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ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO OFICINA DE LA OIT PARA CENTROAMÉRICA, HAITÍ, PANAMÁ
Y REPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DEL TRABAJO
NICARAGUA
PROYECTO PARA LA FORMULACIÓN DE UNA POLÍTICA NACIONA L DE EMPLEO EN NICARAGUA (PNE)
PERFIL DIAGNOSTICO NACIONAL SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
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ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO OFICINA DE LA OIT PARA CENTROAMÉRICA, HAITÍ, PANAM Á
Y REPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DEL TRABAJO
NICARAGUA
PROYECTO PARA LA FORMULACIÓN DE UNA POLÍTICA NACIONA L DE EMPLEO EN NICARAGUA (PNE)
PERFIL DIAGNOSTICO NACIONAL SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
JULIO 2004
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
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Prefacio Este diagnostico se enmarca en el ámbito de un programa de Trabajo Decente/TrababajoSeguro. Constituye un primer paso para el diseño de una estrategia para la implementación de un Programa Nacional de Trabajo Seguro en Guatemala desde la perspectiva de OIT. Se pretende promover un medio ambiente de trabajo más seguro y saludable mediante la adopción de un enfoque sistemático de gestión, el desarrollo de programas nacionales relativos a la seguridad y la salud en el trabajo, y el mejoramiento progresivo del sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo. Dicho enfoque incluye programas estratégicos a mediano plazo destinados a otorgar elevada prioridad a la seguridad y la salud en el trabajo en el marco de los programas nacionales, y establecer objetivos y plazos. Un sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo abarcan la legislación pertinente, las consultas tripartitas y los mecanismos de verificación del cumplimiento (por ejemplo las inspecciones), los servicios de seguridad y salud en el trabajo, el acopio de estadísticas con propósitos preventivos, la capacitación y la información. Los sistemas nacionales de seguridad y salud en el trabajo y sus programas de acción deberían basarse en los principios fundamentales reflejados en Convenios, Recomendaciones, directrices técnicas y repertorios de recomendaciones prácticas de la OIT.
El diagnóstico, se elaboró en coordinación con la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad y la Dirección General de Higiene y Seguridad el Ministerio de Trabajo de Nicaragua. Un agradecimiento especial al equipo de consultores nacionales de la OIT que elaboraron el diagnóstico: Dra. Aurora Aragón, Epidemióloga Ocupacional, Dra. Cecilia Torres Especialista en Medicina Integral, Lic. Ricardo Guevara Altamirano, Abogado, Msc. Luis Blanco Romero Higienista Industrial.
Para la realización del diagnóstico, se llevaron a cabo consultas con las organizaciones de empleadores y trabajadores miembros del Consejo de Seguridad y Salud Ocupacional, las instituciones responsables en el tema, los sectores patronales y laborales, y las asociaciones de profesionales involucradas. Este diagnóstico esta acompañado por una encuesta nacional sobre condiciones de trabajo, salud y seguridad ocupacional que lo complementa.
La Supervisión Técnica se llevó a cabo por parte de Valentina Forastieri Especialista Principal en Condiciones de Trabajo, Seguridad y Salud Ocupacional, de la Oficina de la OIT para Centroamérica, Haití, Panamá y República Dominicana. Trabajo Seguro: Programa Internacional de la OIT sobre Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente. Julio 2004
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Resumen ejecutivo
Las formas de empleo en Nicaragua están en íntima relación con el estado de pobreza. El mercado
laboral nicaragüense está basado fundamentalmente en un predominio de actividades de servicios
(conocido como sector terciario) en las zonas mas densamente pobladas como Managua. En estas
actividades de servicios predomina el sector informal. En las zonas menos pobladas como el nordeste
del país predomina la agricultura (sector primario) en condiciones precarias con cifras altas de extrema
pobreza. Instituciones como INSS o MITRAB se han estado dedicando a un subsector minoritario
como son construcción, maquila y minería (conocido como sector secundario). De acuerdo al INSS
aún en este sector la cobertura es por debajo del 40% (tabla 15) y la cobertura del MITRAB es menor al
1% (tabla 26) si consideramos que esta institución tiene la función de dar cobertura a todas las
empresas constituidas en el país esta cifra es extremadamente baja.
Las herramientas legales aunque apropiadas se utilizan poco, no pudiendo atender la demanda por falta
de recursos o por movilidad laboral de los inspectores como consecuencia de los bajos salarios que
también afecta a la población en general.
Está demostrado que la falta de prevención produce costos directos pero también costos indirectos
como pérdidas en los costos de producción, salarios, gastos en salud, en el manejo de los pacientes
que se agrava por la baja calificación del personal de salud, lo que repercute también en el ingreso y el
bienestar y la salud de la familia. Con el empleo precario subyacen las formas de explotación más
inhumanas concomitando por lo general con poco conocimiento en materia de salud y seguridad
laboral por parte de los trabajadores. Es de esperarse que debido a la inestabilidad de sus empleos, los
trabajadores se vuelven reacios a reclamar sus derechos por temor a perder el empleo o a que les
nieguen un trabajo en el futuro a como se ha documentado en las maquilas. La exposición a riesgos de
un trabajador no solo lo afecta a él, afecta potencialmente a la familia especialmente a los niños por ser
más vulnerables.
Las instituciones a cargo de la SST convocadas a través de la Comisión Nacional de Higiene y
Seguridad tienen la misión de consolidar y desarrollar la salud y seguridad de los trabajadores. Si se
superan los obstáculos y dificultades de coordinación, se pueden aunar esfuerzos para la construcción
de políticas y un plan anual común que permita el desarrollo de actividades y el crecimiento sin
duplicar esfuerzos. Las normas de salud y seguridad en el trabajo deben cumplir con principios de
universalidad, equidad, integralidad, continuidad, calidad y complementariedad de las normas
internacionales del trabajo y estar en acuerdo con los principios de otros planes nacionales
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particularmente del Plan Nacional de Desarrollo. En este plan se desarrollan las políticas económicas
que regirán el país hasta el año 2015 e incluyen básicamente dos aspectos: el desarrollo e inversión en
el sector industrial fundamentalmente en el área de maquilas y leal crecimiento de la producción
agraria mediante el desarrollo de industrias locales para la elaboración de los productos, lo que ha sido
denominado conglomerados de desarrollo. Este enfoque por conglomerados en sectores no
tradicionales con poca historia de desarrollo de la salud y seguridad debe trascender con la introducción
de la seguridad y salud en el trabajo.
Un planteamiento de políticas de seguridad y salud laboral debe también ajustarse al mercado laboral
emergente para poder incidir efectivamente en la reducción de los factores de riesgos de la población
nicaragüense.
Se propone incorporar un modelo de atención con una visión holística desde una perspectiva de
atención primaria para llegar a la mayoría de la población nicaragüense.
Para asegurar el avance de la SST en Nicaragua es necesario mejorar la capacitación y la coordinación
entre las instituciones a cargo de la misma incluidas las organizaciones de trabajadores y de los
empleadores, aprovechando las oportunidades que proveen organismos financieros externos y
organismos internacionales con el fin de asegurar el bienestar de los trabajadores y sus familias y así
cumplir con la misión que se ha propuesto el Consejo de Higiene y Seguridad del Trabajo en su plan de
acción estratégico y también desarrollar acciones sobre la base de lo propuesto por la ley general de
salud en materia de salud y seguridad en el trabajo.
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INDICE
PARTE I ..................................................................................................................................................7
1. INTRODUCCIÓN.............................................................................................................................. 7 2. OBJETIVOS..................................................................................................................................... 9 3. METODOLOGÍA .............................................................................................................................. 9 4. ANÁLISIS DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS EN SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO ...................... 11 5. PROPUESTAS DE POLÍTICAS DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO......................................... 23
PARTE II ............................................................................................................................................... 29
1. PRESENTACIÓN....................................................................................................................... 29 2. MARCO LEGAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST).................................................. 30 3. MECANISMOS NACIONALES DE VERIFICACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL ................................. 42 4. COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN, INCLUYENDO CONTRATOS O ACUERDOS COLECTIVOS DE
TRABAJO.............................................................................................................................................. 43 5. ESTÁNDARES TÉCNICOS, DIRECTRICES Y SISTEMAS DE GESTIÓN................................................ 52 6. MEDIOS Y HERRAMIENTAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE SST ............................ 58 7. ESTADÍSTICAS SOBRE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DEL TRABAJO ......................................... 73 8. POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE LAS ORGANIZACIONES DE EMPLEADORES Y TRABAJADORES........ 76 9. ACTIVIDADES COTIDIANAS Y EN PROCESO DE EJECUCIÓN RELACIONADAS CON LA SST............. 80 10. DATOS GENERALES.................................................................................................................. 83 11. OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE ............................................................................................ 93 12. ANEXOS ................................................................................................................................ 94 13. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ............................................................................................. 111
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PARTE I
1. Introducción La preocupación fundamental de la sociedad nicaragüense en la actualidad es el desempleo y la
pobreza que afectan a miles de familias en todo el país. La adopción de una política nacional de empleo
(PNE) por parte del gobierno de Nicaragua es una necesidad en un país que requiere incentivar la
inversión privada nacional y extranjera. Es necesario mejorar la inversión pública, la competitividad de
la economía pero sobre todo es urgente combatir la pobreza e indigencia sobre bases más eficientes y
sostenibles.
El principal desafío de la política de empleo es estimular la productividad y los ingresos de los
segmentos atrasados del mercado laboral (y a su fuerza de trabajo), propiciando un mayor acceso a los
recursos productivos de tierra, capital, crédito, asistencia técnica, capacitación y demás políticas
públicas. De acuerdo al informe de la OIT de mayo 20031, aumentar el bajo nivel educativo de la
fuerza de trabajo y de la población en general, la creación de ocupación productiva y bien remunerada
para las mujeres, la doble dimensión del salario como factor de competitividad de la empresa y como
fuente principal de satisfacción de necesidades básicas del trabajador y su familia, la necesidad de crear
mecanismos de confianza internos y de fortalecer las instancias de diálogo y la propia estructura de las
organizaciones sociales representan los grandes desafíos a tomar en cuenta para una política nacional
de empleo que su vez se ajuste a las necesidades del país. Esta política debe tomar en cuenta el
concepto de trabajo decente.
Trabajo decente es un sinónimo de trabajo seguro, en el cual se protegen los derechos, lo que
significaría ingresos adecuados con una protección social apropiada. Significa también un trabajo
productivo y de calidad, en el sentido que todos deberían tener pleno acceso a las oportunidades de
obtención de ingresos lo mismo que derecho a condiciones de trabajo adecuadas. Es decir condiciones
de trabajo que permitan garantizar la salud y seguridad de los trabajadores. Desafortunadamente el
esfuerzo de garantizar la seguridad laboral y la aplicación de las normas correspondientes puede
aparecer para los empresarios como una pérdida de la competitividad sobre todo por las presiones del
libre mercado que por lo general se contraponen con las aplicaciones efectivas de las normas de salud y
seguridad laboral. Sin embargo la experiencia de la OIT ha demostrado el vínculo importante que
existe entre el mejoramiento de las condiciones de trabajo y la productividad.
El presente informe se enmarca en el proyecto para la formulación de una política nacional de empleo
(PNE), con la asistencia técnica de la OIT y con la participación de los interlocutores gubernamentales,
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empresariales y sindicales nicaragüenses y la coordinación institucional del Ministerio del Trabajo,
Este se basa en el Convenio de Cooperación suscrito el 3 de octubre de 2002. Tiene la meta de
presentar los principales desafíos que en materia de salud y seguridad en el trabajo enfrentará
Nicaragua de cara a los cambios socioeconómicos que se propone para reducir la pobreza y aumentar el
empleo con condiciones de seguridad.
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2. Objetivos
2. 1 OBJETIVO GENERAL
Evaluar la situación y principales desafíos en materia de calidad de las condiciones de salud y
seguridad en el trabajo (SST) definiendo lineamientos de políticas para enfrentar tales desafíos.
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Analizar las políticas y programas sobre salud y seguridad en el trabajo, en los
principales sectores y su relación con la productividad, identificando los principales
desafíos en la materia, así como la calidad de las condiciones de salud y seguridad en el
trabajo.
2. Presentar para discusión propuestas de políticas de salud y seguridad en el trabajo
3. Metodología
Para obtener la información contenida en este informe se efectuaron los siguientes procedimientos:
Se acopió toda la documentación proveniente de las instituciones involucradas en salud y seguridad en
el trabajo en Nicaragua relacionada con la legislación, los sistemas de inspección laboral, las políticas
y programas en materia de salud y seguridad en el trabajo.
Se recogió y analizó la información estadística proveniente del registro de accidentes y enfermedades
profesionales tanto del Ministerio del Trabajo como del Instituto de Seguridad Social. Se consultaron
además reportes con datos estadísticos provenientes del Ministerio de Salud con respecto a accidentes
laborales que acudieron a los servicios de emergencia durante el año 2002 en dos hospitales
nicaragüenses (Hospital Lenin Fonseca-Managua- Hospital Santiago-Jinotepe ). Esta información se
recolectó con el fin de evaluar la incidencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el
ámbito nacional y en los diferentes sectores económicos del país. A esto se agregó la consulta de los
informes del CENSO2, de ENDESA (Encuesta Nicaragüense de Demografía y Salud)3 y EMNV
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(Encuesta de Medición del Nivel de Vida)4 de 1998 y 2001 lo mismo que el análisis de las bases de
datos de EMNV de 1998.
Se efectuó un análisis de los aspectos organizativos para la gestión de las medidas de previsión y
control de riesgos en el trabajo y del mejoramiento de las condiciones de trabajo (sistemas de gestión
de la salud y seguridad en el trabajo, comisiones mixtas, etc.) un análisis de la aplicación de la
legislación en materia de SST a través de la inspección y de los convenios colectivos de trabajo y del
funcionamiento de los servicios de salud en el trabajo en el ámbito nacional y por sector económico.
Se realizó un sondeo y consultas a interlocutores gubernamentales, empresariales y sindicales respecto
a las necesidades y prioridades en la materia, por medio de 15 entrevistas individuales (MITRAB
(Ministerio del Trabajo), CERSSO (Centro Regional en Salud y Seguridad Ocupacional), COSEP
(Consejo Superior de la Empresa Privada), MINSA (Ministerio de Salud), INATEC (Instituto Nacional
Tecnológico), INISER (Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros), Zona Franca, SiD
(Solidaridad Internacional de Dinamarca), ATC (Asociación de Trabajadores del Campo), CST-JBE
(Central Sindical de Trabajadores José Benito Escobar), Movimiento Maria Elena Cuadra, Facultad de
Ingeniería Mecánica Industrial de la Universidad de Ingeniería, Facultad de Medicina de las
Universidades Nacionales Autónoma de Nicaragua en Managua y León, así como, dos entrevistas
grupales a trabajadores de la dirección de riesgos profesionales del INSS (Instituto Nicaragüense de
Seguridad Social).
Después de producir un informe preliminar, se realizó una reunión de presentación de resultados y
consulta con 12 participantes representantes de CERSSO, Ministerio de Salud, Instituto Nicaragüense
de Seguridad Social, las Facultades de Medicina de las Universidades Nacionales Autónomas de León
y Managua, Solidaridad internacional de Dinamarca, Asociación de Trabajadores del Campo, Central
Sindical de los Trabajadores y de Empleadores. A pesar que los empleadores fueron convocados a
través del COSEP y de las cámaras no se logro la participación de empleadores de diferentes sectores
laborales. Se analizaron 4 informes de perfil nacional cuyas fuentes son OPS5, CERSSO6, el Programa
Centroamericano de Salud y Trabajo7 y la UNAN-León8 cuyos resultados fueron tomados en cuenta
para la redacción del presente informe.
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4. Análisis de Políticas y Programas en Salud y Seguridad en el Trabajo
4.1 ESCENARIOS PARA EL DESARROLLO DE LAS POLÍTICAS Y PRO GRAMAS SOBRE SALUD Y
SEGURIDAD EN EL TRABAJO .
Nicaragua, con más de cinco millones de habitantes, enfrenta el siglo XXI con un estado de insolvencia
económica por una deuda externa de más de seis mil millones de dólares que representa tres veces el
producto interno bruto actual, con una tasa de desempleo abierto superior al 12% y un 63.5% de
ocupados con ingresos mensuales inferior a media canasta básica9 . El 45.8% de la población
nicaragüense se encuentra por debajo de los límites de pobreza y de ellos un 15.1% está en extrema
pobreza, llegando al 90% en algunas áreas rurales10. El analfabetismo está por encima del 25% según
la EMNV del 2001, el acceso a electricidad (alumbrado público) es de 72% a escala nacional, aunque
alcanza solamente un 40% en el área rural; a servicios sanitarios de cualquier forma tiene acceso el
86% de los nicaragüense y a agua potable dentro de la vivienda solamente el 31.1% (ENDESA 2001).
Nicaragua es por tanto incluida en la “Iniciativa de Países Pobres Altamente Endeudados” con la
condición por parte del Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Interamericano
de Desarrollo de poner en marcha la Estrategia Reforzada de Reducción de la Pobreza. Esta estrategia,
plantea al país a alcanzar para el año 2015 una serie de estándares entre los que se encuentran un mejor
acceso al agua, mejor educación, mejores alternativas de empleo, y empleos dignos. Pero par alcanzar
las metas, el país tendría que estar sometido a exigencias de austeridad en el gasto público impuestas
por el FMI y el BM y se tendría que trabajar más duro, aceptar los ajustes estructurales, y vivir más del
propio esfuerzo que de la ayuda extranjera.
No solo los aportes económicos y el aumento de los ingresos pueden resolver el estado de desempleo y
deterioro de la salud y seguridad de los trabajadores nicaragüenses, sino que la institucionalidad y
gobernabilidad del país tienen una participación importante en ello como un estímulo a la inversión. La
institucionalidad es una asignatura pendiente en el país. Hay muy pocos esfuerzos efectivos para
establecer el estado de derecho. Los vaivenes políticos ponen en riesgo constante la institucionalidad,
las contradicciones políticas abiertas entre los partidos mayoritarios entre sí y con el Ejecutivo han
desviado la atención de lo urgente para el país, como es salir del estado de pobreza.
4.2 SECTORES ECONÓMICOS ACTUALES Y CONGLOMERADOS DEL FUT URO
De acuerdo a los datos de INEC la población económicamente activa ocupada de Nicaragua representó
para 2001 el 33% de la población total nicaragüense (1,701.700/5,205.022 habitantes). Esta población
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se encuentra distribuida en un 43.4% en el sector primario principalmente en el rubro agropecuario, un
14.3% en el sector secundario principalmente en manufactura, minería y construcción y el 42.3% en el
sector terciario compuesto por los sectores servicios, gobierno, transporte comunicación, comercio y
financiero.
El acceso al trabajo no es equitativo entre hombres y mujeres, ya que en la población económicamente
activa ocupada el 66.3% son hombres. Según el informe de la UNAN-León basado en los datos de
EMNV de 1998, la PEA ocupada significaba en ese momento el 48% de la población mayor o igual a
10 años con un predominio similar de la población masculina. Esta diferencia de acceso al trabajo entre
hombres y mujeres fue mas marcada en algunos departamentos del país especialmente en la región
central norte (Matagalpa, Jinotega y Estelí) donde menos del 30% de las mujeres tienen trabajo. El
porcentaje de ocupación de las mujeres fue mucho más bajo en las zonas del atlántico norte y sur y en
el Departamento de Jinotega donde osciló entre un 23-24%. En ese mismo informe se presenta una
tabla de distribución de la ocupación por departamentos donde se muestra que en el norte (Nueva
Segovia, Jinotega, Madriz) el centro como Boaco y el sur (Rivas, Río San Juan y la región sur del
atlántico) mas del 70% de la PEA masculina ocupada esta dedicándose a la agricultura y más del 70%
de la PEA ocupada femenina se encuentra en el sector terciario dedicadas fundamentalmente al
comercio menor y a los servicios. Al revisar las ocupaciones especificas más frecuentes por región del
país se observa que la actividad predominante en el Pacífico está en el sector terciario la cual fue el
comercio menor (30%) de entre un total de 23 actividades mencionadas. En el Centro Norte y el
Atlántico la actividad predominante fue la agricultura con mas del 50% de la población involucrada en
esta actividad. El sector agrícola en nuestro país duplica la PEA ocupada perteneciente al sector
secundario. Los trabajadores sin pago del sector primario (28.8%), representan el doble que todos los
trabajadores del sector de construcción. Tres de cada 10 trabajadores lo hacen por cuenta propia en el
ámbito nacional. En el sector urbano son casi 4 de cada 10 los que trabajan por cuenta propia11
De acuerdo al mapa de pobreza de Nicaragua12, es en el atlántico y en la región centro norte donde se
encuentra mas del 80% de la población en extrema pobreza, siendo la región donde está el más alto
porcentaje de trabajadores sin pago y trabajadores por cuenta propia.
Si casi la mitad de la población está en el sector agrícola y en su mayoría están en extrema pobreza,
parece coherente que el plan nacional de desarrollo apunte al desarrollo de estos sectores bajo un
modelo de conglomerados desde una perspectiva municipal, con un enfoque en el fortalecimiento de
áreas relacionadas con el trabajo en el campo (producción forestal y de productos de la madera, pesca y
acuicultura, carne y productos lácteos y agroindustria y procesamiento de alimentos).
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
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La gestión en salud y seguridad en el trabajo deberá prepararse para asegurar condiciones dignas en las
nuevas formas de creación de empleo tomando en cuenta los sectores con mayor población de
trabajadores, aumentando la cobertura y desarrollando mecanismos coordinados entre las instituciones
para lograr un desarrollo armónico en el aspecto económico y en el nivel de vida de los trabajadores y
sus familias.
4.3 LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN EN SST (INSPECCIÓN Y CONVENIOS COLECTIVOS )
Las políticas sobre Salud y Seguridad en el Trabajo (SST) en Nicaragua están basadas en las leyes,
decretos, reglamentos y normativas ministeriales, formuladas acorde a las resoluciones y
recomendaciones hechas por OIT y ratificadas por Nicaragua, donde se refleja la preocupación en
proteger la salud y la seguridad de nuestros trabajadores.
En el Capítulo V Derechos Laborales, el artículo 82 de la Constitución Política de la República
establece que los trabajadores tienen derecho a ciertas condiciones de trabajo que les garanticen la
integridad física, la salud, la higiene y la disminución de los riesgos profesionales para hacer efectiva la
salud y seguridad ocupacional del trabajador.
Según lo expresado en el grupo de leyes antes mencionado, el Ministerio del Trabajo tiene como
mandato normar y sancionar si así se requiere para hacer cumplir las condiciones de salud y seguridad
de los trabajadores, específicamente para prevenir accidentes y enfermedades en el trabajo. El
Ministerio de Salud tiene la obligación de velar por la salud de los trabajadores y el INSS actuará tanto
en los aspectos preventivos como en la atención de los trabajadores, por lo que se espera que actúe en
coordinación con el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud.
