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ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO OFICINA DE LA OIT PARA CENTROAMÉRICA, HAITÍ, PANAMÁ Y REPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DEL TRABAJO NICARAGUA PROYECTO PARA LA FORMULACIÓN DE UNA POLÍTICA NACIONAL DE EMPLEO EN NICARAGUA (PNE) PERFIL DIAGNOSTICO NACIONAL SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

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ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO OFICINA DE LA OIT PARA CENTROAMÉRICA, HAITÍ, PANAMÁ

Y REPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DEL TRABAJO

NICARAGUA

PROYECTO PARA LA FORMULACIÓN DE UNA POLÍTICA NACIONA L DE EMPLEO EN NICARAGUA (PNE)

PERFIL DIAGNOSTICO NACIONAL SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO OFICINA DE LA OIT PARA CENTROAMÉRICA, HAITÍ, PANAM Á

Y REPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DEL TRABAJO

NICARAGUA

PROYECTO PARA LA FORMULACIÓN DE UNA POLÍTICA NACIONA L DE EMPLEO EN NICARAGUA (PNE)

PERFIL DIAGNOSTICO NACIONAL SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO

JULIO 2004

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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Prefacio Este diagnostico se enmarca en el ámbito de un programa de Trabajo Decente/TrababajoSeguro. Constituye un primer paso para el diseño de una estrategia para la implementación de un Programa Nacional de Trabajo Seguro en Guatemala desde la perspectiva de OIT. Se pretende promover un medio ambiente de trabajo más seguro y saludable mediante la adopción de un enfoque sistemático de gestión, el desarrollo de programas nacionales relativos a la seguridad y la salud en el trabajo, y el mejoramiento progresivo del sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo. Dicho enfoque incluye programas estratégicos a mediano plazo destinados a otorgar elevada prioridad a la seguridad y la salud en el trabajo en el marco de los programas nacionales, y establecer objetivos y plazos. Un sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo abarcan la legislación pertinente, las consultas tripartitas y los mecanismos de verificación del cumplimiento (por ejemplo las inspecciones), los servicios de seguridad y salud en el trabajo, el acopio de estadísticas con propósitos preventivos, la capacitación y la información. Los sistemas nacionales de seguridad y salud en el trabajo y sus programas de acción deberían basarse en los principios fundamentales reflejados en Convenios, Recomendaciones, directrices técnicas y repertorios de recomendaciones prácticas de la OIT.

El diagnóstico, se elaboró en coordinación con la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad y la Dirección General de Higiene y Seguridad el Ministerio de Trabajo de Nicaragua. Un agradecimiento especial al equipo de consultores nacionales de la OIT que elaboraron el diagnóstico: Dra. Aurora Aragón, Epidemióloga Ocupacional, Dra. Cecilia Torres Especialista en Medicina Integral, Lic. Ricardo Guevara Altamirano, Abogado, Msc. Luis Blanco Romero Higienista Industrial.

Para la realización del diagnóstico, se llevaron a cabo consultas con las organizaciones de empleadores y trabajadores miembros del Consejo de Seguridad y Salud Ocupacional, las instituciones responsables en el tema, los sectores patronales y laborales, y las asociaciones de profesionales involucradas. Este diagnóstico esta acompañado por una encuesta nacional sobre condiciones de trabajo, salud y seguridad ocupacional que lo complementa.

La Supervisión Técnica se llevó a cabo por parte de Valentina Forastieri Especialista Principal en Condiciones de Trabajo, Seguridad y Salud Ocupacional, de la Oficina de la OIT para Centroamérica, Haití, Panamá y República Dominicana. Trabajo Seguro: Programa Internacional de la OIT sobre Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente. Julio 2004

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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Resumen ejecutivo

Las formas de empleo en Nicaragua están en íntima relación con el estado de pobreza. El mercado

laboral nicaragüense está basado fundamentalmente en un predominio de actividades de servicios

(conocido como sector terciario) en las zonas mas densamente pobladas como Managua. En estas

actividades de servicios predomina el sector informal. En las zonas menos pobladas como el nordeste

del país predomina la agricultura (sector primario) en condiciones precarias con cifras altas de extrema

pobreza. Instituciones como INSS o MITRAB se han estado dedicando a un subsector minoritario

como son construcción, maquila y minería (conocido como sector secundario). De acuerdo al INSS

aún en este sector la cobertura es por debajo del 40% (tabla 15) y la cobertura del MITRAB es menor al

1% (tabla 26) si consideramos que esta institución tiene la función de dar cobertura a todas las

empresas constituidas en el país esta cifra es extremadamente baja.

Las herramientas legales aunque apropiadas se utilizan poco, no pudiendo atender la demanda por falta

de recursos o por movilidad laboral de los inspectores como consecuencia de los bajos salarios que

también afecta a la población en general.

Está demostrado que la falta de prevención produce costos directos pero también costos indirectos

como pérdidas en los costos de producción, salarios, gastos en salud, en el manejo de los pacientes

que se agrava por la baja calificación del personal de salud, lo que repercute también en el ingreso y el

bienestar y la salud de la familia. Con el empleo precario subyacen las formas de explotación más

inhumanas concomitando por lo general con poco conocimiento en materia de salud y seguridad

laboral por parte de los trabajadores. Es de esperarse que debido a la inestabilidad de sus empleos, los

trabajadores se vuelven reacios a reclamar sus derechos por temor a perder el empleo o a que les

nieguen un trabajo en el futuro a como se ha documentado en las maquilas. La exposición a riesgos de

un trabajador no solo lo afecta a él, afecta potencialmente a la familia especialmente a los niños por ser

más vulnerables.

Las instituciones a cargo de la SST convocadas a través de la Comisión Nacional de Higiene y

Seguridad tienen la misión de consolidar y desarrollar la salud y seguridad de los trabajadores. Si se

superan los obstáculos y dificultades de coordinación, se pueden aunar esfuerzos para la construcción

de políticas y un plan anual común que permita el desarrollo de actividades y el crecimiento sin

duplicar esfuerzos. Las normas de salud y seguridad en el trabajo deben cumplir con principios de

universalidad, equidad, integralidad, continuidad, calidad y complementariedad de las normas

internacionales del trabajo y estar en acuerdo con los principios de otros planes nacionales

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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particularmente del Plan Nacional de Desarrollo. En este plan se desarrollan las políticas económicas

que regirán el país hasta el año 2015 e incluyen básicamente dos aspectos: el desarrollo e inversión en

el sector industrial fundamentalmente en el área de maquilas y leal crecimiento de la producción

agraria mediante el desarrollo de industrias locales para la elaboración de los productos, lo que ha sido

denominado conglomerados de desarrollo. Este enfoque por conglomerados en sectores no

tradicionales con poca historia de desarrollo de la salud y seguridad debe trascender con la introducción

de la seguridad y salud en el trabajo.

Un planteamiento de políticas de seguridad y salud laboral debe también ajustarse al mercado laboral

emergente para poder incidir efectivamente en la reducción de los factores de riesgos de la población

nicaragüense.

Se propone incorporar un modelo de atención con una visión holística desde una perspectiva de

atención primaria para llegar a la mayoría de la población nicaragüense.

Para asegurar el avance de la SST en Nicaragua es necesario mejorar la capacitación y la coordinación

entre las instituciones a cargo de la misma incluidas las organizaciones de trabajadores y de los

empleadores, aprovechando las oportunidades que proveen organismos financieros externos y

organismos internacionales con el fin de asegurar el bienestar de los trabajadores y sus familias y así

cumplir con la misión que se ha propuesto el Consejo de Higiene y Seguridad del Trabajo en su plan de

acción estratégico y también desarrollar acciones sobre la base de lo propuesto por la ley general de

salud en materia de salud y seguridad en el trabajo.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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INDICE

PARTE I ..................................................................................................................................................7

1. INTRODUCCIÓN.............................................................................................................................. 7 2. OBJETIVOS..................................................................................................................................... 9 3. METODOLOGÍA .............................................................................................................................. 9 4. ANÁLISIS DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS EN SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO ...................... 11 5. PROPUESTAS DE POLÍTICAS DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO......................................... 23

PARTE II ............................................................................................................................................... 29

1. PRESENTACIÓN....................................................................................................................... 29 2. MARCO LEGAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST).................................................. 30 3. MECANISMOS NACIONALES DE VERIFICACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL ................................. 42 4. COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN, INCLUYENDO CONTRATOS O ACUERDOS COLECTIVOS DE

TRABAJO.............................................................................................................................................. 43 5. ESTÁNDARES TÉCNICOS, DIRECTRICES Y SISTEMAS DE GESTIÓN................................................ 52 6. MEDIOS Y HERRAMIENTAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE SST ............................ 58 7. ESTADÍSTICAS SOBRE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DEL TRABAJO ......................................... 73 8. POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE LAS ORGANIZACIONES DE EMPLEADORES Y TRABAJADORES........ 76 9. ACTIVIDADES COTIDIANAS Y EN PROCESO DE EJECUCIÓN RELACIONADAS CON LA SST............. 80 10. DATOS GENERALES.................................................................................................................. 83 11. OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE ............................................................................................ 93 12. ANEXOS ................................................................................................................................ 94 13. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ............................................................................................. 111

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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PARTE I

1. Introducción La preocupación fundamental de la sociedad nicaragüense en la actualidad es el desempleo y la

pobreza que afectan a miles de familias en todo el país. La adopción de una política nacional de empleo

(PNE) por parte del gobierno de Nicaragua es una necesidad en un país que requiere incentivar la

inversión privada nacional y extranjera. Es necesario mejorar la inversión pública, la competitividad de

la economía pero sobre todo es urgente combatir la pobreza e indigencia sobre bases más eficientes y

sostenibles.

El principal desafío de la política de empleo es estimular la productividad y los ingresos de los

segmentos atrasados del mercado laboral (y a su fuerza de trabajo), propiciando un mayor acceso a los

recursos productivos de tierra, capital, crédito, asistencia técnica, capacitación y demás políticas

públicas. De acuerdo al informe de la OIT de mayo 20031, aumentar el bajo nivel educativo de la

fuerza de trabajo y de la población en general, la creación de ocupación productiva y bien remunerada

para las mujeres, la doble dimensión del salario como factor de competitividad de la empresa y como

fuente principal de satisfacción de necesidades básicas del trabajador y su familia, la necesidad de crear

mecanismos de confianza internos y de fortalecer las instancias de diálogo y la propia estructura de las

organizaciones sociales representan los grandes desafíos a tomar en cuenta para una política nacional

de empleo que su vez se ajuste a las necesidades del país. Esta política debe tomar en cuenta el

concepto de trabajo decente.

Trabajo decente es un sinónimo de trabajo seguro, en el cual se protegen los derechos, lo que

significaría ingresos adecuados con una protección social apropiada. Significa también un trabajo

productivo y de calidad, en el sentido que todos deberían tener pleno acceso a las oportunidades de

obtención de ingresos lo mismo que derecho a condiciones de trabajo adecuadas. Es decir condiciones

de trabajo que permitan garantizar la salud y seguridad de los trabajadores. Desafortunadamente el

esfuerzo de garantizar la seguridad laboral y la aplicación de las normas correspondientes puede

aparecer para los empresarios como una pérdida de la competitividad sobre todo por las presiones del

libre mercado que por lo general se contraponen con las aplicaciones efectivas de las normas de salud y

seguridad laboral. Sin embargo la experiencia de la OIT ha demostrado el vínculo importante que

existe entre el mejoramiento de las condiciones de trabajo y la productividad.

El presente informe se enmarca en el proyecto para la formulación de una política nacional de empleo

(PNE), con la asistencia técnica de la OIT y con la participación de los interlocutores gubernamentales,

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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empresariales y sindicales nicaragüenses y la coordinación institucional del Ministerio del Trabajo,

Este se basa en el Convenio de Cooperación suscrito el 3 de octubre de 2002. Tiene la meta de

presentar los principales desafíos que en materia de salud y seguridad en el trabajo enfrentará

Nicaragua de cara a los cambios socioeconómicos que se propone para reducir la pobreza y aumentar el

empleo con condiciones de seguridad.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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2. Objetivos

2. 1 OBJETIVO GENERAL

Evaluar la situación y principales desafíos en materia de calidad de las condiciones de salud y

seguridad en el trabajo (SST) definiendo lineamientos de políticas para enfrentar tales desafíos.

2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Analizar las políticas y programas sobre salud y seguridad en el trabajo, en los

principales sectores y su relación con la productividad, identificando los principales

desafíos en la materia, así como la calidad de las condiciones de salud y seguridad en el

trabajo.

2. Presentar para discusión propuestas de políticas de salud y seguridad en el trabajo

3. Metodología

Para obtener la información contenida en este informe se efectuaron los siguientes procedimientos:

Se acopió toda la documentación proveniente de las instituciones involucradas en salud y seguridad en

el trabajo en Nicaragua relacionada con la legislación, los sistemas de inspección laboral, las políticas

y programas en materia de salud y seguridad en el trabajo.

Se recogió y analizó la información estadística proveniente del registro de accidentes y enfermedades

profesionales tanto del Ministerio del Trabajo como del Instituto de Seguridad Social. Se consultaron

además reportes con datos estadísticos provenientes del Ministerio de Salud con respecto a accidentes

laborales que acudieron a los servicios de emergencia durante el año 2002 en dos hospitales

nicaragüenses (Hospital Lenin Fonseca-Managua- Hospital Santiago-Jinotepe ). Esta información se

recolectó con el fin de evaluar la incidencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el

ámbito nacional y en los diferentes sectores económicos del país. A esto se agregó la consulta de los

informes del CENSO2, de ENDESA (Encuesta Nicaragüense de Demografía y Salud)3 y EMNV

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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(Encuesta de Medición del Nivel de Vida)4 de 1998 y 2001 lo mismo que el análisis de las bases de

datos de EMNV de 1998.

Se efectuó un análisis de los aspectos organizativos para la gestión de las medidas de previsión y

control de riesgos en el trabajo y del mejoramiento de las condiciones de trabajo (sistemas de gestión

de la salud y seguridad en el trabajo, comisiones mixtas, etc.) un análisis de la aplicación de la

legislación en materia de SST a través de la inspección y de los convenios colectivos de trabajo y del

funcionamiento de los servicios de salud en el trabajo en el ámbito nacional y por sector económico.

Se realizó un sondeo y consultas a interlocutores gubernamentales, empresariales y sindicales respecto

a las necesidades y prioridades en la materia, por medio de 15 entrevistas individuales (MITRAB

(Ministerio del Trabajo), CERSSO (Centro Regional en Salud y Seguridad Ocupacional), COSEP

(Consejo Superior de la Empresa Privada), MINSA (Ministerio de Salud), INATEC (Instituto Nacional

Tecnológico), INISER (Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros), Zona Franca, SiD

(Solidaridad Internacional de Dinamarca), ATC (Asociación de Trabajadores del Campo), CST-JBE

(Central Sindical de Trabajadores José Benito Escobar), Movimiento Maria Elena Cuadra, Facultad de

Ingeniería Mecánica Industrial de la Universidad de Ingeniería, Facultad de Medicina de las

Universidades Nacionales Autónoma de Nicaragua en Managua y León, así como, dos entrevistas

grupales a trabajadores de la dirección de riesgos profesionales del INSS (Instituto Nicaragüense de

Seguridad Social).

Después de producir un informe preliminar, se realizó una reunión de presentación de resultados y

consulta con 12 participantes representantes de CERSSO, Ministerio de Salud, Instituto Nicaragüense

de Seguridad Social, las Facultades de Medicina de las Universidades Nacionales Autónomas de León

y Managua, Solidaridad internacional de Dinamarca, Asociación de Trabajadores del Campo, Central

Sindical de los Trabajadores y de Empleadores. A pesar que los empleadores fueron convocados a

través del COSEP y de las cámaras no se logro la participación de empleadores de diferentes sectores

laborales. Se analizaron 4 informes de perfil nacional cuyas fuentes son OPS5, CERSSO6, el Programa

Centroamericano de Salud y Trabajo7 y la UNAN-León8 cuyos resultados fueron tomados en cuenta

para la redacción del presente informe.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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4. Análisis de Políticas y Programas en Salud y Seguridad en el Trabajo

4.1 ESCENARIOS PARA EL DESARROLLO DE LAS POLÍTICAS Y PRO GRAMAS SOBRE SALUD Y

SEGURIDAD EN EL TRABAJO .

Nicaragua, con más de cinco millones de habitantes, enfrenta el siglo XXI con un estado de insolvencia

económica por una deuda externa de más de seis mil millones de dólares que representa tres veces el

producto interno bruto actual, con una tasa de desempleo abierto superior al 12% y un 63.5% de

ocupados con ingresos mensuales inferior a media canasta básica9 . El 45.8% de la población

nicaragüense se encuentra por debajo de los límites de pobreza y de ellos un 15.1% está en extrema

pobreza, llegando al 90% en algunas áreas rurales10. El analfabetismo está por encima del 25% según

la EMNV del 2001, el acceso a electricidad (alumbrado público) es de 72% a escala nacional, aunque

alcanza solamente un 40% en el área rural; a servicios sanitarios de cualquier forma tiene acceso el

86% de los nicaragüense y a agua potable dentro de la vivienda solamente el 31.1% (ENDESA 2001).

Nicaragua es por tanto incluida en la “Iniciativa de Países Pobres Altamente Endeudados” con la

condición por parte del Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Interamericano

de Desarrollo de poner en marcha la Estrategia Reforzada de Reducción de la Pobreza. Esta estrategia,

plantea al país a alcanzar para el año 2015 una serie de estándares entre los que se encuentran un mejor

acceso al agua, mejor educación, mejores alternativas de empleo, y empleos dignos. Pero par alcanzar

las metas, el país tendría que estar sometido a exigencias de austeridad en el gasto público impuestas

por el FMI y el BM y se tendría que trabajar más duro, aceptar los ajustes estructurales, y vivir más del

propio esfuerzo que de la ayuda extranjera.

No solo los aportes económicos y el aumento de los ingresos pueden resolver el estado de desempleo y

deterioro de la salud y seguridad de los trabajadores nicaragüenses, sino que la institucionalidad y

gobernabilidad del país tienen una participación importante en ello como un estímulo a la inversión. La

institucionalidad es una asignatura pendiente en el país. Hay muy pocos esfuerzos efectivos para

establecer el estado de derecho. Los vaivenes políticos ponen en riesgo constante la institucionalidad,

las contradicciones políticas abiertas entre los partidos mayoritarios entre sí y con el Ejecutivo han

desviado la atención de lo urgente para el país, como es salir del estado de pobreza.

4.2 SECTORES ECONÓMICOS ACTUALES Y CONGLOMERADOS DEL FUT URO

De acuerdo a los datos de INEC la población económicamente activa ocupada de Nicaragua representó

para 2001 el 33% de la población total nicaragüense (1,701.700/5,205.022 habitantes). Esta población

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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se encuentra distribuida en un 43.4% en el sector primario principalmente en el rubro agropecuario, un

14.3% en el sector secundario principalmente en manufactura, minería y construcción y el 42.3% en el

sector terciario compuesto por los sectores servicios, gobierno, transporte comunicación, comercio y

financiero.

El acceso al trabajo no es equitativo entre hombres y mujeres, ya que en la población económicamente

activa ocupada el 66.3% son hombres. Según el informe de la UNAN-León basado en los datos de

EMNV de 1998, la PEA ocupada significaba en ese momento el 48% de la población mayor o igual a

10 años con un predominio similar de la población masculina. Esta diferencia de acceso al trabajo entre

hombres y mujeres fue mas marcada en algunos departamentos del país especialmente en la región

central norte (Matagalpa, Jinotega y Estelí) donde menos del 30% de las mujeres tienen trabajo. El

porcentaje de ocupación de las mujeres fue mucho más bajo en las zonas del atlántico norte y sur y en

el Departamento de Jinotega donde osciló entre un 23-24%. En ese mismo informe se presenta una

tabla de distribución de la ocupación por departamentos donde se muestra que en el norte (Nueva

Segovia, Jinotega, Madriz) el centro como Boaco y el sur (Rivas, Río San Juan y la región sur del

atlántico) mas del 70% de la PEA masculina ocupada esta dedicándose a la agricultura y más del 70%

de la PEA ocupada femenina se encuentra en el sector terciario dedicadas fundamentalmente al

comercio menor y a los servicios. Al revisar las ocupaciones especificas más frecuentes por región del

país se observa que la actividad predominante en el Pacífico está en el sector terciario la cual fue el

comercio menor (30%) de entre un total de 23 actividades mencionadas. En el Centro Norte y el

Atlántico la actividad predominante fue la agricultura con mas del 50% de la población involucrada en

esta actividad. El sector agrícola en nuestro país duplica la PEA ocupada perteneciente al sector

secundario. Los trabajadores sin pago del sector primario (28.8%), representan el doble que todos los

trabajadores del sector de construcción. Tres de cada 10 trabajadores lo hacen por cuenta propia en el

ámbito nacional. En el sector urbano son casi 4 de cada 10 los que trabajan por cuenta propia11

De acuerdo al mapa de pobreza de Nicaragua12, es en el atlántico y en la región centro norte donde se

encuentra mas del 80% de la población en extrema pobreza, siendo la región donde está el más alto

porcentaje de trabajadores sin pago y trabajadores por cuenta propia.

Si casi la mitad de la población está en el sector agrícola y en su mayoría están en extrema pobreza,

parece coherente que el plan nacional de desarrollo apunte al desarrollo de estos sectores bajo un

modelo de conglomerados desde una perspectiva municipal, con un enfoque en el fortalecimiento de

áreas relacionadas con el trabajo en el campo (producción forestal y de productos de la madera, pesca y

acuicultura, carne y productos lácteos y agroindustria y procesamiento de alimentos).

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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La gestión en salud y seguridad en el trabajo deberá prepararse para asegurar condiciones dignas en las

nuevas formas de creación de empleo tomando en cuenta los sectores con mayor población de

trabajadores, aumentando la cobertura y desarrollando mecanismos coordinados entre las instituciones

para lograr un desarrollo armónico en el aspecto económico y en el nivel de vida de los trabajadores y

sus familias.

4.3 LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN EN SST (INSPECCIÓN Y CONVENIOS COLECTIVOS )

Las políticas sobre Salud y Seguridad en el Trabajo (SST) en Nicaragua están basadas en las leyes,

decretos, reglamentos y normativas ministeriales, formuladas acorde a las resoluciones y

recomendaciones hechas por OIT y ratificadas por Nicaragua, donde se refleja la preocupación en

proteger la salud y la seguridad de nuestros trabajadores.

En el Capítulo V Derechos Laborales, el artículo 82 de la Constitución Política de la República

establece que los trabajadores tienen derecho a ciertas condiciones de trabajo que les garanticen la

integridad física, la salud, la higiene y la disminución de los riesgos profesionales para hacer efectiva la

salud y seguridad ocupacional del trabajador.

Según lo expresado en el grupo de leyes antes mencionado, el Ministerio del Trabajo tiene como

mandato normar y sancionar si así se requiere para hacer cumplir las condiciones de salud y seguridad

de los trabajadores, específicamente para prevenir accidentes y enfermedades en el trabajo. El

Ministerio de Salud tiene la obligación de velar por la salud de los trabajadores y el INSS actuará tanto

en los aspectos preventivos como en la atención de los trabajadores, por lo que se espera que actúe en

coordinación con el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud.

