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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Pag 102 Pag 3 Autonomías y las que sean aprobada por el Ilustre Municipio asumidas mediante delegación y de Tulcán, en segundo debate el 31 otras que se le asigne a través del de julio del 2001. Sistema Nacional de Competencias. Para el efecto el señor Alcalde de conformidad con el Reglamento Art. 6.- Sus siglas para su sustitutivo de bienes del sector identificación y publicación en público; una vez cumplido el medios impresos y electrónicos plazo, establecerá la del Gobierno Autónomo correspondiente comisión técnica Descentralizado Municipal del para dar de baja todas las especies Cantón Tulcán, será GAD-MT. que se mantengan con la denominación de Gobierno Art. 7.- De la ejecución y Municipal de Tulcán. cumplimiento de la presente ordenanza, encárguese la DISPOSICIÓN FINAL.- La Secretaría General del Gobierno presente Ordenanza entrará en Autónomo Descentralizado vigencia a partir de la fecha de su Municipal de Tulcán. promulgación, de conformidad con lo que establece el Art. 324 del DISPOSICION GENERAL.- Código Orgánico de Organización En toda las Ordenanzas y Territorial, Autonomías y Reglamentos donde conste la Descentralización. denominación de Gobierno Municipal de Tulcán, se entenderá Dada en la Sala de Sesiones del como Gobierno Autónomo Gobierno Municipal de Tulcán, a Descentralizado Municipal de quince de Febrero del 2011. Tulcán, hasta que exista una posterior reforma. f.)Ing. Julio César Robles Guevara D I S P O S I C I O N ALCALDE TRANSITORIA.- Con la aprobación del Concejo del Gobierno Municipal de Tulcán y f.) Ab. Marlon Suárez Obando su respectiva promulgación, queda SECRETARIO GENERAL derogada la Ordenanza para definir la Denominación de Gobierno Municipal de Tulcán, SECRETARIA GENERAL DEL ORDENANZAS MUNICIPALES APROBADAS Y VIGENTES DESDE AÑO 2000 Año 2000 8 de febrero.- Ordenanza que establece la contribución especial de mejoras a los propietarios de los inmuebles urbanos del Cantón Tulcán. Año 2001 03 de Septiembre.- Ordenanza reformatoria que reglamenta el pago de viáticos, subsistencias, alimentación y transporte para los servidores públicos y trabajadores del GMT. 02 de Octubre .- Reglamento de manejo y custodia del archivo General que mantiene la Secretaría General del GMT. Año 2002 14 de Enero.- Ordenanza que regula el cobro de tasas por servicios técnicos y administrativos. 14 de enero.- Ordenanza de incorporación de la Parroquia de Julio Andrade a la implementación del Catastro predial Urbano de Tulcán. 20 de diciembre.- Ordenanza que reglamenta el funcionamiento interno del Concejo Municipal de Tulcán. Año 2003 14 de Julio.- Ordenanza la planificación de la Urbanización de los terrenos de propiedad Municipal. Año 2004 16 de Marzo.- Ordenanza de conformación y funcionamiento de Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia del Cantón Tulcán. Año 2005 11 de febrero.- Ordenanza que reglamenta el pago de las dietas de los señores concejales del GMT. 10 de Octubre.- Ordenanza que establece la contribución especial de mejoras a los propietarios de los inmuebles urbanos del Cantón Tulcán y sus parroquias. Año 2006 02 de marzo.- Ordenanza de creación de comité local municipal de coordinación para el desarrollo de actividades de prevención al uso indebido de drogas del Cantón Tulcán. 03 de abril.- Ordenanza con la cual se declara a la ciudad de Tulcán como zona rural fronteriza para efectos educativos, económicos y presupuestarios. 25 de mayo.- Ordenanza que reglamenta el uso, control, mantenimiento y administración de los vehículos y equipo caminero del GMT. 02 de julio.- Ordenanza que regula las actividades de los moradores e instituciones de la Parroquia de Julio Andrade. 10 de octubre.- Ordenanza de denominación del Cementerio Municipal de Tulcán, con el nombre José María Azael Franco Guerrero. 11 de diciembre.- Ordenanza delimitación urbana de las parroquias de Tufiño, Urbina, Chical, Santa Martha de Cuba, Carmelo, maldonado, Pioter, Julio Andrade del Cantón Tulcán. 28 de diciembre.- Ordenanza para el funcionamiento y administración del Cementerio Municipal de la ciudad de Tulcán. Año 2007 02 de abril.- Código de Desarrollo Humano. 19 de marzo.- Código de protección y desarrollo ambiental. 11 de junio.- Código de Ordenamiento Territorial - Reforma “Transporte Pesado”. 31 de julio.- Reglamento de concesión de anticipo de sueldo a los funcionarios, empleados y trabajadores del GMT. 10 de diciembre.- Reforma al Código de desarrollo Humano, al 24 de marzo de 2008 de los Derechos de Género de los sectores vulnerables, del Concejo cantonal de la Niñez y Adolescencia.

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 102 Pag 3

Autonomías y las que sean aprobada por el Ilustre Municipio asumidas mediante delegación y de Tulcán, en segundo debate el 31 otras que se le asigne a través del de julio del 2001.S i s t e m a N a c i o n a l d e Competencias. Para el efecto el señor Alcalde de conformidad con el Reglamento Art. 6.- Sus siglas para su sustitutivo de bienes del sector identificación y publicación en público; una vez cumplido el medios impresos y electrónicos p l a z o , e s t a b l e c e r á l a d e l G o b i e r n o A u t ó n o m o correspondiente comisión técnica Descentralizado Municipal del para dar de baja todas las especies Cantón Tulcán, será GAD-MT. que se mantengan con la denominación de Gobierno Art. 7.- De la ejecución y Municipal de Tulcán.cumplimiento de la presente o r d e n a n z a , e n c á rg u e s e l a DISPOSICIÓN FINAL.- La Secretaría General del Gobierno presente Ordenanza entrará en Autónomo Descentral izado vigencia a partir de la fecha de su Municipal de Tulcán. promulgación, de conformidad con lo que establece el Art. 324 del DISPOSICION GENERAL.- Código Orgánico de Organización En toda las Ordenanzas y Ter r i to r ia l , Autonomías y Reglamentos donde conste la Descentralización.denominación de Gobierno Municipal de Tulcán, se entenderá Dada en la Sala de Sesiones del como Gobierno Autónomo Gobierno Municipal de Tulcán, a Descentralizado Municipal de quince de Febrero del 2011.Tulcán, hasta que exista una posterior reforma. f.)Ing. Julio César Robles Guevara D I S P O S I C I O N ALCALDETR A N S I TOR I A . - Con l a aprobación del Concejo del Gobierno Municipal de Tulcán y f.) Ab. Marlon Suárez Obandosu respectiva promulgación, queda SECRETARIO GENERALderogada la Ordenanza para definir la Denominación de Gobierno Municipal de Tulcán, SECRETARIA GENERAL DEL

ORDENANZAS MUNICIPALES APROBADAS Y VIGENTES DESDE AÑO 2000

Año 20008 de febrero.- Ordenanza que establece la contribución especial de mejoras a los propietarios de los inmuebles urbanos del Cantón Tulcán.

Año 200103 de Septiembre.- Ordenanza reformatoria que reglamenta el pago de viáticos, subsistencias, alimentación y transporte para los servidores públicos y trabajadores del GMT.02 de Octubre .- Reglamento de manejo y custodia del archivo General que mantiene la Secretaría General del GMT.

Año 200214 de Enero.- Ordenanza que regula el cobro de tasas por servicios técnicos y administrativos.14 de enero.- Ordenanza de incorporación de la Parroquia de Julio Andrade a la implementación del Catastro predial Urbano de Tulcán.20 de diciembre.- Ordenanza que reglamenta el funcionamiento interno del Concejo Municipal de Tulcán.

Año 200314 de Julio.- Ordenanza la planificación de la Urbanización de los terrenos de propiedad Municipal.

Año 200416 de Marzo.- Ordenanza de conformación y funcionamiento de Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia del Cantón Tulcán.

Año 200511 de febrero.- Ordenanza que reglamenta el pago de las dietas de los señores concejales del GMT.10 de Octubre.- Ordenanza que establece la contribución especial de mejoras a los propietarios de los inmuebles urbanos del Cantón Tulcán y sus parroquias.

Año 200602 de marzo.- Ordenanza de creación de comité local municipal de coordinación para el desarrollo de actividades de prevención al uso indebido de drogas del Cantón Tulcán.03 de abril.- Ordenanza con la cual se declara a la ciudad de Tulcán como zona rural fronteriza para efectos educativos, económicos y presupuestarios.25 de mayo.- Ordenanza que reglamenta el uso, control, mantenimiento y administración de los vehículos y equipo caminero del GMT.02 de julio.- Ordenanza que regula las actividades de los moradores e instituciones de la Parroquia de Julio Andrade.10 de octubre.- Ordenanza de denominación del Cementerio Municipal de Tulcán, con el nombre José María Azael Franco Guerrero.11 de diciembre.- Ordenanza delimitación urbana de las parroquias de Tufiño, Urbina, Chical, Santa Martha de Cuba, Carmelo, maldonado, Pioter, Julio Andrade del Cantón Tulcán.28 de diciembre.- Ordenanza para el funcionamiento y administración del Cementerio Municipal de la ciudad de Tulcán.

Año 200702 de abril.- Código de Desarrollo Humano.19 de marzo.- Código de protección y desarrollo ambiental.11 de junio.- Código de Ordenamiento Territorial - Reforma “Transporte Pesado”.31 de julio.- Reglamento de concesión de anticipo de sueldo a los funcionarios, empleados y trabajadores del GMT.10 de diciembre.- Reforma al Código de desarrollo Humano, al 24 de marzo de 2008 de los Derechos de Género de los sectores vulnerables, del Concejo cantonal de la Niñez y Adolescencia.

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GACETA OFICIAL MUNICIPAL Nº 1

GACETA OFICIAL MUNICIPAL

ÓRGANO DE DIFUSIÓN DEL GOBIERNO AUTÓNOMODESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE TULCÁN

ÓRGANO DE DIFUSIÓN DEL GOBIERNO AUTÓNOMODESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE TULCÁN

Administración del Ing. Julio César Robles GuevaraAlcalde del Cantón Tulcán

Administración del Ing. Julio César Robles GuevaraAlcalde del Cantón Tulcán

ABG. MARLON SUÁREZ OBANDORESPONSABLE

ABG. MARLON SUÁREZ OBANDORESPONSABLE

Año II - Tulcán, 18 de Julio del 2011

Año II - Tulcán, ___________ del 20__ -- Nº 001

Dirección: 10 de Agosto y Olmedo (esquina) Telf.: 062980-400 / 062960-043

Tulcán: 10 de Agosto y Olmedo (esquina) Telf.: 062980-400 / 062960-043

Impresión: Imprenta Municipal 300 Ejemplares

103 Páginas

Impreso en: Imprenta Municipal __ Ejemplares Páginas

ANEXO 1

Himno al Cantón Tulcán

Letra: Gilberto Castro

Música: Carlos Proaño

CORO

¡ Salve tierra fecunda y grandiosa,

Patria excelsa mansión de heroísmo,

Centinela forjada en civismo,

Madre y Cuna de un Pueblo viril.!

Y naciste impoluto a la vida

en un Once de Abril soberano,

para dar sepultura al tirano

que no pudo en su entraña existir,

tu pasado vibró con tambores

al flamear de gallardas banderas;

tus pupilas forjaron fronteras

en el norte del patrio confín.

Y la Ciencia, el Arte y la Gloriacinelaron el mármol sagrado,

transformando el fusil en aradoy tú suelo en dotado pensíl.el honor levantó sus altares

donde tienen la vida sus puestos, donde cantan sus hombres, despiertos,

este himno de amor por Tí.

Democracia forjó la victoriaque en tu suelo se yergue y se agita

¡Oh Cantón de virtud infinita, soberana expresión del vivir!

Hoy, tus campos de amor se enardecenbajo el manto azulado del cielo;tus pupilas extienden el vuelo

dando aliento a tu gran porvenir, más, si un día el bronce y la fama

de tu ser pretendiera quitarte,izaremos el rojo Estandarte

al compas de trompetas de Lid;Las antorchas que guarda el pasadoprenderán la más fúlgida hoguera;nuestros pechos serán la trinchera

donde todos tendrán que morir.

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GOBIERNO MUNICIPAL DE requisitos legales exigidos en el TULCAN. CERTIFICADO DE Art. 322 del Código Orgánico de D I S C U S I O N : L a Organ izac ión Ter r i to r i a l , “ O R D E N A N Z A P A R A Autonomía y Descentralización, D E F I N I R L A promúlguese y ejecútese. D E N O M I N A C I Ó N D E GOBIERNO AUTÓNOMO f.)Ing. Julio César Robles D E S C E N T R A L I Z A D O GuevaraMUNICIPAL DE TULCÁN”, ALCALDE DEL GOBIERNO fue analizada y aprobada en MUNICIPAL DE TULCÁNSesiones Ordinarias de Concejo realizadas el 28 de Enero y 15 de Febrero del 2011. Proveyó y firmó la presente

Ordenanza el Ing. Julio César LO CERTIFICO.- Robles Guevara, Alcalde del

Gobierno Municipal de Tulcán, el f.) Ab. Marlon Suárez Obando diez y siete de Febrero del dos mil SECRETARIO GENERAL once.

SECRETARIA GENERAL LO CERTIFICO.-D E L G O B I E R N O MUNICIPAL DE TULCAN. f.)Ab. Marlon Suárez ObandoTulcán, 16 de Febrero del 2011, SECRETARIO GENERALlas 08H30. De conformidad con lo dispuesto en el inciso cuarto del Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, remítase al señor Alcalde para su sanción.

f.) Ab. Marlon Suárez ObandoSECRETARIO GENERAL

ALCALDIA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TULCAN. Tulcán, a diez y siete de Febrero del dos mil once, por reunir los

Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 2 Pag 103

Ordenanzas Municipales Aprobadas y

Vigentes desde año 2000..............pag. 03

Ordenanza creación de la Gaceta Oficial

Municipal....................................pag. 05

Ordenanza de urbanización de la

“Asociación de vivienda El Portal de los

Laureles”.....................................pag. 08

Ordenanza que regula la determinación,

administración y regulación del

Impuesto a los Predios Rurales para el

bienio 2010 - 2011.......................pag. 13

Ordenanza que regula la Determinación,

Administración y Recaudación del

Impuesto a los Predios Urbanos para el

bienio..........................................pag. 26

Ordenanza de creación de la Empresa

Pública Municipal de Rastro........pag. 41

Ordenanza de creación del fondo de

Micro Crédito, fondo Semilla Municipal

(FONSEMU)..............................pag. 52

Ordenanza de constitución de la Empresa

Pública Municipal de Agua Potable y

Alcantarillado de Tulcán, EPMAPA-

T..................................................pag. 62

Reforma a la Ordenanza de parcelación

urbana “Oriental” de la ciudad de Tulcán,

C a n t ó n Tu l c á n , p r o v i n c i a d e l

Carchi..........................................pag. 81

Ordenanza que regula la ubicación y

horarios de funcionamiento de los

establecimientos que expenden bebidas

alcohólicas y salas de juegos electrónicos

en el Cantón Tulcán..................... Pag.84

Ordenanza para el cobro de la

contribución especial de mejoras, de los

asfaltados de las calles Sucre, Rafael

Arellano, accesos Norte y Sur; y la

avenida Brasil de la ciudad de

Tulcán.........................................pag. 92

Ordenanza que reglamenta el pago de

remuneración a los señores (as)

c o n c e j a l e s ( a s ) d e l C a n t ó n

Tulcán..........................................pag.97

Ordenanza para defenir la denominación

la denominación de Gobierno Autónomo

D e s c e n t r a l i z a d o M u n i c i p a l d e

Tulcán.......................................pag. 101

INDICE

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 4 Pag 101

le corresponden. La sede del comunicación social. g o b i e r n o a u t ó n o m o descentralizado municipal será la Art. 3.- La Sede del Gobierno cabecera cantonal prevista en la Autónomo Descentral izado ley de creación del cantón”; y, Municipal de Tulcán, es la ciudad de Tulcán, que gozará de En uso de las atribuciones que le autonomía política, administrativa confiere párrafo primero del Art. y financiera de conformidad con el 240 en concordancia con el Art. 238 de la Constitución de la párrafo final del Art. 264 de la República del Ecuador y Art. 53 Constitución de la República y el d e l C ó d i g o O rg á n i c o d e Art. 57, literal a) del Código O rg a n i z a c i ó n Te r r i t o r i a l , Orgánico de Organización Autonomías y Descentralización.Ter r i to r ia l , Autonomías y Descentralización, Art. 4.- El Alcalde se denominará ALCALDE DEL GOBIERNO

EXPIDE: A U T O N O M O D E S C E N T R A L I Z A D O L A O R D E N A N Z A PA R A MUNICIPAL DE TULCAN, y D E F I N I R L A será el máximo personero de la D E N O M I N A C I Ó N D E Entidad y los señores concejales, GOBIERNO AUTÓNOMO serán Concejales del Gobierno D E S C E N T R A L I Z A D O Autónomo Descentral izado MUNICIPAL DE TULCÁN. Municipal de Tulcán. A r t . 1 . - A p a r t i r d e l a Art. 5.- Las competencias del promulgación de la presente G o b i e r n o A u t ó n o m o Ordenanza el Gobierno Municipal Descentralizado Municipal de de Tulcán, se denominará Tulcán, se sujetarán en su accionar G o b i e r n o A u t ó n o m o administrativo y operativo a dar Descentralizado Municipal de f i e l c u m p l i m i e n t o a l a s Tulcán. competencias y funciones que establece el Art. 264 de la Art. 2.- La presente Ordenanza Constitución de la República del sobre la nueva denominación, Ecuador y de conformidad con lo deberá ser publicada en la Gaceta que establecen los Arts. 54 y 55 del Oficial Municipal y ser difundida Código Orgánico de Organización por todos los med ios de Territorial, Descentralización y

Cantones, tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicciones territoriales.

QUE Conforme lo establece el Art. 324 del Código Orgánico de O rg a n i z a c i ó n Te r r i t o r i a l ,

EL ILUSTRE CONCEJO DEL Autonomía y Descentralización, GOBIERNO MUNICIPAL DE “El ejecutivo del gobierno

TULCÁN autónomo descentra l izado, publicará todas las normas

C O N S I D E R A N D O : aprobadas en su Gaceta Oficial y en el dominio web de la

QUE E l A r t . 2 4 0 d e l a Institución, si se tratase de normas Constitución de la República, de carácter tributario, además la p r e v é q u e l o s G o b i e r n o s promulgará y remitirá para su Autónomos Descentralizados de publicación en el Registro l a s R e g i o n e s , D i s t r i t o s Oficial”.Metropolitanos, provincias y

Page 5: Pag 102 Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Pag 3 - Gob...Pag 102 Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Pag 3 Autonomías y las que sean aprobada por el Ilustre Municipio asumidas mediante delegación

Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 100 Pag 5

conformidad con el siguiente QUE El Art. 238 de la detalle: Constitución de la República del

Ecuador, en su párrafo primero A.-INTRODUCCION: establece: “Constituyen gobiernos 1.-BASE LEGAL descentralizados las juntas

? C o n s t i t u c i ó n d e l a parroquiales rurales, los concejos República del Ecuador munic ipa les , los concejos

? Código Orgánico de metropolitanos, los consejos Organización Territorial, provinciales y los consejos a u t o n o m í a y regionales”;Descentralización

- Ley de Presupuesto del QUE E l A r t . 2 4 0 d e l a Sector Público Constitución de la República,

- L e y O r g á n i c a d e p r e v é q u e l o s G o b i e r n o s R e s p o n s a b i l i d a d , Autónomos Descentralizados de E s t a b i l i d a d y l a s R e g i o n e s , D i s t r i t o s Transparencia Fiscal Metropolitanos, provincias y

- Ley orgánica de la Cantones, tendrán facultades Contraloría legislativas en el ámbito de sus

- Ley Orgánica de Servicio competencias y jurisdicciones Público territoriales.

- Código de Trabajo- Clasificador de Ingresos y QUE El Art. 53 del Código

Gastos Orgánico de Organización Ter r i to r ia l , Autonomías y Descentralización, expresa dentro de la naturaleza jurídica.- “Los g o b i e r n o s a u t ó n o m o s descentralizados municipales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera.

EL ILUSTRE CONCEJO DEL Estarán integrados por las GOBIERNO MUNICIPAL DE funciones de participación

TULCAN c i u d a d a n a ; l e g i s l a c i ó n y fiscalización; y, ejecutiva previstas

CONSIDERANDO: en este código, para el ejercicio de las funciones y competencias que

QUE El Art. 57 literal a) del Descentralizado Municipal de Código Orgánico de Organización Tulcán.Te r r i t o r i a l , A u t o n o m í a y Descentralización, establece las Art. 2.- El Secretario General o la atribuciones del Concejo S e c r e t a r i a G e n e r a l , s e r á Municipal, entre las cuales consta responsable por la redacción, el ejercicio de la facultad d i r e c c i ó n d e l a e d i c i ó n , normativa en las materias de su determinación del número de competenc ia , med ian te l a e j e m p l a r e s a p u b l i c a r s e , expedición de Ordenanzas administración y distribución de la cantonales. Gaceta Oficial Municipal, para lo

cual deberá articular su trabajo QUE El pleno conocimiento de con las Jefaturas de Comunicación la normativa cantonal, constituye y Protocolo e Informática.un pilar fundamental de la seguridad jurídica, en la medida en Art. 3.- La Dirección de Gestión que la exigibilidad de las normas F i n a n c i e r a d e l G o b i e r n o jurídicas locales, depende de su Autónomo Descentral izado vigencia; para lo cual es esencial Municipal de Tulcán, destinará los su publicación en la Gaceta Oficial r e c u r s o s n e c e s a r i o s p a r a Municipal. garantizar la emisión de la Gaceta

Oficial Municipal.En ejercicio de las atribuciones que le confiere el párrafo primero Art. 4.- La publicación de la del Art. 240 en concordancia con Gaceta Oficial Municipal, se hará el párrafo final del Art. 264 de la el momento que se cuente con Constitución de la República. información necesaria para

difundirla, sin perjuicio del E X P I D E : volumen de la misma.

L A O R D E N A N Z A D E La Gaceta Oficial Municipal, se CREACIÓN DE LA GACETA actualizará a través de ediciones OFICIAL MUNICIPAL específicas, con el objeto de

g a r a n t i z a r l a v i g e n c i a y Art. 1.- Créase la Gaceta Oficial cumplimiento de la normativa Municipal, como órgano de legal que rige al cantón Tulcán, su difusión de las normas jurídicas difusión también se lo hará a través d e l G o b i e r n o A u t ó n o m o del portal .www.gmtulcan.gob.ec

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 6 Pag 99

Art. 5.- La simbología que Las Ordenanzas de carácter identifique a la Gaceta Oficial tributario, además se remitirán al Municipal, será utilizando el Director del Registro Oficial para escudo del cantón, la numeración su publicación, en concordancia arábiga, expresando el año y el con lo que establece el inciso número de la publ icación primero del Art. 324 del Código efectuada; en la portada como en la Orgánico de Organización primera hoja de cada Gaceta Te r r i t o r i a l , A u t o n o m í a y Oficial Municipal, constará de la Descentralización.siguiente forma: (Anexo 1)

Art. 8.- Es obligación y Art. 6.- En la Gaceta Oficial responsabilidad del Secretario M u n i c i p a l , s e p u b l i c a r á n General que las Ordenanzas, Ordenanzas y Reglamentos Reglamentos y demás textos aprobados por el Concejo publicados en la Gaceta Oficial Autónomo Descentral izado Municipal sean copia fiel y exacta Municipal de Tulcán, pudiendo de sus respectivos originales.también incluirse información que se considere relevante desde el Cuando existan diferencias entre punto de vista institucional y/o el texto original y la impresión de ciudadano, por parte del señor una Ordenanza, Reglamentos y A l c a l d e , s u e n c a rg a d o o demás textos publicados en la R e s o l u c i ó n d e l C o n c e j o Gaceta Oficial Municipal, se Autónomo Descentral izado deberán volver a publicar con las Municipal de Tulcán. debidas correcciones, indicándose

“reimpresión por errores de copia” Art. 7.- Las Ordenanzas y precisándose el error que se Reglamentos Municipales que corrige, también podrá publicarse consten en la primera Gaceta una Errata, precisándose el error y Oficial Municipal, se entenderán el texto correcto.vigentes, para ello existirá un listado de las Ordenanzas, Códigos Art. 9.- La entrega y distribución y Reglamentos desde el 2000 al de la Gaceta Oficial, se hará de primer semestre del 2009 y se forma gratuita, a las instituciones publicarán las Ordenanzas y públicas y privadas involucradas, Reglamentos aprobados desde el personas naturales interesadas y segundo semestre del 2009. estudiantes para fines académicos.

Que: es necesario contar con una herramienta de planificación presupuestar ia , en que se determine los ingresos que deberán financiar los gastos en forma igualitaria, mediante una adecuada programación de la necesidad pública a satisfacer.

EL ILUSTRE CONCEJO DEL GOBIERNO Que: El proceso presupuestario del

MUNICIPAL DEL CANTON Gobierno Municipal de Tulcán, TULCAN está basada en la programación y

estimación de los ingresos y en la CONSIDERANDO: planificación de las actividades de

las dependencias municipales, del Que: De conformidad a lo plan de inversiones de las obras, de dispuesto en el Art. 264 de la la asignación para el presupuesto Constitución de la República del participativo, de la asignación para Ecuador s e e s t ab l ece l a s e l c u m p l i m i e n t o d e l o s competencias exclusivas de las compromisos de la deuda pública municipalidades, entre ellas, la y de los gastos comunes de la determinada en el numeral 14 entidad.primer inciso.

