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LUNES 29 DE OCTUBRE DE 2007 Pág. 36 B.O.C.M. Núm. 257 b) Vicepresidente: Directora General de Comercio o persona a quien designe. c) Vocales: Don Héctor Casado López, en su calidad de Secretario Gene- ral Técnico de la Consejería de Economía y Consumo, o per- sona a quien designe. Don Arturo Fernández Álvarez, en su calidad de Presidente de CEIM, en representación del sector empresarial madrile- ño, o persona en quien delegue. Don Luis Partida Brunete, en su calidad de Presidente de la Federación de Municipios de Madrid, en representación de los municipios de la Comunidad de Madrid, o persona en quien delegue. Don Salvador Santos Campano, en su calidad de Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, o persona en quien delegue. Doña Alfonsa Segura, en su calidad de Directora de la Escue- la de Diseño 4 de la Comunidad de Madrid. Don Abel Enguita Puebla en su calidad de Doctor Arquitecto, Profesor Titular de Urbanística en la Escuela Técnica Supe- rior de Arquitectura. Don Manuel Estrada, en su calidad de Presidente de la Aso- ciación de Diseñadores de Madrid (DIMAD). d) Secretario, con voz pero sin voto, que será empleado público de la Dirección General de Comercio. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrati- va, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Conse- jero de Economía y Consumo, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publica- ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 17 de octubre 2007. El Consejero de Economía y Consumo, FERNANDO MERRY DEL VAL Y DÍEZ DE RIVERA (03/26.288/07) Consejería de Educación 3860 ORDEN 5238/2007, de 9 de octubre, por la que se resuelve la concesión de ayudas económicas individuales para la participación en actividades en formación del profesorado, destinadas a Profesores de centros docentes privados con- certados y de centros docentes públicos con convenio con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Por Orden 1522/2007, de 23 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 17 de abril), se aprueban las bases re- guladoras y se convocan ayudas económicas individuales para la realización de actividades de formación del profesorado, determi- nándose en su artículo décimo que la concesión o denegación de las ayudas se determinará por Orden de la Consejera de Educación, in- cluyendo una relación nominativa de los beneficiarios, expresando la cuantía de la ayuda concedida en cada caso, así como una relación nominal de solicitudes denegadas con especificación de la causa. Examinadas las solicitudes presentadas por los solicitantes que se relacionan en los Anexos de esta Orden, y en base a los criterios es- tablecidos en la citada convocatoria de 23 de marzo de 2007, a pro- puesta de la Comisión Seleccionadora. Esta Consejería de Educación HA RESUELTO Primero Conceder ayudas económicas individuales a los Profesores que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden, con las cantidades ín- tegras que en el mismo se detallan. Segundo Excluir las solicitudes de ayuda relacionadas en el Anexo II de esta Orden por alguna de las siguientes causas: Actividad de formación no realizada durante el curso 2006-2007 (02). No prestar servicios como personal docente en centros privados concertados y en centros docentes públicos con convenio con la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid (03). Ser ya beneficiario de una ayuda económica a través de la presen- te convocatoria (05). Los gastos derivados de la realización de la actividad no corres- ponden a inscripción, matrícula y/o mensualidades (09). Tercero 1. La percepción de la ayuda está condicionada a que el benefi- ciario justifique debidamente su participación en la actividad de for- mación. Para ello deberá presentar la siguiente documentación: a) Original o fotocopia compulsada del documento que acredite el importe abonado por la actividad de formación mediante certificación o factura emitida por la entidad. Cuando se tra- te de estudios, original o fotocopia compulsada acreditativa de la matrícula y justificante de haber realizado el pago de la misma. b) Original o fotocopia compulsada que acredite la realización de la actividad de formación mediante certificado, diploma, título, certificación académica, etcétera. 2. Una vez finalizada la actividad de formación y, en todo caso, con anterioridad al 1 de noviembre de 2007, la indicada documenta- ción deberá ser remitida a la Dirección General de Mejora de la Ca- lidad de la Enseñanza, Sección de Licencias, Becas y Ayudas de Formación, Gran Vía, número 10, segunda planta, 28013 Madrid. 3. En caso de renuncia a la ayuda económica concedida, se co- municará esta circunstancia a dicha Dirección General. Cuarto El importe total de las ayudas económicas concedidas por la pre- sente Orden asciende a un total de 274.191,86 euros. Contra la resolución de concesión o denegación de la ayuda cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la forma y plazos establecidos por la normativa vigente. Madrid, a 9 de octubre de 2007.—La Consejera de Educación, PD (Orden 379/1998, de 6 de marzo, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI- DAD DE MADRID del 20), el Director General de Mejora de la Cali- dad de la Enseñanza, Xavier Gisbert da Cruz. ANEXO I RELACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDAS INDIVIDUALES CONCEDIDAS

