nº 3702 registro nacional de la propiedad intelectual nº 1.305

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Viedma, 12 de agosto de 1999 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 Nº 3702 SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION Dirección de Boletín Oficial Tel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404 Laprida 212 - 8500 Viedma Precio Ejemplar del día: $ 1,00 PUBLICACION BISEMANAL AÑO XXXIX EDICION DE 26 PAGINAS SECCION ADMINISTRATIVA (Sumario en Pág. 26) DECRETO-LEY ––– DECRETO - LEY 12 (Art. 181 inc. 6º de la Constitución Provincial) MENSAJE del Señor Gobernador de la Provincia de Río Negro, Dr. Pablo Verani, con motivo de la sanción del Decreto Ley Nº 12/99, dictado de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 181 inciso 6º de la Constitución Provincial. El Gobernador de la Provincia de Río Negro, en cumplimiento de lo prescripto por el Artículo 181 inciso 6º de la Constitución Provincial, informa a la población de la Provincia de Río Negro que se ha dictado un decreto de naturaleza legislativa por el cual se declara inembargable el importe de los subsidios que perciban los productores provenientes de la ejecución de la ley Nº 3.295. Asimismo informo que se ha remitido a la Legislatura Provincial copia del citado Decreto para su tratamiento, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 181 inciso 6º de la Constitución Provincial. Dr. Pablo Verani, Gobernador. –– Viedma, 4 de agosto de 1999. Visto: La ley Nº 3295 dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro el día ocho de julio del presente año y promulgada mediante el dictado del decreto Nº 935/99 y; CONSIDERANDO: Que los fondos previstos por la ley mencionada en el Visto del presente, son afectados a un subsidio para la producción frutihortícola, a fin de que los productores primarios del sector puedan atender los gasto y tareas culturales necesarios para la próxima cosecha; Que tal finalidad se vería frustrada si lo que los productores recibiesen del Estado Provincial, pudiere ser objeto de agresión por parte de los acreedores del productor; Que en consecuencia corresponde asegurar que la naturaleza del aporte financiero público y su destino específico no sea desvirtuada por embargos preventivos o ejecutivos u otras acciones que promovieren los acreedores de los productores beneficiados; Que en tal sentido debe considerarse inembargable el importe del subsidio que perciban los productores por aplicación de la citada ley, lo que si bien encuentre suficiente sustento normativo en la naturaleza, origen y destino del dinero que recibirán, conjuntamente con el artículo 31 de la Constitución Provincial, amerita ser así declarado por la presente norma; Que de tal forma se aventa cualquier riesgo de desnaturalización del destino del fondo por una errónea interpretación que permita la incorporación del subsidio al patrimonio del productor como prenda común de los acreedores; Que existen razones de urgencia, ante la inminencia de la distribución del fondo entre los productores comprendidos, que justifica apelar a la herramienta excepcional prevista por el artículo 181 inciso 6) de la Constitución Provincial; Que se han cumplimentado los recaudos exigidos por el artículo mencionado en el párrafo precedente, sometiéndose el presente al Acuerdo General de Ministros previa consulta al Señor Vicegobernador de la Provincia en su condición de Presidente de la Legislatura Provincial y al Señor Fiscal de Estado. Por ello: El Gobernador de la Provincia de Río Negro En Acuerdo General de Ministros DECRETA: Artículo 1º.- Declárase inembargable el importe de los subsidios que perciban los productores provenientes de la ejecución de la ley Nº 3295. Art. 2º.- La presente norma es de orden público, debiendo los jueces, de oficio, decretar el levantamiento de los embargos o cualquier otra medida procesal que afectare la disponibilidad del subsidio por parte del productor beneficiario del mismo, evitando dilaciones al respecto. Art. 3º.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. Art. 4º.- Comuníquese a la Legislatura de la Provincia de Río Negro, a los efectos establecidos en el artículo 181 inc. 6) de la Constitución Provin- cial. Art. 5º.- El Presente Decreto es dictado en Acuerdo General de Ministros, que lo refrendan, con consulta previa al Señor Fiscal de Estado y al Señor Vicegobernador de la Provincia, en su carácter de Presidente de la Legislatura. Art. 6º.- Infórmese a la Provincia mediante mensaje público. Art. 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese. VERANI - B. J. Mendioroz - J. L. Rodríguez - O. A. Machado - G. A. Martínez. –oOo– DECRETOS ––– DECRETO Nº 823 Viedma, 28 de junio de 1999. Visto, el expediente n° 22.446-SH-99, del registro del Ministerio de Economía; y CONSIDERANDO: Que la Unión Personal Civil de la Nación, seccional Río Negro (U.P.C.N.), se encuentra abocada a la realización de un plan de saneamiento financiero de su institución, con el objetivo de superar el déficit institucional y el déficit del sistema de Ordenes de Compra; Que U.P.C.N. ha propuesto la entrega de Bonos Río Clase 2 Serie II, destinado a cancelar Anticipos Financieros otorgados por el Estado Provincial; Que en el ámbito del Ministerio de Economía se está analizando la propuesta, en virtud del impacto económico financiero que produce el rescate anticipado de los citados bonos; Que en consecuencia y con el objeto de no entorpecer el funcionamiento de la Organización Gremial, es necesario ampliar la prórroga dispuesta por el Artículo 2° del Decreto N° 1601/98, correspondiente a los anticipos otorgados por Resolución N° 108/98 y 131/98, del registro de la Subsecretaría de Hacienda, como así también ampliar la prórroga dispuesta por el Artículo 1° del Decreto N° 1770/98, correspondiente a los anticipos financieros otorgados por Resoluciones N° 046/98; 063/98; 135/98; 020/98; 030/98 y 120/98, todas del registro de la Subsecretaría de Hacienda, y Resolución Ministerial N° 213/98; Que es intención del Gobierno apoyar las actividades llevadas a cabo por la Unión Personal Civil de la Nación Seccional Río Negro (U.P.C.N.) y que llegan como beneficio directo a los afiliados a dicho Gremio; en una época de crisis internacional que afecta en forma directa a la Provincia; Que el presente trámite, en oportunidad de su otorgamiento, se encuadró el lo dispuesto por el Artículo 62°, de la Ley 847; Que habiéndose reglamentado por Decreto N° 516/ 99, el Artículo 59° de la Ley 3186 de Administración Financiera y Control Interno, el mismo resulta de aplicación para el presente caso, correspondiendo en consecuencia proceder a su excepción; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181°, de la Constitución Provincial; El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A : Artículo 1°.- Exceptuar a la Unión Personal Civil de la Nación Seccional Río Negro (U.P.C.N.), del cumplimiento de lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 1°. inciso c), del Decreto N° 516/99, reglamentario del Artículo 59° de la Ley 3186, y amplíase la prórroga dispuesta por el Artículo 2° del Decreto N° 1601/98, correspondiente a los anticipos otorgados por Resolución N° 108/98 y 131/98, del registro de la Subsecretaría de Hacienda, como así también ampliar la prórroga dispuesta por el Artículo 1° del Decreto N° 1770/98, correspondiente a los anticipos financieros otorgados por Resoluciones N° 046/98; 063/98; 135/98; 020/98; 030/98 y 120/98, todas del registro de la Subsecretaría de Hacienda, y Resolución Ministerial N° 213/98, por la suma total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CATORCE ($ 3.592.214,00), hasta el 31 de Diciembre de 1999.

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Page 1: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

Viedma, 12 de agosto de 1999

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136Nº 3702SECRETARIA GENERAL DE LA

GOBERNACIONDirección de Boletín Oficial

Tel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404Laprida 212 - 8500 Viedma

Precio Ejemplar del día: $ 1,00 PUBLICACION BISEMANALAÑO XXXIX EDICION DE 26 PAGINAS

SECCION ADMINISTRATIVA

(Sumario en Pág. 26)

DECRETO-LEY–––

DECRETO - LEY 12(Art. 181 inc. 6º

de la Constitución Provincial)MENSAJE del Señor Gobernador de la Provincia

de Río Negro, Dr. Pablo Verani, con motivo de lasanción del Decreto Ley Nº 12/99, dictado deconformidad con lo dispuesto por el Artículo 181inciso 6º de la Constitución Provincial.

El Gobernador de la Provincia de Río Negro, encumplimiento de lo prescripto por el Artículo 181inciso 6º de la Constitución Provincial, informa a lapoblación de la Provincia de Río Negro que se hadictado un decreto de naturaleza legislativa por el cualse declara inembargable el importe de los subsidiosque perciban los productores provenientes de laejecución de la ley Nº 3.295.

Asimismo informo que se ha remitido a laLegislatura Provincial copia del citado Decreto parasu tratamiento, de conformidad con lo dispuesto en elArtículo 181 inciso 6º de la Constitución Provincial.

Dr. Pablo Verani, Gobernador.––

Viedma, 4 de agosto de 1999.Visto: La ley Nº 3295 dada en la Sala de Sesiones

de la Legislatura de la Provincia de Río Negro el díaocho de julio del presente año y promulgada medianteel dictado del decreto Nº 935/99 y;

CONSIDERANDO:Que los fondos previstos por la ley mencionada en

el Visto del presente, son afectados a un subsidio parala producción frutihortícola, a fin de que los productoresprimarios del sector puedan atender los gasto y tareasculturales necesarios para la próxima cosecha;

Que tal finalidad se vería frustrada si lo que losproductores recibiesen del Estado Provincial, pudiere serobjeto de agresión por parte de los acreedores del productor;

Que en consecuencia corresponde asegurar que lanaturaleza del aporte financiero público y su destinoespecífico no sea desvirtuada por embargos preventivoso ejecutivos u otras acciones que promovieren losacreedores de los productores beneficiados;

Que en tal sentido debe considerarse inembargableel importe del subsidio que perciban los productorespor aplicación de la citada ley, lo que si bien encuentresuficiente sustento normativo en la naturaleza, origeny destino del dinero que recibirán, conjuntamente conel artículo 31 de la Constitución Provincial, ameritaser así declarado por la presente norma;

Que de tal forma se aventa cualquier riesgo dedesnaturalización del destino del fondo por una erróneainterpretación que permita la incorporación delsubsidio al patrimonio del productor como prendacomún de los acreedores;

Que existen razones de urgencia, ante lainminencia de la distribución del fondo entre losproductores comprendidos, que justifica apelar a laherramienta excepcional prevista por el artículo 181inciso 6) de la Constitución Provincial;

Que se han cumplimentado los recaudos exigidospor el artículo mencionado en el párrafo precedente,sometiéndose el presente al Acuerdo General deMinistros previa consulta al Señor Vicegobernador dela Provincia en su condición de Presidente de laLegislatura Provincial y al Señor Fiscal de Estado.

Por ello:El Gobernador de la Provincia de Río Negro

En Acuerdo General de MinistrosDECRETA:

Artículo 1º.- Declárase inembargable el importede los subsidios que perciban los productoresprovenientes de la ejecución de la ley Nº 3295.

Art. 2º.- La presente norma es de orden público,debiendo los jueces, de oficio, decretar ellevantamiento de los embargos o cualquier otra medidaprocesal que afectare la disponibilidad del subsidiopor parte del productor beneficiario del mismo,evitando dilaciones al respecto.

Art. 3º.- La presente norma entrará en vigencia aldía siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º.- Comuníquese a la Legislatura de laProvincia de Río Negro, a los efectos establecidosen el artículo 181 inc. 6) de la Constitución Provin-cial.

Art. 5º.- El Presente Decreto es dictado en AcuerdoGeneral de Ministros, que lo refrendan, con consultaprevia al Señor Fiscal de Estado y al SeñorVicegobernador de la Provincia, en su carácter dePresidente de la Legislatura.

Art. 6º.- Infórmese a la Provincia mediante mensajepúblico.

Art. 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI - B. J. Mendioroz - J. L. Rodríguez - O.A. Machado - G. A. Martínez.

–oOo–

DECRETOS–––

DECRETO Nº 823Viedma, 28 de junio de 1999.

Visto, el expediente n° 22.446-SH-99, del registrodel Ministerio de Economía; y

CONSIDERANDO:Que la Unión Personal Civil de la Nación, seccional

Río Negro (U.P.C.N.), se encuentra abocada a larealización de un plan de saneamiento financiero desu institución, con el objetivo de superar el déficitinstitucional y el déficit del sistema de Ordenes deCompra;

Que U.P.C.N. ha propuesto la entrega de BonosRío Clase 2 Serie II, destinado a cancelar AnticiposFinancieros otorgados por el Estado Provincial;

Que en el ámbito del Ministerio de Economía seestá analizando la propuesta, en virtud del impactoeconómico financiero que produce el rescateanticipado de los citados bonos;

Que en consecuencia y con el objeto de noentorpecer el funcionamiento de la OrganizaciónGremial, es necesario ampliar la prórroga dispuestapor el Artículo 2° del Decreto N° 1601/98,correspondiente a los anticipos otorgados porResolución N° 108/98 y 131/98, del registro de laSubsecretaría de Hacienda, como así también ampliarla prórroga dispuesta por el Artículo 1° del DecretoN° 1770/98, correspondiente a los anticiposfinancieros otorgados por Resoluciones N° 046/98;063/98; 135/98; 020/98; 030/98 y 120/98, todas delregistro de la Subsecretaría de Hacienda, y ResoluciónMinisterial N° 213/98;

Que es intención del Gobierno apoyar lasactividades llevadas a cabo por la Unión Personal Civilde la Nación Seccional Río Negro (U.P.C.N.) y quellegan como beneficio directo a los afiliados a dichoGremio; en una época de crisis internacional que afectaen forma directa a la Provincia;

Que el presente trámite, en oportunidad de suotorgamiento, se encuadró el lo dispuesto por elArtículo 62°, de la Ley 847;

Que habiéndose reglamentado por Decreto N° 516/99, el Artículo 59° de la Ley 3186 de AdministraciónFinanciera y Control Interno, el mismo resulta deaplicación para el presente caso, correspondiendo enconsecuencia proceder a su excepción;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas porel Artículo 181°, de la Constitución Provincial;

El Gobernadorde la Provincia de Río Negro

D E C R E T A :Artículo 1°.- Exceptuar a la Unión Personal Civil

de la Nación Seccional Río Negro (U.P.C.N.), delcumplimiento de lo dispuesto en el último párrafo delArtículo 1°. inciso c), del Decreto N° 516/99,reglamentario del Artículo 59° de la Ley 3186, yamplíase la prórroga dispuesta por el Artículo 2° delDecreto N° 1601/98, correspondiente a los anticiposotorgados por Resolución N° 108/98 y 131/98, delregistro de la Subsecretaría de Hacienda, como asítambién ampliar la prórroga dispuesta por el Artículo1° del Decreto N° 1770/98, correspondiente a losanticipos financieros otorgados por Resoluciones N°046/98; 063/98; 135/98; 020/98; 030/98 y 120/98,todas del registro de la Subsecretaría de Hacienda, yResolución Ministerial N° 213/98, por la suma totalde PESOS TRES MILLONES QUINIENTOSNOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CATORCE($ 3.592.214,00), hasta el 31 de Diciembre de 1999.

Page 2: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

2Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

Art. 2°.- La devolución dispuesta en el Artículoanterior deberá efectuarse mediante la retención deOrdenes de Pago que, en concepto de Aportes yRetenciones que ingresen a la Tesorería General de laProvincia.

Art. 3°.- Facúltase al Sr. Tesorero General de laProvincia Dn. José ONGARO (D.N.I. N° 12.292.552)y/o al Sr. Subtesorero General Dn. Néstor HugoELIZONDO (D. N.I.N° 13.136.568). en formaindistinta, a retener las Ordenes de Pagocorrespondientes a Aportes y Retenciones, que seliquiden a favor de la Unión Personal Civil de laNación (U.P.C.N.), e ingresen a la Tesorería Generalde la Provincia, a fin de proceder a la rendición de losAnticipos prorrogados por el Artículo 1° del presenteDecreto.

Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado porel Sr. Ministro de Economía.

Art. 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dese al Boletín Oficial y Archívese.

VERANI.– J. L. Rodríguez.–oOo–

DECRETO Nº 824Viedma, 28 de junio de 1999.

Visto, los Decretos N° 777/95; 023/95; 062/95; 611/97; 1301/97; 1922/97: 667/98 y 1775/98;

CONSIDERANDO:Que por el Decreto N° 1775/98, se prorrogaron

hasta el 30 de Junio de 1999 las intervenciones deOrganismos y Sociedades del Estado o Anónimas conparticipación mayoritaria estatal, dispuestasoportunamente por los Decretos N° 777/95: 023/95 y062/95, sucesivamente prorrogadas por normassimilares con distintas inclusiones y exclusiones,dentro del marco de la declaración de emergenciaeconómica, financiera, administrativa y salarialdispuesta y profundizada por las leyes N° 2881; 2990;y por Decreto N° 531/97;

Que persistiendo aún las condiciones quemotivaron la adopción de las medidas mencionadas,resulta conveniente permitir la continuidad de lasreformas encaradas por las respectivasintervenciones, mediante el dictado de una normaque extienda el plazo de intervención hasta el 31 deDiciembre de 1999;

Que el Artículo N° 181°, inciso 1) de laConstitución de la Provincia de Río Negro, disponeque el Sr. Gobernador es el representante oficial de laProvincia, y es el Jefe de la Administración Provin-cial;

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A :

Artículo 1°.- Prorrógase desde su vencimiento yhasta el 31 de Diciembre de 1999, las intervencionesoportunamente dispuestas de: ALTA TECNOLOGIASOCIEDAD DEL ESTADO (ALTEC), SERVICIOSAEREOS PATAGONICOS SOCIEDAD DELESTADO (SAPSE), CAJA SOLIDARIA DE AYUDARIONEGRINA PARA LA CONSTRUCCION,SOCIEDAD DEL ESTADO (CASASE), LOTERIAPARA OBRAS DE ACCION SOCIAL, INSTITUTODE PLANIFICACION Y PROMOCION DE LAVIVIENDA (IPPV), e INSTITUTO DEDESARROLLO DEL VALLE INFERIOR (IDEVI),dispuestas oportunamente por los Decretos N° 777/95, 023/95 y 062/95, prorrogados sucesivamente, conlos alcances que se especifican en el artículo 2° delDecreto N° 667/98.

Art. 2°.- El presente Decreto será refrendadopor los señores Ministros de Gobierno y deEconomía.

Art. 3°.- Regístrese, conuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y cumplidoarchívese.

VERANI.– O. A. Machado.– J. L. Rodríguez.

DECETO Nº 828Viedma, 2 de julio de 1999.

Visto, los Anticipos de Coparticipación otorgadosen el marco del Artículo 62°, punto 3 del Reglamentode la Ley de Contabilidad 847, y

CONSIDERANDO:Que por Decretos N°1676/96, 1812/97, 681/98 y

1707/98 fueron sucesivamente prorrogados los plazosoriginales de los vencimientos de los montos detalladosen el Anexo I, siendo la última prorroga de cientoochenta (180) días a partir del 30 de junio de 1999;

Que estando próximo a vencer el nuevo plazo,continúan las causales que originaron la extensión delvencimiento original;

Que existiendo además entre la Provincia y losMunicipios deudas y créditos recíprocos se dispusooportunamente efectuar, bajo la órbita del laSubsecretaría de Programación Económica delMinisterio de Economía, un estudio sobre los montosrespectivos, a efectos de proponer al conjunto deMunicipios una posible compensación;

Que además los Municipios comprendidos en elanexo, han manifestado sobre su situación de carenciasde fondos para disponer la devolución, solicitando su

prórroga hasta el segundo semestre del presenteejercicio financiero;

Que los anticipos financieros se otorgaron con lavigencia del artículo sesenta y dos (62) y sus decretosreglamentarios de la ley de contabilidad ochocientoscuarenta y siete (847), siendo necesarios adecuar alrégimen legal existente, cuyo encuadre corresponde ala ley de Administración Financiera y su Decretoreglamentarios número quinientos dieciséis delpresente ejercicio (516/99);

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A :

Artículo 1°.- Prorrógase el plazo de reintegro delos Anticipos de Coparticipación detallados en elAnexo I, que forman parte del presente Decreto, hastala segunda quincena del mes de diciembre (31) de milnovecientos noventa y nueve (1999).

Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado porel Señor Ministro de Economía.

Art. 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómase razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI.– J. L. Rodríguez.

————

ANEXO I AL DECRETO Nº 828

——oOo——

DECRETO Nº 839Viedma, 6 de julio de 1999.

Visto, el expediente N° 14.200-EPRE-99 delregistro de la Secretaría de Gestión y Coordinaciónde Políticas Públicas; y

CONSIDERANDO:Que mediante la resolución N° 054/99 del citado

organismo, se dispuso la autorización ad-referendumde la aprobación por parte del Poder Ejecutivo, delproceso de fusión peticionado por EdERSA, de manerade que ésta absorba a Sodielec S.A. (cfr. Art. 1°);

Que asimismo y en función de lo dispuesto por elartículo 17 del Estatuto Social de EdERSA y las leyesN° 2.902 y 2.986, el Ente Provincial Regulador de laElectricidad (E.P.R.E.), ha tomado la debidaintervención respecto de la modificación de los

estatutos de EdERSA, expidiéndose a través de laautorización contenida en la resolución N°265/99;

Que respecto de las condiciones fijadas en elartículo 4° de la resolución N° 054/99 ya referida,conforme surge de los informes del Estudio JurídicoSevergnini Robiola Grimberg y Larrechea, en elaspecto jurídico y en el económico del informe de laConsultora Curat, Martínez Larrea & Asociadosglosado a fs.672 a 680, al tener la Provincia de RíoNegro caucionado el contrato de distribución en cabezade EdERSA en el 51% de las acciones (el total de lasacciones clase A), corresponde que en la mismaproporción caucionen las empresas que se constituiránen fiadoras de EdERSA con su propio patrimonio yde manera solidaria y en carácter de liso llano y prin-cipal pagador con renuncia a los beneficios de

Page 3: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

3Viedma, 12 de agosto de 1999 BOLETIN OFICIAL N° 3702

excusión y división: esto es en la suma de $ 31.092.904que corresponde a las empresas Camuzzi ArgentinaS.A. y SAESA;

Que en tal sentido se ha aprobado el modelo deContrato de Fianza que garantiza debidamente a fa-vor de la Provincia de Río Negro como concedente, ladiferencia del valor contractual que se incorpora conla fusión en proceso, el cual se agrega como Anexo Ial presente;

Que asimismo, corresponde ratificar la prohibiciónde aumento de las tarifas eléctricas por parte deEdERSA como consecuencia de la fusión que seautoriza por todo el tiempo de duración del contratodispuesto en el artículo 7° de la resolución N° 054/99referida;

Que se ha dado cumplimiento por parte de SodielecS.A. a lo prescrito en el artículo 10° de la resoluciónN° 054/99, lo cual se acredita con la adjunción de ladocumentación glosada a fs. 643 a 648 de autos;

Que habiéndose dado cumplimiento a todos losrequisitos y condiciones establecidos en la resoluciónN° 054/99 de la Secretaría de Gestión y Coordinaciónde Políticas Públicas, procede ahora emitir lacorrespondiente autorización del proceso de fusión ysus efectos, conforme lo prevén los artículos 8, 11 yconcordantes de la ley N° 2.902 (Marco RegulatorioEléctrico Provincial);

Que la Fiscalía de Estado ha tomado la intervenciónque le compete;

Que el presente se dicta en uso de las atribucionesconferidas por los artículos 80 y 181 inciso 1° de laConstitución Provincial;

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A :

Artículo 1°. - Apruébase la fusión por absorciónde las Empresas Energía de Río Negro SociedadAnónima (EdERSA) y SODIELEC SociedadAnónima, de manera tal que la segunda de lasnombradas resulte absorbida por la primera y por lotanto, disuelta sin liquidarse.

Art. 2°.-Ratifícanse los términos de la resoluciónN° 054/99 de la Secretaría de Gestión y Coordinaciónde Políticas Públicas dependiente del Ministerio deEconomía.

Art. 3°.- Prohíbese el aumento de las tarifaseléctricas que aplica EdERSA como consecuencia dela fusión que se aprueba por el artículo 1° del presente,circunstancia que se extiende a toda la vigencia delContrato de Concesión.

Art. 4°.- Ténganse presentes y agregadas lasnotificaciones a que hace referencia el artículo 10° dela resolución N° 054/99 de la Secretaría de Gestión yCoordinación de Políticas Públicas.

Art. 5°.- Apruébase el modelo de Contrato deFianza que se agrega como Anexo I al presente yformando parte del mismo.

Art. 6°.- El presente decreto entrará en vigencia ysurtirá efectos una vez que se haya suscripto en debidaforma, el Contrato de Fianza que se aprueba por elartículo anterior y se lo haya protocolizado.

Art. 7°.- El presente decreto será refrendado por elSr. Ministro de Economía.

Art. 8°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI.– J. L. Rodríguez.–––

ANEXO I DEL DECRETO Nº 839Por la presente otorgamos a favor del Poder

Ejecutivo de la Provincia de Río Negro ("elConcedente"), esta fianza a fin de garantizar elcumplimiento de todas las obligaciones de la Empresade Río Negro Sociedad anónima (EDERSA) respectodel Concedente, bajo el contrato de concesiónoportunamente celebrado entre dichas partes con fecha30/08/96 ("el Contrato de Concesión"), de acuerdo alas condiciones establecidas en el presente instrumento.

La fianza se otorga en el marco del proceso defusión por el que EDERSA absorberá a su controlanteSodielec S.A. ("la Fusión), a fin de que laincorporación de pasivos de Sodielec S.A. a EDERSAcon motivo de la Fusión, mantenga indemne a laProvincia de Río Negro. En este sentido, atento a quela incorporación de los referidos a pasivos produceuna disminución del valor patrimonial de todas lasacciones de EDERSA equivalente a $ 60.966.478,4(según balance cerrado al 31/08/98), la Provincia deberesultar garantizada en el cincuenta y uno por ciento(51%) de dicho valor, o sea la merma del valor patri-monial de las Acciones Clase "A" de EDERSA(representativas del 51% del capital social ) que seencuentran actualmente prendadas a favor de laProvincia en garantía del cumplimiento de lasobligaciones previstas en el Contrato de Concesión.Dicho cincuenta y uno por ciento (51%) asciende a lasuma de $ 31.092.904, equivalente a la disminucióndel valor patrimonial proporcional de las AccionesClase "A" de EDERSA con motivo de la fusión.

En virtud de lo expuesto, la fianza se otorga hastael máximo de $ 31.092.904, (pesos treinta y unmillones noventa y dos mil novecientos cuatro, enadelante "el MONTO GARANTIZADO", sin perjuiciode las variaciones que éste puede registrar en funciónde lo establecido en la presente garantía), para cubrirla disminución del valor patrimonial proporcional delas Acciones Clase "A" de EDERSA, representativasdel cincuenta y uno por ciento (51%) del capital so-cial ("las ACCIONES"), con motivo de la Fusión,según el balance cerrado al 31/08/98. Las ACCIONESse encuentran prendadas a favor de la Provincia deRío Negro, de acuerdo al contrato de prenda celebradoentre los accionistas de EDERSA y el Concedente,para garantizar el cumplimiento de todas lasobligaciones a cargo de EDERSA bajo el Contrato deConcesión ("el Contrato de Prenda").

En tal sentido nos constituimos a favor delConcedente en fiadores solidarios, lisos, llanos yprincipales pagadores, con renuncia a los beneficiosde excusión y división, en garantía del pago del totaldel MONTO GARANTIZADO, con sujeción a loestablecido en el presente instrumento.

EL MONTO GARANTIZADO se considera varia-ble con relación a los aumentos en el valor patrimo-nial de las ACCIONES, y por ende irá sucesivamentedisminuyendo en función de cualquier incremento delvalor patrimonial de las ACCIONES resultante de laFusión, según balance cerrado al 31/08/98. A estosefectos, el valor patrimonial referido equivale a $24.586.903 (en adelante "el VALOR BASE"). Todoincremento del VALOR BASE, ya sea por aportes decapital, adquisición de bienes, o por cualquier otracausa, producido a partir del 31/08/98, será restadoautomáticamente del MONTO GARANTIZADO, y lasuma resultante será en el futuro considerada a losefectos de esta fianza como el nuevo MONTOGARANTIZADO y límite de la responsabilidad delos fiadores el nuevo MONTO GARANTIZADO serásusceptible de futuras reducciones conforme a losparámetros descriptos precedentemente, en virtud denuevos aumentos del VALOR BASE. Asimismo, elnuevo MONTO GARANTIZADO podráincrementarse si disminuyera el valor patrimonial delas ACCIONES, sin que en ningún caso el MONTOGARANTIZADO pueda superar la cifra de inicio a lafecha de esta fianza, equivalente a $ 31.092.904. Parael cálculo del valor patrimonial de las ACCIONES almomento de la ejecución de esta fianza, y por ende,para la determinación del MONTO GARANTIZADO,se estará al último balance de ejercicio de EDERSAexistente al momento de la ejecución de la presentagarantía.

La presente fianza es por hasta el MONTOGARANTIZADO, y será pagadera incondicio-nalmente a primer requerimiento del Concedente, conel único requisito de acreditar el cumplimiento de todaslas condiciones siguientes:

1. La mora de EDERSA en el cumplimiento de laobligación que origine la ejecución de lapresente garantía, dentro del plazo que elConcedente hubiere conferido a ese efecto, yluego de ello.

2. que la suma que en definitiva se exija a losfirmantes de esta fianza, no supere el MONTOGARANTIZADO, calculado según lo descriptoprecedentemente; y

3. Que la ejecución de la fianza se realicesimultáneamente o con posterioridad a laejecución de la prenda sobre las ACCIONES -a opción exclusiva de la Provincia según lostérminos del Contrato de Prenda.

La ejecución de la fianza se hará de acuerdo alsiguiente procedimiento:

a) En primer término, deberá reclamarse a cadauno de los garantes (SAESA y Camuzzi Argen-tina S.A.) el cincuenta por ciento (50%) de lasuma total objeto de ejecución, sin que estoimplique renuncia a la solidaridad, o afecte larenuncia a los beneficios de excusión y divisiónque formulan los garantes;

b) En el supuesto que alguno de los garantes nopagara de treinta (30) días corridos desde lanotificación respectiva, la suma total que resulteimpaga podrá ser ejecutada contra el otro de losgarantes, sin perjuicio del derecho de repeticiónque corresponda a este último contra el garanteincumplidor.

La presente garantía podrá ser ejecutadaparcialmente. Asimismo, la fianza no podrá cedersesin consentimiento previo por escrito deConcedente.

La validez, la naturaleza y las obligaciones de lapresente fianza se regírán en forma excluyente por lasleyes de la República Argentina.

A todos los efectos legales, constituimos domicilioespecial en Mengelle 145 de la ciudad de Cipolletti,Provincia de Río Negro, en donde serán válidas todaslas notificaciones judiciales o extrajudiciales que nossean cursadas.

Asimismo, acordamos someter cualquier conflictoque se suscite con motivo de esta fianza, a lajurisdicción de los Tribunales Ordinarios de laProvincia de Río Negro.

Dada en Buenos Aires, a los ( ) días del mes de ( )de 1999.

Camuzzi Argentina S.A. SAESA

(La presente se extenderá en escritura pública ylas firmas de los representantes deberán estarcertificadas con acreditación de facultades suficientespara el acto).

–oOo–

DECRETO Nº 879Viedma, 12 de julio de 1999.

