oposición a policía local ayuntamiento de las palmas de gran canaria año:nov2008

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SOCORRISMO Y PRIMEROS AUXILIOS, PSICOLOGÍA APLICADA (TEÓRICO-PRÁCTICO) Introducción al Socorrismo. Principios Generales. Heridas. Definición. Tipos. Primeros Auxilios. Hemorragias. Definición. Clasificación. Tipos. Actuación. Shock. Definición. Tipos. Actuación del Socorrista. Fracturas. Definición. Tipos. Fractura de Columna. Esguinces. Luxaciones. RCP. Teoría y Práctica. Traslado de Politraumatizados. Quemaduras. Definición. Clasificación. Actuación. Intoxicación por Boca. Actuación. Enfermedades Infectocontagiosas. Aspectos Higiénicos y Preventivos. TBC. Hepatitis. VIH. Enfermedades Infectocontagiosas. (BIS). Clase Práctica de Inmovilizaciones y Vendajes. Consumo de Estupefacientes. Tipos y Efectos en el Trabajo del Bombero. Psicología Aplicada. Comportamiento Humano en los Incendios. ResolucióndictadaconlaintervencióndelSecretarioGeneral Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional Octava, letra d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, en relación con el artículo 28 del ROGA, en la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a seis de noviembre de dos mil ocho.”. En Las Palmas de Gran Canaria, a once de noviembre de dos mil ocho. EL SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD, Felipe Mba Ebebele. 19.575 Servicio de Personal ANUNCIO 18.846 CONVOCATORIA Y BASES PARA LA PROVISIÓN DE 81 PLAZAS DE POLICÍAS LOCALES DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 71 PLAZAS MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE Y 10 QUE SE PROVEERÁN MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO DE TRASLADO. APROBADAS POR RESOLUCIÓN NÚMERO 27209/2008, DE FECHA SEIS DE NOVIEMBRE, DEL SIGUIENTE TENOR LITERAL: “RESOLUCIÓN número 27209/2008, de fecha seis de noviembre, del Ilmo. Sr. Concejal del Área de Gobierno de Empleo y Recursos Humanos, por la que se aprueban las Bases Específicas para la provisión de 71 plazas de Policías Locales por acceso libre y 10 plazas para su provisión por concurso de traslado, pertenecientes a las Ofertas de Empleo de los años 2006 y 2007, más las que resulten vacantes por haber pasado los titulares a la Segunda Actividad sin destino regulada en el artículo 33 de la Ley 6/1997, de 4 de Julio, modificada por Ley 9/2007 de 12 de abril. Visto el expediente relativo a las Bases Específicas para la provisión de 71 Plazas de Policías Locales por acceso libre y 10 plazas para su provisión por concurso de traslado, pertenecientes a las Ofertas de Empleo de los años 2006 y 2007, Visto el informe del Servicio de Personal de fecha seis de noviembre de dos mil ocho en sentido favorable a la aprobación de las Bases Específicas para la provisión de plazas de Policías. II. Visto lo dispuesto en el artículo 9 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Ley 7/2007, de 12 de abril, artículo 27 del Real Decreto 364/1995. de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y en la resolución número 15500/2008, de fecha veintisiete de junio, por la que se aprueban las Bases Comunes que regirán los procesos selectivos derivados de las ofertas de empleo público de este Ayuntamiento para la selección de funcionarios de carrera (Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 95, de fecha 23/07/08) y demás normas de aplicación. Esta Concejalía de Gobierno del Área de Empleo y Recursos Humanos, en uso de las competencias que le están atribuidas por decretos de la Alcaldía número 21340/2007, de 14 de Agosto (BOP número 116 de 07/09/2007), 10601/2008, de 19 de mayo, (B.O.P. número 70, de 30 de mayo), y acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad adoptado en sesión de fecha 20/06/07, 22084 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 146, viernes 14 de noviembre de 2008

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Oposiciones para el acceso a la Policía Local en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Año 2008. Proceso selectivo mediante el cual, sigue existiendo discriminación por edad.Si quieres apoyar la discriminación por edad, lee el siguiente post:http://www.verasoul.com/2008/04/lazo-node-no-discriminacin-por-edad.html

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Page 1: Oposición a Policía Local Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria Año:NOV2008

SOCORRISMO Y PRIMEROS AUXILIOS,PSICOLOGÍAAPLICADA(TEÓRICO-PRÁCTICO)

Introducción al Socorrismo. Principios Generales.Heridas. Definición. Tipos. Primeros Auxilios.

Hemorragias. Definición. Clasificación. Tipos.Actuación. Shock. Definición. Tipos. Actuación delSocorrista.

Fracturas. Definición. Tipos. Fractura de Columna.Esguinces. Luxaciones.

RCP.Teoría y Práctica. Traslado dePolitraumatizados.

Quemaduras. Definición. Clasificación. Actuación.Intoxicación por Boca. Actuación.

Enfermedades Infectocontagiosas.AspectosHigiénicosy Preventivos. TBC. Hepatitis. VIH.

Enfermedades Infectocontagiosas. (BIS).

Clase Práctica de Inmovilizaciones y Vendajes.

Consumo de Estupefacientes. Tipos y Efectos enel Trabajo del Bombero. Psicología Aplicada.Comportamiento Humano en los Incendios.

ResolucióndictadaconlaintervencióndelSecretarioGeneralTécnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad, conformea lo establecido en laDisposiciónAdicionalOctava, letrad)de laLey7/1985,de2deabril,Reguladorade lasBasesdeRégimenLocal,modificada por laLey 57/2003, de 16dediciembre, en relaciónconel artículo28delROGA,enla Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a seis denoviembre de dosmil ocho.”.

EnLas Palmas deGranCanaria, a once de noviembrede dos mil ocho.

ELSECRETARIOGENERALTÉCNICODE LAJUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD, FelipeMba Ebebele.

19.575

Servicio de Personal

ANUNCIO18.846CONVOCATORIA Y BASES PARA LA

PROVISIÓN DE 81 PLAZAS DE POLICÍAS

LOCALES DEL AYUNTAMIENTO DE LASPALMAS DE GRAN CANARIA, 71 PLAZASMEDIANTEELSISTEMADEOPOSICIÓNLIBREY 10 QUE SE PROVEERÁN MEDIANTE ELSISTEMA DE CONCURSO DE TRASLADO.APROBADAS POR RESOLUCIÓN NÚMERO27209/2008, DE FECHA SEIS DE NOVIEMBRE,DEL SIGUIENTE TENOR LITERAL:

“RESOLUCIÓN número 27209/2008, de fechaseis de noviembre, del Ilmo. Sr. Concejal del Áreade Gobierno de Empleo y Recursos Humanos, por laque se aprueban las Bases Específicas para la provisiónde 71 plazas de Policías Locales por acceso libre y10 plazas para su provisión por concurso de traslado,pertenecientes a las Ofertas de Empleo de los años2006 y 2007, más las que resulten vacantes por haberpasado los titulares a la SegundaActividad sin destinoregulada en el artículo 33 de la Ley 6/1997, de 4 deJulio, modificada por Ley 9/2007 de 12 de abril.

Visto el expediente relativo a las Bases Específicaspara la provisión de 71 Plazas de Policías Locales poracceso libre y 10 plazas para su provisión por concursode traslado, pertenecientes a las Ofertas de Empleode los años 2006 y 2007,

Visto el informe del Servicio de Personal de fechaseis de noviembre de dosmil ocho en sentido favorablea la aprobación de las Bases Específicas para laprovisión de plazas de Policías.

II. Visto lo dispuesto en el artículo 9 del EstatutoBásico del Empleado Público, aprobado medianteLey 7/2007, de 12 de abril, artículo 27 del RealDecreto 364/1995. de 10 de marzo, por el que seaprueba el ReglamentoGeneral de Ingreso del Personalal Servicio de la Administración General del estadoy de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de laAdministración General del Estado y en la resoluciónnúmero 15500/2008, de fecha veintisiete de junio, porla que se aprueban las Bases Comunes que regiránlos procesos selectivos derivados de las ofertas de empleopúblico de este Ayuntamiento para la selección defuncionarios de carrera (BoletínOficial de la Provinciade Las Palmas, número 95, de fecha 23/07/08) ydemás normas de aplicación.

Esta Concejalía de Gobierno del Área de Empleoy Recursos Humanos, en uso de las competencias quele están atribuidas por decretos de la Alcaldía número21340/2007, de 14 de Agosto (BOP número 116 de07/09/2007), 10601/2008, de19demayo, (B.O.P. número70, de 30 demayo), y acuerdo de la Junta deGobiernode la Ciudad adoptado en sesión de fecha 20/06/07,

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acuerda aprobar las bases específicas y convocar elpresente proceso selectivo.

RESUELVE

PRIMERO. Aprobar las Bases y Convocatoria quehan de regir el proceso de selección para cubrir 10plazas de Policía Local que se proveerán por concursode traslado, conforme a lo dispuesto en el Decreto178/2006, de 5 de diciembre y 71 plazas de PolicíaLocal por el sistema de oposición libre, plazascorrespondientes a las ofertas de empleo público delos años 2006 y 2007, más las que resulten vacantespor haber pasado los titulares a la segunda actividadsin destino, o por nohaberse cubiertomediante el procesode concurso, cuyo tenor literal dicen:

BASES Y CONVOCATORIA QUE HAN DEREGIR EL PROCESO DE SELECCIÓN PARACUBRIR10PLAZASDEPOLICÍALOCALQUESE PROVEERÁN POR CONCURSO DETRASLADOCONFORMEALODISPUESTOENELDECRETO178/2006, DE 5DEDICIEMBRE,Y 71 PLAZAS DE POLICÍA LOCAL POR ELSISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE, , PLAZASCORRESPONDIENTES A LAS OFERTAS DEEMPLEOPÚBLICODELOSAÑOS2006Y2007,MÁS LAS QUE RESULTEN VACANTES PORHABER PASADO LOS TITULARES A LASEGUNDAACTIVIDADSINDESTINO,OPORNO HABERSE CUBIERTO MEDIANTE ELPROCESO DE CONCURSO DE TRASLADO.

1. NORMAS GENERALES DE LAS BASES YCONVOCATORIA

2. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOSASPIRANTES

2.1. Concurso de traslado

2.2. Turno libre

3. SOLICITUDES

4. TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN

5. ADMISIÓN DE ASPIRANTES

5.1. REQUISITOS

5.2. LISTADE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

5.3. RECLAMACIONES, ERRORES YRECTIFICACIONES

6. TRIBUNAL

6.1. COMPOSICIÓN

6.2. ASESORES ESPECIALISTAS

6.3. ACTUACIÓN Y CONSTITUCIÓN DELTRIBUNAL CALIFICADOR

6.4. ABSTENCIÓN

6.5. RECUSACIÓN

6.6. REVISIÓN DE LAS RESOLUCIONES DELTRIBUNAL CALIFICADOR

7. CALENDARIO DE REALIZACIÓN DE LASPRUEBAS

8. ORDEN DE INTERVENCIÓN DE LOSASPIRANTES Y SU IDENTIFICACIÓN

8.1. LLAMAMIENTOS,ORDENDEACTUACIÓNDE LOS ASPIRANTES

8.2. IDENTIFICACIÓN DE LOS ASPIRANTES

9. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

9.1. TURNO LIBRE

9.1.1. TALLADO DE LOS ASPIRANTES

9.1.2. FASE DE OPOSICIÓN

9.1.2.1. PRIMEREJERCICIO: PRUEBASFÍSICAS

9.1.2.2. SEGUNDO EJERCICIO: APTITUDPSICOTÉCNICA

9.1.2.3. TERCER EJERCICIO: TEST y Prueba deOrtografía.

9.1.2.4. CUARTOEJERCICIO: CONOCIMIENTODE IDIOMAS

9.1.2.5.QUINTOEJERCICIO.RECONOCIMIENTOMÉDICO

9.2. CONCURSO DE TRASLADO

9.2.1. RECONOCIMIENTO MEDICO

9.2.2. FASE DE CONCURSO Y VALORACIÓNDE MERITOS

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9.2.2.1. Valoración de Méritos

