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Paquete de Licitación Solicitud de Propuesta (SdP) Licitación No: [2020-035] Página 1 de 24 1. Invitación a Licitar Nombre de Licitación: SERVICIOS DE TOPOGRAFIA TIBU No. de Licitación: 2020-035 Ubicación: Departamento: Norte de Santander Municipios: Tibú Idioma(s) de correspondencia: Español 1. Breve descripción de la Organización Mercy Corps existe para aliviar el sufrimiento, la pobreza y la opresión ayudando a las comunidades a construir comunidades seguras, productivas y justas. Es una organización sin ánimo de lucro creada en 1979, y trabaja actualmente en más de 45 países, en la perspectiva de generar soluciones sostenibles y de largo plazo a problemas sociales y de desarrollo. Mercy Corps trabaja en Colombia desde hace trece años en Colombia en alianza con organizaciones de base, organismos no gubernamentales, entidades del Gobierno Nacional y empresas privadas, apoyando la construcción de soluciones a temas estructurales del desarrollo, tales como: la resolución de conflictos por la tierra, el goce de derechos y la inclusión de las víctimas del conflicto armado y las personas con discapacidad, la protección a la niñez, y las mujeres, entre otros. Los recursos financieros de Mercy Corps en Colombia provienen de instituciones del Estado Colombiano, cooperación internacional y alianzas estratégicas con entidades del sector privado. 2. Marco de acción El Programa ProTierra, se implementará en el municipio de Tibú en el departamento de Norte de Santander, beneficiará a más de 900 familias de la zona rural, mediante la asistencia técnica y legal para adelantar procesos de formalización de derechos propiedad rural, y complementariamente apoyar los procesos de agricultura familiar a través del establecimiento de cultivos de ciclo corto para el consumo familiar y el mejoramiento de la seguridad y soberanía alimentaria. OBJETIVO GENERAL: Apoyar los medios de vida legales y sostenibles en Tibú mediante la formalización de los derechos a la tierra, la mejora de la seguridad alimentaria y las oportunidades de ingresos a corto plazo, y el fortalecimiento de la capacidad local para resolver conflictos. SO1: Formalizar derechos de propiedad rural para 900 familias en el Municipio de Tibú SO2: Mejorar las oportunidades económicas a corto plazo y la seguridad alimentaria para más de 1.000 familias SO3: Reforzar la capacidad local para resolver conflictos asociados a la informalidad en la tenencia de la tierra.

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Paquete de Licitación — Solicitud de Propuesta (SdP)

Licitación No: [2020-035] Página 1 de 24

1. Invitación a Licitar

Nombre de Licitación: SERVICIOS DE TOPOGRAFIA TIBU No. de Licitación: 2020-035

Ubicación: Departamento: Norte de Santander Municipios: Tibú

Idioma(s) de correspondencia: Español

1. Breve descripción de la Organización Mercy Corps existe para aliviar el sufrimiento, la pobreza y la opresión ayudando a las comunidades a construir comunidades seguras, productivas y justas. Es una organización sin ánimo de lucro creada en 1979, y trabaja actualmente en más de 45 países, en la perspectiva de generar soluciones sostenibles y de largo plazo a problemas sociales y de desarrollo. Mercy Corps trabaja en Colombia desde hace trece años en Colombia en alianza con organizaciones de base, organismos no gubernamentales, entidades del Gobierno Nacional y empresas privadas, apoyando la construcción de soluciones a temas estructurales del desarrollo, tales como: la resolución de conflictos por la tierra, el goce de derechos y la inclusión de las víctimas del conflicto armado y las personas con discapacidad, la protección a la niñez, y las mujeres, entre otros. Los recursos financieros de Mercy Corps en Colombia provienen de instituciones del Estado Colombiano, cooperación internacional y alianzas estratégicas con entidades del sector privado.

2. Marco de acción El Programa ProTierra, se implementará en el municipio de Tibú en el departamento de Norte de Santander, beneficiará a más de 900 familias de la zona rural, mediante la asistencia técnica y legal para adelantar procesos de formalización de derechos propiedad rural, y complementariamente apoyar los procesos de agricultura familiar a través del establecimiento de cultivos de ciclo corto para el consumo familiar y el mejoramiento de la seguridad y soberanía alimentaria. OBJETIVO GENERAL: Apoyar los medios de vida legales y sostenibles en Tibú mediante la formalización de los derechos a la tierra, la mejora de la seguridad alimentaria y las oportunidades de ingresos a corto plazo, y el fortalecimiento de la capacidad local para resolver conflictos.

• SO1: Formalizar derechos de propiedad rural para 900 familias en el Municipio de Tibú

• SO2: Mejorar las oportunidades económicas a corto plazo y la seguridad alimentaria para más de 1.000 familias

• SO3: Reforzar la capacidad local para resolver conflictos asociados a la informalidad en la tenencia de la tierra.

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Paquete de licitación disponible desde:

11/06/2020

Ubicación para recoger el paquete de licitación

www.mercycorps.org.co/convocatorias

Fecha límite para la presentación de la oferta

26/06/2020

Presentar ofertas a:

[email protected]

Mercy Corps reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta tardía

Preguntas y respuestas

De tener alguna, por favor enviar las preguntas por escrito a: [email protected]

Último día para preguntas:

19/06/2020 Las preguntas se responderán) 23/06/2020

Las preguntas se responderán por medio de: www.mercycorps.org.co

Sesión de preguntas y respuestas

Fecha / Hora: 19/06/2020 Ubicación: / Oficina de Mercy Corps Tibú, Norte de Santander / google meet

Punto de contacto: Especialista Legal Tibú – Coordinadora de Compras

Lista de verificación de la documentación

Estos documentos están incluidos en este paquete de licitación:

✓ Invitación a licitar ✓ Condiciones generales de licitación ✓ Criterios y presentaciones ✓ Hoja de oferta de precios ✓ Formulario de información del proveedor ✓ Términos de Referencia/Especificaciones

Técnicas/Listado de Cantidades ✓ Modelo de contrato

2. Condiciones Generales de Licitación

Mercy Corps invita a la presentación de propuestas para los bienes, servicios y/o trabajos descritos y resumidos en estos documentos, y de conformidad con los procedimientos, condiciones y términos contractuales aquí

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dispuestos. Mercy Corps se reserva el derecho de modificar la cantidad de trabajo/materiales especificados en el Paquete de Licitación sin ningún cambio en el precio unitario u otros términos y condiciones, y de aceptar o rechazar, cualquiera, todas, o parte de las ofertas presentadas.

2.1 Declaración Antisoborno y corrupción de Mercy Corps’

Mercy Corps prohíbe estrictamente:

● Cualquier tipo de soborno o pago de retornos en relación a sus actividades Esta prohibición incluye cualquier solicitud de cualquier empleado, agente o asesor de Mercy Corps por

cualquier cosa de valor de cualquier compañía o individuo a cambio de que el empleado, asesor o agente, actúe o no en relación a la adjudicación de un contrato, o el contrato una vez adjudicado. También aplica a cualquier oferta de cualquier compañía o individuo a ofrecer cualquier cosa de valor a

cualquier empleado, asesor o agente de Mercy Corps a cambio de que dicha persona actúe o no en relación a la adjudicación de un contrato, o el contrato una vez adjudicado.

● Conflictos de interés para la adjudicación o administración de contratos

Si una compañía pertenece del todo o en parte, directa o indirectamente, a cualquier empleado de Mercy Corps, o a cualquier familiar inmediato o extendido de cualquier empleado, o cualquier persona relacionada con un empleado de Mercy Corps, la compañía debe garantizar que tanto esta como el empleado informaron dicha relación como parte de o antes de presentar la oferta.

