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Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Edición de 30 pág.

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Nro. 26.806 - 005/20Paraná, miércoles 8 de enero de 2020

Edición de 30 pág.

Page 2: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

SECCION ADMINISTRATIVA

GOBERNACION

DECRETO Nº 3438 GOBRECTIFICANDO ARTICULO

Paraná, 1 de noviembre de 2019VISTO:

El Decreto N° 3103 GOB, de fecha 4 de octubre de 2019; yCONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se hizo lugar al recurso de queja interpuestopor el Sr. Roberto Daniel Almada, por mora en la tramitación de lasactuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1513920y sus agregados, y se intimó a Fiscalía de Estado a efectos deimprimir al expediente citado el trámite pertinente dentro de los diezdías hábiles de notificado dicho acto administrativo;

Que se ha consignado erróneamente el número de registro únicode las actuaciones por cuya mora en su tramitación se interpuso elcitado medio recursivo;

Que en virtud de ello, resulta necesario proceder el la rectificacióncorrespondiente;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º - Rectifícanse el artículo 1° del Decreto N° 3103 GOB, de

fecha 4 de octubre de 2019, el que quedará redactado de la siguientemanera: “Artículo 1°.- Hágase lugar al recurso de queja interpuestopor el Sr. Roberto Daniel Almada, M.I. N° 12.499.688, con domiciliolegal en calle Moreno N° 108, de esta ciudad, por mora en la trami-tación de las actuaciones N° 2025708 que se encuentran agregadasal expediente 1878827 y en consecuencia intímase a la a Fiscalía deEstado a efectos de imprimir a las actuaciones citadas el trámitepertinente dentro de los diez (10) días hábiles de notificado el pre-sente”.

Art. 2º - El presente decreto será refrendado para este acto por elseñor Secretario General de la Gobernación a cargo del Ministerio deCultura y comunicación, conforme autorización conferida por DecretoNº 2592/16 GOB.

Art. 3º - Con copia del presente pasen las actuaciones a la DirecciónGeneral de Despacho de la Gobernación para la notificación al recu-rrente. Cumplido, pase a la Fiscalía de Estado. Publíquese y archí-vese.

GUSTAVO E. BORDETEdgardo D. Kueider

— — —DECRETO Nº 3439 GOB

Paraná, 1 de noviembre de 2019Adscribiendo al Sr. Luciano Enrique Quiroga, M.I. N° 23.880.148,

agente de la planta de personal permanente de la Dirección Generalde Recursos Humanos a la Honorable Cámara de Senadores, a partirdel 02.5.19 y hasta el 10.12.19.

Disponiendo que la Honorable Cámara de Senadores comunicarámensualmente a la Dirección General de Recursos Humanos lasinasistencias en que incurriera y las licencias que hiciera uso elagente Quiroga.

— — —DECRETO Nº 3440 GOB

DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIAParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:La gestión iniciada por la Dirección General de Informática; y

CONSIDERANDO:Que mediante la misma se informa que el Sr. Ubaldo Antonio Castro

agente de la planta de personal permanente de esa Dirección Gene-ral, ha incurrido en más de diez (10) inasistencias injustificadasdurante 2017 y 2018, conforme surge de la documental adjunta enautos;

Que las inasistencias que se le imputan corresponden a los días 10de noviembre y 15 de diciembre de 2017, 16 y 26 de febrero 9 y 21de marzo 16 y 20 de abril, 4 de junio, 23 de julio, 21 de septiembre y4 y 10 de octubre de 2018;

Que en consecuencia la conducta en que habría incurrido el Sr.Castro se encontraría presuntamente incurso en la causal prevista

en el Art. 71° inciso a) de la Ley N° 9755 (Marco de Regulación delEmpleo Público en la Provincia de Entre Ríos);

Que corresponde disponer la instrucción de un sumario administra-tivo en el cual se permita al encartado el ejercicio del derecho dedefensa ello por aplicación del Art. 73° de la Ley Nº 9755 y Art. 65°de la Constitución Provincial, procedimiento que atento a la falta dereglamentación del Art. 74° de la citada ley se sustancia por aplica-ción ultractiva del Decreto N° 2/70 S.G.G. conforme lo dispuesto porDecreto N° 2840/07 GOB;

Que. la Asesoría Legal de la Secretaría de General de la Gober-nación se ha expedido al respecto mediante Dictamen N° 55/19obrante en autos;

Que el presente se dicta de conformidad a las disposiciones delartículo 71º inciso a) de la Ley Provincial N° 9755 - Marco deRegulación del Empleo Público- y artículo 1° del Decreto N°2840/07 GOB;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º - Dispónese la instrucción de un sumario administrativo

a través de la Dirección de Sumarios dependiente de la Fiscalíade Estado, al agente Ubaldo Antonio Castro, M.I. N° 21.839.960,Legajo N° 164927, personal de la planta permanente de la Direc-ción General de Informática, por estar su conducta presuntamenteincurso en la causal prevista en el artículo 71°, inciso a) de la LeyProvincial N° 9755 - Marco de Regulación del Empleo Público- ya lo dispuesto por Decreto Nº 2840/07 GOB, de conformidad a loexpresado en los considerandos del presente.

Art. 2º - El presente decreto será refrendado para este acto porel señor Secretario General de la Gobernación a cargo del Minis-terio de Cultura y Comunicación, conforme autorización

conferid por Decreto N° 2592/16 GOB.Art. 3º - Comuníquese, publíquese y archívese con copia del

presente pasen las actuaciones a la Dirección de Sumario a susefectos.

GUSTAVO E. BORDETEdgardo D. Kueider

— — —DECRETO Nº 3450 GOB

Paraná, 4 de noviembre de 2019Otorgando un subsidio por la suma total de $ 114.000, a la

Asociación Departamento Colón de Ayuda al Discapacitado, condomicilio en Bvard. Ferrari y Vieytes, de la ciudad de Colón, en lapersona de su Presidente, Sr. Salvador Luis Mistretta M.I. Nº5.616.687, domiciliado en calle San Martín N° 402, de la citadaciudad, con destino a solventar los gastos de funcionamiento dedicha institución, correspondiente a los meses de enero, febrero,marzo y abril del corriente año, con cargo de rendir cuentas anteel Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Autorizando a la Dirección General del Servicio AdministrativoContable de la Gobernación a abonar directamente la suma deter-minada al presidente de la referida entidad, Sr. Salvador LuisMistretta.

— — —DECRETO Nº 3451 GOB

Paraná, 4 de noviembre de 2019Otorgando a la Asociación Trabajadores del Estado, con domi-

cilio en calle Colón Nº 59, de esta ciudad, en la persona de suSecretario General Sr. Oscar Alberto Muntes, M.I. Nº 16.506.455,domiciliado en calle Calderón N°772, de la ciudad de Concepcióndel Uruguay, un subsidio por la suma total de $ 2.500.000, condestino a solventar los gastos que demandó el funcionamiento delJardín Maternal “Acunate”, durante el período comprendido entrelos meses de abril a junio de 2019, incluido el 1° Sueldo AnualComplementario del personal que presta servicios en el citadoJardín Maternal con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal deCuentas de la Provincia.

Autorizando a la Dirección General del Servicio AdministrativoContable de la Gobernación a emitir la Orden de Pago correspon-diente a fin de que la Tesorería General de la Provincia hagaefectivo el pago al Secretario General de la entidad, Sr. OscarAlberto Muntes, conforme lo dispuesto.

MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

DECRETO Nº 3387 MGJMODIFICANDO PLANTA DE CARGOS

Paraná, 1 de noviembre de 2019VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales se interesa una modi-ficación en la planta permanente de un cargo del Consejo Generalde Educación; yCONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 0730 CGE, de fecha 27 de febrerode 2019, se recategoriza a la categoría 3 a la señora RosaGraciela Martínez, DNI Nº 13.198.157, Personal de ServiciosAuxiliares, titular de la Escuela Secundaria Nº 6 “Jorge LuisBorges” del Departamento Concordia, a partir del 10 de julio de2018, conforme a lo dispuesto por el Instructivo para Recategori-zaciones emanado del Ministerio de Economía, Hacienda y Finan-zas en el mes de julio de 2018; y

2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020

Page 3: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

Que, asimismo, la citada agente solicita el cambio de tramo aPersonal Administrativo; y

Que, a fojas 12, la Dirección de Recursos Humanos del ConsejoGeneral de Educación, informa que la citada agente ha registrado eltítulo de “Bachiller Perito Comercial Especializado en Administraciónde Empresas” (Registro Nº 2.751, folio Nº 190); y

Que ante lo expuesto resulta necesario efectuar la modificación dela planta permanente de cargos a los fines de realizar la adecuaciónpresupuestaria correspondiente; y

Que, a fojas 14 emite informe de competencia la Dirección deAsuntos Jurídicos del Consejo General de Educación; y

Que, a fojas 23 obra intervención de la Oficina Provincial de Presu-puesto, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finan-zas, informando que desde el punto de vista presupuestario la modi-ficación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que, a fojas 24, obra planilla modificatoria de personal permanenteconfeccionada por el Departamento Presupuesto, dependiente de laDirección de Finanzas, en la cual se refleja la modificación interesadaregularizando la situación de revista de la agente Martínez y elcambio de tramo interesado; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo 13ºde la Ley Nº 10.660 del presupuesto general de la AdministraciónProvincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 de laJurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia - Entidad: ConsejoGeneral de Educación, Unidad Ejecutora: Dirección de EducaciónSecundaria, de acuerdo a la Planilla modificatoria de personal per-manente que forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3388 MGJ

MODIFICANDO PLANTA DE CARGOSParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales se interesa una modifica-

ción en la planta permanente de cargos del Consejo General deEducación; yCONSIDERANDO:

Que, a fojas 25/27 obra el Decreto Nº 1.607 MGJ, de fecha 6 dejunio de 2019, por el cual la agente Emilia Paola Sosa Passarino, DNINº 32.833.525, Personal Administrativo, categoría 6- titular de laDirección de Planeamiento Educativo del organismo, efectúa el cam-bio de tramo a Profesional “8", categoría 5, conforme lo informadopor la Dirección de Recursos Humanos del organismo; y

Que, a fojas 33, la señora Sosa Passarino solicita se revea elcambio de tramo dispuesto por Decreto Nº 1.607/19 MGJ; y

Que, a fojas 40, la Dirección de Recursos Humanos del organismo,informa que la citada agente ha registrado el título de “Profesoradoen ciencias de la Educación”, otorgado por la Facultad de ciencias dela Educación – UNER, bajo registro provisorio (carrera con 5 años deduración y validez nacional) correspondiéndole el tramo PersonalProfesional “C”, categoría 4; y

Que, a fojas 42, emite informe de competencia la Dirección deAsuntos Jurídicos del Consejo General de Educación; y

Que, a fojas 44, obra planilla modificatoria de personal permanente,confeccionada por el Departamento Presupuesto, dependiente de laDirección de Finanzas, en la cual se refleja la modificación interesa-da; y

Que, a fojas 46, obra intervención de la Oficina Provinciai dePresupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda yFinanzas, informando que desde el punto de vista presupuestario lamodificación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo 13ºde la Ley Nº 10.660 del presupuesto general de la AdministraciónProvincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 de laJurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia - Entidad: ConsejoGeneral de Educación, Unidad Ejecutora: Consejo General de Edu-cación, de acuerdo a la planilla modificatoria de personal permanenteque forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3389 MGJ

MODIFICANDO PLANTA DE CARGOSParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales se interesa una modifi-

cación en la planta permanente de cargos del Consejo General deEducación, conforme a lo dispuesto por Resolución Nº 2.810 CGE,de fecha 1 de julio de 2019; yCONSIDERANDO:

Que, a fojas 12, obra la citada norma legal por la cual se recate-goriza a la categoría 6 a la señora Miriam Mabel Monrroy, DNI Nº23.051.230, Personal Administrativo, categoría 10, titular en laEscuela Secundaria Nº 11 del Departamento Tala, a partir del 1º dejulio de 2018, conforme lo dispuesto por el Instructivo emanado delMinisterio de Economía, Hacienda y Finanzas de la Provincia delmes de julio de 2018; y

Que ante lo expuesto resulta necesario efectuar la modificaciónde la planta permanente de cargos a los fines de realizar la adecua-ción presupuestaria correspondiente; y

Que, a fojas 15, el Departamento Presupuesto, dependiente de laDirección de Finanzas, ha confeccionado la planilla modificatoria depersonal permanente en la cual se refleja la modificación interesa-da; y

Que, a fojas 17, obra intervención de la Oficina Provincial dePresupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda yFinanzas, informando que desde el punto de vista presupuestariola modificación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo 13ºde la Ley Nº 10.660 del presupuesto general de la AdministraciónProvincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 de laJurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia - Entidad: ConsejoGeneral de Educación, Unidad Ejecutora: Dirección de EducaciónSecundaria, de acuerdo a la planilla modificatoria de personalpermanente que forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3390 MGJ

MODIFICANDO PLANTA DE CARGOSParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales el Consejo General de

Educación gestiona la reconversión de un cargo docente, depen-diente de la Dirección de Educación Técnico Profesional del Con-sejo General de Educación; yCONSIDERANDO:

Que, a fojas 1/5, la Dirección de Educación Técnico Profesional,solicita la reconversión de un (1) cargo de Maestro de CulturaAgraria –971 puntos básicos–, en un (1) cargo de Maestro de GradoTécnico –971 puntos básicos– para el Centro de Formación Profe-sional Nº 61 de La Criolla del Departamento Concordia; y

Que, a fojas 9 interviene la Dirección de Recursos Humanos delorganismo elaborando el informe correspondiente; y

Que a fojas 11 ha tomado intervención el Departamento AuditorioInterna del Consejo General de Educación, informando que dichoscargos docentes pertenecen al Programa 17 - Actividad 02, deEstablecimientos de Educación Técnico Profesional; y

Que, a fojas 13, la Dirección de Finanzas del organismo medianteel Departamento Presupuesto ha confeccionado la planilla modifi-catoria de personal permanente en la cual se refleja la modificacióninteresada; y

Que, a fojas 15, obra intervención de la Oficina Provincial dePresupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda yFinanzas, informando que desde el punto de vista presupuestariola modificación gestionada resulta técnicamente viable; y

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 de la

Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 BOLETIN OFICIAL 3

Page 4: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia - Entidad: ConsejoGeneral de Educación, Unidad Ejecutora: Dirección de EducaciónTécnico Profesional, de acuerdo a la planilla modificatoria de perso-nal permanente que forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3391 MGJ

MODIFICANDO PLANTA DE CARGOSParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales el Consejo General de

Educación gestiona la reconversión de un (1) cargo docente, depen-diente de la Dirección de Educación de Secundaria; yCONSIDERANDO:

Que, a fojas 12 y 16 la Dirección de Educación Secundaria avala lointeresado por la Escuela Secundaria Nº 2 “José Manuel Estrada” delDepartamento Federal, de reconvertir un (1) cargo de prosecretario1ª categoría en un (1) cargo de preceptor, a fin de dar respuesta alservicio educativo; y

Que, a fojas 20, la Dirección de Recursos Humanos del organismo,informa según el sistema SAGE la Plaza Nº 100234 “Prosecretario 1ªcategoría” de la Escuela Secundaria Nº 2 “José Manuel Estrada” delDepartamento Federal, se encuentra vacante; y

Que, a fojas 24, el Departamento Auditoría Interna del ConsejoGeneral de Educación, efectúa un control y relevamiento de cargospertenecientes al Programa 17 - Actividad 01 - EstablecimientosEducación Secundaria, señalando que el cargo solicitado pertenecea la Plaza Nº 100234; y

Que, a fojas 28 obra planilla modificatoria de personal permanentecon la adecuación del cargo interesado, confeccionada por el Depar-tamento Presupuesto, dependiente de la Dirección de Finanzas; y

Que, a fojas 30, obra intervención de la Oficina Provincial dePresupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda yFinanzas, informando que desde el punto de vista presupuestario lamodificación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo 13ºde la Ley Nº 10.660 del presupuesto general de la AdministraciónProvincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 de laJurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia - Entidad: ConsejoGeneral de Educación, Unidad Ejecutora: Dirección de EducaciónSecundaria, de acuerdo a la planilla modificatoria de personal perma-nente que forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3392 MGJ

MODIFICANDO PLANTA DE CARGOSParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales se interesa una modifica-

ción en la planta permanente de cargos del Consejo General deEducación; yCONSIDERANDO:

Que a foja 2 la agente Nancy Daniela Alejandra Toledo, DNI Nº22.342.232, Personal Administrativo, categoría 7, titular de la Escue-la de Educación Técnica Nº 5 “Malvinas Argentinas” del Departamen-to Paraná, solicita cambio de tramo a Profesional “8" - categoría 5; y

Que, a fojas 7, la Dirección de Recursos Humanos del organismo,informa que la citada agente ha registrado el título de “TécnicaUniversitaria en Administración de Instituciones Estatales”, otorgadopor la Facultad de Trabajo Social - UNER, bajo registro provisorio; y

Que a fojas 9 y vuelta emite informe de competencia la Direcciónde Asuntos Jurídicos del Consejo General de Educación; y

Que, a fojas 21 y 22 obran planillas modificatorias de personalpermanente confeccionadas por el Departamento Presupuesto, de-pendiente de la Dirección de Finanzas, en la cual se refleja lamodificación interesada; y

Que, a fojas 24, obra intervención de la Oficina Provincial dePresupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda yFinanzas, informando que desde el punto de vista presupuestario lamodificación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo 13º

de la Ley Nº 10.660 del presupuesto general de la AdministraciónProvincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 dela Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia - Entidad:Consejo General de Educación, Unidades Ejecutoras: Direcciónde Educación Secundaria y Dirección de Educación Técnico Pro-fesional, de acuerdo a las planillas modificatorias de personalpermanente que forman parte de este instrumento legal.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señoraMinistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3393 MGJ

