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OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS Programa Operativo de cooperación territorial España-Francia-Andorra 2007-2013 Fondo Europeo de Desarrollo Regional La Seu d’Urgell 29 de mayo de 2008

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Page 1: OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS Programa Operativo de cooperación territorial España-Francia-Andorra 2007-2013 Fondo Europeo de Desarrollo Regional La

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

Programa Operativo de cooperación territorial

España-Francia-Andorra 2007-2013

Fondo Europeo de Desarrollo Regional

La Seu d’Urgell29 de mayo de 2008

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OBLIGACIONES DEL 1er BENEFICIARIO

1.- Definirá, a través de un acuerdo con los otros beneficiarios, disposiciones que garanticen la adecuada gestión financiera de los fondos asignados a la operación, y en particular el mecanismo de recuperación de los importes indebidamente abonados;2.- Se responsabilizará de garantizar la ejecución de la operación en su integridad;

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OBLIGACIONES DEL 1er BENEFICIARIO

3.- Se cerciorará de que el gasto declarado por los beneficiarios participantes en la operación haya sido realizado con la finalidad de ejecutar la operación y corresponda a las actividades acordadas entre esos beneficiarios inscritas en su convenio;

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OBLIGACIONES DEL 1er BENEFICIARIO

4.- Comprobará que el gasto declarado por los beneficiarios participantes en la operación ha sido validado por los responsables del control; 5.- Se encargará de transferir la contribución del FEDER a los beneficiarios participantes en la operación.

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OBLIGACIONES DE CADA BENEFICIARIO

1.- Asumirán la responsabilidad en caso de cualquier irregularidad en el gasto que hayan declarado.2.- Informarán al Estado miembro donde esté situado sobre su participación en una operación en caso de que ese Estado miembro no participe como tal en el programa correspondiente.

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Modalidades y circuito de pago de la subvención

FEDER

Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER

Programa Operativo de Cooperación TerritorialESPAÑA FRANCIA ANDORRA 2007-2013

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Modalidades de pago1.- Anticipo del 5% de la subvención FEDER

declaración de inicio de la operación

2.- Pagos intermedios hasta un total del 80% del FEDER

3.- El saldo del 20% una vez recibido el saldo por parte de la Comisión Europea .

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LA CERTIFICACIÓN Y EL CONTROL

La puesta en marcha del sistema de control se define en el artículo 16 del Reglamento (CE) nº1080/2006 del FEDER

El sistema de control deberá permitir la verificación del suministro de los bienes y servicios cofinanciados, la veracidad del gasto declarado de las operaciones realizadas en el territorio del programa, y la conformidad del gasto y operaciones, o parte de operaciones conexas, con las normas comunitarias y sus normas nacionales.

Cada Estado miembro designará los responsables del control que verifiquen la legalidad y regularidad del gasto declarado por los beneficiarios participantes en la operación.

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LA CERTIFICACIÓN Y EL CONTROL

El artículo 13 del Reglamento de desarrollo (CE) Nº 1828/2006, precisa que a través de las verificaciones se comprobará que el gasto declarado es real, que los bienes se han entregado o los servicios se han prestado de conformidad con la decisión aprobatoria, que las solicitudes de reembolso del beneficiario son correctas y que las operaciones y gastos cumplen las normas comunitarias y nacionales. Las verificaciones incluirán procedimientos para evitar la doble financiación del gasto con otros regímenes comunitarios o nacionales y con otros períodos de programación.

Las verificaciones que los equipos de control llevarán a cabo, incluirán los procedimientos siguientes:

- a) verificaciones administrativas de todas las solicitudes de reembolso de los beneficiarios;

- b) verificaciones sobre el terreno de operaciones concretas.

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LA CERTIFICACIÓN Y EL CONTROL

CONTROL “IN SITU”Las verificaciones sobre el terreno se realizarán por muestreo;

La cobertura de estas verificaciones deberá tener en cuenta los siguientes parámetros:

- Una mezcla adecuada de diferentes tipos y tamaños de las operaciones

- Todos los ejes del programa- Operaciones gestionadas por las principales

autoridades y organismos intermedios- Operaciones que se concentran en ciertos

beneficiariosJornada Informativa Zona Este – La Seu d’Urgell, 29 de mayo de 2008

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LA CERTIFICACIÓNDocumentos indispensables :

Informes intermedios sobre el estado de avance de la operación;

Justificantes de los gastos pagados junto con los documentos que permitan verificar el pago efectivo a los acreedores o documentos contables de valor probatorio equivalente,

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LA CERTIFICACIÓNDocumentos indispensables :

Cofinanciaciones públicas efectivamente recibidas por el beneficiario e ingresos recibidos;

Justificantes que acrediten el respeto de las obligaciones en materia de comunicación y publicidad de los operaciones cofinanciadas por los fondos estructurales;

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Secretariado Técnico Conjunto / OTComprueba la conformidad de las certificaciones de gasto de losproyectos Responsable del control

Valida el gasto

Autoridad de GestiónPropone el pago del gasto remitido por el jefe de fila

Proceso de declaración de gastos y solicitud de pago

Beneficiario Principaldel Proyecto (J efe de fila)Declara los gastos validadosdel proyecto

Autoridad de CertificaciónRealiza los pagos a los beneficiariosCertifica las declaraciones de gasto y solicitudes de pago a la Comisión

BeneficiarioPresenta los gastos efectuados

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Circuito de pagoEl beneficiario principal o jefe de fila :solicita el pago FEDER a la Autoridad de

Gestión;redistribuye la subvención comunitaria a sus

socios, según el plan de financiación aprobado y según los gastos certificados y validados por los servicios encargados del control;

aporta a la Autoridad de gestión del programa la prueba de la transferencia de fondos a sus socios en el plazo de 1 mes a partir de la recepción de los fondos.

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MERCI BEAUCOUPMUCHAS GRACIAS

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