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- 0 - PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL PROYECTO L.A.T. DE 45 KV C.H. FERRERAS-S.T.R. SAN ISIDRO EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE BOÑAR Y PUEBLA DE LILLO (LEÓN), PROMOVIDO POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN.

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PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL

PROYECTO L.A.T. DE 45 KV C.H. FERRERAS-S.T.R. SAN ISIDRO

EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE BOÑAR Y PUEBLA DE LILLO (LEÓN),

PROMOVIDO POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN.

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ÍNDICE: 1.  INTRODUCCIÓN .................................................................................................... 0 2.  PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL ................................................................. 1 1.1  FASE DE CONSTRUCCIÓN ...................................................................................... 2 1.2.- FASE DE EXPLOTACIÓN ......................................................................................... 10 1.3.- SEGUIMIENTO DE LOS INDICADORES DE CONTROL AMBIENTAL ................................ 11 1.4.- PROGRAMACIÓN, INFORMES Y PRESUPUESTO ........................................................ 25 

Anexos Anexo I: Plan de Vigilancia del Oso Pardo Anexo II: Cronograma del Desarrollo Previsto de los Trabajos

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1. INTRODUCCIÓN Se redacta el presente Programa de Vigilancia Ambiental para dar cumplimiento al apartado 10 de la Resolución de 12 de mayo de 2010, de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto de línea eléctrica aérea A.T. 45 Kv “C.H. Ferreras- S.T.R. San Isidro”, en los términos municipales de Boñar y Puebla de Lillo (León), promovido por la Diputación Provincial de León.

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2. PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL La redacción y presentación del Programa de Vigilancia Ambiental tiene como marco legislativo el R.D.L. 1302/1986, de 28 de Junio, de Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamento (R.D. 1131/1988, de 30 de Septiembre). En la normativa aplicable se especifica que el Programa de Vigilancia Ambiental, exigido en todo estudio de Impacto, “establecerá un sistema que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas, protectoras y correctoras, contenidas en el estudio de impacto ambiental”. Este sistema se establece en el siguiente apartado, en el que se diseñan, justifican, valoran y planifican las actuaciones a llevar a cabo durante la vigilancia y control ambiental de las fases de construcción, explotación y abandono. Este plan de vigilancia se concretará en un informe que recopilará los datos obtenidos para los diferentes aspectos que se enviará al Servicio Territorial de Medio Ambiente de León, con la periodicidad que se establezca. Igualmente, hay que tener en cuenta el Art. 17 recogido en el Decreto Legislativo 1/2000, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto de Castilla y León (en vigor lo que no está derogado por la Ley 11/2003 de Prevención Ambiental de Castilla y León), sobre la vigilancia Ambiental “corresponde a los órganos competentes por razón de la materia, facultados para el otorgamiento de la autorización del proyecto, el seguimiento y vigilancia del cumplimiento de lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental, sin perjuicio de la alta inspección que se atribuye a la Consejería de Medio Ambiente, como órgano ambiental, quien podrá recabar información de aquellos al respecto, así como efectuar las comprobaciones necesarias en orden a verificar el cumplimiento del condicionado ambiental”. Los objetivos del seguimiento y control consisten en vigilar y subsanar en lo posible los principales problemas que puedan surgir durante las diferentes fases de la carretera. Se pueden resumir las principales metas del programa de vigilancia ambiental, de la siguiente forma:

• Comprobar que las medidas protectoras, correctoras y compensatorias propuestas por el estudio de impacto ambiental han sido efectivamente aplicadas en las fases correspondientes.

• Verificar que estas medidas son realmente eficaces y en qué grado. Comprobar que no han sido perjudiciales, en cuyo caso, habrán de readaptarse o rediseñarse.

• Vigilar la posible aparición de impactos no previstos y comprobar que los impactos residuales tienen la magnitud prevista. En caso contrario, proponer nuevas medidas correctoras.

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• Proporcionar información de aspectos medioambientales poco conocidos, para aumentar el conocimiento en futuros proyectos.

1.1 FASE DE CONSTRUCCIÓN Las acciones diseñadas para realizar un seguimiento de los impactos y la ejecución y eficacia de medidas correctoras durante esta fase son las que se recogen a continuación. Estas acciones tratan de realizar una vigilancia sobre los factores ambientales que se van a ir enumerando, mediante aquellos parámetros que actúan como indicadores de los niveles de impacto para cada factor del medio. Las medidas que en este capítulo se recogen son extrapolables, en el caso de ejecución, para la Fase de Abandono, de manera proporcional y según las particularidades de esta fase. Aire: Comprobación del buen reglaje de la maquinaria y de haber existido un buen mantenimiento y revisión de la misma en los correspondientes talleres mecánicos. Se comprobará la maquinaria de obra en movimiento para verificar que las medidas correctoras tienen efecto positivo y no se genera polvo por encima de los indicadores que se marcaron en las medidas correctoras. Para evitar la producción de polvo, se efectuarán riegos periódicos de los materiales, caminos, pistas y plazas de maniobras, durante la época estival o cuando las circunstancias de la actividad y las condiciones climatológicas lo hagan necesario. Se deberán mantener en óptimas condiciones los sistemas de escape de palas excavadoras, camiones, compresores y cualquier otra maquinaria dotada de sistemas de combustión, tanto durante la fase de construcción como de explotación. Aguas: En caso de instalación de caseta de obras, se comprobarán las actuaciones mencionadas en las medidas correctoras. Se comprobará que el agua no se contamina por la disposición de materiales, residuos y maquinaria. Se señalizarán y jalonarán los cauces y manantiales próximos a las obras para garantizar su no afección por movimientos de tierra y vertidos contaminantes accidentales durante la construcción.

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Las instalaciones temporales de obra, zonas de acopio y parque de maquinaria se ubicarán en los lugares de menor calidad ambiental, alejados de los cursos de agua y vaguadas, de manera que se impida cualquier posibilidad de vertido, directo o indirecto, por escorrentía o erosión, sobre los cauces públicos. En cualquier caso, se tendrá en cuenta para su ubicación lo establecido en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Picos de Europa, situando estas instalaciones en zonas de uso general o compatible. Las zonas de almacenamiento de aceites, combustibles y residuos peligrosos, al igual que el parque de maquinaria, estarán valladas, techadas y dispondrán de soleras impermeabilizadas con sistemas para la retención de posibles derrames. Se limitarán totalmente las actuaciones sobre el trazado natural de ríos y arroyos. Se evitará la canalización de los mismos y, en todo momento, se garantizará la continuidad de la red natural de drenaje. Se prohíbe la realización de labores de lavado y mantenimiento de maquinaria o cubas de cemento en los cursos de agua. Tanto en la fase constructiva como de explotación, se deberá cumplir lo establecido en la vigente Ley 6/1992, de 18 de diciembre, de Protección de los Ecosistemas Acuáticos y de Regulación de la Pesca en Castilla y León y en la Normativa de Aguas. Se obtendrán las preceptivas autorizaciones de la Confederación Hidrográfica del Duero, para cualquier concesión de captación de agua o intervención necesaria que se pretenda realizar sobre la zona de Dominio Público Hidráulico. Suelos: Se comprobará la realización correcta utilización y gestión del parque de maquinaria (en caso de existir) y almacenamiento de productos, residuos peligrosos (comprobación de etiquetado y de la documentación administrativa correspondiente) y maquinaria. Se comprobará la correcta gestión de estériles de los movimientos de tierra, para evitar riesgos geomorfológicos, arrastres de materiales, huecos, etc., de tal forma que hayan quedado correctamente extendidos en la misma zona de extracción y no se generen vertederos ni huecos en cada zona de actuación. Se retirará de forma selectiva la capa superficial del terreno afectado por el proyecto, reservándose y tratándose adecuadamente para su posterior utilización en la restauración de los terrenos afectados.

