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Plan de Mejora de los Servicios de Cuidados Críticos y Urgencias de Atención Primaria en el Sistema Sanitario Público de Andalucía Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias Septiembre 2018

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Plan de Mejora de los Servicios de Cuidados

Críticos y Urgencias de Atención Primaria en el

Sistema Sanitario Público de Andalucía

Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias

Septiembre 2018

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AUTORES

• Antonio Fernández Nátera. Director de la Unidad de Gestión Clínica de Dispositivo de Cuidados Críticos y Urgencias Bahía de Cádiz - La Janda.

• Ana Mª Sánchez González. Enfermera del Equipo Móvil de Cabra. Responsable de Calidad del Área de Gestión Sanitaria Sur de Córdoba.

• Frank Tibos. Coordinador de los Dispositivos de Urgencias. Distrito Sanitario Costa del Sol.

• Urbano J. Paz León. Director UGC Dispositivos de Cuidados Críticos y Urgencias. AGS Sur de Sevilla.

• Ana Isabel Martínez García. Directora UGC del Dispositivo de Cuidados Críticos y Urgencias. Distrito Sanitario Málaga-Guadalhorce

• José Lupiáñez Castillo. Coordinador de Urgencias del Distrito Sanitario Granada-Metropolitano de Granada.

• M. Dolores Galiani Ramos. Directora UGC del Dispositivo de Cuidados Críticos y Urgencias Intercentros Córdoba-Guadalquivir

• David Linares Toro. Director UGC DCCU Huelva-Condado-Campiña.

• Inmaculada Úbeda González. Directora UGC del DCCU de Almería

• Cristóbal Navarrete Espinosa. Técnico de Salud y Docencia de la Unidad Docente de Medicina Familiar y Comunitaria de Jaén

• Pedro Hilario Rojas Parras. Médico del DCCU del AGS Sur de Córdoba. Responsable PAUE para la Coordinación del Plan de Mejora de los DCCU.

• Luis Jiménez Murillo. Jefe de Servicio de Cuidados Críticos y Urgencias. Director del PAUE.

• Manuel López Serrato, Subdirector de Coordinación de Salud. Dirección General de Asistencia Sanitaria.

• José Manuel Calderón de la Barca Gázquez. Jefe de Sección de Urgencias. Subdirector de estructura física y recursos. PAUE.

• Francisco Javier Montero Pérez. Facultativo Especialista de Área de Urgencias. Subdirector de gestión clínica, formación e investigación. PAUE.

• Martín Tejedor Fernández. Jefe de Servicio de Calidad y Documentación Clínica. Subdirector de calidad y seguridad del paciente. PAUE.

• Isidoro Pérez Madroñal. Médico. Técnico de Gestión. Subdirección de Gestión y Evaluación de Resultados en Salud.

• Herminia Romero Ramos. Médico. Técnico de Gestión. Subdirección de Gestión y Evaluación de Resultados en Salud.

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INDICE

Contenido

INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN .................................................................................................. 4

DESCRIPCIÓN RESUMIDA DE LA SITUACIÓN ACTUAL ...................................................................... 5

Servicios de Cuidados Críticos y Urgencias de Atención Primaria (SCCU). ........................................ 5

Servicios de Urgencias de Atención Primaria (SUAP) ...................................................................... 6

Equipos Movilizables (EM) ............................................................................................................ 6

Estructura organizativa de los Servicios de Cuidados Críticos y Urgencias de Atención Primaria. ..... 6

Empresa Pública de Emergencias Sanitarias .................................................................................. 6

PLAN DE MEJORA DE LOS SEERVICIOS DE CUIDADOS CRÍTICOS Y URGENCIAS ATENCIÓN PRIMARIA 7

OBJETIVOS:................................................................................................................................... 7 1. El Servicio de Urgencias de Atención Primaria ....................................................................... 7 2. Definición del horario de funcionamiento del SUAP ............................................................ 10 3. Analizar la estructura física de los SUAP. .............................................................................. 10 4. Analizar el número de Equipos Movilizables necesarios. ..................................................... 11 5. Las personas. Dotación de recursos humanos. ..................................................................... 12 6. La protocolización de los procesos clínicos ........................................................................... 13 7. El soporte informático para el sistema de información y el Cuadro de Mando ................... 14 8. Sistema de Clasificación homogéneo para todo el SSPA ...................................................... 16 9. Actualización del Plan Operativo De Urgencias y Emergencias (PODUE). ............................ 17

MÉTODO ..................................................................................................................................... 18 1ª fase. Análisis de la situación de partida ............................................................................... 18 2ª fase. Presentación del Plan, análisis y discusión conjunta en cada provincia ...................... 18 3ª fase. Implantación del Plan y seguimiento ........................................................................... 18

DOCUMENTACIÓN CONSULTADA ................................................................................................. 19

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RESUMEN EJECUTIVO

INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

Las urgencias constituyen una prioridad asistencial del Sistema Sanitario Público Andaluz (SSPA) por

varios motivos:

- La atención urgente es con frecuencia el primer contacto del ciudadano con los servicios de salud

y constituyen una vía de acceso al sistema sanitario.

- Es una parte importante del ámbito asistencial de Atención Primaria, con un elevado número de

intervenciones.

- Su capacidad de resolución, llegando a asumir toda la atención sanitaria cuando los centros de

salud se encuentran cerrados, y abordando situaciones con importante repercusión emocional a

los ciudadanos.

- La importante red de centros y recursos destinados a la atención sanitaria urgente y emergente.

