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ATISAEOrganismo de Control Autorizado

ATISAEATISAE es un grupo empresarial dedicado a la prestacin de servicios de Evaluacin de la Conformidad, entre los que se encuentran la verificacin del cumplimiento de los reglamentos emanados de las Administraciones Pblicas en materia de Seguridad Industrial, Inspecciones Tcnicas de Vehculos, Construccin, Medio Ambiente y Prevencin de Riesgos Laborales. Adicionalmente desarrolla otros servicios fuera del mbito estrictamente reglamentario como son: Consultora y Asesora en los campos de Automocin, Telecomunicaciones, Energa, Control Tcnico en la Construccin, Sistemas de Gestin en Calidad y Excelencia, Medio Ambiente, Responsabilidad Social, Seguridad y Formacin. ATISAE fue creada en 1964. Hoy en da cuenta con un equipo humano de 1.750 empleados y una amplia red de ms de 70 delegaciones repartidas por Espaa, Portugal, Argentina y Chile, que facilitan la estrecha relacin entre la empresa y sus clientes.

Ca CalendariELECTRICIDAD INSTALACIONES ELCTRICAS DE BAJATENSIN Inspecciones iniciales por O.C.A. - Instalaciones industriales Pinstalada > 100 kW. - Locales de pblica concurrencia. - Local con riesgo de incendio o explosin clase I, excepto garajes < 25 plazas. - Locales mojados Pinstalada > 25 kW. - Piscinas Pinstalada > 10 kW. - Quirfanos y salas de intervencin. - Instalaciones alumbrado exterior Pinstalada > 5 kW. Inspecciones peridicas por O.C.A. - Cada 5 aos las que necesitan inspeccin inicial. - Cada 10 aos instalaciones comunes de edificios de viviendas Pinstalada > 100 Kw. Reglamento Electrotcnico para BajaT ensin. R.D. 842/02 de 2 de agosto. EFICIENCIA ENERGTICA EN INSTALACIONES DE ALUMBRADO EXTERIOR Inspecciones iniciales por O.C.A. en instalaciones de ms de 5 kW de: - Alumbrado exterior, a las que se refiere la ITC-BT 09. - Fuentes, objeto de la ITC-BT 31. - Alumbrados festivos y navideos, contempladas en la ITC-BT 34. Inspecciones cada 5 aos: Las instalaciones que necesitan inspeccin inicial. Las inspecciones se realizarn conjuntamente con las prescritas para las instalaciones de B.T. segn el Reglamento Electrotcnico para Baja T ensin (R.D. 842/02, de 2 de agosto). Reglamento de Eficiencia Energtica en Instalaciones de Alumbrado Exterior R.D. 1890/08, de 14 de noviembre INSTALACIONES ELCTRICAS DE ALTATENSIN Inspeccin al menos cada 3 aos. - Lneas elctricas areas de alta tensin. R.D. 1955/2000 de 1 de diciembre. R.D. 223/2008, de 15 de febrero. - Centrales elctricas, subestaciones y centros de transformacin. R.D. 3275/82 de 12 de noviembre. EQUIPOS A PRESIN R.D. 2060/2008, de 12 de diciembre (BOE 05-02-2009). Entrada en vigor: 05/08/2009. Aplica a todos los equipos con presin mxima admisible superior a 0,5 bar, regulando los criterios y requisitos aplicables para: Instalacin y puesta en servicio (nuevos, ampliaciones y cambios de emplazamiento). Inspecciones peridicas (nuevos y existentes). Reparaciones (nuevos y existentes). Modificaciones (nuevos o existentes). Obligaciones de los usuarios. Introduce la referencia de las Categoras, idnticas a las detalladas en el R.D. 769/1999 (PED 97/23/CE), en base a las cuales se establecen los requisitos, las periodicidades y los agentes que intervienen en las inspecciones peridicas. El vigente REP est integrado por las InstruccionesTcnicas Complementarias (ITC): ITC EP-1. Calderas. ITC EP-2. Centrales generadoras de energa elctrica. ITC EP-3. Refineras de petrleo y plantas petroqumicas. ITC EP-4. Depsitos criognicos. ITC EP-5. Botellas de equipos respiratorios autnomos. ITC EP-6. Recipientes a presin transportables. A su entrada en vigor ha derogado al R.D. 1244/1979 y sus ITCs.