MODIFICANDO PLANTA DE CARGOSParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales el Consejo General de

Educación gestiona la reconversión de un (1) cargo docente de-pendiente de la Dirección de Educación de Secundaria; yCONSIDERANDO:

Que, a fojas 4 y 19, la Dirección de Educación Secundariainteresa reconvertir un (1) cargo de ayudante de clases prácticasen un (1) cargo de preceptor perteneciente a la Escuela Secunda-ria Nº 16 “Profesor Gerardo Victorin” del Departamento Concordia,a fin de dar respuesta al servicio educativo; y

Que, a fojas 28, la Dirección de Recursos Humanos del organis-mo informa según el sistema SAGE la Plaza Nº 95365 “Ayudantede Clases Prácticas” de la Escuela Secundaria Nº 16 “ProfesorGerardo Víctorín” del Departamento Concordia, se encuentra va-cante; y

Que, a fojas 30, el Departamento Auditoría Interna del ConsejoGeneral de Educación efectúa un control y relevamiento de cargospertenecientes al Programa 17 - Actividad 01 - EstablecimientosEducación Secundaria, señalando que el cargo solicitado perte-nece a la Plaza Nº 95365 se encuentra vacante disponible; y

Que, a fojas 31, obra planilla modificatoria de personal perma-nente con la adecuación del cargo interesado, confeccionada porel Departamento Presupuesto, dependiente de la Dirección deFinanzas; y

Que, a fojas 33, obra intervención de la Oficina Provincial ePresupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienday Finanzas, informando que desde el punto de vista presupuesta-rio la modificación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo13º de la Ley Nº 10.660 del presupuesto general de la Administra-ción Provincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 dela Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia - Entidad:Consejo General de Educación, Unidad Ejecutora: Dirección deEducación Secundaria, de acuerdo a la planilla modificatoria depersonal permanente que forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señoraMinistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3394 MGJ

MODIFICANDO PLANTA DE CARGOSParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales el Consejo General de

Educación gestiona la reconversión de dos (2) cargos docentesdependientes de la Dirección de Educación Inicial; yCONSIDERANDO:

Que, a fojas 5, el Departamento Técnico Pedagógico, depen-diente de la Dirección de Educación Inicial, interesa reconvertir un(1) cargo de Director Unidad Educativa –2ª categoría– Nivel Inicialen un (1) cargo de Director de Educación Inicial –1ª categoría– yun (1) cargo de Secretario de Unidad Educativa de Nivel Inicial–2ª categoría– en un (1) cargo de Secretario de Unidad Educativade Nivel Inicial –1ª categoría– de la Unidad Educativa de NivelInicial Nº 18 “Dejando Huellitas” del Departamento Paraná; y

Que, a fojas 10, el Departamento Auditoría Interna del Consejo

4 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020

Page 5: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

General de Educación efectúa un control y relevamiento de cargospertenecientes al Programa 16 - Actividad 01 - EstablecimientosEducación Inicial; y

Que, a fojas 11/12, obran planillas modificatorias de personal per-manente con la adecuación de cargos interesada, confeccionadaspor el Departamento Presupuesto, dependiente de la Dirección deFinanzas; y

Que, a fojas 14, obra intervención de la Oficina Provincial dePresupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda yFinanzas, informando que desde el punto de vista presupuestario lamodificación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo 13ºde la Ley Nº 10.660 del presupuesto general de la AdministraciónProvincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 de laJurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia - Entidad: ConsejoGeneral de Educación, Unidad Ejecutora: Dirección de EducaciónInicial, de acuerdo a la planilla modificatoriade personal permanenteque forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3395 MGJ

MODIFICANDO PLANTA DE CARGOSParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales se interesa una modifica-

ción en la planta permanente de un cargo del Consejo General deEducación; yCONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 730 CGE, de fecha 27 de febrero de2019, se recategoriza a la categoría 6 a la señora Roxana Grandoli,DNI Nº 28.961.939, Personal Obrero y Maestranza, titular de laEscuela Secundaria de Adultos Nº 86 del Departamento Paraná, apartir del 1º de julio de 2018, conforme a lo dispuesto por el Instructivopara Recategorizaciones emanado del Ministerio de Economía, Ha-cienda y Finanzas en el mes de julio de 2018; y

Que, asimismo, la citada agente solicita el cambio de tramo aPersonal Administrativo; y

Que, a fojas 8, la Dirección de Recursos Humanos del ConsejoGeneral de Educación, informa que la citada agente ha registrado eltítulo de “Bachiller con Orientación en Turismo” (Registro Nº 2.820,folio Nº 96), otorgado por la Escuela Secundaria Nº 3 “Monseñordoctor Abel Bazán y Bustos” del Departamento Paraná; y

Que ante lo expuesto resulta necesario efectuar la modificación dela planta permanente de cargos a los fines de realizar la adecuaciónpresupuestaria correspondiente; y

Que a fojas 10 emite informe de competencia la Dirección deAsuntos Jurídicos del Consejo General de Educación; y

Que a fojas 13 obra planilla modificatoria de personal permanenteconfecionada por el Departamento Presupuesto, dependiente de laDirección de Finanzas, en la cual se refleja la modificación interesadaregularizando la situación de revista de la agente Grandoli y el cambiode tramo interesado; y

Que, a fojas 15, obra intervención de la Oficina Provincial dePresupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda yFinanzas, informando que desde el punto de vista presupuestario lamodificación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo 13ºde la Ley Nº 10.660 del presupuesto general de la AdministraciónProvincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 de laJurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia - Entidad: ConsejoGeneral de Educación Unidad Ejecutora: Dirección de EducaciónSecundaria, de acuerdo a la planilla modificatoria de personal perma-nente que forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3396 MGJ

MODIFICANDO PLANTA DE CARGOSParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:La Resolución Nº 1.955 del Consejo General de Educación, de

fecha 9 de mayo de 2019; y

CONSIDERANDO:Que, a fojas 23 y vuelta obra la citada norma legal por la cual se

designa en planta permanente al agente Alberto Omar Castro, DNINº 13.519.724, Personal de Servicios Auxiliares categoría 10, en laEscuela Secundaria Nº 6 “Jorge Luis Borges” del DepartamentoParaná, en el cargo vacante por fallecimiento de la señora MaríaÁngela Pérez, DNI Nº 10.487.280; y

Que el artículo 3º de la Resolución Nº 1.955/19 CGE dispone quela Dirección de Finanzas del organismo, a través de los departa-mentos de competencia, realice las adecuaciones presupuestariasque resulten necesarias de la designación efectuada; y

Que, a fojas 26, obra planilla modificatoria de personal permanen-te, confeccionada por el Departamento Presupuesto, dependientede la Dirección de Finanzas, en la cual se refleja la modificacióninteresada; y

Que, a fojas 28, obra intervención de la Oficina Provincial dePresupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda yFinanzas, informando que desde el punto de vista presupuestariola modificación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo 13ºde la Ley Nº 10.660 del presupuesto general de la AdministraciónProvincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 de laJurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia - Entidad: ConsejoGeneral de Educación, Unidad Ejecutora: Dirección de EducaciónSecundaria, de acuerdo a la planilla modificatoria de personalpermanente que forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º — El presente decreto será refrendado por la señora Mi-nistra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3429 MGJ

APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIOParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:El Decreto N°2927 del Ministerio de Gobierno y Justicia de fecha

25 de agosto de 2015; yCONSIDERANDO:

Que por el mencionado decreto se dispuso la instrucción de unnuevo sumario administrativo a través de la Dirección de Sumarios.dependiente de Fiscalía de Estado de la Provincia a la agenteDébora Estefanía Dekimpe, DNI N°41.610.945, Legajo Personal N°181.774, categoría 10, personal de planta permanente de la Direc-ción General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito, conprestación de Servicios en el Registro de la Propiedad Inmueble deParaná, dependiente de la Dirección General del Notariado, Regis-tros y Archivos, por encontrarse su conducta presuntamente incursaen la causal prevista en el artículo 71° Inc. a) y e), artículo 61°,inciso a), b) y e) de la Ley N° 9755 - Marco Regulación del EmpleoPúblico de la Provincia; y

Que el hecho que se le reprocha a la encartada, es haber incurridoen cincuenta y siete (57) inasistencias injustificadas sin aviso a sulugar de trabajo; y

Que a fojas 07/18, 22/52, 65/79 y vuelta, 82, se acompañanfotocopias debidamente autenticadas de las planillas de asistenciade la sumariada conforme al siguiente desglose: Año 2012: 31 deenero; 01, 02, 06, 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16 de febrero; Año2013: 18, 19, 21, 22 y 28 de febrero; 01, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12,13, 14, 21, 22, 26, 27 de marzo; 03, 04, 05, 08, 09, 10, 12, 14, 15,16, 17, 18, 19, 24, 25, 26, 29 y 30 de abril; 02, 03, 06, 07, 08, 09,10, 13 y 29 de mayo; y

Que a fojas 93/94, luce copia de Decreto N° 1579 MGJ, de fecha4 de junio de 2014, mediante el cual se dispuso la instrucción de unsumario administrativo a la agente anteriormente mencionada; y

Que iniciado el sumario administrativo, la encartada compareceante la instrucción, acompañada por su abogada defensora, y luegode ser interiorizado de las inasistencias que se le endilgan en autos,se abstiene de prestar declaración; y

Que a fojas 105/150, se incorporaron planillas de asistencias dela agente Dekimpe correspondiente al período 01.10.2013 al31.1.2014; y

Que se agregaron Expedientes N° 1.384.814 y N° 1.562.028relacionado con lo aquí interesado; y

Que a fojas 175 y vuelta, la Dirección General de Asuntos Jurídi-cos del Ministerio de Gobierno y Justicia, solicitó a la repartición derevista que acredite fehacientemente si la agente en cuestión incu-rrió en nuevas inasistencias durante el período del 30.5.2013 al30.9.2013; y

Que a fojas 176/216, la Directora General del Notariado, Registrosy Archivos, adjuntó planillas de asistencia correspondientes a losperíodos requeridos; y

Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 BOLETIN OFICIAL 5

Page 6: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

Que a fojas 226, obra cédula de notificación para la agente Dekim-pe, solicitándole comparecer a prestar declaración indagatoria; y

Que a fojas 231, la por entonces Dirección General de Personal delMinisterio de Economía, Hacienda y Finanzas remite los anteceden-tes administrativos de la encartada; y

Que a fojas 248, obra constancia de la agente notificadora infor-mando que no se encontró a la agente en cuestión en su domicilio ysus familiares se negaron a notificarse; y

Que a fojas 258 luce carta documento remitida por la DirecciónGeneral del Notariado, Registros y Archivos, notificando para quecomparezca a prestar declaración indagatoria, obrando constanciade su recepción por la agente Dekimpe; y

Que a fojas 262, la instrucción resolvió decretar la rebeldía de laagente Débora Estefanía Dekimpe, ante la incomparecencia a prestardeclaración indagatoria, lo cual es notificado mediante carta docu-mento a la sumariada a fojas 269; y

Que a fojas 274, obra declaración testimonial de la Jefa de Registrode la Propiedad Inmueble de Paraná, quien reconoció el contenido ylas firmas de la documental que se exhiben en autos, manifestandoque en dichas planillas constan las inasistencias que se imputan a lasumariada entre el período de enero a febrero del año 2012, y defebrero hasta mayo del año 2013, y que desde ahí comenzó a faltarhasta la actualidad, agregando que dicha agente nunca se comunicócon la Jefatura de Personal solicitándole partes médicos, licenciasordinarias o compensatorios, como cualquier otra causa como rigeen el Reglamento Administrativo; y

Que a fojas 276, obra resolución de la Dirección de Sumarios deFiscalía de Estado, mediante la cual se abrió la causa a prueba; y

Que a fojas 277, el defensor oficial de la sumariada ofreció pruebade ampliación de indagatoria e informativa, haciéndose lugar a lasmismas a fojas 278; y

Que a fojas 282, luce acta de instrucción de la que surge que laencartada no compareció a prestar ampliación de declaración inda-gatoria; y

Que se agregó a las actuaciones Expediente N° 1.698.189; yQue a fojas 285, obra oficio N°207/15 de la Dirección de Sumarios

de Fiscalía de Estado, por el que se solicitó información sobre loshaberes de la Agente en cuestión; y

Que a fojas 287, la Dirección General del Servicio AdministrativoContable del Ministerio de Gobierno y Justicia, informó que a la fecha22.4.2015, la agente percibe los haberes en forma regular; y

Que a fojas 291, la instrucción resolvió clausurar la etapa probatoria,poniendo a disposición de la Defensa las actuaciones para alegar; y

Que a fojas 292 y vuelta, el señor defensor oficial mediante escrito,manifestó que su defendida no concurre a trabajar desde hace masde dos (2) años, percibiendo los haberes en forma regular, demos-trando desinterés de ejercer el derecho de defensa en el sumario; y

Que a fojas 293/294, obra informe final por parte de la instructorasumariante, resolviéndose a fojas 295, la clausura del presente su-mario administrativo; y

Que a fojas 298/301, obra Dictamen N° 45/16 emitido por la Comi-sión Asesora de Disciplina, quien aconsejó aplicar una sanción se-gregatoria en razón de los argumentos vertidos y, reprochar suconducta con la sanción de cesantía, por haber quedado incurso enlas disposiciones del articulo 71° inciso a) de la Ley 9755, Marco deRegulación del Empleo Público de la Provincia, al exceder el límitede in asistencias allí previsto, dado que incurrió en cincuenta y siete(57) inasistencias injustificadas sin aviso hasta el 29 de mayo de2013; y

Que pese a estar acreditado que no concurre a su lugar de trabajola sumariada, se recomendó se intime a la agente Dekimpe a los finesde que reintegre los haberes percibidos sin trabajar con más intere-ses legales hasta el día de la fecha, como así mismo se sugirió searbitren las medidas legales pertinentes en el ámbito del Ministeriode Gobierno y Justicia, a los fines de determinar las responsabilida-des de los agentes involucrados que incumplieron con sus deberes,dando lugar a una desidia administrativa que permitió que la suma-riada siga percibiendo sus haberes en forma incausada por más dedos (2) años; y

Que se agregó a las actuaciones Expediente N° 1.655.013, por elque se remitieron copias de antecedentes de las actuaciones; y

Que a fojas 310/395 y 401/410, obran copias de planillas de asistenciadiaria del personal de Registro Público de Paraná, correspondientes alos siguientes días: 14 de junio; 01 y 08 de agosto; 16, 17, 18, 19, 20 y30 de septiembre; 31 de octubre; 01, 04, 05, 07, 11, 12, 14, 19, 20, 21,22, 28 y 29 de noviembre; 03, 04, 05, 11, 16, 17, 18, 20, 23, 26, 27 y30 de diciembre; año 2014: 02, 03, 06, 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16,17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, y 30 de enero; y

Que a fojas 397, el señor Director de Sumarios de Fiscalía deEstado, solicitó dar inicio a la instrucción de un nuevo sumarioAdministrativo dado que los antecedentes remitidos corresponden anuevas inasistencias injustificadas por parte de la encartada; y

Que a vuelta de fojas 398, tomo conocimiento la por entoncesDirectora General del Notariado, Registros y Archivos; y

Que a fojas 400, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del

Ministerio de Gobierno y Justicia, informó que en el ExpedienteN° 1.308.747 y agregados, se expidió en lo relativo al análisis delas inasistencias de la agente Dekimpe, ocurridas en 2012 y entreenero y mayo de 2013, por lo que correspondería seguir el criterioallí adoptado en lo concernientes a nuevas inasistencias posterio-res de la agente, las que no están comprendidas en Decreto N°1579/14 MGJ, por lo que se deberían acreditar fehacientementelas mismas para ampliar la pesquisa sumarial y oportunamentedictar la norma legal que disponga el inicio de un nuevo sumarioadministrativo; y

Que a fojas 417/419, obra copia de Decreto N° 2927 MGJ, defecha 25 de agosto de 2015, por el que se dispuso la instrucciónde un nuevo sumario administrativo a la agente de marras; y

Que a fojas 422, la instructora sumariante, solicitó se notifiquea la agente para la audiencia de declaración indagatoria; y

Que a fojas 426, la encartada no compareció ante la instrucción,conforme surge de constancia presente; y

Que a fojas 429, se notificó a la encausada mediante cartadocumento, para que comparezca a prestar declaración indagato-ria, teniendo resultado negativo, según lo obrante a fojas 434; y

Que a fojas 432, la por entonces Dirección General de Perso-nal dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finan-zas, incorporó hoja de antecedentes administrativos de la su-mariada; y

Que a fojas 437 y vuelta, la instrucción resolvió decretar larebeldía de la agente Débora Estefanía Dekimpe, comunicándo-selo a la encartada a fojas 468; y

Que a fojas 445/464, obran copias de planillas de asistenciacorrespondientes a los meses de noviembre y diciembre del año2013; y

Que a fojas 470, luce declaración testimonial de la por entoncesJefa de Registro de la Propiedad Inmueble de Paraná; y

Que a fojas 472, se dispuso la apertura a prueba y el defensoroficial de la sumariada ofreció prueba de ampliación de indagato-ria e informativa a fojas 473, haciéndose lugar a las mismas a fojas474; y

Que a fojas 477, obra acta de la instrucción manifestando quela encartada no compareció a prestar ampliación declaratoria; y

Que se agregó a las actuaciones Expediente N° 1.788.970; yQue a fojas 481, la Dirección General del Servicio Administrativo

Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, informó que laagente Dekimpe a la fecha 15 de diciembre de 2015, percibe sushaberes en forma regular; y

Que a fojas 486, se fijó nueva fecha de declaración indagatoriacomo prueba de defensa, notificando a dicha agente mediantecarta documento obrante a fojas 492, no compareciendo la mismaconforme surge del acta obrante a fojas 493; y

Que a fojas 494, la instrucción resolvió clausurar el período deprueba del presente sumario, poniendo a disposición de la defen-sa las actuaciones para alegar; y

Que a fojas 495 y vuelta, obra escrito del defensor oficial mani-festando que la agente de marras no concurre a trabajar desdehace más de cuatro (4) años, percibiendo sus haberes en formaregular y que no ha demostrado interés de ejercer defensa algunaen el presente sumario; y

Que a fojas 497/498, obra informe final por parte de la instructorasumariante; y

Que a fojas 499, se procedió a la clausura del presente sumarioadministrativo; y

Que a fojas 502/504, obra Dictamen Nº 9, de la Comisión Ase-sora de Disciplina de Fiscalía de Estado, quien aconsejó queteniendo en consideración los antecedentes disciplinarios de lasumariada, el mal concepto laboral que detenta en su lugar detrabajo y la gran cantidad de inconcurrencias laborales enrostra-das y debidamente acreditadas se debería aplicar una medidadisciplinaria expulsiva de los cuadros de la administración delEstado, por lo que concluyó que se disponga la cesantía de loscuadros de la Administración Pública Provincial a la agente Débo-ra Estefanía Dekimpe, D.N.I N° 41.610.945, Legajo Personal N°181.774, por estar su conducta incursa en la causal de cesantíadel artículo 71° inc. a) de la Ley N° 9755 - Marco de Regulacióndel Empleo Público de la Provincia de Entre Ríos; y

Que a fojas 509, tomó conocimiento de los actuados la señoraDirectora General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito,instando a la redacción de texto legal correspondiente;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º - Apruébase y dase por finalizado el presente sumario

administrativo dispuesto por Decreto N°1579/14 MGJ de fecha 04de junio de 2014, a la agente Débora Estefanía Dekimpe, DNI N°41.610.945, Legajo Personal Nº 181.774, categoría 10, con pres-tación de servicios en la Dirección General de Asistencia Integrala la Víctima del Delito, adscripta desde agosto del año 2010 a laDirección General del Notariado, Registros y Archivos, por losmotivos expuestos en el presente decreto.

