notas sobre la fusión implan copladem tijuana

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Nota Técnica Relacionada con la Integración del Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN) y el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEM) del Municipio de Tijuana, Baja California. Jaime Martínez Veloz 4 de Octubre 2010

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Antes de comenzar la Administración Municipal de Tijuana 2010-2012, funcionarios del actual Ayuntamiento, me pidieron una opinión sobre la fusión del Copladem con el Implan. Elaboré este documento y se los envié, sin tener hasta ahora respuesta alguna. Desaparecieron el Copladem así como todo lo que tiene que ver con la participación ciudadana en los subcomites del Consejo Municipal de Planeación, lo cual me parece un retroceso en la vida pública municipal. Comparto con ustedes este documento, que contiene argumentos para reflexionar, con el propósito de que, desde el ámbito ciudadano, se discuta la necesaria incorporación de la participación de la Sociedad en la toma de decisiones de la función pública.

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Page 1: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Nota Técnica Relacionada con la Integración

del Instituto Municipal de Planeación

(IMPLAN) y el Comité de Planeación para el

Desarrollo Municipal (COPLADEM) del

Municipio de Tijuana, Baja California.

Jaime Martínez Veloz

4 de Octubre 2010

Page 2: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

1. Presentación

El cambio de la administración municipal conlleva una nueva visión sobre como organizar y

conducir los destinos municipales. Existen ciertas funciones de gobierno que habrán de

permanecer sin cambio; en tanto que otras habrán de revisarse, con el fin de adecuarlas a

las nuevas realidades sociales.

El análisis habrá de permitir conocer el desempeño institucional y detectar áreas que, por la

similitud de sus fines y por las funciones que desempeñan, pueden ser integradas o

fusionadas, en la búsqueda no sólo de economías presupuestales, sino, sobre todo, de un

mejor funcionamiento del aparato administrativo en su conjunto.

El presente documento contiene una serie de breves consideraciones iniciales relacionadas

con la integración del Instituto Municipal de Planeación del Municipio de Tijuana (IMPLAN) y

el Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal de Tijuana (COPLADEM)

De manera descriptiva se indican los aspectos básicos a tomarse en cuenta durante el

proceso de integración en ambas dependencias, y debe considerarse únicamente como un

documento de trabajo que puede servir de base para valorar las posibles implicaciones de

la reestructuración institucional que pretende realizarse.

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Page 3: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

2. Acerca del IMPLAN (Reglamento Interno del IMPLAN publicado el 2 de Enero de 2009)

Naturaleza

El Instituto Municipal de Planeación (IMPLAN) es un organismo público descentralizado de la

administración pública municipal de Tijuana, Baja California. Está dotado de personalidad

jurídica y patrimonio propio (Art. 2º)

Objeto

El IMPLAN, tiene como objeto instrumentar acciones de interés público y de apoyo técnico al

Ayuntamiento de Tijuana en el ejercicio de sus atribuciones en entidades públicas y privadas y

desarrollar estudios e investigación de los fenómenos urbanos, físicos, sociales y económicos

del Municipio que le permitan dar continuidad a los procesos de planeación. (Art. 2º)

Atribuciones

Formular y proponer al Ayuntamiento políticas en materia de desarrollo urbano, mediante la

elaboración de planes, programas y normas técnicas necesarias respecto de infraestructura

urbana, estructura vial, transporte, equipamiento y servicios públicos, para instrumentar la

zonificación urbana, la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección del

ambiente del Municipio de Tijuana, y definir los criterios de desarrollo urbano en la materia.

Formular y proponer al Ayuntamiento de Tijuana las políticas y normas específicas de utilización

del suelo y para la regularización de la tenencia de la tierra.

Formular y proponer al Ayuntamiento los Planes, Programas y Normas Técnicas necesarias

para la creación de reservas territoriales para el crecimiento, desarrollo y promoción de vivienda,

así como de zonas sujetas a conservación y áreas de preservación ecológica.3

Page 4: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Índice

1. Presentación 3

2. Acerca del IMPLAN 4

3. Acerca del COPLADEM 10

4. Consideraciones en relación con ambos organismos 14

5. Consideraciones Institucionales 17

6. Consideraciones de Carácter Legal 20

7. Consideraciones de Carácter Organizacional 21

8. Entrega-Recepción 23

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Page 5: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Formular, evaluar y actualizar el Plan Municipal de Desarrollo Urbano; el programa de desarrollo

urbano de centro de población; los programas y estudios sectoriales, los programas parciales de

desarrollo urbano y de conservación y mejoramiento del equilibrio ecológico, sometiéndolos a la

consideración del Ayuntamiento para su revisión y aprobación.