Cualesquiera que sean nuestros clientes y los servicios que soliciten, siempre hay un elemento comn: un nivel de CALIDAD Y COMPROMISO que muy pocas compaas pueden ofrecer.

Tambin le ofrecemos GIRASA09/11

alendario de Inspecciones Reglamenta io de Inspecciones ReglaTIPOS DE INSPECCIONES PERIDICAS Nivel A: Inspeccin en servicio. Nivel B: Inspeccin fuera de servicio. Nivel C: Inspeccin fuera de servicio con prueba de presin. Equipos a presin incluidos en el reglamento y que no estn en el mbito de aplicacin de una ITC especfica. RECIPIENTES PARA GASESY LQUIDOS: Nivel A: Cada 2, 3 4 aos dependiendo de su categora y fluido contenido. Nivel B: Cada 4, 6 u 8 aos dependiendo de su categora y fluido contenido. Nivel C: Cada 12 aos. No es obligatoria para los de categora y grupo de fluido: I-2 y II-2. TUBERAS: Nivel B: cada 6 12 aos dependiendo de su categora y fluido contenido. Nivel C: cada 12 aos para los de categora y grupo de fluido: I-1, II-1 y III-1 ITC EP-1. Equipos a presin sometidos a la accin de una llama o a una aportacin de calor que represente un peligro de recalentamiento. CALDERAS EN GENERAL: Nivel A: Cada ao. Nivel B: Cada 3 aos. Nivel C: Cada 6 aos. CALDERAS DE RECUPERACIN DE LEJAS NEGRAS Nivel A y B: Cada ao. Nivel C: Cada 3 aos. ITC EP-2. Centrales generadoras de energa elctrica (todos sus equipos a presin). CALDERAS: Nivel A: Cada ao. Nivel B: Cada 3 aos, o el equivalente en horas de funcionamiento en un plazo de 6 aos. Nivel C: Cada 6 aos, o el equivalente en horas de funcionamiento en un plazo de 12 aos. RECIPIENTES PARA GASESY LQUIDOS: Nivel A: Cada 2, 3 4 aos dependiendo de su categora y fluido contenido. Nivel B: Cada 4, 6 u 8 aos dependiendo de su categora y fluido contenido. Nivel C: Cada 12 aos. No es obligatoria para los de categora y grupo de fluido: I-2 y II-2. TUBERAS: Nivel B: cada 6 12 aos dependiendo de su categora y fluido contenido. Nivel C: cada 12 aos para los de categora y grupo de fluido: I-1, II-1 y III-1 ITC EP-3. Refineras de petrleos y plantas petroqumicas (todos sus equipos a presin). Nivel A Clase 1 y 2: Cada 4 aos. Nivel A Clase 3 y 4: Cada 6 aos. Nivel A Clase 5: Cada 8 aos. Nivel B Clase 1: Cada 6 aos. Nivel B Clase 2: Cada 8 aos. Nivel B Clase 3: Cada 10 aos. Nivel B Clase 4: Cada 12 aos. Nivel C Clase 1: Cada 12 aos. Nivel C Clase 2: Cada 16 aos. ITC EP-4. Depsitos criognicos. Nivel A: Cada 2, 3 4 aos dependiendo de su categora y fluido contenido. Nivel B: Cada 4, 6 u 8 aos dependiendo de su categora y fluido contenido. Nivel C: Cada 12 aos. No es obligatoria para los de categora y grupo de fluido: I-2 y II-2. ITC EP-5. Botellas de equipos respiratorios autnomos. Inspeccin: Los centros de recarga de botellas y centros de inspeccin se inspeccionarn cada 5 aos a partir de la fecha de puesta en marcha o servicio de la instalacin. Revisin: Las instalaciones o sistemas de los centros de recarga o de inspeccin se revisarn cada ao. ITC EP-6. Recipientes a presin transportables. Inspeccin:Los centros de recarga de gases se inspeccionarn cada 5 aos a partir de la fecha de puesta en marcha o servicio de la instalacin. Revisin: Las instalaciones o sistemas de los centros de recarga se revisarn cada ao.

