página - tabasco · página 9 de 133 (ref. 7/v/1987) (ref. 14/vi/1991) ley de los trabajadores al...

133

Upload: others

Post on 20-Jul-2020

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría
Page 2: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 2 de 133

Page 3: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 3 de 133

CONTENIDO

I. Introducción……………………………………………………………………….…3

II. Objetivo del Manual…………………………………………………………………4

III. Antecedentes Históricos…………………………………………………….…….5

IV. Marco Jurídico…………………………………………..…………………..….…...7

V. Atribuciones…………………………………………………………………………11

VI. Misión y visión………………………….……….…….…………………….…..…14

VII. Estructura Orgánica……………..…………………...…………………......……15

VIII. Organigrama………………………………………………..……………………..17

IX. Descripción de Objetivos y Funciones …………………………….…………..18

X. Glosario de Términos………………………………………………………………129

Page 4: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 4 de 133

I. INTRODUCCIÓN La Secretaría de Salud en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 12, Fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco1, en donde señala el de instrumentar manuales de organización da a conocer a través del presente Manual General de Organización como parte del proceso de 1modernización, la forma en que está integrada su estructura orgánica, así como las funciones asignadas a las unidades administrativas de la dependencia, apegado a la normatividad existente. Este documento es de observancia general, como instrumento de información y consulta, en todas las áreas que conforman la Secretaría de Salud. Su consulta permite identificar la visión, misión y estructura orgánica básica, señalando el objetivo que se pretenden alcanzar y las funciones de las unidades administrativas que la conforman, las cuales responden a las atribuciones contenidas en el Reglamento Interior vigente Reglamento Interior vigente publicado en un suplemento “d” del periódico oficial 7042 de fecha 03 marzo de 2010 y Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Tabasco, última reforma publicada en el periódico oficial del 16 de diciembre de 2006. Por ser un documento de consulta frecuente, este Manual General de Organización deberá ser actualizado anualmente, o cuando exista un cambio orgánico funcional al interior de esta Secretaría, siendo el Departamento de Organización y Modernización Administrativa, la responsable de integrarlas y validarlas, con la colaboración de las áreas de esta Secretaría de Salud, quienes aportaran la información pertinente para este propósito.

1 Instrumentar sus respectivos manuales de organización y de procedimientos administrativos, así como

remitirlos a las autoridades correspondientes para su aprobación y expedición. También dictar las medidas, acuerdos, lineamientos, circulares y órdenes necesarios para el mejoramiento de las unidades administrativas a su cargo;

Page 5: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 5 de 133

II. OBJETIVO DEL MANUAL Proporcionar en forma ordenada, clara y precisa la estructura de la institución, los niveles jerárquicos, los grados de autoridad, las líneas de comunicación y coordinación existentes, así como las funciones y responsabilidades encomendadas a cada una de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud, para delimitar su ámbito de competencia y evitar duplicidad en el ejercicio de las mismas.

Page 6: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 6 de 133

III. ANTECEDENTES HISTÓRICOS

En el estado de Tabasco se pueden encontrar indicios de prestación de Servicios de Salud a la población en general, prácticamente desde principios de siglo, pero desvinculados entre sí ya que tanto la Federación como el Estado establecían sus unidades con actividades muy propias sin tener propósitos conjuntos; no fue sino hasta 1963 cuando se crearon los Servicios Coordinados de Salud Pública en el estado (con la fusión del Departamento de Higiene y la Delegación de Salubridad), cuando se inician los primeros intentos de organizar conjuntamente los servicios de salud. En 1978 por Acuerdo Oficial del Ejecutivo del Estado, se crea la Coordinación General de Salud y Bienestar Social teniendo como finalidad apoyar y fortalecer los programas que operaban los Servicios Coordinados, dando especial importancia a los de salud rural, que cubría el 100% de las comunidades rurales mayores de 500 habitantes con servicios de asistencia médica, medicina preventiva, atención odontológica, materno infantil y planificación familiar. Paralelamente el Instituto Mexicano del Seguro Social firma en 1979 un acuerdo con el Ejecutivo Federal para que se elaborara y operara un programa de solidaridad social con participación comunitaria que se denominó "IMSS-COPLAMAR", este programa estaba dirigido a población de escasos recursos en zonas marginadas o rurales. Sus fuentes de financiamiento serían el propio instituto y recursos federales. Con los avances que se tuvieron en la organización de la administración pública y tratando de revertir el proceso de concentración excesiva de la vida nacional, en agosto de 1983 el Ejecutivo Federal establece las bases para descentralizar la prestación de los servicios de salud a población abierta. Tabasco fue uno de los estados que tenían las características necesarias para obtener la responsabilidad de operar los servicios de salud y empieza la reordenación de su propia administración. En marzo de 1984 se ordena por Decreto que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia DIF entregue a la Coordinación General de Salud y Bienestar Social; las instalaciones y recursos del Banco de Sangre, del Hospital del Niño; del Centro Oncológico y de las casas de salud que coordinaba. En agosto del mismo año, el Ejecutivo Federal decreta la descentralización de los Servicios de Salud para que se integren con los del Sistema IMSS-COPLAMAR conformando así los servicios estatales de salud. El proceso se desarrolló en las dos etapas como se había previsto; la coordinación programática y la de integración orgánica. Esta segunda fase se concretó con la creación en Noviembre de 1984 de la Secretaría de Salud Pública, dependencia que debería de operar los servicios con la debida congruencia con las acciones federales. En 1985 concluye la segunda etapa del proceso de descentralización con la firma de convenio entre la SSA, el IMSS y el Gobierno del Estado donde se establecen las acciones de apoyo logístico garantizando con ello la calidad de los servicios prestados. Para inicios del año 1986, se define la estructura orgánica de la Secretaría de Salud Pública como un único organismo que compacte a los Servicios Estatales de Salud con los Servicios Coordinados de Salud y el Programa IMSS-COPLAMAR. Con esta acción, desaparece la Coordinación General de Salud y Bienestar Social que organizaba a los Servicios Estatales de Salud. El 15 de agosto de 1986 se firma el Convenio único de Desarrollo Municipal 1986-1988 teniendo por objeto la coordinación de acciones entre el ejecutivo estatal y el ayuntamiento y la concertación de estos con los sectores social y privado para instrumentar la política de desarrollo integral, promoviendo la descentralización de la actividad estatal; correspondiéndole a la SSP la elaboración y aplicación de lineamientos tendientes a descentralizar los servicios de salud a población abierta y las acciones de salubridad local. La estructura organizativa que se definió en ese entonces ha tenido algunas variantes. El 1o. de

Page 7: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 7 de 133

enero de 1988 se crea la Dirección de Estomatología robusteciendo con ello la atención médica odontológica en el estado. En julio de 1988 por acuerdo del ejecutivo estatal del estado el Centro de Atención a la Mujer (CAM) pasa a ser parte de la Secretaría de Salud Pública con programas y actividades acordes a las políticas de esta dependencia. Para este mismo año se logra poner en marcha el Laboratorio de Salud Pública que por su importancia tuvo la capacidad desde ese entonces de prestar servicios a los estados vecinos. Para 1990 se llega a un acuerdo intersectorial para crear un comité permanente del Programa de Simplificación Administrativa, permitiendo con ello la obtención de propuestas de proyectos tendientes a la simplificación y agilización de trámites que por lo complicado de sus procedimientos se retrasaban innecesariamente. Ese mismo año se expide en el estado el acuerdo de cambio de denominación del Banco de Sangre a Centro Estatal de Hemoterapia como organismo desconcentrado dependiente de la Secretaría Salud Pública. También en ese mismo año respondiendo a la estrategia del Programa Nacional de Salud se crean en el estado los Sistemas Locales de Salud (SILOS). Esta estrategia se inicia con una Jurisdicción piloto (Municipio de Comalcalco), ampliándose después a las 17 jurisdicciones existentes en el estado. Se pretendía con esto el fortalecimiento de los servicios de salud en las jurisdicciones sanitarias para el logro de la descentralización. En el año de 1993 se crea la Unidad de Tomografía "Tomógrafo Tabasco" lográndose gracias al esfuerzo de un gran número de personas que organizaron diversas actividades para la recolección de los fondos correspondientes. En el año de 1995 cuando inicia la Administración del Dr. Lucio G. Lastra Escudero, se continúa el fortalecimiento de la descentralización de los servicios de salud a los municipios renovándose los acuerdos de instalación de comités municipales con el propósito de normar las acciones que respondan a los objetivos y políticas de salud. En marzo de 1995 se emite el Decreto No. 010 reformando la Ley Orgánica del Estado donde se publica la reorganización de la Administración Pública. La Secretaría de Salud Pública se denomina ahora Secretaría de Salud y se amplían sus funciones con el propósito de adaptarse más al cumplimiento de sus objetivos. Actualmente la Secretaría de Salud ha tenido cambios fundamentales con una visión hacia el futuro sentando las bases para que se produzcan otros de mayor profundidad tanto en el campo de la salud como de la sociedad misma. Es así, que como resultado de la acción coordinada de la sociedad con el gobierno se han realizado cambios en las leyes y reglamentos, logrando el establecimiento de nuevas estrategias para consolidar nuestro actual Sistema de Salud. En el año 2012, siendo Secretario de Salud el Dr. Carlos M de la Cruz Alcudia se autoriza la Estructura de Orgánica la cual cubre las nuevas necesidades organizacionales de la institución.

Page 8: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 8 de 133

IV. MARCO JURÍDICO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

(D.O. 5/II/1917)

(ADIC. D.O. 3/II/1983)

Constitución política del Estado Libre y Soberano de Tabasco

(D.O. 5/IV/1919)

L EYES

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B del Artículo

123.

(D.O. 28/XII/1963)

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

(D.O. 9/XII/1976)

(REF. D.O. 30/XII/1985)

(REF. D.O. 21/II/1992)

Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto público federal

(D.O. 31/XII/1976)

Ley Estatal de Salud

(P.O. 25/XII/1982)

(REF: D.O. 08/II/1992)

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos

(D.O. 31/XII/1982)

Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de Tabasco

(P.O. 1/I/1983) (REF. 24/XI/1984) (REF. P.O. 04/III/1995)

Ley de Planeación

(D.O. 5/I/1983)

Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos

(P.O. 13/VII/1983)

Ley Estatal de Planeación

(P.O. 13/VII/1983)

Ley General de Salud

(D.O. 7/II/1985)

(REF. 3/VI/1986)

Page 9: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 9 de 133

(REF. 7/V/1987)

(REF. 14/VI/1991)

Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado

(P.O. 31/III/1990)

REGLAMENTOS

Reglamento Interior de la Secretaría de Salud publicado en un suplemento “d” del periódico oficial 7042 de fecha 03 de marzo 2010.

Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Sanidad Internacional

(D.O. 18/II/1985)

Reglamento de la Ley General de Salud en materia de control sanitario de la disposición de

órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos

(D.O. 20/II/1985)

Condiciones Generales de trabajo de la Secretaría de Salud dictaminados por el Tribunal de

Conciliación y Arbitraje, según acuerdo 4503 y 4513

(23/IV/1985)

Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de Atención Médica

(D.O. 14/VI/1986)

Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Control Sanitario de la publicidad.

(D.O. 26/IX/1986)

Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Investigación para la salud.

(D.O. 6/I/1987)

Condiciones Generales de Trabajo.

DECRETOS

Decreto que ordena a las dependencias y entidades la elaboración de un programa de

descentralización operativa.

(D.O. 18/VI/1984)

Decreto por el que se descentralizan a los Gobiernos Estatales de Servicios de Salud que presta

la Secretaría de Salubridad y Asistencia en los Estados y los que dentro del Programa de

Solidaridad Social por participación comunitaria denominado "IMSS-COPLAMAR" proporciona al

Instituto Mexicano del Seguro Social.

(D.O. 8/III/1984)

(REF. D.O. 24/VI/1985)

Page 10: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 10 de 133

Condiciones generales de trabajo del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Estado de

Tabasco.

(28/IX/1994)

Decreto No. 010 donde cambia su nombre la Secretaría de Salud Pública.

(P.O. 04/III/1995)

Decreto No. 029 se crea la Comisión Interinstitucional para el medio ambiente y el desarrollo

social.

(P.O. 27/V/1995)

ACUERDOS

Acuerdo de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal y Estatal para transferir la realización

de obras públicas en unidades médicas en la entidad.

(D.O. 6/VI/1984)

Acuerdo por el que se integran a la Coordinación General de Salud y Seguridad Social las

unidades médicas del DIF Tabasco.

(D.O. 21/III/1984)

Acuerdo de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal por conducto de las Secretarías de

Programación y Presupuesto, de la Contraloría General de la Federación y de Salud y el Ejecutivo

del Estado de Tabasco con el propósito de establecer las bases para la elaboración y ejecución

del programa de descentralización de los servicios de salud en la entidad.

(D.O. 28/VI/1984)

Acuerdo de Coordinación del Ejecutivo Federal y Estatal por conducto de las Secretarías de

Programación y Presupuesto y de Salud para establecer el Programa Integral de Financiamiento e

Inversión en materia de servicios de salud a población abierta.

(D.O. 12/VI/1985)

Acuerdo de Coordinación para la integración orgánica y descentralización operativa de los

servicios de salud a población abierta en el Estado de Tabasco.

(D.O. 6/XII/1985)

Acuerdo de Coordinación para exención de pagos de cuotas de recuperación de los Servicios de

Salud en Tabasco.

(D.O. 6/XII/1985)

Acuerdo No. 55 por el que se integran patronatos en las unidades hospitalarias de la Secretaría de

Salud y se promueve su creación en los Institutos Nacionales de Salud.

(D.O. 17/III/1986)

Acuerdo que establece la integración y objetivos del Consejo Nacional de Salud.

Page 11: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 11 de 133

(D.O. 27/I/1995)

CONVENIOS

Convenio único de desarrollo que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado de

Tabasco.

(D.O. II/1984)

Convenio que celebran por una parte la Secretaría de Salud y el Instituto Mexicano del Seguro

Social con el Gobierno del Estado para establecer actividades de apoyo logístico a los Servicios

Estatales de Salud.

(D.O. 6/XII/1985)

Convenio de Coordinación que en materia de enseñanza y capacitación de recursos humanos

para la salud celebran por una parte el Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud,

el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Ejecutivo del Estado de Tabasco.

(Enero 1986)

Page 12: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 12 de 133

V. ATRIBUCIONES:

ORDENAMIENTO: Ley Orgánica del Poder Ejecutivo Del Estado de Tabasco, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el viernes 22 de marzo de 2002. Última Reforma Publicada en el Periódico Oficial: 16 De Diciembre De 2006. CAPITULO IV: De las Atribuciones de las Dependencias de la Administración Pública Centralizada. Artículo 32. A la Secretaría de Salud le corresponde (sic) los siguientes asuntos: I. Regular, instrumentar, coordinar, supervisar, difundir y evaluar los programas de salud de la Entidad; II. Aplicar y supervisar la observancia de las disposiciones que en materia de salud y seguridad social se fijan en el Artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes General de Salud y de Salud del Estado de Tabasco; III. Instrumentar, conducir, difundir, evaluar y, en su caso, correlacionar las políticas y programas sectoriales en materia de salud, seguridad social, asistencia social, sanitaria y salud pública, con base en la legislación estatal y federal aplicable, así como las normas y lineamientos que determine el Gobernador y en correlación con el Sistema Estatal de Planeación Democrática; IV. Conducir las relaciones con la Federación en materia de salud, así como, consolidar y regular los servicios regionales del sector, procurando su vinculación con el modelo de organización y desarrollo regional del Estado y bajo criterios de eficiencia, productividad y ahorro en el gasto público y mayor cercanía y calidad de servicios a la población; V. Coordinar, regular y evaluar el Sistema Estatal de Salud, procurando que en su instrumentación, aplicación y supervisión, participen la Administración Pública, con información y programas específicos de su responsabilidad, que se vinculen con las metas y objetivos del programa y el sistema estatal a cargo del Sector. Igualmente, promover su correlación con las instituciones y programas de seguridad social que operan en la Entidad. Así mismo, fomentar que en el desarrollo de los mismos se promueva y asegure la participación ciudadana; VI. Ejercer las facultades de coordinación sectorial de la Dependencia, reservando a las unidades del nivel central las funciones de regulación y supervisión y transfiriendo a los órganos desconcentrados y a las entidades paraestatales del Sector la operación de los servicios a cargo del mismo. Igualmente, proporcionarles la asistencia y apoyo técnico que requieran para el otorgamiento de los servicios; VII. Promover, interrelacionar, asistir técnicamente, organizar y supervisar a los servicios de salud, seguridad y asistencia social en la Entidad, a cargo de los sectores público, social y privado, conforme a la legislación aplicable; así como difundir técnicas, sistemas y procedimientos eficaces que permitan brindar mejores servicios a la población en esos rubros. Así mismo, proponer al Gobernador, los mecanismos de coordinación interinstitucional que permitan incentivar el desarrollo de la salud pública; (REFORMADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2006) VIII. Participar en la instrumentación y evaluación de Ios programas, acciones y recursos que se emprendan en el Estado para elevar las condiciones de salud, salubridad, asistencia y seguridad

Page 13: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 13 de 133

social de su población; al efecto, promover la ampliación de los servicios de primer nivel para brindar servicios médicos permanentes y garantizar el suministro de medicamentos en todos los centros de salud; IX. Promover las acciones, convenios y acuerdos de colaboración con las instituciones, nacionales o extranjeras, vinculadas con los subsistemas del Sistema Estatal de Salud. Igualmente, concertar con las instituciones de investigación y docencia, la ejecución de programas especiales para la formación, desarrollo o actualización del personal técnico o administrativo de los servicios de salud en la Entidad. De igual forma, en lo que respecta a las instituciones de seguridad social que operan en el Estado; X. Gestionar, promover y ejecutar los convenios de colaboración que en materia de salud celebre el Ejecutivo con Entidades de los Sectores Público, Social y Privado, así mismo, prever el establecimiento de mecanismos de referencia, contra-referencia y complementación, entre los servicios de salud y sus diferentes niveles de organización y operación; (REFORMADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2006) XI. Concertar, fomentar y ejecutar, con los Sectores Público, Privado y Social, acciones tendientes a mejorar el estado nutricional de la población; así como realizar los estudios sobre la situación alimentaría de los habitantes del Estado y de los nutrientes que puedan complementar su alimentación, en atención a las nuevas condiciones nutridas, hábitos alimenticios, transición epidemiológica y evolución demográfica; XII. Vigilar, en coordinación con el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, los asilos e instituciones de beneficencia pública del Gobierno del Estado. De igual forma verificar que los particulares que operan centros de beneficencia cumplan con los propósitos para los que fueron creados; XIII. Colaborar, con las autoridades laborales, en la instrumentación, difusión y evaluación de las normas existentes en materia de higiene y seguridad en el trabajo; XIV. Expedir las autorizaciones sanitarias para las actividades, establecimientos, productos y servicios en el ámbito de su competencia, conforme lo señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables; XV. Regular y controlar los asuntos sanitarios, en el ámbito de su competencia, y aplicar las acciones y programas que en la materia se concerten con la Federación, así mismo integrar y administrar el padrón local de actividades, establecimientos, prestadores de servicios, productos y servicios que se encuentren sujetos a control y vigilancia sanitaria, así como ordenar y practicar verificaciones de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables a la materia; (REFORMADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2006) XVI. Proponer el desarrollo de la red de laboratorios sanitarios en la Entidad, así como la infraestructura científica y tecnológica que resulta indispensable para el adecuado desarrollo de las funciones sanitarias; así como procurar que estos servicios puedan colaborar con otros sectores de la Administración Pública, cuando precisen de la realización de estudios especializados para respaldar técnicamente sus resoluciones; al efecto, coordinarse con la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesca para promover y propiciar la mejora en los establecimientos dedicados al sacrificio y transformación de los productos agropecuarios, en apego a la política de inocuidad alimentaría;

Page 14: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 14 de 133

(REFORMADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2006) XVII. Colaborar con la Secretaría de Asentamientos y Obras Publicas en las tareas relacionadas con la regulación, ejecución, evaluación y supervisión de las acciones de construcción especializada, mantenimiento y protección sanitaria de las instalaciones, servicios y establecimientos de salud, de su competencia; XVIII. Programar, organizar, ejecutar y supervisar, en coordinación con las autoridades y sectores participantes, campañas de salud, seguridad social, asistencia pública, desarrollo comunitario y atención de grupos marginados o en situación de riesgo o rehabilitación; XIX. Coordinar, concertar y ejecutar programas especiales en materia de atención médica, salud pública o asistencia sanitaria, para la atención de los sectores sociales más desprotegidos en las áreas rurales y urbanas, en especial para las personas discapacitadas, considerando la intervención de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública correspondientes y la participación de los Sectores Social y Privado, lo anterior, con el propósito de elevar las condiciones de salud y el nivel de vida de la población; XX. Fomentar la participación de instituciones académicas, de investigación, de organizaciones no gubernamentales y de la sociedad, en la generación e instrumentación de estrategias, programas y recursos destinados a mejorar la salud de la población del Estado, así como a superar los rezagos sociales e impulsar el bienestar social; y (sic) (REFORMADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2006) XXI. Instrumentar los programas de salud vinculados a la transformación socioeconómica de las comunidades indígenas y grupos marginados del Estado, en coordinación con las Secretarías de Gobierno y de Educación, procurando la participación de las etnias y de los núcleos involucrados; (ADICIONADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2006) XXII. Atender los criterios y orientaciones conducentes a la participación del Sector en la integración del Padrón-Único de Beneficiarios que administra y opera la Secretaría de Planeación; (ADICIONADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2006) XXIII.- Incorporar en los programas de salud lo conducente a atender las políticas transversales orientadas a la atención de grupos vulnerables tales como adultos mayores, discapacitados y madres solteras, así como promover al interior del sector, la política de equidad de género; (ADICIONADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2006) XXIV. Fortalecer las actividades de medicina preventiva en las zonas vulnerables y la capacitación del personal médico y paramédico responsable del primer nivel para atender y canalizar adecuadamente a la población vulnerable, tal como adultos mayores y discapacitados; y (ADICIONADA, P.O. 16 DE DICIEMBRE DE 2006) XXV. Colaborar con la Secretaría de Administración y Finanzas para el adecuado registro de los bienes inmuebles de la Secretaría para su integración al patrimonio del Estado.

Page 15: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 15 de 133

VI. MISIÓN Y VISIÓN MISIÓN: Mejorar las condiciones de salud en Tabasco considerando la protección social y la seguridad social, mediante una red de servicios congruentes a las necesidades de cobertura con un trato digno, orientado especialmente a los grupos vulnerables con un enfoque preventivo. VISIÓN: Una institución rectora de servicios de salud integrales, de calidad y con cobertura universal, que satisface las necesidades y expectativas de los tabasqueños, y les asegura disfrutar de una vida larga y saludable.

Page 16: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 16 de 133

VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA

1.0 Secretaría de Salud 1.0.1 Secretaría Particular 1.0.2 Secretaría Técnica 1.0.3 Unidad de Comunicación Social 1.0.4 Unidad de Seguimiento 1.0.4.1 Departamento de Supervisión 1.0.4.2 Departamento de Atención a Auditorías Externas 1.0.4.3 Departamento de Entrega-Recepción 1.0.5 Unidad de Relaciones Públicas 1.0.6 Unidad de Acceso a la Información 1.0.7 Unidad Jurídica 1.0.7.1 Departamento Civil 1.0.7. 2 Departamento Laboral 1.0.7.3 Departamento Administrativo 1.0.7.4 Departamento Penal 1.0.8 Unidad de Tecnologías de la Información 1.0.8.1 Departamento de Telecomunicaciones y Redes 1.0.8.2 Departamento de Innovación y Desarrollo de Software en Salud 1.0.8.3 Departamento de Servicios en Tecnologías de la Información 1.0.9 Dirección de Planeación

1.0.9.1 Departamento Organización y Modernización Administrativa 1.0.9.2 Departamento de Estadística 1.0.9.3 Departamento de Gestión y Seguimiento Presupuestal 1.0.9.4 Departamento de Políticas y Programación

1.0.10 Dirección de Administración 1.0.10.1 Subdirección de Recursos Humanos

1.0.10.1.1 Departamento de Operación 1.0.10.1.2 Departamento de Relaciones Laborales 1.0.10.1.3 Departamento de Control de Nóminas y Pagos

1.0.10.2 Subdirección de Recursos Financieros 1.0.10.2.1 Departamento de Contabilidad 1.0.10.2.2 Departamento de Control Presupuestal 1.0.10.3 Subdirección de Conservación y Mantenimiento 1.0.10.3.1 Departamento de Precios Unitarios y Proyectos 1.0.10.3.2 Departamento de Conservación y Supervisión 1.0.10.3.3 Departamento de Mantenimiento de Equipos 1.0.10.4 Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales 1.0.10.4.1 Departamento de Almacén e Inventario 1.0.10.4.2 Departamento de Adquisiciones 1.0.10.4.3 Departamento de Servicios Generales 1.1 Subsecretaría de Servicios de Salud 1.1.1 Dirección de Atención Médica 1.1.1.1 Subdirección de Atención Primaria a la Salud 1.1.1.1.1 Departamento de Estomatología 1.1.1.1.2 Departamento de Supervisión de Atención Primaria a la Salud

Page 17: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 17 de 133

1.1.1.1.3 Coordinación de Oportunidades 1.1.1.1.4 Coordinación de Caravanas de la Salud 1.1.1.2 Subdirección de Atención Médica Especializada 1.1.1.2.1 Departamento de Supervisión de Segundo y Tercer Nivel 1.1.1.2.2 Coordinación de Trabajo Social 1.1.2 Dirección de Salud Psicosocial

1.1.2.1 Departamento de Salud Mental 1.1.2.2 Departamento de Prevención y Control de Adicciones

1.1.3 Dirección de Calidad y Educación en Salud 1.1.3.1 Departamento de Control de la Formación de Recursos Humanos en

Salud 1.1.3.2 Departamento de Gestión de Capacitación en Salud 1.1.3.3 Departamento de Investigación 1.1.3.4 Departamento de Monitoreo y Medición de Calidad en Salud 1.1.3.5 Departamento de Mejora Continua en Calidad

1.1.4 Dirección del Sistema Estatal de Urgencias 1.1.4.1 Departamento de Atención de Urgencias 1.1.4.2 Departamento de Atención a Desastres Hospitalarios

1.1.5 Unidad de Análisis de Daños a la Salud de Prioridad Estatal 1.1.6 Unidad de Enfermería 1.1.7 Unidad de la Red de Laboratorios Clínicos 1.2 Subsecretaría de Salud Pública 1.2.1 Dirección de Programas Preventivos

1.2.1.1 Departamento de Medicina Preventiva 1.2.1.2 Departamento de Salud Reproductiva 1.2.1.3 Departamento de Vectores y Zoonosis 1.2.1.4 Departamento de Epidemiología

1.2.2 Dirección de Protección contra Riesgos Sanitarios 1.2.2.1 Departamento de Planeación y Trámites Sanitarios 1.2.2.1 Departamento de Productos y Servicios 1.2.2.1 Departamento de Evaluación y Medicamentos 1.2.2.1 Departamento de Salud Ambiental

.