● Obtener o compartir información confidencial

Mercy Corps le prohíbe a sus empleados compartir, y a cualquier oferente de obtener información confidencial en relación a esta solicitud, incluyendo información relacionada con las estimaciones de precios de Mercy Corps, los oferentes u ofertas competidoras, etc. Cualquier información facilitada a un oferente se debe facilitar a los demás oferentes.

● Conclusión entre oferentes

Mercy Corps tiene como requisito una competencia justa y abierta para esta Licitación. No puede haber dos (o más) compañías que presenten propuestas que sean propiedad o se encuentren bajo el control de los mismos individuos. Las compañías que presenten ofertas no pueden compartir precios u otra información sobre ofertas, o actuar de ninguna forma con la intención de predeterminar cuál compañía ganará la solicitud y cuál será el precio pagado.

Las infracciones a estas prohibiciones, así como toda la evidencia de dichas infracciones, se debe notificar a:

[email protected]

Mercy Corps investigará las denuncias en su totalidad y tomará acciones conformes. Cualquier compañía o individuo que participe en cualquiera de las conductas prohibidas anteriormente, será reportado por sus acciones ante las autoridades correspondientes para ser investigado a profundidad, su oferta será rechazada y/o se rescindirá su contrato, y no será elegible para contratos a futuro con Mercy Corps. Se pondrá fin a la relación laboral con los empleados que participen en dicha conducta. Las infracciones también serán notificadas a los donantes de Mercy Corps, quienes también podrán decidir si desean investigar y excluir o suspender a las compañías y a sus propietarios de recibir cualquier contrato financiado en parte por el donante, ya sea si el contrato es con Mercy Corps o cualquier otra entidad. 2.2 Bases del proceso licitatorio:

● Todas las ofertas se deben llevar a cabo de conformidad con estas instrucciones y se deben facilitar

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todos los documentos solicitados, incluido (entre otras cosas) cualquier información específica del proveedor, especificaciones técnicas, planos, listado de cantidades y/o calendario de entregas. De no presentar cualquiera de los documentos solicitados, se deberá dar una razón por su omisión en una hoja

de excepción.

● Ningún oferente podrá agregar, omitir o cambiar ninguno de los elementos, términos o condiciones del

presente Contrato.

● Si los proveedores tienen alguna solicitud o condición adicional, estas se pueden estipular en la hoja

de excepciones.

● Cada oferente puede dar solamente una respuesta.

● Cada oferta tendrá validez por el periodo de [180 días] a partir del día en que se presentó.

● Todas las ofertas deben indicar si estas incluyen impuestos, pagos obligatorios, impuestos y/o aranceles, incluyendo el IVA en caso de ser aplicable.

● Los proveedores deben asegurarse que las ofertas financieras se encuentren libres de errores de

cálculo. Si se identifican errores durante el proceso de evaluación, prevalecerá el precio unitario. De

existir ambigüedad con el precio unitario, el Comité de Selección podría decidir descalificar la oferta.

● Se debe presentar por escrito a Mercy Corps cualquier solicitud de aclaración con respecto al proyecto, que no se abarque en los documentos escritos. La respuesta para cualquier pregunta hecha por escrito por cualquier oferente se emitirá para dicho oferente. En algunos casos, Mercy Corps podría decidir emitir aclaraciones para todos los oferentes. Es una condición de esta licitación que ninguna aclaración prevalecerá, contradecirá, agregará o restará valor a las condiciones aquí dispuestas, a menos que se haga por escrito por medio de un anexo a la Licitación, firmado por Mercy Corps o su representante designado.

● Esta Licitación no obliga a Mercy Corps a ejecutar un contrato, ni compromete a Mercy Corps a pagar ningún costo incurrido en la preparación y presentación de propuestas. Así mismo, Mercy Corps se reserva el derecho de rechazar todas y cualquier propuesta si dicha acción se considera en beneficio de

Mercy Corps.

2.3 Elegibilidad del Proveedor

Los proveedores no podrán aplicar y serán rechazados como inelegibles si:

● No son compañías registradas

● Están en bancarrota o en el proceso de caer en bancarrota

● Han sido sentenciados por actividades ilícitas/ilegales y/o conducta poco profesional

● Han sido declarados culpables de graves conductas inapropiadas a nivel profesional

● No han cumplido con obligaciones en relación al pago de los impuestos y el seguro social

● Son culpables de infracciones serias con respeto a la facilitación de información que se presta a una

interpretación errónea.

● Infringen las políticas detalladas en la Declaración Antisoborno y corrupción de Mercy Corps.

● El proveedor (o los directores del proveedor) se encuentra en cualquier lista de partes sancionadas emitida por; o actualmente se encuentra excluido o descalificado de participar en esta transacción por:

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el Gobierno de los Estados Unidos o las Naciones Unidas por el Gobierno de los Estados Unidos, el Reino Unido, la Unión Europea, las Naciones Unidas, u otros gobiernos nacionales u organizaciones públicas internacionales.

Los criterios adicionales de elegibilidad, si existen, se enumeran en la sección 3.2 del presente paquete de

licitación.

2.4 Documentos de respuesta

Los oferentes pueden ya sea utilizar los documentos de respuesta incluidos en el presente paquete de licitación para presentar su propuesta, o pueden presentar una oferta en su propio formato siempre y cuando ésta incluya

todos los documentos necesarios, así como la información especificada en esta licitación.

2.5 Aceptación de respuesta exitosa

La documentación presentada por los oferentes será verificada por Mercy Corps. El oferente ganador deberá firmar un contrato por el monto establecido y acordado.

2.6 Certificación relacionada con el terrorismo

Es política de Mercy Corps cumplir con los principios humanitarios y con las leyes y reglamentos de los Estados Unidos, la Unión Europea, las Naciones Unidas, del Reino Unido, las naciones anfitrionas y otros donantes aplicables y relativas a efectuar transacciones o apoyar a personas o entidades que se han involucrado en fraude, despilfarro, abuso, traficante de personas, corrupción o actividades terroristas. Estas leyes y reglamento prohíben a Mercy Corps efectuar transacciones o a brindar apoyo a cualquier persona o entidad que esté sujeta a sanciones del gobierno, a normas de los donantes o a leyes que prohíben efectuar transacciones o brindar

apoyo a dichas partes.

3. Criterios & Presentaciones

3.1 Condiciones del Contrato

Mercy Corps tiene la intención de emitir un contrato de Precio Fijo para una o varias compañías u

organizaciones. Los oferentes exitosos deberán acatar los términos y condiciones de los Términos de Referencia del contrato resultante. El contrato anticipado se incorpora en la Sección 6 aquí presente. Al presentar una oferta, los oferentes certifican que comprenden y están de acuerdo con todos los términos y

cláusulas que se incluyen en la Sección 6.

3.2 Criterios de elegibilidad específicos

Se debe cumplir con los criterios de elegibilidad y se deben presentar los documentos de apoyo

correspondientes enumerados a continuación como "Presentaciones de la Licitación” con las ofertas. Los oferentes que no presenten estos documentos podrían ser descalificados de cualquier evaluación técnica

o financiera adicional.

Criterios de elegibilidad:

1. Equipo de trabajo (tener en cuenta los criterios de evaluación):

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a. Experiencia soportada en certificados, de mínimo cuatro años, en trabajo en levantamientos topográficos en

municipios de Cauca, Valle del Cauca, Tolima, Cundinamarca y/o Norte de Santander.

b. Experiencia soportada, de por lo menos de cuatro (4) años, en levantamientos topográficos en el departamento del Cauca. Experiencia de trabajo en Norte de Santander o municipios donde se implementado ordenamiento de la propiedad rural.

c. Experiencia demostrada por lo menos cuatro años (4) en levantamientos topográficos para programas de formalización de la propiedad rural y titulación de Baldíos.

d. Trabajo de topográfica con programas de sustitución de cultivos ilícitos.