En uso de las facultades que le Que: De conformidad a lo otorga el Art. 264 numeral 14 dispuesto en los Arts. 53, 57 literal primer inciso de la Constitución de a), g) y, y), 215, 216, 217, 218, 219, la República del Ecuador, en 244, 245 y 248 del Código concordancia con las normas Orgánico de Organización legales anteriormente citadas, y de Te r r i t o r i a l , A u t o n o m í a y manera particular el Art. 57 literal Descentralización, el Legislativo a), g) y, y), del Código Orgánico d e l G o b i e r n o A u t ó n o m o de Organización Territorial, Descentralizado, la máxima Autonomía y Descentralización; autoridad del Ejecutivo, lo sancionará y entrará en vigencia EXPIDE:indefectiblemente a partir del 1 de La siguiente Ordenanza de enero. Presupuesto para el ejercicio

económico del año 2011, de

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 98 Pag 7

Autonomía y Descentralización, remítase al señor Alcalde para su

f.) Ing. Julio César Robles G. sanción.ALCALDE

f.) Ab. Marlon Suárez Obandof.) Ab. Marlon Suárez Obando SECRETARIO GENERALSECRETARIO GENERAL

ALCALDIA DEL GOBIERNO SECRETARIA GENERAL DEL MUNICIPAL DE TULCAN. GOBIERNO MUNICIPAL DE Tulcán, a veinte y tres de TULCAN. CERTIFICADO DE diciembre del dos mil diez, por DISCUSION: La Ordenanza reunir los requisitos legales “ O R D E N A N Z A Q U E exigidos en el Art. 322 del REGLAMENTA EL PAGO DE C ó d i g o O r g á n i c o d e REMUNERACION A LOS Organ izac ión Ter r i to r i a l , S E Ñ O R E S ( A S ) Autonomía y Descentralización, CONCEJALES (AS) DEL promúlguese y ejecútese. CANTON TULCAN.” , fue analizada y aprobada en Sesiones Ordinarias de Concejo realizadas f.) Ing. Julio César Robles G.el 14 y 21 de diciembre del 2010. ALCALDE DEL GOBIERNO

MUNICIPAL DE TULCÁNLO CERTIFICO.-

Proveyó y firmó la presente Ordenanza el Ing. Julio César

f.) Ab. Marlon Suárez Obando Robles Guevara, Alcalde del SECRETARIO GENERAL Gobierno Municipal de Tulcán, el

veinte y tres de diciembre del dos SECRETARIA GENERAL mil diez. D E L G O B I E R N O MUNICIPAL DE TULCAN. LO CERTIFICO.-Tulcán, 22 de diciembre del 2 0 1 0 , l a s 0 8 H 3 0 . D e f.) Ab. Marlon Suárez Obandoconformidad con lo dispuesto en SECRETARIO GENERALel inciso cuarto del Art. 322 del C ó d i g o O r g á n i c o d e Organ izac ión Ter r i to r i a l ,

eficaz cumplimiento del objetivo Del mismo modo, la Secretaría de la Gaceta Oficial del Gobierno General enviará un ejemplar de Municipal de Tulcán.cada edición de la Gaceta Oficial Mun ic ipa l , a l o s s eñores Dado en la Sala de Sesiones del C o n c e j a l e s e n f u n c i o n e s , Gobierno Municipal de Tulcán, a Procuradur ía Munic ipa l y quince de Febrero del dos mil Direcciones Departamentales once.Municipales.

De conformidad con el trámite f.) Ing. Julio César Robles G. establecido en el inciso segundo ALCALDEdel Art. 324 del Código Orgánico de Organización Territorial, f.) Ab. Marlon Suárez ObandoAutonomía y Descentralización, el SECRETARIO GENERALseñor Alcalde posterior a su promulgación, remitirá en archivo SECRETARIA GENERAL DEL digital la Gaceta Oficial Municipal GOBIERNO MUNICIPAL DE a la Asamblea Nacional. TULCAN. CERTIFICADO DE

D I S C U S I O N : L a La presente Ordenanza, entrará en “ O R D E N A N Z A D E vigencia desde su publicación en el CREACIÓN DE LA GACETA primer número de la Gaceta OFICIAL MUNICIPAL”, fue Oficial Municipal. Para el efecto el analizada y aprobada en Sesiones Secretario General, coordinará su Ordinarias de Concejo realizadas edición y publicación con las el 28 de Enero y 15 de Febrero del Jefaturas Municipales detalladas 2011.en la presente ordenanza. Sin perjuicio de la anterior también se LO CERTIFICO.-p u b l i c a r á e n e l p o r t a l

. f.) Ab. Marlon Suárez ObandoSECRETARIO GENERAL

Lo no previsto en esta Ordenanza, podrá ser resuelto por el Alcalde SECRETARIA GENERAL del Gobierno Municipal de Tulcán, D E L G O B I E R N O a través de las correspondientes MUNICIPAL DE TULCAN. disposic iones o c i rculares Tulcán, 16 de Febrero del 2011, administrativas, para el oportuno y las 08H45. De conformidad con

www.gmtulcán.gob.ec

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lo dispuesto en el inciso cuarto del Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, remítase al señor Alcalde para su sanción.

EL GOBIERNO MUNICIPAL f.) Ab. Marlon Suárez Obando DE TULCÁNSECRETARIO GENERAL

C O N S I D E R A N D O:ALCALDIA DEL GOBIERNO

Que, La Asociación el Portal de MUNICIPAL DE TULCAN. los Laureles ha presentado al Tulcán, a diez y siete de Febrero Gobierno Municipal de Tulcán el del dos mil once, por reunir los Proyecto de Urbanización del requisitos legales exigidos en el terreno de su propiedad ubicado en Art. 322 del Código Orgánico de el sector norte de la ciudad de Organ izac ión Ter r i to r i a l , Tulcán, Cantón Tulcán, Provincia Autonomía y Descentralización, del Carchi. promúlguese y ejecútese.

Que, de conformidad con el Art. Ing. Julio César Robles Guevara64 literal 1 y 6, y el Art. 232 de la ALCALDE Ley de Orgánica de Régimen Municipal y la Ordenanza del Plan Proveyó y firmó la presente de Desarrollo Urbano de la ciudad Ordenanza el Ing. Julio César de Tulcán, es potestativo del Robles Guevara, Alcalde del Concejo, aprobar o rechazar los Gobierno Municipal de Tulcán, el proyectos de parcelación urbana.diez y siete de Febrero del dos mil

once. E X P I D E:

LO CERTIFICO.-LA ORDENANZA DE

URBANIZACIÓN DE LA Ab. Marlon Suárez Obando“ASOCIACIÓN DE SECRETARIO GENERAL

VIVIENDA EL PORTAL DE LOS LAURELES”.

Art. 1.- Autorizase a la Asociación

Descentralización otorga la atribución de “El ejercicio de la Art. 2.- El monto total que facultad normativa en las materias percibirá cada integrante del de competencia del gobierno legislativo por concepto de au tónomo descen t r a l i zado remuneración durante el mes será municipal, mediante la expedición el de 50% de la remuneración de ordenanzas cantonales , mensual unificada del Alcalde, de acuerdos y resoluciones”. conformidad con lo determinado

en el Art. 358 del Código Orgánico En uso de sus atribuciones de Organización Territorial, conferidas en la Constitución de la Autonomía y Descentralización, República del Ecuador y el Código para su cumplimiento se asignará Orgánico Territorial, Autonomía y la partida presupuestaria anual.Descentralización.

Art. 3.- Los Concejales alternos EXPIDE: percibirán parte proporcional de la

remuneración mensual fijada para LA “ORDENANZA QUE el Concejal Principal, de acuerdo a REGLAMENTA EL PAGO DE los días laborados.REMUNERACIÓN A LOS S E Ñ O R E S ( A S ) Art. 4.- Promulgación y Sanción, CONCEJALES (AS) DEL la presente Ordenanza entrará en CANTÓN TULCÁN”. vigencia a partir de su sanción, sin

perjuicio de su publicación en el Art. 1.- Objeto.- La presente Registro Oficial.ordenanza establece la facultad de c a l c u l a r y p a g a r l a s DISPOSICION FINALremuneraciones y dietas de los señores (as) Concejales (as) del Quedan Derogadas todas las Cantón Tulcán, por ostentar la R e s o l u c i o n e s , A c u e r d o s , calidad de servidor público sin Ordenanzas, que se contrapongan perder la calidad de dignatario, y a la ejecución de la presente acogiendo lo que tipifica el ordenanza.artículo 3 numeral 2, Art. 4 y 25 de la Ley Orgánica de Servicio Dado y firmado en la Sala de Públ ico , los conceja les y Sesiones del Gobierno Municipal Concejalas, laboran bajo el de Tulcán, a veinte y uno de régimen de la jornada ordinaria. diciembre del 2010.

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 96 Pag 9

Constitución de la República del Ecuador contempla, que los g o b i e r n o s a u t ó n o m o s

f.) Ing. Julio César Robles descentralizados gozarán de Guevara autonomía política, administrativa

ALCALDE DEL GOBIERNO y financiera, y se regirán por los MUNICIPAL DE TULCÁN pr inc ip ios de so l idar idad ,

s u b s i d i a r i d a d , e q u i d a d interterritorial, integración y

Proveyó y firmó la presente participación ciudadana.Ordenanza el Ing. Julio César Robles Guevara, Alcalde del Que el artículo 264, último inciso Gobierno Municipal de Tulcán, el de la Constitución de la República veinte y tres de diciembre del dos del Ecuador, atribuye al Concejo mil diez. Municipal la facultad legislativa

seccional.LO CERTIFICO.-

Que los Arts. 5 y 6 inciso primero d e l C ó d i g o O rg á n i c o d e Organización Terr i tor ia l ,

f.) Ab. Marlon Suárez Obando Autonomía y Descentralización SECRETARIO GENERAL consagra entre sus principios a los

Municipios el goce y garantía de autonomía, en concordancia con el Art. 53 de la misma norma.

Que el Art. 358 inciso primero del Código Orgánico de Organización Te r r i t o r i a l , A u t o n o m í a y Descentralización reconoce el

EL ILUSTRE CONCEJO derecho de Remuneración y DEL GOBIERNO Dietas, y la facultad de su

MUNICIPAL r egu l ac ión med ian t e ac to DEL CANTÓN TULCÁN normativo.

CONSIDERANDO: Que, el articulo 57 literal a) del Código Orgánico de Organización

Que, el artículo 238 de la Te r r i t o r i a l , A u t o n o m í a y

el Portal de los Laureles, para que Proyecto son los siguientes:proceda a lotizar y urbanizar el predio de su propiedad ubicado en el sector norte de la ciudad de Tulcán, Cantón Tulcán, Provincia del Carchi, de una superficie de 9.971,40 m2, para un total de 26 lotes, cuyos linderos son los Art. 4.- Queda expresamente siguientes: prohibido fraccionar o subdividir

los lotes de la parcelación urbana y en las escrituras definitivas de

Norte: Con Prop, de Guillermo transferencia de dominio y Gordón, y Calle los adjudicación de los lotes con las Tsáchilas viviendas que se construirán, se

Sur: Con Av. De los Pastos harán constar las superficies Este: Con Calle los Paltas mínimas de cada lote. La Oeste: Con Calle los Aucas, y subdivisión o fraccionamiento del con Área comunal de lote producirá la nulidad del acto o

Coop. de Viv. 8 contrato, sin perjuicio de las de Octubre. sanciones que se establecen en el

Plan de Desarrollo Urbano de Los datos de dimensionamiento, Tulcán.áreas y linderos del terreno son de exclusiva responsabilidad del Art. 5.- Es obligación del urbanizador y/o propietario. urbanizador, construir por su

propia cuenta en el lapso de 2 años las obras de infraestructura de la

Art. 2.- La parcelación urbana se urbanización, entre las cuales se efectuará de acuerdo con los determina las siguientes:planos aprobados por esta Municipalidad así como las 1.Arreglo y nivelación de callesdirectrices de esta Ordenanza 2.Construcción del sistema del normadas por el Plan de Desarrollo alcantarillado y evacuación de Urbano de Tulcán aprobado con aguas servidas en lo que se Acuerdo Ministerial Nº 504 de r e f i e r e a c o n e x i o n e s agosto 28 de 1981. domiciliarias que terminarán

en una caja de revisión Art. 3.- Los datos urbanísticos del inmediatamente detrás de la

DESCRIPCIÓN M2 %

Área de lotes 6.558,60 65,80 Área de vías 1.801,10 18,05 Área comunal municipal 1.611,70 16.15 ÁREA TOTAL: 9.971,40 100,00

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línea de fábrica.3.Instalación de la red principal Art. 7.- Todas las calles de la

de agua potable para el servicio urbanización, serán innominadas y de la urbanización, conforme a por consiguiente el urbanizador ni l a s e x i g e n c i a s d e l los adjudicatarios de la vivienda, departamento de agua potable podrán nominar a las calles hasta de la municipalidad. que el Concejo expida la

4.Construcción de bordillos de Ordenanza de nomenclatura en la hormigón simple y veredas de nueva urbanización.material pétreo

5.Instalación de la red de Art. 8.- A fin de precautelar los d is t r ibución de energía intereses municipales y asegurar el e l é c t r i c a p a r a e l cumplimiento de las obligaciones alumbramiento público y que esta Ordenanza convienen en p r i v a d o , c o n t o d o s u s constituir a favor del Gobierno a c c e s o r i o s c o m o : Municipal, la hipoteca sobre el transformadores, postería, 50% de lotes planificados en esta lámparas y de acuerdo con las urbanización y son los siguientes: exigencias de la Empresa 1, 3, 5, 7, 9, 11, 13, 15, 17, 21 , 23, Regional Norte Emelnorte. 25, 26, total 13 lotes hipotecados.

6.Lastrado de calles de la urbanización Art. 9.- En el plazo puntualizado

7.Provisión de áreas comunales y en el Art. 5, el urbanizador, espacios verdes e j e c u t a r á l a s o b r a s d e

infraestructura básica y de no A r t . 6 . - L o s e s p a c i o s haberlas realizado, el Gobierno determinados para calles, espacios Municipal de Tulcán procederá ha verdes comunales mencionados en rematar en pública subasta los el Art. 3 de esta Ordenanza serán l o t e s u b i c a d o s e n d i c h a de propiedad municipal, desde la urbanización, con cuyo producto fecha de la sanción de esta se financiará la terminación de Ordenanza, igualmente una vez dichas obras, o en su caso dichas que están construidas y hayan sido lotes quedarán en propiedad entregada la Gobierno Municipal municipal, con cargo de efectuar de Tulcán, todas las obras de las obras faltantes con dineros de infraestructura, serán de propiedad presupuesto municipal.municipal y correrá con su mantenimiento y conservación. Art. 10.- Las características de

Ordinarias de Concejo realizadas La presente Ordenanza regirá a el 14 y 21 de diciembre del 2010.partir de la fecha de su aprobación por parte del Concejo del Gobierno LO CERTIFICO.-Municipal de Tulcán, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. f.) Ab. Marlon Suárez Obando

SECRETARIO GENERALDado y firmado en la Sala de Sesiones del Gobierno Municipal SECRETARIA GENERAL de Tulcán, a veinte y uno de D E L G O B I E R N O diciembre del 2010. MUNICIPAL DE TULCAN.

Tulcán, 22 de diciembre del 2 0 1 0 , l a s 0 8 H 3 0 . D e conformidad con lo dispuesto en

f.) Ing. Julio César Robles G. el inciso cuarto del Art. 322 del ALCALDE C ó d i g o O r g á n i c o d e

Organ izac ión Ter r i to r i a l , Autonomía y Descentralización, remítase al señor Alcalde para su

f.) Ab. Marlon Suárez Obando sanción. SECRETARIO

GENERALf.) Ab. Marlon Suárez Obando

SECRETARIA GENERAL DEL SECRETARIO GENERALGOBIERNO MUNICIPAL DE TULCAN. CERTIFICADO DE ALCALDIA DEL GOBIERNO DISCUSION: La Ordenanza MUNICIPAL DE TULCAN. “PARA EL COBRO DE LA Tulcán, a veinte y tres de CONTRIBUCIÓN ESPECIAL diciembre del dos mil diez, por DE MEJORAS, DE LOS reunir los requisitos legales A S FA LTA D O S D E L A S exigidos en el Art. 322 del CALLES SUCRE, RAFAEL C ó d i g o O r g á n i c o d e ARELLANO, ACCESOS Organ izac ión Ter r i to r i a l , NORTE Y SUR; Y LA Autonomía y Descentralización, AVENIDA BRASIL DE LA promúlguese y ejecútese. CIUDAD DE TULCÁN”, fue analizada y aprobada en Sesiones

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 94 Pag 11

Municipal del Cantón Tulcán Cantón Tulcán, no revisará la p r e s e n t e o r d e n a n z a d e

ART. 8.- EXONERACIÓN DE contribución especial de mejoras, CONTRIBUCIÓN ESPECIAL por el lapso de diez años, tiempo en DE MEJORAS.- Previo informe el cual los contribuyentes de la Jefatura de Avalúos y cancelaran la obligación tributaria Catastros se exonera del pago de la de esta contribución.contribución Especial de Mejora por Pavimento Urbano: A R T. 1 0 . - D E L A N O

T R A N S F E R E N C I A D E L a) Los predios que no tengan COBRO DE CONTRIBUCIÒN

un valor equivalente a ESPECIAL DE MEJORAS A v e i n t i c i n c o SUS CLIENTES.- Los sujetos r e m u n e r a c i o n e s pasivos del presente tributo, no m e n s u a l e s b á s i c a s podrán incrementar a sus usuarios mínimas unificadas del o clientes las tarifas, honorarios o trabajador en general; a contraprestación económica por el toda persona mayor de s e r v i c i o q u e p r e s t e n , sesenta y cinco años de fundamentándose en el pago que edad y con ingresos deben cumplir por la aplicación de mensuales estimados en la presente Ordenanza.un máximo de cinco remuneraciones básicas unificadas o que tuviere un patrimonio que no DISPOSICIÓN GENERALexceda de quinientas remuneraciones básicas En todas estas obras de asfaltado, u n i f i c a d a s , e s t a r á las Direcciones de Gestión de exonerada del pago de Planificación y Obras Públicas toda clase de impuestos Municipales, garantizarán su fiscales y municipales y cuidado, mantenimiento y personas discapacitadas o protección de tales obras, sin que c o n c a p a c i d a d e s ello implique gravar con nuevas d i f e r e n t e s , p r e v i a contribuciones adicionales a las comprobación. obras ejecutadas con cargo a su

mantenimiento y conservaciónART. 9.- DE LA REVISIÓN.- El Ilustre Concejo Municipal del DISPOSICIÓN FINAL

planificación, para la construcción f.)Ab. Javier Cadena Huertasde las viviendas son las siguientes: VICEPRESIDENTE DEL

CONCEJO

f.)Ab. Marlon Suárez ObandoSECRETARIO GENERAL

SECRETARIA GENERAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TULCAN. CERTIFICADO DE DISCUSION: La presente “ O R D E N A N Z A D E U R B A N I Z A C I O N D E L A “ASOCIACION DE VIVIENDA

Art. 11.- Para la sanción, E L P O R T A L D E L O S ejecución y promulgación de esta LAURELES”, fue analizada y Ordenanza se observará lo aprobada en sesiones ordinarias de dispuesto en los Art. 125, 128 y Concejo de los días 28 de Julio y 129 de la Ley Orgánica de 18 de agosto del 2009.Régimen Municipal.

Art. 12.- Sancionada la presente f.) Ab. Marlon Suárez ObandoOrdenanza, se emitirá ejemplares SECRETARIO GENERALde la misma a las Notarias para su protocolización y Registro de la Propiedad del Cantón Tulcán, VICEPRESIDENCIA DEL conjuntamente con una copia del GOBIERNO MUNICIPAL DE plano de la Urbanización, para los TULCAN. Tulcán, 20 de agosto efectos determinados en el Art. d e l 2 0 0 9 , l a s 8 H 3 0 . D e 228 de la Ley Orgánica del conformidad con lo dispuesto en el Régimen Municipal. Art. 126 de la Ley Orgánica de

Régimen Municipal, remítase al Dado en la Sala de Sesiones del señor Alcalde original y dos copias Gobierno Municipal de Tulcán, a de la Ordenanza que antecede, los dieciocho días del mes de para su sanción y promulgación.agosto del 2009.

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 12 Pag 93

f.) Ab. Javier Cadena HuertasVICEPRESIDENTE DEL

CONCEJO

SECRETARIA GENERAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TULCÁN. Proveyó y firmó el EL GOBIERNO MUNICIPAL decreto que antecede, el Ab. Javier DEL CANTÓN TULCÁNCadena Huertas, Vicepresidente del Concejo Municipal de Tulcán, CONSIDERANDO:en la fecha y hora señalada.

Que la Ley Orgánica de Régimen Lo certifico.- Municipal dispone:

Que l as munic ipa l idades realizarán, en forma obligatoria,

f.) Ab. Marlon Suárez Obando actualizaciones generales de SECRETARIO GENERAL catastros y de la valoración de la

propiedad urbana y rural cada bienio.

ALCALDIA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TULCAN. Que en materia de hacienda, a la Tulcán, a los veinte y cinco días administración municipal le del mes de agosto del dos mil compete: Formular y mantener el nueve, por reunir los requisitos sistema de catastros de los legales exigidos y de conformidad predios urbanos ubicados en el con lo que determina el Art. 129 de c a n t ó n , y e x p e d i r l o s la Ley Orgánica de Régimen correspondientes títulos de Munic ipa l p romúlguese y crédito para el cobro de estos ejecútese. impuestos.

f.)Ing. Julio César Robles Que l as munic ipa l idades Guevara reglamentarán y establecerán por

ALCALDE DEL GOBIERNO medio de ordenanzas, los MUNICIPAL DE TULCÁN parámetros específicos para la

determinación del valor de la propiedad y el cobro de sus tributos.

TRIBUTARIA.- Son sujetos pasivos de la obligación tributaria Se establece la recuperación del 20 que la presente Ordenanza % del valor total de la inversión instituye, las personas naturales y distribuido de la siguiente manera:jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas, que se El 50 % distribuido a los predios b e n e f i c i e n d i r e c t a e frentistas directos de la obra.indirectamente del asfaltado de El 25 % distribuido a los predios las áreas que han sido materia de la ubicados en el sector comercial.regeneración urbana en el Cantón El 15 % distribuido a los predios Tulcán, y que se encuentran ubicados en el sector residencialespecificadas en el Art. 1 de la El 10 % distribuido a los predios presente Ordenanza. ubicados en el sector periférico.

A r t . 4 . - Z O N A D E ART. 7.- EXIGIBILIDAD DEL INFLUENCIA.- Para el cobro PAGO.- La obligación tributaria de esta contribución especial de será exigible dentro de los mejoras se declara como zona de primeros días del mes de enero del influencia a todos los predios que año 2011, dicho pago se lo s e b e n e f i c i e n d i r e c t a e realizará en la carta del impuesto indirectamente de las obras predial anual. En caso de mora en realizadas de conformidad al el pago de dicha obligación, se Art. 1 de la presente ordenanza estará a lo dispuesto en el Código

Tributario.Art. 5.- SUJETO ACTIVO.- Se instituye como sujeto activo de la L a D i r e c c i ó n F i n a n c i e r a obligación tributaria, al Gobierno Municipal, llevará un registro de Municipal del Cantón Tulcán. todas aquel las personas e

instituciones públicas y privadas, Art. 6.- MONTO DE LA n a c i o n a l e s y e x t r a n j e r a s O B L I G A C I Ó N d o m i c i l i a d a s o c o n TRIBUTARIA.-El valor del establecimiento en la jurisdicción tributo por la Contribución municipal, que se beneficien Especial de Mejoras a pagarse por directamente del asfaltado en parte de los sujetos pasivos o aquellas áreas determinadas en el responsables de la obligación Art. 1 de la presente Ordenanza, tributaria creada por la presente así como en las áreas que en el Ordenanza, será de: futuro defina la el Gobierno

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 92 Pag 13

las normas legales anteriormente La Dirección de Planificación del citadas, y de manera particular el Gobierno Municipal delimitará Art. 57 literal b) del Código previamente los distintos sectores Orgánico de Organización para el respectivo cobro.Te r r i t o r i a l A u t o n o m í a y Descentralización ART. 2.- DEL TRIBUTO DE

CONTRIBUCIÒN ESPECIAL EXPIDE: DE MEJORAS POR EL

A S F A L T A D O D E L A S LA ORDENANZA PARA EL CALLES SUCRE, RAFAEL C O B R O D E L A ARELLANO, ACCESOS CONTRIBUCIÓN ESPECIAL NORTE Y SUR Y LA DE MEJORAS, DE LOS AVENIDA BRASIL DE LA A S FA LTA D O S D E L A S CIUDAD DE TULCÁN EN EL CALLES SUCRE, RAFAEL Á M B I T O D E L A ARELLANO, ACCESOS REGENERACIÓN URBANA.- NORTE Y SUR; Y LA Créase el Tributó Municipal de AVENIDA BRASIL DE LA Contribución Especial de Mejoras CIUDAD DE TULCÁN por el asfaltado de las calles Sucre,

Rafael Arellano, y Accesos Norte y A RT. 1 . - Á M B I TO . - L a Sur; y la Avenida Brasil, dentro del ap l icac ión de la presente ámbito geográfico establecido en Ordenanza comprende los el Art. 1 de la presente Ordenanza, siguientes sectores y ejes de la y que ha sido materia de ciudad, definidos dentro de las regeneración urbana de la ciudad siguientes categorías: de Tulcán.

El Gobierno Municipal de Tulcán podrá incorporar en el futuro otros sectores que se beneficien con el a s f a l t ado ad i c iona l a l a s establecidas en el Art. 1 de la presente Ordenanza, para lo cual la

En todos los casos en que se cámara edilicia expedirá las mencionan calles como límites, se resoluciones correspondientes.considerarán incluidas ambas aceras. Art. 3.- SUJETO PASIVO DE

L A O B L I G A C I Ó N

Que el valor de la propiedad se Rurales para el bienio 2010-establecerá mediante la suma del 2011.valor del suelo y, de haberlas, el de las construcciones que se A r t . 1 . O B J E T O D E L hayan edificado sobre él. Este IMPUESTO.- Son objeto del valor constituye el valor impuesto a la propiedad Rural, intrínseco, propio o natural del todos los predios ubicados dentro inmueble y servirá de base para la de los límites Cantonales excepto determinación de impuestos y las zonas urbanas de la cabecera para otros efectos no tributarios cantonal y de las demás zonas como los de expropiación. urbanas del Cantón determinadas

de conformidad con la Ley.Que el artículo 68 del Código Tributario le faculta a la Art. 2. IMPUESTOS QUE Municipalidad a ejercer la GRAVAN A LOS PREDIOS determinación de la obligación RURALES.- Los predios rurales tributaria están gravados por los siguientes

impuestos establecidos en los Que los artículos 87 y 88 del Arts. 331 a 337 de la Ley Código Tributario le facultan a la Orgánica de Régimen Municipal;Municipalidad a adoptar por disposición administrativa la 1. - El impuesto a m o d a l i d a d p a r a e s c o g e r los predios ruralescualquiera de los sistemas de determinación previstos en este Art. 3. - EXISTENCIA DEL Código. HECHO GENERADOR.- El

catastro registrará los elementos Por lo que en uso de las cualitativos y cuantitativos que atribuciones que le confiere la establecen la existencia del Ley Orgánica de Régimen Hecho Generador, los cuales Municipal vigente: estructuran el contenido de la

información predial, en el EXPIDE: formulario de declaración o

ficha predial con los siguientes La Ordenanza que Regula la indicadores generales:D e t e r m i n a c i ó n , Administración y Recaudación 01.-) Identificación predialdel Impuesto a los Predios 02.-) Tenencia

CATEGORÍA PREDIOS %. DE PREDIOS

Frentistas 1791 9.27

Sector comercial 2113 10.93

Sector residencial 5719 29.59

Sector periférico 9706 50.21

19329

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 14 Pag 91

03.-) Descripción del terreno considerará en forma obligatoria, 04.-) Infraestructura y servicios los siguientes elementos:05.-) Uso y calidad del suelo06.- ) Descr ipción de las a) El valor del suelo que es el edificaciones precio unitario de suelo, urbano 07.-) Gastos e Inversiones o rural, determinado por un

proceso de comparación con Art. 4. SUJETO ACTIVO.- El precios de venta de parcelas o sujeto activo de los impuestos solares de condiciones similares señalados en los artículos u homogéneas del mismo sector, precedentes es el Gobierno multiplicado por la superficie de Municipal de Tulcán. la parcela o solar.

