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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Contraloría Regional de Antofagasta ..orme Final ecreta 1 Regional Ministerial de Salud tsy-lEgAt o 24 g l 1927 CHILE Fecha N° Informe : 18 / 2010 01 de diciembre de 2010

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CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Contraloría Regional de Antofagasta

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de Salud

tsy-lEgAt

o

24 g l 1927CHILE

Fecha •

N° Informe : 18 / 2010

01 de diciembre de 2010

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICACONTRALORIA REGIONAL DE ANTOFAGASTA

Auditoria e Inspección

C.E. N° 952/2010 REMITE INFORME FINAL SOBREAUDITORÍA A LA FISCALIZACIÓN QUEEJERCE LA SECRETARÍA REGIONALMINISTERIAL DE SALUD DEANTOFAGASTA A LOS RESIDUOSPELIGROSOS Y A LAS CONDICIONESLABORALES EN HOSPITALES Y CLÍNICASDE LA REGIÓN.

ANTOFAGASTA, O O 2 6 O 3 01122010

La Contralor Regional que suscribe cumplecon remitir a Ud., debidamente aprobado, el informe N° 18, de 2010, con el resultadodel examen practicado a la materia señalada en el epígrafe.

Saluda atentamente a Ud.,

VIRGINIA GODOY CORTESContralora Regional

AntofagastaContraloría General de la República

AL SEÑORSECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE SALUDREGIÓN DE ANTOFAGASTAPRESENTE

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICACONTRALORIA REGIONAL DE ANTOFAGASTA

Auditoria e Inspección

INFORME FINAL SOBRE AUDITORÍA A LAFISCALIZACIÓN QUE EJERCE LASECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DESALUD DE ANTOFAGASTA A LOSRESIDUOS PELIGROSOS Y A LASCONDICIONES LABORALES ENHOSPITALES Y CLÍNICAS DE LA REGION

ANTOFAGASTA. 0 1 DIC1j11;

En cumplimiento del Plan Anual deFiscalización de esta Contraloria General, y de acuerdo con las facultadesestablecidas en la ley N' 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la ContraloríaGeneral de la República. se efectuó una auditoria en la Secretaría Regional Ministerialde Salud de la Región de Antofagasta. sobre el cumplimiento de normas y de lafiscalización que ejerce dicha repartición pública sobre los residuos peligrosos ycondiciones laborales en los hospitales y clínicas de la región.

OBJETIVO Y ALCANCE

La auditoría tuvo por finalidad comprobar lafiscalización que efectúa la Secretaría Regional Ministerial de Salud sobre lascondiciones de seguridad del personal que trabaja con sustancias químicas. enunidades específicas de los hospitales públicos y clínicas privadas: el manejo.transporte y disposición final de los residuos peligrosos. así como el cumplimiento dela normativa legal vigente aplicable sobre la materia. La revisión se efectuó respectode las actividades de fiscalización desarrolladas en el periodo comprendido entre el 1de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2009.

METODOLOGÍA

El examen se practicó de acuerdo con laMetodología de Auditoria de este Organismo Superior de Control (MAC) e incluyó,entre otros procedimientos. el análisis de procesos. pruebas selectivas de los registrosy documentos emitidos. así como también la aplicación de otros medios técnicos quese estimaron necesarios en las circunstancias

A LA SEÑORAVIRGINIA GODOY CORTÉSCONTRALOR REGIONAL DE ANTOFAGASTACONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICAPRESENTEJOE

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CONTRALORIA REGIONAL DE ANTOFAGASTAAuditoria e Inspección

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UNIVERSO Y MUESTRA

De acuerdo al registro oficial entregado por elCoordinador de la Unidad de Profesiones Médicas y Farmacia. perteneciente alDepartamento de Acción Sanitaria de la Secretaría Regional Ministerial de Salud deAntofagasta. existe un total de 9 hospitales y 10 clínicas en la región. de los cuales sevisitaron, en conjunto con personal del citado departamento, un hospital y una clínica.El detalle de los hospitales y clínicas de la región se presenta en Anexo N' 1.

Cabe precisar que para efectos del examen.se consideraron las Unidades de Esterilización y Anatomía Patológica del "HospitalRegional Leonardo Guzmán" y de una clínica privada de la región.

ANTECEDENTES GENERALES

La Secretaría Regional Ministerial de SaludAntofagasta depende de la Subsecretaría de Salud Pública del Ministerio de Salud.Sus principales funciones son promover la salud de la población, prevenir lasenfermedades y proteger la salud de la ciudadanía respecto de los riesgos del medioambiente. Este Servicio representa a la Autoridad Sanitaria de la Región y colaboradirectamente con el Intendente Regional en los ternas sanitarios.

A su turno. los hospitales públicos y clínicasprivadas. en su mayoría, cuentan con Unidades de Apoyo. tales como las deAnatomía Patológica y Esterilización, entre otras, en las que se utilizan sustanciasquímicas peligrosas.

En las Unidades de Anatomía Patológica serealizan diagnósticos de muestras de tejidos o fluidos biológicos. mediante el estudiode las células y sus características. llamados exámenes citológicos. Para lapreparación y conservación de las muestras. generalmente se utilizan componentestales corno xilol, formaldehído, acetona. ácido acético. ácido nítrico, alcohol,colorantes y parafina sólida.