VISTO, el Decreto N° 950/93, mediante el cual seregula la tipología y se cuantifica la capacidad de losFondos Permanentes existentes en la AdministraciónPública; y

CONSIDERANDO:Que el mencionado Decreto no prevee la creación

de un Fondo Permanente Unico cuya utilizaciónposibilite la nomenclación de todos los gastosgenerales de Bienes de Consumo, Servicios y de Capi-tal que sean necesarios para el normaldesenvolvimiento de la Dirección General deDesarrollo Regional y Comercio Exterior;

Que dicha Dirección General cuenta conestructuras funcionales que por su conformación debenrecibir atención financiera para gastos en general, nojustificándose la creación de Fondos Permanentes paracada una de las actividades que describe el Decretocitado precedentemente;

Page 4: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

4Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

Que en función de la naturaleza de las erogacionescorrientes de la Dirección General de Comercio Exte-rior (CREAR) dispuestas en la Ley 2.775 y su DecretoReglamentario, resulta necesario la ejecución del gastoacorde al 50% de los montos establecidos en la Ley286;

Que con el fondo que se solicita instituir, seatenderán los gastos que demanden las Delegacionesubicadas en las ciudades de Villa Regina, Cipolletti,Luis Beltrán, General Roca, San Carlos de Barilochey Viedma, estando comprendidas en el Decreto N° 826/98, que establece la excepción al Artículo 3° delDecreto N° 950/93;

Que los Organismos de control y asignación delos Fondos Permanentes han vertido opinión sobre elparticular en forma favorable a la propuesta antesexpresada;

Por ello,El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A :

Artículo 1°.- Autorízase como excepción alArtículo 3° del Decreto N° 950/93, la asignación deun Fondo Permanente Unico por la suma de PESOSTREINTA MIL (30.000.-), cuya utilización incluyatodos los gastos generales de Bienes de Consumo,Servicios y de Capital, que resulten necesarios parael funcionamiento de la Dirección General deDesarrollo Regional y Comercio Exterior y susdistintas Delegaciones ubicadas en el interior de laProvincia.

Art. 2°.- El Fondo creado por el Artículo anteriorno podrá ser afectado a pagos de gastos en personal ypodrán efectuarse erogaciones acordes al 50% de losmontos de contratación previstos en la Ley 286.

Art. 3°.- Para la administración y rendición regiránlas reglamentaciones existentes vigentes por imperiodel Decreto N° 950/93.

Art. 4°.- Las rendiciones que se efectúen deberánser comprometidos a la Jurisdicción 27, Programa 22,Recurso 11273, del Presupuesto General de Gastosvigente y solventadas con los créditos disponibles enla cuenta corriente N° 90.4626/6 Recaudadora delFORPROEX.

Art. 5°- El presente Decreto será refrendado por elSr. Ministro de Economía.

Art. 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

VERANI.– J. L. Rodríguez.–oOo–

SINTETIZADOS–––

DECRETO Nº 957.- 22-07-99.- Aceptando la renunciapresentada por la Sra. Liliana Mercado al cargo deDirectora de Cultura y Bibliotecas dependiente delConsejo Provincial de Educación.-

DECRETO Nº 961.- 22-07-99.- Designando a partirde la fecha, integrante de la Junta de Reclamos enrepresentación Gremial por U.P.C.N. (SeccionalR.N.), a la agente Susana Inés Valencia. Expte.Nº 9616-DGA.CPFP-99.-

DECRETO Nº 962.- 22-07-99.- Transfiriendo a partirde la fecha a la agente Sra. Marisa Gabriela Selvade Lotería de Acción Social a Sec. Acción Social.Expte. Nº 101.437-I-99.-

DECRETO Nº 964.- 22-07-99.- Acéptando ladonación de una Filmadora marca J.V.C-GR-AX837-UM, Nº 093-D-0452, a la Dirección deCooperativas, Mutuales y Entidades sin Fines deLucro, dependiente del Ministerio de Gobierno.Expte. Nº 16.372-C-99.-

DECRETO Nº 965.- 22-07-99.- Otorgando un aporteno reitegrable de $ 1000 a favor del Club Social yDeportivo El Bolsón. Expte Nº 89.365-SP-99.-

DECRETO Nº 966.- 22-07-99.- Rechazar el Recursode Alzada interpuesto por el Sr. Omar BautistaMedina. Expte Nº 19913-SLT y AL-96.-

DECRETO Nº 973.- 27-07-99.- Otorgando un aporteno reitegrable de $ 10.000 a favor del Municipiode Sierra Colorada. Expte Nº 17.241-S-99.-

DECRETO Nº 974.- 22-07-99.- Transfiriendo a partirde la fecha a la agente Sra. Beatríz Molina delC.P.S.P a la Subsecretaría de Asistencia yPromoción Familiar. Expte. Nº 89.204-DP-99.-

DECRETO Nº 975.- 27-07-99.-Transfiriendo a partirde la fecha al agente Sr. Juan Carlos Andion de S.E. A. Social al Ministerio de Gobierno. Expte. Nº39.848-DORH-98.-

DECRETO Nº 976.- 27-07-99.- Transfiriendo a partirde la fecha a la agente Lic. Silvia Ida Campos delMinisterio de Gobierno al C.P.S.P. Expte. Nº16.181-D-99.-

DECRETO Nº 977.- 27-07-99.- Transfiriendo a partirde la fecha a los agentes Sr. Luis Oscar Entraigas,Jorge Raúl Schneider, Sra. Susana Elizabeth Cano,de Lotería de Acción Social al Ministerio deEconomía. Expte. Nº 101.520-I-99.-

DECRETO Nº 978.- 27-07-99.- Transfiriendo a partirde la fecha al agente Sr. Leonardo Javier ScafattiC.P.S.P. a S.E.A.S. Expte. Nº 88.992-DP-99.-

DECRETO Nº 980.- 27-07-99.- Ratificando en todossus términos lo actuado por la Unidad de ControlPrevicional, Mediante Resol. Nº 354/99. Expte.Nº 58.249-S-96.-

DECRETO Nº 981.- 27-07-99.- Incorporando a plantapermanente de la Administración PúblicaProvincial a la Sra.Graciela Alcira Alanis del Hos-pital del Area de Lamarque de Salúd Pública. ExpteNº 20029-S-97.-

DECRETO Nº 982.- 27-07-99.- Incorporando a plantapermanente de la Administración PúblicaProvincial al Sr. Edgardo Viegas del Hospital delArea de Lamarque de Salúd Pública. Expte Nº20028-S-97.-

DECRETO Nº 983.- 27-07-99.- Incorporando a plantapermanente de Administración Pública Provincialal Dr. Jorge Luis Parma, del Hospital de Viedmade Salúd Pública. Expte Nº 19.801-S-97.-

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RESOLUCIONES–––

Provincia de Río NegroDEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS

Resolución Nº 372Expte. Nº 97.640-DRH-99

Viedma, 1 de junio de 1999.Visto, el expediente de referencia, por el que se

tramita solicitud de autorización de uso de aguasubterránea, y

CONSIDERANDO:Que inicia las presentes actuaciones la empresa

Hartmann PPM Argentina solicitando la autorización parala utilización de agua subterránea con fines industriales;

Que las características de las obras de captación yel volumen a extraer son compatibles con lasnecesidades que se deben satisfacer;

Que cumplimentada la documentación conformeArt. 30 del Código de Aguas, se procedió a lapublicación edictal correspondiente, según Art. 31 delmismo cuerpo normativo, no deduciéndose oposiciónalguna (conf. Constancias fs.6/12);

Que ha tomado debida intervención la Fiscalía deEstado;

Que la presente halla sustento legal en los Arts.22, Inc. b,2) y 35 y 260 del Código de Aguas.

Por ello,El Superintendente General de Aguas

R E S U E L V E :

Artículo 1°.- Otorgar la autorización de uso de aguapública en favor de la empresa Hartmann PPM Ar-gentina, con domicilio en Ruta Nac. N° 151 Km 0.5,Cipolletti, con la finalidad de su utilización en procesosindustriales.

Art. 2°.- La fuente de abastecimiento la constituyeel agua subterránea la que es captada mediante dos(2) perforaciones de 160 metros de profundidad, conun caudal total a extraer del orden de los 800 m3/día.El volumen realmente explotado se determinará deacuerdo a lo dispuesto en el Art. 4 de la presenteresolución.

Art. 3°.- La captación, conducción y distribuciónde agua para el uso previsto, se hará conforme a ladocumentación técnica presentada y aprobada por elOrganismo (fs 2/5).

Art. 4°.- La liquidación de regalías a abonar por elbeneficiario, se hará conforme a lo dispuesto porResoluciones Nros 236 y 237/99 y modificatorias, porlo que para su cálculo será necesario realizar lasmediciones, debiendo instalar e1 solicitante uncaudalímetro totalizador conforme a directivas y plazosque imparta el Organismo.

Art. 5°.- La autorización se otorga exclusivamentecon el destino previsto en el Art. 1° y quedará sujeta alo preceptuado por el Código de Aguas y sus normasreglamentarias y concordantes.

Art. 6°.- Toda norma modificatoria que en losucesivo se dicte en materia de tutela, administracióny policía de agua pública y su uso y goce por las per-sonas particulares, debe ser observada por el titularde la autorización y cumplida en lo que se oponga a lapresente.

Art. 7°.- La autorización podrá ser restringidatemporariamente, a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, cuando considere necesario porrazones de interés general, cuando se registrendisminuciones del caudal de agua disponible o seproduzcan alteraciones en su calidad, en los términosdel Art. 41 del Código de Aguas.

Art. 8°.- La autorización que se otorga por lapresente se extiende por un plazo de diez (10) años.

Art. 9°.- Sin perjuicio de los causales de extinciónprevistos en el Art. 47 del Código de Aguas, en loscasos siguientes y a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, se producirá la caducidad de laautorización.

a) En caso de modificarse el destino para la quefue otorgada.

b) Por falta de pago de tres o más liquidacionesconsecutivas o cuatro o más discontinuas, de laregalía establecida.

c) Por incumplimiento de las condicionesesenciales de la derivación y utilización o cesióntotal o parcial sin consentimiento expreso delotorgante.

d) En general, ante el incumplimiento de lostérminos y obligaciones impuestas en el Art. 42y concordantes del Código de Agua y los quesurgieran de la presente.

Art. 10.- El titular de la autorización deberá darcumplimiento a las normas vigentes sobre el Controlde Calidad y Protección de los Recursos HídricosProvinciales contenido en el Libro Tercero del Códigode Aguas y sus reglamentaciones.

Art. 11.- En todos los demás aspectos que excedanel marco de la autorización de uso y se encuentrendentro de las facultades previstas en el Código deAguas, en especial los Arts. 16, 258 y 260 yconcordantes, el Departamento Provincial de Aguastomará la intervención que le corresponda.

Art. 12.- Regístrese, comuníquese, notifiquese alsolicitante, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido,archívese.

Ing. Mario Luis de Rege, Superintendente General- Departamento Provincial de Aguas.

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Resolución Nº 386Expte. Nº 97641-DRH-99

Viedma, 2 de junio de 1999.Visto el expediente de referencia, por el que se

tramita solicitud de autorización de uso de aguasubterránea, y

Page 5: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

5Viedma, 12 de agosto de 1999 BOLETIN OFICIAL N° 3702

CONSIDERANDO:Que inicia las presentes actuaciones la empresa

Canale S.A. solicitando la autorización para lautilización del agua subterránea con fines industriales;

Que las características de las obras de captación yel volumen a extraer son compatibles con lasnecesidades que se deben satisfacer;

Que cumplimentada la documentación conformeArt. 30 del Código de Aguas, se procedió a lapublicación edictal correspondiente, según Art. 31 delmismo cuerpo normativo, no deduciéndose oposiciónalguna (conf. Constancias fs.9/15);

Que ha tomado debida intervención la Fiscalía deEstado;

Que la presente halla sustento legal en los Arts.22, Inc. b,2), y 35 y 260 del Código de Aguas.

Por ello,El Superintendente General de Aguas

R E S U E L V E :Artículo 1°.- Otorgar la autorización de uso de agua

pública en favor de la empresa Canale S.A., condomicilio en Avenida España 55, de la localidad deLamarque, con la finalidad de su utilización enprocesos industriales.

Art. 2°.- La fuente de abastecimiento la constituyeel agua subterránea, la que es captada mediante una(1) perforación de 7 metros de profundidad, con uncaudal máximo a extraer de 2800 m3/día, durante elperíodo de mayor actividad. El volumen realmenteexplotado se determinará de acuerdo a lo dispuesto enel Art. 4 de la presente resolución.

Art. 3°.- La captación, conducción y distribuciónde agua para el uso previsto, se hará conforme a ladocumentación técnica presentada y aprobada por elOrganismo (fs. 2/8).

Art. 4°.- La liquidación de regalías a abonar por elbeneficiario, se hará conforme a lo dispuesto porResoluciones Nros 236 y 237/99 y modificatorias, porlo que para su cálculo será necesario realizar lasmediciones, debiendo instalar el solicitante uncaudalímetro totalizador conforme a directivas y plazosque imparta el Organismo.

Art. 5°.- La autorización se otorga exclusivamentecon el destino previsto en el Art. 1° y quedará sujeta alo preceptuado por el Código de Aguas y sus normasreglamentarias y concordantes.

Art. 6°.- Toda norma modificatoria que en losucesivo se dicte en materia de tutela, administracióny policía de agua pública y su uso y goce por las per-sonas particulares, debe ser observada por el titularde la autorización y cumplida en lo que se oponga a lapresente.

Art. 7°.- La autorización podrá ser restringidatemporariamente, a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, cuando considere necesario porrazones de interés general, cuando se registrendisminuciones del caudal de agua disponible o seproduzcan alteraciones en su calidad, en los términosdel Art. 41 del Código de Aguas.

Art. 8°.- La autorización que se otorga por lapresente se extiende por un plazo de diez (10) años.

Art. 9°.- Sin perjuicio de las causales de extinciónprevistos en el Art. 47 del Código de Aguas, en loscasos siguientes y a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, se producirá la caducidad de laautorización.

a) En caso de modificarse el destino para la quefue otorgada.

b) Por falta de pago de tres o más liquidacionesconsecutivas o cuatro o más discontinuas, de laregalía establecida.

c) Por incumplimiento de las condicionesesenciales de la derivación y utilización cesióntotal o parcial sin consentimiento expreso delotorgante.

d) En general, ante el incumplimiento de lostérminos y obligaciones impuestas en el Art. 42y concordantes del Código de Aguas y los quesurgieran de la presente.

Art. 10.- El titular de la autorización deberá darcumplimiento a las normas vigentes sobre el Controlde Calidad y Protección de los Recursos HídricosProvinciales contenido en el Libro Tercero del Códigode Aguas y sus reglamentaciones.

Art. 11.- En todos los demás aspectos que excedanel marco de la autorización de uso y se encuentrendentro de las facultades previstas en el Código deAguas, en especial los Arts. 16, 258 y 260 yconcordantes, el Departamento Provincial de Aguastomará la intervención que le corresponda.

Art. 12.- Regístrese, comuníquese, notifiquese alsolicitante, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido,archívese.

Ing. Mario Luis de Rege, Superintendente General- Departamento Provincial de Aguas.

–oOo–

Resolución Nº 387Expte. Nº 97588-DRH-99

Viedma, 2 de junio de 1999.Visto, el expediente de referencia, por el que se

tramita solicitud de autorización de uso de aguasubterránea, y

CONSIDERANDO:Que inicia las presentes actuaciones la empresa

Productos Pulpa Moldeada S.A.I.C. solicitando laautorización para el uso de agua subterránea con finesindustriales;

Que las características de las obras de captación yel volumen a extraer son compatibles con lasnecesidades que se deben satisfacer;

Que cumplimentada la documentación conformeArt. 30 del Código de Agua, se procedió a lapublicación edictal correspondiente, según Art. 31 delmismo cuerpo normativo, no deduciéndose oposiciónalguna (conf. Constancias fs.12/18);

Que ha tomado debida intervención la Fiscalía deEstado;

Que la presente halla sustento legal en los Art. 22,Inc. b,2), y 35 y 260 del Código de Aguas.

Por ello,El Superintendente General de Aguas

R E S U E LV E :Artículo 1°.- Otorgar la autorización de uso de agua

pública en favor de la Empresa Productos PulpaMoldeada S.A.I.C., con domicilio en calle 1 y Ruta151 km 0.5, C.C. 182, Cipolletti, con la finalidad desu utilización en procesos industriales.

Art. 2°.- La fuente de abastecimiento la constituyeel agua subterránea la que es captada mediante dos(2) perforaciones, extrayéndose un caudal del ordende los 512 m3/día. El volumen realmente explotado sedeterminará de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 4 dela presente resolución.

Art. 3°.- La captación, conducción y distribuciónde agua para el uso previsto, se hará conforme a ladocumentación técnica presentada y aprobada por elOrganismo (fs. 2/11).

Art. 4°.- La liquidación de regalías a abonar por elbeneficiario, se hará conforme a lo dispuesto porResoluciones Nros 236 y 237/99 y modificatorias, porlo que para su cálculo será necesario realizar lasmediciones, debiendo instalar el solicitante uncaudalímetro totalizador conforme a directivas y plazosque imparta el Organismo.

Art. 5°.- La autorización se otorga exclusivamentecon el destino previsto en el Art. 1° y quedará sujeta alo preceptuado por el Código de Aguas y sus normasreglamentarias y concordantes.

Art. 6°.- Toda norma modificatoria que en losucesivo se dicte en materia de tutela, administracióny policía de agua pública y su uso y goce por las per-sonas particulares, debe ser observada por el titularde la autorización y cumplida en lo que se oponga a lapresente.

Art. 7°.- La autorización podrá ser restringidatemporariamente, a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, cuando considere necesario por

razones de interés general, cuando se registrendisminuciones del caudal de agua disponible o seproduzcan alteraciones en su calidad, en los términosdel Art. 41 del Código de Aguas.

Art. 8°.- La autorización que se otorga por lapresente se extiende por un plazo de diez (10) años.

Art. 9°.- Sin perjuicio de los causales de extinciónprevistos en el Art. 47 del Código de Aguas, en loscasos siguientes y a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, se producirá la caducidad de laautorización:

a) En caso de modificarse el destino para la quefue otorgada.

b) Por falta de pago de tres o más liquidacionesconsecutivas o cuatro o más discontinuas, de laregalía establecida.

c) Por incumplimiento de las condicionesesenciales de la derivación y utilización o cesióntotal o parcial sin consentimiento expreso delotorgante.

d) En general, ante el incumplimiento de lostérminos y obligaciones impuestas en el Art. 42y concordantes del Código de Aguas y los quesurgieran de la presente.

Art. 10.- El titular de la autorización deberá darcumplimiento a las normas vigentes sobre el Controlde Calidad y Protección de los Recursos HídricosProvinciales contenido en el Libro Tercero del Códigode Aguas y sus reglamentaciones.

Art. 11.- En todos los demás aspectos que excedanel marco de la autorización de uso y se encuentrendentro de las facultades previstas en el Código deAguas, en especial los Arts. 16, 258 y 260 yconcordantes, el Departamento Provincial de Aguastomará la intervención que le corresponda.

Art. 12.- Regístrese, comuníquese, notifiquese alsolicitante, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido,archívese.

Ing. Mario Luis De Rege, Superintendente General.Departamento Provincial de Aguas.

–oOo–

Resolución Nº 415Expte. Nº 97667-DRH-99

Viedma, 16 de junio de 1999.Visto, el expediente de referencia, por el que se

tramita solicitud de autorización de uso de aguasubterránea, y

CONSIDERANDO:Que inicia las presentes actuaciones la Cooperativa

de Comercialización y Transformación de ColoniaJuliá y Echarren Ltda., solicitando la autorización parala utilización de agua subterránea con finesindustriales;

Que las características de las obras de captación yel volumen a extraer son compatibles con lasnecesidades que se deben satisfacer;

Que cumplimentada la documentación conformeArt. 30 del Código de Aguas, se procedió a lapublicación edictal correspondiente, según Art. 31 delmismo cuerpo normativo, no deduciéndose oposiciónalguna (conf. Constancias fs.9/16);

Que ha tomado debida intervención la Fiscalía deEstado;

Que la presente halla sustento legal en los Arts.22, Inc. b,2), y 35 y 260 del Código de Aguas;

Por ello,El Superintendente General de Aguas

R E S U E LV E :Artículo 1°.- Otorgar la autorización de uso de agua

pública en favor de la Cooperativa deComercialización y Transformación de Colonia Juliáy Echarren Ltda., con domicilio en Los Perales 404,Colonia Juliá y Echarren, con la finalidad de suutilización en procesos industriales.

Art. 2°.- La fuente de abastecimiento la constituyeel agua subterránea la que es captada mediante tres(3) perforaciones, con un caudal máximo a extraer de

Page 6: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

6Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

90 m3/día. El volumen realmente explotado sedeterminará de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 4 dela presente resolución.

Art. 3°.- La captación, conducción y distribuciónde agua para el uso previsto, se hará conforme a ladocumentación técnica presentada y aprobada por elOrganismo (fs. 2/8).

Art. 4°.- La liquidación de regalías a abonar por elbeneficiario, se hará conforme a lo dispuesto porResoluciones Nros 236 y 237/99 y modificatorias, porlo que para su cálculo será necesario realizar lasmediciones, debiendo instalar el solicitante uncaudalímetro totalizador conforme a directivas y plazosque imparta el Organismo.

Art. 5°.- La autorización se otorga exclusivamentecon el destino previsto en el Art. 1° y quedará sujeta alo preceptuado por el Código de Aguas y sus normasreglamentarias y concordantes.

Art. 6°.- Toda norma modificatoria que en losucesivo se dicte en materia de tutela, administracióny policía de agua pública y su uso y goce por las per-sonas particulares, debe ser observada por el titularde la autorización y cumplida en lo que se oponga a lapresente.

Art. 7°.- La autorización podrá ser restringidatemporariamente, a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, cuando considere necesario porrazones de interés general, cuando se registrendisminuciones del caudal de agua disponible o seproduzcan alteraciones en su calidad, en los términosdel Art. 41 del Código de Aguas.

Art. 8°.- La autorización que se otorga por lapresente se extiende por un plazo de diez (10) años.

Art. 9°.- Sin perjuicio de las causales de extinciónprevistos en el Art. 47 del Código de Aguas, en loscasos siguientes y a juicio exclusivo del DepartamentoProvincial de Aguas, se producirá la caducidad de laautorización.

a) En caso de modificarse el destino para la quefue otorgada.

b) Por falta de pago de tres o más liquidacionesconsecutivas o cuatro o más discontinuas, de laregalía establecida.

c) Por incumplimiento de las condicionesesenciales de la derivación y utilización o cesióntotal o parcial sin consentimiento expreso delotorgante.

d) En general, ante el incumplimiento de lostérminos y obligaciones impuestas en el Art. 42y concordantes del Código de Agua y los quesurgieran de la presente.

Art. 10.- El titular de la autorización deberá darcumplimiento a las normas vigentes sobre el Controlde Calidad y Protección de los Recursos HídricosProvinciales contenido en el Libro Tercero del Códigode Aguas y sus reglamentaciones.

Art. 11.- En todos los demás aspectos que excedanel marco de la autorización de uso y se encuentrendentro de las facultades previstas en el Código deAguas, en especial los Arts. 16, 258 y 260 yconcordantes, el Departamento Provincial de Aguastomará la intervención que le corresponda.

Art. 12.- Regístrese, comuníquese, notifiquese alsolicitante, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido,archívese.

Ing. Mario Luis De Rege, Superintendente General.Departamento Provincial de Aguas.

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Provincia de Río NegroMinisterio de Economía

DIRECCION DE MINERIAResolución A.M. Nº 008/99

C.E. Nº 24.001-M-99Viedma, 4 de agosto de 1999.

Visto, La solicitud de servidumbre efectuada porla empresa Canteras Zafiro S.A., en Expte. N° 24.001-M-99; y

CONSIDERANDO:Que la concesión de las estacas minas "Malva",

"Pama", "Bruno" e "Ivanna" de Canteras ZafiroS.A., tramitadas por Exptes. N° 17.048-M-92,17.049-M-92, 17.050-M-92 y 18.094-M-93 yubicadas en el lote 63, de la Sección VIII,Departamento Ñorquinco, se encuentran vigentes ycon el canon minero al día;

Que los interesados cumplimentaron los requisitosexigidos por el Art. 218 de la Ley 2871;

Que a fs. 09 obra informe de la inspecciónrealizada según lo dispuesto por el Art. 219 Ley 2871en el cual se informa la viabilidad de la servidumbresolicitada;

Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Art.222 de la Ley 2871 el Area Técnica determinó el valorde la fianza a otorgar;

Que a fs. 11 y 12 obra constancia de lasnotificaciones a los propietarios superficiarios, nohabiéndose opuesto los mismos a la constitución delas mencionadas servidumbres;

Que esta Autoridad Minera entiende que debeconstituirse las sevidumbres solicitadas, toda vez quesegún lo dispuesto por el art. 13 del Código de Minería:"La explotación de las minas, su exploración,concesión y demás actos consiguientes, revistan elcarácter de utilidad pública...";

Que las servidumbres son verdaderas limitacionesimpuestas al uso de los bienes de la superficie con elfin de favorecer los trabajos de exploración yexplotación de las minas, y se extienden sobre losfundos vecinos en procura de situaciones favorables ala economía de la explotación;

Que la finalidad de la constitución de la fianzaprevista por el Art. 153 del Código de Minería esla de af ianzar el daño eventual quepresuntivamente pudiera ocasionarle laexplotación al superficiario;

Que el art. 54 del Código de Minería establece que"la explotación podrá emprenderse y proseguirse actocontinuo del registro, sin que obsten reclamaciones nipleitos referentes a la mina o al terreno que debeocupar...";

Que el presente acto se encuadra en lo dispuestopor los Art. 146 y siguientes del Código de Minería y218 y siguientes de la Ley 2871;

Que se dió cumplimiento a lo dispuesto por el Art.12 inc. "e" de la Ley 2938.

Por ello,La Autoridad Minera de Primera Instancia

R E S U E L V E :Artículo 1°.- Constituir la servidumbre de paso

solicitada por la empresa Canteras Zafiro S.A.,previo depósito de la fianza a favor de los Sres.Sucesores de Dn. Loreto Carrillo y José CastellanoGarcía por la suma de Pesos Dos mil cuarenta ydos con sesenta y cinco centavos ($ 2.042,65).-La servidumbre no quedará perfeccionada ycarecerá de efectos jurídicos hasta el cumplimientode la condición suspensiva preestablecida y seacredite haber efectuado el depósito judicialconforme lo establecido por el Art. 222 de Ley2871.

Art. 2°.- La servidumbre de paso se constituye enbeneficio de las estacas minas "Pama, Bruno, Ivannay Malva", de conformidad con el croquis que se detallaen el Anexo I de la presente Resolución y por el términode duración de la concesión.

Art. 3°.- Los trabajos y actividades relacionadas ala explotación minera no podrán exceder los límitesde las pertenencias, cuyos mojones deberán estarperfectamente visibles, de acuerdo a lo establecido porel Art. 247 del Código de Minería.

Art. 4°.- Regístrese, Comuníquese, Publíquese enel Boletín Oficial por una vez, tome conocimientoRegistro Gráfico. Cumplido archívese.

Lic. Carmen Wagner, Directora de Minería.Autoridad Minera de Primera Instancia.- María CeciliaLeiva, Escribana de Minas.

Provincia de Río NegroMinisterio de Economía

DIRECCION GENERAL DE CATASTROY TOPOGRAFIA

Resolución Nº 049-99Viedma, 4 de agosto de 1999.

Visto, el Expte. Nº 1.513-C-99; yCONSIDERANDO:La presentación realizada por la Delegación Regional

Alto Valle, en relación con la valuación del inmuebleindividualizado mediante la siguiente NomenclaturaCatastral: Departamento Catastral 05; Circunscripción1; Sección D; Manzana 684; Parcela 12, donde planteaun error en dicha valuación, en base a formulario deempadronamiento oportunamente presentado;

Que consultado el respectivo legajo parcelario se detectaque el formulario anterior pertenece a un relevamiento deoficio, procedimiento autorizado por el Art. 17 de la Ley1464, cuando no se ha podido ingresar a la parcela, ya seapor oposición o ausencia de sus responsables;

Que el procedimiento indicado en el Considerandoanterior ha sido la causal de un error que debe ser corregido.

Por ello,El Director General de Catastro y Topografía

R E S U E LV E :1º - Fijar como valuación catastral vigente para el

inmueble individualizado como DepartamentoCatastral 05, Circunscripción 1, Sección D, Manzana684, Parcela 12, la siguiente:

Valor Tierra .............................. $ 6.197,27Valor mejoras ........................... $ 33.791,06

————Valor Total ................................ $ 39.988,33

2º - Regístrese, comuníquese al responsable delinmueble, a la Dirección de Catastro, a la DirecciónGeneral de Rentas, a la Delegación Zonal Alto Valle,y Areas de esta repartición que corresponda.Publíquese en el Boletín Oficial a los efectos decontabilizar el plazo establecido por el Art. 11 de laLey 1464 y cumplido archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director General deCatastro y Topografía.

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Resolución Nº 050-99Viedma, 4 de agosto de 1999.

Visto, el Expte. Nº 1.519-C-99, en el que se haincorporado reclamo referido a la valuación catastral delinmueble individualizado mediante la siguienteNomenclatura Catastral: Departamento Catastral 17,Circunscripción 1, Sección U, Quinta 037, Parcela 03A; y

CONSIDERANDO:La documentación agregada al citado expediente y el

informe realizado por el Area Relevamiento de Accesiones,del cual surge que es necesario hacer lugar al reclamo;

Que es procedente la modificación de valuación,en virtud de lo establecido por el Art. 5º Inc. e) de laLey 1464.

Por ello,El Director General de Catastro y Topografía

R E S U E LV E :1º - Fijar como valuación catastral vigente para el

inmueble individualizado como DepartamentoCatastral 17, Circunscripción 1, Sección U, Quinta037, Parcela 03A, la siguiente:

Valor Tierra .............................. $ 18.123,61Valor mejoras ........................... $256.010,73

—————Valor Total ................................ $274.134,34

2º - Regístrese, comuníquese al responsable delinmueble, a la Dirección de Catastro, a la DirecciónGeneral de Rentas, y Areas de esta repartición quecorresponda. Publíquese en el Boletín Oficial a losefectos de contabilizar el plazo establecido por el Art.11 de la Ley 1464 y cumplido archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director General deCatastro y Topografía.

Page 7: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

7Viedma, 12 de agosto de 1999 BOLETIN OFICIAL N° 3702

Resolución Nº 053-99Viedma, 4 de agosto de 1999.

Visto, el Expte. Nº 1.520-C-99, en el que se haincorporado reclamo referido a la valuación catastral delinmueble individualizado mediante la siguienteNomenclatura Catastral: Departamento Catastral 19,Circunscripción 2, Sección C, Manzana 126, Parcela 03; y

CONSIDERANDO:El relevamiento de mejoras realizado por personal

de la Delegación Zonal Sudoeste, incorporado al citadoexpediente, a través del cual se evidencian diferenciascon respecto al relevamiento obrante en los legajosparcelarios respectivos;

Que existen constancias en el formulario obranteen dicho legajo que indican que el relevamientorespectivo es el resultado de mediaciones indirectascon estimación de accesiones, procedimientoautorizado por el Art. 17 de la Ley 1464, cuando nose ha podido ingresar a la parcela, por oposición oausencia de sus responsables;

Que el procedimiento indicado en el Considerandoanterior ha sido la causal de un error que debe ser corregido.