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Las tierras y áridos necesarios para su ejecución, serán obtenidos siempre de explotaciones autorizadas, teniendo preferencia la reutilización de aquellos que se originen como consecuencia de los movimientos de tierra de la propia obra. Deberán tomarse medidas de prevención para evitar la contaminación del suelo, y en el caso de que esto ocurriera se deberán realizar operaciones de descontaminación, limpieza y recuperación de los suelos afectados. Vegetación: Se comprobará que no se produce eliminación de la cubierta vegetal más allá de las zonas delimitadas y planificadas de ello, ni que se haya afectado a ningún elemento vegetal relevante en caso de haberlo identificado y señalizado como tal. Se deberá replantear previamente sobre el terreno con los Agentes Medioambientales de la comarca, tanto la ubicación concreta de los apoyos, como la apertura de nuevos viales a fin de minimizar posibles afecciones a hábitats y/o especies de interés. Antes del inicio de la actividad, se acotará y jalonará la zona de trabajo con el fin de garantizar el mínimo impacto sobre la vegetación natural de la zona. Las cortas de arbolado se limitarán a lo largo de todo el trazado a los pies estrictamente necesarios para garantizar la seguridad de la línea y la prevención de incendios forestales. Durante la realización de los movimientos de tierra, se tomarán las medidas necesarias para evitar la caída o arrastre de tierras o piedras sobre la vegetación circundante. Se trasplantarán todos los ejemplares de acebo (Ilex aquifolium) existentes en la traza o en la calle de la línea que se necesite eliminar por razones de su construcción. Se extraerán con cepellón y se conservarán adecuadamente, empleándose con posterioridad en la revegetación de las zonas afectadas por los movimientos de tierras. Fauna: Se vigilará que no exista ninguna especie de interés, y en su caso se evitará el trabajo de la maquinaria durante el periodo de cría de esa posible especie en concreto. De forma genérica se comprobará el cumplimiento de las disposiciones marcadas en el capítulo de Medidas Correctoras. Con objeto de evitar la afección a las aves, y en particular al urogallo cantábrico, no se llevarán a cabo actuaciones que impliquen desbroces, ni movimientos de tierras, durante el periodo comprendido entre el 1 de abril y 15 de julio.

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Asimismo, se prohíben los trabajos con helicóptero entre los apoyos 43 y 72 (zonas de Pardomino y Peña Armada), entre el 1 de marzo y el 30 de junio. Dentro del área crítica de oso pardo «Bosque de Pardomino» (B-17), deberá evitarse la ejecución de los trabajos en el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre. Se incluye a modo de anexo, el Plan de Vigilancia del Oso Pardo. Se deberán cumplir todas las prescripciones técnicas exigidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y electrocución en líneas eléctricas de alta tensión. En particular, se dotará a los conductores (no sólo al cable de tierra) de dispositivos anticolisión del tipo y tamaño establecidos en el citado Real Decreto, colocados de acuerdo con los criterios establecidos en éste (cada 10 m. en el cable de tierra, y alternadamente generando un efecto visual a una señal cada 10 m., en los conductores de cada uno de los tres circuitos). En todo caso, se revisará esta condición en la fase de ejecución del proyecto, a la vista de los resultados observables en los primeros tramos instalados, bajo la supervisión y criterio del Servicio Territorial de Medio Ambiente de León. Además, se tomarán las siguientes medidas de protección de las aves:

– No se instalarán cadenas de aisladores rígidas, irán en suspensión manteniendo una distancia mínima de 70 cm. entre el apoyo y los conductores.

– Los apoyos de alineación serán de tipo bóveda, canadiense o similar, y deberán guardar una distancia mínima entre conductores de 1,5 m.

– Los apoyos de amarre, anclaje, ángulo y derivación presentarán puentes flojos por debajo de los aisladores.

– Se deberán aislar todos los elementos metálicos entre el conductor y los puentes flojos (incluidas las grapas).

– En los apoyos de ángulo y de anclaje, los conductores de fijarán a la cruceta a través de cartelas que mantengan una distancia de seguridad igual o mayor a 70 cm. En zonas que supongan áreas de campeo habitual de grandes rapaces, será obligatorio instalar en este tipo de apoyos estructuras inhibidoras de posada.

– En los apoyos de protección y maniobra, en los de entronque o derivación y en los de fin de línea, los diferentes conductores que descienden a los siguientes elementos: seccionadores, puentes de enlace, autoválvulas, transformadores, etc., deberán estar aislados.

– Se deberán instalar dispositivos antinidificación.

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Se presupuestará y llevará a cabo, en la vigilancia ambiental del proyecto, un seguimiento de la efectividad de las medidas de prevención contra la electrocución y la colisión adoptadas. Medio perceptivo: La comprobación del buen reglaje de la maquinaria, servirá también para evitar la contaminación acústica. Se evitará el cruce directo de la línea eléctrica sobre las áreas recreativas del Parque Regional de Picos de Europa, aprovechando la sustitución de la línea existente para variar el trazado y desviarla de su posición actual sobre las áreas recreativas del Parque, en particular, sobre el área del Praíco. Medio socioeconómico Se comprobarán las posibles molestias a la población por el movimiento de la maquinaria. Se comprobará que la maquinaria no genera la degradación de las carreteras ni las pistas por las que transitan. Protección del Patrimonio Se llevará a cabo un proyecto de actuación arqueológica previo a las obras, en el cual se aporte cartografía de detalle que fije la extensión o delimitación de los yacimientos descritos en el entorno de Puebla de Lillo (El Castillo, Castro de río Silván y Castro de los Barriles). Las torres deberán alejarse al menos 100 m. de los límites de los yacimientos citados, para evitar cualquier instalación sobre el ámbito de los mismos. Se realizará también un control o seguimiento arqueológico de las obras, especialmente en las proximidades de los yacimientos. Se adoptarán, en todo caso, a este respecto, las indicaciones del Servicio Territorial de Cultura de León. Protección de infraestructuras e instalaciones existentes Se garantizará la no afección a las infraestructuras existentes en el ámbito de actuación: carreteras, pistas, vías pecuarias, redes de transporte subterráneo o aéreo de energía eléctrica y telefonía, redes de abastecimiento o saneamiento y demás instalaciones existentes. Las vías o caminos públicos y servidumbres de acceso a la zona o que la atraviesen, deberán mantenerse en perfectas condiciones de uso, evitando su deterioro, así como las ocupaciones que