Page 18: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 18 de 133

VIII. ORGANIGRAMA

Page 19: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 19 de 133

IX. OBJETIVO Y FUNCIONES

SECRETARIO DE SALUD OBJETIVO: Consolidar el Sistema Estatal de Salud, dentro del ámbito de competencia correspondiente, a fin de elevar el nivel de salud de la población para hacer efectivo el derecho a la protección a la salud que establece el artículo 4º Constitucional, y lograr que la prestación de los servicios sean de la calidad y cobertura acordes a las necesidades de la entidad. FUNCIONES: 1. Establecer y conducir la política estatal en materia de salud, conforme a la Ley General de

salud, Ley Estatal de Salud, Programa Estatal de Salud, y demás disposiciones aplicables. 2. Dirigir y coordinar el desarrollo y evaluación del Sistema Estatal de Salud, del Programa

Estatal de Salud en materia de atención médica, salud pública, salubridad general y local, vigilancia epidemiológica, promoción y educación para la salud y enseñanza, capacitación, investigación y planeación en coordinación con las unidades y organismos de los niveles federal, estatal y municipal.

3. Dirigir y coordinar la integración del diagnóstico de Salud de la entidad, así como la

implantación de medidas para combatir las enfermedades transmisibles, contra plagas y vicios sociales que afecten la salud.

4. Dirigir y coordinar la organización y funcionamiento de las unidades hospitalarias y de

Servicios de Salud a población abierta y aplicar los criterios de regionalización de los servicios de salud.

5. Promover la formación, capacitación y desarrollo de recursos humanos, así como la

realización de la investigación y el desarrollo tecnológico en el campo de la salud. 6. Celebrar y supervisar la observancia de los acuerdos y convenios de coordinación que

realice la Secretaría, dependencias y organismos de los Sectores Público, Social y Privado. 7. Dirigir y apoyar el proceso de descentralización de los Servicios de Salud hacia los

municipios. 8. Promover y coordinar la participación organizada de la comunidad, para el autocuidado de la

salud. 9. Participar y plantear estrategias de acción en el Subcomité de Salud, Seguridad y Asistencia

Social del COPLADET y de los Subcomités Regionales, Estatales y Municipales relacionadas con la salud.

10. Promover y ordenar a la contraloría interna la práctica de auditorías y revisiones a las

unidades administrativas de la Secretaría de Salud.

Page 20: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 20 de 133

11. Coordinar, supervisar y evaluar el Sistema Estatal de Información para población abierta. 12. Dirigir y coordinar la elaboración e integración del anteproyecto del Programa Presupuesto y

del Programa de Modernización Administrativa de la dependencia.

Page 21: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 21 de 133

SECRETARÍA PARTICULAR

1. Establecer el programa de trabajo y de operación con el C. Secretario, estableciendo la agenda, reuniones de trabajo, visitas, entrevistas compromisos, audiencias, giras, así como los elementos para el seguimiento y control de acuerdos; para el desempeño eficiente en el en cumplimiento de los asuntos propios de la Secretaría.

2. Coordinar y controlar la programación de actividades del C. Secretario de Salud en

conformidad con sus directrices; la agenda, reuniones, visitas, entrevistas compromisos, audiencias, giras de trabajo y demás eventos, con el fin de mantener organizado la calendarización de sus compromisos y garantizar su participación.

3. Coordinar, turnar y monitorear la correspondencia, a los Titulares de las Unidades

Administrativas, en el ámbito de sus atribuciones, procurando su expedita resolución de manera ágil y oportuna en los compromisos asignados.

4. Resguardar y actualizar la información relativa a los asuntos del despacho de C.

Secretario para evitar el uso inadecuado, alteración y sustracción del mismo.

5. Atender, gestionar y resolver en coordinación con las unidades administrativas, órganos desconcentrados y dependencias del sector salud, los asuntos de prioridad media y baja en materia de salud, en los que la ciudadanía solicite el apoyo o intervención del C. Secretario de Salud.

6. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 22: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 22 de 133

SECRETARÍA TÉCNICA

1. Agendar de manera coordinada con la Secretaría Particular, las actividades del

Secretario.

2. Fungir como enlace del Consejo Nacional de Salud, dependencias de la Administración

Pública, Sector Salud en el Estado y demás Unidades Administrativas de la Secretaría de

Salud.

3. Solicitar a las Unidades Administrativas, información avalada por sus titulares para la

elaboración de documentos inherentes a los asuntos y compromisos del Secretario.

4. Coordinar las reuniones del Organismo Público Descentralizado de Servicios de Salud

(OPD) dar seguimiento a los acuerdos y compromisos planteados.

5. Coordinar las reuniones del Consejo Técnico de Administración (COTA) y dar

seguimiento a los acuerdos planteados.

6. Coordinar la logística necesaria en las giras de trabajo del Secretario de Salud en

acuerdo con la Secretaria Particular y la Dirección de Administración.

7. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 23: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 23 de 133

UNIDAD DE COMUNICACIÓN SOCIAL OBJETIVO: Asegurar la debida y completa difusión de los planes, programas y actividades de la Secretaría de Salud a través de los medios masivos de comunicación para proyectar una imagen positiva de la dependencia entre la opinión pública.

FUNCIONES:

1. Dictar y difundir los lineamientos, políticas y criterios de Comunicación Social en concordancia con las que dicte las dependencias estatales y federales, en cada una de las Unidades Administrativas que conforman la Secretaría de Salud, a fin de garantizar el manejo adecuado de la información y mantener la imagen positiva de la institución.

2. Fungir como vínculo y establecer mecanismos de colaboración con los medios de

comunicación, locales y nacionales, en materia de difusión y promoción en salud con el fin de mejorar la difusión de los programas en salud que se llevan a cabo en la Secretaría de Salud.

3. Coordinar la logística de atención a medios de comunicación que cubrirán las ruedas de

prensa, entrevistas y eventos de la Secretaría de Salud, con la finalidad de garantizar una amplia cobertura y alcance de los programas y campañas del sector salud en toda la población.

4. Revisar y validar el diseño, producción y desarrollo de toda campaña publicitaria de los

servicios y programas en materia de salud, para garantizar que contemplen los lineamientos y estrategias federales y estatales en materia de diseño gráfico y de comunicación.

5. Difundir a través de los medios de comunicación la información que se genera en las

Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud para mantener informada a la población de las acciones que se realizan y evitar riesgos en la salud.

6. Captar de los diferentes medios de comunicación, las demandas de la ciudadanía y

solicitudes de apoyo con el fin de turnarlas para su atención y dar seguimiento a través de las Unidades Administrativas que estén dentro del ejercicio de sus atribuciones, la tramitación y solución a las peticiones de la población.

7. Elaborar síntesis de las notas informativas que se difunden en los diferentes medios de

comunicación para ser enviadas al C. Secretario de Salud y a los titulares de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud a fin de mantenerlos informado del estado en que guardan los asuntos relacionado con el Sector Salud.

8. Elaborar boletines informativos de los eventos de trabajo que se realizan en la Secretaría de

Salud en el ámbito local y nacional, con la finalidad de difundirlas en los diferentes medios de comunicación y de la sección “Sala de Prensa” del portal de Salud del Estado, para

Page 24: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 24 de 133

mantener informada a la ciudadanía de las acciones, planes y proyectos que se desarrollan en la Secretaría de Salud.

9. Resguardar y controlar el archivo de audio, fotografías, síntesis, boletines, giras y

entrevistas de las actividades que se desarrollan en la Secretaría de Salud, con el fin de contar con un banco de datos y utilizarlos cuando estos se requieran.

10. Elaborar y remitir los requerimientos de diseño de las campañas de programas prioritarios

de las Unidades Administrativas que solicitan, con la finalidad de difundir a la población las acciones que realiza la Secretaría de Salud.

11. Coadyuvar con las Unidades Administrativas de Secretaría de Salud en los asuntos de

comunicación social que por atribución corresponda, en la celebración de los eventos oficiales y/o especiales o de otra índole, con el propósito de gestionar la contratación de los servicios para la difusión de los mismos.

12. Acordar con el C. Secretario el despacho de los asuntos que requieran de su intervención

en materia de comunicación social para el mejor manejo y desarrollo de la información que se genera en la Secretaría.

13. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 25: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 25 de 133

UNIDAD DE SEGUIMIENTO OBJETIVO: Coordinar, Supervisar y Verificar a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud, que cumplan con las disposiciones legales en tiempo y forma con la finalidad de reportarlos los resultados obtenidos a las instancias que correspondientes. FUNCIONES: 1. Supervisar mediante auditorias a las Unidades Administrativas, Órganos desconcentrados y

unidades de apoyo de la Secretaría, con la finalidad de evaluar su desempeño, Informando en caso de detectar irregularidades a la Secretaria de Contraloría conforme a lo establecido en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Gobierno del Estado y demás leyes relativas.

2. Vigilar y revisar el cumplimiento de las normas, lineamientos, mecanismos y acciones

necesarios para fortalecer el control interno de la Secretaría de Salud. 3. Verificar y revisar que los inventarios, ingresos y disposiciones en materia de Presupuesto y

ejercicio del mismo que realicen las Unidades Administrativas se efectúen conforme a la normatividad vigente con la finalidad de proponer acciones que promuevan mejoras en la simplificación administrativa en los procesos.

4. Coordinar a las unidades administrativas de la secretaria en la presentación de la información

y documentación que soliciten los Órganos Externos e Internos de fiscalización con la finalidad que estas cumplan con los requerimientos.

5. Analizar que la información y documentación proporcionada como soporte por las Unidades

Administrativas para solventar las observaciones determinadas por los Órganos Fiscalizadores, sea enviada en tiempo y forma.

6. Analizar y verificar que las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud, cumplan con

las disposiciones legales en materia de Entrega-Recepción.

7. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 26: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 26 de 133

DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN: OBJETIVO: Fiscalizar que el manejo y aplicación de los Recursos Financieros, Humanos y Materiales se lleven a cabo de acuerdo con las Disposiciones legales vigentes y Manuales respectivos, informando oportunamente de los resultados obtenidos. FUNCIONES: 1. Verificar y analizar que el ejercicio de los recursos financieros, humanos y materiales de la

Secretaría de Salud se hayan realizado conforme a la normatividad vigente con la finalidad de elaborar los informes correspondientes para su seguimiento.

2. Iniciar el Proceso Administrativo notificando a las instancias legales en caso de que las

observaciones no hayan podido ser solventadas Presentando ante las instancias legales la documentación soporte que avale la falta de cumplimiento.

3. Intervenir como observadores sin voz ni voto, en los actos celebrados con motivo de las adquisiciones realizadas por la Dirección de Administración y los organismos descentralizados de la Secretaria.

4. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 27: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 27 de 133

DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN A AUDITORÍAS EXTERNAS

OBJETIVO:

Satisfacer los requerimientos de información que las entidades fiscalizadoras formulen con

motivo de las acciones de fiscalización que realicen en la Secretaría y asegurar la solventación

de las observaciones y la atención de las recomendaciones que, en su caso, resulten de estas

acciones.

FUNCIONES:

1. Recibir y atender los requerimientos de información y documentación que las entidades

fiscalizadoras formulen con motivo de las acciones de fiscalización que realicen en la

Secretaría.

2. Solicitar a las unidades administrativas de la Secretaría la información y documentación que

requieran las entidades fiscalizadoras y entregarlas a éstas, previa verificación de su correcta

integración.

3. Auxiliar al titular de la Unidad de Seguimiento en la atención al personal de las instancias

externas de fiscalización, otorgándole las facilidades necesarias para la realización de las

acciones de fiscalización, lo que incluye su traslado y presentación a las unidades

administrativas de la Secretaría.

4. Participar en las reuniones que se celebren con el personal de las instancias externas de

fiscalización con motivo del desarrollo de las acciones de fiscalización; así como recibir del

titular de la Unidad de Seguimiento y analizar en conjunto con él los informes de resultados

de las acciones de fiscalización y proponerle, para su aprobación, las acciones a realizar

para solventar las observaciones y atender las recomendaciones que, en su caso, señalen

los informes de resultados de las acciones de fiscalización.

5. Participar en las reuniones que la Unidad de Seguimiento y las unidades administrativas

correspondientes de la Secretaría celebren para acordar las acciones a realizar para

solventar las observaciones y atender las recomendaciones que, en su caso, resulten de las

acciones de fiscalización, y dar seguimiento a los acuerdos tomados en estas reuniones.

6. Solicitar a las unidades administrativas de la Secretaría la información y documentación que

se requiera para solventar las observaciones y atender las recomendaciones que, en su

caso, resulten de las acciones de fiscalización y emitir las cédulas de solventación de los

resultados de las acciones de fiscalización en el formato que establezcan las instancias

externas de fiscalización y turnarlas para firma de los servidores públicos de la Secretaría

que correspondan.

Page 28: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 28 de 133

7. Elaborar los oficios y otros documentos que el titular de la Unidad de Seguimiento deba

firmar con motivo de la solventación de las observaciones y atención de las

recomendaciones que, en su caso, resulten de las acciones de fiscalización.

8. Integrar el expediente de solventación de los resultados de las acciones de fiscalización, en

los tantos que se requieran, y entregarlo al titular de la Unidad de Seguimiento para su

aprobación y envío a la instancia externa de fiscalización correspondiente.

9. Trimestralmente conciliar y entregar a la SECOTAB, la información de auditorías para la

actualización del portal de transparencia.

10. Llevar registro de las acciones que realice e informar periódicamente del avance de las

mismas al titular de la Unidad de Seguimiento.

11. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 29: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 29 de 133

DEPARTAMENTO DE ENTREGA-RECEPCIÓN OBJETIVO: Analizar la información que las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud cumplan con los lineamientos establecidos en el programa de entrega-recepción de la Secretaría de la Contraloría. FUNCIONES: 1. Monitorear y dar seguimiento permanentemente a las Unidades Administrativas de la

Secretaria de Salud cumplan con la normatividad en materia de Entrega-Recepción.

2. Intervenir con apoyo logístico y asesoría en los actos de Entrega-Recepción de los titulares de las Unidades ante la Secretaria de la Contraloría.

3. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 30: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 30 de 133

UNIDAD DE RELACIONES PÚBLICAS OBJETIVOS: Coadyuvar en la generación de estrategias para el fortalecimiento de las relaciones institucionales entre el Gobierno del Estado y las entidades nacionales, civiles e internacionales. FUNCIONES: 1. Organizar, coordinar y supervisar la planeación de los eventos oficiales y/o especiales,

celebraciones y giras de trabajo en los que participe o señale el C. Secretario de Salud con el fin de garantizar que se realicen conforme al protocolo que para el efecto corresponda y deba cubrirse.

2. Recibir en tiempo y forma de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud las

solicitudes de apoyo en la contratación y pago de servicios, así como en la organización de los eventos oficiales y/o especiales, con el fin gestionar ante Dirección Administrativa la dotación de los suministros y servicios que se requieran así como el de atender todos los aspecto protocolarios que se deben incluir en el desempeño de sus funciones.

3. Planear, organizar y supervisar la elaboración de los obsequios que se entregarán en los

eventos especiales en materia del Sector Salud con la finalidad de verificar que cumplan con las directrices señalas por la Unidad de Relaciones Públicas del Estado.

4. Establecer y mantener comunicación con las oficinas de relaciones públicas estatales y

federales, para intercambiar información o apoyo en las actividades relativas a sus atribuciones; así como el de asistir a las reuniones que convoquen para emitir lineamientos de atención protocolaria o información relativa a la Unidad.

5. Actualizar el directorio de funcionarios de la Secretaría de Salud estatal y federal,

instituciones de gobierno, dependencias públicas, organismos privados y del Sector Salud a fin de contactarlas cuando se requiera establecer comunicación inherente a su cargo.

6. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 31: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 31 de 133

UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN OBJETIVO: Garantizar a toda persona el acceso a la información pública en posesión de esta Secretaría, conforme a los términos y condiciones que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco y Normatividad vigente; con el fin de asegurar la veracidad, calidad y confiabilidad de la misma. FUNCIONES: 1. Recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información pública, así como darle

seguimiento hasta la entrega de la misma, en los términos y condiciones que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco y Normatividad vigente con la finalidad que el desempeño de la Secretaría de Salud sea evaluada de manera transparente y facilitar con ello el ejercicio del derecho de acceso a la información.

2. Solicitar trimestralmente al enlace responsable de cada Unidad Administrativa la información mínima de oficio con la finalidad de cumplir con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.

3. Sistematizar la información que el enlace responsable de cada Unidad Administrativa envía a

la Unidad de Acceso a la Información para actualizar el portal de transparencia de la Secretaría de Salud.

4. Orientar a las personas en la elaboración de las solicitudes de acceso a la información

correspondientes a la Secretaría de Salud con la finalidad de cumplir con los lineamientos establecidos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tabasco.

5. Recepcionar las solicitudes de acceso a la información que sean dirigidas a la

Secretaría de Salud para integrar un expediente por cada solicitud que se reciba en la Unidad de Acceso a la Información.

6. Tramitar con los enlaces responsables de las Unidades Administrativas la entrega de la

información en el plazo que marca la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Tabasco con la finalidad de que el solicitante haga efectivo su derecho a estar informado.

7. Organizar y actualizar mensualmente los archivos que contengan la información pública que

corresponda a la Secretaría de Salud para contar con un portal de transparencia actualizado.

8. Custodiar y sistematizar la información pública a cargo de la Unidad de Acceso a la

Información a fin de poder contestar cualquier tipo de solicitudes emitidas por el Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información.

Page 32: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 32 de 133

9. Registrar mensualmente en el portal de transparencia todas las solicitudes realizadas a la Unidad de Acceso a la Información para que el solicitante conozca el historial con el que cuenta la Secretaria de Salud y su costo de reproducción.

Realizar un informe trimestral de las actividades del Secretario de Salud para cumplir con lo que indica el último párrafo del artículo 25 de la Ley de Acceso a la Información del Estado

de Tabasco

Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 33: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 33 de 133

UNIDAD JURÍDICA OBJETIVO: Revisar, coordinar y supervisar todas las actividades jurídicas concernientes a asuntos o personas pertenecientes a la Secretaría de Salud, así como representar legalmente al Titular de la misma, incluyendo la consulta eficiente y actualizada del marco jurídico estatal y federal aplicable, con la finalidad de proporcionar la legislación vigente a todas las áreas que conforman la Secretaría. FUNCIONES: 1. Representar legalmente al Titular de la Secretaría de Salud en materia laboral, civil, penal y

administrativa ante los Tribunales federales, estatales y de fuero común y ante toda autoridad jurisdiccional o administrativa, así como contestar recursos, demandas y promociones en las que se vea afectada la Secretaría, tanto en materia judicial como asuntos internos.

2. Revisar, elaborar y remitir los documentos, leyes, acuerdos, decretos, ante proyectos de ley y órdenes que tengan relación con la Secretaría, y una vez refrendados por el Titular de la Secretaría, gestionar la publicación en el Diario Oficial.

3. Compilar, estudiar, actualizar y difundir las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, órdenes,

normas, fe de erratas entre otros, a las diversas áreas de la Secretaría de Salud.

4. Revisar, estudiar, elaborar y corregir los aspectos jurídicos relativos a los contratos, convenios, acuerdos, bases de coordinación entre otros, realizados con la Secretaría, dentro de los cuales se deberán difundir los lineamientos y requisitos a los cuales deberán sujetarse con la finalidad de mantener un registro actualizado de todos los documentos materia de la Secretaría de Salud.

5. Realizar, coadyuvar y dar seguimiento en el dictamen de actas administrativas que se

levanten a trabajadores de la Secretaría por violaciones aplicables.

6. Asesorar jurídicamente y establecer coordinación con el Titular de la Secretaría, Direcciones, Unidades y demás áreas en materia laboral, civil, administrativa, penal y de derechos humanos.

7. Establecer relación y coordinar junto con la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo el

tratamiento de los asuntos jurídicos concernientes a la Secretaría de Salud.

8. Certificar y validar documentos que obren en los archivos de la Secretaría.

9. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 34: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 34 de 133

DEPARTAMENTO CIVIL OBJETIVO: Elaborar, revisar y corregir los contratos y convenios que se celebran entidades, dependencias o empresas privadas con la Secretaría, incluyendo los que deriven de los procedimientos de adquisición de bienes o servicios aplicando la normatividad vigente, así como realizar la publicación de los mismos u otros instrumentos jurídicos si así lo requieren. Atender los juicios civiles que afecten la Secretaría de Salud abarcando la regulación de predios. FUNCIONES: 1. Representar y defender a la Secretaría de Salud en materia de juicios civiles ante las

autoridades competentes, incluyendo la regulación de predios y su escrituración ante Notario Público.

2. Elaborar, revisar y corregir los contratos y convenios relacionados con la Secretaría de Salud así como su publicación cuando sea necesario, incluyendo los derivados de procesos de licitación o asignación directa.

3. Estudiar, analizar, difundir y aplicar la normatividad vigente aplicable a la Secretaría de Salud

y cuando sea necesario, corregir o realizar las adecuaciones necesarias para el buen funcionamiento de la misma dentro de los lineamientos marcados por la ley.

4. Asesorar y coordinar en materia contractual y civil al Titular de la Secretaría, Unidades

Administrativas, Organismos Desconcentrados de la Secretaría de Salud.

5. Solventar y dar seguimiento a las observaciones sobre los procesos emitidos por la Auditoría Superior de la Federación, el Órgano Superior de la Federación y la Contraloría del Gobierno del Estado.

6. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 35: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 35 de 133

DEPARTAMENTO LABORAL

OBJETIVO: Asesorar y representar jurídicamente en materia laboral a todas las Unidades Administrativas y/o Titular de la Secretaría de Salud, para la adecuada conducción de las relaciones laborales, así como contestar las demandas laborales y aplicar las sanciones correspondientes.

FUNCIONES:

1. Representar jurídicamente a la Secretaría de Salud ante los Tribunales y toda autoridad del

Trabajo, así como contestar demandas y presentar recursos en materia laboral cuando se requiera y aplicar las sanciones que se deriven de dichos procesos.

2. Estudiar y analizar la normatividad aplicable a la materia, y colaborar con el área civil para la difusión y elaboración de contratos, acuerdos y convenios laborales.

3. Asesorar y coordinar en materia laboral al Titular de la Secretaría, Unidades Administrativas,

Organismos Desconcentrados de la Secretaría de Salud.

4. Intervenir y resolver las actas administrativas laborales que resulten de conflictos entre trabajadores por violación a la normatividad vigente y llevar a cabo las penas que resulten de las mismas.

5. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 36: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 36 de 133

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO OBJETIVO: Observar y evaluar el desempeño, cargo o comisión de los servidores públicos que laboren en la Secretaría para vigilar el cumplimiento debido de la norma, así como asesorarlos en materia administrativa y representarlos cuando sea necesario ante las autoridades judiciales competentes en dicha materia, y de ser acreedores a alguna sanción, llevar a cabo su cumplimiento y ejecución. FUNCIONES: 1. Recepcionar, evaluar y procesar las quejas derivadas del incumplimiento de las funciones de

los servidores públicos y en caso de existir alguna anomalía, iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa.

2. Determinar y valorar si existe responsabilidad administrativa del servidor público que esté dentro de dicho procedimiento, y en caso de resultar afirmativo, aplicar la sanción que por ley corresponda y notificar a la Contraloría del Estado para su registro.

3. Representar en materia administrativa al Titular de la Secretaría de Salud ante los juzgados y

Tribunales competentes en la materia, contestar demandas y presentar recursos cuando se requiera y aplicar las sanciones que determine la autoridad.

4. Asesorar y coordinar en materia administrativa al Titular de la Secretaría, Unidades

Administrativas, Organismos Desconcentrados de la Secretaría de Salud.

5. Recepcionar, dirigir y contestar todas las quejas provenientes de la Comisión Nacional o Estatal de Derechos Humanos que se relacionan con la Secretaría de Salud.

6. Examinar y estudiar la normatividad aplicable a la materia, y colaborar con el área civil para

en caso de existir alguna corrección, adición o creación se lleve a cabo.

7. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 37: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 37 de 133

DEPARTAMENTO PENAL OBJETIVO: Atender, asesorar y procesar todos los asuntos de carácter penal concernientes a la Secretaría de Salud, sea parte ofendida o responsable en la comisión de un delito, y en su caso representar al Titular de la Secretaría contestando y ofreciendo las pruebas ante los Tribunales y Juzgados judiciales correspondientes. FUNCIONES: 1. Atender y acudir a los Tribunales y Juzgados en materia penal, Procuraduría General de

Justicia Estatal y Federal, para contestar demandas y denuncias y ofrecer pruebas de los asuntos en los que la Secretaría de Salud, su Titular, Unidades y demás áreas se encuentren implicadas.

2. Representar a la Secretaría de Salud en todos los procedimientos jurídicos que se presenten en materia penal, así como asesorar legalmente a los servidores públicos involucrados.

3. Ejecutar y dar seguimiento a las resoluciones derivadas de los procesos o juicios penales por

la autoridad.

