página_12 __ el país __ “una corte chica no optimiza la seguridad jurídica”

5
Imprimir | Regresar a la nota El país | Domingo, 3 de mayo de 2015 ENTREVISTA AL EX MINISTRO DE LA CORTE SUPREMA RAUL ZAFFARONI, TRAS LA REELECCION DE LORENZETTI “Una Corte chica no optimiza la seguridad jurídica” El ex juez Zaffaroni habla de la concentración de poder y de los peligros de una Corte sin especialistas suficientes y muy reducida que pueda dar lugar a sentencias contradictorias y afectar “la certeza del Derecho”. Dice que no se hubiera hecho reelegir como hizo Lorenzetti. Por Martín Granovsky El escritorio, en la casa de Flores que parece un caserón de la Toscana, está en medio de una enorme sala de trabajo. Tiene las dimensiones de una biblioteca pública. Cerca de las estanterías hay bellas artesanías latinoamericanas, como algún retablo peruano de Ayacucho. Sobre la mesa junto a la computadora hay libros de Derecho, muchos de ellos en alemán, sobre la tipología de los hechos penales político-económicos o el nazismo. Raúl Zaffaroni, que cumplió los 75 el último 7 de enero, ya desarrolla su vida fuera de la Corte Suprema tal cual lo había prometido. Pero no vive encerrado. Viaja, escribe, da conferencias, recibe doctorados Honoris Causa, estudia, da clases en universidades del conurbano. Y participa de la discusión pública. –El viernes a la noche Sergio Massa lanzó su candidatura presidencial y dijo al presentar su proyecto futuro: “La Argentina que viene no es la de Zaffaroni”. –Que alguien base su campaña presidencial en criticarme a mí es una gran curiosidad política. Me interesan otros temas. Sé que nadie va a creer que me mueven puras razones institucionales al hablar de la Corte Suprema. Es muy difícil para los políticos en general pensar fuera de la coyuntura. Lo comprendo, porque la política es por esencia competitiva. De cualquier manera voy a seguir hablando de otros temas, porque no me gusta la opción de callarme. Al final, lo institucional está más allá de la coyuntura y de las personas. Incluso está más allá de los insultos y las difamaciones: lo del “miente que algo queda” del nazi no es cierto. Casi acaban con la propia Alemania y ni los mismos nazis quedaron. Me preocupa la estructura de la Corte Suprema. Los políticos no saben cómo funciona la Corte y, a veces, me parece que tampoco tienen en claro la función que ésta cumple en la actualidad. Quien se limite a leer la letra de la Constitución y la Ley 48 (que desde 1863 establece su competencia) no conoce la función actual. –Uno de los problemas señalados habitualmente es que la actual es una Corte sin ningún penalista. ¿Es malo? –Es malo que no haya un penalista, un administrativista, un laboralista, un experto en Derecho previsional... La Corte tiene un equipo enorme donde sí hay especialistas, y buenos, pero ningún ministro de la Corte especializado en esas ramas. A lo sumo los ministros, cuando no son especialistas, pueden dar una orientación.

Upload: rocio-barcelo

Post on 11-Nov-2015

216 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

Página_12 __ El País __ “Una Corte Chica No Optimiza La Seguridad Jurídica”

TRANSCRIPT

  • Imprimir | Regresar a la nota

    El pas | Domingo, 3 de mayo de 2015

    ENTREVISTA AL EX MINISTRO DE LA CORTE SUPREMA RAUL ZAFFARONI, TRAS LA REELECCION DELORENZETTI

    Una Corte chica no optimiza la seguridadjurdica

    El ex juez Zaffaroni habla de la concentracin de poder y de los peligros de una Corte

    sin especialistas suficientes y muy reducida que pueda dar lugar a sentenciascontradictorias y afectar la certeza del Derecho. Dice que no se hubiera hecho

    reelegir como hizo Lorenzetti.