En tanto. las unidades de esterilizaciónrealizan la limpieza. descontaminación. inspección. preparación y empaque.desinfección, almacenamiento y entrega de instrumentos usados en procedimientosmédicos. La esterilización consiste en la eliminación completa de toda formamicrobiana de objetos inanimados. incluyendo las esporas. Existen diferentesmétodos para realizar la esterilización, como esterilización por óxido de etileno. porformaldehído y glutaraldehído.

El formaldehído. al igual que el óxido deetileno. de acuerdo al decreto supremo N' 594, de 1999, del Ministerio de Salud, queAprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en losLugares de Trabajo. están clasificados como sustancias tipo - `A.2", es decir,sospechosas de ser cancerígenas para el ser humano. y el glutaraldehído. como-A.4 . . esto es. se encuentra en estudio para clasificarla como cancerígena para el serhumano o para animales de laboratorio.

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICACONTRALORIA REGIONAL DE ANTOFAGASTA

Auditoria e Inspección3

Las concentraciones ambientales deformaldehido. acetona. ácido acético, óxido de etileno. xileno y ácido nítrico, asícomo de otros agentes químicos. están reguladas en el artículo 66 del referidodecreto supremo. que en su articulo 61 establece el valor máximo permitido para lasconcentraciones ambientales de formaldehído y glutaraldehido. disponiendo límitesque no pueden ser sobrepasados en ningún momento, por ser considerados capacesde causar rápidamente efectos narcóticos, cáusticos o tóxicos de carácter grave ofatal. Además, el óxido de etileno puro es inflamable y explosivo.

Por otra parte. el decreto supremo N° 148. de2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de ResiduosPeligrosos. establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que debesometerse la generación. tenencia. almacenamiento, transporte y disposición final delos residuos peligrosos.

Sobre el particular, el artículo 18 del citadoreglamento define como peligrosos, entre otros, los residuos que tengan comoconstituyentes soluciones ácidas o ácidos en forma sólida; soluciones básicas o basesen forma sólida: solventes orgánicos envases y recipientes contaminados que hayantenido uno o más residuos peligrosos. a menos que el generador pueda demostrarante la Autoridad Sanitaria (Secretaría Regional Ministerial de Salud) que nopresentan ninguna característica de peligrosidad. Por su parte. el artículo 89 de lacitada norma considera como sustancias tóxicas crónicas agudas al óxido de etileno.el formaldehído y el xileno. entre otros

Además. el artículo 25 del mencionadodecreto dispone que los establecimientos que den origen a más de 12 kilogramos deresiduos tóxicos agudos o a más de 12 toneladas de residuos peligrosos quepresenten cualquier otra característica de peligrosidad. deben contar con un Plan deManejo de Residuos Peligrosos presentado ante la Autoridad Sanitaria. Dicho Plandebe incluir todos los procedimientos técnicos y administrativos necesarios para lograrque el manejo interno y la eliminación de los residuos se realicen con el menor riesgoposible.

En otro orden de cosas. es del caso señalarque en relación a las auditorias internas ordenadas por el Ministerio de Salud sobre lamateria de esta fiscalización, la Encargada Regional del Departamento de Apoyo a laGestión. de la Secretaría Re g ional Ministerial de Salud de Antofagasta, remitió a esteOrganismo de Control. el Informe Ejecutivo N'' 20, de octubre de 2007. referido a esaautoridad sanitaria regional. cuya finalidad consistió en evaluar los Programas deControl de Residuos Peligrosos y Fiscalizaciones de Condiciones de Trabajo aEmpresas de Alto Riesgo. dentro de los cuales no se contempló la inspección dehospitales públicos y clínicas.

Mediante oficio N' 1.337. de 2010. estaContraloría Regional remitió a la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región deAntofagasta, con carácter de confidencial. el preinforme de observaciones N' 18,sobre la auditoría practicada. con el objeto que la autoridad respectiva tomaraconocimiento e informara sobre la materia Al respecto, esa institución dio respuesta aeste Organismo Contralor. mediante ordinario N' 1.535. de 2010. cuyos antecedentesy argumentos fueron considerados para la emisión del presente informe.

Del examen practicado. se determinaron lasobservaciones que a continuación se exponen:

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SOBRE FISCALIZACION DE LAS CONDICIONES LABORALES DE LOSHOSPITALES Y CLÍNICAS.

La Unidad de Salud Ocupacional, delDepartamento de Acción Sanitaria de la referida Secretaria Regional Ministerial deSalud, fiscaliza. entre otros, el cumplimiento de la ley N • 16.744. que EstableceNormas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. y el DecretoSupremo N' 594. de 1999. del Ministerio de Salud. que aprueba el Reglamento sobreCondiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Control Interno Secretaría Regional Ministerial de Salud de Antofagasta

1.1 Procedimientos formales sobre fiscalización.

Aun cuando la Unidad de Salud Ocupacional.posee los documentos denominados "Ficha de Fiscalización a Empresa" y "NormasTécnicas Básicas para obtener Autorización Sanitaria en Establecimientos de Salud ".a la fecha de la auditoría estos no se encontraban formalizados para su uso, medianteun acto administrativo

Sobre el particular. el Servicio comunicó en surespuesta que esos instrumentos de fiscalización fueron consensuados a nivelnacional con el Departamento de Salud Ocupacional del Ministerio de Salud, por loque se solicitará a ese nivel la formalización administrativa de los mismos.