La elaboración y aprobación de nuevas normativas con participación tripartita se desarrolla a través del

Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo, órgano de participación institucional y

asesoramiento del Gobierno creado con base al decreto 1-90 del 25 de abril de 1993.

El Ministerio del Trabajo, a través de la estructura organizativa de la Dirección General de Higiene y

Seguridad del Trabajo a la que le corresponde, la dirección, organización coordinación y fiscalización a

escala nacional del cumplimiento de la Legislación en materia de Seguridad e Higiene a través de su

cuerpo de inspectores que son funcionarios con facultades para acceder en todo momento a las

empresas y requerir cualquier información relacionada a la Higiene y Seguridad del Trabajo. A lo

interno de las empresas las Comisiones Mixtas son el órgano paritario de participación en las

actividades de Protección y Prevención de los Riesgos y del cumplimiento de las normativas de

Higiene y Seguridad del Trabajo. Desde el punto de vista legal, se encuentran algunas disposiciones

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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que generan una duplicidad de funciones para instancias distintas. Por ejemplo; en el caso del INSS y

del MITRAB, este último por medio de sus inspectores está encargado de prevenir los accidentes y

enfermedades profesionales de los trabajadores en los centros de trabajo, además de brindar asesoría en

la formación de las comisiones mixtas, función que desarrollan por ministerio de la ley, pero esta

función actualmente la está desarrollando también el INSS a través de su Programa Nacional de

Prevención de Riesgos Profesionales, que se desarrolla en un determinado número de empresas que

tenían un mayor registro de los accidentes laborales. Esto probablemente debido a la carencia de un

Reglamento para sus inspectores. La Ley de Seguridad Social previendo este vacío establece que

mientras no se cree dicho reglamento los inspectores del INSS tendrán las mismas atribuciones y

funciones que los inspectores del MITRAB, dejando así abierta la posibilidad de que se dé la

duplicidad de esfuerzos, que de acuerdo con el INSS se debe a la falta de recursos humanos y

materiales por parte del MITRAB quien no cumple muchas de estas atribuciones debidamente.

El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social se convierte de alguna manera en un ente con una doble

función ya que no sólo se encarga de la recaudación de cotizaciones, atención médica y pago de

indemnización o pensiones, sino que además tiene una labor de prevención de accidentes laborales y

enfermedades profesionales, lo cual aunque previsto en su ley escapa a la esfera de sus objetivos.

Instituciones como el INSS aunque están utilizando el reglamento de inspectores del MITRAB, no

quieren usar el poder coercitivo que se les concede para hacer cumplir las normativas que no se

observan, ya que consideran que hay que agradecerles a las empresas que cumplen por el hecho mismo

de hacerlo, cuando realmente se trata de una obligación legal.

En cuanto al Ministerio de Salud (MINSA), por mandato de ley deberá aplicar y emitir normativas que

estén orientadas a garantizar la salud ocupacional de los trabajadores, lo mismo que exigir a los

empleadores el cumplimiento de las mismas, vigilar en coordinación con las autoridades competentes

que las medidas sanitarias en salud ocupacional de los trabajadores se cumplan, así como la actuación

de los servicios médicos de las empresas y desarrollar estudios e investigaciones en esa área que tiene

un desarrollo incipiente.

Las acciones del Ministerio de salud en lo que se refiere a salud ocupacional se circunscriben en la

actualidad a un ámbito limitado a través de coordinaciones con los otros ministerios, específicamente

con el Ministerio del Trabajo en caso de tener que atender una situación de emergencia. No tiene un

programa de salud ocupacional que sea desarrollado dentro de sus estructuras ni un sistema de registro

ni de vigilancia de las enfermedades y accidentes de origen laboral.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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Los sindicatos se sienten muy comprometidos con la implementación de normas sobre salud y

seguridad del trabajo, a tal punto que para ellos es un punto de inclusión en los Convenios Colectivos.

En algunas empresas son ellos los que llevan la iniciativa al momento de abordar el tema en las

reuniones de las comisiones mixtas, bajo el entendido que a final de cuentas que son ellos quienes están

más cerca de la realidad de los trabajadores y conocen las necesidades propias del sector.

Para conocer sobre los aspectos de salud y seguridad laboral que contienen los convenios colectivos se

hizo una revisión de algunos convenios con el permiso de los sindicatos y el Ministerio del Trabajo: El

contenido de los Convenios Colectivos que se revisaron difiere altamente entre sí, pasando de exigir el

irrestricto cumplimiento de las leyes en materia laboral a no mencionarlas de forma alguna; de hablar

de la elaboración y aplicación del reglamento técnico organizativo (herramienta de implementación

práctica de la legislación en SST) como una responsabilidad de la comisión mixta y los trabajadores a

no referirse de ninguna manera a estas herramientas de gestión. En otros casos no se abarca de manera

alguna el tema de la salud y seguridad de los trabajadores en le convenio colectivo de esa empresa.

A pesar de contar con un extenso repertorio de leyes, decretos, reglamentos y normas, la suficiencia de

la legislación vigente no es visible debido a la baja cobertura que alcanza el MITRAB en el ámbito

nacional, teniendo poco impacto en la supervisión del cumplimiento de las mismas.

Es de notar que para sectores como el agrícola y maquilas solo se cuenta con leyes generales las cuales

son aunque útiles y aplicables. Sin embargo deberá pensarse en el conjunto de leyes específicas de

estos dos sectores dado el crecimiento y la importancia que está cobrando en las nuevas propuestas de

desarrollo económico productivo del país

4.4 INFRAESTRUCTURA ORGANIZATIVA PARA EL DESARROLLO DE L A SALUD Y SEGURIDAD

LABORAL EN NICARAGUA .

Sistemas de gestión de la salud y seguridad en el Trabajo

En la actualidad la cobertura de las instituciones dedicadas a la protección de los trabajadores es muy

limitada.

El Ministerio del Trabajo atiende escasamente al 0.3% de los establecimientos urbanos del país y a un

aproximado 5% de la PEA ocupada (Tabla 26 y trabajadores expuestos en 1998 de tabla 12) y centra

sus esfuerzos en el sector secundario que es apenas el 14% de la PEA ocupada de Nicaragua (Tabla

15). La selección de las empresas a supervisar es realizada con base a criterios estadísticos de

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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siniestralidad laboral, denuncias y a las últimas fechas máximas de cumplimiento indicadas en las actas

de inspección y aperturas de nuevas empresas. El desarrollo del trabajo de la inspección que realiza la

Dirección General de Higiene y Seguridad según el último presupuesto asignado llegaba a un per

cápita de C$ 4.00 por trabajador cubierto. Los bajos salarios hacen que exista una alta rotación de

personal técnico y un personal reducido lo cual conlleva a una disminución de la cobertura de

atención, esta situación limita el trabajo de la Inspección en los Departamentos y Regiones Autónomas

del Atlántico. La Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo desde el año 2002 ha venido

impulsando la descentralización de los instrumentos de medición ambiental, asignándole un kit de

equipos de lectura directa a las inspectorías departamentales de León, Chinandega, Masaya, Granada,

Estelí y Managua.

El Ministerio del Trabajo, en sus expresiones departamentales – incluyendo Managua - y en las dos

regiones autónomas del atlántico, cuenta en total con un personal de 79 inspectores del trabajo y 19

inspectores de Higiene y Seguridad, quienes tienen encomendadas funciones que sobrepasan, en los

departamentos, las propias tareas de inspección ya que asumen también las de coordinación del

MITRAB en sus respectivos territorios. En los Departamentos donde no hay expresión de inspectores

de Higiene y Seguridad, el inspector laboral es a quien corresponde dar respuesta a lo referido a la

Higiene y Seguridad. En general las funciones asignadas a los servicios de Inspección laboral

responden teóricamente a las principales demandas de los usuarios. Con el escaso personal del

MITRAB y el poco presupuesto, la institución limita su cobertura no teniendo alternativas de

crecimiento.

El INSS por su lado atiende el 16% de la PEA ocupada cubriendo solo el 2.5% del sector primario o

agrícola, el 42.2% del sector secundario y el 10.7% del sector terciario. El INSS tiene entre sus

funciones la prevención de riesgos y atención médica. Con una cobertura menor (solo cotizantes), un

presupuesto mas de cien veces mayor que el presupuesto del MITRAB y 10 inspectores, desarrolla

actividades paralelas de inspección a las de los inspectores del MITRAB en los centros de trabajo que

están bajo su cobertura, bajo el criterio de mayor accidentalidad.

La Ley Orgánica de la Seguridad Social establece que el Instituto debe elaborar un reglamento de

inspectores y al no hacerlo se rige por el reglamento de inspectores del trabajo. Cumplen con las

normativas nacionales aunque en cuanto a las sanciones el INSS tiene sus propias reglas. Como

instancia asesora del Ministerio del Trabajo sesiona por convocatoria del primero, al menos una vez al

mes, Propone y discute iniciativas relacionadas con la legislación y además otorga anualmente el

galardón a la calidad.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

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Al nivel de las empresas, la gestión de seguridad está a cargo de las comisiones mixtas. Estas

comisiones nacen por resolución ministerial en 1993, como órgano encargado de mejorar las

condiciones de higiene y seguridad en cada centro de trabajo. La integran tanto trabajadores y

empleadores, y el número de sus miembros dependen de la cantidad de trabajadores en la empresa.

“Velan porque se mejoren las condiciones de higiene y seguridad en cada empresa, crean sus

reglamentos de trabajo donde su representante recopila información de los riesgos que corren los

trabajadores y así lo comunican al seno de la comisión para que la gerencia de la empresa tome las

medidas correspondientes”(Entrevista al Lic. Francisco Bolaños del MITRAB). Hasta la fecha se han

creado 424 comisiones mixtas (la mayoría en la zona del pacifico nicaragüense) que involucran a casi

cuatro mil trabajadores.

Aún queda mucho camino por recorrer en el tema de la gestión en SST. A pesar del marco legal

existente, los diversos actores sociales políticos y económicos necesitan armonizar sus esfuerzos lo que

no resulta ser una tarea fácil. Las leyes permiten una serie de dobles funciones entre las que contamos

con la doble inspectoría, lo que genera roces entre las instituciones. El INSS Y EL MITRAB realizan

su trabajo sin coordinación, tan es así que durante el programa de visitas de inspección y reinspección

ambos organismos visitan las mismas empresas pero en diferentes tiempos y emiten sus

recomendaciones por separado lo que genera un malestar en los empresarios.

Ambos realizan acciones de prevención pero de manera separada: realizan inspecciones, brindan

asesoría a los trabajadores y empresarios, así como, a las Comisiones Mixtas de las empresas que

visitan de forma separada. Sin embargo, ninguno hace uso completo de la fuerza que la ley les

confiere. En el caso de las multas, por poner un ejemplo, el INSS plantea como estrategia el

acercamiento con los empleadores en vez de las sanciones y de esa forma recuperar cartera mediante

nuevas adscripciones.

Por su parte representantes del MINSA aducen poca cooperación de parte de sus estructuras superiores

lo que imposibilita dar cumplimiento a lo exigido por la Ley.

Como un punto favorableestá la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad la cual existe desde hace

mas de 10 años. Esta comisión sin embargo, está limitada en sus funciones por su dependencia del

MITRAB, que define los temas a tocar en agenda y en última instancia decide si va o no a tomar en

cuenta las propuestas que se le dan en el seno de la reunión del Consejo. En este Consejo, aunque están

convocados a particpar mensualmente hay poca o ninguna participación de los empleadores.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

18

De acuerdo a lo referido durante el encuentro que se realizó con los principales actores del país en

SST, estos planteaban la necesidad de cambiar varios elementos para poder avanzar. Estos elementos

son:

• Que los tomadores de decisión tengan conciencia sobre la importancia de la higiene y seguridad

en el trabajo.

• La importancia de mejorar la coordinación del Trabajo interinstitucional

• Reformular el papel de la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad de un ente asesor a uno

ejecutivo, organizando sus funciones por rama o sector productivo.

• Es necesario un aumento del Presupuesto para Higiene y Seguridad.

4.5 ESTADÍSTICAS VITALES COMO REFLEJO DE LAS CONDICIONES DE SALUD Y SEGURIDAD

LABORAL EN NICARAGUA .

Las estadísticas de accidentes han sido el punto de énfasis en el registro en instituciones como INSS y

MITRAB. Extensas capacitaciones tanto al personal de SST como a empleadores se han desarrollado

en los últimos años con el fin de obtener la tasa de accidentalidad que producen los riesgos laborales de

nuestro país, sin embargo, son pocos los registros tanto de accidentes del trabajo como de

enfermedades profesionales que se encuentran oficialmente reportados en las estructuras

comprometidas con la salud y seguridad en el trabajo.

De acuerdo a las estadísticas del INSS y del MITRAB, el número de accidentes mortales ha fluctuado

durante el cuatrienio 1998-2001 entre 27 y 40 muertes según el INSS y entre 27 a 51 según el

MITRAB, no coincidiendo los registros de las dos instituciones en ningún año. Esta falta de

coincidencia se da también en los registros de morbilidad (Tablas 12, 13). En el 2001 el INSS registró

casi el doble de casos que el MITRAB donde el total de accidentes registrados por el INSS fue de

14,864 y el MITRAB registró apenas 8,127. Cuando se analiza por sector económico es solo en el

sector primario donde el registro del MITRAB duplica al INSS lo que se explica por la bajísima

cobertura del INSS. El no registro de accidentes por parte del INSS está relacionado con no cobertura

o retraso en las cotizaciones de los asegurados que obliga al accidentado a recurrir al sistema de salud

para atender su accidente. “Actualmente los casos que se nos reportan es porque el trabajador no

estaba asegurado o bien no están al día sus cotizaciones” 13.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

19

El sub-registro, es frecuente. Los accidentes y enfermedades del trabajo se desconocen o se pierden en

alguna de las rutas del sistema encargado de registrarlos. Es difícil calcular la dimensión del subregistro

cuando no se tiene al menos datos comparables en las diferentes fuentes de información. Para el cálculo

se podría recurrir a métodos como estudios comunitarios, sitios centinela14, estudios de captura y

recaptura15, muestreos por lotes16, etc.

Existen al menos 6 razones por las que se estaría produciendo el subregistro de accidentes laborales en

la población económicamente activa ocupada de Nicaragua y estos pueden ser:

• los accidentados no buscan atención médica porque consideran la lesión muy leve

• ocurre el accidente y acuden al sistema de salud a través del servicio de emergencia de las

unidades de salud del MINSA quedando registrados como accidente común

• el accidentado busca atención médica privada

• Van al médico, pero como no están al día con la cotización del INSS no son reportados

• Los datos se pierden en el sistema administrativo con el que cuenta la institución, por ejemplo

la hoja de registro no es llevada por el paciente.

• La empresa no califica el accidente como tal lo minimiza, y lo categoriza como un “incidente”

por lo que no lo considera sujeto de reporte1.

Se puede observar la gran variedad de momentos en los cuales puede ocurrir la pérdida de la

información. Posiblemente, existan otras circunstancias en las que puede ocurrir la pérdida de la

información, pero consideramos que estas son las que con más frecuencia se pueden estar presentando.

Indicativas de este subregistro y de los sectores económicos en los que podrían ser más evidentes, son

las bajas cifras de accidentes en el sector agrícola. A pesar del fuerte porcentaje que representa este

sector en la PEA y del poco uso de medios de prevención y protección, no aparecen reportados como

accidentes, por ejemplo, las heridas por el uso de machetes y las intoxicaciones. El sector terciario es

otro que a pesar de tener el número mas alto de asegurados, tiene reportados la mitad del número de

accidentes que el sector secundario, que representa menos de la tercera parte de los asegurados del

sector terciario (Tablas 13 y 15). Los accidentes de trabajo registrados en la emergencia de los dos

1 Incidente se ha definido como todo suceso que no llegue a ser un accidente y que afecte o pueda afectar la seguridad de las operaciones. Intervienen circunstancias que indican que casi ocurrió un accidente. La diferencia entre accidente e incidente estriba solamente en el resultado.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

20

hospitales antes citados de Managua y Jinotepe refleja un predominio de atendidos del sector terciario

(Perfil UNAN-León, tabla 17).

Calculamos la proyección de casos esperados de la población económicamente activa ocupada a partir

de las cifras de accidentes del INSS y de la PEA ocupada del INEC para el año 2001. A partir de estos

datos, se deduce que la verdadera casuística de accidentes en la población económicamente activa

ocupada podría ser casi ocho veces mayor que lo que actualmente se está reportando (ver tabla 14).

Esta cifra pudiera ser mas alta si tomamos en cuenta que en el INSS no todos los accidentes de trabajo

llegan a registrarse (Entrevistas a informantes clave del INSS y de la población de asegurados)

En cuanto a las enfermedades laborales, el MITRAB está prácticamente en cero con el registro de

enfermedades. Entre las enfermedades que reportan están la Hipoacusia Mixta, Laringo-Faringitis

Irritativa (relacionada con el trabajo de los maestros de primaria y su exposición a la tiza de yeso).

y Trauma Acústico Bilateral Ocupacional. Por su parte el INSS registra como patologías más

frecuentes la Disfonía funcional, la Hipoacusia y las Dermatitis. De acuerdo a esas cifras la tasa de

disfonía entre los cotizantes del INSS es de 5,4 por 10,000 trabajadores, la tasa de hipoacusia es de 2,1

por 10,000 y la de Dermatitis de 0,6 por 10,000 trabajadores. Cifras muy bajas si consideramos la

escasa cobertura del MITRAB e INSS en actividades de prevención y promoción de salud, el poco uso

de medios de protección y las pobres medidas de seguridad que se aplican de manera general. Estas

mismas cifras calculadas usando como denominador la PEA ocupada son cinco veces menores que la

tasas que se reportan entre los cotizantes del INSS.

Tabla 1. Registros de Enfermedades Profesionales reportados por el INSS 2001-2002

ENFERMEDAD 2001 2002 TOTAL

Disfonía funcional 171 132 303

Hipoacusia 65 79 144

Dermatitis 19 26 45

Bronquitis Ocupacional 18 13 31

Anacusia 9 11 20

Síndrome del Túnel del Carpo 3 8 11

Artritis 20 8 28

Dorsalgias (Lumbago, etc.) 14 7 21

Artropatías y Trastornos 5 4 9

Alergias (Urticarias, etc.) 7 3 10

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

21

Tenosinovitis 3 3 6

Tendinitis 2 3 5

Asma Ocupacional 6. 3 9

Bisinosis 4 2 6

Osteopatías, Condropatías, Deformidades 13 2 15

Otras Enfermedades 40 18 58

Total 399 322 721

Fuente: Estadísticas del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS)

Reportes de estudios independientes mostraron que las enfermedades más frecuentes entre las

trabajadoras de las maquiladoras son: enfermedades respiratorias, endocrinas, oftalmológicas, del

sistema nervioso, músculo-esquelético y la piel17 . Otro estudio reportó que el 54.9% de las

trabajadoras de las maquilas dijeron haber sufrido algún tipo de accidentes y enfermedades causados

por el trabajo18.

Tanto los accidentes como las enfermedades laborales representan un alto costo económico para el

estado y para el mismo trabajador. En el año 2001 el INSS gastó casi 11 millones de córdobas en

subsidios de riesgos profesionales, y más de 15 millones de córdobas en la atención de los asegurados.

A esto se suma lo que pierde el trabajador al dejar de producir por ausencia y lo que pierde la familia al

incrementar los gastos de la casa por razones del subsidio y reducir el ingreso por razones del tipo de

trabajo.

Por otro lado la empresa reduce su rendimiento en el área de trabajo donde labora el trabajador

accidentado o enfermo reflejándose en una baja en la productividad de la empresa en ese período.

Otra institución que se ve afectada es el Ministerio de Salud cuando gasta en la atención de los

pacientes en la emergencia porque estos no están cubiertos por el seguro, o por no estar al día en sus

cotizaciones o que por razones de cercanía o gravedad de la lesión fue llevado al Hospital y no a la

Unidad de Salud Acreditada que le corresponde.

Existen también los costos indirectos que constituyen las afectaciones en la esfera mental como las

situaciones de tensión y estrés producto de la situación inestable que representa la enfermedad. Esto

reduce la capacidad productiva del trabajador y afecta también indirectamente la capacidad productiva

de la familia.

Todos estos costos impactan en la productividad tanto al nivel de empresa como al nivel de país. La

reducción de riesgos implica por tanto una disminución del gasto y una mejora en la productividad. La

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

22

seguridad y la salud en el trabajo se vinculan de esta manera con la productividad, el ingreso de la

familia, y el modelo de atención de los trabajadores siendo un eslabón importante en el desarrollo

socioeconómico.

4.6 SERVICIOS DE SALUD OCUPACIONAL , FUNCIONAMIENTO AL NIVEL NACIONAL Y POR SECTOR .

Desde el punto de vista cualitativo las dificultades enfrentadas en torno la salud en el trabajo van desde

el rol que juegan las instituciones como el INSS y el MINSA en la atención de los trabajadores hasta la

infraestructura real en términos de recursos capacitados y clínicas especializadas para la atención de

enfermedades ocupacionales.

El INSS aunque cuenta con 29 Unidades de salud acreditadas distribuidas fundamentalmente en el

pacífico del país solo cuenta con dos médicos laborales autorizados para diagnosticar enfermedades de

origen laboral. Existen además clínicas consultoras en salud ocupacional con muy poca cobertura. Los

médicos que atienden a los trabajadores tanto en el INSS como en las grandes empresas son médicos

generales y especialistas sin ningún entrenamiento en Medicina del Trabajo situación que se repite en

el sistema de salud público (ver tabla 10).

En entrevistas realizadas con médicos de las empresas previsionales19 del Ministerio de Salud se

encontraron dificultades en la identificación de las enfermedades de origen ocupacional: “ Lo que me

llegan hasta el momento según yo, no tiene nada que ver con ningún problema laboral”. Se encontró

también un sentimiento de impotencia por desconocimiento del procedimiento para la atención de los

pacientes con accidentes y/o enfermedades laborales “aquí nadie se ha dignado a venir a decirnos,

vamos a dar una charla sobre salud ocupacional”. Por otro lado hay una falta de prioridad en las

autoridades para dar atención a este tipo de enfermos.

Otro elemento encontrado, fue la carencia de un sistema de referencia y contrarreferencia de los

pacientes con problemas de accidentes y enfermedades laborales, reflejado en la falta de coordinación

con el INSS y la falta de claridad en el papel de las empresas médicas previsionales en relación con los

problemas de salud de los trabajadores. El subregistro es mencionado como una carga importante que

no permite identificar cuáles son las principales enfermedades ocupacionales que afectan a las

poblaciones trabajadoras.

