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REPUBLICAOEL ECUADOR CADMUNICIPALIDAD DEAM8AT0 ALCALDIA Doctor. Juan Carlos Herrera Gerente de Sucursal Regional 6 Ambato (E) BANCO DE DESARROLLO DEL ECUADOR B.P Presente. - Señor Gerente: DA-17-0992 Ambato, 10 de agosto del 2017 En atención al oficio N° BDE-GSZCP-2017-1827-OF de fecha 07 de agosto de 2017, remito la notificación de adjudicación del proceso de Licitación Pública Internacional de obra, signado el código 33-2016-GADMA-LPI para la contratación de la "CONSTRUCCIÓN DEL TERMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DE AMBATO, CANTON AMBATO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA, con la finalidad de que se realice la publicación en el portal de las Naciones Unidas (UNDB). Particular que comunico para los fines consiguientes. Adjunto: Adjuntodocumentación de respaldo. MC 10/08/2017 Ing. MSCfCuis Amoroso Mora ALCALDE DE AMBATO AV. ATAHUALPA Y RIO PALLATANGA "Teléfono: 2997886 - 2998616

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Page 1: notificación de adjudicación del proceso de Licitación ...€¦ · N° 33-2016-GADMA-LPIpara la contratación de la "CONSTRUCCIÓN DEL TERMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DE AMBATO,

REPUBLICAOEL ECUADOR

CADMUNICIPALIDAD DEAM8AT0

ALCALDIA

Doctor.

Juan Carlos Herrera

Gerente de Sucursal Regional 6 Ambato (E)BANCO DE DESARROLLO DEL ECUADOR B.P

Presente. -

Señor Gerente:

DA-17-0992

Ambato, 10 de agosto del 2017

En atención al oficio N° BDE-GSZCP-2017-1827-OF de fecha 07 de agosto de 2017, remito lanotificación de adjudicación del proceso de Licitación Pública Internacional de obra, signado el códigoN° 33-2016-GADMA-LPI para la contratación de la "CONSTRUCCIÓN DEL TERMINALTERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DE AMBATO, CANTON AMBATO, PROVINCIA DETUNGURAHUA, con la finalidad de que se realice la publicación en el portal de las Naciones Unidas(UNDB).

Particular que comunico para los fines consiguientes.

Adjunto: Adjuntodocumentación de respaldo.MC

10/08/2017

Ing.MSCfCuis Amoroso MoraALCALDE DE AMBATO

AV. ATAHUALPA Y RIO PALLATANGA "Teléfono: 2997886 - 2998616

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^BIDB«KO mtCfameriCAnodoOoufroOo REPÚBLICA DEL ECUADOR

CAO MUNICIPALIOAO DE AMBATO

LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOSPROGRAMA DE INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO DEDESCENTRALIZADOS Y/OSUS EMPRESAS PÚBLICAS, PRODESARROLLO

Contrato de Préstamo No. BID 2839/OC-EC

'Projcct:

Loan/Credit Number:

Sector:

Abstract:

NOTIFICACION DE ADJUDICACION DE CONTRATO

Inter-American Development Bank

"CONSTRUCCIÓN DEL TERMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DEAMBATO, CANTÓN AMBATO, PROVINCIA DETUNGURAHUA'Préstamo/Convenio No BID 2839/OC-EC, Proyecto/CT No. 33-2016-GADMA-LPI

PROGRAMA DE INVERSION PARA EL DESARROLLO DE LOS GOBIERNOS

AUTÓNOMOSDECENTRALIZADOS Y/O SUS EMPRESASPÚBLICASPRODESARROLLO-FASE 1.

(Bienes u Obras) - País del Proyecto: ECUADOR

CONSTRUCCIÓN DEL TERMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DEAMBATO, CANTÓN AMBATO, PROVINCIA DETUNGURAHUA

Número de referencia del proceso: 33-2016-GADMA-LPI

Contrato Adjudicado por LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL

Oferente adjudicatario

-CONSORCIO A CONSTITUIRSE ATLAS AMBATO

—Preciooferta a la apertura: USD 10'864.756,65—Precio oferta evaluado: USD 10'864.756,65

Oferentes Evaluados

-RINCONCIV dirección

-Precio oferta a la apertura: $12'299.062,00—Precio oferta evaluado: $I2'299.062,00

-CONSORCIO TERMINAL SUR AMBATO, dirección]—Precio oferta a la apertura: $12'560.213,69—Precio oferta evaluado: $I2'560.213,69

-CHINA SHANDONGINTERNATIONAL ECONOMIC AND TECHNICAL

-Precio oferta a la apertura: $12'997.382,I4—Preciooferta evaluado: $12*997.382,14

-CONSORCIO EDECONSA-ESACERO

—Preciooferta a la apertura: $13'365.706,61

—Precio oferta evaluado: $13*365.706,61

-CONSORCIO SSRA

—Precio oferta a la apertura: $13*215.363,15—Precio oferta evaluado: $13*215.363,15

-SEDEMI SCC

-Precio oferta a la apertura: $13*520.485,65

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Contractor:

Country of Contractor:

Contract Amount:

Date Contract Signed:

Implementing Agency:

UNDB Print Edition:

Posted Oniine:

Banco lnt«famer{canodo DounroOo

REPUBLICADELECUADOR

CADMUNICIPALIDAO DEAMBATO

-Precio oferta evaluado; $13'520.485,65

-CONSORCIO LOS TRES JUANES

-Precio oferta a la apertura: $13'901.775,81-Precio oferta evaluado: $13'901.775,81

-CONSORCIO E&A

"Precio oferta a la apertura: $14'035.012,51-Precio oferta evaluado: $14'035.012,51

-CHINA CIVIL ENGINEERING CONSTRUCTION CORPORATION

-Precio oferta a la apertura: $14'099.171,39-Precio oferta evaluado: $14'099.171,39

-TECNOVIA MADEIRA

-Precio oferta a la apertura: $14'800.694,46—Precio oferta evaluado: $14'800.694,46

-ING. SILVIO RAMIRO HIDALGO TORRES

-Precio oferta a la apertura: $15'854.672,06—Precio oferta evaluado: $15'854.672,06

Oferentes rechazados

-CUERPO DE INGENIEROS DEL EJERCITO

-Precio oferta a la apertura: $14*829.524,57-Razónpara elrechazo: POR NO HABER PRESENTADO LA GARANTÍA DEMANTENIMIENTO CONFORME LO ESTABLECIDO EN LAS lAO 19.1 DE LOS

DDL's.

Cualquier Oferente que desee conocer las razones por las cuales su oferta no fueseleccionada, podrá requerir información adicional sobre su oferta con una solicitudformal a la dirección indicada más abajo.

CONSORCIO A CONSTITUIRSE ATLAS AMBATO

ECUADOR

USD 10'864.756,65

08 DE AGOSTO DE 2017

GAD MUNICIPALIDAD DE AMBATO

Ing. María Cañar - Coordinadora de la unidad de Contratación y Compras PúblicasAv. Atahualpa y Rio CutuchiE-mail: marí[email protected]

[completa UNDB]

[completa UNDB]

Se mantuvo los títulos en inglés, por ser el idioma en que lo publica el UNDB Oniine.

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REPUBLICA DEL ECUADOR

CADMUNICIPALIDAD DEAM8A70

RESOLUCION ADMINISTRATIVA N" DA-UCCP-17-166

Ing. Msc. Luis Amoroso MoraALCALDE DE AMBATO

33-2016-GADMA-LPI

Que, el Art. 82 de la Constitución de la República del Ecuador establece: "El derecho a la seguridadjurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas,claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes."

Que, el Art. 227 Ibídem menciona: "La administración pública constituye un servicio a la colectividadque se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación."

Que, el Art. 288 de la misma normativa suprema prescribe: "Las compras públicas cumplirán concriterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorízarán losproductos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y delas micro, pequeñas y medianas unidades productivas."

Que, el Art. 424 Ibidem manifiesta: "La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquierotra del ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidadcon las disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia jurídica";

Que, según lo dispuesto en los artículos 54 literal f) y 55 literal h) del Código Orgánico de OrganizaciónTerritorial, Autonomía y Descentralización; la contratación de obras permite viabilizar el cumplimientode los propósitos institucionales, alcanzando así la consecución de objetivos.

Que el suplemento del Registro Oficial Ka 395 de! 04 de Agosto del 2008, se publicó la Ley Orgánica delSistema Nacional de Contratación Pública, la misma que establece el Sistema Nacional de ContrataciónPública y determina los principios y normas para regular los procedimientos de contratación para laadquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los deconsultoría que realicen, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 1, entre otros, lasentidades que integran el régimen seccional autónomo.

Que, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial Ns 100 de 14 de octubre de 2013, se publica la LeyOrgánica Reformatoria de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Que, el Art. 3 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública indica "ContratosFinanciados con Préstamos y Cooperación Internacional. - En las contrataciones que se financien, previoconvenio, con fondos provenientes de organismos multilaterales de crédito de los cuales el Ecuador seamiembro, o, en las contrataciones que se financien con fondos reembolsables o no reembolsablesprovenientes de financiamiento de gobierno a gobierno; u organismos internacionales de cooperación, seobservará lo acordado en los respectivos convenios. Lo no previsto en dichos convenios se regirá por lasdisposiciones de esta Ley".

Que, el Art. 32 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública menciona; "La máxima

autoridad de la Institución de acuerdo al proceso a seguir en base al tipo de contratación, adjudicará el

contrato, al oferente cuya propuesta represente el mejor costo, de acuerdo a lo definido en los números

17, 18 y 19 del artículo 6 de esta Ley; y, a los parámetros objetivos de evaluación previstos en cada

procedimiento".

Que, mediante Resolución Administrativa No. DA-UCCP-17-007 de 17 de enero de 2017, ésta Alcaldíadesignó la Comisión Técnica de acuerdo con el Artículo 18 del Reglamento General de la Ley Orgánicadel Sistema Nacional de Contratación Pública, además se dio inicio el proceso de Licitación Pública , /

iAvenida Atahualpa yRíoCutuchi *Teléfono: 2997886 - 2998616

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REPÚBLICA OEL ECUADORGAOMUNICIPALIDAD OEAM8AT0

Internacional de Obras signado con el código N" 33-2016-GADMA-LPI "CONSTRUCCIÓN DELTERMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DE AMBATO, CANTÓN AMBATO,PROVINCIA DE TUNGURAHUA" y aprobóel pliego para el proceso referido.

Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipalidad de Ambato, a través de la Unidad deContratación y Compras Públicas publicó en la Pagina institucional www.ambato.gob.ee, la convocatoriadel procedimiento de Licitación de la referencia, fijándose como fecha límite para la presentación de lasofertas hasta las 14h00 del día 20 de abril de 2017.

Que, según documento BOLETIN DE ENMIENDA N° 2, se amplía la fecha límite para la presentaciónde las ofertas hasta las 14h00 del día 03 de mayo de 2017.

Que, conforme consta en el Acta N° 2 apertura de sobres, de fecha 03 de mayo de 2017, la ComisiónTécnica procedió a la apertura de sobres del proceso de Licitación Pública Internacional de Obrassignado con el código N° 33-2016-GADMA-LPI para la "CONSTRUCCIÓN DEL TERMINALTERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DE AMBATO, CANTÓN AMBATO, PROVINCIA DETUNGURAHUA"; habiéndose presentado las siguientes ofertas:

N.. EMPRESA/PROVEEDOR

PRECIOS DE LAS

OFERTAS

LEÍDOS EN VOZALTA

INCLUYE

IVA

DESCUENTOS

OFRECIDOS

GARANTÍA DE

MANTENIMIENTO

NACIONALIDAD

OBSERVACIONES

l

Ing. Silvio Ramiro HidalgoTorres S IS'854.672.06

SI

NINGUNO PRESENTA Ecuador NINGUNA

2

CONSORCIO LOS TRESJUANES

S 13'901.775.81

NO NINGUNO PRESENTA

Ecuador

NINGUNA

3 CONSORCIO SSRA S 13'215J63.1S

NO NINGUNO PRESENTA

Ecuador

NINGUNA

4

CUERPO DE INGENIEROS

DEL EJERCITO (3SOBRES SELLADOS)

S 14'829.S24,57NO NINGUNO NOPRESENTA

Ecuador

NINGUNA

5 CONSORCIO E&A

S 14^035.012,51NO NINGUNO PRESENTA Ecuador NINGUNA

6

SEDEMI SC.C.(3CARTONES)

S I3'520.485,67

NO NINGUNO PRESENTA Ecuador NINGUNA

7

CONSORCIO EDECONSA-

ESACERO (3 CARTONES) S 13'365.706.61

NO 3.31% (COSTOSINDIRECTOS)

PRESENTA Ecuador NINGUNA

S

RINCONCIV (3

CARTONES)S 12.299.062,00

NO NINGUNO PRESENTA Ecuador NINGUNA

9 TECNOVIAMADEIRA

S 14*800.694,46NO NINGUNO PRESENTA Ecuador NINGUNA

10

CONSORCIO TERMINAL

SUR AM BATO (3CARTONES)

S 12*560.213,69

NO NINGUNO PRESENTA Ecuador NINGUNA

n

CHINA CIVIL

ENGINEERING

CONSTRUCTION

CORPORATION (3CARTONES)

S 14*099.171,39

NO

S 600.000.00

(COSTOSINDIRECTOS)

PRESENTA

República PopularChina

NINGUNA

12

CHINA SHANDONG

INTERNATIONAL

ECONOMIC ANO

TECHNICAL (3CARTONES)

S 12*997.382,14

zo

S 216.623.04

(COSTOSINDIRECTOS)

PRESENTA

República PopularChina

NINGUNA

13

CONSORCIO A

CONSTITUIRSE ATLAS

AMBATO (3 CARTONESSELLADOS)

S 11*243.557,82

NO

S 378.801.17

(COSTOSINDIRECTOS)

PRESENTA

Ecuador

NINGUNA

Que, mediante acta N° 3 EVALUACION DE OFERTAS, la Comisión Técnica, recomienda a éstaAlcaldía la adjudicación del contrato para la ejecución de la Obra: "CONSTRUCCIÓN DELTERMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DE AMBATO, CANTÓN AMBATO,PROVLNCIA DE TUNGURAHUA", al CONSORCIO A CONSTITUIRSE ATLAS AMBATO, porhaber cumplido efectivamente con los requisitos establecidos en los documentos de licitación y porpresentar la oferta habilitada de costo evaluado más bajo por un monto de USD 10'864.756,65 (DiezMillones Ochocientos sesenta y cuatro mil Setecientos cincuenta y seis con sesenta y cinco, Dólares

Avenida Atahualpa y Río Cutuchi *Teléfono: 2997886 - 2998616

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REPUBLICA OEL ECUADOR

CADMUNICIPALIDAD DEAMBATO

de los Estados Unidos de América), valor resultante aplicado el descuento ofertado, sin incluir IVA, lacual está dentro del rango razonable con relación al presupuesto referencial, conforme se desprende en elInforme de Evaluación y Acta de evaluación N° 2 con sus anexos.

Que, con oficio N® BDE-GSZCP-2017-1827-OF, de fecha 07 de agosto de 2017, el Dr. Juan CarlosHerrera Gerente de Sucursal (E) del Banco de Desarrollo, informa que el BID, mediante comunicaciónCAN/CEC/1481/2017. 2839/OC-EC de 03 de agosto de 2017 determina que una vez analizada ladocumentación remitida, otorga la no objeción a dicha recomendación de adjudicación, en tal virtud secontinua con el proceso.

En uso de las Atribuciones y facultades establecidas en el Art. 364 del Código Orgánico de OrganizaciónTerritorial, Autonomía y Descentralización, Arts. 32 y 49 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deContratación Pública; Art. 24 de su Reglamento General; y, Art. 303 de la Codificación y Actualizaciónde Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública.

RESUELVE:

1.- ADJUDICAR, el contrato del proceso Licitación Pública Internacional de Obras signada con el códigoN° 33-20I6-GADMA-LPI, cuyo objeto contractual es la "CONSTRUCCIÓN DEL TERMINALTERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DE AiMBATO, CANTÓN AMBATO, PROVINCIA DETUNGURAHUA", al CONSORCIO A CONSTITUIRSE ATLAS AMBATO, por un monto de USD $10'864.756,65 y un plazo de 720 días contados a partir de la fecha de notificación que el anticipo se encuentradisponible, por haber cumplidocon los requisitos solicitados en los DDL's, y de conformidad con el artículo6 numeral 18 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Art. 2.- NOTIFICAR con ésta adjudicación al CONSORCIO A CONSTITUIRSE ATLAS AMBATO,

al tenor del artículo 17 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación

Pública; y, Art. 303 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por El Servicio

Nacional de Contratación Pública.

Art. 3.- DISPONER, a la Unidad de Contratación y Compras Públicas proceda a la elaboración del

contrato para la "CONSTRUCCIÓN DEL TERMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DEAMBATO, CANTÓN AMBATO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA", para su posterior legalizaciónen los términos establecidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su

Reglamento General, Políticas del BID y de conformidad a los DDL's.

Art. 4.- PUBLICAR en la página institucional de la Municipalidad www.ambato.gob.ee. la presenteResolución de Adjudicación, así como toda la información relevante y pertinente del proceso.

Dado y firmado en el despacho de la Alcaldía de ;antón Ambato, a los 08 días del mes de agosto 2017.

fe. Luis Amoroso

ALCALDE DE AMBATO

RESPONSABLES FIRMA

Elaborado Ing. .MaríaCañarCoordinadora CCCP.

Revisado

Aprobado

Abj!, Mai'celo LogroñoJEFF, DE LA UCCP

Dr. Fabian Usinia S.

PROCURADOR SINDICO MUNICIPAL t/^FECHA: os'osoon u /

Avenida Atahualpa y Río Cutuchi *Teléfono: 2997886 - 2998616

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REPUBLICA DEL ECUADOR

CAO MUNICIPALIDAD DE AMBATO

DIRECCIÓN ADMINISTRA TIVAUNIDAD DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS PÚBLICAS

Ing. Msc.Luís Amoroso Mora

ALCALDE DEL CANTON AMBATO

Presente

Oficio No. DAD-UCCP.17-2432

Ambato, 08 de agosto de 2017

Referencia: DP-17-015

Asunto: Resolución de adjudicación 33-2016-GADMA-LPIFLOW: 1906

Por medio del presente tenemos a bien comunicarle, lo siguiente:

Mediante Resolución Administrativa No. DA-UCCP-17-007 de 17 de enero de 2017, suscrita por la máximaautoridad fuimos designados miembros de la Comisión Técnica conforme lo establece el Artículo 18 delReglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, para el proceso deLicitación Pública Internacional de Obras signado con el código N" 33-2016-GADMA-LPI para la"CONSTRUCCIÓN DEL TERMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DE AMBATO, CANTÓNAMBATO, PROVINCIA DE TUNGLUAHUA

Razón por la cual nos permitimos recomendar la adjudicación del contrato para la ejecución de la Obra;"CONSTRUCCIÓN DEL TERiMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DE AMBATO, CANTÓNAMBATO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA", al CONSORCIO A CONSTITUIRSE ATLAS AMBATO,por haber cumplido sustancialmente con los requisitos establecidos en los documentos de licitación y porpresentarla oferta habilitada de costo evaluado más bajo por un montode USD 10'864.756,65 (DiezMillones Ochocientossesenta y cuatro mil Setecientos cincuenta y seis con sesenta y cinco. Dólares de los Estados Unidos deAmérica), valor resultante aplicado el descuento ofertado, sin incluir IVA, la cual está dentro del rango razonablecon relación al presupuesto referencial, conforme se desprende en el Informe de Evaluación y Acta de evaluaciónN® con sus anexos.

Particular que comunicamos para los fines consiguientes.

Ing. r ricson MoreiraDIRECTOR DE AVALÚOS V CATASTROSPRESIDENTE DE LA COMISIÓN

Ing.>DI^CTÍ^DE OBlíAS^ÚBLICAS

MIEMBRO DE LA COMI!

Dirección, Edificio Centro: Calle Bolívar 5-2^ y Ca«ilDirección, Edificio Matriz: Avenida Atahualpp enere Pailatanga y Río Cutuchi.Telfs.: (03)2 997800 • 2 997802 • 2 997803Mmbato • Ecuador

¡jArq. CarlosWayas

DIRlicTORDE PLANIFICACIÓN (E)___J^IEMBRO COMISIÓN

00 Maiitilla

MUNICIPALIDADOE AMBATO • •

Page 8: notificación de adjudicación del proceso de Licitación ...€¦ · N° 33-2016-GADMA-LPIpara la contratación de la "CONSTRUCCIÓN DEL TERMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DE AMBATO,

REPUBLICA DEL ECUADOR

CAD MUNICIPALIDAD OE AMBATQ

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVAUNIDAD DE CONTRATACIÓN YCOMPRAS PÚBLICAS

Adjuntamos acta e informe de evaluación.

