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PLAN ORDINARIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES BASE “GENERAL ALEMÁN RAMÍREZ” LA ISLETA LAS PALMAS DE G.C. LAS PALMAS DE GRAN CANARIA JULIO 2.012 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO TUTOR ULPGC: JUAN JIMÉNEZ GARCIA Universidad de Las Palmas de Gran Canaria Estructura de Teleformación Master en Prevención de Riesgos Laborales Trabajo Fin de Master

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  • PLAN ORDINARIO DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES

    BASE GENERAL ALEMN RAMREZ LA ISLETA

    LAS PALMAS DE G.C.

    LAS PALMAS DE GRAN CANARIA JULIO 2.012

    ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO TUTOR ULPGC: JUAN JIMNEZ GARCIA

    Universidad de Las Palmas de Gran Canaria Estructura de Teleformacin

    Master en Prevencin de Riesgos Laborales Trabajo Fin de Master

  • UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

    ,

    PLAN ORDINARIO DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

    BASE "GENERAL ALEMN RAMREZ" LA ISLETA

    LAS PALMAS DE G.C.

    ALUMNO TUTOR ULPGC /

    Fdo. JAVIER PEINADO MONTERO

    Universidad de Las Palmas de G n Canaria Estructura de T elefo cin

    Master en Prevencin de esgos Laborales Trabajo Fin de Master

    LAS PALMAS DE GRAN CANARIA JULIO 2.012

  • Fdo.

    UNIVERSIDAD DE LAS PALMA~ DE GRAN CANARIA

    PLAN ORDINARIO DE PREVENCiN DE RIESGOS LABORALES

    BASE "GENERAL ALEMN RAMREZ" LA ISLETA

    LAS PALMAS DE G.C.

    COMPONENTES

    Universidad de Las Palmas de Gran Canaria Estructura de T eleformacin

    Master en Prevencin de Riesgos Laborales Trabajo Fin de Master

    LAS PALMAS DE GRAN CANARIA JULIO 2.012

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    INDICE AL PLAN ORDINARIO DE P.R.L. Pgina II ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    NDICE

    1.- IDENTIFICACIN DEL CENTRO DE TRABAJO. 3 1.1.- DATOS GENERALES. 3 1.2.- DATOS ESPECFICOS. 4 2.- ORGANIZACIN DEL CENTRO DE TRABAJO. 4 2.1.- ORGANIZACIN. 4 2.2.- MISIONES Y RESPONSABILIDADES. 5 2.3.- ORGANIGRAMA. 10 3.- OBJETO Y ALCANCE. 11 4.- POLTICA DE PREVENCIN RIESGOS LABORALES DE LA BASE. 14 5.- OBJETIVOS DEL PLAN DE PREVENCIN. 15 6.- RECURSOS HUMANOS Y ECONMICOS. 16 7.- PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS EN LA BASE. 17 7.1.- RECURSOS PREVENTIVOS. 17 7.2.- PRESENCIA DE LOS RECURSOS PREVENTIVOS. 17 8.- INTEGRACION DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA. 18 9.- ORGANIZACIN DE LA PREVENCIN. 19 9.1.- SERVICIO DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES DE LA BASE. 19 9.1.1.- Servicio de Prevencin de RL LAS PALMAS 19 9.1.2.- Oficina de Prevencin de RL de BASE 21 9.1.3.- Oficina de Prevencin de RL de UCO 22 9.2.- DELEGADOS DE PREVENCIN. 23 9.3.- COMIT DE SEGURIDAD Y SALUD 26 9.4.- ESTRUCTURA PREVENTIVA. 28 10.- REGISTRO DE DOCUMENTACIN ARCHIVADA. 29 11.- CONSULTA Y PARTICIPACIN DE LOS TRABAJADORES. 30 11.1.- PERSONAL MILITAR. 30 11.2.- PERSONAL CIVIL. 30 11.3.- DELEGADOS DE PREVENCIN Y COMIT DE SEG. Y SALUD 31 12.- DERECHOS Y OBLIGACIONES. 32 12.1.- DERECHOS GENERALES. 32

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    INDICE AL PLAN ORDINARIO DE P.R.L. Pgina II ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    12.2.- OBLIGACIONES GENERALES. 3313.- EVALUACIN DE RIESGOS Y PLANIFICACIN. 37 13.1.- METODOLOGA. 39 13.2.- EVALUACIN DE LOS RESULTADOS. 39 13.3.- PLANIFICACIN DE LAS ACTUACIONES. 40 13.4.- SEGUIMIENTO Y VERIFICACIN. 40 14.- FORMACIN DE LOS TRABAJADORES. 41 15.- INFORMACIN DE LOS TRABAJADORES. 43 16.- PROTECCIN TRABAJADORES DE ESPECIAL SIGNIFICACIN. 45 16.1.- PROTECCIN TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES. 45 16.2.- PROTECCIN DE LA MATERNIDAD Y LA LACTANCIA. 46 17.- EQUIPOS DE TRABAJO, MQUINAS E INSTALACIONES. 47 18.- SUSTANCIAS PELIGROSAS. 49 19.- GESTIN DE RESIDUOS. 52 20.- EQUIPOS DE PROTECCIN INDIVIDUAL. 52 21.- SEALIZACIN. 53 22.- COORDINACIN ENTRE LOS DIFERENTES SERVICIOS DE LA BASE 54 23.- COORDINACIN ACTIVIDADES EMPRESARIALES. 55 24.- COMUNICACIN CON EL SERVICIO DE PREVENCIN. 60 25.- PLAN DE EMERGENCIA Y AUTOPROTECCIN. 61 26.- RIESGO GRAVE E INMINENTE. 63 27.- VIGILANCIA DE LA SALUD Y ASISTENCIA SANITARIA. 65 28.- INVESTIGACIN DE ACCIDENTES, INCIDENTES Y ENFERM. PROF. 66 29.- PROCEDIMIENTOS, INSTRUCCIONES Y RECOMENDACIONES DE SEG. 68 29.1.- PROCEDIMIENTO DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES. 68 29.2.- INSTRUCCIN OPERATIVA DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES. 70 29.3.- RELACIN DE RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD. 71 30.- PLANES ESPECFICOS DE ACTUACIN. PROCEDIMIENTOS 73 31.- MEMORIA. 74 32.- ENTRADA EN VIGOR Y ACTUALIZACIN. 75 33.- RELACIN DE ANEXOS. 76 ANEXO I . RELACIN DE NORMATIVA DE REFERENCIA EN PRL 77 ANEXO II. PARTE DE ACCIDENTES 80

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 3 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    PLAN ORDINARIO DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES DE LA BASE DEL EJERCITO DE TIERRA

    "GENERAL ALEMN RAMREZ" "LA ISLETA"

    LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

    1.- IDENTIFICACIN DE LA BAE.

    La BASE GENERAL ALEMN RAMREZ, pertenece al Ejrcito de Tierra

    y est ubicada en la pennsula de La Isleta, en el trmino municipal de Las

    Palmas de Gran Canaria (Provincia de LAS PALMAS).

    Direccin postal:

    C/ Coronel Rocha s/n DP. 35009 Las Palmas de Gran Canaria

    Central telefnica n 928 299300

    1.1.- DATOS GENERALES.

    La Base General Alemn Ramrez tiene una superficie total aproximada

    de 539.600 metros cuadrados.

    La Isleta, lugar donde est emplazado el Acuartelamiento es una

    pennsula de origen volcnico. El terreno de la Base tiene una altitud media de

    aproximadamente 100 m., siendo su relieve en general horizontal pero

    compartimentado en 3 zonas de diferente cota. Al Norte limita con el Campo de

    Tiro y Maniobras de La Isleta, al Este con las instalaciones portuarias de la

    Ciudad, al Oeste con el barrio de Las Coloradas y al Sur con la ciudad

    propiamente dicha.

    El acceso Principal se lleva a cabo por la Calle Coronel Rocha. A sta se

    accede desde la Avenida Martima pasando por el Cebadal. Tambin existe

    otro acceso por el Sur desde la carretera de Las Coloradas-Barrio de La Isleta.

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 4 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Las condiciones climticas de la zona son de alta humedad con mnimas

    precipitaciones y temperaturas clidas a lo largo de todo el ao. A esto se suma

    la proximidad del mar en todas las direcciones que conlleva el problema del

    salitre tanto para el mantenimiento de los edificios como para el resto de las

    instalaciones. El viento predominante durante todo el ao es el alisio.

    1.2.- DATOS ESPECFICOS.

    Consta de 136 edificios distribuidos en las tres zonas que componen la

    Base y entre sus instalaciones cuenta con: edificios de oficinas, talleres,

    hangares, residencia, bares, cocina y comedores, depsito de gas, estacin

    de servicio, depsito de agua, armeras, depsito de municin,

    instalaciones deportivas y piscina, campo de vuelo para helicpteros, punto

    limpio e instalacin contraincendios.

    2.- ORGANIZACIN DEL CENTRO DE TRABAJO.

    2.1.- ORGANIZACIN DE LA BASE. La Base se organiza principalmente en tres zonas:

    - Zona de Mando - Zona de Vida - Zona de Logstica

    Las UCO,s alojadas dentro de la Base son las siguientes:

    - Cuartel General BRILCAN XVI. - Regimiento Artillera Antiarea N 94. - Grupo Logstico XVI. - Destacamento de la AALOG 81. - Batalln de Cuartel General de la BRILCAN XVI. - BZAP XV (Las Palmas). - Compaa de Transmisiones N 16. - Batalln de Guerra Electrnica N 32. - Unidad de Servicios de Base Capitn Alcaide. - RETES 22 (CECOM). - Establecimiento Disciplinario Militar Las Palmas. - Servicio de Prevencin de Riesgos Laborales Las Palmas

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 5 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    La Jefatura de la Base la ostenta el General Jefe de la Brigada Ligera de

    Infantera Canarias XVI.