Puede afirmarse, pues, que la atención sanitaria urgente ocupa un lugar destacado en el SSPA, tanto

por el volumen de la demanda, como por la trascendencia social y económica de esta actividad.

Con el objetivo de responder a las necesidades y expectativas ciudadanas, así como de los

profesionales del sistema, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha desarrollado y puesto en marcha

importantes estrategias e iniciativas relacionadas con la atención a las urgencias y emergencias

sanitarias.

Durante las últimas décadas, el Plan Andaluz de Urgencias y Emergencias (en adelante PAUE) ha

conseguido homogeneizar e implantar las líneas estratégicas marcadas por el Servicio Andaluz de

Salud.

Una de las prioridades de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía es ofrecer a los ciudadanos

una asistencia de calidad en todos los centros sanitarios.

Es conocido por los profesionales, por los ciudadanos y por la Consejería de Salud, que el SSPA dispone

de Servicios de Cuidados Críticos y Urgencias (SCCU) que, aun prestando asistencia sanitaria muy

satisfactoria en el ámbito de la Atención Primaria, precisan de la introducción de medidas para mejorar

diversos aspectos, especialmente los relacionados con la agilidad en la atención y la homogeneización

organizativa de este ámbito y de este modo seguir garantizando el principio de equidad en todo el

territorio andaluz.

Por lo expuesto anteriormente, durante el año 2014, la Consejería de Salud decidió iniciar un Plan de

Mejora de los Servicios de Urgencias de Hospitales (SUH) y de los SCCU.

Un grupo de expertos con una larga trayectoria profesional en urgencias y emergencias del PAUE

fueron designados por la Gerencia del SAS para el diseño, aplicación y evaluación de los resultados del

plan.

Este documento describe de forma resumida el alcance y los aspectos esenciales del Plan de Mejora

de los SCCU (SUAP y EM) en el SSPA. El Plan de Mejora de los SCCU contiene objetivos y medidas

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concretas para su aplicación práctica que incluyen aspectos estructurales, de proceso y de resultados.

Incorpora además algunos elementos de actuación sobre la estructura y los sistemas de información.

DESCRIPCIÓN RESUMIDA DE LA SITUACIÓN ACTUAL

Las urgencias y las emergencias sanitarias no surgen en una ubicación específica, se producen en

cualquier parte y la atención a las mismas tampoco es homogénea, sino que en función del sitio donde

se producen se atienden con unos recursos u otros.

Dependiendo de la complejidad de la demanda asistencial se debe aplicar un recurso u otro.

En el momento actual, El sistema integral de atención sanitaria a las urgencias/emergencias de

Andalucía está compuesto por:

1. Dispositivos de Urgencias y Emergencias propiamente dichos:

• Dispositivos de Urgencias y Emergencias de Atención Primaria

o Servicios de Cuidados Críticos y Urgencias de Atención Primaria (SCCU) que engloban

a:

▪ Servicios de Urgencias de Atención Primaria (SUAP).

▪ Equipos movilizables (EM), incluyendo los de cuidados avanzados (EMCA).

▪ Red de ambulancias de transporte urgente.

o Empresa Pública de Emergencias Sanitarias (EPES- 061):

▪ Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias (CCUE)

▪ Equipos 061

• Dispositivos de Urgencias y Emergencias de Hospital:

o Servicios de Urgencias de Hospital (SUH).

2. Equipos Básicos de Atención Primaria (EBAP) de los Centros de Atención Primaria (CAP).

Estos atienden en su horario de apertura las urgencias y emergencias que llegan a sus centros

o asistencias fuera de centro por situaciones puntuales de necesidades de recursos por

saturación de los específicamente destinados a estos fines. En todo caso, realizan un soporte

inicial en las emergencias que atienden a la espera de un Equipo Movilizable o Equipo 061.

Servicios de Cuidados Críticos y Urgencias de Atención Primaria

Son los Servicios que atienden específicamente a la demanda urgente/emergente del ciudadano fuera

del hospital. Así pues, los SCCU tienen la misión de atender a cualquier ciudadano que acuda

directamente a un SUAP o bien solicite asistencia urgente/emergente, en cualquier lugar donde se

necesite, al Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias (CCUE) que en función de la alerta de

prioridad de la llamada asignará al recurso correspondiente.

Los Centros de Coordinación de Urgencias y Emergencia, tienen la función de recoger la demanda de

asistencia, clasificar y enviar el recurso disponible más cercano. Existe uno en cada provincia y los

ciudadanos acceden al mismo a través de los teléfonos 112, 061 o 902505061.

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La clasificación que realiza el CCUE es doble, una primera para reconocer el tipo de

Urgencia/Emergencia y una segunda (organizativa) que discrimina el recurso a utilizar.

A. Servicios de Urgencias de Atención Primaria

Son espacios físicos específicamente destinados a la atención de los ciudadanos que acuden al servicio

demandando asistencia urgente.

La atención la prestan en la actualidad diferentes profesionales (SCCU, Dispositivo de Apoyo, EBAP),

con distinta vinculación laboral con el Servicio Andaluz de Salud.

La mayoría disponen de los recursos que garantizan la atención básica, aunque desde el PAUE se

proporcionarán las recomendaciones necesarias para actualizar y mejorar la dotación mínima, para

que se avance en la atención urgente y emergente.

Y entre las mejoras propuestas destacar la relacionada con el nivel competencial de todos los

profesionales que trabajan en ellas, promoviendo la estabilidad de los mismos o al menos una mínima

rotación, para lo cual se deberá contar con el compromiso de los profesionales.

