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FICHA TCNICA
(APROBADA)
CARACTERSTICAS GENERALES DEL BIEN
Denominacin del bien : PALTA FUERTE
Denominacin tcnica : PALTA FUERTE / AGUACATE
Grupo/Clase/Familia : Alimentos, bebidas y productos de tabaco/ Verduras
frescas/ Paltas/ Paltas fuerte
Nombre del Bien en el Catlogo del SEACE : PALTA FUERTE
Cdigo : 5040173000134400
Unidad de medida : KILOGRAMO
Descripcin General : La Palta es un fruto proveniente de la especie Persea
americana Mill, de la familia de las Lauraceae. La
Variedad Fuerte se caracteriza tener la piel lisa,
delgada y de color verde; y la pulpa cremosa
(mantecosa), de color verde plido, con un elevado
porcentaje de aceite.
CARACTERSTICAS TCNICAS DEL BIEN
A. CARACTERSTICAS
De acuerdo a sus caractersticas de sanidad y aspecto, la Palta Fuerte se clasificar en los
siguientes grados de calidad: a. Categora Extra b. Categora I c. Categora II
Segn su peso, en los siguientes calibres:
Calibre (*) Peso (g)
8 461 - 575
10 366 - 460
12 306 - 365
14 266 - 305
16 236 - 265
18 211 - 235
20 191 - 210
22 171 - 190
24 156 - 170
26 146 - 155
28 136 - 145
30 125 - 135
(*) Extrado del CODEX STAN 197-1995 Enm 2005 NORMA DEL CODEX PARA EL AGUACATE y NTP 011.018 NTP 011.018:2005. PALTAS. Requisitos
Importante: La Entidad Convocante deber indicar, en las bases y en la proforma del contrato, el grado de calidad y calibre de la Palta Fuerte a adquirir.
B. REQUISITOS B.1. Documentacin
Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor procesador primario de alimentos agropecuarios primarios en el sobre de habilitacin, deber considerar como mnimo: Para bienes de origen nacional - Copia del Certificado de Autorizacin Sanitaria del establecimiento que realiz el
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procesamiento primario otorgado por el SENASA, segn el art. 33 del D.S. N 004-2011-AG (publicado en el Diario Oficial El Peruano el da 27 de abril de 2011). Los administrados obligados a obtener Autorizacin Sanitaria del SENASA, tendrn dieciocho (18) meses desde la entrada en vigencia del citado reglamento para obtenerla.
Para bienes importados - Autorizacin Sanitaria para el ingreso al pas de alimentos agropecuarios primarios y
piensos otorgado por el SENASA, segn el art. 40 del D.S. N 004-2011-AG. - Declaracin nica de aduanas que acredite el ingreso legal del producto al pas.
Nota:
Los requisitos antes sealados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminacin de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista mantener la vigencia de la Autorizacin Sanitaria de establecimiento y tramitar oportunamente la Autorizacin Sanitaria de importacin, y entregar una copia a la Entidad Convocante.
B.2. Atributos del bien
Las paltas deben haberse recolectado cuidadosamente. Su desarrollo deber haber alcanzado una fase fisiolgica que asegure la continuidad del proceso de maduracin hasta el final. La palta madura no debe tener sabor amargo. El desarrollo y condicin de las paltas debern ser tales que les permitan soportar el transporte y la manipulacin, y llegar en estado satisfactorio al lugar de destino. Su produccin/procesamiento primario debe haber contemplado lo establecido en la Gua de Buenas Prcticas Agrcolas del SENASA (aprobado con R.D. N 154-2011-AG-SENASA-DIAIA), las Normas Codex: CAC/RCP 1-1969. Principios Generales de Higiene de los Alimentos (Adoptado en 1969. Enmienda 1999. Revisiones 1997 y 2003) y CAC/RCP 53-2003. Cdigo de Prcticas de Higiene para las Frutas y Hortalizas Frescas (Adoptado en 2003. Revisado en 2010). Asimismo deber presentar lo siguiente:
ATRIBUTO ESPECIFICACIN REFERENCIA
CALIDAD
- Sanidad y aspecto Cumplir con lo indicado en los numerales 5.1, 5.2, 5.3, 6 y 8 de la
norma NTP, segn el grado de calidad de Palta Fuerte a adquirir
NTP 011.018:2005. PALTAS. Requisitos
- Tamao Cumplir con lo indicado en el numeral 7 de la norma NTP, segn el calibre de Palta Fuerte a adquirir
INOCUIDAD
- Criterio microbiolgico Cumplir ntegramente con la totalidad de los criterios
microbiolgicos establecidos para el Grupo XIV.1 Frutas y hortalizas frescas (sin ningn tratamiento)
NTS N 071-MINSA/DIGESA-V.01. Norma Sanitaria que establece los criterios microbiolgicos de calidad
sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo
humano (R.M. N 591-2008/MINSA)
C. CERTIFICACIN Opcional. La Entidad Convocante podr exigir al Contratista que, durante la ejecucin contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial (mnimo bajo esquema 3) o un Certificado de Inspeccin con Valor Oficial que confirme que el bien entregado: Palta Fuerte, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral B.2: Atributos del bien de la presente ficha. Dicho documento deber ser emitido por un Organismo de Certificacin de Productos u Organismo de Inspeccin acreditado por el INDECOPI y autorizado por el SENASA. En caso no se emitan en el pas los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta ser remitida a la Entidad Convocante, el Contratista podr presentar un Certificado de Calidad, sin el smbolo de acreditacin, que confirme que el bien entregado: Palta Fuerte, cumple con las especificaciones de calidad e inocuidad detalladas en el numeral B.2: Atributos del bien de la presente ficha. Dicho documento deber ser emitido por un Organismo de Certificacin de Productos u Organismo de Inspeccin acreditado por el INDECOPI y autorizado por el SENASA.