Art. 23.- Sujeto activo.- b) El valor de las edificaciones que Sujeto activo es el ente público es el precio de las construcciones acreedor del tributo. que se hayan desarrollado con

carácter permanente sobre un Art.5. SUJETOS PASIVOS.- solar, calculado sobre el método de Son suje tos pas ivos , los reposición; y,contribuyentes o responsables de los impuestos que gravan la c) El valor de reposición que se propiedad rural, las personas determina aplicando un proceso naturales o jurídicas, las que permite la simulación de sociedades de hecho, las construcción de la obra que va a sociedades de bienes, las s e r a v a l u a d a , a c o s t o s herencias yacentes y demás actualizados de construcción, entidades aún cuando careciesen depreciada de forma proporcional de personalidad jurídica, como al tiempo de vida útil. señalan los Arts. : 23, 24, 25, 26 y 27 del Código Tributario y que Los predios rurales serán s e a n p r o p i e t a r i o s o valorados mediante la aplicación usufructuarios de bienes raíces de los elementos de valor del ubicados en las zonas definidas suelo, valor de las edificaciones y como rurales del Cantón. valor de reposición previstos en

esta Ley; con este propósito, el Art. 6. –VALOR DE LA Concejo aprobará, mediante PROPIEDAD.- Para establecer ordenanza, el Plano de Valor de la el valor de la propiedad se Tierra, los factores de aumento o

arterias de la ciudad de Tulcán, siendo estas las calles, Sucre, Rafael Arellano, accesos Norte y Sur; y la Avenida Brasil; lo que ha permitido contribuir el ornato y seguridad de los sectores objeto de intervención; y,

EL ILUSTRE CONCEJO DEL GOBIERNO Que: El Banco del Estado y el

MUNICIPAL DEL CANTON Gobierno Municipal de Tulcán TULCAN suscribieron un Contrato de

Préstamo y Fideicomiso el 9 de CONSIDERANDO: diciembre de 2008, cuyo objeto

fue entregar fondos destinados a Que: De conformidad a lo cofinanciar las obras de Asfaltado dispuesto en el Art. 264 de la de la Calles Sucre y de la Avenida Constitución de la República del Rafael Arellano, accesos Norte y Ecuador s e e s t ab l ece l a s Sur y Av. Brasil de la ciudad de competencias exclusivas de las Tulcán, provincia del Carchi. En municipalidades, entre ellas, lo la cláusula Vigésimo Séptima del determinado en los numerales 2, 3 mencionado documento en su y 5 del citado artículo. numeral tres se establece que;

“Previo a la entrega de hasta el Que: De conformidad a lo 80% del monto del crédito, la dispuesto en los Arts. 322, Municipalidad deberá entregar la 324,569, 572, 577, 578, 579, 580, Ordenanza, que garantice la 581 y 582 del Código Orgánico de recuperación de las inversiones, a O rg a n i z a c i ó n Te r r i t o r i a l , través del cobro de la Contribución Autonomía y Descentralización, Especial de Mejoras, en la que se las Municipalidades pueden establezca un pago diferenciado en aplicar el cobro de Contribución función de los beneficiarios Especial de Mejoras, que se directos e indirectos de las obras a establecen en el COOTAD ejecutarse”

Que: El Gobierno Municipal de En uso de las facultades que le Tulcán, dentro del proceso de otorga el último inciso del Art. 264 Regeneración Urbana ha realizado de la Constitución de la República el asfaltado de las principales del Ecuador, en concordancia con

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 90 Pag 15

GOBIERNO MUNICIPAL DE TULCAN. CERTIFICADO DE D I S C U S I O N : L a “ORDENANZA QUE REGULA f.) Ab. Marlon Suárez ObandoL A U B I C A C I Ó N Y SECRETARIO GENERALH O R A R I O S D E FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS QUE E X P E N D E N B E B I D A S ALCALDIA DEL GOBIERNO ALCOHÓLICAS Y SALAS DE MUNICIPAL DE TULCAN. JUEGOS ELECTRÓNICOS Tulcán, a diez y siete de EN EL CANTÓN TULCÁN.”, diciembre del dos mil diez, por fue analizada y aprobada en reunir los requisitos legales Sesiones Ordinarias de Concejo exigidos en el Art. 322 del realizadas el 27 de Julio y 14 de C ó d i g o O r g á n i c o d e diciembre del 2010. Organ izac ión Ter r i to r i a l ,

Autonomía y Descentralización, LO CERTIFICO.- promúlguese y ejecútese.

f.) Ab. Marlon Suárez Obando f.) Ing. Julio César Robles SECRETARIO GENERAL Guevara

ALCALDE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TULCÁN

SECRETARIA GENERAL D E L G O B I E R N O Proveyó y firmó la presente MUNICIPAL DE TULCAN. Ordenanza el Ing. Julio César Tulcán, 16 de diciembre del Robles Guevara, Alcalde del 2 0 1 0 , l a s 0 8 H 3 0 . D e Gobierno Municipal de Tulcán, el conformidad con lo dispuesto en diez y siete de diciembre del dos el inciso cuarto del Art. 322 del mil diez. C ó d i g o O r g á n i c o d e Organ izac ión Ter r i to r i a l , LO CERTIFICO.-Autonomía y Descentralización, remítase al señor Alcalde para su sanción. f.) Ab. Marlon Suárez Obando

SECRETARIO GENERAL

reducción del valor del terreno por uso potencial del suelo, la calidad a s p e c t o s : g e o m é t r i c o s , del suelo deducida mediante topográficos, accesibilidad al análisis de laboratorio sobre r i ego , accesos y v ías de textura de la capa arable, nivel de comunicación, calidad del suelo, fertilidad, Ph, salinidad, capacidad agua potable, alcantarillado y otros de intercambio catiónico, y elementos semejantes, así como contenido de materia orgánica, y los factores para la valoración de además profundidad efectiva del las edificaciones. La información, perfil, apreciación textural del c o m p o n e n t e s , v a l o r e s y suelo, drenaje, relieve, erosión, parámetros técnicos, serán índice climático y exposición particulares de cada localidad y solar, resultados con los que que se describen a continuación: permite establecer la clasificación

agrológica que relacionado con la a.-) Valor de terrenos estructura territorial jerarquizada Se establece sobre la información permiten el planteamiento de de carácter cualitativo de la sectores homogéneos de cada una infraestructura básica, de la de las áreas rurales. Sobre los infraestructura complementaria, cuales se realiza la investigación comunicación, transporte y de precios de venta de las parcelas s e r v i c i o s m u n i c i p a l e s , o solares, información que información que cuantificada m e d i a n t e u n p r o c e s o d e m e d i a n t e p r o c e d i m i e n t o s comparación de precios de estadísticos permitirá definir la c o n d i c i o n e s s i m i l a r e s u estructura del territorio rural y homogéneas, serán la base para la establecer sectores debidamente elaboración del Plano de Valor de jerarquizados. la Tierra; sobre el cual se

determine el valor base por SECTORES HOMOGÉNEOS sectores homogéneos. Expresado

DEL ÁREA RURAL DEL en el cuadro siguiente;CANTÓN TULCÁN

El valor base que consta en el Además se considera el análisis de Plano de Valor de la Tierra será las características del uso actual, afectado por los siguientes

SECTOR HOMOGENEO

CALIDAD DEL

SUELO 1

CALIDAD DEL

SUELO 2

CALIDAD DEL

SUELO 3

CALIDAD DEL

SUELO 4

CALIDAD DEL

SUELO 5

CALIDAD DEL

SUELO 6

CALIDAD

DELSUELO 7

CALIDAD

DELSUELO 8

SH 4.2 9.951 8.927 7.902 6.000 4.683 2.927 1.463 878

SH 5.3 8.500 7.625 6.750 5.125 4.000 2.500 1.250 750

SH 5.4 6.375 5.719 5.063 3.844 3.000 1.875 938 563

SH 6.5 3.400 3.050 2.700 2.050 1.600 1.000 500 300

SECTOR SECTORES HOMOGENEOS

1 SECTOR HOMOGENEO 4.2

2 SECTOR HOMOGENEO 5.3

3 SECTOR HOMOGENEO 5.4

4 SECTOR HOMOGENEO 6.5

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 16 Pag 89

factores de aumento o reducción del valor del terreno por aspectos: Geométricos; Localización, 2.- TOPOGRÁFICOSforma, superficie, Topográficos; plana, pendiente leve, pendiente m e d i a , p e n d i e n t e f u e r t e . A c c e s i b i l i d a d a l R i e g o ; permanente, parcial, ocasional. Accesos y Vías de Comunicación; 3.- ACCESIBILIDAD AL primer orden, segundo orden, RIEGOtercer orden, herradura, fluvial, férrea, Calidad del Suelo, de acuerdo al análisis de laboratorio se definirán en su orden desde la primera como la de mejores 4.- ACCESO Y VÍAS DE condiciones hasta la octava que COMUNICACIÓNsería la de peores condiciones. Servicios básicos; electricidad, a b a s t e c i m i e n t o d e a g u a , a l c a n t a r i l l a d o , t e l é f o n o , transporte; como se indica en el siguiente cuadro:

FACTORES DE 5.- CALIDAD DEL SUELOMOLIFICACIÓN DEL

VALOR POR INDICADORES:

1.- GEOMÉTRICOS

imponible el cual será canalizado organizadores de espectáculos por la Dirección de Gestión de públicos y en general a aquellos Desarrollo Sostenible. establecimientos autorizados para

e l e x p e n d i d o d e b e b i d a s alcohólicas ante las autoridades

Art. 18.- En todos estos casos competentes, para que se proceda previamente establecidos deberá al respectivo juzgamiento y efectuarse la citación al dueño o sanción por incumplimiento de representante legal del negocio o esta normativa.es tab lec imiento , para que comparezca a la audiencia de Art. 21.- Derogatoria.- Quedan juzgamiento ante el Comisario d e r o g a d a s t o d a s a q u e l l a s Municipal del Cantón Tulcán, Ordenanzas, Disposiciones, quien sancionará de conformidad a Resoluciones o Normas que estén la presente Ordenanza y cuya en con t r ad i cc ión con l a s resolución no será apelable. establecidas en la presente

Ordenanza.Art. 19.- El control y juzgamiento de las infracciones contenidas en Art. 22.- Vigencia.- La presente es ta Ordenanza , se rán de Ordenanza entra en vigencia a competencia del Comisario partir de la fecha de su aprobación Municipal y los organismos sin perjuicio a la publicación en el competentes de control, de Registro Oficial.conformidad a la normativa pertinente. Dado y firmado en la Sala de

Sesiones del Gobierno Municipal Art. 20.- Acción.- Concédase de Tulcán, a catorce de diciembre acción popular para denunciar, la del 2010. v i o l a c i ó n a l a s n o r m a s establecidas por esta Ordenanza.

f.) Ing. Julio César Robles G. Así mismo, los comités barriales, ALCALDE agrupaciones comunitarias y la ciudadanía en general, pueden organizarse para vigilar el estricto f.) Ab. Marlon Suárez Obando cumplimiento de esta normativa, y SECRETARIO GENERALdenunciar a los establecimientos c o m e r c i a l e s , t u r í s t i c o s , SECRETARIA GENERAL DEL

INDICADORES FACTORES PRIMER ORDEN SEGUNDO ORDEN TERCER ORDEN HERRADURA FLUVIAL LÍNEA FÉRREA NO TIENE

1.00 A 0.93

INDICADORES FACTORES 5.1.- TIPO DE RIESGOS DESLAVES HUNDIMIENTOS VOLCÁNICO CONTAMINACIÓN HELADAS INUNDACIONES VIENTOS NINGUNA

1.00 A 0.70

5.2- EROSIÓN LEVE MODERADA SEVERA

0.985 A 0.96

5.3.- DRENAJE EXCESIVO MODERADO MAL DRENADO BIEN DRENADO

1.00 A 0.96

INDICADORES FACTORES 1.1.FORMA DEL PREDIO REGULAR IRREGULAR MUY IRREGULAR

1.00 A 0.98

1.2. POBLACIONES CERCANAS CAPITAL PROVINCIAL CABECERA CANTONAL CABECERA PARROQUIAL ASENTAMIENTO URBANOS

1.00 A 0.96

1.3. SUPERFICIE 0.0001 a 0.0500 0.0501 a 0.1000 0.1001 a 0.1500 0.1501 a 0.2000 0.2001 a 0.2500 0.2501 a 0.5000 0.5001 a 1.0000 1.0001 a 5.0000 5.0001 a 10.0000 10.0001 a 20.0000 20.0001 a 50.0000 50.0001 a 100.0000 100.0001 a 500.0000 + de 500.0001

2.26 A 0.65

INDICADORES FACTORES PLANA PENDIENTE LEVE PENDIENTE MEDIA PENDIENTE FUERTE

1.00 A 0.96

INDICADORES FACTORES PERMANENTE PARCIAL OCASIONAL

1.00 A 0.96

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 88 Pag 17

unificada, más la clausura directa en dichos lugares, de 48 horas; s in con ta r con los

p e r m i s o s 2. Cuando se trate de la correspondientes;

segunda vez, el local, e s t a b l e c i m i e n t o 5. Quien expenda bebidas comercial y/o turístico alcohólicas a menores de será sancionado con una edad, se le clausurará el multa del 100% de la local hasta por (3) tres remuneración básica días, más una multa del unificada, más la clausura 25% de la remuneración de tres (3) días; básica unificada por

primera vez. En caso de 3. Cuando se trate de la ser re incidentes , la

tercera vez, la sanción sanción consistirá en la consistirá en la clausura clausura definitiva del definitiva del local. El local y la pérdida de la Comisario Municipal del l i c e n c i a ú n i c a d e Cantón Tulcán elaborará func ionamien to y /o el acta respectiva y patente municipal según pondrá los sellos de sea el caso. clausura definitiva;

Art. 17.- Los ingresos no 4. En lugares públicos tales tributarios contemplados en el

como: establecimientos Artículo 16 de la presente e d u c a t i v o s , c a l l e s , Ordenanza, serán destinados a los avenidas, plazas, parques proyectos socia les que la y miradores. La venta y municipalidad implementará para consumo de bebidas la prevención y mitigación, los alcohólicas en estos cuales ingresarán a una partida lugares será sancionada creada para tal efecto.con la multa del cincuenta p o r c i e n t o d e l a Se creará dentro del CAPÍTULO remuneración básica VI SERVICIOS TÉCNICOS unificada (50%), a la ADMINISTRATIVOS de la p e r s o n a , e m p r e s a , Ordenanza que regula el cobro de organización o comercio tasas por servicios técnicos y que expenda de manera administrativos el 10% de la base

6.- SERVICIOS BÁSICOS homogéneo localizado en el Plano de Valor de la Tierra, multiplicado por el factor de afectación de; calidad del suelo, topografía, forma y superficie, resultado que se multiplica por la superficie del predio para obtener

Las particularidades físicas de el valor comercial individual. cada terreno de acuerdo a su Para proceder a l cálculo implantación en el área rural, en la individual del valor del terreno de realidad dan la posibilidad de cada predio se aplicará los múltiples enlaces entre variables e siguientes criterios: Valor de indicadores, los que representan al terreno = Valor base x factores de es tado ac tua l de l p red io , afectación de aumento o condiciones con las que permite reducción x Superficie así:realizar su valoración individual. Valoración individual del terreno

VI = S x Vsh x Fa Por lo que el valor comercial Fa = CoGeo x CoT x CoAR x individual del terreno está dado: CoAVC x CoCS x CoSBpor el valor Hectárea de sector Donde:

FACTO RE S D E R EP OSIC IÓN PARA EL C ALCULO DE L VALO R M 2 DE EDIFIC ACIÓN COLU M NA S Y P ILAS TRA S NO TIE NE Hor.Arma do H ierro Mad era Ca ña Pied ra La dr illo Ad ob e

0,0000 2,3266 1,4327 0,6609 0,5394 0,4517 0,3826 0,3826 0,0000

V IGAS Y C ADENAS NO TIE NE Hor.Arma do H ierro Mad era Ca ña

0,0000 0,9640 1,1762 0,2506 0,2293 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000

E NTRE P ISOS NO TIE NE Los.H or .A r H ierro Mad era Ca ña Mad .-Lad ri Bov.L adi ll B ov.Pied ra

0,0000 0,3946 0,3204 0,1363 0,0500 0,0875 0,1646 0,6928 0,0000

P AREDES Bloqu e Lad rillo Piedra Ado be Ta pial Ba ha re que M ad .Fin a M ad. Co mú n Caña

0,6897 0,5880 0,5701 0,5531 0,4086 0,5561 0,8620 0,5581 0,3109

E SCALERA Ho r.A rm ad o Hierro Ma dera Piedra L ad rillo Hor. Simp le

0,0428 0,0760 0,0257 0,0305 0,0247 0,1451 0,0000 0,0000 0,0000

CUBIERTA Est. Estruc Los.H or .A r Vig. Met áli Mad .Fina Mad .C om ún Caña

5,4801 2,4506 1,3577 1,0817 0,4118 0,3096 0,0000 0,0000 0,0000

REV ES. D E PISOS Cem .Alisa M armo l Ter. Ma rm et B al.C erám i Bal.C em en t Tabl-Parq u Vin il Due la Ta bla

0,2959 4,7075 2,3538 0,7357 0,5367 0,6093 0,4573 0,6100 0,2367

REV ES. I NTERIORES NO TIE NE Ma d.F ina Mad .C om ún Enl.A re -Ce En l. Tie rra A zulejo Graf-Ch af - P ie d-La dr-

0,0000 2,3842 1,8414 0,6848 0,2587 3,0508 1,2246 2,0748 0,0000

REV ES. E XTERIORES NO TIE NE Ma d.F ina Mad .C om ún Enl.A re -Ce En l. Tie rra M armo l-M ar Graf-Ch af - Alum in io Cem .Alisad

0,0000 0,8585 0,4788 0,2156 0,1986 1,0570 0,1433 2,7221 0,9198

REV ES. E SCALE RA NO TIE NE Ma d.F ina Mad .C om ún Enl.A re -Ce En l. Tie rra M armo l-M ar P ie d-La dr . Ba l. Ce me nt

0,0000 0,0322 0,0287 0,0148 0,0070 0,0374 0,0326 0,0098 0,0000

TUMB ADOS NO TIE NE Ma d.F ina Mad .C om ún Enl.A re -Ce En l. Tie rra Cham pe ad o Estuco Fib ra Sint

0,0000 2,4237 0,7862 0,2505 0,1731 1,1203 0,6586 1,7041 0,0000

CUBIERTA Enl.A re -Ce Teja Vid ri Teja C om ún Fibro C e me Zin c Bal.C e rám i Ba l. Ce me nt Tejuelo Pa ja -Hojas

0,2328 1,3428 0,8101 0,8079 0,4558 0,8572 0,5953 0,4305 0,1149

P UE RTAS NO TIE NE Ma d.F ina Mad .C om ún Alum inio H ierro H ie .M ade ra En ro lla ble

0,0000 1,3117 0,7296 0,9901 1,0821 0,1104 0,7704 0,0000 0,0000

V ENTA NA S NO TIE NE Ma d.F ina Mad .C om ún Alum inio H ierro M ad. Ma lla

0,0000 0,3369 0,1734 0,6719 0,3675 0,1796 0,0000 0,0000 0,0000

CUBRE VE NTA NAS NO TIE NE Ma d.F ina Mad .C om ún Alum inio H ierro Enrollab le

0,0000 0,2173 0,1317 0,1710 0,2771 0,3186 0,0000 0,0000 0,0000

CLOS ETS NO TIE NE Ma d.F ina Mad .C om ún Alum inio Tol-H ierro

0,0000 1,2010 0,3441 1,5403 1,0610 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000

S ANITA RIOS NO TIE NE Po zo C iego C .Ag .Se rvi C .Ag. Lluvi Can .C om bin

0,0000 0,1385 0,0911 0,0911 0,2571 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000

B AÑOS NO TIE NE L etr ina Com ún 1/ 2 B año 1 Bañ o C om 2 B año s C o 3 Bañ os C o 4 Bañ os C o +4 Bañ os

C

0,0000 0,0916 0,1203 0,1308 0,1790 0,3579 0,5368 0,7061 0,8754

E LECTRICAS NO TIE NE A la m. Ext. Tub .Exte ri Em potrad os

0,0000 2,7734 2,8073 2,8383 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000

E SPECIAL ES NO TIE NE Ascen sor P iscina Sau .Turco B arb aco a

0,0000 0,0000 0,0000 1,5876 0,4810 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000

INDICADORES FACTORES 5 INDICADORES 4 INDICADORES 3 INDICADORES 2 INDICADORES 1 INDICADORES 0 INDICADORES

1.00 A 0.942

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 18 Pag 87

VI = VALOR INDIVIDUAL ACCESIBILIDAD A VÍAS DE DEL TERRENO COMUNICACIÓNS = S U P E R F I C I E D E L CoCS = COEFICIENTE DE TERRENO CALIDAD DEL SUELOF a = F A C T O R D E CoSB = COEFICIENTE DE AFECTACIÓN ACCESIBILIDAD SERVICIOS Vsh = VALOR DE SECTOR BÁSICOSHOMOGENEO Para proceder al cálculo CoGeo = COEFICIENTES individual del valor del terreno de GEOMÉTRICOS cada predio se aplicará los CoT = COEFICIENTE DE siguientes criterios: Valor de TOPOGRAFIA terreno = Valor base x factores de CoAR = COEFICIENTE DE afectación de aumento o ACCESIBILIDAD AL RIEGO reducción x Superficie. CoAVC = COEFICIENTE DE

unificada, para que abalice el cliente, tanto en el interior como en cumplimiento de esta disposición. el exterior de los mencionados

locales.Art. 12.- Prohíbase la instalación y funcionamiento de locales de Art. 15.- En los establecimientos venta y consumo de bebidas turísticos y comerciales deben alcohólicas como: discotecas, contar con todos los permisos, en clubes nocturnos, licorerías, los que deben constar la misma karaokes, bar- karaoke, video-bar, clasificación y categorización que cantinas, juegos de billas, billares señalen todos los registros y electrónicos, en un perímetro de públicos y privados competentes. 200 metros de distancia de: Su promoción y publicidad será la Hospitales, Clínicas, Centros que corresponda únicamente a su Educativos, Iglesias y Guarderías clasificación y categoría. La Infantiles. violación de esta disposición será

sancionada con la clausura Art. 13.- Previo a la construcción e (temporal), preventiva hasta la instalación de: discotecas, clubes r e g u l a r i z a c i ó n d e s u nocturnos, bares y centros de juego funcionamiento, en un plazo se deberán realizar la respectiva máximo de ocho (8) días. La consulta de asesoramiento técnico Comisaria Municipal deberá a la Dirección de Planificación vigilar y actuar con acciones Urbana del Gobierno Municipal de determinativas para un estricto Tulcán, el cual deberá instruir y cumplimiento.a d e m á s p o d r á s u p e r v i s a r constantemente la construcción de Art. 16.- Sanciones.- En caso de la obra conjuntamente con la incumplimiento comprobado de Comisaría Municipal. los horarios establecidos en el Art.

6 de la presente Ordenanza, se Art. 14.- Para la obtención del impondrá las siguientes sanciones:r e s p e c t i v o p e r m i s o d e funcionamiento los propietarios 1. Cuando se trate de la de: discotecas, clubes nocturnos, primera vez, el local, bares, cantinas, billas, billares, e s t a b l e c i m i e n t o juegos electrónicos, video bar, comercial y/o turístico karaoke, bar-karaoke, moteles, será sancionado con una deberán contar con todas las multa del 50% de la medidas de seguridad para el remuneración básica

DEPRECIACIÓN FACTORES DE CORRECCIÓN POR ANTIGÜEDAD

APORTICADO SOPORTANTES

Años Cumplidos

Hormigón

Hierro

Madera Tratada

Madera Común

Bloque Ladrillo

Bahareque

Adobe Tapial

1 2 3 4 1 2 3 0-2 1 1 1 1 1 1 1

3-4 0.97 0.97 0.96 0.96 0.95 0.94 0,94

5-6 0,93 0,93 0,92 0,9 0,92 0,88 0,88

7-8 0,9 0,9 0,88 0,85 0,89 0,86 0,86

9-10 0,87 0,86 0,85 0,8 0,86 0,83 0,83

11-12 0,84 0,83 0,82 0,75 0,83 0,78 0,78

13-14 0,81 0,8 0,79 0,7 0,8 0,74 0,74

15-16 0,79 0,78 0,76 0,65 0,77 0,69 0,69

17-18 0,76 0,75 0,73 0,6 0,74 0,65 0,65

19-20 0,73 0,73 0,71 0,56 0,71 0,61 0,61

21-22 0,7 0,7 0,68 0,52 0,68 0,58 0,58

23-24 0,68 0,68 0,66 0,48 0,65 0,54 0,54

25-26 0,66 0,65 0,63 0,45 0,63 0,52 0,52

27-28 0,64 0,63 0,61 0,42 0,61 0,49 0,49

29-30 0,62 0,61 0,59 0,4 0,59 0,44 0,44

31-32 0,6 0,59 0,57 0,39 0,56 0,39 0,39

33-34 0,58 0,57 0,55 0,38 0,53 0,37 0,37

35-36 0,56 0,56 0,53 0,37 0,51 0,35 0,35

37-38 0,54 0,54 0,51 0,36 0,49 0,34 0,34

39-40 0,52 0,53 0,49 0,35 0,47 0,33 0,33

41-42 0,51 0,51 0,48 0,34 0,45 0,32 0,32

43-44 0,5 0,5 0,46 0,33 0,43 0,31 0,31

45-46 0,49 0,48 0,45 0,32 0,42 0,3 0,3

47-48 0,48 0,47 0,43 0,31 0,4 0,29 0,29

49-50 0,47 0,45 0,42 0,3 0,39 0,28 0,28

51-52 0,46 0,44 0,41 0,29 0,37 0,27 0,27

53-54 0,46 0,42 0,4 0,29 0,36 0,26 0,26

55-56 0,45 0,43 0,39 0,28 0,34 0,25 0,25

57-58 0,45 0,41 0,38 0,28 0,33 0,24 0,24

59-60 0,44 0,4 0,37 0,28 0,32 0,23 0,23

61-64 0,43 0,39 0,36 0,28 0,31 0,22 0,22

65-68 0,42 0,38 0,35 0,28 0,3 0,21 0,21

69-72 0,41 0,37 0,34 0,28 0,29 0,2 0,2

73-76 0,41 0,37 0,33 0,28 0,28 0,2 0,2

77-80 0,4 0,36 0,33 0,28 0,27 0,2 0,2

81-84 0,4 0,36 0,32 0,28 0,26 0,2 0,2

85-88 0,4 0,35 0,32 0,28 0,26 0,2 0,2

89 0,4 0,35 0,32 0,28 0,25 0,2 0,2

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divers ión noc turna , a l c o h ó l i c a s e n l o s cantinas, night club, establecimientos calificados para espectáculos para adultos el efecto, debiendo contar con las y otros de lunes a jueves respectivas licencias y patentes hasta las 00H00; y, los autorizadas para esa actividad; por días viernes y sábados lo tanto, se prohíbe el expendio y hasta las 02H00 del día consumo de bebidas alcohólicas: siguiente.

a. En inmuebles destinados c) La venta de licores será de a cualquier finalidad no

lunes a sábado hasta las autorizada expresamente 22H00, en los locales para el efecto.autorizados.

b. E n v e h í c u l o s d e transporte público de

Art. 7.- Los locales de juegos pasajeros, incluyendo las electrónicos funcionarán de lunes denominadas chivas y a sábado desde las 14H00 hasta las otros similares; y,19H00. Se prohíbe la admisión de niños, niñas, y de los y las c. A menores de edad. adolescentes que no hayan cumplido los 15 años de edad. Art. 10.- Se prohíbe la entrega

gratuita de bebidas alcohólicas en El horario de atención antes cualquier espectáculo público, s e ñ a l a d o ; s e r á e x h i b i d o incluido aquellos que son de v i s i b l e m e n t e e n l o s carácter gratuito y de fines establecimientos. benéficos.

