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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4 Fecha de Autorización: 2010-12-03 RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A: PINOS, ZAC. 2008

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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A:

PINOS, ZAC.

2008

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2008

PINOS, ZAC.

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ÍNDICE

1. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

2. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................... 7

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 16

BANCOS ............................................................................................................................................................... 18

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 19

ANTICIPO A PROVEDORES .................................................................................................................................. 26

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 27

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 32

IMPUESTOS Y RETENCION POR PAGAR .............................................................................................................. 33

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 34

3. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 39

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 39

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 46

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES .................................................................................................................... 48

OTROS PROGRAMAS MICROREGIONES .............................................................................................................. 50

4. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 51

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 51

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 52

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA ............................................................................................................... 52

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 53

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 65

PROGRAMA ESTATAL DE OBRAS (PEO) (PROGRAMA PESO X PESO) ................................................................ 66

PROGRAMA MICROREGIONES ............................................................................................................................ 68

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES .................................................................................................................... 70

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 71

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 72

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 73

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2007-2010

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 12

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

4

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

-

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

22

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

-

Solicitud de Aclaración 14

Subtotal 52

Acciones Preventivas

Recomendación2 31

Recomendación al Desempeño -

Subtotal 31

TOTAL 83

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Pinos, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción del siguiente: Revelación Suficiente: en virtud de que el ente auditado no efectuó el registro contable de 24 pagarés con fecha de expedición del ejercicio 2008, por un monto total de $804,500.00.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2008 por un monto total de $192,106,843.28 los cuales se encuentran conformados por $86,701,227.67 de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública con un alcance de revisión de 97.46%. Además de $83,933,829.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $21,471,786.61 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física.

Resultado AF-01, Observación AF-01 De la revisión al rubro de ingresos, se observó que el municipio cobra cuotas inferiores a las establecidas en su ley de ingresos, en los conceptos de Celebración de matrimonio a domicilio y en Inscripción de acta de nacimiento.

AF-08/39-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que para el cobro de contribuciones, observe estrictamente lo establecido en su Ley de Ingresos. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV y 96 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-08/39-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación respecto a que en el cobro de contribuciones se observe lo establecido en la Ley de Ingresos del Municipio e informe de los resultados obtenidos a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-02, Observación AF-02 De la revisión a la muestra seleccionada de ingresos, se observó que los recibos no especifican los datos suficientes, o bien se cobran dos o más contribuciones en un mismo recibo y sólo se menciona un concepto, lo cual no permite verificar el correcto cobro de las mismas.

AF-08/39-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, incluir en todos los recibos de ingresos que expida, los datos suficientes que permitan corroborar el correcto cobro de las cuotas establecidas, tales como base, tasa, tarifa, concepto del cobro, cantidad, entre otros, que transparenten los ingresos recibidos.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-08/39-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, vigile que todos los

noporo

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

recibos de ingresos expedidos contengan los datos suficientes que permitan verificar su adecuado cobro; informando de los resultados obtenidos de su actuación a esta Entidad de Fiscalización Superior.

Resultado AF-03, Observación AF-03 Derivado de la revisión al capítulo de ingresos referente al Impuesto Predial, se observó que no coincide lo informado por la Tesorería Municipal por $1,479,226.40 en la Cuenta Pública del ejercicio 2008, con el informe de recaudación emitido por el Departamento de Catastro del Sistema de Impuesto Predial (SIP-ZAC) que reporta la cantidad de $1,236,454.99, existiendo una diferencia de $242,771.41 de más en registros contables que representa un 16.41% del total recaudado. Dicha diferencia no representa daño a la Hacienda Pública Municipal, sin embargo denota una falta de control administrativo en los registros catastrales, así como la falta de conciliación de la información entre las áreas involucradas.

AF-08/39-005 Solicitud de Aclaración Se solicita al ente auditado presentar la aclaración correspondiente a la diferencia de $242,771.41 entre los registros contables y lo informado por el Departamento de Catastro del Sistema de Impuesto Predial (SIP-ZAC), acompañando el soporte documental que la justifique. Lo anterior con base en lo establecido en los artículos 93 fracción II y 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio, así como en el artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación

Resultado AF-04, Observación AF-04 Derivado de la revisión realizada al Impuesto Sobre Adquisiciones de Inmuebles se observa que el municipio otorgó condonaciones por $3,917.23 sobre el entero de dicho impuesto, no contemplado en la Ley de Ingresos del Municipio ni en ningún otro ordenamiento legal.

AF-08/39-006 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $3,917.23, correspondiente a condonaciones al entero en el Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles, observándose incumplimiento a lo establecido en los artículos 13, 24, 63 y 82 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, 74 fracciones III, V y VII, 93 fracción II y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-05, Observación AF-05 Derivado de la revisión al cobro de licencias de bebidas alcohólicas correspondiente al periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2008, se determinó una diferencia de $121,389.50 entre lo informado por el Departamento de Alcoholes por $1,177,769.12 y los registros del Sistema

AF-08/39-007 Solicitud de Aclaración Se solicita al ente auditado presentar la aclaración correspondiente a la diferencia de $121,389.50 entre los registros

Se solventa

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) por $1,299,158.62, lo cual representa un 6.83% del total del recaudado informado por el primer departamento citado.

contables y lo informado por el Departamento de Alcoholes, correspondientes al ejercicio fiscal 2008, acompañando el soporte documental que las justifique. Lo anterior con base en lo establecido en los artículos 93 fracción II y 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio, así como en el artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Pinos, Zacatecas, fue por $185,882,956.23 los cuales se encuentran conformados por $71,859,368.06 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 27.74%, además de $9,590,322.54 de Obra Pública, $84,415,400.94 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $20,017,864.69 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física.

Resultado AF-06, Observación AF-06 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el municipio realizó erogaciones con cargo al presupuesto de egresos que no presentan soporte documental o comprobación por $108,500.00. El desglose de dicha cantidad se detalla a continuación:

EROGACIONES CON CARGO AL PRESUPUESTO QUE NO PRESENTAN SOPORTE DOCUMENTAL.

Fecha No. de Subcuenta

No. de Cheque y Cuenta Bancaria

Concepto Importe

19/06/2008 5000-01-

1303

13375 137019742

BANCOMER BBVA

Del análisis realizado al rubro Gratificaciones de Fin de Año, se observó que el municipio no

exhibió el soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

$

72,000.00

30/12/2008

5000-01-3607

14378 137019742 BANCOMER BBVA

Del análisis realizado al rubro de Servicios de Difusión e Información, se observó que el municipio no exhibió el soporte documental que respalde y justifique la erogación realizada.

36,500.00

TOTAL $ 108,500.00

AF-08/39-008 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por erogaciones realizadas por la Administración Municipal por la cantidad de $108,500.00 relativa a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan soporte documental comprobatorio, no justificando ni respaldando los gastos realizados. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169,184, 185, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-07, Observación AF-07 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el municipio realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no se justifican en virtud que no se comprueba la aplicación del gasto por $801,033.50. El desglose de dichas cantidades se detalla a continuación:

EROGAGIONES QUE NO SE JUSTIFICAN EN VIRTUD DE QUE NO COMPRUEBA LA APLICACIÓN DEL GASTO.

Fecha No. de Subcuenta

No. de cheque y cuenta Bancaria

Concepto Importe

AF-08/39-009 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal, aclarar las erogaciones descritas anteriormente por la cantidad de $801,033.50, presentando ante esta Auditoría Superior del Estado, justificación por escrito del motivo de adquirir bienes con proveedores foráneos, evidencia documental y fotográfica de los eventos en el mes de diciembre del 2008,

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

11/07/2008 5000-49-3602

13641 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis al rubro servicio de Difusión e Información se observó que el municipio presentó las facturas nos. 0002 y 0003 del proveedor Rubén Rodríguez Rocha de León, Gto. con los conceptos de compra de cachuchas, calcomanías y playeras por un importe de $6,658.00 y $18,400.00 respectivamente, erogaciones que no justifican el gasto en actividades propias del municipio.

$25,058.00

14/07/2008 5000-01-3701

13649 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis al rubro de Viáticos y Pasajes, se observó que el municipio no justifica la aplicación del gasto en virtud de que no especifica que tipo de comisión realizó el Presidente Municipal en la ciudad de León, Gto., así como de los beneficios obtenidos de la misma.

9,489.00

27/07/2008 5000-01-3602

13684 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis al rubro servicio de Difusión e Información, se observó que el municipio presentó la factura no. 0005 del proveedor Rubén Rodríguez Rocha de León, Gto. con los conceptos de compra de 1000 cachuchas y posters en selección por un importe de $48,300.00 respectivamente, erogaciones que no justifican el gasto en actividades propias del municipio.

48,300.00

03/08/2008 5000-01-3602

13697 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis al rubro servicio de Difusión e Información, se observó que el municipio presentó las facturas nos. 0007, 0008 y 0009 del proveedor Rubén Rodríguez Rocha de

102,637.50

solicitudes de apoyo de las escuelas y/o representantes de comunidades de los bolos y artículos otorgados, debidamente firmadas y selladas por los beneficiarios, además de especificar el tipo de comisión del Presidente Municipal en León, Gto., así como los resultados obtenidos. Lo anterior de acuerdo a los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracciones I y XV, 169, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

León, Gto. con los conceptos de compra de mandiles, bolsas, camisas de mezclilla, navajas con herramienta y playeras por importes de $80,212.50, $5,175.00 y $17,250.00 respectivamente, erogaciones que no justifican el gasto en actividades propias del municipio.

08/10/2008 5000-01-3602

14067 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis al rubro servicio de Difusión e Información, se observó que el municipio presentó las facturas nos. 0033, 0034 y 0037 del proveedor Rubén Rodríguez Rocha de León, Gto. con los conceptos de compra de canastas básicas, libretas de apuntes, plumas, costureros, espejos, balones y agendas por importes de $24,035.00, $46,000.00 y $15,709.00 respectivamente, erogaciones que no justifican en actividades propias del municipio.

63,549.00

31/10/2008 5000-01-4101

14355 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis al rubro de Ayudas se observó, que el municipio presentó las facturas nos. 54 y 55 del proveedor Rubén Rodríguez Rocha de León, Gto. con el concepto de compra 30,000 bolos navideños, por un importe de $276,000.00 cada una de ellas, erogaciones que no justifican el gasto en actividades propias del municipio.

552,000.00

SUMA $801,033.50

Resultado AF-08, Observación AF-08 Al realizar el análisis en el rubro de Sueldos al Personal Eventual, se observa que el municipio presenta erogaciones por el orden de $49,500.00 que no justifican el gasto y la

AF-08/39-010 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

documentación comprobatoria es incongruente en virtud de que se paga a 33 personas quince días para el empaquetado de bolos, erogaciones que no justifican el gasto en actividades propias del municipio ya que se exhibe evidencia fotográfica de que los bolos fueron empaquetados por parte del proveedor, asimismo tampoco presentan evidencia de la entrega del recurso a los beneficiarios, ya que tanto la póliza cheque como el recibo de tesorería no cuentan con firma de recibido. Los recursos ya citados se erogaron mediante cheque número 14607 de fecha 15 de diciembre de 2008 de la cuenta bancaria número 0137019742 de Bancomer BBVA a favor de la Tesorería Municipal.

Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $49,500.00, correspondientes a erogaciones con documentación comprobatoria incongruente, en el pago de salarios por 15 días, de 33 personas para empaquetado de bolos navideños, observándose incumplimiento a lo establecido en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV y 96 fracción I, 184, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-09, Observación AF-09 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada al rubro 2701.-Vestuarios, Blancos, Prendas y Artículos Deportivos, se observó que el municipio realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos no propios del Ayuntamiento considerándose gastos personales ya que corresponden a pago de ropa de vestir a jefes de departamento para los eventos realizados en el mes de abril y mayo, por un importe de $12,000.00, según póliza de egresos número 00923 de fecha 15 de abril de 2008, pagada mediante cheque número 12799 de la cuenta bancaria 137019742 de la Institución BBVA Bancomer.

AF-08/39-011 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por erogaciones realizadas por la Administración Municipal por la cantidad de $12,000.00, relativa a erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos no propios del Ayuntamiento, correspondiente a gastos personales. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-10, Observación AF-10 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se observó que el municipio realizó erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que presentan documentación comprobatoria incompleta por $261,890.00. El desglose de dichas cantidades se detalla a continuación:

EROGACIONES QUE PRESENTAN DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA INCOMPLETA.

Fecha No. de Subcuenta

No. de cheque y cuenta Bancaria

Concepto Importe

01/02/2008 5000-01- 12164 $70,000.00

AF-08/39-012 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal, aclarar las erogaciones descritas anteriormente por la cantidad de $261,890.00, presentando ante esta Auditoría Superior del Estado evidencia documental consistente en actas de finiquito de las personas liquidadas, con su respectiva base de cálculo,

Se solventa

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

1306 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis de la cuenta Liquidaciones e Indemnizaciones se observó que el municipio no presenta el soporte documental completo, consistente en el cálculo correspondiente, sólo presentan como soporte documental recibo de egresos y copia de la credencial de elector. Se solicita presentar el acta de finiquito del C. Rafael Zavala Venegas, así como el cálculo del finiquito respectivo.

01/02/2008 5000-01-1306

12165 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis de la cuenta Liquidaciones e Indemnizaciones se observó que el municipio no presenta el soporte documental completo, consistente en el cálculo correspondiente, sólo presentan como soporte documental recibo de egresos y copia de la credencial de elector. Se solicita presentar el acta de finiquito del C. Humberto Casas

70,000.00

así como la solicitud de apoyo del representante de la Comunidad de la Victoria. Lo anterior de acuerdo a los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Rodríguez, así como el cálculo del finiquito respectivo.

01/02/2008 5000-01-1306

12166 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis de la cuenta Liquidaciones e Indemnizaciones se observó que el municipio no presenta el soporte documental completo, consistente en el cálculo correspondiente, sólo presentan como soporte documental recibo de egresos y copia de la credencial de elector. Se solicita presentar el acta de finiquito del C. Sergio David de la Torre Rocha, así como el cálculo del finiquito respectivo.