La elaboración y aprobación de nuevas normativas con participación tripartita se desarrolla a través del
Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo, órgano de participación institucional y
asesoramiento del Gobierno creado con base al decreto 1-90 del 25 de abril de 1993.
El Ministerio del Trabajo, a través de la estructura organizativa de la Dirección General de Higiene y
Seguridad del Trabajo a la que le corresponde, la dirección, organización coordinación y fiscalización a
escala nacional del cumplimiento de la Legislación en materia de Seguridad e Higiene a través de su
cuerpo de inspectores que son funcionarios con facultades para acceder en todo momento a las
empresas y requerir cualquier información relacionada a la Higiene y Seguridad del Trabajo. A lo
interno de las empresas las Comisiones Mixtas son el órgano paritario de participación en las
actividades de Protección y Prevención de los Riesgos y del cumplimiento de las normativas de
Higiene y Seguridad del Trabajo. Desde el punto de vista legal, se encuentran algunas disposiciones
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que generan una duplicidad de funciones para instancias distintas. Por ejemplo; en el caso del INSS y
del MITRAB, este último por medio de sus inspectores está encargado de prevenir los accidentes y
enfermedades profesionales de los trabajadores en los centros de trabajo, además de brindar asesoría en
la formación de las comisiones mixtas, función que desarrollan por ministerio de la ley, pero esta
función actualmente la está desarrollando también el INSS a través de su Programa Nacional de
Prevención de Riesgos Profesionales, que se desarrolla en un determinado número de empresas que
tenían un mayor registro de los accidentes laborales. Esto probablemente debido a la carencia de un
Reglamento para sus inspectores. La Ley de Seguridad Social previendo este vacío establece que
mientras no se cree dicho reglamento los inspectores del INSS tendrán las mismas atribuciones y
funciones que los inspectores del MITRAB, dejando así abierta la posibilidad de que se dé la
duplicidad de esfuerzos, que de acuerdo con el INSS se debe a la falta de recursos humanos y
materiales por parte del MITRAB quien no cumple muchas de estas atribuciones debidamente.
El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social se convierte de alguna manera en un ente con una doble
función ya que no sólo se encarga de la recaudación de cotizaciones, atención médica y pago de
indemnización o pensiones, sino que además tiene una labor de prevención de accidentes laborales y
enfermedades profesionales, lo cual aunque previsto en su ley escapa a la esfera de sus objetivos.
Instituciones como el INSS aunque están utilizando el reglamento de inspectores del MITRAB, no
quieren usar el poder coercitivo que se les concede para hacer cumplir las normativas que no se
observan, ya que consideran que hay que agradecerles a las empresas que cumplen por el hecho mismo
de hacerlo, cuando realmente se trata de una obligación legal.
En cuanto al Ministerio de Salud (MINSA), por mandato de ley deberá aplicar y emitir normativas que
estén orientadas a garantizar la salud ocupacional de los trabajadores, lo mismo que exigir a los
empleadores el cumplimiento de las mismas, vigilar en coordinación con las autoridades competentes
que las medidas sanitarias en salud ocupacional de los trabajadores se cumplan, así como la actuación
de los servicios médicos de las empresas y desarrollar estudios e investigaciones en esa área que tiene
un desarrollo incipiente.
Las acciones del Ministerio de salud en lo que se refiere a salud ocupacional se circunscriben en la
actualidad a un ámbito limitado a través de coordinaciones con los otros ministerios, específicamente
con el Ministerio del Trabajo en caso de tener que atender una situación de emergencia. No tiene un
programa de salud ocupacional que sea desarrollado dentro de sus estructuras ni un sistema de registro
ni de vigilancia de las enfermedades y accidentes de origen laboral.
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Los sindicatos se sienten muy comprometidos con la implementación de normas sobre salud y
seguridad del trabajo, a tal punto que para ellos es un punto de inclusión en los Convenios Colectivos.
En algunas empresas son ellos los que llevan la iniciativa al momento de abordar el tema en las
reuniones de las comisiones mixtas, bajo el entendido que a final de cuentas que son ellos quienes están
más cerca de la realidad de los trabajadores y conocen las necesidades propias del sector.
Para conocer sobre los aspectos de salud y seguridad laboral que contienen los convenios colectivos se
hizo una revisión de algunos convenios con el permiso de los sindicatos y el Ministerio del Trabajo: El
contenido de los Convenios Colectivos que se revisaron difiere altamente entre sí, pasando de exigir el
irrestricto cumplimiento de las leyes en materia laboral a no mencionarlas de forma alguna; de hablar
de la elaboración y aplicación del reglamento técnico organizativo (herramienta de implementación
práctica de la legislación en SST) como una responsabilidad de la comisión mixta y los trabajadores a
no referirse de ninguna manera a estas herramientas de gestión. En otros casos no se abarca de manera
alguna el tema de la salud y seguridad de los trabajadores en le convenio colectivo de esa empresa.
A pesar de contar con un extenso repertorio de leyes, decretos, reglamentos y normas, la suficiencia de
la legislación vigente no es visible debido a la baja cobertura que alcanza el MITRAB en el ámbito
nacional, teniendo poco impacto en la supervisión del cumplimiento de las mismas.
Es de notar que para sectores como el agrícola y maquilas solo se cuenta con leyes generales las cuales
son aunque útiles y aplicables. Sin embargo deberá pensarse en el conjunto de leyes específicas de
estos dos sectores dado el crecimiento y la importancia que está cobrando en las nuevas propuestas de
desarrollo económico productivo del país
4.4 INFRAESTRUCTURA ORGANIZATIVA PARA EL DESARROLLO DE L A SALUD Y SEGURIDAD
LABORAL EN NICARAGUA .
Sistemas de gestión de la salud y seguridad en el Trabajo
En la actualidad la cobertura de las instituciones dedicadas a la protección de los trabajadores es muy
limitada.
El Ministerio del Trabajo atiende escasamente al 0.3% de los establecimientos urbanos del país y a un
aproximado 5% de la PEA ocupada (Tabla 26 y trabajadores expuestos en 1998 de tabla 12) y centra
sus esfuerzos en el sector secundario que es apenas el 14% de la PEA ocupada de Nicaragua (Tabla
15). La selección de las empresas a supervisar es realizada con base a criterios estadísticos de
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
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siniestralidad laboral, denuncias y a las últimas fechas máximas de cumplimiento indicadas en las actas
de inspección y aperturas de nuevas empresas. El desarrollo del trabajo de la inspección que realiza la
Dirección General de Higiene y Seguridad según el último presupuesto asignado llegaba a un per
cápita de C$ 4.00 por trabajador cubierto. Los bajos salarios hacen que exista una alta rotación de
personal técnico y un personal reducido lo cual conlleva a una disminución de la cobertura de
atención, esta situación limita el trabajo de la Inspección en los Departamentos y Regiones Autónomas
del Atlántico. La Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo desde el año 2002 ha venido
impulsando la descentralización de los instrumentos de medición ambiental, asignándole un kit de
equipos de lectura directa a las inspectorías departamentales de León, Chinandega, Masaya, Granada,
Estelí y Managua.
El Ministerio del Trabajo, en sus expresiones departamentales – incluyendo Managua - y en las dos
regiones autónomas del atlántico, cuenta en total con un personal de 79 inspectores del trabajo y 19
inspectores de Higiene y Seguridad, quienes tienen encomendadas funciones que sobrepasan, en los
departamentos, las propias tareas de inspección ya que asumen también las de coordinación del
MITRAB en sus respectivos territorios. En los Departamentos donde no hay expresión de inspectores
de Higiene y Seguridad, el inspector laboral es a quien corresponde dar respuesta a lo referido a la
Higiene y Seguridad. En general las funciones asignadas a los servicios de Inspección laboral
responden teóricamente a las principales demandas de los usuarios. Con el escaso personal del
MITRAB y el poco presupuesto, la institución limita su cobertura no teniendo alternativas de
crecimiento.
El INSS por su lado atiende el 16% de la PEA ocupada cubriendo solo el 2.5% del sector primario o
agrícola, el 42.2% del sector secundario y el 10.7% del sector terciario. El INSS tiene entre sus
funciones la prevención de riesgos y atención médica. Con una cobertura menor (solo cotizantes), un
presupuesto mas de cien veces mayor que el presupuesto del MITRAB y 10 inspectores, desarrolla
actividades paralelas de inspección a las de los inspectores del MITRAB en los centros de trabajo que
están bajo su cobertura, bajo el criterio de mayor accidentalidad.
La Ley Orgánica de la Seguridad Social establece que el Instituto debe elaborar un reglamento de
inspectores y al no hacerlo se rige por el reglamento de inspectores del trabajo. Cumplen con las
normativas nacionales aunque en cuanto a las sanciones el INSS tiene sus propias reglas. Como
instancia asesora del Ministerio del Trabajo sesiona por convocatoria del primero, al menos una vez al
mes, Propone y discute iniciativas relacionadas con la legislación y además otorga anualmente el
galardón a la calidad.
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Al nivel de las empresas, la gestión de seguridad está a cargo de las comisiones mixtas. Estas
comisiones nacen por resolución ministerial en 1993, como órgano encargado de mejorar las
condiciones de higiene y seguridad en cada centro de trabajo. La integran tanto trabajadores y
empleadores, y el número de sus miembros dependen de la cantidad de trabajadores en la empresa.
“Velan porque se mejoren las condiciones de higiene y seguridad en cada empresa, crean sus
reglamentos de trabajo donde su representante recopila información de los riesgos que corren los
trabajadores y así lo comunican al seno de la comisión para que la gerencia de la empresa tome las
medidas correspondientes”(Entrevista al Lic. Francisco Bolaños del MITRAB). Hasta la fecha se han
creado 424 comisiones mixtas (la mayoría en la zona del pacifico nicaragüense) que involucran a casi
cuatro mil trabajadores.
Aún queda mucho camino por recorrer en el tema de la gestión en SST. A pesar del marco legal
existente, los diversos actores sociales políticos y económicos necesitan armonizar sus esfuerzos lo que
no resulta ser una tarea fácil. Las leyes permiten una serie de dobles funciones entre las que contamos
con la doble inspectoría, lo que genera roces entre las instituciones. El INSS Y EL MITRAB realizan
su trabajo sin coordinación, tan es así que durante el programa de visitas de inspección y reinspección
ambos organismos visitan las mismas empresas pero en diferentes tiempos y emiten sus
recomendaciones por separado lo que genera un malestar en los empresarios.
Ambos realizan acciones de prevención pero de manera separada: realizan inspecciones, brindan
asesoría a los trabajadores y empresarios, así como, a las Comisiones Mixtas de las empresas que
visitan de forma separada. Sin embargo, ninguno hace uso completo de la fuerza que la ley les
confiere. En el caso de las multas, por poner un ejemplo, el INSS plantea como estrategia el
acercamiento con los empleadores en vez de las sanciones y de esa forma recuperar cartera mediante
nuevas adscripciones.
Por su parte representantes del MINSA aducen poca cooperación de parte de sus estructuras superiores
lo que imposibilita dar cumplimiento a lo exigido por la Ley.
Como un punto favorableestá la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad la cual existe desde hace
mas de 10 años. Esta comisión sin embargo, está limitada en sus funciones por su dependencia del
MITRAB, que define los temas a tocar en agenda y en última instancia decide si va o no a tomar en
cuenta las propuestas que se le dan en el seno de la reunión del Consejo. En este Consejo, aunque están
convocados a particpar mensualmente hay poca o ninguna participación de los empleadores.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
18
De acuerdo a lo referido durante el encuentro que se realizó con los principales actores del país en
SST, estos planteaban la necesidad de cambiar varios elementos para poder avanzar. Estos elementos
son:
• Que los tomadores de decisión tengan conciencia sobre la importancia de la higiene y seguridad
en el trabajo.
• La importancia de mejorar la coordinación del Trabajo interinstitucional
• Reformular el papel de la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad de un ente asesor a uno
ejecutivo, organizando sus funciones por rama o sector productivo.
• Es necesario un aumento del Presupuesto para Higiene y Seguridad.
4.5 ESTADÍSTICAS VITALES COMO REFLEJO DE LAS CONDICIONES DE SALUD Y SEGURIDAD
LABORAL EN NICARAGUA .
Las estadísticas de accidentes han sido el punto de énfasis en el registro en instituciones como INSS y
MITRAB. Extensas capacitaciones tanto al personal de SST como a empleadores se han desarrollado
en los últimos años con el fin de obtener la tasa de accidentalidad que producen los riesgos laborales de
nuestro país, sin embargo, son pocos los registros tanto de accidentes del trabajo como de
enfermedades profesionales que se encuentran oficialmente reportados en las estructuras
comprometidas con la salud y seguridad en el trabajo.
De acuerdo a las estadísticas del INSS y del MITRAB, el número de accidentes mortales ha fluctuado
durante el cuatrienio 1998-2001 entre 27 y 40 muertes según el INSS y entre 27 a 51 según el
MITRAB, no coincidiendo los registros de las dos instituciones en ningún año. Esta falta de
coincidencia se da también en los registros de morbilidad (Tablas 12, 13). En el 2001 el INSS registró
casi el doble de casos que el MITRAB donde el total de accidentes registrados por el INSS fue de
14,864 y el MITRAB registró apenas 8,127. Cuando se analiza por sector económico es solo en el
sector primario donde el registro del MITRAB duplica al INSS lo que se explica por la bajísima
cobertura del INSS. El no registro de accidentes por parte del INSS está relacionado con no cobertura
o retraso en las cotizaciones de los asegurados que obliga al accidentado a recurrir al sistema de salud
para atender su accidente. “Actualmente los casos que se nos reportan es porque el trabajador no
estaba asegurado o bien no están al día sus cotizaciones” 13.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
19
El sub-registro, es frecuente. Los accidentes y enfermedades del trabajo se desconocen o se pierden en
alguna de las rutas del sistema encargado de registrarlos. Es difícil calcular la dimensión del subregistro
cuando no se tiene al menos datos comparables en las diferentes fuentes de información. Para el cálculo
se podría recurrir a métodos como estudios comunitarios, sitios centinela14, estudios de captura y
recaptura15, muestreos por lotes16, etc.
Existen al menos 6 razones por las que se estaría produciendo el subregistro de accidentes laborales en
la población económicamente activa ocupada de Nicaragua y estos pueden ser:
• los accidentados no buscan atención médica porque consideran la lesión muy leve
• ocurre el accidente y acuden al sistema de salud a través del servicio de emergencia de las
unidades de salud del MINSA quedando registrados como accidente común
• el accidentado busca atención médica privada
• Van al médico, pero como no están al día con la cotización del INSS no son reportados
• Los datos se pierden en el sistema administrativo con el que cuenta la institución, por ejemplo
la hoja de registro no es llevada por el paciente.
• La empresa no califica el accidente como tal lo minimiza, y lo categoriza como un “incidente”
por lo que no lo considera sujeto de reporte1.
Se puede observar la gran variedad de momentos en los cuales puede ocurrir la pérdida de la
información. Posiblemente, existan otras circunstancias en las que puede ocurrir la pérdida de la
información, pero consideramos que estas son las que con más frecuencia se pueden estar presentando.
Indicativas de este subregistro y de los sectores económicos en los que podrían ser más evidentes, son
las bajas cifras de accidentes en el sector agrícola. A pesar del fuerte porcentaje que representa este
sector en la PEA y del poco uso de medios de prevención y protección, no aparecen reportados como
accidentes, por ejemplo, las heridas por el uso de machetes y las intoxicaciones. El sector terciario es
otro que a pesar de tener el número mas alto de asegurados, tiene reportados la mitad del número de
accidentes que el sector secundario, que representa menos de la tercera parte de los asegurados del
sector terciario (Tablas 13 y 15). Los accidentes de trabajo registrados en la emergencia de los dos
1 Incidente se ha definido como todo suceso que no llegue a ser un accidente y que afecte o pueda afectar la seguridad de las operaciones. Intervienen circunstancias que indican que casi ocurrió un accidente. La diferencia entre accidente e incidente estriba solamente en el resultado.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
20
hospitales antes citados de Managua y Jinotepe refleja un predominio de atendidos del sector terciario
(Perfil UNAN-León, tabla 17).
Calculamos la proyección de casos esperados de la población económicamente activa ocupada a partir
de las cifras de accidentes del INSS y de la PEA ocupada del INEC para el año 2001. A partir de estos
datos, se deduce que la verdadera casuística de accidentes en la población económicamente activa
ocupada podría ser casi ocho veces mayor que lo que actualmente se está reportando (ver tabla 14).
Esta cifra pudiera ser mas alta si tomamos en cuenta que en el INSS no todos los accidentes de trabajo
llegan a registrarse (Entrevistas a informantes clave del INSS y de la población de asegurados)
En cuanto a las enfermedades laborales, el MITRAB está prácticamente en cero con el registro de
enfermedades. Entre las enfermedades que reportan están la Hipoacusia Mixta, Laringo-Faringitis
Irritativa (relacionada con el trabajo de los maestros de primaria y su exposición a la tiza de yeso).
y Trauma Acústico Bilateral Ocupacional. Por su parte el INSS registra como patologías más
frecuentes la Disfonía funcional, la Hipoacusia y las Dermatitis. De acuerdo a esas cifras la tasa de
disfonía entre los cotizantes del INSS es de 5,4 por 10,000 trabajadores, la tasa de hipoacusia es de 2,1
por 10,000 y la de Dermatitis de 0,6 por 10,000 trabajadores. Cifras muy bajas si consideramos la
escasa cobertura del MITRAB e INSS en actividades de prevención y promoción de salud, el poco uso
de medios de protección y las pobres medidas de seguridad que se aplican de manera general. Estas
mismas cifras calculadas usando como denominador la PEA ocupada son cinco veces menores que la
tasas que se reportan entre los cotizantes del INSS.
Tabla 1. Registros de Enfermedades Profesionales reportados por el INSS 2001-2002
ENFERMEDAD 2001 2002 TOTAL
Disfonía funcional 171 132 303
Hipoacusia 65 79 144
Dermatitis 19 26 45
Bronquitis Ocupacional 18 13 31
Anacusia 9 11 20
Síndrome del Túnel del Carpo 3 8 11
Artritis 20 8 28
Dorsalgias (Lumbago, etc.) 14 7 21
Artropatías y Trastornos 5 4 9
Alergias (Urticarias, etc.) 7 3 10
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
21
Tenosinovitis 3 3 6
Tendinitis 2 3 5
Asma Ocupacional 6. 3 9
Bisinosis 4 2 6
Osteopatías, Condropatías, Deformidades 13 2 15
Otras Enfermedades 40 18 58
Total 399 322 721
Fuente: Estadísticas del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS)
Reportes de estudios independientes mostraron que las enfermedades más frecuentes entre las
trabajadoras de las maquiladoras son: enfermedades respiratorias, endocrinas, oftalmológicas, del
sistema nervioso, músculo-esquelético y la piel17 . Otro estudio reportó que el 54.9% de las
trabajadoras de las maquilas dijeron haber sufrido algún tipo de accidentes y enfermedades causados
por el trabajo18.
Tanto los accidentes como las enfermedades laborales representan un alto costo económico para el
estado y para el mismo trabajador. En el año 2001 el INSS gastó casi 11 millones de córdobas en
subsidios de riesgos profesionales, y más de 15 millones de córdobas en la atención de los asegurados.
A esto se suma lo que pierde el trabajador al dejar de producir por ausencia y lo que pierde la familia al
incrementar los gastos de la casa por razones del subsidio y reducir el ingreso por razones del tipo de
trabajo.
Por otro lado la empresa reduce su rendimiento en el área de trabajo donde labora el trabajador
accidentado o enfermo reflejándose en una baja en la productividad de la empresa en ese período.
Otra institución que se ve afectada es el Ministerio de Salud cuando gasta en la atención de los
pacientes en la emergencia porque estos no están cubiertos por el seguro, o por no estar al día en sus
cotizaciones o que por razones de cercanía o gravedad de la lesión fue llevado al Hospital y no a la
Unidad de Salud Acreditada que le corresponde.
Existen también los costos indirectos que constituyen las afectaciones en la esfera mental como las
situaciones de tensión y estrés producto de la situación inestable que representa la enfermedad. Esto
reduce la capacidad productiva del trabajador y afecta también indirectamente la capacidad productiva
de la familia.
Todos estos costos impactan en la productividad tanto al nivel de empresa como al nivel de país. La
reducción de riesgos implica por tanto una disminución del gasto y una mejora en la productividad. La
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
22
seguridad y la salud en el trabajo se vinculan de esta manera con la productividad, el ingreso de la
familia, y el modelo de atención de los trabajadores siendo un eslabón importante en el desarrollo
socioeconómico.
4.6 SERVICIOS DE SALUD OCUPACIONAL , FUNCIONAMIENTO AL NIVEL NACIONAL Y POR SECTOR .
Desde el punto de vista cualitativo las dificultades enfrentadas en torno la salud en el trabajo van desde
el rol que juegan las instituciones como el INSS y el MINSA en la atención de los trabajadores hasta la
infraestructura real en términos de recursos capacitados y clínicas especializadas para la atención de
enfermedades ocupacionales.
El INSS aunque cuenta con 29 Unidades de salud acreditadas distribuidas fundamentalmente en el
pacífico del país solo cuenta con dos médicos laborales autorizados para diagnosticar enfermedades de
origen laboral. Existen además clínicas consultoras en salud ocupacional con muy poca cobertura. Los
médicos que atienden a los trabajadores tanto en el INSS como en las grandes empresas son médicos
generales y especialistas sin ningún entrenamiento en Medicina del Trabajo situación que se repite en
el sistema de salud público (ver tabla 10).
En entrevistas realizadas con médicos de las empresas previsionales19 del Ministerio de Salud se
encontraron dificultades en la identificación de las enfermedades de origen ocupacional: “ Lo que me
llegan hasta el momento según yo, no tiene nada que ver con ningún problema laboral”. Se encontró
también un sentimiento de impotencia por desconocimiento del procedimiento para la atención de los
pacientes con accidentes y/o enfermedades laborales “aquí nadie se ha dignado a venir a decirnos,
vamos a dar una charla sobre salud ocupacional”. Por otro lado hay una falta de prioridad en las
autoridades para dar atención a este tipo de enfermos.
Otro elemento encontrado, fue la carencia de un sistema de referencia y contrarreferencia de los
pacientes con problemas de accidentes y enfermedades laborales, reflejado en la falta de coordinación
con el INSS y la falta de claridad en el papel de las empresas médicas previsionales en relación con los
problemas de salud de los trabajadores. El subregistro es mencionado como una carga importante que
no permite identificar cuáles son las principales enfermedades ocupacionales que afectan a las
poblaciones trabajadoras.
Los médicos de las unidades de salud dejaron entrever que en Nicaragua se hace necesario aclarar
conceptualmente la enfermedad de origen ocupacional.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
23
5. Propuestas de Políticas de Salud y Seguridad en el Trabajo
Nicaragua tiene condiciones para desarrollar su Sistema Nacional de Gestión de la Seguridad y Salud
en el Trabajo. Estas condiciones están dadas por el marco legal que se verá reforzado con la propuesta
de Ley de Higiene y Seguridad Laboral. Los inspectores de higiene y seguridad tendrán hasta entonces
la herramienta legal para actuar, sancionar y multar a las empresas que incumplan con las normas y
regulaciones establecidas por la ley.