Los médicos de las unidades de salud dejaron entrever que en Nicaragua se hace necesario aclarar

conceptualmente la enfermedad de origen ocupacional.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

23

5. Propuestas de Políticas de Salud y Seguridad en el Trabajo

Nicaragua tiene condiciones para desarrollar su Sistema Nacional de Gestión de la Seguridad y Salud

en el Trabajo. Estas condiciones están dadas por el marco legal que se verá reforzado con la propuesta

de Ley de Higiene y Seguridad Laboral. Los inspectores de higiene y seguridad tendrán hasta entonces

la herramienta legal para actuar, sancionar y multar a las empresas que incumplan con las normas y

regulaciones establecidas por la ley.

El plan estratégico contempla la inserción de sus actividades en las estrategias nacionales, tales como la

de reducción de la pobreza, este se ubica concretamente en acciones relacionadas con la mejora del

medio ambiente, la reducción de contaminantes en el ambiente para disminuir la vulnerabilidad

ecológica y el fortalecimiento de las comisiones mixtas en las empresas como el espacio de efectiva

participación laboral y ciudadana. Esta consideración debe pasar por el reconocimiento del mercado

laboral nicaragüense, un mercado cambiante dominado por el sector informal en la región del pacífico

y por una agricultura deprimida en el centro norte y el atlántico.

Aunque en Nicaragua se prevé un crecimiento económico con un aumento de empresas del sector

formal, más concretamente del sector maquila, también se ha planeado el desarrollo de conglomerados

en las zonas o municipios de extrema pobreza. Estos son parte de los compromisos de país expresados

en el plan nacional de desarrollo. Sobre la base de la composición laboral actual y la del futuro cercano,

la salud y seguridad laboral y las instituciones participantes enfrentarán grandes desafíos para la

atención de los trabajadores de los nuevos modelos productivos. Para alcanzar un verdadero desarrollo

será prioritario asegurar condiciones de trabajo dignas, seguras y saludables.

La construcción de las políticas

En el plan estratégico se ha planteado la Visión y la Misión del Consejo Nacional de Higiene y

Seguridad del Trabajo. En la misión se plantea la elaboración de políticas. Una reconsideración de la

misión podría ser a como sigue:

El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad tiene como misión la reducción de los peligros y los

riesgos en el trabajo y la promoción de la salud física y mental de los trabajadores, mediante el

fomento de ambientes de trabajo sanos y seguros lugares de trabajo.

En la visión debe contemplarse la participación activa de los trabajadores en la gestión y

organización de la salud y seguridad en el trabajo en las diferentes sectores.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

24

Los principios que deben regir y guiar las acciones el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del

Trabajo deben estar en correspondencia con los establecidos en el plan nacional de desarrollo y el plan

nacional de salud. Principios como universalidad, equidad, integralidad, continuidad, calidad y

complementariedad deben tenerse en cuenta para la elaboración de las políticas.

El plan de acción propone una serie de mandatos mediante cuatro objetivos que son:

1. Consolidar la organización de la seguridad y la salud ocupacional en Nicaragua por medio del

fortalecimiento del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo. Impulsar por parte

del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo la elaboración de políticas, normas y

reglamentos de acuerdo al perfil higiénico epidemiológico laboral y el mapa de riesgos de los

trabajadores por sectores de la economía

2. Propiciar la coordinación con los Consejos afines, las comisiones departamentales de SSO y las

comisiones mixtas de SSO en todas las empresas del país, por medio del monitoreo, la

supervisión y la evaluación correspondiente.

3. Promover la información, educación y comunicación en materia de seguridad y salud

ocupacional

Las políticas deberán contemplar la promoción de la salud y la protección de los trabajadores, el

cumplimiento de la ley, los acuerdos de las comisiones mixtas y convenios colectivos, y la

participación de los trabajadores en la gestión de su salud y su seguridad en la empresa.

Los programas se adecuarán al sector de influencia y la composición del mercado laboral en los

municipios.

Es preciso actuar con el modelo municipal. Este permitirá acciones multidisciplinarias, integrales,

globalizantes que harán de la salud y seguridad de los trabajadores un compromiso de las partes y no

sólo una obligación del estado.

El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo sería la instancia de acción y convergencia

nacional y tendría subcomisiones en los sectores productivos y complejos agroindustriales con carácter

municipal. Hay una voluntad expresa de los actores sociales de no duplicar esfuerzos y no crear otra

estructura. La propuesta de los interlocutores fue el fortalecimiento de las estructuras existentes. Se

planteó la importancia de contar con un plan único al que se le pueda dar seguimiento y vigilar sus

progresos.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

25

Los actores sociales consultados proponen que los programas de salud y seguridad en el trabajo deben

tomar en cuenta las experiencias en áreas pilotos de trabajo donde se prueben acciones de prevención y

vigilancia de riesgos, de acuerdo a las prioridades establecidas en el lugar. Para reducir los riesgos en el

trabajo se recomienda principalmente el trabajo intersectorial.

Plantearon además la urgencia de desarrollar formación en salud ocupacional en los diferentes sectores

de la economía: los trabajadores, los empleadores, el personal de salud.

Se mencionó que se debe mejorar o fortalecer el sistema de vigilancia aprovechando las

infraestructuras existentes. Para esto debe pensarse en dos modalidades para incrementar el registro

1) el registro de las enfermedades y accidentes entre los cotizantes del INSS y

2) Usar la infraestructura existente como las Unidades de atención primaria en salud del MINSA

de todos los municipios del país para el desarrollo de programas integrales en el marco de

atención primaria en salud (Atención Primaria Ocupacional: APO)

3) Aprovechar la experiencia y la infraestructura que dejó el programa PLAGSALUD donde las

intoxicaciones por plaguicidas están sujetas a notificación obligatoria para incorporar las

intoxicaciones por plaguicidas de origen ocupacional como de notificación obligatoria y

mejorar la vigilancia epidemiológica a través de las unidades de salud.

4) Fortalecer las comisiones mixtas en las empresas y realizar encuentros regionales o nacionales

por sector productivo para intercambiar, promover y difundir modelos exitosos de atención.

Para superar los vacíos que hay en materia de SST se plantean metas por institución

� En el caso del MINSA los principales desafíos son la Formación de recursos médicos,

paramédicos, técnicos y de postgrado, la implementación efectiva de un programa de

SST. La creación de normas pertinentes, la búsqueda activa de financiamiento y la

mejoría de la vigilancia epidemiológica.

� En el caso del MITRAB se plantea que se exprese la voluntad política del gobierno

mediante el incremento del presupuesto y la priorización de las acciones en SST. Que se

priorice la formación de técnicos en higiene y seguridad en el trabajo, se aumente el

número de inspectores, el número de visitas y de comisiones mixtas en las empresas.

� Con relación al INSS se plantea la ampliación de la cobertura hacia la agricultura mejor

coordinación con el MITRAB aprovechando los pocos recursos para evitar duplicidad

de esfuerzos.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua

26

� A las organizaciones de los trabajadores, se les recomienda mejorar la conciencia de los

trabajadores mediante las capacitaciones y estimular la participación activa en las

comisiones mixtas de las empresas o conglomerados agroindustriales.

� A las universidades se les plantea incrementar la educación de postgrado en SST y servir

de facilitadores en las estructuras organizativas de redes que fomenten el desarrollo de la

SST.

� Se planteó la creación de un Instituto Nacional de Medicina Ocupacional.

� Para la educación en SST se plantea tomar en cuenta instituciones como el Ministerio de

Educación. Se propone que los niños pueden ir aprendiendo de SST desde la escuela, lo

cual favorecerá una conducta preventiva en el futuro. Campañas de divulgación entre la

población infantil serán de beneficio para las futuras generaciones.

� Un aspecto importante, que mencionaron los interlocutores, fue el valor efectivo que le

dieron al trabajo intersectorial.

A continuación presentamos una propuesta de modelo de atención de los trabajadores que contempla la

diversidad y conjunción de enfoques mediante un abordaje integral de los problemas de salud de los

trabajadores. (Esta propuesta es tomada del reporte de la UNAN-León sobre perfil ocupacional de la

población nicaragüense) y discutida en las reuniones de consulta.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

27

Figura 1. Nuevos paradigmas en el abordaje de la salud de los trabajadores en Nicaragua (modificado)

Multisectorial

Individuo, familia y comunitario

Que contemple la salud mental y la salud sexual reproductiva de los/as trabajadores/as

Familias Con trabajo digno

Desarrollo comunitario del trabajador en el marco de los conglomerados. Espacios de trabajo seguros y saludables

Desarrollo armónico de la salud de los trabajadores

Holístico con un enfoque de ciclo de vida/que contemple no solo la salud de los trabajadores en relación con la exposición a factores de riesgo sino que su salud reproductiva y la de su familias

Un modelo que incluya el relanzamiento de las medidas de protección y promoción de salud de los trabajadores, con enfoque de género y equidad en el trabajo.

I II III IV

Economía de subsistencia, Extrema pobreza, formas precarias de empleo y subempleo

Abordaje limitado

Atención Primaria Ocupacional

MODELO

Gestión de seguridad

PARTE II

1. PRESENTACIÓN

Esta segunda parte del documento refleja el resultado de la información recopilada en relación con la

infraestructura que existe en Nicaragua para la Salud y Seguridad en el Trabajo. En ella se reflejan los

aspectos relacionados al marco legislativo actual para la Salud y la Seguridad en el Trabajo, desde la

constitución hasta las normativas y resoluciones del Ministerio del Trabajo, el seguro social y otras

instituciones involucradas en la protección del trabajador y el medio ambiente. Se muestra también la

infraestructura existente para la implementación de Sistemas de SST desde la perspectiva de los

instrumentos en materia de seguridad y salud lo mismo que los recursos humanos y presupuesto

dedicados a la salud y seguridad en el país. También se aborda las formas organizativas y de

coordinación tanto en el ámbito nacional como en las empresas. Hay un acápite dedicado a las

estadísticas nacionales y finalmente hay un resumen de datos generales de la población nicaragüense

que contribuyen a brindar información marco sobre el tema de la salud y seguridad. Se agrega en el

informe un acápite de anexos que contiene información adicional encontrada durante la recolección de

información que consideramos de utilidad para el lector.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

30

2. Marco Legal en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)

2.1 LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO EN LA CONSTITUCIÓN DEL PAÍS

La Ley fundamental de la República de Nicaragua es la Constitución20; en ella se establecen los

principios fundamentales que rigen la vida de los nicaragüenses y es de donde se derivan las demás

leyes nacionales.

En su Capítulo V, Derechos Laborales, artículo 82, establece que los trabajadores tienen derecho a

ciertas condiciones de trabajo, enumerando una lista no taxativa, es decir, una lista que puede ser

ampliada por los acuerdos entre las partes de esas condiciones, entre las cuales aparece:

“4. Condiciones de trabajo que les garanticen la integridad física, la salud, la higiene y la

disminución de los riesgos profesionales para hacer efectiva la seguridad ocupacional del

trabajador”.

En éste se refleja claramente el derecho a la protección en materia de Seguridad e Higiene del Trabajo

que tienen los trabajadores nicaragüenses. Por otro lado, el inciso 7 establece la seguridad social como

garantía de protección integral frente a cualquier evento que pudiera disminuir la capacidad laboral de

los trabajadores.

2.2 LEGISLACIÓN , REGLAMENTOS Y NORMATIVAS RELEVANTES PARA LA SALUD Y

SEGURIDAD EN EL TRABAJO

2.2.1 Ministerio del Trabajo en la Ley 29021 y su reglamento

La ley número 290, en su artículo 12, establece al Ministerio del Trabajo, otorgándole las funciones de:

“Proponer, coordinar y ejecutar las políticas de Estado en materia laboral, higiene y seguridad

ocupacional. Ejercer, ejecutar y cumplir las funciones, atribuciones y obligaciones que le confieren

y establecen la legislación laboral”.

El reglamento de esta ley, en su artículo 230, establece la Dirección General de Higiene y Seguridad

del Trabajo, y en el 239 delimita las funciones de la misma. La Dirección General está subdividida en

dos Direcciones más especializadas: la Dirección de Seguridad y la Dirección de Higiene. Ambas con

funciones muy específicas. A la primera corresponde, por un lado, planificar, dirigir, coordinar y

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

31

evaluar las actividades que se realizan en el campo de la Seguridad del Trabajo en las diferentes

empresas e instituciones del país, y por otro lado, la educación y orientación en materia de seguridad a

todos los elementos que intervienen en la relación de trabajo.

La Dirección de Higiene, cumple las mismas funciones asignadas a la Dirección de seguridad pero en

el ámbito de la Higiene Ocupacional y se le agregan: asesorar la formación de comisiones mixtas,

registrar o investigar los accidentes de trabajo, medir los riesgos de contaminantes físico-químicos

ambientales a que están expuestos los trabajadores en sus puestos de trabajo, orientar las soluciones

técnicas correctivas, así como, proponer políticas orientadas a la disminución de los accidentes de

trabajo.

Es responsabilidad de la Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo:

1. Implementar las políticas establecidas en la legislación laboral y en los convenios que en

materia de Higiene y Seguridad se han suscrito o ratificado con la Organización Internacional

del Trabajo (OIT).

2. Garantizar la promoción de la Salud Ocupacional. Para ello identifica y evalúa los riesgos

profesionales y las condiciones y el medio ambiente en que los trabajadores desarrollan sus

actividades.

3. Establecer las normas para prevenir y evitar accidentes y enfermedades profesionales y

comunes y cualquier otra consecuencia de la participación de las personas en el proceso de

trabajo.

4. Ejecutar las políticas en materia de divulgación y conocimiento de los métodos y

procedimientos que permiten mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo. La

Dirección General coordina sus actividades con el Ministerio de Salud y con otros organismos

públicos con competencia en estas materias, así como con Universidades, Centros

Especializados e Instituciones.

5. Promover los contenidos y los fundamentos económico – sociales de las normas legales para

prevenir y evitar los riesgos profesionales y sus causas.

6. Presidir por delegación del Ministerio del Trabajo, las sesiones del Consejo Nacional de

Higiene y Seguridad del Trabajo.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

32

7. Capacitar e informar a trabajadores y empleadores respecto de las mejores condiciones para la

ejecución de tareas con el mínimo riesgo y promover su participación activa en la

identificación, evaluación y control de accidentes y enfermedades.

8. Desarrollar programas de entrenamiento destinados a los trabajadores, empleadores y

profesionales vinculados a la higiene y seguridad del trabajo, coordinar con entidades públicas o

privadas y con las organizaciones sindicales y las empresas, la realización de campañas para la

prevención de riesgos, estimulando cualquier iniciativa positiva en este respecto.

Esta ley también establece la Dirección General de Inspección del Trabajo a la cual le corresponden

entre otras las siguientes funciones:

a. Asegurar el cumplimiento de la Legislación del Trabajo y de los Convenios Colectivos e

Individuales que estén en vigencia y la protección de los trabajadores en el ejercicio de sus

labores.

b. Vigilar las normas que dicten en cumplimiento de los objetivos asignados a la Dirección de

Higiene y Seguridad del Trabajo, con la cual coordina sus actividades.

c. Facilitar el cumplimiento de las disposiciones legales, determinar las deficiencias o abusos no

cubiertos por la legislación vigente para ponerlos en conocimiento de las autoridades

competentes.

De aquí se deriva el decreto 13-9722

• El Código del Trabajo incorpora las siguientes definiciones: Riesgos profesionales23: son los

accidentes y las enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ocasión del trabajo.

• Accidente de trabajo24: es el suceso eventual o acción que involuntariamente, con ocasión o a

consecuencia del trabajo, resulte la muerte del trabajador o le produce una lesión orgánica o

perturbación funcional de carácter permanente o transitorio.

• Enfermedad profesional25: es todo estado patológico derivado de la acción continua de una

causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador presta sus

servicios y que provoque una incapacidad o perturbación física, psíquica o funcional

permanente o transitoria, aún cuando la enfermedad se detectare cuando ya hubiere terminado

la relación laboral.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

33

2.2.3 Reglamento de Inspectores del Trabajo

Este reglamento establece como funciones de los inspectores:

a. La vigilancia en la construcción, acondicionamiento, iluminación y ventilación de los lugares de

trabajo de acuerdo con el reglamento de higiene del trabajo.

b. La vigilancia del estricto cumplimiento de las normas preventivas de accidentes, especialmente

en lo relativo a ropa de seguridad, instalación de mecanismos preventivos y protección de

transmisiones de energía mecánicas, (art.18 inciso. 1); 104 y 113 inciso d) del Código del

Trabajo.

c. Comprobar si los empleadores y los trabajadores cumplen con las prescripciones sobre higiene

y seguridad establecidas por la ley y los reglamentos respectivos.

2.2.4 Resoluciones y Normas Ministeriales

El Ministerio del Trabajo para llevar a cabo la tutela del derecho de los trabajadores a la salud y

seguridad ocupacional dispone de la Dirección de Higiene y Seguridad del Trabajo. Las actividades de

las empresas, trabajadores e instituciones involucrados en el tema de la salud y seguridad del trabajo, se

rigen por directrices generales y específicas. Las directrices o normas generales son una guía mínima a

cumplir por todos los sectores económicos de la nación. Las normas específicas establecen la guía para

cada sector económico.

Las principales Normativa y Resoluciones en Salud y Seguridad del Trabajo son:

1. Resolución Ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo26

2. Resolución Ministerial sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad del Trabajo en las

Empresas27.

3. Resolución Ministerial Relativa a la Notificación de las Enfermedades Profesionales28.

4. Norma Ministerial sobre las Disposiciones Básicas de Higiene y Seguridad del Trabajo

Aplicables a los Equipos e Instalaciones Eléctricas29.

5. Resolución Ministerial sobre Higiene y Seguridad Industrial en los Lugares de Trabajo30.

6. Norma Ministerial sobre las Disposiciones Básicas de Higiene y Seguridad en los Lugares de

Trabajo31.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

34

7. Resolución Ministerial Relativo a los Reglamentos Técnicos Organizativos de Higiene y

Seguridad del Trabajo en las Empresas32.

8. Resolución Ministerial sobre Higiene y Seguridad Aplicable en el Uso, Manipulación y

Aplicación de los Plaguicidas y Otras Sustancias Agroquímicas en los Centros de Trabajo33.

9. Resolución Ministerial Relativa a las Sanciones a Adoptar por Incumplimiento a las

Disposiciones del Uso de los Equipos de Protección Personal34.

10. Resolución Ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo, Relativo al Peso Máximo de la

Carga Manual que puede ser Transportada por un Trabajador35.

11. Norma Ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo Relativa a la Prevención y Extinción de

Incendios en los Lugares de Trabajo36.

12. Norma Ministerial sobre Condiciones de Higiene y Seguridad para el Funcionamiento de los

Equipos Generadores de Vapor o Calderas que Operen en los Centros de Trabajo37.

13. Normativa Ministerial en Materia de Salud y Seguridad del Trabajo en el Sector Maquilas de

Prendas de Vestir en Nicaragua.38

14. Reglamento General de Higiene y Seguridad del Trabajo en las Minas39.

15. Norma Técnica de Higiene y Seguridad Aplicable al Trabajo en el Mar40

2.3 LEYES Y REGLAMENTOS QUE CUBREN ASPECTOS DE LA SST EMITIDOS POR OTROS

M INISTERIOS

2.3.1 Ministerio de Salud en la Ley 290

Según la Ley 290, en su artículo 26, el Ministerio de Salud tiene entre otras las funciones

siguientes:

a. Proponer planes y programas de salud, coordinando la participación de otras entidades,

organizando los programas, servicios y acciones de salud de carácter preventivo y curativo.

b. Coordinar y dirigir la ejecución de la política de salud. (promoviendo, protegiendo, recuperando y

rehabilitando la salud de la población.)

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35

c. Promover campañas de divulgación y saneamiento ambiental, así como formular normas en

materia alimentaria, de higiene y salud ambiental.

Por su parte la Ley General de Salud41 en su Titulo II. Competencias, Derechos y Obligaciones.

Capítulo I. De las competencias del Ministerio de Salud es donde se encuentra lo más aproximado a

normas relativas a SST, de este cuerpo normativo. Se mencionan a continuación las más relevantes:

Artículo 7. inciso 28. En materia de prevención y control de enfermedades y accidentes y sin perjuicio

de lo que dispongan las leyes laborales en materia de riesgos de trabajo, corresponde al Ministerio de

Salud en coordinación con otras entidades del Estado:

a) Dictar las normas técnicas para la prevención y control de enfermedades y accidentes.

b) Fortalecer el sistema de vigilancia epidemiológica de conformidad con esta ley y las

disposiciones que al efecto se dicten.

c) Realizar los programas y actividades que estime necesarios para la prevención y control de

enfermedades y accidentes.

En el Título III. Capitulo III. De la prevención y control de enfermedades y accidentes. Sección I.

Disposiciones comunes.

Artículo 18. El Ministerio de Salud en coordinación con otras entidades del Estado, la sociedad civil y

la empresa privada, dictará las normas técnicas para la prevención y control de enfermedades y

accidentes, sin perjuicio de lo dispuesto en otras leyes laborales en materia de riesgos del trabajo.

En la sección IX. De los accidentes.

Artículo 26. El Ministerio de Salud, en coordinación con los organismos competentes, llevará a cabo

actividades dirigidas a la investigación, prevención y control de accidentes.

Luego en el Reglamento de la Ley General de Salud42, en el Titulo XI. De la salud y el medio

ambiente. Capítulo VII. De la salud Ocupacional, el artículo 261 establece las acciones que realizará el

MINSA en materia de Salud Ocupacional, estas son:

1. Formular en coordinación con las entidades pertinentes el Plan Nacional de Salud Ocupacional en

el cual se establecerán modelos de prevención y de atención de la Salud Ocupacional y de

ambientes laborales saludables.

2. En coordinación con el MITRAB:

2.1 Aplicar las normas para garantizar la salud ocupacional de los trabajadores.

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36

2.2 Emitir normativas para la evaluación médica periódica y tipos de exámenes a realizar a los

trabajadores según el riesgo expuesto.

3. Exigir al empleador que en sus centros de trabajo se de cumplimiento a los programas y normas

técnicas en materia de promoción de la salud ocupacional, de ambientes laborales saludables y

prevención de enfermedades ocupacionales.

4. Vigilar en coordinación con autoridades competentes la detección y diagnóstico de enfermedades

ocupacionales y accidentes laborales, ingresándolos al sistema de vigilancia epidemiológica.

5. Supervisar la ejecución de programas de capacitación en materia de salud ocupacional a los

trabajadores.

6. Vigilar el cumplimiento de las normativas científicas dirigidas a la evaluación médica de

trabajadores expuestos a sustancias tóxicas y peligrosas.

7. Dictar y hacer cumplir las medidas sanitarias tendientes a controlar todo lo referente a las

medicinas e higiene del trabajo.

8. Supervisar los servicios de salud ocupacional existentes en los centros de trabajo.

9. Realizar estudios e investigaciones del comportamiento de la morbilidad de las enfermedades

ocupacionales.

10. Establecer, revisar y aplicar el sistema de listado de enfermedades ocupacionales.

11. Intervenir para que los trabajadores no inscritos en el régimen de seguridad, se les brinde atención

y asistencia médica por enfermedad ocupacional y accidentes de trabajo.

2.3.2 Funciones del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social en Materia de SST

El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social es un ente descentralizado del Gobierno de Nicaragua

que depende de la Presidencia de la República de acuerdo a la Ley 290 de Organización, Competencia

y Procedimientos del Poder Ejecutivo.

