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PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

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ÍNDICE

1.- Introducción, objeto y alcance ............................................................................... 4

2.- Política de Prevención de Riesgos Laborales ............................................................ 7

3.- Identificación de la empresa, Estructura organizativa, Organización de la producción y prevención ................................................................................................................. 9

Identificación de la empresa y organización de la producción ........................................ 9

Organización de la prevención ..................................................................................... 9

4.- Funciones ........................................................................................................... 11

5.- Evaluación de Riesgos ......................................................................................... 24

6.- Planificación de la Actividad Preventiva ................................................................. 24

7.- Información y formación de los trabajadores ........................................................ 25

8.- Consulta y participación ....................................................................................... 26

9.- Controles periódicos ............................................................................................ 27

10.- Permisos de trabajo y autorizaciones de uso de maquinaria ................................. 28

11.- Gestión de equipos e instalaciones ..................................................................... 28

12.- Señalización ...................................................................................................... 29

13.- Gestión de equipos de protección individual ........................................................ 29

14.- Productos químicos ........................................................................................... 30

15.- Coordinación con otras empresas ....................................................................... 30

16.- Contratación de trabajadores por Empresa de Trabajo Temporal .......................... 31

17.- Cambios físicos u organizativos .......................................................................... 33

18.- Preparación ante emergencias ............................................................................ 34

19.- Protección de trabajadores especialmente sensibles ............................................ 35

20.- Control periódico de factores ambientales ........................................................... 36

21.- Medicina del trabajo .......................................................................................... 37

22.- Notificación, registro, investigación y estadística de accidentes............................. 37

23.- Riesgos Psicosociales ......................................................................................... 38

24.- Documentación de la Prevención ........................................................................ 39

25.- Auditorías ......................................................................................................... 41

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Anexo I: Centros de trabajo de Compañía Acciona Airport Services 43

Anexo II: Nombramiento de Recurso preventivo 46

Anexo III: Documentación del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales 48

ANEXO IV: Acta de Constitución del Servicio de Prevención Propio 50

Anexo V: Acuerdo de Adhesión al Servicio de Prevención Mancomunado (Alcobendas) 51

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1.- Introducción, objeto y alcance

La compañía Acciona Airport Services ha definido un Plan de Prevención de Riesgos Laborales que se adapta a la legislación vigente y que incluye, como aspectos mínimos:

• Identificación de la empresa, estructura organizativa y organización de la producción y de la prevención: Se describen en el apartado 3 de este Plan.

• Funciones y responsabilidades: Descripción documentada de cómo se integra la Prevención de Riesgos Laborales en el sistema de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los distintos niveles jerárquicos que se desarrolla en el apartado 4 de este Plan.

• Política preventiva de la empresa firmada por su máximo responsable y con difusión total en todos los centros de trabajo abiertos de la misma que se describe en el apartado 2 de este Plan.

• Descripción de las distintas sistemáticas con que se articula el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa preventiva (o bien la recopilación y enumeración de los procedimientos y normas que desarrollan dichas sistemáticas). Es decir, qué, quién, cómo y cuándo efectúa:

� Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos y sus revisiones.

� Planificación de Actividad Preventiva de la empresa: Realización y seguimiento.

� Metodología y gestión de formación e información de los trabajadores.

� Preparación ante las posibles emergencias que pudieran surgir eventualmente.

� Medicina del trabajo de los trabajadores.

� Realización de inspecciones y controles periódicos.

� Gestión y entrega de equipos de protección individual.

� Realización de auditorías internas por el Servicio de Prevención.

� Coordinación de actividades con Empresas de Trabajo Temporal y empresas contratistas que tengan trabajadores presentes en las instalaciones de Compañía Acciona Airport Services

� Notificación, registro e investigación de accidentes.

� Control de las sustancias peligrosas.

La articulación de todas estas sistemáticas que permiten el cumplimiento de la normativa preventiva queda desarrollada a lo largo de los procedimientos y registros que se desarrollan en este Plan.

Todos estos procedimientos (descritos en cada uno de los capítulos del Plan)

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establecen los responsables de realizar las acciones oportunas necesarias para que el Sistema sea eficiente y suficientemente integrado en cuanto a la distribución de funciones y responsabilidades en todo el escalafón de la estructura jerárquica de la empresa.

Asimismo, todos estos procedimientos vendrán acompañados de sus correspondientes registros, así como de la normalización de la ubicación de los mismos.

Para el caso específico de las aeronaves, el cumplimiento con los requisitos legales se realiza también mediante la elaboración e implantación del SGS que se completará con los procedimientos necesarios, en su caso.

Objeto:

El presente Plan de Prevención se elabora por tanto atendiendo a lo establecido en el artículo 16.1 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales tras la modificación introducida en la misma en virtud de la Ley 54/2003, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, así como en el art. 2.2 del R.D. 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención modificado por el R.D. 604/2006.

La Dirección de Compañía Acciona Airport Services considera que las obligaciones que introdujeron la Ley 54/2003 y el R.D. 604/2006 constituyen una oportunidad para dar un nuevo impulso a la acción preventiva en la empresa que, coherentemente con el espíritu que inspira esta reforma normativa, pasa por propiciar una creciente integración de la prevención en nuestras prácticas de gestión, lo que aconseja revisar los procedimientos y prácticas de trabajo en relación con la prevención, constituyéndose este Plan de Prevención como el Manual que guía las actuaciones del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales, recogiendo la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos laborales en nuestra Empresa.

El presente Plan, por tanto, tiene como objetivo servir de guía para el desarrollo, impulso e implantación de un adecuado sistema preventivo; pretende ser el documento de referencia de la Compañía Acciona Airport Services en materia de prevención, recoger los principios básicos de la actividad preventiva en la empresa, su organización y estructuración y las obligaciones y derechos de todos los que la integran.

Siendo éste un documento marco, se describirán procedimientos individuales para el desarrollo de todas aquellas actuaciones que no queden claramente reglamentadas aquí. Tales documentos, que se incluyen en este Plan, se renovarán

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siempre que se considere conveniente para un mejor funcionamiento de la estrategia preventiva para incidir en el concepto de mejora continua expresado en la Política Preventiva declarada por la Dirección de la empresa.

La filosofía que inspira el Sistema de Prevención de Riesgos Laborales de la Compañía Acciona Airport Services pasa por el estricto cumplimiento de los deberes empresariales en la materia, procurando asimismo la adopción de medidas de protección de los trabajadores que eleven el grado impuesto legalmente.

El Sistema de Prevención de Riesgos Laborales pretende ser un plan de acción integral de forma que cualquier actividad que pueda generar riesgo esté controlada de manera adecuada en tiempo y forma. Así pues, el objetivo de este Plan es evolucionar hacia la mejora de las condiciones de trabajo y la reducción de las consecuencias de los riesgos mediante un compromiso general de observancia.

Nuestro sistema de prevención se estructura en función de los siguientes principios:

a. Colaboración proactiva de todos los integrantes de la empresa. La prevención es cosa de todos.

b. Evitar riesgos combatiéndolos en su origen y evaluar los que no son evitables.

c. Adaptar el trabajo a la persona.

d. Planificar la actividad preventiva valorando en todo caso la evolución de la técnica.

e. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro, anteponiendo las medidas de seguridad colectiva a las de seguridad individual.

f. Tener en cuenta la evolución de la técnica

g. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores

h. Formar e informar a los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.

Ámbito de aplicación:

Este Plan de Prevención es de aplicación a todas las actividades realizadas en los centros de trabajo de Acciona Airport Services salvo el Centro de Madrid de Alcobendas, que se regirá por lo establecido en el procedimiento del Servicio de Prevención Mancomunado de Acciona. Los centros de trabajo de Acciona Airport Services son los que se relacionan en el anexo 1 del presente Plan de Prevención, a expensas de que se vayan abriendo otros nuevos con el transcurso del tiempo.

Aquellos aspectos que necesiten de un desarrollo o adaptación para un mejor ajuste a la organización y características de funcionamiento de un centro de trabajo

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concreto, se realizará a través del correspondiente procedimiento específico.

Este Plan de Prevención entra en vigor en el momento de su firma y será revisado cada dos años para efectuar las modificaciones oportunas que sean aplicables como consecuencia de cambios en la legislación, nuevas herramientas preventivas adoptadas en el Sistema de Gestión, etc. La responsabilidad de efectuar dichas revisiones será del Servicio de Prevención Propio, siguiendo el proceso natural de revisión de las mismas por la Gerencia de Recursos Humanos y Organización, aprobación por el Director General de la empresa y de información y consulta por parte de los Comités de Seguridad y Salud.

Los distintos centros de trabajo adoptarán las medidas oportunas para adaptar sus procedimientos a lo aquí establecido en el plazo máximo de 6 meses desde su difusión.