4. Revisar, estudiar y analizar la normatividad aplicable a la materia, y colaborar con el área civil para en caso de existir alguna corrección, adición o creación se efectúe.

5. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 38: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 38 de 133

UNIDAD DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

OBJETIVO:

Planear, dirigir, controlar y evaluar las acciones relativas a la instrumentación de mecanismos y líneas de acción para la modernización y aprovechamiento integral de los recursos informáticos y tecnológicos de la secretaria de salud del estado Tabasco; así como determinar los lineamientos y políticas de implementación de proyectos en materia de tecnologías de información y telecomunicaciones.

FUNCIONES:

1. Establecer, dirigir y controlar las políticas y lineamientos en materia informática de conformidad con la legislación aplicable, para coadyuvar en el cumplimiento de los objetivos, estrategias y prioridades del plan estatal de desarrollo y el programa sectorial de salud.

2. Establecer y dirigir el comité técnico interno de la Unidad de Tecnologías de Información con la finalidad de proporcionar los aportes técnicos requeridos para la evaluación de impactos de los servicios de información, así como soluciones a problemas planteados.

3. Proponer en el ámbito de su competencia proyectos e innovaciones de gobierno electrónico

con el fin de impulsar el desarrollo tecnológico de la Secretaría. 4. Definir las políticas y lineamientos para el uso e implementación de proyectos en materia de

tecnologías de la información de tal manera que cumplan con la normatividad aplicable federal o estatal.

5. Gestionar los dictámenes técnicos y resoluciones en materia de tecnologías de la información en coordinación con la dirección general de modernización e innovación gubernamental (DGMIG) del estado de Tabasco con el fin cumplir con la normatividad vigente que permita un buen uso de las tecnologías de la información.

6. Planear, dirigir, controlar y evaluar las actividades de diseño, desarrollo, implantación y

operación de la infraestructura tecnológica, sistemas de información y automatización de procesos con el fin de optimizar las actividades de la secretaría de salud.

7. Impulsar la vinculación entre las diferentes dependencias, entidades y órganos colegiados

representativos del estado con el propósito de unificar proyectos que faciliten la incorporación de proyectos integrales de tecnologías de información y telecomunicaciones.

8. Planear y diseñar las capacitaciones en materia de tecnologías de la información requiera el

personal de esta secretaría, con el fin de mejorar el aprovechamiento de los recursos informáticos.

9. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 39: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 39 de 133

DEPARTAMENTO DE TELECOMUNICACIONES Y REDES

OBJETIVO:

Planear y controlar en actividades relacionadas con los equipos servidores y medios de transmisión, software aplicativo y seguridad de la información, para proveer de servicios integrales y eficientes a la secretaria de salud.

FUNCIONES:

1. Organizar y controlar las señales de telecomunicaciones y redes institucionales con la finalidad de proporcionar servicios de conectividad de forma integral y segura.

2. Controlar la seguridad lógica y física de las telecomunicaciones y centros de datos para proporcionar servicios disponibles y seguros.

3. Planear y controlar la plataforma tecnológica para proveer de servicios institucionales.

4. Planear y controlar equipos activos e innovaciones en los centros de datos y

telecomunicaciones asegurando la continuidad de los servicios institucionales.

5. Controlar el uso de los recursos tecnológicos institucionales con la finalidad de evitar mal uso o saturación.

6. Participar en la planeación y administración de infraestructura de telecomunicaciones

asegurando su correcta instalación y funcionalidad.

7. Asesorar en la selección y adquisición de los equipos y software de telecomunicación a través de la dictaminación técnica de acuerdo con los estándares vigentes a fin de asegurar las mejores condiciones técnicas.

8. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 40: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 40 de 133

DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO DE SOFTWARE EN SALUD

OBJETIVO:

Diseñar, desarrollar e implementar nuevos sistemas de información automatizados que satisfagan las necesidades de optimización, simplificación y mejoramiento de la calidad de los procesos y procedimientos administrativos y médicos de las unidades administrativas y médicas de la secretaría.

FUNCIONES:

1. Evaluar el funcionamiento de los sistemas de información institucional existente, con la finalidad de proponer opciones de mejora de acuerdo a las necesidades de la institución y de acuerdo a la normatividad estatal y nacional vigente.

2. Administrar los procesos de análisis, diseño, desarrollo e implementación de nuevos sistemas de información de uso institucional en coordinación con las unidades administrativas y médicas de la secretaría con el objetivo de colaborar en la mejora de la calidad de la atención a los usuarios y los profesionales de los servicios de salud.

3. Proporcionar las herramientas de software necesarias para el uso, evaluación y seguimiento

de los programas administrativos y de salud por parte de las autoridades correspondientes para la toma de decisiones.

4. Administrar el funcionamiento y mantenimiento de las páginas web y portales oficiales de las

unidades médicas y administrativas de la secretaría de salud en coordinación con los encargados de las páginas en las unidades médicas y administrativas de tal manera que sea una herramienta útil de atención y difusión para la ciudadanía, así como sea un medio de colaboración, comunicación y generación de información eficiente para los profesionales de la salud apegados a la normatividad estatal y federal vigente.

5. Establecer los lineamientos y políticas de desarrollo e implementación de software en las unidades administrativas y médicas de la secretaría de salud con la finalidad de que se cumpla con la normatividad federal y estatal vigente en materia de tecnologías de la información.

6. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 41: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 41 de 133

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

OBJETIVO:

Asegurar la operación de los recursos informáticos, proporcionando al personal de la secretaria de salud las herramientas y facilidades para el desarrollo automatizado de sus actividades, aplicando las metodologías y herramientas tecnológicas necesarias para prevenir y corregir eventualidades funcionales en los equipos de cómputo de la institución. FUNCIONES:

1. Coordinar y controlar la prestación del servicio de soporte técnico y asesoría en materia de uso de las aplicaciones de tecnologías de la información a todas las áreas de la secretaria de salud del estado de tabasco a fin de contribuir al logro de sus objetivos y metas.

2. Sugerir y definir la aplicación de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de cómputo a fin de prolongar la vida útil del equipo.

3. Coordinar el cumplimiento de las normas, políticas y estándares que se publiquen sobre el

buen uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información con la finalidad de apegarse a dichas disposiciones.

4. Localizar y corregir fallas simples que existan en la infraestructura básica de comunicaciones,

en los equipos de información y los sistemas operativos básicos para permitir la funcionalidad de los servicios de información.

5. Evaluar e identificar tecnologías de información que sean de utilidad, conjuntamente con el

departamento de innovación y de telecomunicaciones, para mejorar significativamente la calidad de los servicios prestados dentro y fuera de la institución.

6. Difundir los procedimientos y normas técnicas para la instalación, uso y adquisición de los

servicios de información y su soporte para cumplir con las normas y estándares vigentes que establezca la unidad de tecnologías de la información, la dirección general de modernización e innovación gubernamental y los organismos gubernamentales estatales y federales correspondientes.

7. Mantener actualizada a la unidad de soporte y a usuarios, sobre los diferentes cambios de

tecnología, desarrollo y puesta en funcionamiento de servicios de información para estar siempre a la par de los avances tecnológicos y poder implementarlos.

8. Constituir, normar, estructurar y participar en el comité técnico interno de tecnologías de

información, junto con el departamento de innovación y desarrollo de software en salud y el departamento de telecomunicaciones y redes, para proporcionar los aportes técnicos requeridos para la evaluación de impactos de los servicios de información a implantar, así como diseñar soluciones a problemas planteados.

9. Asesorar en la selección y adquisición de los equipos de cómputo y productos tecnológicos a

través de la dictaminación técnica de acuerdo con los estándares vigentes, estatales y nacionales, para la adquisición del recurso informático requerido, a fin de asegurar las mejores condiciones técnicas.

Page 42: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 42 de 133

10. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 43: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 43 de 133

DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN OBJETIVO: Coordinar las actividades inherentes a los procesos de planeación, programación, organización, evaluación, estadística y difusión de resultados dentro del marco de las estrategias tanto nacionales como estatales para el cumplimiento de los objetivos y las metas establecidas para alcanzar la cobertura y calidad de los servicios. FUNCIONES: 1. Coordinar el proceso de actualización de las Estructuras Orgánicas, Manuales de

Organización y Procedimientos de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud, a

fin de optimizar los procesos, para incrementar la eficiencia y productividad.

2. Coordinar y vigilar los procesos de programación, presupuestación y evaluación de las

Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud con la finalidad que se desarrollen de acuerdo a las políticas, normas y lineamientos aplicables.

3. Coordinar la difusión de los lineamientos y políticas establecidas en materia de programación

y presupuestación a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud con la finalidad de cuenten con instrumentos presupuestarios claros, oportunos y confiables, para la elaboración de sus programas.

4. Coordinar el Plan Operativo anual de la Secretaría de Salud de acuerdo a los lineamientos

emitidos en esta materia con la finalidad de ser enviados para su trámite ante las dependencias estatales y federales para su autorización y ser ejercido por la Unidades Administrativas de esta Secretaría.

5. Gestionar ante las instancias federales y estatales, los recursos requeridos en situaciones

extraordinarias como contingencias climatológicas y desastres naturales que se presenten

con el propósito de atender de forma oportuna y expedita a los servicios afectados.

6. Coordinar la aplicación y seguimiento del Sistema Estatal de Planeación Democrática del

Sector Salud (SIESPLADES), en base a los lineamientos establecidos en esta materia a fin

de coadyuvar a la consecución de los objetivos Federales y Estatales.

7. Coordinar la difusión de los lineamientos y políticas que establezcan las instancias

normativas, para los procesos de Organización, Estadística y Evaluación en las Unidades

Administrativas, a fin de eficientar los programas y proyectos que se formulen en la

Secretaría de Salud.

8. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 44: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 44 de 133

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

OBJETIVO: Difundir los documentos normativos organizacionales, así como analizar y actualizar en

coordinación con las Unidades Administrativas, las Estructuras Orgánicas y los Manuales de

Organización y de Procedimientos; con la finalidad de definir las líneas de autoridad, grado de

responsabilidad, ámbito de competencia y los procesos funcionales que integran dicha

Secretaría.

FUNCIONES:

1. Integrar y analizar en coordinación con las Unidades Administrativas su Estructura Orgánica

en contraste con su funcionalidad, con la finalidad de orientarlas en los lineamientos y

normas establecidas para llevar a cabo el trámite de autorización ante la Dirección General

de Modernización e Innovación Gubernamental.

2. Evaluar en forma constante a las Unidades Administrativas de la Secretaría, con la finalidad

de verificar que sus áreas trabajen en base a su Estructura Orgánica autorizada.

3. Coordinar y orientar a las Unidades Administrativas en la actualización de sus Manuales de

Organización y de Procedimientos de acuerdo a los lineamientos establecidos por la

Dirección General de Modernización e Innovación Gubernamental con la finalidad de evitar

duplicidad en las funciones y detectar omisiones en el desarrollo de las mismas.

4. Coordinar y orientar a la Unidades Administrativas en la actualización de sus Manuales de

Procedimientos, de acuerdo a los lineamientos establecidos, por la Dirección General de

Modernización e Innovación Gubernamental, con el propósito de establecer procedimientos,

procesos y métodos que permitan realizar las actividades de manera más eficiente.

5. Participar en coordinación con la Unidad Jurídica en la actualización permanente del

Reglamento Interior de esta Secretaría con la finalidad de cumplir con la normatividad

establecida en esta materia, adaptándolo a los cambios estructurales.

6. Proponer e implantar acciones de Modernización Administrativa, organizacional y operativa,

mediante la formulación de técnicas de Desarrollo Organizacional a fin de incrementar la

motivación del personal de la Secretaría de Salud, para aumentar su eficiencia y la

productividad.

7. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 45: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 45 de 133

DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA

OBJETIVO:

Operar permanentemente los componentes del Sistema de Información en Salud, vigilando se

respeten los atributos de oportunidad, veracidad, cobertura y calidad en todos los niveles

aplicativos; proporcionando a los Directivos y Responsables de Programas, información que

permita la toma de decisiones en materia de Planeación, Implantación y Operación de los

Programas y Servicios que proporciona la Institución.

FUNCIONES:

1. Vigilar que los criterios y procedimientos de captación, producción y difusión de la

información estadística sean congruentes con las disposiciones en las Leyes Generales de

Salud y de Información Estadística y Geográfica.

2. Vigilar y difundir la normatividad tecnológica y los procesos de elaboración y actualización

de la información estadística de natalidad, mortalidad, morbilidad, factores demográficos y

recursos físicos y humanos de los diversos componentes del sistema estatal de

información, con el propósito de mejorar la calidad y recopilación de los datos y registros,

en los componentes del sistema de información en salud.

3. Difundir la información generada por el Sistema Estatal de información a las Unidades

Administrativas de la Secretaría, así como a las dependencias, entidades y personas que la

solicitan.

4. Capacitar en la generación, captación, producción y uso de la información de los diversos

componentes del sistema estatal de información.

5. Integrar, actualizar, analizar y evaluar la información estadística en salud captada,

procesada y presentada por los órganos desconcentrados, jurisdicciones sanitarias,

unidades de atención médica privada e instituciones que conforman el sector salud, con la

finalidad de detectar omisiones y/o errores en la información, y solicitar su corrección y

validación ante los responsables de la integración de dicha información.

6. Coordinar el grupo de trabajo del Subcomité Estatal de Información para fortalecer al

Sistema de información del Sector.

7. Solicitar y gestionar ante la Secretaría de Salud federal, la dotación de los certificados de

nacimiento, defunción y muerte fetal; así como coordinar y controlar su distribución y uso

Page 46: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 46 de 133

correcto en las Unidades de Atención Médica y Hospitalarias que integran la Secretaría y el

sector, incluyendo las unidades que prestan servicios privados; con la finalidad de

mantener en niveles óptimos el abasto de dichos documentos en el estado.

8. Promover y vigilar el adecuado uso de la Clasificación Internacional de Enfermedades de

acuerdo a las disposiciones de la Dirección General de Información en Salud.

9. Integrar el sistema de información estadística en sus componentes de Servicios, Egresos

Hospitalarios, Defunciones, Urgencias, Nacimientos y, recursos físicos y humanos de la

Secretaría de Salud del Estado.

10. Coordinar la actualización del sistema de información de la infraestructura física en salud

con la finalidad de mantener actualizado los recursos físicos y humanos de la Secretaría

de Salud.

11. Establecer los mecanismos de coordinación que permitan poner a disposición de las

dependencias de la administración pública municipal, estatal y federal, la información

estadística en salud que se genera e integra en la Secretaría de Salud del Estado y el

sector, con el propósito de ofrecer una base sólida sobre la cual tomar decisiones de

políticas públicas.

12. Dar seguimiento a los indicadores de evaluación establecidos por la federación, con la

finalidad de medir la eficiencia de los programas y proyectos de la Secretaría de Salud,

13. Difundir en las instituciones que conforman el Sector Salud, las Políticas y Lineamientos

para instrumentar el Modelo Estatal de evaluación en Salud.

14. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 47: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 47 de 133

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN Y SEGUIMIENTO PRESUPUESTAL

OBJETIVO:

Elaborar, coordinar y controlar el sistema de Integración Presupuestal de la Secretaría de

Salud, de acuerdo a las Políticas nacionales y estatales, en base a los documentos rectores

del Plan Nacional de Desarrollo, Plan Nacional de Salud, Plan Estatal de Desarrollo, y

Programa Sectorial de Salud, Seguridad, y Asistencia Social 2007-2012 y el Diagnóstico de

Salud, realizando las gestiones necesarias ante las instancias Federales y Estatales para

obtener los recursos suficientes para el financiamiento de los Proyectos que se generen, así

como el seguimiento y control del ejercicio del presupuesto en base a la normatividad

establecida en la materia.

FUNCIONES:

1. Integrar el Programa Operativo Anual de las Unidades Administrativas, para su trámite ante

las dependencias normativas estatales y federales, en base a la Programación establecida

por el Departamento de Políticas y Evaluación.

2. Registrar ante las instancias normativas los proyectos de inversión y gasto corriente, de

todas las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud, para la liberación de los

recursos del ejercicio correspondiente, de acuerdo con la normatividad.

3. Participar en la integración del anteproyecto de presupuesto de egresos del Sector Salud,

Seguridad y Asistencia Social, para su validación por las dependencias normativas

estatales y federales, mediante el acta correspondiente.

4. Difundir las políticas de gasto establecidas por las dependencias normativas del ejecutivo federal y estatal con respecto al avance físico financiero del presupuesto y metas programadas de las Unidades Administrativas, órganos desconcentrados, Jurisdicciones Sanitarias y la propia Secretaría de Salud; así como validar y autorizar las modificaciones presupuestales de ampliación, reducción, cancelación, transferencia y redistribución de recursos de la Secretaría.

5. Recepcionar e integrar los reportes mensuales del avance físico-financiero del presupuesto

del gasto en salud y de metas programadas de las Unidades Administrativas; con la

finalidad de informar y dar cumplimiento a la normatividad establecida en esta materia,

ante las dependencias normativas del Ejecutivo Federal y Estatal.

6. Coadyuvar con las Subsecretarías de Salud Pública y Servicios de Salud, para elaborar la

presupuestación de los proyectos para cubrir los servicios de salud en contingencias y

desastres naturales que se presenten, basados en las normas Estatales y las reglas de

operación del Fondo Nacional de Desastres Naturales (FONDEN) emitidas por el Ejecutivo

Federal.

Page 48: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 48 de 133

7. Integrar en coordinación con el Departamento de Políticas y Evaluación, en la elaboración

del presupuesto por programas, carteras de proyectos prioritarios de inversión, programas

sectoriales, regionales y especiales de las Unidades Administrativas de la Secretaría, y

verificar su congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo (PLED) y con el Plan Nacional de

Desarrollo.

8. Registrar y vigilar en coordinación con el área de Políticas y Evaluación el cumplimiento de

las obligaciones generadas a partir de la firma de los convenios de coordinación y

participación en el ámbito de su competencia, con la apertura de proyectos por los

responsables de la ejecución de cada Convenio suscrito.

9. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 49: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 49 de 133

DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS Y PROGRAMACIÓN

OBJETIVO:

Difundir y en su caso emitir las Políticas, Lineamientos y criterios para definir el Programa de

Inversión de la Secretaría de Salud, así como llevar a cabo el proceso de Programación de las

Unidades Administrativas; e integrar, analizar y evaluar la información referente al ejercicio

presupuestal, así como los indicadores de salud, establecidos en el Programa Nacional de Salud

y en el Programa Sectorial de Salud, Seguridad y Asistencia Social 2007 – 2012.

FUNCIONES:

1. Coordinar la elaboración del diagnóstico estatal de salud en coordinación con las

instituciones del Sector Salud y, áreas normativas y aplicativas de la Secretaría de Salud

a fin de instrumentar programas y proyectos de acción que den respuesta organizada a

las necesidades sociales en materia de salud.

2. Organizar el proceso de planeación estratégica del Sector Salud y delinear las acciones

en materia de salud a corto, mediano y largo plazo en concordancia con los lineamientos

establecidos por el Comité de Planeación y Desarrollo Estatal (COPLADE), para

garantizar la calidad y eficiencia de los servicios de Salud en congruencia con las

prioridades estatales.

3. Participar y presentar en el seno del Comité de Planeación y Desarrollo Estatal

(COPLADE) las acciones que se emprendan en materia de Salud, a fin de que se

alcance en los objetivos de nivel Regional.

4. Coordinar a las Unidades Administrativas de la Secretaría y las Dependencias que

integran el sector Salud, para la elaboración, integración y validación del Plan Estatal de

Desarrollo y el Programa Sectorial de Salud, Seguridad y Asistencia Social (PROSEC.

5. Validar presupuestalmente los Convenios autorizados por la federación, previamente

gestionados por la Dirección de Planeación, con la finalidad de verificar los

requerimientos financieros ordinarios y extraordinarios en materia de Salud.

Page 50: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 50 de 133

6. Coordinar e integrar la elaboración del Modelo de Atención a la Salud, y vigilar la

aplicación de sus lineamientos en coordinación con las Subsecretarías de Salud Pública y

Servicios de Salud, para ofrecer servicios con mayor calidad y oportunidad.

7. Establecer los lineamientos y vigilar su aplicación para la elaboración de los documentos

normativos que la Secretaría de Salud y el Sector Salud tengan que presentar de

acuerdo a las políticas establecidas previamente por las autoridades Federales y

Estatales.

8. Implementar las políticas, lineamientos y estrategias para la planeación y programación

de los Servicios Estatales de Salud, que emita la Secretaría de Salud con la finalidad de

contar con un sistema de control más eficiente de los recursos financieros.

9. Mantener actualizado el Plan Maestro de Infraestructura Física en Salud (PMI) con la

finalidad de cumplir con el Modelo de Atención y tener un mayor control y regulación de

las Unidades Médicas de la Secretaría de Salud.

10. Coadyuvar con la Subsecretaría de Salud Pública, la Subsecretaría de Servicios de Salud

y la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, en el proceso de programación,

con la finalidad de coordinar e integrar los proyectos de inversión de los programas en

materia de salud y del Plan Maestro de Infraestructura Física en Salud (PMI).

11. Impulsar la creación de un Sistema de Evaluación Programática con base a resultados,

para orientar de manera más eficiente el uso y destino de los recursos, así como

replantear o reforzar los objetivos, metas y estrategias establecidos en los Programas de

Salud.

12. Integrar y validar las metas de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud a

través del Diagnóstico de Salud, para que estas impacten en los objetivos planteados.

13. Difundir, en las instituciones que conforman el Sector Salud, las políticas y lineamientos

para instrumentar el Modelo Estatal de Evaluación en Salud.

14. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 51: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 51 de 133

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

OBJETIVO:

Implementar, coordinar y evaluar los procedimientos administrativos que permitan proveer los recursos materiales, financieros y humanos a las distintas unidades operativas con que cuenta la Secretaría de Salud en el Estado de Tabasco.

FUNCIONES:

1. Supervisar que el suministro de los recursos materiales y servicios a las unidades

operativas se efectúe de manera dinámica y oportuna.

2. Supervisar la adecuada administración de los recursos financieros con que cuenta la institución para el alcance de los objetivos de la misma.

3. Coordinar a través de la Subdirección de Recursos Humanos, la administración adecuada del personal con que cuenta la dependencia de acuerdo a la normatividad vigente.

4. Analizar los estados financieros que permitan proveer de información confiable para la toma de decisiones a nivel administrativo por parte del Secretario de Salud.

5. Efectuar acuerdos con el Secretario de Salud encaminados a implementar acciones en coordinación con las áreas involucradas para el alcance de los objetivos de la institución.

6. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico

Page 52: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 52 de 133

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS

OBJETIVO: Administrar adecuadamente los recursos humanos con que cuenta la institución a través de los procedimientos administrativos, legales y laborales que conlleven a un adecuado clima laboral y cumplimiento de la Normatividad. Ejecutando y asistiendo a la Dirección de Administración. FUNCIONES:

1. Cuantificar, costear y validar en su caso, los programas de reclasificación y requerimientos de recursos humanos que demanden las Unidades Administrativas de la Secretaría, en coordinación con las instancias competentes de la misma.

2. Coordinar y supervisar la aplicación de los procedimientos que se realizan en los

Departamentos de Relaciones Laborales, Operación y Pagos.

3. Supervisar y controlar las actividades encaminadas al cumplimiento de los aspectos legales en materia laboral contempladas en las Condiciones Generales de Trabajo.

4. Supervisar el cumplimiento de políticas y normas en materia de sueldos y salarios del

personal de la Secretaría de Salud.

5. Coordinar el envío de información necesaria en materia de servicios personales para la elaboración del presupuesto anual (federal y estatal) a la Dirección de Planeación.

6. Controlar las transferencias presupuestarias necesarias para el adecuado ejercicio de

partidas referente a servicios personales.

7. Supervisar la actualización de las plantillas de Personal

8. Supervisar las propuestas de nombramientos y cambios de personal de la Secretaría.

9. Coordinar la información para aceptar o rechazar el trámite de los diferentes movimientos del personal, como son cambios de adscripción, licencias, prórrogas, jornadas de trabajo, horarios especiales y presupuesto.

10. Supervisar el estricto cumplimiento de las políticas y normas en las contrataciones de

suplencias de empleo por incapacidad, licencias y vacaciones.

11. Supervisar los lineamientos para los trámites de los contratos emitidos por la Dirección de Calidad y Enseñanza en Salud como son: sustitutos de pasantes, servicios sociales y becas.

12. Coordinar los trámites y gestiones inherentes a la Subdirección, ante la oficina central en

la Ciudad de México.

Page 53: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 53 de 133

13. Proporcionar los documentos y datos necesarios a los sistemas de información de la Secretaría de Salud y al personal del Gobierno Federal que permitan la planeación y mejor aprovechamiento de los recursos humanos del sector.

14. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 54: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 54 de 133

DEPARTAMENTO DE OPERACIÓN OBJETIVO: Efectuar oportunamente los diversos movimientos que se generen del personal federal, recursos en formación, estatal y por contratos. Procesando en el sistema de nómina los pagos por vía ordinaria y extraordinaria, así como los trámites administrativos correspondientes, del personal estatal y de contratos ante Oficialía Mayor de Gobierno. FUNCIONES:

1. Integrar y actualizar las plantilla del personal federal, estatal y de contratos.

2. Realizar los diversos movimientos del personal federal, oportunidades y de recursos humanos en formación solicitando en su caso la autorización del nivel central.

3. Tramitar los movimientos del personal que labora en comunidades de bajo desarrollo por

tipo de movimiento, alta por baja, nuevo ingreso o reincorporaciones del personal al concepto.

4. Efectuar el trámite administrativo de las licencias médicas, cuidados maternos y gravidez

federales y estatales.

5. Realizar el trámite administrativo de faltas, pago del estimulo trimestral y anual del personal federal.

6. Realizar la contratación del personal federal de confianza, base y provisional.

7. Realizar los trámites de contratación del personal estatal ante la Oficialía Mayor.

8. Elaborar y revisar la contratación del personal eventual estatal.

9. Revisar y validar la contratación del personal federal, eventual de los diversos

programas.

