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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, jueves 19 de enero de 2012 459407 AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 007-2012-PCM.- Aprueban Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del “Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana” 459409 R.S. N° 017-2012-PCM.- Aceptan renuncia de Consejero Presidencial en temas económicos 459409 AGRICULTURA R.D. N° 001-2012-AG-SENASA-DSV.- Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de planta in vitro de liatris, de origen y procedencia Israel 459409 DEFENSA R.M. N° 034-2012-DE/SG.- Designan representante del Ministerio para la conformación de Comisión Multisectorial a que se refiere la R.S. N° 001-2012-JUS 459410 ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 007-2012-EF.- Autorizan Crédito Suplementario a favor de los Pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 459411 D.S. N° 008-2012-EF.- Autorizan Crédito Suplementario para la continuidad de proyectos de inversión pública durante el año 2012 459412 R.S. N° 002-2012-EF.- Modifican Plan de Promoción del Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte - Carhuaquero en 220 kV” 459413 R.M. N° 051-2012-EF/10.- Designan Directora de la Dirección de Gestión de Bienes, Servicios y Activos No Financieros de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio 459413 EDUCACION R.M. N° 0023-2012-ED.- Designan responsables de las Unidades Ejecutoras del Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2012 459414 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS D.S. N° 001-2012-JUS.- Disponen la reducción de tasas registrales en diversos rubros correspondientes al Registro de Predios y al Registro de Personas Jurídicas 459415 D.S. N° 002-2012-JUS.- Modifican el Decreto Supremo N° 014-2010-JUS, que aprueba medidas de promoción para garantizar la seguridad jurídica de predios ubicados en determinados distritos ubicados en zonas de extrema pobreza 459416 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL R.M. N° 026-2012-MIMDES.- Designan Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del INABIF 459416 PRODUCE R.M. N° 030-2012-PRODUCE.- Recomponen la Sala Especializada de Pesquería del Comité de Apelación de Sanciones 459417 RELACIONES EXTERIORES R.M. N° 0045/RE-2012.- Designan Consejero para Temas de Integración de la Representación Permanente del Perú ante ALADI y MERCOSUR, de la Embajada del Perú en Uruguay 459417 SALUD R.M. N° 045-2012/MINSA.- Designan profesionales en la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio 459418 R.D. N° 013-2012-DG/INSM”HD-HN”.- Inician proceso administrativo disciplinario a profesionales del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi” 459418 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.M. N° 011-2012-MTC/03.- Otorgan concesión a persona natural para prestar servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República 459420 R.D. Nº 4169-2011-MTC/15.- Autorizan a Autogás High Performance S.A.C. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV para la instalación de kit de conversión y operar en local ubicado en el distrito de La Victoria, provincia de Lima 459420 VIVIENDA R.M. N° 015-2012-VIVIENDA.- Designan Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio 459421 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Res. N° 010-2012-DV-PE.- Designan Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados de DEVIDA, encargándosele funciones de la Dirección de Asuntos Técnicos 459422 Sumario Año XXIX - Nº 11686

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Page 1: Normas Legales 20120119 - Gaceta Jurídica · Modifi can el Decreto Supremo N° 014-2010-JUS, que aprueba medidas de promoción para garantizar ... VIVIENDA R.M. N° 015-2012-VIVIENDA.-

NORMAS LEGALESwww.elperuano.com.pe

FUNDADOEN 1825 POR

EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

Lima, jueves 19 de enero de 2012

459407

AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y ELRECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

D.S. N° 007-2012-PCM.- Aprueban Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del “Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana” 459409R.S. N° 017-2012-PCM.- Aceptan renuncia de Consejero Presidencial en temas económicos 459409

AGRICULTURA

R.D. N° 001-2012-AG-SENASA-DSV.- Establecen requisitos fi tosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de planta in vitro de liatris, de origen y procedencia Israel 459409

DEFENSA

R.M. N° 034-2012-DE/SG.- Designan representante del Ministerio para la conformación de Comisión Multisectorial a que se refi ere la R.S. N° 001-2012-JUS 459410

ECONOMIA Y FINANZAS

D.S. N° 007-2012-EF.- Autorizan Crédito Suplementario a favor de los Pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 459411D.S. N° 008-2012-EF.- Autorizan Crédito Suplementario para la continuidad de proyectos de inversión pública durante el año 2012 459412R.S. N° 002-2012-EF.- Modifi can Plan de Promoción del Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte - Carhuaquero en 220 kV” 459413R.M. N° 051-2012-EF/10.- Designan Directora de la Dirección de Gestión de Bienes, Servicios y Activos No Financieros de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio 459413

EDUCACION

R.M. N° 0023-2012-ED.- Designan responsables de las Unidades Ejecutoras del Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2012 459414

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

D.S. N° 001-2012-JUS.- Disponen la reducción de tasas registrales en diversos rubros correspondientes al Registro de Predios y al Registro de Personas Jurídicas 459415D.S. N° 002-2012-JUS.- Modifi can el Decreto Supremo N° 014-2010-JUS, que aprueba medidas de promoción para garantizar la seguridad jurídica de predios ubicados en determinados distritos ubicados en zonas de extrema pobreza 459416

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

R.M. N° 026-2012-MIMDES.- Designan Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del INABIF 459416

PRODUCE

R.M. N° 030-2012-PRODUCE.- Recomponen la Sala Especializada de Pesquería del Comité de Apelación de Sanciones 459417

RELACIONES EXTERIORES

R.M. N° 0045/RE-2012.- Designan Consejero para Temas de Integración de la Representación Permanente del Perú ante ALADI y MERCOSUR, de la Embajada del Perú en Uruguay 459417

SALUD

R.M. N° 045-2012/MINSA.- Designan profesionales en la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio 459418R.D. N° 013-2012-DG/INSM”HD-HN”.- Inician proceso administrativo disciplinario a profesionales del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi” 459418

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

R.M. N° 011-2012-MTC/03.- Otorgan concesión a persona natural para prestar servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República 459420R.D. Nº 4169-2011-MTC/15.- Autorizan a Autogás High Performance S.A.C. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV para la instalación de kit de conversión y operar en local ubicado en el distrito de La Victoria, provincia de Lima 459420

VIVIENDA

R.M. N° 015-2012-VIVIENDA.- Designan Jefe de la Unidad de Personal de la Ofi cina General de Administración del Ministerio 459421

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL

DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS

Res. N° 010-2012-DV-PE.- Designan Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados de DEVIDA, encargándosele funciones de la Dirección de Asuntos Técnicos 459422

Sumario

Año XXIX - Nº 11686

Page 2: Normas Legales 20120119 - Gaceta Jurídica · Modifi can el Decreto Supremo N° 014-2010-JUS, que aprueba medidas de promoción para garantizar ... VIVIENDA R.M. N° 015-2012-VIVIENDA.-

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459408

Res. N° 011-2012-DV-PE.- Designan Gerente de Desarrollo Alternativo de DEVIDA, encargándosele funciones de la Dirección de Promoción y Monitoreo 459422

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

Res. N° 016-2012-SERVIR-PE.- Asignan a Gerente Público en el cargo Gerente de Contabilidad de la Gerencia Central de Finanzas de ESSALUD 459423

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS

Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Res. N° 154 3I0000/2011-000741.- Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de la Aduana de Arequipa 459423

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

Res. Adm. N° 63-2012-P-CSJLI-PJ.- Designan Magistrados Coordinadores de diversas Salas y Juzgados y/o sedes de la Corte Superior de Justicia de Lima 459424Res. Adm. N° 064-2012-P-SJLI/PJ.- Designan Juez Superior Provisional de la Segunda Sala Laboral de Lima y Juez Supernumeraria del Vigésimo Cuarto Juzgado Laboral de Lima 459424Res. Adm. N° 065-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Juezas Supernumerarias del Sétimo Juzgado de Familia de Lima y del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Mirafl ores 459425Res. Adm. N° 066-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Superior Provisional de la Sétima Sala Civil de Lima y Juez Supernumeraria del Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Lima 459425Res. Adm. N° 067-2012-P-CSJLI/PJ.- Disponen la permanencia de Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima 459426Res. Adm. N° 068-2012-P-CSJL/PJ.- Designan Juez Provisional del 46° Juzgado Penal de Lima 459426Res. Adm. N° 069-2012-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumerario del Décimo Quinto Juzgado Laboral de Lima 459426Res. Adm. N° 036-2012-CSJLIMASUR/PJ.- Designan jueces provisional y supernumerarios de diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur 459427Res. Adm. N° 041-2012-P-CSJLIMASUR/PJ.- Establecen el orden en el desarrollo de los Turnos Judiciales del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur por el periodo de vacaciones judiciales 2012 459428

ORGANOS AUTONOMOS

REGISTRO NACIONAL DE

IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

R.J. N° 06-2012-JNAC/RENIEC.- Autorizan delegación de funciones registrales a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Cashuera, ubicada en el departamento de Ucayali 459429R.J. N° 09-2012-JNAC/RENIEC.- Establecen gratuidad en el procedimiento de inscripción para adolescentes de 17 años de edad residentes en Centros de Atención Residencial o Centros de Protección al Menor, y en procedimientos de inscripción, duplicado y renovación de DNI para personas con urgencias médicas y mayores de edad en situación de vulnerabilidad y exclusión social 459429

MINISTERIO PUBLICO

RR. N°s. 170, 171, 173, 174 y 175-2012-MP-FN.- Dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Judiciales 459430Res. N° 172-2012-MP-FN.- Cesan por fallecimiento a Fiscal del Distrito Judicial de Cajamarca 459432Res. N° 176-2012-MP-FN.- Convierten la Primera y Segunda Fiscalía Provincial de Mala en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala 459432Fe de Erratas Res. N° 017-2012-MP-FN 459433Fe de Erratas Res. N° 034-2012-MP-FN 459433Fe de Erratas Res. N° 140-2012-MP-FN 459433

SUPERINTENDENCIA DE

BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Res. N° 12115-2011.- Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. el traslado de agencia ubicada en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua 459433Res. N° 148-2012.- Fijan para los Intermediarios y Auxiliares de Seguros - Personas Jurídicas, tasa como contribución para el año 2012 459434Res. N° 152-2012.- Fijan tasa de contribución anual para el año 2012 al Fondo MIVIVIENDA S.A. 459434Res. N° 155-2012.- Fijan contribución trimestral para las Empresas Administradoras Hipotecarias a partir del año 2012 459435

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL

DE ANCASH

Res. N° 0723-2011-GRA/PRE.- Nombran personal contratado por servicios personales de la Sede del Gobierno Regional de Ancash 459435

GOBIERNO REGIONAL

DE CUSCO

Ordenanza N° 010-2011-CR/GRC.CUSCO.- Aprueban el “Plan Regional Concertado de Saneamiento Básico del Cusco al 2021” 459437

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE

SAN ISIDRO

D.A. N° 001-ALC/MSI.- Actualizan los porcentajes de la UIT respecto de los derechos del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad 459437

MUNICIPALIDAD DE

SANTA MARÍA DEL MAR

Ordenanza N° 165-2012-MSMM.- Aprueban Escudo y Bandera Oficial del distrito de Santa María del Mar 459438

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459409

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

Aprueban Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del “Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana”

DECRETO SUPREMONº 007-2012-PCM

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 052-2011, se constituye el Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana en el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, cuyos recursos son de carácter intangible y permanente destinados de manera exclusiva al fi nanciamiento de actividades, proyectos y programas destinados a combatir la inseguridad ciudadana;

Que, la Nonagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prorroga la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 052-2011 hasta el 31 de diciembre de 2012, con la fi nalidad de que, con cargo a los recursos del “Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana”, se continúen fi nanciando actividades, proyectos y programas destinados a combatir la inseguridad ciudadana;

Que, el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 052-2011 establece que los recursos serán asignados por un Comité de Administración, de acuerdo a los planes de seguridad ciudadana aprobados en el marco de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2003-PCM, cuya composición se encuentra conformada por el Presidente del Consejo de Ministros o su representante, quien lo presidirá y tendrá voto dirimente, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Interior o sus representantes, y cuenta con una Secretaría Técnica a cargo del Ministerio del Interior;

Que, resulta necesario dictar disposiciones para el funcionamiento del Comité de Administración del “Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana”, que orienten la priorización y asignación de los recursos con cargo al referido Fondo, lo que coadyuvará a la adecuada aplicación de los fi nes del Decreto de Urgencia Nº 052-2011;

De conformidad con lo dispuesto por el inciso e), numeral 2 del artículo 8 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias;

DECRETA:

Artículo 1º.- Aprobación de los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del “Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana”

Apruébense los Lineamientos para el funcionamiento del Comité de Administración del “Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana, creado por el Decreto de Urgencia Nº 052-2011, que en Anexo forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 2º.- PublicaciónEl presente Decreto Supremo será publicado en el

Diario Ofi cial El Peruano y su anexo deberá publicarse en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), en el Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y en el Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial del presente Decreto Supremo.

Artículo 3º.- VigenciaEl presente Decreto Supremo entra en vigencia al día

siguiente de su publicación.

Artículo 4º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el

Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro del Interior y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil doce.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

ÓSCAR VALDÉS DANCUARTPresidente del Consejo de Ministros

DANIEL E. LOZADA CASAPIAMinistro del Interior

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

743121-1

Aceptan renuncia de Consejero Presidencial en temas económicos

RESOLUCIÓN SUPREMANº 017-2012-PCM

Lima, 18 de enero de 2012

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema Nº 225-2011-PCM, de fecha 1 de agosto de 2011, se designó al señor Félix Ovidio Jiménez Jaimes, como Consejero Presidencial en temas económicos;

Que, el referido funcionario ha presentado su renuncia al mencionado cargo, por lo que resulta pertinente emitir la resolución correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Félix Ovidio Jiménez Jaimes, al cargo de Consejero Presidencial en temas económicos, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

ÓSCAR VALDÉS DANCUARTPresidente del Consejo de Ministros

743133-2

AGRICULTURA

Establecen requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de plantas in vitro de liatris, de origen y procedencia Israel

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 001-2012-AG-SENASA-DSV

La Molina, 16 de enero de 2012

VISTO:

El ARP Nº 040-2011-AG-SENASA-DSV/SARVF de fecha 29 de diciembre de 2011, el cual al identifi car y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al país, propone el establecimiento de requisitos fi tosanitarios

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459410

para importación de plantas in vitro de liatris (Liatris spp.) de origen y procedencia Israel; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria;

Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicará los requisitos fi to y zoosanitarios en el Diario Ofi cial El Peruano y se notifi carán a la Organización Mundial de Comercio;

Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 032-2003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fi tosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importación al país de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, serán aprobados mediante Resolución del Órgano de Línea Competente;

Que, el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 09-2010-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorías de riesgo fi tosanitario, donde están agrupadas las plantas, productos de origen vegetal y otros artículos reglamentados cuyo riesgo fi tosanitario aumenta en forma ascendente;

Que, ante el interés de la empresa Roots Perú S.A. en importar a nuestro país plantas in vitro de liatris (Liatris spp.), la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA inició el respectivo estudio con la fi nalidad de establecer los requisitos fi tosanitarios para la importación del mencionado producto;

Que, como resultado de dicho estudio la Subdirección de Cuarentena Vegetal ha establecido los requisitos fi tosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolución Directoral Nº 09-2010-AG-SENASA-DSV y con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Establecer los requisitos fi tosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de plantas in vitro de liatris (Liatris spp.) de origen y procedencia Israel de la siguiente manera:

1. El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.

2. El envío deberá venir acompañado de un Certifi cado Fitosanitario ofi cial del país de origen.

3. El material deberá venir en un sustrato artifi cial de primer uso y libre de plagas, cuya condición será certifi cada por la ONPF del país de origen.

4. Los envases serán nuevos transparentes y herméticamente cerrados.

5. El importador deberá contar con su Registro de Importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente.

6. Inspección fi tosanitaria en el punto de ingreso al país.

7. El Inspector del SENASA tomará una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del SENASA. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.