2. Documentación 1. Normas mínimas según el país para los proveedores están incluidos en todas las licitaciones.

- Carta de presentación de propuesta - Hojas de vida (debidamente soportadas con certificados de experiencia y de estudio) del personal que desarrollará la

consultoría - Certificado de representación legal no mayor a 30 días de expedición. - Fotocopia de cédula de ciudadanía del representante legal - Registro Único Tributario – RUT (expedido a partir del año 2013 hacia adelante). - Certificado de antecedentes disciplinarios emitido por la Procuraduría General de la Nación. - Certificado de antecedentes fiscales emitido por la Contraloría General de la República. - Autorización de uso de datos - Tarjeta profesional de cada uno de los profesionales que desarrollaran la consultoría - Estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2019 - Certificados o contratos en los que se indique objeto del contrato, tiempo, lugar de ejecución y cuantía. - Propuesta técnica que incluya la metodología para el desarrollo de los productos. - Propuesta económica que incluya: El costo unitario de cada producto (debe incluir desplazamientos y los equipos)–

costo total de la propuesta - forma de pago – condiciones de entrega de los productos.

3.3 Presentación de licitaciones

Los documentos e información necesaria enumerados en la presentación de licitaciones son necesarios a fin de apoyar los criterios de elegibilidad y de llevar a cabo evaluaciones técnicas de las ofertas recibidas (y diligencia debida). Si bien la ausencia de estos documentos y/o información no denota la descalificación obligatoria de los proveedores, la carencia de estos elementos tiene el potencial de impactar de forma

severa y negativa, la evaluación de una oferta.

Documentos para llevar a cabo la evaluación técnica y debida diligencia adicional:

Perfil de la compañía, 2 págs. máximo

Experiencia soportada en certificados, de mínimo tres años, en trabajo en levantamientos topográficos en municipios de Cauca, Valle del Cauca, Tolima, Nariño, Huila y/o Norte de Santander

Experiencia soportada, de por lo menos de un (1) año, en levantamientos topográficos en el departamento del Cauca.

Experiencia demostrada por lo menos de cuatro años (4) en levantamientos topográficos para programas de formalización de la propiedad rural y titulación de Baldíos.

Trabajo de topográfica con programas de sustitución de cultivos ilícitos

Referencias de proyectos de trabajo anteriores (incluida información de contacto) Hojas de vida con soportes de estudio y experiencia específica de las personas directas que desarrollan

consultoría Propuesta técnica

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Referencias de trabajo con datos tales como, número de teléfono, correo electrónico. Estados financieros del último año (2019)

3.4 Moneda

Las ofertas se deben presentar en: COP

Los pagos se harán en: COP

3.5 Evaluación de la licitación (Método de Análisis Compensado)

En base a presentaciones anteriores, un Comité de Evaluación de Mercy Corps llevará a cabo un proceso de evaluación de propuestas para la licitación. Mercy Corps se reserva el derecho de aceptar o rechazar todas y cualquier propuesta y de aceptar la(s) oferta(s) consideradas de mejor beneficio para Mercy Corps. MC no se hará responsable por, ni pagará por ningún gasto o pérdida incurrida por un oferente en la preparación de su licitación.

Las evaluaciones se llevarán a cabo tal y como se describe en los siguientes apartados:

3.5.1 Evaluación Técnica

Método de análisis compensado

El Comité de Licitación de Mercy Corps llevará a cabo una evaluación técnica en la que se calificarán criterios

técnicos en una base ponderada (cada criterio tiene un porcentaje que en conjunto equivale al 100%). Las

propuestas de los oferentes deben consistir de todos los requisitos de presentación técnicos obligatorios de

manera que un comité de Mercy Corps pueda evaluar cada parte de la presentación técnica y asignar puntos

con base a la calidad de cada parte de la presentación técnica.

Los criterios de adjudicación deberán basarse en la relación “calidad-precio” (calidad, costo, plazo de

entrega, etc.), al mismo tiempo que se toman en cuenta los requisitos y reglamentos internos y del donante.

Se le ha asignado un factor de ponderación a cada criterio individual antes del lanzamiento de esta licitación,

basado en la importancia para Mercy Corps en este proceso.

El/los oferente(s) con la mejor calificación será(n) aceptado(s) como el/los oferente(s) ganador(es),

asumiendo que el precio se considera justo y razonable, y está sujeto a la debida diligencia de la sección

3.5.2.

Al llevar a cabo el Puntaje de Evaluación, el comité de licitación de Mercy Corps asignará puntos por cada

criterio con base en la siguiente escala:

Punto Razonamiento

0 No ha cumplido con ninguna parte de los criterios especificados

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1-4 Sólo reúne algunos requisitos mínimos y pueden no ser aceptable

5 Aceptable

6-9 Aceptable; ha cumplido con todos los requisitos y supera algunos

10 Aceptable; ha superado todos los requisitos

Criterios de Evaluación

Peso (%)

Posibles

puntos (1 a 10)

Puntaje ponderado

(A) (B) (A*B)

Empresa constituida legalmente hace más de seis años cuyo enfoque principal sea prestar servicios de

topografía.

10%

10 1.0

Empresa constituida legalmente entre cuatro (4) a seis (6) años cuyo enfoque principal sea prestar servicios de topografía.

5 0.5

Empresa constituida legalmente entre dos (2) a cuatro (4) años cuyo enfoque principal sea prestar servicios de

topografía.

4 0.4

Empresa constituida legalmente inferiores a dos años cuyo enfoque principal sea prestar servicios de topografía.

0 0.0

Experiencia laboral mínima demostrada superior a cinco (5) años en trabajos de topografía realizados en los departamentos de Cauca, Valle del Cauca, Norte de Santander o donde se haya realizado procesos de ordenamiento social de la propiedad.

5%

10 0.5

Experiencia laboral mínima demostrada de tres (3) a cinco (5) años en trabajos de topografía realizados en los departamentos de Cauca, Valle del Cauca, Tolima, Cundinamarca y/o Norte de Santander o donde se haya realizado procesos de ordenamiento social de la

propiedad

5 0.25

Experiencia laboral mínima demostrada de uno (1) a tres (3) años en trabajos de topografía realizados los departamentos de Cauca, Valle del Cauca, Tolima, Cundinamarca y/o Norte de Santander o donde se haya realizado procesos de ordenamiento social de la

propiedad

2 0.20

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Experiencia laboral mínima demostrada inferior a un (1) año en trabajos de topografía realizados en los departamentos de Cauca, Valle del Cauca, Tolima, Cundinamarca y/o Norte de Santander o donde se haya realizado procesos de ordenamiento social de la

propiedad

0 0.0

Experiencia demostrable de trabajo con programas de formalización de la propiedad rural y/o titulación de

predios baldíos superior a cinco años

7%

10 0.7

Experiencia demostrable de trabajo con programas de formalización de la propiedad rural y/o titulación de

predios baldíos de tres (3) a cinco (5) años

5 0.35

Experiencia demostrable de trabajo con programas de formalización de la propiedad rural y/o titulación de

predios baldíos de uno (1) a tres (3) años

2 0.14

Experiencia demostrable de trabajo con programas de formalización de la propiedad rural y/o titulación de

predios baldíos inferior a un (1) año.