    Por Martn Granovsky

    El escritorio, en la casa de Flores que parece un casern de laToscana, est en medio de una enorme sala de trabajo. Tiene lasdimensiones de una biblioteca pblica. Cerca de las estanteras haybellas artesanas latinoamericanas, como algn retablo peruano deAyacucho. Sobre la mesa junto a la computadora hay libros deDerecho, muchos de ellos en alemn, sobre la tipologa de loshechos penales poltico-econmicos o el nazismo. Ral Zaffaroni, quecumpli los 75 el ltimo 7 de enero, ya desarrolla su vida fuera de laCorte Suprema tal cual lo haba prometido. Pero no vive encerrado.Viaja, escribe, da conferencias, recibe doctorados Honoris Causa,estudia, da clases en universidades del conurbano. Y participa de ladiscusin pblica.

    El viernes a la noche Sergio Massa lanz su candidaturapresidencial y dijo al presentar su proyecto futuro: LaArgentina que viene no es la de Zaffaroni.

    Que alguien base su campaa presidencial en criticarme a m esuna gran curiosidad poltica. Me interesan otros temas. S que nadieva a creer que me mueven puras razones institucionales al hablar de la Corte Suprema. Es muy difcil para lospolticos en general pensar fuera de la coyuntura. Lo comprendo, porque la poltica es por esencia competitiva.De cualquier manera voy a seguir hablando de otros temas, porque no me gusta la opcin de callarme. Al final,lo institucional est ms all de la coyuntura y de las personas. Incluso est ms all de los insultos y lasdifamaciones: lo del miente que algo queda del nazi no es cierto. Casi acaban con la propia Alemania y ni losmismos nazis quedaron. Me preocupa la estructura de la Corte Suprema. Los polticos no saben cmo funcionala Corte y, a veces, me parece que tampoco tienen en claro la funcin que sta cumple en la actualidad. Quiense limite a leer la letra de la Constitucin y la Ley 48 (que desde 1863 establece su competencia) no conoce lafuncin actual.

    Uno de los problemas sealados habitualmente es que la actual es una Corte sin ningn penalista.Es malo?

    Es malo que no haya un penalista, un administrativista, un laboralista, un experto en Derecho previsional... LaCorte tiene un equipo enorme donde s hay especialistas, y buenos, pero ningn ministro de la Corteespecializado en esas ramas. A lo sumo los ministros, cuando no son especialistas, pueden dar unaorientacin.

  • Hagamos la comparacin con el Poder Ejecutivo. Ms all de que un ministro sea malo o bueno,puede ser un poltico con equipo de especialistas y no un especialista l mismo. El poltico da lasorientaciones, los especialistas convierten esas orientaciones en planes y las cosas pueden funcionar.

    En la Corte no es as. El ministro no slo debe dar la orientacin a los secretarios de la Corte para trabajar enun tema, sino que despus, con el borrador terminado, debe hacer el control tcnico. Si slo dio la orientacin yno es un especialista, no habr control tcnico. Entonces las sentencias pueden no tener calidad tcnica ypuede salir jurisprudencia contradictoria y sin vuelo doctrinario.

    Hay un caso especial en danza?

    Hablo en lneas generales. No hay ningn Tribunal de Casacin del mundo que no est integrado porespecialistas y dividido en salas. La Corte de casacin italiana, el tribunal supremo espaol, el tribunal supremoalemn... Todos estn integrados por especialistas.

    Cul es el mayor problema de las sentencias contradictorias?

    Se genera inseguridad. Las sentencias contradictorias afectan la certeza del Derecho. El Derecho es algo quetiene que permitir prever. Si yo voy a realizar tal conducta tengo que prever qu consecuencias me puede traer.Por ejemplo, tengo que saber si algo es jurdico o antijurdico. No ya en el mbito penal exclusivamente.Tambin en el civil. Ante un contrato, por ejemplo. Y frente a decisiones contradictorias la previsibilidad seresiente.

    Uno podra hablar de inseguridad jurdica?

    Claro. Inseguridad jurdica es tornar o hacer imprevisibles las consecuencias de una conducta. Por su tareaconcreta la Corte es cada vez menos un tribunal constitucional. Para el control de constitucionalidad de unanorma no hace falta ser muy especialista. El pleno de la Corte puede hacerlo. Pero estamos hablando de que enla prctica acta mayoritariamente como tribunal de casacin.