En el decreto Nº 974 “Ley de Seguridad Social”, artículo 4 se establecen las atribuciones del Instituto:

1. Establecer, organizar y administrar los diversos Regímenes del Seguro Social y prestar los

servicios de beneficio colectivo que señala esta ley, como parte de la Seguridad Social Nacional.

2. Recaudar las cuotas y percibir los demás recursos del Instituto que le correspondan a su

patrimonio.

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37

3. Otorgar las prestaciones que establece esta ley.

4. Invertir sus fondos de acuerdo con las disposiciones de esta ley y su Reglamento.

5. Realizar su colaboración con los Ministerios y Entidades que tengan a su cargo la política

económica y social del país, las investigaciones socio-económicas necesarias sobre la influencia

de los factores sociales en el bienestar de la población, en la productividad y en el desarrollo

económico nacional.

6. Estimular en colaboración con el Ministerio de Educación, el Consejo Nacional de la Educación

Superior y demás instituciones del sector social y cultural, el desarrollo de la enseñanza de las

disciplinas científicas y técnicas que tengan relación con la seguridad social.

7. Promover y contribuir en coordinación con los Ministerios y Entes Autónomos respectivos a la

elevación de las condiciones de vida de la población asegurada, mediante el estímulo y

elaboración de programas sociales, tales como centros vacacionales, recreativos y de

adiestramiento, actividades culturales y deportivas, construcción de viviendas populares y otras

prestaciones sociales que representan una mejor y mayor convivencia colectiva a nivel nacional e

internacional.

8. Ejecutar todas aquéllas actividades no contempladas en la enumeración anterior que tiendan a

cumplir los objetivos del Instituto, de acuerdo a la orientación general de los planes nacionales

respecto a la Seguridad Social.

En cuanto a los Riesgos Profesionales hay un capítulo, el IV dedicado a ellos, pero en su mayoría

aborda lo referente a las prestaciones debidas a los mismos. No obstante el artículo 74, establece que el

Instituto en coordinación con el Ministerio del trabajo y el de Salud ejecutará programas de prevención

de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y de sus consecuencias, brindando asistencia

técnica a los empleadores para la creación de sistemas de seguridad, los cuales supervisará e

inspeccionará.

Así mismo se encargará de la divulgación y enseñanza de métodos de trabajo más eficaces y eficientes.

La fabricación y venta de artículos de cualquier índole que se usen para la protección de los

trabajadores, contra los accidentes y enfermedades profesionales. Podrá fabricarlos o importarlos.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

38

De modo que el instituto se convierte de alguna manera en un ente con una doble función ya que no

sólo se encarga de la recaudación de cotizaciones y pago de indemnización o pensiones, sino que

además tiene una labor de prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales, lo cual

aunque previsto en su Ley escapa a la esfera de sus objetivos ya que de acuerdo al Titulo I, Capitulo I

de su ley el Instituto cubrirá a través del Seguro Social las contingencias de invalidez, vejez, muerte,

riesgos profesionales, subsidios familiares y podrá proporcionar servicios sociales necesarios para el

pleno bienestar de los asegurados, así mismo pagará subsidios de enfermedad, maternidad y riesgos

profesionales, es decir, cuando el hecho está consumado y no antes que es cuando tiene lugar la

prevención.. (explicar porqué)

2.3.3 Función de otros ministerios en materia de SST

La ley 274 o Ley básica para la regulación y el control de sustancias químicas, sustancias tóxicas,

peligrosas y otras similares43 en su artículo I cita “asegurar la protección a la salud humana, los

recursos naturales, la salud e higiene laboral y el ambiente en general para evitar los daños que

pudieren causar estos productos por su impropia selección, manejo y el mal uso de los mismos” y en el

Título IV articulo 18 designa como autoridad competente para administrar y aplicar esta ley al

Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Mas adelante en el artículo 6 inciso 8 hace mención de la obligatoriedad de los empleadores de

proporcionar un seguro de riesgo laboral como una forma de que éste se responsabilice de que sus

operarios cumplan las normas de Higiene y seguridad establecidas por ley.

En el Título IV “De la Autoridad de Aplicación” define las funciones de diversos Ministerios en lo que

corresponde a la materia en cuestión. El artículo 18, inciso 3) que es del Ministerio de Agricultura y

Ganadería, actualmente Agropecuario y Forestal (MAGFOR) el encargado de la normación de la

importación, exportación, formulación distribución uso y manejo de plaguicidas en vistas de entre otras

cosas la protección de la Salud humana.

El artículo 20 establece que entre las funciones del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales

(MARENA) se encuentra el formar y administrar el Centro Nacional de Información y Documentación

de Sustancias Tóxicas, peligrosas y otras similares.

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39

El artículo 21 determina las funciones del Ministerio de Salud sobre el tema, las que incluyen el control

y regulación integral sanitaria en la población expuesta a sustancias tóxicas; ejercer el control y la

regulación de la importación, exportación distribución, venta y manejo de plaguicidas de uso

doméstico, donde comparte funciones con el MAGFOR de acuerdo al artículo 19 de esta misma ley

274. La vigilancia, tratamiento y prevención de las intoxicaciones humanas correrá a cargo del

MINSA, así como la fijación de los estándares aceptables máximos para ambientes laborales, función

en la que comparten responsabilidades con el MITRAB.

La búsqueda activa de casos de intoxicaciones humanas mediante la realización de muestreos así como

las campañas educativas, de promoción y divulgación para disminuir el riesgo implícito en el uso y

manejo de sustancias toxicas y plaguicidas correrá a cargo del Sistema de Vigilancia del MINSA.

La emisión de dictámenes técnico-sanitarios sobre las sustancias tóxicas y plaguicidas previo a su

registro por el MAGFOR, la autorización para prestar servicios de desinfección, saneamiento

estructural o habitacional con plaguicidas, sustancias tóxicas, peligrosas son también funciones del

Ministerio de Salud en esta Materia.

Le corresponde así mismo el establecimiento de un programa de evaluación y control de enfermedades

crónicas relacionas con la intoxicación aguda y la exposición de personas al uso de plaguicidas,

sustancias tóxicas, peligrosas y similares.

Al Ministerio del Trabajo de acuerdo al artículo 22 le compete el normar, vigilar y controlar el

ambiente laboral y la seguridad ocupacional en lo relativo a la exposición y riesgo de los trabajadores a

los plaguicidas y las sustancias tóxicas o peligrosas; prevenir y controlar los riesgos laborales de los

trabajadores expuestos a contaminación. Comparte con el MINSA la responsabilidad del control,

muestreo y seguimiento de la exposición de los trabajadores expuestos y el llevar un control de las

intoxicaciones que como riesgo profesional se produzcan a nivel nacional, así como también la emisión

de las normas para el uso y la manipulación de plaguicidas y sustancias tóxicas.

Es responsabilidad del MITRAB de acuerdo a esta Ley la aplicación del Código del trabajo en lo

correspondiente a seguridad e higiene laboral así como el suspender o clausurar de manera inmediata

los centros laborales que representen un riesgo laboral mayor o menor para el trabajador asegurando la

evacuación y control de los mismos.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

40

El Decreto No 49-9844 “Reglamento de la Ley 274” dedica el Capítulo XIX a la protección de la salud

humana y, en el artículo 93, especifica que le corresponde al Ministerio de Salud establecer un

Programa de prevención y control de las intoxicaciones agudas y crónicas. En el artículo 95 señala que

deberá crear el Centro de Información, Vigilancia, Asesoramiento y asistencia toxicológica y además

garantizar que las unidades de salud dispongan de recursos humanos y materiales para el diagnóstico,

tratamiento y registro de las intoxicaciones. En el artículo 96 dice que en coordinación con otras

instituciones estatales deberá establecer un programa de vigilancia de los residuos de plaguicidas en

alimentos y aguas.

Deja para el Ministerio del Trabajo garantizar la higiene y seguridad ocupacional mediante el

establecimiento de un Programa de Salud Ocupacional y de vigilancia del ambiente laboral (artículo

94).

Ley sobre radiaciones ionizantes o Ley No. 156 de 16 de abril de 1993 y Publicado en La Gaceta No.

73 de 21 de abril de 1993, en su Capítulo VII. “De las Medidas Preventivas” en el Artículo 15.- indica

que toda instalación o recipiente deberá ostentar en lugar visible las señales preventivas que se

determinen en las disposiciones reglamentarias que para el efecto se emitan. En el Artículo 16.- hace

mención a las obligatoriedad de la capacitación sobre las medidas de seguridad a observar para las

personas que desempeñen actividades en instalaciones radiactivas, siendo los titulares de las licencias

los responsables de la indicada capacitación, para lo cual, el Estado además brindará la colaboración

que corresponda.

El artículo 18 hace referencia a la obligatoriedad del uso de los equipos de dosimetria personal y de la

realización de revisiones médicas periódicas. La provisión de los equipos de seguridad son

responsabilidad de los empleadores, para el uso de los trabajadores de acuerdo al artículo 19, en tanto

que en el artículo 25 se designa al Ministerio de Salud como la autoridad rectora en la materia

2.4 NIVEL DE CORRESPONDENCIA ENTRE LAS DISPOSICIONES DE LAS NORMAS OIT SOBRE

SST Y LEGISLACIÓN NICARAGÜENSE

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

41

En cuanto a la incorporación de los Convenios de la OIT a la legislación nacional podemos decir que

los Convenios que Nicaragua ha ratificado y que están en vigencia se ven reflejados en nuestro actual

legislación tanto a nivel de Código del Trabajo como en las normativas de higiene y seguridad del

trabajo emitidas por el Ministerio del Trabajo a través de su órgano correspondiente. Actualmente

Nicaragua ha ratificado cincuenta y nueve convenios de la OIT, de ellos cuatro han sido denunciados

por lo que se encuentran en vigencia únicamente cincuenta y cinco. De éstos, solamente nueve tienen

relación directa con la seguridad y salud en el trabajo.

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42

Tabla No 2. Correspondencia entre las Normas OIT y la legislación nacional

Convenio OIT Ley en que está reflejado

Indemnización por accidentes del trabajo (Agricultura), del año 1921. (C12)45.

Constitución, Código del trabajo, Ley de Seguridad Social

Sobre indemnización por accidentes de trabajo. 1925. (C17).

Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social

Sobre las enfermedades profesionales. 1925. (C18).

Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social, Resolución Ministerial sobre la notificación de enfermedades laborales

Sobre la igualdad de trato. (Accidentes de trabajo). 1925. (C19).

Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social

Sobre el seguro de enfermedad. (Industria). 1927. (C24).

Constitución, Código del trabajo, Ley de Seguridad Social

Sobre el seguro de enfermedad. (Agricultura). 1927. (C25).

Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social

Sobre las horas de trabajo. (Comercio y Oficinas). 1930. (C30).

Constitución, Código del trabajo

Sobre las plantaciones. 1958. (C110). Constitución, Código del Trabajo

Sobre el peso máximo. 1967. (C127). Norma Ministerial sobre el peso máximo de la carga manual que puede ser transportada por un trabajador

Sobre la edad mínima. 1973. (C127) Código del Trabajo, Código de la Niñez y la Adolescencia

3. Mecanismos Nacionales de Verificación de la Política Nacional De acuerdo con la Ley 290, el Ministerio del Trabajo (MITRAB) es el responsable de proponer,

coordinar y ejecutar las políticas del estado en SST. El MITRAB en colaboración con CERSSO

elaboraron un borrador sobre el Plan de Acción Estratégico Nacional de Seguridad y Salud

Ocupacional46. No obstante, este documento aún no ha sido revisado a fondo ni aprobado.

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43

Según esta misma Ley, el Ministerio de Salud (MINSA), en su calidad de coordinador de la política de

salud, es el encargado de proponer los planes y programas de salud y de promover campañas de

divulgación en SST. Además la Ley 423, Ley General de Salud, define al MINSA como normador,

supervisor e investigador en SST. Desafortunadamente tampoco existe un plan aunque si hay un

Programa de Salud Ocupacional recientemente reactivado que funciona bajo la dirección del Centro

Nacional de Toxicología.

La función de asesor del MITRAB para la revisión y actualización de las políticas, la tiene el Consejo

Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo. Este Consejo está conformado por las organizaciones

sindicales, empresariales y de la administración pública. Es a través del Consejo que dichas

organizaciones participan en la verificación del cumplimiento de las funciones del MITRAB.

4. Coordinación y Colaboración, Incluyendo Contratos o Acuerdos Colectivos de Trabajo

El principal mecanismo para garantizar la coordinación, cooperación y colaboración entre los actores

sociales con responsabilidad en la implementación y gestión de la SST a nivel nacional es el Consejo

Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo. Además, existe un convenio entre el INSS y el MITRAB

para la realización de las inspecciones conjuntas con división del trabajo. En el ámbito de las empresas

las comisiones mixtas facilitan la participación de empleadores y trabajadores.

4. 1 A NIVEL NACIONAL

4.1.1 El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo

El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo es una instancia asesora del Ministerio del

Trabajo para la revisión y actualización de las políticas nacionales lo mismo que para la elaboración y

aprobación de normativas en la materia. Creado con base al decreto 1-90 del 25 de abril de 1993, este

Consejo tiene un carácter tripartito ya que participan en él las organizaciones sindicales, empresariales

y las instituciones de la administración pública. Además, participan las organizaciones de empleadores

y trabajadores.

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44

Sesiona una vez al mes (el último viernes de cada mes) previa convocatoria de la presidencia, que por

disposiciones legales ejerce el Ministerio del Trabajo, quien citará a los miembros que considere,(ver

artículo 2 del Reglamento de Funcionamiento del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del

Trabajo en “Compilación de Normativas en Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo 1993-2002,

pagina 85) de acuerdo al tema a tratar según una agenda de trabajo definida por el Ministerio del

Trabajo.

Los miembros son los siguientes:

- MITRAB que la preside.

- CAUS

- CTN(a)

- CTN

- CUS,

- CST,

- ATC,

- CGT(i),

- CTN,

- FETSALUD,

- CGTEN- ANDEN,

- MECD,

- CADIN,

- UPANIC,

- COSEP,

- C. CONSTRUCCION,

- C. COMERCIO,

- UNAG,

- UNAN-MANAGUA,

- UNAN-LEON,

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45

- UNI,

- UPOLI,

- UPONIC,

- UPF,

- DIR, GENERAL DE BOMBEROS,

- MARENA,

- MIFIC,

- MINSA,

- MTI,

- MAG FOR,

- INSS.

4.1.2 Comisión nacional del salario mínimo.

Es el órgano de consulta al Gobierno en la fijación y revisión de los salarios mínimos de los diferentes

sectores económicos del país.

MIEMBROS:

♦ MITRAB – que lo preside.

♦ MIFIC

♦ MHCP

♦ Un Representante de cada una de las Organizaciones Nacionales Representativas de los

Empleadores.

♦ Un Representante de cada una de las Centrales Sindicales Nacionales Representativas.

Sesionan cada 6 meses.

4.1.3 La Red Nacional de Salud de los Trabajadores

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46

La red nacional de salud de los trabajadores es una red de voluntarios que está compuesta por

representantes del Ministerio del Trabajo, del INSS, del Ministerio de Salud, de las Facultades de

Medicina de las Universidades Nacional Autónoma de Nicaragua de León y de Managua, y por el

Movimiento de Mujeres “Maria Elena Cuadra”. El fin de la Red es coordinar acciones conjuntas, evitar

duplicidad de actividades y unir esfuerzos aprovechando las diferentes capacidades y profesionalidades

de sus miembros, lo mismo que buscar las posibles maneras de cooperar ya sea de forma bilateral o en

equipo. Los miembros de la red se reúnen al menos una vez al mes teniendo como facilitador a la

Organización Panamericana de la Salud (OPS).

4.1.4 Consejo Nacional de Salud.

El órgano encargado de asesoría y consulta en salud, con carácter permanente y constituido por

representantes del sector público y privado con representación e interacción multisectorial y pluralista

de la sociedad civil y con la finalidad de contribuir en la definición de las actividades estratégicas que

realice el Ministerio de Salud.

MIEMBROS:

- MINSA que lo preside.

- MECD

- INSS

- MARENA

- MITRAB – (Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo).

- CNU

- Asociación de Municipios.

- Comisión de Salud de la Asamblea Nacional.

- Ejercito de Nicaragua.

- Policía Nacional.

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47

- Un Delegado por cada organización comunal de ámbito Nacional.

- Un Delegado por cada organización sindical de ámbito nacional de trabajadores del sector salud.

- Un Delegado de las asociaciones médicas legalmente constituida.

- Un Delegado del Colegio de enfermeros.

- Un Delegado del los consejos regionales de ambas regiones de la costa Atlántica.

Las Sesiones son Mensuales.

4.1.5 Comisión Nacional de Plaguicidas.

Órgano de coordinación, asesoría y consulta sobre los conflictos que surgieren entre la autoridad de

aplicación y los demás órganos señalados en la LEY BASICA PARA LA REGULACION Y CONTROL DE

PLAGUICIDAS, SUSTANCIAS TOXICAS, PELIGROSAS Y OTRAS SIMILARES 47y su Reglamento y las

personas naturales y jurídicas que practiquen la comercialización, importación, exportación y

distribución de los productos y sustancias objeto de control y regulación.

MIEMBROS:

- -MAGFOR – quien lo preside

- MINSA

- MARENA

- MTI

- MITRAB – (Dir. General de Higiene y Seguridad del Trabajo).

- INTA.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

48

- Se invitará a formar parte de esta Comisión a un representante de la Asociación Nacional de

Formuladores y Distribuidores de Agroquímicos de Nicaragua, a un representante de los Productores

Agropecuarios, a un representante de la Sociedad Civil y a un representante de los Trabajadores del

Sector Agropecuario, los que una vez incorporados a esta Comisión tendrán las mismas facultades y

funciones que el resto de miembros de la misma

Sesionan cuando lo convoca el presidente usualmente de forma ordinaria una vez al mes.

4.1.6 Comisión Nicaragüense del SIDA

De acuerdo a la LEY DE PROMOCION, PROTECCION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS ANTE EL

SIDA, Ley No. 23848, esta comisión es el órgano ejecutor de la Ley, en tal carácter esta facultada para

controlar , supervisar su cumplimiento e imponer sanciones éticas y pecuniarias de conformidad con su

reglamento.

MIEMBROS:

- MINSA – que la preside.

- MECD

- MITRAB (Dir. General de Higiene y Seguridad del Trabajo).

- MINGOB

- Dos Delegados por los organismos Gubernamentales que promueven la prevención y atención al

SIDA.

- La Comisión de Salud de la Asamblea Nacional.

- Tres Delegados por cada uno de las Comisiones de Derechos Humanos.

- Uno por FETSALUD.

- Según lo dispuesto en la ley, las organizaciones de empleadores y otros sindicatos que no sean “la

mas representativa de los trabajadores de la salud” no estan incluidas en esta comisión.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

49

Sesionan de forma ordinaria una vez al mes.

4.1.7 Comisión nacional de energía atómica.

Es el órgano ejecutor del control uso y aplicación de Radioisótopos y Radiaciones Ionizantes de

conformidad con su Ley49 y Reglamento.

4.1.8 Comisión nacional para la prevención mitigación y atención de desastres

Es el órgano ejecutor de los planes, programas para la prevención, mitigación, preparación, respuesta,

rehabilitación y reconstrucción.

MIEMBROS:

• Ministerio de Defensa – que lo preside.

• MINGOB

• Ministerio de relaciones Exteriores.

• MHCP

• MIFIC

• MECD

• MAGFOR

• MINSA

• MITRAB

• MARENA

• MI FAMILIA

• INITER

• Entes Descentralizados.

• Administraciones Regionales (RAAS Y RAAN).

• Secretarias Departamentales de Gobierno.

• Administraciones Municipales.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

50

4.1.9 Comisión nacional de normalización técnica y calidad.

Organismo coordinador de las políticas y programas en este ámbito.

MIEMBROS:

♦ MIFIC – quien lo preside.

♦ MINSA

♦ MTI

♦ MITRAB(Dir. General de Higiene y Seguridad del Trabajo).

♦ MARENA

♦ MAGFOR

♦ I.N.E.

♦ INAA

♦ Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos.

♦ Un representante de las organizaciones privadas del sector Industrial.

♦ Un representante de las organizaciones privadas del sector comercial.

♦ Un representante de las organizaciones privadas del sector Agropecuario.

♦ Un representante de las organizaciones de consumidores.

La Comisión sesiona cuatro veces al año de manera ordinaria y extraordinariamente cuando sea

convocada por su Presidente.

4.1.10 Organizaciones Facilitadoras Internacionales

4.1.10.1 Centro Regional de Seguridad y Salud Ocupacional CERSSO

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

51

CERSSO es un proyecto del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos, con sede en El Salvador,

iniciado en el año 2000. El proyecto apoya a los Ministerios del Trabajo y las agencias relacionadas al

tema en los países miembros en la ejecución de sus leyes de seguridad y salud laboral, divulgación de

información a gobiernos, patronos, y trabajadores acerca de los beneficios de un lugar de trabajo sano y

seguro. Los países miembros son: Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua,

Panamá y República Dominicana. El proyecto concluye en julio de 2004.

4.1.10.2 Solidaridad Internacional de los Trabajadores de Dinamarca SiD (es un organismo financiado por sindicatos daneses)

Dentro de los objetivos de este proyecto está la realización de capacitaciones en salud y seguridad

laboral para los trabajadores y establecer un diálogo entre las organizaciones patronales y las

autoridades con miras a encontrar soluciones entre otros campos en temas de higiene y seguridad

laboral. Las contrapartes nacionales de SiD son las organizaciones sindicales ATC y CST. También

organiza encuentros regionales entre profesionales y sindicalistas con el animo de desarrollar vínculos

entre las organizaciones sindicales y los profesionales dedicados a la salud y seguridad de los

trabajadores específicamente de las universidades, con el fin de apoyar el desarrollo de investigaciones

participativas en el área de salud y seguridad.

4.2 AL NIVEL DE LAS EMPRESAS

4.2.1 Las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad de Trabajo

Las Comisiones Mixtas son estructuras conformadas, de acuerdo a la Resolución Ministerial sobre las

Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad de Trabajo (C.M.H.S.T.). Están definidas como órganos

paritarios de participación en las actividades de protección y prevención dentro de los centros de

trabajo y constituidas por igual número de representantes de los trabajadores y del empleador de

acuerdo a una tabla que correlaciona el número de trabajadores con el de representantes. La presidencia

de las comisiones corresponde a un representante del empleador.

La comisiones mixtas tienen la responsabilidad de acompañar al empresario en el diseño del

Reglamento Técnico Organizativo en SST de la empresa. Este reglamento permite “regular el

comportamiento de los trabajadores como complemento a las medidas de prevención y protección,

estableciendo los procedimientos de las diferentes actividades preventivas generales y especificas de

seguridad que se deben adoptar en los lugares de trabajo”50.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

52

5. Estándares Técnicos, Directrices y Sistemas de Gestión Debido al incipiente desarrollo de la salud y seguridad en el trabajo, donde los esfuerzos institucionales

y de los trabajadores han ido apareciendo de forma sistematizada sólo en los últimos años, no existe

aún un desarrollo de los sistemas de gestión en el tema. Sin embargo, las iniciativas empresariales,

oficiales y de los trabajadores en el marco de la nueva política económica diseñada por el gobierno

permiten visualizar un campo fértil para su inserción.