En el aspecto formativo sería exigible una formación básica y reglada en Soporte Vital Avanzado,

Soporte Vital al Trauma grave, Formación avanzada en Electrocardiograma de Urgencias y en todos los

procesos tiempo-dependientes, (Síndrome coronario agudo, ictus, sepsis y trauma grave).

B. Equipos Movilizables

Son equipos de dedicados a atender la demanda de urgencias/emergencias que precisa asistencia in

situ (vía pública, domicilio, etc.).

C. Estructura organizativa de los SCCU

En el momento actual, su gestión depende de Coordinadores específicos, o directamente de las

Direcciones Asistenciales de los Distritos o de las Direcciones Médicas de las Áreas Sanitarias. Existen

algunas Unidades de Gestión Clínica de Urgencias.

Empresa Pública de Emergencias Sanitarias

La Empresa Pública de Emergencias Sanitarias de Andalucía, EPES – 061. dispone de recursos móviles

específicos terrestres para la atención a las emergencias sanitarias en sus zonas de cobertura y aéreos

para toda la Comunidad Autónoma.

Resuelven las demandas emergentes generalmente con la movilización de sus propios recursos en las

zonas donde están ubicados y sus zonas de cobertura.

Además, a través del Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias, coordinan la respuesta de las

demandas de asistencia sanitaria, solicitadas desde los teléfonos de emergencias 061, las transferidas

del teléfono 112, de Salud Responde y las demandadas por el teléfono de urgencias del 902 505 061.

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PLAN DE MEJORA DE LOS SERVICIOS DE CUIDADOS CRÍTICOS Y URGENCIAS DE ATENCIÓN PRIMARIA

OBJETIVOS:

Aplicando los conceptos de equidad, organización, distribución de recursos, eficacia, eficiencia,

coordinación integral en Urgencias y la homogeneización de la atención urgente en el SSPA, el Plan

Andaluz de Urgencias y Emergencias ha diseñado un Plan de Mejora integral.

Siguiendo el marco legislativo, RD 197/2007 de 3 de Julio en el que se regulan los servicios de AP y

donde se ordena, funcionalmente, la atención continuada y de urgencias y emergencias, el objetivo

principal del plan será buscar prestar una atención urgente/emergente de calidad asegurando la

equidad, con una eficiencia óptima de los recursos.

El objetivo general es homogeneizar la prestación de asistencia urgente en el ámbito extrahospitalario

con la finalidad de mejorar los resultados en salud de la asistencia que se presta en los SCCU del SSPA,

tanto en los SUAP como en los EM

Los objetivos específicos se han elaborado para cada uno de los 9 principios básicos del Plan. Son los

siguientes:

1. El Servicio de Cuidados Críticos y Urgencias de Atención Primaria

Cada AGS/Distrito creará el SCCU, al que pertenecerán todos los SUAP y todos los EM de su ámbito

geográfico de gestión; según el artículo 17 del DECRETO 197/2007, de 3 de julio, por el que se regula

la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria de salud en el

ámbito del SAS.

Objetivo 1

Configurar los SCCU a través de la implantación de las siguientes medidas:

Medidas

1.1.- En cada AGS/Distrito del SSPA se debe proceder a constituir el SCCU.

El principio básico general es que todo ciudadano debe disponer de la posibilidad de ser asistido por

el SCCU con un Equipo de Soporte Vital Avanzado en un tiempo no superior a 20 min desde que se

solicita una demanda clasificada como alerta de prioridad 1 y no superior a 40 min en alerta de

prioridad 2, y alertas de prioridad 3, cuando éstas se producen en cualquier lugar, durante las 24 h los

365 días del año.

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Cuando la solicitud de asistencia urgente se produzca durante el horario de apertura de los Centros de

Salud, éstos atenderán todas las urgencias que se les presenten en su centro, pudiendo demandar la

asistencia de un Equipo de Soporte Vital Avanzado del SCCU para realizar el traslado del paciente al

hospital si fuese necesario.

Para garantizar la calidad y seguridad de los usuarios con demanda de atención urgente, todos los

Centros de Salud deben disponer de protocolos y/o procedimientos de actuación que serán difundidos

y aplicados por los profesionales, debiendo de formar parte de la documentación disponible en los

planes de acogida de nuevos profesionales.

Cuando la solicitud de asistencia urgente sea solicitada en domicilio, la llamada será clasificada por el

CCUE, y aquellas demandas consideradas alerta de prioridad 4 o 5 deberán ser atendidas por los

profesionales del Centro de Salud, durante su horario de apertura, pasando a ser atendidas por el SUAP

en el horario de funcionamiento del mismo.

El tiempo de la asistencia de las demandas urgentes tanto en los centros de Salud como en los SCCU

dependerá de la prioridad asignada, así como de los recursos disponibles.

Las situaciones de especial aislamiento se tratarán de forma específica.

1.2.- El SCCU funcionará como una Unidad de Gestión Clínica (UGC), con el modelo de acuerdo de gestión clínica (AGC), que debe ser común para la atención urgente.

• Será conveniente en aquellos Distritos/AGS que tengan al menos 10 profesionales (entre

médicos y enfermeras) dedicados únicamente o en su mayor parte a la atención de los

Servicios de Urgencias. Se adscribirán a ella todos los profesionales con dedicación al 100% a

las Urgencias.

• Será posible también la creación de una UGC de Urgencias de AP en aquellos Distritos/AGS

que no tengan al menos 10 profesionales (entre médicos y enfermeras) dedicados en su mayor

parte de jornada a la atención de los Servicios de Urgencias.

• Los profesionales de EBAP que realicen guardias es aconsejable que en sus objetivos

individuales tengan indicadores sintéticos referidos a urgencias.