El servicio no adjuntó en sus descargos ladocumentación que respaldara la medida planteada en el párrafo anterior. por lo tanto.la presente observación se mantiene.

1 2 Sobre inspecciones de las condiciones laborales de hospitales y clínicas,efectuadas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud durante los años 2008 y2009.

Durante el período auditado. la Unidadresponsable nc había realizado inspecciones a las condiciones laborales de loshospitales públicos y clínicas de la región.

Al respecto, la funcionaria encargada de laUnidad de Salud Ocupacional manifestó. en informe de 16 de abril del año en curso,que no existen programas dirigidos a la fiscalización de los establecimientos enestudio pues. agrega. que dada la cantidad de empresas que existen en la región(7.083) y el número de fiscalizadores con que cuentan (8). focalizan sus programas enaquellas de mayor riesgo laboral. tales como empresas constructoras y mineras, y quelos establecimientos de salud en general, están clasificados dentro del área deservicios y corresponden a empresas de bajo riesgo laboral. Concluye manifestandoque los programas que han ejecutado. están orientados a la fiscalización de equiposde alto riesgo y a los organismos administradores de la ley N" 16.744 y susreglamentos. respecto de las prestaciones médicas y prevención de riesgos queotorgan a las empresas afiliadas.

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Auditorio e Inspección5

De acuerdo a lo expuesto anteriormente. sesolicitó al Jefe del Departamento de Acción Sanitaria de la Secretaría RegionalMinisterial de Salud. realizar inspecciones a las Unidades de Esterilización y AnatomíaPatológica del Hospital Regional de Antofagasta Dr Leonardo Guzmán y en unaentidad privada de la región. constatándose deficiencias en ambos establecimientos.

Sobre el particular, cabe señalar que lasvisitas se efectuaron en forma conjunta por personal de la autoridad sanitaria y deesta Contraloría Regional. El detalle de los hallazgos se presenta en el capitulo II delpresente informe.

1.3 Denuncias por malas condiciones laborales y/o enfermedades profesionales.

Sobre la materia. la jefa de la Oficina deInformaciones. Reclamos y Sugerencias (OIRS) de la Secretaría Regional Ministerialde Salud de Antofagasta informó a este Organismo Contralor. mediante correoelectrónico, que revisadas las bases de datos de la entidad para los años 2008 y2009, no existieron solicitudes ciudadanas que tengan relación con inadecuadascondiciones laborales y enfermedades profesionales

2 Acciones realizadas por la Secretaria Regional Ministerial de Salud deAntofagasta ante las deficiencias encontradas en las inspecciones realizadas enpresencia de Contraloría.

De la mencionada fiscalización solicitada porla Contraloría Regional de Antofagasta, la autoridad regional de salud inició unsumario sanitario, a través de los expedientes N's 187/11, para la clínica privada y188/11. para e! Hospital Regional Leonardo Guzmán, citando a audiencias dedescargos a ambas instituciones para el dia 23 de abril de 2010.

Consultados los casos en el Departamento deAsesoría Jurídica del Servicio, al cierre del preinforme de observaciones, el jefe dedicha Unidad señaló via correo electrónico, que los resultados de los sumarios seencontraban en proceso de elaboración para la sentencia definitiva, en la cual sedeterminaría la sanción que arneritasen los antecedentes allegados al proceso.

Al respecto, la Autoridad Sanitaria comunicóen su oficio de respuesta, en síntesis. que el sumario sanitario al servicio privadofiscalizado se resolvió mediante la resolución N" 1.662, de 2010, la cual adjuntó, en laque se aplicó una multa de ciento cincuenta (150) unidades tributarias mensuales.

Señala asimismo, que la misma entidad fuefiscalizada nuevamente el 21 de julio de 2010, adjuntando el acta de la visita, y que secomprobó en la ocasión que la clínica dio cumplimiento a la mayoría de las exigenciasrealizadas sobre salud ocupacional

En relación al sumario practicado al HospitalRegional de Antofagasta. la Secretaria Regional Ministerial de Salud de Antofagastacomunicó que el procedimiento fue sancionado mediante resolución N' 1 747, de 3 dejunio de 2010, que adjuntó a su respuesta, y en la que finalmente se resolvióamonestar al centro hospitalario.

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Así también, el Servicio manifiesta que elHospital Regional fue fiscalizado nuevamente con fecha 21 de julio del presente añoadjuntando acta de la visita. comprobando en la Oportunidad. que se habíansubsanado las falencias observadas.