Existe un Plan de Acción Estratégico Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional en el que aparece

una primera aproximación de lo que serían las políticas en materia de salud y seguridad en el trabajo.

En este se propone que el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad Ocupacional , (existente desde

principios de los 80’s, pero con carácter legal a partir de 1993 mediante resolución ministerial) sea la

instancia que se encargue de la elaboración de las políticas a nivel nacional y de darle seguimiento a la

gestión de la seguridad y salud en el trabajo en el futuro. El propósito del Plan establece claramente la

misión, visión y objetivos del Consejo en los próximos años. Este plan debe ser el punto de partida en

el establecimiento efectivo de un sistema nacional de gestión de la salud y seguridad en el trabajo

efectivo y coherente.

5.1 GALARDÓN A LA CALIDAD

Es un premio anual otorgado por el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad a las empresas que han

mostrado elevación de los niveles de higiene y seguridad durante el año evaluado. Se participa en este

programa, a través de convocatoria abierta, previa inscripción y aquellas empresas que reúnan los

criterios técnicos organizativos, son seleccionadas y en ceremonia oficial de manos del Presidente de la

República, se les entrega el galardón que los acredita como Empresa Modelo en S.S.T.

Un grupo de evaluadores conformado por los propios miembros de la Comisión visita las empresas

postulantes con el fin de evaluar las condiciones de salud y seguridad actuales en contraste con las

antes identificadas. Finalmente, se utiliza una escala de puntuación que permite elegir a las más

destacadas. En la última edición del evento se inscribieron 32 empresas de las diversas ramas de la

economía. La mayoría grandes empresas.

5.2 SISTEMAS DE GESTIÓN DE SST EN LAS EMPRESAS

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

53

El Ministerio del Trabajo en su rol de facilitador en las relaciones laborales ha proporcionado a los

empleadores y trabajadores instructivos técnicos – metodológicos que les sirvan como herramienta de

trabajo en la organización y gestión para la actuación en el ámbito de la higiene y seguridad en sus

centros de trabajo. Cabe destacar la importancia de la organización y gestión de la S.S.T. para

complementar con las disposiciones contenidas en las diferentes resoluciones técnicas de higiene y

seguridad y lo regulado en el Código del Trabajo.

Al interior de las empresas se esta desarrollando acciones para lo siguiente:

1) La Constitución de las comisiones mixtas de higiene y seguridad del trabajo.

2) Elaboración de los reglamentos de funcionamiento de las comisiones.

3) Técnicas metodológicas para la elaboración de los planes de trabajo de la comisión mixta.

4) Procedimiento metodológico para la elaboración de los reglamentos.

Las comisiones mixtas intentan ser la semilla de un sistema de gestión empresarial en salud y seguridad

ocupacional. Por su carácter bipartito, se incentiva la participación de los trabajadores y el compromiso

de los empleadores en la gestión de la salud y seguridad. Las comisiones mixtas a través de una

resolución ministerial prescribe a los empleadores constituirlas en los centros de trabajos para abordar

los problemas que se suscitan en los centros de trabajos. A través de la comisión mixta se elabora un

plan anual de acuerdo al reglamento técnico organizativo de la empresa donde se consigna acciones y

responsabilidades a ejecutar en el año. Se plantea la obligatoriedad de realizar los exámenes médicos,

priorizando aquellos puestos de trabajo con mayores riesgos.

Según el MITRAB El plan es un instrumento que le permite al empleador ir realizando acciones de

manera racional. El empleador tiene la obligación de destinar un presupuesto para cumplir el plan.

Todas estas medidas de prevención son de obligatoriedad en el centro de trabajo, ahí tiene que

considerar un monto para los equipos de protección, exámenes médicos aquellos que no cubran el

rango de seguridad social, un monto para hacer la labor formativa, educativa y del aspecto

complementario que son las acciones de señalización, entonces consideramos que el plan es un

instrumento que le va a indicar al empleador que es lo que tiene que hacer o cuanto lo tiene que hacer,

y en que momento lo tiene que hacer . Los trabajadores indiscutiblemente en esta comisión tienen una

acción bastante beligerante para poder indicar y medir como un termómetro la ejecución de las

acciones preventivas en los centros de trabajo51.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

54

Hasta la fecha se han formado 424 comisiones mixtas en todo el país de las cuales casi la mitad se han

formado en los establecimientos de Managua. Son grandes medianas o pequeñas?

Tabla No 3 COMISIONES MIXTAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD INSCRITAS EN EL MITRAB.

En la actualidad el MITRAB está en un proceso del fortalecimiento a las Comisiones Mixtas de

Higiene y Seguridad del Trabajo en el país, para ello el Ministerio ya procedió a juramentar a los

miembros de Managua, Estelí y Masaya; a fin que estas Comisiones funcionen en los Centros de

Trabajo.

5.2.1 Certificación ISO

La Cámara de Industrias de Nicaragua, con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo

(BID), inició en el año 2000 un proceso de asistencia para que un grupo de empresas lograran la

certificación en ISO 9000 (sobre calidad). Esta iniciativa empresarial se enmarca en los procesos de

certificación dirigidos a mejorar las oportunidades comerciales dentro del marco del Tratado de Libre

Comercio de las Américas. Un total de 32 empresas lograron culminar el proceso. En este mismo

contexto, esperan para el año 2004 iniciar con un grupo de empresas de diferentes sectores económicos

el proceso para lograr la certificación en ISO 14000. (Sobre protección ambiental).

5.3 NORMAS TÉCNICAS USADAS

Las normas nacionales en materia de Higiene y Seguridad Ocupacional, sean estas técnicas o

administrativas, están reflejadas en un conjunto de documentos elaborados por el Ministerio del

Trabajo. Algunas son de aplicación general como las disposiciones básicas de higiene y seguridad en

los lugares de trabajo52, las aplicables a los equipos e instalaciones eléctricas53 o las relativas a la

prevención y extinción de incendios en los lugares de trabajo54, en tanto otras son de aplicación

específica en algunos rubros económicos como las orientadas al sector maquila de prendas de vestir o

al trabajo en el mar.

DEPARTAMENTO N° DE COMISIONES N° DE TRABAJADORES MIEMBROS

Managua 208 1,018 León 35 626 Chinandega 60 487 Masaya 45 628 Granada 31 567 Estelí 25 260 Jinotega 20 210 TOTAL 424 3,796

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

55

Los valores límites o estándares del Ministerio del Trabajo son tomados de los valores internacionales

de la “Threshold Limit Values” (T.L.V) de la “American Conference of Governmental Industrial

Hygienists” (ACGIH). De ahí salen las adopciones nacionales que están contenidas en las distintas

normativas que regulan diferentes tópicos en materia de Higiene y Seguridad del Trabajo.

5.4 USO DE REPERTORIOS DE OIT

A partir de los noventas, en el país se inicia el proceso de emisión de Reglamentos, Resoluciones y

Normas Ministeriales en materia de SST. Igualmente se producen instructivos metodológicos y se

establecen los procedimientos para su tutela. Todo lo anterior es definido atendiendo la Constitución

Política de la Republica, el Código del trabajo vigente y los Convenios Internacionales de la OIT. En

todas las Resoluciones y Normas Ministeriales se hace referencia explicita a la necesidad de

armonizarlas con los Tratados y Acuerdos Internacionales.

Con la renovación del Código del Trabajo (Ley 185) en 1996, se especula sobre la validez de las

Resoluciones y Normativas Ministeriales anteriores al Código. En respuesta, el 6 de Agosto de 2001, se

promulga la “Ratificación y Vigencia de todas las Resoluciones Ministeriales en Materia de Higiene y

Seguridad del Trabajo”.

En el cuadro siguiente se presenta la lista de resoluciones y normativas ministeriales en las que se ha

utilizado explícitamente el repertorio de recomendaciones prácticas de OIT. Además, existen otras

normativas y resoluciones ministeriales referidas a temas como la prevención de incendios en los

centros de trabajo; el sector maquilas de prendas de vestir, etc., las cuales se han mencionado en el

punto 1.2 de este documento.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

57

Tabla No 4 Utilización del Repertorio de Recomendaciones prácticas de la OIT en la Legislación de Nicaragua.

RECOMENDACIÓN Nº Y REPERTORIOS REGLAMENTOS , NORMAS Y RESOLUCIONES MINISTERIALES

164 (1981): sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores

Factores ambientales en el lugar de trabajo. 1999.

Registro y notificación de accidentes y enfermedades. 1994.

• Norma ministerial sobre disposiciones básicas de Higiene y Seguridad en los lugares de trabajo (3/Agosto/2001)

• Resolución ministerial sobre Higiene Industrial en los lugares de trabajo (12/Septiembre/2001)

• Norma ministerial sobre disposiciones mínimas de Higiene y Seguridad de los equipos de trabajo (9/Abril/1996)

• Resolución ministerial sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad del trabajo en las empresas (3/Agosto/2001)

• Resolución ministerial relativo a los Reglamentos Técnicos Organizativos de Higiene y Seguridad del trabajo en las empresas (17/Septiembre/2001)

175 (1988): sobre Seguridad y Salud en la Construcción

Salud y Seguridad en la construcción. 1991.

• Resolución ministerial referente a las medidas básicas de Higiene y Seguridad del trabajo aplicable a la construcción (30/Junio/2000; 1/Julio/2000)

183 (19XX): sobre Seguridad y Salud en las Minas

Minas a Cielo abierto. 1990.

• Reglamento General de Higiene y Seguridad del trabajo en las minas (29/Enero/1999)

192 (2001): sobre Seguridad y Salud en la Agricultura

Uso de químicos. 1992.

• Resolución ministerial sobre Higiene y Seguridad aplicable en el uso, manipulación y aplicación de plaguicidas y otras sustancias químicas en los centros de trabajo (17/Septiembre/2001)

194 (2002): sobre la Lista de Enfermedades Profesionales

Etica y Vigilancia Sanitaria. 1997.

• Ley 185: Código del Trabajo (1996)

Fuente: MITRAB

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

58

6. Medios y Herramientas para la Implementación de Sistemas de SST

6.1 AUTORIDADES COMPETENTES Y ORGANISMOS NACIONALES CON RESPONSABILIDADES EN LA

APLICACIÓN DE LA SST

Tabla No 5. Recursos humanos y económicos por entidad responsable en la aplicación de la SST.

Institución Personal trabajando en S.S.T

Presupuesto anual para actividades S.S.T

Tiempo dedicado

Observaciones

MITRAB/Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo

14 a nivel central

5 en los departamentos

C$ 1,255,369 para programa de Higiene y Seguridad

Tiempo completo

Alta rotación del personal de inspectoría/bajos salarios

INSS/Gerencia General de Riesgos Profesionales

16 Administrativos a nivel central

10 inspectores: 8 en Managua y 2 para León y Chinandega

C$ 119 millones para atención medica, subsidios y pensiones.

C$ 9 millones para gastos administrativos

Tiempo completo

MINSA/Dirección de Sustancias Tóxicas

3 en el nivel central No tiene presupuesto específico

Parcial: Según demanda

Desarrollo limitado

Total 48 tiempo completo

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

59

6.1.1 Inspección a una Vigilancia del Cumplimiento de la Ley

Tabla No 6. Descripción de los Sistemas de inspección responsables de aplicar la ley en SST

Sistema de Inspección

Ministerio responsabl

e

Nº de inspectore

s

Distribución geográfica

Sector económic

o en cobertura

Nº de empresa

s que cubren

Nº de visitas por empresa

Legislación en

cobertura

Nº de multas

efectuadas

Dirección de Higiene y Seguridad

19

Managua: 14

Departamentos: 5

Sectores Primario, Secundario y Terciario

1 inspección

1 reinspección

Normativas y resoluciones ministeriales

Dirección de Inspectoria del Trabajo

MITRAB/

79

Managua: 20

Departamentos: 59

306

Reglamento de inspectores

N/D

Gerencia de Riesgos

INSS 10

8 Managua

1 León

1 Chinandega

Sector primario, Secundario y Terciario

296* N/D Ley de Seguridad Social

N/D

Dirección de Sustancias Toxicas

MINSA 0 N/D Ley 274 N/D

* Durante el primer nonestre del 2003

El MITRAB cuenta con inspectores de Higiene, inspectores de seguridad e inspectores laborales. De

estos tres sólo los inspectores laborales aparecen definidos por la Ley. Sin embargo, estos se han

dividido las funciones: los inspectores laborales del MITRAB realizan funciones orientadas al área

administrativa; los de higiene, identificación, evaluación y seguimiento de riesgos y también brindan

apoyo, orientación y seguimiento a las comisiones mixtas de Higiene y Seguridad; los de seguridad

identificación, evaluación y seguimiento de riesgos. El criterio utilizado para la selección de las

empresas a inspeccionar es la apertura de nuevas empresas y la realiza cada inspectoría de manera

independiente. Las reinspecciones se definen sobre la base de los índices de accidentalidad. En éstas

los inspectores de Seguridad, Higiene y Laborales participan de manera conjunta. El informe final de

cada una de las supervisiones se realiza de manera conjunta bajo la coordinación del inspector laboral.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

60

Por su parte, los inspectores del INSS desempeñan funciones tanto administrativas como de Higiene y

Seguridad. Las visitas a las empresas son de carácter integral. Además, brindan asesoría a las

comisiones mixtas y a los empleadores en materia de SST. Las empresas son seleccionadas de acuerdo

al índice de accidentalidad y al número de recomendaciones hechas en inspecciones anteriores. Aunque

existe un acuerdo para inspecciones conjuntas entre el INSS y el MITRAB, las visitas de estas dos

instituciones no se realizan simultáneamente.

El Ministerio de Salud no cuenta con un sistema de inspectores laborales. Los higienistas con que

cuenta en cada uno de los 157 municipios del país se ocupan mayoritariamente de labores de

saneamiento básico y ocasionalmente de higiene ambiental. En el ámbito laboral, son los gestores del

chequeo médico periódico a los manipuladores de alimentos.

6.1.2 Laboratorios en SST

Tabla No 7. Equipos disponibles para la evaluación de riesgos de las instituciones responsables de velar por la SST.

AGENTE MITRAB INSS MINSA

Estrés térmico 10 1 1

Ruido 10 1 1

Iluminación 8 1 1

Radiación UV 1 - -

Riesgos eléctricos 11 - -

Manómetro (Presión) 1 - -

Calidad del aire en interiores

2 - -

Calibrador de espesores por ultrasonido (tubería

de caldera)

1

Monitor Multigas (Watchman MSA)

1

Polvo total y respirable 4 - -

Disolventes y gases 5 - -

Metales pesados - - 1*

Plaguicidas - - 1*

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

61

*Corresponde a un laboratorio con capacidad para el análisis (cromatógrafos, espectrofotómetros, etc) y la metodología analítica validada.

Tabla No 8 Equipos disponibles para evaluación de riesgos de otras instituciones del país en materia de SST.

AGENTE UNAN-LEON UNAN-MANAGUA

UNI CIRA

Estrés térmico 3 1 1

Ruido 4 1 1

Iluminación 3 1 1

Radiación UV -

Riesgos eléctricos -

Presión -

Calidad del aire en interiores

1

Polvo total y respirable 3

Disolventes y gases 2

Metales pesados 1* 1*

Plaguicidas 1* 1*

* Corresponde a un laboratorio con capacidad para el análisis (cromatógrafos, espectrofotómetros, etc) y la metodología analítica validada.

Además de lo señalado en la tabla que precede, la UNAN-LEON cuenta con capacidad para

evaluaciones clínicas tales como audiometrías, espirometrías, electromiografías, inhibición de las

colinesterasas, metabolitos de Clorpirifós en orina, evaluaciones neurológicas basadas en el set estándar

de la OMS y sensibilidad vibromotora. La UNAN-MANAGUA cuenta con un espirómetro y dos

audiómetros (sin cabinas).

6.1.4 Centro de Información en SST

El único centro de documentación es el que tiene el MITRAB. El Centro de Documentación cuenta con

1,224 textos relativos a temáticas de orden socio laboral. De forma regular la sede de OIT en Costa

Rica remite al centro de documentación, documentación Bibliográfica.

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62

Existe un intercambio y suministro de documentos con los otros centros de de instituciones a nivel

local, tiene una frecuencia de 150 a 250 usuarios semanalmente, dentro de los usuarios se destacan los

estudiantes universitarios, trabajadores y empleadores.

Cada institución tiene documentación limitada que esta más dirigida a su ámbito de acción.

Organismos de trabajadores como el MEC, la ATC y la CST están produciendo material de divulgación

relativo a la SST.

6.1.5 Servicios de Salud en el Trabajo

Los servicios de salud en el trabajo, concebidos dentro de su carácter preventivo de acuerdo al

convenio 161 y la recomendación 171 de la OIT, no ratificados por nuestro país, no son aplicados en

Nicaragua, excepto de forma aislada en algunas empresas, sobre todo transnacionales como la KRAFT,

cumpliendo las normas de sus paises sedes.

6.1.5.1 Instituciones del estado

Oficialmente la atención médica a los trabajadores la realizan dos instituciones fundamentalmente: El

Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y el Ministerio de Salud.

El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social funciona como un sistema de salud paralelo al

Ministerio de Salud que da cobertura en salud a los trabajadores cotizantes en dos modelos:

1. Empresa Médica Previsional que cubre las contingencias de Enfermedad – Maternidad de los

regímenes Integral (incluye Enfermedad - Maternidad, Riesgos Profesionales e Invalidez, Vejez y

Muerte) y el Facultativo (Invalidez, Vejez y Muerte y opcionalmente en Enfermedad - Maternidad).

En este modelo los trabajadores y sus beneficiarios reciben atención de acuerdo a una canasta

básica de prestaciones médicas, de diagnóstico y tratamiento que no abarca todas las necesidades de

los trabajadores.

2. Unidad de Salud Acreditada (USA): es el modelo utilizado para la cobertura por Riesgos

Profesionales. Incluye todas las etapas de atención desde el diagnóstico hasta la rehabilitación sin

estar limitados por una canasta básica de servicios y medicamentos como en el previsional.

También contempla, en caso de ser necesario, asegurar la atención medica del trabajador en el

exterior y su seguimiento posterior en Nicaragua, una vez dado de alta del centro de referencia.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

63

Actualmente existen un total de 29 USAs acreditadas: en Managua 4 hospitales (uno público y tres

privados), 1 centro de diagnóstico clínico y medicina ocupacional y 2 unidades para rehabilitación

(uno público y uno privado), y 22 distribuidas en quince de los 16 departamentos restantes,

quedando sin cobertura el Departamento de Río San Juan. Durante el año 2002 dentro del modelo

de Riesgos Laborales fueron atendidos 14,121 asegurados en la modalidad de accidentes laborales

y 317 como enfermedad profesional. (anuario 2002). (Ver en anexos las listas de las Unidades de

Salud Acreditadas)

El Ministerio de Salud:

El Ministerio de Salud a través de su red de unidades de salud, presente en cada uno de los 157

municipios del país, atiende al 100% de la población sin distingo de la relación laboral, carece de un

programa de salud ocupacional por lo que no existen cifras estadísticas de morbimortalidad asociada al

trabajo. Mantiene la vigilancia de las intoxicaciones por plaguicidas55 mediante la notificación

obligatoria de los casos atendidos en cualquier unidad de salud, no haciendo distingo entre

exposiciones laborales, accidentales o intencionales.

En vista de no estar acreditadas como Unidades de Salud (USA), las unidades de salud del MINSA

brindan a los pacientes asegurados que concurren a ellas la atención mínima necesaria y luego los

trasladan a las estructuras determinadas por el INSS, donde siguen el trámite normal de atención. No se

lleva un registro estadístico diferenciado de estos casos, excepto en los que funcionan como USA’s.

6.1.5.2 Servicios de las organizaciones de los trabajadores o de los empresarios (algunos ejemplos)

ATC -Mutua del Campo

Sistema mutual fundado en 1996 y coordinado por la Asociación de Trabajadores del Campo. Está

presente en tres municipios del país (Pantasma, La Dalia y Jalapa) y brinda atención médica a 1400

familias campesinas. Incluye un componente de SST dirigido fundamentalmente a brindar apoyo a los

Comités de lucha contra los Plaguicidas.56

Hospital del Ingenio San Antonio

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64

Es un hospital privado ubicado en el municipio de Chichigalpa donde se localiza el Ingenio San

Antonio, administrado por la Nicaragua Sugar Estates Ltda., tiene una capacidad de 25 camas y cuenta

con sala de cirugía, está destinado para la atención a los trabajadores y sus familiares. Esta adscrito al

INSS como Unidad de Salud Acreditada. El Ingenio San Antonio cuenta con un departamento de

Higiene y Seguridad Industrial, con programaciones anuales para reducción de riesgo y prevención.

Debido al alto índice de insuficiencia renal crónica entre los cañeros, la empresa ha financiado

investigaciones sobre exposición y efectos a la salud entre los trabajadores activos y además tiene

políticas de prevención y reducción de la deshidratación en el personal de la empresa.

Clínica Bananera El Viejo Chinandega

Esta clínica es atendida por un especialista en Medicina Familiar con un diplomado en Salud y

Seguridad Laboral. Brinda atención a los trabajadores y sus familias, Se coordina con el higienista de la

empresa para el desarrollo de programas de prevención y capacitación a los trabajadores. No se lleva

un control ni reporte de las enfermedades ocupacionales. El médico de la clínica desarrolla

evaluaciones periódicas y sugiere cambios en la empresa para mejorar las condiciones de trabajo en las

Bananeras que están bajo su cobertura.

6.1.6 Sistemas de Compensación de Lesiones por Accidente y Enfermedades del Trabajo o Seguros de Riesgos en el Trabajo

6.1.6.1 EL Instituto Nicaragüense de Seguridad Social

El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social cubre las contingencias de enfermedad, invalidez y

muerte a sus cotizantes activos. Cuando sucede un accidente laboral, la empresa debe emitir un

formulario de reporte que le permite al asegurado, previa comprobación de derechos de atención,

acceder a la atención médica en las Unidades de Salud Acreditadas. En éstas, de acuerdo al criterio

médico, se le realizan los procedimientos y exámenes requeridos e independientemente de su carácter

ambulatorio u hospitalización.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

65

En casos de enfermedad ocupacional se accede al sistema mediante la remisión de pacientes desde

cualquier unidad de salud pública, privada o provisional a la consulta de medicina laboral. En la

consulta el trabajador es valorado por un especialista en medicina del trabajo que es quien determina si

cumple o no los requisitos para catalogarse como enfermedad laboral. En casos de invalidez total o

parcial, el trabajador debe presentar un resumen clínico de su médico tratante a la comisión que

confirma la invalidez total o parcial y su carácter de temporal o permanente. Luego de este paso el

departamento de pensiones determina el monto de indemnización o subsidio económico.

6.1.6.2 INISER

Es la principal compañía aseguradora estatal del país y goza de autonomía administrativa y financiera.

