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 Buscar: POLÍTICAS EN MATERIA DE OBRA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA ACUERDO QUE MODIFICA Y ADICIONA LA NORMATIVIDAD EN MATERIA DE OBRAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA Dr. José Narr o Robl es, Re ctor de la U niversidad Nacional Autón oma de Méx ico, con fu ndamento en lo s ar tículos 1º y 9º de la Ley Orgánica, 34, fracciones IX y X del Estatuto General, y Dr. Alejandro Carrillo Castro, Vicepresidente del Patronato Universitario, con fundamento en los artículos 10 y 15 de la Ley Orgánica y los numerales XXI, incisos 4) y 11), XXII, in ciso 5) y XXIII del Reglamento Interior del Patronato Universitario, y CONSIDERANDO Que las Políticas en materia de obra y servicios relacionados con la misma expedidas el 28 de septiembre de 1988 y sus respectivas modificaciones del 19 de abril de 2004, establecen el marco jurídico y de transparencia necesar ios para la c ontratación , ejecución y supervisión d e obras y se rvicios relacionados con la misma. Que resulta neces ario impu lsar e l proceso de desconcentración de fun ciones admini strativas , qu e perm ita a las entidades y dependencias universitarias ejercer funciones en materia de obras y servicios relacionados con la misma e n nu estra institución, a fin de agilizar y eficientar su gestión ad ministrativa al otorgarles más facultades en esta materia. Que es necesario modificar, adicionar y actualizar las Políticas y los Lineamientos, Criterios, Procedimientos y Model os que en forma conju nta constituyen la Normatividad de Obras de la U NAM. En razón de lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- Se modifican el primer párrafo del punto 1 dividiéndose en dos, el primer párrafo del punto 2, primero, segundo y tercer párrafos del punto 5, la fracción II del punto 6, la fracción V del punto 10, la fracción I del punto 12, la fracción II del punto 14, el tercer párrafo del punto 16, las fracciones I, II y VI del punto 18, el punto 19, la fracción IX del punto 25, fracciones III, IV, V y VI del punto 27 y el punto 28; asimismo se adicionan un cuarto, quinto y sexto párrafos al punto 5, un último párrafo al punto 17, una fracción X al punto 25, un segundo párrafo al punto 26 y un segundo, tercero y cuarto párrafos al punto 29 y se derogan el primer párrafo del punto 4 y la fracción IV del punto 25, de las POLÍTICAS EN MATERIA DE OBRA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA, para quedar c omo sigu e: POLÍ TICAS EN MATERIA DE OBR A Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA Francisco Barnés de Castro, Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, con fundamento en lo previsto por los artículos 1° y 9° de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México y 34 fracciones IX y X del Estatuto General, y Francisco Rojas Gutiérrez, Presidente del Patronato Universitario, con fundamento en los artículos 10 y 15 de la Ley Orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México y los numerales XXI inciso 4) y XXII in ciso 5) del Reglamento Interio r del Patr onato Universitario; así como e n el inciso 1 del punto segun do del Acuerdo por el que se Modifica la N aturaleza, Estructura y D enomin ación del Comité de Obras de la UNAM, y CONSIDERANDO Que dentro de los Programas Estratégicos del Plan de Desarrollo 1997-2000 de la Universidad Nacional Autón oma de México es tá el del impul so a las reformas estructural y admini strativo, el cual abarca dentro d e sus acciones prioritarias el mejorar el desempeño de las dependencias administrativas y la aplicación de los recursos financieros que a éstas se otorgan, así como fomentar la atención a la normatividad que regula los quehaceres administrativos de las entidades y dependencias. De igual manera señala que se continuará con la descentralización de lo s procedimiento s de obras y serv icios y de los procesos y sistem as a cargo del Patronato Universitario, sin menoscabo de la vigilancia que se debe ejercer, así como los que se vinculen con el presupuesto.

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Normatividad de obras de la unam 2012

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    POLTICAS EN MATERIA DE OBRA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA

    ACUERDO QUE MODIFICA Y ADICIONA LA NORMATIVIDAD EN MATERIA DE OBRAS Y SERVICIOSRELACIONADOS CON LA MISMA

    Dr. Jos Narro Robles, Rector de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico, con fundamento en los artculos1 y 9 de la Ley Orgnica, 34, fracciones IX y X del Estatuto General, y Dr. Alejandro Carrillo Castro,Vicepresidente del Patronato Universitario, con fundamento en los artculos 10 y 15 de la Ley Orgnica y losnumerales XXI, incisos 4) y 11), XXII, inciso 5) y XXIII del Reglamento Interior del Patronato Universitario, y

    CONSIDERANDO

    Que las Polticas en materia de obra y servicios relacionados con la misma expedidas el 28 de septiembre de1988 y sus respectivas modificaciones del 19 de abril de 2004, establecen el marco jurdico y de transparencianecesarios para la contratacin, ejecucin y supervisin de obras y servicios relacionados con la misma.

    Que resulta necesario impulsar el proceso de desconcentracin de funciones administrativas, que permita a lasentidades y dependencias universitarias ejercer funciones en materia de obras y servicios relacionados con lamisma en nuestra institucin, a fin de agilizar y eficientar su gestin administrativa al otorgarles ms facultadesen esta materia.

    Que es necesario modificar, adicionar y actualizar las Polticas y los Lineamientos, Criterios, Procedimientos yModelos que en forma conjunta constituyen la Normatividad de Obras de la UNAM.

    En razn de lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

    ACUERDO

    PRIMERO.- Se modifican el primer prrafo del punto 1 dividindose en dos, el primer prrafo del punto 2, primero,segundo y tercer prrafos del punto 5, la fraccin II del punto 6, la fraccin V del punto 10, la fraccin I del punto12, la fraccin II del punto 14, el tercer prrafo del punto 16, las fracciones I, II y VI del punto 18, el punto 19, lafraccin IX del punto 25, fracciones III, IV, V y VI del punto 27 y el punto 28; asimismo se adicionan un cuarto,quinto y sexto prrafos al punto 5, un ltimo prrafo al punto 17, una fraccin X al punto 25, un segundo prrafo alpunto 26 y un segundo, tercero y cuarto prrafos al punto 29 y se derogan el primer prrafo del punto 4 y lafraccin IV del punto 25, de las POLTICAS EN MATERIA DE OBRA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAMISMA, para quedar como sigue:

    POLTICAS EN MATERIA DE OBRA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA

    Francisco Barns de Castro, Rector de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico, con fundamento en loprevisto por los artculos 1 y 9 de la Ley Orgnica de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico y 34fracciones IX y X del Estatuto General, y Francisco Rojas Gutirrez, Presidente del Patronato Universitario, confundamento en los artculos 10 y 15 de la Ley Orgnica de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico y losnumerales XXI inciso 4) y XXII inciso 5) del Reglamento Interior del Patronato Universitario; as como en el inciso1 del punto segundo del Acuerdo por el que se Modifica la Naturaleza, Estructura y Denominacin del Comit deObras de la UNAM, y

    CONSIDERANDO

    Que dentro de los Programas Estratgicos del Plan de Desarrollo 1997-2000 de la Universidad NacionalAutnoma de Mxico est el del impulso a las reformas estructural y administrativo, el cual abarca dentro de susacciones prioritarias el mejorar el desempeo de las dependencias administrativas y la aplicacin de losrecursos financieros que a stas se otorgan, as como fomentar la atencin a la normatividad que regula losquehaceres administrativos de las entidades y dependencias. De igual manera seala que se continuar con ladescentralizacin de los procedimientos de obras y servicios y de los procesos y sistemas a cargo del PatronatoUniversitario, sin menoscabo de la vigilancia que se debe ejercer, as como los que se vinculen con elpresupuesto.

  • Que en aras de fortalecer el rgimen de autonoma de esta Universidad en materia de ejecucin de obra y lacontratacin de servicios, esta Casa de Estudios debe contar con las instancias y normas que den a susprocedimientos, transparencia, homogeneidad, certeza jurdica para los contratistas y garanticen las mejorescondiciones posibles.

    Que con fecha 27 de agosto de 1998 se public en Gaceta UNAM el Acuerdo por el que se Modifica la Naturaleza,Estructura y Denominacin del Comit de Obras, transformndose en el Comit Asesor de Obras de la UNAM.

    Que el pasado 9 de septiembre del ao en curso se celebr la sesin de instalacin del Comit Asesor de Obrasde la UNAM, en la que se acord proponer a los suscritos la emisin de las Polticas de Obra y ServiciosRelacionados con la Misma.

    En razn de lo expuesto, habiendo aprobado su contenido, se expiden las siguientes:

    POLTICAS EN MATERIA DE OBRA Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA1. Todas las obras y los servicios relacionados con las mismas que se lleven a cabo por las dependencias,debern sujetarse para tal efecto a las presentes Polticas y a los lineamientos, criterios, procedimientos ymodelos que de ellas deriven, los que en forma conjunta constituyen la Normatividad de Obras de la UNAM. Paralos casos en que las obras o servicios relacionados con las mismas no sean en instalaciones de la UNAM, lasdependencias contratantes sern directamente las responsables de llevar a cabo el procedimiento deadjudicacin correspondiente, as como la suscripcin, administracin y supervisin del contrato, para lo cualcontarn en todo momento con la asesora de la Direccin General de Obras y Conservacin.

    Para los casos o procedimientos no regulados en las presentes Polticas o en la normatividad que de ellasderiven, los titulares de las dependencias o entidades universitarias debern aplicar supletoriamente las normasestablecidas por la Ley de Obras Pblicas y Servicios Relacionados con las Mismas, as como su Reglamento, elCdigo Civil Federal y el Cdigo Federal de Procedimientos Civiles.

    Para los efectos de esta normatividad se consideran obras los trabajos que tengan por objeto construir, instalar,ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, reacondicionar, conservar, mantener, rehabilitar, modificar y demolerbienes inmuebles. En general todos aquellos trabajos que sean producto de cualquier servicio relacionado con laobra, as como los siguientes conceptos:

    I.- El mantenimiento y la restauracin de bienes muebles incorporados o adheridos a un inmueble cuandoimplique modificacin al propio inmueble.

    II.- Los proyectos integrales, en los cuales el contratista se obliga desde el diseo de la obra hasta suterminacin total.

    III.- La instalacin, montaje, colocacin o aplicacin, incluyendo las pruebas de operacin de bienes muebles quedeban incorporarse, adherirse o destinarse a un inmueble, siempre que los bienes sean proporcionados por elcontratista y que derive de un proyecto de ingeniera y/o afecte las construcciones o instalaciones, cuando stasexistan, o bien, cuando incluyan la adquisicin y su precio sea menor al de los trabajos que se contraten.

    IV.- Todos aqullos de naturaleza anloga y que tengan relacin con el desarrollo de una obra. Corresponder a laContralora de la UNAM, a solicitud de la dependencia de que se trate, determinar si los trabajos se ubican en lahiptesis de esta fraccin dentro del trmino de diez das hbiles.

