros auxilios.

La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil auxiliará a la Policía Local y a los Servicios de Asistencia Sanitaria. Su actuación se concreta en la distribución de su personal, informando de cualquier incidente que se origine a su coordinador, y éste a su vez, al Oficial de Sector responsable del servicio quien valorara las medidas a tomar. Su función durante y después de haberse producido el incidente será de colaboración con la Policía Local siguiendo las instrucciones de ésta y auxilio y apoyo a los servicios sanitarios.

Por su parte el Retén Municipal de obras, su intervención será durante y después de haberse producido la incidencia y tendrá como función el aportar el material necesario y movilizar a los diferentes equipos que tengan que intervenir en atención al incidente, bien sea operarios, electricistas, fontaneros, etc.

La Policía Local, velará por la normalización del Tráfico rodado, la Coordinación de medios, la Seguridad en las zonas y la actuación en incidentes. Todos los efectivos implicados estarán en permanente y directa comunicación. Para ello, se les dotará de equipos de transmisión y/o de telefonía móvil y en caso de producirse cualquier incidente se habilitará el canal de servicios.

3. APROBACIÓN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN OBRAS DE RENOVACIÓN

DEL PARQUE DE LA BALAGUERA Y LA INSTALACIÓN DE DOS PARQUES DE CALISTENIA Y GIMNASIO URBANO. (2018/2347)

Vista la propuesta del Secretario General del Ayuntamiento de Albal de 20 de noviembre de

2018, que literalmente transcrita dice: “Cumplimentando lo preceptuado en el apartado 8 de la Disposición adicional tercera. Normas

específicas de contratación pública en las Entidades Locales de la LCSP 2017, se emite informe en base a los extremos que se deducirán de los siguientes,

ANTECEDENTES El municipio de Albal precisa de efectuar la renovación del parque infantil de la Balaguera y la

instalación de dos parques de calistenia y gimnasio urbano en Albal y por tanto se considera oportuno la ejecución de inversiones financieramente sostenibles, según la Disposición Adicional decimosexta del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL

Por Providencia de la Alcaldía-Presidencia de fecha 24 de septiembre de 2018 se incoó expediente de contratación de las obras de “renovación del parque infantil de la Balaguera y la instalación de dos parques de calistenia y gimnasio urbano en Albal.

La inversión que se pretende financiar es la “Renovación del parque infantil de la Balaguera y la instalación de dos parques de calistenia y gimnasio urbano en Albal” cuyo Proyecto elaborado por el Arquitecto Técnico municipal presenta un presupuesto de ejecución por contrata que asciende a 91.250,75 €

Objeto Vida útil Fecha inicio prevista Ejecución

723.1712.619000 Parque público: inversión de reposición y mejora parques

15 01/11/2018 3 meses

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Se encuentran incorporados al expediente el correspondiente Proyecto de Obras, Informe preceptivos IFS, los Preceptivos Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas, según los cuales se tramita un expediente de carácter ordinario, cuya adjudicación se propone por procedimiento abierto simplificado.

El valor estimado del contrato es de 75.413,84 euros, por lo que, de acuerdo con el artículo 159.6 de la LCSP 2017 puede aplicarse este procedimiento, al tratarse de contratos de obras de valor estimado inferior a 80.000 euros.

INFORME Legislación aplicable. Estamos ante el expediente ordinario de un contrato de naturaleza

administrativa, cuya adjudicación se pretende por el procedimiento abierto y al que le es de aplicación la siguiente normativa: art. 88 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local y artículos 116 y 117, de la LCSP 2017, en cuanto a la preparación del expediente, y en cuanto al procedimiento de adjudicación habrá que estar a lo dispuesto en los artículos 156 a 158 de la LCSP 2017, relativo al procedimiento abierto simplificado y supletoriamente, 156 a 158 de aquella LCSP 2017.

Competencia para contratar. En virtud de lo dispuesto en los artículos 21 de Ley 7/1985, 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local en relación con lo previsto en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), el órgano competente para la contratación será el alcalde. No obstante, en virtud de la delegación conferida por la alcaldía mediante Resolución nº 2016/661 de 14 de marzo de 2016, los órganos de contratación que actúan en nombre de la Administración Pública del Ayuntamiento de Albal son el Alcalde y la Junta de Gobierno Local.

