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Reglamento NAG 200 (sin marcas de agua)

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    Debe tenerse en cuenta que a los efectos de su

    utilizacin integral deben considerarse como documentos

    complementarios de la presente norma adems de los que

    figuran a continuacin de su texto propiamente dicho los

    que se detallan seguidamente:

    NAG-E 207 Ao 2000

    NAG-E 208 Ao 2004

    NAG-E 209 Ao 2004

    NAG-E 210 Ao 2005

    NAG 212 Ao 1995

    NAG 213 Ao 1995

    NAG 214 Ao 1995

    NAG 216 Ao 1995

    NAG 222 Ao 1995

    NAG 235 Ao 1995

    NAG 237 Ao 1999

    NAG 250 Ao 1996

    NAG 251 Ao 1996

    NAG 254 Ao 2002

    Res.1188 Ao 1999

    Res.1189 Ao 1999

    Res.1256 Ao 1999

    Res.2705 Ao 2002

    ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

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    DISPOSICIN INTERNA No 2626 -

    REVESTIMIENTO CON RESINAS

    EPOXDICAS

    PARA CONOCIMIENTO DEL PERSONAL SE TRANSCRIBE A

    CONTINUACIN LA PARTE PERTINENTE DE LA DISPOSICIN DICTADA EN

    EL DA DE LA FECHA, EN EXPEDIENTE No 319.067:

    VISTO lo informado por GERENCIA DEPARTAMENTAL COMERCIAL Y

    CONSIDERANDO:

    Que el permanente avance de nuevas tcnicas de proteccin anticorrosiva

    permite resultados ms satisfactorios en ese sentido,

    Que la Norma GE-N-100 en su grupo no prev la admisin de la proteccin

    de caheras que conduzcan gas con resinas epoxidicas,

    Que por Disposicin Interna No

    1866 se autoriz la aplicacin de

    revestimientos con resinas sintticas (epoxi o epoxi bituminoso) en la proteccin

    de curvas de prolongacin domiciliaria,

    Que por Disposicin Interna No 2.610 se autoriza la aplicacin de este tipo

    de proteccin en el revestimiento de gasoductos y ramales,

    Que los Sectores especficos de la Sociedad, luego de pruebas, ensayos y

    anlisis varios, han aprobado la nueva tecnologa de proteccin para instalaciones

    internas domiciliarias de gas empotradas en mampostera y contrapisos, y en

    virtud de lo tratado en la sesin del 28.7.88 (Acta No 380).

    Por ello,

    EL DIRECTORIO

    DISPUSO

    ID -Autorizar como opcional de los existentes, el uso del revestimiento con resi-

    epoxdicas en caeras domiciliarias internas para conduccin de gas

    empotradas en mampostera y/o contrapisos o en contacto con el suelo natural.

    2 - El revestimiento que se autoriza en el punto lo ) deber responder en un to-

    do a las especificaciones de la Norma GE-NI-108, Gr E. (1.5.2.)

    3. -GERENCIA DEPARTAMENTAL COMERCIAL tendr a su cargo la inclusin

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    del presente tema en las Disposiciones y Normas Minimas para la

    ,?lecucin de Instalaciones Domiciliarias de Gas,

    como item 5.6.6. del Capitulo V

    y 12 pertinente notificacin a los instaladores matriculados.

    ;~I Deber dejarse constancia en la DI. No 2020

    FDO. ING. CARLOS M. BECHELLI

    PRESIDENTE

    Buenos Aires, agosto 2 de 1988.

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    DSPOSICIN INTERNA No 2801 - INCORPORAR EL CAPITULO VII DE LAS

    DISPOSICIONES.NORMASY RECOMEN

    DACIONES PARA USO DE GAS NATURAL

    EN INSTALACIONES INDUSTRIALES EN

    LAS DISPOSICIONES Y NORMAS MiNIMAS

    PARA LA EJECUCIN DE INSTALACIONES

    DOMICILIARIAS DE GAS.

    PARA CONOCIMIENTO DEL PERSONAL SE TRANSCRIBE A

    CONTINUACIN LA PARTE PERTINENTE DE LA DISPOSICIN DICTADA EL

    8/2/91 EN EXPEDIENTE Nn 323.815:

    VISTO lo solicitado por la Gerenc ia Gran Buenos Aires, y

    CONSIDERANDO:

    Que en la actualidad no se cuenta con reglamentacin para la

    instalacin y montaje de los elementos, en especial dispositivos de seguridad,

    que deben reunir artefactos como calderas, hornos y equipos de calentamiento

    para instalaciones cuya presin de trabajo es baja (20 mbar.) y que son

    alimentados con redes de baja o media presin,

    Que la citada reglamentacin se encuentra contemplada en el

    Capitulo VII de las Disposiciones, Normas y Recomendaciones para uso de Gas

    Natural en Instalaciones Industriales y que se viene aplicando desde junio de

    1985,

    Que se hace necesar io unificar criterios en el mbito de la Sociedad

    y para las distintas presiones de trabajo,

    Que se cuenta con el acuerdo de la Cmara Argentina de

    Fabricantes de Quemadores y Accesorios y la Asociacin Empresas Instaladoras

    de Gas (A.E.I.GAS), para materializar esta incorporacin,

    En uso de las facultades conferidas por la D:l: 2767, Capitulo XI -

    Punto 4),

    EL SUBGERENTE GENERAL COMERCIAL

    DISPONE

    lo ) Incorporar a partir del 02.05.91 el contenido del Capitulo VII de las,

    Disposiciones, Normas y Recomendaciones para uso de Gas Natural en

    Instalaciones Industriales en las Disposiciones y Normas Mnimas para la

    Ejecucin de Instalaciones Domiciliarias de Gas que rige para todas las

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    Instalaciones cuya presin de trabajo es baja (20 mbar.) y que son alimentadas

    ,~~oredes de baja o media presin.

