plan general de ordenaciÓn urbana de lemoiz preavance · dentro de estas consultas previas,...
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Lemoizko Udala
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LEMOIZ PREAVANCE
DICIEMBRE 2016
Lemoizko Udala
PREAVANCE PARA LA REVISIÓN DE LAS NNSS DE LEMOIZ Y REDACCIÓN DEL PGOU Diciembre 2016
REVISION NNSS DE LEMOIZ PARA LA REDACCIÓN DEL PGOU PREAVANCE
PREAVANCE. Diciembre 2016
EQUIPO REDACTOR
TRION S.L.P.
Gabriel Chapa Prado
Arquitecto
Cristina Elorriaga Aboigor
Arquitecto
Josu Etxebarrieta Espejo
Arquitecto
Jon Endika Tamayo Calatraveño
Arquitecto
David Jorge Caballero
Arquitecto
SANZ & SAIZ ABOGADOS
Arantza Hornes
Licenciada en Derecho
Paula Sanz Ochoantesana
Licenciada en Derecho
BIZILAN
Luis Ángel Valdivieso
Sociólogo
Iñaki Enriquez
Economista
PROINTEC
Javier Bernal Gómez
Licenciado en Ciencias Biológicas
Juan Ignacio Herrador
Licenciado en Ciencias Ambientales
Marta Quintero Barrio
Licenciada en Ciencias Ambientales
Juan Carlos Rebollo Izquierdo
Licenciado en Ciencias Biológicas
Jesús Redondo Mazarracín
Ingeniero de Montes
Clara Martinez
Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos
REVISION NNSS DE LEMOIZ PARA LA REDACCIÓN DEL PGOU PREAVANCE
PREAVANCE.. Diciembre 2016
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INDICE
1. ANTECEDENTES................................................................................................. 1
1.1. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................1 1.2. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL.......................................................................1
2. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL MUNICIPIO ........................................................... 4
2.1. ANÁLISIS DE LOS DATOS SOCIOECONÓMICOS, DEMOGRAFÍA, EMPLEO, ACTIVIDAD, EDUCACIÓN Y EUSKERA............................................................................................................4
2.1.1. Población .......................................................................................................................4 2.1.1.1 Evolución de la población................................................................................................... 4 2.1.1.2 Movimiento de la población, Migraciones y Población por lugar de nacimiento............... 4
2.1.2. Distribución y evolución de la población por barrios ....................................................5 2.1.3. Empleo...........................................................................................................................6
2.1.3.1 Relación con la Actividad.................................................................................................... 6 2.1.3.2 Población ocupada según ramas de actividad.................................................................... 6 2.1.3.3 Paro registrado ................................................................................................................... 6
2.1.4. Establecimientos registrados y número de empleos en el municipio...........................7 2.1.5. Población según nivel de instrucción y nivle global de Euskera....................................7
2.1.5.1 Población de 10 y más años, según nivel de Instrucción: ................................................... 7 2.1.5.2 Euskera: .............................................................................................................................. 7
2.2. PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO Y ARQUEOLÓGICO ...............................................................8 2.2.1. Patrimonio Arquitectónico ............................................................................................8
3. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL PLANEAMIENTO............................... 10
3.1. MODELO ACTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS.................................................................10 3.1.1. Medio Físico ................................................................................................................10 3.1.2. Medio Urbano .............................................................................................................11 3.1.3. Modelo Residencial .....................................................................................................13 3.1.4. Modelo Terciario‐Industrial.........................................................................................19 3.1.5. Los Equipamientos ......................................................................................................19
3.2. GRADO DE DESARROLLO DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS .....................................................21 3.2.1. Grado de Desarrollo Suelo Residencial........................................................................21 3.2.2. Grado de Desarrollo Suelo de Actividades Económicas (AAEE) ..................................26
3.3. INFRAESTRUCTURAS DE TRANSPORTE ...................................................................................27 3.4. SUELO NO URBANIZABLE........................................................................................................28
3.4.1. Usos del suelo..............................................................................................................28 3.4.2. La vivienda en el suelo no urbanizable........................................................................29
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4. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA REVISIÓN DE LAS NNSS DE LEMOIZ... 30
4.1. OBJETIVOS DE LA REVISIÓN DEL PGOU Y OBJETIVOS AMBIENTALES .....................................31 4.1.1. Objetivos generales .....................................................................................................31 4.1.2. Objetivos, criterios y líneas de actuación de índole ambiental ...................................32 4.1.3. Otros objetivos ............................................................................................................34
5. JUSTIFICACIÓN DE LAS ALTERNATIVAS CONTEMPLADAS................................. 36
5.1. MARCO GENERAL DEL PLANEAMIENTO SUPRAMUNICIPAL ...................................................36 5.1.1. Suelo residencial..........................................................................................................36 5.1.2. Patrimonio...................................................................................................................36 5.1.3. Medio natural y rural...................................................................................................36
5.2. CRITERIOS GENERALES DE ORDENACIÓN DE LAS ALTERNATIVAS ..........................................37 5.2.1. Necesidad de suelo residencial ...................................................................................37 5.2.2. Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental 2015‐202137
5.3. OBJETIVOS Y JUSTIFICACIÓN DE LAS ALTERNATIVAS PRESENTADAS .....................................38 5.3.1. Alternativa 1 ................................................................................................................39 5.3.2. Alternativa 2 ................................................................................................................40 5.3.3. Alternativa 3 ................................................................................................................41
6. LISTADO DE PLANOS ....................................................................................... 42
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1. ANTECEDENTES
1.1. INTRODUCCIÓN
Mediante acuerdo del Ayuntamiento‐Pleno de 11 de abril del 2016 el Ayuntamiento de Lemoiz adjudica la revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) a TRION PLANES Y SERVICIOS S.L.P.
En mayo de 2016 arrancan los trabajos de elaboración del nuevo PGOU de Lemoiz con el objetivo de actualizar las actuales Normas Subsidiarias (NNSS) del año 2002 a la vigente legislación del suelo, concretamente, la Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.
La ley, conforme a lo preceptuado en el artículo 90.1 de la Ley 2/2006, prevé que en un primer momento se realicen las CONSULTAS PREVIAS, es decir se solicite de los órganos del Gobierno Vasco y de la Diputación Foral correspondiente con competencias sobre Protección Civil, el Medio Ambiente, el Patrimonio Cultural y el Medio Natural la información sobre riesgos existentes y los condicionantes medioambientales, de protección del patrimonio cultural y del medio natural que deban ser respetados por su ordenación, junto con su justificación técnica y jurídica, en un plazo no superior a dos meses.
Dentro de estas consultas previas, destaca la que ha de realizarse al Departamento de Sotenibilidad y Medio Natural de la Diputación de Bizkaia (órgano ambiental competente en el caso de Lemoiz) para que emita un Documento de Referencia sobre la amplitud y el grado de especificación de la información que ha de constar en el Informe de Sostenibilidad Ambiental, así como cualquier otra que consideren de interés para la elaboración del citado documento.
Esta consulta sirve para iniciar el procedimiento de evaluación ambiental paralelo a la tramitación del propio Plan General y debe ir acompañada de una memoria en la que se expongan los planteamientos, consideraciones y alcance de la revisión de las actuales Normas Subsidiarias del año 2002 y redacción de un nuevo Plan General.
1.2. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
El procedimiento de Evaluación Ambiental está regulado tanto por la legislación autonómica mediante el Decreto 211/2012 de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas; como por la legislación estatal, la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
El Decreto 211/2012 establece que estarán sometidos al procedimiento de evaluación ambiental estratégica, los planes y programas recogidos en el anexo I de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco. Entre ellos estarían los Planes Generales de Ordenación Urbana, como es el presente caso. También la Ley 21/2013 establece que todos los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, deberán realizar un procedimiento de evaluación ambiental que garantice un nivel de protección ambiental.
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Por ello, se redacta el presente documento, para iniciar el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de la “Revisión del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Lemoiz”, en cumplimiento de lo establecido en ambas legislaciones: el Decreto 211/2012 que establece la redacción de un Documento de Inicio en el artículo 8 y la Ley 21/2013 que establece la redacción de un Documento Inicial Estratégico en el artículo 18.
Para la redacción del Documento de Inicio se ha elaborado previamente dentro de la fase denominada Preavance:
• El documento de “Planeamiento Supramunicipal” consistente en un análisis de todos los planes de ordenación y sectoriales del territorio recogiendo su afección al plan general así como de las afecciones medioambientales.
• Se ha realizado una Encuesta dentro de la Participación Ciudadana para conocer las opiniones de los/as vecinos/as respecto a los diferentes aspectos de la vida municipal: el propio conocimiento del municipio, la valoración de los equipamientos, de las infraestructuras, de la vivienda, la situación de las viviendas y las viviendas vacías, así como para realizar una estimación de las necesidades de vivienda en el municipio, la imagen del municipio, cómo lo han visto evolucionar, los aspectos prioritarios a solucionar, e incluso el grado de conocimiento e implicación sobre los nuevos proyectos.
• Se ha analizado de manera detallada el del planeamiento vigente y su grado de desarrollo, para valorar la capacidad de vivienda del plan en la actualidad así como de suelo industrial/terciario vacante de cara a plantear las alternativas en el Documento de Inicio.
Pese a que esta documentación no forma parte del Documento de Inicio, ya que no responde al contenido señalado en el artículo 8 del Decreto 211/2012 y por tanto no se incluyen formalmente en este documento, han sido necesarios para plantear las diversas alternativas que contiene el Documento de Inicio.
De conformidad con el artículo 8 del Decreto 211/2012 se debe:
• Cumplimentar el formulario del Anexo V, siguiendo las instrucciones y comprendiendo los subapartados:
o a) Identificación de la disposición normativa o acuerdo del Consejo de Gobierno donde se exija la elaboración o aprobación del plan o programa por una administración pública.
o b) Identificación y descripción de las competencias que desarrolla el plan o programa.
o c) Competencias administrativas: identificación del órgano promotor y del órgano sustantivo, responsable de la aprobación definitiva.
o d) Procedimiento de aprobación y tramitación del plan o programa, detallando expresamente los trámites de de participación pública, información pública y consultas que prevean realizarse en el proceso.
o e) Objetivos y criterios de desarrollo sustantivos generales y específicos y horizontes del plan o programa.
o f) Justificación de las necesidades a satisfacer por el plan o programa y de los elementos de oportunidad presentes.
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o g) Antecedentes y tramitación:
- Descripción, en su caso, del los antecedentes, haciendo referencia a los documentos de planeamiento superior donde se ha contemplado el plan o programa, con indicación de si han sido sometidos a procedimiento de evaluación ambiental. En este último caso, deberán resumirse las principales determinaciones de dicha evaluación ambiental, resaltando, si fuera el caso, los elementos cuya evaluación se hubieran pospuesto a fases posteriores.