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dificulten el tránsito por los mismos. Una vez finalizadas las obras deberán conservar su trazado original, salvo acuerdo de modificación, y presentar un estado de conservación no inferior al inicial. Se guardarán las distancias preceptivas entre la línea y las carreteras existentes, conforme al Reglamento General de Carreteras (Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre) y a la Ley de Carreteras de Castilla y León (Ley 10/2008, de 9 de diciembre). Se realizará, siempre que sea posible, el acceso de la maquinaria y el personal al lugar de trabajo a través de las carreteras, caminos y pistas existentes, evitando al máximo la apertura de nuevos viales, los cuales, en todo caso, deberán ser autorizados previamente. Las vías de acceso de nuevo trazado incluidas en el presente proyecto se consideran imprescindibles para el mantenimiento de la línea eléctrica, por lo que, en principio, tendrán carácter permanente y no serán desmanteladas, a no ser que de los informes de seguimiento se deriven impactos críticos. El trazado definitivo de las nuevas pistas, una vez replanteado en el terreno, deberá ser aprobado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de León. Además, se deberán ejecutar todas aquellas obras auxiliares necesarias para evitar la erosión de las pistas o los terrenos colindantes, como pasos de agua, badenes o, en zonas proclives a la formación de rodadas, aporte de material tipo macadam. La pendiente de los taludes de las pistas de nueva construcción, tanto de desmonte como de terraplén, no superará en ningún caso 3 horizontal:2 vertical (33º ó 66% de pendiente). Para limitar la accesibilidad se dotará a los viales de nueva ejecución, o a los que se reparen, que tengan consideración de pistas forestales, de la correspondiente señalización de prohibición del paso a vehículos motorizados. Tratamiento de residuos. Todos los residuos generados en la fases de obra, funcionamiento y desmantelamiento de las instalaciones, serán segregados según su categoría, almacenados en condiciones adecuadas y gestionados por gestores autorizados, según lo estipulado en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos (vigente hasta el 30 de julio de 2011) y sustituida por la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y resto de normativa aplicable sobre la materia. Los materiales sobrantes y escombros que se generen, deberán ser retirados del Parque Regional y gestionados, en su caso, conforme al Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.

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Queda prohibido el abandono de materiales de obra, así como el vertido e incineración de residuos. No se realizarán vertidos de lavado de hormigoneras directamente sobre el terreno, debiéndose utilizar cubetas impermeabilizadas para este uso, con posterior gestión del residuo producido. Conforme a la normativa específica de la Comunidad de Castilla y León, las empresas que lleven a cabo la construcción y las posibles subcontratas para el mantenimiento de las aeronaves, vehículos y otras operaciones que generen residuos peligrosos, deberán estar inscritas en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Tóxicos y Peligrosos, según el Decreto 180/1994, de 4 de agosto, de creación del citado Registro, siempre y cuando generen anualmente una cantidad inferior a 10.000 kg. de dichos residuos; en caso de generar una cantidad mayor, seguirán el régimen de productores de residuos peligrosos según el Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, que aprueba el Reglamento sobre residuos tóxicos y peligrosos, realizando las operaciones en lugares acondicionados para ello y gestionando correctamente dichos residuos. Ruidos y vibraciones. En cuanto a la maquinaria deberá cumplirse el Real Decreto 524/2006, que modifica al Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a la utilización de determinadas máquinas de uso al aire libre, así como mantener los niveles sonoros ambientales dentro de los valores límite máximos establecidos en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, que para espacios naturales se cifra en 55 dB, entre las 7 y las 23 horas. Los trabajos durante la fase de obras deberán ejecutarse siempre en horas en las que se asegure que los ruidos y vibraciones no supongan molestias para las personas o la fauna silvestre. Se evitarán, en todo caso, los trabajos nocturnos (entre las 22 y las 8 h.). Restauración de zonas alteradas. Finalizada la fase de construcción, se retirarán los materiales sobrantes y se restaurarán paisajísticamente todas las zonas afectadas por la obras, en especial por los movimientos de tierras. Las labores de restauración incluirán los taludes de las nuevas pistas de acceso, las bases de los apoyos y las instalaciones auxiliares de obra. Se actuará también sobre los terrenos resultantes del desmantelamiento de la línea actual de 20 KV., fundamentalmente las bases de los apoyos y las áreas que presenten riesgo de erosión o inestabilidad a lo largo de su traza y calle de servidumbre.

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En las bases de los apoyos, taludes de desmonte y terraplén de las nuevas pistas y áreas de la antigua o de la nueva traza con riesgo de erosión, se realizará una hidrosiembra con aporte de semillas de herbáceas. La dosis mínima será de 350 kg./Ha. de semillas y se realizará en dos pases, uno de siembra y otro de tapado, añadiendo las cantidades necesarias de abonos, mulch y estabilizador. En las zonas auxiliares de obra se realizará un descompactado previo y extensión de una capa suficiente de tierra vegetal, que no será inferior a 10 cm. de espesor efectivo tras su asentamiento natural. Posteriormente, se realizarán en estas zonas y en los terraplenes de las nuevas pistas, plantaciones conforme al Programa de Revegetación del Estudio de Impacto Ambiental (Anexo nº 5). Desmantelamiento de la línea actual. Una vez entre en servicio la nueva línea eléctrica, y formando parte del presente proyecto, se procederá al desmantelamiento y retirada de la totalidad de las instalaciones inservibles de la actual línea de 20 kV., a la restitución topográfica y a la restauración vegetal de la traza, con el fin de recuperar de la manera más fiel el estado original de los terrenos. Para ello, previamente se presentará ante el Servicio Territorial de Medio Ambiente un plan de actuación que contendrá un estudio de gestión de residuos. Se estudiarán las distintas alternativas viables para los mismos (valorización reciclaje, etc.). Los diferentes tipos de residuos generados, en especial los peligrosos y los de construcción y demolición, se gestionarán según la normativa aplicable, teniendo en cuenta todas las medidas protectoras establecidas en el apartado de tratamiento de residuos. Operaciones de mantenimiento. Se deberán efectuar periódicamente labores de mantenimiento de la calle de la línea, teniendo en cuenta criterios tanto de seguridad eléctrica como selvícolas y paisajísticos. Los desbroces serán manuales y selectivos, respetándose los ejemplares de acebo y serbales y los hábitats prioritarios, salvo que esté justificada su eliminación por motivos de seguridad eléctrica o prevención de incendios. No se permiten los decapados mecanizados para el mantenimiento de la calle. Se evitará la corta de ramas y partes de troncos de los ejemplares arbóreos que presenten huecos realizados por pícidos y grietas longitudinales, refugio habitual de diversas especies de murciélagos. En la tala y poda se evitarán también los cortes con desgarros, los «árboles bandera» y la acumulación de restos en la calle o en sus inmediaciones, debiéndose triturar o extraer del monte la biomasa obtenida mayor de 6 cm. de diámetro. Estas actuaciones de mantenimiento deberán notificarse con antelación al Servicio Territorial