9.2.2.1.1. Experiencia Profesional

9.2.2.1.2. Condecoraciones

9.2.2.1.3. Formación

9.2.2.1.4. Prestación de Servicios en unidadesconcretas de la Policía

9.2.2.1.5. Permisos de conducir

9.2.3. PRUEBADE APTITUD PSICOLÓGICA

9.2.4. ACREDITACIÓN DE MÉRITOS

10. CALIFICACIÓN GLOBAL

10.1. CALIFICACIÓN GLOBAL DE LOSEJERCICIOS ELIMINATORIOS DE LAFASE DEOPOSICIÓN PARAEL TURNO LIBRE

10.2. CALIFICACIÓN GLOBAL PARA ELCONCURSO DE TRASLADO

11. FASEDECURSOSELECTIVO. PRACTICASY PRUEBA PRÁCTICA.

12. CALIFICACIÓN DEFINITIVA DELPROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN YASPIRANTES PROPUESTOS

12.1. Turno Libre

12.2. Concurso de Traslado

13. CALENDARIO DE LAS PRUEBAS

14. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

14.1. DOCUMENTOS EXIGIBLES

14.2. PLAZO

14.3. FALTA DE PRESENTACIÓN DEDOCUMENTOS

15. NOMBRAMIENTOCOMOFUNCIONARIODE CARRERA

16. TOMADE POSESIÓN

16.1. PLAZO

16.2. INCOMPATIBILIDADES

16.3. EFECTOS DE LA FALTA DE TOMA DEPOSESIÓN

17. INCIDENCIAS

18. NORMAS FINALES

ANEXO I. EJERCICIOS FÍSICOS

PRUEBANUMERO 1. SALTO HORIZONTAL

PRUEBANUMERO2. FLEXIONESDEBRAZOS

PRUEBANUMERO3.RESISTENCIAAERÓBICA(TEST DE COOPER)

PRUEBANUMERO4.ADAPTACIÓNALMEDIOACUÁTICO

ANEXO II. PRUEBAS PSICOTÉCNICAS

ANEXO III. TEMARIO (MATERIA GENERAL(1-15) MATERIA ESPECIFICA (16-40)

ANEXO IV. PRUEBADE IDIOMAS

ANEXO V. CUADRO DE EXCLUSIONESMÉDICAS

ANEXO VI. MODELO DE SOLICITUD

ANEXO VII. AUTORIZACIÓN PRUEBAS YDECLARACIÓN JURADA

ANEXO VIII. INSTRUCCIONES PARACUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

1. NORMAS GENERALES DE LAS BASES YCONVOCATORIA

1.1. La Plantilla Orgánica del Personal Funcionariocorrespondiente al ejercicio 2008 fue aprobada conel correspondiente Presupuesto General de esteAyuntamiento, por el Pleno de la Corporación ensesión de fecha 27/12/07 (BOPnúmero 31 de 7/03/08),

1.2. El objeto de las presentes Bases es la provisiónen propiedad de 81 plazas de Policías Locales, GrupoC, Subgrupo C1 (Ley 7/2007 de 12 de Abril, y Ley9/2007 de 13 de abril), Subescala Servicios Especiales,Clase Policía Local, correspondientes a las Ofertasde Empleo Público de los años 2.006 y 2007 (BOPNÚMERO 83 DE 03/07/06 Y NÚMERO 71 DE30/05/07, respectivamente).

1.3. De las plazas indicadas se reservan DIEZ parasu provisión por concurso de traslado, conforme a lodispuesto en el Decreto 178/2006, de 5 de diciembre,por el que se establecen las condiciones básicas de

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acceso, promoción y movilidad de los miembros dela Policía Local de Canarias. Las 71 restantes secubrirán por el sistema de oposición libre.

1.4. En el caso de que las plazas reservadas aconcurso de traslado no se cubran por este sistemalas mismas se añadirán a las ofertadas por el sistemade Oposición libre.

2. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOSASPIRANTES

Todos los requisitos que se relacionan a continuación,se han de poseer en la fecha de finalización del plazode presentación de instancias y conservarse hasta elmomento de la toma de posesión como funcionariode carrera de las plazas convocadas:

2.1. Concurso de traslado

a) Ser funcionario de carrera del mismo empleo quese convoca en cualquiera de los municipios de laComunidad Autónoma de Canarias.

b) Estar desempeñando dicho empleo en activo ydurante unperiodomínimodedos años en laCorporaciónde origen.

c) No encontrarse en situación de segunda actividadpor razón de la edad.

2.2 Turno libre:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Ser mayor de edad y no superar los treinta añosantes de que finalice el plazo de presentación deinstancias.

c) Estar en posesión del título deBachiller, FormaciónProfesional de SegundoGrado o equivalente, expedidospor el organismo competente con arreglo a la vigentelegislación.

d) No estar inhabilitado por sentencia firme parael ejercicio de la función pública, ni haber sidoseparado mediante expediente disciplinario, delservicio de ningunaAdministración Pública, así comocarecer de antecedentes penales por la comisión dedelitos dolosos.

e) Carecer de antecedente penales o tenerloscancelados.

f) Poseer capacidad funcional para el desempeñode las tareas.

Adichos efectos, se presentará un certificadomédicoextendido en impreso oficial y firmado por un colegiadoen ejercicio, en el que se haga constar expresamenteque el opositor reúne las condiciones precisas paraejercer satisfactoriamente su cometido como PolicíaLocal y para la realización de las pruebas físicasestablecidas en la presente convocatoria.

Dicho certificado se acompañará de una declaracióndel opositor en la que conste que autoriza alAyuntamientode Las Palmas de Gran Canaria a someterle a larealización de las pruebas físicas establecidas en lapresente convocatoria, sin responsabilidad algunapara la entidad local, así como a las pruebas ycomprobacionesmédicas determinadas también en lapresente convocatoria y a cuantas otras estime oportunoel Tribunal (Anexo VII).

g)Tener una estaturamínimade1.60metros lasmujeresy 1.70 metros los hombres.

h) Estar en posesión del permiso de conducción delas categoríasAyB, con habilitaciónBTPo equivalente,o estar en condiciones de obtenerlo antes de la fechade toma de posesión como funcionario en prácticas.

i) Compromiso de portar armas, que se tomarámediante declaración jurada o promesa (Anexo VII).

j) El índice de corpulencia exigible a los aspirantesno podrá ser superior al 28 calculado como peso (enkilogramos)/altura (al cuadrado, en metros).

3. SOLICITUDES

Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivasdeberán hacerlo cumplimentando el impreso establecidopor el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria,según el modelo del AnexoVI, que les será facilitadoen la Oficina de Atención a la Ciudadanía, sita en lacalle León y Castillo, número 270 de esta Ciudad, asícomo en las Oficinas de los Distritos Municipales.Asimismo, dicho impreso podrá obtenerse a travésde Internet consultando la página webwww.laspalmasgc.es. Este impreso deberá presentarsepor duplicado al objeto de que el interesado se quedecon copia sellada de la instancia presentada.

La solicitud de participación deberá ir acompañada,necesariamente, de la siguiente documentación:

a. Fotocopia acompañada de original par su compulsadel Documento Nacional de Identidad, vigente en elmomento de finalización del plazo de presentaciónde instancias.

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b. Titulación exigida

c. Recibo o justificante del pago de lo derechos deExamen

d. Declaración Jurada (Anexo VII)

e. Certificado Médico, conforme a lo establecidoen la base 2.1.f) de las presentes bases.

f. Además, quien participe en el concurso de trasladodeberá acreditar ser funcionario de carrera del empleode Policía Local de cualquier cuerpo de Policía Localde la Comunidad Autónoma Canarias.

g. Certificado de antecedentes penales o tenerloscancelados

Conforme establece la vigente Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por Ley 4/1999,de 13de enero, las solicitudes podrán presentarse tambiénen los Gobiernos Civiles, Oficias de Coreos yRepresentaciones Diplomáticas o Consulares deEspaña en el Extranjero.

Igualmente, en la Declaración Jurada (Anexo VII)que debe acompañar la instancia por la que se solicitaacceso a las pruebas selectivas de la oposición, debeconstar el compromiso del aspirante a prestar juramentoo promesa de acatar la Constitución Española, yrespetar y observar el Estatuto de autonomía, comonorma institucional básica de Canarias y el resto delordenamiento jurídico vigente, y el compromisoformal de desempeñar todas las tareas propias de laplaza que se pretende ocupar, con la obligación de laconducción de los vehículos del servicio.

El plazo de presentación de solicitudes será de:

Turno Libre: VEINTE DÍAS NATURALES.

Concurso de traslado: QUINCE DÍAS HÁBILES.

En ambos casos contados a partir de la publicacióndel anuncio de la presente convocatoria en el BoletínOficial del Estado, debiendo publicarse previamentela misma, así como sus bases, en el Boletín Oficialde La Provincia, y además un extracto en el BoletínOficial de Canarias.

4. TASAS POR DERECHOS DE EXAMEN

Las tasas por derechos de examen se establecen entreinta (30,00) euros.

El importe de los derechos de examen se ingresaráen la cuenta corriente de este Ayuntamiento número2052 8000 77 3501183405, de la Caja de Canarias yen la solicitud deberá constar que se ha realizadodicho ingreso mediante validación de la entidadcolaboradora a través de certificaciónmecánica o, ensu defecto, de sello y firma autorizada de la mismaen el espacio reservado a estos efectos.

Asimismo, de conformidad con loprevisto en el artículo38de laLeydeRégimen Jurídicode lasAdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común,el importe de la tasa por derechos de examen podráhacerse efectivo mediante giro postal o telegráfico omediante transferencia. El giro postal o telegráfico deberáir dirigido a la siguiente dirección: “Ayuntamiento deLas Palmas de Gran Canaria. Pruebas Selectivas deprovisión de plazas de Policías Locales, Calle Leóny Castillo, 270, C.P. 35005. Las Palmas de GranCanaria”.

En todo caso, deberá figurar como remitente del giroel propio opositor, quien acompañará a la solicitudjustificante del giro remitido.

En el supuesto de transferencia, el importe de la tasase hará efectivo a través de cualquier sucursal de laCaja de Canarias, debiendo indicarse en el impresoel nombre y apellidos del aspirante, y haciéndoseconstar la inscripción a las pruebas selectivascorrespondientes.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas que figuren como demandantes deempleo durante el plazo, al menos, de unmes anteriora la fecha de la convocatoria.

Serán requisitos para el disfrute de la exención que,en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado ofertade empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,salvo causa justificada, en acciones de promoción,formación o reconversión profesional y que, asimismo,carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual,al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandantede empleo, con los requisitos señalados, se solicitaráen la oficina de los servicios públicos de empleo. Encuanto a la acreditaciónde las rentas, se realizarámedianteuna declaración jurada o promesa suscrita del solicitante.

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b) Las familias numerosas en los términos delartículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembrede Protección de la Familia Numerosa. Tendránderecho a una exención del 100 por 100 de la tasa losmiembros de familias de la categoría especial y a unabonificación del 50 por 100 los que fueran de lacategoría general. La condición de familia numerosase acreditará mediante el correspondiente títuloactualizado.

La falta de justificación del abono de los derechosde examen o de encontrarse exento determinará laexclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago de la tasade los derechos de examen supondrá la sustitucióndel trámite de presentación, en tiempo y forma, de lasolicitud.

5. ADMISIÓN DE ASPIRANTES

5.1. REQUISITOS

Para ser admitido a la práctica de las pruebasselectivas deberán presentar la instancia y ladocumentación exigida en la base tercera de la presenteconvocatoria.

En cualquier momento del proceso selectivo, si elTribunal tuviese conocimiento de que alguno de losaspirantes no cumple con uno o varios de los requisitosexigidos en la convocatoria correspondiente, o decertificación acreditada resultara que su solicitudadolece de errores o falsedades que imposibiliten elacceso al empleo de la categoría a la que opten en lostérminos establecidos en la convocatoria en cuestión,en estos supuestos y previa audiencia al interesado,el Tribunal deberá proponer su exclusión al órganoconvocante, comunicándole asimismo las inexactitudeso falsedades formuladas por el aspirante en la solicitudde admisión en las pruebas a los efectos procedentes.