6 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020

Page 7: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

Art. 2º - Apruébase y dase por finalizado el presente sumarioadministrativo dispuesto mediante Decreto N° 2927 MGJ, de fecha25 de agosto 2015, a la agente Débora Estefanía Dekimpe, DNI N°41.610.945, Legajo Personal N° 181.774, categoría 10, con presta-ción de servicios en la Dirección General de Asistencia Integral a laVíctima del Delito, adscripta desde agosto del año 2010 a la DirecciónGeneral del Notariado, Registros y Archivos, de conformidad a loexpresado en los considerandos precedentes.

Art. 3º - Disponiendo la aplicación de la sanción disciplinaria, decesantía a la agente Débora Estefanía Dekimpe, DNI Nº 41.610.945,Legajo Personal N° 181.774, por haber incurrido en ciento catorce(114) inasistencias injustificadas sin aviso, conforme al siguientedesglose: año 2012: 31 de enero; 01, 02, 06, 07, 08, 09, 10, 13, 14,15, 16 de febrero; Año 2013: 18, 19, 21, 22 y 28 de febrero; 01, 04,05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 21, 22, 26, 27 de marzo; 03, 04, 05,08, 09, 10, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 24, 25, 26, 29 y 30 de abril; 02,03, 06, 07, 08, 09, 10, 13 y 29 de mayo; 14 de junio; 01 y 08 de agosto;16, 17, 18, 19, 20 y 30 de septiembre; 31 de octubre; 01, 04, 05, 07,11, 12, 14, 19, 20, 21, 22, 28 y 29 de noviembre; 03, 04, 05, 11, 16,17, 18, 20, 23, 26, 27 y 30 de diciembre; Año 2014: 02, 03, 06, 07,08, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, y 30 deenero, quedando su conducta incursa en la causal de cesantía dis-puesta en el artículo 71°, incisos a) y b) de la Ley N° 9755.

Art. 4º - Intímase a la agente Débora Estefanía Dekimpe, DNI N°41.610.945, Legajo Personal N° 181.774, a que proceda al reintegrode haberes mensuales indebidamente percibidos sin trabajar, conmás sus intereses legales hasta el día de la fecha, de conformidad alo expresado en los considerandos precedentes.

Art. 5º - Arbítrense las medidas legales pertinentes a los fines dedeterminar las responsabilidades de los agentes involucrados queincumplieron con sus deberes, dando lugar a una desidia administra-tiva que permitió que la sumariada siga percibiendo sus haberes enforma incausada por más de dos años.

Art. 6º - El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 7º - Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3430 MGJ

Paraná, 1 de noviembre de 2019Aprobando la contratación directa por vía de excepción con el

Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos, correspon-diente a la Póliza N° 001473724 Endoso N° 000000, que renueva laPóliza N° 001445318, destinada a la cobertura de las unidadespertenecientes a esta repartición, que se detallan en el Anexo I queforma parte integrante del presente, por el período comprendido entreel día 12 de mayo de 2019 y el día 12 de noviembre de 2019, por lasuma de $ 1.545.951,42.

La Tesorería General de la Provincia, previa intervención de laContaduría General de la Provincia, hará efectivo el pago del importede la Póliza al Instituto Autárquico Provincial del Seguro de EntreRíos, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentasde Entre Ríos.

— — —DECRETO Nº 3431 MGJ

Paraná, 1 de noviembre de 2019Autorizando a la señora Directora General del Registro del Estado

Civil y Capacidad de las Personas, Dra. Aizicovich Victoria Inés,D.N.I. N° 34.270.110, a formalizar un nuevo contrato de locación delinmueble, sito en calle 25 de Mayo N° 270 de la ciudad de Larroque,con el señor César Gualberto Fiorotto, D.N.I. N° 13.885.282 por eltérmino de 24 meses, por un valor locativo mensual de $ 11.000,00,destinado al funcionamiento de las oficinas del Registro del EstadoCivil y Capacidad de las Personas de dicha ciudad, a partir de la fechade la presente norma legal.

Aprobando el modelo de contrato de locación de inmueble, queadjunto forma parte integrante del presente.

Reconociendo y abonando a la Cooperativa de Provisión de AguaPotable y Otros Servicios Públicos Larroque Limitada, en conceptode pago por el período de ocupación extracontractual desde el01.3.2019 y hasta la fecha de la presente norma legal.

Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Con-table del Ministerio dé Gobierno y Justicia, a hacer efectivo los pagosmensuales, conforme a la autorización dispuesta y abonando elreconocimiento por ocupación extracontractual dispuesta, previa pre-sentación de la factura correspondiente, debidamente conformadasegún normativa vigente y del certificado de libre deuda expedido porla Administradora Tributaria de Entre Ríos, conforme la ResoluciónNº 016/12 ATER.

— — —DECRETO Nº 3432 MGJ

RECHAZANDO RECURSOParaná, 1 de noviembre de 2019

VISTO:El recurso de apelación jerárquica interpuesto por el Cabo 1º de

Policía Juan Marcelo Calderón, L.P Nº 27.156, M.I Nº 25.814.530,con el patrocinio letrado de su abogado defensor; y

CONSIDERANDO:Que a fojas 341/345 obra recurso de nulidad presentado por la

defensa del sumariado, contra todo lo actuado conforme lo ordenadoen la información sumaria como en el sumario administrativo. Que porResolución JDP- SAA Nº 56/19 se rechaza dicho recurso; y

Que luego se presentó un nuevo recurso en la instancia delartículo 207º de la Ley 5654/75. Dicho planteo fue rechazado porResolución JDP- SAA Nº 159/19; y

Que en consecuencia la defensa presentó un recurso de apelaciónjerárquica ante el Jefe de Policía de la Departamental Paraná, elcual fue rechazado por Resolución DAI Nº 359/19; y

Que finalmente en fecha 16 de mayo de 2019 el causante presentacontra dicha resolución el recurso de apelación jerárquica bajoexamen; y

Que ha tomado intervención la División Asesoría Letrada de laPolicía de la Provincia mediante Dictamen Nº 668, ratificando looportunamente opinado en Dictamen Nº 377 obrante a fojas394/395 y en Dictamen Nº 486 de fojas 415; y

Que obra intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídi-cos del Ministerio de Gobierno y Justicia mediante Dictamen Nº1196/19 MGyJ, opinando que en cuanto al recurso en examen, elmismo se debe interponer contra un acto o decisión de autoridadadministrativa, contemplado en el artículo 60°de la Ley N°7060 deProcedimientos para Trámites Administrativos. Motivo de ello, esdable advertir que en los actuados no se encuentra un acto quepermita la presentación del recurso incoado, ya que está en plenodesarrollo la instrucción del sumario administrativo contra el Cabo1° Calderón, siendo una etapa procedimental que no definió aúnuna variación en la situación jurídico subjetiva del pretenso, hastatanto se resuelva mediante un acto administrativo idóneo en talsentido; y

Que corresponde avizorar, que el descargo (presentado comorecurso en autos) de nulidad conforme el artículo 207° de la Ley5654/75, tiene virtualidad en la etapa sumarial, siendo ese suámbito de actuación, por lo que lo allí dictaminado obsta a un ulterioranálisis. Que conforme lo expuesto dicha Dirección General, sugie-re rechazar in limine el recurso interpuesto por el actor; y

Que en razón de todo lo expuesto y conforme los argumentosesgrimidos por los organismos jurídicos preopinantes, correspondeel rechazo del recurso de apelación jerárquica interpuesto;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º - Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto

por el Cabo 1° Juan Marcelo Calderón, L.P Nº 27.156, M.I N°25.817.530, contra la Resolución D.A.I Nº 359/19 de fecha 09 demayo de 2019, en virtud a lo expresado en los considerandosprecedentes.

Art. 2º - El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasenlas actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportuna-mente archívese.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 3433 MGJ

Paraná, 1 de noviembre de 2019Reconociendo lo actuado a cargo de la Jefatura de División Mar-

ginales del Departamento Archivo Provincial de Inscripciones yConservación de Documentos Públicos, de la Dirección General delRegistro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, a la agenteSilvina María Claudia Leguizamón, D.N.I. Nº 21.578.940, Legajo N°173.149; por el período 02 de enero al 31 de octubre de 2017, atítulo de antecedente.

Reconociendo lo actuado a cargo de la Jefatura de División Mar-ginales del Departamento Archivo Provincial de Inscripciones yConservación de Documentos Públicos, de la Dirección General delRegistro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, a la agenteSilvina María Claudia Leguizamón, D.N.I. Nº 21.578.940, Legajo N°173.149; desde el día 01 de noviembre de 2017 y hasta la fecha delpresente; como así también el pago del adicional por responsabili-dad funcional por el citado período.

Asignando con carácter transitorio la Jefatura de División Margi-nales del Departamento Archivo Provincial de Inscripciones y Con-servación de Documentos Públicos de la Dirección General delRegistro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, a la agenteSilvina María Claudia Leguizamón, D.N.I. Nº 21.578.940, Legajo N°173.149 y otorgando el adicional por responsabilidad funcional apartir de la fecha del presente.

Autorizando a la Dirección General del Servicio AdministrativoContable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a liquidar y hacerefectivo los pagos a la agente Silvina María Claudia Leguizamón,D.N.I. Nº 21.578.940, Legajo N° 173.149, conforme a lo dispuesto.

Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 BOLETIN OFICIAL 7

Page 8: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

MINISTERIO DE SALUD

RESOLUCION Nº 2648 MSRECHAZANDO SOLICITUD

Paraná, 14 de agosto de 2017VISTO:

Las presentes actuaciones relacionadas con la formación pos básicade la Carrera Anestesiología que se lleva a cabo en el Sanatorio “Adven-tista del Plata” de Villa Libertador San Martín -Dpto. Diamante; yCONSIDERANDO:

Que el Departamento Docencia e Investigación del establecimientoasistencial antes citado pone en conocimiento el resultado de laevaluación realizada por parte de la Asociación Entrerriana de Anes-tesia, Analgesia y Reanimación de su residencia de Anestesiologíadonde se realizan una serie de observaciones indicando el cierre dela residencia mencionada en el año 2017, por lo que se aconseja lano convocatoria a concurso;

Que al respecto el Sanatorio “Adventista del Plata” expresa que lareactivación de las residencias fue un proyecto de política conjuntay un emprendimiento público -privado tendiente a paliar el déficit deanestesistas en el territorio provincial creándose en el citado sanato-rio una estructura para tal fin por lo que sus residentes y siguiendolo expresado por los directivos del citado sanatorio, cumplirían contodas las normas exigidas, por lo que se estaría en condiciones decontinuar la misma (residencia), y dar continuidad al plan formativode anestesistas para no afectar lo estructura establecida oportuna-mente;

Que por todo lo expuesto se debe aclarar que no existe en autosninguna cuestión legal que impida al Sanatorio “Adventista del Plata”cumplir con su obligación informativa en la residencia de anestesia yen consecuencia llamar o cubrir nuevos cupos para el año 2017,conforme a su plan de estudio de acuerdo a las obligaciones asumi-das y a la habilitación dispuesta por el Decreto Nº 3248/15 M.S. elque se encuentra absolutamente vigente y debe ser cumplido mien-tras tenga vigencia el mismo hasta su cancelación o caducidad porincumplimiento del objeto del mismo;

Que no llamar a cubrir los cupos para el año 2017, podría constituirun incumplimiento al compromiso asumido y que motivara el dictadodel Decreto N° 3248/15 M.S.;

Que sin perjuicio de lo expuesto y analizando la nota recibida porel Sanatorio “Adventista del Plata”, por la Asociación Entrerriana deAnestesiología, Analgesia y Reanimación (AERAAR) a fs. 14 deautos, en la cual se aconseja a instancia de la Federación Argentinade Asociaciones de Anestesias y Reanimación (FAAAR) que norealice, o si así ya se ha hecho, se suspenda el llamado a concursoeste año de las nuevas residencias, en virtud de lograr lo mas cercanoposible a la excelencia;

Que en este sentido y en el punto de vista estrictamente legal dichanota carece de todo valor y efecto jurídico, ya que por un lado laAsociación antes mencionada no solo no tiene competencia e incum-bencia legal para aconsejar el incumplimiento del plan formativooportunamente aprobado y habilitado por la Administración al Sana-torio “Adventista del Plata” a través del Decreto Nº 3248/15 M.S, sinoque tampoco tiene facultades ni prerrogativas fiscalizadoras y decontrol (propias o delegadas) sobre actividades profesionales, cien-tíficas o académicas de los profesionales del arte de curar (en estecaso médicos), o sus ramas auxiliares y especialidades, en ningunacircunstancia (salvo denuncia) pues esta se trata de una funciónpropia, exclusiva y excluyente del Estado Provincial que se ejerce através del Ministerio de Salud por imperio de la Ley 3818 y normascomplementarias siendo dicho organismo quien ostenta el poder depolicía administrativo en la materia que no admite fisuras ni injeren-cias de asociaciones civiles en el ejercicio de potestades públicassalvo relaciones de colaboración;

Que así el artículo 1°de la Ley 3818 establece que: “las profesionesdel arte de curar .... supeditadas en su ejercicio privado al interés yconveniencia generales. factibles de ser declaradas de utilidad públi-ca”, se encuentra “bajo control y garantía del Estado”, lo que contri-buye a dicha actividad en un servicio de “interés social” que debe serregular, legal, continuo y obligatorio (este último aspecto en el casode emergencia o de personal de establecimiento público), para lasatisfacción de interés general (artículos 13°y concordante de la Ley3818);

Que por otro lado la Ley 8951 a creado en la Provincia el Sistemade Residencias de Salud que funciona bajo la dependencia del Minis-terio de Salud (artículo 1°) y tiene como esencia reglamentar “unsistema educativo destinado al residente graduado y que tiene porobjeto completar los conocimientos adquiridos en la Universidad ...”(artículo 2°);

Que estas residencias como sistema educativo, tiene como objetivo“formar profesionales competentes con un programa de adiestra-

miento adecuado y previamente fijado confeccionado sobre sali-das bases científicas y pedagógicas con amplio sentido humanoy de responsabilidad, proyectándose en funciones docentes y deinvestigación” (Inciso a) del artículo 2°); formar especialistas enlas distintas disciplinas, capacitándolos para participar activamen-te en Programas de Atención de Salud (inciso c) del artículo 2°);fortalecimiento del sistema para la incorporación activa de resi-dentes a los servicios hospitalarios y Centros de Salud y el apoyoestratégico sanitario de dicho plantel medico provincial “en elmomento que le sea requerido en situaciones de emergenciassanitarias” (incisos b) y d) del artículo 2°);

Que dicho cometido legal que se alza como un servido de interéssocial que en principio es desarrollado y ejecutado por el Ministe-rio de Salud, ello no obsta que dicho Ministerio autorice y fiscaliceen su caso la actividad formativa de residentes de especialidadesen establecimientos públicos y privados provinciales, de recono-cida trayectoria científico -educativo, previa aprobación del pro-grama de residencias que corresponda y bajo su supervisión, talcomo ha ocurrido en el dictado del Decreto N° 3248/15 M.S.;

Que atento a la autonomía local que le cabe al Estado Provincialpara asumir y ejercer esta materia de salud analizada en autos (loque no le he aplicable la disposición 21-E/2017 SPRF de laNación), conforme las expresas previsiones establecidas en elartículo 121º de la C.N., artículo 19º -primera parte y concordantesde la c.p y la Ley 3818, la interferencia realizada por la AsociaciónEntrerriana de Anestesiología, Analgesia y reanimación (AEAAR)a instancias de la Federación Argentina de Asociaciones de Anes-tesia, Analgesia y Reanimación (FAAAAR) en el caso de autos esde ningún valor a los efectos pretendidos por estos, pudiendocontinuar el Sanatorio “Adventista del Plata con el plan preesta-blecido oportunamente en materia en residencia de anestesiolo-gía, y que fuera respaldado y habilitado por el Decreto 3248/15M.S., bajo apercibimiento de ley;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio deSalud, se ha expedido al respecto;

Por ello;La Ministra Secretaria de Estado de Salud

R E S U E L V E :Art. 1º – Rechazar lo solicitado por la Asociación Entrerriana de

Anestesiología Analgesia y Reanimación (AEAAR) a instancias dela Federación Argentina de Asociaciones de Anestesia, Analgesiay Reanimación (FAAAAR) al Sanatorio “Adventista del Plata” deVilla Libertador San Martín -Dpto. Diamante, conforme a lo ex-puesto en los considerandos del presente texto legal.