Formular las propuestas de zonificación urbana así como las declaratorias de provisiones, usos,

destinos reservas de áreas y predios, para ser sometidas a la consideración del Ayuntamiento y

en su caso, de la Comisión Coordinadora de Desarrollo Urbano del Estado, para su revisión y

aprobación.

Realizar los estudios y gestiones necesarios que le sean solicitados por el Ayuntamiento dentro

de los procesos de elaboración, ejecución, control, evaluación y revisión de los programas

regionales de desarrollo urbano y de los convenios de coordinación que de ellos se deriven.

Formular y actualizar el sistema normativo del desarrollo urbano; generar y proponer al

Ayuntamiento, para su discusión y aprobación, instrumentos de planeación tales como

reglamentos y normas técnicas en materia de desarrollo urbano, equilibrio ecológico y

protección del ambiente, para la implementación de edificaciones y acciones de urbanización.

Crear, actualizar, administrar y mantener los mecanismos para la operación del Sistema

Municipal de Información Geográfica para la recopilación, concentración, procesamiento,

resguardo, intercambio y difusión en su caso, de información con todos los sectores del

municipio.

Realizar estudios, ensayos e investigación de los fenómenos físicos, sociales, económicos y

urbanos del Municipio, y recopilar, procesar, analizar, evaluar y resguardar la información

correspondiente.

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Page 6: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Realizar los estudios técnicos que se requieran para determinar y establecer las causas de

utilidad pública conforme lo establecen las leyes vigentes en la materia.

Participar en la elaboración, evaluación y aprobación de los proyectos de infraestructura urbana,

estructura vial, transporte, equipamiento y servicios públicos que requiera el Municipio, así como

promover y dar seguimientos la ejecución de los mismos.

Formular, promover y convenir programas de estudios para la formación y capacitación del

personal del Instituto Municipal de Planeación y personas en general, en disciplinas afines a la

administración pública y a la planeación, en coordinación con instituciones educativas y

asesores externos que cumplan con el apartado que se describe dentro de este reglamento al

respecto.

Suscribir acuerdos de colaboración y celebrar convenios y contratos con entidades públicas y

privadas o con personas físicas especializadas, dentro del territorio del Estado de Baja

California, otras entidades federativas y del extranjero, para la realización de investigaciones,

estudios y acciones conjuntas en materia de administración pública, fenómenos

socioeconómicos, de planeación urbana, o alguna otra que sea de interés para el Municipio.

Proporcionar al Municipio el sustento técnico para la implementación de acciones en materia de

desarrollo urbano, en los términos de las leyes en la materia.

Crear, actualizar, y evaluar el padrón de peritos especialistas en desarrollo urbano para la

elaboración de estudios de impacto urbano que establece el Programa de Desarrollo Urbano de

Centro de Población de Tijuana.

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Page 7: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Difundir y comercializar información, estudios, planes, proyectos, ensayos, servicios y demás

productos derivados de su actividad, que sean de interés general y susceptibles de ser

publicados.

Colaborar en la creación de reservas territoriales para el crecimiento urbano y el desarrollo y

promoción de vivienda, así como de zonas sujetas a conservación y áreas de preservación

ecológica.

Todas aquellas que, en apoyo a las dependencias de la Administración publica Municipal

Centralizada, le encomiende el Ayuntamiento o el Ejecutivo Municipal y sean inherentes a su

objeto. (Art. 9)

Estructura Orgánica

El órgano de gobierno superior jerárquico del Instituto Municipal de Planeación, es su Junta de

Gobierno, la que para el logro de sus fines podrá auxiliarse de Comisiones. En cuanto a la

administración del Instituto, estará a cargo de la Dirección General, la que para el desempeño

de sus funciones, contara con la siguiente estructura:

Coordinador Jurídico

Coordinación de Vinculación

Subdirección de Planificación Urbana Regional y Medio Ambiente:

Departamento de Planificación Urbana y Regional.

Departamento de Medio Ambiente.

Departamento de Análisis Socioeconómico.

Departamento de Sistemas de Información.

Departamento de Asesoramiento Interinstitucional y Normatividad.

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Page 8: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Subdirección de Proyectos:

Departamento de Proyectos de Movilidad Urbana.

Departamento de Proyectos Urbanos.

