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OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE INVERSIONES OPMI-MDSDO

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INFORME Nº 008-2019-OPMI-MDSDO

A: SR. JORGE TOLENTINO CARLOS GERENTE MUNICIPAL MDSDO DE: ING. JUAN SALDARRIAGA GARCIA RESPONSABLE OPMI-MDSDO ASUNTO: PRESENTACION DEL PMI 2020 - 2022 FECHA: 13 DE ABRIL DEL 2019 Me dirijo a Usted con la finalidad de saludarle y a la vez mediante el presente Informe presentar y sustentar el PROGRAMA MULTIANUAL DE INVERSIONES PMI para el periodo 2020 - 2022 de la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de los Olleros. En virtud a mis atribuciones y obligaciones establecidas en el numeral 8.2 del Art 8º de la Directiva 001-2019-EF/63.01 DIRECTIVA GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACION MULTIANUAL Y GESTION DE INVERSIONES, se cumple con la elaboración, presentación y propuesta de PROGRAMA MULTIANUAL DE INVERSIONES para el período 2020 – 2022 de nuestra Municipalidad, el mismo que ha sido elaborado bajo los lineamientos de la mencionada Directiva y cumpliendo estrictamente los procedimientos y plazos establecidos por la DGPMI-MEF.

La programación multianual de inversiones tiene como objetivo lograr la vinculación entre el planeamiento estratégico y el proceso presupuestario, mediante la elaboración y selección de una cartera de inversiones orientada al cierre de brechas prioritarias, ajustada a los objetivos y metas de desarrollo territorial.

La OPMI del Sector, previa coordinación con la Oficina de Planeamiento, la Gerencia de Desarrollo Urbanos y Obras, así como otras instancias de la entidad, ha elaborado y propone los criterios de priorización sectoriales para las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, en concordancia con los planes nacionales sectoriales establecidos en el planeamiento estratégico de acuerdo al SINAPLAN. Dichos criterios de priorización son aplicados por los tres niveles de gobierno. Mediante Resolución de Alcaldía Nº 054-2019-ALC/MDSDO-H, del 21/03/2019, se aprueban los criterios de priorización y diagnóstico de brechas de infraestructura o de acceso a los servicios públicos del Distrito, a partir del cual se ha tenido como base para la elaboración del presente PMI. Para la programación multianual de las inversiones se debe considerar la capacidad de gasto de capital para su ejecución y del gasto corriente para su operación y mantenimiento por parte del GL, según corresponda. La OPMI teniendo en cuenta los criterios de priorización aprobados, selecciona y prioriza las inversiones a ser financiadas total o parcialmente con fondos del presupuesto anual de la entidad para su inclusión en el PMI.

Las inversiones priorizadas son ordenadas en el MPMI según su estado de avance en el Ciclo de Inversión, de acuerdo al siguiente orden de prelación:

1. Las inversiones en proceso de liquidación o aquellas por iniciar liquidación cuya ejecución física ha concluido.

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2. Las inversiones en ejecución física que culminen en el año 1 de la programación multianual de inversiones.

3. Las inversiones sin ejecución física y que cuenten con expediente técnico o documento equivalente completo y vigente.

4. Las inversiones sin ejecución física y que cuenten con expediente

técnico o documento equivalente en proceso de elaboración.

5. Las inversiones sin ejecución física ni financiera que cuenten con aprobación o viabilidad vigente, según corresponda. Las IOARR aprobadas se programan en el PMI mediante su registro en el MPMI con el código único correspondiente, el cual se asigna a través del registro del Formato N° 07-C: Registro de IOARR.

6. Las inversiones que se encuentren en formulación y evaluación.

7. Las inversiones que se encuentren registradas en el Banco de

Inversiones como ideas. Las ideas de inversiones, previo al registro en la cartera de inversiones del PMI, deben registrarse en el Banco de Inversiones en el Formato N° 05-A: Registro de idea de Proyecto o Programa de Inversión o en el Formato N° 05-B: Registro agregado de ideas de IOARR, según corresponda. Con el registro de los referidos formatos se genera un código de idea para el registro de las inversiones en el PMI.

Concluido el registro de la cartera de inversiones del PMI en el MPMI, la OPMI correspondiente presenta dicho documento al OR para su aprobación.

El PMI local es aprobado mediante la Resolución o acto correspondiente por el OR (Alcalde), respectivamente. El PMI constituye el marco orientador de las fases de Programación Multianual y Formulación Presupuestaria anual de las inversiones. Se adjunta como Anexo 1 y parte inherente del presente Informe, el sustento de la Elaboración de Programa Multianual de Inversiones de la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de los Olleros para el Periodo 2020 – 2022. Es todo cuanto Informo a Usted. Atte.

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INVERSIONES OPMI-MDSDO

PMI 2020 -2022

OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE

INVERSIONES OPMI – MDSDO

ELABORACION DE LA

PROGRAMACION MULTIANUAL DE

INVERSIONES PMI 2020-2022 DEL

GOBIERNO LOCAL

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INTRODUCCION

Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones

INVIERTE.PE

El Perú necesita crecer con mayor agilidad y mediante procesos más simples. Para mejorar, cambiamos mediante la entrada en vigencia del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, conocido en adelante como INVIERTE.PE, cuyo Ente Rector es la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas.

El nuevo sistema nació mediante el Decreto Legislativo N° 1252 el 01 de diciembre de 2016, y entró en vigencia desde el 24 de febrero del año 2017, un día después de la publicación oficial de su respectivo Reglamento.

Principios rectores:

a) La programación multianual de la inversión debe ser realizada considerando como principal objetivo el cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos para la población.

b) La programación multianual de la inversión vincula los objetivos nacionales, regionales y locales establecidos en el planeamiento estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, con la priorización y asignación multianual de fondos públicos a realizarse en el proceso presupuestario, y debe realizarse en concordancia con las proyecciones del Marco Macro económico Multianual.

c) Los fondos públicos destinados a la inversión deben relacionarse con la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, con un enfoque territorial.

d) Los recursos destinados a la inversión deben procurar el mayor impacto en la sociedad.

e) La inversión debe programarse teniendo en cuenta la previsión de recursos para su ejecución y su adecuada operación y mantenimiento, mediante la aplicación del Ciclo de Inversión.

f) La gestión de la inversión debe realizarse aplicando mecanismos que promuevan la mayor transparencia y calidad a través de la competencia.

EL CICLO DE INVERSIÓN

El Ciclo de Inversión es el proceso mediante el cual un proyecto de inversión es concebido, diseñado, evaluado, ejecutado y genera sus beneficios para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país. Consta de las 4 fases siguientes:

1. Programación Multianual de Inversiones (PMI): Tiene como objetivo lograr la vinculación entre el planeamiento estratégico y el proceso presupuestario, mediante la elaboración y selección de una cartera de inversiones orientada al cierre de brechas prioritarias, ajustada a los objetivos y metas de desarrollo nacional, sectorial y/o territorial.

