planes de contigencia (1)

28
ING. DORINHA CASTRO G. PLANES DE CONTIGENCIA

Upload: andres

Post on 15-Feb-2016

228 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

dcf

TRANSCRIPT

PLANES DE CONTIGENCIA

Ing. Dorinha Castro G.PLANES DE CONTIGENCIALos primeros minutos y horas son los que valen...EN DESASTRES...De lo que se haga o deje de hacer dependern muchas vidas... y quien sabe, la nuestra.

FELIZMENTE, LOS DESASTRESNO SON CASTIGOS DIVINOS NI OCURREN AL AZAR...... slo son resultado de factores preexistentes en la comunidad

PROCESO ADMINISTRATIVOPROBLEMAS

OPORTUNIDADESSITUACIONFASESOBJETIVOSPLANEAMIENTO1EJECUCION32ORGANIZACION4CONTROLPLANExpresin de objetivos, estrategias y recursos para lograrlos.Los planes son esencialesen la gestin de riesgos y en el manejo de desastres...

Es producto de la fase de planeamientoPlan estratgico de largo plazo que en consideracin a la Poltica Nacional de Prevencin y Atencin de Desastres define los objetivos, estrategias y programas que orientan las actividades institucionales como interinstitucionales para la prevencin, reduccin de riesgos, los preparativos para la reduccin de emergencias y la rehabilitacin en casos de desastre, permitiendo disminuir o minimizar los daos, vctimas y prdidas que podran ocurrir a consecuencia de un fenmeno natural o tecnolgico potencialmente daino, mediante medidas de ingeniera, legislacin, formacin ciudadana, organizacin, desarrollo cultural e inclusin del concepto de prevencin en todas las actividades del pas, inclusive las relacionadas con las obras para el desarrollo.D.S. N 001-A-2004-DE/SG: 15 de enero 2004PLAN NACIONAL DE PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRESQU ES UN PLAN DE CONTINGENCIA?Los planes de contingencia son instrumentos de gestin que definen los objetivos, estrategias y programas que orientan las actividades institucionales para la prevencin, la reduccin de riesgos, la atencin de emergencias y la rehabilitacin en casos de desastres permitiendo disminuir o minimizar los daos, vctimas y prdidas que podran ocurrir a consecuencia de fenmenos naturales, tecnolgicos o de la produccin industrial, potencialmente dainos.Ley que establece la obligacin de elaborar y presentar planes de contingenciaLEY N 28551DEFINICIONESActividades Especiales.- Se consideran Actividades Especiales las operaciones y/o actividades realizadas por toda persona natural y jurdica, dentro y/o fuera de una instalacin, edificacin y/o recinto de todo tipo, en lo administrativo, comercial, procesos industriales y de servicios, que para efectos de la Ley y del presente Reglamento, en razn de su complejidad o especificidad, se encuentren bajo competencia de los sectores en materia de gestin del riesgo de desastres. Actividades Genricas.- Se consideran Actividades Genricas las operaciones y/o actividades realizadas por toda persona natural y jurdica, dentro de las instalaciones, edificaciones y/o recintos de todo tipo que sean propios del giro de stos, en lo administrativo, comercial, procesos industriales y de servicios, que para efectos de la Ley y del presente Reglamento no se encuentren bajo competencia especfica de los sectores en materia de gestin del riesgo de desastres. Anlisis de Riesgos.- Metodologa que incluye el estudio detallado y la evaluacin de riesgos ante desastres, en base a la identificacin de peligros y anlisis de la vulnerabilidad. Sirve como sustento tcnico para la elaboracin de los Planes de Contingencia, y forman parte de su contenido. Aprobacin.-Conformidad especfica que otorga la autoridad competente respecto de los Planes de Contingencia.Evaluadores.- Profesionales calificados por su experiencia y formacin en prevencin de riesgos y seguridad para evaluar y calificar Planes de Contingencia, los cuales debern ser Inspectores Tcnicos y/o especialistas del sector pblicoGestin del Riesgo de Desastres.- Proceso tcnico y administrativo integral aplicable al ciclo de desastres, que tiene por finalidad contribuir al desarrollo sostenible reduciendo los riesgos de daos a las personas, al patrimonio y al entorno. Gua para la Elaboracin de Planes de Contingencia.- Manual que contiene la relacin de procedimientos para elaborar un Plan de Contingencia.Inspeccin Tcnica de Seguridad en Defensa Civil - ITSDC es el conjunto de procedimientos y acciones que realizan los Inspectores de Seguridad autorizados por el INDECI con el fin de evaluar las condiciones de seguridad en materia de Defensa Civil, establecidas en los distintos dispositivos legales, que presentan las edificaciones, recintos e instalaciones de todo tipo donde residan, trabajen o concurra pblico; a fin de prevenir siniestros o desastres que afecten a las personas, su patrimonio o su entorno.Opinin Previa.- Pronunciamiento que efectan las Oficinas de Defensa Civil de los Gobiernos Regionales respecto de los Planes de Contingencia, que los obligados presentan a las autoridades sectoriales para su aprobacin y que corresponden a cada actividad u operacin que desarrollan. Plan de Ayuda Mutua.-Procedimiento especfico de alerta, coordinacin y movilizacin entre entidades cercanas para brindarse asistencia tcnica y recursos en la eventualidad de una emergencia que sobrepase sus posibilidades de autoproteccin, y que forma parte del contenido del Plan de Contingencia.