La Junta de Gobierno Local ostentara las facultades para la aprobación del expediente de contratación, convocatoria de licitación, adjudicación del contrato, así como las prerrogativas para interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar sus efectos con sujeción a los previsto en este pliego y a la normativa que resulte de aplicación.

El resto de trámites del procedimiento de licitación corresponden a la alcaldía. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la adjudicación, interpretación, modificación y

resolución del contrato, y efectos de esta, serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y serán inmediatamente ejecutivos, pudiendo ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los dictó, o ser impugnados mediante recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la ley reguladora de dicha jurisdicción.

Expediente de contratación. En él figuran los documentos precisos a que hace referencia el artículo 116 de la LCSP 2017 y que se enumeran en los antecedentes de este informe, a los que deberán sumarse el informe de Intervención de fiscalización del gasto.

El Pliego de Cláusulas Administrativas y el anuncio de licitación. El Pliego de Cláusulas Administrativas redactado específicamente para este contrato se ajusta a lo dispuesto en el art. 122 de la LCSP 2017 e incluye las condiciones definitorias de los derechos que asumirán las partes del contrato y se adecua a las exigencias de su objeto, por lo que se informa favorablemente, en cuanto a la legalidad de sus cláusulas.

De lo expuesto cabe concluir que el expediente tramitado para la contratación de las obras de renovación del parque infantil de la Balaguera y la instalación de dos parques de calistenia y gimnasio urbano en Albal se adecua a la legislación vigente, en los términos referidos.

Visto cuanto antecede, se solicita al Departamento de Intervención la fiscalización del expedienten y, una vez emitido, se consideraría que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico

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español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, por lo que se propone la adopción del siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar el Proyecto Técnico, los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato de “Obras de renovación del parque infantil de la Balaguera y la instalación de dos parques de calistenia y gimnasio urbano en Albal.

Segundo.- Aprobar el expediente de contratación para la adjudicación de las obras referidas por procedimiento abierto simplificado de tramitación reducida y publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Tercero.- Publicar en el perfil de contratante toda la documentación integrante del expediente de contratación, en particular el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas. La documentación necesaria para la presentación de las ofertas tiene que estar disponible el mismo día de publicación del anuncio de licitación.

Cuarto.- Designar a los miembros de la mesa de contratación y publicar su composición en el perfil de contratante:

Presidente: Ramón Mari Vila, Alcalde-Presidente de la Corporación y Concejal de Urbanismo Vocales: Ramón Tarazona Izquierdo, Concejal delegado de Obras y Servicios Rafael Darijo Escamilla, Secretario General de la Corporación Amparo Llacer Gimeno, Interventora de la Corporación Manuela Molina García, Arquitecta del Ayuntamiento de Albal Secretaria: Amparo Torromé Duato, Técnico Medio Jurídico del Área de Urbanismo” Por cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros,

viene en adoptar el siguiente Acuerdo: Primero.- Aprobar el Proyecto Técnico, los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares

y de Prescripciones Técnicas que regirán el contrato de “Obras de renovación del parque infantil de la Balaguera y la instalación de dos parques de calistenia y gimnasio urbano en Albal.

Segundo.- Aprobar el expediente de contratación para la adjudicación de las obras referidas

por procedimiento abierto simplificado de tramitación reducida y publicar el anuncio de licitación en el perfil de contratante con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Tercero.- Publicar en el perfil de contratante toda la documentación integrante del expediente

de contratación, en particular el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas. La documentación necesaria para la presentación de las ofertas tiene que estar disponible el mismo día de publicación del anuncio de licitación.