Por ello,El Director General de Catastro y Topografía

R E S U E L V E :1º - Fijar como valuación catastral vigente para el

inmueble individualizado como DepartamentoCatastral 19, Circunscripción 2, Sección C, Manzana126, Parcela 03, la siguiente:

Valor Tierra .............................. $ 7.863,93Valor mejoras ........................... $ 8.608,57

—————Valor Total ................................ $ 17.472,50

2º - Regístrese, comuníquese al responsable delinmueble, a la Dirección de Catastro, a la DirecciónGeneral de Rentas, y Areas de esta repartición quecorresponda. Publíquese en el Boletín Oficial a losefectos de contabilizar el plazo establecido por el Art.11 de la Ley 1464 y cumplido archívese.

Agrim. Mario Raúl Grandoso, Director General deCatastro y Topografía.

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República ArgentinaProvincia de Río Negro

COORDINACION DE ORGANISMOSEN LIQUIDACIONResolución Nº 110

Viedma, 21 de diciembre de 1998.Visto, la Ley N° 3007 y su modificatoria y

ampliatoria Nº 3171; yCONSIDERANDO:Que mediante la Ley N° 3007 el Gobierno Provin-

cial dispuso el régimen general de cobro yrefinanciación de la cartera de préstamos del Bancode la Provincia de Río Negro;

Que por Ley Nº 3171 se introdujeronmodificaciones al mismo con la finalidad de propendera facilitar y maximizar el cobro de las distintasobligaciones adeudadas;

Que por artículo 10º) del Anexo II de la Ley 3007se facultó a la autoridad de aplicación a fijarcondiciones especiales de determinación yrefinanciación de las deudas registradas por lasCooperativas de productores en especial en materiade tasas de interés y plazos de pago;

Que en tal carácter corresponde a este cuerpoestipular las condiciones a la que estarán comprendidaslas Cooperativas en cuestión y por ende aprobar sureglamentación;

Por ello,El Delegado Coordinador General

de Organismos en LiquidaciónRESUELVE:

1º.- Establecer un régimen especial de cobro yrefinanciación de deudas de la cartera residual depréstamos del ex-Banco de la Provincia de Río Negrodestinado a las Cooperativas de productores, el cualse regirá bajo las pautas que se especifican en lospuntos subsiguientes;

2º.- A los efectos de determinar el monto arefinanciar, las deudas pactadas en pesos, conexcepción de la línea 81/63 - Conversión Préstamosen U$S Sector Empacador y Juguero, se recalcularánaplicando a partir de la fecha en que la Cooperativahaya incurrido en mora o, para el caso que estuvieseal día a partir de la última fecha de pago, enconcepto de actualización e intereses la variaciónoperada en el índice de precios mayoristas - nivelgeneral - que publica el Instituto Nacional deEstadística y Censos (INDEC) hasta el 31/03/91 ydesde el 01/04/91 hasta el 30/06/97 una tasamáxima del 8% efectiva anual.

3º.- Para las deudas pactadas en dólaresestadounidenses, en el recálculo se aplicará a partirque la Cooperativa haya incurrido en mora o, para elcaso que estuviese al día, a partir de la última fechade pago, hasta el 30/06/97 una tasa de interés máximadel 8% efectiva anual.

4º.- Las deudas dentro del lineamiento exceptuado enel punto 1º), identificado con el Código 81/63 - ConversiónPréstamos en U$S Sector Empacador y Juguero, seránactualizadas hasta el 31/03/91 conforme a las condicionesfijadas al disponerse suconversión (Com. “A” 185 delB.C.R.A.), y desde 01/04/91 hasta el 30/06/97 mediantela aplicación de la tasa de interés del 8% efectivo anual.

5º.- Establecer un plazo máximo de hasta diez (10)años, con dos (2) de gracia para las operacionesrefinanciatorias que se concreten con las mencionadasCooperativas, resultando el otorgamiento de dichoplazo máximo, concordante con el análisis que sepractique sobre el flujo de fondos previamentepresentado por la deudora.

6º.- Fijar para las operaciones refinanciatorias quese concreten con ajuste a esta resolución, la tasa deinterés del 6% efectivo anual, tanto para lasobligaciones pactadas en pesos ($) como para lasconcertadas en dólares estadounidenses (U$S).

7º.- Tales operaciones serán garantizadas conhipotecas y/o prendas sobre bienes libres de todo otrogravámen y cesión de los reembolsos y reintegros por

las exportaciones que realice durante la vigencia de laoperación refinanciatoria en cuestión, hasta lacobertura de la cuota anual pactada.

8º.- Aquellas Cooperativas que registrenvigente la cesión de reembolsos y reintegros porexportaciones debido a asistencia crediticiaconcedida oportunamente por el ex Banco Provin-cial deberán formalizar una nueva cesión conformea las nuevas pautas de la operación que se con-cede.

9º.- Regístrese, comuníquese y archívese.Cr. Raúl Alfredo di Nardo, Delegado

Coordinador Gral. de Organismos en Liquidación.-Juan Carlos Navarro, Director de Análisis deCrédito Coordinación de Organismos enLiquidación.

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Provincia de Río NegroMUNICIPALIDAD RURAL DE PILCANIYEU

Resolución Municipal Nº 027/99Visto y Considerando:Que por Resolución N° 018/99, se convoca a

elecciones municipales, para el dia 27 de Junio de1999.-

Que por fallo del Superior Tribunal de Justicia deRío Negro, Sentencia N° 19/99, se pronunció en contrala simultaneidad con la elección provincial, y en casode llevarse a cabo las elecciones municipales en el díaantes indicado, significaría mayores gastos para lacomuna.

Por ello,El Intendente Municipal de Pilcaniyeu

RESUELVE:Artículo 1°.- Declárase nula al resolución N° 018/

99.Art. 2°.- Convócase a elecciones municipales para

el día 24 de octubre de 1.999.Art. 3°.- Los cargos a elegir en la convocatoria son:

Intendente, dos concejales titulares y dos concejalessuplentes, tres integrantes del Tribunal de Cuentastitulares y tres integrantes del Tribunal de Cuentassuplentes.

Art. 4°.- El período por el que serán electos loscargos antes referidos, es de cuatro años a partir deldía 10 de diciembre de 1999, (art. 233 inc. I de laConst. Prov. y alt. 26 ley 2353).

Art. 5°.- La elección se llevará a cabo por el sistemaelectoral establecido en los art. 114 y 118 de la ley2431, voto directo asignándose las bancas por elsistema D'Hont, con un piso del 5% sobre los votosválidos emitidos.-

Art. 6°.- Comunicar al Honorable ConcejoDeliberante, a la Junta Electoral Municipal, al Tribu-nal Electoral Provincial y al Ministerio de Gobiernode la Provincia de Río Negro.

Art. 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese yarchívese.-

Carlos Félix Dominguez, IntendenteMunicipalidad Pilcaniyeu.- Pcia. Río Negro.-

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FALLOS——

Fallo Nº 52/99Exptes. Nros. 107117-I-97 y 337-S-97: Apruébase con la observación

enunciada y en los términos del Art. 37 de la Ley 2747 la rendición de cuentas de“Gestión Permanente” del Instituto Autárquico Provincial del Seguro.

Período Aprobado: 1 al 30 de abril de 1997.Responsables: Presidente: Cr. José Luis Rodríguez. Gerente Administrativo:

Cr. Luis Alberto Traverso. Subgerente Administrativo: Cra. Victoria G. Colace.Gerente Técnico: Sra. Marta Edith Baptista. Tesorera: Sra. Stella Miguel deHerman.

Saldo Saldoal 31/03/97 Ingresos Egresos al 30/04/97

Cta. 91523/7 ................ 5.947,41 94.000,00 94.739,46 5.207,95Pres. Func.

Saldo Saldoal 31/03/97 Ingresos Egresos al 30/04/97

Cta. 91657/4 ................ 289.459,51 299.118,09 525.355,05 63.222,05Seg. Ley 2057CEDERN ..................... 235,00 0,00 0,00 235,00Cta. 91524/1 ................ 14.583,83 76.194,20 77.363,47 13.414,56Seg. Dec. 1074CEDERN ..................... 0,00 0,00 0,00 0,00

————— ————— ————— —————Total ............................. 310.225,75 469.312,29 697.457,98 82.080,06

Inversión Real: ..................................................... 538.457,98Transferencias entre Cuentas ................................ 159.000,00

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Antemí: Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

Page 8: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

8Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

Fallo Nº 53/99Exptes. Nros. 50.121-T-98 y 756-S-98: Apruébase en los términos del Art.

37 de la Ley 2747 la Rendición de Cuentas de Ingresos y Egresos de laHabilitación de Pagos de la Tesorería General de la Provincia ante la Jefaturade Policía.

Período Aprobado: 1/08/98 al 31/08/98.Responsables: Actuaron como responsables el Tesoro General Sr. Dn. José E.

Ongaro, y el Habilitado Pagador Da. Delia Molina.

Saldo Saldoal 31/07/98 Ingresos Egresos al 31/08/98

$ $ $ $

Cta. 900313/7General......................... 0,00 2.076.930,18 2.077.206,04 (275,86)Cta. 905013/6Especial........................ (1.787,88) 1.484.239,12 1.484.374,43 (1.923,19)

————— ————— ————— —————Totales.......................... (1.787,88) 3.561.169,30 3.561.580,47 (2.199,05)

Que la Inversión Real del período ascendió a $ 2.076.322,14.

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

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Fallo Nº 54/99Exptes. Nros. 5524-D-94/1332-S-95: Apruébase parcialmente, con las

observaciones y salvedades enunciadas, y en los términos del Art. 37 de la Ley 2747la rendición de cuentas de Operativo del I.PRO.S.S.

Período Aprobado: 1 al 30 de setiembre de 1994.Responsables: El Interventor, Dr. Ricardo Sarandría; el Secretario General, Dn.

Roberto Akerman; la Directora de Contabilidad, Cra. Da. María Elena Pesado; y laTesorera Interina, Da. Marcela Rossio.

Saldo Saldoal 31/08/94 Ingresos Egresos al 30/09/94

Cta. 90157/6Cta. Oper. Vma............. 6.763,74 4.135.660,38 4.054.148,81 88.275,31

Discriminación de Egresos$ 4.054.148,81

Transferencia a otras cuentas 3.435.996,30Pagos de la cuenta 618.152,51

A Deducir:Transf. a Funcionamiento $ (585.570,22)Pendientes de aprobación41341-S-93 y 40535-D-93 $ (725.636,68)

————————Monto Aprobado $ 2.742.941,91

Otras Cuentas:Cta. 90245/4Operativo Roca............. 956,63 1.188.070,63 1.188.018,02 1.009,24Cta. 90098/4Oper. Bariloche............. 446,08 384.052,72 384.052,72 446,08Cta. 52/9Oper. Bs. As................. 8.459,92 797.169,10 797.174,59 8.454,43Cta. 92229/2Recaudación................. 70.193,58 481.133,63 551.329,18 (-1,97)Caja.............................. 8.767,27 4.874,01 5.087,27 8.554,01

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

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Fallo Nº 55/99Exptes. Nros. 5096-D-94/1331-S-95: Apruébase parcialmente, con las

observaciones y salvedades enunciadas, y en los términos del Art. 37 de la Ley 2747la rendición de cuentas de Operativo del I.PRO.S.S.

Período Aprobado: 1 al 31 de agosto de 1994.Responsables: El Interventor, Dr. Ricardo Sarandría; el Secretario General, Dn.

Roberto Akerman; la Directora de Contabilidad, Cra. Da. María Elena Pesado; y laTesorera Interina, Da. Marcela Rossio.

Saldo Saldoal 31/07/94 Ingresos Egresos al 31/08/94

Cta. 90157/6Cta. Oper. Vma............. 4.447,30 4.710.685,00 4.708.368,56 6.763,74

Discriminación de Egresos$ 4.708.368,56

Transferencia a otras cuentas 3.095.538,69Pagos de la cuenta 1.612.829,87

A Deducir:Transf. a Funcionamiento $ (593.658,85)Pendientes de aprobación40535-D-93 y 40535-D-94: $ (265.062,80)

————————Monto Aprobado $ 3.849.646,91

Otras Cuentas:Cta. 90245/4Operativo Roca............. 956,63 1.182.828,23 1.182.828,23 956,63Cta. 90098/4Oper. Bariloche............. 446,08 427.026,73 427.026,73 446,08Cta. 52/9Oper. Bs. As................. 8.459,92 264.545,55 264.545,55 8.459,92Cta. 92229/2Recaudación................. 0,00 625.973,76 555.780,18 70.193,58Caja.............................. 8.473,92 5.087,27 4.993,92 8.567,27

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

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Fallo Nº 56/99Exptes. Nros. 126948-TG-98 y 057-S-98: Apruébase en los términos del Art.

37 de la Ley 2747 la rendición de cuentas de “Gestión Permanente” “PresupuestoQuiniela” - Cuenta Nº 91059/4 de la Lotería de Río Negro.

Período Aprobado: 1 al 31 de enero de 1998.Responsables: Como Interventor Dn. Antonio Tromer; el Contador General Dn.

Horacio Asborno y como Tesorero Dn. Carlos Gustavo Pérez.

Saldo Saldoal 31/12/97 Ingresos Egresos al 31/01/98

Cta. 91059/4 ................. 86.136,17 75.000,00 80.104,23 81.031,94Pres. Quiniela

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

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Fallo Nº 57/99Exptes. Nros. 3095-D-94/181-S-95: Apruébase parcialmente, con las

observaciones y salvedades enunciadas, y en los términos del Art. 37 de la Ley 2747la rendición de cuentas de Operativo del I.PRO.S.S.

Período Aprobado: 1 al 30 de abril de 1994.Responsables: El Interventor, Dr. Ricardo Sarandría; el Secretario General, Dn.

Roberto Akerman; la Directora de Contabilidad, Cra. Da. María Elena Pesado; y laTesorera Interina, Da. Marcela Rossio.

Saldo Saldoal 31/03/94 Ingresos Egresos al 30/04/94

Cta. 90157/6Cta. Oper. Vma............. 15.228,26 3.371.812,40 3.330.140,11 56.900,55

Discriminación de Egresos

Transferencia a otras cuentas 2.158.624,19Pagos de la cuenta 1.171.515,92

A Deducir:

Pendientes de aprobación Exptes. Nros.40535-D-93 y 41341-S-93: (-)754.850,98

——————Monto Aprobado 2.575.289,13

Page 9: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

9Viedma, 12 de agosto de 1999 BOLETIN OFICIAL N° 3702

Saldo Saldoal 31/03/94 Ingresos Egresos al 30/04/94

Otras Cuentas:Cta. 90245/4Operativo Roca............. 949,82 236.787,35 236.787,35 949,82Cta. 90098/4Oper. Bariloche............. 448,08 78.715,35 78.715,35 448,08Cta. 52/9Oper. Bs. As................. 8.474,18 807.321,43 773.682,23 42.113,38Cta. 92229/2Recaudación................. 0,00 365.928,07 365.928,07 0,00Caja.............................. 7.710,50 4.243,45 4.230,50 7.723,45

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

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Fallo Nº 58/99Exptes. Nros. 94.056-T-96 y 215-S-96: Apruébase en los términos del Art. 37

de la Ley 2747 la Rendición de Cuentas de Ingresos y Egresos de la Habilitación dePagos de la Tesorería General de la Provincia ante el Ministerio de Hacienda, Obrasy Servicios Públicos, con las observaciones señaladas precedentemente.

Período Aprobado: 1/12/95 al 31/12/95.Responsables: Actuaron como responsables el Tesoro General C.P.N. Dn. Gustavo

Ferrari, y el Habilitado Pagador Da. Alicia R. de Gandolfi.

Saldo Saldoal 30/11/95 Ingresos Egresos al 31/12/95

$ $ $ $Cta. 90222/0General......................... (12.976,70) 1.256,00 1.302,90 (13.023,60)Efectivo ........................ 0,00 248.260,50 248.260,50 0,00CEDERN...................... 0,00 61.871,00 61.871,00 0,00

————— ————— ————— —————Totales.......................... (12.976,70) 311.387,50 311.434,40 (13.023,60)

Que la Inversión Real del período ascendió a $ 310.131,50 ($ 248.260,50 enefectivo, Y $ 61.871,00 en CEDERN.

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable a/c.

–oOo–

Fallo Nº 59/99Exptes. Nros. 354-S-98 (I-20-DP-98) del Tribunal de Cuentas y (Defensoría del

Pueblo), respectivamente.Apruébase en los términos del Art. 37 de la Ley 2747 la Rendición de Cuentas

de “Gestión Permanente” de la Defensoría del Pueblo.Período Aprobado: 1 al 31 de marzo de 1998.Responsables: El Defensor del Pueblo, Dn. Juan Ricardo Kugler; como Adjunto,

Sra. Juana Soulé; el Jefe Administrativo, Dn. Carlos Eduardo Reyes; y el Tesorero,Dn. Orlando Ramón Bonillo.

Saldo Saldoal 28/02/98 Ingresos Egresos al 31/03/98

Cta. 92709/6 ................. 431,29 37.846,45 33.765,31 4.512,43EfectivoCompensaciones........... 0,00 12.823,83 12.823,83 0,00

————— ————— ————— —————Total ............................. 431,29 50.670,28 46.589,14 4.512,43

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–

Fallo Nº 60/99Exptes. Nros. 302-S-98 (I-11-DP-98) del Tribunal de Cuentas y (Defensoría del

Pueblo), respectivamente.Apruébase en los términos del Art. 37 de la Ley 2747 la Rendición de Cuentas

de “Gestión Permanente” de la Defensoría del Pueblo.Período Aprobado: 1 al 28 de febrero de 1998.Responsables: El Defensor del Pueblo, Dn. Juan Ricardo Kugler; como Adjunto,

Sra. Juana Soulé; el Jefe Administrativo, Dn. Carlos Eduardo Reyes; y el Tesorero,Dn. Orlando Ramón Bonillo.

Saldo Saldoal 31/01/98 Ingresos Egresos al 28/02/98

Cta. 92709/6 ................. 8.351,14 34.052,36 41.972,21 431,29EfectivoCompensaciones........... 0,00 13.709,32 13.709,32 0,00

————— ————— ————— —————Total ............................. 8.351,14 47.761,68 55.681,53 431,29

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–

Fallo Nº 61/99Exptes. Nros. 267-S-98 (I-07-DP-98) del Tribunal de Cuentas y (Defensoría del

Pueblo), respectivamente.Apruébase en los términos del Art. 37 de la Ley 2747 la Rendición de Cuentas

de “Gestión Permanente” de la Defensoría del Pueblo.Período Aprobado: 1 al 31 de enero de 1998.Responsables: El Defensor del Pueblo, Dn. Juan Ricardo Kugler; como Adjunto,

Sra. Juana Soulé; el Jefe Administrativo, Dn. Carlos Eduardo Reyes; y el Tesorero,Dn. Orlando Ramón Bonillo.

Saldo Saldoal 31/12/97 Ingresos Egresos al 31/01/98

Cta. 92709/6 ................. 8.894,10 32.235,24 32.778,20 8.351,14EfectivoCompensaciones........... 0,00 7.570,16 7.570,16 0,00

————— ————— ————— —————Total ............................. 8.894,10 39.805,40 40.348,36 8.351,14

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–

Fallo Nº 62/99Exptes. Nros. 062-S-98 (I-01-DP-98) del Tribunal de Cuentas y (Defensoría del

Pueblo), respectivamente.Apruébase en los términos del Art. 37 de la Ley 2747 la Rendición de Cuentas

de “Gestión Permanente” de la Defensoría del Pueblo.Período Aprobado: 1 al 31 de diciembre de 1997.Responsables: El Defensor del Pueblo, Dn. Juan Ricardo Kugler; como Adjunto,

Sra. Juana Soulé; el Jefe Administrativo, Dn. Carlos Eduardo Reyes; y el Tesorero,Dn. Orlando Ramón Bonillo.

Saldo Saldoal 31/12/97 Ingresos Egresos al 31/01/98

Cta. 92709/6 ................. 7.135,98 34.505,97 32.747,85 8.894,10EfectivoBonos Río Clase 1 ........ 0,00 0,00Compensaciones........... 0,00 0,00 0,00 0,00

————— ————— ————— —————Total ............................. 7.135,98 34.505,97 32.747,85 8.894,10

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–

Fallo Nº 63/99Exptes. Nros. 10050-L-96 / 225-S-96: Apruébase en los términos del Art. 37 de

la Ley 2747 la rendición de cuentas del Poder Legislativo.Período Aprobado: 1 al 31 de diciembre de 1995.Responsables: En el período considerado, actuaron como responsables:Hasta el 10/12/95: Presidente: Dr. Edgardo Gagliardi; Director General Contable,

Cr. Roberto J. Pérez; Director General de Administración, Dn. Rodolfo Neumann;Tesorera: Da. Iris Henry de Abel.

A partir del 10/12/95: Presidente: Dn. Bautista Mendióroz; SecretarioAdministrativo, Dn. Néstor Capano; Director General de Adm., Finanzas y contab.,Dn. Juan Carlos Scavo; Director Administrativo, Gestión y Suministros, Dn. RodolfoNeumann; Tesorera, Da. Iris Henry de Abel.

Saldo Saldoal 30/11/95 Ingresos Egresos al 31/12/95

Cta. 91.374/3 ................ 466.826,33 147.753,15 338.801,95 275.777,53Movi, en Efvo............... 0,00 607.060,00 607.060,00 0,00Movim. CEDERN......... 0,00 308.270,00 308.270,00 0,00Cta. 91582/4 ................. 16.249,94 3.631,90 37,82 19.844,02Compensaciones........... 0,00 54.847,26 54.847,26 0,00

————— ————— ————— —————483.076,27 1.121.562,31 1.309.017,03 295.621,55

Page 10: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

10Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

Saldo Saldoal 30/11/95 Ingresos Egresos al 31/12/95

Importe no Acreditadopor Cierre Bancario...... 386.408,73 386.408,73

————— ————— ————— —————Total ............................. 483.076,27 1.507.971,04 1.309.017,03 682.030,28

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

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Fallo Nº 64/99Exptes. Nros. 10219-L-96/244-S-96; 10460-L-96/326-S-96; 10461-L-96/

386-S-96: Apruébase con las observaciones y recomendaciones enunciadas y enlos términos del Art. 37 de la Ley 2747 la rendición de cuentas del PoderLegislativo.

Período Aprobado: 1 de enero de 1996 al 31 de marzo de 1996.Responsables: Actuaron como responsables, el Presidente: Dn. Bautista

Mendióroz; Secretario Administrativo, Dn. Néstor Capano; Director Generalde Adm., Finanzas y contab., Dn. Juan Carlos Scavo; Director Administrativo,Gestión y Suministros, Dn. Rodolfo Neumann; Tesorera, Da. Iris Henry deAbel.

Saldo Saldoal 31/12/95 Ingresos Egresos al 31/03/96

Cta. 91.374/3 ................ 275.777,53 4.896.302,61 5.329.761,99-157.681,85*Cta. 91582/4 ................. 19.844,02 25.832,59 25.339,68 20.336,93Fdo. de TercerosCta. 91374/3 ................. 0,00 1.525.474,00 1.425.653,00 99.821,00Compensaciones........... 0,00 3.440.940,37 3.440.940,37 0,00

————— ————— ————— ————— Total ............................ 295.621,55 9.888.549,57 10.221.695,04 -37.523,92

* El saldo negativo obedece a la apliación de la Resolución Nº 15/96, de laSubsecretaría de Hacienda.

El movimiento mensual de las cuentas se detalla en el Anexo del presente.

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

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ANEXOSaldo Saldo

Anterior Ingresos Egresos Final

ENERO/96Cta. 91.374/3 ................ 275.777,53 1.877.474,25 1.901.610,05 251.641,73Cta. 91852/4 ................. 19.844,02 387,82 37,82 20.194,02Cta. 91374/3 ................. 0,00 314.120,00 314.064,00 56,00Compens. Efvo............. 0,00 835.795,63 935.795,63 0,00Compens. CEDERN...... 0,00 19.430,19 19.430,19 0,00

FEBRERO/96Cta. 91.374/3 ................ 251.641,73 1.939.954,98 2.403.401,78 -211.805,07Cta. 91852/4 ................. 20.194,02 38,82 20.232,84 0,00Cta. 91374/3 ................. 56,00 921.552,00 821.788,00 99.820,00Compens. Efvo............. 0,00 1.735.942,00 1.735.742,00 0,00

MARZO/96Cta. 91.374/3 ................ -211.805,07 1.078.873,38 1.024.750,16 -157.681,85Cta. 91852/4 ................. 0,00 25.405,95 5.069,02 20.336,93Cta. 91374/3 ................. 99.820,00 289.802,00 289.801,00 99.821,00Compens. Efvo............. 0,00 849.772,55 849.772,55 0,00

—————— —————— —————— ——————Total ............................. 9.888.549,57 10.221.695,04

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Fallo Nº 65/99Exptes. Nros. 96251-S-94 y 818-S-95 Apruébase con la observación

recomendada y salvedad enunciadas, y en los términos del Art. 37 de la Ley 2747 laRendición de Cuentas de “Gestión Permanente” del Consejo Provincial de SaludPública.

Período Aprobado: 1 al 28 de febrero de 1994.Responsables: La Presidente del Consejo de Salud Pública, Dra. Hilda Toscani;

el Coordinador Administrativo, Dn. Julio Barreno; como Tesorera, Da. Hilda EsterDumrauf; y el Contador, Dn. Carlos E. Jakimczuk.

Saldo Saldoal 31/01/94 Ingresos Egresos al 28/02/94

Cta. 91639/6 ................. 18.164,70 4.421.175,03 4.269.598,47 169.741,26Rent. Grales.Cta. 91641/3 ................. 23.100,54 359.538,96 344.508,99 38.130,51Fdos. Ley 48Cta. 91642/8 ................. 11.612,52 48.539,37 9.033,09 51.118,80Prest. Hosp.Cta. 91643/2 ................. 22.500,89 13.862,10 11.805,49 24.557,50Fdos. TercerosCta. 91852/8 ................. 52.903,93 9.323,27 0,00 62.227,20Sal. AmbientalCta. 92423/4 ................. 266.964,58 660,00 1.275,60 266.348,98Mater. e Infan.Cta. 92084/5 ................. 276.478,80 135.000,00 382.630,05 28.848,75Fdo. Emergenc.Cta. 92424/6 ................. 24.716,77 3.114,48 0,00 27.831,25Cont. Hidatidos.Compensaciones........... 0,00 1.921.444,16 1.921.444,16 0,00

————— ————— ————— —————Total ............................. 696.442,73 6.912.657,37 6.940.295,85 668.804,25

Cta. 91644/7 ................. 2.039,00 942.259,64 944.298,64 0,00Cta. Especial

La Inversión Real del Período ascendió a ............. $ 6.670.295,85Transferencias entre Cuentas ............................... $ 270.000,00

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

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Fallo Nº 66/99Exptes. Nros. 61.118-T-95, 61.148-T-95; 61.174-T-S-95; 61.193-T-95; 963-

S-95; 1.030-S-95; 1.137-S-95 y 1.338-S-95: Apruébase en los términos del Art. 37de la Ley 2747, la rendición de cuentas de Ingresos y Egresos de la Tesorería Ge-neral de la Provincia.

Período Aprobado: 01/05/95 al 31/08/95.Responsables: Actuaron como responsables el Tesorero General, C.P.N. Dn.

Gustavo Ferrari, y el Subtesorero General, a cargo, Dn. Oscar Néstor Calvo.

Saldo Saldoal 30/04/95 Ingresos Egresos al 31/08/95

$ $ $ $Cta. 90000/8Rtas. Generales............. 1.416.774,88 159.538.713,38 159.486.605,75 1.468.882,51Cta. 91455/9Fdo. Art. 49º Ley 847 ... 640.868,11 10.600.000,00 11.235.680,81 5.187,30Cta. 91426/2Fdo. Lot.-Quiniela........ 1.486.287,00 3.552.761,67 3.683.499,39 1.355.549,28Cta. 91667/8Fdo. Org. Nac............... 1.797.476,20 8.534.520,31 6.353.918,99 3.978.077,52Cta. 90221/0Fdo. Terc. ..................... 223.522,27 300.085,21 233.977,43 289.630,05Cta. 91547/2F. A. y C. Fomento ....... 8.301,80 125.924,58 116.968,38 17.258,00Cta. 90629/5H. J. Pol. FT ................. 136.700,68 160.460,31 180.413,22 116.747,77Cta. 90631/2H. M. Ec. -FT ............... 67.919,02 78.452,54 68.910,64 77.460,92Cta. 91881/4H. M. G. y TFT ............. 30.589,95 42.497,16 33.675,23 39.411,88Cta. 91874/4H.M.A.S. -FT ............... 222.075,41 256.755,07 328.574,36 150.256,12Cta. 92.551/4C. Exp. F. y Hort. .......... 116.917,13 193,35 117.114,77 (4,29)Cta. 92672/4Convenio Bilateral........ 131,23 668,86 328,72 471,37Cta. 92557/9Fdo. Com. Frut. ............ (32,47) 301,61 273,46 (4,32)Cta. 92310/6Fdo. Ley 2059 .............. 245.227,16 73.278,90 258.972,83 59.533,23Cta. 92254/0F. Com. Ctas. Gob. ....... 1.049.642,55 193,55 1.049.840,19 (4,29)Cta. 91350/8Fdo. Ley 1690 .............. 2.910,44 193,35 3.108,08 (4,29)Cta. 92573/8S. Fruti-Ins. L. 2750 ..... 88,82 193,35 286,46 (4,29)

Page 11: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

11Viedma, 12 de agosto de 1999 BOLETIN OFICIAL N° 3702

Saldo Saldoal 30/04/95 Ingresos Egresos al 31/08/95

$ $ $ $

Cta. 92575/7Fdo. C. Solid. ............... 88,77 205,95 299,37 (4,65)Cta. 92576/4S. Emp. -Salarios.......... 98,21 193,35 295,85 (4,29)Cta. 92574/2S. Emp. -Fruta P. ........... 84,49 77,84 165,18 (2,85)Cta. 92629/5Sub. T. Gas Dom. ......... 1.014.459,81 5.426.932,06 4.602.377,56 1.839.014,31Cta. 90003/1Rc. Tes. Gral. ................ 16.247,40 130.663,19 133.670,52 13.240,07Cta. 92658/4Fdo. Comp. Gan. .......... 1.681,20 77,84 1.761,89 (2,85)Cta. 90499/9Fdo. Art. 49º ................. (24.600,46) 179.399,01 176.200,34 (21.401,79)Cta. 91877/8H.S.G.G.FT.................. 18.284,15 20.479,72 18.648,88 20.114,99Cta. 92693/3MHOP F.C.S.CT........... 0,00 30.588.102,55 15.006.494,48 15.581.608,07

————— ————— ————— —————Totales.......................... 8.471.743,75 219.611.324,51 203.092.062,78 24.991.005,48

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

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Fallo Nº 67/99Exptes. Nros. 94.042-T-96; 94.044-T-96; 94.071-T-96; 053-S-96; 054-S-96 y

210-S-96: Apruébase en los términos del Art. 37 de la Ley 2747, la rendición decuentas de Ingresos y Egresos de la Tesorería General de la Provincia.

Período Aprobado: 01/10/95 al 31/12/95.Responsables: Actuaron como responsables el Tesorero General, C.P.N. Dn.

Gustavo Ferrari, y el Subtesorero General, a cargo, Dn. Oscar Néstor Calvo.

