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Pag.339072 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de febrero de 2007

~-----------------------------------------.'.

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVON° 009·2007·SUNASS·CD

Lima, 31 de enero de 2007

VISTO:

EI Informe N° 007-2007-SUNASS/100, presenlado por la Gerencia de Polltlcas y Normas y la Gerencia deRegulacion Taritarie, referido la evaluaclon de los comenlarios recibidos sobre el proyeclo de rssoluclon deConsejo Direclivo que aprueba el "Reglamenlo General de Tarifas" y su correspondienle Exposicion de Molivos,proyeclo cuya publlcaclon fue aprobada por Resolucion de Consejo Direclivo N° 055-2006-SUNASS-CD.

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27332 - Ley Marco de los Organism os Reguladores de la Inversion Privada en los ServiciosPubllcos - modificada por la Ley N° 27631 Y Ley N° 28337, tacuta a los organism os reguladores a dictar en elambito y materia de su compelencia los reglamenlos y normas que regulen los procedimienlos a su cargo;

Que, sequn el Reglamenlo General de la Superinlendencia Nacional de Servicios de Saneamienlo, aprobadomedianle Decrelo Supremo NO 017-2001-PCM, la SUNASS ejerce sus funciones supervlsora, reguladora,normaliva, flscallzadora y sanclonadora, y de soluclon de reclamos, con respeclo a las aclividades queinvolucren la prestaclon de ssrvlclos de saneamienlo, denlro del ambito de su compelencia, caulelando enforma imparcial y objeliva, los inlereses del Eslado, de los inversionislas y del usuario:

Que, las normas emilidas por la SUNASS en relaclon a la Regulacion Tarifaria se encuenlran disperses endiversos inslrumenlos legales;

Que, el Reglamenlo del Procedimienlo para delerminar los Precios de los Servicios Colalerales que preslan lasEmpresas Prsstadoras de Servicios de Saneamienlo, aprobado por Resolucion de Consejo Direclivo N° 028­2003-SUNASS-CD, liene por objelivo eslablecer la melodologia, los critsrlos y el procedimienlo que sequlranlas empresas prestadoras de servicios de sansamlento (EPS) para delerminar los preclos de los ssrvlcloscolalerales que preslan a sus usuaries, en atsnclon a 10 eslablecido en la Ley N° 26338;

Que, medianle Resolucion de Consejo Direclivo NO 029-2005-SUNASS-CD, se autorlza a las EPS que cuenlencon formula larifaria aprobada a reajuslar sus taritas por efeclo de la lntlaclon cada vez que se acumuleuna verlaclon del 3% 0 mas en el IPM, con la finalidad de garanlizar el cumpllmlento de 10 dispueslo por losartlculos 38° de la Ley N° 26338 Y 101o de su Reglam enlo;

Que, la Direcliva para la Formulaclon de los Planes Maeslros Optlmlzados, aprobada por Resolucion deConsejo Direclivo NO 033-2005-SUNASS-CD, liene por objelivo eslablecer los llnsemlentos metodoloqlcospara la formulaclon del Plan Maeslro Oplimizado, a efeclos de suslenlar las propuestas de formulas taritarlas,estructuras taritarlas y metas de geslion;

Que, la Direcliva sobre el Procedimienlo de Aprobaclon de la Formula Tarifaria, Eslrucluras Tarifarias yMelas de Geslion en los Servicios de Saneamienlo, aprobada por Resolucion de Consejo Directivo N° 033­2005-SUNASS-CD, liene por objelivo eslablecer el procedimienlo para la aprobacion de la formula larifaria,eslrucluras larifarias y melas de geslion en los servicios de saneamienlo;

Que, medianle Resolucion de Consejo Directivo N° 047-2005-SUNASS-CD, se aprobaron los Lineamienlospara el Reordenamienlo de las Eslrucluras Tarifarias, con el objelivo de alcanzar eslructuras larifarias quepromuevan la eficiencia economica y suficiencia financiera de la EPS y que al mismo liempo, conlribuyan allogro de los principios de equidad, Iransparencia y simplicidad, principios de la regulacion larifaria;

Que, medianle Resolucion de Consejo Directivo N° 062-2006-SUNASS-CD, se aprobaron los Lineamienlospara el Reslablecimienlo del Equilibrio Economico Financiero, con el objelivo de eslablecer los principios ycrilerios para la aplicacion del procedimienlo de reslablecimienlo del equilibrio economico financiero de lasEPS;

Que, se ha vista necesario delerminar la melodologia y el procedimienlo que emplearan las EPS que cuenlencon precios de servicios colalerales aprobados, para efectuar los reajusles de dichos precios por efeclo de lainflacion;

Que, (I) la "Direcliva para la Formulacion de los Planes Maeslros Oplimizados", (ii) la "Direcliva sobre elProcedim ienlo de Aprobacion de la Form ula Tarifaria, Eslructuras Tarifarias y Melas de Geslion en los Servicios

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Lima, lunes 5 de febrero de 2007 NORMAS LEGALES pag.339073

de Saneamienlo", (iii) el "Reglamenlo para delerminar los preclos de los Servicios Colalerales que prestanlas Empresas Prsstadoras de Servicios de Saneamienlo", (iv) la norma que autorlza a las EPS que cuenlencon formula larifaria aprobada a reajuslar sus larifas por efeclo de la lntlaclon, (v) los "Lineamienlos para elReordenamienlo de las Eslrucluras Tarlterlas", y; (vi) los "Lineamienlos para el Reslablecimienlo del EquilibrioEconomico Financiero" se encuenlran eslrechamenle relaclonados, puss se refieren a los lineamienlosmetodologlcos, procedimienlo, crilerios que deben adopter las EPS para la formulaclon del Plan MaeslroOplimizado, la melodologia y los crilerios de dstermlnaclon de las formulas taritarlas, estructuras tarltarlas ymetas de geslion, asl como la dstermlnaclon de los preclos de los servicios colateralss:

Que, a efectos de la slmplltlcaclon del marco normative emilido por la SUNASS, y su complemertaclon se hadelerminado que, las norm as msnclonadas sean unltlcadas y armonlzadas de acuerdo al marco normativoactual del sector saneamienlo;

Que, adicionalmenle, resulta pertinenle complemenlar aspectos de la regulacion tarltarla y modificarlas dlsposlclonss actuates en atenclon a la Ley N" 28870 que modltlco la Ley General de Servicios deSaneam ienlo;

Que, sequn 10 dlspuesto en la Ley N° 28870 que modifica la Ley General de Servicios de Saneamienlo, elproyeclo de las formulas taritarlas, estructuras tarltarlas y metas de gestion sera puesto en conocimienlo delas EPS, qulenes basandose en sus proplos sstudios emltlran opinion en un plazo maximo de lreinla (30) dlasnaturales. Por tanto, es necesarlo adecuar el procedimienlo de aprobaelon de formulas tarltarlas, estructurastaritarlas y metas de geslion;

Que, se ha vista convenienle complemenlar el "Reglamenlo del Procedimienlo para Delerminar los Preciosde los Servicios Colalerales que prestan las EPS" aprobado por RCD N" 028-2003-SUNAS&CD en dlversosaspectos relativos al conlenido de la sollcltud, la aprobaclon de los costos unltarlos por unldad de medlda,la melodologia para determlnaclon de los preclos a cobrar a los usuaries, y el ajusle por lntlaclon, asl comoconcordar el procedimienlo de aprobaclon eslablecido en la menclonada norma con el procedimienlo para laaprobaclon de las formulas taritarlas, estructuras larifarias y metas de gestion;

Que, el articulo 23° del Reglamenlo General de la SUNASS eslablece que las declslonss normetlvas y/oreguladoras deben ser prspubllcadas para recibir los comenlarios de la opinion del publico en general, comorequisilo para la aprobaclon de las normas de alcance general y regulaciones;

Que, hablendose publlcado el proyeclo de norma en menclon, cumpjldo el plazo correspondienle y evaluadoslos comenlarios recibidos de los lnteresados, esta Superinlendencia ha reallzado las mejoras rsquerldas:

De conformidad con el articulo 3° de la Ley N° 27332 Y el articulo 20° del Decrelo Supremo N° 017-2001­PCM;

EI Consejo Directivo en seslon N° 002-2007;

HA RESUELTO:

Articulo 1°._ Aprobar el "Reglamenlo General de Tarlfas" y su correspondienle Exposicion deMolivos, y disponer su publicacion en el Diario Oficial EI Peruano y en la pagina web de la SUNASS(www.sunass.gob.pe) .

Articulo 2°._ Derogar las Resoluciones de Consejo Directivo N" 028-2003-SUNASS-CD, N° 029-2005­SUNAS&CD, N" 033-2005-SUNASS-CD, N° 047-2005-SUNAS&CD YN" 062-2006-SUNASS-CD.

Regislrese, pUbliquese y cumplase.

Con la inlervencion de los senores consejeros Sergio Salinas Rivas, Manuel Burga Seoane, y Viclor AnlonioMaldonado Yaclayo.

SERGIO SALINAS RIVASPresidente del Consejo Directivo

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pag.JJ9074 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de febrero de 2007

REGlAMENTO GENERAL DE TARIFAS

ContenidoC )

TiTULO 1. DISPOSICIONES GENERALES

Art lculo 10.­

Articulo 2°._Articulo 3°._Articulo 4°._Articulo 5°._Articulo 6°.

Objetivo de la normaAmbito de apllcaclonBase legalLa funclon reguladora de la SUNASSPrincipios y criterios apllcebles a la regulacion tarifariaEI regimen tarifario aplicable a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento

TiTULO 2. METODOLOGiA PARA LA FORMULACION DEL PLAN MAESTRO OPTIMIZADO

DISPO SI CIO NES GENERALES

Articulo 7°._Articulo 8°._Articulo 9°._Art lculo 10°.­Art lculo 11°:­Art lculo 12°­Articulo 13°._Articulo 14°.­Art lculo 15°.-

Formuaclon del Plan Maestro OplimizadoContenido del Plan Maestro OptimizadoHorizonte del Plan Maestro OptimizadoDeterminacion de las formulas taritarlas propuestas en el Plan Maestro OplimizadoDeterminacion de las estructuras tarifarias propuestas en el Plan Maestro OptimizadoDeterminacion de las metas de gestion propuestas en el Plan Maestro OptimizadoElaboracion del Plan Maestro Oplimizado de oficioFuente de informacion para la elaboraclon del Plan Maestro Optimizado de oficioRestricciones en la elaboraclon del Plan Maestro Optimizado de oficio

TiTULO 3. PROCEDIMIENTO DE APROBACION DE LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURASTARIFARIAS Y METAS DE GESTION

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES

Art lculo 16°.-

CAPITULO 2.

Etapas y plazos del procedimiento

Procedimiento para la Aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas deGestion a Solicitud de las EPS

SUB C~,piTULO 1. DE LA SOUCITUD

Articulo 17°._Art lculo 18°.­Art lculo 19°.­Articulo 20°.­Articulo 21°.-

subcapjtulo 2.

Articulo 22°.­Articulo 23°.-

subcapjtulo 3.

Articulo 24°.­Articulo 25°.-

De la Presertaclon de la SolicitudAdmisibilidad y procedencia de la sollcltudRequisitos adicionales para la pressntaclon del Plan Maestro OptimizadoResolucion y admlslon de la sollcltudNotltlcaclon y publlcaclon

De la Audiencia Publica Prelim inar

Audiencia publica preliminarMecanismos de dltuslon del Plan Maestro Optimizado

Evaluacion del Plan Maestro Optimizado y Difusion del Estudio Tarifario

Del estudio tarifarioDe la dltuslon del proyecto de resoluclon que aprueba la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias yMetas de Gestion

SUB CAPiTULO 4.

Articulo 26°.­Articulo 27°.­Articulo 28°.­Articulo 29°.-

De la convocatoriaDel aviso de la convocatoriaAudiencia publicaComentarios efectuados por los interesados

SUBu,piTULO 5. ESTUDIO TARIFARIO FINAL

Articulo 30°.- Del estudio tarifario final

SUBu,piTULO 6. FIN DEL PROCEDIM IENTO

Articulo 31°.-

CAPITULO 3.

Resolucion de aprobaclon de formula tantarla, estructuras taritarlas y metas de gestion

Procedimiento para la aprobaclen de las formulas tarlfarias, estructuras tarlfarlas y metas degestion a sotlcitud de las Municipalidades Pro vlnclales 0 de la Entidad del Gobierno Nacionaldesignada para conduclr el proceso de premeeten de la inversion prlvada,

Articulo 32°.­Articulo 33°.-

De la pressrjtaclon de la sollcltudDisposiciones apllcables al procedimiento

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Lima, lunes 5 de febrero de 2007 NORMAS LEGALES pag.JJ9075

CAPITULO 4.

Articulo 34°.­Articulo 35°.­Art lculo 36".­Art lculo 37".­Articulo 38".-

CAPITULO 5.

Articulo 390.­Art lculo 400.­Art lculo 41°.­Art lculo 42".­Articulo 43°.­Articulo 44°.­Articulo 45°.-

TITULO 4.

CAPITULO 1.

Art lculo 46".­Art lculo 47".-

CAPITULO 2.

Articulo 48".­Articulo 490.­Art lculo 500.-

Art lculo 51°.-

CAPITULO 3.

Art lculo 52".-

CAPiTULO 4.

Articulo 53°.­Articulo 54°.­Articulo 55°.-

CAPITULO 5.

Art lculo 56".-

TITULO 5.

Art lculo 57".­Articulo 58".­Articulo 590.­Articulo 600.­Art lculo 61°.-

Procedimiento de aprobaclen de oficio de las rormulas tarlfarlas, estrueturas tarlfarlas ymetas de gestion de las EPS

Inicio del procedimienlo de oficioRequis~os para el inicio del procedimienloResolucion de inicio del procedimienlo de oficioDisposiciones apllcables al procedimienlo de oficioCrilerios para la aprobaclon de oficio

Procedimiento de aprobaclen de rnoditlcaclen de las estructuras tarltartas apllcables a lasEPS

Inicio del procedimienloPrssentaclon de la solicilud de mocltlcaclon de las estructuras larifariasAdmisibilidad y procedencia de la soliciludProcedimienloAudiencia publicaResolucion de aprobaelon de modltlcaclon de estructuras tarltarlasConlenido de la Solic~ud de modltlcaclon de las estructuras tarltarlas

PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACION DE PRECIOS DE SERVICIOS COLATERALES

Disposiciones Generales

ObjelivoAmbilo de apllcaclon

Elaboracion de la Solicitud para determinar los precios de los servicios colaterales

De los componenles de la propuesta tarltarta.Eslablecimienlo de las especificaciones tscnlcas de cada servicio colaleral (''Esludio Tecnlco")Determlnaclon de los costos de las actlvldadss requeridas para la prestaclon de cada serviciocolaleral "Propuesla Tarifaria de los Servicios Colalerales"Determlnaclon de los precios de los Servicios Colalerales

Procedimiento de aprobaclen de la propuesta tarttarla de los servicios colaterales

Inicio del procedimienlo

Prohibiciones de cobro

Sobre los empalmes enlre redes secundarias,Sobre el cobro de precios mayores a los aprobadosSobre los incremenlos en los precios

De la vigencia y pubjlcaclen

Publlcaclon de los costos de las unidades de medida de las aclividades

AJUSTE POR INFLACION DE TARIFAS POR SERVICIOS DE SANEAMIENTO Y DE LOSPRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERLES

Reajusle de taritas por efeclo de la lntlaclonCalculo del reajusle automailcoPlazo maximo para efecluar el reajusleApllcaclon del porcenlaje de reajuslePubllcaclon de los reajusles

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

ANEXOS

1. Lineamienlos para el Reordenamienlo de las Eslrucluras Tarifarias2. Conlenido General del Plan Maeslro Oplimizado3. Conlenido de la Solicilud de Modificacion de las Eslrucluras Tarifarias4. Lineamienlos sobre el Reslablecimienlo del Equilibrio Economico Financiero5. Parametres del Cosio Promedio Ponderado de Capilal6. Flujograma del Procedimienlo de Aprobaclon de Formula Tarifaria, Eslrucluras Tarifarias y Melas de Geslion a

solicilud de las EPS7. Flujograma del Procedim ienlo para la Aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Taritarias y Melas de Geslion

a Solic~ud de las Municipalidades Provinciales 0 de la Enlidad del Gobierno Nacional Designada para Conducir elProceso de Prornoclon de la Inversion Privada.

8. Flujograma del Procedim ienlo de Aprobaelon de la Formula Tarifaria, Eslructuras Tarifarias y Melas de Gestion delas EPS en el Procedimienlo de Oficio.

9. Flujograma del Procedimienlo para la Aprobaelon de Modificacion de las Eslrucluras Tarifarias a Solicilud de lasEPS

10. Consideraciones para la Formulaclon del Esludio Tscnlco

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TiTULO 1.

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1°._Objetivo de la normata norma tiene como objelivo:

1.1 Eslablecer los lineam ienlos generales aplicablesa todas las EPS para conlinuar con el reordenamienlode eslrucluras larifarias, que promuevan su eficienciaeconornlca y viabilidad financiera y que al mismo liempologren el cumplimienlo de los prlnclplos de equldad,transparencla, simplicidad y no dlscrlmlnaclon.

1.2 Eslablecer los lineam ienlos mstodoloqlcos en latormulaclon del Plan Maeslro Oplimizado, en adelanlePMO.

1.3 Eslablecer el procedim ienlo para la aprobaclon de laformula larifaria, eslrucluras larifarias y melas de geslionen los servicios de saneamienlo prestados por las EPS.

1.4 Eslablecer la melodolog la, los crilerios y elprocedimienlo que seguirim las EPS para delerminar losprecios de los servicios colalerales que preslan a sususuarlos,

1.5 Eslablecer aspectos complemenlarios de la regulacionlarifaria respecto a: (i) el ajusle por lntlaclen de larifas porservicios de saneamlento y; (ii) el ajusle por inflacion deprecios por servicios colalerales.

1.6 Eslablecer los lineam ienlos aplicables para elreslablecim ienlo del equilibrio econom ico financiero, en loscasos de: Q) modificaciones en el ordenamienlo juridico y,(ii) evenlos sobrevivienles, imprevisibles, exlraordinariose irresislibles, no impulables a la EPS.

Articulo 2°._Ambito de epllcaclenta presenle norma es aplicable a:

1. Las EPS.2. Las Municipalidades Provinciales y enlidades delGobierno Nacional designadas para conducir el procesode promoclon de la inversion prlvada.

Articulo 3°._Base legal

Ley General de Servicios de Saneamienlo - LeyN° 26338 Y modificalorias.Ley Marco de los Organism os Reguladores de laInversion Privada en los Servicios Publlcos - LeyN° 27332 Y modificalorias.Ley de Transparenc ia y Sim plifi caclon de 10 sProcedim ienlos Regulalorios de Tarifas - LeyN° 27838.Reglamenlo de la Ley Marco de los Organism osReguladores de la Inversion Privada en los ServiciosPublicos - Decrelo Supremo N° 042-2005-PCM Ymodificalorias.Texlo Unico Ordenado del Reglamenlo de la LeyGeneral de Servicios de Saneamienlo - DecreloSupremo N° 023-2005-VIVIENDA.Reglamenlo General de la SUNASS - DecreloSupremo N° 017-200 1-PCM.

Articulo 4°._ la Funcion Reguladora de la SUNASSLa funcion de regulacion larifaria de la SUNASS esexclusiva y excluyenle. Dicha funcion es ejercida por suConsejo Directivo, y comprende los siguienles aspeclos:

a) Delerminar las larifas (formulas larifarias yeslrucluraslarifarias) de los servicios de saneamienlo presladospor las EPS bajo su ambilo;

b) Eslablecer las melas de geslion para las EPS, enconcordancia con las larifas aprobadas;

c) Aprobar los coslos de las unidades de medida de lasactividades que conforman los servicios colalerales;

d) Aprobar las clausulas conlracluales sobre larifas y,niveles de cobertura y calidad, a ser incorporadas en

los conlralos de conceslon suscrltos para la prsstaclonde servicios de saneamienlo.

Articulo 5°._ Principios y Criterios Apllcables a laRegulacion Tarifaria

5.1 . La regulacion larifaria se guiara por los princlplos deeficiencia economlca, viabilidad financiera, equldad social,slmpllcldad, Iransparencia y no dlscrlmlnaclon:

a) Principio de eficiencia economlca; las larifas quecobre la EPS por la prsstaclon de los servicios desaneamienlo, deberan incenlivar a una aslqnaclonoptima de recursos que posibilile la mexlmlaaclon delos beneficios de la sociedad.

b) Principio de viabilidad financiera: las larifas apllcadaspor la EPS buscaran la rscuperaclon de los costosrequeridos para su funcionamienlo eficienle, deacuerdo con los niveles de calldad y servicio que fijela Superinlendencia. Asimismo, debera permftlr a lasempresas ampliar la cobertura denlro del area deservicio.

c) Principio de eguidad social: la SUNASS lmplementarauna polilica que permila el acceso a los servicios desaneamienlo del mayor numero de pobladores.

d) Principio de slmnllcldad: las larifas seran de facllcomprenslon, apllcaclon y control,

e) Principio de Iransparencia: el Sislema Tarifario sera deconocimienlo publico.

f) Principio de no discriminacion: Las SUNASS actua sinninguna clase de dlscrlminacion, olorgando Iralamienloigualilario frenle al procedimienlo del Sislema Tarifario,resolviendo conforme al ordenamienlo juridico y conatenclon al lnteres general.

5.2. Para la regulacion de larifas se tendran en cuenla lossiguienles crilerios:

a) Las caracleristicas particulares de cada uno de lossistemas de acuerdo a 10 serialade en el Texlo UnicoOrdenado del Reglamenlo de la Ley General deServicios de Saneamienlo - Ley N° 26338, a traves delos cuales se presla el servicio de saneamienlo.

b) Las caraclerislicas proplas de las localidades en lascuales se presla el servicio de saneamienlo.

c) La capacldad de pago de los usuarlos.d) Otros que disponga el Reglamenlo de la Ley General

de Servicios de Saneamienlo.

Articulo 6°._ EI regimen tarftarto apllcaale a lasE~resasPrestadoras de Servicios de SaneamientoEI regimen larifario del seclor saneamienlo se caracterizapor ser unlco para todas las EPS, comprendiendo 10siguienle:

a) EI PMO es la herramienla regulaloria para delerminarlas formulas larifarias, las eslrucluras larifarias y lasmelas de geslion para los servicios de agua pol able yalcanlarillado.

b) La SUNASS podra delerminar los coslos maximosde las aclividades que conforman los servicioscolalerales.

Son aspectos complemenlarios del regimen larifario:

a) EI ajusle por inflacion de las larifas de los serviciosde saneamienlo y de los precios de los servicioscolalerales;

b) Los lineamienlos para el reordenamienlo de laseslrucluras larifarias.

c) Los lineamienlos para el reslablecimienlo del equilibrioeconom ico financiero, que posibilila efecluar revisionesexlraordinarias de las formulas larifarias y sus melasde gestion, anles dellermino de su vigencia, cuandoexislan razones fundadas sobre cambios imporlanlesen los supueslos efecluados para su formulacionque originen la ruptura del equilibrio economicofinanciero.

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Lima, lunes 5 de febrero de 2007 NORMAS LEGALES pag.JJ9077

TITULO 2.

METODOLOGIA PARA LA FORMULACION DEL PMO

CAPITULO 1. DlsPoslcloNE S GENERAlE S

Articulo 7°._ Formulacion del PMOEI PMO dsbera ser formulado y pressntado por elSolicitante, siguiendose el procedimiento a instancia departe. EI procedimiento a lnstancla de parte se clasltlcaen: (i) formulaclon por la EPS y (ii) formulaclon por lasMunlcipalidades Provinciales 0 de la entidad del GobiernoNacional designada para conducir el proceso depromoclonde la inversion privada.