Cuarto.- Designar a los miembros de la mesa de contratación y publicar su composición en

el perfil de contratante: Presidente: Ramón Mari Vila, Alcalde-Presidente de la Corporación y Concejal de Urbanismo Vocales: Ramón Tarazona Izquierdo, Concejal delegado de Obras y Servicios Rafael Darijo Escamilla, Secretario General de la Corporación Amparo Llacer Gimeno, Interventora de la Corporación Manuela Molina García, Arquitecta del Ayuntamiento de Albal Secretaria: Amparo Torromé Duato, Técnico Medio Jurídico del Área de Urbanismo

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5. CONCESIÓN LICENCIA OBRAS DE AMPLIACIÓN DE NAVE A FAVOR DE ECOMECÁNICA, S.L. (2018/3328)

Vista la propuesta de la Técnico Medio Jurídico de 20 de noviembre de 2018, que literalmente

transcrita dice: “Visto el expediente nº 2018/3328 relativo a la licencia de obras mayores solicitada por Dª.

Carmen Fortea Burguet, en nombre y representación de Ecomecanica S.L., y atendidos los siguientes hechos:

Se adjunta a la solicitud de licencia de obras un proyecto básico y de ejecución de ampliación de nave industrial para ampliación de actividad de fabricación de estructuras metálicas y sus componentes, firmado por el Ingeniero Técnico Industrial Andrés De Juan Salonginos y visado por el COGITI en fecha 7 de agosto de 2018.

Confrontado el objeto de las obras y la documentación técnica presentada, con lo previsto en el planeamiento urbanístico de aplicación, el Arquitecto Técnico municipal informó en fecha 6 de noviembre de 2018 que las obras se ajustan al planeamiento, por lo que pueden ser autorizadas, por cuanto que no infringen las previsiones y determinaciones del planeamiento y de las ordenanzas vigentes, si bien indicó:

INFORME DE LOS SERVICIOS TECNICOS Marcelo García Díaz, arquitecto técnico del Ayuntamiento de Albal, en relación con su solicitud

presentada ante este Ayuntamiento en fecha 25 de octubre de 2018, con nº de registro de entrada 7694/2018 y nº de expediente 3328/2018, aportando proyecto, con los datos siguientes:

Arquitecto: Andrés De Juan Salonginos Obra: Ampliación de Nave Industrial Fecha de Visado: 07/08/2018 Analizado el proyecto de Ampliación de nave industrial, se trata de una ampliación de la nave

existente dentro de su parcela, para ampliación de actividad, no excede la ocupación ni la volumetría permitida

El presente proyecto consta de la siguiente documentación: 1) Proyecto básico y de ejecución, suscrito por facultativo competente y visado por el

correspondiente Colegio Profesional u Oficina de Supervisión de Proyectos del Organismo Público competente

2) Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, según RD 105/2008 3) Proyecto de Seguridad y Salud o Estudio Básico 4) Ficha urbanística suscrita por el técnico redactor del proyecto y el promotor de las

obras, sobre el cumplimiento de la normativa urbanística vigente y de los requerimientos básicos de la calidad de la edificación.

5) Cuestionario Estadístico del Ministerio de Fomento, Orden de 29/08/89, sobre estadísticas de edificación y vivienda (BOE nº 129, de 31/08/89)

6) Informe de la empresa concesionaria de aguas y alcantarillado. No procede, por ser ampliación de actividad existente, con servicio en la actualidad

7) Alta en el Registro de Certificación Energética del Proyecto, según el modelo contenido en el anexo III de la Orden 1/2011, de 4 de febrero, de la Consellería de Infraestructuras y Transporte, por la que se regula el registro de Certificación Energética, NO procede.

8) Reportaje fotográfico del estado del inmueble antes del inicio de las obras. NO procede

De conformidad con el Plan General de Ordenación Urbana, publicado el día 15 de mayo de 2002, las características del terreno y edificación, son las siguientes:

1.- El terreno esta clasificado urbanisticamente como: URBANO. 2.- El uso del suelo es: INDUSTRIAL. 3.- Que la obra para la que se solicita licencia es para uso: INDUSTRIAL.

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4.- Que las características de las obras NO infringen las previsiones y determinaciones del Planeamiento y de las Ordenanzas vigentes en esta población, por lo que, a criterio del técnico informante, se estima informar FAVORABLEMENTE, la concesión de la correspondiente licencia de obras.