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LUNES 29 DE OCTUBRE DE 2007Pág. 36 B.O.C.M. Núm. 257

b) Vicepresidente: Directora General de Comercio o persona aquien designe.

c) Vocales:— Don Héctor Casado López, en su calidad de Secretario Gene-

ral Técnico de la Consejería de Economía y Consumo, o per-sona a quien designe.

— Don Arturo Fernández Álvarez, en su calidad de Presidentede CEIM, en representación del sector empresarial madrile-ño, o persona en quien delegue.

— Don Luis Partida Brunete, en su calidad de Presidente de laFederación de Municipios de Madrid, en representación delos municipios de la Comunidad de Madrid, o persona enquien delegue.

— Don Salvador Santos Campano, en su calidad de Presidentede la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, opersona en quien delegue.

— Doña Alfonsa Segura, en su calidad de Directora de la Escue-la de Diseño 4 de la Comunidad de Madrid.

— Don Abel Enguita Puebla en su calidad de Doctor Arquitecto,Profesor Titular de Urbanística en la Escuela Técnica Supe-rior de Arquitectura.

— Don Manuel Estrada, en su calidad de Presidente de la Aso-ciación de Diseñadores de Madrid (DIMAD).

d) Secretario, con voz pero sin voto, que será empleado públicode la Dirección General de Comercio.Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrati-va, los interesados podrán interponer con carácter potestativorecurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Conse-jero de Economía y Consumo, o bien directamente, recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, antelos Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid,ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publica-ción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de octubre 2007.

El Consejero de Economía y Consumo,FERNANDO MERRY DEL VAL

Y DÍEZ DE RIVERA

(03/26.288/07)

Consejería de Educación

3860 ORDEN 5238/2007, de 9 de octubre, por la que se resuelvela concesión de ayudas económicas individuales para laparticipación en actividades en formación del profesorado,destinadas a Profesores de centros docentes privados con-certados y de centros docentes públicos con convenio conla Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.

Por Orden 1522/2007, de 23 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID del 17 de abril), se aprueban las bases re-guladoras y se convocan ayudas económicas individuales para larealización de actividades de formación del profesorado, determi-nándose en su artículo décimo que la concesión o denegación de lasayudas se determinará por Orden de la Consejera de Educación, in-cluyendo una relación nominativa de los beneficiarios, expresandola cuantía de la ayuda concedida en cada caso, así como una relaciónnominal de solicitudes denegadas con especificación de la causa.

Examinadas las solicitudes presentadas por los solicitantes que serelacionan en los Anexos de esta Orden, y en base a los criterios es-tablecidos en la citada convocatoria de 23 de marzo de 2007, a pro-puesta de la Comisión Seleccionadora.

Esta Consejería de Educación

HA RESUELTO

Primero

Conceder ayudas económicas individuales a los Profesores que serelacionan en el Anexo I de la presente Orden, con las cantidades ín-tegras que en el mismo se detallan.

Segundo

Excluir las solicitudes de ayuda relacionadas en el Anexo II deesta Orden por alguna de las siguientes causas:

Actividad de formación no realizada durante el curso 2006-2007 (02).No prestar servicios como personal docente en centros privados

concertados y en centros docentes públicos con convenio con laConsejería de Educación de la Comunidad de Madrid (03).

Ser ya beneficiario de una ayuda económica a través de la presen-te convocatoria (05).

Los gastos derivados de la realización de la actividad no corres-ponden a inscripción, matrícula y/o mensualidades (09).