El plan estratégico contempla la inserción de sus actividades en las estrategias nacionales, tales como la
de reducción de la pobreza, este se ubica concretamente en acciones relacionadas con la mejora del
medio ambiente, la reducción de contaminantes en el ambiente para disminuir la vulnerabilidad
ecológica y el fortalecimiento de las comisiones mixtas en las empresas como el espacio de efectiva
participación laboral y ciudadana. Esta consideración debe pasar por el reconocimiento del mercado
laboral nicaragüense, un mercado cambiante dominado por el sector informal en la región del pacífico
y por una agricultura deprimida en el centro norte y el atlántico.
Aunque en Nicaragua se prevé un crecimiento económico con un aumento de empresas del sector
formal, más concretamente del sector maquila, también se ha planeado el desarrollo de conglomerados
en las zonas o municipios de extrema pobreza. Estos son parte de los compromisos de país expresados
en el plan nacional de desarrollo. Sobre la base de la composición laboral actual y la del futuro cercano,
la salud y seguridad laboral y las instituciones participantes enfrentarán grandes desafíos para la
atención de los trabajadores de los nuevos modelos productivos. Para alcanzar un verdadero desarrollo
será prioritario asegurar condiciones de trabajo dignas, seguras y saludables.
La construcción de las políticas
En el plan estratégico se ha planteado la Visión y la Misión del Consejo Nacional de Higiene y
Seguridad del Trabajo. En la misión se plantea la elaboración de políticas. Una reconsideración de la
misión podría ser a como sigue:
El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad tiene como misión la reducción de los peligros y los
riesgos en el trabajo y la promoción de la salud física y mental de los trabajadores, mediante el
fomento de ambientes de trabajo sanos y seguros lugares de trabajo.
En la visión debe contemplarse la participación activa de los trabajadores en la gestión y
organización de la salud y seguridad en el trabajo en las diferentes sectores.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
24
Los principios que deben regir y guiar las acciones el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del
Trabajo deben estar en correspondencia con los establecidos en el plan nacional de desarrollo y el plan
nacional de salud. Principios como universalidad, equidad, integralidad, continuidad, calidad y
complementariedad deben tenerse en cuenta para la elaboración de las políticas.
El plan de acción propone una serie de mandatos mediante cuatro objetivos que son:
1. Consolidar la organización de la seguridad y la salud ocupacional en Nicaragua por medio del
fortalecimiento del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo. Impulsar por parte
del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo la elaboración de políticas, normas y
reglamentos de acuerdo al perfil higiénico epidemiológico laboral y el mapa de riesgos de los
trabajadores por sectores de la economía
2. Propiciar la coordinación con los Consejos afines, las comisiones departamentales de SSO y las
comisiones mixtas de SSO en todas las empresas del país, por medio del monitoreo, la
supervisión y la evaluación correspondiente.
3. Promover la información, educación y comunicación en materia de seguridad y salud
ocupacional
Las políticas deberán contemplar la promoción de la salud y la protección de los trabajadores, el
cumplimiento de la ley, los acuerdos de las comisiones mixtas y convenios colectivos, y la
participación de los trabajadores en la gestión de su salud y su seguridad en la empresa.
Los programas se adecuarán al sector de influencia y la composición del mercado laboral en los
municipios.
Es preciso actuar con el modelo municipal. Este permitirá acciones multidisciplinarias, integrales,
globalizantes que harán de la salud y seguridad de los trabajadores un compromiso de las partes y no
sólo una obligación del estado.
El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo sería la instancia de acción y convergencia
nacional y tendría subcomisiones en los sectores productivos y complejos agroindustriales con carácter
municipal. Hay una voluntad expresa de los actores sociales de no duplicar esfuerzos y no crear otra
estructura. La propuesta de los interlocutores fue el fortalecimiento de las estructuras existentes. Se
planteó la importancia de contar con un plan único al que se le pueda dar seguimiento y vigilar sus
progresos.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
25
Los actores sociales consultados proponen que los programas de salud y seguridad en el trabajo deben
tomar en cuenta las experiencias en áreas pilotos de trabajo donde se prueben acciones de prevención y
vigilancia de riesgos, de acuerdo a las prioridades establecidas en el lugar. Para reducir los riesgos en el
trabajo se recomienda principalmente el trabajo intersectorial.
Plantearon además la urgencia de desarrollar formación en salud ocupacional en los diferentes sectores
de la economía: los trabajadores, los empleadores, el personal de salud.
Se mencionó que se debe mejorar o fortalecer el sistema de vigilancia aprovechando las
infraestructuras existentes. Para esto debe pensarse en dos modalidades para incrementar el registro
1) el registro de las enfermedades y accidentes entre los cotizantes del INSS y
2) Usar la infraestructura existente como las Unidades de atención primaria en salud del MINSA
de todos los municipios del país para el desarrollo de programas integrales en el marco de
atención primaria en salud (Atención Primaria Ocupacional: APO)
3) Aprovechar la experiencia y la infraestructura que dejó el programa PLAGSALUD donde las
intoxicaciones por plaguicidas están sujetas a notificación obligatoria para incorporar las
intoxicaciones por plaguicidas de origen ocupacional como de notificación obligatoria y
mejorar la vigilancia epidemiológica a través de las unidades de salud.
4) Fortalecer las comisiones mixtas en las empresas y realizar encuentros regionales o nacionales
por sector productivo para intercambiar, promover y difundir modelos exitosos de atención.
Para superar los vacíos que hay en materia de SST se plantean metas por institución
� En el caso del MINSA los principales desafíos son la Formación de recursos médicos,
paramédicos, técnicos y de postgrado, la implementación efectiva de un programa de
SST. La creación de normas pertinentes, la búsqueda activa de financiamiento y la
mejoría de la vigilancia epidemiológica.
� En el caso del MITRAB se plantea que se exprese la voluntad política del gobierno
mediante el incremento del presupuesto y la priorización de las acciones en SST. Que se
priorice la formación de técnicos en higiene y seguridad en el trabajo, se aumente el
número de inspectores, el número de visitas y de comisiones mixtas en las empresas.
� Con relación al INSS se plantea la ampliación de la cobertura hacia la agricultura mejor
coordinación con el MITRAB aprovechando los pocos recursos para evitar duplicidad
de esfuerzos.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
26
� A las organizaciones de los trabajadores, se les recomienda mejorar la conciencia de los
trabajadores mediante las capacitaciones y estimular la participación activa en las
comisiones mixtas de las empresas o conglomerados agroindustriales.
� A las universidades se les plantea incrementar la educación de postgrado en SST y servir
de facilitadores en las estructuras organizativas de redes que fomenten el desarrollo de la
SST.
� Se planteó la creación de un Instituto Nacional de Medicina Ocupacional.
� Para la educación en SST se plantea tomar en cuenta instituciones como el Ministerio de
Educación. Se propone que los niños pueden ir aprendiendo de SST desde la escuela, lo
cual favorecerá una conducta preventiva en el futuro. Campañas de divulgación entre la
población infantil serán de beneficio para las futuras generaciones.
� Un aspecto importante, que mencionaron los interlocutores, fue el valor efectivo que le
dieron al trabajo intersectorial.
A continuación presentamos una propuesta de modelo de atención de los trabajadores que contempla la
diversidad y conjunción de enfoques mediante un abordaje integral de los problemas de salud de los
trabajadores. (Esta propuesta es tomada del reporte de la UNAN-León sobre perfil ocupacional de la
población nicaragüense) y discutida en las reuniones de consulta.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
27
Figura 1. Nuevos paradigmas en el abordaje de la salud de los trabajadores en Nicaragua (modificado)
Multisectorial
Individuo, familia y comunitario
Que contemple la salud mental y la salud sexual reproductiva de los/as trabajadores/as
Familias Con trabajo digno
Desarrollo comunitario del trabajador en el marco de los conglomerados. Espacios de trabajo seguros y saludables
Desarrollo armónico de la salud de los trabajadores
Holístico con un enfoque de ciclo de vida/que contemple no solo la salud de los trabajadores en relación con la exposición a factores de riesgo sino que su salud reproductiva y la de su familias
Un modelo que incluya el relanzamiento de las medidas de protección y promoción de salud de los trabajadores, con enfoque de género y equidad en el trabajo.
I II III IV
Economía de subsistencia, Extrema pobreza, formas precarias de empleo y subempleo
Abordaje limitado
Atención Primaria Ocupacional
MODELO
Gestión de seguridad
PARTE II
1. PRESENTACIÓN
Esta segunda parte del documento refleja el resultado de la información recopilada en relación con la
infraestructura que existe en Nicaragua para la Salud y Seguridad en el Trabajo. En ella se reflejan los
aspectos relacionados al marco legislativo actual para la Salud y la Seguridad en el Trabajo, desde la
constitución hasta las normativas y resoluciones del Ministerio del Trabajo, el seguro social y otras
instituciones involucradas en la protección del trabajador y el medio ambiente. Se muestra también la
infraestructura existente para la implementación de Sistemas de SST desde la perspectiva de los
instrumentos en materia de seguridad y salud lo mismo que los recursos humanos y presupuesto
dedicados a la salud y seguridad en el país. También se aborda las formas organizativas y de
coordinación tanto en el ámbito nacional como en las empresas. Hay un acápite dedicado a las
estadísticas nacionales y finalmente hay un resumen de datos generales de la población nicaragüense
que contribuyen a brindar información marco sobre el tema de la salud y seguridad. Se agrega en el
informe un acápite de anexos que contiene información adicional encontrada durante la recolección de
información que consideramos de utilidad para el lector.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
30
2. Marco Legal en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)
2.1 LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO EN LA CONSTITUCIÓN DEL PAÍS
La Ley fundamental de la República de Nicaragua es la Constitución20; en ella se establecen los
principios fundamentales que rigen la vida de los nicaragüenses y es de donde se derivan las demás
leyes nacionales.
En su Capítulo V, Derechos Laborales, artículo 82, establece que los trabajadores tienen derecho a
ciertas condiciones de trabajo, enumerando una lista no taxativa, es decir, una lista que puede ser
ampliada por los acuerdos entre las partes de esas condiciones, entre las cuales aparece:
“4. Condiciones de trabajo que les garanticen la integridad física, la salud, la higiene y la
disminución de los riesgos profesionales para hacer efectiva la seguridad ocupacional del
trabajador”.
En éste se refleja claramente el derecho a la protección en materia de Seguridad e Higiene del Trabajo
que tienen los trabajadores nicaragüenses. Por otro lado, el inciso 7 establece la seguridad social como
garantía de protección integral frente a cualquier evento que pudiera disminuir la capacidad laboral de
los trabajadores.
2.2 LEGISLACIÓN , REGLAMENTOS Y NORMATIVAS RELEVANTES PARA LA SALUD Y
SEGURIDAD EN EL TRABAJO
2.2.1 Ministerio del Trabajo en la Ley 29021 y su reglamento
La ley número 290, en su artículo 12, establece al Ministerio del Trabajo, otorgándole las funciones de:
“Proponer, coordinar y ejecutar las políticas de Estado en materia laboral, higiene y seguridad
ocupacional. Ejercer, ejecutar y cumplir las funciones, atribuciones y obligaciones que le confieren
y establecen la legislación laboral”.
El reglamento de esta ley, en su artículo 230, establece la Dirección General de Higiene y Seguridad
del Trabajo, y en el 239 delimita las funciones de la misma. La Dirección General está subdividida en
dos Direcciones más especializadas: la Dirección de Seguridad y la Dirección de Higiene. Ambas con
funciones muy específicas. A la primera corresponde, por un lado, planificar, dirigir, coordinar y
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
31
evaluar las actividades que se realizan en el campo de la Seguridad del Trabajo en las diferentes
empresas e instituciones del país, y por otro lado, la educación y orientación en materia de seguridad a
todos los elementos que intervienen en la relación de trabajo.
La Dirección de Higiene, cumple las mismas funciones asignadas a la Dirección de seguridad pero en
el ámbito de la Higiene Ocupacional y se le agregan: asesorar la formación de comisiones mixtas,
registrar o investigar los accidentes de trabajo, medir los riesgos de contaminantes físico-químicos
ambientales a que están expuestos los trabajadores en sus puestos de trabajo, orientar las soluciones
técnicas correctivas, así como, proponer políticas orientadas a la disminución de los accidentes de
trabajo.
Es responsabilidad de la Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo:
1. Implementar las políticas establecidas en la legislación laboral y en los convenios que en
materia de Higiene y Seguridad se han suscrito o ratificado con la Organización Internacional
del Trabajo (OIT).
2. Garantizar la promoción de la Salud Ocupacional. Para ello identifica y evalúa los riesgos
profesionales y las condiciones y el medio ambiente en que los trabajadores desarrollan sus
actividades.
3. Establecer las normas para prevenir y evitar accidentes y enfermedades profesionales y
comunes y cualquier otra consecuencia de la participación de las personas en el proceso de
trabajo.
4. Ejecutar las políticas en materia de divulgación y conocimiento de los métodos y
procedimientos que permiten mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo. La
Dirección General coordina sus actividades con el Ministerio de Salud y con otros organismos
públicos con competencia en estas materias, así como con Universidades, Centros
Especializados e Instituciones.
5. Promover los contenidos y los fundamentos económico – sociales de las normas legales para
prevenir y evitar los riesgos profesionales y sus causas.
6. Presidir por delegación del Ministerio del Trabajo, las sesiones del Consejo Nacional de
Higiene y Seguridad del Trabajo.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
32
7. Capacitar e informar a trabajadores y empleadores respecto de las mejores condiciones para la
ejecución de tareas con el mínimo riesgo y promover su participación activa en la
identificación, evaluación y control de accidentes y enfermedades.
8. Desarrollar programas de entrenamiento destinados a los trabajadores, empleadores y
profesionales vinculados a la higiene y seguridad del trabajo, coordinar con entidades públicas o
privadas y con las organizaciones sindicales y las empresas, la realización de campañas para la
prevención de riesgos, estimulando cualquier iniciativa positiva en este respecto.
Esta ley también establece la Dirección General de Inspección del Trabajo a la cual le corresponden
entre otras las siguientes funciones:
a. Asegurar el cumplimiento de la Legislación del Trabajo y de los Convenios Colectivos e
Individuales que estén en vigencia y la protección de los trabajadores en el ejercicio de sus
labores.
b. Vigilar las normas que dicten en cumplimiento de los objetivos asignados a la Dirección de
Higiene y Seguridad del Trabajo, con la cual coordina sus actividades.
c. Facilitar el cumplimiento de las disposiciones legales, determinar las deficiencias o abusos no
cubiertos por la legislación vigente para ponerlos en conocimiento de las autoridades
competentes.
De aquí se deriva el decreto 13-9722
• El Código del Trabajo incorpora las siguientes definiciones: Riesgos profesionales23: son los
accidentes y las enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ocasión del trabajo.
• Accidente de trabajo24: es el suceso eventual o acción que involuntariamente, con ocasión o a
consecuencia del trabajo, resulte la muerte del trabajador o le produce una lesión orgánica o
perturbación funcional de carácter permanente o transitorio.
• Enfermedad profesional25: es todo estado patológico derivado de la acción continua de una
causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador presta sus
servicios y que provoque una incapacidad o perturbación física, psíquica o funcional
permanente o transitoria, aún cuando la enfermedad se detectare cuando ya hubiere terminado
la relación laboral.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
33
2.2.3 Reglamento de Inspectores del Trabajo
Este reglamento establece como funciones de los inspectores:
a. La vigilancia en la construcción, acondicionamiento, iluminación y ventilación de los lugares de
trabajo de acuerdo con el reglamento de higiene del trabajo.
b. La vigilancia del estricto cumplimiento de las normas preventivas de accidentes, especialmente
en lo relativo a ropa de seguridad, instalación de mecanismos preventivos y protección de
transmisiones de energía mecánicas, (art.18 inciso. 1); 104 y 113 inciso d) del Código del
Trabajo.
c. Comprobar si los empleadores y los trabajadores cumplen con las prescripciones sobre higiene
y seguridad establecidas por la ley y los reglamentos respectivos.
2.2.4 Resoluciones y Normas Ministeriales
El Ministerio del Trabajo para llevar a cabo la tutela del derecho de los trabajadores a la salud y
seguridad ocupacional dispone de la Dirección de Higiene y Seguridad del Trabajo. Las actividades de
las empresas, trabajadores e instituciones involucrados en el tema de la salud y seguridad del trabajo, se
rigen por directrices generales y específicas. Las directrices o normas generales son una guía mínima a
cumplir por todos los sectores económicos de la nación. Las normas específicas establecen la guía para
cada sector económico.
Las principales Normativa y Resoluciones en Salud y Seguridad del Trabajo son:
1. Resolución Ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo26
2. Resolución Ministerial sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad del Trabajo en las
Empresas27.
3. Resolución Ministerial Relativa a la Notificación de las Enfermedades Profesionales28.
4. Norma Ministerial sobre las Disposiciones Básicas de Higiene y Seguridad del Trabajo
Aplicables a los Equipos e Instalaciones Eléctricas29.
5. Resolución Ministerial sobre Higiene y Seguridad Industrial en los Lugares de Trabajo30.
6. Norma Ministerial sobre las Disposiciones Básicas de Higiene y Seguridad en los Lugares de
Trabajo31.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
34
7. Resolución Ministerial Relativo a los Reglamentos Técnicos Organizativos de Higiene y
Seguridad del Trabajo en las Empresas32.
8. Resolución Ministerial sobre Higiene y Seguridad Aplicable en el Uso, Manipulación y
Aplicación de los Plaguicidas y Otras Sustancias Agroquímicas en los Centros de Trabajo33.
9. Resolución Ministerial Relativa a las Sanciones a Adoptar por Incumplimiento a las
Disposiciones del Uso de los Equipos de Protección Personal34.
10. Resolución Ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo, Relativo al Peso Máximo de la
Carga Manual que puede ser Transportada por un Trabajador35.
11. Norma Ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo Relativa a la Prevención y Extinción de
Incendios en los Lugares de Trabajo36.
12. Norma Ministerial sobre Condiciones de Higiene y Seguridad para el Funcionamiento de los
Equipos Generadores de Vapor o Calderas que Operen en los Centros de Trabajo37.
13. Normativa Ministerial en Materia de Salud y Seguridad del Trabajo en el Sector Maquilas de
Prendas de Vestir en Nicaragua.38
14. Reglamento General de Higiene y Seguridad del Trabajo en las Minas39.
15. Norma Técnica de Higiene y Seguridad Aplicable al Trabajo en el Mar40
2.3 LEYES Y REGLAMENTOS QUE CUBREN ASPECTOS DE LA SST EMITIDOS POR OTROS
M INISTERIOS
2.3.1 Ministerio de Salud en la Ley 290
Según la Ley 290, en su artículo 26, el Ministerio de Salud tiene entre otras las funciones
siguientes:
a. Proponer planes y programas de salud, coordinando la participación de otras entidades,
organizando los programas, servicios y acciones de salud de carácter preventivo y curativo.
b. Coordinar y dirigir la ejecución de la política de salud. (promoviendo, protegiendo, recuperando y
rehabilitando la salud de la población.)
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35
c. Promover campañas de divulgación y saneamiento ambiental, así como formular normas en
materia alimentaria, de higiene y salud ambiental.
Por su parte la Ley General de Salud41 en su Titulo II. Competencias, Derechos y Obligaciones.
Capítulo I. De las competencias del Ministerio de Salud es donde se encuentra lo más aproximado a
normas relativas a SST, de este cuerpo normativo. Se mencionan a continuación las más relevantes:
Artículo 7. inciso 28. En materia de prevención y control de enfermedades y accidentes y sin perjuicio
de lo que dispongan las leyes laborales en materia de riesgos de trabajo, corresponde al Ministerio de
Salud en coordinación con otras entidades del Estado:
a) Dictar las normas técnicas para la prevención y control de enfermedades y accidentes.
b) Fortalecer el sistema de vigilancia epidemiológica de conformidad con esta ley y las
disposiciones que al efecto se dicten.
c) Realizar los programas y actividades que estime necesarios para la prevención y control de
enfermedades y accidentes.
En el Título III. Capitulo III. De la prevención y control de enfermedades y accidentes. Sección I.
Disposiciones comunes.
Artículo 18. El Ministerio de Salud en coordinación con otras entidades del Estado, la sociedad civil y
la empresa privada, dictará las normas técnicas para la prevención y control de enfermedades y
accidentes, sin perjuicio de lo dispuesto en otras leyes laborales en materia de riesgos del trabajo.
En la sección IX. De los accidentes.
Artículo 26. El Ministerio de Salud, en coordinación con los organismos competentes, llevará a cabo
actividades dirigidas a la investigación, prevención y control de accidentes.
Luego en el Reglamento de la Ley General de Salud42, en el Titulo XI. De la salud y el medio
ambiente. Capítulo VII. De la salud Ocupacional, el artículo 261 establece las acciones que realizará el
MINSA en materia de Salud Ocupacional, estas son:
1. Formular en coordinación con las entidades pertinentes el Plan Nacional de Salud Ocupacional en
el cual se establecerán modelos de prevención y de atención de la Salud Ocupacional y de
ambientes laborales saludables.
2. En coordinación con el MITRAB:
2.1 Aplicar las normas para garantizar la salud ocupacional de los trabajadores.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
36
2.2 Emitir normativas para la evaluación médica periódica y tipos de exámenes a realizar a los
trabajadores según el riesgo expuesto.
3. Exigir al empleador que en sus centros de trabajo se de cumplimiento a los programas y normas
técnicas en materia de promoción de la salud ocupacional, de ambientes laborales saludables y
prevención de enfermedades ocupacionales.
4. Vigilar en coordinación con autoridades competentes la detección y diagnóstico de enfermedades
ocupacionales y accidentes laborales, ingresándolos al sistema de vigilancia epidemiológica.
5. Supervisar la ejecución de programas de capacitación en materia de salud ocupacional a los
trabajadores.
6. Vigilar el cumplimiento de las normativas científicas dirigidas a la evaluación médica de
trabajadores expuestos a sustancias tóxicas y peligrosas.
7. Dictar y hacer cumplir las medidas sanitarias tendientes a controlar todo lo referente a las
medicinas e higiene del trabajo.
8. Supervisar los servicios de salud ocupacional existentes en los centros de trabajo.
9. Realizar estudios e investigaciones del comportamiento de la morbilidad de las enfermedades
ocupacionales.
10. Establecer, revisar y aplicar el sistema de listado de enfermedades ocupacionales.
11. Intervenir para que los trabajadores no inscritos en el régimen de seguridad, se les brinde atención
y asistencia médica por enfermedad ocupacional y accidentes de trabajo.
2.3.2 Funciones del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social en Materia de SST
El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social es un ente descentralizado del Gobierno de Nicaragua
que depende de la Presidencia de la República de acuerdo a la Ley 290 de Organización, Competencia
y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
En el decreto Nº 974 “Ley de Seguridad Social”, artículo 4 se establecen las atribuciones del Instituto:
1. Establecer, organizar y administrar los diversos Regímenes del Seguro Social y prestar los
servicios de beneficio colectivo que señala esta ley, como parte de la Seguridad Social Nacional.