Brinda atención a 350,000 clientes con cobertura para los diferentes siniestros personales y materiales

que van desde robo y accidentes hasta muerte y destrucción por catástrofes naturales. En salud

ocupacional cuenta con programas de indemnización que atienden a empleadores, empresas y sus

trabajadores y asociaciones sindicales, en algunos casos por decisión expresa de los empleadores, en

otras de los empleados y en la mayoría de los casos en cumplimiento del convenio colectivo de las

empresas. Por ser un contrato privado de servicios, los montos y condiciones del mismo son acordados

por el contratante y el INISER y reembolsados de acuerdo a los términos del mismo. Sus servicios no

incluyen acciones de prevención.57

Las modalidades de seguro que están en vigencia y se relacionan con la salud de los trabajadores son:

Seguro Colectivo de Vida: da cobertura a la muerte, incapacidad total y permanente y

desmembración, ya sean estas por enfermedad o accidente, sin hacer distinciones entre su relación o no

con el trabajo.

Seguro de Accidentes Personales: las contingencias previstas son muerte accidental, incapacidad

permanente ya sea total o parcial y el reembolso de los gastos médicos ocasionados por las condiciones

antes mencionadas.

Seguro Medico: las contingencias son el pago o reembolso de gastos médicos por enfermedad o

accidente, los gastos de funeral y de entierro.

6.1.7 Centros de Control de Intoxicaciones

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

66

La Dirección de Sustancias Tóxicas del Ministerio de Salud es la encargada de dar seguimiento a las

intoxicaciones por plaguicidas mediante la red de Vigilancia Epidemiológica. Cuenta con 3 recursos a

nivel central y la participación del personal de higiene y de control de plaguicidas a nivel de los

Sistemas Locales de Atención Integral en Salud (SILAIS) y de los técnicos en higiene a nivel

municipal. Los programas que desarrolla la dirección de sustancias toxicas son:

• Programa de plaguicidas

• Evaluación Toxicológica

• Centro Nacional de Toxicología

• Programa de mordeduras de serpientes

• Programa de salud ocupacional

El énfasis está dirigido a la vigilancia y control de las personas expuestas a peligros de intoxicación por

plaguicidas y otras sustancias químicas gracias al programa PLAGSALUD. Este programa ha apoyado

por mas de 10 años el desarrollo y fortalecimiento de la vigilancia de las intoxicaciones causadas por

plaguicidas y la formación y seguimiento de las Comisiones Locales Intersectoriales de Plaguicidas

(CLIPS) a nivel municipal. A lo largo de todo el país se cuenta con 62 CLIPS distribuidas en 15

SILAIS.

Las acciones en materia de SST que se han realizado han sido en conjunto con otras instituciones por

demanda especifica de las autoridades de gobierno o para responder situaciones de emergencia. Las

actividades realizadas a la fecha consisten en evaluaciones medicas y determinación de niveles de

colinesterasas a trabajadores expuestos, investigaciones conjuntas con apoyo del CDC de Atlanta sobre

factores de riesgos de la insuficiencia renal crónica, evaluaciones de intoxicaciones por plomo en

talleres artesanales de recuperación de baterías en Managua, Chinandega y León. En conjunto con el

INSS han participado en la evaluación medica de ex trabajadores expuestos al asbesto y actualmente

están coordinando la evaluación y seguimiento de pacientes intoxicados con toxafeno y mercurio.

También participan en la Comisión Nacional para la Eliminación del Toxafeno.

6.2 ESTRUCTURAS EDUCATIVAS , DE CAPACITACIÓN Y DE SENSIBILIZACIÓN

6.2.1 Cursos Universitarios y de Postgrado

Tabla No 9 Cursos de Nivel Superior, pre y post grado

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

67

TIPO DE CURSO

UNAN MANAGUA UNAN LEÓN UNI

Pregrado 80 horas para estudiantes del IV año de Medicina

80 horas para estudiantes de V año de Medicina

168 horas anuales en 3er año de Ingeniería Industrial

Diplomado • Medicina Ocupacional.

• Toxicología Ambiental

Maestrías Módulo de salud ocupacional en las maestrías del CIES

• Maestría en Salud Ocupacional

Otros Cursos

Módulo de Toxicología Laboral en Diplomado de Toxicología Clínica

• Módulo de Salud Ocupacional en Maestría de Salud Pública

• Módulo de Epidemiología Ocupacional en la Maestría de Epidemiología

• Salud Ocupacional para docentes de la Facultad de Medicina, UNAN-León

• Salud Ocupacional para Médicos de atención primaria del Silais-León.

Curso de Post grado en “Ergonomía, Higiene y Seguridad Industrial” 6 graduados.

UNAN-M ANAGUA

Pregrado

La UNAN-Managua cuenta con un curso de pregrado de 80 horas para los estudiantes de IV año de

medicina con la asignatura de salud ocupacional. Aparte de la docencia, los estudiantes visitan los

centros de trabajo y realizan audiometrías a los trabajadores expuestos a ruido en las empresas que

visitan.

Postgrado

Están a cargo del módulo de Toxicología Laboral del diplomado de Toxicología Clínica.

Colaboran en el módulo de salud ocupacional de la maestría en salud pública y maestría de

epidemiología del CIES (Centro de Investigación y Estudios de la Salud adscrito a UNAN Managua).

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

68

UNAN-L EÓN.

Pregrado

160 alumnos cada año, del V año de la carrera de medicina, tienen una rotación por 1 mes en el

Programa de Salud Ocupacional y Ambiental. Además del contenido teórico realizan prácticas en

diferentes centros de trabajo del sector formal e informal. Las prácticas consisten en identificar los

principales problemas de salud a partir de una valoración de riesgos (incluyendo mapeo de riesgo y uso

de equipos de Higiene Ocupacional). También realizan seminarios y discusiones de grupos sobre los

principales problemas de salud ocupacional en la actualidad en los diferentes sectores de la economía

en Nicaragua.

Postgrado

• Módulo de salud ocupacional en la Maestría de Salud Pública a partir de 1998 con un total de

10-15 egresados cada 2 años.

• Módulo de Epidemiología Ocupacional en la Maestría de Epidemiología a partir del 2003,

impartido a 40 estudiantes.

• Diplomado de Toxicología Ambiental, el cual incluye un módulo de Toxicología Laboral.

• Maestría en Salud Ocupacional, iniciada en Noviembre 2003; cuenta actualmente con 10

estudiantes.

En Enero del 2004 se inicia el diplomado de Medicina Laboral con el apoyo de la Universidad de

Verona (Italia), el Instituto Karolinska (Suecia), la Universidad de Washington (Estados Unidos) y el

IRET de la Universidad Nacional (Costa Rica). El diplomado tendrá una duración de 1 año y ya cuenta

con 30 participantes (24 de las Universidades 4 del Ministerio de Salud, y 2 del INSS).

Otro tipo de capacitación

• Curso de Salud ocupacional de 16 horas dirigidos a docentes de la Facultad de Medicina,

UNAN-León

• Curso de Salud Ocupacional de 16 horas dirigidos a 29 Médicos de atención primaria del

Silais-León.

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

69

Pregrado

Durante su formación como Ingenieros Industriales, los estudiantes de tercer año diurno y cuarto

año nocturno reciben la asignatura de Ergonomía, Seguridad e Higiene, con un total de 84 horas

semestrales en las que las clases prácticas representan un 13% de la carga horaria y los laboratorios el

10% . Atienden en total a 100 estudiantes por año. Cuentan con un laboratorio de medición de riesgos.

Este laboratorio realiza mediciones en colaboración con la Dirección General de Higiene y Seguridad

del MITRAB.

6.2.2 Estructuras de Formación Administradas por Organizaciones de Empleadores y de Trabajadores

No existen estructuras de formación en salud y seguridad del trabajo administradas por parte de los

empleadores o de los trabajadores aunque en las organizaciones sindicales existe un creciente interés en

formar a los trabajadores a través de cursos, talleres o seminarios. Este vacío lo están supliendo los

sindicatos en alianza con instituciones formadoras.

La Central Sindical de Trabajadores “José Benito Escobar” ha desarrollado cursos con apoyo de

CERSSO y en conjunto con la UNAN-León han creado el proyecto Promoción de la Salud y Seguridad

de los Trabajadores (PROSSTRAB). Este es un proyecto de capacitación de promotores en el que

participan trabajadores del sector maquila y construcción. A la fecha se han realizado:

• Cursos Básicos de Higiene y Seguridad Ocupacional dirigido a promotores sindicales de la

CST-JBE y ATC con 60 egresados.

• Cursos Específicos de Higiene y Seguridad Ocupacional por sector económico. Los sectores

abarcados fueron: construcción y maquila (ATC y CST-JBE). Teórico-prácticos, por 4

encuentros, total 32 horas

La Asociación de Trabajadores del Campo ha desarrollado capacitaciones a promotores de higiene y

seguridad que cuentan con un carnet lo cual les permite ingresar a las empresas agrícolas y velar por las

condiciones de seguridad de los trabajadores. Estos cursos se han desarrollado con el apoyo de

CERSSO. Recientemente, la ATEC ha iniciado un programa de capacitación continua en conjunto con

la UNAN-León para fortalecer la capacidad de los promotores y tienen un acuerdo para continuar de

una manera sistemática un programa de capacitaciones. A la fecha se han realizado:

• Cursos Básicos de Higiene y Seguridad Ocupacional en la Agricultura con 20 egresados.

• Introducción a la Evaluación de Riesgos con 40 egresados.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

70

6.2.3 Instituciones Gubernamentales que llevan a cabo Capacitación en Seguridad y

Salud Ocupacional.

El Ministerio del Trabajo es el único autorizado por la ley para autorizar a las personas naturales o

jurídicas que efectúen capacitaciones en materia de higiene y seguridad laboral58. Brinda cursos de

formación, no gratuita a empleadores y trabajadores de acuerdo a solicitudes recibidas de parte de ellos

y además colabora con el INATEC en la capacitación de sus recursos docentes.

Con la publicación de la Ley 290, el Instituto Nacional de Tecnología (INATEC), pasó a depender del

MITRAB. El Instituto es una institución de entrenamiento profesional, creada mediante el decreto 3-91

del 10 de Enero de 1991. Su misión actual es de “contribuir en abrir empleos, así como promocionar la

capacidad de trabajos de los que tienen empleo, elevando la competitividad para incrementar

productividad y calidad de vida de la gente”. Cuenta con 39 centros de formación y capacitación al

nivel nacional.

En algunos de sus centros ofrece cursos en materia de SST. En el año 2002 se brindaron 14 cursos en

seis de los centros (dos de la rama industrial y cuatro de agroforestal) solamente uno de uso y manejo

de plaguicidas. Cuatro de los cursos fueron para recursos en formación y 10 para trabajadores activos.

En todas las carreras y cursos que imparten se incluyen contenidos de salud e higiene ocupacional, sin

embargo no tienen carga académica ya que se imparten durante las clases prácticas. A los profesores el

MITRAB les imparte módulos que luego son reproducidos en cada uno de los centros de capacitación

con contenidos variados que son solicitados por el INATEC central a los inspectores del MITRAB.

6.2.4 Consejos o Comisiones Nacionales de SST y Asociaciones de Profesionales en SST

Consejo Nacional de Higiene y Seguridad (MITRAB) que como ya se describió es una instancia

multisectorial asesora del MITRAB, que sesiona regularmente. Tiene a su cargo la introducción y

discusión de nuevas iniciativas para mejorar la SST. A pesar de que nominalmente la representación

incluye instituciones, empleadores y trabajadores además de Universidades y otros centros formadores,

la participación de los mismos es irregular y con una alta rotación de representantes lo que dificulta su

funcionamiento.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

71

6.3 INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS CIENTÍFICAS , MÉDICAS Y TÉCNICAS VINCULADAS A LA

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Las facultades de Medicina de la Unan Managua y León cuentan con programas que además de la

formación de nuevos recursos se dedican también a la investigación. También el Ministerio de Salud

cuenta con el Centro Nacional de Toxicología, al que se encuentra adscrito el programa de Salud

Ocupacional, sin embargo, su acción se limita a la vigilancia epidemiológica de intoxicaciones por uso

de plaguicidas y a la investigación de brotes de los mismos y otras a solicitud de dicha cartera.

6.3.1 Institutos de Estandarización/Normalización

No existen.

6.3.2 Institutos Especializados en la Evaluación de Peligros y Riesgos

La Dirección de Sustancias Tóxicas es una de las instituciones con capacidad para evaluar peligros

químicos y se describió en el acápite 5.1.6.

El Programa de Salud Ocupacional y Ambiental de la UNAN-León tiene mas de 15 años de existencia.

El quehacer principal del programa ha sido la investigación y formación de recursos. El programa

cuenta con 20 publicaciones en revistas internacionales en los temas de salud minera y efectos por

plaguicidas y con 11 presentaciones en conferencias científicas internacionales. Las áreas de

investigación en las que actualmente están trabajando son: evaluación de exposición a plaguicidas

(validación de instrumentos de evaluación de exposición) y monitoreo biológico de trabajadores y

familiares. El programa cuenta con las áreas de Epidemiología, Salud Pública, Higiene Ocupacional,

Toxicología ambiental, Química Analítica, Medicina Laboral y Bioestadística.

6.3.3 Preparación de Respuestas en Casos de Emergencia

El Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres creado mediante la Ley

337 en 59 contempla la formación de comisiones multisectoriales al nivel nacional, departamental y

municipal con el objetivo de lograr la reducción de riesgos de desastres naturales o provocados.

Aunque no hace referencia expresa a desastres causados por agentes presentes en ambientes laborales,

el sistema está diseñado para activarse en caso de desastres que pudiesen ser de origen laboral, sin

embargo su quehacer está más orientado hacia desastres de origen natural.

6.3.4 Organismos No Gubernamentales

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

72

Consultoras privadas

Dado el limitado numero de personas formadas en medicina laboral y en SST en el país, no existen

asociaciones de médicos del trabajo, de higienistas o ingenieros de seguridad.

6.4 NÚMERO DE RECURSOS HUMANOS EN EL ÁREA DE SST A NIVEL NACIONAL

Tabla No 10. Recursos humanos en SST activos y no activos en el ámbito nacional.

UNAN-MANAGUA

UNAN-LEÓN

MITRAB INSS MINSA OTROS

MÉDICOS DEL TRABAJO 0 0 0 1 2* 3*

ENFERMERAS DEL TRABAJO

0 0 0 0 1* 0

HIGIENISTAS / INGENIEROS DE SEGURIDAD

0 1 2 0 0 6*

INSPECTORES 0 0 17 10 0 0

ESPECIALISTAS EN PROTECCIÓN AMBIENTAL

0 4 0 0 0 0

MASTERS O POSTGRADOS SALUD OCUPACIONAL, EPIDEMIOLOGIA OCUPACIONAL

1 3* 0 0 0 2*

TOTAL 1 8 19 11 3 11

Ver explicación en el texto abajo.

En la tabla No 10 aparecen los 53 recursos humanos en SST que existen en el ámbito nacional.

Cabe señalar la existencia de especialistas de otras disciplinas del área de la SST que se encuentran

activos en SST y de aquellos que no lo están y que son un potencial para el país. La UNAN-

Managua aunque no aparecen recursos formados directamente en salud o medicina ocupacional

cuenta con 4 recursos dedicados a la salud ocupacional 1 master en salud pública, 1 diplomado en

toxicología clínica, y un especialista en Medicina Interna y tienen dos recursos en formación en

medicina ocupacional y epidemiología ocupacional y ambiental.

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73

La UNAN-León, además de los recursos formados en Salud Ocupacional (dos Master y un PhD en

Medicina Ocupacional) cuenta con un especialista en Medicina Interna un especialista en medicina

integral, tiene un master en toxicología un master en salud publica y un recurso en sicología laboral

dedicados a la salud ocupacional.

En el MINSA en la dirección de Sustancias toxicas los especialistas aunque del área de toxicología,

están dedicando tiempo a la salud ocupacional.. En la columna “OTROS” se registran 3 Médicos

Ocupacionales: uno trabaja en Salud Pública y los otros dos para Unidades Acreditadas en Salud

adscritas al INSS, es decir, venden servicios al Seguro Social a través de sus propias clínicas.

Finalmente, existe un médico con entrenamiento avanzado en programas de SST que labora para

una empresa bananera (mas detalles de los médicos que tienen formación en salud ocupacional en

anexos).

7. Estadísticas Sobre Accidentes y Enfermedades del Trabajo

7.1 ESTIMADO DE FATALIDADES DE ORIGEN OCUPACIONAL

Tabla No 11 Número de Accidentes y Enfermedades Profesionales Mortales por Actividad

Económica durante el período 1998-2002, reportados por el Instituto Nicaragüense de

Seguridad Social.

ACTIVIDAD ECONÓMICA 1998 1999 2000 2001 2002

Servicios Comunales 9 13 9 6 7

Industrias Manufactureras 9 8 6 8 3

Construcción 3 7 7 6 9

Agricultura, Caza, Silvicultura y Pesca 3 2 1 4 1

Comercio 1 3 1 3 2

Electricidad, Gas y Agua 1 4 0 2 3

Establecimientos Financieros 1 2 2 3 2

Transp./Almacenamiento/Comunicaciones 0 1 1 0 2

Explotación de Minas y Canteras 0 0 2 1 0

TOTAL 27 40 29 33 29

Fuente: Anuarios INSS

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74

7.2 ESTIMADO DE LESIONES DE ORIGEN OCUPACIONAL

Tabla No 12. Comparación de los registros de accidentes laborales del INSS y el MITRAB durante el período 1998-2001.

1998 1999 2000 2001

MITRAB INSS MITRAB INSS MITRAB INSS MITRAB INSS

Número de Personas Lesionadas

5364 8699 6628 10778 7307 12832 8127 14864

Número de Personas Lesionadas (no fatalidades)

5319 8672 6577 10736 7580 12803 8095 14831

Días perdidos por personas lesionadas

25290 136078 31488 185913 38663 185143 36922 212171

Personas lesionadas mortales 45 25 51 40 27 29 32 33

Enfermedades Ocupacionales

8 155 9 320 5 336 13 364

Trab. Expuesto a riesgo/asegurados

73669 259506 80092 282112 89537 308531 92651 314181

Tasa de lesiones mortales (por cada 10,000 expuesto a riesgo/asegurado)

6.10 1.04 6.37 1.50 3.02 0.94 3.40 1.05

Fuente: Dirección General de Riesgos INSS, MITRAB

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75

Tabla No 13. Número de Lesiones no mortales por Sector y Actividad Económica durante el período 1998-2002, reportados por el INSS. (Fuente: Anuarios INSS, MITRAB)

1998 1999 2000 2001 Sectores Actividades

MITRAB INSS MITRAB INSS MITRAB INSS MITRAB INSS

Agricultura, caza y pesca 589 371 538 407 535 366 464 287

Sub Total 589 371 538 407 535 366 464 287 Primario

% del total anual 10.98 4.27 8.12 3.78 7.03 2.85 5.71 1.93

Explotación de minas 155 157 126 101 102 75 58 102

Industria Manufacturera 3,592 4,617 4,642 5,562 5,609 6,601 6,214 7,799

Electricidad, gas y agua 197 298 157 364 177 483 136 371

Construcción 137 605 179 783 199 870 118 993

Sub Total 4,081 5,677 5,104 6,810 6,087 8,029 6,526 9,265

Secundario

% del total anual 76.08 65.28 77.01 63.18 80.02 62.58 80.30 62.34

Comercio, restaurantes y Hoteles 51 223 153 788 220 1,094 283 1,154

Transporte, almacenamiento y comunicaciones 215 287 200 263 154 324 149 275

Establecimientos Financieros 20 192 15 351 27 550 35 468 Terciario

Servicios comunales, sociales 408 1,947 618 2,159 584 2,467 670 3,412

Sub Total 694 2,649 986 3,561 985 4,435 1,137 5,309

% del total anual 12.94 30.46 14.88 33.04 12.95 34.57 13.99 35.72

Total General 5,364 8,697 6,628 10,778 7,607 12,830 8,127 14,861

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76

7.3 ESTIMACIÓN DE SUBREGISTRO

Tomando en consideración la baja cobertura que brindan las instituciones que cuentan con registros estadísticos sobre accidentes y

enfermedades laborales, se procedió a realizar una estimación del subregistro en la población económicamente activa ocupada de acuerdo a

las prevalencias del INSS. Se calcularon los casos esperados para cada sector económico. De acuerdo a este cálculo el número real de

accidentes entre los trabajadores de la PEA ocupada seria casi ocho veces mas que lo que actualmente se está reportando. (Ver tabla 14).

Tabla No 14, Cálculo del subregistro sobre accidentalidad ocupacional reportada por el INSS y PEAO INEC, 2001

SECTOR PEA Ocupada Accidentes Reportados

Tasa de accidentalidad

según registros del

INSS

Numero de accidentes esperados PEAO

Subregistro estimado

Primario 739.000,00 295,00 0,02 14.780,00 98,00

Secundario 243.500,00 9.586,00 0,10 26.785,00 64,21

Terciario 719.200,00 5.584,00 0,03 79.112,00 92,94

Total 1.701.700,00 15.465,00 0,05 120.677,00 85,05

Fuente: Cortesía Gerencia de Riesgos Profesionales INSS

8. Políticas y Programas de las Organizaciones de Empleadores y Trabajadores

8.1 ORGANIZACIONES DE EMPLEADORES

8.1.2 Texto de la Política de SST

No hay una política definida para desarrollar la SST en el sector de empleadores, Se encontraron esfuerzos dispersos que responden a

acuerdos bilaterales de empresarios y organizaciones multinacionales como el BID quien al momento financia parte del proyecto de

Certificación en ISO 9000:2000 y continuar apoyando la implementación de la norma ISO 14000 a partir del 2004.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

77

8.1.3 Estructura para la implementación de la política en la empresa (unidad de SST, comité mixto de SST, etc).

8.1.4

Al nivel de empresas a donde llega la cobertura del MITRAB (5%) y el INSS (18% PEA ocupada) están conformadas las comisiones

mixtas, sobre todo en el sector secundario. En el sector terciario el desarrollo es escaso, a pesar de su gran peso como generador de

empleos, la baja cobertura de la seguridad social y la existencia de un fuerte componente informal hace que sea uno de los sectores con

mayor peso dentro de la accidentalidad y menor cobertura en prevención.

8.1.4 Programas: formación, información para los miembros

Excepción hecha de los programas de formación implementados a través del INATEC, que son impartidos en respuesta a la solicitud

hecha por los empleadores y por tanto no siguen un programa específico, no encontramos otros programas de formación ni en el sector

público ni en el privado.

8.1.5 Aspectos de SST en los contratos colectivos

Se revisaron 12 de los 72 convenios colectivos firmados en los últimos dos años, encontrándose que en la mayoría el empleador se

comprometía a cumplir con lo orientado en las leyes sobre el tema, uno no incluía el capítulo de higiene y seguridad, uno del sector

maquila se refería a entregar uniformes, en tres se hace alusión a las comisiones mixtas y al reglamento técnico organizativo y en uno

se habla de la educación en salud e higiene ocupacional.

