opinión de josé Álvarez

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Las formas son importantes . La instalación en el año 2014 por parte del Gobierno Nacional del programa de “Convergencia de Tarifas Eléctricas y Reafirmación del Federalismo Eléctrico” (con el aval de todos los Gobiernos Provinciales) a través de diversos acuerdos, ha significado sin duda un cambio de paradigmas dentro del sistema de distribución de energía eléctrica de la República Argentina. Esto alcanza al universo de las distribuidoras, a excepción de las llamadas “federales”, EDESUR y EDENOR. Si bien debemos decir que resulta innegable la potestad de los gobiernos de variar las políticas aplicables a los distintos sectores y/o ámbitos que componen una República, tanto en los aspectos humanos, económicos, productivos, regionales, etc.; también cabe resaltar, que es innegable que la evolución histórica de “anteriores políticas” va consolidando situaciones que devienen en derechos, ya sea originados en las normas, en los criterios de interpretación administrativa o simplemente en el amparo de acciones no prohibidas (véase art. 19 “in fine” CN). Estos derechos constituyen la llamada “seguridad jurídica” de un País, es decir un conjunto de reglas formales e informales de prolongada permanencia que aportan “certeza”, y cuyos procesos de modificación son “cuidadosamente establecidos”, otorgando previsibilidad frente a los eventuales, y necesarios cambios. El “cuidado” en el giro de acción de la administración pública, es lo que diferencia una política de Gobierno errática, de una política de Estado. Es allí donde la llamada “convergencia” hubo fallado; en las aristas que componen la “seguridad jurídica”. A la fecha los “acuerdos de la convergencia” se avizoran como una acción aislada de los Gobiernos, y no como un proceso cuidado de construcción de una nueva (y tal vez necesaria) política de Estado en la materia. Aunque parezca absurdo decirlo, el problema de la “convergencia tarifaria eléctrica” no reside en la mecánica

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Page 1: Opinión de José Álvarez

Las formas son importantes.

La instalación en el año 2014 por parte del Gobierno Nacional del programa de “Convergencia de Tarifas Eléctricas y Reafirmación del Federalismo Eléctrico” (con el aval de todos los Gobiernos Provinciales) a través de diversos acuerdos, ha significado sin duda un cambio de paradigmas dentro del sistema de distribución de energía eléctrica de la República Argentina. Esto alcanza al universo de las distribuidoras, a excepción de las llamadas “federales”, EDESUR y EDENOR.

Si bien debemos decir que resulta innegable la potestad de los gobiernos de variar las políticas aplicables a los distintos sectores y/o ámbitos que componen una República, tanto en los aspectos humanos, económicos, productivos, regionales, etc.; también cabe resaltar, que es innegable que la evolución histórica de “anteriores políticas” va consolidando situaciones que devienen en derechos, ya sea originados en las normas, en los criterios de interpretación administrativa o simplemente en el amparo de acciones no prohibidas (véase art. 19 “in fine” CN).

Estos derechos constituyen la llamada “seguridad jurídica” de un País, es decir un conjunto de reglas formales e informales de prolongada permanencia que aportan “certeza”, y cuyos procesos de modificación son “cuidadosamente establecidos”, otorgando previsibilidad frente a los eventuales, y necesarios cambios. El “cuidado” en el giro de acción de la administración pública, es lo que diferencia una política de Gobierno errática, de una política de Estado.

Es allí donde la llamada “convergencia” hubo fallado; en las aristas que componen la “seguridad jurídica”. A la fecha los “acuerdos de la convergencia” se avizoran como una acción aislada de los Gobiernos, y no como un proceso cuidado de construcción de una nueva (y tal vez necesaria) política de Estado en la materia.

Aunque parezca absurdo decirlo, el problema de la “convergencia tarifaria eléctrica” no reside en la mecánica de distribución de los millones de pesos a asignarse a obras, ni en el proceso de unificación de los valores agregados de distribución, ni en el estado físico de las redes, ni en el congelamiento tarifario (precio cuidado), ni en la quita de subsidios, para citar temas que están en el tapete. El verdadero problema reside en las formas mediante las cuales tan importantes temas pretenden ser resueltos por el Sector Público.

Las formas son importantes en los ámbitos de convivencia de sectores, vgr. público / privado. Esa es una premisa insalvable, una forma de comenzar a hacer políticas con mayores rasgos de eticidad 1.

Lamentablemente un yerro en las formas utilizadas por los Gobiernos en el “marco de la convergencia” ha alterado la posibilidad de visualizar positivamente el “deber ser”. No cabe duda que el País debe continuar invirtiendo en obras de infraestructura de distribución eléctrica, o que es necesario ingresar en un proceso de racionalización de los subsidios al consumo de servicios públicos, o que los precios deben estar cuidados y adaptados a la 1 La Eticidad es una unidad dialéctica de la moralidad con sociedad. La eticidad se define como "segunda naturaleza" que va formando a la humanidad, aprendiendo a respetar a los demás y a sí mismo, formando el carácter teniendo siempre en mente a la sociedad.

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realidad macroeconómica o que es necesario unificar costos en los valores agregados de distribución. Pero ello requiere de una política de Estado, no como definición utópica tantas veces usada como crítica a los Gobiernos2; sino como acción práctica.

Por facilista que suene las variables “eticidad” y “orden” son pequeños aportes que pueden resolver la entropía actual. Es allí donde han de trabajar los Gobiernos, en la anexión de variables que estabilicen el proceso ya en marcha. Acciones simples que protejan coordinadamente el gasto público, los recursos de los ciudadanos, los mercados, la producción de bienes, los empleos, el desarrollo de la Nación, etc..

Para las distribuidoras eléctricas será una gran herramienta que les aportará certeza, y para el Estado será la gran posibilidad de cambiar una política errática por una política de Estado, que modifique el objetivo de permanecer, al objetivo de trascender.

Jose B. Alvarez

Cooperativa Elect. Alto Verde

2 Libro: La Política Energética como Política de Estado -Consensos para una nueva política energética. Autores: ex Secretarios de Energía: .-Emilio Apud .-Julio César Aráoz .-Enrique Devoto .-Roberto Echarte .-Alieto Guadagni .-Jorge Lapeña .-Daniel Montamat .-Raúl Olocco.