0 0.0

Experiencia de trabajo con organizaciones de

cooperación internacional superior a cinco años

10%

10 1.0

Experiencia de trabajo con organizaciones de

cooperación internacional de tres (3) a cinco (5) años 5 0.5

Experiencia de trabajo con organizaciones de

cooperación internacional de (1) a tres (3) años. 2 0.20

Experiencia de trabajo con organizaciones de

cooperación internacional inferior a un año. 1 0.10

Haber suscrito contratos individuales por montos superiores a los Trescientos Millones de Pesos (COP

$300.000.000)

10%

10 1.0

Haber suscrito contratos por montos entre los Doscientos Millones de Pesos (COP $200.000.000) y Trescientos Millones de Pesos (COP $300.000.000)

5 5.0

Haber suscrito contratos por montos inferiores a los

Doscientos Millones de Pesos (COP $200.000.000) 0 0.0

Experiencia de levantamientos topográficos para la formalización de la propiedad rural en el marco de la

sustitución de cultivos ilícitos mayor a un año 8%

10 0.8

Experiencia de levantamientos topográficos para la formalización de la propiedad rural en el marco de la sustitución de cultivos ilícitos inferior a un año

5 0.4

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Propuesta económica 25% 10 2.5

Propuesta técnica 25% 10 2.5

CALIFICACIÓN TOTAL POSIBLE: 100% 100 10

3.5.2 Debida diligencia adicional

Tras finalizar las evaluaciones técnicas y financieras, Mercy Corps puede elegir participar en procesos adicionales de debida diligencia con un proveedor o proveedores en particular. El propósito de estos procesos es garantizar que Mercy Corps se comprometa con Proveedores con ética, buena reputación y finanzas sólidas, así como la capacidad de cumplir con el contrato. La debida diligencia adicional puede tomar la forma

de los siguientes procesos (aunque esto no se limita a):

● Comprobación de referencias ● Consulta en listas negras de la empresa y su representante legal.

● Análisis de los estados financieros auditados

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4. Formulario de oferta

Los oferentes deben presentar su propia oferta independiente que incluya al menos (entre otras cosas):

● Todos los documentos en la sección de "Criterios de Elegibilidad" de este paquete de licitación ● Todos los documentos solicitados en Presentación de Licitación de este paquete de licitación ● Toda la información enumerada en la sección "Documentos que Conforman la Licitación" a

continuación Todas las ofertas deben ser firmadas (incluyendo el puesto de trabajo y el nombre completo del firmante) y selladas con la fecha de finalización.

Documentos que Conforman la Propuesta

- Carta de presentación de propuesta

- Hojas de vida (debidamente soportadas con certificados de experiencia y de estudio) del personal que

desarrollará la consultoría

- Certificado de representación legal no mayor a 30 días de expedición.

- Fotocopia de cédula de ciudadanía del representante legal

- Registro Único Tributario – RUT (expedido a partir del año 2013 hacia adelante).

- Certificado de antecedentes disciplinarios emitido por la Procuraduría General de la Nación.

- Certificado de antecedentes fiscales emitido por la Contraloría General de la República.

- Autorización de uso de datos

- Tarjeta profesional de cada uno de los profesionales que desarrollaran la consultoría.

- Estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2019

- Certificados o contratos en los que se indique objeto del contrato, tiempo, lugar de ejecución y cuantía

- Propuesta técnica que incluya la metodología para el desarrollo de los productos.

- Propuesta económica que incluya: El costo unitario de cada producto (debe incluir desplazamientos y los

equipos)– costo total de la propuesta - forma de pago – condiciones de entrega de los productos.

Se debe incluir la siguiente información en la oferta de cualquier oferente potencial:

❏ Carta de Presentación donde se explique el interés de ser un vendedor o proveedor contratado. El

contenido de la carta de presentación deberá incluir la siguiente información: ❏ Una especificación detallada de los bienes ofrecidos, servicios y/o trabajos ❏ Garantía de cumplimiento de oferta por un 10% de la misma ❏ Plazo de entrega ❏ Fecha de validez de precios (para este propósito y como se establece en la publicidad, la cotización

proporcionada deberá mantenerse sin cambios durante 180 días hábiles)

❏ Una Oferta de Precio en la que se detalle solamente el precio unitario utilizando la planilla de Hoja de Oferta de Precio suministrada en la sección 7

❏ Un formulario completado y firmado por Mercy Corps de Información del Proveedor (planilla suministrada en la sección 7)

❏ Otros documentos importantes que el oferente piense que se deben adjuntar para complementar su oferta

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El oferente o una persona o personas debidamente autorizadas para vincular al oferente al contrato, deberán firmar

la oferta original. Las páginas financieras de la oferta deberán contar con las iniciales de la persona o personas que

firman la oferta y selladas con el sello de la compañía.

Cualquier interlineación, borradura, o tachado, solamente tendrá validez si cuenta con las iniciales de la persona o

personas que firman la licitación.

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5. Términos de Referencia / Especificaciones Técnicas

I. OBJETO DEL CONTRATO

Contratar un persona jurídica para realizar el levantamiento de 600 levantamientos topográficos con su respectivo

plano en los procesos de formalización de predios rurales, para lo cual se requieren servicios de topografía que

complementen los trámites de subdivisión material a presentarse ante las oficinas de planeación municipal,

presentación de procesos de pertenencia, saneamiento de falsa tradición de acuerdo a la ley 1561 de 2012, ante los

juzgados civiles municipales, trámites administrativos tendientes a la formalización de predios de propiedad privada

por vía administrativa según lo dispuesto en el decreto 902 de 2017, titulación de predios baldíos en aplicación a la

ley 160 de 1994 y el decreto 902 de 2017 ante la Agencia Nacional de Tierras y apoyo en la elaboración de los

estudios de antecedentes registrales de los predios, en el Programa ProTierra Tibú, financiado por el sector privado

e implementado por Mercy Corps.

II. PRODUCTOS E INFORMES ESPERADOS ● Requisitos para licencia de fraccionamiento

1. Plano del predio de mayor extensión que se encuentre inscrito en la escritura pública.

2. Plano del área a fraccionar

3. Plano del área remanente

4. Copia en medio magnético de los planos.

5. Redacción técnica de linderos en físico y digital con su respectiva firma, que indique las coordenadas y los

colindantes.

6. Copia licencia topógrafo o ingeniero y copia cédula de ciudadanía

NOTA: los tres planos deben tener cartera de coordenadas de los puntos deltas tomados como referencia por el

topógrafo. Y las respectivas longitudes entre puntos.

Los planos deben contar con la firma autorizada (topógrafo) y su respectiva matricula profesional.

● Requisitos planos general procesos de formalización por vía judicial. El plano de contener la localización del inmueble, su cabida, sus linderos con las respectivas medidas, el nombre

completo e identificación de colindantes la destinación económica, la vigencia de la información, la dirección o el

nombre con el que se conoce el inmueble rural en la región, redacción técnica de linderos en físico y digital firmada,

además tarjeta Profesional y copia cédula de ciudadanía.

● Requisitos procesos administrativos Formalización de predios privados Decreto 902 y predios baldíos

ley 160 de 1994 y decreto 902 de 2017.

Planos levantados de acuerdo a las estipulaciones de la Agencia Nacional de Tierras, que además contengan la

localización del inmueble, su cabida, sus linderos con las respectivas medidas, el nombre completo e identificación

de colindantes la destinación económica, acta de colindancias del 100% de los colindantes, la vigencia de la

información, la dirección o el nombre con el que se conoce el inmueble rural en la región, redacción técnica de linderos

en físico y digital firmada, además tarjeta Profesional y copia cédula de ciudadanía.

● Acompañamiento a estudios técnicos preliminares.