2.- Política de Prevención de Riesgos Laborales

Definición de la Política Preventiva de la empresa

Acciona Airport Services considera la Seguridad y Salud Laboral de sus trabajadores fundamental para el logro de una gestión eficaz de su proceso productivo, por lo cual se plantea como objetivo prioritario la mejora continua de las condiciones de trabajo en sus actividades, a través de la aplicación de la normativa vigente en prevención de riesgos laborales.

De acuerdo con estos principios Acciona Airport Services adopta, en materia de prevención, una política tendente a lograr el máximo nivel posible en la protección de sus trabajadores en base a los siguientes compromisos:

� Fomentar una cultura preventiva a través de la integración de la prevención en todos los ámbitos de gestión, de forma que todos los niveles jerárquicos se comprometan a incorporar la gestión preventiva en sus actividades cotidianas.

� Cumplir con la legislación vigente en materia preventiva y otros requisitos suscritos por la compañía con el propósito de alcanzar el objetivo de cero accidentes. La responsabilidad en el cumplimiento de la legislación es de toda la Sociedad y será asumida al más alto nivel por la Dirección.

� Evaluar las condiciones de trabajo de sus trabajadores, estableciendo planes preventivos para eliminar o controlar los riesgos.

� Integrar el sistema en la gestión de la empresa, de manera que la prevención se incorpore en todas las actividades con potencial incidencia sobre

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la seguridad y salud de sus trabajadores.

� Considerar los aspectos preventivos desde el origen de las actividades y en la propia fase de su diseño, contratación o adquisición de equipos y servicios.

� Desarrollar, aplicar y mantener los procedimientos adecuados para el control y aseguramiento de condiciones de trabajo seguras.

� Garantizar una adecuada información y formación continua del personal, en desarrollo de la Política Preventiva

� Fomentar la consulta y participación de los trabajadores en materia de prevención.

La Dirección confía en que toda la Organización comprenda la trascendencia de estas directrices y las integre en su estilo de trabajo.

Carlos Navas

Director General

Aprobación y revisión de la Política

La política de prevención de riesgos laborales es aprobada por el Director General de la empresa.

La política podrá ser modificada cuando así lo considere conveniente la Dirección atendiendo a:

- Cambios en los requisitos legales.

- La revisión bienal de este Plan de Prevención por la Dirección.

- Como resultado del proceso de mejora continua.

Es responsabilidad del Gerente de RRHH, con el asesoramiento del Servicio de Prevención, la elaboración de las propuestas de revisión o modificación de la Política de Prevención de riesgos laborales.

Difusión de la política

La política debe ser difundida a todos los niveles de la organización mediante:

• Entrega de la misma a todos los directores, jefes, mandos y representantes legales de los trabajadores.

• Su exhibición en lugares apropiados al conjunto de los trabajadores, como son los tablones de anuncios de los distintos centros de trabajo de la empresa.

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Los Delegados de cada Centro de Trabajo son los responsables de que la Política de Prevención de Riesgos Laborales sea difundida, entendida, aplicada y mantenida al día por todos los niveles de la organización.

3.- Identificación de la empresa, Estructura organizativa, Organización de la producción y prevención

Identificación de la empresa y organización de la producción

Acciona Airport Services se dedica al handling de compañías aéreas, para lo que cuenta con personal, instalaciones y equipos adecuados al servicio.

Las tareas de handling comprenden:

• Facturación y embarque de pasajeros.

• Tramitación del equipaje.

• Carga y descarga del equipaje de las aeronaves.

• Aceptación, carga y descarga de mercancías.

• Asistencia a la aeronave mediante pasarelas, escaleras, cintas de equipajes y todos aquellos equipos que sean necesarios para la garantizar su asistencia (GPU;ASU etc) en tierra.

• Transporte de pasajeros desde la terminal a la aeronave.

La ubicación de los trabajadores se especifica en el Anexo I del presente Plan de PRL.

Organización de la prevención

Acciona Airport Services ha optado por la modalidad de Servicio de Prevención Propio, conforme a los requisitos legales establecidos en el capítulo III del R.D. 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención.

El Servicio de Prevención es, de acuerdo con el artículo 31.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos

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de representación especializados.

Según dicho Reglamento, el Servicio de Prevención Propio ha de contar, como mínimo, con dos de las especialidades o disciplinas de entre Medicina del trabajo, Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada, desarrolladas por expertos con la capacitación requerida para las funciones de nivel superior, a los que podrá añadirse el personal técnico necesario con distintos niveles de capacitación.

El ámbito de actuación del Servicio de Prevención Propio son todos los centros de trabajo de la compañía y sus medios se distribuyen teniendo en cuenta la ubicación de los mismos.

La composición y estructura del Servicio de Prevención Propio de Acciona Airport Services está descrito en el Acta de Constitución de dicho Servicio y en ella se especifica que se han asumido como propias las disciplinas preventivas de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada. Dicho Acta está firmada por el Gerente de RRHH. Este Acta de Constitución se anexa al presente Plan de Prevención y en ella están establecidos los recursos humanos y técnicos. (Anexo IV)

El Servicio de Prevención Propio constituye una unidad organizativa específica y sus integrantes dedican de forma exclusiva su actividad profesional en la empresa a los fines del mismo, de acuerdo a lo indicado en el artículo 15 del Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997). Asimismo cuenta con los recursos económicos, las instalaciones, materiales y equipos necesarios para dicho desempeño. Por otra parte, se ha estructurado organizativamente de modo que pueda atender eficazmente sus labores de asesoramiento a todos los centros de trabajo, independientemente de su ubicación geográfica.

El Servicio de Prevención Propio se reserva la facultad de subcontratar actividades preventivas puntuales tales como mediciones higiénicas, impartición de actividades formativas, realización de inspecciones de seguridad de los centros de trabajo o evaluaciones de riesgos específicos, etc., asumiendo los resultados de las mismas posteriormente a su estudio pormenorizado.

El Servicio de Prevención Propio elaborará anualmente y mantendrá a disposición de las autoridades laborales y sanitarias competentes, así como de los representantes de los trabajadores en materia preventiva, la memoria y la programación anual de las actividades preventivas de cada centro de trabajo.

Asimismo, para el desempeño de las actividades preventivas no cubiertas con medios propios del Servicio de Prevención Propio se efectúan los conciertos pertinentes conformes a lo establecido en el artículo 20 del Reglamento de los

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Servicios de Prevención con empresas externas convenientemente acreditadas como Servicio de Prevención Ajenos, quedando prorrogados anualmente dichos conciertos de forma tácita desde la fecha de su establecimiento en tanto no se renuncie a los mismos. Con estos Servicios de Prevención Ajenos se establecerá la oportuna coordinación desde el Servicio de Prevención Propio.

En el caso del centro de Alcobendas, la gestión de la prevención se ha mancomunado con el resto de las empresas de Acciona que disponen de trabajadores en este lugar. (Anexo V)

El Servicio de Prevención Propio debe remitir anualmente a la empresa (según el artículo 20.2 del Reglamento de los Servicios de Prevención) el Programa Anual de Actividades Preventivas y la Memoria Anual a los que se refiere el apartado 2.d del artículo 39 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el artículo 20.2 del Reglamento de los Servicios de Prevención. En ellos se deben desarrollar las actividades que se van a realizar en la empresa en el año siguiente con cargo al concierto suscrito (en el primer caso) y las actividades realizadas durante el año anterior (en el caso de la Memoria).

Asimismo, y como se ha comentado anteriormente en el capítulo 3 de este Plan de Prevención, para complementar los trabajos del Servicio de Prevención Propio en lo que se refiere a la implantación y mantenimiento del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales en cada centro de trabajo y efectuar un adecuado control documental e integración de la actividad preventiva en cada uno de los mismos, se procederá a nombrar en cada uno de estos centros a un Responsable de Centro. Estos responsables no pertenecerán al Servicio de Prevención, sino que su objeto es efectuar las labores de coordinación y ejecución en cada Centro, para lo que dispondrán de formación de nivel básico para el desempeño de las funciones que se recogen en el artículo 35 de dicho Reglamento.

El modelo de organización adoptado y los recursos de los que se dispone son suficientes para el desarrollo de la actividad preventiva y están organizados de forma acorde con los principios recogidos en el Reglamento de los Servicios de Prevención.

4.- Funciones

La estructura organizativa aplicará las medidas que integran el deber general de prevención de arreglo a los principios recogidos en la política preventiva de la Compañía.

Alta Dirección

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Tiene como función general fomentar la cultura preventiva así como la promoción y mejora de las condiciones de seguridad y salud integrándola en todos los niveles jerárquicos de las diferentes sociedades de Acciona.

Se encarga de aprobar y firmar el Plan de Prevención, y de dotar los medios necesarios humanos y materiales para lo cual dotará de la partida presupuestaria suficiente y necesaria.