    N ACTUAL DE PERSONAL DESTINADO EN LA BASE: 1843

    - PERSONAL MILITAR: 1.748

    - PERSONAL CIVIL: 95

    2.2.- MISIONES Y RESPONSABILIDADES.

    La actividad principal que se desarrolla en la Base, corresponde a las

    tareas correspondientes a la instruccin, adiestramiento y preparacin de las

    unidades, tares de mantenimiento, logsticas etc.

    Las misiones y responsabilidades relacionadas con la integracin del

    Plan Ordinario de Prevencin de Riesgos Laborales son los que se detallan a

    continuacin.

    Todo el personal de esta BASE tiene la obligacin de cumplir las normas

    de seguridad y las misiones encomendadas en este Plan Ordinario de

    Prevencin de Riesgos Laborales.

    2.2.1.- Jefe de la BASE Es responsabilidad de la Jefatura de la BASE, garantizar la seguridad y la

    salud de los trabajadores a su cargo. Como encargado de desarrollar la

    organizacin preventiva, define las funciones y responsabilidades

    correspondientes a cada nivel jerrquico.

    Como mximo responsable en materia de riesgos laborales de la BASE

    hace cumplir todas las Leyes y Reglamentos relativos a Riesgos Laborales.

    Dirige, coordina y supervisa la gestin de la prevencin de la BASE como

    una actividad inherente al Centro.

    Difunde la poltica preventiva en la BASE.

    Promueve el desarrollo e implantacin del presente Plan Ordinario de

    Prevencin de Riesgos teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

    Establecimiento de la poltica, compromisos y objetivos a cumplir en

    materia preventiva y modo de control de su ejecucin.

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 6 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Establecer y documentar los principios y objetivos de prevencin de

    riesgos laborales en coherencia con la poltica preventiva existente.

    Establecer la estructura organizativa necesaria y obligatoria para la

    realizacin de las actividades preventivas.

    Designar personal en materia de seguridad y salud que coordine y

    controle todas las actuaciones.

    Establecimiento de objetivos anuales de Prevencin de Riesgos

    Laborales en coherencia con la poltica preventiva.

    Asignacin de los recursos necesarios, tanto humanos como materiales,

    para conseguir los objetivos establecidos.

    Establecer las competencias y las interrelaciones de cada Unidad en

    materia de prevencin de riesgos laborales.

    Desarrollo de la organizacin preventiva de la BASE definiendo las

    funciones y responsabilidades correspondientes a cada nivel jerrquico

    a fin de que se cumplan los compromisos adquiridos a travs del

    desarrollo de lo dispuesto en este Plan.

    Consulta a los trabajadores en la adopcin de decisiones que puedan

    afectar a la seguridad, salud y condiciones de trabajo.

    Promover y participar en reuniones peridicas para analizar y discutir

    temas de seguridad y salud.

    Visitar peridicamente los lugares de trabajo para poder estimular

    comportamientos eficientes, detectar deficiencias y trasladar inters por

    su solucin.

    Realizar peridicamente revisiones de la poltica, organizacin y

    actividades de la BASE en materia de riesgos laborales.

    Mostrar inters por los accidentes laborales acaecidos y por las medidas

    adoptadas para evitar su repeticin.

    Aprobar los procedimientos particulares de las diferentes actividades

    preventivas.

    Informar, a travs de los cauces establecidos, a todos los afectados

    acerca de la existencia de riesgos graves con ocasin de su trabajo.

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 7 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Aportar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que en caso

    de peligro grave, el personal pueda interrumpir su actividad o en caso

    necesario abandonar el lugar de trabajo.

    Designar, en su caso, a los representantes de la Jefatura para el Comit

    de Seguridad y Salud.

    Otras acciones que se estimen oportunas. 2.2.2. Jefes de UCO, s alojadas en la BASE.

    Son los encargados de impulsar, coordinar y controlar que todas las

    actuaciones llevadas a cabo en su unidad, sigan las directrices establecidas

    sobre prevencin de riesgos laborales, garantizando la seguridad y salud de

    sus miembros y de otras personas que lo visiten.

    Especficamente se encargarn de:

    Impulsar, coordinar y controlar que todas las actuaciones llevadas a

    cabo en sus respectivas reas sigan las directrices establecidas por la

    Jefatura sobre prevencin de riesgos laborales.

    Dar a conocer al Jefe de la BASE todo lo referente a Seguridad y Salud

    que afecte a su unidad.

    Cumplir y hacer cumplir los objetivos preventivos establecidos,

    implantando los especficos para su unidad, en base a las directrices

    que reciban.

    Promover y participar en la elaboracin de procedimientos de trabajo en

    aquellas tareas que se realicen normal u ocasionalmente en su unidad.

    Efectuar un seguimiento y control de las acciones de mejora a realizar

    en su mbito de actuacin, surgidas de las diferentes actuaciones

    preventivas.

    Conocer e informar de acuerdo con el procedimiento establecido, de los

    riesgos para la seguridad y salud para las personas que trabajan en la

    unidad que dirige sobre la labor por ellos desarrollada y las medidas y

    actividades de proteccin y prevencin aplicables a los riesgos

    sealados.

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 8 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Revisar peridicamente las condiciones de trabajo de su unidad de

    acuerdo al procedimiento establecido.

    Participar en la investigacin de todos los accidentes con lesin

    acaecidos en su unidad, e interesarse por las soluciones adoptadas para

    evitar su repeticin.

    Participar en las actividades preventivas planificadas.

    Proporcionar los equipos de proteccin personal siguiendo el

    procedimiento establecido.

    Para la accin cotidiana de estas cuestiones u otras del mbito de la

    seguridad y salud que puedan afectar a la BASE, podr nombrar

    personas en quien delegar.

    Cooperar con otros Jefes de UCO,s de la BASE a fin de evitar duplicidad

    o contrariedad de actuaciones.

    Prestar la ayuda y los medios necesarios a los mandos intermedios de

    su unidad a fin de que estos puedan desempear correctamente sus

    cometidos. A tal fin deber asegurarse de que sus mandos intermedios

    estn debidamente formados. Participar en la investigacin de todos los

    accidentes e interesarse por las soluciones adoptadas para evitar su

    repeticin.

    Fomentar el cumplimiento, de todo el personal a su cargo, las Leyes y

    Reglamentos sobre Riesgos Laborales.

    Detener cualquier tipo de actividad si observa que no se cumplen los

    requisitos mnimos de seguridad y salud, tanto individual como colectiva.

    Integrar la prevencin de riesgos laborales, como actuacin a desarrollar

    en el seno de la Unidad, en el conjunto de actividades y decisiones.

    Integrar los aspectos de Seguridad y Salud, as como de Calidad y

    Medio Ambiente, en las reuniones de trabajo con sus colaboradores y en

    los procedimientos de actuacin de su unidad.

    Otras funciones no descritas que la Jefatura de la BASE establezca.

    Las distintas UCO,s de la BASE, tienen la obligacin de informar, en

    tiempo y forma, de los riesgos para la seguridad y salud para las personas que

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 9 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    conllevan la actividad laboral en ellos desarrollada y las medidas y actividades

    de proteccin y prevencin aplicables a los riesgos sealados. En cumplimiento

    de esta obligacin: suministrarn los datos que puedan serles requeridos,

    colaborarn en la aplicacin de los programas de recogida de informacin que

    el Servicio de Prevencin asignado o el Jefe de la BASE desarrollen. Todo ello

    ser para que la BASE pueda cumplir con las obligaciones marcadas en la Ley

    31/1995, normativa de desarrollo y posteriores reformas.

    Los Jefes de Unidad se ocuparn de que sus miembros tengan la

    formacin e informacin suficiente y adecuada en seguridad y salud para las

    actividades que realizan, pudiendo recabar asesoramiento del Servicio de

    Prevencin asignado, si as lo estiman.

    2.2.3. Mandos Intermedios.

    Cooperarn con los superiores jerrquicos de su Unidad en todo lo

    relativo a la prevencin de riesgos laborales y de salud, cumpliendo ellos

    mismos y haciendo cumplir al personal a su cargo los procedimientos e

    instrucciones que ataen a las tareas asignadas y especialmente en cuanto a

    la vigilancia en la adopcin y aplicacin de las medidas preventivas

    establecidas y empleo de los medios de proteccin.

    Entre los cometidos se sealan los siguientes:

    Elaborar y transmitir los procedimientos e instrucciones referentes a los

    trabajos que se realicen en su rea de responsabilidad.

    Velar por el cumplimiento de los procedimientos e instrucciones del

    personal a su cargo, asegurndose que se llevan a cabo en las debidas

    condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

    Informar a su personal de los riesgos existentes en los lugares de

    trabajo y de las medidas preventivas y de proteccin a adoptar.

    Analizar los trabajos que se llevan a cabo en su rea de responsabilidad,

    detectando posibles riesgos o deficiencias para su eliminacin o

    minimizacin.

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 10 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    NEGOCIADO DE PRL SUIGE V

    SERVICIO DE PRL "LAS PALMAS"

    BASE "GENERAL ALEMN RAMREZ"

    USBA "CAPITN ALCAIDE"

    OFICINA PRL DE BASE

    RESTO UCO,s DE LA BSE

    OFICINA PRL DE UCO

    OTRAS BAE/UCO,s

    OTRAS BAE/UCO,s

    OTROS SERV. PRL

    OTROS SERV. PRL

    Planificar y organizar los trabajos de su mbito de responsabilidad,

    considerando los aspectos preventivos a tener en cuenta.

