pl gasto electoral

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  • 8/2/2019 PL Gasto Electoral

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    PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE REGULA LOS EXCESOS EN ELLMITE DEL GASTO ELECTORAL.

    Regular la relacin entre el dinero y la poltica es uno de los grandes desafosque enfrenta toda democracia. Se trata de un desafo no menor por que lascampaas polticas requieren de recursos que la mayora de los candidatos nopueden financiar de su propio bolsillo y por que quienes cuentan con msrecursos tienen una ventaja que puede resultar decisiva. Al mismo tiempo,sectores regulados, cuyas utilidades dependen de manera importante dedecisiones de las autoridades elegidas, tiene un claro incentivo para mejorarsus posibilidades de influir sobre la agenda pblica financiando la poltica.

    Luego del caso MOP-GATE, se cre la ley N 19.884 sobre transparencia, lmitey control del gasto electoral que tuvo por fundamentos, entre otros, fijarmontos mximos de gastos en campaas electorales para garantizar laigualdad de oportunidades econmicas de los candidatos y partidos polticosque los postulen y crear un completo sistema de control externo del origen delos recursos empleados en las campaas electorales y de los gastos depropaganda evitando los riesgos de corrupcin. En la pasada eleccin dealcaldes y concejales, primer acto eleccionario regulado por la Ley N19.884,se constat que muchos candidatos vulneraron sus disposiciones sobre lmitesde gastos electorales.

    La ley entreg a SERVEL la misin de fiscalizar el cumplimiento dela normativasobre lmites de gasto electoral. Dichos lmites varan en funcin del nmerode votantes de las comunas, desde un mximo de 107 millones de pesos paracandidato a alcalde en Via del Mar, hasta un mnimo de 3 millones en caso delas Isla de Juan Fernndez e Isla de Pascua. Sin embargo el SERVEL no tiene niel presupuesto ni est dentro de sus principales lineamientos institucionales lafiscalizacin de estos conceptos, en efecto ni en la propia pgina web existeinformacin certera disponible.

    Segn cifras del propio SERVEL, 12,9% de los candidatos de las ltimasmunicipales no entregaron declaraciones en tiempo y un 1,4% de las

    declaraciones fueron rechazadas. Consideremos adems, que en laselecciones de 2008 230 candidatos tuvieron excesos en el gasto electoral.1

    La sancin pecuniaria, a beneficio fiscal, equivalente al quntuple del excesode gasto electoral en que se hubiese incurrido no ha el efecto disuasivoproporcionado y relevante para los excesos en que se incurre, como hapretendido el legislador. Es por ello que para seguir avanzando en latransparencia y en particular para impedir el clculo fro de incluir el pago deuna multa en los gastos electorales y, de este modo, vulnerar la ley y frustrarsu espritu anulando, de paso, su efecto anticorrupcin, es menesterestablecer sanciones que efectivamente tengan un efecto disuasivo.

    Por lo anterior vengo en presentar el siguiente,

    1http://cowles.econ.yale.edu/~engel/arts/090517_deuda-pendiente.pdf

    Oficina Congreso, Fono 32-2504582, Fax 32-2504631, email: [email protected] Regional, Heras 305, Penco, Fono: 41-2450310, Fax: 41-2450334

    http://cowles.econ.yale.edu/~engel/arts/090517_deuda-pendiente.pdfhttp://cowles.econ.yale.edu/~engel/arts/090517_deuda-pendiente.pdf
  • 8/2/2019 PL Gasto Electoral

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    PROYECTO DE LEY

    Incorprense las siguientes modificaciones a la Ley N19.884, sobretransparencia, lmite y control del gasto electoral, Agregase el siguienteartculo 5 ter nuevo:

    "Artculo 5 ter.- El candidato a concejal, alcalde, diputado o senador que asabiendas excediere el lmite de gasto electoral calculado de conformidad conlo dispuesto en los artculos precedentes no podr asumir el cargo para el cual

    fue electo, mientras no est afirme su declaracin por la autoridadcompetente.

    ALEJANDRO NAVARRO BRAINSENADOR

    Oficina Congreso, Fono 32-2504582, Fax 32-2504631, email: [email protected] Regional, Heras 305, Penco, Fono: 41-2450310, Fax: 41-2450334