5.- El importe del PEM (según proyecto, considerándolas instalaciones propias de la actividad) para el cálculo y posterior liquidación del I.C.I.O será de 156.866,54 €.

6.- En caso de que se deban disponer de andamios fijos de altura de trabajo superior a 2 metros, se deberá aportar certificado de montaje del mismo suscrito por técnico competente...

Observaciones: En la realización de la obra y en especial en la parte recayente a la vía pública, deberán

tomarse las medidas necesarias tendentes a evitar cualquier peligro para los transeúntes, así como a cumplir la normativa con respecto a la Seguridad y Salud en la Obra.

Cuando fuere necesario la ocupación de vía pública o el corte de calle para la ejecución de la obra, será necesario obtener la correspondiente autorización, municipal para ello.”

Consta en el expediente la autoliquidación de la tasa por expedición de licencia por importe de 2.353 euros.

En lo que respecta al órgano competente para resolver el expediente, se considera un acto atribuible al titular de la Alcaldía, de conformidad con lo previsto en el artículo 21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, al ser el órgano competente para el otorgamiento de licencias salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local. No obstante, la competencia fue delegada en la Junta de Gobierno Local mediante Resolución de Alcaldía número 2016/661 de fecha 14 de marzo de 2016.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Técnico que suscribe eleva la siguiente Propuesta de acuerdo:

Primero.- Otorgar licencia urbanística de obras consistente en ampliación de nave sita en Camino Viejo de Silla nº 2, con referencia catastral 3834402YJ2633S0001BR, a favor de Ecomecanica S.L.

Las obras se ejecutarán con arreglo al proyecto aprobado, disposiciones del planeamiento de aplicación, normativa de edificación y observaciones planteadas en los hechos referenciados.

Segundo. Aprobar la liquidación correspondiente al impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, siendo el presupuesto de ejecución material de 156.866,54 euros.

Tercero.- Notificar al interesado la concesión de la licencia. Cuarto.- Dar traslado de la presente Resolución al Departamento de Gestión Tributaria, para

que proceda a la expedición de la oportuna liquidación del ICIO.

Visto el informe del Arquitecto Técnico Municipal de 6 de noviembre de 2018. Por cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros,

viene en adoptar el siguiente Acuerdo: Primero.- Otorgar licencia urbanística de obras consistente en ampliación de nave sita en

Camino Viejo de Silla nº 2, con referencia catastral 3834402YJ2633S0001BR, a favor de Ecomecánica S.L.

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Las obras se ejecutarán con arreglo al proyecto aprobado, disposiciones del planeamiento de aplicación, normativa de edificación y observaciones planteadas en los hechos referenciados.

En caso de que se deban disponer de andamios fijos de altura de trabajo superior a 2 metros,

se deberá aportar certificado de montaje del mismo suscrito por técnico competente. Observaciones: En la realización de la obra y en especial en la parte recayente a la vía pública, deberán

tomarse las medidas necesarias tendentes a evitar cualquier peligro para los transeúntes, así como a cumplir la normativa con respecto a la Seguridad y Salud en la Obra.

Cuando fuere necesario la ocupación de vía pública o el corte de calle para la ejecución de la

obra, será necesario obtener la correspondiente autorización, municipal para ello. Segundo.- Aprobar la liquidación correspondiente al impuesto sobre construcciones,

instalaciones y obras, siendo el presupuesto de ejecución material de 156.866,54 euros. Tercero.- Notificar al interesado la concesión de la licencia. Cuarto.- Dar traslado de la presente Resolución al Departamento de Gestión Tributaria, para

que proceda a la expedición de la oportuna liquidación del ICIO. 6. PRÓRROGA DEL CONTRATO DE SERVICIO PARA LA REALIZACIÓN,

MONTAJE, COORDINACIÓN, DISEÑO, ANIMACIÓN Y GESTIÓN DEL MERCADO TRADICIONAL DE SANT BLAI. (2018/3486)

Vista la propuesta del Concejal Delegado de Cultura, Juventud y Participación Ciudadana de

16 de noviembre de 2018, que literalmente transcrita dice: “Visto el expediente de contratación de servicio para la realización, montaje, coordinación,

diseño, animación y gestión del Mercado Tradicional de Sant Blai (expediente nº2017/3147). Visto que, por acuerdo de Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión de fecha 23 de

octubre de 2017, se adjudica la contratación indicada a la mercantil Balconet Operador de Mercados Temáticos S.L.U, con CIF B-98529589.