    Las dependencias se abstendrn de crear fideicomisos, otorgar mandatos o celebrar actos o cualquier tipo decontratos, que evadan lo previsto en la Normatividad de Obras de la UNAM.

    En los casos de obras y servicios relacionados con las mismas financiados con crditos externos otorgados alGobierno Federal, o con su aval, los procedimientos, requisitos y dems disposiciones para su contratacin seregirn por lo establecido en los propios contratos de prstamo. Deber precisarse esta circunstancia en lasconvocatorias, invitaciones, bases y contratos correspondientes y se aplicar en lo procedente lo dispuesto porla Ley de Obras Pblicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

    1.1. Las obras y servicios relacionados con las mismas que se lleven a cabo con cargo a ingresosextraordinarios, se sujetarn a la Normatividad de Obras de la UNAM en lo que no se oponga a lo establecido enel Reglamento Sobre los Ingresos Extraordinarios de la UNAM.

  • 1.2. Cuando estas Polticas y los ordenamientos que de ellas se deriven se refieran a dependencias, dichareferencia se entender hecha a las dependencias y entidades universitarias.

    a) Dependencias: todas aquellas que realizan actividades administrativas, como lo son las direcciones generalesy las coordinaciones.

    b) Entidades: todas aquellas que realizan actividades acadmicas, de docencia y de investigacin, como lo sonlas escuelas, facultades, institutos y centros.

    Asimismo se deber entender por:

    CONTRATISTA: Persona fsica o moral a quien se encomienda realizar trabajos relacionados con la obramediante un contrato.

    CONTRATO: Documento legal que formaliza de manera especfica el acuerdo entre las partes sobre la ejecucinde una obra o servicio relacionado con la misma y en el que se establecen los derechos y obligaciones deambas.

    PROYECTO EJECUTIVO: Conjunto de planos y documentos que conforman los proyectos arquitectnicos y/o deingeniera de una obra, catlogo de conceptos, as como la descripcin e informacin suficiente para que esta sepueda llevar a cabo.

    PROYECTO ARQUITECTNICO: Aquel que define la forma, sistemas y materiales constructivos, estilo,distribucin y el diseo funcional de una obra. Se expresar por medio de planos, maquetas, perspectivas,dibujos artsticos, entre otros.

    PROYECTO DE INGENIERA: Aquel que comprende los planos estructurales, de instalaciones o constructivos,memorias de clculo y descriptivas, especificaciones generales y particulares aplicables, as como plantas,alzados, secciones y detalle, que permitan llevar a cabo una obra civil, elctrica, mecnica o de cualquier otraespecialidad de ingeniera.

    OBRA: Trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar,mantener, modificar y demoler bienes inmuebles.

    SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA: Trabajos que tengan por objeto concebir, disear y calcular loselementos que integran un proyecto de obra; las investigaciones, estudios, asesoras y consultoras que integranun proyecto de obra; la direccin o supervisin de la ejecucin de las obras y los estudios que tengan por objetorehabilitar, corregir o incrementar la eficiencia de las instalaciones.

    INSTALACIONES: Conjunto de redes y equipos fijos que permiten la operacin de los servicios que coadyuvan alas obras de infraestructura a cumplir con las funciones para las que fueron diseadas, tales como la instalacinhidrulica, sanitaria, elctrica, aire acondicionado, voz y datos, circuito cerrado de televisin, gas, aire,refrigeracin, vapor, oxgeno, sistema contra incendios, de tierras y pararrayos, entre otros.

    CONSERVACIN O MANTENIMIENTO: Conjunto de acciones efectuadas en una obra de infraestructuraexistente, para corregir o mejorar el estado de una construccin y guardar el nivel de operatividad adecuado yeficiente.

    REMODELACIN: Modificacin interior o exterior de una construccin para adecuarla a condiciones de uso mseficiente mediante transformacin, sustraccin o adicin de elementos constructivos estructurales,conservando los aspectos sustanciales o las fachadas del inmueble original.

    RESTAURAR: Intervencin para conservar o recuperar los valores histricos o estticos de un inmueble, previoestudio arqueolgico y/o histrico y de un proyecto que prevea las principales operaciones a realizar.

    REACONDICIONAMIENTO: Adaptacin parcial o total de un rea existente, cambiando su uso, sin modificar lasuperficie construida y que corresponda a un programa arquitectnico predeterminado.

    REHABILITACIN: Trabajos necesarios de reparacin mayor o sustitucin parcial o total de partes de uninmueble o del equipo propio, debidos a mal estado, obsolescencia o cambio de uso, a fin de mantenerlo enoperacin.

    AMPLIACIN: Acciones mediante las cuales se incrementa la superficie construida de un inmueble existente. La

  • ampliacin puede darse por adicin o por superposicin, pero en cualquiera de los casos, debe ser congruenteestructural y plsticamente con la solucin adoptada en el inmueble original.

    OBRA NUEVA: Concepto de obra que agrupa todas las fases o etapas de trabajo necesarias para la ejecucinsatisfactoria de una construccin no existente o bien la continuidad y, en su caso, conclusin de un proyecto, ascomo la realizacin de cualquier otra construccin que modifique las circunstancias arquitectnicas de uninmueble, de acuerdo con el proyecto, normas y especificaciones correspondientes.

    TRABAJOS DE ELECTROMECNICA: Conjunto de trabajos dirigidos a la instalacin de equipos mecnicos y desistemas elctricos, incluyendo todo el sistema de conduccin y alimentacin necesarios para su puesta enoperacin, de acuerdo con un proyecto ejecutivo.

    ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIN: Conjunto de condiciones generales que se tienenestablecidas para la ejecucin de obras, incluyendo las que deben aplicarse para la realizacin de estudios,proyectos, ejecucin, equipamiento, puesta en servicio, mantenimiento y supervisin, que comprenden la formade medicin y la base de pago de los conceptos de trabajo.

    INVESTIGACIN DE MERCADO: Investigacin de la existencia y costo de materiales, mano de obra, maquinariay equipo, as como de contratistas, a nivel nacional o internacional del precio total estimado de los trabajos o desus componentes.

    1.3. La interpretacin jurdica de estas Polticas y los Lineamientos, criterios y procedimientos que de ellasderivan, corresponde a la Oficina del Abogado General.

    2. Las contrataciones que celebre la UNAM con dependencias y entidades de la Administracin Pblica Federal,as como con las entidades federativas, no se sujetarn al mbito de aplicacin de la Normatividad de Obras dela UNAM.

    La contratacin de obra y de servicios relacionados con la misma que se realicen entre dependenciasuniversitarias, no estarn sujetas al mbito de aplicacin de la Normatividad de Obras de la UNAM, y seformalizarn a travs de bases de colaboracin, conforme a los Lineamientos que para tal efecto se emitan.

    Tampoco estarn sujetas a la aplicacin de la Normatividad de Obras de la UNAM las labores de conservacin ymantenimiento que se soliciten a trabajadores de esta Universidad, en base a lo estipulado en la clusula 15 delContrato Colectivo de Trabajo STUNAM.

    3. Las dependencias universitarias podrn realizar obra por administracin directa o por contrato. Para el primercaso, la dependencia o entidad deber contar con la capacidad tcnica y los recursos humanos y de equiponecesarios, previo dictamen que sobre el particular emita la Direccin General de Obras y Conservacin.

    4. Derogado (Primer prrafo).

    La Tesorera de la UNAM, a travs de la Direccin General de Patrimonio llevar a cabo la adjudicacin ycontratacin de obras, servicios y trabajos especializados vinculados a la restauracin de inmuebles histricos,siempre que stos no rebasen el monto mximo para adjudicar directamente que le autorice el Comit, y sesujeten en lo conducente, a los procedimientos y disposiciones que derivan de estas Polticas y susLineamientos, y a los Lineamientos en materia de restauracin de inmuebles histricos que en su oportunidademita el Patronato Universitario.

    En el caso de que se rebase el monto mximo para adjudicar directamente, la Direccin General de PatrimonioUniversitario deber contar con la autorizacin del Comit Asesor de Obras, previo dictamen de justificacin.

    5. La contratacin de obra nueva, de conservacin, remodelacin, reacondicionamiento, rehabilitacin,mantenimiento y ampliaciones estar a cargo de la Direccin General de Obras y Conservacin, salvo aqullacuyo monto en su conjunto, incluyendo material y mano de obra, no rebase la cantidad equivalente al montomximo que autorice para las dependencias el Comit Asesor de Obras de la UNAM para la adjudicacin directa,la cual podr llevarse a cabo por la dependencia universitaria requirente, siempre que la misma cuente con elpersonal tcnico especializado y tenga la capacidad tcnica necesaria, previa verificacin de sta y aprobacinpara cada obra por parte de la Direccin General de Obras y Conservacin.

    Las dependencias en las contrataciones que por su monto puedan llevarse a cabo mediante adjudicacin directa,

  • debern tomar como base los precios emitidos por la Direccin General de Obras y Conservacin en el tabuladorde precios unitarios vigente al momento de la adjudicacin.

    La contratacin de servicios relacionados con la obra estar a cargo nicamente de la Direccin General deObras y Conservacin, as como las dependencias que cuenten con Subcomit. stas preferentemente sellevarn a cabo con otras dependencias universitarias, formalizndose mediante bases de colaboracin. Cuandopor la naturaleza de los servicios no puedan ser realizados con dichas dependencias, proceder la contratacincon empresas especialistas, mediante el procedimiento que corresponda, segn el monto de la contratacin.

    Se deroga.

    La Direccin General de Obras y Conservacin es la responsable de la obra que contrate y ejecute y lasdependencias lo sern de las obras que ellas contraten y ejecuten.

    6. Las modalidades para la contratacin de obra y servicios relacionados con la misma, sern principalmente lassiguientes:

    I.- Por precio unitario de obra. En cuyo caso el importe de la remuneracin o pago total que deba cubrirse alcontratista se har por unidad de concepto de trabajo terminado.

    II.- A precio alzado. En cuyo caso el importe de la remuneracin o pago total fijo que debe cubrirse al contratista,ser por la obra totalmente terminada y ejecutada en el plazo establecido. Las proposiciones que presenten loscontratistas para la celebracin de estos contratos, tanto en sus aspectos tcnicos como econmicos, debernestar desglosadas por actividades principales, y

    III.- Mixtos, cuando contengan una parte de los trabajos sobre la base de precios unitarios y otra a precio alzado.

    6.1 Cuando las dependencias opten por la contratacin de obra o servicios relacionados con la misma bajo lamodalidad de precios unitarios, vigilarn que stos se integren con los costos directos correspondientes alconcepto de trabajo, los costos indirectos, el costo por financiamiento y el cargo por la utilidad del contratista.

