ntc5131 criterios para productos detergentes

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NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 51312002-11-27

ETIQUETAS AMBIENTALES TIPO I. CRITERIOS PARA PRODUCTOS DETERGENTES DE LIMPIEZA

E:

TYPE I. ENVIRONMENTAL LABELS. CLEANING DETERGENT PRODUCTS

CRITERIA

FOR

CORRESPONDENCIA:

DESCRIPTORES:

etiquetado ambiental; sello ambiental; detergentes.

I.C.S.: 13.020.50; 71.100.40Editada por el Instituto Colombiano de Normas Tcnicas y Certificacin (ICONTEC) Numeral 14237 Bogot, D.C. Tel. 6078888 Fax 2221435

Prohibida su reproduccin

Editada 2002-12-16

PRLOGO

El Instituto Colombiano de Normas Tcnicas y Certificacin, ICONTEC, es el organismo nacional de normalizacin, segn el Decreto 2269 de 1993. ICONTEC es una entidad de carcter privado, sin nimo de lucro, cuya Misin es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y proteccin al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del pas, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo. La representacin de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalizacin Tcnica est garantizada por los Comits Tcnicos y el perodo de Consulta Pblica, este ltimo caracterizado por la participacin del pblico en general. La NTC 5131 fue ratificada por el Consejo Directivo del 2002-11-27 Esta norma est sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias actuales. A continuacin se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a travs de su participacin en el Comit Tcnico 352302 Jabones y detergentes. AZUL K S.A. COLGATE PALMOLIVE COMPROIND LTDA. COSMTICOS YANBAL DETERGENTES S.A. HADA S.A. INSTITUTO DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS INVIMA JABONERA ARJONA LA JOYA LLOREDA S.A. MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE NATURAL SYSTEMS COLOMBIA NATURES SUNSHINE PRODUCTS DE COLOMBIA S.A. PREBEL S.A. PROCTER & GAMBLE COLOMBIA LTDA. QUIRUMEDICAS UNILEVER ANDINA COLOMBIA S.A.

Adems de las anteriores, en Consulta Pblica el Proyecto se puso a consideracin de las siguientes empresas: AMWAY DE COLOMBIA S.A. ANALIZAR LTDA. AUDITEMOS EU. BASF QUMICA COLOMBIANA S.A. CENTRO NACIONAL DE PRODUCCIN MS LIMPIA NODO CENTRO CIBA ESPECIALIDADES QUMICAS S.A. HENKEL COLOMBIANA S.A. INDULATEX S.A. INDUSTRIAS FROTEX S.A. FUNDACIN MUNDO VERDE JOHNSON & JOHNSON DE COLOMBIA S.A. MINISTERIO DE SALUD RECKITT & COLEMAN COLOMBIA S.A. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO TECNOQUMICAS S.A.

ICONTEC cuenta con un Centro de Informacin que pone a disposicin de los interesados normas internacionales, regionales y nacionales. DIRECCIN DE NORMALIZACIN

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ETIQUETAS AMBIENTALES TIPO I. CRITERIOS PARA PRODUCTOS DETERGENTES DE LIMPIEZA

0. 0.1

INTRODUCCIN GENERALIDADES

Como parte del desarrollo del Programa Nacional de ECOETIQUETADO, el Ministerio del Medio Ambiente y el ICONTEC, han acordado desarrollar criterios para otorgar una etiqueta ambiental tipo I en Colombia, de carcter voluntario, aplicable a los detergentes para limpieza, productos que se consideran como estratgicos en el escenario de los mercados verdes. El objetivo principal de este trabajo es promover la demanda y oferta de los productos detergentes para limpieza, que causen menor impacto en el ambiente, mediante la comunicacin de informacin verificable y exacta, no engaosa, sobre aspectos ambientales de dichos productos, para estimular el potencial de mejoramiento del desempeo ambiental de las organizaciones y de la calidad ambiental impulsada por el mercado. Esta norma tcnica se basa en los principios fundamentales de la NTC - ISO 14024 Etiquetas y declaraciones ambientales. Etiqueta ambiental tipo I. Principios y procedimientos. y tiene un enfoque de ciclo de vida, esto significa que se han considerado desde la extraccin del recurso natural o materia prima, el diseo, manufactura, ensamblaje, mercadeo, distribucin, venta, uso y finalmente la disposicin final del producto. Para el logro de este objetivo, los criterios, contenidos en esta norma, han sido desarrollados mediante un proceso que involucra la participacin y la concertacin con todas las partes interesadas. 0.2 PRINCIPIOS DE LA ETIQUETA DETERGENTES PARA LIMPIEZA AMBIENTAL PARA LOS PRODUCTOS

Se han identificado los siguientes principios bsicos, los cuales pueden ser utilizados por la alta direccin de las organizaciones, para conducir a sus organizaciones hacia una obtencin, mantenimiento y mejora de una etiqueta ambiental para sus productos particulares: Principio 1 Cumplimiento de la legislacin ambiental nacional. Cumplimiento de toda la reglamentacin ambiental nacional, as como los tratados y acuerdos internacionales pertinentes de los que el pas es signatario.