8. El proceso de cuarentena posentrada tendrá una duración de tres (3) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido por parte del SENASA a dos (2) inspecciones obligatorias

para el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una (1) inspección obligatoria fi nal para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino fi nal del producto.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE BARRENECHEA CABRERADirector GeneralDirección de Sanidad VegetalServicio Nacional de Sanidad Agraria

742049-1

DEFENSA

Designan representante del Ministerio para la conformación de Comisión Multisectorial a que se refiere la R.S. Nº 001-2012-JUS

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 034-2012-DE/SG

Lima, 17 de enero de 2012

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 001-2012-JUS del 05 de enero de 2012, se constituyó la Comisión Multisectorial de carácter temporal adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargada de coadyuvar en el diseño del planteamiento de la defensa y estrategia jurídica a seguir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en relación a la demanda interpuesta por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado peruano, en el caso CIDH 12.444 “Eduardo Nicolás Cruz Sánchez y otro” ante la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos;

Que, la referida Comisión Multisectorial estará conformada, entre otros miembros, por un representante del Ministerio de Defensa;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 014-2012-MD-SG del 09 de enero de 2012, se designó a la representante del Ministerio de Defensa;

Que, se ha estimado conveniente dejar sin efecto dicha designación y designar al representante que ejercerá las funciones previstas en la Resolución Suprema N° 001-2012-JUS;

De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Suprema N° 001-2012-JUS, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo N° 29158, la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos N° 27594, el artículo 9° de la Ley N° 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-DE;

SE RESUELVE

Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 014-2012-MD-SG mediante la cual se designó a la representante del Ministerio de Defensa para conformar la Comisión Multisectorial referida en el primer considerando de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2°.- Designar al señor abogado Cosme Mariano González Fernández como representante del Ministerio de Defensa, para conformar la Comisión Multisectorial referida en el primer considerando de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDAMinistro de Defensa

742641-1

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459411

ECONOMIA Y FINANZAS

Autorizan Crédito Suplementario a favor de los Pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012

DECRETO SUPREMONº 007-2012-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Ley Nº 21021 se crea la Caja

de Pensiones Militar-Policial (CPMP) con personería jurídica de Derecho Público Interno para administrar el pago de Compensaciones y Pensiones del personal militar y policial perteneciente al régimen del Decreto Ley Nº 19846;

Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 059-2011 se dictaron medidas extraordinarias y urgentes para, entre otros, el cumplimiento de las obligaciones pensionarias a cargo de la Caja de Pensiones Militar – Policial, estableciendo para tal fi n en el artículo 2º de dicha norma, la constitución, en el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, del “Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial”, por la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 584 000 000,00), recursos de carácter intangible y permanente, destinados exclusivamente al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales de la CPMP; disponiéndose además en el citado artículo que la atención de las obligaciones previsionales a cargo de la CPMP se fi nancian complementariamente con cargo a los recursos del Fondo Especial, a partir del mes de enero hasta el 31 de diciembre de 2012;

Que, para efecto del uso de los recursos del citado Fondo Especial, en el artículo 3º de ese mismo decreto de urgencia se señala que la CPMP remite al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior la documentación administrativa sustentatoria, dentro de la que se deberá considerar el número del Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente de cada pensionista y el monto de las planillas de pensiones del régimen del Decreto Ley Nº 19846 para el trimestre respectivo; para que, a su vez, dichos Ministerios soliciten al Ministerio de Economía y Finanzas gestione las transferencias de recursos con cargo al referido Fondo Especial, las cuales se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior y se registran en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios;

Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, mediante los Ofi cios Nºs. 036-2012-IN-0101 y 046-2012-MINDEF/VRD/DIGPP/01, los señores Ministros del Interior y de Defensa solicitan conforme a lo dispuesto por los artículos 2° y 3° del Decreto de Urgencia N° 059-2011, se autoricen los recursos necesarios para fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la CPMP, correspondiente al Primer Trimestre del presente año, por la suma total de CIENTO CATORCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 114 962 364,00), correspondiendo la cantidad de SESENTA Y SIETE MILLONES TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 67 038 955,00) a favor del Pliego 007 Ministerio del Interior, y la cantidad de CUARENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 47 923 409,00) a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporación de los citados recursos hasta por la suma de CIENTO CATORCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 114 962 364,00), vía Crédito Suplementario, para ser destinados a fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos del Fondo Especial, los montos necesarios para complementar el pago de las obligaciones previsionales de la Caja de Pensiones Militar-Policial, correspondiente al Primer Trimestre 2012;

De conformidad con lo establecido en el artículo 3° del Decreto de Urgencia N° 059-2011;

DECRETA:

Artículo 1º.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito

Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de CIENTO CATORCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 114 962 364,00), para ser destinados a fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos del Fondo Especial, los montos necesarios para complementar el pago de las obligaciones previsionales de la Caja de Pensiones Militar-Policial, correspondiente al Primer Trimestre 2012, en el marco de lo dispuesto por los artículos 2° y 3° del Decreto de Urgencia N° 059-2011, de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS (En Nuevos Soles)

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios

(Fondo Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial) 114 962 364,00

---------------------- TOTAL INGRESOS 114 962 364,00

============

EGRESOS (En Nuevos Soles)

SECCION PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 007 : Ministerio del InteriorUNIDAD EJECUTORA 001 : Ofi cina General de

AdministraciónASIGNACIONES PRESUPUESTALESQUE NO RESULTAN EN PRODUCTOACTIVIDAD 5.000991 : Obligaciones Previsionales

GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos

67 038 955,00 --------------------

Subtotal UE 001 67 038 955,00

TOTAL PLIEGO 007 67 038 955,00 ============

(En Nuevos Soles)

PLIEGO 026 : Ministerio de DefensaUNIDAD EJECUTORA 009 : Ofi cina Previsional de las

Fuerzas ArmadasASIGNACIONES PRESUPUESTALESQUE NO RESULTAN EN PRODUCTOACTIVIDAD 5.000991 : Obligaciones Previsionales

GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos

47 923 409,00 --------------------

Subtotal UE 009 47 923 409,00

TOTAL PLIEGO 026 47 923 409,00 ============

TOTAL EGRESOS 114 962 364,00 ============

Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional

2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en el presente Crédito Suplementario, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459412

para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursosLos recursos del Crédito Suplementario a que hace

referencia el artículo 1° del presente Dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados.

Artículo 4º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil doce.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDAMinistro de Defensa

DANIEL E. LOZADA CASAPIAMinistro del Interior

743121-2

Autorizan Crédito Suplementario para la continuidad de proyectos de inversión pública durante el año 2012

DECRETO SUPREMONº 008-2012-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:Que, con el fi n de garantizar la continuidad de proyectos

de inversión durante el año 2012, vinculados a educación, salud, transportes y comunicaciones, agricultura, saneamiento, y prevención de desastres, y al Proyecto de Infraestructura Urbana, a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, el Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, Ministerio de Agricultura y Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, se autorizó a través de la Vigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, para que mediante Decreto Supremo se incorporen los créditos presupuestarios, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, asignados en el Año Fiscal 2011 no devengados al 31 de diciembre de 2011, a la Entidad según corresponda, para la ejecución de los proyectos de inversión, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, asimismo el segundo párrafo de la citada disposición complementaria fi nal autorizó para que mediante Decreto Supremo se incorporen los créditos presupuestarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios destinados a proyectos de inversión pública y no devengados al 31 de diciembre de 2011, a la Entidad según corresponda; con el objeto de garantizar la continuidad de proyectos de inversión pública durante el año 2012 a cargo de la Biblioteca Nacional del Perú, Archivo General de la Nación, Ministerio de Cultura, y Ministerio del Interior;

Que, la mencionada disposición también establece que la incorporación sólo comprende los recursos para proyectos de inversión pública que, al 1 de enero de 2012, se encuentren en etapa de ejecución, conforme a la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública, o para los que cuenten con buena pro adjudicada o contrato suscrito para la ejecución de proyectos de inversión pública a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 29812; señalando además que para la determinación del monto a ser transferido se considera como base de cálculo el presupuesto institucional modifi cado al 30 de agosto de 2011;

Que, de otro lado, el numeral 11.2 del artículo 11º del Decreto de Urgencia Nº 054-2011, dispone que los recursos de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios que conforme a sus competencias ejecuten las entidades del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local para proyectos de inversión pública en el marco del citado dispositivo, no devengados al 31 de diciembre del año fi scal 2011, se incorporan al presupuesto del año fi scal 2012,

para la continuación de los citados proyectos, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, de igual modo el numeral 32.2 del artículo 32º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, dispone que los recursos de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios que ejecuten los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el marco de lo establecido del artículo 30º de dicho dispositivo, no devengados al 31 de diciembre del año fi scal 2011, se incorporan al presupuesto del año fi scal 2012, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, en el marco de lo establecido por la Ley Nº 29812, el Decreto de Urgencia Nº 054-2011 y el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, hasta por la suma de MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 438 466 431,00)

De conformidad con lo establecido por la Vigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; el numeral 11.2 del artículo 11º del Decreto de Urgencia Nº 054-2011; el numeral 32.2 del artículo 32º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011; y el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1º.- ObjetoAutorízase la incorporación de recursos vía Crédito

Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 438 466 431,00), para garantizar la continuidad de los proyectos de inversión a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, Ministerio de Agricultura, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Ministerio de Cultura y Ministerio del Interior, según corresponda, conforme se detalla en los Anexos 1 y 2 que se publican en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), de acuerdo a lo siguiente:

INGRESOS (En Nuevos Soles)FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 1 438 466 431,00 ------------------------ TOTAL INGRESOS 1 438 466 431, 00 ==============GASTOS (En Nuevos Soles)

SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGOS : Gobierno NacionalFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 426 257 704,00 ------------------------- TOTAL GOBIERNO CENTRAL 426 257 704,00 ==============

(En Nuevos Soles)

SECCION SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 621 029 772,00

PLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 391 178 955,00 ------------------------- TOTAL INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 1 012 208 727,00 ============== TOTAL GASTOS 1 438 466 431,00 ==============

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Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación Institucional

2.1 Autorízase a los titulares de los pliegos comprendidos en la presente norma a aprobar mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refi ere el artículo 1º del presente dispositivo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a las Unidades Ejecutoras, de corresponder, para que elaboren las “Notas para la Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia del Crédito Suplementario autorizado por el presente Decreto Supremo, que incluye la desagregación a nivel de la estructura programática y estructura funcional.

Artículo 3º.- DesagregaciónLa desagregación a que hace referencia el numeral

2.1 del artículo 1º del presente Decreto Supremo debe enmarcarse en lo dispuesto por la Vigésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, el numeral 11.2 del artículo 11º del Decreto de Urgencia Nº 054-2011 y el numeral 32.2 del artículo 32º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, bajo responsabilidad del Titular del Pliego.

Artículo 4º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por la

Ministra de Educación, por el Ministro de Salud, por el Ministro de Agricultura, por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento; por el Ministro de Cultura, por el Ministro del Interior y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil doce.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

PATRICIA SALAS O’BRIENMinistra de Educación

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGAMinistro de Salud

LUIS GINOCCHIO BALCÁZARMinistro de Agricultura

RENÉ CORNEJO DÍAZMinistro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍMinistro de Cultura

DANIEL E. LOZADA CASAPIAMinistro del Interior

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

743133-1

Modifican Plan de Promoción del Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Carhuaquero en 220 kV”

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 002-2012-EF

Lima, 18 de enero de 2012

CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 036-2011-EF,

publicada el 19 de junio de 2011, se ratifi có el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 12 de mayo de 2011, en virtud del cual se acordó incorporar al Proceso de Promoción de la Inversión

Privada el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Carhuaquero en 220 kV”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes. Asimismo, se ratifi có el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 31 de mayo de 2011, en virtud del cual se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la concesión del Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Carhuaquero en 220 kV”;

Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 18 de agosto de 2011, se acordó aprobar la modifi cación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte - Carhuaquero en 220 kV”, a fi n de incorporar el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte - Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. Asimismo, en la indicada sesión, se acordó la modifi cación del nombre del Proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero - Cajamarca Norte – Cáclic – Moyobamba en 220 kV”;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 060-96-PCM, el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN referido en el considerando anterior debe ser ratificado por resolución suprema;

Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 146-2008-EF, la resolución suprema a que se refi ere el considerando precedente, ratifi cará el acuerdo de modifi cación del Plan de Promoción;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, el Decreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias y complementarias; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:Artículo 1°.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el

Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 18 de agosto de 2011, en virtud del cual se acordó modifi car el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Carhuaquero en 220 kV”, a fi n de incorporar el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. Asimismo, en el indicado acuerdo se acordó la modifi cación del nombre del Proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero - Cajamarca Norte – Cáclic – Moyobamba en 220 kV”.

Artículo 2°.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, y por el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

JORGE MERINO TAFURMinistro de Energía y Minas

743121-5

Designan Directora de la Dirección de Gestión de Bienes, Servicios y Activos No Financieros de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 051-2012-EF/10

Lima, 17 de enero de 2012

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director, Categoría F-3 de la Dirección de Gestión de Bienes, Servicios y Activos No Financieros de

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459414

la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el cargo a que se hace mención en el considerando precedente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el artículo 77° del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar, a la señorita Adriana Milagros Mindreau Zelasco, en el cargo de Director, Categoría F-3 de la Dirección de Gestión de Bienes, Servicios y Activos No Financieros de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

742199-1

EDUCACION

Designan responsables de las Unidades Ejecutoras del Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2012

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0023-2012-ED

Lima, 18 de enero de 2012

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen las normas fundamentales que rigen las distintas fases del proceso presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestión administrativa y fi nanciera del Estado;

Que, por Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2012;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0642-2011-ED se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 010: Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2012, así como la Estructura Funcional y la Estructura Programática por Unidad Ejecutora;

Que, en consideración a lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, resulta necesario formalizar la designación de los Responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, a efectos que puedan operativizar la gestión de sus recursos con criterios de efi ciencia, efi cacia y economía;

Que, los Responsables de las Unidades Ejecutoras deberán velar, en el ámbito de sus competencias, por la correcta aplicación de las normas que rigen la gestión de los sistemas de la administración fi nanciera del sector público, para el logro de los objetivos y metas previstas en el Plan Operativo Institucional (POI) 2012 y el Presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación correspondiente al Año Fiscal 2012; y, tener la facultad para designar a los responsables de las metas presupuestarias, así como para aprobar el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP);

Que, asimismo los responsables de las Unidades Ejecutoras deberán suscribir y remitir los informes correspondientes a la Evaluación Presupuestal Semestral del Año Fiscal 2012 y Evaluación Presupuestal de los Años

Fiscales 2011 y 2012, dentro de los plazos establecidos en las disposiciones internas que se emitan, en concordancia con las normas dictadas por el Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera, en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto, el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; y,

De conformidad con la Ley Nº 29812, la Ley Nº 28716, la Ley Nº 28411, la Ley Nº 27444, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias, la Resolución Ministerial Nº 0642-2011-ED y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 y su modifi catoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar, con efi cacia anticipada al 02 de enero de 2012, a los responsables de las Unidades Ejecutoras del Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2012, conforme se indica a continuación:

UNIDAD RESPONSABLE DE EJECUTORA DESCRIPCIÓN UNIDAD EJECUTORA

001 USE 01 San Juan de Mirafl ores Director de la UGEL 002 USE 02 San Martín de Porras Director de la UGEL 003 USE 03 Cercado Director de la UGEL 004 USE 04 Comas Director de la UGEL 005 USE 05 San Juan de Lurigancho Director de la UGEL 006 USE 06 Vitarte Director de la UGEL 007 USE 07 San Borja Director de la UGEL 017 Dirección de Educación de Lima Director de Educación 020 Conservatorio Nacional de Música Director General 021 Escuela Nacional de Bellas Artes Director General 022 Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico Director General 023 Escuela Nacional Superior de Folklore “J.M.A.” Director General 024 Ministerio de Educación - Sede Central Secretaria General 026 Programa Educación Básica Para Todos Secretaria General

108 Programa Nacional de Infraestructura Jefe de la Ofi cina de Educativa Infraestructura Educativa 109 Programa de Movilización Nacional para Director Técnico la Alfabetización Ejecutivo del Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización 112 Programa Nacional de Formación y Directora de Educación Capacitación Permanente Superior Pedagógica de la Dirección General de Educación Superior y Técnico - Profesional113 APROLAB II Director de Educación Superior Tecnológica y Técnico - Productiva de la Dirección General de Educación Superior y Técnico - Profesional o Director Nacional del Proyecto116 Colegio Mayor Secundario “Presidente Director del Colegio del Perú” Mayor Secundario “Presidente del Perú”

Artículo 2º.- Los responsables de las Unidades Ejecutoras están a cargo de la administración y la ejecución presupuestaria de las mismas sobre la base de criterios de efi ciencia, efi cacia y economía, garantizando la legalidad y el control de los ingresos y gastos, y el cumplimiento de las reglas de carácter presupuestario, de acuerdo con la normatividad presupuestal vigente y la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.

Artículo 3º.- Autorízase a los responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación a:

• Aprobar el Cuadro Analítico de Personal (CAP).• Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP).• Designar a los responsables de las metas

presupuestarias.

Artículo 4º.- Los responsables de las Unidades Ejecutoras deben velar por la remisión de los informes y formatos correspondientes a la Evaluación Semestral del año 2012 y Anual del Presupuesto de los años 2011 y 2012, referido al ámbito de sus responsabilidades, a la Unidad de

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459415

Presupuesto del Ministerio de Educación y a la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Medición de la Calidad Educativa, según corresponda, dentro de los plazos que se establezcan para dichos efectos, en concordancia con las disposiciones emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 5º.- Encargar a las Ofi cinas de Control Institucional de las Unidades Ejecutoras, el control, verifi cación y seguimiento pertinente, en concordancia con las disposiciones emitidas por la Contraloría General de la República.

Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, Contraloría General de la República, Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, a las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego, y a las unidades orgánicas del Ministerio de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA SALAS O’BRIENMinistra de Educación

743124-1

JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS

Disponen la reducción de tasas registrales en diversos rubros correspondientes al Registro de Predios y al Registro de Personas Jurídicas

DECRETO SUPREMONº 001-2012-JUS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 10º de la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, crea la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP como organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, con personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa;

Que, de acuerdo al artículo 58º de la Constitución Política del Perú, en una economía social de mercado, corresponde al Estado orientar y promover el desarrollo del país y actuar, entre otros, en la prestación de los servicios públicos;

Que, la actual política del Gobierno en materia de desarrollo e inclusión social tiene como fi nalidad reducir la pobreza, las desigualdades, la exclusión y las vulnerabilidades, para cuyo efecto el Estado asume responsabilidad en la superación de los problemas sociales, generando mecanismos viables para la atención de los diversos segmentos poblacionales, constituyendo uno de ellos el acceso a los Registros Públicos y consiguiente seguridad jurídica de la población a nivel nacional;

Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú dispone que los tributos se crean, modifi can o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo;

Que, mediante los Decretos Supremos Nº 37-94-JUS y Nº 017-2003-JUS se aprobaron las tasas registrales para el Registro de Predios y para el Registro de Personas Jurídicas, respectivamente;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 017-2010-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 018-2010-JUS, se aprobó la reducción de tasa registrales en diversos rubros correspondientes al Registro de Predios y al Registro de Personas Jurídicas, con el objeto de promover y facilitar el clima de negocios en el Perú, mejorando el nivel de competitividad y ubicación del país en el ranking “Doing Business”, el mismo que tuvo un plazo de vigencia de un (1) año, que venció el 20 de octubre de 2011;

Que, considerando el impacto del citado Decreto Supremo Nº 017-2010-JUS en la población usuaria de los servicios

registrales, es conveniente expedir el presente dispositivo, a fi n de continuar brindando facilidades en la inscripción de actos registrales en el Registro de Predios y promoviendo la formalización de las empresas a través de su inscripción en el Registro correspondiente, mediante la reducción de las tasas registrales vigentes, por un plazo de un (1) año;

Que, la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modifi catorias, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector competente y el Ministerio de Economía y Finanzas, se fi ja la cuantía de las tasas;

De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos; el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modifi catorias, y la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

DECRETA:

Artículo 1º.- ObjetoEl presente Decreto Supremo tiene como objeto

promover y facilitar el clima de negocios en el Perú, mejorando el nivel de competitividad y ubicación del país en el ranking “Doing Business”, mediante al reducción de tasas registrales.

Artículo 2º.- Tasas para el Registro de PrediosRedúzcanse las tasas registrales correspondientes al

Registro de Predios, rubros transferencias, declaratoria de fábrica y demolición, de la siguiente manera:

a. Tasa única aplicable a todos los actos valorizados hasta 14 UITs:

- Diecinueve nuevos soles (S/. 19,00)

b. Tasas aplicables a actos valorizados en más de 14 UITs:

- 0,81% de la UIT como tasa fi ja de califi cación; y,- 2,5/1000 del valor del acto como tasa de inscripción.

Artículo 3º.- Tasas para el Registro de Personas Jurídicas

Redúzcanse las tasas registrales correspondientes al Registro de Personas Jurídicas, rubros constitución de empresas, aumento de capital y reducción de capital, las que serán de:

- 1,08% de la UIT como tasa fi ja de califi cación para la constitución de empresas;

- 0,24% de la UIT como tasa fi ja de califi cación para el aumento y reducción de capital; y,

- 1,5/1000 del valor del acto valorizado hasta 14 UITs por derecho de inscripción.

Artículo 4º.- VigenciaEl presente Decreto Supremo rige por el plazo de un (1)

año, contado a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo 5º.- ImplementaciónFacúltese a la Superintendencia Nacional de los

Registros Públicos a emitir las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación del presente Decreto Supremo.

Artículo 6º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil doce.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

JUAN F. JIMÉNEZ MAYORMinistro de Justicia y Derechos Humanos

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

743121-3

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459416

Modifican el Decreto Supremo Nº 014-2010-JUS, que aprueba medidas de promoción para garantizar la seguridad jurídica de predios ubicados en determinados distritos ubicados en zonas de extrema pobreza

DECRETO SUPREMONº 002-2012-JUS

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 10º de la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos, crea la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP como organismo descentralizado autónomo del Sector Justicia, y ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, con personería jurídica de Derecho Público, con patrimonio propio y autonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, fi nanciera y administrativa;

Que, de acuerdo al Artículo 58º de la Constitución Política del Perú, en una economía social de mercado, corresponde al Estado orientar y promover el desarrollo del país y actuar, entre otros, en la prestación de los servicios públicos;

Que, es política del Gobierno en materia de desarrollo e inclusión social, reducir la pobreza, las desigualdades, la exclusión y las vulnerabilidades, para cuyo efecto el Estado asume responsabilidad en la superación de los problemas sociales, generando mecanismos viables para la atención de los diversos segmentos poblacionales, constituyendo uno de ellos el acceso a los Registros Públicos y consiguiente seguridad jurídica de la población a nivel nacional;

Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú dispone que los tributos se crean, modifi can o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante Decreto Supremo;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2010-JUS, se aprobaron medidas de promoción para garantizar la seguridad jurídica de predios en determinados distritos ubicados en zonas de extrema pobreza del país, con el objetivo de fomentar la inscripción de titularidades en el Registro de Predios, respecto de inmuebles ubicados en los distritos considerados de extrema pobreza, cuyo titular no cuente con más de una propiedad en el ámbito nacional y siempre que el valor del acto a registrar no sea mayor a S/. 35 000,00 (treinta y cinco mil y 00/100 nuevos soles); en mérito de lo cual, se estableció que el monto de la tasa por derecho de califi cación e inscripción es de 0.13% de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT;

Que, considerando el impacto del citado Decreto Supremo en la población usuaria de los servicios registrales, resulta conveniente extender la aplicación de la mencionada tasa a los distritos pobres y distritos ubicados en zonas de frontera, así como incrementar el valor del acto a registrar de S/. 35 000,00 a 14 Unidades Impositivas Tributarias - UITs;

Que, la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modifi catotrias, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector competente y el Ministerio de Economía y Finanzas, se fi ja la cuantía de las tasas;

De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Público y de la Superintendencia de los Registros Públicos; el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modifi catorias, y la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

DECRETA:Artículo 1º.- Modifi cación del Artículo 1º del Decreto

Supremo Nº 014-2010-JUSModifíquese el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº

014-2010-JUS, que aprueba medidas de promoción para

garantizar la seguridad jurídica de predios ubicados en determinados distritos ubicados en zonas de extrema pobreza, en los términos siguientes:

“Artículo 1º.- Medidas de promoción para garantizar la seguridad jurídica

El presente Decreto Supremo tiene como objetivo promover la seguridad jurídica a partir de la inscripción de titularidades en el Registro de Predios, respecto de inmuebles ubicados en los distritos considerados pobres, de extrema pobreza, y de frontera, que se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, cuyo titular no cuente con más de una propiedad en el ámbito nacional, domicilie en alguno de los distritos considerados en el citado Anexo, acreditando tal condición con el domicilio consignado en el Documento Nacional de Identidad (DNI), y siempre que el valor del acto a registrar no sea mayor a 14 Unidades Impositivas Tributarias.”

Artículo 2º.- PublicaciónEl Anexo al que se refi ere el Artículo 1º será publicado

en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP (http://www.sunarp.gob.pe/), en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente norma.

Artículo 3º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil doce.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

JUAN F. JIMÉNEZ MAYORMinistro de Justicia y Derechos Humanos

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

743121-4

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL

Designan Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del INABIF

RESOLUCIÓN MINISTERIAL№ 026-2012-MIMDES

Lima, 18 de enero de 2012

Visto, el Ofi cio № 038-2012/INABIF.DE del 13 de enero de 2012 de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF;

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de confi anza de Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES;

Que, por convenir al servicio, es necesario emitir el acto mediante el cual se designe a la persona que se desempeñará en el mencionado cargo;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley № 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley № 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo № 011-2004-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor VIRGILIO BRENIS MURO en el cargo de confi anza de Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459417

para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA JARA VELÁSQUEZMinistra de la Mujer y Desarrollo Social

742940-1

PRODUCE

Recomponen la Sala Especializada de Pesquería del Comité de Apelación de Sanciones

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 030-2012-PRODUCE

Lima, 18 de enero de 2012.

VISTOS:

El Memorándum N° 0140-2012-PRODUCE/DVP del Despacho Viceministerial de Pesquería, el Memorándum N° 016-2012-PRODUCE/CAS-PRE del Director de Sistema Administrativo IV del Comité de Apelación de Sanciones y el Informe Nº 05-2012-PRODUCE/OGAJ-emolero de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE, señala que, el Comité de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, es el órgano encargado de resolver por delegación de los Viceministros de Pesquería o de MYPE e Industria, según corresponda, los medios impugnatorios interpuestos contra las resoluciones sancionadoras del Sector; depende administrativamente de la Secretaría General, y está constituido por dos Salas Especializadas, una en materia de Pesquería y otra en materia de Industria; siendo que sus miembros son designados por Resolución Ministerial a propuesta de cada uno de los Viceministros;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 247-2011-PRODUCE de fecha 31 de agosto de 2011, la Sala Especializada de Pesquería del Comité de Apelación de Sanciones se conformó con los miembros Titulares abogado Gustavo Renato Araujo Robles (Presidente), abogada Aída Mónica La Rosa Sánchez Bayes de López y biólogo Raúl Armando Flores Romaní, y como miembros suplentes el abogado Harry John Hawkins Mederos y bióloga María del Rosario Neyra Granda;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 008-2012-PRODUCE de fecha 03 de enero de 2012, se ha designado al abogado Sergio Gonzalez Guerrero en el cargo de Director de Sistema Administrativo IV del Comité de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción;

Que, mediante Memorándum N° 016-2012-PRODUCE/CAS-PRE de fecha 12 de enero de 2012, el Director de Sistema Administrativo IV del Comité de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción, solicita se recomponga la Sala Especializada de Pesquería del Comité de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción en razón a la designación efectuada mediante la Resolución Ministerial N° 008-2012-PRODUCE, y en atención a que algunos de los miembros de la mencionada Sala Especializada, ya no prestan servicios en el Ministerio de la Producción;

Que, en tal sentido, estando a la propuesta formulada por el Despacho Viceministerial de Pesquería, corresponde emitir el acto de administración que formalice la recomposición de la Sala Especializada de Pesquería del Comité de Apelación de Sanciones del Ministerio de la Producción;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de

Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modifi catorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Recomponer la Sala Especializada de Pesquería del Comité de Apelación de Sanciones, que estará conformada de la siguiente manera:

Miembros de la Sala Especializada de Pesquería del Comité de Apelación de Sanciones

Titulares Suplentes Abog. Sergio Gonzalez Guerrero (Presidente)

Abog. Angela María Tafur BoullosaBlga. María del Rosario Neyra Granda

Abog. Carmen Fabiola Velarde Alvarado Blgo. Raúl Armando Flores Romaní

Artículo 2°.- Dejar sin efecto la designación efectuada mediante Resolución Ministerial N° 247-2011-PRODUCE.

Artículo 3°.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a los miembros de la Sala Especializada de Pesquería del Comité de Apelación de Sanciones, para los fi nes pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ URQUIZO MAGGIAMinistro de la Producción

743125-1

RELACIONES EXTERIORES

Designan Consejero para Temas de Integración de la Representación Permanente del Perú ante ALADI y MERCOSUR, de la Embajada del Perú en Uruguay

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 0045/RE-2012

Lima, 17 de enero de 2012

VISTA:

La Resolución Ministerial Nº 0717-2011-RE, que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2011, la designación del señor Ricardo Benjamín Romero Magni, nivel F-4, en el cargo de confi anza de Consejero Económico Comercial, en la Embajada del Perú en la República Oriental del Uruguay;

CONSIDERANDO:

Que, los Consejeros y Agregados, cualquiera sea su naturaleza dependerán del Jefe de Misión y actuarán como asesores de éste en toda negociación y gestión que competa a su especialización y deberán cumplir además las instrucciones que se les imparta;

Que, la naturaleza técnica de los temas de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) así como las reuniones especiales y extraordinarias demandan un manejo de documentación sobre disciplinas comerciales tales como: acceso a mercados, normas de origen, solución de controversias, salvaguardias, restricciones no arancelarias, comercio de servicios, facilitación del comercio, obstáculos técnicos al comercio, estadísticas de comercio, nomenclaturas, certifi cación de origen digital, medidas sanitarias y fi tosanitarias, comercio de bienes culturales, entre otros, es necesario designar a un especialista en la materia que desempeñe labores de evaluación y seguimiento de los temas que emanan de los citados organismos;

Que, por necesidad del Servicio, resulta necesario designar al señor Ricardo Benjamín Romero Magni en el cargo de confi anza (nivel F-4) como Consejero para Temas de Integración de la Representación Permanente del

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459418

Perú ante ALADI y MERCOSUR con sede en Montevideo – Uruguay, a partir del 1º de febrero de 2012;

Teniendo en cuenta el Memorándum (DAE) Nº 0796/2011 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 15 de noviembre de 2011;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje límite del cual no podrá exceder el personal de confi anza; y el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar al señor Ricardo Benjamín Romero Magni, en el cargo de confi anza, Nivel F-4, como Consejero para Temas de Integración de la Representación Permanente del Perú ante ALADI y MERCOSUR, de la Embajada del Perú en la República Oriental del Uruguay, a partir del 1º de febrero de 2012;

Artículo Segundo.- El citado funcionario de confi anza percibirá por concepto de remuneración por servicio exterior en dicha Embajada, el equivalente al de un Consejero en el Servicio Diplomático de la República.

Artículo Tercero.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSOMinistro de Relaciones Exteriores

742734-1

SALUD

Designan profesionales en la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 045-2012/MINSA

Lima, 18 de enero del 2012

Visto, el Expediente Nº 12-004262-001, que contiene la Nota Informativa Nº 004-2012-DG/OGDN/MINSA, del Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud y la Nota Informativa N° 036-2012-OIE-OARH/MINSA de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 476-2009/MINSA de fecha 21 de julio de 2009, se designó al Médico Cirujano Carlos Alberto Malpica Coronado en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Ofi cina de Movilización y Defensa Civil de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud;

Que, con Resolución Ministerial Nº 726-2009/MINSA de fecha 29 de octubre de 2009, se designó al Médico Cirujano Manuel Oscar Novoa Gómez, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-4, de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 923-2011/MINSA de fecha 16 de diciembre de 2011, se aprobó el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Suprema N° 008-2011-SA, en el cual a los cargos de Director Ejecutivo y Director de Sistema Administrativo II, se les ha denominado Ejecutivo/a Adjunto/a I, en la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, los cuales se encuentran califi cados como cargos de Directivos Superiores de Libre Designación en la citada Ofi cina General;

Que, mediante Cartas de fecha 13 de enero de 2012, los señores Carlos Malpica Coronado y Manuel Oscar Novoa Gómez, ponen a disposición los cargos a los cuales

fueran designados mediante Resoluciones Ministeriales N° 476-2009/MINSA y 726-2009/MINSA, respectivamente;

Que, estando a lo solicitado en el documento de visto, es necesario adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes, a fi n de asegurar el normal funcionamiento de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud;

Contando con la opinión favorable de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar las renuncias presentadas por los profesionales de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, que se indican a continuación, dándoseles las gracias por los servicios prestados.

NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVELMédico Cirujano Carlos Alberto

Malpica Coronado Ejecutivo Adjunto I F-4

Médico Cirujano Manuel Oscar Novoa Gómez Ejecutivo Adjunto I F-4

Artículo 2º.- Designar en la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, a los profesionales que se indican a continuación:

NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVELBachiller en Administración y Ciencias Policiales Gonzalo

Alva Frías Ejecutivo Adjunto I F-4

Médico Cirujano Segundo Salvador Cabrejos Burga Ejecutivo Adjunto I F-4

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGAMinistro de Salud

742965-1

Inician proceso administrativo disciplinario a profesionales del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi”

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD MENTAL“HONORIO DELGADO - HIDEYO NOGUCHI”

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 013-2012-DG/INSM“HD-HN”

San Martín de Porres, 17 de enero de 2012

VISTO:

El Informe Nº 012-2011-CPPAD/INSM”HD-HN”, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado - Hideyo Noguchi”, en el que se pronuncia a favor de la apertura de Proceso Administrativo Disciplinario a Juan Manuel Brush Vargas, Médico I, Nivel 15 y Edmundo Delgado Baldeón, médico IV, Nivel 19.