Plan de Contingencia para Actividad Genrica.- Conjunto de Procedimientos especficos preestablecidos de tipo operativo, destinados a la preparacin, coordinacin, alerta, movilizacin y respuesta ante una probable situacin de emergencia debida a la ocurrencia de un fenmeno natural o inducido por el hombre que se puede manifestar en una instalacin, edificacin y/o recinto de todo tipo, con la finalidad de evitar o reducir los posibles daos a la vida humana, al patrimonio y a su entorno, y que se aplican a las Actividades Genricas, cuya aprobacin debe darse en el marco de las Inspecciones Tcnicas de Seguridad en Defensa Civil (ITSDC) Bsicas y De Detalle. Plan de Contingencia para Actividad Especial.- Conjunto de Procedimientos especficos preestablecidos de tipo operativo, destinados a la preparacin, coordinacin, alerta, movilizacin y respuesta ante una probable situacin de emergencia debida a la ocurrencia de un fenmeno natural o inducido por el hombre que se puede manifestar en una instalacin, edificacin y/o recinto de todo tipo, con la finalidad de evitar o reducir los posibles daos a la vida humana, al patrimonio y a su entorno, y que se aplican a las Actividades Especiales. Este Plan requiere la aprobacin especfica del sector pblico correspondiente en materia de gestin del riesgo de desastres, previa opinin de la Oficina de Defensa Civil del Gobierno Regional respectivo. Resumen Ejecutivo del Plan de Contingencia.- Documento que comprende la descripcin sinttica de los procedimientos y estructura organizacional del Plan de Contingencia. Debe ser elaborado de acuerdo a lo establecido en la Gua para la Elaboracin de Planes de Contingencia.Autoridad Sectorial.- Autoridad competente del sector con capacidad y competencia para pronunciarse sobre los planes de contingencia. Visita de Inspeccin de Defensa Civil VIDC.- acciones de prevencin de oficio que consisten en la identificacin preliminar de los "puntos crticos de seguridad en Defensa Civil" en todo bien objeto de VIDC, determinando si hubiera lugar, la condicin de riesgo alto (grave) o moderado y la emisin de "indicaciones de cumplimiento obligatorio e inmediato" por parte del propietario y/o conductor, para reducir el nivel de riesgo existente en salvaguarda de la vida humana

QUIENES DEBEN PRESENTAR UN PLAN DE CONTINGENCIAS ?TODAS LA PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS, DE DERECHO PRIVADO O PUBLICO, QUE CONDUCEN, ADMINISTRAN, EMPRESAS, INSTALACIONES, EDIFICACIONES, RECINTOSFuente: Gua para la Elaboracin de Planes de Contingencia LEY No 28551ARTICULO 1.- OBJETO DE LA LEY

LA PRESENTE LEY TIENE COMO OBJETO LA OBLIGACION Y PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIN Y PRESENTACIN DE PLANES DE CONTINGENCIAS CON SUJECCIN A LOS OBJETIVOS, PRINCIPIOS Y ESTRATEGIAS DEL PLAN NACIONAL DE PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES.QUE OTRAS INSTITUCIONES OBLIGAN A PRESENTAR UN PLAN DE CONTINGENCIAS ?