20,000.00

01/02/2008 5000-01-1306

12167 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis de la cuenta Liquidaciones e Indemnizaciones se observó que el municipio no presenta el soporte documental completo, consistente en el cálculo correspondiente, sólo presentan como soporte documental recibo de egresos y copia de la credencial

20,000.00

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EGRESOS

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de elector. Se solicita presentar el acta de finiquito de la C. Yuri Viviana Santoyo Guerrero, así como el cálculo del finiquito respectivo.

01/02/2008 5000-01-1306

12168 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis de la cuenta Liquidaciones e Indemnizaciones se observó que el municipio no presenta el soporte documental completo, consistente en el cálculo correspondiente, sólo presentan como soporte documental recibo de egresos y copia de la credencial de elector. Se solicita presentar el acta de finiquito del c. Miguel Aguirre León, así como el cálculo del finiquito respectivo.

34,000.00

01/02/2008 5000-01-1306

12169 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis de la cuenta Liquidaciones e Indemnizaciones se observó que el municipio no presenta el soporte documental completo, consistente en el cálculo correspondiente,

34,000.00

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

sólo presentan como soporte documental recibo de egresos y copia de la credencial de elector. Se solicita presentar el acta de finiquito del C. Manuel Jiménez Pérez, así como el cálculo del finiquito respectivo.

27/02/2008 5000-01-1306

12403 137019742 BANCOMER BBV

Al realizar el análisis de liquidaciones e indemnizaciones se observó que el municipio no presenta el soporte documental completo, consistente en el cálculo correspondiente, sólo presentan como soporte documental recibo de egresos y copia de la credencial de elector. Se solicita presentar el acta de finiquito al C. Manuel Jiménez Pérez, así como el cálculo del finiquito respectivo.

4,000.00

13/08/2008 5000-01-2701

13752 137019742 BANCOMER BBV

Se realizó la revisión en el rubro de Vestuarios, Blancos, Prendas, Protección y Artículos Deportivos,

9,890.00

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

observándose documentación comprobatoria incompleta, en virtud de que el municipio no presenta el oficio de solicitud de apoyo de la Comunidad de la Victoria, ni documento de recepción por el apoyo de uniformes de beis-bol..

SUMA $261,890.00

Resultado AF-11, Observación AF-11 Al realizar el análisis y revisión de las erogaciones realizadas por concepto de Maestros Comisionados, se observó que durante el periodo sujeto a revisión, el ente fiscalizado contaba con seis Maestros Comisionados, respecto de los cuales se erogó la cantidad de $2,118,237.40, tanto Vía Participaciones descontada por parte de la Secretaría de Finanzas y de manera directa de los recursos del municipio. Dicha cantidad al ser cotejada con lo que se debió de ejercer con base en la plantilla de personal autorizada y que corresponde a $1,357,000.00, arrojó pagos en exceso no contemplados en la plantilla citada anteriormente por $761,237.40. Es conveniente señalar que la cantidad mencionada se determinó analizando las nóminas y las deducciones vía Participaciones de cada maestro, respetando siempre el importe mayor y su percepción como docente.

AF-08/39-013 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $761,237.40, relativa al pago de percepciones otorgadas en exceso a seis maestros comisionados. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio, y 17 fracción II de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Solventa

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RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2008 un Superávit de $6,223,887.05 en virtud de que sus ingresos fueron superiores a sus egresos.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-12, Observación AF-12 El municipio presentó un saldo en Caja según su Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2008 por $10,000.00, habiendo verificado que corresponde a un Fondo Fijo, del cual se comprobó su adecuado manejo ya que no se dispone de la recaudación diaria para afrontar gastos menores, asimismo el reembolso se realiza de manera oportuna, de tal forma que siempre se cuenta con recurso disponible. Sin embargo de la realización del arqueo de Caja se observó un inadecuado control, en virtud de que se determinó un sobrante considerable de $21,970.18, según manifestación del cajero responsable dicho sobrante obedece a "Anticipos de Impuestos", lo cual no comprobó documentalmente.

AF-08/39-014 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, verificar que todo ingreso esté debidamente documentado, además que se realicen arqueos de Caja periódicos por persona distinta a quien o quienes la manejan, a fin de corroborar su correcto funcionamiento. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-08/39-015 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones tendientes a corroborar que todo ingreso esté debidamente documentado y que se practiquen arqueos de Caja periódicos para comprobar su correcto funcionamiento e informe de los resultados obtenidos a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-13, Observación AF-13 La cuenta de Bancos presentó un saldo de $4,779,711.28 al 31 de diciembre de 2008, integrado por 10 cuentas bancarias a nombre del municipio, de la revisión a este rubro se observó que el ente auditado expide los cheques en orden numérico y cronológico, las chequeras se resguardan bajo llave. Derivado de la revisión física de las chequeras, se observó que el ente auditado tiene un inadecuado control en el manejo de las mismas, observándose 1,561 cheques de las 10 cuentas bancarias manejadas por el municipio, firmados en blanco por el Presidente Municipal.

AF-08/39-016 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo no firmar cheques en blanco a fin de evitar posibles daños financieros el erario público municipal, así como cancelar los 1,561 cheques observados, lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-08/39-017 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones tendientes a corroborar que los funcionarios responsables del ente auditado no firmen cheques en blanco y efectúen la cancelación de los 1,561 cheques observados e informe de los resultados obtenidos a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-14, Observación AF-14 Derivado del análisis al rubro de Deudores Diversos del municipio de Pinos, Zac., el saldo al 31 de diciembre de 2008, según su Estado de Posición Financiera, ascendió a $8,195,189.33 el cual representa un decremento del 5.39% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior y está integrado por el concepto denominado empleados por la cantidad de $7,624,918.83 (93.04%) y otros deudores por $570,270.50 (6.96%). Cabe señalar que la cantidad más representativa del saldo de este rubro corresponde a préstamos internos por $5,933,991.08, asimismo es conveniente mencionar que en el ejercicio anterior ya se había observado la cantidad de $242,421.60 como Pliego de Observaciones, el cual se encuentra en el proceso legal conducente. De la revisión efectuada, se observaron préstamos personales efectuados durante el ejercicio sujeto a revisión por un importe de $1,024,705.68, los cuales no cuentan con pagaré o documento mercantil alguno que les permita efectuar su recuperación legal, cuyo desglose es el siguiente:

C u e n t a Nombre de la Cuenta Saldo

1105 DEUDORES DIVERSOS 1,024,705.68

1105-01 EMPLEADOS DE BASE 926,084.65

1105-01-0016

Antonia Martínez Martínez 9,500.00

1105-01-0026

José de Jesús Sanchez Urbina

1,250.00

1105-01-0038

Sandra Aguilar Zapata 2,500.00

1105-01-0039

Ignacio Castillo Guerrero 1,200.00

1105-01-0047

Rafael Saucedo Gaytan 108.00

1105-01-0056

Eva María Tovar Rivera 4,992.00

1105-01-0057

Salomón Lieja Contreras 6,000.00

1105-01-0058

Cristina Pérez Martínez 62,550.00

1105-01-0059

Joel Zapata Esparza 3,100.00

AF-08/39-018 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado que con relación a la cantidad de $1,024,705.68, correspondiente a préstamos personales efectuados durante el ejercicio sujeto a revisión que no cuentan con pagaré o documento mercantil alguno que les permita efectuar su recuperación legal, sea remitido a esta Auditoría Superior del Estado copia del pagaré que habrá de garantizarla, lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa

AF-08/39-019 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante los órganos competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Profr. Alfonzo Contreras Hernández Presidente Municipal por el ejercicio sujeto a revisión, Profr. José Luís López García y Profr. Ricardo César Cortés Hernández, Tesoreros Municipales por los periodos del 1 de enero al 30 de septiembre y del 1 de octubre al 31 de diciembre respectivamente, del ejercicio 2008 por no realizar acciones tendientes a la recuperación de los créditos otorgados y por continuar realizando préstamos con recursos públicos, así como por aceptar pagarés o documentos mercantiles que

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

1105-01-0060

Juan Carlos Gaytan Zapata

900.00

1105-01-0061

Rito Escareño Rodríguez 2,500.00

1105-01-0062

Gabriel Tovar Ramos 9,000.00

1105-01-0063

María Pulido Aguilar 3,260.00

1105-01-0064

Jorge Daniel Vázquez Palomo

18,000.00

1105-01-0085

Jesús Chávez Marín 71,500.00

1105-01-0089

Exiquio Andrade Luna 4,500.00

1105-01-0097

Jorge Daniel Monreal Cisneros

2,700.00

1105-01-0100

Ma. Ruth Uribe Góngora 6,800.00

1105-01-0101

Ma. de Jesús Palomo Velásquez

1,200.00

1105-01-0108

Mauro Bernal Martínez 30,000.00

1105-01-0111

Juan Bosco Hernández 800.00

1105-01-0119

Ana Cristina Montero Vázquez

2,000.00

1105-01-0120

Manuel Ceja Palomo 18,500.00

1105-01-0126

Emilio Reyna Segura 2,500.00

1105-01-0128

Ma. de Jesus Saucedo Rivera

1,000.00

1105-01-0131

José Manuel Rodríguez Márquez 100.00

1105-01-0144

Saúl Torres Torres 7,850.00

1105-01-0162

Gilberto Aníbal Hernández Cruz

4,000.00

1105-01-0164

Artemio Conteras Reyes 8,750.00

1105-01-0166

Pablo Hernández Lara 10,000.00

1105-01-0173

Francisco Javier García Trujillo

9,300.00

1105-01-0176

Francisco Javier García Fraga

12,000.00

1105-01-0177

José Luis Pulido Lozano 1,000.00

1105-01-0180

Julio Almaguer Juárez 2,400.00

carecen de fecha de vencimiento, aval y dirección, aspectos importantes que dificultarían hacer efectiva su exigibilidad legal y por último por desatender la recomendación AF-07/39-037 efectuada por esta Auditoría Superior del Estado en el informe de resultados correspondiente al año 2007. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, infringiendo además lo establecido en el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-08/39-020 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, efectuar la recuperación de los préstamos que se encuentren pendientes, absteniéndose de otorgar nuevos préstamos, en virtud de que los recursos públicos tiene fines específicos definidos en los programas y presupuestos; con relación a los que provienen de administraciones anteriores, sólo en caso de agotar las acciones de cobro y no contar con documentos mercantiles que lo permitan, efectuar la depuración de esta cuenta, previa autorización del H. Ayuntamiento, exhibiendo la evidencia documental suficiente para ser considerados como créditos incobrables; de igual manera se recomienda analizar lo relativo a los préstamos internos entre las áreas de la propia Administración a efecto de determinar la viabilidad de su reintegro o en su caso, presentar ante el H Ayuntamiento para que determine lo procedente. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179,

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

1105-01-0186

Isaías Esparza Ibarra 1,000.00

1105-01-0187

Prisco Andrade Moras 300.00

1105-01-0189

Ma. de Jesús Villegas Medina

600.00

1105-01-0192

Manuel Martín Correa Beltrán

2,000.00

1105-01-0216

Filiberto Monterubio Dámaso

30,000.00

1105-01-0221

Zeferino Álvarez Ibarra 34,000.00

1105-01-0222

Everardo Santoyo Calzada

8,000.00

1105-01-0224

J. Félix Vidales Ortiz 22,000.00

1105-01-0225

Alfredo Álvarez Guevara 1,000.00

1105-01-0226

Ma. Deysi Mares Sánchez 2,200.00

1105-01-0228

Ma. del Refugio Delgado Campos

14,000.00

1105-01-0229

Marco Antonio Flores Castillo

7,500.00

1105-01-0231

Mario Álvarez Guevara 800.00

1105-01-0232

Pablo Cesar Zavala Gallegos

1,800.00

1105-01-0233

Salvador Esparza Moreno 1,100.00

1105-01-0234

Aurora Esquivel Juárez 43,000.00

1105-01-0235

José Francisco Rodríguez Gallegos

2,600.00

1105-01-0236

Esperanza Álvarez Acosta 19,000.00

1105-01-0237

J. Guadalupe Hernández Cisneros

4,400.00

1105-01-0238

Elfido Rodríguez Álvarez 10,500.00

1105-01-0239

Ramiro Muñoz González 1,000.00

1105-01-0240

Francisco Javier Guillen Camacho

1,500.00

1105-01-0243

Rafael Gallegos Hernández

1,000.00

1105-01-0244

Fausto Rodríguez Juárez 59,000.00

1105-01-0247

Sergio Mireles Mireles 34,000.00

1105-01- Manuel Contreras Nieto 25,000.00

181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-08/39-021 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique que el ente auditado implemente acciones tendientes a la recuperación y/o depuración del saldo de la cuenta de Deudores Diversos en relación con la totalidad de los préstamos otorgados e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2008