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Principio 2 Buen uso y conservacin de los recursos. Se propende por la conservacin y el uso sostenible de los recursos, mediante actividades, productos y servicios que tengan impactos actuales y potenciales mnimos, en su relacin con su entorno y los ecosistemas expuestos a su influencia. Principio 3 Responsabilidad ambiental extendida. Se identifican los impactos actuales y potenciales, asociados y se formulan medidas adecuadas de prevencin, control, mitigacin o compensacin de los mismos. Principio 4 Precaucin y reduccin del riesgo. La proteccin de la salud de los trabajadores y consumidores deben ser tenidas en cuenta en la definicin de un producto que cumpla los requisitos de esta norma, dadas las estrechas relaciones existentes entre riesgos a la salud e impactos ambientales negativos. El riesgo surge del uso en la formulacin de sustancias toxicas o peligrosas. Principio 5 Mejora continua. Implica el establecimiento de un proceso sistemtico de optimizacin del desempeo ambiental de la organizacin. 0.3 VISIN DEL MERCADO DE LA ETIQUETA AMBIENTAL PARA PRODUCTOS DETERGENTES PARA LIMPIEZA

La etiqueta ambiental para los productos detergentes de limpieza es una opcin para diferenciar el mercado por sus caractersticas ambientales.Indicadores del mercado colombiano CONSUMO APARENTE* 601 767 844 774 760

AO 1995 1996 1997 1998 1999 *

ESTABLECIMIENTOS PRODUCCIN* EXPORTACIONES* 30 33 37 38 34 606 759 841 759 739 58 51 74 76 63

Valores en millones de dlares

Fuente: Encuesta Anual Manufacturera Departamento Nacional de Estadstica DANE.

La magnitud del mercado de productos detergentes de limpieza, que puede tener el ecoetiquetado se estima inicialmente en 8 millones de dlares anuales, considerando una participacin del mercado entre el 1 % y el 4 % y un crecimiento anual promedio del 5 % en cinco aos. 1. OBJETO (CATEGORA DEL PRODUCTO)

Esta norma especifica los criterios que deben cumplir los productos detergentes empleados para limpieza, para obtener una etiqueta ambiental tipo I. Los productos detergentes para limpieza incluyen aquellos de uso domestico e industrial, empleados para:

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Limpieza general y cotidiana que se disuelven o diluyen en agua antes de su utilizacin, y limpieza general y cotidiana que no requieren ser diluidos antes de su uso y se emplean directamente.

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No se incluyen los productos utilizados automticamente al tirar de la cadena del sanitario tales como los dosificadores de pastilla para retrete o los productos que se colocan en la cisterna. Tampoco se incluyen los productos de limpieza que se limitan a eliminar el carbonato de calcio (incrustado), ni tampoco se incluyen los desinfectantes, los jabones para lavar ni los productos indicados para usar en mquina lavaloza.

2.

TRMINOS Y DEFINICIONES

Para efectos de esta norma se aplican las siguientes definiciones, sin perjuicio de lo establecido en la legislacin vigente. Entre parntesis se indica la fuente de la cual fue tomada dicha definicin. 2.1 anlisis del ciclo de vida ACV recopilacin y evaluacin de las entradas, salidas y los impactos ambientales potenciales de un sistema producto1 durante su ciclo de vida. [ISO 14040] 2.2 biodegradabilidad susceptibilidad que tiene un compuesto o una sustancia qumica de ser descompuesta por microorganismos. Un factor importante de la biodegradabilidad es la velocidad con que las bacterias y/o los factores naturales del medio ambiente, pueden descomponer qumicamente dichos compuestos o sustancias qumicas. 2.3 caracterstica funcional de producto atributo o caracterstica en el desempeo y uso de un producto. [NTC-ISO 14024] 2.4 categora de producto grupo de productos que tienen funcin equivalente. [NTC-ISO 14024] 2.5 ciclo de vida etapas consecutivas e interrelacionadas de un sistema producto, a partir de la adquisicin de materia prima o de su generacin a partir de recursos naturales hasta la disposicin final. [NTC-ISO 14040]1

Segn la norma NTC-ISO 14050, un sistema producto es un conjunto de procesos unitarios conectados material y energticamente los cuales realizan una o ms funciones definidas.

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2.6 criterios ambientales de producto requisitos ambientales que debe cumplir el producto para que se le otorgue una etiqueta ambiental. [NTC-ISO 14024] 2.7 compuestos orgnicos voltiles (COVs) cualquier compuesto carbonado, excluidos el monxido y dixido de carbono, el cido carbnico, carbonatos o carburos metlicos y el carbonato de amonio, que participe en reacciones atmosfricas fotoqumicas.NOTA Esto incluye cualquier compuesto orgnico diferente de los siguientes, que se ha determinado que poseen una reactividad fotoqumica insignificante: metano; acetato de metilo; etano; cloruro de metileno (diclorometano); 1,1.1tricloroetano (metil cloroformo); 1,1,1-tricloro-2,2,2-trifluoroetano (CFC-113), triclorofluorometano (CFC-11); diclorodifluorometano (CFC-12); clorodifluorometano (CFC-22); trifluorometano (CFC-23); 1,2 dicloro-1,1,2,2tetrafluoroetano (CFC-114); cloropentafluoroetano (CFC-115); 1,1,1-trifluoro2,2-dicloroetano (HCFC-123); 1,1,1,2tetrafluoroetano (HF-134a); 1,1,dicloro1-fluoroetano (HCFC-141b); 1 cloro 1,1 difluoroetano (HCFC-142b); 2-cloro-1,1,1,2 tetrafluoroetano (HCFC-124); pentafluoroetano (HFC-125), 1,1,2,2 tetrafluoroetano (HFC-134); 1,1,1 trifluoroetano (HFC143a); 1,1 difluoroetano (HFC-152a); paraclorobenzotrifloruro (PCBTF); silioxanos cclicos, ramificados o lineales metilados completamente; acetona y compuestos perfluorocarbonados que pertenecen a las siguientes clases: alcanos cclicos, ramificados o lineales completamente fluorados teres cclicos, ramificados o lineales completamente fluorados sin insaturaciones, Aminas terciarias cclicas, ramificadas o lineales completamente fluoradas sin instauraciones, y Azufre que contenga perfluorocarbonados sin insaturaciones y con enlaces de azufre solamente con carbono o flor.