    FDO. ING.RUBEN CICCIOMESSERE

    SUBGERENTE GENERAL COMERCIAL (Int.)

    BUENOS AIRES, 19 de febrero de lQQl.-

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    208/234

    BUENoSIR=, 1 1 pKlV 993

    VISTO el ExpedienteENARGAS N 039193;

    CONSIDERANDO:

    Que por Resolucin ENARGAS N 03/93 el 31 de diciembre de 1993

    culmina el reconocimiento del actual rgimen para la formacin y habilitacin de

    instaladoresde gas.

    Que por la misma normativa el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL

    GAS (ENARGAS) invit al CONSEJO NACIONA: DE EDUCACION TECNICA

    (CONET) para que con informes y consultaspreviasa las Licenciatarias e Gas, formulara

    antes del lo de Octubre de 1993, un rgimen de estudios que contemple niveles de

    instaladormatriculadopara as denominadas egunda terceracategoria.

    Que los ,proyectos de los nuevos planes de estudio propuestos por el

    CONET fueron puestos a dispos icin de las L icenciatarias de Distribucin para su

    consideracion.

    Que las observaciones de las Licenciatarias de D istribucin y otros

    antecedentesafines obran en el Expediente ENARGAS N 039, a cuya consideracin

    corresponde em itirse brevitatis causae.

    Que en dos reunionesplenariascelebradas n Sedede esta Autoridad y con

    la presencia de docentes del CONET, los representantesde las Licenciatarias de

    Distribucin manifestaron sus propuestas de cambios y modificaciones, logrndose

    mayoritario consenso obreun proyecto nico de plan de estudioparaambascategoras

    \i

    Que conforme a lo establecidoen la citada ResolucinN 02193,el nuevo

    1.

    regimen de estudio deber entrar en vigencia a partir del 1 de enero de 1991

    ~.

    \

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    i i

    @

    r

    Ente Nacional Regulador del Gas

    c

    caducando l 3 1 de diciembre de 1993 a prrroga aplicadaal rgimenanterior.

    Que en el Artculo 3 de la mencionadaResolucin se estableceque los

    contenidos mnimos de los nuevos planes de estud io tendrn que cumplir con lo

    establecidoen el Anexo XXVII de los Contratosde Transferenciade Accionescon motivo

    de la privatizacin de los Serviciosde Transportey Distribucin de gas natural derivados

    del Decreto N 1189/92, Reso lucin MEyOSP N 874/92 y de la Licitacin Pblica

    InternacionalN 33-0150,suscriptospor las Licenciatarias.

    Que la propuesta de un nuevo rgimen de estudio que incorpora a

    instaladores de segunda y tercera categora est orientada, ademas,a dar respuestaa

    autnticasnecesidades e los usuariosde gas natural, facilitando una equilibrada relacin

    entre los requerimientosde distintos tipos de instalaciones e gasque se verifican en todo

    el territorio nacionaly las realesposibilidades e prestacindisponiblesen las poblaciones

    ms alejadasde los grandes entrosurbanos.

    Que cumplidos los objetivos previstos en la Resolucin ENARGAS

    N 02/93 es necesario abilitar el otorgamientode matriculasde toda categora.

    Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra

    facultado para emitir esta esolucinen mrito a lo establec idopor los Artculos 2 inciso c)

    y 52 inciso x) de la Ley N 24.076.

    Por ello,

    EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIOXAL REGULADOR DEL GAS

    RESUEL1E:

    ARTICULO lo.- Dispneseque las Licenciatariasde Distribucin detalladas n el Decreto

    h 1189/92del PODER EJECUTIVO N.4CIOS.4L, tendrana su cargo a habilitacin de

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

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    Ente Nacional Regulador del Gas

    t

    las matrculaspara todosaquellos nstaladores e gasde las denominadas egunda tercera

    categora que hayan cumplido los nuevos planesde estudio aprobados or el COSSEJO

    NACIONAL DE EDUCACION TECNICA bajo Resolucin N 10.430/93vigente a panir

    del ao ectivo 1994.

    ARTICULO 2.- Ratificaseque las Licenciatariasde Distribucin detalladas n el Decreto

    N 1189/92 del PODER EJECUTIVO NACIONAL , continuaran

    habilitando,

    adems, omo instaladoresmatriculadosde primera categora,de acuerdoa lo dispuestoen

    el Anexo XXVII de los Contratosde Transferencia portunamente uscriptospor cadauna

    de ellas, a los tcnicosylo profesionales on ttulo haciitante y matriculadosconforme a

    las normasvigentes,dentro de las competencias e cada tulo.

    ARTICULO 3.- Invitase por intermedio del CONSEJO FEDER AL DE CULTUR4 Y

    EDUCACION a los GobiernosProvincialesy a la MUNICIPALIDAD DE LA CIUD.L\D

    DE BUENOS AIRES a que, a travs de sus respectivos MINISTERIOS Y/O

    SECRETARIAS DE EDUCACION, adhieranal nuevo rgimende estudio.