MC

Actúan con voz, pero sin voto:

Ing. Maria CañarSECRETARIA COMISIÓN TÉCNICA

Dirección, Edíñcio Centro: Calle Bolívar 5-23 y Castillo.Dirección, Edificio Matriz: Avenida Atahualpa entre Pallatanga y Río Cutuchi.Telfs.: (03)2 997800 • 2 997802 • 2 997803/ Ambato • Ecuador

r. Fabiáñ Usírua

PROCURADÓR ÚmiC

t^AUNICIPALlUAOOE AMBATO ••

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REPÚBLICA DEL ECUADORCAO MUNICIPALIDAD DEAM3AT0

Oferente

CONSORCIO A CONSTITUIRSE ATLAS AMBATOADJUDICATARIO

Ciudad.-

De mi consideración:

DA-17-975

Agosto 08 de 2017

De conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa de Adjudicación No. DA-UCCP-17-166 defecha 08 de agosto de 2017, y en concordancia con lo establecido en el Art. 303 de la Codificación deResoluciones emitidas por El Servicio Nacional de Contratación Pública cúmpleme notificarle que elinfrascrito resolvió adjudicar a usted el contrato del proceso de Licitación Pública Internacional de Obrassic^nada con el código N" 33-2016-GADMA-LPI «CONSTRUCCIÓN DEL TERMINAL TERRESTRESUR DE LA CIUDAD DE AMBATO, CANTÓN AMBATO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA", porun monto de USD $ 10'864.756,65 yun plazo de 720 días contados apartir de la fecha de notificación que elanticipo se encuentra disponible, por haber cumplido con los requisitos solicitados en los DDL s, y deconformidad con el artículo 6numeral 18 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública .

En razón de lo establecido en el Anuncio Específico de Llamado a Licitación del Concurso antesmencionado, así como de lo previsto en el inciso 4del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deContratación Pública, una vez recibida la presente notificación de la adjudicación deberá acercarse a lasinstalaciones de Tesorería Municipal, ubicada en el primer piso del Edificio Matriz Sur, acancelar de manerainmediata el valor de USD 5.000,oo ( CINCO MIL CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOSDE AMÉRICA), por conceptos de gastos administrativos relacionados a este proceso.

El contrato se suscribirá previo a la presentación de la documentación que se le solicitare, en la ProcuraduríaSindica Municipal.

c.c. Archivo

MC

Atentamente,

ingTMsc-irtris Amoroso MmALCALDE DE AMBATO

_a=/C'i5iCQ:

FEcha:...el;hora:

FIRMA

RECIBIDO iI

...-V-••••r " i

íi/Ho Atahi icilna \t Pin f^.iitiirhi *Tp|pfnnn' 9QQ7ñfifi -

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REPÚBLICA DEL ECUADORCAOMUNICIPALIDAD DEAMBA70

Señores Oferentes

Ing. Silvio Ramiro Hidalgo TorresCONSORCIO LOS TRES JUANES

CONSORCIO SSRA

CUERPO DE INGENIEROS DEL EJERCITOCONSORCIO E&A

SEDEMI SC.C

CONSORCIO EDECONSA-ESACERORINCONCIV

TECNOVIA MADEIRA

CONSORCIO TERMINAL SUR AMBATOCHINA CIVIL ENGINEERING CONSTRUCTION CORPORATIONCHINA SHANDONG INTERNATIONAL ECONOMIC AND TECHNICAL

Ciudad.

DA-17-976

Agosto 08 de 2017

De mi consideración:

De conformidad a lo dispuesto en la Resolución Administrativa de Adjudicación No. DA-UCCP-17-166de fecha 08 de agosto de 2017, yen concordancia con lo lo establecido en el Art. 303 de la Codificaciónde Resoluciones emitidas por El Servicio Nacional de Contratación Pública, cúmpleme notificarle que elinfrascrito resolvió adjudicar al oferente CONSORCIO A CONSTITUIRSE ATLAS AMBATO, elcontrato del proceso de Licitación Pública Internacional de Obras signada con el código N° 33-2016-GADMA-LPI "CONSTRUCCIÓN DEL TERMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DEAMBATO, CANTÓN AMBATO, PROVINCIA DE TUNGURAHUA", por un monto de USD $10'864.756,65 yun plazo de 720 días contados apartir de la fecha de notificación que el anticipo se encuentradisponible, por haber cumplido con los requisitos solicitados en los DDL's, yde conformidad con el artículo6 numeral 18 delaLey Orgánica del Sistema Nacional deContratación Pública .

Sin otro particular,quedo de ustedes.

testamente,

Ing. Msc. Luis Amoroso MoraALCALDE DE AMBATO

cc. Archivo

MC

Avenida Atahualoa v Río CutuchI *Teléfono: 2997886 - 2998616

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REPUBLICA OEL ECUADORCAOMUNICIPA'JDAO OE AW8ArO

DIRECCION ADMINISTRATIVA

UNIDAD DE CONTRATACIÓN Y COMPRAS PÚBLICAS

PROGRAMA DE INVERSIÓN FARA EL DESARROLLO DE LOS GOBIERNOSAUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS Y/O SUS EMPRESAS PÚBLICAS,PRODESARROLLO

Contrato de Préstamo No. BID 2839/OC-EC

Carta de Aceptación

Señores:

CONSORCIO A CONSTITUIRSE ATLAS AMBATO

Ambato Castillo 0307 y Rocafuerte

De mi consideración:

Ambato, 08 de agosto de 2017

Por medio de la presente pongo en su conocimiento que su Oferta de fecha 03 de mayo de 2017 parala ejecución delprocesode LicitaciónPúblicaIntemacional de Obrassignadacon el códigoN°33-2016-GADMA-LPI para la "CONSTRUCCIÓN DEL TERiMINAL TERRESTRE SUR DE LACIUDAD DE AMBATO, CANTÓN AMBATO, PROMNCIA DE TUTsGURAHUA", por unmonto de USD 10'864.756,65 (Diez Millones Ochocientos sesenta y cuatro mil Setecientoscincuenta y seis con sesenta y cinco, Dólares de los Estados Unidos de América)y un plazode 720días contados a partir de la fecha de notificación que el anticipo se encuentra disponible, por habercumplido con los requisitos solicitados en losDDL's, ha sido aceptada.

Sírvase suministrar la Garantía de Cumplimiento (vigencia superior al plazo contractual), dentro deun plazo de 28 días de conformidad con las Condiciones Contractuales, usando para ello uno de losFormularios de Garantía de Cumplimiento que se incluyen en la Sección IX del Documento deLicitación, Anexo a las Condiciones Especiales - Formularios del Contrato.

Atentamente,

ntonio Sevilla

PROCUR.\DOR COML^^ CONSORCIO A CONSTITUIRSE ATLAS AMBATO/ >'

Adjunto: Convenio

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OCX>'r.*

REPÚBLICA DEL ECUADORGAD MLNICiPALlOAQ DEAMBATO

Convenio

EL PRESENTE CONVENIO, se celebra el día 08 del mes de agosto de 2017 entre el Gobierno

Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Ambato, denominado en lo sucesivo " ENTIDAD

CONTRATANTE", por una parte, y el Consorcio A Constituirse Atlas Ambato de nacionalidad

ecuatoriana, denominado en lo sucesivo "CONTRATISTA".

En virtud de que la ENTIDAD CONTRATANTE desea que el CONTRATISTA ejecute la obra

denominada CONSTRUCCION DEL TERMINAL TERRESTRE SUR DE LA CIUDAD DE

AiMBATO, CANTON AMBATO, PROVINCIA DE TUNGUTIAHUA, y una vez aceptada en

todas sus partes la oferta presentada por el Contratista para la ejecución y terminación de dicha Obras

y responder por cualquier defecto de la misma.

La ENTIDAD CONTRATANTE y el CONTRATISTA acuerdan lo siguiente:

1. En el presente Convenio los términos y las expresiones tendrán el mismo significado que se

les atribuya en los documentos contractuales a que se refieran.

2. El presente Convenio prevalecerá sobre todos los demás documentos contractuales.

Se considerará que los documentos enumerados a continuación constituyen el presente Contrato;

dichos documentos deberán leerse e interpretarse como integrantes del mismo:

(i) Carta de Aceptación

(ii) La Oferta

(iii) Enmiendas Nos. 1 y 2.

(iv) Condiciones Especiales

(v) Condiciones Generales

(vi) Especificaciones

(vii) Planos, y

(viii) Formularios debidamente llenados

pladeco* RECÍSÍDOrtm-M'r |-TiLr~~~

FECHA:.. jíHORA:

FIRMA: .S5«a)í^9-C.\S;^s\.

3. Como contrapartida de los pagos que la ENTIDAD CONTRATANTE hará al

CONTRATISTA conforme se estipula en el presente Convenio, el CONTRATISTA se compromete

ante la ENTIDAD CONTRATANTE, por medio del presente Convenio, a ejecutar la obra y a reparar

sus defectos, de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.

4. La ENTIDAD CONTRATANTE se compromete por medio del presente a pagar al

CONTRATISTA, en compensación por la ejecución y terminación de las Obras y la reparación de

sus defectos, el Precio del Contrato o las otras sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo

dispuesto en el Contrato en el plazo y la forma estipulados en éste.

AV. ATAHUALPA Y RIO PALLATANGA *Teléfono: 2997886 • 2998616

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REPÚBLICA DEL ECUADORCAOMÜNICIPALIOAD DEAMBATO

En fe de lo cual las parteshan celebrado el presenteConvenio de conformidad con las políticas para

la adquisición debienes y obras GN 2349-9 delBanco Interamericano de Desarrollo y con las leyesde la República del Ecuador en el día, mes y año arriba indicados.

Firmado por:

Ing. Msc.Luis Amoroso MoraALCALDE DEL CANTÓN AMBATO.

Ing. José Antonio SevillaPROCURADOR COMUN DEL CONSORCIO ATLAS AMBATO

AV. ATAHUALPA Y RIO PALLATANGA Teléfono: 2997886 - 2998616

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Sección Víll. Condiciones Especiales (CE)

Las siguientes Condiciones Especiales complementarán las CG. En casos dediscrepancia, las presentes disposiciones prevalecerán sobre las que figuran en las CG.