• Es aconsejable que se establezcan acuerdos entre las UGC de EBAP y las UGC de Urgencias,

con objetivos comunes que favorezcan la participación y la integración entre los profesionales

tanto en la atención urgente como en la atención básica o seguimiento de pacientes crónicos.

1.3.- Nombramiento de una Coordinación del Servicio (Decreto 197/2007).

• En la UGC existirá un/a primer/a responsable (corresponde con el/la Coordinador/a del

Servicio) y un/a segundo/a responsable (correspondería a una responsable de enfermería, sin

nombramiento de cargo intermedio).

• En aquellos Distritos/AGS donde existan nombramientos de Dirección de UGC y/o Coordinador

de Cuidados, estos serán los responsables de la Coordinación del Servicio.

• La designación de estos cargos está avalada por el Decreto 197/2007, de 3 de julio, por el que

se regula la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria de

salud en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud.

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1.4.- Establecer una coordinación adecuada y circuitos estructurados entre los profesionales de los

SCCU y los de los SUH, que incluya los criterios de derivación y de transferencia.

1.5.- Establecer una coordinación adecuada y circuitos estructurados entre los profesionales de los

SCCU y los de EBAP de sus zonas básicas de influencia. Asimismo, el SCCU se hará responsable de la

formación en materia de urgencias y emergencias de los profesionales EBAP.

1.6.- Implantar progresivamente y según lo que marque el PAUE, nuevas fórmulas de gestión y

organización de las Unidades de Urgencias, no sólo para momentos de saturación sino como medida

de calidad asistencial, como puede ser la consulta de Enfermería de Práctica Avanzada para

pacientes con prioridad 5.

1.7.- Cada SCCU elaborará un Plan Funcional Especifico que debe estar redactado y entregado al

PAUE con anterioridad al día 1 del mes de diciembre de 2018.

1.8.- El SCCU prestará atención durante las 24 horas de cada día en lo referente a sus EM, y desde el

horario de cierre de los Centros de Salud con la entrada en funcionamiento de los SUAP.

1.9.- La uniformidad será única para todos los profesionales de los SCCU del SSPA.

1.10.- La primera atención urgente, cualquiera que sea el lugar en que se presente, se prestará según

protocolos escritos y claros de coberturas de atención.

• El PAUE recomienda, una revisión inmediata, de los protocolos de atención urgente, actuales,

para una mejor coordinación de los SCCU, evitando simultaneidad de recursos, y destinando

el recurso más apropiado para demanda solicitada.

1.11.- El SCCU tendrá como visión y como objetivo horizonte, tanto para sus EM como para los SUAP,

el conseguir la acreditación de acuerdo al manual de estándares de “Servicios de Urgencias y

Emergencias”, definido por la Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía (ACSA), como estrategia de

mejora continua. Así como impulsar y facilitar el desarrollo profesional a través de la acreditación de

competencias profesionales en el ámbito de las urgencias extrahospitalarias.

2. Definición del horario de funcionamiento del SCCU

• El SUAP comienza a funcionar cuando el centro de salud finaliza su atención, generalmente a

las 20 h y ocasionalmente a las 15 h.

• Los EM tendrán un horario de 24 h todos los días del año y atenderán Alerta de Prioridades 1,

2 y, en su caso, las 3.

Objetivo 2

Analizar los horarios de apertura de los SUAP para homogenizarlos, adaptándose a las estructuras,

las necesidades asistenciales y a la frecuentación media de cada SUAP. Para ello se deberán tomar

las siguientes medidas:

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Medidas

2.1.- Los SUAP deberán comenzar a funcionar cuando finalicen la actividad diaria de los Centros de

Salud. Cuando coexistan abiertos el Centro de Salud y el SUAP, la dirección del AGS/Distrito deberá

justificar el motivo, haciendo constar el número de médicos del EBAP que trabajan en ese tramo

horario y el promedio diario de pacientes atendidos por cada uno de ellos del año 2017. Asimismo,

informará de situaciones especiales de dispersión y aquellos argumentos que considere oportunos y

que justifiquen la coexistencia de ambos Servicios.

2.2.- La actividad urgente en los Centros de Salud debe ser asumida por el EBAP en su horario de

funcionamiento. Estos podrán activar al EM correspondiente para que realice los traslados de los

pacientes que necesiten derivación a los SUH y requieran asistencia durante el mismo.

2.3.- El correcto registro en DIRAYA de Urgencias debe ser uniforme y homogéneo en todos los SUAP.

Es necesario establecer un procedimiento de registro que permita comparar y analizar los datos de

actividad, pues son importantes para la planificación futura de los recursos.

2.4.- Establecer número de salas/consultas, así como área de triage, área de observación, salas de

espera, etc., en función del número de pacientes de cada prioridad que se atienden habitualmente.

2.5.- El lugar destinado a la atención de pacientes críticos debe estar claramente identificado y dotado

del equipamiento electromédico necesario.

2.6.- La dotación de dicho equipamiento electromédico será la establecida para cada SUAP por el

PAUE.

2.7.- Los SUAP deben estar ubicados en un lugar específico e independiente, aunque pueda estar junto

al Centro de Salud o Centro Periférico de Especialidades, donde existan.

3. Analizar la estructura física de los SUAP

Los SUAP están distribuidos por el territorio andaluz de una manera más o menos homogénea y deben

tener una dotación y espacios físicos y de personal suficiente y adecuado para realizar la demanda que

el ciudadano solicite como urgente, así como todas las emergencias que se presenten en ellas.