2. Recaudar las cuotas y percibir los demás recursos del Instituto que le correspondan a su
patrimonio.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
37
3. Otorgar las prestaciones que establece esta ley.
4. Invertir sus fondos de acuerdo con las disposiciones de esta ley y su Reglamento.
5. Realizar su colaboración con los Ministerios y Entidades que tengan a su cargo la política
económica y social del país, las investigaciones socio-económicas necesarias sobre la influencia
de los factores sociales en el bienestar de la población, en la productividad y en el desarrollo
económico nacional.
6. Estimular en colaboración con el Ministerio de Educación, el Consejo Nacional de la Educación
Superior y demás instituciones del sector social y cultural, el desarrollo de la enseñanza de las
disciplinas científicas y técnicas que tengan relación con la seguridad social.
7. Promover y contribuir en coordinación con los Ministerios y Entes Autónomos respectivos a la
elevación de las condiciones de vida de la población asegurada, mediante el estímulo y
elaboración de programas sociales, tales como centros vacacionales, recreativos y de
adiestramiento, actividades culturales y deportivas, construcción de viviendas populares y otras
prestaciones sociales que representan una mejor y mayor convivencia colectiva a nivel nacional e
internacional.
8. Ejecutar todas aquéllas actividades no contempladas en la enumeración anterior que tiendan a
cumplir los objetivos del Instituto, de acuerdo a la orientación general de los planes nacionales
respecto a la Seguridad Social.
En cuanto a los Riesgos Profesionales hay un capítulo, el IV dedicado a ellos, pero en su mayoría
aborda lo referente a las prestaciones debidas a los mismos. No obstante el artículo 74, establece que el
Instituto en coordinación con el Ministerio del trabajo y el de Salud ejecutará programas de prevención
de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y de sus consecuencias, brindando asistencia
técnica a los empleadores para la creación de sistemas de seguridad, los cuales supervisará e
inspeccionará.
Así mismo se encargará de la divulgación y enseñanza de métodos de trabajo más eficaces y eficientes.
La fabricación y venta de artículos de cualquier índole que se usen para la protección de los
trabajadores, contra los accidentes y enfermedades profesionales. Podrá fabricarlos o importarlos.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
38
De modo que el instituto se convierte de alguna manera en un ente con una doble función ya que no
sólo se encarga de la recaudación de cotizaciones y pago de indemnización o pensiones, sino que
además tiene una labor de prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales, lo cual
aunque previsto en su Ley escapa a la esfera de sus objetivos ya que de acuerdo al Titulo I, Capitulo I
de su ley el Instituto cubrirá a través del Seguro Social las contingencias de invalidez, vejez, muerte,
riesgos profesionales, subsidios familiares y podrá proporcionar servicios sociales necesarios para el
pleno bienestar de los asegurados, así mismo pagará subsidios de enfermedad, maternidad y riesgos
profesionales, es decir, cuando el hecho está consumado y no antes que es cuando tiene lugar la
prevención.. (explicar porqué)
2.3.3 Función de otros ministerios en materia de SST
La ley 274 o Ley básica para la regulación y el control de sustancias químicas, sustancias tóxicas,
peligrosas y otras similares43 en su artículo I cita “asegurar la protección a la salud humana, los
recursos naturales, la salud e higiene laboral y el ambiente en general para evitar los daños que
pudieren causar estos productos por su impropia selección, manejo y el mal uso de los mismos” y en el
Título IV articulo 18 designa como autoridad competente para administrar y aplicar esta ley al
Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Mas adelante en el artículo 6 inciso 8 hace mención de la obligatoriedad de los empleadores de
proporcionar un seguro de riesgo laboral como una forma de que éste se responsabilice de que sus
operarios cumplan las normas de Higiene y seguridad establecidas por ley.
En el Título IV “De la Autoridad de Aplicación” define las funciones de diversos Ministerios en lo que
corresponde a la materia en cuestión. El artículo 18, inciso 3) que es del Ministerio de Agricultura y
Ganadería, actualmente Agropecuario y Forestal (MAGFOR) el encargado de la normación de la
importación, exportación, formulación distribución uso y manejo de plaguicidas en vistas de entre otras
cosas la protección de la Salud humana.
El artículo 20 establece que entre las funciones del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales
(MARENA) se encuentra el formar y administrar el Centro Nacional de Información y Documentación
de Sustancias Tóxicas, peligrosas y otras similares.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
39
El artículo 21 determina las funciones del Ministerio de Salud sobre el tema, las que incluyen el control
y regulación integral sanitaria en la población expuesta a sustancias tóxicas; ejercer el control y la
regulación de la importación, exportación distribución, venta y manejo de plaguicidas de uso
doméstico, donde comparte funciones con el MAGFOR de acuerdo al artículo 19 de esta misma ley
274. La vigilancia, tratamiento y prevención de las intoxicaciones humanas correrá a cargo del
MINSA, así como la fijación de los estándares aceptables máximos para ambientes laborales, función
en la que comparten responsabilidades con el MITRAB.
La búsqueda activa de casos de intoxicaciones humanas mediante la realización de muestreos así como
las campañas educativas, de promoción y divulgación para disminuir el riesgo implícito en el uso y
manejo de sustancias toxicas y plaguicidas correrá a cargo del Sistema de Vigilancia del MINSA.
La emisión de dictámenes técnico-sanitarios sobre las sustancias tóxicas y plaguicidas previo a su
registro por el MAGFOR, la autorización para prestar servicios de desinfección, saneamiento
estructural o habitacional con plaguicidas, sustancias tóxicas, peligrosas son también funciones del
Ministerio de Salud en esta Materia.
Le corresponde así mismo el establecimiento de un programa de evaluación y control de enfermedades
crónicas relacionas con la intoxicación aguda y la exposición de personas al uso de plaguicidas,
sustancias tóxicas, peligrosas y similares.
Al Ministerio del Trabajo de acuerdo al artículo 22 le compete el normar, vigilar y controlar el
ambiente laboral y la seguridad ocupacional en lo relativo a la exposición y riesgo de los trabajadores a
los plaguicidas y las sustancias tóxicas o peligrosas; prevenir y controlar los riesgos laborales de los
trabajadores expuestos a contaminación. Comparte con el MINSA la responsabilidad del control,
muestreo y seguimiento de la exposición de los trabajadores expuestos y el llevar un control de las
intoxicaciones que como riesgo profesional se produzcan a nivel nacional, así como también la emisión
de las normas para el uso y la manipulación de plaguicidas y sustancias tóxicas.
Es responsabilidad del MITRAB de acuerdo a esta Ley la aplicación del Código del trabajo en lo
correspondiente a seguridad e higiene laboral así como el suspender o clausurar de manera inmediata
los centros laborales que representen un riesgo laboral mayor o menor para el trabajador asegurando la
evacuación y control de los mismos.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
40
El Decreto No 49-9844 “Reglamento de la Ley 274” dedica el Capítulo XIX a la protección de la salud
humana y, en el artículo 93, especifica que le corresponde al Ministerio de Salud establecer un
Programa de prevención y control de las intoxicaciones agudas y crónicas. En el artículo 95 señala que
deberá crear el Centro de Información, Vigilancia, Asesoramiento y asistencia toxicológica y además
garantizar que las unidades de salud dispongan de recursos humanos y materiales para el diagnóstico,
tratamiento y registro de las intoxicaciones. En el artículo 96 dice que en coordinación con otras
instituciones estatales deberá establecer un programa de vigilancia de los residuos de plaguicidas en
alimentos y aguas.
Deja para el Ministerio del Trabajo garantizar la higiene y seguridad ocupacional mediante el
establecimiento de un Programa de Salud Ocupacional y de vigilancia del ambiente laboral (artículo
94).
Ley sobre radiaciones ionizantes o Ley No. 156 de 16 de abril de 1993 y Publicado en La Gaceta No.
73 de 21 de abril de 1993, en su Capítulo VII. “De las Medidas Preventivas” en el Artículo 15.- indica
que toda instalación o recipiente deberá ostentar en lugar visible las señales preventivas que se
determinen en las disposiciones reglamentarias que para el efecto se emitan. En el Artículo 16.- hace
mención a las obligatoriedad de la capacitación sobre las medidas de seguridad a observar para las
personas que desempeñen actividades en instalaciones radiactivas, siendo los titulares de las licencias
los responsables de la indicada capacitación, para lo cual, el Estado además brindará la colaboración
que corresponda.
El artículo 18 hace referencia a la obligatoriedad del uso de los equipos de dosimetria personal y de la
realización de revisiones médicas periódicas. La provisión de los equipos de seguridad son
responsabilidad de los empleadores, para el uso de los trabajadores de acuerdo al artículo 19, en tanto
que en el artículo 25 se designa al Ministerio de Salud como la autoridad rectora en la materia
2.4 NIVEL DE CORRESPONDENCIA ENTRE LAS DISPOSICIONES DE LAS NORMAS OIT SOBRE
SST Y LEGISLACIÓN NICARAGÜENSE
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
41
En cuanto a la incorporación de los Convenios de la OIT a la legislación nacional podemos decir que
los Convenios que Nicaragua ha ratificado y que están en vigencia se ven reflejados en nuestro actual
legislación tanto a nivel de Código del Trabajo como en las normativas de higiene y seguridad del
trabajo emitidas por el Ministerio del Trabajo a través de su órgano correspondiente. Actualmente
Nicaragua ha ratificado cincuenta y nueve convenios de la OIT, de ellos cuatro han sido denunciados
por lo que se encuentran en vigencia únicamente cincuenta y cinco. De éstos, solamente nueve tienen
relación directa con la seguridad y salud en el trabajo.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
42
Tabla No 2. Correspondencia entre las Normas OIT y la legislación nacional
Convenio OIT Ley en que está reflejado
Indemnización por accidentes del trabajo (Agricultura), del año 1921. (C12)45.
Constitución, Código del trabajo, Ley de Seguridad Social
Sobre indemnización por accidentes de trabajo. 1925. (C17).
Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social
Sobre las enfermedades profesionales. 1925. (C18).
Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social, Resolución Ministerial sobre la notificación de enfermedades laborales
Sobre la igualdad de trato. (Accidentes de trabajo). 1925. (C19).
Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social
Sobre el seguro de enfermedad. (Industria). 1927. (C24).
Constitución, Código del trabajo, Ley de Seguridad Social
Sobre el seguro de enfermedad. (Agricultura). 1927. (C25).
Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social
Sobre las horas de trabajo. (Comercio y Oficinas). 1930. (C30).
Constitución, Código del trabajo
Sobre las plantaciones. 1958. (C110). Constitución, Código del Trabajo
Sobre el peso máximo. 1967. (C127). Norma Ministerial sobre el peso máximo de la carga manual que puede ser transportada por un trabajador
Sobre la edad mínima. 1973. (C127) Código del Trabajo, Código de la Niñez y la Adolescencia
3. Mecanismos Nacionales de Verificación de la Política Nacional De acuerdo con la Ley 290, el Ministerio del Trabajo (MITRAB) es el responsable de proponer,
coordinar y ejecutar las políticas del estado en SST. El MITRAB en colaboración con CERSSO
elaboraron un borrador sobre el Plan de Acción Estratégico Nacional de Seguridad y Salud
Ocupacional46. No obstante, este documento aún no ha sido revisado a fondo ni aprobado.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
43
Según esta misma Ley, el Ministerio de Salud (MINSA), en su calidad de coordinador de la política de
salud, es el encargado de proponer los planes y programas de salud y de promover campañas de
divulgación en SST. Además la Ley 423, Ley General de Salud, define al MINSA como normador,
supervisor e investigador en SST. Desafortunadamente tampoco existe un plan aunque si hay un
Programa de Salud Ocupacional recientemente reactivado que funciona bajo la dirección del Centro
Nacional de Toxicología.
La función de asesor del MITRAB para la revisión y actualización de las políticas, la tiene el Consejo
Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo. Este Consejo está conformado por las organizaciones
sindicales, empresariales y de la administración pública. Es a través del Consejo que dichas
organizaciones participan en la verificación del cumplimiento de las funciones del MITRAB.
4. Coordinación y Colaboración, Incluyendo Contratos o Acuerdos Colectivos de Trabajo
El principal mecanismo para garantizar la coordinación, cooperación y colaboración entre los actores
sociales con responsabilidad en la implementación y gestión de la SST a nivel nacional es el Consejo
Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo. Además, existe un convenio entre el INSS y el MITRAB
para la realización de las inspecciones conjuntas con división del trabajo. En el ámbito de las empresas
las comisiones mixtas facilitan la participación de empleadores y trabajadores.
4. 1 A NIVEL NACIONAL
4.1.1 El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo
El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo es una instancia asesora del Ministerio del
Trabajo para la revisión y actualización de las políticas nacionales lo mismo que para la elaboración y
aprobación de normativas en la materia. Creado con base al decreto 1-90 del 25 de abril de 1993, este
Consejo tiene un carácter tripartito ya que participan en él las organizaciones sindicales, empresariales
y las instituciones de la administración pública. Además, participan las organizaciones de empleadores
y trabajadores.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
44
Sesiona una vez al mes (el último viernes de cada mes) previa convocatoria de la presidencia, que por
disposiciones legales ejerce el Ministerio del Trabajo, quien citará a los miembros que considere,(ver
artículo 2 del Reglamento de Funcionamiento del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del
Trabajo en “Compilación de Normativas en Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo 1993-2002,
pagina 85) de acuerdo al tema a tratar según una agenda de trabajo definida por el Ministerio del
Trabajo.
Los miembros son los siguientes:
- MITRAB que la preside.
- CAUS
- CTN(a)
- CTN
- CUS,
- CST,
- ATC,
- CGT(i),
- CTN,
- FETSALUD,
- CGTEN- ANDEN,
- MECD,
- CADIN,
- UPANIC,
- COSEP,
- C. CONSTRUCCION,
- C. COMERCIO,
- UNAG,
- UNAN-MANAGUA,
- UNAN-LEON,
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
45
- UNI,
- UPOLI,
- UPONIC,
- UPF,
- DIR, GENERAL DE BOMBEROS,
- MARENA,
- MIFIC,
- MINSA,
- MTI,
- MAG FOR,
- INSS.
4.1.2 Comisión nacional del salario mínimo.
Es el órgano de consulta al Gobierno en la fijación y revisión de los salarios mínimos de los diferentes
sectores económicos del país.
MIEMBROS:
♦ MITRAB – que lo preside.
♦ MIFIC
♦ MHCP
♦ Un Representante de cada una de las Organizaciones Nacionales Representativas de los
Empleadores.
♦ Un Representante de cada una de las Centrales Sindicales Nacionales Representativas.
Sesionan cada 6 meses.
4.1.3 La Red Nacional de Salud de los Trabajadores
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
46
La red nacional de salud de los trabajadores es una red de voluntarios que está compuesta por
representantes del Ministerio del Trabajo, del INSS, del Ministerio de Salud, de las Facultades de
Medicina de las Universidades Nacional Autónoma de Nicaragua de León y de Managua, y por el
Movimiento de Mujeres “Maria Elena Cuadra”. El fin de la Red es coordinar acciones conjuntas, evitar
duplicidad de actividades y unir esfuerzos aprovechando las diferentes capacidades y profesionalidades
de sus miembros, lo mismo que buscar las posibles maneras de cooperar ya sea de forma bilateral o en
equipo. Los miembros de la red se reúnen al menos una vez al mes teniendo como facilitador a la
Organización Panamericana de la Salud (OPS).
4.1.4 Consejo Nacional de Salud.
El órgano encargado de asesoría y consulta en salud, con carácter permanente y constituido por
representantes del sector público y privado con representación e interacción multisectorial y pluralista
de la sociedad civil y con la finalidad de contribuir en la definición de las actividades estratégicas que
realice el Ministerio de Salud.
MIEMBROS:
- MINSA que lo preside.
- MECD
- INSS
- MARENA
- MITRAB – (Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo).
- CNU
- Asociación de Municipios.
- Comisión de Salud de la Asamblea Nacional.
- Ejercito de Nicaragua.
- Policía Nacional.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
47
- Un Delegado por cada organización comunal de ámbito Nacional.
- Un Delegado por cada organización sindical de ámbito nacional de trabajadores del sector salud.
- Un Delegado de las asociaciones médicas legalmente constituida.
- Un Delegado del Colegio de enfermeros.
- Un Delegado del los consejos regionales de ambas regiones de la costa Atlántica.
Las Sesiones son Mensuales.
4.1.5 Comisión Nacional de Plaguicidas.
Órgano de coordinación, asesoría y consulta sobre los conflictos que surgieren entre la autoridad de
aplicación y los demás órganos señalados en la LEY BASICA PARA LA REGULACION Y CONTROL DE
PLAGUICIDAS, SUSTANCIAS TOXICAS, PELIGROSAS Y OTRAS SIMILARES 47y su Reglamento y las
personas naturales y jurídicas que practiquen la comercialización, importación, exportación y
distribución de los productos y sustancias objeto de control y regulación.
MIEMBROS:
- -MAGFOR – quien lo preside
- MINSA
- MARENA
- MTI
- MITRAB – (Dir. General de Higiene y Seguridad del Trabajo).
- INTA.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
48
- Se invitará a formar parte de esta Comisión a un representante de la Asociación Nacional de
Formuladores y Distribuidores de Agroquímicos de Nicaragua, a un representante de los Productores
Agropecuarios, a un representante de la Sociedad Civil y a un representante de los Trabajadores del
Sector Agropecuario, los que una vez incorporados a esta Comisión tendrán las mismas facultades y
funciones que el resto de miembros de la misma
Sesionan cuando lo convoca el presidente usualmente de forma ordinaria una vez al mes.
4.1.6 Comisión Nicaragüense del SIDA
De acuerdo a la LEY DE PROMOCION, PROTECCION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS ANTE EL
SIDA, Ley No. 23848, esta comisión es el órgano ejecutor de la Ley, en tal carácter esta facultada para
controlar , supervisar su cumplimiento e imponer sanciones éticas y pecuniarias de conformidad con su
reglamento.
MIEMBROS:
- MINSA – que la preside.
- MECD
- MITRAB (Dir. General de Higiene y Seguridad del Trabajo).
- MINGOB
- Dos Delegados por los organismos Gubernamentales que promueven la prevención y atención al
SIDA.
- La Comisión de Salud de la Asamblea Nacional.
- Tres Delegados por cada uno de las Comisiones de Derechos Humanos.
- Uno por FETSALUD.
- Según lo dispuesto en la ley, las organizaciones de empleadores y otros sindicatos que no sean “la
mas representativa de los trabajadores de la salud” no estan incluidas en esta comisión.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
49
Sesionan de forma ordinaria una vez al mes.
4.1.7 Comisión nacional de energía atómica.
Es el órgano ejecutor del control uso y aplicación de Radioisótopos y Radiaciones Ionizantes de
conformidad con su Ley49 y Reglamento.
4.1.8 Comisión nacional para la prevención mitigación y atención de desastres
Es el órgano ejecutor de los planes, programas para la prevención, mitigación, preparación, respuesta,
rehabilitación y reconstrucción.
MIEMBROS:
• Ministerio de Defensa – que lo preside.
• MINGOB
• Ministerio de relaciones Exteriores.
• MHCP
• MIFIC
• MECD
• MAGFOR
• MINSA
• MITRAB
• MARENA
• MI FAMILIA
• INITER
• Entes Descentralizados.
• Administraciones Regionales (RAAS Y RAAN).
• Secretarias Departamentales de Gobierno.
• Administraciones Municipales.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
50
4.1.9 Comisión nacional de normalización técnica y calidad.
Organismo coordinador de las políticas y programas en este ámbito.
MIEMBROS:
♦ MIFIC – quien lo preside.
♦ MINSA
♦ MTI
♦ MITRAB(Dir. General de Higiene y Seguridad del Trabajo).
♦ MARENA
♦ MAGFOR
♦ I.N.E.
♦ INAA
♦ Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos.
♦ Un representante de las organizaciones privadas del sector Industrial.
♦ Un representante de las organizaciones privadas del sector comercial.
♦ Un representante de las organizaciones privadas del sector Agropecuario.
♦ Un representante de las organizaciones de consumidores.
La Comisión sesiona cuatro veces al año de manera ordinaria y extraordinariamente cuando sea
convocada por su Presidente.
4.1.10 Organizaciones Facilitadoras Internacionales
4.1.10.1 Centro Regional de Seguridad y Salud Ocupacional CERSSO
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
51
CERSSO es un proyecto del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos, con sede en El Salvador,
iniciado en el año 2000. El proyecto apoya a los Ministerios del Trabajo y las agencias relacionadas al
tema en los países miembros en la ejecución de sus leyes de seguridad y salud laboral, divulgación de
información a gobiernos, patronos, y trabajadores acerca de los beneficios de un lugar de trabajo sano y
seguro. Los países miembros son: Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua,
Panamá y República Dominicana. El proyecto concluye en julio de 2004.
4.1.10.2 Solidaridad Internacional de los Trabajadores de Dinamarca SiD (es un organismo financiado por sindicatos daneses)
Dentro de los objetivos de este proyecto está la realización de capacitaciones en salud y seguridad
laboral para los trabajadores y establecer un diálogo entre las organizaciones patronales y las
autoridades con miras a encontrar soluciones entre otros campos en temas de higiene y seguridad
laboral. Las contrapartes nacionales de SiD son las organizaciones sindicales ATC y CST. También
organiza encuentros regionales entre profesionales y sindicalistas con el animo de desarrollar vínculos
entre las organizaciones sindicales y los profesionales dedicados a la salud y seguridad de los
trabajadores específicamente de las universidades, con el fin de apoyar el desarrollo de investigaciones
participativas en el área de salud y seguridad.
4.2 AL NIVEL DE LAS EMPRESAS
4.2.1 Las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad de Trabajo
Las Comisiones Mixtas son estructuras conformadas, de acuerdo a la Resolución Ministerial sobre las
Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad de Trabajo (C.M.H.S.T.). Están definidas como órganos
paritarios de participación en las actividades de protección y prevención dentro de los centros de
trabajo y constituidas por igual número de representantes de los trabajadores y del empleador de
acuerdo a una tabla que correlaciona el número de trabajadores con el de representantes. La presidencia
de las comisiones corresponde a un representante del empleador.
La comisiones mixtas tienen la responsabilidad de acompañar al empresario en el diseño del
Reglamento Técnico Organizativo en SST de la empresa. Este reglamento permite “regular el
comportamiento de los trabajadores como complemento a las medidas de prevención y protección,
estableciendo los procedimientos de las diferentes actividades preventivas generales y especificas de
seguridad que se deben adoptar en los lugares de trabajo”50.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
52
5. Estándares Técnicos, Directrices y Sistemas de Gestión Debido al incipiente desarrollo de la salud y seguridad en el trabajo, donde los esfuerzos institucionales
y de los trabajadores han ido apareciendo de forma sistematizada sólo en los últimos años, no existe
aún un desarrollo de los sistemas de gestión en el tema. Sin embargo, las iniciativas empresariales,
oficiales y de los trabajadores en el marco de la nueva política económica diseñada por el gobierno
permiten visualizar un campo fértil para su inserción.