2. Formulación y Evaluación (FyE): Comprende la formulación del proyecto, de aquellas propuestas de inversión necesarias para alcanzar las metas establecidas en la programación multianual de inversiones, y la evaluación respectiva sobre la

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INVERSIONES OPMI-MDSDO pertinencia del planteamiento técnico del proyecto de inversión considerando los estándares de calidad y niveles de servicio aprobados por el Sector, el análisis de su rentabilidad social, así como las condiciones necesarias para su sostenibilidad.

3. Ejecución: Comprende la elaboración del expediente técnico o documento equivalente y la ejecución física de las inversiones. Asimismo, se desarrollan labores de seguimiento físico y financiero a través del Sistema de Seguimiento de Inversiones (SSI).

4. Funcionamiento: Comprende la operación y mantenimiento de los activos generados con la ejecución de la inversión y la provisión de los servicios implementados con dicha inversión. En esta fase las inversiones pueden ser objeto de evaluaciones ex post con el fin de obtener lecciones aprendidas que permitan mejoras en futuras inversiones, así como la rendición de cuentas.

La fase de Programación Multianual de Inversiones comprende las siguientes etapas:

1. Elaboración y aprobación de los indicadores de brechas de infraestructura o de acceso a servicios.

2. Elaboración y publicación del diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura o de acceso a servicios.

3. Elaboración y aprobación de los criterios de priorización.

4. Elaboración de la cartera de inversiones del PMI.

5. Aprobación del PMI y presentación a la DGPMI.

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INVERSIONES OPMI-MDSDO 6. Elaboración y publicación del PMIE.

Consideraciones para la elaboración de la cartera de inversiones del PMI

La elaboración de la cartera de inversiones del PMI del Gobierno Local tiene como objetivo la selección de las inversiones a ser financiadas total o parcialmente con fondos públicos necesarias para alcanzar las metas de producto establecidas para el logro de los objetivos priorizados y los indicadores de resultado respecto al cierre de brechas. Asimismo, considera la capacidad de gasto de capital para su ejecución y del gasto corriente para su operación y mantenimiento por parte de los Sectores, GR y GL, según corresponda. La OPMI, en coordinación con sus UF y UEI, debe priorizar la culminación de inversiones en ejecución física antes de programar nuevas inversiones, salvo que la entidad demuestre excepcionalmente que la inversión en ejecución física no cierra una brecha prioritaria y que además el costo de continuar con la ejecución de la inversión sea mayor o igual al beneficio que brinda. En estos casos, se debe proceder con el cierre de la inversión y su registro en el Banco de Inversiones, adjuntando el informe que sustenta la decisión que se adopta.

Para la programación multianual de las inversiones se debe considerar la capacidad de gasto de capital para su ejecución y del gasto corriente para su operación y mantenimiento por parte del GL. La OPMI debe tener en cuenta el impacto de los incrementos en el monto de inversión de los proyectos de inversión que se encuentran en la fase de Ejecución informados por la UF o la UEI, según sea el caso, conforme a lo siguiente:

a) Identifica las inversiones cuya ejecución tendría un retraso para su inicio o en el cronograma de ejecución previsto.

b) Determina si dichos incrementos retrasan el cumplimiento de las metas de

producto establecidas en la programación multianual de inversiones, de corresponder.

c) Estima los costos adicionales de gestión por el retraso en la ejecución de las

inversiones a que se refiere el inciso 1, de corresponder.

d) Prevé que dichos incrementos se financien con cargo a su Asignación Presupuestaria Multianual, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

e) La OPMI teniendo en cuenta los criterios de priorización aprobados, selecciona

y prioriza las inversiones a ser financiadas total o parcialmente con fondos públicos para su inclusión en el PMI.

Las inversiones priorizadas son ordenadas en el MPMI según su estado de avance en el Ciclo de Inversión, de acuerdo al siguiente orden de prelación:

1) Las inversiones en proceso de liquidación o aquellas por iniciar liquidación cuya ejecución física ha concluido.

2) Las inversiones en ejecución física que culminen en el año 1 de la

programación multianual de inversiones.

3) Las inversiones en ejecución física que culminen sucesivamente en los años 2 y 3 de la programación multianual de inversiones.

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4) Las inversiones en ejecución física cuya culminación exceda el periodo de la programación multianual de inversiones.

5) Las inversiones sin ejecución física y que cuenten con expediente técnico o

documento equivalente completo y vigente.

6) Las inversiones sin ejecución física y que cuenten con expediente técnico o documento equivalente en proceso de elaboración.

7) Las inversiones sin ejecución física ni financiera que cuenten con aprobación o

viabilidad vigente, según corresponda. Las IOARR aprobadas se programan en el PMI mediante su registro en el MPMI con el código único correspondiente, el cual se asigna a través del registro del Formato N° 07-C: Registro de IOARR.

8) Las inversiones que se encuentren en formulación y evaluación.

9) Las inversiones que se encuentren registradas en el Banco de Inversiones

como ideas. Las ideas de inversiones, previo al registro en la cartera de inversiones del PMI, deben registrarse en el Banco de Inversiones en el Formato N° 05-A: Registro de idea de Proyecto o Programa de Inversión o en el Formato N° 05-B: Registro agregado de ideas de IOARR, según corresponda. Con el registro de los referidos formatos se genera un código de idea para el registro de las inversiones en el PMI.

Conforme a las disposiciones de la DGPMI en virtud a los procedimientos de la elaboración del PMI para el período 2020 – 2022 se ha cumplido, asimismo con las acciones y evaluaciones previas, a partir del cual se obtiene el producto final que viene a ser la Cartera de Inversiones que rige para el mencionado PMI. Como parte sustentatoria para la elaboración de la Cartera de Inversiones se adjunta como parte formal del presente el Informe DE ELABORACION DE LOS CRITERIOS DE PRIORIZACION DE INVERSIONES DEL GOBIERNO LOCAL.

CONCLUSION

El diagnóstico de brechas es el análisis que se realiza para determinar la situación de las brechas de infraestructura o de acceso a servicios en un determinado ámbito geográfico. Este se elaboró utilizando los indicadores de brechas aprobados por los Sectores de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la presente Directiva, los planes estratégicos institucionales y la información disponible del inventario de los activos a cargo del GL. Teniendo en consideración la identificación de brechas de Infraestructura y de acceso a los servicios en el Distrito; asimismo los criterios de priorización aprobados por el OR Local de la MDSO, se elabora y propone la Cartera de Inversiones para el PMI 2020 – 2022.

RECOMENDACIONES

Se recomienda al Órgano Regulador OR del Gobierno Local, se proceda con la aprobación del PMI y su correspondiente Cartera de Inversiones para el Periodo 2020 – 2022 para lo cual debe emitir la Resolución correspondiente.