Saldo Saldoal 30/09/95 Ingresos Egresos al 31/12/95

$ $ $ $

Cta. 90000/8Rtas. Generales............. 1.042.707,92 119.718.721,98 119.978.866,36 782.563,54Cta. 90003/1Rc. Tes. Gral. ................ 9.316,15 61.327,06 38.171,38 32.471,83Cta. 90221/6Fdo. Terc. ..................... 300.832,16 45.203,64 245.732,79 300.303,01Cta. 90499/4Especial........................ (33.384,33) 121.263,06 98.905,86 (11.027,13)Cta. 90629/5H. J. Pol. FT ................. 117.110,54 16.591,53 2.126,02 131.576,05Cta. 90631/2H. M. Ec. -FT ............... 77.460,92 7.336,70 140,70 84.656,92Cta. 91350/8Fdo. Ley 1690 .............. (105,17) 414,84 322,29 (12,62)Cta. 91426/2Fdo. Lot.-Quiniela........ 434.364,52 897.000,00 869.136,66 462.227,86Cta. 91455/9Fdo. Art. 49º ................. 23.911,07 129.256,53 134.240,99 18.926,61Cta. 91547/2F. Ay C. Fomento .......... 7.109,17 70.834,82 69.736,42 8.207,57Cta. 91667/8Fdo. Org. Nac............... 2.628.435,97 5.054.632,10 5.627.018,63 2.056.049,44Cta. 91874/4H.M.A.S. -FT ............... 153.084,14 21.896,46 2.350,70 172.629,90Cta. 91877/8H.S.G.G. FT................. 20.114,99 1.321,80 140,70 21.296,09Cta. 91881/4H.M.G. y TFT............... 40.734,88 4.595,45 140,70 45.189,63Cta. 92254/0F. Com. Ctas. Gob. ....... (105,17) 414,84 322,29 (12,62)Cta. 92310/6Fdo. Ley 2059 .............. 54.947,42 47.746,92 77.608,26 25.086,08Cta. 92551/4C. Exp. F. y Hort. .......... (105,17) 414,84 322,29 (12,62)Cta. 92557/9Fdo. Com. Frut. ............ (105,20) 414,87 323,39 (13,72)Cta. 92573/8S. Fruti-Ins. L. 2750 ..... (105,17) 414,84 322,29 (12,62)

Saldo Saldoal 30/09/95 Ingresos Egresos al 31/12/95

$ $ $ $Cta. 92574/2

S. Emo.-Fruta P. ............ (44,05) 169,42 131,64 (6,27)Cta. 92575/7Fdo. C. Solid. ............... (55,33) 209,93 161,93 (7,33)Cta. 92576/4S. Emp.-Salarios........... (105,17) 414,84 322,29 (12,62)Cta. 92629/5S. Gas Domiciliario....... 1.821.992,96 0,00 1.769.704,90 52.288,06Cta. 92658/4Fdo. Comp. Gan. .......... (44,05) 169,42 131,64 (6,27)Cta. 92672/4Convenio Bilateral........ 430,53 1.675,86 122,52 1.983,87Cta. 92693/3Fdo. Com. Solidario..... 14.605.412,87 185.351,21 2.181.376,19 12.609.387,89

————— ————— ————— —————Sub-Totales................... 21.303.807,40 126.587.792,96 131.097.879,83 16.793.720,53

Efectivo ........................ 0,00 14.870.000,00 13.449.799,84 1.420.200,16CEDERN...................... 0,00 10.000.000,00 4.116.954,00 5.883.046,00

————— ————— ————— —————Totales.......................... 21.303.807,40 151.457.792,96 148.664.633,67 24.096.966,69

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–

Fallo Nº 69/99Exptes. Nros. 94.191-T-96 y 794-S-96: Apruébase en los términos del Art. 37

de la Ley 2747 la Rendición de Cuentas de Ingresos y Egresos de la Habilitación dePagos de la Tesorería General de la Provincia ante la Secretaría de Estado de AcciónSocial.

Período Aprobado: 1/07/96 al 31/07/96.Responsables: Actuaron como responsables el Tesoro General Sr. Dn. José E.

Ongaro, y el Habilitado Pagador D. Hugo Suso.

Saldo Saldoal 30/06/96 Ingresos Egresos al 31/07/96

$ $ $ $Cta. 91872/5General......................... (800,76) 1.620.631,64 1.621.313,90 (1.483,32)Cta. 91871/0Especial........................ (16.440,96) 354.677,85 339.499,32 (1.262,43)CEDERN...................... (230,48) 54.486,00 54.486,00 (230,48)

————— ————— ————— —————Totales.......................... (17.472,20) 2.029.795,19 2.015.299,22 (2.976,23)

Que la Inversión Real del período ascendió a $ 1.663.970,34 ($ 1.618.713,34en banco, y $ 45.257,00 en Cedern), y

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–Fallo Nº 70/99

Exptes. Nros. 3696-D-94/782-S-95: Apruébase parcialmente, con lasobservaciones y salvedades enunciadas, y en los términos del Art. 37 de la Ley 2747la rendición de cuentas de Operativo del I.PRO.S.S.

Período Aprobado: 1 al 31 de mayo de 1994.Responsables: El Interventor, Dr. Ricardo Sarandría; el Secretario General, Dn.

Roberto Akerman; la Directora de Contabilidad, Cra. Da. María Elena Pesado; y laTesorera Interina, Da. Marcela Rossio.

Saldo Saldoal 30/04/94 Ingresos Egresos al 31/05/94

Cta. 90157/6Cta. Oper. Vma............. 56.900,55 3.560.059,35 3.561.631,39 55.328,51

Discriminación de Egresos

Transferencia a otras cuentas 1.735.368,98Pagos de la cuenta 1.826.262,41

A Deducir:Pendientes de aprobación Exptes. Nros.40535-D-93, 41341-S-93 (-) 460.013,20

——————Monto Aprobado 3.101.618,19

Page 12: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

12Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

Saldo Saldoal 30/04/94 Ingresos Egresos al 31/05/94

Otras Cuentas:Cta. 90245/4Operativo Roca............. 949,82 210.137,46 210.137,46 949,82Cta. 90098/4Oper. Bariloche............. 448,08 425.626,55 425.626,55 448,08Cta. 52/9Oper. Bs. As................. 42.113,38 138.559,49 172.198,69 8.474,18Cta. 92229/2Recaudación................. 0,00 356.905,28 356.905,28 0,00Caja.............................. 7.723,45 5.058,26 4.243,45 8.538,26

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–Fallo Nº 71/99

Exptes. Nros. 6279-D-94/1333-S-95: Apruébase parcialmente, con lasobservaciones y salvedades enunciadas, y en los términos del Art. 37 de la Ley 2747la rendición de cuentas de Operativo del I.PRO.S.S.

Período Aprobado: 1 al 31 de octubre de 1994.Responsables: El Interventor, Dr. Ricardo Sarandría; el Secretario General, Dn.

Roberto Akerman; la Directora de Contabilidad, Cra. Da. María Elena Pesado; y laTesorera Interina, Da. Marcela Rossio.

Saldo Saldoal 30/09/94 Ingresos Egresos al 31/10/94

Cta. 90157/6Cta. Oper. Vma............. 88.275,31 3.940.340,04 3.951.678,89 76.936,46

Discriminación de Egresos$ 3.951.678,89

Transferencia a otras cuentas 3.304.040,38Pagos de la cuenta 647.638,51

A Deducir:Transf. a Funcionamiento $ (579.596,77)Pendientes de aprobación41341-S y 40535-D $ (716.000,00)

————————Monto Aprobado $ 2.656.082,12

Otras Cuentas:Cta. 90245/4Operativo Roca............. 1.009,24 1.030.276,82 1.030.313,34 972,72Cta. 90098/4Oper. Bariloche............. 446,08 380.664,82 380.701,70 409,20Cta. 52/9Oper. Bs. As................. 8.454,43 821.728,76 821.765,64 8.417,55Cta. 92229/2Recaudación................. (- 1,98) 491.773,21 491.773,24 (- 2,01)Caja.............................. 8.554,01 5.561,51 4.874,01 9.491,51

250,00*

* Incremento Fondo Fijo - Fondo Bahía Blanca.

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–

Fallo Nº 72/99Exptes. Nros. 6281-D-94/1334-S-95: Apruébase parcialmente, con las

observaciones y salvedades enunciadas, y en los términos del Art. 37 de la Ley 2747la rendición de cuentas de Operativo del I.PRO.S.S.

Período Aprobado: 1 al 30 de noviembre de 1994.Responsables: El Interventor, Dr. Ricardo Sarandría; el Secretario General, Dn.

Roberto Akerman; la Directora de Contabilidad, Cra. Da. María Elena Pesado; y laTesorera Interina, Da. Marcela Rossio.

Saldo Saldoal 31/10/94 Ingresos Egresos al 30/11/94

Cta. 90157/6Cta. Oper. Vma............. 76.936,46 4.620.874,05 4.700.950,11 (3.139,60)

Discriminación de Egresos$ 4.700.950,11

Transferencia a otras cuentas 3.085.636,47Pagos de la cuenta 1.615.313,64

Saldo Saldoal 31/10/94 Ingresos Egresos al 30/11/94

A Deducir:Transf. a Funcionamiento $ (604.870,79)Pendientes de aprobación41341-S y 40535-D $ (478.975,96)

————————Monto Aprobado $ 3.617.103,36

Otras Cuentas:Cta. 90245/4Operativo Roca............. 972,72 1.448.847,58 1.449.258,76 561,54Cta. 90098/4Oper. Bariloche............. 409,20 455.738,20 455.775,08 372,32Cta. 52/9Oper. Bs. As................. 8.417,55 702.074,73 702.108,66 8.383,62Cta. 92229/2Recaudación................. (- 2,01) 469.084,47 468.084,58 997,88Caja.............................. 9.491,51 4.371,48 5.561,51 8.301,48

Fdo.: Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal; Cra. Leonor Zamborain, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–

Fallo Nº 73/99Exptes. Nros. 128366-TG-98 y 739-S-98: Apruébase en los términos del Art.

37 de la Ley 2747 la rendición de cuentas de “Gestión Permanente”. “PresupuestoQuiniela” - Cuenta Nº 91059/4 de la Lotería de Río Negro.

Período Aprobado: 1 al 30 de setiembre de 1998.Responsables: El Interventor, Dn. Miguel Angel Irigoyen, el Gerente General

Dn. Abelardo Daniel Spirito; el Contador General Dn. Horacio Asborno y comoTesorero Dn. Carlos Gustavo Pérez.

Saldo Saldoal 31/08/98 Ingresos Egresos al 30/09/98

$ $ $ $Cta. 91059/4Pres. Quiniela............... 93.400,91 70.000,00 77.545,19 85.855,72

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–

Fallo Nº 74/99Exptes. Nros. 128582-TG-98 y 831-S-98: Apruébase en los términos del Art.

37 de la Ley 2747 la rendición de cuentas de “Gestión Permanente”. “PresupuestoQuiniela” - Cuenta Nº 91059/4 de la Lotería de Río Negro.

Período Aprobado: 1 al 31 de octubre de 1998.Responsables: El Interventor, Dn. Miguel Angel Irigoyen, el Gerente General

Dn. Abelardo Daniel Spirito; el Contador General Dn. Horacio Asborno y comoTesorero Dn. Carlos Gustavo Pérez.

Saldo Saldoal 30/09/98 Ingresos Egresos al 31/10/98

$ $ $ $Cta. 91059/4Pres. Quiniela............... 85.855,72 80.000,00 94.177,03 71.678,69

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–

Fallo Nº 75/99Exptes. Nros. 128720-TG-98 y 884-S-98: Apruébase en los términos del Art.

37 de la Ley 2747 la rendición de cuentas de “Gestión Permanente”. “PresupuestoQuiniela” - Cuenta Nº 91059/4 de la Lotería de Río Negro.

Período Aprobado: 1 al 30 de noviembre de 1998.Responsables: El Interventor, Dn. Miguel Angel Irigoyen, el Gerente General

Dn. Abelardo Daniel Spirito; el Contador General Dn. Horacio Asborno y comoTesorero Dn. Carlos Gustavo Pérez.

Saldo Saldoal 31/10/98 Ingresos Egresos al 30/11/98

$ $ $ $Cta. 91056/4Pres. Quiniela............... 71.678,69 75.800,00 76.916,44 70.562,25

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

Page 13: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

13Viedma, 12 de agosto de 1999 BOLETIN OFICIAL N° 3702

Fallo Nº 77/99

Exptes. Nros. 553-D-98 F.I.A. / 847-S-98 TRIB. DE CUENTAS: Apruébase enlos términos del Art. 37 de la Ley 2747 la rendición de cuentas de “GestiónPermanente” de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas.

Período Aprobado: 1 al 31 de Octubre de 1998.Responsables: El Fiscal de Investigaciones Administrativas Dr. Pedro

Funes; el Secretario Contador Auditor Cr. Hugo Camacho; como Director deAdministración Dn. Jorge Mauricio Silva y el Tesorero Sr. Sergio OmarBonetto.

Saldo Saldoal 31/09/98 Ingresos Egresos al 31/10/98

$ $ $ $

Cta. 92386/9Pres. Func. .................... 21.521,85 44.797,36 38.239,94 28.079,27Compensaciones........... 0,00 12.158,29 12.158,29 0,00TOTAL ......................... 21.521,85 56.955,65 50.398,23 28.079,27

Que la inversión real del período ascendió a $ 56.955,65.-

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

–oOo–

Fallo Nº 78/99Exptes. Nros. 556-D-98 F.I.A. / 046-S-98 TRIB. DE CUENTAS: Apruébase en

los términos del Art. 37 de la Ley 2747 la rendición de cuentas de “GestiónPermanente” de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas.

Período Aprobado: 1 al 30 de Noviembre de 1998.

Responsables: El Fiscal de Investigaciones Administrativas Dr. PedroFunes; el Secretario Contador Auditor Cr. Hugo Camacho; como Director deAdministración Dn. Jorge Mauricio Silva y el Tesorero Sr. Sergio OmarBonetto.

Saldo Saldoal 31/10/98 Ingresos Egresos al 31/11/98

$ $ $ $Cta. 92386/9Pres. Func. .................... 28079,27 46963,07 41003,07 34039,27Compensaciones........... 0,00 11119,68 11119,68 0,00TOTAL ......................... 28079,27 58082,75 52122,75 34039,27

Que la inversión real del período ascendió a $ 58.082,75.-Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:

Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.–oOo–

Fallo Nº 79/99Exptes. Nros. 107062-SG-98 y 339-S-98: Apruébase en los términos del Art.

37 de la Ley 2747 la rendición de cuentas de “Gestión Permanente” del DepartamentoProvincial de Aguas.

Período Aprobado: 1 al 31 de Enero de 1998.Responsables: El Superintendente General Ing. Fernando Erica; el Gerente de

Economía y Finanzas Cr. D. Haroldo Avale; como Jefe de Departamento TesoreríaDn. Juan José Caballieri, Cr. Claudio Dominguez y la Sra. Norma Soledad Lovera.

Saldo Saldoal 31/12/97 Ingresos Egresos al 31/01/98

$ $ $ $Cta. 90065/2Cta. Principal................ 225.770,96 1.92924.433,16 2.078.383,85 71.820,27Caja.............................. 0,00 0,00 0,00 0,00Cta. 91849/6Esp. Pago Haberes........ 994,66 438.908,35 438.908,35 994,66Cta. 90093/4Fdo. de Terceros ........... 78.637,63 6.461,83 2.629,45 82.470,01SUBTOTAL .................. 0,00 438.908,35 438.908,35 0,00Compensaciones........... 0,00 438.908,35 438.908,35 0,00TOTAL ......................... 305.403,25 1.930.894,99 2.081.013,30 155.284,94Valores.......................... 3.972,00 4.507,00 0,00 8.479,00

Fdo.: Cra. Leonor Zamborain, Vocal; Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal. Ante mí:Cra. María del Pilar C. de Battcock, Secretario Auditor Contable.

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ORDENANZAS MUNICIPALES–––

Provincia de Río NegroMUNICIPALIDAD

DE SAN CARLOS DE BARILOCHEOrdenanza Municipal Nº 953-CM-99

El Concejo Municipalde San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

O R D E N A N Z A :Artículo 1° - Todo comercio bajo la denominación

de Establecimientos Bailables, Discoteques, Bailantas,Pubs, Bailes Populares y similares, estarán sujetos alcumplimiento de la presente ordenanza.

Art. 2° - Para estos establecimientos se fijanopcionalmente los siguientes turnos:

a) Primer Turno: Para jóvenes de hasta catorce (14)años de edad exclusivamente: El horario seextenderá desde las 18:00 hasta las 24:00 horasde ese día.

b) Segundo Turno: para jóvenes desde los quince(15) años de edad y mayores: E1 horario serádesde la 1:00 hasta las 7:00 horas.

c) Turno único: para jóvenes desde los quince (15)años de edad y mayores: E1 horario será desdelas 22:00 hasta las 7:00 horas del día siguiente.

d) En caso de organizar fiestas privadas, elestablecimiento deberá comunicarlofehacientemente con 48 horas de anticipación antela Dirección de Inspección General.

Art. 3° - Queda expresamente prohibida la exhibiciónde bebidas alcohólicas en el primer turno.

Art. 4° - Para el primero, segundo y el turno únicorigen las normas establecidas mediante Ordenanza 028-CM-92, 118-CM-92 y 657-CM-96 (ReglamentaciónVenta Bebidas Alcohólicas a menores de 18 años).

Art. 5º - Todos los establecimientos deberán presentaruna declaración jurada especificando la opción de turnosdel Art. 2º, ante la Dirección de Inspección Generaldentro de los diez (10) días de publicada la presenteordenanza.

Art. 6° - Los establecimientos que opten por trabajaren dos turnos deberán realizar entre ambos un corte deuna hora a plena luz blanca para permitir la salida de losasistentes, su limpieza y adecuación.

Art. 7° - Será de la exclusiva responsabilidad de lospropietarios y/o responsables de los establecimientosenumerados en el Art. 1° de la presente Ordenanza, elingreso y egreso de menores, según los horarios y edadesfijados en la presente.

Art. 8° - Modifícase el Art. 79 de la Ordenanza 678-CM-96 Tarifaria, incluyendo como Inc. 22) el siguientetexto:

"22) - Las infracciones a la Ordenanza 953-CM-99Reglamentar horario funcionamientoEstablecimientos Bailables, serán penalizadas con lassiguientes sanciones:

a) Infracción a lo establecido en el artículo 2°.1a. infracción: multa de $1.000.- a $ 2.000.2a. infracción: multa de $ 3.000.- a $ 4.000.- más

clausura por el lapso de cinco (5) días.3a. infracción: Clausura definitiva.

b) Infracción a lo establecido en los Arts. 3°, 5° y 6°:multa de $ 500 a $ 3.000.-

Art. 9º - Derogar la Ordenanza 938-CM-98.Art. 10. - Comuníquese. Publíquese en el Boletín

Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

Elba Ester Acuña, Presidente Concejo Municipal.-Stella Rossi y Quiroga, Secretaria Concejo Munici-pal.

Resolución Nº 795-I-99El Intendente Municipal de la ciudad

de San Carlos de BarilocheR E S U E LV E :

Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nro. 953-CM-99, sancionada por el Concejo Municipal con fecha 13de mayo de 1999, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendada porel Sr. Secretario de Gobierno y Coordinación.

Art. 3º - Comuníquese. Publíquese. Tómese razón.Dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 2 de junio de 1999.César Miguel, Intendente Municipal.

–oOo–

Ordenanza Municipal Nº 960-CM-99El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

O R D E N A N Z A :Artículo 1° - Suspéndase la recepción de solicitudes

y/o el otorgamiento de habilitaciones de taxis, ratificandola suspensión vigente.

Art. 2° - Fíjase un Plazo de ciento ochenta (180) díascorridos a contar desde la publicación de la presente parala realización de un estudio que determine el tamaño ylas características del mercado de taxis a los efectos deanalizar la ratificación o la rectificación de la cantidadde habilitaciones de taxis existentes y la presentación dela Ordenanza que instrumente tal decisión.

Art. 3° - Facúltase al Departamento Ejecutivo, paraque en forma conjunta con la Comisión de Turismo,Desarrollo Económico, Tránsito y Transporte delConcejo Municipal, realicen los acuerdos necesarios parala aceptación y administración de los fondos ofrecidospara la financiación del estudio referido en el artículoprecedente, como asimismo para efectuar la seleccióndel/de los profesionales que lo realicen.

Page 14: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

14Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

Art. 4° - Las acciones dispuestas en el artículoprecedente se realizarán a través de mecanismosparticipativos que incluyan a la Asociación dePropietarios de Automóviles de Taxímetros y a laAsociación de Choferes (en formación) que presentaráoportunamente la solicitud de ampliación de licencias.

Art. 5° - Comuníquese. Publíquese en el BoletínOficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

Elba Ester Acuña, Presidente Concejo Municipal.-Stella Rossi y Quiroga, Secretaria Concejo Municipal.

–––Resolución Nº 963-I-99

El Intendente Municipal de la ciudadde San Carlos de Bariloche

R E S U E LV E :Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nro. 960-CM-

99, sancionada por el Concejo Municipal con fecha 24de junio de 1999, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendada porel Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos.

Art. 3º - Comuníquese. Publíquese. Tómese razón.Dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 15 de julio de 1999.César Miguel, Intendente Municipal.

–oOo–

Ordenanza Municipal Nº 961-CM-99El Concejo Municipal

de San Carlos de BarilocheSanciona con Carácter de

O R D E N A N Z A :Artículo 1° - Adherir en un todo a la Ley Provincial

3228, de asignación de un cupo no inferior al cinco porciento (5%) de las personas a contratar como mano deobra para la ejecución de obras o servicios públicos confondos nacionales y provinciales destinados a lapromoción del empleo, a quienes se encuentren en etapade prueba de cumplimiento de una condena en unidadespenitenciales y alcaidías ubicadas en territorio provin-cial o hayan sido liberadas de las mismas por agotamientode la pena.

Art. 2º - Comuníquese. Publíquese en el BoletínOficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

Elba Ester Acuña, Presidente Concejo Municipal.-Stella Rossi y Quiroga, Secretaria Concejo Municipal.

–––Resolución Nº 964-I-99

El Intendente Municipal de la ciudadde San Carlos de Bariloche

R E S U E LV E :Artículo 1º - Promulgar la Ordenanza Nro. 961-CM-

99, sancionada por el Concejo Municipal con fecha 24de junio de 1999, y cúmplase de conformidad.

Art. 2º - La presente Resolución será refrendada porel Sr. Secretario de Promoción Social.

Art. 3º - Comuníquese. Publíquese. Tómese razón.Dése al Registro Oficial. Cumplido, archívese.

S. C. de Bariloche, 15 de julio de 1999.César Miguel, Intendente Municipal.

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LICITACIONES–––

Provincia de Río NegroMUNICIPALIDAD DE

SAN CARLOS DE BARILOCHESECRETARIA DE OBRASY SERVICIOS PUBLICOS

II CARATULALicitación Pública Nº 001/99

Objeto: Construcción de pavimento de hormigónen la Colectora Norte de la Av. 12 de Octubre entrePuente Ñireco y Luelmo.- 2 Sistema de Ejecución:Por el sistema de Ajuste Alzado. Plazos de Ejecución:Ciento Veinte (120) días corridos a partir del Acta deIniciación de los trabajos.Presupuesto Oficial: PesosOCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS VEINTIOCHOCON 95/100 ($ 81.528,95), IVA incluido.- Venta de

Pliegos: En la División de Compras y Suministros dea Secretraría de Hacienda, Rivadavia y Gallardo, SanCarlos de Bariloche, hasta DIEZ (10) días corridosantes de la fecha de apertura de las propuestas.- (hastael día 13/09/99).- Valor del Pliego: PesosCUATROCIENTOS ($ 400. -) Consultas: En laSecretaría de Obras y Servicios Públicos, calleGallardo esq. Rivadavia, todos los días hábiles enhorano de atención al público hasta DIEZ (10) díascorridos antes de la fecha de apertura de las propuestas.-Presentación de las Propuestas: En la Secretaría deObras y Servicios Públicos, Gallardo y Rivadavia, SanCarlos de Bariloche, hasta el día y hora establecida parael acto de apertura.Apertura de las Propuestas: En laSecretaría de Obras y Servicios Públicos, calle Gallardoesq. Rivadavia, San Carlos de Bariloche, el día 23 deseptiembre de 1.999, a las 10,30 horas.Mantenimientode Oferta: Treinta (30) días corridos a paltir de la fechade apertura.Garantía de las Ofertas: 1% del PresupuestoOficial. Capacidad Técnico financiera: La capacidadLibre Anual de Contratación no será inferior a PesosDOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILQUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 85/100 ($244.586,85), y la Capacidad Técnica de Contrataciónindividual no será inferior a pesos OCHENTA Y UNMIL QUINIENTOS VEINTIOCHO CON 95/100, ($81.528,95), en obras de Pavimentos Rígidos.-

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Provincia de Río NegroSUBDIRECCION DE AGRICULTURA

Y COLONIZACION

Adjudicación de ParcelasUbicación: Colonia La Luisa, Gral. Conesa, Río

Negro.

Valor Valor CostoParcela Superficie Tierra Mejora Total

01 20 Has. $ 38.000 $ 37.000 $ 75.000

Condiciones de Venta: El valor de la tierra seráabonado en 12 cuotas mensuales y consecutivas.

Pliego de Condiciones: Deberá retirarse en laDelegación del Ministerio de Economía en Gral. Conesay en la sede de la Subdirección de Agricultura yColonización, sita en Begrano 544, 6º piso, Viedma,Provincia de Río Negro.

Plazo de Inscripción: Hasta el 14 de setiembre de1999 a las 12 horas.

Valor del Pliego: Pesos Doscientos ($ 200).–oOo–

Provincia de Río NegroMinisterio de Economía

DIRECCION DE SUMINISTROSLicitación Pública Nº 49/99

Por la adquisición de 20 patrulleros 0 km. para laflota automotor policial, con destino a la Jefatura dePolicía.

Apertura: 24/8/99 - Hora 9.Pliegos y Consultas: En la Dirección de Suministros,

Alvaro Barros 641, Tel.-Fax Nº 02920-423653, Viedma,Río Negro.

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CONCURSOS——

Provincia de Río NegroPODER JUDICIAL

Aviso de Llamado a ConcursoResolución Nº 18/99-CM

Llamar a Concurso de Títulos y Antecedentes paracubrir los siguientes cargos:

– VIEDMA –– (1) cargo de Secretario de la Procuración General

con jerarquía de Juez de Primera Instancia.

Eventuales Vacantes:* Viedma:– Juez de Primera Instancia - Secretario del Supe-

rior Tribunal de Justicia - Representante de losMinisterios Públicos: (Fiscal de Cámara, Agente Fis-cal, Defensor General y Asesor de Menores) - Inspec-tor de Justicia - Secretario Electoral - Secretario deCámara - Jefe del Archivo y Secretario de PrimeraInstancia

Requisitos para Juez de Primera Instancia:a) Haber cumplido 30 años de edad.b) Ser argentino, con cinco años de ejercicio de la

ciudadanía.c) Tener dos años de residencia inmediata anterior a

la designación, en la Provincia.d) Tener, como mínimo, cinco años de ejercicio como

abogado, magistrado o funcionario judicial. (Art.210 Const. Prov.)

Requisitos para Secretario del Superior Tribunal deJusticia:

1) Haber cumplido 30 años de edad.2) Ser argentino, con cinco años de ejercicio de la

ciudadanía.3) Tener, cuando menos, cinco años de ejercicio como

abogado, magistrado o funcionario judicial. (Art.79, Inc. a), Ley 2430.)

Requisitos para Representante Ministerios Públicos:(Fiscal de Cámara, Agente Fiscal, Defensor General yAsesor de Menores):

a) Haber cumplido 25 años de edad.b) Ser argentino, con cinco años de ejercicio de la

ciudadanía.c) Tener dos años de residencia en la Provincia,

inmediatos anteriores a la designación.d) Tener tres años de ejercicio como abogado,

magistrado o funcionario judicial. (Art. 216,Const. Prov.)

Requisitos para Secretario de Cámara, Inspector deJusticia, Secretario Electoral y Jefe del Archivo General:

a) Título de abogado, expedido por Universidadoficial o privada, legalmente reconocida.

b) Ser mayor de edad.c) Tener dos años de ejercicio de la profesión o

función judicial, como mínimo.d) Ser nativo o naturalizado con tres años de

ejercicio de la ciudadanía. (Arts. 79, Inc. b) Ley2430 y Arts. 7 y 8 Ley 2865, mod. de la Ley2430.)

Requisitos para Secretario de Primera Instancia:a) Título de abogado, expedido por Universidad

oficial o privada legalmente reconocida.b) Ser mayor de edad.c) Tener como mínimo un año de ejercicio de la

profesión o función judicial, entendiéndose comotal la pertenencia al Poder Judicial, cualquiera seala categoría y escalafón de revista.

d) Ser nativo o naturalizado con tres años deejercicio de la ciudadanía. (Art. 79, Inc. c) Ley2430).

Plazo de Presentación: Hasta el 23/8/99 a las 13horas en la sede del Superior Tribunal de Justicia.

Bases Generales:a) Solicitud de inscripción con la debida

especificación del o los cargo/s, y lugar para el/los que se postula y demás recaudos (nombres,apellido, documento de identidad, domicilio real,teléfono, datos de enrolamiento, estudios cursadosy títulos obtenidos, experiencias adquiridas en eldesempeño de cargos anteriores, trabajosdoctrinarios publicados, cursos deperfeccionamiento realizados; acompañandofotocopias autenticadas de la documentación queacredite identidad, títulos y antecedenteslaborales).

Page 15: Nº 3702 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305

15Viedma, 12 de agosto de 1999 BOLETIN OFICIAL N° 3702

b) Las designaciones quedan sujetas a laaprobación del examen psicofísico pertinente.

c) Examen psicofísico obligatorio con posterioridada la designación.

d) No se aceptarán inscripciones vía Fax.e) La Nota de Presentación y el Currículum deberán

presentarse en original y copia.f) Las solicitudes que no se ajusten a lo dispuesto

precedentemente, no serán tenidas en cuenta yno se dará lugar a tramitacionessuplementarias.

g) La documentación deberá ser retirada por lospostulantes no designados, en el término de sesenta(60) días de efectuadas las designaciones por partedel Superior Tribunal de Justicia, caso contrario,se destruirá.

h) Declaración jurada, de no estar incurso en ningunade las inhabilidades establecidas por laConstitución Provincial.

i) Deberá consignarse en la Nota de Presentación sies o no jubilado o retirado.

Demás Informes e Inscripciones: Dirigirsepersonalmente o por correspondencia al Superior Tri-bunal de Justicia, Secretaría Nº 5, Laprida 292, C.P.8500, Viedma (Río Negro), Teléfono (02920)425001,Interno 221.

Stella Latorre, Secretaria - Consejo de laMagistratura.

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Aviso de Llamado a ConcursoResolución Nº 19/99-CM

Llamar a Concurso de Títulos y Antecedentes paracubrir el siguiente cargo:

– CIPOLLETTI –

– (1) Agente Fiscal en la Comisaría de la ciudad deCipolletti

Eventuales Vacantes:

– Segunda Circunscripción Judicial (Gral. Roca,Cipolletti, Cinco Saltos y Choele Choel): Representantede los Ministerios Públicos (Fiscal de Cámara, AgenteFiscal, Defensor General, y Asesor de Menores)Secretario de Cámara y de Primera Instancia.