10. Tramitar ante la delegación del ISSSTE los avisos de alta, bajas y modificaciones de sueldos.

11. Tramitar ante la Delegación Fonacot los créditos solicitados del personal estatal.

12. Tramitar ante la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Finanzas

los descuentos quincenales de los trabajadores estatales beneficiados con créditos del Fonacot.

13. Tramitar ante la Dirección de Tesorería de la Secretaría de Administración y Finanzas el

pago mensual de las retenciones a trabajadores estatales para ser entregados al Fonacot.

14. Preparación del sistema para la captura.

Page 55: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 55 de 133

15. Pre validación y afectación de la nomina.

16. Ejecución de programas para generación de nomina.

17. Generación de la nomina ordinaria, extraordinaria, retroactivo, pensión para pasar a

validación al Departamento de Pagos.

18. Procesos con terceros .

19. Envío de la información a México.

20. Elaboración de reportes.

21. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 56: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 56 de 133

DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES

OBJETIVO: Implementar los mecanismos reguladores, normativos y aplicativos contenidos en las Condiciones Generales de Trabajo que mantengan un clima laboral estable, armónico y productivo. FUNCIONES:

1. Supervisar los recursos humanos que cumplan con los requisitos de selección y reclutamiento.

2. Mantener una comunicación constante con los sindicatos existentes en la institución para

la solución de problemas de carácter laboral del personal sindicalizado que labora en la institución.

3. Mantener actualizado los expedientes del personal que labora en la Secretaría.

4. Realizar trámites administrativos relacionados con licencias, hoja de servicios, permutas,

cambios de adscripción, estímulos, constancias de antigüedad, trámites con las aseguradoras, cartas de presentación, de terminación de contratos.

5. Integrar y llevar a efecto lo dispuesto en las Condiciones Generales de Trabajo

Federales y Estatales referente a las comisiones mixtas de seguridad e higiene, de vestuario y equipo, de escalafón, de becas, de productividad y formar parte de la comisión central de capacitación así como de las gestiones que se deriven de estas comisiones ante las comisiones nacionales.

6. Llevar el sistema de control de asistencia del personal de oficina central en todos los

tipos de contrato que tienen los trabajadores.

7. Apoyar y asesorar a las unidades operativas en la aplicación de las Condiciones Laborales de trabajo, para evitar conflictos laborales.

8. Realizar los trámites necesarios para los pagos del día de las madres, día de reyes,

uniformes, y otras prestaciones adicionales.

9. Realizar los trámites ante las instancias correspondientes relacionados con los prestamos de los trabajadores.

10. Hacer extensivas a las diferentes unidades de las Secretaría de las normas, reglamentos

y/o modificaciones que remitan las Instancias Normativas de la Secretaría de Salud en México, así como la Oficialía Mayor de Gobierno del Estado.

11. Mantener actualizado el manual de organización en cuanto al área de relaciones

laborales se refiere.

12. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 57: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 57 de 133

DEPARTAMENTO DE CONTROL DE NOMINAS Y PAGOS

OBJETIVO: Efectuar oportunamente los diversos movimientos que se generen del personal federal, recursos en formación, estatal y por contratos. Procesando en el sistema de nómina los pagos por vía ordinaria y extraordinaria, así como los trámites administrativos correspondientes, del personal estatal y de contratos ante Oficialía Mayor de Gobierno. Con objeto de Efectuar el pago de la nómina de los servidores públicos de acuerdo a la programación establecida y conforme a la normatividad vigente administrando el presupuesto de servicios personales.

FUNCIONES:

1. Llevar a cabo el registro y control de las remuneraciones del personal de la Institución.

2. Participar en la elaboración del Programa Anual de Trabajo del Departamento de Nóminas e informar trimestralmente sobre su avance.

3. Formular estudios que sirvan de base para definir la política salarial y el impacto fiscal de las remuneraciones.

4. Procesar la nómina de pagos; vigilar que operen los movimientos e incidencias procedentes, de conformidad con la normatividad aplicable; y emitir los reportes necesarios.

5. Emitir, verificar y distribuir los comprobantes de percepciones y deducciones de los pagos generados mediante la nómina o enviados para su pago

6. Realizar el seguimiento al ejercicio presupuestal en materia de pago de remuneraciones y, en su caso, solicitar las afectaciones presupuestales conforme a las necesidades de la operación

7. Elaborar los reportes del ejercicio presupuestal relativo a los pagos de remuneraciones del personal.

8. Controlar el archivo de percepciones y retenciones registradas en la nómina para emitir las constancias anuales correspondientes.

9. Efectuar en términos de ley, las deducciones y descuentos en la nómina correspondiente.

10. Aplicar las retenciones legales al sueldo de los servidores públicos tales como: Impuestos sobre el Producto del Trabajo, Servicio de Salud, Fondo de Pensiones, Sistema de Capitalización Individual, entre otros.

11. Realizar los descuentos al sueldo del personal que por solicitud de las instituciones judiciales, comerciales o civiles correspondan, como la pensión alimenticia, créditos, préstamos hipotecarios, seguros, FONACOT, entre otros.

12. Calcular y tramitar el pago de los finiquitos al personal dado de baja en términos de Ley.

Page 58: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 58 de 133

13. Tramitar en coordinación con tesorería la transferencia electrónica de la nómina.

14. Tramitar ante la Institución Bancaria la expedición y reposición de tarjetas de débito.

15. Programar y entregar oportunamente el comprobante de ingresos del servidor público.

16. Remitir en tiempo y forma la solicitud de recursos presupuestales, correspondiente a la partida de sueldos, a las áreas que corresponden en referencia a Programación y Presupuesto.

17. Mantener actualizado el sistema de nóminas de acuerdo a los requerimientos y necesidades de la Institución.

18. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 59: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 59 de 133

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS

OBJETIVO:

Establecer un sistema administrativo que permita el óptimo control y suministro de los recursos financieros a las distintas unidades de la Secretaría de Salud. Ejecutando, colaborando, vigilando y asistiendo a la Dirección de Administración.

FUNCIONES:

1. Organizar, coordinar, dirigir y supervisar las actividades de los diferentes Departamentos de control presupuestal, tesorería y contabilidad, de acuerdo a las normas y los procedimientos establecidos.

2. Coordinar el comportamiento presupuestal de las diversas Jurisdicciones, Hospitales,

Centros de Salud y Unidades de Apoyo.

3. Coordinar el ejercicio presupuestal de los diversos programas de la Secretaría de Salud.

4. Supervisar la oportuna y adecuada comprobación de los recursos.

5. Coordinar el anteproyecto de presupuesto de la Secretaría de Salud.

6. Tramitar oportunamente la liberación de los recursos estatales y federales.

7. Elaborar los estados presupuestales que reflejen el comportamiento presupuestal de los programas.

8. Autorizar la recepción y trámite de la documentación que genere el ejercicio de los

recursos de los diferentes programas.

9. Proporcionar información presupuestal a los encargados de los diferentes programas.

10. Elaborar información financiera para su envió ante la Secretaría de Administración y Finanzas.

11. Realizar gestiones ante las Direcciones de la Secretaría Federal de Salud, que ayuden

a agilizar los trámites de los casos planteados.

12. Elaborar las evaluaciones trimestrales que solicita la Secretaría de Contraloría.

13. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 60: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 60 de 133

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD OBJETIVO: Registrar de forma eficaz y eficiente las operaciones financieras que lleva a cabo la dependencia en los sistemas contables establecidos conforme a la ley de presupuesto, contabilidad y gasto público del Estado de Tabasco.

FUNCIONES:

1. Elaborar los Estados Financieros básicos con periodicidad mensual.

2. Elaborar informe contables para varios de usos interno

3. Presentar declaraciones informativas (DIOT)

4. Elaborar conciliaciones contables de la cuenta de almacén de bienes consumibles y activos fijos (bienes muebles) en coordinación con la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales

5. Elaborar la declaración mensual de impuestos federales retenidos.

6. Registrar y controlar las operaciones de los ingresos propios por cuotas de recuperación

7. Proporcionar información contable y financiera a requerimiento por escrito de autoridad

competente.

8. Decepcionar, registrar y controlar documentación original de los diversos programas especiales para su ejercicio.

9. Resguardar y archivar la documentación original soporte de las operaciones contables

realizadas.

10. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 61: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 61 de 133

DEPARTAMENTO DE CONTROL PRESUPUESTAL

OBJETIVO:

Elaborar los procedimientos y programas presupuestales acordes a las necesidades reales de la Secretaria de Salud.

FUNCIONES:

1. Llevar el control del presupuesto estatal y federal en sus rubros de gasto corriente e

inversión.

2. Elaborar la evaluación trimestral financiera que se presenta ante la Contraloría de Gobierno.

3. Proporcionar información presupuestal, a las áreas y unidades aplicativas

correspondientes.

4. Elaborar el informe del ejercicio presupuestal mensual y anual ante la Secretaria de salud en México.

5. Llevar acabo alguna otra actividad que le asigne la Subdirección de Recursos

Financieros.

6. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico

Page 62: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 62 de 133

SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACION Y MANTENIMIENTO

OBJETIVO:

Planear, coordinar y evaluar las obras y acciones de construcción, conservación y mantenimiento de la infraestructura física, así como de equipos médicos y electromecánicos de las unidades de salud, se realicen con calidad en estricto apego a las normas y procedimientos legales, administrativos y técnicos. Ejecutando, colaborando, vigilando y asistiendo a la Dirección de Administración.

FUNCIONES:

1. Coordinar la difusión e implementación entre los departamentos de mantenimiento y directores de unidades de las normas técnicas aplicables que brinden mayor seguridad y confiabilidad en las instalaciones y equipos destinados al cuidado de la salud de la población.

2. Coordinar la capacitación del personal técnico y administrativo relacionado con el

mantenimiento en las unidades de salud.

3. Brindar apoyo y asesoría a las diferentes unidades en los tres niveles de atención.

4. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 63: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 63 de 133

DEPARTAMENTO DE PRECIOS UNITARIOS Y PROYECTOS

OBJETIVO:

Optimizar el aprovechamiento de los recursos financieros destinados a la conservación y mantenimiento de las diferentes unidades en los tres niveles de atención.

FUNCIONES:

1. Hacer las licitaciones de las acciones de conservación y mantenimiento de los

diferentes programas de inversión.

2. Analizar los precios unitarios, para determinar los presupuestos bases de las acciones de conservación, mantenimiento y construcción que se realizan en la Secretaría de Salud.

3. Hacer conciliación de precios unitarios con las dependencias normativas.

4. Elaborar, coordinar y normar los proyectos de obra nueva, ampliación, remodelación, conservación y mantenimiento.

5. Mantener actualizado los planos de todas y cada una de las unidades médicas de

apoyos existentes.

6. Participar con los otros departamentos de la subdirección de conservación y mantenimiento en la elaboración de propuestos anuales.

7. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 64: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 64 de 133

DEPARTAMENTO DE CONSERVACIÓN Y SUPERVISION

OBJETIVO:

Coordinar acciones de conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles propiedad de la secretaria de salud.

FUNCIONES:

1. Establecer un programa de rutinas de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles para proteger la vida útil de los mismos.

2. Intervenir en la elaboración de los presupuestos anuales de conservación y

mantenimiento, en materia de obra civil.

3. Formar y adiestrar eficazmente el equipo de supervisión tanto técnico como operativo.

4. Coordinar el levantamiento de necesidades de mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles para conocer el estado de operación en el que se encuentran y poder fijar las prioridades en su caso.

5. Elaborar el calendario de supervisión de obras, de las acciones que realiza esta

subdirección conjuntamente con sus departamentos.

6. Coordinar acciones de mantenimiento preventivo a obra civil, instalaciones eléctricas, hidráulicas, sanitarias, en las diferentes unidades con personal técnico.

7. Vigilar las acciones de conservación y mantenimiento de los bienes muebles e

inmuebles que se subrogan a terceros se ejecuten de acuerdo a los catálogos de conceptos, programa de obra y calidad establecidos para cada caso.

8. Elaborar un informe periódicamente de las acciones de conservación y mantenimiento que se ejecutan en los bienes muebles e inmuebles para determinar los avances y resultados del programa.

9. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 65: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 65 de 133

DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS

OBJETIVO: Dar apoyo y asesoría técnica a las diferentes unidades de los tres niveles de atención para que los equipos médicos y electromecánicos operen en condiciones óptimas. FUNCIONES:

1. Elaborar, implantar y actualizar los programas de mantenimiento de equipos médicos y electromecánicos de toda la infraestructura, fijando prioridades y respetando los lineamientos establecidos por las dependencias normativas.

2. Intervenir en la elaboración de los presupuestos anuales para poder contar con los

recursos financieros necesarios para su operación.

3. Elaborar e implantar el programa de rutina de mantenimiento preventivo a equipos médicos y electromecánicos de las unidades médicas.

4. Instrumentar programas permanentes de adiestramiento y capacitación del personal

técnico responsable de la ejecución de las acciones de conservación y mantenimiento de equipos.

5. Atender las solicitudes de mantenimiento de equipos que envíen las jurisdicciones

sanitarias y unidades médicas responsables.

6. Operar y vigilar el funcionamiento del taller fijo de conservación y mantenimiento de equipos.

7. Hacer recorridos rutinarios de evaluación y reparación en unidades móviles de

conservación y mantenimiento con personal propio a las diferentes unidades en las cabeceras municipales, unidades de segundo y tercer nivel.

8. Intervenir en la subrogación de servicios con terceros de los equipos de patente de las

unidades, a través de pólizas de servicios anuales protegiendo la vida útil de los equipos.

9. Establecer fondos fijos de refacciones para el mantenimiento de equipos médicos con personal propio del taller de o directamente en las unidades médicas cuando se trate de equipos fijos.

10. Elaborar un informe periódicamente sobre los avances y resultados de las acciones de

conservación y mantenimiento de los equipos médicos y electromecánicos del taller de mantenimiento.

11. Optimizar el funcionamiento de los equipos ya existentes a fin de que cada unidad pueda

dar un servicio de buena calidad y acorde a su comunidad mediante el mantenimiento preventivo y correctivo incluyendo todos los niveles de atención medica con optimización de recursos.

Page 66: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 66 de 133

12. Sistematizar las actividades de conservación y mantenimiento en todas las unidades de la secretaria de salud.

13. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 67: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 67 de 133

SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES: OBJETIVO: Proporcionar de manera continua y dinámica los recursos materiales y servicios a todas las unidades que integran la Secretaría de Salud. Ejecutando, colaborando, vigilando y asistiendo a la Dirección de Administración.

FUNCIONES:

1. Supervisar y coordinar, organizar y dirigir las actividades inherentes a los Departamentos

de Servicios Generales, Adquisiciones, Almacén e Inventarios, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos.

2. Coordinar y supervisar las acciones a desarrollar de las oficinas de transporte y archivos,

correspondencias, en base al Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

3. Coordinar con las Direcciones Generales de los diversos hospitales y jurisdicciones, el abastecimiento y suministro de insumos.

4. Elaborar el programa anual de adquisiciones, de mantenimiento y servicios que

requieren los órganos de la Secretaría de Salud de acuerdo con el presupuesto aprobado.

5. Elaborar y coordinar con el nivel central el consolidado de medicamentos y material para

las Jurisdicciones y Hospitales.

6. Fungir como Secretario Ejecutivo del Comité de Adquisiciones de la Secretaría de Salud.

7. Tramitar y elaborar la contratación de los servicios de fotocopiado, teléfono, luz, agua, impresiones, vigilancia, transporte, intendencia, modernización y equipo de oficina, bienes muebles e inmuebles, previa autorización del Comité de Adquisiciones.

8. Supervisar el control físico de los bienes muebles propiedad de la Secretaría de Salud.

9. Autorizar previo acuerdo de la Dirección de Administración los movimientos de altas,

transferencias y bajas de los bienes muebles.

10. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 68: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 68 de 133

DEPARTAMENTO DE ALMACEN E INVENTARIOS OBJETIVO: Mantener un control adecuado de los activos fijos de la Secretaría de Salud en el Estado de Tabasco, así como la distribución, altas y bajas de los mismos de acuerdo a las necesidades de las unidades operativas de la Secretaría y proporcionar a las unidades operativas de la Secretaría de Salud, los insumos necesarios para su adecuado funcionamiento.

FUNCIONES:

1. Efectuar la recepción de los activos fijos asignados a la Secretaría de Salud en el Estado, canalizando los registros contables con la Subdirección de Recursos Financieros.

2. Controlar los activos fijos asignados a las distintas unidades operativas de la Secretaría

de Salud.

3. Resguardar el activo fijo (equipo instrumental y de transporte) de la Secretaría de Salud.

4. Realizar el inventario físico del activo fijo de la Secretaría de Salud.

5. Entregar equipos médicos a las unidades operativas, jurisdicciones y hospitales de la Secretaría de Salud.

6. Realizar el informe mensual del área de inventarios.

7. Elaborar el programa anual de abasto y suministro que garantice la disposición de los

recursos materiales en las diferentes unidades operativas de la Secretaría de Salud.

8. Coordinar y supervisar la recepción de los insumos de los proveedores que venden a la Secretaría de Salud.

9. Almacenar y resguardar los insumos propiedad de la Secretaría de Salud.

10. Elaborar, supervisar y controlar el programa de caducidad de insumos para el suministro

a las unidades operativas de la Secretaría de Salud.

11. Elaborar el programa de distribución y abastecimiento de insumo que garantice a las unidades contar con ello en el tiempo oportuno de acuerdo a sus necesidades.

12. Estructurar el programa de requerimiento básico de las unidades operativas de la

Secretaría de Salud.

13. Coordinar a los miembros que forman parte del Departamento (Administrativo, bodega y vigilancia del almacén).

14. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 69: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 69 de 133

DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES

OBJETIVO: Adquirir los recursos materiales y suministros al área de abastecimiento y almacén para la debida entrega de éstos a las distintas unidades de la Secretaría de Salud, utilizando mecanismos administrativos que para tal fin establece la normatividad.

FUNCIONES:

1. Programar y llevar a cabo las adquisiciones de bienes y servicios que requiera la Secretaría de Salud asegurándose del cumplimiento de la normatividad aplicable.

2. Verificar, revisar y realizar la contratación de acuerdo al presupuesto autorizado,

asegurándose del cumplimiento de la normatividad y periodos de entrega.

3. Efectuar las compras correspondientes a material de oficina, de limpieza, de cómputo, sustancias químicas y de laboratorio correspondientes a la Administración Federal.

4. Realizar las cotizaciones correspondientes para el análisis de proveedores y seleccionar

uno que ofrezca calidad, precio y tiempo de entrega adecuado.

5. Efectuar el trámite y control de solicitud de abastecimiento y requisiciones con cargo al presupuesto.

6. Verificar en coordinación con la Subdirección de Recursos Financieros la existencia de

saldos en los programas, subprogramas y partidas que serán afectadas.

7. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico

Page 70: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 70 de 133

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES

OBJETIVO: Mantener en óptimas condiciones de conservación las instalaciones de las Oficinas Centrales, así como el suministro oportuno de los servicios de transporte, impresión, fotocopiado y papelería de los diferentes Departamentos y el mantenimiento oportuno a las unidades de transporte, mobiliario y equipo de oficina, para contribuir al alcance de los objetivos de la institución. Apoyar y coordinar en el programa de protección civil.

FUNCIONES:

1. Gestionar y tramitar los servicios de reparaciones que las unidades de transporte requieran de acuerdo a la normatividad vigente.

2. Vigilar y supervisar que cada unidad operativa cuente con los accesorios y herramientas

básicas estipuladas en el Reglamento de Tránsito del Estado.

3. Controlar, coordinar y efectuar el control pormenorizado del gasto por unidad de transporte.

4. Verificar que se dé uso adecuado a la flota vehicular con que cuenta la Secretaría de

Salud.

5. Coordinar, supervisar y controlar el suministro de combustible y lubricantes para las unidades de transporte bajo su responsabilidad.

6. Efectuar los trámites respectivos para dar de baja a las unidades ante inventarios.

7. Vigilar el mantenimiento y funcionamiento adecuado de los servicios que se tienen en

Oficinas Centrales.

8. Mantener en óptimas condiciones de higiene, las instalaciones de las Oficinas Centrales.

9. Verificar el buen funcionamiento del equipo de oficina, de los diferentes Departamentos de las Oficinas Centrales.

10. Coordinar, supervisar y regular el funcionamiento del servicio de impresión y

fotocopiado.

11. Suministrar los equipos de oficina y papelería a los diferentes Departamentos de las Oficinas Centrales.

12. Realizar gestiones de servicios como son agua, luz y mantenimiento a edificios.

13. Controlar la plantilla de choferes asignada a las Oficinas Centrales.

14. Realizar gestiones de mantenimiento preventivo y correctivo de las unidades de

transporte de la Secretaría de Salud.

Page 71: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 71 de 133

15. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Page 72: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 72 de 133

SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS DE SALUD OBJETIVO:

Coordinar, gestionar y evaluar los Procesos de Atención Médica para elevar la Calidad de los

Servicios de Salud que se otorgan a la población, garantizando la eficacia y eficiencia de los

mismos.

.

FUNCIONES:

1. Conducir, coordinar y dar seguimiento a las funciones de las seis unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría, sin menoscabo de los asuntos encomendados por el C. Secretario de Salud hasta su conclusión, informándole permanentemente de los avances durante el proceso.

2. Integrar evaluaciones trimestrales gerenciales de las actividades desarrolladas por la

Subsecretaría, cuatro Direcciones y dos Unidades que la integran, con estricto

seguimiento de las recomendaciones que se deriven de ellas y que garanticen el buen

funcionamiento de las mismas.

3. Analizar, definir, reformar y ejecutar, con apego a la normatividad federal establecida, el

Modelo Integral de Atención a la Salud, que garantice el alcance de los objetivos

establecidos por la Secretaría.

4. Gestionar y promover la celebración de convenios, contratos o acuerdos de colaboración

que en materia de salud de la competencia de esta Subsecretaria, para el cumplimiento de los programas y acciones con las Entidades de los Sectores Públicos, Social Privado así mismo, prever el establecimiento de mecanismos de referencias, contra-referencias y complementación, entre los servicios de salud y sus diferentes niveles de organización y operación;

5. Integrar, revisar, analizar y poner a consideración del Secretario, los programas, estudios, proyectos, acuerdos, contratos y convenios (institucionales e intersectoriales) que sean necesarios para el buen desempeño de las unidades administrativas de responsabilidad.

6. Realizar evaluaciones periódicas, sobre el desempeño del personal adscrito a la Subsecretaría y Unidades Administrativas de responsabilidad, que permitan medir la productividad y con base a ello proponer al Secretario los ingresos y promociones del personal a su cargo.

7. Fomentar, coordinar y conducir, los anteproyectos de iniciativa de ley, Reglamentos,

Decretos, Acuerdos y Órdenes, así como los Manuales de Organización, Procedimientos

y Servicios que sean de la competencia de esta Subsecretaría y Unidades

Page 73: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 73 de 133

Administrativas de responsabilidad.

8. Coordinar y apoyar la implementación de mecanismos que eleven la calidad de los servicios de atención médica hospitalaria que faciliten la certificación de los hospitales.

9. Apoyar técnicamente la descentralización de los Servicios de Salud y la modernización administrativa.

10. Coordinar, fortalecer y evaluar el sistema de atención a la demanda ciudadana, en el ámbito de competencia, emitiendo informes periódicos para el C. Secretario y demás que intervengan en dicho sistema.

11. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 74: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 74 de 133

DIRECCION DE ATENCION MÉDICA

OBJETIVO: Proporcionar servicios de salud oportunos, de calidad, con alto sentido humano, asegurando los insumos básicos específicos que satisfagan las principales necesidades y demandas de los usuarios y prestadores de servicios de salud, que nos permita elevar el nivel de salud de la población de responsabilidad FUNCIONES: 1. Establecer, planear, evaluar y controlar los Servicios de Atención Médica que correspondan

al Sistema Estatal de Salud.

2. Definir los criterios de distribución del universo de usuarios y la regionalización de los

servicios de salud por niveles de atención de acuerdo al Modelo Integral de Atención a la

Salud para la Población afiliada al Sistema de Protección Social en Salud y sin seguridad

social.

3. Proponer, para su validación, a la Subsecretaría de Servicios de Salud, las obras de nueva

creación, sustitución y/o remodelación de Unidades Médicas Operativas de acuerdo a las

necesidades sanitarias y epidemiológicas de la población usuaria e inclusión al Plan Sectorial

de Infraestructura en Salud.

4. Determinar las necesidades de Recursos Humanos y Materiales que nos permitan la

prestación de los Servicios, acorde a los avances científicos y tecnológicos de la medicina en

base al diagnóstico situacional sectorial.

5. Coadyuvar en el proceso de Programación Presupuestación de los Proyectos y

Programación del Área.

6. Coordinar la prestación de servicios de atención médica, tanto en Atención Primaria a la

Salud como en Atención Especializada.

7. Coordinar la Atención Médica en el ámbito Intra y Extramuros en Unidades Médicas Fijas,

Semifijas e Itinerantes (Caravanas de la Salud).

8. Difundir las Normas, Métodos y Procedimientos de los Servicios Médicos y Paramédicos.

9. Supervisar y asesorar el funcionamiento adecuado de las Unidades Médicas de acuerdo a

los estándares previamente establecidos que garanticen la mejora continua de los servicios

médicos para incrementar la calidad de la atención médica.

10. Formular, programar y apoyar la incorporación gradual de Sistemas innovadores de gestión

en las Unidades Hospitalarias, adscritas a esta Secretaría.

11. Coordinar el levantamiento de la tarjeta censal comunitaria, a fin de coadyuvar en la

elaboración del diagnóstico de Salud Estatal.

Page 75: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 75 de 133

12. Evaluar trimestralmente el informe de actividades de las unidades de Atención Medica.

13. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 76: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 76 de 133

SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN PRIMARIA A LA SALUD OBJETIVO: Lograr que las unidades de Atención Primaria a la Salud, cuenten con los recursos humanos, equipamiento e insumos necesarios para una atención de calidad y calidez acorde a la demanda de la población. FUNCIONES:

1. Planear, establecer, controlar y evaluar los servicios de atención médica de primer nivel de atención que corresponden a la Secretaría de Salud del Estado.