- Descripción, en su caso, de las actuaciones posteriores al plan o programa previstos en los que se prevea la intervención del órgano ambiental.
o i) Identificación de los objetivos de protección medioambiental y criterios de desarrollo fijados en las normativas, estrategias y planes de escala internacional, comunitaria, estatal, autonómica y/o local, que guarden relación con los probables efectos significativos del plan o programa o con sus objetivos, así como de los indicadores asociados y, en su caso, límites establecidos o propuestos aplicables a tener en cuenta durante la elaboración del plan o programa.
• Delimitación del plan (art 8 apdo h)
• Descripción y justificación de alternativas (art 8 apdo j)
• Aspectos y problemas ambientales relevantes (art 8 apdo k)
• Unidades ambientales y paisajísticas (art 8 apdo l)
• Valoración de posible afección a Red Natura 2000 (art 8 apdo m)
• Ámbitos de afección de otros espacios naturales (art 8 apdo n)
• Además, se recoge una propuesta de Relación de Público Interesado acorde al artículo 3 Decreto 211/2012.
A continuación se desarrolla de manera detallada diferentes apartados que conforman el Documento de Inicio.
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2. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL MUNICIPIO
2.1. ANÁLISIS DE LOS DATOS SOCIOECONÓMICOS, DEMOGRAFÍA, EMPLEO, ACTIVIDAD, EDUCACIÓN Y EUSKERA.
Para el desarrollo de este capítulo se va a recurrir a los datos recogidos, entre otras fuentes, en el EUSTAT, Agencia Vasca de Estadística.
2.1.1. POBLACIÓN
2.1.1.1 Evolución de la población
Lemoiz contaba con una población de 985 habitantes en el año 1981. Durante la siguiente década se produjo un descenso de la población, pasando a tener 793 en el año 1986 y 783 en el 1991.
Por el contrario desde entonces y hasta nuestros días se ha invertido la tendencia, recuperando en primer lugar la población del año 1981 y pasando posteriormente a superarla claramente, los datos por quinquenios son los siguientes: 829 habitantes el año 1996, 886 el 2001, 981 el 2006 y 1.081 el 2011.
No contamos todavía con datos oficiales del EUSTAT para este año pero basándonos en datos del Padrón o del INE para el año 2015, la población alcanzaba los 1.232 habitantes, por lo que se aprecia que la tendencia de crecimiento, no sólo no se ha detenido sino que parece haberse acelerado.
Este crecimiento desde el punto de vista urbanístico, con sus consecuencias en el incremento de población, ha sido espectacular frente a otros municipios del Bilbao Metropolitano. En los últimos 8 años Lemoiz ha sido el segundo municipio que más ha crecido en población (21,24%) del Área Funcional. Esto es un reflejo del dinamismo y atractivo que tiene el municipio.
2.1.1.2 Movimiento de la población, Migraciones y Población por lugar de nacimiento
El Crecimiento Vegetativo de Lemoiz, durante la última década de la que contamos con datos ( 2005‐2014 ), ha arrojado como dato más negativo el de los años 2008, 2010 y 2013, (‐3) siendo el más positivo precisamente el del último año del que se dispone de datos, el 2014, (+9). Si tomamos en cuenta los datos de los últimos 10 años el Crecimiento Vegetativo de Lemoiz alcanza la cifra total de 23, arrojando una media anual de 2,3 para el conjunto de la década.
En cuanto al Saldo Migratorio Total de la citada década, es preciso destacar que ha sido positivo todos los años, moviéndose entre los +6 de los años 2008 y 2009 y los +55 del año 2012, con un total de 299, lo que supone un saldo positivo medio de 30 anual para la década.
En cuanto a la población por el lugar de nacimiento cabe decir, según los datos del año 2001, que el 87,79 % de la población nació en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y en concreto, principalmente en Bizkaia con el 86,31 %, el 6,20% en el resto del Estado y el 6,01% en el extranjero.
De todos estos datos se deduce que el incremento de población experimentado por Lemoiz desde la década de los noventa del siglo pasado hasta nuestros días no se debe como en tantos municipios
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vizcaínos en décadas anteriores a una inmigración llegada desde el resto del Estado, sino que obedece más bien al proceso de descongestión que han venido experimentando las zonas más urbanizadas del Bilbao Metropolitano
2.1.2. DISTRIBUCIÓN Y EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN POR BARRIOS
• ARMINTZA:
Se trata del barrio que cuenta con mayor número de habitantes, unos 630. Es de destacar el incremento de población que ha experimentado durante los años de vigencia de las actuales NNSS, (se han ejecutado aproximadamente la mitad de las 135 viviendas previstas en el suelo Urbano), lo que le han llevado a distanciarse con respecto a la capital del municipio, Urizar. Se trata del único núcleo que cuenta con un cierto carácter urbano de Lemoiz.
• URIZAR:
A pesar de ser el barrio que ostenta la capitalidad del municipio no se trata del barrio más poblado, ya que, incluyendo el barrio de unifamiliares de Gure Mendi que depende de Urizar, pero que se encuentra separado del suelo Urbano y Urbanizable de la capital, no alcanza los 300 habitantes. Esto es, cuenta con la mitad de población de Armintza. Las NNSS no preveían vivienda alguna en los Suelos Urbanos de Urizar y Gure Mendi y de los dos Sectores previstos en Urizar solo se ha desarrollado uno.
• ANDRAKA:
Se trata del tercer barrio del municipio por el número de habitantes. Su situación en el cruce de las carreteras BI‐2153, que une los tres principales barrios de Lemoiz y BI‐2120 en el eje Plentzia‐Mungia ha favorecido su desarrollo durante el período de vigencia de las presentes NNSS pasando de unos 80 habitantes a los más de 120 actuales. Esto se debe a que se han construido 5 de las 32 viviendas previstas en el Suelo Urbano y a que se ha desarrollado uno de los dos Sectores en Suelo Urbanizable previstos.
• RESTO DE BARRIOS:
El resto del municipio alberga a unos 100 habitantes y cuenta con un carácter absolutamente rural, a pesar de contar con otros tres ámbitos de Suelo Urbano, Gazitua, Orabille y Berreaga.
o En primer lugar cabe citar el barrio de Gazitua. A pesar de su cercanía respecto a Armintza barrio del que depende, no se han desarrollado más que 2 de las 20 viviendas previstas en las NNSS.
o Por último la carretera BI‐3151 de Armintza a Gorliz sirve de acceso a los dos últimos barrios que cuentan con ámbitos de Suelo Urbano, Orabille al norte del citado vial y Berreaga al sur. Se trata de dos barrios de carácter rural en los que las NNSS preveían un total de 27 nuevas viviendas, (16 en Orabille y 11 en Berreaga), de las que únicamente se han ejecutado 2, ambas en Orabille.
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2.1.3. EMPLEO
2.1.3.1 Relación con la Actividad
Según datos del 2011, la Población Activa de Lemoiz alcanzaba las 540 personas, es decir el 49,95 % de la población censada, observándose un aumento con respecto al año 2006 cuando la población activa alcanzaba las 468 personas y el porcentaje de la población era del 47,71 %. Este aumento es todavía más significativo si lo comparamos con el inicio de la serie histórica el año 1986, cundo la población activa era de 275 personas y el porcentaje sobre la población alcanzaba la cifra del 34,68 %.
En cuanto al número de parados, en el año 2011 la cifra era de 73, un 13,52% de la población activa. Estas cifras mostraban un gran incremento respecto a las del año 2006, 25 y 5,34 % respectivamente. De lo que se deduce que la reciente crisis ha golpeado duramente a Lemoiz, ya que el porcentaje de desempleo prácticamente se ha triplicado en el quinquenio 2006‐2011.
2.1.3.2 Población ocupada según ramas de actividad
Las ramas de actividad que en el año 2011 contaban con mayor número de población ocupada eran las siguientes:
De los datos se deduce la gran importancia del sector de los servicios, con una importante presencia del empleo público, (Administración, Educación, Sanidad, etc.) en Lemoiz y por el contrario la escasa relevancia de la industria en el empleo del municipio.
2.1.3.3 Paro registrado
En cuanto al Paro Registrado en las últimas décadas se ha movido entre los 25 del año 2006, la cifra más baja, y los 83 del año 1996. Se observa una situación relativamente estable, pero con tendencia al alza, durante la década 1986‐1996, para pasar a reducirse de un modo significativo el paro durante la siguiente 1996‐2006. Por último, como ya se ha citado previamente, debido a la crisis el número de parados en el quinquenio 2006‐2011 se incrementó de un modo muy importante pasando de 25 a 73 personas.
RAMA DE ACTIVIDAD POBLACIÓN OCUPADA % SOBRE EL TOTAL
Comercio y reparación 58 12,42
Administración Pública 57 12,21
Alquiler, inmobiliarias y servicios a empresas 55 11,78
Educación 53 11,35
Construcción 43 9,21
Industria Manufacturera 41 8,78
Hostelería 39 8,35
Actividades sanitarias y veterinarias, servicios 36 7,71
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2.1.4. ESTABLECIMIENTOS REGISTRADOS Y NÚMERO DE EMPLEOS EN EL MUNICIPIO
En cuanto a los establecimientos registrados en el municipio de Lemoiz según datos del EUSTAT del año 2015, según la Actividad, en orden de importancia, serían los siguientes:
ACTIVIDAD ESTABLECIMIENTOS % SOBRE EL TOTAL
1.‐ Comercio, transporte y hostelería. 25 30,49
2.‐ Agricultura, ganadería y pesca 21 25,61
3.‐ Actividades profesionales y auxiliares 11 13,41
4.‐ Administración pública, educación y sanidad 7 8,54
5.‐ Construcción 6 7,32
Total 82 100
En cuanto al Número de Empleos registrados en Lemoiz durante la última década se ha movido entre los 75 del año 2005 y los 146 del año 2014, la tendencia ha sido de un aumento constante entre los citados años. La cifra del año 2015 alcanza los 142 empleos en el municipio.
Es preciso destacar que el número de empleos registrados en el municipio es significativamente inferior a la cifra de la población activa del mismo, de lo que se deduce que la gran mayoría de los trabajadores de Lemoiz debe trasladarse fuera del municipio para trabajar
2.1.5. POBLACIÓN SEGÚN NIVEL DE INSTRUCCIÓN Y NIVLE GLOBAL DE EUSKERA
2.1.5.1 Población de 10 y más años, según nivel de Instrucción:
En cuanto al nivel de instrucción de los vecinos de Lemoiz, según los datos del año 2011, destacan las personas que cuentan con estudios primarios, 263 (el 24,33 %), los que han cursado estudios secundarios, 209 (el 19,33 %) y los que disponen de estudios superiores, 206 (el 19,06 %). En cuanto a los vecinos analfabetos o sin estudios suman el total de 18 (el 1,67%).