[U.S. Environmental Protection Agency, Glossary for Air Pollution Control of Industrial Coating Operations, EPA-450/383013R, Environmental Protection Agency, Washington, DC, December 1983]. 2.8 contenido reciclado proporcin en masa de material reciclado en un producto o empaque. Slo los materiales pre y post consumidor se deben considerar como contenido reciclable. [NTC-ISO 14021] 2.9 detergente compuesto que remueve la mugre. [NTC 545] 2.10 etiqueta ambiental/declaracin ambiental manifestacin que indica los aspectos ambientales de un producto o servicio. [NTC-ISO 14020]

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2.11 envase primario contenedor interior o primer contenedor, que est directamente en contacto con el producto y adems lo protege. 2.12 impacto ambiental cualquier cambio en el medio ambiente, sea adverso o beneficioso, total o parcialmente resultante de las actividades, productos o servicios de una organizacin. [NTC-ISO 14001] 2.13 medio ambiente entorno en el cual una organizacin opera, incluyendo el aire, el agua, la tierra, los recursos naturales, la flora, la fauna, los seres humanos y sus interrelaciones.NOTA El entorno en este contexto se extiende desde el interior de una organizacin al sistema global.

[NTC-ISO 14001] 2.14 material pre-consumidor material que se aparta de la corriente de desecho durante un proceso de fabricacin. Se excluye la reutilizacin de materiales de reproceso, retrituracin o los desperdicios generados en un proceso y que se pueden recuperar dentro del mismo proceso que los gener. [NTC-ISO 14021] 2.15 material post-consumidor material generado por los hogares o por instalaciones comerciales, industriales e institucionales en su funcin como usuarios finales del producto, que no se pueden usar ms para su propsito previsto. Esto incluye devoluciones de material de la cadena de distribucin. [NTC-ISO 14021] 2.16 material reciclado material que ha sido reprocesado a partir de material recuperado por medio de un proceso de fabricacin y convertido en un producto final o en un componente para incorporacin en un producto. [NTC-ISO 14021] 2.17 material recuperado material que de otra forma se habra eliminado como desecho o utilizado para recuperacin de energa, pero que en cambio ha sido recolectado y recuperado como material de insumo, en lugar de material primario para un proceso de fabricacin o reciclaje. [NTC-ISO 14021]

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2.18 organizacin compaa, corporacin, firma, empresa, autoridad o institucin, o parte o combinacin de ellas, sean o no sociedades, pblica o privada, que tiene sus propias funciones y administracinNOTA Para organizaciones con ms de una unidad operativa, una unidad operativa por si sola puede definirse como una organizacin

[NTC-ISO 14001] 2.19 producto cualquier bien o servicio [NTC-ISO 14050] 2.20 programa de etiquetado ambiental Tipo I programa voluntario, basado en criterios mltiples, de tercera parte, que otorga una licencia que autoriza el uso de etiquetas ambientales en productos, las que indican la preferencia ambiental global de un producto dentro de una categora de productos, sobre la base de consideraciones del ciclo de vida. [NTC-ISO 14024] 2.21 reciclaje son los procesos mediante los cuales se aprovecha y transforman los residuos recuperados y se devuelven a los materiales su potencialidad de reincorporacin como materia prima para la fabricacin de nuevos productos. El reciclaje consta de una o varias actividades: tecnologas limpias, reconversin industrial, separacin, acopio, reutilizacin, transformacin y comercializacin. [Decreto 2395/2000] 2.22 unidad Funcional desempeo cuantificado de un sistema producto para usarlo como una unidad de referencia en un estudio de anlisis del ciclo de vida [NTC-ISO 14040] 3. 3.1 REQUISITOS CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIN AMBIENTAL

La organizacin encargada de la fabricacin de los productos detergentes para limpieza, debe establecer y mantener un procedimiento para identificar, tener acceso, cumplir y evaluar peridicamente el cumplimiento, con la legislacin ambiental que le sea aplicable en todas las etapas de fabricacin del producto. Si los productos detergentes son suministrados por un proveedor, la organizacin debe:

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identificar la legislacin ambiental del pas de origen que es aplicable a su proveedor en todas las etapas de produccin y, solicitar al proveedor, la documentacin expedida por la autoridad ambiental competente del pas de origen que demuestre el cumplimiento de dicha reglamentacin.