CONSIDERANDO:Que, mediante Expediente de registro UTD N°

008-2011 que contiene la denuncia formulada por

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459419

los médicos psiquiatras Juan Manuel Brush Vargas y Edmundo Delgado Baldeón, quienes indican que en el último concurso para contratar los servicios médicos especialistas en psiquiatría y psiquiatría infantil, se permitió la adjudicación de la plaza de manera irregular a sabiendas de que los médicos ganadores aún no tenían el título de especialista ni el registro respectivo del Colegio Médico del Perú, solicitando la nulidad de oficio del referido proceso de concurso;

La denuncia presentada por los médicos psiquiatras Juan Manuel Brush Vargas y Edmundo Delgado Baldeón, está referida contra los miembros de la Comisión de concurso del Proceso Nº11-2010-OEA/INSM”HD-HN”, para contratar bajo la modalidad de contrato administrativo de servicios (CAS), los servicios de tres médicos psiquiatras para la Dirección Ejecutiva de Investigación Docencia y Atención Especializada de Niños y Adolescentes, realizado el 22 de julio de 2010. La referida comisión estuvo constituida por la Lic. Adm. Irma Atalaya Chacón, Directora Ejecutiva de la Oficina de Administración, el Lic. Adm. Cesáreo Nolasco Ore, Director de la Oficina de personal y el médico psiquiatra Rolando Pomalima Rodríguez, Director Ejecutivo de Investigación Docencia y Atención Especializada de Niños y Adolescentes, imputándoles los delitos Abuso de autoridad, enriquecimiento ilícito, asociación ilícita para delinquir;

La denuncia formulada por los médicos psiquiatras Juan Manuel Brush Vargas y Edmundo Delgado Baldeón, está dirigida también contra sus colegas las ganadoras del concurso del Proceso Nº 11-2010-OEA/INSM”HD-HN”, bajo la modalidad de contrato administrativo de servicios (CAS), las médicos psiquiatras July Esther Caballero Peralta, Martha Mitrani Gonzáles y Lubeth Úrsula Masías Arias, a quienes les imputa los delitos contra la fe pública, usurpación de título y otros;

Que de los actuados administrativos se observa que los médicos psiquiatras July Esther Caballero Peralta, con CMP Nº 43534 y RE Nº 20349, Martha Mitrani Gonzáles , con CMP Nº 40084 y RE Nº 020857 y Lubeth Úrsula Masías Arias, CMP Nº 38814 y RE Nº 20821, han concluido su adiestramiento en la especialidad de psiquiatría infantil el 31 de mayo del 2010, tal como fi gura en las constancias que les ha otorgado la Universidad Peruana “Cayetano Heredia” que corren a folios 70, 71, 72 y 73, las cuales fueron un requisito requerido en el perfi l profesional por la Comisión de Concurso;

Lo solicitado por los médicos psiquiatras Juan Manuel Brush Vargas y Edmundo Delgado Baldeón, se confi guraría como una acción administrativa inexacta, en tanto que carecería de la veracidad de los hechos, tal como queda demostrado a folios 70, 71, 72 y 73 de los actuados administrativos;

De otro lado, la Administración Pública ejerce su potestad sancionadora comprobando la existencia de una trasgresión susceptible de sanción administrativa disciplinaria e impone una sanción administrativa respetando los principios, deberes y derechos establecidos en la Ley. En ese afán de disciplinar las conductas de los funcionarios, servidores públicos y ex servidores o contratados, se promulgó el Código de Ética de la Función Pública, con fecha 22 de julio de 2002, no obstante ser de orden público, esta norma posee el mismo valor que el Decreto Legislativo N° 276, Decreto Supremo N° 005-90-PCM;

Que, es importante señalar que los presupuestos para aperturar proceso administrativo disciplinario no sólo involucran el hecho que el infractor mantenga vigente la relación laboral, sino también que, debe haberse identificado al presunto infractor, y que su conducta se encuentre tipificada como falta administrativa disciplinaria en todo caso, contravenga normas que sean susceptibles de sanción disciplinaria. Siendo de esta forma cabe mencionar que la apertura de proceso administrativo disciplinario no significa que el presunto infractor indefectiblemente haya cometido la falta administrativa disciplinaria, sino que se encuentre tan sólo en una primera etapa, en la cual se efectuará el esclarecimiento de los hechos susceptibles de ser o no sancionados; por lo que en ese sentido deberá indicarse las conductas irregulares cometidas por los presuntos infractores;

Que, de lo evaluado de los actuados administrativos se observa que el médico psiquiatra Juan Manuel Brush Vargas no se encuentra desempeñando función pública en el Instituto, siendo que el marco normativo aplicable en el presente caso, es la Ley N° 27815, Ley del Código de

Ética de la Función Pública, y el Decreto Supremo N° 033-2005-PCM, Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública, y el artículo 174° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276;

Que, de los señalado precedentemente hace presumir que don Juan Manuel Brush Vargas, Médico I, Nivel 15 y don Edmundo Delgado Baldeón, médico IV, Nivel 19, habrían incurrido en responsabilidad administrativa por haber incumplido sus obligaciones prescritas en el inciso a) del artículo 21º del Decreto Legislativo N° 276, consecuentemente constituye falta administrativa disciplinaria prevista en el inciso a) del artículo 28° del Decreto Legislativo N° 276;

Que, por otro lado, de lo narrado también se aprecia que los médicos psiquiatras encausados, habrían transgredido el numeral 5 y 6 del artículo 6° de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, y el artículo 10° del acotado. En consecuencia amerita instaurar proceso administrativo disciplinario al médico psiquiatra Juan Manuel Brush Vargas en aplicación del artículo 174° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM y al médico psiquiatra Edmundo Delgado Baldeón;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 167° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de remuneraciones de Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, corresponde al titular de la Entidad instaurar los procesos administrativos disciplinarios que correspondan;

Con las visaciones del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Directora Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Administración; del Subdirector General, y;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y el literal e) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud Mental “Honorio Delgado-Hideyo Noguchi”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 462-2006/MINSA;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- INSTAURAR proceso administrativo disciplinario al médico psiquiatra Juan Manuel BRUSH VARGAS, Médico I, Nivel 15 y al médico psiquiatra Edmundo Enrique DELGADO BALDEÓN, médico IV, Nivel 19, al haber formulado denuncia presuntamente con el propósito de causar daño, malestar a sus colegas médicos psiquiatras, siendo que sus denuncias no se ajustan a la verdad, quienes habrían incurrido en responsabilidad administrativa por haber incumplido sus obligaciones prescritas en el inciso a) del artículo 21° del Decreto Legislativo N° 276, consecuentemente constituye falta administrativa disciplinaria prevista en el inciso a) del artículo 28° del Decreto Legislativo N° 276. Asimismo, también habrían transgredido el numeral 5 y 6 del artículo 6° de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, concordante con el artículo 10° del acotado, generándose responsabilidad administrativa.

Artículo 2°.- REMITIR la presente resolución y sus antecedentes a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para las investigaciones que el caso amerite, debiendo procederse conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 005-90-PCM y demás normas pertinentes, dentro del plazo legal establecido, contado a partir del día siguiente de la notifi cación de la presente Resolución.

Artículo 3°.- NOTIFICAR el contenido de la presente Resolución, a los servidores indicados en el artículo primero de la presente resolución; y, en aplicación del artículo 169° del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, se le concede un plazo de cinco días útiles contados a partir de su notifi cación, a fi n de que haga llegar sus correspondientes descargos, acompañando las pruebas que crea pertinente, ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios.

Regístrese y comuníquese.

ENRIQUE MACHER OSTOLAZADirector General

742969-1

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459420

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

Otorgan concesión a persona natural para prestar servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 011-2012-MTC/03

Lima, 16 de enero de 2012

VISTA, la solicitud presentada con Expediente Nº 2011-040513 por el señor PERCY PAUL GANOZA CABALLERO, sobre otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, será el servicio a prestar inicialmente; y,

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 3) del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones;

Que, el artículo 47° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, señala que la concesión es el acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. A su vez, señala que el Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente; perfeccionándose la concesión mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector;

Que, adicionalmente, el citado artículo señala que las personas naturales o jurídicas, titulares de una concesión única, previamente deberán informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios públicos a brindar, sujetándose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasifi cación general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesión; el Ministerio tendrá a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento;

Que, el artículo 53° del dispositivo legal en mención, dispone que en un mismo contrato de concesión el Ministerio otorgará el derecho a prestar todos los servicios públicos de telecomunicaciones;

Que, el artículo 121º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modifi catorias, dispone que los servicios portadores, fi nales y de difusión de carácter público, se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley y el Reglamento y se perfecciona por contrato escrito aprobado por el Titular del Ministerio;

Que, el artículo 143° de la citada norma señala que el otorgamiento de la concesión única confi ere al solicitante la condición de concesionario para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones establecidos en la legislación;

Que, en caso el concesionario requiera prestar servicios adicionales al servicio público de distribución de radiodifusión por cable, deberá cumplir con lo establecido en el artículo 155º del citado Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio la inscripción de dichos servicios en el registro habilitado para tal fi n, los mismos que se sujetarán a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesión única y en la fi cha de inscripción en el registro que forma parte de él;

Que, mediante Informe Nº 1659-2011-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones señala que habiéndose verifi cado el cumplimiento de los requisitos y condiciones que establece la legislación para otorgar la concesión única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por el señor PERCY PAUL GANOZA CABALLERO;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modifi catoria, la Ley que establece la concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones - Ley Nº 28737, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modifi catorias; y,

Con la opinión favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar al señor PERCY PAUL GANOZA CABALLERO, concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico.

Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con el señor PERCY PAUL GANOZA CABALLERO para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2º de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo.

Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión.

Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS PAREDES RODRÍGUEZMinistro de Transportes y Comunicaciones

742094-1

Autorizan a Autogas High Performance S.A.C. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV para la instalación de kit de conversión y operar en local ubicado en el distrito de La Victoria, provincia de Lima

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 4169-2011-MTC/15

Lima, 3 de noviembre de 2011

VISTOS:

Los Partes Diarios Nºs. 107014 y 125595 de fechas 13 de setiembre y 24 de octubre del 2011 respectivamente,

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459421

presentados por la empresa AUTOGAS HIGH PERFORMANCE S.A.C. mediante los cuales solicita autorización como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para operar en el local ubicado en: Av. Aviación Nº 1548, La Victoria, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular;

Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, al sistema de combustión de GNV, mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general;

Que, de acuerdo al Informe Nº 487-2011-MTC/15.03.Tall.jlr, elaborado por el ingeniero informante de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada con los expedientes señalados en Vistos, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa AUTOGAS HIGH PERFORMANCE S.A.C. como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV;

De conformidad con la Ley 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar a la empresa AUTOGAS HIGH PERFORMANCE S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para la instalación del kit de conversión correspondiente y operar en el local ubicado en: Av. Aviación Nº 1548, La Victoria, por el plazo de cinco (05) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 2º.- La empresa AUTOGAS HIGH PERFORMANCE S.A.C. bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certifi cadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:

ACTO Fecha máxima depresentación

Primera Inspección anual del taller 22 de noviembre del 2012Segunda Inspección anual del taller 22 de noviembre del 2013Tercera Inspección anual del taller 22 de noviembre del 2014Cuarta Inspección anual del taller 22 de noviembre del 2015Quinta Inspección anual del taller 22 de noviembre del 2016

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certifi cado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización.

Artículo 3º.- La empresa AUTOGAS HIGH PERFORMANCE S.A.C. bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:

ACTO Fecha máxima de presentación

Primera renovación o contratación de nueva póliza 5 de agosto del 2012Segunda renovación o contratación de nueva póliza 5 de agosto del 2013Tercera renovación o contratación de nueva póliza 5 de agosto del 2014Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 5 de agosto del 2015Quinta renovación o contratación de nueva póliza 5 de agosto del 2016

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización.

Artículo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercaderías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia.

Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa solicitante.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZDirector General (e)Dirección General de Transporte Terrestre

723120-1

VIVIENDA

Designan Jefe de la Unidad de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 015-2012-VIVIENDA

Lima, 18 de enero de 2012

CONSIDERANDO:

Que, la Unidad de Personal de la Ofi cina General de Administración, es el órgano de apoyo responsable de la administración y desarrollo del potencial humano de la institución, así como de la capacitación, mantenimiento de la Escala Remunerativa, pago de remuneraciones, benefi cios, promoción y bienestar de los trabajadores, la cual está a cargo de un Jefe de Unidad;

Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Unidad de Personal de la Ofi cina General de Administración, resultando necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; y,

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y la Resolución Ministerial N° 175-2003-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a la abogada Delia Inés Rosario Mejía Sandoval, en el cargo público de confi anza de Jefe de la Unidad de Personal de la Ofi cina General de

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459422

Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RENÉ CORNEJO DÍAZMinistro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

742971-1

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL

PARA EL DESARROLLO

Y VIDA SIN DROGAS

Designan Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados de DEVIDA, encargándosele funciones de la Dirección de Asuntos Técnicos

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVANº 010-2012-DV-PE

Lima, 17 de enero de 2012

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 118-2011-DV-PE, publicada el 31 de agosto de 2011, se designó al señor Eduardo Herbert O’Brien Neira en el cargo de Gerente de Desarrollo Alternativo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, encargándole las funciones de la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA.

Que, el señor Eduardo Herbert O’Brien Neira ha presentado su renuncia al cargo de Gerente de Desarrollo Alternativo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA y al encargo de funciones de la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA.

Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia formulada.

De conformidad con la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos aprobada por Ley Nº 27594, la Ley Marco del Empleo Público aprobada por Ley Nº 28175 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM;

Con la visación del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Eduardo Herbert O’Brien Neira al cargo de Gerente de Desarrollo Alternativo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, y dar por concluido el encargo de funciones de la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar al señor Eduardo Herbert O’Brien Neira en el cargo de Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, encargándole las funciones de la Dirección de Asuntos Técnicos de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARMEN MASÍAS CLAUXPresidenta Ejecutiva

742542-2

Designan Gerente de Desarrollo Alternativo de DEVIDA, encargándosele funciones de la Dirección de Promoción y Monitoreo

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVANº 011-2012-DV-PE

Lima, 17 de enero de 2012

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de Desarrollo Alternativo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA.

De conformidad con la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos aprobada por Ley Nº 27594, la Ley Marco del Empleo Público aprobada por Ley Nº 28175 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM;

Con la visación del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Mario Gilberto Ríos

Espinoza en el cargo de Gerente de Desarrollo Alternativo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, encargándole las funciones de la Dirección de

REQUISITO PARA PUBLICACIŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS

Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico [email protected].

LA DIRECCIÓN

DIARIO OFICIAL

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459423

Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARMEN MASÍAS CLAUXPresidenta Ejecutiva

742542-3

ORGANISMOS TECNICOS

ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL

DEL SERVICIO CIVIL

Asignan a Gerente Público en el cargo Gerente de Contabilidad de la Gerencia Central de Finanzas de ESSALUD

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVANº 016-2012-SERVIR-PE

Lima, 18 de enero de 2012VISTOS, el Informe Nº 141-2011-SERVIR/GDCGP de la

Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y el Acta de Comité de Gerentes Nº 30-2011, y;

CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y

regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil;

Que, el artículo 12º del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 065-2011-SERVIR-PE, el señor Carlos Roberto Benavides Peña fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos;

Que, mediante Ofi cio Nº 210-PE-ESSALUD-2011, el Seguro Social de Salud –ESSALUD- requiere la asignación de un Gerente Público para ocupar entre otros el cargo de Gerente de Contabilidad de la Gerencia Central de Finanzas, dicho cargo de destino fue aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 015-2012-SERVIR-PE;

Que, el Consejo Directivo en su sesión Nº 53-2011 aprobó la asignación del Gerente Público Carlos Roberto Benavides Peña al cargo de Gerente de Contabilidad de la Gerencia Central de Finanzas del Seguro Social de Salud –ESSALUD-;

Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM;

SE RESUELVE:Artículo Primero.- Asignar, al Gerente Público que se

señala a continuación a la entidad y cargo de destino según el detalle siguiente:

GERENTE PÚ-BLICO CARGO ENTIDAD DE DESTINO

Carlos Roberto Benavides Peña

Gerente de Contabilidad de la Gerencia Central

de Finanzas

Seguro Social de Salud –ESSALUD-

Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con el Seguro Social de Salud –ESSALUD- se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida entidad de destino.