Objetivo 3

Analizar y adecuar los espacios físicos de los SUAP con una adecuada estructura de personas, de

espacios y de equipamiento electromédico suficiente que garantice una atención urgente y

emergente de calidad, para lo que se deberán tomar las siguientes medidas:

Medidas

3.1.- El PAUE analizará la estructura física de todos los SUAP, basándose en la Guía de diseño de Centros

de Atención Primaria publicada por el Servicio Andaluz de Salud en 2008.

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El SUAP debe tener una estructura mínima para realizar una atención adecuada que constará al menos

de las siguientes áreas y espacios:

• Área de Admisión y recepción de pacientes. o Sala de Espera de Familiares

• Área de Clasificación o Consulta de Clasificación o Sala de espera

• Área de Consultas o Consultas de atención o Consulta de cuidados críticos o Consultas especiales: Curas, yesos, suturas, etc.

• Áreas Auxiliares o Zona de trabajo del personal o Zona de descanso y estar del personal o Zona de vestuarios, aseos y duchas. o Otros: zona de limpieza del material del servicio.

El nº de áreas y consultas dependerá de la actividad asistencial realizada. 3.2.- La determinación del nº de áreas se realizará en base a los criterios establecidos por el PAUE en función de la actividad asistencial y en los cálculos basados en Estándares Acreditación de Servicios de Urgencias de Atención Primaria

3.3.-De la misma manera, se determinará la estructura horizonte de personal en cada SUAP. Antes de proceder al estudio de las necesidades de recursos humanos, es imprescindible que el registro de DIRAYA de Urgencias sea correcto.

4. Analizar el número de EM necesarios en cada SCCU, determinando los cambios necesarios para atender la demanda y con el equipamiento electromédico adecuado

• Se ha establecido que cualquier ciudadano debe disponer de SVA en una cronas de al menos

20 minutos.

• Un Equipo que realiza Soporte Vital Avanzado (ESVA) debe disponer de un vehículo con

características de Unidad de Vigilancia Intensiva Móvil (UVI, Tipo C), dotado de personal

debidamente formado y del equipamiento electromédico adecuado, en número suficiente

para atender la demanda del SUAP.

• Como quiera que una de la particularidad más característica de los SCCU es el hecho de que

también prestan la atención a urgencias y emergencias in situ, deben disponer de los equipos

móviles que les permitan desplazarse hasta el lugar y llevar a bordo todo el equipamiento

necesario, así como en los puntos fijos de atención.

Objetivo 4

Analizar y adecuar los SCCU (SUAP y EM) con el equipamiento electromédico necesario, para lo que

se deberán tomar las siguientes medidas:

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Medidas

4.1.- El PAUE realizará un estudio pormenorizado en cada ZBS para determinar la necesidad de equipos

nuevos, ajuste de horarios, reordenación de recursos, aumento de cronas, homogenización de horarios

(SUAP), déficits estructurales (SUAP), etc.

4.2.- Es conveniente dotar de UVIs móviles a todos los EM que realicen SVA.

• Todos los Equipos de Urgencias de Atención Primaria podrán ser movilizados.

• Actualmente los EM atienden todas las alertas de prioridad, cerrando en múltiples ocasiones

el SUAP, si bien sólo deberían atenderse las alertas de prioridad 1, 2 y 3. Con carácter general

el SUAP no deberá cerrarse en su horario de funcionamiento por salidas del equipo asistencial,

excepto en las urgencias de alerta de prioridad 1 (emergencias) y siempre que no sea posible

movilizar otro recurso, incluidos los equipos móviles del 061.

4.3.- Asegurar que todos los EM disponen del equipamiento electromédico adecuado a bordo de las

UVIs móviles, al menos con el mínimo establecido por el PAUE, y la revisión y mantenimiento de dicho

equipamiento.

4.4.- Para la atención de las prioridades 4 y 5, las Gerencias de Área Sanitaria/Directores de Distrito,

garantizarán Recursos Móviles Convencionales (ambulancias tipo A1, TNA), para que los profesionales

de los SCCU puedan realizar desplazamientos al lugar donde se produzcan las urgencias, cuando sean

activados por el Centro Coordinador, o bien para desplazar al paciente al SUAP cuando esto sea posible.

4.5.- Las direcciones de las AGS/Distrito deben exigir a las Empresas de Transporte con las que tenga

el concierto de ambulancias que los profesionales cumplimenten el requisito de todos los status.

5. Las personas. Dotación de recursos humanos.

• El SCCU debe disponer de los recursos humanos mínimos necesarios para permitir una

respuesta adecuada a la demanda.

• Se recomienda que los SCCU dispongan de sus propios profesionales, adaptando a las

necesidades locales la dotación de recursos humanos, para lo cual, desde las Gerencias se

desarrollarán las actuaciones necesarias para dotarlos de la estabilidad y el nivel formativo

adecuado.

• La estimación del número de profesionales necesarios se realizará según la fórmula de cálculo

del PAUE. El resultado de este cálculo debe considerarse una estimación para ayudar a la toma

de decisiones, pero no como una obligación absoluta para la modificación o ampliación

inmediata de la estructura de la plantilla.

• Es necesario que todos los SUAP realicen el mismo registro en DIRAYA para que la variable del

número de urgencias atendidas sea homogénea en todo el SSPA, (ver punto 6 de este

documento, donde se propone la creación de tipos de proceso específicos).

Objetivo 5

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Adecuar el número y el perfil de los profesionales en los turnos asistenciales en función de las

necesidades planteadas por los ciudadanos, para ello el Distrito/AGS y el SCCU deben tomar las

siguientes medidas:

Medidas

5.1.- Estimación sobre las necesidades de recursos humanos, en función de la carga de trabajo por

puesto y turno. Para ello, se analizará el informe facilitado por la Dirección del PAUE derivado de este

Plan y realizará propuestas de mejoras.