5.2. LISTADE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

1.Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes,la autoridad convocante, dictará resolución, en elplazomáximo de unmes, declarando aprobada la listade admitidos y excluidos. En dicha resolución, quedeberá publicarse en el «BoletínOficial de la Provincia»,se indicarán los lugares en que se encuentren expuestasal público las listas certificadas completas de aspirantesadmitidos y excluidos, señalándose un plazo de diezdías hábiles para subsanar, en su caso, los defectosque hubieran motivado la exclusión u omisión.

2. Finalizado dicho plazo, en el caso de que sehubieran producidomodificaciones, éstas, se expondránen los mismos lugares en que lo fueron las relacionesiniciales.

3. No procederá la devolución de los derechos deexamen en los supuestos de exclusión por causaimputable a los aspirantes.

De conformidad con lo establecido por el artículo12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y PreciosPúblicos, procederá la devolución de la tasa porderechos de examen cuando el aspirante sea excluidopor causas no imputables al mismo. No procederádevolución alguna de los derechos de examen en lossupuestos de exclusión de las pruebas selectivas porcausas imputables al interesado como no cumplir losrequisitos o no aportar los documentos exigidos enla convocatoria.

5.3. RECLAMACIONES, ERRORES YRECTIFICACIONES

La publicación de la resolución por la que se declaraaprobada la lista de admitidos y excluidos en elBoletín Oficial de la Provincia será determinante delos plazos a efectos de posibles impugnaciones yrecursos.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquiermomento, de oficio o a petición del interesado deconformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 dela Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el supuesto de que, por circunstancias excepcionalesse hubiese de modificar el lugar, la fecha o la horade celebración del primer ejercicio, se hará publicoa través del Boletín Oficial de la Provincia.

6. TRIBUNAL

6.1. COMPOSICIÓN

ElTribunal calificador de las pruebas selectivas estaráconstituido, de acuerdo con lo establecido en elartículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, delEstatuto Básico del Empleado Público, el artículo 4del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y enconcordancia con otras disposiciones, designándolosel órgano convocante y compuesto por los siguientesmiembros, que deberán tener titulación igual o superiora la exigida para participar en la convocatoria

Presidente/a: Funcionario/a de esta u otra corporación.

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Secretario/a: Funcionario/a de esta u otra corporación.

Vocales: 4 Funcionarios/as de esta u otra corporación.

Vocal: Funcionario designado por el titular delCentro Directivo competente enmateria de seguridadde la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad.

Vocal: Funcionario designado por el titular delCentro Directivo competente de la Academia Canariade seguridad.

Suplentes: Se designarán Funcionarios suplentes delPresidente/a, Secretario/a y Vocales para sustituciónen caso de ausencia o imposibilidad de asistencia alas Sesiones.

En caso de ausencia del Presidente Titular o suplente,la Presidencia corresponderá ostentarla al vocal en queésta delegue.

El Tribunal Calificador que actúe en estas pruebasselectivas tendrá la categoría segunda, de las recogidasen el anexo cuarto del Real Decreto 462/2002, de 24de mayo, sobre indemnizaciones por razones delservicio.

En lo no previsto en estas bases y en las comunes,el procedimiento de actuación del Tribunal calificadorse ajustará a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13de enero.

6.2. ASESORES ESPECIALISTAS

Cuando el procedimiento selectivo, por dificultadestécnicas o de otra índole lo aconsejase, el Tribunalpor medio de su Presidente podrá disponer laincorporación almismo, con carácter temporal, de otropersonal municipal, de esta u otras AdministracionesPúblicas o del sector privado que colaborará,exclusivamente, en el ejercicio de sus especialidadestécnicas en el desarrollo del proceso de selección ybajo la dirección del Tribunal. En todo caso dichosasesores no tienen derecho a voto. Su designación deberáser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia porsi concurriera alguna de las causas de abstención orecusación.

6.3. ACTUACIÓN Y CONSTITUCIÓN DELTRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin laasistencia, como mínimo de tres de sus miembros, yentre éstos la del Presidente y Secretario o de quienesle sustituyan.

En caso de ausencia, tanto del Presidente Titular comodel suplente, el primero designará de entre los Vocalescon derecho a voto un sustituto que lo suplirá. En elsupuesto en que el Presidente Titular no designe a nadie,su sustitución se hará por el Vocal de mayor edad conderecho a voto.

El Secretario tiene voz, aunque no derecho a voto.

El Tribunal resolverá todas las dudas que surjan dela aplicación de las normas contenidas en estas basesasí como en las especificas de cada convocatoria ydeterminará la actuación procedente en los caos noprevistos en ellas. Adoptará sus decisiones pormayoría,mediante votaciónnominal. En casode empate se repetirála votación, y si persiste el empate, éste lo dirimiráel Presidente con su voto.

Los acuerdos del Tribunal sólo podrán ser impugnadospor los interesados en los supuestos y en la formaestablecida en la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común.

El Tribunal continuará constituido hasta tanto seresuelvan las reclamaciones planteadas o las dudasque pueda suscitar el procedimiento selectivo.

El procedimiento de actuación del Tribunal seajustará a lo dispuesto en la Ley 360/1992, de 26 denoviembre, y tendrá derecho a percibir lasindemnizaciones o dietas que les correspondan segúnel puesto de trabajo que se convoque, certificado porel Secretario del Tribunal.

El órgano convocante hará la primera convocatoriadel Tribunal para su constitución y comienzo deactuaciones, y el presidente del Tribunal circulará lasconvocatorias de preparación y otras que estimenpertinentes en el desarrollo de la selección.

6.4. ABSTENCIÓN

Losmiembros del Tribunal y los asesores especialistasdeberán abstenerse de formar parte del mismo cuandoconcurran en ellos circunstancias de las previstas enel artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común o en el artículo 13.2 del R.D.364/1995, de 10 de marzo.

6.5. RECUSACIÓN

Los aspirantes podrán recusar a los miembros delTribunal y a los asesores especialistas cuando estimenque concurren en ellos alguna o varias de las

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circunstancias señaladas en la precedente base 6.4,siguiéndose para ello el procedimiento establecido enel artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del procedimientoadministrativo común.

6.6. REVISIÓN DE LAS RESOLUCIONES DELTRIBUNAL CALIFICADOR

Las Resoluciones del Tribunal Calificador vinculana la Administración Municipal, aunque ésta,. En sucaso, pueda proceder a su revisión conforme a loprevisto en el artículo 102 y siguientes de la Ley deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, en cuyocasohabrándepracticarse denuevo las pruebas o trámitesafectados por las irregularidades.

7. CALENDARIO DE REALIZACIÓN DE LASPRUEBAS

El lugar, fechayhorade celebracióndel primer ejerciciode las pruebas selectivas se dará a conocer junto conla lista definitiva de admitidos y excluidos mediantepublicación en el Boletín Oficial de la Provincia, elTablón de Edictos de la Corporación y la página webwww.laspalmasgc.es.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no seráobligatoria la publicación de los sucesivos anunciosde celebración de las restantes pruebas en el BoletínOficial de la Provincia.

Estos anuncios deberán hacerse públicos por elTribunal en los locales donde se hayan celebrado laspruebas anteriores, o en el tablón de anuncios de laCorporación, y /o en la páginaWeb del Ayuntamientode las Palmas deGran Canaria, con 12 horas al menosde antelación al comienzo de la prueba si se trata delmismo ejercicio o de 24 horas si se trata de unonuevo. También podrán publicarse en la páginaWebdel Ayuntamiento si los medios técnicos lo permiteny así lo acordara el Tribunal.

Plazo desde la conclusión de un ejercicio hasta elcomienzo del siguiente:

Desde la total conclusión de un ejercicio o pruebahasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir unplazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 díasnaturales, con excepción de que concurran circunstanciasque aconsejen su modificación, pero en este casoserá con entera conformidad por escrito de losopositores y tribunal.

8. ORDEN DE INTERVENCIÓN DE LOSASPIRANTES Y SU IDENTIFICACIÓN

8.1. LLAMAMIENTOS,ORDENDEACTUACIÓNDE LOS ASPIRANTES

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicioen llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor,invocados con anterioridad debidamente justificadosy apreciados por el Tribunal con absoluta libertad decriterio, la no presentación de un aspirante a cualquierade los ejercicios obligatorios en el momento de serllamado, determinará automáticamente el decaimientode su derecho a participar en el mismo y en lossucesivos, quedando excluido, en su consecuencia,del procedimiento selectivo.

El orden en que habrán de actuar los aspirantes enaquellos ejercicios que no puedan realizar conjuntamentese iniciará alfabéticamente, dando comienzo por elopositor cuyo primer apellido comience por la letraque determine el sorteo anual realizado por la secretariade Estado para la Administración Pública, a que serefiere el artículo 17 del Real Decreto 364/1995 de10 de marzo, o normativa vigente en cada momento.

El orden de actuación de los opositores se iniciaráalfabéticamente por el primer apellido de la letra X,según lo establecido en la Resolución de la SecretaríaGeneral para la Administración Pública de 21.01.08(B.O.E. del 4 de febrero). Aquellos tribunales que nocuenten con aspirantes cuyo primer apellido comiencepor la indicada letra iniciarán el orden de actuaciónpor la letra o letras siguientes. Este resultado delsorteo sólo será de aplicación para el actual ejerciciodel 2008 y hasta la fecha que se haga el próximo.

8.2. IDENTIFICACIÓN DE LOS ASPIRANTES

El Tribunal podrá requerir en cualquier momentoa los aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo findeberán estar provistos de Documento Nacional deIdentidad o pasaporte.

9. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.

9.1. TURNO LIBRE:

9.1.1. TALLADO DE LOS ASPIRANTES.

El mismo día de la celebración del ejercicio depruebas físicas de la oposición (primer ejercicio) y,con anterioridad al inicio del mismo, por el TribunalCalificador se realizará el tallado de todos y cada unode los aspirantes.

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Adichos efectos, se marcará en una pared verticallas medidas mínimas establecidas por las presentesbases para cada sexo. Los aspirantes, totalmentedescalzos y sin nada en la cabeza, irán tallándose porel orden que al efecto se haya establecido, según elsorteo regulado por la base anterior, quedandoeliminados los aspirantes que no alcancen la estaturamínima prevista en estas bases.

9.1.2. FASE DE OPOSICIÓN.

La oposición constará de los siguientes ejerciciosde carácter obligatorio y eliminatorio:

9.1.2.1. PRIMEREJERCICIO: PRUEBASFÍSICAS.

Esta prueba, cuya ejecución será pública, consistiráen la realización de los ejercicios físicos descritos enel anexo I.

La calificación de cada ejercicio se realizará segúnla relación establecida en dicho anexo, teniendo encuenta que la no superación de alguna de las pruebassupondrá la declaración de NO APTO y, por tanto,la eliminación de los aspirantes.

La calificación final de los aspirantes será de APTOoNOAPTO. Sólo en caso de empate en la clasificaciónfinal de los opositores se tendrán en cuenta laspuntuaciones obtenidas en las diferentes pruebasfísicas superadas.

Para la realización de la prueba los aspirantesdeberán presentarse provistos de atuendo deportivo,incluido gorro y zapatillas para la piscina y entregaral Tribunal un Certificado Médico Oficial, expedidodentro de los quince (15) días anteriores a la prueba,en el que se haga constar que el aspirante reúne lascondiciones físicas precisas para realizar las referidaspruebas deportivas. La no presentación de dichodocumento supondrá la exclusión del aspirante delproceso selectivo.

Prueba de este ejercicio será eliminatorio y calificadode apto o no apto. Serán eliminados los aspirantes que,en cualquiera de las pruebas físicas, no alcancen lamarca mínima establecida en el referido anexo. .

9.1.2.2. SEGUNDO EJERCICIO: PRUEBAPSICOTÉCNICA.

Este ejercicio está encaminado a comprobar que lasaptitudes, actitudes y rasgos de personalidad de losaspirantes son los más adecuados para la funciónpolicial a desempeñar.

La valoración y el desarrollo de este Ejercicio serealizará tal y como consta en el Anexo II.

9.1.2.3. TERCER EJERCICIO

Primera prueba. TEST. Consistirá en la contestacióna un cuestionario de 80 preguntas concretas en un tiempode 80 minutos extraídas del temario que figura en elanexo III.

Las preguntas constarán de tres alternativas derespuesta donde sólo una de ellas será correcta. Parala corrección de la prueba se aplicará la fórmula: P= A - E/3 / número total preguntas x 10.