Excepcionalmente, la Superintendencia 10 formulara deoficio, de acuerdo a 10 establecido en el articulo 96° delTUO del Reglamento de la Ley General de Servicios deSaneamiento.

Articulo 8°._ Contenido del PMOEI PMO debera tener como minima el siguiente contenido,el cual dsbera ser desarrollado considerando 10 serialadoen el Anexo N° 2:

1. Diagnostico.

1.1 Diagnostico de la sltuaclon economlca -financiera.

1.2 Diagnostico de la sltuaclon comercial.1.3 Diagnostico de la sltuaclon operacional.1.4 Diagnostico de la vulnerabilidad de los sistemas.

2. Estimacion de la demanda de los servicios desensamiento.

2.1 Estimacion de la poblaclon por localidad yempresa.

2.2 Estlmacion de la demanda del servicio de aguapotable.

2.3 Estimacion de la demanda del servicio dealcantarillado.

3. Determinacion del balance oferta - demanda de cadaetapa del proceso productivo.

4. Programa de inversiones y financiamiento.

4.1. Programa de inversiones.4.2. Estructura de financiamiento.4.3. Garanlla de realizacion de inversiones.

5. Estimacion de costos de explotacion eficientes.

6. Estimacion de los ingresos.

7. Proyeccion de los estados financieros e indicadoresfinancieros.

8. Determinacion de las formulas tarifalias y metas degestion

8.1 Determinacion de las metas de gestion.8.2 Estimacion de la tasa de actualizacion.8.3 Determinacion de la base de capital.8.4 Proyeccion del flujo de caja Iibre.8.5 Determinacion de las formulas tarifarias.

9. Determinacion de las estructuras talifarias.

ANEXOS

a. Evolucion de los indicadores de gestion.b. Detalle de la determinacion de la Base de Capital.c. Estudios de Factibilidad y Perfiles de Proyectos

requeridos.d. Otros estudios que el Solicit ante considere

pertinente.

Articulo go._ Horizonte del PMOEI PMO formulado por el Solic~ante tendra un horizonte detreinta (30) anos y contendra las proyecciones economico­financieras del desarrollo eficiente de las operaciones dela empresa.

A diferencia del anterior, el PMO de oficio podra tenerun holizonte distinto, de acuerdo a la disponibilidad deinformacion u otras conslderaclonss que se determinen.

Articulo 10°.- Determinacion de las formulas tarlfarlaspropuestas en el PMOLas formulas terltarlas que se sustenten en el PMOdeben obtener el cierre econornlco y el cierre financieroslmultaneamente.

EI cierre economlco implica determinar el nivel de taritasmaxlmas mediante el cual la empresa pueda generaringresos que cubran el costa sconomlco total de prsstarel servlclo, entendido este como la sumatorla de lasinversiones, los costos de operaclon y mantenimiento,la varlaclon de capital de traba]o, los lmpuestos y unaremuneraclon sobre el capital invertido.

Para realizar el cierre economlco se requiere laconstrucclon de un flujo de ce]a libre proyectado parala determinacion del incremento tarifario requerido en latarltas de la sstructura tarltarla del servicio. EI incrementoreferido dsbera permitir a la empresa obtener una tasa deretorno sobre el capital invertido igual al costa promedioponderado de capital definido. En tal sentido, el ValorActual Neto de la proyecclen de los flujos de ce]a Iibredebera ser igual a cero.

EI cierre financiero implica la evaluaclon de la viabilidadfinanciera de la empresa que se realizara a traves delanallsls del flujo de efective y de los indicadores que revelenla sltuaclon de liquidez, endeudamiento 'I rentabilidad delnegocio. De ssta manera, se evaluera Sl la propuesta definanciamiento de los actlvos contsmplada en el PMO esfinancieramente viable.

Las formulas tarifarias se obtendran del calculo delincremento taritarlo determinado sobre la tarifa mediaanual del servicio, de tal manera que se mantenga elprincipio de equivalencia financiera entre los flujos deingresos, resuRado de la aplicacion de la tarifa mediaanual del servicio y los flujos de ingresos resultado dela aplicacion de la tarifa media de mediano plazo delservicio.

Articulo 11°._ Determinacion de las estructurastarifarias propuestas en eI PMOLa estructura farifaria se define como la tarifa 0 el conjuntode tarifas que determinan el monto a facturar al usuario.La estructura talifaria debe perm~ir la recuperacion de loscostos de prestacion del servicio y ayudar a la sociedad aalcanzar los objetivos de equidad y acceso.

La tarifa media anual resuRado de la aplicacion de laestructura tarifaria debera ser igual a la tarifa mediaanual determinada por la formula tarifaria del serviciopropuesta.

En la determinacion de la estructura tarifaria deben decontemplarse los lineamientos establecidos en el AnexoN° 1, asi como otras disposiciones que establezca laSUNASS.

Articulo 12°._ Determinacion de las metas de gestionpropuestas en el PMODe acuerdo a las condiciones de la prestacion de losservicios de saneamiento en las localidades bajo el ambitode responsabilidad de la EPS y considerando la viabilidadde la implementacion de las acciones y programas deinversiones previsto, se estableceran metas en cuantoal incremento de la cobertura del servicio, mejoras de lacalidad del servicio y eficiencia en la gestion empresarialpara los primeros cinco anos del PMO.

Articulo 13°._Elaboracion del PMO de oficioDe conformidad a 10 senalado en el Articulo 7°, el PMO deoficio sera elaborado excepcionalmente por la SUNASSa efectos de determinar la formula tarifaria, estructurastarifalias y metas de gestion de las EPS que no cumplancon presentar su PMO dentro de los plazos establecidospor la SUNASS.

Articulo 14°._Fuente de informacion para la elaboraciondel PMO de oficioEn la elaboracion del PMO de oficio se empleara lainformacion remitida periodicamente por la EPS a

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pag.JJ9078 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de febrero de 2007

la SUNASS de acuerdo a las normas apjicables. Deconslderarlo necesarlo, la Gerencia de RegulacionTarifaria podra requerir a la EPS la informacion adicionalque considers convenienle.

Articulo 15°._Restricciones en la e1aboracion del PMOde oficio.-En la elaboraclon del PMO de oficio se lienen las siguienlesreslricciones:

a) Solamenle se tomara en cuenla aquellas inversionesque puedan ser flnancladas via generacion inlernade rscursos y crecltos ya concsrtados debidamenlesustsntados por la EPS, con el objelivo de alcanzar elmanlenimienlo y soslenibilidad del ssrvlclo.

b) Las formulas tarltarlas propuestas estarandelerminadas en funclon a los anellsls de cepacldadde pago de la poblaclon residenle en el ambito derssponsabllldad de la empresa.

c) Las formulas tarltarias no cornprenderan pago algunopor concepto de dividendos a sus acclonlstas duranteel periodo de vigencia del PMO.

TITULO 3.

• PROCEDIMIENTO DE APROBACION DE LAFORMULA TARIFARIA, ESTRUCTU~STARIFARIAS

Y METAS DE GESTION

Capitulo 1. Disposiciones Generales

Articulo 16°._ Etapas y plazos del procedimientoLas etapas y plazos del procedimienlo para la aprobaclonde la formula tarltarla, estructuras tarltarlas y metas degeslion en los ssrvlclos de saneamienlo se definen en elpresenle Tilulo y en el Anexo N° 6.

Los plazos del procedimienlo se enlenderan comomaxim os, salvo disposicion expresa en conlrario.

La SUNASS, de oficio 0 a pedido de parte, podra prorrogarlos plazos de las elapas, por (mica vez, hasla por unmaximo igual al de los plazos previslos en el presenleReglamenlo.

La SUNASS, en lodo momenta pude solicilar informaciona la EPS y con ello se suspenden los plazos.

CAPITULO 2. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACION DE LAFORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURAS TARIFARIAS y METAS DE

GESIION A SOllCllUD DE LAS EPS

SuBCAPlTULO 1. DE LA SOllCIIUD

Articulo 17°._ De la Presentacion de la SolicitudLa EPS presenla a la Gerencia General de la SUNASS susolicilud de aprobacion de la formula larifaria, eslrucluraslarifarias y melas de geslion, adjunlando el respeclivoPMO que suslenla su propuesla, debiendo cumplir conlos requisilos de admisibilidad y procedencia previsios enel articulo siguienle.

EI conlenido del PMO, debera sujelarse a 10 dispueslopor el Tilulo 2 y por el Anexo N° 2 del presenleReglamenlo.

Articulo 18°._ Admisibilidad y procedencia de laSolicitud

18.1 Admisibilidad .-La Gerencia de Regulacion Tarifaria de la SUNASSobserva la solicilud cuando:

a) La EPS no cumple con adjunlar a su Solicilud elPMO.

b) EI PMO presenlado no cumple con los requisilosform ales eslablecidos en el Tilulo 2 sobre la"Melodologia para la Formulacion del PMO", el articulo19° y 10 dispueslo en el Anexo N° 2 del presenleReglamenlo.

En caso se presenlen los supueslos a que se refierenlos I~erales a) y b), la Gerencia de Regulacion Tarifariacomunica a la EPS para que esla en un plazo no mayor dediez (10) dias habiles subsane la omision 0 defeclo.

La observaclon reallzada por la Gerencia de RegulacionTarifaria suspende el compute del plazo rsspectlvo,raanudandose con la subsanaclon por parte delSolicilanle.

Si la EPS no subsana la ornlslon la Gerencia deRegulacion Tarifaria declare inadmisible la sollcltud yse liene por no prssentada, dandoss por concluido elprocedim lento.

18.2 Procedencia.-La Gerencia de Regulacion Tarifaria declare improcedenlela Solicilud cuando del Anallsls de Consislencia de lapropuesta de la formula larifaria, estructuras larifarias ymetas de geslion conlenida en el PMO, se concluya queesta es manifieslamenle lnexacta, imprecisa 0 incomplela.La resoluclon dsbera expresar los fundamenlos dela decision, dando por concluido el procedimienloadminislrativo.

Articulo 19°._ Requisitos Adicionales para lapresentaclen del PMOEI Solic~anle presertara a la Superinlendencia su PMO,elaborado de acuerdo a 10 indicado en el presenlearticulo cumpliendo los siguienles requisilos asl como loseslablecidos en el Tilulo 2 y Anexo N° 2 de la presenlenorma:

a) EI PMO dsbera estar debidamenle foliado, debiendocada una de sus paqlnas center con la firma y sellodel represenlanle legal del Solicilanle, acredilado enel oficio 0 carta de envio.

b) EI PMO debera ser presenlado por dupllcado enformate impreso yen medio maqneflco.

c) Se debera adjunlar el software inleSlrado en el cual seha desarrollado los calculos rsquerldos.

d) Se dsbera adjunlar la Propuesla Tarifaria para losServicios Colalerales.

e) Se debera adjunlar el acuerdo de aprobacion del PMO.En el caso de una EPS consliluida como SociedadAnonima la aprobacion sera realizada por el Direcloriode la EPS; y en el caso de una EPS consliluida comoSociedad Comercial de Responsabilidad Limilada laaprobacion sera realizada por la Junia General deSocios de la EPS.

f) Se debe adjunlar la garanlia de realizacion deinversiones correspondienle, de acuerdo a 10eslablecido en el Anexo N° 2, numeral 4 del presenleReglamenlo.

La Gerencia de Regulacion Tarifaria brindara AsislenciaTecnica a los Solicilanles para la elaboracion del PMO, deacuerdo a 10 eslablecido en el ruo del Reglamenlo de laLey General de Servicios de Saneamienlo.

De considerarlo necesario la Gerencia de RegulacionTarifaria podra requerir al Solicilanle la suslenlacionde cualquier aspeclo del PMO, asi como solicilar lainformacion adicional que considere convenienle con elobjelivo de realizar una mejor evaluacion.

Articulo 20°._Resolucion de Admision de la SolicitudLa Gerencia de Regulacion Tarifaria emile la resolucionadmiliendo a Iramile la Solicilud, una vez verificadoel cumplimienlo de los requisilos de admisibilidad yprocedencia.

Articulo 21°._Notificacion y publicacionLa Resolucion de admision a Iramile sera nolificada alSolicilanle denlro del plazo de cinco (5) dias calendariode emilida. La Gerencia de Usuarios de la SUNASS es elorgana encargado de publicar la Resolucion de Admisionen el Diario Oficial EI Peruano y en la pagina web de laSUNASS (www.sunass.gob.pe). denlro del plazo maximode cinco (5) dias calendario de emilida.

SuBCAPllULO 2. DE LA AuDIENCIA PUBLICA PRELIMINAR

Articulo 22°._Audiencia Publica PreliminarLa EPS puede solicilar a la SUNASS la celebracion de unaaudiencia publica preliminar, con la finalidad de eXp'oneral publico en general su propuesla de formula lanfaria,eslrucluras larifarias y melas de geslion conlenida ensu PMO. Para tal efeclo, debe presenlar su solicilud a laGerencia de Regulacion Tarifana denlro de los diez (10)

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Lima, lunes 5 de febrero de 2007 NORMAS LEGALES pag.JJ9079

dlas heblles slgulentes de notlticada la Resoluclon deAdmlslon,

Corresponde al Gerenle General de la SUNASS convocara audiencla publica preliminar para que el Solicilanlepresenle su PMO. Asimismo, delermina las reglas parala reallzaclon de la audlsncla preliminar y la agendaconlenida en el aviso de convocatorla.

La publlcaclon de la convocatorla debe efecluarse en elDiario Oficial EI Peruano, en un diario de mayor clrcuaclonen el ambito de prsstaclon de servicios del Solicilanley en la paqlna web de la SUNASS. Enlre la publlcaclondel aviso de convocatoria y la reallzaclon de la audienciapreliminar habra un plazo no menor de diez (10) dlascalendarlo,

La Gerencia de Usuarlos es rssponsable de la publlcaclondel aviso de convocaloria y la orqanlzaclon de laaudiencia preliminar, siendo apllcabls en 10 que resullepertlnente, 10 dispueslo en los artlculos 27° y 28° delpresenle reglamenlo. EI coste de la publlcaclon del avisode convocatorla y la reatzeclon de la audlencla preliminares de cargo del Solicilanle.

Articulo 23°._Mecanismos de difusion del PMOEn caso la EPS no solicile la cslebraclon de unaAudiencia Publica Preliminar, la SUNASS, conforme a laLey N° 27838, Ley de Transparencia y slmpltncaclon delos Procedimienlos Regulalorios de Tarifas, adoptara losmscanlsmos de difusion que considere pertinenles, enlreellos, conferencias, lalleres, charles, publlcaclonss, con elfin de dar a conocer al publico en general el conlenido delPMO del Solicilanle.

SUBCAPllUlO 3. EvALUACION DEL PMO YDIFUSION DEL ESTUDIO TARIFARIO

Articulo 24°._Del Estudio TarifarioLa Gerencia de Regulacion Tarifaria es responsable deelaborar el Esludio Tarifario que conliene la evaluacionlecnica del PMO y la propuesla de la SUNASS conrespeclo al programa de inversiones, melas de geslion,formula larifaria y eslrucluras larifarias que serim aplicadaspor el Solicilanle.

EI Esludio Tarifario es elevado a la Gerencia General parasu evaluacion y lramile correspondienle.

EI Esludio Tarifario se publica en la pagina web de laSUNASS, siendo la Gerencia de Usuanos la responsablede su publicacion y difusion.

Articulo 25°.-De la Difusion del Proyecto de Resolucionque apruooa la FT, ET Y MGEI Consejo Directivo de la SUNASS dispone la publicacionen el Diario Oficial EI Peruano y en la pagina web dela SUNASS, del proyeclo de resolucion que aprueba laformula larifaria, eslrucluras larifarias y melas de gestion,asl como de su exposicion de molivos y la relacion deinformes que consliluyen el sustenlo de la referidaresolucion.

Asimismo, la Gerencia General nolificara al Solicilanleel estudio larifario y el proyeclo publicado de la formulalarifaria, estrucluras larifarias y melas de geslion, a fin deque emila opinion denlro del plazo maximo e improrrogablede Ireinla (30) dlas calendario de recibida la nolificacion,basandose en sus propios esludios. En el caso de lasEPS consliluidas bajo la modalidad de SociedadAnonimacorresponde pronunciarse al Direclorio, y en el caso deSociedades Comerciales de Responsabllidad Limilada, ala Junia General de Socios de la EPS.

SUBCAPITUlO 4. AuDIENCIA PUBLICA

Articulo 26°._De la ConvocatoriaEI Consejo Direclive de la SUNASS convoca a audienciapublica para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario.Enlre el aviso de convocaloria y la realizacion de laaudiencia publica habra un plazo no menor de diez (10)dlas calendario.

Articulo 27°._Del Aviso de la ConvocatoriaEI aviso de convocaloria a audiencia publica lendra, comomlnimo, la siguienle informacion:

a) Objelo de la convocatorlab) Lugar, fecha, hora de inicio del actoc) Agenda de la audiencia publicad) lndlcaclon para acceder al Esludio Tarifario

La Gerencia de Usuarlos es rssponsable de publlcar elaviso de convocaloria y de nolificar al Solicilanle para queconcurra a la audlencla publica.

La publlcaclon del aviso de convocaloria debe efecluarseen el Diario Oficial EI Peruano, en un diario de mayorclrculaclon en el ambito de prsstaclon de servicios delSolic~anle yen la paqlna web de la SUNASS.

Articulo 28°._Audiencia Publica

28.1 La audlencla publica a car~o de la SUNASS lienepor objelo hacer de conoclmlerto publico el suslenlotecnlco de las decisiones de la SUNASS con respecloa la Solicilud prssentada. En la audiencia publica,la SUNASS expone los resultados del EsludioTarifario que sirven de base para el calculo de lasformulas taritarlas, estructuras larifarias y metasde geslion del Solicilanle. Dicha audiencia publicadebsra ser llevada a cabo, independienlemenlede la reallzaclon de la audlencla publica preliminarserialada en el Articulo 22°.

28.2 EISolicilanle y las organizaciones represenlativas deusuaries lienen el derecho a acceder a los informesque consliluyen el suslenlo de las Resolucionesque fijan los precios regulados.

28.3 La aslstsncla a las audlenclas publlcas es libre.EI Consejo Directivo de la SUNASS delermina lasreglas para la reallzaclon de la audiencia publica yla agenda del aviso de convocatorla.

28.4 La Gerencia de Usuarlos es responsable de laorganizacion inlegral de la audiencia publica.Podra invilar a participar en la audiencia publica,a la EPS y a quien considere pertinenle. EI cosiode la publicacion del aviso de convocaloria y larealizacion de la audiencia publica es de cargo dela SUNASS.

Articulo 29°._ Comentarios efectuados por losinteresadosLa Gerencia de Regulacion Tarifaria es responsable deevaluar lecnicamenle los comenlarios que formule elSolic~anle y los inleresados con respeclo al proyeclopublicado de la formula larifaria, eslructuras larifarias ymelas de Sleslionque seran aplicadas por el Solicilanle, afin de ser Incorporados en el Esludio Tarifario Final.

Podran formularse comenlarios por escrilo, por cualquiermedio, desde la publicacion de la convecaloria aaudiencia publica hasla cinco (5) dlas hablles siguienles ala realizacion de la audiencia.

SUBCAPlTUlO 5. ESTUDIO TARIFARIO FINAL

Articulo 30°._Del Estudio Tarifario FinalTranscurrido el plazo indicado en el articulo 25° para queel Solicilanle emila opinion, con 0 sin su ,Rresenlacion,y luego de la evaluacion de dicha opinion y de loscomenlarios formulados por los inleresados de acuerdo alarticulo 29°, la Gerencia de Regulacion Tarifaria elaborael Esludio Tarifario Final que conliene la propuesla finalde la SUNASS sobre el programa de inversiones, melasde geslion, la formula larifaria y eslructuras larifarias queseran aplicadas por el Solicilanle.

EI Esludio Tarifario Final es elevado a la Gerencia Generalpara su evaluacion y Iram~e correspondienle.

SUBCAPITUlO 6. FIN DEL PROCEDIMIENlO

Articulo 31°._ Resolucion de aprobacion de formulatarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestionLa Resolucion que emila el Consejo Directivo de laSUNASS aprobando la formula larifaria, eslrucluraslarifarias y melas de geslion, asl como su exposicion demolives, y disponiendo su nolificacion a la EPS, da porconcluido el procedimienlo.

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Pag.339080 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de febrero de 2007

La Gerencia de Usuarios es responsabls de publicar laresoluclon en el Diario Oficial EI Peruano y en la paglnaweb de la SUNASS, denlm del plazo maximo de cinco (5)dlas calendarlo de emilida la Resolucion.

Asimismo, debe publicar las metas de geslion en undiario de mayor clrculaclon en el ambito de prsstaclon dessrvlclos de la EPS.

CAPiTULO 3. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACION DE LASFORMULAS TARIFARIAS, EsTRUCTURAS TARIFARIAS y METAS DE

GESTION A SOLICITUD DE LAS MuNICIPAlIDADES PROVINCIALE So DE LA ENTIDAD DEL GOBIERNO NAclONAL DESIGNADA PARA

CONDUCIR EL PROCESO DE PROMOCION DE LA

INVIERSION PRIVADA

Articulo 32°._De la Presentacion de la SolicitudLas Municipalidades Provinciales 0 la ernldad delGobierno Nacional designada para conducir el procesode promoclon de la inversion prlvada, sollcltaran a laSUNASS la aprobaelon de la formula larifaria, estructuraslarifarias y metas de geslion apllcables en los procesosde promoclon de la inversion prlvada, cumpliendo con losrequisilos del presenle Reglamenlo.

Articulo 33°._ Disposiciones Aplicables alProcedimientoEI procedimienlo para la aprobaclon de la formula tarltarla,sstructuras larifarias y metas de geslion a solicilud delas Municipalidades Provinciales 0 de la antldad delGobierno Nacional designada para conduclr el proceso depromoclon de la inversion prlvada, se rige por 10 dlspuestoen los articulos 17", 18°, 19°, 200, 21°, 23°, 24°, 25°, 26°,27°, 280, 29°, 30° Y 31o del CapRulo 2 del presenle Tilulo,en 10 que resulle pertinenle.

CAPITULO 4. PROCEDIMIENTO DE APROBACION DE OFICIO DE LAS

FORMULAS TARIFARIAS, EsTRUCTURAS TARIFARIAS Y

METAS DE GESTION DE LAS EPS

Articulo 34°._lnlclo del procedimiento de ofieioLa Gerencia de Regulacion Tarifaria podra iniciar elprocedimienlo de aprobaclon de oficio de la formulalarifaria, eslrucluras lalifarias y melas de geslion de lasEPS cuando habiendo Iranscurrido el plazo previslo parala presenlacion del PMO (i) la EPS no ha cumplido conpresenlarlo 0 (ii) la Solicilud presenlada por la EPS ha sidedeclarada improcedenle 0 ha side declarada inadmisibley la EPS no ha cumplido con subsanarla denim del plazoprevislo en el presenle reglamenlo.

EI procedimienlo de aprobacion de oficio de la fOrmulalarifaria, eslrucluras lalifarias y melas de geslion de lasEPS liene un caracler excepcional.

Articulo 35°._ Requisites para el inicio delprocedimientoA fin de iniciar el procedimienlo de aprobacion de oficio dela formula larifaria, eslrucluras larifalias y melas de geslionde las EPS, la Gerencia de Regulacion Tarifaria debeverificar el cumplimienlo de los siguienles requisilos:

a) La EPS se encuenlra denim de los supueslos delarticulo 34°.

b) La SUNASS cuenla con la informacion previsla en elTilulo 2 sobre la "Melodologia para la Formulacion delPMO" y en el Anexo N° 2 del presenle Reglamenlo,de manera suficienle. En caso conlralio, la Gerenciade Regulacion Tarifaria podra solicilar a la EPS lainformacion que considere necesaria.