Artículo Tercero.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉNPresidente Ejecutivo (e)

742937-1

SUPERINTENDENCIA

NACIONAL DE ADUANAS Y DE

ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de la Aduana de Arequipa

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 154 3I0000/2011-000741

Arequipa, 17 de noviembre de 2011

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y modifi catorias, la cobranza coactiva de las deudas tributarias se ejerce a través del Ejecutor Coactivo, quien actúa en el procedimiento de Cobranza Coactiva con la colaboración de auxiliares coactivos; asimismo establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo;

Que, por necesidad institucional, es necesario designar un nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa para garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva;

Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados;

Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha delegado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas, y en los Intendentes Regionales; la facultad de designar a los Auxiliares Coactivos que ejercerán sus funciones en la Dependencia a la cual han sido asignados;

En ejercicio de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, el mismo que se aprueba con Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT y designación dispuesta con Resolución de Superintendencia N° 205-2010/SUNAT de fecha 09 de julio de 2010.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- DESIGNAR como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de la Aduana de Arequipa a CESAR ARMANDO CONTRERAS RAMIREZ, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDWIN MIGUEL DELGADO RIVEROSIntendente Aduana Arequipa

742415-1

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459424

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

Designan Magistrados Coordinadores de diversas Salas y Juzgados y/o sedes de la Corte Superior de Justicia de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPRESIDENCIA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 63-2012-P-CSJLI-PJ

Lima, 16 de enero de 2012

VISTOS:Resolución Administrativa Nº 001-2012-P-CSJLI-

PJ; Resolución Administrativa Nº 122-2011-P-CSJLI-PJ; Resolución Administrativa Nº 139-2011-P-CSJLI-PJ, Resolución Administrativa Nº 689-2011-P-CSJLI-PJ; y,

CONSIDERANDO:Que, por las Resoluciones Administrativas de vistos,

se nombraron a los jueces coordinadores de las diversas especialidades y sedes del Distrito Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lima para el año judicial dos mil once. Asimismo, se ha dispuesto la conformación de los diversos órganos jurisdiccionales para el presente año judicial dos mil doce.

Que la fi gura el Juez Coordinador, se enmarca dentro de una política de trabajo coordinado y articulado entre la Presidencia y los Jueces, delegando facultades de Control y Supervisión de los servicios administrativos que se brindan en los órganos jurisdiccionales, cautelando la pronta administración de justicia e incluso el cumplimiento de los deberes por parte de los diversos magistrados y personal jurisdiccional en determinada especialidad y/o sedes de nuestro distrito judicial; teniendo como objetivo la mejora del servicio de justicia que debemos a la ciudadanía.

El Presidente de la Corte Superior es la máxima autoridad administrativa y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR como Magistrado Coordinador de las Salas y Juzgados y/o sedes a los siguientes Jueces Superiores, en adición a sus funciones como integrantes de los Colegiados que actualmente conforman.

CARMEN YLEANA MARTINEZ MARAVI

MAGISTRADA COORDINADORA DE LA ESPECIALIDAD CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

JULIO MARTÍN WONG ABAD

MAGISTRADO COORDINADOR DE LA ESPECIALIDAD CIVIL CON SUBESPECIALIDAD COMERCIAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

LUZ MARIA CAPUÑAY CHAVEZ

MAGISTRADA COORDINADORA DE LA ESPECIALIDAD DE FAMILIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

ELINA HEMILSE CHUMPITAZ RIVERA

MAGISTRADA COORDINADORA DE LA ESPECIALIDAD LABORAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

PATRICIA JANET BELTRAN PACHECO

MAGISTRADA COORDINADORA DE LA ESPECIALIDAD CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

PEDRO FERNANDO PADILLA ROJAS

MAGISTRADO COORDINADOR DE LA ESPECIALIDAD PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

OSCAR AUGUSTO SUMAR CALMET

MAGISTRADO COORDINADOR DE LA SALA Y JUZGADOS DE SAN JUAN DE LURIGANCHO, DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

JUAN MIGUEL VARGAS GIRÓN

MAGISTRADO COORDINADOR DE LA SALA Y JUZGADOS DE ATE VITARTE, DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

Artículo Segundo.- DISPONER que las funciones de Magistrado Coordinador de la Salas y Juzgados, adicionales a las labores propias del despacho a su cargo, son:

a) VISITAR las Salas y Juzgados de su especialidad y/o Sede, proponiendo soluciones para la mejora en la organización de los despachos y de los servicios que se prestan.

b) VERIFICAR que la atención al público, por parte de los Jueces y el personal jurisdiccional y/o administrativo se desarrolle dentro de las normas al efecto dictadas.

c) PROPONER al Presidente de la Corte Superior la emisión de directivas u otras resoluciones con el objeto de mejorar la gestión dentro de los Despachos Judiciales, de los órganos jurisdiccionales mencionados.

d) REMITIR un informe mensual a la Presidencia de la Corte Superior, así como de ser el caso, al órgano de control respectivo, sobre el desenvolvimiento de los Jueces y personal jurisdiccional y/o administrativo.

Artículo Tercero.- ORDENAR a todas las dependencias administrativas de la Corte Superior de Justicia de Lima, cumplan con prestar todas las facilidades necesarias dentro del marco normativo vigente, para el cumplimiento de las labores delegadas, bajo responsabilidad.

Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Ofi cina de Control de la Magistratura, y los interesados para los fi nes pertinentes.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

742879-1

Designan Juez Superior Provisional de la Segunda Sala Laboral de Lima y Juez Supernumeraria del Vigésimo Cuarto Juzgado Laboral de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPRESIDENCIA

Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 064-2012-P-SJLI/PJ

Lima, 18 de enero del 2012 VISTOS y CONSIDERANDOS:

Que, mediante la razón que se tiene a la vista, ponen en conocimiento de esta Presidencia que a la doctora Elina Hemilce Chumpitaz Rivera, Presidenta de la Segunda Sala Laboral de Lima, le han otorgado descanso médico desde el 18 de enero al 06 de febrero del año.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a la designación del magistrado que completará el Colegiado de la Segunda Sala Laboral de Lima, en reemplazo de la doctora Chumpitaz Rivera.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459425

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero: DESIGNAR al doctor JUAN CARLOS CHÁVEZ PAUCAR, Juez Titular del Vigésimo Cuarto Juzgado Laboral de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Laboral de Lima, por los días 19 al 31 de enero del presente año, en reemplazo de la doctora Chumpitaz Rivera, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera:

Segunda Sala Laboral de Lima:

Dra. Ofelia Mariel Urrego Chuquihuanga PresidenteDra. Elicea Inés Zúñiga Herrera (P)Dr. Juan Carlos Chávez Paucar (P)

Artículo Segundo: DESIGNAR a la doctora HILDA INGA PICHO, como Juez Supernumeraria del Vigésimo Cuarto Juzgado Laboral de Lima, a partir del día 19 al 31 de enero del presente año, por la promoción del doctor Chávez Paucar.

Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

742882-1

Designan Juezas Supernumerarias del Sétimo Juzgado de Familia de Lima y del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPRESIDENCIA

Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 065-2012-P-CSJLI/PJ

Lima, 17 de enero del 2012

VISTOS y CONSIDERANDOS:

Que, por Resolución Administrativa Nº 005-2012-P-CSJLI/PJ se ha declarado a los ganadores del Segundo Concurso Público para la Selección de Abogados Aptos para integrar el Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Lima; designándose entre otros, a la doctora Rocio Del Pilar Bonifacio Castillo, como abogada apta para cubrir una plaza de Juez Especializado en Familia de Lima.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora ROCIO DEL PILAR BONIFACIO CASTILLO, como Juez Supernumeraria del Sétimo Juzgado de Familia de Lima, a partir del 18 de enero del presente año y mientras dure la promoción de la doctora Rodríguez Alarcón.

Artículo Segundo: DESIGNAR a la doctora DERITA DEL ROSARIO VALERA SÁNCHEZ, como Juez Supernumeraria del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Mirafl ores, a partir del 18 de enero del presente año.

Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

742882-2

Designan Juez Superior Provisional de la Sétima Sala Civil de Lima y Juez Supernumeraria del Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPresidencia

Ofi cina de Coordinación Administrativay de Asuntos Jurídicos

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 066-2012-P-CSJLI/PJ

Lima, 18 de enero del 2012

VISTOS y CONSIDERANDOS:

Que, mediante el ingreso Nº 000576-2012, la doctora Maria del Carmen Gallardo Neyra, Juez Superior integrante de la Sétima Sala Civil de Lima, solicita se le conceda licencia por motivo de capacitación entre otros, por los días 23, 24 y 25 de enero del presente año, para participar en el Programa para la Acreditación de Docentes de la Academia de la Magistratura: Enseñanza del Derecho y Argumentación Jurídica.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no alterar el normal desarrollo de la Sétima Sala Civil de Lima.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor ÁNGEL VICTOR MARTÍN ZEA VILLAR, Juez Titular del Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Lima, como Juez Superior Provisional de la Sétima Sala Civil de Lima, por los días 23, 24 y 25 de enero del presente año, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera:

Sétima Sala Civil de Lima

Dr. Oswaldo Alberto Ordóñez Alcantara PresidenteDr. José Wilfredo Díaz Vallejos (T)Dr. Ángel Víctor Martín Zea Villar (P)

Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MARÍANELLA LEDESMA NARVAEZ, como Juez Supernumeraria del Vigésimo Sexto Juzgado Civil de Lima, por los días 23, 24 y 25 de enero del presente año, por la promoción del doctor Zea Villar.

Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459426

Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

742882-3

Disponen la permanencia de Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPRESIDENCIA

Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 067-2012-P-CSJLI/PJ

Lima, 18 de enero del 2012 VISTOS y CONSIDERANDOS:Que, mediante el ingreso Nº 001460-2012, la doctora

Rose Mary Parra Rivera, Juez del Segundo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, solicita se le conceda licencia por motivo de capacitación entre otros, por los días 23, 24 y 25 de enero del presente año, para participar de las clases del AMAG.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no alterar el normal desarrollo del Segundo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:Artículo Primero: DISPONER la permanencia de la

doctora MARCELA CLEMENCIA ESTRADA ECHEVARRIA, como Juez Supernumeraria del Segundo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, por los días 23, 24 y 25 de enero del presente año, en reemplazo de la doctora Parra Rivera.

Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

742882-4

Designan Juez Provisional del 46º Juzgado Penal de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPRESIDENCIA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 068-2012-P-CSJL/PJ

Lima, 18 de enero del 2012

VISTOS y CONSIDERANDO:

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables.

Que, con fecha 22 de marzo de 1993 el doctor Jesús Germán Pacheco Diez fue designado Relator Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, función que ejerce a la actualidad en la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema.

Que, mediante Resolución Administrativa N° 285-2011-P-CSJLI/PJ, publicado el siete de abril del 2011, se designa a la doctora Teresa Solís de la Cruz como Juez Supernumeraria del 46° Juzgado Penal de Lima; abogada que fuera elegida de la relación de abogados aptos para el desempeño del cargo de juez supernumerario aprobado en sesión de Sala Plena de fecha nueve de marzo del año próximo pasado, relación que acorde a la Resolución Administrativa N° 053-2011-CE-PJ, constituye el último orden de prelación para la designación de jueces supernumerarios.

Que, atendiendo a la jerarquía del cargo y la antigüedad en el ejercicio del mismo, corresponde designar al doctor Jesús Germán Pacheco Diez como Juez Provisional de esta Corte Superior.

Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor JESUS GERMAN PACHECO DIEZ, Juez Provisional del 46° Juzgado Penal de Lima.

Artículo Segundo.- ESTABLECER LA EFECTIVIDAD de la presente resolución a partir de la fecha de su publicación.

Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación y la Ofi cina de Administración Distrital.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

742916-1

Designan Juez Supernumerario del Décimo Quinto Juzgado Laboral de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPresidencia

Ofi cina de Coordinación Administrativay de Asuntos Jurídicos

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 069-2012-P-CSJLI/PJ

Lima, 18 de enero del 2012

VISTOS y CONSIDERANDOS:Que, habiendo tomado conocimiento que la doctora

Delcy García Román, Juez Supernumeraria del Décimo Quinto Juzgado Laboral de Lima, se encuentra con licencia por motivos de salud, resulta necesario que esta Presidencia a fi n de no alterar el normal desarrollo de las labores jurisdiccionales del referido Juzgado, emita el pronunciamiento respectivo.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459427

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor JOSÉ ANTONIO MOSQUITO YGREDA, como Juez Supernumerario del Décimo Quinto Juzgado Laboral de Lima, a partir del 19 de enero del presente año y mientras dure la licencia de la doctora García Román.

Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la residencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

HECTOR ENRIQUE LAMA MOREPresidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima

742919-1

Designan jueces provisional y supernumerarios de diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 036-2012-P-CSJLIMASUR/PJ

Lima, 13 de enero del 2012.

VISTOS:

La Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y las Resoluciones Administrativas Nºs. 024-2012-P-CSJLIMASUR/PJ, 029-2012-P-CSJLIMASUR/PJ expedidas por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.

CONSIDERANDO:

Por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ de fecha 06 de octubre del 2010, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 07 de octubre del 2010, se dispuso el funcionamiento de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur a partir del 13 de octubre del 2010.

Mediante Resolución Administrativa Nº 024-2012-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 09 de enero del 2012 se dispuso el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia de esta Corte Superior de Justicia en el período vacacional, comprendido del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

Mediante Resolución Administrativa Nº 029-2012-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 10 de enero del 2012, se ha autorizado el uso de su descanso físico vacacional correspondiente al presente año Judicial a los Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur que se indican en el anexo adjunto de dicha resolución, y que forma parte integrante de la misma, por el periodo comprendido del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

En consecuencia, debe procederse a designar a los Magistrados que asumirán la judicatura de los órganos jurisdiccionales de emergencia que funcionarán en el periodo vacacional. Asimismo, corresponde designar al Juez Superior que se encargará de la Jefatura de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA durante el periodo vacacional. Todo ello, a fi n de cautelar la idoneidad del servicio de justicia prestado a los justiciables así como el adecuado funcionamiento del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente.

En este sentido, estando a que los Jueces Superiores Titulares de esta Corte harán uso de su período vacacional, corresponde encargar al Juez Superior Titular, doctor Pedro Cartolín Pastor, la Jefatura de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012, en adición a sus funciones de Presidente de esta Corte Superior de Justicia.

El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y

dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en ejercicio del cargo jurisdiccional; debiéndose precisar que, para el caso de designaciones de Jueces Provisionales o Supernumerarios en el Distrito Judicial de Lima Sur, éstas se realizaran en base a la normatividad administrativa pertinente, bajo un estricto análisis de los perfi les de cada uno de los profesionales que asumirán las funciones de la Judicatura, para lo cual se tienen en consideración su capacidad e idoneidad, además de lo previsto en el artículo 2° de la Ley de la Carrera Judicial N° 29277, y los requisitos exigidos por Ley.

Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- ENCARGAR al Juez Superior, doctor Pedro Cartolin Pastor, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, la Jefatura de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura durante el período vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012; con adición a sus funciones.

Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora Lucila Rafael Yana, Juez Titular del Primer Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores, como Juez Superior Provisional de la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, durante el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

Artículo Tercero.- ENCARGAR al doctor Omar Antonio Pimentel Calle, Juez Superior Provisional de la Sala Penal, la Presidencia de dicha Sala durante el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

Asimismo, se dispone que durante el período vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012, el doctor Rubén Cayro Cari, Juez Superior Provisional de la Sala Civil, complete la Sala Penal, quedando el Colegiado de Vacaciones, conformado de la siguiente manera:

Sala Penal:Dr. Omar Antonio Pimentel Calle Presidente Dra. Lucila Rafael Yana PDra. Rubén Cayro Cari PArtículo Cuarto.- DESIGNAR al doctor Elar Danilo

Morales Mandujano como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de Comisaría de Villa María del Triunfo, durante el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

Artículo Quinto.- DESIGNAR al doctor Humberto Fernando Medina López, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Penal de Villa María del Triunfo, durante el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

Artículo Sexto.- REASIGNAR a la doctora Martha Rocío Quilca Molina, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia de Villa María del Triunfo, durante el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012; vencido dicho periodo deberá retornar al juzgado que fuera designada mediante Resolución Administrativa N° 002-2012-P-CSJLIMASUR/PJ.

Artículo Séptimo.- DESIGNAR al doctor Juan Alberto Gutiérrez Rodríguez, como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores, durante el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

Artículo Octavo.- DESIGNAR a la doctora Cinthya Ruby Vargas Luna, como Jueza Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado Penal Turno “A” de San Juan de Mirafl ores, durante el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

Artículo Noveno.- DESIGNAR al doctor Teodoro Marcos Quispe Barbarán, como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Penal Turno “B” de San Juan de Mirafl ores, durante el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

Artículo Décimo.- DESIGNAR a la doctora Mercedes Dora Ilis Castro Cavagnaro, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador, durante el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

Artículo Décimo Primero.- DESIGNAR al doctor Carlos Ildefonso Salas Quiroga, como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado de Familia Transitorio de Villa El

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459428

Salvador, durante el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

Artículo Décimo Segundo.- DESIGNAR a la doctora Isabel Evelin Vera Ore, como Jueza Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado de Lurín, durante el periodo vacacional del 01 de febrero al 01 de marzo de 2012.