Sus funciones son:

• Liderar el proyecto y conseguir el compromiso de todos los agentes de la organización con respecto a la integración de la prevención en todas las actividades y procesos desarrollados por la empresa

• Dotar a la organización de los recursos necesarios para que el trabajo se pueda realizar en condiciones seguras y saludables para los trabajadores

• Organizar e impulsar la gestión de la prevención de riesgos laborales en las actividades de la empresa, responsabilizándose de la difusión y cumplimiento de la Política de Prevención de la Compañía

• Autorizar y dar conformidad a la Modalidad de la Actividad preventiva de la Compañía

• Participar en la definición y la integración de la prevención de riesgos laborales en todas las actividades de la Compañía, estableciendo los canales de comunicación oportunos entre las diferentes Áreas y Direcciones

• Recibir anualmente información sobre los Objetivos y la Planificación de la Actividad Preventiva de la Compañía dando conformidad a la misma.

Estas funciones las realiza con el apoyo y asesoramiento del Servicio de Prevención Propio.

Dirección de Área

Deberá desarrollar y promover la Política Preventiva en su área, adaptándola a las especiales necesidades que pudieran existir. Sus funciones son:

• Dotar de los recursos necesarios para que el trabajo pueda realizarse en condiciones seguras y saludables para los trabajadores

• Organizar e impulsar la gestión de la prevención de riesgos laborales en su Área, responsabilizándose de la difusión y cumplimiento de la Política de Prevención de la Compañía, así como de la integración en las actividades de la empresa.

• Participar en la definición y la integración de la prevención de riesgos laborales

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en todas las actividades de la Compañía, estableciendo los canales de comunicación oportunos

• Recibir anualmente información sobre los Objetivos y la Planificación de la Actividad Preventiva de la Compañía en su Área, dando conformidad a la misma.

Delegado de base / responsable del centro de trabajo

Además de las funciones de la Dirección de Área, entre sus funciones se encuentran:

• Asegurar el Mantenimiento de equipos e instalaciones industriales en la Dirección de la delegación.

• Seguimiento y control de las acciones correctoras y preventivas de las anomalías detectadas en las instalaciones.

• Cumplir los procedimientos de aplicación, especialmente los procedimientos de Coordinación de actividades empresariales y de Controles periódicos.

• Dotar de los recursos necesarios para que el trabajo pueda realizarse en condiciones seguras y saludables para los trabajadores

• No tolerar prácticas peligrosas

Gerente de RRHH:

Además de las funciones de la Dirección de Área, entre sus funciones se encuentran:

• Dar conformidad a la Constitución del Servicio de Prevención Propio de la Compañía

• Participar anualmente en los Objetivos y la Planificación de la Actividad Preventiva de la Compañía, dando conformidad a la misma.

• Dar conformidad a la revisión de los procedimientos de gestión de Prevención de Riesgos Laborales a propuesta del Servicio de Prevención.

• Revisar bienalmente el contenido del Plan de Prevención y sus actualizaciones.

• Supervisar las relaciones con la Representación de los Trabajadores.

• Dotar de los recursos necesarios para que el trabajo pueda realizarse en condiciones seguras y saludables para los trabajadores

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Departamento de Mantenimiento

Entre sus funciones se encuentran:

• Realizar labores de mantenimiento de carácter preventivo y correctivo así como las reparaciones de las instalaciones y equipos propios.

• Seguimiento y control de las acciones correctoras y preventivas de las anomalías detectadas en estas instalaciones.

• La coordinación de actividades empresariales, según el procedimiento específico.

• Cumplir los procedimientos de aplicación.

Departamento de Personal

Entre sus funciones se encuentran:

• Establecer con el Servicio de Prevención Propio los canales de comunicación oportunos para la transmisión de la información preventiva entre los diferentes Departamentos de la Compañía.

• Supervisar el cumplimiento de los requisitos legales en la contratación de personal de Empresas de Trabajo Temporal según lo establecido en el R.D. 216/1999.

• Comunicar las nuevas incorporaciones al Servicio de Prevención y al departamento de formación.

• Gestionar las comunicación y los partes de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional mediante el Sistema Delt@.

• Estudiar junto con el Servicio de Prevención Propio los contenidos didácticos de la información y de la documentación corporativa en relación con la prevención de riesgos laborales.

• Entregar la información sobre riesgos, medidas preventivas y medidas a tener en cuenta en caso de emergencia a los trabajadores del centro de trabajo y registrar el acuse de recibo de dicha entrega, particularmente en los casos de trabajadores de nueva incorporación, según las instrucciones del Servicio de Prevención.

Departamento de Uniformidad

Este departamento no existe en todos los centros de trabajo como unidad

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independiente. En algunas bases puede estar incluido en el departamento de personal, por lo que sus funciones serán traspasadas al Departamento de Personal en ese caso.

• Es el responsable de dotar al personal de los distintos departamentos de la uniformidad reglamentaria y de los EPIs asignados.

• Consultará previamente al Servicio de Prevención Propio cualquier modificación que se quiera realizar en los EPIs o uniformidad.

Departamento de Formación

Entre sus funciones se encuentran:

• Estudiar junto con el Servicio de Prevención Propio los contenidos de formación en relación con requisitos o condiciones preventivas para el personal propio, en función de sus necesidades.

• Estudiar junto con el Servicio de Prevención Propio los Objetivos y la Planificación de la Actividad Preventiva en relación a la formación de prevención de riesgos laborales del personal propio.

• Seguir las instrucciones de los establecido al efecto en el Sistema de Calidad

Departamento de Compras

Este departamento no existe en todos los centros de trabajo como unidad independiente; en caso de no existir sus funciones las asumiría el Delegado.

Entre sus funciones se encuentran:

• Estudiar junto con el Servicio de Prevención Propio los contenidos de clausulados de contratos en relación con requisitos o condiciones preventivas para los proveedores y suministradores.

• Establecer junto con el Servicio de Prevención Propio los requisitos o condiciones preventivas para los proveedores y suministradores específicos de equipos de protección individual, medios de protección colectiva y equipos de trabajo. Estos requisitos se actualizarán periódicamente y se difundirán a los Centros de Trabajo.

• Las especificaciones de compra en materia preventiva quedarán incorporadas al pedido/contrato, directamente en el clausulado o mediante documento adjunto.

• Recoger en un apartado específico la documentación que debe presentar el proveedor.

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• Cumplir el procedimiento de Coordinación de Actividades Empresariales.

Responsable de Departamento y Adjuntos

Entre sus funciones se encuentran:

• Organizar, impulsar e integrar en las actividades de la empresa la Gestión de la Prevención a nivel de su centro de trabajo, responsabilizándose de la difusión y cumplimiento de la Política de Prevención de la Compañía y específicamente de los procedimientos internos vigentes en esta materia.

• Supervisar que el personal propio y de empresas colaboradoras en el centro de trabajo conozcan el Plan de Prevención de la Compañía así como lleven a cabo las funciones correspondientes en función de los procedimientos internos vigentes en esta materia.

• Planificar junto con el Servicio de Prevención las actividades preventivas para su centro de trabajo y Departamento.

• Implantar y gestionar las actividades preventivas en su centro de trabajo y Departamento.

• Gestionar los recursos humanos y medios materiales en su Departamento en materia de prevención de riesgos laborales, asignando las funciones necesarias.

• Adoptar medidas preventivas en su Departamento que antepongan la protección colectiva a la individual.

• Dar las debidas instrucciones preventivas al personal propio y a las empresas colaboradoras en el centro de trabajo.

• Paralizar las actividades del centro si existe riesgo grave o inminente para la salud o la integridad física de los trabajadores.

• Solicitar el asesoramiento del Servicio de Prevención Propio en la aplicación de las medidas preventivas que sea necesario adoptar en su Departamento.

• Adoptar las medidas necesarias para que se implanten en su centro de trabajo y Departamento los medios de coordinación de actividades empresariales, en el caso necesario.

• Comunicar los accidentes de trabajo conforme al procedimiento sobre registro, comunicación e investigación de Accidentes.

• Colaborar con el Servicio de Prevención Propio en la investigación de las causas de los accidentes conforme al procedimiento señalado.

• Colaborar con la planificación y realización de las inspecciones de seguridad

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realizadas en su centro de trabajo.

• Custodiar los documentos referentes a inspecciones, revisiones y pruebas oficiales que se realicen en las instalaciones o equipos asignados a su Centro de Trabajo. Conservar y mantener la documentación derivada de la aplicación en su centro de trabajo del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales.

• Mantener actualizado un registro del inventario de las sustancias y de los productos químicos peligrosos utilizados y de sus correspondientes fichas de seguridad. Asimismo deberá entregar las mismas a los trabajadores.

• Cumplir y hacer cumplir a los trabajadores con lo especificado en las normas de seguridad que se les transmite.