Articulo 36°._ Resolucion de Inicio de procedimientode oficioLa Gerencia de Regulacion Tarifaria emilira Resolucioniniciando el procedimienlo de aprobacion de oficio de laformula larifaria, eslructuras larifarias y melas de geslion,una vez verificado el cumplimienlo de los requisilosprevislos en el articulo anlerior.

Articulo 37°._ Disposiciones Aplicables alProcedimiento de ofieioEI procedimienlo de aprobacion de oficio de la formulalarifaria, eslrucluras lalifarias y melas de geslion de lasEPS se rige por los articulos 21°, 24°, 25°, 26°, 27°, 28°,29° 300Y 31° del Capilulo 2 del presenle Tilulo, en 10 queresulle aplicable.

Articulo 38°._Criterios para la aprobaclen de otlcloPara la sslecclon de las EPS a ser incluidas en elprocedimienlo de aprobaclon de oficio de la formulalarifaria, estructuras larifarias y metes de geslion, laSUNASS tomara en cuenta los siguienles crilerios:

1. EPS que cuenlen con la informacion descrlta en elTitulo 2 sobre la "Melodologia para la Formulaclon delPMO".

2. EPS que han cumplldo con el pago de sus obligacionesala SUNASS.

3. EPS que hayan sollcltado la aprobaelon de oficio dela formula larifaria, estructuras tarltartas y metas degeslion.

4. EPS cuyo PMO fue declarado improcedenle 0rschazado.

5. EPS que no cuenlen con sanclon admlnlstratlva de laSUNASS.

CAPITULO 5. PROCEDIMIENTO DE APROBACION DEMODIFICACION DE LAS ESTRUCTURAS TARIFARIAS

APliCABLE A LAS EPS

Articulo 39°.-lnicio del ProcedimientoLas EPS de conformidad con 10 eslablecido en el Articulo105° del TUO del Reglamenlo de la Ley, podran modificarsu estructura larifaria siempre que la larifa media anual,resullado de la modlticaclon de la Eslruclura Tarifariasea i~ual a la larifa media anual aprobada en la formulalarifana para el mismo perlodo y bajo el principio deequidad social.

EI procedimienlo para la aprobaelon de la modltlcaclonde las estructuras tarltarlas aplicable a la EPS se iniciaa solicilud de parte cuando esta presenle su solicilud a laSUNASS cumpliendo con los requisilos de admlslbllldady procedencia previslos en el articulo 41° del presenleReglamenlo.

Articulo 40°._ Presentacion de la Solicitud demoditlcaclen de las estructuras tarlrartasEI Solicilanle presentara a la SUNASS su solicitud demodificacion de las eslrucluras larifarias, conforme alos lineamienlos de reordenamienlo de las eslructuraslarifarias, cumpliendo los siguienles requisilos:

a) EI documenlo debera eslar debidamenle foliado,debiendo cada una de sus paginas conlar con lafirma y sello del represenlanle legal del SolicRanle,acredilado en el oficio 0 carta de envio.

b) La solicilud debera ser presenlada por duplicado enformate impreso y en medio magnetico.

c) Se debera adjunlar el acuerdo de aprobacion de laSolicilud de modificacion de eslrucluras larifarias. En elcaso de una EPS consliluida como sociedad anonimala aprobacion sera por el Direclorio de la EPS. En elcaso de una EPS consliluida como sociedad comercialde responsabilidad limilada la aprobacion sera por laJunia General de Socios de la EPS.

d) Se debera adjunlar, en medio magnelico, la basecomercial correspondienle a los ullimos doce (12)meses.

La Gerencia de Regulacion Tarifaria brindara AsislenciaTecnica a los Solicilanles para la elaboracion de la soliciludde modificacion de las eslrucluras larifarias, asi como losformalos respeclivos, de acuerdo a 10 eslablecido en elTUO del Reglamenlo de la Ley General del Servicio deSaneamienlo.

De considerarlo necesario, la Gerencia de RegulacionTarifaria podra requerir al Solicilanle la suslenlacion decualquier aspecto de la propuesla de modificacion de laseslrucluras larifarias, asi como solicilar la informacionadicional que considere convenienle con el objelivo derealizar una mejor evaluacion.

Articulo 41°._ Admisibilidad y procedencia de laSolicitud

44.1 Admisibilidad.-La Gerencia de Regulacion Tarifaria de la SUNASSdeclara inadmisible la solicilud cuando:

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Lima, lunes 5 de febrero de 2007 NORMAS LEGALES pag.JJ9081

a) La EPS no cumple con adjunlar a su Solic~ud elinforme con la propuesta de modlticaclon de lasestructuras tarlrartas.

b) EI informe prssentado no cum pie con los requlsltosform ales establscldos en los artlculos 43° y 45° delpresenle reglamenlo.

En los supueslos a que se refieren los lilerales a) y b),la Gerencla de Regulacion Tarifarla ordena a la EPS quesubsane la omlslon 0 defeclo en un plazo no mayor de diez(10) dlas hablles, En caso de incumplimienlo, se declareinadmisible la Solicilud y se tendra por no presenlada,dandoss por concluido el procedimienlo adminislralivo.

44.2 Procedencia.-La Gerencia de Regulacion Tarifaria declara improcedenlela Solicilud cuando del Anallsls de Consislencia de laSolicilud de modltlcaclon de las estructuras tarltarlas,se concluya que esta es manifieslamenle lnexacta,imprecisa 0 incomplela. La resoluclon debera expresarlos fundamenlos de la decision, dando por concluido elprocedim ienlo adminislralivo.

Articulo 42°._ ProcedimientoEI procedimienlo para la aprobaclon de la modltlcaclon delas estructuras tarltarlas a sollcltud de las EPS, se rige porlos artfeulos20°, 21°,23°,24°, 25° Y 29° del Capilulo 2 delpresenle reglamenlo.

Articulo 43°._ Audiencia PublicaEI Consejo Direclivo de la SUNASS convoca a audienciapublica para que se haga de conocimienlo los resultadosdel Esludio de modltlcaclon de las estructuras larifariasdel Solicilanle, siendo apllcables los arttculos 26°, 27" Y28° del Capitulo 2, en 10 que resullen pertinenles.

La EPS puede sollcltar a la SUNASS su partlclpaclon enla referida audlsncla publica, con la finalidad de exponeral publico en general su propuesta de modificacion desstructuras tarltarlas. Para tal efeclo, debe presenlar susolicilud a la Gerencia de Regulacion Tarifaria denlrode los diez (10) dlas hablles siguienles de nolificada laResolucion de Admision.

Articulo 44°._ Resolucion de aprobacion demodificacion de estructuras tarifariasLa Resolucion que emila el Consejo Direclivo de laSUNASS aprobando la modificacion de las eslrucluraslarifarias da por concluido el procedimienlo.

La Gerencia de Usuarios es responsable de publicar laResolucion en el Diario Oficial EI Peruano y en la paginaweb de la SUNASS, denlro del plazo maximo de cinco(5) dias calendario de emilida la Resolucion aprobando lamodificacion de las eslrucluras larifarias.

Articulo 45°.-Contenido de la Solicitud de modificacionde las estructuras tarifariasLa solicilud de modificacion de las eslrucluras larifariaslendra, como minim 0, el siguienle conlenido:

1. Diagnoslico

1.1 Siluacion Aclual

a. Descripcion de la eslruclura lalifaria vigenleb. Analisis de subsidios cruzadosc. Justificacion economica de la solicilud.

1.2 Capacidad de pago de la poblacion

a. Eslim acion de los consum os medios por calegoriay rangos de consumo

b. Eslimacion de la faclura promedio por calegoria yrangos de consumo

2. Propuesla de modificacion de eslrucluras larifarias

2.1 Delerminacion del cargo fijo2.2 Definicion de los rangos de consumo asociados a

la calegoria domeslica2.3 Proceso de eliminacion de rangos en las

calegorias eslalal, comercial e induslrial2.4 Delerminacion de las asignaciones de consumo

por calegoria y/o clase

2.5 Impaclo de la propuesta

a. En ellolal de ingresosb. En la larifa media por calegoriac. En los subsidios cruzadosd. En la tacturaclon promedio de la calegoria

domsstlca

Dicho conlenido, debe ser desarrollado de acuerdo alAnexo N° 3 del presents Reglamenlo.

TITULO 4.

PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACION DEPRECIOS DE SERVICIOS COLATERALES

CAPITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 46°._ ObjetivoEI objelivo del presenle Tilulo conslsts en eslablecer lamelodologia, los crilerios y el procedimienlo que seguiranlas EPS para delerminar los preclos de los servicioscolaterales que prestan a sus usuaries, en atenclon a 10sstablecldo en la Ley General de Servicios de Saneam ienloy el Texlo Unico Ordenado de su Reglamenlo.

Articulo 47°._ Ambito de apflcaclenEslaran sujelos a regulacion de preclos los servicroscolaterales a los que se refiere el presenle Reglamenlo,que son prestados por las EPS 0 por terceros bajo surssponsabllldad de acuerdo con 10 eslablecido en losarticulos 4° y 41° de la Ley NO 26338 Y los artlculos 5SO y91° de su Reglamenlo.

Los ssrvlclos colaterales son los siguienles:

a) lnstalaclon de conexiones domiciliarias.b) Reubicacion de consxlones domiciliarias.c) Arnpllaclon de la conexlon domiciliaria.d) Reubicacion de la caja del medidor y/o de la caja de

regislro domlclllaria.e) Cierre de conexiones domicilialias.f) Reapertura de conexiones domiciliarias.g) Faclibilidad de servicios.h) Revision y aprobacion de proyeclos.i) Supervision de obras.j) EI cosio adicional por cargas en el sislema de

alcanlarillado que superen ell imile maxim 0 eslablecidoen el Reglamenlo de Preslacion de Servicios de laEPS.

CAPITULO 2. ELABORACION DE LA SOLICITUD PARA

DETERMINAR LOS PRECIOS DE LOS

SERVICIOS CoLATERALES

Articulo 48°._ De los componentes de la propuestatarifariaLa solicilud para delerminar los precios de los servicioscolalerales lendra los siguienles componenles:

a) Esludio Tecnico, que conliene la propuesla deeslablecimienlo de las especificaciones lecnicas decada servicio colaleral.

b) Propuesla Tarifaria de los servicios colalerales, queconliene la propuesla de delerminacion de los coslosde las aclividades requeridas para la preslacion decada servicio colaleral.

Articulo 49°._ Establecimiento de las especificacionestecnicas de cada servicio colateral r'EstudioTecnico"lEI "Esludio Tecnico" debera serform ulado y presenlado porla EPS a la SUNASS para su respecliva evaluacion. Lasespecificaciones lecnicas describiran las caraclerislicasm inimas requeridas que se exigiran en la preslacion decada servicio colaleral. Eslas especificaciones se referirimtanto a las caraclerislicas de los maleliales (dimensionesy calidad) asi como los procedimienlos conslruclivos y/ode ejecucion.

Las especificaciones lecnicas se anexaran a los cuadrosde delerminacion de aclividades y coslos relacionadoscon la produccion de cada servicio colaleral, senaladosen el Anexo NO 10.

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Pag.339082 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de febrero de 2007

Sobre la base de las especificaciones tscnlcas propuestasa la SUNASS, las EPS ldentltlceran las actlvldades queseran necesarias para la prestaelon de cada uno de losssrvlclos colatsrales. Las actlvldades seran expresadasen "unidades de medida de la actlvldad" a fin de posibililarla determlnaclon del "coste de las unidades de medida dela aclividad" que, al ser apllcadas a cada servicio colaleralsegun sus caracteristlcas, delermine el coste direclo desu prsstaclon.

Articulo 50°._ Determinacion de los eostes de lasactlvldadas raquerldas para la prestaclen de eadaservicio celateral - "Propuesla Tarifaria de losservlclos colateralas"Sobre la base de la definicion del conjunlo de unidadesde medida de las actlvldades requeridas para preslarun servicio colateral, las EPS determlnaran los costoslncurrldos en cada actlvldad consldsrando las cantldadssy costos de los matsriales, mane de obra, maquinarla yherramienlas que se requerlran en la producclon.

Los maleriales saran conslderados de acuerdo consus correspondienles especificaciones tscnlcas y en lacanlidad minima nscesena. Como coste de las "unldadssde medida de la actlvldad" se conslderara el preciode adqulslclon por parte de la EPS de los maleriales elnsumos necesarlos, En la evaluaclon de la propuesta, laSUNASS podra 10mar en cuenta otras fuenles acrsdltadaspara evaluar los costos de los materlales, lnsumos, manode obra y otros que utjlzara la EPS.

En la mane de obra se conslderara el liempo empleadoen la reellzaclon de la "unidad de medida de la actlvldad"y la remuneraclon que, por lodo concepto, se abona allrabajador por unidad de liempo. En la evaluacion dela propuesla, la SUNASS podra lomar en cuenla olrasfuenles acrediladas para evaluar los coslos de la manode obra que ulilizara la EPS.

EI cosio de la maquinaria empleada en cada unidadde medida de la aclividad sera calculado de acuerdo alliempo empleado y al precio de mercado que correspondaal arrendamienlo de la maquinaria.

EI coslo de las herramienlas sera calculado considerandosu liempo de empleo en cada unidad de medida de laaclividad y su coslo unilario sera calculado en funcion alprecio de adquisicion y su periodo de vida util.

Para la delerminacion de eslos coslos, la EPS podraseguir de manera referencial las inslrucciones del Anexo1\1" 10 del presenle Reglamenlo.

Articulo 51°._ Determinacion de los precios de losservicios colateralesLa EPS delerminara el precio de un servicio colaleral (deacuerdo al Anexo N° 10) sumando:

el cosio direclo, de acuerdo con el melrado quecorresponda a dicho servicio y los coslos maxim osde las unidades de medida de las aclividades quecomponen los servicios colalerales.con los gaslos generales y la ulilidad respeclivalos que, en conjunlo, no podran exceder al 15%de los coslos direclos.

Ala suma de los coslos direclos con los gaslos generalesy la ulilidad se Ie anadira, en los casos que corresponda,el Impueslo General a las Venlas y el Impueslo dePromocion Municipal, obleniemdose como resullado elprecio del servicio colaleral.

CAPITULO 3. PROCEDIMIENTO DE APROBACION DE lA

PROPUESTA TARIFARIA DE lOS SERVICIOS ColATERAlES

Articulo 52°._ Inicio del Procedimiento de Aprobacionde la Propuesta Tarifaria de los Servicios ColateralesEI procedimienlo general para la delerminacion de loscoslos maxim os ae las aclividades unilarias requeridaspara la preslacion de los servicios colalerales se inicia deforma simullanea con el procedimienlo de aprobacion dela formula larifaria, eslruclura lalifaria y melas de geslion,es decir con la presenlacion de la solicRud de la EPS anlela SUNASS, debiendo regirse por 10 dispueslo en Capilulo2 del presenle Reglamenlo.

La sollcltud debe incluir 10 siguienle:

a) Resumen Ejeculivo;b) "Esludio Tecnlco", al que hace referencia el articulo

49'"c) "Propuesla Tarifarla de los servicios colateralss", a la

que se refiere el articulo 50° del presenle reglamenlo.

CAPITULO 4. PROHIBICIONES DE COBROS

Articulo 53°._ Sobre los empalmes entre redessecundarlasLos empalmes enlre redes sscundarlas no esteran sujelosa cobro alguno de parte de la EPS.

Articulo 54°._ Sobre eI cobro de preelos mayores a losaprobadcsLas EPS no podran incluir actlvldades adicionales en laprsstaclon de los servicios colalerales 0 cobrar por unidadde medida por encima de los "costos maxlmos de lasunidades de medida de las actlvldadss que componenlos servicios colaterales" aprobados por la SUNASS porconcepto de la prestaclon de dichos servicios.

Articulo 55°._Sobre los incrementos en los preelosCarecen de valor los incremenlos en los precios de losservicios colaterales que hayan sido efecfuados por lasEPS y que no esten de acusrdo con 10 dlspuesto en elpresents Reglamenlo ni con el Reglamenlo aprobado porResolucion de Consejo Direclivo N° 028-2003-SUNASS­CD.

CAPITULO 5. DE lA ViGENCIA y PUBLICACION

Articulo 56°._ Publicacion de los cestes de lasunidades de medida de las actividadesLas EPS deberan pUblicar, en un lugar visible paralos usuarios y en caracleres legibles, tanto los coslosmaximos de ras unidades de medida de las aclividadesque componen los servicios colalerales como los preciosde cada servicio colaleral, de acuerdo con su unidad demedida.

TITULO 5.

AJUSlE POR INFLACION DE TARIFAS PORSERVICIOS DE SANEAMIENTO Y DE LOS PRECIOS

DE LOS SERVICIOS COLATERALES

Articulo 57°._ Reajuste de tarifas por efecto de lainflacionLas EPS que cuenlen con form ula larifaria vigenle, podranreajuslar sus larifas por efeclo de la inflacion, cada vezque se acurnule una variacion de Ires por cienlo (3%) 0mas en el Indice de Precios al por Mayor (IPM) a nivelnacional que publica el INEI, de acuerdo con la siguienleformula:

o = (IPMIIIPMI-1)-1IPMI = Indice de Precios al por Mayor del periodo

presenleIPMI-1 = Indice de Precios al por Mayor del periodo

anlerior

Esla disposicion es aplicable a los precios de servicioscolalerales aprobados.

Articulo 58°._Calculo del reajuste automaticoEI reajusle aulomalico de lalifas y precios por efeclode la inflacion se calculara lomando como base el IPMconsiderado en el calculo del ullimo reajusle por esleconceplo al cual luvo derecho la empresa presladora,independienlemenle de su ejercicio.

Para el prim er reajusle aulom alico de larifas se considerarala variacion acumulada del IPM desde el momenlo queenlre en vigencia la formula larifaria.

En caso de los precios de servicios colalerales, seconsiderara la variacion acumulada del IPM desde elmomenlo en que enlre en vigencia la presenle norma.

Articulo 59°._Plazo maximo para efectuar el reajusteEI Elazo maximo para efecluar el reajusle aulomatico delanfas y precios de los servicios colalerales por efeclos de

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Lima, lunes 5 de febrero de 2007 NORMAS LEGALES pag.339083

la inflacion sera de cuarenta y cinco (45) dlas calsndarlosposleriores al vencimienlo del mes en el que se aeumulouna varlaclon de Ires por cienlo (3%) 0 mas en el IPM.Vencido dicho plazo, la empresa pierde el derechode realizer el a/'usle, lnlclandose un nuevo periodo deacum ulaclon de a varlaclon dellPM desde el drasiguienlea la acumulaclon del Ires por cienlo (3%) del ultimoperiodo, lomando como base el IPM a que se refiere elprimer parratc del arliculo 58° del presents reglamenlo.

Si una empresa apllca el reajusle autometlco de las tarltasy de los preclos en un porcenlaje inferior a la variaclonacumulada deiIPM, pierde el derecho sobre el porcenlajeno aplicado.

Articulo liOo.- Apllcaclen del porcentale de reajusteEI porcenlaje de reajusle de las tarltas por efeclo de lalntlaclon, se apllcara de manera uniforme en todas lascalegorias de usuaries y localidades.

Articulo 61°._Publicacion de los reajustesPreviamenle a su apllcaclon, los reajusles de las tarltas yde los preclos de los ssrvlclos coleterales por efeclo de lalntlaclon, deberan ser publicados por la EPS en el DiarioOficial EI Peruano, asegurando su adecuada dlfuslon,dando cuenta de ello a la SUNASS y a la MunicipalidadProvincial correspondienle.

Adicionalmenle, en el caso del reajusle de larifas, lalndlcaclon de que se ha efecluado dicho reajusle dsberafigurar en el recibo de cada clienle en el momenta de suprimera apllcaclon,

Disposiciones Transitorias

Primera.- Las EPS que cuenlen con formula larifaria,eslrucluras larifarias y melas de geslion aprobadas porla SUNASS, pero que no hayan incluido la propueslalarifaria para los servicios colalerales, podran solicilar laaprobacion de su propuesla larifaria para los servicioscolaterales, debiendo seguir el procedimienlo descriloen el Capilulo 2 del Tilulo 3 del presenle Reglamenlo. Lavigencia de la propuesla larifaria de los servicios colaleralesaprobada sera igual al numero de anos reslanles para elvencimienlo de fa formula larifaria, eslrucluras larifarias ymelas de geslion.

Segunda.- Las EPS podran remitir su PMO sin lapropuesla larifaria para los servicios colalerales haslael 30 de septiembre de 2007. Cumplida esla fecha, lasEPS deberan adjunlar indefecliblemenle a su PMO, supropuesla larifaria para los servicios colalerales.

ANEXO N°1

LINEAMIENTOS PARA EL REORDENAMIENTO DELAS ESTRUClURAS TARlFARIAS

1.0BJETIVOS.-

EI objelivo de los Lineamienlos Generales para elReordenamienlo Tarifario es alcanzar eslrucluras larifariasque promuevan la eficiencia economica y suficienciafinanciera de las EPS, y que al mismo liempo, conlribuyanal logro de los principios de equidad, Iransparencia ysimplicidad.

Eslos Iineamienlos seran aplicados lanlo por la EPS com 0por la Superinlendencia cuando se revisen 0 reformulenlas eslrucluras larifarias de las EPS, a solicilud de parle 0de aficio, de acuerdo a la normativa vigenle.

Objetivos del Reordenamiento Tarifario:

EI reordenamienlo de debe cumplir con los siguienlesobjelivos:

1. EI diseno de una eslruclura larifaria simple quepermila una eficienle asignacion de los recursos,la soslenibilidad de las empresas y que conduzcaa la reduccion en la diversidad de sUbcategorias yrangos.

2. EI perfeccionamienlo del sislema de subsidioscruzados en cumplimienlo del principio de equidad.

3. EI desarrollo de los Iineamienlos para la aslgnaclon deconsumes a los usuaries no micromedidos.

Para el reordenamienlo larifario se dsbera lener en cusntalos principles de la regulacion tarfarla':

- Principio de eficiencia economlca, las larifas que cobrela EPS por la prsstaclon de los servlclos de saneamienlo,deberan inducir a una aslqnaclon optima de rscursosque posibilile la mexlmlaaclon de los beneficios de lasociedad.

- Principio de viabilidad financiera, las taritas apjcadas porla EPS buscaran la rscuperaclon de los costos requeridospara su funcionamienlo eficienle, en funclon a los nivelesde celldad y servicio que fije la Superinlendencia.

- Principio de equidad social, el Eslado lmplementarauna polltlca que permila el acceso a los serviclos desaneamienlo del mayor numero de pobladorss.

- Principio de slmpllcldad, las tarltas saran de facllcornprenslon, apllcaclon y conlrol.

- Principio de transparencla, el Sislema Tarifario sera deconocimienlo publico.

Es imporlanle lener en cuenta que ellogro slmultanso delos prlnclplos anleriores prssenta clertas dificullades porcuanto no siempre estes marchan en la mlsma dlrecclon,Por ejemplo, ellogro del principio de equidad puede enlraren confliclo con otros prlnclplos, como el de eficienciaeconomlca y vlabllldad financiera de la empresa, Por 10tanto, se debera buscar un equilibrio en el logro de eslosprincipios.

2. LINEAMIENTOS PROPUESTOS.-

2.1. IlllARCO CoNCEPTUAL.-

2.1.1. Definicion de estructuras tarifarias.-

La eslruclura larifaria eslablece las larifas a cobrar a losusuarios de los servicios de agua polable y alcanlarillado.La eslruclura larifaria incluye fambiem las asignaciones deconsum 0 impulables a aquellos usuarios cuyas conexionesno cuenlan con medidor. En la eslruclura larifaria ningunalarifa sera menor a la larifa social. 2

2.1.2. Tarificacion.-

Una form a de larificar en el seclor saneam ienlo es a Iravesde la larificacion en dos paries de modo que la larifa por elservicio publico incluya como componenles un cargo fijo(que no varia con el volumen consumido) ademas de uncargo variable (que si varia con el volumen consumido).