Coordinación Administrativa y Financiera:

Área de Contabilidad.

Área de Recursos Humanos y Materiales.

Área de Licitaciones. (Art. 11)

La Junta de Gobierno del Instituto se integrará de la siguiente manera:

El Presidente Municipal, quien presidirá la Junta de Gobierno.

El Regidor Presidente de la Comisión de Obras y Servicios Públicos.

El Regidor Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Control Ecológico.

El Regidor Presidente de la Comisión de Planeación del Desarrollo Municipal.

Un representante de la Comisión Federal de Electricidad. (CFE).

Un representante de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL).

Un representante de la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura del Estado (SIDUE).

Un representante de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Tijuana (CESPT).

Director de Administración Urbana (DAU).

Director de Obras e Infraestructura Urbana Municipal (DOIUM).

Director del Catastro Municipal (DCM).

Representante de Teléfonos del Noroeste (TELNOR).

Representante de la Compañía de Gas de Tijuana.

Un representante de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC).

Un representante del Colegio de Arquitectos (CATAC).

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Page 9: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Un representante del Colegio de Notarios.

Un representante de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC).

Un representante de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC).

Un representante del Colegio de la Frontera Norte (COLEF).

Un representante de la Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promociones de

Vivienda (CANADEVI).

Un representante del Consejo de Desarrollo Económico (CDT).

Los integrantes propietarios pertenecientes a la Administración Pública, serán nombrados al

inicio de la Administración Municipal, durante el tiempo que estén en el cargo, y los

representantes de los organismos sociales de la ciudad serán elegidos por el Ayuntamiento de

una terna propuesta por el Presidente, estos representantes serán electos cada tres años, sin

posibilidad de reelección, antes de terminar el tercer semestre de cada administración municipal

y entrarán en funciones al inicio del cuarto semestre de cada administración, con el fin de

asegurar la continuidad de las acciones de planeación, y lograr el equilibrio en materia de

decisiones, así como definir un proceso de renovación escalonado de estos representantes,

permitiendo la continuidad de las acciones previstas con anterioridad.

El Secretario de Desarrollo Urbano fungirá como representante del Presidente Municipal en la

Junta de Gobierno, con derecho a voz y voto en ausencia de éste. (Art. 12)

El Director General del IMPLAN entrará en funciones al inicio del cuarto semestre de la

administración municipal, y durará en su cargo por un período de tres años, pudiendo ser

reelecto. (Art. 11º Acuerdo de creación del IMPLAN)

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Page 10: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Promover y fomentar la coordinación de acciones entre los gobiernos federal, estatal y

municipal, en sus programas operativos anuales dentro de la circunscripción territorial del

Municipio de Tijuana, conjuntamente con la participación de los sectores social y privado.

Formular para aprobación del Ayuntamiento y su presentación a los Gobiernos Estatal y Federal,

programas de inversión y financiamiento para el Municipio de Tijuana.

Evaluar la ejecución del Plan Municipal de Desarrollo y los programas que realice la

administración pública municipal.

Las que le confiere el artículo 71 de la Ley Orgánica de la Administración Publica Municipal.(Art.

5)

Estructura Orgánica

Son órganos integrantes del Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal de Tijuana, los

siguientes:

La Junta de Gobierno

La Coordinación General y Administrativa

Una Secretaría Técnica;

Subdirección de Planeación y Evaluación;

Un Departamento de Administración;

Un Departamento de control y evaluación

Departamento de Estudios y Proyectos

Subdirección Social:

Departamento de Participación Ciudadana

Departamento de Organización social.

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Page 11: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

3. Acerca del COPLADEM (Acuerdo de Creación del COPLADEM Publicado el 19 de Enero

de 1996)

Naturaleza

El Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal de Tijuana Baja California es un

organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, en concordancia con

la Ley de Planeación del Estado de Baja California.(Art.1)

Objeto

El Comité tendrá por objeto, incorporar la participación del Municipio en el Sistema Estatal de

Planeación y fungir como órgano auxiliar del Ayuntamiento en las actividades de planeación.

Para el cumplimiento de su objetivo el Comité elaborara, instrumentara, evaluara y mantendrá

actualizado el Plan Municipal de Desarrollo, presentando para su aprobación en cada caso al

Cabildo del Ayuntamiento de Tijuana B.C. (Art. 3)

Atribuciones y Funciones

El Comité de Planeación, tendrá a su cargo las siguientes atribuciones y funciones:

Ser el foro de participación de la comunidad en el cual se definan las prioridades y las

estrategias que integren el Plan Municipal de Desarrollo, para su presentación y en su caso

aprobación por el Cabildo del Ayuntamiento de Tijuana, Baja California.