Existe un Plan de Acción Estratégico Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional en el que aparece
una primera aproximación de lo que serían las políticas en materia de salud y seguridad en el trabajo.
En este se propone que el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad Ocupacional , (existente desde
principios de los 80’s, pero con carácter legal a partir de 1993 mediante resolución ministerial) sea la
instancia que se encargue de la elaboración de las políticas a nivel nacional y de darle seguimiento a la
gestión de la seguridad y salud en el trabajo en el futuro. El propósito del Plan establece claramente la
misión, visión y objetivos del Consejo en los próximos años. Este plan debe ser el punto de partida en
el establecimiento efectivo de un sistema nacional de gestión de la salud y seguridad en el trabajo
efectivo y coherente.
5.1 GALARDÓN A LA CALIDAD
Es un premio anual otorgado por el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad a las empresas que han
mostrado elevación de los niveles de higiene y seguridad durante el año evaluado. Se participa en este
programa, a través de convocatoria abierta, previa inscripción y aquellas empresas que reúnan los
criterios técnicos organizativos, son seleccionadas y en ceremonia oficial de manos del Presidente de la
República, se les entrega el galardón que los acredita como Empresa Modelo en S.S.T.
Un grupo de evaluadores conformado por los propios miembros de la Comisión visita las empresas
postulantes con el fin de evaluar las condiciones de salud y seguridad actuales en contraste con las
antes identificadas. Finalmente, se utiliza una escala de puntuación que permite elegir a las más
destacadas. En la última edición del evento se inscribieron 32 empresas de las diversas ramas de la
economía. La mayoría grandes empresas.
5.2 SISTEMAS DE GESTIÓN DE SST EN LAS EMPRESAS
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
53
El Ministerio del Trabajo en su rol de facilitador en las relaciones laborales ha proporcionado a los
empleadores y trabajadores instructivos técnicos – metodológicos que les sirvan como herramienta de
trabajo en la organización y gestión para la actuación en el ámbito de la higiene y seguridad en sus
centros de trabajo. Cabe destacar la importancia de la organización y gestión de la S.S.T. para
complementar con las disposiciones contenidas en las diferentes resoluciones técnicas de higiene y
seguridad y lo regulado en el Código del Trabajo.
Al interior de las empresas se esta desarrollando acciones para lo siguiente:
1) La Constitución de las comisiones mixtas de higiene y seguridad del trabajo.
2) Elaboración de los reglamentos de funcionamiento de las comisiones.
3) Técnicas metodológicas para la elaboración de los planes de trabajo de la comisión mixta.
4) Procedimiento metodológico para la elaboración de los reglamentos.
Las comisiones mixtas intentan ser la semilla de un sistema de gestión empresarial en salud y seguridad
ocupacional. Por su carácter bipartito, se incentiva la participación de los trabajadores y el compromiso
de los empleadores en la gestión de la salud y seguridad. Las comisiones mixtas a través de una
resolución ministerial prescribe a los empleadores constituirlas en los centros de trabajos para abordar
los problemas que se suscitan en los centros de trabajos. A través de la comisión mixta se elabora un
plan anual de acuerdo al reglamento técnico organizativo de la empresa donde se consigna acciones y
responsabilidades a ejecutar en el año. Se plantea la obligatoriedad de realizar los exámenes médicos,
priorizando aquellos puestos de trabajo con mayores riesgos.
Según el MITRAB El plan es un instrumento que le permite al empleador ir realizando acciones de
manera racional. El empleador tiene la obligación de destinar un presupuesto para cumplir el plan.
Todas estas medidas de prevención son de obligatoriedad en el centro de trabajo, ahí tiene que
considerar un monto para los equipos de protección, exámenes médicos aquellos que no cubran el
rango de seguridad social, un monto para hacer la labor formativa, educativa y del aspecto
complementario que son las acciones de señalización, entonces consideramos que el plan es un
instrumento que le va a indicar al empleador que es lo que tiene que hacer o cuanto lo tiene que hacer,
y en que momento lo tiene que hacer . Los trabajadores indiscutiblemente en esta comisión tienen una
acción bastante beligerante para poder indicar y medir como un termómetro la ejecución de las
acciones preventivas en los centros de trabajo51.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
54
Hasta la fecha se han formado 424 comisiones mixtas en todo el país de las cuales casi la mitad se han
formado en los establecimientos de Managua. Son grandes medianas o pequeñas?
Tabla No 3 COMISIONES MIXTAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD INSCRITAS EN EL MITRAB.
En la actualidad el MITRAB está en un proceso del fortalecimiento a las Comisiones Mixtas de
Higiene y Seguridad del Trabajo en el país, para ello el Ministerio ya procedió a juramentar a los
miembros de Managua, Estelí y Masaya; a fin que estas Comisiones funcionen en los Centros de
Trabajo.
5.2.1 Certificación ISO
La Cámara de Industrias de Nicaragua, con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo
(BID), inició en el año 2000 un proceso de asistencia para que un grupo de empresas lograran la
certificación en ISO 9000 (sobre calidad). Esta iniciativa empresarial se enmarca en los procesos de
certificación dirigidos a mejorar las oportunidades comerciales dentro del marco del Tratado de Libre
Comercio de las Américas. Un total de 32 empresas lograron culminar el proceso. En este mismo
contexto, esperan para el año 2004 iniciar con un grupo de empresas de diferentes sectores económicos
el proceso para lograr la certificación en ISO 14000. (Sobre protección ambiental).
5.3 NORMAS TÉCNICAS USADAS
Las normas nacionales en materia de Higiene y Seguridad Ocupacional, sean estas técnicas o
administrativas, están reflejadas en un conjunto de documentos elaborados por el Ministerio del
Trabajo. Algunas son de aplicación general como las disposiciones básicas de higiene y seguridad en
los lugares de trabajo52, las aplicables a los equipos e instalaciones eléctricas53 o las relativas a la
prevención y extinción de incendios en los lugares de trabajo54, en tanto otras son de aplicación
específica en algunos rubros económicos como las orientadas al sector maquila de prendas de vestir o
al trabajo en el mar.
DEPARTAMENTO N° DE COMISIONES N° DE TRABAJADORES MIEMBROS
Managua 208 1,018 León 35 626 Chinandega 60 487 Masaya 45 628 Granada 31 567 Estelí 25 260 Jinotega 20 210 TOTAL 424 3,796
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
55
Los valores límites o estándares del Ministerio del Trabajo son tomados de los valores internacionales
de la “Threshold Limit Values” (T.L.V) de la “American Conference of Governmental Industrial
Hygienists” (ACGIH). De ahí salen las adopciones nacionales que están contenidas en las distintas
normativas que regulan diferentes tópicos en materia de Higiene y Seguridad del Trabajo.
5.4 USO DE REPERTORIOS DE OIT
A partir de los noventas, en el país se inicia el proceso de emisión de Reglamentos, Resoluciones y
Normas Ministeriales en materia de SST. Igualmente se producen instructivos metodológicos y se
establecen los procedimientos para su tutela. Todo lo anterior es definido atendiendo la Constitución
Política de la Republica, el Código del trabajo vigente y los Convenios Internacionales de la OIT. En
todas las Resoluciones y Normas Ministeriales se hace referencia explicita a la necesidad de
armonizarlas con los Tratados y Acuerdos Internacionales.
Con la renovación del Código del Trabajo (Ley 185) en 1996, se especula sobre la validez de las
Resoluciones y Normativas Ministeriales anteriores al Código. En respuesta, el 6 de Agosto de 2001, se
promulga la “Ratificación y Vigencia de todas las Resoluciones Ministeriales en Materia de Higiene y
Seguridad del Trabajo”.
En el cuadro siguiente se presenta la lista de resoluciones y normativas ministeriales en las que se ha
utilizado explícitamente el repertorio de recomendaciones prácticas de OIT. Además, existen otras
normativas y resoluciones ministeriales referidas a temas como la prevención de incendios en los
centros de trabajo; el sector maquilas de prendas de vestir, etc., las cuales se han mencionado en el
punto 1.2 de este documento.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
57
Tabla No 4 Utilización del Repertorio de Recomendaciones prácticas de la OIT en la Legislación de Nicaragua.
RECOMENDACIÓN Nº Y REPERTORIOS REGLAMENTOS , NORMAS Y RESOLUCIONES MINISTERIALES
164 (1981): sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores
Factores ambientales en el lugar de trabajo. 1999.
Registro y notificación de accidentes y enfermedades. 1994.
• Norma ministerial sobre disposiciones básicas de Higiene y Seguridad en los lugares de trabajo (3/Agosto/2001)
• Resolución ministerial sobre Higiene Industrial en los lugares de trabajo (12/Septiembre/2001)
• Norma ministerial sobre disposiciones mínimas de Higiene y Seguridad de los equipos de trabajo (9/Abril/1996)
• Resolución ministerial sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad del trabajo en las empresas (3/Agosto/2001)
• Resolución ministerial relativo a los Reglamentos Técnicos Organizativos de Higiene y Seguridad del trabajo en las empresas (17/Septiembre/2001)
175 (1988): sobre Seguridad y Salud en la Construcción
Salud y Seguridad en la construcción. 1991.
• Resolución ministerial referente a las medidas básicas de Higiene y Seguridad del trabajo aplicable a la construcción (30/Junio/2000; 1/Julio/2000)
183 (19XX): sobre Seguridad y Salud en las Minas
Minas a Cielo abierto. 1990.
• Reglamento General de Higiene y Seguridad del trabajo en las minas (29/Enero/1999)
192 (2001): sobre Seguridad y Salud en la Agricultura
Uso de químicos. 1992.
• Resolución ministerial sobre Higiene y Seguridad aplicable en el uso, manipulación y aplicación de plaguicidas y otras sustancias químicas en los centros de trabajo (17/Septiembre/2001)
194 (2002): sobre la Lista de Enfermedades Profesionales
Etica y Vigilancia Sanitaria. 1997.
• Ley 185: Código del Trabajo (1996)
Fuente: MITRAB
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
58
6. Medios y Herramientas para la Implementación de Sistemas de SST
6.1 AUTORIDADES COMPETENTES Y ORGANISMOS NACIONALES CON RESPONSABILIDADES EN LA
APLICACIÓN DE LA SST
Tabla No 5. Recursos humanos y económicos por entidad responsable en la aplicación de la SST.
Institución Personal trabajando en S.S.T
Presupuesto anual para actividades S.S.T
Tiempo dedicado
Observaciones
MITRAB/Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo
14 a nivel central
5 en los departamentos
C$ 1,255,369 para programa de Higiene y Seguridad
Tiempo completo
Alta rotación del personal de inspectoría/bajos salarios
INSS/Gerencia General de Riesgos Profesionales
16 Administrativos a nivel central
10 inspectores: 8 en Managua y 2 para León y Chinandega
C$ 119 millones para atención medica, subsidios y pensiones.
C$ 9 millones para gastos administrativos
Tiempo completo
MINSA/Dirección de Sustancias Tóxicas
3 en el nivel central No tiene presupuesto específico
Parcial: Según demanda
Desarrollo limitado
Total 48 tiempo completo
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
59
6.1.1 Inspección a una Vigilancia del Cumplimiento de la Ley
Tabla No 6. Descripción de los Sistemas de inspección responsables de aplicar la ley en SST
Sistema de Inspección
Ministerio responsabl
e
Nº de inspectore
s
Distribución geográfica
Sector económic
o en cobertura
Nº de empresa
s que cubren
Nº de visitas por empresa
Legislación en
cobertura
Nº de multas
efectuadas
Dirección de Higiene y Seguridad
19
Managua: 14
Departamentos: 5
Sectores Primario, Secundario y Terciario
1 inspección
1 reinspección
Normativas y resoluciones ministeriales
Dirección de Inspectoria del Trabajo
MITRAB/
79
Managua: 20
Departamentos: 59
306
Reglamento de inspectores
N/D
Gerencia de Riesgos
INSS 10
8 Managua
1 León
1 Chinandega
Sector primario, Secundario y Terciario
296* N/D Ley de Seguridad Social
N/D
Dirección de Sustancias Toxicas
MINSA 0 N/D Ley 274 N/D
* Durante el primer nonestre del 2003
El MITRAB cuenta con inspectores de Higiene, inspectores de seguridad e inspectores laborales. De
estos tres sólo los inspectores laborales aparecen definidos por la Ley. Sin embargo, estos se han
dividido las funciones: los inspectores laborales del MITRAB realizan funciones orientadas al área
administrativa; los de higiene, identificación, evaluación y seguimiento de riesgos y también brindan
apoyo, orientación y seguimiento a las comisiones mixtas de Higiene y Seguridad; los de seguridad
identificación, evaluación y seguimiento de riesgos. El criterio utilizado para la selección de las
empresas a inspeccionar es la apertura de nuevas empresas y la realiza cada inspectoría de manera
independiente. Las reinspecciones se definen sobre la base de los índices de accidentalidad. En éstas
los inspectores de Seguridad, Higiene y Laborales participan de manera conjunta. El informe final de
cada una de las supervisiones se realiza de manera conjunta bajo la coordinación del inspector laboral.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
60
Por su parte, los inspectores del INSS desempeñan funciones tanto administrativas como de Higiene y
Seguridad. Las visitas a las empresas son de carácter integral. Además, brindan asesoría a las
comisiones mixtas y a los empleadores en materia de SST. Las empresas son seleccionadas de acuerdo
al índice de accidentalidad y al número de recomendaciones hechas en inspecciones anteriores. Aunque
existe un acuerdo para inspecciones conjuntas entre el INSS y el MITRAB, las visitas de estas dos
instituciones no se realizan simultáneamente.
El Ministerio de Salud no cuenta con un sistema de inspectores laborales. Los higienistas con que
cuenta en cada uno de los 157 municipios del país se ocupan mayoritariamente de labores de
saneamiento básico y ocasionalmente de higiene ambiental. En el ámbito laboral, son los gestores del
chequeo médico periódico a los manipuladores de alimentos.
6.1.2 Laboratorios en SST
Tabla No 7. Equipos disponibles para la evaluación de riesgos de las instituciones responsables de velar por la SST.
AGENTE MITRAB INSS MINSA
Estrés térmico 10 1 1
Ruido 10 1 1
Iluminación 8 1 1
Radiación UV 1 - -
Riesgos eléctricos 11 - -
Manómetro (Presión) 1 - -
Calidad del aire en interiores
2 - -
Calibrador de espesores por ultrasonido (tubería
de caldera)
1
Monitor Multigas (Watchman MSA)
1
Polvo total y respirable 4 - -
Disolventes y gases 5 - -
Metales pesados - - 1*
Plaguicidas - - 1*
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
61
*Corresponde a un laboratorio con capacidad para el análisis (cromatógrafos, espectrofotómetros, etc) y la metodología analítica validada.
Tabla No 8 Equipos disponibles para evaluación de riesgos de otras instituciones del país en materia de SST.
AGENTE UNAN-LEON UNAN-MANAGUA
UNI CIRA
Estrés térmico 3 1 1
Ruido 4 1 1
Iluminación 3 1 1
Radiación UV -
Riesgos eléctricos -
Presión -
Calidad del aire en interiores
1
Polvo total y respirable 3
Disolventes y gases 2
Metales pesados 1* 1*
Plaguicidas 1* 1*
* Corresponde a un laboratorio con capacidad para el análisis (cromatógrafos, espectrofotómetros, etc) y la metodología analítica validada.
Además de lo señalado en la tabla que precede, la UNAN-LEON cuenta con capacidad para
evaluaciones clínicas tales como audiometrías, espirometrías, electromiografías, inhibición de las
colinesterasas, metabolitos de Clorpirifós en orina, evaluaciones neurológicas basadas en el set estándar
de la OMS y sensibilidad vibromotora. La UNAN-MANAGUA cuenta con un espirómetro y dos
audiómetros (sin cabinas).
6.1.4 Centro de Información en SST
El único centro de documentación es el que tiene el MITRAB. El Centro de Documentación cuenta con
1,224 textos relativos a temáticas de orden socio laboral. De forma regular la sede de OIT en Costa
Rica remite al centro de documentación, documentación Bibliográfica.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
62
Existe un intercambio y suministro de documentos con los otros centros de de instituciones a nivel
local, tiene una frecuencia de 150 a 250 usuarios semanalmente, dentro de los usuarios se destacan los
estudiantes universitarios, trabajadores y empleadores.
Cada institución tiene documentación limitada que esta más dirigida a su ámbito de acción.
Organismos de trabajadores como el MEC, la ATC y la CST están produciendo material de divulgación
relativo a la SST.
6.1.5 Servicios de Salud en el Trabajo
Los servicios de salud en el trabajo, concebidos dentro de su carácter preventivo de acuerdo al
convenio 161 y la recomendación 171 de la OIT, no ratificados por nuestro país, no son aplicados en
Nicaragua, excepto de forma aislada en algunas empresas, sobre todo transnacionales como la KRAFT,
cumpliendo las normas de sus paises sedes.
6.1.5.1 Instituciones del estado
Oficialmente la atención médica a los trabajadores la realizan dos instituciones fundamentalmente: El
Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y el Ministerio de Salud.
El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social funciona como un sistema de salud paralelo al
Ministerio de Salud que da cobertura en salud a los trabajadores cotizantes en dos modelos:
1. Empresa Médica Previsional que cubre las contingencias de Enfermedad – Maternidad de los
regímenes Integral (incluye Enfermedad - Maternidad, Riesgos Profesionales e Invalidez, Vejez y
Muerte) y el Facultativo (Invalidez, Vejez y Muerte y opcionalmente en Enfermedad - Maternidad).
En este modelo los trabajadores y sus beneficiarios reciben atención de acuerdo a una canasta
básica de prestaciones médicas, de diagnóstico y tratamiento que no abarca todas las necesidades de
los trabajadores.
2. Unidad de Salud Acreditada (USA): es el modelo utilizado para la cobertura por Riesgos
Profesionales. Incluye todas las etapas de atención desde el diagnóstico hasta la rehabilitación sin
estar limitados por una canasta básica de servicios y medicamentos como en el previsional.
También contempla, en caso de ser necesario, asegurar la atención medica del trabajador en el
exterior y su seguimiento posterior en Nicaragua, una vez dado de alta del centro de referencia.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
63
Actualmente existen un total de 29 USAs acreditadas: en Managua 4 hospitales (uno público y tres
privados), 1 centro de diagnóstico clínico y medicina ocupacional y 2 unidades para rehabilitación
(uno público y uno privado), y 22 distribuidas en quince de los 16 departamentos restantes,
quedando sin cobertura el Departamento de Río San Juan. Durante el año 2002 dentro del modelo
de Riesgos Laborales fueron atendidos 14,121 asegurados en la modalidad de accidentes laborales
y 317 como enfermedad profesional. (anuario 2002). (Ver en anexos las listas de las Unidades de
Salud Acreditadas)
El Ministerio de Salud:
El Ministerio de Salud a través de su red de unidades de salud, presente en cada uno de los 157
municipios del país, atiende al 100% de la población sin distingo de la relación laboral, carece de un
programa de salud ocupacional por lo que no existen cifras estadísticas de morbimortalidad asociada al
trabajo. Mantiene la vigilancia de las intoxicaciones por plaguicidas55 mediante la notificación
obligatoria de los casos atendidos en cualquier unidad de salud, no haciendo distingo entre
exposiciones laborales, accidentales o intencionales.
En vista de no estar acreditadas como Unidades de Salud (USA), las unidades de salud del MINSA
brindan a los pacientes asegurados que concurren a ellas la atención mínima necesaria y luego los
trasladan a las estructuras determinadas por el INSS, donde siguen el trámite normal de atención. No se
lleva un registro estadístico diferenciado de estos casos, excepto en los que funcionan como USA’s.
6.1.5.2 Servicios de las organizaciones de los trabajadores o de los empresarios (algunos ejemplos)
ATC -Mutua del Campo
Sistema mutual fundado en 1996 y coordinado por la Asociación de Trabajadores del Campo. Está
presente en tres municipios del país (Pantasma, La Dalia y Jalapa) y brinda atención médica a 1400
familias campesinas. Incluye un componente de SST dirigido fundamentalmente a brindar apoyo a los
Comités de lucha contra los Plaguicidas.56
Hospital del Ingenio San Antonio
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
64
Es un hospital privado ubicado en el municipio de Chichigalpa donde se localiza el Ingenio San
Antonio, administrado por la Nicaragua Sugar Estates Ltda., tiene una capacidad de 25 camas y cuenta
con sala de cirugía, está destinado para la atención a los trabajadores y sus familiares. Esta adscrito al
INSS como Unidad de Salud Acreditada. El Ingenio San Antonio cuenta con un departamento de
Higiene y Seguridad Industrial, con programaciones anuales para reducción de riesgo y prevención.
Debido al alto índice de insuficiencia renal crónica entre los cañeros, la empresa ha financiado
investigaciones sobre exposición y efectos a la salud entre los trabajadores activos y además tiene
políticas de prevención y reducción de la deshidratación en el personal de la empresa.
Clínica Bananera El Viejo Chinandega
Esta clínica es atendida por un especialista en Medicina Familiar con un diplomado en Salud y
Seguridad Laboral. Brinda atención a los trabajadores y sus familias, Se coordina con el higienista de la
empresa para el desarrollo de programas de prevención y capacitación a los trabajadores. No se lleva
un control ni reporte de las enfermedades ocupacionales. El médico de la clínica desarrolla
evaluaciones periódicas y sugiere cambios en la empresa para mejorar las condiciones de trabajo en las
Bananeras que están bajo su cobertura.
6.1.6 Sistemas de Compensación de Lesiones por Accidente y Enfermedades del Trabajo o Seguros de Riesgos en el Trabajo
6.1.6.1 EL Instituto Nicaragüense de Seguridad Social
El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social cubre las contingencias de enfermedad, invalidez y
muerte a sus cotizantes activos. Cuando sucede un accidente laboral, la empresa debe emitir un
formulario de reporte que le permite al asegurado, previa comprobación de derechos de atención,
acceder a la atención médica en las Unidades de Salud Acreditadas. En éstas, de acuerdo al criterio
médico, se le realizan los procedimientos y exámenes requeridos e independientemente de su carácter
ambulatorio u hospitalización.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
65
En casos de enfermedad ocupacional se accede al sistema mediante la remisión de pacientes desde
cualquier unidad de salud pública, privada o provisional a la consulta de medicina laboral. En la
consulta el trabajador es valorado por un especialista en medicina del trabajo que es quien determina si
cumple o no los requisitos para catalogarse como enfermedad laboral. En casos de invalidez total o
parcial, el trabajador debe presentar un resumen clínico de su médico tratante a la comisión que
confirma la invalidez total o parcial y su carácter de temporal o permanente. Luego de este paso el
departamento de pensiones determina el monto de indemnización o subsidio económico.
6.1.6.2 INISER
Es la principal compañía aseguradora estatal del país y goza de autonomía administrativa y financiera.