2.1.5.2 Euskera:
De entre las personas de 2 y más años de Lemoiz en el año 2011, 605 (el 55,97%) eran Euskaldunes. Por el contrario, los Erdaldunes en el citado año eran 171 (el 15,82%).
En cuanto a la Lengua Materna, en el caso de 543 personas (el 50,23%) era el Castellano, para 352 vecinos (el 32,56%) el Euskera y para 146 (el 13,51%) las dos. Destaca además la cifra de 40 personas (el 3,70%) para las que era otra lengua distinta.
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2.2. PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO Y ARQUEOLÓGICO
2.2.1. PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO
No se encuentra ningún monumento Calificado ni Inventariado, pero a continuación se van a recoger los elementos más interesantes desde el punto de vista del patrimonio ordenados por tipologías:
• IGLESIAS
1.‐ Iglesia de Andra Mari:
Se encuentra en el barrio de Urizar y se trata del edificio más interesante del municipio. Su origen es muy antiguo ya que data de la primera mitad del siglo XII. Se trata de un templo muy sencillo conformado por una nave sin bóvedas.
Cuenta con una portada románica. Sus tres arquivoltas son de medio punto y no cuentan con decoración. Descansan en cimacios de billetes y sobre capiteles de conformación románica.
Los muros perimetrales son del siglo XVI y se levantaron aprovechando elementos anteriores románicos. La torre es renacentista del siglo XVI.
La cubrición del templo es de madera, generando una bóveda, propia de finales del siglo XIX.
2.‐ Iglesia de Santo Tomás:
Se encuentra en el barrio de Armintza. Se trata de un edificio de fábrica contemporánea situado junto al lugar donde estuvo la antigua ermita. Cuenta con una talla de Santo Tomás encontrada entre los rompientes.
• CASERÍOS
1.‐Martiñena. Construido a finales del siglo XVI en Andraka
2.‐ Ugarte‐Goikoa. Construido a finales XVI. Cuenta con una gran cubierta a dos aguas, soporte central y armazón portante de madera.
3.‐ Basterrakoetxe.
4.‐ Beitzu. Situado en Urizar.
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5.‐ Ibergone. En el barrio de Andraka.
6.‐ Sañone.
7.‐ Palacio. En Urizar.
• MOLINOS
1.‐ Armintxekalde
2.‐ Dendariena
3.‐ Artekoerrota
4.‐ Aurtenekoerrota
5.‐ Errotatxu
6.‐ Agirrekoerrota
6.‐ Gibelerrota
• FERRERÍAS
1.‐ Olatxu
2.‐ Olalde
• ARQUITECTURA POPULAR
1.‐ Lavadero de Urizar
2.‐ Probadero de Andraka
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3. ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL DEL PLANEAMIENTO
3.1. MODELO ACTUAL DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS
Las vigentes Normas Subsidiarias cuentan con aprobación definitiva con fecha 7 de febrero de 2002, publicándose dicha resolución el 30 de mayo del mismo año. Posteriormente, el 17 de junio de 2002, se publica su normativa en el Boletín Oficial de Bizkaia.
En primer lugar, conviene aclarar que parte del Término Municipal se encuentra incluido en el Plan Territorial Sectorial de Protección y Ordenación del Litoral (POL). Además, según se recoge en el PTP Agroforestal, prácticamente todo el Término Municipal se clasifica como Suelo No Urbanizable en las categorías de Protegido, seguido del SNU Normal, Agrícola, Ganadero y Forestal.
Las NNSS estudian el territorio bajo dos aspectos. Por un lado el Medio Físico, atendiendo a la protección del mismo y la potenciación de sus valores paisajísticos y ecológicos, especialmente de la costa, acantilados y cumbres como principales valores. Por otro lado se centra en el Medio Urbano y los Núcleos Rurales. Proponen la consolidación de la trama urbana de los núcleos existentes a través de crecimientos que ordenen y completen su estructura. Además dotan a los núcleos rurales de los instrumentos necesarios para lograr su consolidación, clasificándolos como Suelo Urbano.
3.1.1. MEDIO FÍSICO
Las NNSS regulan el suelo no urbanizable asignando tres categorías:
- Protección,
- Normal, Agroganadera y Forestal
- Sin vocación definida.
Además de estas categorías establece las siguientes limitaciones sectoriales:
- Protección de aguas superficiales
- Áreas inundables
- Protección del Dominio Marítimo Terrestre.
Estas categorías de ordenación para el suelo rústico no tienen un encaje general con las categorías del actual Plan Territorial Parcial Agroforestal, coordinación que habrá que realizar en la presente revisión.
En el plano de información I‐01 “Estructura Orgánica del Territorio”, se recoge las categorías del Suelo No Urbanizable de las NNSS vigentes.
En líneas generales buscan la regulación y limitación de la proliferación de crecimientos de los núcleos rurales, evitando segregaciones de parcelas y autorizando exclusivamente la construcción de instalaciones agrícolas vinculadas y proporcionales a la explotación rústica de la parcela.
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3.1.2. MEDIO URBANO
Los asentamientos urbanos se encuentran dispersos en el término municipal situados a lo largo de los ejes de comunicación principales BI‐2153 y BI‐3151. Estos núcleos son clasificados por las NNSS como núcleos urbanos y núcleos rurales:
• Núcleos Urbanos
o Armintza
o Urizar
o Guremendi
• Núcleos Rurales:
o Andraka
o Gazitua
o Orabille
o Berreaga
El núcleo de mayor entidad es Armintza, sito entre las calas del puerto y la de la playa. Es la zona más llana y abierta de la costa entre Gorliz y Bakio. Otra zona abierta de la costa es Basordas, hoy día ocupada por las instalaciones de la Central Nuclear de Iberdrola, actualmente en fase de desmantelamiento.
Urizar es otro núcleo destacable donde se encuentra el Ayuntamiento. Se trata de un núcleo enclavado en la zona más amplia del valle por el que discurre el río Amorraga, eje vertebral norte sur del municipio.
El resto de núcleos se hallan en cimas coincidentes con cruces de carreteras, Andraka, Orabille y Berreaga.
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Armintza Urizar Andraka
Guremendi Gazitua Orabille Berreaga
Las previsiones de crecimiento establecidas en el momento de la elaboración de las NNSS tienen el objetivo fundamental de consolidar la trama urbana de los núcleos existentes, definiéndolos Y dotándolos de estructura interna.
Se establece para ello una doble estrategia. Por un lado se proponen nuevos crecimientos que ordenen y completen la estructura de Armintza y Urizar, y la segunda estrategia clasifica suelos urbanos para permitir su consolidación y desarrollo ordenado en los núcleos de Andraka, Gazitua, Orabille, Berreaga y Guremendi.
Los criterios generales para la clasificación del Suelo Urbano en las NNSS son los siguientes:
• Consolidación de los núcleos existentes.
o Núcleos urbanos: Armintza, Urizar, y Guremendi.
o Núcleos rurales: Andraka, Gazitua, Orabille, Berreaga.
• Ordenar la trama urbana de Armintza y Urizar
• Controlar y ordenar el crecimiento de los núcleos rurales de Andraka, Gazitua, Orabille y Berreaga.
• Consolidar la urbanización de Guremendi.
• Mejorar la urbanización y comunicación entre núcleos.
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3.1.3. MODELO RESIDENCIAL
En cuanto al modelo residencial las NNSS proponen además de las 25 Unidades de Ejecución en Suelo Urbano, 5 sectores urbanizables repartidos en los núcleos de Armintza, Urizar y Andraka.
A continuación se detalla un listado por núcleos de las previsiones de crecimiento:
ARMINTZA
Es el único núcleo del municipio con estructura urbana aunque precisa de consolidación interna.
• Suelo Urbano No Consolidado:
o UE‐ARM‐1: Zona situada al este de la Calle Portubidea y al norte de la carretera de Bakio (calle Armintzekalde). El objeto de estas Unidades de Ejecución es completar la urbanización de la parte trasera de los inmuebles de la calle Portubidea, estructurando el espacio en torno a una plaza y completando la trama con calles y edificios hasta la calle Atalaia.
Tras la Modificación Puntual 2ª la Unidad de Ejecución UE Armintza 1.1 pasa a denominarse UE Armintza 3.0a.
NNSS 2002 Resultado Modificación Nº 2
o UE‐ARM‐2: Compuesta por 4 unidades de ejecución, se sitúa al oeste del núcleo, entre las calles Portubidea y Armintzekalde. Tiene por objeto la unión de las calles Portugane con Armintzekalde además de completar la trama urbana con bloques de cuatro alturas.
La UE‐ARM‐2.4 queda modificada por la Modificación Puntual Número 10, modificando la línea de suelo urbano recogiendo el camino que une la BI‐3151 y la calle Purtugane.
o UE‐ARM‐3: Es la zona situada entre la calle Armintzekalde y el arroyo Amorraga al sur del núcleo. El objeto de este ámbito es rematar el suelo urbano hasta el límite del arroyo, proponiendo oferta de viviendas en algún régimen de protección además de una zona de aparcamiento.
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• Suelo Urbanizable:
o SAPU Residencial Armintza: Se propone un crecimiento residencial limitado hacia el sur, orientado a la ordenación del meandro del arroyo Amorraga. La zona más próxima al arroyo se destina a instalaciones deportivas mientras que la zona central se ordena con un viario que une el puente de piedra junto a la BI‐3151 con el desarrollo de la UE‐ARM‐3.
La misma Modificación Puntual número 10 de las NNSS modifica la superficie y forma del SAPU Residencial de Armintza según se muestra en las imágenes.
NNSS 2002 Resultado Modificación Nº10
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URIZAR
Se propone consolidar el núcleo urbano de Urizar completando con edificación y equipamientos los solares vacíos con el objetivo de rematar el suelo urbano, creando un núcleo más compacto y estructurado.
. Se propone para ello la ordenación de 2 sectores urbanizables, uno frente al Ayuntamiento y el otro frente a la Iglesia y el lavadero.
• Suelo Urbanizable:
o SAPU Urizar 1: Este sector se sitúa en la margen oeste de la carretera BI‐2153. Tiene como objeto conectar la carretera que baja desde Berreaga con la general que une Armintza con Andraka. También posibilitaría el crecimiento de la oferta de vivienda y la obtención de suelo para la ampliación del centro cívico.
o SAPU Urizar 2: Este sector se delimita en torno a la iglesia de Santa María y hasta el actual Ayuntamiento. Se propone dotar a la zona de aparcamiento y urbanizar el entorno que rodea la iglesia además de ubicar viviendas a lo largo del eje viario central que desciende hasta el lavadero.