8.1.6 Participación en diálogo nacional tripartito

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

78

Los empleadores a través del Consejo Superior de la Empresa Privada participan en el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad, con

una representación delegada por la directiva de esta organización que acude a las reuniones de manera irregular. No participan los

empleadores directamente a menos que se les convoque para alguna subcomisión ad-hoc.

8.2 ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES

8.2.1 Texto de la Política de SST

Las organizaciones sindicales abordadas durante la investigación no cuentan con una política específica en Salud y Seguridad, sin

embargo dentro de sus planes y programas lo contemplan. Así la CST incluye en su Plan Estratégico 2003 – 2005 contempla la

formación de 60 Técnicos en Higiene y de 30 promotores en Salud e Higiene Ocupacional. La ATC dentro del proyecto de Salud y

Medio Ambiente Laboral prevé continuar el desarrollo de los CLIPS, Comisiones Mixtas y la capacitación de 45 promotores –

facilitadores en el tema y elevar la beligerancia de las Mutuas del Campo en lo correspondiente a la Salud Ocupacional.

8.2.2 Estructura para la implementación de la política en la empresa (unidad de SST, comité mixto de SST, etc).

Además de lo normado por la ley es decir las comisiones mixtas, que no existen en todas las empresas, no se cuenta con otra estructura

que permita el desarrollar una política de SST en las empresas.

8.2.3 Programas: formación, información para los miembros

Existen a nivel de sindicatos proyectos de formación de dirigentes sindicales en el tema de SST apoyados por organismos regionales y

supraregionales como PROSSTAB, sin embargo dado el corto tiempo de ejecución de estos proyectos los resultados y el alcance aun

no son mensurables.

8.2.4 Aspectos de SST en los contratos colectivos

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

79

Además de lo planteado en el inciso 7.1.4. encontramos que solamente dos de los convenios revisados se habla de las

responsabilidades de los trabajadores en torno a salud e higiene ocupacional.

8.2.5 Participación en diálogo nacional tripartito

Las organizaciones sindicales abordadas en el presente estudio cuentan con una representación en el Consejo Nacional de Higiene y

Seguridad, donde realizan un activo trabajo.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

80

9. Actividades Cotidianas y en Proceso de Ejecución Relacionadas con la SST

9.1 ACTIVIDADES COTIDIANAS E INICIATIVAS

� Formación del Plan Estrategico Nacional de Higiene y Seguridad de los Trabajadores, elaborado con los integrantes del Consejo

Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo.

� En proceso de su aprobación por la Asamblea Nacional un proyecto de Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo, uno de los

objetivos de la proyectada Ley es precisamente la de regular las competencias y atribuciones de los inspectores de Higiene y Seguridad

del Trabajo para levantar y sustancias sus propias actas de inspección, así mismo deja establecido los mecanismos, obligaciones y

responsabilidades en la organización, Gestión y actuación de la Higiene y Seguridad en las empresas.

� En Ejecución el proyecto Regional de Salud y Seguridad Ocupacional para Centro América, Belice, Panamá y República Dominicana.

El objetivo final del Proyecto es reducir la tasa de incidencia de accidentes y enfermedades ocupacionales en toda la Región. Este

Proyecto es financiado por el departamento del trabajo de los Estados Unidos de América (USDOL) y coordinado por ABT

ASSOCIATES INC. Concluye en julio de 2004.

Dentro de sus actividades:

� Creación del “Centro Regional de Seguridad y Salud Ocupacional” (CERSSO).

� Desarrollo de un Plan Nacional de Acción Estratégica en SSO.

� Apoyo con Equipos y Capacitación.

� Creación de un cuerpo de promotores.

� Actividades de SSO en la industria maquiladora.

1) En ejecución Proyecto Regional de Validación de una caja de herramientas para implementar la iniciativa de lugares de trabajo

saludables. OPS/OMS.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

81

La meta global de la iniciativa de lugares de trabajo saludables es contribuir al mejoramiento del ambiente físico y psicosocial del lugar

de trabajo, el estado de salud, la capacidad de desarrollar estilo de vida más saludables y el bienestar general de los trabajadores para

avanzar hacia el desarrollo sostenible con equidad y justicia social. OPS/OMS ha elaborado un conjunto de materiales metodológicos y

didácticos orientados a extender, apoyar y fortalecer los programas que promueven la salud en los lugares de trabajo con el apoyo

técnico de OIT, al que se ha denominado “ La caja de Herramientas para impulsar los entornos saludables de trabajo”.

La caja de herramientas esta compuesta por doce módulos de actuar en materia de salud y seguridad, y trece videos sobre equipos de

protección personal, ergonomía y protección de maquinaria, preparados por OIT bajo el nombre de “ Su Salud y su Seguridad en el

Trabajo”, para alianzar la meta global de la iniciativa de lugares de trabajo saludables, se diseño una propuesta de validación de la caja

de herramientas a aplicarse en cuatro países de Centroamérica ( Guatemala, El Salvador, Honduras, y Nicaragua), entre trabajadores de

las maquilas la floricultura y las empresas de tabaco. Para el proceso de validación se requirió en la formación de un equipo facilitador

Nacional integrado por funcionarios del MITRAB, MINSA, INSS, MECD, CZF, Universidades y Organizaciones Laborales, y de la

comisión mixta de las empresas.

9.1.1 Iniciativas Nacionales

Mediante el Acuerdo Presidencial No 289-98, se instituye el 18 de Agosto como Día Nacional de la Seguridad, Higiene y Salud de los

Trabajadores

Con los objetivos siguientes:

• Elevar a un nivel superior el cumplimiento de la Ley en cuanto a la Seguridad, Higiene y Salud de los Trabajadores.

• Elevar la conciencia, conocimientos, experiencia y hábitos de los empleadores y los trabajadores en dicha materia.

• Promover una mayor participación de las instituciones del Estado, empresarios, trabajadores y la sociedad civil en la

programación y ejecución de los programas de Higiene y Seguridad.

• Procurar la participación de los trabajadores en estilo de vida saludable que al menos incluya:

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

82

1. Disminuir los riesgos de lesiones y enfermedades profesionales

2. Nutrición Saludable

3. Reducción del tabaquismo y alcoholismo

9.1.2 Iniciativas del Sector Industrial

Hay un trabajo disperso y lo que existe es a instancia de organismos u organizaciones sindicales. Tal es el caso de la iniciativa de la

promoción de entornos saludables desarrollado por OPS en el que a lo largo de un año ha venido validando una caja de herramientas

para promover salud

9.1.4 Actividades e iniciativas de los sindicatos

Dentro de las iniciativas del Movimiento de Mujeres Maria Elena Cuadra están la capacitación a mujeres trabajadoras del sector

maquila en los derechos de la mujer en salud, seguridad e higiene en el trabajo.

Este movimiento ha desarrollado varios diagnósticos con el fin de obtener información útil ya sea para la educación como para

promover cambios en los lugares de trabajo para convertirlos en entornos menos peligrosos. Los diagnósticos realizados relacionados

con la SST son:

Condiciones de salud sexual y reproductiva en 1500 mujeres de 12 empresas de la maquila

Condiciones de salud e higiene ocupacional en 3680 mujeres trabajadoras de 27 empresas maquiladoras

Avances y retrocesos en las condiciones sociolaborales de las trabajadoras en las maquilas con 4770 mujeres trabajadoras de 17

empresas maquiladoras

Condiciones sociolaborales de las trabajadoras del tabaco de exportación en 300 mujeres trabajadoras de 12 empresas de

procesamiento de tabaco

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

83

Condiciones sociolaborales de las trabajadoras del servicio domestico realizado con la participación de 1700 mujeres trabajadoras de 6

departamentos de Nicaragua.

CST y ATC son descritos en acápites anteriores

9.2 CONSOLIDACIÓN DE LAS COMPETENCIAS CON APOYO INTERNA CIONAL

Las iniciativas que dentro de este ámbito se están desarrollando en nuestro país giran alrededor un proyecto en particular:

El Centro Regional de Seguridad y Salud Ocupacional (US-DOL/ CERSSO), apoya al Ministerio del Trabajo en la formación de recursos

humanos tanto del Ministerio como de las empresas. Las áreas en las que se han desarrollado las capacitaciones son buzos, construcción,

maquila agro y pesca. La población objetivo de capacitación han sido los representantes sindicales, miembros de institutos técnicos

vocacionales, promotores del agro e inspectores de higiene y seguridad, técnicos del MITRAB, autoridades locales, trabajadores activos

(buzos), gerentes de empresas. También trabaja en conjunto con OPS y OIT en el uso de la Caja de herramientas dentro de la Estrategia de

Promoción de la salud de los lugares de trabajo.

10. Datos Generales

10.1 DATOS DEMOGRÁFICOS

De acuerdo a las proyecciones del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos la población total de Nicaragua para el año 2001, la población

total fue de 5 205 022, de los cuales la población de 10 años y mas era de 3 653 200. Entre éstos, la población económicamente activa fue

calculada en 1 900 400 que representa un 36.5 % de la población total y un 52% de la población mayor de 10 años.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

84

Tabla No 15. Balance de la fuerza de trabajo por sectores económicos de acuerdo a MITRAB e INEC * y cobertura según INSS durante el 2001

DESCRIPTOR

Nº % PEA COTIZANTES

DEL INSS

% COTIZANTES CON RESPECTO PEA

Población total 5,205,022

PEA general y % en relación con población total 1,900,400 36.5

Total de ocupados y tasa de ocupación con respecto a PEA 1,701,700 89.5

314,181 18,5

Ocupados actividad primaria 739,000 43,4 17,840 2,5

Agricultura y pecuario 725,200 42,6

Silvicultura 3,100 0,2

Pesca 10,700 0,6

Ocupados actividad secundaria 243,500 14,3 86,247 35,4

Industria manufacturera 131,600 7,7 70,636 53,7

Construcción 102,300 6,0 13,771 13,5

Minas y canteras 9,600 0,6 1,840 19,2

Ocupados actividad terciaria 719,200 42,3 210,094 29,2

Comercio 279,800 16,4 41,656 14,9

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

85

Gobierno central (incluye defensa y gobernación) 63,500 3,7

Transporte y comunicación 52,900 3,1 9,880 18,7

Establecimientos financieros 22,600 1,3 21,731 96,2

Electricidad gas y agua 6,100 0,4 6,539 107,2

Servicios sociales, comunales, personales 294,300 17,3 129,536 44,0

Fuentes: http://www.inec.gob.ni/ e INSS (oficina de actuarial y estadística)

* En el 2002 solo se cuenta con información urbana por lo que seleccionó el año 2001 para poder comparar resultados entre las instituciones.

Población Económicamente Activa: se trata de las personas que durante el período de referencia en el censo tienen un trabajo o lo busca

activamente o no buscan por estar a la espera de la respuesta por un empleador o esperan continuar sus labores agrícolas.

PEA Ocupada: comprende a las personas que declararon que trabajan o que no trabajaron por estar de vacaciones y a las que contando con

trabajo, no trabajaron por enfermedad.

Para 1998 la Población económicamente activa correspondía al 35% de la población total, de ella el 88% se encontraba en la categoría de PEA

ocupada. A continuación presentamos la tabla de la PEA ocupada por grupos de edad y sexo.

Tabla No 16. Población Económicamente activa por grupos de edad y sexo

Hombre Mujer Total

EDAD Numero Porcentaje Numero Porcentaje Numero Porcentaje

6- 13 años 68.510 6.15 21.687 3.83 90.197 5.37

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

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14-18 160.251 14.38 51.088 9.02 211.339 12.58

19-60 820.779 73.67 469.212 82.86 1.289.991 76.77

61-90 64.546 5.79 24.296 4.29 88.842 5.29

Total 1.114.086 66.30 566.283 33.70 1.680.369 100.00

Fuente: EMNV 1998 (calculado de la base de datos)

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

87

10.2 Niveles de Educación

10.2.1 Para toda la población (porcentaje de la población con al menos educación primaria, capacidad para leer y escribir).

Tabla No 17: Alfabetismo por sexo en la población general.

Hombre Mujer Total Alfabetismo

Número Porcentaje Número Porcentaje Número Porcentaje

Leer/Escribir 1.432.300 74,09 1.551.258 76,03 2.983.558 75,09

Sólo Sabe Leer 40.170 2,08 51.712 2,53 91.882 2,31

No Sabe Leer/Esc 460.651 23,83 437.445 21,44 898.096 22,60

Total 1.933.121 100,00 2.040.415 100,00 3.973.536 100,00

Fuente: EMNV 1998 (Calculado de la base de datos)

Tabla No 18: Alfabetismo por sexo en la población económicamente activa ocupada

Hombre Mujer Total

Alfabetismo Número Porcentaje Número Porcentaje Número Porcentaje

Leer / escribir 837.234 75,17 474.346 83,84 1.311.580 78,09

Sólo Sabe Leer 29.317 2,63 11.178 1,98 40.495 2,41

No Sabe Leer/Esc 247.209 22,20 80.280 14,19 327.489 19,50

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

88

Total 1.113.760 100,00 565.804 100,00 1.679.564 100,00

Fuente: EMNV 1998

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89

10.3 Tipos de Sectores de Actividad Económica y Porcentaje de la Fuerza de Trabajo Empleada

Tabla No 19: Distribución de la fuerza de trabajo empleada por sectores de actividad económica en porcentajes (2001)

SECTOR ECONÓMICO

ACTIVIDAD HOMBRES MUJERES TOTAL

PEA en Sector Primario 30.6 3.6 34.2

Primario Agropec./caza y pesca 30.6 3.6 34.2

PEA en Sector Secundario 11.7 5.1 16.9

Explot. Minas y Canteras 0.5 0 0.5

Manufactureras 6.4 5.0 11.4

Secundario

Construcción 4.9 0.1 5.0

PEA en sector Terciario 22.6 26.3 48.9

Terciario Electricidad, agua y gas 0.5 0.1 0.7

Com., Hoteles y Restaurantes 10.4 12.8 23.2

Transp, Almac. Y Comunic. 3.4 0.2 3.6

Estab. Financieros 0.3 0.2 0.5

Serv. Com., Soc. y Personales 8.1 12.9 21.0

Fuente: INEC, Encuesta de Medición del Nivel de Vida 2001 Fuentes: http://www.inec.gob.ni/

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

90

10.4 DATOS ECONÓMICOS

Tabla No 20: Producto Interno Bruto (Millones de Córdobas )

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

91

CONCEPTOS 1999 2000 2001 2002

(PRELIMINAR)

Producto Interno Bruto 24,031.0 25,448.7 26,251.4 26,526.7

Actividad Primaria 6,848.9 7,705.3 7,945.3 7,714.5

Agricultura 4,476.4 5,030.1 5,181.7 4,809.0

Pecuario 1,907.8 2,152.4 2,282.9 2,434.8

Pesca 403.00 458.9 414.5 402.2

Silvicultura 61.70 63.90 66.20 68.50

Actividad Secundaria 6,786.60 7,019.90 7,260.8 7,444.6

Manufactura 4,751.70 4,877.60 5,008.30 5,125.50

Construcción 1,640.30 1,810.80 1,905.10 1,913.40

Minería 394.60 331.50 347.40 405.70

Actividad Terciaria 10,395.50 10,723.50 11,045.30 1,1367.60

Comercio 4,234.10 4,399.60 4,547.00 4,688.70

Gob. Central 1,651.10 1,645.60 1,653.80 1,660.70

Transp.. y Comunicaciones 1,144.20 1,189.10 1229.30 1267.50

Bancos y Seguros 720.40 742.80 768.80 796.50

Energía y Agua 721.20 735.90 754.30 775.40

Prop. Vivienda 917.40 956.80 995.10 1034.90

Otros Servicios 1,007.10 1,053.40 1097.00 1143.90

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92

Fuente: Gerencia de Estudios Económicos BCN

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

93

10.5 ESTIMADO GLOBAL DEL NIVEL DE RECURSOS (EN DÓLARES O COMO PORCENTAJE DEL PIB)

De acuerdo a los datos de la Gerencia de estudios económicos del Banco Central de Nicaragua, el Producto interno bruto (preliminar) para el

año 2002 fue de 26,256.7 millones de córdobas (Tabla 20 inciso 9.4) y la sumatoria del presupuesto oficial del 2003 destinado para

actividades de SST es de C$129.3 millones de córdobas (Tabla 5) lo cual representa apenas un medio porciento (0,5%) del PIB. Existen otros

gastos no visibles en SST como son las contribuciones de los organismos colaboradores en Salud y Seguridad laboral en las diferentes

instituciones pero que posiblemente no superan el 1% del PIB nicaragüense.

11. Otra Información Relevante En anexos se adjuntan los documentos, textos y cuadros que no aparecen en el Perfil relacionados con la SST considerados relevantes lo mismo que copias de la legislación relevante en materia de SST.

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94

ANEXOS

Informantes Claves que fueron entrevistados durante el proceso de recolección de información

Nombre Organismo

Erwing Salgado Asoc. Trabajadores del Campo

Marvin Cruz Cámara de Industrias

Rafael Barrera CERSSO

Orestes Romero COSEP

Rubén Sandino CST - JBE

Miguel Ruiz CST – JBE

Mario Valle Montenegro INATEC

Dr. Juan Tijerino INISER

Dra. Lucila López INSS

Lic. Sandra Balmaceda INSS

Dr. Jaime Fuentes INSS

Ing. Alicia Alemán Maquiladora Chi Sing.

Dr. Jesus Marin Ministerio de Salud

Francisco Bolaños Ministerio del Trabajo

Sandra Ramos Mov. Maria Elena Cuadra

José R. Gasteazoro Productor Bananero

Jesper Nielsen SiD

José A. Fajardo UNAN - Managua

Juan J. López Universidad Nacional de Ingeniería

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

95

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96

Resumen de Leyes, Reglamentos, Resoluciones Ministeriales y Normas en Salud y Seguridad en el Trabajo Aplicables a todos los sectores económicos

LEYES NACIONALES

Instrumento Legal Ministerio Responsable

Objetivo de la Legislación No Gaceta Fecha de Publicación Artículos Relevantes

1 Constitución Derechos Laborales, condiciones de trabajo saludables y seguras

Gaceta número 13

19 de febrero 2000 82

2 Ley 290 Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo

MITRAB Creación del Ministerio del Trabajo. Responsable de proponer coordinar y ejecutar las políticas del estado en SST

Gaceta número 102

03 de junio de 1998 12

3 Ley 290, Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo

MINSA Creación del Ministerio de Salud. Coordinador de la política de Salud, encargado de proponer planes y programas de salud y de promover campanas de divulgación en materia de higiene y salud ambiental

Gaceta número 102

03 de junio de 1998 26

4 Ley 290 Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo

INSS Definición del INSS como un ente autónomo descentralizado de la Presidencia de la República

Gaceta número 102

03 de junio de 1998 14

5 Ley 947, Ley de Seguridad Social.

INSS Brindar protección a los trabajadores y sus familias. Gaceta numero 49

1 de Marzo 1982

6 Ley General de Salud. Ley 423. MINSA Otorga funciones como normador en la prevención y control de accidentes, da facultades para investigar, prevenir y controlar los accidentes laborales

Gaceta numero 91

17 de Mayo de 2002 18, 26

7 Código del Trabajo. Ley 185 MITRAB Obligaciones sindicales en la gestión SST, Competencia del MITRAB, Definición de Enfermedad y accidentes Laborales

Gaceta numero 205

30 de Octubre de 1996

106, 108, Titulo V

8 Ratificación y Vigencia de todas las resoluciones Ministeriales en Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo

MITRAB Ratificar la vigencia de todas las resoluciones o disposiciones aprobadas antes de la entrada en vigencia de la ley 185 Código del Trabajo.

Gaceta numero 147

06-08-2001 Todos.

9 Acuerdo Presidencial del Día Nacional de la Seguridad, Higiene y Salud de los Trabajadores

MITRAB Resaltar la importancia que tiene la SST y propiciar la participación de todos los sectores involucrados en su promoción.

Gaceta numero

17 de Agosto de 1998.

Todos

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97

REGLAMENTOS

Instrumento Legal Ministerio Responsable

Objetivo de la Legislación No Gaceta

Fecha de Publicación

Artículos Relevantes

1 Reglamento de la Ley 290 MITRAB Funciones de la Dirección de Higiene y Seguridad del Trabajo

Gaceta número 205 y 206

Octubre 1998 230,239

2 Decreto 13-97, Reglamento de los Inspectores del Trabajo

MITRAB Funciones de los inspectores Gaceta numero 41

27 de Febrero de 1997

2; 7; 9; 11.

3 Reglamento de la Ley General de Salud

MINSA Define las facultades especificas del MINSA en relación con SST como normador, supervisor e investigador.

Gaceta numero 7

10 Enero de 2003.

261

RESOLUCIONES MINISTERIALES

Instrumento Legal Ministerio Responsable

Objetivo de la Legislación No Gaceta Fecha de Publicación Artículos Relevantes

1 De Higiene y Seguridad en el Trabajo

MITRAB Obligaciones del empleador, de los fabricantes e importadores y del trabajador y derechos del trabajador en SST, crea el Consejo Nac.de Seg. e Higiene

Gaceta numero 165

01 de septiembre de 1993

Todos.

2 Sobre la Notificación de las enfermedades profesionales

MITRAB Mecanismos y plazos para notificar al MITRAB de un accidente o enfermedad laboral

Gaceta numero 128

06 de julio de 2000 Todos.

3 Relativo a las sanciones por incumplimiento a las disposiciones del uso de los equipos de protección personal

MITRAB Establece las responsabilidades de empleadores y trabajadores en el uso, mantenimiento y provisión de los equipos de protección personales.

Gaceta numero 128

06 de julio de 2000 Todos.

4 Sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad

MITRAB Define la forma, composición y requisitos de las Comisiones Mixtas

Gaceta numero 146

03 de agosto de 2001 Todos.

5 Sobre la Higiene y Seguridad en los lugares de trabajo

MITRAB Disposiciones básicas de Higiene Industrial para la protección de los trabajadores contra los riesgos para

Gaceta numero 173

12 de septiembre de 2001

Todos.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

98

su salud presentes en el lugar de trabajo.

6 Sobre Reglamentos técnicos organizativos de HST en las empresas

MITRAB Necesidad de la implementación de los reglamentos técnico organizativos den HST.

Gaceta numero 175

17 de septiembre de 2001

Todos.

7 relativo al peso máximo de la carga manual que puede ser transportada por un trabajador.

MITRAB Proteger al trabajador en lo relativo al peso máximo a transportar manualmente

Gaceta numero 116

21 de junio de 2002 Todos.

NORMAS

Instrumento Legal Ministerio Responsable

Objetivo de la Legislación No Gaceta Fecha de Publicación

Artículos Relevantes

1 Disposiciones Mínimas de Higiene y Seguridad de los equipos de trabajo

MITRAB Garantizar la correcta aplicación de las medidas mínimas de higiene y seguridad del trabajo que deben aplicarse para utilizar los equipos y dispositivos de trabajo.

Gaceta numero 64

09 de abril de 1996

Todos.

2 Disposiciones Mínimas de Higiene y Seguridad de los equipos de Protección personal

MITRAB Establecer las disposiciones mínimas de higiene y seguridad del trabajo para selección y utilización de equipos de protección personal.