3. Programa Ministerial. PIENSO

El Ministerio de Salud elaboró un programadenominado "Plan Integrado Específico Nacional de Salud Ocupacional (PIENSO)..con el propósito de impulsar el mejoramiento de las condiciones y medio ambiente detrabajo. además del cumplimiento de la normativa legal vigente aplicable en materiade salud ocupacional y disposición de residuos. especialmente en las Unidades del aboratorio. anatomía patológica y esterilización, respecto a la exposición laboral ariesgos químicos en establecimientos hospitalarios dependientes de los servicios desalud del país.

Mediante el oficio Ord. B33/N` 2.261. de 29 demayo de 2009. la Subsecretaria de Salud Pública instruyó a las SecretaríasRegionales Ministeriales del país, para que se coordinasen con los Servicios de Salud,con la finalidad de realizar una evaluación de las condiciones de riesgo laboral,utilizando para ello un instrumento propuesto por el nivel central, previa capacitaciónpara su aplicación.

Para el caso de la región de Antofagasta.mediante Ordinario N° 361. de 01 de febrero de 2010, de la Subsecretaría de RedesAsistenciales. se informó a los Directores de Servicios de Salud del pais sobre laplanificación y ejecución de talleres macro-regionales para este programa. entre otras,para la zona norte los que se efectivamente se realizaron los días 20 y 21 de abril delpresente año en la ciudad de Antofagasta.

Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez.

Esta Comisión informó mediante correoelectrónico del día 30 de abril de 2010. que el número de enfermedades profesionalesy accidentes laborales registrados en la región durante el periodo en análisis paratrabajadores de establecimientos de salud y clínicas. ascendió a 6 casos (Anexo N'2), los que no están dentro del ámbito de la materia auditada. Respecto de lasevaluaciones médicas legales por incapacidades permanentes. dicha comisióninformó que para los trabajadores de los referidos establecimientos, no existieroncasos dictaminados en la región.

II. CONDICIONES LABORALES DETECTADAS EN VISITAS REALIZADAS ENCONJUNTO CON LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD ENHOSPITALES PÚBLICOS Y CLINICAS

Con fecha 19 de abril de 2010 se efectuó unainspección a las unidades de apoyo de Anatomía Patológica y Esterilización delHospital de Antofagasta y de la institución privada, oportunidad en la cual se

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICACON IRALORIA REGIONAL DE ANTOFAGASTA

Auditoría e Inspección7

observaron las siguientes deficiencias, de acuerdo con las actas preparadas por laSecretaría Regional Ministerial de Salud:

1_ HOSPITAL DE ANTOFAGASTA.

1. 1 Unidad de Anatomía Patológica.

Implementos de Seguridad. Sin observaciones.

Sistema de Ventilación.

Tres sistemas de extracción del mueble utilizado para el análisis de lasmuestras. no funcionaban

c. Evaluaciones ambientales.

- Según informe de concentraciones ambientales personales y residuales(ORD. 1646/2010 SSA). esta dependencia presentó límites excedidos deformaldehído.

d Extintores de incendio. Sin observaciones.

e. Observaciones advertidas por la Contraloría Regional. en visita posterior:

- Muestras se conservaban en envases de helado (Anexo N' 3)

- Se almacenaban residuos de xileno, parafina y formalina en un sector sinventilación. (Anexos N' 4 y 5)

- Se encontraron soluciones químicas en refrigerador destinado a guardaralimentos del personal. (Anexo N' 6)

- Se encontraron alimentos (helados) en compartimento de refrigeradordestinado al uso de laboratorio. (Anexo 7)

1.2 Unidad de Esterilización.

a Implementos de Seguridad.

Se comprobó la existencia de un respirador. que no es de uso personal y teníaun almacenamiento inadecuado en sala de exposición.

Falta de protectores auditivos en el área destinada a la esterilización y secadode los artículos de goma.

Sistema de ventilación

Se aumentó el tiempo de ventilación en la unidad, cuya efectividad debe sercomprobada por un organismo competente a través de un nuevo análisis demedición del aire.

c. Evaluaciones ambientales y residuales.

- Según informe de concentraciones ambientales personales y residuales(ORD. 1646/2010 SSA) presentó límites excedidos para óxido de etileno(Residual en esterilización).

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Extintores de incendio. Para este punto, no consignaron infracciones.

1.3 Otras observaciones.

a. Experto profesional en Prevención de Riesgos

Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.

Evaluaciones y exámenes médicos de Salud Ocupacional a Funcionarios.

Para las letras a. b y c no constataron incumplimientos

Comité Paritario

- Se deben presentar ias tres últimas actas de este comité

e. Área de desinfección de alto nivel (DAN)

-Se comprobó un solo respirador que no es de uso personal y que tiene unalmacenamiento inadecuado en la sala de exposición_

-Trabajador sin calzado adecuado para sus funciones. que impida contaminarsecon quimicos derramados o que evite lesionarse con la caída de algún materialsobre sus pies

- No se demostró la capacitación de derecho a saber de los riesgos deexposición al glutaraldehído.

- Equipo generador de radiaciones ionizantes (Arco C) sin autorizaciónsanitaria.

Otras

- Autoclaves a vapor sin registro ni pruebas reglamentarias

- Equipos de óxido de etileno sin autorización sanitaria.

- No se demostró la capacitación del derecho a saber de los riesgos deexposición a óxido de etpleno.

