orientaciones reglamentos
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C CIO IVNAEV N
Actualizacin segn la Ley de InclusinE LS A
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Orientaciones para la revisinde los Reglamentos de:
Direccin de Educacin General I DEG Ministerio de Educacin
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C CIO IVN AEV N
Orientaciones para la
revisin de losReglamentos de:
Actualizacin segn la Ley de Inclusin
E LS AC R
O
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El sistema propender a eliminar todas las formas de discriminacin arbitraria que
impidan el aprendizaje y la participacin de los y las estudiantes. Asimismo, el sistema
propiciar que los establecimientos educativos sean un lugar de encuentro entre
los y las estudiantes de distintas condiciones socioeconmicas, culturales,
tnicas, de gnero, de nacionalidad o de religin.
(Ley 20.845, o de Inclusin, 2015)
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La Poltica Nacional de Convivencia Escolar constituye un horizonte tico hacia el cual
queremos avanzar en un camino que no se recorre solo con una revisin de tareas
por cumplir, sino con la firme creencia que tiene cada comunidad educativa
de convertirse en una verdadera comunidad de aprendizaje, con capacidad para mirar
sus procesos, pensar la escuela o liceo, llegar a consensos y trabajar en forma
conjunta por objetivos comunes.
(MINEDUC, Poltica de Convivencia Escolar, 2015)
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Ministerio de EducacinDivisin de Educacin GeneralEquipo de Unidad de Transversalidad EducativaSantiago de Chile, abril 2016
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Presentacin________________________________________________________________________________________9
De qu hablamos cuando hablamos de convivenciay de una poltica de convivencia escolar?_________________________________________________________13
Desde cundo el Ministerio ha diseado polticas deconvivencia?En qu contexto se dan estas Orientaciones?____________________________________________________15
Qu son los Reglamentos de Convivencia?En qu contexto se dan estas Orientaciones?____________________________________________________19
Por qu es necesario revisar los Reglamentos deConvivencia Escolar? _______________________________________________________________________________21
Cul es la finalidad de estas Orientaciones?______________________________________________________29
Con qu enfoques se debieran revisar las normas deconvivencia escolar?________________________________________________________________________________31
Qu puede tener el Reglamento de Convivencia contenido en elreglamento interno de un establecimiento educacional?sugerecias_______________________________36
La pedagoga de la confianza como un aporte para la revisin
de los Reglamentos de Convivencia________________________________________________________________
38Anexo 1______________________________________________________________________________________________42
Anexo 2______________________________________________________________________________________________56
Anexo 3______________________________________________________________________________________________60
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NDICE
Orientaciones para la revisin de los Reglamentos de:CONVIVENCIA ESCOLAR
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La convivencia escolar da cuenta de la forma en que los miembros de una comuni-dad se relacionan entre s. Esta forma en que las personas establecen sus vnculoses una experiencia de aprendizaje, puesto que a travs de ella se modelan y apren-den los modos de convivir que la escuela/liceo favorece. Desde este punto de vista,la convivencia escolar es una dimensin esencial de la calidad de la educacin.
Pero la convivencia, al ser una experiencia de aprendizaje, requiere de encuadresque regulen y orienten las maneras de comportarse de la comunidad educativa.stas se traducen en el Reglamento de Convivencia de cada establecimiento, cuyafinalidad es favorecer formas respetuosas de convivir entre personas con distintas
maneras de ser y de pensar.
Ahora bien, la convivencia tiene que ser intencionada para modelar los aprendiza-jes que a la sociedad le interesan. Ello se ve reflejado en las orientaciones que laspolticas educacionales, y en particular las de convivencia, favorecen. Estas polti-cas van cambiando de acuerdo con que en distintos momentos la sociedad le vaexigiendo a la escuela que haga en esta materia. Antiguamente los reglamentos de
convivencia se llamaban reglamentos de disciplina. El cambio de nombre se pro-dujo a partir de la publicacin de la Poltica de Convivencia (ao 2002), lo que enla prctica se tradujo en una resignificacin gradual del concepto mismo de dis-ciplina, pasando desde una concepcin en que las relaciones interpersonales seregulaban mediante conductas apegadas a un adiestramiento a la norma, a otraconcepcin marcada por una tica del cuidado y la responsabilidad.
PRESENTACIN
Orientaciones para la revisin de los Reglamentos de:CONVIVENCIA ESCOLAR
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Hoy, a partir de la Reforma Educacional y, en particular de la entrada en vigencia dela Ley de Inclusin (L.20.845) en marzo de 2016, se le plantea al establecimientoeducacional la necesidad de revisar su Reglamento de Convivencia para ver si susentido y contenido se alinean con las nuevas orientaciones emanadas de estoscuerpos legales.
De acuerdo con esta Ley, los Reglamentos de Convivencia ahora deben:
Asegurar el derecho a la educacin de todos/as los estudiantes, resguardandosu ingreso y permanencia durante su trayectoria escolar.
Eliminar todas las formas de discriminacin arbitraria que impidan el apren-dizaje y participacin de los estudiantes. Entre ellas, las que impidan la valo-racin positiva de la diversidad, en un marco de reconocimiento y respeto delos derechos humanos de los estudiantes LGTBI (Lesbianas, Gays, Bisexuales,Transexuales, Intersexuales), discapacitados, pueblos indgenas y migrantes,entre otros.
Establecer programas especiales de apoyo a aquellos estudiantes que pre-
senten bajo rendimiento acadmico y necesidad de apoyo a la convivencia.Reconocer el derecho de asociacin de los estudiantes, padres, madres y apo-derados, personal docente y asistentes de la educacin.Establecer la regulacin de las medidas de expulsin y cancelacin de matr-cula, las que solo podrn adoptarse luego de un procedimiento previo, racio-nal y justo.
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Estos cambios propuestos son profundos y se convierten en desafos que la ley leplantea a las comunidades educativas respecto de cmo ellas asumen y expresanen sus normas el sentido de la inclusin, el respeto a la dignidad de todos, el re-chazo a toda forma de discriminacin arbitraria, as como la aplicacin de criteriospedaggicos y formativos frente a las sanciones establecidas, entre otros.Por esta razn, la entrada en vigencia de la nueva Ley de Inclusin es una oportu-nidad para que la comunidad se ponga en disposicin de repensar el significado
y alcance la convivencia escolar y de revisar los roles que a cada estamento lecorresponde jugar en la discusin, aprobacin e implementacin del reglamentode convivencia del establecimiento. No hay otro modo de hacer ms efectivo un
reglamento que abrirlo a la participacin de todos.
Las Orientaciones Tcnicas que aqu presentamos tienen ese objetivo: ser un insu-mo para que las comunidades educativas reflexionen sobre el sentido de los Re-glamentos Internos de Convivencia, que en definitiva es formar en una tica de-mocrtica e inclusiva, en torno a valores y principios como el respeto, el cuidado alos dems, la participacin y la creacin de climas adecuados para el aprendizaje.
Ley 20.845, artculo 6, letra e: El Consejo Escolar ser consultado en () la elabo-
racin y modificaciones al reglamento interno del establecimiento, sin perjuicio de
la aprobacin del mismo, si se le hubiese otorgado esa atribucin. Con este objeto,
el Consejo organizar una jornada anual de discusin para recabar las observacio-
nes e inquietudes de la comunidad escolar respecto de dicha normativa.