    Es correcto o incorrecto que Ricardo Lorenzetti haya adelantado el momento de las eleccionesinternas en la Corte y haya sido reelecto presidente?

    Yo no lo hubiera hecho, pero bueno...

    Pero bueno...?

    Desde hace muchos aos vengo sosteniendo, y alguna vez lo sostuve en el pleno de la Corte, que ya quenosotros nos apartamos de la costumbre heredada de los Estados Unidos segn la cual el presidente de laNacin elige al presidente de la Corte, como sucedi aqu hasta 1930, crea que lo mejor era que la presidenciade la Corte fuese rotativa, ao por ao, como sucede por ejemplo en Brasil y en muchas provincias argentinas.

    Cul sera la ventaja?

    Se evitan las confrontaciones internas y la formacin de bloques. Y queda claro que todos los ministros soniguales.

    La Corte chica es un riesgo institucional?

    No me gusta una Corte de cinco ministros. Supone una enorme concentracin de poder. Cinco es muy pocopara reflejar el pluralismo que una Corte requiere. Y cuatro, que es como qued por mi renuncia al cumplir 75aos, es peor. Durante casi diez aos fuimos siete.

    No estaba la renuncia y vivan Enrique Petracchi y Carmen Argibay.

    Exacto. Funcionamos bien porque ramos una Corte muy heterognea en ideologas, perspectivas,especialidades y entrenamientos previos. Pero eso ya no se da en una Corte de cinco. Y de cuatro ni hablar.

    Alguien podra decir que con una Corte chica la inseguridad jurdica es an mayor?

    La seguridad jurdica absoluta nunca existe. Es una cuestin de grados. Hay que optimizarla. Y una Cortechica no optimiza la seguridad jurdica. Sin perjuicio de que eventualmente puede funcionar bien.

    Lorenzetti tiene un proyecto personal? Es parte de un proyecto poltico opositor?

  • Las inconstitucionalidades deben ser declaradas sobre groseras legislativas. No se puede estar a cada ratocon una declaracin de inconstitucionalidad porque si no se opera contramayoritariamente. Cada vez que en unPoder Judicial hubo una confrontacin que fue ms all de la declaracin sobre las groseras, se trat de unaconfrontacin poltica y hasta dira partidista. La confrontacin del presidente norteamericano Franklin DelanoRoosevelt con el presidente de la Corte Suprema Charles Evans Hugues no fue polticamente ingenua. Rooseveltera demcrata y el presidente de la Corte antes haba sido candidato a presidente de los Estados Unidos por losrepublicanos.

    Los actos contramayoritarios son intrnsecamente negativos?

    Depende de los lmites. Cuando lo contramayoritario va ms all de la declaracin de inconstitucionalidad delas groseras, entramos en la confrontacin poltica. Para que la democracia funcione plenamente es mejor nosobrepasar el lmite del que estamos hablando.

    El juez de la Corte Suprema en los aos 30 jugaba fuerte, pero Roosevelt tambin lo haca. Cristinahoy hace como Roosevelt y Lorenzetti como Hugues?

    La interpretacin corre a cargo de cada uno.

    Porque tanto Roosevelt como el presidente de la Corte fueron activos en la confrontacin, no escierto?

    Los dos, s. Se daban duro y ninguno ahorr insultos. Por eso yo quiero ir a los problemas de fondo. A lanecesidad de una Corte plural y con especialistas y al nmero de miembros, que est relacionado con los dospuntos anteriores y no es simplemente un problema de nmeros. En definitiva, lo que digo es que de una buenavez reconozcamos lo que en verdad est haciendo desde hace aos la Corte y, en consecuencia, pensemoscmo lograr que lo haga bien y mejor. Est haciendo casacin. Pues bien, que la siga haciendo, pero con unaestructura que le permita desplegar bien su trabajo, con jueces especializados, como en todos los tribunales decasacin de todo el mundo.

    De dnde viene la existencia de tribunales de casacin?