El ejercicio será eliminatorio. La calificación seráde cero a diez (0 a 10) puntos, debiendo alcanzar almenos un cinco para superar esta prueba.

Segunda prueba. Ortografía. Consistirá en larealización de un ejercicio de ortografía, durante 10minutos, que será calificado como Apto o No Apto,siendo declarados No Aptos los aspirantes cometan11 omás faltas ortográficas, quedando en consecuenciaeliminados del proceso selectivo.

9.1.2.4. CUARTOEJERCICIO: CONOCIMIENTODE IDIOMAS.

De carácter voluntario y se desarrollará conformese establece en el Anexo IV. Esta prueba será realizadapor un licenciado, con experiencia en la docencia enel idioma elegido por el aspirante en la instancia desolicitud de participación en el proceso selectivo. ElAsesor será solicitado a la Escuela Oficial de Idiomas,Facultad de Filología o colegioOficial correspondientey su designación deberá ser publicada en el BoletínOficial de la Provincia por si concurriera alguna delas causas de abstención o recusación.

Consistirá en una prueba de conocimientos básicosde uno de los idiomas Inglés, Francés o Alemán. Elaspirante indicará en su solicitud el idioma (uno solo)por el que opta para la realización del presenteejercicio. De no especificar ninguno se entenderáque no se va a presentar a este Ejercicio.

Este ejercicio se valorará de cero a dos puntos, nodeterminando la eliminación del opositor, sirviendono obstante la calificación obtenida para el cómputode la calificación global determinante del orden enque figurarán los aspirantes en la propuesta denombramiento como funcionario de carrera.

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9.1.2.5.QUINTOEJERCICIO:RECONOCIMIENTOMÉDICO.

De carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá ensometerse a un examenmédico para acreditar que reúnelas condiciones físicas y de salud necesarias para eldesempeño de las funciones de Policía Local.

Los especialistas que realicen los reconocimientosmédicos se atendrán a los parámetros especificadosen el Anexo V “Cuadro de exclusiones médicas” delas presentes bases.

Dicho reconocimiento será realizado por un TribunalMédico compuesto por especialistas en la materia, ysu composición se publicará en el Boletín Oficial dela Provincia, por si concurriera alguna de las causasde abstención o recusación legalmente establecidas

El ejercicio se calificará comoAPTO oNOAPTO.

9.2. TURNO CONCURSO DE TRASLADO:

9.2.1. PRUEBADEAPTITUDPSICOTÉCNICA:

La fecha, hora y local en que habrá de celebrarsela prueba de aptitud psicológica, se hará público a travésde la Resolución por la cual se apruebe la lista deadmitidos y excluidos.

Se llevará a cabo conforme a lo previsto en la base9.1.2.2 de las presentes.

9.2.2. RECONOCIMIENTO MÉDICO.

De carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá ensometerse a un examenmédico para acreditar que reúnelas condiciones físicas y de salud necesarias para eldesempeño de las funciones de Policía Local.

Los especialistas que realicen los reconocimientosmédicos se atendrán a los parámetros especificadosen el anexo V “Cuadro de exclusiones médicas” delas presentes bases.

El ejercicio se calificará comoAPTO oNOAPTO.

9.2.3. FASE DE CONCURSO Y VALORACIÓNDE MÉRITOS.

La situación de estar admitidos en la lista definitivaserá el requisito necesario para optar a la plaza, noexistiendo el requisito indispensable de presenciafísica en el momento de la valoración.

Todos los méritos alegados deberán poseerse en elmomento de la finalización del plazo de presentaciónde solicitudes.

9.2.3.1. Valoración de méritos.

La valoración de los méritos se hará de la formasiguiente:

9.2.3.1.1. Experiencia profesional.

La antigüedad en el cuerpo de la Policía Local sevalorará a razón de 0,25 puntos por cada año completoo fracción superior a seis meses de servicios, hastaun máximo de 2 puntos.

Por haber desempeñado servicios en la PolicíaLocal de Las Palmas deGran Canaria 0,50 puntos porcada año completo, hasta un máximo de 1 punto.

No se computarán los servicios prestadossimultáneamente con otros igualmente alegados.

9.2.3.1.2. Condecoraciones.

Por haber recibido condecoración/es por parte delcuerpo dePolicíaLocal de pertenencia o de otras Fuerzasy Cuerpos de Seguridad 1 punto.

9.2.3.1.3. Formación.

Cursos o seminarios de formación, perfeccionamiento,actualización y/o reciclaje impartidos por la AcademiaCanaria deSeguridad o por cualquier otra administraciónpública, hasta un máximo de 3 puntos:

a. Sin especificar el tiempo y menos de 20 horas:0,10 puntos por cada uno. Hasta un máximo de 0,50puntos.

b. Cursos de duración entre 20 horas y menos de30 horas: 0,15 puntos cada uno. Hasta unmáximo de0,75 puntos.

c. Cursos de duración entre 30 horas y menos de40 horas: 0,20 puntos cada uno. Hasta unmáximo de1,00 puntos.

d. Curso de duración de 40 horas omás: 0,25 puntoscada uno. Hasta un máximo de 1,25 puntos.

e. Curso de primeros auxilios de 40 horas o más:0,40 puntos.

f. Curso de socorrismo y emergencia de 30 horaso más: 0,30 puntos.

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9.2.3.1.4. Prestación de servicios en unidadesconcretas de la Policía.

La prestación se servicio en unidades o serviciosconcretos en la Policía Local se valorará cada servicioque se indica y cuya duraciónmínima sea de seismeses.

Unidad de atestados de tráfico y Unidades deSeguridad Ciudadana con 1 punto por cada unidad,hasta un máximo de 2,00 puntos.

9.2.3.1.5. Permisos de conducir.

Estar en posesión de cualquier de los siguientespermisos de conducción C1, C, D1 oD, se concederán1,00 puntos.

9.2.3.1.6. Idiomas extranjeros.

Por conocimiento de idiomas extranjeros, acreditadosmediante la oportuna certificación expedida por loscentros oficiales, 0,25 puntos por cada uno, hasta unmáximo de 0,50 puntos.

9.2.3.1.7. Publicaciones y actividad docenterelacionadas con el puesto a desempeñar

Por publicaciones relacionadas con la plaza a ocupar0,15 puntos por cada uno, hasta un máximo de 0,30puntos

Por haber impartido cursos de formación de reciclaje,de actualización o seminarios, a razón de 0,15 puntospor cada uno, hasta un máximo de 0,45 puntos

9.2.3.1.8. Titulaciones académicas.

La valoración de las diversas titulaciones académicasrelevantes para el desempeño del puesto de trabajoserá:

Se puntuarán tantas titulaciones como se posean,equivalentes a la exigida para el acceso a la Plaza, conla excepción de la titulación exigida para la convocatoria,así como de aquellas necesarias para la obtención deltitulo superior. Hasta un máximo de 1 punto.

9.2.4. ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS.

El sistema de acreditación de los méritos será elsiguiente:

Certificado de servicios prestados emitido por laAdministración donde su hubieran prestado, indicandoel tiempo exacto de duración de losmismos, haciendoconstancia expresa de los servicios prestados.

La acreditación de la formación se hará mediantela presentación de copia compulsada de los diplomasde los cursos realizados.

10. CALIFICACIÓN GLOBAL:

10.1. CALIFICACIÓN GLOBAL DE LOSEJERCICIOS ELIMINATORIOS DE LAFASE DEOPOSICIÓN PARAEL TURNO LIBRE.

La calificación definitiva de los ejercicios eliminatoriosde la fase de oposición será la suma de las puntuacionesobtenidas en las pruebas de conocimientos y lapuntuación obtenida en la prueba de idiomas

En caso de empate se tendrá la siguiente prelación:

1º)Mayor número de respuestas acertadas en el Test.

2º) Menor número de errores en la prueba deortografía.

3º) Mayor calificación en la prueba de idiomas.

En caso de persistir el empate, se irá aplicandosucesivamente la mayor puntuación obtenida en losejercicios de las pruebas de aptitud física.

El orden de colocación de los aspirantes en la listade calificación definitiva de los ejercicios eliminatoriosde la fase de oposición se establecerá demayor amenorpuntuación.

10.2. CALIFICACIÓN GLOBAL PARA ELCONCURSO DE TRASLADO.

La calificación definitiva se obtendrá de la valoraciónde los méritos que se exponen en la base 9.2.3 de lapresente convocatoria.

11. FASE DE CURSO SELECTIVO.

Los aspirantes del turno libre propuestos por elTribunal Calificador, una vez finalizada la fase de laoposición, serán nombrados funcionarios en prácticasy habrán de superar, obligatoriamente, un cursoselectivo de formación organizado por la AcademiaCanaria de Seguridad, con una puntuación de, almenos, CINCO PUNTOS.

Los aspirantes que no superen el curso selectivoperderán todos los derechos a ser nombrados funcionariosde carrera.

Una vez superado por los aspirantes del turno libreel curso selectivo y previo al nombramiento como

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funcionarios de carrera, éstos deberán superar unperiodo de prácticas, incluido en el proceso selectivo,de al menos 1.200 horas de servicio efectivo, prestadoen situación de servicio activo en este Ayuntamiento,del cual se descontarán los periodos de incapacidadtransitoria y cualquier otra circunstancia que imposibilitarala prestación del servicio activo. El cómputo de dichashoras comenzará a partir de la fecha de la toma deposesión como funcionario en prácticas.

El Tribunal aprobará el programa de prácticas, elcual incluirá al final una prueba práctica que realizaráy calificará el Tribunal, que será realizado bajo susupervisión por la Jefatura de la Policía Local, conparticipación de los Jefes de Zona y de Unidades, loscuales supervisarán su desarrollo y valoración que deberáser presentada al Tribunal para la calificación.

La valoración de este período de prácticas se harásobre la base de criterios objetivos que harán referenciaa la asimilación de los conocimientos impartidos,responsabilidad, dedicación, decisión, y cuantos otrosaspectos se consideren pertinentes en orden a ponderarlas funciones propias de las plazas que constituyanla convocatoria.

Las prácticas se calificarán de aptos o no aptos,quedando eliminados los aspirantes que obtenganuna calificación de no aptos.

La PRUEBA PRÁCTICA, de carácter obligatorioy eliminatorio, consistirá en lo siguiente:

Ejercicio obligatorio y eliminatorio. Consistirá enel desarrollo por escrito de dos casos prácticos queversarán sobre alguno de los contenidos de los temasque figuran en el Anexo III. Parte Específica. Eltiempo de desarrollo para esta prueba será de dos (2)horas.

El caso práctico será presentado y defendido anteel Tribunal por espacio de al menos una hora en cuyotiempo se le podrán realizar al aspirante cuantaspreguntas consideren oportunas.

En la prueba se valorará la aplicación de losconocimientos teóricos y prácticos aplicados al caso,la claridad de ideas y la exposición y defensa del caso.

LaCalificación de la Prueba será deApto oNoApto.

Los aspirantes que no superen el período de prácticas,perderán todos los derechos a ser nombrados comofuncionarios de carrera, mediante resoluciónmotivadade la autoridad que haya efectuado la convocatoriay a propuesta del tribunal.

Durante el periodo de prácticas, el funcionariopercibirá las retribuciones establecidas en el Decreto130/1990, de 29 de junio, sobre retribuciones de losfuncionarios en prácticas de la ComunidadAutónomade Canarias, así como las establecidas por R.D.456/1986, de 10 de febrero, modificado por R.D.213/2003, de 21 de febrero, por el que se fija lasretribuciones de los funcionarios en prácticas de laAdministración del Estado. Solamente en el caso deser funcionario del Ayuntamiento de Las Palmas deGranCanaria, se tendrá derecho a percibir durante estafase, la totalidad de las retribuciones que ya vinierapercibiendo como funcionario.

12. CALIFICACIÓN DEFINITIVA DELPROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN YASPIRANTES PROPUESTOS.

12.1. Turno libre.

La calificación definitiva del procedimiento deselección será lamedia aritmética entre la calificaciónobtenida en todos y cada uno de los ejerciciosobligatorios de la fase de oposición, conforme a loestablecido en la base 10.1 y la calificación obtenidaen la fase de curso selectivo.