Articulo Décimo Tercero.- EXHORTAR a los magistrados designados para el periodo vacacional a cumplir estrictamente con lo previsto en el artículo 3° de la Resolución Administrativa N° 290-2011-CE-PJ, de fecha 22 de noviembre de 2011.

Artículo Décimo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Sur, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Sur, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, Ofi cina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, y Magistrados para los fi nes pertinentes.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

PEDRO CARTOLÍN PASTORPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur

742580-1

Establecen el orden en el desarrollo de los Turnos Judiciales del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur por el período de vacaciones judiciales 2012

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVAN° 041-2012-P-CSJLIMASUR/PJ

Lima, 16 de enero de 2012

VISTOS:

Las Resoluciones Administrativas Nros. 334-2010-CE-PJ, 003-2010-P-CSJLIMASUR/PJ, 099-2010-P-CSJLIMASUR/PJ, 1001-2011-P-CSJLIMASUR/PJ, 027-2011-P-CSJLIMASUR/PJ, 024-2012-P-CSJLIMASUR/PJ, y 036-2012-P-CSJLIMASUR/PJ.

CONSIDERANDO:

Mediante Resolución Administrativa N° 003-2010-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 13 de octubre de 2010, se estableció un Turno Permanente para los Procesos Penales en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Precisándose que, el turno será cubierto por los Jueces Penales y Mixtos con competencia penal de la jurisdicción durante períodos de 24 horas cada uno, de acuerdo al rol establecido por esta Presidencia en base a los principios de equidad, proporcionalidad y razonabilidad.

Mediante Resolución Administrativa N° 024-2012-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 09 de enero de 2012, se estableció que el Primer Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel, Segundo Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel, Primer Juzgado Penal de Villa María del Triunfo, Segundo Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores, Primer Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador, y Juzgado Mixto de Lurín, actuarán como órganos de emergencia para el período vacacional en el Año Judicial 2012, período comprendido entre el 01 de febrero al 01 de marzo de 2012, conforme a lo establecido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en la Resolución Administrativa N° 290-2011-CE-PJ.

En tal sentido, estando a que en el período vacacional son los Juzgados de emergencia quienes asumen los juzgados de vacaciones; corresponde entonces a éstos órganos jurisdiccionales realizar el turno penal permanente en el Distrito Judicial de Lima Sur, considerándose dentro de ellos al Juez de Alternancia. Precisándose que culminado el período vacacional se continuará con el turno penal que

culminó en el mes de enero último, y, que fuera dispuesto mediante Resolución Administrativa N° 1001-2011-P-CSJLIMASUR/PJ.

El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables.

Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y la autorización otorgada por la Sala Plena de esta Corte;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- ESTABLECER el siguiente orden en el desarrollo de los turnos judiciales del Juzgado Penal Transitorio de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para el mes de vacaciones judiciales (febrero-marzo), el cual excepcionalmente será realizado solamente por los Juzgados de Emergencia.

FEBRERO:

DÍA TURNO

01 1° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel02 2° Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores03 1° Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador 04 Juez Supernumerario de Alternancia05 2° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel06 Juzgado Mixto de Lurín07 1° Juzgado Penal de Villa María del Triunfo08 1° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel09 2° Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores10 1° Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador 11 Juez Supernumerario de Alternancia12 2° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel13 Juzgado Mixto de Lurín14 1° Juzgado Penal de Villa María del Triunfo15 1° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel16 2° Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores17 1° Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador 18 Juez Supernumerario de Alternancia19 2° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel20 Juzgado Mixto de Lurín21 1° Juzgado Penal de Villa María del Triunfo22 1° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel23 2° Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores24 1° Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador 25 Juez Supernumerario de Alternancia26 2° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel27 Juzgado Mixto de Lurín28 1° Juzgado Penal de Villa María del Triunfo29 1° Juzgado Penal Transitorio con Reos en Cárcel

MARZO

01 2° Juzgado Penal de San Juan de Mirafl ores

Artículo Segundo.- PRECISAR que el rol de turno para el mes de marzo (a partir del 02 de marzo) se iniciará de acuerdo con el orden establecido para el mes de enero último.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Sur, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina de Personal, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia y Magistrados, para los fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.

PEDRO CARTOLÍN PASTORPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur

742579-1

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459429

ORGANOS AUTONOMOS

REGISTRO NACIONAL

DE IDENTIFICACION

Y ESTADO CIVIL

Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Cashuera, ubicada en el departamento de Ucayali

RESOLUCIÓN JEFATURAL N°06-2012-JNAC/RENIEC

Lima, 16 de enero de 2012

VISTOS:

El Informe N° 000248-2011/GPRC/SGIRC/RENIEC (02DIC2011) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, el Ofi cio N° 001363-2011/GRC/RENIEC (06DIC2011) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000001-2012/GPRC/RENIEC (03ENE2012) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;

CONSIDERANDO:

Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral está conformado por el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias;

Que, el artículo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Ofi cina de Registros del Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el artículo 262° del Código Civil señala que éste puede tramitarse y celebrarse ante un comité especial;

Que, la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, a través del informe de vistos, señala que la Comunidad Nativa Cashuera, Distrito y Provincia de Purus, Departamento de Ucayali, no ha presentado acta de conformación de comité especial, a que se refi ere el considerando precedente;

Que, sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Cashuera, Distrito y Provincia de Purus, Departamento de Ucayali; a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado su respectivo expediente de incorporación de Ofi cina Registral, habiendo sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas;

Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegación referida, a fi n de establecer la vinculación funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y,

Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar la delegación de las funciones

registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y

q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Cashuera, Distrito y Provincia de Purus, Departamento de Ucayali.

Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa señalada en el artículo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC.

Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnico Normativa de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento y Defunción, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Cashuera, Distrito y Provincia de Purus, Departamento de Ucayali; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil.

Artículo 4°.- Asimismo, la Sub Gerencia de Gestión Técnico Normativa de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proveerá del respectivo Libro de Matrimonio, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Comunidad Nativa Cashuera, Distrito y Provincia de Purus, Departamento de Ucayali, de remitirse el acta de conformación de comité especial, a que hace referencia el artículo 262° del Código Civil.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZOJefe Nacional

742768-1

Establecen gratuidad en el procedimiento de inscripción para adolescentes de 17 años de edad residentes en Centros de Atención Residencial o Centros de Protección al Menor, y en procedimientos de inscripción, duplicados y renovación de DNI para personas con urgencias médicas y mayores de edad en situación de vulnerabilidad y exclusión social

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 09-2012-JNAC/RENIEC

Lima, 17 de enero de 2012

VISTO: El Ofi cio N° 002318-2011/GRIAS/RENIEC (21DIC2011) e Informe N° 000038-2011/GRIAS/RENIEC (21DIC2011) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Ofi cio N° 00003186-2011/GPP/RENIEC (29DIC2011) de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe N° 002132-2011/GPP/SGP/RENIEC (29DIC2011) emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe N° 000033-2012/GAJ/RENIEC (04ENE2012), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad;

Que el derecho a la identidad consagrado por la Constitución Política del Estado como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identifi cación que los individualice de los demás;

Que asimismo, por diversos factores de orden estructural, económico, normativo, sociocultural y/o

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459430

geográfi co, no todos los peruanos y peruanas acceden a dichos documentos, situación que acentúa su exclusión social y vulnerabilidad;

Que a partir de un diagnóstico situacional, sobre la problemática de las poblaciones indocumentadas y las barreras de acceso a los documentos de identifi cación, el referido instrumento comprende diversas acciones para otorgar documentos de identidad a los grupos priorizados (niñas, niños, adolescentes y adultos mayores, entre otros);

Que la falta de un documento de identidad, así como la no renovación oportuna del mismo, genera a los ciudadanos severos inconvenientes para el pleno ejercicio de sus derechos y para la realización de actos jurídicos, comerciales, administrativos, incluso para acreditar su identidad ante diversas dependencias del Estado y del sector privado;

Que en ese sentido la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, mediante los documentos del visto, manifi esta que en el marco de sus funciones mantiene contacto directo con las personas en situación de vulnerabilidad y con las instituciones del estado y de la sociedad civil involucradas en la defensa, promoción y protección de sus derechos, razón por la cual recomienda se dicten medidas conducentes a garantizar el acceso al documento nacional de identidad de dicho sector de la población en situación de vulnerabilidad, exclusión social o que se encuentren atravesando por situaciones de excepcional urgencia que requieren del DNI;

Que el artículo 98° del Decreto Supremo No. 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente;

Que la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto mediante los documentos del visto, señala que la gratuidad a los procedimientos de trámites del DNI, solicitados por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, será con cargo a los Recursos Directamente Recaudados con que cuenta la Institución, los que serán atendidos en la medida que efectivamente se realicen dichos trámites;

Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos;

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley No. 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo No. 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural No. 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo No. 001-2009-JUS (15ENE2009);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Establecer la gratuidad en el procedimiento de inscripción por primera vez para los adolescentes de 17 años de edad residentes en los Centros de Atención Residencial (albergues, casa hogar) o Centros de Protección al Menor.

Artículo Segundo.- Establecer la gratuidad en el procedimiento de inscripción, duplicado y renovación del DNI para las personas con urgencias médicas (quienes se encuentran hospitalizadas, requieran ser operadas o necesitan afi liarse al seguro para recibir tratamiento), comprendiéndose a niñas, niños, adolescentes y personas mayores de edad, siempre que sean derivadas por instituciones del estado, iglesias u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justifi cada.

Artículo Tercero.- Establecer la gratuidad en el procedimiento de renovación y duplicado del DNI para las personas mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social como consecuencia de desastres naturales, o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del estado, iglesias u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justifi cada.

Artículo Cuarto.- Las gratuidades otorgadas en los artículos precedentes solo procederán en campañas de desplazamiento.

Artículo Quinto.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán afectados con cargo a los Recursos Directamente Recaudados con que cuenta la Institución, y

su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes.

Artículo Sexto.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, Restitución de la Identidad y Apoyo Social, Informática, Administración, Planifi cación y Presupuesto y Registros de Identifi cación.

Artículo Sétimo.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZOJefe Nacional

742768-2

MINISTERIO PUBLICO

Dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Judiciales

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 170-2012-MP-FN

Lima, 18 de enero de 2012

VISTA: La Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 496-2011-CNM, de fecha 29 de diciembre del 2011; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 150º preceptúa que el Consejo Nacional de la Magistratura se encarga de la selección y el nombramiento de los jueces y fi scales, salvo cuando éstos provengan de elección popular; los nombramientos se realizan previo concurso público de méritos y evaluación personal;

Que, mediante la Resolución de vista, el Consejo Nacional de la Magistratura, en cumplimiento de la Décima Disposición Transitoria y Final del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, aprobado por Resolución Nº 281-2010-CNM, resolvió nombrar a los Fiscales Adjuntos Provinciales Titulares en los Distritos Judiciales de Amazonas, Cajamarca, Huánuco, Junín y Loreto;

Que, los Magistrados que se mencionan en la parte resolutiva, al momento de su inscripción y postulación, han declarado ante el Consejo Nacional de la Magistratura, haber culminado su curso de Ascenso o Programa de Formación de Aspirantes (PROFA) en la Academia de la Magistratura;

Que, estando a los nombramientos mencionados, corresponde al Fiscal de la Nación designar a los Titulares en los respectivos Despachos fi scales, dando por concluidos los nombramientos y designaciones en los cargos ocupados por Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales;

Que, en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado, y artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor HERIBERTO CARLOS SOLIS DELGADO, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lambayeque, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Oyotún, Distrito Judicial de Lambayeque, materia de las Resoluciones Nº 524-2008-MP-FN y Nº 2176-2010-MP-FN, de fechas 29 de abril del 2008 y 30 de diciembre del 2010, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor SERGIO MARTIN NUÑEZ PALACIOS, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, Distrito Judicial de Lima, materia

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459431

de la Resolución Nº 314-2010-MP-FN, de fecha 11 de febrero del 2010.

Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora GAUDY MARIBEL ZAVALETA CASTRO, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civill y de Familia de Utcubamba, Distrito Judicial de Amazonas, materia de la Resolución Nº 583-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010.

Artículo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora CARMEN ELIZABETH PEÑA MONDRAGON, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Bongará, Distrito Judicial de Amazonas, materia de la Resolución Nº 571-2011-MP-FN, de fecha 12 de abril del 2011.

Artículo Quinto.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora YAKELINE MARGARITA PEREZ VILLAGOYA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Cajabamba, Distrito Judicial de Cajamarca, materia de la Resolución Nº 578-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010.

Artículo Sexto.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora SANDRA JANET YECKLE ANICETO, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Miguel, Distrito Judicial de Cajamarca, materia de la Resolución Nº 578-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010.

Artículo Sétimo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora LIS ELIANA RETO DE LOS RIOS, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Cajamarca, Distrito Judicial de Cajamarca, materia de la Resolución Nº 1317-2010-MP-FN, de fecha 13 de agosto del 2010.

Artículo Octavo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora KERSTIN IVONNE RIVERA HERRERA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Chota, Distrito Judicial de Cajamarca, materia de la Resolución Nº 577-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010.

Artículo Noveno.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora CARMEN LUISA VILLAR ACOSTA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huánuco, y su designación en el Despacho del Pool de Fiscales de Huánuco, Distrito Judicial de Huánuco, materia de la Resolución Nº 1215-2008-MP-FN, de fecha 09 de setiembre del 2008.

Artículo Décimo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora ROCIO PILAR MAYTA DELZO, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Junín, y su designación en el Despacho del Pool de Fiscales de Junín, Distrito Judicial de Junín, materia de la Resolución Nº 1669-2011-MP-FN, de fecha 26 de agosto del 2011.

Artículo Décimo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora ROSA CLORINDA BERRIOS LOJA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Junín, y su designación en el Despacho del Pool de Fiscales de Junín, Distrito Judicial de Junín, materia de la Resolución Nº 209-2010-MP-FN, de fecha 29 de enero del 2010.

Artículo Décimo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora SANDRA PAOLA HITTSCHER ANGULO, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Loreto, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Civil de Loreto, Distrito Judicial de Loreto, materia de la Resolución Nº 1250-2010-MP-FN, de fecha 26 de julio del 2010.

Artículo Décimo Tercero.- DESIGNAR al doctor HERIBERTO CARLOS SOLIS DELGADO, Fiscal Adjunta Provincial Titular Civil y Familia de Utcubamba, Distrito Judicial de Amazonas, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Utcubamba.

Artículo Décimo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora SONIA ALICIA CUEVA QUISPE, Fiscal Adjunta Provincial Titular Civil y Familia de Bongará, Distrito Judicial de Amazonas, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Bongará.

Artículo Décimo Quinto.- DESIGNAR a la doctora ELIANA LISETTE FERNANDEZ VELASQUEZ, Fiscal Adjunta Provincial Titular Civil y Familia de Cajabamba, Distrito Judicial de Cajamarca, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Cajabamba.

Artículo Décimo Sexto.- DESIGNAR al doctor JOHN FELIX GONZALEZ SANTILLAN, Fiscal Adjunto Provincial

Titular Penal de San Miguel, Distrito Judicial de Cajamarca, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de San Miguel.

Artículo Décimo Sétimo.- DESIGNAR a la doctora LILY DEL ROSARIO CORDOVA GARCIA, Fiscal Adjunta Provincial Titular Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios (Sede Cajamarca) de Cajamarca, Distrito Judicial de Cajamarca, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Cajamarca.

Artículo Decimo Octavo.- DESIGNAR a la doctora BETHY MERCEDES BRAVO MALACHE, Fiscal Adjunta Provincial Titular Civil y Familia de Chota, Distrito Judicial de Cajamarca, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Chota.

Artículo Décimo Noveno.- DESIGNAR a la doctora LUZ ANGELICA PINEDO SANCHEZ, Fiscal Adjunta Provincial Titular del Pool de Fiscales de Huánuco, Distrito Judicial de Huánuco, en el Despacho del Pool de Fiscales de Huánuco.

Artículo Vigésimo.- DESIGNAR a los Fiscales Adjuntos Provinciales Titulares del Pool de Fiscales de Junín, Distrito Judicial de Junín, en el Despacho del Pool de Fiscales de Junín, a los doctores:

• SERGIO MARTIN NUÑEZ PALACIOS• CAROLINA VILMA HUAMANI REYES

Articulo Vigésimo Primero.- DESIGNAR a la doctora ROCIO DEL PILAR ESTACION CASANOVA, Fiscal Adjunta Provincial Titular Civil de Loreto, Distrito Judicial de Loreto, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Civil de Loreto.