EI cargo fijo se obliene como resullado de dividir el monlodel cosio fijo al que se enfrenla la empresa por el numerode usuarios 0 consumidores, siempre y cuando el cargofijo resullanle al que se enfrenlara el usuario no sea mayora su excedenle como consumidor. De 10 conlrario, podriasuceder que usuarios con disposicion a pagar por unidadconsumida del servicio se yean excluidos del consumoporque no pueden acceder al pago del cargo fijo.

Por 10 lanlo, una de las venlajas de la larifa en dos parieses que permile cubrir parle de los coslos fijos de laempresa. Sin embargo, una de las posibles desvenlajases que el monlo del cargo fijo resulle muy allo, de modoque excluya a polenciales consumidores con disposiciona pagar por el servicio, 10 que atenlaria conlra el principiode equidad y lambiem el de eficiencia. En la practica, laexperiencia inlernacional senala que hay muchas formasdislinlas para dislribuir los coslos fijos y variables de laempresa enlre ambos componenles.

Ello ademas se complica cuando la aplicacion de una larifaen dos paries se da al inlerior de una eslruclura larifaria,

Articulo 94' delTUG deI Reglarnento dela LGSS.~,rti culo 4' delTUG delReglarne nto dela LGSS

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Pag.339084 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de febrero de 2007

en la cual los cargos fijos y variables pueden diferir segunclertas caractertstlcas de los usuaries 0 del uso final queIe dan al servicio (aclividad economlca, caractertstlcassocloeconomlcas, volumen consumido, elc.).

l.Que debe incluir el cargo fiio y el cargo variable?

Para clertos autores,' el cargo fijo se debe enlender comouna cuota de servicio 0 cuota de abonado que se paga porla disponibilidad mlsma del servlclo, independientemenledel consume'. AI respeclo cabs serialar, que sequn laexperiencia de otros palses latlnoamerlcanos, se observeque en Bolivia, Chile, Colombia y Nicaragua exisle uncargo fijo con diferenles deflniclones."

EI importe del cargo variable (0 cuota de consume)debe ser proporclonal al consume de cada usuarlo yesta relacionado con los gaslos variables del servicio.Abarcarla el coste asoclado con la estructura organizalivade la empresa y de buena parte de las lnstalaclones(embalses, depuradoras, clertos tramos de red prlmarla,u otros)",

Eslruclura Tarifaria en el Peru: Consumo Minimo

EI consum 0 minim 0 implica que independienlemenle deque si el usuarlo ha consumldo 0 no, este debe pagaruna delerminada suma de dinero. Su funcionamiento esel siguienle: suponiendo que el volumen de consumeminima es de ocho (8) m3 al mes y el primer range deconsume de la calegoria domestlca va de 0-20 m3, a unhogar que liene un consume mensual de diez (10) m3 seIe faclura el cargo variable correspondiente para el primerrange de consume. Pero si el hogar consume solo cinco(5) m3 al mes, entonces, la EPS debe arlicarle el volumende consum 0 minim 0 de ocho (8) m3, e cual es facluradousando el cargo variable correspondienle de acuerdo a laeslrucluralarifaria.

La exislencia del consumo minim 0 genera dislorsiones enla asignacion de los recurs os pueslo que un hogar conmedidor debe pagar por la canlidad de melros cubicosque efeclivam enle consum e. Por eI coni rario, con elconsumo minimo, si un hogar consume menos que elminimo, debera pagar por una canlidad mayor de laque consume. Anle esla siluacion, desde un punlo devisla de eficiencia, los consumos minimos deben sereliminados.

En un esquema larifario donde el consumo debe sermedido, se debe rechazar esquemas con consumominimo. La principal venlaja de reemplazar el consumominima por un cargo fijo es evilar polenciales reclamos deconsumldores basados en el hecho de eslar pagando unconsum 0 que no realizaron7

En el Peru, si bien los niveles de "consumo minimo" seredujeron mediante la aplicacion de la primera y segundaelapa del reordenamiento larifari08

, dichos niveles no seeliminaron Iolaimente (solo cualro EPS no cuenlan conconsum os minim OS9).

2.1.3. Micremedicion.-

Uno de los principales problemas del seelor saneamienloen el Peru es el !:lajo n1vel de micromedicion exislenle enla mayoria de EPS.

Eslo Irae como consecuencias: Q) que solo un porcenlajepequeno de los usuarios pague por 10 que realmenleconsume y (ii) que el reslo de usuarios pague en funcionde un consumo impulado, que frecuenlemenle difiere desu consumo real.

La normaliva vigenle 'O eslablece que las conexionesdomiciliarias de agua polable deben contar con surespeclivo medidor de consumo. EI cosio de adquisicion,inslalacion, reposicion y manlenimienlo es asumido porel usuario a Iraves de la larifa. Las empresas que iniclanun proceso de delerminacion de formulas larifarias debenaumenlar el nivel de micromedicion como parte de susmelas de geslion.

Sin embargo, dada la exislencia de un numero importanlede usuarios sin medidor, resulla importanle eslablecer los

lineam ienlos para el cobro por los servicios de sansamlentoa aquellos usuarlos que carscen de medidor.

LCom0 asignar consum 0 a los usuarios que no cuenlancon medidor?: Asignacion de Consumo

Los usuaries que son faclurados en base a un consumeimpulado (aslqnaclon de consume) reciben una larifaplana que no varia con su nivel real de consume. Paraesle tlpo de clienle, el coste de consumir mas agua quela aslqnada es cero, y por consiguienle, su consume realliende a su nivel de saturaclon,

La psrdlda economlca de la empresa y el uso ineficienledel rscurso sera mayor cuanto mayor sea la diferenciaenlre el consume real y el consume asignado.

Es asl que la aslqnaelon de consume para usuaries nomicromedidos debe considerar el siguienle criterlo:

"EI cobro del servicio debe ser igual al coste de proveerlo.Para aproxlmarse a ssta ecuaclon, el volumen de aguaa ser asignado a un usuarlo que no cuenta con medidordebe aproxlmarss al consume promedio que liene unusuarlo micromedido de la mlsma calegoria."

2.1.4. Subsidies.-

Consideraciones leoricas del subsidio

Se dice que exisle un subsldlo a la demanda si elconsumidor del bien recibe una lransferencia que Iepermile aumentar su consume de el(los) blerues) 0servicio(s).

Cuando el subsidio es recibido para el consumo de un bieno servicio particular el presupueslo del consum idor lambiense ve allerado perc ahora habra un cambio en los preciosrelativos de los bienes, disminuyendo (aumenlando) elprecio del bien subsidiado (no subsidiado).

La aplicacion de un subsidio al consumo generadislorsiones en el precio y canlidad producida, pues elprecio con subsidio sera menor al cosio de producir elbien 0 servicio para la econom ia, 10 que incenlivara auna mayor produccion por encima del oplimo. Todo ellogenera una perdida social.

Sin embargo, el impaclo negalivo de un subsidio alconsumo de un servicio como el agua polable, condemanda muy inelaslica -sin suslilulos cercanos- espoco significalivo, a pesar de las dislorsiones quegenera.

j FERNANDEZ PER.EZ, Danie L Director de los Sem icios Tecnicos ConsorciodeAguas Bilbao Bizkaia. "La equidad requisito decalidad deunsemicio deagua urbana"

, En el caso 6ptimo, la cuota deseruicio debe ser proporcionalmente mayorcua nto mayor eselequipamie nto delaviu ienda, enelentendido que esesteelquedetermina lademanda maxima sobre lareddedistrib uci6n

, En Bolwia se detine al cargo tijo como cargo par conexi6n, en Chile comocasto decliente la, enColombia como el costa media deadmin l3traci6n yenNicaragua como elcosta parma ntener activauna conexi6n.

6 FERNANDEZ PEREZ, Danie L Director de los Seru icios Tecnicos ConsorciodeA,guas Bilbao Bizkaia. "La equidad requisito decalidad deunseruicio deagua urbana"

7 Estructura Taritaria y Reordenamiento Tarrrario EPS Tumbes.Macroconsulting.

, R.S N' 920-98-S UNAS S., SEDA,PA,L, SEMA,PA, Barranca, EMAPA Pasco y EMA,PA, Yunguyo10 Decreto Sup remo N' 023-2005-VIVI EN DA.

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Lima, lunes 5 de febrero de 2007 NORMAS LEGALES

Gnifico N° 1

Heclo de Scbsidio,

pag.JJ9085

PiM

P',

P',

-Q* Ql

L- -'----- Q

--Jo-

Q* Ql

De acuerdo a la experiencia inlernacional, se han dado dos lipos de subsldlos en el seclor saneamienlo: subsldlo direcloy suosldlos cruzados.

a) Subsidio direclo:

Un subsidio direclo a la demanda es financiado y adminislrado por el Eslado y dirigido a los usuarios mas pobrespara ayudarles a cubrir una parte del cosio de los servicios. Enlre las venlajas, ssta el ser Iransparenle, explicilo yminimizar las senates squlvocadas que afeclan el comportamienlo de las empresas en su viabilidad financiera. Entrelas desvenlajas, se mencionan los problemas relacionados con la definicion de los crilerios de sslecclon (tocallzaclon/elegibilidad), la aceptaclon social de dlchos crferlos, los costos de selecclon de las familias elegibles al subsldlo(costos de focellzaclon) y los alios costos de admlnlstraclon que involucra.

Chile presenla un esquema de subsldlo direclo al consumo de agua potable. Ahi el Eslado conlribuye al pago de losservicios preslados a las familias mas pobres, con un subsldlo explicilo y Iimilado por familia que se maneja a travesdel municipio y de las empresas. Como resullado, la empresa recibe, para volumenes de consumo igual, un pagoigual de parte de cualquier usuarlo, y por 10 tanto liene el mismo incentive de servir a todos los usuarios por cuanlo elmonlo cobrado no depende de su claslflcaclon,

b) Subsidios cruzados:

Un esquema de subsldlos cruzados consisle en cobrar larifas por debajo de los costos a un grupo de usuarios(usualmenle los de menores recursos) y larifas por encima de los costos a los de mayor poder adqulsltlvo. Eslo serefleja en la eslruclura larifaria de las empresas.

Grafico N° 2

Hecta de Subsidia s Cruzados

PiM

Q -Ql Q*

La venlaja de los subsidios cruzados es su apllcaclon practlca, pues se implemenlan solo a traves de la dlscrtmlnaclon deprecios enlre los usuaries, eslo 10 hace muchas veces deseable frenle a los subsldlos direclos que pueden lIegar a lenerun cosio administrative allo y requieren de una fuenle de flnanclaclon diferenle a los que genera la empresa.

2.2. AsPECTOS GENERALES

2.2.1. Lineamientos generales de politlca.•

1. Las eslrucluras larifarias se definen para unidades de uso.

2. En cada elapa la larifa media que resulle de apllcar la eslruclura larifaria debe reflejar el cosio eficienle de proveerel servicio de saneamienlo, asi como, subsldlos cruzados que perm Ran alcanzar el principio de equldad,

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Pag.339086 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de febrero de 2007

10. Los rangos de consumo que se definan en lacalegoria domeslica, seran rangos continuos.

11. Se eslablecera un sislema de larifa unica porescalon de consumo, donde la larifa que se apliqueal volumen a faclurar sea la misma desde el primerhasla el ultimo melro cubico consumido.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

La larifa de los usuaries medidos estara compuestapor un cargo fijo y un cargo variable y la larifa de losusuerlos no medidos por el cargo fijo y el valor queresults de apllcar la aslqnaclon de consume.

Se sllmlnera los consumes minimos para losusuerlos medidos.

En cumplimienlo al art. 86 del Reglamento dela Ley General de Servicios de Saneamienlo seestaolecera de manera diferenciada la larifa por laprsstaclon del servicio de abaslecimienlo de aguapotable y del servicio de alcantanllado sanilario. EIcobra separado por cada servicio debe represenlarlos costos que implica la generacion de cada servicioen particular.

Mientras exlstausuarlos que no cuenlen con medidorse mantenera las asignaciones de consume.

Cada calegoria 0 clase de usuerios prssentara unasola aslqnaclon de consume, calculada en baseal consume promedio de los usuaries medidos dela mlsma calegoria, en caso se encontrase en laprimera etapa del reordenamienlo larifario, 0 clase,en caso se encontrase en la segunda etapa delreordenamienlo larifario. La EPS pocra apllcar unamenor aslqnaelon de consume que la estableclda, asectores de la poblaclon que surran de reslriccionesen el abaslecimienlo de agua potable, siemprey cuando, los crltsrios utlllzados en el ajusle dela aslgnaclon de consume sean incluidos en suinforme de propuesta de reordenamienlo larifario yse caracterlcen por ser homogeneos y se eliminelodo tlpo de discrecionalidad.

Se establscera una estrucfura larifaria con polltlcade subsldlos cruzados.

EI sislema de subsidios cruzados implicara laexislencia de dos lipos de usuarios:

Los que reciben subsidio: Incluira solo a losusuarios de la calegoria social y al primer ran!'l0de la calegoria domeslica (cuyo limile supenorcorrespondera al volumen necesario para queuna familia pueda cubrir sus necesidades basicasduranle un mes). Esle grupo de usuarios lendrauna larifa menor a la larifa media definida en elPlan Maeslro Oplimizado (PMO).Los que olorgan subsidio: Seran los usuariospertenecienles a la clase No Residencial (eslalal,comercial e induslrial), los usuarios del ullimorange de la calegoria domeslica y en algunoscasos los usuarios pertenecienles al segundorange de la calegoria domeslica (duranle laprimera elapa del reordenamienlo larifario).Eslos usuarios lendran larifas mayores 0 igualesala larifa media definida en el PMO.

de la larifa. EI cargo fijo, correspondienle a unquinquenio, solo se ajuslara en termlnos reales deacuerdo a la normativa vigenle.

16. EI reordenamienlo larifario se realizara en dosstapes. En la Primera Elapa se llevara a cabo lassiguientes acetones:

Perfeccionamiento de los subsldlos cruzados.Eslablecimienlo de una larifa en 2 partes.Definicion de dos classs: Residencial y NoResidencial.La clase Residencial lnclulra las calegoriassocial y domestlca (que presentara Ires rangosde consume).La clase No Residencial lnclulra a las calegorias:comercial, eslalal e industrial.Eliminacion de subcateqorlas y rangos. Aexcepclen de la calegoria domestlca quepressntara Ires rangos de consume.Eliminacion de los consumes minimos.

En la Segunda Elapa,

Se manlienen las dos classs: Residencial y noResidencial.La clase Residencial lnclulra las calegoriassocial y dornesflca (que pressntara dos rangosde consume).La clase No Residencial no pressntaracalegorias.Se manliene la larifa en 2 partes.

Las EPS podran alcenzar el objelivo final delreordenamiento larifario (segunda etapa) en un soloquinquenio.

17. Los resultados de cada etapa del reordenamienlolarifario se podran implemenlar de manera gradualduranle el quinquenio.

2.3. LINEAMIENTOS DE REORDENAMIENTO TARIFARIO.-

2.3.1. Aspectos Generales.-

Con los lineamienlos generales para el reordenamienlolarifario se busca reducir la diversidad de larifas y que ladefinicion de subsidios cruzados sea lransparenle, de facilcomprension y aplicacion. Eslo implica la reduccion de lasdimensiones exislentes en la eslruclura larifaria aclual aun nivel posible de adminislrar.

Desde el inicio del reordenamienlo larifario, laeslruclura larifaria conlemplara un perfeccionamienlodel sislema de subsidios cruzados y el eslablecimienlode un sislema de larificacion en dos partes: un cargofijo y un cargo variable, eliminandose asi, el consumominimo. Asimismo, la asignacion de consumo semanlendra mienlras exisla usuarios sin medidory reflejara el consumo promedio de los usuariosmedidos correspondienle a cada calegoria, en casose enconlrarse en la primera elapa del reordenamienlolarifario, 0 clase, en caso se enconlrase en la segundaelapa del reordenamienlo larifario.

A. Criterios Generales

12. Las larifas de las calegorias y rangos lomaran encuenta la capacidad de pago de la poblacion.

13. Las larifas que reciban las dislinlas calegoriasde la clase No Residencial, en particular lacalegoria induslrial, no deberan propiciar elauloabaslecim iento.

14. Se lendera al eslablecimienlo de una unicaeslruclura larifaria por empresa. En los casos desislemas aislados de produccion y dislribucion deagua polable, la empresa evaluara la exislencia deuna unica eslruclura larifaria.

15. Los incremenlos sobre la larifa media definida enla formula larifaria afeclaran solo al cargo variable

Para que el reordenamienlo larifario cumpla con losprincipios de la regulacion larifaria, las larifas de cualquierEPS deben cumplir con los siguienles crilerios:

1. Para el principio de eficiencia economica se debecumplir que:

Que el reordenamienlo de las eslrucluraslarifarias permila una asignacion eficienle de losrecursos.

2. Para el principio de viabilidad financiera se debecumplir que:

Los ingresos provenienles de la larifa aprobadacubran los coslos de proveer el servicio, es decir,

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la tarita media de mediano plazo que corrsspondaa un periodo qulnquenal sera igual al coste mediode mediano plazo del mismo periodo.

Los ingresos proyeclados para cada ana de unqulnquenlo evaluado en un Esludio Tarifariotsncran que ser igualados por los ingresos que selogren en el mismo ana por la estructura larifariareordenada.

cuaero N° 1

Resultado de la Primera Etapa delReordenamiento Tarifario

3. Para el principio de simplicidad se debe cumplirque:

La estructura larifaria debe ser enlendida porlodos aqusllos que lienen un lnteres en ellema:usuaries, empresas y regulador.

4. Para el principle de equidad social se debe cumplirque:

Se subsidia solo a los usuaries de la calegoriasocial y al primer range de la calegoria domsstlca(correspondienle al consume que cubre lasnecesldadss baslcas),

Mienlras se manlengan las cinco calegorias,el crilerio de [erarqula de las larifas cobradas alos usuerios debe reflejar un subsidio cruzadode modo de que los usuaries de las calegoriascon menor capacldad de pago paguen menosque aquellos de las otras calegorias con mayorcapacldad de pago.

Para la definicion del primer range de consumede la calegoria domeslica, la EPS tendra enconslderaclon las caractertstlcas de consumeque permila cubrlr las necesidades basic asde la poblaclon denlro de su ambito deres ponsa bili dad (culturales, climatologlca s,enlre otros faclores).

La definicion del segundo y tercer range de lacalegoria domestlca dspendera del anellsls delas ceracterlstlcas sccloeconomlcas de cadaEPS. Los nuevos rangos de consumes seranevaluados a traves de la dlstrlbuclon de frecuenciade consumes que elabore cada EPS, la mlsmaque permjtlra idenlificar en que volumenes deconsume se concenlra la mayor canlidad deusuerlos,

Donde:

TsTd1

Td2

Td3

TeTcIiAcsAcd

AceAcc

Aci

C"R1

R2R3

ni ne rdi

D:J~~ na Td2

ns Td3

,....., Q ~ rnds T.

G:J~IO<l1 Q<lrnd5 T. !=

IrdJsI:!;<I1 Q<lrnd5 Aci

Tarifa social.Tarifa correspondienle al primer range de lacalegoria domestlca.Tarifa correspondienle al segundo range de lacalegoria domestlca.Tarifa correspondienle al tercer range de lacalegoria domestlca.Tarifa de la calegoria estatal,Tarifa de la calegoria comercial.Tarifa de la calegoria induslrial.Aslqnaclon de consume de la calegoria social.Aslqnaclon de consume de la calegoriadomsstlca.Aslqnaclon de consume de la calegoria eslalal.Aslqnaclon de consume de la calegoriacomercial.Asignacion de consume de la calegoriainduslrial.Cargo fijo en soles.Primer range de la calegoria d0f"!leslica,correspondienle al consume necesano paracubrir las necesidades baslcas,Segundo range de la calegoria domeslica.Tercer range de la calegoria domeslica.

B. Conceptos Generales

En el reordenamienlo larifario se aplicaran los siguienlesconceplos:

1. Convergencia: referido a la eliminacion desubcalegorias y rangos de la clase no residencial. Lacalegoria domeslica lendra Ires rangos de consumoen la primera elapa y dos rangos de consumo en lasegunda elapa del reordenamienlo larifario.

2. Jerarquia: referido al orden asignado a las larifas encada elapa del reordenamienlo larifario.

2.3.2. Primera Etapa del Reordenamiento Tarifario.-

La primera elapa del reordenamienlo larifario se enfocaraa la simplificacion de la eslruclura larifaria vigenlemedianle la eliminacion de subcalegorias y de rangosde la clase no residencial (a excepcion de la calegoriadomeslica que podra presenlar rangos de consumo), alperfeccionamienlo del sislema de subsidios cruzados ya la incorporacion de una nueva forma de larificacion: lalarim en 2 partes.

Teniendo en cuenla la exislencia de usuarios sinmedidor, la eslruclura larifaria incluira el conceplo deasignacion de consumo. Asimismo, con una larifa en 2partes se elim ina el consum 0 minim 0 para los usuarioscon medidor.

Graficamenle la eslruclura larifaria luego de aplicar laprimera elapa del reordenamienlo larifario lendra lasiguienle composicion:

Aspeclos a cubrirse en la Primera Elapa delReordenamienlo Tarifario:

En la Primera Elapa del Reordenamienlo Tarifario seaplicaran las siguienles disposiciones:

A. Tarificacion: La eslruclura larifaria presenlara larifasque responden a un modele de larifa en 2 partes: uncargo fijo y un cargo variable. EI cargo fijo sera unico eigual para lodos los usuarios, sin embargo, la empresapodra decidir no cobrar cargo fijo a la calegoria socialy al primer range de la calegoria domeslica. Esladecision de no cobro, no afecfara los ingresos de laempresa debido a que el reordenam ienlo larifario partede una larifa media que cubre coslos economicos.

8. Simplificacion: EI reordenamienlo larifario empezaracon el reconocimienlo de dos clases: clase Residencialy la clase No Residencial. La clase Residencialincorporara a las calegorias social y domeslica;mienlras que la clase No Residencial incluira a lascalegorias eslalal, comercial e induslrial.

En esla primera elapa se eliminara lodas lassubcalegorias y rangos de la clase No Residencial, detal forma que:

Clase Residencial: La calegoria sociallendra unaunica larifa para cualquier volumen de consumo

11 La Empresa podni decidir no cobrar el cargo fijo a la categoria social y alprimer rango deconsumo delacategoria domestica.

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11 Determinacion del cargo fijo:

EI cargo fijo estara asoclado a los costos fijoseficienles que no dependen del nivel de consume yque se asoclen a la leclura de medidores, tacturaclon,cetastro comercial y cobranza de las conexionesactlvas, La empresa tendra dos opclones paradelerminar el cargo fijo:

(sin rangos). La calegoria domestlca tendra Iresrangos de consume, siendo el primer range elque permila cubrir las necesidades baslcas desubslstencla y que sera delerminado por la EPSde acuerdo a las caractertstlcas de su ambito deresponsabilidad (culturalss, cllmatologlcas, enlreotros faclores).Clase No Residencial: lncluira a las calegoriasestatal, comercial e induslrial, cada una deelias tendra una sola tarita para cualquier nivelde consume: ellmlnandose asl, los rangos deconsume.

C. ~'tidad: EI perfeccionamienlo en el sistema desu sidios cruzados se dara en base a:

a)5:z

t= 15:z

t= 1

Lecture + fecnrectcn + cob-ar-ea

( 1 + r) L

Co-te xiones Activas

( 1 + r) L

( 1 + r) t

( 1 + r) t

Ce-re xiones Adi vas

Lectura + facturacion + cooram a + catas tro can e rei.:. I5:z

t= 1

5:z

t= 1

b)

Cargo lijo =---------------

Donde,

= la tasa de descuenlo utlllzada en el PlanMaeslro Oplimizado

En ambos cases, el monlo de cargo fijo no podraexceder el 10% del promedio mensual de los uRimosdoce meses de los ingresos generados por los ssrvlclosde aqua potable y alcantartllado. Finalmente, el cargofijo sera unlco y se apllcara a lodos los usuerlos, sinembargo, la empresa podra proponer no cobrar cargofijo ala calegoria social. Esla decision de no cobro, noatectara los ingresos de la empresa debido a que elreordenamienlo larifario parte de una larifa media quecubre costos economlcos.