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De qu hablamos cuando hablamos de convivencia y de una
poltica de convivencia escolar?
La convivencia escolar consiste en algo ms que en cumplir las normas de los re-glamentos de convivencia: es una experiencia que nos abre al aprendizaje sobrelos modos de convivir. Desde esta perspectiva, la Poltica Nacional de ConvivenciaEscolar le ofrece al sistema escolar un marco conceptual y estratgico que orienta,al interior de los establecimientos educacionales (EE), el desarrollo de acciones quenos ayudan a aprender a vivir juntos y a construir acuerdos sobre cmo queremos
vivir en comunidad.
La escuela es el primer escenario de lo pblico, donde los nios, nias y jvenesse forman para ser ciudadanos/as. En la convivencia diaria se juegan importantes
dilemas ticos: o aprendemos a comportarnos con los dems en forma solidaria einclusiva frente a las distintas maneras de ser y pensar, o por el contrario, apren-demos a actuar en forma agresiva y discriminatoria. Es por esto que los valores yprcticas que sustentan la convivencia constituyen un soporte tico y un mbitoformativo fundamental de todo lo que se construye en la escuela y en el liceo.
En la escuela se aprende a convivir, sea para favorecer la inclusin o alimentar la
discriminacin. Por lo tanto, las buenas formas de convivencia hay que intencio-narlas en todos los espacios y momentos de la vida escolar, e involucrar en ello atodos los actores de la comunidad educativa (estudiantes, docentes, asistentes dela educacin, padres, madres y apoderados). Hay que promover buenas experienciasde convivencia a travs de una poltica orientada a generar condiciones favorables
para el buen entendimiento, el dilogo y la superacin pacfica de los conflictos.
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En la medida que cada comunidad educativa sea consciente del tipo de relaciones
interpersonales que se establecen y trabajen por una convivencia inclusiva y de-
mocrtica, se generan climas ms adecuados para ensear y para aprender. Si bien
un buen clima mejora la calidad de los aprendizajes, la convivencia no es solo un
requisito para hacer ms eficaces los aprendizajes. Es adems un elemento clave
para la formacin del ciudadano/a.
De all surge una doble relacin entre convivencia y aprendizaje: los buenos climas
de convivencia son un factor crucial para que se desarrollen de mejor manera los
aprendizajes y, al mismo tiempo, la formacin en convivencia se constituye en un
elemento clave para el desarrollo personal y social del estudiante, y por tanto, enun componente esencial de la calidad de la educacin. La convivencia no es un
concepto nicamente asociado a la eficacia de los aprendizajes, sino un concepto
fundante del desarrollo personal y de toda comunidad humana.
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Desde cundo el Ministerio ha diseado polticas de convivencia?
En qu contexto se dan estas Orientaciones?
Antes de los 90, la convivencia escolar no aparece como un tema relevante de las
polticas educacionales.
A partir de los 90, se crean los Programas Formativos Complementarios que, al
igual que otros programas ministeriales, buscan abordar los desafos de la Refor-ma Educativa y de la reconstruccin de la democracia:
Programa de la Mujer
Derechos Humanos y Derecho a la Educacin
Educacin para la Paz
Programa de Prevencin del Consumo de Drogas
Consejos de Curso Educacin Ambiental
Educacin para la Democracia
El proceso de reconstruccin democrtica implic para el sistema escolar nuevosdesafos vinculados a la convivencia y a la formacin ciudadana, donde los dere-chos humanos, la participacin social, la convivencia en la diversidad, la preocupa-
cin frente al deterioro ambiental y otros temas de actualidad, pasaron a formarparte de los saberes transmitidos por el currculo, sin que ello significara pres-cindir de los viejos referentes afincados en la institucionalidad poltica y en los
derechos y deberes ciudadanos. Estos desafos fueron plenamente asumidos porla Reforma Curricular, que a partir de 1996 pone en vigencia el marco curricular
que incluye los llamados Objetivos Fundamentales Transversales (OFT).
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El ao 2002, el Ministerio de Educacin puso a disposicin del sistema escolar una
primera versin de la Poltica de Convivencia Escolar, que el 2003 se difunde a todo
el sistema como experiencia y expresin de la convivencia social cotidiana, base
para construir una democracia sana y sustentable.
El 2004 se aprueba el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Gestin Es-
colar (SACGE), donde por primera vez aparece la Convivencia Escolar como un rea
relevante de la gestin de calidad. Este modelo es un antecedente de lo que la
Ley 20.529 sobre el Sistema de Aseguramiento de la Calidad aprueba el ao 2011,
donde el rea de Convivencia se convierte en una dimensin de la calidad del
sistema educativo.
La ley de Subvencin Escolar Preferencial (SEP) del ao 2008 institucionaliza este
modelo de trabajo para la gestin escolar a travs de los Planes de Mejoramiento.
Tambin el ao 2008 se crea el Portal www.convivenciaescolar.cl
Con la promulgacin de la Ley sobre Violencia Escolar (ao 2011), se actualiz la
poltica de convivencia para satisfacer nuevas demandas que se le hacan a escue-
las y liceos, como la creacin del encargado de convivencia, la obligacin de ge-
nerar protocolos y medidas pedaggicas para enfrentar situaciones de violencia,
la definicin del rol del Consejo Escolar, entre otras.
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Con la aprobacin de la Ley SAC el 2011 y con la puesta en funcionamiento de
la Superintendencia de Educacin y de la Agencia de la Calidad de la Educacin
(2012), cuyas funciones se centran en la evaluacin y orientacin educativa, se
introducen modificaciones para ayudar a las escuelas a responder a las exigencias
de control y fiscalizacin sobre el funcionamiento de los dispositivos creados para
ayudar a mejorar la convivencia escolar.
En particular, la Agencia evala procesos y resultados educativos a partir de dos
marcos de referencia: a) dentro de los Otros Indicadores de Calidad, se evala el
clima de convivencia escolar y la participacin y formacin ciudadana; b) y en
el marco de los Estndares Indicativos del Desempeo se evala la dimensin deformacin y convivencia.
Hoy, la Reforma en curso introduce nuevas demandas a la poltica de convivencia
escolar con el fin de:
favorecer la construccin de comunidades educativas ms inclusivas que
reconozcan y valoren a todos y todas estudiantes y eliminen la discrimina-cin;
avanzar en una comprensin de la calidad educativa ms integral que in-
corpore la dimensin de la convivencia como un eje central de la poltica
de mejoramiento educativo;
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enfatizar un enfoque formativo ms que punitivo para analizar los proble-
mas de convivencia.
reforzar una mirada de la convivencia desde un enfoque territorial; esto es,
reconocer la experiencia y el capital cultural de las comunidades locales
que le dan identidad y sentido a las polticas nacionales de convivencia.
proponer la creacin de equipos comunales y redes de apoyo para forma-
cin de encargados de convivencia.
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El Reglamento de Convivencia, que forma parte de los Reglamentos Internos de
los EE, es un instrumento que orienta y regula las maneras de actuar de los miem-
bros de una comunidad educativa. Todos los establecimientos educacionales es-
tn legalmente obligados a contar con un Reglamento Interno (Ley General de
Educacin, Art. 46). Los Reglamentos de Convivencia dan forma a los encuadres
necesarios para que toda la comunidad se desenvuelva con fluidez y sin poner
en riesgo los climas institucionales que aseguran una buena convivencia escolar.
