oferta y precontrato

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ISABELLA ALEAN FABIO ARRIETA ERIK TORRES YESICA ROSA ELINA RIVERO IV SEMESTRE DE DERECHO 2014

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Page 1: Oferta y Precontrato

ISABELLA ALEANFABIO ARRIETA

ERIK TORRESYESICA ROSAELINA RIVERO

IV SEMESTRE DE DERECHO2014

Page 2: Oferta y Precontrato

OFERTA » NOCIÓN» REQUISITOS » COMUNICACION DE LA OFERTA» REVOCABILIDAD DE LA OFERTA

PRECONTRATO» NOCIÓN CARATERISTICAS ELEMENTOS PRINCIPALES EFECTOS OTROS ASPECTOS IMPORTANTES. CONCLUSIONES.

Page 3: Oferta y Precontrato

» Código de Comercio.- Artículo 845.- "La oferta opropuesta, esto es, el proyecto de negociojurídico que una persona formule a otra, deberácontener los elementos esenciales del negocio yser comunicada al destinatario. Se entenderáque la propuesta ha sido comunicada cuando seutilice cualquier medio adecuado para hacerlaconocer del destinatario".

Page 4: Oferta y Precontrato

La oferta debe contener lo esencial del contratoofrecido de manera que para su celebración sólofalte la aceptación del destinatario.

1. Ha de ser emitida con la intención de obligarse eloferente contractualmente.

2. Ha de ser concreta, de tal manera que contengatodos los elementos esenciales necesarios para laconclusión del contrato.

3. Por regla general debe ser dirigida a la personacon la cual el proponente quiere concluir elcontrato .

Page 5: Oferta y Precontrato

» Puede dirigirse a persona o personas determinadas oal público en general.

» A través de escritos, muestras, propagandas orales ovisuales, etc.

Cuando es determinado se llama oferta y cuando esindeterminado policitación.

Aceptación en los contratos de consumo.

Son los contratos celebrados a distancia, medios electrónicos osimilares (articulo 48 ley 1480 de 2011Estatuto del Consumidor )

Page 6: Oferta y Precontrato

El artículo 845 , como un requisito para que produzca sus efectos que esta comunicación se realice por cualquier medio adecuado o expedito para hacerla conocer del destinatario. En concordancia con los artículos del código civil.

CLASES DE OFERTA

Las ofertas puedes ser verbales o escritas.

Verbal: incluye la efectuada por teléfono.

Escrita: comprende además de las cartas lostelegramas, los fax

COMUNICACIÓN DE LA OFERTA.

Page 7: Oferta y Precontrato

» ACEPTACIÓN EXPRESA

» ACEPTACIÓN TÁCITA.

» ACEPTACIÓN CONDICIONAL

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Artículo 846 (Primer inciso). "La propuesta será irrevocable.

por consiguiente, una vez comunicada, no podrá retractarse

el proponente, so pena de indemnizar perjuicios que con su

revocación cause al destinatario". (Como ya se explicó, la

oferta produce efectos, según este artículo y el precedente,

desde que se comunica, esto es, desde que se usa un medio

para hacerla conocer de su destinatario; se acoge, entonces,

el sistema de la expedición).

Page 9: Oferta y Precontrato

Código de Comercio. Artículo 847. "Las ofertas de

mercaderías, con indicación del precio, dirigidas a

personas no determinadas, en circulares, prospectos o

cualquier otra especie similar de propaganda escrita no

serán obligatorias para el que las haga. Dirigidas a

personas determinadas y acompañadas de una nota que

no tenga las características de una circular, serán

obligatorias si en ella no se hace salvedad alguna".

Page 10: Oferta y Precontrato

El precontrato es la promesa recíproca de celebrar un

contrato futuro, un pacto de contratar, un verdadero

contrato en que la prestación a que se obligan ambas

partes o una de ellas, consiste en la celebración de un

contrato. Esta es una práctica habitual en la mayoría de

los despachos de abogados de hoy en día.

EL PRECONTRATO

Page 11: Oferta y Precontrato

» A)Es un contrato, ya que es un convenio entre dos o más personaspara constituir un vínculo jurídico.

» b) Es autónomo, porque cada uno de los contratantes tiene elderecho de exigir que el otro se preste a la estipulación del contratodefinitivo.

» c) Es un contrato que prepara la celebración de otro contrato.» d) Es un contrato principal, porque subsiste por sí mismo, sin

necesidad de otra convención y con independencia al contratoprometido.

» e) Puede ser un contrato bilateral o unilateral, según se obliguenambas partes o una sola a celebrar un futuro contrato.

» f) Es un contrato que produce efectos personales. No es traslativo, niconstitutivo de derechos reales, las partes quieren dar vida a uncontrato obligatorio y aplazan los efectos reales (traslativos oconstitutivos) del contrato definitivo.

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» La concesión al optante de la decisión unilateral con respecto a la realización de la compra.

» El señalamiento de un precio para la futura adquisición.

» La determinación del plazo para el ejercicio de la opción.

» Cuando esta última se pacta, el contrato adquiere bilateral y esa bilateralidad hace referencia a las obligaciones que se crean.

la opción constituye, para el optatario, una promesa unilateral de vender.

Page 13: Oferta y Precontrato

» El contrato preparatorio tiene por objeto preparar un contrato futuro. (que ahora no se quiere o no se puede realizar) , y desde el punto de vista jurídico, la obligación que engendra es un "hacer" o sea prestarse a la celebración de un contrato futuro.

» No es un contrato constitutivo ni traslativo de derechos.