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

0248

1105-01-0252

Lionel Eddi Madrid Méndez

20,000.00

1105-01-0254

Ma. Juventina Martínez Lemus

500.00

1105-01-0255

Felipe de Jesús Luevano Borrallo

4,000.00

1105-01-0256

Ricardo Rodríguez Cruz 700.00

1105-01-0257

José Manuel Alfaro Saucedo

1,200.00

1105-01-0260

Roberto Esquivel Rodríguez

27,500.00

1105-01-0264

Heriberto Gómez Lara 4,500.00

1105-01-0265

J. Jesús Morales Guevara 0.00

1105-01-0266

Luis Alberto Castillo Rodríguez

4,000.00

1105-01-0267

Ma. Concepción Naval Lozano

0.00

1105-01-0268

Mario Cardona Cardona 1,400.00

1105-01-0269

Leonor Gregoria Cardona Dueñas

1,750.00

1105-01-0270

Ma. de Jesús Santos Juárez

500.00

1105-01-0274

Roberto Moreno López 4,000.00

1105-01-0275

Andrés González Contreras

4,000.00

1105-01-0276

María Erika Santos Juárez 2,800.00

1105-01-0277

Juan Marín Martínez 500.00

1105-01-0279

Ana Luisa Sánchez Huerta

2,500.00

1105-01-0280

Ricarda Torres Rivera 5,400.00

1105-01-0281

Antonio Renovato López 1,000.00

1105-01-0282

Leidy Aide Portugal Diaz de Leon

1,000.00

1105-01-0283

Celia Torres Hernández 200.00

1105-01-0284

Magaly Cisneros Velásquez

200.00

1105-01-0285

Tomas Saucedo Medina 500.00

1105-01-0289

José Alfredo Guerrero Álvarez

2,500.00

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

1105-01-0291

Oscar Arenas Palacios 2,000.00

1105-01-0292

Patrocinio Jiménez Gómez

50,000.00

1105-01-0293

Luis Enrique Morquecho Palacios

2,400.00

1105-01-0294

Julio Cesar Escobar Briones

2,200.00

1105-01-0295

José Armando Téllez Morales

1,000.00

1105-01-0296

Fidel Reyes Rodríguez 2,500.00

1105-03 OTROS DEUDORES 243,395.68

1105-03-0010

María Ignacia Hernández Ortiz

4,000.00

1105-03-0011

Juan López Guerrero 25,000.00

1105-03-0014

J. Jesús Cardona Renovato

3,000.00

1105-03-0015

Dagoberto de la Cruz Renovato

15,000.00

1105-03-0016

Sergio Cardona Nieto 20,000.00

1105-03-0019

Ma. del Carmen Mendoza Ibarra

2,000.00

1105-03-0022

Emilio Vázquez zamarrita 22,000.00

1105-03-0023

Jesús Aguilar Martínez 5,000.00

1105-03-0024

Juan Marín Guerrero 3,000.00

1105-03-0025

José Guerrero Piña 5,500.00

1105-03-0030

Lorenzo Pérez Gallegos 2,000.00

1105-03-0034

Cecilia Manríquez Arguello

9,000.00

1105-03-0035

Adriana Puente López 9,000.00

1105-03-0039

Ma. Guadalupe Aranda Álvarez

25,000.00

1105-03-0040

Gloria López Cortes 15,000.00

1105-03-0053

Elvira Medellín Ramírez 3,300.00

1105-03-0058

José Alfredo Leyva Torres 2,500.00

1105-03-0064

Miguel Ángel Rangel Pulido

39,595.68

1105-03-0066

Marina Rivera Jiménez 15,000.00

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

De lo anterior, se determina que el este auditado continuó efectuando préstamos personales, aspecto no contemplado en el Presupuesto de Egresos, ya que los recursos públicos tienen fines específicos por lo cual no deben de utilizarse para la realización de préstamos. Aunado a lo anterior se observaron saldos de Deudores Diversos que no presentaron amortización alguna durante el ejercicio sujeto a revisión por un importe de $671,945.32. De igual manera se detectaron Deudores Diversos por un total de $144,774.65 los cuales corresponden a saldos que provienen de ejercicios anteriores, mismos que no cuentan con el pagaré o documento mercantil que permita la recuperación legal en su caso, cuyos saldos no fueron recuperados ni depurados durante el ejercicio en revisión y cuyo desglose es el siguiente:

C u e n t a Nombre de Cuenta Saldo

1105 DEUDORES DIVERSOS 144,774.65

1105-01 EMPLEADOS DE BASE 126,274.65

1105-01-0049

Juan Manuel Palomo Juárez

100,000.00

1105-01-0051

Humberto Casas Rodríguez

20,174.65

1105-01-0082

Manuel Rodríguez Gómez

3,000.00

1105-01-0102

Gilberto Contreras Escalante

1,000.00

1105-01-0139

Julio Cesar Álvarez Guevara

1,500.00

1105-01-0196

Jose de Jesus ´Rojas Martinez

600.00

1105-03 OTROS DEUDORES 18,500.00

1105-03-0056

Irma Erica Ayala Palomo 500.00

1105-03-0061

Marta Elbia Bais Flores 3,000.00

1105-03-0062

Ma. Verónica Hernández Corpus

15,000.00

Por otra parte se observó la cantidad de $177,351.00 de los cuales presentan pagarés o documentos mercantiles, que no señalan la fecha de vencimiento, aval ni dirección, aspectos importantes que dificultarían hacer efectiva su recuperación.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

C u e n t a Nombre de Cuenta Saldo

1105 DEUDORES DIVERSOS 177,351.00

1105-01 EMPLEADOS DE BASE 177,351.00

1105-01-0024 Inocencio Corona Valenciano

2,000.00

1105-01-0025 Jesús Donato Camarillo 6,800.00

1105-01-0130 Luis Miguel Cisneros Acosta

19,600.00

1105-01-0137 Joel Juárez Zapata 50.00

1105-01-0145 Rito Ramírez Rangel 2,100.00

1105-01-0148 Carlos Luis Morquecho Aguilar

3,600.00

1105-01-0161 Jesús Hernández Torres 4,750.00

1105-01-0168 José Acosta Rocha 83,950.00

1105-01-0179 Ernestina López Velásquez

20,500.00

1105-01-0190 Luis Ulises Meza Medina

9,200.00

1105-01-0220 José María Rivera López

24,801.00

Es conveniente señalar que situaciones similares fueron observadas en el ejercicio 2007, para lo que se emitió una recomendación en acción número AF-07/39-037, en el sentido de abstenerse de otorgar nuevos préstamos, misma que no fue atendida.

Resultado AF-15, Observación AF-15 Al realizar la revisión física de la cartera de Deudores Diversos se observa que el municipio cuenta con 24 documentos mercantiles de veinte deudores por un importe $804,500.00 con fechas de expedición del ejercicio 2008, sin fecha de vencimiento, los cuales contienen una firma autógrafa, observándose que dichos pagarés no están registrados en el activo.

AF-08/39-022 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal aclare la cantidad de $804,500.00 por concepto de préstamos personales, presentando a esta Auditoría Superior del Estado la evidencia documental del origen de los recursos con los que fueron otorgados, así como registrar contablemente los pagarés mencionados, presentando copia de las pólizas de diario relativas. Lo anterior de acuerdo a los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 Ley Orgánica del Municipio y lo establecido en los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.

Se solventa

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ANTICIPO A PROVEDORES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-16, Sin Observación El municipio de Pinos, Zacatecas, muestra un saldo por $8,625.00 según su Estado de Posición Financiera a 31 de diciembre de 2008, representando un decremento del 75.51% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, amparados con sus respectivos contratos y facturas, por lo que no se detectaron observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN

PROMOVIDA

El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2008 fue por $19,507,532.21, en el cual se considera la aportación del CESP para adquisición de un vehículo por $395,789.75, incluyendo también un importe de $56,927.50 correspondiente a incorporaciones omitidas en el ejercicio 2007. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $4,749,560.44 de las cuales $934,468.42 (19.67%) se realizaron con Recursos Propios y $3,815,092.02 (80.33%) con Recursos Federales.

Resultado PF-01, Observación PF-01 Durante el ejercicio 2008 se realizaron adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $3,815,092.02, el cual deriva de la aplicación de recursos del Fondo III por $274,067.98 y Fondo IV $3,541,024.04 correspondientes a la adquisición de mobiliario y equipo de administración, equipo de cómputo y comunicación, maquinaria y equipo agropecuario, industrial y de construcción y vehículos y equipo terrestre; es conveniente señalar que las adquisiciones antes señaladas fueron incorporadas al Activo Fijo incrementando el Patrimonio del municipio. Siendo conveniente mencionar que no fueron incorporados del Fondo III la adquisición de una cámara digital por la cantidad de $3,680.00, 3 computadoras lap top por $44,735.00, una computadora armada por $9,200.00 y 1 impresora portátil por $2,300.00.

PF-08/39-001 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que las adquisiciones de Bienes Muebles realizadas con Recursos Federales del Fondo III por un importe de $59,915.00 y cuya descripción se incluye en el resultado que antecede, sean incorporadas en el Activo Fijo e incrementadas en el Patrimonio del municipio, elaborando los correspondientes vales de resguardo.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Resultado AF-17, Observación AF-16 Al realizar el inventario físico de bienes muebles adquiridos en el ejercicio sujeto a revisión se observó la inexistencia de los siguientes bienes por un importe de $59,087.50:

NÚMERO

FECHA DE ADQUISICIÓN.

DESCRIPCIÓN DEL BIEN

NO. DE FACTURA

NO. DE CHEQUE O EFECTIVO

PROVEEDOR

MARCA

MODELO

NO. DE SERIE

UNIDAD ADMINISTRATIVA ASIGNADA

IMPORTE

1 24/03/2008

CPU 114 Efectivo

Francisco Javier Martínez Campos

HP No especificado

No especificado

Registro Civil

4,200.00

2 31/03/2008

Escalera de extensión

4070

Efectivo

Daniel Morquecho Aguirre

No especificado

No especificado

No especificado

Oficialia 2,870.00

3 30/04/2008

Cámara Digital

398 Efectivo

Héctor Medina Acosta

SONY No especificado

No especificado

Presidente

3,795.00

4 27/05/ Lap Con Efec Verón IBM 2372 KP- Tesorerí 8,0

AF-08/39-023 Pliego de Observaciones

Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por la cantidad de $59,087.50, correspondiente a adquisiciones de Activo Fijo realizadas durante el ejercicio sujeto a revisión, de las cuales el ente auditado no demostró su ubicación física y cuya descripción se incluye en el resultado que antecede. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN

PROMOVIDA

2008 top trato tivo ica Reyes Rivera

BVKAH

a 00.00

5 27/05/2008

Lap top

Contrato

Efectivo

Verónica Reyes Rivera

IBM 2372 99-BRMHN

Tesorería

8,000.00

6 14/06/2008

Teléfono

2171

Efectivo

Juan Nicolás Fernández Pérez

LT-M300

No Especificado

No especificado

Seguridad Pública

1,897.50

7 26/08/2008

Lap top

Contrato

Efectivo

Verónica Reyes Rivera

IBM 2366 78-BXK38

Asesoría Jurídica

8,000.00

8 26/08/2008

Lap top

Contrato

Efectivo

Verónica Reyes Rivera

IBM 2366 78-BXK38

Asesoría Jurídica

8,000.00

9 26/08/2008

Lap top

Contrato

Efectivo

Verónica Reyes Rivera

IBM 2366 78-BXK38

Asesoría Jurídica

8,000.00

10 23/09/2008

Lap top

143 14030

Francisco Javier Martínez Campos

TOSHIBA

6100 53068864P

Tesorería

6,325.00

TOTALES 59,087.50

Resultado AF-18, Observación AF-17 De la revisión física realizada a los bienes muebles adquiridos con Recursos Propios durante el ejercicio 2008, se observó que no se tiene implementado un adecuado control de los mismos, ya que no se encuentra actualizado el inventario ni cuentan con etiqueta que permita su fácil identificación, además carecen de sus respectivos resguardos.

AF-08/39-024 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, etiquetar y actualizar el inventario de bienes muebles propiedad del municipio, asimismo elaborar los resguardos a los servidores públicos que se les confíen bienes muebles necesarios en el desempeño de sus labores, siendo obligación del Síndico Municipal tener a su cargo el patrimonio mueble e inmueble del municipio, por lo que deberá vigilar que se cumpla con lo anterior participando en la elaboración de inventarios físicos semestrales de manera conjunta con el Secretario de Gobierno Municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN

PROMOVIDA

del Municipio.

AF-08/39-025 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique que se lleven a cabo acciones para etiquetar y actualizar el inventario de bienes muebles propiedad del municipio, asimismo revisar que se elaboren resguardos a los servidores públicos que se les confíen bienes muebles necesarios en el desempeño de sus labores, para su mejor control y custodia, informando a la Auditoría Superior del Estado de los resultados obtenidos.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-19, Observación AF-18 Derivado de la revisión practicada a los activos fijos propiedad del municipio se observaron bienes inmuebles que no cuentan con escrituras y por consecuencia no se encuentran inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Tales bienes se detallan como sigue:

NO.

DESCRIPCIÓN

UBICACIÓN

UTILIZACIÓN QUE SE LE DA AL INMUEBLE.

SUPERFICIE

1 La Alfalfa.

Al Suroeste de la Ciudad fracción de terreno rustico ubicado en el punto denominado "la alfalfa" de esta Ciudad.

Unidad Deportiva

No Especificada

2

La Cieneguita.

Fracción de terreno rustico ubicado entre el punto denominado "la Cieneguita" del municipio de Pinos. las medidas y colindancias siguientes, al norte mide 800.00 mts. y linda con propiedad de la Sra. Ma. Ines Acosta vda. de j.,al sur mide también 800.00 mts. y linda con propiedad del c. francisco Ibarra Morquecho, al oriente mide 380.00 mts. y

Agostadero Cerril

30 - 40 - 00 HAS

AF-08/39-026 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal llevar a cabo acciones tendientes a regularizar la situación legal de sus bienes inmuebles en relación con la propiedad de los mismos, así como llevar a cabo los trámites necesarios para que los inmuebles sean registrados en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 78 fracción V de la Ley Orgánica del Municipio y 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-08/39-027 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, vigile que el ente auditado realice los trámites necesarios para la escrituración de los bienes inmuebles propiedad del municipio y que estos sean registrados en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN

PROMOVIDA

linda en la propiedad ma. Inés Acosta vda. de j., al poniente mide 380.00 mts. y linda con propiedad de la farmacia Gómez.

3

Nuevo del Centro de Salud.

Predio ubicado en san Francisco de las rosas con las siguientes medidas. al norte mide 81.03 mts al oriente 100.81mts, al sur 81.17 mts y al poniente mide 99.96 mts.

Hospital 7,998.57 MTS

4

Escuela Tele secundaria de la Cuadrilla.

Predio ubicado en calle ubicado en calle: av. Catarina Martínez Díaz esq. con calle cinco estrellas en el barrio de la cuadrilla con las siguiente medidas al norte: 87.17 al oriente 9.71 al sur 76.54 y al poniente 60.43

Escuela Tele secundaria

2670.8 MTS.

5

Se adquirió para la contracción de la escuela de Tlaxcala .

Predio urbano ubicado en el callejón del rey de esta ciudad de pinos Zac. con las medidas y colindancias siguientes: al norte mide 55.50 mts, y se ignora el propietario con quien linda por este lado; al oriente mide tres lineas 17.00 mts, 24.00 mts y 10.00 mts, y linda con callejón del rey; y al poniente mide 5 líneas 19.40 mts,20.00 mts, 19.00 mts, 10.50 mts,y la ultima 12.50 mts y linda con el callejón de por medio.