    En estos casos, los precios unitarios que formen parte del contrato de obra previamente debern analizarse,calcularse e integrarse tomando en cuenta los procedimientos constructivos, la metodologa de ejecucin de lostrabajos, el programa de ejecucin convenido, los programas de utilizacin de personal y de maquinaria y equipode construccin, para lo cual la dependencia deber elaborar la investigacin de mercado que comprender elanlisis de los costos vigentes de materiales, mano de obra, maquinaria, equipo y herramienta, indirectos,financiamiento y utilidad, conforme a la zona donde se llevarn a cabo los trabajos y de conformidad con lasEspecificaciones Generales de Construccin y Normas de Calidad aplicables.

    La investigacin de mercado que refiere el prrafo anterior, la realizarn las dependencias debindose integrar,de acuerdo con los trabajos a contratar y con informacin obtenida a travs de las siguientes fuentes:

    a) Del tabulador e informacin de la Direccin General de Obras y Conservacin;

    b) Del Banco de Mxico, de empresas especializadas en costos de construccin, de fabricantes o proveedoresde bienes o de prestadores de servicio, siempre y cuando se lleve el registro de la informacin que permita suverificacin.

    7. Cuando se requiera contratar el diseo y la elaboracin del proyecto de las obras o la prestacin de serviciosrelacionados con stas, se dar preferencia a los que la propia Universidad pueda proveer, para lo cual seemitirn convocatorias dentro de la comunidad universitaria y se celebrarn las bases de colaboracincorrespondientes.

    8. La contratacin de obra y de servicios relacionados con la misma que celebre la UNAM, se llevar a cabo porregla general a travs de licitaciones pblicas, mediante convocatoria pblica para que libremente se presentenproposiciones solventes en sobre cerrado, que ser abierto pblicamente, con el fin de asegurar a estaUniversidad las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad ydems circunstancias pertinentes.

    9. Cuando a juicio de la dependencia responsable de la adjudicacin, las licitaciones pblicas a que se refiere elpunto anterior no sean idneas para asegurar las mejores condiciones de contratacin para la UNAM, se podr

  • adjudicar el contrato respectivo sin llevar a cabo el procedimiento de licitacin pblica, cuando exista alguno delos supuestos establecidos en los puntos 25 y 26 de las presentes Polticas.

    Cuando se opte por alguno de los supuestos contenidos en el punto 25 de estas Polticas, la dependenciaresponsable de la adjudicacin deber recabar en forma previa a la contratacin, la autorizacin del ComitAsesor de Obras. Para tal efecto, deber elaborar un dictamen que permita acreditar que se encuentra en elsupuesto previsto por la norma, as como la economa, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez de la opcinque se ejerce y que se aseguran las mejores condiciones para esta Universidad.

    En el caso de los supuestos del punto 26 de las presentes Polticas, bastar con la autorizacin del titular de ladependencia convocante.

    10. El procedimiento licitatorio se llevar a cabo de conformidad con las siguientes fases:

    I.- Autorizacin de la obra;

    II.- Acreditacin presupuestaria;

    III.- Preparacin de las bases;

    IV.- Publicacin de la convocatoria;

    V.-Presentacin y apertura de propuestas, la cual se llevar a cabo en una etapa;

    VI.- Evaluacin de las ofertas;

    VII.- Adjudicacin, y

    VIII.- Formalizacin del contrato.

    11. En casos excepcionales, y cuando as se juzgue conveniente, la Direccin General de Obras y ServiciosGenerales podr llevar a cabo licitaciones pblicas internacionales, entendindose por tales a aquellas en lasque puedan participar tanto personas de nacionalidad mexicana como extranjeras, cuando previa investigacinque realice la Direccin General de Obras y Servicios Generales, se concluya que los contratistas nacionales nocuentan con la capacidad para la ejecucin de la obra o la prestacin del servicio relacionado con la obra de quese trate; cuando sea conveniente en trminos de precio o bien, cuando ello sea obligatorio en obras o serviciosrelacionados con la misma financiados con crditos externos.

    12. Quienes participen en convocatorias, contraten y/o ejecuten una obra o presten servicios relacionados con lamisma, debern garantizar:

    I.- La seriedad de las proposiciones en el procedimiento de licitacin pblica;

    II.- La correcta inversin de los anticipos que en su caso reciban; esta garanta deber constituirse por latotalidad del monto del anticipo;

    III.- El cumplimiento de los contratos, y

    IV.- Responsabilidad por defectos y vicios ocultos, o de alguna otra en que se hubiere incurrido, una vezejecutada la obra o prestado el servicio.

    El otorgamiento de las garantas a que se refieren las presentes Polticas, se sujetar a lo establecido en losLineamientos especficos.

    13. Las convocatorias podrn referirse a una o ms obras, as como a los servicios relacionados con lasmismas, se publicarn, simultneamente en la seccin especializada del Diario Oficial de la Federacin y en undiario de la entidad federativa donde haya de ser prestado el servicio o ejecutada la obra, y contendrn:

    I.- La denominacin de la dependencia universitaria convocante;

    II.- La indicacin del lugar, fecha y horario en que los interesados podrn obtener las bases y especificaciones de

  • la licitacin, domicilio donde se llevar a cabo la inscripcin al evento y, en su caso, el costo y forma de pago delas mismas. Los interesados podrn revisar tales documentos previamente al pago de dicho costo, el cual serrequisito para participar en la licitacin. El costo de las bases se fijar tomando en cuenta la recuperacin de laserogaciones por publicacin de la convocatoria, de los documentos que se entreguen, as como todos aquellosgastos relacionados directamente con la preparacin de las bases;

    III.- La fecha, hora y lugar de celebracin del acto de presentacin y apertura de proposiciones;

    IV.- La indicacin de si la licitacin es nacional o internacional y el idioma o idiomas en que podrn presentarselas proposiciones;

    V.- La descripcin general de la obra y el lugar en donde se llevarn a cabo los trabajos, as como, en su caso, laindicacin de que podrn subcontratarse partes de la obra;

    VI.- Fecha estimada de inicio y terminacin de los trabajos;

    VII.- La experiencia o capacidad tcnica y financiera que se requiera para participar en la licitacin, de acuerdocon las caractersticas de la obra, y dems requisitos generales que debern cumplir los interesados;

    VIII.- El capital contable mnimo que se requiera;

    IX.- La informacin sobre los porcentajes a otorgar por concepto de anticipos;

    X.- Las garantas que se debern otorgar;

    XI.- Los criterios generales conforme a los cuales se adjudicar el contrato;

    XII.- La forma en que se har la comunicacin del fallo, y

    XIII.- La modalidad de contratacin que se adoptar.

    14. Las bases para las licitaciones pblicas que elaboren las dependencias universitarias convocantes, sepondrn a disposicin de los interesados, a partir de la fecha de publicacin de la convocatoria y hasta inclusiveel sexto da natural previo al acto de presentacin y apertura de proposiciones y contendrn como mnimo, losiguiente:

    I.- La denominacin de la dependencia universitaria convocante;

    II.- Poderes que debern acreditar los licitantes, (el cual se puede cumplir mediante el certificado de registro decontratistas expedido por la Direccin General de Obras y Conservacin); fecha, hora y lugar de la junta deaclaraciones a las bases de la licitacin, misma que deber efectuarse cuando menos con seis das naturales deanticipacin al acto de presentacin y apertura de proposiciones, siendo optativa la asistencia a las reunionesque, en su caso, se realicen; fecha, hora y lugar para la presentacin y apertura de las proposiciones, garantas,comunicacin del fallo y firma del contrato;

    III.- Sealamiento de que ser causa de descalificacin, el incumplimiento de alguno de los requisitosestablecidos en las bases de licitacin;

    IV.- El idioma o idiomas en que podrn presentarse las proposiciones;

    V.- La indicacin de que ninguna de las condiciones contenidas en las bases de la licitacin, as como en lasproposiciones presentadas por los contratistas, podrn ser negociadas;

    VI.- Criterios claros y detallados para la adjudicacin de los contratos y la indicacin de que en la evaluacin delas proposiciones en ningn caso podrn utilizarse mecanismos de puntos o porcentajes;

    VII.- Proyectos arquitectnicos y de ingeniera que se requieran para preparar la proposicin; normas de calidadde los materiales y, en su caso, del equipamiento del inmueble; especificaciones de construccin aplicables,incluyendo, en su caso, las correspondientes al equipamiento; catlogo de conceptos, cantidades y unidades detrabajo, y relacin de conceptos de trabajo, de los cuales debern presentar anlisis y relacin de los costosbsicos de materiales, mano de obra y maquinaria de construccin que intervienen en los anlisis anteriores;

    VIII.- Relacin de materiales y equipo de instalacin permanente que, en su caso, proporcione la convocante;

  • IX.- Origen de los fondos para la realizacin de los trabajos y el importe autorizado para el primer ejercicio, en elcaso de obras que rebasen un ejercicio presupuestal;

    X.- Experiencia, capacidad tcnica y financiera y dems requisitos que debern cumplir los interesados;

    XI.- Forma y trminos de pago de los trabajos objeto del contrato;

    XII.- Datos sobre la garanta de seriedad en la proposicin; porcentajes; forma y trminos del o los anticipos quese concedern, y, en su caso, el procedimiento de ajuste de costos;

    XIII.- Cuando proceda, lugar, fecha y hora para la visita al sitio de realizacin de los trabajos, la cual deberllevarse a cabo dentro del periodo comprendido entre el cuarto da natural siguiente a aquel en que se publique laconvocatoria y el sexto da natural previo al acto de presentacin y apertura de proposiciones;

    XIV.- Informacin especfica sobre las partes de la obra que podrn subcontratarse, si es el caso;

    XV.- Fecha de inicio de los trabajos y fecha estimada de terminacin;

    XVI.- Modelo de contrato;

    XVII.- Condiciones de precio y, tratndose de contratos celebrados a precio alzado, las condiciones de pago.

    Tanto en licitaciones nacionales como internacionales, los requisitos y condiciones que contengan las bases dela licitacin, debern ser los mismos para todos los participantes, especialmente por lo que se refiere a tiempo ylugar de entrega; plazos para la ejecucin de los trabajos; normalizacin; forma y plazo de pago; penasconvencionales; anticipos, y garantas, y

    XVIII.- Tratndose de servicios relacionados con las obras, los trminos de referencia que debern precisar elobjeto y alcances del servicio, las especificaciones generales y particulares, el producto esperado y la forma depresentacin.

    15. Todo interesado que satisfaga los requisitos de la convocatoria y las bases de la licitacin tendr derecho apresentar su proposicin. Para tal efecto, las dependencias universitarias no podrn exigir requisitos adicionalesa los previstos por estas Polticas y sus Lineamientos. Asimismo, proporcionarn a todos los interesados igualacceso a la informacin relacionada con la licitacin, a fin de evitar favorecer a algn participante.