La finalidad de los Reglamentos de Convivencia es favorecer el aprendizaje de
formas respetuosas de convivir entre personas con distintas maneras de ser y
de pensar; o favorecer la construccin de relaciones que promuevan una culturademocrtica e inclusiva y la generacin de climas propicios para de aprendizaje y
la participacin de todas y todos. Para lograr altos niveles de cohesin interna, las
comunidades educativas requieren contar con marcos de actuacin adecuados
que regulen las maneras de relacionarse, de apoyarse y de resolver sus conflictos.
Contar con normas estables, reglas y procedimientos claros, ajustados a derecho,
con carcter formativo, consensuados y conocidos por toda la comunidad educa-tiva, es fundamental para generar buenos climas de convivencia y favorecer los
aprendizajes.
Los Reglamentos deben contener normas de convivencia, polticas de prevencin,
medidas pedaggicas, protocolos de actuacin, tipificacin de faltas y sancio-
nes, todo ello con el propsito de favorecer la generacin de buenos climas de
Qu son los Reglamentos de Convivencia?
En qu contexto se dan estas Orientaciones?
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convivencia y de aprender a vivir en comunidad. Los conflictos de por s no aten-
tan contra la convivencia porque son inherentes a toda comunidad humana. Pero
cuando ellos no se enfrentan, o se abordan de manera inadecuada, pueden daar
la convivencia. La escuela y el liceo deben generar los espacios y darse los tiem-
pos para enfrentar los conflictos de acuerdo con principios formativos y convertir-
los en oportunidades para aprender a convivir con quienes son y piensan distinto.
Los Reglamentos deben alinearse con los principios de la Reforma, adaptarse a los
requerimientos de la nueva Ley de Inclusin contra la discriminacin arbitraria y
estar en plena sintona con los valores que promueve el Proyecto Educativo Insti-
tucional (PEI) y los Proyecto de Mejoramiento Escolar (PME).
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Por qu es necesario revisar los Reglamentos de
Convivencia Escolar?
Desde su primera formulacin, la Poltica Nacional de Convivencia Escolar ha es-
tado alineada con los principios inspiradores de la Reforma Educacional. Cuando
hoy la Reforma da un nuevo paso y avanza hacia la construccin de un sistema
educativo inclusivo y de calidad integral, es necesario que tambin la poltica de
convivencia se alinee con estos nuevos desafos, especialmente con las dimen-
siones de educacin como derecho social y de inclusin (L. N 20.845) que, entre
otras medidas, contempla la prohibicin de toda forma de discriminacin arbitra-
ria que impida el aprendizaje y la participacin de los estudiantes.
La Ley de Inclusin contiene disposiciones que obligan a revisar los reglamentos
de convivencia vigentes (ver recuadro), lo que constituye tambin una oportuni-dad para:
Repensar el significado y alcance de lo que implica la convivencia escolar;
por ejemplo, pasar de una concepcin esttica de la convivencia, a otra
dinmica que se construye da a da, poniendo ms inters en los procesos
que en los resultados.
Asegurar que la convivencia pase a formar parte integral de la gestin es-
colar del EE y se organice de forma integrada con los diferentes sistemas
de apoyo y trabajo pedaggico que se implementan en la escuela: que se
intencione, se planifique, se proyecte y se evale.
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Legitimar los reglamentos de convivencia mediante el dilogo y la partici-
pacin de todos los estamentos de la comunidad en su elaboracin y apro-
bacin.
Revalorizar y potenciar la dimensin formativa y no punitiva de los regla-
mentos.
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PRINCIPALES ASPECTOS DE LOS REGLAMENTOS DE CONVIVENCIA AREVISAR SEGN LA LEY DE INCLUSIN
CAMBIOS PROMOVIDOS POR LEY DE INCLUSION
Esta ley incluye el principio de integracin e inclusinde la Ley General de Educacin. Se deben adecuar losReglamentos en tanto deben establecer la prohibicinde todas las formas de discriminacin arbitraria que
impidan el aprendizaje y la participacin de los estu-diantes (Art. 1, n1, letra e).
Solo podrn aplicarse las sanciones o medidas disci-plinarias contenidas en el reglamento interno, las que,en todo caso, estarn sujetas a los principios de nodiscriminacin arbitraria, encuentro entre diferentes,resguardo de derechos y a lo dispuesto en el artculo
11 del decreto con fuerza de ley N2, de 2009, delMinisterio de Educacin (Art. 2, n5, letra h).
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
MARCO DE VALORES DE LACOMUNIDAD ESCOLAR SOBRE
CONVIVENCIA ESCOLAR
NORMAS
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CAMBIOS PROMOVIDOS POR LEY DE INCLUSIONREGLAMENTO DE CONVIVENCIA
El reglamento debe reconocer expresamente el dere-
cho de asociacin, tanto de los y las estudiantes, padresy apoderados, como tambin del personal docente yasistente de la educacin, de conformidad a lo estable-cido en la Constitucin y la ley. En ningn caso el soste-nedor podr obstaculizar ni afectar el ejercicio de estederecho, sin perjuicio de las normas sobre derechos ydeberes de la comunidad escolar que se establecen enel decreto con fuerza de ley N2, de 2009, del Ministe-
rio de Educacin (Art. 2, n5, letra m).
DERECHOS Y DEBERES DE LOS
ACTORES DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA
NORMAS
No podr decretarse la medida de expulsin o la decancelacin de matrcula de un o una estudiante pormotivos acadmicos, de carcter poltico, ideolgicos ode cualquier otra ndole, sin perjuicio de lo dispuesto enlos prrafos siguientes (Art. 2, n5, letra h).
Los sostenedores y/o directores no podrn cancelar lamatrcula, expulsar o suspender a sus estudiantes porcausales que se deriven de su situacin socioecon-mica o del rendimiento acadmico, o vinculadas a lapresencia de necesidades educativas especiales decarcter permanente y transitorio definidas en el incisosegundo del artculo 9, que se presenten durante sus
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CAMBIOS PROMOVIDOS POR LEY DE INCLUSIONREGLAMENTO DE CONVIVENCIA
NORMAS
estudios. A su vez, no podrn, ni directa ni indirecta-
mente, ejercer cualquier forma de presin dirigida a losestudiantes que presenten dificultades de aprendizaje,o a sus padres, madres o apoderados, tendientes a queopten por otro establecimiento en razn de dichasdificultades. En caso que el o la estudiante repita decurso, deber acatarse lo sealado en el inciso sextodel artculo 11 del decreto con fuerza de ley N2, de2009, del Ministerio de Educacin, en el sentido de que
los estudiantes pueden repetir en el mismo estable-cimiento una vez durante la educacin bsica y otradurante su enseanza media (Art. 2, n5, letra i).
Las medidas de expulsin y cancelacin de matrcu-la solo podrn aplicarse cuando sus causales estnclaramente descritas en el reglamento interno delestablecimiento y, adems, afecten gravemente la
convivencia escolar (Art. 2, n5, letra h).