2. Contextualización de la infraestructura de los servicios de salud en los planos geográficos y demográficos a través del estudio de regionalización operativa.

3. Integrar la información elaborada por las Jurisdicciones Sanitarias para el análisis de las propuestas de obras de nueva creación, sustitución y/o remodelación de unidades médicas operativas de primer nivel de atención, de acuerdo a las necesidades sanitarias y epidemiológicas de la población usuaria e inclusión al plan sectorial de infraestructura en salud.

4. Determinar las necesidades de recursos humanos y materiales que permitan la prestación de servicios de salud en el primer nivel de atención, acorde a los avances científicos y tecnológicos de la medicina con base en el diagnóstico situacional sectorial.

5. Participar en el establecimiento de mecanismos para la programación–presupuestación de medicamentos, mobiliario, instrumental y equipo médico.

6. Coordinar la prestación de servicios de atención médica en las unidades de Atención Primaria en Salud.

7. Coordinar la prestación de los servicios médicos mediante la estrategia de extensión de cobertura a través de las unidades móviles de Caravanas de la Salud.

8. Coordinar la programación de atención específica del programa OPORTUNIDADES.

9. Instrumentar los lineamientos para la y formulación y utilización del diagnóstico de salud en las Jurisdicciones Sanitarias y asesorarlos para su implementación.

10. Difundir las normas, métodos y procedimientos de los servicios médicos y paramédicos en unidades de primer nivel de atención.

11. Supervisar y asesorar la correcta aplicación de los procedimientos establecidos por el modelo de atención en la salud, de acuerdo a los estándares previamente establecidos que garanticen la mejora continua de los servicios médicos de primer nivel de atención.

12. Coordinar el levantamiento de la tarjeta censal comunitaria a fin de coadyuvar en la elaboración del diagnóstico de salud estatal.

Page 77: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 77 de 133

13. Evaluar trimestralmente el informe de actividades de las unidades de atención médica de primer nivel de atención.

14. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 78: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 78 de 133

DEPARTAMENTO DE ESTOMATOLOGÍA OBJETIVO GENERAL: Promover, prevenir y proteger la salud bucal de la población Tabasqueña, para disminuir la carga de morbilidad bucal, coadyuvando a mejorar su calidad de vida. FUNCIONES: 1. Integrar y promover el esquema básico de prevención en salud bucal en la Estrategia

Nacional de Promoción y Prevención para una mejor Salud.

2. Colaborar para establecer el Panorama Epidemiológico de las Patologías Bucales en el país.

3. Coordinar acciones con los sectores público, social y privado para fortalecer las estrategias del programa.

4. Realizar investigación y estudios sobre determinantes en materia de salud bucal.

5. Implementar la estrategia “Niños y Niños Libres de Caries Dental a través del Sistema de

Atención Gradual en escolares de 1º. A 6º. Grado de primaria en las escuelas inscritas en el programa.

6. Integrar y promover las acciones de componente de Salud Bucal para la estrategia de

Caravana de la Salud.

7. Asesorar técnicamente a los responsables de programas estatal y personal operativo para la instrumentación del Componente Salud Bucal en el sistema de Protección Social en Salud.

8. Coadyuvar para mejora del Programa de Fluoruración de la Sal de Mesa para consumo

humano.

9. Ampliar cobertura de Servicio de atención bucal a través del Tratamiento Restaurativo A traumático.

10. Intervenir en los programas de atención a la infancia, y adolescencia, adulto mayo y adulto

mayor, salud reproductiva y atención integral VIH/SIDA, así como personas con capacidades diferentes.

11. Capacitar al personal de odontología de los servicios de salud en materia de promoción,

prevención control y tratamientos de las enfermedades bucales, SIVEPAB, información en salud y evaluación.

12. Promover la correcta asignación de recursos materiales y financieros para el desarrollo de

las actividades del programa.

13. Evaluar trimestralmente el desempeño de las estrategias del programa.

14. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 79: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 79 de 133

DEPARTAMENTO DE SUPERVISION DE ATENCION PRIMARIA A LA SALUD OBJETIVO: Establecer la supervisión como un mecanismo que permita identificar áreas Oportunidad en los procesos que realizan los equipos de supervisión de nivel jurisdiccional e implementar asesorías para el adecuado cumplimiento de sus funciones. FUNCIONES: 1. Capacitar a los coordinadores y equipos de supervisión jurisdiccional en las cédulas

específicas de supervisión, para su adecuada aplicación.

2. Sistematizar la supervisión mediante la implementación en todas las Jurisdicciones

Sanitarias de cédulas específicas de supervisión, que permitan identificar las Necesidades

de recursos humanos, estructura, mobiliario, equipo, instrumental y medicamentos, así como

también dar seguimiento a cada uno de los programas prioritarios que se realizan a nivel

operativo.

3. Asesorar y retroalimentar en las jurisdicciones sanitarias a los coordinadores y a los equipos

de supervisión jurisdiccional con base a las áreas de oportunidad detectadas.

4. Evaluar mensualmente la productividad de los equipos de supervisión jurisdiccional.

5. Informar los resultados de las supervisiones estatales a la Subdirección de Atención

Primaria a la Salud, para favorecer la toma de decisiones con base a las áreas de

oportunidad detectadas en el cumplimiento de la normatividad vigente.

6. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 80: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 80 de 133

COORDINACIÓN DE OPORTUNIDADES OBJETIVO: Coordinar las estrategias del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades en base a las Reglas de Operación vigentes, favoreciendo el desarrollo de las capacidades de educación, salud y nutrición de las familias beneficiarias del Programa. FUNCIONES: 1. Elaboración del Programa Operativo Anual.

2. Efectuar la planeación, programación, presupuestación, coordinación, control y seguimiento,

del Programa, con base en los lineamientos normativos establecidos en las Reglas de Operación y los determinados por la CNPSS.

3. Establecer de manera coordinada la Operatividad del Programa, en las Unidades Médicas

Fijas y Caravanas de Salud, de las Jurisdicciones Sanitarias, aplicando las Reglas de Operación Vigentes.

4. Promover y Coordinar la organización, control y supervisión del Programa, en el ámbito

estatal y jurisdiccional con base en la normatividad aplicable.

5. Coordinar, dirigir y apoyar la operación y aplicación del marco normativo del Programa en los niveles jurisdiccional y operativo.

6. Realizar visitas de asesoría, supervisión, seguimiento y control del nivel operativo.

7. Distribución de los recursos a las Jurisdicciones Sanitarias (Partidas de Viáticos, Combustible

y Mantenimiento de Vehículos) en coordinación con el enlace administrativo.

8. Coordinar y fomentar la capacitación y actualización del personal de salud, incluyendo el personal comunitario.

9. Organizar y conducir las replicas conjuntamente con el jefe estatal de enseñanza, de los

cursos de actualización inmersos en el programa de capacitación para el personal operativo y gerencial.

10. Cumplir en tiempo y forma con los requerimientos de información solicitados por la CNPSS.

11. Efectuar la planeación, programación, presupuestación, coordinación, control y seguimiento,

de los Proyectos Operativos Sistema Nominal en salud (SINOS), Sistema de Información Diagnostico y Estratégico de Acciones (IDEA) y Modelo Alternativo de Salud (Oportunidades Urbano), con base en los lineamientos normativos establecidos y los determinados por la CNPSS.

12. Participación en la vinculación de otros programas que coinciden con el cumplimiento del

programa.

Page 81: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 81 de 133

13. Vigilar que los recursos humanos del Programa, realicen las funciones para las cuales fueron contratados.

14. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 82: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 82 de 133

COORDINACIÓN DE CARAVANAS DE LA SALUD OBJETIVO: Proporcionar servicios regulares de promoción, prevención y atención médica y odontológica a la población que habita en localidades geográficamente dispersas y de difícil acceso, mediante equipos de salud itinerantes y Unidades Médicas Móviles, que trabajan de forma complementaria, auxiliados con otros medios de transporte de personal en salud y el apoyo de unidades médicas fijas ubicadas en las rutas de atención ambulatoria. FUNCIONES: 1. Participar en la planeación, programación, presupuestación y seguimiento del Programa con

base en los lineamientos normativos establecidos en estas Reglas de Operación y los determinados por la DGPLADES.

2. Elaborar el Programa Anual de Trabajo del Programa y someterlo a la autorización del

Secretario de Salud Estatal y de la DGPLADES. 3. .Promover y coordinar la organización, control y supervisión del Programa, en el ámbito

estatal y jurisdiccional con base en la normatividad establecida por la DGPLADES y los programas federales.

4. Coordinar, dirigir y apoyar la operación y aplicación del marco normativo del Programa en los

niveles jurisdiccional y operativo. 5. Dar cumplimiento a lo establecido en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el

ejercicio fiscal 2011 publicado en el Diario Oficial de la Federación el martes 7 de diciembre del 2010. En específico al artículo 41, fracción III inciso e.

6. Apoyar la atención de las observaciones y recomendaciones normativas emitidas a las

jurisdicciones sanitarias y a las UMM del Programa. 7. Realizar visitas de asesoría, supervisión, seguimiento y control de nivel operativo. 8. Coordinar y fomentar la capacitación y actualización del personal de salud, incluyendo el

personal comunitario. 9. Organizar y conducir las réplicas, conjuntamente con el jefe estatal de enseñanza, del Curso

del Programa de Capacitación para el personal operativo y gerencial. 10. Coordinar las actividades de competencia estatal y jurisdiccional. 11. .Promover la actualización y validación de la microrregionalización ante autoridades estatales

y nacionales. 12. Revisar y validar las rutas definidas para las UMM del Programa con el REPSS.

13. .Participar en la elaboración del programa de ejecución de los recursos transferidos al

Programa, de las diversas fuentes de financiamiento.

Page 83: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 83 de 133

14. Dar seguimiento al ejercicio de los recursos asignados para la operación del Programa 15. Vigilar que se lleve a cabo puntualmente las acciones de conservación y mantenimiento de

las UMM del Programa. 16. Vigilar que los recursos humanos del Programa cumpla con los objetivos por los cuales

fueron contratados. 17. Coordinar las acciones de vinculación con los titulares de las áreas de los Servicios Estatales

de Salud para asegurar la operación efectiva del Programa. 18. Colaborar de manera directa en las acciones de acreditación de UMM del Programa. 19. Resguardar y custodiar las UMM, los equipos médicos y tecnológicos del Programa y todos

los bienes 20. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 84: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 84 de 133

SUBDIRECCION DE ATENCIÓN MÉDICA ESPECIALIZADA OBJETIVO: Establecer, planear y evaluar los controles necesarios para que la prestación integral de los Servicios de Atención Médica Hospitalaria y de Especialidad se programe y proporcione a la población bajo criterios de universalidad, accesibilidad, suficiencia, oportunidad, calidad y eficiencia en el marco del modelo de atención y conforme a las disposiciones normativas. FUNCIONES: 1. Difundir, asesorar y vigilar el establecimiento de procedimientos e indicadores para

incrementar los niveles de calidad de la atención médico quirúrgica, favoreciendo el

mejoramiento continuo de los Servicios de Salud.

2. Aplicar los criterios, lineamientos, indicadores y procedimientos que permitan la

regionalización de los servicios de salud y la asignación racional de los recursos humanos y

materiales conforme a los distintos niveles de complejidad de las unidades encargadas de

otorgar servicios de atención médica de segundo nivel para la población afiliada al Sistema

de Protección Social en Salud y sin seguridad social.

3. Coadyuvar en el proceso de programación y presupuestación anual de las actividades a

desarrollar por las unidades prestadoras de servicios de Atención Médica Hospitalaria.

4. Identificar y difundir los promedios ideales de productividad para cada especialidad, servicio

de apoyo diagnóstico y de tratamiento a la atención médica, en especial los referentes a la

utilización racional.

5. Difundir y verificar el cumplimiento a las Normas Oficiales Mexicanas a las que deberá

sujetarse el funcionamiento de unidades que otorgan servicios de atención médica de

segundo nivel y alta especialidad, en sus distintas modalidades y vigilar su cumplimiento.

6. Formular, programar y apoyar el proceso permanente de desarrollo de las capacidades

gerenciales y estandarización de políticas de atención para los cuadros directivos de las

unidades hospitalarias.

7. Evaluar trimestralmente el informe de actividades de las unidades de atención hospitalaria.

8. Integrar la prestación de Servicios de atención médica, remitiendo los informes periódicos a

las instancias que determine la Dirección de Atención a la Salud.

9. Integrar la prestación de Servicios de atención médica, remitiendo los informes periódicos a

las instancias que determine la Dirección de Atención a la Salud.

Page 85: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 85 de 133

10. Identificar, garantizar y validar los requerimientos de construcción, ampliación, remodelación

y rehabilitación de unidades prestadoras de servicios de atención médica de segundo nivel

en sus distintas modalidades y que la infraestructura hospitalaria se desarrolle e instrumente

con estricto apego a las disposiciones normativas y reglamentarias vigentes para el caso.

11. Promover y vigilar la integración y funcionamiento de los Comités Técnicos Intrahospitalarios

conforme a los diferentes frentes de análisis en materia de calidad de la Atención Médica.

12. Participar en la identificar y aplicación de los lineamientos generales para integrar los

dispositivos de respuesta para la atención masiva de personas ante situaciones de

emergencia y desastre, mismos que operan en coordinación con las autoridades de

protección civil.

13. Definir y operar el Sistema Estatal de Supervisión de Hospitales, conforme a los

lineamientos y procedimientos definidos por la Dirección de Atención Médica, el Consejo

Nacional de Salud y la Comisión Nacional de Protección Social en Salud y en observancia de

las disposiciones que establezcan para la Acreditación y Certificación de Hospitales,

informando a las instancias estatales y al Cuerpo de Gobierno Hospitalario, sus resultados.

14. Identificar e integrar las necesidades anuales de insumos médicos estableciendo el

calendario de entrega y los fondos fijos por unidad que garanticen la suficiente presencia de

estos recursos en los establecimientos que otorgan servicios de atención médica de segundo

nivel.

15. Registrar, integrar y dar seguimiento al mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos

médicos y electromecánicos, solicitado por las unidades hospitalarias, vigilando que éste sea

realizado en forma oportuna y eficiente.

16. Conocer y vigilar el desarrollo de las actividades para la atención de pacientes referidos del

primer nivel de atención o de otra unidad hospitalaria y de su contrarreferencia a la unidad de

origen.

17. Definir, adecuar e implementar las plantillas de personal con que deben operar los distintos

tipos de unidades prestadoras de servicios de atención médica de acuerdo al número de

camas con que cuentan, y en su caso dictaminar sobre necesidades y reubicación de

recursos humanos de segundo nivel.

18. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior

Jerárquico.

Page 86: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 86 de 133

DEPARTAMENTO DE SUPERVISION DE SEGUNDO Y TERCER NIVEL OBJETIVO: Realizar la supervisión, evaluación y asesoría de 23 Unidades Hospitalarias de 2do y 3er nivel de atención, (5 hospitales de alta especialidad, 10 hospitales generales y 8 hospitales comunitarios) con la finalidad que cumplan con los requerimientos mínimos indispensables, asegurando así, el cumplimiento de las normas, programas y políticas de salud, que permitan otorgar servicios de salud de manera oportuna, con calidad y seguridad. FUNCIONES:

1. Coordinar, asesorar y supervisar las 23 unidades hospitalarias de 2do. Y 3er. Nivel de

atención de la Secretaria de Salud

2. Elaborar programa de trabajo del departamento, manual de organización y de

procedimientos de forma anual.

3. Elaboración de cronograma de supervisión de manera anual.

4. Aplicación de las cedulas vigentes de acreditación y certificación a los hospitales de 2do

y 3er nivel.

5. Elaborar reportes de auditoría y supervisión e informar a los directivos de los hospitales y

jefes inmediatos.

6. Informar a las autoridades superiores de los problemas, necesidades y logros detectados

en los distintos hospitales para que tomen las medidas correctivas.

7. Dar seguimiento a las medidas correctivas designadas, por las autoridades superiores

8. Gestionar la capacitación continua, para poder realizar con eficiencia sus actividades.

9. Participar en todo lo relacionado a la Subdirección de Atención Médica Especializada

pertinentes y que confiera el Director de Atención Medica.

10. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 87: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 87 de 133

COORDINACIÓN DE TRABAJO SOCIAL OBJETIVO: Asesorar, capacitar y supervisar a los trabajadores sociales vigilando la normatividad y operatividad, unificando así, criterios de las actividades y funciones de los trabajadores sociales.

FUNCIONES: 1. Elaborar programa de trabajo de la coordinación de acuerdo al número de unidades de la

secretaría.

2. Convocar a reuniones con personal dirigente de trabajo social. 3. Fomentar y apoyar la capacitación y superación del personal de trabajo social en las

unidades. 4. Conocer, difundir y vigilar que se cumplan las normas, métodos y procedimientos de trabajo

social de los servicios de salud. 5. Participar activamente en los programas de mejora continua.

6. Observar y asesorar al trabajador social en la atención proporcionada al usuario, en las áreas

aplicativas. 7. Realizar las visitas de asesoría programadas para evaluar el avance de los programas en

base a las metas establecidas, y sugerir los ajustes necesarios para el logro de la misma. 8. Informar oportunamente a las autoridades correspondientes sobre las necesidades

detectadas en las visitas. 9. Revisar, analizar y actualizar anualmente, la plantilla de trabajo social. 10. Informar y gestionar ante las autoridades de las unidades aplicativas, la importancia de

capacitar al personal de trabajo social. 11. Concentrar anualmente el directorio de servicios de referencia y contrarefencia y distribuirlos

a las unidades operativas. 12. Observar las Áreas físicas en las cuales el personal de trabajo social desarrolla diariamente

sus actividades, que este limpio y ordenado para un buen funcionamiento. 13. Revisar que las libretas de control de pacientes referidos y contrareferidos, se encuentren

con los datos específicos de acuerdo al manual de procedimientos del sistema. 14. Promover y proporcionar herramientas necesarias para la formación de grupos de apoyo, en

las unidades operativas. 15. Verificar que las platicas de educación para la salud, sean proporcionadas diariamente a la

población que asiste a la Unidades.

Page 88: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 88 de 133

16. Verificar que las áreas de trabajo social de los tres niveles, cuenten con los documentos básicos normativos como son: manual de procedimientos de trabajo social programas, diagnostico situacional, directorios de referencias y contrareferencias, manual de módulo de orientación, información y quejas y lineamientos del uniforme de trabajo social.

17. Difundir convocatoria a la medalla al merito de trabajo social. 18. Coordinar y participar con el equipo evaluador para seleccionar al ganador de la medalla. 19. Organizar y participar en el programa de enseñanza y capacitación, programando

conferencias, cursos de actualización en el trabajo médico social. 20. Llevar a cabo las reuniones de trabajo bimestrales con trabajadoras sociales de los tres

niveles para unificar criterios en el desarrollo de sus acciones. 21. Fortalecer a través de reuniones regionales el sistema de referencia y contrareferencia. 22. Se proporcionará capacitaciones en servicio a los trabajadores sociales sobre los programas

que se llevan a cabo en las unidades, seguro popular, arranque parejo.

23. Monitorear diariamente el sistema de referencia y contrarreferencias de pacientes de gineco-obstetricia.

24. Elaborar y evaluar cumplimiento de los indicadores de productividad a los trabajadores

sociales de los centros de salud urbanos, hospitales comunitarios, generales y de alta especialidad.

25. Concentrar y evaluar los informes mensuales que envían los responsables de trabajo social

reportando sus actividades.

26. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 89: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 89 de 133

DIRECCIÓN DE SALUD PSICOSOCIAL OBJETIVO: Diseñar y establecer estrategias de políticas para la Prevención, Atención y Rehabilitación a los usuarios que padecen algún trastorno mental, riesgo de conductas suicidas, adictivas, violencia familiar y de género FUNCIONES: 1. Dirigir los Programas de Salud Psicosocial, con la finalidad de mejorar la calidad de los

Servicios de atención en los tres niveles.

2. Establecer las actividades de promoción a través de los Programas de Salud Psicosocial con

la intención de fortalecer la Salud Mental del Estado.

3. Dirigir y vigilar el cumplimiento de las Normas oficiales y otros instrumentos sustantivos establecidos que apliquen para la prestación de los Servicios de Salud Mental.

4. Promover y coordinar supervisiones de los programas de Salud Psicosocial, en los Servicios

de Atención. 5.

6. Normar y coordinar la evaluación de los Servicios de Salud Mental, Clínicas Especializadas

de Violencia Familiar, Brigadas de Salud Mental y Centros Nueva Vida en las diferentes

unidades de salud.

7. Realizar evaluaciones semestrales, sobre los resultados de los Programas de Salud Psicosocial que permitan medir la productividad de los Servicios de Salud Mental.

8. Integrar y coordinar los Servicios de Salud Mental, Clínicas Especializadas de Violencia

Familiar, Brigadas de Salud Mental y Centros Nueva Vida en las diferentes unidades de

salud.

9. Establecer coordinación con la Dirección de Calidad y Educación en Salud para la

elaboración de proyectos de investigación en la aplicación de los Programas de Salud

Psicosocial en la población que permitan.

10. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 90: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 90 de 133

DEPARTAMENTO SALUD MENTAL OBJETIVO: Fortalecer la operación de programas orientados a Salud Mental, prevención del suicidio y violencia familiar y de género, por medio de la formulación e instrumentación de acciones preventivas, curativas y de rehabilitación de los diferentes trastornos mentales y psicosociales. FUNCIONES: 1. Integrar y evaluar los programas específicos de salud mental, riesgo suicida, violencia

familiar y de género para la detección oportuna, prevención y atención de problemas de

trastornos mentales y psicosociales.

2. Proponer políticas y estrategias de prevención y promoción de Salud Mental, riesgo de

suicidio, violencia familiar y de género que permitan elevar el nivel de calidad de vida y

disminuir riesgo en la población vulnerable.

3. Vigilar el adecuado cumplimiento de los objetivos planteados en cuanto a las acciones

específicas al área de la Salud mental de la población a fin de mejorar la calidad de vida y el

bienestar integral de la población.

4. Determinar los procedimientos que permitan garantizar la detección oportuna, atención

integral y limitación del daño ocasionado por patologías mentales en la población

Tabasqueña.

5. Evaluar la organización y operación de los servicios de Salud Mental, servicios

especializados de atención a la violencia familiar y de la conducta suicida, que se brindan en

los centros de salud del Estado.

6. Vigilar el cumplimiento de la o las Normas Oficiales Mexicana para la prestación de los

servicios de Salud Mental, violencia Familiar, riesgo suicida en las unidades de atención de la

entidad.

7. Garantizar y fomentar que la aplicación de servicios de Salud Mental a la población abierta

se proporcione de manera eficiente y de acuerdo a los lineamientos establecidos por los

programas específicos.

8. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 91: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 91 de 133

DEPARTAMENTO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ADICCIONES OBJETIVO: Establecer los lineamientos de la política estatal y coordinar los servicios de salud que permitan la identificación temprana y la atención oportuna de las conductas adictivas, favoreciendo así la limitación del riesgo o daño ocasionados por el consumo de sustancias. FUNCIONES: 1. Supervisar el cumplimiento de los Programas de Prevención y Control de Adicciones.

2. Desarrollar programas para la prevención del consumo de sustancias potencialmente

adictivas, especialmente dirigidos a los grupos de mayor riesgo.

3. Promover campañas permanentes de difusión sobre alcoholismo, tabaquismo y

farmacodependencia.

4. Coordinar los servicios de atención y rehabilitación de la población usuaria que presente

problemas de adicciones o consumo perjudicial de sustancias potencialmente adictivas.

5. Supervisar el cumplimiento del registro de datos del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de

las Adicciones (SISVEA).

6. Establecer la coordinación intra e interinstitucional con las áreas y organismos que

desarrollen actividades en el campo de la prevención y atención de las adicciones en el

Estado.

7. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 92: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 92 de 133

DIRECCIÓN DE CALIDAD Y EDUCACION EN SALUD OBJETIVO: Determinar las estrategias y políticas institucionales en materia de calidad de procesos, capacitación, investigación y formación de recursos humanos en salud. FUNCIONES 1. Formular estrategias coherentes con los lineamientos nacionales, aplicables en las Unidades

Administrativas que conforman el Sector Salud, que permitan mejorar la calidad de los servicios, fortalecer la capacitación y el desarrollo técnico y profesional del trabajador de la salud, así como la formación de los recursos humanos.

2. Realizar diagnósticos situacionales, en el ámbito de su competencia, en Unidades Administrativas que conforman la Secretaría de Salud con la finalidad de definir estrategias para mejorar la calidad de los servicios de salud;

3. Evaluar en las Unidades Administrativas que conforman al Sector Salud, las estrategias establecidas para el logro de los objetivos en materia de calidad.

4. Verificar en las Unidades Administrativas que conforman la Secretaría de Salud, el cumplimiento de la normatividad de los programas de calidad, capacitación, investigación y formación de recursos humanos.

5. Analizar los resultados del monitoreo de indicadores de calidad en salud en las Unidades Administrativas que conforman la Secretaría de Salud, para identificar áreas de oportunidad y, mejorar la calidad técnica y percibida de los servicios.

6. Promover y asesorar en las Unidades Administrativas que conforman la Secretaría de Salud, la elaboración de propuestas de proyectos de mejora continua.

7. Verificar en las Unidades Administrativas que conforman la Secretaría de Salud, la aplicación de las acciones implementadas para mejorar la calidad de los servicios.

8. Fomentar, establecer y consolidar convenios de colaboración con instituciones de educación media y superior para la formación de personal técnico y profesional para la salud.

9. Realizar el registro de proyectos de investigación para dar cumplimiento a la normatividad vigente.

10. Promover la difusión de la investigación realizada en el Sector Salud.

11. Instalar y vigilar en las Unidades Administrativas relacionadas en materia de investigación, ética,

bioética y bioseguridad, los comités respectivos, con la finalidad de dar cumplimiento a la normatividad vigente.