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Si la Entidad decide exigir la certificacin, deber sealar esta condicin en las Bases (especificaciones tcnicas - requisitos tcnicos mnimos) y en las clusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demanden la certificacin deben ser asumidos por el Contratista. Importante: La Autorizacin a Organismos de Certificacin, de Inspeccin y Laboratorios de Ensayo de parte del SENASA, estar sujeta al procedimiento y plazos que establezca dicha Autoridad Nacional.
D. OTROS D.1. Envase
La Palta Fuerte deber ser envasada tomando en consideracin lo establecido en las Normas Codex: CAC/RCP 1-1969. Principios Generales de Higiene de los Alimentos. (Adoptado en 1969. Enmienda 1999. Revisiones 1997 y 2003), CAC/RCP 53-2003. Cdigo de Prcticas de Higiene para las Frutas y Hortalizas Frescas (Adoptado en 2003. Revisado en 2010) y CAC/RCP 44-1995. Cdigo Internacional de Prcticas Recomendado para el Envasado y Transporte de Frutas y Hortalizas Frescas (Enmienda 2004), de tal manera que el producto quede debidamente protegido. Los envases/empaques debern satisfacer las caractersticas de calidad, inocuidad, higiene, ventilacin y resistencia necesarias para asegurar una manipulacin, transporte y conservacin apropiados de las paltas, y debern estar exentos de cualquier materia y olor extraos. Debe cumplir con los requisitos que se indican en las Normas Tcnicas Peruanas correspondientes. El contenido de cada envase deber ser homogneo en cuanto a la forma y estar constituido nicamente por paltas del mismo origen, variedad y/o tipo comercial, calidad y calibre. La parte visible del contenido del envase deber ser representativa de todo el contenido.
Los materiales utilizados en el empacado debern provenir de fuentes de primer uso, estar limpios y ser de calidad tal que evite cualquier dao externo o interno del producto. Se permite el uso de materiales, en particular papel o sellos, con indicaciones comerciales, siempre y cuando estn impresos o etiquetados con tinta o pegamento no txico.
Notas:
- La Entidad Convocante deber indicar, en las bases y en la proforma del contrato, las caractersticas del envase (material, color, peso, medidas, tipo de cerrado, etc.), as como el peso neto del producto por envase.
- Si la Entidad decide exigir que se certifique que el envase cumple con lo especificado, deber sealar esta condicin en las Bases (especificaciones tcnicas - requisitos tcnicos mnimos) y en las clusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demanden la certificacin deben ser asumidos por el Contratista.
D.2. Rotulado Los envases, o bien los documentos que acompaan el envo, adems de los requisitos aplicables especificados en la NTP 209.038 ALIMENTOS ENVASADOS. Etiquetado, debern indicar, en idioma espaol, pudiendo llevar adems inscripciones en otro idioma siempre que no aparezca en forma ms destacada, lo siguiente: - El nombre del producto - Nombre de la variedad, cultivar o tipo comercial - El grado de calidad - Calibre - Peso neto, en kilogramos - Nombre y domicilio legal del productor, envasador, distribuidor, importador o vendedor - El pas de origen
Para la impresin de estos rtulos en el envase, deber utilizarse tinta indeleble de uso alimentario, la que no debe desprenderse ni borrarse con el rozamiento y manipuleo. Nota: La Entidad Convocante deber indicar, en las bases y en la proforma del contrato, otra informacin
que considere deba estar rotulada.
D.3. Transporte
El transporte, almacenamiento y comercializacin de la Palta Fuerte se efectuar en cajas, canastas, sacos u otros envases apropiados que eviten el contacto del mismo con el suelo o
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plataforma del transporte (Art. 25 del D.S. 007-98-SA Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas).
Asimismo, el medio de transporte empleado no deber transmitir a la Palta Fuerte caractersticas indeseables que impidan su consumo. De acuerdo a la Tercera Disposicin Complementaria Transitoria del D.S. 004-2011-AG (Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria), las personas naturales o jurdicas dedicadas al transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos, tendrn veinticuatro (24) meses de plazo de entrada en vigencia del Reglamento, para adecuar sus vehculos de transporte de tal manera que garanticen que los alimentos agropecuarios primarios y piensos transportados no se contaminen.