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de Medio Ambiente. Se respetarán las épocas críticas para las especies faunísticas, en iguales fechas que las indicadas en el apartado 3.d) de esta Declaración. Prevención de incendios. Durante la fase de obra, se mantendrán los equipos necesarios para atajar rápidamente cualquier foco de incendio que pudiera producirse. Estos equipos constarán, al menos, de varias mochilas cargadas de agua, de las utilizadas habitualmente en extinción de incendios, pudiendo exigirse en época de peligro alto la presencia de una carroceta todo terreno con cuba y manguera lista para intervenir ante cualquier eventualidad. Para disminuir el riesgo de incendios, la empresa adjudicataria de la explotación de la línea deberá realizar, por indicación del Servicio Territorial de Medio Ambiente, desbroces selectivos en fase de funcionamiento, para mantener limpia una faja auxiliar paralela a los viales de acceso a los apoyos. Estos desbroces deberán realizarse con la periodicidad necesaria para que el rebrote del matorral en la faja auxiliar, se mantenga siempre inferior a 40 cm. de altura. Modificación del trazado. Se deberá llevar a cabo una modificación puntual del trazado de la línea, en el límite entre los términos municipales de Boñar y Reyero, en concreto en el tramo en curva situado entre los apoyos 59 y 62 (ambos incluidos). La modificación consistirá en alejar la traza de la carretera LE-331, reduciendo simultáneamente su cota al acercarla a la collada próxima y sorteando por el este el denominado «Cerro de la Cuba». Con ello se conseguirá una reducción de su accesibilidad visual y, por tanto, de su impacto paisajístico en este tramo concreto, sin afectar sensiblemente a otros factores. 1.2.- FASE DE EXPLOTACIÓN Estas acciones tratan de realizar una vigilancia sobre los factores ambientales que se van a ir enumerando, mediante aquellos parámetros que actúan como indicadores de los niveles de impacto para cada factor del medio. Suelo: Se comprobará que toda la zona afectada por las obras ha quedado libre de restos de las mismas, tales como escombros, basuras, restos de la señalización, huecos, encharcamientos, etc. Se comprobará que no hay indicios de arrastres, ni corrimiento de tierras, ni de otros fenómenos ligados a la erosión.

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Vegetación: Se comprobará que los árboles podados se van recuperando hasta la distancia de seguridad que marca la normativa sobre Alta Tensión, y que no han quedado defectos ocultos que impidan la recuperación de la vegetación en todas las zonas de actuación, en especial en los tramos subterráneos. Fauna: Se comprobará la afección de los tendidos eléctricos a la fauna, particularmente a la avifauna, mediante transectos por los mismos con la siguiente metodología: se realizará un seguimiento de los tendidos eléctricos con un área de actuación de 10 m de forma que se pueda tener un conocimiento mucho más certero de la afección a las aves. De este modo, con al menos tres salidas anuales que supondrían un esfuerzo reducido, se podría observar si realmente existe un impacto sobre determinadas especies y se podrían poner a punto una serie de medidas correctoras que disminuyesen o evitasen este posible impacto negativo para la fauna. 1.3.- SEGUIMIENTO DE LOS INDICADORES DE CONTROL AMBIENTAL Con el fin de hacer un seguimiento más exhaustivo de la aplicación de las medidas correctoras más relevantes, así como de los impactos residuales previstos con respecto a las mismas, se establece a continuación el siguiente sistema:

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JALONAMIENTO DE LA ZONA DE OCUPACIÓN DEL TRAZADO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS ELEMENTOS AMBIENTALES SENSIBLES

Objetivos

Minimizar la ocupación de suelo por las obras y sus elementos auxiliares. Marcar las zonas excluidas en la parte colindante con la obra para extremar la prevención de efectos sobre ellas.

Indicador de realización

Se realizará un seguimiento de toda la zona de ocupación que para el caso de la zona de la propia línea será de 7,5 metros a ambos lados del eje central (en total 15 metros) y en los caminos de acceso la anchura será la mínima necesaria para acceder con la maquinaria. Esta anchura se denominará anchura de la calle. Se establecerá además una zona de seguridad de 1,5 metros de ancho a ambos lados de la anchura de la calle. La anchura de Seguimiento ambiental será la anchura de la calle y la zona de seguridad.

Lugares de realización

Las zonas a señalar serán las correspondientes a la longitud del trazado subterráneo de la línea y la realización de un cuadrado de 10 metros cuadrados para Torre y el trabajo de los operarios.

Medición

Línea Subterránea: 140 metros Nº Torres: Todas Total de cinta necesaria para jalonamiento: En todo el perímetro de la actuación.

Frecuencia Instalación previa al inicio de las obras, en cada tramo. Verificación mensual durante la fase de construcción.

Valor/es umbral/es Menos del 80% de la longitud total correctamente señalizada a juicio de la Dirección Ambiental de la Obra.

Momento/s de análisis de valor/es umbral/es

Cada vez que se realiza la verificación. Fase de Construcción

Medidas complementarias

Reparación o reposición de la señalización.

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Ejecución

La señalización la realizara un Técnico del equipo de control del Plan de Vigilancia Ambiental o de la contrata. La vigilancia la realizarán los Técnicos del Plan de Vigilancia Ambiental

Observaciones

El jalonamiento se realizará mediante cinta plástica roja/banca, anclada bien a estaquillas de madera de 0,50 cm, bien atada a elementos naturales que no la deterioren

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VIGILANCIA DE LOS IMPACTOS SOBRE LA VEGETACIÓN

Objetivos

Protección de la vegetación en las zonas sensibles. Vigilancia del impacto residual sobre la vegetación y los hábitats

Indicador de realización

Se realizará un seguimiento de toda la zona de ocupación que para el caso de la zona de la propia línea será de 7,5 metros a ambos lados del eje central (en total 15 metros) y en los caminos de acceso la anchura será la mínima necesaria para acceder con la maquinaria. Esta anchura se denominará anchura de la calle. Se establecerá además una zona de seguridad de 1,5 metros de ancho a ambos lados de la anchura de la calle. La anchura de Seguimiento ambiental será la anchura de la calle y la zona de seguridad.

