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tema 1

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PROGRAMA 1 TRIMESTRE:

Sistema sanitario en Espaa.

Atencin primaria y especializada.

Documentacin sanitaria.

TEMA 1 Sistema sanitario espaol

CONCEPTO DE SISTEMA SANITARIO:

Es un conjunto de: Instituciones Personal especializado Equipamiento

Destinado a la promocin, proteccin y restauracin de la salud de individuos, colectividades y su entorno.Aqu lo denominamos Servicio Nacional de Salud.Est integrado por los servicios de salud de las comunidades autnomas y coordinado por el estado.

Servicio Nacional de Salud

Se basa en el principio de que: Toda persona tiene derecho a la salud independientemente de su situacin econmica y laboral. El estado se responsabiliza plenamente de garantizar este derecho. La asistencia sanitaria es una prestacin no contributiva cuya financiacin se realiza a travs de los impuestos y est incluida en la financiacin general de cada comunidad autnoma.

HISTORIA DEL SISTEMA SANIATARIO:

A principios del S.XX los ciudadanos resolvan sus problemas de salud acudiendo a la medicina privada, la caridad y los organismos religiosos.A partir de 1900 se van creando seguros para distintos sectores, el primero fue para accidentes de trabajo y despues de enfermedad, maternidad....En 1919 el Instituto Nacional de Previsin (INP) se convierte en el gestor de todos los servicios.En 1974 la Ley General de Seguridad Social configura un sistema de asistencia sanitaria con libre eleccin de mdico general, pediatra.....En 1978 cuando se promulga la constitucin espaola y el rgano hasta entonces encargado de la sanidad publica INP se transforma en tres instituciones:

INSS----Instituto Nacional de la Seguridad Social. Encargado de gestionar y administrar las prestaciones econmicas de la Seguridad Social.IMSERSO----Instituto de Migracin y SERvicios SOciales. Responable de dirigir los servicios sociales complementarios como las pensiones de invalidez y jubilacin no contributivasINSALUD----Instituto Nacional de la SALUD. Encargado de gestionar los servicios sanitarios de la seguridad social.

LEY GENEREAL DE SALUD 1986:

25 de Abril de 1986 se instaura el Sistema Nacional de Salud entorno a los Servicios de Salud de las Comunidades Autnomas.La finalidad de la ley general de sanidad es permitir hacer efectivo el dercho a la proteccin de salud reconocido en el artculo 43 de la constitucin unificando la red sanitaria entoro a un sistema nacional de salud que cubra la asistencia primaria, especializada y farmacetica.El artculo 43 reconoce el derecho a la prestacin de la salud siendo responsabilidad de los poderes publicos tutelar la salud pblica a travs de prestaciones y servicios necesarios.

Pautas mas importantes de esta ley:

Fija dos niveles asistenciales:a) Atencin primaria en centros de salud.b) Atencin especializada en centros de especialidades y en hospitales.

Divide el territorio en:a) Areas de salud y estos en:b) Zonas bsicas de salud donde se llevar a cabo las asistencias sanitarias.

Distribuye las competencias sanitarias entre administraciones publicas sealando que competencias son propias de:a) Comunidades autnomasb) Lo que corresponden a corporaciones locales (Ayuntamientos)c) Los reservados al Estado (La direccin bsica y coordinacin de las actuaciones)

Permite la libre eleccin de mdico y pediatra en atencin primaria.

Posibilita el establecimiento de conciertos con centros privados, cuando sea necesario desde el punto de vista asistencial.

Se extiende la cobertura sanitaria a casi toda la poblacin.

Integra actuaciones en salud mental.

Se incentivan acciones de:a) Promocin de la salud b) Prevencin de enfermedad

Se aseguran:a) Prestaciones mdicas y farmaceticasb) Las prestaciones sanitarias en el extranjero mediante convenios con distintos paises.

REFORMA SANITARIA:

La asistencia sanitaria pblica se garantiza a los que tengan la condicin de asegurado:

Trabajador por cuenta propia o ajena.

Pensionistas.

Cobrar prestacin y subsidio por desempleo o haberlos agotado y figurar inscrito en la oficina correspondiente como demandante de empleo.

Tambin se puede ser beneficiario de un asegurado.El conyuge o persona con anloga relacin de afectividad asi como los descendientes a cargo del mismo que sean menores de 26 aos o que tengan una discapacidad igual o superior al 65%.

Si no cumplen los supuestos anteriores:

Los espaoles ciudadanos de la Unin Europea, Suizos (en virtud de los convenios internacionales) y los extranjeros titulares de una autorizacin para residir en territorio espaol, siempre que acrediten que no superan el limite de ingresos determinado reglamentariamente (100.000E al ao)

Las personas que no renan la condicin de asegurado o beneficiario pueden obtener la prestacin de asistencia sanitaria mediante el pago de una cuota derivada de la suscripcin de un convenio especial.

Los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en Espaa, recibirn asistencia sanitaria en las siguientes situaciones.

De urgencia por enfermedad grave o accidente cualquiera que sea su causa, hasta la situacin de alta mdica.

De asistencia del embarazo, parto y postparto.

Los extranjeros menos de 18 aos recibirn asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los espaoles.