• Comunicar al Servicio de Prevención Propio los cambios en la plantilla de su Departamento que afecten a los equipos de emergencia nombrados en las medidas de emergencia, para que se proceda a actualizar dichos equipos. Las aeronaves llevarán su propio control sobre los equipos de emergencia.

• Efectuar las notificaciones a los representantes de los trabajadores en materia preventiva bajo las instrucciones del Servicio de Prevención Propio.

• Autorizar a los trabajadores para el uso y conducción de equipos de trabajo especiales previa comprobación de que los mismos han recibido la oportuna formación teórico-práctica adecuada y suficiente para su manejo.

• Cumplir y hacer cumplir al personal a sus órdenes las normas, instrucciones de seguridad, uso de los equipos de protección individual y cuanto específicamente esté dispuesto en la empresa relativo a Prevención de Riesgos Laborales y que sea de aplicación en su Centro de Trabajo y Departamento.

• Cuidar que las acciones de formación/información sean adecuadas, continuadas en el tiempo, adaptadas a la situación del momento y que mejoren las situaciones existentes, proponiendo mejoras en el caso de que procedan al Departamento de Formación y al Servicio de Prevención Propio.

• Coordinar con del Departamento de Formación las fechas para la impartición a los trabajadores de las acciones formativas que sean procedentes.

• Vigilar el orden y limpieza en su ámbito de actuación, así como, en general, las condiciones de trabajo en dicho ámbito.

• Supervisar los medios de protección de su Centro de trabajo y Departamento.

• Proponer acciones correctoras sobre condiciones de trabajo inseguras.

• Facilitar y gestionar las deficiencias detectadas por los trabajadores y notificadas mediante el impreso “Comunicación de Riesgos”.

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• Seguir las instrucciones de los diferentes procedimientos.

• No tolerar prácticas peligrosas

Los Responsables de Departamento y los Adjuntos serán nombrados, en su caso, recursos preventivos.

El nombramiento de estos Responsables de Departamento (recursos preventivos) se registrará en un formato como el propuesto en el Anexo II de este Plan de Prevención, cuya firma y cumplimentación quedará registrada en el Servicio de Prevención.

Mandos intermedios

Este puesto lo ocuparán los Supervisores, Coordinadores de Rampa, Jefes de turno, Loadmaster, Subloadmasters/capataz y cualquier otro personal que tenga trabajadores a su cargo sin llegar a ser el responsable del Departamento.

Entre sus funciones se encuentran:

• Integrar en las actividades de la empresa la Gestión de la Prevención a nivel de su área, responsabilizándose de su cumplimiento por el personal propio y de empresas colaboradoras.

• Realizar las funciones asignadas por el Delegado o responsable de Departamento, según la Planificación de la Actividad Preventiva a nivel de su área de actividad.

• Implantar las actividades preventivas en su área, bajo la supervisión del Responsable.

• Gestionar los recursos humanos y medios materiales disponibles en su área de actividad.

• Adoptar medidas preventivas que antepongan la protección colectiva a la individual.

• Dar las debidas instrucciones preventivas al personal propio y de empresas colaboradoras en su área de actividad.

• Solicitar el asesoramiento del Responsable del departamento y/o del Servicio de Prevención Propio en la aplicación de las medidas preventivas que sea necesario adoptar en su área de actividad.

• Adoptar las medidas necesarias para que se lleve a cabo en su área de actividad los medios de coordinación de actividades empresariales en el caso necesario.

• Conocer y transmitir los riesgos, instrucciones y normas referentes a los

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trabajos que se desarrollen en el área de su competencia y en especial los referentes a:

o Las instalaciones y condiciones de seguridad del entorno de trabajo.

o Los procedimientos e instrucciones de trabajo.

o La adecuación de los equipos de trabajo utilizados.

o Los equipos de protección individual que se han de utilizar en cada actividad.

• Cumplir y hacer cumplir al personal a sus órdenes las normas, instrucciones de seguridad, uso de los equipos de protección individual y cuanto específicamente esté dispuesto en la empresa relativo a Prevención de Riesgos Laborales, y que sea de aplicación en su área.

• Vigilar el orden y limpieza en su ámbito de actuación, así como, en general, las condiciones de trabajo en dicho ámbito.

• Supervisar los medios de protección de su área.

• Colaborar con el responsable de Prevención de la empresa en la identificación y evaluación de los riesgos relacionados con los trabajos realizados específicos bajo su control, así como en las inspecciones de seguridad realizadas, colaborando asimismo en la toma de medidas para su corrección.

• Proponer acciones correctoras sobre condiciones de trabajo inseguras.

• Comunicar al Responsable del Departamento aquellos riesgos que haya podido observar y su gravedad. No tolerar prácticas peligrosas.

• Aportar todos los datos oportunos que hayan tenido algún tipo de incidencia en el acontecimiento de cualquier tipo de accidente/incidente ocurrido en su área de competencia, y adoptar las correspondientes medidas preventivas para evitar su posible repetición, informando al Responsable del Departamento.

• Cuidar que las acciones de formación/información sean adecuadas, continuadas en el tiempo, adaptadas a la situación del momento y que mejoren las situaciones existentes, proponiendo mejoras en el caso de que procedan al Responsable del departamento.

• Gestionar las deficiencias detectadas por los trabajadores y notificadas.

Estos trabajadores podrán ser nombrados, en su caso, recursos preventivos, en función de lo establecido en los procedimientos de desarrollo de presente plan de prevención.

El nombramiento se registrará en un formato como el propuesto en el Anexo II de

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este Plan de Prevención, cuya firma y cumplimentación quedará registrada en el Servicio de Prevención.

Trabajadores

Las funciones que se relacionan a continuación deben entenderse a nivel personal e independientemente de la función que desempeñe.

Con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular:

• Velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario.

• Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el mando inmediato.

• Utilizar correctamente las máquinas, aparatos, equipos, instalaciones, herramientas, sustancias, productos, y cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad.

• No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.

• Informar de inmediato a su superior jerárquico y/o a las personas competentes en materia preventiva de toda situación detectada que implique a su juicio riesgo de accidente, así como de cualquier deficiencia en los dispositivos de seguridad.

• Colaborar en la investigación de accidentes/incidentes.

• Realizar los cursos de formación general o específica en materia de Prevención de Riesgos Laborales organizados por la empresa, y comprometerse a la aplicación de las enseñanzas recibidas.

• Mantener en correcto estado de conservación, orden y limpieza todo el área, equipos, herramientas y otros elementos a su cargo (durante y al finalizar sus trabajos).

• Acudir a los reconocimientos médicos que con carácter obligatorio puedan establecerse.

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• Cooperar en la extinción de siniestros y sus efectos, en el salvamento de víctimas de accidentes de trabajo, etc.

• Utilizar los Equipos de Protección Individual puestos a su disposición según las instrucciones de sus mandos o de la Dirección.

Servicio de Prevención Propio:

El Servicio de Prevención es un staff especializado, cuya autoridad es meramente funcional, pues la responsabilidad de la prevención está integrada en la estructura de la empresa tal y como se recoge en este documento.

Es el encargado de coordinar, asesorar, impulsar y auditar la Prevención de Riesgos Laborales de la empresa, realizando las actividades preventivas que garanticen la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, basándose en los principios generales de la acción preventiva:

• Asegurar que se evalúan los factores de riesgo que afectan la seguridad y la salud de los trabajadores.

• Diseñar, aplicar y coordinar los planes y programas de actuación preventiva.

• Determinar las prioridades en la adopción de las medidas preventivas adecuadas y la vigilancia de la eficacia de éstas.

• Informar y formar a los trabajadores en materia de prevención y protección junto con el Departamento de Formación.

• Definir e implantar las medidas de emergencia junto con los Responsables de Centro de Trabajo.

• Cooperar en materia de Medicina del Trabajo, en relación con los riesgos derivados del trabajo, con el Servicio de Prevención Ajeno con el que se tenga concertada tal disciplina preventiva, y en el caso de Servicios Centrales, con el Servicio de Prevención Mancomunado de ACCIONA.

• Canalizar la información externa derivada de las actividades preventivas en materia de Medicina del Trabajo que pudieran afectar a las actividades del Servicio de Prevención Propio, definiendo los procedimientos de coordinación entre ambos Servicios.

• Colaborar en la elaboración de procedimientos, normas y métodos de trabajo, así como la revisión de los mismos por el responsable de PRL

• Investigar los accidentes y enfermedades profesionales que puedan producirse según el procedimiento específico.

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• Controlar periódicamente el cumplimiento de las medidas de control y revisión de las condiciones de trabajo.

• Elaborar la Memoria Anual del Servicio de Prevención.

• Modificar y actualizar la redacción del Plan de Prevención.