21 Determinacion del cargo variable:

a. La larifa media anual de la estruetura larifaria ' 2, paracada ario del qulnquenlo, debe ser igual a la larifamedia anual definida por la formula larifaria aprobadapara el mismo periodo.

TMA (FT) = TMA(ET)

Cabe deslacar que los ingresos proyeclados delPlan Maeslro Oplimizado lienen implicilo una larifaque cubre los coslos eficienles de brindar el servicio.Esla larifa sera dividida en un cargo fijo y un cargovariable.

Tarifa social.Tarifa correspondienle al primer range de lacalegoria domsstlca.Tarifa correspondienle al segundo range dela calegoria domestlca.Tarifa correspondienle allercer range de lacalegoria domestlca,Tarifa de la calegoria eslalal.Tarifa de la calegoria comercial.Tarifa de la calegoria industrial.

Se debe cumplir que los ingresos que resullende aplicar la estruclura larifaria reordenada, paraun delerminado ario del qUinquenio, sean igualesa los ingresos resullado de aplicar la formulalarifaria para el mismo periodo. Cabe deslacarque de ser el caso, se debera lener en cuenla laselaslicidades precio e ingreso en la delerminacionde los volumenes proyeclados:

Donde,

TsTd1

Td2

Td3

TeTc11

Ts:5 Td1 < Td2 < Td3 < Te < Tc < 11

Se subsldla solo el consume necesarlo para cubrirlas necesidades baslcas de la poblaclon.Establecimienlo de los subsldlos cruzados enfunclon al crlterio de [erarqula.lncorporaclon de un sistema de larifa unlca porescalon de consume para la estructura larifaria.

D. Crilerios basicos: Los crilerios baslcos que se debencumplir durants la Primera Elapa del ReordenamienloTarltario son los siguienles:

La correcclon de los subsldlos cruzados se haraen base al siguienle critsrlo de [erarqala:

IngresosFTn

= IngresosETn

Lineamienlos para la implemenlacion de la Primera Elapadel Reordenamienlo Tarifario

Mienlras exisla usuarios no medidos se faclurarapor asignacion de consumo. La asignacion deconsumo sera equivalenle al consumo promediode la misma calegoria 0 clase, dependiendo enque elapa del reordenamienlo se encuenlre.

La incorporacion de una larifa en 2 partes implicala eliminacion de los consumos minimos para losusuarios medidos.

Donde,

IngresosFT"

IngresosET"

n

: Ingresos delerminados en la FormulaTarifaria para el ario n

: Ingresos generados por la EstrucluraTarifaria para el ario n

: arios de visencia de la formula larifaria:ario 01, ana 02, ario 03, ario 04 y ario05

b. Del cosio Iolal de brindar el servicio, para cadaario del qUinquenio, se resta el Ictal de cargo fijo;obleniendose asi el cosio Iolal remanenle que deberaser recuperado con el cargo variable.

a. EI costa que resulle de deducir ellolal de cargo fijo,para cada ario del qUinquenio, sera cubierto con rosingresos que resullen de aplicar la eslruclura larifaria. ' 3Para tal efeclo, la larifa de cada calegoria 0 claserecibira incremenlos diferenciados que cumplan conel crilerio de jerarquia y permilan alcanzar el principiode equidad.

31 Simplificacion:

Clase Residencial:

La calegoria social no presenlara rangos deconsumo. Tendra una larifa unica para cualquiernivel de consumo.La calegoria domeslica presentara Ires rangos deconsumo.

Para el desarrollo de la primera elapa de reordenamienlode la estruclura larifaria se aplicara los siguienleslineam ienlos:

12 Tarrra media anual que resulta deaplicar laestructura tarifaria." Sincons iderar 105ingres 05 porcargo fiio.

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c)

EI primer range de consume de la calegorladomestlca sera el correspondlenle al consumenecssarlo para cubrir las necesidades baslcasy retlejara las caracterlstlcas de consume de lapoblaclon denlro del ambito de responsabilidadde la empresa (culturalss, climalologicas, enlreotros factores),

Los siguienles dos rangos de la calegorladomestlca se deflnlran en base a un estudlo,realizado por la empresa, de la dlstribuclon defrecuencia de consume de los usuaries medidos.Debe lenerse en cuenla que para aplicar eslemstodo se requiere una muestra de usuariesmedidos represenlaliva para poder extrapolar losresultados a loda la poblaclon.

La larifa del primer range de la calegorla dom estlcasera igual a la larifa de la calegorla social.

Clase No Residencial

Cada una de las cateqortas de la clase NoResidenciallendran una larifa unlca para cualquiernivel de consume, es decir, no habra rangos porbloques de consumo.

4) Equidad:

a) La corrscclon de los subsidios cruzadosse realizara en base al siguienle criterio de[ererquta:

TARIFA SOCIA,L::5 TARIFA DOM ESTICA 1< TARIFA, DOMESTICA 2<TARIFA DOMESTICA 3 < TARIFA, ESTATAL < TA,RIFA, COMERCIA,L <

TARIFA, l~mUSTRIA,L

b) Los subsldlos se otorqaran solo a los consumesnecssarlos para cubrlr las necesidades baslcasde la poblaclon. Cualquier consume mayor al nivelnecesario para cubrir las necesidades baslcasdsbera ser gravado a cosio pleno y dependiendode la capacidad de pago de la poblacion ' 4. Lossubsidios seran cruzados porque se gravara conuna larifa mayor" a una porcion de fa poblacioncon la finalidad de olorgar precios menores a olraporcion de ese mismo mercado.

Se elim ina la facluracion por bloques de consum 0,a cambio, se eslablecera una larim unica paracada range de consumo (escalon). Es decir quese aplicara una larifa unica al volumen a faclurardesde el primer hasla el ultimo melro cubicoconsumido.

d) Cada larim de la eslruclura larifaria vigenle recibiraun incremento diferenciado. Esle incrementoincorpora dos efeclos: efeclo reordenamienlo yun efeclo convergencia.

e) Se denomina efeclo reordenamienlo al porcenlajede variacion que se aplica en forma diferenciadaa cada larifa de la eslruclura vigenle y que reflejala correccion de los subsidios cruzados en base alcrilerio de jerarqula.

Se denomina efeclo convergencia al porcenlajede variacion necesario que se requiere paralograr la eliminacion de subcalegorlas y rangosde la clase no residencial y la convergencia deran,9os para la calegorla domeslica de la claseresldencial.

5) Definicion de la asignacion de consumo:

EI volumen de agua a ser asignado a un usuarioque no cuenla con medidor debe calcularse sobrela base del consumo promedio que liene un usuariomicromedido de la misma calegorla, en caso seenconlrase en la primera elapa ael reordenamienlolarifario, 0 clase, en caso se enconlrase en la segundaelapa del reordenamienlo larifario.

xL [Volurnen Medio ~,j) 1

t = 1x

Asiqnation de Consurnoj= ------------

xL [ Conexiones Medidas ~,j)1

t = 1x

I pertodo de anallslsx mlnlmo numero de mesas para el calculo de un

valor promedio tlplcoReferido a la clase 0 calegorla

La informacion correspondienle al perlodo minim 0no sera menor a 12 meses, e lnclulra de preferencialos mas cercanos respeclo de la fecha de calculo.Cuando exlstan pertodos atlplcos, la empresa podraeliminarlos a fin de preservar la consislencia de lainformacion, y los rsemplazara por otros que siganen la secuencia hlstorlca a fin de manlener el numeromlnimo de observaciones.

Excepcionalmenle, en caso de la exislencia deproblemas de abaslecimienlo reslringido, la empresapocra modificar la aslqnaclon de consume queresults de la apllcaclon de los lineamienlos delreordenamienlo larifario, considerando para ello elcumplimienlo de la normative vigenle. Toda propuestade la empresa dsbera ser debidamenle sustentadamedianle informacion presenlada a SUNASS.

2.3.2. Segunda Etapa del Reordenamiento Tarifario.­

En la Segunda Elapa del Reordenamienlo Tarifario seapllcaran las siguienles disposiciones:

A. Tarificacion: Igual que en la Primera Elapa, las taritasrssponderan a un modele de tarlra en 2 partes: uncargo fijo y un cargo variable. EI cargo fijo sera unico eigual para lodos los usuaries, sin embargo, la empresapodra decidir no cobrar cargo fijo a la cateqorla socialy al primer range de la calegorla domestica. Esladecision de no cobro, no afecfara los ingresos de laempresa debido a que el reordenam ienlo larifario partede una larifa media que cubre coslos economicos.

B. Simplificacion: Se mantiene las dos clases: Residencialy No Residencial, eslablecidas en la Primera Elapa,de tal forma que:

a. Clase Residencial: La calegorla social manlendrauna unica larifa para lodo nivel de consumo. Lacalegorla domestica lendra dos rangos: el primerrange asociado a un consumo necesario paracubrir las necesidades basicas y un segundo rangede consumo correspondienle al sobreconsumo dela calegorla domeslica.

b. Clase No Residencial: Se fusionan las calegorlas:Eslalal, Comercial e Induslrial, Lograndose asl,la unificacion de las larifas enlre las dislintascalegorlas de la clase No Residencial:

Tarifa Eslalal = Tarifa Comercial = Tarifa Induslrial

c. La eslruclura larifaria presenlara solo dos larifas:una larifa que recibe el subsidio y olra que olorgael subsidio.

La larifa de la calegorla social sera la mismapara el primer range de la calegorla domestica(Iarifa que recibe el sUbsidio). Esla larifa recibesubsidio y sera menor a la larifa media definidaen el PMO.

La larifa del range correspondienle alsobreconsumo de la calegorla domeslica se podraigualar a la larifa de la clase No Residencial (Iarifa

" Lo que permite que algunos usuarios delsegundo rango de la categoriadomestica tambien pueda n recibir subsidio

" La tarifa que paqu en105 usuarios que otorg uen elsubs idiosera mayor a latarifa media que resulte deaplicar laformula tarifaria para elml3 mo ana,

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Cuadro N° 2

(Ts = Td1) < Td2 :5TNR

Resultado de la Segunda Etapa delReordenaniento Tarifario

Tarifa social.Tarifa correspondienle al primer range de lacalegoria domestlca.Tarifa correspondienle al segundo range de lacalegoria domestlca.Tarifa de la clase No Residencial.Tarifa de la calegoria estatal,Tarifa de la calegoria comerclal.Tarifa de la calegoria lndustrlal.Aslqnaclon de consume de la clase Residencial.Aslqnaclon de consume de la clase NoResidencialCargo fijo en soles.Primer range de la calegoria domestlca,correspondienle al consume de subslstencla.Segundo range de la calegoria domestlca.

Anexo N°2

Donde:

C'6R1

R2

1.2. Diagnoslico de la siluacion comercial.-

EI diagnoslico eslara orienlado a identificar lascondiciones de coberlura de los servicios deagua pol able y alcanlarillado y eslablecer la lineabase de proyecciones de usuarios y consumos.EI diagnoslico se podra realizar sobre la base deinformacion por unidades de usa 0 por conexion.

a) Poblacion bajo el ambilo de responsabilidad dela empresa por localidad.

b) Poblacion servida con conexiones u olresmedios de abaslecimienlo por localidad para elservicio de agua polable y para el servicio dealcanlarillado.

c) Coberlura del servicio de agua polable yalcanlarillado por localidad indicando el numerode habilantes por conexion.

TsTd1

Td2

TNRTeTcTiAcrAcnr

Contenido General del PMO

1. Diagnoslico

EI dlaqnostlco es un anellsls de la sltuaclon actual quepresents el Solicilanle en los dislinlos aspectos de suaclividad con alcance a todas las localldadss de su ambitode responsabilidad. EI dlaqnostlco permltlra idenlificar lascausas de los problemas en la prestaclon del servicio desaneamiento 'I formular las medidas correctives. Sobre labase de esta Informacion se estaolecera la linea base delas proyecciones.

1.1. Dlagnostlco de la slluaclon sconomlco - financiera.­

Esla parle del diagnoslico se orlentara a identificarlos principales problemas de tlpo economlco yfinanciero que liene la empresa. EI dlaqnostlcoeconomlco - financiero dsbera realizarse a nivelempresa respeclo de los Ires ultlmos aries y alIrimeslre anterior a la presentacicn del PMO,debiendo abarcar, al menos, los siguientes temasespecfficos:

ab)

Anallsls de Eslados Financieros.) Evolucion de las cuentas por cobrar comerciales

y cuenlas por pagar, idenlificando indice deincobrabibilidad y eslruclura de cobranza.

c) Evolucion y eslruclura de los coslos de operaciony manlenimienlo.

d) Evolucion y eslruclura de los ingresos porservicio de saneamienlo y olros ingresos.

e) Acciones para la mejora de la geslion economica- financiera.

: Ingresos delerminados en la FormulaTarifaria para el ario n

: Ingresos generados por la EslrucluraTarifaria para el ario n

: arios de vigencia de la formula larifaria:ario 01, ana 02, ario 03, ario 04 y ario05

Tarim de la calegoria social.Tarifa correspondienle al primer range de lacalegoria domsstlca.Tarifa correspondienle al segundo range dela calegoria domestlca.Tarim correspondienle a la clase NoResidencial.

IngresosFTn

= IngresosETn

Eslablecimienlo de los subsldlos cruzados enfunclon al crlterio de [erarqula.Definicion de una sola sstructura larifaria porempresa.lncorporaclon de un sistema de larifa unlca porescalon de consume para la calegoria domestlcade la clase Residencial.

Se debe cumplir que los ingresos que resullende aplicar la estructura taritarla reordenada, paraun delerminado eric del qulnquenlo, sean igualesa los ingresos resullado de apllcar la formulalarifaria para el mismo periodo:

h.

n

e.

d.

f.

Ingres osFTn

Ingres osETn

Donde,

TsTd1

Td2

TNR

Donde:

que olorga el suosldlo). Esla larifa sera mayor 0igual a la larifa media definida en el PMO.

C. Equidad: Se manliene los crilerios eslablecidos en laPrimera Elapa:

D. Crilerios basicos: Los crilerios baslcos que se debencumplir duranle la Segunda Elapa del ReordenamienloTarifario son los siguienles:

g. La correcclon de los subsldlos cruzados se haraen base al crlterio de [erarqula;

i. Mienlras exisla usuarios no medidos se faclurarapor asignacion de consumo. La asignacion deconsumo sera equivalenle al consumo promediode la misma calegoria 0 clase.

Luego de aplicar la segunda elapa del reordenamienlolarifario, la eslruclura larifaria lendra la siguienlecomposicion:

TNf'!_ Te _ Tc_

TI

16 La Empres a podra decidir no cobrar el cargo fijo a la categoriasocial y alprimer rango decons umo delacategoriadomestica

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d) Numero de conexiones por servicio idenlificadosu estado y nivel de mlcromeclclen.

e) Acetones para la mejora de la geslioncomerclal,

1.3. Dlagncstlcc de la sliuaclon operaclonal-

EI diagnoslico de los aspectos operacionales dsberaorienlarse a la ldenfltlcaclon de los problemasexislenles en el mane]o de los sislem as y sstablecerla linea base de la infraeslruclura actual de laempresa.

1.3.1 . Del servicio de agua potable­

a) Fuenles de agua:

Debsra hacerse un anallsls de la capacldad,rendimienlo y la calldad de las aquas disponibles decada una de las fuentes de agua actuates.

b) Sislemas e lnstalaclonss del servicio de aguapotable:

Debsra hacerse un anallsls delallado de lainfraeslruclura y estado operalivo, la mlsma quereferlra, por 10 menos, 10 siguienle:

CaplacionesEslaciones de bombeoReservoriosPlanlas de Iralamienlolnstalaclones de dsslntecclonLaboratorlos e lnstalaclones de control decalidadt.lneas de impulsion y/o aducclonRedes de dlstrlbuclon

c) Agua No Faclurada:

Indicar el volumen producido y volumen facluradode los ullim os doce meses. Anallsls del indicador deagua no facturada reallzando la estlmaclon de lasperdidas flslcas y las psrdldas comerclales,

1.3.2. Del servicio de alcantarillado.-

a) Cuerpos Receplores de Aguas Residuales:

Debera hacerse un analisis de la capacidadde recepcion de cada uno de los cuerposreceplores disponibles y de sus posibilidades deaulopurificacion.

b) Sislemas e Inslalaciones del Servicio deAlcanlarillado:

Se debera analizar la eslruclura y el eslado operalivode las siguientes inslalaciones:

Redes de alcanlarillado.Coleclores, inlerceplores, emisores.Eslaciones de bombeo.Planlas de Iralamienlo en general.

d) Aguas Servidas:

Indicar el volumen de aguas servidas evacuadosy eslablecer el porcenlaje de conlribucion delconsum 0 de agua polable al alcantarillado. Asimism 0delerminar los volumenes de infillracion, enlradasno previslas de agua de lIuvia y los volumenes deinfillracion de agua de la napa frealica y de agua delIuvia.

e) Acciones para la mejora de la geslionoperacional

La SUNASS rem~ira al Solicilanle formalos para lapresentacion del diagnoslico comercial y operacionaly delerminara la suficiencia de la informacionnecesaria.

1.4. Diagnoslico de la vulnerabilidad de los sislemas.­

Debera delerminarse los riesgos que enfrenlan lasoperaciones del Solicilanle, como consecuencia de

cambios imprevislos en las condiciones extsrnas,como por ejemplo la falta de energia slectrlca y laocurrencla de desastres naturales.

EI dlaqnostlco dsbera abarcar, al menos, lossiguienles aspectos especificos:

a) La posibilidad de dlsmlnuclon de la cepacldad delas fuentes de aqua por rezones cllmetlcas 0 deexplotaclon no raclonal.

b) La poslbllldad de contamlnaclon de las fuenles.C) Ublcaclon en zona de riesgo slsmlco de las

estructuras e lnstelaclones,d) La ublcaclon de inslalaciones en zonas

inundables por crecldas en los curses de agua.e) La ublcaclon de lnstalaclones expuestas a

riesgos de desllzamlsntos de tierra.f) La poslbllldad de cortes de energia.g) Medidas prevsntlvas, de mltlqaclon, preparaclon

y rsspuesta frenle a dssastres yemergencias.h) Exislencia de planes de acclon para enfrentar

sltuaclonss de emergencia.

Sobre esta base se idenlifican las causas quegeneran tales riesgos y se dsberan formularpropusstas orlentadas a prevenirlos.

2. Eslimacion de la Demanda de los servicios desaneam iento.

2.1 . Eslim acton de la poblaclon por localidad yempresa-

Para delerrninar la poblaclon actual y fulura laEmpresa utlllzara la melodologia que considereconvenienle, la cual debsra ser com parada con lasproyecciones elaboradas por el lnstltuto Nacionalde Esladislica e lntormatlca.

2.2. Eslimacion de la demanda del servicio de aguapolable.-

La demanda del servlclo de agua pol able es elvolumen de agua potable que los dislinlos ~rupos

demandanles estan dlspusstos a consumir bajocondiciones eslablecidas lales como calidad delservicio, larifa, ingreso, elc. Cabe deslacar que laexislencia de los dislinlos grupos demandantesdependera de las caracterislicas propias de cadaempresa. Adicionalmenle, se debera considerar losrequerimienlos del sislema y las perdidas lecnicasde agua polable.

Para la eslimacion de la demanda se realizaranlos analisis lecnicos que el Solicilanle considereperlinente, por ejemplo: para la eslimacion deconsumo de usuarios no medidos, eslimacion deconsumo de poblacion no servida por conexionesdomiciliarias, elaslicidades precio e ingreso dela demanda, enlre olres. La suficiencia de eslosanalisis lecnicos sera delerminada por la SUNASS.

2.3. Eslimacion de la demanda del servicio dealcanlarillado .-

La demanda del servicio de alcanlarillado sanilariose definira como una demanda derivada, originadapor el consumo de agua polable.

Para la eslimacion de la demanda por el serviciode alcanlarillado se realizaran los analisis lecnicosque eslableceran, para cada grupo demandanle,una relacion entre el volumen de aguas servidasy el consumo de agua polable, aplicando melodosesladislicos apropiados e informacion confiable.De ser el caso, a la demanda del servicio dealcanlarillado se Ie debera agregar el volumen deaguas de Iluvia que ingresa al sislema, asi como ela.9ua por infillracion. La suficiencia de eslos analisislecnicos sera delerminada por la SUNASS.

3. Delerminacion del balance oferla - demanda de cadaelapa del proceso productivo

Idenlificada la capacidad de oferla de la empresa a parlirdel diagnoslico operacional y los eslimados de demanda

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por los servlclos de saneamienlo se deberan delerminarel balance de oferta - dsmanda por slstema tecnlco a finde sstablecer el requerimienlo de inversiones y como apartir de las mlsmas evoluciona dicho balance. Las etapasdel proceso productive a delerminar el balance seran:

a) Captaclon de Agua.b) Tralamienlo de Agua Polable.c) Almacenamienlo de Agua Polable.d) Tralamienlo de Aguas Servidas.

4. Programa de inversiones y financiamienlo

4.1. Programa de inversiones.-

La definicion de los proyeclos del programade inversiones del PMO dsbera conslderar lossiguienles crilerios:

a) Los proyeclos de inversion deberen orienlarse ala soluclon de los problemas para la mejora de laprestaelon del servicio tomando como referenciael orden de prelaclon;

i) mejora de la calldad del aqua,Ii) mejora en el uso eficienle del rscurso e

infraestruclura,iii) incremento del acceso a los serviclos de

saneamienlo,lv) incremento de los niveles de Iralamienlo de

aguas resldualss, yv) otros proyeclos de inversion necesarios.

b) Los proyeclos de inversion se determlnaranen base a las concluslones del balance oferta­dsmanda de cada sistema tecnlco a efeclos deabastscer los requerimienlos del servicio en elambito de rssponsabllldad de la empresa.

c) Los proyeclos de inversion deberan significaruna soluclon inlegral de las necssldades demejora en la prestaclon del servicio conslderandola generacion de recursos en el proyeclo quepermila el pago del financiamienlo requeridopara su implemenlacion.

EI Programa de Inversiones eslara conformadopor proyeclos de inversion formulados en base aesludios lecnicos debidamenle suslenlados 0 enbase a fichas por proyeclos realizados bajo loscrilerios eslablecidos en el Sislema Nacional deInversion Publica. La SUNASS remilira al Solicilanlelos formalos de las fichas para la presenlacion delos proyeclos de inversion. La definicion del nivel deesludio requerido para cada lipo de proyeclo, asicomo la suficiencia de los mismos sera delerminadapor la SUNASS.

4.2. Eslruclura de financiamienlo.-

Respeclo del programa de inversiones paralarificacion solo se consideraran las inversiones queseran financiadas medianle la generacion inlernade fondos de la EPS, credilos ya concertadosdebidamenle acredilados por el Solicilanle yproyeclos que puedan ser financiados denlro de lasreslricciones de financiamienlo presupueslarias yen funcion a la capacidad economica financiera dela empresa.

Para el caso de los credilos concertados se deberaacredilar en forma debida la inslilucion proveedoradel credRo, las condiciones de financiamienlo y sucronograma de pago. Asimismo, se debera precisaraquellas obras a realizarse con financiamlenlo noreembolsable (donaciones y/o Iransferencias delerceros), de ser el caso. Cabe precisar que eslasobras cuyo financiamienlo es no reembolsable noseran incorporadas en el calculo larifario.