Brinda atención a 350,000 clientes con cobertura para los diferentes siniestros personales y materiales
que van desde robo y accidentes hasta muerte y destrucción por catástrofes naturales. En salud
ocupacional cuenta con programas de indemnización que atienden a empleadores, empresas y sus
trabajadores y asociaciones sindicales, en algunos casos por decisión expresa de los empleadores, en
otras de los empleados y en la mayoría de los casos en cumplimiento del convenio colectivo de las
empresas. Por ser un contrato privado de servicios, los montos y condiciones del mismo son acordados
por el contratante y el INISER y reembolsados de acuerdo a los términos del mismo. Sus servicios no
incluyen acciones de prevención.57
Las modalidades de seguro que están en vigencia y se relacionan con la salud de los trabajadores son:
Seguro Colectivo de Vida: da cobertura a la muerte, incapacidad total y permanente y
desmembración, ya sean estas por enfermedad o accidente, sin hacer distinciones entre su relación o no
con el trabajo.
Seguro de Accidentes Personales: las contingencias previstas son muerte accidental, incapacidad
permanente ya sea total o parcial y el reembolso de los gastos médicos ocasionados por las condiciones
antes mencionadas.
Seguro Medico: las contingencias son el pago o reembolso de gastos médicos por enfermedad o
accidente, los gastos de funeral y de entierro.
6.1.7 Centros de Control de Intoxicaciones
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
66
La Dirección de Sustancias Tóxicas del Ministerio de Salud es la encargada de dar seguimiento a las
intoxicaciones por plaguicidas mediante la red de Vigilancia Epidemiológica. Cuenta con 3 recursos a
nivel central y la participación del personal de higiene y de control de plaguicidas a nivel de los
Sistemas Locales de Atención Integral en Salud (SILAIS) y de los técnicos en higiene a nivel
municipal. Los programas que desarrolla la dirección de sustancias toxicas son:
• Programa de plaguicidas
• Evaluación Toxicológica
• Centro Nacional de Toxicología
• Programa de mordeduras de serpientes
• Programa de salud ocupacional
El énfasis está dirigido a la vigilancia y control de las personas expuestas a peligros de intoxicación por
plaguicidas y otras sustancias químicas gracias al programa PLAGSALUD. Este programa ha apoyado
por mas de 10 años el desarrollo y fortalecimiento de la vigilancia de las intoxicaciones causadas por
plaguicidas y la formación y seguimiento de las Comisiones Locales Intersectoriales de Plaguicidas
(CLIPS) a nivel municipal. A lo largo de todo el país se cuenta con 62 CLIPS distribuidas en 15
SILAIS.
Las acciones en materia de SST que se han realizado han sido en conjunto con otras instituciones por
demanda especifica de las autoridades de gobierno o para responder situaciones de emergencia. Las
actividades realizadas a la fecha consisten en evaluaciones medicas y determinación de niveles de
colinesterasas a trabajadores expuestos, investigaciones conjuntas con apoyo del CDC de Atlanta sobre
factores de riesgos de la insuficiencia renal crónica, evaluaciones de intoxicaciones por plomo en
talleres artesanales de recuperación de baterías en Managua, Chinandega y León. En conjunto con el
INSS han participado en la evaluación medica de ex trabajadores expuestos al asbesto y actualmente
están coordinando la evaluación y seguimiento de pacientes intoxicados con toxafeno y mercurio.
También participan en la Comisión Nacional para la Eliminación del Toxafeno.
6.2 ESTRUCTURAS EDUCATIVAS , DE CAPACITACIÓN Y DE SENSIBILIZACIÓN
6.2.1 Cursos Universitarios y de Postgrado
Tabla No 9 Cursos de Nivel Superior, pre y post grado
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67
TIPO DE CURSO
UNAN MANAGUA UNAN LEÓN UNI
Pregrado 80 horas para estudiantes del IV año de Medicina
80 horas para estudiantes de V año de Medicina
168 horas anuales en 3er año de Ingeniería Industrial
Diplomado • Medicina Ocupacional.
• Toxicología Ambiental
Maestrías Módulo de salud ocupacional en las maestrías del CIES
• Maestría en Salud Ocupacional
Otros Cursos
Módulo de Toxicología Laboral en Diplomado de Toxicología Clínica
• Módulo de Salud Ocupacional en Maestría de Salud Pública
• Módulo de Epidemiología Ocupacional en la Maestría de Epidemiología
• Salud Ocupacional para docentes de la Facultad de Medicina, UNAN-León
• Salud Ocupacional para Médicos de atención primaria del Silais-León.
Curso de Post grado en “Ergonomía, Higiene y Seguridad Industrial” 6 graduados.
UNAN-M ANAGUA
Pregrado
La UNAN-Managua cuenta con un curso de pregrado de 80 horas para los estudiantes de IV año de
medicina con la asignatura de salud ocupacional. Aparte de la docencia, los estudiantes visitan los
centros de trabajo y realizan audiometrías a los trabajadores expuestos a ruido en las empresas que
visitan.
Postgrado
Están a cargo del módulo de Toxicología Laboral del diplomado de Toxicología Clínica.
Colaboran en el módulo de salud ocupacional de la maestría en salud pública y maestría de
epidemiología del CIES (Centro de Investigación y Estudios de la Salud adscrito a UNAN Managua).
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
68
UNAN-L EÓN.
Pregrado
160 alumnos cada año, del V año de la carrera de medicina, tienen una rotación por 1 mes en el
Programa de Salud Ocupacional y Ambiental. Además del contenido teórico realizan prácticas en
diferentes centros de trabajo del sector formal e informal. Las prácticas consisten en identificar los
principales problemas de salud a partir de una valoración de riesgos (incluyendo mapeo de riesgo y uso
de equipos de Higiene Ocupacional). También realizan seminarios y discusiones de grupos sobre los
principales problemas de salud ocupacional en la actualidad en los diferentes sectores de la economía
en Nicaragua.
Postgrado
• Módulo de salud ocupacional en la Maestría de Salud Pública a partir de 1998 con un total de
10-15 egresados cada 2 años.
• Módulo de Epidemiología Ocupacional en la Maestría de Epidemiología a partir del 2003,
impartido a 40 estudiantes.
• Diplomado de Toxicología Ambiental, el cual incluye un módulo de Toxicología Laboral.
• Maestría en Salud Ocupacional, iniciada en Noviembre 2003; cuenta actualmente con 10
estudiantes.
En Enero del 2004 se inicia el diplomado de Medicina Laboral con el apoyo de la Universidad de
Verona (Italia), el Instituto Karolinska (Suecia), la Universidad de Washington (Estados Unidos) y el
IRET de la Universidad Nacional (Costa Rica). El diplomado tendrá una duración de 1 año y ya cuenta
con 30 participantes (24 de las Universidades 4 del Ministerio de Salud, y 2 del INSS).
Otro tipo de capacitación
• Curso de Salud ocupacional de 16 horas dirigidos a docentes de la Facultad de Medicina,
UNAN-León
• Curso de Salud Ocupacional de 16 horas dirigidos a 29 Médicos de atención primaria del
Silais-León.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA
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69
Pregrado
Durante su formación como Ingenieros Industriales, los estudiantes de tercer año diurno y cuarto
año nocturno reciben la asignatura de Ergonomía, Seguridad e Higiene, con un total de 84 horas
semestrales en las que las clases prácticas representan un 13% de la carga horaria y los laboratorios el
10% . Atienden en total a 100 estudiantes por año. Cuentan con un laboratorio de medición de riesgos.
Este laboratorio realiza mediciones en colaboración con la Dirección General de Higiene y Seguridad
del MITRAB.
6.2.2 Estructuras de Formación Administradas por Organizaciones de Empleadores y de Trabajadores
No existen estructuras de formación en salud y seguridad del trabajo administradas por parte de los
empleadores o de los trabajadores aunque en las organizaciones sindicales existe un creciente interés en
formar a los trabajadores a través de cursos, talleres o seminarios. Este vacío lo están supliendo los
sindicatos en alianza con instituciones formadoras.
La Central Sindical de Trabajadores “José Benito Escobar” ha desarrollado cursos con apoyo de
CERSSO y en conjunto con la UNAN-León han creado el proyecto Promoción de la Salud y Seguridad
de los Trabajadores (PROSSTRAB). Este es un proyecto de capacitación de promotores en el que
participan trabajadores del sector maquila y construcción. A la fecha se han realizado:
• Cursos Básicos de Higiene y Seguridad Ocupacional dirigido a promotores sindicales de la
CST-JBE y ATC con 60 egresados.
• Cursos Específicos de Higiene y Seguridad Ocupacional por sector económico. Los sectores
abarcados fueron: construcción y maquila (ATC y CST-JBE). Teórico-prácticos, por 4
encuentros, total 32 horas
La Asociación de Trabajadores del Campo ha desarrollado capacitaciones a promotores de higiene y
seguridad que cuentan con un carnet lo cual les permite ingresar a las empresas agrícolas y velar por las
condiciones de seguridad de los trabajadores. Estos cursos se han desarrollado con el apoyo de
CERSSO. Recientemente, la ATEC ha iniciado un programa de capacitación continua en conjunto con
la UNAN-León para fortalecer la capacidad de los promotores y tienen un acuerdo para continuar de
una manera sistemática un programa de capacitaciones. A la fecha se han realizado:
• Cursos Básicos de Higiene y Seguridad Ocupacional en la Agricultura con 20 egresados.
• Introducción a la Evaluación de Riesgos con 40 egresados.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
70
6.2.3 Instituciones Gubernamentales que llevan a cabo Capacitación en Seguridad y
Salud Ocupacional.
El Ministerio del Trabajo es el único autorizado por la ley para autorizar a las personas naturales o
jurídicas que efectúen capacitaciones en materia de higiene y seguridad laboral58. Brinda cursos de
formación, no gratuita a empleadores y trabajadores de acuerdo a solicitudes recibidas de parte de ellos
y además colabora con el INATEC en la capacitación de sus recursos docentes.
Con la publicación de la Ley 290, el Instituto Nacional de Tecnología (INATEC), pasó a depender del
MITRAB. El Instituto es una institución de entrenamiento profesional, creada mediante el decreto 3-91
del 10 de Enero de 1991. Su misión actual es de “contribuir en abrir empleos, así como promocionar la
capacidad de trabajos de los que tienen empleo, elevando la competitividad para incrementar
productividad y calidad de vida de la gente”. Cuenta con 39 centros de formación y capacitación al
nivel nacional.
En algunos de sus centros ofrece cursos en materia de SST. En el año 2002 se brindaron 14 cursos en
seis de los centros (dos de la rama industrial y cuatro de agroforestal) solamente uno de uso y manejo
de plaguicidas. Cuatro de los cursos fueron para recursos en formación y 10 para trabajadores activos.
En todas las carreras y cursos que imparten se incluyen contenidos de salud e higiene ocupacional, sin
embargo no tienen carga académica ya que se imparten durante las clases prácticas. A los profesores el
MITRAB les imparte módulos que luego son reproducidos en cada uno de los centros de capacitación
con contenidos variados que son solicitados por el INATEC central a los inspectores del MITRAB.
6.2.4 Consejos o Comisiones Nacionales de SST y Asociaciones de Profesionales en SST
Consejo Nacional de Higiene y Seguridad (MITRAB) que como ya se describió es una instancia
multisectorial asesora del MITRAB, que sesiona regularmente. Tiene a su cargo la introducción y
discusión de nuevas iniciativas para mejorar la SST. A pesar de que nominalmente la representación
incluye instituciones, empleadores y trabajadores además de Universidades y otros centros formadores,
la participación de los mismos es irregular y con una alta rotación de representantes lo que dificulta su
funcionamiento.
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71
6.3 INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS CIENTÍFICAS , MÉDICAS Y TÉCNICAS VINCULADAS A LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Las facultades de Medicina de la Unan Managua y León cuentan con programas que además de la
formación de nuevos recursos se dedican también a la investigación. También el Ministerio de Salud
cuenta con el Centro Nacional de Toxicología, al que se encuentra adscrito el programa de Salud
Ocupacional, sin embargo, su acción se limita a la vigilancia epidemiológica de intoxicaciones por uso
de plaguicidas y a la investigación de brotes de los mismos y otras a solicitud de dicha cartera.
6.3.1 Institutos de Estandarización/Normalización
No existen.
6.3.2 Institutos Especializados en la Evaluación de Peligros y Riesgos
La Dirección de Sustancias Tóxicas es una de las instituciones con capacidad para evaluar peligros
químicos y se describió en el acápite 5.1.6.
El Programa de Salud Ocupacional y Ambiental de la UNAN-León tiene mas de 15 años de existencia.
El quehacer principal del programa ha sido la investigación y formación de recursos. El programa
cuenta con 20 publicaciones en revistas internacionales en los temas de salud minera y efectos por
plaguicidas y con 11 presentaciones en conferencias científicas internacionales. Las áreas de
investigación en las que actualmente están trabajando son: evaluación de exposición a plaguicidas
(validación de instrumentos de evaluación de exposición) y monitoreo biológico de trabajadores y
familiares. El programa cuenta con las áreas de Epidemiología, Salud Pública, Higiene Ocupacional,
Toxicología ambiental, Química Analítica, Medicina Laboral y Bioestadística.
6.3.3 Preparación de Respuestas en Casos de Emergencia
El Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres creado mediante la Ley
337 en 59 contempla la formación de comisiones multisectoriales al nivel nacional, departamental y
municipal con el objetivo de lograr la reducción de riesgos de desastres naturales o provocados.
Aunque no hace referencia expresa a desastres causados por agentes presentes en ambientes laborales,
el sistema está diseñado para activarse en caso de desastres que pudiesen ser de origen laboral, sin
embargo su quehacer está más orientado hacia desastres de origen natural.
6.3.4 Organismos No Gubernamentales
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72
Consultoras privadas
Dado el limitado numero de personas formadas en medicina laboral y en SST en el país, no existen
asociaciones de médicos del trabajo, de higienistas o ingenieros de seguridad.
6.4 NÚMERO DE RECURSOS HUMANOS EN EL ÁREA DE SST A NIVEL NACIONAL
Tabla No 10. Recursos humanos en SST activos y no activos en el ámbito nacional.
UNAN-MANAGUA
UNAN-LEÓN
MITRAB INSS MINSA OTROS
MÉDICOS DEL TRABAJO 0 0 0 1 2* 3*
ENFERMERAS DEL TRABAJO
0 0 0 0 1* 0
HIGIENISTAS / INGENIEROS DE SEGURIDAD
0 1 2 0 0 6*
INSPECTORES 0 0 17 10 0 0
ESPECIALISTAS EN PROTECCIÓN AMBIENTAL
0 4 0 0 0 0
MASTERS O POSTGRADOS SALUD OCUPACIONAL, EPIDEMIOLOGIA OCUPACIONAL
1 3* 0 0 0 2*
TOTAL 1 8 19 11 3 11
Ver explicación en el texto abajo.
En la tabla No 10 aparecen los 53 recursos humanos en SST que existen en el ámbito nacional.
Cabe señalar la existencia de especialistas de otras disciplinas del área de la SST que se encuentran
activos en SST y de aquellos que no lo están y que son un potencial para el país. La UNAN-
Managua aunque no aparecen recursos formados directamente en salud o medicina ocupacional
cuenta con 4 recursos dedicados a la salud ocupacional 1 master en salud pública, 1 diplomado en
toxicología clínica, y un especialista en Medicina Interna y tienen dos recursos en formación en
medicina ocupacional y epidemiología ocupacional y ambiental.
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73
La UNAN-León, además de los recursos formados en Salud Ocupacional (dos Master y un PhD en
Medicina Ocupacional) cuenta con un especialista en Medicina Interna un especialista en medicina
integral, tiene un master en toxicología un master en salud publica y un recurso en sicología laboral
dedicados a la salud ocupacional.
En el MINSA en la dirección de Sustancias toxicas los especialistas aunque del área de toxicología,
están dedicando tiempo a la salud ocupacional.. En la columna “OTROS” se registran 3 Médicos
Ocupacionales: uno trabaja en Salud Pública y los otros dos para Unidades Acreditadas en Salud
adscritas al INSS, es decir, venden servicios al Seguro Social a través de sus propias clínicas.
Finalmente, existe un médico con entrenamiento avanzado en programas de SST que labora para
una empresa bananera (mas detalles de los médicos que tienen formación en salud ocupacional en
anexos).
7. Estadísticas Sobre Accidentes y Enfermedades del Trabajo
7.1 ESTIMADO DE FATALIDADES DE ORIGEN OCUPACIONAL
Tabla No 11 Número de Accidentes y Enfermedades Profesionales Mortales por Actividad
Económica durante el período 1998-2002, reportados por el Instituto Nicaragüense de
Seguridad Social.
ACTIVIDAD ECONÓMICA 1998 1999 2000 2001 2002
Servicios Comunales 9 13 9 6 7
Industrias Manufactureras 9 8 6 8 3
Construcción 3 7 7 6 9
Agricultura, Caza, Silvicultura y Pesca 3 2 1 4 1
Comercio 1 3 1 3 2
Electricidad, Gas y Agua 1 4 0 2 3
Establecimientos Financieros 1 2 2 3 2
Transp./Almacenamiento/Comunicaciones 0 1 1 0 2
Explotación de Minas y Canteras 0 0 2 1 0
TOTAL 27 40 29 33 29
Fuente: Anuarios INSS
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74
7.2 ESTIMADO DE LESIONES DE ORIGEN OCUPACIONAL
Tabla No 12. Comparación de los registros de accidentes laborales del INSS y el MITRAB durante el período 1998-2001.
1998 1999 2000 2001
MITRAB INSS MITRAB INSS MITRAB INSS MITRAB INSS
Número de Personas Lesionadas
5364 8699 6628 10778 7307 12832 8127 14864
Número de Personas Lesionadas (no fatalidades)
5319 8672 6577 10736 7580 12803 8095 14831
Días perdidos por personas lesionadas
25290 136078 31488 185913 38663 185143 36922 212171
Personas lesionadas mortales 45 25 51 40 27 29 32 33
Enfermedades Ocupacionales
8 155 9 320 5 336 13 364
Trab. Expuesto a riesgo/asegurados
73669 259506 80092 282112 89537 308531 92651 314181
Tasa de lesiones mortales (por cada 10,000 expuesto a riesgo/asegurado)
6.10 1.04 6.37 1.50 3.02 0.94 3.40 1.05
Fuente: Dirección General de Riesgos INSS, MITRAB
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75
Tabla No 13. Número de Lesiones no mortales por Sector y Actividad Económica durante el período 1998-2002, reportados por el INSS. (Fuente: Anuarios INSS, MITRAB)
1998 1999 2000 2001 Sectores Actividades
MITRAB INSS MITRAB INSS MITRAB INSS MITRAB INSS
Agricultura, caza y pesca 589 371 538 407 535 366 464 287
Sub Total 589 371 538 407 535 366 464 287 Primario
% del total anual 10.98 4.27 8.12 3.78 7.03 2.85 5.71 1.93
Explotación de minas 155 157 126 101 102 75 58 102
Industria Manufacturera 3,592 4,617 4,642 5,562 5,609 6,601 6,214 7,799
Electricidad, gas y agua 197 298 157 364 177 483 136 371
Construcción 137 605 179 783 199 870 118 993
Sub Total 4,081 5,677 5,104 6,810 6,087 8,029 6,526 9,265
Secundario
% del total anual 76.08 65.28 77.01 63.18 80.02 62.58 80.30 62.34
Comercio, restaurantes y Hoteles 51 223 153 788 220 1,094 283 1,154
Transporte, almacenamiento y comunicaciones 215 287 200 263 154 324 149 275
Establecimientos Financieros 20 192 15 351 27 550 35 468 Terciario
Servicios comunales, sociales 408 1,947 618 2,159 584 2,467 670 3,412
Sub Total 694 2,649 986 3,561 985 4,435 1,137 5,309
% del total anual 12.94 30.46 14.88 33.04 12.95 34.57 13.99 35.72
Total General 5,364 8,697 6,628 10,778 7,607 12,830 8,127 14,861
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76
7.3 ESTIMACIÓN DE SUBREGISTRO
Tomando en consideración la baja cobertura que brindan las instituciones que cuentan con registros estadísticos sobre accidentes y
enfermedades laborales, se procedió a realizar una estimación del subregistro en la población económicamente activa ocupada de acuerdo a
las prevalencias del INSS. Se calcularon los casos esperados para cada sector económico. De acuerdo a este cálculo el número real de
accidentes entre los trabajadores de la PEA ocupada seria casi ocho veces mas que lo que actualmente se está reportando. (Ver tabla 14).
Tabla No 14, Cálculo del subregistro sobre accidentalidad ocupacional reportada por el INSS y PEAO INEC, 2001
SECTOR PEA Ocupada Accidentes Reportados
Tasa de accidentalidad
según registros del
INSS
Numero de accidentes esperados PEAO
Subregistro estimado
Primario 739.000,00 295,00 0,02 14.780,00 98,00
Secundario 243.500,00 9.586,00 0,10 26.785,00 64,21
Terciario 719.200,00 5.584,00 0,03 79.112,00 92,94
Total 1.701.700,00 15.465,00 0,05 120.677,00 85,05
Fuente: Cortesía Gerencia de Riesgos Profesionales INSS
8. Políticas y Programas de las Organizaciones de Empleadores y Trabajadores
8.1 ORGANIZACIONES DE EMPLEADORES
8.1.2 Texto de la Política de SST
No hay una política definida para desarrollar la SST en el sector de empleadores, Se encontraron esfuerzos dispersos que responden a
acuerdos bilaterales de empresarios y organizaciones multinacionales como el BID quien al momento financia parte del proyecto de
Certificación en ISO 9000:2000 y continuar apoyando la implementación de la norma ISO 14000 a partir del 2004.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
77
8.1.3 Estructura para la implementación de la política en la empresa (unidad de SST, comité mixto de SST, etc).
8.1.4
Al nivel de empresas a donde llega la cobertura del MITRAB (5%) y el INSS (18% PEA ocupada) están conformadas las comisiones
mixtas, sobre todo en el sector secundario. En el sector terciario el desarrollo es escaso, a pesar de su gran peso como generador de
empleos, la baja cobertura de la seguridad social y la existencia de un fuerte componente informal hace que sea uno de los sectores con
mayor peso dentro de la accidentalidad y menor cobertura en prevención.
8.1.4 Programas: formación, información para los miembros
Excepción hecha de los programas de formación implementados a través del INATEC, que son impartidos en respuesta a la solicitud
hecha por los empleadores y por tanto no siguen un programa específico, no encontramos otros programas de formación ni en el sector
público ni en el privado.
8.1.5 Aspectos de SST en los contratos colectivos
Se revisaron 12 de los 72 convenios colectivos firmados en los últimos dos años, encontrándose que en la mayoría el empleador se
comprometía a cumplir con lo orientado en las leyes sobre el tema, uno no incluía el capítulo de higiene y seguridad, uno del sector
maquila se refería a entregar uniformes, en tres se hace alusión a las comisiones mixtas y al reglamento técnico organizativo y en uno
se habla de la educación en salud e higiene ocupacional.