    ARTICULO 4.- Establceseque las Licenciatarias de Distribucin detalladas en el

    Decreto N 1189/92del PODER EJECUTIVO NACIONAL esigirn a todo postulante a

    matricularse como instalador de segunday tercera categora, la presentacin de una

    constancia original o copia legalizada, extendida por el establecimiento educativo

    interviniente, que certifique que el recurrente ha cursado sus estudios bajo el presente

    rgimen, cuyos planes de estudio se encuentran debidamente homologados por el

    COSSEJONACIONAL DE EDUCACION TECNICA y/o el respectivoMINISTERIO DE

    EDUCACION PROVINCIAL y/o la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS

    AIRES.

    ARTICULO jo.- Comunquese, ubliquese, sea la DIRECCIOS hACIONAL DEL

    ,

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    .

    Ente Nacio~nal Rsegulador del Gas

    REGISTRO OFICIAL y archvese.

    RESOLUCION ENARGAS No 2 4

    D. EDUARDO A. PIGREl-fl

    OIRECTOR

    ETE NACIONAL REGULADOR DEL OU

    Iris. GILBERTO E. OVIEDO

    DIRECTOR

    EHTE

    NACIOHAL REGULAOOR DEL GA3

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    NOTA:

    A pesar de la desaparicin del Consejo Nacional de

    Educacin Tcnica (CONET), se mantuvieron en vigencia

    los programas de estudio aprobados por su Resolucin

    10430 de fecha 20 de octubre de 1993 para los cursos de

    capacitacin de instaladores, y a ellos deben atenerse

    las entidades facultadas al presente para dictarlos.-

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    WENOS AIRES,

    so OCT 1593

    VISTO la situacin originada a partir de la -privatizacin del

    servicio de Cas del,Estado; y

    CONSIDERANDO:

    Que por la RetilLlcj.n N" 2' del 17 de junio de 1993 dictada por el

    ENTE Nacional Regulador del Gas se invit al Consejo Nacional de Educacin

    Tcnica (CONET) u elaborar 10s programas de estudio de los cursos para

    instalador matriculado de segunda y terceras categoras.,

    Que por Disposicin Np 35/93 cLe la Secretara General se constitu-

    y un grupo de trabajo al que se le encomend elaborar los proyectos respec-

    tivos, teniendo en consideracin los antecedentes y la experiencia institu-

    cional atesorada en la materia y, asimismo,

    tomando en cuenta las'sugeren-

    cias y propuestas que,

    mediante las consultas que fueron menester realizar

    dieron los Empresas Licenciatarias para la Distribucin del Gas.

    Que se han pronunciado en sentido favorable los organismos tcni-

    cos-pedaggicos competentes.

    Que los programas trados a la aprobacin cumplen 'con lo estable-

    ci.do eu los Anexos XXVII de los Contratos de Transferencia suscriptos por

    l.o.5 Licenciatarios.

    Por ello,

    EL CONSEJOUACIONAL DE EDUCACIONTECNICA

    RESUELVE:

    1.

    ARTICULO Ion.- Aprilebanse los programas de estudio Fara la formacin de

    i.nst;&.dores matricu~lados de segunda y tercera categora que obran como

    Anexos 1 y 2 dc la presente.

    hItT.1CII1.0 2".- I:stalll~ccr

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    ENTE Nacional Regulador de Gas con lefinalidad de responder a su invitacin

    y, asimismo,

    para la convnlidacin que fuera menester 'darle'para su pleno

    efecto de incumbencia laboral especfica. .

    hRTICUL,O OP.- Efectuar por el procedimient de rigor las pertinentes comuni-

    caciones de estilo a todas ,las jurisdicciones por intermedio del Consejo

    Federal de Cultura y Educacin, 'despes de recibida la comunicacin de

    la convalidacin que corresponde al ENTE Nacional Regulador de Gas.

    ARTICULO 5*.- Regstrese, comunquese y pase a la Direccin Nacional de

    Educacin Tcnica y Agropecuaria,

    Direccin Nacional de Planificacin Educa-

    tica Tcnica y Agropecuaria y 'a la Direccin General: de Administracin.

    Cumplido,

    archvese.

    .J

    ESOLUCION NQ -

    --.- .--.,- .,-.

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    215/234

    I I

    ,..-:

    ANEXO 1

    CURSODE GAS DE SEGUNDACATEGORIA

    UNIDAD 1

    ::1

    DEFINICIONES CONCEPTUALES

    Se definen los trminos o vocablos que comunmente se utilizan

    en el oficio.

    UNIDAD 2

    2.

    2.1

    2.2

    2.3

    2.4

    2.5

    2.6

    2.7

    2.8

    2.9

    2.10

    2.11

    2:12

    2.13

    2.14

    2.15

    2.16

    2.17

    2.18

    2.19

    2.20

    PROLONGACION OMICILIARIA

    Definiciones

    Elateriales i emplear

    Gas a media presin

    .

    Gas a'baja presin

    Revestimientos

    Proteccin anticorrpsiva

    Hermeticidad y Obstrucciones

    Recorrido

    Ejecucin

    Eledidor individual frente edificio

    Eledidor frente edificio tee futura ampliacin

    Reguladores al frente para medidores instalados en el interior

    del edificio.

    Ventjhcin de gabinetes

    Planta de regulacin

    Aislacin dielctrica

    Datera de medidores

    Clculo de prolongacin para bateras de medidores, con o sin

    factor de simultaneidad

    Poliester. Interconexin.

    Cercana a meclidores elctricos, gabinetes agua contra incendios,

    etc.

    Eluestreo de odoriq.acin

    UNIDAD 3

    3. IIEDIDORES

    31

    312

    Definiciones

    Ubicacin

    3.3 Gabinete

    3 . 4 Puertas para

    gabinete

    L

    . . ..-.__

    --

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    216/234

    3.5

    3.