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Parte A - Datos del Contrato

Condiciones Subcláusula Datos

Nombre y dirección delContratante

1.1.2.2 y.1.3 GOBIERNO AUTÓNOMO

DESCENTRALIZADO MUNICIPALIDAD DE

AMBATO.

Dirección: Av. Atahualpa y Río Cutuchi

Edificio Matriz Sur, Gobierno AutónomoDescentralizado Municipalidad de Ambato

Telf: (03) 2997800 ext: 7885

e-mail: [email protected]

Nombre y dirección delIngeniero

1.1.2.4 y

1.3

El ingeniero:

Se precisa que cuando en el texto delcontrato se haga referencia al ingeniero,éste corresponde al administradordesignado por la entidad contratante, queen este caso será el Director de Obras

Públicas.

Dirección: Av. Atahualpa y Río Cutuchi

Edificio Matriz Sur, Gobierno AutónomoDescentralizado Municipalidad de Ambato

Telf: (03) 2997800 ext: 7843

e-mail: proyectosbid(5)ambato:gob.ec

Nombre del Banco 1.1.2.11 Banco Interamericano de Desarrollo:

Nombre del Prestatario 1.1.2.12 La República del Ecuador.

Plazo de Ejecución 1.1.3.3 Setecientos veinte (720) días, a partir de lanotificación de que el anticipo seencuentra disponible en la cuenta delContratista.

Período de Notificación de

Defectos

1.1.3.7 Ciento ochenta días (180)

Equipos del contratista 1.1.5.1 Como condición para la firma del acta deinicio de las obras, el contratista deberáacreditar ante el administrador y

fiscalizador la disponibilidad, cantidades ycaracterísticas de los equipos ofertados,con toda la documentación soporte que

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1 Condiciones 1Subcláusula Datos

corresponda. El equipo ofertado noexonera ai contratista de la obligación dedisponer de todo el equipo adicional quese requiera para ejecutar las obras con lacalidad y oportunidad estipuladas y/o quésea exigido por el administrador, sin quepor tai motivo tenga derecho acompensación de ningún tipo.

Secciones 1.1.5.6 No se prevén secciones para laterminación de las obras.

Sistemas de transmisión

electrónica

1.3 Serán válidas y surtirán efectos jurídicoslas comunicaciones remitidas por correoelectrónico que cuenten con firmaelectrónica, conforme a las leyesecuatorianas.

Ley aplicable 1.4 Ordenamiento jurídico de la República delEcuador en cuanto no contradiga lodispuesto en este contrato.

Idioma que rige 1.4 Español.

Idioma para comunicaciones 1.4 Español.

Plazo para acceder al Lugar delas Obras

2.1 Un día mínimo y máximo 8 días a partir dela suscripción del contrato.

Obligaciones y Autoridad delIngeniero

3.1(b)(ii) Toda variación que aumente el montocontractual aceptado deberá ser aprobadapor el Contratante.

Garantía de Cumplimiento 4.2 La Garantía de Cumplimiento sepresentará en forma de garantíabancaria irrevocable y de cobroinmediato, otorgada por un bancolegalmente constituido o domiciliado enel Ecuador, o por un banco extranjeroque tenga una entidad corresponsal enEcuador, por un monto equivalente aldiez por ciento (10%) del montocontractual aceptado, en dólares de losEstados Unidos de América.

También será admisible una fianza

expedida por una compañía de segurosautorizada para funcionar en Ecuador oen el país de su domicilio, por una

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Condiciones.

Subcláusuia 1 Datosvigencia igual al plazo del contrato y seis(6) meses más, y un valor aseguradoequivalente al diez por ciento (10%) delmonto contractual aceptado, en dólaresde los Estados Unidos de América. En

este caso, la institución que emite lagarantía deberá tener una instituciónfinanciera corresponsal en Ecuador quepermita hacer efectiva la garantía.

Horario norma! de trabajo 6.5 El Contratista establecerá los horarios de

trabajo que considere adecuados ynecesarios para cumplir con el plazocontractual acordado. En caso de que elavance de la obra presente retrasos y elContratista así lo decida o el Ingeniero asílo disponga, el Contratista dispondráhorarios extras o nocturnos, aplicando elmarco jurídico correspondiente para loscasos de establecer horas suplementarias,extraordinarias, trabajo en días dedescanso obligatorio, etcétera. Por ningúnmotivo esto significará variación oincremento de costos en el Contrato.

Indemnización por demora delas Obras

8.7 y

14.15(b)0,10 % del Precio del Contrato por día.

Monto máximo de

indemnización por demora8.7 10% del Precio del Contrato definitivo.

Montos Provisionales 13.5(b){¡i) No se contemplan montos provisionales.

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Condiciones Subcláusula 1

Total, pago anticipado 14.2 20% del monto contractual aceptado.

Nota 1: El contratista deberá abrir una

cuenta bancada independienteexclusivamente para el manejo de losrecursos entregados a título de pagoanticipado. De igual manera, deberápresentar al Ingeniero, previo a la firmadel acta de inicio de obras, un programade inversión del pago anticipado, endonde se describan los rubros en que

serán invertidos los recursos, los cualesdeberán estar exclusivamente destinados

a la ejecución del proyecto.

Tasa de amortización de pagoanticipado

14.2(b) El anticipo se amortizará en formaproporcional con el plazo contractual.Garantía del 100% del anticipoentregado.

Porcentaje de Retención 14.3 Cinco por ciento (5%).

Límite del Monto de Retención 14.3 Cinco por ciento (5%) del MontoContractual Aceptado.

NOTA: Los Montos retenidos en garantíapodrán ser reemplazados, previaaceptación del contratante, por una

garantía bancaria a la vista, otorgada poruna entidad financiera.

Monto Mínimo de Certificados

Provisionales de Pago14.6 Uno por ciento (1%) del Monto

Contractual Aceptado.

Responsabilidad máxima totaldel Contratista ante el

Contratante.

17.6 El Monto Contractual Aceptado.

Plazos para entregar losseguros:

a. comprobantes deseguros

b. pólizas relevantes

18.1

28 días, luego de resultar adjudicado.

28 días, luego de resultar adjudicado.

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Condiciones

Monto máximo de cantidades

deducibles del seguro contrariesgos del Contratante

Subcláusuia

18.2(d)

Datos

Los montos de coberturas, deducciones,

exclusiones, y demás condicionesmínimas que deberá cumplir esta póliza,se encuentran detallados en el modelo de

Póliza de todo riesgo construcciónmontaje que se agrega como Anexo 6.

Las coberturas mínimas de seguros serán:

a) Para pérdida o daños de las obras,planta y materiales: Diez porciento (10%) del valor delcontrato.

b) Para pérdida o daño de equipo:Diez por ciento (10%) del valordel contrato.

c) Para pérdida o daño a la propiedaddel contratante, del contratista o deterceros (excepto a las Obras,Planta, Materiales y Equipos) enconexión con el Contrato: Cinco

por ciento (5%) del valor delcontrato.

Todos los reclamos por los siniestrosocurridos serán presentados y tramitadospor el contratista a nombre del GADMunicipalidad de Ambato.

Los seguros se mantendrán vigenteshasta que se expida el acta de entregarecepción definitiva de terminación delas obras y solo podrán cancelarse conprevio aviso a la Contratante.

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Condiciones

Monto mínimo dei seguro deresponsabilidad civil (contrariesgos de terceros)

Subcláusula

18.3

Datos

Los montos de coberturas, deducciones,exclusiones, y demás condicionesmínimas que deberá cumplir esta póliza,se encuentran detallados en el modelo de

Póliza de Todo Riesgo ConstrucciónMontaje que se agrega como Anexo 6.

a) Indemnización por muerteaccidental: Hasta USD$SO.OdOjOO por persona, paraempleados del contratista,subcontratista y empleados delsubcontratista, así como terceraspersonas y empleados de lacontratante.

b) Incapacidad total y permanente:Hasta USD$ 20.000,00 porpersona, para empleados delcontratista, subcontratista yempleados del subcontratista, asícomo terceras personas yempleados de la contratante.

c) Gastos médicos y hospitalizaciónpor heridas, fracturas y lesionespor accidentes de trabajo: HastaUSD$ 5.000,00 por persona,para empleados del contratista,subcontratista y empleados delsubcontratista; así como terceraspersonas y empleados de lacontratante.

Todos los reclamos por los siniestrosocurridos serán presentados y tramitadospor el contratista a nombre del GADMunicipalidad de Ambato.

Los seguros se mantendrán vigenteshasta que se expida el acta de entregarecepción definitiva de terminación delas obras y solo podrán cancelarse conprevio aviso a la Contratante.

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Condiciones I Subdáusula Datos

Fecha límite para elnombramiento de la Comisión

para la resolución déControversias

20.2 28 días después de la Fecha deadjudicación.

Número de miembros de la

Comisión para la Resolución deControversias

20.2 Tres Miembros

Entidad o funcionario

encargado del nombramiento(de no llegarse a un acuerdo)

20.3 Cámara de Comercio Internacional.

Subdáusula 1.1.2.6

Personal del

Contratante

Subdáusula 1.1.2.13

Subdáusula 1.1.5.7

Obras Temporales

Subdáusula 1.1.5.8

Parte B- Disposiciones Específicas

"Personal del Contratante" significa el Ingeniero (oFiscalizador), la Gerencia del Proyecto, los asistentesmencionados en la Subdáusula 3.2 [Delegación porel Ingeniero] y el resto del personal, mano de obra yotros empleados del Ingeniero, de la Gerencia delProyecto y del Contratante; así como cualquier otropersonal sobre el cual se notifique al Contratista porel Contratante, la Gerencia del Proyecto o elIngeniero, como Personal del Contratante.

"Gerencia del Proyecto" significa la persona queactuará en plena representación del GAOMunicipalidad de Ambato en todos aquellos asuntosde carácter técnico relacionados con la construcción

del proyecto. Los criterios y decisiones de laGerencia del Proyecto prevalecerán sobre los delIngeniero, dentro del marco de sus atribuciones,particularmente en todas aquellas decisiones quepuedan implicar incrementos en el costo total delproyecto. Tendrá las atribuciones que constan en laSubdáusula 21 de estas Condiciones Especiales.

