pasajeros y residentes fronterizos actualización 2017

37
MÉXICO FRANQUICIA PASAJEROS Y RESIDENTES FRONTERIZOS FUENTE: http:// www.sat.gob.mx/Paginas/Inicio.aspx Mexicali, B. C., Febrero de 2017. UNIVERSIDAD DE NEGOCIOS Compartimos el conocimiento

Upload: deliaarce

Post on 12-Apr-2017

181 views

Category:

Education


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

MÉXICO

FRANQUICIA PASAJEROS Y RESIDENTES FRONTERIZOS

FUENTE:http://www.sat.gob.mx/Paginas/Inicio.aspx

Mexicali, B. C., Febrero de 2017.

UNIVERSIDAD DE NEGOCIOS

Compartimos el conocimiento

Page 2: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

ÍNDICE

• PASAJEROS

• PROGRAMA BIENVENIDO PAISANO

• FRANQUICIA PASAJEROS

• REGION Y FRANJA FRONTERIZA

• RESIDENTES FRONTERIZOS

• FUENTES Y ENLACES

Page 3: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

PASAJEROS

• Se considera pasajero a la persona que introduce mercancías de comercio exterior a su

llegada al país o que lo hace al transitar de la franja o región fronteriza al resto del territorio

nacional.

SAT > Aduanas > Pasajeros

http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/default.aspx

Recuperado 15 Febrero 2017

Page 4: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

GUÍA DE ORIENTACIÓN A PASAJEROS.

Información básica que se debe saber al llegar a México.

¿Qué se entiende por pasajero?Cualquier persona que entre o salga del país o que transite de la franja o región fronteriza al resto del país.

¿Qué mercancía puede introducir al territorio nacional un pasajero sin el pago de impuestos?Cada pasajero (incluso si es menor de edad) tiene derecho a introducir al país, sin pago de impuestos, su equipaje personal y su franquicia.

Page 5: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

PASAJEROSPasajeros

Se considera pasajero a la persona que introduce mercancías de comercio exterior a su llegada al país o que lo hace al transitar de la franja o región fronteriza al resto del territorio nacional.

¿Qué debes hacer al pasar por la Aduana?

• Declaración de dinero

• Menaje de casa

• Franja y región fronteriza

• Mercancía que puedes ingresar a México

EquipajeEquipaje de diplomáticosFranquiciaRecomendaciones para ingresar con tu mascota

Recuperado el 15 de Febrero de 2017

Page 6: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

Pasajeros

• Mercancía que no puedes ingresar a México

• Pasajeros procedentes del extranjero

• Bienvenido a México, programa paisano

• Información para viajerosAntes de viajar a México es muy importante que conozcas los requisitos que establece el gobierno para el ingreso de animales vivos, productos o subproductos de origen animal, vegetal, acuícola y pesquero.

• Viajero confiable

• Quejas y denuncias

Recuperado el 15 Febrero 2017

Page 7: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

PASAJEROS

Mercancía que no puedes ingresar a México

Debido a que este tipo de mercancía se encuentra prohibida o regulada, no puedes ingresar:

• Estupefacientes.

• Peces vivos de la especie depredadores de cualquier tamaño.

• Imágenes de cualquier tipo que representen a la niñez de manera denigrante o ridícula, en actitudes de incitación a la violencia o a la destrucción.

• Ropa y calzado usados que no formen parte de tu equipaje personal.

• Armas y municiones.

• El personal de la aduana te orientará sobre tus derechos y obligaciones como pasajero.

Recuperado el 19 de Febrero de 2017

Page 8: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

I N F O R M A C I Ó N P A R A V I A J E R O S

¿ Q U E D E B E S H A C E R A L P A S A R P O R L A A D U A N A ?

Al ingresar por avión, barco o autobús• Dirígete al punto de inspección de aduanas.

• Puedes introducir a territorio nacional, sin pago de impuestos, la mercancía que integra tu equipaje personal, y aquella cuyo valor no exceda la franquicia a la que tengas derecho.

• Si excedes la franquicia debes pagar una tasa global de 16% del valor total de la mercancía excedente, por medio del formato Pago de Contribuciones al Comercio Exterior (excedente de franquicia).