    15.1. Las dependencias universitarias, siempre que ello no tenga por objeto limitar el nmero de licitantes,podrn modificar los plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de licitacin, a partirde la fecha en que sea publicada la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto da natural previo al acto depresentacin y apertura de proposiciones, siempre que:

    I.- Tratndose de la convocatoria, las modificaciones se hagan del conocimiento de los interesados a travs delos mismos medios utilizados para su publicacin, y

    II.- En el caso de las bases de la licitacin, se publique un aviso en el Diario Oficial de la Federacin, a fin de quelos interesados concurran ante la propia dependencia para conocer, de manera especfica, las modificacionesrespectivas.

    No ser necesario hacer la publicacin del aviso a que se refiere esta fraccin, cuando las modificacionesderiven de las juntas de aclaraciones, siempre que a ms tardar en el plazo sealado en este punto, se entreguecopia del acta respectiva a cada uno de los licitantes que hayan adquirido las bases de la correspondientelicitacin.

    Las modificaciones en ningn caso podrn consistir en la sustitucin o variacin sustancial de los trabajosconvocados originalmente.

    En los casos de procedimientos de invitacin a cuando menos tres personas, se deber cuidar que lasmodificaciones no impliquen superar el lmite del monto mximo autorizado para ese tipo de procedimientos.

    Cualquier modificacin a las bases de la licitacin, derivada del resultado de la o las juntas de aclaraciones, serconsiderada como parte integrante de las propias bases de licitacin.

  • 16. El plazo para la presentacin y apertura de proposiciones de las licitaciones internacionales no podr serinferior a veinte das naturales, contados a partir de la fecha de publicacin de la convocatoria.

    En licitaciones nacionales, el plazo para la presentacin y apertura de proposiciones ser, cuando menos, dequince das naturales contados a partir de la fecha de publicacin de la convocatoria.

    Cuando no puedan observarse los plazos indicados en este punto, porque existan razones justificadas de ladependencia solicitante de los trabajos, siempre que ello no tenga por objeto limitar el nmero de participantes, eltitular de la dependencia convocante podr reducir los plazos a no menos de diez das naturales, contados apartir de la fecha de publicacin de la convocatoria.

    17. Los requisitos previos a la venta de las bases que los interesados en licitar debern acreditar, son lossiguientes:

    I.- En el caso de personas morales, su legal constitucin y contar con los poderes suficientes paracomprometerla;

    II.- La capacidad financiera y el capital contable mnimo que se requiera para cada licitacin, los cuales sernfijados por la convocante en relacin con el monto de la obra a contratar, de acuerdo con los criteriosestablecidos por el Comit Asesor de Obras;

    III.- La experiencia necesaria, as como la capacidad tcnica, econmica y jurdica requerida para la ejecucin dela obra de que se trate, y

    IV.- Declarar bajo protesta de decir verdad que no se encuentra en algn supuesto que les impida participar en elproceso de licitacin en los trminos del punto 18 de estas Polticas.

    Estos requisitos debern ser revisados por las dependencias universitarias convocantes previamente a la ventade las bases, a fin de verificar que los interesados cumplen los requisitos de la convocatoria y por tanto, seencuentran en aptitud de adquirir las bases que les permitan formular sus propuestas. La solicitud de inscripcina los concursos deber presentarse por escrito en papel membretado del interesado dirigido a la dependencia oentidad convocante en el domicilio que para el efecto fije en la convocatoria.

    En el supuesto de que los contratistas se encuentren inscritos en el Registro de Contratistas de la DireccinGeneral de Obras y Conservacin, bastar con la presentacin del Certificado de Registro que para tal efectoemita esa direccin, siempre y cuando cumplan con la experiencia y los requisitos solicitados en laconvocatoria. No se limitar la participacin de los contratistas que no estn registrados, procediendoposteriormente al registro de las empresas que as lo soliciten.

    18. Las dependencias universitarias se abstendrn de recibir propuestas o celebrar contrato alguno, en lamateria que regulan estas Polticas, con las personas fsicas o morales siguientes:

    I.- Aqullas en que el funcionario o empleado universitario que intervenga en cualquier forma en la adjudicacindel contrato tenga inters personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas de las que pueda resultar algnbeneficio para l, su cnyuge o sus parientes consanguneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o paraterceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de lasque el funcionario o empleado universitario o las personas antes referidas formen o hayan formado parte,durante los dos aos previos a la fecha de celebracin del procedimiento de contratacin de que se trate;

    II.- Aquellas que desempeen un empleo, cargo o comisin en la UNAM, o bien, las sociedades de las que dichaspersonas formen parte, con excepcin de las personas con nombramiento de personal acadmico que noejerzan en total en la UNAM, ms de 20 horas de actividades segn el Estatuto del Personal Acadmico de laUNAM.

    En el caso de estudios y proyectos altamente especializados o innovadores en materia de serviciosrelacionados con la obra que se pretenda contratar, la Direccin General de Obras y Conservacin podr recibirpropuestas del personal acadmico de la UNAM distinto al sealado en el prrafo anterior, para lo cual deberverificar y acreditar que la persona tenga la capacidad, la experiencia, la formacin en la especialidad requeriday que su contratacin no interrumpa las funciones establecidas en el Estatuto del Personal Acadmico. En talessupuestos, el proyecto deber encontrarse dentro del monto mximo establecido por el Comit Asesor de Obrasde la UNAM para la adjudicacin directa, llevndose a cabo mediante los Lineamientos que se adoptarn para elproceso de adjudicacin, quedando excluida aqulla que se fundamente bajo los supuestos del punto 25 de estas

  • Polticas;

    III.- Las que sancione la Contralora de la UNAM por encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

    a) Aquellas que por causas imputables a ellos mismos, la Universidad les hubiera rescindido un contrato, en msde una ocasin, dentro de un lapso de dos aos calendario contados a partir de la primera rescisin.

    b) Las que se encuentren en incumplimiento contractual por causas imputables a ellas y que, comoconsecuencia de ello, perjudiquen a la Universidad, en trminos de los Lineamientos para la determinacin desanciones a contratistas.

    c) Aquellas que hubieren proporcionado informacin que resulte falsa, o que hayan actuado con dolo o mala fe enalgn proceso para la adjudicacin de un contrato, en su celebracin, durante su vigencia o bien, en lapresentacin o desahogo de una reclamacin o inconformidad.

    d) Aquellas a las que se les hayan declarado improcedentes dos inconformidades en el periodo de un ao.

    El impedimento para que las dependencias universitarias reciban propuestas o celebren contratos, prevalecerdurante el plazo de la sancin impuesta por la Contralora de la UNAM, conforme a lo establecido en losLineamientos para la determinacin de sanciones a contratistas.

    Para tal efecto, la Contralora ser la responsable de difundir a todas las dependencias universitarias laspersonas fsicas o morales sancionadas, en trminos de esta fraccin;

    IV.- Se deroga;

    V.- Se deroga;

    VI.- Las que hayan sido declaradas en estado de insolvencia o concurso mercantil, as como las que porcualquier causa se encuentren impedidas por disposicin de ley;

    VII.- Respecto de la ejecucin de la obra correspondiente, las que realice o vayan a realizar por s o a travs deempresas que formen parte del mismo grupo empresarial, trabajos de direccin, coordinacin, supervisin ycontrol de obra e instalaciones, laboratorios de anlisis y control de calidad, laboratorio de mecnica de suelos yde resistencia de materiales y radiografas industriales, preparacin de especificaciones de construccin,presupuesto o la elaboracin de cualquier otro documento para el procedimiento de adjudicacin del contrato dela misma obra. Si podrn participar en el procedimiento de licitacin pblica las personas que hayan realizadopor s o a travs de empresas de las que formen parte, en virtud de otro contrato, estudios, proyectos o diseos,para la realizacin de la obra, as como la especificacin de materiales, equipos o procesos, siempre que lainformacin utilizada por dichas personas en los supuestos indicados sea proporcionada a los dems licitantes.

    VIII.- Aquellas que por s o a travs de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, pretendan sercontratadas para la elaboracin de dictmenes, peritajes o avalos, cuando stos hayan de ser utilizados pararesolver discrepancias derivadas de los contratos en los que dichas personas o empresas sean parte;

    IX.- Se deroga

    X.- Los licitantes que participen en un mismo procedimiento de contratacin, que se encuentren vinculados entres por algn socio o asociado comn.

    Se entender que es socio o asociado comn, aquella persona fsica o moral que en el mismo procedimiento decontratacin es reconocida como tal en las actas constitutivas, estatutos o en sus reformas o modificaciones dedos o ms empresas licitantes, por tener una participacin accionaria en el capital social que le otorgue elderecho de intervenir en la toma de decisiones o en la administracin de dichas personas morales.

    19. Los actos de presentacin y apertura de proposiciones, en los que podrn participar los licitantes que hayancubierto el costo de las bases de licitacin y deseen presentar propuestas, se llevarn a cabo en una sola etapa,conforme a lo siguiente:

    I.- Los licitantes entregarn sus proposiciones en un sobre cerrado en forma inviolable en el cual claramente seidentifiquen los datos de la licitacin, el nombre del concursante y la informacin contenida en el sobre, el queincluir la propuesta tcnica y econmica.

  • Los documentos legales de su propuesta podrn entregarse a eleccin del licitante dentro o fuera de dichosobre.

    Los documentos que acrediten la capacidad tcnica, econmica y legal de los concursantes se incluirn en lapropuesta tcnica.

    II.- Una vez recibidas las propuestas en sobre cerrado, se proceder a su apertura, haciendo constar ladocumentacin presentada, sin que ello implique la evaluacin tcnica y econmica de su contenido.

    III.- Se levantar acta en la que se har constar si la documentacin que integra la propuesta cumpli con losolicitado en las bases y si procede o no aceptarlas. Asimismo se registrarn las propuestas tcnicas yeconmicas, sin que se interprete que cumplieron con los requisitos tcnicos y econmicos de las bases. El actaser firmada por los participantes y se les entregar copia de la misma.

    IV. Se sealarn fecha, lugar y hora en que se dar a conocer el fallo de la licitacin; esta fecha deber quedarcomprendida dentro de los cuarenta das naturales contados a partir de la fecha de inicio del acto depresentacin y apertura de propuestas y podr diferirse siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de loscuarenta das naturales establecidos.

    Se contar con un plazo mnimo de tres das hbiles entre la apertura de las propuestas y la emisin del fallo.

    En el acto de presentacin y apertura de propuestas los licitantes presentes, el funcionario que sea designadopor la Direccin General de Obras y Conservacin para presidir el evento, el representante de la Contralora de laUNAM, as como el representante de la dependencia requirente, firmarn el listado correspondiente a losdocumentos solicitados en las bases; asimismo, se rubricarn los siguientes:

    a) Catlogo de conceptos,

    b) Resumen por partidas,

    c) Programas con montos mensuales de obra por partida de ejecucin de los trabajos,

    d) Anlisis de indirectos,

    e) Anlisis del costo de financiamiento, y

    f) Anlisis de cargo por utilidad.