    3.6.1

    3.0.2

    3.7

    3.8

    3.9

    3.10

    3.11

    3.12

    3.13

    Dimensiones en los gabinetes

    Disposiciones de las toma.5

    Para medidores de hasta 10 m3/h. .

    Para medidores de ms de 10 m3/h.

    Zona futura media pr&in

    Ventilacin de los gabinetes

    Bateria para medidores de hasta 10 m3/h.

    Bateria en patio

    Compartimiento de medidores

    Compartimiento de medidores en varias plantas

    Reguladores y vlvulas de 4 bar

    UNIDAD 4

    4. CAIXRIA INTERNA

    ._.

    4.1

    4 . 2

    4 . 3

    4.4

    4.5

    4.0

    4.7

    4.8

    4.9

    4.10

    4.11

    4.12

    4.13

    4.14

    4.15

    4.10

    4.17

    .Definiciones

    Instalacin de caerias internas

    Utilizacin de materiales usados aprobados

    Caos a utilizar

    Accesorios R utilizar

    Llaves de paso yrobinetes (caracterlsticas)

    Ubicacin de las llaves de paso

    Uniones dob'les y conexiones

    Pasta para conexiones

    Dimetro de caeras

    Clculo de caeras

    Ubicacin de las caerias

    Pendiente de la caera (en revisin)

    Sifones en la caera (en revisin)

    Sifones

    junta

    a artefactos (en revisin)

    Soportes de caeras

    Proteccin de caerias. Nuevos materiales

    4.18

    Relacin de la caera con repecto a cables y artefactos elctri-

    cos,

    cup'las ga.lvnicas.

    4.19 Instalaciones en unidades mviles (casillas rodantes).

    i

    UNIDAD 5

    L

    5 IEIS'I'ALACIO~IDE ARTEF'ACTOS

    J

    5.1

    probacin de artefactos

    5.2 Ilabili~tacin "in situ"

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    217/234

    I

    5.3

    5 .4

    5.5

    5.6

    5.7

    5.8

    5.9

    5.10

    5.11

    5.12

    5.13

    5.14

    5.15

    5.16

    5.16.1

    5.16.2

    5.16.3

    5.10.4

    5.17

    5.18

    .5.19

    5.20

    Requisitos para la Instalacin

    Artefactos usados

    Identificacin de artefactos

    Forma de conectarlos

    Conexin obligatoria de artefactos

    Ubicacin de artefactos

    Clculo de potencia.del calentador en paso

    Cocinas

    Espacios para cocinar

    Calentador de agua instant%neo

    Calentador de agua por acumulacin

    Exigencias para la ,instalacin de los calentadores de agua de

    acuerdo a su ubicacin.

    Caeras de calefaccin individual hasta 100.000 kcal/hora.

    Calentadores de ambientes:

    De tiro natural

    De tiro balanceado

    A rayos infrarrojos

    Catalticos

    Secadores de ropo a gas

    Equipos de refrigeracin a gas

    Quemadores para horno de panadera, con movilidad

    Resmen captulo 79 de la Norma Instalaciones Industria les

    (UI GDE 2801-8/2/91).

    6. E\ALUACION DE PRObUCTOS DE CONBUSTIOEI

    6.1 Objeto

    6.2 Alcance

    . .

    6.3 Clasificacin

    6 . 4 Clusulas gelleiales para todo tipo da conducto

    6.5

    Conducto de salida de aire viciado

    G.6 Apertura para la alimentacin de aire para combustin

    6.7 Sistema con conducto individual para artefactos de cmara abierta

    6 .8 Sistema CON conducto individual para artefactos de cmara estanca

    6.9 Artefactos de cnmara estanca c/ conducto horizontal

    6.10 Artefactos de cmara estanca c/ conducto vert ical

    6.11 Artefactos de ctmara estanca c/ conducto en U

    6.12

    Responsabilidad sobre la constrt?cciil de conductos colect ivos.

    Remate del conducto. Inf~luencia del viento.

    \

    .

    :;.&,.f

    ,

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    218/234

    0.13 Definicin de conducto nico en derivacin

    6.14

    Disposiciones generales

    G.15

    Elementos y materiales para pia construccin de conductos colecti-

    vos. Remate del conducto. Influencia del viento.

    0.16

    Dimensionamiento del conducto colectivo

    6.17

    Flontaje del conducto colectivo

    6.18

    Controles e inspecciones del conducto colectivo

    G.19

    Produccin de vapor de agua en la combustin

    8

    .

    UNIDAD 7

    7. OBLIGACIONES DEL MATRICULADO

    7.1 Para con la Empresa

    7.2 Para con el cliente

    IJNIDI\D 8

    8. PLANOS DE INSTALACIONES

    8.1 CarAtula

    8.2 Formatos de acuerdo a norma IRAEI

    8.3 Colores

    8 .,4 Escala

    8.5 Plegado

    UNIDAD 9

    9. PENALIDADES

    L..

    lINILh\D 'LO

    IU. GAS ENVASADO

    10.1

    10.2

    10.3

    10.4

    10.5

    Equipo individual

    Cilindros

    Regulador

    Ubj~cacin del equipo

    C~lcu'lo de caeria. Preveer coniersin de gas licuado a gas

    natural.

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    219/234

    10.0 Cfilculo CTI funcin de La vapori.zacin

    10.7

    Proceso de clculo

    10.8

    Bateria simplificada

    10.9

    Dateras para ca,sas de departamentos

    10.10 Bateras J~rn comerchs e industrias

    10.11 ractores de uso

    UNIDAI) 11

    ll. DIBU.JO

    11.1 Abarca cuatro mdulos, @ue obran en

    poder

    del CONET

    UNIDAD 12

    12.