EQUIPOS DE ELEVACIN ASCENSORES Inspecciones peridicas Edificios industriales y de pblica concurrencia: cada 2 aos. Edificios de viviendas con ms de 4 plantas 20 viviendas: cada 4 aos. Resto de edificios: cada 6 aos. Reglamento de aparatos de Elevacin y Manutencin. R.D. 2291/85 (ITC-MIE-AEM-1.O.23/09/87). GRAS-TORRE PARA OBRAS U OTRAS APLICACIONES a) Certificado Gras fabricadas o importadas a partir del 01/01/95 (voluntariamente desde 01/01/93). Certificado CE conforme R.D.1435/92 (Directiva de Mquinas). Gras fabricadas o importadas con anterioridad al 01/01/95. Certificado de cumplimiento con ITC-MIE-AEM-2 (Orden 28/06/88) o Certificado donde se indiquen diferencias entre UNE 58.101-92-1 y las reglamentaciones nacionales de los Estados miembros de la UE. b) Inspeccin Inspeccin cada nuevo montaje en distintos emplazamientos o en un mismo emplazamiento cuando se modifiquen sus condiciones de montaje e instalacin o las caractersticas del terreno con un plazo mximo de validez de 2 aos. Inspecciones extraordinarias de gras en un mismo emplazamiento durante un tiempo prolongado: Cada 2 aos. Gras autodesplegables tipo monobloc cuyo momento nominal se encuentre entre 15 y 170 KN m: Cada 2 aos (independientemente del nmero de montajes). Reglamento de Aparatos de Elevacin y Manutencin R.D.2291/85 (ITC-MIE-AEM-2. R.D.836/2003). PUENTES-GRA, POLIPASTOS, GNDOLAS, EQUIPOS DE ELEVACIN Adaptacin a condiciones mnimas de seguridad y salud. Revisin antes de su puesta en servicio. Controles peridicos. Revisin cada cambio de ubicacin y acontecimiento excepcional. R.D. 1215/97 Disposiciones mnimas de seguridad y salud en equipos de trabajo. R.D. 2177/04 Modificacin R.D. 1215/97. GRAS MVILES AUTOPROPULSADAS Certificado de adecuacin (gras que no tengan marcado CE). Inspecciones peridicas: Gras hasta 6 aos de antigedad: cada 3 aos. Gras entre 6 y 10 aos de antigedad: cada 2 aos. Gras de ms de 10 aos de antigedad o que no acrediten la fecha de fabricacin: cada ao. Reglamento de aparatos de Elevacin y Manutencin. R.D. 2291/85 (ITC-MIE-AEM-4. R.D. 837/2003). GAS: R.D. 919/2006 (BOE N 211 de 04/09/06) Centros de almacenamiento y distribucin de envases de GLP (ITC-

AL: una solucin informtica para Gestionar sus Inspecciones Reglamentarias y un Servicio de Actualizaci