5.2.- Para garantizar una continuidad y estabilidad en la atención es necesario establecer un

compromiso de realización de guardias. En aquellos Distritos/AGS en los que la cobertura de las

guardias se realiza de forma voluntaria, se recomienda que la Dirección de la UGC y/o la Coordinación

del SCCU establezcan acuerdos y compromisos con los Directores de las diferentes UGC de los Centros

de Salud que disponen de SUAP, para acordar el número de profesionales de todas las categorías, que

van a realizar un programa de guardias, con un cuadrante específico que incluya una cadencia

determinada y un periodo de tiempo concreto, que garantice la correcta atención de la zona en

particular, tanto en periodos de normalidad asistencial como en periodos de alta frecuentación o de

vacaciones.

El compromiso de los profesionales deberá establecerse por un tiempo prolongado que permita

mantener estabilidad en la atención.

Sería recomendable que los profesionales tuvieran la previsión y cadencia de guardias, previamente a

su compromiso para que puedan dejar firmado el mismo con anterioridad.

5.3.- El PAUE establecerá los requisitos de formación mínima necesaria en base al manual de

competencias específico para la realización de la atención urgente en Atención Primaria. Asimismo, la

Coordinación del servicio analizará el déficit de formación que existe en su plantilla y realizará la

programación necesaria para llegar a estándares adecuados

5.4.- la Coordinación del SCCU elaborará e implantará un Plan Funcional, que determinará las

ubicaciones, puestos y funciones de todos los integrantes de la UGC, en función del perfil (facultativos

de la plantilla, médicos contratados, experiencia,) más adecuados en los puestos (consulta, equipo

móvil, observación,) y en los turnos (mañana, tarde, noche, laborables, festivos). Para facilitar esta

tarea, el PAUE enviará un Plan Funcional Genérico para su adaptación en cada UGC.

5.5.- Pertenencia al modelo de UGC de Urgencias de Atención Primaria.

Los profesionales que dediquen la totalidad, o en su mayor parte de su horario laboral, a la atención

de los SCCU participarán en el 100% del AGC.

6. La protocolización de los procesos clínicos

El SCCU debe disponer de protocolos específicos de actuación para los procesos clínicos más

prevalentes, consensuados con el SUH de referencia y, cuando sea conveniente, con otras

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especialidades médicas y quirúrgicas. Al menos el 80% de los pacientes que demanden asistencia en

el SUAP deben beneficiarse de la existencia de estos protocolos específicos. Estos protocolos deben

incluir siempre los criterios de derivación al hospital.

La Dirección Asistencial del Distrito/AGS debe garantizar que se elaboran conjuntamente por el SCCU

y el SUH, con la máxima celeridad, los criterios de derivación para cada una de las patologías más

prevalentes.

Objetivo 6

Configurar los aspectos organizativos en base a dar la mejor respuesta clínica y la más eficiente a las

demandas en salud que requiere cada paciente que acude al Servicio de Urgencias, a través de la

implantación de las siguientes medidas:

Medidas

6.1.- Establecer una coordinación adecuada y circuitos estructurados entre los profesionales del SCCU

y los del SUH de referencia para la derivación de pacientes. Para ello, el SCCU debe establecer y revisar

sus protocolos de actuación, incluyendo específicamente los criterios de derivación al SUH pactados

con los profesionales de este último.

6.2.- De manera inmediata se constituirán (en caso de que no lo estuviesen), conjuntamente con los

profesionales del hospital de referencia, los Grupos de Implantación y Desarrollo de los procesos

asistenciales integrados tiempo-dependientes: Infarto agudo de miocardio, accidente cerebrovascular

agudo, atención al trauma grave y sepsis grave.

6.3.- Disponer por escrito de protocolos para las patologías más prevalentes atendidas en Urgencias.

Al menos deben existir protocolos en el 80 % de los tipos de procesos clínicos.

6.4.- Garantizar que estos protocolos son conocidos y aplicados por los profesionales que intervienen

en el proceso asistencial.

6.5.- Debe existir un procedimiento operativo estandarizado para la realización de transferencias de

pacientes del Centro de Salud a un EM y de este al SUH.

6.6.- Cuando sea pertinente, se establecerán objetivos compartidos entre el SCCU y el SUH o la UGC

de Atención Primaria correspondiente.

7. El soporte informático para el sistema de información y el Cuadro de Mando

La aplicación DIRAYA-URGENCIAS es el soporte informático de los Servicios de Urgencias del Sistema

Sanitario Público de Andalucía (SSPA). Así, los SUAP utilizarán esta herramienta informática para todos

sus pacientes. Por otra parte, los EM utilizarán la historia clínica digital de movilidad (HCDM) con la

finalidad de que todo el contenido esté disponible para su uso por los profesionales del SUH y de

Atención Primaria, y permanezca en la Historia Clínica del paciente.

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Objetivo 7

Mejorar el registro de las actuaciones realizadas en la historia de salud, a través de las siguientes

medidas:

Medidas

7.1.- Es imprescindible registrar en DIRAYA de Urgencias toda la actividad urgente realizada en el SUAP

y en la HCDM toda la actividad realizada por los EM. Se recomienda que toda la actividad dentro del

centro de salud que se realice como urgente, sea registrada en DIRAYA de Urgencias. El registro

correcto de la prioridad de la asistencia se realizará siempre en el sistema unificado corporativo.