Articulo Vigésimo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de Amazonas, Cajamarca, Huánuco, Junín, Lambayeque, Lima, y Loreto, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

742874-1

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 171-2012-MP-FN

Lima, 18 de enero de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:Artículo Primero.- NOMBRAR a la doctora HENLE

CORONEL DIAZ, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Bagua.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

742874-2

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 173-2012-MP-FN

Lima, 18 de enero de 2012 VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459432

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor IRGO BOHORQUEZ ABARCA, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cusco, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Quispicanchis, materia de la Resolución Nº 1840-2011-MP-FN, de fecha 19 de setiembre del 2011.

Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor IRGO BOHORQUEZ ABARCA, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cusco, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Chumbivilcas.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cusco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal designado

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

742874-4

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 174-2012-MP-FN

Lima, 18 de enero de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora EVELYNE MARJORIE CAMPOS AMASIFUEN, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huánuco, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Pachitea, materia de la Resolución Nº 1333-2010-MP-FN, de fecha 13 de agosto del 2010.

Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora EVELYNE MARJORIE CAMPOS AMASIFUEN, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huánuco, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Huánuco.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Huánuco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

742874-5

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNN° 175-2012-MP-FN

Lima, 18 de enero de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora NARDA ROSA AGUILAR MENDOZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lambayeque y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Civil de Chiclayo, materia de la Resolución Nº 1572-2005-MP-FN, de fecha 04 de agosto del 2005.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora DANNY LISBETH MORI PELAEZ, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lambayeque y su designación en el Despacho de la

Tercera Fiscalía Provincial de Familia de Chiclayo, materia de la Resolución Nº 1058-2011-MP-FN, de fecha 20 de junio del 2011.

Artículo Tercero.- NOMBRAR a la doctora DANNY LISBETH MORI PELAEZ, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lambayeque, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Civil de Chiclayo.

Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora NARDA ROSA AGUILAR MENDOZA, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo.

Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lambayeque, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las Fiscales mencionadas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

742874-6

Cesan por fallecimiento a Fiscal del Distrito Judicial de Cajamarca

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 172-2012-MP-FN

Lima, 18 de enero de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO:

El Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil – RENIEC, en el cual se verifi ca que el día 31 de diciembre del 2011, se produjo el sensible fallecimiento del doctor Edgar Ysaac Ramos López, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Celendín, del Distrito Judicial de Cajamarca, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Celendín;

Que, estando a lo expuesto y de conformidad lo prescrito por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Cesar por fallecimiento al doctor EDGAR YSAAC RAMOS LOPEZ, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Celendín, del Distrito Judicial de Cajamarca, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Celendín, materia de la Resolución Nº 2459-2011-MP-FN, de fecha 13 de diciembre del 2011, a partir del 31 de diciembre del 2011.

Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura, la presente Resolución, para la cancelación del Título, materia de la Resolución Nº 446-2011-CNM, de fecha 25 de noviembre del 2011.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

742874-3

Convierten la Primera y Segunda Fiscalía Provincial de Mala en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 176-2012-MP-FN

Lima, 18 de enero de 2012

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459433

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante Ofi cio Nº 6866-2011-PJFS-P-CAÑETE, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cañete, eleva la solicitud formulada por el Fiscal Provincial Coordinador de las Fiscalías Provinciales de Mala, a fi n que se corporativicen las Fiscalías Penales de Mala;

Que, a través de la Resolución Nº 090-2009-MP-FN-JFS de fecha 25 de noviembre del 2009, aprobada mediante Acuerdo Nº 1699 de la Junta de Fiscales Supremos, se crearon Fiscalías para ser implementadas en el Distrito Judicial de Cañete, ante la entrada en vigencia del Código Procesal Penal;

Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1714-2009-MP-FN de fecha 25 de noviembre del 2009, se convirtieron y delimitaron competencias en despachos Fiscales del Distrito Judicial de Cañete;

Que, el Fiscal de la Nación, como Titular del Pliego del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional adoptando las medidas necesarias para brindar un servicio fi scal efi ciente y oportuno;

Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Convertir la Primera y Segunda Fiscalía Provincial de Mala, con todo su personal, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mala del Distrito Judicial de Cañete.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cañete, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, para los fi nes consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la Nación

742874-7

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 017-2012-MP-FN

Mediante Oficio Nº 1164-2012-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 017-2012-MP-FN, publicada en la edición del 7 de enero de 2012.

DICE:

Artículo Décimo Octavo.- (...) Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Pisco, (...)

DEBE DECIR:

Artículo Décimo Octavo.- (...) Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil y Familia de Parcona, (...)

743089-1

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 034-2012-MP-FN

Mediante Ofi cio Nº 1167-2012-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 034-2012-MP-FN, publicada en la edición del día 10 de enero de 2012.

DICE:

Artículo Vigésimo Primero.- (...), Fiscal Adjunto Provincial Penal (Corporativo) de Moyobamba, (...).

DEBE DECIR:

Artículo Vigésimo Primero.- (...), Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Moyobamba, (...).

743085-1

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 140-2012-MP-FN

Mediante Ofi cio Nº 1166-2012-MP-FN-SEGFIN, el Ministerio Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 140-2012-MP-FN, publicada en la edición del 18 de enero de 2012.

DICE:

Artículo Octavo.- Dar por concluida la designación de la doctora DELIA JESUS PACHAO GUEVARA, (...).

DEBE DECIR:

Artículo Octavo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora DELIA JESUS PACHAO GUEVARA. (...).

DICE:

Artículo Noveno.- Dar por concluida la designación de la doctora ROSALBA BRAVO PUENTE, (...).

DEBE DECIR:

Artículo Noveno.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora ROSALBA BRAVO PUENTE, (...).

743087-1

SUPERINTENDENCIA

DE BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Autorizan al Banco Azteca del Perú S.A. el traslado de agencia ubicada en el distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua

RESOLUCIÓN SBS N° 12115-2011

Lima, 21 de diciembre de 2011

EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA

VISTA:

La solicitud presentada por el Banco Azteca del Perú S.A. el día 15 de diciembre de 2011, para que esta Superintendencia le autorice el traslado de una (01) de sus agencias, según se indica en la parte resolutiva; y,

CONSIDERANDO:

Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente requerida para que este Organismo de Control apruebe el traslado de la Agencia de Ilo, autorizada mediante Resolución SBS Nº 146-2008 del 24 de enero del 2008, de acuerdo a lo previsto en el procedimiento Nº 15 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” mediante informe N° 198-2011-DSB “B”; y,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modifi catorias, y en concordancia

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459434

con lo dispuesto en el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Ofi cinas, Uso de Locales Compartidos, Cajeros Automáticos y Cajeros Corresponsales, aprobado por Resolución SBS N° 775-2008, y en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 12883-2009;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar al Banco Azteca del Perú S.A. el traslado de la Agencia ubicada en la Calle Abtao Nº 624-632, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua, a la Calle 28 de Julio Nº 509-A, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RUBÉN MENDIOLAZA MOROTEIntendente General de Banca

742208-1

Fijan para los Intermediarios y Auxiliares de Seguros - Personas Jurídicas, tasa como contribución para el año 2012

RESOLUCIÓN SBS Nº 148-2012

Lima, 13 de enero de 2012

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS YADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 373º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, dispone que el presupuesto de este ente supervisor es aprobado por el Superintendente, quien tiene a su cargo la administración, ejecución y control del mismo, y es cubierto mediante contribuciones a cargo de las empresas y personas supervisadas;

Que, el numeral 4 del artículo 374º de la referida Ley dispone que tratándose de otras instituciones o personas sujetas a su control, las contribuciones se fi jan equitativamente, de acuerdo con lo que establezca el Superintendente mediante norma de carácter general;

Que, dentro de la clasifi cación de otras instituciones o personas sujetas al control de esta Superintendencia, se encuentran comprendidos los Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Personas Naturales y Jurídicas;

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 87º de la Constitución Política del Perú y las facultades establecidas en la Ley Nº 26702;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Fijar para los Intermediarios y Auxiliares de Seguros -Personas Jurídicas y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada- una tasa de siete décimos del uno por ciento (0,7 del 1%) como contribución para el año 2012 aplicada sobre los ingresos anuales que registren al 31 de diciembre de 2011. Esta contribución, según cada caso, no podrá ser inferior a los siguientes importes que resulten:

a) Corredores de Seguros : 1/3 de la UIT S/. 1.217.00b) Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros : 1/4 de la UIT S/. 913.00c) Corredores de Reaseguros : 2/5 de la UIT S/. 1.460.00

Artículo Segundo.- Fijar a los Intermediarios y Auxiliares de Seguros -Personas Naturales- una contribución única anual para el año 2012 los importes que resulten:

a) Corredores de Seguros : 1/6 de la UIT S/. 608.00b) Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros : 1/7 de la UIT S/. 521.00

Artículo Tercero.- Los Intermediarios y Auxiliares de Seguros –Personas Naturales- que se desempeñen como representantes legales en una empresa de intermediarios o auxiliares de seguros, abonarán a esta Superintendencia una contribución anual equivalente al 10% de la que corresponde a las personas que sólo ejercen sus actividades como persona natural.

Artículo Cuarto.- Fijar a los representantes de empresas extranjeras como contribución única anual para el año 2012 los siguientes importes que resulten:

a) Corredores de Reaseguros Extranjeros : 2/5 de la UIT S/. 1.460.00b) Empresas de Reaseguros Extranjeras : 2/3 de la UIT S/. 2.433.00

Artículo Quinto.- El pago de las contribuciones fi jadas para el año 2012 a cada uno de los Intermediarios y Auxiliares de Seguros que señala la presente resolución se efectuará en cuatro cuotas de acuerdo al siguiente calendario:

a) Primera cuota : Hasta el 28 de marzo de 2012b) Segunda cuota : Hasta el 20 de junio de 2012c) Tercera cuota : Hasta el 20 de setiembre de 2012d) Cuarta cuota : Hasta el 20 de diciembre de 2012

Artículo Sexto.- En caso de mora, el monto de las contribuciones devengará la tasa de interés activa promedio en moneda nacional (TAMN), que publica esta Superintendencia, durante el período de mora.

Artículo Sétimo.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administración General las acciones administrativas, fi nancieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERGSuperintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones

741891-1

Fijan tasa de contribución anual para el año 2012 al Fondo MIVIVIENDA S.A.

RESOLUCIÓN SBS Nº 152-2012

Lima, 13 de enero de 2012

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROSY ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, el Fondo MIVIVIENDA S.A. es considerado como empresa integrante del sistema fi nanciero nacional;

Que, el artículo 373° de la referida Ley, dispone que el presupuesto de este ente supervisor es aprobado por el Superintendente, quien tiene a su cargo la administración, ejecución y control del mismo, y es cubierto mediante contribuciones trimestrales adelantadas a cargo de las empresas supervisadas;

Que, el artículo 11° de la Resolución SBS N° 980-2006 establece que el Fondo MIVIVIENDA S.A. debe abonar una contribución de supervisión a esta Superintendencia conforme a la Resolución que se emita sobre el particular en cumplimiento de lo establecido en el artículo 374° de la Ley General, contribución que se calculará como una fracción de promedio trimestral del activo y créditos contingentes;

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 87° de la Constitución Política del Perú y las facultades establecidas en la Ley N° 26702;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Fijar al Fondo MIVIVIENDA S.A. una tasa de contribución anual para el año 2012, de un cuatrocientosavos del uno por ciento (1/400 del 1%) que se aplicará sobre el promedio trimestral del Activo y Créditos Contingentes.

Artículo Segundo.- Las contribuciones que correspondan pagar de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero, de la presente Resolución, deberán ser abonadas dentro de los diez (10) días siguientes de su requerimiento trimestral que en su oportunidad determine este Organismo de Control. En caso de incumplimiento en el pago de la contribución fi jada, ésta devengará intereses por el período de atraso, aplicándose la tasa de interés

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459435

activa promedio en moneda nacional (TAMN) que publica esta Superintendencia.

Artículo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administración General las acciones administrativas, fi nancieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERGSuperintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

741895-1

Fijan contribución trimestral para las Empresas Administradoras Hipotecarias a partir del año 2012

RESOLUCIÓN SBS Nº 155-2012

Lima, 13 de enero de 2012

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROSY ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1° de la Ley N° 28971 estable que las Empresas Administradoras Hipotecarias son empresas especializadas del sistema fi nanciero y se someten a la regulación y supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aplicándoseles las disposiciones contenidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702; en lo que resulte pertinente, así como en las normas complementarias que la Superintendencia emita;

Que, el artículo 373º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, dispone que el presupuesto de este ente supervisor es aprobado por el Superintendente, quien tiene a su cargo la administración, ejecución y control del mismo, y es cubierto mediante contribuciones trimestrales adelantadas a cargo de las empresas supervisadas;

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 87º de la Constitución Política del Perú y las facultades establecidas en la Ley Nº 26702;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Fijar una contribución trimestral para las Empresas Administradoras Hipotecarias a partir del año 2012, que resultará de aplicar una tasa anual de un quinto del uno por ciento (1/5 del 1%) sobre el promedio trimestral del Activo; más la tasa anual de ochenta y cinco diez milésimas (0.0085) sobre el promedio mensual del trimestre anterior de los Ingresos por Transferencia de Cartera (cuenta 62010901000000).

Artículo Segundo.- Las contribuciones que correspondan pagar de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Primero, de la presente Resolución, deberán ser abonadas dentro de los diez (10) días siguientes de su requerimiento trimestral que en su oportunidad determine este Organismo de Supervisión. En caso de incumplimiento en el pago de la contribución fi jada, ésta devengará intereses por el período de atraso, aplicándose la tasa de interés activa promedio en moneda nacional (TAMN) que publica esta Superintendencia.

Artículo Tercero.- Encargar a la Superintendencia Adjunta de Administración General las acciones administrativas, financieras y legales necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERGSuperintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

741898-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL

DE ANCASH

Nombran personal contratado por servicios personales de la Sede del Gobierno Regional de Ancash

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 0723-2011-GRA/PRE

Huaraz, 29 de diciembre de 2011

VISTO:

Las solicitudes de nombramiento presentadas por 25 servidores contratados por servicios personales en la Sede del Gobierno Regional de Ancash, los resultados fi nales que adjudica las plazas a 17 postulantes ganadores que fi guran en el Anexo de la presente Resolución y que forma parte integrante de la misma; y demás antecedentes;

CONSIDERANDO

Que, con Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, se aprueban los Lineamientos para Nombramiento de Personal del Sector Público que a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 29465 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, cuenten con más de tres (03) años de servicios consecutivos, ocupen plaza presupuestada vacante bajo la modalidad de servicios personales para labores de naturaleza permanente y reúnan los requisitos establecidos en las leyes de carrera;

Que, la Ley Nº 29753, Autoriza a las entidades del Sector Público a concluir en el año 2011 el proceso de nombramiento del personal contratado, iniciado al amparo de la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, modifi cada por Decreto de Urgencia Nº 113-2009;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0339-2011-GRA/PRE, modifi cada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 0521-2011-GRA/PRE, de fecha 26 de setiembre de 2011, se designó a los miembros del Comité Evaluador para el Proceso de Nombramiento por Concurso del Personal Contratado por Servicios Personales de la Sede Central del Gobierno Regional de Ancash;

Que, ante la autorización de concluir en el presente año el proceso de nombramiento, el Comité Evaluador elaboró y aprobó las Bases para el Proceso de Nombramiento por Concurso del Personal Contratado por Servicios Personales en la Sede Central del Gobierno Regional de Ancash con la fi nalidad de regular y culminar el proceso de Nombramiento por Concurso y conforme a sus disposiciones específi cas se han establecido las etapas del concurso, en el marco de lo dispuesto en el D.S. Nº 111-2010-PCM, concordado con la citada Ley Nº 29753;

Que, en mérito a lo dispuesto en las normas citadas en los considerandos precedentes, y conforme al cronograma establecido en las Bases del Proceso de Nombramiento por Concurso Nº 001-2011-GRA-CEPNPC, a partir del 18 al 28 de noviembre de 2011 se procedió a Recepcionar las solicitudes del personal contratado que se presentó al Concurso de Nombramiento del Personal Contratado por Servicios Personales de la Sede Central del Gobierno Regional de Ancash; siendo que los servidores que fi guran en el Anexo adjunto a la presente Resolución, han solicitado su nombramiento en las plazas que ocupan en el Gobierno Regional de Ancash;

Que, de acuerdo al cronograma de selección, el 29 de noviembre de 2011, el Comité Evaluador procedió a la evaluación curricular en presencia de los veedores y el representante del Órgano de Control Institucional del G.R.A., y declaró por unanimidad que de los 25 servidores postulantes se encuentran aptos sólo 18 para participar del mencionado proceso, por cuanto 07 postulantes, no han cumplido con los requisitos mínimos y el perfi l requerido, siendo descalifi cados;