Promover y mantener actualizado el Plan Municipal de Desarrollo, complementándose con los

planes que formulen los otros municipios de la entidad y el Gobierno del Estado, buscando en

todo momento su coherencia y congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Estatal

de Desarrollo de Baja California.

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Page 12: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Comisario

La Asamblea General, que a su vez se integra por:

Consejo de Desarrollo Sectorial; y

Consejo de Desarrollo Municipal.

Los Subcomités Sectoriales

Los Subcomités Delegacionales (Art. 10 Acuerdo de creación del COPLADEM y Art. 3 de su

Reglamento Interior)

Junta de Gobierno

La Junta de Gobierno, es el órgano jerárquicamente superior en la estructura del Comité, y

estará integrada por:

El Presidente, quien presidirá el órgano de Gobierno, y en su ausencia lo hará quien este

designe y tendrá derecho a voz y voto;

Tres Regidores, Presidentes de las Comisiones de Cabildo siguientes: Comisión de Planeación

del Desarrollo Municipal, Comisión de Desarrollo Urbano y Control Ecológico y Comisión de

Desarrollo Económico.

Los Regidores integrantes propietarios de la Junta de Gobierno serán nombrados al inicio de la

Administración Municipal, y serán integrantes de la Junta de Gobierno durante el tiempo que

estén en su encargo.

Los Regidores podrán designar a un regidor miembro de la comisión de que se trate como

suplente para que lo represente en las sesiones del órgano de Gobierno, quien tendrá derecho a

voz y voto, y

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Page 13: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Tres representantes propietarios que pertenezcan a organismos representativos de la sociedad,

con derecho a voz y voto, nombrados por el Ayuntamiento de ternas propuestas por el

Presidente Municipal, quienes durarán en el encargo por el termino prescrito en el Artículo 14

del Reglamento de las Entidades Paramunicipales del Municipio de Tijuana Baja California.

Los integrantes de la Junta de Gobierno representantes de organismos sociales podrán

pertenecer al Consejo de Desarrollo Municipal, al Consejo de Desarrollo Sectorial, a organismos

no gubernamentales sean estos empresariales, de Instituciones Educativas, o colegios de

profesionales afines al objeto y que promuevan los objetivos y fines del Comité.(Art. 10

Reglamento del COPLADEM)

Asamblea General

La Asamblea general del COPLADEM se integra por:

Un presidente, que será el Presidente Municipal; en las sesiones de este órgano podrá fungir

como tal, la persona a quien este funcionario designe.

El Coordinador General y Administrativo, que fungirá como Secretario de Actas y Acuerdos.

Un Representante del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado.

Los Regidores del Ayuntamiento de Tijuana.

El Sindico del Ayuntamiento de Tijuana.

Los Titulares de las dependencias y órganos de la Administración Publica Municipal.

Los miembros integrantes de los Consejos de Desarrollo Sectorial y Municipal.

Dos miembros designados como delegados, de entre cada uno de los Sub-Comités Sectoriales

y Delegacionales.

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Page 14: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

4. Consideraciones en relación con ambos organismos

Una somera revisión del objeto y las atribuciones del IMPLAN y del COPLADEM, denota lo

siguiente:

Similitudes

Los dos son organismos descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propio

Ambos tienen una Junta de Gobierno como órgano de gobierno superior jerárquico

En ambos organismos la Junta de Gobierno es presidida por el Presidente Municipal

Tanto el IMPLAN como el COPLADEM tienen atribuciones en materia de planeación

Ambos cuentan con áreas de planeación o planificación, de proyectos y áreas administrativas

encargadas de la administración de recursos humanos, materiales financieros y contabilidad.

Diferencias Fundamentales

En tanto que el objeto del IMPLAN tiene como fin desarrollar estudios e investigación de los

fenómenos urbanos, físicos, sociales y económicos del Municipio que le permitan dar

continuidad a los procesos de planeación, el COPLADEM incorpora la participación del

Municipio en el Sistema Estatal de Planeación y funge como órgano auxiliar del Ayuntamiento

en las actividades de planeación.