7.2.- El SUAP registrará la actividad asistencial en el sistema corporativo y no en otros programas

locales no corporativos, para evitar la pérdida de información.

7.3.- Con la finalidad de que el registro en DIRAYA de Urgencias sea correcto y adecuado, se utilizarán

los siguientes tipos de proceso:

• Pacientes que solicitan atención urgente (Enfermedad común, accidente).

• Pacientes que requieren tratamiento de enfermería programado, curas locales, inyectables, perfiles, vacunas.

• Pacientes que requieren tratamiento médico programado, valoración, control TA, reconocimiento de detenidos, etc.

• Proceso administrativo, firma de certificados, recetas de hospital, etc.

• Pacientes que solicitan o necesitan asistencia fuera del centro sin utilizar el 902.

La asignación de estos procesos debe establecerse durante el registro de pacientes que hace el

administrativo y/o celador de urgencias cuando un paciente solicita asistencia.

Este procedimiento permitirá realizar la comparación entre las diferentes UGC para asignar los

recursos con parámetros similares y en igualdad.

7.4.- Concienciar a los profesionales de la importancia del registro de los hitos fundamentales de la

asistencia al paciente en el SUAP, para que del análisis de los indicadores que estos generan se puedan

extraer conclusiones encaminadas a la mejora asistencial. En este sentido se fomentará la implantación

de objetivos concretos en los acuerdos de gestión clínica.

7.5.- Como se ha recomendado, toda la actividad domiciliaria o en la vía pública debe registrarse en la

HCDM. Para ello es necesario que la dotación de tablet sea la adecuada para que todos los EM

dispongan al menos de una.

7.6.- Estas medidas permitirán disponer de un Cuadro de Mando y un glosario de términos

homogéneos para todo el SSPA, integral (contiene indicadores de actividad y calidad), muy útil para la

gestión en cada uno de los Servicios de Urgencias, así como en el nivel estratégico de la Dirección del

PAUE.

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8. Sistema de Clasificación homogéneo para todo el SSPA

Si la demanda de atención urgente se produce a través del Centro Coordinador, con objeto de poder

realizar comparaciones entre los Servicios de Urgencias del SSPA, la clasificación de pacientes o triage

se realizará por el mismo, mediante la aplicación institucional actual.

Si la demanda de atención urgente se produce en el centro en que esté ubicado el SUAP (UCCU), se

utilizará la aplicación institucional actual. Debe ser implantado y utilizado en cada uno de los Servicios

de Urgencias de Atención Primaria.

La demanda de atención urgente solicitada durante el horario de apertura de los Centros de Salud

por aquellos ciudadanos que acuden al mismo, debe ser gestionada por las direcciones de la propias

UGCs, estableciendo los procedimientos y protocolos internos que crean oportunos para su atención.

Las demandas de asistencia urgente a domicilio que sean recibidas a través de los teléfonos internos

de los Centros de Salud, durante el horario de apertura, deben ser derivadas al Centro Coordinador

para que sean clasificadas y sea éste el que asigne el recurso asistencial y en función de dicha

clasificación, enviando a un Equipo de SVA en caso de Alerta de prioridad 1, 2 o 3, activando al propio

Centro de Salud si la prioridad es 4 o 5, o derivando al Centro de Salud al paciente en una ambulancia

convencional para que sea allí atendido.

Objetivo 8

Implantar o desarrollar el sistema de triaje estructurado (clasificación de pacientes según gravedad),

aplicando las siguientes medidas:

Medidas

8.1.- Aplicación del modelo de clasificación institucional actual.

Es recomendable introducir un triage estructurado en los SUAP que superen el indicador establecido

por el PAUE.

Aunque no se cumplan los criterios para implantar una clasificación estructurada en algunos SUAP, es

recomendable fomentar el uso de esta herramienta, aunque sea de forma semiestructurada

(experiencia y criterios escritos), en todos los SUAP.

8.2.- Implantar en todos los SUAP, dentro de lo posible y de forma progresiva, el Triaje Avanzado de

Enfermería.

Los Coordinadores del SCCU detectarán el nº de profesionales necesarios para realizar clasificación

estructurada en los servicios que cumplan el indicador establecido por el PAUE y estos realizarán la

formación necesaria para ello.

8.3.- Potenciar el registro fiable y completo de la clasificación en la Historia de Salud.

8.5.- Evaluación constante de la implantación del modelo.

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9. Actualización del Plan Operativo De Urgencias y Emergencias (PODUE).

El Plan Operativo de Dispositivos de Urgencias y Emergencias (PODUE) es el soporte de referencia de

los “Planes Operativos de los Distritos y Áreas de Gestión Sanitaria” en los que se establece la definición

y el orden de movilización de los recursos de urgencias en función de la prioridad, hora y el lugar de la

demanda. Así, los Centros Coordinadores de Urgencias y Emergencias disponen de los planes

operativos de atención urgente de los distritos y áreas que les permiten asignar el recurso adecuado a

la demanda de atención urgente de cualquier núcleo urbano de su provincia. Se produce a través del

Centro Coordinador, con objeto de poder realizar comparaciones entre los Servicios de Urgencias del

SSPA, la clasificación de pacientes o triage se realizará por el mismo, mediante la aplicación

institucional actual.

Objetivo 9

Revisar y actualizar el PODUE, aplicando las siguientes medidas:

Medidas

9.1.- Asignar un responsable de la actualización y modificación de los planes operativos de cada localidad del área de cobertura del SCCU.

9.2.- Se recomienda realizar los cambios oportunos en el PODUE, tanto de nomenclatura como una revisión adecuada de las cronas y de los planes de atención que incluya además a los recursos de EPES.