Escuela 2,001.90 MTS.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN

PROMOVIDA

Resultado AF-20, Observación AF-19 Al realizar la inspección física del parque vehicular propiedad del municipio, llevada a cabo durante la auditoría de campo, se observó que no todas las unidades se encuentran aseguradas ni marcadas con número económico, ni logotipo que permita su identificación de manera práctica, asimismo se detectó que la mayoría del personal que conduce vehículos no cuenta con licencia de manejo vigente.

AF-08/39-028 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal marcar todos los vehículos oficiales con el logotipo del H. Ayuntamiento y el número económico que les corresponda, así como asegurar aquellas unidades que representen mayor riesgo dadas las características de su uso y que todo el personal que conduce vehículos oficiales cuente con licencia de manejo vigente. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII y 155 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-08/39-029 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación en lo referente a que los vehículos oficiales sean identificados con el logotipo del H. Ayuntamiento y el número económico que les corresponda, asimismo que sean asegurados aquellos que representen mayor riesgo y verificar que todo el personal que conduzca vehículos oficiales cuente con licencia de manejo vigente e informe a esta Entidad Superior de Fiscalización de los resultados de su actuación.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-21, Observación AF-20 El saldo de los adeudos del municipio al 31 de diciembre de 2008 ascendió a un importe de $4,204,711.11, el cual presenta un decremento del 71.33% con respecto al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, debido fundamentalmente al desendeudamiento neto con Acreedores Diversos y sobre todo por un saldo negativo de $8,500,000.00 por un empréstito otorgado por BANOBRAS el 25 de septiembre de 2008, el cual fue mal contabilizado habiéndose corregido en el ejercicio 2009. Sobre dicho préstamo se observa que el municipio no presentó ante la H. Legislatura del Estado el Programa de Financiamiento Anual de Deuda Pública.

AF-08/39-030 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo al contratar Deuda Pública a Largo Plazo se presente ante la H. Legislatura el Programa de Financiamiento Anual, en los supuestos que señala la Ley de la materia. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, artículos 12 fracción I, 16 y 17 Ley de Deuda Pública para el Estado y los Municipios de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-08/39-031 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación en lo referente a que el ente auditado al contratar Deuda Pública a Largo Plazo, elabore y presente ante la H. Legislatura el Programa de Financiamiento Anual, informando a esta Entidad Superior de Fiscalización de los resultados de su actuación.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

IMPUESTOS Y RETENCION POR PAGAR

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-22, Observación AF-21 De la revisión practicada al rubro de Impuestos y Retenciones por Pagar, se observó que el municipio no realizó amortizaciones en el año 2008, el cual corresponde al 5% del Impuesto para la Universidad Autónoma de Zacatecas, cuyo saldo al cierre del ejercicio es por un total de $160,337.31.

AF-08/39-032 Recomendación Se recomienda a la Administración municipal que con relación a la cuenta de Impuestos y Retenciones por Pagar y de manera específica por lo que se refiere al 5% del Impuesto para la Universidad Autónoma de Zacatecas, se lleve a cabo el entero correspondiente en virtud de que dichos recursos no pertenecen al municipio, lo anterior conforme a los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio, se llevó a cabo análisis comparativo de lo cobrado según el tarifario presentado por el ente auditado con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el ente fiscalizado cobra tarifas inferiores de acuerdo a lo previsto en la misma, las cuales se encuentran desglosadas en el apartado de Ingresos. El municipio de Pinos, Zacatecas, realizó una modificación a los presupuestos de Ingresos y Egresos del ejercicio 2008. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2008 el municipio recaudó y recibió 8.92% mas de lo presupuestado, observándose incrementos en todas sus cuentas, excepto en Deuda Pública; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 5.39%, registrándose desfases en todas sus cuentas excepto en las cuentas de Deuda Pública y Obras Públicas. Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales no son de orden relevante, además el incremento recibido y recaudado en los Ingresos fue mayor al sobreejercicio presentado en los Egresos, situación conveniente para el municipio.

Resultado AF-23, Observación AF-22 El H. Ayuntamiento Constitucional de Pinos, Zacatecas, presentó en fecha 13 de abril de 2009 ante la H. LIX Legislatura del Estado de Zacatecas, el expediente integrado con el informe anual de Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2008, con el propósito de que se efectuara su análisis y revisión, observándose que no se realizó en el tiempo que establece la Ley Orgánica del Municipio en el artículo 49 fracción XVI, que señala como facultades y atribuciones del Ayuntamiento: “... Rendir a la Legislatura del Estado dentro del mes de febrero siguiente a la conclusión del año fiscal, la Cuenta Pública pormenorizada de su manejo hacendario, para su revisión y fiscalización. Asimismo deberán remitir oportunamente la documentación e informes que les sean requeridos por la Auditoría Superior del Estado...”.

AF-08/39-033 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante la H. Legislatura del Estado, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los miembros del H. Ayuntamiento de Pinos, Zacatecas, por no haber entregado en tiempo ante la H. LIX Legislatura del Estado de Zacatecas la Cuenta Pública Municipal del ejercicio 2008. Infringiendo así los artículos 49 fracción XVI de la Ley Orgánica del Municipio y 5° párrafo 1, fracciones I, V y XXVIII de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, así como el artículo 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Resultado AF-24, Observación AF-23 El H. Ayuntamiento de Pinos, Zacatecas, no presentó a esta Entidad de Fiscalización el Programa Operativo Anual por el ejercicio 2008, tal y como lo establece la Ley Orgánica del Municipio en sus artículos 49 fracción XXVII inciso a y 170.

AF-08/39-034 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que en lo subsecuente sea presentado en tiempo ante esta Auditoría Superior del Estado el Plan Operativo Anual que corresponda, una vez que haya sido aprobado por el H. Ayuntamiento, ya que constituye un instrumento indispensable para

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

la planeación y ejecución de las actividades del municipio, observando lo establecido en los artículos 49 fracción XXVII inciso a y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-08/39-035 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia vigile que al inicio de cada ejercicio se elabore y se someta a aprobación del H. Ayuntamiento el Programa Operativo Anual, ya que dicho documento es el que habrá de regir los programas que ejecutará el municipio durante un ejercicio determinado. Adicionalmente verifique que sea remitido dicho documento a la Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-25, Observación AF-24 EL municipio de Pinos, Zacatecas no llevó a cabo las reuniones de Cabildo ordinarias de los meses de mayo, agosto y noviembre de 2008, establecidas en la Ley Orgánica del Municipio.

AF-08/39-036 Recomendación Se recomienda al H. Ayuntamiento observar lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio que establece “Los Ayuntamientos deberán resolver los asuntos de su competencia en forma colegida, en sesiones públicas ordinarias o extraordinarias e itinerantes; las ordinarias se celebrarán cuando menos una cada mes.”

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Resultado AF-26, Observación AF-25 Al realizar la revisión al municipio de Pinos, Zacatecas, se observó que se creó Organismo Público Descentralizado de la Administración Municipal, convirtiéndose en Sistema Municipal de Agua Potable, sin contar con patrimonio propio ni suficiencia financiera para su operación, en virtud de que derivado de la revisión efectuada se detectó que el Municipio a través de la Tesorería Municipal afronta las erogaciones relevantes para el funcionamiento de dicho Sistema.

AF-08/39-037 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado elaborar un estudio de viabilidad sobre la operación del Sistema Municipal de Agua Potable contemplando los beneficios que pudiera tener como tal, incluyendo en dicho análisis las medidas a tomarse para lograr su autosuficiencia, como por ejemplo: cuotas de cobro, número de usuarios, etc. En caso que se concluya que no puede afrontar sus gastos con sus ingresos propios, se recomienda proponer ante el H. Ayuntamiento la posibilidad de considerarlo nuevamente como Departamento o Área Administrativa de la Presidencia Municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, así como los artículos 17 y 18 de la Ley de los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Estado de Zacatecas.

AF-08/39-038 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique que la Administración Municipal realice un estudio de viabilidad sobre la operación del Sistema Municipal de Agua Potable que incluya los beneficios que pudiera tener como tal, análisis de operación y propuesta sobre las medidas que pudieran tomarse para ser autosuficiente e informe a esta Entidad Superior de Fiscalización de los resultados de su actuación.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-27, Observación AF-26 De la revisión física de los expedientes de los trabajadores del ente auditado, se observó que en su mayoría no se encuentran actualizados, ya que carecen de los documentos básicos, tales como solicitud de empleo, currículum vitae, certificado médico, constancia de estudios, CURP, carta de recomendación, etc. Además cabe mencionar que se archiva de forma global en un fólder por cada área.

AF-08/39-039 Recomendación Se recomienda la Administración Municipal actualizar los expedientes de los trabajadores, integrando de manera individual los documentos de cada uno de ellos. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción IX, 78 fracción II, 92 fracción XIV, 93 fracción I, 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-08/39-040 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación en lo referente a la integración de expedientes en forma individual de los documentos de cada uno de los trabajadores de la Administración Municipal e informe a esta Entidad Superior de Fiscalización de los resultados de su actuación.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-28, Observación AF-27 De la revisión practicada al rubro de Servicios Personales, se observó que la entidad fiscalizada no cuenta con tabulador de sueldos autorizado por el H. Ayuntamiento que le permita mantener un control adecuado de las percepciones que se asignarán a cada servidor público de la Administración Municipal dependiendo del puesto y función que le sean encomendados.

AF-08/39-041 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal la implementación del tabulador de sueldos y salarios que muestre las categorías que existen y que homologue de acuerdo a estos los sueldos y salarios de los trabajadores, lo anterior con la debida autorización de Cabildo, lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI penúltimo párrafo, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio y

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

17 fracciones II y X de Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-08/39-042 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia verifique que la Administración Municipal elabore un tabulador de sueldos y salarios que integre los puestos y categorías existentes en el municipio, debidamente autorizado por el H. Ayuntamiento y una vez que dicho tabulador haya sido autorizado se deberá vigilar el apego a este documento, informando a la Auditoría Superior del Estado del resultado de su actuación.

Se solventa y se le dará seguimiento.

Resultado AF-29, Observación AF-28 De la revisión y análisis efectuados al Capítulo 1000.-Servicios Personales, se llevó a cabo la comparación entre la nómina de personal correspondiente a la segunda quincena del mes de diciembre de 2008 y la Cédula de Autodeterminación de Cuotas Obrero-Patronales del IMSS del mismo mes y año, determinándose los siguientes resultados: a) Existen 209 trabajadores que se encuentran en la nómina, más no así inscritos ante algún régimen de seguridad social. b) Además 4 personas que están inscritas ante el IMSS y no se encuentran en nómina.

AF-08/39-044 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique la afiliación de los trabajadores municipales que no se encuentran inscritos en ningún régimen de seguridad social, así como que se den de baja a las personas que no tienen ninguna relación laboral con el municipio e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Se solventa y se le dará seguimiento.

AF-08/39-043 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, afiliar únicamente a algún régimen de seguridad social a todas las personas que tengan relación laboral con el municipio, así como dar de baja a quienes no cumplan la condición citada. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XX, 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio así como artículos 12 fracción I y 15 fracción I de la Ley del Seguro Social.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Resultado AF-30, Observación AF-29 Al realizar la revisión al rubro de Bebidas Alcohólicas con relación a 108 nuevas licencias de funcionamiento para instalar y operar establecimientos dedicados el almacenaje, distribución, venta y consumo de bebidas alcohólicas, se observó que fueron expedidas sin contar con las respectivas

AF-08/39-045 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal respecto de las 108 nuevas licencias de funcionamiento para instalar y operar establecimientos dedicados el almacenaje, distribución, venta y consumo de bebidas alcohólicas, exhibir la autorización del Cabildo, así como la anuencia expedida por

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

anuencias expedidas por la Secretaría de Finanzas ni autorización del Ayuntamiento, requisitos establecidos en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas en sus artículos 8, 9, 14 y 22, ya que las licencias otorgadas sin el primer requerimiento serán nulas.

parte de la Secretaría de Finanzas que permita corroborar la correcta observancia de la Ley de la materia.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2008 fue por el orden de $57,837,442.00, el cual fue distribuido de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones por un importe de $54,945,570.00, 3.00% para Gastos Indirectos por $1,735,123.00 y el 2.00% restante por $1,156,749.00 para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre del 2008 los recursos fueron ejercidos en un 87.63% y revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. Además de los recursos ya citados, se recibió un monto de $84,976.00 derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio anterior, los cuales fueron ejercidos en ampliación de la obra “Construcción de Pavimento Hidráulico de la comunidad del Obraje”. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-02, Observación PF-02 Con recursos del Fondo III el municipio realizó erogaciones mediante los cheques números 32, 130, 197, 314 , 539, 681 y 682 de la cuenta bancaria número 0159568794 de BBVA Bancomer, S.A., por un monto total de $806,030.70 a favor de varios beneficiarios, de los cuales se presentan las pólizas cheque respectivas, sin embargo no se exhibió el soporte documental técnico, social y financiero que justifique las erogaciones realizadas. Lo anterior se detalla a continuación:

Obra/Acción Cheque

Número

Nombre Fecha Núm.

Beneficiario

Importe

89939044

Adquisición de terreno para construcción de clínica de salud

13-03-08

32 Domingo Morquecho Buendía

$150,000.00

07-05-08

130

150,000.00

16-06-08

314

150,000.00

10-10-08

539

J. Artemio Uribe Villanueva

200,000.00

89939159

Apoyo a la Asociación Ganadera Municipal

19-05-08

197

Lorenzo Pérez Gallegos

100,000.00

89939001

Aportación del Programa para la Sostenibilidad de los Servicios de Perforación de Pozo Profundo convenio con CEAPA Programa

03-12-08

681

Tesorería Municipal

42,590.46

PF-08/39-002 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por un monto total de $806,030.70 correspondiente a los cheques números 32, 130, 197, 314 , 539, 681 y 682 de la cuenta bancaria número 0159568794 de BBVA Bancomer, S.A., de los cuales el municipio no presentó la documentación técnica, social y financiera que soporte y justifique las erogaciones respectivas.