• Paga en los módulos o sucursales bancarias autorizadas, ya sea en efectivo o con tarjeta de crédito o débito.

• Llena y entrega al personal de la aduana la Declaración de Aduana para pasajeros procedentes del extranjero.

• Activa el semáforo fiscal.

http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Paso_aduana.aspx

Recuperado el 17 de Febrero de 2017

Page 9: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

INFORMACIÓN PARA VIAJEROS

¿QUE DEBES HACER AL PASAR POR LA ADUANA?

Al ingresar en tu vehículo:

• Al ingresar a México en tu vehículo debes seleccionar alguno de los siguientes carriles:

• Autodeclaración. Se elige cuando traes mercancía adicional a tu equipaje personal, o bien cuando

excedes el monto de tu franquicia.

• Nada que declarar. Se elige cuando sólo traes tu equipaje y no excedes tu franquicia.

• El ingreso de animales vivos, productos y/o subproductos de origen animal, vegetal, acuícola y pesquero,

podrían favorecer la entrada de plagas y enfermedades que no existen en el país, las cuales provocarían

pérdidas en la producción y la economía nacional, así como limitaciones para la exportación de nuestros

productos.

Page 10: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

• Para evitarlo, se realizan procedimientos de vigilancia e inspección a cargo del personal de la SAGARPA-SENASICA, ubicado en las Oficinas de Inspección de Sanidad Agropecuaria (OISA´s) instaladas en puertos marítimos, aeropuertos internacionales, cruces y fronteras del norte y sur, así como en el interior del país, apoyados por perros entrenados para detectar algún producto agroalimentario que represente un riesgo de sanidad e inocuidad.

• Antes de viajar a México es muy importante que conozcas los requisitos que establece el gobierno para el ingreso de animales vivos, productos y/o subproductos de origen animal, vegetal, acuícola y pesquero, mismos que podrás revisar en los diferentes Módulos de consulta, ubicados en la página principal del SENASICA en el apartado de trámites y servicios, así como te invitamos a revisar la información de la barra de la derecha denominada NAVEGACIÓN.

• Si a tu llegada a México DECLARAS que en tu equipaje (maletas, bolsos, mochilas, carteras, etc.), traes cualquier producto agroalimentario, un oficial de la SAGARPA-SENASICA evaluará las condiciones sanitarias para su ingreso al país, y así dictaminar si se realizará algún trámite, su retorno o destrucción de manera oficial.

¡Evita contratiempos, infórmate y consulta los requisitos antes de viajar!

http://www.senasica.gob.mx/?id=602

Page 11: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

• Llena y entrega al personal de la aduana la Declaración de Aduana para pasajeros procedentes del extranjero.

• Activa el semáforo fiscal.

Si llegas por vía terrestre

• Si viajas a México en tu vehículo debes seleccionar alguno de los siguientes carriles:

• Autodeclaración. Se elige cuando traes mercancía adicional a tu equipaje personal, o bien cuando excedes el monto de tu franquicia.

• Nada que declarar. Se elige cuando sólo traes tu equipaje y no excedes tu franquicia.

Importante: Los residentes en el extranjero pueden importar temporalmente su vehículo o embarcación.

AL PASAR POR LA ADUANA

http://www.sat.gob.mx/BienvenidoaMexico/Paginas/default.htmRecuperado el 15 de Febrero de 2017

Page 12: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

Declara por internet

• Declaración de pertenencias que lleva consigo. Si excedes tu franquicia tendrás que pagar 16% de impuesto sobre el monto excedente.

Más información

Viajero confiable

• El Instituto Nacional de Migración diseñó un programa que permite la entrada rápida y segura a México.

Más información

Quejas y denuncias

• También puedes presentar denuncias sobre posibles actos de corrupción las 24 horas del día, los 365 días del año.

Más información

Page 13: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

MERCANCÍA QUE PUEDES INGRESAR A MÉXICO

Equipaje

Tu equipaje personal sin pagar impuestos. Consta de lo siguiente: • Bienes de uso personal, tales como ropa —incluido un ajuar de novia—, calzado y productos de aseo y de

belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, artículos para bebés, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.

• Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (gps); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.

• Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.

• Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un juego de bocinas portátiles, y sus accesorios.

http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Mercancia_ingresar_Mexico.aspx

Recuperado el 15 de Febrero de 2017

Page 14: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

MERCANCÍA QUE PUEDES INGRESAR A MÉXICO

• Cinco discos láser, 10 discos dvd, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.

• Libros, revistas y documentos impresos.• Cinco juguetes, incluidos los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.• Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como

medicamentos de uso personal (en caso de sustancias psicotrópicas debe mostrarse la receta médica).• Velices, petacas, baúles y maletas o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.• Un binocular y un telescopio.• Dos instrumentos musicales y sus accesorios.• Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.• Un juego de herramientas de mano con su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados,

desarmadores, cables de corriente, entre otros.• Los pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 10 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco;

hasta tres litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.• Los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o

disminuyan sus limitaciones, tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.

http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Mercancia_ingresar_Mexico.aspx

Recuperado el 17 de Febrero de 2017

Page 15: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

MERCANCÍA QUE PUEDES INGRESAR A MÉXICO

• Además, puedes importar, sin el pago de impuestos, hasta tres mascotas o animales de compañía que traigas

contigo, tales como gatos, perros, canarios, hámsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones,

pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto rapaces), así como los accesorios que

requieran para su traslado y aseo, siempre que presentes ante el personal de la aduana el certificado

zoosanitario para su importación, expedido por la Sagarpa; en caso de tratarse de animales de vida silvestre,

además debes presentar el Registro de Verificación expedido por la Profepa, que compruebe el cumplimiento

de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.

http://www.sat.gob.mx/BienvenidoaMexico/Paginas/default.htm

Recuperado el 15 de Febrero de 2017

Page 16: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

EQUIPAJE DE DIPLOMÁTICOS

• El equipaje propiedad de los siguientes pasajeros, así como el de sus cónyuges, padres e hijos que habiten en la misma casa no está sujeto a revisión de la autoridad aduanera: embajadores, ministros plenipotenciarios, encargados de negocios, consejeros, secretarios, agregados de las misiones diplomáticas o especiales extranjeras, cónsules, vicecónsules, agentes diplomáticos extranjeros y funcionarios de organismos internacionales acreditados ante el Gobierno de México.

http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Mercancia_ingresar_Mexico.aspx

Recuperado el 15 de Febrero de 2017

Page 17: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

EQUIPAJE PASAJERO CON ACTIVIDAD PROFESIONAL (POR EJEMPLO PERIODISTAS)

• Las personas físicas acreditadas como corresponsales para el desempeño de sus labores periodísticas en México pueden importar el equipo y accesorios necesarios para el desarrollo de sus actividades, aun cuando su valor exceda de 3,000 dólares de Estados Unidos de América o su equivalente en moneda nacional. Lo anterior, cumpliendo con las regulaciones y restricciones no arancelarias correspondientes.

.

http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Mercancia_ingresar_Mexico.aspx

Recuperado el 15 de Febrero de 2017

Page 18: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

FRANQUICIA PASAJEROS

Ahora puedes traer hasta 500 dólares de mercancía sin pagar impuestos, adicionales a tu equipaje personal. Sólo será durante temporada vacacional, pero el resto del año la franquicia se incrementó a 300 dólares.

• La franquicia a la que tiene derecho cada integrante de la familia puede acumularse si viajan juntos en el mismo medio de transporte, excepto si eres residente de la franja o región fronteriza.

• Puedes demostrar el valor de las mercancías que forman parte de la franquicia con facturas o comprobantes de venta.

Si no los tienes, el personal de la aduana puede determinar el valor de la mercancía.

http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Mercancia_ingresar_Mexico.aspx

Medio de Transporte enque ingresa el pasajero

Monto dela Franquicia

Periodode aplicación

Vía terrestre 300 dólares Todo el año

Vía terrestre 500 dólares

En los periodos que correspondan al Programa Paisano (Semana Santa, verano e invierno), únicamente los pasajeros de nacionalidad

mexicana provenientes del extranjero que ingresen al país por vía terrestre, con excepción de las personas residentes en la franja o

región fronteriza.