    V.- En junta pblica se dar a conocer el fallo de la licitacin, a la que libremente podrn asistir los licitantes quehubieren participado. En sustitucin de esta junta, las dependencias o entidades universitarias podrn optar porcomunicar el fallo de la licitacin por escrito a cada uno de los licitantes, de lo cual invariablemente se informara la Contralora Interna.

    VI.- En el mismo acto de fallo o adjunta a la comunicacin referida en la fraccin anterior, la dependenciaconvocante proporcionar por escrito a los licitantes, la informacin acerca de las razones por las cuales supropuesta, en su caso, no fue elegida.

    Se desecharn las propuestas que omitan alguno de los requisitos exigidos en las bases, las que serndevueltas transcurridos quince das naturales contados a partir de la fecha en que se d a conocer el fallo delicitacin, salvo que exista alguna inconformidad en trmite, en cuyo caso las proposiciones debernconservarse hasta la total conclusin de la inconformidad; agotados dichos trminos, la convocante podrproceder a su devolucin o destruccin, finalmente se dar lectura en voz alta al importe total de las propuestasque cubran los requisitos exigidos; asimismo, se levantar el acta del fallo de la licitacin que firmarn losparticipantes si es que se les convoc para el efecto, a quienes se entregar copia de la misma.

    20. Los actos de presentacin y apertura de ofertas sern presididos por el funcionario que al efecto designe laDireccin General de Obras y Conservacin, en los trminos del punto 5 de estas Polticas, quien ser la nicaautoridad facultada para aceptar o desechar cualquier proposicin de las que se hubieren presentado, en lostrminos que se establecen en estas Polticas y sus Lineamientos. Invariablemente se invitar a la ContraloraInterna de la UNAM, para lo cual se le notificar oportunamente de la hora, lugar y fecha en que se llevarn acabo los actos de presentacin y apertura de ofertas, as como del acto de fallo.

    Los titulares de las dependencias que lleven a cabo procedimientos de adjudicacin en trminos del punto 5 de

  • estas Polticas, designarn al funcionario responsable de llevar a cabo los eventos respectivos, de lo cual seinformar a la Direccin General de Obras y Conservacin.

    Las actas de las juntas de aclaraciones, de presentacin y apertura de proposiciones y del fallo, sern firmadaspor los licitantes que asistan, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas.

    21. Las dependencias universitarias convocantes, para hacer la evaluacin de las proposiciones, debernverificar que las mismas incluyan la informacin, documentos y requisitos solicitados en las bases de licitacin;que el programa de ejecucin sea factible de realizar dentro del plazo solicitado, con los recursos consideradospor el licitante, y que las caractersticas, especificaciones y calidad de los materiales sean de las requeridas porla convocante.

    Las dependencias convocantes tambin verificarn el debido anlisis, clculo e integracin de los preciosunitarios de obra, conforme a los Lineamientos que para tal efecto se expidan.

    21.1. Tratndose de servicios relacionados con las obras, se debern verificar, entre otros aspectos, que secumpla con la informacin, documentos y requisitos exigidos al licitante en las bases; que el personal propuestopor el licitante cuente con la experiencia, capacidad y recursos necesarios para la realizacin de los trabajossolicitados por la convocante en los respectivos trminos de referencia; que los tabuladores de sueldos, laintegracin de las plantillas y el tiempo de ejecucin correspondan al servicio ofertado.

    21.2. No sern objeto de evaluacin las instrucciones establecidas por la dependencia convocante que tengancomo propsito facilitar la presentacin de las proposiciones y agilizar la conduccin de los actos de la licitacin,as como cualquier otra instruccin, cuyo incumplimiento por s misma, no afecte la solvencia de las propuestasni modifique las condiciones solicitadas por la dependencia o las establecidas en el modelo de contrato que seanexan a las bases. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas instrucciones no ser motivopara desechar sus propuestas.

    En las bases se especificar cules instrucciones tienen como propsito facilitar la presentacin de lasproposiciones y agilizar la conduccin de los actos de licitacin, por lo que no sern motivo de descalificacin.

    22. Una vez hecha la evaluacin de las proposiciones, el contrato se adjudicar a la persona que, entre loslicitantes, rena las condiciones legales, tcnicas y econmicas requeridas por la convocante, y garanticesatisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

    Si resultare que dos o ms propuestas son solventes y, por tanto, satisfacen la totalidad de los requerimientosde la convocante, el contrato se adjudicar a quien presente la proposicin cuyo precio sea el ms bajo.

    23. Las dependencias universitarias no adjudicarn el contrato cuando a su juicio las posturas presentadas norenan los requisitos de las bases o sus precios no fueren aceptables y volvern a realizar el procedimiento deinvitacin.

    24. La dependencia universitaria convocante emitir un dictamen que servir como base para el fallo, en el quese har constar una resea cronolgica de los actos del procedimiento, el anlisis de las proposiciones y lasrazones para admitirlas o desecharlas.

    25. Las dependencias universitarias podrn, por excepcin y bajo su responsabilidad, adjudicar contratos deobra y de servicios relacionados con la misma a travs de los procedimientos de invitacin a cuando menos trespersonas o de adjudicacin directa. El ejercicio de dicha opcin deber justificarse por escrito mediante undictamen que obrar en el expediente respectivo. Se debern cubrir los requisitos que se establecen en el punto9 de estas Polticas y en los Lineamientos que se adoptarn para el proceso de adjudicacin de las obras y de losservicios relacionados con las mismas y fundarse en alguno de los supuestos de excepcin que a continuacinse enlistan:

    I.- El contrato slo pueda celebrarse con una determinada persona por tratarse de titularidad de patentes,derechos de autor u otros derechos exclusivos;

    II.- Sean consecuencia de desastres producidos por fenmenos naturales, por casos fortuitos o de fuerza mayoro existan circunstancias que puedan provocar prdidas o costos adicionales importantes, o que, de realizarsebajo un procedimiento de licitacin pblica, pudieran afectar la seguridad de la comunidad o de las instalaciones

  • universitarias;

    III.- Se hubiere rescindido el contrato respectivo por causas imputables al contratista o proveedor de servicios.En estos casos, la dependencia universitaria podr adjudicar el contrato al licitante que haya presentado lasiguiente proposicin solvente ms baja, siempre que la diferencia en precio con respecto a la postura queinicialmente hubiere resultado ganadora no sea superior al diez por ciento;

    IV.- Derogada.

    V.- Se trate de trabajos de conservacin, mantenimiento, reparacin y demolicin de inmuebles, en los que nosea posible precisar su alcance, establecer el catlogo de conceptos, cantidad de trabajo, ni determinar lasespecificaciones correspondientes o elaborar el programa de ejecucin;

    VI.- Se trate de trabajos que requieran fundamentalmente de mano de obra campesina o urbana marginada y quela dependencia universitaria responsable contrate directamente con los habitantes beneficiarios de la localidad odel lugar donde deba ejecutarse la obra o con las personas morales o agrupaciones legalmente establecidas yconstituidas por los propios habitantes beneficiarios.

    VII.- Se trate de servicios relacionados con las obras, prestados por una persona fsica, siempre que stos seanrealizados por ella misma, sin requerir de la utilizacin de ms de un especialista o tcnico;

    VIII.- Se trate de obras o servicios relacionados con la misma, que por estar vinculados con la restauracin deinmuebles histricos, no sea posible precisar su alcance, establecer el catlogo de conceptos, cantidades detrabajo, determinar las especificaciones correspondientes o elaborar el programa de ejecucin, o requieran dedeterminadas caractersticas o requisitos cuya obtencin no se garantice si se adjudica el contrato mediante elprocedimiento de licitacin pblica, y

    IX.- Se trate de obras o servicios relacionados con la misma vinculados al diseo, desarrollo y ejecucin deproyectos de investigacin. En este supuesto se requerir que el rea solicitante emita un dictamen tcnico-cientfico del rea de investigacin, amparado por el protocolo respectivo, debidamente avalado por el Directordel Instituto correspondiente y el Coordinador de la Investigacin Cientfica.

    X.- Se trate de obras o servicios relacionados con la misma que requieran de ejecucin inmediata para nointerferir en las actividades acadmicas de la Universidad, siempre y cuando los trabajos no hayan sidoincluidos en el ejercicio presupuestal correspondiente y adems stos no se refieran a la ejecucin de obranueva.

    Las dependencias universitarias que ejerzan la opcin contenida en este punto, preferentemente, invitarn acuando menos tres contratistas, salvo que ello, a su juicio y atendiendo los Lineamientos que al efecto se emitan,no resulte conveniente, en cuyo caso utilizarn el procedimiento de adjudicacin directa. En cualquier supuestose convocar a la o a las personas que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, as como con losrecursos tcnicos, financieros y los dems que sean necesarios, y los precios sean razonables.

    En estos casos el titular de la dependencia universitaria deber rendir un informe a la Contralora Internarespecto de las operaciones autorizadas en el mes calendario inmediato anterior, acompaando copia deldictamen que al efecto se elabore.

    Slo para la Direccin General de Obras y Conservacin, tratndose de la fraccin III, no ser necesario quecuente con el dictamen previo de excepcin a la licitacin pblica del Comit Asesor de Obras, nicamente debeinformar a dicho Comit de las contrataciones realizadas.

    26. Las dependencias universitarias, bajo su responsabilidad, podrn llevar a cabo obra y servicios relacionadoscon la misma, a travs de los procedimientos de excepcin a la licitacin pblica: invitacin a cuando menos trespersonas o adjudicacin directa, cuando el importe de cada operacin no exceda de los montos mximos que fijepara cada caso, en forma anual el Comit Asesor de Obras de la UNAM, siempre que las operaciones no sefraccionen para quedar comprendidas en estos supuestos de excepcin a la licitacin pblica.

    El procedimiento de adjudicacin directa se llevar a cabo, de acuerdo con lo que establece el punto 16.2. de losLineamientos que se adoptarn para el proceso de adjudicacin de las obras y de los servicios relacionados conlas mismas.

    27. El procedimiento de invitacin a cuando menos tres personas a que se refieren los puntos 25 y 26 de estas

  • Polticas, que se lleve a cabo por las dependencias o entidades, se sujetar a lo siguiente:

    I.- Se formularn invitaciones de manera personalizada a quienes cumplan con los requisitos establecidos en elpunto 17 de estas Polticas y que tengan capacidad de respuesta inmediata. Cuando por la complejidad de la obrase justifique, debern elaborarse bases simplificadas que cubran en lo conducente, los requisitos establecidosen el punto 14 de estas Polticas;

    II.- Los interesados que acepten participar, lo debern manifestar por escrito, quedando obligados a presentar suproposicin;

    III.- Los plazos para la presentacin de las proposiciones se fijarn para cada operacin atendiendo al monto,caractersticas, especialidad, condiciones y complejidad de los trabajos, siempre y cuando el plazo no sea menora diez das naturales, contados a partir de la fecha de entrega de la invitacin. Las proposiciones debern serentregadas en un sobre cerrado en el lugar, fecha y hora que seale la convocante en su invitacin;

    IV.- El acto de presentacin y apertura de proposiciones se llevar a cabo en una etapa y podr hacerse sin lapresencia de los correspondientes licitantes, pero invariablemente se invitar a un representante de laContralora;

    V.- Para llevar a cabo la adjudicacin correspondiente, se deber contar con un mnimo de tres propuestassusceptibles de analizarse tcnica y econmicamente;

    VI.- Se contar con un plazo mnimo de tres das hbiles entre la apertura de las propuestas y el fallo, y

    VII.- Sujetarse a las dems disposiciones que prevn estas Polticas y sus Lineamientos para la licitacin pblica,que resulten aplicables.