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Paquete de Licitación — Solicitud de Propuesta (SdP)

Licitación No: [2020-035] Página 14 de 24

Desde la parte técnica complementar el estudio de antecedentes registrales de los predios, que suministre la

ubicación, información técnica y jurídica de los predios. Además, brindar el acompañamiento de foto identificación

de los predios.

● Diagnóstico preliminar de análisis predial – DPAP Predios privados decreto 902 de 2017.

Es el instrumento técnico, social y jurídico a través del cual se consolida la información obtenida partir de cruces de

información de fuentes secundarias obtenidos en la fase de identificación de las rutas jurídicas aplicables a cada

caso, y de la información recibida de las comunidades mismas así como de diversos actores a nivel territorial, con

base en la cual se determina en el documento de manera preliminar la situación física, jurídica y de tenencia del

inmueble, con el fin de que dicha información sea posteriormente verificada o corregida al momento de hacer la visita

al inmueble.

Informe técnico de levantamiento topográfico predios baldíos.

Es la herramienta diseñado por la Agencia Nacional de Tierras a través del cual se relaciona el proceso del

levantamiento topográfico del predio y se realiza la identificación plena del inmueble, teniendo en cuenta el respectivo

cruce de capas que permitan establecer que se trata de un predio adjudicable como baldío. Este informe se debe

realizar en los formatos y demás instrumentos que disponga la ANT.

● Proceso de foto identificación.

Proceso mediante el cual se recopila información física y jurídica de los predios, que contempla el levantamiento de

los linderos y vértices, a partir de una fotografía aérea u ortofoto, el cual se realiza mediante la digitalización de la

información predial que se realiza en campo con el apoyo de herramientas de captura digital de información de

campo.

III. ACTIVIDADES A DESARROLLAR a. Levantamientos topográficos de acuerdo a las especificaciones dadas para las licencias de

fraccionamiento. b. Diseño de planos topográficos de acuerdo a lo estipulado en el numeral 3 c. Según exigencia de cada entidad ante la cual se realice el proceso de formalización (Juzgados,

secretaria de planeación, Agencia Nacional de Tierras) d. Levantar actas de colindancias de los predios identificados por ruta administrativa para ser adelantados

ante la Agencia Nacional de Tierras. e. Elaboración de informes técnicos preliminares f. Elaboración de diagnóstico preliminar de análisis predial DPAP– parte técnica.

g. Elaboración de informes de topografía para la formalización de predios baldíos conforme a las

especificaciones de la ANT según la normatividad aplicable, Ley 160 o Decreto 902 de 2017.

h. Foto identificación de predios con el fin de recopilar información técnica y jurídica de los predios.

i. Atender en forma oportuna los requerimientos realizados por la coordinación legal. IV. SUPERVISOR DEL CONTRATO

El control y seguimiento de las actividades que se desarrollarán en el marco del contrato estarán a cargo de la gerente del Proyecto Protierra Tibú de Mercy Corps y contará con la coordinación del Oficial SIG del programa.

V. PERFIL DEL (LA) PROPONENTE

● Persona jurídica con amplia experiencia en topografía. ● Experiencia en diligenciamiento de formatos de ley para el proceso de licencia de fraccionamiento. ● Experiencia en levantamiento de planos para procesos de formalización en trámites judiciales.

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Licitación No: [2020-035] Página 15 de 24

● Experiencia en levantamientos topográficos de acuerdo a las especificaciones dadas para las licencias de fraccionamiento.

● Experiencia en diseño de planos topográficos de acuerdo a lo estipulado en el numeral 3 de estos términos de referencia.

VI. LUGAR Y CONDICIONES DEL CONTRATO

El contrato se desarrollará en el municipio de Tibú, Norte de Santander, corregimientos de la Gabarra y Tres Bocas. El/la contratista suministrará por sus propios medios los productos establecidos y demás condiciones necesarias para desarrollar el trabajo descrito en los presentes Términos de Referencia. VII. DURACIÓN Y TIPO DE CONTRATO

El contrato tendrá un tiempo de duración de un (1,5) años contados a partir de la firma del contrato. El tipo de contrato es prestación de servicios.

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Licitación No: [2020-035] Página 16 de 24

6. Modelo de contrato

Este es el contrato anticipado. Sin embargo, de ser necesario, Mercy Corps puede agregar términos y condiciones

adicionales en el contrato final.

CONTRATO DE SERVICIOS #: XXXX -XXXXX

INFORMACIÓN CONTRATANTE

Nombre del contratante: MERCY CORPS

Identificación tributaria: 900.062.619-9

Oficina: Bogotá – Colombia

Dirección contratante: Calle 99 # 10 – 57 Piso 3

Teléfono: 3203403277

Correo electrónico: [email protected]

INFORMACIÓN CONTRATISTA

Nombre del contratista: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

NIT/C.C.: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Dirección de contacto: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Ciudad: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Teléfono: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Correo electrónico: XXXXXXXXXXXXXXXXXXX

OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN:

Contratar un persona jurídica para el levantamiento de 200 planos topográficos para procesos de formalización de

predios rurales, para lo cual se requieren servicios de topografía que complementen los trámites de subdivisión

material a presentarse ante las oficinas de planeación municipal, presentación de procesos de pertenencia,

saneamiento de falsa tradición de acuerdo a la ley 1561 de 2012, ante los juzgados civiles municipales, trámites

tendientes a la formalización por vía administrativa según lo dispuesto en el decreto 902 de 2017, titulación de predios

baldíos en aplicación a la ley 160 de 1994 ante la Agencia Nacional de Tierras y apoyo en la elaboración de los

estudios de antecedentes registrales de los predios, en el Programa Pro Tierra Tibú, financiado por el sector privado

e implementado por Mercy Corps. Debe ser igual a como quedó redactado en el punto 5 de los términos de referencia

Fecha de inicio:

Fecha de culminación:

Periodo de tiempo proyectado

Costo máximo contrato:

El presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS se celebra entre los suscritos, XXXXXXXXXXXX, mayor

de edad y vecina de XXXXX, de nacionalidad estadounidense, identificada con cédula de extranjería No. XXXXXX

de Bogotá, Apoderada y quien actúa en nombre y representación de MERCY CORPS – Nit. 900.062.619-9,

organización sin ánimo de lucro establecida y organizada bajo las leyes vigentes del Estado de Washington, Estados

Unidos de América, con personería jurídica otorgada por el Ministerio del Interior y de Justicia de Colombia mediante

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Licitación No: [2020-035] Página 17 de 24

Resolución 2623 del 16 de diciembre de 2005, con sede en Bogotá, Colombia quien en adelante y para efectos del

presente CONTRATO se denominará el “CONTRATANTE” y, por la otra XXXXXXXXXXXX de nacionalidad

colombiana, mayor de edad y vecino del municipio de XXXXXXXXX – XXXXX, identificado con la cédula de

ciudadanía número XXXXXXX expedida en XXXXX - XXXX, quien actúa en su propio nombre y en representación

de XXXXXXXXXXXX. con Nit. XXXXXXXXX; y quien en adelante y para efectos del presente CONTRATO se

denominará individualmente EL CONTRATISTA” y en conjunto con el CONTRATANTE las Partes se ha celebrado

el presente CONTRATO, el cual se regirá por las cláusulas que se relacionan más adelante y, en lo no previsto en

ellas, por las normas legales vigentes sobre la materia, previas las siguientes:

CLÁUSULAS:

PRIMERA – OBJETO DEL CONTRATO: EL CONTRATISTA se obliga para con el CONTRATANTE a la prestación

de sus servicios profesionales para realizar levantamiento de planos topográficos, trámites de subdivisión de material

a presentarse en las oficinas de planeación municipal, presentación de procesos de pertenencia y/o falsa tradición,

por ley 1561 de 2012, ante los juzgados civiles municipales y/o, trámites tendientes a la formalización por vía

administrativa según lo dispuesto en el decreto 902 de 2017, titulación de predios baldíos en aplicación a la ley 160

de 1994 ante la Agencia Nacional de Tierras y apoyo en la elaboración de los estudios de antecedentes registrales

de los predios del programa de conformidad XXXXX y con la propuesta técnica presentada por el CONTRATISTA y

aprobada por el CONTRATANTE XXXXXXXXXXX y propuesta económica del XXXXXXXXXXXX, documentos que

hacen parte integral del CONTRATO. Debe ser el mismo indicado en los términos de referencia.