Sala de comedor no cumplía condiciones sanitarias (Refrigerador al lado delbaño)

2. Clínica Privada.

2.1 Unidad de Anatomía Patológica.

La clínica fiscalizada no cuenta con estaunidad.

2.2 Unidad de Esterilización.AD;,-.;t:gasta Fono 652100 - e rnail antz.9agastacontralona el

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Implementos de seguridad.

No se registró entrega de elementos de protección y los que mantiene elpersonal no son almacenados adecuadamente. al conservarlos en la mismaárea de contaminación.

Trabajador sin calzado adecuado que impida contaminarse con compuestosquímicos derramados o que evite una lesión con la caída de algún materialsobre sus pies.

No existía estandarización de calzados para ser utilizados por los operadoresSe observó trabajador con calzado inadecuado.

Almacenamiento de respiradores en el mismo lugar que se produce lacontaminación con óxido de etileno.

Sistema de ventilación.

Una vez realizada la reparación del autoclave SSANT-110801282. se debenpresentar las pruebas reglamentarias.

c. Evaluaciones ambientales y residuales

- Sobre esta materia. se realizaron mediciones ambientales en el área dedesinfección de alto nivel (DAN) el día 15 de abril de 2010, sin obtenerresultados aún a la fecha de la inspección.

Extintores de incendio

Uno de los extintores de la unidad se encontraba vencido

2 3 Otras observaciones.

Experto Profesional en Prevención de Riesgos

Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad

Para las letras a) y b). la fiscalización no advirtió observaciones.

c. Evaluaciones y exámenes médicos de Salud Ocupacional a Funcionarios.

No se presentó en la inspección el control de salud de los trabajadoresexpuestos a Glutaraldehido

d. Salida de emergencia obstruida con materiales de construcción.

e. Área de desinfección de alto nivel (DAN)

Almacenamiento de reactivo en estante expuesto a pacientes

No contiene ficha de seguridad disponible (Glutaraldehido)

No se demostró la capacitación en derecho a saber de los riesgos deexposición al glutaraldehido

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f. Área de pabellón

Falta de extintor de incendio en sala de recuperación de anestesia

No existía ficha de seguridad para la formalina en sector de dilución. sinelementos de protección personal.

- No se demostró capacitación en derecho a saber de los riesgos de exposicióna la formalina.

III FISCALIZACIÓN DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUDREGIÓN DE ANTOFAGASTA A LOS RESIDUOS PELIGROSOS DEHOSPITALES Y CLÍNICAS

Esta labor es realizada por un funcionario dela Unidad de Contaminación Ambiental, dependiente del Departamento de AcciónSanitaria, cuya función es velar por la aplicación y cumplimiento del Decreto SupremoN° 148. de 2003. del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo deResiduos Peligrosos. en el que se establecen las condiciones sanitarias y deseguridad mínimas a que debe someterse la generación. tenencia, almacenamiento,transporte y disposición final de los residuos peligrosos.

1. Control Interno.

1 1 Procedimientos formales sobre fiscalización

El Jefe del Departamento de Acción Sanitariacomunicó a esta Contraloría Regional a través de un informe sin número ni fecha. querespecto a los procedimientos o manuales de fiscalización, el Ministerio de Saludpropuso la utilización de una ficha de fiscalización para generadores sujetos apresentar plan de manejo de residuos peligrosos. la cual ha sido aplicada en lasfiscalizaciones. Indicó además. que la Secretaria Regional Ministerial de Salud de laRegión de Antofagasta elaboró recientemente otros instrumentos para mejorar lafiscalización, entre los cuales se encuentra una lista de chequeo para lugares dealmacenamiento de este tipo de residuos. Finaliza informando que los documentosmencionados anteriormente. de los cuales acompañó al informe, no se habíanoficializado con el acto administrativo pertinente

Al respecto. es dable mencionar que elprofesional de esa dependencia no utilizó los referidos instrumentos de chequeodurante las fiscalizaciones realizadas conjuntamente con personal de esta EntidadFiscalizadora.

Sobre el particular. el servicio respondió en suoficio. al igual que lo hizo para atender el punto sobre Fiscalización de CondicionesLaborales de este informe. que los instrumentos de fiscalización utilizados fuerondispuestos a nivel nacional, para este caso, con el Departamento de Salud Ambientaldel Ministerio de Salud. y que se solicitará a ese nivel la formalización administrativade los citados documentos.

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICACONTRALORIA REGIONAL DE ANTOFAGASTA

Auditoria e Inspección11

A su turno. el servicio tampoco entregóantecedentes que respalden la medida dispuesta en el párrafo anterior, por lo que lapresente observación se mantiene.

1 2 Inspecciones realizadas durante los años 2008 y 2009.

Se constató que la Unidad responsable realizó42 inspecciones de residuos peligrosos el año 2008 y 23 el 2009, entre las cuales nose incluyeron fiscalizaciones sobre la materia de la presente auditoria.