Art. 2º - Instar la continuidad de las residencias en anestesiolo-gía en el Sanatorio “Adventista del Plata” de Villa Libertador SanMartín -Dpto. Diamante, de conformidad con el plan preestableci-do oportunamente en materia de residencias en anestesiología, yque fuera respaldado y habilitado por el Decreto 3248/15 M.S. bajoapercibimiento de ley.

Art. 2º - Comunicar, publicar y archivar.Sonia M. Velázquez

— — —RESOLUCION Nº 2649 MS

Paraná, 14 de agosto de 2017Otorgando un subsidio por la suma de $ 24.500,00, para la

paciente Claudia Mónica Chagas, DNI N° 17.368.364, destinadoa solventar gastos por la compra de 1 Placa 1/3 de Tubo Bloquea-da, 1 Set de Tornillos Canulados, 1 loban – 1 U Drape, siendoresponsable el Sr. Renzo Joaquín Acosta, DNI N° 31.112.901.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto N° 44/17 M.S. Resolución N° 881/12 M.S. yResolución Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital “Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $24.500,00, para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendoel Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provin-cia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6C.B.U N° 386000100100009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo N° 139 (C.P. 3100), presen-tando Formulario II en forma conjunta con copia del texto legal queapruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director delHospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud explicando el motivo de la mencionada devolución.

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RESOLUCION Nº 600 ATERDISPONIENDO AMPLIACION DE PLAZO

Paraná, 30 de diciembre de 2019VISTO:

La Resolución 432/19 ATER; yCONSIDERANDO:

Que por la citada resolución se estableció un “Régimen Excepcionalde Financiación” para la cancelación de las obligaciones adeudadasen concepto de tributos administrados por la Administradora Tributa-ria de Entre Ríos, cuya vigencia se extiende hasta el 30 de diciembrede 2019;

Que, bajo la premisa del gobierno provincial, en materia de admi-nistración fiscal, de facilitar y promover el cumplimiento voluntario delas obligaciones tributarias, y atendiendo al contexto económico im-perante, especialmente durante los últimos meses del corriente año,se considera pertinente ampliar el plazo de vigencia del mencionadoRégimen a fin que más contribuyentes y/o responsables puedanregularizar sus obligaciones fiscales en el marco de los beneficiosprevistos en el mismo;

Que, teniendo en cuenta la menor actividad en general que seregistra durante el mes de enero de cada año y a efectos que, anteesa circunstancia, la medida que se dispone por la presente cumplacon la finalidad perseguida, se estima conveniente que el plazo deampliación referido en el Considerando precedente se extienda hastael 28 de febrero de 2020;

Que la presente norma se dicta conforme a las facultades queotorgan el Código Fiscal (t.o. 2018) y la Ley N° 10091;

Por ello;El Director Ejecutivo de la Administradora Tributaria de Entre Ríos

R E S U E L V E :Art. 1°.- Dispónese la ampliación del plazo previsto en el Artículo

9°de la Resolución 432/19 ATER hasta el día 28 de febrero de 2020.Art. 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.German Grane, Director Ejecutivo Administradora Tributaria de la

Provincia de Entre Ríos

SUCESORIOS

P A R A N A

El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargo del Juzgado de Prime-ra Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Paraná,Secretaría N°1 de quien suscribe, en los autos caratulados “BregantCarlos Celestino s/ Sucesorio ab intestato” Exp. N° 17103, cita yemplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedoresde CARLOS CELESTINO BREGANT, MI 5.935.374, vecino que fueradel Departamento Paraná, fallecido en Tabossi, en fecha 29 de juniode 2016. Publíquese por tres días.

Paraná, 17 de diciembre de 2019 – Lucila del Huerto Cerini, secre-taria.

F.C. 04-00007547 3 v./08/01/2020— — —

La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° 6 de la ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufa-nacht, Secretaría N° 6 de quien suscribe, en los autos caratulados“Cavenaghi Oscar José s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 17030,cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos yacreedores de OSCAR JOSE CAVENAGHI, MI 5.956.555, vecino quefuera del Departamento Paraná, fallecido en Puerto Curtiembre, enfecha 15 de octubre de 2019. Publíquese por tres días.

Paraná, 12 de diciembre de 2019 – Silvina M. Lanzi, secretaria.F.C. 04-00007549 3 v./08/01/2020

— — —La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y

Comercial N° 6 de la ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufa-nacht, Secretaría N° 6 de quien suscribe, en los autos caratulados“Londero María Regina s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N° 17053,cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos yacreedores de MARIA REGINA LONDERO, MI: 1.500.411, vecino quefuera del Departamento, fallecido en Paraná, en fecha 10/09/2012.Publíquese por tres días.

Paraná, 20 de diciembre de 2019 – Silvina M. Lanzi, secretaria.F.C. 04-00007593 3 v./09/01/2020

— — —El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil

y Comercial Nº 7 de la ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman,Secretaría Nº 7, en los autos caratulados “Perez Enrique s/ Sucesorio

ab intestato”, Expte. Nº 20715, cita y emplaza por el término detreinta días (corridos) a herederos y acreedores de ENRIQUEPEREZ, MI 1.773.788, vecino que fue del Departamento Paraná,fallecido en Paraná, en fecha 07.05.2002. Publíquese por un día.

Paraná, 3 de diciembre de 2019 – Noelia Telagorri, secretaria.F.C. 04-00007610 1 v./08/01/2020

— — —El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargo del Juzgado de

Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de la ciudad deParaná, Secretaría N° 1 de quien suscribe, en los autos caratula-dos “Abt Marta Elena s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N°18503,cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos yacreedores de MARTA ELENA ABT, MI 4.994.640, vecina quefuera del Departamento Paraná, fallecida en Crespo, en fecha 20de agosto de 2015. Publíquese por tres días.

Paraná, 12 diciembre de 2019 – Lucila del Huerto Cerini, secre-taria.

F.C. 04-00007629 3 v./10/01/2020— — —

C O L O N

Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instanciaen lo Civil y Comercial N° 1 de la ciudad de Colón, Pcia. de EntreRíos, a cargo de la Dra. María José Diz, Jueza, Secretaría a cargodel Dr. Juan Carlos Benítez, secretario provisorio, en autos cara-tulados “Fabre Carlos Ramón s/ Sucesorio ab intestato”, Expte.N°14833-19, se cita por el término de treinta días corridos, a todoslos que se consideren con derecho a los bienes dejados al falle-cimiento por FABRE CARLOS RAMON, D.N.I. N° 8.421.650, ve-cino que fue del Departamento Colón, argentino, casado de susprimeras nupcias, fallecido el día 03 de mayo de 2019 en la ciudadde Villa Elisa, Entre Ríos, con último domicilio en calle Las Herass/n, PB 8, Barrio 23 de Abril de la ciudad de Villa Elisa, Dpto.Colón, Entre Ríos.

A sus efectos se transcribe la resolución que así lo dispone, laque en su parte pertinente establece: “Colón, 9 de diciembre de2019.- ... Publíquense edictos por tres veces en el Boletín Oficialy en un periódico de esta ciudad, citando a todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejados por el causante, paraque lo acrediten dentro del término de treinta días -Art. 2340 delCódigo Civil y Comercial ... Fdo. Dra. María José Diz, Jueza”.

Colón, 12 de diciembre de 2019 – Juan Carlos Benítez, secreta-rio prov.

F.C. 04-00007563 3 v./08/01/2020— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 dela ciudad de Colón, Provincia de Entre Ríos, a cargo de la Dra.María José Diz, Jueza, Secretaría única del Dr. Juan CarlosBenítez, secretario provisorio, en los autos caratulados “PinoElena Catalina s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 14828-19, citay emplaza por el término de treinta (30) días corridos lo acrediten,a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejadosal fallecimiento de la causante doña ELENA CATALINA PINO, DNI5.488.449, ocurrido el día 14 de junio del año 2019 en la ciudadde Colón, Departamento Colón, Provincia de Entre Ríos, conúltimo domicilio en calle Alejo Peyret N° 162 de dicha ciudad,vecina que fuere de este departamento.

La resolución que ordena la publicación del presente en su partepertinente dispone: “Colón, 19 de diciembre de 2019..... Publí-quense edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un perió-dico de esta ciudad, citando a todos los que se consideren conderecho a los bienes dejados por la causante, para que lo acredi-ten dentro del término de treinta días - Art. 2.340 del Código Civily Comercial.... - Dra. María José Diz – Jueza”.

Colón, 27 de diciembre de 2019 – Juan C. Benítez, secretarioprov.

F.C. 04-00007586 3 v./09/01/2020— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 dela ciudad de Colón, Provincia de Entre Ríos, a cargo de la Dra.María José Diz, Jueza, Secretaría única del Dr. Juan CarlosBenítez, secretario provisorio, en los autos caratulados “MorenoJorge Raúl s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 14844-19, cita yemplaza por el término de treinta (30) días corridos lo acrediten,a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejadosal fallecimiento del causante don JORGE RAUL MORENO, DNI N°M 8.418.759, ocurrido el día 20 de octubre del año 2017 en la

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Page 21: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

ciudad de San José, Departamento Colón, Provincia de Entre Ríos,con último domicilio en calle Urquiza N°1904 de dicha ciudad, vecinoque fuere de este departamento.-

La resolución que ordena la publicación del presente en su partepertinente dispone: “Colón, 13 de diciembre de 2019.-.... Publíquenseedictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un periódico de estaciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a losbienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro deltérmino de treinta días - Art. 2.340 del Código Civil y Comercial.-... -Dra. María José Diz – Jueza”.

Colón, 17 de diciembre de 2019 – Juan C. Benítez, secretario prov.F.C. 04-00007587 3 v./09/01/2020

— — —El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de la

ciudad de Colón, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Juez ArietoAlejandro Ottogalli, Secretaría única a cargo de la Dra. Flavia C.Orcellet, en los autos caratulados “Nuñez Pablo Gustavo s/ Sucesorioab intestato” (Expte. Nº 14.302), cita y emplaza por el término detreinta (30) días a todos los que se consideren con derechos a losbienes dejados por el causante PABLO GUSTAVO NUÑEZ, DNI N°23.203.932, argentino, casado, fallecido en Colón, DepartamentoColón, el 26 de octubre de 2019, con último domicilio en PresbíteroCot Nº 207 de la ciudad de Colón.

La resolución que ordena la publicación en su parte pertinenteestablece: “Colón, 19 de noviembre de 2019. Visto.... Resuelvo....Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diariolocal, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a losbienes quedados por fallecimiento del causante, para que dentro delplazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento deley.... Firmado: Arieto Alejandro Ottogalli – Juez”.

Colón, 4 de diciembre de 2019 – Flavia C. Orcellet, secretaria.F.C. 04-00007607 3 v./09/01/2020

— — —

C O N C O R D I A

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, a cargodel Dr. Jorge Ignacio Ponce, Secretaría única, del DepartamentoJudicial de Concordia, en los autos caratulados “Wolfert, Walter yAlegre, Ramona Esther s/ Sucesorio ab intestato” (Expte. N° 6754),cita y emplaza por treinta días corridos a los herederos y acreedoresde WALTER WOLFERT, DNI N° 5.763.595, fallecido el 19.06.1999 yde RAMONA ESTHER ALEGRE, DNI N° 1.486.782, fallecida el12.10.2006, vecinos que fueron de esta ciudad de Concordia. Elpresente deberá publicarse por tres días en el “Boletín Oficial” y enel Diario “El Heraldo”.

Como recaudo, se transcribe el auto que ordena la presente medi-da, el que, en su parte pertinente, dice: “Concordia, 26 de noviembrede 2019 (...) Resuelvo: (...) 2.- Decretar la apertura del juicio suceso-rio ab intestato de Walter Wolfert, DNI N° 5.763.595, y de RamonaEsther Alegre, DNI N° 1.486.782, vecinos que fueron de esta ciudad3.- Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial y diariolocal, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a losbienes quedados por fallecimiento de los causantes, para que dentrodel plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento deley. Fdo. Jorge Ignacio Ponce (Juez suplente)”.

Concordia, 28 de noviembre de 2019 – Alejandro Centurión, secre-tario supl.

F.C. 04-00007601 3 v./09/01/2020— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, a cargodel Dr. Gabriel Belén, Secretaría Nº 3 a cargo de la Dra. GimenaBordoli, del Departamento Judicial de Concordia, en los autos cara-tulados “Caminal, Carlos Sebastián s/ Sucesorio ab intestato” (Expte.N° 8804), cita y emplaza por treinta días corridos a los herederos yacreedores de CARLOS SEBASTIAN CAMINAL, DNI N° 12.426.850,fallecido el 13 de julio de 2019, vecino de esta ciudad de Concordia.El presente deberá publicarse por tres días en el “Boletín Oficial” yen el Diario “El Heraldo”.

Como recaudo, se transcribe el auto que ordena la presente medi-da, el que, en su parte pertinente, dice: “Concordia, 13 de noviembrede 2019. (...) Resuelvo: (...) 2.- Decretar la apertura del juicio suce-sorio de Carlos Sebastián Caminal, DNI N° 12.426.850, vecino quefuera de esta ciudad. (…) 3.- Mandar publicar edictos por tres vecesen el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo decuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citandopor treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los

bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten (...) Fdo.Gabriel Belén (Juez)”.

Concordia, 29 de noviembre de 2019 – Gimena Bordoli, secretaria.F.C. 04-00007603 3 v./09/01/2020

— — —En los autos caratulados: “Conte, Luis Francisco s/ Sucesorio ab

intestato”, (Expte. N° 10.088), en trámite por ante el Juzgado de1ra. Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de esta ciudad, a cargodel Dr. Alejandro Daniel Rodríguez (interino), Secretaría N° 2 de laDra. Ana María Noguera, cita y emplaza por el término de treintadías corridos a todos los que se consideren con derecho a losbienes dejados por el causante don FRANCISCO LUIS CONTE, DNIN°1.885.005, fallecido en fecha 13.10.1999, vecino que fuera de laciudad de Concordia, E.R., bajo apercibimiento de ley.

Que, como recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolu-ción que así lo ordena: “Concordia, 31 de octubre de 2019. 1.- …2.- … 3.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultandoque el Juzgado es competente para entender en el proceso, a méritode las partidas de defunción acompañadas y lo dispuesto en losArts. 718 y 728 del CPC, declárese abierto el juicio sucesorio deFrancisco Luis Conte, DNI N° 1.885.005, fallecido en fecha13.10.1999, vecino que fuera de la ciudad de Concordia. 4.- Mandarpublicar edictos por tres veces, en el Boletín Oficial y en un diariode esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derechoa los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentrodel término de treinta (30) días (conf. Art. 2340 del Cód. Civil yComercial de la Nación, aprobado mediante Ley N°26.994, vigentea partir del 1º.08.2015 y Art. 728 del CPC y C). 5.- … 6.- … 7.- …8.- … 9.- … - A lo demás oportunamente.- Fdo: Alejandro DanielRodríguez - Juez (interino) - Concordia- E.R.”.

Concordia, 5 de noviembre de 2019 – Ana Ma. Noguera, secreta-ria.

F.C. 04-00007623 3 v./10/01/2020— — —

En los autos caratulados: “Aquino Elena Guadalupe – Sucesorioab instestato”, (Expte. Nº 8852), en trámite por ante el Juzgado de1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, a cargo del Dr. GabrielBelén, Secretaría Nº 3 de la Dra. Gimena Bordoli, cita y emplazapor el término de treinta días corridos a quienes se consideren conderecho a los bienes dejados por la causante doña ELENA GUA-DALUPE AQUINO, MI N°6.067.022, fallecida el 20 de diciembre de2017- en la ciudad de Concordia-E.R., vecina que fuera de estaciudad, bajo apercibimiento de ley.

Que como recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolu-ción que así lo ordena: “Concordia, 27 de diciembre de 2019. Visto:…, Resuelvo: 1.- … 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio deElena Guadalupe Aquino, DNI F Nº 6.067.022, vecina que fuera deesta ciudad. 3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el BoletínOficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a losefectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta díascorridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejadospor la causante, para que así lo acrediten. 4.- … 5.- … 6.- … Fdo:Dr. Gabriel Belen - Juez - Civil y Comercial- Concordia – E.R.”.

Concordia, 30 de diciembre de 2019 – Gimena Bordoli, secretaria.F.C. 04-00007631 3 v./10/01/2020

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D I A M A N T E

El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercialde la ciudad de Diamante, Dr. Mariano Andrés Ludueño, Secretaría acargo de quien suscribe, en los autos caratulados: “Ruhl Ana María s/Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 14204/19, cita y emplaza por eltérmino de treinta (30) días a herederos, acreedores y a toda personaque se considere con derecho a los bienes dejados por doña ANAMARIA RUHL, MI Nº 2.811.393, fallecida en la ciudad de Paraná, E.Ríos en fecha 07 de agosto de 2.016, vecina que fuera de la localidadde Valle María, Depto. Diamante, Entre Ríos, a fin que comparezcana hacer valer sus derechos.- Publíquese por tres días.