Art. 8.- Funcionamiento.- Las Art. 11.- Será responsabilidad de discotecas, bares y salas de baile los propietarios, administradores u que funcionen dentro o formen organizadores de espectáculos parte de un establecimiento de públicos de toda índole, adoptar alojamiento deberán acatar el las acciones que correspondan horario de expendio de bebidas para impedir la entrega gratuita de alcohólicas de esta Ordenanza. bebidas alcohólicas de cualquier

tipo. Los organizadores de estos Art. 9.- Prohibiciones.- Se puede eventos depositarán una garantía expender solamente bebidas de una remuneración básica

b.-) Valor de edificaciones desarrollado con el carácter de permanente, proceso que a través

Se establece el valor de las de la aplicación de la simulación edificaciones que se hayan de presupuestos de obra que va a

AFECTACION FACTORES DE CORRECCIÓN POR ESTADO DE CONSERVACIÓN

Años Estable A reparar Obsoleto 0-2 1 0,84 0 3-4 1 0,84 0 5-6 1 0,81 0 7-8 1 0,78 0 9-10 1 0,75 0 11-12 1 0,72 0 13-14 1 0,70 0 15-16 1 0,67 0 17-18 1 0,65 0 19-20 1 0,63 0 21-22 1 0,61 0 23-24 1 0,59 0 25-26 1 0,57 0 27-28 1 0,55 0 29-30 1 0,53 0 31-32 1 0,51 0 33-34 1 0,50 0 35-36 1 0,48 0 37-38 1 0,47 0 39-40 1 0,45 0 41-42 1 0,44 0 43-44 1 0,43 0 45-46 1 0,42 0 47-48 1 0,40 0 49-50 1 0,39 0 51-52 1 0,38 0 53-54 1 0,37 0 55-56 1 0,36 0 57-58 1 0,35 0 59-60 1 0,34 0 61-64 1 0,34 0 65-68 1 0,33 0 69-72 1 0,32 0 73-76 1 0,31 0 77-80 1 0,31 0 81-84 1 0,30 0 85-88 1 0,30 0 89 1 0,29 0

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s e r a v a l u a d a a c o s t o s cuatro años, con una variación de actualizados, en las que constaran hasta el 17% del valor y año los siguientes indicadores: de original, en relación a la vida útil carácter general ; t ipo de de los materiales de construcción e s t r u c t u r a , e d a d d e l a de la estructura del edificio. c o n s t r u c c i ó n , e s t a d o d e Se afectará además con los conservación, reparaciones y f a c t o r e s d e e s t a d o d e número de p isos . En su conservación del edificio en estructura; columnas, vigas y relación al mantenimiento de cadenas, entrepisos, paredes, este, en las condiciones de esca le ras y cubier ta . En estable, a reparar y obsoleto.acabados; revestimiento de pisos, interiores, exteriores, escaleras, Para proceder a l cálculo tumbados, cubiertas, puertas, individual del valor metro ventanas, cubre ventanas y cuadrado de la edificación se closets. En instalaciones; aplicará los siguientes criterios: sanitarias, baños y eléctricas. Valor M2 de la edificación = O t r a s i n v e r s i o n e s ; Sumatoria de factores de s a u n a / t u r c o / h i d r o m a s a j e , participación por rubro x ascensor, escalera eléctrica, aire constante de correlación del valor acondicionado, sistema y redes x factor de depreciación x factor d e s e g u r i d a d , p i s c i n a s , de estado de conservación.cerramientos, vías y caminos e instalaciones deportivas. Para la aplicación del método de El valor de la edificación = Valor reposición y establecer los M2 de la edificación x superficies parámetros específicos de de cada bloque.cálculo, a cada indicador le corresponderá un número Art. 7. - DETERMINACION definido de rubros de edificación, DE LA BASE IMPONIBLE.- a los que se les asignaran los La base imponible, es el valor de índices de participación. Además la propiedad previstos en el Art. se define la constante de 307 de la Ley Orgánica de correlación de la unidad de valor Régimen Municipal.en base al volumen de obra.

Art. 8. - DEDUCCIONES O Para la depreciación se aplicará el REBAJAS.- Determinada la método lineal con intervalo de base imponible, se considerarán

que expendan bebidas alcohólicas Toda actividad comercial y/o deben cumplir estrictamente con turística que implique el expendio t o d a s l a s n o r m a s s o b r e de bebidas alcohólicas, deberá contaminación, control sanitario, realizarse con estricto apego a las control de incendios, seguridad, r e g u l a c i o n e s y n o r m a s menores de edad y demás vigentes establecidas por la ley sobre uso q u e l e s s e a n a p l i c a b l e s , del suelo, seguridad, protección establecidas por la ley.ambiental, control sanitario, control de incendios y otras Art. 5.- Las autoridades especiales contenidas en esta competentes vigilarán que los Ordenanza. establecimientos autorizados no

se excedan de los niveles A r t . 2 . - C o m p e t e n c i a . - tolerables de ruido, según las Corresponde a la Municipalidad, normas establecidas por la ley. la ubicación y fijación de horarios a los locales de expendio de A r t . 6 . - H o r a r i o . - L o s bebidas alcohólicas, y para su fiel establecimientos autorizados para cumplimiento, la Municipalidad a el expendio y consumo de bebidas través de la Comisaria Municipal, alcohólicas podrán hacerlo podrá contar con los demás únicamente de acuerdo al organismos de control como: siguiente:Intendencia General de Policía, Comisaría Nacional, entre otros de a) El horario de expendio y conformidad a las normas legales consumo de bebidas establecidas. a l c o h ó l i c a s p a r a :

discotecas, salas de baile, A r t . 3 . - R e s p o n s a b l e s . - peñas, salas de banquetes (obligatoriedad) Las personas de lunes a jueves es hasta naturales o jurídicas que expendan las 00H00; y, los días bebidas alcohólicas en el cantón viernes y sábados hasta Tulcán, se encuentran obligadas a l a s 0 2 H 0 0 d e l d í a cumplir con las disposiciones siguiente.establecidas en la presente Ordenanza. b) Salones de juegos, billas

y b i l l a r e s , b a r -Art. 4.- Normas técnicas de restaurantes, karaokes, calidad.- Los establecimientos bar-karaokes, locales de

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literal p) faculta a los Municipios siguiente: “Presentar proyectos de a: “Regular, fomentar, autorizar y ordenanzas cantonales, en el c o n t r o l a r e l e j e r c i c i o d e ámbito de competencia del a c t i v i d a d e s e c o n ó m i c a s , g o b i e r n o a u t ó n o m o empresariales o profesionales, que descentralizado municipal”.se desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial Q U E E N U S O D E L A S cantonal con el objeto de FACULTADES QUE OTORGA precautelar los derechos de la LA CONSTITUCION DE LA colectividad”. REPUBLICA DEL ECUADOR Y

EL CODIGO ORGÁNICO DE Que, el Art. 56 del Código O R G A N I Z A C I Ó N Orgánico de Organización TERRITORIAL, AUTONOMIA Te r r i t o r i a l , A u t o n o m í a y Y DESCENTRALIZACIÓN, EL Descentralización, tipifica que el CONCEJO MUNICIPAL.Concejo Municipal es el órgano de legislación y fiscalización del EXPIDE:g o b i e r n o a u t ó n o m o descentralizado municipal.... L A O R D E N A N Z A Q U E

REGULA LA UBICACIÓN Y Que, el Art. 57 literal a) del Código H O R A R I O S D E Orgánico de Organización FUNCIONAMIENTO DE LOS Te r r i t o r i a l , A u t o n o m í a y ESTABLECIMIENTOS QUE Descentralización concede las E X P E N D E N B E B I D A S a t r i b u c i o n e s a l C o n c e j o ALCOHÓLICAS Y SALAS DE Municipal: “El ejercicio de la JUEGOS ELECTRÓNICOS facultad normativa en las materias EN EL CANTÓN TULCÁN.de competencia del gobierno au tónomo descen t r a l i zado Art. 1.- Ámbito.- La presente municipal, mediante la expedición Ordenanza regula la ubicación y el de ordenanzas cantonales , horario de funcionamiento para acuerdos y resoluciones”. todos los establecimientos

autorizados que expenden bebidas Que, el Art. 58 del Código alcohólicas, a excepción de Orgánico de Organización a q u e l l a s c u y o c o n t e n i d o Te r r i t o r i a l , A u t o n o m í a y alcohólico es menor a cinco (5) Descentralización, en el literal b) grados, considerados como atribuye a los concejales lo bebidas de moderación.

las rebajas y deducciones Art. 11. - LIQUIDACIÓN consideradas en la Ley Orgánica ACUMULADA.- Cuando un de Régimen Municipal y demás propietario posea varios predios exenciones establecidas por Ley, avaluados separadamente en la que se harán efectivas, mediante misma jurisdicción municipal, la presentación de la solicitud para formar el catastro y correspondiente por parte del establecer el valor imponible, se contribuyente ante el Director sumaran los valores imponibles Financiero Municipal. de los distintos predios, incluido

los derechos que posea en Las solicitudes se podrán condominio, luego de efectuar la presentar hasta el 31 de diciembre d e d u c c i ó n p o r c a r g a s del año inmediato anterior y hipotecarias que afecten a cada estarán acompañadas de todos los predio. Se tomará como base lo documentos justificativos. dispuesto por el Art. 316 de la Ley

Orgánica de Régimen Municipal.Art. 9. - DETERMINACION DEL IMPUESTO PREDIAL.- A r t . 1 2 . - N O R M A S Para determinar la cuantía el RELATIVAS A PREDIOS EN impuesto predial rural, se CONDOMINIO.- Cuando un aplicará la Tarifa de 0.50 x mil, predio pertenezca a varios calculado sobre el valor de la condóminos podrán éstos de propiedad. común acuerdo, o uno de ellos,

pedir que en el catastro se haga A r t . 1 0 . – A D I C I O N A L constar separadamente el valor CUERPO DE BOMBEROS.- que corresponda a su propiedad Para la determinación del s e g ú n l o s t í t u l o s d e l a impuesto adicional que financia copropiedad de conformidad con el servicio contra incendios en lo que establece el Art. 317 de la bene f i c io de l cue rpo de Ley Orgánica de Régimen bomberos del Cantón, se aplicará Municipal y en relación a la Ley el 0.15 por mil del valor de la de Propiedad Horizontal y su propiedad, en caso de existir Reglamento. convenio suscrito entre las partes, conforme lo prescrito en el Art. Art. 13. - EMISIÓN DE 16 numeral 7 de la Ley Orgánica TÍTULOS DE CRÉDITO.- de Régimen Municipal. Sobre la base de los catastros la

Dirección Financiera Municipal

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ordenará de existir la oficina de efectúen antes de esas fechas, Rentas la emisión de los tendrán un descuento del 10% correspondientes títulos de anual. Los que se efectuaren créditos hasta el 31 de diciembre después de esas fechas, sufrirán del año inmediato anterior al que un recargo igual en concepto de corresponden, los mismos que mora.refrendados por el Director Financiero, regis t rados y Vencido el año fiscal, se debidamente contabilizados, recaudarán los impuestos e pasarán a la Tesorería Municipal intereses correspondientes por la para su cobro, sin necesidad de mora mediante el procedimiento que se notifique al contribuyente coactivo.de esta obligación.

Art. 15. - INTERESES POR L o s T í t u l o s d e c r é d i t o s MORA TRIBUTARIA.- A partir contendrán los requisi tos de su vencimiento, el impuesto dispuestos en el Art. 150 del principal y sus adicionales, ya Código Tributario, la falta de sean de beneficio municipal o de alguno de los requisitos otras entidades u organismos establecidos en este artículo, públicos, devengarán el interés excepto el señalado en el numeral anual desde el primero de enero 6, causará la nulidad del título de del año al que corresponden los crédito. impuestos hasta la fecha del

pago, según la tasa de interés Art. 14. - EPOCA DE PAGO.- El establecida de conformidad con impuesto debe pagarse en el las disposiciones de la Junta curso del respectivo año. En el Monetaria, en concordancia con caso de que el pago se efectué de e l A r t . 2 1 d e l C ó d i g o forma anual no se liquidarán Tributario . El interés se descuentos ni recargos. calculará por cada mes, sin lugar

a liquidaciones diarias.Los pagos podrán efectuarse en dos dividendos: el primero hasta Art. 16. - LIQUIDACIÓN DE el 01 de marzo y el segundo hasta L O S C R E D I T O S . - A l el 01 de septiembre, de acuerdo a efectuarse la liquidación de los lo dispuesto por el artículo 338 de títulos de crédito tributarios, se la Ley Orgánica de Régimen establecerá con absoluta claridad Municipal. Los pagos que se el monto de los intereses,

estupefacientes o psicotrópicos y f.) Ab. Marlon Suárez Obando el consumo de bebidas alcohólicas SECRETARIO GENERAL y otras sustancias nocivas para su

salud y desarrollo”.ALCALDIA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TULCAN. Que, los numerales 4 y 7 del Tulcán, a los tres días del mes de artículo 83 de la Constitución de la septiembre del dos mil diez, por República establecen como deber reunir los requisitos legales y r e s pons ab i l i dad de l o s exigidos y de conformidad con lo ecuatorianos y ecuatorianas que determina el Art. 129 de la Ley colaborar en el mantenimiento de Orgánica de Régimen Municipal la paz y la seguridad, así como promúlguese y ejecútese. promover el bien común y

anteponer el interés general al interés particular, conforme al

f.) Ing. Julio César Robles buen vivir;GuevaraALCALDE DEL GOBIERNO Que, el Art. 264 de la Constitución

MUNICIPAL DE TULCAN de la República del Ecuador atribuye al Concejo Municipal la facultad legislativa seccional; En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán ordenanzas cantonales.

Que, el Art. 54 del Código EL CONCEJO MUNICIPAL Orgánico de Organización

DEL CANTÓN TULCÁN Te r r i t o r i a l , A u t o n o m í a y Descentralización, en su literal a)

CONSIDERANDO: establece: “Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción

Que, la sección quinta, artículo 46 territorial cantonal, para garantizar numeral 5 de la Constitución de la la realización del buen vivir a República del Ecuador con través de la implementación de relación a los niños, niñas y políticas públicas cantonales, en el adolescentes establece: “La marco de sus competencias prevención contra el uso de constitucionales y legales”; y, en el

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el uso establecido, pudiendo la “ORIENTAL” DE LA CIUDAD Municipalidad utilizar estos D E T U L C Á N , C A N T Ó N espacios en los que creyera TULCÁN, PROVINCIA DEL conveniente y conforme al CARCHI, fue analizada y desarrollo urbano del sector”. aprobada en sesiones ordinarias de

Concejo de los días 24 y 31 de Art. 2.- La presente Reforma a la agosto del 2010.Ordenanza de Parcelación Urbana “Oriental” de la Ciudad de Tulcán, f.) Ab. Marlon Suárez ObandoCantón Tulcán, Provincia del SECRETARIO GENERALCarchi, será protocolizada en una de las Notarias del Cantón Tulcán, VICEPRESIDENCIA DEL e inscrita en el Registro de la GOBIERNO MUNICIPAL DE Propiedad del Cantón Tulcán, para T U L C A N . Tu l c á n , 1 d e que surta los efectos legales septiembre del 2010, las 8H30. De pertinentes. conformidad con lo dispuesto en el

Art. 126 de la Ley Orgánica de Dado en la Sala de Sesiones del Régimen Municipal, remítase al Gobierno Municipal de Tulcán, a señor Alcalde original y dos copias los 31 días del mes de agosto de de la ordenanza que antecede, para 2010. su sanción y promulgación.

f.) Ab. Javier Cadena Huertas f.) Ab. Javier Cadena HuertasVICEPRESIDENTE DEL VICEPRESIDENTE DEL

CONCEJO CONCEJO

f.) Ab. Marlon Suárez ObandoSECRETARIO GENERAL

SECRETARIA GENERAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE

SECRETARIA GENERAL DEL TULCAN. Proveyó y firmó el GOBIERNO MUNICIPAL DE decreto que antecede, el Abogado TULCAN. CERTIFICADO DE J a v i e r C a d e n a H u e r t a s , DISCUSION: La presente Vicepresidente del Concejo “ R E F O R M A A L A Municipal de Tulcán, en la fecha y O R D E N A N Z A D E hora señalada. Lo certifico.-PARCELACIÓN URBANA

recargos o descuentos a que Municipal, ante el Director hubiere lugar y el valor Financiero Municipal, quien los efectivamente cobrado, lo que se resolverá en el tiempo y en la reflejará en el correspondiente forma establecida.parte diario de recaudación.

En caso de encontrarse en Art. 17. - IMPUTACIÓN DE desacuerdo con la valoración de PAGOS PARCIALES.- Los su propiedad, el contribuyente pagos parciales, se imputarán en podrá impugnarla dentro del el siguiente orden: primero a término de quince días a partir de intereses, luego al tributo y, por la fecha de notificación, ante el último, a multas y costas. órgano correspondiente, mismo

que deberá pronunciarse en un S i u n c o n t r i b u y e n t e o término de treinta días. Para responsable debiere varios títulos tramitar la impugnación, no se de crédito, el pago se imputará requerirá del contribuyente el primero al título de crédito más pago previo del nuevo valor del antiguo que no haya prescrito. tributo.

Art. 18. – NOTIFICACIÓN.- A Art. 20. - SANCIONES este efecto, la Dirección T R I B U T A R I A S . - L o s Financiera notificará por la contribuyentes responsables de prensa o por una boleta a los los impuestos a los predios propie tar ios , haciéndoles r u r a l e s q u e c o m e t i e r a n conocer la realización del infracciones, contravenciones o avalúo. Concluido el proceso se faltas reglamentarias, en lo notificará al propietario el valor referente a las normas que rigen del avalúo. l a d e t e r m i n a c i ó n , administración y control del Art. 19. - RECLAMOS Y impuesto a los predios rurales, R E C U R S O S . - L o s estarán sujetos a las sanciones contribuyentes responsables o previstas en el Libro IV del terceros, tienen derecho a Código Tributario.presentar reclamos e interponer los recursos administrativos A r t . 2 1 . -previstos en el Art.110 del C E R T I F I C A C I Ó N D E Código Tributario y los Arts. AVALÚOS.- La Oficina de 457 y 458 de la Ley de Régimen Avalúos y Catastros conferirá la

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certificación sobre el valor de la DISCUSION: La presente propiedad rural, que le fueren “ORDENANZA QUE REGULA solicitados por los contribuyentes L A D E T E R M I N A C I Ó N , o responsables del impuesto a los A D M I N I S T R A C I Ó N Y predios rurales, previa solicitud R E C A U D A C I Ó N D E L escrita y, la presentación del IMPUESTO A LOS PREDIOS certificado de no adeudar a la RURALES PARA EL BIENIO municipalidad por concepto 2010-2011, fue analizada y alguno. aprobada en sesiones ordinarias

de Concejo de los días 17 y 22 de Art. 22. - VIGENCIA . - diciembre del 2009.La presente Ordenanza entrará en vigencia desde el 01 de Enero del 2010, sin perjuicio de su f.) Ab. Marlon Suárez Obandopublicación en el Registro SECRETARIO GENERALOficial.

VICEPRESIDENCIA DEL Art. 23.- DEROGATORIA.- A GOBIERNO MUNICIPAL DE partir de la vigencia de la presente TULCAN. Tulcán, 23 de Ordenanza quedan sin efecto diciembre del 2009, las 8H30. De Ordenanzas y Resoluciones que conformidad con lo dispuesto en se opongan a la misma. el Art. 126 de la Ley Orgánica de Dado en la Sala de Sesiones del Régimen Municipal, remítase al Gobierno Municipal de Tulcán, a señor Alcalde original y dos los veinte y dos días del mes de copias de la Ordenanza que Diciembre del 2009. antecede, para su sanción y

promulgación.f.) Ab. Javier Cadena HuertasVICEPRESIDENTE DEL

CONCEJO f.) Ab. Javier Cadena HuertasVICEPRESIDENTE DEL

f.) Ab. Marlon Suárez Obando CONCEJOSECRETARIO GENERAL

SECRETARIA GENERAL SECRETARIA GENERAL D E L G O B I E R N O D E L G O B I E R N O MUNICIPAL DE TULCAN. MUNICIPAL DE TULCAN. Proveyó y firmó el decreto que C E R T I F I C A D O D E antecede, el Ab. Javier Cadena

Avalúos y Catastros, en un nuevo Legislación y Codificación:informe del 23 de julio de 2010, justificado con levantamiento Que, con fecha 10 de agosto de planimétrico adjunto, determina 2010, la Comisión de Legislación que el área del lote e terreno, donde y Codificación, emite el informe se construirá el edificio del favorable para realizar la Reforma Registro Civil del Carchi, es de a la Ordenanza de la Parcelación 2.084,00 metros cuadrados. Urbana Oriental;

Que, mediante oficio No. 158-DJ- Que, el Concejo Municipal de GMT-10 del 26 de julio de 2010, Tulcán, amparado el Art. 264 suscrito por el señor Procurador inciso último de la Constitución de Síndico de la Municipalidad de la República del Ecuador y el Art. Tulcán, sugiere al señor Alcalde y 63 numerales 1,3,5 de la Ley señores Concejales, que deben Orgánica de Régimen Municipal; proceder a realizar la Reforma del Resuelve:Art. 7 de la Ordenanza de la Parcelación Urbana Oriental, E X P E D I R:considerando los respaldos de los informes técnicos de la Jefatura de L A R E F O R M A A L A Avalúos y Catastros y de O R D E N A N Z A D E Planificación Urbana, referente al PARCELACIÓN URBANA cambio de USO DE SUELO DE “ORIENTAL” DE LA CIUDAD ÁREA VERDE A ÁREA DE D E T U L C Á N , C A N T Ó N EQUIPAMIENTO URBANA, TULCÁN, PROVINCIA DEL respetando la zonificación del CARCHI.sector, en un área de 1.680,00 metros cuadrados, para la Art. 1.- Sustitúyase el Art. 7, por construcción del edificio del el siguiente: Registro civil del Carchi;

“Los Urbanizadores conforme a la Que, en Sesión Ordinaria del 27 de planificación, transfieren a la julio de 2010, el Concejo Municipalidad la propiedad de Municipal, conoció el informe del 3,924.00 metros cuadrados, de los señor Procurador Síndico, emitido cuales 1.840,00 metros cuadrados, con fecha 26 de julio, y resolvió se comprenderán como área que la propuesta de reforma pase a comunal para el equipamiento conocimiento de la Comisión de urbano, y el restante del suelo para

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diciembre de 1979; adjudicación en Comodato de un lote de terreno por parte de la

Que, los Urbanizadores, conforme Municipalidad de Tulcán, para a la planificación transfieren a la imp lan ta r e l p royec to de Municipalidad, la propiedad de construcción del edificio del 3924,00 metros cuadrados, para Registro Civil del Carchi;construcción de áreas verdes y comunales que la Municipalidad Que, mediante oficio No. 081-creyere convenientes y conforme DPU-GMT-10 del 7 de abril de al desarrollo urbano del sector, las 2010, el Arq. Pedro Rocha, mismas que se especifican en Director de Planificación Urbana, planos que han sido aprobados adjunta el informe de la Jefatura de mediante esta Ordenanza; Avalúos y Catastros, en el que

detalla, la ubicación, área y otras Que, el Art. 11 de la Ley Orgánica características, tanto de la de Régimen Municipal, establece vialidad como de construcción que es finalidad esencial de los para esta institución, por tanto que Municipios, velar por el bien es factible entregar en comodato común local y primordialmente, un área de terreno de propiedad sa t i s facer las neces idades municipal;colec t ivas de l vecindar io , especialmente las derivadas de la Que, en informe No. 054-convivencia urbana cuya atención AVCGMT del 16 de junio de 2010, no comprenda a o t ros el Arq. Diego Tapia, Jefe de organismos gubernativos, siendo Avalúos y Catastros, hace conocer sus fines esenciales; 1. Procurar el al señor Director de Planificación bienestar, material y social de la Urbana, que el lote mas idóneo colectividad, contribuir al fomento para la implantación del edificio y protección de los intereses del Registro Civil del Carchi, sería locales; el que se encuentra ubicado en: La

Parroquia González Suárez, Av. Que, mediante oficio No. 2010- Brasil, calles Panamá y Vicente 019-DGDOI del 11 de marzo de Ramón Roca, clave catastral No. 2010, suscrito por la Dra. María 040101010924001000, con un E l e n a To r r e s , J e f a d e l á r e a d e 1 . 6 8 0 , 0 0 m e t r o s Departamento de Infraestructura cuadrados;de la Dirección General del Registro Civil , solici ta la Que, el Arq. Diego Tapia, Jefe de

Huertas, Vicepresidente del Concejo Municipal de Tulcán, en la fecha y hora señalada.