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INFORME DE ELABORACION DE LOS CRITERIOS DE

PRIORIZACION DE INVERSIONES DEL GOBIERNO

LOCAL, EN LA MARCO DE LA PROGRAMACION

MULTIANUAL DE INVERSIONES 2020-2022

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INTRODUCCION

La fase del ciclo de inversión del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones que comprende la elaboración del diagnóstico de la situación de las brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos y la definición de los objetivos a alcanzarse respecto a dichas brechas a través de la determinación de metas e indicadores en un horizonte mínimo de 3 años, vinculándose a los planes sectoriales y otros de ámbito regional o local.

Los criterios de priorización tienen por objetivo establecer la prioridad de cada inversión que conforma la cartera de inversiones del PMI, los cuales se elaboran sobre la base del diagnóstico de brechas y los objetivos a alcanzar respecto al cierre de brechas. La OPMI del Sector, propone los criterios de priorización sectoriales para las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, en concordancia con los planes nacionales sectoriales establecidos en el planeamiento estratégico de acuerdo al SINAPLAN. Dichos criterios de priorización son aplicados por los tres niveles de gobierno.

Las OPMI de Gobierno Local deberá primero establecer los servicios públicos que brinda; en el caso de las Municipalidades estos servicios están definidos en la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y son los que a continuación se detallan, el orden de presentación no implica prioridad de atención.

1. Saneamiento ambiental, salubridad y salud.

2. Tránsito, circulación y transporte público. 3. Educación, cultura, deporte y recreación. 4. Programas sociales, defensa y promoción de derechos ciudadanos. 5. Seguridad ciudadana 6. Abastecimiento y comercialización de productos y servicios. 7. Registros civiles, en mérito a convenio suscrito con el RENIEC, conforme a Ley. 8. Promoción del Desarrollo Económico Local para la generación de empleo. 9. Establecimiento, conservación y administración de parques zonales,

parques zoológicos, jardines botánicos, bosques naturales, directamente o través de concesiones.

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1. COMPETENCIA Y LINEAMIENTOS DEL GOBIERNO LOCAL

1.1 AMBITO DE COMPETENCIA

El Gobierno Local del Distrito de Santo Domingo de los Olleros, promueve el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 195° de la Constitución Política del Estado.

1.2 LINEAMIENTO DE POLITICA

Visión

Santo Domingo de los Olleros al 2022, es un Distrito Moderno, Emprendedor, Culto, Ecológico, Turístico, Artesanal y Agropecuario con Identidad Cultural y Líder de la Cuenca Lurín-Chilca. Es un Distrito integrado productivo, organizado, eficiente y creativo; con desarrollo humano creciente, donde mujeres, varones, jóvenes, niños y niñas tienen iguales oportunidades de desarrollo de capacidades; con una formación educativa de primer nivel, identidad con su cultura, costumbres y valores; con condiciones óptimas de seguridad y salud, en un ambiente saludable; y donde la producción artesanal, agrícola y pecuaria son altamente tecnificadas, además de la actividad turística y la actividad minera, son la base sostenida y sustentable de su economía.

Misión

Representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomentar el bienestar de vecinos y lograr el desarrollo integral y armónico de la jurisdicción con la participación de los vecinos.

1.3 OBJETIVOS ESTRATEGICOS DEL GOBIERNO LOCAL Promover los derechos humanos de las personas, fomentando su participación activa

en la solución de los problemas de la comunidad.

Promover la igualdad de oportunidades generando el acceso a los servicios básicos, educación, asistencia alimentaria, salud, seguridad, transporte e infraestructura.

Proveer servicios de calidad, contando con una organización eficiente, eficaz, transparente, descentralizada y participativa orientada a satisfacer las necesidades de la ciudadanía.

Promover la inversión en la localidad facilitando la formalización (MYPES y PYMES) y el acceso de grandes empresas al mercado local, permitiendo generar empleo y sostenibilidad económica.

Promover la planificación y desarrollo territorial provincial con enfoque

metropolitano para lograr una ocupación equilibrada del territorio y la ejecución de actividades productivas.

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Garantizar al ciudadano un medio ambiente saludable con una fuente de recursos naturales inagotables para las generaciones futuras.

2. INFORMACION GENERAL DEL DISTRITO

2.1.- Caracterización del Territorio (Diagnostico Territorial) UBICACIÓN:

El distrito de Santo Domingo de los Olleros se ubica en la sierra de la región central andina, en la zona alta de la región Lima, específicamente en el extremo suroccidental de la provincia de Huarochirí. El distrito de Santo Domingo de los Olleros cuenta con una extensión de 72,353.95 has, y se encuentra a una altitud de 100 msnm en las zonas bajas; y su punto más alto es de 3809 msnm; en las coordenadas UTM 348,100 – 8,630,000 y 299,350 – 8,661,550, su longitud de 76ᴼ30’43” y una latitud de 12ᴼ12’30”. LIMITES:

Los límites del Distrito son los siguientes:

Por el Norte: distritos de San José de los Chorrillos, Antioquia y Cieneguilla

Por el Este: distritos de Mariatana de la Provincia de Yauyos Por el Sur: distritos de Chilca y San Bartolo Por el Oeste: distritos de Pachacamac, Lurín, Punta Hermosa, Punta

Negra y San Bartolo

Elaboración: GDUO – MDSDO FIGURA Nº 01

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FIGURA Nº 02

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3. CRITERIOS DE PRIORIZACION 3.1 ASPECTOS GENERALES Como parte del conocimiento integral de la realidad del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, es oportuno contar con la información de brechas de infraestructura y acceso a servicios a nivel departamental, provincial y distrital. Estas brechas permitirán comprender cómo viven las personas en sus territorios, sus medios de vida y su nivel de bienestar; y a partir de ello, poder diseñar intervenciones reflejados en políticas y planes que permitan identificar las necesidades reales de la población y aprovechar las oportunidades.

En ese sentido, el objetivo del presente informe es en función a la información de brechas existentes en el territorio en las siguientes funciones priorizadas: salud, educación, transporte, saneamiento y vivienda y desarrollo urbano elaborar y recomendar las prioridades de atención para las inversiones dentro del Programa Multianual de Inversiones PMI 2020 - 2022.

Conforme a lo dispuesto en los párrafos 13.1 al 13.7 del Art. 13 de la directiva 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, respecto de la Elaboración y aprobación de los Criterios de Priorización de las Inversiones:

La OPMI de los GR y GL propone los criterios de priorización para las inversiones que se enmarquen en sus competencias, los cuales consisten en la priorización de las funciones de su competencia. Estos criterios de priorización deben ser concordantes con los criterios de priorización sectoriales, así como con los planes nacionales sectoriales, regionales y locales establecidos en el planeamiento estratégico de acuerdo al SINAPLAN.