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26 IPROCEDIMIENTO, FALTAS YSANCIONES
Previo al inicio del procedimiento de expulsin o de
cancelacin de matrcula, el director del estable-cimiento deber haber representado a los padres,madres o apoderados, la inconveniencia de las con-ductas, advirtiendo la posible aplicacin de sancionese implementado a favor de l o la estudiante las me-
didas de apoyo pedaggico o psicosocial que estnexpresamente establecidas en el reglamento internodel establecimiento educacional, las que en todocaso debern ser pertinentes a la entidad y gravedadde la infraccin cometida, resguardando siempreel inters superior del nio o pupilo. No se podrexpulsar o cancelar la matrcula de un estudianteen un perodo del ao escolar que haga imposibleque pueda ser matriculado en otro establecimientoeducacional (Art. 2, n5, letra i).
Lo dispuesto en el prrafo precedente no ser aplica-ble cuando se trate de una conducta que atente di-rectamente contra la integridad fsica o psicolgica dealguno de los miembros de la comunidad escolar, deconformidad al Prrafo 3 del Ttulo I del decreto confuerza de ley N2, de 2009, del Misterio de Educacin(Art. 2, n5, letra i).
CAMBIOS PROMOVIDOS POR LEY DE INCLUSIONREGLAMENTO DE CONVIVENCIA
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CAMBIOS PROMOVIDOS POR LEY DE INCLUSIONREGLAMENTO DE CONVIVENCIA
Las medidas de expulsin o cancelacin de matrcula
solo podrn adoptarse mediante un procedimientoprevio, racional y justo que deber estar contem-plado en el reglamento interno del establecimiento,garantizando el derecho del estudiante afectado y/odel padre, madre o apoderado a realizar sus descar-
gos y a solicitar la reconsideracin de la medida (Art.2, n5, letra i).
La decisin de expulsar o cancelar la matrculaa un estudiante solo podr ser adoptada por eldirector del establecimiento. Esta decisin, jun-to a sus fundamentos, deber ser notificada porescrito al estudiante afectado y a su padre, madreo apoderado, segn el caso, quienes podrn pedir lareconsideracin de la medida dentro de quince das
de su notificacin, ante la misma autoridad, quienresolver previa consulta al Consejo de Profesores. ElConsejo deber pronunciarse por escrito, debiendotener a la vista el o los informes tcnicos psicosocia-les pertinentes y que se encuentren disponibles (Art.
2, n5, letra i).
PROCEDIMIENTO, FALTAS YSANCIONES
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28 I
El director, una vez que haya aplicado la medida
de expulsin o cancelacin de matrcula, deberinformar de aquella a la Direccin Regional respectivade la Superintendencia de Educacin, dentro del plazode cinco das hbiles, a fin de que sta revise, en laforma, el cumplimiento del procedimiento descrito enlos prrafos anteriores. Corresponder al Ministerio deEducacin velar por la reubicacin del estudiante afec-tado por la medida y adoptar las medidas de apoyo
necesarias (Art. 2, n5, letra i).
CAMBIOS PROMOVIDOS POR LEY DE INCLUSIONREGLAMENTO DE CONVIVENCIA
PROCEDIMIENTO, FALTAS YSANCIONES
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A la luz de los principios de la Reforma y de los nuevos requerimientos de la Ley
de Inclusin, la finalidad de estas Nuevas Orientaciones es:
Fomentar la autorreflexin de las comunidades educativas para examinar
sus prcticas de convivencia y reflexionar sobre su sentido formativo y laforma en cmo es posible abordar los principios de resguardo de derecho,
inclusin y otros que propone la Reforma Educativa.
Entregar un marco orientador aplicable a las distintas realidades de los EE
del pas.
Revisar la utilidad y uso de los instrumentos diseados para mejorar la con-
vivencia.Analizar el rol de los actores involucrados en los procesos de construccin
y ejecucin de las normas.
Fomentar la participacin de los actores de la comunidad escolar para con-
sensuar en conjunto las normas de convivencia.
Fijar un horizonte tico comn de convivencia democrtica e inclusiva, que
reconozca la diversidad de realidades y las dinmicas de las relaciones vin-
culares entre los miembros de la comunidad educativa.
Elaborar la construccin de este horizonte tico-formativo a partir de lo
establecido en el PEI y construirlo con la participacin de todos los actores
de la comunidad.
Cul es la finalidad de estas Orientaciones?
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Coherencia con el Proyecto Educativo Institucional:
Las normas de convivencia deben ser coherentes con el Proyecto Educativo
Institucional y con los sellos educativos que la comunidad ha construido.
Las normas deben ser capaces de canalizar y llevar a la prctica los principios
formativos y valores que la comunidad educativa ha definido.
Adems, la normativa de la escuela y del liceo debe contener los mecanismos para
irse actualizando cada razonable perodo de tiempo, y definir las instancias y
ocasiones en que su contenido se debe difundir a toda la comunidad educativa.
En el marco de la entrada en vigencia de la Nueva Ley de Inclusin, estas Orienta-
ciones deben ser discutidas durante el 2016 en sesin del Consejo Escolar convo-
cado para tal efecto.
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Enfoque de derecho
Las normas deben ser coherentes con las convenciones internacionales fir-madas por Chile (por ejemplo, con la Carta de los DDHH y la Convencin de losDerechos del Nio) y con la propia legislacin interna (la Constitucin Polticay leyes de la Reforma Educacional, en particular con la nueva Ley de Inclusin).
Las normas basadas en un enfoque de derecho deben ser aplicadas en formaclara, justa y respetuosa de la dignidad de las personas. Cuando fuere necesa-
rio establecer alguna sancin, sta debiera ser proporcional a la falta, a la edady a rol que desempea quien la comete.
Se falta a este principio cuando, frente a una acusacin, no se aplica el debidoproceso, es decir, cuando no se escucha con debida atencin a las partes in-
volucradas, o no se consideran sus argumentos, o no se presume la inocenciade quienes son acusados, o no se reconoce el derecho de apelacin que ellostienen. Tambin se falta a este principio cuando, ante situaciones iguales, los
criterios con que se aplica la sancin son diferentes.
Con qu enfoques se debieran revisar las normas de
convivencia escolar?
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Enfoque formativo
Se ensea y se aprende a convivir con los otros por medio de la reflexin
sobre la experiencia de vincularse con los dems, respetndoles su modo de
ser y de pensar. Es esta reflexin la que posibilita convertir lo vivido en unproceso de formacin y aprendizaje. Para que los reglamentos de convivencia
se puedan convertir en instrumentos de formacin, adems de tipificar las
faltas y sus respectivas sanciones, deben incorporar medidas pedaggicas
para que se puedan convertir en ocasin de aprendizaje.
Para ello se requiere que la tipificacin de las faltas y sanciones se construyateniendo presente una gradualidad que responda a las etapas de desarrollo
de la conciencia y autonoma de los estudiantes. Adems, cuando las faltas
han daado la convivencia y las relaciones de confianza entre las personas,
se necesita consignar medidas reparatorias que vayan en beneficio de la co-
munidad cuyas relaciones han sido daadas. Las conductas reparatorias en-
riquecen la formacin valrica, desarrollan la empata, favorecen los buenos
climas, reparan los vnculos daados, y restituyen la confianza en la comu-nidad.