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3.2

REQUISITOS ESPECFICOS

En lo que respecta a los productos detergentes de limpieza, para dilucin en agua, la unidad funcional (para los criterios que se describen a continuacin) corresponde a la dosis en gramos de producto recomendada por el fabricante por 1 L de agua de lavado. En lo que respecta a los productos detergentes de limpieza que no requieren ser diluidos no se ha definido ninguna unidad funcional (los criterios aplicables que se describen a continuacin se calculan en relacin a 100 g de producto). 3.2.1 Ecotoxicidad Los productos detergentes para limpieza, deben ser formulados con ingredientes cuya sumatoria de volmenes individuales crticos de dilucin toxicidad (VCD tox) no superen:

-

400 l/unidad funcional para los productos detergentes de limpieza de uso general para dilucin en agua, 4 000 l/100 g de producto, para productos detergentes de limpieza que no requieren ser diluidos

-

El volumen crtico individual de dilucin-toxicidad (VCD tox) debe calcularse para cada ingrediente, de acuerdo con el procedimiento presentado en el numeral 4.1. 3.2.2 Biodegradabilidad Todos los agentes tensioactivos utilizados en la composicin de los productos detergentes debern ser biodegradables en condiciones anaerbicas. Las listas de productos qumicos del Anexo A indican si un agente tensioactivo determinado es biodegradable en condiciones anaerbicas o no, por lo tanto los que tienen la indicacin S en la columna Anaerobiosis no biodegradable no deben utilizarse. Si el tensoactivo no aparece en la clasificacin del Anexo A, se debe demostrar un mnimo del 60 % de biodegradabilidad en condiciones anaerbicas suministrando informacin cientfica basada en el ensayo descrito en la NTC 4233 o su equivalente. 3.2.3 Uso de qumicos, sustancias o preparados txicos o peligrosos 3.2.3.1 Los siguientes ingredientes no podrn entrar en la composicin del producto, ya sea en su formulacin, o como componentes de una preparacin incluida en dicha formulacin:

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aquilfenoltoxilatos (APEO); 7

NORMA TCNICA COLOMBIANANTA (nitrito-tri-acetato);

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compuestos de amonio cuaternario empleados como suavizantes o biocidas glutaraldehdo.

Deber suministrarse al organismo competente la formulacin exacta del producto, junto con una declaracin2 de que el producto no contiene ninguna de las sustancias anteriormente mencionadas, ya sea como ingrediente individual o como componente de una preparacin incluida en la formulacin. 3.2.3.2 Los nitroalmizcles y almizcles policclicos, incluidos, por ejemplo:

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almizcle de xileno:5-ter-butil-2,4,6-trinitro-m-xileno, almizcle de ambrette:4-ter-butil-3-metoxi-2,6-dinitrotolueno, mosqueno:1,1,3,3,5-pentametil-4,6-dinitroindano, almizcle de tibetina:1-ter-butil-3,4,5-trimetil-2,6-dinitrobenceno, almizcle de cetona:4'-ter-butil-2',6'-dimetil-3',5'-dinitroacetafenona, HHCB:1,3,4,6,7,8-hexahidro-4,6,6,7,8,8-hexametilciclopenta(g)-2-benzopirano, AHTN:6-acetil-1,1,2,4,4,7-hexametiltetralina;

debern emplearse de acuerdo con los criterios de la Cosmetic, toiletry and Fragrance Association CTFA o la International fragrance Association IFRA sobre el uso de stos productos. Deber suministrarse al organismo competente la formulacin exacta del producto, junto con una declaracin de que el producto es empleado de acuerdo con stos criterios, ya sea como ingrediente individual o como componente de una preparacin incluida en la formulacin. 3.2.3.3 El EDTA (etileno-diamino-tetra-acetato) no debe emplarse en una cantidad mayor al 1 % en masa en la formulacin. Deber suministrarse al organismo competente la formulacin exacta del producto, junto con una declaracin de que el producto es empleado de acuerdo con stos criterios, ya sea como ingrediente individual o como componente de una preparacin incluida en la formulacin. 3.2.3.4 El producto no deber contener ningn ingrediente que est clasificados en la directiva europea 67/548/CEE3 o sus posteriores revisiones como R-45 (puede causar cncer), R-46 (puede causar alteraciones genticas hereditarias), R50/53 (muy txico para los organismos acuticos), R60 (puede perjudicar la fertilidad) y R-61 (riesgo durante el embarazo de efectos adversos para el feto). Ejemplos de estas sustancias son la epiclorohidrina y el 1,3 dicloro-2 propanol y el 3-monocloro-1,2 proranodiol.2

En el Anexo E se presenta un ejemplo de una declaracin. Las directivas estn disponibles en internet: http://europa.eu.int/eur-lex/es

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Para la verificacin deber suministrarse el listado completo de insumos de proceso, incluyendo la formulacin empleada y el nombre exacto y el mbito de utilizacin. Del mismo modo, los proveedores de los preparados utilizados en la formulacin debern suministrar evidencia de que sus preparados cumplen este criterio. 3.2.3.5 Compuestos orgnicos voltiles El producto no deber contener ms del 10 % (en peso) de compuestos orgnicos voltiles con un punto de ebullicin inferior a los 150 C. Deber suministrarse la formulacin exacta del producto, junto con las copias de las hojas de seguridad de los materiales para cada ingrediente orgnico, y una declaracin de que se cumple este criterio. 3.2.3.6 Tintes o agentes colorantes La organizacin debe solicitar a sus proveedores una declaracin de cumplimiento con la directiva europea 94/62/ECC4 en su articulo 11 y sus posteriores modificaciones, las cuales establecen que la cantidad de cadmio, plomo, mercurio y cromo proveniente de los colorantes o pigmentos no deben exceder de 100 mg/kg (ppm). 3.2.3.7 Sustancias sensibilizantes El producto deber estar clasificado de acuerdo con la:

