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Entidad incorporada a la Confederación General del Trabajo Rosario, 25 de Junio 2014 Neuralsoft S.R.L. Sr. Gustavo Viceconti, CEO de Neuralsoft S.R.L. De nuestra mayor consideración: LA UNIÓN INFORMÁTICA EN NEURALSOFT saluda respetuosamente a Ud. y desea hacerle llegar el siguiente Petitorio, con motivo de avanzar hacia la mejora continua de las condiciones laborales de todos los empleados que trabajan en Neuralsoft atendiendo a diversos apremios, tanto en las sedes de Rosario, Santa Fe, Cordoba y Buenos Aires. El presente nace por producto del diálogo y consenso logrado entre los empleados de Neuralsoft de los distintos sectores, representan importantes necesidades insatisfechas y el sentir de los trabajadores y sus familias. Conociendo que la empresa siempre esta atenta a la inversión de sus recursos humanos, esperamos que las mejoras requeridas sean consideradas, desde una perspectiva tanto laboral y económica, pero fundamentalmente humana, en donde los esfuerzos mancomunados den lugar a una mejora sustancial en las condiciones de vida de todos nosotros, lográndo así una mejora en el clima laboral que conlleva una mejor producción y rentabilidad en la empresa. Entender estas necesidades y poder satisfacerlas ademas hará de Neuralsoft una empresa que se sumara a las pioneras en el país que invierten en su capital humano en pos de obtener un aumento en la producción y rentabilidad. Apostamos a crear entornos laborales menos represivos y más distendidos, fomentando la colaboración y el trabajo en equipo, para lograr mayor eficiencia, motivación e implicación de los empleados en la cultura corporativa. Nuestro objetivo es que un empleado pueda decir orgulloso que trabaja en Neuralsoft, que pueda contar las políticas empleadas como modelos superadores entre las empresas de Argentina y LatinoAmerica, orondo de su puesto de trabajo. Con este fin, y el de integrarnos a la compañía en la búsqueda conjunta de fines superadores para los empleados, esperamos que analice este petitorio y pueda darnos una respuesta antes del 30 de Junio de 2014, para informar a nuestros afiliados en las Asambleas que realizaremos. En carácter de delegados normalizadores del sindicato Unión Informática, solicitamos respetuosamente que se considere la resolución de los siguientes puntos de naturaleza urgente:

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Entidad incorporada a la Confederación General del Trabajo

Rosario, 25 de Junio 2014

Neuralsoft S.R.L.

Sr. Gustavo Viceconti, CEO de Neuralsoft S.R.L.De nuestra mayor consideración:

LA UNIÓN INFORMÁTICA EN NEURALSOFT saluda respetuosamente aUd. y desea hacerle llegar el siguiente Petitorio, con motivo de avanzarhacia la mejora continua de las condiciones laborales de todos losempleados que trabajan en Neuralsoft atendiendo a diversos apremios,tanto en las sedes de Rosario, Santa Fe, Cordoba y Buenos Aires. El presentenace por producto del diálogo y consenso logrado entre los empleados deNeuralsoft de los distintos sectores, representan importantes necesidadesinsatisfechas y el sentir de los trabajadores y sus familias. Conociendo quela empresa siempre esta atenta a la inversión de sus recursos humanos,esperamos que las mejoras requeridas sean consideradas, desde unaperspectiva tanto laboral y económica, pero fundamentalmente humana, endonde los esfuerzos mancomunados den lugar a una mejora sustancial enlas condiciones de vida de todos nosotros, lográndo así una mejora en elclima laboral que conlleva una mejor producción y rentabilidad en laempresa. Entender estas necesidades y poder satisfacerlas ademas hará deNeuralsoft una empresa que se sumara a las pioneras en el país queinvierten en su capital humano en pos de obtener un aumento en laproducción y rentabilidad. Apostamos a crear entornos laborales menosrepresivos y más distendidos, fomentando la colaboración y el trabajo enequipo, para lograr mayor eficiencia, motivación e implicación de losempleados en la cultura corporativa. Nuestro objetivo es que un empleadopueda decir orgulloso que trabaja en Neuralsoft, que pueda contar laspolíticas empleadas como modelos superadores entre las empresas deArgentina y LatinoAmerica, orondo de su puesto de trabajo.