Solventa

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

PROSSAPYS

89939177

Aportación del Programa para la Sostenibilidad de los Servicios de Suministro e Instalación de Micromedidores (convenio con CEAPA) Programa APAZU

03-12-08

682

Tesorería Municipal

13,440.24

TOTAL $806,030.70

Resultado PF-03, Observación PF-03 De la obra número 89939223 denominada “Rehabilitación / Mejoras diversas de vivienda”, el municipio realizó erogación mediante cheque número 380 de fecha 4 de julio de 2008 de la cuenta bancaria número 0159568794 de BBVA Bancomer, S.A., por un monto de $129,500.00 a nombre de Mauro Lugo Piña, por concepto de pago de material para construcción del cual presenta documentación comprobatoria por un monto de $107,917.60, sin exhibir soporte documental por un monto de $21,582.40 que justifique la totalidad de la erogación realizada.

PF-08/39-003 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $21,582.40 correspondiente al cheque número 380 expedido de la cuenta bancaria número 0159568794 de BBVA Bancomer, S.A., por la cantidad de $129,500.00 del cual el municipio únicamente presentó soporte documental por el orden de $107,917.60, no justificando por tanto, la totalidad de la erogación realizada.

Solventa

Resultado PF-04, Observación PF-04 En la acción número 89939131 denominada “Aportación a la SEC (Programa Escuelas de Calidad)”, el municipio realizó erogaciones mediante los cheques números 84 por un monto de $25,000.00 a nombre de Luis Dávila Almanza, 89 por la cantidad de $18,000.00 a favor de Raúl Morales Martínez y 90 a nombre de J. Félix Vázquez Hernández, por un importe de $18,000.00, expedidos de la cuenta bancaria número 0159568794 de BBVA Bancomer, S.A., de fecha 18 de abril del 2008, presentando como soporte documental únicamente copias de fichas de depósito a nombre de cada uno de los beneficiarios antes mencionados, sin exhibir la evidencia

PF-08/39-004 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado para efectos de aclaración, presentar ante esta Auditoría Superior del Estado la evidencia documental que justifique la aplicación de los recursos, por el orden de $61,000.00, correspondiente a los cheques números 84, 89 y 90 de los cuales el municipio únicamente exhibe copias de fichas de depósito para la acción número 89939131 denominada “Aportación a la SEC (Programa Escuelas de Calidad)”.

Se solventa

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

documental que justifique la aplicación de los recursos en la acción ya citada.

Resultado PF-05, Observación PF-05 De los recursos de Fondo III, se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0159568794 de BBVA Bancomer, S.A., por un monto de $4,257,860.64 según registros contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), de los cuales el municipio no exhibió pólizas cheque ni documentación comprobatoria que justifique la aplicación de los recursos en las obras y/o acciones aprobadas, desconociéndose su destino de aplicación, mismas que se listan a continuación:

Fecha Cheque Monto Fecha

Cheque Monto

15/02/2008 6 19,065.00

21/08/2008 460

20,325.00

15/02/2008 10 10,000.00

26/08/2008 464

2,000.00

13/03/2008 15 5,750.00

08/09/2008 477

50,000.00

13/03/2008 22 13,800.00

10/09/2008 490

1,445.00

13/03/2008 23 50,000.00

10/09/2008 491

5,810.00

04/04/2008 49 32,881.50

10/09/2008 492

8,625.00

07/04/2008 50 15,000.00

10/09/2008 493

28,160.00

18/04/2008 76 21,980.00

10/09/2008 495

129,030.00

30/04/2008 127 7,000.00

10/09/2008 496

16,890.00

08/05/2008 151

350,000.00

10/09/2008 497

66,800.00

13/05/2008 174

120,000.00

10/09/2008 500

5,740.00

14/05/2008 177 16,530.00

17/09/2008 510

5,800.00

30/05/2008 241 2,760.00

10/10/2008 537

32,628.00

02/06/2008 243 3,500.00

10/10/2008 544

150,000.00

02/06/2008 247 9,600.00

10/10/2008 560

5,520.00

03/06/2008 253 93,600.00

10/10/2008 562

6,160.00

03/06/2008 260 9,600.00

10/10/2008 564

15,615.00

04/06/2008 261 69,240.39

10/10/2008 570

12,000.00

PF-08/39-005 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $4,257,860.64 relativo al importe de los cheques relacionados en el resultado que antecede, expedidos de la cuenta bancaria número 0159568794 de BBVA Bancomer, S.A., de los cuales el municipio no exhibió pólizas cheque ni documentación comprobatoria, que corresponda a las obras y/o acciones aprobadas, desconociéndose el destino de aplicación de los recursos ejercidos.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

04/06/2008 263 2,500.00

16/10/2008 581

4,500.00

04/06/2008 267

360,000.00

17/10/2008 583

100,000.00

04/06/2008 269 40,000.00

20/10/2008 584

20,000.00

04/06/2008 272 21,350.00

20/10/2008 586

1,000.00

12/06/2008 295 824.55

20/10/2008 588

14,398.00

19/06/2008 331 59,786.50

20/10/2008 589

37,722.00

03/07/2008 333 12,000.00

21/10/2008 593

7,000.00

04/07/2008 353 3,768.00

21/10/2008 598

1,278.00

04/07/2008 362 28,556.00

21/10/2008 599

16,586.00

04/07/2008 363 6,160.00

21/10/2008 600

3,080.00

04/07/2008 368 8,880.00

28/10/2008 601

5,955.00

04/07/2008 369 24,500.00

28/10/2008 608

13,560.00

04/07/2008 370 50,060.00

29/10/2008 619

248,667.00

04/07/2008 384

128,169.00

30/10/2008 622

161,990.00

04/07/2008 385 19,900.00

04/11/2008 630

8,000.00

04/07/2008 387 35,000.00

10/11/2008 637

7,000.00

07/07/2008 391 4,000.00

17/11/2008 655

1,069.50

10/07/2008 394 5,000.00

18/11/2008 666

240,000.00

16/07/2008 404 4,000.00

27/11/2008 676

5,000.00

16/07/2008 405 26,450.00

27/11/2008 677

2,000.00

16/07/2008 406 26,450.00

05/12/2008 699

3,500.00

16/07/2008 407 26,450.00

15/12/2008 704

36,000.00

12/08/2008 420 3,682.70

15/12/2008 705

36,000.00

12/08/2008 436 15,887.50

15/12/2008 706

36,000.00

12/08/2008 437 43,740.00

15/12/2008 707

36,000.00

12/08/2008 438 54,000.00

15/12/2008 708

36,000.00

12/08/2008 443

150,000.00

15/12/2008 709

36,000.00

12/08/2008 445 19,200.00

16/12/2008 717

31,885.00

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

12/08/2008 446 19,200.00

16/12/2008 722

50,000.00

12/08/2008 448 34,500.00

16/12/2008 723

138,000.00

12/08/2008 450

100,000.00

18/12/2008 727

93,674.00

15/08/2008 452 35,000.00

18/12/2008 728

43,407.00

19/08/2008 456 720.00

SUMAS 2,220,041.14

2,037,819.50

TOTAL $4,257,860.64

No se omite mencionar que fue verificado en estados de cuenta bancarios, por parte de este Ente Fiscalizador, que los cheques expedidos fueron efectivamente cobrados.

Resultado PF-06, Observación PF-06 De los recursos del Fondo III, el municipio aprobó un importe por $2,235,775.00, relativos a 11 obras improcedentes que fueron autorizadas por el Consejo de Desarrollo Municipal, infringiendo lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Dichas obras se listan a continuación:

NO. DE OBRA

DESCRIPCIÓN LOCALIDAD MONTO APROBADO

089939034

Aportación a Convenio para remodelación del Templo de San Francisco Templo Tlaxcala la Hacienda de San Nicolás programa Foremoba

Pinos $350,000.00

089939037

Aportación a Convenio para restauración del reloj del Templo de Tlaxcala programa Foremoba

Pinos 45,000.00

089939110

Remodelación de jardín principal

La Victoria 328,250.00

089939111

Remodelación de jardín principal 2da etapa

Pinos 242,271.00

089939112

Construcción de descanso en Panteón

Ojo de agua la Palma

110,342.00

089939113

Construcción de descanso en Panteón

La Estrella 110,342.00

089939114

Construcción de Panteón Santiago 79,570.00

PF-08/39-006 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor a los CC. Profr. Alfonso Contreras Hernández y Profr. Bernardo Cruz Medina, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por haber ejercido recursos en obras improcedentes, incumpliendo lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las obligaciones inherentes a sus cargos, previstas en la Ley Orgánica del Municipio y el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

089939180

Aportación a Convenio para restauración a Convento/ Boveda Norte en área de la antigua huerta de la fruta (programa Foremoba)

Pinos 400,000.00

089939158

Apoyo a productores en compra de Semilla

Varios 200,000.00

089939159

Apoyo a la Asociación Ganadera Municipal

Pinos 100,000.00

089939220

Aportación a Convenio con Gobierno del Estado para el programa Por Amor a los Abuelos

Pinos 270,000.00

TOTAL

$2,235,775.00

Resultado PF-07, Observación PF- 07 Al confrontar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo III, del ejercicio fiscal 2008, se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social.

PF-08/39-007 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo III, se registren cifras y datos reales y precisos derivados de la conciliación periódica de información de las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, de manera que se tenga confiabilidad en la información emitida necesaria para la toma de decisiones.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado PF-08, Observación PF- 08 Con recursos del Fondo III el municipio programó y ejecutó varias obras, las cuales fueron adjudicadas a varios contratistas, exhibiendo documento relativo a la adjudicación pero no el acta de fallo donde se especifique los motivos de adjudicación atendiendo a criterios de economía, eficiencia, eficacia e imparcialidad para asegurar las mejores condiciones de precio y calidad para el municipio incumpliendo lo dispuesto en los artículos 41, 42, 70, 71, 72 y 73 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas.

PF-08/39-008 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que en las obras aprobadas para realizarse con recursos del Fondo III, ejecutadas por contrato mediante la modalidad de Asignación Directa y demás procesos de adjudicación, se presente documento de asignación de la obra, firmado por funcionarios municipales incluyendo al Contralor Municipal para su validación, en el que conste que las obras fueron adjudicadas a los contratistas con base en los criterios de economía, eficiencia, eficacia e imparcialidad que asegure las mejores condiciones de precio y calidad para el municipio, lo anterior con base en la normatividad aplicable.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-08/39-009 Solicitud de Se solventa y se le dará

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia vigile y supervise el cumplimiento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, además de verificar que en las obras ejecutadas por contrato, mediante Asignación Directa y demás procesos de adjudicación, se presente documento de asignación de la obra, firmado por funcionarios municipales incluyendo al Contralor Municipal para su validación, en el que conste que las obras fueron adjudicadas a los contratistas con base en los criterios de economía, eficiencia, eficacia e imparcialidad que asegure las mejores condiciones de precio y calidad para el municipio e informe a la Auditoría Superior del Estado el resultado de su actuación.

seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Por lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $24,805,518.00, la aplicación se destinó conforme a lo siguiente: $21,525,370.00 a Obligaciones Financieras que representa el 86.78%, $373,360.00 a Seguridad Pública constituyendo el 1.50%, el 1.46% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones por $361,582.00 y el 10.26% restante para Adquisiciones por $2,545,206.00. El ejercicio de los recursos se realizó en un 97.24% al 31 de diciembre del 2008, revisándose documentalmente el 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $30,258.00 los cuales no fueron aplicados en el ejercicio sujeto a revisión. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-09, Observación PF- 09 En la acción número 08FM39002 denominada “Pago a diversos Proveedores”, se realizaron erogaciones para lo cual el municipio exhibió como soporte documental varias facturas expedidas con fecha posterior a su vigencia, incumpliendo con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

PF-08/39-010 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado verificar que la documentación comprobatoria soporte de las erogaciones realizadas reúna los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y de manera específica lo relativo a la vigencia de la misma.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Resultado PF-10, Observación PF- 10 En la acción número 08FM39005 denominada “Pago de aguinaldo, bonos y compensaciones al personal del Ayuntamiento”, el municipio realizó erogaciones con Recursos del Fondo IV en la vertiente de Obligaciones Financieras mediante cheque número 293 de fecha 16 de diciembre de 2008 de la cuenta bancaria número 0159569472 de BBVA Bancomer, S.A., por un monto de $5,095,016.02, soportado con nóminas del personal del municipio para pago de aguinaldos, prima vacacional y bono de productividad por la cantidad de $4,555,316.02 y con nómina de pago de bono a Regidores por la cantidad de $539,700.00. Cabe señalar que mediante acta de Cabildo del día 10 de diciembre de 2008, se aprobó la inversión que se llevaría a cabo con los Recursos del Fondo IV, únicamente a nivel de vertiente, sin especificar detalle por concepto y monto al cual se destinaría. Asimismo mediante oficio número PLA-AP/2834/08 de fecha 15 de noviembre de 2008 emitido por la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional (SEPLADER) se aprobó, la cantidad de $5,099,174.00 en la vertiente de Obligaciones Financieras, específicamente para el pago de aguinaldo, bonos y compensaciones al personal del Ayuntamiento; derivado de lo anterior se puede

PF-08/39-011 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $539,700.00 relativo al pago de bono a Regidores con recursos del Fondo IV de la vertiente de Obligaciones Financieras, mediante el cheque número 293 de fecha 16 de diciembre de 2008 de la cuenta bancaria número 0159569472 de BBVA Bancomer, S.A., sin que exista partida presupuestal aprobada para realizar dichos pagos ni acuerdo de Cabildo que autorice dicha erogación.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

PF-08/39-012 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para la aplicación de los recursos del Fondo IV dentro del rubro de Obligaciones Financieras, se realice en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

observar que solamente se aprobó en Cabildo recurso para la vertiente de Obligaciones Financieras, no existiendo por tanto aprobación de bono para Regidores, asimismo tampoco la SEPLADER aprueba el citado bono ya que incluye conceptos sólo relativos al personal, por lo tanto el pago realizado a los Regidores se determina improcedente, por no haber sido presupuestado, lo anterior en desapego a lo establecido en los artículos 50 fracción IV, 181 y 185 de la Ley Orgánica del Municipio, de igual manera no se realizó la creación del pasivo según el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), por lo tanto el municipio omitió el registro de adeudos en su contabilidad para su posterior pago, infringiendo además lo establecido en los artículos 37 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, 96 fracción VI, 164, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio y los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental respectivos.