Las normas tambin deben ser aplicadas con flexibilidad y de acuerdo con
personalidad e historia de cada quien, sin llegar por ello a generar situa-
ciones de anomia en la institucin escolar. Cuando se aplican sanciones, se
deben considerar factores agravantes o atenuantes segn la edad, el rol y la
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jerarqua de los involucrados y segn el contexto, su motivacin e intereses.
Hay que evitar que los reglamentos y normas de convivencia contengan me-
didas excesivamente rgidas, que terminan por no aplicarse, o excesivamen-
te laxas, cuya aplicacin termina por diluir su sentido formativo.
Enfoque inclusivo
Se debe propender a eliminar en los Reglamentos de Convivencia todas lasformas de discriminacin arbitraria que impidan el aprendizaje y la partici-pacin de los estudiantes, procurando que los EE sean un lugar de encuentro
entre los/as estudiantes de distintas condiciones socioeconmicas, culturales,tnicas, de gnero, de nacionalidad o de religin. (L. N 20845, N 1, letra e).
Se han de prohibir las sanciones que involucren prdida de clases a los estu-
diantes que hayan cometido faltas, a excepcin de las consideradas muy gra-
ves que ameriten una eventual expulsin. Esto no quiere decir que las faltas
cotidianas se deban dejar pasar, sino que las sanciones a aplicar, sean en mo-mentos que no impidan su proceso de aprendizaje.
Los reglamentos de convivencia se convierten tambin en instrumentos para
identificar, transformar y eliminar todas las formas de exclusin que ocurren en
la escuela y en lograr que las comunidades escolares sean un genuino espacio
de encuentro y dilogo entre todos sus actores.
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34 I
Para avanzar hacia un enfoque inclusivo, el piso es la eliminacin de todas las
formas de discriminacin arbitraria y de las barreras que impiden el acceso,
la permanencia, el aprendizaje y la participacin de todas y todos los nios. El
horizonte hacia el que se busca avanzar es la valoracin y el reconocimiento
de las diferencias y particularidades de todos quienes conforman la comuni-dad escolar.
Una comunidad educativa que avanza hacia la inclusin es aquella que, en-
tre otras cosas, conoce y reconoce a todas y todos sus miembros, desde su
trayectoria escolar, su contexto socio-cultural y familiar, sus intereses y ne-
cesidades; piensa su misin y organizacin en relacin con las particulari-dades de su comunidad local, su territorio y a las y los estudiantes que la
conforman; y organiza las alternativas educativas con criterio de pertinencia
y relevancia, diversificando las actividades pedaggicas de acuerdo a las ca-
ractersticas de sus estudiantes.
Enfoque participativo:
Las normas de convivencia escolar deben ser elaboradas, discutidas y apro-
badas con la participacin de los representantes de todos los estamentos de
la comunidad educativa. Solo la participacin efectiva de la comunidad en su
construccin y aprobacin, le otorga legitimidad a las normas, condicin indis-
pensable para que sean efectivas.
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No se debe olvidar que para los estudiantes el sentido de la norma es ayudarlos
a crecer progresivamente en autonoma, en la capacidad de actuar respon-
sablemente y de convivir en armona con los otros/as. Para ello se requiere la
supervisin, el acompaamiento y el apoyo pedaggico por parte de los adultos.
6
La participacin en la elaboracin de las normas de convivencia debe tener su
correlato en las instancias de participacin que tienen todos los estamentos
al interior de la comunidad educativa, y en las vinculaciones que la comunidad
establece con su entorno local.
Se vulnera este enfoque cuando los Reglamentos de Convivencia no son da-
dos a conocer a toda la comunidad escolar, o no son vistos ni analizados por
los representantes de los estamentos de la comunidad educativa, o no son
consultados y eventualmente aprobados en los Consejos Escolares.
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36 I
Qu puede tener el Reglamento de Convivencia contenido en el
Reglamento Interno de un establecimiento educacional?sugerencias
ESTRUCTURA DE UN REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
Objetivo y sentido del Reglamento Interno de Convivencia. Historia del EE en relacin con la convivencia escolar. Contexto: la nueva Ley de Inclusin requiere que las comu-
nidades educativas modifiquen sus disposiciones sobre lasformas de convivir.
Sentidos y definiciones institucionales (principios, valoresy competencias) definidos en el PEI relacionados con la
convivencia.
Definicin de convivencia escolar asumida por EE. Principales fundamentos legales y normativas conside-
rados en la elaboracin del Reglamento de Convivenciacontenidos en el Reglamento Interno.
Los Reglamentos de Convivencia deben especificar losderechos y deberes de los estudiantes, de los padres,
madres y apoderados, de los docentes, de los asistentesde la educacin, de los equipos docentes directivos y delos sostenedores educacionales.
Los derechos deben ser garantizados en todo momentopor los adultos de la comunidad educativa y los deberesse deben ir asumiendo progresivamente por parte de losestudiantes. El no cumplimiento de un deber no puede
implicar la prdida de un derecho.
1.
ANTECEDENTES
2.
MARCO DE VALORESSOBRE CONVIVENCIA
3.DEBERES Y DERECHOSDE LA COMUNIDADESCOLAR
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Representan los acuerdos de la comunidad educativa res-pecto de cmo desea que se comporten y se relacionensus miembros.
Marco de relaciones esperado para los diferentes actores,que incluye conductas deseadas, permitidas y prohibidas.
Representan los acuerdos de la comunidad educativa res-pecto de cmo desea que se comporten y se relacionen
sus miembros. Marco de relaciones esperado para los diferentes actores,
que incluye conductas deseadas, permitidas y prohibidas.
Por ley se requiere tener protocolos que definan los pasosa seguir para enfrentar situaciones que pueden conflictuar
la convivencia escolar.
Entre ellos: maltrato infantil o abuso sexual, estudiantesembarazadas, accidentes escolares, salidas pedaggicas, etc.
4.
REGULACIONES YACUERDOS PARA LACONVIVENCIA
5.FALTAS, SANCIONES Y
PROCEDIMIENTOS
6.PROTOCOLOS DEACTUACIN
ESTRUCTURA DE UN REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
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8La pedagoga de la confianza como un aporte para la revisin de
los reglamentos de convivencia
La confianza es una emocin fundamental para el buen funcionamiento de las
instituciones. Por eso es importante practicar una pedagoga de la confianza
orientada a que todos los miembros de la comunidad educativa, pero especial-
mente los estudiantes, cultiven la confianza en sus propias capacidades, en sus
docentes, en el grupo de compaeras y compaeros, en el personal directivo de laescuela y en sus familias.
La pedagoga de la confianza se convierte en una mirada crtica sobre la manera
en que se cultivan las relaciones interpersonales en la escuela o el liceo: cmo los
nios y jvenes aprenden el autocuidado y cmo nos hacemos cargo del cuidado
de los otros. Una pedagoga de la confianza ayuda a prevenir el maltrato en las
escuelas, mejora los aprendizajes, genera buenos climas de convivencia y, sobre
todo, forma ciudadanos preocupados del bienestar de la comunidad.
Basados en esto, podemos decir que nuestras escuelas y liceos funcionan sobre
la base de la confianza, la comprensin y el respeto y, que con ello contribuyen a
la cohesin social del pas; o por el contrario, funcionan predominantemente en
funcin del miedo, el castigo y la culpa?
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Los/as estudiantes opinan conlibertad, crece la autonoma y la
responsabilidad.