En el caso de que el curso selectivo fuese calificadocomo“APTO” la calificacióndefinitivadel procedimientode selección será la calificación obtenida conformea lo establecido en la base 10.1.

El orden de colocación de los aspirantes en la listade calificación definitiva del procedimiento deselección, se establecerá demayor amenor puntuación.

Los aspirantes que el Tribunal Calificador propongapara su nombramiento como funcionarios, podránsuperar en tres el número de plazas convocadas a losefectos previstos en el artículo 61.8 de la Ley. 7/2007,de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico. En caso de producirse empate que imposibilite,en principio, la propuesta de un número de aspirantesigual al número de plazas convocadas, se dirimirá segúnel siguiente orden:

1º. El aspirante que haya obtenidomayor puntuaciónen el cuarto ejercicio de la oposición.

2º. El que haya obtenido la puntuación mayor enel tercero ejercicio de la oposición.

3º. El que haya obtenido la puntuación mayor enel quinto ejercicio de la oposición.

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4º. Por fecha de nacimiento, optando por el demayor edad.

12.2. Concurso de traslado.

La calificación definitiva se obtendrá de la valoraciónde los méritos que se exponen en la base 9.2.3 de lapresente convocatoria.

Los empates en la calificación definitiva del concursode traslado se dirimirán según el siguiente orden:

1º. Por antigüedad total en años completos,más fracciónúltimapormeses completos y resto de la fracción sobrantede los meses en días completos.

2º. Por haber desempeñado funciones de Policía Localen el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

3º. Por fecha de nacimiento, optando por el demayor edad.

13. CALENDARIO DE LAS PRUEBAS.

Una vez cumplimentados los trámites de publicaciónestablecidos en la vigente legislación, así comocumplido el plazo de inscripción de aspirantes, seresolverá por el Alcalde-Presidente la aprobación dela lista definitiva de admitidos y excluidos, lacomposición personalizada del Tribunal Calificadory se establecerán el lugar y las fechas para la celebraciónde la primera prueba de la oposición, con un plazode antelación al comienzo de la misma de veintedías, como mínimo.

Dicha Resolución será publicada mediante elcorrespondiente anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia de Las Palmas y en el tablón de anunciosde la Corporación.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas, noserá obligatoria la publicación de los sucesivosanuncios de la celebración de las restantes pruebasen el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anunciosdeberán hacerse públicos por el Tribunal en los localesdonde se hayan celebrado las pruebas anteriores y enel tablón de anuncios del Ayuntamiento de Las Palmasde Gran Canarias.

En el caso de que la realización de una prueba seprolongue a más de una jornada (un día), el Tribunalemitirá el correspondiente anuncio en el tablón delAyuntamiento de Las Palmas de Gran Canarias,especificando el lugar, fecha y hora de celebracióndel resto de la misma.

14. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

14.1. DOCUMENTOS EXIGIBLES

Los aspirantes propuestos aportarán en el Serviciode Personal los documentos que a continuación serelacionan, así como los que en su caso se establezcanen las correspondientes bases específicas:

a) Fotocopia del DocumentoNacional de Identidad.

b) Copia autentificada o fotocopia (que deberáacompañarse del original para su compulsa) del Títuloexigido en las bases específicas, o justificante dehaber abonado los derechos para su expedición. Enel caso de titulaciones obtenidas en el extranjero sedeberá aportar la credencial que acredite suhomologación.

Si estos documentos estuviesen expedidos despuésde la fecha en que finalizó el plazo de admisión desolicitudes, deberá justificarse el momento en queconcluyeron los estudios.

c) Certificado médico, expedido por un Médicodel Negociado de Prevención de Riesgos de laCorporación, acreditativo de la posesión de capacidadfuncional para el desempeño de las funciones propiasde la categoría a la que se accede.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sidoseparadomediante expediente disciplinario del serviciode ninguna Administración Pública, ni hallarseinhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

14.2. PLAZO

El plazo de presentación de documentos será de veintedías naturales, contados a partir del siguiente al de lapublicación de la lista de aprobados en el Tablón deAnuncios de la Corporación.

14.3. FALTA DE PRESENTACIÓN DEDOCUMENTOS

Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 delReglamento General de Ingreso del Personal alServicio de la Administración General del Estado yde Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los funcionarios Civiles de laAdministración General del Estado, quienes dentrodel plazo indicado en el apartado 8.2, y salvo loscasos de fuerzamayor, no presentasen la documentacióno de la misma se dedujese que carecen de alguno delos requisitos exigidos, no podrán ser nombrados,quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuiciode la responsabilidad en la que pudieran haber incurridopor falsedad en sus solicitudes de participación.

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15. NOMBRAMIENTOCOMOFUNCIONARIODE CARRERA

Terminado el plazo de presentación de documentosal que hace referencia la Base anterior, los aspirantesque hubiesen sido propuestos serán nombradosfuncionarios de carrera en las plazas de Agentes dela Policía Local.

Los nombramientos deberán publicarse en el BoletínOficial de la Provincia y en el Boletín oficial deCanarias.

16. TOMADE POSESIÓN16.1. PLAZO.

Los aspirantes nombrados funcionarios deberántomar posesión en los siguientes plazos:

16.1.1. Turno Libre:

En el plazo deUNMES, a contar desde la notificacióndel nombramiento como funcionario de carrera.

16.1.2. Concurso de traslado:

En el plazo de TRESDÍASHÁBILES si no implicacambio de residencia del funcionario, o de UNMESsi comporta cambio de residencia, a contar desde lanotificación del nombramiento.16.2. INCOMPATIBILIDADES

Los aspirantes que resulten seleccionados y nombradospara ocupar las plazas quedarán sometidos desde elmomento de su toma de posesión al régimen deincompatibilidades vigente.

En las diligencias de toma de posesión será necesariohacer constar la manifestación de los interesados deno venir desempeñando ningún puesto o actividad enel sector público delimitado por el artículo 1 de la Ley53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidadesdel Personal al servicio de las AdministracionesPúblicas, indicando asimismo que no realizan actividadprivada incompatible o sujeta a reconocimiento decompatibilidad. En otros casos, se procederá en la formadeterminada en los párrafos 2,3 y 4 del artículo 13del RD. 598/1985, de 30 de abril, sobreincompatibilidades del personal al servicio del Estado,de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos yEmpresas dependientes.

16.3. EFECTOS DE LA FALTA DE TOMA DEPOSESIÓN

Quienes, sin causa justificada, no tomaran posesióndentro del plazo señalado en el apartado 10.1 no

adquirirán la condición de funcionarios, perdiendo todoslos derechos derivados de las pruebas selectivas y delsubsiguiente nombramiento conferido.

17. INCIDENCIAS.

El Tribunal Calificador queda autorizado pararesolver las dudas que se presenten y tomas losacuerdos necesarios para el buen funcionamiento dela Oposición en todo lo no previsto en estas Bases,en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, RealDecreto 364/1995, de 10 de marzo, Ley 7/1986, de18de abril y demásdisposiciones legales y reglamentariasde aplicación y en el Decreto 178/2006, de 5 dediciembre, por el que se establecen las condicionesbásicas de acceso, promoción y movilidad de losmiembros de los Cuerpos de la Policía Local deCanarias.

18. NORMAS FINALES.

En todo lo no previsto en las presentes Bases seráde aplicación la normativa de general y pertinenteaplicación.

ANEXO I. PRUEBAS FÍSICAS

1. El orden de realización de las pruebas físicas seráel que se determina a continuación. El tiempo derecuperación de los aspirantes entre la realización decada una de las pruebas será el que se determine enlas bases de la respectiva convocatoria. En cualquiercaso, se deberá tener en cuenta que una vez el admitidoa las pruebas tome parte en el primer ejercicio físicojunto con los convocados para ese día deberá efectuarsucesivamente a medida que los va superando con elorden y regularidad que se determine, la totalidad delos ejercicios y si por cualquier circunstancia nocontinuara realizando alguno de ellos será calificadode “no apto”.

2. Los aspirantes deberán superar con el resultadode “Apto” la totalidad de las pruebas presentadas. Elresultado de “NoApto” en cualquiera de ellas significarála exclusión del aspirante en dicho proceso de selección

3. Se realizarán las siguientes pruebas físicas:

3.1.1. Salto Horizontal.

Objetivo:Medir la fuerza explosiva de lamusculaturaextensora del tren inferior.

Desarrollo: El aspirante se situará detrás de una líneasin pisarla con los pies a lamisma altura y ligeramenteseparados. Desde esta posición se realizará un salto

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hacia delante lo más lejos posible a base de unmovimiento explosivo de extensión de caderas, rodillas, y tobillos,ayudándose con un lanzamiento de brazos en la misma dirección. Se cae sobre la planta de los pies permitiéndoseapoyar cualquier parte del cuerpo con posterioridad.

Valoración: Se anota en metros y centímetros la distancia alcanzada obviándose los milímetros, redondeandosiempre hacia el número entero inferior, teniéndose en cuenta que se mide perpendicularmente desde la huellamás cercana de la línea de salida hasta la línea de batida o su prolongación, siendo el mínimo el que refleja latabla de baremos, considerándose no aptos aquellos que no alcancen las distancias mínimas o incumplanalgunos de los requisitos de realización de la prueba.

Observaciones y Penalizaciones: Se permitirá dos (2) intentos. En caso de superar la prueba en el primer intento,se dará como apta la misma, no pudiéndose hacer uso del segundo para mejorar la marca conseguida. No sepermitirá utilizar zapatillas con clavos metálicos para esta prueba. Estará permitido el balanceo de pies, de talóna metatarso sin perder el contacto con el suelo antes de la realización del salto, siendo invalidada la prueba enlos siguientes casos:

- Pisar la línea de salida, incluyendo la puntera del calzado en el momento de despegue.

- Tomar impulso con un solo pie

- Tomar impulso con una carrera previa.

- Abandonar el foso de salto retrocediendo hacia la parte donde saltó.

- Durante la caída, toca el suelo fuera del foso más cerca de la línea de batida que la marca más próxima hechaen la arena.

- No superar el mínimo establecido.

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Material: Foso de arena de salto de longitud, cinta métrica y allanador para la arena.

Marcas y puntuaciones:

HOMBRES MUJERES

Puntuación Distancia en metros Puntuación Distancia en metros

10 2,45 ó más 10 2,24 ó más9 2,39 a 2,44 9 2,19 a 2,248 2,33 a 2,38 8 2,13 a 2,187 2,27 a 2,32 7 2,07 a 2,126 2,21 a 2,26 6 2,01 a 2,06

APTO 2,20 APTO 2,00

3.1.2 Flexiones de Brazos (hombres) / Flexión brazos mantenida (mujeres).

Objetivo: Medir la fuerza resistencia relativa de la musculatura flexora del tren superior.

(Para los Hombres) El aspirante se colocará en suspensión completa agarrado a una barra fija paralela al suelocon las palmas de las manos al frente, es decir en supinación, y con total extensión de brazos. La separación delas manos será ligeramente superior a la anchura de los hombros. Desde esta posición de partida, el sujeto realizaráel mayor número de flexiones de brazos, asomando la barbilla por encima de la barra y extendiendo completamentelos codos al volver a la posición inicial.

(Para las Mujeres) La aspirante se colocará en la siguiente posición, intentando mantenerla el mayor tiempoposible; los brazos flexionados con presa demanos con palmas hacia atrás Las piernas completamente extendidasy sin tocar el suelo. La barbilla por encima de la barra y sin tener contacto con ella.

Valoración:

(Para Hombres) Se anotará el número de flexiones completas realizadas en un solo intento, considerándoseno aptos aquellos que no alcancen las marcas mínimas.

(Para Mujeres) Se anotará el tiempo, en segundos, que ha sido capaz de mantenerse en la posición descritatambién en un solo intento, considerándose no aptas aquellas que no alcancen las marcas mínimas.

Observaciones y Penalizaciones:

(Para Hombres) No se contará como repetición las siguientes actuaciones.

- Realizar un balanceo del cuerpo para ayudar la flexión que supere 0,5 metros.

- Ayudarse con las piernas durante la flexión.

- No sobrepasar la barbilla completamente por encima de la barra.

- No extender completamente los codos al volver a la posición inicial.