GUREMENDI
Este núcleo comprende un grupo de 24 viviendas unifamiliares contruidos en la década de 1980‐90, que mantiene la delimitación original del suelo urbano, por lo que queda limitado su crecimiento.
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ANDRAKA
Se establece para este Andraka una ampliación del suelo urbano para conseguir su consolidación como núcleo y dotarlo de una mayor coherencia y trama urbana aprovechando su ubicación en el cruce de las carreteras BI‐2153 y BI‐2120.
• Suelo Urbano No Consolidado:
o UE‐AND‐1: Esta unidad se sitúa al norte del núcleo sobre el cruce de los principales ejes viarios, en la zona de Goikosta. Esta ordenación plantea la apertura de un viario que conecte la BI‐2153 con el camino que conduce a Berreaga.
o UE‐AND‐2: Esta unidad se localiza frente a la UE‐AND‐1, al otro lado de la BI‐2153, Een la zona de Largoena. El objetivo no es otro que rematar el suelo urbano en la parte norte del núcleo.
o UE‐AND‐3: Esta unidad se divide en 5 Unidades de Ejecución que conforman todo el frente sur del núcleo. El objetivo de cada una de estas piezas es complementaria con los sectores urbanizables de Andraka, y plantean el cierre y la unión del núcleo en su zona sur a través de un viario curvo que parte de la nueva conexión propuesta entre la BI‐2153 y BI‐2120.
• Suelo Urbanizable:
o SAPU Residencial Andraka 1: Este sector de ensanche se delimita a lo largo de la BI‐2120 hasta el límite del Suelo No Urbanizable de Especial Protección y el camino hacia la Sidrería. Se trata de un sector de calificación residencial de vivienda unifamiliar que plantea el arranque desde la nueva intersección (BI‐2153‐BI‐2120) del viario curvo sur mencionado anteriormente.
o SAPU Residencial Andraka 2: Este sector está delimitado al norte por el suelo urbano y al este por el camino hacia Butroi que discurre paralelo al río del mismo nombre. Es un sector de ensanche que recoge la continuidad del viario sur que dota de trama urbana y estructura al núcleo.
La Modificación Puntual Nº11 recoge la nueva conexión entre las carreteras BI‐2153 y BI‐2120 dentro del sector urbanizable industrial de Andraka, modificando su superficie y ordenación como reflejan los planos.
NNSS 2002 Resultado Modificación Nº11
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GAZITUA
En Gazitua se pretende completar el pequeño núcleo existente y potenciar su unión con la playa.
• Suelo Urbano No Consolidado:
o UE‐GAS‐1/7: Estas 7 Unidades de Ejecución plantean llenar el vacío de los solares sin edificar y en el caso de las UE‐GAS‐1 Y UE‐GAS‐4 ensanchar el viario de acceso desde la playa y la obtención de un Sistema General de Espacios Libres en la UE‐GAS‐4.
Cabe destacar que tras la Modificación Puntual Número 7 la zona norte de la UE‐GAS‐2 se suprime por encontrarse dentro de los límites de protección del Dominio Marítimo‐Terrestre).
NNSS 2002 Resultado Modificación Nº 7
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Gazitua Orabille
ORABILLE
El Suelo Urbano de este núcleo se delimita tomando como base las parcelas incluidas en las NNSS anteriores, y el objetivo fundamental de dicha clasificación es obtener el acceso al barrio a través de la gestión de las 2 Unidades de Ejecución delimitadas.
• Suelo Urbano No Consolidado:
o UE‐ORA‐1: Esta unidad se sitúa al sur del camino existente Urzuriaga y la carretera BI‐3151. Su objetivo como se describe anteriormente es obtener una conexión adecuada entre ambos viarios que sirva tanto a la ordenación de ambas unidades como de acceso al municipio de Gorliz.
o UE‐ORA‐2: Esta unidad se sitúa entre el camino Urzuriaga y el Suelo No Urbanizable de Especial Protección. El objetivo de esta unidad ampliar el trazado del camino y edificar las parcelas resultantes de la ordenación.
BERREAGA
El tratamiento que se propone para este antiguo enclave de Mungia es mantener su estructura lineal clasificando como urbano un ámbito que permita edificar los terrenos vacantes para consolidar el núcleo.
• Suelo Urbano No Consolidado:
o UE‐BER‐1/3: Estas 3 Unidades de Ejecución se sitúan a ambos lados del camino que conecta el Núcleo de Berreaga con Urizar y la BI‐3151 con Andraka. El objetivo de dichas unidades es completar la edificación en las parcelas vacantes.
De los asentamientos descritos anteriormente, cabe destacar a efectos de su desarrollo los tres núcleos principales: Armintza, Urizar y Andraka.
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3.1.4. MODELO TERCIARIO‐INDUSTRIAL
Las NNSS proponen un único sector urbanizable de actividades económicas denominado SAPU Industrial en el núcleo de Andraka con una superficie de 25 Ha.
La situación del sector es estratégica dentro del municipio puesto que está delimitado en torno al punto de conexión entre los viarios BI‐2153 y el eje BI‐2120 que unen Gorliz y Plentzia con Mungia. El trazado de dicha intersección ha sido modificado y se resuelve con un nudo en rotonda dentro del propio sector que ha sido obtenido por obtención directa y se encuentra ya ejecutada.
Como se describe anteriormente este Sector sufre una modificación a través del documento Modificación Nº11 de las NNSS.
Por otro lado encontramos las instalaciones del antiguo proyecto de Central Nuclear en Basordas, que constituye un gran espacio sin vocación definida.
3.1.5. LOS EQUIPAMIENTOS
Se propone un refuerzo de las dotaciones existentes ya que las NNSS especifican que no se han detectado déficits de equipamientos salvo el aparcamiento de vehículos en Armintza que ya ha sido ejecutado.
Las NNSS establecen una serie de actuaciones de mejora para las siguientes dotaciones:
ARMINTZA
Se propone ordenar la Plaza del centro de Armintza, definiendo el espacio que la circunda con el fin de incorporar una zona de juego de niños. Así mismo se propone la obtención de un espacio libre verde a lo largo del muelle en las traseras de la calle Portugane.
La playa que está en el Puerto y la de la cala necesitan de obras de acondicionamiento para su mejor utilización. En el suelo urbanizable existe la previsión de obtención de una zona deportiva y espacios libres junto a la margen del río Amorga.
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Armintza Armintza Urizar
URIZAR
Se propone la obtención de un Sistema General de Espacios Libres en torno al Lavadero y en la campa de Torreburu. En la zona norte del núcleo se propone también la obtención de espacios libres frente al frontón.
ANDRAKA
Para este núcleo se propone una pequeña área de espacio libre en suelo urbano junto al cruce de los principales ejes de comunicación, creando una centralidad frente a la sidrería.
Los suelos urbanizables por su parte proponen la obtención de más espacios libres, concretamente el SAPU Industrial propone una superficie lineal entre el cruce de la BI‐2120 y BI‐2153 y los Suelos No Urbanizables de Especial Protección. Los SAPU Residenciales proponen pequeñas zonas verdes a modo de plaza o parques que articulan el núcleo.
Andraka Gazitua
GAZITUA
Se propone la obtención de dos pequeños espacios libres a través de la gestión de las Unidades de Ejecución.
ORABILLE
En Orabille se plantea la obtención de un pequeño espacio libre en la intersección de la conexión entre la BI‐3151 con el viario de acceso al núcleo.
BERREAGA
En este núcleo se prevén pequeños espacios libres en cada una de las Unidades de Ejecución.
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3.2. GRADO DE DESARROLLO DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS
A los largo de sus años de vigencia, Lemoiz ha ido transformándose de manera muy contenida, consiguiendo no obstante algunos desarrollos notables de las previsiones contempladas en su planeamiento municipal, en aspectos de crecimiento residencial.
En los apartados siguientes se explica con detalle la evolución del municipio en estos últimos 15 años centrándonos en tres capítulos principales que deben tenerse en cuenta de forma especial en estos momentos iniciales de elaboración del nuevo PGOU.
• Suelo Residencial: Concretamente, se analiza el grado de avance en los distintos ámbitos de gestión de suelos residenciales, tanto en suelo urbano como en urbanizable, contrastando su gestión y número de licencias concedidas, con el fin de determinar la verdadera capacidad residencial existente en la actualidad.
• Suelo de Actividades Económicas: Se analiza el grado de desarrollo del suelo urbanizable propuesto.
• Infraestructuras: Se analizan las infraestructuras existentes y las propuestas y modificaciones sobre los trazados existentes.
Señalar únicamente, que durante la vigencia de las NNSS se han tramitado un total de doce (12) modificaciones puntuales de las NNSS, muchas de ellas para modificar la gestión de ámbitos existentes en el planeamiento.
3.2.1. GRADO DE DESARROLLO SUELO RESIDENCIAL
El suelo residencial en el municipio de Lemoiz se divide fundamentalmente en siete núcleos, tres de ellos principales, Armintza, Urizar y Guremendi. También existen cuatro núcleos rurales recogidos legalmente como tales, Berreaga, Orabille, Gazitua y Andraka existiendo también una dispersión de caseríos por el municipio en torno a Markesbaso y Errekatxu. Las NNSS vigentes sin embargo definen las siguientes áreas residenciales:
• Armintza se corresponde con el actual núcleo de Armintza
• Urizar se corresponde con el actual núcleo de Urizar.
• Guremendi se corresponde con el actual núcleo de Guremendi.
• Andraka se corresponde con el actual núcleo de Andraka.
Las Normas Subsidiarias del año 2002 contemplaban en lo relativo a los suelos residenciales, tres grandes grupos en función de la clase de suelo de la que se trate:
• Suelos residenciales existentes con anterioridad a las NNSS vigentes y clasificados como suelo urbano.
• Veinticinco (25) Unidades de Ejecución en suelo urbano de tamaño diverso, en donde se entremezclan suelos residenciales ya existentes con posibilidad de ser sustituidos o ampliados con suelos disponibles para nuevos suelos residenciales.
• Delimitaciones de sectores de suelo urbanizable residencial con zonas disponibles sin grandes preexistencias. Las NNSS establecen un total de cinco (5) sectores.