SNS (Sistema Nacional de Salud):

Concepto

Competencias de: CC.AA (Comunidades Autnomas)

Estados Concepto interterritorial de salud

Corporaciones locales

CONCEPTO:

Es el conjunto de losServicios de la salud de la Administracin del Estado.

Los servicios de salud de las Comunidades Autnomas.

Por tanto integra todas las funciones y prestaciones sanitarias.

COMPETENCIAS DE COMUNIDADES AUTONOMAS:

Las CC.AA asumieron sus competencias en materia de la salud pblica a travs de las conserjerias de sanidad.

Organizacin territorial

Delimitan y constituyen en sus territorios demarcaciones denominadas reas de salud

Direccin de las reas de salud

Cada rea se responsabiliza de la direccin de las instituciones sanitarias de su zona, tanto en:La gestin de sus centros

La atencin sanitaria

En programas de salud que se desarrollen

Atiende a una poblacin entre 200.000 y 250.000 habitantes aproximadamente.

Quin se encarga de gobernar el rea de salud?El consejo de direcin y dentro de este consejo, el gerente es el responsable de que se ejecuten las normas establecidas por la administracin estatal y autonmica.

Constitucin de un servicio de salud

Cada comunidad autnoma constituye su propio servicio de salud.Un servicio de salud est compuesto por todos los centros, servicios, establecimientos de la propia comunidad con una funcin basicamente asistencial.

Elaboracin de se propio plan de salud

Cada servicio de salud de una comunidad es el encargado de elaborar su propio plan de salud pero este a de cumplir las directrices elaboradas por el gobierno central.

COMPETENCIAS DEL ESTADO:

El rgano fundamental de la administracin central es el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Exclusivas:Sanidad exterior

Relaciones

Acuerdos sanitarios internacionales (Art. 38,3 L.G.S)

EJM: Lucha contra enfermedades transmisibles. Control y vigilancia higienico-sanitaria de puertos y aeropuertos. Investigacin biomdica. Coordinacin de la sanidad en Espaa (Plan integrado de salud)Nace del consejo interterritorial de salud.

Plan integrado de salud quiere mnimos sanitarios.

Legislacin de productos farmaceticos. Control de INGESA (Instituto Nacional de GEstin Sanitaria)

-------- Instituto Biomdico Nacional de Salud Carlos IIIHace la Poltica de investigacin biomdica (Por supuesto hay otros menos importantes como el Centro Nacional de Trasplantes)Organismos de apoyo cientfico-tcnico que depende directamente del ministerio de sanidad y consumo.

Tambin tiene el mayor laboratorio estatal de microbiologa.

Centro de Carlos III

Laboratorio de microbiologa, viruloga y farmacia.

Centro Nacional de Epidemiologa.

F.I.S (Fondo de Investigacin de Sanidad)

CONSEJO IMTERNACIONAL DE SALUD:

Une las polticas sanitarias entre el estado y las CC.AA, es un rgano de unin.

Formacin: Un representante de cada comunidad (sern consejeros en materia sanitaria)

Un representante del estado que ser el ministr@ de sanidad y consumo que presidir el consejo.

Objetivo:Es la comunicacin entre comunidades y estado especialmente para la contratacin de productos sanitarios, bienes y servicios.

Elaboran:El plan integrado de salud.

COMPETENCIAS DE LAS CORPORACIONES:

OJO----- Adems de participar en los rganos de direccin de las reas de salud los ayuntamientos tienen las siguientes funciones.Control sanitario de medioambiente.EJM: Recogida de basuras, Depuradoras....

Control sanitario de industrias, transportes, ruidos y vibraciones.

Control sanitario de edificios.

El control sanitario de distribucin y suministro de alimento, bebidas y dems productos.

Control sanitario de cementerios (Poltica sanitaria mortuoria)

ORGANIGRAMAORGANIGRAMA del S.N.S a nivel estatal y autonmico.

CC.AA ESTADOS

Consejeria de sanidad Ministerio de Sanidad

Servicio de salud CONSEJO INTERTERRITORIAL Instituto Nacional de Gestin

Sanitaria (INGESA)

Coordinador

CARACTERISTICAS DE NUESTRO SISTEMA SANITARIO:

Universalizacin de la atencin: Cubre a la mayor parte de la poblacin, independientemente de su situacin econmica y de su afiliacin a la Seguridad Social.

Accesibilidad y desconcentracin: Basada en situar los diferentes servicios sanitarios lo mas cerca posible de donde vive y trabaja la poblacin.

Descentralizacin: En la actualidad se tiende a descentralizar la gestin de los recursos sanitarios.

Atencin primaria: en el servicio nacional de salud, la base de la atencin sanitaria es la atencin primaria.

TIPOS DE PRESTACIONES SANITARIAS:

Atencin primaria

Realiza prestaciones de carcter general.En el centro de salud

En el domicilio del paciente

En rgimen normal o de urgencia

Es un filtro del sistema

INCLUYE:

La preincripcin y realizacin de pruebas y medios de diagnsticos bsicos

Laboratorio

----------- Entre las pruebas radiolgicas ms relevantes que se pueden pedir desde Atencin Primaria, destacan:

T.A.C craneal

La desintrometra sea

La ecografa craneal pedritica

Radiografa de trax

Radiologa sea

Ecografa abdominal

Enema opaco