Con este fin, y el de integrarnos a la compañía en la búsquedaconjunta de fines superadores para los empleados, esperamos que analiceeste petitorio y pueda darnos una respuesta antes del 30 de Junio de 2014,para informar a nuestros afiliados en las Asambleas que realizaremos.

En carácter de delegados normalizadores del sindicato UniónInformática, solicitamos respetuosamente que se considere la resolución delos siguientes puntos de naturaleza urgente:

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1. El establecimiento de un salario mínimo para todo empleado de la empresa fijado en el monto de 9000 (nueve mil) pesos brutos.

2. Un aumento salarial por inflación del orden del 35 % (treinta y cinco por ciento) para todos los empleados de la empresa, siempre sobre labase del reconocimiento previo del mínimo de 9000 (nueve mil) pesosbrutos.

3. El otorgamiento de 21 (veintiún) días de vacaciones como periodomínimo vacacional para los empleados con menos de 5 (cinco) añosde antigüedad, 28 (veintiocho) días para los empleados con 5 (cinco)años de antigüedad y 35 (treinta y cinco) días para los empleados con10 (diez) años, y un adicional de un día por cada año trabajado apartir de los 10 (diez) años. Todos los empleados con 1 año o mas deantigüedad gozarán de una licencia extraordinaria de 7 días corridosen fechas a acordar por cada trabajador con la empresa, de forma talque además de las vacaciones ordinarias se suman estos días aunqueno necesariamente serán consecutivos a las vacaciones. Con esto,quienes poseen una antigüedad de 1 a 5 años tendrá 21 días devacaciones anuales, mientras que aquellos que tienen mas de 5 añosobtienen 28 días y así consecutivamente en conformidad con el art.150 de la ley de contrato de trabajo. La licencia es de carácterobligatorio

4. Jornada laboral de los teleoperadores de Neuralsoft ( SectoresCustomer Care y Infraestructura Nivel 1 ). A los fines delpresente punto, se considera teleoperador a toda persona quedesempeñe tareas de atención, recepción o emisión de conexionestelefónicas o telemáticas para recepción de reclamos o denuncias,recepción de solicitudes de información o asesoramiento sobreaspectos técnicos; contactos de fidelización de clientes; o cualquierotro servicio que se proporcione a través de medios telefónicos otelemáticos. 1 JORNADA DE TRABAJO. La jornada de trabajo diaria nopodrá exceder de SEIS (6) horas. El trabajo prestado por elteleoperador no podrá bajo ningún concepto exceder de CINCO (5)días por semana. HORAS NOCTURNAS. La jornada de trabajoíntegramente nocturna no podrá exceder de CINCO (5) horas yTREINTA (30) minutos, entendiéndose por tal la que se cumpla entrela hora VEINTIUNA (21) de un día y la hora SEIS (6) del siguiente.Cuando se alternen horas diurnas con nocturnas se reduciráproporcionalmente la jornada o se pagarán los minutos de excesocomo tiempo suplementario según las pautas del artículo 201 de laley de contrato de trabajo, 20.744. DESCANSOS. El trabajo prestadopor el teleoperador estará sometido a los siguientes descansos:Descanso durante la jornada diaria: el trabajador gozará de undescanso de QUINCE (15) minutos cada DOS (2) horas efectivamentetrabajadas. El trabajador podrá optar por tomarlos dentro o fuera del