    Vigilar con especial atencin aquellas situaciones crticas que puedan

    surgir, ya sea en la realizacin de nuevas tareas o en las ya existentes,

    para adoptar medidas correctoras inmediatas.

    Investigar todos los accidentes e incidentes ocurridos en su rea de

    trabajo, y aplicar las medidas preventivas necesarias para evitar su

    repeticin.

    Formar a los trabajadores para la realizacin segura y correcta de las

    tareas que tengan asignadas y detectar las carencias al respecto.

    Aplicar en la medida de sus posibilidades las medidas preventivas y

    sugerencias de mejora que propongan sus trabajadores.

    Transmitir a sus colaboradores inters por sus condiciones de trabajo y

    reconocer sus actuaciones y sus logros.

    Aplicar en plazo las medidas preventivas acordadas en su mbito de

    actuacin.

    2.3.- ORGANIGRAMA.

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 11 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    3.- OBJETO Y ALCANCE.

    La Ley 31/1995 de 8 de noviembre, por la que se aprueba la Ley de

    Prevencin de Riesgos Laborales (LPRL) aport una nueva concepcin de la

    Seguridad y Salud en el puesto de trabajo. Su aplicacin supone la

    implantacin de una cultura de prevencin en todos los niveles de esta BASE

    del ET, tendente a evaluar y minimizar los riesgos que para la salud del

    personal pudiera ocasionar la actividad laboral.

    Esta BASE, a propuesta del Servicio de Prevencin asignado, establece

    un Sistema de Prevencin de Riesgos Laborales basado en promover un alto

    grado de bienestar fsico, mental y social del personal en todas las actividades,

    para garantizar la seguridad y la salud de las personas en el trabajo, as como

    la seguridad de los bienes y del medio ambiente.

    El establecimiento de este Sistema de Prevencin de Riesgos Laborales

    es conforme a la normativa vigente; concretamente el artculo 14 de la Ley de

    Prevencin de Riesgos Laborales establece el derecho de los trabajadores a

    una proteccin eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, lo que

    supone un correlativo deber del jefe de la BASE de proteccin de los

    trabajadores frente a los riesgos laborales. En cumplimiento de la legislacin vigente, se presenta el presente Plan

    Ordinario de Prevencin de Riesgos de esta BASE, documento que refleja la

    actividad y poltica preventiva y organizativa que se llevar a cabo para la

    prevencin de riesgos y para mejorar la seguridad del personal que prestan sus

    servicios en la misma. Estar a disposicin de los Jefes de las UCO,s alojadas

    en la BASE, de las autoridades sanitarias, de los representantes de los

    trabajadores y del resto del personal en la medida que les afecte, respetando

    siempre la confidencialidad de toda la informacin concerniente a la Seguridad

    y defensa Nacional.

    En la BASE se establer una jornada laboral anual de carcter formativo

    para la difusin del presente Plan Ordinario de PRL a todos los componentes y

    unidades de esta.

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 12 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    El Plan Ordinario de Prevencin de Riesgos Laborales incluye la

    estructura organizativa de esta BASE, identificando las funciones y responsabilidades que asume cada uno de sus niveles jerrquicos y los

    respectivos cauces de comunicacin entre ellos, las prcticas y los

    procedimientos organizativos existentes, la organizacin de la prevencin, los

    rganos de representacin existentes, la poltica, los objetivos y metas que en

    materia preventiva se pretende alcanzar, as como los recursos humanos,

    tcnicos y materiales de los que va a disponer al efecto.

    El objetivo de este Plan Ordinario de Prevencin de Riesgos Laborales es

    la integracin plena de la actividad preventiva en la BASE General Alemn

    Ramrez, tanto en el conjunto de actividades que en ella se realizan como en

    todos los niveles jerrquicos de su organizacin.

    El presente Plan Ordinario de Prevencin de Riesgos Laborales ser de

    aplicacin a todas las actividades que se realicen en la BASE, con excepcin

    de las correspondientes a instruccin, adiestramiento y operativas (Art. 6.4 del

    Real Decreto 1755/2007), que se regirn por sus propias normas de seguridad.

    A estos efectos, el artculo 3 del expresado Real Decreto establece las

    siguientes definiciones:

    a) Actividades de instruccin y adiestramiento: Aquellas que se

    estn recogidas en los Planes Generales de Instruccin y

    Adiestramiento de cada ejrcito que el militar ya sea de manera

    individual o en cuadrado en una unidad, realiza con la finalidad

    de prepararse para el cumplimiento de la misiones que se le

    asignen.

    b) Actvidades operativas: aquellas que se ejecutan en una

    operacin, en territorio nacional o extranjero, siguiendo las

    directrices recogidas en un plan de operaciones.

    Por lo que respecta al mbito del personal, ser de aplicacin a todo el

    personal civil y militar que preste sus servicios en la BASE.

    Igualmente se aplicar, en la parte que les afecte, en la coordinacin de

    actividades empresariales, a las empresas o trabajadores autnomos que

    tengan relacin con la BASE.

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 13 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Este Plan Ordinario de Prevencin de Riesgos Laborales ser asumido

    por todos los niveles jerrquicos y conocido por todo el personal militar y civil

    perteneciente a la BASE.

    Este Plan Ordinario de Prevencin de Riesgos Laborales se revisar cada

    tres aos, o cuando se presenten cambios en la organizacin, en las

    actividades, en los medios o en la legislacin que puedan incidir de forma

    notable en el mismo.

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 14 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    4.- POLTICA DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES DE LA BASE.

    De acuerdo con lo dispuesto en el Plan General de Prevencin de

    Riesgos Laborales del Ejrcito de Tierra, la prevencin de riesgos laborales es

    una actividad, entendida como el conjunto de normas, medidas y

    procedimientos encaminados a prevenir las causas potenciales de accidentes,

    que tiene como principio bsico y objetivo fundamental la promocin de la

    mejora continua de las condiciones de trabajo de todos los trabajadores. En

    este sentido parece obvia la importancia de desarrollar planes y polticas de

    salud laboral eficaces que ayuden a promocionar el ms alto grado de

    bienestar fsico, mental y social de los trabajadores en todas sus ocupaciones.

    Por todo lo anterior, el Jefe de la BASE, a travs de este Plan, manifiesta su

    compromiso y lo transmite a todos y cada uno de los componentes del mismo,

    para que sea conocido y asumido, con objeto de:

    Cumplir con la legislacin vigente en materia de Prevencin de Riesgos Laborales.

    Establecer una estructura de responsabilidades y funciones que asegure la integracin de la Prevencin en el sistema general de gestin de la BASE.

    Fomentar una cultura preventiva y promover actuaciones que no se limiten a la simple correccin a posteriori de situaciones de riesgo ya manifestadas.

    Incentivar la informacin y formacin dirigidas a tener un mejor conocimiento de los riesgos derivados del trabajo.

    Fomentar la consulta y la participacin de los trabajadores en la gestin de la prevencin de los riesgos laborales.

    Exigir el cumplimiento de las medidas de seguridad y salud a las empresas contratistas, suministradores o cualquier empresa que ejerza su actividad en el interior de la BASE.

    Colaborar activamente con el Servicio de Prevencin asignado. Difundir esta poltica a todo el personal.

    .., a de de 2012

    El Jefe de la BASE

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 15 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    5.- OBJETIVOS DEL PLAN ORDINARIO DE PREVENCIN.

    Para definir los objetivos, entendindose por objetivo, el fin comn a toda

    la organizacin, y las metas como el fin exclusivo de un rea o nivel de la

    misma, se parte de la revisin inicial de la accin preventiva, por el que se

    verifica el grado de cumplimiento, por parte de la BASE, de la legislacin

    vigente en materia de prevencin de riesgos laborales, que permite detectar

    fallos u omisiones en el cumplimiento reglamentario conforme a lo exigido por

    la legislacin y fallos en cuanto a la gestin que se est llevando a cabo y la

    Evaluacin Inicial de Riesgos que nos indica qu acciones de control se

    pondrn en marcha.

    En funcin de ambas y de la poltica de prevencin de la organizacin, se

    establecen los objetivos. Los objetivos y metas se orientan a cumplir con lo

    establecido en la Poltica de Prevencin.

    Se pretende con ello:

    Elevar el nivel de proteccin de la seguridad y la salud del personal en su trabajo.

    Mentalizar al personal para que adopte una postura preventiva encaminada a conservar mejor los recursos.

    Prevenir los accidentes que puedan producirse en los centros e instalaciones militares.

    Conocer las caractersticas de los puestos de trabajo. Identificar los requisitos psicofsicos para el acceso a los puestos de

    trabajo. Conocer los riesgos para la salud de los puestos de trabajo. Establecer un sistema de exmenes mdicos especficos en funcin

    de los riesgos del puesto de trabajo. Analizar los daos a la salud, proponer medidas preventivas

    adecuadas incluyendo la investigacin de enfermedades profesionales.

    Protocolizar la actuacin sanitaria en caso de emergencias.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 16 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    6.- RECURSOS HUMANOS Y ECONMICOS.

    Para la ejecucin del presente Plan, la BASE dispondr de los recursos

    humanos y materiales que sean precisos para ello, as como de los del Servicio

    de Prevencin Ajeno (Vigilancia de la Salud) que se determinen, con los que se

    concierten las especialidades y las actividades preventivas no asumidas por el

    Servicio de Prevencin Propio.

    Las necesidades de la BASE, en cuanto a reparaciones, adquisicin de

    material y EPI,s, puesta en conformidad, etc., derivadas de la implantacin del

    sistema de prevencin de riesgos laborales debern ser cubiertas con cargo a

    los crditos presupuestarios que tengan asignados la BASE o UCOS,s

    afectadas.