El IMPLAN es un organismo enfocado fundamentalmente a cuestiones de urbanismo, aún

cuando en su nuevo reglamento, se amplían considerablemente sus atribuciones a otros

aspectos: a la planificación urbana y regional, al medio ambiente, a realizar análisis

socioeconómicos, a la realización de proyectos urbanos y de movilidad urbana; así como al

asesoramiento interinstitucional y normatividad. El IMPLAN formula el Plan Municipal de

Desarrollo Urbano. Por su parte, el COPLADEM se enfoca fundamentalmente a promover la

participación de la comunidad en la definición de las prioridades y las estrategias que habrán de

integrar el Plan Municipal de Desarrollo, así como de elaborar éste, buscando que sea

congruente con el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Estatal de Desarrollo de Baja California.

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Page 15: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

En el IMPLAN la representación de la sociedad se da directamente en su Junta de Gobierno,

en la cual se integran además de miembros del Ayuntamiento y funcionarios municipales,

representantes de organismos y empresas prestadoras de servicios públicos, de cámaras,

colegios de profesionistas, instituciones educativas y de investigación y representantes del

sector privado. Según el Art. 13 del Reglamento de las Entidades Paramunicipales del Municipio

de Tijuana los integrantes del órgano sólo deben ser 7 (El Presidente, tres regidores y tres

representantes de organismos sociales). En el COPLADEM, su Junta de Gobierno tiene 7

miembros; el Presidente Municipal, tres regidores y tres representantes propietarios que

pertenecen a organismos representativos de la sociedad civil. La participación de la sociedad se

da en los Foros de Consulta Popular; en los Subcomités Delegacionales, que se integran por un

mínimo de 10 vocales ciudadanos con sus respectivos suplentes; y en los 20 Subcomités

Sectoriales, según el Art. 19 de su Reglamento Interno ( Desarrollo Urbano, Ecología, Migración,

Asistencia Social, Salud, Población con Discapacidad, Obras y Servicios Públicos, Deportes,

Consejo Municipal de Participación Social en la Educación, Educación Media Superior y

Superior, Cultura, Grupos Étnicos, Bomberos, Protección Civil, Juventud, Apoyo a Niños de y en

la Calle, Asuntos de la Mujer, Desarrollo Económico y Fronterizo, Comercio y Turismo, y

Seguridad Pública) en los que participan representantes de Organismos no Gubernamentales

(ONG’s), colegios de profesionistas, clubes de servicio, y barras de profesionistas.

Para ser director del IMPLAN se requiere: Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus

derechos; tener estudios mínimos a nivel Licenciatura, tener especialidad en aéreas

relacionadas con la Planeación Urbana, Arquitectura, Desarrollo Urbano y Regional y Urbanismo

o afines a estas; tener probada experiencia en la administración pública de por lo menos 5 años

en el área de desarrollo urbano; tener probada experiencia en el ejercicio profesional en las

áreas de planeación del desarrollo urbano, investigación urbana y consultoría; no estar

imposibilitado de conformidad con los criterios que establece la Ley de Responsabilidades de

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Page 16: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

los Servidores Públicos del Estado de Baja California , y tener residencia mínima de 3 años en

el municipio de Tijuana, Baja California. En el caso del COPLADEM, para ser Coordinador

General y Administrativo se requiere ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus

derechos, contar con un perfil profesional acorde al objeto o fines del organismo y con

experiencia en materia administrativa; no tener litigio pendiente o sean acreedores del

organismo; no haber sido sentenciado condenatoriamente por delitos intencionales ni estar

inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio publico; o ser titular o

servidor públicos del Poder Legislativo o Poder Judicial del Estado de Baja California.

El COPLADEM cuenta con una Asamblea General como órgano sobre el que recaen las

funciones sustantivas de este organismo descentralizado. El IMPLAN no cuenta con Asamblea

General.

En el Acuerdo de Creación del IMPLAN se especifica que su Director General entrará en

funciones al inicio del cuarto semestre de la administración municipal, y durará en su cargo por

un período de tres años, pudiendo ser reelecto. En el caso del Coordinador General del

COPLADEM no se especifica tal situación, ni el tiempo que durará en su encargo.

En el Reglamento del IMPLAN se indica que la asignación presupuestal que autorice

anualmente el Ayuntamiento de Tijuana para su gasto corriente, no deberá ser menor al 2.5 %

(dos punto cinco por ciento) del presupuesto Anual del Ayuntamiento. El COPLADEM no tiene

prevista tal asignación presupuestal.