tarias amentariasICG02): - Inspeccin inicial. - Revisin peridica cada 2 aos. Instalaciones de almacenamiento de GLP en depsitos fijos (ITCICG03): - Inspeccin inicial. - Prueba de presin peridica cada 15 aos. Plantas satlite de (GNL). (ITC-ICG04): - Inspeccin inicial. - Revisin peridica cada 5 aos. - Prueba de presin peridica cada 15 aos. Estaciones de servicio para vehculos a gas (ITC-ICG05): - Inspeccin inicial. - Revisin peridica cada 5 aos. - Prueba de presin peridica cada 15 aos. Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos (ITC-ICG07): - Inspeccin inicial de chimeneas para evacuacin de gases en edificios de nueva construccin. Aparatos de gas (ITC-ICG08): - Evaluacin de la conformidad (Inspeccin inicial). - Exmen de tipo. -Verificacin de la conformidad de la produccin. -Verificacin por unidad. INSTALACIONES PETROLFERAS PARQUES DE ALMACENAMIENTO MI-IP 02 Pruebas de estanqueidad a tanques y tuberas enterrados: - 1 prueba de estanqueidad a los 10 aos de su instalacin. - Cada 5 aos (Para tanques de productos clase B). - Cada 10 aos (Para tanques de productos clase C y D). Pruebas a tanques y tuberas de superficie: inspeccin visual y medicin de espesores. Inspeccin de las instalaciones: cada 10 aos. Instalaciones con tanques enterrados sin sistema de deteccin de fugas, anteriores a la entrada en vigor de la ITC MI-IP 02 (09/08/98): - Revisin cada 3 aos con prueba de estanqueidad. - Inspecciones: cada 6 aos. Reglamento de Instalaciones Petrolferas R.D. 2085/94. ITC MI-IP R.D. 1562/98 de 17/07/98. .02, CONSUMO EN PROPIA INSTALACIN MI-IP 03 Pruebas de estanqueidad a tanques enterrados de simple pared sin cubeto. Se puede elegir el realizarlo: - Cada 5 aos (si se realiza con producto en el tanque). - Cada 10 aos (si se realiza con el tanque vaco, limpio, desgasificado y con medicin de espesores). Pruebas a tanques de superficie: Inspeccin visual y medicin de espesores, si procede por mal estado. Revisin y pruebas en instalaciones que s requieren proyecto. Cada 5 aos. Revisin y pruebas en instalaciones que no requieren proyecto. Cada 10 aos. Pruebas a tuberas nuevas y primera prueba a los 10 aos de su instalacin. Pruebas peridicas a tuberas: cada 5 aos. Inspeccin a todas las instalaciones que requieren proyecto: cada 10 aos. Tanques reparados: prueba tras reparacin, posterior a los 10 aos y las siguientes segn: Reglamento de Instalaciones Petrolferas R.D. 2085/94. ITC MI-IP R.D. 1427/97 de 15/09/97. ITC MI-IP R.D. 1523/99 .03, .03, de 01/10/99. SUMINISTRO AVEHCULOS MI-IP 04 Pruebas de estanqueidad a tanques enterrados de simple pared sin

