plan general de ordenaciÓn urbana meruelo · la memoria informativa no profundiza en el...

134
FECHA DE REDACCIÓN FASE ENERO DE 2015 APROBACION INICIAL CONTENIDO: TOMO I: MEMORIA AUTOR : PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO Instituto de Ingeniería del Cantábrico

Upload: nguyendang

Post on 12-Nov-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

FECHA DE REDACCIÓN FASE

ENERO DE 2015 APROBACION INICIAL

CONTENIDO:

TOMO I: MEMORIA

AUTOR :

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO

Instituto de Ingeniería del Cantábrico

Page 2: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

ÍNDICE:

1 INTRODUCCIÓN ................................................................................................ 7

2 JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE UN NUEVO PLANEAMIE NTO......... 9

2.1 INTRODUCCIÓN .............................................................................9

2.2 NECESIDAD DE ADAPTACIÓN A LA LEY 2/2001, DE 25

DE JUNIO, DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y RÉGIMEN

URBANÍSTICO DEL SUELO DE CANTABRIA.........................................9

2.3 PLANEAMIENTO EN EL MUNICIPIO DE MERUELO ......................10

2.3.1 El planeamiento supramunicipal .........................................10

2.3.2 El planeamiento municipal..................................................11

3 CONTENIDO Y FINES DEL PLAN GENERAL ................. ................................ 14

3.1 OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS ........................................................14

3.1.1 Objetivos ............................................................................15

3.1.2 Estrategias .........................................................................16

Page 3: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

4 METODOLOGÍA ........................................ ....................................................... 18

5 MEMORIA DE INFORMACIÓN............................. ............................................ 21

5.1 USOS DEL SUELO, VIVIENDA Y EDIFICACIONES........................22

5.1.1 Organización del espacio en la Comarca

Nororiental. ...................................................................................22

5.1.2 La transición de los terrazgos al suelo rústico. ...................25

5.1.3 Las unidades del paisaje agrario en las áreas

litorales .........................................................................................26

5.1.4 Características del suelo rústico en Meruelo ......................29

5.1.5 Suelo y vivienda. Características........................................32

5.1.6 Anexo: tablas .....................................................................47

5.2 DOTACIONES..................................................................................51

5.2.1 Espacios libres de uso público ...........................................52

5.2.2 Equipamiento deportivo......................................................52

5.2.3 Equipamiento educacional o docente .................................54

5.2.4 Equipamiento servicios de interés público y social .............54

5.2.5 Religioso ............................................................................55

5.2.6 Especial..............................................................................56

5.2.7 Servicios urbanos. Infraestructuras ....................................56

Page 4: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

5.3 PATRIMONIO CULTURAL...............................................................59

5.3.1 Patrimonio arquitectónico ...................................................59

5.3.2 Patrimonio etnográfico........................................................63

5.4 MOVILIDAD EN EL MUNICIPIO.......................................................64

5.5 LA INVERSIÓN PÚBLICA Y LA HACIENDA MUNICIPAL ................67

6 PLANOS DE INFORMACIÓN .............................. ............................................. 74

7 NORMATIVA APLICABLE ................................ ............................................... 77

7.1 LEGISLACIÓN GENERAL................................................................77

7.1.1 Determinaciones generales de la Ley del Suelo de

Cantabria 2/2001. .........................................................................79

7.1.2 Influencia de las Normas Urbanísticas Regionales.............88

7.2 LEGISLACIÓN SECTORIAL ............................................................88

7.2.1 Aguas.................................................................................89

7.2.2 Carreteras ..........................................................................89

7.2.3 Zona de servicio aeroportuario o espacios sujetos

a servidumbres en virtud de la Ley de Navegación Aérea.............90

7.2.4 Evaluación ambiental .........................................................91

Page 5: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

7.2.5 Montes ...............................................................................92

7.2.6 Patrimonio ..........................................................................92

7.2.7 Supresión de barreras arquitectónicas ...............................93

7.2.8 Telecomunicaciones...........................................................93

8 ORDENACIÓN.................................................................................................. 95

8.1 OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS ........................................................95

8.1.1 Desarrollo Sostenible .........................................................95

8.1.2 Objetivos en Suelo Urbano.................................................97

8.1.3 Objetivos en Suelo Rústico.................................................97

8.1.4 Desarrollo del suelo del término municipal .........................97

8.1.5 Los ámbitos de clasificación de los usos sobre el

territorio.........................................................................................98

8.1.6 Estrategias de ordenación..................................................99

8.2 PROPUESTA DE ORDENACIÓN ....................................................100

8.2.1 Alternativas de ordenación .................................................100

8.2.2 Análisis de alternativas.......................................................107

8.2.3 Justificación de la solución adoptada .................................110

Page 6: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

9 PLANOS DE ORDENACIÓN ............................... ........................................... 127

BIBLIOGRAFÍA ....................................... .......................................................... 130

EQUIPO REDACTOR:................................... .................................................... 133

Page 7: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

1 INTRODUCCIÓN

Page 8: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 7

1 INTRODUCCIÓN El presente documento plasma el modelo de ordenación que se ha propuesto

para el municipio de Meruelo. La Memoria del Plan General de Ordenación Urbana consta de la justificación de necesidad de un nuevo documento, una breve enumeración del contenido del Plan, los fines del mismo (criterios y objetivos), la metodología empleada para su elaboración, la memoria de información y la propuesta de ordenación.

Page 9: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

2 JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE UN NUEVO PLANEAMIENTO

Page 10: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 9

2 JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DE UN NUEVO PLANEAMIENTO

2.1 INTRODUCCIÓN

La justificación de la redacción de un nuevo planeamiento se basa en las conclusiones del análisis del planeamiento actualmente en vigor para todo el término municipal, aunque su necesidad queda suficientemente justificada por la obligación de adaptación de la normativa vigente en todo municipio de Cantabria a la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria y sus modificaciones. Así, en primer lugar trataremos esta necesidad de adaptación a la actual legislación, para seguidamente describir y analizar el planeamiento por el que se rige el municipio.

2.2 NECESIDAD DE ADAPTACIÓN A LA LEY 2/2001, DE 25 DE JUNIO, DE ORDENACIÓN TERRITORIAL Y RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO DE CANTABRIA

La entrada en vigor de la Ley del Suelo de Cantabria 2/2001 ha originado

varias consecuencias directas para el planeamiento del territorio en Cantabria: • Implica la necesidad de aplicar aquellas disposiciones de la Ley que, conforme con su régimen transitorio, o bien son de directa aplicación, o se aplicarán por adaptación parcial en el desarrollo y ejecución de los planes generales de ordenación urbana. • Exige que los planeamientos municipales sean objeto de una revisión o adaptación al nuevo marco legal en un periodo no superior a cuatro años desde su entrada en vigor tal y como aparece en el artículo 3 de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Así, tal y como establece el apartado 7 de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA

PRIMERA, transcurridos cinco años de la entrada en vigor de esta Ley, el consejero correspondiente deberá requerir al Ayuntamiento para que éste inicie el procedimiento de adaptación de los planes preexistentes. Este requerimiento contendrá las razones para dicha adaptación de ámbito supramunicipal que justifiquen dicha pretensión y se otorgará un plazo no inferior a tres meses para que se inicie dicha adaptación. Transcurrido este plazo la Comunidad Autónoma podrá subrogarse, a todos los efectos, en la competencia municipal.

La adaptación o revisión podrá contemplar todas las determinaciones de los

artículos del 44 al 50 de la Ley del suelo de Cantabria 2/2001 o simplemente limitarse

Page 11: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 10

a las determinaciones mínimas del artículo 44 según artículo 5 de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.

Dicha adaptación se llevará a cabo según el procedimiento previsto para la

aprobación de los Planes en el Capítulo IV del Título I de La Ley del Suelo de Cantabria 2/2001, tal y como se recoge en el artículo 6 de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.

2.3 PLANEAMIENTO EN EL MUNICIPIO DE MERUELO

2.3.1 El planeamiento supramunicipal

En el año 2001 se Aprobó la Ley 2/2001, de 25 de Junio de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria que es el pilar básico para el planeamiento municipal en nuestra Comunidad Autónoma. Posteriormente se han aprobado varias modificaciones de la misma, la última la Ley 3/2012, de 21 de junio.

En septiembre de 2010 se aprobaron las Normas Urbanísticas Regionales por las que se rigen todos aquellos municipios que no tienen planeamiento y complementan aquellos que si tienen en el momento de aprobación de las mismas Plan General o Normas Subsidiarias. Además se encuentra en proceso de redacción el PROT, Plan Regional de Ordenación del Territorio.

Además, mediante la Ley 2/2004 de 27 de septiembre se aprobó el Plan de Ordenación del Litoral, que persigue realizar una protección efectiva e integral de la Costa de la Comunidad Autónoma, regulando los recursos del área costera definiendo unas áreas a proteger excluyéndolas de todo tipo de uso o implantación que conlleve riesgo de deterioro o degradación, promoviendo su preservación, y estableciendo los criterios de ordenación a aplicar sobre el resto de la franja costera, regulando los procesos de desarrollo urbano, de crecimiento económico y de implantación de nuevas actividades y usos, de acuerdo con las características de las unidades territoriales existentes, de su ubicación y de los procesos de transformación que les afectan.

El municipio de Meruelo es territorio afectado por el Plan de Ordenación del Litoral aunque el término municipal como tal, no posea costa. Este instrumento de ordenación territorial considera que el modelo territorial en el litoral esta formado por un sistema urbano, núcleos de población de carácter urbano o rural, así como áreas destinadas a actividades económicas, espacio rural, espacios excluidos tradicionalmente de los procesos de urbanización, y el sistema de infraestructuras y servicios.

El terreno del municipio de Meruelo es considerado por el POL en su mayor parte, área de Modelo Tradicional, si bien los núcleos de población se encuentran en suelo urbano. También existen numerosas zonas clasificadas como áreas de

Page 12: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 11

Ordenación Ecológico Forestal y algunas zonas en el norte sujetas a Protección Ecológica y Protección Litoral.

El POL define las áreas de Modelo Tradicional como espacios de organización tradicional, normalmente libres de edificación, constituidos por las mieses inmediatas a los núcleos, generalmente ocupados por cultivos y diversos elementos delimitadores de las mismas, vegetales o inertes, y los terrazgos de monte, dedicados a pradería y labrantío, de significado valor agrario y ambiental. Por ello, los crecimientos urbanísticos que en ellas se propongan deberán adecuarse a las condiciones de sus unidades territoriales, generalmente valiosas, no sobrepasando la capacidad de carga de las mismas.

Aún así, dentro de estas zonas se permite un desarrollo moderado que permita

el crecimiento de los núcleos existentes mediante desarrollos urbanísticos desde los núcleos o la vivienda aislada unifamiliar.

El suelo considerado área de Ordenación Ecológico Forestal está constituido por sistemas forestales o espacios ocupados por vegetación arbustiva de matorral o arbórea con especies diferentes a las consideradas en la Protección Ecológica en los que los usos de producción pueden compatibilizarse con la protección, son “reservas de suelo para equilibrar la capacidad de carga del territorio potenciando la recuperación ambiental de las mismas, permitiendo la reforestación a fin de conseguir un equilibrio entre la actividad económica y la conservación”. Los usos permitidos en estas zonas, unidades de monte, en donde predominantemente se dan explotaciones forestales de carácter productivo, no autóctono, son los derivados de la actividad forestal y, en caso de que se acabe, se intentará reforestar, aunque de forma excepcional en zonas próximas a los núcleos tradicionales de población se podrían asimilar a la categoría de Modelo Tradicional.

En las dos pequeñas zonas de Protección Ecológica y Litoral sólo se contempla

la posibilidad de cambio de uso de edificaciones hacia la explotación del ocio y turismo rural, la rehabilitación y en algunos casos construcciones para la explotación agrícola, ganadera y otras análogas incluida la vivienda de las personas que hayan de vivir y vivan real y permanentemente vinculadas a la correspondiente explotación.

2.3.2 El planeamiento municipal

El planeamiento vigente a nivel municipal en Meruelo son unas Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente en agosto de 1999 realizadas principalmente por la necesidad de un aumento de suelo residencial.

La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo

rústico, dejándolo con una protección insuficiente de acuerdo con las nuevas premisas establecidas desde el gobierno regional.

Page 13: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 12

La amplia recalificación de Suelo No Urbanizable Protegido por la normativa anterior, realizada en 1992, como suelo de expansión, carece de estudios que justifiquen esa necesidad. La normativa existente no continúa con el modelo de asentamiento tradicional, permitiendo una transformación tanto de la morfología como de la tipología tradicional, contrariamente a lo que se pretende desde la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo actualmente. El Suelo No Urbanizable aparece en dicha normativa como residual, no restringiendo el tipo de uso permitido y favoreciendo la dispersión de los núcleos.

Page 14: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

3 CONTENIDO Y FINES DEL PLAN GENERAL

Page 15: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 14

3 CONTENIDO Y FINES DEL PLAN GENERAL El Documento del Plan de Ordenación Urbana del municipio de Meruelo está

formado por: Tomo I: MEMORIA Tomo II: PLANOS DE INFORMACIÓN Tomo III: PLANOS DE ORDENACIÓN Tomo IV: PLANOS DE ORDENACIÓN Tomo V: NORMATIVA Tomo VI: CATALOGO DE PATRIMONIO PROTEGIDO Tomo VII: ESTUDIO ECONOMICO-FINANCIERO La redacción de un nuevo PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA, se

realiza para la consecución, durante los años próximos, de una serie de fines y objetivos de desarrollo del territorio del término municipal. Se trata de establecer un MODELO TERRITORIAL específico que determinará una clasificación y calificación del suelo municipal regulando sus usos, después de haber definido una estructura urbana según la estrategia adoptada. El Plan regulará así, entre otras cosas, los usos del suelo, las nuevas áreas de crecimiento urbano, las edificaciones, las tipologías de las nuevas construcciones y las rehabilitaciones de las deterioradas salvaguardando los valores tradicionales de las mismas.

Para poder establecer una línea estratégica de ordenación es imprescindible

poseer un conocimiento previo de todo el territorio del municipio habiendo detectado los puntos débiles a paliar y las oportunidades que presenta.

3.1 OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS

El objetivo principal de todo Plan General de Ordenación Urbana debe ser el de mejorar la calidad de vida en el municipio, lograr un desarrollo sostenible del mismo.

El Plan General de Ordenación Urbana de Meruelo debe asumir las tareas de desarrollo de la trama urbana establecidas en La Ley del Suelo de Cantabria 2/2001 y la Ley de Ordenación del Litoral (POL), observando en cada momento las características del municipio en su contexto ambiental, procurando satisfacer sus necesidades sin hipotecar las de generaciones futuras.

Las reservas de suelo previstas en el planeamiento anterior aún no se han

agotado. El nuevo PGOU valorará si el suelo existente es suficiente para las previsiones de crecimiento que se realizan o si será necesario ampliar el territorio urbanizable en el municipio para su desarrollo económico y social.

Page 16: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 15

Así pues, pretendemos diseñar un planeamiento que regule el crecimiento urbano de Meruelo a corto y medio plazo. La ordenación de suelo rústico que no esté clasificado como de especial protección se reservará como suelo susceptible de urbanización para revisiones futuras del planeamiento.

A priori, existen una serie de criterios y objetivos que serán empleados como

base para la elaboración de este Plan General y que este equipo redactor considera necesarios para lograr un desarrollo sostenible en un municipio litoral como es el de Meruelo.

3.1.1 Objetivos

• Rehabilitar los espacios en proceso de degradación o degradados adoptando medidas o pautas de desarrollo sostenible entiendo como tales aquellas que aseguran una reducción del impacto ambiental manteniendo la imagen tradicional del núcleo.

• Cuidar el patrimonio cultural existente manteniendo y mejorando la calidad de

los conjuntos urbanos. • Dotar tanto a la Administración Pública como a los ciudadanos de mayor

seguridad jurídica actualizando la normativa. • Mejorar y aumentar los servicios y equipamientos que ofrece el municipio. • Conseguir una concentración de la población en los núcleos existentes.

• Proteger el medio natural conservando los valores paisajísticos y ambientales

que lo caracterizan. • Evitar la dispersión de los núcleos así como la alteración de su morfología

tradicional. • Adecuar la normativa a la vigente Ley del Suelo de Cantabria 2/2001 y a Ley

de Ordenación del Litoral (POL).

Estos objetivos, y los que se determinen a partir del conocimiento exhaustivo

del municipio, concretan las pautas para definir un MODELO DE ORDENACIÓN TERRITORIAL, sirven directamente para establecer las bases y estrategias a seguir para que, mediante el modelo de ordenación propuesto para el municipio de Meruelo, se alcance el objetivo principal: aumentar la calidad de vida existente en el mismo logrando un desarrollo sostenible.

Page 17: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 16

3.1.2 Estrategias El modelo de ordenación a desarrollar se basará fundamentalmente en lo

siguiente:

• Lograr un equilibrio entre el medio ambiente y los asentamientos humanos, relacionando así el tejido urbano de los núcleos con su entorno desde una visión global del conjunto territorial.

• Proteger el medio natural establecido en la legislación, trasladando al PGOU

las figuras de protección aplicables según las características del territorio, consiguiendo mediante un equilibrio ambiental la conservación del medio.

• Adecuar determinadas zonas de uso y dominio público con un determinado

interés paisajístico y ambiental para su utilización como espacios de uso recreativo o ligados al ocio y turismo aprovechando los recursos naturales de la zona de tal forma que su conservación sea fundamental porque conlleva una serie de beneficios al municipio.

• Coordinación con el planeamiento de los municipios con los que limita. • Ejecución de los nuevos desarrollos orientados hacia la compactación de los

núcleos mediante una arquitectura y urbanismo de calidad y estableciendo medidas puntuales de protección y conservación de edificios y realizando una distribución lógica de los usos del suelo.

• Reforzar las dotaciones, incrementando su número y mejorando las existentes. • Estudio de las potencialidades de la red de transporte, la conectividad y

accesibilidad del municipio, pudiendo así establecer las necesidades y oportunidades que esto plantea para el mismo.

• Concienciar y sensibilizar a la población de las nuevas medidas a tomar para la

consecución de un adecuado desarrollo de la zona.

Page 18: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

4 METODOLOGÍA

Page 19: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 18

4 METODOLOGÍA

La elaboración del Plan General de Ordenación Urbana de Meruelo se inicia con la aprobación por el pleno del Ayuntamiento de contratar la redacción del mismo en sesión celebrada con fecha de Diciembre del 2004.

Dentro del proceso de la elaboración del Plan se contempla la necesidad de

redactar un Avance para trazar las líneas básicas del futuro planeamiento y recabar las sugerencias que pudiesen surgir por parte de los propios ciudadanos del municipio.

Para poder efectuar el documento de Avance ha sido necesario realizar unos

estudios previos que han permitido un conocimiento exhaustivo del municipio de los que se ha dado cuenta en la Memoria de Información del Avance. La metodología de trabajo empleada para ellos se ha fundamentado tanto en el conocimiento del territorio in situ, como en el empleo de bibliografía base para el planeamiento regional (Memoria de Información de la NUR y del POL) y en diversas reuniones mantenidas no sólo con los organismos locales sino con los técnicos de la administración regional.

Como paso previo a la fijación de los criterios generales de ordenación y

planificación , la configuración de los modos de intervención de las Normas sobre el territorio municipal y los objetivos específicos cuya consecución se plantea a través del proceso de desarrollo en el tiempo del PGOU procede el análisis de la situación real en la que se encuentran actualmente el municipio de Meruelo, en orden a fijar las facetas y aspectos de su política urbanística y medioambiental sobre los que la intervención normativa ha de centrar su acción renovadora.

A partir de estos estudios se han trazado las líneas y orientaciones básicas

para la elaboración del nuevo planeamiento, que se plasmarán en la Memoria y Planos de Ordenación del Avance y en una memoria resumen que se envía al organismo ambiental competente para que elaboren el documento de referencia después de haber realizado las diferentes consultas pertinentes y poder así ir elaborando al tiempo el informe de sostenibilidad ambiental previo que acompañado de las observaciones y sugerencias de la Dirección General, acompañará al avance y que se deberán poner en conocimiento de los ciudadanos del municipio exponiéndose al público durante un mínimo de un mes.

Una vez conocida por la población la realidad de enfrentarse a un proceso de

elaboración de un Plan General de Ordenación Urbana, se recibirán diversas sugerencias de particulares solicitando la revisión de la clasificación de determinadas parcelas, que se han tenido en consideración siempre de acuerdo con los criterios y objetivos de este Plan. Con esta fase se garantiza el principio de publicidad y transparencia que exige la Ley.

El estudio de las sugerencias : Se presentaran en las dependencias

municipales habilitadas a tal efecto formando parte del expediente del Plan y serán

Page 20: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 19

estudiadas por el Equipo redactor. Se incluirán en uno de los anexos del Plan con la mención de su estimación o no estimación de las mismas.

Una vez concluida esta fase se procederá a la elaboración del informe de

impacto territorial , fase exigida por el Plan de Ordenación del Litoral en su Art. 13 y tiene el fin de comprobar la adecuación e integración del PGOU al modelo territorial de la presente Ley. La Comisión Regional de Ordenación del Territorio u Urbanismo emitirá un informe en el plazo de dos meses una vez que haya recibido la documentación completa y haya realizado las previas consultas oportunas.

La Aprobación Inicial , se aprobará por la corporación municipal a través del

Pleno. Se remitirá a la CROTU, a la autoridad ambiental competente, junto al Informe de Sostenibilidad Ambiental, y a los demás organismos oficiales para que emitan sus informes correspondientes.

Este nuevo documento se expondrá de nuevo a información pública en el plazo

mínimo de un mes, junto al ISA y la respuesta del organismo ambiental, en el que se recibirán las alegaciones correspondientes si así las hubiere. Se procederá al estudio de las alegaciones , una vez recogidas las mismas y se estimarán o no estimarán.

La Elaboración del documento de Aprobación Provisional se realizará en

función de las alegaciones estimadas y los informes recibidos, así como la memoria ambiental emitida por el órgano de control ambiental. Si las modificaciones fuesen de carácter sustancial o afectasen a criterios básicos del Plan se abriría un nuevo periodo de información pública.

La Aprobación Provisional corresponde a la corporación municipal mediante

un pleno. Los trámites para la Aprobación Definitiva corresponden a la Comisión

Regional de Urbanismo.

Page 21: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

5 MEMORIA DE INFORMACIÓN

Page 22: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 21

5 MEMORIA DE INFORMACIÓN

El municipio de Meruelo ha sido objeto de estudio para la elaboración de este Plan General de Ordenación Urbana. El resultado de los mismos se recogen en el documento denominado Estudios Previos y se refleja en los planos de información que forman parte de este Plan General.

A continuación se efectúa un breve resumen del medio físico, biótico y perceptual

del mismo, incorporando únicamente la información referente a los usos del suelo en este documento.

El valle de Meruelo se encuentra en el centro de la comarca de Trasmiera,

atravesado por el río Campiazo. Dicho río penetra desde Escalante por el sureste, alimentado por los arroyos Inceras y Pleito, que desciende desde los montes, y sale por el norte, como línea divisoria de Bareyo y Arnuero. El municipio de Meruelo tiene una superficie de 16,3 Km² y lo conforman tres núcleos: San Miguel, San Mamés y San Bartolomé de Meruelo.

En lo que respecta al medio físico, el clima de la zona es típicamente atlántico,

templado húmedo y la calidad de su aire es buena. Geológicamente se sitúa en una zona caracterizada por la existencia de un relieve alomado con elevaciones máximas del orden de los 200 metros. Estructuralmente, el municipio se caracteriza por una intensa tectónica de fracturación. Hay que tener en cuanta las posibles zonas de riesgo que pueden existir en el municipio.

La vegetación potencial en Meruelo sería el de bosques de especies frondosas

caducifolias, aunque la presencia del hombre influye en ella directamente y la modifica. De hecho en Meruelo sólo podemos encontrar pequeñas masas de robledal cerca del río, siendo las repoblaciones de eucalipto, grandes zonas de pastizales y pradería y otras pequeñas zonas constituidas por matorral de brezo y tojo. La fauna está asociada a la vegetación existente en cada zona.

El municipio se encuentra prácticamente en su totalidad dentro de las zonas que

protege y ordena el Plan de Ordenación del Litoral, además de estar cerca de la zona delimitada como Reserva Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel, Lugar de Interés Comunitario y zona de especial protección de aves.

La calidad del paisaje y su fragilidad, al tiempo que la importancia de los

ecosistemas existentes en el municipio se analizan por unidades territoriales además de indicar la capacidad de las mismas para ser clasificadas de una u otra forma.

Así, las unidades de monte de frondosas atlánticas poseen alta calidad

ambiental, siendo extensiones ocupadas por caducifolias formando y desempeñando un papel semejante al de verdadero bosque, al igual que las de bosque de ribera, formaciones arbóreas o arbustivas asociadas a los márgenes fluviales. Todos ellos

Page 23: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 22

cuentan con una capacidad alta para ser clasificadas como Suelo Rústico de Especial Protección.

La calidad ambiental de la subunidad de monte de plantaciones forestales

debido a los impactos ambientales que causan y la pérdida de biodiversidad es baja, aunque su capacidad para ser clasificado como suelo Rústico de Especial Protección es alta.

Los terrazgos de monte disponen de una calidad ambiental baja como

consecuencia de la intensa explotación agrícola y ganadera. Su capacidad es alta para ser clasificado como Suelo Rústico de protección agropecuaria o Suelo Rústico de Protección Ordinaria, aceptando los de caserío mejor que la protección ordinaria, una protección especial paisajística. .

Las mieses tienen una calidad ambiental baja y su capacidad de clasificación es

alta para ser clasificadas como Suelo Rústico de Especial Protección Agropecuaria o Suelo Rústico de Protección Ordinaria, pudiendo albergar en ocasiones Suelo Urbanizable.

Los terrazgos de ribera poseen una calidad ambiental baja por haber sufrido una

intensa explotación agrícola y ganadera. La capacidad de clasificación como Suelo Rústico de Especial protección de Ribera, Suelo Rústico de Protección Ordinaria o Suelo de Especial Protección Agroganadera es alta.

Meruelo cuenta también con una unidad denominada como elemento singular,

en la zona ocupada por el vertedero, sin poder definirla por su calidad ambiental y que por el uso que ha venido desarrollando no podría acoger en principio ninguna otra actividad. Esta zona se clasificará como Suelo Rustico de Especial Protección de Infraestructuras para este equipamiento concreto, de necesidad social y territorial a nivel regional.

5.1 USOS DEL SUELO, VIVIENDA Y EDIFICACIONES

5.1.1 Organización del espacio en la Comarca Norori ental.

La comarca costera oriental tiene una extensión de 507,2 Km² (10% de la superficie total de Cantabria), donde tienen su residencia habitual 73.694 habitantes con una densidad media de 145,3 hab/Km²1.

Los municipios que forman la costa oriental son muy diversos entre sí, hay municipios que se les puede catalogar como espacios urbanos (Castro Urdiales, Laredo y Santoña) y otros más rurales (Voto, Meruelo, Escalante y Limpias). Los

1 NUR: Proyecto de Investigación, Análisis Socio-Urbanístico de Cantabria.

Page 24: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 23

procesos que afectan al suelo rústico de estos municipios se diferencian en función de la demanda de suelo por la que se vea afectado y en el tiempo. Las transformaciones en el territorio no han sido homogéneas en el tiempo en algunos espacios las transformaciones son más tempranas como en Laredo y más recientes como en Meruelo. La problemática que les afecta tampoco es igual, ya que en Castro Urdiales hay una gran demanda para vivienda principal, en Noja la demanda es para vivienda secundaria y en Ampuero o Bárcena de Cicero la demanda de suelo industrial es notoria.

La organización del territorio en la comarca Nororiental se realizó bajo dos

modelos diferentes que se mantienen hasta el S. XIX.: - Las villas de Castro Urdiales y Laredo - Los valles que ocupan el resto del territorio. Durante el siglo XIX se reorganiza el territorio administrativamente a partir de

las anteriores jurisdicciones y los territorios que han resultado han sido muy dispares tanto en su organización territorial como en sus dimensiones.

En esta área se encuentran dos de las villas marineras más representativas de

Cantabria, espacios basados y surgidos de la actividad pesquera. Dicha actividad ha sido la base de la economía de éstas. Estas villas se diferenciaban del resto de los núcleos periféricos por su tamaño, densidad, y morfología. La diferencia más notoria con el resto de los núcleos es por el número de casas que por la superficie que ocupaban. La actividad económica en la que se sustentaban era la pesca y el espacio que se organizó entorno a una serie de elementos, típicos de las gentes del mar, como el puerto, las viviendas de pescadores, las calles estrechas y con pocas aberturas y las huertas de viñedo (parras) y frutales. El espacio en tierra donde se organizaba la actividad pesquera era en los muelles donde se amarraban y descargaban los barcos. Además en este mismo espacio se desarrolló una importante industria complementaria a esta actividad (anzoleros, telares de lienzos, carpinterías de ribera, fábricas de salazón).