Diamante, 18 de diciembre de 2019 – Manuel A. Ré, secretario.F.C. 04-00007551 3 v./08/01/2020

— — —El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comer-

cial de la ciudad de Diamante, Dr. Mariano Andrés Ludueño, Secre-taría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados: “ZapataDaniel Virgilio s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 14203/19, citay emplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedo-res y a toda persona que se considere con derecho a los bienes

Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 BOLETIN OFICIAL 21

Page 22: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

dejados por el Sr. DANIEL VIRGILlO ZAPATA, DNI Nº 5.953.095,fallecido en la ciudad de Crespo, Dpto. Paraná, E. Ríos en fecha 25de abril de 2.017, vecino que fuera de esta ciudad de Diamante, EntreRíos, a fin que comparezcan a hacer valer sus derechos.- Publíquesepor tres días.-

Diamante, 18 de diciembre de 2019 – Manuel A. Ré, secretario.F.C. 04-00007552 3 v./08/01/2020

— — —El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y

Comercial de la ciudad de Diamante, Dr. Mariano Andrés Ludueño,Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados:“Leiker Conrado y Raim Josefina s/ Sucesorio ab intestato”, Expte.N° 14.190, Año 2.019, cita y emplaza por el término de treinta (30)días a herederos, acreedores y a toda persona que se considere conderecho a los bienes dejados por CONRADO LEIKER, LE N°5.888.486, fallecido en Libertador San Martín, Departamento Dia-mante, Provincia de Entre Ríos el día 08 de junio de 2.003 y JOSE-FINA RAIM, DNI Nº 5.340.599, fallecida en Valle María, Departamen-to Diamante, Provincia de Entre Ríos el día 03 de noviembre de 2.004,vecinos que fueran de la localidad de Valle María, DepartamentoDiamante, Provincia de Entre Ríos, a fin que comparezcan a hacervaler sus derechos. Publíquese por tres días.

Diamante, 19 de diciembre de 2019 – Manuel A. Ré, secretario.F.C. 04-00007585 3 v./09/01/2020

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F E D E R A C I O N

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de laciudad de Chajarí (ER), a cargo del Dr. José Manuel Lena (Juez),Secretaría a cargo del Dr. Facundo Munggi, en los autos caratulados“Cañete, Herminia s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 13592/18, citay emplaza por el término de treinta días bajo apercibimientos de ley,a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados porHERMINIA CAÑETE, DNI N°1.647.383, fallecida el día 27 de julio de2018, en Chajarí, vecina que fuera de la ciudad de Chajarí.-

Las resoluciones que ordenan librar el presente en su parte perti-nente indican: “Chajarí, 19 de febrero de 2019.- ... Téngase porpresentado el Dr. Rodolfo Luis Fraga, en nombre y representación deZulma Noemí Monsalvo, con domicilio procesal constituido y real desu mandante denunciado, personería acreditada a mérito de PoderEspecial agregado, por parte y documentación de su referenciaacompañada.-..., facultándose al Dr. Rodolfo Luis Fraga y/o NataliaYanina Lugrin y/o quien ellas mismas designen para intervenir en sudiligenciamiento".-

Y “Chajarí, 2 de octubre de 2019.-... Publíquense edictos por tresdías en el Boletín Oficial y diario “El Sol”, de la ciudad de Concordia(E.R.), citando a todos los que se consideren con derecho a losbienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazode treinta días así lo acrediten.- Fdo.: Dr. José Manuel Lena.- Juez”.

Chajarí, 2 de octubre de 2019 – Facundo Munggi, secretario.F.C. 04-00007605 3 v./09/01/2020

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G U A L E G U A Y C H U

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nº 2 de la ciudad de Gualeguaychú, Marcelo J. Arnolfi,Secretaría Nº 2 de quien suscribe, en los autos caratulados “CollazoPedro Celestino s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 12275, cita yemplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedoresde quien fuera vecino de esta ciudad llamado: PEDRO CELESTINOCOLLAZO, Documento Nacional Identidad 5.847.195, fallecido el día27 de octubre de 2005, a los 75 años, en esta ciudad de Gualeguay-chú. Publíquese por tres días.

Gualeguaychú, 10 de diciembre de 2019 – Sofía De Zan, secretaria.F.C. 04-00007544 3 v./08/01/2020

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N O G O Y A

El Sr. Juez Suplente a cargo del Juzgado de Primera Instancia enlo Civil y Comercial N°1 de esta Jurisdicción, Dr. Juan Pablo Orlandi,Secretaría de quien suscribe Dra. Mabel Delfina Navarro, en los autoscaratulados “Lopez, Luis Clemente s/ Sucesorio ab intestato”, Expte.Nº 1579, cita y emplaza por el término de treinta (30) días corridos aherederos y acreedores de LUIS CLEMENTE LOPEZ, vecino quefuera de Nogoyá, Departamento Nogoyá, Provincia de Entre Ríosfallecido en Nogoyá, Departamento Nogoyá, Provincia de Entre Ríos,en fecha 13.10.2005. Publíquese por un día.

Nogoyá, 27 de diciembre de 2019 – Mabel D. Navarro, secretariaint.

F.C. 04-00007628 1 v./08/01/2020

S A N S A L V A D O R

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y delTrabajo de San Salvador, Entre Ríos, a cargo del Dr. Ricardo A.Larocca, Secretaría del Dr. Arturo Horacio Mc Loughlin, en autoscaratulados “Bernardi, Ismael Ricardo y Gerard, Dora Felicia s/Sucesorio ab intestato” (Expte. Nº 4296), cita y emplaza a todoslos que se consideren con derecho a los bienes dejados al falle-cimiento de ISMAEL RICARDO BERNARDI, DNI Nº 5.804.147 yde DORA FELICIA GERARD, DNI Nº 1.485.771, ocurrido en Con-cordia y Villaguay, en fecha 10-11-2007 y 16-09-2019 respectiva-mente, vecinos que fueran de la ciudad de San Salvador, Provin-cia de Entre Ríos, para que en un plazo de treinta días lo acredi-ten.

La resoluciones que lo ordenan textualmente dicen: “San Salva-dor, 4 de diciembre de 2019.- Visto: .... Resuelvo: .... 2.- Decretarla apertura del juicio sucesorio de Ismael Ricardo Bernardi y DoraFelicia Gerard, vecinos que fueran de esta ciudad.... - Ricardo A.Larocca Juez Civil, Comercial y del Trabajo".

“San Salvador, 11 de diciembre de 2019.- Visto: .... Resuelvo:.... 5.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficialy en un diario de la ciudad de Concordia - Entre Ríos - tamañomínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por losdiarios a los efectos de que sea legible en forma óptima, citandopor treinta (30) días a quienes se consideren con derecho a losbienes dejados por el causante, para que así lo acrediten....Firmado: Ricardo A. Larocca, Juez Civil, Comercial y del Trabajo”.

San Salvador, 19 de diciembre de 2019 – Arturo H. Mc Loughlin,secretario.

F.C. 04-00007583 3 v./09/01/2020— — —

V I C T O R I A

El Sr. Juez a cargo de despacho del Juzgado de Primera Instan-cia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Victoria, E. Ríos, Dr.Luis Francisco Márquez Chada, Secretaría a cargo de quien sus-cribe, en los autos caratulados: “Albornoz Leonor Loreta s/ Suce-sorio ab intestato”, Expte. N° 14575/19, cita y emplaza por eltérmino de treinta (30) días, a partir de la última publicación quese hará por tres días, a herederos, acreedores y a toda personaque se considere con derecho a los bienes dejados por doñaLEONOR LORETA ALBORNOZ, MI N° 897.308, quien falleció enesta ciudad de Victoria, el 03 de septiembre de 2012, vecina quefue de esta ciudad de Victoria, E. Ríos, a fin que comparezcan ahacer valer sus derechos. Publíquese por tres días.

Victoria, 15 de octubre de 2019 – Maricela Faccendini, secreta-ria.

F.C. 04-00007550 3 v./08/01/2020— — —

El señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de laciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos, doctor Luis FranciscoMarquez Chada , a cargo del despacho, Secretaría de la doctoraMaricela Faccendini, en los autos caratulados “HeinzenknechtRaúl Darío s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 14788, cita yemplaza por treinta (30) días a partir de la última publicación, laque se hará por tres veces, a herederos y acreedores de RAULDARIO HEINZENKNECHT, DNI N° 11.717.284, fallecido circuns-tancialmente en la ciudad de Buenos Aires el día 12 de Junio de2019, siendo su último domicilio en calle Laprida N° 206 de laciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos.

Victoria, 23 de diciembre de 2019 – Maricela Faccendini, secre-taria.

F.C. 04-00007592 3 v./08/01/2020

CITACIONES

P A R A N A

a OM SOLUCIONES ELECTRICAS SRLLa Sra. Jueza a cargo del Juzgado del Trabajo Nº 4 de la

ciudad de Paraná Entre Ríos, Dra. María Alejandra Abud,Secretar ía N° 4 de quien suscr ibe, en los autos caratu lados“ Unión Obrera de la Construcción de la Republ ica Argent inac/ OM Soluc iones Electr icas SRL s/ Apremio” , Expte. 14712,c i ta y emplaza por el término de (10) diez días a OM Soluc iones

22 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020

Page 23: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

Electricas SRL con ultimo domicilio conocido en la ciudad de Paraná,Entre Ríos, para que comparezca al juicio, por si o por medio derepresentante, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento dedesignarle Defensor de Ausentes.

A continuación se transcribe la resolución que lo ordena: “Paraná,29 de noviembre de 2019. Atento lo peticionado a fs. precedentes porla apoderada de la parte actora, estado y constancias de autos, cítasea OM Soluciones Electricas SRL., por edictos (cfr. Art.31 del CPL)que se publicarán por dos días en el Boletín Oficial, sin cargo para laparte actora, para que dentro de los diez días comparezca a tomar laintervención legal correspondiente, bajo apercibimiento de que sivencido el plazo de la citación no compareciere, se dará intervenciónal Defensor de Ausentes respectivo – Art. 31 del CPL-, quedando acargo de la parte peticionante la confección de los edictos.- Notifí-quese. Fdo: Dra. María Alejandra Abud, Jueza Laboral”.

Paraná, 23 de diciembre de 2019 - A. Fabiana Villanueva, secretariasupl.

F. 05-00000319 2 v./09/01/2020— — —

C O L O N

a LUCIANO NAHUEL GAETANOEl Juzgado de Familia, Penal de Niños y Adolescentes de la ciudad

de Colón, E.R. a cargo de la Dra. María Natalia Errecart - Jueza acargo del despacho, Secretaría Nº 2 del Dr. Sebastián Gabriel Felix,secretario suplente, sito en 12 de Abril Nº 241 de la ciudad de Colón,E.R., cita al demandado LUCIANO NAHUEL GAETANO, DNI Nº37.162.171, mediante edictos que se publicarán por dos (02) días enel Boletín Oficial y en el periódico local El Entre Ríos (atento el últimodomicilio del citado), para que en el término de cinco días contadosdesde la última publicación comparezca en autos a estar a derechoy contestar demanda, bajo apercibimiento de designársele Defensorde Ausentes, en los autos caratulados: “Iturralde Jésica Vanesa c/Gaetano Luciano Nahuel s/ Privación de Responsabilidad Parental”,Nº 14386, Año 2019.

La resolución que ordena el presente, dice: “Colón, 10 de diciembrede 2019.- Atento a lo manifestado en el escrito a despacho por laactora y los antecedentes de autos, encontrándose cumplida la cargaprevista en el Art. 142 del C.P.C.C., cítese al demandado LucianoNahuel Gaetano mediante edictos que se publicarán por dos (02) díasen el Boletín Oficial y en el periódico local El Entre Ríos (atento elúltimo domicilio del citado), para que en el término de cinco díascontados desde la última publicación comparezca en autos a estar aderecho y contestar demanda, bajo apercibimiento de designárseleDefensor de Ausentes.- Notifíquese conforme Arts. 1, 3 y 4 y cdtes.Acuerdo General Nº 15/2018 S.T.J.E.R. y Ley N°10.500 (Sistema deNotificación Electrónica).- Dra. María Natalia Errecart Jueza a/c des-pacho.

Colón, 16 de diciembre de 2019 - Sebastián G. Félix, secretariosupl.

F.C. 04-00007598 2 v./08/01/2020— — —

a ALBERTO ANTONIO ALVEZ TOLEDOPor disposición de SS la Sra. Jueza de Familia, Penal de Niños y

Adolescentes de la ciudad de Colón, E.R., Dra. María Natalia Erre-cart, Secretaría Nº 1 de quien suscribe, en los autos caratulados“A.T.A.J. y otra s/ Declaración de estado de abandono y guarda parafutura adopción”, Expte. Nº 12952, año 2019, se cita y emplaza aALBERTO ANTONIO ALVEZ TOLEDO, DNI Nº 40.897.836 con últimodomicilio conocido en San José, E.R. y a DANIELA ELIZABETH DASILVA, DNI N° 42.761.732, con último domicilio conocido en la ciudadde San José, E.R., para que en el término de diez (10) días contadosa partir de la última publicación del presente, comparezcan ante esteorganismo sito en 12 de Abril Nº 241 de la ciudad de Colón E.R., aestar a derecho y contestar demanda, oponer excepciones previas yofrecer la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento dedesignarles Defensor de Ausentes.

La resolución que así lo dispone en lo pertinente dice: “Colón, 27de diciembre de 2019.- Atento al informe de la Policía local y lomanifestado por el ANAF de la ciudad de San José, encontrándosecumplida la carga prevista en el Art. 142 del C.P.C.C., cítese a AlbertoAntonio Alvez Toledo y Daniela Elizabeth Da Silva mediante edictosque se publicarán por dos (02) días en el Boletín Oficial y en unperiódico del último domicilio de los citados, para que en el términode diez días contados desde la última publicación comparezcan enautos a estar a derecho, oponer excepciones previas y ofrecer laprueba de que intente valerse, bajo apercibimiento de designárseleDefensor de Ausentes, Art. 99 de la ley procesal de familia.- Fdo: Dra.María Natalia Errecart, Jueza a/c del despacho.”

Colón, 27 de diciembre de 2019 – Gladys N. Bonnin, secretaria.S.C-00014679 2 v./08/01/2020

C O N C O R D I A

a LUCAS MAXIMILIANO MAZAIRAEn el Legajo N° 1039/18 caratulado “Mazaira, Lucas Maximiliano

s/ Violación de sellos y documentos”, en trámite ante esta UnidadFiscal de la ciudad de Concordia; tengo el agrado de remitirle edictopara su publicación por cinco veces el edicto citatorio del imputadoLUCAS MAXIMILIANO MAZAIRA, (a), Documento Nacional Identi-dad 27.166.648, argentino, secundaria, de 39 años, nacido en el26/09/1979, hijo de Omar Mazaira (f) y de Mirata Olga Silveira (v),con último domicilio conocido en Lamadrid Nº 550 (kiosco de supropiedad), de Concordia.

Concordia, 9 de diciembre de 2019 – Francisco Azcue, FiscalAuxiliar Jurisdicción Concordia.

S.C-00014676 5 v./10/01/2020— — —

a HILDA ADRIANA PAREDEl Juzgado Civil y Comercial Nº 2, a cargo del Dr. Gabriel Belén,

Secretaría única, a cargo de la Dra. Gimena Bordoli, de esta juris-dicción de Concordia (E.R.), en autos caratulados: “Baravalle, Mi-guel Ángel c/ Pared, Hilda Adriana y otros s/ Ordinario” (Expte. N°8505), cita y emplaza por dos días consecutivos a la Sra. HILDAADRIANA PARED: DNI N° 16.360.130, para que se presentendentro del plazo de diez días y bajo apercibimientos de ley.

El auto que ordena la presente, en sus partes pertinentes, dice:“Concordia, 19 de noviembre de 2019. Tener presente lo manifes-tado, por cumplimentado lo dispuesto a fs. 102 vta., punto 1.- y, enconsecuencia, citar por edictos a la codemandada Sra. Hilda Adria-na Pared, que se publicarán por dos veces en el Boletín Oficial y enun diario local, para que en el término de diez días comparezca aestos autos a tomar la intervención correspondiente, bajo apercibi-mientos de ley – Art. 329 del C.P.C. y C.-. Notifíquese conforme losArts. 1 y 4 del Acuerdo General STJ N° 15/18 SNE. Fdo. GabrielBelén – Juez”.

Concordia, 27 de noviembre de 2019 – Gimena Bordoli, secreta-ria.

F.C. 04-00007608 2 v./08/01/2020

REMATES

R . D E L T A L A

Por Carlos Honorio GoyenecheMatr . 747

El Sr. Juez de Famil ia y Penal de Niños y Adolescentes deRosar io del Tala, Dr. Paulo H. Tamaño, Secretar ía ún ica de laDra. María Florenc ia Navarro, comunica por dos días en autos“ Benítez Valer ia Dora c/ Lasal la Darío Jesús y otro – Al imen-tos” , Expte. Nº 1233, que el mart i l lero Car los Honor io Goyene-che, Mat. 747, CUIT 20-14243819-5, rematará en las galer ías deeste Juzgado, en presencia de la actuar ia, el día 18 de febrerode 2020 a las 11 horas o el día hábi l s i aquel resul tare fer iadoel 33,33% del s iguiente bien inmueble matr ícula Nº 101.125 DU,Plano 6626, Part ida: 11-050224-5, ub icado en Prov inc ia de EntreRíos, Departamento Tala, c iudad de Rosar io del Tala – Quinta172 , Acceso Vio leta Capurro, con una superf ic ie de 09 as. 81cas., teniendo una base de acuerdo al avalúo f iscal del corr ien-te año en un 33,33% de $ 65.684,28 (pesos sesenta y c inco milseiscientos ochenta y cuatro con 28/100).