cubeto: - Cada ao (si se realiza con producto en el interior del tanque). - Cada 5 aos (si se realiza con el tanque vaco, limpio, desgasificado y medicin de espesores). Pruebas a tanques de superficie: inspeccin visual y medicin de espesores, si procede por mal estado. - Cada 5 aos revisin y pruebas en instalaciones que s requieren proyecto. - Cada 10 aos revisin y pruebas en instalaciones que no requieren proyecto. Prueba a tuberas nuevas, primera prueba a los 10 aos de su instalacin. Pruebas a tuberas: cada 5 aos. Inspeccin a todas las instalaciones que requieren proyecto: cada 10 aos. Tanques reparados, primera prueba al reparar y cada 10 aos las siguientes. Reglamento de Instalaciones Petrolferas R.D. 2085/94. ITC MI-IP R.D. 2201/95 de 28.12.95. ITC MI-IP R.D. 1523/99 .04, .04, de 01/10/99. ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUMICOS Pruebas en lugar de emplazamiento para las autorizaciones de puesta en servicio. Revisiones anuales. Inspecciones peridicas cada 5 aos. R.D.379/01 B.O.E.10.05.01, R.D.2016/2004; BOE 23/10/04. Reglamento de Almacenamiento de Productos Qumicos. MIE APQ.1 a MIE APQ 8. INSTALACIONES FRIGORFICAS Inspecciones peridicas de las instalaciones cada 1, 5 10 aos en funcin del riesgo potencial relativo al refrigerante y a la potencia elctrica instalada. R.D. 138/2011, publicado en el BOE de 08/03/2011. Reglamento de seguridad para instalaciones frigorficas y sus ITCs. INSTALACIONES TRMICAS EN EDIFICIOS Establece las exigencias de eficiencia energtica y seguridad que deben cumplir las instalaciones trmicas en los edificios destinadas a atender la demanda de bienestar e higiene de las personas. Marcando criterios y requisitos para: Instalacin y puesta en servicio (nuevos y ampliaciones). Inspecciones peridicas (nuevos y existentes). Aplica a instalaciones trmicas, siendo stas las instalaciones fijas de climatizacin (calefaccin, refrigeracin y ventilacin) y de produccin de agua caliente sanitaria destinadas a atender la demanda de bienestar trmico e higiene de las personas. TIPOS DE INSPECCIONES Inspeccin inicial.A determinar por el rgano Competente de cada CC.AA. Inspeccin peridica de eficiencia energtica (equipos sujetos a este RITE): - GENERADORES DE CALOR con potencia trmica nominal(kW): 20 P 70: Cada 5 aos. - GENERADORES DE CALOR con potencia trmica nominal(kW): P > 70: Cada 2/4 aos segn el tipo de combustible. - GENERADORES DE FRO con potencia trmica nominal(kW): 12 P 70: a determinar por el rgano Competente de cada CC.AA., segn su potencia y antigedad. - GENERADORES DE FRO con potencia trmica nominal(kW): P > 70:a determinar por el rgano Competente de cada CC.AA., segn su potencia y antigedad. Inspeccin peridica de eficiencia energtica(equipos existentes y anteriores a este RITE): - GENERADORES DE CALOR a determinar por el rgano