8.1.6 Participación en diálogo nacional tripartito
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78
Los empleadores a través del Consejo Superior de la Empresa Privada participan en el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad, con
una representación delegada por la directiva de esta organización que acude a las reuniones de manera irregular. No participan los
empleadores directamente a menos que se les convoque para alguna subcomisión ad-hoc.
8.2 ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES
8.2.1 Texto de la Política de SST
Las organizaciones sindicales abordadas durante la investigación no cuentan con una política específica en Salud y Seguridad, sin
embargo dentro de sus planes y programas lo contemplan. Así la CST incluye en su Plan Estratégico 2003 – 2005 contempla la
formación de 60 Técnicos en Higiene y de 30 promotores en Salud e Higiene Ocupacional. La ATC dentro del proyecto de Salud y
Medio Ambiente Laboral prevé continuar el desarrollo de los CLIPS, Comisiones Mixtas y la capacitación de 45 promotores –
facilitadores en el tema y elevar la beligerancia de las Mutuas del Campo en lo correspondiente a la Salud Ocupacional.
8.2.2 Estructura para la implementación de la política en la empresa (unidad de SST, comité mixto de SST, etc).
Además de lo normado por la ley es decir las comisiones mixtas, que no existen en todas las empresas, no se cuenta con otra estructura
que permita el desarrollar una política de SST en las empresas.
8.2.3 Programas: formación, información para los miembros
Existen a nivel de sindicatos proyectos de formación de dirigentes sindicales en el tema de SST apoyados por organismos regionales y
supraregionales como PROSSTAB, sin embargo dado el corto tiempo de ejecución de estos proyectos los resultados y el alcance aun
no son mensurables.
8.2.4 Aspectos de SST en los contratos colectivos
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
79
Además de lo planteado en el inciso 7.1.4. encontramos que solamente dos de los convenios revisados se habla de las
responsabilidades de los trabajadores en torno a salud e higiene ocupacional.
8.2.5 Participación en diálogo nacional tripartito
Las organizaciones sindicales abordadas en el presente estudio cuentan con una representación en el Consejo Nacional de Higiene y
Seguridad, donde realizan un activo trabajo.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
80
9. Actividades Cotidianas y en Proceso de Ejecución Relacionadas con la SST
9.1 ACTIVIDADES COTIDIANAS E INICIATIVAS
� Formación del Plan Estrategico Nacional de Higiene y Seguridad de los Trabajadores, elaborado con los integrantes del Consejo
Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo.
� En proceso de su aprobación por la Asamblea Nacional un proyecto de Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo, uno de los
objetivos de la proyectada Ley es precisamente la de regular las competencias y atribuciones de los inspectores de Higiene y Seguridad
del Trabajo para levantar y sustancias sus propias actas de inspección, así mismo deja establecido los mecanismos, obligaciones y
responsabilidades en la organización, Gestión y actuación de la Higiene y Seguridad en las empresas.
� En Ejecución el proyecto Regional de Salud y Seguridad Ocupacional para Centro América, Belice, Panamá y República Dominicana.
El objetivo final del Proyecto es reducir la tasa de incidencia de accidentes y enfermedades ocupacionales en toda la Región. Este
Proyecto es financiado por el departamento del trabajo de los Estados Unidos de América (USDOL) y coordinado por ABT
ASSOCIATES INC. Concluye en julio de 2004.
Dentro de sus actividades:
� Creación del “Centro Regional de Seguridad y Salud Ocupacional” (CERSSO).
� Desarrollo de un Plan Nacional de Acción Estratégica en SSO.
� Apoyo con Equipos y Capacitación.
� Creación de un cuerpo de promotores.
� Actividades de SSO en la industria maquiladora.
1) En ejecución Proyecto Regional de Validación de una caja de herramientas para implementar la iniciativa de lugares de trabajo
saludables. OPS/OMS.
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81
La meta global de la iniciativa de lugares de trabajo saludables es contribuir al mejoramiento del ambiente físico y psicosocial del lugar
de trabajo, el estado de salud, la capacidad de desarrollar estilo de vida más saludables y el bienestar general de los trabajadores para
avanzar hacia el desarrollo sostenible con equidad y justicia social. OPS/OMS ha elaborado un conjunto de materiales metodológicos y
didácticos orientados a extender, apoyar y fortalecer los programas que promueven la salud en los lugares de trabajo con el apoyo
técnico de OIT, al que se ha denominado “ La caja de Herramientas para impulsar los entornos saludables de trabajo”.
La caja de herramientas esta compuesta por doce módulos de actuar en materia de salud y seguridad, y trece videos sobre equipos de
protección personal, ergonomía y protección de maquinaria, preparados por OIT bajo el nombre de “ Su Salud y su Seguridad en el
Trabajo”, para alianzar la meta global de la iniciativa de lugares de trabajo saludables, se diseño una propuesta de validación de la caja
de herramientas a aplicarse en cuatro países de Centroamérica ( Guatemala, El Salvador, Honduras, y Nicaragua), entre trabajadores de
las maquilas la floricultura y las empresas de tabaco. Para el proceso de validación se requirió en la formación de un equipo facilitador
Nacional integrado por funcionarios del MITRAB, MINSA, INSS, MECD, CZF, Universidades y Organizaciones Laborales, y de la
comisión mixta de las empresas.
9.1.1 Iniciativas Nacionales
Mediante el Acuerdo Presidencial No 289-98, se instituye el 18 de Agosto como Día Nacional de la Seguridad, Higiene y Salud de los
Trabajadores
Con los objetivos siguientes:
• Elevar a un nivel superior el cumplimiento de la Ley en cuanto a la Seguridad, Higiene y Salud de los Trabajadores.
• Elevar la conciencia, conocimientos, experiencia y hábitos de los empleadores y los trabajadores en dicha materia.
• Promover una mayor participación de las instituciones del Estado, empresarios, trabajadores y la sociedad civil en la
programación y ejecución de los programas de Higiene y Seguridad.
• Procurar la participación de los trabajadores en estilo de vida saludable que al menos incluya:
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82
1. Disminuir los riesgos de lesiones y enfermedades profesionales
2. Nutrición Saludable
3. Reducción del tabaquismo y alcoholismo
9.1.2 Iniciativas del Sector Industrial
Hay un trabajo disperso y lo que existe es a instancia de organismos u organizaciones sindicales. Tal es el caso de la iniciativa de la
promoción de entornos saludables desarrollado por OPS en el que a lo largo de un año ha venido validando una caja de herramientas
para promover salud
9.1.4 Actividades e iniciativas de los sindicatos
Dentro de las iniciativas del Movimiento de Mujeres Maria Elena Cuadra están la capacitación a mujeres trabajadoras del sector
maquila en los derechos de la mujer en salud, seguridad e higiene en el trabajo.
Este movimiento ha desarrollado varios diagnósticos con el fin de obtener información útil ya sea para la educación como para
promover cambios en los lugares de trabajo para convertirlos en entornos menos peligrosos. Los diagnósticos realizados relacionados
con la SST son:
Condiciones de salud sexual y reproductiva en 1500 mujeres de 12 empresas de la maquila
Condiciones de salud e higiene ocupacional en 3680 mujeres trabajadoras de 27 empresas maquiladoras
Avances y retrocesos en las condiciones sociolaborales de las trabajadoras en las maquilas con 4770 mujeres trabajadoras de 17
empresas maquiladoras
Condiciones sociolaborales de las trabajadoras del tabaco de exportación en 300 mujeres trabajadoras de 12 empresas de
procesamiento de tabaco
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
83
Condiciones sociolaborales de las trabajadoras del servicio domestico realizado con la participación de 1700 mujeres trabajadoras de 6
departamentos de Nicaragua.
CST y ATC son descritos en acápites anteriores
9.2 CONSOLIDACIÓN DE LAS COMPETENCIAS CON APOYO INTERNA CIONAL
Las iniciativas que dentro de este ámbito se están desarrollando en nuestro país giran alrededor un proyecto en particular:
El Centro Regional de Seguridad y Salud Ocupacional (US-DOL/ CERSSO), apoya al Ministerio del Trabajo en la formación de recursos
humanos tanto del Ministerio como de las empresas. Las áreas en las que se han desarrollado las capacitaciones son buzos, construcción,
maquila agro y pesca. La población objetivo de capacitación han sido los representantes sindicales, miembros de institutos técnicos
vocacionales, promotores del agro e inspectores de higiene y seguridad, técnicos del MITRAB, autoridades locales, trabajadores activos
(buzos), gerentes de empresas. También trabaja en conjunto con OPS y OIT en el uso de la Caja de herramientas dentro de la Estrategia de
Promoción de la salud de los lugares de trabajo.
10. Datos Generales
10.1 DATOS DEMOGRÁFICOS
De acuerdo a las proyecciones del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos la población total de Nicaragua para el año 2001, la población
total fue de 5 205 022, de los cuales la población de 10 años y mas era de 3 653 200. Entre éstos, la población económicamente activa fue
calculada en 1 900 400 que representa un 36.5 % de la población total y un 52% de la población mayor de 10 años.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
84
Tabla No 15. Balance de la fuerza de trabajo por sectores económicos de acuerdo a MITRAB e INEC * y cobertura según INSS durante el 2001
DESCRIPTOR
Nº % PEA COTIZANTES
DEL INSS
% COTIZANTES CON RESPECTO PEA
Población total 5,205,022
PEA general y % en relación con población total 1,900,400 36.5
Total de ocupados y tasa de ocupación con respecto a PEA 1,701,700 89.5
314,181 18,5
Ocupados actividad primaria 739,000 43,4 17,840 2,5
Agricultura y pecuario 725,200 42,6
Silvicultura 3,100 0,2
Pesca 10,700 0,6
Ocupados actividad secundaria 243,500 14,3 86,247 35,4
Industria manufacturera 131,600 7,7 70,636 53,7
Construcción 102,300 6,0 13,771 13,5
Minas y canteras 9,600 0,6 1,840 19,2
Ocupados actividad terciaria 719,200 42,3 210,094 29,2
Comercio 279,800 16,4 41,656 14,9
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
85
Gobierno central (incluye defensa y gobernación) 63,500 3,7
Transporte y comunicación 52,900 3,1 9,880 18,7
Establecimientos financieros 22,600 1,3 21,731 96,2
Electricidad gas y agua 6,100 0,4 6,539 107,2
Servicios sociales, comunales, personales 294,300 17,3 129,536 44,0
Fuentes: http://www.inec.gob.ni/ e INSS (oficina de actuarial y estadística)
* En el 2002 solo se cuenta con información urbana por lo que seleccionó el año 2001 para poder comparar resultados entre las instituciones.
Población Económicamente Activa: se trata de las personas que durante el período de referencia en el censo tienen un trabajo o lo busca
activamente o no buscan por estar a la espera de la respuesta por un empleador o esperan continuar sus labores agrícolas.
PEA Ocupada: comprende a las personas que declararon que trabajan o que no trabajaron por estar de vacaciones y a las que contando con
trabajo, no trabajaron por enfermedad.
Para 1998 la Población económicamente activa correspondía al 35% de la población total, de ella el 88% se encontraba en la categoría de PEA
ocupada. A continuación presentamos la tabla de la PEA ocupada por grupos de edad y sexo.
Tabla No 16. Población Económicamente activa por grupos de edad y sexo
Hombre Mujer Total
EDAD Numero Porcentaje Numero Porcentaje Numero Porcentaje
6- 13 años 68.510 6.15 21.687 3.83 90.197 5.37
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14-18 160.251 14.38 51.088 9.02 211.339 12.58
19-60 820.779 73.67 469.212 82.86 1.289.991 76.77
61-90 64.546 5.79 24.296 4.29 88.842 5.29
Total 1.114.086 66.30 566.283 33.70 1.680.369 100.00
Fuente: EMNV 1998 (calculado de la base de datos)
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
87
10.2 Niveles de Educación
10.2.1 Para toda la población (porcentaje de la población con al menos educación primaria, capacidad para leer y escribir).
Tabla No 17: Alfabetismo por sexo en la población general.
Hombre Mujer Total Alfabetismo
Número Porcentaje Número Porcentaje Número Porcentaje
Leer/Escribir 1.432.300 74,09 1.551.258 76,03 2.983.558 75,09
Sólo Sabe Leer 40.170 2,08 51.712 2,53 91.882 2,31
No Sabe Leer/Esc 460.651 23,83 437.445 21,44 898.096 22,60
Total 1.933.121 100,00 2.040.415 100,00 3.973.536 100,00
Fuente: EMNV 1998 (Calculado de la base de datos)
Tabla No 18: Alfabetismo por sexo en la población económicamente activa ocupada
Hombre Mujer Total
Alfabetismo Número Porcentaje Número Porcentaje Número Porcentaje
Leer / escribir 837.234 75,17 474.346 83,84 1.311.580 78,09
Sólo Sabe Leer 29.317 2,63 11.178 1,98 40.495 2,41
No Sabe Leer/Esc 247.209 22,20 80.280 14,19 327.489 19,50
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88
Total 1.113.760 100,00 565.804 100,00 1.679.564 100,00
Fuente: EMNV 1998
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89
10.3 Tipos de Sectores de Actividad Económica y Porcentaje de la Fuerza de Trabajo Empleada
Tabla No 19: Distribución de la fuerza de trabajo empleada por sectores de actividad económica en porcentajes (2001)
SECTOR ECONÓMICO
ACTIVIDAD HOMBRES MUJERES TOTAL
PEA en Sector Primario 30.6 3.6 34.2
Primario Agropec./caza y pesca 30.6 3.6 34.2
PEA en Sector Secundario 11.7 5.1 16.9
Explot. Minas y Canteras 0.5 0 0.5
Manufactureras 6.4 5.0 11.4
Secundario
Construcción 4.9 0.1 5.0
PEA en sector Terciario 22.6 26.3 48.9
Terciario Electricidad, agua y gas 0.5 0.1 0.7
Com., Hoteles y Restaurantes 10.4 12.8 23.2
Transp, Almac. Y Comunic. 3.4 0.2 3.6
Estab. Financieros 0.3 0.2 0.5
Serv. Com., Soc. y Personales 8.1 12.9 21.0
Fuente: INEC, Encuesta de Medición del Nivel de Vida 2001 Fuentes: http://www.inec.gob.ni/
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
90
10.4 DATOS ECONÓMICOS
Tabla No 20: Producto Interno Bruto (Millones de Córdobas )
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
91
CONCEPTOS 1999 2000 2001 2002
(PRELIMINAR)
Producto Interno Bruto 24,031.0 25,448.7 26,251.4 26,526.7
Actividad Primaria 6,848.9 7,705.3 7,945.3 7,714.5
Agricultura 4,476.4 5,030.1 5,181.7 4,809.0
Pecuario 1,907.8 2,152.4 2,282.9 2,434.8
Pesca 403.00 458.9 414.5 402.2
Silvicultura 61.70 63.90 66.20 68.50
Actividad Secundaria 6,786.60 7,019.90 7,260.8 7,444.6
Manufactura 4,751.70 4,877.60 5,008.30 5,125.50
Construcción 1,640.30 1,810.80 1,905.10 1,913.40
Minería 394.60 331.50 347.40 405.70
Actividad Terciaria 10,395.50 10,723.50 11,045.30 1,1367.60
Comercio 4,234.10 4,399.60 4,547.00 4,688.70
Gob. Central 1,651.10 1,645.60 1,653.80 1,660.70
Transp.. y Comunicaciones 1,144.20 1,189.10 1229.30 1267.50
Bancos y Seguros 720.40 742.80 768.80 796.50
Energía y Agua 721.20 735.90 754.30 775.40
Prop. Vivienda 917.40 956.80 995.10 1034.90
Otros Servicios 1,007.10 1,053.40 1097.00 1143.90
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
92
Fuente: Gerencia de Estudios Económicos BCN
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
93
10.5 ESTIMADO GLOBAL DEL NIVEL DE RECURSOS (EN DÓLARES O COMO PORCENTAJE DEL PIB)
De acuerdo a los datos de la Gerencia de estudios económicos del Banco Central de Nicaragua, el Producto interno bruto (preliminar) para el
año 2002 fue de 26,256.7 millones de córdobas (Tabla 20 inciso 9.4) y la sumatoria del presupuesto oficial del 2003 destinado para
actividades de SST es de C$129.3 millones de córdobas (Tabla 5) lo cual representa apenas un medio porciento (0,5%) del PIB. Existen otros
gastos no visibles en SST como son las contribuciones de los organismos colaboradores en Salud y Seguridad laboral en las diferentes
instituciones pero que posiblemente no superan el 1% del PIB nicaragüense.
11. Otra Información Relevante En anexos se adjuntan los documentos, textos y cuadros que no aparecen en el Perfil relacionados con la SST considerados relevantes lo mismo que copias de la legislación relevante en materia de SST.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
94
ANEXOS
Informantes Claves que fueron entrevistados durante el proceso de recolección de información
Nombre Organismo
Erwing Salgado Asoc. Trabajadores del Campo
Marvin Cruz Cámara de Industrias
Rafael Barrera CERSSO
Orestes Romero COSEP
Rubén Sandino CST - JBE
Miguel Ruiz CST – JBE
Mario Valle Montenegro INATEC
Dr. Juan Tijerino INISER
Dra. Lucila López INSS
Lic. Sandra Balmaceda INSS
Dr. Jaime Fuentes INSS
Ing. Alicia Alemán Maquiladora Chi Sing.
Dr. Jesus Marin Ministerio de Salud
Francisco Bolaños Ministerio del Trabajo
Sandra Ramos Mov. Maria Elena Cuadra
José R. Gasteazoro Productor Bananero
Jesper Nielsen SiD
José A. Fajardo UNAN - Managua
Juan J. López Universidad Nacional de Ingeniería
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
96
Resumen de Leyes, Reglamentos, Resoluciones Ministeriales y Normas en Salud y Seguridad en el Trabajo Aplicables a todos los sectores económicos
LEYES NACIONALES
Instrumento Legal Ministerio Responsable
Objetivo de la Legislación No Gaceta Fecha de Publicación Artículos Relevantes
1 Constitución Derechos Laborales, condiciones de trabajo saludables y seguras
Gaceta número 13
19 de febrero 2000 82
2 Ley 290 Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo
MITRAB Creación del Ministerio del Trabajo. Responsable de proponer coordinar y ejecutar las políticas del estado en SST
Gaceta número 102
03 de junio de 1998 12
3 Ley 290, Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo
MINSA Creación del Ministerio de Salud. Coordinador de la política de Salud, encargado de proponer planes y programas de salud y de promover campanas de divulgación en materia de higiene y salud ambiental
Gaceta número 102
03 de junio de 1998 26
4 Ley 290 Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo
INSS Definición del INSS como un ente autónomo descentralizado de la Presidencia de la República
Gaceta número 102
03 de junio de 1998 14
5 Ley 947, Ley de Seguridad Social.
INSS Brindar protección a los trabajadores y sus familias. Gaceta numero 49
1 de Marzo 1982
6 Ley General de Salud. Ley 423. MINSA Otorga funciones como normador en la prevención y control de accidentes, da facultades para investigar, prevenir y controlar los accidentes laborales
Gaceta numero 91
17 de Mayo de 2002 18, 26
7 Código del Trabajo. Ley 185 MITRAB Obligaciones sindicales en la gestión SST, Competencia del MITRAB, Definición de Enfermedad y accidentes Laborales
Gaceta numero 205
30 de Octubre de 1996
106, 108, Titulo V
8 Ratificación y Vigencia de todas las resoluciones Ministeriales en Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo
MITRAB Ratificar la vigencia de todas las resoluciones o disposiciones aprobadas antes de la entrada en vigencia de la ley 185 Código del Trabajo.
Gaceta numero 147
06-08-2001 Todos.
9 Acuerdo Presidencial del Día Nacional de la Seguridad, Higiene y Salud de los Trabajadores
MITRAB Resaltar la importancia que tiene la SST y propiciar la participación de todos los sectores involucrados en su promoción.
Gaceta numero
17 de Agosto de 1998.
Todos
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97
REGLAMENTOS
Instrumento Legal Ministerio Responsable
Objetivo de la Legislación No Gaceta
Fecha de Publicación
Artículos Relevantes
1 Reglamento de la Ley 290 MITRAB Funciones de la Dirección de Higiene y Seguridad del Trabajo
Gaceta número 205 y 206
Octubre 1998 230,239
2 Decreto 13-97, Reglamento de los Inspectores del Trabajo
MITRAB Funciones de los inspectores Gaceta numero 41
27 de Febrero de 1997
2; 7; 9; 11.
3 Reglamento de la Ley General de Salud
MINSA Define las facultades especificas del MINSA en relación con SST como normador, supervisor e investigador.
Gaceta numero 7
10 Enero de 2003.
261
RESOLUCIONES MINISTERIALES
Instrumento Legal Ministerio Responsable
Objetivo de la Legislación No Gaceta Fecha de Publicación Artículos Relevantes
1 De Higiene y Seguridad en el Trabajo
MITRAB Obligaciones del empleador, de los fabricantes e importadores y del trabajador y derechos del trabajador en SST, crea el Consejo Nac.de Seg. e Higiene
Gaceta numero 165
01 de septiembre de 1993
Todos.
2 Sobre la Notificación de las enfermedades profesionales
MITRAB Mecanismos y plazos para notificar al MITRAB de un accidente o enfermedad laboral
Gaceta numero 128
06 de julio de 2000 Todos.
3 Relativo a las sanciones por incumplimiento a las disposiciones del uso de los equipos de protección personal
MITRAB Establece las responsabilidades de empleadores y trabajadores en el uso, mantenimiento y provisión de los equipos de protección personales.
Gaceta numero 128
06 de julio de 2000 Todos.
4 Sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad
MITRAB Define la forma, composición y requisitos de las Comisiones Mixtas
Gaceta numero 146
03 de agosto de 2001 Todos.
5 Sobre la Higiene y Seguridad en los lugares de trabajo
MITRAB Disposiciones básicas de Higiene Industrial para la protección de los trabajadores contra los riesgos para
Gaceta numero 173
12 de septiembre de 2001
Todos.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
98
su salud presentes en el lugar de trabajo.
6 Sobre Reglamentos técnicos organizativos de HST en las empresas
MITRAB Necesidad de la implementación de los reglamentos técnico organizativos den HST.
Gaceta numero 175
17 de septiembre de 2001
Todos.
7 relativo al peso máximo de la carga manual que puede ser transportada por un trabajador.
MITRAB Proteger al trabajador en lo relativo al peso máximo a transportar manualmente
Gaceta numero 116
21 de junio de 2002 Todos.
NORMAS
Instrumento Legal Ministerio Responsable
Objetivo de la Legislación No Gaceta Fecha de Publicación
Artículos Relevantes
1 Disposiciones Mínimas de Higiene y Seguridad de los equipos de trabajo
MITRAB Garantizar la correcta aplicación de las medidas mínimas de higiene y seguridad del trabajo que deben aplicarse para utilizar los equipos y dispositivos de trabajo.
Gaceta numero 64
09 de abril de 1996
Todos.