• Desarrollar y adaptar la legislación vigente en cada momento que pueda ser de aplicación a Acciona Airport Services.

• Registrar los informes de accidentalidad de cada centro de trabajo, elaborando un informe anual sobre la accidentalidad en Acciona Airport Services.

• Mantener relaciones con las Autoridades Laborales, de las CC.AA. y locales, de acuerdo con las competencias de la Organización Preventiva, activando y coordinando los informes preceptivos a la Autoridad Laboral.

• Supervisar la coordinación de actividades empresariales con empresas externas que aporten trabajadores a los centros de trabajo de la empresa, según el procedimiento establecido.

• Realizar o coordinar la formación del personal en materia de prevención de riesgos laborales.

Comité de Seguridad y Salud:

Sus competencias son:

• Ser informados de la Planificación de la Actividad Preventiva de cada centro de trabajo y participar en el seguimiento de la misma. A tal efecto, en su seno se debatirán, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la prevención de riesgos, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de protección y prevención a que se refiere la Ley y organización de la formación en materia preventiva.

• Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, proponiendo a la empresa la mejora de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes.

Está facultado para:

• Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en el centro de trabajo.

• Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los

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procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su caso.

• Conocer y analizar los daños producidos en la salud o en la integridad física de los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas oportunas.

• Conocer e informar la memoria y programación anual de servicios de prevención.

Delegados de Prevención:

Sus competencias son:

• Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva.

• Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución y cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

• Asumir las competencias del Comité de Seguridad y Salud cuando éste no exista.

• Ser consultado por el empresario, con carácter previo a su ejecución, acerca de las decisiones a que se refiere el artículo 33 de la presente Ley.

• Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y control del estado de las condiciones de trabajo, pudiendo, para tal fin, acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada con los trabajadores, de manera que no se altere el normal desarrollo del proceso productivo.

• Guardar sigilo profesional según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores.

Están facultados para:

• Acompañar a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo del medio ambiente de trabajo, pudiendo formular ante ellos las observaciones que consideren oportunas.

• Tener acceso, con limitaciones previstas en el apartado 4 del artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de las funciones, de manera que se garantice el respeto de la confidencialidad.

• Ser informado por los empresarios sobre los daños producidos en la salud de los trabajadores una vez que aquél hubiese tenido conocimientos de ellos, pudiendo presentarse, aún fuera de la jornada laboral, en el lugar de los hechos para

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conocer las circunstancias de los mismos.

• Recibir del empresario las informaciones obtenidas por éste procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades de protección y prevención en la empresa.

• Recabar del empresario la adopción de medidas de carácter preventivo y para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y salud de los trabajadores, pudiendo a tal fin efectuar propuestas al empresario, así como al Comité de Seguridad y Salud para su discusión en el mismo.

• Proponer al órgano de representación de los trabajadores la adopción del acuerdo de paralización de actividades a que se refiere el apartado 3 del artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales bajo su responsabilidad.

5.- Evaluación de Riesgos

La evaluación de los riesgos laborales se realiza por Centro de Trabajo y será complementada con un proceso continuo de identificación y evaluación a través de varios instrumentos de control preventivo establecidos en cada uno de los centros, tales como los controles periódicos e investigaciones de accidentes que se describen en los apartados correspondientes de este Plan.

Las evaluaciones de riesgos así concebidas tienen en cuenta todas las actividades realizadas en las instalaciones de Compañía Acciona Airport Services por parte de personal propio.

La sistemática establecida para la realización de las evaluaciones de riesgos se desarrolla en el procedimiento PS-01 Evaluación de riesgos laborales.

Lista de distribución del procedimiento:

- Servicio de Prevención Propio.

- Gerente de RRHH

- Delegados de las bases.

6.- Planificación de la Actividad Preventiva

Coherentemente con los resultados de las Evaluaciones de Riesgos realizadas para

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cada centro de trabajo, se realizará anualmente la Planificación de las Actividades Preventivas aplicables a cada uno de los mismos que se establece en la Sección 2ª del capítulo II del Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997). Esta Planificación de la Acción Preventiva viene obligada asimismo en los artículos 15.1.g y 23.1.a de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Para el desarrollo de la Planificación de la actividad preventiva se seguirá la sistemática establecida en el PS-02 Planificación de la actividad preventiva.

Lista de distribución del procedimiento:

- Servicio de Prevención Propio.

- Gerente de RRHH

- Delegados de las bases.

7.- Información y formación de los trabajadores

La información en materia de prevención de riesgos laborales que con carácter de mínimos debe proporcionarse a todos los empleados debe incluir el siguiente contenido:

� Resultados de la evaluación de riesgos del puesto de trabajo o función desarrollado por el empleado, con indicación de las medidas de prevención y protección a adoptar.

� Medidas de emergencia a tener en cuenta por el empleado en materia de lucha contra incendios, primeros auxilios y evacuación.

A fin de facilitar esta información, el Servicio de Prevención Propio ha preparado en unos formatos adecuados la información pertinente que traslada a los Responsables de cada centro de trabajo.

Está información debe entregarse en los siguientes casos:

- Incorporación de un nuevo empleado.

- Cambio de puesto de trabajo o función.

- Incorporación de nuevos riesgos o información al puesto de trabajo.

- Como consecuencia de evaluaciones de riesgos adicionales o de revisión, o mediciones higiénicas periódicas.

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La entrega de esta información a los trabajadores la realizará por los mencionados Responsables de centro de trabajo, dejando constancia de la documentación entregada mediante el correspondiente registro del acuse de recibo, enviando el original del mismo al Servicio de Prevención Propio y quedándose copia del mismo.

Para la formación en materia de prevención de riesgos laborales se seguirá la sistemática establecida en el procedimiento PS-03 Formación de los trabajadores.

Lista de distribución del procedimiento:

- Servicio de Prevención Propio.

- Delegados de las bases.

- Departamento de Personal.

- Responsables de Departamento.

- Departamento de Formación.

8.- Consulta y participación

Representantes de los trabajadores:

Los trabajadores tienen derecho a estar representados en materia de prevención de riesgos laborales y Acciona Airport Services promoverá el ejercicio de este derecho en todos sus centros de trabajo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos. La disposición de Delegados de Prevención en los centros de trabajo como representantes de los trabajadores en dichos centros en lo que se refiere a materia preventiva es un derecho de los trabajadores, no siendo una obligación de Acciona Airport Services el disponer de los mismos sino limitarse a facilitar todas las condiciones para que los trabajadores elijan a sus representantes, manteniéndose al margen de dicha decisión y requerir a la representación sindical quiénes son sus interlocutores en esta materia.

En cada centro de trabajo, los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes del personal, o en el ámbito del Comité de Empresa (si existe), con arreglo a la siguiente escala establecida en el artículo 35 de la Ley:

• De 50 a 100 trabajadores: 2 Delegados de Prevención.

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• De 101 a 500 trabajadores: 3 Delegados de Prevención.

• De 501 a 1.000 trabajadores: 4 Delegados de Prevención.

En los centros de hasta treinta trabajadores el Delegado de Prevención será el Delegado de Personal. En los centros de treinta y uno a cuarenta y nueve trabajadores habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal.

Comité de Seguridad y Salud:

Estos Comités son el órgano paritario y colegiado de participación formado, de una parte por los Delegados de Prevención y, de otra, por los mencionados representantes designados por la empresa para debatir con carácter trimestral los asuntos relativos a Prevención de Riesgos Laborales en los centros de trabajo que se desarrollan en los artículos 38 y 39 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y las condiciones de Seguridad y Salud existentes en los mismos.

Para la consulta y participación de los trabajadores se seguirá la sistemática establecida en el procedimiento PS-04 Consulta y participación.

Lista de distribución del procedimiento:

- Servicio de Prevención Propio.

- Gerencia de RRHH.

- Delegados de las bases.

- Responsables de Departamento.

- Departamento de Formación.

- Mandos intermedios.

9.- Controles periódicos

Bajo este concepto se incluye la sistematización de la realización de visitas periódicas documentadas a cada centro de trabajo al objeto de mantener un control activo permanente de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores que están asociados a las condiciones de trabajo existentes en cada uno de los mismos. Se incluye la realización de inspecciones de seguridad, observaciones de trabajo y evaluaciones higiénicas, etc.

Para la realización de los controles periódicos de las condiciones de trabajo se

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seguirá lo establecido en el procedimiento PS-05 Controles periódicos.

Lista de distribución del procedimiento:

- Servicio de Prevención Propio.

- Delegados de las bases.

- Responsables de Departamento.

- Departamento de Mantenimiento.

10.- Permisos de trabajo y autorizaciones de uso de maquinaria

Se establecen para los centros de trabajo una serie de Prácticas Operativas que describen la forma segura de realizar un trabajo crítico y constituyen la documentación principal para la información y formación de los trabajadores sobre los riesgos de su puesto de trabajo y las medidas de prevención y protección a aplicar.