Lugares de realización

Toda la longitud del trazado y los accesos de los mismos.

Frecuencia Controles periódicos en la fase de construcción. Verificación mensual durante la fase de construcción.

Valor/es umbral/es 10% de la superficie con algún tipo de afección negativa por efecto de las obras

Momento/s de análisis de valor/es umbral/es

Durante la Fase de Construcción. Previo al acta de recepción de las obras.

Medidas complementarias

Recuperación de las zonas afectadas, en base al presupuesto del Plan de Restauración. Para alteraciones de gran envergadura se delimitarán responsabilidades y se sufragarán a cargo de las mismas.

Ejecución

La vigilancia la realizarán los Técnicos del Plan de Vigilancia Ambiental

Observaciones

La valoración se realizará de forma visual por el Técnico supervisor en base a estos criterios: Se considera vegetación afectada aquella que:

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– Ha sido eliminada total o parcialmente. – Ha sido dañada de forma traumática por efecto de la maquinaria. – Que presente ostensiblemente partículas de polvo en su superficie foliar.

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SEGUIMIENTO DE LAS ACTUACIONES DEL PLAN DE REVEGETACIÓN: SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA DE LA RETIRADA, ACOPIO Y CONSERVACIÓN DE LOS SUELOS VEGETALES Objetivos

Conservación de los suelos vegetales. Evitar la presencia de rechazos en la tierra vegetal.

Indicador de realización

Espesor de la tierra vegetal retirada con relación a la profundidad que puede considerarse con características de tierra vegetal a juicio de la Dirección Ambiental de la Obra. Mantenimiento de las características de la tierra vegetal acopiada. Presencia de materiales rechazables en el almacenamiento de la tierra vegetal.

Lugares de realización

Toda la longitud del trazado subterráneo y en cada uno de los apoyos.

Frecuencia Control diario de la retirada de la tierra vegetal durante el inicio (2 días) del movimiento de tierras en la conducción subterránea y el inicio (2 días) de la excavación para las torres.

Valor/es umbral/es Espesor mínimo retirado de 30 cm de tierra vegetal en las zonas consideradas aptas (se excluyen zonas de roquedo). Presencia de un 20% en volumen de materiales susceptibles de ser rechazados.

Momento/s de análisis de valor/es umbral/es

En cada control.

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SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA DE LA RETIRADA, ACOPIO Y CONSERVACIÓN DE LOS SUELOS VEGETALES

Medidas complementarias

Utilización del material extraído en los mismos puntos de extracción (cable subterráneo) y junto a los apoyos (Torres). Restauración de caballones y drenajes alterados o inexistentes. Revisión de los materiales y retirada de los volúmenes rechazables y reubicación.

Ejecución La vigilancia la realizarán los Técnicos del Plan de Vigilancia Ambiental. La ejecución se realizará por la contrata.

Observaciones Ninguna destacable

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SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA DE LA PREPARACIÓN DE LA SUPERFICIE DEL TERRENO PARA PLANTACIONES Y SIEMBRAS

Objetivos

Defensa contra la erosión. Integración paisajística.

Indicador de realización

Seguimiento de las condiciones marcadas en el Plan de Restauración vegetal.

Lugares de realización

Toda la longitud del trazado subterráneo. Puntualmente en los apoyos y accesos a los mismos que lo requieran.

Frecuencia Control diario durante el extendido de la siembra.

Valor/es umbral/es No se admitirá modificaciones superiores en un 20% al previsto en el Plan de Restauración.

Momento/s de análisis de valor/es umbral/es

Previo al acta de recepción de las obras.

Medidas complementarias

Realización del plan de restauración en la superficie determinada para ello y en las condiciones fijadas en el mismo.

Ejecución

La vigilancia la realizarán los Técnicos del Plan de Vigilancia

Observaciones

La vigilancia ambiental se refiere, no sólo a las zonas afectadas por la traza de la infraestructura sino al área en la cual se localizan o se pueden localizar estas actuaciones de recuperación vegetal.

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SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA DE LAS PLANTACIONES

Objetivos

Recuperación vegetal y del ecosistema. Integración paisajística.

Indicador de realización

Número de pies plantados en relación con los previstos de especie, tamaño, forma de presentación y plantación.

Lugares de realización

Toda la longitud del trazado subterráneo. Puntualmente en los apoyos y accesos a los mismos que lo requieran.

Frecuencia Controles semanales de la plantación.

Valor/es umbral/es 10% de desviación respecto a lo previsto sin justificación y aceptación por el Director Ambiental de Obra.

Momento/s de análisis de valor/es umbral/es

Previo al acta de recepción de las obras.

Medidas complementarias

Control de las plantas a su llegada a obra.

Ejecución

La vigilancia la realizarán los Técnicos del Plan de Vigilancia Ambiental

Observaciones

La vigilancia ambiental se refiere, no sólo a las zonas afectadas por la traza de la infraestructura sino al área en la cual se localizan o se pueden localizar estas actuaciones de recuperación vegetal.

Page 23: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

20

SEÑALIZACIÓN DEL TENDIDO ELÉCTRICO Objetivos

Evitar el choque de la avifauna.

Indicador de realización

Señalización de los tramos indicados en toda su longitud. La señalización de un tramo se realiza según se describe en las Medidas Correctoras Ejecución en el periodo de tiempo establecido, en días.

Lugares de realización

Cable de tierra de los tramos determinados. Estos tramos son los determinados en las Medidas correctoras o en la Declaración de Impacto Ambiental.

Frecuencia Instalación a la vez que la del cable, o en el plazo máximo de 5 días desde su tendido.

Valor/es umbral/es El 90 % de los tramos determinados deben estar señalizados. Comprobación de ejecución en el plazo establecido, con una permisibilidad de 1 día.

Momento/s de análisis de valor/es umbral/es

Previo al acta de recepción de las obras.

Medidas complementarias

A decidir por la asistencia técnica.

Ejecución Empresa instaladora del Tendido Eléctrico

Observaciones No se prevén.

Page 24: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

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CONTROL Y VIGILANCIA DEL RIESGO DE COLISIÓN DE LA FAUNA

Objetivos

Comprobar la eficacia de la señalización del Tendido. Controlar la mortalidad del Tendido eléctrico

Indicador de realización

Número de especies encontradas muertas en los Tramos señalizados y en los Tramos no señalizados.

Lugares de realización

En todo el Tendido Aéreo. Realizando los transectos controlando 50 metros a cada lado del Cable de Tierra. Y 20 minutos de esfuerzo de muestreo por cada apoyo de búsqueda.