12. Asesorar a los comités de ética, investigación, bioética y bioseguridad para su correcto

funcionamiento.

Page 93: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 93 de 133

13. Establecer convenios académicos de colaboración con instituciones de educación media y superior para fortalecer el desarrollo profesional del personal administrativo, paramédico y médico de las unidades de salud.

14. Establecer el diagnóstico de necesidades del personal técnico y profesional para fortalecer la

prestación de los servicios de salud que demande la población.

15. Instalar los Comités y Subcomités Estatales para dar cumplimiento a la normatividad establecida.

16. Programar, asignar y supervisar los campos clínicos para la realización de internado de pregrado, servicio social, residencias médicas y carreras afines a la salud en el periodo establecido.

17. Asistir a las reuniones convocadas para validación de propuestas de proyectos y programas relacionados con el área.

18. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 94: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 94 de 133

DEPARTAMENTO DE CONTROL DE LA FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN SALUD OBJETIVO: Regular la formación de los recursos humanos en salud, a través de la planeación, ejecución y evaluación de los programas de pregrado, servicio social y postgrado. FUNCIONES: 1. Participar en la planeación y evaluación de programas académicos y operativos de pregrado,

postgrado, servicio social en medicina, enfermería, odontología, y carreras afines a la salud; así como la asignación de campos clínicos, según las prioridades de atención médica de la población de acuerdo a la normatividad y procedimientos de la Secretaría de Salud en materia de formación de Recursos Humanos;

2. Coadyuvar con las instituciones educativas y del sector salud, en la definición de contenidos técnicos y académicos de los programas de enseñanza de pregrado, postgrado, servicio social y educación médica;

3. Vigilar la aplicación de la normatividad, así como planear y evaluar las actividades de educación médica continua del personal y de los recursos humanos en formación de las unidades de la Secretaría de Salud;

4. Difundir la normatividad para la organización y funcionamiento de las áreas de enseñanza del sistema institucional y supervisar su cumplimiento.

5. Vigilar el desempeño académico, profesional y ético de los recursos humanos en formación dentro de la Secretaría de Salud.

6. Coordinar el sistema estatal de registro de las actividades inherentes a la formación de los recursos humanos en salud, de acuerdo a lo establecido en la normatividad y manuales de procedimientos de la Secretaría de Salud.

7. Coadyuvar en la elaboración de proyectos científicos por los recursos humanos en formación de la Secretaría de Salud.

8. Coordinar y fortalecer las actividades académicas, docentes o científicas con instituciones del sector salud, educativo y privado, mediante la concertación de acuerdos y convenios de colaboración.

9. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 95: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 95 de 133

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN DE LA CAPACITACIÓN EN SALUD OBJETIVO: Regular y evaluar la capacitación para el desempeño y el desarrollo de los recursos humanos para la salud, en cada una de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud. FUNCIONES: 1. Integrar el Diagnóstico Estatal de Necesidades de Capacitación, la sistematización del

procedimiento y su actualización de acuerdo a la normatividad existente. 2. Integrar, supervisar y evaluar el Programa Estatal de Capacitación, en el ámbito jurisdiccional,

unidades operativas y oficina central, de acuerdo con las políticas y estrategias nacionales.

3. Dictaminar por medio de las Comisiones Centrales Mixtas de Capacitación, Fracción Sindical Federal y Estatal, la autorización de las becas contenidas en el Reglamento de Capacitación.

4. Autorizar por medio de las Comisiones Centrales Mixtas de Capacitación, las comisiones oficiales

o las licencias sin goce de sueldo contenidas en el Reglamento de Capacitación, de acuerdo con la normatividad definida por las instancias correspondientes.

5. Gestionar la vinculación académica para establecer convenios de colaboración para apoyar las

acciones de capacitación de los recursos humanos para la salud.

6. Coadyuvar con las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud en el desarrollo de la capacitación para el desempeño del personal de salud.

7. Verificar el cumplimiento por las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud, la

normatividad en la acreditación de la capacitación del personal de salud. 8. Supervisar y evaluar el desarrollo del Programa Nacional de Estímulos a la Calidad del

Desempeño del Personal Médico, de Enfermería y Odontología para mejorar la productividad, el desempeño y la superación del personal de Salud.

9. Difundir los eventos de capacitación al personal de salud para que participen y así se mantengan

actualizados en las actividades que desempeñan en su área laboral.

10. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 96: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 96 de 133

DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN OBJETIVO: Definir, promover y coordinar las acciones en materia de investigación en salud para mejorar la prestación de los servicios. FUNCIONES: 1. Coordinar e integrar el diagnóstico de investigación científica en salud, así como definir los

programas de investigación en salud para contribuir en la toma de decisiones.

2. Difundir la normatividad en materia de investigación en salud con la finalidad de que sea aplicada en el Sector Salud.

3. Regular y verificar las actividades de investigación en salud que se realizan en el Sector Salud.

4. Realizar el registro de los proyectos de investigación con la finalidad de dar seguimiento a los

avances de los mismos.

5. Promover los convenios de colaboración intersectorial e intrasectorial en materia de investigación en salud y dar seguimiento a las acciones que deriven de ellos.

6. Promover la interacción académica y científica del personal de salud que desarrolla actividades en materia de investigación.

7. Coordinar los comités de ética, investigación, bioética y bioseguridad, para propiciar la correcta aplicación del reglamento de investigación en todas las unidades aplicativas y efectuar el seguimiento de las acciones que se derivan de ellas en apego a las Normas Bioéticas.

8. Impulsar en las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud, los mecanismos adecuados,

para la difusión de los resultados derivados de la investigación en salud.

9. Participar con el Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Tabasco en la elaboración del Programa Estatal en Materia de Investigación Científica y Tecnológica.

10. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 97: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 97 de 133

DEPARTAMENTO MONITOREO Y MEDICIÓN DE CALIDAD EN SALUD OBJETIVO: Determinar estrategias institucionales en el Sector Salud para evaluar la calidad de los servicios. FUNCIONES: 1. Supervisar y asesorar los procesos de medición de indicadores de calidad en el Sector Salud.

2. Monitorear, analizar y evaluar los resultados de los indicadores de calidad en el Sector Salud para

identificar áreas de oportunidad y promover proyectos de mejora.

3. Coadyuvar con las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud relacionadas con los procesos de Acreditación y Certificación.

4. Difundir en las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud, los lineamientos y herramientas de calidad para mejorar la prestación de los servicios.

5. Recibir las quejas y sugerencias emitidas a través del sistema establecido por la Federación y canalizarlas a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud correspondientes para su resolución.

6. Capacitar al personal del Sector Salud en el ámbito de su competencia, para establecer

estrategias que permitan mejorar la calidad de los servicios.

7. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 98: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 98 de 133

DEPARTAMENTO DE MEJORA CONTINUA EN CALIDAD OBJETIVO: Aplicar estrategias institucionales en el Sector Salud para mejorar la calidad de los servicios. FUNCIONES: 1. Difundir, evaluar y vigilar el cumplimiento de la aplicación de lineamientos y herramientas para la

mejora continua de la calidad en el Sector Salud. 2. Coadyuvar con las Unidades Administrativas de la Secretaría de Salud, en el desarrollo de los

proyectos de gestión, que promuevan la mejora de la calidad de los servicios. 3. Coordinar los sistemas de reconocimiento del Sector Salud para las Unidades Administrativas

que destaquen por alcanzar estándares de calidad. 4. Capacitar al personal del Sector Salud en el ámbito de su competencia, para establecer

estrategias que permitan mejorar la calidad de los servicios.

5. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 99: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 99 de 133

DIRECCIÓN DEL SISTEMA ESTATAL DE URGENCIAS

OBJETIVO:

Determinar las políticas institucionales para el desarrollo de la investigación, enseñanza, y atención

médica prehospitalaria de urgencia y de desastres hospitalarios, mediante la instrumentación de un

Plan Estatal de Atención Médica Prehospitalaria de Urgencias.

FUNCIONES:

1. Determinar las políticas institucionales para el desarrollo de la investigación en prevención de

accidentes, enseñanza en la atención del paciente enfermo y lesionado, y atención médica

prehospitalaria que contribuyan al cumplimiento del Programa Estatal de Salud garantizando la

eficiente administración de los recursos asignados para la atención de urgencias y desastres.

2. Instrumentar, dirigir, coordinar, elaborar y ejecutar el Plan de Trabajo Anual del Sistema Estatal de

Urgencias.

3. Coordinar la elaboración del presupuesto, de acuerdo con la normatividad institucional vigente y

con apoyo del sistema de información interno.

4. Supervisar y evaluar permanentemente el desarrollo y cumplimiento de las actividades del

Sistema de Gestión de Calidad acorde con la programación establecida.

5. Dar cumplimiento a las normas definidas por la Secretaría de Salud, para la ejecución del

Programa de Atención Médica de Urgencia y Atención Médica Prehospitalaria.

6. Dictar y evaluar las políticas, normas, estrategias y técnicas relacionadas con las acciones de

investigación que se realicen en materia de accidentes y lesiones y promover y difundir sus

resultados.

7. Coordinar los Registros de Información de las diversas instituciones que realizan actividades

relacionadas con la prevención y atención de accidentes.

8. Establecer coordinación con los ayuntamientos, así como con organismos privados, involucrados

en la ocurrencia de accidentes y en la prevención de los mismos, con el fin de elaborar trabajos y

ejecutar acciones conjuntas para la disminución de accidentes.

9. Dictar y establecer medidas para la prevención de accidentes.

10. Brindar atención médica prehospitalaria en caso de urgencias traumatológica o enfermedad

aguda siguiendo los estándares internacionales.

11. Normar la cobertura estatal para la atención oportuna de las urgencias traumáticas y no

traumáticas.

Page 100: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 100 de 133

12. Salvaguardar a la población en general y a los visitantes que residan y/o transiten por carreteras,

ciudades y sitios turísticos, la integridad física y su atención en caso de urgencia.

13. Mejorar la administración de emergencias y desastres hospitalarios, elevando la capacidad de

respuesta de todas las unidades que integran el sector salud.

14. Intercambiar conocimientos, experiencias y apoyos con otros estados y con organismos

especializados para fortalecer la atención de emergencias y desastres hospitalarios.

15. Impulsar y promover programas dirigidos a la atención médica de urgencia de manera oportuna y

concertar con instituciones y organismos de los sectores privado y social, las acciones

conducentes al mismo objetivo.

16. Realizar programas de prevención de accidentes y difundirlos a nivel intersectorial con el fin de

disminuir la morbilidad.

17. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 101: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 101 de 133

DEPARTAMENTO DE ATENCION DE URGENCIAS

OBJETIVO:

Atender con oportunidad las urgencias Médicas y Traumáticas mediante un Sistema Prehospitalario y

Hospitalario eficiente para toda la ciudadanía.

FUNCIONES:

1. Coordinar las urgencias y emergencias en el Estado de Tabasco

2. Atender las urgencias y emergencias prehospitalarias.

3. Coordinar la referencia y contrarreferencia de pacientes clasificados en urgencias.

4. Proporcionar una cobertura estatal para la atención prehospitalaria de las urgencias médicas, sin

importar las condiciones de derechohabiencia o solvencia económica del usuario.

5. Coordinar y supervisar las bases prehospitalarias y servicios de urgencias en el Estado.

6. Conformar el registro de atenciones prehospitalarias en el Estado, con el fin de realizar programas

y tomar medidas que permitan disminuir las lesiones accidentales.

7. Formación de recursos humanos como Técnicos en Urgencias Médicas, con el fin de integrar las

bases prehospitalarias del Estado.

8. Capacitar a todo el personal médico, paramédico y afín en cursos de Atención de Urgencias.

9. Capacitar a todo el personal de trabajo social, choferes, camilleros y público en general que lo

requiera en cursos afines a la Atención de Urgencias.

10. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 102: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 102 de 133

DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN A DESASTRES HOSPITALARIOS

OBJETIVO:

Determinar las estrategias y líneas de acción que permitan salvaguardar la vida de la población en

riesgo de desastres naturales a través de intervenciones que reduzcan o mitiguen los daños a la

salud de la población mediante acciones eficientes de las Unidades Hospitalarias del Estado.

FUNCIONES:

1. Coordinar la participación normativa de los hospitales del Sistema Estatal de Salud en materia de

Emergencias y Desastres, estableciendo enlaces intra e intersectoriales.

2. Supervisar que todas las unidades de la Secretaría de Salud cuenten con un Programa de

Desastres Hospitalarios tanto interno como externo

3. Instrumentar Planes Específicos dirigidos a mitigación ante situaciones de Desastres Naturales

específicos.

4. Fomentar la cultura de la autoprotección en los distintos ámbitos en los que la población

desarrolla sus actividades.

5. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 103: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 103 de 133

UNIDAD DE ANÁLISIS DE DAÑOS A LA SALUD DE PRIORIDAD ESTATAL OBJETIVO: Evaluar la morbilidad y mortalidad de padecimientos prioritarios en el Estado mediante a la realización de auditorías de los procesos de atención médica. FUNCIONES: 1. Realizar auditorías de los procesos de atención médica mediante la revisión de evidencias,

(expedientes clínicos, libretas de control, entrevistas, consulta de estudios de laboratorio y

gabinete).

2. Realizar levantamientos de la unidad médica involucrada para conocer la suficiencia de equipo,

materia, insumos y recurso humano.

3. Realizar la integración del resultado del estudio mediante la metodología de eslabones críticos.

4. Realizar la metodología ramos para la búsqueda intencional de muertes no registrada por los

sistemas de notificación.

5. Analizar las muertes perinatales y su peso específico en su fallecimiento por el Método de Brann.

6. Proponer alternativas de soluciones de mejora.

7. Realizar intervenciones rápidas 15 días posteriores a la morbilidad grave o muerte a la unidad

involucrada para corregir desviaciones encontradas en relación a recursos humanos, equipo,

material e insumos.

8. Participar en las capacitaciones al personal de salud, usuarios y población de las unidades de

salud.

9. Realizar talleres de desarrollo humano en las unidades involucradas en una muerte o una

morbilidad grave con el personal de la unidad.

10. Realizar talleres de desarrollo humano con personal responsable de la supervisión de la unidad

en donde acudan los jefes de la jurisdicción.

11. Realizar estudios especiales que por su trascendencia así lo requiera pudiendo ser casos de

morbilidad, mortalidad.

12. Realizar estudios de productividad a unidades médicas indicadas por las autoridades.

13. Realizar investigaciones epidemiológicas especiales que a si lo soliciten las autoridades.

14. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 104: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 104 de 133

UNIDAD DE ENFERMERÍA OBJETIVO:

Dirigir, evaluar y gestionar el cuidado de Enfermería de calidad y el desarrollo de su capital humano

con base en la normatividad y la evidencia científica que permitan otorgar servicios de salud a la

población tabasqueña.

FUNCIONES:

1. Organizar los servicios de enfermería de acuerdo al modelo de salud y la normatividad vigente para otorgar atención de calidad.

2. Dirigir, Coordinar y Evaluar los servicios de enfermería en atención primaria y especializada que coadyuven a los procesos de acreditación y certificación de unidades de salud y promuevan la calidad del cuidado enfermero.

3. Desarrollar programas de gestión del cuidado de enfermería en atención primaria y especializada de acuerdo a la normatividad establecida para mejorar la salud de la población especialmente de grupos vulnerables.

4. Difundir e instrumentar las normas, métodos y procedimientos de la disciplina de enfermería que contribuyan a la gestión del cuidado de calidad en los servicios de salud.

5. Evaluar el funcionamiento de los servicios de enfermería de atención primaria y especializada de acuerdo a estándares nacionales e internacionales que favorezcan la seguridad y calidad de los servicios.

6. Promover y dar seguimiento a las redes estratégicas de enfermería a nivel estatal, regional y nacional que contribuyan al desarrollo de la salud en el estado de Tabasco.

7. Coordinación institucional, interinstitucional e intersectorial de tabasco a través de comités y comisiones a fin de determinar las directrices y políticas, que beneficien la salud de la población y el desarrollo profesional de enfermería en el Estado.

8. Desarrollar el plan estratégico y programas de enfermería que se integren al plan estatal de desarrollo y programa sectorial con la finalidad de alcanzar la misión y visión de la Secretaría de Salud en beneficio de la población tabasqueña.

9. Gestionar el desarrollo del personal de enfermería de la Secretaría de Salud, para integrar el programa anual de eventos de capacitación y formación de recursos humanos (posgrados, diplomados, cursos y talleres).

10. Definir los criterios para la formación y capacitación del capital humano de enfermería y las competencias, que permitan dar respuesta a las necesidades de salud de la población.

11. Favorecer el desarrollo y la integración de proyectos de vinculación con las instituciones educativas estatales, nacionales y/o internacionales que promuevan el desarrollo de capacidades, habilidades y competencias profesionales en enfermería.

Page 105: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 105 de 133

12. Establecer modelos innovadores de la disciplina con el fin de estandarizar el cuidado de enfermería que fortalezca la práctica basada en evidencia científica y mejore la calidad de la atención en las unidades de salud.

13. Establecer el proceso de gestión de la calidad en los servicios de enfermería para el desarrollo de proyectos de mejora continua que permitan cumplir con la misión y visión institucional.

14. Desarrollar programas innovadores basados en la evidencia científica y un modelo de gestión con la finalidad de mejorar la calidad técnica e interpersonal del cuidado enfermero y de los servicios de salud que se brindan a la población.

15. Establecer y consolidar a nivel estatal el Sistema de Información Administrativa del Recurso Humano de Enfermería (SIARHE) que sustente la gestión de los recursos acorde al crecimiento demográfico, de los servicios y las demandas de los nuevos programas de salud.

16. Implantar un modelo de atención de enfermería comunitaria y hospitalaria que favorezca la prevención de riesgos en el individuo, familia y comunidad, la disminución de los daños a la salud, complicaciones, la prevención de discapacidad y la reintegración al entorno social.

17. Evaluar en forma semestral y anual Los indicadores y metas del plan, programas y proyectos de la unidad de enfermería para valorar el alcance y cumplimientos de los objetivos planteados en el Programa Estatal de Salud.

18. Control semestral y anual de las actividades relevantes realizadas por la unidad de enfermería para su integración a la evaluación institucional y gubernamental.

19. Gestionar los recursos financieros para suplencias de enfermeras acorde a los procesos de gestión de recursos humanos en las unidades de salud que contribuyan al alcance de los objetivos y metas de la Secretaría de Salud.

20. Participar ante organismos, instituciones, comités y subcomités de salud con el propósito de ejercer la función de rectoría en los asuntos inherentes a enfermería.

21. Dirigir y coordinar la supervisión de procesos claves de enfermería que contribuyan a la acreditación y certificación de unidades.

22. Evaluar y validar los perfiles profesionales de enfermería acorde con la función y código para favorecer una atención segura, de calidad y la satisfacción del proveedor de servicios.

23. Aprobar la contratación de personal de enfermería de nuevo ingreso con base en los perfiles profesionales y la normatividad administrativa y legal para contribuir a la calidad técnica e interpersonal del cuidado y funcionamiento de los servicios.

24. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 106: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 106 de 133

UNIDAD DE LA RED DE LABORATORIOS CLÍNICOS OBJETIVO: Planear, vigilar, organizar, coordinar y controlar el funcionamiento de los laboratorios clínicos de la Secretaría de Salud del Estado de Tabasco, de acuerdo con los lineamientos dispuestos en las Normas Oficiales Mexicanas y el modelo integral de atención a la salud que opera en el Estado, para garantizar la satisfacción de los usuarios. FUNCIONES: 1. Dirigir, coordinar y asesorar a los responsables de los servicios de laboratorio clínico de la Red en

las unidades de primer, segundo y tercer nivel de atención para coadyuvar en el diagnóstico y detección oportuna de enfermedades de la población que demanda los servicios de salud.

2. Difundir, asesorar y verificar el cumplimiento de las normas, métodos y procedimientos de la

Secretaría de Salud en lo que respecta a laboratorio clínico para su correcta aplicación en el servicio.

3. Formular, programar, evaluar y apoyar la incorporación gradual de las estrategias innovadoras

para eficientar el servicio de los laboratorios clínicos. 4. Participar en los procesos de selección del personal de laboratorio para su integración a las

unidades de la Red. 5. Programar los requerimientos anuales de insumos, equipos y mantenimientos de los laboratorios

de la Red para gestionar los recursos presupuestales necesarios que permitan su operatividad. 6. Programar las necesidades anuales de capacitación del personal de laboratorio clínico para

gestionar los recursos que permitan impulsar su desarrollo. 7. Vigilar los mecanismos de distribución de los materiales y reactivos de laboratorio clínico para la

optimización de sus recursos. 8. Supervisar y evaluar mensualmente la productividad de los laboratorios de la Red para la toma de

decisiones en el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos. 9. Organizar y vigilar el correcto funcionamiento del sistema de información electrónico de

laboratorio (SISLAB), para eficientar el servicio de laboratorio clínico en los procesos pre y post analíticos.

10. Realizar la programación y planeación de las actividades, necesarias para poder dar cumplimiento

a los requerimientos epidemiológicos, clínicos y gerenciales del área de influencia, en coordinación con los responsables de los laboratorios de la Red.

11. Impulsar la actualización tecnológica, la automatización y el control de calidad en los procesos de

los laboratorios clínicos.

Page 107: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 107 de 133

12. Validar y aprobar los proyectos de nueva creación (infraestructura) o las remodelaciones físicas que se consideren en los laboratorios clínicos para que sean pertinentes al nivel de atención y a las demandas reales y potenciales del servicio.

13. Establecer indicadores y evaluar los insumos, procesos y resultados de los laboratorios clínicos

para la toma de decisiones en la mejora continua de la atención a los usuarios de los servicios.

14. Asesorar a los laboratorios clínicos para que cuenten con sus documentos de normatividad vigente.

15. Orientar a los laboratorios clínicos en el diseño y ejecución de sus programas de trabajo para dar

respuesta a las demandas generadas en el modelo integral de atención a la salud. 16. Orientar a los laboratorios clínicos en la validación de métodos analíticos, para cumplir con los

estándares de calidad requeridos en la prestación de este servicio.

17. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 108: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 108 de 133

SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA

OBJETIVO:

Conducir el cumplimiento de las políticas y programas en apego a la legislación vigente y la normatividad aplicable, de los programas preventivos, de protección contra riesgos sanitarios y del laboratorio de salud pública, con el fin de proteger la salud de la población tabasqueña orientando los esfuerzos hacia la prevención de enfermedades y la consecución de un mejor nivel de salud individual y colectiva, haciendo énfasis en las personas que carecen de seguridad social.

FUNCIONES:

1. Aplicar y supervisar que en las áreas dependientes de la Subsecretaria de Salud Pública se cumplan las disposiciones que en materia de salud se fijan en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes federales, leyes estatales, las políticas y los programas sectoriales aplicables vigentes.

2. Proponer las bases para el establecimiento y conducción de la política nacional y estatal en materia de prevención para el control de las enfermedades y riesgos a la salud a través de la vigilancia epidemiológica de padecimientos transmisibles y no transmisibles, de la vigilancia sanitaria, del monitoreo de la salud ambiental y ocupacional, de la vigilancia entomológica, de la vigilancia de la nutrición y de salud reproductiva.

3. Instrumentar las acciones que en materia de salud pública se emprendan en el Estado para

elevar las condiciones de salud pública en la entidad sean incluidas al Plan Estatal de Desarrollo y el Programa Sectorial de Salud, Seguridad y Asistencia Social vigentes, basados en el cumplimiento de los Objetivos del Milenio y el Plan Nacional de salud.

4. Normar, instrumentar, evaluar y difundir las acciones y recursos de los programas de salud

pública de la entidad en materia de prevención y promoción de la salud, vigilancia epidemiológica, entomológica y de riesgos sanitarios.

5. Coordinar y supervisar a las direcciones, departamentos, y unidades dependientes de la

Subsecretaria de Salud Pública, con la finalidad de mejorar la calidad, eficacia y eficiencia en los servicios de salud prestados a la población y el ejercicio de los recursos asignados, y consecuentemente lograr un mayor impacto en la prevención de enfermedades y el nivel de salud en la población.

6. Conducir, y establecer la rectoría de los programas preventivos y de promoción de la salud,

vigilancia epidemiológica, protección contra riesgos sanitarios y del laboratorio de salud púbica, así como las acciones y recursos que se deriven de su ejecución, con la finalidad de mejorar la salud pública y sanitaria de la población, implementada a través de las Jurisdicciones Sanitarias.

7. Vigilar el desempeño de las jurisdicciones sanitarias, establecimientos y/o unidades de atención,

así como de las unidades administrativas centrales y órganos desconcentrados que le están adscritos según sea el caso, en relación con los programas del ámbito de su competencia.

Page 109: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 109 de 133

8. Ejercer las facultades de coordinación intersectorial, reservando a las unidades de nivel central de la Secretaria de Salud las funciones de regulación y supervisión, transfiriendo a los órganos desconcentrados y a las entidades paraestatales del sector la operación de los servicios a cargo del mismo; igualmente proporcionarles la asistencia y apoyo técnico que requieren para el otorgamiento de los servicios.

9. Colaborar con las autoridades estatales en materia laboral, en la instrumentación, difusión y

evaluación de las normas existentes de seguridad e higiene en el trabajo.

10. Gestionar y promover la celebración de convenios, contratos o acuerdos de colaboración que fomenten la prevención, promoción, vigilancia epidemiológica, de protección contra riesgos sanitarios y de seguridad en salud, con entidades estatales, nacionales e internacionales del sector público, privado y/o social, de acuerdo a la normatividad y los lineamientos vigentes.

11. Establecer las bases y lineamientos de coordinación con las instituciones del Sector y otras

instituciones para la aplicación de los programas de salud pública, así como fomentar el vínculo con las autoridades municipales correspondientes para impulsar la municipalización de los servicios de salud.

12. Concertar, coordinar Instrumentar, y supervisar campañas de salud pública y programas

especiales relacionados con la promoción de la salud, la vigilancia epidemiológica, la prevención de enfermedades y la protección contra riesgos sanitarios para la atención de los sectores sociales más desprotegidos tanto en las áreas rurales como urbanas, considerando la intervención de las dependencias, entidades de la administración pública Estatal, Municipal, Federal y la participación de los sectores social y privado, procurando la participación ciudadana.