    Los instrumentos que se van a utilizar para la consecucin de los

    Objetivos y Metas, son los Procedimientos que se han establecido para ello

    dentro del Plan Ordinario de Prevencin, en los que se define qu, cmo,

    cundo y dnde hay que hacer y quin debe hacer, as como:

    La estructura organizativa asumida por la BASE en materia de

    prevencin de riesgos laborales.

    Las responsabilidades y funciones del personal del Establecimiento

    en esta materia.

    Las prcticas, procedimientos y procesos necesarios para realizar

    la accin de prevencin.

    Los recursos materiales y econmicos necesarios para realizar la

    accin de prevencin.

    La presencia de los recursos preventivos necesarios en el centro de

    trabajo.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 17 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    7.- PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS EN LA BASE.

    7.1.- RECURSOS PREVENTIVOS. El apartado 2 del artculo 32 bis de la Ley 31/1995, refleja que se

    consideran recursos preventivos, a los que el empresario podr asignar la

    presencia, los siguientes:

    Uno o varios trabajadores designados por la empresa. Uno o varios miembros del servicio de prevencin propio de la empresa. Uno o varios miembros del o los servicios de prevencin ajenos

    concertados por la empresa.

    El Servicio de Prevencin asignado a esta BASE, es el SVPRL LAS

    PALMAS (segn Anexo III de la I.T. 20/2011 PLAN GENERAL DE

    PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES DEL EJRCITO DE TIERRA), que

    depende funcionalmente del NEGOCIADO DE PRL de la SUIGE V (Santa Cruz

    de Tenerife) y su Oficina de PRL correspondiente, esta sita en dependencias

    de la USBA CAPITN ALCAIDE de esta BASE.

    7.2.- PRESENCIA DE RECURSOS PREVENTIVOS La presencia de los recursos preventivos de la BASE ser necesaria:

    Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el

    desarrollo del proceso o la actividad, y que hagan preciso el control de la

    correcta aplicacin de los mtodos de trabajo.

    Cuando se realicen actividades o procesos considerados como

    peligrosos o con riesgos especiales como:

    o Trabajos con riesgo grave de cada en altura.

    o Actividades en las que se utilicen mquinas que carezcan de

    marcado CE.

    Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspeccin

    de Trabajo y Seguridad Social, si las circunstancias del caso as lo

    exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 18 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    En caso de concurrencia de actividades preventivas de las empresas

    contratadas para los servicios de restauracin, limpieza, mantenimiento de

    equipos e instalaciones, y de seguridad, la obligacin de la designacin de la

    presencia de recursos preventivos recae en la empresa que realice estas

    operaciones, actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales.

    Para las tareas de control y seguimiento de los riesgos que requieran la

    presencia del recurso preventivo, el Jefe de la BASE podr asignar la presencia

    de forma expresa a una o varias personas pertenecientes a la BASE, sin formar

    parte del servicio de prevencin propio ni ser trabajadores/as designados, pero

    que renan los conocimientos, la cualificacin y la experiencia necesarios en

    las actividades o procesos y cuenten con la formacin preventiva

    correspondiente, como mnimo, a las funciones del nivel bsico.

    Por ltimo, si existe concurrencia de actividades preventivas en un

    mismo Centro de trabajo, la obligacin de designar recursos recae en cada

    empresa que realice las operaciones concurrentes, actividades, procesos

    peligrosos o con riesgos especiales.

    8.- INTEGRACIN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA.

    El artculo 6 del RD 1755/2007 establece que la prevencin de los

    riesgos laborales en el mbito del Ministerio de Defensa deber integrarse en el

    conjunto de sus actividades a travs de la implantacin y aplicacin del

    correspondiente plan de prevencin de riesgos laborales. Por ello, la

    prevencin de riesgos laborales, como actuacin a desarrollar en esta BASE

    queda integrada en el conjunto de sus actividades y decisiones, en la

    organizacin del trabajo y en las condiciones en que ste se preste, y en la

    lnea jerrquica, incluidos todos los niveles.

    Conforme a este principio, todo aquel que tenga personal a su mando es

    responsable de la seguridad y la salud del mismo, por lo que debe conocer y

    hacer cumplir todas las reglas de prevencin que afecten al trabajo que realice.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 19 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    La integracin de la prevencin en todos los niveles jerrquicos implica

    la obligacin de incluir la prevencin de riesgos en cualquier actividad que se

    realice o se ordene y en la toma de decisiones, as como la atribucin de tareas

    en cuanto a seguridad y salud del personal que cada uno tenga bajo su

    responsabilidad.

    Cuando se habla de obligaciones, responsabilidades y deberes, se hace

    con la pretensin de mentalizar a todo el personal de que la responsabilidad en

    materia de prevencin va ligada a la que cada persona tiene en el desarrollo de

    su actividad, bien sea personalmente, bien con la colaboracin de otras

    personas.

    La ley de prevencin de riesgos laborales es la que establece los

    derechos y las obligaciones en materia de seguridad y salud, tal como se indica

    en el punto 12 de este documento, as como el REAL DECRETO 1932/1998,

    de 11 de septiembre, de adaptacin de los captulos III y V de la Ley 31/1995,

    de 8 de noviembre, de Prevencin de Riesgos Laborales, al mbito de los

    centros y establecimientos militares.

    9.- ORGANIZACIN DE LA PREVENCIN.

    La modalidad organizativa adoptada por el ET es la de SERVICIO DE

    PREVENCION PROPIO, con posibilidad de la asuncin parcial de ciertas

    actividades por un servicio de prevencin ajeno.

    9.1.- SERVICIO DE PREVENCIN. 9.1.1.- Servicio de Prevencin Las Palmas (SVPRL LAS PALMAS).

    Este BASE tiene asignado, como Servicio de Prevencin para la

    actividad preventiva, el SERVICIO DE PREVENCIN DE RIESGOS

    LABORALES LAS PALMAS, que asume, con medios propios, las disciplinas

    preventivas de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonoma y

    Psicosociologa Aplicada.

    La disciplina de Medicina en el Trabajo se realizar de manera

    externalizada.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 20 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Sern cometidos de este Servicio de Prevencin, el asesoramiento y

    apoyo tcnico a las BAE,s./UCO,s. de su rea de responsabilidad en todo lo

    concerniente a:

    Asesorar y colaborar en la elaboracin del presente Plan. Disear, aplicar y coordinar las actividades y programas de la

    accin preventiva. Realizar la evaluacin de los riesgos, y su revisin cuando proceda,

    en las actividades que constituyen las funciones del personal militar y civil. Una vez realizada la evaluacin deber hacer la planificacin de la actividad preventiva, proponiendo las acciones requeridas para la eliminacin, reduccin o control del riesgo, la prioridad de la accin y la urgencia de la medida en funcin de dicha prioridad.

    Proponer prioridades en la adopcin de las medidas preventivas adecuadas y de la vigilancia de su eficacia.

    Informar y formar al personal, en materia de riesgos laborales. Proporcionar al Jefe de la BASE el asesoramiento y apoyo que

    precise en funcin de los tipos de riesgo existentes, en lo referente a la prestacin de los primeros auxilios y colaborar en el diseo de los planes de emergencia.

    Proporcionar al Jefe de la BASE el asesoramiento y apoyo que precise en funcin de los tipos de riesgo existentes en lo referente a la vigilancia de la salud de los trabajadores en relacin con los riesgos derivados del trabajo.

    Elaborar la memoria anual y la programacin anual de sus actividades.

    Impartir charlas de sensibilizacin en prevencin de riesgos para personal civil y militar.

    Impartir los cursos de Tcnico Bsico para el personal con cometidos de PRL, incluidos Delegados de Prevencin.

    Asesorar, en su caso, a los Comits de Seguridad y Salud.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 21 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    9.1.2.- Oficina de Prevencin de Riesgos Laborales de la BASE. La Oficina de Prevencin de Riesgos Laborales de BASE estar

    constituida por personal de esta, que podr compaginar esta actividad con otra

    propia de su destino, y su composicin ser la siguiente:

    Jefe de Oficina PRL de BASE: Un (1) Oficial/Suboficial, a designar por el Jefe de la BASE entre los de la Unidad de Servicios de BASE (USBA).

    Se procurar que este personal corresponda con Tcnicos Intermedios y

    Bsicos, en cualquier caso, tendr dependencia funcional del Jefe del Servicio

    de PRL (SVPRL LAS PALMAS) y no tendr dedicacin exclusiva para

    cometidos de prevencin.

    Los cometidos correspondientes a la Oficina de PRL de BASE sern los

    siguientes:

    Registro y archivo de la documentacin PRL generada entre las diferentes UCO,s y la Jefatura de la BASE y entre sta y el SVPRL

    asignado.

    Colaborar, y dentro de sus posibilidades, con el Jefe del SVPRL asignado en la actividad preventiva.

    En su caso, solicitar asesoramiento y/o apoyo tcnico al SVPRL asignado, tales como:

    Investigacin de accidentes e incidentes.

    Coordinacin de actividades empresariales.

    Planes de autoproteccin y medidas de emergencia.

    Adquisicin de bienes y equipos.

    Otros que se consideren necesarios.

    Comunicar al SVPRL asignado, los hechos ocurridos en la BASE, tales como:

    Accidentes producidos durante la actividad.

    Incidentes.

    Todo incendio o conato de incendio que se produzca.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 22 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Cambios en las condiciones de trabajo.

    Incorporacin de nuevo personal.

    Introduccin de nuevas tecnologas en el centro, para su evaluacin de riesgos.