Al respecto. en el mismo informe señalado enel punto anterior, el Jefe del Departamento de Acción Sanitaria manifestó que desde ladictación del Decreto Supremo N° 148, de 2003, la prioridad del Ministerio de Salud enesta materia, ha sido la fiscalización de aquellos grandes generadores sujetos apresentar planes de manejo de residuos peligrosos y que la materia en análisis hasido analizada al tenor de la demanda espontánea, tal como solicitudes deautorización de funcionamiento y denuncias. información que no se condice con looficiado en su oportunidad a la Contraloría General de la República.

En efecto, con motivo de una peticiónformulada por la Cámara de Diputados. en orden a investigar a la Autoridad Sanitariaa nivel nacional. en su función fiscalizadora, entre otras materias. este Órgano deControl se pronunció al respecto, a través del dictamen N' 15.001. del presente año.que en lo que interesa. senaló que se consultó por las inspecciones realizadas en elaño 2008 a residuos sólidos y hospitalarios, solicitando además, remitir copia de lasactas de fiscalización respectivas, agregando finalmente que la Secretaria Ministerialde la Región de Antofagasta declaró 62 inspecciones por concepto de residuoshospitalarios. sin acompañar las actas solicitadas. cifras que no concuerdan con loplanteado precedentemente

Sobre la materia. la Secretaria RegionalMinisterial de Salud de la Región de Antofagasta no se pronunció en sus descargossobre el alcance formulado, debiendo entonces, mantener la presente observación.

A su turno. es preciso señalar que la situaciónplanteada precedentemente denota la falta de control e inconsistencia de losantecedentes que maneja dicha entidad sobre sus actos de fiscalización, situaciónque debe ser abordada por la autoridad del Servicio. lo que será verificado enpróximas visitas de fiscalización que este Organismo de Control practique en esaentidad

Cabe agregar que en la presente auditoriatambién se solicitó realizar fiscalizaciones sobre residuos sólidos y hospitalariosconstatándose infracciones en los establecimientos visitados. inspecciones queigualmente se realizaron en conjunto entre personal de la Secretaría RegionalMinisterial de Salud y de este Órgano de Control. cuyos resultados se indican en elcapitulo IV del presente informe.

1.3

Denuncias recibidas durante los años 2008 y 2009 por manejo de residuospeligrosos

Sobre la materia. la jefatura de la Oficina deInformaciones. Reclamos y Sugerencias (OIRS) comunicó a este Organismo

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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICACONTRALORIA REGIONAL DE ANTOFAGASTA

Auditoria e Inspección12

Contralor, mediante correo electrónico de fecha 30 de abril de 2010, que revisadas lasbases de datos de la entidad para los años 2008 y 2009, no existieron solicitudesciudadanas que tengan relación respecto de este tema

2 Acciones realizadas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud deAntofagasta, ante las deficiencias encontradas en las inspecciones realizadas

en presencia de Contraloría.

De la fiscalización que realizó en conjunto conpersonal de la Contraloría Regional de Antofagasta. la Secretaría Regional Ministerialde Salud igualmente inició sumarios sanitarios a través de los mencionadosexpedientes N's 187/11, para la empresa privada y 188/11. para el Hospital RegionalLeonardo Guzmán. citando a audiencia de descargos a ambas instituciones. para eldia 23 de abril de 2010.

Al cierre del preinforme de observaciones, seconfirmó que los sumarios sanitarios se encontraban en proceso para emitir laresolución administrativa

Sobre este tema. y tal como se indicaraanteriormente, la Entidad explicó en su oficio de respuesta. en lo pertinente, que elsumario sanitario a la clínica privada fue resuelto mediante su resolución N° 1.662 de28 de mayo de 2010, la cual adjuntó, y en la que se resolvió aplicar una multa deciento cincuenta (150) unidades tributarias mensuales.

Señala asimismo, que la entidad privada fuefiscalizada nuevamente el 21 de julio de 2010 conforme al acta que adjuntó.comprobándose en dicha visita que la empresa no dio cumplimiento a las exigenciasrealizadas sobre materias de residuos peligrosos Por lo anterior, la citada entidadprivada fue citada nuevamente por la autoridad sanitaria para presentar nuevosdescargos sobre las materias observadas originalmente

Respecto del sumario al Hospital Regional. laSecretaria Regional Ministerial de Salud de Antofagasta consignó en sus descargosque este fue sancionado con la Resolución N' 1747. de 3 de junio de 2010. la queadjuntó a su respuesta. y en la que se sanciona con una amonestación al recintohospitalario.

Agrega finalmente. que con fecha 21 de juliodel presente año. el Hospital Regional de Antofagasta fue fiscalizado nuevamente porpersonal de la Autoridad Sanitaria. adjuntando acta de la visita, y que se comprobó enla ocasión. que se habían subsanado satisfactoriamente las falencias observadas ensu oportunidad.

IV MANEJO DE RESIDUOS EN HOSPITALES Y CLINICAS.

Con fecha 19 de abril de 2010. personal de laSecretaria Regional Ministerial de Salud de Antofagasta en compañia de personal deesta Contraioria Regional efectuó una inspección al Hospital y a la corporaciónprivada. procedimiento del cual se determinaron las siguientes deficiencias, deacuerdo a las actas preparadas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud:

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Auditoria e Inspección13

1 Hospital de Antofagasta

1.1 Procedimientos formales para el manejo de residuos peligrosos.

No tenían definidos los procesos de recolección de residuos peligrosos

1.2 Catastro de residuos peligrosos

Los residuos constituidos por envases de óxido de etileno se inutilizaban pordeformación y se eliminaban como residuo domiciliario, debiendo manejarsecomo residuos peligrosos.