Requisitos:– Representantes del Ministerio Público (Fiscal de

Cámara, Agente Fiscal, Defensor General y Asesor deMenores):

a) Haber cumplido 25 años de edad.b) Ser argentino, con cinco años de ejercicio de la

ciudadanía.c) Tener dos años de residencia en la Provincia,

inmediatos anteriores a la designación.d) Tener tres años de ejercicio como abogado,

magistrado o funcionario judicial. (Art. 216Const. Prov.)

– Secretario de Cámara:1) Título de abogado, expedido por Universidad

oficial o privada, legalmente reconocida.2) Ser mayor de edad.3) Tener dos años de ejercicio de la profesión o

función judicial, como mínimo.4) Ser nativo o naturalizado, con tres años de

ejercicio de la ciudadanía. (Art. 79, Inc. b) Ley2430.)

– Secretario de Primera Instancia:1) Título de abogado, expedido por Universidad

oficial o privada, legalmente reconocida.2) Ser mayor de edad.3) Tener como mínimo un año de ejercicio de la

profesión o función judicial, entendiéndose comotal la pertenencia al Poder Judicial, cualquiera seala categoría y escalafón de revista.

4) Ser nativo o naturalizado con tres años de ejerciciode la ciudadanía. (Arts. 79, Inc. c) Ley 2430.)

Plazo de Presentación: Hasta el 27/8/99 a las 13horas en la sede del Superior Tribunal de Justicia.

Bases Generales:a) Solicitud de inscripción con la debida

especificación del o los cargo/s, y lugar para el/los que se postula y demás recaudos (nombres,apellido, documento de identidad, domicilio real,teléfono, datos de enrolamiento, estudios cursadosy títulos obtenidos; acompañando fotocopiasautenticadas de la documentación que acrediteidentidad, títulos y antecedentes laborales).

b) Las designaciones quedan sujetas a la aprobacióndel examen psicofísico pertinente.

c) Examen psicofísico obligatorio con posterioridada la designación.

d) No se aceptarán inscripciones vía Fax.e) La Nota de Presentación y el Currículum deberán

presentarse en original y copia.f) Las solicitudes que no se ajusten a lo dispuesto

precedentemente, no serán tenidas en cuenta y nose dará lugar a tramitaciones suplementarias.

g) La documentación deberá ser retirada por lospostulantes no designados, en el término de sesenta(60) días de efectuadas las designaciones por partedel Superior Tribunal de Justicia, caso contrario,se destruirá.

h) Declaración jurada, de no estar incurso en ningunade las inhabilidades establecidas por laConstitución Provincial.

i) Deberá consignarse en la Nota de Presentación sies o no jubilado o retirado.

Demás Informes e Inscripciones: Dirigirsepersonalmente o por correspondencia al Superior Tri-bunal de Justicia, Secretaría Nº 5, Laprida 292, C.P.8500, Viedma (Río Negro), Teléfono (02920)425001,Interno 221.

Stella Latorre, Secretaria - Consejo de laMagistratura.

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EDICTOS DE MINERIA–––

Provincia de Río NegroMinisterio de Economía

DIRECCIÓN DE MINERÍA

Manifestación de descubrimiento de Oro diseminadodenominada “Cuya Sur”, presentada por Arminex S.A.,ubicada en el Departamento 25 de Mayo, Provincia deRío Negro, Expediente 23.105-M-99.-

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla “Los Menucos” correspondiente a lacarta IGM 4169-II.- El Punto de Descubrimiento quedadeterminado por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Inchauspe: X= 5462000 Y= 2540000.-El Area de Reserva adopta forma rectangular de 2.900has., incluye al PD y sus vértices quedan difinidos porlas siguientes coordenadas:

Vértice 1: X= 5464000 Y= 2537000Vértice 2: X= 5464000 Y= 2543000Vértice 3: X= 5465000 Y= 2543000Vértice 4: X= 5465000 Y= 2544000Vértice 5: X= 5460000 Y= 2544000Vértice 6: X= 5460000 Y= 2537000Se localiza en los lotes 100 y 99 de la Sección III del

Dpto. 25 de Mayo.- Afecta parte de las parcelas 14-1-210170/290150/250290/295255.- Correspondeordenar el registro y publicaciones conforme al art. 77ºde la Ley 2871.- Registro Protocolar.- Viedma, 29/06/99.- Registrese en el Protocolo de Minas, publíqueseel registro en el Boletín Oficial por tres veces en eltérmino de quince días y acredite el peticionante en eltérmino de treinta días desde la notificación de la presente, haber efectuado la publicación ordenada, bajoapercibimiento de declarar caducos sus derechos.-Notifíquese.- Toda oposición que se promueva en las

cuestiones de competencia de la Autoridad Minera, ysiempre que no exista disposición expresa, deberáinterpornerse dentro de los quince días siguientes a lanotificación ó de la última publicación de edictos, segúncorresponda.- (art. 303º Ley 2871).- Las personas quese crean con derecho a un descubrimiento manifestadopor otro, deben deducir sus pretenciones dentro de lossesenta días siguientes al de la última publicación (art.66º Código de Minería).- Fdo. Lic. Carmen Wagner,Directora de Minería, Autoridad Minera de PrimeraInstancia.- María Cecilia Leiva, Escribana de Minas -Dirección de Minería.-

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Manifestación de descubrimiento de Oro diseminadodenominada “Cuya Norte”, presentada por ArminexS.A., ubicada en el Departamento 25 de Mayo, Provinciade Río Negro, Expediente 23.106-M-99.-

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla “Los Menucos” correspondiente a lacarta IGM 4169-II.- Se localiza en partes de los lotes 80y 81 de la Sección III, del Dpto. 25 de Mayo.-Correspondería a parte de las parcelas 14-2-420830/14-1-550200/420300.- El Punto de Descubrimiento quedadeterminado por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Inchauspe: X= 5475000 Y= 2539000.-El Area de Reserva adopta forma rectan gular de 3.250has., de superficie y sus vértices son:

Vértice 1: X= 5478000 Y= 2536000Vértice 2: X= 5478000 Y= 2542000Vértice 3: X= 5473000 Y= 2542000Vértice 4: X= 5473000 Y= 2536000Corresponde ordenar el registro y publicaciones

conforme al art. 77º de la Ley 2871.- RegistroProtocolar.- Viedma, 16/06/99.- Registrese en elProtocolo de Minas, publíquese el registro en el BoletínOficial por tres veces en el término de quince días yacredite el peticionante en el término de treinta días desdela notificación de la presente , haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos.- Notifíquese.- Toda oposición quese promueva en las cuestiones de competencia de laAutoridad Minera, y siempre que no exista disposiciónexpresa, deberá interpornerse dentro de los quince díassiguientes a la notificación ó de la última publicación deedictos, según corresponda.- (art. 303º Ley 2871).- Laspersonas que se crean con derecho a un descubrimientomanifestado por otro, deben deducir sus pretencionesdentro de los sesenta días siguientes al de la últimapublicación (art. 66º Código de Minería).- Fdo. Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia.- María Cecilia Leiva,Escribana de Minas - Dirección de Minería.-

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Manifestación de descubrimiento de Oro diseminadodenominada “El Padre”, presentada por Arminex S.A.,ubicada en el Departamento 9 de Julio, Provincia deRío Negro, Expediente 23.107-M-98.-

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla “Valcheta” correspondiente a la cartaIGM 4166-I.- Se localiza en parte de los lotes 65 y 76de la Sección II del Dpto. 9 de Julio respectivamente.-Corresponde a parte de las parcelas 15-3-490690/550780/400680.- El Punto de Descubrimiento quedadeterminado por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Inchauspe: X= 5481800 Y= 3422600.-El Area de Reserva adopta forma rectangular de 3.600has., de superficie y sus vértices son:

Vértice 1: X= 5485000 Y= 2420000Vértice 2: X= 5485000 Y= 3426000Vértice 3: X= 5479000 Y= 3420000Vértice 4: X= 5479000 Y= 3426000Corresponde ordenar el registro y publicaciones

conforme al art. 77º de la Ley 2871.- RegistroProtocolar.- Viedma, 16/06/99.- Registrese en elProtocolo de Minas, publíquese el registro en el BoletínOficial por tres veces en el término de quince días yacredite el peticionante en el término de treinta días desde

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16Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

la notificación de la presente , haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos.- Notifíquese.- Toda oposición quese promueva en las cuestiones de competencia de laAutoridad Minera, y siempre que no exista disposiciónexpresa, deberá interpornerse dentro de los quince díassiguientes a la notificación ó de la última publicación deedictos, según corresponda.- (art. 303º Ley 2871).- Laspersonas que se crean con derecho a un descubrimientomanifestado por otro, deben deducir sus pretencionesdentro de los sesenta días siguientes al de la últimapublicación (art. 66º Código de Minería).- Fdo. Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia.- María Cecilia Leiva,Escribana de Minas - Dirección de Minería.-

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Manifestación de descubrimiento de Oro diseminadodenominada “Puesto Sur”, presentada por Arminex S.A.,ubicada en los Departamentos 25 de Mayo y 9 de Julio,Provincia de Río Negro, Expediente 23.108-M-98.-

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla “Maquinchao” correspondiente a lacarta IGM 4169-IV.- Se localiza en partes de los lotes10 de la Sección VII y 1 de la Sección VI, de los Dptos.25 de Mayo y 9 de Julio respectivamente.-Correspondería a parte de las parcelas 23-2-740900/740950/800930 y 24-1-660180/790140.- El Punto deDescubrimiento queda determinado por las siguientescoordenadas Gauss-Krüger, Sistema Inchauspe: X=5440000 Y= 2576000.- El Area de Reserva adoptaforma rectangular de 3.200 has., de superficie y susvértices son:

Vértice 1: X= 5442000 Y= 2574000Vértice 2: X= 5442000 Y= 2582000Vértice 3: X= 5438000 Y= 2574000Vértice 4: X= 5438/000 Y= 2582000Corresponde ordenar el registro y publicaciones

conforme al art. 77º de la Ley 2871.- RegistroProtocolar.- Viedma, 16/06/99.- Registrese en elProtocolo de Minas, publíquese el registro en el BoletínOficial por tres veces en el término de quince días yacredite el peticionante en el término de treinta días desdela notificación de la presente , haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos.- Notifíquese.- Toda oposición quese promueva en las cuestiones de competencia de laAutoridad Minera, y siempre que no exista disposiciónexpresa, deberá interpornerse dentro de los quince díassiguientes a la notificación ó de la última publicación deedictos, según corresponda.- (art. 303º Ley 2871).- Laspersonas que se crean con derecho a un descubrimientomanifestado por otro, deben deducir sus pretencionesdentro de los sesenta días siguientes al de la últimapublicación (art. 66º Código de Minería).- Fdo. Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia.- María Cecilia Leiva,Escribana de Minas - Dirección de Minería.-

–oOo–Manifestación de descubrimiento de Oro diseminado

denominada “Puesto Norte”, presentada por ArminexS.A., ubicada en los Departamentos 25 de Mayo y 9 deJulio, Provincia de Río Negro, Expediente 23.109-M-98.-

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla “Maquinchao” correspondiente a lacarta IGM 4169-IV.- Se localiza en partes de los lotes105 y 106 de la Sección III del Dpto. 25 de Mayo y 9 deJulio respectivamente.- Corresponde a parte de lasparcelas 14-1-050750/080700/140780/090760 y 15-4-350080.- El Punto de Descubrimiento quedadeterminado por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Inchauspe: X= 5450000 Y= 2576000.-El Area de Reserva adopta forma rectangular de 3.200has., de superficie y sus vértices son:

Vértice 1: X= 5452000 Y= 2574000Vértice 2: X= 5452000 Y= 2582000Vértice 3: X= 5448000 Y= 2574000Vértice 4: X= 5448000 Y= 2582000

Corresponde ordenar el registro y publicacionesconforme al art. 77º de la Ley 2871.- RegistroProtocolar.- Viedma, 28/06/99.- Registrese en elProtocolo de Minas, publíquese el registro en el BoletínOficial por tres veces en el término de quince días yacredite el peticionante en el término de treinta días desdela notificación de la presente , haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos.- Notifíquese.- Toda oposición quese promueva en las cuestiones de competencia de laAutoridad Minera, y siempre que no exista disposiciónexpresa, deberá interpornerse dentro de los quince díassiguientes a la notificación ó de la última publicación deedictos, según corresponda.- (art. 303º Ley 2871).- Laspersonas que se crean con derecho a un descubrimientomanifestado por otro, deben deducir sus pretencionesdentro de los sesenta días siguientes al de la últimapublicación (art. 66º Código de Minería).- Fdo. Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia.- María Cecilia Leiva,Escribana de Minas - Dirección de Minería.-

–oOo–Manifestación de descubrimiento de Oro diseminado

denominada “Cuya Oeste”, presentada por ArminexS.A., ubicada en el Departamento 25 de Mayo, Provinciade Río Negro, Expediente 23.110-M-99.-

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla “Los Menucos” correspondiente a lacarta IGM 4169-II.- Se localizaría en partes de los lotes81 y 100 de la Sección III del Dpto. 25 de Mayo.- Afectaparte de las parcelas 14-2-420830 y 14-1-290150.- ElPunto de Descubrimiento queda determinado por lassiguientes coordenadas Gauss-Krüger, SistemaInchauspe: X= 5463000 Y= 2535000.- El Area deReserva adopta forma rectangular de 2.100 has., desuperficie y sus vértices quedan definidos por lassiguientes coordenadas:

Vértice 1: X= 5469000 Y= 2534000Vértice 2: X= 5469000 Y= 2537000Vértice 3: X= 5462000 Y= 2534000Vértice 4: X= 5462000 Y= 2537000Corresponde ordenar el registro y publicaciones

conforme al art. 77º de la Ley 2871.- RegistroProtocolar.- Viedma, 29/06/99.- Registrese en elProtocolo de Minas, publíquese el registro en el BoletínOficial por tres veces en el término de quince días yacredite el peticionante en el término de treinta días desdela notificación de la presente , haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos.- Notifíquese.- Toda oposición quese promueva en las cuestiones de competencia de laAutoridad Minera, y siempre que no exista disposiciónexpresa, deberá interpornerse dentro de los quince díassiguientes a la notificación ó de la última publicación deedictos, según corresponda.- (art. 303º Ley 2871).- Laspersonas que se crean con derecho a un descubrimientomanifestado por otro, deben deducir sus pretencionesdentro de los sesenta días siguientes al de la últimapublicación (art. 66º Código de Minería).- Fdo. Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia.- María Cecilia Leiva,Escribana de Minas - Dirección de Minería.-

–oOo–Manifestación de descubrimiento de Oro diseminado

denominada “Caltruña”, presentada por Arminex S.A.,ubicada en el Departamento 25 de Mayo, Provincia deRío Negro, Expediente 24.012-M-99.-

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla “Maquinchao” correspondiente a lacarta IGM 4169-IV.- El Punto de Descubrimiento quedadeterminado por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Inchauspe: X= 5450000 Y= 2572000.-El Area de Reserva adopta forma rectangular de 3200has., incluye al PD y sus vértices quedan definidos porlas siguientes coordenadas:

Vértice 1: X= 5456000 Y= 2570000Vértice 2: X= 5456000 Y= 2574000Vértice 3: X= 5448000 Y= 2570000Vértice 4: X= 5448000 Y= 2574000

Se localiza en los lotes 104 y 105 de la Sección IIIdel Dpto. 25 de Mayo.- Afecta parte de las parcelas14-1-150620/100630/080700/050750/230760.-Corresponde ordenar el registro y publicacionesconforme al art. 77º de la Ley 2871.- RegistroProtocolar.- Fdo.Rubén José Otazú RegistroProtocolar.- Viedma, 29/06/99.- Registrese en elProtocolo de Minas, publíquese el registro en el BoletínOficial por tres veces en el término de quince días yacredite el peticionante en el término de treinta díasdesde la notificación de la presente , haber efectuadola publicación ordenada, bajo apercibimiento dedeclarar caducos sus derechos.- Notifíquese.- Todaoposición que se promueva en las cuestiones decompetencia de la Autoridad Minera, y siempre queno exista disposición expresa, deberá interpornersedentro de los quince días siguientes a la notificación óde la última publicación de edictos, según corresponda.-(art. 303º Ley 2871).- Las personas que se crean conderecho a un descubrimiento manifestado por otro,deben deducir sus pretenciones dentro de los sesentadías siguientes al de la última publicación (art. 66ºCódigo de Minería).- Fdo. Lic. Carmen Wagner,Directora de Minería, Autoridad Minera de PrimeraInstancia.- María Cecilia Leiva, Escribana de Minas -Dirección de Minería.-

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Manifestación de descubrimiento de Orodiseminado denominada “Mariposa”, presentada porArminex S.A., ubicada en los Departamentos 25 deMayo y 9 de Julio, Provincia de Río Negro, Expediente24.013-M-99.-

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla “Maquinchao” correspondiente a lacarta IGM 4169-IV.- El Punto de Descubrimiento quedadeterminado por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Inchauspe: X= 5454000 Y= 2577000.-El Area de reserva adopta forma rectangular de 3200has..- Incluye al PD y sus vértices quedan difinidos porlas siguientes coordenadas:

Vértice 1: X= 5456000 Y= 2574000Vértice 2: X= 5456000 Y= 2582000Vértice 3: X= 5452000 Y= 2574000Vértice 4: X= 5452000 Y= 2582000Se localiza en los lotes 105 y 106 de la Sección III

de los Dptos. 9 de Julio y 25 de Mayo.- Afecta parte delas sparcelas 14-1-230760/150780 y 15-4-350080.-Corresponde ordenar el registro y publicacionesconforme al art. 77º de la Ley 2871.- RegistroProtocolar.- Viedma, 30/06/99.- Regístrese en elProtocolo de Minas, publíquese el registro en el BoletínOficial por tres veces en el término de quince días yacredite el peticionante en el término de treinta días desdela notificación de la presente , haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos.- Notifíquese.- Toda oposición quese promueva en las cuestiones de competencia de laAutoridad Minera, y siempre que no exista disposiciónexpresa, deberá interpornerse dentro de los quince díassiguientes a la notificación ó de la última publicación deedictos, según corresponda.- (art. 303º Ley 2871).- Laspersonas que se crean con derecho a un descubrimientomanifestado por otro, deben deducir sus pretencionesdentro de los sesenta días siguientes al de la últimapublicación (art. 66º Código de Minería).- Fdo. Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia.- María Cecilia Leiva,Escribana de Minas - Dirección de Minería.-

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Liberación de Zona de Permisos de Cateo paraSustancias Minerales de Primera Categoría

La Autoridad Minera hace saber que se ha dispuestola liberación de zona del exspediente que a continuaciónse detalla y en el cual rige lo dispuesto por el art. 40 dela Ley 2871 y el art. 30 del Código de Minería:

1.- Expte. Nº 20.151-M-95:

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17Viedma, 12 de agosto de 1999 BOLETIN OFICIAL N° 3702

Superficie Liberada: 2.000 has.- Cuyos vérticesse definen por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger,Sistema Inchauspe:

Y(E-O) X(N-S)Vértice 1 = 2604056 5463439Vértice 2 = 2604056 5460649Vértice 3 = 2609856 5460649Vértice 4 = 2609856 5456139Vértice 5 = 2612256 5456139Vértice 6 = 2612256 5462139

Publíquese por una vez en el Boletín Oficial.- Fdo.Lic. Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia.- María Cecilia Leiva,Escribana de Minas - Dirección de Minería.-

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Manifestación de descubrimiento de Oro, Cobre yotros Diseminados denominada "El Durazno I",presentada por la Empresa Homestake de Argentina S.A.,ubicada en el Departamento Valcheta, Provincia de RíoNegro, Expediente 23.008-M-98.999.

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla "Cona Niyeu" correspondiente a lacarta IGM 4166-III. El punto de Descubrimiento quedadeterminado por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Inchauspe: X= 5402983 Y= 3497561.E1 Area de Reserva adopta forma rectangular de 3.500has, incluye al PD y sus vértices quedan definidos porlas siguientes coordenadas: Vértice 1: X= 5405900 Y=3497059; Vértice 2: X= 5405900 Y= 3500000; Vértice3: X= 5394000 Y= 350000; Vértice 4: X= 5394000Y= 3497059. Se localiza en parte de los lotes 15 y 16de la Fracción A de la Colonia Pastoril Chilavert Dpto.Valcheta. Afecta las parcelas 25-02-380640/390560/310600/310640/200550/220760. Corresponde ordenarel registro y publicacion conforme al art. 77 de la Ley2871.- REGISTRO PROTOCOLAR. Fdo. AnaNeimann. Viedma, 29/07/99. REGISTRESE en elProtocolo de Minas, publíquese el registro en el BoletínOficial por tres veces en el término de quince días yacredite el peticionante en el término de treinta días desdela notificación de la presente, haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos. NOTIFIQUESE. Toda oposiciónque se promueva en las cuestiones de competencia de laAutoridad Minera, y siempre que no exista diposiciónexpresa, deberá interponerse dentro de los quince díassiguientes a la notificación ó de la última publicación deedictos, según corresponda. (art. 303 Ley 2871). Laspersonas que se crean con derecho a un descubrimientomanifestado por otro, deben deucir sus pretensionesdentro de los sesenta días siguientes al de la últimapublicación (art. 66 Código de Minería). Fdo Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia. María Cecilia Leiva,Escribana de Minas.

——Manifestación de descubrimiento de Cobre y Otros

diseminados denominada "La Esperanza I", presentadapor la Empresa W.M.C. (Argentina) inc., ubicada en elDepartamento 25 de Mayo, provincia de Río Negro,Expediente 23.178-M-98.

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla "Los Menucos" correspondiente a lacarta IGM 4169-II. El Punto de Descubrimiento quedadeterminado por las siguientes coordenadas GaussKrüger, Sistema Inchauspe: X= 5528932 Y= 2547642.El Area de Reserva adopta forma rectangular de 6.800has, incluye al PD y sus vértices quedan definidos porlas siguientes coordenadas: Vértice 1: X= 5534000 Y=2543000; Vértice 2: X= 5534000 Y= 2549000; Vértice3: X= 5531000 Y= 2549000; Vértice 4: X= 5531000Y= 2553000; Vértice 5: X= 5526000 Y= 2553000;Vértice 6: X= 5526000 Y= 2543000. Se localiza enparte del lote 22 de la Sección III del Dpto. 25 de Mayo.Afecta las parcelas 14-04-610150/540160/500800/620300/540290/480210/570340/570380. El solicitanteefectuó la cesión de los derechos que sobre el Expte.23.178-M-98 le correspondían a favor de la empresa

MINERA PATAGONIA S.R.L.. El instrumento decesión de tales derechos se encuentra inscripto al TomoXII, bajo el N° 8, Folio 15/21, del Registro de Contratosde Escribania de Minas. Corresponde ordenar el registroy publicaciones conforme al art. 77 de la Ley 2871.-REGISTRO PROTOCOLAR. Fdo. Ana Neimann.Viedma, 26/07/99. REGISTRESE en el Protocolo deMinas, publíquese el registro en el Boletín Oficial portres veces en el término de quince días y acredite elpeticionante en el término de treinta días desde lanotificación de la presente, haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos. NOTIFIQUESE. Toda oposiciónque se promueva en las cuestiones de competencia de laAutoridad Minera, y siempre que no exista disposiciónexpresa, deberá interponerse dentro de los quince díassiguientes a la notificación ó de la última publicación deedictos, según corresponda. (art. 303 Ley 2871). Laspersonas que se crean con derecho a un descubrimientomanifestado por otro, deben deucir sus pretensionesdentro de los sesenta días siguientes al de la últimapublicación (art. 66 Código de Minería).- Fdo Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia. María Cecilia Leiva,Escribana de Minas.

——Manifestación de descubrimiento de Oro, Cobre y

Otros deseminados denominado "Puntudo I", presentadapor la Empresa W.M.C. (Argentina) inc., ubicada en elDepartamento Valcheta, provincia de Río Negro,Expediente 22.121-M-97.

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla "Cona Niyeu" correspondiente a lacarta IGM 4166-III. El Punto de Descubrimiento quedadeterminado por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Inchauspe: X= 5399385 Y= 3472870.El Area de Reserva adopta forma rectangular de 6.400has, incluye al PD y sus vértices quedan definidos porlas siguientes coordenadas: Vértice 1: X= 5402000 Y=347000; Vértice 2: X= 5402000 Y= 3478000; Vértice3: X= 5394000 Y= 3478000; Vértice 4: X= 5394000Y= 3470000. Se localiza en parte de las leguas a,b,c,ddel lote 18 y parte de las leguas b,c del lote 19, ambos dela Fracción de la Colonia Pastoril Chilavert Dpto.Valcheta. Afecta las parcelas 25-02-205210/205340/280200/285345 /302258/305297 y 25-06-910750. Elsolicitante efectuó la cesión de los derechos que sobre elExpte. 22.121-M-97 le correspondían a favor de laempresa MINERA PATAGONIA S.R.L.. El instrumentode cesión de tales derechos se encuentra inscripto al TomoXII, bajo el N° 8, Folio 15/21, del Registro de Contratosde Escribanía de Minas. Corresponde ordenar registro ypublicaciones conforme al art. 77 de la Ley 2871.REGISTRO PROTOCOLAR. Fdo. Ana Neimann.Viedma, 28/07/99.- REGISTRESE en el Protocolo deMinas, publíquese el registro en el Boletín Oficial portres veces en el término de quince días y acredite elpeticionante en el término de treinta días desde lanotificación de la presente, haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos. NOTIFIQUESE. Toda oposiciónque se promueva en las cuestiones de competencia de laAutoridad Minera, y siempre que no exista disposiciónexpresa, deberá interponerse dentro de los quince díassiguientes a la notificación ó de la última publicación deedictos, según corresponda. (art. 303 Ley 2871). Laspersonas que se crean con derecho a un descubrimientomanifestado por otro, deben deucir sus pretensionesdentro de los sesenta días siguientes al de la últimapublicación (art. 66 Código de Minería). Fdol Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia. María Cecilia Leiva,Escribana de Minas.

——Manifestación de descubrimiento de Cobre y Otros

deseminados denominada "Lagunitas I", presentada porla Empres W.M.C. (Argentina) inc., ubicada en elDepartamento 25 de Mayo, provincia de Río Negro,Expediente 23.177-M-98.

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla "Los Menucos" correspondiente a lacarta IGM 4169-II. E1 Punto de Descubrimiento quedadeterminado por las siguientes coordenadas Gauss-Krüger, Sistema Inchauspe: X= 5482435 Y= 2543269.E1 Area de Reserva adopta forma rectangular de 6.000has, incluye al PD y sus vértices quedan definidos porlas siguientes coordenadas: Vértice 1: X= 5485000 Y=2542500; Vértice 2: X= 5485000 Y= 2547500; Vértice3: X= 5473000 Y= 2547500; Vértice 4: X= 5473000Y= 2542500. Se localiza en parte de los lotes 79, 80, 81y 82 de la Sección III del Dpto. 25 de Mayo. Afecta lasparcelas 14-01-630250/550200/420300. E1 solicitanteefectuó la cesión de los derechos que sobre el Expte.23.177-M-98 le correspondían a favor de la empresaMINERA PATAGONIA S.R.L.. El instrumento decesión de tales derechos se encuentra inscripto al TomoXII, bajo el N° 8, Folio 15/21, del Registro de Contratosde Escribania de Minas. Corresponde ordenar el registroy publicaciones conforme al art 77 de la Ley 2871.REGISTRO PROTOCOLAR. Fdo. Ana Neimann.Viedma, 26107199. REGISTRESE en el Protocolo deMinas, publíquese el registro en el Boletín Oficial portres veces en el término de quince días y acredite elpeticionante en el término de treinta días desde lanotificación de la presente, haber efectuado lapublicación ordenada, bajo apercibimiento de declararcaducos sus derechos. NOTIFIQUESE. Toda oposiciónque se promueva en las cuestiones de competencia de laAutoridad Minera, y siempre que no exista disposiciónexpresa, deberá interponerse dentro de los quince díassiguientes a la notificación ó de la última publicación deedictos, según corresponda. (art. 303 Ley 2871). Laspersonas que se crean con derecho a un descubrimientomanifestado por otro, deben deucir sus pretensionesdentro de los sesenta días siguientes al de la últimapublicación (art. 66 Código de Minería). Fdo Lic.Carmen Wagner, Directora de Minería, AutoridadMinera de Primera Instancia. María Cecilia Leiva,Escribana de Minas.

——

Manifestación de descubrimiento de Oro, Cobre yOtros diseminados denominada "Salitral I", presentadapor la Empresa W.M.C. (Argentina) inc., ubicada en elDepartamento Valcheta, provincia de Río Negro,Expediente 22.109-M-97.

Ha quedado ubicada en los planos de RegistroGráfico en la grilla "Cona Niyeu" correspondiente ala carta IGM 4166-III.- E1 Punto de Descubrimientoqueda determinado por las siguientes coordenadasGaussKruger, Sistema Inchauspe: X= 5386523 Y=3488241.- E1 Area de Reserva adopta forma rectan-gular de 3.250 has, incluye al PD y sus vértices quedandefinidos por las siguientes coordenadas: Vértice 1:X= 5388000 Y= 3485000; Vértice 2: X= 5388000Y= 3490000; Vértice 3: X= 5381500 Y= 3490000;Vértice 4: X= 5381500 Y= 3485000.- Se localiza enparte del lote 4 de la Fracción B, parte del lote 24 dela Fracción A, ambos de la Colonia Pastoril Chilavert.-Afecta la parcela 25-05-600100.- E1 solicitanteefectuó la cesión de los derechos que sobre el Expte.22.109-M-97 le correspondían a favor de la empresaMINERA PATAGONIA S.R.L..- E1 instrumento decesión de tales derechos se encuentra inscripto al TomoXII, bajo el N° 8, Folio 15/21, del Registro deContratos de Escribanía de Minas.Correspondeordenar el registro y ublicaciones conforme al art 77°de la Ley 2871.- REGISTRO PROTOCOLAR.- Fdo.Ana Neimann. Viedma, 28107199.- REGISTRESEen el Protocolo de Minas, publíquese el registro en elBoletín Oficial por tres veces en el término de quincedías y acredite el peticionante en el término de treintadías desde la notificación de la presente, haberefectuado la publicación ordenada, bajoapercibimiento de declarar caducos sus derechos.-NOTIFIQUESE.- Toda oposición que se promuevaen las cuestiones de competencia de la AutoridadMfinera, y siempre que no exista disposición expresa,

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18Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

deberá interponerse dentro de los quince díassiguientes a la notificación ó de la última publicaciónde edictos, según corresponda. (art. 303 Ley 2871).Las personas que se crean con derecho a undescubrimiento manifestado por otro, deben deucir suspretensiones dentro de los sesenta días siguientes alde la última publicación (art. 66 Código de Minería).Fdo Lic. Carmen Wagner, Directora de Minería,Autoridad Minera de Primera Instancia. María CeciliaLeiva, Escribana de Minas.

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EDICTOS DE MENSURA——

Comunico a linderos e interesados, que el día 17de agosto de 1999 a las 9 horas, iniciaré la mensura dedeslinde y amojonamiento de la Parcela 01, Chacra004, Sección J, Departamento Adolfo Alsina (Exp.Tierras 16077-93), cuyo ocupante es Juan PedroHerrero. Partiré del esquinero N.O. - AgrimensorMarcelo Minichelli, Matrícula A-3037-1, dom.Rivadavia 747, Viedma, R.N.