Vía aérea o marítima 500 dólares Todo el año

Page 19: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

FRANQUICIA PASAJEROS Con tu franquicia no puedes introducir:

• Bebidas alcohólicas.

• Tabacos labrados.

• Combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de combustible de tu vehículo.

El periodo del Programa Paisano para el ejercicio 2017, será el siguiente:

http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Mercancia_ingresar_Mexico.aspx

Recuperado 15 de Febrero de 2017.

Semana Santa: 27 de marzo al 27 de abril de 2017.

Verano: 12 de junio al 17 agosto de 2017.

Invierno: 1 de noviembre de 2017 al 8 de enero de 2018.

Page 20: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

MERCANCÍA QUE NO PUEDES INGRESAR A MÉXICO

Debido a que este tipo de mercancía se encuentra prohibida o regulada, no puedes ingresar:

• Estupefacientes.

• Peces vivos de la especie depredadores de cualquier tamaño.

• Imágenes de cualquier tipo que representen a la niñez de manera denigrante o ridícula, en actitudes de incitación a la violencia o a la destrucción.

• Ropa y calzado usados que no formen parte de tu equipaje personal.

• Armas y municiones.

Última modificación:10 de febrero de 2017 a las 09:56

Page 21: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

RECOMENDACIONES PARA INGRESAR CON TU MASCOTA Recomendaciones para ingresar con tu mascota

• Si deseas viajar a México con tu mascota (perros o gatos) debes contactar al personal de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), quien te expedirá un certificado zoosanitario.

• Presentar un certificado de salud, en original y copia simple (puede incluirse en un mismo certificado más de una mascota, expedido por un médico veterinario oficial o particular; en el último caso, debe ser emitido en papel membretado, con el número o copia de la cédula profesional impresa y firma.

El certificado de salud debe cumplir los siguientes requisitos:

• Nombre y dirección del exportador (persona que tiene a la mascota en el extranjero y la dirección del país de origen o procedencia) e importador (persona que ingresa la mascota a territorio nacional y la dirección de destino en México).

• Determinar que el o los animales han sido vacunados contra la rabia, e indicar la fecha de aplicación de la vacuna y su vigencia. Quedan exentos de este requisito los animales menores de tres meses de edad.

• Especificar que en la inspección previa a su viaje, el o los animales se encuentran clínicamente sanos.

• Establecer que el o los animales han sido sometidos a un tratamiento preventivo contra parásitos internos y externos, dentro de los seis meses previos, y se encuentran libres de ectoparásitos. (No se requiere para mascotas cuyo país de origen y procedencia sea Estados Unidos de América o Canadá).

Recuperado 17 de Febrero de 2016.

Page 22: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

CONDICIONES EN QUE DEBE INGRESAR TU MASCOTA:

Condiciones en que debe ingresar tu mascota:

Tu mascota debe ingresar a México en una transportadora, contenedor, perrera o de otro tipo, limpio, sin cama y materiales similares, sin implementos o accesorios, de lo contrario, serán retirados por el personal oficial del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) para su destrucción. Dicha transportadora recibe un tratamiento preventivo, mediante aspersión, por el personal de la Sagarpa-Senasica.

• Alimento

Puedes ingresar alimento seco a granel, lo correspondiente a la ración del día y acompañado de la mascota; o bien un bulto de 50 libras, el equivalente a 22.680 kilogramos por familia o su equivalente en kilogramos; puede presentarse en un solo empaque o hasta en dos siempre y cuando no supere la cantidad permitida; de otra forma debe proceder de países que cuentan con combinación de requisitos en el Módulo de Consulta de Requisitos Zoosanitarios para Importación, empaquetados, etiquetados y sin contenido de origen rumiante.

Page 23: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

CONDICIONES EN QUE DEBE INGRESAR TU MASCOTA:

• Si envías a tu mascota documentada:

Es importante que verifiques los requisitos en la aerolínea de tu elección y consideres la necesidad de utilizar los servicios de un agente aduanal ubicado en México para su liberación ante la aduana, previo cumplimiento de las regulaciones no arancelarias de la Sagarpa-Senasica.