    Cualquier situacin anmala o peligrosa detectada.

    Cualesquiera otras que se estimen convenientes.

    9.1.3.- Oficina de Prevencin de Riesgos Laborales de UCO.

    La Oficina de Prevencin de Riesgos Laborales de UCO estar

    constituida por personal de esta, que podr compaginar esta actividad con otra

    propia de su destino, y su composicin ser la siguiente:

    Jefe de Oficina PRL de UCO: Un (1) Suboficial, a designar por el Jefe de la UCO entre los de la Unidad.

    Se procurar que este personal corresponda con Tcnicos Intermedios y

    Bsicos, en cualquier caso, tendr dependencia funcional del Jefe del Servicio

    de PRL (SVPRL LAS PALMAS) y no tendr dedicacin exclusiva para

    cometidos de prevencin.

    Los cometidos correspondientes a la Oficina de PRL de UCO sern los

    siguientes:

    Registro y archivo de la documentacin PRL generada entre su UCO y la Oficina de PRL de BASE y el SVPRL asignado.

    Colaborar, y dentro de sus posibilidades, con el Jefe del SVPRL asignado en la actividad preventiva.

    En su caso, solicitar asesoramiento y/o apoyo tcnico al SVPRL asignado, tales como:

    Investigacin de accidentes e incidentes.

    Coordinacin de actividades empresariales.

    Planes de autoproteccin y medidas de emergencia.

    Adquisicin de bienes y equipos.

    Otros que se consideren necesarios.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 23 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Comunicar al SVPRL asignado, los hechos ocurridos en su UCO, tales como:

    Accidentes producidos durante la actividad.

    Incidentes.

    Todo incendio o conato de incendio que se produzca.

    Cambios en las condiciones de trabajo.

    Incorporacin de nuevo personal.

    Introduccin de nuevas tecnologas en el centro, para su evaluacin de riesgos.

    Cualquier situacin anmala o peligrosa detectada.

    Cualesquiera otras que se estimen convenientes.

    9.2.- DELEGADOS DE PREVENCIN.

    Los Delegados de Prevencin son los representantes del personal civil

    con funciones especficas en materia de prevencin de riesgos en el trabajo,

    segn el artculo 4 del R.D. 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptacin de

    los captulos III y V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencin de

    Riesgos Laborales, al mbito de los centros y establecimientos militares. El

    mbito para el ejercicio de la funcin de representacin en materia preventiva

    ser el conjunto de personal funcionario civil, laboral y estatutario destinado en

    el establecimiento en el que han sido designados.

    Los Delegados de Prevencin, sern designados, segn lo dispuesto en

    la Disposicin Final Primera, apartado cuarto del RD 67/2010, por y entre los

    representantes del personal en proporcin a los efectivos del personal laboral,

    estatutario y de personal funcionario civil destinado en cada establecimiento.

    Las Juntas de Personal designarn los de personal funcionario civil; los

    Comits Provinciales o Delegados de Personal, en su caso, los

    correspondientes al personal laboral; y el rgano de representacin unitaria, los

    referidos al personal estatutario.

    El nmero de Delegados de Prevencin en la BASE ser de dos (2), al

    ser el nmero de trabajadores de este centro mayor de cincuenta (50) y menor

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 24 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    de cien (100), de acuerdo a lo indicado en el apartado tercero de la misma

    Disposicin.

    Sus competencias y facultades se establecen en el artculo 5 del R.D.

    1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptacin de los captulos III y V de la

    Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencin de Riesgos Laborales, al

    mbito de los centros y establecimientos militares:

    1. Son competencias de los Delegados de Prevencin:

    a) Colaborar con las Jefaturas de los establecimientos en la mejora

    de la accin preventiva.

    b) Promover y fomentar la cooperacin del personal civil en la

    ejecucin de la normativa sobre prevencin de riesgos laborales.

    c) Ser consultados por los Jefes de los establecimientos, con

    carcter previo a su ejecucin, acerca de las decisiones a las que

    se refiere el artculo 3.

    d) Ejercer una labor de vigilancia y control sobre el cumplimiento de

    la normativa de prevencin de riesgos laborales.

    2. En el ejercicio de las competencias atribuidas a los Delegados de

    Prevencin, stos estarn facultados para:

    a) Acompaar a los tcnicos en las evaluaciones de carcter

    preventivo del medio ambiente de trabajo, as como a la

    Inspeccin de Trabajo en el Ministerio de Defensa en las visitas y

    verificaciones que se realicen en los establecimientos para

    comprobar el cumplimiento de la normativa sobre prevencin de

    riesgos laborales, pudiendo formular ante ellos las observaciones

    que estimen oportunas.

    b) Tener acceso, con las limitaciones previstas en el apartado 4 del

    artculo 22 de la Ley 31/1995, a la informacin y documentacin

    relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el

    ejercicio de sus funciones y, en particular, a la prevista en los

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 25 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    artculos 18 y 23 de dicha Ley. Cuando la informacin est sujeta

    a las limitaciones reseadas, slo podr ser suministrada de

    manera que se garantice el respeto de la confidencialidad.

    c) Ser informados por el Jefe de la BASE sobre los daos

    producidos en la salud del personal civil, con ocasin o como

    consecuencia del trabajo prestado, una vez que aqul hubiese

    tenido conocimiento de ellos, teniendo derecho a presentarse,

    previo cumplimiento del trmite de autorizacin, en el lugar de los

    hechos para conocer las circunstancias de los mismos.

    d) Recibir del Jefe de la BASE las informaciones obtenidas por ste,

    procedentes de las personas u rganos encargados de la

    actividad de proteccin y prevencin en el establecimiento, as

    como de los organismos competentes para la seguridad y salud

    del personal civil, sin perjuicio de lo dispuesto en materia de

    colaboracin con el rgano encargado de las funciones de

    inspeccin en materia de seguridad y salud en el trabajo en el

    Ministerio de Defensa.

    e) Realizar visitas a los lugares de trabajo dando cuenta de las

    mismas al Jefe de la BASE, para ejercer una labor de vigilancia y

    control del estado de las condiciones de trabajo, pudiendo, a tal

    fin, comunicarse durante la jornada con el personal, de manera

    que no se altere el normal desarrollo del proceso productivo; si se

    tratara de zonas que tengan algn tipo de limitacin en el acceso,

    la visita pretendida se coordinar con el responsable de seguridad

    de cada centro.

    f) Recabar del Jefe de la BASE la adopcin de medidas de carcter

    preventivo y para la mejora de los niveles de proteccin de la

    seguridad y salud del personal civil, pudiendo, a tal fin, efectuar

    propuestas al Jefe de la BASE, as como al Comit de Seguridad

    y Salud, para su discusin en el mismo.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 26 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    3. Los informes que deban emitir los Delegados de Prevencin, a tenor de

    lo dispuesto en el prrafo c) del apartado 1 de este artculo, debern elaborarse en un plazo de quince das o en el tiempo imprescindible

    cuando se trate de adoptar medidas dirigidas a prevenir riesgos

    inminentes. Transcurrido el plazo sin haberse emitido el informe, la

    Jefatura de la BASE podr poner en prctica su decisin.

    4. La decisin negativa del Jefe de la BASE a la adopcin de las medidas

    propuestas por el Delegado de Prevencin, a tenor de lo dispuesto en el

    prrafo f) del apartado 2 de este artculo, deber ser motivada.

    El mecanismo de acceso a la informacin en materia de prevencin, por

    los Delegados de Prevencin, que obra bien en poder de los Servicios de

    Prevencin o en la Jefatura de la BASE, y que sea necesaria para el ejercicio

    de sus funciones como Delegados de Prevencin, ser el que se indica en el

    Procedimiento de acceso a la informacin por los Delegados de Prevencin

    PPRL 501 y 502 del MINISDEF.

    9.3.- COMIT DE SEGURIDAD Y SALUD.

    El Comit de Seguridad y Salud es el rgano paritario y colegiado de

    participacin, destinado a la consulta regular y peridica de las actuaciones del

    Ministerio de Defensa en materia de prevencin de riesgos, segn el artculo 7

    del R.D. 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptacin de los captulos III y V

    de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencin de Riesgos Laborales, al

    mbito de los centros y establecimientos militares.

    Las competencias y facultades del Comit de Seguridad y Salud vienen

    recogidas en el artculo 39 de la Ley 31/1995 de Prevencin de Riesgos

    Laborales.

    En la actualidad, dado que la BASE cuenta con ms de 50 trabajadores

    civiles, es obligatoria su creacin y estar formado, de una parte, por los 2 Delegados de Prevencin (por tener entre 50 y 100 trabajadores civiles), y de la

    otra, por el Jefe de la BASE y/o sus representantes (representantes del

    Ministerio de Defensa, designados por la Direccin General de Personal, a

    propuesta del Jefe de la BASE), en igual nmero al de Delegados de

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    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 27 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Prevencin. Las competencias y facultades del Comit de Seguridad y Salud

    vienen recogidas en el artculo 39 de la Ley 31/1995 de Prevencin de Riesgos

    Laborales, y en el artculo 8 del RD. 1932/1998.

    El Comit ser presidido por el Jefe de la BASE, o persona en la que delegue.

    La presidencia es una competencia del Jefe de la BASE y solo ste la

    puede delegar, por tanto no es susceptible de eleccin por parte del comit.

    Dentro de sus actividades y competencias, el Comit participar en la

    elaboracin, puesta en prctica y evaluacin de los planes y programas de

    prevencin del mismo. A tal efecto, en su seno se debatirn, antes de su

    puesta en prctica, y con las salvedades recogidas en el artculo 3 del RD.