Así, se establecen Prácticas Operativas para todos aquellos trabajos, actividades o tareas en donde se haya puesto de manifiesto la necesidad de las mismas por la transcendencia que pueden tener sobre la seguridad de los trabajadores o las instalaciones.

11.- Gestión de equipos e instalaciones

Cada Responsable de Mantenimiento mantendrá operativo y documentado un programa de revisión de equipos e instalaciones para asegurar que:

1. Los equipos e instalaciones se ajustan a las prescripciones establecidas en los reglamentos de seguridad industrial y se realizan las inspecciones y revisiones reglamentarias con la periodicidad establecida en los mismos.

2. Los equipos de trabajo son inspeccionados, antes de su puesta en servicio, para comprobar su adaptación a los requisitos establecidos en el R.D. 1215/1997, “Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo”. La misma inspección se exigirá después de una transformación o falta prolongada de uso.

3. Aquellos equipos de trabajo sometidos a influencias susceptibles de ocasionar deterioros que puedan generar situaciones peligrosas estén sujetos a

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comprobaciones y, en su caso, pruebas de carácter periódico, con objeto de asegurar el cumplimiento de las disposiciones de seguridad y de salud y de remediar a tiempo dichos deterioros.

Todos los trabajadores que utilicen algún equipo deberán ser expresamente autorizados por cada Departamento y contar con la formación teórico-práctica adecuada. Tanto la firma del registro como su archivo y custodia será responsabilidad del Departamento correspondiente. El modelo de autorización será facilitado por el Servicio de Prevención Propio.

La gestión de equipos e instalaciones se llevará a cabo según el procedimiento PS-06 Gestión de equipos e instalaciones.

Lista de distribución del procedimiento:

- Servicio de Prevención Propio.

- Departamento de Mantenimiento.

- Delegados de las bases.

- Responsables del Departamento

- Mandos intermedios.

12.- Señalización

Los delegados de las bases velarán porque éstas estén señalizadas adecuadamente conforme a lo establecido en los Reales Decretos 485/1997 y 486/1997.

Esta señalización debe cumplir suficientemente con el objeto de advertir acerca de los riesgos asociados a las distintas áreas de trabajo, así como de la obligación de uso de Equipos de Protección Individual, la ubicación de la mayoría de los elementos de protección contra incendios y de las vías y salidas de evacuación de emergencia.

13.- Gestión de equipos de protección individual

Se identificarán los tipos de equipos de protección individual necesarios en los distintos puestos de trabajo; tanto los que constituyen la dotación del puesto en su desempeño habitual como los que pueden ser requeridos esporádicamente para la

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realización de determinadas tareas o actividades.

La gestión de equipos de protección individual en los centros se realizará siguiendo la sistemática indicada en el procedimiento PS-07 Gestión de equipos de protección individual.

Lista de distribución del procedimiento:

- Servicio de Prevención Propio.

- Delegados de las Bases.

- Responsables de Departamento.

- Mandos Intermedios.

- Departamento de Uniformidad.

14.- Productos químicos

El Departamento de Compras o, en el caso de no existir como departamento propio, aquel que asuma las funciones de adquisición de equipos, materiales o servicios, notificará al Servicio de Prevención la adquisición de productos químicos. El Departamento de Compras solicitará al distribuidor las correspondientes fichas de seguridad y le facilitará una copia al Servicio de Prevención.

Los trabajadores que utilicen sustancias o productos químicos peligrosos serán informados sobre los riesgos para la seguridad y salud asociados a la exposición a dichos productos, así como sobre las medidas de protección y prevención aplicables mediante la entrega de las fichas de seguridad del producto por parte del Responsable de Departamento correspondiente.

15.- Coordinación con otras empresas

La contratación de actividades o trabajos que se vayan a desarrollar en un centro de trabajo de Compañía Acciona Airport Services está sujeta a las obligaciones establecidas en el R.D. 171/2004 por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en materia de coordinación de actividades empresariales, correspondiendo a Compañía Acciona Airport Services la figura de Titular del Centro y adicionalmente, en aquellos casos puntuales en los que se

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contratan trabajos de nuestra propia actividad, también la de Empresario Principal.

Así, según el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A tal fin, establecerán los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a la protección y prevención de riesgos laborales y la información sobre los mismos a sus respectivos trabajadores.

La Compañía Acciona Airport Services adoptará las medidas necesarias para que aquellas otras empresas que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes, así como sobre las medidas de emergencia a aplicar, para su traslado a sus respectivos trabajadores.

Si la Compañía Acciona Airport Services contrata con otras la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad y que se desarrollen en los centros de trabajo de la empresa, vigilará el cumplimiento por dichas empresas de la normativa de prevención de riesgos laborales.

Para la coordinación de actividades empresariales se seguirá la sistemática establecida en el procedimiento PS-08 Coordinación de actividades empresariales.

Lista de distribución del procedimiento:

- Servicio de Prevención Propio.

- Delegado de la base.

- Departamento de compras.

- Departamento de Mantenimiento.

- Responsables de Departamento.

- Mandos Intermedios.

16.- Contratación de trabajadores por Empresa de Trabajo Temporal

Acciona Airport Services debe asegurar el cumplimiento del artículo 28 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y su desarrollo reglamentario (R.D. 216/1999), en cuanto al aseguramiento de que todo trabajador que sea puesto a disposición de la empresa cumpla con los requerimientos necesarios en materia de

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prevención a que se refiere dicho Real Decreto, y asegurar así a estos trabajadores el mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que los restantes trabajadores del centro de trabajo de Compañía Acciona Airport Services donde prestan sus servicios.

Por ello queda prohibido celebrar contratos de puesta a disposición de trabajadores de ETT para las actividades relacionadas en el Art. 8 del R.D. 216/99.

Acciona Airport Services entregará a la ETT:

- Los riesgos generales del centro de trabajo que pueden afectar al trabajador y los específicos del puesto de trabajo a cubrir, así como las medidas de prevención a adoptar en relación con los mismos y los EPI’s que haya que utilizar (si existe la necesidad de mediciones de contaminantes ambientales, se informará específicamente de sus resultados).

- Formación en materia de PRL que debe poseer el trabajador.

- Medidas de vigilancia de la salud que deben adoptarse relativas al puesto de trabajo (especificando si tienen carácter voluntario o obligatorio para el trabajador) y periodicidad.

El departamento de Recursos Humanos verificará que por cada trabajador puesto a su disposición y conforme a la evaluación de riesgos del puesto a cubrir que disponen de los siguientes certificados:

- Aptitud médica, a través de un adecuado reconocimiento de su estado de salud en función de los riesgos a los que va a estar expuesto para la realización de los servicios que deba prestar o la renuncia pertinente.

- Entrega de las informaciones relativas a las características propias del puesto de trabajo y de las tareas a desarrollar, así como de las cualificaciones y aptitudes que precisa para desempeñarlo.

- Formación recibida en relación con los riesgos a los que va a estar expuesto.

Hasta que el departamento de personal no tenga constancia de lo anterior, no se permitirá el inicio del trabajo por el trabajador de ETT.

Una vez incorporado a sus funciones, el Servicio de Prevención Propio, por su parte, informará al trabajador de los riesgos existentes para su salud y seguridad, tanto de aquellos que concurran de manera general en la empresa como de los específicos del puesto de trabajo y tareas a desarrollar, y de las correspondientes medidas y actividades de prevención y protección, en especial en lo relativo a las posibles situaciones de emergencia.

Acciona Airport Services informará si es necesario a la ETT sobre los resultados de

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todo control higiénico realizado en los puestos de trabajo.

17.- Cambios físicos u organizativos

o Cambios Técnicos

En aquellos centros de trabajo donde se vayan a efectuar modificaciones estructurales, el Departamento responsable de éstas o el Responsable de Departamento deberá proceder a notificar con carácter previo dichos cambios al Servicio de Prevención Propio al objeto de que se estudie su posible implicación sobre las condiciones de trabajo en cuanto al cumplimiento de la normativa de lugares de trabajo, así como la actualización de la Evaluación de Riesgos Laborales de dicho centro.

Asimismo se deberá notificar este hecho al Delegado de la base para que se efectúe, si procede, la oportuna revisión o modificación del Plan de Emergencia del centro de que se trate.

o Cambios organizativos:

Los cambios a introducir en la organización, bien por creación de nuevos puestos de trabajo o por reorganización o modificación de las funciones asignadas a puestos ya existentes, serán analizados por el Servicio de Prevención Propio para valorar su posible influencia sobre la seguridad y salud de los trabajadores, proponer, en caso necesario, las medidas de control apropiadas y realizar, en su caso, las correspondientes modificaciones en el documento de evaluación de riesgos. La notificación de estos cambios la deberá hacer el Departamento responsable o el Responsable del Departamento o Delegado de Base, en su caso.