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Comunico a linderos e interesados que el día 14 deagosto de 1999, a las 11 horas iniciaré la mensura dedeslinde y amojonamiento de parte del lote 89, SecciónI, Departamento Valcheta (Expte. Tierras 5203-98),cuyo ocupante es el Sr. Jorge Oscar Galván. Partiré delpunto medio del lado Este, vértice común de losDuplicados 2095 y 3040. Agrimensor MarceloMinichelli, Matrícula A-3037-1, dom. Rivadavia 747,Viedma, R.N.

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EDICTO I.P.P.V.–––

Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACIONY PROMOCION DE LA VIVIENDA

El Instituto de Planificación y Promoción de laVivienda intima al Sr. Alberto Rubén Arca (DNI. Nº5.489.020) a ocupar la Unidad Habitacional identificadacomo Esc. 12, S.p. Dpto. “B”, correspondiente al Plan588 Viviendas, de la ciudad de Viedma, con el grupofamiliar que motivó la adjudicación de la misma, y a lacancelación total de la deuda que mantiene con esteInstituto. Plazo cinco (5) días. Caso contrario, antenegativa expresa o tácita, se iniciarán trámites dedesadjudicación y desalojo inmediato.- Queda Ud.debidamente notificado.- Camilo Baglietto, Director deAccón Social - IPPV.

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NOMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS

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Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACION Y

PROMOCION DE LA VIVIENDA

PLAN: 80 Viviendas FO.NA.VI.-LOCALIDAD: Ingeniero Jascobacci.-

ADJUDICATARIO DE DOS DORMITORIOSLuis Alejandro Ramallo DNI. 18.086.737.-María Viviana Palavecino DNI. 21.974.369.-

Se informa que a partir de la presente, quedaabierto el periódo de impugnaciones durante diezdías corrido.- Quién considere necesario impugnar,lo harán por nota y duplicado dirigido al Sr.Interventor del I.P.P.V, invocando la causal quemotiva dicha impugnación con aclaración deApellido y Nombre, Número de Documento yDomicilio.-

SECCION JUDICIAL

EDICTOS–––

El Dr. Pablo Estrabou, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº 2, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, de la Dra. AnalíaCufré, notifica a Carlos Alberto Martínez, de la resoluciónrecaida en autos caratulados: “Riquelme Daniel y Otross/Lesiones Leves” (Expte. Nº 24608/98), cuya partepertinente se transcribe y dice: “//ma, 7 de abril de 1999.…Archivar parcialmente las presentes actuaciones enrelación a …, y a Carlos Alberto Martínez, por lasconsideraciones expuestas (apartado 3 del Art. 187 delC.P.P.).- … Fdo.: Dr. Pablo Estrabou, Juez.- Ante mí: Dra.Analía Cufré”.- Secretaría, 8 de julio de 1999.- Dra.Analía Cufré, Secretaria.

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El Dr. Guillermo Leskovar Garrigós, Juez a cargodel Juzgado de Instrucción Nro. 10, de la SegundaCircunscripción Judicial, con asiento en la ciudad deGeneral Roca, Río Negro, Secretaría del Dr. DanielTobares, cita y emplaza por el término de cinco días aHoracio Reynaldo Salas, argentino, casado, docente,nacido en Paraná, Entre Ríos, el 10/10/51, con últimodomicilio conocido en calle Irigoyen 1842 o Planas 739,1º piso, Dpto. “C”, de Cipolletti (R.N.), para quecomparezca ante este Tribunal dentro de dicho términoa fin de prestar declaración indagatoria en la Causa Nº22.505/98, caratulada: “Escudero, Mónica Graciela s/Dcia. Violación de Dcio. …”, bajo apercibimiento deser declarado rebelde y ordenar su inmediata detención.-Fdo.: Dr. Guillermo Leskovar Garrigós, Juez. Ante mí:Dr. Daniel Tobares, Secretario.- Publíquese por cincodías.- Secretaría, 26 de julio de 1999.- Dr. DanielTobares, Secretario.

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El Dr. Pablo Estrabou, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 3 del Dr. GustavoAriel Legaz, notifica a Ariel Alejandro Atampiz de laresolución recaída en autos caratulados “Atampiz, ArielAlejandro s/Robo” Expte. Nº 24.503/98, cuya partepertinente se transcribe y dice: “///- MA, 07 de Julio de1999. Autos y Vistos: ... Resuelve: Art. 1º.- Sobreseertotalmente en la presente causa a Ariel AlejandroAtampiz, de condiciones personales ya relacionadas, enorden al hecho que se le endilgaba. (Art. 305 y 307,inciso primero, segundo supuesto del C.P.P.). Art. 2do.-Declarar que la iniciación del presente proceso no afectael buen nombre y honor del que hubiere gozado elnombrado. Fdo. Dr. Pablo Estrabou -Juez- Ante mí Dr.Gustavo Ariel Legaz, Secretario. Viedma, 28 de juliode 1999. Dr. Gustavo Ariel Legaz, Secretario.

–oOo–

El Dr. Pablo Estrabou, Juez a cargo del Juzgadode Instrucción Nº II, con asiento en la ciudad deViedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 3 delDr. Gustavo Ariel Legaz, notifica a Ariel AlejandroAtampiz de la resolución recaída en autos caratulados“Atampiz, Ariel Alejandro s/Robo” Expte. Nº 24.519/98, cuya parte pertinente se transcribe y dice: “///-MA, 07 de Julio de 1999. Autos y Vistos: ... Resuelve:Art. 1º.- Sobreseer totalmente en la presente causa aAriel Alejandro Atampiz, de condiciones personalesya relacionadas, en orden al hecho que se le endilgaba.(Art. 305 y 307, inciso primero, segundo supuestodel C.P.P.). Art. 2do.- Declarar que la iniciación delpresente proceso no afecta el buen nombre y honordel que hubiere gozado el nombrado. Fdo. Dr. PabloEstrabou -Juez- Ante mí Dr. Gustavo Ariel Legaz,Secretario. Viedma, 28 de julio de 1999. Dr. GustavoAriel Legaz, Secretario.

///MA, 28 de mayo de 1999, Autos y Vistos: ... De laque Resulta: .. y Considerando: ... Resuelve: I) PrimerHecho: Sobreseer parcialmente en al presente causa deCelso Alejandro Rodríguez Aguilera, ya filiado, enrelación a los hechos Primero y Segundo que se leendilgaban calificados respectivos como “Infracción Art.33 Dcto. Ley 6582/58” y “Hurto Simple en grado deTentativa” (CP. 162 y 42), por aplicación del art. 307inc. 1º, segundo supuesto e inciso 4º del CPP. II) Declararcon respecto al primer suceso que la iniciación delpresente proceso no afecta el buen nombre y honor delque hubiere gozado el prevenido. III) ... Fdo.: Dr. VíctorRamírez Cabrera - Juez - Dr. Marcelo Alvarez,Secretario.

–oOo–“Mazzina, Gervasios/Denuncia”, (Expte. Nº 232/99),

que en su parte pertinente dice: “Viedma, 27 de mayo de1999. Autos y Vistos: ... De la Resulta: ... y Considerando:... Resuelve: I) ... II) Hágase entrega la denunciante deautos del elemento secuestrado en la causa (fs. 20) en elmismo carácter en que lo detentaba con anterioridad a lainiciación del presente. Regístrese, protocolícese y hágasesaber. Fdo. Víctor O. Ramírez Cabrera - Juez- Ante mí:Marcelo Alvarez, Secretario”.

–oOo–El Dr. Jorge Serra, Juez a cargo del Juzgado de

Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de MineríaNro. Uno, de la IIIa. Circunscripción Judicial de RíoNegro, con asiento en esta localidad de San Carlos deBariloche, Secretaría Nro. Uno, del Dr. Cristian TauAnzoátegui, cita y emplaza por treinta días a herederosy acreedores de los Sres. Alberto Letier y Herminia LópezIglesias de Letier, en autos: “Letier Alberto y LópezIglesias de Letier, Herminia s/Sucesión” (Expte. Nº 571-292-99), para que se presenten a estar a derecho.-Publíquese por tres días.- Secretaría, 28 de mayo de1998.- Cristian Tau Anzoátegui, Secretario.

–oOo–El Dr. Carlos M. Cuellar, Juez en autos: “Vázquez

Manuel F. N. s/Sucesión ab intestato” Expte. Nº 16129-212/99 en trámite ante el Juzgado Letrado de PrimeraInstancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nro. Tres,de la III Circunscripción Judicial de la Provincia de RíoNegro, sito en Pje. Juramento 190, 4º piso, de Bariloche,Secretaría Nro. Cinco, cita y emplaza por 30 días aherederos y acreedores de Manuel Felipe Neri Vázquez.-Publíquese por tres días.- S. C. de Bariloche, junio de1999.- Santiago Victorio Morán, Secretario.

–oOo–El Juez a cargo del Juzgado Letrado en lo Civil,

Comercial y de Minería Nº 31, Dr. Carlos Vila, SecretaríaCivil, de la Dra. Rita A. Lucía, con asiento en Choele Choel,cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores deDn. Felipe García, para que se presenten a hacer valer susderechos en los autos: “García, Felipe s/Sucesión” (Expte.Nº 3578-98).- Choele Choel, 29 de junio de 1999.- Rita A.Lucía, Secretaria.

–oOo–El Dr. Orlando Coscia, Subrogante, Juez a cargo del

Juzgado de Instrucción Nro. Doce, con asiento en laciudad de General Roca, Provincia de Río Negro,Secretaría de la Dra. Ana María Curci de Sartor, a los… días del mes de julio de 1999, cita y emplaza a DanielAlejandro Sede, último domicilio conocido en IngenieroMaswich, de la Provincia de Buenos Aires, a que esté aderecho en estos Autos Nº 28469-bis-98, causacaratulada “Arana Jorge Omar s/Denuncia Ptas.Amenazas”, en los que se investiga el delito deAmenazas, dentro del quinto día a partir de la últimapublicación del presente, a fin de prestar declaraciónindagatoria, bajo apercibimiento de declararse surebeldía, en caso de incomparencia injustificada.-Publíquese por cinco días.- Secretaría, 26 de julio de1999.- Ana María Curci de Sartor, Secretaria.

–oOo–

La Dra. Mercedes Laplacette de Rezaval, Juez a cargodel Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Nº 5,Secretaría Nº 6 de General Roca, cita y emplaza por

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19Viedma, 12 de agosto de 1999 BOLETIN OFICIAL N° 3702

Treinta días a herederos y acreedores de AlbertoConstantini Ciuccoli y Palma Angelone a estar a derechoen autos caratulados "Ciuccoli, Alberto Constantini yAngelone, Palma s/Sucesión" (Expte. Nº 24135-VI-99).Publíquese por tres días en el Boletín Oficial. GeneralRoca, 29 de junio de 1999. Richar F. Gallego, Secretario.

–oOo–El Dr. Fermín Donate, Juez en lo Civil, Comercial y

de Minería Nº 1, de Viedma, Río Negro, Secretaría Nº1, a cargo de la Dra. Cecilia Cabello, en autoscaratulados: “Fagés, Carlos Luis s/Ausencia porDesaparición Forzada y Declaración de Causa-Habientes” (Expte. Nº 701/96/1), cita por el término detreinta (30) días, a quienes se consideren con derecho aser declarados causa - habientes del Sr. Carlos LuisFagés, a fin de que en dicho plazo se presenten a estar aderecho.- Publíquense edictos por el término de dos (2)días en el Boletín Oficial.- Secretaría. Viedma, 27 dejulio de 1999.- Cecilia T. Cabello, Secretaria.

–oOo–Dr. Jorge A. Serra, Juez a cargo del Juzgado Letrado

Ia. Instancia en lo Civil, Comercial y Minería Nro. Uno,de la IIIa. Circunscripción Judicial de Río Negro,Secretaría Nro. Dos del Dr. Manuel Cafferata, sito enPje. Juramento 190, 5º piso, cita y emplaza por treintadías a herederos y acreedores de Dn. Adolfo DomingoSturzenegger y de don Ernesto Albino Sturzenegger enautos "Sturzenegger Adolfo Domingo y SturzeneggerErnesto Albino s/Sucesiones” (Expte. Nº 728-148-99.-Publíquese por tres días.- San Carlos de Bariloche, 29de junio de 1999.- Manuel J. Cafferata, Secretario.

–oOo–El Dr. Guillermo Leskovar Garrigós, Juez a cargo del

Juzgado de Instrucción Nº 10, de la SegundaCircunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Ge-neral Roca, Río Negro, Secretaría del Dr. Daniel Tobares,cita y emplaza por el término de cinco días a Ramón NéstorOmar Pérez, cuyos datos personales se desconocen, conúltimo domicilio conocido en Santa Cruz Nº 673, Bº 827Viviendas, de esta ciudad, para que comparezca ante esteTribunal, dentro de dicho término, a fin de prestardeclaración indagatoria en la Causa Nº 23.480/99,caratulada: “Cárcamo, Alicia s/Dcia.”, bajoapercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar suinmediata detención.- Fdo.: Dr. Guillermo LeskovarGarrigós, Juez. Ante mí: Dra. Gabriela Silvia Labat,Secretaria.- Publíquese por cinco días.- Secretaría, 3 deagosto de 1999.- Dra. Gabriela Silvia Labat, Secretaria.

–oOo–El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de MineríaNro. Siete, Secretaría Nro. Ocho, con asiento defunciones en la ciudad de Cipolletti, Río Negro, cita yemplaza por treinta días a todos los que se considerencon derecho a los bienes dejados por Dn. Carlos RobertoRaggio, para que comparezcan a estar a derecho en au-tos: “Raggio, Carlos Roberto s/Sucesión ab-intstato”(Expte. Nº 14.632-VIII-99).- Cipolletti, 28 de julio de1999.- Norma J. Balboa, Secretaria.

–oOo–El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, a cargo del Juzgado

Civil, Comercial y de Minería Nro. Siete, Secretaría Nro.Ocho, con asiento en la ciudad de Cipolletti, cita yemplaza por treinta (30) días a herederos y acreedoresde Sinando Angel Cherqui, a hacer valer sus derechosen los autos caratulados: “Cherqui, Sinando Angel s/Sucesión ab intestato” (Expte. Nº 14.130-VIII-99).-Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial y diarioRío Negro.- Cipolletti, 29 de junio de 1999.- Norma J.Balboa, Secretaria.

–oOo–Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo del Juzgado en

lo Civil, Comercial y de Minería Uno, de General Roca,Secretaría Dos de la Dra. Cristina Macchi (Subrogante),cita y emplaza por treinta (30) días a herederos yacreedores de Manuel Urán, en autos: “Urán Manuel s/Sucesión”. (Expte. 471-II-99). Publíquense edictos portres (3) días. Secretaría, 28 de julio de 1999.- CristinaB. Macchi, Secretaria

El Dr. Carlos Marcelo Cuellar, Juez Subrogante acargo del Juzgado Letrado de Primera Instancia en loCivil, Comercial y de Minería Nº 1 de la IIIªCircuncripciónJudicialde la Provinciade río Negro, conasiento en Pje. Juramento 190, 4º piso de la localidad deSan Carlos de Bariloche, Secretaría Nº 1 a cargo del Dr.Cristian Tau Anzoátegui, cita por el término de treintadías a herederos, letrados y acredores y todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejados por loscausantes, Enrique Julio Hube y Estelina Fuentealba,dentro de los autos caratulados: “Hube, Enrique Julio yFuentealba Estelina s/Sucesiones”, (Expte. 29-252-99).-Publíquese por tres días.- San Carlos de Bariloche, 10de febrero de 1.999.- Fdo. Dr. Cristian Tau Anzoátegui,Secretario.- Bariloche, 04 de mayo de 1.999.- CristianTau Anzoátegui, Secretario.-

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El Dr. Jorge A. Serra, Juez a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería, N° 1, de la IIIª.Circunscripción Judical de Río Negro, sito en Pje.Juramento 190-5°-piso de S. C. de Bariloche, cita yemplaza por el término de 30 días a herederos yacreedores de Don Benigno Luis Rodriguez Jurado, enautos: "Rodriguez Jurado, Benigno Luis s/ Sucesión",Expte . N° 410-280-99.- Publíquese por tres días.-Secretaría N° 1.- Dr. Cnstian Tau Anzoátegui,Secretario.- San Carlos de Baliloche, 15 de junio de1999.- Manuel J. Cafferata, Secretario.-

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Alejandro Cabral y Vedia, Juez del Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nro. Siete, de la SegundaCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,con asiento de funciones en la ciudad de Cipolletti,Provincia de Río Negro, Secretaría Nro. Siete, a cargode la Dra. Patricia V. Cladera de Rey, cita y emplaza porel término de treinta (30) días a los herederos y acreedoresdel causante en autos: “Castillo, Julio s/Sucesión”(Expte. Nº 14521-VII-99).- Publíquense edictos por eltérmino de tres días en el Boletín Oficial.- Fdo.: AlejandroCabral y Vedia, Juez.- Cipolletti, 5 de julio de 1999.-Patricia V. Cladera de Rey, Secretaria.

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El Dr. Fermín Donate, Juez a cargo del Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nº 1, de la PrimeraCircunscripción Judicial de Río Negro, con asiento enla ciudad de Viedma, Secretaría Nº 1, a cargo de la Dra.Cecilia T. Cabello, cita, llama y emplaza por el términode treinta días a herederos y acreedores de Dn. JuanHuentenao, que se presenten a hacer valer sus derechosen autos: “Huentenao, Juan s/Sucesión” (Expte. Nº 729/99/1).- Publíquese por tres días.- Viedma, agosto de1999.- Dra. Cecilia T. Cabello, Secretaria.

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El Dr. Alejandro Cabral y Vedia, Juez a cargo delJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial yde Minería Nro. Siete, Secretaría Nro. Ocho, deCipolletti, Pcia. de Río Negro, cita y emplaza por treintadías a herederos y acreedores del Sr. Alberto Lizarriaga,en autos “Lizarriaga, Alberto s/Sucesión ab-intestato”(Expte. Nº 14.156-VIII-99).- Publíquense edictos portres (3) días en el Boletín Oficial y diario Río Negro.-Cipolletti, 2 de agosto de 1999.- Dra. Norma J. Balboa,Secretaria.

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La Dra. Mercedes Laplacette de Rezával, Juez acargo del Juzgado Civil y Comercial Nro. cinco,Secretaría Nro. Seis,, sito en Avda. Roca 1047, de laciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, cita yemplaza por treinta días a herederos y acreedores deManuel Silva, L.E. Nº 7.302.939, para que se presentena estar a derecho en autos: “Silva Manuel s/Sucesión”(Expte. Nº 24210.VI-99).- Publíquese edicto por tresdías en el Boletín Oficial.- General Roca, 3 de agosto de1999.- Richar F. Gallego, Secretario.

Por disposición del Dr. Víctor U. Camperi, JuezSubrogante, del Juzgado Civil y Comercial Nro. Cinco,Secretaría Nro. Seis, del Dr. Richar F. Gallego, de laciudad de General Roca, Río Negro, se cita y emplaza aherederos y acreedores de Cándida López, fallecida el 1de noviembre de 1997, por el término de treinta días, aque se presenten a estar a derecho en los autos: “López,Cándida s/Sucesión” (Expte. Nº 24.129/VI/99).-Publíquese por tres días.- Secretaría, 29 de julio de 1999.-Richar F. Gallego, Secretario.

–oOo–El Dr. Pablo Estrabou, Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, de la Dra.Analía Cufré, notifica a Herleing Marcelo, de laresolución recaída en autos caratulados: “HerleingMarcelo s/Amenazas y Abuso de Arma” (Expte. Nº24.644/98), cuya parte pertinente se transcribe y dice:“///ma, 1 de junio de 1999.- Autos y Vistos … Resuelvo:I) Dictar el sobreseimiento total en la presente causa enfavor de Marcelo Herleing…, y por los considerandosanteriores, en orden al hecho que se le endilgaba, poraplicación del Art. 307, Inc. 1, 2do. supuesto del CPP.-II) Declarar que el presente proceso no afecta el buennombre y honor del que hubiere gozado el imputado…Fdo.: Dr. Pablo Estrabou, Juez.- Dr. Gustavo Legaz,Secretario.- Viedma, 5 de agosto de 1999.- Dra. AnalíaCufré, Secretaria.

–oOo–Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3,

Secretaría Nº 3, con asiento en Avda. Roca 1047, deGeneral Roca, cita por treinta días a herederos yacreedores de Elsie Evans, a estar a derecho en autos:“Evans Elsie s/Sucesión” (Expte. Nº 27.141-III-93).-Publíquese por tres días.- Secretaría, 5 de agosto de1999.- María del Carmen Villalba, Secretaria.

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REMATES–––

Se hace saber por dos días en los autoscaratulados:Muñiz del Molino Francisco s/SucesiónExpte. N° 579-1-1997, en trámite por ante el juzgadoCivil y Comercial N° I a cargo del Dr. Víctor UlisesCamperi, Juez - Secretaría N° I a mi cargo, con asientoen la ciudad de General Roca (RN) que el maltilleroRicardo Ernesto Astudillo, rematará el siguiente bién,donde se exibe: Un Tractor usado marca Fiat modelo400 Estandar N° 00453 con levante hidraúlico en elestado de uso y funcionamiento en que se encuentra.-Condiciones de venta: Sin base al contado y al mejorpostor.- Seña: 30%.- Comisión: 10%.- Lugar, fecha yhora del remate: el día 18 de agosto de 1.999, a la hora11,30, en calle Rodhe 1.536 de General Roca, 04 deAgosto de 1.999.- Fdo. Dra. Adriana Mariani,Secretaria.-

–oOo–El Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,

a cargo del Dr. Víctor Ulises Camperi, Secretaría Nro.Uno, a mi cargo, con asiento en la ciudad de GeneralRoca, Cipolletti (R.N.), comunica por dos días en au-tos: “Medici Luis Bautista c/Rubilar Raúl Ernesto -Peralta Marta s/Ejec.” (Expte. Nº 759-I-97), que elMartillero Público Sr. Eduardo Tejada (Tº I, Nº II, FºII), rematará sin base, al contado y mejor postor, elsiguiente bien: Una camioneta marca Ford F-100 tipoPick Up diesel, motor marca Maxion Nº4B8984B018711B, chasis marca Ford Nº9BFE2UEHXTDB29178 año fabricación 1997.-Dominio BGO-932. En funcionamiento, y en el estadoen que se encuentra.- Las deudas son a cargo delcomprador a partir de la toma de posesión. El sellado12‰ queda a cargo de la parte compradora.- Seña: 30%en el acto. Saldo una vez aprobada la subasta. Comisión:10% a cargo del comprador. Venta sujeta a aprobaciónjudicial.- Fecha y Lugar de la Subasta: 18 de agosto de1999 a las 12 horas en calle Tucumán Nº 962, Of. 11,de la ciudad de General Roca.- Exhibición: Coordinar

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20Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

horario con el Martillero.- Consultas al Tel. 02941-427420. Cel. 0299-155-082920.- Secretaría, a los 5 díasdel mes de agosto de 1999.- Fdo.: Dra. Adriana M.Mariani, Secretaria.

–oOo–Por dos días se hace saber en los autos caratulados:

“García Néstor Osvaldo c/Latosinsky Pedro s/Reclamo”(Expte. Nº 11.871-CTGR-1997), que tramitan por antela Cámara del Trabajo, de General Roca, cuyaPresidencia ejerce el Dr. Julio Carlos Passaron, Secretaríaa mi cargo, con asiento de funciones en esta ciudad, queel Martillero Ricardo Ernesto Astudillo, rematará el día18 de agosto de 1999, a la hora 12,30, en calle RodheNº 1536, de la ciudad de General Roca, lo siguiente,donde se exhibe: Una computadora compuesta por CPU,sin marca ni número visible, monitor color Techmediamodelo 14 XGA, sin número visible, teclado BTC NºFCCUE 5XBM10140, mouse Genius e impresora EpsonLX300 Nº 1Q6064166, todo en funcionamiento.-Condiciones: Sin base, al contado y al mejor postor.-Seña: 30%.- Comisión: 10% a cargo del comprador.-Subasta sujeta a aprobación judicial.- General Roca, 4de agosto de 1999.- Fdo.: Dra. Gabriela Gadano,Secretaria.

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El Dr. Víctor U. Camperi, Juez a cargo del JuzgadoLetrado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial yde Minería Nro. Uno, Secretaría Nro. Dos, con asientoen la ciudad de General Roca, comunica por cinco díasque en los autos caratulados: “Macari, Antonio Estebans/Quiebra” (Expte. Nº 411-II-81), el Martillero Públicodesignado, Dn. Eduardo Daniel Vannícola (Mat. 44, TºI, Fº 44), rematará el día 18 de agosto de 1999 a las 11horas en el domicilio de calle Villegas Nº 220, deCipolletti, sin base, al contado y al mejor postor: Uninmueble con todo lo en él plantado, cercado, edificado,clavado y demás adherido al suelo, ubicado en lalocalidad de Cipolletti (R.N.), cuya nomenclaturacatastral es: 03-1-E-006b-04, con una superficie de treshectáreas, ochenta y cuatro áreas y una centiárea; einscripto en el Registro de la Propiedad del Inmueble, alTº 704, Fº 2, Fca. Nº 11.783, cuyas medidas, linderos ydemás circunstancias, surgen del respectivo Título dePropiedad, agregado en autos. Deudas: DPA.: $ 1.830,00al 20/3/98; DGR.: $ 597,00 al 28/11/97, Fs. 712;Municipalidad: Tasas Retributivas $ 307,66 al 25/3/98.Seña: 10% en el acto del remate. Saldo aprobación de lasubasta.- Se hace saber a los interesados que podránefectuar ofertas bajo sobre, las que deberán presentarseal Juzgado por lo menos dos días antes de la fecha de lasubasta, debiendo ser retiradas las mismas por elMartillero actuante el día anterior al remate (Art. 212Ley 24.522.), debiendo incluirse tal circunstancia en losedictos ordenados. Los gastos de escritura e impuestosde la transferencia correrán a cargo y por cuentaexclusiva del comprador. Pago: Dinero efectivo o chequecertificado. Comisión: 3% a cargo del comprador.-Estado de Ocupación: El inmueble está ocupado por elSr. Antonio Macari, en calidad de propietario, su esposa,María Luna y su hermano, Miguel Angel Macari.-Exhibición: Todos los días. El comprador deberáconstituir domicilio dentro del radio del Juzgado.- Ventasujeta a aprobación judicial.- Pago: Dinero efectivo.-General Roca, 4 de agosto de 1999.- Fdo.: Dra. CristinaB. Macchi, Secretaria Subrogante.

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El Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo delJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial yde Minería Nro. Uno, Secretaría Nro. Dos, con asientoen la ciudad de General Roca, comunica por dos díasque en autos: “Banco de La Pampa c/AguirreHermenegildo y Otros s/Ejecución Hipotecaria” (Expte.Nº 182-II-97), el Martillero Público Sr. Horacio J.Prosetto, Mat. 4, Tº I MC, Fº IV, rematará el día viernes20 de agosto de 1999 a las 10,30 horas en MonseñorEsandi 26, de Villa Regina, los siguientes inmuebles,ubicados en barrio Villa Alberdi, de esta ciudad: 1) DC

06-1-D-889-22: Lote de terreno, con todo lo clavado,plantado, edificado y demás adherido al suelo, que seidentifica como Lote 15 de la Manzana D, que mide 12metros por 46 metros de fondo. Superficie total 552metros cuadrados. Linda al Norte Lote 21; Este calleMiguel Arnaldo con Manzana 980; Sud Lote 23 y Lote27; Oeste parte Lote 28. Desocupado.- 2) DC 06-1-D-889-23, Fracción de terreno que se identifica como Lote14 de la Manzana D, que mide 12 metros de frente por34 metros de fondo, haciendo una superficie total de 408metros cuadrados, linda al Norte parte Lote 22; Este,calle Miguel Arnaldo en medio con Manzana 980; Sud,Lotes 24, 25 y 26; y Oeste, parte Lote 27. En el mismose encuentra levantada una casa prefabricada de maderay techo de cinc, de 42 metros cuadrados, en estado ge-neral bueno, con detalles de mantenimiento.- Ocupada,según constancia de autos.- 3) DC 06-1-D-889-24 Lotede terreno que se identifica como Lote 13 de la ManzanaD, que mide y linda: Norte 10 metros con parte de Lote23; Este, 26,22 metros más ochava de 3,25 metros, concalle Miguel Arnaldo en medio con Manzana 980; Sud,10 metros con calle Pedro Yunes en medio con Manzana899; Oeste, 26,22 metros con Lote 25. En dicho terrenose encuentra construido un salón comercial deaproximadamente 94 metros cuadrados, de pisos demosaicos, paredes revocadas y techo de cinc, en buenestado. Ocupado con bienes muebles.- 4) DC 06-1-D-889-25: Fracción de terreno que se designa como Lote12 de la Manzana D, que mide, 12 metros de frente por26,22 metros de fondo, haciendo una superficie de314,64 metros cuadrados. Linda: al Norte parte Lote23; Este Lote 24; Sud calle Pedro Yunes en medio conManzana 899, y Oeste Lote 26. En este lote se levantaun depósito de aproximadamente 90 metros cuadrados,de ladrillos sin revocar, y techo de cinc, en mal estado.Desocupado.- 5) DC 06-1-D-889-26: Lote de terrenoque se identifica como Lote 11 de la Manzana D, quemide 12 metros de frente por 26,22 metros, haciendouna superficie total de 314,64 metros cuadrados,lindando al Norte parte Lote 23; Este Lote 25; Sud callePedro Yunes, con Manzana 899; y al Oeste, parte Lote27.- 6) DC 06-1-D-889-27: Fracción de terreno que seidentifica como Lote 10 de la Manzana D, que mide 12metros de frente por 38,22 metros de fondo, haciendouna superficie total de 458,64 metros cuadrados,lindando: Norte, parte Lote 22; Este Lotes 23 y 26; Sud,calle Pedro Yunes, con Manzana 899 y Oeste, Lote 28.En dicho inmueble se encuentra construida una casahabitación de aproximadamente 60 metros cuadrados.Ocupada, según Acta de Constatación.- Deudas: DGR:Por Imp. Inmobl., al 30/7/99: Lote 1) $ 250,70; 2)148,90; 3) $ 357,40; 4) $ 148,90; 5) $ 250,70; 6) $300,70. Munic. de Villa Regina: al 22/2/99: Lote 1) $1.056; 2) $ 1.269; 3) $ 1.283; 4) $ 1.695; 5) $ 1.728;6) $ 2.244. Munic. de Villa Regina, por Serv. Retrib.:Lote 1) $ 1.150,98; 2) $ 1.412,70; 3) $ 1.450,12; 4) $1.863,28; 5) $ 1.900,22; 6) $ 2.501,34.- Condicionesde Venta: Bases: Lote 1) $ 1.000; Lote 2) $ 5.000; Lote3) $ 9.000; Lotes 4 y 5: Sin base; Lote 6) $ 10.000. Alcontado, y mejor postor. Seña: 10%. Comisión 3%.Sellados 1,2%, todo a cargo del comprador, en dineroen efectivo y en el acto de subasta. Saldo al aprobarse lamisma. En caso de fracasar la subasta, con las basesseñaladas, media hora después saldrán reducidas en un50%; y si en caso de fracasar ésta, pasada media hora,se subastarán todos los lotes sin base. Remate sujeto aaprobación judicial. El comprador deberá constituirdomicilio dentro del radio del Juzgado.- Exhibición: Eldía anterior a la subasta, de 16 a 18 horas.- Consultas:Tel. (02941) 463067-462132.- General Roca, 4 agostode 1999.- Adriana M. Mariani, Secretaria.