El inmueble se encuentra ocupado y con construcc ión, segúnmandamiento de constatac ión obrante en autos, con deuda a laATER según in forme de fs. 228/229, a la Munic ipal idad de Ro-sar io del Tala según informe de fs . 223/227. El o los interesadospodrán consultar al mart i l lero actuante respecto de las deudasmencionadas, como así mismo podrán v is i tar el inmueble, pre-v io acuerdo con el mismo, en Roque S. Peña 186 de Rosar io delTala, en horar io de comercio, con lo que deberán conformarse,no aceptándose rec lamo alguno una vez real izada la subasta.

La venta se efectuará al contado y al mejor postor , debiendoabonar el comprador sobre el monto resul tante y en el acto delremate el 10% en concepto de seña, el 4% en concepto decomis ión del mart i l lero , el resto del prec io deberá abonarsedentro de los cinco días de aprobada la subasta - Art . 566 delCPCC – bajo apercib imiento que si no lo h ic iere se ordenará unnuevo remate, s iendo además responsable de la disminuc iónreal del prec io que se obtuviere en la nueva subasta, de los

Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 BOLETIN OFICIAL 23

Page 24: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

intereses acaecidos, de los gastos ocasionados y de las costascausadas con ese motivo Art. 570 C.P.C.C. y dentro de los quincedías deberá reponer el impuesto de sellos correspondiente - Art. 178del C. Fiscal y Art. 20 Inc. 5 de la Ley Impositiva.

R. del Tala, 20 de diciembre de 2019.- Dr. Paulo H. Tamaño, Juezde Familia y Penal de Niños y Adolescentes.-

María Florencia Navarro, secretaria.F.C. 04-00007613 2 v./08/01/2020

— — —Por Carlos Honorio Goyeneche

Matr. 747El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Rosario

del Tala, Dr. Octavio Valentín Vergara, Secretaría única, de la Dra.Capurro, comunica por tres días en autos “Hilgemberg Cesar Omarc/ Presentado Ramona Vicenta s/ Ejecución de honorarios”, Expte.Nº 8373,, que el martillero Carlos Honorio Goyeneche, Mat. 747,CUIT 20-14243819-5, rematará en las galerías de este Juzgado, enpresencia de la actuaria, el día 19 de febrero de 2020 a las 10 horaso el día hábil si aquel resultare feriado el siguiente bien inmueblematrícula Nº 111.746 “Bis”, Plano 23.257, Partida: 100.034, ubicadoen Provincia de Entre Ríos, Departamento Tala, Ciudad de Goberna-dor Macia, con una superficie de 350 m2. , teniendo una base deacuerdo al avalúo fiscal del corriente año de $ 80.374,84 (pesosochenta mil trescientos setenta y cuatro con 84/100).

En caso de fracasada la misma por falta de postores y transcurridamedia hora, se procederá a una nueva, con la base reducida en un25% – Art. 571 C.P.C.C. y por la suma de $ 56.262,38 (pesoscincuenta y seis mil doscientos sesenta y dos con 38/100).

Para el supuesto de un nuevo fracaso, transcurrida otra media horase procederá a una nueva subasta pero sin base (Art. 571 C.P.C.C.).El inmueble se encuentra ocupado por un núcleo familiar y cuatrohijos y dos nietos según mandamiento de constatación e informe defs. 83 a 85 obrante en autos, con deuda a la ATER según informe defs. 53/55 y a la Municipalidad de Gobernador Macia según informe defs. 60, presentando además embargo en estos autos.

El o los interesados podrán consultar al martillero actuante respectode las deudas y embargo mencionados, como así mismo podránvisitar el inmueble, previo acuerdo con el mismo, en Roque S. Peña186 de Rosario del Tala, en horario de comercio, con lo que deberánconformarse, no aceptándose reclamo alguno una vez realizada lasubasta. La venta se efectuará al contado y al mejor postor, debiendoabonar el comprador sobre el monto resultante y en el acto del remateel 10% en concepto de seña, el 4% en concepto de comisión delmartillero, el resto del precio deberá abonarse dentro de los cincodías de aprobada la subasta - Art. 566 del CPCC – bajo apercibimien-to que si no lo hiciere se ordenará un nuevo remate, siendo ademásresponsable de la disminución real del precio que se obtuviere en lanueva subasta, de los intereses acaecidos, de los gastos ocasiona-dos y de las costas causadas con ese motivo Art. 570 C.P.C.C. ydentro de los quince días deberá reponer el impuesto de selloscorrespondiente - Art. 178 del C. Fiscal y Art. 20 Inc. 5 de la LeyImpositiva. Rosario del Tala, 12 de diciembre de 2019.- Dr. OctavioValentín Vergara - Juez Civil y Comercial.-

M. Luciana Capurro, secretaria.F.C. 04-00007615 3 v./09/01/2020

— — —Por Carlos Honorio Goyeneche

Matr. 747El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Rosario

del Tala, Dr. Octavio Valentín Vergara, secretaria única, interina, dela Dra. Capurro, comunica por tres días en autos “Elal Julián c/Martínez Anselmo Angel – Monitorio”, Expte. Nº 8833, que el marti-llero Carlos Honorio Goyeneche, Mat. 747, CUIT 20-14243819-5,rematará en las galerías de este Juzgado, en presencia de la actua-ria, el día 12 de marzo de 2020 a las 10 horas o el día hábil el 50%del siguiente si aquel resultare feriado el siguiente bien inmueblematrícula Nº 6570, Plano 47.345, Partida: 12-031982-6, ubicado enProvincia de Entre Ríos, Departamento Uruguay, Distrito Moscas –Lote 3, con una superficie de 57 has., teniendo una base de acuerdoal avalúo fiscal del corriente año de $ 615.991,39 (pesos seiscientosquince mil novecientos noventa y uno con treinta y nueve centavos).

En caso de fracasada la misma por falta de postores y transcurridamedia hora, se procederá a una nueva, con la base reducida en un25% – Art. 571 C.P.C.C. y por la suma de $ 461.993,45 (pesoscuatrocientos sesenta y un mil novecientos noventa y tres con cua-renta y cinco centavos).

Para el supuesto de un nuevo fracaso, transcurrida otra media hora

se procederá a una nueva subasta pero sin base (Art. 571C.P.C.C.). El inmueble se encuentra desocupado y sin construc-ción alguna, según mandamiento de constatación obrante enautos, con deuda a la ATER según informe de fs. 46/48. El o losinteresados podrán consultar al martillero actuante respecto delas deudas mencionadas, como así mismo podrán visitar el inmue-ble, previo acuerdo con el mismo, en Roque S. Peña 186 deRosario del Tala, en horario de comercio, con lo que deberánconformarse, no aceptándose reclamo alguno una vez realizadala subasta.

La venta se efectuará al contado y al mejor postor, debiendoabonar el comprador sobre el monto resultante y en el acto delremate el 10% en concepto de seña, el 4% en concepto decomisión del martillero, el resto del precio deberá abonarse dentrode los cinco días de aprobada la subasta - Art. 566 del CPCC –bajo apercibimiento que si no lo hiciere se ordenará un nuevoremate, siendo además responsable de la disminución real delprecio que se obtuviere en la nueva subasta, de los interesesacaecidos, de los gastos ocasionados y de las costas causadascon ese motivo Art. 570 C.P.C.C. y dentro de los quince díasdeberá reponer el impuesto de sellos correspondiente - Art. 178del C. Fiscal y Art. 20 Inc. 5 de la Ley Impositiva. Rosario del Tala,16 de diciembre de 2019.- Dr. Octavio Valentín Vergara - JuezCivil y Comercial.-

M. Luciana Capurro, secretaria.F.C. 04-00007616 3 v./09/01/2020

USUCAPION

R . D E L T A L A

El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial deRosario del Tala, Dr. Octavio Valentín Vergara, Secretaría de laDra. María Luciana Capurro, cita y emplaza por el término dequince días a la Compañía Ferias Tala Sociedad en Comanditapor Acciones, sus propietarios y/o sus herederos y/o sus suceso-res y/o quienes se consideren con derecho con respecto al inmue-ble a usucapir, el cual según Plano de Mensura N°23256, PartidaN° 115382, confeccionado por el Agrimensor Hugo SebastiánRodríguez, expedido por la Dirección de Catastro el 18/02/2015,tiene una Superficie de (339,66 m2), trescientos treinta y nuevemetros cuadrados con sesenta y seis decímetros cuadrados. Ubi-cado entre los siguientes límites y linderos:

NORTE: Recta (1-2) edificada al rumbo S 82° 25’ E de 5,73 mlindando con Calle Roque Sáenz Peña.

ESTE: Recta (2-3) edificada al rumbo S 7° 35’ O de 12,09m.,recta (3-4) edificada al rumbo S 82° 25’ E de 2,60 m ambaslindando con Jorge Omar Ormachea y Daniel Alcides Muñoz yotro.

SUR: Rectas (5-6) edificada al rumbo N 82° 25’ O de 5,45 m.,(6-7) ambas lindando con Daniel Alcides Muñoz.

OESTE: Rectas (8-9) edificada al rumbo N 7° 35’ E de 2,05 m.,(9-10) edificada al rumbo N 82°25’ O de 2,20 m, (10-11) edificadaal rumbo N 7° 35’ E de 1,20 m, (11-12) edificada al rumbo S 82°25’ E de 2,20 m, (12-13) edificada al rumbo N 7° 35’ E de 3,80 m,(13-14) edificada al rumbo N 82°25’ O de 5,40 m, (14-15) edificadaal rumbo N 7° 35’ E de 18,50 m (15-16) edificada al rumbo S 82°25’ E de 5,40 m, (16-1) edificada al rumbo N 7° 35’ E de 5,30 m,todas lindando con Juan Ignacio Bahler; Matrícula N° 24.744; paraque comparezcan a tomar intervención y contestar la demanda ensu caso, bajo apercibimientos de nombrárseles defensor de au-sentes, con el que se seguirán los trámites de la causa -Arts. 329°y 669 Incs. 2° y 3° del CPCC.

Ello ha sido ordenado en autos: “Vettori Sonia Haydee c/Quien/es se consideren propietario/s o heredero/s o sucesor/es s/Usucapión”, Expte. N° 7788.-

La resolución que así lo dispone, en su parte pertinente dice:“Rosario del Tala, 14 de agosto de 2019.- Por devueltas laspresentes actuaciones. De la bajada de autos, hágase saber.-Atento informe actuarial precedente, y habiéndose cumplimentadoel Art. 142 CPCC a fs. 18 de las presentes, cítese por edictos, quese publicarán por dos días en el Boletín Oficial y en un diario local,a Ferias Tala Soc. en Comandita por Acciones, Art. 669 Inc. 3°)del CPC, para que comparezca a tomar la intervención que legal-

24 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020

Page 25: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

mente les corresponda en el término de quince días, bajo aperci-bimiento de ley. Los edictos ordenados deberán ser confecciona-dos de acuerdo a los modelos de uso obligatorio contenidos en elAnexo II del Reglamento para el Fuero Civil y Comercial del PoderJudicial de Entre Ríos. Fdo.: Octavio Valentín Vergara, Juez Civily Comercial”.-

R. del Tala, 30 de agosto de 2019 – María Luciana Capurro,secretaria int.

F.C. 04-00007609 2 v./08/01/2020

CONCURSO PREVENTIVO

G U A L E G U A Y C H U

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, de laciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr.Francisco Unamunzaga, Secretaría N° 1, a cargo del Dr. LucianoBernigaud, suplente, en los autos caratulados “Tommasi GustavoRafael s/ Concurso preventivo” (Expte. N° 489/19), ha ordenadomediante resolución del 5/12/19 la apertura del concurso preventivode Gustavo Rafael Tommasi, DNI N° 23.708.870, CUIT N° 20-23708870-1, 1/4/74, de estado civil divorciado, con domicilio real enCaseros N° 342, de Urdinarrain, Departamento Gualeguaychú.

Se hace saber a los acreedores que el síndico designado ContadorIgnacio Alfredo Larrivey, con domicilio en calle Colombo N°1170, deGualeguaychú, donde se recibirán los pedidos de verificación hastael 10 de Marzo de 2020.

Gualeguaychú, 20 de diciembre de 2019 – Luciano G. Bernigaud,secretario supl.

F.C. 04-00007602 5 v./13/01/2020

QUIEBRAS

P A R A N A

El señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nº 9 -Concursos y Quiebras- Dr. Angel Luis Moia, Secre-taría Nº 2 a cargo del Dr. Luciano Tochetti, sito en calle Santiago delEstero Nº 382 de la ciudad de Paraná, comunica por cinco (5) díasque en los autos caratulados “Ubiedo Martín Omar S. Pedido dequiebra promovido por deudor s/ Quiebra”, Expte. N° 3814, en fecha13/12/2019 se ha declarado la quiebra de MARTIN OMAR UBIEDO,Documento Nacional Identidad 31.017.262, CUIT 20-31017262-7,con domicilio en Cortada La Rioja s/n Bº Macarone, de la ciudad deParaná, Departamento Paraná, Provincia de Entre Ríos y se hadispuesto que los acreedores podrán presentar sus pedidos de veri-ficación ante la sindicatura, Cra. Lorena Gabriela Moraguez, condomicilio constituido en calle Sarobe N° 451 de esta ciudad, quienatenderá los días lunes, martes, miércoles y viernes de 18 a 20 horasy jueves de 7 a 9 horas (días hábiles judiciales) hasta el día17/03/2020 inclusive.

Se han fijado los días 30/04/2020 y 18/06/2020 para que la síndicapresente, respectivamente, los informes previstos en los Arts. 35 y39 por remisión del Art. 200 de la Ley 24.522.

DEJO CONSTANCIA que el edicto que antecede deberá publicarsepor cinco (5) días en el Boletín Oficial y “El Diario” de Paraná, sinnecesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondosnecesarios para oblar el costo de publicación, cuando los hubiere(Art. 89 Ley 24.522).

Paraná, 26 de diciembre de 2019 – Luciano José Tochetti, secreta-rio int.

F. 05-00000314 5 v./10/01/2020— — —

D I A M A N T E

En los autos “Diaz Agustina s/ Quiebra” - Expte. N° 14161, entrámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comer-cial de Diamante, a cargo del Sr. Juez Dr. Mariano Andrés Ludueño,Secretaría del autorizante, por resolución de fecha 20 de diciembrede 2019, obrante a fs. 33/36, se ha decretado la quiebra de AGUSTI-NA DIAZ, MI 38.262.869, CUIL N° 27-38262869-7, mayor de edad,empleada pública, de estado civil soltera, domiciliada en calles Ca-

tamarca y Entre Ríos, Barrio 23 de Septiembre, de Diamante, Pcia.de Entre Ríos, habiéndose designado en funciones de Síndico a laCdor. Luis Alberto Belluzo, Mat. 1866, el quien atenderá los díaslunes a viernes de 08:00 a 12:00 horas y de 16:00 a 20:00 horas encalle Chacabuco N° 824 de Diamante.

Así también, en la resolución antes referida se resolvió lo siguien-te: anotar la quiebra en el Registro de Juicios Universales, requi-riéndose informe sobre la existencia de otros anteriores; decretarla inhibición general de bienes de la deudora; ordenar a la deudoray a terceros que entreguen al síndico todos los bienes y documen-tación de aquella, bajo las penas y responsabilidades de ley, a cuyofin líbrese mandamiento de incautación, practicándose el pertinenteinventario (Art. 88 Incs. 3° y 10°, y Arts. 177 y 180 LCQ).

Así también se intimó a la fallida para que entregue al síndicodentro de las veinticuatro (24) horas, a partir de su aceptación dela designación, los libros de comercio y demás documentaciónrelacionada con la contabilidad, quedando prohibido hacer pagos ala deudora, los que serán ineficaces.

También se ordenó interceptar la correspondencia de la deudoray entregarla al síndico, a cuyo fin se oficiará a la empresa decorreos, para que disponga su retención y remisión al funcionarioindicado; se le prohíbe a la fallida ausentarse del país, salvo en lascondiciones previstas por el Art. 103 de la LCQ. Para asegurar elcumplimiento de la prohibición se libra oficio a la GendarmeríaNacional Delegación Entre Ríos, y a la Dirección Nacional de Mi-graciones Delegación Entre Ríos.

Se dispuso la realización de los bienes de la fallida, acorde lasmodalidades que oportunamente se determinaran; se requiere delos Sres. Jueces que intervengan en procesos contra la fallida, enlos cuales se reclamen derechos patrimoniales, la suspensión delos mismos y su remisión a éste Juzgado, en los términos de lodispuesto por el Art. 132 de la LCQ (reformado por Ley 26.086),librándose los oficios respectivos; por secretaría se colocará notaen aquéllos que pudieren tramitar por ante este Juzgado (Art. 132L.C.).

Se determina que hasta el día 26 de marzo de 2020, los acreedo-res deberán presentar sus pedidos de verificación ante el Sindico(Art. 88 Inc. 11 último párrafo L.C.). Se estableció para el Sindico,a los efectos de presentar los informes previstos en los Arts. 35 y39 de la Ley 24.522, los días 13 de mayo de 2020 y 26 de junio de2020, respectivamente.

Se ha dispuesto el cese de los descuentos por código que seefectúan sobre los haberes de la fallida, como los descuentosdirectos que se efectúan sobre la cuenta sueldos, por causa o títuloanterior a la fecha de la sentencia de quiebra; decretándose tam-bién la incautación sobre el veinte por cien (20%) del total de loshaberes que percibe la deudora como jubilada, incluyendo el agui-naldo y cualquier otro rubro remuneratorio y no remuneratorio queperciba, menos los descuentos de ley, librándose oficio al Ministeriode Desarrollo de la Pcia. de Entre Ríos, debiendo dicho organismosobre los fondos incautados depositarios en la cuenta que se abriráal efecto en el Nuevo Banco de Entre Ríos -Suc. Diamante- a laorden de este Juzgado y como perteneciente a estos autos.