"Obras Temporales" significa las obras ejecutadascon carácter temporal, que no formarán parte de lasObras Permanentes y que se necesitan en el Lugarde las Obras para la ejecución y terminación de lasObras Permanentes y la reparación de cualquierDefecto. Se deja expresamente establecido que porestas obras el contratista no tendrá derecho a

ningún pago adicional.

"Obras" significa las Obras Permanentes y las Obras

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Obras

Subcláusula 1.1.6.11

Buenas Prácticas de

Ingeniería yConstrucción

Subcláusula 1.1.6.12

Certificado de

Disponibilidad de Sitiosde Obra

Subcláusula 1.1.6.14

Defectos

Temporales, o cualquiera de ellas, segúncorresponda y todas aquellas actividades, yprestaciones a ser realizadas y provistas por elContratista y los Subcontratistas bajo el Contrato,incluyendo: (i) los insumos y servicios necesariospara cualquier reparación de Defectos especificadosen el Contrato; (ii) todas las demás actividades yprestaciones requeridas, pero sin estar limitado aello, para la fabricación, montaje, ensamblaje,construcción y puesta en marcha de las ObrasPermanentes y las Obras Temporales, así como paraasegurarse que las mismas cumplan con losparámetros de buen funcionamiento establecidosen el Contrato.

Se agrega la siguiente definición:

"Buenas Prácticas de Ingeniería y Construcción" serefiere a aquelias prácticas, normas, métodos,códigos, especificaciones y equipos quegeneralmente siguen o utilizan los contratistasprofesionales, ejerciendo el grado de prudencia yprevisión que se espera a nivel internacional de

contratistas involucrados en proyectos de diseño,ingeniería, construcción, equipamiento y puesta enmarcha del Terminal Sur, de envergadura similares alas Obras y que son confiables y seguras, protegen elambiente, protegen la salud del personal decontratistas y la comunidad y son económicamenteeficaces

Se agrega ia siguiente definición:

"Certificado de Disponibilidad de Sitios de Obra"significa el certificado de disponibilidad de los sitiosdonde se ejecutarán las Obras, el cual será emitidopor el Contratante al Contratista. Se podránentregar certificados por etapas.

Se agrega ia siguiente definición:

"Defectos" se refiere a las Obras o parte de lasmismas. Equipos y Materiales que, a juicio delingeniero / Fiscalizador o Contratante: (i) no seajusten a los términos o requerimientos del Contratoo de alguna de las Leyes, los permisos o a las BuenasPrácticas de Ingeniería y Construcción; (ii) sean demala calidad, contengan errores, omisiones,defectos o deficiencias; (iii) puedan afectar el

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Subcláusula-lTl;6.17

Lista de Asuntos

Pendientes

Subcláusula 1.1.6.18

Plan de ManejoAmbiental

Subcláusula 1.1.6.19

Prueba

Subcláusula 1.1.6.21

Ruta Crítica

Subcláusula 1.1.6.22

Subcontratista de

trabajos especializados

funcionamiento de las Obras; o (iv) deban serreemplazados prematuramente, o" requiere demantenimiento excesivo.

Se agrega la-siguiente definición:

"Lista de Asuntos Pendientes" se refiere a los

Trabajos que no afectan la seguridad, confiábilidad ofuncionamiento de las Obras y que quedenpendientes de realizar al momento de la emisión delCertificado de Recepción de Obra, según sea el caso,y que deben completarse dentro de los 60 díasposteriores a la recepción de la Obra final o de lostrabajos previos definidos en el contrato. Laejecución de estos Trabajos pendientes no implicarála paralización del funcionamiento de las Obrasrecibidas.

Se agrega la siguiente definición:

"Plan de Manejo Ambiental" es el plan que elContratista debe cumplir y que es parte de Estudiodel Impacto Ambiental del proyecto que fueaprobado por el Ministerio de Ambiente.

Se agrega la siguiente definición:

"Prueba" significa cualquier prueba que se realicesegún los términos del Contrato, incluyendo lasPruebas a la Terminación de las Obras y las PruebasPosteriores a la Terminación de las Obras.

Se agrega la siguiente definición:

"Ruta Crítica del Programa" significa la secuencia deactividades más larga en el Programa, necesarias orequeridas para terminar las Obras en el tiempoprogramado; la Ruta Crítica se identificará en elPrograma y deberá: (i) identificar específicamentetodas las actividades, su duración y secuencianecesaria o requerida para terminar las Obras y (ii)ser preparada utilizando las técnicas de precedenciade programación de métodos de ruta crítica.

Se agrega ia siguiente definición:

"Subcontratista de trabajos especializados": significacualquier Subcontratista calificado como tal por elIngeniero / Fiscalizador y cuyo contrato o contratos(en total) requiere(n) pagos en conexión con las

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-SubGláusula-lvl-.6.23

Verificación

Subcláusuia 1.1.6.24

Hito

Subcláusuia 1.2

interpretaciones

Subcláusuia 1.6

Convenio

Subcláusuia 1.8

Cuidado y Suministro deios Documentos

Obras de ai menos quinientos mil ' dólares(USS500,000), o su equivalente en cualquier otramoneda en costo o en valor.

-Seagregala-siguiente-definición:-

"Verificación" se refiere al proceso de comprobaciónde la conformidad técnica de las Obras, así comotambién del cabal funcionamiento de todos ios

sistemas de equipamiento e instalaciones y suscomponentes individuales.

Se agrega ¡a siguiente definición:

"Hito" es un evento o actividad que controla lainiciación o finalización de un grupo de tareas en elproyecto, conforme al Cronograma de HitosContractuales que forma parte de la ofertaadjudicada y al Programa que debe presentar elContratista con arreglo a la Subcláusuia 8.3.

Se agregan los siguientes literales después del literal

(e):

(f) la referencia a cualquier documento del Contratosignifica una referencia a dicho documento y susmodificaciones; y

(g) la referencia a cualquier cláusula, subcláusuiao anexo significa una referencia a las cláusulas,subcláusulas o anexos del Contrato.

Se elimina el último párrafo de la CGC 1.2. .

La última frase se elimina y se reemplaza por losiguiente:

Los Costos de los sellos fiscales y cargos similares (silos hubiere) que exija la ley para celebrar elConvenio correrán por cuenta del Contratista.

Se elimina esta subcláusuia y se reemplaza por losiguiente:

Cada Parte será responsable de mantener una copiaverdadera y correcta del Contrato.

El Contratista guardará, en el Lugar de las Obras, unacopia del Contrato, las publicaciones que se señalanen las Especificaciones, los Documentos delContratista (si los hubiere), los Planos y las

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Subcláusula 1.10

Uso de los Documentos

del Contratista por

Parte del Contratante

Subcláusula 1.12

Detalles Confidenciales

Variaciones, así como cualesquier otra comunicaciónque se realice en virtud del Contrato. El Personal delContratante tendrá el derecho de acceder a todos

los documentos mencionados en cualquier horarior^ñáhl^

Si una de las Partes detecta algún error o Defecto enun documento elaborado para la ejecución de lasObras, dicha Parte notificará inmediatamente a laotra al respecto. En el caso de un error o Defecto enun documento del diseño proporcionado alContratista por el Contratante, será deresponsabilidad del Contratante corregir dicho erroro Defecto a su propio costo, a no ser que elContratista, de forma razonable y prudente, pudierahaber detectado y corregido dicho error o Defecto,siempre con la autorización del Ingeniero previa a suimplementación. En el caso de un error o Defectoen cualquier otro documento, será laresponsabilidad del Contratista corregir dicho erroro Defecto, igual que cualquier Defecto en losTrabajos como resultado del error o Defecto endicho documento, a su propio Costo.

Se elimina el úitimo párrafo y se reempiaza por losiguiente:

Esta Subcláusula sobrevivirá a la terminación o

expiración del Contrato.

Se eiimina y se reemplaza por lo siguiente:

El Contratista expresamente reconoce que toda lainformación a la cual tenga acceso en virtud delContrato, incluyendo sin limitación los detalles delContrato y las Obras, así como cualquier informacióndel Contratante que el Contratista adquiera durantela ejecución del Contrato (en lo sucesivo la"Información Confidencial"), será mantenidaconfidencial y en estricto secreto por el Contratista ysus mandatarios, trabajadores y/o Subcontratistas yno será revelada, publicada ni diseminada a tercerosa excepción de los Organismos de Control.

El Contratista se obliga a limitar la InformaciónConfidencial a aquellos individuos y personas queestén relacionadas con la ejecución de los Trabajos,

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y a asegurarse de que dichos individuos o personasno revelen tal Información Confidencial a

cualesquiera individuos o personas no relacionadasdirectamente con la ejecución de los Trabajos.

La obligación de confidencialidad a que se refiereesta Subcláusula no aplicará en los siguientes casos;

(a) Información conocida por la persona que lareciba antes de la fecha del Contrato y no obtenida orecibida en relación con el Contrato;

(b) Información que para el momento de larevelación ya sea un hecho notorio;

(c) Información que revelada de conformidad con elContrato llegue a ser un hecho notorio mediantepublicación o de otra forma, sin falta de la personaque la reciba;

(d) Información obtenida de un tercero que seencuentre en legítima posesión de dicha informacióny no esté bajo una obligación de confidencialidadpara con la persona de quien la información seorigine; o

(e) Información revelada por una de las Partes encumplimiento de las leyes o de alguna ordenemanada de autoridades de su respectivo país.

(f) Información revelada a los Bancos y a los tercerosdesignados por éstos con base en lo establecido enlas Condiciones Generales del Contrato,particularmente en la cláusula CGC 1.15

El Contratista será responsable de salvaguardar elcarácter confidencial de la Información Confidencial

mientras permanezca en vigencia el Contrato, yhasta 7 años después de la terminación del mismo.

El Contratista no podrá hacer pública informaciónrelacionada con la celebración del Contrato,incluyendo sus términos y condiciones, o cualquierrelación que exista entre el Contratante y el

Contratista, sin el previo consentimiento por escritodel Contratante.

Esta Subcláusula sobrevivirá la terminación o

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Subcláusula 1.15

Inspecciones y

Auditorías-por-PaTte-dd-Banco

Subcláusula 2.2

Permisos, licencias yaprobaciones

Subcláusula 2.4

Arreglos Financieros delContratante

Subcláusula 4.1

El Contratista

expiración del Contrato.

Se agrega como último párrafo:

Adiciona|mente. los Proveedores y contratistasdeben permitir al Banco y a sus auditores el acceso alas cuentas, documentación y archivos relacionadoscon el proceso de licitación y con el cumplimientodel contrato.