Visto que la adjudicación se formaliza en documento administrativo en fecha 11 de enero de 2018 entre el Ayuntamiento de Albal y Balconet Operador de Mercados Temáticos S.L.U, actuando en su nombre y representación D. Juan Cantero Viñes, con DNI 52.643.872-T.

Vista la posibilidad de acordar una única prórroga para la realización del mercado tradicional para el período comprendido entre el 31 de enero al 4 de febrero de 2019, previo informe favorable del servicio municipal promotor del expediente, tal y como consta en la cláusula 2ª del contrato y cláusula 11ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que además se indica que si el contrato se prorrogara a ejercicios siguientes las fechas de realización del mercado se establecerán por la concejalía responsable, siguiendo pautas y períodos similares a los establecidos para el ejercicio 2018.

Visto el informe de la Técnica de Educación y Cultura, de fecha 6 de junio de 2018, en el que concluye que la empresa adjudicataria ha ejecutado con total conformidad y de acuerdo con las condiciones estipuladas en el contrato el servicio de realización, montaje, coordinación, diseño, animación y gestión del “Mercat tradicional de Sant Blai 2018”.

Visto el escrito de fecha 15 de junio de 2018 (registro de entrada nº4469), presentado por D. Juan Cantero Viñes, en representación de Balconet Operador de Mercados Temáticos S.L.U, en el que manifiesta su conformidad a la prórroga del contrato de referencia.

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Visto que en fecha 13 de noviembre de 2018, con registro de entrada nº2018E100213, Balconet Operador de Mercados Temáticos S.L.U presenta certificados (AET, SS, IAE) requeridos por esta Administración.

Visto informe nº2018/102 emitido por la Tesorería municipal en fecha 15 de noviembre de 2018.

Por todo lo anteriormente expuesto, esta concejalía propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO:

Primero. Aprobar la prórroga para el período comprendido entre el 31 de enero al 4 de febrero del año 2019 (o, en su caso, fechas establecidas para dicha anualidad por el departamento municipal responsable) del contrato de servicio para la realización, montaje, coordinación, diseño, animación y gestión del Mercado Tradicional de Sant Blai, adjudicado a la mercantil Balconet Operadora de Mercados Temáticos S.L.U. (CIF B-98529589).

Segundo. Notificar el presente acuerdo a Balconet Operadora de Mercados Temáticos S.L.U.

con expresa indicación del régimen de recursos que proceda. Tercero. Dar traslado de este acuerdo a los departamentos municipales de Cultura, Promoción

Económica y Contratación a los efectos oportunos.

Visto el informe de la Técnica de Educación y Cultura de fecha 6 de junio de 2018. Visto el informe nº 2018/102 de la Tesorería municipal de fecha 15 de noviembre de 2018. Por cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros,

viene en adoptar el siguiente Acuerdo:

Primero. Aprobar la prórroga para el período comprendido entre el 31 de enero al 4 de febrero del año 2019 (o, en su caso, fechas establecidas para dicha anualidad por el departamento municipal responsable) del contrato de servicio para la realización, montaje, coordinación, diseño, animación y gestión del Mercado Tradicional de Sant Blai, adjudicado a la mercantil Balconet Operadora de Mercados Temáticos S.L.U. (CIF B-98529589).

Segundo. Notificar el presente acuerdo a Balconet Operadora de Mercados Temáticos S.L.U.

con expresa indicación del régimen de recursos que proceda.