Atento a que el desapoderamiento opera de pleno derecho -Art.107 LCQ- y en función del deber de colaboración impuesto a lafallida por el Art. 102 LCQ, deberá depositar el porcentual refer-enciado en la aludida cuenta, en el supuesto que, al percibir loshaberes correspondientes al corriente mes y los sucesivos, no sehubiera efectuado la incautación ordenada.

Se librará oficio a la Administradora Tributaria de la Provinciade Entre Ríos a los fines dispuestos por el Art. 29 del CódigoFiscal.

Publiquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial, sin necesidadde previo pago.

Art. 89 Ley Concursos v Quiebras: Publicidad. ... La publicaciónes realizada sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asig-narse los fondos cuando los hubiere. Si al momento de la quiebraexistieren fondos suficientes en el expediente, el juez puede orde-nar las publicaciones de edictos similares en otros diarios de ampliacirculación que designe, a lo que se debe dar cumplimiento en laforma y términos dispuestos.

Diamante, 27 de diciembre de 2019 – Manuel A. Ré, secretario.F. 05-00000315 5 v./10/01/2020

Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 BOLETIN OFICIAL 25

Page 26: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

SENTENCIAS

P A R A N A

En los autos Nº 14312 caratulados: “Marichal Matías Emanuel yFernández Luis Iván s/ Robo en lugar poblado y en banda”, quetramitaran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná,se ha dispuesto librar el presente, a fin de comunicarle la inhabilita-ción absoluta por el tiempo de la condena respecto de Matías Ema-nuel Marichal.

Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente dela sentencia: “En la ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de EntreRíos, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve... SENTENCIA: I.- Declarar a MATIAS EMANUEL MARICHAL, yafiliado, autor material y penalmente responsable de los delitos de robosimple (tres hechos) y robo agravado por el uso de arma blanca y enpoblado y en banda unidos bajo las reglas del concurso real previstasen los Arts. 164, 166 Inc. 2°, 167 Inc. 2º y 55 del Código Penal, y, enconsecuencia, condenarlo a la pena de cinco (5) años y seis (6)meses de prisión de cumplimiento efectivo -Art. 5 y 12 del C.P.-.

II.- Declarar a LUIS IVAN FERNANDEZ, ya filiado, autor material ypenalmente responsable de los delitos de robo agravado por el usode arma blanca y en poblado y en banda (primer hecho), amenazascalificadas (segundo hecho) y desobediencia judicial (tercer hecho)unidos bajo las reglas del concurso real, previstas en los Arts. 166Inc. 2º, 167 Inc. 2º, 149 bis segundo párrafo y 239 del Código Penal,y, en consecuencia, condenarlo a la pena de cinco (5) años de prisiónde cumplimiento efectivo -Art. 5 y 12 del C.P.-.

III.- Disponer que ambos encartados continúen alojados en la Uni-dad Penal Nº 1 de esta ciudad a fin de dar cumplimento a la presente.-

IV.- Efectuar de manera inmediata los respectivos cómputos depena, atento a la renuncia expresa de los plazos realizada por losincursos.-

V.- Declarar las costas causídicas a cargo de los encartados (Art.585 y conds. del C.P.P.), a quiénes se eximirá de su efectivo pagoatento a las razones invocadas en los considerandos.-

VI.- Decomisar y destruir -de conformidad a lo normado por el Art.576 del rito- el efecto secuestrado en autos consistente en un armablanca de fabricación casera con hoja de metal, mango de madera ygoma negra.

VII.- Notificar la parte resolutiva de la presente a las víctimas deautos.-

VIII.- Comunicar la presente, sólo en su parte dispositiva a Jefaturade la Policía de Entre Ríos, Área de Antecedentes Judiciales delSuperior Tribunal de Justicia, Junta Electoral Municipal, JuzgadoElectoral, Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal yCarcelaria.

IX.- Protocolícese, regístrese, líbrense los despachos del caso yoportunamente, archívese.- Fdo: Dr. Elvio Osir Garzón, Vocal deJuicios y Apelaciones N° 4”.-

El mencionado Matías Emanuel Marichal, es argentino, soltero,desocupado, nacido en Paraná, el 26/01/1998, hijo de Carlos Anibal(f) y de Clara Corina Farías, domiciliado en Dorrego al final -BºMacarone-, de Paraná, Documento Nacional Identidad 40.694.685 yProntuario Policial Nº 802.515ig.-

Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, comoasimismo de la inhabilitación es el 26/09/2024 (veintiséis de septiem-bre de dos mil veinticuatro).

Paraná, 19 de diciembre de 2019 - Adriana E. Arus, secretariaOficina de Gestión de Audiencias.

S.C-00014674 3 v./08/01/2020— — —

En los autos Nº 12240 caratulados: “Fischer Alexander NahuelExequiel s/ Robo agravado”, que tramitaran por ante esta Oficina deGestión de Audiencias de Paraná, se ha dispuesto librar el presente,a fin de comunicarle la inhabilitación absoluta por el tiempo de lacondena respecto de Alexander Nahuel Exequiel Fischer.

Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente dela sentencia: “En la ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de EntreRíos, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve:FALLO: 1º) Declarar que ALEXANDER NAHUEL EXEQUIEL FIS-

CHER, de demás datos personales obrantes en autos, es autormaterial y responsable de los delitos de robo calificado por el usode arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenersede ningún modo por acreditada, robo simple en grado de tentativa,hurto calificado por escalamiento reiterado y desobediencia a laautoridad en concurso real y, en consecuencia, condenarlo a lapena de tres años y seis meses de prisión de cumplimientoefectivo y accesorias legales, declarándolo primer reincidente;Arts. 5, 12, 45, 50, 55, 164 y 42, 166 último párrafo, 163 inciso 4°y 239 todos del Código Penal, manteniendo su alojamiento en laUnidad Penal N° 1 de esta ciudad.

2°) Ordenar que por OGA se practique de inmediato cómputo depena. Una vez aprobado dicho cómputo, se remitirá conjuntamen-te con copia íntegra de esta sentencia, a la Sra. Jueza de Ejecu-ción de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad y a laDirección del Servicio Penitenciario de Entre Ríos. Se le remitiráasimismo copia de la Historia Clínica del condenado y de losinformes del Hospital Escuela de Salud Mental de fecha 14/11/19y de la Licenciada en Trabajo Social del Juzgado Penal de Niñosy Adolescentes de fecha 25/11/19, a efectos del abordaje que enel primero se sugiere; sin perjuicio claro está de lo que al respectoresuelva la Dra. Cecilia Bertora y el equipo interdisciplinario quela asiste dispongan.

3°) Imponer las costas al condenado, eximiéndoselo de su efec-tivo pago dada su notoria insolvencia, Arts. 584 y 585 delC.P.P.E.R.

4º) Notificar por intermedio de OGA a las víctimas de los distintoshechos la presente sentencia -Art. 73 inciso e) del C.P.P.E.R.-. yasimismo que se les consulte si desean ser informadas acerca delos planteos referidos en el artículo 11 bis de la Ley Nº 24.660,modificada por Ley 27.375, relativos a la posibilidad de incorpora-ción del condenado al régimen de salidas transitorias y demásinstitutos previstos en dicha norma.-

5°) Disponer de conformidad a lo dispuesto por los Arts. 23 delCódigo Penal, 576 del C.P.P.E.R. y Acuerdo General N°13/17 del16/5/17 el decomiso y destrucción de los siguientes efectos se-cuestrados:

En Legajo Nº 102367, el efecto Nº 16056, con su correspondien-te cadena de custodia y la siguiente descripción: un arma de fuegotipo revolver, calibre .22 largo marca Bagual, con 6 cartuchoscalibre .22 largo colocados, con cañón separado de la armadura.

El efecto Nº 15778, con su correspondiente cadena de custodiay la siguiente descripción: Una bolsa de papel marca Siete 72; unbuzo con capucha color azul y gris; 07 partes de precintos colornegro.

Efecto Nº 15779, con su correspondiente cadena de custodia yla siguiente descripción: Una gorra de tipo lana, color negra, condos agujeros para visualización.

En Legajo Nº 96275 el efecto 14928 consistente en un cuchillotipo tramontina.

En Legajo Nº 103311, el Efecto Nº 16003 consistente en uncuchillo marca La Misión con mango de madera y hoja de metalde 10 cm. de longitud aproximadamente. Mantener en depositopor el término de un año el efecto correspondiente al Legajo Nº103311 -una bicicleta color negra en regular estado de conserva-ción sin marca visible, la cual se encuentra depositada en depend-encias de Cria. 6º, vencido dicho plazo se procederá a su deco-miso y destrucción, Art. 576 del C.P.P.- Transformar en definitivala entrega de bienes efectuada en carácter de depositarias judi-ciales a las Sras. María Florencia Sauto, Romina Florencia Zurdoy Silvia Beatriz Volker respectivamente, notificándoselas, Art. 577segundo párrafo del C.P.P.

6°) Comunicar la presente, sólo en su parte dispositiva, al Areade Antecedentes Judiciales del Superior Tribunal de Justicia,Oficina de Medio Alternativos del Superior Tribunal de Justicia,Ministerio de Gobierno y Justicia de Entre Ríos, Jefatura de laPolicía de Entre Ríos, Junta Electoral Municipal, Juzgado Electo-ral y Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal yCarcelaria, y demás organismos administrativos.

7º) Registrar y oportunamente archivar. Fdo. Ricardo DanielBonazzola, Juez de Garantías N° 3”.

El mencionado Alexander Nahuel Exequiel Fischer, es argenti-no, changarín, nacido en Paraná, el 09/05/1991, hijo de Abel Isidro

26 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020

Page 27: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

y de Yolanda Cristina Rubio, domiciliado en Garrigó 1886 y ciudadde Viale, de Paraná, Documento Nacional Identidad 35.209.223 yProntuario Policial Nº 766.778ig.-

Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, comoasimismo de la inhabilitación es el 28/09/2022.-

Paraná, 19 de diciembre de 2019 – Adriana E. Arus, secretariaOficina de Gestión de Audiencias.

S.C-00014675 3 v./08/01/2020— — —

En los autos Nº 14312 caratulados: “Marichal Matías Emanuel yFernández Luis Iván s/ Robo en lugar poblado y en banda”, quetramitaran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná,se ha dispuesto librar el presente, a fin de comunicarle la inhabilita-ción absoluta por el tiempo de la condena respecto de Matías Ema-nuel Marichal.

Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente dela sentencia: “En la ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de EntreRíos, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil diecinue-ve... SENTENCIA: I.- Declarar a MATIAS EMANUEL MARICHAL, yafiliado, autor material y penalmente responsable de los delitos de robosimple (tres hechos) y robo agravado por el uso de arma blanca y enpoblado y en banda unidos bajo las reglas del concurso real previstasen los Arts. 164, 166 Inc. 2º, 167 Inc. 2º y 55 del Código Penal, y, enconsecuencia, condenarlo a la pena de cinco (5) años y seis (6)meses de prisión de cumplimiento efectivo -Art. 5 y 12 del C.P.-.

II.- Declarar a LUIS IVAN FERNANDEZ, ya filiado, autor material ypenalmente responsable de los delitos de robo agravado por el usode arma blanca y en poblado y en banda (primer hecho), amenazascalificadas (segundo hecho) y desobediencia judicial (tercer hecho)unidos bajo las reglas del concurso real, previstas en los Arts. 166Inc. 2º, 167 Inc. 2º, 149 bis segundo párrafo y 239 del Código Penal,y, en consecuencia, condenarlo a la pena de cinco (5) años de prisiónde cumplimiento efectivo -Art. 5 y 12 del C.P.-.

III.- Disponer que ambos encartados continúen alojados en la Uni-dad Penal Nº 1 de esta ciudad a fin de dar cumplimento a la presente.-

IV.- Efectuar de manera inmediata los respectivos cómputos depena, atento a la renuncia expresa de los plazos realizada por losincursos.-

V.- Declarar las costas causídicas a cargo de los encartados (Art.585 y conds. del C.P.P.), a quiénes se eximirá de su efectivo pagoatento a las razones invocadas en los considerandos.-

VI.- Decomisar y destruir -de conformidad a lo normado por el Art.576 del rito- el efecto secuestrado en autos consistente en un armablanca de fabricación casera con hoja de metal, mango de madera ygoma negra.-

VII.- Notificar la parte resolutiva de la presente a las víctimas deautos.-

VIII.- Comunicar la presente, sólo en su parte dispositiva a Jefaturade la Policía de Entre Ríos, Área de Antecedentes Judiciales delSuperior Tribunal de Justicia, Junta Electoral Municipal, JuzgadoElectoral, Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal yCarcelaria.

IX.- Protocolícese, regístrese, líbrense los despachos del caso yoportunamente, archívese.- Fdo: Dr. Elvio Osir Garzón, Vocal deJuicios y Apelaciones N° 4”.-

El mencionado Luis Iván Fernández, es argentino, albañil, nacidoen Paraná, el 20/06/1998, hijo de Víctor Manuel Fernández y de AnaNoemí Alba, de Paraná, Documento Nacional Identidad 41.403.538y Prontuario Policial Nº 813.036ig.-

Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, comoasimismo de la inhabilitación es el 20/08/2024 (veinte de agosto dedos mil veinticuatro).

Paraná, 19 de diciembre de 2019 – Adriana E. Arus, secretariaOficina de Gestión de Audiencias.

S.C-00014677 3 v./08/01/2020— — —

G U A L E G U A Y

Hago saber que en el Incidente de Juicio Abreviado N° 119-I,correspondiente al Legajo N° 246/19, caratulado “Ramos NelsonSalvador y Castaño Jonathan Alexis - Abuso de armas y portación dearma de guerra en concurso ideal, robo agravado y otros - Incidentede juicio abreviado” (Legajos de I.P.P. N°21631/19 y 21985/19) y susacumulados Legajo N°256/19 caratulado “Ramos Nelson Salvador s/

Robo en carácter de autor y violación de domicilio en carácter deautor; daño y amenazas coactivas con empleo de armas y resisten-cia a la autoridad y lesiones leves, en concurso ideal en calidad deautor” (Legajos de I.P.P. N°25013, 25142, 24131 y 25275) y LegajoN° 257/19 caratulado “Castaño Jonathan Alexis s/ Robo agravado”(legajos de I.P.P. IPP Nº 24.112 y 24.113), que tramita ante esteTribunal, de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, Provincia de EntreRíos, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en suconocimiento la sentencia recaída en autos en fecha 26/11/2019respecto a los condenados NELSON SALVADOR RAMOS, apodado“el pulga”, DNI 42.972.359, argentino, de 19 años de edad, domici-liado en calle Micaela Quintana Nº 17 de Barrio Plan Evita de estaciudad de Gualeguay, de ocupación albañil, de estado civil soltero,nacido en Gualeguay en fecha 19/10/2000, con estudios primarioscompletos (hasta séptimo grado), quien no registra antecedentescondenatorios, hijo de Marcelo Ramos y que su madre se llamaMarcela Delucca, que no ha tenido enfermedades graves y JONA-THAN ALEXIS CASTAÑO, sin apodos, DNI N° 43.539.154, domici-liado en Bº Plan Evita, ante última calle de la ciudad de Gualeguay,actualmente cumpliendo prisión preventiva, de estado civil solteropero está en pareja, sin hijos, de 18 años de edad, nacido enGualeguay en fecha 28/08/2001, con instrucción secundaria incom-pleta -primer año-, que no tiene antecedentes, hijo de FranciscoRamón Castaño, de estado civil casado, ocupación chapista, quevive en el mismo domicilio y de Sonia Andrea Colazo, de estado civilsoltera, de ocupación empleada, domiciliada en el mismo domicilioque el encartado, sin enfermedades graves.-

A continuación se transcribe la parte pertinente de dicha sentenciarecaída en el legajo, que dice: “En la ciudad de Gualeguay, Provin-cia de Entre Ríos, República Argentina, a los veintiséis días del mesde noviembre del año dos mil diecinueve, ... SE RESUELVE: 1)Declarar que JONATHAN ALEXIS CASTAÑO, de los demás datospersonales consignados en autos, es autor material y penalmenteresponsable de los delitos de abuso de armas y portación de armade guerra en concurso ideal atribuible el segundo de ellos encarácter de co-autor -primer hecho-(Arts. 104 y 189 segundo párra-fo, 45 del C.P.); robo agravado por el uso de arma -segundo hecho-,(Arts. 166, Inc. 2) y 45 del C.P.) y robo agravado por el uso de armaen grado de tentativa -tercer hecho-, en concurso real atribuibles alciudadano Jonathan Alexis Castaño, en calidad de autor (Arts. 166,Inc. 2), 42, 45), todos ellos en concurso real (Art. 55 del CP),declarándose por ende su responsabilidad penal, por tales hechos;imponiéndose al mismo, la siguiente medida, consistente en lainhibición de efectuar actos molestos y/o intimidatorios en perjuiciode las víctimas en autos, hasta tanto se integre dicha sentencia.-

2) Diferir la discusión sobre la necesidad de imponer sanciónpenal hasta tanto se hallen íntegramente cumplimentados los extre-mos fácticos establecidos en el Art. 4º de la Ley 22.278 (modif., Ley22.803) , remitiéndose testimonios a tales fines al Sr. Juez deMenores de la Jurisdicción de Gualeguay, como se solicita, tenién-dose presente la pena acordada, para una vez efectivizada dichaintegración de sentencia.-

3) Continúe Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y laFamilia, con el abordaje tutelar del adolescente, dando cuenta enforma periódica de su evolución a las partes.-

4) Declarar que NELSON SALVADOR RAMOS, de los demásdatos personales consignados en autos, es autor material y penal-mente responsable de los delitos de abuso de armas en realidad deco-autor - Legajo Nº 21985, lesiones leves y amenazas en carácterde autor - Legajo N° 21631, robo en carácter de autor y violaciónde domicilio en carácter de autor - Legajos N°25013 y 25142; dañoy amenazas coactivas con empleo de armas - Legajo Nº 24131 - encalidad de autor (Arts. 149 bis, 183, 45 y 55 del CP) y resistencia ala autoridad y lesiones leves - Legajo Nº 25275, en concurso ideal,en calidad de autor (Arts. 89, 239, 45 y 54 del CP) y, en consecuen-cia, condenarlo a la pena de tres años de prisión a cumplir en formacondicional, con más las siguientes reglas de conductas: 1) Noinvolucrarse en forma alguna en ilícitos o contravenciones.- 2)Medida restrictiva de no acercarse a Vicente Javier Moresco ni a sugrupo familiar, a una distancia inferior a los cincuenta metros, másla prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con éste porsi o a través de terceras personas, por el tiempo de la condena.- 3)La Medida restrictiva de no acercarse a Hugo Adolfo Barreto ni a sugrupo familiar, a una distancia inferior a los cincuenta metros, másla prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con éste por

Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 BOLETIN OFICIAL 27

Page 28: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

si o a través de terceras personas, por el tiempo de la condena.- 4)Medida restrictiva de no acercarse a Antonio Ceferino González ni asu grupo familiar, a una distancia inferior a los cincuenta metros, másla prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con éste por sio a través de terceras personas, por el tiempo de la condena (artícu-los 26, 27 bis, 40, 41, 45 y conc. del Código Penal).