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Posteriormente y según se iban desarrollando algunos de estos ámbitos, se han tramitado modificaciones puntuales que han modificado el sector de suelo urbanizable residencial (SAPU Residencial Armintza) y algunas Unidades de Ejecución que, o bien han dividido o modificado, obteniendo el siguiente desglose:
• Unidades de Ejecución en suelo urbano:
- Armintza: Unidades:
UE‐ARM‐1.2, UE‐ARM‐2.1, UE‐ARM‐2.2, UE‐ARM‐2.3, UE‐ARM‐2.4, UE‐ARM‐3.0
- Andraka: Unidades:
UE‐AND‐1.1, UE‐AND‐2.1, UE‐AND‐3.1, UE‐AND‐3.2, UE‐AND‐3.3, UE‐AND‐3.4,
UE‐AND‐3.5
- Gazitua: Unidades:
UE‐GAS‐1, UE‐GAS‐2, UE‐GAS‐3, UE‐GAS‐4, UE‐GAS‐6, UE‐GAS‐6, UE‐GAS‐7
- Berreaga: Unidades:
UE‐BER‐1, UE‐BER‐2, UE‐BER‐3
- Orabille: Unidades:
UE‐ORA‐1, UE‐ORA‐2
• Sectores de suelo urbanizable residencial:
- Armintza: Sector SAPU‐Res‐Armintza
- Urizar: Sectores SAPU‐Res‐Urizar‐1 y SAPU‐Res‐Urizar‐2
- Andraka: Sectores SAPU‐Res‐Andraka‐1 y SAPU‐Res‐Andraka‐2
En los 15 años de vigencia de las NNSS, el desarrollo residencial ha sido moderado, lo que ha supuesto una cierta transformación en cuanto a su imagen desde el momento de la aprobación de la citada figura de planeamiento. Evidentemente, este crecimiento no se ha dado por igual en todos los núcleos del municipio, puesto que, las posibilidades de crecimiento no estaban previstas de forma uniforme en los tres núcleos principales.
Armintza contaba con una estructura urbana ya heredada de años anteriores, con unos límites físicos claros como el puerto, el arroyo Amorga o la BI‐3151, que condicionaron sus posibilidades de crecer. Sin embargo, en el caso de Urizar y Andraka la existencia de suelos disponibles propició la reserva de nuevos desarrollos urbanizables que a lo largo de los años fueron haciéndose realidad, consolidando y reforzando estos núcleos urbanos.
Conviene describir de forma pormenorizada por cada ámbito de gestión su grado de desarrollo para tener una visión más exacta de la verdadera oferta residencial pendiente en municipio, y así, poder determinar las necesidades reales a contemplar en el nuevo Plan General. Por ello, se ha realizado un estudio pormenorizado de cada ámbito con el fin de determinar el grado de consolidación del suelo residencial para concluir la verdadera oferta disponible.
Si analizamos las Unidades de Ejecución previstas en suelo urbano así como de los Sectores de suelo urbanizable residencial que se han ejecutado en este tiempo, la situación actual sería la siguiente:
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• Unidades de Ejecución Ejecutadas: UE‐AND‐3.5, UE‐ARM‐2.1, UE‐ARM‐2.2, UE‐ARM‐2.3, UE‐GAS‐6
• Unidades de Ejecución en Gestión y/o Ejecución actualmente: UE‐AND‐1.1, UE‐AND‐2.1, UE‐AND‐3.2, UE‐ARM‐3.0, UE‐GAS‐2, UE‐ORA‐2
• Unidades de Ejecución No Ejecutadas: UE‐AND‐3.1, UE‐AND‐3.3, UE‐AND‐3.4, UE‐ARM‐1.2, UE‐ARM‐2.4, UE‐BER‐1, UE‐BER‐2, UE‐BER‐3, UE‐GAS‐1, UE‐GAS‐3, UE‐GAS‐4, UE‐GAS‐5, UE‐GAS‐7, UE‐ORA‐1
• Sectores de Suelo Urbanizable Residencial Ejecutados: SAPU‐Res‐Urizar‐2, SAPU‐Res‐Andraka‐1
El sector SAPU‐Res‐Andraka‐1 está completamente gestionado, la urbanización recepcionada quedando únicamente solares sueltos por edificar. El sector SAPU‐Res‐Urizar‐2 está ejecutado y colmatado.
• Sectores de suelo urbanizable residencial No Ejecutados: SAPU‐Res‐Armintza, SAPU‐Res‐Urizar‐1, SAPU‐Res‐Andraka‐2
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En el siguiente cuadro se puede apreciar un resumen general de los distintos suelos residenciales que quedan pendientes de desarrollo:
De acuerdo con los datos que constan en UDALPLAN, actualmente las NNSS tienen una capacidad disponible de vivienda de 263 viviendas en áreas de suelo urbano no consolidado y SAPUs aun no desarrollados. Si a ello sumamos las 79 viviendas disponibles en suelos ya gestionados pero no colmatados obtenemos una capacidad total de 342 viviendas. Esto supone que si tenemos en cuenta la horquilla máxima contemplada en el PTP Bilbao Metropolitano y la prevista en el documento de Modificación de las DOT en lo relativo a la cuantificación residencial, la capacidad máxima que podría incluir el nuevo PGOU oscila entre las 97 y las 106 viviendas. Muy lejos de las 551 que propuso el documento de aprobación definitiva de las NNSS. Otro aspecto destacable desde el enfoque general es que las edificabilidades de los suelos urbanos no consolidados y uno de los urbanizables presentan en su gran mayoría una densidades inferiores a las mínimas autorizadas por la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo.
Por ser inferior a 3.000 habitantes:
Suelo urbano no consolidado 0,25 m2t/m2s Suelo urbanizable 0,30 m2t/m2s
Superficie Delimitada (m²) Numero Viviendas Techo Edificable (m²)
Ámbito/ Sector Densidad
Viv/Ha Total Vacante Total Sin
ejecutar VPO Total Coef Edific.UE - AND 3.1 < 30 9.704,00 9.704,00 6 6 0 1.440,00 0,15 UE - AND 3.3 < 30 8.987,00 8.987,00 6 6 0 1.350,00 0,15 UE - AND 3.4 < 30 4.661,00 4.661,00 3 3 0 675,00 0,15 UE - ARM 1.2 < 30 499,00 499,00 1 1 0 216,00 0,43 UE - ARM 2.4 >= 30 y =< 75 6.098,99 6.098,99 32 32 0 2.744,00 0,45 UE - BER 1 < 30 8.192,00 8.192,00 5 5 0 990,00 0,12 UE - BER 2 < 30 3.673,00 3.673,00 2 2 0 432,00 0,12 UE - BER 3 < 30 6.556,00 6.556,00 4 4 0 792,00 0,12 UE - GAS 1 < 30 13.521,00 13.521,00 9 9 0 1.944,00 0,15 UE - GAS 3 < 30 1.259,00 1.259,00 1 1 0 310,00 0,25 UE - GAS 4 < 30 3.486,65 3.486,65 4 4 0 800,00 0,23 UE - GAS 5 < 30 2.029,00 2.029,00 1 1 0 252,00 0,12 UE - GAS 7 < 30 2.493,00 2.493,00 1 1 0 288,00 0,12 UE - ORA 1 < 30 18.886,00 18.886,00 10 10 0 2.240,00 0,12
SAPU-Andraka-2 < 30 41.022 41.022 30 30 0 10.465 0,26 SAPU-Armintza < 30 24.104 24.104 50 50 0 8.437 0,35 SAPU-Urizar-1 < 30 24.088 24.088 98 98 0 10.500 0,43 Computo Total 179.260 179.1620 263 263 0 43.875 Capacidad Prevista por el Planeamiento Supramunicipal Min Max
Previsión PTP 266 369 Previsión Mod DOT 180 360
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3.2.2. GRADO DE DESARROLLO SUELO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (AAEE)
Lemoiz cuenta con un único suelo calificado como actividades económicas, SAPU Andraka Industrial, Servicios.
Posteriormente a la aprobación de las NNSS, se ha tramitado la Modificación Puntual número 11, que ha incorporado las previsiones del nuevo nudo de conexión entre las carreteras BI‐2120 y BI‐3153, habiendo sido necesaria la reordenación del sector.
Superficie Delimitada
(m²) Numero Viviendas Techo Edificable (m²)
Ámbito/ Sector Densidad
Viv/Ha Total Vacante TotalPor
ejecutar VPO Total Por
edificarSAPU-Industrial - 25.216 25.216 - - - 13.264 13.264 Computo Total 25.216 25.216 0 0 0 13.264 13.264
A pesar de no estar calificado como actividad económica, el nuevo centro de investigación y desarrollo de Armintza tiene un cierto carácter similar al de actividad de este tipo, ya que lo único que lo diferencia es el carácter público de la intervención.
Por otro lado, las instalaciones del antiguo proyecto de Central Nuclear en Basordas constituyen hoy en día un enorme espacio sin vocación definida, que por sus enormes gastos de adaptación o readaptación dificultan una solución de futuro inmediata. Los distintos planeamientos tanto municipales como territoriales y sectoriales recogen la voluntad de querer buscar una solución al problema pero sin resultados hasta la fecha.
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3.3. INFRAESTRUCTURAS DE TRANSPORTE
Lemoiz se estructura en torno a sus vías de comunicación en forma de núcleos urbanos de mayor o menor entidad. Por el municipio atraviesan las carreteras Forales:
• BI‐2120
Une Gorliz con Mungia por el alto de Andraka.
Las NNSS en el momento de su aprobación contemplaban una “variante” de conexión de la BI‐2120 a su paso por Andraka. En esta carretera la Diputación Foral ha realizado las obras de ampliación y modificación del trazado, que ha afectado al caserío nº 12 se Auzokone, siendo derribado. Este proyecto define la nueva conexión de la carretera que une Andraka con Urizar y Arminza, la BI‐2153, y se elimina el cruce existente.
• BI‐3151
Esta carretera de la red local une Gorliz con Goikoerrota. Entra en Lemoiz por el alto de Orabilla hasta su encuentro con la BI‐2153. La carretera local BI‐3152 discurre paralela a la línea de costa desde Aramintza, por la Central de Iberdrola y por las laderas de Jata hasta Bakio.
• BI‐2153
Esta carretera comarcal sirve como comunicación interna del municipio uniendo los principales núcleos, Andraka, Urizar y Aramintza. Es perpendicular a la costa y tiene un trazado más o menos recto, naciendo de Andraka en el nuevo cruce con la BI‐2120 y muriendo en la unión con la BI‐3151.
Además de estas carreteras que responden a los movimientos principales de la población, el municipio cuenta con una extensa red de caminos rurales que conectan con el territorio y los usos agropecuarios.
En cuanto al transporte público, el municipio está servido por tres líneas de Bizkaibus:
- Armintza‐Getxo (por estación de metro de Plentzia)
- Plentzia‐Andraka por Gorliz y Urizar
- Plentzia‐Mungia.