-

posibilidad de sensibilizacin por inhalacin, o posibilidad de sensibilizacin en contacto con la piel

No se permiten el uso de sustancias en concentraciones mayores a las establecidas en las hojas de seguridad como limites de sensibilizacin. Deber suministrarse la formulacin exacta del producto, junto con la copia de la hojas de seguridad de los materiales para cada ingrediente, en la que se indicar la clasificacin o no de cada ingrediente. 3.3 REQUISITOS ADICIONALES DEL PRODUCTO (CARACTERSTICAS FUNCIONALES DEL PRODUCTO)

Los productos detergentes objeto de esta norma deben cumplir con los requisitos de las normas de producto, listados en la siguiente tabla, aplicando los lmites, mtodos de ensayo y planes de muestreo que en estas normas se especifiquen:

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Las directivas estn disponibles en Internet: http://europa.eu.int/eur-lex/es/

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Requisito Contenido de Agente tensioactivo total, % (masa/masa), min Contenido mximo de reforzador, % (masa/masa) Fosfatos %(masa/masa) pH (solucin acuosa al 1%, 25 C) Control de espuma Empaque y rotulado Agente tensioactivo total, % mnimo, Material insoluble en agua, % mximo Carbonatos solubles en agua, expresados como Na2CO3 en % en masa. Ph max (solucin acuosa al 1% 25 C) Ensayo de efectividad Empaque y rotulado Requisitos aplicables a polvos limpiadores no desinfectantes. Agente tensioactivo total, % mnimo, Fosfatos %(masa/masa) Material insoluble en agua, % mnimo Alcali libre como NaOH, % mximo Empaque y rotulado Agente tensioactivo total, % en masa, min pH (solucin acuosa al 1%, 25 C) Empaque y rotulado Condiciones generales Agentes oxidantes y reductores Sensibilidad a la luz Resistencia al color Valor de pH Alcalinidad Resistencia al reensuciado Eficiencia de la limpieza Instrucciones de uso rotulado Condiciones generales Agentes oxidantes y reductores Sensibilidad a la luz Resistencia al color Valor de pH Alcalinidad Resistencia al reensuciado Eficiencia de la limpieza Instrucciones de uso rotulado Tamao de partcula para productos con abrasivos Agente tensioactivo total en % mnimo Material insoluble en agua, en % mximo Carbonatos solubles en agua, expresados como Na2CO3, en % mximo. PH en solucin al 1%, mximo Empaque y Rotulado

Norma NTC 985 Jabones y detergentes. Detergentes sintticos en polvo para uso domstico.

NTC 1004 Jabones y detergentes. Detergente en barra o pan para lavar.

NTC 1060 Detergentes. Polvos abrasivos para uso domstico.

NTC 1130 Jabones y detergentes. Detergentes lquidos. NTC 2742-2 Jabones Y detergentes. Productos de limpieza para alfombras. Especificaciones para formulaciones lquidas con espuma abundante.

NTC 2742-3 Jabones Y detergentes. Productos de limpieza para alfombras. Especificaciones para formulas usadas en forma lquida en mquina de extraccin por atomizacin.

NTC 2860 Jabones y detergentes. Pasta para lavar loza.

3.4

REQUISITOS RELATIVOS AL ENVASE

3.4.1 Igualmente, para los productos detergentes para dilucin en agua, el factor de empaque (FE) medido en unidades de (gramos/por dosis recomendada) (por litro) no debe ser mayor a 1,33 (gramos/por dosis recomendada) (por litro) 10

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El factor de empaque se debe calcular de acuerdo con lo indicado en el numeral 4.2. 3.4.2 No debern utilizarse vaporizadores con propelentes prohibidos por el protocolo de Montreal. 3.4.3 Los envases plsticos debern rotularse de manera permanente con el smbolo de identificacin que se establece en la NTC 3205 o cualquiera de los indicados en el Anexo B de la GTC 53-2. 3.4.4 Cuando el envase primario est fabricado con material reciclado, se debe colocar sobre el envase el porcentaje del contenido del material reciclado. Si se usa un smbolo para una declaracin del contenido de reciclado, debe ser el ciclo de Mobius (Mobius loop) acompaado del valor en porcentaje y de acuerdo con lo establecido en la NTC-ISO 14021 numeral 7.8.3. El fabricante del envase es responsable de la evaluacin y suministro de datos necesarios para la verificacin del porcentaje de contenido de material reciclado. Para tal propsito antes de hacer la declaracin el fabricante del envase debe implementar medidas para demostrar el uso de dicho porcentaje. Este procedimiento debe estar debidamente documentado y el declarante debe conservar registros por un periodo razonable, teniendo en cuenta la vida til del producto. Para envases plsticos se recomienda consultar el documento PBI 27:1993, Technical Bulletin Protocol to Quantify Plant Usage of Recycled Plastics in Plastic Bottle Production, The Plastic Bottle Institute. 3.4.5 Las diferentes partes del envase primario debern ser fcilmente separables en partes de material nico. 4. 4.1 MTODOS DE ENSAYO ECOTOXICIDAD