SEGUNDA – OBLIGACIONES: EL CONTRATISTA se obliga para con el CONTRATANTE a cumplir con las

siguientes actividades sin perjuicio de las demás que sean necesarias para el cabal cumplimiento del objeto del

presente CONTRATO:

a. Levantamientos topográficos de acuerdo a las especificaciones dadas para las licencias de fraccionamiento. b. Diseño de planos topográficos. c. Presentar redacción técnica de linderos. d. Elaboración de diagnóstico preliminar de análisis predial.

e. Elaboración de informes técnicos de topografía para la formalización de predios baldíos conforme a las

especificaciones de la ANT según normatividad aplicable, Ley 160 o decreto 902 de 2017.

f. Foto identificación de predios con el fin de recopilar información técnica y jurídica de los predios.

g. Realizar el acompañamiento al equipo jurídico en el estudio de antecedentes técnicos y jurídicos de los predios y elaborar informes técnicos preliminares que indiquen matrícula inmobiliaria.

h. Atender en forma oportuna los requerimientos realizados por la supervisión del contrato por parte del CONTRATANTE.

TERCERA – PRODUCTOS A ENTREGAR Y FECHAS DE ENTREGA POR EL CONTRATANTE: El CONTRATISTA se obliga a entregar dentro del periodo de ejecución del presente CONTRATO a favor del CONTRATANTE:

● Licencias de fraccionamiento - Los cuales deben llevar la siguiente documentación:

1. Redacción técnica de linderos en físico y digital firmada por el CONTRATISTA por cada plano, que indique

las coordenadas y los colindantes.

2. Copia licencia del CONTRATISTA y copia cédula de ciudadanía

3. Plano del predio original que se encuentre inscrito en la escritura pública.

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4. Plano del área a fraccionar.

5. Plano del área remanente.

6. Copia en medio magnético de los planos.

Cada plano debe tener cartera de coordenadas de los puntos deltas tomados como referencia por el topógrafo y

las respectivas longitudes entre puntos. Los planos deben contar con la firma autorizada del CONTRATISTA y

su respectiva matricula profesional.

● Planos Topográficos – Según la ruta de formalización los planos deben contar las especificaciones técnicas

en cada caso, sin embargo deben contener la siguiente información:

1. Localización del inmueble, su cabida, sus linderos con las respectivas medidas.

2. Nombre completo e identificación de colindantes y la destinación económica.

3. Vigencia de la información, la dirección o el nombre con el que se conoce el inmueble rural en la región.

4. Redacción técnica de linderos en físico y digital firmada.

5. Tarjeta Profesional y copia cédula de ciudadanía del CONTRATISTA.

● Realizar análisis técnico preliminares con el fin de establecer la ubicación de los predios y los antecedentes

jurídicos, a partir de la información entregada por los participantes en las jornadas de recepción de solicitudes.

● Los casos que sean viabilizados por ruta administrativa en aplicación al decreto 902 de 2017 y/o ley 160 de

1994 para la formalización o adjudicación de predios baldíos, se deben entregar los siguientes productos:

1. Levantamientos topográficos de acuerdo a los lineamientos, especificaciones y normatividad aplicable

por la Agencia Nacional de Tierras.

2. Actas de colindancia con el 100% de las firmas de los colindantes.

● En los casos que se tramiten en la ruta de formalización de baldíos por el Decreto 902 de 2017 o la Ley 160

de 1994, se debe brindar el acompañamiento en la elaboración del informe técnico del levantamiento

topográfico según los requerimientos y especificaciones entregadas por la Agencia Nacional de Tierras.

● En los casos viabilizados por ruta administrativa en aplicación al decreto 902 de 2017, se debe brindar el

acompañamiento técnico en la elaboración de diagnóstico preliminar de análisis predial.

● En los casos en que se solicite realizar procesos de foto identificación de predios con el fin de establecer

condiciones técnicas y jurídicas de los predios que permita complementar el diagnóstico preliminar de análisis

predial.

● En los casos que se requiera hacer aclaración de área ante el IGAC, se deben presentar los planos

con los requisitos técnicos y procedimentales por esta entidad y de acuerdo a las indicaciones del

CONTRATANTE.

CUARTA – FECHA DE ENTREGA: Las actividades y productos descritos en la cláusula Tercera anterior deben ser

entregados al CONTRATANTE en el municipio de Tibú, y las actividades propias del objeto del contrato se realizarán

en el municipio de Tibú, corregimientos de la Gabarra, tres Bocas, Norte de Santander de acuerdo con la agenda

establecida con el supervisor del CONTRATO, en un periodo comprendido entre, la fecha de inicio del contrato y

hasta transcurrido el tiempo de su ejecución que corresponde a 1 año y. Las fechas establecidas anteriormente no

podrán ser modificadas salvo previo y escrito acuerdo entre las Partes.

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QUINTA – VIGENCIA DEL CONTRATO: El presente CONTRATO tendrá vigencia XX.

SEXTA – VALOR DEL CONTRATO: El monto fijo del CONTRATO es indeterminado, teniendo en cuenta que este

valor depende de la cantidad de planos elaborados, cuyos costos se discriminan en la CLAUSULA SÉPTIMA del

presente CONTRATO, no obstante, lo anterior y para los efectos legales el valor máximo de este CONTRATO se

estima en XXXXXXXXXXXXXXX correspondientes al pago de productos entregados, hasta el valor máximo del total

del contrato. PARAGRAFO PRIMERO: El pago del precio de los servicios descritos en el presente CONTRATO se

basa en la finalización a entera satisfacción del CONTRATANTE de las tareas descritas en el objeto del CONTRATO

en su totalidad. No habrá lugar a pago adicional por servicios o actividades relacionadas por el trabajo, ni

compensación por extensión de tiempo para entrega del objeto contratado.

SEPTIMA – FORMA Y CONDICIONES DE PAGO: EL CONTRATANTE se obliga a pagar el valor del presente

CONTRATO con los recursos del proyecto ProTierra Tibú, así:

1. El valor a cancelar será el resultado del número total de planos debidamente terminados y recibidos a

satisfacción hasta un máximo de 200 planos.

2. El contratista presentará cuenta de cobro mensual por los productos desarrollados, teniendo en cuenta la

siguiente tabla de costos por levantamiento de planos:

Producto – Rango Área Valor

Método de levantamiento

1

INFERIOR 0.5 Ha

XXXXXXXXXX

X

XXXXXXXXXXXXXX

2 ENTRE 0.5 y 9.9 Ha

XXXXXXXXXXX

XXXXXXXXXXXXXX

3 ENTRE 10 y 20 Ha

XXXXXXXXXXX

XXXXXXXXXXXXX

4 ENTRE 20 Y 40 Ha

5 mayor a 40 Ha

6 DPAP - ASISTENCIA TÉCNICA

7 INFORMES TÉCNICOS PRELIMINARES Y FOTO IDENTIFICACIÓN DE PREDIOS

8 ACTAS DE COLINDANCIA

PARÁGRAFO: Cada una de las entregas debe estar acompañada de la nota de recibido a satisfacción debidamente

aprobada por el CONTRATANTE, la cuenta de cobro y/o factura, los soportes de pago de seguridad social y

parafiscales, sí aplica, de acuerdo con la ley laboral vigente. El pago se efectuará a través de transferencia

electrónica a la cuenta que informe el CONTRATISTA a través de certificación bancaria.