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El Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno,a cargo del Dr. Víctor Ulises Camperi, Secretaría Nro.Dos, a cargo de la Dra. Adriana M. Mariani, Subrogante,con asiento en la ciudad de General Roca (R.N.),comunica por tres días en autos caratulados: “CorpBanca S.A. c/Sáez Gutiérrez Mario Alberto s/Ejec.

Prendaria” (Expte. Nº 829-II-98), que el MartilleroPúblico Sr. Eduardo Tejada (Tº I, Nº II, Fº II), rematarácon base, al contado y mejor postor, el siguiente bien:Un automotor, Marca Renault, tipo sedan de 4 puertas,modelo Renault 19 DAA, Direc. 1998, motor RenaultNº AC00544, chasis marca Renault Nº8AIL534EZWS023888, dominio CGW-243. El bien seencuentra en funcionamiento y muy buen estado. Elcomprador se hace cargo de los impuestos, a partir de latoma de posesión. El sellado de ley es a cargo delcomprador.- Sale con una base de dólares diez milsetecientos cincuenta (U$S 10.750,00).- Condiciones deDominio: Posee prenda y embargo correspondiente aestos autos.- Deuda: Posee deuda en la DGR., enconcepto de patentamiento, la suma de $ 290,90, válidohasta la fecha 31/3/1999, quedando a cargo delcomprador, a partir de la toma de posesión. Seña: 30%en el acto. Saldo una vez aprobada la subasta.- Comisión:10% a cargo del comprador.- Venta sujeta a aprobaciónjudicial.- Fecha y Lugar de la Subasta: 30 de agosto de1999 a las 12,30 horas, en calle Tucumán 962, Oficina11, de la ciudad de General Roca.- Exhibición: Coordinarhorario a los Tel. 0299-4422593. Consultas al Tel.02941-427420 - 0299 4783111 - Cel. 0299-155082920.- Secretaría, a los 5 días del mes de agostode 1999.- Fdo.: Dra. Cristina B. Machi, Secretaria.

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El Sr. Juez de Primera Instancia en lo civil, Comercialy de Minería a cargo del Juzgado Nº 7, con asiento enCipolletti, Río Negro, Dr. Alejandro Cabral y Vedia,Secretaría Nº 7, de la Dra. Patricia Cladera de Rey, hacesaber por dos días que en autos: “Bocci Raúl y CressattiSilvia s/Quiebra” (Expte. Nº 9339-VII-97) que ha sidodesignado el Martillero Enajenador Jorge H. Merlo (TºI, Fº 40, Nº 40), quien rematará el día 18 de agosto de1999 a las 11 horas en sus oficinas, donde estará labandera, sita en calles Roca y 25 de Mayo, de Cipolletti,Río Negro, los siguientes bienes, a saber: 1) Un camiónMercedes Benz, versión 1938, año 1996, equipado concarrocería cerealera, dominio AYM-915. Registro prendapor $ 66.150. Acreedor: M. Benz Leasing Argentina S.A.Base: $ 45.000,00.- 2) Una camioneta doble cabina,marca Chevrolet, LUV modelo 1995, dominio ALI-205.Registro una prenda por $ 18.044,00. Acreedor GMACde Argentina S.A. Base: $ 5.250,00. Muebles y Utiles:Una estantería metálica de 1,88 x 0,84 mts.; unaestantería de 3,00 x 0,30, metálica; Una estanteríametálica de doble cuerpo de 2,53 x 0,95 mts.; unaestantería metálica de doble cuerpo de 3,90 x 0,95 mts.;una estantería metálica de 1,20 x 0,95 mts.; tresestanterías metálicas con leyenda “Doggi”, en coloresrojo y blanco; una balanza marca “Dany”, de 15 kgs.Nº 5673, eléctrica, con visor; una calculadora Olivetti,con cinta, Nº HA9000-9109113174, eléctrica; una cajametálica para recaudación, de 0,41 x 0,42 cms.; unequipo de triturar y embolsar cereales y forrajes, sinmotor; un lote de semillas varias; un lote de fertilizantes,cebos, repelentes.- Sin base, y al mejor postor. Todos losbienes se entregan en las condiciones en que seencuentran.- Vehículos con las bases fijadas. 10% en elacto del remate, y saldo dentro de los cinco días deaprobado el mismo, mediante depósito judicial. Losdemás bienes sin base, se pagarán la totalidad en el acto,todo en dineto efectivo, o cheque certificado.- Comisión:10% en el acto de la subasta, a cargo del comprador, enefectivo o cheque certificado.- Exhibición: En el depósitode calle Brentana Nº 30, de Cipolletti, Río Negro, desdedos días antes al de la subasta, en horario comercial.-Remate sujeto a la aprobación judicial.- Secretaría, 5 deagosto de 1999.- Patricia V. Cladera de Rey, Secretaria.

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Juzgado Civil y Comercial Nº 5, a/c. de la Dra.Mercedes Laplacette de Rezával, Juez, Secretaría Nº 6,a mi cargo, con asiento en la ciudad de General Roca,hace saber por un (1) día, que por mandato judicial,dispuesto en el Expte. Nº 22.906-VI-1998, el Martillero,Ricardo Astudillo, rematará el día 18 de agosto de 1999

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21Viedma, 12 de agosto de 1999 BOLETIN OFICIAL N° 3702

a la hora 12, en calle Rodhe 1536, de Gral. Roca, losiguiente: 4000 ladrillones quemados, y en buen estado.-Condiciones: Sin base. Seña: 30%. Comisión: 10%.Subasta sujeta a aprobación judicial.- Exhibición: Losinteresados deberán llamar al Tel. 452826 (Allen), eldía anterior al remate, entre las 17 y 20 horas.- GeneralRoca, 6 de agosto de 199.- Fdo.: Dr. Richar F. Gallego,Secretario.

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Dra. Susana T. Burgos, Juez titular del Juzgado Nº3, Secretaría Nº 4, de General Roca, hace saber por tresdías en autos: “Corp Banca S.A. c/Alsina Marcelo Fabiáns/Ejecución Prendaria” (Expte. Nº 31464-IV-98), queel Martillero Público Sr. Pedro David Juárez (Tº I, Fº54), procederá a subastar en las condiciones que abajose detallan: Un automotor marca Fiat tipo sedan, 4puertas, modelo Duna SD, año 1998, motor marca FiatNº 146B20005055227, chasis marca Fiat Nº8AP155000-X8438574, dominio CFO-285, en el estadode uso y conservación en que se encuentra.- Deudas porImpuesto al Automotor DGR Río Negro: $ 266, al 30/3/99. Base: $ 7.300. Seña: 30% en el acto del remate.El saldo deberá abonarse dentro de los cinco días deaprobada la subasta. Comisión Martillero: 10%, a cargodel comprador.- Sólo serán a cargo del comprador lasdeudas por patentes posteriores a la subasta. Sellado delboleto y gastos de transferencia a cargo del comprador.-Lugar y Fecha del Remate: Calle Tucumán 1985, Gral.Roca, el día 31 de agosto de 1999, a las 10,45 horas.Segunda subasta: Si fracasare el remate con la baseindicada, transcurrida media hora de la fijada, serealizará un segundo acto, esta vez con una base de $5.475, manteniéndose las demás condiciones.- Tercersubasta: En caso de fracasar la segunda subasta,transcurrida media hora, se realizará un tercer remate,sin base, manteniéndose también las demás condiciones.-Venta sujeta a aprobación judicial.- Exhibición del bien:Desde el día anterior al remate, previa comunicacióncon el Martillero (02941-425244).- Secretaría. GeneralRoca, 5 de agosto de 1999.- Paula M. Chiesa, Secretaria.

–oOo–Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez titular del Juzgado

Nº 1, Secretaría Nº 1, de General Roca, hace saber portres días en autos: “Corp Banca S.A. c/Villarino MarceloLuis s/Ejecución Prendaria” (Exte. Nº 75-I-99), que elMartillero Público Sr. Pedro David Juárez (Tº I, Fº 54),procederá a subastar en las condiciones que abajo se in-dican un automotor marca Fiat, año 1998, tipo furgón,modelo Ducato 2.5 D Maxi Gran V, motor marca FiatNº 22502546038222344846, chasis marca Fiat NºZFA230000W5534175, dominio Nº CEZ-847, en elestado de uso y conservación en que se encuentra (mo-tor desarmado).- Deudas por Impuesto al AutomotorDGR de Río Negro: $ 553,90 al 30/7/99. Base: $13.600.- Seña: 30% en el acto del remate.- El saldodeberá abonarse dentro de los cinco días de aprobada lasubasta. Comisión Martillero: 10%, a cargo delcomprador.- Sólo serán a cargo del comprador las deudaspor patentes posteriores a la subasta. Sellado del boletoy gastos de transferencia a cargo del comprador.- Lugary Fecha del Remate: Calle Tucumán 1985, Gral. Roca,el día 31 de agosto de 1999, a las 10,30 horas. Segundasubasta: Si fracasare el remate con la base indicada,transcurrida media hora de la fijada, se realizará unsegundo acto, esta vez con una base de $ 10.200,manteniéndose las demás condiciones.- Tercer subasta:En caso de fracasar la segunda subasta, transcurridamedia hora, se realizará un tercer remate, sin base,manteniéndose también las demás condiciones.- Ventasujeta a aprobación judicial.- Exhibición del bien: Desdeel día anterior al remate, previa comunicación con elMartillero (02941-425244).- Secretaría. General Roca,3 de agosto de 1999.- Adriana M. Mariani, Secretaria.

–oOo–Dra. Susana T. Burgos, Juez titular del Juzgado Nº

3, Secretaría Nº 4, de General Roca, hace saber por tresdías en autos: “Corp Banca S.A. c/Millar Millar Jimenadel R. s/Ejecución Prendaria” (Expte. Nº 31517-IV-99),

que el Martillero Público Sr. Pedro David Juárez (Tº I,Fº 54), procederá a subastar en las condiciones que abajose indican: Un automotor marca Fiat tipo sedan 4 puertas,modelo Duna SD, año 1998, motor marca Fiat Nº146B20005055895, chasis marca Fiat Nº 8AP155000-W8438326, Dominio Nº CIC-264, en el estado de usoy conservación en que se encuentra.- Deudas porImpuesto, al Automotor DGR de Río Negro: $ 74, al 8/4/99. Base: $ 7.200. Seña: 30% en el acto del remate.El saldo deberá abonarse dentro de los cinco días deaprobada la subasta. Comisión Martillero: 10%, a cargodel comprador.- Sólo serán a cargo del comprador lasdeudas por patentes posteriores a la subasta. Sellado delboleto y gastos de transferencia a cargo del comprador.-Lugar y Fecha del Remate: Calle Tucumán 1985, Gral.Roca, el día 31 de agosto de 1999, a las 11 horas.Segunda subasta: Si fracasare el remate con la baseindicada, transcurrida media hora de la fijada, serealizará un segundo acto, esta vez con una base de $5.400, manteniéndose las demás condiciones.- Tercersubasta: En caso de fracasar la segunda subasta,transcurrida media hora, se realizará un tercer remate,sin base, manteniéndose también las demás condiciones.-Venta sujeta a aprobación judicial.- Exhibición del bien:Desde el día anterior al remate, previa comunicacióncon el Martillero (02941-425244).- Secretaría. GeneralRoca, 2 de agosto de 1999.- Paula M. Chiesa, Secretaria.

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El Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro.Cinco, a cargo de la Dra. Mercedes Laplacette deRezával, Secretaría Nro. Seis, a cargo del Dr. RicharGallego, con asiento en la ciudad de Gral. Roca (R.N.),comunica por dos días en autos: “Torres Fabián c/MatteiJulio s/Ejec.” (Expte. Nº 23.159-VI-98), que elMartillero Público Sr. Eduardo Tejada (Tº I, Nº II, FºII), rematará sin base, al contado y mejor postor, elsiguiente bien: Un autoelevador marca Fiat C3630 yC45149, motor marca Fiat Nº ON 3615-6000-102-185,diesel, con cuatro cubiertas macizas (dos cubiertas de12 y dos de 10), en funcionamiento. Seña: 30% en elacto. Saldo una vez aprobada la subasta. Comisión: 10%a cargo del comprador. Los gastos de traslado son a cargode la parte actora. Venta sujeta a aprobación judicial.-Fecha y Lugar de la Subasta: 23 de agosto de 1999 a las12,30 horas, en calle Tucumán Nº 962, Of. 11, de laciudad de Gral. Roca.- Exhibición: Coordinar horariocon el Martillero. Consultas: al Tel. 02941-427420, Cel.0299-155082920.- Secretaría, a los 5 días del mes deagosto de 1999.- Fdo.: Dr. Richar F. Gallego, Secretario.

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La Dra. Susana T. Burgos, Juez a cargo del JuzgadoNº III, en lo Civil, Comercial y de Minería, con asientoen General Roca (R.N.), Secretaría IV, a cargo de la Dra.Paula Chiesa, comunica por dos días en los autoscaratulados: “Aragón Tomás Alberto c/López Hilda s/Ordinario” (Expte. Nº 25.122-IV-92) que Rosa DellOrfano, Martillera (Tº I, Fº 45, Nº 45) rematará el día18 de agosto de 1999 a las 11 horas en el domicilio decalle Villegas 1725, de Gral. Roca (R.N.), el siguientebien inmueble: Un departamento interno, denominadoUnidad Funcional, según el régimen de propiedad hori-zontal dentro de la Ley 13.512, y de acuerdo a surespectivo reglamento, edificada en una fracción deterreno sito en la calle Avda. Roca 818, Dpto. internoNº 4, de Gral. Roca (R.N.), compuesto de cocina-comedor, dormitorio; baño y patio interno señalada comoLote ocho, de la Manzana Ciento Noventa y siete, partede los Lotes Uno al Doce de la Chacra doscientosveinticinco, y que según plano P.H. 051/89, se designacomo Unidad Funcional “Veintitrés”, integrada por elpolígono 00-15, de planta baja, con una superficiecubierta de treinta y siete metros noventa y tresdecímetros cuadrados, descubierta de cinco metrosochenta decímetros cuadrados, con una superficie totalde cuarenta y tres metros setenta y tres decímetroscuadrados, adjudicándose un porcentaje del 0,02706%;la parte indivisa en que está edificado el inmueble, el

Lote Ocho de la Manzana Ciento noventa y siete mideal Norte cincuenta metros y linda con el Lote de su mismaManzana y subdivisión; al Este mide diecinueve metrosdos centímetros y linda calle en medio con parte de laManzana ciento ochenta y nueve; al Sud Este formaochava que mide dos metros ochenta centímetros, y lindacon la intersección de ambas calles; al Sud mide cuarentay ocho metros dos centímetros y linda calle en mediocon parte de la Manzana ciento noventa y ocho; al Oestemide veintiún metros y linda con parte del Lote Nuevede su misma Manzana y subdivisión. Todo ello encierrauna superficie total de mil cuarenta y ocho metros, cuatrodecímetros cuadrados. Dicho inmueble se halla fuera dela zona de fronteras. Nomenclatura Catastral: 05-1-K-219-08-0023, inscripto en el Registro de la Propiedadel 18/10/94 en la Matrícula Nº 05-13-320-23.-Condiciones: La subasta se realiza en el estado ycondiciones en que se encuentra el bien, en efectivo, alcontado y al mejor postor. Base: $ 7.200. Seña: 10%, alcontado y el saldo a la aprobación de la subasta.-Comisión: 3% al contado en el acto del remate.- Deudas:Municipalidad - Retributivo $ 16,04 al 11/2/99; DPA.:$ 972,18; DGR.: $ 311,324 al 1/2/99.- Estado deOcupación: Ocupado por el Sr. Raúl Ibarra, y AliciaVera, en calidad de préstamo.- Sellado del Boleto a cargodel comprador.- General Roca, a los 2 días del mes deagosto de 1999.- Paula M. Chiesa, Secretaria.

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La Dra. Mercedes Laplacette de Rezával, Juez acargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y de Minería Nro. Cinco, Secretaría Nro. V,a cargo de la Dra. Mónica Baldoni, con asiento en calleAvda. Roca Nº 1047, de la ciudad de General Roca,comunica por dos días que en autos caratulados: “Ferrari,Oscar c/Gaggiano José Luis s/Ejecutivo” (Expte. Nº23.657-V-99), el Martillero Público Susana BeatrizFramarin, Mat. 3, Tº IM y C - Fº 3, rematará el día 18de agosto de 1999 a las 11 horas en RepúblicaDominicana Nº 516, de la ciudad de General Roca, lossiguientes bienes: Un automotor Ford Escort LX, modelo1992, Dominio SKH-224, sedan cinco puertas, motormarca Ford NPCA 11543, chasis FordSAFZZZ54ZNJ006360, en funcionamiento.- Deudas:Posee deuda válida al 30/6/99 de $ 258,60, por patentedel automotor, en Municipalidad de Senillosa, Pcia. delNeuquén. Sólo son a cargo del comprador, los impuestosque registre con posterioridad al remate.- Condicionesde Venta: La subasta se realiza en el estado y condicionesen que se encuentra al bien, en efectivo, al contado ymejor postor. Seña: 30%. Comisión: 20% a favor delMartillero y 1,2% de sellado de ley, todo en dinero enefectivo a cargo del comprador, y en el momento de lasubasta.- El saldo del precio será depositado en autos,una vez aprobada la subasta judicial.- El compradordeberá constituir domicilio procesal dentro del radio delJuzgado.- Subasta sujeta a aprobación judicial.-Exhibición: Media hora antes, en el lugar de la subasta.-Informes: Solicitarlos en horario comercial a los Tel.02941-461882 o Cel. 02941-15643901.- Publíquenseedictos por dos días en el Boletín Oficial y diario RíoNegro.- General Roca, 5 de agosto de 1999.- Fdo.: Dra.Mónica Baldoni, Secretaria.

–oOo–Por dos (2) días del Juzgado Civil y Comercial Nº

Cinco con asiento de funciones en la ciudad de GeneralRoca (RN), a cargo de la Dra. Mercedes Laplacette deRezaval - Juez, Secretaría Nº Seis, a mi cargo, hace sa-ber que el Martillero Ricardo Ernesto Astudillodesignado en los autos caratulados: Mihal Adolfo c/DeJesús Héctor s/Ejecutivo. Expte. Nº 23.778-VI-1999,procederá a vender en pública subasta lo siguiente:Ciento Veinte Mil Acciones Ordinarias Clase «B» de unvoto de acción pertenecientes al Sr. Héctor José Abelode Jesús, DNI 11.680.622, en la firma Abelo De Jesús eHijos S.A: inscripto en el año 1986 en el Registro Públicode Comercio de General Roca, en el Legajo Nº 238 Fo-lio 1/24 Nº 1. Asimismo se informa a los eventualesinteresados, que conforme al Contrato Social, el valor

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22Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

de las acciones a rematar se estableció en la suma de $argentinos 120.000 (ciento veinte mil). Condiciones deVenta: Sin base y al contado, en dinero en efectivo. Lugar,fecha y hora del remate: 18 de agosto de 1999, a la hora12.20, en calle Rodhe Nº 1356 de la ciudad de GeneralRoca. El comprador deberá constituir domicilio legaldentro del radio de asiento del Tribunal. Subasta sujetaa aprobación judicial. General Roca, 5 de agosto de1999. Fdo. Richar Gallego, Secretario.

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ACORDADA–––

Provincia de Río NegroSUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

A C O R D A D A Nº 49En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de

Río Negro, a los 9 día del mes de agosto de milnovecientos noventa y nueve, reunidos en Acuerdo losSres. Jueces del Superior Tribunal de Justicia, y

CONSIDERANDO:Que los Arts. 29 y ss. del Reglamento Judicial

establecen el procedimiento sumarial para Magistrados,Funcionarios y Agentes de planta permanente ytemporarios del Poder Judicial (Ley 2430), al que suvez remite el Inc. b) del Art. 31 de la Ley Nº 2434.

Que se hace necesario establecer un procedimientosumarial específico para Magistrados y Funcionarios,todo ello en razón de las características especiales que elmismo reviste, dada la posibilidad de intervención deorganismos ajenos al Poder Judicial como es el Consejode la Magistratura en razón de la remisión expresa delcitado art. 31 Ley 2434 y de la propia Constitución Pro-vincial en su art. 222 inc. 2).

Que sin perjuicio de lo expresado en el considerandoanterior resulta conveniente modificar el art. 40 yadecuar los témino de los artículo 34 y 45 delReglamento Judicial a los mismos plazos que sedispongan en la presente para Magistrados yFuncionarios.

Que asimismo se viene advirtiendo con frecuenciala existencia de excusaciones cuando se trata de lainstrucción interpares, siendo aconsejable introducir unamodificación al respecto, para funcionalizar y dinamizartales procedimientos internos.

Que el procedimiento de sumario reviste una entidadsignificativa en el ordenamiento interno del Poder Judi-cial, por ser el medio adecuado para el correspondientedeslinde de responsabilidades previo asegurar en formairrestricta la garantía de defensa para una ecuánimeaplicación del régimen disciplinario complejo de lasdiversas jerarquías, sean propias del Superior Tribunalde Justicia, los Magistrados y Funcionarios o del Consejode la Magistratura.

Que resulta aconsejable innovar sobre el actualcontenido del Reglamento Judicial -procedimientosumarial-, incluyendo los aspectos que hacen a unapronta y acabada consecución de la finalidad, o sea lainvestigación que dé sustento al juzgamiento de laconducta de quien estuviere involucrado en hechossusceptibles de quedar incursos en sanciones.

Que también se debe compatibilizar la normativaespecífica con la ley Nº 2938 de procedimientoadministrativo, a la que corresponde adecuarse en cuantoasí fuere pertinente.

Por ello:El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia

RESUELVE:1º) Modificar el art. 40 del Reglamento Judicial el

que quedará redactado de la siguiente manera:"Art. 40.- Los interesados podrán tomar vista del

sumario en presencia del Instructor, Secretario oDelegado Administrativo en la sede de la DelegaciónAdministrativa o Secretaría de Superintendencia ensu caso, habilitándose días y horas si fuera necesario.El sumariado podrá solicitar fotocopia del expedientea su cargo. Si el sumariado residiese en otraCircunscripción Judicial o bien a distancia que

imposibilite el fácil dezplazamiento de éste, podrá elinstructor poner a su disposición las actuaciones enla Delegación Administrativa de cada jurisdicción,salvo en la Primera Circunscripción Judicial que seráen la Secretaría de Superintendencia, con losresguardos previstos en el primer párrafo".

2º) Modificar los artículos 34 y 45 del ReglamentoJudicial en lo que respecta a los términos allíconsignados, quedando redactados de la siguientemanera:

Art. 34: donde dice 90 días hábiles debe decir 40días hábiles.

Art. 45: donde dice 30 días debe decir 15 días.3º) Derogar el art. 48 del Reglamento Judicial.4º) Sustituir el Capítulo VI cuyo título será

Procedimiento Sumarial para Magistrados yFuncionarios Judiciales, que quedará redactado segúnlo siguiente:

"Art. 48.- La Intrucción de Sumarios estará acargo del Auditor Judicial General, quiendependera directamente del Presidente del SuperiorTribunal de Justicia y a la vez del Titular del Consejode la Magistratura, de conformidad a la Ley Nº3219.

Hasta tanto sea cubierto ese cargo, designará elPresidente del Superior Tribunal de Justicia un Ins-tructor sumariante indistintamente a:

a) A Magistrado o Funcionario de igual o mayorJerarquía que el Sumarariado.

b) A Ex-Magistrado o Ex-Funcionario que hayaejercido igual o mayor jerarquía que elsumariado y continua reuniendo los requisitosy demás condiciones del cargo.

c) A Letrados de la matrícula que integren elConsejo de la Magistratura en carácter deConsejeros Titulares o Suplentes o esténincluídos en la lista de conjueces en el año de ladesignación.

El Instructor Sumariante podrá ser recusado concausa.

Los trámites de excusación se sustanciaránoralmente en el acto de la notificación por ante elactuario.

Para las recusaciones el sumariado tendrá unplazo perentorio de cuarenta y ocho horas desde lanotificación, debiendo fundar y acreditar pruebasuficiente a sustanciar por vía sumarísima.

Concluida la instrucción el Instructor sumarianteremitará las actuaciones al órgano competente queaplicará la sanción correspondiente de conformidadal art. 27 Ley Nº 2430, salvo el supuesto del art. 28del mismo cuerpo legal en cuyo caso deberáprocederse de conformidad a los artículos 16,siguientes y concordantes de la Ley 2434.

Se aplicarán supletoriamente el Código ProcesalPenal y la Ley Nº 2938. (ProcedimientoAdministrativo).

Los honorarios de los Instructores sumariantes delos apartados b) y c) que anteceden se determinaranpreviamente por el Superior Tribunal de Justiciaconforme analogía funcional."

"Art. 49.- La Instrucción del sumario deberá serclasurada en cuarenta (40) días hábiles a contar desdela fecha en que el sumariante se avoque al mismo,pudiendo solicitarse una prórroga por igual términoal Superior cuando las circunstancias lo exijan. Podrásolicitarse una prórroga extraordinaria al Presidentedel Superior Tribunal de Justicia por hasta otros diez(10) días hábiles. Dichas solicitudes deberánpresentarse hasta cinco (5) días antes de losrespectivos vencimientos. El incumplimiento de losplazos hará incurrir en falta Administrativa alSumariante negligente sin perjuicio de otras a quehubiere lugar."

"Art. 50.- Durante el lapso de sutanciación delSumario, el Sumariante podrá solicitar de la Autoridadcompetente, según sea el caso y si así fuere necesario,la suspensión preventiva del Magistrado oFuncionario".

"Art. 51.- Terminadas las actuaciones del Sumariante,éste las elevará con un informe a la Autoridadcompetente, quien deberá expedirse en un plazo no mayorde quince (15) días a partir de la fecha en que la causaquede en estado de ser resuelta, excepto los casos de laLey 2434 a cargo del Consejo de la Magistratura.

Las medidas disciplinarias que se apliquen seránde cumplimiento inmediato una vez notificadas.

El recurso jerárquico procede ante el Superior Tri-bunal de Justicia quien lo resuelve previo dictamendel Procurador General.

Están excluídas de los recursos de la Ley Nº 2938cualquier pretención recursiva contra resoluciones delConsejo de la Magistratura en virtud del Art. 45 "InFine" de la Ley Nº 2434."

"Art. 52.- El procedimiento sumarial contempladoen el Capítulo VI será de aplicación para todos losmagistrados, funcionarios de la Ley 2430 y demásauxiliares del Poder Judicial en todo aquello que nose oponga al presente Capítulo."

5) Adecuar la numeración del Reglamento Judiciala partir de la introducción del presente capítulo.

6º) Regístrese, comuníquese, publíquese en el BoletínOficial, tómese razón y archívese.

Nelsón Echarren, Presidente - Luis A. Lutz, Juez -Alberto Italo Balladini, Juez - Marcelo Gutierrez,

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SECCION COMERCIOINDUSTRIA

Y ENTIDADES CIVILES

ESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS ETC.

——

ROSA S.R.L.La Dra. Mercedes Laplacette de Rezával, a cargo

del Registro Público de Comercio de la ciudad de Ge-neral Roca, hace saber la inscripción del ContratoConstitutivo de Rosa S.R.L., integrada por María CorinaGuido Fernández, DNI. Nº 23.580.935, nacida el 13/1/74, soltera, comerciante, con domicilio en Castelli Nº264, de la ciudad de Villa Regina; Natalia GuidoFernández, DNI. Nº 24.648.638, nacida el 28/9/75,soltera, comerciante, con domicilio en Castelli Nº 264,de la ciudad de Villa Regina; María Fernanda GuidoFernández, DNI. Nº 26.347.819, nacida el 21/3/78,soltera, comerciante, con domicilio en Castelli Nº 264,de la ciudad de Villa Regina.- Fecha de Constitución:22 de marzo de 1999. La Sociedad tiene por objetorealizar por cuenta propia o de terceros o asociada aterceros, las siguientes actividades: Obras de IngenieríaCivil, de Arquitectura, Proyectos, Cálculo, Dirección,Construcción y Asesoramiento de todo tipo;Construcción de edificios, Obras Viales, Desagües,Cloacas, Gasoductos, Oleoductos, Diques, Usinas,Puentes y todo otro tipo de obras de Ingeniería yArquitectura, públicas y/o privadas; instalación,organización y/o explotación de industrias que tenganrelación con la construcción; Desarrollo, promoción yventa de emprendimientos inmobiliarios; Ingenieríafinanciera; Procesar y comercializar hormigónelaborado, producción de áridos; Compraventa, permuta,importación y exportación de materias primas yproductos a fines a la construcción; Consignaciones yrepresentaciones; Adquisiciones y representaciones;Adquisición, venta, permuta, explotación,arrendamientos, administración, tasación y construcciónen general de inmuebles urbanos y rurales, efectuarloteos, fraccionamiento de bienes inmuebles, incluyendoel sistema de propiedad horizontal; Provisión deIngeniería, Consultoría, provisión de Mano de ObraEspecializada; Alquiler y/o Provisión de Equipos yHerramientas; Tratamiento de superficies, pinturas y/o

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23Viedma, 12 de agosto de 1999 BOLETIN OFICIAL N° 3702

revestimientos especiales; Montajes Industriales;mantenimiento de Plantas Industriales y/o EdificiosComerciales o Viviendas, efectuando al efecto toda clasede operaciones financieras permitidas por las leyes conexclusión de las comprendidas en la Ley de EntidadesFinancieras y otras que requieran el concurso público,en cualquiera de las modalidades incluida laadministración de fideicomisos”.- La Sociedad tiene sudomicilio social en calle Primera junta Nº 320, de VillaRegina, pudiendo establecer sucursales y/o agencias encualquier lugar del país. La duración de la Sociedad seráde noventa y nueve años, a contar de su inscripción en elRegistro Público de Comercio, plazo que podráprorrogarse con el acuerdo unánime de los socios.- Elcapital social se fija en la suma de pesos treinta mil ($30.000), que se divide en trescientas (300) cuotas depesos cien ($ 100) cada una. Las citadas cuotas resultantotalmente suscriptas e integradas en efectivo en lassiguientes proporciones, La Srta. María Corina GuidoFernández, la cantidad de cien (100) cuotas; la Srta.Natalia Guido Fernández, la cantidad de cien (100); yla Srta. María Fernanda Guido Fernández, la cantidadde cien (100) cuotas. La adminstración, representacióny uso de la firma social estará a cargo de los sres. HéctorFernando Guido, L.E. Nº 5.500.562; y Mirta EdelFernández, L.C. Nº 5.706.661, en carácter de Gerentes,en forma indistinta, los que representarán a la Sociedaden todos los actos que tengan a la consecución del objetosocial. Se deja constancia que los mismos no seencuentran comprendidos dentro de las inhabilidadesprevistas en el Art. 264 de la Ley 19.550. Le estáexpresamente vedado a los Gerentes, comprometer a laempresa en avales, garantías o fianzas, a favor deterceros. Para la venta de bienes, constitución degarantías reales, avales o fianzas, se requerirá la firmaconjunta de los dos Gerentes. El órgano supremo de lasociedad es la asamblea, que se reunirá en asambleasordinarias y extraordinarias. La Asamblea GeneralOrdinaria se reunirá dentro de los tres meses de concluidoel ejercicio económico, que para tal fin termina el 30 dejunio de cada año. Las Asambleas GeneralesExtraordinarias se reunirán cada vez que lo considerenecesario, los socios que representen el 20% del capitalcomo mínimo. La fiscalización de la sociedad estará acargo de los mismos socios.- Publíquese por un día.-General Roca, 30 de julio de 1999.- Virginia Barresi dePesce, Secretaria.