Tercero. Dar traslado de este acuerdo a los departamentos municipales de Cultura,

Promoción Económica y Contratación a los efectos oportunos. 7. ADJUDICACIÓN CONTRATO DE OBRAS DE REMODELACIÓN INTEGRAL DE

LA PISCINA MUNICIPAL DE SANTA ANA. (2018/868) Vista la propuesta del Secretario General del Ayuntamiento de Albal de 20 de noviembre de

2018, que literalmente transcrita dice:

“Visto el expediente 2018/868, y atendidos los siguientes hechos: El Ayuntamiento de Albal formuló solicitud de ayuda económica ante la Diputación de Valencia

para la realización de la siguiente inversión en el marco del Plan Provincial de Obras y Servicios (SOM) de 2018-2019:

Descripción de la inversión Importe € Aplicación presupuestaria

Proyecto de remodelación integral de la piscina municipal de Santa Ana

348.501,51 271 3421 619001 “Instalaciones deportivas, remodelación piscina municipal”

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En fecha 19 de junio de 2018 el Pleno de la Diputación Provincial de Valencia acordó incluir

la obra de “Remodelación integral de la piscina municipal de Santa Ana” en el Plan de Servicios y Obras Municipales (SOM) del bienio 2018/2019, con el número de obra 40 y un importe asignado de 348.501,51 euros.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Albal, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de abril de 2018, al formular la solicitud de ayuda económica, adquirió también ante la Excma. Diputación provincial de Valencia el compromiso de aportar aquella parte del importe total de la/s actuación/es que no cubra la subvención concedida y que no haya sido financiada de otro modo.

El proyecto de obras de remodelación integral de la piscina municipal de Santa Ana tiene un presupuesto de ejecución por contrata que asciende a 500.000 euros, IVA incluido.

El 17 de septiembre de 2018 la Junta de Gobierno Local aprobó el expediente de contratación mediante procedimiento abierto simplificado para la adjudicación de las “Obras de remodelación integral de la piscina municipal de Santa Ana de Albal”.

Finalizado el plazo de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación se constituyó en fecha 19 de octubre de 2018, declarando admitidas todas las proposiciones presentadas y reuniéndose nuevamente en fechas 5 y 7 de noviembre, procedió a realizar las siguientes calificaciones:

En fecha 8 de noviembre de 2018, mediante Decreto nº 2018/2527, se aprobó la calificación

de ofertas y se requirió la preceptiva documentación al propuesto adjudicatario por obtener la máxima puntuación.

En fecha 19 de noviembre de 2018 (NRE 8182) la empresa Rande AIC S.L. presentó la documentación requerida, tal y como consta incorporado en el expediente, y constituyó garantía definitiva por importe de 20.661,15 euros.

Vista la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, y estimando la misma correcta y debidamente motivada, una vez acreditada, la inscripción en el ROLEC del licitador con los extremos señalados en el artículo 159.4.f).3º de la LCSP 2017, la constitución de la garantía definitiva, la aportación del compromiso al que se refiere el artículo 75.2 y la documentación justificativa de que dispone efectivamente de los medios que se ha comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, todo ello dentro del plazo de 7 días hábiles desde el envío de la comunicación, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente Acuerdo:

Primero.- Adjudicar a la empresa Rande AIC S.L. con C.I.F. B-98521842, el contrato de obras denominadas “REMODELACIÓN INTEGRAL DE LA PISCINA MUNICIPAL DE SANTA ANA”, por

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un importe de 500.000 € , IVA incluido, de conformidad con la oferta presentada, resumida en las siguientes mejoras:

Mejoras en ejecución de obras 1 sombrilla

1 tobogán

1 cañón

1 cortina de agua

2 pérgolas

1 desfibrilador

Plan de mantenimiento: 2 anualidades (2019 y 2020)

Puesta en marcha de piscinas, 2 anualidades (2019 y 2020)

Reducción del plazo de ejecución de obra

3 meses (justificado en diagrama de gant semanal)

Equipo técnico adscrito a la obra

Además del equipo técnico propuesto en los Pliegos, añade 2 capataces, 1 para la zona de piscinas y 1 para la zona de vestuarios

Segundo.- Notificar la adjudicación a todos los licitadores y dar traslado a los Departamentos de Intervención y Urbanismo, a los efectos oportunos, así como a la Excma. Diputación Provincial de Valencia.