    28. Las dependencias universitarias podrn dentro del programa de inversin aprobado, bajo su responsabilidady por razones fundadas y explcitas, modificar los contratos de obra y los de servicios relacionados con la obramediante:

    Convenio modificatorio: Los cuales considerados conjunta o separadamente, no rebasen el 25% del monto o delplazo pactado en el contrato, ni implique variaciones sustanciales al proyecto original.

    Convenio Adicional: Las dependencias universitarias contratantes podrn suscribir solo un convenio adicionalen los contratos de obra y de servicios relacionados con la misma, el cual no rebasar el 10% del monto y/oplazo del contrato original y la suma del convenio modificatorio, si lo hubiere.

    En caso de que se rebase el monto sealado en el prrafo anterior, se podr celebrar el convenio siempre ycuando derive de situaciones extraordinarias que no pudieron ser previstas y no implique variacionessustanciales al proyecto original. Dicho convenio deber hacerse del conocimiento del Comit Asesor de Obrasde la UNAM.

    Si las modificaciones exceden el porcentaje indicado o varan sustancialmente el proyecto, stas debern serobjeto de nueva licitacin pblica o de un procedimiento de invitacin a cuando menos tres personas, segn seael caso, por parte de la Direccin General de Obras y Conservacin. Para estos efectos, la dependenciarequirente deber contar con recursos disponibles en la partida correspondiente y con los estudios y proyectos,las normas y especificaciones de construccin, el programa de ejecucin y, en su caso, el programa desuministro.

    29. En el ejercicio de sus facultades, la Contralora de la UNAM podr intervenir cuando as lo juzgueconveniente, a travs de la Direccin General de Responsabilidades, Inconformidades y Registro Patrimonial, encualquier acto que se rija a travs de las Polticas, Lineamientos y procedimientos de obras y servicios en lasdependencias universitarias.

    La Contralora, en el ejercicio de sus facultades, podr verificar, en cualquier tiempo, que las obras y serviciosrelacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en la Normatividad de Obras de la UNAM.

    La Contralora podr realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las dependencias que realicenobras y servicios relacionados con las mismas, e igualmente podr solicitar a los funcionarios y a loscontratistas que participen en ellos, todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

  • La Contralora podr verificar la calidad de los trabajos mediante los medios que as determine o bien medianteaquellos con los que cuente la dependencia de que se trate.

    La contravencin a la Normatividad de Obras de la UNAM y disposiciones relacionadas con las mismas, sesujetar al procedimiento que al efecto establezca la Contralora y a la aplicacin de sanciones que seestablezcan en la Legislacin Universitaria, a travs de la Direccin General de Responsabilidades,Inconformidades y Registro Patrimonial.

    30. Se deroga.

    31. Se deroga.

    32. Se deroga.

    33. El Comit Asesor de Obras de la UNAM, podr autorizar la creacin de subcomits de obras en lasdependencias cumpliendo con los requisitos que para tal efecto se establezcan.

    Los subcomits sern rganos dependientes del Comit, quien determinar su integracin, operacin yatribuciones de acuerdo al Manual para la Integracin y Funcionamiento de los Subcomits de Obras y ServiciosRelacionados con las Mismas.

    34. A partir de la informacin de la que se allegue la Contralora de la UNAM, en ejercicio de sus facultades deverificacin, y de advertir inobservancia a la normatividad, podr intervenir como lo juzgue conveniente,decretando de oficio la suspensin temporal de cualquier procedimiento de contratacin o, en su caso, de laejecucin de los trabajos de obra y servicios relacionados con la misma.

    "POR MI RAZA HABLAR EL ESPRITU" Ciudad Universitaria, D.F.,28 de Septiembre de 1998

    DR. FRANCISCO J. BARNS DE CASTROEL RECTOR

    C.P. FRANCISCO ROJAS GUTIRREZPRESIDENTE DEL PATRONATO UNIVERSITARIO

    Publicado en Gaceta UNAM el da28 de Septiembre de 1998

    Estas Polticas contienen las modificaciones referidas en el Acuerdo que modifica y adiciona las Polticas y losLineamientos de la Normatividad de Obras de la UNAM, publicado en Gaceta UNAM el da 19 de abril de 2004.Estas Polticas contienen las modificaciones referidas en el Acuerdo que modifica y adiciona la Normatividad enMateria de Obras y Servicios Relacionados con la misma, publicado en Gaceta UNAM el da 27 de julio de 2009.Estas Polticas contienen las modificaciones referidas en el Acuerdo que modifica y adiciona la Normatividad enMateria de Obras y Servicios Relacionados con la misma, publicado en Gaceta UNAM el da 5 de noviembre de2012.

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    LINEAMIENTOS QUE SE ADOPTARN PARA EL PROCESO DE ADJUDICACIN DE LAS OBRAS Y DELOS SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

    ACUERDO QUE MODIFICA Y ADICIONA LA NORMATIVIDAD EN MATERIA DE OBRAS Y SERVICIOSRELACIONADOS CON LA MISMA

    Dr. Jos Narro Robles, Rector de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico, con fundamento en los artculos1 y 9 de la Ley Orgnica, 34, fracciones IX y X del Estatuto General, y Dr. Alejandro Carrillo Castro,Vicepresidente del Patronato Universitario, con fundamento en los artculos 10 y 15 de la Ley Orgnica y losnumerales XXI, incisos 4) y 11), XXII, inciso 5) y XXIII del Reglamento Interior del Patronato Universitario, y

    CONSIDERANDO

    Que las Polticas en materia de obra y servicios relacionados con la misma expedidas el 28 de septiembre de1988 y sus respectivas modificaciones del 19 de abril de 2004, establecen el marco jurdico y de transparencianecesarios para la contratacin, ejecucin y supervisin de obras y servicios relacionados con la misma.

    Que resulta necesario impulsar el proceso de desconcentracin de funciones administrativas, que permita a lasentidades y dependencias universitarias ejercer funciones en materia de obras y servicios relacionados con lamisma en nuestra institucin, a fin de agilizar y eficientar su gestin administrativa al otorgarles ms facultadesen esta materia.

    Que es necesario modificar, adicionar y actualizar las Polticas y los Lineamientos, Criterios, Procedimientos yModelos que en forma conjunta constituyen la Normatividad de Obras de la UNAM.

    En razn de lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente:

    ACUERDO

    (...)

    SEGUNDO.- Se modifican los puntos 1.1, 1.4, 1.6, 2.3, 2.4.2, 4.2, el ltimo prrafo del punto 4.6, el punto 4.10, elinciso c) del punto 5.2, los puntos 7.2, 11.6.3, 16.2, 17.3, 17.4, el inciso c) del punto 17.5.1, el inciso b) y el ltimoprrafo del punto 17.9, el punto 17.10 y 17.11.2; asimismo se adiciona el inciso e) del punto 11.6.7 y el punto 12.2,y se deroga el punto 17.11.3 de los LINEAMIENTOS QUE SE ADOPTARN PARA EL PROCESO DEADJUDICACIN DE LAS OBRAS Y DE LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, para quedar en lostrminos siguientes:

    (...)

    LINEAMIENTOS QUE SE ADOPTARN PARA EL PROCESO DE ADJUDICACIN DE LAS OBRAS Y DE LOSSERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

    Francisco Barns de Castro, Rector de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico, con fundamento en loprevisto por los artculos 1 y 9 de la Ley Orgnica de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico y 34fracciones IX y X del Estatuto General, y Francisco Rojas Gutirrez, Presidente del Patronato Universitario, confundamento en los artculos 10 y 15 de la Ley Orgnica de la Universidad Nacional Autnoma de Mxico y losnumerales XXI inciso 4) y XXII inciso 5) del Reglamento Interior del Patronato Universitario; as como en el inciso1 del punto segundo del Acuerdo por el que se Modifica la Naturaleza, Estructura y Denominacin del Comit deObras de la UNAM, y

    CONSIDERANDO

    Que con fecha 28 de septiembre de 1998 fueron aprobados y publicados en Gaceta UNAM las Polticas enmateria de obra y servicios relacionados con la misma, las cuales constituyen el conjunto de criterios generalesque sirven como marco de referencia para el desempeo de las actividades en materia de obra y servicios

  • relacionados con la misma.

    Que dentro de la estructura normativa aprobada por el Comit Asesor de Obras se prev la emisin delineamientos que determinarn la forma, lugar y modo para llevar a cabo una poltica.

    Que el pasado 14 de octubre de 1998 se celebr la segunda sesin ordinaria del Comit Asesor de Obras de laUNAM, en la que se acord proponer a los suscritos la emisin de los Lineamientos que se Adoptarn para elProceso de Adjudicacin de las Obras y de los Servicios Relacionados con las Mismas.

    Que es fundamental contar con lineamientos que regulen los procedimientos de adjudicacin de obras y deservicios relacionados con las mismas, a fin de dar transparencia y homogeneidad a los mismos.

    En razn de lo expuesto, habiendo aprobado su contenido, se expiden los siguientes:

    LINEAMIENTOS QUE SE ADOPTARN PARA EL PROCESO DE ADJUDICACIN DE LAS OBRAS Y DELOS SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

    1. Atribuciones en materia de contratacin de la obra e instancias que intervienen en el proceso.

    1.1. De conformidad con la Normatividad de Obras de la UNAM, en los casos y con las excepciones que se fijenen la misma, la Direccin General de Obras y Conservacin ser la responsable de planear, presupuestar yprogramar la realizacin de obra y, en su caso, los servicios relacionados con la misma, para atender losrequerimientos de la UNAM.

    Cada dependencia contratante ser responsable de la administracin de los contratos que suscriba.

    Tratndose de la contratacin de obra o servicios relacionados con la misma, las dependencias realizarn unestimado de costos que conforme al alcance del proyecto, permitir a las dependencias evaluar la factibilidad desu contratacin y ejecucin y servir como base comparativa para la evaluacin de las ofertas en elprocedimiento de adjudicacin.

    El procedimiento para predeterminar el costo de la obra o servicio que se pretenda contratar, debe basarse en laestimacin del valor de los materiales, la mano de obra, maquinaria, equipo y herramienta, considerando laexperiencia e informacin de las reas que cuenten con datos histricos o reales de aquellos proyectos oservicios similares que se han realizado en esta Universidad.

    Las dependencias tomarn como referencia el tabulador de precios unitarios de la Direccin General de Obras yConservacin.