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establecimiento, así como co-ligarlos entre sí, no pudiendo seracumulados de un día para otro. Este intervalo se considerarácomprendido dentro de la jornada normal de trabajo. CAPACITACIÓN. Elempleador dispondrá la realización de programas de capacitacióncontinua con la finalidad de atender las necesidades de preparaciónde su personal, los cambios tecnológicos, la reestructuraciónfuncional o por servicios, exigidas para la evolución y el desarrollo desus tareas. Asimismo, el empleador deberá proveer al trabajador conla información necesaria para atender las medidas de seguridad y lacorrecta utilización de los elementos de trabajo que le sean dados. Laconcurrencia a las actividades de capacitación y entrenamientocorrespondientes tendrá carácter obligatorio para los trabajadoresdesignados. El período mediante el cual el trabajador estuviereafectado a tareas de capacitación será sin excepción alguna dentrodel horario laboral. Conforme al articulo 200 establecido por la ley20744 la reducción de jornada no importará disminución de lasremuneraciones, y será equivalente, en cuanto a condiciones, escalasalarial y demás cláusulas que se pacten individualmente, a lajornada establecida en la ley 11.544 o a la establecida por conveniocolectivo.

5.Erradicar del recibo de sueldo el ítem “A cuenta de FuturosAumentos”, y directamente agregarlo al sueldo básico. El rubro "acuenta de futuros aumentos" sólo debería tener validez como talpor un corto lapso, si el mismo responde efectivamente a laintención de otorgar al trabajador una suma de dinero anticipándoseel incremento salarial que se pactará en las paritarias o con suempleador. El uso de este rubro por un tiempo prolongado y de unamanera sistemática y habitual, en la realidad, no responde a esalógica y, por lo tanto, al transformarse en un rubro más del recibo nopodría ser tomado en cuenta como un artilugio para compensar conlo que resulte del próximo aumento.

En otras palabras, en esas situaciones irregulares, deberíaser considerado como un complemento del salario básico ocomo un adicional remunerativo independiente, pero deninguna manera como un modo de retacear un futuro aumento desalarios.Si ocurre esto último, existiría un uso fraudulento de ladenominación de un rubro salarial, por lo que debe prevalecer elprincipio de primacía de la realidad. Se solicita que ante cadaincremento salarial surgido de las paritarias del convenio, de lasnegociaciones con el sindicato o surgido por parte del empleador, seabsorba la totalidad del rubro "a cuenta de futuros aumentos", enaquellos casos que los aumentos surgido de las paritarias delconvenio, de las negociaciones con el sindicato o surgido por parte

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del empleador, sean inferiores al monto consignado en a cuenta defuturos aumentos, dicha diferencia se considera un aumento real delsueldo del empleado y debiera figurar en un concepto en el recibo desueldo acorde a su naturaleza, pero no así acumularlo en el concepto"a cuenta de futuros aumentos".

5. Reconocimiento de viáticos, refrigerio, tiempo de viaje y todo loreferente a la gente que trabaja en calle.

6. 44 HS. SEMANALES MAXIMAS DE TRABAJO en los sectores que norealizan atencion telefonica

Se solicita establecer una jornada laboral semanal de 44 hs.,incluyendo dentro de las misma toda labor por parte del empleadoque se encuentra a disposición del empleador, incluyendocapacitaciones, jornada de entrenamiento, viajes, etc.

Para aquellas actividades, para las cuales por su naturaleza necesitanmas horas de trabajo del empleado que la cantidad máximasolicitada, deberá ser abonada como hora extra correspondiente.

Se solicita respetar la jornada laboral, ateniendo a lo que recita la LEYde Contrato de Trabajo:

La ley define la jornada laboral en su artículo 197, a saber: "Estodo el tiempo durante el cual el trabajador esté a disposicióndel empleador en tanto no pueda disponer de su actividad enbeneficio propio"

7. El establecimiento de una guardería para hijos de empleados en cadauna de las sedes,de acuerdo al Artículo 179 de la Ley De Contrato deTrabajo.

8. Se realice la retención del 2% de mis haberes en concepto de cuotasindical por cada uno de los trabajadores afiliados a la UniónInformática que revisten tareas en su empresa, bajo la denominación“cuota sindical Unión Informática” declarara en el recibo de haberes.

9. Se reconozca a la Unión Informática como sindicato de lostrabajadores que prestan tareas en la empresa Neuralsoft S.R.L.