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OCTAVA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: En virtud del presente CONTRATO El CONTRATANTE se

obliga a: a) Velar por el cumplimiento del presente CONTRATO; b) Pagar el valor del presente CONTRATO en las

condiciones del mismo; y c) Las demás que correspondan cabalmente al cumplimiento del acuerdo contractual.

NOVENA – OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En virtud del presente CONTRATO el CONTRATISTA se obliga

a:

1. Entregar las actividades y productos en los plazos establecidos en el presente CONTRATO.

2. Obrar con diligencia en los asuntos que se le encomienden.

3. Resolver las consultas hechas por el CONTRATANTE con la mayor celeridad posible y siempre dentro de los

plazos acordados.

4. Cumplir con las demás obligaciones inherentes al CONTRATO.

5. No intervenir de una manera u otra en las actividades del CONTRATANTE que no guarden relación con el objeto

del presente CONTRATO.

6. Atender las sugerencias, recomendaciones y advertencias que imparta el CONTRATANTE, siempre que éstas

se relacionen con el objeto del CONTRATO.

7. Afiliarse como trabajador independiente al sistema de seguridad social integral y pagar de forma correcta y

oportuna el valor de las cotizaciones causadas.; sí aplica.

8. No usar o revelar cualquier información relativa el CONTRATANTE y que llegue a su conocimiento con ocasión

de este CONTRATO.

9. Cumplir con las demás obligaciones establecidas en el presente CONTRATO.

DÉCIMA - CONTRATO CIVIL Y AUTONOMÍA: EL CONTRATISTA: realizará su actividad de manera autónoma e

independiente y utilizará para el cumplimiento de su labor su propio personal, sin que haya subordinación alguna

entre él, o sus colaboradores o dependientes o el personal que el contrate y EL CONTRATANTE. EL

CONTRATISTA declara que el presente CONTRATO es de naturaleza civil y que no existe ningún vínculo laboral

entre él o sus colaboradores o el personal que el contrate y EL CONTRATANTE. En consecuencia, los valores

correspondientes a salarios, indemnizaciones, vacaciones, afiliaciones, aportes a la seguridad social, aportes

pensionales y demás prestaciones legales o extralegales serán asumidos por EL CONTRATISTA.

DÉCIMA PRIMERA – RIESGOS ECONÓMICOS: Los precios de la contratación se entienden fijos y firmes, los

cuales no serán objeto de posteriores reajustes, por lo tanto, si se incurren en ellos, estos serán asumidos por el

CONTRATISTA.

DÉCIMA SEGUNDA – VIGILANCIA DEL CONTRATO: La vigilancia del presente CONTRATO será ejercida por el

Gerente Senior de Tierras del proyecto con el apoyo de la Coordinadora Legal del proyecto del CONTRATANTE,

quienes son responsables de revisar las actividades y productos entregables por el CONTRATISTA para tomar las

medidas pertinentes para la terminación o cambio del trabajo establecido en el objeto del CONTRATO.

DÉCIMA TERCERA - TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El presente CONTRATO terminará por las siguientes

causas:

1. incumplimiento del objeto contractual.

2. Mutuo acuerdo de las Partes.

3. Fuerza mayor o caso fortuito que supere 30 días calendario.

4. Cualquier otra causa establecida en la ley.

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Paquete de Licitación — Solicitud de Propuesta (SdP)

Licitación No: [2020-035] Página 21 de 24

5. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del CONTRATISTA en virtud de la celebración del presente

CONTRATO, que no sea subsanado en un término de quince (15) días comunes contados a partir de la

notificación del incumplimiento, sin perjuicio del cobro de la cláusula penal establecida en el presente

CONTRATO, así como de la indemnización de perjuicios a la que haya lugar.

6. Por actos contrarios que van en contra de los valores de el CONTRATANTE.

PARÁGRAFO: Cuando se dé por terminado el CONTRATO por la ocurrencia de cualquiera de las causas

mencionadas anteriormente, se elaborará un acta de liquidación en donde se acordará la fecha de terminación,

entrega de actividades o productos y las condiciones de entrega junto con la liquidación económica que corresponda

para la liquidación definitiva del CONTRATO.

DÉCIMA CUARTA – DOCUMENTOS: Forman parte del presente CONTRATO y se anexan al mismo, formando

parte integral de éste, los siguientes documentos:

1. Anexo I – Términos de referencia

2. Anexo II – Propuesta Económica presentada por el CONTRATISTA XXXXXXXXXXXX y propuesta económica

del XXXXXXXXXXXXXXXXX

DÉCIMA QUINTA – SUJECIÓN A LA LEY COLOMBIANA: Para todos los efectos este CONTRATO se somete a

la Ley Colombiana y a las autoridades competentes del país.

DÉCIMA SEXTA – SANCIONES POR INCUMPLIMENTO: El CONTRATISTA de común acuerdo con el

CONTRATANTE acepta la imposición de las siguientes sanciones por el incumplimiento de cualquiera de las

obligaciones objeto del presente CONTRATO:

1. MULTAS – En caso de mora o incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones derivadas del presente

CONTRATO por causas imputables al CONTRATISTA, salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito,

conforme a las definiciones del artículo 1° de la ley 95 de 1890 y demás normas concordantes, el CONTRATANTE

podrá imponer al CONTRATISTA multas diarias, cuyo valor se liquidará con base en un cero punto cinco por ciento

(0.5%) del valor total del CONTRATO, por cada día de retardo y hasta por quince (15) días comunes de mora o

incumplimiento parcial.

2. PENAL PECUNIARIA - En caso de incumplimiento total de las obligaciones derivadas del presente

CONTRATO, es decir, en el evento que el incumplimiento no sea subsanado en el término establecido anteriormente

que como consecuencia ocasione la terminación del CONTRATO, el CONTRATISTA pagará al CONTRATANTE a

título de cláusula penal pecuniaria, una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del CONTRATO.

Lo anterior, sin perjuicio de que el CONTRATANTE ejerza las demás acciones legales a que haya lugar en contra

del CONTRATISTA para lograr el reconocimiento y pago de la indemnización de la totalidad de los perjuicios

sufridos, a cuyo monto se aplicará la Cláusula Penal aquí establecida.

PARÁGRAFO PRIMERO: PROCEDIMIENTO PREVIO A LA IMPOSICIÓN DE LAS SANCIONES: Previamente a

la imposición de cualquiera de las sanciones establecidas en el presente CONTRATO y mientras se halle pendiente

la ejecución de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, el CONTRATANTE notificará al CONTRATISTA el

incumplimiento, para que éste dentro de los quince (15) días comunes siguientes a dicha notificación remedie dicho

incumplimiento. En el evento que el CONTRATISTA no subsane dicho incumplimiento, facultará a él

CONTRATANTE a hacer efectivas las sanciones directamente según se establece a continuación.

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PARÁGRAFO SEGUNDO: APLICACIÓN DE LAS SANCIONES PECUNIARIAS: Las Partes acuerdan que el valor

de las multas y la cláusula penal pecuniaria sea tomado del saldo a favor del CONTRATISTA si los hubiere. Si esto

último no fuere posible, se cobrará por vía ejecutiva. Para tal efecto, el presente CONTRATO prestará mérito

ejecutivo contra el CONTRATISTA, sin necesidad de requerimiento previo o constitución en mora.