Se agrega como último párrafo:

No obstante lo anterior, en ningún caso elContratante asumirá costo alguno por la asistenciaque para los efectos antes señalados brinde alContratista según esta Subcláusula. Serán deabsoluta responsabilidad del contratanteproporcionar todos los permisos requeridos.

Se agrega el siguiente párrafo a continuación delprimero:

La evidencia razonable a la que se refiere estasubcláusula consistirá en la Certificación de

Disponibilidad Presupuestaria actualizada, que es eldocumento que acredita que existen y existirán losrecursos suficientes para cubrir el costo total delproyecto. Siempre y cuando la contratantedemuestre evidencia razonable de que contaría conrecursos alternativos disponibles para cumplir conlas obligaciones del contrato.

El Contratista no tendrá derecho a suspender lasobras en el caso previsto en el segundo párrafo de laSubcláusula CGC 2.4.

El primer párrafo se elimina y se reemplaza por losiguiente:

En la medida en que se especifique en el Contrato, elContratista ejecutará y terminará las Obras deconformidad con el Contrato, los diseños

proporcionados por el Contratante, las Leyes, lospermisos, las bueñas prácticas de ingeniería yconstrucción, y con las instrucciones del Ingeniero; y,reparará cualquier Defecto de las Obras como partede los Trabajos.

Se agrega la siguiente cláusula al final del cuarto

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Subcláusula 4.4

Subcontratistas

Subcláusula 4.6

Cooperación

Subcláusula 4.8

Procedimientos de

Seguridad

Subcláusula 4.18

Protección del Medio

Ambiente

Subcláusula 4.19

párrafo:

, a no ser que un contratista razonablementeprudente pudiera haber descubierto cualquier error

-en-el-díseño-0-las-esi3eeif-ieaeion€S-eon-una-r^ísión-de dicho diseño o dichas especificaciones, ante locual se deberá notificar al ingeniero quien será elque establezca los correctivos técnicos necesarios.

Se agrega como último párrafo el siguiente:

El Contratista solo podrá suscribir Subcontratos deTrabajos Especializados con el consentimientoprevio y por escrito del Contratante salvo el casoindicado en el literal a) de esta subcláusula. Paraobtener el consentimiento para un Subcontratistade trabajos .especializados, el Contratista leentregará al Contratante la información queacredite su facultad legal y experiencia técnica; yevidencia de no estar sancionado por el Banco. ElContratante dará o no su consentimiento al

subcontratista propuesto en un plazo de ocho (8)Días. Además de los requerimientos en los incisos(a) a (d) en esta Subcláusula, cada Subcontrato deTrabajos Especializados contendrá disposiciones queprohiban la subcontratación de las Obras de lascuales el Subcontratista de Trabajos Especializadosaplicable ha sido encargado por el Contratista y lascuales son el objeto del Subcontrato de TrabajosEspecializados respectivo. Cada Subcontrato deTrabajos Especializados será sujeto a la revisión yaprobación del Contratante.

Se elimina esta subcláusula.

Se reemplaza la frase ''El Contratista deberá:", por elsiguiente texto:

El Contratista aplicará y cumplirá el Plan deSegundad Industrial, que se complementará con lassiguientes acciones:

Se agrega como primer párrafo de esta Subcláusula:

El Contratista aplicará y cumplirá el Plan de ManejoAmbiental (PMA).

El primer párrafo se elimina y se reemplaza por lo

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Electricidad, Agua y Gas siguiente:

Subcláüsula 4.21

Informes de Avance

El Contratista será responsable de gestionar elsuministro y pagar los valores que se generen como

-prodticto-dei-constJmo-de-fa-electriefdadT-el-agua-y-los demás servicios que necesite para las actividadesde construcción; y, en la medida establecida en lasEspecificaciones, para las respectivas pruebas.

El Contratista presentará al Ingeniero los informesmensuales de avance, en 3 copias físicas y unaelectrónica.

Subcláusula 4.24 Fósiles Se agrega como primer párrafo de esta Subcláusuia:

En el caso que se encuentren en el lugar de lasobras: fósiles, monedas, artículos de valor oantigüedad y estructuras y otros restos o elementosde valor geológico o arqueológico, se procederáconforme el Plan de Manejo Ambiental (PMA).

Subcláusula 6.2 Nivel

Salarial y Condicionesde Trabajo

Subcláusula 6.6.

Instalaciones para elPersonal y la Mano deObra

Subcláusula 6.7 Salud ySeguridad

Subcláusula 6.9

Personal del Contratista

Se agrega a continuación del primer párrafo.

El Contratista deberá establecer las remuneraciones

de sus trabajadores tomando como referencia laTabla de ajustes a los Salarios Mínimos de Leypublicada por la Contraloría General del estado y suoferta, atendiendo a lo consignado en los análisis deprecios unitarios.

Se agrega el siguiente párrafo.

Es obligación del contratista disponer y asumir concargo a sus costos, sin que haya lugar aremuneración adicional alguna, todos loscampamentos que se requieran en el sitio de lasobras para la ejecución de los trabajos, así como lasoficinas que se requieran en la zona de las obras oen cualquier otro lugar. De igual manera, deberádisponer de las áreas de trabajo, suficientes eindependientes, para la ubicación del equipo detrabajo de fiscalización y de administración ysupervisión por parte del contratante.

Se inserta como primer párrafo:

El Contratista aplicará y cumplirá el Plan de ManejoAmbiental (PMA)

Se inserta como primer párrafo:

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Subcláusula 8.1

Inicio de las Obras

Subcláusula 8.3

Programa

Subcláusula 8.13

Multas porincumplimientos

El Contratista proporcionará y contratará, y seasegurará que los Subcontratistas proporcionen ycontraten, los servicios de todos los supervisores,capataces, trabajadores calificados y no calificados yel resto d^~personal, en núméTo^fia^irtTy'cóTrl^"habilidades necesarias para ejecutar las Obras yremediar cualquier Defecto que se encuentre en losmismos. Además, el Contratista definirá laestructura de su organización, incluyendoSubcontratistas, personal clave y líneas decomunicación. El listado de personal clave incluirá alRepresentante del Contratista, cualquier ingeniero yotros Subcontratistas claves y personal técnico.Dicho listado se adjuntará al Contrato como elAnexo 1. El Contratista no podrá cambiar al personalidentificado como personal clave sin el previoconsentimiento por escrito del Contratante.

Se sustituye el literal d) por el siguiente texto:

Recibo del Adelanto de Pago por parte delContratista de acuerdo con la Subcláusula 14.2

[Adelanto de Pago], siempre que la Garantíabancaria de Buen Uso del Anticipo y la Garantía deCumplimiento hayan sido entregadas al Contratante;

y

Se agrega al final de literal a), el siguiente texto:identificando todas las actividades, su valoración ylos hitos por cada etapa.

Se agrega el literal e)

e) La Ruta Crítica del Programa.

Se agrega esta subcláusula con respecto a multaspor incumplimientos:

En caso de que: (1) la Gerencia del Proyecto o elIngeniero determinen que existe un incumplimientopor parte del Contratista que genere una NoConformidad Mayor, o (2) el Contratista no cumplacon la inversión acumulada de acuerdo con lo

establecido en la cláusula 1.2. de la Sección III.

Criterios de evaluación y calificación, el Ingeniero,directamente o a petición de la Gerencia delProyecto, impondrá una sanción pecuniaria o multa,que la retendrá de cualquier pago que deba realizaral Contratista, salvo el caso que el contratistajustifique el incumplimiento a través del ingeniero y

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a su vez se realice una reprogramación, en lostérminos que se establecen a continuación:

(a) Fórmula para el Cálculo de la multa porInciimplimiento que—genera—una No-Conformidad Mayor: Por cada evento deincumplimiento el Contratista estará obligado apagar al Contratante la cantidad equivalente al0.1. del monto total del contrato, por cada Díahasta que se remedie dicho incumplimiento.

Se considera una No Conformidad Mayor,cualquier incumplimiento de una obligación delContratista, bajo este Contrato, incluyendo, sinlimitación, los siguientes hechos:

1. No disponer del personal técnico de acuerdoa los compromisos contractuales;

2. No contar con el equipo mínimo en el sitio delas obras, conforme a lo estipuladocontractualmente;

3. No acatar las disposiciones escritas delIngeniero y/o de la Gerencia del Proyecto en untérmino de 72 horas, sin que medie justificaciónescrita para no hacerlo;

4. No cumplir las normas vigentes y aplicablesde seguridad, salud y ambiente;

5. No cumplir con lo establecido en el Plan deManejo Ambiental, las condiciones establecidasen la Licencia Ambiental o poner en riesgo lavigencia de la misma; y,

6. No cumplir o no ejecutar las accionespreventivas y de mejoras ambientales, sociales yde seguridad establecidas por el área de gestiónambiental de la Fiscalización y de la Gerencia deProyecto.

(b) Límite de las multas: Queda entendido que lasuma de las multas, por cualquier concepto, noexcederán en conjunto del diez por ciento (10%)del Precio del Contrato, dentro de los límitesque se especifican en la tabla a continuación:

Tabla de Resumen de Multas

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Subcláusula 10.3

Interferencia con las

Pruebas a la

Terminación

Subcláusula 11.1

Terminación de

Trabajos Pendientes y

Concepto Multa / día (%) Límite

Máximo

No Conformidad

mayor

(subcláusula8.3)

0,1% del monto

total del

Contrato

10% del

monto total

del

Contrato

Incumplimientoen el porcentajede inversión

acumulada

0.15% del

monto total del

Contrato por

cada día de

incumplimientomientras dure

el mismo

Se elimina esta subcláusula y se reemplaza por losiguiente:

El Contratista mantendrá su obligación de ejecutarlas Pruebas a la Terminación, sin importar eleventual retraso causado por el Contratante. Endicho caso, y si el retraso es causado directa yexclusivamente por el Contratante, el Contratistanotificará al Contratante dentro de las 24 horas

posteriores al evento suscitado contados a partir dehaberse producido el retraso. El mismo criterio seaplicará para el caso de las pruebas posteriores a laterminación

En caso de que el Contratista notifique alContratante según lo establecido en estaSubcláusula, el Contratista tendrá derecho a:

(a) una prórroga de plazo del Programa por elnúmero de días equivalente al retraso imputable alContratante.