Frecuencia Se realizará mensualmente durante los dos primeros años de funcionamiento.

Valor/es umbral/es Para los tramos señalizados la mortalidad no puede superar los 10 ejemplares/año. Para los tramos no señalizados la mortalidad no puede superar los 30 ejemplares/año.

Momento/s de análisis de valor/es umbral/es

A decidir por la asistencia técnica.

Medidas complementarias

A decidir por la asistencia técnica.

Ejecución

La vigilancia la realizarán los Técnicos del Plan de Vigilancia Ambiental

Observaciones

Se entregará en formato digital una base de datos del seguimiento así como un informe detallado de las especies encontradas, los tramos afectados, coordenadas, análisis causal y propuesta de medidas correctoras en su caso.

Page 25: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

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CONTROL Y VIGILANCIA DEL RIESGO DE ELECTROCUCIÓN

Objetivos

Comprobar la eficacia de las medidas antielectrocución. Controlar la mortalidad del Tendido eléctrico

Indicador de realización

Número de especies encontradas muertas por electrocución junto a las Torres y las conexiones en aéreo del Tendido Eléctrico.

Lugares de realización

En las Torres del Tendido Aéreo y en sus conexiones con otras instalaciones.

Frecuencia Se realizará mensualmente durante los dos primeros años de funcionamiento.

Valor/es umbral/es 2 o más especies electrocutadas con certeza.

Momento/s de análisis de valor/es umbral/es

A decidir por la asistencia técnica.

Medidas complementarias

Propuesta de aislamiento por parte del responsable de la instalación del punto causante del riesgo.

Ejecución La vigilancia la realizarán los Técnicos del Plan de Vigilancia Ambiental.

Observaciones

Se entregará en formato digital una base de datos del seguimiento así como un informe detallado de las especies encontradas, los tramos afectados, coordenadas, análisis causal y propuesta de medidas correctoras en su caso

Page 26: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

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Efectividad de las medidas preventivas contra la electrocución y la colisión Objetivos

Valorar la efectividad de las medidas para evitar la electrocución y la colisión de la avifauna.

Actuaciones De forma previa al inicio de las obras se procederá a realizar un reconocimiento del terreno. Tanto en fase de obra como de explotación se realizarán reconocimientos de la zona.

Lugares de inspección

En toda la zona de la obra.

Parámetros de control y umbrales

Los parámetros de control es la correcta efectividad de las medidas de protección de las aves.

Periodicidad de la inspección

Las inspecciones se realizarán semestralmente.

Medidas de prevención y corrección

La aplicación de nuevas medidas de protección de aves.

Documentación Los resultados quedarán reflejados en un informe

Page 27: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

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CONTROL DE LA EVOLUCIÓN Y EFICIENCIA DEL PLAN DE RESTAURACIÓN VEGETAL

Objetivos

Recuperación vegetal y del ecosistema. Integración paisajística.

Indicador de realización

Grado de cobertura de las especies sembradas. Porcentaje de marras.

Lugares de realización

Toda la longitud del trazado subterráneo y en cada uno de los lugares dónde se realizó el Plan de Revegetación.

Frecuencia Control bianual y antes de finalizar el periodo de garantía.

Valor/es umbral/es Cobertura del 80%; coberturas inferiores requieren resiembra. 5% de marras, a partir de este umbral es preciso revegetar.

Momento/s de análisis de valor/es umbral/es

Final de las dos primaveras siguientes a la siembra. Después de cada lluvia torrencial. Ultimo control anterior a la finalización del periodo de garantía.

Medidas complementarias

Resiembra de las zonas con cobertura inferior al 80%. Reposición de marras a partir del umbral establecido.

Ejecución

La vigilancia la realizarán los Técnicos del Plan de Vigilancia Ambiental. La ejecución se realizará por la contrata.

Observaciones

Con periodicidad bianual y durante los 2 años siguientes a la plantación se anotarán los siguientes aspectos: tasa de germinación (durante los seis primeros meses), grado de cubierta, composición específica, aparición de especies no sembradas y crecimiento. Se anotarán en el Diario Ambiental de la Obra las fechas de resiembra, de reposición de marras de las especies y la técnica empleada. La medición de la cobertura de siembra se realizará por un método sistemático. Se delimitarán, las áreas de cobertura inferior al 80%.

Page 28: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

25

1.4.- PROGRAMACIÓN, INFORMES Y PRESUPUESTO Para que el Plan de Vigilancia Ambiental sea ejecutado conforme a lo especificado en apartados anteriores, y este se plasme en informes útiles tanto para el Promotor como para la Administración Ambiental. FASE DE CONSTRUCCIÓN: Deberá presentarse ante el Servicio Territorial de Medio Ambiente, un informe al finalizar la fase de replanteo y otro al finalizar la fase de obras, sobre el desarrollo del Programa de Vigilancia Ambiental, que recoja el seguimiento del cumplimiento y eficacia de todas las medidas protectoras planteadas, tanto en los documentos del Estudio de Impacto Ambiental como en la Declaración de Impacto Ambiental.

Page 29: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

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FASE DE EXPLOTACIÓN: Durante los cinco primeros años de funcionamiento de la infraestructura, deberá presentarse un informe anual sobre la marcha de los trabajos de seguimiento y recuperación ambiental y sobre todos aquellos aspectos citados en la Declaración de Impacto Ambiental. CUADRO RESUMEN Y PRESUPUESTO DEL PLAN DE VIGILANCIA AMBIENTAL: Se excluye de este presupuesto los aspectos relativos a la vigilancia arqueológica. Tabla CXVIII: Fase de Construcción (Para un periodo desde el replanteo hasta la puesta en servicio de unos 2 años):

Meses Dedicación Coste mensual Coste total Director del Programa 24 0,09 3.500 7.560

Técnicos Especialistas 24 0,09 2.500 5.400

Materiales y gastos 24 1 300 7.200

Informes 5 1 1.109 5.545

TOTAL (Euros) 25.705 Tabla CXIX: Fase de Explotación (2 años)

Meses Dedicación Coste mensual Coste total Director del Programa 24 0,09 3.500 5.040

Técnicos Especialistas 24 0,09 2.500 3.600

Materiales y gastos 24 1 300 2.400

Informes 2 1 600 1.200

TOTAL (Euros) 21.360

Page 30: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

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DEFINICIÓN DE LOS CONCEPTOS PRESUPUESTADOS:

Director del Programa: Llevará a cabo las labores de dirección del programa y será Lcdo. en Ciencias Biológicas, Ambientales ó Ingeniero de Montes, agrónomo o similar. Será el encargado de determinar y dirigir el control de los puntos para la realización de la vigilancia y control ambiental, que se han presentado en el correspondiente capítulo del Estudio de Impacto Ambiental, entre la fase de construcción y la de explotación.