3.2 Determinación de los Indicadores de Brecha

La Brecha de Resultado se define como las limitaciones en las condiciones de vida de la población. Se determina como la diferencia entre la población total objetivo y la población que alcanza el resultado como consecuencia de utilizar un conjunto de servicios previstos a través de las funciones del Estado.

La Brecha de producto se define como la diferencia entre la población total objetivo y la población actual que recibe el producto con los estándares de calidad definidos por el órgano rector, a una fecha determinada y en un ámbito geográfico determinado.

Se considera los servicios públicos básicos en el ámbito del gobierno local; las tipologías de proyectos de cada sector; se ha conceptualizado y establecido los indicadores de brechas de infraestructura o accesos a servicios públicos. De acuerdo a lo expuesto se podrá contar con una medición cualitativa o cuantitativa de las brechas y monitorear a sus avances hasta el cierre de las mismas con la programación de inversiones.

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Se han identificado 10 servicios públicos en 9 tipologías de proyectos y 13 indicadores de brecha, de acuerdo al siguiente cuadro:

N° SECTOR TIPOLOGIABIEN O SERVICIO

VINCULADO A LA

TIPOLOGIA

INDICADOR BRECHA

1 SALUDESTABLECIMIENTOS DE

SALUD DE PRIMER

NIVEL DE ATENCION

Atención de

Servicios de salud

básicos

% de establecimientos de

salud de Primer Nivel de

atención con capacidad

instalada inadecuada

89.0%

Servicio de agua

potable

% de la población rural sin

acceso al servicio de agua

potable mediante red pública

o pileta pública.

73.8%

Servicio de

Alcantaril lado

% de la población rural sin

acceso al servicio de

alcantarillado u otras formas

de disposición sanitaria de

excretas.

98.6%

% de locales educativos con

educación inicial que contiene

capacidad instalada

inadecuada

89.73%

% de personas no

matriculadas en el nivel inicial

respecto a la demanda

potencial

9.32%

% de locales educativos con

educación primaria que

contiene capacidad instalada

inadecuada

94.92%

% de personas no

matriculadas en el nivel

primaria respecto a la

demanda potencial

6.59%

% de locales educativos con

educación secundaria que

contiene capacidad instalada

inadecuada

89.87%

% de personas no

matriculadas en el nivel

secundaria respecto a la

demanda potencial

13.80%

4 AMBIENTEGESTION INTEGRAL DE

RESIDUOS SOLIDOS

MUNICIPALES

Servicio de Limpieza

Pública

% de población no atendida

por un adecuado servicio de

limpieza publica57.66%

5 ENERGIA Y MINASSUMINISTRO

ELECTRICO EN ZONAS

RURALES

Servicio de

suministro eléctrico

domicil iario en

zonas rurales

% de viviendas en el ámbito

rural que no cuentan con

servicio eléctrico67.00%

6AGRICULTURA Y

RIEGORIEGO

Infraestructura de

Riego% de Hectareas sin riego 57.00%

7

VIVIENDA,

CONSTRUCCION Y

SANEAMIENTO

VIAS URBANASServicio de

transitabilidad

% de la población sin acceso a

los servicios de movilidad y

transitabilidad a traves de

pistas y veredas

90.00%

Servicio de

Educación Primaria

Servicio de

Educación Inicial

Servicio de

Educación

Secundaria

SISTEMAS DE

SANEAMIENTO RURALSANEAMIENTO2

EDUCACION INICIAL

EDUCACION PRIMARIA

EDUCACION

SECUNDARIA

EDUCACION3

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3.3 PRIORIZACION DE BRECHAS

De acuerdo al párrafo 13.6 del artículo 13 de la Directiva General, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales proponen los criterios de priorización para las inversiones que se enmarquen en sus competencias. Dicha propuesta consiste en la priorización de las funciones en las cuales el Gobierno Regional o Gobierno Local tiene competencias. Asimismo, se señala que los criterios de priorización deben ser concordantes con los criterios de priorización sectoriales, así como con los planes nacionales sectoriales, regionales y locales establecidos en el planeamiento estratégico de acuerdo al SINAPLAN. En el marco de lo dispuesto por el ente rector del SINAPLAN5, el PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL PEI, es un instrumento de gestión que define la estrategia de la entidad para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve. Estos objetivos se deben reflejar en resultados. Para la consideración de los criterios de priorización se ha tenido como referencia el PEI vigente de la MDSDO. Método de Cálculo

1º Se identifica el impacto de cada brecha según la tipología del sector, se asigna un factor de impacto social en el distrito.

2º La brecha en porcentaje del indicador de brecha, se considera la cantidad absoluta. 3º Se realiza el cálculo del puntaje multiplicando el factor de impacto y la cantidad

absoluta. 4º De acuerdo al puntaje calculado, se otorga el nivel de prioridad de acuerdo al rango.

Cuadro de consideración por rango de prioridad

RANGO DE ATENCIONES

RANGO NIVEL

100 - 60

59 - 35

34 - 5

PRIORIDAD MUY ALTA

PRIORIDAD ALTA

PRIORIDAD MEDIA

PRIORIDAD

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OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE

INVERSIONES OPMI-MDSDO Cuadro de Evaluación de criterios de Priorización

N° SECTOR TIPOLOGIABIEN O SERVICIO

VINCULADO A LA

TIPOLOGIA

INDICADOR BRECHABRECHA

NUMERICA

IMPACTO

SOCIALPUNTAJE PRIORIDAD

1 SALUDESTABLECIMIENTOS DE

SALUD DE PRIMER

NIVEL DE ATENCION

Atención de

Servicios de salud

básicos

% de establecimientos de

salud de Primer Nivel de

atención con capacidad

instalada inadecuada

89.0% 89.00 0.6 53.40

Servicio de agua

potable

% de la población rural sin

acceso al servicio de agua

potable mediante red pública

o pileta pública.

73.8% 73.80 1 73.80

Servicio de

Alcantaril lado

% de la población rural sin

acceso al servicio de

alcantarillado u otras formas

de disposición sanitaria de

excretas.