- Realizar una hiper-extensión de la musculatura extensora del cuello a fin de lograr asomar la barbilla porencima de la barra sin haber logrado una flexión total del codo.

(Para Mujeres) El tiempo empezará a contar una vez la aspirante se encuentre en la posición reglamentaria,con la barbilla por encima de la barra y el cuerpo en suspensión; el cronómetro se parará cuando la aspirantebaje la barbilla del nivel de la barra o se apoye con ella sobre dicha barra. No se permitirá que el cuerpo sebalancee, ni mover las manos de la posición inicial de agarre.

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Material: Barra fija situada a una altura entre 215 y 2,50 metros, paralela y bien fijada al suelo. Taburete osimilar por si alguien lo necesitase para colgarse de la barra. Cronómetro. No se permite para la realización deesta prueba el uso de guantes protectores, esponjas, o algún elemento similar, salvo protección de heridas abiertas.

HOMBRES

MUJERES

HOMBRES YMUJERES

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Marca y puntuaciones:

HOMBRES MUJERES

Puntuación Resultado Puntuación Resultado

10 17 o más 10 83 a 94”

9 14 9 71 a 82”

8 12 8 61 a 70”

7 10 7 52 a 60”

6 9 6 45 a 51”

APTO 8 APTO 44”

3.1. 3. Resistencia Aeróbica (Test de Cooper).

Objetivo: Medir la resistencia aeróbica del aspirante.

Desarrollo: Consiste en correr durante un período de doce (12) minutos la mayor distancia posible en un espacioplano y con una distancia delimitada (pista de atletismo). Los aspirantes serán organizados en grupos denúmeros no superior a 10 personas. Cada sujeto, a indicación del controlador, se colocará detrás de la línea desalida. La salida tendrá lugar tras la señal “listos, ya” efectuada por el controlador.

Cuando falte un minuto para concluir los doce de que consta la prueba, el coordinador de la misma avisaráde tal circunstancia a los participantes mediante un megáfono o sistema de megafonía, o mediante señalacordada previamente. El final de la prueba será indicado por el controlador de la misma de igual manera y,cuando esto ocurra, los participantes deberán permanecer inmóviles en el lugar en que están hasta que se lesindique que pueden abandonarlo (sólo podrán caminar o moverse sobre la misma distancia que acabaron, sinaumentarla, desde el interior de la pista hasta la última calle o similar).

Valoración: Se anota lamarca conseguida por los aspirantes enmetros, valiéndose para ello demarcas o segmentosde medidas establecidos y expuestos previamente (por ejemplo marcando las distintas distancias establecidascomo mínimas para cada baremo de edad). Por ello se aconseja realizar la prueba en una pista de atletismo o,en su defecto, una zona que disponga demedidas estandarizadas a partir de las cuales conocer la distancia recorrida.Se considerarán No Aptos” aquellos que no alcancen las marcas mínimas reflejadas en la tabla de baremos opor edades o incumplan algunos de los requisitos de realización de la prueba.

Observaciones o Penalizaciones: Se permitirá un solo intento. La prueba será invalidada en los siguientes casos:

- Abandonar voluntariamente la pista durante la carrera no permitiéndose el continuar la carrera.

- Cuando un mismo aspirante realice dos salidas falsas.

- No superar el mínimo establecido.

- Empujar, golpear o intervenir negativamente obstruyendo o impidiendo a otro participante su avance normal.Si durante la carrera se descalifica a un competidor por alguna de estas razones, el Juez-Arbitro tendrá el poderpara disponer que se efectúe de nuevo, con la excepción del participante descalificado, o permitir a losparticipantes afectados por la acción que provocó la descalificación (con la excepción del descalificado),realizar de nuevo la prueba tras su realización por el resto de aspirantes.

Material: Pista de atletismo o superficie plana similar, cronómetro y cinta métrica o medidor de distancias, yconos u otro material que sirva de referencia para señalar las distancias mínimas a completar (por ejemplo cada150 metros para señalar los cambios de puntuación que correspondieran).

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Marcas y Puntuaciones: Para considerada la prueba se tendrá que alcanzar la marca determinada en la siguientetabla de baremos:

HOMBRES MUJERES

Puntuación Distancia en metros Puntuación Distancia en metros

10 2.900 m ó más 10 2.700 m ó más9 2.800 m a 2.899 m 9 2.600 m a 2.699 m8 2.700 m a 2.799 m 8 2.500 m a 2.599 m7 2.600 m a 2.699 m 7 2.400 m a 2.499 m6 2.500 m a 2.599 m 6 2.300 m a 2.399 m

APTO 2.499 m APTO 2.299 m

3.1.4. Adaptación al medio acuático (50 m. estilo libre).

Objetivo: Medir la velocidad de desplazamiento en el medio acuático del aspirante.

Desarrollo: El aspirante se colocará a indicación del controlador frente al poyete, a la voz de “listos” se colocaránen posición de salida (piernas flexionadas y tronco flexionado hacia delante) o bien, en el borde interior de lapiscina pegado a la pared. La señal de salida se efectuará mediante un toque largo de silbato, tras lo cual losaspirantes se lanzarán al agua y/o comenzarán a nadar. Una vez en el agua realizarán la distancia de 50 metrosa estilo libre lo más rápidamente posible sin salirse de su calle. La prueba concluirá cuando el aspirante toqueclaramente la pared de llegada, no saliendo de la piscina hasta que llegue el último participante de la prueba.

Si el Juez-Árbitro decide que la salida es falsa, hará sonar su silbato repetidamente, contabilizándole una amonestaciónpor “nulo” al aspirante que erró en su salida.

Valoración: Se anota el tiempo que tarde en recorrer la distancia estipulada expresándose en segundos y centésimas,considerándose no aptos aquellos que no alcancen las marcas mínimas reflejadas en la tabla de baremos poredades o incumplan algunos de los requisitos de realización de la prueba.

Observaciones y Penalizaciones: Se permitirán dos intentos, sólo en el caso de no superar las marcas mínimasen el primer intento, realizándose el segundo intento al final del resto de aspirantes. La prueba será invalidadaen los siguientes casos:

- Utilizar cualquier elemento auxiliar que considere el tribunal previamente a la realización de la prueba queaumente su velocidad o ayude en el nado.

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- Cuando en algún momento del recorrido, el aspirante se apoye para descansar o tomara impulso en algúnlugar tales como corcheras o bordes.

- Cuando en algún momento del recorrido, el aspirante toque o descanse con los pies en el fondo.

- Cuando realice un mismo aspirante dos salidas falsas, por lo que acumule dos amonestaciones.

- No finalizar la prueba en la misma calle de salida.

- No supere los mínimos establecidos en la tabla de baremos por edades.

Material: Cronómetro digital y silbato y piscina de 50 metros con sus calles bien delimitadas o, en su defecto,piscina de 25metros con sus calles delimitadas (con lo que los aspirantes se verían obligados a realizar un viraje).

Marcas y puntuaciones: Para considerar superada la prueba se tendrá que alcanzar las marcas determinadasen la siguiente tabla de baremos:

HOMBRES MUJERES

Puntuación Tiempo en segundos y centésimas Puntuación Tiempo en segundos y centésimas

10 37,99 ó menos” 10 42,99 o menos”

9 40,99 a 38,00” 9 45,99 a 43,00”

8 43,99 a 41,00” 8 48.99 a 46,00”

7 46,99 a 44,00” 7 51,99 a 49,00”

6 49,99 a 47,00” 6 54,99 a 52,00”

APTO 50,00” APTO 55,00”

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ANEXO II. PRUEBAS PSICOTÉCNICAS

Las pruebas psicológicas y psicotécnicas seránrealizadas por un mínimo de tres profesionales de lapsicología con probada experiencia en selección derecursos humanos y, almenos uno de ellos, en selecciónde policías.

Con la realización de estas pruebas se analizará ymedirá:

1. Habilidades Cognitivas que reflejen la HabilidadMental General. Las puntuaciones de los candidatosen las sub-pruebas de esta dimensión se agregarán enuna única puntuación decatipo a partir de un baremofiable, con media 5 y desviación típica 2, mínimo de0 y máximo de 10.

2. Variables de personalidad que permitan obtenervalores en las tres dimensiones de Estabilidad,Extraversión yConciencia, o dimensiones homólogas.Además de las dimensiones secundarias de Integridady Orientación hacia la Seguridad.

La puntuación de los candidatos en este apartadodependerá del ajuste de su perfil de personalidad alos criterios siguientes:

- Estabilidad Emocional: Alta-Muy Alta.- Extraversión: Media-Alta.- Conciencia: Alta.- Integridad: Alta-Muy Alta.- Orientación a la Seguridad: Alta-Muy Alta.

Donde Muy Alta se corresponde con puntuacionesdecatipos de 10; Alta se corresponde con decatipos de8 y 9; Media se corresponde con decatipos de 4 a 7.

En el caso especial de oposiciones a la línea demandose medirán, además, los factores de independencia yflexibilidad, debiéndose ajustar a los criterios siguientes:

• Independencia: Media.• Flexibilidad Media-Alta.

3. Posibles desórdenes de personalidad a partir depruebas psicométricas suficientemente validadas y conaplicaciones demostradas para detectar estas anomalías.Los candidatos con alguno de los desórdenesmostradosa continuación, en un grado superior al normal serándeclarados NO APTOS.

a) Narcisista.b) Paranoide.

c) Sadista.d) Evitadora.e) Depresiva.f) Negativista.g) Masoquista.h) Esquizotípica.i) Límite.j) Esquizoide.k) Compulsiva.l) Histriónica.m) Antisocial.n) Dependiente.

4. Los candidatos se declararán APTO oNOAPTOen función de su adaptación al perfil general depersonalidad y siempre que superen el mínimo en laspruebas de Habilidad Mental General.

5. Una vez valoradas las pruebas anteriores, serealizará una entrevista personal con los aspirantesAPTOS con el objeto de contrastar y aclarar cuantascuestiones hayan surgido o estimen los evaluadoresrelacionadas con los resultados. El resultado de estaentrevista será de NO APTO cuando se detectenindicios suficientemente probados de falta de adecuaciónde lasmedidas psicométricas con la conducta observadadel candidato, que indiquen una clara deficiencia ensus competencias para el desempeño del puesto.

6. Los candidatos recomendados con un APTOtendrán una puntuación que reflejará el nivel deaptitud en las habilidades medidas (reflejadas en elapartado 1). Esta puntuación permitirá que loscandidatos mejor situados en esta fase obtenganopciones a superar la oposición.

ANEXOIII. TEMARIO (MATERIAGENERAL(1-15). MATERIAESPECIFICA (16-40)

PARTE GENERAL

Tema 1. La Constitución Española. El TítuloPreliminar. Los derechos y deberes fundamentales.La dignidad de la persona. La nacionalidad y lamayoría de edad. Derechos y libertades de losextranjeros en España.

Tema 2. El derecho a la vida y a la integridad físicay moral. La libertad ideológica y religiosa. Losderechos de libertad personal. Los derechos al honor,a la intimidad y a la propia imagen. El derecho de libreresidencia y circulación. Las libertades de expresióne información. El derecho de reunión ymanifestación.

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El derecho de asociación.

Tema 3. Garantías de las libertades y Derechosfundamentales. El Defensor del Pueblo. La suspensiónde los derechos y libertades. Estado de sitio, estadode excepción y estado de alarma.

Tema 4. La Corona. Las Cortes Generales: elCongreso de los Diputados y el Senado. Composicióny funcionamiento. La circunscripción electoral.Inviolabilidad e inmunidad.

Tema 5. El Gobierno de España. Composición yFunciones. Control jurisdiccional. Audiencia de losciudadanos. La organización territorial del Estado.

Tema 6. El Poder Judicial. El Ministerio Fiscal:composición y funciones. El Tribunal Constitucional:composición y funciones. El Tribunal Supremo. ElTribunal Superior de Justicia deCanarias: composicióny funciones.

Tema 7. El Estatuto de la Comunidad Autónomade Canarias. La reforma del Estatuto de la ComunidadAutónoma de Canarias. Las Instituciones de laComunidad Autónoma. El Parlamento: composicióny funciones. El Gobierno de Canarias: composicióny funciones. Los Cabildos: composición y funciones.