(SACG) el debido registro de los pasivos correspondientes, para su posterior pago, afectando la amortización respectiva de los mismos en el ejercicio fiscal correspondiente conforme a la normatividad establecida.

seguimiento.

PF-08/39-013 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Se solicita a la Contraloría Municipal que en el ámbito de su competencia verifique que las operaciones que se programe pagar con recursos del Fondo IV, específicamente en la vertiente de Obligaciones Financieras se realice el registro en la contabilidad del municipio, de la creación del pasivo por los adeudos generados y poder así en su momento efectuar la amortización respectiva en el ejercicio fiscal correspondiente y con apego a la normativa aplicable e informe a la Auditoría Superior del Estado el resultado de su actuación.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Del Programa 3x1 para Migrantes se revisaron documentalmente recursos por un monto total de $2,895,920.00, correspondientes a la obra “Construcción de Sistema de Alcantarillado a base de tubería de PVC de 8" en la comunidad de la Chiquilla, la cual se aprobó en la vertiente de Alcantarillado. La aplicación de los recursos al cierre del ejercicio 2008 representa el 50% y la revisión documental se realizó al 100.00% de lo ejercido. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinó la observación siguiente:

Resultado PF-11, Observación PF-11 Del análisis realizado a la documentación técnica y social del expediente unitario de la obra “Construcción de Sistema de Alcantarillado a base de tubería de PVC de 8”, en la comunidad de la Chiquilla, no se presentó validación o dictamen de factibilidad normativa, tampoco las fianzas que garanticen la debida aplicación del anticipo, cumplimiento del contrato y vicios ocultos, tal como lo establece el artículo 74, fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 85 y 86 fracción III y 87 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, a fin de contar con el soporte documental técnico que permita garantizar la correcta ejecución de la obra.

PF-08/39-014 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa los expedientes unitarios de obras realizadas con Recursos Federales provenientes del Programa 3x1 para Migrantes, por lo que se refiere a los aspectos técnico y social para que den claridad y transparencia de las características, especificaciones y metas alcanzadas en las obras y acciones realizadas, así como de la participación ciudadana y de la población beneficiada; asimismo, se presenten fianzas de anticipo, cumplimiento de contrato y vicios ocultos que garanticen que los conceptos de trabajos realizados, se ejecutaron conforme a las especificaciones técnicas de los proyectos, estipuladas en los contratos de obra respectivos.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-08/39-015 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, verifique que se integren de manera completa los expedientes unitarios de obras realizadas con Recursos Federales provenientes del Programa 3x1 para Migrantes, por lo que se refiere a los aspectos técnico y social; asimismo se vigile y supervise que se presenten las fianzas de anticipo, cumplimiento de contrato y vicios ocultos que garanticen que los conceptos de trabajos realizados, se ejecuten

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

conforme a las especificaciones técnicas de los proyectos, estipuladas en los contratos de obra respectivos e informe a la Auditoría Superior del Estado el resultado de su actuación.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

OTROS PROGRAMAS MICROREGIONES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-12, Observación PF-12 Del análisis realizado a la documentación técnica y social de los expedientes unitarios de las obras ejecutadas con recursos del Programa Microregiones, se verificó que no se presentaron las fianzas que garanticen la debida aplicación del anticipo, cumplimiento del contrato y vicios ocultos, tal como lo establece el artículo 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio, artículos 85, 86 fracción III y 87 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, a fin de contar con el soporte documental técnico que permita garantizar la correcta ejecución de las obras.

PF-08/39-016 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, integrar de manera completa los expedientes unitarios de obras realizadas con Recursos Federales provenientes del Programa Microregiones, por lo que se refiere a los aspectos técnico y social, incluyendo las fianzas de anticipo, cumplimiento de contrato y vicios ocultos que garanticen que los conceptos de trabajos realizados, se ejecuten conforme a las especificaciones técnicas de los proyectos, estipuladas en los contratos de obras respectivos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-08/39-017 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, verifique que se integren de manera completa los expedientes unitarios de obras realizadas con Recursos Federales provenientes del Programa Microregiones, por lo que se refiere a los aspectos técnico y social, asimismo se vigile y supervise que se presenten las fianzas de anticipo, cumplimiento de contrato y vicios ocultos que garanticen que los conceptos de trabajos realizados, se ejecuten conforme a las especificaciones técnicas de los proyectos, estipuladas en los contratos de obra respectivos e informe a la Auditoría Superior del Estado el resultado de su actuación.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-01, Sin Observación Se destinó para el Programa Municipal de Obras (PMO) un importe de $ 13,725,717.71, al 31 de diciembre ejerció $ 12,581,766.91 existiendo subejercicio del 8.33%, según informe de diciembre del 2008 presentado por el municipio, de 21 obras programadas 20 las terminó y 1 no la ejecutó; por lo que se observó cumplimiento en su ejecución.

Resultado OP-02, Observación OP-01 El monto total programado registrado por la Tesorería Municipal en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental cuenta 6000 Obra Pública presenta diferencia por el orden de $1,105,818.75 respecto de lo informado en la carátula del Programa Municipal de Obras del 31 de diciembre del ejercicio fiscal 2008. Así mismo el total informado como egresado en la carátula del PMO registra una diferencia de más por $2, 991,444.37 respecto a lo registrado e informado por la Tesorería Municipal en dicha cuenta. Cabe señalar que durante el proceso de solventación el Ente Fiscalizado presentó oficios 046 y 047 de fecha 27 de Agosto del 2009, con sello de recibido el 28 del mes de agosto de 2009 firmado por el C.P. Herminio Briones Oliva, Director de Obras Públicas y el Profr. Ricardo Cortez Hernández Tesorero Municipal; en el informan y aclaran en forma detallada las variaciones que se observaron entre los informes correspondientes al ejercicio fiscal 2008 y que fueron presentados por las dos Direcciones, sin embargo se considera conveniente emitir recomendación en virtud de los montos relativos a las diferencias inicialmente observados.

OP-08/39-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal gire instrucciones a las Direcciones de Tesorería y Obras Públicas que respecto a los gastos efectuados para el Programa Municipal de Obras, se coordinen para conciliar mensualmente los informes físico-financieros, asimismo estos sean presentados al H. Cabildo para su verificación tanto de: avances financieros y físicos, como de obras realizadas, para su aprobación registrando e informando a ésta Entidad de Fiscalización dichas variaciones.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 28 (veintiocho) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-03, Observación OP-02 El municipio adjudicó 9 obras del Fondo III a la constructora "UEH Urbanizaciones y Edificaciones Hidrocálidas" mediante los contratos PLA-AP/0246/08030, PLA-AP/0246/08104, PLA-AP/0246/08160, PLA-AP/0246/08167, PLA-AP/0246/080, PLA-AP/0246/080, PLA-AP/0246/08078, PLA-AP/0246/08146 y PLA-AP/0246/08030; sin dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 73 y 75 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, 150 y 105 fracción III incisos C y D de la Ley Orgánica del Municipio; así mismo cabe mencionar que de los primeros contratos pese a ser una sola obra, se programó su ejecución en 6 etapas, fraccionándola. Así mismo adjudicó las 9 obras citadas en forma directa, incumpliendo lo estipulado en el inciso "C" del contrato que establece que se debieron adjudicar por licitación pública o mediante invitación cuando menos a 3 personas; incumpliendo lo estipulado en las cláusulas sexta y octava del contrato, ya que no presentó las fianzas de garantía y de vicios ocultos.

OP-08/39-002 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que al otorgar obras a contrato debe de dar cabal cumplimiento a lo estipulado en los artículos 44, 59, 73, 75, 77 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y su Reglamento, así mismo a los contratistas les debe de solicitara que cumplan con lo especificado en los artículos 85 fracción II, 86, 93, 102, 114 y 127 de la misma Ley; lo anterior debido a que se observó que la obra “Construcción de boulevard en Arroyo 5 de mayo en cabecera municipal” fue fraccionada en 6 subobras (etapas), pese a es una sola obra y en 3 etapas se indican los mismos conceptos de obra y fue contratada para su ejecución la misma constructora, así mismo por no solicitarle al contratista las fianzas de garantía y de vicios ocultos.

noporo.

OP-08/39-003 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice acciones tendientes a verificar que el Ente Fiscalizado, en la otorgación de obras por contrato, observe lo establecido en los artículos 44, 59, 73, 75, 77 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y su Reglamento, así mismo deberá verificar que los contratistas cumplan con lo especificado en los artículos 85 fracción II, 86, 93, 102, 114 y 127

Se solventa y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de la misma Ley lo anterior debido a que se observó que la obra “Construcción de boulevard en Arroyo 5 de mayo cabecera municipal” fue fraccionada, contratando para su ejecución la misma constructora, además el contratista no presentó las fianzas de garantía y de vicios ocultos.

Resultado OP-04, Observación OP-03 En la revisión a los expedientes unitarios de las 28 obras que conformaron la muestra seleccionada, se encontró que se ejecutaron mediante la modalidad de contrato y administración directa, en todas ellas no dieron cumplimiento a lo estipulado en el artículo 80 párrafo II, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, y los artículos 88 fracción II y 102 de su Reglamento; en donde se establece que deberá de integrar soportes técnicos (números generadores, bitácora de obra y croquis de lo ejecutado, álbum fotográfico) en los expedientes unitarios de obra; mismos que deben presentar con las estimaciones de los contratistas en la fase de ejecución. Asimismo en las obras por contrato se determinó faltante con relación a las fianzas que garanticen la debida aplicación del anticipo, cumplimiento de contrato y vicios ocultos, no observando lo establecido en los artículos 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio, 85, 86 fracción III y 87 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas.

OP-08/39-004 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en lo sucesivo en la ejecución de obras se observe lo establecido, en los artículos, 88 fracción II, 94, 95, 96, 97 y 102 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas en donde se establece que deberá de integrar soportes técnicos y mantener al corriente el archivo derivado de la realización de los trabajos, el que contendrá, entre otros: copia de planos, matrices de precios unitarios, cédula de avances y pagos programados, según corresponda, modificaciones a los planos, registro y control de la bitácora, minutas del proceso de licitación, permisos, licencias, autorizaciones, contratos, convenios, programas de obra y suministros, números generadores, cantidades de obra realizadas y faltantes de ejecutar, presupuesto, reportes de laboratorio, resultado de las pruebas, manuales y garantía de la maquinaria y equipo y lo relacionado a los artículos 74 fracción XXVI, 105 fracción III, incisos c, d y 150 de la Ley Orgánica del Municipio. Asimismo se observe lo relativo a la solicitud de fianzas de anticipo, cumplimiento y vicios ocultos en observancia a los artículos 74 fracción XXVI de la Ley

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Orgánica del Municipio, 85, 86 fracción III y 87 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas.

OP-08/39-005 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice acciones tendientes a verificar que el Ente Fiscalizado, en la ejecución de obras por contrato y/o por administración, directa, observe lo establecido en los artículos 88 fracción II, 94, 95, 96, 97 y 102 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, con lo referente a que se deberán de integrar soportes técnicos y mantener al corriente el archivo derivado de la ejecución de obras. Asimismo verifique se observe lo relativo a la solicitud de fianzas de anticipo, cumplimiento y vicios ocultos en observancia a los artículos 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio, 85, 86 fracción III y 87 de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas, e informe a la Auditoría Superior del Estado el resultado de su actuación.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado OP-05, Observación OP-04 Para la obra "Ampliación de sistema alcantarillado" Jaulas de Arriba, se aprobó un monto federal de $ 682,187.00, para efectuar trabajos de colocación de tubo PVC de 8" de diámetro en 1,155 ml. Durante la revisión física realizada el día 18 de agosto del 2009, se encontró terminada y pese a que desde hace 12 meses según la información registrada en el expediente unitario fue terminada, a la fecha aún no

OP-08/39-006 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Entidad Fiscalizada aclarar porqué previo a la ejecución del proyecto no se obtuvo la aprobación de la entidad normativa que en este caso es la Comisión Nacional de Agua, así mismo presentar por escrito las acciones que se realizaran para que la obra

Se solventa

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

han sido puesta en operación por falta de la construcción de un filtro no presupuestado en la obra y que exige la Comisión Nacional del Agua (CNA).

"Ampliación de sistema de alcantarillado" sea puesta en funcionamiento, lo anterior en virtud de que según lo informado por el municipio, dicha obra tiene 12 meses de haber sido concluida.

Resultado OP-06, Observación OP-05 Para la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle 5 de Mayo en la población de El Obraje", se aprobó un monto federal de $526,550.00, para efectuar trabajos de colocación de concreto hidráulico en 5,670 m2, para conformar piso de la calle. Durante la revisión documental y física realizada el día 20 de agosto del 2009, se encontró aplicada la totalidad del cemento adquirido con el recurso erogado consistente en 3,091.65 m2 construidos de piso a base de concreto hidráulico con un F’c= 200 Kg/cm2. Derivado del análisis y de la cuantificación del volumen de obra y tomando en cuenta los m2 ejecutados de pavimento, se determina que de los 750 m3 de agregados reportados como comprados para esta obra; únicamente están aplicados en ella 533.30 m3, por lo que faltan 216.70 m3 los que involucran un monto de $47,465.75; así mismo existen recursos que no fueron erogados por el orden de $28,768.82 y que resultan de la diferencia entre el monto federal aprobado y el monto total erogado y comprobado. Derivado de la revisión documental se constató que el municipio informó la liberación de recursos mediante los cheques números 72 y 141, expedidos en los meses de abril y mayo del 2008, por un monto global de $497,781.18 a nombre de Jaime M. Manríquez Narváez y Mauro Lugo Piña, el municipio presentó como documentación comprobatoria la factura no. 11232 del prestador de servicios "Materiales La Bodeguita" por un monto de $333,500.00, por el concepto venta de 145 toneladas de cemento, así mismo presentó la factura no. 1139 del prestador de servicios "Materiales Lugo" por un monto de $164,281.18; por concepto de venta de 356 m3 de grava y 394 m3 de arena.