Tercero

1. La percepción de la ayuda está condicionada a que el benefi-ciario justifique debidamente su participación en la actividad de for-mación. Para ello deberá presentar la siguiente documentación:

a) Original o fotocopia compulsada del documento que acrediteel importe abonado por la actividad de formación mediantecertificación o factura emitida por la entidad. Cuando se tra-te de estudios, original o fotocopia compulsada acreditativade la matrícula y justificante de haber realizado el pago de lamisma.

b) Original o fotocopia compulsada que acredite la realizaciónde la actividad de formación mediante certificado, diploma,título, certificación académica, etcétera.

2. Una vez finalizada la actividad de formación y, en todo caso,con anterioridad al 1 de noviembre de 2007, la indicada documenta-ción deberá ser remitida a la Dirección General de Mejora de la Ca-lidad de la Enseñanza, Sección de Licencias, Becas y Ayudas deFormación, Gran Vía, número 10, segunda planta, 28013 Madrid.

3. En caso de renuncia a la ayuda económica concedida, se co-municará esta circunstancia a dicha Dirección General.

Cuarto

El importe total de las ayudas económicas concedidas por la pre-sente Orden asciende a un total de 274.191,86 euros.

Contra la resolución de concesión o denegación de la ayuda cabráinterponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería deEducación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativoante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la forma y plazosestablecidos por la normativa vigente.

Madrid, a 9 de octubre de 2007.—La Consejera de Educación, PD(Orden 379/1998, de 6 de marzo, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNI-DAD DE MADRID del 20), el Director General de Mejora de la Cali-dad de la Enseñanza, Xavier Gisbert da Cruz.

ANEXO I

RELACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDAS INDIVIDUALES CONCEDIDAS

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Page 5: Pág. 36 LUNES 29 DE OCTUBRE DE 2007 B.O.C.M. Núm. 257 · 2009-06-05 · Pág. 36 LUNES 29 DE OCTUBRE DE 2007 B.O.C.M. Núm. 257 b) Vicepresidente: Directora General de Comercio

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ANEXO II

RELACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDAS INDIVIDUALES EXCLUIDAS

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LUNES 29 DE OCTUBRE DE 2007Pág. 46 B.O.C.M. Núm. 257

(03/26.094/07)

Consejería de Medio Ambientey Ordenación del Territorio

3861 RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2007, de la SecretaríaGeneral Técnica de la Consejería de Medio Ambiente yOrdenación del Territorio, por la que se hace pública laOrden 1200/2007, por la que se aprueba definitivamente lamodificación puntual del Plan General de Ordenación Ur-bana de Madrid en la finca de la calle de la Bola, núme-ro 6, y cuesta de Santo Domingo, número 5 (Ac. 48/07).

Por el excelentísimo señor Consejero de Medio Ambiente y Or-denación del Territorio, con fecha 18 de mayo de 2007, se dictó laOrden 1200/2007, del siguiente tenor literal:

«Examinado el expediente, obrante en esta Consejería de MedioAmbiente y Ordenación del Territorio, de Modificación Puntual delPlan General de Ordenación Urbana de Madrid en la finca de la ca-lle de la Bola, número 6, y cuesta de Santo Domingo, número 5, conel propósito de otorgar idéntico tratamiento urbanístico a la totalidadde la finca y suprimir el uso de “Equipamiento privado” en su clasede “Educativo” en la parte con frente a la calle de la Bola, número 6,procede hacer constar cuanto sigue:

I. El expediente consta, en síntesis, de los siguientes antecedentes:1.o Con fecha 26 de abril de 2006, el Pleno del Ayuntamiento de

Madrid acordó aprobar inicialmente la Modificación Puntual de re-ferencia y someterla al trámite de información pública por plazo deun mes.

El trámite de información pública fue cumplimentado mediante lapublicación de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFI-CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 132, de 5 de juniode 2006, y en el periódico “La Razón”, en su edición de 25 de mayodel mismo año, habiéndose presentado alegaciones por doña CeciliaRuiz de Lobera y Pérez-Mínguez, que fueron desestimadas por losservicios técnicos municipales.

2.o Con fecha 6 de junio de 2006, la Dirección General de Cali-dad y Evaluación Ambiental de esta Consejería emite informe favo-rable a la presente Modificación Puntual, sin perjuicio de que la res-tauración del jardín deba someterse a las determinaciones de laLey 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbo-lado Urbano de la Comunidad de Madrid.