13. Conducir y establecer los mecanismos para fomentar e integrar la participación de la sociedad

civil, así como de los sectores público y privado en las acciones de prevención y promoción de la salud y control de enfermedades, así como en materia de seguridad en salud.

14. Conducir los trabajos y sesiones Subcomité Especial de Seguridad en Salud, así como coordinar

y vigilar el funcionamiento de los Comités, Subcomités y Consejos enmarcados en las direcciones dependientes de la Subsecretaría de Salud Pública.

15. Coordinar y participar en la instrumentación de la evaluación del impacto de las políticas y

estrategias integrales de salud pública y de riesgos sanitarios para crear y fortalecer en la población las oportunidades para mejorar, conservar y proteger su salud física, mental y social durante la línea de vida a través de la comunicación educativa, la educación para la salud, la promoción de estilos de vida saludable y la participación social organizada.

16. Coordinar y supervisar la ejecución de los lineamientos y procedimientos técnicos para la

organización, programación y presupuestación relacionados con los programas a cargo de la Subsecretaria de Salud Pública.

17. Gestionar y supervisar los trámites administrativos ante la Dirección de Administración, en

relación al personal adscrito en las unidades dependientes de la subsecretaria, así como en el ejercicio de los recursos financieros asignados a los diversos programas de la Subsecretaria de Salud Pública.

Page 110: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 110 de 133

18. Establecer, conducir y evaluar la información generada por los sistemas institucionales de información y de investigación en salud, relacionada con las actividades de los programas de prevención y promoción de la salud; de control de enfermedades, así como en materia de riesgos sanitarios, en coordinación con las unidades administrativas competentes.

19. Proponer reformas, modificaciones o iniciativas respecto a las disposiciones normativas (leyes,

reglamentos, acuerdos) en materia de salud pública el ámbito de su competencia, así como opinar sobre la consistencia y congruencia de las que otros actores presenten, otorgando la intervención que corresponda a otras unidades administrativas de la Secretaría de Salud.

20. Proponer estrategias innovadoras para instrumentar y modernizar los programas de prevención

y promoción de la salud, de protección contra riesgos sanitarios y de seguridad en salud destinados a mejorar las condiciones de salud de la población.

21. Brindar apoyo al Laboratorio de Salud Pública en las gestiones que realice en colaboración con

otros sectores de la administración pública y privada, cuando se requiera de la realización de estudios especializados para respaldar técnicamente sus resoluciones.

22. Normar, regular y supervisar la funcionalidad del Laboratorio de Salud Pública, así como la

infraestructura científica y tecnológica que resulta indispensable para el adecuado desarrollo de las funciones sanitarias; así mismo procurar que estos servicios puedan colaborar con las áreas sustantivas de la propia Secretaria, así como otros sectores de la administración pública, cuando precisen de la realización de estudios especializados para respaldar técnicamente sus resoluciones.

23. Conducir las políticas y estrategias en materia de atención a la salud de la infancia y la

adolescencia; de salud reproductiva, incluyendo planificación familiar, cáncer cérvico uterino y mamario, de atención materno infantil, de salud perinatal; de atención a la salud del adulto y del anciano; de prevención y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles; de atención de urgencias epidemiológicas y desastres; de vigilancia epidemiológica y de laboratorio por lo que se refiere al diagnóstico y referencia epidemiológico; así como del programa Vete Sano, Regresa Sano; de prevención, atención y control de la infección por el virus de la inmunodeficiencia humana, el síndrome de inmunodeficiencia adquirida y las infecciones de transmisión sexual, sin perjuicio de las atribuciones que en estas materias correspondan a otras dependencias.

24. Conducir el Sistema Estatal de Vigilancia Epidemiológica, el Comité Estatal de Vigilancia

Epidemiológica, así como las acciones de vigilancia epidemiológica internacional.

25. Conducir y regular los asuntos sanitarios en el ámbito de su competencia, y aplicar las acciones y programas que en la materia se concerté con la federación, así mismo vigilar la integración del padrón local de actividades, establecimientos, prestadores de servicios, productos y servicios que se encuentren sujetos a control y vigilancia sanitaria, así como ordenar y practicar verificaciones de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables en la materia.

26. Regular la expedición de las autorizaciones sanitarias para las actividades, establecimientos,

productos y servicios en el ámbito de su competencia, conforme lo señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.

Page 111: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 111 de 133

27. Representar al Titular del Ramo ante organismos nacionales e internacionales en el ámbito de su competencia.

28. Las demás que se le señalen otras disposiciones aplicables o le confiera su Superior Jerárquico.

Page 112: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 112 de 133

DIRECCIÓN DE PROGRAMAS PREVENTIVOS

OBJETIVO:

Dirigir, orientar, supervisar y evaluar a los programas de preventivos, (medicina preventiva, promoción de la salud, salud reproductiva, enfermedades transmisibles por vector, zoonosis, vigilancia epidemiológica, cáncer de la mujer, VIH/SIDA y tuberculosis) vigilancia epidemiológica control de enfermedades y riesgos para la salud, mediante la implementación de políticas y estrategias que permitan mejorar la calidad en la prestación de los servicios de salud y ampliar su cobertura; así como fomentar nuevos hábitos de salud en la población a través del fortalecimiento de las acciones de promoción, prevención y control de las enfermedades.

FUNCIONES:

1. Difundir y aplicar en forma adecuada las Normas Oficiales Mexicanas, manuales, proyectos y políticas públicas de salud, relativas a la prevención para el control de las enfermedades.

2. Proponer el presupuesto de cada uno de los programas inmersos en la Dirección, así como coordinar y evaluar su aplicabilidad.

3. Elaborar y difundir el programa anual de trabajo, así como evaluar el desarrollo del mismo.

4. Proponer, conducir y difundir intra y extra sectorialmente las políticas, lineamientos, instrumentos,

mecanismos, normas; sobre las que se basará la Vigilancia Epidemiológica y el control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles.

5. Promover la celebración de acuerdos de coordinación y convenios con los gobiernos municipales,

estatal y federal, así como la iniciativa privada y organizaciones no gubernamentales para impulsar su apoyo y participación en el desarrollo de Programas Locales de Promoción y Prevención de la Salud.

6. Conducir los programas preventivos en la entidad en apego a la política pública de la “Línea de Vida”.

7. Establecer, operar, coordinar, supervisar y evaluar los programas de Salud de la Infancia y Adolescencia, Salud del Adulto y del Anciano, Salud Reproductiva, Control de Enfermedades Transmisibles y no Transmisibles, Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres, el VIH/SIDA y las infecciones de transmisión sexual, Cáncer de la Mujer y Nutrición, así como los programas de prevención y control de enfermedades transmisibles por vector y zoonosis.

8. Realizar Diagnóstico Epidemiológico de Salud para la identificación y análisis de los padecimientos que más afectan a la población en la entidad, que orienten las estrategias para el cumplimiento de los objetivos de cada uno de los programas.

9. Proponer la bases de capacitación dirigidos al personal de los diversos programas preventivos de salud, encargados de la promoción y operación de los programas así como del registro de la información en las diversas plataformas de datos, para el logro de un control efectivo de los

Page 113: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 113 de 133

padecimientos transmisibles y no transmisibles, las medidas de prevención de enfermedades y atención de urgencias epidemiológicas y desastres, así como la operación del Sistema Estatal de Vigilancia Epidemiológica.

10. Diseñar, desarrollar y apoyar en la aplicación de los Programas y estrategias para fortalecer las acciones de Promoción y Prevención de enfermedades y/o padecimientos transmisibles y no transmisibles.

11. Otorgar apoyo técnico a la Red Tabasqueña de Municipios por la Salud, brindando asesoría para su organización y desarrollo de sus funciones; así como promover la participación con proyectos de salud y sanitarios que beneficien a la población.

12. Promover y procurar la participación de la comunidad en los programas preventivos, para el

fomento del auto-cuidado de la salud con el apoyo del área de comunicación social de la institución.

13. Concertar, fomentar y ejecutar, con los sectores público, privado y social, el desarrollo del

programa de nutrición en la entidad, participando éste en el Acuerdo Nacional para la Salud Alimentaria.

14. Activar, organizar y coordinar el funcionamiento de los Comités, Subcomités y Consejos en

materia de programas preventivos, con el apoyo de los departamentos bajo su tramo de control.

15. Coordinar y participar en la prestación de servicios de salud materno-infantil, de planificación familiar, salud sexual y reproductiva, y de la nutrición de conformidad con la legislación vigente.

16. Fomentar, promover actividades y hábitos saludables que favorezcan el desarrollo de una nueva

cultura de salud en la población, a través de acciones preventivas que fortalezcan la educación, el deporte, la nutrición, destinadas a mejorar la salud de la población en su conjunto y de cada individuo, en coordinación con las Unidades Administrativas competentes;

17. Establecer, coordinar e integrar toda la información estadística y documental referente a la

operatividad y alcance de los programas preventivos con el propósito de tener la información real actualizada que sirva como base para evaluar los logros y planear acciones.

18. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 114: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 114 de 133

DEPARTAMENTO DE MEDICINA PREVENTIVA

OBJETIVO:

Fomentar, los estilos de vida saludable para mejorar la salud de la población mediante la aplicación de los programas y proyectos de prevención y promoción de la salud.

FUNCIONES:

1. Promover y apoyar las políticas nacional y estatal de los programas de la Infancia y la Adolescencia (vacunación, EDAS, IRAS, estimulación temprana, nutrición, y adolescencia), del Adulto Mayor y de Promoción de la Salud (entornos saludables, vete sano, regresa sano, escuela saludable, una nueva cultura de la salud), para el control de las enfermedades y riesgos a la salud del nacimiento a la edad madura.

2. Concertar y consensar las acciones de colaboración con instituciones públicas, privadas y sociales, para la ejecución conjunta de los Programas de Prevención y Promoción de la Salud.

3. Difundir y vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas relativas a la prevención para el control de las enfermedades y que constituyen un problema de salud pública en la población infantil, adolescente y adulto mayor, en las unidades de salud de las jurisdicciones sanitarias, así como el sector.

4. Promover la participación ciudadana en los ámbitos familiar, escolar y comunitario con el

propósito de prevenir y disminuir las enfermedades que más frecuentemente afectan a la población Infantil, Adolescente y Adultos Mayores.

5. Supervisar, asesorar y evaluar las acciones de los Programas de Promoción de la Salud

(Comunidades y Educación Saludable), de la Infancia y la Adolescencia y del Adulto Mayor, que se aplican en las unidades de salud intra y extra sectorial, así como emitir las recomendaciones de las desviaciones encontradas.

6. Programar, presupuestar y ejercer los recursos necesarios para la operatividad de los programas

en las unidades de salud.

7. Impulsar la participación de la sociedad en los ámbitos familiar, escolar y comunitario con el propósito de prevenir y disminuir las enfermedades que más frecuentemente afectan a la población Infantil, Adolescente y Adultos Mayores.

8. Promover el desarrollo de conocimientos, aptitudes, actitudes, habilidades y comportamientos favorables para la salud individual, familiar, colectiva y ambiental, que propicien la formación de comunidades y entornos saludables, mediante el uso de mecanismos de educación, orientación y atención, en coordinación con las unidades administrativas competentes mediante la aplicación del Modelo Operativo de Promoción de la Salud (MOPS).

Page 115: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 115 de 133

9. Promover la celebración de acuerdos y convenios de colaboración en el ámbito Estatal, Municipal, Nacional, Organismos no gubernamentales e instituciones públicas, privadas y sociales, para impulsar su apoyo y participación en el desarrollo de las acciones de Promoción de la Salud, de la infancia y adolescencia y del adulto mayor.

10. Fungir como apoyo técnico de la Red Tabasqueña de Municipios por la Salud y brindarle asesoría para su organización y del desarrollo de sus funciones.

11. Concertar las estrategias de comunicación de las campañas de información a la comunidad y de

promoción de la participación social en apoyo a las actividades de prevención y control de enfermedades en coordinación con el área de comunicación social.

12. Promover la educación para la salud, con métodos dirigidos hacia las influencias sociales y

medios de comunicación de masas, que refuercen los valores individuales y las normas grupales.

13. Establecer los procedimientos adecuados para el desarrollo y la administración de los programas de promoción de la Salud Comunidades Saludables, educación saludable, del Sistema de Cartillas Nacionales de Salud, Vete Sano, Regresa Sano, de la Salud de la Infancia y Adolescencia y del Adulto Mayor que permitan un seguimiento puntual del crecimiento y desarrollo de la población.

14. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 116: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 116 de 133

DEPARTAMENTO DE SALUD REPRODUCTIVA

OBJETIVO:

Normar, conducir y evaluar de forma sectorial los programas de salud reproductiva y la detección oportuna de los cánceres en la mujer (cervico uterino y mamario), en beneficio de la población del Estado.

FUNCIONES:

1. Promover y apoyar las políticas nacional y estatal de los programas de Salud Reproductiva (Arranque Parejo en la Vida y Planificación Familiar), de Cáncer Cervico Uterino y Mamario y de Interculturalidad en Salud, para disminuir los riesgos de la población en ésta etapa de la vida.

2. Establecer el diagnóstico situacional que guarda la salud reproductiva y de los programas de cáncer de la mujer en el estado, para definir las estrategias que permitan incidir los riesgos de la población y disminuir las muertes maternas, perinatales y de mujeres en edad reproductiva por la aparición de cánceres.

3. Difundir y vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas relativas a la prevención,

atención y control de los programas de salud sexual y reproductiva, cáncer de la mujer, salud materna y perinatal, e interculturalidad, aplicables en las unidades de salud de las jurisdicciones sanitarias, así como el sector.

4. Supervisar, asesorar y evaluar las acciones de los Programas de salud sexual y reproductiva,

cáncer de la mujer, salud materna y perinatal, tamiz neonatal e interculturalidad, que se aplican en las unidades de salud intra y extra sectorial, así como emitir las recomendaciones de las desviaciones encontradas.

5. Diseñar campañas publicitarias dirigidas a la población sobre las acciones realizadas a favor de la

prevención de embarazos no deseados, de los defectos al nacimiento, de la libre elección del método anticonceptivo ideal y de la prevención de complicaciones por el climaterio y la menopausia; así como de la detección diagnostico y tratamiento temprano de cáncer en la mujer.

6. Programar, presupuestar y ejercer los recursos necesarios para la operatividad de los programas

en las unidades de salud.

7. Fortalecer el programa de parteras tradicionales, mediante la capacitación y asesoría en la Norma Técnica de Competencia Laboral para la referencia oportuna a las unidades de salud en la atención del parto y puerperio.

8. Vigilar la promoción de la lactancia materna en las unidades hospitalarias institucionales y

privadas para favorecer la comunicación del binomio madre- hijo, a través de la certificación y recertificación como Hospitales Amigo del niño y de la madre.

9. Normar y vigilar la aplicación del Tamiz Neonatal integral para la disminución de las

enfermedades metabólicas en las unidades de 1er y 2do nivel de atención del sector salud.

Page 117: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 117 de 133

10. Integrar y coordinar los comités de Mortalidad Materna y Perinatal, con el objetivo de analizar a través de la metodología de eslabones críticos los factores que propiciaron el desenlace fatal con el propósito de evitar la ocurrencia de los mismos.

11. Fortalecer la Coordinación interinstitucional para impulsar el desarrollo de acciones conjuntas que

coadyuven a incrementar la cobertura y calidad de los programas e intensificar las actividades de información, educación y comunicación en Salud Reproductiva y de los Programas de Cáncer de la Mujer.

12. Promover la celebración de acuerdos y convenios de colaboración en el ámbito Estatal, Municipal,

Nacional, Organismos no gubernamentales e instituciones públicas, privadas y sociales, para impulsar su apoyo y participación en el desarrollo de las acciones de los programas de salud sexual y reproductiva, cáncer de la mujer, salud materna y perinatal, e interculturalidad.

13. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 118: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 118 de 133

DEPARTAMENTO DE VECTORES Y ZOONOSIS

OBJETIVO:

Prevenir y controlar las enfermedades trasmisibles por vector y las zoonosis en la entidad en coordinación con el sector salud, gobierno municipal y estatal.

FUNCIONES:

1. Establecer el diagnóstico situacional que guardan las enfermedades transmitidas por vector y zoonosis en las unidades aplicativas del estado, para definir las estrategias que permitan incidir y disminuir la ocurrencia de enfermedades transmitidas por vectores.

2. Difundir y vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas relativas a la prevención, atención y control de los programas de vectores y zoonosis, aplicables en las unidades de salud de las jurisdicciones sanitarias, así como el sector.

3. Normar y vigilar la operatividad de los programas de prevención y control de enfermedades transmisibles por vector y zoonosis conforme a las normas y políticas nacional y estatal.

4. Supervisar, asesorar y evaluar las acciones de los Programas de enfermedades transmitidas por vector y zoonosis, que se aplican en las unidades de salud intra y extra sectorial, así como emitir las recomendaciones de las desviaciones encontradas.

5. Diseñar campañas publicitarias dirigidas a la población sobre las medidas preventivas a realizar para evitar las enfermedades transmitidas por vector y zoonosis.

6. Coordinar las acciones de promoción y prevención a la salud a través de la estrategia de patio limpio en coordinación con las autoridades municipales y estatales.

7. Programar, presupuestar y ejercer los recursos necesarios para la operatividad de los programas en las unidades de salud.

8. Promover la celebración de acuerdos y convenios de colaboración en el ámbito Estatal, Municipal, Nacional, Organismos no gubernamentales e instituciones públicas, privadas y sociales, para impulsar su apoyo y participación en el desarrollo de las acciones de los programas de las enfermedades transmisibles por vector y zoonosis.

9. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 119: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 119 de 133

DEPARTAMENTO DE EPIDEMIOLOGÍA

OBJETIVO:

Monitorizar el Sistema Vigilancia Epidemiológica (SINAVE), la Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres, el comportamiento del Cólera, dando una respuesta inmediata a través de cercos epidemiológicos que disminuyan los riesgos a la salud en la población; así como implementar las estrategias de prevención, atención, control y seguimiento de las enfermedades de Transmisión Sexual y otras ITS y la Tuberculosis.

FUNCIONES:

1. Realizar el Diagnóstico Epidemiológico Estatal a través del análisis del comportamiento de la morbilidad y mortalidad en la población, estableciendo las principales causas de enfermedad de las mismas.

2. Difundir y vigilar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas relativas a la prevención, atención y control de las Enfermedades sujetas a Vigilancia Epidemiológica, Cólera, Tuberculosis y VIH/Sida, aplicables en las unidades de salud de las jurisdicciones sanitarias, así como el sector.

3. Normar y vigilar la operatividad de los programas de prevención y control de enfermedades

transmisibles y no transmisibles, Tuberculosis, VIH-Sida y Cólera, conforme a las normas y políticas nacional y estatal.

4. Supervisar, asesorar y evaluar las acciones de los Programas de enfermedades transmisibles y no transmisibles, Tuberculosis, VIH-Sida, Cólera y de Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres, que se aplican en las unidades de salud intra y extra sectorial, así como emitir las recomendaciones de las desviaciones encontradas.

5. Diseñar campañas publicitarias dirigidas a la población sobre las medidas preventivas a realizar

para evitar las enfermedades sujetas a vigilancia epidemiológica, Tuberculosis, VIH-Sida, Cólera y de Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres.

6. Programar, presupuestar y ejercer los recursos necesarios para la operatividad de los programas

en las unidades de salud.

7. Promover la celebración de acuerdos y convenios de colaboración en el ámbito Estatal, Municipal, Nacional, Organismos no gubernamentales e instituciones públicas, privadas y sociales, para impulsar su apoyo y participación en el desarrollo de las acciones de los programas de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, asó como Tuberculosis, VIH-Sida, Cólera y de Atención de Urgencias Epidemiológicas y Desastres.

8. Coordinar, supervisar y evaluar los programas de vigilancia epidemiológica en el sector Salud,

para el monitoreo del comportamiento de las enfermedades sujetas a vigilancia para la intervención oportuna y la contención de brotes epidémicos en la población.

Page 120: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 120 de 133

9. Normar, coordinar y controlar las acciones en caso de brotes epidémicos, epizzotias, intoxicaciones colectivas y en situaciones de desastre, de acuerdo a las alertas epidemiológicas emitidas a nivel mundial, federal y estatal.

10. Elaborar y desarrollar proyectos de investigación y vigilancia en los que se establezca la coordinación a nivel jurisdicciones y se involucre la participación del municipio.

11. Integrar la información analizada de la vigilancia epidemiológica y emitir boletines informativos

para su distribución en el Sector Salud y su retroalimentación a nivel nacional.

12. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 121: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 121 de 133

DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS

OBJETIVOS:

Dirigir las acciones encaminadas a regular, controlar, vigilar y analizar los establecimientos así como toda persona sujeta a regulación dedicados al proceso, uso, manipulación, comercialización o promoción de productos alimenticios, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas, tabaco, medicamentos, equipos médicos, quirúrgicos, de curación, odontológicos, productos higiénicos, de limpieza, ambientales, de saneamiento básico, sustancias toxicas o peligrosas, traslado de cadáveres, con el objetivo de proteger a la población de riesgos y daños a la salud de la contaminación del ambiente y del uso y consumo de bienes y servicios que también representan riesgos y daños a la salud.

FUNCIONES:

1. Elaborar , proponer y operar programas de orientación a las personas que realicen actividades Industriales, Comerciales, de Servicios, sistematizar los programas computarizados de vigilancia sanitaria de aviso de funcionamiento de las materias sujetas a regulación, que a la vez faciliten el cumplimiento de la legislación sanitaria vigente en materia de productos y servicios, vigilando las acciones de control regulación y fomento sanitario a través de las visitas de verificación y toma de muestras que permitan comprobar que las condiciones bajo las cuales operan los establecimientos que elaboran productos cumplan con la normatividad sanitaria vigente.

2. Ejercer las facultades relacionadas con la regulación, control y fomento sanitarios de los establecimientos en productos y servicios, insumos para la salud, servicios de salud y salud ambiental, en base al ámbito de competencia vigente entre Estado y Federación; y las demás que determine la normatividad sanitaria vigente.

3. Emitir sanciones, aplicar medidas de seguridad y de corrección de irregularidades, en la esfera de su competencia, con sujeción al procedimiento que establecen la Ley General de Salud, la Ley de Salud del Estado y la legislación sanitaria aplicable, así como remitir a las autoridades fiscales correspondientes en su caso, las sanciones económicas que se impongan para que se hagan efectivas a través del procedimiento administrativo de ejecución. Para el caso de arresto, se notificará la resolución a la autoridad judicial para que se ejecute y en todo caso se contará con un asesor jurídico en materia de regulación sanitaria encargado de orientar y brindar el sustento legal, al encargado de la Dirección.

4. Recibir los recursos y medios de defensa que se interpongan en contra de las resoluciones y actos de las unidades administrativas a su cargo y de las Jurisdicciones Sanitarias, en el ámbito de su competencia, dictando los acuerdos que procedan y, en su caso, remitir el expediente a la Unidad Jurídica para efectos de la resolución que corresponda.

5. Coordinar sus actividades con las demás unidades administrativas competentes en materia de regulación, control y fomento sanitario; Así como promover el establecimiento de mecanismos de coordinación intersectorial y con el sector privado. Con las excepciones en que se tiene la facultad exclusiva.

Page 122: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 122 de 133

6. Apoyar técnicamente en la promoción y elaboración de proyectos de convenios con los municipios, para la delegación de facultades en materia de regulación, control y fomento sanitario de conformidad con la Ley de Salud del Estado.

7. Promover la realización de convenios con los organismos gubernamentales y no gubernamentales, colegios, cámaras, asociaciones, agrupaciones empresariales, de coordinación y colaboración en materia de salud pública, de conformidad con la Ley General de Salud.

8. Emitir opinión técnica legal de las acciones de regulación, control y fomento sanitario, de acuerdo con los criterios de atención vigente entre Estado-Federación. En el caso de salubridad local, la opinión respectiva, se realizará conforme a los lineamientos establecidos por la Ley de Salud del Estado.

9. Normar, supervisar, evaluar y controlar las actividades que en materia de regulación, control y

fomento sanitario, realizan las Jurisdicciones Sanitarias.

10. Programar y presupuestar los recursos financieros, humanos, de insumos e infraestructura necesarios para la operación de los programas de protección contra riesgo sanitario.

11. Expedir órdenes de visita para la vigilancia sanitaria a los establecimientos y vehículos

relacionados con productos y servicios, insumos para la salud, servicios de salud y salud ambiental, en base al ámbito de competencia vigente entre Estado y Federación; y las demás que determine la normatividad sanitaria vigente.

12. Formular los anteproyectos y proyectos de iniciativas de reformas y adiciones a la legislación

sanitaria local y federal, acuerdos y convenios en los asuntos de su competencia, con la intervención de la unidad jurídica de la Secretaría de Salud.

13. Integrar la información y estadísticas sanitarias que apoyen la planeación y evaluación de las

acciones de cada una de las materias de protección contra riesgos sanitarios; así como proponer la operación de programas computarizados de vigilancia sanitaria, autorizaciones y avisos de funcionamientos de las materias sujetas a regulación.

14. Proporcionar información que le sea requerida por las unidades administrativas de la Secretaría y

por otras dependencias de la administración pública estatal y federal en el ámbito de su competencia.

15. Coadyuvar en la emisión de opiniones técnicas en los casos de emergencias, para ser

consideradas por los subcomités especiales de seguridad en salud.

16. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 123: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 123 de 133

DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN Y TRÁMITES SANITARIOS

OBJETIVO:

Planear, tramitar y/o expedir las autorizaciones sanitarias, sistemas informáticos y estadísticas sanitarias, así como el control presupuestal que se generen en el área de protección contra riesgos sanitarios.