    El sistema norteamericano posterior a la revolucin de 1776 pona jueces a controlar legisladores. El sistemafrancs de la revolucin de 1789 pona legisladores a controlar jueces. Originariamente en Francia el tribunal decasacin funcionaba anexo al parlamento: rompa las sentencias judiciales que se apartaban de la ley. Lascasaciones vienen en general del sistema francs. La Corte nuestra no dicta la sentencia cuando casa. La envahacia abajo con la instruccin a las instancias inferiores sobre cmo deben sentenciar.

    Pero el sistema constitucional argentino no viene del de los Estados Unidos?

    El modelo constitucional que tenemos lo copiamos de los Estados Unidos, s, donde la Corte es bsicamenteun tribunal que decide qu normas son constitucionales y cules no lo son. Esa es la funcin que laConstitucin y la Ley 48 asignaron a la Corte argentina.

    En la prctica es as?

    El tema es que nuestro sistema legislativo no es igual al de los Estados Unidos. All los cdigos de fondo sonprovinciales, en tanto que aqu son nacionales. Es decir que en nuestro pas el llamado derecho comn (civil,penal, comercial, etctera) es igual y el mismo para todo el territorio nacional. La diferencia no es menor y un dapas lo inevitable: se hizo intolerable que una misma norma sea interpretada de tantas maneras como provinciashaya y que alguna pueda resultar un disparate. No es admisible que un mismo hecho, regido por la misma ley,resulte delito de un lado de un puente y no lo sea del otro lado, o que un contrato sea vlido aqu y no diezkilmetros ms all.

    Cul fue el efecto de ese problema?

    Que desde 1904 la Corte Suprema se arrog la facultad de revisar las sentencias que podramos llamar, enesta lgica, arbitrarias. Al principio lo hizo excepcionalmente, pero luego esto pas a ser regla.

    Y hoy?

    Y hoy, a ms de 110 aos, nuestra Corte Suprema se ocupa de unas 14 mil arbitrariedades por ao.

    Es mucho.

  • Muchsimo.

    Cuntas causas le llegan para que dirima la constitucionalidad?

    Por control normativo de constitucionalidad no tiene ms de 100. A lo sumo llegan a 150.

    Qu pasa si la Corte se ocupa de tantas arbitrariedades?

    Inevitablemente se mete y decide cuestiones del llamado Derecho comn, aunque trate de disimularlo ylimitarlo de mil maneras, algunas bastante arbitrarias, por cierto. Al hacerlo, adems, baja a las instanciasinferiores criterios interpretativos, con lo cual lo que hace en el fondo es casacin.

    Aparte del significado original de romper sentencias que se impuso despus de la RevolucinFrancesa, qu es exactamente la casacin?

    Lo que en todo el mundo se conoce como unificacin de jurisprudencia, o sea sentar doctrina interpretativa enlas diferentes ramas del Derecho. Hay diferencias de detalle, pero lo que hace la Corte, aunque con otro nombre,es casacin: rompe, casa la sentencia y baja la lnea de la interpretacin que considera correcta. De estemodo, una Corte planificada para ejercer control constitucional normativo ha pasado a ser en los hechos decasacin y slo excepcionalmente de control normativo. Esta funcin, que en los Estados Unidos no es muynecesaria, en Europa continental la separan del control normativo de constitucionalidad, que queda a cargo deun Tribunal Constitucional. Esto sera lo mejor, pero slo se podra hacer en medio de una eventual reformaconstitucional. En el marco vigente, no hay otra alternativa que asignar ambas funciones a la Corte Suprema.

    Es la nica salida?

    Se manej la posibilidad de crear un tribunal para las arbitrariedades, inmediatamente por debajo de la Corte,pero tiene dos inconvenientes. Primero, no estoy muy seguro de que en nuestro federalismo un tribunal diferentede la Corte pueda romper sentencias de los superiores tribunales provinciales. Segundo, igual la Corte seguirasiendo suprema y en cualquier momento podra decidir, por excepcin (como en 1904) romper la sentenciadel propio tribunal inferior, con lo cual tendramos una instancia ms a las que ya tenemos.

    Por qu el pleno de la Corte, sobre todo de una Corte ms grande, es suficiente para el control deconstitucionalidad?