Lo certifico.-

f.) Ab. Marlon Suárez Obando EL GOBIERNO MUNICIPAL SECRETARIO GENERAL DE TULCÁN

CONSIDERANDO:ALCALDIA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TULCAN. Que la Ley Orgánica de Régimen Tulcán, a los veinte y cuatro días Municipal dispone:del mes de diciembre del dos mil nueve, por reunir los requisitos Q u e l a s m u n i c i p a l i d a d e s l e g a l e s e x i g i d o s y d e realizarán, en forma obligatoria, confo rmidad con lo que actualizaciones generales de determina el Art. 129 de la Ley catastros y de la valoración de la Orgánica de Régimen Municipal propiedad urbana y rural cada promúlguese y ejecútese. bienio.

Que en materia de hacienda, a la f.) Ing. Julio César Robles administración municipal le

Guevara compete: Formular y mantener el ALCALDE DEL GOBIERNO sistema de catastros de los predios

MUNICIPAL DE TULCAN urbanos ubicados en el cantón, y expedir los correspondientes títulos de crédito para el cobro de

Proveyó y firmó la presente estos impuestos. Ordenanza el Ing. Julio César Robles Guevara, Alcalde del Q u e l a s m u n i c i p a l i d a d e s Gobierno Municipal de Tulcán, el reglamentarán y establecerán por veinte y cuatro de diciembre del medio de ordenanzas , los dos mil nueve. Lo certifico.- parámetros específicos para la

determinación del valor de la f.) Ab. Marlon Suárez Obando propiedad y el cobro de sus SECRETARIO GENERAL tributos.

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Que el valor de la propiedad se A r t . 1 . O B J E T O D E L establecerá mediante la suma del IMPUESTO.- Son objeto del valor del suelo y, de haberlas, el de impuesto a la propiedad Urbana, las construcciones que se hayan todos los predios ubicados dentro edificado sobre él. Este valor de los límites de las zonas urbanas constituye el valor intrínseco, de la cabecera cantonal y de las propio o natural del inmueble y demás zonas urbanas del Cantón s e r v i r á d e b a s e p a r a l a determinadas de conformidad con determinación de impuestos y la Ley.para otros efectos no tributarios como los de expropiación. Art. 2. IMPUESTOS QUE

GRAVAN A LOS PREDIOS Que el artículo 68 del Código URBANOS.- Los predios urbanos Tributario le faculta a la están gravados por los siguientes Municipalidad a ejercer la impuestos establecidos en los Arts. determinación de la obligación 312 a 330. de la Ley Orgánica de tributaria. Régimen Municipal;

Que los artículos 87 y 88 del 1. - El impuesto a los Código Tributario le facultan a la predios urbanosMunicipalidad a adoptar por 2 . - I m p u e s t o s disposición administrativa la adicionales en zonas de modalidad para escoger cualquiera promoción inmediata.de los sistemas de determinación previstos en este Código. Art. 3. - EXISTENCIA DEL

HECHO GENERADOR.- El Por lo que en uso de las catastro registrará los elementos atribuciones que le confiere la Ley cualitativos y cuantitativos que Orgánica de Régimen Municipal establecen la existencia del Hecho vigente: Generador, los cuales estructuran

el contenido de la información EXPIDE: predial, en el formulario de

La Ordenanza que Regula la declaración o ficha predial con los Determinación, Administración siguientes indicadores generales:y Recaudación del Impuesto a los Predios Urbanos para el bienio 2010-2011. 01.-) Identificación predial

sanción y promulgación.f.) Ing. Julio César Robles

GuevaraALCALDE DEL GOBIERNO

MUNICIPAL DE TULCANAb. Javier Cadena HuertasVICEPRESIDENTE DEL

CONCEJO Proveyó y firmó la presente Ordenanza el Ing. Julio César

SECRETARIA GENERAL DEL Robles Guevara, Alcalde del GOBIERNO MUNICIPAL DE Gobierno Municipal de Tulcán, el TULCAN. Proveyó y firmó el dieciseis de abril del dos mil diez. decreto que antecede, el Ab. Javier Cadena Huertas, Vicepresidente LO CERTIFICO.-del Concejo Municipal de Tulcán, en la fecha y hora señalada.

f.) Ab. Marlon Suárez ObandoSECRETARIO GENERAL

LO CERTIFICO.-

Ab. Marlon Suárez ObandoSECRETARIO GENERAL

EL CONCEJO MUNICIPAL ALCALDIA DEL GOBIERNO DE TULCÁNMUNICIPAL DE TULCAN. Tulcán, a los dieciseis días del C O N S I D E R A N D O:mes de abril del dos mil diez, por reunir los requisitos legales Que, la Ordenanza que autoriza la exigidos y de conformidad con lo Parcelación Urbana Oriental, de que determina el Art. 129 de la Ley propiedad del señor Artemio Orgánica de Régimen Municipal Chamorro, fue discutida y promúlguese y ejecútese. ap robada po r e l Conce jo

Municipal en dos sesiones, efectuadas el 29 de octubre y 7 de

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intereses. VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO

CUARTA.- La EPMAPA-T, se s u j e t a r a y a s u m i r á l a s Ab. Marlon Suárez Obandocompetenc ias que l a Ley SECRETARIO GENERALdetermine en el cumplimiento de su función. SECRETARIA GENERAL DEL

GOBIERNO MUNICIPAL DE DISPOSICIÓN TULCAN. CERTIFICADO DE

DEROGATORIA DISCUSION: La presente “ O R D E N A N Z A D E

Quedan derogadas todas aquellas C O N S T I T U C I Ó N D E L A ordenanzas , d isposic iones , E M P R E S A P Ú B L I C A resoluciones o normas que estén en M U N I C I PA L D E A G U A contradicción con las establecidas P O T A B L E Y en la presente ordenanza. A L C A N TA R I L L A D O D E

TULCÁN, EPMAPA-T”, fue DISPOSICIÓN FINAL analizada y aprobada en sesiones

ordinaria y extraordinaria de E n t o d o l o q u e n o e s t é Concejo de los días 14 y 15 de abril contemplado en la presente del 2010.ordenanza y para el pleno funcionamiento de EPMAPA-T, se sujetará a lo establecido en la Constitución de la república del Ab. Marlon Suárez ObandoEcuador, Ley Orgánica de SECRETARIO GENERALEmpresa Públicas, Ley Orgánica d e l S i s t e m a N a c i o n a l d e Contratación Pública; y, demás Reglamentos, ordenanzas que en VICEPRESIDENCIA DEL lo posterior se dicte bajo la GOBIERNO MUNICIPAL DE autoridad competente. TULCAN. Tulcán, 15 de abril del

2010, las 18H45. De conformidad Dado y firmado en la sala de con lo dispuesto en el Art. 126 de la sesiones del Gobierno Municipal Ley Orgánica de Régimen de Tulcán a los quince días del mes Municipal, remítase al señor de abril del año dos mil diez. Alcalde original y dos copias de la

Ab. Javier Cadena Huertas O r d enanza que antecede, para su

02.-) Tenencia de comparación con precios de 03.-) Descripción del terreno venta de parcelas o solares de 04.-) Infraestructura y servicios c o n d i c i o n e s s i m i l a re s u 05.-) Uso del suelo homogéneas del mismo sector, 06.-) Descripción de las multiplicado por la superficie de edificaciones la parcela o solar.

Art. 4. SUJETO ACTIVO.- El b) El valor de las edificaciones que sujeto activo de los impuestos es el precio de las construcciones señalados en los artículos que se hayan desarrollado con precedentes es el Gobierno carácter permanente sobre un Municipal de Tulcán. solar, calculado sobre el método de

reposición; y,Art.5. SUJETOS PASIVOS.- Son sujetos pasivos, los contribuyentes c) El valor de reposición que se o responsables de los impuestos determina aplicando un proceso que gravan la propiedad urbana, que permite la simulación de las personas naturales o jurídicas, construcción de la obra que va a las sociedades de hecho, las s e r a v a l u a d a , a c o s t o s sociedades de bienes , las actualizados de construcción, herencias yacentes y demás depreciada de forma proporcional entidades aún cuando careciesen al tiempo de vida útil. de personalidad jurídica, como señalan los Arts. : 23, 24, 25, 26 y Los predios urbanos serán 27 del Código Tributario y que valorados mediante la aplicación sean propietarios o usufructuarios de los elementos de valor del de bienes raíces ubicados en las suelo, valor de las edificaciones y zonas urbanas del Cantón. valor de reposición previstos en la

Ley; en base a la información, A r t . 6 . – VA L O R D E L A c o m p o n e n t e s , v a l o r e s y PROPIEDAD.- Para establecer el parámetros técnicos, los cuales va lor de la propiedad se serán particulares de cada considerará en forma obligatoria, localidad y que se describen a los siguientes elementos: continuación:

a) El valor del suelo que es el a.-) Valor de terrenosprecio unitario de suelo, urbano o rural, determinado por un proceso Se establece sobre la información

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de carácter cualitativo de la homogéneos de cada una de las infraestructura básica, de la áreas urbanas. Sobre los cuales se infraestructura complementaria y realiza la investigación de precios s e r v i c i o s m u n i c i p a l e s , de venta de las parcelas o solares, información que cuantificada información que mediante un m e d i a n t e p r o c e d i m i e n t o s proceso de comparación de estadísticos permitirá definir la precios de condiciones similares u cobertura y déficit de las homogéneas, serán la base para la infraestructuras y servicios elaboración del plano del valor de instalados en cada una de las áreas la tierra; sobre el cual se determine urbanas del cantón. el valor base por ejes, ó por

sectores homogéneos. Expresado Además se considera el análisis de en el cuadro siguiente;las características del uso y ocupación del suelo, la morfología PARROQUIA JULIO y el equipamiento urbano en la ANDRADE:funcionalidad urbana del cantón, SECTOR HOMOGÉNEO 1 resultado con los que permite USD. 30,oo / m2e s t a b l e c e r l o s s e c t o r e s SECTOR HOMOGÉNEO 2

INGRESOS.- Son fuentes de jurisdicción coactiva para el cobro ingresos de la EPMAPA-T: de las obligaciones que se le

adeudaren, según lo establecido a) Ingresos tributarios; por el Código Tributario y el b) Ingresos operacionales; y, Código de Procedimiento Civil, de c) Otros ingresos. acuerdo a las disposiciones

establecidas en la Ley Orgánica de A r t . 3 5 . - TA R I FA S . - E l Empresas Públicas. Directorio de la EPMAPA-T, fijará las tarifas por sus servicios de DISPOSICIONES conformidad con lo dispuesto en la TRANSITORIASpresente ordenanza y demás disposiciones legales vigentes. PRIMERA.- Dentro del plazo de Dichas tarifas serán establecidas treinta días contados a partir de su teniendo como objetivo, la aprobación y sanción de la autosuficiencia financiera de la presente ordenanza por el Empresa con una prestación Gobierno Municipal y sin eficiente del servicio para ello, la perjuicio, el Alcalde coordinará la tarifa deberá tender al costo conformación del Directorio de marginal de largo plazo y producir acuerdo con el Reglamento ingresos suficientes para cubrir la General de la EPMAPA-T.totalidad de los gastos de p r o d u c c i ó n , o p e r a c i ó n , SEGUNDA.- Las acciones mantenimiento, administración, coactivas por iniciarse que depreciación y amortizaciones. correspondan a la ex EMAPA T Además deberá asegurar que la serán asumidas por la EPMAPA-generación de fondos sea T.suficiente para atender el servicio de la deuda, si existiere, y TERCERA.- Las obras de agua participar en el financiamiento de potable y alcantarillado que sus programas de expansión. ejecute el Gobierno Municipal de

Tulcán en los lugares donde la TITULO VII EPMAPA-T tenga a su cargo la

provisión de dichos servicios, una DISPOSICIONES vez concluidos, pasarán a ser

GENERALES administrados por la EPMAPA-T y a ser parte de su patrimonio de

Art. 36.- La EPMAPA-T ejercerá creerlo conveniente a sus

ÁREA URBANA DE TULCÁNCUADRO DE COBERTURA: INFRAESTRUCTURA

Y SERVICIOS

SECTOR ALCANTARILL AGUA ENERGIA

ALUMBRADO RED RED ACERAS Y REC. ASEO PROMEDIO

HOMOGENEO POTABLE ELECTRICA PUBLICO VIAL TELEFONICA BORDILLOS BASURA CALLES SECTOR

01 COBERTURA 100,00 100,00 100,00 100,00 89,24 100,00 100,00 100,00 100,00 98,80

DEFICIT 0,00 0,00 0,00 0,00 10,76 0,00 0,00 0,00 0,00 1,20

02 COBERTURA 97,25 98,49 97,31 98,37 57,20 92,25 89,99 94,92 94,02 91,09

DEFICIT 2,75 1,51 2,69 1,63 42,80 7,75 10,01 5,08 5,98 8,91

03 COBERTURA 83,20 85,27 92,17 90,58 45,64 77,64 69,86 90,45 87,78 80,29

DEFICIT 16,80 14,73 7,83 9,42 54,36 22,36 30,14 9,55 12,22 19,71

04 COBERTURA 62,41 74,53 71,47 65,46 36,85 36,82 27,21 58,46 48,86 53,56

DEFICIT 37,59 25,47 28,53 34,54 63,15 63,18 72,79 41,54 51,14 46,44

05 COBERTURA 32,85 42,35 54,24 42,24 34,18 21,75 8,90 51,50 33,17 35,69

DEFICIT 67,15 57,65 45,76 57,76 65,82 78,25 91,10 48,50 66,83 64,31

06 COBERTURA 6,60 9,90 11,64 6,15 37,19 5,68 4,23 11,88 8,57 11,31

DEFICIT 93,40 90,10 88,36 93,85 62,81 94,32 95,77 88,12 91,43 88,69 COBERTURA

PROMDIO 63,72 68,42 71,14 67,13 50,05 55,69 50,03 67,87 62,07 61,79 DEFICIT

PROMEDIO 36,28 31,58 28,86 32,87 49,95 44,31 49,97 32,13 37,93 28,11

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CONTRATACIONES d e r e m o c i ó n d e l o s administradores.

A r t . 2 9 . - D E L A S CONTRATACIONES.- Se A r t . 3 2 . M A R C O regularán en base a lo establecido REGULATORIO.- La Empresa en la Ley Orgánica del Sistema Pública Municipal de Agua Nacional de Contratación Pública, P o t a b l e y A l c a n t a r i l l a d o y Ley Orgánica de Empresas (EPMAPA-T), en lo referente a la Públicas, dentro del proceso de normativa sobre la prestación de contratación de obras bienes y los servicios, se sujetará al Marco servicios. Regulatorio de la presente

ordenanza.Art. 30 COMISION TÉCNICA.- Para cada Proceso de Contratación se regirá a lo establecido en el TITULO VIReglamento de la Ley Orgánica d e l S i s t e m a N a c i o n a l d e PATRIMONIO Y FUENTES Contratación Pública. DE FINANCIAMIENTO DE

LA EMPRESA PÚBLICA

TITULO V Art. 33.- PATRIMONIO DE LA E P M A PA - T. - C o n s t i t u y e

DEL CONTROL DE LA patrimonio de la EPMAPA-T, GESTION t o d a s l a s a c c i o n e s ,

p a r t i c i p a c i o n e s , t í t u l o s A r t . 3 1 . C O N T R O L D E habilitantes, bienes tangibles e GESTIÓN.- La gestión de los intangibles, así como los muebles servicios de agua potable y e inmuebles que han pertenecido a Alcantarillado realizados en forma la municipalidad para la prestación directa o delegada, será evaluada de los servicios de agua potable y periódicamente en función de los alcantarillado, y que transfiere a la i nd i cado re s de e f i c i enc i a EPMAPA-T y los que a futuro determinados en las norma INEN adquiera a cualquier título; y, de para agua potable. más activos y pasivos que posea

tanto al momento de su creación Si los indicadores de eficiencia como en el futuro. tienen variaciones negativas significativas, constituirá causal A r t . 3 4 . - F U E N T E S D E

USD. 20,oo / m2 SECTOR HOMOGÉNEO 5 SECTOR HOMOGÉNEO 3 USD. 4,oo / m2USD. 10,oo / m2 PARROQUIA TUFIÑO:SECTOR HOMOGÉNEO 4 SECTOR HOMOGÉNEO 1 USD. 8,oo / m2 USD. 3,oo / m2

ÁREA URBANA DE TULCÁNCUADROS DE VALOR / M2 DE TERRENO POR EJES

COMERCIALES Y SECTORES HOMOGÉNEOS

POR EJES COMERCIALES:EJE COMERCIAL VALOR /M2

CALLE BOLIVAR: PANAMA Y PICHINCHA 180,00 Dólares CALLE SUCRE: ENTRE QUITO Y PANAMA 150,00 Dólares

AV. VEINTIMILIA: ENTRE JUAN RAMÓN ARELLANO E INGLATERRA 120,00 Dólares AV. CORAL: ENTRE VENEZUELA Y RICARDO DEL HIERRO 120,00 Dólares

POR SECTORES HOMOGÉNEOS:

SECTOR HOMOGÉNEO

PONDERACIÓN LIMITE

INFERIOR

VALOR / M2

LIMITE INFERIOR

PONDERACIÓN LIMITE

SUPERIOR

VALOR / M2

LIMITE SUPERIOR

NÚMERO DE

MANZANAS

1 8,50 70,91

Dólares 9,59 80,00

Dólares 86

2

7,02

50,08

Dólares

8,41

60,00

Dólares

136

3 6,00 34,24

Dólares 7,01 40,00

Dólares 246

4 4,00 16,69

Dólares 5,99 25,00

Dólares 318

5 2,02 7,59

Dólares 3,99 15,00

Dólares 297

6 0,78 2,33

Dólares 2,01 6,00

Dólares 133

LimiteUrbano 2,00

Dólares 2,00

Dólares

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 30 Pag 75

SECTOR HOMOGÉNEO 2 USD. 1,oo / m2USD. 2,oo / m2 SECTOR HOMOGÉNEO 4 SECTOR HOMOGÉNEO 3 USD. 0,50 / m2USD. 1,oo / m2 PARROQUIA CHICAL:SECTOR HOMOGÉNEO 4 SECTOR HOMOGÉNEO 1 USD. 0,50 / m2 USD. 3,oo / m2PARROQUIA PIOTER: SECTOR HOMOGÉNEO 2 SECTOR HOMOGÉNEO 1 USD. 2,oo / m2USD. 3,oo / m2 SECTOR HOMOGÉNEO 3 SECTOR HOMOGÉNEO 2 USD. 1,oo / m2USD. 2,oo / m2 SECTOR HOMOGÉNEO 4 SECTOR HOMOGÉNEO 3 USD. 0,50 / m2USD. 1,oo / m2 PARROQUIA SANTA SECTOR HOMOGÉNEO 4 MARTHA:USD. 0,50 / m2 SECTOR HOMOGÉNEO 1 PARROQUIA URBINA: USD. 3,oo / m2SECTOR HOMOGÉNEO 1 SECTOR HOMOGÉNEO 2 USD. 2,oo / m2 USD. 2,oo / m2SECTOR HOMOGÉNEO 2 SECTOR HOMOGÉNEO 3 USD. 1,oo / m2 USD. 1,oo / m2SECTOR HOMOGÉNEO 3 SECTOR HOMOGÉNEO 4 USD. 0,50 / m2 USD. 0,50 / m2

Del valor base que consta en el PARROQUIA EL CARMELO: Plano de Valor de la tierra se SECTOR HOMOGÉNEO 1 d e d u c i r á n l o s v a l o r e s USD. 7,oo / m2 individuales de los terrenos de SECTOR HOMOGÉNEO 2 acuerdo al instructivo de USD. 6,oo / m2 procedimientos de valoración SECTOR HOMOGÉNEO 3 individual en el que constan los USD. 5,oo / m2 criterios técnicos y jurídicos de SECTOR HOMOGÉNEO 4 afectación al valor o al tributo de USD. 4,oo / m2 acuerdo al caso, el valor PARROQUIA MALDONADO: individual será afectado por los SECTOR HOMOGÉNEO 1 siguientes factores de aumento o USD. 3,oo / m2 reducción: Topográficos; a nivel, SECTOR HOMOGÉNEO 2 b a j o n i v e l , s o b r e n i v e l , USD. 2,oo / m2 acc iden t ado y e sca rpado . SECTOR HOMOGÉNEO 3 Geométricos; Localización,

arbitrales, proponer y aceptar conciliaciones. 4.- Las demás que establezca la presente ordenanza, el Art. 26.- SUBROGACION DE reglamento de sesiones y GERENCIA.- El Gerente general m á s d i s p o s i c i o n e s Subrogante reemplazará al reglamentarias vigentes.Gerente General de la EPMAPA-T en caso de ausencia o impedimento TITULO IIItemporal de este último, plazo que no será mayor a 90 días, cumplirá DE LA AUDITORIAlos deberes y atribuciones previstas para el titular mientras Art. 28.- AUDITORIA.- El dure el reemplazo. Directorio de la EPMAPA-T podrá

contratar los servicios temporales Art. 27.- DE LA SECRETARIA de un auditor cuando el caso lo DEL DIRECTORIO.- El Gerente amerite.General de la EPMAPA-T actuará como Secretario de la misma, El Auditor deberá acreditar el tendrá entre sus funciones las titulo profesional en contabilidad o siguientes: auditoria, una experiencia de cinco

1.- Preparar las actas de las años en actividades similares, sesiones y suscribirlas haber aprobado los cursos conjuntamente con el reglamentarios dictados por la Presidente del Directorio; Contraloría y tener experiencia en

supervisión y manejo de personal 2.- P r e p a r a r l a y ejercicios económicos.

documen tac ión que conocerá el Directorio y El auditor designado deberá entregarla a todos sus ceñirse, en el ejercicio de sus miembros conjuntamente funciones, a las normas y con el orden del día, con directrices que establezca la al menos cuarenta y ocho EPMAPA-T, a los términos horas de anticipación; contractuales y a la normativa

vigente sobre la materia. 3.- C o n f e r i r c o p i a s

c e r t i f i c a d a s c o n TITULO IVa u t o r i z a c i ó n d e l Presidente; y, PROCESOS DE

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 74 Pag 31

como secretario del C o n t r a t a c i o n e s d e mismo; a c u e r d o c o n e l

Reglamento de la Ley 21.- Nombrar, contratar y Orgánica del Sistema

r e m o v e r a l o s Nacional de Contratación funcionarios, empleados Pública;y trabajadores, excepto en los casos que competen a 25.- Aprobar los documentos otras autoridades, de pre-contractuales para los conformidad con la ley y procesos de contratación;reglamentos pertinentes, así como también crear, 26.- Solicitar a la Contraloría suprimir y fusionar General del Estado la cargos. realización de exámenes

especiales, o auditorias 22.- Conceder licencia y cuando a su juicio existan

declarar en comisión de circunstancias que así lo s e r v i c i o s a l o s requieran o ameriten o funcionarios, empleados cuando el Directorio lo y trabajadores de la determine;EPMAPA-T, con sujeción a la ley y a las necesidades 27.- Responsabilizarse por la de la EPMAPA-T; cantidad y calidad del

agua, 23.- Delegar atribuciones y

deberes a los funcionarios 28.- Las demás que le de la empresa, dentro de confieran el Directorio, la l a e s f e r a d e l a L e y O r g á n i c a d e competencia que les Empresas Púb l i cas , corresponde, siempre que o r d e n a n z a s y las obligaciones que reglamentos vigentes.concede no afecte al buen servicio público; Art. 25.- AUTORIZACIONES.-

El Gerente General requerirá de la 24.- Designar los integrantes autorización del Directorio para

q u e c o n f o r m a n l a allanarse a demandas, desistir en Comisión Técnica para c o n t r o v e r s i a s j u d i c i a l e s , l o s p r o c e s o s d e compromete r r e so luc iones

forma, superficie, relación Las particularidades físicas de dimensiones frente y fondo. cada terreno de acuerdo a su Accesibilidad a servicios; vías, implantación en la ciudad, en la e n e r g í a e l é c t r i c a , a g u a , realidad dan la posibilidad de alcantarillado, aceras, teléfonos, múltiples enlaces entre variables e recolección de basura y aseo de indicadores, los que representan al calles; como se indica en el e s tado ac tua l de l p red io , siguiente cuadro: condiciones con las que permite

realizar su valoración individual.FACTORES DE

MODIFICACIÓN DEL Por lo que para la valoración VALOR POR individual del terreno (VI) se

INDICADORES: considerarán: (Vsh) el valor M2 de sector homogéneo localizado

1.- GEOMÉTRICOS: en el plano del valor de la tierra y/o deducción del valor individual, (Fa) obtención del factor de afectación, y (S) Superficie del terreno así:

VI = Vsh x Fa x s Donde:VI = VALOR

2.- TOPOGRÁFICOS INDIVIDUAL DEL TERRENOVsh = VALOR M2 DE SECTOR HOMOGENEO O

3.-ACCESIBILIDAD A VALOR INDIVIDUALSERVICIOS

Fa = FACTOR DE AFECTACIONS = SUPERFICIE DEL TERRENO

b.-) Valor de edificacionesSe establece el valor de las edificaciones que se hayan desarrollado con el carácter de

INDICADORES COEFICIENTE 1.1.-RELACION FRENTE/FONDO

1.0 a 0.94

1.2.-FORMA 1.0 a 0.94 1.3.-SUPERFICIE 1.0 a 0.94 1.4.-LOCALIZACION EN LA MANZANA

1.0 a 0.95

INDICADORES COEFICIENTE 2.1.-CARACTERISTICAS DEL SUELO

1.0 a 0.95

2.2.-TOPOGRAFIA 1.0 a 0.95

IN DIC A D OR E S CO E FIC IE NT E 3 .1.-NF RA E S TR UC T UR A B A S IC A (A gu a P ota ble , A lca nta rilla do , E ne rgía E léc trica)

1.0 a 0.8 8

3 .2.-V IA S (A d oq uín,H o rm igó n H arm a do ,A sfa lto , P ied ra , La s tre , T ier ra )

1.0 a 0.8 8

3 .3.- IN FR E S T RU C . C O M P L E M E N TA R IA Y S E RV IC IOS (A ce ra s , B ordillo s, Te léfo no s ,R e cole cc ió n d e B asura , A se o C a lles )