98.6% 98.60 1 98.60

% de locales educativos con

educación inicial que contiene

capacidad instalada

inadecuada

89.73% 89.73 0.8 71.78

% de personas no

matriculadas en el nivel inicial

respecto a la demanda

potencial

9.32% 9.32 0.8 7.46

% de locales educativos con

educación primaria que

contiene capacidad instalada

inadecuada

94.92% 94.32 0.8 75.46

% de personas no

matriculadas en el nivel

primaria respecto a la

demanda potencial

6.59% 6.59 0.8 5.27

% de locales educativos con

educación secundaria que

contiene capacidad instalada

inadecuada

89.87% 89.87 0.8 71.90

% de personas no

matriculadas en el nivel

secundaria respecto a la

demanda potencial

13.80% 13.80 0.8 11.04

4 AMBIENTEGESTION INTEGRAL DE

RESIDUOS SOLIDOS

MUNICIPALES

Servicio de Limpieza

Pública

% de población no atendida

por un adecuado servicio de

limpieza publica57.66% 57.66 1 57.66

5 ENERGIA Y MINASSUMINISTRO

ELECTRICO EN ZONAS

RURALES

Servicio de

suministro eléctrico

domicil iario en

zonas rurales

% de viviendas en el ámbito

rural que no cuentan con

servicio eléctrico67.00% 67.00 0.4 26.80

6AGRICULTURA Y

RIEGORIEGO

Infraestructura de

Riego% de Hectareas sin riego 57.00% 57.00 0.6 34.20

7

VIVIENDA,

CONSTRUCCION Y

SANEAMIENTO

VIAS URBANASServicio de

transitabilidad

% de la población sin acceso a

los servicios de movilidad y

transitabilidad a traves de

pistas y veredas

90.00% 90.00 0.6 54.00

Servicio de

Educación Inicial

EDUCACION PRIMARIAServicio de

Educación Primaria

EDUCACION

SECUNDARIA

Servicio de

Educación

Secundaria

2 SANEAMIENTOSISTEMAS DE

SANEAMIENTO RURAL

3 EDUCACION

EDUCACION INICIAL

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OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE

INVERSIONES OPMI-MDSDO

Ordenamiento de las Priorizaciones

SECTOR TIPOLOGIABIEN O SERVICIO

VINCULADO A LA

TIPOLOGIA

INDICADOR PUNTAJE NIVEL

Servicio de agua

potable

% de la población rural sin

acceso al servicio de agua

potable mediante red pública

o pileta pública.

73.80

Servicio de

Alcantaril lado

% de la población rural sin

acceso al servicio de

alcantarillado u otras formas

de disposición sanitaria de

excretas.

98.60

% de locales educativos con

educación inicial que contiene

capacidad instalada

inadecuada

% de locales educativos con

educación primaria que

contiene capacidad instalada

inadecuada

% de locales educativos con

educación secundaria que

contiene capacidad instalada

inadecuada

71.78

75.46

71.90EDUCACION

SECUNDARIA

SANEAMIENTO

EDUCACION

Servicio de

Educación Inicial

Servicio de

Educación Primaria

Servicio de

Educación

Secundaria

SISTEMAS DE

SANEAMIENTO RURAL

EDUCACION INICIAL

EDUCACION PRIMARIA

AMBIENTEGESTION INTEGRAL DE

RESIDUOS SOLIDOS

MUNICIPALES

Servicio de Limpieza

Pública

% de población no atendida

por un adecuado servicio de

limpieza publica

57.66

VIVIENDA,

CONSTRUCCION Y

SANEAMIENTO

VIAS URBANASServicio de

transitabilidad

% de la población sin acceso a

los servicios de movilidad y

transitabilidad a traves de

pistas y veredas

54.00

SALUDESTABLECIMIENTOS DE

SALUD DE PRIMER

NIVEL DE ATENCION

Atención de

Servicios de salud

básicos

% de establecimientos de

salud de Primer Nivel de

atención con capacidad

instalada inadecuada

53.40

AGRICULTURA Y

RIEGORIEGO

Infraestructura de

Riego% de Hectareas sin riego 34.20

ENERGIA Y MINASSUMINISTRO

ELECTRICO EN ZONAS

RURALES

Servicio de

suministro eléctrico

domiciliario en

zonas rurales

% de viviendas en el ámbito

rural que no cuentan con

servicio eléctrico

26.80

Servicio de

Educación

Secundaria

% de personas no

matriculadas en el nivel

secundaria respecto a la

demanda potencial

11.04

EDUCACION

EDUCACION INICIALServicio de

Educación Inicial

% de personas no

matriculadas en el nivel inicial

respecto a la demanda

potencial

7.46

EDUCACION PRIMARIAServicio de

Educación Primaria

% de personas no

matriculadas en el nivel

primaria respecto a la

demanda potencial

5.27

EDUCACION

SECUNDARIA

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OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE

INVERSIONES OPMI-MDSDO Luego de identificar los criterios de priorización, se procederá a ordenar los servicios públicos vinculados a la brecha que deben tener inversión de acuerdo al impacto social, de acuerdo a las siguientes tablas:

GRUPO DE PRIORIDAD ALTA

GRUPO DE PRIORIDAD ALTA: PRIORIDAD

Servicio de Limpieza pública 1

Servicio de Transitabilidad 2

Atención de Servicios de salud básicos 3

GRUPO DE PRIORIDAD MEDIA

GRUPO DE PRIORIDAD MEDIA: PRIORIDAD

Servicio de Infraestructura de riego 1

Servicio de suministro eléctrico domiciliario para zonas rurales 2

Servicio de educación en los 3 niveles (cobertura) 3

GRUPO DE PRIORIDAD MUY ALTA

SERVICIO PUBLICO CON BRECHA PRIORIDAD

Servicios básicos de agua potable y saneamiento basico de calidad

para la población rural1

Servicio de Educacion Incial accesible y de calidad 2

Servicio de Educacion Primaria accesible y de calidad 3

Servicio de Educacion Secundaria accesible y de calidad 4

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OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE

INVERSIONES OPMI-MDSDO

ANEXO I

CRITERIOS DE PRIORIZACION DE LOS GOBIERNOS LOCALES

FORMATO FICHA TECNICA 04-B CRITERIOS DE

PRIORIZACION – DIRECTIVA 001-2019-EF-6301

CONFORME A LOS LINEAMIENTOS METODOLOGICOS PARA ELABORACION DEL DIAGNOSTICO DE BRECHAS Y CRITERIOS DE

PRIORIZACION DE LOS GOBIERNOS LOCALES PARA LA PROGRAMACION MULTIANUAL DE INVERSIONES 2020-2022

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INVERSIONES OPMI-MDSDO

Nombre de la entidad pública: Municipalidad Distrital de Santo Domingo de los Olleros

Sector: Vivienda Construcción y Saneamiento

Función: 18: SANEAMIENTO

División funcional: 040: SANEAMIENTO

Grupo funcional: 0089: SANEAMIENTO RURAL

Nombre del Criterio de Priorización Sectorial

Criterio de cierre de brechas

Definición del Criterio de Priorización Sectorial

El Criterio de Cierre de Brechas prioriza las inversiones que estén orientadas al cierre de brechas de infraestructura y/o de acceso a servicios públicos de: agua potable, alcantarillado y otras formas de disposición sanitaria de excretas, tratamiento de aguas residuales, servicio de drenaje pluvial, servicio de movilidad urbana - pistas y veredas, espacios públicos verdes, espacios públicos para la integración económica y social, servicio de formalización predial y catastro urbano, capacidad de gestión de los servicios que presta la SBN, servicio de capacitación en construcción y saneamiento; los cuales son determinados en función a los indicadores de brecha de cobertura y de calidad, aprobados por el sector.