OP-08/39-007 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Pinos, Zac., por un monto $47,465.75 correspondiente a 216.70 m3 de agregados reportados como comprados en la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle 5 de Mayo, El Obraje", mismos que no se encontraron aplicados.

Solventa

OP-08/39-008 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Entidad Fiscalizada presentar aclaración respecto a recursos que fueron aprobados y no erogados por el orden de $28,768.82 y que resultan de la diferencia entre el monto federal aprobado y el total erogado y comprobado con relación a la obra "Construcción de concreto hidráulico en calle 5 de Mayo, El Obraje", así mismo deberá exhibir el soporte documental faltante como es: números generadores, reporte fotográfico y croquis de lo realmente ejecutado.

Se solventa

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-07, Observación OP-06 Para la ejecución de la obra "Construcción de boulevard en arroyo 5 de Mayo en cabecera municipal”, se programó un monto a ejercer de $ 8,510,852.00 y se liberó en el ejercicio fiscal 2008 un monto federal de $7,557,852.00, es una obra fraccionada ya que se programó ejecutar en 8 etapas; para realizar trabajos de desmonte, corte, despalme, acarreo de materiales producto de la excavación, conformación de sub-base y base en piso, construcción de muros de mampostería con construcción de una losa para conformación de canal para la avenida de aguas, zampeado, tendido de tubos para drenajes, rellenos en costados laterales con tendido de material para conformar base y sub-base en las áreas rellenadas, construcción de arroyo de la calle a base de concreto hidráulico, colocación de alumbrado, construcción de áreas verdes, todo ello en un área aproximada de 5,760 m2. Durante la revisión documental y física realizada el día 19 de agosto del 2009, se encontró que los trabajos programados en 2008 corresponden a las 7 (obras) primeras etapas, pero únicamente al 31 de diciembre reportó gasto en las 6 primeras, estas, fueron ejecutadas por un solo contratista "UEH Urbanizaciones y Edificaciones Hidrocálidas" y fueron programadas a realizarse de la siguiente manera:

1a etapa obra no. 30 " Construcción de boulevard en Arroyo 5 de mayo, (Limpia y despalme) cabecera municipal, por un monto de $ 1, 146,640.00

2ª etapa obra no. 104 "Construcción de terracerías cortes y acarreos en boulevard 5 de mayo", cabecera municipal, por un monto de $ 1, 078,349.00

3ª etapa obra no. 160 "Construcción de terracerías cortes y acarreos en boulevard 5 de mayo” cabecera municipal, por un monto de $ 817,288.00

4ª etapa obra no. 167 "Construcción de terracerías drenajes y áreas verdes en boulevard 5 de mayo” cabecera municipal, por un monto de $ 1, 115,925.00

5ª etapa obra no. 174 "Construcción de

OP-08/39-009 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a: Presidente Municipal, Profr. Alfonso Contreras Hernández y Director de Desarrollo Económico y Social, Profr. Bernardo Cruz Mendoza, por haber autorizado y fraccionado la ejecución de la obra “Construcción de boulevard en Arroyo 5 de mayo cabecera municipal”, en las siguientes subobras:

" Construcción de boulevard en Arroyo 5 de mayo, Limpia y despalme 1er etapa cabecera municipal

" Construcción de terracerías cortes y acarreos en boulevard 5 de mayo", 2a etapa cabecera municipal

" Construcción de terracerías cortes y acarreos en boulevard 5 de mayo” 3ª etapa cabecera municipal

" Construcción de terracerías drenajes y áreas verdes en boulevard 5 de mayo” 4ª etapa cabecera municipal

" Construcción de terracerías drenajes y áreas verdes en boulevard 5 de mayo” 5ª etapa cabecera

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

terracerías drenajes y áreas verdes en boulevard 5 de mayo” cabecera municipal, por un monto de $ 1, 115,925.00

6ª etapa obra no. 173 "Construcción de terracerías drenajes y áreas verdes en boulevard 5 de mayo” cabecera municipal, por un monto de $ 1, 115,925.00

Cabe señalar que en la revisión documental se observó que desde su programación la obra fue fraccionada para su ejecución en 8 etapas, pese a que era un arroyo continuo, así mismo fueron ejecutados los mismos conceptos de obra en las etapas 4a, 5a y 6ª, fue contratada para su ejecución la constructora "UEH Urbanizaciones y Edificaciones Hidrocálidas" con un monto global informado como ejercido en las 6 primeras etapas al 31 de diciembre del 2008 de $ 5,307,087.00; y a la fecha de revisión informa un ejercido de $ 6,390,052.00 Derivado de la revisión documental se detectaron las siguientes irregularidades:

a) La ejecución de las obras fue otorgada en forma directa

b) No se llevó a cabo el proceso de licitación pese a que en el contrato se señala que fue mediante invitación a 3 contratistas

c) El contratista no presentó presupuesto base d) Para el cobro de lo ejecutado se utilizaron las

unidades de medida y los precios unitarios del presupuesto de obra que presentó la Secretaria de Planeación y Desarrollo Regional

e) No se realizaron números generadores para el cobro y pago de las estimaciones, el contratista utilizó los montos y volúmenes de obra registrados en el presupuesto de obra de la SEPLADER

f) No se realizó bitácora de obra g) No se llevó a cabo un estricto control de

supervisión, pese a que en las etapas 1, 2 y 3 el 90% de los trabajos ejecutados fueron cortes, despalmes, acarreos, suministro y tendido de materiales inertes

h) No se presentaron las fianzas de

municipal

" Construcción de terracerías drenajes y áreas verdes en boulevard 5 de mayo” 6ª etapa cabecera municipal

Por no observar lo estipulado en el inciso "C" y en las cláusulas sexta y octava de los contratos, donde se establece que se adjudicaron mediante invitación a cuando menos 3 contratistas habiéndose otorgado en forma directa, así mismo se observó que la obra fue fraccionada en 7 obras (etapas), pese a que era un arroyo continuo, siendo ejecutados los mismos conceptos de obra, en 3 etapas, así mismo fue contratada para su ejecución la misma constructora; de igual manera por no solicitarle al contratista que presentara las fianzas de: garantía y de vicios ocultos en ninguna de las 6 etapas, por no haber realizado y no presentar presupuesto base, ni el presupuesto contratado, catálogo de conceptos, álbum fotográfico, finiquito de cada una de las etapas, tarjetas de verificación del número de viajes acarreados desglosados por concepto y por etapa, control del volumen de materiales extraídos en banco, volumen de materiales cargados y acarreados, por utilizar el contratista los precios unitarios y volúmenes de obra registrados en el presupuesto de obra de la SEPLADER, sin previo análisis, por no presentar: bitácora de la obra, números generadores para el cobro y pago de las estimaciones, por no llevar a cabo un estricto control de supervisión, y por incumplir lo señalado en el anexo no. 16 del

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

cumplimiento, ni de vicios ocultos en ninguna de las 6 etapas

Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2008 y con relación al artículo 43 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas de la Federación; además de no dar cumplimiento a lo estipulado en los artículos 44, 59, 73, 75, 77, 85 fracción II, 86, 93, 102, 114 y 127 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas; artículos 98 y 101 de su Reglamento, 74 fracción XXVI, 100, 102 fracciones I y V , 105 fracciones III inciso c) de la Ley Orgánica del Municipio y por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en el artículo 5° fracción III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

OP-08/39-010 Solicitud de Aclaración Para efectos de aclaración se solicita a la Entidad Fiscalizada presentar en forma detallada, separada y por etapa programada-ejecutada, el gasto informado como ejercido en las 6 primeras etapas de la obra “Construcción de boulevard en Arroyo 5 de Mayo cabecera municipal”, las que implican un monto global, informado como ejercido al 31 de diciembre del 2008 de $ 5,307,087.00, además debido a que no anexó a los expedientes unitarios los documentos técnicos que marca la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y su Reglamento, deberá presentar copia de: catálogo de conceptos, presupuesto contratado y el soporte técnico documental que

Se solventa

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ampare el gasto informado: tales como estimaciones, números generadores, croquis reales de trabajos ejecutados por etapa, detallando los conceptos de obra ejecutados en cada una de ellas, bitácora de obra, álbum fotográfico y finiquito de cada una de las etapas, así mismo deberá presentar; tarjetas de verificación del número de viajes acarreados desglosados por concepto y por etapa, control para verificar el volumen de materiales extraídos en banco, volumen de materiales cargados, acarreados y volumen de materiales acarreados para rellenos laterales. De igual manera y con relación a la obra ya mencionada informar de manera específica la aplicación de recursos que corresponden al ejercicio 2009.

Resultado OP-08, Observación OP-07 Para la obra "Construcción de pavimento hidráulico en calle Colón en la cabecera municipal”, se aprobó un monto federal de $ 262,600.00 reportándose ejercidos al 31 de diciembre del 2008 $120,090.00, para efectuar trabajos de colocación de concreto hidráulico en 3,000 m2. Durante la revisión física realizada el día 21 de agosto del 2009, la obra se encontró con un avance físico del 24%, falta por ejecutar un área de 2,287 m2 según lo programado; se verificó la aplicación en 712.10 m2 de concreto hidráulico para conformar el piso de la calle, mismos que implican la utilización de 38.45 toneladas de cemento, pero no se pudo verificar el gasto total realizado debido a que no se anexa el total de las pólizas de cheques ni las facturas soporte así mismo no se cuenta con documentos técnicos en el expediente unitario. Derivado de la revisión documental se constató que el municipio únicamente ha informado la liberación parcial del importe autorizado mediante la expedición de los cheques números 658 y 659, expedidos en el mes de noviembre del 2008, por un monto global de $

OP-08/39-011 Solicitud de Aclaración Se le solicita a la Entidad Fiscalizada que con relación a la obra "Construcción de pavimento hidráulico en calle Colón, cabecera municipal”, que según la documentación presentada se inició en el mes de noviembre del 2008 y en la que solo se han ejecutado 712.10 m2 de piso a base de concreto hidráulico de 3,000 m2 programados, y presenten elementos probatorios de su ejecución y término anexando la documentación comprobatoria relativa a los recursos erogados y la documentación técnico-social faltante; además deberá informar la procedencia de las 38.45 toneladas de cemento que fueron utilizadas para la conformación del piso.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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9,099.71 a nombre de Cintya Gómez Alvarado, y documentación comprobatoria consistente en facturas 90 y 96 del prestador de servicios "CIMAG" por el mismo importe por concepto de pago por compra de 21 m3 de arena y 49 m3 de grava.

Resultado OP-09, Observación OP-08 Para la obra "Ampliación de red de energía eléctrica Santiago”, se aprobó un monto federal de $ 856,800.00, para efectuar trabajos de colocación de 28 postes 12-750 vestidos y 3 transformadores. Durante la revisión física realizada el día 18 de agosto del 2009, se encontró terminada y pese a que desde hace diez meses según la información registrada en el expediente unitario fueron liquidadas, a la fecha aún no han sido puestas en operación por falta de entrega de la documentación correspondiente del contratista a la Comisión Federal de Electricidad para su aprobación, lo anterior debido a que los beneficiarios aún adeudan parte de su aportación al contratista.

OP-08/39-012 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal realizar las acciones que considere necesarias ante los beneficiarios para que aporten los recursos faltantes y se cubra el adeudo al contratista y este a su vez realice los trámites ante la Comisión Federal de Electricidad (CFE), con la finalidad de que se ponga en operación la obra " Ampliación de red de energía eléctrica Santiago”.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-08/39-013 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia verifique que la Administración Municipal realice las gestiones que sean necesarias ante los beneficiarios para que aporten los recursos faltantes, a efecto de que el contratista realice ante la Comisión Federal de Electricidad (CFE), los trámites necesarios con la finalidad de que se ponga en operación la obra "Ampliación de red de energía eléctrica Santiago”, asimismo en lo sucesivo participe de manera conjunta con la Administración Municipal en el seguimiento a la ejecución de las obras, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica del Municipio y Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y su Reglamento, e informe a la Auditoría Superior el Estado los resultados de su actuación.

Se solventa y se le dará seguimiento.

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Resultado OP-10, Observación OP-09 Para la obra "Construcción de Terracería del tramo Noria de San Pablo- Los Cuates Noria de San Pablo”, se aprobó un monto federal de $ 546,480.00, para efectuar trabajos en 3 Km de terracería de rehabilitación, descarificado y acamellonado del material de desperdicio de la superficie de desplante de terraplén, extracción de material (desmonte y excavación de préstamos en banco), formación de terraplenes construido con material a volteo (acarreo de materiales, mezclado y tendido de la capa de terraplén) y conformación de cunetas o canales; llevando la capa de revestimiento un espesor máximo de 0.20 m así como suministro y colocación de zampeo de piedra para vados en 336 m2. Durante la revisión física realizada el día 18 de agosto del 2009, se verificó la rehabilitación de un camino de terracería en 3 Km, encontrándose los trabajos terminados y la obra en uso, derivado del análisis y cuantificación del volumen de obra, se determinó que el concepto suministro y colocación de zampeo de piedra para vados en 336 m2 no fue ubicado en los trabajos revisados, concepto que involucra un monto de $120,090.00. Derivado de la revisión documental se constató que el municipio informó la liberación del importe autorizado mediante los cheques números 31, 54 y 118, expedidos en los meses de marzo y abril del 2008, por un monto global de $ 546,480.00 a nombre de J. Artemio Uribe Villanueva, el municipio presentó como documentación comprobatoria las facturas números 1601, 1606 y 1607 del prestador de servicios "UEH Urbanizaciones y Edificaciones Hidrocálidas" por un monto global de $ 546,480.00; por el concepto de pago de anticipo y estimaciones 1 y 2.

