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  • 7/23/2019 Opinion Sobre La Ley de Responsabilidad Civil Para La Proteccion Del Derecho a La Vida Privada, El Honor y La Pr

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    OPINION SOBRE LA LEY DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA LA PROTECCION DEL DERECHO A LA

    VIDA PRIVADA, EL HONOR Y LA PROPIA IMAGEN EN EL D.F.

    Hoy en da, en que la era digital nos ha alcanzado en todos los aspectos de nuestra vida, cuando

    prcticamente toda la informacin la podemos encontrar en la web, es cuando tenemos que

    hacer conciencia de que no todo lo que encontramos en internet es de libre uso, especcamente

    imgenes y/o fotografas, pues en la mayora de los casos stas se encuentran protegidas y su

    utilizacin impropia o incorrecta puede incurrir en problemas legales!

    "l hecho de que no sepamos o no estemos conscientes de esta situacin no signica que no

    actuamos de forma ilegal! #ecordemos uno de los principios fundamentales del $erecho que

    reza% &'a ignorancia de la 'ey no e(ime su cumplimiento) *del latn Ignorantia juris non excusat o

    ignorantia legis neminem excusat+, es decir, nadie puede alegar que no cumple con una

    disposicin por el hecho de no conocerla y, en este caso, se podran estar infringiendo

    disposiciones relativas a derechos de autor, entre otras!

    Hablando especcamente de fotografas y/o imagenes en donde aparecen personas o se hace

    alusin a ellas, hay un tema delicado relativo a la imagen!

    Defniciones de imagen

    "l concepto de imagen tiene su origen en el latn imgo y permite describir a la gura,

    representacin, semeanza, aspecto o apariencia de una determinada cosa!

    -na imagen es la representacin visual de un obeto, una persona, un animal o cualquier otra

    cosa plausible de ser captada por el oo humano a travs de diferentes tcnicas como la pintura,

    el dise.o, la fotografa y el video, entre otras!

    La imagen. Derecho de la Personalidad

    "l respeto al derecho de la propia imagen es uno de los llamados derechos de la personalidad y,

    por tanto, es un derecho subetivo con dos vertientes% la positiva, que es la facultad

    personalsima de captar, imprimir, difundir, publicar o distribuir nuestra imagen, para nes

    personales como recuerdos de familia, o bien la imagen personal puede traer apareada consigobenecios econmicos como los eercidos por modelos profesionales, actores, artistas,

    deportistas! 'a otra vertiente es la facultad para impedir la obtencin, reproduccin, difusin y

    distribucin de su imagen por un tercero, si la persona no ha otorgado su consentimiento para tal

    efecto!

    uando se da.a la imagen personal de alguien estamos en presencia de la #esponsabilidad ivil

    derivada del da.o moral! 0l respecto, el 1aestro 2utirrez y 2onzlez nos dice que el dao

    moral es el dolor cierto y actual sufrido por una persona fsica, o el desprestigio de una persona

    fsica, en sus derechos de la personalidad, con motivo de un hecho lcito o ilcito y que la ley

    considere para responsabilizar a su autor!

    Problemtica

    $erivado de las anteriores consideraciones podemos denir que a travs del $erecho de imagen,

    toda persona puede decidir sobre la forma y circunstancias de cmo, cundo y dnde se divulga

    su propia imagen!

    "n este sentido y retomando nuestra re3e(in inicial, puede ser que la persona cuya fotografa

    aparece en internet haya dado su autorizacin para que sea utilizada, como es el caso de guras

    p4blicas, artistas, actores, etc! y aun en estos supuestos e(iste la posibilidad de que bao esa

    autorizacin e(istan limitantes de uso, es decir, que dicha autorizacin fue otorgada para un n

    especco!

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    5or otro lado, e(isten otros casos 6la mayora6 en que esa fotografa que encontramos en

    internet, dentro de las redes sociales o en un buscador no han sido autorizadas por su titular

    para ser copiadas, utilizadas o incluso editadas, es decir, no son del dominio p4blico, es entonces

    cuando se transgreden los derechos de imagen antes denidos!

    Redes Sociales

    "s importante estar conscientes de que al ser miembros de alguna red social, es decir, al darnos

    de &alta) como usuarios, estamos aceptando las ondiciones as como la 5oltica de -so de datos

    de esa red, razn por la cual tenemos que ser muy cuidadosos del uso que le demos a la

    informacin que encontramos y ms a4n si decidimos copiar para nuestro uso personal alguna

    foto cuya imagen sea de alguien que no nos autoriz a utilizarla!

    "n ese orden de ideas, el due.o de esa imagen tiene todo el derecho de actuar legalmente en

    contra de quien viol su derecho, ya que desde que esa fotografa se toma y queda grabada en

    cualquier tipo de dispositivo, ya sea fsico o electrnico, adquiere la proteccin del derecho de

    autor, as como de la ya mencionada 'ey de #esponsabilidad ivil para la 5roteccin del $erecho

    a la 7ida 5rivada, el Honor y la propia 8magen en el $istrito 9ederal, que se.ala en su artculo :;%

    Art. 20uando la imagen de una persona sea expuesta o publicada, fuera del caso en que la

    exposici!n o la publicaci!n sea consentida, con perjuicio de la reputaci!n de la persona, la

    autoridad judicial, por requerimiento del interesado, puede disponer que cese el abuso y se

    reparen los daos ocasionados"

    'o antes comentado, se traduce a guras de carcter meramente civil cuyas consecuencias son

    del mismo tenor, sin embargo, cuando estas conductas transgreden los lmites de dicha materia,

    estamos en presencia de la comisin de un delito, especcamente hablando de $elitos

    8nformticos!

    Conclusin

    'a necesidad de intimidad es inherente a la persona humana ya que para que el hombre sedesarrolle y geste su propia personalidad e identidad es menester que goce de un rea que

    comprenda diversos aspectos de su vida individual y familiar que est libre de la intromisin de

    e(tra.os! 0s pues, debemos entender que todos los seres humanos tenemos una vida &privada)

    conformada por aquella parte de nuestra vida que no est consagrada a una actividad p4blica y

    que por lo mismo no est destinada a trascender e impactar a la sociedad de manera directa y

    en donde en principio los terceros no deben tener acceso alguno, toda vez que las actividades

    que en ella se desarrollan no son de su incumbencia, ni les afectan!

    iertamente, el concepto de vida privada es muy difcil de denir con precisin, pues tiene

    connotaciones diversas dependiendo de la sociedad de que se trate, sus circunstancias

    particulares y la poca o el periodo correspondiente!

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