pension docente

2
REQUISITOS PARA LA PENSION DE LOS DOCENTES I.PENSION PARA LOS DOCENTES 2277 Para los docentes por el decreto 2277 existen dos maneras de pensionarse que son: 1-Los nombrados hasta el 31 de diciembre de 1980, reciben la pensión gracia y deben de cumplir los siguientes requisitos: 50 años de edad y 20 años de servicio, continuos o discontinuos, reciben el 75% del promedio del último año de salario devengado. A los 55 años de edad y 20 años de servicio reciben la pensión derecho, reciben el 75% del promedio del último año de salario devengado y pueden seguir laborando hasta los 65 años de edad donde tendrán el retiro forzoso. 2- Los maestros y maestras nombrados de 1981 hasta el 26 de junio de 2003 se pensionan a los 20 años de servicio y 55 años de edad, reciben el 75% del promedio del último año de salario devengado, pueden seguir laborando hasta los 65 años de edad donde tendrán el retiro forzoso y no tienen derecho a la pensión de gracia. NOTA: el maestro o maestra que hecho un reemplazo licencia de 1980 hacia atrás y que tengan el acto administrativo de ese nombramiento, tiene derecho a pensión de gracia reclamada con abogado se gana. II.PENSION PARA LOS DOCENTES 1278 Los nuevos docentes que en hoy en día se llaman docentes 1278, para pensionarse los cobija la ley 812 de junio de 2003, la cual establece lo siguiente: 1- Los nombrados desde el 27 de junio de 2003 hasta el día de hoy, se pensionan a los 57 años de edad hombres y mujeres, con 1300

Upload: larry-brown

Post on 02-Oct-2015

5 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

TEXTO SOBRE LA PENSION DEL DOCENTE

TRANSCRIPT

REQUISITOS PARA LA PENSION DE LOS DOCENTESI.PENSION PARA LOS DOCENTES 2277Para los docentes por el decreto 2277 existen dos maneras de pensionarse que son:1-Los nombrados hasta el 31 de diciembre de 1980, reciben la pensin gracia y deben de cumplir los siguientes requisitos: 50 aos de edad y 20 aos de servicio, continuos o discontinuos, reciben el 75% del promedio del ltimo ao de salario devengado.A los 55 aos de edad y 20 aos de servicio reciben la pensin derecho, reciben el 75% del promedio del ltimo ao de salario devengado y pueden seguir laborando hasta los 65 aos de edad donde tendrn el retiro forzoso.2- Los maestros y maestras nombrados de 1981 hasta el 26 de junio de 2003 se pensionan a los 20 aos de servicio y 55 aos de edad, reciben el 75% del promedio del ltimo ao de salario devengado, pueden seguir laborando hasta los 65 aos de edad donde tendrn el retiro forzoso y no tienen derecho a la pensin de gracia.NOTA: el maestro o maestra que hecho un reemplazo licencia de 1980 hacia atrs y que tengan el acto administrativo de ese nombramiento, tiene derecho a pensin de gracia reclamada con abogado se gana.

II.PENSION PARA LOS DOCENTES 1278Los nuevos docentes que en hoy en da se llaman docentes 1278, para pensionarse los cobija la ley 812 de junio de 2003, la cual establece lo siguiente:1- Los nombrados desde el 27 de junio de 2003 hasta el da de hoy, se pensionan a los 57 aos de edad hombres y mujeres, con 1300 semanas cotizadas y su pensin es equivalente al 65% del promedio del salario de los ltimos 10 aos.( aplican ley 100 en el salario y no en la edad).NOTA: para la maestra o maestro, que estn prximos a cumplir la edad y llevan muy pocos aos en el magisterio con el sector oficial, pero que hayan cotizado con otras entidades y al sumar todas esas semanas cotizadas no tendrn ningn problema para que la fiduprovisora lo pensione.