Técnico Especialista: Serán titulados universitario cuyos estudios estén relacionados con los distintos factores del medio a controlar. Será el encargado de realizar en campo, con la frecuencia prevista en el cuadro de presupuesto y en los cuadros del apartados de Seguimiento de los Indicadores de Control Ambiental, el control de los puntos para la realización de la vigilancia y control ambiental, que se han presentado en el correspondiente capítulo del Estudio de Impacto Ambiental, para la fase de construcción y la de explotación.

Materiales y gastos: Serán los gastos derivados de la utilización de equipos o materiales de observación y control ambiental necesarios para el seguimiento del Plan de Vigilancia Ambiental en la Fase de Construcción. También están incluidos los gastos derivados de la utilización de equipos o materiales de observación y control ambiental necesarios para el seguimiento del Plan de Vigilancia Ambiental.

Informe Inicial (Fase de Construcción): Contiene la revisión del Plan de Vigilancia Ambiental en función de la Declaración de Impacto Ambiental. También las actuaciones llevadas a cabo en la etapa de replanteo o etapa previa al comienzo de las obras, así como la justificación y certificación de las medidas correctoras y de vigilancia que deban realizarse antes del comienzo de las obras.

Informe Semestral (Fase de Construcción): Contiene los resultados de la vigilancia ambiental durante los primeros seis meses desde el inicio de las obras. En este informe se señalarán los objetivos previos del Plan de Vigilancia Ambiental, el sistema de control ambiental establecido en el Estudio de Impacto y en la Declaración de Impacto Ambiental, la forma o metodología de ejecución del control ambiental y de los impactos resultados, así como los resultados del mismo y las conclusiones y actuaciones a acometer para el siguiente semestre.

Informe Final (Fase de Construcción): Contiene la síntesis de las actuaciones acometidas en los informes semestrales, un resumen de los mismos y una valoración global del seguimiento y control ambiental llevado a cabo, así como las conclusiones.

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Informe Anual (Fase de Explotación): Contiene los resultados de la vigilancia ambiental durante el año que va desde el final de la fase de obras. En este informe se recogerán los aspectos a controlar y los impactos residuales a analizar derivados del Plan de Vigilancia Ambiental, del Estudio de Impacto y de la Declaración de Impacto Ambiental, la forma o metodología de ejecución del control ambiental y de los impactos resultados, así como los resultados del mismo y las conclusiones y actuaciones a acometer para el siguiente año. Durante los cinco primeros años de funcionamiento de la infraestructura, además, deberá presentarse un informe anual sobre la marcha de los trabajos de seguimiento y recuperación ambiental y sobre todos aquellos aspectos citados en la Declaración de Impacto Ambiental.

León a, 24 de Octubre de 2011

Fdo.- Emilio Domínguez Astorga Licenciado en Ciencias Ambientales

D.N.I. 71424499-T

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Anexo I: Plan de Vigilancia del Oso Pardo

Page 33: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

1

PLAN DE VIGILANCIA DEL OSO PARDO (Ursus arctos) DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA LÍNEA ELÉCTRICA AÉREA

A.T. 45 KV. «C.H. FERRERAS-S.T.R. SAN ISIDRO»

1. INTRODUCCIÓN

Este Plan de Vigilancia de Oso Pardo se redacta por la Fundación Oso Pardo (FOP) por

encargo de la Diputación de León y en cumplimiento de la disposición 3d de la Resolución

de 12 de mayo de 2010, de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del

Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se hace pública la Declaración de

Impacto Ambiental sobre el proyecto de línea eléctrica aérea A.T. 45 KV. «C.H. Ferreras-

S.T.R. San Isidro», en los términos municipales de Boñar y Puebla de Lillo (León), promovido

por la Diputación Provincial de León.

La construcción de la línea eléctrica aérea AT 45 kV “C.H. Ferreras-S.T.R. San Isidro”,

según la alternativa seleccionada por la DIA, se desarrolla dentro del área de distribución

de la subpoblación cantábrica oriental del oso pardo, en una zona de alto interés para la

conectividad entre subpoblaciones, lo que obliga a poner en práctica medidas preventivas

que permitan compatibilizar la presencia de osos con la obra, tal como se prevé en la DIA.

Entre ellas destaca el desarrollo del presente plan de vigilancia.

Por otra parte, la propuesta de revisión del Plan de Recuperación del Oso Pardo en Castilla y

León establece un listado de Áreas Críticas, consideradas como aquellos territorios incluidos

dentro del ámbito de aplicación del Plan que se consideran vitales para la supervivencia y

recuperación del oso, y que pueden ser de dos tipos: Áreas de Refugio Invernal (Sectores

con presencia actual o potencial de oseras invernales o de agrupaciones de encames

reiteradamente utilizados) o Áreas de Alimentación Otoño-Invernal (Sectores con

Page 34: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

2

formaciones boscosas de plantas productoras de frutos secos, bien conservadas, que

constituyan un importante recurso trófico otoño-invernal para el Oso pardo). El trazado de la

línea en la alternativa elegida por la DIA discurre concretamente entre las Áreas Críticas de

Alimentación Otoño-Invernal B15 (Bosques de la Guaria de Cofiñal) y B16 (Bosques del

Arroyo Barbadillo y del Regalar), y próxima al Área Crítica de Alimentación Otoño-Invernal

B17 (Bosque de Pardomino) y al Área Crítica de Refugio Invernal A19 (Valle del Tronisco y

Pinar de Lillo).

Estas circunstancias suponen unas restricciones temporales para los trabajos en las áreas

críticas o sus inmediaciones, y además aconsejan la realización de este plan de vigilancia de

la presencia de oso pardo durante la fase de obras, con especial atención a las citadas

áreas, para evaluar cualquier potencial afección y tomar, en su caso, las medidas

convenientes.

2. CONTENIDO Y ALCANCE DEL SEGUIMIENTO DE OSO PARDO

2.1. Ámbito territorial.

Se procederá a la inspección de la zona de obras en sentido amplio (traza de la línea

eléctrica, zona de instalación de apoyos, desmontes y accesos a obras, zonas de

instalaciones auxiliares y zonas a restaurar) y todo su entorno inmediato, haciéndola

extensiva a las Áreas Críticas próximas, con el fin de detectar la presencia y ocupación

temporal de osos.

2.2. Metodología de seguimiento

El seguimiento se realizará básicamente mediante el recorrido de transectos o itinerarios

prefijados que serán diseñados atendiendo a las áreas afectadas por el desarrollo de las

obras y a los antecedentes históricos de presencia de osos. Los indicios de presencia

podrán ser huellas, excrementos, restos de actividad de alimentación (árboles rotos,

colmenas atacadas, piedras removidas, etc), marcas en árboles, pelos y otros similares.