(b) El pago del Costo incurrido por la demora, montoque se incluirá en el Precio del Contrato. En caso deque el Contratista no notifique al Contratantedurante el periodo establecido en esta Subcláusula,renuncia expresamente a cualquier derecho a unaprórroga de plazo según esta Subcláusula.

Se elimina y se reemplaza por lo siguiente:

El Contratista garantizará al Contratante que las

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Reparación de Defectos Obras, incluyendo todos los Trabajos, Equipos yMateriales, incorporados a la misma, que seanutilizados en la ejecución del Contrato y que seansuministrados por el Contratista, sus proveedores,SúbcóñtfatisYaT oTésiónarb^ cumpláfr óon lasEspecificaciones, (ii) se ajusten a las Buenas Prácticasde Ingeniería y Construcción, Leyes, permisos y a losdemás requerimientos del Contrato, (iii) sean losadecuados para ser utilizados por el Contratante enuna obra de esta índole; (iv) estén libres de Defectos,incluyendo Defectos de diseño, fabricación, hechura,funcionamiento u operación, sean nuevos, de buenacalidad y con sus correspondientes certificados degarantía, a los fines de que satisfagan plenamentelas condiciones operacionales requeridas por lasObras, el Contrato, y las Leyes y (v) no infrinjan,violen o constituyan una apropiación indebida desecreto comercial, derecho privilegiado, patente,derecho de autor, marca comercial u otra propiedado derecho intelectual.

El Contratista deberá ejecutar cualquier Trabajo quefuere necesario para reparar, reemplazar o corregircualquier Defecto u otra violación de garantía delContrato que pudiere surgir durante el Plazo deNotificación de Defectos siempre y cuando seaatribuible a la responsabilidad del contratista,incluyendo, cuando sea necesario, el diseño,obtención, suministro, ingeniería y construcción decualquier sistema o parte de la Obra defectuosa,incluyendo el desmontaje, la eliminación, elreemplazo y/o la reinstalación de cualquier parte delos Trabajos, incluyendo los Equipos y Materiales,igual que trabajos instalados por terceros, si loshubiera, sin Costo alguno para el Contratante. Elderecho del Contratante a hacer valer los derechos

que le corresponden conforme a esta Cláusula, no severá reducido por la existencia o inexistencia odisponibilidad de repuestos en el Lugar de las Obraso sus alrededores.

Esta Subcláusula sobrevivirá la terminación o

expiración del Contrato, siempre y cuando se refieraa defectos atribuidles a la responsabilidad delcontratista.

Subcláusula 11.2 Se reemplaza el último párrafo de esta SubcláusulaCosto de Reparación de por lo siguiente:

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los Defectos

Subcláusula 13.8

Ajustes por Cambios en

el Costo

Subcláusula 14.1

Precio del Contrato

(a) El Contratista, a su Costo, que incluirá losCostos de envío, transporte, descarga ytraslado al Lugar de las Obras, y losimpuestos, y tan pronto como sea posiblepero ño "más tardé dé los 7 Días siguientes ala fecha en que el Contratista descubra, o elContratante le notifique sobre, ia existenciade un Defecto u otra violación de garantíaque pueda afectar adversamente elfuncionamiento de las Obras, siempre y

•cuando sea atribuible a la responsabilidad delcontratista; deberá: Comenzar el Trabajonecesario para remediar, de acuerdo con

esta Subcláusula, cualquier Defecto oremediar otra violación de garantía,debiendo continuar con esé Trabajodiligentemente hasta terminarlo; y

(b) Comenzar y proseguir diligentemente hastasu terminación, la remediación, de acuerdocon esta Subcláusula, de cualquier parte de laObra o cualquier otro bien que resultaredañado a causa de ese Defecto u otra

violación de garantía.

El Contratista llevará a cabo dichos Trabajos deremediación y las pruebas de ese Trabajo, de unaforma y en una oportunidad tal que reduzcan almínimo posible los daños al Contratante e irhpidan alo mínimo posible la interrupción del funcionamientoregular de las otras partes de las Obras que no seanafectadas por ese Defecto o violación de garantía.

No se considerará completa ninguna corrección deun Defecto u otra violación de garantía según elContrato, hasta que el Contratante revise y acepteesa Obra y/o Trabajo remediado.

Agregar al final de esta subcláusula:

Fórmula de Reajuste dé Precios para los componentesen moneda de curso legal en el país del Contratanteserá la que se construya a partir de la ofertaadjudicada para cada contrato, según lo dispuestoen la Sección B Apéndice de la Oferta de la SecciónIV Formularios de la Licitación.

Se remplaza la letra (e) por la siguiente:

Todos los Equipos y Materiales que se vayan aincorporar funcionalmente en el proyecto, conforme

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a ia definición del 1.1.5.1 y 1.1.5.5 de lasCondiciones Generales, que se requiera importar,serán importados a nombre del Gobierno AutónomoDescentralizado Municipalidad de Ambato, por elContratista, cori arreglo a las disposicionescontenidas en el Código Orgánico de la Producción ysus reglamentos de aplicación, a excepción deequipos, herramientas y materiales que vayan aformar parte del patrimonio del contratista . ElContratista será responsable de la gestiónadministrativa de importación de los bienes antesreferidos, excepto aquella gestión donde elContratante deba intervenir indelegabiemente, paraacogerse a las exenciones determinadas en la leylocal, particularmente al artículo 125, letra d) delCódigo Orgánico de la Producción, que estableceque están exentas del pago de todos los tributos alComercio Exterior, excepto las tasas por serviciosaduaneros, las importaciones a consumo de lasmercancías que importe el Estado, las Instituciones,Empresas y Organismos del Sector Público, incluidoslos Gobiernos Autónomos Descentralizados.

Los equipos del Contratista, incluidos repuestosesenciales, que importe el Contratista con el soloobjeto de ejecutar el Contrato estarán exentostemporalmente de derechos e impuestos deimportación inicial, siempre y cuando el Contratistaentregue a las autoridades aduaneras en el puertode entrada una fianza de exportación o garantíabancaria aprobada, válida por el plazo determinación más seis meses, por un montoequivalente a todos los derechos e impuestos deimportación que serían pagaderos sobre el valor deimportación tasado de dichos equipos y repuestos, yexigióle en el caso de que los equipos no seexporten del país al finalizar el Contrato. ElContratista entregará al Contratante una copia de lafianza o garantía bancaria endosada por lasautoridades aduaneras, al momento de importaciónde elementos individuales de los equipos delContratista y repuestos. Al momento de exportaciónde elementos individuales de los equipos delContratista o repuestos, o al concluir el contrato, elContratista preparará, para aprobación de lasautoridades aduaneras, una tasación del valorresidual de los equipos del contratista y repuestosque se exportarán, basada en la(s} escala(s) de

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Subcláusula 14.2

Pago Anticipado

Subcláusula 14.3

Solicitud de Certificados

de Pago Provisionales

Subcláusula 14.7

Pagos

depredación y otros criterios que utilicen lasautoridades aduaneras para dicho fin en virtud delas disposiciones contempladas por la ley aplicable.El contratista deberá pagar a las autoridadesaduaneras los derechos e impuestos de importaciónque se declaren vencidos y pagaderos sobre (a) ladiferencia entre el valor de importación inicial y elvalor residual de los equipos del Contratista yrepuestos que se exportarán; y (b) sobre el valor deimportación inicial de los equipos del Contratista yrepuestos que permanezcan en el país después de laterminación del Contrato. Una vez efectuado el pago

del importe así adeudado, dentro de un plazo de 28días contado a partir de la fecha de facturacióncorrespondiente, se reducirá o liberará la fianza ogarantía bancaria en forma acorde; de lo contrariodeberá hacerse efectiva la garantía por el montototal restante.

El literal (a) se reemplaza por lo siguiente:

las deducciones se empezarán a realizar en elCertificado de Pago Provisional inmediatamenteposterior al certificado del pago anticipado.

Se modifica el texto: se entregará "seis copias" porse entregarán "tres copias"

Se agrega lo siguiente al final del primer párrafo:

y las renuncias y liberaciones parciales delContratista y cada Subcontratista de trabajosespecializados, según el modelo adjunto"al Contratoen el Anexo 3.

Se remplazan los literales (b) y (c) por los siguientes:

(b) el monto de cada Certificado de Pago

Provisional, que no esté en disputa, dentro

de los 56 Días posteriores al momento en

que el Ingeniero haya recibido la Declaración

y los documentos justificativos; y

(c) el monto del Certificado de Pago Final, que

no esté en disputa, dentro de los 56 Días

posteriores al momento en que el Ingeniero

haya recibido la Declaración Final y los

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Subcláusula 14.8

Retraso en los Pagos

Subcláusula 14.11

Solicitud de Certificado

de Pago Final

Subcláusula 14.13

Emisión de Certificado

de Pago Final

Subcláusula 14.14

Fin de la

Responsabilidad delContratante

Subcláusula 15.2

Terminación por parte

del Contratante

documentos justificativos.

Se remplaza la Subcláusula por la siguiente:

Si el coMratisía.no xedbe un pago de conformidadcon el Contrato, no tendrá derecho a recibir duranteel período de mora un cargo financiero compuestomensual sobre el monto insoluto.

A continuación del literal (b), se agrega el siguientepárrafo:

Dicho borrador de la declaración final también

incluirá las renuncias y liberaciones finales delContratista y de cada Subcontratista de trabajosespecializados, según el modelo adjunto al Contratoen el Anexo 3.

Elúltimo párrafo se sustituye por el siguiente:

Si el Contratista no ha solicitado un Certificado dePago Final de conformidad con las Subcláusulas14.11 [Solicitud de Certificado de Pago Final] y 14.12[Finiquito], el Ingeniero le solicitará que lo haga. Si elContratista no presenta una solicitud dentro delplazo de 28 días, el Ingeniero emitirá el Certificadode Pago Final por el monto queequitativamentedetermine como pagadero.

Sesustituye el literal (a) por el siguiente, se elimina elliteral (b) y se sustituye el último párrafo:

(a) en la Declaración Final.

Sin embargo, esta Subcláusula no limitará lasresponsabilidades de las Partes en el marco de susobligaciones de indemnización ni susresponsabilidades en casos de prácticas prohibidas,incumplimiento deliberado o mala conductaevidente de su parte.

Se agrega lo siguiente al final del segundo párrafo:

Además, sin tener que acudir a cualquier otroderecho en caso de una terminación por parte delContratante, éste ejecutará la Garantía deCumplimiento, la Garantía de Anticipo en la parteque corresponda.