    1.2. Corresponde a la Secretara Administrativa, a travs de la Direccin General de Obras y ServiciosGenerales, efectuar las operaciones relacionadas con la contratacin de la obra y servicios relacionados con lamisma, as como la formalizacin de los contratos respectivos, siempre y cuando se reciban oportunamente lassolicitudes por parte de las dependencias y entidades universitarias y se realicen los procedimientos deadjudicacin que correspondan.

    1.3. Las obras y servicios sern sufragados con los recursos asignados para cada dependencia universitaria,para lo cual debern entregar, de manera paralela a su solicitud, la informacin de disponibilidad presupuestal,considerando los ingresos extraordinarios, en su caso.

    1.4. La Direccin General de Obras y Conservacin es la facultada para autorizar los proyectos que le presentenlas dependencias universitarias, as como los servicios que se requieran en cualquiera de las fases de una obra.

    1.5. El pago de contratos de obra y de servicios relacionados con la misma, cualquiera que sea el procedimientopor el cual se adjudiquen, deber pactarse atendiendo a las polticas de pago de la Institucin.

    1.6. Ser responsabilidad de las dependencias convocantes la custodia y conservacin de la documentacinrelativa a los actos licitatorios, contratos y dems documentacin que se genere de la administracin de losmismos, por un trmino no menor de cinco aos a partir de la fecha en que se hubiesen emitido los falloscorrespondientes.

  • Las propuestas desechadas durante la licitacin pblica o invitacin a cuando menos tres personas, podrn serdevueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos quince das naturales contados a partir de lafecha en que se d a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trmite, en cuyo casolas propuestas debern conservarse hasta la total conclusin de la inconformidad e instancias subsecuentes;agotados dichos trminos la convocante podr proceder a su devolucin o destruccin.

    1.7. Procedimientos para contratar obra y servicios relacionados con la misma.

    La Direccin General de Obras y Conservacin bajo su responsabilidad podr contratar obra y serviciosrelacionados con la misma mediante procedimientos de:

    a) Licitacin pblica.

    b) Invitacin a cuando menos tres personas.

    c) Adjudicacin directa.

    Las dems dependencias se sujetarn a lo establecido en el punto 5 de las Polticas en materia de obra yservicios relacionados con la misma.

    1.7.1. Se deroga.

    1.7.2. Se deroga.

    2. Acciones que debern observarse para cada una de las etapas del procedimiento de licitacin pblica.

    2.1. La publicacin de la convocatoria para licitacin pblica se efectuar de conformidad con lo que disponen lasPolticas en materia de obra y servicios relacionados con la misma.

    2.2. No deber impedirse la participacin de ningn contratista que satisfaga las bases de la licitacin, perodeber examinarse previamente la documentacin que permita dictaminar su capacidad tcnica y econmicaque le declare en aptitud de adquirir las bases e inscribirse en la licitacin, de conformidad con lo establecido enlos puntos 15 y 17 de las Polticas en materia de obra y servicios relacionados con la misma. Para tal efecto, lasdependencias no podrn exigir requisitos adicionales, asimismo, proporcionarn a todos los interesados igualacceso a la informacin relacionada con la licitacin, a fin de no favorecer a ningn licitante.

    2.3. En casos debidamente justificados, el titular de la dependencia convocante podr acordar la reduccin de losplazos establecidos para licitaciones pblicas, siempre y cuando el plazo reducido no sea menor a diez dasnaturales contados a partir de la fecha de publicacin de la convocatoria.

    2.4. Podr declararse desierta una licitacin pblica y emitida una segunda convocatoria con nmero diferente,en los siguientes casos:

    2.4.1. Cuando ningn contratista se hubiese inscrito para participar en la licitacin, o bien, si an existiendoregistro de inscripcin de uno o ms contratistas, ninguno hubiese presentado las propuestas correspondientes.

    2.4.2. Cuando ninguna de las propuestas presentadas rena los requisitos establecidos en las bases de lalicitacin o que sus precios no sean aceptables, de acuerdo a referencias de operaciones similares que sehubieran adjudicado en un plazo no mayor de un ao atrs y que se acredite mediante la realizacin de estudiosde mercado, o bien, si rebasan en ms de un 20% la asignacin presupuestal que se hubiese considerado.

    3. Del costo de las bases de la licitacin.

    3.1. El costo de las bases se fijar tomando en cuenta la recuperacin de las erogaciones por publicacin de laconvocatoria, de los documentos que se entreguen, as como todos aquellos gastos relacionados directamentecon la preparacin de las bases.

  • 3.2. El pago de las bases se deber realizar en efectivo o mediante cheque certificado o de caja a favor de laUniversidad Nacional Autnoma de Mxico.

    3.3. En caso de cancelacin de la licitacin por motivos fundamentados explcitos acorde con los supuestosestablecidos en estos Lineamientos, se deber reintegrar a los contratistas participantes el importe de lasbases.

    4. De las visitas al sitio de realizacin de los trabajos y de las juntas de aclaracin.

    4.1. La dependencia convocante podr, dependiendo del tipo y de la complejidad de la obra, programar visitas alsitio de realizacin de los trabajos y/o juntas de aclaraciones.

    4.2. Toda visita al sitio de realizacin de los trabajos se llevar a cabo dentro de los plazos estipulados en lasPolticas en materia de obra y servicios relacionados con la misma. Estos plazos sern aplicables tambin paralos procedimientos de invitacin a cuando menos tres personas. En la convocatoria se debern especificarfecha, lugar y hora de la celebracin de la visita.

    4.3. Las empresas que asistan debern designar uno o varios representantes con amplias facultades de decisinsobre el objeto de la licitacin y cuenten con capacidad tcnica suficiente, los cuales debern de acreditarseante la dependencia convocante.

    4.4. La visita ser coordinada y dirigida por un representante de la dependencia convocante, de quien se dar aconocer su nombre, cargo y datos de localizacin, desde las bases.

    4.5. La informacin para participar en la visita al sitio de los trabajos se entregar en el momento de inscripcin ala licitacin y la mecnica general de celebracin se sujetar a lo siguiente:

    a) Se llevar a cabo previamente una sesin informativa sobre los aspectos generales de operacin de lasinstalaciones, un panorama general de la problemtica presente en el momento de la visita al sitio, lasexpectativas de solucin, as como el alcance genrico de la obra a ejecutar, los servicios de inspeccin, lostrabajos de conservacin, remodelacin, rehabilitacin y mantenimiento, as como los dems temas que serequiera tratar.

    b) Se efectuar un recorrido a las instalaciones y secciones de trabajo en las que se pretenden realizar la obra oservicios a contratar.

    Se permitir la toma de apuntes y grficos que permitan al visitante comprender la problemtica y exponerdudas en la o las juntas de aclaraciones que se celebren. La obtencin de imgenes se reserva a la autorizacinque otorguen las instancias universitarias competentes ante solicitud expresa del visitante.

    Una vez terminado el recorrido, podr llevarse a cabo una junta de aclaraciones, la cual tendr el carcter deprevia, o bien, ser la inicial si es que se anuncia as desde las bases de licitacin.

    En esta junta se definir por el grupo la necesidad o no de prolongar la visita, o bien, efectuar otras con elpropsito de obtener la informacin de campo complementaria.

    La obligatoriedad de la participacin por parte de los licitantes a la visita al sitio de realizacin de los trabajos sedeterminar en las bases de la licitacin.

    4.6. Adicionalmente, se podrn celebrar juntas de aclaraciones con los licitantes, cuando as lo requiera ladependencia convocante o aqullos lo soliciten.

    El acto ser presidido por el funcionario designado por la Direccin General de Obras y Conservacin. Se deberinvitar a un representante de la Contralora Interna y a un representante de la dependencia requirente quedesigne su titular.

    La inasistencia de cualquiera de los funcionarios antes sealados, excepcin hecha del presidente, no sermotivo de suspensin o retraso en el desarrollo del acto.

  • En caso de no presentarse al acto de aclaracin de dudas alguno o algunos de los contratistas inscritos a lalicitacin, no ser motivo de descalificacin, debindose entregar a los mismos, copia de la minutacorrespondiente cuando menos con seis das naturales previos a la fecha y hora del acto de presentacin yapertura de proposiciones.

    4.7. El propsito principal de las juntas consiste en aclarar la naturaleza y el alcance de los trabajos o serviciosque se pretenden contratar, as como la manera en que se presentarn las propuestas tanto en lo tcnico comoen lo econmico.

    La junta de aclaraciones se sujetar a lo siguiente:

    a) El presidente de la reunin moderar la junta y autorizar el desahogo de preguntas.

    b) Las preguntas se formularn por escrito y de esa forma se presentarn al inicio de la reunin, procedindosea su lectura en dicho evento.

    c) Las modificaciones slo procedern cuando se demuestre que existan diferencias tcnicas para cumplir conel punto en aclaracin o que con su cumplimiento se provocaran quebrantamientos a normas legales o prcticascomerciales del ramo que se trate.

    d) Aquellas preguntas a las que por su naturaleza sea factible darles respuesta en el evento, se solventarn enese momento; en caso contrario, se indicar en la propia reunin el plazo y la forma en que sern contestadas.

    e) En todos los casos, independientemente de lo que se indique en la junta de aclaraciones, se dar respuestapor escrito a los participantes.

    4.8. Como consecuencia de la celebracin de juntas de aclaracin de dudas, la dependencia convocante podrotorgar un plazo mayor para celebrar el acto de presentacin y apertura de propuestas, siempre que as losolicite la mayora de los licitantes y justifiquen las razones de esta peticin.

    4.9. De toda reunin de visita al sitio de los trabajos y junta de aclaraciones se levantar el acta correspondientey se entregar constancia a los licitantes y copia del acta respectiva.

    4.10. Toda junta de aclaraciones deber efectuarse cuando menos con seis das naturales de anticipacin al actode presentacin y apertura de ofertas.

    5. Reglas para la presentacin y apertura de proposiciones en cualquiera de sus etapas.

    5.1. Los documentos que se incluirn en el sobre que contenga la propuesta tcnica, segn las caractersticas dela obra o servicios relacionados con la misma, sern:

    a) Los documentos que acrediten la capacidad tcnica, econmica, que incluye la financiera y legal;

    b) Manifestacin escrita que contenga: Si conoce el sitio de los trabajos; si asisti o no a las juntas deaclaraciones celebradas, y que conoce y acepta sujetarse a la normatividad universitaria aplicable a la materia;

    c) Se deroga;

    d) Se deroga;

    e) En el caso de trabajos de infraestructura, incluir relacin de maquinaria y equipo de construccin, o rentados,su ubicacin fsica y vida til;

    f) Se deroga;

    g) Manifestacin escrita de que la empresa cumplir con sus obligaciones contractuales y se har responsableante la dependencia contratante, aunque subcontrate algunas partes de los trabajos, previa autorizacin porescrito de la UNAM; y

  • h) Relacin de contratos de obras que tenga celebrados con la administracin pblica o con particulares, ocualquier otro documento que acredite la experiencia o capacidad tcnica y financiera requerida.