2 Disposiciones Mínimas de Higiene y Seguridad de los equipos de Protección personal
MITRAB Establecer las disposiciones mínimas de higiene y seguridad del trabajo para selección y utilización de equipos de protección personal.
Gaceta numero 21
30 de enero de 1997
Todos.
3 Sobre condiciones de Higiene y Seguridad para el funcionamiento de los equipos generadores de vapor o calderas que operen en los centros de trabajo.
MITRAB Establecer requisitos de seguridad aplicables a los equipos generadores de vapor o caldera abarcando características y propiedades exigibles así como formas de explotación.
Gaceta numero 115
20 de junio de 2002
Todos.
4 Relativo a la prevención y extinción de incendios
MITRAB Establecer normas complementarias a las ya existentes sobre condiciones básicas que deben reunir los lugares de trabajo para prevenir el riesgo de incendio y limitar su propagación.
Gaceta numero 116
21 de junio de 2002
Todos.
5 Disposiciones básicas de HST en los lugares de trabajo
MITRAB Conjunto de estándares para definir los lugares de trabajo
Gaceta numero 146
03 de agosto de 2003
Todos.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
99
1.2.2 Resumen de Leyes, Reglamentos, Resoluciones Ministeriales y Normas en Salud y Seguridad en el Trabajo por sectores económicos
S e c t o r P r i m a r i o
No. Sector Económico. Ley, Reglamento o Norma Objetivo de la ley Gaceta D. O. No
Ley 274 Ley básica para la regulación y el control de sustancias químicas
sustancias tóxicas, peligrosas y otras similares.
Gaceta numero 30 del 13 de febrero de 1998.
Reglamento Decreto 49-98 Gaceta numero 142 del 30 de julio de
1998. 1. Agricultura
La Resolución ministerial; Sobre higiene y seguridad aplicada en el uso,
manipulación y aplicación de los plaguicidas en los centros de trabajo.
Controlar desde el punto de vista normativo el uso, manejo y aplicación de
plaguicidas en los centros de trabajo
Gaceta numero 175 del 17 de Septiembre de 2001.
2. Silvicultura * * *
3. Pesca Resolución interministerial relativa a
las medidas mínimas de protección del trabajo del mar.
Tutelar un mínimo de derechos de las personas
que trabajan en las diferentes labores que se
desarrollan en el mar.
Gaceta numero 173 del 12 de Septiembre de 2001.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
100
Sector Secundario
No. Sector Económico. Ley, Reglamento o Norma Objetivo de la ley Gaceta D. O. No
Resolución Ministerial sobre higiene industrial en los lugares de trabajo.
Gaceta numero 173 del 12 de Septiembre de 2001
4. Industria manufacturera Norma ministerial en materia de higiene y seguridad del trabajo en el sector maquilas
de prendas de vestir en Nicaragua
Protección de los trabajadores contra los riesgos que para su salud y su seguridad
puedan derivarse de la exposición de agentes físicos, químicos y biológicos
presentes en su lugar de trabajo. Gaceta numero 221 del 20 de
Noviembre de 2002
Resolución Ministerial referente a las medidas básicas de seguridad e higiene que
deben adoptar las empresas y firmas constructoras que realicen excavaciones a
cielo abierto.
Regular las condiciones mínimas de seguridad e higiene de los trabajadores que laboran en excavaciones de drenaje pluvial,
alcantarillado sanitario, instalaciones subterráneas para teléfonos, etc..
Gaceta numero 173 del 12 de Septiembre de 2001.
5. Construcción
Resolución ministerial referente a las medidas básicas de higiene y seguridad del
trabajo aplicable a la construcción.
Establecer las medidas mínimas que en higiene y seguridad del trabajo deben
desarrollarse para proteger la seguridad y salud de los trabajadores de la construcción
en el desempeño de sus tareas.
Gaceta numero 124 de 30 de junio de 2000 y numero 125 del 1 de julio de
2000.
6. Minas y Canteras Reglamento General de higiene y seguridad
del trabajo en las minas
Identificar y prevenir los riesgos en las actividades mineras y de esta forma ayudar
a mantener en optimas condiciones de higiene y seguridad los puestos de trabajo, maquinarias y demás elementos de trabajo, abarca minas subterráneas, a cielo abierto,
beneficios, laboratorios, almacenes y talleres.
Gaceta numero 126 y 127 del 4 y 5 de julio de 2000.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
101
Sector Terciario
No. Sector Económico. Ley, Reglamento o Norma Objetivo de la ley Gaceta D. O. No
7. Comercio * * *.
8. Gobierno Central (Def. y Gob.)
* * *.
9. Transporte y Comunicación * * *.
10. Establecimientos financieros
* * *.
11. Electricidad, gas y agua.
Norma Ministerial sobre disposiciones básicas de higiene
y seguridad del trabajo aplicables a los equipos e instalaciones eléctricas
Garantizar la integridad física, la salud, la higiene y la disminución de los riesgos profesionales para
hacer efectiva la seguridad ocupacional del trabajador.
Gaceta numero 115 del 19 de Junio de 2000.
12. Servicios Sociales, Comunales y Personales
* * *.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
103
Aunque no existen normativas o reglamentos específicos que se refieran a estos sectores existen normas que son válidas de aplicación que regulan los siguientes ámbitos:
• Resolución ministerial sobre las comisiones mixtas de higiene y seguridad del trabajo en las empresas.
• Norma básica de Higiene y Seguridad en los Lugares de trabajo • Norma ministerial de las disposiciones mínimas de higiene y seguridad de los equipos de
trabajo • Norma ministerial de Higiene y Seguridad del trabajo aplicable a la Señalización • Resolución ministerial sobre higiene industrial en los lugares de trabajo. • Resolución ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo relativa a la Prevención de incendio
en los lugares de trabajo
Resumen de las respuestas dadas por los participantes en el Grupo Focal Final
Pregunta
1) ¿Cual es la principal limitante para su accionar en materia de SST?
• Falta de recursos humanos y económicos
• Falta de compromiso y voluntad política de los hacedores de políticas
• Falta de coordinación interinstitucional
• Pobre conocimiento en salud y seguridad ocupacional
• Poco cumplimiento de las leyes existentes
• Falta de un plan nacional de Salud y Seguridad en el trabajo
• Poca motivación de los empleadores y trabajadores
2) Proyecciones para el 2004 en promoción de programas de prevención de accidentes y enfermedades
• Priorizar áreas piloto de trabajo
• Formación en Salud Ocupacional a trabajadores, empleadores y personal de salud
• Mejorar la vigilancia epidemiológica
• Elaborar y Ejecutar plan estratégico en SST
• Sistematización y buen uso de las buenas experiencias preventivas
• Crear sistemas de atención para pacientes con enfermedades relacionadas con el trabajo
• Fortalecer las comisiones mixtas
• Realizar encuentros regionales / nacionales por sector productivo
3) ¿Qué mecanismos se deberían implementar para lograr el cumplimiento de normas de SST en las Empresas
• Inspección y capacitación con participación tripartita
• Implementar sistemas eficaces de vigilancia y control
• Establecer una política fiscal y coercitiva en Hist.
• Exigir el cumplimiento de las leyes
• Ley General de Higiene y Seguridad en el trabajo.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
104
Pregunta
4) Como se puede aumentar las coberturas del INSS y MITRAB, contribución del MINSA
• Aunar esfuerzos entre INSS, MITRAB, MINSA
• Utilizar las fortalezas de las instituciones
• Mejorar el presupuesto
• Formación de recursos
• Divulgación
• Hacer cumplir las leyes
5) De acuerdo a las condiciones actuales ¿Como superan los vacíos que la institución tiene para desarrollar la SST?
6) Dé dos recomendaciones por institución: 7) MITRAB, MINSA, INSS, Organizaciones de empleadores y
organizaciones de trabajadores
MINSA
• Formación de recursos médicos, paramédicos, técnicos y Post Grados
• Implemente el Programa de SST
• Crear las Normas
• Buscar Financiamiento
• Mejorar la vigilancia MITRAB
• Formación de Técnicos en Hist.
• Aumentar el número de Inspectores
• Aumentar el número de visitas
• Aumentar el número de empresas con Comisiones Mixtas
• Formación obligatoria para empleadores y trabajadores en SST
INSS
• Programas de capacitación para trabajadores y empleadores
• Ampliar la cobertura al sector informal y agrícola Organizaciones de Trabajadores
• Capacitación a los trabajadores Universidades
• Desarrollar cursos de post grado en SST Crear un Instituto Nacional de Medicina Ocupacional
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
105
Pregunta
8) ¿Qué alternativas proponen para la inclusión del sector informal en los planes y programas de SST?
• Ampliar la educación en SST a la Educación Formal
• Trabajar con agrupaciones gremiales y empresariales del sector
• Uso de Medios de Comunicación masivos para la promoción, difusión y divulgación de la SST
• Crear leyes y normativas
• Elaborar un diagnóstico del riesgo en el sector
• Formación de Comisiones Mixtas
9) ¿Que papel pueden jugar las redes y organismos externos en el fortalecimiento de la SST?
• Fortalecimiento de los organismos desde el punto de vista técnico y financiero
• Intercambio de experiencias
• Facilitar el acceso a información
10) De acuerdo a las condiciones actuales de la SST en el país ¿Cuáles deben ser las principales actividades que deben establecerse para asegurar mejores condiciones de trabajo y reducir los riesgos laborales en los diferentes sectores económicos?
• Aplicar las normas existentes
• Ampliar la cobertura del Seguro Social
• Capacitación a trabajadores
• Introducción de temas de SSO a nivel de educación primario y secundario
• Formar comisiones tripartitas por sector
• Elaborar normas por sector o ramas económicos
• Aumentar el presupuesto para el MINSA y MITRAB
• Trabajo intersectorial
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
106
TABLA 21 Población económicamente activa ocupada por sectores económicos y regiones.
SECTORES ECONOMICOS % PEA POR
REGION
REGIÓN
PRIMARIA SECUNDARIA TERCIARIA
PACIFICO
(976,774)
20.9 % 17.7% 61.3% 58.8%
CENTRO NORTE
(534,574)
56.8% 10.8% 32.4% 32.2%
ATLÁNTICO
(150,436)
56.8% 9.1% 34% 9.1%
TOTAL (1,661,784)
35.7% 14.7% 49.6 100%
FUENTE: EMNV 1998. Cálculo realizado a partir de la Base de datos obtenida del INEC. Tomado del informe de la UNAN-León
Tabla 22 Distribución porcentual de la población económicamente activa ocupada de acuerdo actividad económica y región geográfica
ACTIVIDAD CONCRETA PACIFICO NORTE CENTRAL
ATLÁNTICO
Agricultura 15.3 45.9 37.1
Comercio al por menor 18.5 10.9 11.3
Hogares privados con Servicios domésticos 6.8 4.9 2.7
Hoteles y restaurantes 5.5 1.8 2.9
Construcción 5.5 4.1 2.9
Administración Pública y Defensa 4.6 2.1 3.6
Enseñanza 4.1 2.9 4.5 Ganadería 4.0 10.5 17.1
Elaboración de productos Alimenticios 3.9 2.7 1.2
Fabricación de prendas De vestir 3.1 0.4 0.6
Comercio al por mayor 3.2 1.7 1.3
Otras actividades empresariales 2.8 1.0 0.3
Servicios de salud 2.6 1.2 2.3
Venta, mantenimiento y reparación de vehículos 2.7 1.2 0.6
Extracción de materiales Metalíferos 0.1 0.4 3.4
NO CUADRA NI HORIZONTAL NI VERTICAL
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107
Tabla 23 Pacientes con Lesiones Laborales que asistieron al Hospitales Lenin Fonseca-Managua y-Hospital Santiago-Jinotepe según sectores de la economía, 2002.
SECTORES ECONOMICOS Nº DE LESIONADOS
PORCENTAJE POR SECTOR
Actividad Primaria 652 11,32 Agropecuaria, caza y pesca 652 100,00
Actividad Secundaria 555 9,64 Explotación de minas y canteras 1 0,18
Industria Manufacturera 24 4,32 Construcción 530 95,50
Actividad Terciaria 4552 79,04 Electricidad, gas y agua 54 1,19
Comercio, hoteles y restaurantes 470 10,33 Transporte, almacenamiento y comercio 40 0,88
Establecimientos financieros 44 0,97 Servicios comunales, sociales y personales 3390 74,47
Otros 252 5,54 Sin datos 302 6,63
TOTAL 5759 100,00 FUENTE: Base De dato de Hospital Lenin Fonseca-Managua-Hospital Santiago-Jinotepe. MINSA, NICARAGUA.
(CDC-OPS-SAREM) Cortesía Lic. Julio Rocha.
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108
Tabla 25 Servicios de Salud en el Trabajo
Unidad De Salud Acreditada (USA) Departamento Tipo Atención
Programa De Atención Medica Especializada (PAME) Managua Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Salud Integral Managua Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Aldo Chavarria Managua Rehabilitación, Ambulatoria/Hospitalizacion
Centro De Especialidades Med-Lab Managua Consulta Externa/medios diagnósticos
Hospital Antonio Lennin Fonseca Managua Ambulatoria/Hospitalizacion
Clínica Marquette Managua Rehabilitación, ambulatoria
Centro Quirúrgico Médicos Unidos Managua Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital "Ernesto Sequeira Blanco Bluefields Ambulatoria/Hospitalizacion
Centro Quirúrgico. "El Socorro" Boaco. Ambulatoria/Hospitalizacion
Encsa Carazo Carazo Ambulatoria/Hospitalizacion
Amocsa Chinandega Chinandega Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Ingenio San Antonio Chinandega Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Asunción Chontales Ambulatoria/Hospitalizacion
Clínica San Ramón . – Juigalpa Chontales Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital San Juan De Dios Estelí Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Privado Cocibolca Granada. Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Victoria Motta Jinotega Ambulatoria/Hospitalizacion
Amocsa León León Ambulatoria/Hospitalizacion
Centro Quirurq. "Los Chilamates" Masaya. Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Cesar Amador Molina Matagalpa. Ambulatoria/Hospitalizacion
Clínica Santa Fe Matagalpa Matagalpa. Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Alfonso Moncada Guillén Ocotal Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Nuevo Amanecer Pto. Cabezas Ambulatoria/Hospitalizacion
Emp. Hospital Gaspar García Laviana Rivas. Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Juan Antonio Brenes Somoto. Ambulatoria/Hospitalizacion
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109
Tabla 26 Cobertura del MITRAB de las empresas en los diferentes sectores de la economía
Empresas Sector Actividad/rama
Censo MITRAB
Porcentaje con respecto al censo por actividad
Agroindustrial 2 Pesca 9 Silvicultura 1
Primario
Sub total 12 Alimentos 9539 37 0,4 Bebidas 15 13 86,7 Tabaco 34 21 61,8 Textil-vestuario 7552 42 0,6 Cuero y Calzado 2001 7 0,3 Madera y Muebles 3034 11 0,4 Papel y Cartón 118 5 4,2 Imprenta 246 4 1,6 Quimicos, pinturas y petroleo 54 16 29,6 Caucho y Plásticos 51 13 25,5 Mineria y Materiales de Construcción 2128 34 1,6 Maquinaria y Materiales de Transporte 276 8 2,9 Diversos 562 30 5,3 Construcción 7446 45 0,6
Secundario
Sub total 33056 286 0,9
Comercio al por mayor 2517 0,0 Comercio al por menor 72351 27 0,0 Hoteles y Restaurantes 10878 20 0,2 Inmobiliario 145 0,0 Servicios Comunitarios 11244 24 0,2 Actividades Empresariales 3067 0,0 Enseñanza 1300 0,0 Salud 2321 45 1,9 Mantenimiento y Reparación de Vehículos 4336 3 0,1 Sistema Financiero 327 3 0,9 Correo y Comunicación 3 11 366,7 Transporte 4921 15 0,3
Terciario
Sub total 113410 148 0,1
TOTAL 146466 446 0,3 • Basado en las empresas listadas por Banco Central en el sector urbano
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110
Listado de Médicos formados en Salud Ocupacional o Medicina laboral Nº Nombre Especialidad/Maestría Trabajo actual Observaciones 1 Feliciano
Pacheco Medicina laboral de Cuba
Oficina Epidemiología Silais León
Trabaja ocasional a solicitud de Empresas
2 Marvin Lund Medicina Laboral de Brasil Amocsa Trabaja independiente medico referencia INSS
3 Rosendo Abrahante
Medicina laboral de Cuba MEDLAB Trabaja independiente medico referencia INSS
4 Salvador Borgen Medicina laboral de Brasil ¿? No está claro 5 Jaime
Manzanares Docencia en
Dávila Bolaños Pendiente confirmar
6 Armando Ulloa Pasantía en Medicina laboral en Francia
UNAN-Managua Trabaja en el tema de Ergonomía y rehabilitación profesional
7 Lucío Rossini Medicina laboral de Italia Consultor independiente colabora con UNAN-León
8 Ronald Sánchez Fisiólogo (Medicina deportiva) Alemania
Independiente Trabaja en Medicina laboral y hace pruebas especiales como audiometría y espirometría
9 Abad Valladares Especialista en Medicina legal Instituto en Medicina Legal
Trabaja en medicina laboral como práctica privada
10 Juan Centeno Maestría en Salud ocupacional de Cuba
UNAN-León Dedicado mas a salud publica en general
11 Aurora Aragón Maestría en Ciencias en Epidemiología ocupacional de Suecia
UNAN-León
12 Rafael Amador Maestría en Ciencias en Epidemiología ocupacional de Suecia
Consultor independiente actualmente director CERSSO
13 José Rene Gasteazoro
Medico Integral con diploma en Salud y seguridad en el trabajo
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13. Referencias Bibliográficas
11 OIT, Marco de una política nacional para el fomento del empleo y el trabajo decente en Nicaragua, Mayo 2003. 2 Población. Características Económicas. 1997 Volumen III. VII Censo de Población y III de vivienda, 1995. 3 ENDESA (Encuesta Nicaragüense de Demografía y Salud)2001. INEC, Nicaragua 4 EMNV Encuesta de Medición de Nivel de Vida, 2001. INEC, Nicaragua 5 OPS. 2000, La salud de los trabajadores en Nicaragua. Una aproximación (Documento de trabajo del grupo nacional de salud de los trabajadores, octubre 2000) 6 CERSSO, Plan de acción estratégico Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 2002-2006 7 Wesseling C, Aragón A, Morgado H, Elgstrand K, Hogstedt C, Partanen T. Work and health in Central America. Int J Occup Environ Health, 2002;8:125-136 8 López L, Aragón A, Herrera A, 2003. Perfil Ocupacional de los Trabajadores Nicaragüenses: Desarrollo actual de la Salud Ocupacional en Nicaragua. UNAN – León. 9 http://www.agenda21.org.ni/cifras2.html#e 10 Banco Mundial (Departamento de Centro América. Región de América Latina y el Caribe. Junio 2003. Nicaragua Reporte de pobreza. Aumentando el bienestar y reduciéndola vulnerabilidad. Informe Nº 26128-NI. 11 http://www.bcn.gob.ni/estadisticas/censo/ 12 http://www.inec.gob.ni/mecovi/pdf/mapapobreza2001.pdf 13 Entrevista con Francisco Bolaños MITRAB 14 Pesticide Illnesses Reported to the Sentilnel Event Notification System for Occupational Risks (SENSOR): California, October 1988-June 15, 1990. Department of Health Services, State of California, USA: 15 Tercero F, Andersson R. Measuring transport injuries in a developing country: an application of the capture-recapture method. Accid Anal Prev. 2004 Jan; 36(1): 13-20 16 Reinke, W. Applicability of Industrial Sampling Techniques to Epidemiologic Investigations: Examination of an underutilized Resource. (1991) AJE Vol 134, No.10, pp 1222-1228. 17 Borgen Salvador. Diagnostico sobre condiciones de Salud e Higiene Ocupacional en Trabajadoras en las Maquilas, 2001.Pag. 59-60. 18 Ramos S. y Vargas J. Diagnóstico sobre Avances y Retrocesos en Mujeres en las maquilas de Nicaragua. 2002, Pág. 66 y 67
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
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19 Entrevistas realizadas en el marco del estudio de la UNAN-León 20 Asamblea Nacional de Nicaragua. Constitución Política de la República de Nicaragua. Año 2000 21 Ley N0 290. Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo. 27 de marzo 1998. 22 Publicado en la Gaceta. Diario Oficial Nº 41 del 20 de Febrero de 1997. 23 Artículo 109 y 112 del C. T. 24 Artículo 110 C.T. 25 Artículo 111 C.T. 26 Gaceta Diario Oficial No 165 del 01 de Septiembre de 1993. 27 Gaceta Diario Oficial No. 146 del 03 de Agosto de 2001. 28 Gaceta Diario Oficial No. 128 del 06 de Julio de 2000. 29 Gaceta Diario Oficial No. 115 del 19 de Junio de 2000. 30 Gaceta Diario Oficial No. 173 del 12 de Septiembre de 2001. 31 Gaceta Diario Oficial No.146 de 03 de Agosto de 2001. 32 Gaceta Diario Oficial No. 175 de 17 de Septiembre de 2001. 33 Idem xiv. 34 Gaceta Diario Oficial No. 128 del 6 de julio de 2000. 35 Gaceta Diario Oficial No. 116 de 21 de junio de 2000. 36 Idem. Xvii. 37 Gaceta 115 de 20 de junio de 2002. 38 Gaceta Diario Oficial No. 221 del 20 de Noviembre de 2002. 39 Gaceta Diario Oficial No. 126 de 04 de Julio de 2000. 40 Aprobada por la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad, pendiente de publicación en La Gaceta. 41 Ministerio de Salud de Nicaragua. Ley General de Salud. 2003. 42 Idem v 43 Gaceta 30 del 13 de febrero de 1998. 44 Gaceta No 142 del 30 de Julio de 1998 45 Código utilizado por OIT en su página Web para referirse a los convenios. www.oit.org 46 Plan de acción estratégico nacional de seguridad y salud ocupacional Nicaragua 2002-2006.
CERSSO 47 Ley No. 274 de 5 de noviembre de 1997, Gaceta No. 30 de 13 de febrero de 1998 48 La Gaceta No. 232 de 6 de diciembre de 1996 49 Ley No. 156 de 16 de abril de 1993, La Gaceta No. 73 de 21 de abril de 1993
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
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50 MITRAB. Resolución ministerial relativa a los Reglamentos Técnicos Organizativos de Higiene y
seguridad en las empresas, compilación de Normativas en Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo
1993 – 2003, Managua, Nicaragua, Julio 2003 51 Entrevista con Francisco Bolaños 52 Gaceta Diario Oficial No.146 de 03 de Agosto de 2001. 53 Gaceta Diario Oficial No. 115 del 19 de Junio de 2000. 54 Idem. Xvii. 55 Entrevista con Dr. Marín, Dpto. Toxicología. MINSA 56 El Machete, Edición 177, sept – Oct 2003 57 Entrevista con Lic. Azucena Alvarado, Directora de Ventas INISER 58 Procedimiento para normar la capacitación en el ámbito de la Higiene y Seguridad del Trabajo,
febrero 1999. 59 Gaceta Diario Oficial No. 70 del 07 de abril de 2000.