4.3. Garanlia de realizacion de inversiones.-

La garanlia de realizacion de inversiones consliluyeun supueslo en la delerminacion de las formulaslarifanas. Las aRernalivas para que la SUNASS

considere que las inversiones se encuenlrangaranlizadas, a fin de incluirlas en su anallsls parafa determlnaclon de las formulas taritarlas, son lossiguienles:

a) EI Solicilanle puede consliluir una garanliabancarla a favor del concedenle, por un monloequivalenle a las inversiones a ser tlnancladascon cargo a la generacion inlerna de rondos,a ejecularse unicamenle a requerimienlo de laSUNASS, anle el incumplimienlo de las metasde geslion aprobadas junlo con las formulasy estructuras tarltarlas. Cabe serialar que encaso esta garanlia sea ejecutada, los rscursosderivados de ella solo podran ser utlllzadospara la realizacion de las inversiones tornadasen cuenla para la determlnaclon de la formulalarifaria y metas de geslion y no reallzadas porla EPS.

En los procesos de Partlclpaclon del SeclorPrivado, la garanlia firmada a favor delconcedenle referida al cumplimienlo del Conlralode conceslcn consliluye el cumpllmlento de eslerequisilo.

b) EI Solicilanle puede decidir el eslablecimienlo dereserves de uso exclusivo para el financiamienlode las inversiones prevlstas,

A efeclos de asegurar la realzeclon de lasinversiones propuestas, se adjunlara el acuerdode direclorio, en el que se expresa la aprobaclonde sstablecer reserves de usa exclusivodestlnadas a financiar las inversiones concargo a la generacion inlerna de rscursos quese requlera, prevlstas en el primer quinqueniodel PMO. EI acuerdo de consfltuclon de estagaranlia dsbera conlener 10 siguienle:

i. Aceptaclon de la constltuclon de reserves de usaexclusive para el financiamienlo de inversiones,con cargo a la generacion inlerna de recursos,previslas en el primer quinquenio del PMO deacuerdo a 10 que delermlne la SUNASS.

Ii. Definicion del mecanisme a emplear a efeclosde asegurar la inlangibilidad del fondo.

iii. Eslablecer que en caso de exislir proyeclos deinversion incluidos en el programa de inversionesque su ejecucion se ha implemenlado viadonaciones 0 Iransferencias de lerceros noprevislas en la eslruclura de financiamienlo, elvalor de eslas donaciones y/o Iransferenciassera Iransferido a eslas reservas.

Iv. Eslablecer que el usa de eslas reservas esde usa exclusivo para el financiamienlo de lasinversiones. En caso excepcional, por molivos defuerza mayor 0 caso fortuilo y con previa opinionfavorable de la SUNASS, se podra ulilizar lasreservas para usa dislinlo a las inversiones, sinla obligacion de reposicion de dichos recursos.

5. Eslimacion de coslos de explolacion eficienles.-

Los coslos de explolacion incurridos en la preslaciondel servicio se oblendran lomando como referencia elcomportamienlo de una empresa eficienle para 10 cual,ademas podra realizar analisis de benchmarking.

Los coslos de explolacion se deberan oblener por elservicio de agua polable, servicio de alcanlarillado yIralamienlo de aguas servidas, por componenle deinversion y sislema segun sea el caso.

6. Eslimacion de los ingresos.-

La proyeccion de ingresos, se realizara para cadalocalidad 0 grupo de localidades alendidas por un mismosislema lecnico, haciendose luego la agregacion paraloda la empresa.

La proyeccion de ingresos se debera oblener por losingresos faclurados por los servicios de agua polabley alcanlarillado, y los demas ingresos produclo de lapreslacion del servicio. Para tal efeclo se considerara la

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proyscclon d~ consume facturado medio por usuerlo decada cateqorta de la estructura tarltarla vigenle asl comosus respsctlvos rangos y asignaciones de consumo u otramelodologia que el Solicilanle considere aproplada.

Adicionalm~nle, se deb.e~a proyeclar los ingresoscorrespondientss al servicio de alcanlarillado de losusuaries qu~ cuenlan con fuenle propla y los otrosmqresos dsrlvados de la prestaclon de los servlclos desaneam ienlo.

7. Proyeccion de los eslados financieros e indicadoresfinancieros .-

Con la informacion desarrollada en los puntcs precedenlesy en ~I p,rograma de inver.siones, se procedera a elaborarlos. slgulenles ~slados flnancleros proysctados por unpenodo de 30 anos:

a) Eslado de ganancias y psrdldas.b) Balance general.c) Flujo de etectlvo.

Oblenid?s los sstados financieros proyeclados se hacenecesano. evaluar la viabilidad financiera, 10 que implicaevaluar S! las necesidades de inversion de la Empresason conslstentss con su viabilidad financiera. Para elloes necssarlo la elaboraclon y anallsls de los indicadoresproyeclados de Iiquidez, solvencla y renlabilidad.

8. Delerminacion de las formulas larifarias y melas degeslion.-

8.1 Delerminacion de las metas de geslionLa .delE!rminacion de las metas de geslion sereallzera de acuerdo a 10 eslablecido en el articulo120 del presenle Reglamenlo.

8.2 Eslimacion de la tasa de actuallaaclonLa .Ias~. de aclu.alizacion a emplearss en lareallzaclon del fluJo de ceja de la empresa secalcul~ra medianle la aplicacion de la melodologiaconoclda como Cosio Promedio Ponderado delCapilal 0 WACC.

EI Cosio Promedio Ponderado del Capilal (WACC)se expresa de la siguienle manera: .

WACC = TE *(_E_) + TD *(l-t )* (_D_)E+D 'E+D

Donde:

TE Cosio del capilal propio.E Capilal propio Ictal.TD Cosio de la deuda.t, Tasa imposiliva efectiva para la empresa.D Deuda Ictal.

~n caso I,!s. empres.a~ dispusieran de algunalinea de credllo subsldlado con aval 0 garanliadel Eslado, debera considerarse ese menor cosiodel endeudamienlo denlro del calculo del cosio deoportunidad del capilal. Asi, el cosio de la deudasera eslimado de la siguienle manera:

Donde:

Las relaclonss (D",/ D) Y (Dj D) se reterlran acada empresa en particular para el horizonle deproyecclen del PMO.

En cada proceso de determlnaclon de la formulalarifaria se debera calcular la tasa de actuallzaclonempleando la melodologia snunclada en base a lascondiciones de mercado de las dislinlas variablescomponenles de la misma. En el Anexo N° 4 ssdelallan las variables de la tormula del WACC, lamelodologia de estlmaclon de cada una de elias yla fuenle de informacion.

8.3 Determlnaclon de la base de capital

La ~elerminacion de la base de capital se dsberareallzar por cada servlclo, idenlificando aquellosactlvos dsdlcados a la prsstaclon del serviciode ag~a potable, del servicio de alcantarlllado ytratamlento de aquas ssrvldas. Para los actlvosco~une.~ se debera definir el crilerio para laasrqnacion del valor de los mlsmos a cadaservicio.La base de capilal-el valor de los actlvos que serar~cuperado con la larifa en el periodo qulnquenalvigenle~ se.c.o~pone. de .~os elementos: i) basede captal inlclal (Ko) y II) base de capltel final(K5). .

8.3.1 . Base de Capilall nicial

8.~.3.1 C~lculo de la form ula tarltarla para el primerqumqueruo

Cuando se calcula la tormula taritarla por primeravez, la base de capital inicial (KO) sera sstlmada dela siguienle manera: .

Ko = AJi'lV, + WKo- (D + T)o

Donde,

- A':fI!: es el valor de los aciivos fijos operaliveseflcl.enles nelos. ~e depreciacion acumuladadedlcados al seMCIOde saneamienlo del periodobase.

WK: es el valor del capilal de lrabajo eficienle delperiodo base.

D + T: represenlan a las Donaciones yTransferencias y refieren a lodo incremento delos aclivos operalivos eficienles que no implicael desem~olso. de recursos por la empresa.Deben ser InclUldas en esle rubro las inversionesrealizadas medianle cualquier olra clase definanciamienlo no reembolsable.

8.3.3.2 Calculo de la formula larifaria para lossiguienles quinquenios

Luego de Iranscyrrid.o .e! primer periodo qUinquenalla base de capllal Inlclal se calcula medianle lasiguienle expresion:

4

Ko, = Ko,• + L (I .- D .) + WK-J j= 0 . t-J t-J t

Donde:

- KO,.j : es el valor de la Base de Capilallnicial delquinquenio anlerior

Cosio de la deuda Ioiai.

Cosio de la deuda de mercado.Cosio de la deuda a lasa subsidiada.Valor presenle de la deuda a condiciones demercado.Valor presenle de la deuda subsidiada.Valor presenle de la Deuda Ictal.

-1

-D

: represenla las inversiones eficienles delquinquenio que son aquellas inversionesrealizadas en aclivos fijos operaliveseficienles.

: represenla la depreciacion economica delos actives operalivos eficienles con queconla.ba la empresa al inicio del quinquenioanlenor y de los aclivos operalives

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eficienles que han lnlclado operaclones endicho quinquenio.

- WK : represenla el valor del capital de trabe]oeficienle al final del quinquenio anlerior.

8.3.2. Base de Capilal Final

La Base de Capital Final (K5) del periodo se calculamedianle la siguienle expreslon;

4

K5 =KO,+L (Ie .-De .)+WKe5t t-J i- b i-s i-s t

Donde,

- KOt_5: valor de la Base de Capital Inicial

calculada segun el numeral 8.3.1. delpresenle anexo,

- Ie represents a las inversiones eficienlesestlmadas que son aqusllas inversionesen actlvos fijos operalivos prsvistas parael quinquenio en conformidad con elnumeral 4 del presenle anexo

- De represents la Depreciacion economlcaestlmada de los actlvos operatlvoseficienles con que conlaba la empresaal inicio del periodo qulnquenal y delos actlvos operatlvos eficienles quese eslima inicien operaclones en dichoperiodo.

- WKe5 represenla el capltel de trabe]o eficienleestlmado para el ultimo ario del periodoquinquenal.

En los procesos de revision tarltarla, si las inversionesreales del quinquenio anterior efeetuadas fueronmenores que las inversiones proyecladas, perolas melas de gestion fueron cumplidas, la basede capilal inicial se debera calcular incluyendo losvalores reales.

En los procesos de revision larifaria, si las inversionesreales del quinquenio anlerior efecluadas fueronmayores que las inversiones proyecladas y lasmelas de geslion fueron cumplidas, se reconocerandichas inversiones a crilerios de eficiencia.

8.4 Proyeccion del flujo de caja libreEI flujo de caja libre se conslruira a partir de lasproyecciones economicas de ingreso, coslos deoperacion y manlenimienlo, inversiones, variaciondel capilal de Irabajo, impueslos y base decapRal. EI flujo de caja libre sera empleado para larealizacion del cierre economico denlro del procesode delerminacion de las formulas larifarias.

8.5 Delerminacion de las formulas larifariasLa delerminacion de las formulas larifarias serealizara de acuerdo a 10 eslablecido en el articulo10° del presenle Reglam enlo.

9. Delerminacion de las eslrucluras larifarias

La delerminacion de las eslrucluras larifarias se realizarade acuerdo a 10 eslablecido en el articulo 11° del presenleReglamenlo.

Anexo N° 3

Contenido de la Solicitud de Modificacion de lasEstructuras Tarifarias

1. Diagnostico

1.1 Siluacion aclual

EI diagnoslico es un analisis de la siluacion aclualde la eslruclura larifaria vigenle del Solicilanle.

a. Dsscrlpclon de la estrucfura larifaria vigenle

La descripclon de la estructura tarltarla vigenlepermlflra identificar el numero de unldadss de usc,consume medio, volumen e ingreso facturado de losservlclos, por calegoria, por range de consume, porusuaries medidos y no medidos y por localldades,

b. Anellsls de subsidios cruzados

Esla parte del dlaqnostlco estara orlentada aldentltlcar el subsidio cruzado tanto en soles pormelro cublco como el importe total del subsldlopor calegoria, por range de consume, por usuariesmsdldos y no medicos y por localldades, Esleanallsls dsbera realizarse sobre la larifa media de laestructura larifaria vigenle.

1.2 Capaeldad de pago de la poblaclon

En base a la informacion comercial se calculara elconsume promedio de agua potable correspondienleala calegoria domestlca. Con el calculo del consumepromedio se sstlmara el gaslo promedio mensualpor el servicio de saneamienlo en la calegoriadomestlca.

Seguidamenle, a fin de evaluar el lmpacto sobrela capacldad de pago podra ulilizarse comomelodologia la comparaclon del gaslo promediomensual por el servicio de saneam ienlo oblenido conestandares inlernacionales que reflejen el maximogaslo mensual por el servicio de saneamienlorespeclo al total de ingreso 0 gaslo de la familia.

2. Propuesla de moditlcaclon de las estructurastarltarias

2.1 Determlnaclon del cargo fijo

Se dstallara cada una de las partldas contables quesirven de base para la detsrmlnaclon del cargo fijoasociado a la leclura de medidores, facluracion,calaslro y cobranza. Adicionalmenle, sepresenlarauna evolucion de los ullimos cinco anos de lasdislinlas cuenlas que sirven de base para delerminarel nivel eficiente de cargo fijo.

2.2 Definicion de los rangos de consumo asociados alacalegoria domeslica

La definicion de los rangos de consumo de lacalegoria domeslica se suslenlara con un esludiode dislribucion de frecuencias de consumo delos usuarios medidos, correspondienle a losullimos doce meses. EI numero de rangos de lacalegoria domeslica no podra ser mayor a Ires (3),incluyendo el primer range de consumo que cubrelas necesidades basicas de la poblacion y quecorrespondera al range de subsislencia. EI rangede subsislencia sera delerminado por la EPS, deacuerdo a las caraclerislicas de consumo de lazona (cullurales, clima, enlre olros faclores).

2.3 Proceso de eliminacion de rangos en las calegoriaseslalal, comercial e induslrial

EI SolicRanle presenlara un informe que suslenle supropuesla de eliminacion de rangos de las dislinlascalegorias de la Clase No Residencial.

2.4 Delerminacion de las asignaciones de consumo porcalegoria y/o clase

La eslimacion del volumen de consumo real delos usuarios no medidos se realizara a partir delconsumo promedio del usuario medido de la mismacalegoria, en caso enconlrarse en la primera elapadel reordenamienlo larifario, 0 clase, en casoencontrarse en la segunda elapa del reordenamienlolarifario. La informacion correspondienle al periodominimo no sera menor a 12 meses, e incluira depreferencia los mas cercanos respeclo de la fechade calculo. Cuando exislan periodos alipicos, laempresa podra eliminarlos a fin de preservar la

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conslstsncla de la informacion, y los reemplazarapor otros que sigan en la secuencla hlstorlca a finde manlener el numero minim 0 de observaciones.

2.5 Impaelo de la Propuesla

Se debera presenter el calculo correspondienlea los ultlmos doce meses, con y sin modltlcaclonde las sstructuras larifarias, de los ingresos de laempresa, la tacturaclon mensual, la larifa media porcalegoria, los subsidios cruzados y la facturaclonpromedio por calegoria.

Asimismo, se debe calcular el nuevo gaslopromedio mensual por el servicio de saneamlentode la calegoria domestlca, de tal manera que alcomparar dicho gaslo promedio, con la modltlcaclonde las estructuras taritarlas, se podra ulilizar comomelodologia aqueja que seriela que el gaslopromedio mensual por el servicio de saneamienlo nosupere estandares inlernacionales que relaclonan elnivel de gaslo en servicios de saneamienlo respecloallolal de ingreso 0 gaslo de la familia.

Anexo N°4

Lineamientos Sobre el Restablecimiento delEquilibrio Economico Financiero

I. OBJETIVO Y ALCANCES

ObjetivoEslablecer los prlnclplos y crilerios para la apllcaclondel procedimienlo de reslablecimienlo del equilibriosconcmlco financiero de las EPS.

Ambito de apflcaclenLos lineamienlos y el procedimienlo descrilos en esledocumenlo son aplicables a las enlidades presladoras deservicios de saneamienlo, conforme al marco normativevigenle, a fin de reslablecer su equilibrio economicofinanciero.

Las EPS conservan su derecho a presenlar un PlanMaeslro Oplimizado para modificar de forma excepcionalsu formula larifaria.

Los presenles lineamienlos son ademas aplicables,cuando corresponda, en los conlralos de concesionrespeclo del reslablecimienlo del equilibrio economicofinanciero.

II. DEFINICION Y CAUSAS DE LA RUPTURA DELEQUILIBRIO ECONOMICO FINANCIERO

Definicion de Equilibrio Economico FinancieroEI equilibrio Economico Financiero de una EPScorresponde a una siluacion ideal donde la larifa media demediano plazo, que corresponde a un periodo qUinquenalregulalono, es igual al cosfo medio de mediano plazo.

Causas de la ruptura del Equilibrio EconomicoFinancieroLas causas de ruplura del Equilibrio Economico Financieroen la preslacion de servicios publicos de saneamienlo,que pueden dar lugar a su reslablecimienlo, anles de larevision de larifas qUinquenal previsla por el articulo 35°de la Ley General de Servicios de Saneamienlo, son lassiguienles:

a) Modificaciones en el ordenamienlo juridico 0 ensu inlerprelacion que afeclen la preslacion de losservicios de saneamienlo y que produzcan los efeclosserialados en el sublilulo siguienle "Parametrosque pueden habilitar a una EPS para solicitar laaplicacion del restablecimiento del EquilibrioEconomico Financiero". Se incluyen en eslelileral a lodas las normas juridicas emilidas por lasdiversas enlidades del Poder Legislalivo, Ejeculivoy Judicial, gobiernos locales, regionales 'j gobiernonacional, asi como aquellas resoluciones Judiciales 0adminislralivas que pudieran afeclar la inlerprelacionde aquellas. Se incluyen los aclos de las diversasinslancias del gobierno nacional, regional 0 local, asicomo del Poder Legislalivo 0 Judicial.

b) Evenlos sobrevivienles, imprevisibles, exlraordinariose irresislibles, no impulables a la EPS, que produzcanlos efeelos prevlstos en el sublilulo "Parametresque pueden habllltar a una EPS para sollcltar laaplicaclen del restablecimiento del EquilibrioEconomico Financiero".

La actlvaclon del Reslablecimienlo del EquilibrioEconomico Financiero no correspondere:

i) Cuando el ajusle de las larifas se encuenlra previstoen la formula larifaria.

Ii) Cuando la verlaclon de los parametres serialadosen el sublilulo 'Parametres que pueden habllltara una EPS para sollcltar la apjlcaclen delrestablecimiento del Equilibrio EconomicoFinanciero" sea consecuencla de la eficiencia en lagestion de la EPS.

Parametros que pueden hablllter a una EPS parasollcftar la apflcaclen del restablecimiento delEquilibrio Economico FinanciereSe podra sollcfar el inicio del procedimienlo dereslablecimienlo del equilibrio sconomlco financierode una EPS si alguno de los evenlos serialados en loslilerales a) 0 b) precedenles, produce alguno de lossiguienles efeclos:

a) Una varlaclon acumulada mayor 0 igual al diez porcienlo (10 %) en termlnos reales con respeclo a 10expresado en el PMO en los Ingresos de Opsraclon dela ES, durants un periodo de dos aries conseculivos;

b) Una varlaclon acumulada mayor 0 igual al diez porcienlo (10 %) en tsrmlnos reales con respeclo a 10exprssado en el PMO en los costos de Explolacionde la EPS, durants un periodo de dos ariesconseculivos;

c) De producirse el efeclo compuesto de la varlaclonde los Ingresos de Operacion, de la variacion de loscoslos de explolacion, que produjeran en lerminosreales duranle un periodo de dos arios conseculivosun resullado nelo Igual 0 mayor a cualquiera de lasdos allernalivas anleriores,

Oporlunidad para iniciar el procedimientoEI procedimienlo de reslablecimienlo del EquilibrioEconomico Financiero podra ser iniciado por la EPS 0 laSuperinlendencia solamenle una vez concluido el segundoario regulalorio de la vigencia del quinquenio larifario ydenlro del plazo de seis meses luego de concluido cadaario regulaforio.

Sin embargo de manera excepcional la EPS 0 laSuperinlendencia podran iniciar el referido procedimienloanfes del lermino de los dos arios serialados, siemprey cuando la causa que origina la ruplura del equilibrioeconomico financiero sea de tal naluraleza que resullaevidenle que sus efeclos ocurriran 0 se manlendran a pesardel Iranscurso del liempo, y que por tanto el Iranscursodel plazo de dos arios conseculivos solo incremenlara losefeclos negativos de la ruplura del equilibrio economicofinanciero.

En esle caso, a efeclos de iniciar el procedimienlo dereslablecimienlo del equilibrio economico financiero, laEPS debera adjunlar a su solicilud el informe lecnico deun consullor con experiencia en regulacion en el seelorsaneamienlo.

III. MECANISMOS DE RESTABLECIMIENTO

Mecanismos de restablecimientoEn caso de que se verifique la ruplura del equilibrioeconomico financiero los mecanism os de reslablecim ienloson: 0 la modificacion de las formulas larifarias. Ii) lamodiflcacion de las melas de geslion, iii) olros denlro dela normaliva vigenle.

Continuidad del quinquenio tarifarioEI mecanisme de reslablecim ienlo del equilibrio economicofinanciero no inlerrumpe el quinquenio larifario en curso,el cual conlinuara hasla su culminacion. Concluido elquinquenio correspondienle se efecluara la respeelivarevision larifaria, para 10 cual se podra lomar en cuenlalas consecuencias del desequilibno economico financieroque afeclo a la EPS.

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1\1. PROCEDIMIENTO DE RESTABLECIMIENTO DELEQUILIBRIO ECONOMICO FINANCIERO

lnlclo del procedimiento de restablecimiento delequlllbrlo eeonemieo financieroEI procedimienlo de reslablecimienlo del equilibrioeconornlco financiero puede ser iniciado por la proplaEPS 0 por la Superinlendencia.La Superinlendencia, a traves de la Gerencia deRegulacion Tarifaria, notltlcara a la EPS sobre el inicio delprocedimienlo dereslablecim ienlo delEquilibrio EconomicoFinanciero, invocando la causal correspondienle con larespective fundamentaclon.

PlazosLos plazos se entenderan como maxlmos, salvodisposlclon expresa en conlrario.La Supelinlendencia, de oficio 0 a pedido de parte, podraprorrogar los plazos establecldos, hasta por un maximodel doble del plazo previslo.

Requisites de la soflcitudLa EPS que considers que Ie es apllcable una de lascausales establscldas en estes Iineamienlos, podrasollcltar a la Superinlendencia una revision exira ordinariade sus formulas terltarlas anles dsl termlno de su vigenciaqulnquenal,La solicilud debe ser dirigida a la Gerencia de RegulacionTarifaria, cumpliendo los siguienles rsqulsltos:

a) Adjunlar el acuerdo adoptado por elorqano compelenlesolicilando el reslablecimienlo del equilibrio sconcmlcofinanciero. En el caso de una EPS constltulda comosocledad anonlma la aprobacion sera por el Direcloriode la EPS, en el caso de una EPS consliluida comosociedad comercial de responsabilidad limilada laaprobacion sera por la Junia General de Socios de laEPS.

b) La solicilud debera conlener de manera concrela:

i) La descripcion de la causa invocada denlro de laseslablecidas en sublilulo "Causas de la rupturadel Equilibrio Economico Financiero".

Ii) La delerminacion de lavariacion de los paramelroseslablecidos en el sublilulo "Parametros quepueden habilitar a una EPS para solicitar laaplicacion del restablecimiento del EquilibrioEconomico Financiero", que habililan el iniciodel procedimienlo de reslablecimienlo delequilibrio economico financiero.

iii) La magnilud del desequilibrio economicofinanciero.