    Porque el control de constitucionalidad normativo lo puede hacer cualquier jurista que conozca el Derechoconstitucional y los principios generales de cada rama. Esto es as porque una norma slo se puede declararinconstitucional cuando es grosera. En caso contrario es muy delicado restar validez a normas sancionadas pormayora popular. Por eso basta con que el juez sepa Derecho constitucional y los conceptos bsicos delDerecho en general. No pienso que slo aqu requiere especializacin un juez que haga casacin, inclusocuando sea miembro de la Corte y cuando la Corte no sea nominalmente un tribunal de casacin. Vale paracualquier Tribunal de Casacin del mundo. Al hacer casacin el juez hace doctrina y baja lnea interpretativa.Eso slo puede hacerlo quien conoce la respectiva rama del derecho. No hay hoy jurista alguno que conozca enprofundidad todo el Derecho. La complejidad es enorme. Conocer profundamente todo es imposible. Pese a queen cualquier lado hay quienes se venden como Leonardo Da Vinci del Derecho, lo cierto es que nadie,absolutamente nadie, est en condiciones hoy de hacer doctrina jurisprudencial en todas las ramas. Quienafirme lo contrario no es ms que un chanta.

    Cmo funciona, mientras tanto, el equipo de la Corte?

    Hay un enorme equipo bien entrenado en las secretaras especializadas, que proyecta sentencias por escrito.Adems, cada juez tiene un equipo multidisciplinario de letrados que revisan los proyectos de las secretaras yle informan su evaluacin. El juez puede hacer tres cosas: firmar el proyecto que viene de la secretaraespecializada, encargarle a su letrado la redaccin de un nuevo proyecto (porque slo si est especializado en lamateria puede hacerlo l mismo), en cuyo caso vuelve a circular por escrito a todos los jueces, o bien no firmar ydejar que la sentencia salga por mayora sin su firma. Como hablbamos antes, si el juez no est especializadoen la materia puede impartir una directiva general a su letrado. Como los escritos estn redactados siempre porespecialistas no se termina firmando un disparate jurdico. Pero insisto en una cuestin que me pareceimportante: en las materias que no son de su especialidad, la sentencia no la hace el juez ni tampoco puedeevaluarla en profundidad tcnica, porque no la conoce a fondo. Cmo sera posible resolver esta forma anmalade funcionamiento, en que los jueces firman sentencias que, por inevitable necesidad, redactan otros y tampocopueden controlar a fondo tcnicamente en todos los casos?

  • Para esto s habra solucin posible?

    Es necesario encontrarla. En nuestra Constitucin no se fija el nmero de jueces de la Corte Suprema. Elactual nmero de cinco, en comparacin con los otros tribunales supremos del mundo, es extremadamentereducido. Creo que la concentracin de poder siempre es peligrosa, pero esa es una consideracin polticageneral. La verdad es que nada obsta a que la Corte pueda tener nueve, doce o quince jueces. La nica Cortecon cinco jueces en Amrica es la del Uruguay. Las restantes llegan a nmeros mayores. Incluso a 23 jueces.Establecer una Corte Suprema con 15 jueces, como lo vengo sosteniendo desde hace aos, no es unaenormidad en el derecho comparado mundial. Subrayo mi preocupacin sobre las funciones que la Corte chicacumple de hecho. Ni la Constitucin ni la ley 48 dicen nada sobre la funcin casatoria que hoy domina lainmensa mayora de la actividad jurisdiccional de la Corte y que es producto de creacin jurisprudencial,pretoriana, es decir, de la propia Corte, asumida por decisin de ella y convertida en costumbre constitucional alo largo de 111 aos. Por lo tanto, nada impide que la Corte se divida en salas para atender las causas porarbitrariedad (es decir, por casacin con otro nombre) y, de este modo, garantizar que cada sentencia seadictada por jueces especializados que puedan redactar o controlar tcnicamente en forma personal, y nodelegada, la calidad y nivel de la sentencia que firman.

    [email protected]

    2000-2015 www.pagina12.com.ar | Repblica Argentina | Todos los Derechos Reservados

    Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.