FUNCIONES:

1. Integrar la información estadística sanitaria que apoye la planeación y evaluación de las acciones en cada una de las materias

2. Proponer y sistematizar la operación de programas computarizados de vigilancia sanitaria y de avisos de funcionamientos de las materias sujetas a regulación

3. Integrar los anteproyectos del presupuesto de las áreas de competencia de la dirección y evaluar

el programa de gasto y la aplicación de los recursos autorizados tanto federales como estatales

4. Emitir las autorizaciones sanitarias, de acuerdo con los criterios de atención establecidos en el acuerdo especifico de coordinación para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitario que ejecuta el gobierno del Estado de Tabasco

5. Evaluar las actividades que en materia de regulación, control y fomento sanitario, realizan las Jurisdicciones Sanitarias

6. Participar y proponer reformas y adiciones a la legislación sanitaria local en materia de regulación sanitaria

7. Integrar, organizar y mantener actualizados los manuales de organización y sus respectivos

procedimientos de las áreas que integran la Dirección de Protección Contra Riesgos Sanitarios., así como la de documentos técnicos solicitados por las instancias internas de esta Secretaria y por otras dependencias de la administración pública estatal y federal en el ámbito de su competencia.

8. Integrar información que le sea requerida por las unidades administrativas de la Secretaría y por otras dependencias de la administración pública estatal y federal en el ámbito de su competencia

9. Elaborar la Autoevaluación mensual y trimestral de la Dirección, de acuerdo al ejercicio presupuestal.

10. Emitir los reportes de avances físicos y financieros de los proyectos que se ejercen durante el ejercicio presupuestal

11. Integrar el inventario de los activos físicos que se encuentran bajo el resguardo de la Dirección.

12. Integrar la información en la página Web de la Secretaría de Salud de las actividades que realiza la Dirección de Protección Contra Riesgos Sanitarios periódicamente

13. Informar a la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Salud para las solicitudes de los usuarios internos y externos la información que se requiera referente a las actividades que le competen a la dirección legalmente y que no sea considerada como reservada.

14. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 124: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 124 de 133

DEPARTAMENTO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS

OBJETIVO:

Proteger la salud de la población, a través del control, regulación y fomento sanitario de los productos, actividades, establecimientos y servicios relacionados con alimentos, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, tabaco, productos de aseo, limpieza, perfumería y belleza, así como las materias primas y aditivos que se utilicen en su elaboración, y lo relacionado con la importación y exportación de los productos dentro del ámbito de competencia.

FUNCIONES: 1. Proponer, desarrollar, y operar los programas de orientación al público y fomento sanitario que

facilite el cumplimiento de la legislación sanitaria vigente en materia de Productos y Servicios 2. Desarrollar acciones de control, regulación y fomento sanitario sobre los establecimientos,

vehículos y actividades de Productos y Servicios que son materia de salubridad general descentralizada y salubridad local

3. Operar las acciones de control sanitario a través de las visitas de verificación y toma de muestras,

para comprobar que las condiciones bajo las cuales operan los establecimientos y la elaboración de productos cumplan con la normatividad sanitaria vigente

4. Aplicar medidas de seguridad en la esfera de su competencia, así como remitir a las autoridades

fiscales correspondientes, las resoluciones que impongan sanciones económicas para que se hagan efectivas a través del procedimiento administrativo de ejecución

5. Resolver sobre los recursos y medios de defensas que se interpongan en contra de las

resoluciones y actos del Departamento y de las Jurisdicciones Sanitarias, en el ámbito de su competencia

6. Organizar y actualizar permanentemente del padrón de establecimiento del área de su

competencia 7. Reorganizar actividades relacionadas a esta materia, con las demás Unidades Administrativas

relacionadas a la regulación control y fomento sanitario; así como promover los mecanismos de coordinación intersectorial y con el sector privado, de acuerdo a su competencia. Con las excepciones en que se tiene la facultad exclusiva

8. Emitir la opinión técnica legal de las acciones de vigilancia sanitaria de acuerdo con los criterios

de atención vigente entre el Estado-Federación. Con respecto a la Salubridad local, esta se realizará conforme a los lineamientos establecidos por la Ley de Salud del Estado

9. Organizar difundir y aplicar en el ámbito de su competencia las acciones sobre control, regulación

y fomento sanitario de los servicios de sanidad internacional, relacionados con los puertos marítimos, los aeropuertos, las poblaciones fronterizas y los demás lugares legalmente autorizados para el tránsito internacional de productos

Page 125: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 125 de 133

10. Comunicar las acciones de regulación y control cuando así lo disponga la federación en cuanto a las actividades, productos, establecimientos y servicios vinculados con el proceso de importación y exportación de los alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas, productos de perfumería, belleza y aseo, tabaco, así como las materias primas y aditivos que intervengan en su elaboración, sustancias y elementos que puedan afectar su proceso

11. Recepcionar los trámites relacionados con los terceros autorizados y participar a solicitud de la

Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios en las visitas de evaluación a los mismos

12. Normar, supervisar y evaluar el desarrollo de las acciones de control, regulación y fomento

sanitario que se desarrollan en cada una de las jurisdicciones del Estado en esta materia. 13. Elaborar las correspondientes órdenes de visitas de verificación para la vigilancia sanitaria, así

como las respectivas notificaciones y resoluciones relacionadas con la regulación de Productos y Servicios

14. Formular los proyectos relacionados con productos y servicios, así como el presupuesto de ellos y

la aplicación de los recursos autorizados tanto federales como estatales

15. Efectuar en materia de productos y servicios la evaluación de riesgos sanitarios, en base a la situación epidemiológica

16. Instrumentar los criterios para la programación, ejecución y evaluación del control de los riesgos sanitarios en materia de productos y servicios

17. Formular y proponer la programación y presupuestación que se realiza en cada ejercicio anual, así como coordinar y apoyar los que se realizan en cada jurisdicción

18. Intervenir en las reformas y adiciones de la Legislación Sanitaria Local relacionada con productos y servicios

19. Proponer y elaborar las normas sanitarias de salubridad local, así como concentrar y difundir la normatividad de salubridad general en materia de productos y servicios

20. Facilitar la información requerida por las unidades administrativas de la Secretaría y por otras dependencias de la administración pública estatal y federal en relación a productos y servicios.

21. Mantener actualizado el diagnóstico de los establecimientos sujetos a control sanitario en esta materia.

22. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables o que le confiera su Superior Jerárquico.

Page 126: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 126 de 133

DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN DE MEDICAMENTOS

OBJETIVO

Coadyuvar, mediante la regulación, control y fomento sanitario, a la prevención de los riesgos sanitarios derivados de los insumos, dispositivos y tecnologías para la salud así como la prestación de los servicios de salud, asimismo, lo relacionado con la importación y exportación de los medicamentos y dispositivos médicos dentro del ámbito de competencia.

FUNCIONES

1. Elaborar y proponer programas de orientación a las personas que realicen actividades y servicios, en materia de servicios de salud e insumos para la salud, que faciliten el cumplimiento de la legislación sanitaria.

2. Ejercer las facultades relacionadas con la regulación, control, y fomento sanitario de los establecimientos, productos, actividades servicios y vehículos, relacionados con medicamentos, tecnologías para la salud, manejo y dispensación de medicamentos en farmacias, servicios de salud públicos, privados y social, asilos e instituciones de beneficencia pública del Gobierno del Estado, así como órganos, tejidos y cadáveres; en relativo a la exhumación, incineración y traslados, de acuerdo y en base al ámbito de competencia vigente entre Estado y Federación.

3. Elaborar sanciones, aplicar medidas de seguridad y de corrección de irregularidades, en materia de servicios de salud e insumos para la salud, en la esfera de su competencia, con sujeción al procedimiento que establecen la Ley General de Salud, la Ley de Salud del Estado y otras disposiciones de la legislación sanitaria aplicable vigente, así como remitir a las autoridades fiscales correspondientes en su caso, las sanciones económicas que se impongan para que se hagan efectivas a través del procedimiento administrativo de ejecución.

4. Elaborar y resolver sobre los recursos y medios de defensas que se interpongan en contra de las resoluciones y actos del Departamento y de las Jurisdicciones Sanitarias, en el ámbito de su competencia.

5. Organizar y vigilar la actualización permanente del padrón de establecimiento de las diferentes jurisdicciones sanitarias del estado, del área de su competencia.

6. Coordinar el sistema de notificación oportuna de reacciones adversas de los medicamentos.

7. Emitir la opinión técnica legal de las acciones de regulación, control y fomento sanitario en materia de servicio de salud e insumos de acuerdo con los criterios de atención vigente entre Estado-Federación. En el caso de salubridad local, la opinión respectiva, se realizará conforme a los lineamientos establecidos por la Ley de Salud del Estado.

8. Asesorar en los procedimientos para los trámites sanitarios, de acuerdo con los criterios de

Page 127: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 127 de 133

atención establecidos en el acuerdo específico de coordinación para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitario que ejecuta el estado de Tabasco con la Federación.

9. Participar en las acciones de control sanitario en materia de sanidad internacional en lo relacionado a productos y mercancías sujetas a vigilancia sanitaria, puertos marítimos, aeropuertos, las poblaciones fronterizas y los lugares legalmente autorizados para el tránsito internacional de personas y cargas, de acuerdo con los criterios de atención establecidos en el catálogo de trámites, productos, actividades y servicios.

10. Normar, supervisar, evaluar y controlar en materia de servicios de salud e insumos para la salud, las actividades de regulación, control y fomento sanitario que realizan las Jurisdicciones Sanitarias.

11. Recepcionar los trámites relacionados con los terceros autorizados y participar, a solicitud de la Comisión Federal de Protección Contra Riesgos Sanitarios, en las visitas de evaluación a los mismos.

12. Formular los anteproyectos y proyectos de iniciativas de reformas y adiciones a la legislación sanitaria local, acuerdos y convenios en materia de servicios de salud e insumos para la salud, con la intervención de la Unidad Jurídica de la Secretaría de Salud.

13. Efectuar la evaluación de riesgos a la salud, en materia de servicios de salud e insumos para la salud, en base a la situación epidemiológica del Estado.

14. Elaborar las órdenes de visita para la verificación sanitaria y efectuar notificaciones a los establecimientos relacionados con los servicios de salud públicos y privados y tecnologías para la salud, dispositivos médicos, establecimientos de asistencia social, productos biotecnológicos, el manejo y disposición de cadáveres, así como emitir las resoluciones sanitarias que procedan conforme al procedimiento administrativo que señalen las disposiciones aplicables.

15. Integrar la información y estadísticas sanitarias que apoyen la planeación y evaluación de las acciones de cada una de las materias de servicios de salud e insumos para la salud.

16. Participar en la elaboración del programa de gasto y la aplicación de los recursos autorizados tanto federal como estatal; de los programas y proyectos relacionados a servicios de salud e insumos para la salud.

17. Mantener actualizado el diagnóstico de los establecimientos sujetos a control en materia de servicios de salud e insumos para la salud.

18. Promover y coordinar la capacitación y actualización del personal del área de protección contra riesgos sanitarios en materia de servicios de salud e insumos para la salud.

19. Las demás que le asignen los ordenamientos aplicables o su Superior Jerárquico.

Page 128: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 128 de 133

DEPARTAMENTO DE SALUD AMBIENTAL

OBJETIVO:

Proteger la salud de la población contra riesgos sanitarios provocados por el uso y consumo de productos y servicios así como por la exposición a factores ambientales, laborales y la ocurrencia de emergencias sanitarias mediante la regulación, control y prevención de riesgos sanitarios, así como lo relacionado con la importación y exportación de sustancias tóxicas dentro de nuestro ámbito de competencia.

FUNCIONES:

1. Elaborar y proponer programas de orientación a las personas que realicen actividades industriales, comerciales y de servicio en materia de salud ambiental, salud ocupacional y saneamiento básico, para facilitar el cumplimiento de la legislación sanitaria.

2. Ejercer las facultades relacionadas con la regulación, control y fomento sanitarios de los establecimientos, productos, actividades, servicios, vehículos, relacionados con sustancias tóxicas o peligrosas, fuentes de radiación para uso médico y diagnóstico, la salud ambiental, la salud ocupacional, el saneamiento básico, así como los riesgos derivados de factores ambientales, en base al ámbito de competencia vigente entre Estado y Federación.

3. Imponer sanciones, aplicar medidas de seguridad y de corrección de irregularidades, en nuestra esfera de competencia, con sujeción al procedimiento que establecen la Ley General de Salud y la Ley de Salud del Estado y otras disposiciones de la legislación sanitaria aplicable vigente a establecimientos, productos, actividades, servicios, vehículos, relacionados con sustancias tóxicas o peligrosas, fuentes de radiación para uso médico y diagnóstico, la salud ambiental, la salud ocupacional, el saneamiento básico, así como los riesgos derivados de factores ambientales.

4. Resolver sobre los recursos y medios de defensas que se interpongan en contra de las resoluciones y actos del Departamento y de las Jurisdicciones Sanitarias, en el ámbito de su competencia.

5. Organizar y vigilar la actualización permanente del padrón de establecimiento del área de competencia.

6. Promover los mecanismos de coordinación intersectorial a través de la participación

Interinstitucional en materia de plaguicidas, fertilizantes, sustancias tóxicas y de agua de contacto primario; de prevención y atención a emergencias ambientales, epidemiológicas, tecnológicas; de agua potable y alcantarillado; y los que apliquen.

7. Emitir la opinión técnica legal de las acciones de regulación, control y fomento sanitario en materia de salud ambiental, saneamiento básico y salud ocupacional, de acuerdo con los criterios de atención vigentes entre Estado y Federación. En el caso de Salubridad Local, la opinión respectiva se realiza conforme a los lineamientos establecidos por la Ley de Salud del Estado.

Page 129: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 129 de 133

8. Normar, supervisar, evaluar y controlar las actividades de regulación, control y fomento

sanitario que en materia de salud ambiental, saneamiento básico y salud ocupacional, realizan las Jurisdicciones Sanitarias.

9. Expedir órdenes de visita para la verificación sanitaria y efectuar notificaciones a los establecimientos relacionados con la salud ambiental, saneamiento básico y salud ocupacional, en base al ámbito de competencia del Estado, así como emitir las resoluciones sanitarias que procedan conforme al procedimiento administrativo que señalen las disposiciones aplicables.

10. Integrar información y estadísticas sanitarias que apoyen la planeación y evaluación de las acciones en materia de salud ambiental, saneamiento básico y salud ocupacional.

11. Participar en la elaboración del programa de gasto y la aplicación de los recursos autorizados tanto federal como estatal; de los programas y proyectos relacionados con salud ambiental, saneamiento básico y salud ocupacional.

12. Realizar las actividades tendientes a la protección de la salud humana ante los riesgos y daños derivados de las condiciones del ambiente, a través de la evaluación de riesgos a la salud en base a la situación epidemiológica del Estado.

13. Participar en la formulación de los anteproyectos y proyectos de iniciativas de reformas y adiciones a la legislación sanitaria local, acuerdos y convenios en materia de salud ambiental, salud ocupacional y saneamiento básico.

14. Mantener actualizado el diagnóstico de los establecimientos sujetos a control sanitario en materia de salud ambiental, salud ocupacional y saneamiento básico.

15. Promover la capacitación y actualización del personal en materia de salud ambiental, salud ocupacional y saneamiento básico.

16. Atender organizar, supervisar y evaluar, en el ámbito de competencia que corresponda, las acciones de regulación, control y fomento sanitarios y de protección inmediata a la salud de la población cuando sucedan desastres y emergencias naturales, antropogénicas y tecnológicas.

17. Coordinar y apoyar en la ejecución de la operación de sistemas y programas computarizados relacionados con el proceso electrónico en la obtención de responsivas técnicas sanitarias de establecimientos dedicados a los servicios urbanos de fumigación, desinfección y control de plagas.

18. Emitir las autorizaciones sanitarias, de acuerdo con los criterios de atención establecidos en el acuerdo específico de coordinación para el ejercicio de facultades en materia de control y fomento sanitario que celebre el Estado.

19. Las demás que le asignen los ordenamientos aplicables o su Superior Jerárquico.

Page 130: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 130 de 133

X. GLOSARIO DE TÉRMINOS

Bienes informáticos. Son todos aquellos elementos que forman un sistema informático (computadora) en cuanto al hardware, ya sea la unidad central de proceso o sus periféricos como son: teclado, mouse, monitor, impresora, etc., así como todos los equipos que tienen una relación directa de uso con respecto a ellos y que, en conjunto, conforman el soporte físico del elemento informático. Coadyuvar. Contribuir al logro o realización de una actividad Dictamen técnico. Es el documento mediante el cual la unidad de tecnologías de la información aprueba los requerimientos en materia de tecnologías e infraestructura de telecomunicaciones, así como proyectos de informática y desarrollos, información de sistemas automatizados, telemedicinas y equipos biomédicos. Difundir. Dar a conocer una cosa a un gran número de personas: Aventar, divulgar. Hardware. Corresponde a todas las partes tangibles de una computadora: sus componentes eléctricos, electrónicos, electromecánicos y mecánicos; sus cables, gabinetes o cajas, periféricos de todo tipo y cualquier otro elemento físico involucrado. Implementación. Es la realización de una aplicación, o la ejecución de un plan, idea, modelo científico, diseño, especificación, estándar, algoritmo o política. Innovación. La creación o modificación de un producto, y su introducción en un mercado. Mantenimiento preventivo. Es el servicio que se le proporciona a un bien informático que permite detectar fallos repetitivos, aumentar la vida útil de equipos, disminuir costos de reparaciones, detectar puntos débiles. Mantenimiento correctivo. Es el servicio que se le proporciona a un bien informático que permite reparar o sustituir una pieza o componente de un bien informático para continuar su vida útil. Metodología. Hace referencia al conjunto de procedimientos basados en principios lógicos, utilizados para alcanzar una gama de objetivos que rigen en una investigación científica o en una exposición doctrinal. Normatividad. Refiere al establecimiento de reglas o leyes, dentro de cualquier grupo u organización. Software. Al equipamiento lógico o soporte lógico de una computadora digital; comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios que hacen posible la realización de tareas específicas. Telecomunicaciones. Abarca todas las formas de comunicación a distancia. La palabra incluye el prefijo griego tele, que significa “distancia” o “lejos”. Por lo tanto, la telecomunicación es una técnica que consiste en la transmisión de un mensaje desde un punto hacia otro, usualmente con la característica adicional de ser bidireccional. La telefonía, la radio, la televisión y la transmisión de datos a través de computadoras son parte del sector de las telecomunicaciones. Autoridad Funcional: Facultad de mando que ejercen varios funcionarios en un mismo grupo de trabajo, cada una para funciones distintas.

Autoridad Lineal: Facultad de mando que ejerce exclusivamente un funcionario en un grupo de trabajo. Es aquella que aplica una relación de subordinación entre los responsables de las unidades orgánicas y sus subalternos, como consecuencia de la división del trabajo y de la delegación de tareas.

Autoridad: Persona u organismo que ejerce una potestad que le ha sido conferida, legalmente para desempeñar una función pública o para dictar, al efecto resoluciones cuya obediencia es indeclinable, bajo la amenaza de una sanción y la posibilidad legal de su ejecución forzosa en caso necesario.

Page 131: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 131 de 133

Bienes Inmuebles: "El que no puede ser traslado de un lugar a otro", y se dividen por su naturaleza, por su destinación o por el objeto a que se refieren.Por su naturaleza son los que se encuentran por sí mismo inmovilizados, los suelos y todo aquello que se encuentren adherido a él, como el caso de un edificio o una casa. Por su destinación aquellos bienes muebles que manteniendo su individualidad se unen a un inmueble por su naturaleza, excepto los que son unidos de manera temporal. Por su carácter representativo Los acreditativos de derechos reales sobre bienes inmuebles, ejemplo: título de propiedad, acciones, etc.

Bienes Muebles: El que por sí propio o mediante una fuerza externa es movible o transportable de un lado a otro, siempre y cuando el ordenamiento jurídico no le haya conferido carácter de inmueble por accesión se requiere decir con este último de que se consideraron así a las partes sólidas o fluidas que están separadas del suelo (las piedras, tierras, metales, etc.).

Concertar: Pactar, ajustar, tratar, acordar un negocio.

Convenio: Ajuste, convención, contrato. Acuerdo vinculante entre los representantes de los trabajadores y los empresarios de un sector o empresa determinados, que regula las condiciones laborales.

Coordinar: Disponer cosas metódicamente. Concertar medios, esfuerzos, etc., para una acción común.

Difundir: Propagar o divulgar conocimientos, noticias, actitudes, costumbres, modas, etc.

Epidemia: Enfermedad que se propaga durante algún tiempo por un país, acometiendo simultáneamente a gran número de personas.

Equipo De Evaluadores: Área administrativa que depende de la jurisdicción sanitaria que tiene como propósito dar seguimiento a la prestación de servicios de salud otorgados por las jurisdicciones sanitarias a través de las redes y microredes.

Estructura Orgánica: Disposición sistemática de los órganos que integran a una institución, conforme a criterios de jerarquía y especialización, ordenados y clasificados de tal forma que sea posible visualizar los niveles jerárquicos y sus relaciones de dependencia.

FASSA C: Fondo de aportaciones de la Secretaría de Salud destinados a la comunidad.

FASSA P. Fondo de aportaciones de la Secretaria de Salud destinados a la persona.

Infraestructura: Conjunto de elementos o servicios que se consideran necesarios para la creación y funcionamiento de una organización cualquiera.

Micro-Redes: Conjunto de unidades prestadoras de servicios de salud distribuidas en una extensión territorial definida con el objetivo de eficientar la prestación de servicios de salud y que normalmente pertenecen a una red.

Nivel Jerárquico: División de la estructura organizacional que comprende todas las unidades orgánicas que tiene autoridad y responsabilidad similares, independientemente del tipo de funciones que tengan asignadas.

Organización: Se considera que una organización es una unidad social constituida en forma deliberada con fin y objetivos predeterminados sobre una base de actuación de cierta permanencia que se rige por un orden normativo y se estructura alrededor de centros de poder y de decisión interno y externo, que regulan y controlan su operación para encaminarlas al cumplimiento de sus objetivos.

Órgano: Grupo impersonal que tiene a su cargo el ejercicio de una o varias funciones o parte de ellas; pueden estar integrados por uno o varios puestos.

Page 132: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 132 de 133

Organigrama: Representación gráfica de la estructura orgánica y debe reflejar, en forma esquemática, la posición de las unidades orgánicas que la compone y sus respectivas relaciones (de autoridad, de asesoría, de coordinación, etc.) niveles jerárquicos y canales formales de comunicación.

Órganos Desconcentrados: Forma de organización que pertenece a las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos para la más eficaz atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia. Los órganos desconcentrados no tienen personalidad jurídica ni patrimonio propio, jerárquicamente están subordinados a las dependencias de la administración pública a que pertenecen, y sus facultades son específicas para resolver sobre la materia y ámbito territorial que se determine en cada caso por la ley.

Paraestatal: Dicho de una institución, de un organismo o de un centro: Que, por delegación del Estado, coopera a los fines de este sin formar parte de la Administración Pública.

PLAZA: Una posición individual de trabajo que no puede ser ocupada por más de un empleado a la vez y que tiene una adscripción determinada. De esta manera, puede entenderse, con el conjunto de labores y responsabilidades asignadas en forma permanente a un solo empleado, en determinada adscripción.

POA: Programa operativo anual.

Prevenir: Prever, ver, conocer de antemano o con anticipación un daño o perjuicio. Precaver, evitar, estorbar o impedir algo. Anticiparse a un inconveniente, dificultad u objeción. Disponer con anticipación, prepararse de antemano para algo.

Promover: Iniciar o impulsar una cosa o un proceso, procurando su logro. Tomar la iniciativa para la realización o el logro de algo.

Redes: Conjunto de unidades prestadoras de servicios de salud distribuidas en una extensión territorial definida con el objetivo de eficientar la prestación de servicios de salud.

Regular: Ajustar, reglar o poner en orden algo. Ajustar el funcionamiento de un sistema a determinados fines. Determinar las reglas o normas a que debe ajustarse alguien o algo.

Riesgo Sanitario: Peligro para la salud como consecuencia de la exposición a contaminantes ambientales, como el amianto o la radiación ionizante, o derivado del estilo de vida, como el consumo de tabaco o el abuso de sustancias químicas.

Riesgo: Contingencia o proximidad de un daño.

Saldo: Cantidad positiva o negativa que resulta de una cuenta

Salud Pública: La salud pública es la disciplina encargada de la protección de la salud a nivel poblacional. En este sentido, busca mejorar las condiciones de salud de las comunidades mediante la promoción de estilos de vida saludables, las campañas de concienciación, la educación y la investigación. Para esto, cuenta con la participación de especialistas en medicina, biología, enfermería, sociología, estadística, veterinaria y otras ciencias y áreas.

Sanitario: Perteneciente o relativo a la sanidad. Medidas sanitarias. Perteneciente o relativo a las instalaciones higiénicas.

Sector: Cada una de la partes de una colectividad, grupo o conjunto que tiene caracteres peculiares y diferenciados. Conjunto de empresas o negocios que se engloban en un área diferenciada dentro de la actividad económica y productiva.

Sector Salud: El sector Salud está compuesto por todas las personas e instituciones, públicas y privadas, que ejecutan o contribuyen a la realización de actividades destinadas a la promoción, protección, recuperación de la salud y rehabilitación en comunidades y personas enfermas.

Page 133: Página - Tabasco · Página 9 de 133 (REF. 7/V/1987) (REF. 14/VI/1991) Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado (P.O. 31/III/1990) REGLAMENTOS Reglamento Interior de la Secretaría

Página 133 de 133

Vector: Ser vivo que puede transmitir o propagar una enfermedad.

Viáticos: Son recursos asignados a los servidores públicos que para el desempeño de sus funciones.

Vigilancia Epidemiológica: La vigilancia epidemiológica es el estudio permanente y dinámico del estado de salud en la población, y tiene como propósito presentar opciones para la toma de decisiones. Desde el punto de vista operativo incluye la recopilación, procesamiento y análisis de los daños y riesgos en salud.

Vigilancia: Cuidado y atención exacta en las cosas que están a cargo de cada uno. Servicio ordenado y dispuesto para vigilar.

Zoonosis: Enfermedad o infección que se da en los animales y que es transmisible al hombre en condiciones naturales.