n de la Legislacin que aplica

Calendario de Inspecciones ReglamentariasCompetente de cada CC.AA., segn su potencia, tipo de combustible y antigedad. - GENERADORES DE FRO con potencia trmica nominal (kW): 12 P 70: a determinar por el rgano Competente de cada CC.AA., segn su potencia y antigedad. - GENERADORES DE FRO con potencia trmica nominal(kW): P > 70:a determinar por el rgano Competente de cada CC.AA., segn su potencia y antigedad. Inspeccin de la instalacin trmica completa. Para instalaciones con potencia trmica nominal: P >20 kW en calor o P >12 kW en fro. La primera de este tipo se hace coincidente con la primera peridica tras superar los 15 aos desde su puesta en servicio. Las posteriores son cada 15 aos. R.D. 1027/2007, de 20 de julio, (BOE 29/08/07) (RITE). Entrada en vigor: 29/02/2008 INSTALACIONES CONTRA INCENDIOS Inspecciones peridicas cada 2, 3 y 5 aos, en funcin del riesgo intrnseco de la instalacin. R.D.2267/2004, BOE 17.12.04 Correccin B.O.E.55, 05/03/05. Reglamento de Instalaciones de Proteccin contra incendios en establecimientos industriales. TRANSPORTE MERCANCAS PERECEDERAS - Inspeccin Inicial. - Primera inspeccin peridica a los 6 aos. - Inspecciones peridicas posteriores cada 3 aos. - Inspeccin por reparacin o modificacin. ATP R.D.237/2000, R.D.380/2001, ITC 2590/2010. , MERCANCAS PELIGROSAS Cisternas (fijas y desmontables) - Inspeccin Inicial. - Inspeccin cada 3 aos (intermedia). - Inspeccin cada 6 aos (peridica). - Inspeccin por reparacin o modificacin. ADR, R.D. 551/2006, IMDG. Contenedores cisterna y cisternas porttiles - Inspeccin Inicial. - Inspeccin cada 2,5 aos. - Inspeccin cada 5 aos. - Inspeccin por reparacin o modificacin. ADR, RID, IMDG, R.D. 551/2006. Vagones cisterna - Inspeccin Inicial. - Inspeccin cada 4 aos. - Inspeccin cada 8 aos. - Inspeccin por reparacin o modificacin. RID, R.D. 412/2001. Vehculos ADR (portacontenedores, tractoras, vehculos batera y portadores de cisternas) - Inspeccin inicial. - Inspeccin anual. ADR, R.D. 551/2006. Envases y embalajes - Certificacin de tipo. - Conformidad de la produccin (cada 2 aos). ADR, RID, IMDG, OACI, R.D. 551/2006, R.D. 412/2001. G.R.G. (I.B.C.) - Certificacin de tipo. - Inspeccin inicial. - Inspeccin peridica cada 2,5 aos. ADR, RID, IMDG, R.D. 551/2006. CONTENEDORES C.S.C. - Inspeccin inicial. - Primera inspeccin peridica (a los 5 aos). - Inspeccin peridica (sucesivas cada 2,5 aos). - Inspeccin por reparacin. C.S.C., R.D. 2319/2004. SEGURIDAD EN MQUINAS Directiva 2006/42/CE. R.D. 1644/08. Examen CE de tipo Asesoramiento marcado CE R.D. 1215/97. R.D. 1215/97 Disposiciones mnimas de seguridad y salud en equipos de trabajo. R.D. 2177/04 Modificacin R.D. 1215/97. SEGURIDAD MINERA Reglamento General de Normas Bsicas de Seguridad Minera (R.D. 863/1985) e ITCs complementarias. Orden ITC/1607/2009, de 9 de junio,puesta en servicio, mantenimiento, reparacin e inspeccin de equipos de trabajo. Inspeccin tcnica de maquinaria mvil o semimvil. La primera a los 3 aos desde su puesta en servicio.Adicionalmente, sern inspeccionadas peridicamente con los siguientes plazos: - Mquinas hasta 6 aos de antigedad: cada 3 aos. - Mquinas de ms de 6 y hasta 10 aos de antigedad: cada 2 aos. - Mquinas de ms de 10 aos de antigedad o que no acrediten su antigedad: cada ao. R.D. 975/2009 de 12 de junio sobre gestin de los residuos de las industrias extractivas y de proteccin y rehabilitacin del espacio afectado por actividades mineras. Certificado para abandono definitivo de labores de aprovechamiento. ACCIDENTES GRAVES Dictmenes documentales (planes de autoproteccin, informes de seguridad, anlisis cuantitativos de riesgos) a peticin de la Autoridad Competente. Inspecciones peridicas anuales reglamentarias. Supervisin y planificacin de simulacros de accidentes. R.D. 1254/99 y sus modificaciones por el que se aprueban las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. CONTAMINACIN MEDIOAMBIENTAL ATMSFERA Inspecciones Reglamentarias segn Ley 34/2007 y Real Decreto 100/2011 para las empresas de los Grupos A y B de acuerdo a su Autorizacin Administrativa, y Grupo C cada 5 aos. Tramitacin en el rgano T erritorial Competente para la apertura de libros de Registro de mediciones. Autocontroles peridicos para seguimiento del cumplimiento del alcance de su Autorizacin Administrativa. Inspecciones y autocontroles para seguimiento de las obligaciones establecidas en el Real Decreto 117/2003 sobre emisin de COVS por uso de disolventes. Seguimiento peridico de los controles establecidos en las A.A.I. segn Ley 16/2002. Mediciones para Notificacin de Emisiones segn lo establecido en el Reglamento E-PRTR. Calibracin de Sistemas Automticos de Medida (SAM) de acuerdo a los requisitos de la Norma UNE EN 14181. AGUAS Como Entidad Colaboradora de la Administracin Hidrulica segn Orden MAM 985/2006 y ref EC 18/1 y EC 18/2 (Inspeccin y Laboratorio respectivamente). Autorizaciones de vertido a cauces pblicos segn R.D.L. 1/2001 y R.D. 849/1986, y alcantarillado segn normativas municipales. Autocontroles de seguimiento del cumplimiento de dicha autorizacin para aplicacin del canon de vertido cada 12 meses como mximo.