El IMPLAN puede contratar asesores externos hasta por un 20% de su presupuesto anual en

las áreas siguientes: Economía. Vialidad y Transporte, Ecología, Legislación Urbana,

Arquitectura Paisajística, Historia, Diseño Urbano, Administración Financiera, Sociología,

Planeación Estratégica y Urbanismo. El COPLADEM no cuenta con esta posibilidad.

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Page 17: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

5. Consideraciones Institucionales

Según el Art. 47 del Reglamento de las Entidades Paramunicipales del Municipio de Tijuana, las

entidades paramunicipales, para su desarrollo y operación deberán sujetarse al Plan Municipal

de Desarrollo, a los programas sectoriales que se deriven del mismo y a las asignaciones

presupuestales de ingresos y egresos autorizadas. En este sentido, las actividades a realizarse

por el IMPLAN, como la de todas las paramunicipales, tendrían que estar contempladas en el

PMD elaborado por el COPLADEM.

Tanto el IMPLAN como el COPLADEM cuentan con facultades en materia de planeación, por lo

cual, de inicio abre la posibilidad de una posible integración.

A este respecto, hay algunos aspectos a considerar, entre otros, que el nuevo Reglamento del

IMPLAN, de fecha 2 de enero del 2009, le fortaleció considerablemente, al darle amplísimas

facultades con las cuales no contaba anteriormente. Ahora puede realizar prácticamente

cualquier tipo de estudios; además cuenta con la posibilidad de contratar asesores externos

hasta por un 20% de su presupuesto anual.

Por otra parte, el nuevo Reglamento de Zonificación y Usos del Suelo del Centro de Población

Tijuana, B.C., publicado en el Periódico Oficial el pasado 3 de Septiembre del año en curso,

otorga al IMPLAN atribuciones específicas en materia de regulación y control urbano, tales

como: registrar a los peritos en desarrollo urbano que habrán de elaborar el Plan Maestro de

Integración Urbana; emitir opiniones técnicas; avalar la elaboración de programas parciales

relacionados con acciones de urbanización o edificación; determinar áreas de restricción por

derechos de paso de vías; aprobar las solicitudes de los sectores público y privado para la

densificación de usos habitacionales; aprobar estudios de impacto urbano; aprobar cambios de

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Page 18: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

uso de suelo; aprobar usos de suelo industrial de alto riesgo; aprobar usos especiales como

centros de readaptación social, depósitos de desechos industriales, gaseoductos, oleoductos y

similares, etc., instalaciones de infraestructura como almacenamiento de gas y plantas

termoeléctricas; aprobar cambios de uso de suelo dentro de un fraccionamiento ya autorizado;

evaluar que se cumplan los criterios de los planes y programas de desarrollo urbano y las

políticas, lineamientos y estrategias tendientes a un desarrollo armónico, en los casos de

ubicación de instalaciones y/o usos del suelo especiales y en proyectos estratégicos que se

prevé tendrán un alto impacto en la estructura urbana; dictaminar áreas de urbanización

progresiva y áreas de renovación urbana; elaborar programas parciales de desarrollo urbano;

aprobar áreas de reserva urbana de control especial; opinar para determinar restricciones por

derecho de paso y ancho de la servidumbre; opinar sobre las áreas de restricción de

instalaciones ferroviarias; dictaminar áreas de restricción de instalaciones de rellenos sanitarios;

aprobar estudios de impacto urbano de instalaciones de telecomunicaciones; aprobar estudios

de impacto urbano de densidades altas multifamiliares; analizar la distancia de las plantas de

tratamiento de aguas residuales a zonas habitacionales –la cual no será menor a 100 metros- ;

opinar en relación con el desarrollo de actividades industriales de riesgo; revisar y aprobar

proyectos en vialidades, regionales, intermunicipales y primarias y formular guías para la

elaboración de estudios de impacto urbano, integración urbana, análisis de lineamientos de

imagen urbana y paisaje, entre otras.

Como puede observarse, las atribuciones que se otorgan al IMPLAN en el nuevo Reglamento

de Zonificación y Usos del Suelo, son fundamentales para dirigir y regular el desarrollo urbano

de Tijuana, ya que prácticamente tiene que ver en todo lo relacionado con el mismo.

Tendrían que revisarse otros nuevos reglamentos rectores del desarrollo urbano como el

Reglamento de la Ley de Edificación , Reglamento de Acciones de Urbanización, y Reglamento

de la Ley del Régimen de Condominio para el Municipio de Tijuana, en los cuales podrían

encontrarse mayores atribuciones para el IMPLAN en estas materias.18

Page 19: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Toda esta trama de responsabilidades a cargo del IMPLAN complican el que pueda

transformarse o prescindirse fácilmente del mismo.