1.0 a 0.9 3

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 32 Pag 73

permanente, proceso que a través exteriores, escaleras, tumbados, de la aplicación de la simulación cubiertas, puertas, ventanas, cubre de presupuestos de obra que va a v e n t a n a s y c l o s e t s . E n ser avaluada a costos actualizados, instalaciones; sanitarias, baños y en las que constaran los siguientes eléctricas. Otras inversiones; indicadores: de carácter general; sauna / turco/ hidromasaje, tipo de estructura, edad de la ascensor, escalera eléctrica, aire c o n s t r u c c i ó n , e s t a d o d e acondicionado, sistema y redes de conservación, reparaciones y seguridad, piscinas, cerramientos, número de pisos. En su estructura; vías y caminos e instalaciones columnas, vigas y cadenas, deportivas. entrepisos, paredes, escaleras y c u b i e r t a . E n a c a b a d o s ; Para la aplicación del método de revestimiento de pisos, interiores, reposición y establecer los

aprobación del Directorio 14.- Resolver sobre la el Plan General de creación de agencias y Negocios, Expansión e unidades de negocio;I n v e r s i ó n y e l Presupuesto General de la 15.- Designar y remover a los EPMAPA-T; administradores de las

agencias y unidades de 10.- Aprobar el Plan Anual de negocios, de conformidad

Contrataciones (PAC) en c o n l a n o r m a t i v a los plazos y formas aplicable;previstos en la Ley;

16.- Ejercer la jurisdicción 11.- Aprobar y modificar los coactiva en forma directa

reglamentos internos que o a través de su delegado,requiera la EPMAPA-T, excepto el señalado en el 17.- Velar por la adecuada numeral 8 articulo 18 de utilización de los recursos esta ordenanza; humanos, materiales,

t e c n o l ó g i c o s y 12.- Iniciar, continuar, desistir financieros de la empresa,

y transigir en procesos de acuerdo con la ley;judiciales y en los p r o c e d i m i e n t o s 18.-Someter a consideración alternativos de solución del Directorio hasta el 31 d e c o n f l i c t o s , d e de diciembre de cada año, conformidad con la Ley y los balances del ejercicio los montos establecidos anterior;por el Directorio. El Gerente utilizará dichos 19.- Formular los proyectos p r o c e d i m i e n t o s d e o r d e n a n z a s , alternativos antes de reglamentos e informes i n i c i a r u n p r o c e s o p a r a s o m e t e r l o s a judicial, en todo lo que c o n s i d e r a c i ó n d e l sea materia transigible; Directorio a través del

Presidente;13.- Designar al Gerente

Subrogante; 20.- Actuar en el Directorio con voz informativa y

FACTORES DE REPOSICIÓN PARA EL CALCULO DEL VALOR M2 DE EDIFICACIÓN COLUMNAS Y PILASTRAS NO TIENE Hor.Armado Hierro Madera Caña Piedra Ladrillo Adobe

0,0000 2,3266 1,4327 0,6609 0,5394 0,4517 0,3826 0,3826 0,0000

VIGAS Y CADENAS NO TIENE Hor.Armado Hierro Madera Caña

0,0000 0,9640 1,1762 0,2506 0,2293 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000

ENTRE PISOS NO TIENE Los.Hor.Ar Hierro Madera Caña Mad.-Ladri Bov.Ladill Bov.Piedra

0,0000 0,3946 0,3204 0,1363 0,0500 0,0875 0,1646 0,6928 0,0000

PAREDES Bloque Ladrillo Piedra Adobe Tapial Bahareque Mad.Fina Mad.Común Caña

0,6897 0,5880 0,5701 0,5531 0,4086 0,5561 0,8620 0,5581 0,3109

ESCALERA Hor.Armado Hierro Madera Piedra Ladrillo Hor.Simple

0,0428 0,0760 0,0257 0,0305 0,0247 0,1451 0,0000 0,0000 0,0000

CUBIERTA Est.Estruc Los.Hor.Ar Vig.Metáli Mad.Fina Mad.Común Caña

5,4801 2,4506 1,3577 1,0817 0,4118 0,3096 0,0000 0,0000 0,0000

REVES. DE PISOS Cem.Alisa Marmol Ter.Marmet Bal.Cerámi Bal.Cement Tabl-Parqu Vinil Duela Tabla

0,2959 4,7075 2,3538 0,7357 0,5367 0,6093 0,4573 0,6100 0,2367

REVES. INTERIORES NO TIENE Mad.Fina Mad.Común Enl.Are-Ce Enl.Tierra Azulejo Graf-Chaf- Pied-Ladr-

0,0000 2,3842 1,8414 0,6848 0,2587 3,0508 1,2246 2,0748 0,0000

REVES. EXTERIORES NO TIENE Mad.Fina Mad.Común Enl.Are-Ce Enl.Tierra Marmol-Mar Graf-Chaf- Aluminio Cem.Alisad

0,0000 0,8585 0,4788 0,2156 0,1986 1,0570 0,1433 2,7221 0,9198

REVES. ESCALERA NO TIENE Mad.Fina Mad.Común Enl.Are-Ce Enl.Tierra Marmol-Mar Pied-Ladr. Bal.Cement

0,0000 0,0322 0,0287 0,0148 0,0070 0,0374 0,0326 0,0098 0,0000

TUMBADOS NO TIENE Mad.Fina Mad.Común Enl.Are-Ce Enl.Tierra Champeado Estuco Fibra Sint

0,0000 2,4237 0,7862 0,2505 0,1731 1,1203 0,6586 1,7041 0,0000

CUBIERTA Enl.Are-Ce Teja Vidri Teja Común Fibro Ceme Zinc Bal.Cerámi Bal.Cement Tejuelo Paja-Hojas

0,2328 1,3428 0,8101 0,8079 0,4558 0,8572 0,5953 0,4305 0,1149

PUERTAS NO TIENE Mad.Fina Mad.Común Aluminio Hierro Hie.Madera Enrollable

0,0000 1,3117 0,7296 0,9901 1,0821 0,1104 0,7704 0,0000 0,0000

VENTANAS NO TIENE Mad.Fina Mad.Común Aluminio Hierro Mad. Malla

0,0000 0,3369 0,1734 0,6719 0,3675 0,1796 0,0000 0,0000 0,0000

CUBRE VENTANAS NO TIENE Mad.Fina Mad.Común Aluminio Hierro Enrollable

0,0000 0,2173 0,1317 0,1710 0,2771 0,3186 0,0000 0,0000 0,0000

CLOSETS NO TIENE Mad.Fina Mad.Común Aluminio Tol-Hierro

0,0000 1,2010 0,3441 1,5403 1,0610 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000

SANITARIOS NO TIENE Pozo Ciego C.Ag.Servi C.Ag.Lluvi Can.Combin

0,0000 0,1385 0,0911 0,0911 0,2571 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000

BAÑOS NO TIENE Letrina Común 1/2 Baño 1 Baño Com 2 Baños Co 3 Baños Co 4 Baños Co +4 Baños

C

0,0000 0,0916 0,1203 0,1308 0,1790 0,3579 0,5368 0,7061 0,8754

ELECTRICAS NO TIENE Alam.Ext. Tub.Exteri Empotrados

0,0000 2,7734 2,8073 2,8383 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000

ESPECIALES NO TIENE Ascensor Piscina Sau.Turco Barbacoa

0,0000 0,0000 0,0000 1,5876 0,4810 0,0000 0,0000 0,0000 0,0000

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 72 Pag 33

A T R I B U C I O N E S D E L l e g a l , j u d i c i a l y GERENTE GENERAL.- Son e x t r a j u d i c i a l d e l a deberes y atribuciones del Gerente EPMAPA-T;General:

4.- Someter a consideración 1.- Cumplir y hacer cumplir y a p r o b a c i ó n d e l

las políticas y metas Directorio el programa de es tab lec idas por e l o b r a s , m e j o r a s y Directorio, observando ampliaciones de los leyes, ordenanzas y sistemas de agua potable reglamentos; y alcantarillado de la

ciudad y cantón Tulcán;2.- Administrar la empresa

pública, velar por su 5.- P r e s e n t a r l a s eficiencia empresarial e proyecciones financieras informar al Directorio a largo plazo (mínimo 10 t r i m e s t r a l m e n t e , años) para la aprobación semestralmente o cuando del Directorio.sea solicitado por éste, sobre los resultados de la 6.- Elaborar la proforma del gestión administrativa, presupuesto anual de la comerciales, técnicas de empresa, ajustándose a los trabajos ejecutados, l a s p r o y e c c i o n e s de aplicación de las financieras vigentes y p o l í t i c a s y d e l o s someterlas al Directorio resultados de los planes, y para su aprobación;la s i tuación de los proyectos, presupuestos 7.- Solicitar al Directorio las en ejecución o ejecutando reformas al presupuesto y celebrando a nombre de anual de la EPMAPA-T.ella todos los actos y contratos que fueren 8.- Presentar al Directorio las necesarios de acuerdo con memorias anuales de la las leyes, reglamentos y E P M A PA - T y l o s r e s o l u c i o n e s d e l estatutos financieros.Directorio;

9 . - P r e p a r a r p a r a 3.- Ejercer la representación c o n o c i m i e n t o y

parámetros específicos de cálculo, edificación, a los que se les a cada indicador le corresponderá a s i g n a r a n l o s í n d i c e s d e un número definido de rubros de participación. Además se define la

AFECTACION FACTORES DE CORRECCIÓN POR ESTADO DE CONSERVACIÓN

Años Estable A reparar Obsoleto 0-2 1 0,84 0 3-4 1 0,84 0 5-6 1 0,81 0 7-8 1 0,78 0 9-10 1 0,75 0 11-12 1 0,72 0 13-14 1 0,70 0 15-16 1 0,67 0 17-18 1 0,65 0 19-20 1 0,63 0 21-22 1 0,61 0 23-24 1 0,59 0 25-26 1 0,57 0 27-28 1 0,55 0 29-30 1 0,53 0 31-32 1 0,51 0 33-34 1 0,50 0 35-36 1 0,48 0 37-38 1 0,47 0 39-40 1 0,45 0 41-42 1 0,44 0 43-44 1 0,43 0 45-46 1 0,42 0 47-48 1 0,40 0 49-50 1 0,39 0 51-52 1 0,38 0 53-54 1 0,37 0 55-56 1 0,36 0 57-58 1 0,35 0 59-60 1 0,34 0 61-64 1 0,34 0 65-68 1 0,33 0 69-72 1 0,32 0 73-76 1 0,31 0 77-80 1 0,31 0 81-84 1 0,30 0 85-88 1 0,30 0 89 1 0,29 0

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 34 Pag 71

constante de correlación de la unidad de valor en base al volumen Art. 8. - DEDUCCIONES O de obra. Para la depreciación se REBAJAS.- Determinada la base aplicará el método lineal con imponible, se considerarán las intervalo de dos años, con una r e b a j a s y d e d u c c i o n e s variación de hasta el 17% del valor consideradas en la Ley Orgánica y año original, en relación a la vida de Régimen Municipal y demás ú t i l de los mater ia les de exenciones establecidas por Ley, construcción de la estructura del que se harán efectivas, mediante la edificio. presentación de la solicitud

correspondiente por parte del Se afectará además con los contribuyente ante el Director factores de estado de conservación Financiero Municipal.del edificio en relación al mantenimiento de este, en las Las solicitudes se podrán presentar condiciones de estable, a reparar y hasta el 31 de diciembre del año total deterioro (obsoleto). inmediato anterior y estarán

acompañadas de todos los Para proceder al cálculo individual documentos justificativos.del valor metro cuadrado de la edificación se aplicará los Art. 9. - DETERMINACION siguientes criterios: Valor M2 de la DEL IMPUESTO PREDIAL.- edificación = Sumatoria de Para determinar la cuantía el factores de participación por rubro impuesto predial urbano, se x constante de correlación del aplicará la Tarifa de 0.82 x 1.000 , valor x factor de depreciación x calculado sobre el valor de la factor de estado de conservación. propiedad.

El valor de la edificación = Valor Art. 10. –ADICIONAL CUERPO M2 de la edificación x superficies DE BOMBEROS.- Para la de cada bloque. determinación del impuesto

adicional que financia el servicio Art. 7. - DETERMINACION DE contra incendios en beneficio del LA BASE IMPONIBLE.- La cuerpo de bomberos del Cantón, se base imponible, es el valor de la aplicará el 0.15 por mil del valor de propiedad previstos en el Art. 307 la propiedad, en caso de existir de la Ley Orgánica de Régimen convenio suscrito entre las partes, Municipal. conforme lo prescrito en el Art. 16

7.- Someter a consideración ordenanza y más disposiciones d e l D i r e c t o r i o l o s legales que corresponda a su proyectos de ordenanzas, gestión.r e g l a m e n t o s y resoluciones; Art. 20.- ADMINISTRACION.-

Estará a cargo del Gerente 8.- Conceder licencia y General.

declarar en comisión de servicios al Gerente General, con sujeción a la DEL GERENTE GENERALley y a las necesidades de la EPMAPA-T, por un Art. 21.- El Gerente General será período menor a 30 días; de libre remoción designado, de y, una terna presentada por el

Alcalde, 9.- Las demás que establezca

la Ley Orgánica de Art. 22.- El Gerente General es el Empresas Públicas, Ley responsable ante el Directorio por Orgánica de Régimen la gestión administrativa de la Municipal y demás leyes EPMAPA-T, para lo cual tendrá afines. los deberes y atribuciones

suficientes para formular los CAPITULO III programas y planes de acción,

e j e c u t a r l o s , v e r i f i c a r s u DE LA REPRESENTACION cumplimiento e informar al

LEGAL Y DE LA Directorio.ADMINISTRACION

Art. 23.- REQUISITOS.- 1) El Art. 19.- REPRESENTACION Gerente General deberá acreditar LEGAL.- El Gerente General de título universitario mínimo de la Empresa Pública Municipal de tercer nivel , 2) demostrar Agua Potable y Alcantarillado de conocimiento y experiencia Tulcán, EPMAPA-T, es el vinculados a la actividad de la representante legal de la misma, Empresa, 3) reunir las demás consecuentemente tendrá las condiciones de idoneidad que a t r i b u c i o n e s q u e e s t á n establezca la ley. determinadas en la Ley Orgánica de Empresas Públicas, la presente A r t . 2 4 . - D E B E R E S Y

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 70 Pag 35

anual que contenga Directorio;partidas que no estén debidamente financiadas, 2.- Dirimir la votación en tanto para el inicio de caso de empate en las nuevas obras, como para r e s o l u c i o n e s d e l la culminación de las Directorio.iniciadas en ejercicios anteriores; 3.- Convocar públicamente a

la nominación de los d) Crear tributos, los cuales delegados de los clientes

s o l a m e n t e s e r á n urbanos, conforme lo establecidos de acuerdo a determine el Reglamento la ley; General de la EPMAPA-

Te) Arrogarse funciones a su

ámbito de acción y 4.- Poner en consideración del competencia; y, Directorio las actas de las

s e s i o n e s p a r a s u f) Las demás que prohíbe la aprobación.

L e y O rg á n i c a d e Empresas Públicas, Ley 5.- Someter a conocimiento Orgánica de Régimen del Concejo Municipal Municipal y la presente los asuntos aprobados por ordenanza. el Directorio;

6.- Coordinar la acción de la DEL PRESIDENTE DEL EPMAPA-T, con e l

DIRECTORIO Municipio en los aspectos f i n a n c i e r o s ,

Art . 18 . - Son debe re s y a d m i n i s t r a t i v o s , atribuciones del Presidente del comerciales y técnicos Directorio: cuando se establezcan

acuerdos, convenios u 1.- Convocar y presidir las otros compromisos de

sesiones del Directorio y carácter legal, para el legalizar las actas con su cumplimiento de sus firma conjuntamente con fines;e l S e c r e t a r i o d e l

numeral 7 de la Ley Orgánica de impuesto se deberá transcurrido un Régimen Municipal. a ñ o d e s d e l a r e s p e c t i v a notificación.Art. 11. – IMPUESTO ANUAL ADICIONAL A PROPIETARIOS Art.12. - RECARGO A LOS D E S O L A R E S N O SOLARES NO EDIFICADOS.- E D I F I C A D O S O D E El recargo del dos por mil anual C O N S T R U C C I O N E S que se cobrará a los solares no OBSOLETASEN EN ZONAS DE edificados, hasta que se realice la PROMOCION INMEDIATA.- edificación, para su aplicación se Los propietarios de solares no estará a lo dispuesto en el Art. 318, edificados y construcciones numerales del 1 al 6 de la Ley obsoletas ubicados en zonas de Orgánica de Régimen Municipal. promoción inmediata descrita en el Art. 214 de la Ley Orgánica de Art. 13. - LIQUIDACION Régimen Municipal pagarán un ACUMULADA.- Cuando un impuesto adicional, de acuerdo propietario posea varios predios con las siguientes alícuotas: avaluados separadamente en la

misma jurisdicción municipal, a) El 1 x Mil adicional que se para formar el catastro y establecer cobrará sobre el valor de la el valor imponible, se sumaran los propiedad de los solares no valores imponibles de los distintos edificados; y, predios, incluido los derechos que

posea en condominio, luego de b) El 2 x Mil adicional que se efectuar la deducción por cargas cobrará sobre el valor de la hipotecarias que afecten a cada propiedad de las propiedades predio. Se tomará como base lo consideradas obsoletas, de dispuesto por el Art. 316 de la Ley acuerdo con lo establecido con esta Orgánica de Régimen Municipal.Ley.E s t e i m p u e s t o s e d e b e r á Art. 14. - NORMAS RELATIVAS transcurrido un año desde la A P R E D I O S E N declaración de la zona de CONDOMINIO.- Cuando un promoción inmediata, para los predio pertenezca a varios contribuyentes comprendidos en condóminos podrán éstos de la letra a). común acuerdo, o uno de ellos, P a r a l o s c o n t r i b u y e n t e s pedir que en el catastro se haga comprendidos en la letra b), el constar separadamente el valor

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 36 Pag 69

que corresponda a su propiedad podrán efectuarse desde el primero según los títulos de la copropiedad de enero de cada año, aún cuando de conformidad con lo que no se hubiere emitido el catastro. establece el Art. 317 de la Ley En este caso, se realizará el pago a Orgánica de Régimen Municipal y base del catastro del año anterior y en relación a la Ley de Propiedad se entregará al contribuyente un Horizontal y su Reglamento. r e c i b o p r o v i s i o n a l . E l

vencimiento de la obligación Art . 15 . - EMISION DE tributaria será el 31 de diciembre TITULOS DE CREDITO.- de cada año.Sobre la base de los catastros la Dirección Financiera Municipal Los pagos que se hagan desde ordenará de existir la oficina de enero hasta junio inclusive, Rentas la emisión de los gozarán de las rebajas al impuesto correspondientes títulos de principal, de conformidad con la créditos hasta el 31 de diciembre escala siguiente:del año inmediato anterior al que corresponden, los mismos que refrendados por el Director F inanc i e ro , r eg i s t r ados y debidamente contabilizados, pasarán a la Tesorería Municipal para su cobro, sin necesidad de que se notifique al contribuyente de esta obligación.

Los Títulos de créditos contendrán De igual manera, los pagos que se los requisitos dispuestos en el Art. hagan a partir del 1 de julio, 150 del Código Tributario, la falta soportarán el 10% de recargo de alguno de los requisitos anual sobre el impuesto principal, establecidos en este artículo, de conformidad con el artículo 329 excepto el señalado en el numeral de la Ley Orgánica de Régimen 6, causará la nulidad del título de Municipal, de acuerdo a la crédito. siguiente escala:

Art. 16. - EPOCA DE PAGO.- El impuesto debe pagarse en el curso del respectivo año. Los pagos

correspondientes de la un auditor cuando el caso gestión realizada; lo amerite;

20.- Solicitar la concurrencia 24.- Evaluar semestralmente a sesiones del Directorio a l a m a r c h a t é c n i c a , los funcionarios de la administrativa, comercial E P M A P A - T , d e l y f i n a n c i e r a d e l a Municipio o a personas EPMAPA-T e informar al que por su capacidad y Concejo Munic ipa l , experiencia asesoren cuando este lo requiera; sobre asuntos específicos, y,q u i e n e s t e n d r á n ú n i c a m e n t e v o z 25 . - Los demás que informativa; e s t a b l e z c a l a L e y

Orgánica de Empresas 21.- Conocer los informes de Públicas, la presente

Gerencia General y los de ordenanza y demás organismos de control reglamentos afines.(Contraloría General del Es tado y Audi tor ía Art. 17.- PROHIBICIONES Externa); y determinar los DEL DIRECTORIO.- Son c o r r e c t i v o s p a r a prohibiciones del Directorio:i m p l e m e n t a r l a s observaciones y asegurar el cumplimiento de las a) D o n a r o c e d e r recomendaciones. gratuitamente obras,

construcciones, bienes o 22.- Conceder licencia o servicios de propiedad de

declarar en comisión de l a E P M A P A - , servicios al Gerente o b s e r v a n d o e l General por un tiempo Reglamento de Bienes del mayor a 30 días, en cuyo Sector Público;caso se designará al f unc iona r io que l o b) Condonar obligaciones subrogará. constituidas a favor de la

EPMAPA-T;23.- Podrá contratar los

servicios temporales de c) Aprobar el presupuesto

FECHA DE PAGO DESCUENTO Del 01 al 15 de enero 10 % Del 16 al 31 de enero 9 % Del 01 al 15 de febrero 8 % Del 16 al 28 de febrero 7 % Del 01 al 15 de marzo 6 % Del 16 al 31 de marzo 5 % Del 01 al 15 de abril 4 % Del 16 al 30 de abril 3 % Del 01 al 15 de mayo 3 % Del 16 al 31 de mayo 2 % Del 01 al 15 de junio 2 % Del 16 al 30 de junio 1 %

FECHA DE PAGO DESCUENTO Del 01 al 31 de julio 5,83 % Del 01 al 31 de agosto 6,66 % Del 01 al 30 de septiembre 7,49 % Del 01 al 31 de octubre 8,33 % Del 01 al 30 de noviembre 9,16 % Del 01 al 31 de diciembre 10,00%

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 68 Pag 37

9.- Autorizar la contratación Tulcán a fin de que se de los créditos o líneas de dicte y apruebe la crédito, así como las O r d e n a n z a i nve r s iones que s e correspondiente;consideren necesarias para el cumplimiento de 13.- Nombrar y remover al los fines y objetivos Gerente General de la empresar ia les , cuyo EPMAPA-T,monto será definido en el Reglamento General que 14.- Conocer y aprobar la la empresa emitirá para la proforma del presupuesto plena ejecución de esta anual de la o él Gerente o r d e n a n z a . L a s General hasta el 10 de contrataciones de crédito, diciembre de cada año.l íneas de crédito o inversiones inferiores a 15.- Aprobar las tarifas por la d i c h o m o n t o s e r á n p r e s t a c i ó n d e l o s autorizadas directamente serviciospor el Gerente General de la EPMAPA-T; 16.- Aprobar las reformas al

presupuesto para su 10.- Autorizar la enajenación correspondiente trámite

de bienes de la empresa legal;de conformidad con la normat iva apl icable 17.- Aprobar la contratación desde el monto que de empréstitos internos o establezca el directorio; externos;

11.- Aprobar los reglamentos 18.- Aprobar las actas de las

internos generales y reuniones,e s p e c í f i c o s d e l a EPMAPA-T; 19.- Designar de entre sus

m i e m b r o s a l o s 12.- Aprobar los proyectos de i n t e g r a n t e s d e l a s

ordenanza que requiera la comisiones especiales, e m p r e s a , p a r a s u para que éstas resuelvan posterior presentación al asuntos específicos y Concejo Municipal de presenten los informes

Vencido el año fiscal, se siguiente orden: primero a recaudarán los impuestos e intereses, luego al tributo y, por intereses correspondientes por la último, a multas y costas.mora mediante el procedimiento coactivo. Si un contribuyente o responsable

debiere varios títulos de crédito, Art. 17. - INTERESES POR el pago se imputará primero al MORA TRIBUTARIA.- A partir título de crédito más antiguo que de su vencimiento, el impuesto no haya prescrito.principal y sus adicionales, ya sean de beneficio municipal o de Art. 20. – NOTIFICACIÓN.- A otras entidades u organismos es te e f ec to , la Direcc ión públicos, devengarán el interés Financiera notificará por la anual desde el primero de enero del prensa o por una boleta a los año al que corresponden los propietarios, haciéndoles conocer impuestos hasta la fecha del pago, la realización del avalúo. según la tasa de interés establecida Concluido el proceso se notificará d e c o n f o r m i d a d c o n l a s al propietario el valor del avalúo. disposiciones del Art. 21 del Código Tributario. El interés se Art. 21. - RECLAMOS Y calculará por cada mes, sin lugar a RECURSOS.- Los contribuyentes liquidaciones diarias. responsables o terceros, tienen

derecho a presentar reclamos e Art. 18. - LIQUIDACION DE i n t e r p o n e r l o s r e c u r s o s LOS CREDITOS.- Al efectuarse administrativos previstos en el la liquidación de los títulos de Art.110 del Código Tributario y crédito tributarios, se establecerá los Arts. 457 y 458 de la Ley con absoluta claridad el monto de Orgánica de Régimen Municipal, los intereses, recargos o ante el Director Financiero descuentos a que hubiere lugar y el Municipal, quien los resolverá en valor efectivamente cobrado, lo e l t iempo y en la forma q u e s e r e f l e j a r á e n e l establecida.correspondiente parte diario de recaudación. En caso de encontrarse en

desacuerdo con la valoración de Art. 19. - IMPUTACION DE su propiedad, el contribuyente PAGOS PARCIALES.- Los podrá impugnarla dentro del pagos parciales, se imputarán en el término de quince días a partir de

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 38 Pag 67

la fecha de notificación, ante el alguno.órgano correspondiente, mismo que deberá pronunciarse en un Art. 24. - VIGENCIA.- La término de treinta días. Para presente Ordenanza entrará en tramitar la impugnación, no se vigencia desde el 01 de Enero del requerirá del contribuyente el 2010, sin perjuicio de su pago previo del nuevo valor del publicación en el Registro Oficial.tributo.

Art. 25.- DEROGATORIA.- A partir de la vigencia de la presente

Art . 22 . - SANCIONES Ordenanza quedan sin efecto T R I B U T A R I A S . - L o s Ordenanzas y Resoluciones contribuyentes responsables de los relacionadas con la determinación, impuestos a los predios urbanos administración y recaudación de que cometieran infracciones, impuestos a los predios urbanos.c o n t r a v e n c i o n e s o f a l t a s reglamentarias, en lo referente a Dado en la Sala de Sesiones del l a s n o r m a s q u e r i g e n l a Gobierno Municipal de Tulcán, a determinación, administración y los veinte y dos días del mes de control del impuesto a los predios Diciembre del 2009. u r b a n o s y s u s i m p u e s t o s adicionales, estarán sujetos a las sanciones previstas en el Libro IV f.) Ab. Javier Cadena Huertasdel Código Tributario y el Art. 430 VICEPRESIDENTE DEL de la Ley Orgánica de Régimen CONCEJOMunicipal.