Se genera un clima de acogida cordial,afectuosa, de inclusin y de nodiscriminacin.
Los grupos de intereses son abiertos, se
mezclan, intercambian, y se respetan lasdiferencias.
Los/as docentes tienen altas expectati-vas de aprendizajes sobre todos sus es-tudiantes.
Los/as docentes estimulan el trabajo
en equipos y grupos cooperativos deaprendizaje.
Los reglamentos y normas son consen-suadas y transparentes.
Los/as estudiantes difcilmente se expre-san, se autodescalifican, y baja su auto-
estima.
Se genera un clima de indiferencia, dehostilidad, de maltrato, de exclusin ydiscriminacin.
Los grupos se convierten en ghettos ce-
rrados, excluyentes; son prejuiciados y nose respetan.
Los/as docentes creen que no todos pue-den aprender y califican en forma prejui-ciada a los/as estudiantes.
Los grupos no funcionan cooperativa-
mente y se convierten en obstculospara el aprendizaje.
Las normas se imponen y pierden su sen-tido de favorecer el bien comn.
Cuando la comunidad educativa funcionasobre la base de la confianza
Cuando la comunidad educativa no funcionasobre la base de la confianza
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Se crean mecanismos para resolverpacficamente los conflictos.
Las sanciones se consideran una repara-cin moral al colectivo.
Se crean mecanismos y canales de parti-
cipacin para todos.
Los PEI se construyen en colaboracincon todos, incluidos los padres.
Se trabajan proyectos con y para la co-
munidad.
A las familias se las ve como colaborado-ras y se las incorpora a las propuestas deformacin y desarrollo institucional.
Los conflictos estallan frecuentementecon violencia.
Las sanciones no tienen sentido repara-dor y no se aprende de ellas.
La participacin es escasa y se excluye a
quienes piensan distinto.
Los PEI se construyen burocrticamentey sin la participacin de la comunidad.
No hay mayor interaccin con la comuni-
dad local.
Se desconfa de las familias, no se las dejaparticipar y se las culpa por los deficientes
resultados de aprendizajes de sus hijos/as.
Cuando la comunidad educativa funcionasobre la base de la confianza
Cuando la comunidad educativa no funcionasobre la base de la confianza
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Se valoran las diferencias y sonconsideradas como oportunidades
de aprendizaje.
En la confianza florece el respeto, laempata, la inclusin, el pluralismo yla equidad.
El orden se logra con autoridad y
sin recurrir a la fuerza o al miedo.
En los cursos se fomenta la solidaridady el hacerse cargo de los otros.
Se genera cohesin en la escuela y en
los cursos.
No se valoran las diferencias; ms bien semanipulan para fomentar la divisin y el
antagonismo.
En la desconfianza florece laintransigencia, la exclusin, ladiscriminacin y la desigualdad.
El poder se ejerce autoritariamente y
con arbitrariedad.
Los cursos se cierran en s mismo yno tienen en su horizonte hacersecargo de los otros.
Se genera fragmentacin y atomizacin
de energas.
Cuando la comunidad educativa funcionasobre la base de la confianza
Cuando la comunidad educativa no funcionasobre la base de la confianza
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1. Antecedentes.
Objetivo y sentido del Reglamento: regular las relaciones entre los miem-
bros de la comunidad educativa en funcin de la formacin social y perso-
nal de los/as estudiantes. El Reglamento va dirigido a todos los miembros
de la comunidad educativa. Antecedentes del EE referidos y de inters
para la convivencia escolar.
Contexto: la nueva Ley de Inclusin ha introducido cambios que obligan a
los EE a adecuar sus Reglamentos de Convivencia frente a la disposicin de
prohibir toda forma de discriminacin arbitraria que impida el aprendizaje
y la participacin de los estudiantes. (Ley 20.845, art. 1, letra e). Esta y otras
disposiciones de la ley obligan a toda la comunidad educativa a modificarsus formas de relacionarse y convivir.
2. Marco de valores de la comunidad escolar sobreconvivencia
Principios y valores del PEI relacionados con la convivencia.
Definicin de convivencia escolar asumida por EE.
Principales fundamentos legales y normativas consideradas en la elabora-
cin del Reglamento Interno, como por ejemplo:
La Ley General de Educacin [N 20.370, de 2009], plantea:
Orientaciones para la revisin de los Reglamentos de:CONVIVENCIA ESCOLAR
Divisin de Educacin General
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Todos los establecimientos subvencionados deben contar con un Re-
glamento Interno que regule las relaciones entre los distintos actores
de la comunidad educativa, y que garantice el justo procedimiento en
el caso en que se contemplen sanciones (Artculo 46, letra f).
Cada comunidad educativa tiene el derecho a definir sus propias nor-
mas de convivencia de acuerdo con los valores expresados en su pro-yecto educativo, y deben tener como horizonte la formacin de los y las
estudiantes (Artculo 9).
Es deber de las familias conocer el Proyecto Educativo Institucional y
normas de funcionamiento del establecimiento, cumplir con los com-
promisos asumidos con el EE y respetar su normativa interna (Artculo
10, letra b). Los/as estudiantes, padres, madres y apoderados, pueden participar
en la revisin del Reglamento de Convivencia a travs de los Consejos
Escolares, y aprobarlo, si se les hubiese sido otorgada esta atribucin
(Artculo 15).
La Ley sobre Violencia Escolar (L.20.536, de 2011) regula las situaciones
de violencia en las escuelas; entrega una definicin sobre convivencia
escolar y sobre acoso escolar; y establece que debe haber un Encar-gado/a de Convivencia en todos los EE, y en aquellos donde no exista
legalmente un Consejo Escolar, se debe conformar un Comit de Sana
Convivencia.
Divisin de Educacin GeneralMInisterio de Educacin
Orientaciones para la revisin de los Reglamentos de:
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3. Derechos y deberes de los estamentos de lacomunidad escolar
Los Reglamentos Internos deben especificar los derechos y deberes de toda la
comunidad educativa: estudiantes, padres, madres y apoderados, docentes, asis-
tentes de la educacin, equipos docentes directivos, y sostenedores educacionales.
Esta especificacin debe considerar la normativa vigente, adems de los dife-
rentes roles y responsabilidades que cada quien tiene en el EE. De acuerdo con la
nueva Ley de Inclusin (L. 20.845, de 2015), los EE deben incorporar en sus Regla-
mentos Internos los siguientes derechos y deberes:
Derechos
El foco de toda la ley es asegurar el derecho a la educacin de todos/
as los estudiantes, resguardando su ingreso y permanencia durantetoda la trayectoria escolar.
Derecho a la no discriminacin arbitraria que impida el aprendizaje y
la participacin de los estudiantes (Art.1, letra e).
No podr decretarse la medida de expulsin o la de cancelacin dematrcula de un o una estudiante por motivos acadmicos, de carc-
ter poltico, ideolgicos o de cualquier otra ndole (Art.2, n.5, letra h). No se podr expulsar o cancelar la matrcula de un estudiante en un
perodo del ao escolar que haga imposible que pueda ser matricu-
lado en otro establecimiento educacional (Art.2, n.5, letra i).
Orientaciones para la revisin de los Reglamentos de:CONVIVENCIA ESCOLAR
Divisin de Educacin General
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Lo anterior no ser aplicable cuando se trate de una conducta queatente directamente contra la integridad fsica o psicolgica de al-guno de los miembros de la comunidad escolar (Art.2, n.5, letra i).