Hay otras consideraciones adicionales que pueden impedir cambios en relación con el IMPLAN:

1) Que este organismo es miembro fundador de la Asociación Mexicana de Institutos

Municipales de Planeación A.C. constituida el 15 de Diciembre de 2003. Seguramente, en

caso de que se pensara en transformarlo podría haber una opinión desfavorable en tal

sentido por parte de dicha Asociación.

2) La tareas que ha venido desarrollando este organismo, le han permitido el establecimiento

de vínculos institucionales con organismos nacionales e internacionales; posiblemente

pertenezca a algunos de éstos y haya formalizado compromisos, los cuales se tendrían que

cumplir haya o no cambio.

3) Que el IMPLAN se encuentra sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Urbano y con

funciones tan importantes como las que tiene, difícilmente el Secretario estaría dispuesto a

“soltar” un organismo que le da un soporte institucional altamente significativo, ya que las

atribuciones del ÌMPLAN le dan un poder de decisión relevante.

4) En la Junta de Gobierno del IMPLAN se encuentran representados una cantidad importante

de actores político-administrativos, técnicos, económicos, educativos y sociales, los cuales

toman las decisiones por mayoría de votos; cualquier posible cambio implicaría una labor

muy intensa de cabildeo , incluso del Presidente Municipal a fin de que pudieran aprobarse

e instrumentarse los cambios

5) Con el fin de garantizar la continuidad en los procesos de planeación, se previó que la

designación del titular de IMPLAN se realizara a mediados de la Administración Municipal.

Es decir, en este momento no sería posible cambiarlo, ni siquiera cambiando el

Reglamento, ya que es un principio constitucional el que ninguna ley puede ser retroactiva

en perjuicio de persona alguna. Es decir, aún cuando cambiara el IMPLAN no podría

cambiarse al Director General, salvo que se negociara su renuncia.19

Page 20: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

7. Consideraciones de Carácter Organizacional

En el análisis inicial de las unidades administrativas de ambos organismos, con base en sus

Reglamentos Internos, se detectó que hay áreas especializadas y áreas comunes, sobre todo

aquellas que se relacionan a la planeación y a las tareas de carácter administrativo.

Sería necesario un análisis más de fondo, comparando las estructuras organizacionales y las

funciones para detectar cuales áreas tienen un carácter duplicatorio, al contar con funciones

similares. No tendría razón de ser la transformación si al integrarse quedan tal como están en

este momento. La idea de racionalidad administrativa implica el contar con el menor número

posible de áreas sin que dejen por ello de realizarse las funciones sustantivas y adjetivas de la

organización.

Otros aspectos a revisarse serían los siguientes:

Recursos Humanos

De darse el cambio, el elemento central de la transición, es cuidar la integración del personal.

Todo cambio genera ansiedad e incertidumbre, reestructuración de responsabilidades, pérdida

de cuotas de poder y otras situaciones que generan tensión en el personal. Existen en cada

parte sus propias normas, cultura organizacional y espíritu de grupo; y el cambio va a vulnerar

las normas y puede generar conflictos y rechazo a los integrantes del otro organismo.

De ahí la importancia de que se proceda con suma sensibilidad por el titular del organismo o

quien este designe para el establecimiento de canales efectivos de comunicación e integración y

se lleven a cabo cursos o celebración de eventos -como cumpleaños- que vayan formando una

nueva cultura grupal y la idea de que “son los mismos” quienes ahí laboran unidos por un fin

común, del que es necesario asegurar la continuidad. El personal del organismo “absorbente” no

debe menospreciar al del organismo “absorbido”; ni éste sentirse menos.

20

Page 21: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

6) En el IMPLAN se maneja información privilegiada en relación con el crecimiento de la

ciudad. Consecuentemente es una instancia que conoce hacia donde habrá desarrollos y

de que tipo, lo cual se presta a emplear o divulgar información que propicie adquisición de

tierra con fines de especulación. Esto podría propiciar resistencia al cambio.

6. Consideraciones de Carácter Legal

Previamente a la realización del cambio habría que llevar a cabo una revisión exhaustiva de la

normatividad que se relaciona tanto con el IMPLAN como con el COPLADEM, con el fin de

proceder a realizar las propuestas de reformas pertinentes al marco legal. Como previamente se

hizo referencia, recientemente fueron modificados los reglamentos que rigen el desarrollo

urbano de Baja California y particularmente de Tijuana. Realizar cambios en un tiempo tan corto,

y sobre todo aún no sabiendo si podrían funcionar, podría parecer poco institucional.