    TALLER

    12.1 Se instrumentaran przicticas acorde al curso

    12.2 Visitas a edificios con instalaciones en constnkin

    UKT.DAD 13

    13. SEGURIDAD

    13.1

    13.2

    Intoxicacin por monxido de carbono y falta de oxgeno

    3~3.3

    Composicin y peligrosidad del gas natural y del gas licuado

    Lmites inferior y superior de explosividad del gas natural y

    licuado.

    13.4 Instrumento para detectar fugas o determinar mezclas explosivas

    UIIIUAD 14

    VENTILACION

    Ventilacin de anhj.etltes

    .

    - - .-111~-

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    220/234

    15.1

    Civiles

    15.2

    Penales

    UNIDAD 16

    16.

    ASI'ECI'OS REGLAMENTARIOS

    l.1 Uisposiciones y nqrmas mnimas para la ejecucin de instalaciones

    domiciliarias de gas

    CONDICIONESDE INGRESO

    Estudios primarios completos o 3' Categoria aprobada

    DURACIOEIDEL CURSO

    800 (ochocientas) horas.

    -9 _ ._- ..-.

    ---

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    221/234

    UIIIDAD 1

    1

    1.1

    Il IDAD 2

    2

    PROLONGACSON DOIICILIARIA

    2.1

    2.2

    Z

    2.5

    2.6

    2.7

    2.8

    Definiciones

    ~lateriales

    a emplear.

    Gas a media presin

    Gas a baja presin.

    ?evestimientos

    Proteccin anticorrosiva.

    Hermeticidad y obstrucciones.

    hcorrido.

    Ejecucin.

    Hedidor individual frente edificio.

    Poliester. Intercollexin.

    :luestreo de odorizacin.

    hF EXO 2

    CLIXO DE GAS DE TEICERA CATEGORIA

    DEFJNICIOilES CONCEPTUALES

    Se definen los thrminos o vocablos que comunmente se utilizan

    en el oficio.

    2.9

    2.10

    2.11

    2;l.Z

    UIIJ.DI\D 3

    3

    3.1

    3 . 2

    3.3

    3.4

    3 . 5

    3.6

    3.7

    3 . 8

    3 . 1

    :IEDIDORES

    Definiciones

    Ubicacin.

    hbirlete.

    Puertas para gabinetes.

    Dimensiones en los yabinetes.

    Disposiciones de las tonas.

    Zona futura nedia presin.

    Ventil.aciSn de los gabinetes.

    ?.eguladores y vlvulas de 4. bar.

    CA?E: IA I:NTEPV*

    2.

    Dcf~nicinncs.

    Instalacin de caseras iuterna.

    . . ..-____. -

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    222/234

    4 .3

    4.4

    4 5

    4.G

    4.7

    4.8

    4 .9

    4.10

    4.11

    4.12

    4.13

    4.14

    4.15

    4.15

    4.17

    l .lr3

    llUD.\D 5

    5

    5.1

    5.2

    5.3

    5.4

    5.5

    5.6

    5.7

    5.8

    5.0

    5.10

    5.11

    5.12

    5.13

    5.14

    5.15

    5.15.1

    Utilizacin de wteriales usados aprobados.

    Caos a utiljzar.

    Accesorios a utilizar.

    Llaves de paso y rohinetes (caractersticas)

    Utricacin de l.as l.lnv,es de paso. .

    Uniones dobles y conexiones.

    Pasta para conexiones.

    Difinletro de caeras:

    Clculo de ca6erias.

    Ubicacin de las caGras.

    Pendiente de In caocra (en revisin).

    Sifones en la caero (en revisin).

    Sifones junto a artefactos (en revis in).

    Soportes de catieras.

    Proteccin de caerias. F~ uevos materiales.

    elacin de la caeria con respecto a cabl.es y: artefactos el.ctrj .-

    cos, cuplas glvanicas.

    INSTALACIO>f DE hPTEF/\CTOS

    Aprobacin de artefactos.

    1 al ilitacin in situ.

    Xequisitos para 1s instalacin.

    Artefactos usados.

    Identificacin de artefactos.

    Forma de conectarlos.

    Conexin obligatoria de artefactos.

    I bicacin de artefactos.

    Clculo de potencia del calentador en paso.

    Cocinas.

    Espacios para cocinar.

    Calentador de agua instantcneo.

    Calentador de agua por acum.~l.acin.

    Exigencia para 1.a nstalacin de los calentadores de agua de

    acuerdo a su ubicacin.

    Calentadores de ambientes:

    De tiro natural..

    De tiro balar~ccatlo,

    A ravos illfraroios.

    5.15.4

    Cataiticos. *

    1.

    5.16 Xeslmen captulo 7p de 1.u Yorna Instalaciones Irldustrial ;rs

    (DI c3c 2501-8/2/91)

    6 CVALl.MC 10): UT: PEOiX CJOS DE CO i31 SIIOI

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    223/234

    Objeto.

    Alcance.

    6.3 Clasificacin.

    6 . 4

    Clusuhs generales para todo tipo de conducto.

    6.5

    Sistemas para artefactos no conectados a conductos.

    6.6

    Conducto de salida de aire viciado.

    6.7

    Apertura para alimentacin de aire para conbustin.

    6.8

    Sistema con conducto individual para artefactos de cmara a >ierta.

    G.9

    Sistema con cohdrlcto individual para artefactos de cmara estanca.

    6.10

    Artefactos de crlara estanca c/conducto horizontal.

    6.11

    Artefactos de crxtra estanca c/conducto vertical.

    6.12 Artefactos de crlara estanca c/conducto en U.

    6.13 Produccin de vapor de agua en la combustin.

    UI ICAD 7

    7 OSLIGACTO~IES DEL ElhTF TCI.lLADO

    :

    7.1

    Para con 1.a Empresa.

    7.2 Para con el cl.iente.

    IWIID,\D 8

    8 PLANOS DE INSTALAC.IOiXS

    3.1 Cartu1.a

    3 .2 Formato de acuerdo a Elorma IRAEI.

    8.3

    Colores.

    3 . b

    Escala.

    3.5

    Plegado.

    UFJBAD 9

    9 PENALIJh\D,XS

    JblTIh\D

    10

    10 GAS T:NVASADO

    10.1 Equipo individual.

    10.2

    Cilj.ndros.

    10.3

    Ree,uI.ador.

    A

    1fl.L

    Ubi.cacin de equipo.

    10.5

    Clculo de cniie ric. Prever conversin de gas licuado a gas naccra].

    I~llJo~\n 11~

    . . _. _ _..

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    224/234

    11.1

    lkG3la

    11.2 Formatos

    11.3 Plegados

    ll.4 COlOrCZS

    11.5 Planta y corte. .,

    11.6

    Trazado de caserias y ventilaciones

    U> TD; D 12

    12 TALLER

    12.1 rictica sohk prolongacin domiciliaria.

    12.2 Arl:lado de caiiern interna.

    12.3 Utilizacin del accesorio y conexin.

    12.4

    Iruebas de hermeticidad y obstruccin.

    12.5 Uso de manmetros,

    miLinetros.de columna agua y a Rourdon.

    12.6 Uso de herramientas.

    12.7 Visitas a edificios An instalaciones en construccin.

    UNIDAD 13

    13 SEGURIDI?D

    13.1

    13.2

    13.3

    Intoxicacin por monxido de carbono y falta de oxgeno.

    Composicin y peligrosidad del gas natural y el gas licuado.

    Lim tes inferior y superior de explisividad del gas natural

    y licuado.

    13.4

    I l,;ID.\D 1

    14

    14.1

    UEIIDhD 1

    15

    Instrumento para,,detectar fugas o determinar mezclas explosivas.

    4

    VENTILhCIO>l

    Ventilacin de wbientes.

    5

    ASPECTOS LEGb\LES

    t

    1

    5.1

    15.2

    Civi1.w

    Fenal.es

    4

    I~:llDiID 16

    1

    L

    Ir, ASPECTOS REGLA :E TA:IOS

    16.1

    Disposiciones y normas mnimas para 1.a ejecucin de instalaciones

    donicil iarias de gis.

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    225/234

    CONDICIONES DE INGRESO.

    lktudios primarios completos "o cursillo de nivelacin.

    DlIrMCION DEL CIIRSO

    400 (cuatrocientas) horas.

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    226/234

    Ente Nnciotznl Regrdndor del Gris

    NOTA ENRG/GD/GAL/P No 2 4 7 3

    BUENOS AIRES, 2 5 JUL 1996

    Ref.: Limitacin alcances de las Matri-

    3 aculas de 2 v 3 categor as.

    SEOR PRESIDENTE:

    Me dirijo a Ud., haciendo referencia a la presentacin efectuada

    por la Licenciataria Gasnor S.A., relacionada con el asunto del rubro y de la

    cual oportunamente se le requiri vuestra opinin.

    Acerca del particular y habiendo analizado el tema en tratamiento,

    esta Autoridad de Regulacin y Control ha decidido ampliar el alcance para la

    ejecucin de las instalaciones domstica s segn lo expresado en los puntos

    8.3 y 8.4 de las Disposiciones y Normas Mnimas para la Ejecucin de

    Instalaciones Domiciliar ias de Gas en lo que respecta a la presin de

    distribucin, por lo que, los poseedores de las matriculas de segunda y tercera

    categoras podrn concretar dichas instalaciones, mientras que las presiones

    de distribucin no superen los 4 bar.

    1

    Lo saludo atentamente.

    SEOR PRESIDENTE

    LL--.-I.

    . .-.

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    227/234

    Etlte Nnciond Reg/,llndor del Gris

    t,

    NOTA ENRG/GD/GAL/P No c g $ 2

    BUENOS AIRES, 10 ; ;r 1995

    Ref.: Exigencia del uso de caeras y

    revestimientos con aprobacin

    integral.

    Exote. FNARGAS ND 414/94.

    SENOR PRESIDENTE:

    Mediante Nota ENRGIGDIP No 1972 de fecha 01/07/94, se

    solic it opinin a las Licenciatar ias de Distribucin sobre el tema de Ia

    referencia.

    Del anlis is efectuado sobre las respuestas recibidas y teniendo

    en cuenta estudios complementarios, esta Autoridad de Regulacin y Control

    ha decidido mantener y que esa Licenciataria exija el uso de caferas y

    accesor ios re,vestidos con aprobacin integral previa, para instalaciones

    internas domiciliarias.

    Debe sealarse, que quedan exceptuadas de esta exigencia lss

    instalaciones internas que requieran el abastecimiento con gas natural y que

    actualmente se proveen de gas licuado en cilindros,

    con caeras existentes

    empotradas en pared, galvanizadas, con coberura asfltica y que se

    encuentren en estado satisfactorio, no presentando signos que evidencien una

    disminucin de las condiciones de seguridad que puedan signif icar un riesgo

    para el usuario en su conjunto.

    Es por ello, que hasta tanto el ENARGAS emita una normativa al

    respecto, los elementos en cuestin debern responder a las Normas IRAM

    correspondientes y a los especificado en la GE-Nl-108 en cuanto al

    -7 revestimiento.

    A los efectos de una mejor provisin, se acompaan listados de

    fabricantes de caos y accesorios revestidos aprobados por el ENARGAS

    . .

    -.q

    ,hasta la fecha.

    i 3

    Lo saludo atentamente.

    S,i>acha 636. C .P. 1909 Capi:al kleral, Argentina . T.E . 325.2500

    .-.~-

    ..- ...,-

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    228/234

    Ente Nacionnl Regrhdor clel Gas

    NOTA ENRG/GD/GT,GA:/P N 2 9 0

    Ref.: Instalacin de Calentadores

    de Ambiente por

    Combt

    ,

    .

    1st10n Cat.aIrtrca,

    SEI;OR PRESIDENTE:

    Me dirijo a Ud., con relacin al tema de la referencia

    Al respecto, llevo a su conocimiento que esta Autoridad

    Regulatoria ha recibido distintas

    consultas referentes a la ubicacin de

    calefactores catalticos y a la circular GDTIIEIUGIN 157, emitida con fecha

    27/02/89, por Gas del Estado sobre el particular.

    Como consecuencia de ello, resulta necesario aclarar que los

    calefactores por combustin cataltica que poseen piloto sensor de ambiente,

    pueden considerarse, a los efectos de su instalacin, como calefactores de

    cmara abierta con evacuacin de los gases de combustin al exterior.

    Para aquellos que

    no tienen piloto sensor, su instalacin

    responder a lo reglamentado para calefactores infrarrojos.

    Se deja constancia que en todos los casos, estos artefactos no

    pueden instalarse en baos y dormitorios, debiendo contar con el dispositivo

    de seguridad y la advertencia visible que indique NO USAR EN LOCALES SIN

    VENTILACIN PERMANENTE.

    \

    i

    Lo expresado precedentemente se corresponde con lo indicado en

    la citada circular y reviste carcter provisorio hasta tanto finalice y se apruebe

    el trabajo de revisin de las Disposiciones y Normas Mnimas para la

    Ejecucin de Instalaciones Domiciliarias de Gas.

    ii

    Saludo a Ud. atentamente,

    i

    SEOR PRESIDENTE

    \ i

    X_/)

    s

    i D.

    \

    _-

    -.

    S,,:pz:ha

    t j j i

    C.P. 1003 Ca2i:al Federal. Qon;ins . T.E. 325.2503

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    229/234

    I

    .,*

    -----~. . .

    :

    * c l RCULAR CDT/ l E/UG iJo

    ..i.

    157

    ._ ~,

    BUEt IOS AIRES,

    .

    -

    l11STALACIO;V DE CALEIITAOO RES 05 /VlBlEfITE

    POR COI- IDUSTIOI I CATALITICA

    Sc comunica. a los Sres.. Fabricantes e l i~portadores de / \rtcfactos

    a cas en respuesta a reiteradas consultas,

    que las condiciones provi-

    sorias de dicl las instalacioues aceptadas por esta Sociedad del Estado

    son las siguientss:

    Su irlstalacibll ie cfectua r5 co UI> todo de acuerdo con lo indicado

    para calefzctorcs 3 rayas infrarrojos, en Disposiciones y normas

    III~II~JS para la ejecucin de instalaciones dornicili~rias de gas

    2.- Calefa ctor cataltico con piloto 5en5or

    de

    ambiente, co,, dispoji tivo

    * de seguiidad:

    flo podrn ubicarse en dormitorios y bao s.

    En los dems casos. su instalacSn se ajustar5 s lo indicado p: ru

    calefactore de chara abierta, en

    Ujspo s iciunes y ihrmas niilit11-35

    para la ejecucin de instalaciones domici I iarias de gas

    OTA : Sin excepcin dicl l ;ls alternat ivas conservar5r1 la advcrtcncia */ is ible

    que, (ndique: flo usar cn locales sin ventilacin pcrnm nentc .

    _ .

    i

    .,

    I I IC .PEORi HARTOi

    JEFE UTILIZA CI~II D,EL GAS

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    230/234

    Ente Nacional Regrdador del Gqs

    .

    NOTA ENRG/GD/D N

    3 4

    1

    2

    BUENOS AIRES, 27

    NO',' 1995 H

    j Ref:

    Ingreso con caera de polietileno en

    media presin en propiedad privada

    0

    Expediente FNARGAS N 1877195.

    SEOR PRESIDENTE:

    Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en el expediente de la

    referencia a los efectos de comunicarle que esta Autoridad Regulatoria ha

    decidido autorizar el ingreso con caeras de polietileno en media pres in en

    propiedad privada, bajo las condiciones que se detallan en el ,4nexo I anejo a la

    presente.

    Asimismo, la implementacin de la modalidad autorizada deber

    ser compatibi,l(zada.con el a$culo 16 de la Ley No 24.076, su reglamentacin

    y en especial lis R&oluciones ENARGAS No lo/93 y 44/94.

    A esos efectos, esa

    Subdistribuidora deber acordar la

    constitucin del derecho real de servidumbre necesario para la instalacin de

    ca,era de su propiedad en inmuebles ajenos, que le permita un acceso directo

    para la realizacin de las tareas de mantenimie.nto de sus instalaciones.

    De esta manera, se dar& una solucin a los casos planteados, que

    satisface los niveles de seguridad requeridos y que paralelamente, beneficiara

    econmicamente alos usuarios finales del servicio de distribucin de gas por

    Lo saludo atentamente.

    SEOR PRESIDENTE

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    231/234

    ..,

    Ente Naciotzal Regulador del Gas

    ArtEXO.1

    Star

    El presente contionc las disposiciones adicionales que ~ eh-&

    respetarse para el ingreso con cafiera de polietileno en media presin en

    inmuebles de pr0pieda.d privada.

    a) Countries, clubes de campo,

    barrios cerrados, o situaciones

    similares.

    En estos casos se accede a las viviendas a travs de calles y

    veredas perfectamente definidas, que no difieren del diseo urbano de

    cualquier ciudad, salvo en lo que respec ta al dominio pblico municipal. Por lo

    tanto la instalacin de una reti de di~ti~iucin as asimiiabk ti la que se ejecuta

    en la va pblica, por lo que deber observarse en su construccin la normativa

    aplicable a esos casos.

    El gabinete pa ra alojar el conjunto regulador/medidor deber estar

    ubicado en el o los lmites del terreno de propiedad exclusiva del usuario

    aledao a los espcios corriunes con accesos directos a stos desde las

    veredas comunes a todos los propietarios y/o desde las calles con trnsito

    vehicular.

    b) Conjuntos habitacionales en los que la lnea de edificacin est

    alejada de la linea municipal.

    Se trata de edificios de vivienda u oficinas, separados de la lnea

    municipal por jardines o espacios abiertos de libre acceso y circulacin al

    pblico en general.

    La traza de la caera deber estar sealizada.

    El gabinete para alojar el regulador deber estar ubicado en

    concordancia con el lmite del o de los edificios servidos y los espacios

    comunes con accesos directos a stos desde veredas comunes a todos los

    propietarios y/o desde calles con trnsito vehicular.

    Adems del elemento de advertencia indicado en la norma GE-Nl-

    136 se deber instalar una proteccin mecnica de ladrillos o loseta de

    hormign y respetar la tapada que para cada caso indica la norma referida.

    c) Viviendas o comercios con frente a pasajes comunitarios

    Se trata de viviendas o comercios construidas frente a un pasaje

    de acceso pblico y a cielo abierto. \

    _-.-,.-

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    232/234

    El gabinete para alojar el conjunto reguladormedidor deberti esta1

    ubicado al frente de las unidades, en concordancia con la lnea demarcatoria

    que sepsra cl terreno de propiedad de IOS usuarios y el pasaje comunitario.

    Adems del elemento de advertencia indicado en la norma GE-NI-

    136 se deber instalar una proteccin mecnica de ladrillos o loseta de

    hormign.

    La distancia de la caera a la lnea demarcatoria entre la

    propiedad de los usuarios y el pasaje comunitario ser asimilable a la indicada

    en dicha norma en su punto 7.1.6.

    En todos los casos el medidor deber estar ubicado de manera tal

    que sea posible un acceso libre y directo en cualquier momento por parte de la

    prestataria, a los efectos de la realizacin de las mediciories y/o eventuales

    reparaciones.

    .~-..--~

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    233/234

    li

    Ente Nacional Regulador del Ges

    NOTA ENRGIGDIGALID N 0 0 0

    5

    BUENOS AIRES, 02 ENE 1996

    Ref.: Calderas a Gas para Calefaccin

    Domiciliaria. Actuacin ENARGAS

    0 cJ,q5

    SEOR PRESIDENTE:

    Me dirijo a Ud., con relacin al tema del epgra fe.

    Al respecto y en consideracin a la presentacin realizada por

    Fabricantes nacionales de calderas a gas para calefaccin domiciliaria, donde

    solicitaron informacin aclaratoria sobre la habilitacin de los artefactos

    citados en la referencia , llevo a su conocimiento que esta Autoridad

    Regulatoria, con el objeto de ordenar el asunto en cuestin, ha decidido lo

    siguiente:

    1)

    2)

    3)

    JkL

    ; \

    \

    d

    Exigir aprobacin previa para las calderas citadas en la referencia, de

    fabricacin nacional, con potencia nominal no superior a los 58.150 W

    (50.000 kcal/h).

    Utilizar para su aprobac in, en forma transitoria y hasta tanto el

    ENARGAS apruebe una norma especfici,

    los

    Requisitos Provisorios para

    Aprobacin de Calderas de Calefaccin para Uso Domiciliario a Gas, en

    todo lo aplicable, indicados en el Anexo II de la Resolucin ENARGAS

    138195.

    Autorizar hasta el 31/12/96, la habilitacin IN SITU de los artefactos en

    cuestin, de acuerdo con lo indicado en el punto 6.2 de las Disposiciones

    y Normas Mnimas para la Ejecucin de Instalaciones Domiciliarias de

    Gas. Perodo durante el cual los fabricantes debern tramitar las

    aprobaciones correspondientes, para la utilizacin de estos elementos a

    partir de dicha fecha.

    Saludo a Ud. atentamente.

    SEOR PRESIDENTE

    b.., ,. +:

    I

    .

    s

    t D,

    , i

    , I : ..Y

    Suigs.ha 630. C.P. ,008. Capital Federal, Argent ina . T.E. 323.2500

    * . . ._-.

  • 7/13/2019 NAG 200 Enargas

    234/234

    -.., --

    ,,cNacioiial Reglllador de/ GCZS

    w,

    .

    NOTA ENRG/GD/GAL/D No 27 4 9

    1

    BUENOSAIRES,

    1.5

    AG0 1996

    Ref.: Calentadores de Ambiente

    de Cmara Estanca con

    Conductos en U. Actuacidn

    0

    ENARGAS N 58821%