Que, con fecha 05 de diciembre de 2011, el Comité Evaluador procedió a la evaluación técnica con medición

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NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459436

de dos aspectos: conocimiento vinculado directamente a las funciones del cargo al que postula y experiencia específi ca en el cargo o cargos similares, al culminar dicha evaluación, se sumaron los puntajes obtenidos en los dos aspectos evaluados;

Que, concluida la fase de evaluación técnica, con fecha 12 de diciembre de 2011, los miembros del Comité Evaluador en forma simultánea participaron en la evaluación de entrevista personal a los 18 postulantes aptos, evaluando criterios como: aspecto personal, seguridad, estabilidad emocional, capacidad de persuasión, habilidades para tomar decisiones y conducta laboral; siendo que para evaluar el criterio conducta laboral solicitaron con Ofi cio Nº 023-2011-REGION ANCASH-GRAD/CEPNPC a la Sub Gerencia de Recursos Humanos información documentada respecto a los méritos y deméritos que hasta la fecha obra en el legajo personal de los postulantes, documento que mereció respuesta con Ofi cio Nº 01312-2011-REGION ANCASH-GRAD/SGRH-APT;

Que, con fecha 13 de diciembre de 2011, el Comité Evaluador procedió elaborar y publicar el Cuadro de Resultados Finales, en el cual consta la sumatoria de la evaluación técnica y la entrevista personal realizada a los postulantes aptos, quedando como ganadores 17 servidores, que en estricto orden de mérito han obtenido el más alto puntaje, considerando como nota mínima aprobatoria sesenta (60) puntos del máximo total;

Que, estos diecisiete (17) servidores han ingresado al Gobierno Regional de Ancash mediante contratos temporales de servicios personales, los mismos que vienen siendo renovados por más de tres años consecutivos, y se encuentran ocupando plazas previstas y presupuestadas y se ha determinado que los servidores han cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 8º de los Lineamientos para Nombramiento de Personal Contratado, para acceder a su nombramiento;

Que, de acuerdo con el Ofi cio Nº 01272-2011-REGION ANCASH/SGRH-APT emitido por el Sub Gerente de Recursos Humanos y el Memorándum Nº 057-2011-REGION ANCASH emitido por el Sub Gerente de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el nombramiento de personal contratado se viene efectuando en plazas vacantes y debidamente presupuestadas, existente en la Unidad Ejecutora 001-Sede Ancash y en cuanto al reordenamiento de plazas a que se refi ere el numeral 8.5.1. de los Lineamientos para Nombramiento de Personal no requiere ser realizada actualmente, debido a que los cargos del personal a nombrarse se encuentran consideradas en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y las plazas respectivas consignadas en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Gobierno Regional de Ancash;

Que, conforme a lo indicado en el Informe Nº 002-2011-CEPNPC/GRA, de fecha 28 de diciembre de 2011, emitido por el Comité Evaluador se ha cumplido con las etapas previstas para el Proceso de Nombramiento por Concurso, habiéndose publicado el Cuadro de Resultados Finales en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ancash, con fecha 13 de diciembre de 2011, no mediando impugnación alguna; siendo por tanto necesario dar por concluido el presente proceso conforme a lo dispuesto en el numeral 8.6.9. de los Lineamientos para Nombramiento del Personal;

Que, de conformidad a lo normado en el Decreto Legislativo Nº 276-Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, así como a lo establecido en la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465-Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, el Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM que aprueba los Lineamientos para Nombramiento de Personal del Sector Público y la Ley Nº 29753 que Autoriza a las entidades del Sector Público a concluir en el año 2011 el proceso de nombramiento del personal contratado;

Por estas consideraciones y estando a lo solicitado y recomendado por el Comité Evaluador para el Proceso de Nombramiento por Concurso, a lo informado por la Sub Gerencia de Recursos Humanos y la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ancash;

Que, por el mérito de la normatividad legal glosada, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por la Ley Nº 27902, N° 28013, N° 28926, N° 28961, N° 28968 y N° 29053 y, demás normas conexas;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- NOMBRAR, a partir de la fecha, al personal contratado por servicios personales de la Sede del Gobierno Regional de Ancash, en los cargos y niveles que se indican en el Anexo adjunto a la presente y que forma parte integrante de la misma.

Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDO el Proceso de Nombramiento por Concurso en virtud del numeral 8.6.9 de los Lineamientos para Nombramiento de Personal Contratado, aprobados por Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM.

Artículo Tercero.- DISPONER que de acuerdo al numeral 9.3 del Artículo 9º de las Disposiciones Complementarias del Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM, la presente Resolución sea publicada en el portal institucional, y en el Diario Ofi cial El Peruano, debiendo además ser notifi cada a los servidores que fi guran en el Anexo adjunto a la presente, así como a la Sub Gerencia de Recursos Humanos y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ancash para la realización de las acciones que corresponda.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CESAR J. ALVAREZ AGUILARPresidenteGobierno Regional de Ancash

ANEXO

Nº APELLIDOS Y NOMBRES D.N.I PLAZA CARGONIVELREMU-

NERATIVO

SEDE CENTRAL - GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH

1SALAZAR PIMENTEL, SANDRO FAURICIO 40952254 175

AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II

SA-F

2RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, AMABLE JOSEFITA

17849748 353 TÉCNICO EN ARCHIVO III ST-F

3SHUAN MORALES, LUCIANO EVARISTO 31608486 080 CHOFER III ST-F

4JARA CARRIÓN , VICTOR JULIO 32858594 159

AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II

SA-F

ALDEA INFANTIL “SEÑOR DE LA SOLEDAD”- HUARAZ

5CHÁVEZ MEJÍA, GUILLERMINA 31673256 002 COORDINADOR SP-F

6DÍAZ SAAVEDRA, CARMEN ROSA

31613032 008 MADRE SUSTITUTA SA-F

7 LÓPEZ CELESTINO, LIDIA ERUDITA 31611089 009 MADRE SUSTITUTA SA-F

8SAIRE ALDAZABAL, EUFEMIA 07348548 010 MADRE SUSTITUTA SA-F

9HUACANCA PACHAS, LEUDA NORMA 06784992 018 TÍA SUSTITUTA SA-F

10TOLEDO RODRÍGUEZ, ISABEL BAUTISTA 19918668 020 TÍA SUSTITUTA SA-F

ALDEA INFANTIL “VIRGEN PEREGRINA” - SAN MARCOS-HUARI

11HUERTA TAMAYO ,TIRZAH GEORGINA 10493626 005 ASISTENTA SOCIAL I SP-F

12SERNA CUCHCA EDUARDO 06676720 004 PSICÓLOGO II SP-F

13COTRINA ESPINOZA, HERLINDA ROSA 07839001 008 MADRE SUSTITUTA SA-F

14JIMENES CHÁVEZ, VITELIA FRANCISCA 32295859 010 MADRE SUSTITUTA SA-F

15MAURICIO REGALADO ,VILA SELA 32295522 011 MADRE SUSTITUTA SA-F

16PALACIOS GUILLEN,FLOR ROGELIA 32295860 012 MADRE SUSTITUTA SA-F

17ARQUINIGO HUERTA,ESTEBAN SIMEÓN 80343050 020 TRABAJADOR DE

SERVICIOS III SA-F

742053-1

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NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 19 de enero de 2012 459437

GOBIERNO REGIONAL

DE CUSCO

Aprueban el “Plan Regional Concertado de Saneamiento Básico del Cusco al 2021”

ORDENANZA REGIONALNº 010-2011-CR/GRC.CUSCO

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en Sesión Extraordinaria de fecha treinta y uno de agosto del año dos mil once, ha debatido el Proyecto de Ordenanza Regional que Aprueba el Plan Regional Concertado de Saneamiento Básico del Cusco al 2021; por tanto:

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por Ley Nº 27680, “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador (…)”.

Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (…)”.

Que, el literal a) del artículo 58° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son funciones de los gobiernos regionales en materia de vivienda y saneamiento, el de formular, aprobar y evaluar los planes y políticas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales, y de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales.

Que, la disposición precedente se halla a su vez entre las competencias asignadas por la Constitución Política del Estado y la Ley de Bases de la Descentralización, en cuyo mérito se debe planifi car el desarrollo integral de la región y ejecutar los programas socioeconómicos correspondientes, en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo.

Que, el inciso b) del artículo 13º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional, aprobado por Ordenanza Regional Nº 021-2007-CR/GRC.CUSCO y modificado por Ordenanza Regional Nº 044-2008-CR/GRC.CUSCO, dispone que: “Son atribuciones del Consejo Regional del Cusco, aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional.

Que, el Plan Regional Concertado de Saneamiento Básico de Cusco al 2021, servirá de herramienta orientadora para la formulación de los planes de inversiones en saneamiento a nivel de los gobiernos locales.

Que, dentro del marco del Plan Nacional de Saneamiento 2006 – 2015, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2006-VIVIENDA, y de la política regional de gestión integral de proyectos de agua y saneamiento aprobado por Ordenanza Regional N° 031-2008-CR/GRC.CUSCO.

Que, estando a la propuesta elevada por la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional del Cusco, con los informes y visaciones de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y Gerencia General Regional y los Dictámenes en unanimidad de la Comisión Ordinaria de Panifi cación, Presupuesto y Administración y la Comisión Ordinaria de Asuntos Sociales.

Por lo que; el Consejo Regional del Cusco, en uso de la facultad conferida por el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno de Organización y Funciones.

HA DADO LA SIGUIENTE:

ORDENANZA REGIONAL

Artículo Primero.- APROBAR, el “Plan Regional Concertado de Saneamiento Básico del Cusco al 2021”; el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Segundo.- Disponer, que la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional del Cusco, en su condición de ente rector en materia de saneamiento regional, se encargue de la difusión a nivel regional del Plan aprobado, así como, de impulsar y acompañar su implementación por los diferentes actores sectoriales, debiendo desarrollar acciones de monitoreo y evaluación a fin de garantizar su cumplimiento.

Artículo Tercero.- Encargar a las instancias ejecutivas pertinentes del Gobierno Regional del Cusco, la formulación e implementación de disposiciones normativas complementarias necesarias para garantizar el cumplimiento del presente Plan.

Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional del Cusco para su promulgación.

Dado en Cusco, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil once.

PABLO OLIVERA BACA Consejero Delegado del Consejo Regional de Cusco

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la sede central del Gobierno Regional del Cusco, a los 20 días del mes de septiembre del año dos mil once.

JORGE ISAACS ACURIO TITOPresidente Regional del Gobierno Regional del Cusco

741941-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE

SAN ISIDRO

Actualizan los porcentajes de la UIT respecto de los derechos del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad

DECRETO DE ALCALDÍANº 001-ALC/MSI

San Isidro, 17 de enero del 2012

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

VISTO:

El Informe Nº 002-2012-0500-GPPDC/MSI de fecha 03 de enero de 2012.

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establecen los artículos 191 y 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Page 32: Normas Legales 20120119 - Gaceta Jurídica · Modifi can el Decreto Supremo N° 014-2010-JUS, que aprueba medidas de promoción para garantizar ... VIVIENDA R.M. N° 015-2012-VIVIENDA.-

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, jueves 19 de enero de 2012459438

Que, el Concejo Municipal aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Isidro mediante Ordenanza N° 321-MSI (17 de diciembre de 2010) que integra y actualiza el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobados con las Ordenanzas Nº 277-MSI y Nº 307-MSI ratifi cadas con los Acuerdos de Concejo Nº 426-MML y 342-MML publicadas el 22 de noviembre y 23 de setiembre respectivamente.

Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 233-2011-EF, aprueba el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de Tres Mil Seiscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 650.00), durante el año 2012;

Que, el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que una vez aprobado el TUPA toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar, en el caso de Corporaciones Ediles por Decreto de Alcaldía y procediendo a la publicación de la modifi cación de acuerdo a lo señalado por el numeral 38.3.

Que, estando a lo opinado por la Gerencia Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 0058-2012-0400-GAJ/MSI.

Que, en virtud de lo expuesto corresponde actualizar el TUPA de la Municipalidad de San Isidro, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto;

Que, estando a las atribuciones conferidas por el Numeral 6 del Artículo 20 y el Artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- ACTUALIZAR los porcentajes de la UIT respecto de los derechos del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Isidro, aprobado por la Ordenanza N° 321-MSI que integra y actualiza el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobados con las Ordenanzas Nº 277-MSI y Nº 307-MSI, en relación al nuevo valor de Tres Mil Seiscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles (S/. 3 650.00) de la UIT para el año 2012, según Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a las áreas involucradas a cargo de efectuar los procedimientos TUPA y su difusión a la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen.

Artículo Tercero.- PONER en conocimiento a la Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación el presente Decreto.

Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, disponiendo además la publicación del Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Isidro www.munisanisidro.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE www.serviciosalciudadano.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RAUL A. CANTELLA SALAVERRYAlcalde

742075-1

MUNICIPALIDAD DE

SANTA MARÍA DEL MAR

Aprueban Escudo y Bandera Oficial del distrito de Santa María del Mar

ORDENANZA Nº 165-2011-MSMM

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE SANTA MARÍA DEL MAR

Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 29 de diciembre del año en curso, con el voto mayoritario de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por el artículo Único de la Ley 28607

– Ley de reforma Constitucional, artículo 40º de la Ley 27783 – Ley de bases de la Descentralización y el artículo II de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, Santa María del Mar es un distrito con 50 años de historia donde la solidaridad, el progreso constituyen características que le son importantes.

Que, mediante el Informe Nº 047-2011-GM-MSMM de fecha 20 de diciembre del 2011 mediante el cual el Gerente Municipal de esta Municipalidad menciona que mediante Resolución de Alcaldía Nº 036 y 073-2011-MSMM se aprobaron las bases, y se modifi có el cronograma del “Concurso para la creación del Escudo y Bandera” que identifi quen a nuestro distrito. El Jurado califi cador se instaló el 12 de setiembre del 2011, procediendo a revisar los 8 trabajos remitidos en sobres cerrados. Luego de revisarlos, por unanimidad consideró que éstos no reúnen las condiciones necesarias señaladas en la temática de las bases del concurso, como son el considerar aspectos de carácter histórico, geográfi co cultural y socio-económico del distrito de Santa María del Mar; por lo que declararon nulo el certamen;

Que, del mismo modo el Gerente Municipal menciona que se coordinó con la señora Carmen García Rotger, Coordinadora de la Especialidad de Diseño Gráfi co de la Facultad de Arte de la Pontifi cia Universidad Católica del Perú y miembro del jurado del concurso que convocamos, para que trabaje con sus alumnos del sexto ciclo de Diseño Gráfi co una propuesta de Escudo y Bandera para el distrito de Santa María del Mar, y que el monto de S/. 2 500.00 (dos mil quinientos con 00/100 Nuevos Soles) señalado en las bases del concurso, sea entregado a la mejor propuesta.

Que, como parte del proceso, a cada estudiante se le entregó un brief, y la regidora señora María Rosario Zarak de Pérez Reyes les dio una charla sobre la historia del distrito de Santa María del Mar, con la información proporcionada, los alumnos enviaron los primeros bocetos vía e-mail, haciéndoles llegar los miembros del Concejo Municipal sus comentarios y sugerencias. Es así que se presenta ante el Concejo Municipal la propuesta del Escudo y Bandera seleccionados por los miembros del Concejo Municipal desarrollado por el alumno Víctor Antonio Ynami Miraval, los mismos que son puestos a consideración del Concejo Municipal para su aprobación mediante la Ordenanza Municipal respectiva.

Es así que todo el concejo tomó conocimiento y por UNANIMIDAD aprobaron la Propuesta de Escudo y Bandera desarrollado por el alumno VICTOR ANTONIO YNAMI MIRAVAL; del mismo modo decidió hacerle entrega del monto asignado para el ganador de la propuesta, en las bases del concurso por la cantidad de S/. 2 500.00 (dos mil quinientos con 00/100 Nuevos Soles).

Que, estando a lo expuesto contando con la opinión favorable de la Gerencia Municipal, mediante el Informe Nº 047-2011-GM-MSMM y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal se expide la siguiente

ORDENANZA:

Artículo Primero.- APROBAR como Escudo y la Bandera Ofi cial del Distrito de Santa María del Mar, los que aparecen en el Anexo 1 (ESPECIFICACIONES DEL ESCUDO) y Anexo 2 (ESPECIFICACIONES DE LA BANDERA) que forman parte de la presente.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a través del Jefe de la Ofi cina de Administración, con el apoyo de las demás Direcciones y Ofi cinas de esta Municipalidad la realización de las actividades necesarias para la difusión de las símbolos municipales aprobados mediante la presente Ordenanza.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIASAlcaldesa

741925-1