Se agrega el literal g):

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g) Si la suma de las multas por cualquier conceptosobrepasa el máximo establecido en el numeral8.13, de estas Condiciones Especiales.

Subcláusula 17.1 Se agregan los siguientes iiteraies después del literalIndemnizaciones (b):

(c) Una demanda, procedimiento, denuncia oacción legal por la violación, apropiaciónindebida, divulgación o uso no autorizado desecretos comerciales, derechos de propiedad,derechos de autor, derechos propietarios,patentes, derechos de autoría, marcasregistradas u otra propiedad intelectual,directa o indirectamente relacionado con: (a)el uso de información o los Documentos del

Contratista (o la propiedad intelectualcontenida en ellos) por parte del Contratantede conformidad con las licencias y permisosotorgados bajo el Contrato; (b) la realizaciónde los Trabajos; o (c) el ejercicio de alguno delos derechos de licencia otorgados alContratante bajo las Subcláusulas 1.10 [Usode los Documentos del Contratista por Partedel Contratante] y 17.5 [Derechos dePropiedad Intelectual e Industrial];

(d) Contaminación que pueda ser generada porfuentes que pertenezcan al Contratista o al

Personal del Contratista, o que dichaspersonas utilicen y controlen (incluso comoresultado de la emanación de materiales

peligrosos, la exacerbación de materiales

peligrosos o el encarecimiento de laeliminación o reparación de materialespeligrosos);

(e) Un gravamen impuesto por culpa delContratista o el Personal del Contratista, o

una demanda, procedimiento, denuncia oacción legal por falta de pago instituida porun Subcontratista o uno de sus directores,

funcionarios, gerentes, socios, agentes,asesores, contratistas, consultores,

representantes, cesionarios, empleados ocualquier otra persona bajo suresponsabilidad, o por algún pagocorrespondiente a los mismos; salvo que lafalta de pago se originare a su vez en retraso

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Subcláusula 20.1

Reclamaciones del

Contratista

Subcláusula 22

Fiscalización del

Proyecto

(e)Cualquler dificultad en la contratación ueipersonal o la mano de obra para la ejecución de losTrabajos; o

del

(f) cualquier cambio inesperado en los precios de losMateriales y/o Equipos necesarios para la ejecuciónde los Trabajos o la falta de disponibilidad delpersonal o Materiales y/o Equipos necesarios para laejecución de los Trabajos.

Se agrega el siguiente texto después del primerpárrafo:

Para que proceda la prórroga de plazo, el evento ocircunstancia que origina el reclamo debe afectar alcronograma establecido para el proceso, siempre ycuando se encuentre debidamente justificado.

Se agrega la siguiente subcláusula:

El principal objeto de la Fiscalización es comprobarque las obras se llevan a cabo de conformidad con lasmemorias, planos, prescripciones técnicas,cronogramas, plazos, presupuestos y más requisitosque están establecidos en los estudios de ingenieríadefinitiva, y en atención a las diversas circunstanciasno previstas, de cualquier naturaleza, que exijan latoma de decisiones técnicas para el eficiente y eficazavance de las obras.

El Fiscalizador podrá efectuar, en cualquier momento,inspecciones, controles, mediciones o ensayos de losmateriales utilizados y de los trabajos realizadosdurante la construcción de las obras. El Fiscalizador

tendrá acceso permanente a todos los sitios donde sedesarrollen los trabajos, en cualquier estado deejecución de las obras.

Alcance, Competencias y Funciones

A efectos del cabal cumplimiento de su objeto, laFiscalización tendrá entre otras las siguientes

competencias y funciones:

1. Verificar que el Contratista disponga de todos losdiseños, especificaciones, programas, licencias ydemás documentos contractuales necesarios

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para ejecutar las obras.2. Coordinar con el Contratista las actividades más

importantes del proceso constructivo.3. Revisar los diseños de ingeniería y de los

parámetros fundamentales utilizados en dichosdiseños.

4. Ubicar en el terreno, en coordinación con elContratista, todas las referencias necesarias para

la correcta ejecución del proyecto.5. Expedir certificados de aceptabilidad de equipos,

materiales y obras o parte de ellas.

6. Calificar al personal técnico del Contratista yrecomendar el reemplazo del personal que nosatisfaga los requerimientos necesarios.

7. Revisar los programas y cronogramaspresentados por el Contratista y recomendar suactualización.

8. Evaluar periódicamente el grado decumplimiento de los programas de trabajo.

9. Revisar las técnicas y métodos constructivospropuestos por el Contratista y sugerir lasmodificaciones que estime pertinentes, de ser elcaso.

10. Sugerir durante el proceso constructivo laadopción de las medidas correctivas y/osoluciones técnicas que estime necesarias en eldiseño y construcción de las obras, inclusiveaquellas referidas a los métodos constructivos.

11. Examinar cuidadosamente los materiales que sevayan a emplear y controlar su buena calidad y lade los rubros de trabajo, a través de ensayos delaboratorio que deberán ejecutarse directamenteo bajo la supervisión de su personal.

12. Medir las cantidades de obra ejecutadas y conellas elaborar, verificar y certificar la exactitud delas planillas de pago, incluyendo la aplicación delas fórmulas de reajuste de precios.

13. Recomendar al Ingeniero del Proyecto lassoluciones que considere pertinentes a dudasque surgieren en la interpretación de los planos,en especificaciones o detalles constructivos y, engeneral sobre cualquier asunto técnico relativo alproyecto.

14. Comprobar periódicamente que los equipos seanlos mínimos requeridos contractualmente y seencuentren en buenas condiciones de uso.

15. Anotar en el libro de obra las observaciones.

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instrucciones o comentarios que a su criteriodeben ser considerados por el Contratista para elmejor desarrollo de la obra. Aquellos que tenganespecial importancia se consignaránadicionalmente por oficio regular.

16. Asegurar que el Contratista registre en los planosde construcción todos ios cambios introducidos

durante la misma y exigirle los planos finales dela obra ejecutada (planos "As built").

17. Preparar memorias técnicas sobre losprocedimientos y métodos empleados en laconstrucción de las obras.

18. Exigir al Contratista el cumplimiento de las leyeslaborales y reglamentos de seguridad industrial.

19. Exigir al Contratista el cumplimiento de las leyesambientales, el Plan de Manejo Ambiental.

20. Preparar periódicamente los informes deFiscalización

21. Participar como observador en las recepcionesprovisional y definitiva del Contrato, informandosobre la calidad y cantidad de los trabajosejecutados, la legalidad y exactitud de ios pagosrealizados.

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Subciáusula 18.1

Requisitos Generales enMateria de Seguros

Subciáusula 18.3 Seguro

Contra Lesiones

Personales y Daños a laPropiedad

Subciáusula 19.1

Definición de Fuerza

Mayor

Defectos, deficiencias o fallas en el Trabajo; (¡i) lasgarantía

Es por reclamos relacionados con derechos depropiedad intelectual qué afecten a los Equipos yMateriales, la Obra o los Trabajos suministrados oejecutados por el Contratista; (iii) cualesquieraobligaciones del Contratista de Indemnizar aterceros; y (iv) el costo de los daños derivados deincumplimientos causados por culpa grave o dolo.

La "Parte Aseguradora", según la definición de laSubciáusula 18.1 de las CGC, será el Contratista.

Los montos de coberturas, deducciones,exclusiones, y demás condiciones mínimas quedeberán cumplir estas pólizas, se encuentrandetalladas en las CEC 18.2 (d) y 18.3

Se agrega losiguiente alfinal de esta subciáusula:

No obstante lo anterior, no se considerará FuerzaMayor:

(a) ningún problema de orden laboral que pudieraafectar al Contratista o a un Subcontratista, en lamedida que dicho problema de orden laboralinvolucre a los empleados directos del Contratista olos Subcontratistas o a cualquiera de sus respectivasafiliadas, que estén ejecutando iosTrabajos;

(b) tormentas o condiciones climáticas anticipadasconforme al área geográfica de las Obras;

(c) incapacidad o incumplimiento de cualquiera delas Partes para realizar pagos por cualquier motivo;

(d) cualquier demora, incumplimiento o falta (directao indirecta) en la obtención de Equipos o Materiales,o incumplimiento por parte de cuaiquierSubcontratista o personal en la ejecución de losTrabajos o cualquier otra demora, incumplimiento ofalta (financiera u otra) por parte del Contratista oSubcontratista de la ejecución de los Trabajos queno sea causado por Fuerza Mayor, salvo el caso demateriales que por efecto de producción oimportación sean debidamente justificados.

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Subcláusula 17.5

Derechos de PropiedadIntelectual e Industrial

Subcláusula 17.6

Limitación de

Responsabilidad

del desembolso de los valores quecorrespondan al contratista como efecto deltrabajo realizado

(f) Cualquier responsabilidad laboral, deseguridad social, civil, mercantil, penal ydecualquier otro índole que puedan incurrir losrepresentantes, trabajadores o personal delContratista involucradosen la ejecución delos Trabajos, incluyendo al Personal delContratista;

(g) Una demanda por responsabilidad patronal,accidente de trabajo (u otros derechos uobligaciones laborales, incluyendo lasprestaciones laborales e impuestos) prestadapor el Contratista o el Personal delContratista (incluyendo sus empleados); y

Se agrega lo siguiente ai último párrafo:

Esta Subcláusula sobrevivirá a la terminación o

expiración del Contrato. Siempre y cuando lasresponsabilidades tengan claro origen en lostrabajos y/o acciones y omisiones de parte delcontratista.

Se agrega el siguiente párrafo ai final de estasubcláusula:

Esta Subcláusula sobrevivirá a la terminación o

expiración del Contrato.

Se agrega

párrafo:el siguiente texto después del primer

No obstante lo anterior, ninguna de las Partes seráresponsable ante la otra por el pago de cualquierdaño y perjuicio especial, indirecto o incidental,incluyendo, sin limitar, lucro cesante, pérdida deinversiones, pérdida de productos o la interrupcióncomercial, independientemente del motivo.

Elpenúltimo párrafo se elimina y se reemplaza por losiguiente:

La responsabilidad del Contratista bajo esteContrato estará limitada a una cantidad equivalenteal cincuenta por ciento (50%) del Precio delContrato, excluyendo de dicho límite: (i) los costospor reconstrucción, corrección o reemplazo de