Corresponderá a los Responsables de cada Departamento en colaboración con el Servicio de Prevención Propio la realización de las siguientes actividades:

• En el caso de promociones internas o incorporaciones a plantilla de personal con atribuciones concretas expuestas en el Plan de Prevención, se procederá a notificar por escrito a esta persona dichas funciones y responsabilidades al efecto que conozca las atribuciones que conlleva su puesto de trabajo en materia preventiva

• Si en un centro de trabajo se da de baja a alguna persona que se encuentra nombrada entre los equipos de emergencia relacionados en el Plan de Emergencia de dicho centro, se procederá actualizar dichos equipos dando de baja al trabajador de los mencionados equipos de emergencia, y procediendo a nombrar a otra persona que le sustituya en el cargo.

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18.- Preparación ante emergencias

El artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales impone la obligación de analizar las posibles emergencias que pudieran surgir en los centros de trabajo y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores.

Pueden darse los siguientes casos:

o Que el centro no sea de uso exclusivo de Acciona Airport Services y las oficinas están compartidas con otras empresas.

Se solicitará al titular de la instalación (AENA) el Plan de Emergencia, con el fin de establecer los mecanismos de coordinación necesarios para la evacuación del personal. En este caso sólo será necesario documentar una medidas de emergencias.

Los simulacros se harán según la periodicidad establecida en los planes concretos de AENA.

o El centro es exclusivo de Acciona Airport Services:

o Más de 50 personas

Se elaborará el Plan de Emergencia y Evacuación según la normativa vigente, asesorados en todo momento por el Servicio de Prevención.

Los simulacros se harán con una periodicidad anual. De cada uno de ellos se elaborará un acta con el formato establecido en el Anexo 1 del PS-09 Preparación ante emergencias.

Se remitirá el plan de emergencia y posibles incidencias a AENA para su conocimiento.

o Menos de 50 personas

Se definirán las medidas de emergencia necesarias para la evacuación del personal con la estructura establecida por el Servicio de Prevención Propio.

Los simulacros se harán con una periodicidad bienal. De cada uno de ellos se elaborará un acta con el formato establecido en el Anexo 1 del PS-09 Preparación ante emergencias.

Se remitirán las medidas de emergencia y posibles incidencias a AENA para su conocimiento.

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En los centros se seguirá la sistemática establecida en el procedimiento PS-09 Preparación ante emergencias.

Lista de distribución del procedimiento:

- Delegado de la base.

- Responsables de Departamento.

- Servicio de Prevención Propio.

19.- Protección de trabajadores especialmente sensibles

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 25, presta especial atención a la protección de unos tipos de categorías diferenciadas de trabajadores:

• Los trabajadores sensibles por sus propias características o estados biológicos conocidos (mujeres embarazadas, en periodo de parto reciente y de lactancia y trabajadores menores de edad).

• Los trabajadores discapacitados (con capacidad, física, psíquica o sensorial disminuida).

Ambos colectivos habrán de tenerse en cuenta cuando se realice la evaluación de riesgos laborales y consiguiente adopción de medidas preventivas, no pudiendo emplearse a estos trabajadores en puestos de trabajo incompatibles, bien por su riesgo, bien por sus características personales. Así, de los resultados de los riesgos detectados durante la evaluación de riesgos de cada centro de trabajo, deben considerarse especialmente este tipo de colectivos teniendo en cuenta la presencia de estos trabajadores en determinados puestos de trabajo.

Protección de la maternidad: Mujeres embarazadas, en periodo de parto reciente y de lactancia

El artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece las medidas que deberán tomarse para la protección de las trabajadoras que estén en situación de embarazo o parto reciente.

El Servicio de Prevención Propio elaborará un listado de puestos de trabajo incompatibles en situación de maternidad o lactancia que será consultado con los Delegados de Prevención.

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A partir de los datos de la evaluación de riesgos y de los resultados de la vigilancia de la salud se analizará la necesidad de un cambio de puesto en los casos necesarios.

Trabajadores Especialmente Sensibles

En el artículo 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se establece que “los trabajadores no serán empleados en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, puedan ellos, los demás trabajadores u otras personas relacionadas con la empresa ponerse en situación de peligro o, en general, cuando se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo”.

Igualmente, se tendrá en cuenta en las evaluaciones los factores de riesgo que puedan incidir en la función de procreación de los trabajadores y trabajadores, en su caso, en particular por la exposición de agentes físicos, químicos y biológicos que puedan ejercer efectos mutágenos o de toxicidad para la procreación, tanto en los aspectos de fertilidad, como el desarrollo de la descendencia, con objeto de adoptar las medidas preventivas.

20.- Control periódico de factores ambientales

Por factores ambientales se entiende aquellas condiciones existentes en el ambiente del trabajo que pueden tener influencia sobre la seguridad y salud de los trabajadores, tales como:

• La exposición a contaminantes químicos presentes en el ambiente de trabajo.

• La exposición a agentes físicos tales como ruido, vibraciones, radiaciones.

• Las condiciones ambientales.

• Las condiciones de iluminación.

Las Evaluaciones de Riesgos de los centros de trabajo y actividades realizadas por los trabajadores de Acciona Airport Services reflejan la existencia de riesgos higiénicos. Por ello el Servicio de Prevención Propio elaborará anualmente un Programa de mediciones higiénicas para comprobar que los distintos parámetros que pueden tener incidencia en el desempeño de los trabajos se mantienen en niveles admisibles y/o que las medidas preventivas adoptadas son las adecuadas.

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21.- Medicina del trabajo

La Medicina del trabajo de los trabajadores es, dentro del Plan de Prevención, una actividad de evaluación de su eficacia, ya que el principal objetivo del Plan es evitar que las condiciones de trabajo tengan efectos negativos sobre la seguridad y salud de los trabajadores.

La labor de Medicina del trabajo estará pues dirigida a prevenir posibles alteraciones en la salud de los trabajadores derivadas de las condiciones de trabajo, sirviendo de alerta temprana para identificar posibles situaciones de riesgo, bien a nivel colectivo, por las condiciones del puesto, o individual, por la especial sensibilidad de la persona.

La especialidad de Medicina del trabajo está en la actualidad concertada con un Servicio de Prevención Ajeno.

En el caso del centro de Alcobendas, la especialidad de Medicina del Trabajo se ha mancomunado con todas las empresas del grupo Acciona que disponen de trabajadores en este lugar.

La sistemática en esta materia se encuentra descrita en el procedimiento PS-10 Medicina del Trabajo.

Lista de distribución del procedimiento:

- Delegado de la base.

- Gerente de RRHH.

- Responsables de Departamento.

- Servicio de Prevención Mancomunado de Acciona.

- Servicio de Prevención Propio.

22.- Notificación, registro, investigación y estadística de accidentes

La investigación de los accidentes es la técnica analítica posterior al accidente que permite determinar las causas que originaron el accidente para posteriormente tomar las medidas correctoras necesarias y así evitar que se vuelva a producir la misma situación u otra similar.

El fin inmediato de la investigación de accidentes es obtener la información más

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completa y precisa sobre las causas y circunstancias del accidente, siendo el objetivo último evitar que en el futuro ocurran accidentes de características similares, descubrir nuevos riesgos donde existan y conducir a la creación de las medidas adecuadas de seguridad, posibilitando la actuación y mejora del Plan de Prevención y de la Evaluación de Riesgos.

Por otra parte, la realización de la investigación de los accidentes de trabajo acontecidos entre los trabajadores de la empresa es un requisito legal establecido en el artículo 16.3 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, por lo que se sistematiza en este capítulo del Plan la realización de las investigaciones de los accidentes de trabajo que se den entre el personal propio de cada centro de trabajo para detectar las causas inmediatas y básicas que han producido estos problemas, los responsables de su realización, y los registros donde se han de volcar estas investigaciones. Asimismo se normaliza la planificación y gestión de las acciones correctoras procedentes para corregir las anomalías o deficiencias detectadas como consecuencia de estos accidentes, así como su seguimiento.

También las empresas contratadas externas con presencia en los centros de trabajo deberán realizar la correspondiente investigación de todo accidente, con o sin baja, que afecte a su personal en los centros de trabajo de Compañía Acciona Airport Services, notificándolo en el menor tiempo posible a la empresa mediante copia de dicha investigación.

La notificación e investigación de los accidentes se realizará según el procedimiento PS-11 Registro, Investigación y Comunicación de Accidentes correspondiente.

Lista de distribución del procedimiento:

- Delegado de la base.

- Responsables de personal.

- Responsables de Departamento.

- Mandos Intermedios.

- Servicio de Prevención Propio.