    1932/1998; los proyectos en materia de planificacin, organizacin del trabajo e

    introduccin de nuevas tecnologas, organizacin y desarrollo de las

    actividades de proteccin y prevencin y proyecto y organizacin de la

    formacin en materia preventiva, en lo referente a su incidencia en la

    prevencin de riesgos.

    Promover iniciativas sobre mtodos y procedimientos para la efectiva

    prevencin de los riesgos, proponiendo a los Jefes de las UCOS la mejora de

    las condiciones o la correccin de las deficiencias existentes.

    En el ejercicio de sus competencias, el Comit de Seguridad y Salud

    estar facultado para:

    a. Conocer directamente la situacin relativa a la prevencin de riesgos

    en los establecimientos realizando las visitas que estime oportunas.

    b. Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de

    trabajo, que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, as como

    los procedentes de la actividad del servicio de prevencin, en su caso.

    c. Conocer y analizar los daos producidos en la salud o en la integridad

    fsica del personal civil, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas

    preventivas oportunas.

    d. Conocer e informar la memoria y la programacin anual de los servicios

    de prevencin.

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    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 28 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Respecto de la colaboracin entre establecimientos y empresas ajenas al

    Ministerio de Defensa en los supuestos de desarrollo simultneo de actividades

    en un mismo centro de trabajo, se podr acordar la realizacin de reuniones

    conjuntas de los Comits de Seguridad y Salud, o, en su defecto, de los

    Delegados de Prevencin y empresarios de las empresas que carezcan de

    dichos Comits u otras medidas de actuacin coordinada (RD 1932/1998). El Servicio de Prevencin no formar parte de este Comit aunque, a

    peticin del mismo, los Tcnicos de Prevencin podrn participar en sus reuniones, con voz pero sin voto. En las mismas condiciones de participacin, podr intervenir personal del establecimiento que cuente con una especial cualificacin o informacin respecto de cuestiones concretas que se debatan en este rgano.

    El Comit de Seguridad y Salud se regir por su normativa de

    funcionamiento y se reunir, como mnimo, trimestralmente o cuando,

    existiendo causa grave y urgente, lo solicite alguna de las partes del mismo.

    Para la constitucin del Comit de Seguridad y Salud se seguir el

    Procedimiento para la constitucin de los Comits de Seguridad y Salud en los centros o establecimientos del Ministerio de Defensa. 9.4.- ESTRUCTURA PREVENTIVA.

    Dada la organizacin de la BASE, con la existencia de una estructura de

    mbito oficial compuesta por personal civil y militar, y otra de mbito particular

    compuesta por el personal perteneciente a empresas externalizadas para la

    realizacin de determinadas actividades laborales en la BASE, el diseo de la

    estructura preventiva debe responder a la necesidad de implantar de manera

    efectiva el Plan Ordinario de Prevencin de Riesgos Laborales en ambas

    estructuras.

    El Jefe de la BASE es el mximo responsable de la organizacin de la

    prevencin de riesgos laborales en ella.

    El Jefe del Servicio de Prevencin de Riesgos Laborales de la BASE es

    el encargado de realizar las actividades preventivas, asesorando y

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 29 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    asistiendo para ello al Jefe de la BASE, al personal militar, y al personal

    civil y sus representantes.

    Los Jefes de los diferentes Unidades son los responsables de coordinar

    las labores de prevencin que se desempean dentro de sus respectivas

    reas.

    Las actividades preventivas sern garantizadas, de manera que todo el

    personal en su lnea de responsabilidad asuma la integracin de la

    Prevencin de Riesgos Laborales como una funcin ms de su puesto

    de trabajo.

    10.- REGISTRO DE DOCUMENTACIN ARCHIVADA.

    La documentacin PRL que deber tener la Jefatura de la BASE es la

    especificada en el artculo 19 del RD 1755/2007:

    Plan Ordinario de Prevencin de Riesgos Laborales.

    Evaluacin de los riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo y la planificacin de la actividad preventiva.

    Medidas de proteccin y de prevencin a adoptar y, en su caso, material de proteccin que deba utilizarse.

    Resultado de los controles peridicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores.

    Prctica de los controles de estado de salud de los trabajadores.

    Relacin de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un da de trabajo.

    Por otro lado, la Ley 31/95 de Prevencin de Riesgos Laborales en su Art.

    23 "Documentacin", y el artculo 19 del R.D. 1755/2007 establece la

    obligatoriedad de crear un archivo de registros correspondientes a la actividad

    preventiva que, adems de la mencionada documentacin, debe contener:

    Hoja de registro y control de la documentacin generada en el desarrollo

    de la actividad preventiva tanto por el Centro como por el Servicio de

    Prevencin. Se seguir el procedimiento PPRL 801 incluido en

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    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 30 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Procedimiento para el control de la Documentacin del Sistema de

    Gestin de Riesgos Laborales (SGPRL) del MINISDEF.

    La Unidad responsable de archivar la Documentacin de la BASE, ser la

    Oficina de Prevencin de Riesgos Laborales de la BASE.

    La documentacin sobre obligaciones en materia de prevencin

    impuestas por la normativa aplicable estar a disposicin tanto de la autoridad

    laboral como de las autoridades sanitarias.

    11.- CONSULTA Y PARTICIPACIN DE LOS TRABAJADORES.

    11.1.- PERSONAL MILITAR. El personal militar, incluido en el mbito de aplicacin del Real Decreto

    1755/2007, podr efectuar las propuestas de actividades preventivas que

    estime oportunas para mejorar la seguridad y la salud en el trabajo (Art. 8 del

    citado RD). Tales propuestas se realizarn, de forma individual y conducto

    reglamentario, dirigindose a:

    Jefatura de UCO de la que dependa.

    Jefatura de la BASE.

    Directamente al Servicio de Prevencin LAS PALMAS y/o Oficina de Prevencin de Riesgos Laborales de la BASE (en la USBA).

    Por cualquier otro canal de participacin que se habilite en la BASE/UCO,s.

    11.2.- PERSONAL CIVIL.

    El personal civil ejercer, a travs de sus representantes, las

    competencias que las normas establecen en materia de informacin, consulta y

    negociacin y vigilancia y control. As mismo, podr efectuar, de forma

    individual, las propuestas de actividades preventivas que estime oportunas

    para mejorar la seguridad y la salud en el trabajo directamente al Negociado de

    Prevencin.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 31 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    El Jefe de la BASE, con la debida antelacin y a travs de los rganos

    previstos en el Real Decreto 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptacin

    de los captulos III y V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencin de

    Riesgos Laborales, al mbito de los centros y establecimientos militares,

    modificado por RD 67/2010, deber consultar al personal civil respecto a las

    decisiones que afecten a:

    La planificacin y la organizacin del trabajo en el establecimiento y la introduccin de nuevas tecnologas, en todo lo relacionado con las consecuencias que sas pudieran tener para la seguridad y salud de los trabajadores, derivados de la eleccin de equipos, la determinacin y la adecuacin de las condiciones de trabajo y el impacto de los factores ambientales en el trabajo, sin que, en ningn caso, se pueda paralizar, retrasar o entorpecer la ejecucin de aquellas decisiones que se adopten en funcin de los intereses o seguridad de la Defensa.

    La organizacin y desarrollo de las actividades de proteccin de la salud y prevencin de los riesgos profesionales en el establecimiento, incluida la designacin del personal encargado de dichas actividades, o el recurso a un servicio de prevencin externo.

    Los procedimientos de informacin y documentacin a que se refieren los artculos 18.1 y 23.1 de la Ley 31/1995.

    El proyecto y la organizacin de la formacin en materia preventiva.

    Cualquier otra accin que pueda tener efectos sustanciales sobre la seguridad y la salud del personal.

    Para la consulta y participacin de los trabajadores se seguirn los

    procedimientos PPRL elaborados por los Servicios de Prevencin del

    MINISDEF 501, 502, 600,601, 900, 901, 902 y 1000.

    11.3.- DELEGADOS DE PREVENCIN Y COMIT DE SEGURIDAD Y SALUD.

    Ya tratados en los apartados 9.2 y 9.3 respectivamente de este

    documento.

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    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 32 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    12.- DERECHOS Y OBLIGACIONES.

    12.1.- DERECHOS GENERALES. 12.1.1.- Personal Militar

    El personal incluido en el mbito de aplicacin del Real Decreto

    1755/2007, de 28 de diciembre, de PRL del personal militar de las FAS, tiene

    derecho a una proteccin eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo,

    lo que supone el correlativo deber del Ministerio de Defensa de actuar

    conforme a los principios recogidos en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de

    Prevencin de Riesgos Laborales, en la forma dispuesta en este Real Decreto.

    Tal derecho comprende:

    La adopcin de las medidas necesarias para la eliminacin o, en su caso, disminucin de los riesgos.

    Proporcionar la informacin necesaria en materia preventiva.

    Establecer canales de participacin para la formulacin de propuestas en materia preventiva.

    La obligatoriedad de proporcionar la formacin necesaria en materia de riesgos laborales.

    La vigilancia de su salud en relacin a los riesgos a los que pudieran estar expuestos.

    12.1.2.- Personal Civil.

    El personal laboral, estatutario y funcionarios civiles que prestan sus

    servicios en un establecimiento dependiente de la Administracin militar tiene

    los derechos que indica la Ley de Prevencin de Riesgos Laborales en materia

    de seguridad y salud y RD 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptacin de

    los captulos III y V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencin de

    Riesgos Laborales, al mbito de los centros y establecimientos militares,

    resumidos en:

    Derecho a la proteccin eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo (Art.14.1 LPRL).

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 33 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Derecho a que el coste de las medidas relativas a la seguridad y salud no recaiga sobre los trabajadores (Art. 14.5 LPRL).