• Si transportas de una a tres mascotas

El trámite para la expedición del certificado zoosanitario para la importación es gratuito.

Recuperado 15 de Febrero de 2017

Page 24: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

EN CASO DE TRATARSE DE OTRA ESPECIE ANIMAL DE COMPAÑÍA, DEBES REALIZAR LO SIGUIENTE:

En caso de tratarse de otra especie animal de compañía, debes realizar lo siguiente:

• Si deseas ingresar a México con algún animal, distinto a un perro o gato, como canarios, hurones, hámsters, cuyos, periquitos australianos, ninfas, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto rapaces), debes cumplir con los requisitos señalados en el Módulo de Consulta de los Requisitos Zoosanitarios de Importación a efecto de obtener el certificado zoosanitario para su importación.

• El cumplimiento de las regulaciones establecidas por la Sagarpa-Senasica no te exime del cumplimiento de regulaciones de otras autoridades en el punto de ingreso a México.

Por lo anterior, a tu paso por la aduana realiza lo siguiente:

• Presenta ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación de la mascota o animal de compañía para su importación, expedido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación-Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

• En caso de tratarse de animales de vida silvestre, además del certificado zoosanitario para su importación debes presentar el Registro de Verificación expedido por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, que compruebe el cumplimiento de las regulaciones o restricciones no arancelaria a que se encuentren sujetos.

Recuperado 15 de Febrero de 2017

Page 25: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

PAGA EXCEDENTES DE FRANQUICIA EN LA ADUANA

• Si excedes tu franquicia al ingresar a territorio mexicano tendrás que pagar 16% de impuesto sobre el monto excedente.

• Puedes pagar el impuesto con el “formato de Pago de Contribuciones al Comercio Exterior y/o Pago de Contribuciones Federales” en los bancos autorizados o en las aduanas, ya sea en efectivo o mediante tarjetas de crédito o débito.

El pago por el excedente de franquicia se hace cuando:

• Introduces mercancía (excluida la franquicia y tu equipaje) cuyo valor no exceda de 3,000 dólares.

• Si se trata de equipo de cómputo, su valor sumado al de las demás mercancías no puede exceder los 4,000 dólares.

• En caso de dudas sobre los montos o el tipo de mercancía que transportas, acércate con el personal de aduanas antes de someterte al despacho aduanero. Ellos te orientarán.

Page 26: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

¿TE MUDARÁS DE UN PAÍS A OTRO?

• El menaje de casa que se puede importar libre de impuestos al comercio exterior, comprende las siguientes mercancías usadas:

El ajuar y utensilios de una casa, que sirvan exclusiva y propiamente para el uso y trato ordinario de una familia, ropa, libros, libreros.

• Obras de arte o científicas, que no constituyan colecciones completas para la instalación de exposiciones o galerías de arte.

•Los instrumentos científicos de profesionistas, así como las herramientas de obreros y artesanos, siempre que sean indispensables para el desarrollo de la profesión, arte u oficio.

•Los instrumentos científicos y las herramientas que gozarán de la exención, no podrán constituir equipos completos para la instalación de laboratorios, consultorios o talleres.

• Los interesados en realizar el menaje de casa libre de impuestos, deberán acreditar que dicho menaje de casa fue adquirido por lo menos seis meses antes de la fecha en que pretenda ingresarse a México.

Recuperado 15 de Febrero de 2017

Page 27: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

¿TE MUDARÁS DE UN PAÍS A OTRO?

Las personas que podrán efectuar la importación de sus menajes de casa, sin realizar el pago de los impuestos al comercio exterior, son las siguientes:

• Estudiantes o investigadores mexicanos .

•Residentes en franja o región fronteriza.

•Residentes permanentes nacionales repatriados o deportados .

•Diplomáticos .