Justificación

Considerando que el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones está orientado al cierre de brechas, este criterio tiene por finalidad dar mayor prioridad a aquellas inversiones orientadas a cerrar brechas que requieren una mayor intervención.

Método de Cálculo

El criterio de priorización de Cierre de Brechas (Criterio 1), es cancelatorio; por lo tanto, si la inversión no está vinculada al cierre de brechas, no califica para la aplicación de los criterios de la segunda etapa y por lo tanto para la cartera de inversiones, aun cuando la inversión este alineada al criterio de priorización de alineamiento al Planeamiento Estratégico. Este criterio es aplicable para la priorización de las inversiones en los servicios de agua potable, alcantarillado u otras formas de disposición sanitaria de excretas y tratamiento de aguas residuales, drenaje pluvial, Movilidad urbana - pistas y veredas, servicios para la integración económica y social, Espacios públicos verdes, formalización predial y catastro urbano y capacitación en construcción y saneamiento, y gestión de los servicios que presta la SBN. Para el cálculo del puntaje del Criterio l, se considera lo siguiente: Se determina si la inversión está asociada al indicador de brecha de cobertura y/o de calidad, y se asigna el valor de la brecha nacional, excepto para los servicios de formalización predial y catastro urbano y gestión de los servicios que presta la SBN.

FORMATO N° 04-B:

CRITERIO DE PRIORIZACIÓN SECTORIAL

CATEGORIA PESOPORCENTAJE DEL INDICADOR

DE BRECHA (entre 0 y 100)PUNTAJE CRITERIO 1

Indicador de brecha

de coberturaP1a

IB1=Se colocará el valor de la

nacional del indicador de producto

asociado a la brecha de servicios

P1a x IB1

Indicador de brecha

de calidadP1b

IB2=Se colocará el valor de la

nacional del indicador de producto

asociado a la brecha de servicios

P1b x IB2

TOTAL = 0.25 = máximo = 25 puntos

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INVERSIONES OPMI-MDSDO

En el siguiente cuadro se detallan los servicios identificados para el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento con el respectivo peso:

Fuente de Información

El Órgano Resolutivo aprobó los indicadores de los servicios de saneamiento urbano, saneamiento rural, transitabilidad adecuada (pista y veredas), equipamiento urbano, capacitación en construcción y saneamiento, mediante el Oficio N'256-2017 /IVIENDA-DM. No obstante, los indicadores brecha se encuentran en proceso de actualización y/o elaboración.

Base de Datos

La base de datos del indicador de brecha de saneamiento urbano y rural se encuentra en el Anexo 11.

Sintaxis del Puntaje Total del Criterio de Priorización

El puntaje total de este criterio se determina de la siguiente forma: PCI - Pla* IBI * P7b PC1 = Puntaje del Criterio 1 P1a = Peso asignado al indicador de Brecha de Cobertura P1b = Peso asignado al indicador de Brecha de Calidad lBl = indicador de Brecha 1 (Cobertura)

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INVERSIONES OPMI-MDSDO

Nombre de la entidad pública: Municipalidad Distrital de santo Domingo de los Olleros

Sector: 10: EDUCACION

Función: 22: EDUCACION

División funcional: 047: EDUCACION BASICA

Grupo funcional: 0103: EDUCACION INICIAL 0104: EDUCACION PRIMARIA 0105: EDUCACION SECUNDARIA

Nombre del Criterio de Priorización Sectorial

Criterio de Cierre de brecha

Definición del Criterio de Priorización Sectorial

El Criterio de Cierre de Brechas prioriza las inversiones que estén orientadas al cierre de brechas de Infraestructura y/o de acceso a servicios públicos, el cual se determina en función a los indicadores de brecha de cobertura o calidad, aprobados por el sector.

Justificación

Considerando que el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones está orientado al cierre de brechas, este criterio tiene por finalidad dar mayor prioridad a aquellas inversiones orientadas a cerrar brechas que requieren una mayor intervención.

Método de Cálculo

El criterio de priorización de cierre de brecha (criterio 1) tiene un peso de 25 y es aplicable a todos los pliegos del sector educación, también es cancelatorio, lo cual implica que, si la inversión no está vinculada a este criterio de priorización, no califica para la cartera de inversión, aun cuando la inversión esté alineada al criterio de priorización de alineamiento al Planeamiento Estratégico. Teniendo en cuenta las limitaciones de información de la medición a nivel departamental, provincial y distrital, y en el marco de la progresividad de la implementación de ésta metodología, el sector podrá iniciar mínimamente con la línea de base de los indicadores de brecha (cobertura y calidad) a nivel nacional, los cuales deberán ser aprobados y publicados en su portal institucional. Para el cálculo del puntaje que tendrá la inversión mediante aplicación del presente criterio, se considera lo siguiente: En primer lugar, se calculan los pesos de las brechas de calidad y cobertura mencionados en el cuadro de abajo: La determinación de los pesos para las brechas de calidad y cobertura es de 23 y 2 respectivamente, lo cual responde al análisis histórico de la distribución de los fondos públicos que los pliegos del sector Educación en conjunto presentaron en el PMI 2018-2020 y los que corresponden también al periodo 2021.

FORMATO N° 04-B:

CRITERIO DE PRIORIZACIÓN SECTORIAL

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INVERSIONES OPMI-MDSDO

Luego se determina si la inversión está asociada al indicador de brecha de cobertura, de calidad o a los 2 tipos de indicadores y se asigna el valor de la brecha nacional que disponga el sector, según corresponda. Finalmente, se establece un puntaje por cada indicador de brecha, que resulta de multiplicar el peso asignado al tipo de indicador y el valor del indicador de brecha. La forma de cálculo será como se presenta a continuación: PC1 = (2 x IB1) + (23 x IB2) Donde: PC = Puntaje de Criterio 1 IB1 = Indicador de Brecha de cobertura IB2 = Indicador de Brecha de calidad

Fuente de Información

Oficina de Programación Multianual de Inversiones del sector Educación

Base de Datos

Reporte de brechas del sector Educación bajo el enfoque de Invierte.pe

Sintaxis del Puntaje Total del Criterio de Priorización

La forma de cálculo será como se presenta a continuación: PC1 = (2 x IB1) + (23 x IB2) Donde: PC = Puntaje de Criterio 1 IB1 = Indicador de Brecha de cobertura IB2 = Indicador de Brecha de calidad

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INVERSIONES OPMI-MDSDO

Nombre de la entidad pública: Municipalidad Distrital de Santo Domingo de los Olleros

Sector: Ambiental

Función: 17: Ambiente

División funcional: 055: Gestión Integral de la Calidad Ambiental

Grupo funcional: 0124: Gestión de Residuos Sólidos

Nombre del Criterio de Priorización Sectorial

CRITERIO DE CIERRE DE BRECHAS

Definición del Criterio de Priorización Sectorial

El Criterio de Cierre de Brechas prioriza las inversiones que estén orientadas al cierre de brechas de Infraestructura y/o de acceso a servicios públicos, el cual se determina en función a los indicadores de brecha de cobertura o calidad, aprobados por el sector.