    Derecho a no ser destinado a una zona de riesgo grave y especfico sin haber sido informado adecuadamente (Art. 2.a. del R.D. 1932/1998, adaptacin de los captulos III y V de la LPRL al mbito de los centros y establecimientos militares).

    Derecho a ser informado de forma directa e individualizada de los riesgos especficos de su puesto de trabajo y de las medidas de proteccin y prevencin de dichos riesgos, as como de las medidas de emergencia existentes (Art. 18.1 de la LPRL).

    Derecho a ser consultados y a participar en las cuestiones que afectan a las condiciones de seguridad y salud (Art. 3 del R.D. 1932/1998).

    Derecho a recibir formacin en materia preventiva (Art.19 de la LPRL).

    El personal civil tendr derecho a interrumpir su actividad y abandonar el lugar de trabajo, en caso necesario, cuando considere que dicha actividad entraa un riesgo grave e inminente para su vida o salud, ponindolo en conocimiento inmediato de su superior jerrquico (Art 2, Apartado 2 del R.D. 1932/1998).

    Derecho a la vigilancia peridica del estado de salud, con respeto a la libertad, intimidad y dignidad de los trabajadores (Art.22 LPRL).

    Derecho a la proteccin especfica de los trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos (Art.25 LPRL).

    Proteccin de la maternidad. Derecho a que se adapten las condiciones o el tiempo de trabajo a las necesidades de las trabajadoras embarazadas o en situacin de parto reciente (Art.26 LPRL).

    Proteccin a los menores (Art.27 LPRL).

    Proteccin de los trabajadores con contratos temporales o de los contratos por empresas de trabajo temporal (Art.28 LPRL).

    12.2.- OBLIGACIONES GENERALES.

    Conforme al principio de integracin de la actividad preventiva, todo el

    personal que tenga trabajadores a su cargo que prestan sus servicios en esta

    BASE, es responsable de la seguridad y la salud de los mismos, por lo que

    debe conocer y hacer cumplir todas las reglas de prevencin que afecten al

    trabajo que realicen.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 34 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    En relacin con la prevencin de riesgos laborales, el Ministerio de

    Defensa asumir las obligaciones que la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de

    Prevencin de Riesgos Laborales, asigna al empresario.

    Sin perjuicio de otras obligaciones que se indican en el R.D. 1755/2007,

    de 28 de diciembre de PRL de las FAS, los rganos administrativos

    comprendidos en su mbito de aplicacin adoptarn las medidas necesarias

    para garantizar, en la medida en que sea razonablemente viable, la seguridad y

    salud del personal al utilizar medios y equipos.

    El Jefe de la BASE/UCO deber proporcionar a su personal los equipos

    de proteccin individual adecuados para el desempeo de sus cometidos y

    velar por el uso efectivo de stos cuando, por la naturaleza de las misiones

    desempeadas, sean necesarios.

    Tambin deber adoptar las medidas necesarias en materia de primeros

    auxilios, lucha contra incendios y evacuacin del personal, para lo cual se le

    asignarn los medios necesarios para poner en prctica estas medidas.

    En supuestos de riesgo grave e inminente, siempre que sea posible, el

    personal afectado deber estar informado de su existencia y de las medidas

    adoptadas o que, en su caso, deban adoptarse en materia de prevencin.

    En todo caso, en el desarrollo ordinario de cualquier actividad, se

    proporcionar la adecuada informacin y formacin en materia preventiva as

    como la debida vigilancia de la salud, en relacin a los riesgos del puesto de

    trabajo.

    12.2.1.- Personal Militar.

    El personal incluido en el mbito de aplicacin del R.D. 1755/2007, de 28 de diciembre de PRL de las FAS, tiene obligacin de velar, mediante el cumplimiento de las medidas de prevencin que en cada caso sean adoptadas,

    por su propia seguridad y salud en el desempeo de sus funciones y por la de

    aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, de

    conformidad con la formacin y las instrucciones recibidas. Ser obligacin:

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    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 35 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    El uso adecuado, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles,

    de las mquinas, aparatos, herramientas, instrumentos, sustancias

    peligrosas, equipos y, en general, cualesquiera otros medios que emplee

    para la realizacin de su labor profesional.

    La utilizacin inexcusable y adecuada de cuantos medios y equipos de

    proteccin individual o colectiva le sean facilitados, de acuerdo con las

    instrucciones recibidas, as como los dispositivos de seguridad

    existentes o que se instalen donde su actividad tenga lugar.

    Informar, por cualquiera de los mtodos contemplados en el artculo 8

    acerca de cualquier situacin que, por motivos razonables, pueda

    suponer un riesgo para la seguridad y la salud.

    Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por los

    mandos competentes para proteger la seguridad y la salud, y prestar su

    cooperacin.

    El incumplimiento por el personal militar de las obligaciones en materia de

    Prevencin de Riesgos Laborales a que se refieren los apartados anteriores,

    tendr consideracin de falta disciplinaria de la Ley Orgnica 8/1998, de

    Rgimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, y ser sancionada conforme a

    lo establecido en su articulado.

    12.2.2.- Personal Civil.

    Corresponde a cada trabajador cumplir las obligaciones establecidas en el

    artculo 29 de la Ley de Prevencin de Riesgos Laborales y que se indican a

    continuacin:

    Velar, segn sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las

    medidas de prevencin que en cada caso sean adoptadas, por su propia

    salud en el trabajo y por la de aquellos compaeros a los que pueda

    afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el

    trabajo, de conformidad con su formacin y las instrucciones del

    empresario.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 36 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos

    previsibles, las mquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas,

    equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los

    que desarrolle su actividad.

    Utilizar correctamente los medios y equipos de proteccin facilitados de

    acuerdo con las instrucciones recibidas.

    No poner fuera de servicio y utilizar correctamente los dispositivos de

    seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con

    su actividad o en los lugares de trabajo en los que sta tenga lugar.

    Informar de inmediato a su superior jerrquico directo y a los

    trabajadores designados para realizar actividades de proteccin y

    prevencin, o en su caso, al Servicio de Prevencin, acerca de cualquier

    situacin que, a su juicio, entrae un riesgo para la seguridad y la salud

    de los trabajadores.

    Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la

    autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de

    los trabajadores.

    Cooperar con sus mandos directos para poder garantizar unas

    condiciones de trabajo que sean seguras y no entraen riesgos para la

    seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.

    Mantener limpio y ordenado su entorno de trabajo, localizando los

    equipos y materiales en los lugares asignados.

    Sugerir las medidas que consideren oportunas en su mbito de trabajo

    para mejorar la calidad, la seguridad y la eficacia del mismo.

    Otras funciones que la Direccin crea conveniente, de acuerdo al

    sistema preventivo aprobado y con la consulta a los representantes de

    los trabajadores.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 37 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de

    prevencin de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendr la

    consideracin de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artculo

    58.1 del Estatuto de los Trabajadores o de falta, en su caso, conforme a lo

    establecido en la correspondiente normativa sobre rgimen disciplinario de los

    funcionarios pblicos o del personal estatutario al servicio de las

    Administraciones pblicas (artculo 29.3 de la LPRL).

    13.- EVALUACIONES DE RIESGOS Y PLANIFICACIN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA.

    La evaluacin de riesgos es la base fundamental de la planificacin y de

    la actuacin preventiva. Su objetivo es detectar las condiciones peligrosas y los

    factores de riesgo que pueden presentarse en los distintos lugares y puestos

    de trabajo.

    Todo ello con la finalidad de:

    1. Eliminar o reducir el riesgo a travs de medidas de prevencin y correccin.

    2. Controlar peridicamente las condiciones de trabajo y la eficacia de las medidas implantadas.

    ETAPAS DE LA EVALUACIN DE RIESGOS

    Identificacin de los riesgos: - Recogida de informacin: organizacin y complejidad del trabajo,

    materias - primas, equipos de trabajo, operaciones realizadas, instalaciones, etc. - Determinacin de los elementos y operaciones peligrosas. - Identificacin del personal expuesto.

    Evaluacin de los riesgos: Estimar la magnitud del riesgo teniendo en cuenta su gravedad y el nmero de personas afectadas. Establecer prioridades de actuacin: En funcin de la magnitud de los riesgos detectados se priorizan las actuaciones a realizar para eliminarlos o corregirlos. Planificacin de actuaciones: Siguiendo la priorizacin derivada de la Evaluacin e incluyendo otros criterios organizativos y econmicos se elabora la planificacin de las actuaciones a realizar. Control de resultados: Una vez realizadas las actuaciones se deber controlar su eficacia.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 38 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    CENTRO DE TRABAJO

    FUENTE DE RIESGO

    FACTOR DE RIESGO

    RIESGO

    ANLISIS INICIAL

    ANLISIS DE LA FUENTE

    IDENTIFICACIN DEL RIESGO

    EVITABLE NO EVITABLE

    EVALUACIN DEL RIESGO MEDIDAS CORRECTORAS

    EQUIPOS PROTECCIN INDIVIDUAL

    INFORMACIN/FORMACIN

    CONSIGNAS PREVENTIVAS

    MEDIDAS DE CONTROL

    MEDIDAS DE CARCTER GENERAL

    CONTROL DEL RIESGO

    ELIMINACIN DEL RIESGO

    REAS DE TRABAJO PUESTOS DE TRABAJO

    ESQUEMA GENERAL DE ACTUACIN:

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    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 39 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    13.1.- METODOLOGA.

    Para la realizacin de las evaluaciones de los riesgos de accidente se

    utilizar el mtodo que figura en la Nota Tcnica de Prevencin NTP-330-1993,

    publicada por el INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL

    TRABAJO, as como otras guas y documentacin de organismos de

    reconocido prestigio.