Tema 8. La Administración del Estado. Estructuray funciones. Las Comunidades Autónomas. LaAdministración autonómica.Distribución competencialentre el Estado y las Comunidades Autónomas. LaAdministración Local. Colaboración, cooperación ycoordinación entre Administraciones.

Tema 9. El acto administrativo. Validez, nulidad yanulabilidad del acto administrativo. Notificación delos actos administrativos y cómputo de los plazos. Elprocedimiento administrativo y los recursosadministrativos.

Tema 10. La jurisdicción contencioso-administrativa.Procedimientos ordinarios y especiales. El procesocontencioso-administrativo. Las partes, actosimpugnables. La ejecución de la sentencia.

Tema 11. Las Administraciones Públicas Canarias:Comunidad Autónoma, Cabildos Insulares yAyuntamientos. La Administración Pública de laComunidad Autónoma de Canarias: organización ycompetencias.

Tema 12. Elementos del municipio. Territorio ypoblación. Organización municipal. Competenciasmunicipales. Atribuciones del Alcalde. Atribuciones

del Pleno del Ayuntamiento. Junta deGobierno Local,composición y atribuciones.

Tema 13. El estatuto de los miembros de lasCorporaciones locales. Personal al servicio de lasEntidades locales. Adquisición y pérdida de lacondición de funcionario. Incompatibilidades. Régimenestatutario.

Tema 14. LasOrdenanzasmunicipales. ReglamentosyBandos. Procedimiento de elaboración y aprobación.Régimen sancionador. Clasificación de las infracciones.Sanciones. Licencias o autorizaciones municipales:tipos y actividades sujetas.

Tema 15. LosMunicipios Canarios. Sesiones de losórganosmunicipales.Adopciónde acuerdos. Informacióny participación ciudadana.

PARTE ESPECÍFICA

PARTE ESPECÍFICABÁSICA

RÉGIMEN JURÍDICODELAPOLICÍA: Cuerposy Fuerzas de Seguridad

Tema 1. Normativa sobre los Cuerpos y fuerzas deseguridad. Disposiciones generales. Principios básicosde actuación. Disposiciones estatutarias comunes.Los Cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado. Lasfunciones. Escalas. Sistema de acceso. Los derechosde representación colectiva. El Régimen disciplinario.

Tema2. SistemaCanario deSeguridad yEmergencias:Sistema Canario de Seguridad. Las policías de lasComunidades Autónomas: previsión estatutaria.Funciones. Régimen estatuario. La coordinación y lacolaboración entre las fuerzas y cuerpos de seguridaddel estado y los cuerpos de policía de las ComunidadesAutónomas. Órganos de coordinación.

Tema 3. Las Policías Locales de Canarias: estructuray organización. Derechos y deberes de susmiembros.Acceso, promoción ymovilidad. Régimen disciplinario:faltas y sanciones. Procedimiento sancionador.Coordinación de las Policías Locales de Canarias.Modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, deCoordinación de las Policías Locales de Canarias. LaAcademia Canaria de Seguridad.

Tema 4. Normativa sobre protección de la seguridadciudadana. Actividades de la Policía Local enmateriade protección de la seguridad ciudadana. Regulaciónde la utilización de videocámaras por las Fuerzas yCuerpos de Seguridad en lugares públicos y sunormativa de desarrollo.

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Tema 5. La policía judicial. Integrantes de la policíajudicial y funciones. El atestado policial: contenidoy partes. Conocimiento de la Autoridad judicial o delMinisterioFiscal: plazos y sanciones por incumplimiento.

Tema6.El sistemadeproteccióncivil.Normativabásicade Protección Civil y sus normas de desarrollo. ElSistema Canario de Emergencias: principios básicos.Conceptos y contenidos básicos de los planes deemergencia.

Tema7.Las relaciones entre policía y sociedad. Policíacomunitaria o de proximidad. Sistemas de patrullaje.Recogida y tratamiento de datos. Creación y gestiónde archivos. Protección de datos de carácter personal.

Tema 8. Deontología policial: ética y actividadpolicial. Policía y sistema de valores en democracia.Resoluciones y recomendaciones de la Asambleaparlamentaria del Consejo de Europa, y de laAsambleaGeneral de las Naciones Unidas sobre deontologíapolicial.

DERECHO PENAL Y PROCESAL

Tema 9. Los delitos y sus penas. Circunstanciasmodificativas de la responsabilidad criminal: atenuantes,Agravantes y Eximentes. Delitos contra la vida y laintegridad física: homicidio y lesiones. Delitos contrala libertad. Delitos contra la libertad e indemnidadsexuales. La omisión del deber de socorro.

Tema 10. Los delitos contra el patrimonio y contra elorden socioeconómico. Delitos contra el patrimonio: delos hurtos (artículos 234 al 236); de los robos (artículos237 al 242); del robo y hurto de uso de vehículos (artº.244); de la usurpación. (artículos 245 al 247); de lasdefraudaciones: de las estafas (artículos 248 al 251) y dela apropiación indebida (artículos 252 al 254).

Tema 11. Delitos relativos a la ordenación delterritorio y protección del medio ambiente. Delitoscontra la seguridad colectiva: de los incendios, delitoscontra la salud pública y contra la seguridad deltráfico. Las falsedades. Delitos contra la administraciónpública. Delitos contra el orden público.

Tema12.Laviolencia de género.LeyOrgánica 1/2004,de 28 de diciembre, deMedidas de Protección Integralcontra la violencia deGénero. Derechos de lasMujeresvíctimas de violencia de género. Tutela institucional;Tutela Penal; Medidas Judiciales de protección y deseguridad de las víctimas.

Tema 13. Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero,reguladora de la responsabilidad penal de losmenores:

de las medidas; instrucción del procedimiento, delas medidas cautelares; ejecución de las medidas.

Tema 14. Las faltas y sus penas. Faltas contra laspersonas. Faltas contra el patrimonio. Faltas contralos intereses generales. Faltas contra el orden público.

TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL

Tema 15. Tráfico, circulación y seguridad vial.Normas reguladoras. Normas de comportamiento enla circulación de vehículos y peatones. Bebidasalcohólicas y sustancias estupefacientes. Límites develocidad y distancias exigibles. Prioridad de paso.Incorporación a la circulación. Cambios de dirección,sentido y marcha atrás.

Tema16.Adelantamientos. Parada y estacionamiento.Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos.Otras normasde circulación: apagado de motor. Cinturón, casco yrestantes elementos de seguridad. Tiempo de descansoy conducción. Peatones.Auxilio. Publicidad.Animales.

Tema 17. La señalización. Normas generales sobreseñales. Prioridad entre señales. Formato de lasseñales. Idioma de las señales. Mantenimiento deseñales y señales circunstanciales. Retirada, sustitucióny alteración de señales.

Tema 18. Las autorizaciones administrativas.Permisos y licencias de conducción. Permisos decirculación y documentación de los vehículos. Lamatriculación. La declaración de nulidad o lesividady pérdida de vigencia. Suspensión cautelar.

Tema 19. Régimen sancionador: infracciones ysanciones. Tipificación de las faltas y graduación delas sanciones. Responsabilidad. Prescripción de lasfaltas y de las sanciones. Procedimiento sancionador:fases del procedimiento. Incoación. Tramitación.Pérdida de puntos. Recursos. Medidas cautelares:inmovilización y/o retirada del vehículo. Intervencióndel permiso o licencia de conducción.

POLICÍAADMINISTRATIVO ESPECIAL

Tema 20. Actividad enmateria de sanidad, consumoy abastos. Obras y edificación: competencias ylicencias. Régimen Jurídico de los espectáculospúblicos y de las actividades clasificadas. Licenciasy autorizaciones.

Tema 21. Protección delmedio ambiente. Normativasobre emisiones y vertidos contaminantes.Humos, ruidosy vibraciones. Régimen sancionador en las infraccionesadministrativas.

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Tema 22. Ordenación del Turismo en Canarias.Normativa básica. Sujetos, actividades y establecimientosregulados. Competencias de la Administraciónmunicipal en materia de turismo. Servicios públicosturísticos municipales. Infracciones turísticas.

Tema 23. Población y Ecología humana. Estructurade la población en Canarias. Multiculturalismo ycohesión social. Normativa actual en materia deextranjería. El análisis de los fenómenos demográficosen Canarias.

Tema 24. Características del Municipio de LasPalmas de Gran Canaria: ámbito geográfico, social,y demográfico. Toponimia general. Localización decentros públicos y lugares de interés. Organizacióndel Ayuntamiento. Organigrama de la Corporación.Normativa interna de la policía. Estructura y distribuciónde efectivos. Instalaciones y recursos materiales.

Tema 25. Ordenanzas y Bandos del municipio deLas Palmas de Gran Canaria relativas al espaciopúblico y a la convivencia. Regulación y licencias deactividades. Normativa de urbanismo y de obras.Regulación de la actividad comercial y la ventaambulante.

ANEXO IV. PRUEBADE IDIOMAS

1. La prueba de idiomas versará sobre inglés, francéso alemán.

2. Dicha prueba no tendrá carácter eliminatorio ysu puntuación no podrá ser superior a dos puntos, quese adicionarán a la puntuación total obtenida por elaspirante en las demás pruebas de la fase de oposición.

3. Contenido de la prueba: La prueba de idiomasconsistirá en la comprensión de un texto de dificultadintermedia. El texto será de unmínimo de 250 palabrasen un lenguaje relacionado con la profesión policial.

La prueba constará de dos apartados en los que seevaluarán principalmente los siguientes aspectos:

a) El reconocimiento del significado de algunasfrases de uso común en la lengua de la que se trate,procurando que el alumno deba expresar en la mismacon sus propias palabras el significado de una expresiónque aparezca en el texto.

b) La capacidad de extraer y comprender informaciónespecífica del texto propuesto respondiendo a preguntasrelativas al contenido delmismo. El alumno responderáa las preguntas de comprensión del texto usando suspropias palabras, evitando, en lamedida de lo posible,

la repetición exacta de las palabras del texto. Todaslas preguntas serán planteadas y respondidas en la lenguasobre la que verse la prueba.

Los textos y preguntas propuestos versarán sobrelos aspectos de la lengua que los integrantes delcuerpo de policía deben dominar, entre los que seencuentran:

• Preguntar por (y comprender) los datos personalesde su interlocutor (nombre, nacionalidad, dirección,teléfono, edad, estado civil).

• Indicar con precisión cómo llegar a un determinadolugar.

• Preguntar por el estado físico de una persona.

• Preguntar por el aspecto físico y la indumentariade las personas y comprender las descripcionesofrecidas.

• Entender las descripciones de hechos relativos apérdidas, quejas, robos, accidentes y agresiones.

• Dar instrucciones que contribuyan a evitar pérdidas,robos, accidentes y agresiones.

• Informar al interlocutor sobre las infraccionescometidas.

ANEXO V. PRUEBAS MÉDICAS

Los aspirantes han de estar exentos de toda enfermedadorgánica, de toda secuela de accidente y de cualquierdeficiencia física o psíquica que pueda constituir unadificultad en la práctica profesional, teniendo comobase los criterios que se indican a continuación:

1. Oftalmología.

Deberá conseguirse con o sin cristales una agudezavisual de 2/3 en el ojo mejor y 1/2 en el otro.

- Retinopatía (Se admite la Coriorretinitis CentralSerosa).

- Retinosis pigmentaria.

- Hemeralopia.

- Hemianopsia.

- Diplopia.

- Discromatopsias importantes.

- Glaucoma.

- Afaquias, pseudoafaquias.

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- Subluxación del cristalino.

- Distrofia corneal progresiva o con disminución dela agudeza visual inferior a la permitida.

- Queratitis crónica.

- Alteraciones oculomotoras importantes.

- Dacriocistitis crónica.

- Párpados: cualquier patología o defecto que impidala protección del ojo a la intemperie.

- Tumores Oculares.

- Amputación importante del campo visual enambos ojos.

2. Otorrinolaringología.

- No se admitirá audífono.

- La agudeza auditiva conversacional será evaluadasegún normas P.G.M (Pérdida Global Monoaural) yno se admitirá pérdida superior al 16% en el oído peor.

- Trauma Acústico o Sordera Profesional: No seadmitirán pérdidas mayores a 22 decibelios en lafrecuencia 4.000 hertzios, una vez descontada lapérdida normal para la edad según normas E.L.I.(EARLY LOSS INDEX).