• El menaje de casa podrá efectuarse dentro de los tres meses anteriores a la entrada del interesado al país o al de su salida del mismo o dentro de los seis meses posteriores a la fecha en que éste haya arribado o salido.

http://www.sat.gob.mx/aduanas/tramites_autorizaciones/menaje_casa/Paginas/default.aspx

Recuperado el 19 de febrero de 2017

Page 28: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

¿TE MUDARÁS DE UN PAÍS A OTRO?

Importante:

No se consideran parte del menaje las siguientes mercancías:

• Las mercancías que los interesados hayan tenido en el extranjero para actividades comerciales o industriales.

Los vehículos.

• Fundamento Legal: Artículos 61 fracciones VII y VIII, y 142 de la Ley Aduanera, artículos 100, 101 y 104 del Reglamento de la Ley Aduanera, Regla 3.3.3. de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015.

http://www.sat.gob.mx/aduanas/tramites_autorizaciones/menaje_casa/Paginas/default.aspx

Última modificación:14 de febrero de 2017 a las 16:59

Page 29: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

DECLARACIÓN POR INTERNET

https://siat.sat.gob.mx/PTSC/index.jsp?opcion=5

Page 30: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

FRANJA Y REGIÓN FRONTERIZAS

Franja y región fronteriza • Franja fronteriza norte

Es el territorio comprendido entre la línea divisoria internacional del norte del país y la línea paralela a una distancia de 20 kilómetros hacia el interior del país, en el tramo comprendido entre el límite de la región parcial del estado de Sonora y el Golfo de México, así como el municipio fronterizo de Cananea, Sonora.

• Región fronteriza

Los estados de Baja California, Baja California Sur, Quintana Roo y la región parcial de Sonora; la franja fronteriza sur colindante con Guatemala y los municipios de Caborca, Sonora, Comitán de Domínguez, Chiapas, y Salina Cruz, Oaxaca.

• Región parcial del estado de Sonora

La zona comprendida en los siguientes límites: al norte, la línea divisoria internacional desde el cauce actual del río Colorado hasta el punto situado en esa línea a 10 kilómetros al oeste de Sonoyta; de ese punto, una línea recta hasta llegar a la costa a un punto situado a 10 kilómetros al este de Puerto Peñasco; de allí, siguiendo el cauce de ese río, hacia el norte hasta encontrar la línea divisoria internacional.

Recuperado 15 de Febrero de 2017

http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Franja_region_fronteriza.aspx

Page 31: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

FRANJA Y REGIÓN FRONTERIZAS

Franja f ronteriza sur colindante con Guatemala

La zona comprendida po r el ter r i tor io de 20 k i lómetros pa ralel o a la l í nea div i so ria in ternaciona l del su r de l pa ís , en el t ramo c omprend ido ent re el mun ic ip io Unión Juárez y la des embocadura del río Such iat e en el oc éano Pac í f i c o, dent ro del cual s e enc uent ra ubic ada la c iudad de Tapac hu la , Ch iapas , con los l í m i tes que geográf ic amente le c orresponden .

h t t p : / / w w w. s a t . g o b . m x / a d u a n a s / p a s a j e r o s / P a g i n a s / F r a n j a _ r e g i o n _ f r o n t e r i z a . a s p x.

h t t p : / / w w w. s a t . go b . m x / a d u a n a s/ p a s a j e ro s/ P a g i na s / F r an j a _ re g i o n _ f ro n t e r i z a . a sp x

Page 32: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

FRANQUICIA RESIDENTES FRONTERIZOS

• Las personas mayores de edad que sean residentes en franja o región fronteriza pueden importar mercancías para su consumo personal bajo los siguientes criterios:

• El valor de las mercancías no debe exceder diariamente del equivalente en moneda nacional o extranjera a 150 dólares de Estados Unidos de América; en el caso de aquellos residentes fronterizos mayores de edad que ingresen a territorio nacional en vehículo de servicio particular donde se transporten más de dos residentes de la franja o región fronteriza, el valor de las mercancías que importen en su conjunto no debe exceder del equivalente en moneda nacional o extranjera a 400 dólares.

http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Franja_region_fronteriza.aspx

Recuperado 17 de Febrero de 2017

Page 33: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

NO PUEDEN INTRODUCIRSE AL AMPARO DE ESTE BENEFICIO LAS SIGUIENTES MERCANCÍAS:• Bebidas alcohólicas.