1.3 Plan de manejo de residuos peligrosos No se constataron infracciones sobreesta materia.

1.4 Identificación de residuos

Los residuos almacenados no contaban con la rotulación adecuada.

1.5 Almacenamiento de residuos peligrosos

Recinto hospitalario no contaba con almacenamiento de residuos peligrososautorizado y lugar de almacenamiento no cumplia con las condicionessanitarias establecidas en el D S. 148/2003 ael Ministerio de Salud. al no tenerun sistema de ventilación adecuado y contención de derrames

1.6 Transporte de residuos peligrosos. Sobre esta materia, no se detectaroninfracciones.

1 7 Disposición final de residuos.

No acreditó lugares de eliminación autorizados para residuos peligrosos

1.8 Sumarios o multas cursadas al hospital En este terna. para el periodo sujeto arevisión, no se hablan iniciado sumarios ni aplicado multas

2. Clínica Privada

2. 1 Procedimientos formales para el manejo de residuos peligrosos.

- No tenían definidos los procesos de recolección de residuos peligrosos.

2 2 Catastro de residuos peligrosos

- No contaban con un catastro de los residuos peligrosos.

2.3 Plan de manejo de residuos peligrosos No se constataron infracciones en estamateria.

2.4 Identificación de residuos.

- No tenían identificados todos los residuos peligrosos

2.5 Almacenamiento de residuos peligrosos

-lotagata • t orlo ; - antnfagasialikryitratoria cl

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2.5 1 No contaba con almacenamiento de residuos peligrosos autorizado y lugar dealmacenamiento no cumplía con las condiciones sanitarias establecidas en elD S 148/2003 del Ministerio de Salud.

2.6 Transporte de residuos peligrosos. Al respecto. no consignaron alcances.

2. 7 Disposición final de residuos

- No tenía definido los lugares de eliminación, a excepción de losmedicamentos, que son tratados por la empresa INDECLIN Ltda., entidadautorizada para tales efectos

2. 8 Sumario o multas recibidas por la clínica Sobre el particular. en el periodoauditado. no se habían iniciado sumarios ni aplicado multas respecto de lostemas revisados en la oportunidad.

Finalmente. el Secretario Regional Ministerialde Salud de la Región de Antofagasta. manifiesta en su oficio remisor a estaContraloría Regional que. sin perjuicio de sus facultades fiscalizadoras contenidas enel Código Sanitario y sus reglamentos, el Ministerio de Salud ha instruido, medianteORD C3/ N' 1.720 del 17 de junio de 2010 abordar las materias tratadas en esteinforme para los hospitales públicos. y que para tal efecto. se está ejecutando el PlanIntegrado Especifico Nacional de Salud Ocupacional (PIENSO) (materia ya tratada ene! capítulo I N° 3 del presente informe). y cuya finalidad, prosigue, es impulsar elmejoramiento de las condiciones de trabajo y medio ambiente, señalando además,que este ya se encuentra en marcha. lo que permitirá lograr resultados concretos en elmediano y largo plazo

V CONCLUSIONES

En virtud de lo expuesto en el cuerpo delpresente informe. se concluye lo siguiente,

1 Sobre las observaciones consignadas en los capítulos relativos al controlinterno, la Secretaría Regional Ministerial informó una serie de medidas tendientes asubsanar dichas situaciones. cuya efectiva implementación y cumplimiento seráverificado por esta Entidad de Control en posteriores fiscalizaciones.

2 La Secretaria Regional Ministerial de la Región de Antofagasta no realizófiscalizaciones para el periodo auditado en las Unidades de Anatomía Patológica yEsterilización de los hospitales públicos y clínicas privadas. con la finalidad de revisarmaterias relacionadas con residuos peligrosos y condiciones laborales, por lo quedeberá evaluar la inclusión de este tipo de intervenciones en la planificación de susfuturas fiscalizaciones.

3 A solicitud de esta Contraloria Regional, se realizaron visitas en conjunto a lasUnidades de Esterilización y Anatomía Patológica del Hospital Regional deAntofagasta y clínica privada, constatándose en ambas instituciones. deficiencias deseguridad para el personal que trabaja con sustancias químicas, asi como también, elmanejo inadecuado de los residuos peligrosos que este tipo de establecimientosgeneran

Washington Piso „i.:n r-ttofmgmsta - Fono 652 1 00 - arslotagaslaklcontra!oria.c1

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La Secretaria Regional deberá fiscalizar el cumplimiento de todas lasexigencias efectuadas a las instituciones visitadas con motivo de esta auditoria y quea la fecha no habían sido cumplidas, de acuerdo a los plazos otorgados en las actasemitidas y adoptando las medidas que correspondan en caso de no haber corregidolas situaciones observadas.