Si el cambio es una decisión ya tomada, habría que proceder institucionalmente, dándola a

conocer, para su aprobación, a las respectivas Juntas de Gobierno de ambos organismos,

previa labor de cabildeo para evitar posibles roces u opiniones desfavorables al asunto. Habría,

asimismo necesidad de elaborar un documento que explicara las razones del cambio y las

ventajas de todo tipo que tendría el fusionar ambos organismos.

Sería también necesario el Acuerdo de Cabildo para aprobar la modificación que se decidiera; y

evidentemente, la elaboración de un Nuevo Reglamento Interior de Trabajo, el cual se formularía

según alguna de las siguientes variantes:

1. Fusión del COPLADEM y el IMPLAN para integrar un solo organismo de planeación

municipal, el cual tendría un nombre distinto a cualquiera de estos dos.

2. El COPLADEM absorbe al IMPLAN

3. El IMPLAN absorbe al COPLADEM

21

Page 22: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

Es importante también promover el permanente intercambio de ideas y procesos de

retroalimentación constantes, a fin de asegurar que hay una efectiva integración grupal y se

genere un nuevo clima organizacional. El trato al personal debe ser igual, sin privilegios.

Se requiere revisar las remuneraciones y de ser necesario homologarlas, a fin de que a trabajo

igual, corresponda pago igual. Considerando que habrá personal que tendrá que salir de uno u

otro organismo, debe preferenciarse el que se le explique la situación y se le de la opción de

que se les ponga a disposición de personal, con la idea de que puedan ser requeridos por otra

instancia de la administración pública municipal que los necesite.

Recursos Materiales

Lo ideal en un cambio de esta naturaleza es que las oficinas se rediseñen y ubiquen en un

mismo sitio, integrando y mezclando al personal por áreas de trabajo específicas para evitar que

un grupo esté de un lado y otro grupo del otro. De continuar trabajando separado el personal de

ambos organismos sería más difícil integrarlos.

Al requerirse menos personal, sobraría mobiliario y equipo de oficina. Antes de darse de baja,

debe seleccionarse el que se encuentre en mejores condiciones para que ese sea el que se

lleve a las oficinas que serán sede del nuevo organismo.

Habrán de revisarse y en su caso rediseñarse los formatos empleados en los procedimientos

del organismo con la finalidad de actualizarlos a la nueva realidad institucional.

Recursos Financieros

Según la información presupuestal que aparece en la página del XIX Ayuntamiento, el

presupuesto del COPLADEM para 2010 fue de $8`235,000 equivalente a un .26 %; en tanto

que el presupuesto del IMPLAN fue de $4,584,611.28 que equivale al .14% del total.

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Page 23: Notas Sobre La Fusión Implan Copladem Tijuana

La fusión o integración de ambos organismos pudiera hacer pensar que ambos presupuestos se

integrarían para el año 2011. Sin embargo habría que pensar que habría una reducción de

personal, con el consecuente ahorro presupuestal y en el pago de servicios al integrarse ambos

organismos en una sola oficina.

Es recomendable que se formule un presupuesto por programas, con el fin de que los

programas sustantivos de ambos organismos queden respaldados en su ejecución. Las

contabilidades se integrarían también en una sola.

Tecnologías de la Información

Por el tipo de trabajos que realiza, es de suponerse que el IMPLAN se encuentre más

desarrollado que el COPLADEM en materia de tecnologías de la información. En este sentido

habría que compatibilizar los sistemas y diseñar las redes que hicieran posible compartir la

información que fuera común a ambas instancias, en tal forma que se ahorrara tiempo y

recursos a las áreas del nuevo organismo.

8. Entrega-Recepción

Uno de los aspectos fundamentales es que sea cual sea la decisión que se tome, es el proceso

de entrega-recepción. La Dirección General del nuevo organismo si es una fusión, la Dirección

General del IMPLAN o la Coordinación General del COPLADEM, según sea el caso, debe

conocer exhaustivamente con toda precisión y detalle cual es la situación de los asuntos que se

encuentran en trámite de gestión y solución; así como los compromisos institucionales y

convenios existentes, con el fin de que se aboque a garantizar su debido cumplimiento.

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