3) .... - 4) ... Regístrese, recaratúlese, notifíquese, comuníquese alos organismos correspondientes; y, en estado, archívese.- Fdo.Dardo Oscar Tortul, Vocal; Florencia Bascoy, Oficina Judicial Direc-tora”.

Gualeguay, 23 de diciembre de 2019 – Florencia Bascoy, secretariaint.

S.C-00014678 3 v./08/01/2020

LICITACIONES

P A R A N A

UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RIOSLicitación Pública Nº 02/2019Expte.-Rect-UER 000896/2019

OBJETO: “ Ampl iación del edi f ic io de Facultad de Trabajo So-cial – Segundo Llamado” ubicada en cal le Almirante Brown 54 dela c iudad de Paraná Provincia de Entre Ríos.

CONSULTAS DE PLIEGOS: Univers idad Nacional de Entre Ríos,Rectorado – Dirección de Construcciones Universi tar ias – EvaPerón N° 24 - (3260) Concepción del Uruguay, Entre Ríos Tel .03442 421500/51 Fax 03442 – 421530 - de lunes a viernes de 8 a13 hs. y Casa UNER Córdoba 475, Paraná Entre Ríos. Los pl iegoss e p o d r án c o n s u l t ar y d es c ar g ar en el s i t i o w eb : “ c o m-pras.uner.edu.ar” .

PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS: Universidad Nacional deEntre Ríos, Rectorado Eva Perón N° 24 - (3260) Concepción delUruguay, Entre Ríos Tel. 03442 421500/51 Fax 03442 - 421530.- delunes a v iernes de 7 a 13:30 hs desde el 04/02/2020 hasta las 11,00del d ía, 13 de febrero de 2020.

LUGAR DE APERTURA DE OFERTAS: Universidad Nacional deEntre Ríos, Rectorado – Eva Perón N°24 - (3260) Concepción delUruguay, Entre Ríos.

FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 13 de febrero de 2020Hora: 11:00.

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 15.766.952,54.PLAZO DE OBRA: Seis (6) meses.COSTO DEL PLIEGO: $0,00 (la impres ión corre por cuenta del

in teresado).RETIRO DE PLIEGOS: no obl igator ia, podrán descargarse de la

página: compras.uner.edu.ar .Vis i ta de obra obl igator ia previa al acto de apertura.Garant ía a const i tu i r : Uno por c iento (1%) del presupuesto

of ic ial .F.C. 04-00007542 15 v./23/01/2020

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F E D E R A C I O N

MUNICIPALIDAD DE CHAJARILicitación Pública Nº 015/2019 D.E.

Decreto Nº 1068/2019 D.E.OBJETO: Llamar a L ic i tac ión Públ ica tend iente a la prov is ión

de un vehícu lo Mini Bus 15+1, nueva, 0 Km, con aire, d irecc iónas is t ida y equipamiento normal de fábr ica, para ser dest inada alárea de discapacidad, dependiente de la Secretar ía de Ciudada-nía e Inclus ión.

APERTURA: 22 de enero de 2020 – Hora: 10:00 (diez). Si esdecretado inhábi l , al día siguiente hábi l , a la misma hora y lugarprevisto .

LUGAR: Secretar ía de Gobierno – Edi f ic io Munic ipal – PlantaAlta – Salvarredy 1430.

VENTA DEL PLIEGO: En Tesorería Munic ipal – Salvarredy 1430de Chajar í.

VALOR DEL PLIEGO: $ 3.000,00 (pesos t res mi l).PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO: $ 3.000.000,00 (pesos tres

mi l lones).INFORMES: Secretar ía de Gobierno y Hacienda.Chajar í, 20 de dic iembre de 2019 – Pedro J. Gal imbert i , presi -

dente munic ipal , María E. Moix, secretar ia de Gobierno y Hacien-da.

F.C. 04-00007533 4 v./08/01/2020

MUNICIPALIDAD DE SANTA ANALicitación Publica Nº 01/2020

Decreto Nº 04/2020 D.E.OBJETO: Adquis ic ión de 376 mts3 de Gavión caja en mal la

hexagonal galvanizado con revest imiento p lást ico. 710 mts2de Colchón Reno en mal la hexagonal galvan izado con reves-t im iento p lást ico. 1.442 mts2 de Geotext i l Mactex, no tej ido def ibras unidas por agujado.

APERTURA DE SOBRES: Miércoles 22 de enero de 2020, 10hs.

VALOR DEL PLIEGO: $ 2.000,00. (pesos dos mil).PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO: Pesos dos mil lones ($

2.000.000,00), con impuestos inc lu idos.LUGAR: Munic ipal idad de Santa Ana - Entre RíosINFORMES: Cupert ino Otaño 576 - Edi f ic io Munic ipal de

S a n t a A n a ( E . R . ) . T e l e f a x : 0 3 4 5 6 -492111/492112/492059/492000.

E-m a i l : m u n i c s an t aan a@x i n e t .c o m .ar - Pág i n a Web :www.santaana.gob.ar

Santa Ana, 6 de enero de 2020 – Rogel io L. Zanandrea,presidente Munic ipal – Car los A. Dalzot to , secretar io .

F.C. 04-00007624 3 v./10/01/2020

ASAMBLEAS

C O L O N

CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO SANTA ROSAConvocatoria

El Club Social y Deport ivo Santa Rosa, s i to en Mitre 1890 dela c iudad de San José, Departamento Colón, Entre Ríos con-voca a sus asoc iados a la Asamblea General Ordinar ia al levarse a cabo en su sede soc ial , el d ía 9 de enero de 2020 alas 20 hs, para tratar el s iguiente orden del día:

1) Lectura y cons ideración del acta de la asamblea anter ior .2) Designac ión de 2 (dos) asambleístas para f i rmar el acta

conjuntamente con el pres idente y secretar io .3) Lectura y cons iderac ión de la memoria, estado de si tua-

ción. patr imonial , estado de resu l tados, anexos e informes delos rev isores de cuenta, por el ejerc ic io f inal izado el 30 desept iembre de 2019.

4) Tratamiento de cuota soc ietar ia.5) Postu lac ión y aprobac ión de socio honorar io.6) Renovac ión to tal de Comis ión Direct iva.Si a la hora f i jada no hubiera quórum (la mitad más uno de

los asoc iados, la Asamblea ses ionará vál idamente una horadespués de la f i jada, con el número de socios presentes(ar t ícu lo 31° de los Estatutos).

Ledesma Antonio , pres idente – Zalazar Gr iselda Ma., secre-tar ia.

F.C. 04-00007625 1 v./08/01/2020— — —

G U A L E G U A Y C H U

RPB SAConvocatoria Asamblea General Ordinaria

Se convoca a los señores acc ion istas de RPB SA a la Asam-blea General Ord inar ia a celebrarse el día 4 de febrero de 2020a las 10:00 hs., en pr imera convocator ia y en segunda convo-cator ia luego de pasado un intervalo de una hora del horar iof i jado para la pr imera (Art . 237 Ley 19.550), en el domic i l io s i toen cal le Buenos Aires 1188, de la c iudad de Gualeguaychú,Prov inc ia de Entre Ríos, a f in de considerar el s iguiente ordendel d ía:

1 - Designar dos socios encargados de f i rmar el acta.2 - Considerar y reso lver sobre la documentación prevista

en el Art . 234 Inc. 1 de la Ley 19.550, sobre el balance general ,estado de si tuac ión patr imonial , estado de resul tados, estadode evoluc ión del patr imonio neto, estado de f lu jo de efect ivo,notas complementar ias, cuadros anexos, memoria, informedel síndico y aprobac ión de la gest ión del Director io y Sindi -catura, correspondiente al 27°ejerc ic io económico f inal izadoel 30 de sept iembre de 2019.

3 - Considerar y resolver d is tr ibución de ganancias al 30 desept iembre de 2019.

4 - Fi jar la remunerac ión del Di rector io y Síndico.

28 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020

Page 29: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

5 - Elegir directores y director suplente.6 - Elegir síndico y síndico suplente.7 - Constituir fondo de reserva legal (Art. 70 Ley 19.550).Fdo. Juan Alejandro Baggio.Carolina Irungaray, apoderada.

F.C. 04-00007604 5 v./13/01/2020— — —

S A N S A L V A D O R

ASOCIACION UNION ISRAELITA (Autorizada por el S.G. de laPcia. de Entre Ríos) General Campos - Entre Ríos

ConvocatoriaLa Asociación Unión Israelita de General Campos convoca a sus

asociados a la Asamblea General Ordinaria que se realizará el vier-nes 1º de febrero de 2020 a las 21 Hs, en su Sede Social, a fin detratar el siguiente orden del día:

1- Lectura del acta de asamblea anterior.2- Memoria y balance.3- Designación de autoridades de la asamblea, dos socios escruta-

dores y para firmar el acta.4- Elección de tres miembros titulares, un suplente y un revisor de

cuentas, por finalización de mandatos.Gral. Campos, 02 de enero de 2020 - Javier Mendelovich, presiden-

te – Mario B. Mendelovich, secretario.F.C. 04-00007627 1 v./08/01/2020

CITACIONES

P A R A N A

a herederos y acreedores de MERELES, MARIA HAYDEEEl Sr. Presidente del Consejo General de Educación, c i ta y

emplaza por el término de diez días hábi les de publ icado elpresente a herederos y acreedores de la Sra MERELES, MARÍAHAYDEE DNI Nº 18.605.482, qu ien fal leciera en la local idad deConcord ia, depar tamento homónimo, el 08 de Noviembre de2019, c o n f o r m e a lo d i s p u es t o en Ex p ed i en t e Gr ab ad o Nº2357861 – “ Berto l in i , Fernando Fabián.- Sol pago subsid io sepe-l io y lu to de su ext ina esposa Sra. Mereles María Haydee” .

Paraná, 19 de dic iembre de 2019 – Pablo J.A. Vit tor , secretar iogeneral CGE.

S.C-00014664 5 v./08/01/2020— — —

a herederos y acreedores de SURT IGNACIO“ La Subsecretar ía de Admin ist rac ión y Despacho de la Secre-

tar ía de Producc ión del Minister io de Producc ión, c i ta por eltérmino de cinco (5) días hábi les corr idos a part i r de la pr imerapubl icación de la presente, a los herederos y acreedores delext in to SURT, IGNACIO, quien se desempeñaba como agente dela Secretar ía de Producción, quien se considere con derechopara que comparezca a acredi tar sus pretens iones con respectoa los haberes caídos. Los in teresados deberán presentarse en elÁrea Liquidac ión y Contro l de Haberes de la Subsecretar ía deAdministración y Despacho de la Secretar ía de Producc ión delMinister io de Producción, munidos de documentos personales yl ibreta de famil ia” .

Paraná, 26 de dic iembre de 2019 – Gabr iela E. Ochoa, DirectoraGral . de Adminis trac ión.

S.C-00014673 5 v./09/01/2020

REMATES

B U E N O S A I R E S

Por Eduardo A. RadattiMat. Nº 77 Lº 80 Fº 129

El mart i l lero Eduardo Alberto Radatt i comunica por 1 día quepor cuenta y orden de FCA Compañia Financiera SA y/o GPATCompañia Financ iera SAU. (ar t ículo 39 Ley 12.962) y conformeart ícu lo 2.229 del Código Civ i l y Comercial de la Nación subasta-rá por ejecución de prendas, el 20.1.2020 a part i r de las 9.30 hs.en Talcahuano 479, Capital Federal , los automotores que a con-t inuación se detal lan por deudor, vehícu lo, patente y base, en el

estado que se encuentran y se exhiben en Homero 1337, Capi talFederal los días 15, 16 y 17 de enero de 10 a 16 hs.: ClaudiaIsabel Moschen ; Chev ro let On ix 1.4N LT /2018; AC971AU;348.700.

El s iguiente automotor será exh ib ido en Ruta 36 Km 37,500,Centro industr ial Ruta 2, Berazategu i, El Pato, Prov inc ia deBuenos Aires los dias 15, 16 y 17 de enero 9 a 12 y 14 a 16 hs.Max i m i l i an o Dan i el Can al i s ; Fi at Pal i o Fi r e 1.4 5P/2014;NWN186; 186.100.

De no exist i r ofer tas se subastarán sin base. Seña 30%. Co-misión 10%. IVA sobre comisíón. $ 10.500 por ver i f icac iónpol ic ial e in formes de dominio . Saldo en 24 horas bajo aperci -b imiento de rescindi r la operación con perdida de las sumasentregadas a favor de la vendedora.

Deudas de patentes impuestos e inf racciones y trámites ygastos de transferencia a cargo del comprador para ingresar allugar de exhib ic ión de los vehículos se deberá presentar elDocumento de Ident idad. El comprador const i tu i rá domici l io enla Capital Federal .

Buenos Aires, 27 de dic iembre de 2019 – Eduardo A. Radatt i ,mart i l lero públ ico nacional .

F.C. 04-00007630 1 v./08/01/2020

CONTRATOS

C O L O N

SERVICENTRO SAN JOSE SASPor Resoluc ión del Sr. Di rector de Inspección de Personas

Juríd icas, se ha dispuesto publ icar por un día en el Bolet ínOf ic ial el s igu iente ed ic to:

1) Nombre, Guif f re Edwin Joaquin , edad 27 años, estado c iv i l ,so l tero, Nacional idad argent ina, pro fes ión independiente, do-mici l io Sarmiento 1976, San José, Entre Ríos, DNI 36.056.758.

2) Fecha del instrumento de Const i tuc ión 01.08.20193) Razón Social o denominac ión de la soc iedad: Serv icentro

San José S.A.S.4) Domic i l io de la Sociedad: San José, Entre Ríos.5) Objeto Social : a) Venta al por menor y mayor de lubr icantes,

combust ib les der ivados del petró leo, producc ión, comercial i -zación, importación y exportac ión de los mismos así comotambién de mezclas, acei tes básicos y sus der ivados, explota-c ión y administración de estaciones de servic io y expendio decombust ib les, gases comprimidos, l icuados y servic ios de lu-br icentro y mecánicos.

b) Compra, venta, d istr ibuc ión, exportac ión e importación debebidas sin alcohol , cervezas, v inos, comest ib les, productosal iment ic ios envasados, azúcares, alcoholes y sus der ivados,gaseosas alcohól icas y sin alcohol, su fracc ionamiento y d is-t r ibución, ar t ículos de l impieza y golosinas.

c) Transporte de carga, mercaderías generales, f letes, aca-rreos, mater ias pr imas y elaboradas, equipajes, cargas en ge-neral de cualquier t ipo, t ransporte, cumpl iendo con las respec-t ivas reglamentac iones, nac ionales, prov inciales, interprov in-c iales o internacionales, su dis tr ibuc ión, almacenamiento , de-pós i to y embalaje, contratar aux i l ios , reparaciones y remol-ques.

d) Serv ic ios Inmobi l iar ios real izados por cuenta prop ia conbienes prop ios o arrendados.

6) Plazo de Durac ión: 99 años7) Capital Soc ial : Capital suscr ipto $ 700.000 (setec ientos

mi l), compuesto por 700 acciones de $ 1000 cada una a valornominal , ord inar ias, nominat ivas, no endosables, de clase B ycon derecho a un voto por acción, Capi tal Integrado el 25%mediante deposi to en cuenta y el resto dentro de los dos añosdesde la f i rma del ins trumento const i tut ivo .

8) Órgano de admin ist rac ión; Reunión de Socios, Guif f re Ed-win Joaquin , Durac ión, i l imi tada salvo remoción por justa cau-da, Composic ión indiv idual o colegiada.

9) Órgano de Fiscal izac ión si correspondiere: Duración, Com-posic ión.

10) Organizac ión de la Representación Legal.11) Fecha de cierre del Ejerc ic io: 30 de junio .Regis tro Públ ico – DIPJ – Paraná, 10 de dic iembre de 2019 –

Rai ter i José M., abogado inspector DIPJER.F.C. 04-00007626 1 v./08/01/2020

Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 BOLETIN OFICIAL 29

Page 30: Nro. 26.806 - 005/20 Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 ...2020/01/08  · 2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 8 de enero de 2020 Que, asimismo, la citada agente solicita el

DECRETOSGobernación

Año 20193438, 3439, 3440, 3450, 3451

Ministerio de Gobierno y Justicia3387, 3388, 3389, 3390, 3391, 3392, 3393, 3394, 3395, 3396, 3429, 3430, 3431, 3432, 3433,

RESOLUCIONESMinisterio de Salud

Año 20172648, 2649,

Administradora Tributaria de Entre RíosAño 2019

599, 600