• Cerveza.

• Tabaco labrado en cigarros o puros.

• Combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de combustible del vehículo que cumpla con las especificaciones del fabricante.

• Deben acreditar, a solicitud de la autoridad aduanera, ser mayores de edad y su residencia en dichas zonas, mediante cualquiera de los siguientes documentos expedidos a nombre del interesado, en donde conste que el domicilio está ubicado dentro de dichas zonas:

http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Franja_region_fronteriza.aspx

Recuperado 15 de Febrero de 2017

Page 34: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

FRANQUICIA PARA RESIDENTES FRONTERIZOS

• Deben acreditar, a solicitud de la autoridad aduanera, ser mayores de edad y su residencia en dichas zonas, mediante cualquiera de los siguientes documentos expedidos a nombre del interesado, en donde conste que el domicilio está ubicado dentro de dichas zonas:

• Forma migratoria expedida por la Secretaría de Gobernación. En este caso, debe acreditarse el domicilio con copia del último recibo telefónico, de luz o del contrato de arrendamiento, acompañado del último recibo del pago de renta que cumpla con los requisitos fiscales, previa identificación oficial vigente del interesado.

• Visa o documento expedido por gobierno extranjero a los residentes fronterizos para ingresar al territorio del país que lo expide. En este caso, no es necesario que conste el domicilio.

• Credencial para votar con fotografía, vigente y copia del último recibo telefónico, de luz o del contrato de arrendamiento, acompañado del último recibo del pago de renta que cumpla con los requisitos fiscales.

• El beneficio que otorga esta franquicia no es deducible para efectos fiscales.

Recuperado 17 de Febrero de 2017

Page 35: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

FRANQUICIA PARA RESIDENTES FRONTERIZOS • Las personas mayores de edad que sean residentes en franja o región fronteriza pueden

importar mercancías para su consumo personal bajo los siguientes criterios:•

El valor de las mercancías no debe exceder diariamente del equivalente en moneda nacional o extranjera a 150 dólares de Estados Unidos de América; en el caso de aquellos residentes fronterizos mayores de edad que ingresen a territorio nacional en vehículo de servicio particular donde se transporten más de dos residentes de la franja o región fronteriza, el valor de las mercancías que importen en su conjunto no debe exceder del equivalente en moneda nacional o extranjera a 400 dólares.

• No pueden introducirse al amparo de este beneficio las siguientes mercancías:

http://www.aduanas.gob.mx/aduana_mexico/2008/pasajeros/139_10373.htmlRecuperado el 15 de Febrero de 2017

Mercancía TasaBebidas con contenido alcohólico y cerveza con una graduación alcohólica de hasta 14° G.L. 77.26%

Bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de más de 14° G.L. y hasta 20º G.L. 82.17%

Bebidas con contenido alcohólico y cerveza con una graduación alcohólica de más de 20° G.L., alcohol y alcohol desnaturalizado. 114.40%

Cigarros. 573.48%

Puros y tabacos labrados. 373.56%

Page 36: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

FUENTES DE INFORMACIÓN Y ENLACES

• Sat.gob.mx

• http://www.sat.gob.mx/BienvenidoaMexico/Paginas/default.htm

• http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/default.aspx

• http://www.sat.gob.mx/aduanas/pasajeros/Paginas/Paso_aduana.aspx

Recuperado el 15 de Febrero de 2017

Page 37: Pasajeros y Residentes Fronterizos Actualización 2017

UNIVERSIDAD DE NEGOCIOS ESCOMEX

ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO EXTERIOR(SINCE 1994)

BAJA CALIFORNIA, MÉXICO

"Es necesario aprender lo que necesitamos y no únicamente lo que queremos "

Autor: Paulo Coelho

Documento con fines académicos para uso de alumnos, docentes y público en general.

MDA Delia Guadalupe Arce Gonzálezwww.escomex.com.mxwww.escomex.edu.mx

Mexicali, B. C. Febrero de 2017.