Derecho de padres, madres o apoderados a solicitar al director lareconsideracin de la decisin de expulsin o cancelacin de matr-
cula (Art.2, n.5, letra i). Derecho a la asociacin de los estudiantes, padres y apoderados,personal docente y asistentes de la educacin (Art.2, n.5, letra m).
Deberes
Los sostenedores deben establecer programas especiales y planes
de apoyo a la inclusin acadmica y de convivencia (Art.2, n.5, letra l).Las medidas de expulsin y cancelacin de matrcula slo podrnaplicarse cuando sus causales estn claramente descritas en el Re-glamento Interno del EE y, adems, afecten gravemente la conviven-cia escolar (Art.2, n.5, letra h).
Previo al inicio del procedimiento de expulsin o de cancelacin dematrcula, el director del EE deber haber representado a los padres,
madres o apoderados, la inconveniencia de las conductas, advirtien-do la posible aplicacin de sanciones e implementado a favor de lo la estudiante las medidas de apoyo pedaggico o psicosocial queestn expresamente establecidas en el Reglamento Interno del EE,las que debern ser pertinentes a la entidad y gravedad de la infrac-cin cometida, resguardando siempre el inters superior del nio o
pupilo (Art.2, n.5, letra i).
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Orientaciones para la revisin de los Reglamentos de:
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I 47
El director es quien adopta la medida de expulsin o cancelacin de
la matrcula e informa de ello a la Superintendencia de Educacin
(Art.2, n.5, letra i).
El director es quien resuelve la solicitud de los padres de reconside-
rar la medida de expulsin o cancelacin de matrcula, previa con-
sulta al Consejo de Profesores (Art.2, n.5, letra i).
Adems, se deben especificar los derechos y deberes de los estamentos del EE, como
por ejemplo:
Derechos y deberes compartidos por todos los estamentos: conocer y par-
ticipar en la aprobacin del Reglamento Interno de Convivencia del EE. Derechos y deberes y de los estudiantes, entre ellos: disponer de un am-
biente adecuado para el aprendizaje, ser respetado, participar y ser escu-
chado, y tener derecho a rplica; y en cuanto a sus deberes: compromisocon su aprendizaje, participar y ser responsable, respetar a sus compaerosy a todo el personal del EE, promoviendo la convivencia escolar, etc.
Derechos y deberes de padres, madres y apoderados, entre ellos: ser aten-didos y escuchados oportunamente, no ser discriminados, ser informados y
consultados de las decisiones relevantes que impactan en la formacin desus hijos; y en cuanto a sus deberes: informarse, respetar y contribuir a darcumplimiento del Proyecto Educativo, a las normas de convivencia, y a lasde funcionamiento del establecimiento, apoyar sus procesos educativos,
cumplir con los compromisos asumidos con el EE, respetar su normativainterna y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad
educativa (Ley de Inclusin, art. 1, letra g), etc.
p gCONVIVENCIA ESCOLAR
Divisin de Educacin General
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Derechos y deberes de los asistentes de la educacin, entre ellos: ser con-
siderados como parte fundamental del proceso educativo, recibir informa-
cin de manera oportuna para el adecuado cumplimiento de su rol, recibir
buen trato de todos los integrantes de la comunidad escolar; y en cuanto
a sus deberes: colaborar de manera responsable y participativa con el pro-
fesor, respetar a de los dems, ser leal con los principios y valores de lacomunidad educativa, apoyar la gestin pedaggica y de convivencia de la
escuela, brindar trato adecuado a los distintos actores del EE, etc.
Derechos y deberes de los docentes, entre ellos: ser respetados, escu-
chados, y recibir buen trato, tener oportunidades de perfeccionamiento y
actualizacin, recibir informacin oportuna sobre las orientaciones y nor-mativas que regulen la convivencia escolar y la formacin de los/as estu-
diantes, ser considerada su opinin en la toma de decisiones y participar
en procesos formativos de autocuidado; en cuanto a sus deberes: entregar
una educacin de calidad que incorpore la formacin para la convivencia,
creer en las capacidades de sus estudiantes e incentivar sus logros y va-
lidar sus opiniones, entregar informacin oportuna sobre situaciones que
afecten la convivencia escolar, preparar y entregar clases bien planificadas,
con metodologas que les permitan desarrollar habilidades para convivir
con otros, ser autocrtico y proactivo, trabajar en equipo con sus pares y
estudiantes, etc.
MInisterio de Educacin
Orientaciones para la revisin de los Reglamentos de:
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Derechos y deberes del director, entre ellos: conducir los procesos que
incidan en la convivencia escolar, modificar o adaptar el medio escolar a
las caractersticas propias de sus estudiantes; y en cuento a sus deberes:
promover y generar mecanismos de participacin e informacin para inte-
grar a todos los actores de la comunidad escolar, cautelar que se cumplan
los derechos y deberes de todos, asumir responsabilidades y afrontar losacontecimientos que afecten la buena convivencia de la comunidad esco-
lar, organizar y liderar a todos para que se desarrolle un trabajo colaborati-
vo, escuchar, validar, respetar y acoger a toda la comunidad educativa, etc.
4. Normas de convivencia Representan los acuerdos de la comunidad educativa respecto de cmo
desea que se comporten sus miembros y se relacionen entre s. Incluyen las
conductas permitidas, prohibidas y deseadas por la comunidad educativa.
Se distinguen las normas de funcionamiento y las de interaccin. Las pri-
meras definen las formas de actuacin cotidiana de la institucin escolar.Ellas definen, por ejemplo, el calendario de clases; los horarios de entrada
y salida de los estudiantes; el uso del uniforme, de la libreta de comunica-
ciones, de la biblioteca, etc.
Las normas de interaccin, por su parte, regulan las relaciones entre los
distintos actores de la comunidad educativa. Establecen, por ejemplo, la
CONVIVENCIA ESCOLAR
Divisin de Educacin GeneralMI i t i d Ed i
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50 I
gradualidad de las faltas (leves, graves y gravsimas); las sanciones corres-
pondientes a la gravedad de las faltas; las formas de apelacin y del debido
proceso, entre otras.
Criterios para la elaboracin y aplicacin de las normas:
Estar fundadas en el respeto absoluto a la dignidad de todas las personas.
Tener sentido formativo, es decir, establecer una aspiracin respecto del
comportamiento que se espera aprendan los miembros de la comunidad.
Considerar la edad y las distintas etapas de desarrollo de la infancia y la
adolescencia, as como los roles de los involucrados: a mayor edad, mayor
responsabilidad; a mayor jerarqua, mayor responsabilidad. Ser claras, realistas y conocidas por toda la comunidad educativa para que
su cumplimiento sea efectivo.
5. Faltas, sanciones y procedimientos para la resolucinpacfica de conflictos.
Los criterios para tipificar las faltas, sanciones y procedimientos para re-
solver conflictos deben ser aplicables a todos los miembros de la comuni-
dad educativa.
La vulneracin de una norma debe traer aparejada una sancin de carcter
formativo que debe ser aplicada con flexibilidad y criterio pedaggico.