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MARBA S.A.La Sra. Jueza, Mercedes Laplacette de Rezával, a

cargo del Registro Público de Comercio, de la SegundaCircunscripción Judicial, de la ciudad de General Roca,Río Negro, en los autos caratulados: “Marba S.A. s/Inscripción Contrato” (Expte. Nº 284-R.P.C.-1998), haordenado la publicación de edictos del Contrato Socialde la sociedad Marba S.A., la que se ha instrumentadopor Escritura corriente al Fº 688, bajo el Nº 205, del 2de octubre de 1998, Protocolo Principal, del RegistroNro. Trece, a cargo del Notario de esta ciudad de Ge-neral Roca, Provincia de Río Negro, Jorge AméricoCanío.- Socios: Angel María Rosa Penroz, DNI. Nº11.425.259, argentina, nacida el 21 de abril de 1955, deprofesión empresaria; y Ramón Edgardo Adaime, DNI.Nº 10.083.845, argentino, nacido el 19 de abril de 1952,de profesión empresario, ambas con domicilio en calleSarmiento 1587, piso 3º, Dpto. 10, de Capital Federal.-Nombre y Domicilio: La Sociedad Anónima se denomina“Marba Sociedad Anónima”, y tendrá su domicilio le-gal en la calle Mariano Moreno 26, de la ciudad de Ge-neral Roca, Provincia de Río Negro.- Duración: Suduración es de 99 años, contados desde la fecha deinscripción en el Registro Público de Comercio.- Objeto:La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuentapropia o ajena, o asociada a terceros, en cualquier partedel país y/o del extranjero, a las siguientes actividades:I) Comerciales: Mediante la importación, exportación,compraventa, permuta, representación, comisión,consignaciones de todo tipo de bienes muebles o

semovientes, mercaderías en general y productos de todaclase, marcas, diseños y modelos industriales, así comoejercer mandatos civiles y comerciales, realizartransportes de bienes o mercaderías propias y ajenas, porcuenta propia o de terceros, etc. II) Inmobiliaria:Mediante la compraventa, permuta, arrendamiento ycualquier otro acto oneroso o gratuito y administraciónde inmuebles rurales o urbanos, subdivisión de inmueblesy realización de tareas de urbanización, como asimismotodas las operaciones comprendidas dentro del Régimende Propiedad Horizontal. Capital: El capital se fija en lasuma de pesos treinta mil ($ 30.000) representado por3.000 acciones de pesos diez ($ 10) cada una, divididaen series iguales o no, pudiéndose emitir títulosrepresentativos de más de una acción. Las acciones ylos certificados provisorios que se emitan contendrán lasmenciones del Art. 211 de la Ley 19.550 y serán firmadaspor el presidente y un director. Las acciones seránnominativas, no endosables, ordinarias o preferidas. Estasúltimas tendrán derecho a un dividendo de pagopreferente, de carácter acumulativo o no, conforme sedetermine al emitirlas, podrán también fijárseles unaparticipación adicional en las ganancias líquidas yreconocerles o no prelación en el reembolso del capitalen la liquidación de la sociedad.- Cada acción ordinariasuscripta confiere derecho a un voto. Las accionesordinarias de voto plural podrán conferir hasta cincovotos por acción, conforme al Art. 216, de la Ley19.550.- Las acciones preferidas darán derecho a un votopor acción o se emitirán sin ese derecho, excepto paralas materias incluidas en el cuarto párrafo del Art. 244de la Ley de Sociedades Comerciales.- Aumento de Capi-tal: Por resolución de la Asamblea General Ordinaria,el Capital Social podrá elevarse hasta el quíntuplo.-Administración: La dirección y administración de laSociedad está a cargo de un Directorio compuesto delnúmero de miembros que fije la Asamblea General deAccionistas, entre un mínimo de uno (1) y un máximode cinco (5) con mandato por dos (2) años, siendoreelegibles.- Sus funciones serán remuneradas conimputación a gastos generales o a ganancias líquidas yrealizadas del ejercicio en que se devenguen, según loresuelva la Asamblea General Ordinaria y en la medidaque la misma disponga, dentro de los límites ycondiciones previstas por el Art. 261 de la Ley deSociedades Comerciales. La Asamblea GeneralOrdinaria deberá designar suplentes en igual o menornúmero que los titulares y por el mismo plazo. En elcaso, las vacantes que se produzcan en el Directorio secubrirán por los suplentes que la Asamblea GeneralOrdinaria haya designado y en el orden de su elección.Los Directores en su primera sesión designarán entreellos un Presidente y un Vice Presidente, este últimoreemplazará al primero en su ausencia o impedimento.Las vacantes que se produzcan por renuncia, enfermedad,fallecimiento en cualquier otra causa, serán cubiertasen el orden correspondiente a la elección y ejercerán sumandato hasta la próxima Asamblea. El Directoriofuncionará con la presencia de la mayoría de losmiembros que lo componen y adoptarán sus resolucionespor mayoría de votos presentes. En caso de empate, elpresidente desempatará, votando nuevamente, o sea queejercitará doble voto. La Asamblea fija la remuneracióndel Directorio. De las resoluciones se llevarán actas quefirmarán todos los presentes. En garantía, el Directordepositará pesos un mil ($ 1.000) o su equivalente enacciones de otra sociedad por acciones. El Directoriopodrán nombrar gerentes, apoderados generales oespeciales, sean directores o no. El o los gerentesejercerán la administración de los negocios de la sociedadcon la remuneración que el Directorio le asigne con cargoa gastos generales y sus funciones ejecutivas serán lasque éste les delegue. Cuando la gerencia recaiga en undirector, su remuneración será sometida a la aprobaciónde la Asamblea General Ordinaria Anual, ajustándose alos límites legales. El Directorio tiene todas las facultadespara administrar y disponer de los bienes, inclusoaquellas para los cuales la ley requiere poder especial,conforme al Art. 1881 del Código Civil y Decreto 5965/

63. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de laSociedad toda clase de actos y contratos, comprar, vendery gravar inmuebles y para operar con los Bancos públicosy privados, y demás Instituciones de esa índole, podráinclusive querellar criminalmente o extrajudicialmentecon el objeto y extensión que juzgue conveniente a unao más personas. La representación legal que correspondaal Directorio será ejercida por el Presidente o VicePresidente, en forma individual o por otros dos (2)Directores en forma conjunta, en caso de ausencia oimpedimento del Presidente o del Vice Presidente, sinperjuicio de los mandatarios generales o especiales,directores o no que resuelva instituir el Directorio.-Fiscalización: No se procede a la designación deSíndicos. La fiscalización de la Sociedad será efectuadaconforme lo determinan los Arts. 55 y 284 de la Ley19.550. A tales efectos, obligatoriamente se designaránde uno (1) a tres (3) Directores suplentes.- Asambleas:Las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias, incluidasaquellas que deban considerar los supuestos especialesque contempla el Art. 244 de la Ley de SociedadesComerciales, se convocarán simultáneamente en primeray segunda convocatoria, mediante anuncios publicadosdurante (5) días, con (20) días de anticipación por lomenos, y no más de treinta (30) en un periódico depublicaciones legales, debiendo celebrarse la Asambleaen segunda convocatoria el mismo día, una hora despuésde la fijada para la primera.- Balance - Utilidades -Reservas: El ejercicio social cerrará el día 31 dediciembre de cada año, en esa fecha se confeccionaránlos estados contables conforme a las disposiciones envigencia y normas técnicas en la materia.- La AsambleaGeneral puede modificar la fecha del cierre del ejercicio,inscribiendo la Resolución pertinente en el RegistroPúblico de Comercio, y comunicándose a la autoridadde contralor.- Las ganancias líquidas y realizadas sedistribuirán, cinco por ciento (5%) como mínimo hastaalcanzar el veinte por ciento (20%) del capital suscriptopor lo menos, para el Fondo de Reserva Legal; b)Remuneración al Directorio con las limitaciones ycondiciones del Art. 261 de la Ley de SociedadesComerciales. c) Dividendos preferidos, con prioridad losacumulativos impagos y la participación adicional ensu caso. d) El saldo en todo o en parte, como dividendoa los accionistas ordinarios o a fondo de reservafacultativa de previsión o a cuenta nueva o al destinoque determine la Asamblea. Los dividendos deberán serpagados en la proporción a las respectivas integraciones,dentro del año de su sanción y prescriben a favor de laSociedad a los tres (3) años, contados desde que fueronpuestas a disposición de los accionistas.- Liquidación:La liquidación de la Sociedad será efectuada por elDirectorio o por el liquidador, o por los liquidadoresdesignados por la Asamblea bajo la vigilancia delDirectorio. Al efectuarse la liquidación, se procederá dela siguiente manera: a) Se abonará el pasivo de laSociedad; b) El sobrante se distribuirá entre los tenedoresde acciones en proporción a sus tenencias y capitalintegrado. La Asamblea que decida la disolución, fijarálas retribuciones del Directorio para tal cometido.-Derechos de los Accionistas: Los accionistas tienen lossiguientes derechos: a) Solicitar al Directorio convoquea Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, siempre ycuando representen el cinco por ciento (5%) del capitalsocial. b) Ejercer el derecho de voto acumulativo parala elección de Directores. c) Requerir del Directoriocualquier información sobre las materias de sucompetencia. Para ello, los accionistas deberánrepresentar el dos por ciento (2%) del capital. d) Solicitara la autoridad de contralor la fiscalización de los actossociales que crean convenientes, cuando representen eldiez por ciento (10%) del Capital suscripto. e) Tendrána su disposición copia del balance general y anexos comoasí también la memoria e informe del Directorio, con nomenos de quince (15) días de anticpación, a suconsideración por ellos. f) Suscripción preferente denuevas acciones, como asimismo derecho de acrecer enproporción a las acciones que posean y con laslimitaciones del Art. 216 de la Ley 19550. g) Ejercer

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las acciones judiciales pertinentes en caso de negatoriade la sociedad a reconocer su derecho indicado en elinciso anterior. h) Hacerse representar en las Asambleas.i) Retirarse de la sociedad con reembolso del valor desus acciones en los casos previstos en el Art. 45 de laLey 19550. j) Cualquier acciniosta puede solicitar a sucosto, copia firmada del Acta de Asamblea. k) Derechode impugnación a resoluciones de la Asamblea, conformeal Art. 251 de la Ley 19550.- Obligaciones de losAccionistas: a) Responder solidariamente por el pasivosocial hasta el monto de su capital suscripto. b) Sonsolidariamente responsables de las operaciones sociales,cuando se hubiese contratado a nombre de la sociedad.c) El socio aparente será responsable ante terceros. d)Cumplimentar el aporte en la forma y condicionesestablecidas. e) Responder por la vigencia y legitimidaddel crédito cuando su aporte constituye un crédito. f) Encaso de evicción deberá aportar a la sociedad, el valordel bien más la indemnización por daños, sin perjuiciode lo previsto en el Art. 47 de la Ley 19.550. g) Esresponsable por el daño por dolo o culpa del socio. h)Está obligado a traer a la sociedad las gananciasobtenidas en negocios de cuenta propia o de terceros confondos de la sociedad. i) Notificar a la sociedad latransmisión de acciones nominativas. j) Cumplimentarcon el depósito de las acciones en el tiempo y formaprevisto por la Ley. k) Firmar el libro de asistencia a lasAsambleas. l) Abstenerse de votar las decisiones de lasociedad cuando en una operación determinada tengapor cuenta propia o ajena un interés contrario al de lasmismas. ll) Responder solidariamente de lasconsecuencias provocadas por el voto acumulativo enuna resolución declarada nula. La enumeración dederechos y obligaciones consignadas en el artículo ante-rior y en el presente, es meramente enunciativa, pudiendoen consecuencia los accionistas, ejercer todos losderechos y obligaciones que le confiere la Ley.-Suscripción e Integración: Por unanimidad se resuelvela emisión y se suscribe la totalidad del capital social depesos treinta mil, para lo cual se emiten las acciones y sesuscriben las mismas por los socios, de la siguiente forma:Socia Angela María Rosa Penroz, un mil quinientas(1500) acciones de pesos diez ($ 10) cada una, por untotal de pesos quince mil ($ 15.000); Socio RamónEdgardo Adaime, un mil quinientas (1500) acciones depesos diez ($ 10) cada una, por un total de pesos quincemil ($ 15.000). Dichas acciones por el valor nominalreferido, tienen derecho a un (1) voto por acción,ordinarias, a la par, en títulos nominativos no endosables.Designación: Se resuelve por unanimidad, ratificar ladesignación como Presidente: Ramón Edgardo Adaime;Director titular: Angela María Rosa Penroz; Directorsuplente: Sebastián Nadir Adaime. La fiscalización dela Sociedad se efectuará según lo establecido en el Art.7º del presente.- Dichos representantes aceptan los car-gos para el cual han sido designados. El auto que ordenala presente dice: “Gral. Roca, 26 de mayo de 1999…Agréguese.- Publíquese edicto conforme lo establece elArt. 10 de la Ley 19.550.- Mercedes Laplacette deRezával, Juez a/c. del Registro Público de Comercio.-Gral. Roca, 3 de junio de 1999.- Cristina B. Macchi,Secretaria Registro Público de Comercio.

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CESION CUOTAS SOCIALES–––

DEL AGUILA S.R.L.Jorge A. Serra, Juez a cargo del Registro Público de

Comercio de la IIIa. Circunscripción Judicial de RíoNegro, sito en San Carlos de Bariloche, comunica porun día en autos “Del Aguila S.R.L. s/Cesión de Cuotas”(Expte. Nº 54-179-1999), la redistribución, cesión yadjudicación de cuotas sociales, conforme lo siguiente:Entre Mónica Viviana Alvarez, cedente, DNI. Nº13.177.780, farmacéutica, divorciada, domiciliada enRivadavia y Diagonal Capraro, Bariloche; y FaustoRobledo, cesionario, C.I. Nº 6.629.492, farmacéutico,domiciliado en C. Ruiz, Bariloche. a) Mónica Viviana

Alvarez se adjudica la cantidad de 10 cuotas sociales de$ 1.000 c/u., y Fausto Robledo, la cantidad de 10 cuotassociales de $ 1.000 c/u. b) Queda cedido y distribuido elcapital social en el 50% para cada uno de los socios,modificando la cláusula cuarta del contrato social. c)Con motivo del convenio celebrado y homologado enautos: “Alvarez Viviana y Soloa Jorge s/Divorcio” -Juzgado Civil Nº 3, Secretaría Nº 6, las cuotas socialesde la Sra. Mónica Viviana Alvarez, se le adjudicaron ala misma, por lo que el 50% de las cuotas sociales lepertenecen en su carácter de bien propio comodivorciada.- Publíquese por un día.- San Carlos deBariloche, 5 de julio de 1999.- Cristian Tau Anzoátegui,Secretario.

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TRANSFERENCIA FONDO DECOMERCIO

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AUTOSERVICIO Y FRIGORIFICO EL BOLSONEl Sr. Héctor Rolando Guajardo, DNI. Nº 10.637.923,

argentino, casado, comerciante, notifica a los interesadospor el término de cinco (5) días a partir de la fecha, quevendió a Alberto Hemadi, DNI. Nº 20.355.985, argentino,casado, con domicilio en Perito Moreno 3007, de El Bolsón,Provincia de Río Negro, el negocio dedicado a la venta decomestibles, bebidas y artículos de limpieza (autoservicio),con la denominación de “Autoservicio y Frigorífico ElBolsón”, ubicado en Sarmiento y Pellegrini, Sarmiento yAzcona, y Libertad s/nº, de la ciudad de El Bolsón.- Losreclamos se receptarán hasta los diez (10) días posterioresa la publicación de este aviso, en Otto Goedecke 85, of. 4,Bariloche, R.N. (C. P. 8400), de lunes a viernes en el horariode 17 a 19.- Fdo.: Héctor Guajardo.

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CONVOCATORIAS——

COLEGIO MEDICO ZONA ATLANTICAAsamblea Extraordinaria

Viedma, agosto de 1999.Convócase a los socios a Asamblea Extraordinaria a

realizarse el día 26 de agosto de 1999 a las 21 horas, enla sede social del Colegio Médico Zona Atlántica, calleLaprida Nº 501, de Viedma, Provincia de Río Negro,para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Lectura y aprobación del Acta Asamblea ante-

rior.2º - Reforma del Estatuto de Colegio Médico Zona

Atlántica.3º - Destino de fondos que quedaron en custodia de

la Comisión Directiva, los cuales se encuentran en lacuenta bancaria de este Colegio Médico Z. A.

Dr. Miguel Arrascoyta, Sec. Asuntos Médicos -

NOTA: Un hora después de la señalada, se podrásesionar con cualquier número de asociados presentes(Art. 40 del Estatuto Social).

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LIGA INDEPENDIENTE DE FUTBOLVALLE MEDIO

Asamblea General OrdinariaLuis Beltrán, agosto de 1999.

La Comisión Directiva de la Liga Independiente deFútbol, Valle Medio, en cumplimiento de lasdisposiciones estatutarias vigentes, convoca a los Sres.Asociados a la Asamblea General Ordinaria que serealizará el día 27 de agosto de 1999, a partir de las 21horas en el local de la Institución, calle Belgrano s/nº,de Luis Beltrán, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA1º - Designación de dos (2) asociados para refrendar

el Acta de la Asamblea conjuntamente con el Sr.Presidente y el Sr. Secretario.

2º - Razones de la Convocatoria fuera de término.

3º - Lectura y consideración del Acta de laAsamblea anterior.

4º - Consideración de la Memoria, Inventario, Ba-lance General, Cuadro Demostrativo de Gastos yRecursos e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas,correspondientes al VI Ejercicio Económicocomprendido entre el 1 de enero de 1998 y el 31 dediciembre de 1998.

5º - Elección de ocho (8) miembros titulares y tres(3) suplentes, para integrar la Comisión Directiva y porel término de un (1) año.

6º - Elección de un (1) miembro titular y un (1)miembro suplente para integrar la Comisión Revisorade Cuentas, y por el término de un (1) año.

7º - Informe del Tribunal de Penas.Oscar Jorge Zweedyk, Presidente.- Raúl Ernesto

Elosegui, Secretario.–oOo–

ASOCIACION CIVIL DE EXTENSIONCULTURAL SIN FRONTERAS

Asamblea General ExtraordinariaS. C. de Bariloche, agosto de 1999.

De acuerdo con las disposiciones legales vigentes yel estatuto social, la Comisión Directiva de la AsociaciónCivil de Extensión Cultural sin Fronteras, convoca a susasociados a la Asamblea General Extraordinaria quetendrá lugar el próximo 28 de agosto de 1.999, a partirde las 17,00 horas, en Onelli y 25 de Mayo, SalónComunitario “Santo Cristo”, para tratar de conformidadel siguiente,

ORDEN DEL DIA:1º.- Designación de dos asambleístas para firmar

conjuntamente con Presidente y Secretario, el acta de laasamblea.

2º.- Presentación de los Estados Contables,correspondiente a los ejercicios cerrados el 30 de juniode 1.998, 30 de junio de 1.999 y 28 de agosto de 1.999,(fecha de celebración de la asamblea).

3º.- Tratamiento y consideración de la propuesta dela Comisión Directiva, de disolver la asociación.

Marcela Vázquez, Presidente.- Carlos Omar Free-man, Secretario.

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CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS“EL BOLSON”

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

El Bolsón, agosto de 1999.Se convoca a Asamblea General Ordinaria Fuera de

término, para el día 28 de agosto de 1.999 a las 15,00horas, a rfealizarse en la sede social, ubicada en callePueyrredón esquina F. P. Moreno de la localidad de ElBolsón, para tratar el siguiente,

ORDEN DEL DIA:1º.- Lectura y aprobación del acta de la asamblea

anterior.2º.- Razones por las cuales se llama a asamblea.3º.- Consideración y aprobación de la Memoria

Anual, Inventario, Balance General, Cuenta de Gastosy Recursos e informe de la Comisión Revisora deCuentas, correspondiente al ejercicio cerrado el 31 dediciembre de 1.998.

4º.- Elección de dos afiliados para firmar el Acta.Nora Miklos Krankenhagen, Presidente.- Conrado

Bondel, Secretario.–oOo–

CENTRO BASKOMENDI'KO EUZKO ETXEAAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)S. C. de Bariloche, agosto de 1999.

De acuerdo con las disposiciones legales vigentes yel Estatuto Social, la Comisión Directiva del CentroBasko Mendi'Ko Euzco Etxea, convoca a sus asociadosa la Asamblea General Ordinaria, fuera de término, quetendrá lugar el próximo 25 de agosto de 1999, a partir

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de las 21,00 horas, en instalaciones de la entidad, sitaen calle F. Beschtedt 180, 1er. Piso, de esta ciudad,para tratar el sguiente,

ORDEN DEL DIA:1º.- Presentación de poderes.2º.- Lectura y consideración de la Memoria Anual,

Balance General, Cuadro Demostrativo de Ingresos yEgresos, Inventario e Informe de la Comisión Revisorade Cuentas, ejercicio cerrado el 31 de enero de 1999.Informe de Comisión Directiva sobre la obra enconstrucción.

3º.- Designación de la Junta Escrutadora.4º.- Renovación total de Comisión Directiva por

terminación de mandato de los actuales miembros.Elección por dos años de un Presidente, Vicepresidente,Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero y dosVocales Titulares.

Elección por un año de dos Vocales Suplentes.5º.- Designación por un año, de dos titulares y un

suplente, para integrar la Comisión Revisora de Cuentas.6º.- Tratamiento y fijación del valor de la cuota so-

cial, para los socios de la entidad.7º.- Designación de dos asambleístas, para firmar

conjuntamente con Presidente y Secretario el Acta de laAsamblea.

R. Luna Lanz, Presidente.- M. Elena L. de Azkue,Secretaria.

–oOo–EMPRENDIMIENTOS HUEMUL S.A.

Asamblea General ExtraordinariaS. C. de Bariloche, agosto de 1999.

Convócase a los Sres. accionistas a la AsambleaGeneral Extraordinaria a efectuarse el día 27 de agostode 1999 en la sede social, sita en Vicealmirante O'Connor665, 4º Piso“A”, de esta ciudad a las 15,00 Hs., enprimera convocatoria y a las 16,00 Hs., en segundaconvocatoria para considerar el siguiente,

ORDEN DEL DIA:1º.- Designación de dos (2) accionistas para firmar

el acta.2º.- Ratificar la decisión del Directorio de la

sociedad de presentar a Emprendimientos Huemul S.A.,en concurso preventivo de acreedores y continuar contodos los procedimientos fijados por le ley 24522, hastasu conclusión definitiva, formulando la propuestaconcordatoria que mejor se adecúe a las circustanciasy condicionamientos económico-financieros de laempresa.

NOTA: Los accionistas que deseen concurrir a laAsamblea deberán comunicarlo con no menos de tres(3) días hábiles de anticipación.

EL DIRECTORIO–oOo–

IGLESIA EVANGELICAMENSAJEROS DE CRISTO

Asamblea General OrdinariaViedma, agosto de 1999.

Convócase a los Sres. Asociados de la IglesiaEvangélica Mensajeros de Cristo a Asamblea GeneralOrdinaria, a celebrarse el día 23 de agosto de 1999, alas 20,00 Hs. en primera instancia y a las 20,30 horasen Segunda Instancia, para tratar el siguiente,

ORDEN DEL DIA:1º.- Lectura y consideración del Acta de la Asamblea

anterior.2º.- Designación de dos Asociados para firmar el Acta

de Asamblea.3º.- Cambio total de la Comisión Directiva y

Comisión Revisora de Cuenta.4º.- Se dará a conocer la propuesta presentada por la

Filial de General Roca, la cual consiste en unificar laPersonería Jurídica de ellos con la nuestra.

5º.- Tratamiento del Balance General al 30 dejunio de 1999, inventario, Cuenta de Gastos yRecursos, Informe de la Comisión Revisora de Cuentay Memoria.

Arnaldo Lagos, Presidente.– Alfonso Montecinos,Secretario.

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CONSORCIO DE REGANTESDE CIPOLLETTI

Asamblea General OrdinariaCipolletti, agosto de 1999.

El Consorcio de Cipolletti, convoca a los Sres.consorcistas a la Asamblea General Ordinaria acelebrarse el día 14-08-99 a las 15,00 Hs., en la sede delConsorcio, Santa Cruz y Pcia. de San Luis de la ciudadde Cipolletti, a efectos de tratar el siguiente,

ORDEN DEL DIA:1º.- Lectura y aprobación del Acta de la Asamblea

anterior.2º.- Designación de dos asambleístas para que

conjuntamente con el Presidente y Secretario de laasamblea refrenden el acta.

3º.- Tratamiento de los estados contables cerradosal 31-05-99 y de la memoria de la ComisiónDirectiva.

4º.- Tratamiento del presupuesto de gastos y recursospara el período de riego 1999/2000.

5º.- Elección de regantes para cubrir los cargos de:Presidente; Titular 2do; Suplente 2do.; Suplente 4to.;Suplente 5to.; por dos años y los cuatro Revisores deCuentas con mandato por un año.

6º.- La documentación citada en los puntos 3 y 4estará a disposición de los señores consorcistas a partirdel día 4 de agosto de 1999.

Eduardo Artero, Presidente Interino.

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COMUNICADO––––

Provincia de Río NegroPARTIDO PROVINCIAL RIONEGRINO

Orden Nombre y Apellido Documento Domicilio

Intendente Bravo, Carlos Ernesto DNI 04.598.393 Otto Goedecke 152

CONCEJALES TITULARES

1º Concejal Casal, Andrea Amelia L.C. 04.598.393 Otto Goedecke 1522º Concejal Luero, Claudio J. Javier DNI 17.451.206 9 de Julio 5543º Concejal Cannizaro, José OscarDNI 13.144.492 Villegas 10174º Concejal Lazaro, Cecilia DNI 12.149.559 Moreno 16265º Concejal Alevy, María Isabel DNI 16.053.517 Valleverde6º Concejal Arroyo, Oscar GustavoDNI 14.759.559 Otto Goedecke 6367º Concejal Barriga, René R. M. DNI 18.546.520 Vilcapugio 6748º Concejal Rivero, Marcelo J. DNI 21.927.961 Los Andes s/n9º Concejal Acuña, Graciela C. DNI 13.714.193 Beschtedt y Yatasto

10º Concejal Chavez, Víctor Hugo DNI 13.144.335 Gallardo 44511º Concejal Barth, Germán PatricioDNI 22.317.286 Alemania s/n

Orden Nombre y Apellido Documento Domicilio

CONCEJALES SUPLENTES1º Concejal Ramirez, Raquel L.C. 05.160.965 9 de Julio 5502º Concejal Ojeda, Héctor Hugo DNI 14.245.975 Los Colihues 10443º Concejal Cheriezo, Natalia H. DNI 03.556.975 Rafael Oboligado 794º Concejal Malone, Natalia Paola DNI 25.231.386 Bº. Casa de Piedra5º Concejal Casale, Ana María DNI 11.987.132 Av.Bustillo-C.Atóm.6º Concejal Bravo, Oscar José DNI 11.581.058 Valleverde7º Concejal Torres, Mirta Eugenia DNI 13.989.655 Ruta 2588º Concejal Lowter, Carlos G. DNI 14.759.993 Namuncurá 679º Concejal Campos, Joaquín F. DNI 12.730.336 Mange y P. Gutierrez

10º Concejal Paz, Silvia Alicia DNI 22.122.612. Bº. El Frutillar11º Concejal Catriman, Luis Daniel DNI 17.345.125 Vicapugio y Elordi

VOCALES TITULARES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS1º Vocal Barriga, Angel Dario L.C. 22.118.184 Vilcapugio 6742º Vocal Gomez, Hebe Raquel DNI 14.682.871 Ruta 237 - Km. 153º Vocal Gallardo, Mirta Ester L.C. 11.846.871 A. Argentina 1345

VOCALES SUPLENTES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS1º Vocal Barria, Héctor Hugo DNI 11.345.615 Anasagasti 763-1º E2º Vocal Vargas, Ernesto Daniel DNI 143.989.401 Palacios 7233º Vocal Tolosa, Adriana Gloria DNI 16.862.603 Palacios 217

CIERRE DE EDICIONES

Se hace saber a los interesados que las ediciones de este Boletín se cierran como

último término, los LUNES Y MIERCOLES a las 12 horas para los JUEVES Y

LUNES respectivamente, días éstos que son los de salida de esta publicación.

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26Viedma, 12 de agosto de 1999BOLETIN OFICIAL N° 3702

S U M A R I O ART. 2º - LEY 40

El texto de las leyes sancionadas poresta Legislatura, el de los Decretos yResoluciones del Poder Ejecutivo y el deotros documentos oficiales que sepubliquen en el Boletín Oficial de laProvincia de Río Negro, serán tenidos porauténticos.

4 PRESENTACIONDE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos, etc., ainsertar en este Boletín, concurrir a:

Dirección de Boletín OficialViedma: Laprida 212. Delegación del Boletín Oficial en General Roca: 9 de Julio 911 - Tel/Fax: 02941 - 431230; y en San Carlos de Bariloche: O'Connor 181, 1º piso (Dcción. de RegistroCivil) Tel/Fax: 02944 - 428112.

Impreso en los Talleres Gráficosdel Boletín Oficial

de la Provincia de Río Negro - Viedma

Impreso en Patagonia Gráfica S.A.

Viedma Provincia de Río Negro

SECCION ADMINISTRATIVA Pág.

DECRETO-LEY12-99.- Declarando inembargable el

importe de los subsidios que percibanlos productores provenientes de la LeyNº 3295 ................................................1

DECRETOS:823-99.- Exceptuando a la U.P.C.N. del

cumplimiento de lo dispuesto en elDecreto Nº 516-99 ...............................1-2

824-99.- Prorrogando desde suvencimiento y hasta el 31-12-99, lasintervenciones de Organismos ySociedades del Estado o Anónimas conparticipación mayorítaria Estatal ........2

828-99.- Prorrogando el plazo deReintegro de los Anticipos deCoparticipación ...................................2

839-99.- Aprobando la fusión porabsorción de las Empresas EdERSA ySODIELEC S.A. ..................................2-3

879-99.- Autorizando como excepción alArtículo 3 del Decreto Nº 950/93, laAsignación de un Fondo PermanenteUnico a la Dirección Gral. de DesarrolloRegional y Comercio Exterior .............3-4

DECRETOS SINTETIZADOS ...............4RESOLUCIONES ...................................4a7FALLOS...................................................7a13ORDENANZAS MUNICIPALES .......... 13-14LICITACIONES ......................................14CONCURSOS.........................................14-15EDICTOS DE MINERIA........................ 15a18EDICTOS DE MENSURA..................... 18EDICTO - IPPV ......................................18NOMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS ...........................................18

SECCION JUDICIALEDICTOS ................................................18-19REMATE .................................................19a22ACORDADA ..........................................22

SECCION COMERCIO, INDUSTRIAY ENTIDADES CIVILESESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC................................22a24CESION CUOTAS SOCIALES.............. 24TRANSFERENCIA FONDODE COMERCIO.....................................24CONVOCATORIAS ...............................24-25COMUNICADO .....................................25AVISO BOLETIN OFICIAL ................... 25-26

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