OSINERGINEIDGMDIGESAMINSA

DICAPIIPENDISCAMECMEMEct

INDUSTRIA CEMENTERAUSUARIO DE HIDROCARBUROSPUERTO DE EMBARQUEGENERA RESIDUOS SLIDOSMANTIENEOFICINASADMINIST.ACTIVIDADESDETRANSPORTEUSARA GAS NATURALPOLVORINARTICULO 3.- OBLIGACIONES

TODAS LA PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS, DE DERECHO PRIVADO O PUBLICO, QUE CONDUCEN, ADMINISTRAN, EMPRESAS, INSTALACIONES, EDIFICACIONES Y RECINTOS TIENEN LA OBLIGACION DE PRESENTAR UN PC PARA CADA UNA DE LAS OPERACIONES QUE DESARROLLE

Plan Nacional de Prevencin y Atencin de DesastresSecuencia de planeamiento para la P &AD

PLANNACIONALP &ADPLANES SECTORIALESP & ADPLAN REGIONALP & ADPLAN ESTRATEGICOPLAN INSTITUCIONALANUALPRESUPUESTOFORMULACIN DE PROYECTOSOBJETIVOS ESPECIFICOS DE LA P &AD (II) Coordinar la participacin interinstitucional para desarrollar una planificacin conjunta que propicie el desarrollo sostenible del pas minimizando el efecto de los desastres.Fortalecer institucional y operativamente el Sistema Nacional de Defensa Civil para la P & ADOBLIGACINConductores o administradores de todo tipo de recinto o edificacin, sean personas naturales o jurdicas de derecho pblico o privadoELABORACIN DE LAS GUIAS Corresponde elaborar las gua matrices al INDECI, para lo cual se desarrollarn dos formatos:

Gua Actividades en General

Gua Actividades Especiales (deber contar con la previa opinin favorable de los sectores)Se considera pertinente incluir en los PC vinculada con los sectores el Plan de Ayuda Mutua.APROBACIONOpinin Favorable previas por la Entidad competente del SINADECISon entidades del SINADECI:Las Oficinas de Defensa Civil de los Gobiernos Locales (Distrital o Provicial) o Regionales, segn corresponda.rganos Desconcentrados del INDECI: Las Direcciones Regionales de Defensa Civil El Reglamento de la Ley N 28551 establecer las competencias correspondientes.Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI

Es el conjunto interrelacionado de organismos del Sector Pblico y No Pblico, normas, recursos y doctrina, orientados a la proteccin de la poblacin, mediante medidas de prevencin prestando ayuda oportuna y adecuada hasta alcanzar las condiciones bsicas de rehabilitacin que permitan el desarrollo continuo de las actividades afectadas. Acta en concordancia con la Poltica y Planes de la Defensa Nacional.

El Sistema Nacional de Defensa Civil (SINADECI) es parte integrante de la Defensa Nacional. Tiene por finalidad proteger a la poblacin, previniendo daos, proporcionando ayuda oportuna y adecuada, y asegurando su rehabilitacin en caso de desastre o calamidad de toda ndole, cualquiera que sea su origen (Art. 1 D.L. 19338).Relacin de Sectores que cuentan con el Plan Sectorial de P & AD Plan de Prevencin y Atencin de Desastres del Sector Vivienda, Construccin y Saneamiento (Resolucin N 002-2005-Vivienda)Plan de Prevencin y Atencin de Desastres del Sector Economa y Finanzas (RM N 038-2005-EF) Plan de Prevencin y Atencin de Desastres del Sector Comercio Exterior y Turismo (Resolucin N 006-2005-MINCETUR)

FISCALIZACIONEn el marco de las Inspecciones Tcnicas de Seguridad en Defensa Civil se supervisar el cumplimiento de los PC; por lo que sern los Organismos que conforman el SINADECI, los que comunicaran cualquier incumplimiento por parte de los administradores o conductores de las empresas.Dicha comunicacin debe remitirse a la Autoridad correspondiente dependiendo del tipo de actividad de la empresa.Las autoridades sectoriales competentes son responsables de fiscalizar el cumplimiento de los PC e imponer la sancin correspondiente.CAPACITACINES RESPONSABILIDAD DE LOS OBLIGADOS CAPACITAR A SUS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS, Y A REALIZAR LOS SIMULACROS NECESARIOSDIFUSINLOS OBLIGADOS DEBEN REMITIR UN RESUMEN EJECUTIVO DE SU PLAN DE CONTINGENCIA A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL EN CUYO MBITO REALIZAN SUS ACTIVIDADES, QUE LO PUBLICA EN UN LUGAR VISIBLE DE SU SEDE INSTITUCIONAL A FIN QUE ESTE PUEDE SER CONOCIDO POR LA POBLACIN