Art. 23. - CERTIFICACION DE f.) Ab. Marlon Suárez Obando AVALUOS.- La Oficina de SECRETARIO GENERALAvalúos y Catastros conferirá la certificación sobre el valor de la SECRETARIA GENERAL DEL propiedad urbana, que le fueren GOBIERNO MUNICIPAL DE solicitados por los contribuyentes TULCAN. CERTIFICADO DE o responsables del impuesto a los DISCUSION: La presente predios urbanos, previa solicitud “ORDENANZA QUE REGULA escrita y, la presentación del L A D E T E R M I N A C I Ó N , certificado de no adeudar a la A D M I N I S T R A C I Ó N Y municipalidad por concepto R E C A U D A C I Ó N D E L

Las votaciones del Directorio anuales y plurianuales de serán nominales, no pudiendo sus inversión y reinversión de miembros abstenerse de votar. la empresa pública de

conformidad con el Plan Para la revisión de una resolución Nacional de Desarrollo.se requiere del voto de las dos terceras partes de la totalidad de 4.- Aprobar las políticas los miembros del directorio. aplicables a los planes

estratégicos, objetivos de A r t . 1 6 . - D E B E R E S Y gestión, presupuesto A T R I B U C I O N E S D E L a n u a l , e s t r u c t u r a DIRECTORIO.- Son deberes y o r g a n i z a c i o n a l y atribuciones del Directorio: responsabilidad social

corporativa;1.- Cumplir y hacer cumplir

la presente ordenanza, los 5.- Aprobar el Presupuesto reglamentos y demás General de la EPMAPA-T n o r m a s j u r í d i c a s y evaluar su ejecución;p e r t i n e n t e s a l funcionamiento de la 6 . - A p r o b a r e l P l a n empresa pública; E s t r a t é g i c o d e l a

empresa, elaborado y 2.- Establecer y Determinar p r e s e n t a d o p o r l a

las políticas y metas de la Gerencia General, y e m p r e s a , a p r o b a r evaluar su ejecución;programas de obras, mejoras y ampliaciones 7.- Aprobar y modificar el de los sistemas de agua Orgánico Funcional de la potable y alcantarillado, EPMAPA-T, sobre la en concordancia con las b a s e d e l p r o y e c t o políticas nacionales, presentado por el Gerente regionales, provinciales o General;locales formuladas por los órganos competentes 8.- Aprobar y modificar el y e v a l u a r s u r e g l a m e n t o d e cumplimiento; Funcionamiento del

Directorio;3.- Aprobar los programas

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 66 Pag 39

CAPITULO II Cuando un titular del Directorio, se excuse de asistir a las sesiones

DEL DIRECTORIO ordinarias o extraordinarias, se notificará al respectivo suplente,

Art. 11.- COMPOSICION DEL por lo menos con 48 horas de D I R E C T O R I O . - E s t a r á anticipación. compuesto por los siguientes miembros: Art. 13.- Los tres primeros

vocales, durarán en sus funciones 1.- El Alcalde o su delegado, quien mientras desempeñen los cargos o presidirá; dignidades para las cuales fueron

elegidos; mientras que los 2.- El Concejal presidente de la subsiguientes durarán en sus comisión de obras públicas o su funciones por un período de dos delegado de esta comisión; años.

3.- El Director de obras públicas Art. 14.- DE LAS SESIONES.- del Gobierno Municipal de Tulcán Las sesiones del Directorio serán o su delegado; ordinarias y extraordinarias. Las

ordinarias tendrán lugar una vez al 4.- Un delegado de los clientes mes y las extraordinarias cuando urbanos nombrado de acuerdo al las convoque el Presidente o a Reglamento General de la petición por escrito y firmada por EPMAPA-T. la mitad más uno de sus miembros.

5.- Un representante o delegado A r t . 1 5 . - Q U Ó R U M Y de los Gobiernos Parroquiales del VOTACIONES.- El quórum será Cantón Tulcán; y, de la mitad más uno de sus

miembros y las resoluciones se El Gerente General de la empresa tomarán por mayoría simple del actuará como Secretario de la quórum.misma.

Todos los miembros del Directorio Art. 12.- Cada miembro del tendrán voz y voto; en caso de Directorio, deberá tener su empate el Presidente tendrá voto respectivo suplente, quien se dirimente.principalizará a falta del titular.

IMPUESTO A LOS PREDIOS en la fecha y hora señalada. URBANOS PARA EL BIENIO 2010-2011, fue analizada y Lo certifico.-aprobada en sesiones ordinarias de Concejo de los días 17 y 22 de diciembre del 2009.

Ab. Marlon Suárez Obandof.) Ab. Marlon Suárez Obando SECRETARIO GENERALSECRETARIO GENERAL

ALCALDIA DEL GOBIERNO VICEPRESIDENCIA DEL MUNICIPAL DE TULCAN. GOBIERNO MUNICIPAL DE Tulcán, a los veinte y cuatro días TULCAN. Tulcán , 23 de del mes de diciembre del dos mil diciembre del 2009, las 8H30. De nueve, por reunir los requisitos conformidad con lo dispuesto en el legales exigidos y de conformidad Art. 126 de la Ley Orgánica de con lo que determina el Art. 129 de Régimen Municipal, remítase al la Ley Orgánica de Régimen señor Alcalde original y dos copias Munic ipa l p romúlguese y de la Ordenanza que antecede, ejecútese. para su sanción y promulgación.

f.) Ing. Julio César Robles f.) Ab. Javier Cadena Huertas GuevaraVICEPRESIDENTE DEL ALCALDE DEL GOBIERNO

CONCEJO MUNICIPAL DE TULCAN

Proveyó y firmó la presente Ordenanza el Ing. Julio César Robles Guevara, Alcalde del

SECRETARIA GENERAL DEL Gobierno Municipal de Tulcán, el GOBIERNO MUNICIPAL DE veinte y cuatro de diciembre del TULCAN. Proveyó y firmó el dos mil nueve. Lo certifico.-decreto que antecede, el Ab. Javier Cadena Huertas, Vicepresidente del Concejo Municipal de Tulcán, f.) Ab. Marlon Suárez Obando

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 40 Pag 65

SECRETARIO GENERAL de rastro, conforme a los principios técnicos que rigen esta materia;

Que, la Ley Orgánica de Empresas Públicas, regula la constitución, organización, funcionamiento, fusión, escisión y liquidación de las empresas públicas que no

EL CONCEJO MUNICIPAL pertenezcan al sector financiero DE TULCÁN (…).

Que, los artículos 5, 6, 41, 42, 44 y CONSIDERANDO 4 7 a l 4 9 d e l a L e y d e

Modernización del Estado faculta Que, el artículo 264 numeral 14 l a d e s m o n o p o l i z a c i ó n y inciso segundo de la Constitución privatización de los servicios de la República, faculta a los públicos a cargo de entidades del Gobiernos Municipales a dictar sector público o empresas mixtas o Ordenanzas. privadas;

Que, el artículo 177 de la Ley Que, para garantizar una mayor Orgánica de Régimen Municipal, eficiencia de los servicios otorga la potestad a los Concejos completos de rastro, es necesario Municipales a constituir Empresas c rear la Empresa Públ ica Públicas Municipal de Rastro.

Q u e , l a s d i s p o s i c i o n e s En ejercicio de sus atribuciones contempladas en los artículos 1, 13 establecidas en los artículos 63, de y 16 de la Ley Orgánica de la Ley Orgánica de Régimen Régimen Municipal fortalecen la Municipal y Artículo 281 de la plena autonomía municipal; Constitución de la República;

Que, los artículos 148, literal g) E X P I D E:380, literal c), 386, 387, 388 y 389 de la Ley Orgánica de Régimen L A O R D E N A N Z A D E Municipal permiten establecer CREACIÓN DE LA EMPRESA tasas por los servicios completos PÚBLICA MUNICIPAL DE

a d m i n i s t r a c i ó n la empresa y está representado por financiera, contable, el directorio. Le corresponde comercialización y otros dictar políticas, fijar los objetivos servicios generales que y metas y expedir reglamentos r e s u e l v a l a internos, generales y específicos administración; y, de la empresa pública y, solicitar al

Concejo del Gobierno Municipal 16.- Supervisar y fiscalizar de Tulcán la expedición de

las actividades de las o rdenanzas que cons idere personas naturales o necesarias.jurídicas de quienes dependa la operación, Art. 8.- El nivel ejecutivo está a d m i n i s t r a c i ó n , representado por el Gerente ejecución de obras y otros General, constituye la autoridad contratos que requiera la que orienta y ejecuta las políticas EPMAPA-T. del nivel legislativo.

TITULO II Art. 9.- El nivel asesor, constituye

el órgano consultivo y de apoyo DE LA ADMINISTRACION Y para las decis iones de la

ESTRUCTURA EPMAPA-T; su relación de autoridad es indirecta con respecto a las unidades del nivel operativo.

CAPITULO I Su función se ejecuta por medio del nivel ejecutivo. Estará

DE LA ESTRUCTURA integrado por las unidades ORGANICA FUNCIONAL administrativas que la empresa

considere necesarias para su Art. 6.- La estructura de la gestión.EPMAPA-T estará acorde con los objetivos y funciones que le Art. 10.- El nivel operativo es competen, para lo cual, contará aquel que cumple directamente con los siguientes niveles con los objetivos y finalidades de jerárquicos: legislativo, ejecutivo, la empresa. Ejecuta los planes, asesor y operativo. programas, proyectos y políticas

de trabajo, impartidos por sus Art. 7.- El nivel legislativo superiores. constituye la más alta autoridad de

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 64 Pag 41

especificaciones técnicas, Nacional de Contratación en coordinación con el Pública. (L.O.S.N.C.P).Gobierno Municipal del Cantón Tulcán, en lo que 9.- Organizar las áreas c o r r e s p o n d a a s u s técnicas, administrativas respectivas atribuciones y comerciales que fueren legales; necesarias.

5.- Realizar los estudios 10.- Recaudar e invertir necesarios que permitan correcta y legalmente los ampl ia r, comple ta r, fondos de la empresa optimizar, la calidad de pública;los sistemas de agua potable y alcantarillado 11.- Fijar las tarifas, derechos de conformidad a su y c o n t r i b u c i o n e s competencia; especiales de acuerdo con

la ley.6.- Controlar que la calidad de

los materiales a utilizarse 12.- Vigilar el cumplimiento en la ejecución de las de las ordenanzas que o b r a s q u e r e a l i c e , regulan la planificación, contrate o conceda, estén c o n s t r u c c i ó n y l a de acuerdo con las dotación de los servicio n o r m a s t é c n i c a s d e a g u a p o t a b l e y establecidas alcantarillado;

7.- Ejecutar obras de agua 13.- Coordinar con otras potable y alcantarillado instituciones la ejecución p o r a d m i n i s t r a c i ó n de obras; d i r e c t a , c o n v e n i o s , contrato o participación 14.- Delegar la gestión de los del sector público o procesos de producción, privado. d i s t r i b u c i ó n y

mantenimiento , con 8.- Recibir las obras, bienes y a u t o r i z a c i ó n d e l

servicios de conformidad directorio.con los contratos y la Ley Orgánica del Sistema 15.-Contratar los servicios de

RASTRO Y C O M P E T E N C I A . - L a Empresa Pública Municipal de Rastro, tendrá su campo de acción

CAPITULO I de acuerdo a la ley y preverá la prestación de servicios de

CONSTITUCION, recepción, vigilancia en corrales, DOMICILIO, arreo, matanza, faenamiento,

DENOMINACION, AMBITO c o n t r o l v e t e r i n a r i o y d e DE ACCION OBJETIVOS Y laboratorio, despacho, transporte y

ATRIBUCIONES otros que fueren necesarios para la provisión y distribución de carne,

Art. 1.- CONSTITUCION Y precautelando la soberanía DOMICILIO.- Constitúyase con alimentaria. domicilio en la ciudad de Tulcán, Cantón Tulcán, Provincia del Art. 4.- OBJETIVOS.- La Carchi, la Empresa Pública empresa tiene como objetivo la Municipal de Rastro , con prestación eficiente de los personería jurídica de derecho servicios de rastro en todo tipo de p ú b l i c o y a u t o n o m í a ganado, destinado al consumo admin i s t r a t i va , ope ra t i va , h u m a n o , a s í c o m o d e l financiera y patrimonial, la misma a p r o v e c h a m i e n t o d e l o s que se rige principalmente por la subproductos que provengan de Constitución de la República, Ley esta actividad.Orgánica de Régimen Municipal, Ley Orgánica de Empresas Art. 5.- DEBERES DE LA Públicas y Código de Salud EMPRESA.- Para la prestación Pública. La presente Ordenanza del servicio, se tomará en cuenta regula la prestación de los l a s d i s p o s i c i o n e s d e l a servicios de rastro. Constitución de la República, la

Ley Orgánica de Régimen Art. 2.- DENOMINACION.- La Municipal, la Ley Orgánica de empresa que se constituye se Empresas Públicas, Código de d e n o m i n a r á E M P R E S A Salud Pública, regulaciones de las PUBLICA MUNICIPAL DE autoridades competentes; y, tendrá RASTRO, cuyas siglas serán como deberes los siguientes:EPMUR-T.

a) Proporcionar los servicios de Art. 3.- AMBITO DE ACCION recepción , v ig i lanc ia en

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corrales, arreo, faenamiento, inspección y control veterinario e) Elaborar el catastro de de laboratorios, despacho, establecimientos destinados al regulación de t ransporte faenamiento de ganado y de los sanitario de productos cárnicos y luga res de expend io de todo aquello que fuere necesario productos cárnicos que operan p a r a l a p r o d u c c i ó n y de manera clandestina para distribución de carne, de proceder de acuerdo a Ley; cualquier tipo de ganado para los fines señalados; f) Emit i r las pol í t icas

dest inadas a la correcta b) Controlar y calificar la calidad manipulación y transportación y el manejo higiénico de las de productos y subproductos carnes destinadas al consumo cárnicos, para lo cual se humano que se faenen en las establecerá los requisitos instalaciones de la Empresa bajo c o r r e s p o n d i e n t e s q u e el control e inspección sanitaria; determinen las características de

los mismos, el documento de c) Liquidar y recaudar los facul tad y las guías de valores que por concepto de transporte. tasas, patentes, arriendo de locales o cualquier tributo se CAPITULO IIdeba pagar a la Empresa según DE LA ADMINISTRACION Y las disposiciones de la Ley ESTRUCTURAO r g á n i c a d e R é g i m e n Municipal, Código Tributario y TITULO Iotras normas vigentes;

REPRESENTACION LEGAL d) C o o r d i n a r c o n l a Y DE LA ADMINISTRACIONautor idad competen te la aplicación de decomisos y Art. 6.- REPRESENTACION destrucción de los productos LEGAL.- Será representante cárnicos que se introduzcan de legal, judicial y extrajudicial de la manera ilegal y clandestina en Empresa Pública Municipal de l a s á r e a s d e s t i n a d a s a l Rastro, el Gerente General, y faenamiento que no cumplan las tendrá las atribuciones que están disposiciones de la presente determinadas en la presente Ordenanza; Ordenanza, Ley Orgánica de

Art. 3.- AMBITO DE ACCION Art. 5.- ATRIBUCIONES Y Y C O M P E T E N C I A . - L a DEBERES DE LA EMPRESA.- EPMAPA-T ejercerá su acción en Para el cumplimiento de sus el Cantón Tulcán, Provincia del objetivos, son atribuciones y Carchi, teniendo competencia para deberes de la EPMAPA-T:todo lo relacionado con la prestación de los servicios de agua 1.- La administración de los potable y alcantarillado, dentro del sistemas de agua potable plano cantonal o local de y alcantarillado de la desarrollo. Ciudad Tulcán; Art. 4.- OBJETIVOS.- La 2.- Planificar, ejecutar los EPMAPA-T tiene como objetivo proyectos y realizar los la prestación eficiente de los e s t u d i o s y d i s e ñ o servicios de agua potable y respectivos de las obras alcantar i l lado, tendiente a d e a g u a p o t a b l e y preservar la salud de los habitantes alcantarillado del Cantón y obtener una rentabilidad social y Tulcán;económica en sus inversiones. 3.- Hacer cumplir las normas La EPMAPA-T, será responsable y e s p e c i f i c a c i o n e s d e l a a d m i n i s t r a c i ó n , técnicas que regulen la p l a n i f i c a c i ó n , d i s e ñ o , c o n s t r u c c i ó n , construcción, control, operación y mantenimiento, uso del mantenimiento de los sistemas sistema de agua potable y para producción, distribución y alcantarillado y demás comercialización de agua potable; servicios que preste la así como, de la conducción, EPMAPA-T;regulación y disposición final de las aguas residuales urbanas y 4.- Conocer y aprobar los periféricas del Cantón Tulcán, con proyectos de agua potable el fin de contribuir en forma y alcantarillado de las sostenida al desarrollo humano y u r b a n i z a c i o n e s al buen vivir de la población, al particulares, así como la entorno ecológico y a la supervisión y recepción preservación de las fuentes de los trabajos de acuerdo hídricas del Cantón Tulcán. a n o r m a s y

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 62 Pag 43

DENOMINACION SOCIAL, Que, el artículo 264 de la AMBITO DE ACCION, Constitución de la República del OBJETIVOS Y Ecuador, en su numeral 4 faculta a ATRIBUCIONESlos Gobiernos Municipales “Prestar los servicios públicos de Art. 1.- CONSTITUCION Y agua potable, alcantarillado, DOMICILIO.- Constitúyase con depuración de aguas residuales, domicilio en la ciudad de Tulcán, manejo de desechos sólidos, Cantón Tulcán, Provincia del actividades de saneamiento Carchi, la Empresa Pública ambienta l y aquel los que Municipal de Agua Potable y establezca la ley; Alcantarillado de Tulcán, con

personería jurídica de derecho Que, de conformidad con los Arts. p ú b l i c o , a u t o n o m í a 63 numeral 1 y Art. 123 de la Ley presupuestaria que establezcan Orgánica de Régimen Municipal y m e c a n i s m o s d e c o n t r o l Art. 264 de la Constitución de la económico, administrativo, República del Ecuador, es potestad o p e r a t i v o , f i n a n c i e r o y de los Gobiernos Municipales patrimonial, la misma que se rige ejercer la facultad legislativa a principalmente por la Ley t r a v é s d e l a e m i s i ó n d e Orgánica de Empresas Públicas, ordenanzas. En uso de sus Ley Orgánica de Régimen atribuciones. Municipal, Ley Orgánica del

Sistema Nacional de Contratación EXPIDE: Pública, reglamentos, y más

normas aplicables a la presente L A “ O R D E N A N Z A D E ordenanza.CONSTITUCIÓN DE LA E M P R E S A P Ú B L I C A Art. 2.- DENOMINACION.- La M U N I C I PA L D E A G U A empresa se denominará: Empresa P O T A B L E Y Pública Municipal de Agua A L C A N TA R I L L A D O D E Potable y Alcantarillado de TULCÁN, EPMAPA-T.” Tulcán, cuyas siglas son

EPMAPA-T, y con este nombre y TITULO I siglas se identificará y actuará en

todos los actos públicos, privados, CONSTITUCION judiciales, extrajudiciales y

DOMICILIO, administrativos.

Empresas Públ icas y más los objetivos y finalidades de la disposiciones legales. empresa, ejecuta los planes,

programas, proyectos y políticas TITULO II de trabajo.

ESTRUCTURA ORGANICATITULO III

Art. 7.- La Empresa Pública Municipal de Rastro, contará con DEL DIRECTORIOlos siguientes niveles: legislativo, ejecutivo, asesor y operativo. Art. 12.- De acuerdo al Art. 7

literal b) de la Ley Orgánica de Art. 8.- El nivel legislativo, es la Empresas Públicas, el número de más alta autoridad de la empresa y miembros del Directorio estará s e r á r e p r e s e n t a d a p o r e l conformado por:Directorio, cuya misión será dictar políticas, fijar objetivos tendientes 1.- El Alcalde o su delegado, a prestar un servicio y productos quien presidirá;finales de óptima calidad para el 2.- El Concejal que Preside la consumidor. Comisión de Mercados, Precios

y MedidasArt. 9.- El nivel ejecutivo estará 3.- El Director de Gestión representado por el Gerente Ambiental y Riesgos del General, que es el responsable de Gobierno Municipal de Tulcán.ejecutar las políticas emanadas por 4.- Un representante de los el Directorio; además representa a in t roduc tores que es tén la empresa en todos los asuntos de legalmente constituidoscarác te r l ega l , jud ic ia l y 5.- Un representante de la extrajudicial. Federación de Barrios de la

ciudad de Tulcán.Art. 10.- El nivel asesor, es el órgano consultivo y apoyo para las - El Gerente General de la decisiones de la empresa, estará Empresa, actuará como i n t e g r a d a p o r u n i d a d e s Secretario del mismo.administrativas que la empresa considere necesarias. Art. 13.- Cada miembro del

Directorio, deberá tener el Art. 11.- El nivel operativo es el respectivo suplente, quien se que cumple de manera directa con principalizará a falta del titular.

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atribuciones del Directorio:Art. 14.- Los tres primeros miembros del Directorio durarán a) Cumplir y hacer cumplir en sus funciones mientras la presente ordenanza, los desempeñen los ca rgos o reglamentos y demás dignidades para las que fueron n o r m a s j u r í d i c a s elegidos; los dos siguientes p e r t i n e n t e s a l desempeñarán sus funciones funcionamiento de la durante dos años. empresa;

b) Determinar las políticas y Art. 15.- DE LAS SESIONES.- metas de la empresaLas Sesiones del Directorio serán c) Aprobar el reglamento ordinarias y extraordinarias. Las interno de la empresa;ordinarias se realizarán una vez al d) Formular proyectos de mes y las extraordinarias cuando ordenanza que requiera la convoque el presidente o a petición empresa.por escrito de la mitad más uno de e) Nombrar al Gerente los miembros. General de la Empresa;

f) Remover al Gerente A r t . 1 6 . - Q U O R U M Y General de la Empresa;VOTACIONES.- El Quórum será g) Aprobar las proyecciones la mitad más uno de los miembros financiera de largo plazo y las resoluciones se tomarán por (5 años)mayoría simple. h) Aprobar la proforma del

presupuesto anual de la Los miembros del Directorio empresa hasta el 10 de tendrán voz y voto; en caso de diciembre de cada año;empate el Presidente tendrá voto i) Aprobar las tasas por dirimente. p r e s t a c i ó n d e l o s

servicios;Las votaciones de los miembros j) Aprobar las reformas al serán nominales, no pudiendo los presupuesto;miembros abstenerse de votar. k) Aprobar las actas de la

reuniones;l) Solicitar la concurrencia a

A r t . 1 7 . - D E B E R E S Y sesiones del Directorio a A T R I B U C I O N E S D E L los funcionarios de la DIRECTORIO.- Son deberes y empresa, del Municipio o

f.) Ing. Julio César Robles G. Que, mediante registro oficial de ALCALDE DEL GOBIERNO fecha 16 de octubre del 2009, Nro.