Gaceta numero 21

30 de enero de 1997

Todos.

3 Sobre condiciones de Higiene y Seguridad para el funcionamiento de los equipos generadores de vapor o calderas que operen en los centros de trabajo.

MITRAB Establecer requisitos de seguridad aplicables a los equipos generadores de vapor o caldera abarcando características y propiedades exigibles así como formas de explotación.

Gaceta numero 115

20 de junio de 2002

Todos.

4 Relativo a la prevención y extinción de incendios

MITRAB Establecer normas complementarias a las ya existentes sobre condiciones básicas que deben reunir los lugares de trabajo para prevenir el riesgo de incendio y limitar su propagación.

Gaceta numero 116

21 de junio de 2002

Todos.

5 Disposiciones básicas de HST en los lugares de trabajo

MITRAB Conjunto de estándares para definir los lugares de trabajo

Gaceta numero 146

03 de agosto de 2003

Todos.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

99

1.2.2 Resumen de Leyes, Reglamentos, Resoluciones Ministeriales y Normas en Salud y Seguridad en el Trabajo por sectores económicos

S e c t o r P r i m a r i o

No. Sector Económico. Ley, Reglamento o Norma Objetivo de la ley Gaceta D. O. No

Ley 274 Ley básica para la regulación y el control de sustancias químicas

sustancias tóxicas, peligrosas y otras similares.

Gaceta numero 30 del 13 de febrero de 1998.

Reglamento Decreto 49-98 Gaceta numero 142 del 30 de julio de

1998. 1. Agricultura

La Resolución ministerial; Sobre higiene y seguridad aplicada en el uso,

manipulación y aplicación de los plaguicidas en los centros de trabajo.

Controlar desde el punto de vista normativo el uso, manejo y aplicación de

plaguicidas en los centros de trabajo

Gaceta numero 175 del 17 de Septiembre de 2001.

2. Silvicultura * * *

3. Pesca Resolución interministerial relativa a

las medidas mínimas de protección del trabajo del mar.

Tutelar un mínimo de derechos de las personas

que trabajan en las diferentes labores que se

desarrollan en el mar.

Gaceta numero 173 del 12 de Septiembre de 2001.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

100

Sector Secundario

No. Sector Económico. Ley, Reglamento o Norma Objetivo de la ley Gaceta D. O. No

Resolución Ministerial sobre higiene industrial en los lugares de trabajo.

Gaceta numero 173 del 12 de Septiembre de 2001

4. Industria manufacturera Norma ministerial en materia de higiene y seguridad del trabajo en el sector maquilas

de prendas de vestir en Nicaragua

Protección de los trabajadores contra los riesgos que para su salud y su seguridad

puedan derivarse de la exposición de agentes físicos, químicos y biológicos

presentes en su lugar de trabajo. Gaceta numero 221 del 20 de

Noviembre de 2002

Resolución Ministerial referente a las medidas básicas de seguridad e higiene que

deben adoptar las empresas y firmas constructoras que realicen excavaciones a

cielo abierto.

Regular las condiciones mínimas de seguridad e higiene de los trabajadores que laboran en excavaciones de drenaje pluvial,

alcantarillado sanitario, instalaciones subterráneas para teléfonos, etc..

Gaceta numero 173 del 12 de Septiembre de 2001.

5. Construcción

Resolución ministerial referente a las medidas básicas de higiene y seguridad del

trabajo aplicable a la construcción.

Establecer las medidas mínimas que en higiene y seguridad del trabajo deben

desarrollarse para proteger la seguridad y salud de los trabajadores de la construcción

en el desempeño de sus tareas.

Gaceta numero 124 de 30 de junio de 2000 y numero 125 del 1 de julio de

2000.

6. Minas y Canteras Reglamento General de higiene y seguridad

del trabajo en las minas

Identificar y prevenir los riesgos en las actividades mineras y de esta forma ayudar

a mantener en optimas condiciones de higiene y seguridad los puestos de trabajo, maquinarias y demás elementos de trabajo, abarca minas subterráneas, a cielo abierto,

beneficios, laboratorios, almacenes y talleres.

Gaceta numero 126 y 127 del 4 y 5 de julio de 2000.

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101

Sector Terciario

No. Sector Económico. Ley, Reglamento o Norma Objetivo de la ley Gaceta D. O. No

7. Comercio * * *.

8. Gobierno Central (Def. y Gob.)

* * *.

9. Transporte y Comunicación * * *.

10. Establecimientos financieros

* * *.

11. Electricidad, gas y agua.

Norma Ministerial sobre disposiciones básicas de higiene

y seguridad del trabajo aplicables a los equipos e instalaciones eléctricas

Garantizar la integridad física, la salud, la higiene y la disminución de los riesgos profesionales para

hacer efectiva la seguridad ocupacional del trabajador.

Gaceta numero 115 del 19 de Junio de 2000.

12. Servicios Sociales, Comunales y Personales

* * *.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

102

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

103

Aunque no existen normativas o reglamentos específicos que se refieran a estos sectores existen normas que son válidas de aplicación que regulan los siguientes ámbitos:

• Resolución ministerial sobre las comisiones mixtas de higiene y seguridad del trabajo en las empresas.

• Norma básica de Higiene y Seguridad en los Lugares de trabajo • Norma ministerial de las disposiciones mínimas de higiene y seguridad de los equipos de

trabajo • Norma ministerial de Higiene y Seguridad del trabajo aplicable a la Señalización • Resolución ministerial sobre higiene industrial en los lugares de trabajo. • Resolución ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo relativa a la Prevención de incendio

en los lugares de trabajo

Resumen de las respuestas dadas por los participantes en el Grupo Focal Final

Pregunta

1) ¿Cual es la principal limitante para su accionar en materia de SST?

• Falta de recursos humanos y económicos

• Falta de compromiso y voluntad política de los hacedores de políticas

• Falta de coordinación interinstitucional

• Pobre conocimiento en salud y seguridad ocupacional

• Poco cumplimiento de las leyes existentes

• Falta de un plan nacional de Salud y Seguridad en el trabajo

• Poca motivación de los empleadores y trabajadores

2) Proyecciones para el 2004 en promoción de programas de prevención de accidentes y enfermedades

• Priorizar áreas piloto de trabajo

• Formación en Salud Ocupacional a trabajadores, empleadores y personal de salud

• Mejorar la vigilancia epidemiológica

• Elaborar y Ejecutar plan estratégico en SST

• Sistematización y buen uso de las buenas experiencias preventivas

• Crear sistemas de atención para pacientes con enfermedades relacionadas con el trabajo

• Fortalecer las comisiones mixtas

• Realizar encuentros regionales / nacionales por sector productivo

3) ¿Qué mecanismos se deberían implementar para lograr el cumplimiento de normas de SST en las Empresas

• Inspección y capacitación con participación tripartita

• Implementar sistemas eficaces de vigilancia y control

• Establecer una política fiscal y coercitiva en Hist.

• Exigir el cumplimiento de las leyes

• Ley General de Higiene y Seguridad en el trabajo.

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

104

Pregunta

4) Como se puede aumentar las coberturas del INSS y MITRAB, contribución del MINSA

• Aunar esfuerzos entre INSS, MITRAB, MINSA

• Utilizar las fortalezas de las instituciones

• Mejorar el presupuesto

• Formación de recursos

• Divulgación

• Hacer cumplir las leyes

5) De acuerdo a las condiciones actuales ¿Como superan los vacíos que la institución tiene para desarrollar la SST?

6) Dé dos recomendaciones por institución: 7) MITRAB, MINSA, INSS, Organizaciones de empleadores y

organizaciones de trabajadores

MINSA

• Formación de recursos médicos, paramédicos, técnicos y Post Grados

• Implemente el Programa de SST

• Crear las Normas

• Buscar Financiamiento

• Mejorar la vigilancia MITRAB

• Formación de Técnicos en Hist.

• Aumentar el número de Inspectores

• Aumentar el número de visitas

• Aumentar el número de empresas con Comisiones Mixtas

• Formación obligatoria para empleadores y trabajadores en SST

INSS

• Programas de capacitación para trabajadores y empleadores

• Ampliar la cobertura al sector informal y agrícola Organizaciones de Trabajadores

• Capacitación a los trabajadores Universidades

• Desarrollar cursos de post grado en SST Crear un Instituto Nacional de Medicina Ocupacional

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105

Pregunta

8) ¿Qué alternativas proponen para la inclusión del sector informal en los planes y programas de SST?

• Ampliar la educación en SST a la Educación Formal

• Trabajar con agrupaciones gremiales y empresariales del sector

• Uso de Medios de Comunicación masivos para la promoción, difusión y divulgación de la SST

• Crear leyes y normativas

• Elaborar un diagnóstico del riesgo en el sector

• Formación de Comisiones Mixtas

9) ¿Que papel pueden jugar las redes y organismos externos en el fortalecimiento de la SST?

• Fortalecimiento de los organismos desde el punto de vista técnico y financiero

• Intercambio de experiencias

• Facilitar el acceso a información

10) De acuerdo a las condiciones actuales de la SST en el país ¿Cuáles deben ser las principales actividades que deben establecerse para asegurar mejores condiciones de trabajo y reducir los riesgos laborales en los diferentes sectores económicos?

• Aplicar las normas existentes

• Ampliar la cobertura del Seguro Social

• Capacitación a trabajadores

• Introducción de temas de SSO a nivel de educación primario y secundario

• Formar comisiones tripartitas por sector

• Elaborar normas por sector o ramas económicos

• Aumentar el presupuesto para el MINSA y MITRAB

• Trabajo intersectorial

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106

TABLA 21 Población económicamente activa ocupada por sectores económicos y regiones.

SECTORES ECONOMICOS % PEA POR

REGION

REGIÓN

PRIMARIA SECUNDARIA TERCIARIA

PACIFICO

(976,774)

20.9 % 17.7% 61.3% 58.8%

CENTRO NORTE

(534,574)

56.8% 10.8% 32.4% 32.2%

ATLÁNTICO

(150,436)

56.8% 9.1% 34% 9.1%

TOTAL (1,661,784)

35.7% 14.7% 49.6 100%

FUENTE: EMNV 1998. Cálculo realizado a partir de la Base de datos obtenida del INEC. Tomado del informe de la UNAN-León

Tabla 22 Distribución porcentual de la población económicamente activa ocupada de acuerdo actividad económica y región geográfica

ACTIVIDAD CONCRETA PACIFICO NORTE CENTRAL

ATLÁNTICO

Agricultura 15.3 45.9 37.1

Comercio al por menor 18.5 10.9 11.3

Hogares privados con Servicios domésticos 6.8 4.9 2.7

Hoteles y restaurantes 5.5 1.8 2.9

Construcción 5.5 4.1 2.9

Administración Pública y Defensa 4.6 2.1 3.6

Enseñanza 4.1 2.9 4.5 Ganadería 4.0 10.5 17.1

Elaboración de productos Alimenticios 3.9 2.7 1.2

Fabricación de prendas De vestir 3.1 0.4 0.6

Comercio al por mayor 3.2 1.7 1.3

Otras actividades empresariales 2.8 1.0 0.3

Servicios de salud 2.6 1.2 2.3

Venta, mantenimiento y reparación de vehículos 2.7 1.2 0.6

Extracción de materiales Metalíferos 0.1 0.4 3.4

NO CUADRA NI HORIZONTAL NI VERTICAL

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107

Tabla 23 Pacientes con Lesiones Laborales que asistieron al Hospitales Lenin Fonseca-Managua y-Hospital Santiago-Jinotepe según sectores de la economía, 2002.

SECTORES ECONOMICOS Nº DE LESIONADOS

PORCENTAJE POR SECTOR

Actividad Primaria 652 11,32 Agropecuaria, caza y pesca 652 100,00

Actividad Secundaria 555 9,64 Explotación de minas y canteras 1 0,18

Industria Manufacturera 24 4,32 Construcción 530 95,50

Actividad Terciaria 4552 79,04 Electricidad, gas y agua 54 1,19

Comercio, hoteles y restaurantes 470 10,33 Transporte, almacenamiento y comercio 40 0,88

Establecimientos financieros 44 0,97 Servicios comunales, sociales y personales 3390 74,47

Otros 252 5,54 Sin datos 302 6,63

TOTAL 5759 100,00 FUENTE: Base De dato de Hospital Lenin Fonseca-Managua-Hospital Santiago-Jinotepe. MINSA, NICARAGUA.

(CDC-OPS-SAREM) Cortesía Lic. Julio Rocha.

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108

Tabla 25 Servicios de Salud en el Trabajo

Unidad De Salud Acreditada (USA) Departamento Tipo Atención

Programa De Atención Medica Especializada (PAME) Managua Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital Salud Integral Managua Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital Aldo Chavarria Managua Rehabilitación, Ambulatoria/Hospitalizacion

Centro De Especialidades Med-Lab Managua Consulta Externa/medios diagnósticos

Hospital Antonio Lennin Fonseca Managua Ambulatoria/Hospitalizacion

Clínica Marquette Managua Rehabilitación, ambulatoria

Centro Quirúrgico Médicos Unidos Managua Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital "Ernesto Sequeira Blanco Bluefields Ambulatoria/Hospitalizacion

Centro Quirúrgico. "El Socorro" Boaco. Ambulatoria/Hospitalizacion

Encsa Carazo Carazo Ambulatoria/Hospitalizacion

Amocsa Chinandega Chinandega Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital Ingenio San Antonio Chinandega Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital Asunción Chontales Ambulatoria/Hospitalizacion

Clínica San Ramón . – Juigalpa Chontales Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital San Juan De Dios Estelí Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital Privado Cocibolca Granada. Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital Victoria Motta Jinotega Ambulatoria/Hospitalizacion

Amocsa León León Ambulatoria/Hospitalizacion

Centro Quirurq. "Los Chilamates" Masaya. Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital Cesar Amador Molina Matagalpa. Ambulatoria/Hospitalizacion

Clínica Santa Fe Matagalpa Matagalpa. Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital Alfonso Moncada Guillén Ocotal Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital Nuevo Amanecer Pto. Cabezas Ambulatoria/Hospitalizacion

Emp. Hospital Gaspar García Laviana Rivas. Ambulatoria/Hospitalizacion

Hospital Juan Antonio Brenes Somoto. Ambulatoria/Hospitalizacion

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109

Tabla 26 Cobertura del MITRAB de las empresas en los diferentes sectores de la economía

Empresas Sector Actividad/rama

Censo MITRAB

Porcentaje con respecto al censo por actividad

Agroindustrial 2 Pesca 9 Silvicultura 1

Primario

Sub total 12 Alimentos 9539 37 0,4 Bebidas 15 13 86,7 Tabaco 34 21 61,8 Textil-vestuario 7552 42 0,6 Cuero y Calzado 2001 7 0,3 Madera y Muebles 3034 11 0,4 Papel y Cartón 118 5 4,2 Imprenta 246 4 1,6 Quimicos, pinturas y petroleo 54 16 29,6 Caucho y Plásticos 51 13 25,5 Mineria y Materiales de Construcción 2128 34 1,6 Maquinaria y Materiales de Transporte 276 8 2,9 Diversos 562 30 5,3 Construcción 7446 45 0,6

Secundario

Sub total 33056 286 0,9

Comercio al por mayor 2517 0,0 Comercio al por menor 72351 27 0,0 Hoteles y Restaurantes 10878 20 0,2 Inmobiliario 145 0,0 Servicios Comunitarios 11244 24 0,2 Actividades Empresariales 3067 0,0 Enseñanza 1300 0,0 Salud 2321 45 1,9 Mantenimiento y Reparación de Vehículos 4336 3 0,1 Sistema Financiero 327 3 0,9 Correo y Comunicación 3 11 366,7 Transporte 4921 15 0,3

Terciario

Sub total 113410 148 0,1

TOTAL 146466 446 0,3 • Basado en las empresas listadas por Banco Central en el sector urbano

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110

Listado de Médicos formados en Salud Ocupacional o Medicina laboral Nº Nombre Especialidad/Maestría Trabajo actual Observaciones 1 Feliciano

Pacheco Medicina laboral de Cuba

Oficina Epidemiología Silais León

Trabaja ocasional a solicitud de Empresas

2 Marvin Lund Medicina Laboral de Brasil Amocsa Trabaja independiente medico referencia INSS

3 Rosendo Abrahante

Medicina laboral de Cuba MEDLAB Trabaja independiente medico referencia INSS

4 Salvador Borgen Medicina laboral de Brasil ¿? No está claro 5 Jaime

Manzanares Docencia en

Dávila Bolaños Pendiente confirmar

6 Armando Ulloa Pasantía en Medicina laboral en Francia

UNAN-Managua Trabaja en el tema de Ergonomía y rehabilitación profesional

7 Lucío Rossini Medicina laboral de Italia Consultor independiente colabora con UNAN-León

8 Ronald Sánchez Fisiólogo (Medicina deportiva) Alemania

Independiente Trabaja en Medicina laboral y hace pruebas especiales como audiometría y espirometría

9 Abad Valladares Especialista en Medicina legal Instituto en Medicina Legal

Trabaja en medicina laboral como práctica privada

10 Juan Centeno Maestría en Salud ocupacional de Cuba

UNAN-León Dedicado mas a salud publica en general

11 Aurora Aragón Maestría en Ciencias en Epidemiología ocupacional de Suecia

UNAN-León

12 Rafael Amador Maestría en Ciencias en Epidemiología ocupacional de Suecia

Consultor independiente actualmente director CERSSO

13 José Rene Gasteazoro

Medico Integral con diploma en Salud y seguridad en el trabajo

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13. Referencias Bibliográficas

11 OIT, Marco de una política nacional para el fomento del empleo y el trabajo decente en Nicaragua, Mayo 2003. 2 Población. Características Económicas. 1997 Volumen III. VII Censo de Población y III de vivienda, 1995. 3 ENDESA (Encuesta Nicaragüense de Demografía y Salud)2001. INEC, Nicaragua 4 EMNV Encuesta de Medición de Nivel de Vida, 2001. INEC, Nicaragua 5 OPS. 2000, La salud de los trabajadores en Nicaragua. Una aproximación (Documento de trabajo del grupo nacional de salud de los trabajadores, octubre 2000) 6 CERSSO, Plan de acción estratégico Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 2002-2006 7 Wesseling C, Aragón A, Morgado H, Elgstrand K, Hogstedt C, Partanen T. Work and health in Central America. Int J Occup Environ Health, 2002;8:125-136 8 López L, Aragón A, Herrera A, 2003. Perfil Ocupacional de los Trabajadores Nicaragüenses: Desarrollo actual de la Salud Ocupacional en Nicaragua. UNAN – León. 9 http://www.agenda21.org.ni/cifras2.html#e 10 Banco Mundial (Departamento de Centro América. Región de América Latina y el Caribe. Junio 2003. Nicaragua Reporte de pobreza. Aumentando el bienestar y reduciéndola vulnerabilidad. Informe Nº 26128-NI. 11 http://www.bcn.gob.ni/estadisticas/censo/ 12 http://www.inec.gob.ni/mecovi/pdf/mapapobreza2001.pdf 13 Entrevista con Francisco Bolaños MITRAB 14 Pesticide Illnesses Reported to the Sentilnel Event Notification System for Occupational Risks (SENSOR): California, October 1988-June 15, 1990. Department of Health Services, State of California, USA: 15 Tercero F, Andersson R. Measuring transport injuries in a developing country: an application of the capture-recapture method. Accid Anal Prev. 2004 Jan; 36(1): 13-20 16 Reinke, W. Applicability of Industrial Sampling Techniques to Epidemiologic Investigations: Examination of an underutilized Resource. (1991) AJE Vol 134, No.10, pp 1222-1228. 17 Borgen Salvador. Diagnostico sobre condiciones de Salud e Higiene Ocupacional en Trabajadoras en las Maquilas, 2001.Pag. 59-60. 18 Ramos S. y Vargas J. Diagnóstico sobre Avances y Retrocesos en Mujeres en las maquilas de Nicaragua. 2002, Pág. 66 y 67

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

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19 Entrevistas realizadas en el marco del estudio de la UNAN-León 20 Asamblea Nacional de Nicaragua. Constitución Política de la República de Nicaragua. Año 2000 21 Ley N0 290. Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo. 27 de marzo 1998. 22 Publicado en la Gaceta. Diario Oficial Nº 41 del 20 de Febrero de 1997. 23 Artículo 109 y 112 del C. T. 24 Artículo 110 C.T. 25 Artículo 111 C.T. 26 Gaceta Diario Oficial No 165 del 01 de Septiembre de 1993. 27 Gaceta Diario Oficial No. 146 del 03 de Agosto de 2001. 28 Gaceta Diario Oficial No. 128 del 06 de Julio de 2000. 29 Gaceta Diario Oficial No. 115 del 19 de Junio de 2000. 30 Gaceta Diario Oficial No. 173 del 12 de Septiembre de 2001. 31 Gaceta Diario Oficial No.146 de 03 de Agosto de 2001. 32 Gaceta Diario Oficial No. 175 de 17 de Septiembre de 2001. 33 Idem xiv. 34 Gaceta Diario Oficial No. 128 del 6 de julio de 2000. 35 Gaceta Diario Oficial No. 116 de 21 de junio de 2000. 36 Idem. Xvii. 37 Gaceta 115 de 20 de junio de 2002. 38 Gaceta Diario Oficial No. 221 del 20 de Noviembre de 2002. 39 Gaceta Diario Oficial No. 126 de 04 de Julio de 2000. 40 Aprobada por la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad, pendiente de publicación en La Gaceta. 41 Ministerio de Salud de Nicaragua. Ley General de Salud. 2003. 42 Idem v 43 Gaceta 30 del 13 de febrero de 1998. 44 Gaceta No 142 del 30 de Julio de 1998 45 Código utilizado por OIT en su página Web para referirse a los convenios. www.oit.org 46 Plan de acción estratégico nacional de seguridad y salud ocupacional Nicaragua 2002-2006.

CERSSO 47 Ley No. 274 de 5 de noviembre de 1997, Gaceta No. 30 de 13 de febrero de 1998 48 La Gaceta No. 232 de 6 de diciembre de 1996 49 Ley No. 156 de 16 de abril de 1993, La Gaceta No. 73 de 21 de abril de 1993

Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua

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50 MITRAB. Resolución ministerial relativa a los Reglamentos Técnicos Organizativos de Higiene y

seguridad en las empresas, compilación de Normativas en Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo

1993 – 2003, Managua, Nicaragua, Julio 2003 51 Entrevista con Francisco Bolaños 52 Gaceta Diario Oficial No.146 de 03 de Agosto de 2001. 53 Gaceta Diario Oficial No. 115 del 19 de Junio de 2000. 54 Idem. Xvii. 55 Entrevista con Dr. Marín, Dpto. Toxicología. MINSA 56 El Machete, Edición 177, sept – Oct 2003 57 Entrevista con Lic. Azucena Alvarado, Directora de Ventas INISER 58 Procedimiento para normar la capacitación en el ámbito de la Higiene y Seguridad del Trabajo,

febrero 1999. 59 Gaceta Diario Oficial No. 70 del 07 de abril de 2000.