Page 35: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

3

Solo se considerarán los indicios en los que se pueda determinar con total certeza su

atribución a oso pardo.

Los recorridos se realizarán en el entorno de las obras y en las Áreas Críticas de las

inmediaciones. Se visitarán con especial atención aquellos hábitats de alimentación propios

de la especie. Además, se llevarán a cabo cuantas visitas de inspección y seguimiento sean

necesarias en caso de detectarse la presencia de ejemplares de oso pardo.

El seguimiento se completará con la recogida exhaustiva de citas, informaciones y otras

observaciones relativas a la presencia de oso pardo en la zona.

Puntualmente, y ante la localización de indicios o determinación de la presencia de

ejemplares, podrán aplicarse otros procedimientos de seguimiento como la realización de

esperas de observación.

2.3. Indicadores y resultados

La información obtenida durante los recorridos o en otras visitas de prospección se recogerá

en fichas tipo que incluirán fechas e itinerarios; en el caso de detectarse la presencia de

osos, incluirán los datos relativos a los indicios y al tipo de ejemplar o ejemplares avistados o

detectados.

Los indicadores de seguimiento serán:

- número y localización de indicios de presencia de oso pardo

- número de itinerarios y/o visitas de prospección con detección de oso pardo

- presencia de oso pardo en áreas críticas o en zonas adyacentes a trabajos de la

línea eléctrica

Todos los datos de localización de indicios y de realización de prospecciones (tanto positivas

como negativas) se incluirán en las correspondientes bases de datos. Las localizaciones de

indicios se georreferenciarán y se incluirán en una base cartográfica.

Page 36: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

4

2.4. Periodicidad de muestreos y duración del seguimiento

La inspección periódica para la localización de indicios de presencia de oso pardo se

realizará mensualmente durante el periodo de ejecución de las obras, con un esfuerzo

mínimo de dos recorridos o itinerarios de prospección mensual, complementados con otras

prospecciones en los periodos más sensibles o con mayor probabilidad de presencia de

ejemplares.

Sumado a esto, se cursarán visitas siempre que se produzca la detección de la especie por

parte del personal de la obra, guardería de la Administración o equipos de la FOP.

El seguimiento se extenderá durante toda la fase de ejecución de obras de la línea eléctrica,

que en principio se establece en 12 meses.

2.5. Informes de seguimiento

Las fichas de cada visita formarán parte de un registro, que servirá para la elaboración de

informes con carácter trimestral, en los que se recogerán las incidencias habidas durante

este periodo. Al término de la obra se elaborará un informe final en el que se recopile toda

la información obtenida durante el seguimiento y las incidencias detectadas..

2.6. Actuación ante situaciones de riesgo

En caso de advertirse la presencia de la especie en áreas limítrofes a la zona de obras o

que puedan verse afectadas por los propios trabajos, se notificará de forma inmediata a

los responsables ambientales de la obra y se propondrán las medidas de protección

pertinentes, de acuerdo con los criterios acordados con los responsables de la Junta de

Castilla y León.

En todo caso, ante la detección de la especie en zonas de riesgo se intensificarán los

seguimientos, determinando la influencia exacta de las obras en el mismo.

Page 37: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

30

Anexo II: Cronograma del Desarrollo Previsto de los Trabajos

Page 38: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

MES 1 MES 2 MES 3 MES 4 MES 5 MES 6 MES 7 MES 8

REALIZACIÓN DE CAMINOS ACCESO

ACOPIO DE MATERIALES

EXCAVACIÓNES

HORMIGONADO

ARMADO E IZADO

TENDIDO DE LÍNEA ELÉCTRICA

COLOCACIÓN DE AVIFAUNA

DESMONTAJE LÍNEA EXISTENTE

CANALIZACIÓN

Desde el Inicio hasta el apoyo Nº 68 incluido en su totalidad. Contratista: ELECNOR

LÍNEA ELÉCTRICA AÉREA 45 KV " C.H. FERRERAS - S.T.R. SAN ISIDRO" TRAMO 1:

C C ÓENTUBADA

TENDIDO DE LÍNEA SUBTERRANEA

(*)Durante el desarrollo de los trabajos se tendrá en cuenta los siguientes condicionantes ambientales:

No se llevarán a cabo actuaciones que impliquen desbroces, ni movimientos de tierras, durante el periodo comprendido entre el 1 de abril y 15 de julio. Asimismo, se prohíben los trabajos con helicóptero entre los apoyos 43 y 72 (zonas de Pardomino y Peña Armada), entre el 1 de marzo y el 30 de junio.  Dentro del área crítica de oso pardo «Bosque de Pardomino» (B‐17), deberá evitarse la ejecución de los trabajos en el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre.  

Los trabajos durante la fase de obras deberán ejecutarse siempre en horas en las que se asegure que los ruidos y vibraciones no supongan molestias para las personas o la fauna silvestre. Se evitarán, en todo caso, los trabajos nocturnos (entre las 22 y las 8 h.).

Page 39: Plan de Vigilancia Ambiental Anexo II a Ppt

MES 1 MES 2 MES 3 MES 4 MES 5 MES 6 MES 7 MES 8 MES 9

REALIZACIÓN DE CAMINOS ACCESO

ACOPIO DE MATERIALES

EXCAVACIÓNES

HORMIGONADO

ARMADO E IZADO

TENDIDO DE LÍNEA ELÉCTRICA

COLOCACIÓN DE AVIFAUNA

DESMONTAJE LÍNEA EXISTENTE

CANALIZACIÓN ENTUBADA

TENDIDO DE LÍNEA

Desde el Apoyo nº 68 (no incluido) hasta la S.T.R. “San Isidro” del Proyecto. Contratista ELECNOR

LÍNEA ELÉCTRICA AÉREA 45 KV " C.H. FERRERAS - S.T.R. SAN ISIDRO" TRAMO 2:

OSUBTERRANEA

PERFORACIÓN DIRIGIDA

TENDIDO DE LÍNEA SUBTERRANEA

(*)Durante el desarrollo de los trabajos se tendrá en cuenta los siguientes condicionantes ambientales:

Los trabajos durante la fase de obras deberán ejecutarse siempre en horas en las que se asegure que los ruidos y vibraciones no supongan molestias para las personas o la fauna silvestre. Se evitarán, en todo caso, los trabajos nocturnos (entre las 22 y las 8 h.).

No se llevarán a cabo actuaciones que impliquen desbroces, ni movimientos de tierras, durante el periodo comprendido entre el 1 de abril y 15 de julio. Asimismo, se prohíben los trabajos con helicóptero entre los apoyos 43 y 72 (zonas de Pardomino y Peña Armada), entre el 1 de marzo y el 30 de junio.  Dentro del área crítica de oso pardo «Bosque de Pardomino» (B‐17), deberá evitarse la ejecución de los trabajos en el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre.