normas de investigacion

24
1 El Consejo Directivo del IUTET en fecha 24/02/2003, revisada la normativa que rige la actividad de investigación en el IUTET, aprueba la siguiente: NORMATIVA DE LA ACTIVIDAD DE INVESTIGACIÓN EN EL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO TRUJILLO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1. Las disposiciones de Investigación que se realicen en el Instituto Universitario de Tecnología del Estado Trujillo, se regirán por lo pautado por la siguiente Normativa. CAPITULO II DE LA ACTIVIDAD DE INVESTIGACIÓN ARTICULO 2. La actividad de Investigación del Instituto Universitario de Tecnología del Estado Trujillo (IUTET) , tendrá como objetivo cumplir con los compromisos establecidos en las Normativas, tomando en cuenta las políticas, estrategias y planes aprobados por el Consejo Directivo de la Institución, de acuerdo a las necesidades institucionales, sociales y económicas, regionales y nacionales. ARTICULO 3. La actividad de Investigación y Desarrollo Tecnológico del IUTET, se define como la capacidad de plantear y resolver problemas organizacionales, tecnológicos y educativos mediante el desarrollo de proyectos y nuevas soluciones técnicas a los problemas que se plantean en la institución y su entorno. ARTICULO 4. El presupuesto de investigación de la Institución estará destinado a financiar las siguientes actividades: a.) Proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico. b.) Publicaciones científicas. c.) Asistencia a eventos científicos (congresos, reuniones técnicas o viajes técnicos para presentación de ponencias. d.) Formación y actualización de recursos humanos que tengan participación activa en los campos, áreas y líneas de investigación de la Institución y cuya formación y actualización se requiera para la investigación en desarrollo. e.) Compra de equipos, materiales, suministros y accesorios que pueda requerir la investigación. f.) Cualquier otro uso, que a juicio del Consejo de Investigación estimule la investigación científica y el desarrollo tecnológico. CAPITULO III DE LOS ÓRGANOS DE INVESTIGACIÓN ARTICULO 5. El Consejo de Investigación y Desarrollo Tecnológico (CINDET) será un órgano asesor de la División de Investigación, Extensión y Postgrado en lo relativo a las políticas y estrategias de la actividad de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

Upload: mouna-touma

Post on 05-Dec-2014

256 views

Category:

Education


2 download

DESCRIPTION

 

TRANSCRIPT

Page 1: Normas de investigacion

1El Consejo Directivo del IUTET en fecha 24/02/2003, revisada la normativa que rige la actividad de investigación en el IUTET, aprueba la siguiente:

NORMATIVA DE LA ACTIVIDAD DE INVESTIGACIÓN EN EL INSTITUTO

UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO TRUJILLO

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1. Las disposiciones de Investigación que se realicen en el Instituto Universitario de Tecnología del Estado Trujillo, se regirán por lo pautado por la siguiente Normativa.

CAPITULO II

DE LA ACTIVIDAD DE INVESTIGACIÓN

ARTICULO 2. La actividad de Investigación del Instituto Universitario de Tecnología del Estado Trujillo (IUTET) , tendrá como objetivo cumplir con los compromisos establecidos en las Normativas, tomando en cuenta las políticas, estrategias y planes aprobados por el Consejo Directivo de la Institución, de acuerdo a las necesidades institucionales, sociales y económicas, regionales y nacionales. ARTICULO 3. La actividad de Investigación y Desarrollo Tecnológico del IUTET, se define como la capacidad de plantear y resolver problemas organizacionales, tecnológicos y educativos mediante el desarrollo de proyectos y nuevas soluciones técnicas a los problemas que se plantean en la institución y su entorno. ARTICULO 4. El presupuesto de investigación de la Institución estará destinado a financiar las siguientes actividades:

a.) Proyectos de Investigación y Desarrollo Tecnológico. b.) Publicaciones científicas. c.) Asistencia a eventos científicos (congresos, reuniones técnicas o viajes técnicos

para presentación de ponencias. d.) Formación y actualización de recursos humanos que tengan participación activa

en los campos, áreas y líneas de investigación de la Institución y cuya formación y actualización se requiera para la investigación en desarrollo.

e.) Compra de equipos, materiales, suministros y accesorios que pueda requerir la investigación.

f.) Cualquier otro uso, que a juicio del Consejo de Investigación estimule la investigación científica y el desarrollo tecnológico.

CAPITULO III

DE LOS ÓRGANOS DE INVESTIGACIÓN ARTICULO 5. El Consejo de Investigación y Desarrollo Tecnológico (CINDET) será un órgano asesor de la División de Investigación, Extensión y Postgrado en lo relativo a las políticas y estrategias de la actividad de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

Page 2: Normas de investigacion

2 ARTICULO 6. El jefe del Departamento de Investigación y Desarrollo Tecnológico, actuará como gestor de la actividad de Investigación y Desarrollo Tecnológico y tendrá las siguientes funciones:

a.) Elaborar el proyecto de presupuesto para someterlo a la aprobación del CINDET.

b.) Promover y apoyar la investigación y desarrollo tecnológico en conjunto con los delegados de los departamentos académicos.

c.) Promover y organizar eventos para la divulgación de los resultados de las investigaciones realizadas.

d.) Mantener actualizado el inventario de investigación y transferencia de los resultados.

e.) Solicitar y procesar los informes de avance correspondientes a cada subvención otorgada e informar al CINDET al respecto.

f.) Velar por el cumplimiento de las normativas relativas a la actividad de Investigación.

ARTICULO 7. El CINDET estará conformado por el jefe de la División de Investigación, Extensión y Postgrado, quien lo preside, el jefe del Departamento de Investigación y Desarrollo Tecnológico y los delegados de Investigación por los departamentos académicos. ARTICULO 8. El Consejo de Investigación y Desarrollo Tecnológico (CINDET) tendrá como funciones:

a.) Proponer políticas y estrategias de Investigación y Desarrollo Tecnológico para presentarlas ante el Consejo Directivo, a través de la División de Investigación, Extensión y Postgrado para su consideración y aprobación.

b.) Asesorar a la División de Investigación, Extensión y Postgrado en la definición y aplicación de la política de Investigación y Desarrollo.

c.) Apoyar y consolidar los grupos de investigación. d.) Proponer planes de formación del Investigador e.) Promover la publicación periódica de los Proyectos de Investigación y

Desarrollo Tecnológico. f.) Promover y organizar eventos para la divulgar y compartir la labor

investigativa. g.) Proponer acciones que sirvan de estímulo para los investigadores. h.) Mantener actualizado inventario de investigaciones realizadas en los diferentes

departamentos académicos. i.) Proponer los integrantes que conforman los Comités Técnicos y Jurados. j.) Remitir por escrito el resultado de la evaluación de cada solicitud.

CAPITULO IV DE LOS DELEGADOS DE INVESTIGACIÓN

ARTICULO 9. Los delegados de investigación de los departamentos académicos serán designados por el Consejo de Departamento Académico, y ejercerán sus funciones durante un período de dos años, pudiendo ser reelegidos por un período adicional.

Page 3: Normas de investigacion

3 ARTÍCULO 10. Para ser delegados ante el CINDET se requiere estar dedicado activamente a la labor de investigación y haber realizado por lo menos un proyecto de investigación, en el campo de la especialidad correspondiente. ARTÍCULO 11. Los delegados ante el CINDET tendrán las siguientes funciones:

a.) Elaborar y mantener actualizado un inventario de necesidades de los sectores productivo, social-comunitario y educativo que puedan ser satisfechas a través de proyectos de investigación enmarcados dentro de las áreas correspondientes e informar al Consejo de Departamento Académico.

b.) Preparar un inventario semestral de las investigaciones y sus resultados realizadas por los Departamentos Académicos (Trabajos Especiales de Grado, Trabajos de Ascenso, Proyectos Espontáneos).

c.) Informar en consejo de departamento académico sobre el inventario de las investigaciones.

d.) Informar al Consejo de Departamento respectivo el resultado de la evaluación de los Anteproyectos de Trabajo de Ascenso.

e.) Discutir con el Jefe del Departamento Académico las justificaciones referidas en el artículo 20 de la Normativa para la Realización del Trabajo Especial de Grado para Optar al Título de Técnico Superior Universitario en el IUTET.

f.) Llevar el registro de las subvenciones, asistencia a eventos y cumplimiento del artículo 41, por parte de los profesores solicitantes adscritos al Departamento respectivo .

g.) Asistir a las reuniones convocadas por el CINDET. h.) Las demás que señale el CINDET.

CAPITULO V

DE LOS COMITÉS TÉCNICOS ARTICULO 12. Para el cumplimiento de sus objetivos, el CINDET contará con los Comités Técnicos, que estarán constituidos por un mínimo de tres (03 y un máximo de cinco (05) ) integrantes, los cuales fungirán como orientadores de los investigadores. PARÁGRAFO ÚNICO: En el caso de evaluación de Anteproyectos de Trabajos de Ascenso los integrantes del Comité Técnico deberán ostentar una categoría igual o superior a la del docente aspirante. Si el IUTET no cuenta con docentes que cumplan con este requisito, el CINDET podrá designar profesionales de reconocida trayectoria en el área objeto de la investigación. ARTÍCULO 13. Son funciones de los Comités Técnicos:

a.) Evaluar la factibilidad, pertinencia e impacto del proyecto en estudio, usando como criterio el interés Institucional y del entorno. (utilizando el formato F.ID-11)

b.) Discutir con los investigadores los resultados de la evaluación del proyecto de investigación.

c.) Emitir el informe final del proyecto de investigación (utilizando el formato F.ID-12.)

d.) La estructuración Los Comités será flexible y se adecuará a las exigencias de las categorías y áreas de investigación.

Page 4: Normas de investigacion

4

CAPITULO VI

DE LAS SUBVENCIONES ARTICULO 14. El IUTET subvencionará Proyectos de Investigación factibles y capaces de generar transformaciones en el campo productivo, social-comunitario y educativo y que a criterio de los Comités Técnicos requieran de apoyo financiero para su ejecución. ARTICULO 15. Los Anteproyectos de Investigación pueden ser presentados en forma individual o por grupo de investigadores y serán evaluados por los Comités Técnicos, tal y como lo establece esta normativa. PARÁGRAFO PRIMERO: Se entiende por investigadores a los miembros del personal docente y de investigación, ordinarios o contratados, estudiantes regulares de pregrado que cursen como mínimo el cuarto semestre de la carrera, y estudiantes de postgrado que desarrollen proyectos de investigación. PARÁGRAFO SEGUNDO: La participación de más de un investigador en el desarrollo de un proyecto de investigación deberá quedar claramente definida en el anteproyecto aprobado por el CINDET, siempre y cuando no colide con otra normativa. PARÁGRAFO TERCERO: Cuando el proyecto de investigación sea desarrollado por más de un investigador, deben elegirse entre ellos, un coordinador del proyecto. El mismo deberá ser docente ordinario del IUTET. PARÁGRAFO CUARTO: Los estudiantes de pregrado y postgrado podrán solicitar subvención para el desarrollo de proyectos de investigación en forma individual o colectiva hasta un máximo de tres estudiantes, coordinado por un investigador activo miembro del personal docente y ordinario de la institución. ARTÍCULO 16. El (los) solicitante (s) de subvención sólo será beneficiario de ésta para un proyecto por vez, sin embargo, podrá solicitar otra subvención en el caso de que la anterior esté ejecutada como mínimo en un 80%, lo cual será comprobable por los informes de avance y sus respectivos soportes. ARTÍCULO 17. Los resultados del proyecto de investigación subvencionado deberán ser presentados en el tiempo establecido en el anteproyecto aprobado por el CINDET, en caso contrario el (los) investigador (es) deberán dirigirse a la CINDET para solicitar la consideración de una prorroga. ARTÍCULO 18. Los solicitantes deben llenar los FORMATOS F.ID-10.A y F.ID-10.B guiándose por el instructivo para llenar formato que se incluye y consignar éstos al departamento académico, a través del delegado de investigación. ARTÍCULO 19. El Consejo del Departamento Académico, en un lapso no mayor de quince (15) días contado a partir de la fecha de la solicitud de subvención de un proyecto de investigación determinará si el mismo está enmarcado dentro de las áreas o líneas de investigación, definidas en el departamento. En el caso de considerarlo procedente lo remitirá al CINDET a través del delegado.

Page 5: Normas de investigacion

5 ARTÍCULO 20. La solicitud de subvención de un proyecto de investigación será atendido por el CINDET. Una vez evaluado el anteproyecto por el Comité Técnico respectivo y calificado como ACEPTADO, será elevado al Consejo Directivo; y su aprobación dependerá de la disponibilidad presupuestaria. ARTÍCULO 21. La subvención de proyectos de investigación puede comprender gastos de: Alquiler, adquisición de equipos, materiales, pago de servicios, viáticos, bibliografía, documentación. PARAGRAFO UNICO: El monto correspondiente a la adquisición de equipos deberá regirse por el Instructivo Para Solicitar Fondos de Trabajo en los Institutos y Colegios Universitarios para las Actividades de Investigación, Extensión y Postgrado. ARTÍCULO 22. Se subvencionará: la compra de equipos, adquisición de materiales, pago de servicios, y bibliografía siempre y cuando no exista en la institución la disponibilidad de estos recursos para el investigador y sea presupuestariamente viable para el IUTET. ARTÍCULO 23. Si se requiere un ajuste presupuestario para la continuidad y culminación del Proyecto de Investigación, el investigador podrá hacer una nueva solicitud de subvención, plenamente justificada mediante los informes de avance, utilizando el FORMATO F.ID-10.A al Consejo Directivo, a través del CINDET. ARTÍCULO 24. Los criterios que usarán los Comités Técnicos para la evaluación del ante proyecto son:

a.) Pertinencia del proyecto: el proyecto debe pertenecer a un área de investigación y desarrollo del IUTET, a tal fin, se analizará si el investigador tiene el propósito de resolver un problema de índole tecnológico (una adaptación de tecnologías conocidas que plantee desarrollar o mejorar un producto, un método o un programa de computación, así como generar una asesoría a una organización) .

b.) Impacto del proyecto: se analizará si el proyecto aporta una transformación en los sectores productivo, social-comunitario y educativo.

c.) Factibilidad del proyecto, se analizará: � La optimización de costos, recursos humanos, equipos, materiales,

bibliografía disponible y requeridos. � El riesgo relacionado con la complejidad del proyecto, la competencia de los

solicitantes y la variedad del tema entre otros. � Dotación y equipamiento de laboratorios. � Posibilidad de cofinanciamiento con otras instituciones. � Tiempo de ejecución del proyecto y las implicaciones de un retraso.

ARTÍCULO 25. Los Comités Técnicos, utilizarán el FORMATO F.ID-11 para la evaluación de la solicitud de subvención. Se evaluaran los siguientes aspectos:

a.) Planteamiento del Problema b.) Metodología c.) Plan de trabajo d.) Recursos solicitados

Page 6: Normas de investigacion

6e.) La infraestructura física y apoyo logístico con que cuenta para la investigación.

ARTÍCULO 26. Cada proyecto a subvencionar se evaluará cualitativamente, y el resultado de esa evaluación se expresará de la siguiente forma: ACEPTADO: En el caso de que todos los aspectos considerados en los artículos 24 y 25 sean satisfactorios. PARA RECONSIDERAR: En el caso de que algunos de los aspectos considerados para la evaluación no sean satisfactorios, pero a juicio del Comité Técnico puedan ser corregidos o mejorados. RECHAZADO: En el caso de alguno(s) de los aspectos considerados para la evaluación no sean satisfactorios. PARÁGRAFO PRIMERO: Si el resultado de la evaluación de la solicitud a subvencionar es calificado como ACEPTADO, el Comité Técnico informará al CINDET, quien lo remitirá al Consejo Directivo para que autorice la subvención. PARÁGRAFO SEGUNDO: El Comité Técnico lo devolverá al (los) investigador (es) si el resultado de la evaluación es PARA RECONSIDERAR, de manera que en un lapso no mayor de quince (15) días hábiles lo consigne nuevamente ante el Comité Técnico con las modificaciones sugeridas. PARÁGRAFO TERCERO: Si el resultado de la evaluación de la solicitud a subvencionar es calificado corno RECHAZADO, el Comité Técnico lo devolverá a los docentes con una justificación razonada del veredicto e informará al CINDET. ARTICULO 27. Parte de la subvención otorgada al investigador, se le podrá entregar en efectivo siguiendo lo establecido en el Instructivo para solicitar Fondos de Trabajo en los Institutos y Colegios Universitarios para las Actividades de Investigación, Extensión y Postgrado y según lo referido en el Articulo 21. ARTÍCULO 28. El responsable del proyecto de investigación deberá consignar ante el CINDET un informe de avance (formato F.ID-13 A y F.ID-13 B.), y relación de gastos respaldados por facturas originales según regulación del SENIAT. ARTÍCULO 29. El investigador responsable del proyecto de investigación firmará un acta de compromiso según FORMATO F.ID-14. ARTÍCULO 30. Si el responsable del proyecto no consigna los informes de avance y balance económico o modifique el cronograma de actividades, según lo establecido en esta normativa, se suspenderá la subvención. ARTÍCULO 31. En caso que los equipos utilizados durante el desarrollo de la investigación sean extraviados o dañados por uso indebido, el responsable del proyecto deberá cancelar íntegramente los costos de reparación del equipo o la reposición del mismo en caso de extravío.

Page 7: Normas de investigacion

7ARTÍCULO 32. En el caso de que no sea posible recuperar los fondos asignados para el desarrollo del proyecto, el CINDET remitirá un informe al Consejo Directivo para que éste tome las medidas correspondientes. ARTÍCULO 33. El CINDET, conocida alguna falta por parte del investigador o corresponsables del proyecto de investigación, procederá en un lapso de cinco(5) días hábiles a remitir un informe al Consejo Directivo a fin de que éste aplique las sanciones correspondientes. ARTÍCULO 34. El material bibliográfico y los equipos adquiridos con fondos asignados a proyectos de investigación serán ubicados en las unidades académicas o administrativas correspondientes, una vez concluido o suspendido el proyecto. ARTÍCULO 35. Cuando un proyecto de investigación genere ventajas competitivas y esté sujeto a derecho de propiedad intelectual o industrial, el IUTET y el investigador llegarán a un acuerdo con relación a estos derechos.

CAPITULO VII DEL OTORGAMIENTO Y CONTROL DE SUBVENCIONES PARA LA ASISTENCIA A

EVENTOS CIENTÍFICOS ARTÍCULO 36. El CINDET: otorgará ayuda para asistir a eventos de ciencia y tecnología nacionales e internacionales, a los investigadores activos del IUTET. ARTÍCULO 37. Las solicitudes de subvenciones para la asistencia a eventos científicos deberán hacerse ante el CINDET con quince (15) días hábiles de anticipación a la realización del evento. Dicha solicitud deberá estar acompañada de los siguiente recaudos.

a.) Información del evento. b.) Carta de aceptación de ponencia (si fuese el caso) c.) Permiso otorgado por la dependencia de adscripción del solicitante. d.) En el caso de eventos internacionales la autorización correspondiente del

Ministerio de Educación. e.) Carta de compromiso para ser multiplicador de la información, de acuerdo al

tipo de evento. ARTÍCULO 38. Si el investigador no presenta ponencia, podrá solicitar hasta una subvención por año para asistir a eventos de Ciencia y Tecnología. ARTÍCULO 39. El otorgamiento de subvenciones estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria y la correspondencia entre el evento y los proyectos de investigación desarrollados por el solicitante. ARTÍCULO 40. Los estudiantes de pregrado que sean corresponsables de proyectos de investigación subvencionadas por el IUTET, podrán asistir a eventos de ciencia y tecnología, si su

Page 8: Normas de investigacion

8ponencia es aceptada por los organizadores del evento. En este caso, la solicitud debe ser realizada por el docente coordinador del proyecto y con cargo a la subvención. ARTÍCULO 41. El investigador que haya disfrutado del beneficio de subvención para la asistencia a eventos científicos debe presentar un informe sobre la actividad realizada, así como el material de apoyo, en un lapso no mayor de cinco (05) días hábiles a partir de la finalización del evento. Este es requisito indispensable para solicitar otra subvención. ARTÍCULO 42. Los criterios para la evaluación de las solicitudes de subvención para asistencia a eventos de ciencia y tecnología son:

a.) Calidad o nivel del evento. b.) Aporte del evento. c.) Informe de subvenciones realizadas anteriormente. d.) En los casos en que se evalúen varias solicitudes y se disponga de escasos

recursos debe dársele prioridad a la que tenga mayor trayectoria en el desarrollo de proyecto de investigación en el área correspondiente.

ARTÍCULO 43. Lo no contemplado en estas normas será resuelto por el CINDET y estará sujeto a la aprobación del Consejo Directivo.

Page 9: Normas de investigacion

9

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓNSOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓNSOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓNSOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

(ANTES DE LLENAR ESTE FORMATO LEA EL INSTRUCTIVO ANEXO)

Fecha: _____/_____/______

1. Nombre del responsable principal:___________________________________________ (Adjuntar resumen curricular máximo 1 pagina)

Nombre del primer responsable:___________________________________________

(Adjuntar resumen curricular máximo 1 pagina)

2. Código: ________________ 3. Tipo de Proyecto:________________________________ 4. Título del Proyecto: ________________________________________________________ 5. Línea de Investigación: _____________________________________________________ 6. Departamento Académico: __________________________________________________ 7. Monto total CINDET: ___________________________________________________(Bs.) 8. Cofinanciamiento: Si _____ No _____ Institución:____________________________ Monto total otro: (Bs.) ______________________________________________________ 9. Resumen del Proyecto:

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO TRUJILLO

CONSEJO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

F ID- 10.A

Page 10: Normas de investigacion

10

10. Planteamiento del Problema a investigar:

11. Objetivos generales y específicos:

12. Metodología y Plan de Trabajo (Anexar cronograma):

Page 11: Normas de investigacion

11

13. Equipos (Descripción Técnica)

CANTIDAD DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO TOTAL CINDET TOTAL OTRO

14. Materiales y Suministros

CANTIDAD DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO TOTAL CINDET TOTAL OTRO

Total Materias:

Page 12: Normas de investigacion

12

15. Bibliografía (Documentación y afines)

CANTIDAD DESCRIPCIÓN PRECIO UNITARIO TOTAL CINDET TOTAL OTRO

Total Bibliografía

16. Pago de servicios Recibo N° DESCRIPCIÓN TOTAL CINDET TOTAL OTRO

17. Resumen de los solicitado TOTAL CINDET TOTAL OTRO Equipos

Materiales y Suministros

Bibliografía

Pago de Servicio

Total Solicitado

Page 13: Normas de investigacion

13

18. Equipos disponibles para el desarrollo del proy ecto (Descripción técnica) CANTIDAD DESCRIPCIÓN Departamento Otra Institución

Manifiesto conocer el reglamento para el otorgamiento y control de subvenciones a proyectos

de investigación de la CINDET y me comprometo a acatarlas

________________________________________ ______________________________ Nombres y apellidos del responsable principal Firma

_______________________________________ ______________________________ Nombres y apellidos del primer responsable Firma

Page 14: Normas de investigacion

14

INSTRUCTIVO PARA LLENAR FORMATO

1. Nombre del Responsable Principal. Escriba el nombre completo del responsable principal del proyecto.

2. Código. Deje este espacio en blanco. El CINDET identificará su solicitud con un código el cual será usado en las etapas del trámite, y de ser aprobado, durante su ejecución.

3. Tipo de Proyecto. Anote si se trata de: un Proyecto de Investigación Espontánea, una Tesis de Post-grado, un Trabajo de Ascenso o un Trabajo Especial de Pre-Grado. El proyecto debe ser aprobado por el Departamento Académico al que pertenece (n) el (los) estudiante (s) y el responsable principal del proyecto es el Profesor Tutor.

4. Titulo de Proyecto. Escriba el título completo del proyecto.

5. Línea de Investigación. Señale la línea de investigación relacionada con el proyecto.

6. Departamento Académico. Anote el departamento académico en el que se generó el Proyecto.

7. Monto Total. Indique el monto total en bolívares solicitado al CINDET (total CINDET).

8. Cofinanciamiento. Marque en caso de que el Proyecto sea cofinanciado por otra institución. Anote el nombre de la institución y monto en Bolívares (total otro).

9. Resumen del Proyecto. (máximo 150 palabras) Describa brevemente su proyecto haciendo especial referencia al problema que se propone resolver o estudiar, los objetivos y la metodología a seguir en la investigación.

10. Planteamiento del Problema a Investigar. Describa en forma clara y con suficiente amplitud el problema a investigar, incluyendo los antecedentes, el marco teórico y el estado actual del conocimiento sobre el tema.

11. Objetivos Generales y Específicos. Describa en forma clara y concisa los objetivos generales y específicos del proyecto y la hipótesis o interrogantes correspondientes.

12. Metodología y Plan de Trabajo. Describa los procedimientos y técnicas a utilizar en la investigación y los datos necesarios para dar respuesta al problema planteado. El plan de trabajo debe ser diseñado según el formato F.ID-10B y la ejecución del proyecto debe durar dos (2) años como máximo.

13. Equipos solicitados. Describa en forma detallada los equipos solicitados e indique el precio unitario de cada equipo. Los equipos solicitados, al igual que los otros gastos, deben ser indispensables para el desarrollo de la investigación propuesta.

14. Materiales y Suministros. Describa los insumos solicitados en este rubro, indicando los precios unitarios respectivos.

15. Bibliografía. Incluya en este rubro la bibliografía utilizada no disponible en la biblioteca del IUTET, (anexe constancia emanada de la dirección de la biblioteca).pueden incluirse la suscripción a revistas reconocidos, durante el lapso de la ejecución del proyecto, e indispensable para el desarrollo de la investigación.

Page 15: Normas de investigacion

15

16. Pago de Servicios. Incluya pago de servicios y lo estimado para contratos por obra determinada a cargo del proyecto, así como también lo contemplado para becas de trabajo para estudiante colaboradores. Esto último debe hacerse según los lineamientos para el otorgamiento de becas del Departamento de Bienestar Estudiantil.

17. Resumen de lo Solicitado. Realice el resumen de los montos de los rubros solicitados y trasfiera este monto al numeral 7. En el caso de cofinanciamiento transfiera el monto del cofinanciamiento por la otra institución o empresa al numeral 8.

18. Equipos Disponibles para el Desarrollo del proyecto. Señale los equipos disponibles en el o los departamento s del IUTET o en otra (s) Institución (es) o empresa (s), de utilidad para el desarrollo del proyecto.

Page 16: Normas de investigacion

16

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROYECTO DE INVESTIGA CIÓN

Fecha: ___/___/___

1. Titulo del Proyecto: ________________________________________________

2. Responsable Principal: _____________________________________________

3. Código: _________________________________________________________

ACTIVIDADES FECHA DURACIÓN RECURSOS OBSERVACIONES

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO TRUJILLO

CONSEJO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

F.ID-10.B

Page 17: Normas de investigacion

17

EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROYE CTOS DE INVESTIGACIÓN

Fecha: _____/_____/______

(Para el Comité Técnico Evaluador)

1. Titulo del Proyecto: _____________________________________________

2. Responsable Principal: __________________________________________

3. Código: _____________________________________________________

4. Antes de evaluar la subvención del proyecto, leer el capitulo VI de la NORMATIVA DE LA ACTIVIDAD DE INVESTIGACIÓN EN EL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO TRUJILLO

5. Aspectos a evaluar.

5.1. Planteamiento del problema.

Pertenece a una línea de investigación del IUTET ptos

Suficiente amplitud del problema a investigar ptos

Claridad y precisión de los objetivos e hipótesis ptos

5.2. Metodología

Datos e información concuerdan con la técnica a usar. ptos

Definición de los procedimientos y técnicas a utilizar. ptos

5.3. Plan de trabajo

Racionalidad del tiempo de ejecución. ptos

Relación entre los objetivos, metodología y recursos. ptos

FID-11 INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL

ESTADO TRUJILLO CONSEJO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

Page 18: Normas de investigacion

18

5.4. Recursos solicitados

Justificación adecuada de su uso para el desarrollo del proyecto.

ptos

5.5. Apoyo logístico

Existen equipos disponibles para la ejecución del proyecto.

ptos

El proyecto es cofinanciado por otra empresa o institución.

ptos

Total puntos

6. Recomendaciones y observaciones del Evaluador

7. Nombre del Evaluador: __________________________________________

Fecha: ____________________ Firma: ____________________________

Nombre del Evaluador: __________________________________________

Fecha: ____________________ Firma: ____________________________

ACEPTADO ____ PARA RECONSIDERAR ____ RECHAZADO ____

Page 19: Normas de investigacion

19

EVALUACIÓN DE INFORMES FINALES DE PROYECTOS DE INVE STIGACIÓN

Fecha: _____/_____/______

(Para el Comité Técnico)

1.Titulo del Proyecto: _________________________________________________

2.Responsable Principal: ______________________________________________

3. Código: __________________________________________________________

4. Comité Evaluador: _________________________________________________

5. Aspectos a considerar: ______________________________________________

5.1. Aspecto tecnológico

Generar patente o prototipo

Resuelve un problema técnico al sector productivo

Genera una asesoría a Institución de servicios

Innovación de un equipo

5.2. Aspecto social -comunitario

Cambia una conducta

Suministra un valor ético

5.3. Aspecto educativo

Equipamiento para laboratorio

Libro de texto

Libro especializado

F.ID-12

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO TRUJILLO

CONSEJO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

Page 20: Normas de investigacion

20

5.4. Publicaciones Aspecto tecnológico

Publicación en revistas o memorias de eventos científicos o tecnológicos

Publicación en revista indexadas

6. Decisión: Insuficiente ______ Bueno ______ Muy Bueno ______

7. Recomendaciones y observaciones:

8. Nombre del coordinador: _________________________________________________

Fecha ________________________ firma ____________________________

Page 21: Normas de investigacion

21

RESUMEN DE AVANCE DEL PROYECTO DE IRESUMEN DE AVANCE DEL PROYECTO DE IRESUMEN DE AVANCE DEL PROYECTO DE IRESUMEN DE AVANCE DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓNNVESTIGACIÓNNVESTIGACIÓNNVESTIGACIÓN

Fecha ____/____/_____

1. Titulo del Proyecto

: __________________________________________________ 2. Responsable

Principal:_________________________________________ _______ 3. Código: ____________ Monto de la Subvención:

__________________________

Actividades Uso de los Recursos

Avance (%) Observaciones (*) Recurso Planificado

Bs. Gastado Bs.

(*) Anotar la justificación de las desviaciones con respecto a lo planificado, si las hubiesen.

F.ID-13.A

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO TRUJILLO

CONSEJO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

Page 22: Normas de investigacion

22

Fecha: ____/____/_____

RELACIÓN DE GASTOS DEL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN

1. EQUIPOS:

Empresa Nº de Factura Descripción Total Bs.

Total 1 Bs....

2. MATERIALES Y SUMINISTROS :

Empresa Nº de Factura Descripción Total Bs.

Total 2 Bs....

F.ID-13.B

Pág. 1/2

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO TRUJILLO

CONSEJO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

Page 23: Normas de investigacion

23

3. BIBLIOGRAFÍA:

Empresa Nº de Factura Descripción Total Bs.

Total 3 Bs....

4. PAGO DE SERVICIOS:

Empresa Nº de Factura Descripción Total Bs.

Total 4 Bs....

5. TOTAL DE GASTOS:

Total 1+Total 2..........=Total Gastos

6. EN CUENTA BANCARIA (según informe anterior)

TOTAL EN CUENTA BANCARIA __________________ _______________

7. TOTAL EN CUENTA BANCARIA A LA FECHA 7-5

TOTAL GENERAL Bs. 5-4 _____________________________ _________

NOTA: Anexar estado de cuenta emitido por la entidad bancaria a la fecha

Pag. 2/2

Page 24: Normas de investigacion

24

ACTA CONVENIO CON EL INVESTIGADOR RESPONSABLE DEL P ROYECTO

Yo, ___________________________, Cédula de Identidad N° _______________

responsable del Proyecto de Investigación “______________________________”

código N° ____________________. por una parte; y po r la otra, el Gestor del

CINDET Prof. ________________________ Cédula de Identidad N°

______________________, dejamos constancia mediante la presente acta que he

recibido el monto total de la subvención para desarrollar dicho Proyecto, y declaro

conocer y actuar el reglamento para el otorgamiento y control de Subvenciones a

proyectos de investigación.

En Valera a los _______ días del mes de ______________ del Dos Mil ______.

Conforme firmamos:

Gestor del CINDET Responsable del proyecto.

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO TRUJILLO

CONSEJO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO F.ID-14