Justificación

Considerando que el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones está orientado al cierre de brechas, este criterio tiene por finalidad dar mayor prioridad a aquellas inversiones orientadas a cerrar brechas que requieren una mayor intervención.

Método de Cálculo

El criterio de priorización de Cierre de Brechas, es cancelatorio, por lo tanto, la inversión que no esté vinculada a este criterio de priorización, no califica para la cartera de inversiones, aun cuando la inversión este alineada al criterio de priorización de alineamiento al Planeamiento Estratégico.

Para el cálculo del puntaje del Criterio 1, de acuerdo a los lineamientos, y se considera la siguiente fórmula: Se determina los pesos P1a y P1b para cada tipo de indicador de brecha (cobertura y calidad), de tal forma que la suma sea 0.25 (aplicado a cada bien o servicio público); luego se determina si la inversión está asociada al indicador de brecha de cobertura, de calidad o de ambos y se asigna el valor de la brecha nacional referido a la contribución de brecha para cada versión. Finalmente, el puntaje resulta de multiplicar el peso asignado al tipo de indicador (cobertura y/o calidad) por cada bien o servicio público y el valor de la contribución de la brecha para cada inversión. El puntaje de este criterio es 25 puntos. En este sentido, se ha determinado los siguientes pesos para cada uno de los bienes y servicios identificados para el sector:

FORMATO N° 04-B:

CRITERIO DE PRIORIZACIÓN SECTORIAL

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Fuente de Información

Resolución Ministerial Nº 151-2018 MINAM, que aprueba el Programa Multianual de Inversiones 2019-2021 del sector Ambiente, que incluye el diagnostico y determianción de los indicadores por cada brecha del bien o servicio publico identificado, los objetivos, los criterios de priorización y la cartera de inversiones.

Base de Datos

Sintaxis del Puntaje Total del Criterio de Priorización

La forma de cálculo será como se presenta a continuación y será aplicada para cada bien o servicio público: PC1 = (P1a x IB1) + (P1b x IB2) Donde: PC = Puntaje de Criterio 1 P1a = Peso asignado al indicador de brecha de cobertura P1b = Peso asignado al indicador de brecha de calidad IB1 = Indicador de Brecha de Cobertura IB2 = Indicador de Brecha de Calidad

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Nombre de la entidad pública: Municipalidad Distrital de Santo Domingo de los Olleros

Sector: Vivienda, Construcción y Saneamiento

Función: 15: Transporte

División funcional: 036: transporte Urbano

Grupo funcional: 0074: Vías urbanas

Nombre del Criterio de Priorización Sectorial

Criterio de cierre de Brechas

Definición del Criterio de Priorización Sectorial

El Criterio de Cierre de Brechas prioriza las inversiones que estén orientadas al cierre de brechas de infraestructura y/o de acceso a servicios públicos de: agua potable, alcantarillado y otras formas de disposición sanitaria de excretas, tratamiento de aguas residuales, servicio de drenaje pluvial, servicio de movilidad urbana - pistas y veredas, espacios públicos verdes, espacios públicos para la integración económica y social, servicio de formalización predial y catastro urbano, capacidad de gestión de los servicios que presta la SBN, servicio de capacitación en construcción y saneamiento; los cuales son determinados en función a los indicadores de brecha de cobertura y de calidad, aprobados por el sector.

Justificación

Considerando que el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones está orientado al cierre de brechas, este criterio tiene por finalidad dar mayor prioridad a aquellas inversiones orientadas a cerrar brechas que requieren una mayor intervención.

Método de Cálculo

El criterio de priorización de Cierre de Brechas (Criterio 1), es cancelatorio; por lo tanto, si la inversión no está vinculada al cierre de brechas, no califica para la aplicación de los criterios de la segunda etapa y por lo tanto para la cartera de inversiones, aun cuando la inversión este alineada al criterio de priorización de alineamiento al Planeamiento Estratégico. Este criterio es aplicable para la priorización de las inversiones en los servicios de agua potable, alcantarillado u otras formas de disposición sanitaria de excretas y tratamiento de aguas residuales, drenaje pluvial, Movilidad urbana - pistas y veredas, servicios para la integración económica y social, Espacios públicos verdes, formalización predial y catastro urbano y capacitación en construcción y saneamiento, y gestión de los servicios que presta la SBN. Para el cálculo del puntaje del Criterio l, se considera lo siguiente:

FORMATO N° 04-B:

CRITERIO DE PRIORIZACIÓN SECTORIAL

CATEGORIA PESOPORCENTAJE DEL INDICADOR

DE BRECHA (entre 0 y 100)PUNTAJE CRITERIO 1

Indicador de brecha

de coberturaP1a

IB1=Se colocará el valor de la

nacional del indicador de producto

asociado a la brecha de servicios

P1a x IB1

Indicador de brecha

de calidadP1b

IB2=Se colocará el valor de la

nacional del indicador de producto

asociado a la brecha de servicios

P1b x IB2

TOTAL = 0.25 = máximo = 25 puntos

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OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE

INVERSIONES OPMI-MDSDO

Se determina si la inversión está asociada al indicador de brecha de cobertura y/o de calidad, y se asigna el valor de la brecha nacional, excepto para los servicios de formalización predial y catastro urbano y gestión de los servicios que presta la SBN. En el siguiente cuadro se detallan los servicios identificados para el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento con el respectivo peso:

Fuente de Información

El Órgano Resolutivo aprobó los indicadores de los servicios de saneamiento urbano, saneamiento rural, transitabilidad adecuada (pista y veredas), equipamiento urbano, capacitación en construcción y saneamiento, mediante el Oficio N'256-2017 /IVIENDA-DM. No obstante, los indicadores brecha se encuentran en proceso de actualización y/o elaboración.

Base de Datos

La base de datos del indicador de brecha de saneamiento urbano y rural se encuentra en el Anexo 11.