El volumen crtico individual de dilucin-toxicidad (VCD tox) se debe calcular para cada ingrediente, de acuerdo con la siguiente ecuacin:VCDtox ( ingrediente i ) = peso( i ) x LF ( i ) LTE ( i ) x 1 000

en donde peso (i): es el peso del ingrediente por unidad funcional LF (i): es el factor de carga, de acuerdo con el listado del Anexo A

LTE (i): es el efecto de toxicidad a largo plazo, de acuerdo con el listado del Anexo A

Si el ingrediente en cuestin no se incluye en los listados del Anexo A, los valores debern ser calculados segn el mtodo dado en el Anexo B de esta norma. La sumatoria de estos valores dividido por la unidad funciona o los gramos de producto, segn sea aplicable por el tipo de detergente, corresponder al volumen crtico de dilucin-toxicidad (VCD tox ) del producto. Un ejemplo del clculo de la ecotoxicidad se da en el Anexo C. 11

NORMA TCNICA COLOMBIANA4.2

NTC 5131

CLCULO DEL FACTOR DE EMPAQUE PARA PRODUCTOS DE USO GENERAL PARA DILUCIN EN AGUA

El factor de empaque (FE) medido en unidades de (gramos/por dosis recomendada) (por litro) se calcula empleando la de la siguiente ecuacin:FE = Vi + Ni Di

en donde Vi: es el peso del componente de empaque i (incluye el envase primario y los empaque para transporte en gramos) es el peso de material no reciclado en el componente de empaque i (incluye el envase primario y los empaque para transporte en gramos) es el numero de dosis funcionales que contiene el componente de empaque i

Ni:

Di:

Un ejemplo del clculo de este factor se presenta en el Anexo D. 5. 5.1 ROTULADO INDICACIONES SOBRE LA DOSIS

El rotulado de los productos detergentes de uso general deber incluir una recomendacin detallada sobre la dosificacin a emplear y las instrucciones de uso. Cuando le sea otorgada la etiqueta a un producto de limpieza, ste debe incluir en el rtulo el siguiente texto: Seguir las instrucciones de uso permite reducir el impacto al medio ambiente 5.2 INDICACIONES SOBRE SEGURIDAD

En el producto (mediante un texto o pictograma) deben figurar los consejos (o textos equivalentes) de seguridad siguientes:

-

Mantngase fuera del alcance de los nios No mezcle productos detergentes de limpieza diferentes No inhalar el producto vaporizado (solo para productos detergentes presentados en forma de vaporizador)

6. 6.1

APNDICE NORMAS QUE DEBEN CONSULTARSE

Los siguientes documentos normativos referenciados son indispensables para la aplicacin de este documento normativo. Para referencias fechadas, se aplica nicamente la edicin citada. Para referencias no fechadas, se aplica la ltima edicin del documento normativo referenciado (incluida cualquier correccin). 12

NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 5131

NTC 985:2000, Jabones y detergentes. Detergentes sintticos en polvo para uso domstico. NTC 1004:1997, Jabones y detergentes. Detergente en barra o pan para lavar. NTC 1060:2000, Detergentes. Polvos limpiadores abrasivos para uso domestico. NTC 1130:1997, Jabones y detergentes. Detergentes lquidos. NTC 2742-2:1999, Jabones y detergentes. Productos de limpieza para alfombras. Especificaciones para formulaciones lquidas con espuma abundante. NTC 2742-3:1999, Jabones y detergentes. Productos de limpieza para alfombras. Especificaciones para formulas usadas en forma lquida en mquina de extraccin por atomizacin NTC 2860:1999, Jabones y detergentes. Pasta para lavar loza. NTC 3205:1991, reaprobada 2000, Gua para plsticos. Sistema de codificacin NTC 4233:1997, Gestin Ambiental. Calidad de agua. Evaluacin de la biodegradabilidad anaerbica ltima de los compuestos orgnicos en lodos de digestin. Mtodo por medicin de la produccin de biogs. NTC-ISO 14021:2000, Sellos y declaraciones ambintales. Autodeclaraciones ambientales. Etiquetado ambiental tipo II. GTC 53-3:1998, Gestin ambiental. Residuos slidos. Gua para el aprovechamiento de los residuos plsticos. 6.2 PERODO DE VALIDEZ

Los requisitos establecidos en esta norma tienen un perodo de validez de 5 aos, a partir de la fecha de su ratificacin (2002-11-27). Si al trmino de este perodo no se hubiere actualizado la norma, su validez se prolongar por un ao, en tanto que se adelanta su actualizacin.