5 En los establecimientos visitados. se constató en general. el incumplimiento delos artículos 7, 18. 20. 37. 42. 45 y 53 del Reglamento que establece las CondicionesSanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo. aprobado por el decretosupremo N° 594. de 1999, y a lo dispuesto en los artículos 4 y 29 del Reglamentosobre Manejo de Residuos Peligrosos, aprobado por el decreto supremo t\l" 148, de2003. ambos del Ministerio de Salud

6 La Secretaria Ministerial de Salud de Antofagasta, presenta inconsistencias enla información referente a sus actos de fiscalización, específicamente a la falta decontrol e inconsistencia de los antecedentes que maneja sobre la materia, ternatratado en el capítulo 111. punto N' 1.2 del presente informe, situación que debe serabordada por la autoridad del Servicio, quien deberá disponer las medidas tendientesa regularizar dicha debilidad, cuya efectividad y cumplimiento será verificado enpróximas visitas inspectivas que este Organismo de Control practique en esa entidad

Saluda atentamente a Ud ,

Víctor Henríq ez González-1Jefe de Control Externo

21575. Piso 2. Antofagasta - Fono 652100 • antolagastaCcontia!oria cl

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ANEXO N° 1Hospitales, clínicas y laboratorios de la Región de Antofagasta

r"--

N'------1

Establecimientos de Salud— ComunaAntofagasta

AnatorniaPatológica

NOEsterilizaóón

SiClínica Oftalmológica (Más Visión)23

Clínica Antofagasta AntofagastaCalama

NO SIClínica de la familia el loa NO SI

45

Clinica de la bilu;er ... Antofagasta NO SiClínica LI Loa Calama NO SI

6 Clínica La Portada Antofagasta NO SI7 Clinica Mutual de Seguridad C.CH.0 Calama NO Si

_ 8. .9

Cli nica Oriente AntofagastaAntofagasta

_____ NO_...NO Si

Si ..__ Clinica Otorrino Laringologia del Norte

10 Clinica Urológica Antofagasta NO Si11 Hospital Carlos Cisterna Calama SI SI12 13

Hospital de Taltal l'anal Si SiHospital del Cobre Calama SI Si

14 Hospital Instituto de ReahabifitanOn Infantil Antofagasta NO ___ _-15 Hospital Marcos Macuada Tocopilla SI SI16 Hospital Maria Elena

_Maria Elena ___NO SI

17 Hospital Mejillones MeplIones SI Si1819

Hospital Militar (Se rigen por dictámenes propios) ... Antofagasta Se desconoceSI

Se desconoceSIHospital Regional Antofagasta Dr Leonardo Guzmán Antofagasta

20 Lab Hispatológico Anatomopatológico Ltda AntofagastaAntofagasta

SI SI

NO NO21 Lab Hispatológico Inst. Anatornia Patológica Histonor Ltda.

22 Lab. Hispatológico Cinotet Ltda. _ Antofagasta Si NO

No:a Para e'ectos de la muesca soio se cees.deraron Calcas privadas y mospaaes

Washington 2875. Piso 2 Antof2gasta - Fono 652100 - antofagastacontratona cl

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ANEXO N' 2

Casos de ertenreciades prafesionales y accidentes laborales regstracbs en la rejón

NI'Fon]. d2

rewocienN c r.

Resoluciónr-cdu cid

Rdudeln CIPG-FCSCLL,CTON Erpleacior

1 04-07-2006 633'2X8 09-07 20 3 2116 SIND RI\EL CAR1 AND Servid() Cie ,.-í-./Juri i=fitofa a

2 1807-2CC6 69112U 27-0829128CISCG)AT1AS

2T8 CERVDEGENERA11VAS 1-bspitá Cala re

3 ∎ 3401-20C9 079'W 11-03-M03 2009 ,A11. -TRABAJO t tcco.Ditá ce Calare

1 4 14052009 2592X9 27-05-2X9 20C TE\EINT1S EXTEM IVLIECAD movido cb iiicl Antofa,cpa

5 25M20C9 44Y2-,09 07-102)C9 2009 • EP ocmUST1SPIl alvicio cb Si i ti Artofmaqa

6 11-12-20D9 , 532J2309 16-12-20M 20:9 ' 9N DCLCR LLIVEAR aYvido de &laiktofezpsia

NAlashinclIon 2675 Piso 2. Antofagasta - Fono F522100 - Antof.ngnsta@coritialoria ci

Anexo 3 Muestras en envases de helado

DESE.)(ALE.

O E_SE.CIrk

F C)RW's

.1-17.1•15;11'1511.f:

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Auditoria e Inspección18

Anexo 4. Residuos de xileno, formalina y parafina en instalaciones sin ventilaciónadecuada

;EFEc CONT'

EXT RN

\-74,

:..P.Itlíngton 2675 P'so 2 ,Nn10agnsta Fono 6521C0 [email protected]!

Anexo 5: Residuos en instalaciones sin ventilación adecuada

r--Anexo 6: Soluciones químicas en refrigerador destinado a conservar alimentos

4C-ans4'7

n1 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICACONTRALORIA REGIONAL DE ANTOFAGASTA

Auditoría e Inspección19

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Auditoría e Inspección20

Anexo 7: Alimentos en compartimento de refrigerador de Laboratorio

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