- Dificultades importantes en la fonación.

- Perforación timpánica.

3. Aparato Locomotor.

Enfermedades y limitaciones de movimientos en:

a) Extremidades Superiores:

Hombro:

- Elevación progresiva en anteversión hasta 180º.

- Abducción hasta 120º.

- Dinamometría Escapular menor de 25 kilos.

Codo:

- Flexión hasta 140º.

- Extensión hasta 0º.

- Supinopronación: de 0º a 180º.

Muñeca:

- Flexo-Extensión hasta 120º.

Mano y dedos:

- Dinamometría: No inferior a 30 kilos en cualquiera

de las manos.

- Falta o pérdida de más de 1/3 de la falange distaldel primer dedo de una mano.

- Falta o pérdida de cualquier falange de cualquierdedo, excepto la falange distal del 5º dedo.

- Falta de una mano o de cualquier parte de lamisma, salvo los dedos según se describe anteriormente.

b) Extremidades inferiores:

Cadera:

- Flexión hasta 120º.

- Extensión hasta 10º (más allá de 0º).

- Tener una extremidad inferiormás corta que la otra(mayor de 1 cm.).

Rodilla:

- Extensión completa.

- Flexión hasta 130º.

- Lesiones articulares o ligamentosas no reparables.

Tobillo:

- Flexo-Extensión dorso plantar hasta 45º.

Pie:

- Pie Zambo.

- Pie Plano.

- Pie Plano Espástico.

- Pie Cavus.

Dedos:

- Limitación de movimientos que dificulte andar,correr o saltar.

- Falta de cualquier falange de cualquier dedo.

- Dedos en garra que impidan llevar las botas detrabajo.

- Hallux Valgus.

- Dedo en martillo.

c) Columna vertebral:

- Escoliosis mayor de 7º.

-Costilla accesoria que produzca “RobodeSubclavia”.

- Hernia Discal.

d) Enfermedades varias:

- Fracturas que dejen secuelas y dificulten la función.

- Osteomielitis.

- Osteoporosis.

- Condromalacia.

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- Artritis.

- Luxación recidivante.

- Miotonía congénita.

- Cualquier otra enfermedad osteomuscular quelimite la movilidad dificultando las funciones dePolicía Local.

4. Aparato Digestivo.

- Cirrosis.

- Hepatopatías crónicas.

- Pancreatitis crónica.

- Ulcera sangrante recidivante.

- Cualquier patología del aparato digestivo ointervenciones quirúrgicas que presenten secuelasfuncionales con repercusiones orgánicas y que incidannegativamente en el desempeño de su trabajo.

- Hepatopatías agudas con repercusión enzimáticaimportante.

5. Aparato Cardiovascular.

- Hipertensión arterial mayor de 150/90 mmHg.

- Insuficiencia cardiaca.

- Infarto demiocardio, ni haberlo sufrido anteriormente.

- Coronariopatías.

- Arritmias importantes.

- Taquicardia sinusal permanente demás de 120 latidospor minuto.

- Flutter.

- Fibrilación.

- Síndromes de preexcitación.

- Bloqueo aurículo-ventricular de 2º ó 3º grado.

- Extrasístoles patológicos.

- Valvulopatías.

- No se admitirán prótesis valvulares.

- Aneurismas cardiacos o de grandes vasos.

- Insuficiencia arterial periférica.

- Insuficiencia venosa periférica que produzcasignos o éxtasis o alteraciones tróficas varicosasimportantes.

- Secuelas post-tromboembólicas.

- Defectos y deformidades de los dedos y/o manosproducidos por problemas de circulación, que seansintomáticos o dificulten la realización satisfactoriade los trabajos de Policía de Policía Local.

6. Aparato Respiratorio.

- Disminución del VEMS POR DEBAJO DEL80%.

- EPOC.

- Asma bronquial crónica.

- Atelectasia.

- Enfisema.

- Neumotórax recidivante.

- Otros procesos respiratorios que incidannegativamente en las prácticas a realizar en las tareasespecíficas de Policía Local.

7. Sistema Nervioso Central.

- Parkinson, Corea o Balismo.

- Epilepsia.

- Esclerosis múltiple.

- Ataxia.

- Arterioesclerosis cerebral sintomática.

- Vértigo de origen central.

- Alteraciones psiquiátricas de base.

- Cualquier grado de hiposmia.

8. Piel y Faneras.

Cicatrices que produzcan limitación funcionalimportante, y aquellos procesos patológicos que, a juiciodel Tribunal Médico, limiten o se agraven con eldesempeño de la función de Policía Local.

9. Otros procesos patológicos que pudieran impedirel normal desarrollo de las funciones de policía local.

- Diabetes tipo I ó II.

- Diabetes insípida.

- Enfermedad de Cushing.

- Enfermedad de Addison.

- Insuficiencia renal crónica.

- Falta de un riñón.

- Enfermedades renales evolutivas.

- Hemopatías crónicas graves.

- Pruebas analíticas compatibles con patología debase.

- Tumores malignos invalidantes.

- Tuberculosis.

- Hernia inguinal.

- Análisis de Orina: Aluminuria y/o Cilindruriaimportantes.

10. No padecer alcoholismo y drogodependencia.

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11. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del tribunal médico, dificulte o impida el desarrollo de lasfunciones de policía local.

12. Exclusiones circunstanciales: Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento,que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales.

En estos casos, el TribunalMédico podrá fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante,al final del cual certificarán si han desaparecido los motivos de la exclusión circunstancial.

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ANEXO VII. DECLARACIÓN JURADAYAUTORIZACIÓN

DECLARACIÓN JURADAYAUTORIZACIÓNPARASOMETERSEATODASLASPRUEBAS establecidasen la Convocatoria para Plazas de Policías Locales (Físicas, Psicotécnicas y Médicas)

APELLIDOS Y NOMBRE: _________________________________________________________

D.N.I. NÚMERO: ________________________ EDAD: _________________________________

DECLARO POR MI HONOR Y BAJO MI RESPONSABILIDAD:

Que me comprometo a prestar juramento o promesa de acatar la Constitución española, como normafundamental del Estado, y respetar y observar el Estatuto de Autonomía, como norma institucional básica deCanarias y el resto del ordenamiento jurídico vigente.

Igualmente me comprometo a desempeñar todas las funciones propias de la plaza que pretende ocupar, conla obligación de la conducción de los vehículos del servicio y portar armas.

Asimismo, AUTORIZO por la presente al EquipoMédico del ReconocimientoMédico de Selección para ingresoen el Cuerpo de Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, a que me efectúen lasExploraciones Médicas necesarias, la Extracción y Analítica de Sangre y la Analítica de Orina en los siguientesparámetros:

ANÁLISIS DE SANGRE:

Hemograma completo, Fórmula leucocitaria, Glucosa, Colesterol Total, HDLColesterol, Triglicéridos, Urea,Creatinina, Ácido Úrico, Bilirrubina Total, G.O.T. (A.S.T.), G.P.T. (A.L.T.), Gamma Glutamil Transpeptidasa(G.G.T.) Fosfatasa Alcalina, Hierro.

En caso de dar elevada la tasa de Transaminasas, se efectuará la determinación del Anti HBc y del Ag HBs.

ANÁLISIS DE ORINA:

Densidad, pH, Anormales.

Detección de Drogas: Opiáceos, Cannabis, Metabolitos de Cocaína.

Sedimento: Análisis citológicos.

Almismo tiempodeclaro queme estoy administrando la siguientemedicación ................................................................................................................................................................................................................................................................................................

(Indicar el nombre comercial de los medicamentos o indicar la composición en caso de no recordarlo).

ASIMISMO AUTORIZO al Tribunal para que efectúe las Pruebas Físicas y Psicotécnicas que establece laconvocatoria.

Ypara que así conste, firmo la presente autorización, en la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a ________de _________________________ de 2.00 ______.

Firmado.

MUYIMPORTANTE: La presente autorización deberá ser cumplimentada por los aspirantes antes de iniciarselas pruebas selectivas. En caso contrario se entenderá que no presta su conformidad por lo que, con arreglo alas presentes Bases quedará automáticamente excluido

ANEXO VIII. INSTRUCCIONES PARACUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

Rellenar todos los datos que se piden.

Acompañar los Documentos siguientes:

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- Copia compulsada del DNI.

- Copia compulsada del título exigido para tomarparte en el procedimiento de selección.

- Resguardo de abono de las tasas.

- Certificado médico.

- Declaración Jurada (Anexo II).

- Solo paraCONCURSODETRASLADOcertificadoque acredite la condición de funcionario de carreradel empleo de Policía Local de cualquier cuerpo dePolicía Local de la ComunidadAutónoma deCanarias

Indicar el Idioma elegido para el ejercicio voluntario.

Lo que se hace público para general conocimiento,significando que el presente Decreto, que pone fin ala vía administrativa, podrá ser recurrido,potestativamente, en reposición ante el Presidentede la Corporación, en plazo de un mes desde lapublicación del presente anuncio en el Boletín Oficialde la Provincia. La interposición de dicho recurso, impiderecurrir el mismo en vía contencioso-administrativa,hasta que recaiga la resolución de aquél, o sudesestimación por silencio, la cual se entenderáproducida si no se notifica su resolución en plazo deunmes desde su interposición. En tales supuestos, quedaexpedita la vía administrativa pudiendo interponerserecurso contencioso administrativo en el plazo dedosmeses desde el siguiente a aquél en que se notifiquela resolución expresa, o se produzca la desestimaciónpor silencio del de reposición.

El recurso contencioso-administrativo podráinterponerse directamente ante el Juzgado de loContencioso Administrativo de Las Palmas, en plazode dos meses contados desde el día siguiente al de lapublicación del presente anuncio en el Boletín Oficialde la Provincia, asimismo, podrá interponer cuantosotros estime oportunos.

SEGUNDO. Publicar lasmencionadasBases integrasen el Boletín Oficial de la Provincia, y el anuncio dela Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y enel Boletín Oficial de Canarias, a los efectoscorrespondientes.

TERCERO.De la presente Resolución dese trasladoa la Delegación del Gobierno, Dirección General dela Función Pública, Dirección General de SeguridadyEmergencias delGobierno deCanarias, a laAcademiaCanaria de Seguridad para su conocimiento y efectos.

Dado con la intervención del Secretario GeneralTécnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de LasPalmas de Gran Canaria, conforme a lo establecidoen la disposición adicional octava, letra d) de la Ley7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases deRégimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de16 de diciembre, de medidas para la modernizacióndel gobierno local, en la ciudad de Las Palmas deGranCanaria, a seis de noviembre de dos mil ocho.”.

EnLas Palmas deGranCanaria, a once de noviembrede dos mil ocho.

ELSECRETARIOGENERALTÉCNICODE LAJUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD, FelipeMba Ebebele.

19.574

Servicio de Personal

ANUNCIO18.847NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS DE

CARRERADE DIECIOCHO ASPIRANTES QUEHAN SUPERADO EL PROCESO SELECTIVOPARA CUBRIR EN PROPIEDAD PLAZAS DESARGENTOS DEL CUERPO DE LA POLICÍALOCAL,ENLAACTUALIDADSUBINSPECTORES.

RESOLUCIÓN número 26422/2008, de fechaveintidós de octubre, del Ilmo. Sr. Concejal deGobierno del Área de Empleo y Recursos Humanos,por la que se nombran funcionarios de carrera a losdieciocho aspirantes que han superado el procesoselectivo para cubrir en propiedad plazas de Sargentosde la Policía Local, en la actualidad Subinspectores.

Visto el expediente relativo a la convocatoria paracubrir en propiedad, once Plazas de Sargento delCuerpo de la Policía Local,más las vacantes producidas,incluidas en las Ofertas de Empleo Público de los años2005 y 2006, se acredita lo siguiente:

I.- Informe del Servicio de Personal de fecha20/10/08, cuyo tenor literal es el siguiente:

“ASUNTO: Nombramiento como Funcionarios decarrera, de los dieciocho aspirantes que han superadoel proceso selectivopara el acceso a las plazas deSargentode la Policía Local, correspondiente a las Ofertas deEmpleo Público de los años 2005 y 2006.

ANTECEDENTES

Primero: Propuesta del Tribunal Calificador de la

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