presenciaALBACETE Tel.: 967 21 07 74. E-mail: [email protected] ALICANTE Tel.: 96 592 85 86. E-mail: [email protected] ALMERA Tel.: 950 22 92 64. E-mail: [email protected] BARCELONA Tel.: 93 594 44 80. E-mail: [email protected] BILBAO Tel.: 94 427 81 33. E-mail: [email protected] BURGOS Tel.: 947 24 41 74. E-mail: [email protected] CCERES Tel.: 927 21 37 46. E-mail: [email protected] CDIZ Tel.: 956 29 00 50. E-mail: [email protected] CAMPO DE GIBRALTAR Tel.: 956 62 80 46. E-mail: [email protected] CASTELLN Tel.: 964 20 69 81. E-mail: [email protected] CIUDAD REAL Tel.: 926 25 24 55. E-mail: [email protected] CRDOBA Tel.: 957 49 78 28. E-mail: [email protected] A CORUA Tel.: 981 28 95 33. E-mail: [email protected] CUENCA Tel.: 969 23 35 49. E-mail: [email protected] GIRONA Tel.: 902 61 14 11. E-mail: [email protected] GRANADA Tel.: 958 12 33 50. E-mail: [email protected] GUADALAJARA Tel.: 949 23 52 80. E-mail: [email protected] HUELVA Tel.: 959 22 15 12. E-mail: [email protected] JAN Tel.: 953 24 09 71. E-mail: [email protected] LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Tel.: 928 42 81 46. E-mail: [email protected] LEN Tel.: 987 26 09 09. E-mail: [email protected] LLEIDA Tel.: 902 61 14 11. E-mail: [email protected] LOGROO Tel.: 941 51 93 93. E-mail: [email protected] LUGO Tel.: 982 24 41 56. E-mail: [email protected] MADRID Tel.: 91 806 17 30 / 20. E-mail: [email protected] MLAGA Tel.: 952 17 64 20. E-mail: [email protected] MRIDA Tel.: 924 37 34 63. E-mail: [email protected] MURCIA Tel.: 968 21 64 43. E-mail: [email protected] OURENSE Tel.: 988 37 30 10. E-mail: [email protected] OVIEDO Tel.: 98 525 96 09. E-mail: [email protected] PALMA DE MALLORCA Tel.: 971 70 61 91. E-mail: [email protected] PAMPLONA Tel.: 948 17 65 34. E-mail: [email protected]

con presencia nacional e internacionalPUERTOLLANO Tel: 926 41 58 44. E-mail: [email protected] SALAMANCA Tel.: 923 21 16 44. E-mail: [email protected] SAN SEBASTIN Tel.: 943 31 51 41. E-mail: [email protected] SANTA CRUZ DE TENERIFE Tel.: 922 15 21 66. E-mail: [email protected] SANTANDER Tel.: 942 31 41 10. E-mail: [email protected] SEGOVIA Tel.: 921 49 00 23. E-mail: [email protected] SEVILLA Tel.: 95 425 87 00. E-mail: [email protected] TARRAGONA Tel.: 977 29 06 51. E-mail: [email protected] TERUEL Tel: 978 83 40 52. E-mail: [email protected] TOLEDO Tel.: 925 25 69 52. E-mail: [email protected] VALENCIA Tel.: 96 362 72 62. E-mail: [email protected] VALLADOLID Tel: 983 36 03 57. E-mail: [email protected] VIGO Tel.: 986 22 46 19. E-mail: [email protected] VITORIA Tel.: 945 22 72 66. E-mail: [email protected] ZAMORA Tel.: 980 53 49 30. E-mail: [email protected] ZARAGOZA Tel.: 976 40 30 44. E-mail: [email protected]

ATISAE902 611 411OCA, Laboratorio, Construccin, Medio Ambiente, Calidad, Prevencin de Riesgos Laborales, Energa y Formacin Avda. de la Industria, 51 bis / Avda. de los Artesanos, 20. 28760. Tres Cantos (Madrid) Tel: 91 806 17 30 / 20 E-mail: [email protected]

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