Las huertas eran espacios productivos asociados a la actividad pesquera se

ubicaban en el propio núcleo de población donde las vides en parra eran el principal cultivo para la producción del chacolí (González Urruela, 2001). También se producía maíz, legumbres, patatas. Las praderías naturales eran el sustento de ganado junto con los montes (privados o públicos)

Los municipios restantes tenían una organización del espacio basada en la

aldea. El barrio era una unidad minúscula de menos de 10 casas, casi siempre aparece en grupos, y en ocasiones pierden su individualidad y forman unidades mayores (aldeas, lugares o villas).

La diferencia entre las villas, las aldeas y barrios eran de localización,

densidad y morfología. La ocupación de la aldea era de baja densidad, con edificios de baja altura. La estructura de las aldeas, según Ortega Valcárcel, respondía a dos

Page 25: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 24

modelos básicos: el alveolar, de ocupación laxa y con terrazgo interior y la lineal, de casas adosadas con corral anterior o posterior, que parecen mucho más apretadas2.

Son edificios de uso mixto, acogían tanto a la vivienda como a los animales y a

lo aperos de labranza. Eran los centros de un espacio productivo constituido por diversos elementos, diferenciados tanto por su localización en relación con el espacio edificado como por el tipo de orientación productiva (Agrícola y Ganadera) y la organización familiar o comunitaria del trabajo y del espacio. Todo ello formaba una estructura donde los espacios abiertos y cercados, las áreas de cultivo y los montes han definido la forma de los terrazgos.

Parcelación del terrazgo en Meruelo

Los terrazgos de aldea con unidades de uso privado de la casa y espacios de

uso y organización colectiva estaban asociados a la unidad de poblamiento. Estos terrazgos se extendían por las zonas más llanas. Este tipo de terrazgos de aldea se caracterizaba por:

- Terrazgos de intus: asociados a la casa (corrales, patios, huertos, …). En las

aldeas laxas ocupaban los diversos alveolos o en los espacios libres entre los barrios. En las aldeas lineales se disponían delante o detrás de las edificaciones. La estructura territorial se transformó como consecuencia de la penetración de la actividad industrial. Los elementos que se basaban en la organización social del territorio fueron perdiendo funcionalidad. Con esto cambia la fisonomía del territorio, donde también perviven rasgos históricos como muestra de la adaptabilidad del territorio y así lo muestra la toponimia.

2 NUR: Proyecto de Investigación: Análisis Socio-Urbanístico de Cantabria.

Page 26: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 25

Toponimia de parajes con referencia a usos desapare cidos

Usos desaparecidos Topónimos y localización Espacios agrícolas o mixtos de

organización colectiva - Mies del Valle (Voto) - Quintana (Voto, S. Mames de Meruelo)

Montes, sierras y brañas bajas -Helguero (Limpias) -Bustillo (Meruelo) -Sierra de Molino de Viento (Meruelo).

Asociaciones y formaciones vegetales

- Prado de los Tojos (Limpias), Los tojos (Meruelo). - Fuente el Cajigo (Voto) -El Espino (Meruelo) -Pico el Hayal (Voto)

Fuente: NUR, Proyecto de Investigación: Análisis Soci o-Urbanístico de Cantabria.

5.1.2 La transición de los terrazgos al suelo rústi co. En la segunda mitad del siglo XIX estos municipios se ven afectados por la

influencia de las nuevas actividades económicas en las áreas rurales que cambian tanto sus estructuras sociales como económicas.

El espacio agrícola de los terrazgos y los montes como consecuencia de la

especialización ganadera que elimina el policultivo, que en esos momentos se apoya más en los prados que en los pastizales de monte. Este proceso se plasma en el territorio mediante la pratificación de los terrazgos de aldea y la deforestación de los montes bajos.

Los terrazgos también se vieron afectados por los procesos de producción de

suelo, como consecuencia del mercado del suelo, los huertos de las villas, los terrazgos de las villas y de las aldeas se van a valorar por su capacidad extensa y no por su productividad.

En los últimos tiempos, la producción de suelo se ha visto acelerada y presenta

varias caras: � Para la vivienda principal, como es el caso de Castro Urdiales que entra

dentro del área metropolitana de Bilbao. � Para vivienda secundaria, que ha recaído de forma importante en otros

municipios del área litoral (Laredo, Noja, Argoños, etc.). � Para la producción de suelo industrial, notorio en las áreas y polígonos

industriales. El suelo rústico, en los últimos años, ha sufrido un cambio en cuanto a su

valoración. Como espacio productivo ha decaído como consecuencia del declive del sector lácteo y ha potenciado su valor como espacio urbanizable.

Page 27: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 26

Además de la superficie, añade la accesibilidad cualidad muy valorada a diversas escalas, a una escala nacional como es la autovía , acercándonos a nuevos mercados (Cataluña, País Vasco y Madrid).

La costa, de gran calidad ambiental y paisajístico, es un elemento muy

valorado desde la perspectiva inmobiliaria porque además aparece como una gran reserva de suelo. En la actualidad es perceptible la alteración tanto en los espacios naturales (playas, marismas, las riberas de las rías) como en los espacios edificados (densidad y tipología edificatoria). Los cambios han afectado intensamente a núcleos como Santoña, Castro Urdiales, Laredo y están penetrando en municipios limítrofes, sólo las áreas de orografía más abrupta han conservado la morfología tradicional de las aldeas y los terrazgos.

5.1.3 Las unidades del paisaje agrario en las áreas litorales El litoral es objeto en la actualidad de una intensa presión que afecta tanto a

las áreas costeras como a las áreas de interior, con la construcción de las nuevas infraestructuras viarias se ha minimizado las distancias.

Según el POL, “El territorio es una construcción espacial que corresponde a

una comunidad social que tiene jurisdicción sobre ella, y por ello, suele tener unos límites precisos y reconocidos de tipo político-administrativo. Y esta construcción se adapta a los cambios sociales de tal manera que lo territorios se han ido adaptando a los cambios sociales de tal manera que los territorios se han ido jerarquizando desde las unidades territoriales más pequeñas a las mayores.”

El territorio es una estructura compleja porque se articula en diversas

estructuras de mayor o menor dimensión y dinámica porque está afectada por los procesos de cambio social.

5.1.3.1 Unidades de terrazgo de monte y ribera Las unidades de monte y de ribera las conforman diversos tipos de elementos

que tienen una característica en común son terrazgos de reciente creación. Proceden de la roturación de montes y del relleno de riberas y de marismas.

Las unidades de terrazgo de monte surgen a partir del S. XIX, como

consecuencia de la roturación de los montes. Parte de los montes públicos pasan a manos de propietarios privados. Este tipo de unidades se han desarrollado de dos maneras diferentes:

� - Unas proceden de una roturación parcial de montes de frondosas que

ocupaban las áreas más altas. La convivencia de prados y zonas arboladas es bastante frecuente, formando espacios mixtos.

Page 28: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 27

� - En las áreas de menor altitud y pendiente, próximas a los núcleos de población, domina los espacios cultivados a los no cultivados, las plantaciones forestales abundan en este tipo de terrazgo.

En la organización territorial de este tipo de terrazgo dominan tres tipos de

subunidades, en función del tipo de parcelario y la presencia o ausencia de edificaciones:

• Los cierros: son terrazgos de monte que no existe edificación3. Son parcelas cerradas, generalmente por muros en las áreas de litoral y por cierres vegetales en las áreas de interior. • Los abertales: Son parcelas abiertas donde no existe edificación. • Los Caseríos: Son casas aisladas que aparecen en las roturaciones de los montes, con edificios dependientes y fincas rústicas unidas y cercanas a ella.4 Como valor territorial los terrazgos de monte son los que sufren o pueden sufrir

las mayores presiones en relación con sus dimensiones, proximidad a las playas y sus excelentes vistas (Urbanizaciones y Campos de Golf).

Las unidades de terrazgo de Ribera los más frecuentes y más significativos

territorialmente sin los que se desarrollan cerca de las rías. Estos terrenos se han desecado de dos maneras; mediante la construcción de diques para impedir que las pleamares entraran en dichos terrenos y mediante los rellenos. En las áreas cercanas a la Bahía de Santander se hicieron numerosas concesiones y utilizar estos espacios como espacios para la decantación del mineral de hierro.

La ocupación de estos terrazgos ha dado lugar a diferentes tipos de

organización territorial: � Parcelario de Campos abiertos, en áreas de meandros. � Explotaciones de tipo caserío en las áreas de marismas.

5.1.3.2 Unidades de estuario y ría Las riberas, según POL, son áreas de contacto entre la tierra y las aguas

(Marinas o Continentales). Son áreas muy frágiles porque en el mercado inmobiliario han adquirido un valor importante. Se distinguen diferentes sub-unidades:

� La ribera marina , es una banda estrecha que se extiende de este-oeste y

tiene un importante valor ambiental. En la ribera marina predominan los acantilados, las calas, las ensenadas todos estos elementos de muy escasa dimensión.

3 POL, Memoria de Información. CAP. VI. Organización del Territorio. 4 POL, Memoria de Información. CAP. VI. Organización del Territorio.

Page 29: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 28

� Los bajíos : Es el área intermareal que queda al descubierto o con aguas

someras en las bajamares y que pueden presentar oscilaciones según el movimiento ondulatorio del oleaje.

� Playas a mar abierto : Son unidades de amplitud desigual que aparecen

como elementos aislados en una costa de predominio de acantilados. Son zonas sobre las que se han ampliado los núcleos de población como Santoña o Colindres Bajo. Se ha producido suelo industrial para establecimientos industriales (Robert Bosch en Treto) Instalaciones turísticas (campings…..) Explotaciones mineras como en Montehano o Angustina.

5.1.3.3 Las unidades periurbanas Este tipo de unidades aparecen en las áreas rurales que están entorno a las

áreas urbanas. Las áreas periurbanas en los últimos años se están viendo sometidas a una serie de procesos provocados por su inserción en el mercado de trabajo y del suelo a una escala que ya no es local sino que se ven inmersas en las áreas de influencia urbano-metropolitanas.

Estas unidades se han visto afectadas por un modelo de construcción un tanto

caótico, no se ha tenido en cuenta el modelo territorial preexistente: polígonos industriales, industria dispersa, urbanizaciones, viviendas aisladas…e infraestructuras de toda índole se extienden en dichas áreas sin tener en cuenta lo preexistente.

Tipos de unidades periurbanas: � Unidades de baja densidad : son áreas que conservan los rasgos de la

estructura territorial preexistentes, coinciden con los terrazgos de monte y con los espacios de transición con el resto del espacio rural.

� Unidades de media densidad : Son áreas que conservan la estructura

territorial preexistente pero que han aumentado la densidad de edificación. � Unidades de alta densidad : Son áreas de desigual estado de

conservación de la estructura preexistente y que están muy afectadas por la pérdida de superficie en algún fragmento de la unidad o por el incremento de la edificación y la densidad de la misma.

Muchas de estas unidades periurbanas lindan a áreas de mayor densidad y

corren el riesgo de ser la salida natural a los procesos de crecimiento edificatorio de éstas.

Page 30: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 29

Unidad de baja densidad en San Mamés de Meruelo

5.1.4 Características del suelo rústico en Meruelo La ocupación antrópica del suelo en nuestra región y de manera concreta en

Meruelo se resume de la manera siguiente:

Las huertas Se localizan siempre vinculadas a las viviendas, siendo ésta su característica

más diferenciadora, por norma general suelen estar cercados siendo este cierre de diferentes formas y materiales. Se suelen cultivar verduras y hortalizas para el autoconsumo principalmente.

Tierras para pastos permanentes Se trata de formaciones vegetales herbáceas seminaturales (cuidadas por el

hombre), siempre verdes de baja o mediana altura que forman un entramado continuo y son de un importante interés para la ganadería, puesto que son la base de alimentación del ganado. Las mieses se encuentran alejadas de los núcleos de población.

Estas formaciones ocupan parte de las zonas llanas o de pendientes suaves

(prados de siega) y en menor medida en la zona de las montañas (prados de diente o pastos) donde comparten espacio con otras formaciones vegetales como los matorrales.

Page 31: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 30

Repoblaciones Esta formación es la segunda más importante en el municipio de Meruelo en

cuanto a superficie ocupada. El eucalipto es la especie que predomina, la altitud media del territorio es un condicionante importante para su plantación.

La evolución de las explotaciones en Meruelo, ha sufrido cierta regresión en los

últimos años. Desde tiempos inmemoriales el hombre ha utilizado el suelo en un primer momento para cultivar alimentos para su propia subsistencia, produciendo un decrecimiento de las masas forestales, fenómeno acaecido en nuestra región a favor de los prados o praderías para el sustento de la ganadería.

El abandono de la actividad agrícola-ganadera en virtud de las repoblaciones

forestales de crecimiento rápido supone una alternativa al sector. Según el censo de Agrario en Meruelo la situación en 1999 era la siguiente:

Distribución de la explotaciones en Meruelo, 1999Fuente: Censo agrario, 1999

47%

48%

4%1% Tierras labradas

Tierras para pastospermanentes

Especies arbóreasforestales

Otras tierras no forestales

Actualmente, los usos del suelo más extendidos en el término municipal de

Meruelo son las tierras para pastos permanentes entre las que se encuentran los prados o praderías. Superficie que se ha ido reduciendo porque cada vez más personas abandonan las tareas agrícolas porque prefieren dedicarse a otro tipo de trabajo para obtener más rentabilidad económica.

Las especies arbóreas forestales ocupan casi la mitad del territorio donde

antes había pastos ahora se ubican nuevas repoblaciones forestales que dan una mayor rentabilidad.

Las tierras labradas, ciertamente minoritarias, se dedican a herbazales y a

frutales. El régimen de tenencia predominante es la propiedad, aunque también destaca

la superficie agrícola arrendada.

Page 32: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 31

La maquinaria que se utiliza en el campo son los tractores y los motocultores y

cada vez son más numerosos ya que reducen la mano de obra y aumenta los rendimientos económicos.

Según el catastro de rústica de 1990, el Ayuntamiento de Meruelo distribuye el

uso del suelo del territorio, en dos usos predominantes de prados o praderías y forestal, quedando por debajo el urbano y el improductivo.

CLASIFICACIÓN DE LOS USOS DEL SUELO EN MERUELO

Nº PARCELAS SUPERFICIE USOS DEL SUELO V. Absl.

(nº) V. Relat.

(%) V. Absl

(m²) V. Relat

(%)

SUPERFICIE MEDIA PARCELA

(m²) Especies mezcladas 57 2.71 308.633 1.89 5414.61

Eucaliptos 260 12.39 5.218.714 32.09 20071.97 Árboles de ribera 2 0.09 5.470 0.03 2735

Frutales de Secano 2 0.09 30.969 0.19 15484.5 Huerta de Secano 12 0.51 4.047 0.02 337.25

Invernaderos hortalizas 5 0.23 2.363 0.01 472.6

Monte bajo 34 1.62 123.709 0.76 3638.5 Pastos 29 1.38 112.499 0.69 3879.27

Prados o praderas 1028 48.99 7.425.550 45.67 7223.2 9 Urbano 37 1.76 1.978.902 12.17 53483.83

Vertedero 12 0.57 485.229 2.98 40435.75 Improductivo 620 29.55 561.646 3.45 905.88

TOTAL 2098 100 16.257.731 100 7749.15 Fuente: Catastro de Rústica. Ministerio de Economía y Hacienda

Los prados o praderías (45.67%) localizados en las áreas de pendientes más suaves caracterizadas por una alta parcelación del terrazgo, provocaron un minifundismo característico no solo en este municipio sino también a nivel comarcal y regional. Localizados en la mitad meridional del municipio. Su aprovechamiento forrajero, muy habitual en la región, donde la actividad ganadera ha tenido y tiene una gran importancia económica.

Las especies mezcladas, que en Meruelo no tienen un peso relativo importante dentro de la superficie total del municipio, se localizan en las áreas donde el hombre ha ido modificando su uso para otro tipo de actividades agrario-ganaderas,. Este tipo de transformaciones a lo largo de la historia hace que este tipo de bosques queden actualmente relegados a las laderas de los valles más alejadas de los núcleos de población.

Según sus condiciones ambientales las especies que componen dichos bosques varían, en las zonas más húmedas predominan los abedules, alisos, fresnos, y en las zonas menos húmedas las especies predominantes son, los robles, hayas, castaños ….

Page 33: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 32

Los pastos , se localizan en las zonas de mayor altitud del municipio. Se caracterizan por una vegetación de especies herbáceas y arbustivas que alimentan al ganado en los periodos de climatología más favorable que coincide con los periodos estivales.

El monte bajo , se localizan pequeñas manchas en el área septentrional del municipio. Se componen por matorrales arbustivos y subarbustivos que se originan como consecuencia de la deforestación del bosque autóctono.

Los eucaliptales , con un 32% de la superficie total del municipio, se localizan en las áreas centrales y meridionales del municipio, por debajo de los 350 m. Las plantaciones de eucalipto son aprovechadas por la industria papelera de la región y suponen una importante fuente de ingresos para los habitantes de Meruelo.

Las huertas de secano y los cultivos de hortalizas se hayan en el interior de algunos de los núcleos de población y en sus cercanías. El desarrollo de la horticultura, empleando cultivos de invernadero, ha sido promovido por el crecimiento de los centros urbanos.

El suelo urbano comprende los asentamientos de los núcleos de población y las edificaciones próximas a estos. Este coincide con la localización de los tres núcleos (San Miguel, San Mames y San Bartolomé).

Las infraestructuras viarias y cursos fluviales que como usos de suelo se les denomina improductivo . Las infraestructuras viarias las componen tanto las carreteras, caminos y pistas forestales. En el municipio de Meruelo se caracteriza por albergar todas estas vías de comunicación que desde hace siglos vertebran el territorio.

El vertedero , con una superficie de 485.229 m², es una infraestructura muy importante no solo a nivel municipal sino también regional. Presta su servicio a toda la Comunidad autónoma de Cantabria y es una infraestructura básica en el marco regional.

5.1.5 Suelo y vivienda. Características

Los diferentes asentamientos humanos del municipio de Meruelo se localizan en las zonas que reúnen unas características, principalmente físicas, más adecuadas para ello. El río Campiazo recorre el municipio de norte a sur, pero no es él el elemento estructurador de sus tres núcleos, dejando ese papel a las vías principales que atraviesan el término municipal de Meruelo.

El poblamiento del territorio se realiza aprovechando las zonas de pendiente

más suave aunque de forma dispersa. Los asentamientos se han desarrollado a lo largo de las carreteras, San Miguel de Meruelo de desarrolla a lo largo del eje de la

Page 34: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 33

CA-452, San Mamés a lo largo de la CA-147 y San Bartolomé, el más pequeño, en torno a la CA-456.

Ortofotografía de Meruelo

5.1.5.1 Estructura urbana

Los asentamientos de población del municipio son de carácter disperso, en los que las edificaciones se encuentran diseminadas principalmente a lo largo de las infraestructuras viarias, aunque también existen caseríos y cabañas propias de explotaciones ganaderas aisladas distribuidas por el territorio. Los espacios entre edificaciones son numerosos, llegando incluso a dificultar el reconocimiento de los núcleos como tales.

Existen dos tipologías tradicionales características, la de edificación adosada

en hilera, orientada fundamentalmente al sur y cubierta a dos aguas, y la de edificación aislada en la que además de la típica cubierta a dos aguas, aparecen

Page 35: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 34

cubiertas a tres y cuatro aguas. Los volúmenes son sencillos, con vuelos tradicionalmente ligeros y, los balcones y solanas, cuando existen, están formadas por sencillas barandillas de madera. Sus fachadas suelen estar jerarquizadas, orientando hacia el sur la principal, que se distinguen del resto mediante elementos decorativos.

Generalmente los edificios se componen de dos plantas, aunque a veces

aparece una buhardilla a modo de tercera planta con cubierta a tres aguas. Las cubiertas tienen una pendiente en torno al 20 %, 35º, acabadas en teja árabe, teja cerámica curva.

Otra tipología que se ha desarrollado últimamente en el municipio es la de

vivienda colectiva en pequeños bloques de 3 alturas (B+2) a menudo en ladrillo caravista y con diseños muy variados.

San Miguel de Meruelo

El núcleo de San Miguel, capital del municipio, se sitúa a los pies de la sierra del Molino de Viento, que separa el término municipal de Meruelo del de Arnuero. Se trata de un pueblo de estructura dispersa en el que se localizan la mayor parte de los servicios del municipio. La casa consistorial, el centro de salud y el instituto pertenecen a este núcleo.

Ortofotografía de San Miguel de Meruelo

Page 36: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 35

En San Miguel existe un gran número de edificaciones relativamente nuevas y son numerosos los edificios que actualmente se encuentran en construcción, tanto de vivienda colectiva como de unifamiliares. A estos edificios se les unen las viviendas tradicionalmente existentes en la zona, de volúmenes sencillos con balcón, corredor o solana.

Viviendas tradicionales

El núcleo es de carácter heterogéneo. Las diferentes tipologías se

entremezclan y los usos también. Aún así existen determinadas zonas de carácter fundamentalmente productivo, pero de las que nuevas zonas residenciales de unifamiliares se encuentran muy próximas.

Bloques de viviendas en San Miguel

Urbanización La Vallejada. 21 viviendas en construcción

Page 37: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 36

San Mamés de Meruelo

El asentamiento de población de San Mamés se localiza en la ladera norte. En el núcleo, a pesar de ser también de carácter disperso, se distinguen varias agrupaciones, dos de ellas en torno a sus iglesias y otra, situada al sur, la urbanización San Mamés.

Tal y como se puede apreciar en la ortofotografía, el crecimiento se ha

producido en un breve espacio de tiempo y de forma considerable. La morfología tradicional del núcleo se pierde en cuanto llegamos a las nuevas áreas desarrolladas.

Ortofotografía de San Mamés de Meruelo

La tipología de vivienda que predomina en este asentamiento es la de vivienda

unifamiliar aislada de 2 alturas, aunque se están construyendo algunos bloques de viviendas de 3 alturas. Las viviendas más antiguas son principalmente viviendas entre medianeras con balcón o solana.

Page 38: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 37

Viviendas en San Mamés

San Bartolomé de Meruelo

El núcleo de San Bartolomé, también llamado Vierna, está situado al suroeste del municipio, junto al alto de Inceras. Se trata del núcleo más pequeño del municipio y el de mayor altitud, de carácter disperso con edificaciones a lo largo de las vías.

Ortofotografía de San Bartolomé de Meruelo

Las viviendas existentes en este núcleo son escasas, aunque está prevista la

construcción de 18 nuevos chalets. Las edificaciones son bajas, de una o dos alturas situadas a lo largo de la vía en agrupaciones de 4 o 5.

Page 39: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 38

Grupo de edificaciones en San Bartolomé

Viviendas en San Bartolomé

5.1.5.2 Edificaciones y sus funciones

Emplazamiento y usos

El municipio de Meruelo consta, tal y como se refleja en el apartado anterior, de tres núcleos, aunque el reconocimiento de sus límites no resulta sencillo ya que las edificaciones se encuentran diseminadas por todo el territorio del término municipal. Las construcciones destinadas a un uso productivo no se concentran en una sola zona, siendo numerosas las zonas que han ido ocupando. Además, en ocasiones, se localizan demasiado próximas a algunas zonas residenciales.

Page 40: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 39

Volumen, altura y tipología

Las tipologías de vivienda que se aprecian en el municipio son fundamentalmente tres: adosada entre medianeras y edificación aislada con cubierta a dos aguas, ambas de dos plantas en las que a veces aparece una tercera como buhardilla, y pequeños bloques de viviendas, de construcción relativamente reciente, con tres plantas. Los volúmenes son sencillos y los balcones y solanas, cuando existen, son de apariencia ligera.

Las construcciones destinadas a un uso productivo son naves de planta

rectangular y tejado a dos aguas, con cerramiento de chapa metálica. Su altura máxima no supera los 12 metros.

Construcciones para uso productivo en el municipio de Meruelo

Ocupación

La superficie de suelo urbano en el municipio es de 1.986.520 m², siendo la superficie total de Meruelo de 16,3 Km² De esta superficie, los metros cuadrados construidos son 154.100 dentro del suelo urbano sin sobrepasar las tres alturas, 103.985 como residenciales, 37.655 productivos y 12.460 de equipamientos. La proporción en el núcleo de San Miguel se puede observar en la ortofoto que se adjunta, si bien es cierto que desde que se hizo hasta ahora, han surgido nuevas edificaciones. La construcción de vivienda en el municipio de Meruelo en los últimos años ha sido y es muy importante.

Page 41: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 40

Residencial

Productivo

Equipamientos

Construcciones según usos en San Miguel de Meruelo

Densidad La mayor densidad de edificación se encuentra en determinadas calles del

núcleo de San Miguel en las que predominan los bloques de viviendas de tres alturas, seguidas por otras zonas en las que aparecen viviendas adosadas de dos alturas y viviendas unifamiliares, normalmente a lo largo de las vías. En el núcleo de San Mamés, el barrio de La Iglesia es el que presenta mayor densidad. En Vierna o San Bartolomé la densidad de edificación es muy baja y similar a algunas zonas en las se agrupan varias edificaciones en suelo rústico.

Urbanización La urbanización del territorio se encuentra dentro del límite del suelo urbano,

aunque al ser éste tan generoso y estar sin colmatar, aparecen zonas, como islas edificadas dentro del territorio, este es el caso de la urbanización San Mamés, alejada del centro del núcleo al que pertenece, San Mamés, y de una extensión similar.

Page 42: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 41

El grado de urbanización ha variado mucho en los últimos años, siendo la construcción de nuevas viviendas y la urbanización de nuevas zonas constante. Actualmente son numerosas las obras que se encuentran en diferentes fases de construcción en todos sus núcleos.

Patrimonio Histórico-Artístico En el municipio de Meruelo son numerosas las edificaciones importantes por su

interés arquitectónico y cultural, entre las que destacan sus iglesias. En el apartado de Patrimonio se describe y se categoriza.

Patrimonio Municipal Los espacios libres y equipamientos, de propiedad municipal, se enumeran y

clasifican en el apartado de dotaciones. De todas formas, se adjunta un plano en el que se señalan los terrenos propiedad del ayuntamiento.

5.1.5.3 Características del parque de vivienda en M eruelo

En el siguiente apartado se pretende estudiar la evolución y la tipología edificatoria en el término municipal de Meruelo.

Las viviendas se dividen en ocupadas y vacías, según el censo de viviendas del INE, las ocupadas se dividen en principales (se destinan a residencia permanente o habitual) y secundarias ( se utilizan únicamente por temporadas, en fines de semana, …) Se denominan vacías aquellas viviendas que sin encontrarse en estado ruinoso ni ser usadas como viviendas se hallan deshabitadas en el momento del censo, por alguno de estos motivos: estar disponible para alquiler o venta; en un futuro tendrá una utilización distinta a la de vivienda, no tener decidido su futuro o simplemente están abandonadas.

Según el INE, “la distinción entre la vivienda secundaría y vacía presenta en la práctica dificultades a la hora de distinguirla. Generalmente no se encontraban habitantes a la hora de elaborar el cuestionario por lo tanto el Agente Censal habrá obtenido la información de forma indirecta.”

Con todo esto, la evolución de los diferentes tipos de vivienda entre 1991 y 2001 tiene las siguientes características:

Page 43: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 42

Evolución de la tipología de las viviendas en Merue lo (1991-2001)

Fuente: INE, Censo de Población y Viviendas, 1991-2 001

0

100

200

300

400

500

600

Principales Secundarias Vacias Otro tipo

nº V

iv.

1991 2001

El número total de viviendas en el municipio se ha duplicado en diez años, de

unas 400 viviendas en 1991 a unas 900 en el 2001. El números de viviendas principales ha aumentado considerablemente pero no de la misma forma que las secundarias que se han cuadruplicado.

5.1.5.4 Características del parque actual

En el 2001 el porcentaje de viviendas principales en Meruelo (43.46%) respecto al total es menor respecto al de la región (64.3%), el peso que tiene las viviendas secundarias y vacías es mayor, como consecuencia de la demanda de la población estacionaria que viene al municipio los fines de semana y en los periodos vacacionales.

La dinámica de crecimiento población en Meruelo se refleja principalmente en el número de viviendas principales nuevas que se han construido en los últimos años tal y como se refleja en la tabla adjunta de licencias de obra en el municipio.

Page 44: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 43

Periodo de construcción

Edificios destinados a viviendas según el año de construcción

020

4060

80100

120140

160

Ant es de

1900

1900-1920 1921-1940 1941-1950 1951-1960 1961-1970 1971-1980 1981-1990 1991-2001

Año ConstrucciónFuent e: IN E, C enso de p ob lación y V iviendas, 2 0 0 1

nº e

dific

ios

En el gráfico se observa como en los últimos años la construcción de nuevas viviendas ha aumentado considerablemente. En los últimos 30 años se ha construido la mayor parte del parque de viviendas del municipio. Durante las décadas de los 50, 60 y 70 la construcción de nuevas viviendas sufrió un ligero estancamiento.

En la última década la construcción de nuevas viviendas ha aumentado de

forma considerable, tal y como se puede observar en la TABLAS nº 7 y 8 en relación con el número de licencias de obra que se han expedido en el municipio tanto de obra nueva como de rehabilitación de las mismas.

Superficie

Las viviendas principales del municipio de Meruelo tienen una superficie media que se encuentra entre los 76-90 m². La superficie media de la vivienda en Cantabria está entorno a los 83 m².

Viviendas principales según su superficie útil, 200 1

% Meruelo Cantabria

Hasta 30 m² 0 0,23 De 30-45 m² 0,25 2,73 De 46-60 m² 4,3 13,53 De 61-75 m² 12,9 20,86 De 76-90 m² 33,1 27,03 De 91-105 m² 12,1 16,04 De 106-120 m² 16,7 7,88 De 121-150 m² 10,6 5,8 De 151-180 m² 5,3 2,53 Más de 180 m² 4,8 3,29

Fuente: INE, Censo de Población y Viviendas, 2001

Page 45: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 44

Estado de Conservación

Estado de Conservación, 2001Fuente: INE, Censo de Población y Viviendas, 2001

92%

1%7%0%

Ruinoso

Malo

Deficiente

Bueno

El estado de conservación de las viviendas en Meruelo es bueno en más de un 90%. Solo un 8% se encuentra en un estado deficiente o malo.

Régimen de tenencia

Régimen de tenencia de la Vivienda, 2001Fuente: INE, Censo de Población y Viviendas, 2001

0 5 10 15 20 25 30 35 40 45 50

En propiedad: compra totalmente pagada

En propiedad: con pagos pendientes

En propiedad: Herencia o donación

En alquiler

Cedida gratis o bajo precio por otro hogar

Otra forma

%

La propiedad es el régimen de tenencia predominante en Meruelo, un 45% de

las viviendas en el municipio están totalmente pagadas, un 30% tiene pagos pendientes y alrededor de un 15% por herencia o donación. Los otros dos regímenes de tenencia aparecen de forma residual, un 6% de las viviendas están en alquiler y solo un 1% están cedidas gratis.

Page 46: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 45

Características de las viviendas

Viviendas principales según nº de habitacionesFuente: INE, Censo de Población y Viviendas, 2001

0

10

20

30

40

50

60

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 ómáshab.

%

En Meruelo el 50% de las viviendas tiene 5 habitaciones, y alrededor de un

22% tiene 6 habitaciones. Casi el 60% de las viviendas tienen dos plantas (B+1), lo que indica que hay un alto nº de viviendas unifamiliares, los edificios de tres y cuatro plantas suponen casi el 33% del parque de viviendas.

Viviendas principales según nº de plantas sobre rasante

Fuente: INE, Censo de Población y Viviendas 2001

0

10

20

30

40

50

60

70

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 ómásnº de plantas

%

Page 47: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 46

Instalaciones de la vivienda

Viviendas principales según instalaciones del edifi cio, 2001Fuente: INE, Censo de Población y Viviendas, 2001

0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100

Agua corriente abastecimiento públicoAgua corriente abastecimiento privado

Evacuación aguas residuales (alcantarillado)Evacuación aguas residuales (otro)

Portería (sólo automático)Portería (sólo encargado)

Portería (ambos)Tiene garaje

Tiene gasTiene teléfono

Tiene agua caliente central

%

En cuanto a las instalaciones del edificio, en Meruelo más del 95% de las

viviendas tienen agua corriente central, teléfono y agua corriente de abastecimiento público. Otras instalaciones como la evacuación de aguas residuales (alcantarillado y saneamiento) también tienen su servicio cubierto. El gas ciudad es un servicio que adquiere relevancia en el municipio, sobretodo en las nuevas edificaciones lo mismo ocurre con el portero automático. Estructura de los hogares

Hogares según tamaño, 2001Fuente: INE, Censo de Población y Viviendas, 2001

0

5

10

15

20

25

30

1 Per

sona

2 Per

sona

s

3 Per

sona

s

4 Per

sona

s

5 Per

sona

s

6 Per

sona

s

7 Per

sona

s

8 Per

sona

s

9 Per

sona

s

10 P

erso

nas

%

Page 48: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 47

Según el INE un hogar es “el conjunto de personas (1 o varias) que residen o habitan en la misma vivienda familiar.”

Recientemente, el INE ha publicado que los hogares españoles cada vez están compuestos por menos miembros. El tamaño medio ha pasado de ser en 1991 de 3,2 a 2,9 personas en 2001.Y el número de hogares unifamiliares se ha multiplicado por dos en el mismo periodo de tiempo. Los tipos de hogares más frecuentes a nivel nacional son los compuestos por dos (25,2%) y cuatro miembros (21,5%) respectivamente.

La estructura de los hogares en el municipio de Meruelo está formada principalmente por dos y cuatro personas, lo que significa que son matrimonios o parejas jóvenes con uno o dos niños. La dinámica económica que tiene el municipio se traduce en empleo para la población y éste hace que la población joven pueda adquirir una vivienda y formar una familia. En el gráfico también se puede observar como el envejecimiento de la población también se refleja en la estructura de los hogares las personas de mayor edad que suelen estar solteras o viudas, son las que en mayor medida viven solas, los mayores de 65 años han aumentado no sola a nivel municipal sino también a nivel nacional según datos publicados por el INE, en 1991 eran un 26.6% y en el 2001 son 44.6%, la relación de hombre-mujer es 3 a 1 a favor de las mujeres, el porcentaje de viudas (79,2%) duplica al de viudos ( 40,7%).

5.1.6 Anexo: tablas

Page 49: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

AVANCE AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 48

TABLA nº 6:

EVOLUCIÓN DE LAS VIVIENDAS EN MERUELO Y CANTABRIA ( 1991-2001)

MERUELO CANTABRIA TIPO DE VIVIENDAS

AÑO 1.991 (%) AÑO 2.001 (%) AÑO 1.991 (%) AÑO 2.001 (%)

Principales 65.44 43.46 68.61 64.26 VIVIENDAS OCUPADAS Secundarias 31.86 54.11 18.43 18.48

VIVIENDAS VACIAS 2.45 0 12.64 12.84 OTRAS 0.24 2.41 0.32 4.4

Fuente: Censo de Población y viviendas 1991,2001

Page 50: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

AVANCE AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 49

TABLA nº 7: LICENCIAS DE OBRA MENOR EN MERUELO (199 1-2004)

VIVIENDA (Reparación,

restauración,...)

ACONDICIONAMIENTO DE NAVES,

L. COMERCIALES, OFICINAS,…

CIERRES DE FINCAS,

ACCESOS, PLACAS DE

HORMIGÓN, …

REPARACIÓN (Garajes,

instalaciones,..)

OTROS (saneamiento,

instalaciones, …) TOTAL AÑO

Nº % Nº % Nº % Nº % Nº % Nº % 1991 28 73.68 2 5.26 4 10.52 0 0 4 10.52 38 100 1992 17 65.38 1 3.84 6 23.07 0 0 2 7.69 26 100 1993 11 57.89 0 0 7 36.84 1 5.26 0 0 19 100 1994 30 65.21 1 2.17 10 21.73 129 2.17 4 8.69 46 100 1995 21 72.41 1 3.44 4 13.79 0 0 3 10.34 29 100 1996 7 41.17 1 5.88 6 35.29 0 0 3 17.64 17 100 1997 25 49.01 2 3.92 7 13.72 7 13.72 10 19.60 51 100 1998 14 58.33 2 8.33 2 8.33 2 8.33 4 16.66 24 100 1999 20 52.63 1 2.63 7 18.42 8 21.05 2 5.26 38 100 2000 16 57.14 1 3.57 6 21.42 3 10.71 2 7.14 28 100 2001 20 54.05 3 8.10 11 29.72 2 5.40 1 2.70 37 100 2002 22 53.65 4 9.75 12 29.26 1 2.43 2 4.87 41 100 2003 24 60 2 5 9 22.5 2 5 3 7.5 40 100 2004 26 63.41 4 9.75 5 12.19 4 9.75 2 4.87 41 100

TOTAL 281 59.15 25 5.26 96 20.21 31 6.52 42 8.84 475 100

Page 51: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

AVANCE AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 50

TABLA nº 8 LICENCIAS DE OBRA MAYOR EN MERUELO (1991 -2004)

VIVIENDAS UNIFAM.

VIVIENDAS COLECT.

AMPLIAC. EDIF.

NAVES INDUSTRIALES Y AGRÍCOLAS

GARAJES, ALMACENES

OTRO TIPO DE INSTACIONES TOTAL AÑO

Nº % Nº % Nº % Nº % Nº % Nº % Nº % 1991 4 36.36 0 0 2 18.18 2 18.18 3 27.27 0 0 11 100 1992 1 10 1 10 1 10 1 10 5 50 1 10 10 100 1993 7 63.63 0 0 0 0 1 9.09 2 18.18 1 9.09 11 100 1994 4 30.76 3 23.07 0 0 1 7.69 4 30.76 1 7.69 13 100 1995 10 40 6 24 1 4 3 12 5 20 0 0 25 100 1996 12 50 4 16.66 0 0 3 12.5 4 16.66 1 4.16 24 100 1997 16 61.53 5 16.23 0 0 1 3.84 3 11.53 1 3.84 26 100 1998 11 40.74 5 18.51 3 11.11 3 11.11 5 18.51 0 0 27 100 1999 17 48.57 1 2.85 2 5.71 2 5.71 5 14.28 8 22.85 35 100 2000 28 66.66 4 9.52 0 0 3 7.14 2 4.76 5 11.90 42 100 2001 14 60.86 2 8.69 2 8.69 2 8.69 2 8.69 3 13.04 23 100 2002 15 60 2 8 1 4 1 4 2 8 4 16 25 100 2003 15 51.72 4 13.79 2 6.89 2 6.89 0 0 6 20.68 29 100 2004 10 41.66 4 16.66 1 4.16 2 8.33 3 12.5 4 16.66 24 100

TOTAL 164 50.46 41 12.61 15 4.61 25 7.69 45 13.84 35 10.76 325 100

Page 52: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 51

5.2 DOTACIONES

El sistema de dotaciones de un municipio incluye equipamientos, servicios urbanos y sistema de espacios libres proporcionando la prestación, tanto imprescindible como complementaria, de servicios a la comunidad. Generalmente se utilizan estos términos indistintamente para definir a todos los soportes destinados a la prestación de servicios comunitarios, aunque este equipo redactor entiende que el término “dotación” engloba a los demás. Así, llamamos equipamientos a las dotaciones que se consideran imprescindibles para un correcto funcionamiento de la sociedad y que, por lo tanto, han de estar mínimamente garantizadas por la administración pública, siendo el sistema de espacios libres aquellos que, sin pertenecer al sistema viario, forman parte del sistema de espacios de dominio y uso público.

Las diferentes categorías en las que se pueden dividir las dotaciones existentes

en el municipio de Meruelo son:

• Espacios libres de uso público (EL) • Equipamiento deportivo (D) • Equipamiento educacional o docente (E) • Equipamiento de servicios de interés público y social

Sanitario (SS) Asistencial (SA) Cultural (SC) Asociativo o social (SO) Institucional (SI)

• Religioso (R) • Especial (ES)

El objeto de este apartado es conocer la situación de las dotaciones del término municipal de Meruelo y poder determinar así el número de población que tendría sus necesidades básicas cubiertas. Posteriormente, relacionando la superficie de dotaciones en el municipio con la población total existente, se podrá realizar un verdadero análisis de la situación dotacional del municipio, con las consiguientes conclusiones, uno de los puntos de partida para la elaboración de una estrategia de ordenación.

La información procede de diversas fuentes:

• Ayuntamiento de Meruelo. • Mapa Escolar de Cantabria. (2003). Consejería de Juventud del

Gobierno de Cantabria. • Consejería de Sanidad y consumo. • Consejería de Cultura, deporte y turismo.

El análisis y valoración conjunta de las fuentes ha permitido una aproximación

suficiente a lo que son las dotaciones del municipio. Como unidad territorial se toma el municipio sin hacer separaciones por núcleos de población. Los estándares

Page 53: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 52

urbanísticos propuestos vienen determinados por la Ley del Suelo de Cantabria 2/2001 de 25 de Junio, en el artículo 39.

La Ley de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria

entiende como sistema general al conjunto de espacios libres y equipamientos destinados al servicio de la generalidad de los ciudadanos, formando parte de la estructura global del territorio y teniendo como función el garantizar para el conjunto de sus habitantes un mínimo inderogable de calidad de vida. La superficie mínima de estos sistemas generales será de 10 m² por habitante, 5 de espacios libres y 5 de equipamientos sociales, no incluyendo los espacios libres naturales protegidos, ni los sistemas locales al servicio directo de una unidad de actuación.

5.2.1 Espacios libres de uso público

El sistema de espacios libres comprende la sucesión de espacios que, junto al viario, conforman el sistema de espacios de dominio y uso público en los que se realizan actividades relacionadas con la estancia, comunicación, y el ocio teniendo como fin garantizar la salubridad y reposo de la población.

En el municipio de Meruelo existe una zona ajardinada y pública en el núcleo

de San Miguel junto a la nueva sede consistorial, con una superficie de más de 6.000 m², una plaza dura situada sobre el edificio del centro medioambiental, parque en suelo rústico al oeste del municipio junto a la zona industrial con mesas, aparatos de ejercicios y senda peatonal con 2.396 m² y otro en el asentamiento de San Mamés. Existe además un paseo junto al arroyo Cantarranas y varias zonas de juegos infantiles, una en la parcela del centro de salud, otra en el barrio de La Serna y otras dos zonas en San Mamés junto a la bolera. La superficie que ocupan es de aproximadamente 9.000 m².

5.2.2 Equipamiento deportivo

En esta categoría se incluyen los espacios destinados a la enseñanza y práctica del deporte en general tales como gimnasios, campos y pistas deportivos, boleras...

Este término municipal cuenta con las siguientes instalaciones deportivas:

• Pabellón polideportivo multiusos, situado en el barrio de Bocillo de San Miguel de Meruelo, posee una superficie de 2.085 m² construidos y se finalizado en 2003.

• Campo de fútbol de hierba artificial, en el barrio de Bocillo de San Miguel de Meruelo.

• Pistas de padel, en el barrio de Bocillo de San Miguel de Meruelo. • Pista Polideportiva de San Miguel de Meruelo, situada en el barrio

San Miguel, La Serna. • Piscina Municipal, localizada en el barrio Bocillo, posee dos vasos al

aire libre.

Page 54: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 53

• Bolera de San Miguel de Meruelo, situada en el barrio de San Miguel. • Bolera pasabolo-losa, en San Miguel de Meruelo. • Bolera de San Mamés de Meruelo, situada en el barrio San Mamés. • Bolera de Vierna, situada en el núcleo de San Bartolomé o barrio de

Vierna. • Bolera pasabolo-losa, situada en el núcleo de San Bartolomé.

Instalaciones deportivas en San Miguel de Meruelo

La superficie que ocupan estas instalaciones es mayor de 18.000 m² y tal como

se puede observar en las fotografías que se adjuntan, su estado de conservación y mantenimiento es bueno.

Page 55: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 54

5.2.3 Equipamiento educacional o docente

Se considera equipamiento docente o de tipo educacional al conjunto de espacios o locales destinados a actividades de formación o enseñanza, públicos o privados, tales como colegios o guarderías infantiles, estudios musicales, academias de todo tipo y similares.

El conjunto de equipamiento docente en el municipio de Meruelo consta de dos

instalaciones, una escuela de educación infantil y un instituto de secundaria.

• Escuela de Educación Infantil El Trastolillo: Se trata de una escuela pública situada en el barrio de Bocillo en San Miguel de Meruelo.

• Instituto de Educación Secundaria San Miguel de Mer uelo: Centro

público situado en el barrio Santa Ana perteneciente al núcleo de San Miguel de Meruelo en el que se imparten el bachillerato de “Ciencias de la Naturaleza y Salud” y el de “Humanidades y Ciencias Sociales”.

La superficie que ocupan estos dos edificios es de 7.585 m² construidos. Existe

una parcela que en el planeamiento vigente aparece erróneamente como dotacional junto al instituto, pero que nunca formó parte de las parcela en la que se planteó la edificación, y que no es necesaria para el mismo.

5.2.4 Equipamiento servicios de interés público y s ocial Esta categoría incluye los espacios destinados a actividades sanitarias,

asistenciales, culturales, asociativas o sociales e institucionales.

5.2.4.1 Equipamiento sanitario

El equipamiento sanitario comprende las actividades de diagnóstico y tratamiento sanitario multidisciplinar, con o sin estancias para el ingreso de enfermos y las clínicas y consultas veterinarias.

En el municipio de Meruelo existe un centro de salud situado en el núcleo de

San Miguel, correspondiéndole a su población el Hospital Comarcal de Laredo. La superficie que ocupa es de aproximadamente 945 m² construidos.

5.2.4.2 Equipamiento socio-cultural

Los equipamientos de tipo socio-cultural o recreativos incluyen aquellos destinados al desarrollo de actividades artísticas, culturales y sociales, tanto públicas como privadas, tales como salas de exposiciones, museos, salas de concierto, cines, teatros, centros cívicos.

Page 56: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 55

Los espacios destinados a este fin en al municipio de Meruelo son:

• Radio Meruelo: Está situada en el barrio de La Serna en San Miguel de Meruelo.

• Museo de la Campana, Colección Abel Portilla: A través del Centro

Cultural de las Campanas, el Ayuntamiento de Meruelo y la Junta de las Siete Villas han promovido la adecuación del antiguo edificio de las escuelas de San Mamés, situado en el barrio de La Iglesia, hasta conseguir unas instalaciones adecuadas para mostrar al visitante el proceso de elaboración de una campana y la historia de este arte, donde se incluye la colección particular de alguna familia de artesanos de la zona. Su superficie es de 600 m²

La superficie que ocupan estos equipamientos es de 761 m² aproximadamente.

5.2.4.3 Servicios institucionales Los equipamientos que se incluyen en ésta categoría son los que albergan

servicios de Administración Local, Autonómica o Estatal, así como los servicios de defensa, policía y oficinas de empresas públicas.

• Ayuntamiento, de nueva construcción, tiene una superficie de 1.211 m² construidos en una parcela de 7.473 m², que comparte con una sala multiusos soterrada de 309 m²

5.2.4.4 Servicios Se consideran dentro de esta categoría aquellos espacios o locales destinados

a satisfacer las necesidades de servicios públicos urbanos tales como mercados, estaciones de autobuses, de trenes, helipuertos, terminal de mercancías, servicio de extinción de incendios, de protección civil, etc….

Además de estos servicios, en el municipio existen varias asociaciones activas, como la asociación de Mujeres de Mayores de Meruelo, la asociación de la Tercera Edad de Meruelo, localizadas en el barrio de La Maza, y la asociación Cultural Pedro de Maheda.

5.2.5 Religioso

Esta categoría incluye los espacios destinados al culto de cualquier confesión y aquellos con los que están directamente relacionados, como centros parroquiales o conventos.

Page 57: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 56

• Iglesia parroquial de San Miguel, iglesia cristiana católica situada en el barrio de La Iglesia en el núcleo poblacional de San Miguel de Meruelo.

• Iglesia parroquial de San Mamés, tratándose de un edificio construido en el siglo XVII sobre restos de un templo anterior.

• Iglesia parroquial de San Bartolomé, situada en San Bartolomé de Meruelo o barrio de Vierna, fue construida en el siglo XVIII a partir de una ermita anterior.

• Ermita de Nuestra Señora de los Remedios, situada en el barrio de San Mamés.

• Ermita de Santa Rosa, en el barrio de Vierna, San Bartolomé de Meruelo.

• Ermita de San Roque, o humilladero de la Vera Cruz situado en San Bartolomé erigido en 1622.

5.2.6 Especial Se consideran dentro de esta categoría aquellos espacios que contienen

instalaciones que no puedan encuadrarse en algún otro uso de equipamiento.

• Vertedero, situado al suroeste del municipio, sirve a la mayoría de municipios de Cantabria.

• Cementerio, situado al norte del núcleo de San Miguel, en las proximidades de la iglesia.

5.2.7 Servicios urbanos. Infraestructuras

Esta categoría comprende las redes y centros de producción, almacenaje y distribución de servicios urbanos tales como electricidad, aguas, saneamiento, depuración, telefonía, repetidores de señales audiovisuales, etc...

El término municipal de Meruelo cuenta con saneamiento, abastecimiento de agua, distribución eléctrica, alumbrado público, red de telefonía, gas y recogida de residuos urbanos.

5.2.7.1 Saneamiento Las infraestructuras de saneamiento existentes quedan reflejadas en el plano

de redes de infraestructuras realizado con los datos aportados por el Ayuntamiento así como, con datos tomados directamente en campo. Estos planos a escala 1/ 5.000 tienen carácter informativo señalando el trazado aproximado de las redes existentes.

En la actualidad la red de saneamientos se compone de colectores de diámetro entre 300 y 600 mm sirviendo los mismos tanto a San Miguel, San Mamés y San Bartolomé de Meruelo, siendo suficientes para las necesidades actuales del municipio.

Page 58: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 57

La red de saneamiento es unitaria canalizando los vertidos domésticos y los de pluviales a un colector general que vierte al río previa depuración. Todo el sistema de depuración está compuesto por una E.D.A.R. situada en San Miguel De Meruelo, que también recoge los lixiviados pretratados que llegan del vertedero a través de tuberías de 200 y 300 mm de diámetro. Esta tubería presenta deficiencias de conservación, sección y pendiente. En la actualidad se está ejecutando la obra del “Saneamiento de la cuenca media-alta del río Campiazo” con promoción realizada por el Gobierno de Cantabria. Dichas obras recogerán las aguas residuales generadas en los municipios de Solórzano, Hazas del Cesto y Meruelo, para conducirlos hasta la EDAR de San Pantaleón del Saneamiento de las Marismas de Santoña. Esta instalación atraviesa el municipio de Meruelo por la margen derecha del río y finaliza en la actual depuradora de san Miguel. La tubería a colocar es de 500 mm de diámetro y servirá para recoger las aguas generadas en la ladera sur de San Mamés y para resolver la recogida de los lixiviados del vertedero y del barrio de Vierna (San Bartolomé). Su finalización está prevista para finales del año 2013.

Las instalaciones de Lácteos de Santander S.A. tramitaron proyecto de

E.D.A.R. para una capacidad de tratamiento de caudales punta de hasta 75 m³/hora, 1.800 m³ diarios con autorización de vertido tramitada con resolución emitida el 3 de julio de 2000.

Los 3 núcleos de Meruelo se encuentran entre las aglomeraciones urbanas

cuyos usos domésticos se encuentran sujetos a la aplicación del Canon de Saneamiento, incorporados al sistema Marismas de Santoña, siendo la E.D.A.R. de San Pantaleón la infraestructura de saneamiento relevante para el municipio. En la actualidad los bombeos, aliviaderos y colectores desde la depuradora de San Miguel hasta la general de San Pantaleón ya están ejecutados. Se está a la espera de que comience la explotación de esta última depuradora para desinstalar la existente en Meruelo, de forma que todas las aguas residuales generadas en el municipio se depuren en aquella instalación.

La E.D.A.R. de San Pantaleón será capaz de tratar las aguas residuales

procedentes de las redes interiores de saneamiento, tanto actuales como futuras, de los núcleos de los términos municipales de Ampuero, Limpias, Colindres, Voto, Bárcena de Cicero, Laredo, Santoña, Escalante, Argoños, Arnuero, Noja y Meruelo.

En el documento de Ordenanzas municipales (Normativa a aplicar) están

establecidos los distintos parámetros de diseño para las nuevas redes, garantizando de esta forma su correcto funcionamiento.

Las secciones establecidas tienen un carácter indicativo y sirven para adecuar

dichas redes a la población a la que van a servir y para realizar una evaluación económica de las obras a realizar.

En proyectos de urbanización o en el planeamiento de desarrollo se deberán

realizar los cálculos justificativos en función del tipo de red y de la población real respetando los parámetros indicados en las ordenanzas.

Page 59: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 58

Además, hay que tener en cuenta que la red municipal debe ser separativa, por lo que, además de condicionar los nuevos desarrollos a la realización de redes de este tipo, debe procurarse la separación de aguas blancas y manantiales de la red de alcantarillado y su conducción a cauces naturales para la red ya existente.

Como resumen se puede decir que a efectos de saneamiento el existente es

adecuado.

5.2.7.2 Abastecimiento de agua

Las infraestructuras de abastecimiento quedan reflejadas en el plano de infraestructuras del Plan General de Ordenación Urbana realizado con datos suministrados por el Ayuntamiento y datos tomados en campo, que tiene carácter informativo señalando el trazado aproximado de las redes existentes y de las previstas a desarrollar en la ejecución del planeamiento como parte de las obras de urbanización así cómo los diámetros necesarios para su correcto funcionamiento.

Los núcleos de San Miguel y San Mamés de Meruelo se abastecen del Plan de

Noja, que toma sus aguas de la captación del río Campiazo, a través de una red mallada para ambos núcleos a la que se suministra directamente mediante reductora de presión. La compra de agua que el municipio hace es de unos 450.000 m³ anuales para ambos barrios, consumiendo la empresa Lácteos de Santander más de la mitad de dicho volumen, 240.000 m³. Existe depósito en San Miguel de 5.000 m³

En San Miguel de Meruelo existe además un pequeño depósito antiguo

inoperativo. San Bartolomé cuenta con un depósito de 40 m³ de capacidad que se abastece de manantial con un caudal de 6.000 m³ por año.

La Dirección General de Obras Hidráulicas llevó a cabo obras de mejora del

abastecimiento de agua al Plan Noja desde el Plan Asón instalando una bomba aceleradora en línea. Además ha mejorado la conexión entre Isla y Meruelo que soportará las presiones de servicio de la Autovía del Agua.

5.2.7.3 Distribución eléctrica La distribución eléctrica corre a cargo de la empresa Viesgo presentando las

siguientes características:

La red general de abastecimiento eléctrico del Municipio de Meruelo esta constituida por una red aérea de media tensión que cruza el municipio en distintas direcciones, de norte a sur y de este a oeste.

La red de Baja Tensión del municipio presenta una tipología arborescente dividiéndose en distintos tramos generalmente discurriendo por las vías de comunicación cada uno de los cuales desemboca en un transformador. Abarcando todas las zonas del término municipal habitadas, vías de comunicación y zonas de crecimiento.

Page 60: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 59

En los distintos núcleos encontramos más de un transformador debido a la extensión de las redes y al paso de los distintos tendidos de media tensión que transcurren por el municipio.

5.2.7.4 Alumbrado público

Esta necesidad está cubierta en todo el municipio.

El Alumbrado público se centra en los núcleos de San Miguel, San Mamés y San Bartolomé de Meruelo. Presenta una tipología arborescente que sigue la misma traza que la red de baja tensión, tomando puntos de luz cada 20-25 metros, salvo en zonas puntuales como en el Centro Deportivo y zonas de parque cuya densidad es mayor.

5.2.7.5 Red de telefonía

La red de Telefonía da servicio a todos los núcleos

5.2.7.6 Gas

Existe distribución dentro del Ayuntamiento quedando su trazado reflejado en el plano de infraestructuras.

5.2.7.7 Residuos Urbanos

La recogida de residuos corre a cargo de MARE (Medio Ambiente, Agua, Residuos y Energía).

5.3 PATRIMONIO CULTURAL

El municipio de Meruelo es rico en elementos de interés patrimonial, catalogables y a proteger, de hecho, posee dentro del planeamiento en vigor, Normas Subsidiarias del año 1999, un catálogo de edificios protegidos.

5.3.1 Patrimonio arquitectónico

5.3.1.1 Arquitectura religiosa

La comarca de Trasmiera y el valle de Meruelo ha sido siempre zona de maestros canteros y doradores, hecho que ha quedado patente en sus iglesias. Además de las iglesias parroquiales de los diferentes núcleos del municipio existen varias ermitas como la de Aguachisza en San Miguel, la de Santa Rosa o la de los

Page 61: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 60

Remedios, y humilladeros, como el de la Vera Cruz en San Bartolomé, o el que se encuentra en el barrio de San Miguel.

• Iglesia de San Martín

La iglesia de San Martín, edificio de los siglos XVI y XVII, de estilo barroco montañés, está situada en el barrio de San Miguel. Se trata de un edificio de planta de cruz latina con torre a los pies y cabecero rectangular en el que se han encontrado pinturas murales del siglo XVII. En su interior destaca un retablo prechurrigueresco a la Virgen del Rosario.

Iglesia de San Martín, en san Miguel de Meruelo

• Iglesia parroquial de San Mamés

Este edificio, levantado en el siglo XVII sobre restos de un templo anterior, posee planta de cruz latina, con torre a los pies y cabecera ochavada. La portada de la iglesia es de orden compuesto y el estilo de la construcción es el barroco montañés.

Page 62: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 61

Iglesia parroquial de San Mamés

• Ermita de Nuestra Señora de los Remedios

Esta ermita se encuentra situada en el barrio de San Mamés. Se trata de un edificio con nave de dos tramos del siglo XVII y ampliación en el siglo XVIII con camarín. Su bóveda es de crucería provista de óculo cenital que permite el paso de luz. En su interior se encuentra un interesante retablo prechurrigueresco.

• Iglesia parroquial de San Bartolomé

Situada en el barrio de San Bartolomé, esta iglesia se construye en el siglo XVIII a partir de una ermita anterior. El edificio es de planta de cruz latina con cabecera poligonal a la que se abre una sacristía. Su espadaña data de 1775.

Page 63: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 62

Iglesia parroquial de San Bartolomé

5.3.1.2 Arquitectura civil

El municipio de Meruelo conserva abundantes edificios de interés en lo referente a su arquitectura popular. Los edificios catalogados y protegidos por la normativa anterior superan la quincena. Dentro de la arquitectura civil destacan varias casonas de labranza en el Mazo, otras en Villanueva, algunas casa particulares en San Mamés, un grupo de viviendas en Vierna, la escuela de San Mamés, la Casa de Juntas en la Mies del Valle y algunas casas particulares en Solorza. Además, el municipio, atravesado por el río Campiazo, llegó a poseer una veintena de molinos, de los que dos se incluyen en el catálogo de patrimonio de las normas subsidiarias de 1999. Entre ellos, tres estaban asociados a alguna de las ferrerías del territorio.

Otro elemento interesante es el puente de Tresojos, en San Miguel, con tres

arcos apuntados de origen medieval.

• La Casona de Meruelo

Inmueble de estilo tardobarroco con influencias neoclásicas de principio del XIX, también llamada casa del Mazo. El edificio se encuentra situado en el barrio de la iglesia, en el núcleo de San Mamés y fue incluido en el Inventario General del Patrimonio Cultural de Cantabria como Bien Inventariado el 15 de marzo de 2001. La casona, de volumen cúbico, consta de dos plantas y desván. Los muros son de mampostería aunque reforzados por sillares. Sus vanos presentan un recercado de sillería, siendo, a excepción de la puerta principal, que posee un arco rebajado, adintelados. Destacan sus balconadas y antepechos de hierro forjado. El balcón principal se remata con un frontón triangular con escudo de armas moderno.

Page 64: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 63

La Casona de Meruelo

• Casona de D. Francisco del Mazo Calderón de la Barc a

Esta casona solariega es en realidad un conjunto barroco del siglo XVIII formado por un cuerpo de planta rectangular de dos pisos con escudo en la fachada principal y soportal de dos arcos, y una torre anexa de tres pisos.

• Casa del Obispo de Osuna o de Agüera

Edificio de dos plantas localizado en El Mazo con escudo sobre la balconada del alzado principal con atributos de obispo.

5.3.2 Patrimonio etnográfico

Las fiestas populares que se celebran son: San Mamés, el 7 de agosto; San Bartolomé de Vierna, el 24 de agosto; Nuestra Señora de los Remedios, patrona de las siete villas, el 8 de septiembre; y San Miguel Arcángel el 29 de septiembre.

En este municipio fueron numerosos los maestros de cantería, los doradores y

los fundidores de campanas. Actualmente existe, en el antiguo edificio de las escuelas de San Mamés, un museo de campanas que incluye parte de la colección particular de algunas familias de artesanos.

Page 65: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 64

5.4 MOVILIDAD EN EL MUNICIPIO

En la zona del municipio de Meruelo nos encontramos con la siguiente trama viaria de carácter autonómico:

• CA-147: Perteneciente a la red primaria Con origen en Beranga y final en Noja. Su longitud total es de 10 Km., de los cuales 2.2 Km. discurren en el termino municipal de Meruelo. Datos de esta vía correspondientes al año 2000 y que nos dan una idea del transito en la misma:

IMD (Intensidad media diaria de vehículos) = 7064 veh/día. % de vehículos pesados = 11.

• CA-452: Con origen en el Meruelo cruce de la CA-454 y final en Castillo cruce con la CA- 147. Su longitud total es de 1,8 Km., los cuales discurren en su totalidad el término municipal de Meruelo.

IMD (Intensidad media diaria de vehículos) = 2232 veh/día. % de vehículos pesados = 10.

• CA-454: Con origen en San Mamés cruce de la CA-147 y final en El Puente de la Venera cruce con la CA-141. Su longitud total es de 4 km, los cuales discurren en su totalidad el término municipal de Meruelo.

IMD (Intensidad media diaria de vehículos) = 3463 veh/día. % de vehículos pesados = 14

• CA-455: Con origen en Meruelo cruce con la CA-454 y final en Villaverde de Pontones cruce con la CA-146. Su longitud total es de 14 km, de los cuales 3 Km discurren en el término municipal de Meruelo.

IMD (Intensidad media diaria de vehículos) = 487 veh/día. % de vehículos pesados = 11

• CA-456: De acceso a San Bartolomé de Meruelo. Con origen en el cruce con la CA-455 y final en San Bartolomé de Meruelo. Su longitud total es de 2,7 km, los cuales discurren en su totalidad en el término municipal de Meruelo.

IMD (Intensidad media diaria de vehículos) = 582 veh/día. % de vehículos pesados = 14

El viario autonómico, que será considerado Sistema General Viario, une los principales núcleos de población de la zona, no sólo los del municipio de Meruelo entre si, sino también estos con los vecinos núcleos de Beranga, Castillo, Arnuero, o el municipio de Bareyo.

Los factores que influyen sobre la capacidad y carga admisible de las vías son:

o La anchura de los carriles: Fa. Fa=1 si es de 3,5 m (3,60 en el nuevo Manual).

o Obstáculos laterales: Fb. Cualquier obstáculo lateral a la calzada próximo al borde, excepto un bordillo montable de altura inferior a 15

Page 66: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 65

cm produce, en un tramo de cierta longitud, efecto de estrechamiento, principalmente a velocidades altas y si la distancia es inferior a 1,8 m.

o Efecto combinado anchura de carril y obstáculo lateral (w). En general los dos efectos anteriores suelen darse combinados y los factores de corrección (w) utilizados, dependen del nivel de servicio de la vía.

o Velocidad específica y de alineaciones. Si es inferior a una determinada para cada nivel de servicio.

o Vehículos pesados (P). Factor Fp Los vehículos pesados entrañan un doble efecto de reducción de la capacidad y de la carga admisible; por un lado, la mayor ocupación de espacio, supone un desplazamiento de vehículos ligeros, que se traducen en una reducción del número de vehículos/hora que pueden pasar por un tramo (vehículos equivalentes); por otro lado la pendiente longitudinal de la calzada influye desfavorablemente en la velocidad de este tipo de vehículos.

Si se realiza una progresión del aumento de IMD de las vías estudiadas en función del aumento de la población desde el años 2.000, del que son los datos, hasta el año horizonte de planeamiento para el que se prevé una población de 2.630 personas en el municipio, aunque no sea muy ortodoxo, los IMD de las vías autonómicas podrían considerarse de 16.573 veh/día para la CA-147, de 5.237 para la CA-452, de 8.125 veh/día para CA-454, 1.143 veh/día para la CA-455 y de 1.366 veh/día para la CA-456.

El ancho normal de un carril para carreteras autonómicas es de 3,50 m. En las

carreteras con carriles de 3,00 m de anchura y en todas las curvas de radio inferior a 200 m existen sobreanchos adecuados que se ganan hacia el interior de la curva en ambos carriles. La anchura de los arcenes es adecuada para las velocidades que se pueden alcanzar en estas vías, desde los 2,50 metros hasta el metro, por lo que los existentes se consideran suficientes. Los IMD considerados, teniendo en cuenta también el paso de vehículos pesados y todos los factores que influyen en la capacidad y carga admisible de las vías están dentro de los límites que garantizan un nivel de servicio aceptable.

El viario municipal se puede subdividir en el viario propiamente urbano, el de

los núcleos de población, y el interurbano, o que comunica estos núcleos de población entre si o con los distintos parajes del suelo rústico. En Meruelo, el viario urbano municipal tiene unas dimensiones generalmente adecuadas, aunque en algunos casos, en los que el suelo ya estaba desarrollado, mantiene trazados y secciones típicos del suelo rústico. Los viales municipales que unen núcleos de población son escasos, ya que esa función esta resuelta mediante las carreteras autonómicas que atraviesan el municipio. Aun así, cabe destacar el vial municipal que comunica el núcleo de San Miguel con el de San Mamés por Villanueva, que vertebra toda esa zona, otro que sirve a toda la urbanización de San Mamés, o el que comunica el barrio de El Mazo. El resto de caminos o vías municipales son aquellos que comunican los núcleos de población con el suelo rústico. Sus dimensiones son adecuadas para poder soportar un aumento de sus IMD proporcional al del aumento de la población previsto. Actualmente el nivel de servicio de las vías municipales se corresponde a una situación de tráfico fluido, con una intensidad de tráfico baja y velocidades de servicio

Page 67: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 66

altas. Los conductores poseen un amplio grado de libertad funcional y no se ven forzados a mantener una determinada velocidad por causa de otros vehículos.

Un análisis de la movilidad en el municipio, además de las principales vías de

comunicación que pueden utilizar los vehículos habituales, también ha de tener en cuenta los transportes públicos existentes, la movilidad peatonal, así como la que pueda realizarse con otros vehículos.

A través de la participación ciudadana que se ha llevado a cabo para la

redacción de la agenda 21 del municipio, se puede concluir que la población municipal utiliza fundamentalmente el coche particular para sus desplazamientos, existiendo un pequeño porcentaje de los encuestados que lo hacen en bicicleta, señalando aquellos que indican que se desplazan a pie, que lo hacen en desplazamientos cortos y que lo combina con el coche para desplazamientos más largos.

Existe transporte público por autobús, que une la capital municipal con

Santander dos veces al día, además de una red de taxis que dan servicio al municipio. En servicio en autobús no está bien valorado, tato por la escasez de horarios disponibles como por los destinos que se ofrecen, recibiendo una buena valoración el servicio de taxis.

La seguridad de desplazamientos es valorada positivamente, considerando la

red de aceras adecuada para los desplazamientos a pie, aunque se considera que para los desplazamientos en bici sería conveniente la existencia de carriles bici.

El Plan de Movilidad Ciclista de Cantabria (PMCC) aprobado en enero de 2013

incluye tramos en el municipio de Meruelo pertenecientes a la Red Complementaria, sin construir, tramos que discurren por la CA-454 desde San Mamés de Meruelo hasta la salida norte de esta carretera autonómica del municipio, y por la CA-452 hasta la salida de esta del municipio, de tal forma que los diferentes núcleos de población San Mamés y San Miguel de Meruelo, puedan estar comunicados con los principales núcleos de los municipios vecinos a través de esta red, y de este medio de transporte.

Además de los desplazamientos a pie en los núcleos de población, existen

varias rutas peatonales o zonas de paseo que destacan en el municipio. Así, desde el año 2001 en que se rehabilitó para el correcto encauzamiento y acondicionamiento el arroyo Cantarranas, existe un paseo de tres metros de anchura, con sus correspondientes áreas de descanso equipadas que corre paralelo al cauce a lo largo 800 metros. Esta pequeña ruta se puede iniciar en el Barrio Bocillo (zona donde se ubican las instalaciones deportivas) y finalizar a la altura del barrio La Roduera (polígono industrial). Otra de las rutas de interés es la denominada ruta de los molinos. La ruta se encuentra señalizada en todo su recorrido por Paneles de Madera en los que se explica la historia de cada molino así como por las Señales Internacionales de Senderismo. El punto de partida de la ruta se localiza en el Molino de La Venera, carretera CA 454 dirección Ajo y finaliza en la misma carretera pero dirección Beranga, junto al Molino de Bado y a la empresa Hermanos Borbolla.

Page 68: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 67

5.5 LA INVERSIÓN PÚBLICA Y LA HACIENDA MUNICIPAL Al no disponer de datos anteriores al periodo 2001-2005 se ha configurado un

cuadro con los valores correspondientes a estos años.

Análisis de la evolución de los presupuestos Munici pales del Ayuntamiento de Meruelo 2001-2012

AÑO PRESUPUESTOS EN EUROS TOTALES %

VARIACIÓN VARIACIÓN EN

EUROS

Cap.1 Gastos de personal 135.127,33 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 558.311,01

Cap.3 Gastos financieros 23.155,80 Cap.4 Transferencias Corrientes 104.413,47

Cap.6 Inversiones Reales 508.369,61

2001 GASTOS

Cap 9 Pasivos financieros 302.292,50

1.631.669,72 0,000 0,00

Cap.1 Gastos de personal 140.600,47 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 577.992,56

Cap.3 Gastos financieros 7.310,83 Cap.4 Transferencias Corrientes 91.499,24

Cap.6 Inversiones Reales 84.705,30

2002 GASTOS

Cap 9 Pasivos financieros 30.854,42

932.962,82 -0,428 -698.706,90

Cap.1 Gastos de personal 166.831,73 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 548.168,27

Cap.3 Gastos financieros 7.310,83 Cap.4 Transferencias Corrientes 85.287,60

Cap.6 Inversiones Reales 281.000,00

2003 GASTOS

Cap.9 Pasivos financieros 30.848,41

1.119.446,84 0,200 186.484,02

Cap.1 Gastos de personal 161.548,63 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 659.951,81

Cap.3 Gastos financieros 2.801,60 Cap.4 Transferencias Corrientes 83.194,62

Cap.6 Inversiones Reales 203.258,00 Cap.7 Transferencias de capital 0,00

2004 GASTOS

Cap.9 Pasivos financieros 35.357,64

1.146.112,30 0,024 26.665,46

Page 69: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 68

Cap.1 Gastos de personal 168.952,63 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 805.324,15

Cap.3 Gastos financieros 1.611,05 Cap.4 Transferencias Corrientes 117.321,40

Cap.6 Inversiones Reales 350.550,96

2005 GASTOS

Cap.9 Pasivos financieros 36.548,20

1.480.308,39 0,292 334.196,09

Cap.1 Gastos de personal 196.864,21 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 1.226.929,51

Cap.3 Gastos financieros 441,65 Cap.4 Transferencias Corrientes 120.941,91

Cap.6 Inversiones Reales 248.343,00

2006 GASTOS

Cap.9 Pasivos financieros 26.046,73

1.819.567,01 0,229 339.258,62

Cap.1 Gastos de personal 185.142,13 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 1.476.144,48

Cap.3 Gastos financieros 0,00 Cap.4 Transferencias Corrientes 114.292,52

Cap.6 Inversiones Reales 416.000,00

2007 GASTOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

2.191.579,13 0,204 372.012,12

Cap.1 Gastos de personal 338.649,66 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 1.441.770,64

Cap.3 Gastos financieros 0,00 Cap.4 Transferencias Corrientes 118.836,29

Cap.6 Inversiones Reales 199.910,14

2008 GASTOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

2.099.166,73 -0,042 -92.412,40

Cap.1 Gastos de personal 359.056,55 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 1.294.454,38

Cap.3 Gastos financieros 0,00 Cap.4 Transferencias Corrientes 117.837,24

Cap.6 Inversiones Reales 291.433,50

2009 GASTOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

2.062.781,67 -0,017 -36.385,06

Cap.1 Gastos de personal 338.061,92 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 1.237.584,44

2010 GASTOS

Cap.3 Gastos financieros 0,00

3.319.828,51 0,609 1.257.046,84

Page 70: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 69

Cap.4 Transferencias Corrientes 113.989,88

Cap.6 Inversiones Reales 1.630.192,27

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

Cap.1 Gastos de personal 422.421,96 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 1.357.042,36

Cap.3 Gastos financieros 0,00 Cap.4 Transferencias Corrientes 115.814,78

Cap.6 Inversiones Reales 166.100,00

2011 GASTOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

2.061.379,10 -0,379 -1.258.449,41

Cap.1 Gastos de personal 355.868,03 Cap.2 Gastos bienes corrientes y servicios 1.241.090,87

Cap.3 Gastos financieros 0,00 Cap.4 Transferencias Corrientes 142.054,08

Cap.6 Inversiones Reales 211.573,00

2012 GASTOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

1.950.585,98 -0,054 -110.793,12

Cap.1 Impuestos directos 187.768,20

Cap.2 Impuestos indirectos 115.460,43

Cap.3 Tasas y otros ingresos 62.625,46 Cap.4 Transferencias Corrientes 1.013.288,37

Cap.5 Ingresos patrimoniales 12.122,42

2001 INGRESOS

Cap.7 Transferencias de capital 240.404,84

1.631.669,72 0 0,00

Cap.1 Impuestos directos 190.078,15

Cap.2 Impuestos indirectos 114.305,63

Cap.3 Tasas y otros ingresos 49.487,34 Cap.4 Transferencias Corrientes 570.040,46

Cap.5 Ingresos patrimoniales 9.039,22 Cap.7 Transferencias de capital 6,01

2002 INGRESOS

Cap.9 Pasivos financieros 6,01

932.962,82 -0,428 -698.706,90

Cap.1 Impuestos directos 226.984,72

Cap.2 Impuestos indirectos 180.117,56

Cap.3 Tasas y otros ingresos 95.196,10 Cap.4 Transferencias Corrientes 600.148,42

Cap.5 Ingresos patrimoniales 17.000,02

2003 INGRESOS

Cap.7 Transferencias de 0,01

1.119.446,83 0,200 186.484,01

Page 71: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 70

capital

Cap.1 Impuestos directos 252.328,96

Cap.2 Impuestos indirectos 168.117,66

Cap.3 Tasas y otros ingresos 81.896,10 Cap.4 Transferencias Corrientes 573.111,44

Cap.5 Ingresos patrimoniales 13.000,02 Cap.7 Transferencias de capital 57.658,01

2004 INGRESOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,10

1.146.112,29 0,024 26.665,46

Cap.1 Impuestos directos 335.677,81

Cap.2 Impuestos indirectos 312.065,66

Cap.3 Tasas y otros ingresos 133.283,09 Cap.4 Transferencias Corrientes 626.424,43

Cap.5 Ingresos patrimoniales 10.586,38 Cap.7 Transferencias de capital 62.271,01

2005 INGRESOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,01

1.480.308,39 0,292 334.196,10

Cap.1 Impuestos directos 373.439,31

Cap.2 Impuestos indirectos 312.119,91

Cap.3 Tasas y otros ingresos 146.285,28 Cap.4 Transferencias Corrientes 971.105,97

Cap.5 Ingresos patrimoniales 16.616,54 Cap.7 Transferencias de capital 0,00

2006 INGRESOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

1.819.567,01 0,229 339.258,62

Cap.1 Impuestos directos 428.552,26

Cap.2 Impuestos indirectos 644.887,24

Cap.3 Tasas y otros ingresos 318.519,02 Cap.4 Transferencias Corrientes 774.620,56

Cap.5 Ingresos patrimoniales 25.000,02 Cap.7 Transferencias de capital 0,02

2007 INGRESOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,01

2.191.579,13 0,204 372.012,12

Cap.1 Impuestos directos 534.602,71

Cap.2 Impuestos indirectos 238.124,68

Cap.3 Tasas y otros ingresos 261.049,24 Cap.4 Transferencias Corrientes 857.581,91

Cap.5 Ingresos patrimoniales 78.609,09 Cap.7 Transferencias de capital 129.199,10

2008 INGRESOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

2.099.166,73 -0,042 -92.412,40

2009 INGRESOS Cap.1 Impuestos directos 536.614,14 2.062.781,67 -0,017 -36.385,06

Page 72: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 71

Cap.2 Impuestos indirectos 299.327,18

Cap.3 Tasas y otros ingresos 247.638,17 Cap.4 Transferencias Corrientes 901.202,18

Cap.5 Ingresos patrimoniales 78.000,00 Cap.7 Transferencias de capital 0,00

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

Cap.1 Impuestos directos 538.819,00

Cap.2 Impuestos indirectos 15.431,65

Cap.3 Tasas y otros ingresos 229.519,17 Cap.4 Transferencias Corrientes 833.866,42

Cap.5 Ingresos patrimoniales 1.502.192,27 Cap.7 Transferencias de capital 200.000,00

2010 INGRESOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

3.319.828,51 0,609 1.257.046,84

Cap.1 Impuestos directos 680.094,32

Cap.2 Impuestos indirectos 40.131,65

Cap.3 Tasas y otros ingresos 266.500,00 Cap.4 Transferencias Corrientes 907.353,13

Cap.5 Ingresos patrimoniales 46.000,00 Cap.7 Transferencias de capital 121.300,00

2011 INGRESOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

2.061.379,10 -0,379 -1.258.449,41

Cap.1 Impuestos directos 719.172,83

Cap.2 Impuestos indirectos 30.631,65

Cap.3 Tasas y otros ingresos 204.448,58 Cap.4 Transferencias Corrientes 876.282,92

Cap.5 Ingresos patrimoniales 80.500,00 Cap.7 Transferencias de capital 39.550,00

2012 INGRESOS

Cap.9 Pasivos financieros 0,00

1.950.585,98 -0,054 -110.793,12

Este periodo de tiempo, las circunstancias actuales, completamente diferentes

a las hace 5 años, y las variaciones existentes, no permite hacer previsiones fiables, no pudiendo establecer una tendencia clara. Lo que sí observamos es un descenso de los presupuestos del año 2001 al 2002 bastante importante y posteriormente un aumento paulatino de los presupuestos municipales en el periodo 2002-2007, con un pequeño descenso en 2008, un gran aumento en 2009 y un descenso posterior, existiendo una diferencia entre el año 2001 y 2012 de -318.916,26 €.

Variación

presupuestos 2001 0

Page 73: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 72

2002 -698.706,9

2003 186.484,02

2004 26.665,46

2005 334.196,09

2006 339.258,62

2007 372.012,12

2008 -92.412,40

2009 -36.385,06

2010 1.257.046,84

2011 -1.258.449,41

2012 -110.793,12

Como podemos observar existe un aumento progresivo en el gasto de personal

2001-2012, con dos excepciones, un gasto similar en el periodo de bienes corrientes y servicios con ligeros aumentos puntuales y fluctuaciones importantes, en las inversiones reales en el periodo, con un importantes gasto en 2010.

Por otra parte en el capítulo ingresos los impuestos directos se mantienen en el

periodo 2001-2002 aumentando considerablemente en el periodo 2003-2012, los indirectos se mantienen en el periodo 2011-2002, aumentando durante el periodo 2002-2007, descendiendo considerablemente en el año 2010, aumentando moderadamente desde entontes. Las transferencias corrientes permanecen casi constantes en el periodo estudiado.

.

Page 74: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

6 PLANOS DE INFORMACIÓN

Page 75: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 74

6 PLANOS DE INFORMACIÓN

A continuación se incluye una relación de los planos de información que

complementan este documento y se adjuntan en tomo independiente

I.1 EMPLAZAMIENTO TERRITORIALI.1 EMPLAZAMIENTO TERRITORIALI.1 EMPLAZAMIENTO TERRITORIALI.1 EMPLAZAMIENTO TERRITORIAL PLANOS DE ORDENACIÓN PREVIAPLANOS DE ORDENACIÓN PREVIAPLANOS DE ORDENACIÓN PREVIAPLANOS DE ORDENACIÓN PREVIA

I.2.1 PLANEAMIENTO VIGENTE I.2.2 PLANEAMIENTO EN LOS MUNICIPIOS LIMÍTROFES I.2.3 ORDENACIÓN DEL POL EN MERUELO

PLANOS DEL MEDIO FÍSICOPLANOS DEL MEDIO FÍSICOPLANOS DEL MEDIO FÍSICOPLANOS DEL MEDIO FÍSICO

I.3.1 EDAFOLOGÍA I.3.2 ALTITUDES I.3.3 RÍOS I.3.4 HIDROLOGÍA I.3.5 PROCESOS I.3.6 CAPACIDAD AGROECOLÓGICA DEL SUELO I.3.7 VEGETACIÓN, CORREDORES ECOLÓGICOS Y HÁBITATS I.3.8 UNIDADES TERRITORIALES I.3.9 SIMULACIONES PAISAJÍSTICAS

I.4 USOS DEL SUELOI.4 USOS DEL SUELOI.4 USOS DEL SUELOI.4 USOS DEL SUELO PLANOS DE ZONAS CON ALGUNA FIGURA DE PROTECCIÓN DENTRO DE PLANOS DE ZONAS CON ALGUNA FIGURA DE PROTECCIÓN DENTRO DE PLANOS DE ZONAS CON ALGUNA FIGURA DE PROTECCIÓN DENTRO DE PLANOS DE ZONAS CON ALGUNA FIGURA DE PROTECCIÓN DENTRO DE CANTABRIACANTABRIACANTABRIACANTABRIA

I.5.1 ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS I.5.2 LUGARES DE INTERÉS COMUNITARIO (LIC) I.5.3 ZONAS DE ESPECIAL PROTECCIÓN PARA LAS AVES (ZEPA)

I.6 ZONIFICACIÓN ACÚSTICAI.6 ZONIFICACIÓN ACÚSTICAI.6 ZONIFICACIÓN ACÚSTICAI.6 ZONIFICACIÓN ACÚSTICA

I.7 INFRAESTRUCTURAS EN EL MUNICIPIOI.7 INFRAESTRUCTURAS EN EL MUNICIPIOI.7 INFRAESTRUCTURAS EN EL MUNICIPIOI.7 INFRAESTRUCTURAS EN EL MUNICIPIO

Page 76: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 75

I.7.1 INFRAESTRUCTURAS EN SAN MIGUEL I.7.2 INFRAESTRUCTURAS EN SAN MAMÉS I.7.3 INFRAESTRUCTURAS EN SAN BARTOLOMÉ

I.8 I.8 I.8 I.8 MOVILIDAD EN EL MUNICIPIOMOVILIDAD EN EL MUNICIPIOMOVILIDAD EN EL MUNICIPIOMOVILIDAD EN EL MUNICIPIO

I.9 SERVIDUMBRES ADMINISTRATIVASI.9 SERVIDUMBRES ADMINISTRATIVASI.9 SERVIDUMBRES ADMINISTRATIVASI.9 SERVIDUMBRES ADMINISTRATIVAS

I.9.1 SERVIDUMBRES AERONÁUTICAS

I.10 BIENES DEL I.10 BIENES DEL I.10 BIENES DEL I.10 BIENES DEL AYUNTAMIENTOAYUNTAMIENTOAYUNTAMIENTOAYUNTAMIENTO

I.11 PATRIMONIO MUNICIPAL PROTEGIDO EN EL MUNICIPIOI.11 PATRIMONIO MUNICIPAL PROTEGIDO EN EL MUNICIPIOI.11 PATRIMONIO MUNICIPAL PROTEGIDO EN EL MUNICIPIOI.11 PATRIMONIO MUNICIPAL PROTEGIDO EN EL MUNICIPIO PLANOS SÍNTESIS DE INFORMACIÓN

I.12.1 SÍNTESIS EN EL NÚCLEO DE SAN MIGUEL I.12.2 SÍNTESIS EN EL NÚCLEO DE SAN MAMÉS I.12.3 SÍNTESIS EN EL NÚCLEO DE SAN BARTOLOMÉ

Page 77: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

7 NORMATIVA APLICABLE

Page 78: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 77

7 NORMATIVA APLICABLE

La entrada en vigor de la Ley del Suelo de Cantabria 2/2001 tiene dos consecuencias para los nuevos Planes Generales de Ordenación Urbana que se desarrollen en Cantabria:

• Implica la necesidad de aplicar aquellas disposiciones de la Ley que, conforme con su régimen transitorio, son de directa aplicación, o son de adaptación parcial en el desarrollo y ejecución de los referidos planes generales.

• Tiene la exigencia de que los planeamientos municipales sean objeto de una revisión o adaptación al nuevo marco legal en un periodo no superior a cuatro años desde su entrada en vigor tal y como aparece en el Art. 3 de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.

Dicha revisión, tal y como establece el apartado 7 de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA, si transcurridos cinco años de la entrada en vigor de esta Ley, el consejero pertinente deberá requerir al Ayuntamiento para que éste inicie el procedimiento de adaptación de los planes preexistentes. Este requerimiento contendrá las razones para dicha adaptación de ámbito supramunicipal que justifiquen dicha pretensión y se otorgará un plazo no inferior a tres meses para que se inicie dicha adaptación. Transcurrido este plazo la Comunidad Autónoma podrá subrogarse, a todos los efectos, en la competencia municipal.

Tal y como se contempla la adaptación o revisión podrá contemplar todas las determinaciones de los artículos del 44 al 50 de la Ley del suelo de Cantabria 2/2001 o simplemente limitarse a las determinaciones mínimas del artículo 44 según art.5 de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.

Dicha adaptación se llevará a cabo según el procedimiento previsto para la aprobación de los Planes en el Capítulo IV del Título I de La Ley del Suelo de Cantabria 2/2001, tal y como se recoge en el Art. 6 de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA.

7.1 LEGISLACIÓN GENERAL

Las competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas se encuentran recogidas en los artículos 148 y 149 de La Constitución Española. Disponiendo el artículo 148 que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materias de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. Por otra parte, el artículo 149.1.1ª establece que el Estado tiene competencia exclusiva en la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos, entre los que se encuentran el derecho de

Page 79: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 78

propiedad. Las competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas quedan delimitadas en la Sentencia del Tribunal constitucional 61/1997 del 20 de Marzo.

Se puede por tanto determinar el siguiente esquema de competencias:

a) El Estado es competente para regular en exclusiva las condiciones básicas del derecho de propiedad y ejerce las competencias sectoriales con incidencia territorial nacional;

b) Las Comunidades Autónomas, por su parte, son competentes para regular con plenitud normativa la ordenación de su territorio, urbanismo, vivienda y aspectos sectoriales de incidencia territorial; así como lo son también para en el marco de lo básico desarrollar legislativamente el estatuto de derechos cuya competencia básica corresponda al Estado.

A continuación se enumeran las principales “normas legales” aplicables al planeamiento urbanístico:

• Real Decreto 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, que deroga la Ley Estatal 6/98, de 13 de Abril, sobre Régimen del suelo y valoraciones, cuyo objetivo fundamental es establecer el derecho de propiedad del suelo, regulando el funcionamiento del mismo en todo el territorio nacional y sus modificaciones.

• Disposiciones adicionales y transitorias del Real Decreto Legislativo 1/92 del 26 de Junio, Real Decreto 1093/97 por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

• Ley de Expropiación Forzosa de 1954 y su Reglamento de desarrollo. • Ley de Aguas cuyo texto refundido se aprobó en el RD 1/2001 y sus

modificaciones y reglamentos. • Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. • Ley de Costas y su Reglamento. • Ley de Montes y su Reglamento de Montes. • Normativa de Defensa Nacional, • Ley 25/1988 del 29 de Junio de Carreteras del Estado y su

Reglamento. • Ley 16/1987 del 30 de Julio de Ordenación de los Transportes

Terrestres y su Reglamento • Ley 5/1996 de 17 de diciembre de Carreteras de Cantabria • La legislación relativa a la protección y conservación del Medio

Ambiente y Espacios naturales. • Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados

Y para concluir, en base al artículo 148 de la Constitución Española deberá tenerse presente como principal escenario toda la normativa autonómica urbanística, que en el caso de Cantabria es la Ley de Ordenación del Territorio y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria 2/2001 y sus modificaciones, cuyo objeto es la

Page 80: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 79

regulación de los instrumentos de ordenación territorial, el uso del suelo y la actividad urbanística en la Comunidad Autónoma de Cantabria de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía y en el marco legal estatal vigente.

Por último, como recoge la exposición de motivos de la Ley 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, el urbanismo, es sobre todo una decisión municipal, respetuosa de las competencias estatales y autonómicas, conforme recoge y dispone la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de modo que en última instancia serán los Planeamientos municipales los que decidan y regulen el desarrollo urbanístico de los municipios.

7.1.1 Determinaciones generales de la Ley del Suelo de Cantabria 2/2001.

7.1.1.1 El Plan General de Ordenación Urbana

La revisión del planeamiento urbanístico en Meruelo se promueve como consecuencia de la aprobación de la Ley del Suelo de Cantabria 2/2001 y su entrada en vigor obliga a adecuarse a las determinaciones que en ella se recogen.

Se trata de dar una visión municipal del urbanismo pero enmarcada en una visión más amplia, dentro de la ordenación del territorio. Esta ordenación del territorio debe ser la plasmación geográfica de la política económica, social y ambiental a nivel regional cuyo objetivo debe ser el desarrollo equilibrado de las Comunidades Autónomas y de la propia organización física del territorio.

PLANEAMIENTO

A través de la Ley del Suelo de Cantabria 2/2001y sus modificaciones se pretende la regulación de los instrumentos de ordenación territorial, el uso del suelo y de la actividad urbanística en la región.

Según lo dispuesto en el art. 3 y 5 de la disposición transitoria Primera de la

Ley del suelo de Cantabria obliga a las corporaciones municipales a la revisión de sus planeamientos urbanísticos para que se adapten a las determinaciones de dicha Ley.

El nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Meruelo tal y como se

contempla en el art.3 de La Ley de Suelo deberá:

- Contribuir a la eficacia de los derechos constitucionales a un medio ambiente adecuado.

- A la utilización racional de los recursos. - Mejora de la Calidad de Vida. - Conservación del Patrimonio Histórico y a una vivienda digna. - Impedir que la utilización del suelo se realice de manera especulativa y

garantice las plusvalías generadas por la actividad urbanística.

Page 81: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 80

Además de tener en cuenta una serie de conceptos tales como:

- Mantener la morfología tradicional de los núcleos rurales. - Equilibrar las dotaciones y equipamientos entre las distintas partes del

municipio.

• Los límites legales del planeamiento: La redacción del Plan General de Meruelo estará sometido a unos límites y

estándares de ordenación establecidos por la Ley del Suelo de Cantabria 2/2001. Los estándares urbanísticos que se han de cumplir e n el PGOU:

En cuanto a los sistemas generales , se entiende como tales al conjunto de espacios libres y de equipamientos destinados al servicio del conjunto de los ciudadanos, como mínimo se deberán dotar con 10 m²/hab., en este cómputo de la superficie no se incluirán los espacios naturales protegidos existentes, ni los sistemas locales al servicio directo de una unidad de actuación. En el caso de Meruelo debemos tener en cuenta que estos estándares se aplican estrictamente debido a que se encuentra en la categoría de municipio mayor de 1.000 habitantes.

En sectores de suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable: - Respecto a la densidad:

- Sector Residencial :< 70 viv/Ha en municipios => 10.000 hab. : < 50 viv/Ha en los demás municipios. Viviendas sociales :< 87 viv/Ha en municipios => 10.000 hab. :> 62 viv/Ha en los demás municipios.

Municipio turístico : Densidad podrá exceder en un 25%. - Respecto a la edificabilidad :

- Sector Residencial: < 1m² construido/ 1m suelo en municipios ≥ de 10.000 hab < 0.5 m² construido/ 1m² suelo en municipios < de 10.000 hab.

- Respecto a la reserva para espacios libres y equi pamientos de sistemas locales:

- No será inferior a 20 m² de suelo por cada 100 metros cuadrados de superficie construida.

- Se contemplará la existencia de al menos 12 m² de suelo por cada 100 m² de superficie construida para equipamientos sanitarios, educativos, culturales, deportivos y otros de carácter social o asistencial.

- Una plaza de aparcamiento público por cada 50 m² de superficie construida.

Page 82: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 81

- En suelo industrial no podrá superar dos tercios de la superficie del sector del que se trate.

En cuanto a la protección del medio ambiente , en la Ley del Suelo, se dicta que el planeamiento municipal asumirá como objetivo prioritario la protección del medio ambiente, su conservación y mejora, prestando especial atención a la utilización de los recursos naturales (el abastecimiento y depuración de aguas, tratamiento de residuos) en definitiva la integración del entorno con las construcciones.

La protección del entorno cultural en el art. 33 de la Ley 2/2001 en su primer

apartado se dice que las construcciones en los lugares próximos a los conjuntos históricos o declarados como tales deberán armonizar con el entorno, teniendo especial cuidado en cuanto a las alturas, volumen y los materiales exteriores.

En los conjuntos urbanos situados en áreas de paisaje abierto y natural y en las

inmediaciones de carreteras y caminos de trayectos de especial interés, se acentuarán las exigencias de adaptación al medio de las construcciones, no permitiéndose que la situación, masa, altura de los edificios, colores, …..limiten el campo visual para contemplar las bellezas naturales, rompan la armonía del paisaje o desfiguren la perspectiva del mismo.

En los conjuntos urbanos la tipología de las construcciones habrá de ser

consecuente con las características del entorno.

7.1.1.2 Régimen urbanístico del suelo

En el régimen legal autonómico del suelo se establecen tres clases de suelo: URBANO, URBANIZABLE, RÚSTICO.

La Ley autonómica confiere al planeamiento la legitimidad para establecer la

clasificación del suelo, éste se completa a través de las diferentes subcategoría de cuya concreción también se ha conferido al planeamiento.

CUADRO CLASES CATEGORÍAS SUELO EN LA LEY 2/2001

CONSOLIDADO URBANO NO CONSOLIDADO

DELIMITADO URBANIZABLE RESIDUAL (descartado por la ley del suelo posterior )

ESPECIAL PROTECCIÓN RÚSTICO PROTECCIÓN ORDINARIA

7.1.1.2.1 Las clases y categorías del suelo

SUELO URBANO

Page 83: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 82

La Ley del Suelo de Cantabria 2/2001 en su art. 95 se considera suelo urbano

a aquellos terrenos que estén en algunas de estas circunstancias: a). Los terrenos ya transformados que el Plan General incluya en esta clase de suelo por contar, como mínimo, con acceso rodado, abastecimiento de agua potable, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica; todo ellos, en términos que reglamentariamente se establezcan, integrado en una malla urbana de características adecuadas para servir a las construcciones y edificaciones que permitan el planeamiento. b). Aquellos terrenos que estén integrados en áreas edificadas en, al menos, la mitad de su superficie, siempre que al menos reúna tres de los cuatro requisitos siguientes: que tenga acceso rodado, abastecimiento de agua potable, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica. c). Los terrenos que, en ejecución del planeamiento hayan sido ya urbanizados de acuerdo con el mismo.

d). Los terrenos que, no contando con los requisitos legalmente establecidos para ser clasificados como suelos urbanos, sirven de soporte a un asentamiento de población singularizado que merezca una consideración específica en función de sus características morfológicas, tipología tradicional de las edificaciones, vinculación con la explotación racional de los recursos naturales o circunstancias de otra índole que manifiesten la imbricación racional del núcleo con el medio físico donde se sitúa. Tabla Informativa sobre núcleos del municipio de Meruelo que son susceptibles

de albergar suelo urbano.

NÚCLEOS ACCESO RODADO

ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE SANEAMIENTO SUMINISTRO

DE ENERGÍA

SAN MIGUEL √ √ √ √

SAN MAMÉS √ √ √ √

SAN BARTOLOMÉ √ √ √ √

Fuente: Elaboración propia a partir de información Ayuntamiento. Estos núcleos los definiremos en el presente documento como áreas urbanas,

a partir de las cuales la aprobación inicial del plan General definirá los límites del suelo urbano.

Page 84: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 83

• Suelo Urbano consolidado y no consolidado. Según el Art. 96 de la Ley del Suelo de Cantabria tendrán consideración de

suelo urbano consolidado y no consolidado. a). Tendrán la consideración de suelo urbano no consolidado los terrenos del suelo urbano que el Plan General defina expresamente como tales por resultar sometidos a procesos de urbanización, renovación o reforma interior, así como aquellos otros sobre los que el planeamiento prevea una ordenación sustancialmente distinta de la hasta entonces existente. b). El resto del suelo tendrá la consideración de suelo urbano consolidado.

En los municipios con una población menor de 1.000 hab. o 400 viv. No se

hace dicha diferenciación en el suelo urbano.

SUELO URBANIZABLE

Según el Art. 103 de la Ley del Suelo de Cantabria tendrán condición de suelo urbanizable:

- Aquellos terrenos que conforme al planeamiento general puedan ser objeto de transformación y no tengan la condición de suelo urbano o rústico. • Suelo urbanizable delimitado y residual . Según el Art. 104 de la Ley del Suelo de Cantabria tendrá consideración de

suelo urbanizable delimitado y residual: a). Se considerará suelo urbanizable delimitado los terrenos que el Plan General defina por considerarlos motivadamente de urbanización prioritaria para garantizar un desarrollo urbano racional. El Plan establecerá la condiciones concretas de ejecución de este tipo de suelo que será dividido en uno o varios sectores a efectos de su urbanización. b). Los terrenos que no sean incluidos por el Plan en la categoría a que se refiere el apartado anterior tendrán la consideración de suelo urbanizable residual.

El suelo urbanizable residual desaparece en la nueva Ley de Suelo, ya que el

suelo que no es urbano es rústico hasta que se desarrolle y se convierta en suelo urbano. La Ley 3/2012 de Cantabria que modifica la 2/2001, ya corrige esta situación para ajustarla en este aspecto a la Ley de Suelo.

SUELO RÚSTICO

El suelo rústico se regula en la Ley del Suelo de Cantabria 2/2001 y sus modificaciones según los artículos 108 al 116, en el primero se define el suelo rústico de especial protección, en el 109 el suelo rústico de protección ordinaria, el 110 trata

Page 85: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 84

sobre los derechos de los propietarios del suelo rústico, el 111 sobre las limitaciones de los propietarios, el 112 sobre el régimen del suelo rústico de especial protección, el 113 sobre el régimen del suelo rústico de protección ordinario, el 114 se refiere a las construcciones en suelo rústico, el 115 establece las competencias para autorizar construcciones, instalaciones y usos en el suelo rústico y el 116 establece el procedimiento para autorizar construcciones en este tipo de suelo.

• Suelo rústico de especial protección.

Tendrán la condición de suelo rústico de especial protección los terrenos en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a.- Que el régimen de usos previsto conforme a los planes y normas de ordenación territorial o a la legislación sectorial pertinente sea incompatible con su transformación mediante la urbanización en razón de sus valores paisajísticos, históricos, arqueológicos, científicos, ambientales, culturales, agrícolas, de riesgos naturales acreditados, o en función de su sujeción a limitaciones o servidumbres para la protección del dominio público.

Conforme a lo anterior podrá asignarse otra clasificación distinta a la de suelo rústico de especial protección a los suelos en los que concurra alguno de los valores o restricciones establecidos en el párrafo anterior, siempre que se sujeten a un régimen de usos que no menoscaben los valores que se quieren proteger, ni se desconozca el concreto régimen limitativo establecido en el planeamiento territorial o la legislación sectorial.

b.- Que sean clasificados como tales por los Planes Generales de Ordenación Urbana por estimar necesario preservarlos de su transformación urbana en atención a los valores genéricos a que se ha hecho referencia en el párrafo a) anterior, a sus riquezas naturales o a su importancia agrícola, forestal o ganadera.

• Suelo rústico de protección ordinaria

Tendrán la consideración de suelo rústico de protección ordinaria los terrenos que no reúnan los requisitos y características del apartado anterior, el Plan General les reconozca motivadamente tal carácter con objeto de preservarlos de las construcciones propias de las zonas urbanas y de su desarrollo urbano integral por considerarlo inadecuado en atención a alguna de las siguientes circunstancias:

- Las características físicas de la zona de la que se trate.

- La incompatibilidad con el modelo urbanístico y territorial adoptado. - La inconveniencia de actuaciones bruscas entre el suelo urbanizable y el suelo rústico de especial protección.

Page 86: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 85

- La preservación y el encauzamiento de las formas de ocupación del territorio y asentamientos no urbanos considerados desde la perspectiva y las exigencias del desarrollo sostenible.

Por otra parte el Plan General de Ordenación Urbana regulará el mantenimiento y mejora de la Red de Caminos rurales con el objetivo de convertirlos en espacios lúdicos aptos para la práctica de actividades al aire libre ( rutas a pie en bicicleta).

7.1.1.2.2 Elementos fuera de ordenación.

En el Art. 44 de la Ley del Suelo de Cantabria 2/2001, se establece que el PGOU determinará la relación de usos, edificios e instalaciones que se consideren fuera de la ordenación con criterios y objetivos que permitan su identificación correcta. Los edificios, instalaciones y usos del suelo que existan con anterioridad al plan y resulten disconformes con el mismo serán calificados como fuera de ordenación.

Asimismo, el Art.88 indica que salvo que el propio planeamiento indique otra

cosa, en los edificios que se declaren fuera de la Ordenación no se podrán realizar obras de consolidación, aumento de volumen, modernización e incremento de su valor de expropiación, aunque sí las pequeñas reparaciones que exigieren la higiene, el ornato y la seguridad física del inmueble. Dichos edificios podrán realizarse otro tipo de obras cuando a requerimiento de los propietarios el ayuntamiento levante acta previa en la que se recoja el estado, situación y valoración del edificio a efectos de expropiación y ésta sea aceptada expresamente por aquellos, debiéndose contemplar los Art. 200 y 202 de la ley del Suelo de Cantabria 2/2001.

7.1.1.2.3 Protección del medio natural

La adecuación del Plan a las figuras de protección del medio natural, patrimonio, infraestructuras, …. obligan al establecimiento de una clasificación del suelo contemplando diferentes rangos de ordenación.

La delimitación del suelo rústico atenderá a lo contemplado en el Art. 50 de la

Ley del Suelo de Cantabria 2/2001.

En los suelos rústicos de especial protección no estarán permitidas las construcciones, actividades y usos que impliquen la transformación de su naturaleza, aunque excepcionalmente se puedan autorizar, utilizando para ello, el Régimen Legislativo más restrictivo sea sectorial o del planeamiento urbanístico aplicable.

Para esta categoría de suelo rústico la Ley del suelo de Cantabria 2/2001, después de sus modificaciones, en el artículo 112, de régimen de Suelo rústico establece las siguientes determinaciones:

Page 87: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 86

• En el suelo rústico de especial protección estarán prohibidas las construcciones, instalaciones, actividades y usos que impliquen la transformación de su naturaleza y destino o infrinjan el concreto régimen limitativo establecido por el planeamiento territorial y la legislación sectorial. En los suelos rústicos especialmente protegidos incluidos en un ámbito regulado por instrumentos de planificación sectorial o territorial, el régimen de usos será el previsto en esos instrumentos, salvo que el planeamiento municipal establezca un régimen más restrictivo.

• En ausencia de previsión específica más limitativa que se incluya en la

legislación sectorial, así como en los instrumentos de planeamiento territorial o urbanístico que resulten aplicables, y en las condiciones que los mismos establezcan, en el suelo rústico de especial protección podrán ser autorizadas, con carácter excepcional, las siguientes construcciones, instalaciones, actividades y usos:

o Las que sean necesarias para las explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales y otras análogas, que guarden relación con la naturaleza, extensión y utilización de la finca, incluidas las viviendas de las personas que hayan de vivir y vivan real y permanentemente vinculadas a la correspondiente explotación. Cuando se trate de instalaciones dedicadas a la cría o cuidado de animales que no constituyan una explotación ganadera, excepcionalmente se podrá autorizar una vivienda para las personas que hayan de vivir real y permanentemente vinculadas a la misma, siempre que se trate de una actividad económica y la naturaleza y magnitud de las instalaciones y actividades lo demanden.

o Las que sean complementarias de las explotaciones a las que se refiere el párrafo a), teniendo esa consideración, entre otras, las que tengan por objeto la transformación y venta directa de los productos agrarios, así como las actividades turísticas, cinegéticas, artesanales, culturales, educativas, y cualesquiera otras complementarias de la actividad realizada en dichas explotaciones.

o Las que estén vinculadas a la ejecución, entretenimiento y servicio de obras públicas e infraestructuras.

o Las que sean consideradas de interés público o social por la Administración sectorial correspondiente.

o Aquellas en las que se lleven a cabo usos que fuera imprescindible ubicar en suelo rústico, bien por ser ése su normal ámbito de desarrollo, bien por ser inadecuado para ello el suelo urbano.

o Las actividades extractivas y las construcciones vinculadas a ellas, siempre que se trate de un suelo rústico especialmente protegido para esa finalidad.

o La ampliación de usos, instalaciones y construcciones cuya ubicación en suelo rústico sea imprescindible por ser la única clase de suelo adyacente en la que puede llevarse a cabo esta ampliación, adoptándose las medidas de integración paisajística adecuadas.

o Las obras de reconstrucción, restauración, renovación y reforma de edificaciones preexistentes, para ser destinadas a cualquier uso compatible con la legislación sectorial, así como con el planeamiento

Page 88: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 87

territorial y urbanístico, incluido el uso residencial, cultural, actividad artesanal, de ocio o turismo rural, siempre que no impliquen aumento de volumen.

Si las edificaciones preexistentes estuvieran incluidas en el Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico elaborado por el Ayuntamiento se permitirá la reconstrucción de las edificaciones catalogadas. Asimismo, se podrá ampliar la superficie construida hasta un veinte por ciento, para dotar a la edificación de unas condiciones de habitabilidad adecuadas y para servir al uso al que se destine, siempre que se conserven, restauren o mejoren los caracteres arquitectónicos que determinaron su inclusión en el Catálogo.

Si las edificaciones preexistentes no estuvieran incluidas en el Catálogo de Edificaciones en Suelo Rústico elaborado por el Ayuntamiento, por haber experimentado reformas que hubieran determinado la pérdida de los iniciales caracteres arquitectónicos de las edificaciones propias del entorno rural, se podrá tramitar por el procedimiento del artículo 116 de esta Ley la autorización de obras de restauración, renovación y reforma que lleven aparejada la ampliación de la superficie construida hasta un veinte por ciento, para dotar a la edificación de unas condiciones de habitabilidad adecuadas y para servir al uso al que se destine, siempre que, como consecuencia de las obras, se recuperen los caracteres iniciales de la edificación, y condicionando la autorización a que con carácter previo al otorgamiento de la licencia municipal el Ayuntamiento modifique el Catálogo para incluir dicha edificación.

En todos los casos, si la edificación tuviera características arquitectónicas relevantes, la intervención que se autorice no podrá alterarlas.

• Para autorizar las construcciones y usos a los que se refiere este artículo, se tendrá en cuenta el carácter tasado de la excepción y el principio de que las construcciones autorizables no lesionen de manera importante o sustancial el valor que fundamentó la clasificación del suelo como especialmente protegido.

Para regular lo señalado en el apartado anterior en el municipio de Meruelo se van a establecer varios niveles de protección, uno de protección ordinaria y el resto como Suelo Rústico de Especial Protección.

Los usos característicos de esta clase de suelos son:

• Agrícola- ganadero que no requiere de edificación. • Aprovechamiento forestal. • Instalaciones complementarias a investigaciones del medio natural, las

destinadas al disfrute del mismo y servicios turísticos, además de las infraestructuras necesarias en suelo rústico.

Se promoverá la rehabilitación y mejora del patrimonio cultural y arquitectónico, incluyendo su cambio de uso y la conservación de las instalaciones, infraestructuras y servicios públicos. Además, se permitirá la construcción de instalaciones públicas de

Page 89: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 88

espacios libres, lúdicas y deportivas, así como las instalaciones necesarias para las explotaciones ganaderas y que tengan relación con la actividad en cuestión.

7.1.2 Influencia de las Normas Urbanísticas Regiona les

Las Normas Urbanísticas Regionales (NUR) son un instrumento de ordenación territorial creado en el marco de la Ley 2/2001 de Cantabria, siendo de aplicación directa en los municipios sin planeamiento y teniendo carácter complementario para el resto de los municipios de Cantabria.

Las NUR nacieron con el objetivo de conservar y mantener la integridad territorial de Cantabria, marcando unos criterios de clasificación y actuación en terrenos rústicos y urbanos, estableciendo parámetros de edificación, orientando la intervención urbanística fijando tipologías constructivas, volúmenes, alturas, plantas, ocupaciones, distancias a colindantes y caminos, materiales, revestimientos, vegetación y demás circunstancias urbanísticas de diseño, incorporando además medidas de conservación de recursos naturales, medioambiente y patrimonio cultural.

El Plan General de Ordenación Urbana de Meruelo compartirá los criterios de clasificación y actuación del territorio y tendrá en consideración los parámetros de edificación que propone de tal forma que el municipio mantenga una coherencia con la planificación del resto del territorio y se preserve el objetivo principal de las Normas Urbanísticas Regionales, sin olvidar los parámetros existentes hasta el momento.

7.2 LEGISLACIÓN SECTORIAL

En la ordenación integral del territorio conviven además de los Planes Generales de Ordenación Urbana, otras normativas de carácter sectorial que debemos de tener en cuenta.

La Ley del Suelo de Cantabria 2/2001 establece en el Art. 30.4 que “La aplicación de la legislación urbanística y el planeamiento que la desarrolle ha de tener en consideración la legislación sectorial, estatal o autonómica, que resulte en cada caso aplicable; en especial la referente al régimen de la aguas, las costas, los puertos, las carreteras, los espacios naturales protegidos y el patrimonio histórico".

Esta incidencia de la legislación sectorial aparece a veces bajo la forma de informe vinculante, de obligatoria incorporación para el planeamiento, de manera supletoria o subsidiaria... etc. Lo anterior se pone de evidencia en el artículo 190 b) que prevé que “Cuando sean preceptivos los informes o autorizaciones de otras Administraciones, el Ayuntamiento les remitirá el expediente para que se resuelva en el plazo máximo de dos meses…”. Además la influencia de la legislación sectorial se deja notar también en los plazos legalmente previstos para la concesión de licencias, los cuales quedan ampliados en un mes más, artículo 191 2 de la Ley 2/2001.

A continuación, se expone un resumen de las más importantes

Page 90: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 89

7.2.1 Aguas

En materia de Aguas deberemos tener presentes varias Leyes, Directivas y Reales Decretos además del RD 849/1986 modificado por el RD 9/2008 anteriormente referido, siendo entre otras, las siguientes:

• Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, y sus modificaciones.

• Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII Y VIII del texto refundido de la Ley de Aguas, y sus modificaciones, como el R.D. 9/2008, de 11 de enero.

• Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación.

• Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de los riesgos de inundación.

• Real Decreto 399/2013 de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental.

• Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.

• Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, parcialmente modificada por Ley 11/2005, de 22 de junio.

• Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, modificado por el RD 907/2007, de 6 de julio, que aprueba el Reglamento de Administración Pública del Agua y Planificación Hidrológica.

El artículo 25.4 del Real Decreto Legislativo 1/2001 de 20 de julio regula que las Confederaciones Hidrográficas emitirán informe previo, en el plazo y supuestos que reglamentariamente se determinen, sobre los actos y planes que las Comunidades Autónomas hayan de aprobar en el ejercicio de sus competencias, entre otras, en materia de medio ambiente, ordenación del territorio y urbanismo. Además el artículo 128 contiene el mandato legal de que la Administración General del Estado, las Confederaciones Hidrográficas, las Comunidades Autónomas y las Entidades locales se coordinen en cuanto a las competencias concurrentes sobre el medio hídrico con incidencia en la ordenación territorial, etc.

7.2.2 Carreteras

En cuanto a carreteras, habrá que observar la legislación autonómica, dado que el municipio de Meruelo nos encontramos con la CA- 147, CA-452, CA-454, CA-455, CA- 456.

La vigente Ley 5/1996 de 17 de diciembre de Carreteras de Cantabria, cuyo objetivo es la ordenación y defensa de las carreteras de la red autonómica, exige por un lado la solicitud de informe preceptivo en cualquier caso de revisión, redacción, o modificación de un instrumento de planeamiento y por otro respetar los limites

Page 91: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 90

previstos para el uso y edificación del suelo en los cuales define lo permitido y lo prohibido, precisando hasta donde alcanza la zona de dominio público (una franja de terreno complementaria a cada lado de la carretera de 3 metros de anchura), y la zona de protección (una franja de terreno a cada lado de la carretera, delimitada interiormente por la zona de dominio público y exteriormente por dos líneas paralelas a las aristas exteriores de la explanación, a una distancia de 18 metros para primarias, 14 para secundarias y 10 para locales).

Las servidumbres de carreteras consistirán en una zona de protección delimitada interiormente por una zona de dominio público, y exteriormente por una paralela a la arista exterior de la explanación a una distancia de dieciocho metros para carreteras primarias, catorce metros para las secundarias y diez para las locales, medidos en horizontal, perpendicularmente al eje de la carretera. La referida paralela constituye al mismo tiempo la línea de edificación. En tramos urbanos preexistentes dicha distancia se podrá reducir en virtud de lo señalado en el artículo 24.2. de la Ley 5/1996.

7.2.3 Zona de servicio aeroportuario o espacios suj etos a servidumbres en virtud de la Ley de Navegación Aére a

A continuación se incluye normativa sectorial aplicable al PGOU de Meruelo por incluir una zona de servicio aeroportuario o espacios sujetos a servidumbres aeronáuticas o acústicas establecidas o a establecer para preservar las competencias estatales en materia aeroportuaria:

• Ley 48/60, de 21 de julio (B.OE. nº 176, de 23 de julio) sobre Navegación Aérea, modificada por la Ley 55/99 sobre Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, de 29 de diciembre (B.O.E. nº 312, de 30 de diciembre).

• Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea (B.O.E. nº 162, de 8 de julio).

• Artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social (B.O.E. nº 315, de 31 de diciembre).

• Decreto 584/72, de 24 de febrero (B.O.E. nº 69, de 21 de marzo) de servidumbres aeronáuticas, modificado por el Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto (B.O.E. nº 204, de 25 de agosto), y por el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril (B.O.E. nº 118, de 17 de mayo)

• Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, de Ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio (B.O.E. nº 292, de 7 de diciembre) modificado por el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril (B.O.E. nº 118, de 17 de mayo)

• Real Decreto 1844/2009, de 27 de noviembre, por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Santander (B.O.E. nº 25, de 29 de enero de 2010).

• Orden FOM/2384/2010, de 30 de junio, (B.O.E. nº 223, de 14 de septiembre) por la que se aprueba el Plan Director del Aeropuerto de Santander.

Page 92: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 91

Además, en cuanto a las servidumbres aeronáuticas, la normativa aplicable y los criterios de referencia son los establecidos conforme a la Ley 48/60, de 21 de julio (B.O.E. nº 176, de 23 de julio) sobre Navegación Aérea, y Decreto 584/72 de 24 de febrero (B.O.E. nº 69, de 21 de marzo) de servidumbres aeronáuticas, por el Real Decreto 1189/2011, de 19 de agosto (B.O.E. nº 204, de 25 de agosto), y por el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril (B.O.E. nº 118, de 17 de mayo), Real Decreto 1844/2009, de 27 de noviembre, por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Santander (B.O.E. nº 25, de 29 de enero de 2010), y propuesta de servidumbres aeronáuticas contenidas en el Plan Director de Aeropuerto de Santander aprobado por Orden FOM/2384/2010, de 30 de junio, (B.O.E. nº 223, de 14 de septiembre), definidas en base al Decreto de servidumbres aeronáuticas y los criterios vigentes de la Organización de Aviación Civil Internacional (O.A.C.I.)

7.2.4 Evaluación ambiental

La Ley de Cantabria 5/2002 de 24 de julio, de Medidas Cautelares Urbanísticas en el ámbito del litoral regula el sometimiento de los instrumentos de planeamiento a evaluación de impacto medioambiental. En este sentido, se establece que:

- los instrumentos de planificación territorial y urbanística que establezcan el marco para la autorización en el futuro de proyectos enumerados en los Anexos I y II de la Directiva 85/337/CEE deberán “obtener con carácter previo a su aprobación provisional el preceptivo instrumento de evaluación medioambiental que, una vez finalizado el trámite de información pública, deberá emitirse por la autoridad ambiental en el plazo previsto en la legislación específica o, en su defecto, en el general de la legislación del procedimiento administrativo común”.

Lo anterior estaba referido al contenido de lo previsto en el Decreto 50/1991 de 29 de abril, de Evaluación del Impacto Ambiental para Cantabria, sustituido por la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado. Además, la propia Ley del Suelo de Cantabria (LOTRUSCAN) 2/2001 de 25 de junio, exige en el artículo 69.2 que antes de la aprobación provisional el Plan deberá haber obtenido el instrumento de evaluación de impacto ambiental previsto en la legislación sectorial. Además, la legislación sobre Patrimonio, Ley 11/1998 de 13 de octubre y su Decreto de desarrollo 36/2001 de 2 de mayo regula que la Consejería de Cultura y Deporte habrá de ser informada de los planes, programas y proyectos, tanto públicos como privados, que por su incidencia sobre el territorio puedan implicar riesgos de destrucción o deterioro del Patrimonio Cultural de Cantabria.

Posteriormente se han aprobado por un lado la Ley 9/2006 de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, normativa de rango estatal por un lado, y, por otro, como ha sido referido anteriormente, la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, leyes que recogen de forma clara la regulación de los procedimientos y

Page 93: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 92

actos a seguir en lo que se refiere a la materia medioambiental en su relación con el planeamiento urbanístico municipal modificando el procedimiento anterior.

La Ley de Control Ambiental Integrado establece en sus artículos 25 y 26 que un instrumento de planeamiento y ordenación urbanística como un Plan General de Ordenación Urbana, incluido en el apartado B1 del anejo B de la propia ley, deberá someterse a un procedimiento de evaluación ambiental que se llevará como pieza separada del previsto, para la elaboración y aprobación del propio Plan, y que se terminará antes de que esta última tenga lugar. En todo caso, se indica que el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) se elaborará “con anterioridad a la aprobación inicial del plan sobre la base de los presupuestos iniciales y orientaciones conocidos de éste”, debiendo someterse, pues, el propio avance de planeamiento al citado procedimiento de evaluación.

7.2.5 Montes

La ordenación del territorio estará también supeditada a la existencia de montes catalogados, montes protegidos y el resto de terrenos forestales deberá tenerse en cuenta el Art. 39 de la Ley de Montes 43/2003, del 21 de noviembre, el cual regula los instrumentos de planeamiento cuando afecten a terrenos forestales, requiriéndose el informe preceptivo de la Administración forestal competente cuando se trate de montes catalogados o protegidos.

Se atenderá a lo dispuesto en la Ley 6/1984, de 29 de octubre, sobre Protección y Fomento de las Especies Forestales Autóctonas.

Así, cuando sea preciso por la naturaleza de las actividades previstas, se debe estar a lo dispuesto en toda la normativa sectorial competencia de la Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza en materia de montes, espacios naturales protegidos, especies protegidas, caza y pesca:

• Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes • Ley de Cantabria 4/2006, de 19 de mayo, de Conservación de la

Naturaleza • Ley de Cantabria 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria • Ley de Cantabria 3/2007, de 4 de abril, de Pesca en Aguas

Continentales • Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la

Biodiversidad

7.2.6 Patrimonio

El municipio de Meruelo cuenta con amplia riqueza arquitectónica religiosa y civil como La Casona de Meruelo y que ha sido incluido como Bien Inventariado.

La relación de este patrimonio obliga a que en la redacción del Plan se tenga en cuenta el Artículo 56 de la Ley de Cantabria 11/1998 de 13 de octubre del Patrimonio Cultural de Cantabria y el Decreto 36/2001 de 2 de mayo que desarrolla lo

Page 94: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 93

anterior, para que en el supuesto de los instrumentos urbanísticos que afecten a B.I.C, B.I.L o sus entonos, se cuente con un informe previo vinculante de la Consejería de Cultura.

7.2.7 Supresión de barreras arquitectónicas

En el artículo 4 de la Ley de Cantabria 3/1996 de 24 de Septiembre de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de comunicación se recoge que la planificación y urbanización de las vías públicas, de los parques y de los demás espacios de uso público deberá realizarse de forma que resulten accesibles para todos los ciudadanos, especialmente para aquellos que sufren algún tipo de discapacidad, aunque en la actualidad prima lo dispuesto en la Orden VIV/561/2010 por la que se desarrolla el Documento Técnico de Condiciones Básicas de Accesibilidad y No Discriminación para el Acceso y Utilización de los Espacios Públicos Urbanizados, de carácter estatal.

7.2.8 Telecomunicaciones

En el artículo 26 de la Ley 32/2003 General de Telecomunicaciones, de 3 de Noviembre se contempla que en los órganos encargados de la redacción de los diferentes instrumentos de planificación territorial o urbanística deberán recabar de la Administración General del Estado un informe sobre las necesidades de redes públicas de comunicación electrónica en el ámbito territorial al que pertenezcan.

Según dicha Ley en los instrumentos de planificación territorial y urbanística deberán recoger las necesidades de redes públicas de comunicación electrónica contenidas en los informes emitidos por el Ministerio de Ciencia y Tecnología para garantizar las condiciones de competencia efectiva en el sector.

Page 95: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

8 ORDENACIÓN

Page 96: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 95

8 ORDENACIÓN La redacción de un nuevo PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA, que

es el documento más importante de planeamiento a nivel municipal, se realiza para la consecución, durante los años próximos, de una serie de fines y objetivos de desarrollo del territorio del término municipal. Se trata de establecer un modelo específico de los usos a los que se destinará el suelo, después de haber definido una estructura urbana según la estrategia adoptada. El Plan regulará así, entre otras cosas, los usos del suelo, las edificaciones, las tipologías de las nuevas construcciones y las rehabilitaciones de las deterioradas salvaguardando los valores tradicionales.

Para poder establecer una línea estratégica de ordenación es imprescindible

poseer un conocimiento previo de todo el territorio del municipio habiendo detectado los puntos débiles a paliar y las oportunidades que presenta.

El municipio de Meruelo presenta un importante carácter terciario, debiendo

mencionar también su sector de la construcción, que aunque no esté atravesando el mejor momento, es relevante. Desde una visión de futuro, conociendo la situación actual, se intenta adecuar la ordenación del territorio de tal forma que generen una mayor calidad del medio tanto natural como antrópico, donde las actividades que se creen tengan el suficiente atractivo mejorando tanto la actividad social como económica.

En la actualidad la tendencia es sustituir los usos tradicionales en la edificación

interrelacionados con el medio natural, por otro tipo de ocupación vinculada también a los visitantes o población estacionaria que lo podrían disfrutar. Por este motivo el planeamiento debe buscar y ordenar nuevos emplazamientos que armonicen con el medio rural en el que se asientan.

En todo el proceso realizado se debe ser muy cuidadoso con las cuestiones de

carácter general y la toma de decisiones para así crear un marco legal adecuado para las intervenciones actuales y futuras que nos lleven hacia un municipio más estable, poblacional y económicamente más dinámico.

8.1 OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS

El objetivo principal de todo Plan General de Ordenación Urbana debe ser el de mejorar la calidad de vida en el municipio, lograr un desarrollo sostenible del mismo.

8.1.1 Desarrollo Sostenible

El Plan General de Ordenación Urbana de Meruelo debe asumir las tareas de desarrollo de la trama urbana establecidas en la Ley del Suelo de Cantabria 2/2001 y sus modificaciones, observando en cada momento las características del municipio en su contexto ambiental, procurando satisfacer sus necesidades sin hipotecar las de generaciones futuras.

Page 97: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 96

Las reservas de suelo previstas en el vigente planeamiento aún no se han

agotado pero aún así el nuevo PGOU amplía las previsiones de suelo en el municipio para el desarrollo económico y social, especialmente en lo relativo al acceso a vivienda y turismo.

La evolución de la población en el municipio de Meruelo, tal y como se observa

en el documento de estudios previos, presenta un crecimiento muy importante, sobretodo la población estacionaria, hecho que, junto a la dinámica del momento, influyó en la creación de nuevas viviendas en el municipio, tal y como sucede en otros municipios limítrofes de características similares.

Visados 1997-2001 Población Absoluta Obra

Nueva Totales Año 1996 Año 2001

Meruelo 182 452 955 1.125 Castro Urdiales 6.318 12.044 15.146 20.959

Resto de Comarca 5 9.519 16.638 37.896 47.214 TOTAL 16.019 29.134 53.997 69.298

FUENTE: Elaboración propia a partir NUR y Ayuntamiento de Meruelo. El dinamismo inmobiliario en Meruelo tuvo un crecimiento muy importante. La

implantación de nuevas actividades económicas y el aprovechamiento de la actividad turística de los municipios limítrofes costeros, ha propiciado un importante crecimiento de las licencias de obra mayor. Las cifras absolutas en Meruelo distan de las de otros municipios costeros como es el caso de Castro, Noja, Laredo o Santoña donde la construcción de la Autovía de Cantábrico ha propiciado aún más la proximidad a la C.A. vasca generando una importante demanda de vivienda secundaria. El momento actual difiere del momento en el que se realizó el documento de Avance del Plan, en el que las previsiones de crecimiento se fundamentaban en el análisis de lo acontecido hasta entonces. Dichas previsiones habrán de ser actualizadas, ya que tal y como sabemos, el momento y la situación ha variado mucho desde entonces.

Para concluir cabe justificar la necesidad de un nuevo marco legal para el

desarrollo. Normalmente el planeamiento general establece los límites de las áreas urbanas, áreas urbanizables y áreas no urbanizables o rústicas. En este municipio por sus propias características urbanísticas la ampliación de suelo edificable se va a realizar aumentando el suelo urbanizable y permitiendo determinados usos y edificaciones fundamentalmente en el suelo rústico de protección ordinaria, protegiendo especialmente aquellos espacios que por su calidad ambiental así lo requieran. Meruelo no está afectado por ningún Plan Ordenación de los Recursos Naturales pero por factores de interterriotalidad debemos mencionar la cercanía de las Reserva Natural de las marismas de Santoña, Victoria y Joyel.

5 Formada por los municipios siguientes: Ampuero, Argoños,Arnuero, Bárcena de Cicero, Bareyo,Colindres, Escalante,

Guriezo,, Hazas de Cesto, Laredo, LIenso, Limpias, Noja, Santoña y Voto.

Page 98: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 97

Así pues, pretendemos diseñar un planeamiento que regule el crecimiento urbano de Meruelo a corto y medio plazo. La ordenación de suelo rústico que no esté clasificado como de especial protección se reservará para permitir ampliación en futuras revisiones del planeamiento.

8.1.2 Objetivos en Suelo Urbano

• Rehabilitar los espacios en proceso de degradación o degradados adoptando medidas o pautas de desarrollo sostenible entendiendo como tal aquellas que aseguran una reducción del impacto ambiental originado manteniendo la imagen del núcleo rural tradicional.

• Cuidar el patrimonio cultural existente manteniendo y mejorando la calidad de

los conjuntos urbanos. • Dotar tanto a la Administración Pública como a los ciudadanos de mayor

seguridad jurídica actualizando la normativa. • Mejorar y aumentar los servicios y equipamientos que ofrece el municipio. • Conseguir una concentración de la población en los núcleos existentes y evitar

la formación de nuevos.

8.1.3 Objetivos en Suelo Rústico

• Proteger el medio natural conservando los valores paisajísticos y ambientales que lo caracterizan.

• Evitar la dispersión de los núcleos así como la alteración de su morfología

tradicional. • Adecuar la normativa a la vigente Ley del Suelo de Cantabria 2/2001, sus

modificaciones, y al Plan de Ordenación del Litoral 2/2004.

8.1.4 Desarrollo del suelo del término municipal

El Plan General de Ordenación Urbana dividirá sus actuaciones urbanísticas en tres zonas:

• Áreas urbanas existentes: incidiendo en la rehabilitación de las edificaciones, permitiendo el cambio de uso y conservando la morfología ya existente, siendo, en caso de nuevas edificaciones, muy respetuosos con el entorno.

• Áreas de ampliación: situadas entorno a las áreas urbanas ya

existentes, en las que se procederá con los mismos criterios que en las

Page 99: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 98

áreas urbanas, adecuando las edificaciones al entorno rural en el que se localizan.

• Áreas a proteger: zonas formadas por terrenos a preservar por sus

características intrínsecas.

8.1.5 Los ámbitos de clasificación de los usos sobr e el territorio

En la memoria de información de este Plan General se refleja el carácter terciario de estos núcleos, que han dejado de ser rurales aunque guardan cierta morfología urbana tradicional. Se pretende detallar todos los agentes que intervienen en los procesos sobre el territorio, instrumentalizando las políticas y técnicas adecuadas para atraer un mayor dinamismo económico, respetando la organización tradicional del territorio.

Por ello, por su situación geográfica, por sus características poblacionales y

económicas, el desarrollo de este municipio se centra en la explotación del sector turístico y a las actividades complementarias a éste, sin olvidar la actividad productiva mediante la ampliación del área industrial del municipio. Con la construcción de la Autovía del Cantábrico y la cercanía a áreas de gran valor natural (Reserva Natural de Santoña) y cultural se establecieron un mayor número de oportunidades de visita a esta zona. Esto podría repercutir en la rehabilitación y construcción de nuevas viviendas secundarias para su uso residencial y en la rehabilitación de edificios singulares para su posterior uso como alojamiento rural, con el consiguiente beneficio para la economía local.

Las líneas de trabajo serían las siguientes:

• En los territorios consolidados con el modelo tradicional vigente mejorar los equipamientos, y reurbanizar las áreas más degradadas.

• Adecuación y señalización de los recursos paisajísticos, trazado y

señalización de rutas. • Atraer agentes (públicos en un primer momento) para la puesta en valor

sobre el territorio de otros sectores compatibles económicamente con el medio.

• Búsqueda de suelo para la construcción de vivienda protegida • Creación de una infraestructura general adecuada.

Las nuevas actuaciones deben de estar orientadas a la implantación de nuevos usos compatibles con el carácter tradicional de estos núcleos para conseguir que este municipio pueda elevar su dinamismo económico, y que compatibilice su carácter ganadero y productivo con el turístico.

Page 100: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 99

8.1.6 Estrategias de ordenación

Los objetivos planteados concretan las pautas para definir un modelo de ordenación, sirven directamente para establecer las bases y estrategias a seguir para que, mediante el modelo de ordenación propuesto en el municipio Meruelo, se alcance el objetivo principal: aumentar la calidad de vida existente en el mismo logrando un desarrollo sostenible.

El modelo de ordenación a desarrollar se basará fundamentalmente en lo

siguiente:

• Lograr un equilibrio entre el medio ambiente y los asentamientos humanos, relacionando así el tejido urbano de los núcleos con su entorno desde una visión global del conjunto territorial.

• Proteger el medio natural establecido en la legislación, trasladando al PGOU

las figuras de protección aplicables según las características del territorio, consiguiendo mediante un equilibrio ambiental la conservación del medio.

• Adecuar determinadas zonas de uso y dominio público con un determinado

interés paisajístico y ambiental para su utilización como espacios de uso recreativo o ligados al ocio y turismo aprovechando los recursos naturales de la zona de tal forma que su conservación sea fundamental porque conlleva una serie de beneficios al municipio.

• Coordinación con el planeamiento de los municipios con los que limita. • Ejecución de los nuevos desarrollos orientados hacia la compactación de los

núcleos mediante una arquitectura y urbanismo de calidad, estableciendo medidas puntuales de protección y conservación de edificios y realizando una distribución lógica de los usos del suelo.

• Reforzar las dotaciones, incrementando su número y mejorando las existentes. • Estudio de las potencialidades de la red estatal viaria, autovía del Cantábrico y

la conectividad y accesibilidad a la red viaria y ferroviaria existente, pudiendo así establecer las necesidades y oportunidades que esto plantea para el municipio.

• Adecuación y señalización de los recursos paisajísticos, trazado y señalización

de rutas. • Concienciar y sensibilizar a la población de las nuevas medidas a tomar para la

consecución de un adecuado desarrollo de la zona, y lograr una verdadera vertebración social de los espacios en la que todos los sectores estén articulados.

Page 101: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 100

8.2 PROPUESTA DE ORDENACIÓN

El municipio de Meruelo es un término municipal pequeño y aunque pueda parecer que las opciones de ordenación que se presentan son limitadas, es necesario hacer una evaluación de las mismas para elegir la que se considere más adecuada a la hora de alcanzar los objetivos pretendidos.

8.2.1 Alternativas de ordenación

Una vez estudiado el territorio municipal y su entorno, clasificado el suelo municipal siguiendo las determinaciones de la Ley 2/2001 de Cantabria y sus modificaciones, se plantearon varias alternativas de ordenación, que se enumeran y se describen someramente a continuación. Para todas ellas el tratamiento del suelo rústico se basa en que se clasificarán como suelo rústico aquellos terrenos sometidos a algún régimen de especial protección o a limitaciones de uso para la protección del dominio público, así como aquellos terrenos que el Plan General considere necesario preservar bien por sus valores paisajísticos, históricos, arqueológicos, científicos, ambientales, culturales, naturales, agrícolas, forestales o ganaderos, o por hallarse sometidos a riesgos naturales; bien por considerar que no deben contener construcciones propias de las zonas urbanas; y se dividirá en suelo rústico de especial protección y suelo rústico de protección ordinaria, estableciendo una serie de categorías para las que se determinarán unos usos y construcciones permitidas en función de sus propias características y de los valores a preservar.

Alternativa 0 : Ordenación existente tras el desarrollo de la normativa vigente.

El suelo rústico se divide en suelo no urbanizable genérico o suelo rústico de protección ordinaria, suelo no urbanizable de protección de infraestructuras o suelo rústico de protección de infraestructuras, zona suroeste del municipio, y suelo no urbanizable de protección paisajística o suelo rústico de protección paisajística, con una pequeña franja localizada al norte del municipio, otra al sur-oeste y otra al este.

El suelo urbano se divide en varias zonas:

• residencial mixto, en el que se puede ejecutar bloque aislado, o edificación unifamiliar aislada, pareada o en hilera, localizado en los núcleos pre-existentes: San Mamés y San Miguel

• residencial unifamiliar, pudiendo desarrollar edificación aislada, pareada o en hilera, a las afueras de los núcleos.

• residencial abierta, permitiendo el desarrollo de la tipología de bloque aislado, situada en la zona este de San Miguel

Page 102: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 101

• residencial de baja densidad, unifamiliar aislada, localizada en las zonas exteriores de los núcleos, denominada también como suelo apto para urbanizar.

• Residencial unifamiliar en parcela aislada, correspondiendo al suelo desarrollado de la urbanización San Mamés, urbanización aislada sin continuidad con el núcleo al que pertenece.

• industrial, con edificación sobre alineación de calle o edificios aislados, determinando tres zonas: una al oeste del núcleo de San Miguel, otra al sur del mismo núcleo junto a la carretera que va hacia San Bartolomé, y una tercera localizada en San Mamés, junto a la carretera Beranga-Noja.

• equipamiento y servicios públicos, distribuidos por los núcleos existentes, concentrándose en San Miguel de Meruelo, el mayor de los tres.

• parques y jardines públicos, localizados en el núcleo de San Miguel.

El suelo urbanizable de desarrollo mediante plan parcial se localiza únicamente en una zona junto al espacio deportivo y zona industrial de la carretera que un San Miguel de Meruelo con San Bartolomé, al sur del arroyo Cantarranas.

Alternativa 1 : Ordenación propuesta 1

El suelo rústico se divide varias categorías de protección atendiendo a las categorías establecidas por el POL, dejando como suelo rústico de protección ordinaria el calificado como suelo de modelo tradicional, suelo de protección forestal el suelo de ordenación ecológica forestal, suelo de protección de ribera el suelo de protección intermareal y el de protección de riberas, suelo de protección litoral el así denominado y suelo de protección ecológica el así calificado en el Plan de ordenación del Litoral. El suelo que el POL excluye por ser urbano o tener planes parciales aprobados, pero que no cumple con los requisitos para ser considerado suelo urbano según la Ley 2/2001, será suelo urbanizable, o suelo rústico de protección de ribera junto a los ríos. Además se establece la protección de suelo rústico especialmente protegido de infraestructuras para los espacios que ocupan los sistemas generales de viario y la zona del vertedero.

La ordenación propuesta para el suelo urbano y suelo urbanizable de los núcleos de Meruelo está basada en respetar el modelo tradicional existente compactándolos mediante edificación residencial fundamentalmente, conservando espacios para equipamientos y dotaciones. El suelo urbano delimitado por la aplicación de la Ley 2/2001 se divide en varias zonas:

• residencial mixto, en el que se puede ejecutar bloque aislado, o edificación unifamiliar aislada, pareada o en hilera, localizado en los

Page 103: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 102

núcleos pre-existentes, coincidiendo básicamente con las zonas así calificadas en las NNSS de 1999

• residencial unifamiliar 1, pudiendo desarrollar edificación aislada, pareada o en hilera, a las afueras de los núcleos.

• residencial abierta, permitiendo el desarrollo de la tipología de bloque aislado, situada en la zona este de San Miguel correspondiéndose con las zonas así calificadas en las NNSS de 1999

• residencial unifamiliar 2, unifamiliar aislada, localizada en las zonas exteriores del núcleo de San Miguel y zona de Villanueva

• Residencial unifamiliar 3, en el que se permite el desarrollo de vivienda unifamiliar aislada, correspondiendo al suelo desarrollado de la urbanización San Mamés, urbanización aislada sin continuidad con el núcleo al que pertenece.

• industrial, con edificación sobre alineación de calle o edificios aislados, determinando dos zonas: una al oeste del núcleo de San Miguel y otra localizada en San Mamés, junto a la carretera Beranga-Noja, correspondiéndose con dos de las planteadas en las NNSS de 1999.

• equipamiento y servicios públicos, distribuidos por los núcleos existentes, concentrándose en San Miguel de Meruelo, el mayor de los tres, aunque se ejecuten los propios equipamientos locales en los terrenos que se obtengan mediante la cesión obligatoria por el desarrollo de los suelos urbanos no consolidados.

• parques y jardines públicos, pre-existentes y los propios espacios libres que resulten de las cesiones obligatorias por el desarrollo de los suelos urbanos no consolidados.

Se plantean varias zonas de suelo urbanizable , una ampliación hacia el sur del suelo industrial localizado al oeste de San Miguel y una zona junto al urbano productivo de San Mamés, que no posee las características para ser considerado suelo urbano, y crecimiento residencial mediante la tipología de vivienda unifamiliar aislada, similar a la residencial unifamiliar 2 del suelo urbano para prácticamente todas las zonas excluidas por el POL pero que todavía no son urbanas, salvo las localizadas junto a las calificadas como residencial abierta en las que se plantea la posibilidad de ordenar la zona combinando las tipologías de residencial abierta, unifamiliar asilada, pareada o en hilera, disminuyendo la densidad según nos acercamos al suelo protegido.

Alternativa 2 : Ordenación propuesta 2

El suelo rústico se divide varias categorías de protección atendiendo a las categorías establecidas por el POL, pero particularizándolas para el municipio de Meruelo. El suelo calificado como modelo tradicional de POL se

Page 104: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 103

clasifica como suelo de protección ordinaria o suelo de protección agroepecuaria siguiendo las orientaciones del estudio de capacidad agroecológica de los suelos de Cantabria; suelo de protección forestal el suelo de ordenación ecológica forestal; suelo de protección de ribera el suelo de protección intermareal y el de protección de riberas, junto con los suelos excluidos por el POL por los que pasan los ríos o tienen vegetación de ribera, además de las zonas claramente inundables; suelo de protección litoral el así denominado y suelo de protección ecológica el así calificado en el Plan de ordenación del Litoral. Las carreteras autonómicas y la zona del vertedero recalifican como suelo de protección de infraestructuras. Parte del suelo excluido por el POL por formar parte de los núcleos de población pasa a ser suelo rústico de protección ordinaria y otra parte se considera suelo urbanizable.

La ordenación propuesta para el suelo urbano y suelo urbanizable de los núcleos de Meruelo está basada en respetar el modelo tradicional existente compactándolos mediante edificación residencial fundamentalmente, conservando espacios para equipamientos y dotaciones. El suelo urbano delimitado por la aplicación de la Ley 2/2001 se divide en esta alternativa del mismo modo que en la alternativa anterior:

• residencial mixto, en el que se puede ejecutar bloque aislado, o edificación unifamiliar aislada, pareada o en hilera, localizado en los núcleos pre-existentes, coincidiendo básicamente con las zonas así calificadas en las NNSS de 1999

• residencial unifamiliar 1, pudiendo desarrollar edificación aislada, pareada o en hilera, a las afueras de los núcleos.

• residencial abierta, permitiendo el desarrollo de la tipología de bloque aislado, situada en la zona este de San Miguel correspondiéndose con las zonas así calificadas en las NNSS de 1999

• residencial unifamiliar 2, unifamiliar aislada, localizada en las zonas exteriores del núcleo de San Miguel y zona de Villanueva

• Residencial unifamiliar 3, en el que se permite el desarrollo de vivienda unifamiliar aislada, correspondiendo al suelo desarrollado de la urbanización San Mamés, urbanización aislada sin continuidad con el núcleo al que pertenece.

• industrial, con edificación sobre alineación de calle o edificios aislados, determinando dos zonas: una al oeste del núcleo de San Miguel y otra localizada en San Mamés, junto a la carretera Beranga-Noja, correspondiéndose con dos de las planteadas en las NNSS de 1999.

• equipamiento y servicios públicos, distribuidos por los núcleos existentes, concentrándose en San Miguel de Meruelo, el mayor de los tres, aunque se ejecuten los propios equipamientos locales en los

Page 105: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 104

terrenos que se obtengan mediante la cesión obligatoria por el desarrollo de los suelos urbanos no consolidados.

• parques y jardines públicos, pre-existentes y los propios espacios libres que resulten de las cesiones obligatorias por el desarrollo de los suelos urbanos no consolidados.

Se plantean varias zonas de suelo urbanizable, pero menos extensas que en la alternativa anterior. Parte del suelo excluido por el POL no se considera urbanizable, ya que la superficie excluida exceda las necesidades de suelo urbano del municipio para el año horizonte 2023. El suelo urbano industrial está sin colmatar, por lo que sólo se plantea una zona urbanizable en la zona de San Mamés, junto al río que no posee las características mínimas exigidas para ser clasificado como suelo urbano, pero que se corresponde con la zona existente en las NNSS de 1999. Como zonas urbanizables residenciales se plantean las urbanizables no desarrolladas de las NNSS, la zona que se localiza al sur del San Miguel de Meruelo junto al suelo industrial al norte del arroyo Cantarranas, la zona que queda entre el núcleo de San Miguel y el barrio El Mazo, toda la zona situada al este de San Miguel excluida por el POL y la existente entre el barrio de Villanueva y San Mamés.

Alternativa 3 : Ordenación propuesta 3. (2010)

El suelo rústico deberá destinarse a fines agrícolas, forestales, ganaderos, de ocio, cinegéticos u otros vinculados a la utilización racional de los recursos naturales y las construcciones o instalaciones de nueva implantación deberán justificar la inexistencia de repercusiones negativas de carácter ambiental. Se divide varias categorías de protección atendiendo a las categorías establecidas por el POL, particularizándolas para el municipio de Meruelo. Las diferentes categorías que se establecen para el suelo rústico en función de sus cualidades específicas son las siguientes:

• De protección ordinaria: Constituyen este suelo los terrenos que no se incluyen en ninguna de las categorías de protección especial. Incluye parte de los terrenos excluidos por el POL que no tienen la categoría de suelo urbano y parte de la categoría de modelo territorial de POL

• De protección especial agropecuaria: Comprende las zonas que cuentan

con una mejor disposición para su explotación agrícola o ganadera en función de su productividad. Incluye parte de las categorías de protección litoral, de ribera, de la de modelo territorial y ordenación ecológico forestal

• De protección especial de infraestructuras: Constituyen este suelo los

terrenos ocupados o a ocupar por infraestructuras u obras de defensa no susceptibles de urbanización conforme a las previsiones de este Plan General y del planeamiento sectorial.

Page 106: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 105

• De protección especial cultural: Constituyen este suelo los terrenos que se estima necesario proteger por su valor arqueológico y otros valores culturales.

• De especial protección ecológica: Comprende aquellos terrenos que deban

preservarse en atención y a su importancia e interés ambiental por la función que cumplen en la conservación de los ecosistemas. Incluye la protección ecológica del POL

• De especial protección y ordenación forestal: Se corresponde con la unidad

territorial de monte arbolado de repoblación, que sustenta masas arbóreas que deban ser protegidas por estar destinadas a explotaciones agrarias forestales. Incluye la categoría de ordenación ecológica forestal del POL.

• De especial protección de ribera: Comprende las zonas de ribera fluvial,

ríos y embalses, que se deben preservar por constituir corredores biológicos que reúnen rasgos culturales, económicos, paisajísticos, ambientales que les confieren un valor singular y de carácter unitario. Incluye parte de la categoría de protección de ribera y protección intermareal del Plan de Ordenación del Litoral además de parte de la categoría de protección litoral y zonas de modelo territorial y excluidas por el POL por las que transcurren los ríos y tienen vegetación de ribera.

La ordenación propuesta para el suelo urbano y suelo urbanizable de los núcleos de Meruelo está basada en respetar el modelo tradicional existente compactándolos mediante edificación residencial fundamentalmente, conservando espacios para equipamientos y dotaciones. Las edificaciones de nueva planta se realizarán guardando concordancia con el entorno, respetando materiales y utilizando tipologías similares a las de las edificaciones existentes. La altura máxima permitida será de 3 plantas (B+2), disminuyendo tanto la densidad de la edificación como el número de alturas permitidas según nos vamos alejando del centro. En el núcleo de Vierna o San Bartolomé, por sus propias características, se establecerá una ordenanza específica que regule las edificaciones respetando la tipología tradicional del núcleo, con una edificabilidad menor a la que existía anteriormente, permitiéndose viviendas de 2 plantas similares a las edificaciones existentes a nivel formal, volumétrico, y los materiales de los acabados. Se plantean varias zonas de suelo urbanizable, pero menos extensas que en las alternativas anteriores. El suelo urbanizable productivo existente se mantiene, existiendo todavía suelo urbano no consolidado de este tipo por desarrollar. La zona de suelo productivo que se amplía se encuentra en su parte suroriental, a la entrada si accedemos desde Beranga. El resto del suelo urbanizable es suelo urbanizable de tipo residencial. Se plantean varias zonas y se dividirá sectores con una edificabilidad que oscilará entre 0,40 m²/ m² y 0,30 m²/ m² según la proximidad que tengan esas zonas a los núcleos de

Page 107: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 106

población existentes. Las nuevas zonas residenciales que se proponen pretenden completar la trama urbana del municipio utilizando fundamentalmente para ello el desarrollo del suelo a través de la tipología de vivienda unifamiliar aislada de dos alturas (B+1), con densidades de vivienda por hectárea y tamaños de parcela distintos, según la proximidad del terreno al centro de los núcleos existentes. Así, completando los vacíos de la trama urbana se adoptaría una densidad de 20 viviendas por hectárea con parcelas de 500 m², tal y como se plantea el desarrollo del suelo colindante, y de 12 viviendas por hectárea en los bordes, con una parcela mínima de 800 m², asemejándose a lo que en la normativa anterior se denominaba suelo residencial de baja densidad. Las zonas planteadas como suelo urbanizable residencial son parte del suelo no urbano que queda entre el complejo deportivo de San Miguel y la zona urbana residencial próxima al suelo productivo situada al norte del arroyo Cantarranas, zona entre San Miguel y barrio el Mazo, pequeña zona al este de San Miguel, zona entre el suelo residencial de Villanueva y San Mamés, y la zona situada al este de Villanueva, entre este barrio y la gasolinera que existe camino de Noja.

Alternativa 4 : Ordenación propuesta 4.

El suelo rústico de especial protección se ordena prácticamente de modo similar al de la alternativa 3, siendo las diferentes categorías establecidas las siguientes: especial protección agropecuaria, especial protección de infraestructuras, de especial protección cultural, de especial protección ecológica, de especial protección y ordenación forestal, de especial protección paisajística y de especial protección de ribera.

Los terrenos que comprenden cada una de ellas, salvo para la categoría eliminada y para la nueva son los mismos que se especifican en la alternativa 3. Los terrenos que comprende el suelo rústico de especial protección paisajística son las áreas de cultivo con arbolado y las áreas frágiles del paisaje. Se incluyen en estas áreas las unidades territoriales de monte, cierros y aberdales, cuyos valores paisajísticos tengan preeminencia sobre otros valores así como las zonas de pendientes elevadas.

El suelo rústico de especial protección ordinaria se amplía, ya que se reduce el urbanizable, siendo estos los terrenos de suelo rústico que no se incluyen en ninguna de las categorías de protección especial. Incluye parte de los terrenos excluidos por el POL que no tienen la categoría de suelo urbano y parte de la categoría de modelo territorial de POL

La ordenación propuesta para el suelo urbano y suelo urbanizable de los núcleos de Meruelo está basada en respetar el modelo tradicional existente compactándolos mediante edificación residencial fundamentalmente, conservando espacios para equipamientos y dotaciones.

Las normas determinarán que, las edificaciones de nueva planta en los núcleos de San Miguel y San Mamés, se realicen acordes al entorno en que se encuentran, respetando materiales y utilizando tipologías similares a las de las edificaciones existentes. La altura máxima permitida será de 3 plantas (B+2).

Page 108: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 107

Según nos vamos alejando del centro, la densidad de la edificación irá disminuyendo, siendo la tipología adoptada fundamentalmente para esas zonas la de vivienda unifamiliar aislada o pareada de 2 alturas (B+1), necesitando una parcela neta mínima de 500 m² en suelo urbano y no pudiendo ocupar en planta más del 30% de la superficie de la misma. La superficie pavimentada de cada parcela tampoco podrá superar el 40 % de la superficie total de la misma. En el núcleo de Vierna o San Bartolomé, por sus propias características, se establecerá una ordenanza específica para el suelo rústico de protección ordinaria que regule las edificaciones respetando la tipología tradicional del núcleo, con una edificabilidad menor a la que existía anteriormente y una parcela mínima de 2.000 m², permitiéndose viviendas de 2 plantas similares a las edificaciones existentes a nivel formal, volumétrico, y los materiales de los acabados. Se plantean varias zonas de suelo urbanizable, pero menos extensas que en las alternativas anteriores. El suelo urbanizable productivo existente se mantiene, aunque se ha ajustado por su proximidad al río y las previsiones de inundabilidad para un periodo de retorno de 500 años, existiendo todavía suelo urbano de este tipo sin edificar. La zona de suelo productivo que se amplía se encuentra en su parte suroriental, a la entrada si accedemos desde Beranga. El resto del suelo urbanizable es suelo urbanizable de tipo residencial. Se plantean varias zonas y se dividirá en sectores con una edificabilidad que oscilará entre 0,50 m²/ m² y 0,30 m²/ m² según la proximidad que tengan esas zonas a los núcleos de población existentes, como son dichos núcleos y el desarrollo de las zonas próximas a estos sectores. Las nuevas zonas residenciales que se proponen pretenden continuar la trama urbana del municipio utilizando fundamentalmente para ello el desarrollo del suelo a través de la tipología de vivienda unifamiliar aislada de dos alturas (B+1), con densidades de vivienda por hectárea y tamaños de parcela distintos, según la proximidad del terreno al centro de los núcleos existentes. Así, en las zonas de borde se adoptará un crecimiento de vivienda unifamiliar, con una parcela mínima de 800 m², asemejándose a lo que en la normativa anterior se denominaba suelo residencial de baja densidad. Las zonas planteadas como suelo urbanizable residencial son fundamentalmente tres zonas al este de San Miguel, una completando la zona urbana del centro del núcleo en la que se propone vivienda colectiva, y otras dos al norte.

8.2.2 Análisis de alternativas

Alternativa 0 : Ordenación existente tras el desarrollo de la normativa vigente.

El suelo no urbanizable o rústico no se protege adecuadamente dado el escaso número de categorías de protección planteadas, únicamente 2 y siendo una de ellas la de infraestructuras, por lo que deja al resto suelo protegido teniéndose que regular del mismo modo, cuando los valores intrínsecos del suelo a preservar son diferentes. Este

Page 109: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 108

tipo de protección es menos concreta que la que establece el Plan de Ordenación del Litoral para la zona.

El suelo urbano se califica como residencial mixto en el centro de los núcleos permitiendo las tipologías de bloque asilado, unifamiliar en hilera, pareada o aislada. Según se aleja de los núcleos la tipología de bloque no se permite y en los bordes exteriores es la calificación de vivienda unifamiliar aislada de baja densidad la que se permite. La extensión en la que se permite es muy amplia y es lo que en parte ha dado lugar a la dispersión de los núcleos. La separación entre las zonas calificadas en San Miguel como de baja densidad y la residencial unifamiliar se realiza por distancia al vial principar partiendo en muchas ocasiones incluso parcelas sin tener relación con la posible disposición de viales.

El suelo urbanizable es muy extenso, no siendo necesario para las previsiones de población y no teniendo garantizados los recursos si se desarrolla completamente.

Alternativa 1 : Ordenación propuesta 1

El suelo rústico se divide exactamente igual que en Plan de Ordenación del Litoral, no particularizando ninguna de las protecciones establecidas después de realizar un estudio exhaustivo de la zona. Existen valores a proteger y potenciar que no han sido tenidos en cuenta, como el agropecuario y la zona protegida especialmente por albergar el vertedero es demasiado extensa.

Respecto al suelo urbano, la ordenación planteada es similar a la de la alternativa 0, por lo que todo lo dicho anteriormente al respecto, sirve para este caso: existe una gran extensión de suelo urbano calificado como suelo urbano residencial de baja densidad y la separación entre este y el suelo calificado como suelo urbano residencial de unifamiliar aislada resulta extraña.

El suelo urbanizable es muy extenso, no siendo necesario para las previsiones de población y no teniendo garantizados los recursos si se desarrolla completamente.

Alternativa 2 : Ordenación propuesta 2

El suelo rústico se divide prácticamente igual que en Plan de Ordenación del Litoral, particularizando exclusivamente las protecciones establecidas en el POL protegiendo especialmente para uso agropecuario las zonas que en el POL tienen categoría de modelo tradicional y están clasificadas como buenas o muy buenas agroecológicamente e incluyendo algunas zonas de las excluidas por el POL como suelo rústico de protección ordinaria. Sus diferentes categorías podrían resultar suficientes e incluso adecuadas, aunque el suelo rústico de protección agropecuaria sigue resultando escaso y existen zonas cuyo uso actual es ese que están ordenadas como suelo rústico de protección forestal. Además hay zonas de protección ecológica que son zona de ribera.

Page 110: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 109

La ordenación propuesta para el suelo urbano es la misma que el de la alternativa 1: existe una gran extensión de suelo urbano calificado como suelo urbano residencial de baja densidad y la separación entre este y el suelo calificado como suelo urbano residencial de unifamiliar aislada resulta extraña.

El suelo urbanizable propuesto es menor, pero al permitirse la misma ordenación que el en las Normas Subsidiarias de 1999 no distingue zonas y puede permitir mayores edificabilidades y densidades en zonas más lejanas al centro de los núcleos poblacionales que las urbanas calificadas como de baja densidad.

Alternativa 3 : Ordenación propuesta 3

El suelo rústico se divide en siete categorías, protegiendo por razones agroecológicas parte del suelo que en el POL están categorizados como protección Litoral o de ribera, que autoriza el uso agropecuario, parte del de ordenación ecológica forestal, que también admite dicho uso y que actualmente viene desarrollándose en dichas zonas, y parte de la categoría del modelo tradicional. Además incluye la categoría de suelo rústico de especial protección cultural para las zonas en las que estima necesario proteger valores arqueológicos o etnográficos por usos que han albergado en otras épocas, por restos arqueológicos o de arquitectura religiosa e industrial a preservar. El suelo de protección de ribera incluye parte del suelo con protección ecológica del POL, además de las zonas de ribera fluvial, ríos y embalses, que se deben preservar por constituir corredores biológicos que reúnen rasgos culturales, económicos, paisajísticos, ambientales que les confieren un valor singular y de carácter unitario.

Las diferentes calificaciones del suelo urbano están separadas por viales fundamentalmente. Se concentra la edificabilidad en los centros de los 2 núcleos principales, con tipología de vivienda agrupada, pasando según nos vamos alejando a residencial en hilera, pareada o aislada y dejando la edificación únicamente aislada para las zonas más alejadas del centro. Se establece una calificación especial para el núcleo de San Bartolomé en la que se protege la morfología existente, vivienda en hilera o pareada en cierta parte con parcelas mínimas de 800 m² y vivienda aislada en parcelas de 2000 m² para el resto.

El suelo urbanizable productivo se reduce al suelo industrial no desarrollado en la zona suroeste de la carretera de entrada al municipio desde Beranga. El suelo urbanizable residencial se podrá desarrollar con calificaciones similares a las planteadas para el suelo urbano no consolidado.

Alternativa 4 : Ordenación propuesta 4

El suelo rústico se divide en siete categorías, ajustándose las mismas a los valores que se pretenden preservar. La clasificación del suelo rústico es muy similar a la de la alternativa 3 sobre la que se han ajustado algunos suelos fundamentalmente de pendientes elevadas o inundables para avenidas cuyo periodo de retorno es de 500 años o menor, o de capacidades agroecológicas bajas, así como los que se englobaban dentro de la especial protección cultural cuyos valores etnográficos o culturales se protegen ahora desde el catálogo de patrimonio.

Page 111: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 110

Las diferentes calificaciones del suelo urbano están separadas por viales fundamentalmente. Se concentra la edificabilidad en los centros de los 2 núcleos principales, con tipología de vivienda agrupada, pasando según nos vamos alejando a residencial en hilera, pareada o aislada y dejando la edificación unifamiliar aislada para las zonas más alejadas del centro. Se ha establecido una calificación especial para las diferentes zonas de suelo rústico de protección ordinaria en las que se permite edificar a razón de las pre-existencias en las mismas y su entorno, poniendo especial interés en el núcleo de San Bartolomé en el que se protege la morfología existente, vivienda en hilera o pareada en cierta parte, y vivienda aislada en parcelas de 2000 m² para el resto.

El suelo urbanizable productivo se reduce al suelo industrial no desarrollado en la zona suroeste de la carretera de entrada al municipio desde Beranga. El suelo urbanizable residencial se reduce considerablemente ya que las previsiones que se realizaban en el avance no contemplaban la situación actual del país. Este suelo se podrá desarrollar con calificaciones similares a las planteadas para el suelo urbano no consolidado, ajustándose a las previsiones realizadas actualmente para el año horizonte, el 2023.

8.2.3 Justificación de la solución adoptada

La alternativa seleccionada es la alternativa de ordenación número 4, por lo que la solución adoptada finalmente se deriva del desarrollo de la misma.

8.2.3.1 Suelo Rustico

La mayor parte del suelo del municipio es terreno rústico, por ello es esencial plantear un cuidado y tratamiento especial del mismo. La ordenación del suelo rústico debe potenciar la preservación del paisaje y la naturaleza de tal forma que se dirija hacia un uso que aporte beneficios al municipio, autoprotegiéndose si la economía de la zona depende de su estado y su conservación.

El establecimiento de 7 categorías distintas y que éstas no coincidan exactamente con el POL viene determinado por los diferentes aspectos que se quieren proteger y potenciar en cada zona de suelo rústico. Así, hay zonas protegidas por el POL en las que se ha establecido una protección agropecuaria por tratarse de las zonas más adecuadas para este uso en el municipio y ser el uso agropecuario uno de los permitido o autorizados por el Plan de Ordenación del Litoral en esas zonas de protección. La ganadería en Meruelo y la actividad agrícola ha disminuido considerablemente en los últimos tiempos, pero todavía existe un gran número de explotaciones y hay que darles cabida desde el planeamiento. El suelo rústico de especial protección de ribera incluye además de los cauces de los ríos, las zonas de vegetación de ribera y de riesgo de avenidas, por lo que parte de la protección ecológica del POL, la que se encuentra localizada en la riberas de los ríos, pasa a formar parte de esa categoría.

Page 112: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 111

En suelo rústico de especial protección agropecuaria las edificaciones no podrán ocupar en planta una superficie mayor del 6 % de la explotación y deberán emplazarse en una parcela de al menos 2000 m², pudiéndose establecer, además de su uso característico, los usos ligados al ocio con uso extensivo del suelo, áreas de esparcimiento cultural, los de interés público, y aquellos que ayuden a la defensa y mantenimiento del medio y las especies naturales.

Los terrenos ocupados, destinados o sometidos a limitaciones de uso para la protección del dominio público u obras de defensa de infraestructuras se regirán según la normativa sectorial.

En el suelo rústico de especial protección de infraestructuras se incluyen, además de las carreteras autonómicas, que son consideradas sistema general viario, los terrenos ocupados o a ocupar por infraestructuras u obras de defensa no susceptibles de urbanización, como el complejo medioambiental y la zona reservada para vertido de tierras y materiales procedentes de excavaciones, localizada el la parcela 10 del polígono 14.

En el suelo rústico de especial protección paisajística se permitirán usos ligados al ocio y aquellos que ayuden a la defensa y mantenimiento del medio natural y las especies naturales, poniendo especial atención en no modificar la morfología propia del terreno.

El suelo rústico categorizado como suelo de especial protección ecológica, forestal y de ribera aceptará un uso que ayude a la defensa y mantenimiento del medio natural y las especies naturales pudiendo autorizar puntualmente usos ligados a la producción agraria y la explotación ganadera, forestal, o usos ligados al ocio y turismo.

El suelo rústico de protección ordinaria es suelo rústico cuyos valores ecológicos, paisajísticos, agrícolas, ganaderos, forestales, culturales… no priman sobre su localización respecto a los núcleos de población existentes y su idoneidad para soportar crecimientos futuros frente a otros suelos del municipio. Se han clasificado como tales, suelos con pendientes leves o moderadas, contiguos a los núcleos de población existentes, sin atender exactamente a su capacidad agroecológica, aunque ha sido tenida en cuenta, siendo la proporción ocupada por suelo que no está especialmente protegido por el Plan baja.

Así, para que un suelo haya sido considerado suelo rústico de protección

ordinaria se han valorado los siguientes aspectos del siguiente modo: Localización: Mayor según su cercanía al suelo urbano existente Capacidad agroecológica: Mayor según menor sea su capacidad agroecológica. Pendientes: Mayor cuanto menor es su pendiente Valores paisajísticos: Mayor cuanto menor es su valor paisajístico. En el suelo rústico de protección ordinaria los usos que se permiten son menos

restrictivos que en los suelos especialmente protegidos, la parcela mínima para edificar será como mucho de 2.000 m² y las características de las nuevas edificaciones estarán reguladas de tal forma que se integren fácilmente en el entorno. Así, se

Page 113: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 112

establecen varias zonas regidas por diferentes parámetros en función de su localización, concretamente 10 específicas y otro par de zonas en las que se aplicará una norma genérica en el entorno al núcleo de San Mamés y norte de Vierna.

Las zonas se han elegido por ser fundamentalmente zonas en las que tradicionalmente se han asentado viviendas unifamiliares.

Los parámetros a aplicar en estas zonas especiales se adoptan una vez estudiado el entorno en el que se localizan, de tal forma que las construcciones que se permiten son acordes con el entorno, similares a las pre-existentes.

Así, en la zona 1, ya existen numerosas edificaciones destinadas a vivienda. De estas, 4 están localizadas en parcelas de más de 15.000 m², otra en una parcela de aproximadamente 3.500 m², otras 4 en parcelas con superficies comprendidas entre los 1.720 m² y los 1.280 m², estando otras 2 en parcelas con superficies próximas a las 700 m² , y otras 2 en parcelas con superficie menor de 400 m². Las edificaciones existentes tienen una superficie construida aproximada de 300 m² existiendo varias con una superficie mayor y sólo 2 con superficies menores de los 200 m². Generalmente estas edificaciones tienen 2 plantas o dos plantas más planta bajocubierta. Dentro del suelo urbano próximo a esta zona de Solorga, las edificaciones existentes tienen una superficie aproximada de 160 m² de vivienda con otros 65 m² de garaje en el sótano, dentro de una parcela de 600 m². Los parámetros adoptados para esta zona, uniformes en toda ella, son: parcela mínima de 1.500 m²; edificabilidad máxima de 0,20 m²/m²; superficie máxima construida en edificación con uso principal el residencial de 350 m²; y una ocupación en planta menor o igual al 10% de la superficie de parcela.

En la zona 2 existen varias edificaciones y aproximadamente la mitad, 3 de ellas están destinadas a vivienda. Su superficie es mayor de 200 m² y de dos plantas, estando localizadas en parcelas grandes. En el suelo urbano colindante, las parcelas edificadas tienen una superficie que va desde los 1.015 m² a los 3.350 m², con superficies construidas comprendidas entre los 170 m² y los 400 m², siendo en su mayoría próximas a los 300 m². Los parámetros adoptados para esta zona, uniformes en toda ella, son: parcela mínima de 2.000 m²; edificabilidad máxima de 0,15 m²/m²; superficie máxima construida en edificación con uso principal el residencial de 350 m²; y una ocupación en planta menor o igual al 10% de la superficie de parcela.

La zona 3, en San Miguel, entre el núcleo y el arroyo Cantarranas, en la zona en la que ha sido encauzado y se ha realizado un paseo, es una zona próxima a suelo urbano productivo, suelo dotacional y colindante al suelo urbano propuesto. Dentro de esta zona existen actualmente 2 viviendas, con parcelas de grandes superficies, 5.622 los construidos y en la otra, 612 m² construidos en dos edificaciones. El número de plantas es de dos. Se trata de una zona abrazada por el crecimiento urbano. Los parámetros que se adoptan en dicha zona, por la proximidad y su situación respecto al suelo urbano existente son: parcela mínima de 1.500 m²; edificabilidad máxima de 0,18 m²/m²; superficie máxima construida en edificación con uso principal el residencial de 300 m²; y una ocupación en planta menor o igual al 10% de la superficie de parcela.

La zona 4 o Mies del Campo es una zona próxima a suelo urbano productivo, suelo dotacional y colindante a un suelo urbanizable propuesto. Dentro de esta zona

Page 114: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 113

existen actualmente 10 viviendas, con parcelas con superficies que oscilan entre los 758 m² y los 9.354 m², aunque la mayor parte se localizan en parcelas con superficies comprendidas entre 1.150 m² y los 2.233 m². Las superficies de vivienda van de los 130 m² a los 510 m² siendo los 260 m² una superficie media de las viviendas existentes en la zona. El número de plantas habitualmente es de dos o dos más bajocubierta. Los parámetros adoptados para esta zona, uniformes en toda ella, son: parcela mínima de 1.500 m²; edificabilidad máxima de 0,18 m²/m²; superficie máxima construida en edificación con uso principal el residencial de 300 m²; y una ocupación en planta menor o igual al 10% de la superficie de parcela.

En la zona 5 existen tres edificaciones, una de las cuales es una vivienda situada en una parcela de 1.831 m², con 193 m. En el suelo urbano colindante a la zona existen viviendas en parcelas de 1000 m², en parcelas de 1.400 m² aproximadamente, parcelas de 2.700 m² y parcelas próximas a los 5.000 m² las superficies construidas de estas edificaciones son todas mayores de los 200 m², siendo las próximas a los 350 m² las más habituales, con alguna mayor. Los parámetros adoptados para esta zona, uniformes en toda ella, son: parcela mínima de 1.500 m²; edificabilidad máxima de 0,20 m²/m²; superficie máxima construida en edificación con uso principal el residencial de 350 m²; y una ocupación en planta menor o igual al 10% de la superficie de parcela.

La zona 6 posee ya 6 viviendas, dos en parcelas de algo más de 1.000 m², dos en parcelas con superficies cercanas a los 4.000 m² y otras dos en parcelas de 7.551 m² y 16.682 m² respectivamente. Las superficies de las viviendas van desde los 170 m² a los 487 m² todas de dos plantas. En el suelo urbano próximo, las viviendas que existen son de dos plantas, con superficies que se aproximan a los 200 y 300 m² en parcelas de 2.500, 1.700 o próximas a los 1000 m² Los parámetros adoptados en la zona son: parcela mínima de 1.700 m², edificabilidad máxima de 0,13 m²/m²; superficie máxima construida en edificación con uso principal el residencial de 250 m²; y una ocupación en planta menor o igual al 10% de la superficie de parcela.

En la zona 7 existen 14 edificaciones, de las cuales 12 poseen, al menos en parte, uso residencial. Las parcelas son realmente variadas en cuanto a su superficie, existiendo parcelas de aproximadamente 1.200 o 1.400 m², parcelas con superficies prçoximas a los 3.000 m² parcelas próximas a los 6.000 o 7.000 m² y parcelas que superan los 33.000 o 50.000 m². Las superficies construidas de las edificaciones oscilan también bastante, existiendo tres viviendas próximas a los 200 m², una de superficie menor, cuatro próximas a los 250 m², dos con superficie próxima a 285 m², una más de 320 m² y otra edificación de más de 600 m² Los parámetros adoptados en la zona son: parcela mínima de 2.000 m², edificabilidad máxima de 0,10 m²/m²; superficie máxima construida en edificación con uso principal el residencial de 300 m²; y una ocupación en planta menor o igual al 6 % de la superficie de parcela.

La zona 8 es la zona al sur de Villanueva limitando con la carretera autonómica. No existen edificaciones en ella. Colinda con una zona con edificación unifamilar aislada en parcelas de 1.000 m², edificabilidad de 0,20 m² y dos alturas. Por ello las edificaciones que se plantean en esta zona son edificaciones en parcelas de 2.000 m² como mínimo, edificabilidad máxima de 0,15 m²/m²; superficie máxima

Page 115: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 114

construida en edificación con uso principal el residencial de 350 m²; y una ocupación en planta menor o igual al 10% de la superficie de parcela.

La zona 9 es la zona de Aguachica, pequeño núcleo tradicional junto a ermita, con edificaciones que rondan los 200 m² en parcelas de diferentes superficies, con vivienda unifamiliar asilada. En el suelo rústico de protección ordinaria que se localiza en esa zona se adoptan parámetros de tal forma que la parcela mínima sea de 2.000 m², una edificabilidad de 0,10 m²/m², y una superficie construida de la edificación destinada a vivienda que no debe ser mayor de 250 m², permitiéndose 2 plantas, con una ocupación máxima de parcela del 6 % .

En Vierna o San Bartolomé, núcleo tradicional en el que se permiten viviendas en parcelas de 2.000 m². Existen dos viviendas dentro de la zona especial 10, una de 300 m² en una parcela de 2.000 m² y otra de 373 m² en una parcela de 13.458 m². En el suelo urbano del núcleo de San Bartolomé, existen viviendas en hilera y una urbanización de realización reciente en pendiente con parcelas entorno a los 300 m² de superficie y viviendas de casi 250 m², pero la mayoría de viviendas unifamiliares aisladas se localizan en parcelas de casi 2.000 m², existiendo dos en parcelas de menos de 1.000 m² y tres en parcelas de más de 5.900. La superficie media de las viviendas unifamiliares aisladas en este núcleo es de 285 m², siendo la mayor de 375 m². La zona 10 adopta los siguientes parámetros: parcela mínima de 2.000 m², una edificabilidad de 0,14 m²/m²; superficie máxima construida en edificación con uso principal el residencial de 350 m²; y una ocupación en planta menor o igual al 10 % de la superficie de parcela.

Las actuaciones previstas se dirigen a potenciar el turismo rural, favoreciendo el conocimiento y disfrute de la zona, procurando un buen acondicionamiento de las rutas peatonales que puedan resultar atractivas, como la ruta de los molinos, por ejemplo.

8.2.3.2 Suelo Urbano La ordenación propuesta para el suelo urbano y suelo urbanizable de los

núcleos de Meruelo se basa en respetar el modelo tradicional existente compactándolos mediante edificación residencial, conservando espacios para equipamientos y dotaciones.

Según la Ley de Ordenación Territorial y de Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria 2/2001 tendrán la condición de suelo urbano los terrenos ya transformados que el Plan General incluya en esta clase de suelo por contar, como mínimo, con acceso rodado, abastecimiento de agua potable, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica, todo ello, en los términos que reglamentariamente se establezcan, integrado en una malla urbana de características adecuadas para servir a las construcciones y edificaciones que permita el planeamiento; los terrenos que el Plan General incluya por estar integrados en áreas edificadas en, al menos, la mitad de su superficie, siempre que la parte edificada reúna como mínimo tres de los requisitos establecidos en el apartado anterior; los terrenos que, en ejecución del planeamiento hayan sido ya urbanizados de acuerdo con el mismo; o los terrenos que, no contando con los requisitos legalmente establecidos para ser clasificados como suelos urbanos, sirven de soporte a un asentamiento de población singularizado que merezca una

Page 116: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 115

consideración específica en función de sus características morfológicas, tipología tradicional de las edificaciones, vinculación con la explotación racional de los recursos naturales o circunstancias de otra índole que manifiesten la imbricación racional del núcleo con el medio físico donde se sitúa.

Dicha Ley establece en su artículo 96 que tendrán la consideración de suelo urbano no consolidado los terrenos del suelo urbano que el Plan General defina expresamente como tales por resultar sometidos a procesos de urbanización, renovación o reforma interior, así como aquellos otros sobre los que el planeamiento prevea una ordenación sustancialmente distinta de la hasta entonces existente. El resto del suelo urbano tendrá la consideración de suelo urbano consolidado.

Se ha estudiado el suelo del municipio de Meruelo y se ha clasificado según lo dispuesto en la Ley. Se adjunta a continuación un plano sobre el planeamiento vigente en el que marcan en color rojo las zonas con estudios de detalle aprobados en el municipio, con licencia, pero que no han acabado de desarrollarse. Dicho suelo, aunque no ha acabado de desarrollarse se considera suelo urbano consolidado por haber iniciado el proceso de desarrollo.

Page 117: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 116

Plano de San Miguel zona norte

Plano de Villanueva y San Mamés

Page 118: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 117

Así, gran parte del suelo urbano del municipio de Meruelo es suelo urbano consolidado, contando con acceso rodado adecuado y los servicios de abastecimiento de agua, eléctrico y saneamiento, integrado en malla urbana adecuada para servir a las construcciones previstas en el PGOU. De hecho, se considera que la red de viales existente en Meruelo constituye por si misma una malla urbana adecuada para las construcciones previstas en el Plan General, básicamente construcciones acordes al entorno en que se encuentran, respetando materiales y utilizando tipologías similares a las de las edificaciones existentes con alturas máximas de 3 plantas (B+2) en el centro de los núcleos principales, con menores densidades según nos vamos alejando del centro, con vivienda unifamiliar aislada o pareada de 2 alturas (B+1).

Se ha estudiado el nivel de consolidación del suelo urbano de las diferentes zonas del municipio con más solares vacíos, comprobando así que se cumplen los requisitos que establece la Ley 2/2001 y sus modificaciones en la clasificación aportada en los planos que se presentan junto a este documento. Los resultados se adjuntan en la siguiente tabla:

Zona Superficie total

de las parcelas de la zona estudiada

Sup de S. de parcelas edificadas o desarrolladas

Sup. S. de parcelas con

instrumento de desarrollo aprobado

Sup. S. de parcelas sin proceso de desarrollo iniciado

M² % M² % M² % M² % Noroeste (incluye

iglesia de San

Miguel)

91.426 100 48.444 53 0 0 42.982 47

Norte del núcleo de

San Miguel. La

Serna

212.657 100 94.820 44,6 25.542 12,0 92.295 43,4

Este de San Miguel. Villanueva

377.672 100 154.986 41,0 34.620 9,2 188.066 49,8

El Mazo, al sur de San Miguel

147.199 100 79.744 54,2 3.615 2,4 63.840 43,4

Tal y como se muestra en la tabla anterior, la superficie sin desarrollar de todas estas zonas es inferior al 50%.

Además de la realidad existente en el municipio durante el momento actual, se considera del mismo modo el suelo desarrollado que el suelo en desarrollo, hecho que

Page 119: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 118

sucede en varias parcelas tanto del núcleo de San Miguel como del de San Mamés, ya que se sobreentiende que durante la tramitación del Plan General podrá finalizarse el proceso de desarrollo.

Las actuaciones propuestas para el suelo urbano serán las de fijar unas normas que determinen que, las edificaciones de nueva planta en el mismo, se realicen acordes al entorno en que se encuentran, respetando materiales y utilizando tipologías similares a las de las edificaciones existentes, promoviendo la rehabilitación y restauración, y fijando las alineaciones a frente de parcela pudiendo ensanchar alguna de sus calles en los casos que sea posible. La altura máxima permitida será de 3 plantas (B+2).

Según nos vamos alejando del centro, la densidad de la edificación irá disminuyendo, siendo la tipología adoptada fundamentalmente para esas zonas la de vivienda unifamiliar aislada o pareada de 2 alturas (B+1), necesitando una parcela mínima de 500 m² en suelo urbano y no pudiendo ocupar en planta más del 30% de la superficie de la misma. La superficie pavimentada de cada parcela tampoco podrá superar el 40 % de la superficie total de la misma.

En el núcleo de Vierna o San Bartolomé, por sus propias características, se establecerá una ordenanza específica con una edificabilidad menor a la que existía anteriormente y una parcela mínima de 2.000 m², permitiéndose viviendas de 2 plantas similares a las edificaciones existentes a nivel formal, volumétrico, y los materiales de los acabados.

Habrá de tenerse en cuenta toda le legislación aplicable, con especial atención a la legislación sectorial. Así, no se alterará el trazado natural de los cauces que atraviesan en suelo urbano, integrándolos en los espacios libres del mismo, disponiendo al efecto franjas de, al memos, 5 metros de ancho a ambos lados de los cauces preferiblemente destinadas a zonas verdes, por ejemplo.

Además, existía algún error en los planos de la normativa actual respecto a la calificación del suelo urbano consolidado, que se ha corregido, como la calificación de una parcela particular, con vivienda en uso, junto al instituto, que en su día fue calificada como dotacional por error, considerando que era parte de la zona en la que se iba a construir el equipamiento educacional.

8.2.3.3 Suelo Urbanizable El suelo urbanizable productivo existente se mantiene, existiendo todavía suelo

urbano no consolidado de este tipo por desarrollar. La zona de suelo productivo que se amplía se encuentra en su parte suroriental, a la entrada si accedemos desde Beranga. El resto del suelo urbanizable es suelo urbanizable de tipo residencial, que se dividirá en tres sectores con una edificabilidad que oscilará entre 0,50 m²/ m² y 0,30 m²/ m² según la proximidad que tengan esas zonas a los centros de núcleos de población existentes.

Las nuevas zonas residenciales que se proponen, pretenden completar la trama urbana del municipio utilizando fundamentalmente para ello, el desarrollo del suelo a través de la tipología de vivienda unifamiliar aislada de dos alturas (B+1), con

Page 120: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 119

densidades de vivienda por hectárea y tamaños de parcela distintos, según la proximidad del terreno al centro de los núcleos existentes. Así, en las zonas de borde al noreste del núcleo de San Miguel, se plantea una parcela mínima de 800 m² en la que se podrá proyectar vivienda unifamiliar aislada, asemejándose a lo que en la normativa anterior se denominaba suelo residencial de baja densidad.

Es cierto que la configuración de los núcleos de población no favorece la continuidad de los corredores ecológicos, pero es el suelo urbano pre-existente el que contribuye fundamentalmente a este problema. El arroyo Cantarranas favorece la comunicación, las premisas para la localización de varios parques dentro del suelo urbanizable propuesto favorecen la continuidad de los espacios libres y la comunicación de los diferentes suelos rústicos de la zona. Además, los cerramientos de las parcelas en las que se permite vivienda unifamiliar aislada de los suelos urbanizables deben garantizar su permeabilidad al paso de pequeños animales no siendo totalmente cerrados en todo su perímetro.

Respecto a la coherencia de la ordenación propuesta con el planeamiento de los municipios limítrofes, sus normativas son antiguas, la más reciente es la de Arnuero, del año 2000. Aún así, se han estudiado sus planeamientos propuestos en tramitación fundamentalmente en el planteamiento que hacen en sus límites con el municipio de Meruelo. Los municipios afectados por el POL tienen una categorización pre-establecida sobre la que los futuros planeamientos establecerán sus bases de ordenación, al igual que sucede con la ordenación propuesta en Meruelo, por lo que la coherencia entre ellos estará garantizada. Únicamente existe un suelo urbanizable propuesto en Arnuero que limita con el municipio de Meruelo, cuya ordenación reflejada en los planos facilitados por el Ayuntamiento en su documento de aprobación inicial contiene viales que terminan justo en el límite municipal. Para la zona limítrofe dentro del término municipal de Meruelo se plantea un suelo rústico de protección ordinaria de tal forma que no se colmate la urbanización de la carretera autonómica y permita cierta permeabilidad.

Los sectores propuestos son cuatro, siendo tres de ellos residenciales y uno productivo. El sector 1 es un sector al noreste del núcleo de San Miguel, hacia la zona de crecimiento del núcleo. El sector 2, contiguo al sector 1 es un sector residencial en el que se condiciona el desarrollo a que las viviendas y equipamientos resultantes se destinen a la atención de manera integral y continuada de personas mayores (más de 50 años), desde alojamiento, manutención, asistencia médica sanitaria, psicológica y enfermería, a servicios de terapia ocupacional, mantenimiento físico o culturales de entretenimiento, etc… El sector 3 se localiza al este del núcleo de San Miguel, como ampliación del centro del núcleo, permitiendo vivienda colectiva dentro del mismo. El sector 4 es un sector productivo, localizado en San Mamés, junto a una zona productiva pre-existente.

Las viviendas que se pueden realizar tras el desarrollo de los sectores de suelo urbanizable se reflejan en la siguiente tabla:

Page 121: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 120

SUELO URBANIZABLE

Sector Superficie (m²) Nº de viviendas posibles

1 17.814 18

2 66.178 67

3 27.511 80

4 39.149 0

Total 150.652 165

8.2.3.4 Equipamientos y espacios libres

El sistema de equipamientos, servicios y sistema de espacios libres proporcionando la prestación, tanto imprescindible como complementaria, de servicios a la comunidad. Para el término municipal de Meruelo, las categorías en que se dividen son:

• Espacios libres de uso público (EL): Comprende la sucesión de

espacios que, junto al viario, conforman el sistema de espacios de dominio y uso público en los que se realizan actividades relacionadas con la estancia, comunicación, y el ocio y que tienen como fin garantizar la salubridad y reposo de la población.

• Equipamiento deportivo (D): Incluye los espacios destinados a la

enseñanza y práctica del deporte en general tales como gimnasios, campos y pistas deportivos, boleras...

• Equipamiento educacional o docente (ED): Incluye el conjunto de

espacios o locales destinados a actividades de formación o enseñanza, públicos o privados, tales como colegios o guarderías infantiles, estudios musicales, academias de todo tipo y similares.

• Equipamiento de servicios de interés público y social: Incluye

aquellos espacios destinados al desarrollo de actividades sanitarias, asistenciales, culturales, asociativas o sociales, institucionales y de servicios. Dentro de esta categoría se distinguen varios tipos:

� Sanitario (SS): Comprende las actividades de

diagnóstico y tratamiento sanitario multidisciplinar, con o sin alojamiento de enfermos y las clínicas y consultas veterinarias.

Page 122: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 121

� Asistencial (SA): Incluye las actividades destinadas a la prestación no específicamente sanitaria a la población mediante servicios sociales.

� Cultural, recreativo (SC): Comprende las actividades artísticas, culturales y sociales tales como salas de exposiciones, museos, salas de concierto, teatros, o centros cívicos, locales destinados a la conservación, transmisión y génesis de los conocimientos.

� Asociativo o social (SO): Incluye las actividades asociativas y de relación, que corresponde a los espacios o locales que albergan sedes de asociaciones, organizaciones o agrupaciones.

� Institucional (SI): Incluye los servicios de Administración Local, Autonómica o Estatal, así como los servicios de defensa, policía y oficinas de empresas públicas.

� Servicios (SP): Incluye mercados y centros de comercio básicos de propiedad o gestión municipal, los servicios de extinción de incendios y de protección civil

• Religioso (R): Incluye los espacios o locales destinados al culto de cualquier confesión y aquellos que están directamente ligados a ellos como templos, centros parroquiales, conventos…

• Especiales (ES): Incluye cementerios, tanatorios, cocheras, espacios de práctica de defensa civil o militar y demás instalaciones que no puedan encuadrarse en algún otro uso de equipamiento.

El sistema de espacios libres está formado, además de los anexos a

viario, por un parque público en San Miguel junto al centro de salud, una plaza sobre el edificio del centro medioambiental, espacio libre en la parcela del nuevo Ayuntamiento, otro parque en el barrio La Serna, uno más en el asentamiento de San Mamés y otro en suelo rústico al oeste del núcleo con equipamiento para hacer ejercicio. Además, existe un paseo a lo largo del arroyo Cantarranas, que aunque no se pueda denominar exactamente como espacio libre, si une dos zonas dotacionales o interesantes del municipio. También se considera espacio libre la finca de Los Remedios, que se utiliza durante las fiestas.

En el municipio existen una serie de equipamientos que se enumeran

seguidamente: D-1: Pabellón polideportivo multiusos D-2: Campo de fútbol de hierba artificial D-3: Pistas de pádel D-4: Pista polideportiva de San Miguel de Meruelo D-5: Piscina municipal D-6: Bolera de San Miguel de Meruelo D-7: Bolera pasabola-losa, en San Miguel de Meruelo

Page 123: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 122

D-8: Bolera de San Mamés de Meruelo D-9: Bolera de Vierna D-10: Bolera pasabolo-losa de San Bartolomé E-1: Escuela de Educación Infantil El Trastolillo E-2: Instituto de Educación Secundaria San Miguel de Meruelo SS-1: Centro de Salud SC-1: Sala Multiusos (soterrada bajo jardín del ayuntamiento) SC-2: Radio San Miguel de Meruelo SC-3: C. Medioambiental SC-4: Museo de la Campana SC-5: Antigua escuela en Vierna

SI -1: Ayuntamiento R-1: Iglesia parroquial de San Miguel R-2: Iglesia parroquial de San Mamés R-3: Ermita de Nuestra Señora de los Remedios R-4: Iglesia parroquial de San Bartolomé R-5: Ermita de Santa Rosa (Aguachica) R-6: Ermita de San Roque (San Mamés) ES-1: Cementerio (San Miguel) ES-2: Complejo medioambiental. Vertedero ES-3: Vertedero de tierras y material de excavaciones En la actualidad está gestionándose el desarrollo de una residencia de

tercera edad. Además en todos los sectores y zonas residenciales de nuevo desarrollo tanto en suelo urbano no consolidado como suelo urbanizable se dejarán las zonas correspondientes según estándares locales a cumplir.

A continuación se incluye un listado de los distintos equipamientos y

espacios libres que se consideran sistemas generales, con la superficie que poseen. Todos ellos son sistemas generales existentes.

SISTEMAS GENERALES DE EQUIPAMIENTO

Ayuntamiento SI-1 1.211 m² SG de Equipamiento Sala multiusos SC-1 309 m² SG de Equipamiento Instituto de E.S. E-2 10.300 m² SG de Equipamiento C. Medioambiental SC-3 1.377 m³ SG de Equipamiento Complejo deportivo 20.089 m² SG de Equipamiento C. Infantil Trastolillo E-1 778 m² SG de Equipamiento C. de Salud SS-1 3.125 m² SG de Equipamiento Superficie Total SG de Equip. 37.189 m²

Page 124: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 123

SISTEMAS GENERALES DE ESPACIO LIBRE

E.L. en entorno de Iglesia S. Miguel

2.246 m² SG de E. Libre

E.L. junto al ayuntamiento

6.630 m² SG de E. Libre

Plaza sobre C. Medioambiental

2.127 m² SG de E. Libre

Parque infantil junto C. de Salud

1.400 m² SG de E. Libre

Parque equipado en S Rústico

2.396 m² SG de E. Libre

Plaza en S. Mamés 1.753 m² SG de E. Libre E.L. en S. Mamés 1.054 m² SG de E. Libre E.L. Los Remedios 7.504 m² SG de E. Libre Sup. Total SG de Espacios L. 26.020 m²

No se prevé la necesidad de realizar reservas para nuevos centros

educativos, teniendo en cuenta que en el curso 2010/2011 con una población prácticamente similar a la actual (1.709 habitantes), existían 31 alumnos de infantil y primaria y 299 alumnos de secundaria, por lo que, a pesar del aumento de población previsto, en 888 personas (población residente prevista para el horizonte de planeamiento de 2.630 personas), la población escolar no aumentará lo suficiente como necesitar un nuevo centro, ni de educación infantil o primaria, ni de educación secundaria o bachillerato.

El centro de salud existente, con 787 m² construidos es suficiente para

una población prevista de 4.805 personas, 2.630 habitantes residentes y 2.175 personas como población estacional. Teniendo en cuenta que en Cantabria en 2001 existía un equipo de atención primaria cada 14.662,75 habitantes, y que un médico de familia atendía a 1.814 habitantes, el aumento de población previsto, 1.605 personas, no tiene la magnitud suficiente como para requerir un nuevo centro de salud, aunque si para el aumento en un médico de familia y un pediatra y un enfermero el personal del centro existente.

8.2.3.5 Superficies delimitadas

Las superficies de cada tipo de suelo que se delimita para Meruelo se reflejan en la tabla que aparece a continuación:

Page 125: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 124

SUPERFICIES EN EL MUNICIPIO DE MERUELO

Tipo de suelo Área (m²)

SUELO RÚSTICO

De especial protección de ribera 398.614

De especial protección y ordenación forestal 6.859.222

De especial protección ecológica 367.644

De especial protección cultural 22.990 De especial protección agropecuaria 2.269.321 De especial protección paisajística 156.490

De especial protección de infraestructuras 186.445

De especial protección de infraestructuras SG 146.962

De especial protección de infraestructuras especiales 772.568

De protección ordinaria 3.307.767

TOTAL S. Rústico 14.392.439

SUELO URBANIZABLE DELIMITADO

SAN MIGUEL y SAN MAMÉS

Residencial Tipo 1 27.511

Residencial Tipo 2 83.992 Productivo 39.149 Viario pre-existente 856

TOTAL S. Urbanizable Delimitado en San Miguel y San Mamés 151.508

TOTAL S. Urbanizable Delimitado en el MUNICIPIO 151.508

SUELO URBANO CONSOLIDADO

SAN MIGUEL Y SAN MAMES

Residencial Aislada 1 306.855

Residencial Aislada 2 671.945

Residencial Aislada en Plan Parcial 108.091

Residencial Agrupada 191.486

Colectiva abierta 48.319

Productivo 180.361

Equipamientos 59.635

Viario y Espacios Libres 225.831

TOTAL S.U.C en San Miguel y San Mamés 1.792.545

AGUACHICA Tipología Tradicional 6.884

Equipamientos 322

Viario y Espacios Libres 606

TOTAL S.U.C en Aguachica 7.812

SAN BARTOLOMÉ Tipología Tradicional 45.101

Equipamientos 789

Page 126: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 125

Viario y Espacios Libres 10.222

TOTAL S.U.C en San Bartolomé 56.112 TOTAL S.U.C en el MUNICIPIO 1.886.262

SUELO URBANO NO CONSOLIDADO

SAN MIGUEL Y SAN MAMES Residencial Aislada 1 10.400

Residencial Aislada 2 29.523

Productivo -

Viario, Espacios Libres y Equipamientos 772

TOTAL S.U.N.C en San Miguel y San Mamés 40.695

TOTAL S.U.N.C en el MUNICIPIO 40.695

TOTAL SUELO EN EL MUNICIPIO 16.441.108

8.2.3.6 Patrimonio cultural Se considera patrimonio cultural al conjunto de edificios, espacios o elementos,

arquitectónicos, arqueológicos, o naturales que deban ser conservados para que los bienes relacionados con la historia y cultura del municipio puedan ser disfrutados por los ciudadanos garantizando su transmisión en las mejores condiciones posibles a las generaciones futuras. Para ello entre los documentos que se incluirán en este Plan General se encuentra un Catálogo de Patrimonio en el que se establecerán grados o niveles de protección de los elementos catalogados, y las medidas a adoptar para su conservación.

En el documento se explicarán los criterios y objetivos que se han tenido en

cuenta para la elaboración del catálogo, los diferentes niveles en los que se dividen los bienes inventariados según el tipo de protección que por sus características posean, y las obras y usos que se permiten realizar en cada uno de esos niveles, además de incluir una ficha por cada uno de esos bienes de interés con fotografía, localización y principales características.

Page 127: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

9 PLANOS DE ORDENACIÓN

Page 128: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 127

9 PLANOS DE ORDENACIÓN A continuación se incluye una relación de los planos de ordenación que

complementan este documento y se adjuntan en tomo independiente

O.1 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: TOTALO.1 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: TOTALO.1 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: TOTALO.1 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: TOTAL (E:1/10.000)(E:1/10.000)(E:1/10.000)(E:1/10.000)

O.1.1 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 1 (E:1/5.000) O.1.2 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 2 (E:1/5.000) O.1.3 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 3 (E:1/5.000) O.1.4 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 4 (E:1/5.000)

O.2 CLASIFICACIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTALO.2 CLASIFICACIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTALO.2 CLASIFICACIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTALO.2 CLASIFICACIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTAL (E:1/10.000)(E:1/10.000)(E:1/10.000)(E:1/10.000)

O.2.1 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 1 (E:1/2.000) O.2.2 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 2 (E:1/2.000) O.2.3 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 3 (E:1/2.000) O.2.4 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 4 (E:1/2.000) O.2.5 CLASIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 5 (E:1/2.000) O.2.6.CLASIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 6 (E:1/2.000)

O.3 CALIFICACIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTAL O.3 CALIFICACIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTAL O.3 CALIFICACIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTAL O.3 CALIFICACIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTAL ((((E:1/10.000)E:1/10.000)E:1/10.000)E:1/10.000)

O.3.1 CALIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 1 (E:1/2.000) O.3.2 CALIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 2 (E:1/2.000) O.3.3 CALIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 3 (E:1/2.000) O.3.4 CALIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 4 (E:1/2.000) O.3.5 CALIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 5 (E:1/2.000) O.3.6 CALIFICACIÓN DEL SUELO: HOJA 6 (E:1/2.000)

O.O.O.O.4 ORDENA4 ORDENA4 ORDENA4 ORDENACIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTAL CIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTAL CIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTAL CIÓN DEL SUELO EN LOS NÚCLEOS: TOTAL ((((E:1/10.000)E:1/10.000)E:1/10.000)E:1/10.000)

O.4.1 ORDENACIÓN DEL SUELO: HOJA 1 (E:1/2.000) O.4.2 ORDENACIÓN DEL SUELO: HOJA 2 (E:1/2.000) O.4.3 ORDENACIÓN DEL SUELO: HOJA 3 (E:1/2.000) O.4.4 ORDENACIÓN DEL SUELO: HOJA 4 (E:1/2.000) O.4.5 ORDENACIÓN DEL SUELO: HOJA 5 (E:1/2.000) O.4.6 ORDENACIÓN DEL SUELO: HOJA 6 (E:1/2.000)

Page 129: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 128

VIVIENDAS NUEVAS POSIBLESVIVIENDAS NUEVAS POSIBLESVIVIENDAS NUEVAS POSIBLESVIVIENDAS NUEVAS POSIBLES

O.5.1 VIVIENDAS NUEVAS POSIBLES EN LOS NÚCLEOS DE SAN MIGUEL Y SAN MAMÉS (E:1/5.000) O.5.2 VIVIENDAS NUEVAS POSIBLES EN EL NÚCLEO DE SAN MAMES DE MERUELO (E:1/5.000)

Page 130: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

BIBLIOGRAFÍA

Page 131: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 130

BIBLIOGRAFÍA

ABAD BARRASUS, J. : El Monasterio de Santa María de Puerto (Santoña) 863-1210. Institución Cultural de Cantabria. Centro de Estudios Montañeses. Diputación Regional de Cantabria. (Santander, 1985) BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA. : Varios números CASADO SOTO, J.L. y GONZÁLEZ ECHEGARAY, J. : El puerto de Santander en la Cantabria Romana, (Santander, 1995) DE ESCALLADA GONZÁLEZ, L. : Molinos y mareas en Siete Villas. Anuario del Instituto de Estudios Marítimos JUAN DE LA COSA, vol. VI: 203-336. Diputación Regional de Cantabria. Consejería de Cultura, Educación y Deportes. Institución Cultural de Cantabria (1987-1988) DE ESCALLADA GONZÁLEZ, L. : Historia del valle de Meruelo. Siete Villas en el Antiguo Régimen. Ed. Tantín (Santander 1988) DE ESCALLADA GONZÁLEZ, L. : Molinos de río y molinos de viento en siete villas (Meruelo y Castillo) II. Altamira. Revista del Centro de Estudios Montañeses, nº 56, pp. 97-132. (2000) DE ESCALLADA GONZÁLEZ, L. : El linaje de Vierna. Ayuntamiento de Meruelo. (Santander, 2006) DE ESCALLADA GONZÁLEZ, L. : Artífices del Valle de Meruelo. Ed. Tantín. (Santander, 1998) GARCÍA GUINEA M.A. : El Románico en Santander. Tomo II. Ediciones Librería Estvdio (Santander, 1979) RUIZ GUTIÉRREZ, A: Los puertos y el litoral de la Cantabria Romana. En VV.AA. Historia de Cantabria Tomo I. El Diario montañés. Pp 129-144. Editorial Cantabria S.A. (Santander, 2007) SERRANO SANZ, M. : Cartulario de la iglesia de Santa maría del Puerto (Santoña). B.R.A.H., tomos LXXIV y LXXV (1919) VVAA: INVENTARIO ARQUEOLÓGICO DE CANTABRIA (INVAC). Servicio de Patrimonio Cultural. Consejería de Educación, Cultura y Deporte. Gobierno de Cantabria VVAA: CATÁLOGO DE LOS INGENISO HIDRAÚLICOS DE CANTABRIA. MOLINOS DE RÍO. TOMO III. Servicio de Patrimonio Cultural. Consejería de Educación, Cultura y Deporte. Gobierno de Cantabria

Page 132: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 131

VVAA: INVENTARIO DE ARQUITECTURA DEFENSIVA DE CANTABRIA. EDAD MEDIA-SIGLO XVI. Servicio de Patrimonio Cultural. Consejería de Educación, Cultura y Deporte. Gobierno de Cantabria MADOZ, P.: Diccionario Geográfico-Estadístico-Histórico de España y sus posesiones en Ultramar. Ed. Santander (Madrid, 1845-1850) CENDRERO, A … [et. Al.] : Guía de la Naturaleza de Cantabria. Ed Estvdio. (Santander, 1993) MEMORIA INFORMATIVA DE LAS NUR : Análisis sociourbanístico de Cantabria. Consejería de urbanismo y O.T. (Santander, 2004) MAPA ESCOLAR DE CANTABRIA . Consejería de Educación. (Santander, 1997) MAPA GEOLÓGICO DE ESPAÑA (IGNE) ESCALA 1:50.000. Hoja nº35 FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ-ARANGO, B. … [et. Al.] : Proyecto de Zonificación agroecológica de Cantabria. (2006) Ejecución técnica a cargo de la empresa SIGRural. Información facilitada por la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad MAPAS DE VEGETACIÓN : Datos oficiales del Gobierno de Cantabria Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca. (Santander, 2003) APIAXXI : Proyecto de construcción acondicionamiento medioambiental del arroyo Cantarranas en Meruelo. (Santander, 2001) SAN MIGUEL PÉREZ, E. : El Ayuntamiento General de la Junta de las Siete Villas. Ed. América Grafiprint (Santander, 1993) El museo de las campanas de Meruelo: Colección Abel Portilla. Ed. América Grafiprint (Santander, 2003) RASINES DEL RÍO, P. : Informe arqueológico sobre el municipio de Meruelo. Cantabria. (Laredo, 2013) Sistema de Información Geográfica utilizado Mapinfo.

Page 133: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

EQUIPO REDACTOR

Page 134: PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA MERUELO · La memoria informativa no profundiza en el conocimiento y análisis del suelo rústico, dejándolo con una protección insuficiente de

MEMORIA AYUNTAMIENTO DE MERUELO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

Página 133

EQUIPO REDACTOR:

Dirección Técnica:

ENRIQUE CONDE TOLOSA Ingeniero de Caminos, C.P

JOSE RAMÓN BRINGAS GALLEGO Ingeniero de Caminos, C.P

Equipo Técnico:

CARLOS DE DIEGO PALACIOS Ingeniero de Caminos, C.P

CATALINA GARCÍA VAZQUEZ Arquitecto

Mª VICTORIA SANCHEZ GARCÍA * Geógrafa

Mª BELEN SAÍNZ SUESCUN Lda. en Biología

LUCÍA PORCELLI ZUBIETA Lda. en Ciencias Ambientales

ESPERANZA PONTE RUIZ Abogada

PABLO GUTIERREZ CARRERA Economista

JAVIER PASTORA FARIÑAS Ingeniero de Minas

Mª ANGELES VALLEJO MENDEZ Delineante

CARMEN SAINZ BÁRCENA T.S. en D.P.C.

El Astillero, enero de 2015

Los directores del Equipo

Enrique Conde Tolosa Jose Ramón Bringas Gallego

* Hasta septiembre de 2006