MUNICIPAL DE TULCAN 48 se Publicó la Nueva Ley Orgánica de Empresas Públicas, dent ro de las funciones

Proveyó y firmó la presente principales son las que se Ordenanza el Ing. Julio César encuentran detalladas en el art. 1 Robles Guevara, Alcalde del que: Regula la constitución, Gobierno Municipal de Tulcán, el organización, funcionamiento, veinte y cinco de febrero del dos fusión, escisión y liquidación de la mil diez. Lo certifico.- Empresas públicas que no

pertenezcan al sector financiero y que ac túen en e l ámbi to

f.) Ab. Marlon Suárez Obando internacional, nacional, regional, SECRETARIO GENERAL provincial y local; y, establecen los

m e c a n i s m o s d e c o n t r o l económico, administrat ivo, financiero y de control que se ejercerán sobre ellas, de acuerdo c o n l o d i s p u e s t o p o r l a constitución de la República del Ecuador;

EL CONCEJO MUNICIPAL Que, corresponde al Concejo DEL CANTON TULCÁN Municipal del Cantón Tulcán, la

creación de la nueva Empresa Considerando: Pública Municipal de Agua

Potable y Alcantarillado de Que, la Constitución de la Tulcán; basado en la disposición Empresa Municipal de Agua transitoria primera de la Ley Potable y Alcantarillado de Orgánica de Empresas Públicas: Tulcán, se publicó en el Registro Las Empresas Municipales, para Oficial Nro. 71 del 25 de julio del seguir operando adecuarán su 2005, y su reforma a la ordenanza organización y funcionamiento a Municipal se público en el las normas previstas en esta ley en Registro oficial Nro. 121 del 10 de un plazo no mayor a 180 días octubre del 2005; contados a partir de su expedición;

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 60 Pag 45

VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO

f.) Ab. Marlon Suárez Obando f.) Ab. Javier Cadena HuertasSECRETARIO GENERAL VICEPRESIDENTE DEL

CONCEJO

SECRETARIA GENERAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE SECRETARIA GENERAL TULCAN. CERTIFICADO DE D E L G O B I E R N O DISCUSION: La presente MUNICIPAL DE TULCAN. “ O R D E N A N Z A D E Proveyó y firmó el decreto que CREACIÓN DEL FONDO DE antecede, el Ab. Javier Cadena MICRO CRÉDITO, FONDO Huertas, Vicepresidente del S E M I L L A M U N I C I PA L Concejo Municipal de Tulcán, en (FONSEMU, fue analizada y la fecha y hora señalada. aprobada en sesiones ordinarias de Concejo de los días 17 y 23 de Lo certifico.-Febrero del 2010.

f.) Ab. Marlon Suárez Obandof.) Ab. Marlon Suárez Obando SECRETARIO GENERALSECRETARIO GENERAL

VICEPRESIDENCIA DEL ALCALDIA DEL GOBIERNO GOBIERNO MUNICIPAL DE MUNICIPAL DE TULCAN. TULCAN. Tulcán, 24 de febrero Tulcán, a los veinte y cinco días de l 2010 , l as 8H30. De del mes de febrero del dos mil conformidad con lo dispuesto en diez, por reunir los requisitos el Art. 126 de la Ley Orgánica de l e g a l e s e x i g i d o s y d e Régimen Municipal, remítase al confo rmidad con lo que señor Alcalde original y dos determina el Art. 129 de la Ley copias de la Ordenanza que Orgánica de Régimen Municipal antecede, para su sanción y promúlguese y ejecútese. promulgación.

a personas que por su demás reglamentos.capacidad y experiencia asesoren sobre asuntos Art. 18.- PROHIBICIONES específicos, quienes DEL DIRECTORIO.- Son tendrán únicamente voz prohibiciones del Directorio:informativa:

m) Conocer los estudios que a)Donar o ceder gratuitamente se requieran para la obras, construcciones, o p t i m i z a c i ó n d e l bienes o servicios de servicio; propiedad de la empresa;

n) Conocer los informes de b) Condonar obligaciones Gerencia General y los de constituida a favor de la organismos de control; y empresa; d e t e r m i n a r l o s c) Aprobar el presupuesto c o r r e c t i v o s p a r a anual que contenga i m p l e m e n t a r l a s partidas que no estén observaciones y asegurar debidamente financiadas;el cumplimiento de las d) Crear tributos, los cuales recomendaciones; s o l a m e n t e s e r á n

o) Conceder licencia o establecidos de acuerdo a declarar en comisión de la ley;servicios al Gerente e) Arrogarse funciones a su General por un tiempo ámbito de acción y mayor a 30 días, en cuyo competencia; y,caso se designará al f) Las demás que prohíbe la func iona r io que l o L e y O r g á n i c a d e subrogará; Régimen Municipal, Ley

p) E v a l u a r Orgánica de empresas cuatrimestralmente la P ú b l i c a s y d e m á s m a r c h a t é c n i c a , disposiciones legales administrativa, financiera sobre la materia, y de la y operativa de la empresa presente ordenanza.e informar al Concejo Municipal, cuando éste lo TÍTULO IVrequiera;

q) L o s d e m á s q u e DEL PRESIDENTE DEL establezcan la ley, la DIRECTORIOpresente ordenanza y

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Gaceta Oficial Municipal Nº 1 Gaceta Oficial Municipal Nº 1Pag 46 Pag 59

Art. 19.- Son deberes y fines;atribuciones del Presidente del g) Poner a consideración del Directorio: Directorio los proyectos

d e o r d e n a n z a s , a) Convocar y presidir las r e g l a m e n t o s y

sesiones del Directorio y resoluciones;legalizar las actas con su h) Las demás que establezca firma conjuntamente con la Ley.e l S e c r e t a r i o d e l Directorio; TITULO V

b) Dirimir la votación en caso de empate de las DEL GERENTE GENERALr e s o l u c i o n e s d e l Directorio; Art. 20.- El Gerente General será

c) Convocar públicamente a nombrado por el Directorio, de una la nominación de los terna presentada por el Alcalde, su d e l e g a d o s d e l o s vinculación laboral con la introductores legalmente Empresa será de libre Remociónconstituidos;

d) Poner en consideración Ejercerá sus funciones por un del Directorio las actas de período de dos años, pudiendo ser las sesiones para su reelegido en forma sucesiva.aprobación;

e) Someter a conocimiento Art. 21.- El Gerente General es el del Concejo Municipal responsable ante el Directorio por los asuntos aprobados por la gestión administrativa de la el Directorio; empresa, para lo cual tendrá los

f) Coordinar la acción de la deberes y atribuciones suficientes empresa con el Municipio para formular los programas y e n l o s a s p e c t o s planes de acción, ejecutarlos, f i n a n c i e r o s , verificar su cumplimiento e a d m i n i s t r a t i v o s y informar al Directorio.técn icos cuando se establezcan acuerdos, Art. 22.- REQUISITOS.- El c o n v e n i o s u o t r o s Gerente General deberá tener compromisos de carácter título universitario de tercer nivel, l e g a l , p a r a e l capacidad y experiencia mínima cumplimiento de sus de dos años en el ejercicio de

que FONSEMU otorgue a corto que no debe ser mayor al plazo, dependiendo del monto doble de tiempo inicial, hasta 12 meses. t a m p o c o s e p o d r á

prorrogar o refinanciar un Art. 29.- El beneficiario del micro crédito más de una vez;crédito pagará las cuotas del b) Negociación de intereses.crédito (interés y capital) en la oficina del FONSEMU, en las Art. 31.- Si se presentare fechas indicadas en el plan de dificultad en la recuperación de pago, para lo que se expedirá su pago de intereses y/o de capital, respectivo recibo. Cuando se haya pasados dos días se informara por pagado el crédito en su totalidad se escrito al deudor recordándole la hará la devolución de las obligación, si pasado 10 días de la respectivas garantías. Si el micro- notificación, no comparece el empresario cuenta con los recursos deudor, se notificara por segunda y así lo considera podrá devolver el vez con copia al codeudor y si crédito al FONSEMU antes del vencidos 15 días de la cuota o tiempo acordado, para lo cual solo s a l d o , e l d e u d o r n o h a cancelara el interés por el tiempo comparecido el Comité de Crédito del crédito. p r o c e d e r á a b u s c a r u n a

conciliación normal, si lo anterior no da resultado se procederá al

Art. 30.- En caso de presentarse cobro jurídico mediante juicio de solicitudes de prórroga y/o conformidad a las Leyes de la r e f i n a n c i a m i e n t o d e u n materia y a elección de la parte beneficiario del crédito por actora.razones extraordinaria ajenas a su voluntad (calamidades domésticas Dado en la Sala de Sesiones del u otras), tendrá derecho de Concejo Municipal del Cantón prorrogas o refinanciamiento de Tulcán, a los veinte y tres días del los créditos para lo cual el Comité mes de Febrero del año dos mil de Crédito buscara alternativas de diez.ayuda al asociado, con la finalidad de dar vialidad a la cancelación de la deuda. En este sentido se plantea:

a) Otorgar nuevos plazos f.) Ab. Javier Cadena Huertas

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propósito, así como la deudor y codeudor, con situación actual del sus respectivas firmas y solicitante; c o p i a s d e c é d u l a

c) El responsable del fondo notariadas;y de la revisión de los b) Una Prenda Comercial documentos de solicitud Ordinaria (PCO), que de crédito realizará la c o n s i s t i r á e n u n a consulta respectiva en la declaratoria de propiedad central de riesgos, el de unos o un bien mueble, resultado de la consulta se según equivalencia de su constituirá como un v a l o r a l c r é d i t o , requisito previo al crédito debidamente notariada. en caso de resultar Se exceptuarán los bienes idóneo; que la Ley determina

d) En forma pos ter ior como inembargables.entrará en consideración del Comité de Crédito, el Art. 26.- En caso de ser aprobada cual tomará la decisión la solicitud de crédito con base en final de aprobación o no, el acta, se informará por escrito al q u e d a n d o e s t o b e n e f i c i a r i o , i n d i c a n d o consignado en un acta, claramente las condiciones del q u e c o n t e n d r á l o s crédito y se procederá a la entrega, motivos de aprobación, complementado cada carpeta con r e p r o b a c i ó n , los soportes anexos para el archivo m o d i f i c a c i ó n o e l del FONSEMU.aplazamiento de la solicitud. Art. 27.- El desembolso del

crédito se efectuará mediante Art. 25.- Para la aprobación del transferencia bancaria, por medio crédito se deberá exigir al del servicio de pago SPI por parte beneficiario las siguientes del Gobierno Municipal de Tulcán, garantías, que correspondan o en la cuenta del beneficiario del equivalgan al monto del valor micro crédito, con desembolsos de solicitado: acuerdo a la capacidad de pago y al

monto aprobado por el Oficial de a) Una garantía sobre firmas Crédito.

que consistirá en un pagaré firmado por el Art. 28.- Los plazos de los créditos

actividades afines a las funciones a humanos, materiales, desempeñar y necesarias para t e c n o l ó g i c o s y dirigir la empresa, y reunir las financieros de la empresa.demás condiciones de idoneidad f) Presentar a consideración que establezca la ley. del Directorio hasta el 31

de marzo de cada año, los A r t . 2 3 . - D E B E R E S Y balances del ejercicio A T R I B U C I O N E S D E L anterior.GERENTE GENERAL.- Son g) Actuar en el Directorio deberes y atribuciones del Gerente con voz informativa;General: h) Nombrar y remover

funcionarios, empleados a) Cumplir y hacer cumplir y trabajadores, excepto en

las políticas y metas los casos que competen a es tab lec idas por e l otras autoridades;Directorio, observando i) Conceder licencias y las disposiciones de la declarar en comisión de Ley. servicios a funcionarios,

b) Administrar la empresa, empleados y trabajadores ejecutando y celebrando de la empresa;todos los actos y contratos j) L a s d e m á s q u e l e que fueren necesarios de confieren la Ley Orgánica acuerdo con las leyes, de Contratación Pública, r e g l a m e n t o s y de Empresas Públicas y r e s o l u c i o n e s d e l más leyes, ordenanzas y Directorio. reglamentos vigentes.

c) Ejercer la representación l e g a l , j u d i c i a l y Art. 24.- AUTORIZACIONES.- e x t r a j u d i c i a l d e l a El Gerente requerirá de la empresa; autorización del Directorio para

d) Someter a consideración allanarse a demandas, desistir en del Directorio las obras y c o n t r o v e r s i a s j u d i c i a l e s , programas a ejecutarse compromete r r e so luc iones p a r a e l b u e n arbitrales, proponer y aceptar funcionamiento de la conciliaciones.empresa;

e) Velar por la adecuada Art. 25.- SUBROGACION.- En utilización de los recursos los casos que sean necesario, el

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Gerente encargará la Gerencia a correspondiente.uno de los funcionarios de la empresa por periodos inferiores a Art. 28.- CONTROL.- El control treinta días. En caso que la y la gestión de los servicios de ausencia sea mayor, el Directorio rastro, con el fin de precautelar la designará al subrogante. soberanía alimentaria, será

evaluado periódicamente.Art. 26.- DE LA SECRETARIA DEL DIRECTORIO.- El Gerente TITULO VIde la empresa actuará como Secretario del Directorio, y tendrá PATRIMONIO DE LA como responsabilidades: EMPRESA Y FUENTES DE

FINANCIAMIENTOa) Preparar las actas de las

sesiones y suscribirlas Art. 29.- PATRIMONIO DE LA con el Presidente del EMPRESA.- Son bienes de la Directorio; empresa, los muebles que han

b) Preparar los documentos pertenecido al camal municipal y para conocimiento del los que se adquieran para el Directorio y entregarlos normal desarrollo de sus actividad, con el orden del día, con así como el de aprovechamiento de cuarenta y ocho horas de los subproductos que provengan anticipación; de esta actividad.

c) C o n f e r i r c o p i a s c e r t i f i c a d a s c o n Art. 30.- FUENTES DE a u t o r i z a c i ó n d e l I N G R E S O . - P a r a e l Presidente; y, las demás autofinanciamiento de la empresa que establezca la presente se considera:ordenanza, reglamento de s e s i o n e s y m á s TASAS.- La empresa fijará las disposiciones de las tasas por servicios prestados a los a u t o r i d a d e s i n t r o d u c t o r e s d e l g a n a d o correspondientes. destinados al consumo humano,

con el fin de cubrir los gastos que Art. 27.- AUDITORIA.- La d e m a n d a l a o p e r a c i ó n , empresa se someterá a los procesos mantenimiento y administración de auditoría determinadas en las de la empresa.leyes y bajo control de la entidad

( t r e s ) m e s e s d e dependencia laboral con el sector a n t i g ü e d a d c o m o público o privado.asociado;

d) Acreditar tenencia de b i e n e s i n m u e b l e s CAPÍTULO V(propiedad, arriendo, empeño, herencia, otros) DE LOS o muebles; PROCEDIMIENTOS PARA

e) El proyecto comercial EL CRÉDITO Y NORMAS productivo o de servicios GENERALES DE PAGOdebe ser sostenible, viable dentro de las Art. 23.- La solicitud de crédito cadenas productivas debe ser presentada por escrito en lícitas existentes en el la oficina del FONSEMU por Munic ip io y deben parte del micro-empresario/a y su garantizar rentabilidad; codeudor. El micro-empresario

f) Presentar todos los estará siempre asesorado para este documentos y formatos fin a través de la Secretaria, quien a correctamente llenados y su vez organizará y remitirá al f i r m a d o s q u e s e a n Comité de Crédito una carpeta por exigidos por el Comité de cada proyecto y mantendrá Crédito. informado al micro-empresario

sobre el avance del crédito.Art. 21.- No podrán acceder a crédi tos las personas que Art. 24.- El estudio de la solicitud p r e s e n t e n l a s s i g u i e n t e s de crédito comprenderá:inconsistencias:

a) Análisis preliminar de la a) No asistir a las reuniones solicitud de crédito por

y actividades convocadas parte del Oficial de por el FONSEMU; Crédito;

b) Mal manejo de créditos b) Comprobación sobre la anteriores; v e r a c i d a d d e l a

c) Que e s t e imped ido información, en la que legalmente. además deberá realizar la

debida inspección de Art. 22.- No podrán ser sujetos de mercado que avalice el c r é d i t o q u i e n e s t e n g a n objeto de crédito, el fin y

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puede ser fija o modificarse de para lograr el éxito;a c u e r d o a l o s c o s t o s d e b) Aceptar asesoría técnica administración, capitalización del para la implementación fondo. del proyecto;

c) Cancelar cumplidamente Art. 17.- La tasa de interés de mora los intereses y el capital tendrá un valor superior al interés en el plazo acordado en la corriente, siempre y cuando no solicitud;sobrepase los términos legales. d) Si se comprueba que el

crédito ha sido utilizado CAPÍTULO IV para otro propósito el

FONSEMU estará en el DE LOS BENEFICIARIOS Y derecho de solicitar la

SUS REQUISITOS devolución total del d i n e r o d e f o r m a

Art. 18.- Serán beneficiarios del inmediata;Fondo de Crédito todas las e) A brindar la información personas que manifiesten su veraz requerida para la adhesión al FONSEMU y declaren solicitud.expresamente ser:

Art. 20.- Los beneficiaros para a) Ser Ecuator iano de acceder al servicio de crédito del

nacimiento; F O N S E M U l o s m i c r o -b) Mayor de edad; empresarios deberán cumplir con c) Tener actividad comercial los siguientes requisitos:

d e b i d a m e n t e comprobada; a) Ser asociado activo del

d) Que tengan su domicilio FONSEMU, ya sea de por más de cinco años forma individual o como dent ro de l á rea de Empresa Comunitaria y jurisdicción territorial del p a r t i c i p a r e n l a s Cantón Tulcán. a c t i v i d a d e s d e l a

organización local;Art. 19.- Los asociados que b) Asistir obligatoriamente a c c e d a n a l c r é d i t o s e a las capacitaciones comprometen a lo siguiente: c o n v o c a d a s p o r e l

FONSEMU;a) Esforzarse al máximo c) Tener como mínimo 3

TITULO VII asignará un código de inscripción, el mismo que servirá como marca

DE LOS PROCESOS Y distintiva para identificación del NORMAS DE CALIDAD ganado.

Art. 31.- INSCRIPCION.- Las Art. 33.- ATRIBUCIONES.- La personas naturales o jurídicas Empresa Municipal de Rastro, interesadas en introducir ganado permitirá el faenamiento o para la matanza, deberán obtener sacrificio de animales ungulados y el número de inscripción que será camelados, destinados al consumo otorgado por la Gerencia de la humano. Empresa, adjuntando los datos y documentos siguientes: El veterinario municipal no

permitirá el ingreso de animales a) Nombres y apellidos sin previo control, revisión y

completos autorización, de igual manera será b) Número de cédula de el responsable durante y después

ciudadanía del sacrificio.c) Dirección domiciliaria.d) Clase de ganado a cuyo

expendio se dedicará DISPOSICION GENERALe) Certificado de no adeudar

a la municipalidad. Conformado el Directorio, éste e x p e d i r á l a n o r m a t i v a

Las personas interesadas en reglamentaria para el correcto introducir ganado para e l funcionamiento de la empresa, en faenamiento, deberán obtener el un plazo de 60 días.número de inscripción únicamente en los meses de enero y febrero de DISPOSICIONES cada año. TRANSITORIAS

A r t . 3 2 . - C O D I G O D E PRIMERA.- En el plazo de treinta I N S C R I P C I O N . - D e l a s días a partir de la publicación de la solicitudes aprobadas por la presente Ordenanza en el Registro Gerencia se llevará un registro Oficial, el Alcalde conformará el referente a la calidad del Directorio, el cuál designará al introductor que podrá ser Gerente de la terna presentada.mayorista o minorista y se le

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SEGUNDA.- El Gerente, titular o encargado podrá tomar las f.) Ab. Javier Cadena Huertasmedidas adecuadas para la VICEPRESIDENTE DEL ejecución de esta ordenanza. CONCEJO

TERCERA.- Se autoriza la f.) Ab. Marlon Suárez Obando transferencia de todos los bienes SECRETARIO GENERALmuebles e inmuebles que constituyen el patrimonio del Camal Municipal a favor de la SECRETARIA GENERAL DEL Empresa Pública Municipal de GOBIERNO MUNICIPAL DE Rastro. TULCAN. CERTIFICADO DE

DISCUSION: La presente CUARTA.- Los servidores “ O R D E N A N Z A D E municipales que prestan sus CREACIÓN DE LA EMPRESA servicios en el Camal Municipal, PÚBLICA MUNICIPAL DE pasarán a formar parte del personal RASTRO, fue analizada y administrativo de la Empresa aprobada en sesiones ordinarias de Municipal de Rastro; y los Concejo de los días 17 y 26 de trabajadores pasarán con los enero del 2010.mismos derechos que tienen en la actualidad, bajo el régimen del Código del Trabajo.

f.) Ab. Marlon Suárez ObandoQUINTA . - La p resen te SECRETARIO GENERALOrdenanza entrará en vigencia desde su aprobación, sin VICEPRESIDENCIA DEL perjuicio de su publicación en el GOBIERNO MUNICIPAL DE Registro Oficial. TULCAN. Tulcán, 27 de enero

de l 2010 , l as 8H30. De conformidad con lo dispuesto en

Dado en la Sala de Sesiones del el Art. 126 de la Ley Orgánica de Gobierno Municipal de Tulcán, a Régimen Municipal, remítase al los veinte y seis días del mes de señor Alcalde original y dos Enero del 2010. copias de la Ordenanza que

antecede, para su sanción y promulgación.

Art. 9.- Los recursos del m i c r o c r é d i t o q u e FONSEMU serán manejados en la obligatoriamente serán para cuenta única del Gobierno destinarlos capital de trabajo y Municipal de Tulcán. Para la activos fijos productivos en el recaudación de intereses y capital sector micro empresarial.se hará a través de las oficinas del FONSEMU y serán consignadas Art. 14.- Los créditos que otorgue en ventanilla de Recaudación e l FONSEMU dir ig idos a M u n i c i p a l p o r p a r t e d e l pequeños micro empresarios serán responsable de su manejo. destinados para capital de trabajo e

inversión de manera individual o Art. 10.- El manejo administrativo asociativa.del Fondo de Micro Crédito FONSEMU, estará a cargo del Art. 15.- El Comité de Crédito oficial de crédito, quien se reglamentará la aplicación de los cons t i tu i rá en cus todio y montos del Fondo Rotatorio responsable del buen manejo y teniendo como referencia solidez destino de los valores que a él se le del fondo. El monto de la solicitud confiaren, sujetándose a las de crédito se determinará de obligaciones del Servidor Civil, acuerdo a las características y como lo determina la Ley necesidades del proyecto del Orgánica de Servicio Civil y micro empresarios u organización Carrera Administrativa. comuni tar ia , as í como su

capacidad de pago y las garantías Art. 11.- Los gastos financieros y necesarias. administrativos que genere el manejo del fondo serán asumidos a) MONTO MÍNIMO DE por el Gobierno Municipal de C R É D I T O Tulcán. I N D I V I D U A L Y / O

ASOCIATIVO: 1SMBUArt. 12.- El capital de fondo b) MONTO MÁXIMO DE rotatorio lo determinará el Comité C R É D I T O de Crédito y será distribuido en I N D I V I D U A L Y / O porcentajes para el fortalecimiento ASOCIATIVO: 4SMBUdel fondo y para su respectivo fin.

Art. 16.- La tasa de interés Art. 13.- El principal fin de los corriente del crédito será aprobada valores del FONSEMU, es el por el Comité de Crédito, la cual

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Presidente, realizada por i) Realizar informe anual al lo menos con 24 horas de Concejo Municipal sobre antelación. El quórum el funcionamiento y para las sesiones se adelantos del Fondo c o n s t a t a r á c o n l a Micro Crédito Semilla presencia del Presidente y Municipal.el Secretario;

c) G e s t i o n a r c o n e l Art. 6.- El manejo administrativo Presidente del Comité de del Fondo de Crédito FONSEMU, Crédito la obtención de estará a cargo del oficial de crédito, recursos tanto del sector el mismo que será nominado por el público como privado; Comité de Crédito, bajo la

d) Establecer un Plan superv is ión de l Director Operativo Anual para la Administrativo, con aprobación evolución y desarrollo del mencionado Comité; y, del fondo; ejercerá las veces de Secretario y/o

e) Cumplir y hacer cumplir del Comité de Crédito y será un la Ordenanza del Fondo, funcionario/a municipal.así como proponer los cambios que requiera Art. 7.- Los miembros de la p a r a e l b u e n Comisión durarán en este cargo el func ionamien to de l período que duren en sus mismo; f u n c i o n e s , p u d i e n d o s e r

f) Evaluar y aprobar los reemplazados ocasionalmente por créditos, en un período no sus delegados si las circunstancias mayor a quince días así lo ameriten.hábiles teniendo en cuenta los requisitos Art. 8.- Todas las resoluciones del reglamentados en el Comité se adoptarán con los votos presente documento; de la mayoría simple de sus

g) Renegociación de deudas miembros.del Fondo de Micro C r é d i t o S e m i l l a CAPÍTULO IIIMunicipal;

h) Ve l a r p o r e l b u e n DE LOS FONDOS DEL func ionamien to de l MICRO CRÉDITO Y SU Fondo de Micro Crédito DISTRIBUCIÓNSemilla Municipal;

MUNICIPAL DE TULCAN

f.) Ab. Javier Cadena Huertas Proveyó y firmó la presente VICEPRESIDENTE DEL Ordenanza el Ing. Julio César

CONCEJO Robles Guevara, Alcalde del Gobierno Municipal de Tulcán, el veinte y ocho de enero del dos mil

SECRETARIA GENERAL diez. Lo certifico.-D E L G O B I E R N O MUNICIPAL DE TULCAN. Proveyó y firmó el decreto que antecede, el Ab. Javier Cadena f.) Ab. Marlon Suárez ObandoHuertas, Vicepresidente del SECRETARIO GENERALConcejo Municipal de Tulcán, en la fecha y hora señalada.

Lo certifico.-

f.) Ab. Marlon Suárez ObandoSECRETARIO GENERAL EL CONCEJO CANTONAL

DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TULCAN

ALCALDIA DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE TULCAN. Tulcán, a los veinte y ocho días C O N S I D E R A N D O:del mes de enero del dos mil diez, por reunir los requisitos legales exigidos y de conformidad con lo Que es competencia de los que determina el Art. 129 de la Gobiernos locales contribuir al Ley Orgánica de Régimen fomento de la actividad productiva Municipal promúlguese y y su comercialización, a través de ejecútese. programas de apoyo a actividades

c o m o l a a r t e s a n í a , microempresaria y productoras de

f.) Ing. Julio César Robles G. la pequeña industria entre otros, en ALCALDE DEL GOBIERNO coordinación con organismos

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n a c i o n a l e s , r e g i o n a l e s , CREACIÓN DEL FONDO DE provinciales y parroquiales. MICRO CRÉDITO, FONDO

S E M I L L A M U N I C I PA L Que las Ordenanzas Municipales (FONSEMU)vigentes, así como aquellas normas aprobadas por las empresas públicas de servicio, no CAPÍTULO Icontemplan el apoyo y la asistencia al micro-empresario DEL OBJETO, ÁMBITO Y emprendedor. COMPETENCIA

Que son fines municipales Art. 1.- Constituyese el Fondo satisfacer las necesidades Municipal de Micro Crédito colectivas, y promover el llamado FONSEMU, el mismo desarrollo económico, social de c o n t a r á i n i c i a l m e n t e c o n conformidad al Artículo 11 53,937.00 dólares americanos, numeral 4 de la Ley Orgánica de provenientes de aportes de Régimen Municipal. organismos no gubernamentales

como son: Articulación de Redes Que es obl igación de las Territoriales ART con un monto de autoridades seccionales el 41,976.00 dólares americanos e promover las distintas actividades Incubadora Binac iona l de que permitan el desarrollo Empresas PEXE con 11,961.00 económico social y cultural de su dólares americanos; que como población. Fondo Local de financiación le

permitirá también captar recursos En ejercicio de las atribuciones a través de aportes de los constitucionales y legales que le asociados, donaciones (tanto de otorgan el Artículo 264, literal 14 personas naturales y jurídicas, así de la Constitución de la República como también de organismos del Ecuador, así como los g u b e r n a m e n t a l e s y n o Artículos 123, 124 y 125 del gubernamentales) y proyectos que Capítulo VI que confiere la Ley luego convertirá en Micro Orgánica de Régimen Municipal. créditos.

E X P I D E: Art. 2.- El objetivo del Fondo de micro crédito es facilitar a los

L A O R D E N A N Z A D E emprendedores Pymes , su

asociación legal al FONSEMU y el acceso al crédito, para que Art. 4.- El Fondo de Crédito del d e s a r r o l l e n y a d e l a n t e n FONSEMU, contará con un oportunamente las actividades de Comité de Crédito que estará p r o y e c t o s p r o d u c t i v o s , conformado por:comerciales, de servicio, como alternativa de desarrollo social, a) Por el señor Alcalde de económico del Municipio de Tulcán o su delegado, Tulcán en respuesta a la necesidad quien presidirá el Comité a los pequeños comerciantes y de Crédito;productores, como un mecanismo b) Por el señor Presidente de de apoyo presentado en la la Comisión de Servicios posibilidad de obtención de F i n a n c i e r o s y recursos a corto plazo. E c o n ó m i c o s d e l

Gobierno Municipal de Art. 3.- Las competencias del Tulcán o su delegado;Fondo de Micro crédito son: c) P o r e l D i r e c t o r

A d m i n i s t r a t i v o d e l a) C a p i t a l i z a r a l Gobierno Municipal de

FONSEMU con aportes Tulcán;propios y extranjeros; d) Por el señor Director

b) Establecer y financiar Financiero del Gobierno líneas de crédito de Municipal de Tulcán;a c u e r d o c o n l a s e) Por un Secretario y/o n e c e s i d a d e s q u e según fuere el caso.presenten los usuarios del FONSEMU; Art. 5.- Son funciones del Comité

c) C a p i t a l i z a c i ó n y de Crédito del FONSEMU:a s i s t e n c i a t é c n i c a permanente para los a) Reunirse ordinariamente sujetos de crédito. una vez cada mes y de

manera extraordinaria CAPÍTULO II cuando lo convoque el

P r e s i d e n t e y l a s DE LA NATURALEZA DEL circunstancias así lo COMITÉ DEL FONDO DE ameriten;MICRO CRÉDITO Y SUS b) R e u n i r s e p r e v i a

FUNCIONES convocatoria escrita del

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