El transporte público del que dispone el municipio es el servicio de autobús apoyado en tres líneas, Armintza–Getxo por Plentzia (estación de metro), Plentzia‐Andraka por Gorliz y Urizar y la Línea Plentzia‐Mungia.
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3.4. SUELO NO URBANIZABLE
3.4.1. USOS DEL SUELO
Las NNSS vigentes dividen el Suelo No Urbanizable en tres grandes áreas o categorías, Agroganadera y Forestal, Protección y Sin Vocación Definida.
• Agroganadera y Forestal: Esta categoría alberga los suelos con mayor capacidad de uso agrícola y forestal.
• Protección: Compuesta por los acantilados, costa, playas, cumbres y aquellos elementos que por sus características deben ser conservados.
• Sin Vocación Definida: Está compuesto por los suelos que por diversas razones han sido utilizados por usos contrarios a la actividad agrícola o forestal, o bien en los que no se ha producido esa actividad y que por su ubicación interese darles otro uso.
Estas categorías no se asimilan a las recogidas en las distintas figuras de planeamiento sectorial y especialmente a las DOT y al Plan Territorial Sectorial Agroforestal, instrumento básico para la coordinación entre los distintos usos del suelo entre todos los municipios de la CAPV.
De hecho, el servicio de Gobierno Vasco UDALPLAN, ha realizado un ejercicio de categorización de las mismas homogeneizándolas con el resto de municipios dando unos valores en parte desiguales con respecto al plan sectorial.
En los siguientes cuadros se pueden apreciar las diferencias entre los distintos tipos de suelo:
Categorías UDALPLAN Superficie m2
Especial Protección 82.634.000
Agroganadera y campiña 71.415.000
Sin vocación de uso definido 10.180.000
Protección de aguas superficiales 7.175.000
TOTAL 17.140.400
Categoría PTS Agroforestal Superficie m2
Agroganadera: Paisaje Rural de Transición 3.621.747
Agroganadero: Alto valor estratégico 1.395.243
Forestal 11.064.613
Forestal‐Monte Ralo 32.600
Mejora Ambiental 33.243
TOTAL 16.147.446
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El futuro PGOU deberá unificar y resolver las divergencias que existen actualmente entre las propias NNSS y el resto de figuras de ordenación territorial. Al mismo tiempo deberá coordinarse con las categorías de los municipios colindantes como fórmula de ordenación territorial integral.
3.4.2. LA VIVIENDA EN EL SUELO NO URBANIZABLE
Lemoiz destaca por ser uno de los municipios con vocación agrícola dentro del ámbito del PTP del Bilbao metropolitano, no obstante ese reflejo agropecuario no se traduce necesariamente en una dispersión residencial preocupante. Es cierto que existen algunas edificaciones dispersas a modo de caseríos, que en su mayor parte se encuentran vacíos o son viviendas de segunda residencia.
Estas edificaciones se localizan fundamentalmente en torno a los núcleos y a lo largo de los viarios de comunicación y los cursos fluviales. El resto de suelos más alejados han preservado su carácter rural y vinculado a la explotación agrícola ganadera entre otros factores por su accidentada orografía.
En este sentido, Lemoiz que cuenta en la actualidad con numerosas viviendas en suelo no urbanizable, no ha sufrido una presión excesiva en este aspecto, siendo más acusada en los núcleos más próximos a barrios como son Orabille y Berreaga. Pero puede afirmarse que las NNSS han podido contener la irrupción de nuevas construcciones en este tipo de suelo.
Es relevante la importante existencia de caseríos históricos, molinos y ferrerías diseminados en el medio rural, sobre todo a lo largo del río Amorraga. Las intervenciones de reforma en los caseríos se combinan con cierto abandono de otros, trasladando una imagen desigual sobre la supervivencia del sector primario en el término municipal.
De acuerdo con el Padrón municipal de viviendas, obtenemos el siguiente cuadro resumen de viviendas por barrio diferenciando entre las ocupadas y las vacías:
BARRIO OCUPADAS VACÍAS SEGUNDA RESIDENCIA TOTAL
Andraka 20 2 1 23
Armintza 14 5 7 26
Urizar 26 1 11 38
TOTAL 60 8 19 87
Según los datos del Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia existen 87 viviendas en suelo no urbanizable.
A pesar del importante número de viviendas vacías en suelo no urbanizable, hay que indicar que la mayoría de ellas se encuentran ocupadas o son de segunda residencia.
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4. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA REVISIÓN DE LAS NNSS DE LEMOIZ
Las Normas Subsidiarias tipo b de Lemoiz se aprobaron definitivamente mediante Orden Foral del Departamento de Urbanismo 643/2001, de 17 de diciembre y la normativa del texto refundido fue publicada en el BOB nº 114, del 17 de junio del año 2002.
En este tiempo se han producido cambios en la legislación urbanística vigente. La entrada en vigor, en el ámbito estatal, de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, ha supuesto un nuevo e importante hito en la evolución de la normativa urbanística del España. Asimismo, a nivel autonómico, la entrada en vigor de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo y los posteriores decretos que la desarrollan, ha traído sustanciales modificaciones para el planeamiento urbanístico, en relación con la tramitación del planeamiento, el desarrollo sostenible, los estándares y cuantías mínimas de viviendas sometidas a algún régimen de protección oficial, la desaparición del concepto de aprovechamiento tipo, etc.
Por otro lado, la Ley 2/2014 que modifica la Ley 2/2006 establece un máximo de 15 años para la adaptación de las NNSS a las determinaciones de la esta Ley, fijando el 20 se septiembre de 2021 como fecha tope para la revisión del actual planeamiento.
Desde la entrada en vigor de las Normas Subsidiarias se ha aprobado definitivamente el Plan Territorial Parcial (PTP) del Área Funcional de Bilbao Metropolitano, la modificación del Plan Territorial Sectorial (PTS) de la Red Ferroviaria de la CAPV, el PTS de Energía Eólica, el PTS de Ordenación de Zonas Húmedas y el PTS de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y de Equipamientos Comerciales, el PTS Agroforestal, el PTS de la Red Intermodal y Logística del Transporte así como las modificaciones del PTS de Márgenes de Ríos y Arroyos y del PTS de Zonas Húmedas. También se ha aprobado el Avance del PTS de Patrimonio Cultural y se ha presentado el Avance del PTS de Promoción Pública de Vivienda.
Desde la redacción del planeamiento actual, la sociedad vasca ha avanzado mucho en la consecución de una mentalidad respetuosa con el medio ambiente y el desarrollo sostenible.
La apuesta por la sostenibilidad hecha por la Ley 3/98 General de Protección del Medio Ambiente, la Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo sostenible (2002‐2020), el Programa Marco Ambiental (2002‐2006), la iniciativa Udaltalde 21 y la red de municipios Udalsarea 21, son hitos en el avance de la instalación de esta mentalidad en todos los ámbitos de la vida.
El análisis de los recursos naturales del territorio, la movilidad y el transporte, y otros muchos temas inciden directamente con el planeamiento, por lo que se hace necesario que el planeamiento sea coherente con esta mentalidad.
Se trata de plantear propuestas, capaces de satisfacer las necesidades actuales de los vecinos de Lemoiz, pero sin comprometer la capacidad para satisfacer las necesidades de las generaciones futuras, siendo conscientes en todo momento, de la huella que nuestras acciones dejan en el territorio.
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4.1. OBJETIVOS DE LA REDACCIÓN DEL PGOU Y OBJETIVOS AMBIENTALES
Lemoiz cuenta con espacios relativamente homogéneos en sus características como la tipología edificatoria, los procesos históricos de crecimiento, la trama urbana y sus intersticios, los puntos singulares, la identidad de barrio, parámetros sociodemográficos, etc. conforman unas unidades muy claras que son los núcleos o barrios.
Esta nueva revisión debe ahondar en todos aquellos aspectos que sin olvidar los necesarios desarrollos, haga hincapié en solucionar los problemas de los tejidos existentes, como la imagen de conjunto urbano o la propia estructura urbana. La nueva trama deberá integrar los elementos existentes, generando valor en el conjunto urbano.
Las actuaciones que se lleven a cabo para reforzar la identidad de los espacios urbanos deberán tener especial cuidado en darle el valor adecuado y/o potenciar los monumentos históricos y el espacio público en el que se actúa, la puesta en valor del patrimonio edificado, etc. Éstos son en el municipio, un conjunto de valores específicos, que en cualquier modelo de ciudad que se plantee deben ser considerados y potenciados.
La revisión del Plan debe recoger y proyectar la imagen e identidad del municipio de Lemoiz, entendiéndola no solo en su contexto urbano, sino también en su contexto como municipio altamente rural, en un entorno paisajísticamente privilegiado. En este sentido, y directamente relacionado con el medio rural, es importante plantear un desarrollo dentro de los márgenes de sostenibilidad y respeto al Medio Ambiente que rodea Lemoiz, poniendo hincapié en el cuidado de los paisajes y los ecosistemas que les acompañan. Del mismo modo es importante el mantenimiento de los suelos vinculados al mundo rural y a las actividades agropecuarias.
4.1.1. OBJETIVOS GENERALES
Varios son los grandes objetivos generales que deben abordarse en esta revisión:
• Definir una cuantificación adecuada del desarrollo residencial y de actividades económicas, conforme a las necesidades estimadas. Para ello se debe buscar reformar, renovar y completar la ordenación del suelo urbano.
• Búsqueda de la personalidad propia, tanto de cada barrio como a nivel municipal, de manera que aporte definitivamente el tirón necesario para convertirse en un Municipio con carácter, dentro del Área Funcional del Bilbao Metropolitano.
• Mejora de la imagen urbana de los dos principales ejes viarios mediante la recuperación y/o puesta en valor de:
o La carretera BI‐3151 como calle urbana a su paso por Armintza, y como travesía amable al peatón y a la movilidad alternativa que sirva para conectar de manera efectiva los diferenttes núcleos.
o La carretera BI‐2153 incoporando un tratamiento más urbano a su paso por Urizar y Andraka, con carril bici y aceras, prolongando la idea de “vía parque”.
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La recuperación y/o puesta en valor de estos ejes, permitirá mejorar las articulaciones entre los tres principales barrios de Lemoiz (Andraka‐Urizar‐Armintza), de manera que se configuren cómo espacios autónomos, pero relacionados entre sí, promoviendo una secuencia y continuidad entre ambos.
• Primar y potenciar la escena urbana y el espacio público, con elementos de referencia en la trama urbana para los ciudadanos, ya que los edificios, las calles, los parques, los paseos, etc. que conforman el paisaje urbano, son elementos importantes y con incidencia directa en la calidad de vida de las poblaciones.