DÉCIMA SÉPTIMA – FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: Ninguna de las Partes será responsable ni se

considera que ha incurrido en incumplimiento de sus obligaciones en el objeto del CONTRATO, si se presentaran

durante la ejecución circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito u otros hechos fuera de control conforme a las

definiciones del artículo 1° de la ley 95 de 1890 y demás normas concordantes. La Parte que se encuentre incursa

en algún evento de fuerza mayor o caso fortuito se obliga a informar dicho evento por escrito a la otra Parte dentro

de los cinco (05) días hábiles siguientes a su ocurrencia, acompañando todos los documentos y pruebas de soporte

que la demuestren, manifestando el tiempo estimado dentro del cual se reanudará la prestación de los servicios

objeto del presente CONTRATO. Por su parte el CONTRATANTE informará al CONTRATISTA el tiempo estimado

dentro del cual se reanudará el objeto del presente CONTRATO.

DÉCIMA OCTAVA – CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: Este CONTRATO se celebra en consideración a las

calidades del CONTRATISTA, por lo tanto, no podrá ceder los derechos y obligaciones, aun parcialmente, ni realizar

subcontratos, salvo autorización previa y expresa del CONTRATANTE.

DÉCIMA NOVENA - CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN: La información del CONTRATANTE que el

CONTRATISTA llegue a conocer en virtud de este CONTRATO tendrá el carácter de confidencial; por tanto, EL

CONTRATISTA se compromete a que ni él, ni sus colaboradores revelarán ni utilizarán dicha información para el

ejercicio de su propia actividad o de terceros, ni duplicarán o compartirán con terceras personas. La información del

CONTRATANTE que el CONTRATISTA llegue a conocer en virtud de este CONTRATO se utilizará exclusivamente

para los fines del mismo. Dicha información no será divulgada a terceros sin el consentimiento escrito del

CONTRATANTE, aún con posterioridad a la terminación del presente CONTRATO. Cualquier violación a esta

disposición facultará a la parte afectada para aplicar la cláusula DÉCIMA SEXTA - SANCIONES de este

CONTRATO, sin perjuicio del cobro de la indemnización a la que hubiere lugar.

VIGESIMA - CLAUSULA COMPROMISORIA – El presente CONTRATO se regirá por la legislación de la República

de Colombia. Toda diferencia o controversia derivada del presente CONTRATO o que tenga relación con el mismo,

se someterá a arbitraje institucional administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio

de Bogotá D.C., de acuerdo con las siguientes reglas: (1) El tribunal estará integrado por un (1) árbitro designado

de común acuerdo por las Partes y a falta de acuerdo, por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de

Comercio de Bogotá D.C. de la lista “A” de árbitros de dicho Centro; (2) El tribunal funcionará en Bogotá D.C., en la

sede del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de esta ciudad; (3) el tribunal decidirá en

derecho.

VIGÉSIMA PRIMERA - DISPOSICIONES ESPECIALES:

Es política de MERCY CORPS cumplir con las leyes y reglamentos del Gobierno de los Estados Unidos, Canadá,

Colombia, la Unión Europea y las Naciones Unidas con respecto a la inelegibilidad de proveedores, contratistas y

proveedores de servicios por razones de fraude, corrupción o actividades terroristas. Estas leyes y reglamentos

prohíben a Mercy Corps hacer negocios o prestar apoyo a personas o entidades que se encuentren o se hayan

encontrado en dichas actividades. El CONTRATISTA se compromete a respetar esta política.

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1. El CONTRATISTA certifica que no ha estado, ni está involucrado en transacciones económicas, ni brinda

apoyo a individuos u organizaciones relacionadas con el terrorismo.

2. EL CONTRATISTA acepta la terminación unilateral del CONTRATO por parte del CONTRATANTE sin

penalización, si advierte que el CONTRATISTA o sus empleados o subcontratistas presentan alguna de las

siguientes conductas:

o Trata de personas (como lo define el Protocolo para Prevenir, Suprimir y Sancionar la Trata de

Personas, especialmente en mujeres y niños, complementado por la Convención de las Naciones

Unidas contra el Crimen Organizado Transnacional) durante el periodo de este CONTRATO;

o Prostitución y actividades relacionadas durante la vigencia de este CONTRATO; o

o El uso del trabajo forzado en la ejecución del CONTRATO.

Esta disposición debe ser incluida en cualquier Subcontrato emitido bajo este CONTRATO.

3. El CONTRATISTA se compromete a incluir las disposiciones legales que se describen en este contrato

palabra por palabra en todos sus subcontratos financiados bajo este CONTRATO, si los hay.

VIGÉSIMA SEGUNDA – NINGUNA AGENCIA O ASOCIACIÓN: Ninguna disposición del presente CONTRATO se

interpretará como la creación de una relación laboral, ni de agencia ni asociación entre el CONTRATANTE y el

CONTRATISTA.

VIGÉSIMA TERCERA – MODIFICACIONES: Este CONTRATO no puede ser modificado excepto por escrito

debidamente firmado por las Partes.

VIGÉSIMA CUARTA – DIVISIBILIDAD: Si alguna de las disposiciones de este CONTRATO se considera inaplicable,

las demás disposiciones de este CONTRATO permanecerán en pleno vigor y efecto.

VIGÉSIMA QUINTA - TRATAMIENTO DE DATOS: De conformidad con lo estipulado en la ley 1581 de 2012 y

decreto 1377 de 2013, el CONTRATANTE responsable de los datos personales suministrados por el CONTRATISTA

mediante diferentes canales de información solicita autorización para que las partes del presente CONTRATO

permitan que toda la información y datos personales entregados puedan ser objetos de disposición, uso, circulación,

actualización, procesamiento, almacenamiento, recolección, exclusión, intercambio, compilación para el tratamiento

de la información o datos personales con el fin de desarrollar la ejecución del presente CONTRATO, mediante

actividades tales como: llamadas telefónicas para confirmación de datos, seguimiento al desarrollo del CONTRATO,

solicitud de soportes al desarrollo del CONTRATO o requerimientos contables, reportes antes donantes, registros

contables, entre otros. Los titulares de la información podrán ejercer sus derechos de conocer, actualizar, rectificar

y suprimir sus datos personales.

VIGESIMA SEXTA – DOMICILIO LEGAL: Las Partes contratantes declaran que para todos los efectos legales,

judiciales y extrajudiciales que se deriven del presente CONTRATO, fijan como su domicilio legal la ciudad de Bogotá

D.C. Y para las coordinaciones administrativas las direcciones de las partes serán:

a) El CONTRATANTE:

MERCY CORPS

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Bogotá, Colombia

PBX. 2150200

Page 24: Paquete de Licitación Solicitud de Propuesta (SdP) · Paquete de Licitación ... fraude, despilfarro, abuso, traficante de personas, corrupción o actividades terroristas. Estas

Paquete de Licitación — Solicitud de Propuesta (SdP)

Licitación No: [2020-035] Página 24 de 24

b) El CONTRATISTA:

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Para constancia de todo lo anterior, se firma el 1 de junio de 2020, en dos ejemplares del mismo valor y contenido.

________________ _______________________

EL CONTRATANTE: EL CONTRATISTA:

__________________ ________________________

Revisado por: Revisado por:

7. Anexos al Paquete de Licitación

Anexo 1: Planilla de Información del Proveedor

Anexo 2: Planilla de Hoja de Oferta de Precio