» Mediante el precontrato las partes difieren los efectos reales del contrato definitivo. Así, mediante el contrato preparatorio de venta, no se crea "una venta obligatoria, sino sólo una relación obligatoria".

» En el contrato preparatorio no hay entrega de la cosa, sino el derecho de exigirla, es un contrato que por su naturaleza no traslativo no constitutivo de derechos reales, las partes lo utilizan porque precisamente desean limitar sus obligaciones y remitirse a un futuro contrato.

Page 14: Oferta y Precontrato

Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas delcontrato preparatorio, se pueden constituir los distintos tipos degarantías que permite nuestra Ley entre otros:

hipotecas, fianza, anticresis, prenda, arras; pero la más común delas garantías que se constituyen en estos casos, es la denominadapor la doctrina prenda irregular, según la cual se deposita en unbanco una suma de dinero en garantía de las obligaciones quecontrajo el deudor, bajo la condición de que no se le entregue alacreedor, sino cuando presente éste último el documento de venta,debidamente protocolizado. La otra garantía muy frecuente son lasarras.

También es común establecer en los contratos preparatorios unapredeterminación de los daños y perjuicios mediante una cláusulapenal o más conveniente que las arras.

Page 15: Oferta y Precontrato

Puede ocurrir en oportunidades variadas que debido arazones de carácter económico, o por cualquier otromotivo, es necesario ceder el contrato preparatorio, porejemplo: la cesión de una opción a terceros cuando elcontrato pueda ser cedido y sirva para ser posible sucirculación, en su integridad.

Para la doctrina se presentan dudas sobre la validez dela cesión del contrato preparatorio.

Page 16: Oferta y Precontrato

Tratos preliminares o acuerdos deintenciones(precontratos)

Cuando no esté totalmente determinado ese contratofuturo, de manera que para su perfección sea necesarioque las partes alcancen nuevos acuerdos sobre losaspectos del mismo que quedan por determinar, enverdad nos encontramos en una situación propia de lostratos preliminares (acuerdos de intenciones), y con lasconsecuencias sobre la responsabilidad de las partes quehemos visto al ocuparnos de ellos. En definitiva, lo queimporta destacar es que semejantes precontratos noaseguran a ninguna de las partes la celebración delcontrato programado, por la sencilla razón de que laobligación contractual asumida carece de un objetocierto.

Page 17: Oferta y Precontrato

Modalidades de precontrato poseen diferentesconsecuencias.

La primera modalidad se daría cuando los precontratantes no manifiesten de modo indubitado suintención de quedar efectiva y definitivamentevinculados por un contrato futuro, por lo tanto el efectoes: "obligarse a obligarse", sobre la base de loscondicionamientos previos que en la relaciónprecontractual hubieran podido pactarse en tales casossuele optarse por la indemnización de daños y perjuicio

Page 18: Oferta y Precontrato

La segunda modalidad de precontrato se da cuando las

partes prestan su consentimiento no para obligarse en un

futuro contrato sino para cumplir en el futuro una

relación previamente concertada. En este caso, el

incumplimiento podrá dar lugar al ejercicio de una acción

tendente, directamente, a obtener el cumplimiento

coactivo, ya que aquí no se precisa de un nuevo

consentimiento, siendo válido el prestado con

anterioridad fundamento de Derecho

Page 19: Oferta y Precontrato

» La jurisprudencia nacional considera que la oferta, "para su eficacia jurídica ha de ser firme, inequívoca, precisa, completa, acto voluntario del oferente, y estar dirigida al destinatario o destinatarios y llegar a su conocimiento.

» Lo que caracteriza el precontrato frente a la promesa decontrato, según la jurisprudencia, es la voluntad efectivade posponer el origen de un contrato a un momentoposterior pero conteniendo el preacuerdo ya desde suorigen todos los elementos esenciales del contratodefinitivo. Aunque la formación del contrato seasucesiva, existe una voluntad única y una unidad

Page 20: Oferta y Precontrato

La semejanza podría radicar en que ambas, tanto laprecontrato como la oferta, son actos jurídicosobligatorios y preparatorios, pero, la oferta es un actounipersonal (declaración unilateral de voluntad),mientras la precontrato es un contrato bilateral conobligaciones recíprocas. De esta diferencia se derivanotras como son: el número de obligados.

Page 21: Oferta y Precontrato

Es una de las figuras precontractuales que más se ha utilizado en el tráficojurídico para cualquier tipo de transacción. A pesar de su frecuente uso, elprecontrato está rodeado de múltiples aspectos controvertidos. Una de lascausas de dicha controversia es la ausencia de una regulación general delprecontrato en el Código Civil. Este cuerpo normativo únicamente regula demanera ambigua la promesa de compraventa en su artículo 1.451. Y ello hamotivado que la doctrina y la jurisprudencia se hayan cuestionado diversosaspectos regulados en tal precepto, como el contenido y los efectos delderecho a reclamarse recíprocamente el cumplimiento. En efecto, del tenordel citado artículo no queda claro si se refiere a otorgar el consentimiento,perfeccionando el contrato prometido, o si alude directamente a laejecución del futuro contrato. Esta falta de regulación, junto con laausencia de unos antecedentes normativos que ofrezcan unos criteriosclaros y la disparidad de soluciones existentes en Derecho Comparado, haprovocado posturas encontradas en nuestra doctrina y nuestrajurisprudencia sobre el concepto y los efectos del precontrato. En cualquiercaso, siempre ha habido un aspecto sobre el que ha existido consenso.