23.- Riesgos Psicosociales

En base a la actuación integrada en materia de prevención de riesgos laborales, la Dirección de Acciona Airport Services se compromete a prestar especial atención a

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todos los riesgos, incluidos los de origen psicosocial, con el ánimo de establecer las medidas oportunas para evitarlos, comprometiéndose en el establecimiento de las condiciones más saludables dentro de las posibilidades reales.

Por ello se establece un procedimiento de identificación y evaluación de riesgos psicosociales, PS-12, que será difundido a toda la organización a través de los Comités de Seguridad y Salud.

Lista de distribución del procedimiento:

- Delegado de la base.

- Responsables de personal.

- Responsables de Departamento.

- Mandos Intermedios.

- Comités de Seguridad y Salud.

- Servicio de Prevención Propio.

24.- Documentación de la Prevención

En el Anexo III se recoge la relación de documentos del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales de Compañía Acciona Airport Services

Los procedimientos del Sistema, al igual que el Plan de Prevención, serán elaborados por el Servicio de Prevención Propio, revisados por el Gerente de RRHH y aprobados por el Director General.

Los procedimientos se identifican por el código alfanumérico PS-XX donde,

P: Indica que se trata de un procedimiento.

S: Hace referencia a que es un documento de Seguridad y Salud Laboral.

XX: Nº correlativo correspondiente al procedimiento.

Asimismo, en cada procedimiento se identifican los siguientes campos:

- Fecha: Corresponde a la fecha de entrada en vigor.

- Revisión: Edición en la que se encuentra el documento.

- Control de cambios: Modificaciones efectuadas respecto de la revisión anterior, en su caso.

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Registros de la prevención

Son los documentos que proporcionan una evidencia objetiva de la realización de las actividades preventivas y de los resultados obtenidos conforme a lo establecido en el Plan de Prevención.

Constituyen registros de la prevención, entre otros, los siguientes:

• Resultados de la Evaluación de Riesgos Laborales tanto de los centros de trabajo como de los puestos de trabajo existentes en cada uno de ellos.

• Evidencia documentada de la entrega a los trabajadores de información de riesgos y medidas de protección y prevención.

• Planificación de la Actividad Preventiva y su seguimiento.

• Acta de Constitución del Servicio de Prevención Propio.

• Acta de constitución del Servicio de Prevención Mancomunado de ACCIONA Madrid.

• Conciertos establecidos con Servicios de Prevención Ajenos.

• Registros de asistencia a acciones formativas en Prevención de Riesgos Laborales.

• Actas de reuniones trimestrales de los Comités de Seguridad y Salud.

• Notas de consulta con los Delegados de Prevención.

• Notificación de accidentes a los delegados de prevención, en su caso.

• Comunicaciones Externas (Libro de Visitas de Inspección de Trabajo, etc.).

• Informes de inspecciones de seguridad realizadas.

• Planificación de la ejecución de acciones correctoras derivadas de inspecciones de seguridad, investigaciones de accidentes y simulacros de emergencia realizados.

• Registros de mantenimiento y revisión de equipos e instalaciones existentes.

• Acuse de recibo de entrega de equipos de protección individual.

• Certificaciones de conformidad de equipos de trabajo.

• Fichas de Datos de Seguridad de productos o sustancias químicas.

• Evidencias documentales de entrega de información sobre riesgos, normas de seguridad y medidas de emergencia a empresas contratistas presentes en los centros de trabajo.

• Documentación de empresas contratistas respecto al cumplimiento por su parte

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de la normativa preventiva.

• Plan o Medidas de Emergencia de los centros de trabajo.

• Actas de simulacros de emergencia realizados.

• Memoria Anual del Servicio de Prevención.

• Títulos acreditativos de la formación en PRL del personal que forma parte del Servicio de Prevención.

• Informes de evaluación de condiciones ambientales en los puestos de trabajo.

• Declaraciones de aptitud médica específica para el desempeño del puesto de trabajo de los trabajadores emitida por el Servicio de Prevención Ajeno concertado o renuncia al reconocimiento médico firmado por el trabajador.

• Investigación de accidentes acontecidos.

• Evidencia justificativa del envío a la Autoridad Laboral mediante el sistema delt@ de los partes de baja médica de los trabajadores que han ocasionado baja.

• Estudios de evolución de la siniestralidad.

• Relación de trabajadores autorizados en los centros de trabajo para uso de maquinaria.

• Relación de nombramiento de Recursos Preventivos.

25.- Auditorías

El Plan de Prevención y su aplicación a cada uno de los centros de trabajo será auditado regularmente a través de un Plan de Auditorías de Prevención que formará parte de las actividades a realizar por el Servicio de Prevención.

El Plan de Auditorías se elaborará teniendo en cuenta tanto las auditorías internas, realizadas por auditores de Compañía Acciona Airport Services (miembros del Servicio de Prevención Propio), como las externas (realizadas por empresas autorizadas por la Autoridad Laboral), de manera que entre unas y otras se revise la implantación del sistema de prevención totalmente al menos una vez cada 2 años.

De cada auditoría que se realice se elaborará el correspondiente informe, el cual será considerado un registro de la Prevención que mantendrá el Servicio de Prevención Propio. Copia de todos los informes de auditoría que se realicen se

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remitirán, su caso, a los Responsables de Centro de Trabajo y Departamentos implicados.

En cumplimiento de la legislación vigente, el Sistema de Prevención de Riesgos Laborales se someterá a auditoría externa por empresa autorizada, al menos una vez cada 4 años, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo V del Reglamento de los servicios de prevención (R.D. 39/1997).

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Anexo I: Centros de trabajo de Compañía Acciona Airport Services

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DELEGACIONES QUE FORMAN ACCIONA AIRPORT SERVICES, S.A.U.

Las delegaciones que forman la empresa Acciona Airport Services, S.A.U. son:

1.- PALMA DE MALLORCA

ACCIONA AIRPORT SERVICES

Aeropuerto Son San Joan

07611 Palma de Mallorca

2.- MENORCA

ACCIONA AIRPORT SERVICES

Aeropuerto de Menorca

07780 Mahón

3.- IBIZA

ACCIONA AIRPORT SERVICES

Aeropuerto Ibiza

07800 San José

4.- MADRID

ACCIONA AIRPORT SERVICES

Pasillo de Unión T1-T2, Oficina 51511

Aeropuerto Madrid – Barajas

28042 Madrid

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Anexo II: Nombramiento de Recurso preventivo

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ACTA DE NOMBRAMIENTO DE RECURSO PREVENTIVO

Muy Sr. Nuestro:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 bis de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y el artículo 22 bis del Reglamento de los Servicios de Prevención que se refieren a la presencia de Recursos Preventivos, por la presente se le comunica su designación como recurso preventivo de Acciona Airport Services

Su función principal consistirá en ejercer la vigilancia y control en la ejecución de los trabajos, así como la observancia del cumplimiento de las normas de seguridad establecidas y el mantenimiento de unas adecuadas condiciones de seguridad, debiendo permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo en el que se mantenga la situación que determine su presencia y reportando periódicamente, en su caso, al Servicio de Prevención Propio de Acciona Airport Services con quien deberá colaborar activamente.

Además deberá:

• Favorecer la aplicación de los principios de la acción preventiva y la aplicación correcta de los métodos de trabajo, el control de interacciones de las diferentes actividades desarrolladas en el centro de trabajo y la adecuación entre los riesgos existentes en el centro de trabajo y las medidas aplicadas para su prevención.

• Cualesquiera otras actividades técnico-preventivas encomendadas por la empresa en el transcurso del trabajo.

Asimismo, reconoce expresamente tener la formación preventiva de nivel básico y capacitación necesaria para el desempeño de sus funciones, poniendo la Empresa a su disposición los medios necesarios y suficientes que requiera para ello.

Rogándole firme la presente comunicación como acuse de recibo y aceptación de la designación, aprovechamos la ocasión para saludarle atentamente.

El trabajador: Acciona Airport Services:

Conforme. Recibí Gerente de RR.HH.

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Anexo III: Documentación del Sistema de Prevención de Riesgos Laborales

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DOCUMENTACIÓN DEL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

- Plan de Prevención.

- PS-01 Evaluación de Riesgos.

- PS-02 Planificación de la Actividad Preventiva.

- PS-03 Información y formación de los trabajadores.

- PS-04 Consulta y participación.

- PS-05 Controles periódicos.

- PS-06 Gestión de equipos e instalaciones.

- PS-07 Gestión de equipos de protección individual

- PS-08 Coordinación de Actividades Empresariales.

- PS-09 Preparación ante emergencias.

- PS-10 Medicina del Trabajo.

- PS-11 Registro, investigación y comunicación de accidentes.

- PS-12 Evaluación de Riesgos Psicosociales.

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ANEXO IV: Acta de Constitución del Servicio de Prevención Propio

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Anexo V: Acuerdo de Adhesión al Servicio de Prevención Mancomunado (Alcobendas)