• Mejora de la escena urbana, entendida como el contexto donde se producen las actividades de relación ciudadana y percepción de la ciudad, conformada por una parte, por todo aquello que le da forma al espacio público, como el tejido, los edificios, las alineaciones, los espacios, las alturas, etc.; y por otra los elementos accesorios, como el mobiliario urbano, el arbolado, los pavimentos, la iluminación, fuentes, esculturas, etc.
Para la revisión del PGOU de Lemoiz, se deben plantear unas directrices que valoren y potencien la trama de espacios públicos y de equipamientos, reivindicando fundamentalmente la coherencia morfológica de las edificaciones, la integración de usos frente a la segregación espacial, y la optimización y racionalización de las infraestructuras. Este proceso de sensibilización afectará de forma positiva a otros sectores de actividad, como pueden ser el comercio, los servicios y la industria, en definitiva, a la imagen del municipio.
• Puesta en valor de los tejidos urbanos especialmente el Residencial.
• Mejora de equipamientos colectivos y de espacios libres.
• Mejora de infraestructuras existentes, planteándose los siguientes objetivos:
o Definir las medidas de apoyo y promoción para el uso de la bicicleta en la trama urbana e interurbana, con la creación de infraestructuras de carriles bici, medidas de templado del tráfico rodado, creación de itinerarios concretos que relacionen diferentes puntos del municipio, etc.
o Plantear nuevos usos a las instalaciones de la central nuclear, procurando que sean respetuosos con el medio ambiente y sirvan como foco atractor para el municipio.
• Actuaciones relativas a la protección, la recuperación, la puesta en valor o mantenimiento de los elementos del Patrimonio Cultural de Lemoiz, evitando cualquier acto que produzca daño o pérdida del mismo. Estos definirán los usos prohibidos, restringidos y permitidos.
La revisión del planeamiento vigente deberá respetar los niveles de protección propuestos por Centro de Patrimonio Cultural Vasco.
• Establecer la protección de los valores naturalísticos, medioambientales y de los recursos naturales.
4.1.2. OBJETIVOS, CRITERIOS Y LÍNEAS DE ACTUACIÓN DE ÍNDOLE AMBIENTAL
Por su parte, los objetivos, criterios y líneas de actuación de índole ambiental son los que se enumeran a continuación:
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• Adaptar y asegurar que desde la categorización y ordenación del suelo no urbanizable del municipio, el planeamiento cumpla con los objetivos y preceptos derivados de las normativas sectoriales que le son aplicables, especialmente, aquellas relacionadas con la protección de los suelos y las aguas, con el desarrollo rural, la protección de hábitats y de especies amenazadas y a la protección en general, del medio ambiente.
• Establecer una serie de categorías y su correspondiente ordenación, apoyadas en las características ambientales y capacidad de acogida y de usos del medio físico del municipio.
• Aplicar las determinaciones que sobre el medio físico, se derivan de los instrumentos de ordenación territorial de rango superior como son específicamente, el PTP del Bilbao Metropolitano, el PTS Agroforestal, el PTS de Ordenación de Ríos y Arroyos y el PTS de Protección y Ordenación del Litoral, adaptándolas a la escala municipal.
• Contribuir desde el ámbito municipal al cumplimiento Metas y Objetivos Estratégicos de la Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo Sostenible 2002‐2020 y su Programa Marco Ambiental 2011‐2014, así como los establecidos desde el Plan de Acción para la Sostenibilidad de la Agenda Local 21 y cualquier otra estrategia autonómica en relación con el medio físico.
• Posibilitar la conservación y la revalorización de los componentes ambientalmente más valiosos del municipio con la mejora de la calidad de vida de su población y su desarrollo socio‐económico.
• Contribuir desde el planeamiento urbanístico a la consecución de los objetivos contenidos en los programas, planes estratégicos y convenios referidos al medio natural y a sus recursos, en los ámbitos europeo, estatal, autonómico, foral y local.
• Categorizar el medio físico del municipio y ordenar los usos y actividades sobre los recursos naturales de su suelo, atendiendo a su capacidad de usos y a criterios de sostenibilidad.
• Compatibilizar el mantenimiento y la revalorización de los componentes más valiosos del medio físico del municipio con las demandas de desarrollo socio‐económico y de mejora de la calidad de vida de su población.
• Evitar la desaparición y artificialización de suelos vinculados a usos y actividades agropecuarias, a los paisajes seminaturales y otros ecosistemas que les acompañan.
• Proteger y conservar la diversidad biológica, los hábitats de interés comunitario y las masas forestales autóctonas presentes en el municipio, que favorezcan la conectividad con otros espacios naturales de fuera del ámbito municipal.
• Incorporar a la ordenación del suelo no urbanizable del municipio el principio de precaución, mediante la ordenación de los suelos afectados por potenciales riesgos ambientales como el riesgo de erosionabilidad y el de inundabilidad, así como los suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones potencialmente contaminantes.
• Favorecer la recuperación ambiental de las zonas degradadas y de los suelos han soportado actividades o instalaciones potencialmente contaminantes, que se localizan en el municipio e impedir que se den de nuevo procesos de degradación del medio físico y de sus recursos naturales.
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• Garantizar una calidad ambiental óptima apropiada para el mantenimiento y la mejora de la salud ambiental.
• Preservar, proteger y restaurar ecológicamente, las masas y los cursos de agua, los ecosistemas acuáticos y ribereños, los acuíferos y todos los elementos asociados al ciclo hidrológico.
• Prevenir, mediante la ordenación de los suelos en riesgo, las afecciones derivadas de riesgos ambientales como la vulnerabilidad de acuíferos y la inundabilidad.
• Mantener la vocación de uso de los suelos, evitando cambios que supongan pérdidas irreversibles de los recursos naturales que sostienen.
• Regulación del grado de transformación del medio físico, regulando los usos mediante una correcta planificación, entendida ésta, como la capacidad de racionalizar unas actividades, evaluando primero la necesidad o no de su desarrollo, las consecuencias de sus procesos, la determinación en la idoneidad de su ubicación, la relación con el medio ambiente, el grado de alteración que provoca y la relación que se establece con otras actividades.
• La recuperación y puesta en valor del río Amorraga, que posibilitará la materialización de un espacio fluvial que contemple el uso cotidiano y lúdico de este espacio por parte de la ciudadanía, como zona de paseo, de relación, etc.
4.1.3. OTROS OBJETIVOS
Así para la elaboración de la nueva categorización en las que se propone dividir el Suelo No Urbanizable se han tenido en cuenta criterios de conservación de la biodiversidad, de sostenibilidad ambiental, en línea con las directrices derivadas de normativa y estrategias europea, estatal, autonómica, foral y municipal, especialmente a lo referido en su Plan de Acción y principales líneas estratégicas de actuación de la Agenda Local 21.
Esta nueva categorización conllevará una adecuación normativa con el fin de asegurar unos usos sostenibles y adecuados para cada ámbito de las distintas categorías y especialmente, para preservar a los espacios de mayor valor ambiental de cualquier desarrollo que altere o destruya sus características y valores naturales.
De especial referencia para la nueva categorización son las DOT de la CAPV, el PTP del Área Funcional del Bilbao Metropolitano, el PTS de Ordenación de Ríos y Arroyos de la CAPV, el PTS Agroforestal de la CAPV y el PTS de Protección y Ordenación del Litoral de la CAPV.
Como se indicaba anteriomente las categorías que se proponen no coinciden con las de las NNSS vigentes, que solo establecía cinco grandes categorías para el Suelo No Urbanizable: Protección, Agroganadero y Forestal, Zonas sin Vocación Definida, Protección del Dominio Marítimo Terrestre y Protección de aguas superficiales. Por ello, se han incorporado al suelo no urbanizable las nuevas categorías del PTS Agroforestal “Agroganadera y Campiña‐Paisaje Rural de Transición” y “Agroganadera de Alto Valor Estratégico”, “Forestal”, “Forestal‐Monte Ralo”, “Mejora Ambiental” y “Pasto Montano‐Roquedos” y se ha incorporado la categoría de “Protección de las Aguas Superficiales”, derivada del PTS de Ordenación de Ríos y Arroyos.
Otra diferencia importante con el anterior planeamiento es la limitación de las áreas de la categoría de “Mejora ambiental” a aquellas determinadas por el PTS Agroforestal, que coinciden con zonas de
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antiguos vertederos o de explotaciones mineras, mientras que las zonas de vegetación forestal autóctona han sido adscritas a la categoría de “Especial Protección”, ampliando sensiblemente su extensión en el planeamiento. Mientras que la categoría de “Forestal” se ha concretado para las áreas del municipio que cuentan con plantaciones forestales.
También se han incorporado a la ordenación del suelo no urbanizable los condicionantes superpuestos de “Riesgo de Inundabilidad” y “Riesgo de erosionabilidad”, contenidos tanto en las DOT como en el PTS Agroforestal y se han incorporado las “Áreas de interés geológico y geomorfológico”. En cuanto al “Riesgo de Inundabilidad”, se recogen las manchas actuales de inundabilidad de 10, 100 y 500 años.
Además de los condicionantes arriba indicados la documentación que acompaña al preavance incluye un estudio de análisis de las directivas de carácter supramunicipal que contienen otros condicionantes superpuestos a tener en cuenta para la ordenación.
Para las delimitaciones cartográficas de las distintas categorías del suelo no urbanizable se han usado como referencia los documentos gráficos de los planes sectoriales citados y del PTP del Bilbao Metropolitano además de la documentación anteriormente citada.
Así, para establecer los ámbitos de la categoría de “Especial Protección” se han tenido en cuenta además, los inventarios del medio natural elaborados por las administraciones públicas con competencias en la materia, en especial los mapas de vegetación y de hábitats de interés comunitario y el Inventario Forestal CAE 2005, a los que se ha añadido un ajuste más detallado gracias a trabajar con una escala cartográfica menor y a contar con el apoyo de ortofotos correspondientes al año 2015 de la DFB.
El Plan General, como instrumento integral de ordenación, apuesta por el medio ambiente y por un entorno de calidad, mediante la protección de ese medio que presenta el municipio de Lemoiz, con una Naturaleza y sus valores como paisaje, ocio y deporte a mantener y mejorar. El Plan anticipándose a los posibles procesos de degradación del medio, tratará de evitarlos en la medida de lo posible siendo los aspectos normativos, así como una eficaz gestión y seguimiento de cualquier incumplimiento, claves para la consecución de los objetivos establecidos.