Iv) EI mecanisme de reslablecimienlo propueslo.v) EI proyeelo de esludio larifario suslenlando 10

anlerior.

c) La solicRud debera eslar foliada y conlar en cada unade sus paginas con la firma y sello del represenlanlelegal de la EPS, acredilado en el oficio 0 carta deenvio.

d) Hoja de calculo en la cual se ha delerminado laexislencia de un supueslo desequilibrio economicofinanciero, desarrollada bajo la melodologia deproyeccion y calculo del PMO definidas en el Tflulo 2 yel Anexo N° 2 del presenle Reglamenlo. I

e) Informe lecnico que indique y fundamenle lavariacion de los paramelros descrilos en el sublilulo"Parametros que pueden habilitar a una EPS parasolicitar la aplicacion del restablecimiento delEquilibrio Economico Financiero" y la magnilud deldesequilibrio.

f) En caso de solicilar el inicio del procedimienloanles de los dos arios previslos en los presenleslineamienlos, se debera adjunlar el informe lecnicode un consullor con experiencia en regulacion en elseelor saneamienlo.

g) Los documenlos deberan ser presenlados porduplicado en formate impreso y en medio magnelico.

AdmisibilidadLa Gerencia de Re!;julacion Tarifaria dispondra de unplazo de diez (10) habiles para emilir la Resolucion de

Admisibilidad. Esla Gerencia declare inadmisible lasolicilud cuando la mlsma no cumple con los requisiloseslablecidos en el sublilulo precedenle. En esle supuesto,la Gerencia de Regulacion Tarifarla requerlra a la EPS quesubsane la omlslon 0 defeclo en un plazo no mayor decinco dlas hablles,

EI plazo de admisibilidad se suspende en tanto la EPSpresenle la informacion correspondienle.

En caso de incumplimienlo, se devuelve la solicilud yse liene por no prssentada, dandoss por concluido elprocedimlento admlnlstratlvo.

ProcedenciaLa Gerencia de Regulacion Tarifaria deelararaimprocedenle la solicilud cuando se concluya que esta eslnexacta, imprecisa 0 incomplela. Su resoluclon expresaralos fundamenlos de la decision, dando por concluldo elprocedimienlo admlnlstratlvo.

Evaluacion de la sotlcltud e implementacion delmecanisme de restablecimientoAdmilida la solicilud, la Gerencia de Regulacion Tarifarialiene un plazo de Ireinla (30) dlas hablles para emilir suinforme respeclo a si exlste 0 no ruptura del equilibrioeconomlco financiero y, de ser el caso, debe delerminarsu magnilud y realizer una propuesta de reslablecimienlo,para 10 cual podra sollcltar a la EPS mayor informacion,concsdlendole un plazo de cinco dlas hablles para suenlrega.

EI plazo de evauaclon se suspende en tanto la EPSpresenle la informacion correspondienle.

En caso el Consejo Directivo de SUNASS apruebe elInforme, se emilira la Resolucion de Consejo Direclivode la SUNASS aprobando la acredilacion de la rupluradel equilibrio economico financiero, su magnilud y lapropuesla de reslablecimienlo.

Si el mecanisme de reslablecimienlo involucra cambios enel Plan Maeslro Oplimizado 0 en las Melas de Geslion queno impliquen una modificacion de la formula larifaria, elInforme de la Gerencia de Regulacion Tarifaria conlendrauna propuesla de los cambios al Plan Maeslro Oplimizadoy a las Melas de Geslion.

Si el mecanisme de reslablecimienlo involucra lamodificacion de la formula larifaria, el Informe de laGerencia de Regulacion Tarifaria conlendra el EsludioTarifario correspondienle, para luego procederse conformeal Capilulo 5. del Tilulo 3. del presenle Reglamenlo sobreel procedimienlo de aprobacion de modificacion de laseslrucluras larifalias aplicables a las EPS

Procedimiento de restablecimiento del EquilibrioEconomico Financiero por iniciativa de laSuperintendenciaNolificada la EPS, la Gerencia de Regulacion Tarifarialiene un plazo de cuarenla dias habiles para emilir suinforme, el cual debera delerminar si exisle 0 no rupluradel equilibrio economico financiero, su magnRudy realizaruna propuesla de reslablecimienlo, para 10 cual podrasolicilar a la EPS mayor informacion, concediendole unplazo de cinco dias habiles para su enlrega.

EI plazo de GRT se suspendera en lanlo la EPS presenlala Informacion correspondienle.

En caso el Consejo Directivo de SUNASS apruebe elInforme, se emilira la Resolucion de Consejo Direclivode la SUNASS aprobando la acredilacion de la rupluradel equilibrio economico financiero, su magnilud y lapropuesla de reslablecimienlo.

Si el mecanisme de reslablecimienlo involucra cambios enel Plan Maeslro Oplimizado 0 en las melas de geslion queno impliquen una modificacion de la formula larifaria, elInforme de la Gerencia de Regulacion larifaria conlendrauna propuesla de los cambios al Plan Maeslro Oplimizadoy a las Melas de Geslion.

Si el mecanisme de reslablecimienlo involucra lamodificacion de la formula larifaria, el Informe de laGerencia de Regulacion Tarifaria conlendra el EsludioTarifario correspondienle, para luego procederse conformeal Capilulo 5. del Tilulo 3. del presenle Reglamenlo sobreel procedimienlo de aprobacion de modificacion de laseslrucluras larifalias aplicables a las EPS.

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Anexo N°5Parametros del coste promedio ponderado de capital

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Ofilrl:ithd!<l!f'ro~u_2ti;liM

VARIABLE INDICADDR MElDDD FUENTETasa Ubrede Riesgo Rendi mientode losBonos del Tes oro Prom edi0 atitm etic0 delos Bonos a 10 arias Federal PBS erve

Americana delosultim os doce mesesPoma nor Aesuo del Mercado (1' Meto dolooia de Dam odaran 657% Dam 0 daran / ReutersPnma par AesgoPais EMBI +Peru Prom edi0 atitm etic0 mensuel delos u~imosveinti cuatro a Banco Central de

cuarenta v ocho meses 12~ Re serva del PeruBetadelSector Betasdel sector en atrospalses 0/2 (3' Emerienc is Irrternac lonslCosta deladeudade Mere ado Costo Financi erade Mere ado Sumar la Tasa Ubrede pjesgo, la Prima par Federal Res etve,Reuters

PjesaoPars \ Ia Prim a (lor Pjes uodelsectorPnma de Riesoo delSector (4) 146%

Apalanc amiento Deuda Total / Palomonio Neto 60/60 m Emerienc ia Internac ionalIntiscionIfdevaluac ion IntiscionIfdevaluac ion Deacuerda 81 Marc 0 Macroec on6m ic0 Mu[ianusl Ministeti 0 de Econom fa If Finanz asTasa Etectiva de Impuesto Tasas \ligerrtes deacuerdo 81 marco tributatioy Calculo deI impuestoetecti"" fbrmas Legales

Ieois lacionperusna laboral

La SUf',JAS S podra evaIuar los porcentajes indicados, en el presente anexo, cuando asi loco nsidere necesa rio

(1) La Prirna por Riesgo deI Mercado E s E stabIecida por la SUI',ASS Y se define corno la rnedia aritrnetica de la diferen cia del rendirnientodel indice S&P 500 Y el bono del tesoro a 10 aries en el periodo de 1928 a 2006.

(2) EI Solicitante debEra defini rei peri 0 do de tiernpo para deterrninar el valor de Ia Prirna por Riesgo Pais.(3) Establecido por SU~I/I.sS

(4) La Prirna por Riesgo del Sector es establecida por la SU~I/I.sS y se define corno la diferencia entre el rendirniento de los bonoscorporativo s de ernpresas de servicios pubIicos a 10 arios clasificad 0 sen grad 0 de inversion y el rendirniento del os bonos deI tesorode EEUU en el rnisrno plazo

Anexo N°liFlujograma del procedimiento de aprobaclen FT,ET, Y MG a soflcltud de la EPS

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Anexo N° 7

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Flujograma del procedimiento de aprobaclen de FT, ET Y MG en procesos de promocionde la inversion prlvada

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Anexo N°S

Flujograma del procedimiento de aprobaclen de la FormJla Tarifaria, Estructuras Tarifarias yMetas de Gestion de las EPS en Procedimiento de Oficio

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Anexo N° 9

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Flujograma del Procedimiento para la Aprobaclen de Modificacion de lasEstructuras Tarifarias a Solicitud de la EPS

Anexo N°10

Consideraciones para la Formulacion del Estudio Tecnico

I. CONSIDERACIONES GENERALES

A. Sobre los Servicios coleterates

Los Servicios Colalerales son servlclos cuya prestaelon depende del requerimienlo circunslancial de los usuaries, paraviabilizar 0 conclulr la prsstaclon de los servicios de agua potable y alcanlarillado.

Eslaran sujelos a regulacion de preclos aquellos Servicios Colalerales aquellas preslaciones ocaslonalss direclamenlerelacionadas con los servicios de abaslecimienlo de agua potable, alcanlarillado y disposlclon sanilaria de excretes, quesolo pueden ser efecluadas por quienes preslan los servicios de saneamienlo, salvo que bajo su responsabilidad seanencargados a lerceros.

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B. Contenido de la sollcjtud de aprobaclen de loscostos maxlmos de las unldades de medida de lasactivldades que cornponen los Servicios celaterales

Las empresas prsstadoras de servicios de saneamientoque ofrezcan directamente a sus usuaries la prsstaclon delos Servicios Colaterales, deberan solicitar a la SUNASSla aprobaclon de los costos maxlmos de las unidades demedida de las actividades que componen los ServiciosColaterales, debiendo su solicitud ser presentada demanera slmultanea con el procedimiento de aprobaclonde la formula talifaria, estructuras tarifarias y metas degeslion, e incluir 10 siguiente:

a. Resumen Ejeculivo,b. Estudio Tecnlco, en el que se sustenten las actividades

componentes de los servicios colaterales, asl comosus costos: y,

c. Propuesla Tarifaria de los Servicios Colaterales, en laque se detalle los coslos maxlmos de las unidades demedida de las actividades que componen cada uno deeslos servicios.

II. LINEAMIENTOS PARA LA FORMULACION DE LAPROPUESTA DE ESTUDIO TECNICO

A. crltertos generales

a. La empresa prestadora dsbera definir lascaracterislicas y especificaciones tscnlcas de cadaServicio Colatera!.

b. La empresa prestadora dsbera identificar lasaclividades unitarias necesarias para producir cadaServicio Colatera!.

c. La empresa prestadora dsbera identificar los recursosy la cantidad necesaria de los mismos para laproducclon de cada aclividad unitaria.

d. La empresa prestadora reallzara las actividadesinvolucradas en la prsstaclon de los ServiciosColaterales considerando, en forma complementaria ala presente norma, los aspectos tscnlcos establecidosen el Reglamento de Metrados y Presupuestosaprobado con el DS N" 09-94-TC.

e. Los costos a considerar en el calculo deberen reflejarlos respectivos precios al por mayor valorados en elmercado.

B. crltertos espeeltleos

- Determinacion de las especificaciones tecnicas de cadaServicio Colateral

Las especificaciones tscnlcas establsceran lascaracterislicas minimas requelidas que se exigiran paraproducir cada Servicio Colateral, las que estaran sUJetasa la fiscalizacion de la SUNASS.

Las especificaciones tecnicas deberan considerar lossiguientes aspectos:

a. Descripcion del Servicio Colalera!.b. Descripcion de obras fisicas.c. Especificacion de los materiales requeridos.d. Especificacion de la mane de obra requerida.e. Descripcion de requerimientos de maquinaria y

equipos.

Las especificaciones tecnicas deberan anexarse a loscuadros de determinacion de las unidades de medida delas actividades relacionadas con la produccion de cadaServicio Colatera!.

- Determinacion de los costos de las actividades unRariasrelacionadas con la produccion de cada ServicioColateral

Las unidades de medida de las actividades relacionadascon la produccion de los Servicios Colaterales deberanconsiderar el conjunlo de etapas y acciones (secuenciales

o slmultaneas) que deberan realizarse para producirlos enforma eficiente y respetando las especificaciones tscnlcasque, como minimo, se requieran.

Dsbera tenerse en cuenta que la caracteristicaparticular de estas actividades es que podran serapllcadas de manera modular en la producclon de unServicio Colateral (p.e. la excavaclon de una zanja enterreno normal).

Sera recomendable presentar el dlserio de lasactividades relacionadas con la producclon de losServicios Colaterales ulilizando un diagram a que ilustrelas actividades unitarias, su unidad de medida y susecuencia de apllcaclon para la producclon de cadaServicio, Colatera!.

Asimismo, los costos generados en cada actividaddeberan distribuirse considerando los siguientesrubros:

COSTO DIRECTO DE LAACTIVIDAD UNITARIA

Codigo Indice Unidad Cantidad Costo CostoRubros Inicial Unitario o irecto

A (B C B.CCostos 0 irectos:• Materia les• Mana de obre• Maquinaria, equipos

V Herrarn ientasTotal Costo 0 irecto de la activ tdad unltarta

Debsra tenerse presente que el costeo de las unidades demedida de las aclividades corrsspondera a la producelonde un Servicio Colaleral que reuna las caracterlstlcasdetalladas en las especificaciones tscnlcas.

En cuanlo al coste por el usc de las maqulnas, equipos yherramientas, se conslderara el valor de alquiler vigenteen el mercado, en proporclon al tiempo requerido porcada unload de medida.

- Determinacion de los coslos de los ServiciosColaterales

Los coslos de los Servicios Colaterales seren estimadospor las empresas prestadoras sobre la base de laagregacion de los Costos Direclos del conjunto de lasunidades de medida de las aclividades que se requieranpara produclrlos, segun el detalle y los metradospartlculares que estes presenten.

Para esto se nscesltara determinar los costos unltariosde los materiales requeridos, las remuneraciones de lamane de obra, el alquiler de maquinas, herramientas yequipos (como valor referencial en el mercado) y losGastos Generales.

Para determinar los precios de los Servicios Colaterales,las empresas prestadoras deberan tomar en cuenta lossiguientes cliterios:

a) Para los Costos Directos:

Mateliales: Se refieren a los precios de los insumos queparticipan directamente en la produccion del ServicioColateral y que se ofertan en la localidad 0 ambito deadministracion de la empresa prestadora.

Mano de Obra: Se refieren al salario, que por todo conceptose abona altrabajador (de acuerdo a su calificacion) querealiza actividades directamenle relacionadas con laproduccion del Servicio Colatera!. En el caso que seala empresa prestadora quien haga usc de sus propiostrabajadores, debera considerar las remuneracionescorrespondientes, incluyendo las aportaciones maximasy los beneficios sociales; mientras que en el caso de untercero, el costo reconocido por la SUNASS se referira ala remuneracion de la mane de obra de construccion civil,que se paga en la localidad que administre la empresaprestadora.

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Maquinaria y Equipo: Los costos unilarios corresponderanal valor de la dspreclaclon de la maqulnarla, equipo 0herramlentas, lomando en cuenta su valor de adquislclon,la vida utll y eltiempo en que partlclpan en cada actlvldadque forma parte de los costos direclos. EI valor de esleconcepto nunca dsbera exceder al precio que habrlaque pagar si se alqullaran para realizer las mlsmasaclividades.

b) En los Gaslos Generales y la Ulilidad

Los Gaslos Generales corrssponderan a los gaslos porconcepto de la tramtaclcn y admlnlstraclon del ServicioColaleral. La Ulilidad corrsspondera a la remuneraclonpor el usa de los actlvos de cepltal (maquinarla, equipo yherramlentas) que partlclpan en la prestaclon del ServicioColaleral. Esle rubro se dstermlnara como un porcenlajede los Costos Direclos cuyo valor maximo no podraexceder del 15%.

- Calculo del Precio del Servicio Colaleral

Para delerminar el precio de un Servicio Colaleral secomenzera por calcular los Coslos Direclos del conjunlode unidades de medida que se idenlifiquen, de acuerdocon los mstrados que correspondan a la producclon delrespective servicio.

Una vez que se han agregado los costos Direclos de lasunidades de medida, se anadiran los Gaslos Generalesy la Ulilidad. La suma de ambos rubros dstermlnara elprecio del servicio (sin considerar el IGV). Asimismo, elvalor resutante sera el precio maximo que podra cobrar laempresa prsstadora a sus usuarios. Esle procedimienlose resume en el siguienle cuadro:

COSTO DIRECTO DE LAACTIVIDAD UNITARIA

Rubros Unid. Cant. Costo undario Cosionor octillidad Total

1)Costo5 0iredo 5

• Actividad unj aria 1.()• Actividad untsrta "n"

2 eastos Generales v Utilidad I'm.lximo 15%de los Costos Directos

Preci0 del SelVicioColateral sin IGV 1+2

C. Ejemplo de detsrmlnaclon del precio de un ServicioColaleral

Nola importanle: dsbera lenerse presenle que el siguienleejemplo liene Ian solo un caractsr dldactico ':/no prelendeeslablecer que los costos que aqul se Indican seannecesariamenle reales. Por 10 mismo el precio resultanteen el ejemplo no sera, en nlnqun caso, de apllcaclon real.

1. Servicio Colaleral:

lnstalaclon de conexlon domiciliaria de agua polable (para5 melros de longilud).

2. Dislribucion de aclividades

a. Rolura de pavimenlo.b. Excavacion y refine de zanja.c. Tendido de luberia de y,".d. Inslalacion de caja de medidor 'I empalme a la red.e. Relleno y compaclacion de zanJa.f. Reposicion de pavimenlo.g. Reparacion de vereda.

3. Cuadra de Coslos

ROTURA DE PAVIMENTOPara un metrode longitud x 0.60 m ancho

Unidad Cantidad por Costo Costo de laRubros actiIIidad Undario Actillidad

(A) (B) (C) (Bxq• Mano de obra

- Capataz H-H 0.10 9.43 0.94- Pe6n H-H 2m 6.87 13.74

• Usode equipos- Cortadora depavimento H-M 0.20 1000 2.00

Cost0 dela activid ad undaria 16.68

EXCAVACION Y REFINE DE ZANJAParaun metro de longitud x1.20m profundidad x 0.60 m ancho

Terreno: nonnalRendimiento: 4 m31hld

Unidad Cantidad por Costo Costo de laRubros actiIIidad Undario Act iIIidad

IAI IBI IC) IB X C)• Mano de obra

- Capataz H-H 0.15 9.43 1.41- Peon H-H 1.44 6.87 9.89

• Uso deherramientas- Larmas H-M 0.20 0.50 0.10

Costo dela activi dad undalia 11.40

TENDIDO DE TUBERjA DE 'h" x mI

Unidad Cantidad por Costo Costo de laRubros actillidad Undalio Act iIIidad

IJll IBI IC) IB X C)• Materiales

- Tuber;a PVC y," MI 1.10 1.60 1.76- Tubolorro MI 1.10 3m 3.30

• Mano de obra- Capataz H-H 002 9.43 0.19- Operario H-H 0.20 8.57 1.71

• Uso deherramientas- Uavestilson H-M 0.20 0.25 0.05- Hola de sierra H-M 0.20 0.20 0.04

Costo dela activid ad unitaria 7D5

INSTALACION DE CAJADEMEDIDOR YEMPALME A LA RED

Unidad Cantidad por Costo Costo de laRubros activldad Unitario Act iIIidad

(A) (B) (q ra s o• Materiales

- Yawula depaso Und 2.00 1000 20.00- Transici6n PVC Und 1.00 0.70 0.70- Yawula Corporation y," Und 1.00 5.53 5.53- Abrazadera PVC4" x y," Und 1.00 5.00 5.00- Nipler/medidor y," Und 1.00 1.55 1.55- NiplePVCSTD y," Und 2.00 0.53 1.06- CodoPVC 900 x y," Und 2.00 060 1.20- CurvaPVCy," Und 1.00 083 083- Unionpresionrosca Y:;:" Und 2.00 0.43 0.86- Cintatefl6n Und 2.00 060 1.20- Pegamento Gin 0.04 35.00 1.40- Empaquetadura y," Und 2.00 0.30 060

• Mano de obra- Capataz H-H 0.30 9.43 283- Operario H-H 3.00 8.57 25.71- Pe6n H-H 1.00 6.87 6.87

• Uso deherramientas- Kit herramientas de H-M 3.00 0.45 135

qasf'eriaCosto dela activid ad unitaria 76.69

RELLENO Y COMPACTACION DE ZANJAParaun metro de longitud x1.20m profundidad x 0.60 m ancho

Rendimiento: 8 m31h1d

Unidad Cantidad por Costo Costo de laRubros actividad Unitario ActMdad

(A) (B) (C) (B xC)• Materiales

- ArenaGruesa M' 0.03 8.50 0.25• Manade obra

- Capataz H-H 0.07 9.43 0.66- Peon H-H 072 6.87 4.95

• Usodeherramientas ymaq.- Lampas H-M 0.40 0.50 0.20- Placa Compactadora H-M 0.20 8.00 1.60

Costo dela actM dad unitaria 7.66

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Lima, lunes 5 de febrero de 2007 NORMAS LEGALES pag.JJ91OJ

REPOSICION DE PAVIMENTOPara un metrode longitud x 0.60 m ancho

e =0.15 MRendimiento: 10 blslm"

Unidad Cantidad por Cosio Cosio de laRubms actividad Unitario Actividad

A B C• Materiales

- ArenaGruesa M' 0.05 6.50 0.33- Piedra Chaneada Ii" M' 0.09 9.52 0.86- Cementa portland Bol 1.50 1800 2700

• Manade obra- Capataz H-H 040 943 3.77- 0 perario H-H 0.50 8.57 4.29- Pe6n H-H 0.25 6.87 1.72

• Usadeherramientas y rnaq.- Meze ladora H-M 0.50 2000 1000

Cosio del a actividad unitarla 47.97

REPOSICION DE VEREDAPara un metrode longitud x 0.60 m ancho

e =0.15 MRendimiento: 10 blslm"

Unidad Cantid ad por Cosio Cosio de laRubros activldad llnitarln Actividad

(A) (B) (C) (B xC)

• Materiales- ArenaGruesa M' 0.05 6.50 0.33- ArenaFina M' 0.01 8.30 0.08- Piedra Chaneada Ii" M' 0.09 9.52 0.86- Cementa portland Bol 0.90 18.00 16.20

• Manade obra- Capataz H-H 0.40 943 3.77- 0 perario H-H 0.50 8.57 4.29- Pe6n H-H 0.25 6.87 1.72

• Usade herramientas y rnaq.- Meze ladora H-M 0.50 2000 1000

CosI 0 de la actlvld ad unitarla 37.25

PRESUPUESTOConexlcn Domlclllaria

IInidad Cantidad por Cosio Costo de laRubros actiuidad IInnario Actioidad

A B C BxC1)Costos Directos m.19

- Rotura dePavim ento MI 5.00 16.68 83.40- Etea va ci6n yrefine dezanja MI 5.00 11.40 57.00- Tendido detuberi ade y," MI 5.00 7.05 35.25- Insfal aci6n cajademedi dory

empalme a red Und 1.00 76.69 76.69- Relleno ycompactaci6n dezanja MI 5.00 7.66 38.30- Reposi ci6n depavim ento MI 5.00 47.97 239.85- Reoosi ci6n deva reda MI 1.20 37.25 44.70

2 Gas! osGen Efal esv Uti Iidad ma~ mo 15% delosCosfo s 0ireet os ~1.~2

Precio del SeruicioColaleralsin IGII 1+2 632.11

REGLAMENTO GENERAL DE TARIFASExposicion de Motivos

Contenido

I. INTRODUCCION

II. DIAGNOSTICO

III. OBJETIVOS

IV. SOLUCION PROPUESTA

V. CONSIDERACIONES LEGALES

VI. IMPACTO ESPERADO

REGLAMENTO GENERAL DE TARIFAS

I. INTRODUCCION

La Supelinlendencia Nacional de Servicios deSaneamienlo - SUNASS, liene la funcion de normar,regular, supervisar y fiscalizar, denlro del ambilo desu compelencia, la preslacion de los servicios de

saneamlento, cautslando de forma imparcial y objelivalos inlereses del Estado, de los lnvsrslonlstas y delusuarlo. Com0 parte de su funclon normativa, la SUNASSliene la potestad de dlctar de manera exclusive, denlrode su ambito de compelencia, reglamenlos, dlrectlvasy normas de caractsr general apllcables a lntsreses,obllqaclones 0 derschos de las EPS' 0 actlvldades bajosu ambito, 0 de sus usuarlos,

En la actualidad, la SUNASS cuenta con gran varledadde normas referidas a la regulacion larifaria, por 10 queel presenle documenlo liene el objelivo de presenter el"Reglamenlo General de Tarifas", el cual recoge, modificay complemenla la normative exislenle.