    Cuando los riesgos del lugar de trabajo lo requieran, es decir, cuando

    sean susceptibles de medicin, anlisis o ensayo, se proceder a realizar las

    mediciones segn la reglamentacin especfica de cada riesgo. As, se tendr

    en cuenta especficamente:

    Lugares de trabajo relacionados con agentes qumicos. Lugares de trabajo relacionados con riesgo elctrico. Riesgos derivados de atmsferas explosivas en el lugar de trabajo. Para riesgos que pueden dar lugar a lesiones msculo-esquelticas

    como consecuencia de posturas y sobreesfuerzos inadecuados y movimientos repetitivos, se utilizar un mtodo especfico.

    Para los riesgos derivados de los factores psicosociales, se utilizarn herramientas tales como cuestionarios, encuestas, entrevistas estructuradas, etc., en funcin de parmetros tales como carga mental, autonoma temporal, contenido del trabajo, supervisin-definicin de rol, inters por el trabajador y relaciones personales.

    13.2.- EVALUACIN DE LOS RESULTADOS.

    A partir de la realizacin de la evaluacin inicial de riesgos, de la BASE

    y, en su caso, presentada al Comit de Seguridad y Salud, se proceder por

    parte del SVPRL, a analizar las posibles medidas correctoras, estableciendo un

    programa de prioridades y adoptando, cuando sea tcnica y razonablemente

    posible, aquellas que antepongan la proteccin colectiva a la individual.

    En los casos en que se haga necesario el uso de proteccin individual

    sta se proporcionar a los trabajadores afectados, tal como se indica en el

    apartado 20 de este Plan Ordinario de Prevencin.

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    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 40 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    13.3.- PLANIFICACIN DE LAS ACTUACIONES.

    La planificacin de las actuaciones en materia preventiva se realizar

    teniendo en cuenta los principios de accin preventiva siguientes:

    La primera accin en materia preventiva ser evitar los riesgos y combatirlos en su origen.

    Se procurar en todo momento adaptar el trabajo a la persona.

    Se tendr en cuenta, en la medida de lo posible, la evolucin de la tcnica disponible.

    Se procurar sustituir lo peligroso por lo que entrae poco o ningn peligro.

    La proteccin individual ser siempre el ltimo recurso, teniendo siempre prioridad las medidas de proteccin colectiva que sean tcnica y razonablemente posibles.

    Para llevar a cabo la planificacin de las actuaciones preventivas se

    seguir el modelo establecido en el Procedimiento PPRL 700 del MINISDEF.

    13.4.- SEGUIMIENTO Y VERIFICACIN.

    Todos los responsables del escaln de mando de esta BASE vigilarn

    diariamente el cumplimiento y mantenimiento de las normas, medidas y

    dispositivos de seguridad, e informarn inmediatamente por escrito al Jefe la

    BASE y ste al Servicio de Prevencin de cualquier cambio o anomala en

    estas condiciones.

    Los Tcnicos del Servicio de Prevencin podrn realizar inspecciones de

    verificacin de las condiciones de seguridad y salud y corregirn o evaluarn,

    en su caso, la aparicin de nuevos riesgos.

    En caso de detectar situaciones de riesgo concretas que puedan

    conllevar la materializacin de accidentes, los Tcnicos de Prevencin podrn

    mandar un comunicado de riesgo PPRL 901 del MINISDEF al Jefe de la BASE/UCO,s con las propuestas para corregir y eliminar estas situaciones.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 41 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    De todas estas inspecciones y de la aparicin de nuevos riesgos se

    informar al Comit de Seguridad y Salud de la BASE a travs del Servicio de

    Prevencin o Jefe de BASE.

    Se emplearn los procedimientos PPRL 900 y 901 del MINISDEF.

    14.- FORMACIN DE LOS TRABAJADORES.

    Una persona correctamente formada e informada sobre su tarea, el

    entorno en que se desenvuelve, los medios que utiliza y los riesgos que

    comporta el empleo de stos, se considera menos expuesta a riesgos que otra

    persona cuya formacin sea incompleta.

    Por tanto, el Jefe de BASE/UCO posibilitar que el personal reciba una

    formacin terica y prctica, suficiente y adecuada en materia preventiva, tal

    como se indica en el artculo 19 de la Ley de Prevencin de Riesgos

    Laborales, tanto en el momento de su incorporacin al servicio, como cuando

    se produzcan cambios en las funciones que desempee o se introduzcan

    nuevas tecnologas o cambios en los equipos de trabajo.

    Dicha formacin se centrar especficamente en el puesto de trabajo o

    funcin del personal, adaptndose a la evolucin de los riesgos y a la aparicin

    de otros nuevos y se repetir peridicamente siempre y cuando sea necesario.

    Para ello el Servicio de Prevencin establecer peridicamente planes de

    formacin especficos en materia de prevencin de riesgos laborales.

    El Plan de Formacin incluir:

    Formacin del personal.

    Formacin de delegados de prevencin y miembros del Comit de

    Seguridad y Salud.

    Formacin de personal de nuevo ingreso.

    Formacin en materias especficas:

    o Manejo de los medios contra incendios.

    o Riesgos identificados.

    o Autoproteccin.

    o Evacuacin.

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    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 42 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    o Incendios

    o Primeros auxilios

    o Riesgos en oficinas

    o Recomendaciones de seguridad para la prevencin de riesgos en

    la utilizacin de mquinas, instalaciones, equipos y herramientas.

    o Otros riesgos especficos identificados

    El original de los registros de formacin recibida por cada trabajador en

    materia de prevencin de riesgos laborales ser archivado en el expediente del

    interesado en la carpeta Documentacin de Prevencin. Cuando se realicen

    auditoras ser ms fcil tener la documentacin archivada conjuntamente. El

    Servicio de Prevencin guardar copia de los registros de la formacin recibida

    por el personal en materia de prevencin de riesgos. Los Jefes de una actividad

    dispondrn de una relacin, peridicamente revisada, de la formacin recibida

    por el personal que desarrolle sus funciones en la misma.

    Para el personal incluido en el R.D. 1755/2007, de 28 de diciembre, de

    prevencin de riesgos laborales del personal militar de las Fuerzas Armadas,

    se proporcionar la formacin necesaria en materia de riesgos laborales,

    conforme seala su artculo 9:

    La formacin en materia de riesgos laborales quedar garantizada mediante:

    a) Su inclusin en los diferentes niveles de la enseanza militar.

    b) Los cursos que se impartan en relacin con el puesto de trabajo y el uso de

    los diferentes materiales y equipos.

    Se seguir el procedimiento para la formacin e informacin de todos los

    empleados pblicos en funcin de los resultados de la evaluacin de riesgos,

    investigacin de accidentes, y otras actividades preventivas (PPRL 1000 del

    MINISDEF); y el Programa de Formacin de los trabajadores del

    Establecimiento elaborado a partir de los resultados de la Evaluacin de

    riesgos realizada.

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    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 43 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    La formacin de los componentes de la estructura PRL del ET, se

    realizar de la siguiente forma:

    Tcnicos Superiores e Intermedios, mediante cursos o becas publicadas

    en el BOD por el Ministerio de Defensa, previa propuesta de

    necesidades de personal con este tipo de formacin por parte de la IGE.

    La formacin de nivel bsico se obtendr mediante la certificacin por

    parte de un Tcnico Superior que forme parte de la estructura de PRL

    del ET, a travs de la realizacin de cursos organizados por dicha

    estructura, ofertados por organismos oficiales de las distintas

    Comunidades Autnomas o convocados por la Direccin de Enseanza

    del ET en BOD. Tendr una carga lectiva de 50 horas y se ajustar a los

    contenidos establecidos en los apartados 1 y 2 del Anexo IV del RD

    39/97.

    La formacin continua ser una preocupacin constante del personal

    que forma parte de la estructura PRL del ET., asistiendo a las jornadas y

    cursos que se convoquen tanto en el mbito de las Comunidades Autnomas

    como en el del Ministerio de Defensa, siempre que las necesidades del servicio

    y las asignaciones presupuestarias lo permitan.

    15.- INFORMACIN.

    Segn los artculos 18 y 19 de la Ley de Prevencin de Riesgos Laborales

    se deber garantizar la informacin, en materia preventiva, de todos los

    empleados pblicos. Para ello se seguir el PPRL 1000 del Ministerio de

    Defensa Procedimiento para la formacin e informacin de todos los

    empleados pblicos en funcin de los resultados de la evaluacin de riesgos,

    investigacin de accidentes, y otras actividades preventivas. Este

    procedimiento est destinado a todo el personal civil y militar de la BASE, con

    independencia del tipo y duracin de su contrato.

    Para el personal laboral y funcionarios civiles de nuevo ingreso se seguir

    el apartado 5 del PPRL 1100 Procedimiento para las actuaciones preventivas

  • PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES BASE GENERAL ALEMN RAMREZ

    TRABAJO DIDCTICO

    PLAN DE PREVENCIN DE RIESGOS LABORALES Pgina 44 ALUMNO: JAVIER PEINADO MONTERO

    necesarias ante la incorporacin de nuevos empleados pblicos o cambio de

    empleados pblicos a puestos de trabajo existentes.

    El Jefe de la BASE velar por el cumplimiento del art. 7. Informacin, del

    R.D. 1755/2007, de 28 de diciembre de prevencin de riesgos laborales del

    personal militar de las Fuerzas Armadas, dejando constancia documental de

    ello:

    1. El personal incluido en el mbito de aplicacin del Real Decreto

    1755/2007, de 28 de diciembre, de prevencin de riesgos laborales del