9.3.- Es necesario adoptar una nueva terminología que describa el tipo de recurso que existe en el SCCU, de cara a la activación para la atención de pacientes en el domicilio, en función del recurso que se dispone y del cierre o no del SUAP una vez que estos equipos salgan a realizar dicha atención. La diversidad de equipos que componen los EM obliga a identificarlos adecuadamente de cara a su manejo posterior por los CCUE, de manera que su solo nombre les aporte una información que será muy importante a nivel operativo.

En el PODUE se utiliza un código parlante, que incluirá la M de Movilizable y dos dígitos, más el nombre del SUAP al que pertenece y que será el de la localidad donde este se encuentre. El primer dígito será un código binario y hará referencia al vehículo: 1 tiene vehículo propio asignado, 0 no lo tiene. El segundo dígito hará referencia a la situación asistencial dentro del centro (1-9 deja el centro cubierto por otro equipo; 0 deja el centro cerrado o descubierto). Existirán pues cuatro posibilidades: M00; M01 a M09; M10; M11 a M19.

9.4.- Los cambios realizados deben ser firmados por las instituciones que intervienen, la dirección gerencia del AGS/Distrito y la de EPES.

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MÉTODO

El Plan se va a ejecutar por fases.

1ª fase. Análisis de la situación de partida

Por indicación del Director Gerente del SAS, en enero de 2015 se constituyó un equipo de profesionales

expertos con la misión de elaborar un instrumento de análisis de la situación que permitiera disponer

con rapidez de una descripción de la realidad de los Dispositivos de Urgencias Primarios del SSPA, de

una forma objetiva y homogénea. El cuestionario explora una serie de aspectos claves: estructura,

recursos humanos, dotación técnica, forma de organización, gestión y un apartado de observaciones.

El 14 de mayo de 2015, a través de la Subdirección de Gestión y Evaluación de Resultados en Salud del

SAS, se enviaron los cuestionarios a todos los Gerentes de AGS/Distritos, para que, en modo de

autoevaluación, fuesen cumplimentados por los responsables de urgencias y devueltos para su

posterior análisis.

El 12 de enero de 2016 se constituyó el Grupo de Mejora PAUE para las urgencias extrahospitalarias

con los integrantes relacionados al inicio de este documento, que han validado la propuesta y

presentación de este plan de mejora.

2ª fase. Presentación del Plan, análisis y discusión conjunta en cada provincia

Tras el acuerdo de la Dirección del PAUE y la Dirección General de Asistencia Sanitaria con los Gerentes

de AGS/Distrito para establecer la fecha y la agenda, el equipo directivo del PAUE realizó una visita a

cada provincia que se realizarán en el periodo mayo-junio de 2016.

La Dirección del PAUE, junto la EPES-061 ha elaborado dos documentos: uno denominado Cuadro de

Mando del Sistema Integral de Urgencias que contiene los indicadores para el seguimiento y otro, el

Glosario de Términos que se utilizarán en las propuestas de Mejora.

Se mantuvo una sesión conjunta de trabajo en cada una de las provincias y se analizó conjuntamente

la situación de cada uno de los SCCU.

3ª fase. Implantación del Plan y seguimiento

Una vez finalizadas las visitas y desde el inicio del 2017 hasta su finalización, se procederá a la

implantación efectiva y progresiva del Plan, así como a su control y seguimiento por la Dirección del

PAUE.

La Dirección del PAUE solicitará de cada uno de los equipos directivos un informe detallado de las

mejoras realizadas en base al documento remitido por el PAUE a cada uno de ellos.

En 2018 se realizará una tercera ronda de sesiones de trabajo presenciales con los equipos directivos

de los SCCU y con los directivos de los Distritos/AGS.

Para garantizar su aplicación efectiva en la práctica, se incluirán en los Acuerdos de Gestión Clínica una

serie de objetivos específicos que emanarán del Plan de Mejora.

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Para el seguimiento del detalle, la Dirección del PAUE elaborará un check-list (que contendrá los puntos

clave del Plan) que se remitirá a cada centro para su cumplimentación. Una vez cumplimentado por el

centro y recibido por la Dirección del PAUE, se contactará con cada uno de los responsables de los

SCCU para ir ajustando la realidad operativa de los SCCU a lo establecido en el Plan.

Durante los próximos meses, se procederá a realizar las modificaciones necesarias en DIRAYA, si fuera

preciso, para poder monitorizar los aspectos contenidos en el Cuadro de Mando de una manera

homogénea en todo el SSPA.

Por el PAUE se hará un seguimiento sistemático de los resultados alcanzados en cada uno de los SCCU,

utilizando como instrumento el check-list elaborado a tal fin.

DOCUMENTACIÓN CONSULTADA

1. Las Urgencias Hospitalarias en el Sistema Nacional de Salud: derechos y garantías de los pacientes. Estudio conjunto de los Defensores del Pueblo. Madrid, enero de 2015. Disponible en: www.defensordelpueblo.es

2. Estándares de Acreditación para Servicios de Urgencias de Hospitales. Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias. 2ª Edición. 2008. ISBN:978-84-87450-17-4.

3. Resolución SA 0003/15 de 09 de enero de 2015 de Creación del Servicio de Urgencias y del Servicio de Cuidados Intensivos en los Hospitales del Servicio Andaluz de Salud.

1. Decreto 197/2007, de 3 de julio, por el que se regula la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria de salud en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud.

2. Estándares de Acreditación de los Servicios de Urgencias de Atención Primaria. SEMES 1ª Edición - 2009