OP-08/39-014 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones a la Administración Municipal por el orden de $120,090.00 en relación con la obra "Construcción de Terracería del tramo Noria de San Pablo-Los Cuates, Noria de San Pablo, debido a que el concepto suministro y colocación de zampeado de piedra para vados en 336 m2 con un monto programado a ejercer por el importe ya citado.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado OP-11, Observación OP-10 Para la obra "Construcción total de terracerías y vados para cruce de agua del tramo San Juan de la Palma-Purísima Sur, San Juan de la Palma”, se aprobó un monto federal de $ 866,520.00, para efectuar trabajos de rehabilitación en 4 Km de: desmonte, corte, formación de terraplén, carga de material de banco, acarreo, tendido y compactado; llevando la capa de revestimiento un espesor máximo

OP-08/39-015 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Entidad Fiscalizada presentar con relación a la obra “Construcción total de terracerías y vados para cruce de agua del tramo San Juan de la Palma-Purísima Sur, San Juan de la Palma " y en virtud de que no se llevó a cabo un control

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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de 0.20 m así como suministro y colocación de zampeo de piedra para vados en 300 m2. Durante la revisión física realizada el día 18 de agosto del 2009, se verificó la rehabilitación de un camino de terracería en 4 Km: encontrando los trabajos terminados y la obra en uso, se realizó escarificado y acamellonado de material en terraplén, formación de terraplenes con material a volteo y tendido de la capa de terraplén, conformación de cunetas, tendido de una capa de revestimiento. Derivado de la revisión documental se constató que el municipio informó la liberación del importe autorizado mediante los cheques números 124, 307 y 580, expedidos en los meses de abril, junio y octubre del 2008, por un monto global de $ 652,140.00 a nombre de J. Artemio Uribe Villanueva, el municipio presentó como documentación comprobatoria las facturas números 1612, 1623 y 1641 del prestador de servicios "UEH Urbanizaciones y Edificaciones Hidrocálidas" por un monto global de $ 652,140.00, por el concepto pago de anticipo y estimaciones 1 y 2. Derivado de la revisión documental se observó lo siguiente:

a) La ejecución de la obra fue otorgada en forma directa;

b) No se llevó a cabo proceso de licitación pese a que el contrato señala que fue mediante invitación a 3 contratistas;

c) No presentó catálogo de conceptos contratados;

d) Para el cobro de lo ejecutado utilizó las unidades de medida y los precios unitarios del presupuesto de obra de la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional ;

e) No se realizaron números generadores para el cobro y pago de las estimaciones, el contratista utilizó los montos y volúmenes de obra registrados en el presupuesto de obra de la SEPLADER, únicamente los dividió en dos partes;

f) No se realizó bitácora de la obra; g) No se llevó a cabo un control de supervisión,

pese a que los trabajos ejecutados fueron

de los materiales acarreados y tendidos pese a que pagó volumetría de estos, que no elaboraron números generadores ni bitácora desconociéndose la volumetría de los materiales acarreados-aplicados, el municipio deberá presentar los soportes técnicos y de control involucrados en la ejecución de estos trabajos, tales como tarjetas de verificación del número de viajes acarreados, bitácora de obra por equipo y por vehículo, tarjeta de control de combustibles y reparaciones, inventario de maquinaria y equipo mayor y menor, control para verificar el volumen de materiales extraídos en banco, volumen de materiales cargados y acarreado, volumen de préstamos de materiales laterales para la formación de terraplenes, plano actualizado de la obra, generadores de obra.

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cortes, despalmes, acarreos, suministro y tendido de materiales inertes y

h) No se presentaron las pólizas de anticipo, garantía, ni de vicios ocultos.

Resultado OP-12, Observación OP-11 En relación al seguimiento de denuncia ciudadana presentada por el C. Agapito Campos Nieto, con relación a la aportación de recurso para realizar obra de ampliación eléctrica en la comunidad del Zacatón misma que no se llevó a efecto, se concluye lo siguiente: En el ejercicio fiscal 2007 fue aprobada la obra no. 079938176 “Ampliación red eléctrica en el Zacatal anexo al Obraje” del Fondo III por un monto de $49,500.00 según oficio de aprobación PLA-AP-0741/07 de fecha 14 de agosto del 2007. En entrevista realizada al C. Agapito Campos Nieto, presentó copia fotostática de recibo interno de fecha 2 de agosto del 2007, donde se registra que depositó en la Dirección de Desarrollo Económico y Social del municipio de Pinos la cantidad de $3,000.00 por concepto de “Aportación de trabajos realizados en la ampliación de electrificación de la comunidad el Zacatón anexo Noria de San Pablo”, asimismo informó que en los primeros días del mes de septiembre de 2007 llegó al citado poblado una grúa con un poste y lo colocó en el lugar que estaba solicitado, al tomar posesión la Administración 2007-2010 llegó al lugar una grúa y retiró el poste, informando las personas que ejecutaron los trabajos que era debido a que la obra no estaba autorizada para ese lugar. Asimismo en auditoría de campo se comprobó que la electrificación no fue realizada en ninguna de las dos comunidades (Zacatal y Zacatón), habiéndose informado por parte del municipio que la obra se aprobó en el Zacatal, lo que se corrobora con el oficio de aprobación, y que ésta posteriormente fue cancelada. De lo anterior se infiere que el municipio recibió recursos por el orden de $3,000.00 para obra no realizada.

OP-08/39-016 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que al no haber realizado la obra “Ampliación de electrificación de la comunidad el Zacatón anexo Noria de San Pablo” para la cual el C. Agapito Campos Nieto realizó la aportación por la cantidad de $3,000.00, se realice la devolución de dicho monto al ciudadano mencionado, ya que estos recursos no son propiedad del municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

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Aun y cuando se destinaron recursos a este programa no se seleccionaron obras para su revisión.

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PROGRAMA ESTATAL DE OBRAS (PEO) (PROGRAMA PESO X PESO)

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Derivado de la revisión física y documental de 6 (seis) obras que constituyeron la muestra seleccionada se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-13, Observación OP-12 Dentro del Programa Fondo III programó las obras números 105, 175 y 211 con un monto global programado de $ 2,100,000.00; las que denominó "Aportación a convenio con Obras Públicas (SECOP) de Gobierno del Estado para el Programa Peso x Peso" en la cabecera municipal y comunidades, los cuales fueron destinados para convenio suscrito con la Secretaría de Obras Públicas del Gobierno del Estado y en el cual el municipio convino recibir y aplicar en 26 obras, 2,400 toneladas de cemento gris que involucran un monto de $4,200,000.00. La revisión documental y física de la aplicación de este material fue a través de la selección de una muestra que fue revisada los días 18, 19 y 20 de agosto del 2009, seleccionándose para su revisión 6 obras, mismas que suman la aplicación de 1,195.44 toneladas de cemento, detectándose las siguientes observaciones:

“Pavimentación con concreto hidráulico calle Santos Arellano Jaulas de Abajo se encontró terminada y en uso, programó 136.00 toneladas de cemento, encontrándose aplicadas 131.26; cabe señalar que en esta obra en los primeros 80 m en un 33% al centro de la calle, el concreto es de baja calidad apreciándose a simple vista desmoronamientos; faltando además por comprobar la aplicación de 4.74 toneladas;

“Pavimentación con concreto hidráulico calles Simón Bolívar, de la Iglesia y Centenario la Chiquita” se encontraron terminadas y en uso, programó aplicar 136.00 toneladas, encontrándose aplicadas 201.00, falta por aclarar el origen de 65 ton;

“Pavimentación con concreto hidráulico calle Benito Juárez, El Obraje”, se encontró terminada y en uso programó aplicar 136.00 toneladas de cemento, se encontraron aplicadas 260.22, falta por aclarar el origen de 124.22 ton;

“Pavimentación con concreto hidráulico calle López Rayón, La Victoria”, se encontró terminada y en uso programó aplicar 136.00 toneladas de cemento, se encontraron aplicadas

OP-08/39-017 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Entidad Fiscalizada aclare y presente relación de obras con montos reales aplicados, que fueron ejecutadas con 2,400 toneladas de cemento que implican un monto de $ 4,200,000.00 y que fueron convenidas con la Secretaría de Obras Públicas de Gobierno del Estado con el programa Peso x Peso, así mismo deberá presentar soporte documental necesario ya que en la revisión efectuada en el mes de agosto, se observó que existen variaciones en los montos informados, ya que de la revisión de 6 obras que constituyeron la muestra seleccionada se concluye la programación de 765 tons y físicamente se encontraron aplicadas 1,195.44 tons, por lo cual deberá presentar informe físico-financiero con el listado de obras, metas y montos reales aplicados, avances físicos definitivos, debidamente firmados y requisitados al 31 de diciembre del 2008 y al 31 de agosto de 2009 o en su caso el cierre de dicho programa, todo ello con la documentación técnico-social soporte. Asimismo se solicita a la Entidad Fiscalizada que con relación a la obra “Pavimentación calle Santos Arellano, Jaulas de Abajo” presente las acciones que va a considerar para la rehabilitación del 33% aproximadamente de los primeros 80 m al centro de la calle ya que el concreto aplicado es de baja calidad, para lo cual deberá de informar el origen de los recursos

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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PROGRAMA ESTATAL DE OBRAS (PEO) (PROGRAMA PESO X PESO)

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318.39, falta por aclarar el origen de 182.39 ton;

“Pavimentación con concreto hidráulico calle López Mateos, La Victoria”, se encontró terminada y en uso programó aplicar 85.00 toneladas de cemento, se encontraron aplicadas 119.06, falta por aclarar el origen de 34.06 ton;y

“Pavimentación con concreto hidráulico de calles Hidalgo y Morelos, La Victoria”, se encontraron terminadas y en uso programó aplicar 136.00 toneladas de cemento, se encontraron aplicadas 165.51, falta por aclarar el origen de 29.51 ton.

Por lo que se observa que de la información, que entregó la Dirección de Desarrollo Económico y Social varía respecto a lo realmente programado-ejecutado.

para dicha rehabilitación, asimismo presente evidencia fotográfica y acta de sitio en la que participe el Contralor Municipal dando fe de que los trabajos de rehabilitación fueron realizados.

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PROGRAMA MICROREGIONES

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Derivado de la revisión física y documental de 4 (cuatro) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-14, Observación OP-13 Para la obra "Ampliación red eléctrica El Sitio”, se programó un monto de $ 1,200,000.00, integrados por $ 480,000.00 como aportación federal al programa Microregiones, mas $ 480,000.00 de aportación estatal y $ 240,000.00 como aportación municipal 2008, para efectuar trabajos de colocación de 40 postes 12-750 vestidos y 9 transformadores. Durante la revisión física realizada el día 20 de agosto del 2009, se encontró terminada y pese a que desde hace ocho meses según la información registrada en el expediente unitario fueron liquidadas, a la fecha aún no han sido puestas en operación por falta de entrega de la documentación correspondiente del contratista a la Comisión Federal de Electricidad para su aprobación, lo anterior debido a que los beneficiarios aún adeudan parte de su aportación al contratista.

OP-08/39-018 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal realizar las acciones que considere necesarias ante los beneficiarios para que aporten los recursos faltantes y se cubra el adeudo al contratista y este a su vez realice los trámites ante la Comisión Federal de Electricidad (CFE), con la finalidad de que se ponga en operación la obra "Ampliación de la red de energía eléctrica", en la población de El Sitio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

OP-08/39-019 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia verifique que la Administración Municipal realice las gestiones que sean necesarias ante los beneficiarios para que aporten los recursos faltantes, a efecto de que el contratista realice ante la Comisión Federal de Electricidad (CFE), los trámites necesarios con la finalidad de que se ponga en operación la obra " Ampliación red eléctrica, El Sitio”, asimismo en lo sucesivo participe de manera conjunta con la Administración Municipal en el seguimiento a la ejecución de las obras, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica del

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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PROGRAMA MICROREGIONES

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Municipio y Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y su Reglamento, e informe a la Auditoría Superior el Estado los resultados de su actuación.

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PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

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Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2008

PINOS, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 71 de 74

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-15, Observación OP-14 Se observa que en cuanto a Relleno Sanitario, el municipio cumple en un 42.1% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, la verificación física de nuestro examen revela que no existe un Relleno Sanitario como tal, solo cuentan con un tiradero (basurero), ubicado a 1.5 km del área urbana ocupando un área de 2.5 hectáreas aproximadamente, no cuentan con estudios topográficos y geotécnicos que garanticen la protección del medio ambiente y dentro de los cuales incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y subterránea, asimismo la flora y la fauna. Evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con cerca perimetral, carece de caseta de vigilancia y manuales de operación, no se tiene control en el acceso del personal, vehículos y/o materiales acarreados por particulares, por lo que el tiradero de los desechos se efectúa en una misma zona, sin realizar las separaciones como lo marca la normatividad.

OP-08/39-020 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal establezca las acciones que considere pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de que el Relleno Sanitario cumpla con la Norma Oficial Mexicana y las disposiciones de la Ley aplicables a esta materia e implementar y programar a la brevedad la colocación de una cerca perimetral, la construcción de una caseta de vigilancia e implementar controles de acceso del personal, vehículos y materiales para que al momento de almacenar los desechos provenientes del servicio de recolección de basura se de cumplimiento a la normatividad aplicable en esta materia y de esta manera contribuir y cumplir con las disposiciones técnicas dispuestas por las dependencias reguladoras.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Page 73: PINOS, ZAC. 2008 - asezac.gob.mx · El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2008 por un monto total de $192,106,843.28 los cuales se encuentran conformados

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-16, Observación OP-15 El objetivo es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y que las normas de construcción y operación se cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen no fue practicado ya que el municipio no cuenta con un Rastro Municipal por lo que no presta este servicio público.

OP-08/39-021 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal analizar la viabilidad de la construcción de un Rastro Municipal que proporcione a la ciudadanía confiabilidad en el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Page 74: PINOS, ZAC. 2008 - asezac.gob.mx · El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2008 por un monto total de $192,106,843.28 los cuales se encuentran conformados

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RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2007-2010

Abreviaciones:

Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2008 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

12 4 8 F.R.R. 8

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

4 - - - 4

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

22 16 6 O.I.C. 6

Solicitud De Aclaración.

14 8 2 F.R.A 2

4 REC 4

Preventivas

Recomendación 31 22 9 REC 9

TOTAL 83 50 29 33