    En caso de que la empresa concursante presente documento actualizado que avale su registro en el Padrn deContratistas de la Direccin General de Obras y Conservacin, no ser necesario que presente los apartados a)y h);

    En todo caso la empresa debe acreditar el capital contable que tenga en el momento del concurso, mediante losestados financieros auditados en el ltimo ejercicio fiscal.

    5.1.1. Adicionalmente, las proposiciones de servicios relacionados con la obra en el aspecto tcnico debecontener los siguientes documentos, atendiendo a las caractersticas, complejidad y magnitud de los servicios:

    a) Metodologa de trabajo propuesta, sealando sistemas, tecnologas, procedimientos por utilizar, alternativaspor analizar, profundidad del estudio y forma de presentacin de los resultados, segn el caso; y

    b) Manifestacin expresa y por escrito de conocer los trminos de referencia y las especificaciones generales yparticulares del servicio a realizar, y su conformidad de ajustarse a sus trminos.

    5.2. En el aspecto econmico, los documentos que contendr el sobre cerrado, segn las caractersticas de laobra o servicios relacionados con la misma, sern:

    a) Garanta de seriedad y carta compromiso de la propuesta;

    b) Catlogos de conceptos que contengan, unidades de medida, cantidades de trabajo, precios unitariospropuestos e importes parciales por el total de la propuesta;

    c) Anlisis de los precios unitarios que representen cuando menos el 80% del importe total de su propuesta,estructurado por costos directos, costos indirectos, costos de financiamiento y cargo por utilidad. Encongruencia con lo anterior, se incluir relacin de costos bsicos de materiales y del uso de maquinaria deconstruccin puestos en el sitio de los trabajos, as como de la mano de obra; y

    d) Para el caso particular de obras, adems se agregarn los programas de montos mensuales de ejecucin delos trabajos, de la utilizacin de la maquinaria y equipo de construccin, adquisicin de materiales y equipos deinstalacin permanente, as como utilizacin del personal obrero, tcnico, administrativo y de serviciosencargado de la construccin, direccin, supervisin y administracin de los trabajos, en la forma y trminossolicitados.

    5.2.1. Las proposiciones de servicios relacionados con la obra en el aspecto econmico, debern contener lossiguientes documentos atendiendo a las caractersticas, complejidad y magnitud de los servicios, como puedenser, entre otros, programa calendarizado y cuantificado en actividades del personal que se emplear pararealizar los servicios, indicando la especialidad, nmero requerido, as como las horas-hombre necesarias parala prestacin de los servicios.

    5.3. Se dar inicio al acto de presentacin y apertura de propuestas en la fecha, lugar y hora sealados en laconvocatoria, con la lectura de la lista de participantes inscritos, as como con la presentacin del funcionariodesignado para presidir el acto, del representante de la Contralora Interna y del representante de la dependenciao rea requirente conforme al punto 20 de las Polticas en materia de obra y servicios relacionados con lamisma, debindose registrar en el acta su asistencia. No se dar acceso al evento a aquellos concursantes queacudan fuera del horario establecido en la convocatoria.

    5.4. Todos los participantes que hayan adquirido bases y aun los que fuesen descalificados, podrn asistirlibremente a los actos posteriores a aquel de su descalificacin, debindoseles entregar copia de todas las actasque se levanten dentro del procedimiento de licitacin que corresponda.

    5.5. Bajo ninguna circunstancia se permitir hacer correcciones a las propuestas una vez iniciado elprocedimiento.

    5.6. Durante el desarrollo de la apertura de propuestas no se autorizar la salida de ningn contratista a recoger

  • documentacin olvidada o permitir que se le haga llegar, cualquiera que sea la naturaleza de sta.

    5.7. Se debern desechar aquellas propuestas que no cumplan con cualquiera de los requisitos de participacinestablecidos en la convocatoria y en las bases de licitacin.

    6. Poderes que debern acreditarse.

    6.1. En el acto de presentacin y apertura de propuestas, y adicionalmente a su acreditacin en el acto deinscripcin en trminos del punto 17 de las Polticas en materia de obra y servicios relacionados con la misma, lapersona que asista por parte de la empresa presentar un poder que deber contener al menos las siguientesfacultades:

    a) Para firma de propuestas.

    b) Para presentacin de propuestas.

    c) Para asistir a licitaciones.

    La presentacin de este poder podr ser sustituida a eleccin del licitante por la de un poder general mediante elque se le otorguen a la persona que asista al acto de presentacin y apertura de propuestas, facultades paraejercer actos de administracin y/o de dominio. En este caso el poder que se presente deber estar debidamentenotarizado. Podr exhibirse fotocopia de dicho poder solicitando su cotejo con la finalidad de recuperar sudocumento original.

    7. De la evaluacin de las propuestas.

    7.1. Las evaluaciones tanto de las propuestas tcnicas como de las propuestas econmicas, se debern llevar acabo estrictamente bajo el procedimiento de evaluacin establecido en las bases.

    7.2. En la revisin y anlisis de las propuestas tcnicas, la dependencia convocante considerar comoincumplimiento no presentar los requisitos tcnicos tal y como se establecen en las bases, por lo que elresultado se deber apegar estrictamente a lo solicitado en las mismas.

    8. De los criterios para evaluar las propuestas en ambas etapas.

    En estos criterios se contemplan los aspectos de orden general que debern ser observados durante laevaluacin de las propuestas, los aspectos que no se contemplen en los mismos, debern complementarse enlas bases de licitacin que se emitan para cada operacin en especfico.

    La evaluacin de las propuestas deber efectuarse aplicando los siguientes lineamientos:

    8.1. Corresponde a la Direccin General de Obras y Conservacin realizar el anlisis de las propuestas tcnicasy emitir el dictamen tcnico.

    8.2. Las propuestas tcnicas debern estar completas en cuanto a la documentacin solicitada en las bases ysus anexos.

    8.3. Una vez realizado el anlisis comparativo a travs de cuadros o tablas, se deber emitir el dictamen tcnicoque contenga el resultado de la evaluacin, fundamentando las razones de la aceptacin o rechazo de unapropuesta.

    8.4. El dictamen indicar si una propuesta cumple o no cumple los aspectos tcnicos solicitados. No seaceptarn mecanismos de calificacin por puntuacin o porcentajes.

    Tratndose de servicios relacionados con las obras, si ser posible utilizar mecanismos de puntos y porcentajespara evaluar las propuestas, siempre y cuando se demuestre su conveniencia; salvo en los casos de asesorasy consultoras donde invariablemente debern utilizarse estos mecanismos.

  • 8.5. En materia de evaluacin de los aspectos econmicos de las proposiciones se debern comparar en formaequivalente las diversas condiciones ofrecidas por los contratistas, verificando que cumplan con todo lo indicadoen las bases de licitacin respectivas.

    8.6. Para evaluar las propuestas econmicas, la dependencia convocante har una tabla comparativa, contandocon la referencia de un presupuesto base estimado.

    8.7. Con la finalidad de seleccionar aquellas propuestas que resulten ms convenientes en todos sentidos para laUNAM, se deber tomar en cuenta que las propuestas incluyan la informacin, documentos y requisitossolicitados en las bases de licitacin; verificar que el programa de ejecucin sea factible de realizarse con losrecursos considerados por el contratista; que haya considerado para el anlisis, clculo e integracin de losprecios unitarios, los salarios y precios vigentes de los materiales y dems insumos; que el cargo por lamaquinaria y equipo de construccin se haya determinado con base en el precio y rendimiento de stos,considerados como nuevos y acorde con las condiciones de ejecucin del concepto de trabajo correspondiente;que el monto del costo indirecto incluya los cargos por instalaciones, servicios, sueldos y prestaciones delpersonal tcnico y administrativo y dems cargos de naturaleza anloga, y que en el costo por financiamiento sehaya considerado el importe de los anticipos.

    9. Los criterios que se debern aplicar en forma especfica para cada uno de los conceptos asociados al costototal de la obra, para evaluar propuestas, son los siguientes:

    9.1. Costo de la obra.

    Corresponde al precio cotizado por el contratista.

    En caso de que se permita cotizarlo en moneda extranjera, para fines de referencia se deber convertir amoneda nacional, para lo cual se utilizar la paridad que establezca la autoridad competente, en la fecha de lacotizacin, lo cual deber quedar establecido en forma clara en las bases de licitacin.

    9.2. Aplicacin del anlisis comparativo.

    En las evaluaciones se utilizar el formato de tablas comparativas, debiendo integrarse stas con el total de losconceptos que comprende el catlogo de la obra.

    Slo se evaluarn comparativamente las propuestas tcnicas solventes.

    9.3. Precios Unitarios.

    Las dependencias convocantes tambin verificarn el debido anlisis, clculo e integracin de los preciosunitarios de obra que estn estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad,siendo congruentes con todos los documentos que integran la propuesta

    9.3.1. Costos directos:

    a) Los costos de los materiales considerados por el licitante deben ser congruentes con la relacin de los costosbsicos y con las normas de calidad especificadas en las bases de concurso y que se encuentren dentro de losparmetros de precios vigentes en el mercado.

    b) Los costos de la mano de obra considerados por el licitante debern ser congruentes con el tabulador de lossalarios y con los costos reales que prevalezcan en la zona donde se ejecutarn los trabajos, aplicando losfactores de salario real a los sueldos y salarios de los tcnicos y trabajadores.

    c) Los costos horarios de la maquinaria y equipo de construccin estarn determinados por hora efectiva detrabajo, con base en el precio y rendimientos de stos, para lo cual se tomarn como mximos los rendimientosque determinen los manuales de los fabricantes respectivos, as como las caractersticas ambientales de lazona donde vayan a realizarse los trabajos.

    d) El cargo por el uso de herramienta menor se determinar aplicando un porcentaje sobre el monto de la mano

  • de obra requerida para la ejecucin del concepto de trabajo de que se trate.

    9.3.2. Costos indirectos:

    a) El anlisis ser valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el montototal y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo; y

    b) Para el anlisis de los costos indirectos debe considerar adecuadamente lo correspondiente a las oficinascentrales del concursante, mismos que comprendern nicamente los necesarios para dar apoyo tcnico yadministrativo a la superintendencia del contratista encargado directamente de los trabajos y los de camponecesarios para la direccin, supervisin y administracin de la obra.

    9.3.3. Costo de Financiamiento:

    a) Los ingresos por concepto del o los anticipos que le sern otorgados al contratista durante el ejercicio delcontrato y del pago de las estimaciones, considerarn la periodicidad y su plazo de trmite y pago, deduciendodel monto de las estimaciones la amortizacin de los anticipos;

    b) El costo del financiamiento deber estar representado por un porcentaje de la suma de los costos directos eindirectos;

    c) La tasa de inters aplicable debe estar definida con base en un indicador econmico especfico;

    d) El costo d