MInisterio de Educacin
Orientaciones para la revisin de los Reglamentos de:CONVIVENCIA ESCOLAR
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I 51
Las faltas deben estar tipificadas en leves, graves y gravsimas y con crite-
rios claros que las distingan unas de otras.
Las faltas y sanciones deben estar descritas en los Reglamentos para que se
puedan aplicar y evitar interpretaciones injustas y arbitrarias.
Las sanciones deben ser asociadas al tipo de faltas y proporcionales a sugravedad.
No obstante, aunque el criterio con que se defina una falta est claramente
definido, la aplicacin de la sancin debe ser aplicada con sentido formativo.
Tambin se debe definir con claridad los criterios para aprobar cambiar o
revertir una medida, y sealar quines son los encargados de aprobarlos.
Se requiere definir las medidas reparatorias a aplicar para resarcir el dao
causado a la comunidad por las faltas cometidas.
La suma de faltas leves no constituye necesariamente una falta grave, as
como tampoco la suma de faltas graves las convierten en gravsima.
El procedimiento justo exige considerar instancias de revisin y apelacin
de las medidas aplicadas, cautelando el derecho de los involucrados a se-
alar su versin y explicacin de los hechos.
Se deben establecer plazos de apelacin y revisin de las medidas aplica-das, as como los mecanismos para que las partes involucradas sean infor-
madas oportunamente de las medidas aplicadas y los plazos de apelacin y
revisin.
Precisar canales y mecanismo para hacer denuncia sobre maltrato u otros
problemas de convivencia escolar.
CONVIVENCIA ESCOLAR
Divisin de Educacin GeneralMInisterio de Educacin
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Se requiere definir los procedimientos de resolucin pacfica de conflictos
que la comunidad decida adoptar: negociacin, mediacin, arbitraje, tuto-
ra o consejera.
6. Protocolos de actuacinLa Ley sobre Violencia Escolar establece que es obligatorio contar con pro-
tocolos para enfrentar situaciones de violencia escolar. Ellos definen los
pasos a seguir y a los responsables de implementar las medidas requeridas
para enfrentar situaciones conflictivas.
Segn el artculo 11 de la Ley 20.370 General de Educacin de 2009 (LGE),el embarazo o maternidad no podr ser causal para cambiar la jornada de
clases o de curso, salvo que la estudiante manifieste voluntad de hacerlo.
Para ello, es obligatorio contar en el sistema escolar con un protocolo de
retencin de estudiantes embarazadas, madres y padres adolescentes.
Adems, sin ser obligatorio, es deseable y necesario que los estableci-
mientos tambin elaboren protocolos para saber cmo actuar frente a:
Maltrato infantil o abuso sexual. Accidentes escolares. Salidas pedaggicas con los alumnos.
MInisterio de Educacin
Orientaciones para la revisin de los Reglamentos de:CONVIVENCIA ESCOLAR
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Giras o viajes de estudio. Plan de seguridad escolar. Evaluacin diferenciada para los estudiantes con
Necesidades Educativas Especiales.
Cancelacin o no renovacin de matrcula ymecanismos de apelacin.
CONVIVENCIA ESCOLAR
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Orientaciones para la revisin de los Reglamentos de:CONVIVENCIA ESCOLAR
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La implementacin de la Poltica Nacional de Convivencia Escolar implicambitos, roles y responsabilidades que estn puestos en diferentes insti-
tuciones del sistema educativo, brindando coherencia y articulacin a losdiferentes niveles y mbitos de gestin.
A continuacin se presenta un cuadro con los roles diferenciados de acuer-do a cada institucin del sistema.
Roles institucionales en la gestin del clima yla convivencia escolar
Superintendencia de Educacin Escolar
Ministerio de Educacin
Agencia de la Calidad de la Educacin
Consejo Nacional de Educacin
ROLES INSTITUCIONALES EN LA GESTINDEL CLIMA Y
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EVALAEstablecimientoy su sostenedorDesarrolla proyecto
educativo para promover
aprendizajes de calidad
para todos y todas
ORIENTA
COORDINA Y APOYA
FISCALIZA
ConsejoNacional deEducacin
Ministerio de Educacin
Superintendenciade Educacin
Agencia deCalidadde Educacin
LA CONVIVENCIA ESCOLAR
La implementacin de la Poltica Nacionalde Convivencia Escolar implica mbitos, roles y responsabilidades que estn puestosen diferentes instituciones del sistema educativo, brindando coherencia y articulacin a los diferentes niveles y mbitos de gestin.A continuacin se presenta un cuadro con los roles diferenciados de acuerdo a cada institucin del sistema.
Ministerio de Educacin
E l i d d l ti lElabora las bases curriculares planes y programas
Agencia de Calidad de Educacin
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ConsejoNacional de EducacinAprueba e informa:
Bases curriculares.
Planes y programas de estudio.
Estndares de Aprendizaje y Otrosindicadores de Calidad.
Estndares indicativos de Desempeo.
Plan de evaluaciones nacionales einternacionales.
Interpretar normativa educacional a travs dedictmenes, circulares y otros.
Fiscalizar el cumplimiento de la normativa en
los establecimientos educacionales, a travs deprogramas regulares de fiscalizacin.
Proyecto Educativo Institucional y ReglamentoInterno informados a los padres y apoderados.
Existencia de Encargado de Convivencia, Comitde Convivencia o Consejo Escolar, Plan de Accin
en CE y Manual de Convivencia con su respectivo
protocolo de actuacin frente a situaciones de
maltrato.
Acoger y gestionar denuncias que actores de
la comunidad educativa presentan ante la SIE,
fiscalizando la existencia de los instrumentos
de gestin que la normativa ha definido en el
mbito de la Convivencia Escolar y su correcta
aplicacin.Acoger solicitudes de mediacin (reclamos) y
gestionar su implementacin.
Orientar a los EE en el cumplimiento de la
normativa vigente en el mbito de la Convivencia
Escolar.
Informar a la ciudadana los derechos de los
actores en el mbito de la Convivencia Escolar
de acuerdo a la normativa vigente a travs deconsultas y difusin en distintos medios.
Evaluacin de procesos de la gestin escolar.
En la realizacin de las visitas de evaluacin y
orientacin que realiza la Agencia, se levanta
informacin relativa a la dimensin de Formacin
y Convivencia, que se encuentra presente en el
marco de Estndares Indicativos del Desempeo
elaborados por MINEDUC. La Agencia orienta
a travs de recomendaciones que entrega a la
comunidad escolar. Las subdimensiones que
estn contempladas son: Formacin, Convivencia,
y Participacin y vida democrtica.
A nivel de resultados, con el propsito de ampliar
la mirada de calidad educativa, el sistema
contempla la evaluacin de Otros Indicadores de
la Calidad, entre los que se cuenta el indicador
de Clima de Convivencia Escolar, compuesto por
Ambiente de respeto, Ambiente organizado y
Ambiente seguro. Esta informacin es levantada
en los cuestionarios que se aplican en el
contexto de SIMCE a estudiantes, apoderados ydocentes.
Elabora las bases curriculares, planes y programas
de estudio y apoya a los establecimientos en su
implementacin.
Propone el Plan Nacional de Evaluaciones
(SIMCE), que incluye la evaluacin de la
Convivencia Escolar.
Entrega asesora tcnico-pedaggica a los
establecimientos educacionales.
Superintendencia de Educacin
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