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NORMA TCNICA COLOMBIANA

NTC 5131ANEXO A (Normativo)

Tabla A.1 Tensioactivos y sus propiedades Toxicidad Efecto a largo Ingrediente plazo LTE Tensioactivos aninicos C 10-13 LAS ( Na 11,5- 11,8, C14 < 1% ) 0,3 Otros LAS ( C14 > 1% ) 0,12 C 14/ 17 Alquilsulfonato 0,27 C 12- 15 AS 0,1 C 12- 18 AS 0,15 C 16/ 18 FAS 0,55 C 12- 15 A 1- 3 EO Sulfato 0,15 C 16/ 18 A 3- 4 EO Sulfato 0,1 C 8 Dialquilsulfosuccinato 0,4 C 12/ 14 Sulfo- cido graso metilster 0,25 C 16/ 18 Sulfo- cido graso metilster 0,15 C 14/ 16 alpha olefina sulfonato 0,13 C 14-18 alpha olefina sulfonato 0,07 Tensioactivos no inicos C 9/ 11 A > 3- 6 EO lin. O mono br. 0,7 C 9/ 11 A > 6- 9 EO lin. O. Mono br. 1,1 C 12- 15 A 2- 6 EO lin. O mono br. 0,18 C 12- 15 ( media C < 14) A > 6- 9 EO lin. O mono br. 0,24 C 12- 15 ( media C > 14) A > 6- 9 EO lin. O mono br. 0,17 C 12- 15 A > 9- 12 EO 0,3 C 12- 15 A 20- 30 EO 0,65 C 12- 15 A > 30 EO 6,5 C 12/ 18 A 0- 3 EO 0,01 C 12- 18 A 9 EO 0,2 C 16/ 18 A 2- 6 EO 0,03 C 16/ 18 A > 9- 12 EO 0,05 C 16/ 18 A 20- 30 EO 0,36 C 16/ 18 A > 30 EO 2,5 C 12/ 14 Glucosamida 4,3 C 16/ 18 Glucosamida 0,116 C 12/ 14 Alquilpoliglucosido 1 Tensioactivos anfteros C 12- 15 Alquil dimetilbetana 0,03 C 12- 18 Alquil amidopropilbetana 0,03 NOTAS S = s, el criterio se aplica. O = no, el criterio no se aplica. Factor de carga LF 0,05 0,05 0,03 0,02 0,02 0,02 0,03 0,03 0,5 0,05 0,05 0,05 0,05 0,03 0,03 0,03 0,03 0,03 0,03 0,05 0,75 0,03 0,03 0,03 0,03 0,05 0,75 0,03 0,03 0,03 0,05 0,05

Anaerobiosis no degradable

S S S O O O O O S S S S S O O O O O O O O O O O O O O O O O S S

Fuente: Directiva Europea 2001/523/EC. Disponible en Internet: http://europa.eu.int/eur-lex/es/

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NTC 5131

Tabla A.2 Otras sustancias Toxicidad Efecto a largo plazo LTE Factor de carga LF 0,4 0,4 0,13 0,6 0,05 0,07 0,4 0,05 0,8 0,05 0,8 0,13 0,13 1 1 0,8 0,13 0,13 0,13 0,13 0,13 0,75 0,4 1 0,75 1 1 1 0,13 0,13 0,13 0,13 0,05 0,4 0,13 0,13 0,13 0,13 1 0,13 0,1 0,4 0,1 3 0,07 0,4 0,13 Contina...

Ingrediente

Controladores de espuma 4,82 100 Suavizantes Glicerol 1 000 Mejoradores Fosfatos como STTP 1 000 Zeolita A 120 Citrato 85 Policarboxylatos y derivados relacionados 124 Arcilla 1 000 Carbonato/ biocarbonato 250 1,6 cido graso ( C 14) Silicato/ disilicato 1 000 NTA 19 cido poliasprtico, sal de Na 12,5 Blanqueadores Monoperborato (como borato) 6 Tetraperborato (como borato) 6 Percarbonato (vase carbonato) 250 TAED ECO =500 Disolventes C 1- C 4 alcoholes 100 Monoetanolamina 0,78 Dietanolamina 0,78 Trietanolamina 0,78 Otros Polivinilpirrolidona ( PVP/ PVNO/ PVPI) 100 Fosfonatos 7 EDTA 11 CMC 250 Sulfato de Na 1 000 Sulfato de Mg 800 Cloruro de Na 650 Urea 100 cido maleico 2,1 cido mlico 2,1 Formiato de Ca 100 Slice 100 Polmeros de alto PM, PEG > 4 000 100 Polmeros de bajo PM, PEG < 4 000 100 Sulfonato de cumeno 6,6 Sulfonao de xileno 6,6 Sulfonato de tolueno 6,6 Na- / Mg- / KOH 100 Enzimas 25 Mezclas de perfumes tal como se utilicen 0,02 Tintes 0,1 Almidon 250 Ftalocianiasulfonato de Zn 0,016 Polister aninico ( Polister liberador de suciedad) 310 Iminodisucinato 2,3 Silicona Parafina

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NTC 5131Tabla A.2 (Final)

Ingrediente

Toxicidad Efecto a largo plazo LTE Blanqueadores pticos (FWA) 1,0 3,13 Ingredientes adicionales 0,08 1,6 1,9

Factor de carga LF 0,4 0,4 0,05 0,05 0,05

FWA 1 2 FWA 5 Alquil aminxido Cocoato de gliceret steres de fosfatos1

1

FWA 1 = 4,4 - bis (4- anilino- 5- morfolino- 1,3,5- triazin- 2- il) aminoestilbeno- 2.2 disulganato disdico. FWA 5 = 4,4- bis(2- sulfostriril) bifenilo disdico. Fotodegradacin rpida.