El Suelo No Urbanizable se suele percibir como suelo no ordenado, y esta condición suele ser causa de lamentables actuaciones. Por ello, el Plan pretende articular mecanismos para prever estos procesos, encauzarlos y regular aquellas exigencias que sean imprevisibles, todo ello, siguiendo los criterios de ordenación de usos propuestos por las DOT. En todo caso, el Suelo No Urbanizable no constituye un Suelo No Ordenado, todo lo contrario, deben regularse sus valores y potencialidades.
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5. JUSTIFICACIÓN DE LAS ALTERNATIVAS CONTEMPLADAS
5.1. MARCO GENERAL DEL PLANEAMIENTO SUPRAMUNICIPAL
La ordenación del territorio constituye un marco en el que participan cada vez más aspectos que necesitan regularse y adaptarse con resto de cuestiones o temáticas sectoriales. La incidencia de cada uno de ellos tiene derivadas en cada municipio que no deben obviarse, puesto que un correcto análisis permitirá obtener un planeamiento coordinado y ágil a la hora de gestionarlo.
En este sentido, una de las primeras tareas realizadas al comienzo del presente proceso de redacción del nuevo Plan General ha sido estudiar cada uno los planeamientos sectoriales, directrices y normativas de carácter supramunicipal con afecciones sobre el término municipal de Lemoiz.
Todos ellos han sido y serán tenidos en cuenta de cara a la nueva formulación del Plan General, y por ello se ha realizado un documento explicativo de cada uno de ellos, resumiéndose sus principales incidencias sobre el municipio, diferenciando entre las determinaciones vinculantes y las orientativas. Este documento se acompaña como anexo al presente Preavance.
De forma resumida se describen algunas de las determinaciones más importantes de cara a estas primeras propuestas y alternativas:
5.1.1. SUELO RESIDENCIAL
- Modificación de las DOT en lo relativo a la cuantificación residencial. Establece un nuevo marco general de cálculo, convirtiéndose en la referencia a considerar a efectos de nueva oferta de suelo residencial.
- PTP del Área Funcional del Bilbao Metropolitano. Los criterios de cálculo que el PTP propone han quedado desfasados por la Modificación de las DOT, aunque si se mantienen los criterios generales de oportunidad y de desarrollo de un urbanismo sostenible.
5.1.2. PATRIMONIO
- PTS de Patrimonio Cultural (Avance). Se señalan desde este Plan, los distintos elementos que conforman el Patrimonio Arquitectónico y Arqueológico que debe recogerse en el planeamiento municipal. Elementos que deben completarse con aquellos que cuentes con protección local.
5.1.3. MEDIO NATURAL Y RURAL
- PTS Agroforestal. Ya se han citado en puntos anteriores la gran importancia que tiene este instrumento para una correcta ordenación del Suelo No Urbanizable.
- PTS de Protección y Ordenación del Litoral. Este regula de forma complementaria los suelos situados en la margen costera.
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- PTS de Ordenación de Márgenes de los Ríos y Arroyos (Vertiente Cantábrica). Regula la protección de los cauces.
- Inventario de suelos que soportan o han soportado actividades o instalaciones potencialmente contaminantes del suelo. El inventario se ha ido actualizando, lo que obliga a tener en cuenta el último que esté realizado para su correcta valoración.
- Dentro de los objetivos de calidad acústica marcados en la Ley 37/2003 y su normativa de desarrollo, se deben tener en cuenta los estudios acústicos o Mapas Estratégicos de Ruido elaborados sobre las infraestructuras, BI‐3151 y BI‐2153.
5.2. CRITERIOS GENERALES DE ORDENACIÓN DE LAS ALTERNATIVAS
De forma previa a la descripción de las alternativas contempladas, consideramos oportuno establecer una serie de criterios o principios generales sobre como considerar las alternativas y, sobre aquellos elementos que son tomados como cuestiones invariables en cada una de ellas.
5.2.1. NECESIDAD DE SUELO RESIDENCIAL
En primer lugar, la referencia sobre las necesidades de nuevo suelo residencial ha quedado evidenciada en los apartados anteriores, ya que la capacidad residencial recogida en las NNSS no se ha materializado en su totalidad, así como en la ocupación del suelo industrial que no ha sido gestionado. Previamente, se ha señalado que el número de viviendas pendientes de realizar asciende a 263, mientras que durante la vigencia de las NNSS se han materializado 215.
A pesar de que el cálculo para la cuantificación residencial del Gobierno Vasco se ha realizado con el censo de viviendas del año 2011, en el caso de Lemoiz los números pueden variar al alza con el censo que se publicará este mismo año 2016. De cara a la estimación de necesidad de nuevo suelo a considerar en este documento se ha tomado el valor remitido por el Gobierno Vasco al Ayuntamiento.
En el apartado de gestión del suelo residencial de las NNSS se ha expuesto que en la actualidad quedan pendientes por ejecutar en ámbitos de gestión 263 viviendas, a las que habría que sumar las 79 viviendas en ámbitos ya gestionados con urbanización recibida pero pendientes de ser edificadas. En total suponen 342 viviendas, sin embargo estas últimas se consideran como un suelo ya consolidado sin que computen a efectos de capacidad residencial.
5.2.2. PLAN HIDROLÓGICO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO ORIENTAL 2015‐2021
El “Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental 2015‐2021” establece la necesidad de identificar las Áreas de Riesgo Potencial Significativo por Inundación (ARPSIs) y la∙Evaluación Preliminar de Riesgo de Inundación (EPRI) para elaborar los Planes de Gestión de Riesgo de la Inundación de las ARPSIs. Lemoiz está condicionado por el ARPSI del río Andraka y el del río Butrón.
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5.3. OBJETIVOS Y JUSTIFICACIÓN DE LAS ALTERNATIVAS PRESENTADAS
Tomando como puntos de partida los criterios generales descritos en el punto anterior, se plantean tres alternativas diferentes en las que se combinan dos hipótesis o escenarios de partida:
• Mantener o no la clasificación vigente de los suelos en función de la conveniencia y el grado de gestión de cada ámbito.
• Adaptar las edificabilidades de los ámbitos y sectores a la Ley del Suelo 2/2006.
Las áreas de nuevos desarrollos a evaluar ambientalmente, son por tanto, mayores de las que resulten en el documento tramitable en su fase final, pero de cara a valorar la opción más conveniente desde un punto de vista integral, debemos tener en cuenta todos y cada uno de los ámbitos recogidos en las alternativas.
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5.3.1. ALTERNATIVA 1
Esta alternativa parte de la primera de las hipótesis, contemplar en el futuro Plan General los suelos actualmente clasificados como urbanos y urbanizables.
Se apuesta por considerar un crecimiento residencial en la zona de Armintza, Urizar y Andraka como refuerzo de la línea abierta por las propias NNSS de consolidación de los barrios. Estos suelos se plantean dentro del proceso ya iniciado en cuanto a la tipología de vivienda, altura y densidad, y que deberán ser adaptados a las densidades mínimas establecidas en la Ley 2/2006.
Las superficies de suelo residencial tendrían por tanto una capacidad de acogida de aproximadamente 320 viviendas.
- Superficie: 9,2 Ha
- Densidad: 25 viv/Ha
Así mismo podrá ser objeto de estudio en la fase de Avance la desclasificación de algunas unidades de ejecución situadas en las zonas más rurales, atendiendo al análisis y el grado de desarrollo y gestión de las mismas.
En cuanto a los suelos de actividades económicas, no se contemplaría la incorporación de más suelos que el ya clasificado por las NNSS.
- Suelo industrial: 3,49 Ha
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5.3.2. ALTERNATIVA 2
La oportunidad de potenciar y poner en valor los núcleos principales del municipio nos conduce a la segunda alternativa, que asume los suelos urbanizables y propone su ampliación, con el objeto de reforzar cada uno de los núcleos principales.
En el caso de Armintza se amplia el suelo urbanizable residencial existente hacia el sur y se propone otro nuevo suelo urbanizable residencial al otro lado de la BI‐3151 absorbiendo la Unidad de Ejecución 2.4 de Armintza.
En Urizar se redelimita el sector urbanizable residencial saltando la carretera BI‐2153 con el objetivo de cerrar el núcleo en su extremo este.
Para Andraka, se propone la ampliación el sector urbanizable residencial hacia el sur en la zona de Landeta hasta su cierre con el Suelo Urbanizable SAPU Andraka 1.
Las superficies de suelo residencial tendrían por tanto una capacidad de acogida de aproximadamente 590 viviendas.
- Superficie: 17,1 Ha
- Densidad: 30 viv/Ha
En cuanto al suelo de actividades económicas, el modelo recoge la delimitación existente en las NNSS.
- Suelo industrial: 3,49 Ha
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5.3.3. ALTERNATIVA 3
La siguiente alternativa parte del modelo anterior donde se pretende consolidar y poner en valor los núcleos principales del municipio. Esta alternativa asume por tanto los suelos urbanizables que sin embargo modifica para ajustarse de manera más contenida que en la alternativa anterior.
Esta alternativa parte de la base de la anterior, donde se recoge para Armintza el crecimiento hacia el sur del SAPU Armintza 1 y la redelimitación del SAPU Urizar 1.
En cuanto a Andraka, se propone la desclasificación del sector urbanizable SAPU Andraka 2 y que vería compensada su edificabilidad en un sector de Suelo Urbano No Consolidado concebido para rematar el suelo urbano en el extremo sur del núcleo. De este modo se pretende dar continuidad la propuesta del viario de borde contemplado en las NNSS sin comprometer más suelo.
Las superficies de suelo residencial tendrían por tanto una capacidad de acogida de aproximadamente 300 viviendas.
- Superficie: 6,4 Ha
- Densidad: 35 viv/Ha
En cuanto al suelo de actividades económicas, el modelo recoge la delimitación existente en las NNSS.
- Suelo industrial: 3,49 Ha
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6. LISTADO DE PLANOS
A_Planos de Información:
- I‐1 Estructura Orgánica del Territorio Escala: 1/10.000
- I‐2 Clasificación del suelo Escala: 1/10.000
- I‐3.1 Grado de desarrollo de las NNSS Escala: 1/10.000
- I‐3.2 Cuantificación y capacidad residencial Escala: 1/5.000
- I‐3.3 Adaptación a la Ley 2/2006 Escala: 1/5.000
- I‐4 Patrimonio Arqueológico y Arquitectónico Escala: 1/10.000
- I‐5 PTP Bilbao Metropolitano Escala: 1/10.000
B_Planos de Ordenación:
- A‐1 Ordenación del Suelo No Urbanizable Escala: 1/10.000
- A‐2.1 Ámbitos de ocupación. Alternativa 1 Escala: 1/6.000
- A‐2.2 Ámbitos de ocupación. Alternativa 2 Escala: 1/6.000
- A‐2.3 Ámbitos de ocupación. Alternativa 3 Escala: 1/6.000