Sintaxis del Puntaje Total del Criterio de Priorización

El puntaje total de este criterio se determina de la siguiente forma: PCI - Pla* IBI * P7b PC1 = Puntaje del Criterio 1 P1a = Peso asignado al indicador de Brecha de Cobertura P1b = Peso asignado al indicador de Brecha de Calidad lBl = indicador de Brecha 1 (Cobertura)

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OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE

INVERSIONES OPMI-MDSDO

CATEGORIA PESO

PORCENTAJE DEL

INDICADOR DE BRECHA

(entre 0 y 100)

PUNTAJE CRITERIO 1

Indicador de

brecha de

cobertura

P1a = 0.125

IB1=Se colocará el valor de la

nacional del indicador de

producto asociado a la brecha

de servicios

P1a x IB1

Indicador de

brecha de

calidad

P1b = 0.125

IB2=Se colocará el valor de la

nacional del indicador de

producto asociado a la brecha

de servicios

P1b x IB2

TOTAL = 0.25 = máximo = 25 puntos

Nombre de la entidad pública: Municipalidad Distrital de Santo Domingo de los Olleros

Sector: Salud

Función: 20: Salud

División funcional: 044: Salud Individual

Grupo funcional: 0096: Atención Médica Básica

Nombre del Criterio de Priorización Sectorial

Criterio de cierre de brechas

Definición del Criterio de Priorización Sectorial

El Criterio de Cierre de Brechas prioriza las inversiones que estén orientadas al cierre de brechas de infraestructura y/o de acceso a servicios públicos, el cual se determina en función a los indicadores de brecha de cobertura o calidad, aprobados por el sector.

Justificación

Considerando que el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones está orientado al cierre de brechas, este criterio tiene por finalidad dar mayor prioridad a aquellas inversiones orientadas a cerrar brechas que requieren una mayor intervención.

Método de Cálculo

El criterio de priorización de Cierre de Brechas, es cancelatorio, por lo tanto, la inversión que no esté vinculada a este criterio de priorización, no califica para la cartera de inversiones, aun cuando la inversión este alineada al criterio de priorización de alineamiento al Planeamiento Estratégico.

Teniendo en cuenta las limitaciones de información de la medición de las brechas a nivel departamental, provincial y distrital, y en el marco de la progresividad de la implementación de ésta metodología, el sector deberá contar mínimamente este año (2018) con la línea de base de los indicadores de brecha (cobertura y calidad) a nivel nacional, los cuales deberán ser aprobados y publicados en su portal institucional. Para los próximos ejercicios se deberá contar con los indicadores de brechas desagregados hasta el nivel provincial o distrital. Para el cálculo del puntaje del Criterio 1, se considera lo siguiente: Luego se determina si la inversión está asociada al indicador de brecha de cobertura, de calidad o a los dos tipos de indicadores, y se asigna el valor de la brecha nacional. Finalmente, se establece un puntaje por cada indicador de brecha, que resulta de multiplicar el peso asignado al tipo de indicador y el valor del indicador de brecha.

FORMATO N° 04-B:

CRITERIO DE PRIORIZACIÓN SECTORIAL

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OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE

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Fuente de Información

Documento Técnico "Indicadores asociados a la medición de las brechas de servicios y criterios de priorización para las inversiones del sector salud".

Base de Datos

La base de datos del indicador de brecha se encuentra publicada en el siguiente enlace: https://www.minsa.qob.pe/transparencia/index.aspop SINTAXIS DEL PUNTAJE TOTAL DEL CRITERIO DE PRIORIZACION

Sintaxis del Puntaje Total del Criterio de Priorización

La forma de cálculo será como se presenta a continuación: PC1= (P1 a* IB1) + (P1b* IB2) Donde: PC1 = Puntaje del Criterio "Cierre de Brechas" P1a = Peso asignado al Indicador de Brecha de Cobertura P1b = Peso asignado al Indicador de Brecha de Calidad 181 = Indicador de Brecha 1 (Cobertura)

182 = Indicador de Brecha 2 (Calidad)

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OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE

INVERSIONES OPMI-MDSDO

Nombre de la entidad pública: Municipalidad Distrital de Santo Domingo de los Olleros

Sector: Energía y Minas

Función: 012: Energía

División funcional: 028: Energía Eléctrica

Grupo funcional: 0057: Distribución de energía eléctrica

Nombre del Criterio de Priorización Sectorial

CRITERIO DE CIERRE DE BRECHAS

Definición del Criterio de Priorización Sectorial

El Criterio de Cierre de Brechas prioriza las inversiones que estén orientadas al cierre de brechas de infraestructura y/o de acceso a servicios públicos, el cual se determina en función a los indicadores de brecha de cobertura o calidad, aprobados por el sector.

Justificación

Considerando que el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversiones está orientado al cierre de brechas, este criterio tiene por finalidad dar mayor prioridad a aquellas inversiones orientadas a cerrar brechas que requieren una mayor intervención.

Método de Cálculo

El criterio de priorización de Cierre de Brechas (Criterio 1), es cancelatorio; por lo tanto, si la inversión no está vinculada al cierre de brechas, no califica para la aplicación de los criterios de la segunda etapa y por lo tanto para la cartera de inversiones, aun cuando la inversión este alineada al criterio de priorización de alineamiento al Planeamiento Estratégico. Teniendo en cuenta las limitaciones de información de la medición de las brechas a nivel departamental, provincial y distrital, y en el marco de la progresividad de la implementación de ésta metodología, el sector deberá contar mínimamente este año (2018) con la línea de base de los indicadores de brecha (cobertura y calidad) a nivel nacional, los cuales deberán ser aprobados y publicados en su portal institucional. Para los próximos ejercicios se deberá contar con los indicadores de brechas desagregados hasta el nivel provincial o distrital.

Para el cálculo del puntaje del criterio 1, se considera lo siguiente, dependiendo si la inversión pertenece a cartera del FONAFE, o del MEM, IPEN, o INGEMET. Luego se determina si la inversión está asociada al indicador de brecha de cobertura, de calidad o a los dos tipos de indicadores, y se asigna el valor de la brecha nacional. Finalmente, se establece un puntaje por cada indicador de brecha, que resulta de multiplicar el peso asignado al tipo de indicador y el valor del indicador de brecha.

FORMATO N° 04-B:

CRITERIO DE PRIORIZACIÓN SECTORIAL

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OFICINA DE PROGRAMACION MULTIANUAL DE

INVERSIONES OPMI-MDSDO

Fuente de Información

Indicadores de Brechas del Sector Energía y Minas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 219-2017-MEM/DM.

Base de Datos

La base de datos del indicador de brecha se encuentra publicada en el siguiente enlace: http://www.minem.gob.pe/_detalle.php?idSector=17&idTitular=8251&idMenu=sub8250&idCateg=1497

Sintaxis del Puntaje Total del Criterio de Priorización

La forma de cálculo será como se presenta a continuación: Para inversiones de FONAFE: PC1= (20* IB1) + (20* IB2)

Para inversiones de MEM, IPEN e INGEMMET: PC1= (12,5* IB1) + (12,5* IB2) Dónde: PC1 = Puntaje del Criterio 1 IB1 = Indicador de Brecha 1 (Cobertura) IB2 = Indicador de Brecha 2 (Calidad)