2

3

Fuente: Directiva Europea 2001/523/EC. Disponible en Internet: http://europa.eu.int/eur-lex/es/

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NTC 5131ANEXO B (Normativo)

MTODO APLICABLE A LOS INGREDIENTES QUE NO FIGURAN EN EL LISTADO DEL ANEXO A

B.1

CLCULO DEL EFECTO A LARGO PLAZO (LTE)

La toxicidad aguda de un producto qumico puede ser investigada empleando varias especies acuaticas. Estas especies representan diferentes niveles en la cadena alimenticia, lo que se denomina cadenas troficas. Los efectos txicos pueden ser medidos sobre la base de parmetros tales como la reduccin del porcentaje de supervivencia, el comportamiento de un cierto efecto o cuando ciertas funciones son inhibidas. Estos valores son conocidos como NOEC (Concentracin mxima de efecto no observado), LC50 (Concentracin letal que mata el 50 % de la poblacin en un tiempo dado), EC50 (concentracin efectiva que causa un 50 % de respuesta) o, IC50 (concentracin efectiva que causa una respuesta inhibitoria del 50 %). Los datos para determinar el LTE se obtienen de dividir la toxicidad crnica en algas, daphia o peces por el factor de incertidumbre indicado a continuacin. B.1.1 Factores de incertidumbre (FI) para no tensioactivos

Datos disponibles Existen datos disponibles de NOEC para las tres especies: peces, Daphnia y algas Existen datos disponibles de NOEC para dos de las especies: peces, Daphnia o algas Existen datos disponibles de NOEC solo para una de las especies: peces, Daphnia o algas Existen datos disponibles de LC50, IC50 o EC50 para dos de las especies: peces, Daphnia o algas

FI aplicable 1 (tmese el valor mnimo de NOEC) 5 (tmese el valor mnimo de NOEC) 10

100 (tmese el valor mnimo)

Fuente: Directiva Europea 2001/523/EC. Disponible en Internet: http://europa.eu.int/eur-lex/es/

Como alternativa el FI aplicable puede ser 1 si se pueden suministrar datos cientficos de valores sobre organismos mas sensibles que los indicados.

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NTC 5131

B.1.2 Factores de incertidumbre (FI) para tensioactivos

Datos disponibles FI aplicable Existen datos disponibles de NOEC para dos de las 1 (tmese el valor mnimo de NOEC) especies: peces, Daphnia o algas Existen datos disponibles de NOEC solo para una de las 1 (si la especie presenta la mayor sensibilidad en toxicidad aguda) especies: peces, Daphnia o algas 10 (si la especie no presenta la mayor sensibilidad a la toxicidad aguda) Existen datos disponibles de LC50, IC50 o EC50 para todas 20 (tmese el valor de LC50, IC50 o IC50 mnimo) de las especies: peces, Daphnia y algas Existen datos disponibles de LC50, IC50 o EC50 para una 50 (tmese el valor de LC50, IC50 o IC50 mnimo) o 20 de las especies: peces, Daphnia o algas en casos especficos (*) (*) En este ltimo caso, puede emplearse un factor de incertidumbre de 20 en lugar de 50 slo si se dispone de datos de LC50 en peces, o de EC50 en daphia y en algas y si se pueden suministrar datos cientficos de valores sobre organismos mas sensibles que los indicados.

Esta regla puede aplicarse nicamente dentro de un grupo de homlogos. Se resalta el hecho de que el LTE utilizado (efecto a largo plazo) debe ser coherente dentro de un grupo de homlogos en relacin con la influencia, por ejemplo, de la longitud de la cadena alqulica de los alquilbencenosulfonatos de cadena lineal (LAS) o el nmero de grupos extoxi (EO)por alcoholetoxilato. Toda variacin con respecto al sistema descrito anteriormente debe estar bien razonada para cada compuesto qumico especfico.

Fuente: Directiva Europea 2001/523/EC. Disponible en Internet: http://europa.eu.int/eur-lex/es/

B.2

ESTIMACIN DE LOS FACTORES DE CARGA (LF)

Los factores de carga para calcular el volumen crtico de dilucin (VCD tox) reflejan el porcentaje de sustancia que queda despus de pasar por el sistema de tratamiento de aguas residuales y depende de la biodegradabilidad y de la tendencia de sorcin de la sustancia. B.2.1 Factores de carga de las sustancias orgnicas

Degradabilidad de la sustancia Biodegradabilidad fcil

Sorcin Baja Media Alta Baja Media Alta Baja Media Alta

Factor de carga (LF) 0,13 0,1 0,07 0,6 0,5 0,3 1 0,75 0,4

Biodegradabilidad intrnseca

No biodegradabilidad

NOTA La sorcin puede calcularse mediante el log Pow (coeficiente de particin octanol/agua),donde Pow 4 alta sorcin. Cuando no se disponga de datos sobre la sorcin, se considerar que la sorcin es baja.

Fuente: Directiva Europea 2001/523/EC. Disponible en Internet: http://europa.eu.int/eur-lex/es/

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NTC 5131

B.2.2 Mtodo particular para los agentes tensioactivos fcilmente degradables

Tipo de agente tensioactivo Agentes tensioactivos fcilmente degradables en general Alcoholetoxilatos (EO