Tercero.- Convocar al adjudicatario para la formalización del contrato y publicar la misma en el Perfil de contratante.

Cuarto.- Dar traslado al Departamento de Contratación, a los efectos oportunos. Vista la propuesta formulada por la Mesa de Contratación Por cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de todos sus miembros,

viene en adoptar el siguiente Acuerdo: Primero.- Adjudicar a la empresa Rande AIC S.L. con C.I.F. B-98521842, el contrato de

obras denominadas “REMODELACIÓN INTEGRAL DE LA PISCINA MUNICIPAL DE SANTA ANA”, por un importe de 500.000 € , IVA incluido, de conformidad con la oferta presentada, resumida en las siguientes mejoras:

Mejoras en ejecución de obras 1 sombrilla

1 tobogán

1 cañón

1 cortina de agua

2 pérgolas

1 desfibrilador

Plan de mantenimiento: 2 anualidades (2019 y 2020)

Puesta en marcha de piscinas, 2 anualidades (2019 y 2020)

Reducción del plazo de ejecución de obra

3 meses (justificado en diagrama de gant semanal)

Equipo técnico adscrito a la obra

Además del equipo técnico propuesto en los Pliegos, añade 2 capataces, 1 para la zona de piscinas y 1 para la zona de vestuarios

Segundo.- Notificar la adjudicación a todos los licitadores y dar traslado a los Departamentos

de Intervención y Urbanismo, a los efectos oportunos, así como a la Excma. Diputación Provincial de Valencia.

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Tercero.- Convocar al adjudicatario para la formalización del contrato y publicar la misma en el Perfil de contratante.

Cuarto.- Dar traslado al Departamento de Contratación, a los efectos oportunos. 8. DESPACHO EXTRAORDINARIO. Conforme a lo prevenido en los artículos 83 y 113 del Reglamento de 28 de noviembre de

1986 (ROF), en relación con el artículo 47.3. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por unanimidad de los miembros presentes que constituye la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Junta de Gobierno se acuerda declarar la urgencia de los asuntos no incluidos en el orden del día, y proceder al tratamiento de los asuntos siguientes:

8.1.- APROBACION POLITICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION DE ADECUACION

AL ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE ALBAL. (2018/3656) Vista la propuesta elaborada por la empresa Govertis Advisory Services S.L., en relación con

el esquema nacional de seguridad del Ayuntamiento de Albal, para adaptación a la normativa de la Ley de Protección de Datos, por parte del Ayuntamiento de Albal.

Examinada la propuesta suscrita por el concejal Delegado. La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los concejales asistentes, adoptó el siguiente

ACUERDO: 1º.- Aprobar la política de Seguridad de la Información del Ayuntamiento de Albal, para las

diversas actividades en las que participa el Ayuntamiento a través de medio electrónicos, al amparo de lo previsto en el Real Decreto 951/2015 que regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

2º.- Crear el Comité de Seguridad de la Información, con las funciones que constan en el plan

aprobado y que estará compuesto por:

- Presidente: El Alcalde o concejal en quien delegue.

- Secretario: Responsable de Seguridad de la Información. - Vocales: - Responsable del sistema y Administrador de la Seguridad del sistema. - Representante de la Secretaria General. - Responsable de Recursos Humanos. - Responsable de Servicios Sociales. - Responsable de la Policía Local

3º.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la designación de las personas, que desempeñen

el cargo de Responsable de la Información; Responsables del Servicio; Responsable de la Seguridad y Responsable del Sistema.

9. RUEGOS Y PREGUNTAS. No hubo.

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Y no siendo otro el objeto de la presente sesión, se levantó por la Presidencia siendo las nueve horas y treinta y tres minutos de todo lo cual por mí el Secretario, se extiende la presente acta, de que doy fe.

El alcalde El secretario

Ramón Marí Vila Rafael Darijo Escamilla

Documento firmado electrónicamente. Código de verificación al margen