3.o El Pleno del Ayuntamiento de Madrid, con fecha 31 de ene-ro de 2007, acordó aprobar provisionalmente la Modificación Pun-tual y remitir el expediente a la Comunidad de Madrid, al amparodel artículo 57.e) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de laComunidad de Madrid, para su aprobación definitiva, si procede,por el órgano autonómico competente.

II. La parte principal de la parcela objeto de la ModificaciónPuntual, con fachada a la cuesta de Santo Domingo, número 5, con-tiene el edificio del antiguo palacio de los duques de Granada deEga. La parte posterior, con frente a la calle de la Bola, número 6,está constituida por el jardín y las caballerizas del palacio. El PlanGeneral de Madrid de 1997 subdivide la finca con dos calificacio-

nes diferentes, pero se trata de una sola finca registral, inscrita comotal en el Registro de la Propiedad en 1990.

El edificio situado en la parte principal de la parcela está destina-do en la actualidad a hotel. La parte posterior estuvo ocupada des-de 1941, en régimen de arrendamiento, por un centro educativo pri-vado, cuya actividad ha cesado, encontrándose actualmente enestado de abandono.

La presente modificación tiene por objeto suprimir el uso de“Equipamiento privado” en su clase de “Educativo” en la parte confrente a la calle de la Bola, número 6, para unificar el tratamiento dela totalidad de la finca en el Plan General, en lo relativo a la NormaZonal, nivel de usos y nivel de protección de los edificios existentesy del jardín, con el propósito de recuperar este último y las caballe-rizas (cuyo volumen y forma se protege) y suprimir un cuerpo aña-dido sin valor arquitectónico, destinando esta parte de la finca a usoscomplementarios del hotel que ocupa el edificio principal.

III. Respecto al contenido de la Modificación Puntual, las ca-racterísticas más significativas se concretan en:

— Se otorga idéntico tratamiento a la totalidad de la finca, supri-miendo el uso del Equipamiento Privado en su clase de “Edu-cativo” en la parte con frente a la calle de la Bola, número 6.

— Se mantiene la Norma Zonal 1, Grado 5.o, otorgada actual-mente por el Plan General a las dos partes, así como el Nivelde Protección 3 Grado Parcial, otorgado, igualmente, a la to-talidad de las edificaciones.

— Se mantiene el Nivel de Protección 2 que afecta al jardín si-tuado en la parte posterior y se otorga a la totalidad de la par-cela el Nivel de Uso C, aplicable actualmente a la parte prin-cipal.

La documentación que se modifica del Plan General con la pre-sente Modificación Puntual es la siguiente:

— Planos: Ordenación 0-66/8, Gestión G-66/8, Usos y Activi-dades UA-66/8, Condiciones de la Edificación CE-66/8, Ca-tálogo de Edificios CA-66/8, Catálogo de Elementos Singu-lares CB-66/8, Análisis de la Edificación, manzana 01-01-021.

— Listado de edificios catalogados: Se elimina la referencia alnúmero 07276 de la calle de la Bola, número 6.

— Ficha de condiciones urbanísticas de la finca, número 02597:Se redacta una nueva página 2 con las condiciones específi-cas para el tratamiento del jardín y las edificaciones de las ca-ballerizas, en la que se recogen las determinaciones estable-cidas por la reunión conjunta de la Comisión Local dePatrimonio Histórico de Madrid de la Consejería de Culturay Deportes de la Comunidad de Madrid y de la Comisión deControl y Protección del Patrimonio del Ayuntamiento deMadrid (CIPHAN), en sesiones celebradas los días 5 de ene-ro y 21 y 24 de junio de 2005.

— Ficha de Catálogo de Parques Históricos y Jardines de Inte-rés: Se sustituye el número 07276 por el número 02597.

IV. Respecto al análisis y valoración de la Modificación Pun-tual propuesta, la Dirección General de Urbanismo y PlanificaciónRegional de esta Consejería, con fecha 13 de marzo de 2007, emiteinforme favorable a la aprobación definitiva de la misma, por consi-