Cabe lndlcar que el presenle Reglamenlo recoge10 aprobado por Resolucion de Consejo DirectivoN° 062-2006-SUNASS-CD "Lineamienlos para elReslablecimienlo del Equilibrio Economico Financiero",incluyendo algunas prsclslones especialmenle sobrela base de los comenlarios recibidos en el periodo deconsulta publica del proyecto.

Finalmenle, el documenlo se refiere al impaclo espsradode la propuesta tanto para la SUNASS como para lasEPS.

II. ANTECEDENTES

De acuerdo con el articulo 3° de la Ley N° 27332 - LeyMarco de los Organismos Reguladores de la InversionPrivada en los Servicios Publlcos, y el artlculo 19° delDecrelo Supremo NO 017-2001-PCM - ReglamenloGeneral de la Superinlendencia Nacional de Serviciosde Saneamienlo, la SUNASS en ejercicio de su funclonnormaliva, puede dlctar reglamenlos, directives, normas ydlsposlclones de caractsr general referidos a la regulaciontarltaria y sus mecanlsmos de apjicaclcn.

Por ello, la SUNASS ha dlctado las siguienles normassobre regulacion taritarla:

1) Resolucion de Consejo Direclivo N° 028-2003­SUNASS-CD.- "Reglamenlo del procedimienlo paradelerminar los preclos de los Servicios Colaleralesque prestan las Empresas Prsstadoras de Serviciosde Saneamienlo".

2) Resolucion de Consejo Direclivo N° 029-2005­SUNASS-CD.- Que eutorlza a las empresasprestadoras de servicios de saneamlento que cuenlencon formula larifaria aprobada, a reajuslar sus taritaspor efeclo de la inflacion, cada vez que se acumuleuna variacion de 3% 0 mas en eIIPM.

3) Resolucion de Consejo Direclivo N° 033-2005­SUNASS-CD.- "Directiva sobre el Procedimienlode aprobacion de la Formula Talifaria, Eslrucluraslarifarias y Melas de Gestion en los Servicios deSaneamienlo" y la ''Direcliva para la Formulacion delos Planes Maeslros Oplimizados".

4) Resolucion de Consejo Direclivo N° 047-2005­SUNASS-CD.- "Lineamienlos para el Reordenamienlode las Eslrucluras Tarifarias"

5) Resolucion del Consejo Direclivo NO 062-2006­SUNASS-CD.- "Lineamienlos para el Reslablecim ienlodel Equilibrio Economico Financiero"

Decreto Supremo N' 023-2005-\/1\/1 ENDA, Texto Unico Ordenado delReglamento de la Ley General de Semicios de Saneamiento. Articulo 4'.­Detiniciones. En la aplicacion de la Ley Genera lye I presente reglamentoentiendase por 10) Enlidad Presladora de Servicios La EPS publica,municipal, privada 0 mixtaconstituid a con el exclusiv 0 propos ITO de brindarseruicios de saneamiento

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pag.JJ9104 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de febrero de 2007

A efectos de la smplltlcaclon del marco normativeemilido por la SUNASS, y su complemsntaclon se hadelerminado que las referidas normas se encuenlraneslrechamenle relaclonadas, puss se refieren a loslineamienlos metodolcqlcos, los procedimienlos y loscrilerios que deben adopter las Empresas Prestadorasde Servicios de Saneamienlo (EPS) para la formulaclondel Plan Maeslro Oplimizado, la aprobaclon de su formulalarifaria, estructuras tarltarlas y metas de geslion, ladetermlnaclon de los precios de los servicios coleteralss,asl como alcanzar estructuras larifarias que promuevan laeficiencia sconomlca y suficiencia financiera de la EPS,a la vez que conlribuyan al logro de los prlnclplos de laregulacion larifaria.

En consecuencla, las normas anleriormenle serialadasseran unificadas y armonlzadas de acusrdo al marconormative actuel del sector saneamienlo.

Asimismo, recoqera 10 dlspuesto por la Ley NO 28870 quemodifica la Ley General de Servicios de Saneamienlo ­Ley N° 26338, que preclsa que el proyeclo de las formulaslarifarias sera puesto en conocimienlo de las EPS, quienesbasandoss en sus proplos sstudlos emltlran opinion enun plazo maximo de lreinla (30) dlas nalurales. Por tanto,es necesario adecuar el procedimienlo de aprobaclonde formulas larifaria, estructuras larifarias y metas degeslion.

Por oIro lade, se ha vista convenienle complemenlarel Reglamenlo del procedimienlo para Delerminar losprecios de los Servicios Colalerales que prestan las EPS"aprobado por Resolucion de Consejo Direclivo aprobadopor RCD N° 028-2003-SUNASS-CD en diversos aspeclosrelativos al conlenido de la solicilud, la aprobacion de loscoslos un~arios por unidad de medida, la melodologia paradelerminacion de los precios a cobrar a los usuarios, y elajusle por inflacion, asi como concordar el procedimienlode aprobacion establecido en la mencionada norma conel procedimienlo para la aprobacion de las formulaslarifarias, eslrucluras larifarias y melas de geslion.

III. SITUACION ACTUAL.-

3.1. En la actualidad, la normaliva vigenle sobreregulacion larifaria donde se describen los lineamienlosmelodologicos, los procedimienlos y los crilerios quedeben adoplar las EPS para la formulacion del PlanMaeslro Oplimizado, para la aprobacion de las formulaslarifarias, eslrucluras larifarias y melas de gestion, asicomo para la delerminacion de los precios de los servicioscolalerales, se encuenlran en diversos inslrumenlosnormalivos emilidos por la SUNASS, siendo convenienlesu consolidacion a fin de lener un inslrumenlo normativemas facil de comprender por los inleresados.

Las normas sobre regulacion larifaria emilidas por laSUNASS son las siguienles:

o Resolucion de Consejo Directive N° 028-2003­SUNASS-CD.- Que aprueba el "Reglamenlo delProcedimienlo para delerminar los Precios de losServicios Colaterales que prestan las EmpresasPresladoras de Servicios de Saneamienlo" liene porobjelivo eslablecer la melodologia, los crilerios y elprocedimienlo que seguiran las empresas prestadorasde servicios de saneamienlo para delerminar losprecios de los servicios colalerales que preslan asus usuarios, en alencion a 10 eslablecido en la LeyGeneral de Servicios de Saneamienlo.

o Resolucion de Consejo Directive N° 029-2005­SUNASS-CD.- Que auloriza a las EmpresasPresladoras de Servicios de Saneamienlo quecuenlan con formulas larifarias aprobadas, a reajuslarsus larifas por efeclo de la inflacion cada vez que seacumule una variacion del3% 0 mas en eIIPM, con lafinalidad de garanlizar el cumplimienlo de 10 dispueslopor la Ley General de Servicios de Saneamienlo.

o Resolucion de Consejo Directive N° 033-2005­SUNASS-CD.- Que aprueba la "Direcliva para laFormulacion de los Planes Maeslros Oplimizados",con el objelivo de eslablecer los lineamienlosmelodologicos para la formulacion del Plan Maeslro

Oplimizado, a efeclos de suslenlar las propuestas deformulas taritarlas, estructuras tarltarlas y metas degestion.

Asimismo, dicha RCD aprobo la "Directiva sobre elProcedimienlo de aprobaclon de Formulas Tarifarias,Eslrucluras Tarifarias y Melas de Geslion", con lafinalidad de eslablecer el procedimienlo de aprobaclonde formulas larifarias, estructuras tarltarlas y metas degestion en los servicios de saneamienlo.

o Resolucion de Consejo Directivo N° 047-2005­SUNASS-CD.- Que aprobo los 'lineamienlos parael Reordenamienlo de las Eslructuras Tarlfarlas"con el objelivo de alcanzar sstrucfuras larifarias quepromuevan la eficiencia economlca y suficienciafinanciera de las EPS y que al mismo tiempo,conlribuyan al logro de los prlnclplos de equidad,transparsncla y slmpllcldad, principles de la regulacionlarifaria.

o Resolucion de Consejo Directivo N° 062-2006­SUNASS-CD.- Que aprobo los "Lineamienlossobre el Reslablecimienlo del Equilibrio EconomicoFinanciero", con el objelivo de eslablecer los prlnclplosy crilerios para la apllcaclon del procedimienlo derestableclmlento del equilibrio economlco financierode las EPS.

3.2. Segun 10 dlspuesto en la Ley NO 28870 que modificala Ley General de Servicios de Saneamienlo - LeyN° 26338, el proyeclo de las formulas larifarias sera puestoen conocimienlo de las EPS, quienes basandose en suspropios esludios emitirim opinion en un plazo maximo deIreinla (30) dias naturales. Por ello, se ha visto convenienlesimplificar el procedimienlo eslablecido en la Resolucionde Consejo Direclivo NO 033..2005-SUNASS-CD Yrecoger10 dispueslo por la Ley NO 28870 mencionada.

3.3. De la revision del "Reglamenlo del Procedimienlopara delerminar los precios de los Servicios Colaleralesque prestan las EPS" aprobado por RCD N° 028-2003­SUNASS-CD, se considero convenienle adecuar elprocedimienlo eslablecido en la mencionada norma conel actual procedimienlo para la aprobacion de las formulaslarifarias, estrucluras larifarias y melas de gestion.Asimismo, se precisan aspeclos adicionales referidos alIramile para dicha delerminacion.

3.4. No exisle normaliva melodolo~ica precisa dondese describa el procedimienlo a segUir para efecluar losreajusles de precios de los servicios colalerales por efeclode la inflacion.

IV. OBJETIVOS

EI objelivo de la presenle propuesla es recoger de maneraordenada y uniforme lodas las disposiciones relalivasa la funcion reguladora de larifas, los lineamienlosmelodologicos, los procedimienlos y los crilerios queellos deben adoplar para la formulacion del Plan MaeslroOplimizado, para la aprobacion de sus formulas larifas,eslrucluras larifarias y melas de geslion y para ladelerminacion de los precios de los servicios colalerales,asi como el procedimienlo para efecluar los reajusles delarifas y precios por efecto de la inflacion.

V. SOLUCION PROPUESTA

5.1. APROBAR UNA NORMA DE CARACTER GENERAL OUERECOJA DE MANERA ORDENADA Y UNIFORME, LAS DISPOSICIONESQUE ESTABLECE LA SUNASS RESPECTO DE LA REGULACIONTARIFARIA.

La solucion propuesla, tal como se ha senaladoanleriormenle, consisle en aprobar una norma de caraclergeneral denominada "Reglamenlo General de RegulacionTarifaria" que establezca las reglas, procedimienlo,crilerios que deben adoplar las EPS para la formulaciondel Plan Maeslro Oplimizado, para la aprobacion de susformulas larifas, eslrucluras larifarias y melas de gestion,para la delerminacion de los precios de los servicioscolaterales, asi como el procedimienlo para efecluar losreajusles de larifas y precios por efeclo de la inflacion, y

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dejar sin efeclo las Resoluciones de Consejo DireclivoN° 028-2003-SUNASS-CD, N° 029-2005-SUNASS-CD,N° 033-2005-SUNASS-CD, N° 047-2005-SUNASS-CD YN° 062-2006-SUNASS-CD.

A fin de cornpllar las dlsposlclones dlversas en eslereglamenlo se propene la siguienle estructura:

o Aspectos Generales de la Regulacion Taritaria

o Melodologia para la Formulaclon del Plan MaeslroOplimizado

o Procedimienlo para la Aprobaclon de la FormulaTarifaria,Eslrucluras Tarlfarlasy Melas de Gestion.Aqui se incluye las disposiciones referenles alproyeclo de rssoluclon que modifica la "Direclivasobre el Procedimienlo de Aprobaclon de laFormula Taritarta, Eslrucluras Tarlfartas y Melasde Geslion en los Servicios de Saneamienlo",aprobado por Resolucion de Consejo Direclivo N°041-2006-SUNASS-CD.

o Procedimienlo para la Determlnaclon de losPrecios de los Servicios Colalerales

o Aspectos Complemenlarios de la RegulacionTarifaria

o Anexos

5.2 HORIZONTE DEL PMO

Se ha considerado equlparar a Ireinla (30) erios elhorizonts del PMO formulado a solicilud de parte y elPMO formulado de oficio, con la salvedad, que el PMOde oficio podra lener un horizonle dislinlo, de acuerdo aladisponibilidad de informacion u otras consideraciones quese delerminen.

5.3. ADECUACION DEL PROCEDIMIENTO DE APROBACION DE LASFORMULAS TARIFARIAS, ESTRUCTURAS TARIFARIAS y METASDE GESTION EN LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

EI Reglamenlo propueslo recoge 10 eslablecido en la LeyN° 28870 que modifica la Ley General de Servicios deSaneamienlo, la cual dispone que el Solicilanle conlaracon Ireinla (30) dias nalurales, para que emilan opinionsobre el proyeclo publicado que aprueba las formulaslarifarias, eslrucluras larifarias y melas de geslion a seraplicados por la EPS.

Por lanlo, la propuesla se adecua a 10 dispueslo por laLey mencionada, idenlificando de forma ordenada laselapas del procedimienlo de aprobacion de las formulaslarifarias, eslrucluras lalifarias y melas de geslion de lasEPS, para su mejor enlendimienlo y alcance por parle delas EPS y los usuarios.

5.4. ADECUACION DEL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LOSPRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES EN LOS SERVICIOSDE SANEAMIENTO

En la aclualidad, el procedimienlo para la delerminacionde los precios de los servicios colalerales no concuerdacon el procedimienlo general que se sigue en caso de laaprobacion de las formulas larifarias, eslrucluras larifariasy melas de geslion.

Por ello, con la finalidad de simplificar y reducir los coslosde las EPS en la elaboracion de sus Propueslas Tarifarias,se ha vista convenienle adecuar el procedimienlo paradelerminar los precios de los servicios colalerales alprocedimienlo de aprobacion de formulas larifarias,eslrucluras larifarias y melas de gestion anleriormenlem~ncionado, y que los mismos sean presenlados en unmlsmo procedimlenlo.

Por olro lado, concienles que el procedimienlo para ladelerminacion de precios de los servicios colalerales escomplejo, se considero eslablecer una melodologia quesea de mas facil enlendimienlo para las EPS, con lafinalidad de hacer la aplicacion mas sencilla.

Por definicion, el precio de un bien 0 servicio es igual ala suma de los costos (costos direclos e indireclos) y elmargen de ulilidad. En el caso de los servicios colaterales,por la helerogeneidad de los mlsmos, es diffcil sstablecerun solo preclo, debido a que dependiendo de ladimension de la obra 0 ssrviclo, los costos pueden serconsiderablemenle dislinlos. Asi por ejemplo, el coste deuna lnstelaclon domiciliaria que se encuenlre a cinco (5)metros de la luberia sscundarla tendra un coste menor, siesta se enconlrara a echo (8) metros.

En esle senlido, a fin de poder regular los precios delos ssrvlclos colaterales, el Regulador debe aprobar loscostos de las actlvldadss que conforman los servicioscolaterales (a solicilud de la EPS y sustsntado enun Esludio Tscnlco), pero de acuerdo a una unidadde medida (concepto al que hemos denominadocoste maximo de las unidades de las actlvldades quecomponen los ssrvlclos colaterales) de forma que la EPSpueda delerminar el preclo, aun cuando las dimensionesdel servicio u obra sean variables.

Asimismo, la presenle norma propene precisar quelos precios regulados de los servicios colalerales sedelerminan a traves de los costos maxlmos de lasunidades de las actlvldadss que componen los servicioscolatsrales, considerando las dimensiones del servicio,a los cuales hay que ariadir como maximo un 15% queincluye los costos generales y un margen de ulilidad,manfeniendo el crilerio eslablecido en la ResolucionN° 028-2003-SUNASS-CD.

5.5. PARAMETROS DEL COSTO PROMEDIO PONDERADO DECAPITAL

EI presenle Reglamenlo, con el fin de simplificar elprocedimienlo de elaboraclon del PMO por parts lasEPS, se eslablece que el valor de la Prima por Riesgo deMercado es 6,57%.

Dicho valor numerico, es eslablecido por la SUNASS yse define como la media arilmelica de la diferencia delrendimienlo del Indice S&P 500 Y el bono del Tesoro a 10arios en el periodo 1928 a 2006. Melodolog ia eslablecidaen la Direcliva para la Formulacion de los Planes MaeslrosOplimizados, RCD N° 033-2005.SUNASS-CD.

Por ello, la SUNASS ha 10mado el ullimo valor delerminadoa diciembre de 2006, con la salvedad que dicho valor seraevaluado peliodicamenle por la SUNASS.

5.6. PLAZOS PARA EL PROCEDIMIENTO DE APROBACION DELA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA Y METAS DEGESTION

Tomando la experiencia de procedimienlos de aprobacionde laformula larifaria, eslruclura larifaria y melas de gestionanleriores, se amplian los plazos para la Evaluacion delEsludio Tarifario, la Audiencia Publica y la Elaboracion delEsludio Tarifario Final.

Cabe serialar que dicha ampliacion se da como resulladode la adicion de la aclividad de evaluacion de la PropueslaTarifaria de los Servicios Colalerales al procedimienlo deaprobacion de la formula lalifaria, eslruclura larifaria ymelas de gestion.

5.7. REGULAR EL PROCEDIMIENTO QUE EMPLEARAN LAS EPSQUE CUENTEN CON PRECIOS DE SERVICIOS COLATERALESAPROBADOS, PARA EFECTUAR LOS REAJUSTES DE LOS PRECIOSPOR EFECTO DE LA INFLACION, CADA VEZ QUE SE ACUMULE EL3% 0 MAs EN EL IPM

Aclualmenle, el reajuste de los precios de los servicioscolalerales por IPM no conlaba con una melodologiaclara, por 10 que en el presenle Reglamenlo se seriala 10siguienle:

EI plazo maximo para efecluar el reajusle aulomalicode precios por efeclos de la inflacion sera de cuarenla

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y cinco (45) dlas calendarlo posleriores al vencimienlodel mes en el que se acum ulo una va rlacl on de Ire spor cienlo (3%) 0 mas en eIIPM. Vencido dicho plazo,la empresa pierde el derecho de realizer el ajuste,lnlclandose un nuevo periodo de acumulaclon de lavarlaclon deiIPM.

Si una empresa apllca el rea/'usle autometlco de preciosen un porcenlaje inferior a a vanaclon acumulada delIPM, pierde el derecho sobre el porcenlaje no epllcado:compalibilizando con la melodologia aplicable a lasformulas taritarlas, estructuras taritarlas y metas degeslion.

5.8. REAJUSTE DE TARIFAS POR EFECTO DE LA INFLACION.-

Para efeclos de calcular la verlaclon dellPM, el Reglam entoconliene la siguienle formula:

o = (IPMI I IPMI-1) -1

Donde:

IPMI = Indice de Precios al por Mayor delperiodo presenle

IPMI-1 = Indice de Precios al por Mayor delperiodo anterior

Por tanto, el Reglamenlo autorlza a las empresasprestadoras de ssrvlclos de saneamlento que cuenlencon precios de servicios colaterales aprobados, areajuslar los precios por efeclo de la lntlaclon, cada vezque se acumuls una varlaclon de Ires por cienlo (3%) 0mas en ellndice de Precios al por Mayor (IPM) a nivelnaclonal que publica eIINEI, de acuerdo con la formulaanterior.

5.9. CALCULO DEL REAJUSTE AUTOMATICO.-

Se propene que el reajusle automatlco de precios porefeclos de la lntlaclon se calcule lomando como base elIPM considerado en el calculo del ultimo reajusle por esteconcepto al cual tuvo derecho la empresa prsstadora,independienlemenle de su ejercicio.

Para el primer reajusle aulomalico de precios seconsiderara la variacion acumulada del IPM desde elmomenta en que enlre en vigencia la norma.

5.10. PUBLICACION DE LOS REAJUSTES.-

Previamenle a su aplicacion, los reajusles de los preciosde los servicios colalerales, deberan ser publicados porla empresa presladora en el Diario Oficial EI Peruano,asegurando su adecuada difusion, dando cuenla de elloala SUNASS.

VI. CONSIDERACIONES LEGALES

6.1. FACULTAD DE LA SUNASS PARA EMITIR NORMAS.-

Segun 10 dispueslo por el art iculo 16° del Reglam eniDGeneral de la SUNASS - Decrelo Supremo N° 017­2001-PCM, la SUNASS ejerce las fiJnciones normaliva,reguladora, supervisora, fiscalizadora y sancionadoray de solucion de conlroversias y reclamos, sobre lasaclividades que involucran la preslacion de servicios desaneam ienlo.

6.2. PUBLICACION DEL PROYECTO.-

En apllcaclon del Principio de Transparencla recogidoen el articulo 5° del Re!;jlamenlo General de la SUNASS,toda decision de cualquisr organa de la SUNASS dsberaadoptarse de tal manera que los crilerios a utllzarsesean conocibles y predecibles por los adminislrados.Las decisiones de la SUNASS saran debidamenlemofivadas y las decisiones normativas y/o reguladorasseren prspubllcadas para recibir opiniones de losadmlnlstrados.

En ese mismo senlido, el articulo 23° del mismo cuerponormative, seriala que consliluye requisilo para laaprobaclon de los reglamenlos, direclivas, normas dealcence general y regulaciones que dicle la SUNASS,el que su respective proyeclo hayan side publlcadosen el Diario Oficial EI Peruano, con el fin de recibir loscornentarlos de los inleresados.

Por ello, el proyeclo y su respective Exposicion de Molivosfueron publlcados el 16 de noviembre de 2006 en elDiario Oficial EI Peruano, olorgando a los inleresados unplazo de quince (15) dlas calendario para presenter suscornentarlos por escrilo a la SUNASS. Dicho plazo venetoelide diciembre de 2006.

Las enlidades que remilieron sus comentarlos fueron lassiguienles:

Entidad Fee ha de entrega

Sedapal S A 10 de dicie mbre

Sedalib S A 10 de dicie mbre

EMPSSAPAL 7 de dici embre

EPS Tacna SA 12de dici embre

Sedapar S A 13de dici embre

Sedachl mbote S A 14de dici embre

Indecopi 19de dici embre

MileS 27de dici embre

Con respeclo a las opiniones recibidas fuera del plazoolorgado, si bien la SUNASS no esla obligada a lomarlasen cuenla, se considera convenienle hacerlo pues uno delos objelivos de publicar el proyeclo es precisamenle quelos inleresados conlribuyan a mejorarlo con sus aportes.

La malriz de los comenlarios recibidos y las respeclivasrespueslas de la SUNASS se encuenfra a disposiciondel publico en general en la pagina web inslilucional(www.sunass.gob.pe) .

VII. IMPACTO ESPERADO.

Se espera que la aplicacion del Re!;jlamenlo General deRegulacion Tarifaria propueslo, conlnbuya a: Q) mejorar lainformacion para las Empresas Presladoras de Serviciosde Saneamienlo, respeclo a las disposiciones sobreregulacion larifaria, (ii) facililar la busqueda y ulilizacion delos lexlos legales, (iii) ordenar el aclual marco normativesobre regulacion larifaria.

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